Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IIIMéxico, DF, 27 de septiembre de 2005 Sesión No. 9
ESTADO DE COLIMA

Comunicación del Congreso del estado de Colima, con acuerdo que solicita se dictaminen iniciativas que reforman la ley del Impuesto sobre la Renta, para evitar se graven las prestaciones laborales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ESTADO DE GUANAJUATO

Comunicación del Congreso del estado de Guanajuato, que remite acuerdo que solicita se dictaminen iniciativas que reforman la Ley del Impuesto sobre la Renta, para evitar se graven las prestaciones laborales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ESTADO DE SINALOA

Comunicación del Congreso del estado de Sinaloa, que remite acuerdo que solicita se dictaminen iniciativas que reforman la Ley del Impuesto sobre la Renta, para evitar se graven las prestaciones laborales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ESTADO DE TLAXCALA

Comunicación del Congreso del estado de Tlaxcala, que remite acuerdo que solicita se dictaminen iniciativas que reforman la Ley del Impuesto sobre la Renta, para evitar se graven las prestaciones laborales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, así como cambios en la integración de la Comisión de Marina. Se aprueba

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con acuerdo por el que se determina que el diputado Alfonso Rodríguez Ochoa presida el Comité de Información, Gestoría y Quejas durante el periodo comprendido del 16 de agosto de 2005 al 30 de abril de 2006. De enterado

COMISION ESPECIAL DE LA FUNCION PUBLICA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, mediante el cual se crea la Comisión Especial de la Función Pública. Aprobado, comuníquese

ANALISIS V INFORME DE GOBIERNO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a la incorporación de la Comisión de Cultura a la comparecencia del titular de la Secretaría de Educación Pública. Aprobado, comuníquese

ZONAS ARQUEOLOGICAS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que se aplique a la brevedad el presupuesto aprobado para la adquisición de terrenos en zonas arqueológicas prioritarias y para la realización de estudios destinados a lograr la incorporación de las comunidades a los proyectos de desarrollo vinculados a las zonas de monumentos arqueológicos. Aprobado, comuníquese

RAMON MARTIN HUERTA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para exhortar al titular del Ejecutivo federal a fin de que por conducto del Procurador General de la República, se realice una investigación exhaustiva en torno del lamentable hecho en el que perdió la vida el secretario de Seguridad Pública, licenciado Ramón Martín Huerta, y sus acompañantes, informando objetivamente a la opinión pública, en forma sustentada, incuestionable y definitiva, el resultado. Aprobado, comuníquese

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Oficio de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con el que remite acuerdo para que se dictamine la minuta proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo, respecto a certificado médico de no embarazo en la contratación de mujeres y recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 13 de diciembre de 2002. Remítase a la Comisión de Trabajo y Previsión Social

LEUCEMIA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 24 de febrero pasado, por el que solicita al Ejecutivo federal que a través de la Secretaría de Salud, otorgue de manera gratuita el Seguro Popular a los infantes y adolescentes que padecen cáncer en sus diferentes características y, en especial, a los de leucemia. Remítase a las comisiones correspondientes y al promovente para su conocimiento

REFORMA AGRARIA INTEGRAL

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 18 de noviembre de 2003, para impulsar una reforma agraria integral que atienda el desarrollo de la propiedad social en México y asegure la participación de los ejidos y comunidades dentro de los programas de desarrollo rural. Remítase a las comisiones correspondientes y al promovente para su conocimiento

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite acuerdo por el que exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública realice un incremento para la Secretaría de Relaciones Exteriores en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITIMOS

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite solicitud de excitativa para que se dictamine la minuta proyecto de Ley de Navegación y Comercio Marítimos, recibida en la Cámara de Diputados el 16 de marzo de 2004. Remítase a las Comisiones Unidas de Transportes y de Marina

CONDECORACIONES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Walterio Astie Burgos, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República de Honduras. Se turna a la Comisión de Gobernación

CONDECORACIONES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España. Es de primera lectura

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a dos ciudadanos para prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica, en México. Es de primera lectura

CONDECORACIONES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a cuatro ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos de los reinos de Suecia y de España. Es de primera lectura

LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II denominado De los Derechos, a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, respecto al acceso a diversos servicios. Es de segunda lectura

La diputada Magdalena Adriana González Furlong fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión

Sin nadie que solicite el uso de la palabra, es aprobado. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

CODIGO DE COMERCIO

Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio, en relación con condenados por delitos contra la propiedad. Es de segunda lectura

El diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión

Sin nadie que solicite la palabra, se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 77 Bis 4 y 77 Bis 21 de la Ley General de Salud y reforma el artículo octavo transitorio del decreto que reforma la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2003, para incorporar a niños recién nacidos abandonados al Sistema de Protección Social en Salud. Es de segunda lectura

El diputado José Erandi Bermúdez Méndez, a nombre de la Comisión fundamenta el dictamen

Sin nadie que haga uso de la palabra, se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud, respecto a estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Es de segunda lectura

El diputado José Angel Córdova Villalobos fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión, presenta fe de erratas y propone modificaciones a los artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud

La Secretaría da lectura a las propuestas presentadas y la Asamblea admite su incorporación al dictamen

Sin discusión, se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud, para eximir de pago de cuotas de recuperación a menores de 5 años de familias de bajos recursos. Es de segunda lectura

El diputado Guillermo Velasco Rodríguez fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión

Sin nadie que solicite la palabra, es aprobado. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

NACIONALIZACION DE LA INDUSTRIA ELECTRICA

Desde su curul el diputado Pedro Avila Nevárez, hace comentarios sobre el XLV aniversario de la nacionalización de la industria eléctrica, decretada por el Presidente Adolfo López Mateos, el Presidente realiza comentarios de procedimiento

CONSUL HONORARIO

Segunda lectura a dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Alonso Fabriciano Gómez Sanz, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción consular en el estado de Michoacán

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Segunda lectura a dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a seis ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Segunda lectura a dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a tres ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

Se aprueban los anteriores tres dictámenes. Pasan al Senado para los efectos constitucionales

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo IX, denominado Del Recurso de Inconformidad, al Título Cuarto de la Ley General de Desarrollo Social. Es de segunda lectura

El diputado Gelacio Montiel Fuentes fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión

Sin nadie que solicite la palabra, se aprueba el proyecto de decreto. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona un Título Sexto, denominado De las Sanciones e Infracciones, a la Ley General de Desarrollo Social. Es de segunda lectura

A nombre de la Comisión, la diputada María Beatriz Zavala Peniche fundamenta el dictamen

Sin nadie que solicite la palabra, se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

ARTICULO 73 CONSTITUCIONAL

Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre la facultad del Congreso para legislar sobre sustancias químicas, explosivos y pirotecnia. Es de segunda lectura

Fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa

Sin discusión es aprobado. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

ARTICULO 82 CONSTITUCIONAL

Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre los requisitos para ser Presidente de la República. Es de segunda lectura

Fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión el diputado Arturo Nahle García

Sin nadie que solicite la palabra, se aprueba el proyecto de decreto. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

CONDECORACIONES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España. Se le dispensa la segunda lectura

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a dos ciudadanos para prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica, en México. Se le dispensa la segunda lectura

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

CONDECORACIONES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto, que concede permiso a cuatro ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos de los reinos de Suecia y de España. Se le dispensa la segunda lectura

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

Son aprobados los anteriores tres dictámenes de la Comisión de Gobernación. Pasan al Ejecutivo para los efectos constitucionales

ORDEN DEL DIA

Desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza solicita una moción de procedimiento para desahogar el siguiente punto del orden del día, a lo que la Presidencia considera procedente

También desde su curul el diputado Pablo Gómez Alvarez solicita aclaraciones, mismas que el Presidente hace

ESTADO DE MEXICO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo a proposición presentada el 22 de diciembre del año pasado, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que por medio de la Comisión Nacional del Agua, lleve a cabo los muestreos y análisis de las descargas de agua residuales en el lago de Guadalupe, con objeto de verificar el cumplimiento de los límites máximos permisibles establecidos en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, y en caso de detectarse violaciones, se dé conocimiento a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que inicie las investigaciones necesarias

ESTADO DE MEXICO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo a proposición presentada el 19 de enero pasado, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que por medio de la Comisión Nacional del Agua, lleve a cabo los muestreos y análisis de las descargas de agua residuales realizadas por la empresa Fiemex, SA de CV, en el municipio de Ocoyoacac estado de México, con objeto de verificar el cumplimiento de los límites máximos permisibles establecidos en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, y en caso de detectarse violaciones, se dé conocimiento a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que aplique las sanciones respectivas

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo a proposición presentada el 28 de febrero del presente año, para exhortar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a que instrumente medidas urgentes y verifique el cumplimiento de la normatividad ambiental en torno a las actividades industriales y de servicios y al aprovechamiento de los recursos naturales por parte de la planta geotermoeléctrica Cerro Prieto, ubicada en el municipio de Mexicali, Baja California

ESTADO DE TABASCO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo a proposición presentada el 19 de enero pasado, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a que verifiquen que la operación de la Planta Promotora Ambiental del Sureste, SA de CV, en el estado de Tabasco, cumple con lo establecido en las normas oficiales mexicanas respectivas, y en caso de encontrar deficiencias o anomalías, inicien los procedimientos administrativos y legales para sancionar o retirar los permisos de alojamiento y tratamiento de los residuos sólidos peligrosos

Sin discusión se aprueban los anteriores cuatro dictámenes. Comuníquense

LEY DEL SERVICIO MILITAR

Dictamen de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Atención a Grupos Vulnerables, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Servicio Militar y su Reglamento, presentada el seis de abril de 2004

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

LEY DEL SERVICIO MILITAR

Dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma el artículo 56 de la Ley del Servicio Militar, presentada el 16 de marzo de 2005

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY ORGANICA DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

Dictamen de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Gobernación, por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción XV al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y reforma la fracción I del artículo 1o. de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, presentada el 23 de noviembre de 2004

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción X al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, presentada el 12 de abril de 2005

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

CODIGO PENAL FEDERAL

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal, recibida el 2 de junio de 2004

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 294 y 296 del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, presentada el 20 de abril de 2004

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma la fracción VIII del artículo 10 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, presentada el 22 de abril de 2004

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

LEY DE CULTURA FISICA Y DEPORTE

Dictamen de la Comisión de Juventud y Deporte, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte, presentada el 22 de abril de 2004

Sin discusión se reserva para su votación económica en conjunto

Se aprueban los anteriores ocho dictámenes. Archívense los expedientes respectivos como asuntos total y definitivamente concluidos

LEY ORGANICA DE LA LOTERIA NACIONAL

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona un tercer párrafo al artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, presentada el 23 de junio de 2004

Presenta voto particular, el diputado Omar Ortega Alvarez

A discusión se concede la palabra a los diputados:

Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza

Omar Ortega Alvarez

Suficientemente discutido es aprobado. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

Se recibe de los diputados Miguel Angel Toscano Velasco y Guillermo Velasco Rodríguez, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de tabacos labrados. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY DE REMESAS - CODIGO PENAL FEDERAL

El diputado Fernando Álvarez Monje presenta iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Remesas y adiciona el artículo 253 del Código Penal Federal, para la regulación legal del envío de dinero de mexicanos en el extranjero. Se turna a las Comisiones Unidas de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, de Hacienda y Crédito Público y de Justicia y Derechos Humanos

LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZUCAR

El diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 y 38 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, respecto a la libre organización de productores cañeros. Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería, con opinión de la Comisión Especial para analizar los problemas de la agroindustria mexicana de la caña de azúcar

LEY GENERAL DE SALUD

El diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 de la Ley General de Salud, para que en las envolturas de botanas y envases de refrescos se advierta a los consumidores sobre la posibilidad de generar obesidad. Se turna a la Comisión de Salud

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

El diputado Gonzalo Ruiz Cerón presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo séptimo transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, en relación con la producción nacional de maíz, frijol y leche. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

El diputado Jorge Triana Tena presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 42 y 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para que el nombramiento del Contralor General del Distrito Federal sea ratificado por mayoría calificada en la Asamblea Legislativa. Se turna a la Comisión del Distrito Federal

LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad y de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para otorgar facilidades para la práctica de actividades físicas y deportivas a la población con discapacidad. Se turna a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Juventud y Deporte

LEY AGRARIA

El diputado Fidel René Meza Cabrera presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 49 y deroga el artículo tercero transitorio de la Ley Agraria, en relación a tierras ejidales o comunales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACION CREDITICIA

El diputado Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 21 y 25 y adiciona un artículo 41 Bis a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, respecto a la actualización de datos para mejorar el historial crediticio. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY AGRARIA

El Presidente rectifica el trámite dado a la iniciativa presentada por el diputado Fidel René Meza Cabrera. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria

ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL

El diputado Jorge Legorreta Ordorica presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de arraigo domiciliario. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL

El Presidente informa que la última verificación de quórum servirá de registro final de diputadas y diputados

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el artículo 2, numeral 2, inciso c, del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II, denominado ``De los Derechos'', de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 77 Bis 4 y 77 bis 21 de la Ley General de Salud y reforma el artículo octavo transitorio del decreto que reforma la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2003 (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis, y deroga el 252 de la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo IX, denominado ``Del Recurso de Inconformidad'' al Título Cuarto de la Ley General de Desarrollo Social (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona un Título VI, denominado ``De las Sanciones e Infracciones'', a la Ley General de De-sarrollo Social (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitucion Política de los Estados Unidos Mexicanos (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en lo general y en lo particular)

EFEMERIDES

Con base al artículo primero transitorio del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política para adicionar los artículos décimo tercero y décimo séptimo y reformar el artículo décimo octavo del Acuerdo Parlamentario relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, aprobado en la sesión del día 5 de abril de 2004, se publican las siguientes efemérides:

Con motivo del 184 aniversario de la Independencia de México, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia

Relativa al cuadragésimo tercer aniversario de la fundación de Amnistía Internacional, efectuada el 1o. de octubre de 1962, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa al aniversario de la catástrofe ocurrida en México por el terremoto de 1985, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa al aniversario de la fundación de la Universidad Nacional Autónoma de México, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa al aniversario de la defensa del Castillo de Chapultepec, bajo el resguardo de los Niños Héroes, ocurrida el 13 de septiembre de 1847, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa al cuadragésimo aniversario de la muerte del artista mexicano Julián Carrillo, a cargo del diputado Francisco Carrillo Soberón, del grupo parlamentario del PRD

Relativa al aniversario del nacimiento del político mexicano Porfirio Díaz, ocurrido el 15 de septiembre de 1830, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa al aniversario del Grito de Dolores del cura Miguel Hidalgo y Costilla, ocurrido el 16 de septiembre de 1810, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa al aniversario de la invasión de las tropas alemanas al territorio polaco, ocurrida el 1o. de septiembre de 1939, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa al aniversario de la rendición de Japón, que daba por concluida la Segunda Guerra Mundial, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa al aniversario de la entrada en vigor de la Convención Europea de los Derechos del Hombre, el 3 de septiembre de 1953, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa al octavo aniversario luctuoso de la madre Teresa de Calcuta, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa al Día de la Marina, a cargo del diputado Sebastián Calderón Centeno, del grupo parlamentario del PAN

Relativa al aniversario luctuoso de Miguel de Cervantes Saavedra, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

Relativa a la Batalla del 5 de Mayo en Puebla, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del PRI


Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y Petricioli

ASISTENCIA

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los ciudadanos diputados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 290 diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum, señora Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli (a las 11:03 horas): Se abre la sesión.


ORDEN DEL DIA

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, ciudadana Presidenta. Se dispensa la lectura.

«Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

Orden del día

Martes 27 de septiembre de 2005.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los Congresos de Colima, Guanajuato, Sinaloa y Tlaxcala.

De la Junta de Coordinación Política.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Por el que se crea la Comisión Especial de la Función Pública. (Votación)

Relativo a la incorporación de la Comisión de Cultura a la comparecencia del secretario de Educación Pública, doctor Reyes Tamez Guerra. (Votación)

Por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a aplicar con la mayor brevedad el presupuesto aprobado para adquirir terrenos en zonas arqueológicas prioritarias y realizar estudios destinados a lograr la incorporación de las comunidades a los proyectos de desarrollo vinculados a las zonas de monumentos arqueológicos. (Votación)

Por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a realizar por conducto del procurador general de la República una investigación exhaustiva en torno del lamentable hecho en que perdieron la vida el secretario de Seguridad Pública, licenciado Ramón Martín Huerta, y sus acompañantes, informando en forma objetiva, sustentada, incuestionable y definitiva del resultado a la opinión pública. (Votación)

De la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa Del Distrito Federal

Con el que remite acuerdo aprobado por la Diputación Permanente.

De la Secretaría de Gobernación

Dos, con los que remite contestación a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que devuelve la minuta con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

En el que transcribe acuerdo por el que exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a realizar un incremento en el Presupuesto de 2006 para la Secretaría de Relaciones Exteriores. (Turno a Comisión)

Por el que solicita que se dictamine la minuta proyecto de Ley de Navegación y Comercio Marítimos. (Turno a Comisión)

Minuta

Con proyecto de decreto, que concede permiso al ciudadano Walterio Astie Burgos para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Morazán, en grado de Gran Cruz Placa de Plata, que le confiere el Gobierno de la República de Honduras. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración ``Medalla de Oro'' que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alberto Francisco Cabrera Reyes y Eduardo Navas Gómez para prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica en México.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Juan Herrera y González, Joaquín Aguilar Camacho, Pedro Guillermo Alberto Collignon Collignon y Leopoldo Sergio Alberto García Ramírez para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de los Reinos de Suecia, y de España, respectivamente.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II, denominado ``De los Derechos'', de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis, y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Alonso Fabriciano Gómez Sanz para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción en el estado de Michoacán.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Bealet Roque Orduña, Gabriela Ramírez González, María Ana Hernández Esperanza, Noé Saúl Tejeda Colín, Eduardo Aguilar Santuario y Jacinto Solís Robles para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada y el Consulado de Estados Unidos de América y en la Embajada de Japón en México, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alfonso Sandoval Escobar, Moisés Martínez Sandoval y Ricardo Segura Ponce de León para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada y el Consulado de Estados Unidos de América, y en la Embajada de Australia en México.

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Social.

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social.

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y al procurador federal de Protección al Ambiente a instrumentar medidas urgentes a fin de evitar más daños ecológicos, y proteger la fauna y flora del lago de Guadalupe, del municipio de Cuautitlán Izcalli, estado de México.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión Nacional del Agua y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente que, en el ámbito de las respectivas competencias, realicen visitas de inspección y/o verificación a la empresa Fiemex SA de CV.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Comisión Federal de Electricidad a tomar las medidas necesarias para evitar la emisión de elementos químicos tóxicos y a resarcir el daño causado a las tierras de producción agrícola y a la salud de los residentes del valle de Mexicali, emitidos por la planta geotermoeléctrica Cerro Prieto.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a verificar el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM- 004-SEMARNAT-2002, relativa a lodos biosólidos, especificaciones y límites máximos permisibles de contaminantes y disposición final, en la planta de Promotora Ambiental del Sureste, SA de CV (PASA).

Dictámenes negativos

De las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar Nacional y su Reglamento.

De la Comisión de Defensa Nacional, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma el artículo 56 de la Ley del Servicio Militar Nacional.

De las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Gobernación, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción XV al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y reforma la fracción I del artículo 1o. de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que adiciona un tercer párrafo al artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

De la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción X al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 294 y 296 del Código Penal Federal, y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

De las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma la fracción VIII del artículo 10 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

De la Comisión de Juventud y Deporte, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte.

Iniciativas de ciudadanos diputados

Que reforma el artículo 175 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Elpidio Concha Arellano, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

De Ley de Remesas, y que adiciona las fracciones VI, VII y VIII al artículo 253 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Fernando Álvarez Monje, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, a cargo del diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 120 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Alejandro Agundis Arias, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Óscar González Yáñez, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo séptimo transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, a cargo del diputado Gonzalo Ruiz Cerón, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona las fracciones XXIX Bis al artículo 42 y IX Bis al 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo, a cargo de la diputada Beatriz Mojica Morga, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad y de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Alejandro González Yáñez, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 49 y deroga el artículo tercero transitorio de la Ley Agraria, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Edmundo G. Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que adiciona una fracción primera al artículo 271 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 246 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 15 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley Reglamentaría del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, a cargo del diputado Adrián Villagómez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un inciso a la fracción I del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que solicita incluir el municipio Venustiano Carranza, de Puebla, en la partida del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 de Petróleos Mexicanos destinada a compensar a las comunidades con pozos extractores de petróleo, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a cumplir el compromiso de construir el tramo carretero Agua Prieta-Bavispe, Sonora, adquirido el 4 de junio de 2004 en el marco de la inauguración de la planta termoeléctrica ciclo-combinado Naco-Nogales y colocación del arete electrónico para el ganado, en la ciudad de Agua Prieta, Sonora, a cargo del diputado Fermín Trujillo Fuentes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre el problema de los ex braceros, a cargo del diputado Juan José García Ochoa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a efecto de solicitar a los gobiernos federal y estatales que instalen equipos técnicos para inhibir las señales de telefonía celular en los centros de readaptación social sujetos a su administración, a cargo del diputado Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que la Cámara de Diputados manifieste su respaldo y solidaridad a las familias afectadas por las recientes lluvias y solicite de manera respetuosa al titular del Ejecutivo federal que instaure medidas inmediatas y apoye económicamente al gobierno de Michoacán para resolver la problemática de todos los que se vieron afectados, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a los gobiernos de las entidades federativas y a la Secretaría de la Función Pública el establecimiento de un convenio de coordinación a efecto de instaurar un registro de empresas constructoras que participen en licitaciones de cualquier nivel de gobierno, a cargo del diputado Salvador Márquez Lozornio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a rectificar su posición de respaldar el uso de la fuerza militar en conflictos internacionales, a cargo del diputado Jorge Martínez Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Federal Electoral y a los Institutos Estatales Electorales a seguir fomentando la participación infantil, suscrita por las diputadas Angélica Ramírez Luna, Adriana González Furlong y María del Rocío Jaspeado Villanueva, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de solicitar al secretario de Salud federal que informe sobre los motivos para suspender la campaña contra la homofobia y que ésta sea difundida nuevamente tanto en medios de comunicación como en el portal de la Secretaría en Internet, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a informar sobre las acciones realizadas o proyectadas para asegurar la permanencia, confidencialidad y soberanía de las redes satelitales gubernamentales, que se tienen en las bandas de frecuencia C, Ku y L, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para dirigir un extrañamiento y exhortar al presidente municipal de Mérida, Yucatán, a conducirse con respeto de la investidura de los representantes populares, de las autoridades electas y de los ciudadanos en general evitando medidas represivas, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente de la República a actualizar el decreto por el que se sujetó el gas licuado de petróleo a precios mínimos de venta de primera mano y de venta a usuarios finales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2003, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, al Instituto Nacional de Migración y a la Secretaría de Relaciones Exteriores a permitir la participación de organizaciones civiles en el proceso de repatriación voluntaria, a cargo de la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al ejido San Rafael, municipio de Contepec, Michoacán, a cargo del diputado Margarito Fierros Tano, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, en coordinación con la Semarnat, al Instituto Nacional de Ecología y a los gobiernos de los estados de Zacatecas, Michoacán, Jalisco, Querétaro, Guanajuato, Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas a implantar un programa permanente de verificación vehicular, a cargo del diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a liberar los recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2005 asignados al Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Secretarías de Educación Pública federal y de las entidades federativas a establecer acciones coordinadas que posibiliten a los connacionales que regresan al país por efecto del huracán Katrina la inscripción de sus hijos en escuelas de niveles básico y medio, a cargo de la diputada Margarita Chávez Murguía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión Federal de Electricidad que actualice los registros de temperaturas medias mensuales de diversos municipios de Michoacán para reclasificar la tarifa de consumo aplicada a ellos, a cargo del diputado Israel Tentory García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita que se difunda el reconocimiento de la matrícula consular como identificación oficial, a cargo de la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa a estudiar mediante la Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura la factibilidad de instalar módulos en los muelles para la venta de permisos individuales de pesca deportivo-recreativa, a cargo del diputado Raúl Leonel Paredes Vega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al secretario de Comunicaciones y Transportes que instruya de inmediato la ejecución de la obra carretera libre a Zapotlanejo, en Jalisco, a cargo del diputado Sergio Chávez Dávalos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios que prohíban la comercialización, distribución y venta de la fórmula láctea infantil Enfamil, producida por el laboratorio Bristol Mayers Squibb, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a considerar en el ejercicio fiscal de 2006 un aumento del Presupuesto federal, en los Ramos 33 y 28, destinado al municipio de Suchiate, solicitando un incremento de 100 por ciento para satisfacer con mayor eficiencia sus necesidades, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a solicitar oficialmente al Gobierno de Austria y al Museo de Etnología de ese país que devuelvan al nuestro el penacho de Moctezuma para ponerlo en custodia del Instituto Nacional de Antropología e Historia, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y a la SHCP a publicar las reglas de operación del fideicomiso para el pago a braceros; así como a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta soberanía a destinar una partida presupuestal en el ejercicio fiscal de 2006 a dicho fideicomiso, a cargo del diputado Alfonso Nava Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a no disminuir el arancel de las importaciones de productos de acero, a cargo del diputado Enrique Burgos García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a la SEP, a la Sedena, al IMSS, al ISSSTE, a la PGR y al Gobierno del Distrito Federal a cumplir la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-028-SSA2-1999, para la prevención, tratamiento y control de las adicciones, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a efecto de que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, en la elaboración del Presupuesto para el ejercicio fiscal de 2006, traslade del Ramo 11 al 25 las asignaciones salariales de los trabajadores del Colegio de Bachilleres, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita que se considere una reducción de los impuestos a los combustibles para automotores que adquieran los transportistas en el próximo ejercicio fiscal, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se hace un llamado al Gobierno Federal y al gobierno y los municipios de Michoacán para frenar la ola de violencia imperante en ese Estado, a cargo del diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la integración de un grupo de diputados de las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía, y de Justicia y Derechos Humanos para que atienda la problemática relacionada con el proyecto hidroeléctrico La Parota, en Guerrero, a cargo de la diputada Eliana García Laguna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SHCP devolver el ISR retenido indebidamente en el pago de pensiones al personal del Instituto Mexicano de Investigaciones Tecnológicas que fue víctima del desvío del fondo constituido para su retiro, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita que la Secretaría de Salud considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año una partida para el ejercicio médico de trasplantes, a cargo de la diputada Martha Palafox Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 se consideren recursos para la elaboración del proyecto técnico y ejecutivo de modificación o ampliación del puente vehicular que une la calzada Ignacio Zaragoza con la carretera y autopista México-Puebla, en los límites del Distrito Federal y el estado de México, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se suspenda de forma definitiva la construcción de las regasificadoras en el noroeste de la República Mexicana, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de ampliar los estímulos fiscales para la investigación y el desarrollo experimental en la Ley de Ingresos de la Federación, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 se destinen recursos económicos destinados a la construcción del hospital de urgencias en la delegación Azcapotzalco, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la Sedesol a remitir a los municipios de los estados y a las delegaciones del Distrito Federal participantes los resultados de las evaluaciones aplicadas por dicha secretaría sobre los programas de desarrollo social, a cargo del diputado Javier Galván Guerrero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados que investigue el acuerdo por el que el Gobierno Federal cede a la empresa estadounidense Kansas City Southern un paquete accionario de 20 por ciento de Transportación Ferroviaria Mexicana, a cargo de la diputada Dolores Gutiérrez Zurita, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a instaurar mediante el INEA un programa que abata de manera integral el analfabetismo, donde pueda convocar a organismos del sector privado a participar en la instrumentación, financiamiento y operación de este programa, a cargo de la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director de Petróleos Mexicanos a erogar los recursos del Programa de Seguridad Industrial y Mantenimiento de Infraestructura en las instalaciones de la paraestatal en los estados del Golfo de México, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Sagarpa que otorgue recursos extraordinarios a los productores de manzana para resarcir las pérdidas que sufrieron por granizada los municipios de Guerrero, Bachiniva, Cuauhtémoc, Rubio, La Junta y Basuchil, Chihuahua, a cargo del diputado Jorge Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Educación Pública, a la Secretaría de la Función Pública y al Instituto Nacional de los Derechos de Autor que investiguen y, en su caso, soliciten una auditoría sobre la recaudación, administración y rendición de cuentas de los recursos que maneja la Sociedad de Autores y Compositores de Música, a cargo del diputado Rafael Candelas Salinas, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a las autoridades del IMSS a establecer con carácter de urgente mesas de diálogo con los productores agropecuarios de cada región productiva del país para que se analicen a fondo las reformas recientes de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que, en el proceso de análisis, discusión, modificación y aprobación del Presupuesto de Egresos de 2006, analice la posibilidad de destinar recursos para crear una clínica de embarazo de alto riesgo en el Hospital Civil de Guadalajara, Jalisco, a cargo de la diputada Marisol Urrea Camarena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa a revisar con la mayor brevedad las Normas Oficiales Mexicanas NOM-002-PESC-1993 y NOM-009-PESC-1993 para regular de manera equilibrada la actividad de captura de camarón y evita de esa manera cualquier confrontación social, a cargo del diputado Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se envía un atento exhorto al Congreso de Estados Unidos de América para que por su conducto se hagan llegar al gobierno del Presidente George W. Bush algunas consideraciones respecto a la oferta hecha por el Gobierno de Cuba a efecto de proporcionar apoyo médico a los damnificados por los huracanes Katrina y Rita, en Nueva Orleans y zonas aledañas, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Poder Ejecutivo federal que, mediante el Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, así como al Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud, se extienda y aplique de manera urgente e inmediata el Programa del Seguro Popular a los Infantes y Adolescentes de la República Mexicana que padecen de cáncer en sus diferentes características, a cargo del diputado José Manuel Abdalá de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Secretaría de Salud a establecer una norma oficial mexicana que determine el límite máximo permisible de ácido sulfhídrico (H---2S) en el medio ambiente producido por la extracción de vapor geotérmico utilizado para generar energía eléctrica, a cargo del diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para combatir las importaciones irregulares por contrabando y triangulaciones de chile seco, a cargo del diputado Antonio Mejía Haro, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat a rendir un informe acerca de la política que el Gobierno Federal asume respecto a la construcción del proyecto Chevron Texaco en las islas Coronado, Baja California, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión Nacional del Agua un informe sobre el mantenimiento del canal La Compañía; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta soberanía, el destino de recursos suficientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2006 para construir el túnel profundo del canal mencionado, en la zona oriente del estado de México, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al secretario de Energía y al titular de la Comisión Reguladora de Energía a suspender de inmediato la firma de contratos pendientes, la celebración de nuevas licitaciones y el otorgamiento de cualquier permiso adicional a los existentes bajo la figura de productor independiente de energía eléctrica y de manera gradual se vayan liquidando los contratos suscritos entre el Gobierno Federal y los productores independientes, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al secretario de Seguridad Pública a adoptar medidas para facilitar el traslado de los hermanos Héctor y Antonio Cerezo Contreras a un reclusorio del Distrito Federal, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena a suspender los efectos de cualquier permiso otorgado con relación a explosivos en tanto no exista claridad en torno al resto de las regulaciones necesarias que debe cumplir una explotación de este tipo y, sobre todo, mientras no se llegue a un proceso de concertación entre los pobladores que permita evitar un conflicto social y jurídico, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Congreso de Michoacán que designe en su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2006 una partida a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas destinada al mantenimiento de la carretera Tepalcatepec-Coalcomán de Vázquez Pallares-Aquila y de este punto al entronque con la carretera Lázaro Cárdenas-Tecomán, en ese estado, a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal de 2006 se destinen 300 millones de pesos al fortalecimiento de la cadena productiva agave-mezcal, a cargo del diputado Antonio Mejía Haro, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Excitativa

A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, a solicitud del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»


ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la Asamblea si se dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados y las diputadas que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los ciudadanos diputados y las diputadas que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves veintidós de septiembre de dos mil cinco, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos ochenta y dos diputadas y diputados, a las diez horas con once minutos del jueves veintidós de septiembre de dos mil cinco, el Presidente declara abierta la sesión.

La Asamblea dispensa la lectura del orden del día en votación económica.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

El Presidente informa del sensible fallecimiento del licenciado Ramón Martín Huerta, Secretario de Seguridad Pública y diputado federal en la Quincuagésima Cuarta Legislatura, así como de otros servidores públicos, expresa el pésame al Presidente de la República, a los familiares de quienes perecieron y al Partido Acción Nacional, y la Asamblea guarda un minuto de silencio en su memoria.

El Presidente informa que a las puertas del salón se encuentra el ciudadano Heriberto Enrique Ortega Ramírez, electo como diputado federal suplente en el primer distrito del estado de México, y designa una comisión que lo introduce y acompaña a rendir su protesta de ley.

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política con propuestas de acuerdo:

  • Para exhortar al Ejecutivo Federal a que revise la fórmula aplicada para el precio del gas natural o precio de venta de primera mano, se proceda a la revisión y suspensión de los aumentos de las tarifas de distribución del año dos mil cinco y se convoque a expertos académicos e investigadores, a las diferentes ramas productivas, al Legislativo y a consumidores, a la búsqueda de una nueva política de precios. El diputado Pedro Ávila Nevárez, del Partido Revolucionario Institucional, habla en pro. Sin nadie más que solicite la palabra, se aprueba en votación económica. Comuníquese. A las diez horas con treinta y un minutos la Secretaría informa del registro de trescientos ochenta y siete diputadas y diputados e instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia.

  • Para exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que libere los recursos adicionales de carácter extraordinario aprobados para el Programa Nacional de Cultura en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

  • Para que el Secretario de Educación Pública comparezca ante las comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y de Ciencia y Tecnología para el análisis del Quinto Informe de Gobierno. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

    La Secretaría de Gobernación remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.

    La Secretaría de Gobernación remite las siguientes iniciativas del Ejecutivo:

  • De decreto que reforma los artículos veintisiete y veintiocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Energía.

  • De Ley Reglamentaria del artículo veintisiete Constitucional en Materia de Gas Natural no asociado al Petróleo. Se turna a la Comisión de Energía.

  • De decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del artículo veintisiete Constitucional en el Ramo del Petróleo y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía. Se turna a la Comisión de Energía.

  • De Ley de Fomento y Difusión de la Cultura. Se turna a la Comisión de Cultura.

    La Cámara de Senadores remite:

  • Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos ciento trece, ciento dieciséis y ciento setenta y seis de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Acuerdo por el que solicita un incremento de recursos para el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • Tres solicitudes para que se dictaminen: la minuta proyecto de decreto que adiciona los artículos ciento noventa y cuatro del Código Federal de Procedimientos Penales y cuatrocientos veinte del Código Penal Federal, que se remite a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos; y las iniciativas con proyectos de decreto que abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y que adiciona el artículo veinticinco y los artículos cuarenta y cinco -- A, cuarenta y cinco -- B y cuarenta y cinco -- C a la Ley de Coordinación Fiscal, que se remiten a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Minuta proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, para los efectos del inciso e) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    El Presidente informa de la recepción de una solicitud de excitativa del diputado Jorge Triana Tena, del Partido Acción Nacional, a las Comisiones de Puntos Constitucionales, de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Crédito Público, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo setenta y cuatro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el ocho de marzo de dos mil cinco, y formula la excitativa solicitada.

    Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

  • José Alberto Aguilar Iñárritu, a nombre propio y de las diputadas Laura Elena Martínez Rivera y Claudia Ruiz Massieu Salinas, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y adiciona el artículo ciento noventa y cuatro del Código Federal de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos quinto y sexto de la Ley de la Policía Federal Preventiva. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública.

  • Hugo Rodríguez Díaz, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona los artículos setenta y seis y ciento veintidós de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Federico Madrazo Rojas, del Partido de Revolucionario Institucional, que adiciona los artículos catorce y cuarenta y dos y reforma el artículo cincuenta de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y reforma los artículos cuarenta y tres y cincuenta y uno de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Omar Bazán Flores, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo veintisiete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y deroga diversas disposiciones contenidas en el artículo cincuenta y uno de la Ley Federal de Metrología y Normalización. Se turna a la Comisión de Economía.

  • Marcela Guerra Castillo, del Partido Revolucionario Institucional, a nombre propio y del diputado Javier Orozco Gómez, del Partido Verde Ecologista de México, como integrantes de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, que adiciona el artículo cincuenta y nueve de la Ley Federal de Radio y Televisión. Se turna a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

  • María del Carmen Mendoza Flores, del Partido Acción Nacional, a nombre de integrantes de las comisiones de Atención a Grupos Vulnerables, de Participación Ciudadana y Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias, que adiciona un Título Sexto y los artículos ciento treinta y seis y ciento treinta y siete de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

  • Roberto Javier Vega Galina, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo doscientos ochenta y seis K de la Ley del Seguro Social y deroga el artículo segundo transitorio del decreto que reforma y adiciona los artículos doscientos setenta y siete D y doscientos ochenta y seis K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de agosto del año dos mil cuatro. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

  • Ramón Galindo Noriega, del Partido Acción Nacional, que adiciona el artículo dieciséis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona los artículos segundo, tercero, cuarto y doce de la Ley Federal para el Control de los Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Salud.

  • Juan Manuel Dávalos Padilla, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo trece de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Se turna a la Comisión de Economía.

  • Jorge Luis Preciado Rodríguez, del Partido Acción Nacional, que deroga la fracción segunda del artículo treinta y ocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Minerva Hernández Ramos, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo treinta y tres y adiciona los artículos treinta y tres -- A, treinta y tres -- B, treinta y tres -- C, treinta y tres -- D, treinta y tres -- E y treinta y tres -- F a la Ley General de Sociedades Cooperativas. Se turna a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

  • Luis Antonio González Roldán, del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona el artículo quinto del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Hugo Rodríguez Díaz, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo treinta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Alfonso Ramírez Cuéllar, del Partido de la Revolución Democrática, de decreto interpretativo del primer párrafo del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

    Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Carlos Mireles Morales, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona un artículo veintinueve bis a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Se turna a la Comisión de Vivienda.

  • Roger David Alcocer García, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos ciento sesenta y quinientos treinta y uno del Código Federal de Procedimientos Penales y diversos artículos de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Seguridad Pública.

  • Rosa María Avilés Nájera, del Partido de la Revolución Democrática, de decreto interpretativo del párrafo sexto del artículo veintisiete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Hugo Rodríguez Díaz, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona los artículos cincuenta y dos bis, setenta y nueve bis uno y setenta y nueve bis dos a la Ley de la Propiedad Industrial. Se turna a la Comisión de Economía.

  • Martha Palafox Gutiérrez, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos doce y catorce y deroga los artículos quince y dieciséis del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Francisco Javier Carrillo Soberón, del Partido de la Revolución Democrática, de decreto interpretativo de la última parte del párrafo sexto del artículo veintisiete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Armando Leyson Castro, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona un artículo doscientos noventa y ocho bis a la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la Comisión de Juventud y Deporte.

    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo Noveno, denominado Del Recurso de Inconformidad, al Título Cuarto de la Ley General de Desarrollo Social. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social con proyecto de decreto que adiciona un Título Sexto, denominado De las Sanciones e Infracciones, a la Ley General de Desarrollo Social. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma la fracción décima del artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma la fracción sexta del artículo ochenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.

    El Presidente informa de la recepción de un dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del veintiocho al treinta de septiembre de dos mil cinco, a fin de que realice una visita de trabajo a las ciudades de Vancouver, provincia de Columbia Británica, y Calgary, provincia de Alberta, en Canadá, y la Asamblea considera el asunto de urgente resolución en votación económica. La Secretaría da lectura al dictamen de referencia y sin discusión se aprueba el proyecto de decreto respectivo en lo general y en lo particular por trescientos ochenta y nueve votos en pro, uno en contra y cinco abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

    Transcurrido el tiempo acordado para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

    El Presidente levanta la sesión a las catorce horas con treinta y ocho minutos, citando para la próxima que tendrá lugar el martes 27 de septiembre de dos mil cinco a las once horas.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Mediana: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados y las diputadas que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados y las diputadas que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobada, el acta.


    ESTADO DE COLIMA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- 2003-2006 del H. Congreso del Estado de Colima.--- LIV Legislatura.

    H. Congreso de la Unión, Av. Congreso de la Unión s/n, Edificio ``H'' Planta Baja, México, DF.

    Por este conducto nos permitimos informarle que los diputados integrantes de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Colima, en sesión extraordinaria número 3 celebrada el 26 de agosto del presente año, aprobaron un punto de acuerdo, cuyos resolutivos señalan:

    ``Primero.- Se solicita al H. Congreso de la Unión que dictamine las iniciativas que se han presentado para reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta, a fin de evitar que a partir del año 2006 se grave el salario de los trabajadores con tasas inequitativas en perjuicio de su economía familiar.

    Segundo.- Gírese oficio a la Cámara de Diputados donde respetuosamente se haga de su conocimiento que existe la preocupación entre los integrantes de éste H. Congreso del estado por los efectos y repercusiones sociales de la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta pueda producir en la clase trabajadora''.

    Lo que comunicamos a usted en vía de petición y para los efectos de ley correspondientes, anexándole al presente oficio copia del punto de acuerdo correspondiente.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Colima, Col., a 29 de agosto de 2005.--- C. Jessica Lissette Romero Contreras (rúbrica), diputada Secretaria; C. Luis Fernando Antero Valle (rúbrica), diputado Secretario.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- 2003-2006 del H. Congreso del Estado de Colima.--- LIV Legislatura.

    CC. Secretarios de la Comisión Permanente.--- Presentes.

    Los diputados integrantes de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del estado, con fundamento en los artículos 22, fracción I, 83, fracción I, y 84, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, sometemos a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa de acuerdo para solicitar al H. Congreso de la Unión que dictamine las iniciativas que se han presentado para reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta, a fin de evitar que a partir del año 2006 se grave el salario de los trabajadores con tasas inequitativas en perjuicio de su economía familiar, de conformidad con la siguiente

    Exposición de Motivos

    Primero.- Que el primero de diciembre del año 2004 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las propuestas de reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta en lo relativo al gravamen al salario y prestaciones, las cuales tendrán vigencia a partir de 2006.

    Segundo.- Que con la referida reforma se busca simplificar el cálculo del impuesto al salario reduciendo dos rangos la tarifa impositiva, en su estructura y procedimiento. No obstante, éste se complica excesivamente, ya que para el cálculo del impuesto se aplicará también un subsidio al empleo y al impuesto resultante para niveles inferiores a 10 salarios mínimos, se tendrá que recalcular el impuesto en los términos actuales.

    En otras palabras, para determinar la tasa gravable sé tendrán que aplicar la tarifa, la tabla de subsidio fiscal y la de crédito al salario, compararlas, y en caso de que el impuesto vigente sea mayor, aplicar un subsidio de nivelación del empleo, lo cual, como se observa, complicará excesivamente los cálculos de impuesto y elevará también la carga administrativa en su manejo, dando origen a muy altas posibilidades de incurrir en errores y con ello afectar los ingresos de los trabajadores.

    Tercero.- Que adicionalmente, con las reformas aprobadas en la Ley del Impuesto sobre la Renta 2005, un importante segmento de trabajadores de menores ingresos empezarán a causar impuestos. Esto derivado de la acumulación de prestaciones actualmente no gravadas; igualmente, otro segmento intermedio de trabajadores y empleados gravarán con una sobretasa de impuesto de hasta un 40% en adición a que actualmente se les deduce en materia del Impuesto sobre la Renta. Y sin embargo, para los segmentos que perciban mayores ingresos, como son los altos ejecutivos de empresa y los mandos medios y superiores de la burocracia, la tasa efectiva de impuestos, simplemente se reducirá.

    Con ello se demuestra que las ``reformas fiscales'' aprobadas tiene signos innegables de inequidad, ya que grava más a los que menos ingresos perciben, afectando seriamente al trabajador promedio y de clase media y beneficia a segmentos minoritarios que perciben mayores ingresos reduciéndoles sus cargas impositivas, lo cual conlleva a que los impuestos que dejan de pagar los ejecutivos se cubrirán con los impuestos recaudados entre los trabajadores de ingresos medios y bajos.

    Cuarto.- Que aun cuando en la actualidad no pagan impuesto los trabajadores con ingresos a nivel de 3 salarios mínimos, con la propuesta de exentar hasta un monto de $6,333.33 (deducción general) misma que equivale a 4.6 salarios mínimos, al sumar las prestaciones económicas, sociales de previsión y de seguridad social el impacto conllevará a que trabajadores con ingresos de hasta 2 salarios mínimos sean sujetos del pago de impuesto.

    Quinto.- Que es importante señalar que aun cuando se especifica que a los trabajadores con ingresos menores a 10 salarios mínimos no se elevará su carga impositiva dando un subsidio de nivelación del empleo, lo cierto es que los trabajadores con salarios mayores pueden llegar a tener ingresos netos inferiores a los que perciben en el 2005; y en razón de que los requisitos que se establecen para su otorgamiento, son que haya laborado en el mes de diciembre de 2005, que no cambie de empleo, que la empresa no cambie de razón social o en su caso supere 10 salarios mínimos de ingreso equivalente, éste subsidio se perderá, situación con la cual podría ocasionar que personas que perciben exactamente los mismos ingresos paguen cantidades distintas del impuesto, lo que rompe con los principios constitucionales de equidad y proporcionalidad que debe tener toda contribución, es decir, que se de un trato igual a los iguales y desigual a los desiguales.

    Sexto.- Que por otro lado, con las reformas que entrarán en vigor en 2006, se crea un nuevo concepto de salario denominado ``salario bruto'', que sustituye el actualmente denominado salario gravable y el cual tiene como característica que al salario o sueldo se acumulen la totalidad de las prestaciones que perciba el trabajador.

    Lo anterior, implica que la totalidad de las prestaciones que perciba el trabajador se acumulen a este salario y se graven, afectando con ello conquistas y derechos sociales y de previsión social que actualmente se encuentran exentos del pago de impuesto.

    Séptimo.- Que otro aspecto de inequidad lo representa el que, al acumular los salarios y prestaciones independientemente de su naturaleza, el trabajador tendrá opción de deducir para efecto de impuesto un monto general equivalente a $6,333.33 o en su caso, a deducir la suma de prestaciones exentas que perciba el trabajador.

    Lo anterior implica que un trabajador de ingreso medio o bajo únicamente tenga opción de deducir de su percepción bruta la cantidad antes señalada. Sin embargo, un ejecutivo de alto nivel y con prestaciones contractuales elevadas pueda duplicar o triplicar esta deducción y pagar en proporción una tasa menor de impuesto.

    Octavo.- Que de entrar en vigor estas disposiciones, se tendrá un impacto significativo en la relación obrero patronal, que tenderá a elevar los costos de la mano de obra, ya que al gravarse las prestaciones éstas perderán su ventaja fiscal y los trabajadores y/o sus organizaciones buscarán integrarlas a su salario para efectos de pago prestaciones y de indemnizaciones.

    Otro efecto de estas reformas sería el modificar la estructura de los contratos colectivos ya que, las prestaciones sociales, previsión social y el mejoramiento de algunas prestaciones de seguridad social al verse gravadas perderán su esencia y ello afectará los contratos colectivos.

    Correlativamente a lo anterior, se incrementarán como consecuencia los salarios integrados base de cotización del IMSS, Infonavit y SAR, con un consecuente desequilibrio económico en la estructura laboral.

    Esta propuesta la entendemos como un duro golpe para el movimiento obrero, para los trabajadores y sus familias; ya que es la nulificación por la vía del ``plumazo fiscal'' de las conquistas sindicales logradas en los últimos 40 años.

    Todo esto traerá consecuencias negativas para los trabajadores y sus organizaciones sindicales, al limitar las posibilidades de mejorar los ingresos del trabajador a través de la negociación de salarios, complementada con la negociación de prestaciones sociales. Afectándose, de igual y significada manera, uno de los principios fundamentales de la organización sindical, que es el de trasladar beneficios contractuales al trabajador y su familia, ya que al gravarse, estos perderán su atractivo en la negociación laboral.

    Es importante resaltar que al trabajador se le afectará su ingreso neto, ya que no sólo pagará impuesto sobre su salario sino también por sus prestaciones, y al gravar éstas, se desvirtuará el aspecto social por el que fueron creadas, y que se incurre en aspectos que violan disposiciones constitucionales.

    Consideramos violatorias dichas disposiciones, ya que no es factible que prestaciones de seguridad social como la pensión, subsidios por riesgo de trabajo o enfermedad y otras prestaciones que otorgan el IMSS, y el ISSSTE, entre otras instituciones de seguridad social, se graven, ya que estas fueron cubiertas por aportaciones del patrón y del propio trabajador como una reserva y en su caso garantía del servicio.

    De igual manera consideramos violatorio que las indemnizaciones por despido o retiro por cesantía, vejez o muerte se graven con una cuarta parte del total percibido, lo que constituye impuestos excesivos que afectarán seriamente el nivel de ingreso familiar.

    Novena.- Que la creación de un nuevo impuesto denominado ``impuesto cedular'', resulta totalmente inconstitucional, ya que en la actualidad algunas entidades de la república, como es el caso de Colima, se tiene establecido un impuesto de nóminas, el cual es cubierto en su totalidad por los patrones.

    Con la reforma, se crea la opción de que los estados que aplican este impuesto lo traslade directamente al trabajador en un porcentaje que podrá variar del 2 al 5 por ciento, que de aplicarse afectará el poder adquisitivo del trabajador y prácticamente nulificaría los aumentos salariales otorgados en el presente año, por citar un ejemplo.

    En razón de ello, el aprobar una tarifa con dos rangos y con tasas marginales prácticamente similares resulta inconstitucional, ya que ésta y su mecánica de aplicación, son de carácter totalmente regresivo y propician que pague más impuestos quienes menos ingresos perciben.

    En conclusión consideramos que las referidas reformas fiscales, carecen de constitucionalidad, ya que son inequitativas y desproporcionadas, no son claras, son incongruentes, lo cual demuestra que para su instauración, no se realizó un análisis profesional para determinar su viabilidad, efectos sociales y fiscales.

    Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 87 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 128 del Reglamento se somete a la consideración el presente

    Acuerdo

    Primero.- Se solicita al H. Congreso de la Unión que dictamine las iniciativas que se han presentado para reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta, a fin de evitar que a partir del año 2006 se grave el salario de los trabajadores con tasas inequitativas en perjuicio de su economía familiar.

    Segundo.- Gírese oficio a la Cámara de Diputados donde respetuosamente se haga de su conocimiento que existe la preocupación entre los integrantes de éste H. Congreso del estado por los efectos y repercusiones sociales de la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta pueda producir en la clase trabajadora.

    Atentamente.

    Colima, Col., a 26 de agosto de 2005.--- Los integrantes de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado, diputados: Hilda Cevallos Llerenas (rúbrica), Beatriz de la Mora de la Mora (rúbrica), José Antonio Orozco Sandoval (rúbrica), Héctor Bautista Vázquez (rúbrica), Mario Anguiano Moreno (rúbrica), Juan Carlos Pinto Rodríguez (rúbrica), Luis Ávila Aguilar (rúbrica), Ferdinando Martínez Valencia (rúbrica), José Luis Aguirre Campos (rúbrica), Jessica Lissette Romero Contreras (rúbrica), Rosa Beltrán Padilla (rúbrica), Martín Flores Castañeda, Carlos Cruz Mendoza (rúbrica), José Cortés Navarro (rúbrica), Gabriel Salgado Aguilar (rúbrica), Esmeralda Cárdenas Sánchez (rúbrica), J. Félix Mendoza Pérez (rúbrica), Margarita Ramírez Sánchez (rúbrica), Florencio Llamas Acosta (rúbrica), Luis Fernando Antero Valle (rúbrica), Francisco Santana Ochoa (rúbrica), Armando González Manzo (rúbrica), J. Antonio Álvarez Macías (rúbrica), Sandra Anguiano Balbuena (rúbrica), J. Jubal Ayala Jiménez (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.


    ESTADO DE GUANAJUATO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- H. Congreso del Estado de Guanajuato.

    C. Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.--- México, DF.--- Presente.

    Para los efectos conducentes y con fundamento en el artículo 53, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, nos permitimos remitir el acuerdo aprobado por la Quincuagésima Novena Legislatura, en sesión ordinaria celebrada en esta fecha, así como la iniciativa, mediante el cual esta Legislatura se adhiere a las diversas iniciativas presentadas en el Congreso de la Unión, con objeto de reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta, para evitar que se graven las prestaciones laborales.

    Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para reiterarle las seguridades de nuestra consideración distinguida.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Guanajuato, Gto., a 31 de agosto de 2005.--- Diputados: Carlos Alberto Robles Hernández (rúbrica), Secretario; Carlos Ernesto Scheffler Ramos (rúbrica), Secretario.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- H. Congreso del Estado de Guanajuato.

    Acuerdo

    La Quincuagésima Novena Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato acuerda:

    Primero. El Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato se adhiere a las iniciativas presentadas por varios grupos parlamentarios relativas a reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta, a fin de proteger a los trabajadores de las disposiciones legales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2006, gravando prestaciones laborales.

    Segundo. Se exhorta a la Cámara de Diputados y al Senado de la República a que en el primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio, que abrirán ambas Cámaras el día de mañana, 1 de septiembre, analicen y dictaminen las iniciativas vinculadas con las reformas de la Ley del Impuesto sobre la Renta, buscando privilegiar la no afectación de las prestaciones laborales de los trabajadores.

    Tercero. Comuníquese el presente acuerdo, junto con sus consideraciones, a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y al Senado de la República; así como a las Legislaturas de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a efecto de que, de estimarlo oportuno, se adhieran al presente acuerdo.

    Guanajuato, Gto., a 31 de agosto de 2005.--- Diputados: Carlos Ruiz Velatti (rúbrica), Presidente; Carlos Alberto Robles Hernández (rúbrica), Secretario; Carlos Ernesto Scheffler Ramos (rúbrica), Secretario.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- H. Congreso del Estado de Guanajuato.

    C. Diputado Carlos Ruiz Velatti, Presidente del Congreso del Estado.--- Presente.

    Los que suscribimos, diputados integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56, fracción II, de la Constitución Política del estado, y 146, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, sometemos a la consideración de la asamblea el presente punto de acuerdo, a efecto de solicitar al Congreso de la Unión la revisión de las iniciativas que buscan reformar el decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y establecen diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Activo, y se establecen los subsidios para el empleo y para la nivelación del salario, particularmente por lo que se refiere a todos las que tienen por objeto gravar prestaciones laborales y de seguridad social. Lo anterior, en atención a las siguientes

    Consideraciones

    El pasado 1 de diciembre de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y establecen diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Activo, y se establecen los subsidios para el empleo y para la nivelación del salario, los que entrarán en vigor el próximo 1 de enero de 2006.

    Esta reforma surgió de la iniciativa presentada por el Presidente de la República ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión; y, una vez agotado el procedimiento legislativo considerado en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se aprobó la reforma de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como de otras disposiciones fiscales dentro del denominado ``paquete'' o ``miscelánea fiscal''.

    Uno de los objetos de la reforma de la Ley del ISR fue establecer un sistema más simple para calcular el Impuesto sobre la Renta. Ello, resultado de múltiples coincidencias en este sentido, generadas dentro de la Convención Nacional de la Hacienda Pública, pues entre sus recomendaciones se destacó la necesidad de simplificar el cálculo y la presentación de declaraciones.

    La reforma de la Ley del Impuesto sobre la Renta sigue manteniendo libres de cargo impositivo a los asalariados de menor capacidad contributiva, aplicando una sola tarifa, estructurada en dos ramos: una tasa de 25 por ciento a los contribuyentes con ingresos anuales superiores a $76,000.00 e inferiores a $2,500,000.00, y a los que excedan de este último monto se aplicará una tasa de 28 por ciento.

    En razón de que, para el cálculo del pago de este gravamen, se considera el salario bruto, entendido éste, conforme a lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo 113 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, como

    ``... la totalidad de los ingresos percibidos por la prestación de un servicio personal subordinado y los que esta ley asimila a dichos ingresos, y demás prestaciones que deriven de una relación laboral.''

    De forma que se incluye la totalidad de los ingresos percibidos y demás prestaciones derivadas de la relación laboral, exentándose de tal salario bruto la cantidad de $6,333.00 mensuales o $76,000.00 anuales, y sobre la cantidad resultante será aplicada la tarifa de referencia.

    Con esta reforma, aunque aparentemente pagarían más impuesto los trabajadores de mayores ingresos, realizando algunos ejercicios se desprende que se podría generar un segundo efecto, pues si bien en los niveles de ingresos de mayor magnitud aumenta la carga fiscal, este incremento es de menor cuantía, y en el de más altos ingresos no resulta ningún incremento, por lo que consideramos atinado que al estar en tiempo para la revisión de este esquema tributario, atentos al hecho de que su entrada en vigor será a partir del ejercicio fiscal de 2006, estimamos necesario la revisión a fin de evitar que proporcionalmente se pueda gravar más a algunos sectores que menos ingresos perciben, afectando seriamente al trabajador de clase media promedio, pues si bien se les reduce la carga impositiva al disminuir la tasa, al considerarse en el concepto de ``salario bruto'' todos los ingresos y permitirse únicamente dos deducciones hasta determinado monto, se podrían afectar los ingresos de un amplio sector de asalariados.

    Bastaría lo anterior para que el Congreso de la Unión, por conducto de ambas Cámaras, revise a conciencia el esquema tributario y, de ser el caso, dé marcha atrás en el tema de la reforma fiscal en comento. Además, un aspecto que también resulta indispensable valorar es el hecho de que ingresos de los trabajadores se verán gravados en su totalidad, eliminándose las exenciones de que anteriormente gozaban, como las derivados de jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, pensiones vitalicias y prestaciones de seguridad social otorgadas por las instituciones públicas, así como los ingresos recibidos con motivo de subsidios por incapacidad, becas para la educación de los trabajadores y de sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas, y otras de prevención social de naturaleza análoga.

    La mayoría de estas prestaciones constituye un complemento de la percepción monetaria que se tiene por concepto de retribución al trabajo, y que han permitido dignificar las condiciones y calidad de vida de los trabajadores, considerándose necesaria una revisión detallada de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a fin de evaluar las consecuencias de gravar prestaciones laborales hasta ahora no afectadas por el Impuesto sobre la Renta, habida cuenta de la próxima entrada en vigor el 1 de enero de 2006.

    Al margen de lo anterior, es necesario señalar que, de entrar en vigor estas disposiciones, se vería reflejado un impacto por demás significativo en la relación obrero-patronal, que tendrá como consecuencia la elevación de los costos de mano de obra pues, al gravarse las prestaciones, éstas perderán su ventaja fiscal y necesariamente los trabajadores o sus organizaciones tratarán de monetarizarlas; es decir, integrarlas a su salario para efecto de pago de prestaciones y de indemnizaciones. Pero, además, tendrían el efecto de modificar la estructura de los contratos colectivos, ya que las prestaciones sociales, de previsión social y de seguridad social al verse gravados seguramente impactarán en la negociación de los contratos colectivos de trabajo e, igualmente, se incrementarán los salarios integrados base de cotización ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Sistema de Ahorro para el Retiro, pudiéndose generar así un desequilibrio económico en la relación laboral.

    De esa forma, consideramos que las reformas de la Ley del Impuesto sobre la Renta deben ser reevaluadas, fundamentalmente por el impacto que se generará para los trabajadores de ingresos medio promedio y sus familias. Además, cabe señalar que se generarían consecuencias negativas para los propios trabajadores, al limitarles la posibilidad de mejorar sus ingresos mediante la negociación de salarios y prestaciones sociales; y, desde luego, que se prive de trasladar los beneficios contractuales a los trabajadores y a sus familias, ya que al gravarse las prestaciones sociales éstas perderán su atractivo en la negociación laboral.

    Por lo anteriormente expuesto, consideramos que las reformas de la Ley del Impuesto sobre la Renta que entrarán en vigor el próximo 1 de enero de 2006 deben ser objeto de un acucioso análisis, a fin de evitar iniquidades, prevaleciendo un sentido social al valorarse gravar las prestaciones laborales del universo promedio de trabajadores de clase media.

    En atención a lo expuesto proponemos a la asamblea que se declare de obvia resolución la discusión del presente punto de acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 155, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, atentos a la urgente necesidad de que las Cámaras del Congreso de la Unión entren en el análisis y la discusión de las iniciativas referidas en el presente proyecto; solicitando de la asamblea la aprobación del siguiente

    Acuerdo

    Primero. El Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato se adhiere a las iniciativas presentadas por varios grupos parlamentarios relativas a reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta, a fin de proteger a los trabajadores de las disposiciones legales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2006, gravando prestaciones laborales.

    Segundo. Se exhorta a la Cámara de Diputados y al Senado de la República a que en el primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio, que abrirán ambas Cámaras el día de mañana, 1 de septiembre, analicen y dictaminen las iniciativas vinculadas con las reformas de la Ley del Impuesto sobre la Renta, buscando privilegiar la no afectación de las prestaciones laborales de los trabajadores.

    Tercero. Comuníquese el presente acuerdo, con sus consideraciones, a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y al Senado de la República, así como a las Legislaturas de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a efecto de que, de estimarlo oportuno, se adhieran al presente acuerdo.

    Guanajuato, Gto., a 29 de agosto de 2005.--- Los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, diputados: Humberto Andrade Quesada (rúbrica), Presidente; José Huerta Abortes (rúbrica), vicepresidente; José Luis Nieto Montoya, Alejandro R. García Sáenz Arena, Mario Aguilar Camarillo, vocales (rúbricas).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.


    ESTADO DE SINALOA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa.

    C. Dip. Lic. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

    Adjunto nos permitimos remitir a usted punto de acuerdo número 8, aprobado por el Pleno de la Quincuagésima Octava Legislatura del H. Congreso del estado de Sinaloa en sesión pública ordinaria el martes trece de septiembre del presente año, el que textualmente dice:

    Único.- La Diputación Permanente de la Quincuagésima Octava Legislatura del H. Congreso del estado de Sinaloa se dirige de manera respetuosa al H. Congreso de la Unión para que, en ejercicio de sus facultades y previo el análisis correspondiente, tenga a bien derogar las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, que entrarán en vigor el primero de enero de 2006, en virtud de que tienen por objeto gravar todas las prestaciones de los trabajadores, con lo cual se establecen más cargas fiscales, en perjuicio de sus ingresos.

    Lo que comunicamos a usted para su valioso conocimiento y efectos correspondientes.

    Atentamente.

    Culiacán Rosales, Sinaloa, septiembre 13 de 2005.--- Dip. Lic. Jesús Burgos Pinto (rúbrica), Presidente de la Gran Comisión del H. Congreso del estado de Sinaloa.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa.

    La Diputación Permanente de la Quincuagésima Octava Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, ha tenido a bien expedir el siguiente

    Punto de Acuerdo: 8

    Único.- La Diputación Permanente de la Quincuagésima Octava Legislatura del H. Congreso del Estado de Sinaloa, se dirige de manera respetuosa al H. Congreso de la Unión, para que en ejercicio de sus facultades y previo el análisis correspondiente, tengan a bien derogar las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, que entrarán en vigor el primero de enero de 2006, en virtud de que tienen por objeto gravar todas las prestaciones de los trabajadores, con lo cual se establecen mas cargas fiscales, en perjuicio de sus ingresos.

    Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la Ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los trece días del mes de septiembre de dos mil cinco.--- Dip. Lic. Jesús Burgos Pinto (rúbrica), Presidente; Dip. Ing. Luis Roberto Loaiza Garzón (rúbrica), Secretario.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa.

    Diputación Permanente del H. Congreso del Estado de Sinaloa.--- Presente.

    La Comisión de Concertación Política que suscribe, de esta Quincuagésima Octava Legislatura del H. Congreso del Estado de Sinaloa, presenta a su consideración un punto de acuerdo que le fue turnado en su oportunidad, y

    Considerando

    Que con fecha 26 de agosto de 2005 se recibió oficio, dirigido al Presidente de la Gran Comisión de este H. Congreso del estado, en el cual se plantea un punto de acuerdo, consistente en solicitar al H. Congreso de la Unión que derogue la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta que entrará en vigor a partir del 1 enero de 2006 y que gravará todas las prestaciones de los trabajadores asalariados.

    Que después de ser recibido por el Presidente de la Gran Comisión, lo presentó a la consideración de esta Comisión de Concertación Política, para el efecto de que se hiciera el análisis respectivo y se determinara su procedencia.

    Que en el escrito de referencia se vierten los argumentos siguientes:

    ``Con el respeto que nos merece su alta investidura, los representantes de las organizaciones que conformamos el Frente Sindical, Campesino, Social, Indígena y Popular en el estado de Sinaloa, nos dirigimos a usted para solicitar que por su conducto esa representación popular, en pleno ejercicio soberano de sus atribuciones, tenga a bien emitir un punto de acuerdo en el sentido de solicitar al H, Congreso de la Unión la derogación de la Reforma a la Ley del ISR que entrará en vigor a partir de enero de 2006 y que gravará todas las prestaciones de los trabajadores asalariados, en contraposición a lo establecido en los artículos 123 de la Constitución General de la República y, 86 y 97 de la Ley Federal del Trabajo, que garantizan el principio de equidad en el ingreso salarial como producto del trabajo.

    Por otra parte y a mayor abundamiento, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social del Poder Ejecutivo Federal así lo ha considerado en un documento de análisis denominado Impacto del nuevo esquema de tributación para asalariados, vigente a partir del lo. de enero de 2006, donde se señala que el sistema de recaudación que se pretende imponer representa un fuerte incremento en la carga tributaría de las personas físicas asalariadas.

    Agrega además, que el impacto se quiere compensar con una especie de subsidio para la nivelación del ingreso, este apoyo se aplicará sólo de manera temporal e irá disminuyendo proporcionalmente en el lapso de 10 años y se verán reducidos los ingresos entre 1.5 y 9.1 %.

    Por último, la misma dependencia considera que la modificación a la Ley del ISR es sumamente discrecional, ya que los trabajadores que cambien de empleo o lo tengan por primera vez no tendrán derecho al subsidio para la nivelación del ingreso.''

    Que el citado escrito fue presentado por los dirigentes sindicales siguientes: MC César Bojórquez Bojórquez, de Suntuas-Académico; señor Julio C. Márquez Meza, de STRM, sección 30; doctor Miguel A. Guerra Liera, del SNTSS, sección IX; señor Florentino Velázquez Iribe, del Suntuas-Administrativo; señor Alfredo Arroyo Pardo de CUT; señor José Zavala Aispuro, de SIOCCS; señora María de Jesús Chávez, presidenta de MNJP; señor Josué Valenzuela Armenta, secretario general CCC; señor Francisco Juárez H., presidente de FEAS; señor Daniel Ramírez León de SNTENMP; y por el profesor Humberto Domínguez B., de la CNTE.

    Que el asunto que se plantea en el documento que es del conocimiento de esta Comisión de Concertación Política, tiene tiempo discutiéndose a nivel nacional, ya que se trata de que los ingresos de los trabajadores, a partir del 1 de enero del 2006, serán gravados en su totalidad, sin importar el concepto.

    Que como se expresa en las reformas habidas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, particularmente en el artículo 113, en el párrafo tercero, se manifiesta que habrá una exclusión general de la suma de los ingresos de prestaciones de previsión social exentos hasta por la cantidad de $6,333.33 mensuales, lo que equivale a 4.6 veces el salario mínimo para el Distrito Federal.

    Que esa sería la cantidad que estaría exenta del pago, sin embargo, a partir de ese rango los ingresos serían gravados y, en estimaciones que se han hecho, saldrían cubriendo más impuestos los trabajadores de salarios medios y un porcentaje menor los de salarios altos.

    Que además, lo que reviste mayor discusión es que, atentos a lo que dispone el párrafo cuarto del artículo 113 del Impuesto sobre la Renta, el ``salario bruto se integra por la totalidad de los ingresos percibidos por la prestación de un servicio personal subordinado y los que esta ley asimila a dichos ingresos, y demás prestaciones que deriven de una relación laboral''.

    Que es importante, para una mejor ilustración, enumerar las prestaciones que se gravarán en caso de que inicien su vigencia las reformas fiscales mencionadas, tales como los fondos de ahorro, los vales de despensa, los subsidios por enfermedad, útiles escolares; las ayudas por nacimiento de hijos, para renta y para juguetes; becas; los subsidios por incapacidad; el pago por tiempo extra; las pensiones y jubilaciones, las gratificaciones, los aguinaldos, las primas por seguro de alimentos y servicios, la vacacional y la dominical, entre otras.

    Que estas reformas que entrarán en vigor el día 1 de enero del año 2006 fueron aprobadas el día 13 de noviembre del 2004 y publicadas el 1 de diciembre del mismo año.

    Que el proceso legislativo, para el caso que ocupa este análisis, comenzó con iniciativa del Ejecutivo Federal presentada ante la Cámara de Diputados, para luego discutirse en la Cámara de Senadores y después se regresó a la Cámara de Diputados, lo cual da una idea de la trascendencia de dichas reformas y que ocuparon amplias discusiones al seno del Congreso de la Unión.

    Que desde el momento mismo de su publicación, se estudió de nuevo la pertinencia de las reformas e incluso en la actualidad ya se presentaron sendas iniciativas para derogar las reformas fiscales, en los apartados comentados.

    Que con esta reforma se abandona el principio de equidad, pues un importante segmento de trabajadores de menores ingresos empezarán a causar impuestos, ello derivado de la acumulación de prestaciones que actualmente no son gravadas; igualmente, a otros de ingresos medios se les impondrá una sobretasa del impuesto y, por otro lado, a los que perciben mayores ingresos se les reducirá la tasa efectiva de impuestos.

    Que el impacto que causará esta reforma fiscal no se puede compensar, como se estatuye en las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, con una especie de subsidio para la nivelación del ingreso, que sólo se aplicará de manera temporal y que disminuirá proporcionalmente en el lapso de diez años.

    Que de acuerdo con lo anterior, de no derogarse la citada reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta, según se ha dicho por especialistas, se presentarán las repercusiones siguientes: un retroceso histórico, puesto que se perderían algunas conquistas laborales; además de que los trabajadores no están en condiciones de pagar más impuestos, ya que el poder adquisitivo no se ha fortalecido; se presentarán nuevos conflictos laborales y presiones inflacionarias; se reducirán los ingresos de la clase media; se aumentarán los costos para las empresas; por lo que habrá más desempleo; por ello, la importancia de atender las consecuencias que la vigencia de la reforma fiscal tendría.

    Que es pertinente mencionar que se han recibido por este H. Congreso del estado comunicados de las Legislaturas de los estados de Guanajuato y Quintana Roo, donde hacen del conocimiento puntos de acuerdo que se tomaron en el mismo tenor e invitan a adherirse a esas propuestas, es decir, a solicitar al H. Congreso de la Unión las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, en los rubros mencionados.

    Que por ello, esta Diputación Permanente debe conocer este punto de acuerdo, para dar respaldo solidario a los jefes de familia que reciben un salario por las actividades laborales que realizan.

    Que de esa manera se propone un punto de acuerdo, que se somete a la consideración de esta Diputación Permanente de la Quincuagésima Octava Legislatura, a efecto de que se solicite la derogación de la reforma señalada a la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    Que en base a los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Comisión presenta a la consideración de esta Diputación Permanente el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- La Diputación Permanente de la Quincuagésima Octava Legislatura del H. Congreso del estado de Sinaloa, se dirige de manera respetuosa al H. Congreso de la Unión, para que en ejercicio de sus facultades y previo el análisis correspondiente, tengan a bien derogar las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, que entrarán en vigor el primero de enero de 2006, en virtud de que tienen por objeto gravar todas las prestaciones de los trabajadores, con lo cual se establecen más cargas fiscales, en perjuicio de sus ingresos.

    Salón de Comisiones del H. Congreso del Estado, en la Ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los trece días del mes de septiembre de dos mil cinco.--- Comisión de Concertación Política, diputados: Jesús Burgos Pinto (rúbrica), Luis Roberto Loaiza Garzón (rúbrica), Feliciano Castro Meléndrez (rúbrica), Eduardo Alfonso Garrido Achoy (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.


    ESTADO DE TLAXCALA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Tlaxcala.--- H. Congreso del estado Libre y Soberano de Tlaxcala.--- LVIII Legislatura.

    CC. Diputados secretarios del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

    Por instrucciones del Presidente de la Mesa Directiva y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 96 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Tlaxcala, remito a ustedes Acuerdo, aprobado en su décima quinta sesión ordinaria pública de esta Quincuagésima Octava Legislatura, celebrada el día 20 del mes en curso, por el que exhorta a los poderes de la Unión, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, a realizar los estudios que consideren necesarios y a la brevedad posible deroguen las disposiciones que gravan las prestaciones sociales de los trabajadores, contenidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta. Lo anterior para los efectos procedentes.

    Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    ``2005 Año del centenario del natalicio de Miguel Nicolás Lira Álvarez''

    Tlaxcala de Xicohténcatl, a 21 de septiembre de 2005--- Lic. Felipe Nava Lemus (rúbrica), Secretario Parlamentario del H. Congreso del Estado.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Tlaxcala.--- H. Congreso del estado Libre y Soberano de Tlaxcala.--- LVIII Legislatura.

    Acuerdo

    Primero. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, y 9 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la LVIII Legislatura del honorable Congreso del Estado de Tlaxcala, exhorta a los poderes de la Unión, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, a realizar los estudios que consideren necesarios y a que a la brevedad posible deroguen las disposiciones que gravan las prestaciones sociales de los trabajadores, contenidas con la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicadas en el Periódico Oficial de la Federación el pasado 1o. de diciembre del año 2004.

    Segundo. Comuníquese el presente Acuerdo, a través de la Secretaría Parlamentaria de este Poder Legislativo, a los poderes de la Unión y a los congresos estatales, a efecto de que se adhieran al mismo, para los efectos legales a que haya lugar.

    Tercero. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

    Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil cinco.--- C. Pedro Teguapacho Rodríguez (rúbrica), Dip. Presidente; C. Alfonso Rodríguez Domínguez (rúbrica), Dip. Secretario; C. Pablo Flores Galicia (rúbrica), Dip. Secretario.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.


    COMISIONES LEGISLATIVAS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), y 44, punto 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8, segundo párrafo del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio en Comisión, solicitado por el diputado Manuel Velasco Coello, Coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

  • Que el diputado Guillermo Velasco Rodríguez sustituya al diputado Manuel Velasco Coello como secretario de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

  • Asimismo el diputado Velasco Rodríguez, deja de pertenecer a la Comisión de Marina como integrante

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, 22 de septiembre de 2005.--- Diputado Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    En votación económica se pregunta si se aprueba...

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados y las diputadas que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, ciudadana Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobada.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 34 numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en atención al resolutivo cuarto del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se crea al Comité de Información, Gestoría y Quejas, y el respectivo de su propia integración, se adopta el siguiente:

    Acuerdo

    Primero.- En términos del Acuerdo para la integración del Comité de Información, Gestoría y Quejas de la LIX Legislatura, se determina que el diputado Alfonso Rodríguez Ochoa, del grupo parlamentario del PRI presida el órgano referido del 16 de agosto de 2005 a 30 de abril de 2006.

    Segundo.- Comuníquese para los efectos conducentes al Pleno de la Cámara de Diputados.

    Tercero.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de septiembre de 2005.--- Dip Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: De enterado.


    COMISION ESPECIAL DE LA FUNCION PUBLICA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se crea la Comisión Especial de la Función Pública

    Consideraciones

    I.- Que en la sesión del Pleno de la Cámara de Diputados, celebrada el pasado 13 de septiembre de 2005, se dictó turno a la Junta de Coordinación Política de la proposición con punto de acuerdo para crear una Comisión de la Función Pública, presentada por el diputado Víctor Hugo Islas Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    II.- Que en el punto de acuerdo de referencia, el diputado Víctor Hugo Islas expresa las siguientes consideraciones:

    ``El Poder Legislativo mexicano, ha fortalecido su autonomía y capacidad de decisión, ejerciendo con mayor vigor las funciones que le corresponden. De esta manera, la actividad legislativa es más profusa, resaltando el hecho de que, a diferencia de años pasados, la pluralidad democrática del país permite que la proporción de proyectos legislativos que presentan los legisladores, con relación a los del Poder Ejecutivo han variado su correlación de manera radical. En legislaturas pasadas, los porcentajes de iniciativas eran hasta más del 90% para el Ejecutivo y, hoy día, los legisladores federales y Congresos locales, en términos de lo dispuesto por el artículo 71 de la Constitución Política, tenemos el mayor porcentaje de elaboración y presentación de propuestas de reforma constitucional, modificación de leyes secundarias y proposiciones vinculadas a temas coyunturales de la mayor importancia para todos los mexicanos.

    El nuevo activismo del Congreso, deviene en un mejor equilibrio entre los poderes, en una representación más fidedigna de la voluntad ciudadana y de la consolidación del camino democrático que hemos elegido los mexicanos, edificando durante más de un siglo instituciones y procedimientos deliberantes, participativos y sustentados en la soberanía popular.

    Esta es la era del Poder Legislativo. De acuerdo con los datos de Freedom House, en el año 2000 el 63% de los gobiernos nacionales, en el mundo, fueron electos mediante el sufragio universal: La victoria de la democracia se constata si comparamos este dato, con el hecho de que en 1950 sólo 30% de los gobiernos se elegían por esta vía, que es la esencia misma del Estado social y del sistema democrático.

    No obstante, creemos que el avance cuantitativo y las condiciones del entorno democrático de las instituciones parlamentarias, no bastan para que el Parlamento esté a la altura de las condiciones sociales y económicas y de la eficacia de las respuestas legales y políticas que la sociedad demanda a sus múltiples y cambiantes problemas. Si no se propicia una evolución rápida hacia la profesionalización y sistematización de los procedimientos y funciones legislativas, podría darse lugar al desencanto social con la democracia, toda vez que las expectativas puestas en revitalización del Legislativo son muy amplias, pero también legítimas.

    Entre los aspectos fortalecidos en la función parlamentaria, encontramos una creciente influencia en la formulación de políticas públicas. En la realidad, la tarea de legislar ya no es la única función de los Congresos. A la tarea de hacer leyes se agregan las de control, fiscalización y supervisión del Poder Ejecutivo; el debate de los grandes temas nacionales, la apertura a distintas corrientes de opinión y la constitución de una arena para el diálogo y los acuerdos políticos nacionales: Todas ellas fortalecen las prácticas y valores democráticos.

    En ese sentido, la ciudadanía espera que el Congreso sea una piedra angular en el logro de un gobierno más honesto y transparente, así como el alcance de objetivos de gran dimensión que se han soslayado tradicionalmente, como la profesionalización del servicio público; la simplificación administrativa; la desregularización; un enfoque humano en la administración pública; la actualización del sistema de compras y de obras públicas gubernamentales; la flexibilización de los mecanismos de corresponsabilidad, conversión, y concesión, hacia los particulares, la delegación de responsabilidades; la descentralización de decisiones, responsabilidades y recursos, entre muchas otras.

    Vivimos tiempos, en los cuales la administración pública no puede ser una caja cerrada. Es necesario impulsar mecanismos que la hagan más eficiente, eficaz, oportuna y que justifique adecuadamente el gasto que hace de los impuestos de todos los ciudadanos. Es decir, transmitamos hacia una comprensión, operación y evaluación permanente de la función pública, diferenciándola claramente de las funciones social y privada.

    La comprensión del nuevo esquema administrativo, político y social, es importante para ajustar los procedimientos de carácter legislativo a las nuevas necesidades. Al hacerlo, el Poder Legislativo gana en confianza social, lo que permite que la sociedad se interese más por los asuntos públicos, que se fortalezca la comunicación, el ejercicio de los derechos y la exigencia de las obligaciones en la vida pública. Por ello, debemos trabajar en esquemas nuevos de control de la función pública, que superen el mero espíritu financiero para profundizar en la manera como podemos contribuir a un más amplio servicio público.

    Como las diputadas y diputados saben, en el pasado, la función de control estaba acotada a la mera fiscalización de recursos públicos. Su evolución, a través de la creación de la Ley de Auditoría Superior de la Federación, especializó esta tarea.

    Sin embargo, en la actualidad no existe una comisión que conozca los demás aspectos, que son numerosos cuantitativa y cualitativamente de la función pública, aún cuando el artículo 39 de la Ley Orgánica establece que debe haber una competencia correlativa entre las dependencias federales y las comisiones, incluso a partir de su denominación.

    Por ello, a fin de que todas las áreas señaladas no queden sujetas a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo, estimamos que es conveniente crear en este cuerpo legislativo una Comisión Especial de la Función Pública, que desarrolle los temas señalados, desde una perspectiva de verdadera modernización de la administración pública. Esta aportación de la LIX legislatura al enriquecimiento de las funciones legislativas podría llevar, más adelante, a darle permanencia a través de la modificación de la Ley Orgánica.''

    Con base en lo anteriormente expuesto, la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, párrafo 1, inciso c), y 42, párrafo 1 y 43 párrafos 2 y 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone al Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

    Acuerdo

    Primero: Se crea la Comisión Especial de la Función Pública, competente para conocer de los asuntos inherentes a los ramos correspondientes de la Administración Pública, en el ámbito del control y la modernización administrativa.

    Segundo: La Comisión Especial de la Función Pública estará integrada por 12 miembros, nombrados por los coordinadores de los grupos parlamentarios constituidos en la Cámara de Diputados, de conformidad con la siguiente proporción:

  • 4 del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

  • 3 del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;

  • 2 del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

  • 1 del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;

  • 1 del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, y

  • 1 del Grupo Parlamentario de Convergencia.

    Tercero: La Comisión Especial de la Función Pública contará con una Mesa Directiva, integrada por un presidente designado por el grupo parlamentario del PRI, y por un secretario designado por los grupos parlamentarios del PAN y del PRD respectivamente.

    Cuarto: La Comisión Especial de la Función Pública contará con los recursos humanos, materiales y financieros que determine la Junta de Coordinación Política.

    Quinto: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2005.--- Dip Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si son de aprobarse los puntos de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, ciudadana Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado; comuníquese.


    REGISTRO DE ASISTENCIA

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se pide a la Secretaría que instruya el cierre del sistema electrónico y dé cuenta del registro de diputadas y de diputados presentes.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: ¿Falta algún diputado o diputada por registrar su asistencia? Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 391 diputadas y diputados. Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.


    ANALISIS V INFORME DE GOBIERNO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a la incorporación de la Comisión de Cultura a la comparecencia del titular de la Secretaría de Educación Pública, Reyes Tamez Guerra

    ConsiderandosI. Que el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que el Presidente de la República asistirá a la apertura del primer periodo de sesiones ordinarias de cada año de ejercicio legislativo, y presentará un informe por escrito en el que se expondrá el estado general que guarda la administración pública del país

    II. Que de conformidad con el artículo 93, primer párrafo de la Constitución Política, los secretarios del despacho y los jefes de los departamentos administrativos, luego de que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso General del estado que guardan sus respectivos ramos.

    III. Que el artículo 7, párrafo 4, de la Ley Orgánica del Congreso General prevé que las Cámaras del Congreso analizarán el informe presentado por el Presidente de la República y que dicho análisis se clasificará en las siguientes materias: política interior, política económica, política social y política exterior.

    IV. Que el artículo 34, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica faculta a la Junta de Coordinación Política a someter a la consideración del Pleno de los proyectos de puntos de acuerdo que resulten necesarios para que la Cámara de Diputados ejerza las atribuciones que constitucional y legalmente le corresponden.

    V. Que en Sesión celebrada el 30 de agosto de 2005, la Junta de Coordinación Política consideró conveniente que el análisis del V Informe de Gobierno se lleve a cabo en las sesiones ordinarias previstas para los próximos miércoles 7 y jueves 8 de septiembre del año en curso. En ese sentido, la primera sesión tendrá por objeto analizar el informe presentado en lo relativo a las materias de política económica y política social, mientras que en la sesión del jueves 8 se destinará el análisis conducente de la política interior y exterior.

    VI. Con la finalidad de profundizar en el análisis del V Informe de Gobierno presentado por el Presidente de la República y de promover el diálogo constructivo entre la Legislatura y las dependencias del Gobierno Federal, la Junta de Coordinación Política ha considerado conveniente que las comparecencias de los secretarios de despacho a las que se refiere el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política, se realicen ante comisiones de la Cámara de Diputados.

    VII. Que el Acuerdo al que hace referencia el numeral anterior, fue a aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados en su Sesión del 7 de septiembre del 2005 y que el calendario de comparecencias contenido en éste fue notificado al Poder Ejecutivo Federal para sus causes legales.

    VIII. Que esta Junta de Coordinación Política consideró como importante que en la comparecencia del titular de la Secretaría de Educación Pública, Reyes Tamez Guerra, prevista para el día martes 27 a las 18:00 hrs., participe la Comisión de Cultura.

    Con base en lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 7 y 34, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General, la Junta de Coordinación Política somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

    Acuerdo

    Único.- Que el titular de Secretaría de Educación Pública, Dr. Reyes Tamez Guerra comparezca ante las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, de Ciencia y Tecnología, y de Cultura, el próximo martes 27 de septiembre de 2005, a las 18:00 hrs., conforme al formato previamente aprobado.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2005.--- Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador de Grupo Parlamentario del PRI; Diputado José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Diputado Manuel Velasco Coello (rúbrica ), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Diputado Alejandro González Yáñez Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo...

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado; comuníquese.


    ZONAS ARQUEOLOGICAS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a aplicar con la mayor brevedad el presupuesto aprobado para la adquisición de terrenos en zonas arqueológicas prioritarias y para la realización de estudios destinados a lograr la incorporación de las comunidades a los proyectos de desarrollo vinculados a las zonas de monumentos arqueológicos

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, cuyo original se anexa, suscrita por el diputado Filemón Primitivo Arcos Suárez, Presidente de la Comisión de Cultura, la cual fue analizada en la sesión de trabajo de este órgano de gobierno, celebrada el 26 de septiembre del presente, por lo que somete a consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- Exhórtese al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, de manera urgente, entregue los recursos reasignados por esta soberanía, contemplados en el Ramo 11 ``Educación Pública'', del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005, referidos a la partida de $28,400,000.00 (veintiocho millones cuatrocientos mil pesos) para la adquisición de terrenos en zonas arqueológicas prioritarias y la de $12,600,000.00 (doce millones seiscientos mil pesos) destinada a proyectos interdisciplinarios de incorporación de comunidades en zonas arqueológicas.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de septiembre de 2005.--- Dip Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado; comuníquese.


    RAMON MARTIN HUERTA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para exhortar al titular del Ejecutivo federal a fin de que por conducto del procurador general de la República se realice una investigación exhaustiva en torno al lamentable hecho en el que perdieron la vida el secretario de Seguridad Pública, licenciado Ramón Martín Huerta, y sus acompañantes, informando objetivamente a la opinión pública, en forma sustentada, incuestionable y definitiva, el resultado

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, misma cuyo original se anexa, suscrita por el diputado Jorge Uscanga Escobar, la cual fue inscrita como de urgente y obvia resolución, misma que fue analizada en sesión de trabajo de la Junta de Coordinación Política del día 26 de septiembre del presente año, por lo que somete a consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que por conducto del Procurador General de República, se realice una investigación exhaustiva en torno al lamentable hecho en el que perdió la vida el Secretario de Seguridad Pública licenciado Ramón Martín Huerta y sus acompañantes, informando objetivamente a la opinión pública, en forma sustentada, incuestionable y definitiva, el resultado.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 27 días de septiembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Dip. Manuel Velasco Coello, Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    «Proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular del Ejecutivo federal a fin de que por conducto del Procurador General de la República se realice una investigación exhaustiva en torno al lamentable hecho en el que perdieron la vida el secretario de Seguridad Pública y sus acompañantes, informando objetivamente a la opinión pública, en forma sustentada, incuestionable y definitiva, el resultado

    El suscrito, diputado Jorge Uscanga Escobar, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite presentar a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con el carácter de urgente y obvia resolución.

    Antecedentes

    Los lamentables hechos en los que perdieran la vida el licenciado Ramón Martín Huerta y sus ocho acompañantes, por razones y circunstancias diversas han generado todo tipo de dudas y comentarios.

    La opinión pública en general, desde el momento en que trascendió a los medios la desaparición del helicóptero en que viajaba el secretario de Seguridad Pública Federal, estuvo atenta y expectante, en espera de la información oficial en torno a este suceso.

    Ante la incertidumbre sobre la desaparición de la aeronave y las posibles causas, se mantenía la esperanza de una avería o en su caso, de un accidente fortuito sin consecuencias fatales.

    Al trascender la denuncia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, por amenazas a su tercer visitador que viajaba a bordo de la aeronave, esto provocó un clima adicional de tensión, considerando que podría tratarse de atentado.

    La Presidencia de la República, luego de informar sobre el deceso de los funcionarios involucrados en el accidente aéreo, hizo un llamado a todos los actores políticos, a los medios de comunicación y a la población en general, para evitar cualquier rumor o especulación señalando que todos los indicios llevan a suponer que se trató de un lamentable accidente.

    Pero en un hecho de tal trascendencia, si bien no debe ser objeto de suposiciones, sospechas o especulaciones infundadas, lo cierto es que no es posible descartar a priori cualquier indicio que merezca investigación.

    Lo cierto es que en este caso, como en cualquier otro similar, la investigación debe ir a fondo, con el antecedente de la amenaza o sin él, porque todo, absolutamente todo debe ser connatural y de esclarecimiento obligado en la investigación.

    Sabemos que el secretario de Relaciones Exteriores, desde el miércoles pasado, directamente y por conducto de las Embajadas, transmitió a la comunidad internacional la certeza de que todo se debió a un accidente; pero, mientras no haya una indagatoria técnicamente razonable y creíble, las suspicacias continuarán profundizándose.

    La dictaminación de un hecho de esta naturaleza trasciende el ámbito cotidiano de acción de los actores políticos. Hoy existen más preguntas que respuestas. Se requiere de un dictamen profesional y objetivo; técnica y jurídicamente sustentado.

    Por tal motivo, consideramos indispensable exhortar al Gobierno Federal a que se realice una investigación exhaustiva que con toda precisión esclarezca los hechos y que su resultado se informe al pueblo de México.

    Por lo anteriormente expuesto y con el fundamento antes citado, me permito proponer la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución.

    Único.- Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a que por conducto del procurador general de República, se realice una investigación exhaustiva en torno al lamentable hecho en el que perdieron la vida el secretario de Seguridad Pública y sus acompañantes, informando objetivamente a la opinión pública, en forma sustentada, incuestionable y definitiva, el resultado.

    Atentamente.

    Dip. Jorge Uscanga Escobar (rúbrica).»

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado; comuníquese.


    LEY FEDERAL DEL TRABAJO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 10, fracción XXI, 50, fracciones IV y V, y 58, fracción XVII, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero. Que esta Diputación Permanente se sume a los posicionamientos emitidos por las Legislaturas de los estados de Jalisco, Oaxaca, Baja California Sur, Coahuila y Morelos, a fin de apoyar las reformas legales para que, de manera expresa, quede señalada la prohibición de no exigir a las mujeres como requisito para ingresar en un centro de trabajo la constancia de no gravidez y para que no se les despida en caso de embarazo.

    Segundo. Se solicita de manera respetuosa a la Cámara de Diputados que se dictamine la iniciativa de reforma del artículo 133, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, que prohíbe expresamente a los patrones ``I. Negarse a aceptar trabajadores por razón de su edad o de sexo, así como solicitar a las mujeres la presentación de certificado médico de no embarazo, como condición indispensable para la contratación'', aprobada en el Senado de la República.

    Tercero. Que se solicite de manera respetuosa a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a la Junta de Conciliación y Arbitraje, a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ambas instancias del Gobierno Federal, a la Dirección General del Trabajo de la Subsecretaría de Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Distrito Federal, a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal y a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal que, en ámbito de sus competencias y atribuciones y en sus visitas de inspección a las diferentes dependencias y empresas ubicadas en el Distrito Federal, así como en la intermediación y solución de los conflictos entre empleadores y trabajadoras, revisen que en los requisitos de contratación no se señale la presentación de un certificado de no gravidez, así como que no se realicen despidos a las trabajadoras por embarazo. Además, que puedan emitir un informe a esta Asamblea sobre el tema.

    Cuarto. Se recomienda de manera respetuosa a todas las organizaciones laborales que en sus contratos colectivos de trabajo agreguen el rechazo absoluto y la prohibición del requisito de certificado de no gravidez para que las mujeres puedan ser contratadas y el rechazo al despido por embarazo.

    En tal virtud, me permito solicitarle su intervención y apoyo a efecto de que se realicen las acciones pertinentes para los efectos legales a que haya lugar. Sírvase encontrar anexa al presente copia del punto de acuerdo en comento.

    Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

    Atentamente.

    Recinto Legislativo, a 14 de septiembre de 2005.--- Dip. Julio Escamilla Salinas (rúbrica), Presidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    Propuesta con punto de acuerdo sobre la solicitud del certificado de no embarazo y despido por embarazo por parte de los empleadores en el Distrito Federal

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción XXI, y 17, fracción VII, de la Ley Orgánica; y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos ordenamientos relativos a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a consideración de esta Diputación Permanente, para su discusión y, en su caso, aprobación, con carácter de urgente y obvia resolución, la presente propuesta con punto de acuerdo.

    Antecedentes

    1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 1o., referente a las garantías individuales, que ``queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas''.

    2. Ese principio de igualdad, reconocido y avalado internacionalmente, es atropellado por algunos empleadores que, con la finalidad de no otorgar las prestaciones sociales a que tienen derechos las trabajadoras, exigen como requisito o condición para el ingreso en un empleo el certificado de no embarazo o certificado de no gravidez e, incluso, en algunos casos son despedidas al estar embarazadas.

    3. La Ley Federal del Trabajo y las leyes en materia de seguridad social protegen a la trabajadora en su trabajo y en su salud integral. Sin embargo, no contienen ninguna prohibición o incluso sanción a los empleadores que soliciten el certificado de no embarazo como requisito para poder otorgar un trabajo.

    4. En sesión celebrada el jueves 6 de diciembre de 2001, en la Cámara de Senadores, la senadora Addy Joaquín Coldwell, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa de decreto que reforma la Ley del Seguro Social, en los artículos 102, 103 y 107, y la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 133, fracción I, con la finalidad de prohibir expresamente a los patrones negarse a aceptar trabajadoras por razón de edad o de sexo, así como exigirles la presentación de certificado médico de no embarazo como condición indispensable para la contratación. Esta iniciativa fue aprobada en la Cámara de origen y enviada a la Cámara de Diputados, en donde aún se encuentra en comisiones para su dictamen.

    5. Los Congresos locales de Morelos, de Coahuila y de Oaxaca han expresado su apoyo para que la Cámara de Diputados apruebe las reformas propuestas.

    6. En el mismo sentido, el Congreso del estado de Jalisco, en sesión de fecha 30 de marzo de 2004, aprobó el acuerdo legislativo número 111/04, que contiene el posicionamiento de la Legislatura del estado respecto a las iniciativas de reformas legales que prohíban a los empleadores exigir la presentación de certificado médico de no embarazo como condición indispensable para la contratación de trabajadoras y otras discriminaciones de orden laboral.

    7. El Congreso del estado de Baja California Sur emitió con fecha 8 de junio de 2004 el acuerdo económico mediante el cual se une a los posicionamientos emitidos por las Legislaturas de los estados de Jalisco y de Oaxaca a fin de apoyar las reformas legales para que, de manera expresa, quede señalada la prohibición de no exigir a las mujeres como requisito para ingresar en un centro de trabajo la constancia de no gravidez y para que no se les despida en caso de embarazo, así como para que se amplíe la discusión respecto de la conveniencia de establecer medios de prevención contra la discriminación femenina, como sanciones pecuniarias, y se haga extensiva la prevención de la discriminación laboral contra las mujeres por razones de su estado civil, así como la pertinencia de que las autoridades del orden laboral realicen las inspecciones necesarias a las empresas o centros de trabajo con la finalidad de frenar estos hechos, de auténtica discriminación, que vulneran las disposiciones contenidas en el artículo 123 de la Constitución Política federal.

    Considerandos

    1. Que la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en resolución 34/180, del 18 de diciembre de 1979, entrando en vigor el 3 de septiembre de 1981, y que con esta Convención se dio un gran paso hacia la meta de la igualdad de derechos para las mujeres, al consagrar que la discriminación contra éstas es una injusticia y constituye una ofensa a la dignidad humana.

    2. Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos establece que en los derechos de las madres trabajadoras, los patrones no podrán en ningún caso rechazar a una solicitante de trabajo por estar embarazada, o no promoverla o despedirla por este motivo. Excluirla de beneficios, promociones, ascensos, y capacitación por el embarazo o exigirle la renuncia a causa de éste, o bien, por puerperio, lactancia o responsabilidades familiares, o disminuir o anular cualquiera de sus derechos laborales de seguridad social.

    3. Que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal emitió la recomendación 6/95, la cual tiene por objeto conseguir que los criterios de selección de personal respeten estrictamente el principio de igualdad legal y social entre el hombre y la mujer, considerado en los artículos 4o. y 5o. de la Constitución, así como en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y ratificada por México.

    4. Que en sus atribuciones, a la Subsecretaría de Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Distrito Federal corresponde proponer al jefe del gobierno, para su expedición, en el ámbito de su competencia, las políticas relativas a la observancia y aplicación de la Ley Federal del Trabajo, sus reglamentos y demás disposiciones relativas, así como los lineamientos para la formulación, ejecución y evaluación de la política laboral en el Distrito Federal, además de aplicar las políticas que establezca el jefe del gobierno para la promoción y protección de los derechos de los menores que trabajan y propiciar acciones que impulsen el desarrollo de los derechos laborales de las mujeres en equidad de los hombres.

    5. Que en la parte laboral del Programa General de Desarrollo del Gobierno del Distrito Federal 2000-2006 se establece sobre la mujer trabajadora que se establecerá una política laboral integral y especializada de asesoría, patrocinio y defensa, a partir de un enfoque de equidad y género, a través de programas y campañas públicos que promuevan la eliminación de la discriminación por razones de género o cualquier otra causa y el respeto de los derechos humanos, reproductivos y laborales de la mujer, contra el hostigamiento sexual, el despido por embarazo y la violencia en el trabajo, al mismo tiempo que se avanzará en la elaboración de un reporte de investigación sobre las condiciones de la mujer trabajadora en el Distrito Federal.

    6. Que la Dirección General de Trabajo y Previsión Social de la Subsecretaría de Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Distrito Federal dentro de sus funciones establece que dirige, coordina y supervisa distintas unidades administrativas para la defensa de los derechos laborales individuales y colectivos de los trabajadores, y la conciliación de los conflictos obrero-patronales, opera la función de la inspección local del trabajo, la seguridad e higiene en el trabajo, la salud y medio de trabajo, la protección de los derechos de las mujeres, los menores trabajadores y otros grupos vulnerables y el registro y control de los trabajadores no asalariados.

    7. Que el 1 de junio de 2000 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal; y, a partir de esta fecha, se definen la organización, las facultades y el funcionamiento de la misma y se establece como una instancia dependiente de la Subsecretaría de Trabajo y Previsión Social de la Secretaría de Gobierno; y que en la determinación de los servicios que proporciona y sus atribuciones, facultades y obligaciones establece brindar atención integral a las trabajadoras en casos de discriminación, violación, hostigamiento sexual, despido por embarazo y actos de violencia en el trabajo, por su condición de mujeres.

    8. Que la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal cuenta con una Subprocuraduría de Atención a las Mujeres, y que dentro de ella se cuenta con el Programa de Atención a la Mujer, cuyo objetivo establece brindar atención integral a las mujeres que tengan problemas en sus centros de trabajo derivados de su relación laboral, y dar atención puntual a casos de discriminación, hostigamiento sexual, despido por embarazo, violación y violencia laboral, o sobre cualquier otra situación que involucre una problemática de género.

    Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta Diputación Permanente el siguiente

    Punto de Acuerdo

    1. Que esta Diputación Permanente se sume a los posicionamientos emitidos por las Legislaturas de los estados de Jalisco, Oaxaca, Baja California Sur, Coahuila y Morelos a fin de apoyar las reformas legales para que, de manera expresa, quede señalada la prohibición de no exigir a las mujeres como requisito para ingresar en un centro de trabajo la constancia de no gravidez y para que no se les despida en caso de embarazo,

    2. Se solicita de manera respetuosa a la Cámara de Diputados que dictamine la iniciativa de reforma del artículo 133, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, que prohíbe expresamente a los patrones ``1. Negarse a aceptar trabajadores por razón de edad o de sexo, así como exigir o solicitar a las mujeres la presentación de certificado médico de no embarazo como condición indispensable para la contratación'', aprobada en el Senado de la República.

    3. Que se solicite de manera respetuosa a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ambas instancias del Gobierno Federal, a la Dirección General de Trabajo y Previsión Social de la Subsecretaría de Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Distrito Federal, a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal, y a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal que, en el ámbito de sus competencias y atribuciones y en sus visitas de inspección a las diferentes dependencias y empresas ubicadas en el Distrito Federal, así como en la intermediación y solución de los conflictos entre empleadores y trabajadoras, revisen que en los requisitos de contratación no se señale la presentación de un certificado de no gravidez, así como que no se realicen despidos a las trabajadoras por embarazo, además de que puedan emitir un informe a esta Asamblea sobre el tema.

    4. Se recomienda de manera respetuosa a todas las organizaciones laborales que en sus contratos colectivos de trabajo agreguen el rechazo absoluto y la prohibición del requisito de certificado de no gravidez para que las mujeres puedan ser contratadas y el rechazo al despido por embarazo.

    Dado en el Salón de Sesiones de la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los 14 días del mes de septiembre de 2005.--- Dip. Lorena Villavicencio (rúbrica).

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.


    LEUCEMIA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-1630, signado el 24 de febrero de 2005 por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Antonio Morales de la Peña, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número 170 / UCVPS / 382 / 2005, suscrito el 6 del actual por el doctor Gabriel García Pérez, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como el anexo que en el mismo se cita, con los cuales da contestación al punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a otorgar de manera gratuita el Seguro Popular a los infantes y adolescentes que padecen de cáncer en sus diferentes características y, en especial, a los de leucemia.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 13 de septiembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Salud.

    Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Me refiero al Oficio SEL/300/885/05, mediante el cual comunica el punto de acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados el 24 de febrero de 2005, relacionado con la atención de infantes y adolescentes que padecen cáncer, a través del Seguro Popular.

    Al respecto, me permito acompañar Oficio DGF/823/- 2005, suscrito por el maestro José Antonio González Pérez, director general de Financiamiento de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud; agradeciendo su valiosa intermediación para remitirse al órgano legislativo, así como al diputado promovente, para su desahogo.

    Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarte un cordial saludo.

    México, DF, a 6 de septiembre de 2005.---Dr. Gabriel García Pérez (rúbrica), titular de la unidad.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Salud.

    Dr. Nicolás Licona Spínola, director general adjunto de Vinculación Social.--- Lieja No. 7 planta baja, Colonia Juárez, delegación Cuauhtémoc, CP 06696.--- México, Distrito Federal.

    Hago referencia a su atento oficio número 170/UCVPS/ DGAVS/031/2005, de fecha 23 de agosto del año en curso, relativo al punto de acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados por el que se solicita a la Secretaría de Salud otorgue de manera gratuita el Seguro Popular a los infantes y adolescentes que padecen leucemia.

    Al respecto, le informo que con fecha 5 de enero del presente año el Jefe del Poder Ejecutivo expidió el decreto por el que se crea el Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, por lo que, derivado de lo que dispone este ordenamiento, la Comisión Nacional de Protección Social y el Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud, han instrumentado acciones para el debido cumplimiento del citado decreto.

    A la fecha, el Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud a autorizado otorgar el apoyo económico para el diagnóstico y tratamiento de hasta 1532 casos de leucemia linfoblástica aguda, que representan un monto de $240´465,677.21 (doscientos cuarenta millones cuatrocientos sesenta y cinco mil seiscientos setenta y siete pesos 21/100 mn), distribuidos en los hospitales ``Dr. Ignacio Morones Prieto'' del estado de San Luis Potosí; Universitario de Nuevo León, Instituto Nacional de Pediatría, Infantil de México, General de México; Del Niño ``Dr. Rodolfo Nieto Padrón'', en el estado de Tabasco; Civil de Guadalajara ``Dr. Juan E. Menchaca'', y para el Niño Poblano.

    Adicionalmente, en próximos días se presentarán para autorización del Comité Técnico 718 casos más del mismo padecimiento, mismos que representan un monto estimado de $152'837,434.26 (ciento cincuenta y dos millones ochocientos treinta y siete mil cuatrocientos treinta y cuatro pesos 26/100 mn). En este caso la población beneficiaria del Seguro Popular radica en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Colima, Durango, México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán.

    Sin más por el momento, hago propicia la ocasión para enviar a usted un atento y cordial saludo.

    Atentamente.

    México DF, a 31 de agosto de 2005.--- Mtro. José Antonio González Pérez (rúbrica), director general de Financiamiento.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la comisión correspondiente y a su promovente, para su conocimiento.


    REFORMA AGRARIA INTEGRAL

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención a su oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-98, signado el 18 de noviembre de 2003, con el presente les acompaño para los fines procedentes, copia del similar número X110/B-210628, suscrito el 8 del actual, por el actuario Rolando Ocampo Alcantar, subsecretario de Política Sectorial de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a impulsar una reforma agraria integral que atienda el desarrollo de la propiedad social en México y asegure la participación de los ejidos y comunidades, dentro de los programas de desarrollo rural.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 15 de septiembre 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de la Reforma Agraria.

    Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Por instrucciones del licenciado Florencio Salazar Adame, secretario de la Reforma Agraria, y en respuesta al oficio SEL/300/3106/03, respecto al punto de acuerdo del 13 de noviembre del 2003, emitido por la Cámara de Diputados y que a la letra dice:

    Único.- Se exhorta al titular del Ejecutivo federal y a las dependencias responsables del sector agrario a impulsar, en los términos de los artículos 89, fracción I, y 131 de nuestra Carta Magna, una reforma agraria integral que atienda el desarrollo de la propiedad social en México y asegure la participación de los ejidos y comunidades dentro de los programas de desarrollo rural.

    En respuesta al compromiso asumido por el Ejecutivo Federal en el Acuerdo Nacional para el Campo, concretamente en los numerales 237, 238, 239, 240, 254 y 263, el pasado 14 de abril del presente año, la diputada Hilaria Domínguez Arvizu presentó, en nombre de diputados de todos los grupos parlamentarios, dos iniciativas de reformas y adiciones a la Ley Agraria y a la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.

    Ambas propuestas son resultado del consenso obtenido en el seno del Consejo Nacional Consultivo del Sector Agrario, Conacosa, órgano de consulta y análisis que cuenta con la participación de las organizaciones sociales, campesinas y de productores, dependencias y entidades del gobierno federal, así como de especialistas e interesados en la materia, cuyo objeto es examinar, diagnosticar y, en su caso, proponer alternativas que pretendan mejorar e impulsar los diversos aspectos de la vida agraria del país. Dicho órgano colegiado es presidido por el titular de la Secretaría de la Reforma Agraria. Cabe destacar que las iniciativas arriba referidas son producto de la experiencia y trabajo de organizaciones campesinas sociales y privadas, de instituciones académicas, representantes del H. Congreso de la Unión e instancias federales relacionadas con el tema.

    No omito señalar que las iniciativas están siendo analizadas para el dictamen correspondiente por las Comisiones Unidas de Reforma Agraria, y de Agricultura y Ganadería, así como para opinión de la Comisión Especial para el Campo, tratándose de las reformas y adiciones a la Ley Agraria; y por las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, de Reforma Agraria, y de Agricultura y Ganadería, tratándose de las reformas y adiciones a la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.

    Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 8 de septiembre de 2005.--- Act. Rolando Ocampo Alcantar (rúbrica), subsecretario de Política Sectorial.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la comisión correspondiente y a su promovente, para su conocimiento.


    LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha por la Cámara de Senadores, se aprobó el acuerdo de las Comisiones Unidas de Justicia; de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, y de Estudios Legislativos, por el que se desecha la minuta proyecto de decreto que reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y se resuelve devolver a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para los efectos de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el expediente correspondiente.

    Atentamente.

    México, DF, a 22 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente Punto de Acuerdo

    ``Único.- A fin de que la Cancillería incremente y refuerce la protección y defensa de los derechos humanos de nuestros connacionales, particularmente en los Estados Unidos, el Senado de la República exhorta respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que, conforme a sus facultades constitucionales, realice un incremento al Presupuesto 2006 para la Secretaría de Relaciones Exteriores''.Atentamente.

    México, DF, a 22 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
    LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITIMOS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se dio cuenta con solicitud de la Comisión de Comunicaciones y Transportes del Senado de la República de excitativa en relación con la minuta proyecto de Ley de Navegación y Comercio Marítimos, remitida a esa Colegisladora el 15 de diciembre de 2003.

    La Presidencia dispuso que dicha solicitud se turnara a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

    Atentamente.

    México, DF, a 22 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    C. Presidente y Secretarios de la Mesa de la Directiva de la Cámara de Senadores.--- Presentes.

    Los que suscriben, integrantes de la Comisión de Comunicaciones y Transportes de la Cámara de Senadores, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 67, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitan a la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República que tenga a bien formular una excitativa a las Comisiones Unidas de Transportes, y de Marina de la Cámara de Diputados.

    Antecedentes

    El 13 de diciembre de 2002, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta con proyecto de decreto de Ley de Navegación y Comercio Marítimos, disponiendo que se enviara a la Cámara de Senadores, para sus efectos constitucionales. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores recibió y turnó la citada minuta a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, Marina y Estudios Legislativos, para su estudio y dictamen.

    El 15 de diciembre de 2003, el Pleno de la Cámara de Senadores, previas modificaciones realizadas por las comisiones a que fue turnada la minuta, aprobó el dictamen, turnándose por el vicepresidente de la Mesa Directiva, el senador Carlos Chaurand Arzate, a la Cámara de Diputados, la cual el 14 de marzo de 2004, a través de la Mesa Directiva, turnó a las Comisiones Unidas de Transportes, y de Marina la minuta de referencia para la elaboración del dictamen correspondiente.

    En el dictamen de la minuta que fue aprobado por el Pleno de la Cámara de Senadores se señaló que el propósito fundamental era sentar las bases para llevar a cabo la reactivación de la Marina Mercante Nacional, sobre bases competitivas frente a navieras y embarcaciones extranjeras, regulando los permisos temporales de navegación de cabotaje para estas últimas, e impulsando de igual manera el abanderamiento de embarcaciones mexicanas, a efecto de fomentar la contratación de tripulaciones de ciudadanos de nuestro país.

    Lo anterior, con objeto de asegurar el desarrollo de nuestra industria para que sea más rentable, competitiva y generadora de fuentes de empleo para los marinos mercantes mexicanos. Para el logro de tales objetivos se busca sobre todo resolver el problema que enfrenta la Marina Mercante Nacional, toda vez que la mayoría de permisos temporales de navegación que se otorgan anualmente son autorizados a embarcaciones extranjeras, registrando de esa manera gran concentración de los servicios de tráfico de cabotaje en un reducido número de empresas, cuya actividad no reporta ingresos fiscales al país y emplea tripulaciones de otras nacionalidades, dando como resultado evidentes desventajas a las tripulaciones de mexicanos.

    Con la adecuación del marco jurídico en materia de navegación y comercio marítimos, se persigue que la Marina Mercante Mexicana fortalezca su participación en los servicios relacionados con la navegación de cabotaje y de altura en el mediano plazo, a fin de que se generen fuentes de empleo para los marinos mercantes mexicanos y se incentive el crecimiento de la flota mercante nacional, así como el de las industrias periféricas.

    La minuta de ley incorpora diversas disposiciones novedosas respecto a la legislación vigente, que llenan los vacíos jurídicos y crean un marco regulatorio actual y práctico en su aplicación. Destaca así la definición que se hace de vías generales de comunicación por agua, en la que se establece, por un lado, el ámbito de validez espacial de la ley, delimitando su alcance federal; y, por otro, se promueve un auténtico federalismo, ya que se plantea la posibilidad de otorgar a los estados competencia administrativa y jurisdiccional en los espejos de agua interiores, por lo que hace a la navegación, al señalamiento y al comercio marítimos.

    Uno de los aspectos que beneficiarán la navegación mexicana es el que se delinea una serie de preceptos que determinan sanciones administrativas y responsabilidad civil por daños derivados de la contaminación marítima y procedentes de embarcaciones o artefactos navales, sin que ello obste para que se cumpla la obligación de reparar el daño mediante la restauración y limpieza de las áreas contaminadas, además de asumir la responsabilidad penal en que incurran los infractores o sujetos contaminadores. También, se establecen disposiciones relativas a la formación y capacitación del personal de la marina mercante, señalando funciones que inducirán en este proceso a las instituciones educativas registradas ante la Secretaría.

    Se fortalece la figura de ``Capitán de Puerto'', ya que se afirma en éste es la máxima autoridad marítima frente a las administraciones portuarias integrales. Con esta disposición se busca flexibilizar el sistema de despachos de salida de embarcaciones particulares de recreo y deportivas, fomentando de esa manera el turismo náutico sin poner en riesgo la seguridad de la vida humana en el mar. Así también, se determina de manera puntual la obligación que tendrán los capitanes o tripulantes de embarcaciones próximas cuando otras embarcaciones pongan en peligro la vida de las personas para, en dicho caso, llevar a cabo actividades de rescate, y sólo podrán eximirse de aquella obligación cuando esté en serio riesgo su embarcación, tripulación, pasajeros o su propia vida.

    Se flexibiliza el sistema de despachos de salida para embarcaciones de recreo y deportivas, al determinar que este tipo de embarcaciones no tiene la obligación de tramitar los despachos, pero se impone la exigencia de avisar al puerto de su llegada y a la Marina cada vez que salen de su jurisdicción. Con esta medida se persigue que se fomente el turismo náutico, sin poner en riesgo la seguridad de la vida humana en el mar.

    Otro de los propósitos de la ley es regular el tiempo en que las embarcaciones extranjeras realicen navegación de cabotaje en México, con el cuidado de no generar desabasto para las actividades costa afuera que lleva a cabo Petróleos Mexicanos y hacer con ello transparente el otorgamiento de permisos temporales para la navegación de cabotaje. También, regula el abanderamiento y la matriculación de embarcaciones como mexicanas, el cual otorgará a navieros mexicanos que sean propietarios de los bancos o que acrediten la posesión mediante contrato de arrendamiento financiero, celebrado con una institución de crédito mexicana o con una extranjera acreditada ante las autoridades mexicanas competentes.

    Se preserva la obligación sustantiva del Estado de realizar labores de inspección pública a través de supervisores e inspectores de la propia Secretaría de Comunicaciones y Transportes, sin que ello obste para que la dependencia autorice la participación de inspectores particulares en dichas tareas, aligerando la carga de la Secretaría, pero manteniendo la rectoría sobre esta actividad.

    Se incorpora la figura internacional de ``Agente Naviero Protector'', cuyas atribuciones son la defensa jurídica de los intereses de los navieros y propietarios cuando se establezcan procedimientos judiciales o administrativos en los puertos mexicanos. Se dota así a los navieros de un representante legal que podrá actuar en su nombre para defender sus derechos.

    El proyecto persigue la modernización del marco jurídico y su constante actualización, de tal forma que se incorporan por referencia los contenidos de las Reglas de La Haya-Wisby, evitando confusiones en cuanto a la aplicación de sistemas de responsabilidad distintos para los transportistas de mercancías por mar.

    Los ejes que rigen las modificaciones propuestas hacen de la minuta de ley que se dictaminó un marco legal que establece los equilibrios y las disposiciones necesarias para el sano y justo desarrollo económico y social de las personas que integran el sector marítimo y la marina mercante.

    El 12 de octubre de 2004, el senador Éric Rubio Barthell, integrante del Partido Revolucionario Institucional, presentó una comunicación a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para que ésta, en pleno uso de sus facultades, emitiera excitativa a las Comisiones de Transportes, y de Marina de la Colegisladora, a efecto de que rindiera dictamen correspondiente de las modificaciones de la minuta con proyecto de decreto de Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

    Por lo antes expuesto, solicitamos a esta Presidencia que envíe la presente excitativa a las Comisiones Unidas de Transportes, y de Marina de la Cámara de Diputados, a efecto de que con la mayor brevedad sometan a consideración del Pleno de esta asamblea el dictamen de la minuta con proyecto de decreto de Ley de Navegación y Comercio Marítimos, ya que cada día que pasa sin que se actualice el cuerpo normativo de este sector se vuelve menos competitivo y se pierden oportunidades para nuestras embarcaciones y marinos mexicanos que las tripulan.

    México, DF, a 22 de septiembre de 2005.--- Comisión de Comunicaciones y Transportes, senadores: Héctor Osuna Jaime (rúbrica), Presidente; César Raúl Ojeda Zubieta (rúbrica), Éric Rubio Barthell (rúbrica), secretarios; Aracely Escalante Jasso (rúbrica), Omar Raymundo Gómez Flores, Wadi Amar Shabshab (rúbrica), Javier Corral Jurado, Héctor Vicario Castrejón, Emilio Gamboa Patrón, Alberto Miguel Martínez Mireles (rúbrica), Jorge Abel López Sánchez, Alfredo Martín Reyes Velásquez (rúbrica), José Alberto Castañeda Pérez, Serafín Ríos Álvarez, José Bonilla Robles (rúbrica).»La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las Comisiones Unidas de Transportes, y de Marina.
    CONDECORACIONES

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano licenciado Walterio Astie Burgos para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Morazán en grado de Gran Cruz Placa de Plata, que le confiere el Gobierno de la República de Honduras.

    Atentamente.

    México, DF, a 22 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se concede permiso al ciudadano Lic. Walterio Astie Burgos para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Morazán en grado de Gran Cruz Placa de Plata, que le confiere el Gobierno de la República de Honduras.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 22 de septiembre de 2005.---Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 22 de septiembre de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    CONDECORACIONES
    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes, publicados en la Gaceta Parlamentaria.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.--- LIX Legislatura.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano licenciado Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración ``Medalla de Oro'', que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España.

    La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea, el siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo Único.- Se concede permiso al ciudadano licenciado Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración ``Medalla de Oro'', que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 21 de septiembre de 2005.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle (rúbrica), secretaria; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas, secretaria; Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretario; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Jesús González Schmal, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.--- LIX Legislatura.

    Honorable Asamblea:

    En oficio de fecha 12 de septiembre de 2005, la honorable Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alberto Francisco Cabrera Reyes y Eduardo Navas Gómez para que puedan prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica en México.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 20 de septiembre del año en curso, se turnó a la suscrita Comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

    b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de Sudáfrica en México serán de carácter administrativo; y

    c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional y al artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero. Se concede permiso al ciudadano Alberto Francisco Cabrera Reyes para que pueda prestar servicios como asistente contable en la Embajada de Sudáfrica en México.

    Artículo Segundo. Se concede permiso al ciudadano Eduardo Navas Gómez para que pueda prestar servicios como recepcionista en la Embajada de Sudáfrica en México.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 21 de septiembre de 2005.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle (rúbrica), David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas, Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Jesús González Schmal, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica)..»

    Es de primera lectura.


    CONDECORACIONES

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.--- LIX Legislatura.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Juan Herrera y González, licenciado Joaquín Aguilar Camacho, ingeniero Pedro Guillermo Alberto Collignon Collignon y doctor Leopoldo Sergio Alberto García Ramírez para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de los Reinos de Suecia y de España, respectivamente.

    La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional y el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso al ciudadano Juan Herrera y González, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Real de la Estrella Polar en grado de Comendador, que le otorga el Gobierno del Reino de Suecia.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso al ciudadano licenciado Joaquín Aguilar Camacho, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Real de la Estrella Polar en grado de Comendador, que le otorga el Gobierno del Reino de Suecia.

    Artículo Tercero.- Se concede permiso al ciudadano ingeniero Pedro Guillermo Alberto Collignon Collignon, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Real de la Estrella Polar en grado de Comendador, que le otorga el Gobierno del Reino de Suecia.

    Artículo Cuarto.- Se concede permiso al ciudadano doctor Leopoldo Sergio Alberto García Ramírez para aceptar y usar la condecoración de la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort, que le otorga el Gobierno del Reino de España.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 21 de septiembre de 2005.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle (rúbrica), secretaria; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas, secretaria; Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretario; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Jesús González Schmal, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: El siguiente punto del orden del día, que son los dictámenes a discusión con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo Segundo, denominado ``De los Derechos'', a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

    En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura a dicho dictamen.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II, denominado ``De los Derechos'', de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, le fue turnado para su análisis y dictamen la iniciativa de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada por el diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numerales 1, 2 fracción III y numeral 3; 45 en su numeral 6 fracción f) ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 65, 83, 87 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión es competente para conocer del asunto en cuestión, por lo que se abocó el estudió y análisis del mismo con base en los siguientes:

    ANTECEDENTESI. En sesión ordinaria del Pleno de la Cámara de Diputados, celebrada el día 2 de diciembre de 2004 el Diputado Jorge Kahwagi Macari, a nombre de los diputados que integran el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó la iniciativa de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 5 de la ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

    II. Con esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva, turnó para su análisis y dictamen la proposición de referencia a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

    III. La Secretaria Técnica de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, elaboró un anteproyecto de dictamen, mismo que fue entregado con fecha 24 de Febrero de 2005, a los integrantes de la Comisión, a efecto de recibir sus comentarios y observaciones, a más tardar el 3 de Marzo de 2005, con la finalidad de que fuesen considerados para la elaboración del dictamen correspondiente.

    IV. En tal virtud el día 9 de Marzo del año en curso, fue distribuido a los Diputados integrantes de las Comisiones Unidas el Dictamen de la Iniciativa que nos ocupa con las diversas observaciones de los Diputados Integrantes contenidas en el mismo y con la finalidad de someterlo al análisis y discusión.

    V. Con fecha 9 de Marzo de 2005, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables aprobó el dictamen sobre la iniciativa en cuestión.

    CONSIDERANDO

    1. Que el aumento de la población de adultos mayores es un hecho indiscutible y por ello, se ha convertido en una preocupación pública por la que la sociedad debe garantizar a todos sus miembros un conjunto de derechos fundamentales derivados de la dignidad de la persona humana.; siendo la familia el núcleo básico de la formación de las personas y de la solidaridad social y ella debe ser apoyada con acciones concretas por parte del Estado.

    2.- Que el incremento de la expectativa de vida, gracias a los adelantos médicos, científicos y tecnológicos representa, para México, el desafío de generar nuevas formas de relación, que contemplen una sociedad en la cual el respeto, la solidaridad, la justicia y la equidad sean prioridad.

    3.- Que de acuerdo con datos del Consejo Nacional de Población (CONAPO) en México existen 7.9 millones de individuos longevos. Los adultos mayores tiene un crecimiento medio anual de 3.30 por ciento a 3.56 por ciento, por lo que el índice de envejecimiento es de 61.89 por ciento a nivel nacional. El CONAPO prevé que en nuestro país para el año 2005 habrá 8.1 millones de ancianos, en 2025 se incrementará a 18.4 millones y en 2050 serán 36.2 millones. Asimismo, el Consejo Nacional de Población establece que 54.80 por ciento de los individuos de 60 años y más viven en zonas urbanas por sobre 45.20 por ciento que están en áreas rurales. El mayor grupo de edad dentro de este sector es el que considera a los habitantes de 60 a 69 años, que representa el 55.50 por ciento de la proporción total. El restante 44.50 por ciento tiene 70 años y más.

    4.- Que adicionalmente, el INEGI señala que 41.50 por ciento de todas las personas mayores de 60 años en nuestro país vive con alguna discapacidad, sea motriz (55.10 por ciento), visual (30.50 por ciento), auditiva (21 por ciento), mental (3.70 por ciento), de lenguaje (1.40 por ciento) u otra (0.40 por ciento). El 16.28 por ciento de los ancianos mayores de 70 años requiere apoyo por sus necesidades especiales, independientemente de si son de sexo masculino (16.48 por ciento) o femenino (16.76 por ciento), siendo el índice de dependencia de las personas longevas en México es de 12.14 por ciento, de éstas 23.10 por ciento vive en un núcleo familiar.

    5.- Que los adultos mayores enfrentan diversos problemas y circunstancias como son discapacidad, abandono, maltrato, violencia, indigencia, enfermedades crónico degenerativas, falta de recursos para vivir con dignidad, entre otros, por lo que esta situación, demanda una sociedad que promueva que los adultos mayores sigan manteniendo su autonomía e independencia y que les permita estar vigentes y dar un pleno sentido a su vida. Debiendo responder a las necesidades de las personas adultas mayores y al mismo tiempo, reconsiderar el papel que, tanto las mujeres como los hombres de edad avanzada, desempeñan en nuestra sociedad y así poder brindarles una mejor calidad de vida a través de la creación de zonas adecuadas, entornos seguros y propicios y el acceso y atención preferente a los servicios.

    6.- Que a nivel internacional, el envejecimiento ha figurado en la agenda de la Organización de las Naciones Unidas desde la aprobación del Plan Internacional de Acción sobre el Envejecimiento por los estados miembros de la ONU en Viena en 1982(1). Este plan recomendó a los Estados tomar las medidas necesarias en sectores tales como el empleo y la seguridad económica, la salud y la nutrición, la vivienda, la educación y el bienestar social.

    7.- Que en 1991 la Organización de las Naciones Unidas decretó una serie de principios en favor de las personas de edad. Éstos fueron aprobados y establecían normas universales para las personas de edad en cinco ámbitos principales: independencia, participación, atención, realización personal y dignidad y un año después, en 1992, fue aprobada en una conferencia internacional la Proclamación sobre el envejecimiento.

    Esta conferencia estableció la orientación general para seguir aplicando el Plan de Acción y proclamó 1999 como el Año Internacional de las Personas de Edad. El lema y eje central de ese año fue la necesidad de crear ``una sociedad para todas las edades'', aquélla en donde las actitudes, políticas y prácticas en todos los niveles y sectores permitieran a las personas envejecer con seguridad y dignidad, para que continuaran participando en sus sociedades como ciudadanos de pleno derecho, contribuyendo al desarrollo y, al tiempo, se beneficiándose del mismo.

    8.- Que durante estos años la ONU identificó que en los países en desarrollo, el ritmo de envejecimiento es más rápido; pues se prevé que en los próximos 50 años la población de personas de edad se cuadruplique. Por ello y en opinión de la ONU, esas naciones tienen que hacer frente a restricciones de recursos, al mismo tiempo que se confrontan los retos simultáneos de desarrollo y envejecimiento de la población.

    9.- Que el 4 de diciembre de 2000, por recomendación del Consejo Económico y Social, la Asamblea General decidió convocar la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento en Madrid, España del 8 al 12 de abril de 2002. Esta reunión se celebró con motivo del 20° aniversario de la Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento que tuvo lugar en Viena en 1982.

    Siendo la finalidad de esta Asamblea fue la de crear una nueva estructura para el envejecimiento y transformarla en políticas específicas. Asimismo, se examinaron los resultados de la primera Asamblea Mundial y se inicio el proceso de actualización del Plan de Acción Internacional de 1982 y la elaboración de un plan internacional a largo plazo sobre el envejecimiento. Su punto de partida se basó en que la tendencia global de vivir más años era un logro histórico que debía reflejarse tanto en el manejo de nuestras economías como en la organización de nuestras sociedades y en la vida de la gente.

    10.- Que a pesar de la existencia de estos compromisos y de las metas planteadas por los países pareciera que al tema del envejecimiento aún no se le da la importancia que requiere. Aún estamos lejos de responder a las medidas establecidas en el marco internacional como es la estricta aplicación de los contenidos de la Declaración de Derechos Humanos respecto a la plena inclusión de las personas mayores en la vida social y económica, así como del aprovechamiento de sus capacidades y experiencias y la defensa de sus derechos ante cualquier tipo de discriminación.

    11.- Que cerca de dos terceras partes de la población mundial de personas adultas mayores viven en países en desarrollo y a diferencia de los Estados de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), éstos países están envejeciendo antes de alcanzar la prosperidad. Las cumbres sobre desarrollo de la ONU que tratan temas que se encuentran directamente vinculados con el tema del envejecimiento como el desarrollo social, la pobreza, mujeres y población, revelan cierta indiferencia frente a las personas adultas mayores, quienes aparecen como un grupo especial que requiere apoyo asistencial.

    12.- Que en la actualidad, una de cada diez personas en el mundo tiene 60 y más años y para el año 2050 se prevé que esta proporción se duplicará. Adicionalmente, la propia población mayor está envejeciendo: los mayores de 80 y más años constituyen el 11% de la población de 60 y más años. Otra característica de este envejecimiento es que la mayoría de las personas mayores son mujeres (55%), situación especialmente notoria entre quienes tienen 80 y más años (el 65% de las cuales son de sexo femenino). Según las proyecciones vigentes del Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (Celade) de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe Cepal, las personas de 60 o más años son casi un 7.5% de la población total; es decir, uno de cada trece latinoamericanos es adulto mayor y se estima que en el año 2020 dicho grupo será un 12% de la población.

    13.- Que el entorno en que viven las personas de edad se torna sumamente importante a medida que envejecen, pues los lugares que se consideran como adecuados pueden convertirse en una carrera de obstáculos para las personas de edad. A medida que las personas de edad envejecen, la discapacidad se torna más común y la movilidad más y más limitada, con lo cual se reduce la accesibilidad y se requieren de zonas adecuadas, entornos seguros y propicios y acceso y atención preferente a los servicios son necesidades básicas para que las personas adultas mayores tengan una mejor calidad de vida.

    14.- Que un entorno físico que tengan en cuenta a las personas ancianas pueden establecer la diferencia entre independencia y dependencia, cuando por ejemplo, los ancianos que viven en un entorno inseguro o en zonas con múltiples barreras físicas son menos proclives a salir y, por tanto, son más propensas al aislamiento, a la depresión, y también a tener un peor estado físico y más problemas de movilidad, siendo urgente responder a las necesidades de las personas adultas mayores.

    MODIFICACIONES DE LA COMISION DICTAMINADORA

    Primero.- Los integrantes de la Comisión que dictaminan, comparten el espíritu y preocupación de los diputados de pugnar por una sociedad más sensible, e incluyente que derive en una nueva cultura de respeto y valorización del adulto mayor. De igual forma, se comparten los comentarios vertidos, respecto de la grave problemática que día a día enfrentan los adultos mayores y sobre todo las barreras arquitectónicas y falta de accesibilidad que muchas veces propicia la marginación y exclusión.

    Segundo.- Que el objeto fundamental de la propuesta es adicionar una fracción IX al artículo 5, del Capítulo II denominado ``De los Derechos'', de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para garantizar a las personas adultas mayores el derecho de accesos a los servicios'' como son:

  • Tener una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público.

  • El que los servicios y establecimientos de uso público deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado.

  • Y a contar con asientos reservados en los establecimientos que prestan servicios al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros.

    En tal virtud, se considera más apropiado modificar la parte que se refiere a contar con asientos reservados en los establecimientos que prestan servicios al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros, por asientos preferentes.

    Lo anterior ya que de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española reservar, en una de sus acepciones significa: ``Destinar un lugar o una cosa de modo exclusivo, para uso o persona determinada'' Si bien, es obvia la intención de los diputados proponentes, es difícil en la práctica pensar que un lugar permanezca vacío para ser ocupado, cuando existe demanda de lugares y espacios; por lo contrario ``preferente'' conlleva a tener primacía o ventaja sobre algo o sobre alguién, ya sea en el valor o por merecimiento, situación que se viene llevando a cabo en diversos lugares y trasportes.

    Asimismo, y toda vez que al establecer el legislador el derecho a las personas adultas mayores de que ``los servicios y establecimientos de uso público deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado'' implica realizar y llevar a cabo una serie de adecuaciones y modificaciones para dar cumplimiento con la ley; es necesario ampliar la entrada en vigor del decreto en caso de ser aprobado por el pleno de la Cámara, para que quienes tienen a su cargo brindar dichos servicios, puedan cumplir con el mandato emanado por el legislativo y no ubicarse en una situación de incumplimiento a la norma.

    Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión de Atención a Grupos Vulnerables somete a consideración del pleno el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LA FRACCIÓN IX AL ARTÍCULO 5o. A LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

    Artículo Único.- Se adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II denominado ``De los Derechos'', a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:

    CAPÍTULO II DE LOS DERECHOS

    Artículo 5º. De manera enunciativa y no limitativa, esta ley tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

    I a VIII...

    IX. Del acceso a los servicios:

    a. A tener una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público.

    b. Los servicios y establecimientos de uso público deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado.

    c. A contar con asientos preferentes en los establecimientos que prestan servicios al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros.

    TRANSITORIO

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor a los cuarenta y cinco días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los nueve días del mes de marzo de dos mil cinco.--- Firman el presente dictamen, diputados: Adriana González Furlong (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Bravo Carbajal (rúbrica), secretario; Laura Elena Martínez Rivera (rúbrica), secretaria; Homero Ríos Murrieta (rúbrica), secretario; Emilio Serrano Jiménez (rúbrica), secretario; Pablo Anaya Rivera, Gaspar Ávila Rodríguez (rúbrica), María Ávila Serna (rúbrica), Emilio Badillo Ramírez, Virginia Yleana Baeza Estrella (rúbrica), Abraham Bagdadi Estrella, Álvaro Burgos Barrera (rúbrica), Florencio Collazo Gómez (rúbrica), Santiago Cortés Sandoval (rúbrica), Ma. Hilaria Domínguez Arvizu, Manuel González Reyes (rúbrica), Ma. del Carmen Izaguirre Francos (rúbrica), Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Ma. Isabel Maya Pineda (rúbrica), Alfonso Moreno Morán (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana, Omar Ortega Álvarez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez, Evangelina Pérez Zaragoza (rúbrica), Mayela Quiroga Tamez (rúbrica), Martha Leticia Rivera Cisneros, Benjamín Sagahón Medina (rúbrica), Rocío Sánchez Pérez (rúbrica), Norma Elizabeth Sotelo Ochoa (rúbrica), Guillermo Tamborrel Suárez, Ma. Mercedes Rojas Saldaña.»

    Es de segunda lectura.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, tiene la palabra la diputada Magdalena Adriana González Furlong, hasta por 10 minutos, por parte de la Comisión, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    modalidad="FP">La diputada Magdalena Adriana González Furlong: Con su venia, señora Presidenta. honorable Asamblea: a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables fue turnada, para su análisis y dictamen, la iniciativa de decreto que adiciona la fracción IX del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada por el diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 42, fracción III, y numeral 345, en su numeral sexto, fracción f), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 65, 83, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables es competente para conocer del asunto en cuestión, por lo que se abocó al estudio y análisis del mismo, con base en las siguientes consideraciones:

    Que el aumento de la población de adultos mayores es un hecho indiscutible y, por ello, se ha convertido en una preocupación pública, por lo que la sociedad, a través de sus leyes, debe garantizar a todos sus miembros un conjunto de derechos fundamentales derivados de la dignidad de la persona humana, siendo la familia el núcleo básico de la formación de las personas y de la solidaridad social. Y ella debe ser apoyada por acciones concretas por parte del Estado. Que ese aumento de la población se debe, entre otras cosas, al incremento de la expectativa de vida gracias a los adelantos médicos, científicos y tecnológicos, lo cual representa para México el desafío de generar nuevas formas de relación que consideren una sociedad en la cual el respeto, la solidaridad, la justicia y la equidad sean prioridad.

    De acuerdo con los datos del Consejo Nacional de Población, en México existen actualmente 8.1 millones de ancianos. En 2025, esa cifra se incrementará a 18.4 millones y en 2050 serán 36.2 millones. Asimismo, el Consejo Nacional de Población establece que 54.80 por ciento de los individuos de 60 años y más vive en zonas urbanas, por sobre 45.20 por ciento, que está en áreas rurales. El mayor grupo de edad en este sector es el que considera a los habitantes de 60 a 69 años, que representan 55.50 por ciento de la población total.

    El restante 44.50 por ciento tiene 70 años y más. Que los adultos mayores enfrentan en esta etapa de la vida diversos problemas y circunstancias, como discapacidad, abandono, maltrato, violencia, indigencia, enfermedades crónico-degenerativas y falta de recursos para vivir con dignidad, por lo que esa situación demanda una sociedad que promueva que los adultos mayores sigan manteniendo autonomía e independencia, que les permita estar vigentes y dar un pleno sentido a su vida, debiendo responder a las necesidades de las personas adultas mayores y, al mismo tiempo, reconsiderar el papel que tanto las mujeres como los hombres de edad avanzada representan en nuestra sociedad, y así poder brindarles una mejor calidad de vida, a través de la creación de zonas adecuadas y entornos seguros y propicios, y el acceso y atención preferentes de los servicios. Y a nivel internacional, el envejecimiento ha figurado en la agenda de la Organización de las Naciones Unidas desde la aprobación del Plan Internacional de Acción sobe el Envejecimiento por los Estados miembros de la ONU en Viena en 1982.

    Ese Plan recomendó a los Estados tomar las medidas necesarias en sectores como el empleo, la seguridad económica, la salud y la nutrición, la vivienda, la educación y el bienestar social. En 1991, la Organización de las Naciones Unidas decretó una serie de principios en favor de las personas de edad, estableciendo normas universales para las personas de edad, en cinco ámbitos principales: independencia, participación, atención, realización personal y dignidad. Un año después, en 1992, fue aprobada en una conferencia internacional la Proclamación sobre el Envejecimiento. Esa conferencia estableció la orientación general para seguir ampliando el plan de acción y proclamó 1999 como el Año Internacional de las Personas de Edad. El lema y eje centrales de ese año fue la necesidad de crear una sociedad para todas las edades, aquella donde las actitudes políticas y prácticas en todos los niveles y sectores permitan a las personas envejecer con seguridad y dignidad para que continúen participando en sus sociedades como ciudadanos de pleno derecho, contribuyendo al desarrollo y, al mismo tiempo, beneficiándose a sí mismos. Por recomendación del Consejo Económico Social, la Asamblea General decidió convocar a la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, en Madrid, en 2002. Esa reunión se celebró con motivo del 20 aniversario de la Asamblea General por el Envejecimiento.

    A pesar de la existencia de esos compromisos y de las metas planteadas, parecería que al tema del envejecimiento aún no se da la importancia que requiere. Estamos lejos de responder a las medidas establecidas en el marco internacional, como la estricta aplicación de los contenidos de la Declaración de los Derechos Humanos respecto a la plena inclusión de las personas mayores en la vida social y económica, así como del aprovechamiento de sus capacidades y experiencias y la defensa de sus derechos ante cualquier tipo de discriminación. Que el entorno en que viven las personas de edad se torne sumamente importante. A medida que las personas envejecen, la discapacidad se torna más común; y a movilidad más limitada, los adultos mayores que viven en un entorno inseguro o en zonas con múltiples barreras físicas son menos proclives a salir y, por tanto, son más propensos al aislamiento, a la depresión y también a tener un peor estado físico y más problemas de movilidad.

    Por tal motivo, los integrantes de la Comisión que dictaminan comparten el espíritu y la preocupación de los diputados del Partido Verde Ecologista de pugnar por una sociedad más sensible e incluyente, que derive en una cultura de respeto y valorización del adulto mayor. Que el objeto fundamental de la propuesta es adicionar una fracción IX al artículo 5 del Capítulo II, denominado ``De la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores'', para garantizar a las personas adultas el derecho de acceso a los servicios, como tener atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público, que los servicios y establecimientos de uso público deberán implantar medidas para facilitar el uso y acceso adecuado y a contar con asientos reservados en los establecimientos que presten servicio al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros.

    En tal virtud, se considera más apropiado modificar la parte que se refiere a contar con asientos reservados en los establecimientos que prestan servicios al público y en los asientos de servicios de autotransporte de pasajeros por asientos preferentes; esto es, cambiar de reservados a preferentes. Lo anterior porque, de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, reservar no es una acepción que signifique 'destinar un lugar o una cosa de modo exclusivo para uso o personas determinados'. Si bien es obvia la intención de los diputados proponentes, es difícil en la práctica pensar que un lugar permanezca vacío para ser ocupado cuando existe demanda de lugares y espacios. Por el contrario, preferente conlleva a tener primacía o ventaja sobre algo o sobre alguien, ya sea en el valor o por merecimiento. Asimismo, y toda vez que establecer el legislador el derecho de las personas adultas mayores a que ``los servicios y establecimientos de uso público deberán implantar medidas para facilitar el uso o acceso adecuado'' implica realizar y llevar a cabo una serie de adecuaciones y modificaciones para dar cumplimiento a la ley.

    Es necesario ampliar la entrada en vigor del decreto, en caso de ser aprobado por el Pleno de la Cámara, para que quienes tienen a su cargo brindar dichos servicios puedan cumplir el mandato emanado del legislador y no ubicarse en una situación de incumplimiento de la norma. Por lo anteriormente expuesto, en nombre de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables pedimos su voto a favor del presente dictamen. Muchas gracias.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputada. En virtud de que a esta Presidencia no ha llegado ninguna solicitud de diputado o diputada para hablar sobre el tema, se considera que está suficientemente discutido.

    Se pide a la Secretaría que se abra el sistema electrónico, hasta por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico, hasta por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en un solo acto.

    (Votación.)

    Se emitieron 377 votos en pro, 0 en contra y 4 abstenciones, señora Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, secretaria. Aprobado en lo general y en lo particular, por 377 votos, el proyecto de decreto que adiciona la fracción IX del artículo 5o. del Capítulo II, denominado ``De los Derechos'', a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.


    CODIGO DE COMERCIO

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo a la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio.

    En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE DEROGA LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 12 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, presentada por el C. Diputado Jesús Nader Nasrallah del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura, el 28 de abril de 2005. Lo anterior, en ejercicio de la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTES

    PRIMERO. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 28 de abril de 2005, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado Jesús Nader Nasrallah del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    SEGUNDO. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

    TERCERO. Mediante oficio CE/1485/05, de fecha 11 de mayo de 2005, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de esta Iniciativa.

    CUARTO. El legislador propone lo siguiente:

    Permitir a toda persona que haya sido considerada culpable por las instancias judiciales competentes, se reintegre a la sociedad como miembro productivo, en lugar de restringirle su libertad de ejercer el comercio.CONSIDERANDO

    PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la Iniciativa de referencia.

    SEGUNDO. Que la Constitución de nuestro país, en el artículo 5º garantiza la libertad de trabajo, y no manifiesta derecho al Estado para restringirla por alguna condición en el pasado del ciudadano, esto se trata de una cuestión de respeto a la dignidad humana, como lo salvaguardan los derechos humanos, que son inherentes y propios de cada individuo.

    TERCERO. Que nuestro país cuenta con legislaciones del orden penal, que son las encargadas de administrar las penas a los delitos, además, nuestro derecho cuenta con importantes avances en esta materia, incluso posee un ordenamiento especializado en las responsabilidades de los servidores públicos, a diferencia de septiembre de 1889, cuando fue promulgado el Código de Comercio.

    CUARTO. Que resulta relevante considerar que la misma Declaración Universal de los Derechos Humanos enuncia en el artículo 23, numeral 1 que ``toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo''.

    QUINTO. Que a las personas que fueron consideradas culpables, a criterio de un juez, y después de concluir un proceso judicial, es imprescindible que no se les obstruya su readaptación social, vedándoles el ejercicio de un derecho universal, consistente en la libertad de trabajo, ya que esto representaría una señal de desconfianza al sistema judicial y penitenciario mexicano.

    SEXTO. Que prohibir que se dediquen al ejercicio del comercio, quienes fueron sentenciados por delitos contra la propiedad, quedarían excluidos y discriminados de reintegrarse a la sociedad con un modo honesto de vivir, lo que pudiera fomentar la corrupción, al dejar que los impedidos para ejercer el comercio, pudiesen buscar formas o métodos para evadir tal requisito.

    SÉPTIMO. Que se considera innecesaria la derogación de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio, en virtud de que la garantía individual consignada en el diverso artículo 5° Constitucional, puede ser salvaguardada mediante una simple acotación que establezca el periodo de tiempo durante el cual, el condenado por sentencia ejecutoriada por delitos en contra de la propiedad, encontrará suspendido su derecho para ejercer el comercio.

    OCTAVO. Que los delitos contra la propiedad, la falsedad, el peculado, el cohecho y la concusión, son conductas que se realizan principalmente para obtener un beneficio económico ilícito para si o para otro; por lo que se considera necesario que mientras los responsables de dichas conductas sean readaptados, se les prohíba ejercer el comercio.

    NOVENO. Que la derogación a la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio, implicaría un estado de impunidad a aquellos comerciantes que abusando de dicho carácter, han cometido conductas ilícitas, incluyendo dentro de ellos, a aquellos servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones se han beneficiado ilícitamente.

    DÉCIMO. Que los CC. Diputados que integran la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que es fundamental que todas aquellas personas que se quieran dedicar al comercio les sea permitido, por lo que la adición del segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio, es una medida importante para el cumplimiento de los derechos humanos, universalmente aceptados, despejando el camino de una disposición hostil que violenta las intenciones ciudadanas de aspirar a un empleo digno y decoroso, como lo sería en este caso, el ejercicio del comercio.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía:

    RESUELVE

    PRIMERO. Es de aprobarse la Iniciativa presentada por el C. Diputado Jesús Nader Nasrallah, en los términos del presente Dictamen.

    SEGUNDO. La Comisión de Economía presenta al Pleno de esta honorable Asamblea para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA EL SEGUNDO PARRAFO DE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 12 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.

    Artículo Único. Se adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio, para quedar como sigue:

    Artículo 12.- No pueden ejercer el comercio:I.-...

    II.-...

    III.-Los que por sentencia ejecutoriada hayan sido condenados por delitos contra la propiedad, incluyendo en éstos la falsedad, el peculado, el cohecho y la concusión.

    La limitación a que se refiere la fracción anterior, comenzará a surtir sus efectos a partir de que cause ejecutoria la Sentencia respectiva y durará hasta que se cumpla con la condena.

    TRANSITORIO

    Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de septiembre de 2005.--- Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), José María de la Vega Lárraga, Jaime del Conde Ugarte, José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdalá de la Fuente (rúbrica), Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Juan Manuel Dávalos Padilla, Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos (rúbrica), José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, tiene el uso de la voz el diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno, por la Comisión, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 de nuestro Reglamento Interior.

    modalidad="FP">El diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno: Con su permiso, señora Presidenta. Compañeras y compañeros legisladores: tomo la palabra, en nombre de los diputados y de las diputadas que integramos la Comisión de Economía de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, para presentar el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo a la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio. El Código de Comercio vigente, en el artículo 12, fracción III, establece la prohibición para ejercer el comercio a los condenados por sentencia ejecutoriada por delitos contra la propiedad, incluyendo en éstos la falsedad, el peculado, el cohecho y la concusión.

    En este contexto, es de considerarse que el solo hecho de haber sido condenado a purgar una pena por virtud de una sentencia ejecutoriada no resulta un argumento contundente para que, de forma permanente, le sea prohibido el ejercicio del comercio, ya que con ello se obstruiría su readaptación a la sociedad, lo cual implicaría un lamentable retroceso en nuestro sistema jurídico, además de una clara señal de desconfianza hacia el Poder Judicial y el sistema penitenciario.

    Por otra parte, el artículo 5o. constitucional garantiza a todo individuo la libertad de trabajo, cuyo derecho únicamente puede prohibirse por determinación judicial y demás casos contenidos en el propio precepto legal citado, de tal modo que nuestra Constitución se encarga de regular un derecho fundamental, consistente en la libertad de trabajo, que es inherente y propia de cada individuo. Asimismo, resulta relevante mencionar que la Declaración Universal de los Derechos Humanos enuncia el derecho que tiene toda persona al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

    Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía concluyó que es indispensable que a los condenados por delitos contra la propiedad y que decidan ejercer el comercio como medio de subsistencia les sea permitido, ya que es una medida importante para la protección y salvaguarda de los derechos fundamentales de todo individuo, despejando el camino para aspirar a un modo honesto de vivir, que podría ser proporcionado mediante el ejercicio del comercio y que contribuirá a la readaptación social de las personas que por la comisión de un delito fueran condenadas a purgar una pena. Es cuanto, señora Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Hinojosa Moreno. En virtud de que a esta Presidencia no ha llegado solicitud alguna de diputado o de diputada para hablar sobre el tema y se considera suficientemente discutido, se pide a la Secretaría que se abra el sistema electrónico, hasta por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico, hasta por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en un solo acto.

    (Votación.)

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se da una cordial bienvenida a esta Cámara de Diputados a las personas de la tercera edad que nos acompañan, de la delegación Álvaro Obregón. Ellas han sido invitadas por el diputado federal Víctor Suárez Carrera. Gracias por su compañía.

    Asimismo, nuestra compañera secretaria, la diputada Sara Rocha, ha invitado a líderes regionales y municipales de la Confederación Nacional Campesina del estado de México. Sean ustedes bienvenidos. Gracias.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Se emitieron 367 en pro, 0 en contra y 1 abstención, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, secretaria. Aprobado en lo general y en lo particular, por 367 votos, el proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo a la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.


    LEY GENERAL DE SALUD

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona los artículos 77 Bis 4, con un último párrafo, y 77 Bis 21, con un último párrafo, a la Ley General de Salud.

    En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, de la LIX Legislatura, fue turnado para su estudio y dictamen la Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar los artículos 77 Bis 4, 77 Bis 21 y octavo transitorio del 15 de mayo de 2003 de la Ley General de Salud, presentada por el diputado José Erandi Bermúdez Méndez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    Los integrantes de la Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea, el dictamen relativo a la Iniciativa con Proyecto de Decreto antes mencionada, el cual se realiza bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo en turno para la elaboración del dictamen respectivo, así como de los trabajos previos de la Comisión dictaminadora.

    En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO'', se sintetiza el alcance de la Iniciativa con Proyecto de Decreto en estudio.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen.

    I. ANTECEDENTES.

    En sesión celebrada por el pleno de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura el 8 de Febrero del año 2005, el Diputado José Erandi Bermúdez Méndez, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar los artículos 77 Bis 4, 77 Bis 21 y octavo transitorio del 15 de mayo de 2003 de la Ley General de Salud.

    En la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la Iniciativa con Proyecto de Decreto a la Comisión de Salud de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LIX Legislatura.

    II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

    En su iniciativa, el Diputado manifiesta que la supervivencia, protección y participación de la niñez son elementos esenciales para el desarrollo y progreso nacional, por lo que debe hacerse especial énfasis en procurar la garantía del goce de los derechos de la niñez y la adolescencia, de tal modo que debe ampliarse la cobertura y la calidad de los servicios dirigidos a los mismos, particularmente los de Protección Social, por su orientación a la justicia social.

    Asegura que es decisivo articular políticas de protección social para garantizar, la salud de los niños desprotegidos que no cuenten con ningún sistema de seguridad social, a fin de incorporarlos al Seguro Popular, que tiene origen en la necesidad de ofrecer una opción de aseguramiento público en materia de salud a familias y los ciudadanos, que por su condición laboral y socioeconómica, no son derechohabientes de las instituciones de seguridad social, como es el caso de los niños huérfanos.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. El desarrollo y bienestar de las comunidades humanas esta condicionado por un valor fundamental e indispensable en todo ser humano, la salud. El artículo 4, párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que para hacer efectiva esta prerrogativa, el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud a través de sus leyes.

    B. Coincidimos en que la supervivencia, protección y participación de la niñez son elementos esenciales para el desarrollo y progreso nacional y que se debe procurar la garantía del goce de los derechos de la niñez y la adolescencia.

    También reconocemos que es menester mejorar la cobertura y la calidad de los servicios, entre ellos, la Protección Social, la cual es parte de una visión de Política y Estrategia Integral que compromete la cultura de la solidaridad, la puesta en marcha de una economía productiva con capacidad de crecimiento sostenido y el sentido preciso de la justicia social.

    Así mismo, concordamos en el sentido de que debemos incorporar al Seguro Popular a los niños que se encuentran desprotegidos y que no cuenten con ningún sistema de seguridad social, ya que constituyen un sector sumamente vulnerable.

    C. Según datos de la UNICEF, México es el más poblado de los países donde se habla español; cuenta con casi 102 millones de habitantes, de los cuales 24 millones viven en pobreza extrema. Alrededor de un 43.5% de la población son niños y niñas menores de 18 años y de esos, 11 millones, aproximadamente, son menores de 5 años.

    Como resultado de la falta de acceso a los servicios sociales básicos y las condiciones de pobreza que persisten en el país, cada año mueren en el mundo más de 10 millones de niños menores de 5 años, casi el 50% de ellos en el período neonatal, a causa de enfermedades prevenibles y malnutrición.

    D. Es importante señalar que si bien los niños constituyen un grupo de riesgo por las características propias de la edad, aún entre ellos hay grupos más vulnerables, como es el caso de los menores expósitos y abandonados, los primeros, de conformidad con lo establecido en el artículo 492 del Código Civil Federal, son aquellos que son colocados en una situación de desamparo por quienes conforme a la ley estén obligados a su custodia, protección y cuidado y no pueda determinarse su origen; los segundos son aquellos cuyo origen se conoce.

    De acuerdo al artículo 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño, firmada por nuestro país el 26 de enero de 1990, posteriormente ratificada el 21 de septiembre de 1990 y vigente desde esa misma fecha, México reconoce el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Así mismo, se compromete a asegurarse de la plena aplicación de este derecho, adoptando medidas dirigidas a reducir la mortalidad infantil; asegurar la prestación de la asistencia médica y la atención sanitaria a todos los niños; combatir las enfermedades y la malnutrición; desarrollar la atención sanitaria preventiva, entre otras.

    E. Por otro lado, nuestra legislación federal cuenta con una Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en cuyo artículo 28, dentro del apartado correspondiente al derecho a la salud, contempla que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la salud y que las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias, se mantendrán coordinados a fin de reducir la mortalidad infantil, asegurarles asistencia médica y sanitaria para la prevención, tratamiento y la rehabilitación de su salud, combatir la desnutrición, entre otros.

    Un avance importante en la atención a grupos vulnerables de nuestro país fue la entrada en vigor del Seguro Popular, programa de carácter público cuyo objetivo principal es brindar protección financiera a la población sin seguridad social a través de un esquema de aseguramiento para fomentar la atención oportuna de la salud y la reducción del pago de bolsillo.

    F. Pese a lo anterior, y a que otras leyes otorgan ciertas protecciones a los menores que están colocados en una situación de desamparo, es preciso manifestar que en la Ley General de Salud vigente no se expresa textualmente el beneficio dirigido a este sector vulnerable en lo referente a la Seguridad Social, o dicho con mayor precisión, respecto al Seguro Popular de Salud, de modo tal que los menores pertenecientes a este grupo vulnerable, que no tienen los recursos para pagar las cuotas de recuperación, quedan excluidos del acceso a los servicios de salud, aumentando con ello su situación de riesgo.

    G. Por lo tanto, consideramos necesaria las reformas a la Ley General de Salud que permitan que cualquier institución de asistencia social pueda afiliar los expósitos y abandonados a su cargo, a fin de que éstos puedan ejercer plenamente su derecho a la protección de la salud por parte del Estado a través del Sistema de Seguridad Social, sin la carga que representa para ellos y para las propias instituciones las cuotas de recuperación.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que le otorga el artículo 73, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

    DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

    Artículo Primero.- Se adicionan los artículos 77 bis 4, con un último párrafo y 77 bis 21, con un último párrafo a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 77 bis 4. ...

    I. a IV.

    ...

    ...

    ...

    Las instituciones públicas y privadas de asistencia social podrán afiliar los expósitos y abandonados a su cargo en los términos dispuestos por el reglamento.

    Artículo 77 bis 21. ...

    ...

    Se exime de las cuotas familiares a las instituciones públicas y privadas de asistencia social que incorporen como beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud a expósitos y abandonados a su cargo.

    Artículo Segundo.- Se reforma el último párrafo del artículo octavo transitorio, del Decreto que reforma la Ley General de Salud, publicado el 15 de mayo de 2003, para quedar como sigue:

    Artículo Octavo. ...

    ...

    La cobertura de los servicios de protección social en salud iniciará dando preferencia a la población de los dos primeros deciles de ingreso en las áreas de mayor marginación, zonas rurales e indígenas, de conformidad con los padrones que para el efecto maneje el Gobierno Federal. Asimismo, se dará prioridad a la incorporación de expósitos y abandonados a cargo de las instituciones públicas y privadas de asistencia social.

    TRANSITORIO.

    Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez, Raúl Rogelio Chavarría Salas, María del Rocío Jaspeado Villanueva, Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz, José García Ortiz, Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez, José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Javier Manzano Salazar, Irma Sinforina Figueroa Romero, Martha Lucía Mícher Camarena, Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna.»

    Es de segunda lectura.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, tiene la palabra el diputado José Erandi Bermúdez Méndez para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 de nuestro Reglamento. Él hablará por la Comisión.

    modalidad="FP">El diputado José Erandi Bermúdez Méndez: Gracias. Con el permiso de la Presidencia; honorable Asamblea: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito exponer la fundamentación del dictamen respecto a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo octavo transitorio del decreto que reforma la Ley General de Salud, del 15 de mayo de 2003, y adiciona un último párrafo a los artículos 77 Bis 4 y 77 Bis 21 de la Ley General de Salud.

    Hoy día, la supervivencia, protección y participación de la niñez son elementos esenciales para el desarrollo y progreso nacionales, por lo que se debe procurar el pleno goce de los derechos de la niñez y la adolescencia, particularmente respecto del acceso a la salud. En ese tenor, el sistema de salud mexicano tiene identificados tres grandes retos: la equidad, la calidad y la protección financiera. La equidad implica que los grupos vulnerables y la población marginada cuenten con los mismos servicios que tienen los sectores integrados al sistema; la calidad pretende mejorar la atención y otorgar un trato digno a los usuarios; y la protección financiera tiene como objetivo evitar el empobrecimiento de la gente al pagar los servicios de salud.

    Para fomentar la equidad de los servicios, es necesario que se efectúen reformas tendentes a procurar igualdad de circunstancias, pues hoy todavía, en pleno siglo XXI, hay mexicanas y mexicanos que empiezan la carrera de la vida en desventaja respecto a los demás; y entre ellos encontramos especialmente a los niños. Los niños constituyen un grupo de riesgo por las características propias de la edad y por la situación social por la que atraviesa nuestro país, por lo que deben ser atendidos con especial énfasis por parte del Estado.

    Asimismo, debemos recordar que, dentro de este grupo desprotegido, existen elementos más vulnerables, como es el caso de los menores expósitos y abandonados, quienes se encuentran en una situación de evidente desamparo y, por tanto, no cuentan con las mismas oportunidades que otros niños para salir adelante y, en particular, para cuidar su salud. Al respecto, es preciso señalar que, según datos del UNICEF, México es el más poblado de los países donde se habla español: cuenta con casi 102 millones de habitantes, de los que 24 millones viven en pobreza extrema. Alrededor de 43.5 por ciento de la población son niños y niñas menores de 18 años; y de ésos, 11 millones aproximadamente son menores de 5 años.

    Como resultado de la falta de acceso a los servicios sociales básicos y de las condiciones de pobreza que persisten en el país, cada año mueren en el mundo más de 10 millones de niños menores de cinco años, casi 50 por ciento de ellos en el periodo neonatal, a causa de enfermedades prevenibles y la malnutrición. Ante esa situación, el Estado ha puesto en marcha diversas medidas y programas de acción. Un avance importante en la atención de grupos vulnerables de nuestro país fue la entrada en vigor del Seguro Popular. Como todos sabemos, es un programa de carácter público cuyo objetivo principal es brindar protección financiera a la población sin seguridad social, a través de un esquema de aseguramiento para fomentar la atención oportuna de la salud. Sin embargo, pese a que la Ley General de Salud y otros ordenamientos otorgan ciertas protecciones a los menores que están colocados en situación de desamparo, es preciso manifestar que la legislación vigente no otorga los mismos a este grupo tan vulnerable en particular, los niños huérfanos y abandonados.

    Debido a lo anterior, los menores que no cuenten con ese beneficio de la exención de cuotas respecto del Seguro Popular de Salud, de modo tal que este grupo que no tiene recursos para pagar las cuotas de recuperación queden excluidos del acceso a los servicios de salud, aumentando con ello su situación de riesgo y desamparo. Por lo anterior, los exhorto a que apoyemos este dictamen con proyecto de reforma, ya que sólo impera con el propósito de tutelar jurídicamente el derecho de los niños que se encuentran desprotegidos y no cuentan con ningún sistema de seguridad social de acceso a la protección de salud. Muchas gracias.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputado Bermúdez. En consecuencia, que no hay registrados oradores para su discusión en lo general, se considera suficientemente discutido en lo general.

    Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular. En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se solicita a la Secretaría que se abra el sistema electrónico, hasta por cinco minutos, para proceder a recoger la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

    (Votación.)

    Diputada Presidenta: se emitieron en pro 364 votos, 0 en contra y 4 abstenciones.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto, por 364 votos. Aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que adiciona los artículos 77 Bis 4, con un último párrafo, y 77 Bis 21, con un último párrafo, a la Ley General de Salud. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.


    LEY GENERAL DE SALUD

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis, y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si es de dispensarse la lectura al dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis, y deroga el 252 de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    En la sesión celebrada el 28 de Septiembre de 2004, le fue turnada a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la iniciativa para reformar los artículos 234 y 245 materia de sustancias de estupefacientes y psicotrópicos.

    Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta honorable Asamblea, el presente Dictamen mismo que se realiza bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    La Comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

    En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO DE LA INICIATIVA'', se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reformas y adiciones en estudio, asimismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la iniciativa en análisis.

    I. ANTECEDENTES.

    El 28 de Septiembre de 2004 el Diputado Federal José Ángel Córdova Villalobos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma los artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud.

    II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

    La iniciativa objeto del presente dictamen pretende llevar acabo reformas que permitan que la misma Ley General de Salud se adecue a las tendencias internacionales y a los tratados que México tiene celebrados en materia de fiscalización de estupefacientes y psicotrópicos, dado que algunas de las sustancias que se encuentran clasificadas internacionalmente no lo están en dicha Ley.

    Asimismo el diputado proponente establece que la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes mantiene un dialogo permanente con los gobiernos, por ende la iniciativa marca en su exposición de motivos que es necesario cumplir con los compromisos internacionales e incluir los productos considerados en las listas como estupefacientes y psicotrópicos a nuestro ordenamiento jurídico.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. Durante décadas pasadas se ha venido instaurando un sistema mundial de fiscalización de las drogas objeto de uso indebido, este resultado son diversos Tratados Internacionales.

    Cada uno de los sucesivos Tratados han traído consigo una legislación complementaria y han hecho progresar el Derecho Internacional. Desde un principio, la finalidad básica de los Tratados Internacionales sobre fiscalización de estupefacientes ha sido limitar el uso de las drogas al ámbito de los fines médico y científico exclusivamente.

    B. Todos los estupefacientes y psicotrópicos son sustancias que producen efectos en el sistema nervioso central y poseen un poder terapéutico indudable en el tratamiento de padecimientos que en los últimos tiempos han cobrado mayor incidencia, tales como carcinomas, crisis de angustia, ansiedad generalizada y depresión; sin embargo también presentan un potencial de adicción que puede traducirse en su abuso o desvió para fines ilícitos, lo cual representa un grave riesgo para la salud.

    Por ende se requiere de acciones y un mayor control sanitario, que asegure la prescripción y dispensación de estos medicamentos. Para lograr esto es necesaria una constante actualización de los listados que identifican las sustancias psicotrópicas y estupefacientes a fin de facilitar la correcta clasificación de medicamentos innovadores.

    Asimismo con un eficaz control se permitirá sujetar a una mayor regulación aquellos medicamentos que presenten un potencial de adicción, abuso o desvío y coadyuvará a que México pueda adoptar con rapidez los criterios dictados por la Junta Internacional para la Fiscalización de Estupefacientes (JIFE).

    C. Cabe señalar que la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), es un órgano muy importante ya que es fiscalizador independiente encargado de aplicar las Convenciones y el Convenio de las Naciones Unidas relativos a las drogas. Por ello es menester decir que el alcance de la fiscalización internacional de drogas se refleja en los Tratados Internacionales de fiscalización de drogas que controlan dos categorías de las mismas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

    Dicho órgano internacional colabora de una manera muy eficaz y controlada ya que al examinar y analizar la información que recibe de unos 190 países y territorios, la JIFE comprueba si se están aplicando los Tratados en todo el mundo de la forma más eficaz posible. Mediante la evaluación permanente de los esfuerzos nacionales, la Junta puede recomendar medidas y sugerir ajustes de los regímenes de fiscalización internacional y nacional. En caso necesario, puede recomendar a los órganos competentes de las Naciones Unidas, a los organismos especializados y a los gobiernos que presten asistencia técnica o financiera a fin de apoyar los esfuerzos que hacen los gobiernos para cumplir las obligaciones derivadas de los Tratados.

    Como vemos el sistema internacional de fiscalización funciona en general de forma satisfactoria, y las drogas producidas o fabricadas lícitamente no suelen constituir una fuente de tráfico ilícito. Los países tienen obligación de no rebasar las cantidades fijadas en las previsiones confirmadas o establecidas por la Junta. Es por ello que hablamos de un control entre Naciones acatándonos a los Tratados hechos en la materia, y es muy importante que México se sume y acate los mismos.

    D. Es menester decir la importancia que tiene la actualización de los dos artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud materia de este dictamen, ya que actualmente en México los agentes del Ministerio Público de la Federación como los Jueces se basan en los listados de dichos artículos, para la acreditación y comprobación de un ilícito relacionado con el narcotráfico, por lo que están en posibilidad de determinar la situación jurídica de las personas relacionadas con Delitos contra la Salud de manera pronta y expedita. Es por ello que se considera viable dicha iniciativa.

    E. En la Exposición de motivos de la Iniciativa de Ley se quitan las sustancias introduciendo conceptos, sin embargo consideramos que no es viable esta parte ya que podría ocasionar que quedaran lagunas legales.

    Por otra parte con motivo de la reforma a estos 2 artículos cabe mencionar que toda vez que las sustancias pertenecientes a los grupos IV y V del mencionado artículo no constituyen un riesgo importante para la salud, y tomando en cuenta sus posibilidades terapéuticas así como la ausencia de efectos de dependencia y en virtud de que las mismas no son objeto de vigilancia penal, fueron retiradas de la Ley dejando como propuesta por parte de la Comisión únicamente la relación de los tres primeros grupos.

    No obstante lo anterior, la propuesta establece que las sustancias de los grupos IV y V pudieran ser determinadas por la Secretaría de Salud mediante disposiciones generales publicadas en el Diario Oficial, agregando un párrafo al artículo 245.

    Al existir referencia a la fracción IV del artículo 245 en la Ley General de Salud en el articulo 252 de la propia Ley, es propicio señalar, que con el fin de dar congruencia y en virtud de que el artículo resultaría inaplicable al desaparecer dicha fracción cuarta del artículo 245 toda vez que no habría posibilidad de hacer la relación obligada por la redacción del artículo en comento, asimismo existe una referencia hecha por el artículo 252 que a la letra dice: ``... así como las que se prevean en las disposiciones aplicables o en las listas a que se refiere el artículo 246, cuando se trate del grupo a que se refiere la misma fracción...'', tras la desaparición del grupo IV esta referencia se torna, igualmente inaplicable, por lo que resulta inoperante la razón de ser del artículo en general toda vez que tomando en cuenta el bajo riesgo de las sustancias del mencionado grupo y sus amplios usos terapéuticos, así como la ausencia de efectos de dependencia, sería incongruente aplicar una regulación restrictiva que no encuentre un sustento claro de riesgo sanitario.

    Por otro lado se reforma el artículo 254 Bis, ya que establece lo siguiente:

    ``Artículo 254 Bis. Cuando las autoridades competentes decomisan substancias psicotrópicas o productos que las contengan, mismas que se enlistan a continuación, deberán dar aviso a la Secretaría de Salud para que expresen su interés en alguna o algunas de estas substancias:

    NALBUFINA

    PENTOBARBITAL

    SECOBARBITAL y todas las substancias de los grupos III y IV del artículo 245 de esta Ley.

    En caso de considerar que alguna o algunas de las substancias citadas no reúnen los requisitos sanitarios para ser utilizadas la Secretaría de Salud solicitará a las autoridades procedan a su incineración.

    La Secretaría de Salud tendrá la facultad de agregar a esta lista otras substancias, lo que se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación.''

    Respecto a este artículo, cabe mencionar que en la actualidad es inoperante, toda vez que las substancias a las que se refiere no pueden ser utilizadas por la Secretaría de Salud para la realización de ninguna de sus funciones, por lo que dichas substancias deben ser destruidas en virtud de que no es posible encontrarles un uso o aprovechamiento seguro. Derivado de lo anterior es que se propone la reforma al artículo 254 Bis.

    F. Debido a que a nuestros días persiste la aparición de nuevos psicotrópicos y estupefacientes que resultan nocivos para la salud, las listas de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) se encuentran en constante actualización, del mismo modo, la Ley General de Salud en esta materia tiene que estar acorde a la realidad y a la normatividad internacional que obliga a nuestro país, a fin de regular y controlar el uso ilícito de las mismas, por ello a continuación se justifica la adición de nuevas sustancias a los artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud.

    G. Es de prioridad esta regulación, y debemos tener en cuenta que nuestro país debe ir a la vanguardia en el aspecto médico, por ende tenemos que apegarnos a los convenios internacionales en la materia. Y a fin de tener un mayor control sanitario sobre las sustancias psicotrópicas y estupefacientes se realiza el siguiente proyecto de Decreto.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de esta Comisión de Salud con las atribuciones que le otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

    DECRETO QUE REFORMA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

    Artículo Único. Se reforman los artículos 234, 245, y 254 Bis. y se deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 234. Para los efectos de esta Ley se consideran estupefacientes:

    ACETILDIHIDROCODEINA.

    ACETIL-ALFA-METILFENTANIL N-[1-(a-metilfenetil)-4-piperidil] acetanilida.

    ACETILMETADOL (3-acetoxi-6-dimetilamino-4,4-difenilheptano).

    ACETORFINA 3-0-acetiltetrahidro-7-a-(1-hidroxi-1-metilbutil)-6,14-endo-etenooripavina denominada también 3-O-acetil-7-a?[1(R)- hidroxi-1-metilbutil] -6,14-endo-etenotetrahidrooripavina ó 5-acetoxi-1,2,3,3a 8,9- hexahidro-2a[1(R hidroxi-1-metilbutil]3-metoxi-12-metil-3,9a-eteno 9,9b iminoetanofenantreno [4,5 bcd] furano).

    ALFACETILMETADOL (a-3-acetoxi-6-dimetilamino-4, 4-difenilheptano).

    ALFAMEPRODINA (a-3-etil-1-metil-4-fenil-4- propionoxipiperidina).

    ALFAMETADOL (a-6-dimetilamino-4,4 difenil-3-heptanol).

    ALFA-METILFENTANIL N-[1-(a-metilfenetil)-4-piperidil]propionanilida.

    ALFA-METILTIOFENTANIL N-[1-[1-metil-2-(2-tienil)etil]-4-piperidil] propionanilida.

    ALFAPRODINA (a-1,3-dimetil-4-fenil-4-propionoxipiperidina).

    ALFENTANIL (N-[1-[2-(4-etil-4,5-dihidro-5-oxo-1H-tetrazol-1-il)etil]-4-(metoximetil)-4-piperidinil]-N fenilpropanamida).

    ALILPRODINA (3-alil-1-metil-4-fenil-4- propionoxipiperidina).

    ANILERIDINA (éster etílico del ácido 1-p-aminofenetil-4- fenilpiperidin-4-carboxílico).

    BECITRAMIDA (1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4- (2-oxo-3- propionil-1-bencimidazolinil)-piperidina).

    BENCETIDINA (éster etílico del ácido 1-(2-benciloxietil)-4- fenilpiperidin-4-carboxílico).

    BENCILMORFINA (3-bencilmorfina).

    BETACETILMETADOL (â-3-acetoxi-6-dimetilamino-4,4- difenilheptano).

    BETA-HIDROXIFENTANIL N-[1-( â -hidroxifenetil)-4 piperidil]propionanilida.

    BETA-HIDROXI-3-METILFENTANIL N-[1-( â -hidroxifenetil)-3-metil-4-piperidil] propionanilida.

    BETAMEPRODINA (â -3-etil-1-metil-4-fenil-4- propionoxipiperidina).

    BETAMETADOL (â -6-dimetilamino-4,4-difenil-3-heptanol).

    BETAPRODINA (â -1,3,dimetil-4-fenil-4-propionoxipiperidina).

    BUPRENORFINA (21 -- ciclopropil -- 7 - a - [ ( S ) -- 1 - hidroxi- 1, 2 , 2 --trimetilpropil ] - 6, 14 - endo-etano-6,7,8,14- tetrahidrooripavina).

    BUTIRATO DE DIOXAFETILO (etil 4-morfolín-2,2-difenilbutirato).

    CANNABIS sativa, índica y americana o mariguana, cáñamo índico, su resina, preparados y semillas.

    CETOBEMIDONA ketobemidona, (4-m-hidroxifenil-1-metil-4- propionilpiperidina) ó 1-metil-4-metahidroxifenil-4- propionilpiperidina).

    CLONITACENO (2-p-clorobencil-1-dietilaminoetil-5- nitrobencimidazol).

    COCA (hojas de). (erythroxilon novogratense).

    COCAINA (éster metílico de benzoilecgonina).

    CODEINA (3-metilmorfina) y sus sales.

    CODOXIMA (dihidrocodeinona-6-carboximetiloxima).

    CONCENTRADO DE PAJA DE ADORMIDERA (el material que se obtiene cuando la paja de adormidera ha entrado en un proceso para concentración de sus alcaloides, en el momento en que pasa al comercio).

    DESOMORFINA (dihidrodeoximorfina).

    DEXTROMORAMIDA (+)-4-[2-metil-4-oxo-3,3-difenil-4-(1-pirrolidinil)butil] morfolina denominada también d-2,2-difenil-3-metil-4-morfolinbutirilpirrolidina.

    DEXTROPROPOXIFENO propionato de á-(+)-4-dimetilamino-1,2-difenil-3-metil-2-butanol y sus sales.

    DIAMPROMIDA (N-[2-(metilfenetilamino)-propil]-propionanilida).

    DIETILTIAMBUTENO (3-dietilamino-1,1-di-(2'-tienil)-1-buteno).

    DIFENOXILATO éster etílico del ácido 1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4- fenilpiperidín-4-carboxílico ó 2,2 difenil-4-(4-carbetoxi-4-fenilpiperidin) butironitril.

    DIFENOXINA (ácido 1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4- fenilisonipecótico).

    DIHIDROCODEINA.

    DIHIDROETORFINA 7,8-dihidro-7-á-[1-( R )-hidroxi-1-metilbutil]-6,14-endo-etanotetrahidrooripavina.

    DIHIDROMORFINA.

    DIMEFEPTANOL (6-dimetilamino-4,4-difenil-3-heptanol).

    DIMENOXADOL 2-dimetilaminoetil-1-etoxi-1,1-difenilacetato ó a-Etoxi-a-ácido fenilbenzenacético 2-(dimetilamino)etil éster ó 2-dimetilaminoetil etoxidifenilacetato.

    DIMETILTIAMBUTENO (3-dimetilamino-1,1-di-(2'-tienil)-1-buteno).

    DIOXAFETILO (BUTIRATO DE) etil-4-morfolino-2,2-difenilbutirato.

    DIPIPANONA (4,4-difenil-6-piperidín-3-heptanona).

    DRONABINOL (6aR,10aR)-6a,7,8,10a-tetrahidro-6,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzo[b,d]-pirano-1-ol.

    DROTEBANOL (3,4-dimetoxi-17-metilmorfinán-6 b,14-diol).

    ECGONINA sus ésteres y derivados que sean convertibles en ecgonina y cocaína.

    ETILMETILTIAMBUTENO (3-etilmetilamino -1,1-di(2'-tienil)-1- buteno).

    ETILMORFINA (3-etilmorfina).

    ETONITACENO (1-dietilaminoetil-2-p-etoxibencil-5- nitrobencimidazol).

    ETORFINA (7,8-dihidro-7á?[1(R)-hidroxi-1-metilbutil]O6- metil-6-14- endoetenomorfina denominada también tetrahidro-7-á-(1-hidroxi-1-metilbutil)-6,14-endo-etenooripavina).

    ETOXERIDINA (éster etílico del ácido 1-[2-(2-hidroxietoxi) etil]-4-fenilpiperidín-4-carboxílico.

    FENADOXONA (6-morfolín-4,4-difenil-3-heptanona).

    FENAMPROMIDA (N-(1-metil-2-piperidinoetil)-propionanilida) ó N- [1-Metil-2- (1-piperidinil)-etil] -N-fenilpropanamida.

    FENAZOCINA (2'-hidroxi-5,9-dimetil-2-fenetil-6,7-benzomorfán).

    FENMETRACINA (3-metil-2-fenilmorfolina) ó 2-fenil-3-metiltetrahidro-1,4-oxazina.

    FENOMORFAN (3-hidroxi-N-fenetilmorfinán).

    FENOPERIDINA (éster etílico del ácido 1-(3-hidroxi-3-fenilpropil)-4-fenilpiperidín-4-carboxílico ó 1- fenil-3-[(4'- fenil-4'- carbetoxi) piperidín]-1- propanol).

    FENTANIL (1-fenetil-4-N-propionilanilinopiperidina).

    FOLCODINA (morfoliniletilmorfina ó â-morfoliniletilmorfina).

    FURETIDINA (éster etílico del ácido 1-(2-tetrahidrofurfuriloxietil)- 4-fenilpiperidín-4-carboxílico).

    HEROINA (diacetilmorfina).

    HIDROCODONA (dihidrocodeinona).

    HIDROMORFINOL (14-hidroxidihidromorfina).

    HIDROMORFONA (dihidromorfinona).

    HIDROXIPETIDINA (éster etílico del ácido 4-m-hidroxifenil-1-metilpiperidín-4-carboxílico) ó éster etílico del ácido 1-metil-4-(3- hidroxifenil)-piperidín-4-carboxílico.

    ISOMETADONA (6-dimetilamino-5-metil-4,4-difenil-3-hexanona).

    LEVOFENACILMORFAN (-)-3-hidroxi-N-fenacilmorfinán)

    LEVOMETORFAN (-)-3-metoxi-N-metilmorfinán)

    LEVOMORAMIDA (-)-4-[2-metil-4-oxo-3,3-difenil-4-(1- pirrolidinil)-butil]-morfolina), ó (-)-3-metil-2,2 difenil-4- morfolinobutirilpirrolidina).

    LEVORFANOL (-)-3-hidroxi-N-metilmorfinán).

    METADONA (6-dimetilamino-4,4-difenil-3-heptanona).

    METADONA, intermediario de la (4-ciano-2-dimetilamino-4, 4- difenilbutano) ó 2-dimetilamino-4,4-difenil-4-cianobutano).

    METAZOCINA 2´-hidroxi-2,5,9-trimetil-6,7-benzomorfán ó 1,2,3,4,5,6, Hexahidro-3, 6, 11, trimetil-2, 6-metano-3-benzazocina-8-ol.

    METILDESORFINA (6-metil-?6 -deoximorfina).

    METILDIHIDROMORFINA (6-metildihidromorfina).

    METILFENIDATO metil-a-fenil-2-acetato de piperidina ó éster metílico del ácido a-fenil-2-piperidínacético.

    3-METILFENTANIL N-(-3-metil-1-(fenetil-4-piperidiril)propionanilida.

    3-METILTIOFENTANIL N-[3-metil-1-[2-(2-tienil)etil]-4-piperidil]propionanilida.

    METOPON (5-metildihidromorfinona).

    MIROFINA (miristilbencilmorfina).

    MORAMIDA, intermediario del (ácido 2-metil-3-morfolín-1,1-difenilpropano carboxílico ó ácido 1-1-difenil-2-metil-3-morfolín propano carboxílico).

    MORFERIDINA (éster etílico del ácido 1-(2-morfolinoetil)-4- fenilpiperidín-4-carboxílico).

    MORFINA.

    MORFINA BROMOMETILATO DE, y otros derivados de la morfina con nitrógeno pentavalente, incluyendo en particular los derivados de N-oximorfina, uno de los cuales es la N-oxicodeína.

    MPPP propionato de 1- metil-4-fenil-4- piperidinol, (éster).

    NICOCODINA (6-nicotinilcodeína o éster codeínico del ácido-piridín-3-carboxílico).

    NICODICODINA (6-nicotinildihidrocodeína o éster nicotínico de dihidrocodeína).

    NICOMORFINA (3,6-dinicotinilmorfina) ó di-éster-nicotínico de morfina).

    NORACIMETADOL ((±)-á-3-acetoxi-6-metilamino-4,4- difenilheptano).

    NORCODEINA (N-demetilcodeína).

    NORLEVORFANOL ( (-)-3-hidroximorfinan).

    NORMETADONA 6-dimetilamino-4,4-difenil-3-hexanona ó 1,1-difenil-1-(2-dimetilaminoetil)-2-butanona ó 1-dimetilamino- 3,3-difenil-4-hexanona.

    NORMORFINA (demetilmorfina ó morfina-N-demetilada).

    NORPIPANONA (4,4-difenil-6-piperidín-3 hexanona).

    N-OXIMORFINA.

    OPIO.

    OXICODONA (14-hidroxidihidrocodeinona ó dihidrohidroxicodeinona).

    OXIMORFONA (14-hidroxidihidromorfinona) ó dihidrohidroximorfinona).

    PAJA DE ADORMIDERA, (Papaver Somniferum, Papaver Bracteatum, sus pajas y sus semillas).

    PARA-FLUOROFENTANIL 4´-fluoro-N-(1-fenetil-4-piperidil) propionanilida.

    PENTAZOCINA y sus sales.

    PEPAP acetato de 1-fenetil-4-fenil-4- piperidinol (éster).

    PETIDINA (éster etílico del ácido 1-metil-4-fenilpiperidin-4- carboxílico), o meperidina.

    PETIDINA intermediario A de la (4-ciano-1 metil-4- fenilpiperidina ó 1-metil-4-fenil-4-cianopiperidina).

    PETIDINA intermediario B de la (éster etílico del ácido-4- fenilpiperidín-4-carboxílico o etil 4-fenil-4-piperidín-carboxílico).

    PETIDINA intermediario C de la (ácido 1-metil-4-fenilpiperidín- 4-carboxílico).

    PIMINODINA (éster etílico del ácido 4-fenil-1-(3- fenilaminopropil)-piperidín-4-carboxílico).

    PIRITRAMIDA (amida del ácido 1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4-(1- piperidín) -piperidín-4-carboxílico) ó 2,2-difenil-4-(4- piperidín-4- carbamoilpiperidín) butironitrilo.

    PROHEPTACINA (1,3-dimetil-4-fenil-4-propionoxiazacicloheptano) ó 1,3-dimetil-4-fenil-4-propionoxihexametilenimina).

    PROPERIDINA (éster isopropílico del ácido 1-metil-4- fenilpiperidín-4-carboxílico).

    PROPIRAMO N-(1-metil-2-piperidin-etil-N-2-piridilpropionamida).

    RACEMETORFAN (±)-3-metoxi-N-metilmorfinán).

    RACEMORAMIDA (±)-4-[2-metil-4-oxo-3,3-difenil-4-(1- pirrolidinil)-butil] morfolina) ó (+)-3-metil-2,2-difenil-4- morfolinobutirilpirrolidina).

    RACEMORFAN (±)-3-hidroxi-N-metilmorfinán).

    REMIFENTANILO éster metílico del ácido 1-(2-metoxicarboniletil)-4-(fenilpropionilamino)-piperidín-4-carboxílico.

    SUFENTANIL (N-[4-(metoximetil)-1-[2-(2-tienil)etil]-4- piperidil] propionanilida).

    TEBACON (acetildihidrocodeinona ó acetildemetildihidrotebaína).

    TEBAINA.

    THC (Tetrahidrocannabinol, 7,8,9,10-tetrahidro-6,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzo[b,d]pirano-1-ol los siguientes isómeros: D6a (10a), D6a (7), D7, D8, D9, D10, D9 (11) y sus variantes estereoquímicas).

    TILIDINA (+)-etil-trans-2-(dimetilamino)-1-fenil-3- ciclohexeno-1-carboxilato.

    TIOFENTANIL N[1-[2-(2-tienil)etil]-4-piperidil]propionanilida.

    TRIMEPERIDINA (1,2,5-trimetil-4-fenil-4-propionoxipiperidina); y

    Los isómeros de los estupefacientes de la lista anterior, a menos que estén expresamente exceptuados.

    Adicionalmente al listado anterior, serán consideradas como estupefacientes cualquier otro producto derivado o preparado que contenga alguna de las substancias señaladas en la lista anterior, como sus precursores químicos y, en general los de naturaleza análoga y cualquier otra substancia prevista por los Tratados Internacionales ratificados por los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, que se publiquen por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación.

    Exclusivamente para efectos de control sanitario, se considerará estupefaciente cualquier otro producto distinto a los señalados en el párrafo anterior, que determine la Secretaría de Salud mediante listados que publique en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo 245. En relación con las medidas de control y vigilancia que deberán de adoptar las autoridades sanitarias, las substancias psicotrópicas se clasifican en los siguientes grupos:

    I. Las que tienen valor terapéutico escaso o nulo y que, por ser susceptibles de uso indebido o abuso, constituyen un problema especialmente grave para la salud pública, y son:

    Y cualquier otro producto, derivado o preparado que contenga las sustancias señaladas en la relación anterior y en general los de naturaleza análoga cuando expresamente lo determinen los Tratados Internacionales ratificados por los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, y se publiquen por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación.

    II. Las que tienen algún valor terapéutico, pero constituyen un problema grave para la salud pública, y que son:

    AMOBARBITAL

    ANFETAMINA

    BENZFETAMINA

    BUTORFANOL

    CICLOBARBITAL

    DEXTROANFETAMINA (DEXANFETAMINA)

    ETILANFETAMINA

    FENETILINA

    FENCICLIDINA

    HEPTABARBITAL

    LEVANFETAMINA

    LEVOMETANFETAMINA

    MECLOCUALONA

    METACUALONA

    METANFETAMINA

    NALBUFINA

    PENTOBARBITAL

    RACEMATO DE METANFETAMINA

    SECOBARBITAL

    SECBUTABARBITAL O BUTABARBITAL

    2C-B (4-BROMO-2, 5-DIMETOXIFENETILAMINA)

    Y sus sales, precursores y derivados químicos.

    III. Las que tienen valor terapéutico, pero constituyen un problema para la salud pública, y que son:

    AMINEPTINA

    BENZODIAZEPINAS:

    ALPRAZOLAM

    BROMAZEPAM

    BROTIZOLAM

    CAMAZEPAM

    CLOBAZAM

    CLONAZEPAM

    CLORACEPATO DIPOTASICO

    CLORDIAZEPOXIDO

    CLOTIAZEPAM

    CLOXAZOLAM

    DELORAZEPAM

    DIAZEPAM

    ESTAZOLAM

    FLUDIAZEPAM

    FLUNITRAZEPAM

    FLURAZEPAM

    HALAZEPAM

    HALOXAZOLAM

    KETAZOLAM

    LOFLACEPATO DE ETILO

    LOPRAZOLAM

    LORAZEPAM

    LORMETAZEPAM

    MEDAZEPAM

    MIDAZOLAM

    NIMETAZEPAM

    NITRAZEPAM

    NORDAZEPAM

    OXAZEPAM

    OXAZOLAM

    PINAZEPAM

    PIROVALERONA

    PRAZEPAM

    QUAZEPAM

    TEMAZEPAM

    TETRAZEPAM

    TRIAZOLAM

    Otros:

    ACIDO BARBITURICO (2, 4, 6 TRIHIDROXIPIRAMIDINA)

    ALOBARBITAL

    AMINOREX

    ANFEPRAMONA (DIETILPROPION)

    BARBITAL

    BUTALBITAL

    BUTOBARBITAL

    CARBROMAL

    CARISOPRODOL

    CICLOBARBITAL

    CLOBENZOREX (CLOROFENTERMINA)

    CLOZAPINA

    DROPERIDOL

    EFEDRINA sus isómeros ópticos y sales

    ERGOMETRINA (ERGONOVINA)

    ERGOTAMINA

    ETCLORVINOL

    ETINAMATO

    ETOMIDATO

    FENCAMFAMINA

    FENDIMETRAZINA

    FENILPROPANOLAMINA

    FENOBARBITAL

    FENPROPOREX

    FENTERMINA

    GHB (ACIDO GAMA HIDROXIBUTIRICO)

    GLUTETIMIDA

    HIDRATO DE CLORAL

    KETAMINA

    LEFETAMINA

    MAZINDOL

    MEFENOREX

    MEPAZINA

    MEPROBAMATO

    MESOCARBO

    METAMFEPRAMONA

    METILFENOBARBITAL

    METIPRILONA

    NOR-PSEUDOEFEDRINA (+) CATINA

    PEMOLINA

    PIMOZIDE

    PIPRADROL

    PSEUDOEFEDRINA

    RISPERIDONA

    VINILBITAL

    ZALEPLON

    ZIPEPROL

    ZOLPIDEM

    ZOPICLONA

    1-FENIL -2-PROPANONA

    Y sus sales, precursores y derivados químicos.

    Adicionalmente a los listados anteriores, serán consideradas como sustancias psicotrópicas las previstas por los Tratados Internacionales ratificados por los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, que se publiquen por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación.

    Las sustancias que tienen amplios usos terapéuticos y constituyen un problema menor para la salud pública, así como las que carecen de valor terapéutico y se utilizan corrientemente en la industria, serán determinadas por la Secretaría de Salud mediante las disposiciones generales que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo 252.- (Se deroga).

    Articulo 254 Bis.- Cuando las autoridades competentes decomisen substancias psicotrópicas o productos que las contengan, éstos deberán ser destruidos.

    TRANSITORIO

    Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera, María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Francisco Rojas Toledo (rúbrica), María Salomé Elyd Saénz, Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz, Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, Martha Palafox Gutiérrez, Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríaguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna, (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, para fundamentar el dictamen, por parte de la Comisión y de conformidad con el artículo 108, tiene el uso de la voz nuestro compañero, el diputado José Ángel Córdova Villalobos, hasta por 10 minutos.

    modalidad="FP">El diputado José Ángel Córdova Villalobos: Con su venia, señora Presidenta. honorable Asamblea: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito exponer la fundamentación del dictamen respecto a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 234 y 245, y se deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud.

    Actualmente, en materia de salud, nuestro país ha alcanzado grandes avances; y uno de los múltiples aspectos que requieren actualización permanente en la Ley General de Salud son las listas de los medicamentos, de estupefacientes y psicotrópicos, cuya utilidad, administrados en forma correcta, es indudable, pero por sus efectos secundarios o por causar adicción pueden afectar gravemente la salud cuando se abusa de ellos o se utilizan de manera inadecuada. Además, nuestro país debe adecuar su legislación sanitaria a los tratados internacionales que se tienen celebrados en materia de fiscalización de estupefacientes y psicotrópicos, dado que algunas sustancias que se encuentran clasificadas internacionalmente no lo están en nuestra Ley General de Salud.

    Con el propósito de dar cumplimiento a los fines de los tratados internacionales, la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, JIFE, mantiene un diálogo permanente con diferentes gobiernos, entre ellos el nuestro. Dicha Junta es de vital importancia en el tema de este dictamen ya que, por ser el órgano fiscalizador independiente y cuasi judicial, tiene el encargo de aplicar las convenciones y el convenio de Naciones Unidas relativo a las drogas. Al existir un diálogo permanente entre la JIFE y distintos gobiernos, se ha creado un vínculo y se ha adoptado una política, la cual arroja, por ejemplo, que algunos países se adhirieran a las convenciones y al convenio y, de esa manera, hayan reforzado su legislación. La Comisión de Salud, consciente de la necesidad de que la legislación esté al día respecto de los estupefacientes y psicotrópicos, tanto para estar acorde con los tratados internacionales firmados y las listas emitidas por la JIFE como para proteger con mayor eficacia a la población, decidió, mediante la presentación de la iniciativa motivo de esta fundamentación, modificar las demás sustancias y fórmulas contenidas en los artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud, a fin de que estén actualizadas respecto al marco jurídico internacional y a la realidad que aqueja nuestro país. Asimismo, se resolvió incorporar en los listados de la Ley General de Salud sustancias que si bien no figuran en documentos de la JIFE, causan graves daños a la salud de quienes las consumen, debido a sus efectos hipnóticos, analgésicos, narcóticos, alucinógenos o anorexígenos, máxime que son vendidas y utilizadas en nuestro país como drogas.

    Por otro lado, sabemos que los psicotrópicos y los estupefacientes son sustancias que producen efectos indudablemente perjudiciales y representan un grave peligro para la salud. Por ende, se requieren controles sanitarios eficaces que aseguren la prescripción y descripción responsable de estos medicamentos sin afectar su abasto. Por ello se necesita una constante actualización de los listados, a fin de facilitar la correcta clasificación de los medicamentos innovadores de reciente aparición en el mercado. Lo anterior permitirá sujetar a una mejor regulación los medicamentos que presenten un potencial de adicción, abuso o desvío, y ayudará a que nuestro país pueda adoptar con rapidez los criterios de clasificación de la JIFE.

    Cabe mencionar que, con motivo de la reforma de esos dos artículos, algunas de las sustancias incluidas en el grupo 4 del artículo 245 de la ley vigente fueron incluidas en el grupo 3, tomando en cuenta sus posibilidades terapéuticas, así como sus efectos de dependencia. Y en virtud de que las que se describen en el grupo 5 no tienen efecto terapéutico, fueron retirados estos dos últimos grupos, 4 y 5, lo cual deja sin vigencia el artículo 252 de la ley, ya que se refiere específicamente a estos dos incisos, por lo que se propone su derogación. Ahora bien, las sustancias que están incluidas en el grupo 4 del artículo 245 y no fueron reagrupadas en el 3 serán determinadas por la Secretaría de Salud mediante disposiciones generales que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

    Por lo anterior menciono que, para lograr resultados óptimos, hay que coordinar los esfuerzos, todos los esfuerzos nacionales con los que se llevan a cabo en el plano regional y a nivel mundial. Por ello, los exhorto a que apoyemos este dictamen con proyecto de reforma, ya que sólo impera con el propósito de legislar en forma adecuada y mantener a la vanguardia nuestro país en el plano internacional, cumplir los compromisos en el Sector Salud y lograr un control adecuado de muchos valiosos medicamentos, cuyo abuso o desviación puede poner en riesgo la salud de nuestros conciudadanos.

    Quisiéramos también solicitar una fe de erratas, dado que son tantas las sustancias que están descritas. Hubo un error; en donde dice: ``dioxafetilo butirato'', dice: ``morfolino'', debe decir: ``morfolín'' y donde dice: ``metilfentanil'' y al final: ``piperidiril'', debe decir nada más: ``piperidil''. Esto lo hemos entregado. Y por otro lado, poner a su consideración agregar tanto en el artículo 234 como en el 245 un párrafo final en el que, además de que las sustancias que están previstas en la JIFE, se ponga: ``... y las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, celebrados por el Ejecutivo de la Unión y ratificados por el Senado de la República, una vez que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación''. Esto, con el único fin de que el órgano o la Colegisladora conozca de estas nuevas sustancias que, eventualmente, la Secretaría de Salud publique para tratar de estar actualizándolas y el Senado conozca de ellas, las ratifique y adquieran plena vigencia como leyes. Está, pues, a su consideración, en espera de que sea aprobado. Muchas gracias.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se aceptan las modificaciones presentadas por la Comisión. Dé lectura por favor.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Palacio Legislativo, 22 de septiembre de 2004. Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por este conducto y a nombre de los diputados integrantes de la Comisión de Salud solicito muy atentamente la modificación mediante la siguiente fe de erratas del Dictamen que reforma a los artículos 234, 245 y 254 Bis, y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud, publicada en la Gaceta Parlamentaria del día 20 de septiembre del 2005, núm. 1844-I.

    Dictamen dice:

    DIOXAFETILO (BUTIRATO DE) etil-4-morfolíno-2,2 difenilbutirato

    Debe decir:

    DIOXAFETILO (BUTARATO DE) etil-4-morfolín-2,2 difenilbutirato

    Dictamen dice:

    3-METILFENTANIL N-(3-metil-1-(fenetil-4-piperidiril) propionanilida

    Debe decir:

    3-METILFENTANIL N-(3-metil-1-(fenetíl-4-piperidil) propionanilida

    Sin otro particular por el momento, agradezco su fina atención al presente.

    Atentamente. Dip. José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), Presidente de la Comisión de Salud.»

    «C. Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    El que suscribe, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 133 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por este conducto me permito presentar formalmente y por escrito, con relación al dictamen presentado por la Comisión de Salud con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 bis y deroga el 252 de la Ley General de Salud (página 7 de la Gaceta Parlamentaria del día 22 de septiembre y páginas 12 a la 25 de la Gaceta Parlamentaria del día 20 de septiembre), las siguientes reserva y la adición señalada en el numeral 6.

    1.- Del artículo 234, penúltimo párrafo;

    2.- Del artículo 234, último párrafo;

    3.- Del artículo 245, fracción I., último párrafo;

    4.- Del artículo 245, fracción III, penúltimo párrafo;

    5.- Del artículo 245, fracción III,. último párrafo.

    6.- Del artículo 245,, se adiciona la fracción IV.

    Anexo los párrafos reservados tanto como aparecen en el dictamen como con la propuesta que se hace por parte del suscrito.

    Sin otro particular por el momento, reitero la seguridad de mi consideración y respeto.

    Atentamente. Diputado Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica).»

    «Penúltimo párrafo del artículo 234:

    DICE:

    Adicionalmente al listado anterior, serán consideradas como estupefacientes cualquier otro producto derivado o preparado que contenga alguna de las sustancias señaladas en la lista anterior, como sus precursores químicos y, en general los de naturaleza análoga y cualquier otra sustancia prevista por los Tratados Internacionales ratificados por los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo las contenidas en los anexos,. listas,. documentos y sus actualizaciones complementarias, que se publiquen por la Secretaria de Salud en el Diario Oficial de la Federación.

    DEBE DECIR:

    Adicionalmente al listado anterior, serán consideradas como estupefacientes cualquier otro producto derivado o preparado que contenga o contengan alguna de las sustancias señaladas en la lista anterior., como sus precursores químicos y., en general los de naturaleza análoga y cualquier otra sustancia prevista por los Tratados Internacionales y las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, celebrados por el Ejecutivo de la Unión y ratificados por el Senado de la República, una vez que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación.

    Último párrafo del artículo 234:

    DICE:

    Exclusivamente para efectos de control sanitario, se considerará estupefaciente cualquier otro producto distinto a los señalados en el párrafo anterior, que determine la Secretaría de Salud mediante listados que publique en el Diario Oficial de la Federación.

    Último párrafo del artículo 234:

    DEBE DECIR:

    Exclusivamente para efectos de control sanitario, se considerar estupefaciente cualquier otro producto distinto a los señalados en el párrafo anterior, que determinen los Tratados Internacionales celebrados por el Ejecutivo de la Unión y ratificados por el Senado de la República, una vez que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación.

    Último párrafo de la fracción I del artículo 245:

    DICE:

    Y cualquier otro producto, derivado o preparado que contenga las sustancias señaladas en la relación anterior y en la relación anterior y en general los de naturaleza análoga, cuando expresamente lo determinen los Tratados Internacionales ratificados por los Estados Unidos Mexicanos incluyendo las contenidas en los anexos, listas, documentos, y sus actualizaciones complementarias, y se publiquen por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación.

    Último párrafo de la fracción I del artículo 245:

    DEBE DECIR:

    Y cualquier otro producto derivado o preparado que contenga o contengan las sustancias señaladas en la relación anterior y en la refacción anterior y en general los de naturaleza análoga, cuando expresamente lo determinen los Tratados Internacionales y las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, celebrados por el Ejecutivo de la Unión y ratificados por el Senado de la República., una vez que sean Publicados en el Diario Oficial de la Federación.

    Penúltimo párrafo de la fracción III del artículo 245:

    DICE:

    Adicionalmente a los listados anteriores, serán consideradas como sustancias psicotrópicas las previstas por los Tratados Internacionales ratificados por los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, que se publiquen por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación.

    DEBE DECIR:

    Adicionalmente al listado anterior, serán consideradas como sustancias psicotrópicas cualquier otro producto derivado o preparado que contenga o contengan alguna de las sustancias señaladas en las listas anteriores,. como sus precursores químicos y, en general los de naturaleza análoga y cualquier otra sustancia prevista por los Tratados Internacionales y las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarlas, celebrados por el Ejecutivo de la Unión y ratificados por el Senado de la Republica, una vez que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación

    Último párrafo de la fracción III del artículo 245.

    DICE:

    Las sustancias que tienen amplios usos terapéuticos y constituyen un problema menor para la salud pública, así como las que carecen de valor terapéutico y se utilizan corrientemente en la industria, serán determinadas por la Secretaria de Salud, mediante las disposiciones generales que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

    Último párrafo de la fracción III del artículo 245.

    DEBE DECIR:

    SE ELIMINA.

    Se adiciona la fracción IV del artículo 245 para quedar como sigue:

    IV.- Las sustancias que tienen amplios usos terapéuticos y constituyen un problema menor para la salud pública, así como las que carecen de valor terapéutico y se utilizan corrientemente en la industria, serán determinadas por la Secretaría de Salud, mediante las disposiciones generales que se publiquen en el Diario Oficial de la, Federación.

    Dip. Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica).»

    Por lo anteriormente expuesto se pregunta a la Asamblea si son de aceptarse la fe de erratas presentada por la Comisión de Salud y las modificaciones ya expuestas, por lo que se pregunta a la Asamblea.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo VieyraEl Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias. Se aceptan.

    Y agréguense al dictamen tanto la fe de erratas como las modificaciones en el penúltimo párrafo del artículo 234, el último párrafo de este propio artículo; la fracción I, último párrafo, del 245, la fracción III, penúltimo párrafo, de este propio artículo, la fracción III, último párrafo, de este propio artículo; y la adición de una fracción IV al 245. Y en estas condiciones, el dictamen se somete a discusión en lo general.

    Esta Presidencia no tiene registrados oradores. Luego entonces, considera el asunto suficientemente discutido. Se pregunta a la Asamblea si, en términos del 134, habrá algún artículo reservado. No habiendo quien reserve algún artículo, se ruega a la Secretaría que instruya la apertura del sistema electrónico, hasta por cinco minutos, para recabar la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto, del dictamen que nos ocupa.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, con la fe de erratas y las modificaciones aceptadas por esta Asamblea.

    (Votación.)

    Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    De viva voz:

    La diputada Laura Elena Martínez Rivera (desde la curul): A favor.

    El diputado Adrián Víctor Hugo Islas Hernández (desde la curul): A ... a favor.

    El diputado José Luis Naranjo y Quintana (desde la curul): A favor.

    El diputado Jorge Triana Tena (desde la curul): A favor.

    El diputado Raúl Leonel Paredes Vega (desde la curul): A favor. Gracias.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Diputado Presidente: se emitieron a favor 376 votos, 0 en contra y 2 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular, por 376 votos, el proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 244 Bis, y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud, con las modificaciones presentadas y aceptadas por la Asamblea. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.


    LEY GENERAL DE SALUD
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen. El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se le dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    1. En la sesión celebrada 8 de Marzo de 2005, le fue turnada a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la Iniciativa para eximir del cobro de las cuotas de recuperación a menores de cinco años que no sean beneficiarios o derechohabientes de alguna institución del sector salud y cuyas familias pertenezcan a los tres primeros deciles de ingreso, presentada por el Diputado Francisco Rojas Toledo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    2. Con fecha de 28 de febrero de 2005 se turnó a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Salud para que informe los mecanismos que realizará para la aplicación del Decreto que adiciona un párrafo quinto al artículo 36 de la Ley General de Salud, presentada por Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta honorable Asamblea, el presente dictamen mismo que se realiza bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    La Comisión encargada del análisis y dictamen de la Iniciativa y la Proposición mencionadas anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida Iniciativa y Proposición, así como de los trabajos previos de la Comisión.

    En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO'', se exponen los motivos y alcance de las propuestas en estudio, así mismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de las propuestas y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a las mismas.

    I. ANTECEDENTES.

    El 8 de marzo de 2005, el diputado Francisco Rojas Toledo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud, con el propósito que se exente de cuotas de recuperación a todo menor a partir de su nacimiento y hasta cinco años cumplidos, que no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud y cuya familia pertenezca a los tres primeros deciles de ingreso.

    Con fecha del 28 de febrero de 2005, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentaron ante el pleno de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la Proposición con Punto de Acuerdo que tiene por objeto exhortar a la Secretaría de Salud para que informe los mecanismos que realizará para la aplicación del Decreto que adiciona un párrafo quinto al artículo 36 de la Ley General de Salud.

    II. CONTENIDO.

    La propuesta de la Iniciativa objeto del presente dictamen se realiza para poder exentar de cuotas de recuperación a todo menor a partir de su nacimiento y hasta cinco años cumplidos, que no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud y cuya familia pertenezca a los tres primeros deciles de ingreso.

    En las propuestas de la Iniciativa y del Punto de Acuerdo se manifiesta que el acceso a los servicios de salud debe ser garantizado por el Estado, preferentemente tratándose de grupos vulnerables, como es el caso de la niñez.

    Así mismo, manifiestan que la prestación de los servicios de salud debe ser acorde a las necesidades de cada uno de los mexicanos, por lo que se debe reformar el artículo 36 de la Ley General de Salud a fin de que se elimine la desigualdad que el texto vigente del artículo contempla al exentar de cuotas a las personas de los últimos tres deciles y no a las personas en extrema pobreza, que se encuentran en los tres primeros deciles.

    Finalmente expresan que la Secretaría de Salud debe informar los mecanismos que aplicará para que las familias de escasos recursos, con hijos menores de cinco años, puedan gozar de un sistema de salud sin restricciones económicas.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. El derecho a la salud es una de las más importantes prerrogativas de las personas no sólo porque constituye un valor fundamental para su desarrollo sino porque además, dignifica al hombre. El artículo 4º de nuestra Constitución Política consagra dicho derecho y determina, para tal efecto, que el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud a través de sus leyes, igualmente, indica en forma particular que los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de salud.

    B. Coincidimos en que aún cuando el artículo 25 de la Ley General de Salud indica que se garantizará la extensión cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud, preferentemente a los grupos vulnerables, en nuestro país, perdura un rezago en el Sistema de Salud que día a día se agudiza y que afecta a muchos sectores de la población, principalmente a los grupos más desprotegidos como lo es la población infantil de familias de escasos recursos.

    Del mismo modo, convenimos con el hecho de que en la actualidad en nuestro país miles de mexicanos que carecen de servicios básicos de salud, entre los que destacan los niños, muchas veces no son atendidos ante un padecimiento o patología por no ser derechohabientes o beneficiarios del sector salud y debido a que sus padres se ven imposibilitados a pagar cuotas de recuperación que exceden su capacidad económica. Esta situación, pone en riesgo el patrimonio de muchas familias que ante una emergencia o enfermedad, no cuentan con los recursos para cubrir las cuotas, honorarios o medicamentos que les son solicitados.

    C. Por otro lado, es importante enfatizar que el Estado tiene un compromiso con el pueblo mexicano de llevar acabo estrategias para poder combatir y aventajar este problema, tal como se manifiesta en el Programa Nacional de Salud 2001-2006, en el cual se expresa que es necesario analizar la desigualdad de las condiciones de salud y señala que: ``Mientras que los daños a la salud en las regiones y grupos de mayores ingresos del país tienen un perfil similar al de algunos países europeos, en las regiones y grupos sociales empobrecidos, el cuadro es el de un país de escaso desarrollo.''

    De igual forma, en dicho programa se acepta que los principales indicadores de salud muestran un rezago importante en las personas más pobres. Entre los grupos de población más vulnerables se encuentran: los indígenas, los discapacitados, las mujeres y los niños, quienes presentan las cifras de mayor rezago.

    D. Como reflejo de las condiciones de carácter económico, social y cultural, la mortalidad de los menores de un año es particularmente significativa, al referirse a un grupo de alta sensibilidad al ambiente. El nivel que presenta la mortalidad infantil, permite conocer el grado en que se satisfacen necesidades individuales y colectivas básicas, entre las que destacamos las de acceso a servicios de salud así como las de el tipo de ocupación y monto de ingresos de la población que determinan las alternativas para satisfacer la distintas necesidades materiales.

    El estudio de la mortalidad, como fenómeno demográfico, se puede abordar por medio del análisis de indicadores, en México se utiliza como indicador el de la Tasa de Mortalidad Infantil (TMI), la cual consiste en el cociente de las defunciones de menores de un año entre los nacidos vivos durante el mismo periodo y se presenta generalmente multiplicado por mil. Este indicador muestra el número de defunciones ocurridas durante el primer año de vida por cada mil nacidos vivos.

    En México, las condiciones de salud y en general de vida han mejorado de manera considerable en las últimas décadas. En 1970, 40% de la población residía en localidades de menos de 2,500 habitantes; en el año 2000 el porcentaje de población rural es de 25%. En el mismo periodo, el promedio de escolaridad de la población de 15 años y más pasó de sólo 3.4 años de instrucción formal a 6.3 años. Respecto a la calidad de la vivienda, en 1970 41% de las viviendas tenían piso de tierra y únicamente 61% de éstas contaban con agua entubada, para el año 2000 la proporción cambio drásticamente a casi 20% y 80%, respectivamente.

    Como resultado de las mejoras en las condiciones de vida y mayor acceso a servicios de salud, la mortalidad infantil se redujo de 64 muertes por cada mil nacimientos en el periodo 1970-1974, a 31 por mil en el año 2000, lo que representa una mejoría en más de un 50%.

    La Tasa de Mortalidad Infantil es un indicador básico de las condiciones de vida de una población, por lo que resulta útil para fines comparativos, entre países o subpoblaciones dentro de un mismo país.

    Si consideramos los beneficios que se han obtenido aún cuando en nuestro país, según datos del Consejo Nacional de Población, en el año 2004 de los 8 y medio millones de niños de 2 a 6 años poco más de la mitad no eran derechohabientes o beneficiarios de ninguna institución de seguridad social, podemos concluir que el campo de acción para mejorar las condiciones de este grupo es aún amplio, por lo que deben tomarse todas las medidas posibles para que siga decreciendo la tasa de mortalidad infantil.

    E. Por otro lado, en septiembre de 2000, en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas, los líderes del mundo acordaron establecer objetivos y metas loables, con plazos definidos, para combatir los principales problemas que aquejan a la población mundial. Estos objetivos y metas, que constituyen la esencia del programa mundial, se llaman ahora ``Objetivos de desarrollo del milenio'' y sirven de marco para que todo el sistema de las Naciones Unidas colabore coherentemente para alcanzar un fin común, que no es otro sino el de lograr el equilibrio en el desarrollo de los países que forman parte del contexto mundial, tratando de disminuir las grandes diferencias entre países ricos y pobres.

    En la Declaración de la Cumbre del Milenio se definieron muchos compromisos y se está avanzando hacia la consecución de los mismos, pero este progreso es desigual y demasiado lento. La gran mayoría de los países lograrán los objetivos de desarrollo del milenio sólo si logran movilizar apoyo financiero y voluntad política, renovar la participación de los gobiernos, reorientar las prioridades y las políticas de desarrollo, crear capacidad y establecer medidas conjuntas con la sociedad civil y el sector privado.

    Como país firmante, México adquirió el compromiso ante la comunidad internacional de luchar contra problemas, como el hambre, la pobreza, la desigualdad de género, la falta de acceso a la educación, atención médica, sanidad, agua potable, deterioro del medio ambiente entre otros, entre los que destaca el de reducir la mortalidad infantil.

    Este objetivo básicamente consiste en reducir, entre 1990 y 2015, la tasa de mortalidad infantil de los niños menores de 5 años en dos terceras partes, o dicho de otro modo, en un 66.66%. Sin embargo el avance hasta ahora ha sido del únicamente de un 18.21%, por lo que para lograr un avance mayor se requieren tomar medidas contundentes y más eficaces.

    F. La salud es y debe ser claramente entendida como un derecho y no como un privilegio reservado a unos cuantos, por lo que se debe buscar que toda la población tenga acceso a servicios médicos de calidad.

    Los principales problemas de salud en nuestro país tienen como causa fundamental la pobreza y su solución definitiva depende de la posibilidad de incrementar el nivel de bienestar general de la población de escasos recursos. Sin embargo, el propio Programa Nacional de Salud manifiesta que ``existe información que demuestra que aun en presencia de estas condiciones de pobreza es posible reducir considerablemente el peso de estos padecimientos a través de intervenciones altamente efectivas y accesibles desde el punto de vista financiero''.

    En su lucha por alcanzar los objetivos del milenio y de mejorar la calidad de vida de la población, ha sido importante la creación por parte del Estado Mexicano del Sistema de Protección Social en Salud o Seguro Popular, que trabajando paralelamente al IMSS e ISSSTE ha logrado reducir el número de muertes infantiles de una manera más acelerada entre las más de 1,700,000 familias, es decir más de 6 millones de mexicanos, que tiene inscritos.

    El 15 de mayo de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud, mediante el cual se creo el llamado Seguro Popular, con lo que se estableció a nivel de Ley el Sistema de Protección Financiera y de Prestación de los Servicios de Salud. En dicha reforma se trastoca el artículo 77 Bis 6 de la Ley General de Salud, el cual establece que el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, celebrarán acuerdos de coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social, teniendo como fin, que el aseguramiento en materia de salud se extienda a todos los mexicanos mediante este nuevo esquema de financiamiento y atención integral a la salud.

    Consideramos pues que siendo la mortalidad infantil uno de los problemas primordiales incluido dentro del marco jurídico nacional e internacional, y tomando en cuenta la imposibilidad de brindar atención de manera gratuita a toda la población, se debe al menos aplicar en los grupos más vulnerables, mientras se logra que el Seguro Popular logre la cobertura total en el 2015, como se prevé.

    G. A fin de identificar a los grupos vulnerables de nuestro país, y en general para evaluar la situación socioeconómica de las familias mexicanas el INEGI elabora la ``Encuesta Nacional de Ingreso y Gastos de los Hogares''. Para clasificar estas familias se utilizan deciles de la distribución del ingreso, los primeros corresponden a los hogares que perciben un menor ingreso y en los últimos se ubican aquellos de mayor ingreso.

    Considerando lo manifestado anteriormente, y en la búsqueda de abatir las desigualdades de acceso a la salud que persisten en el país, debe haber un trato equitativo que contemple los resultados de la ``Encuesta Nacional de Ingreso y Gastos de los Hogares'' a fin de que la prestación de servicios de salud sea congruente a las necesidades de cada uno de los mexicanos. Por tal motivo, las personas en que perciben menores ingresos (ubicadas en los en los tres primeros deciles y no en los tres últimos como lo menciona actualmente el artículo 36) deben ser las beneficiadas de esta reforma a fin de cumplir con el compromiso de adoptar medidas para evitar la desigualdad.

    Por otro lado, en el Diario Oficial de la Federación del 18 de enero de 2005 fue publicado el decreto de la ultima reforma del artículo 36, el cual en su artículo tercero transitorio menciona que todos los niños beneficiarios de la reforma, deberán ser inscritos obligatoriamente en el Programa de Control del Niño Sano de la jurisdicción sanitaria correspondiente, sin embargo, es propicio señalar que la Secretaría de Salud no cuenta en su estructura orgánica con algún departamento o área que contemple este Programa, por lo que se propone eliminar dicho artículo transitorio, ya que de mantenerse provocaría la inoperancia de la medida que se plantea.

    H. Con respecto a la Proposición con Punto de Acuerdo, es de nuestro parecer que la Secretaría de Salud debe dar a conocer los mecanismos que implementará a fin de que se haga efectivo que las familias de escasos recursos, con menores de cinco años, puedan gozar de un sistema de salud sin restricciones económicas. Por lo anterior, rescatamos el espíritu de la propuesta hecha en el mismo y la incluimos en los transitorios del decreto, a fin de que la Secretaría de Salud informe a este órgano legislativo lo conducente en un plazo razonable.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que le otorga el artículo 73, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

    DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 36 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

    Artículo Primero.- Se reforma el último párrafo del artículo 36 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 36.- ...

    ...

    ...

    ...

    Se eximirá del cobro de las cuotas de recuperación por concepto de atención médica y medicamentos, a todo menor a partir de su nacimiento hasta cinco años cumplidos, que no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud. Para el cumplimiento de esta disposición, será requisito indispensable que la familia solicitante se encuentre en un nivel de ingreso correspondiente a los tres primeros deciles conforme a la percepción de ingreso familiar establecidos por el INEGI.

    Artículo Segundo.- Se deroga el artículo tercero transitorio del Decreto por el que se adiciona un párrafo quinto al artículo 36 de la Ley General de Salud, publicado el 18 de enero de 2005, en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Tercero. (Se deroga)

    TRANSITORIOS

    Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo. La Secretaría de Salud Federal deberá informar a esta soberanía, en un plazo no mayor a 60 días naturales los mecanismos que implementará a fin de que se haga efectiva la aplicación del presente Decreto.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera, María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Francisco Rojas Toledo (rúbrica), María Salomé Elyd Sáenz, Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz, Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, Martha Palafox Gutiérrez, Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Para fundamentarlo, en términos del 108 del Reglamento Interior, tiene el uso de la palabra el señor diputado don Guillermo Velasco Rodríguez.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Con el permiso de la Presidencia. honorable Asamblea: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en mi calidad de integrante de la Comisión de Salud, me dirijo a ustedes para presentar la fundamentación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el último párrafo del artículo 36 de la Ley General de Salud.

    El artículo 4o. de nuestra Constitución Política consagra, en su párrafo tercero, el derecho a la protección a la salud y determina, para tal efecto, que el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud, a través de sus leyes. Igualmente, indica en forma particular que los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades en materia de salud. Según datos proporcionados por la misma Secretaría de Salud, la tasa de mortalidad infantil ha disminuido en 4.6 por ciento entre los años 2004 y 2005. A pesar de estos datos, es un hecho que existe una enorme desigualdad en la sociedad mexicana, que se ve reflejada en la atención de la salud ya que, según menciona el Programa Nacional de Salud 2001-2006, mientras que los daños a la salud en las regiones y los grupos de mayores ingresos el país tienen un perfil similar al de algunos países europeos, en las regiones y los grupos sociales menos favorecidos el cuadro es el de un país de muy escaso desarrollo.

    Entre los grupos de población más vulnerables se encuentran los indígenas, las personas con capacidades diferentes, las mujeres y los niños, quienes presentan las cifras de mayor rezago. El estudio de la mortalidad como fenómeno demográfico se puede abordar por medio del análisis de indicadores. En México se utiliza como indicador el de la tasa de mortalidad infantil, la cual consiste en el cociente de las defunciones de menores de un año entre los nacidos vivos durante el mismo periodo y se presenta generalmente multiplicado por mil. Basándose en este método, la tasa de mortalidad infantil que publica la Secretaría de Salud en lo que va de este año es de 18.8, ciertamente menor que el año anterior, que era de 19.7. Aunque estos avances son palpables y se deben en gran medida a la búsqueda de un sistema más equitativo en la protección a la salud, aún nos queda mucho por hacer.

    Si consideramos los beneficios que se han obtenido, aun cuando en nuestro país, según los datos del Consejo Nacional de Población, en 2004 de los ocho y medio millones de niños de dos a seis años poco más de la mitad no eran derechohabientes o beneficiarios de ninguna institución de seguridad social, podemos concluir que el campo de acción para mejorar las condiciones de este grupo es aún amplio, por lo que deben tomarse todas las medidas posibles para que siga decreciendo la tasa de mortalidad infantil en nuestro país. Dentro de la declaración de la Cumbre del Milenio, México, como país signatario, adquirió, entre otros, el compromiso de disminuir las tasas de mortalidad infantil de los niños menores de cinco años en dos terceras partes. Como señalé anteriormente, aún estamos muy lejos de cumplir esta meta.

    Precisamente por ello, por estas razones, la Comisión de Salud ha trabajado arduamente, junto con el Poder Ejecutivo, para poner un freno a la desigualdad; y el presente proyecto de decreto es prueba fehaciente de esa voluntad. Sin duda, uno de los principales instrumentos para cumplir los Objetivos del Milenio y disminuir la enorme desigualdad en materia de salud es la creación del Sistema de Protección Social en Salud, mejor conocido como ``Seguro Popular''. Sin embargo, ningún esfuerzo resulta excesivo si de proteger la salud de los niños, en particular de los que pertenecen a los grupos más vulnerables, se trata.

    Por ello, los diputados integrantes de la Comisión de Salud creemos necesario exentar de cuotas de recuperación a los niños cuyas familias se encuentren en los tres primeros deciles de ingreso y no en los últimos tres, como actualmente se establece en la Ley General de Salud. Compañeros legisladores: los diputados integrantes de la Comisión de Salud solicitamos una vez más su voto aprobatorio al presente proyecto decreto, confiando en que así será, ya que a lo largo de la Legislatura hemos demostrado que en materia de salud sólo nos mueve el interés de México, sin prestar atención a las diferencias ideológicas o partidistas. De antemano, y esperando su voto favorable, muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia somete a la consideración del Pleno el dictamen que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud. No tenemos oradores registrados; luego entonces, se considera el asunto suficientemente discutido. Y se ruega a la Secretaría que se abra el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para recabar votación nominal en lo general y en lo particular, por tratarse de un artículo único, del proyecto.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico, hasta por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.

    (Votación.)

    Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron 367 en pro, 0 en contra y 4 abstenciones, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular, por 367 votos, el proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

    El siguiente punto del orden de día es la discusión de los dictámenes relativos...


    NACIONALIZACION DE LA INDUSTRIA ELECTRICA

    El diputado Pedro Ávila Nevárez (desde la curul y sin micrófono): Señor Presidente, pido la palabra.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Don Pedro Ávila Nevárez, ¿con qué objeto? Sonido en la curul de don Pedro Ávila.El diputado Pedro Ávila Nevárez (desde la curul): Quiero solicitar, señor Presidente, con todo respeto, a esta soberanía que se haga un homenaje en este momento, en este recinto al licenciado Adolfo López Mateos, con motivo del 45 aniversario de la nacionalización de la industria eléctrica, que fue en 1960. Este hecho que, junto con la nacionalización del petróleo, dio a México la soberanía sobre sus energéticos y lo que aseguró el dominio de nuestras riquezas naturales, garantizando al pueblo de México y a las generaciones futuras el abasto de este indispensable recurso. Por ello, señor Presidente, pido a usted que se brinde un minuto de aplausos al licenciado y estadista Adolfo López Mateos. El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Don Pedro Ávila: su propia intervención ya sirvió de homenaje. El aplauso está a consideración de mis compañeros, pero entenderá usted que no puedo en este momento... que no podemos en este momento interrumpir la discusión de los dictámenes. ¡Enhorabuena, don Pedro! El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden de día es la discusión de los dictámenes relativos a las solicitudes de permisos de los ciudadanos Alonso Fabriciano Gómez Sanz para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción en el estado de Michoacán; Bealet Roque Orduña, Gabriela Ramírez González, Mariana Hernández Esperanza, Noé Saúl Tejeda Colín, Eduardo Aguilar Santuario y Jacinto Solís Robles para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada y el Consulado de Estados Unidos de América, y en la Embajada de Japón en México, respectivamente; y Alfonso Sandoval Escobar, Moisés Martínez Sandoval y Ricardo Segura Ponce de León para prestar servicios en la Embajada de Australia en México. Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se les dispensa la lectura.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura a los dictámenes.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se les dispensa la lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En consecuencia, se ruega a la Secretaría someter a discusión los proyectos de decreto.


    CONSUL HONORARIO

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    En oficio fechado el 2 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Alonso Fabriciano Gómez Sanz pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción consular en el estado de Michoacán.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el día 12 de septiembre, se turnó a la suscrita Comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

    b) Que los servicios que el propio solicitante prestará a en la ciudad de Morelia serán de carácter estrictamente consular; y

    c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción IV del apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo Único. Se concede permiso al ciudadano Alonso Fabriciano Gómez Sanz para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción consular en el estado de Michoacán.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 13 de septiembre de 2005.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle, David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño, Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez.»

    Está a discusión el proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.


    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    En oficios fechados el 1 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Bealet Roque Orduña, Gabriela Ramírez González, María Ana Hernández Esperanza, Noé Saúl Tejeda Colín, Eduardo Aguilar Santuario y Jacinto Solís Robles, puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada y Consulado de los Estados Unidos de América y en la Embajada del Japón, en México, respectivamente.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 12 de septiembre, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento.

    b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada y Consulado de los Estados Unidos de América, y en la Embajada del Japón en México, serán de carácter administrativo, y

    c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso a la ciudadana Bealet Roque Orduña, para prestar servicios como asistente de visas, en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso a la ciudadana Gabriela Ramírez González, para prestar servicios como asistente de protocolo en la oficina del embajador, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

    Artículo Tercero.- Se concede permiso a la ciudadana María Ana Hernández Esperanza, para prestar servicios como asistente de visas, en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México.

    Artículo Cuarto.- Se concede permiso al ciudadano Noé Saúl Tejada Colín, para prestar servicios como empleado en la Sección de Mantenimiento, en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México.

    Artículo Quinto.- Se concede permiso al ciudadano Eduardo Aguilar Santuario, para prestar servicios como asistente consular, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California.

    Artículo Sexto.- Se concede permiso al ciudadano Jacinto Solís Robles, para prestar servicios como empleado de seguridad, en la Embajada del Japón, en México.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 13 de septiembre de 2005.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica) Presidente; Yolanda Valladares Valle, secretaria; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), secretaria; Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretario; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño, Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, Sergio Vázquez García (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez.»

    Está a discusión el proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra se pregunta, para efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

    En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su votación nominal en conjunto.


    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con el oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Alfonso Sandoval Escobar, Moisés Martínez Sandoval y Ricardo Segura Ponce de León, puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de Australia, en México.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 12 de septiembre del año en curso, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

    b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de Australia en México serán de carácter administrativo, y

    c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II, del apartado C), del artículo 37 constitucional y al segundo párrafo del artículo 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso al ciudadano Alfonso Sandoval Escobar para prestar servicios como chofer, en la Embajada de Australia, en México.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso al ciudadano ingeniero Moisés Martínez Sandoval, para prestar servicios como oficial experimental, en la Estación Experimental en Veracruz de la Embajada de Australia, en México.

    Artículo Tercero.- Se concede permiso al ciudadano biólogo Ricardo Segura Ponce de León, para prestar servicios como oficial a cargo, en la Estación Experimental en Veracruz de la Embajada de Australia, en México.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 13 de septiembre de 2005.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle, secretaria; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), secretaria; Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretario; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño, Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, Miguel Ángel García Domínguez.»

    Está a discusión el proyecto de decreto.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se va a proceder a recoger la votación nominal de este proyecto de decreto y los anteriormente reservados, en un solo acto.

    Se ruega a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para proceder a la votación de los proyectos de decreto.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto, en un solo acto.

    (Votación nominal.)

    Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    De viva voz:

    La diputada María Beatriz Zavala Peniche (desde la curul): Beatriz Zavala, a favor. Gracias.

    El diputado Sami David David (desde la curul): Sí, secretaria: a favor.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Gracias, diputado. Se emitieron 370 votos en pro, 0 abstenciones y 0 en contra, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados, los proyectos de decreto, por 370 votos. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.
    LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Social.

    En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si es de dispensarse la lectura al dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura al dictamen.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Social

    HONORABLE ASAMBLEA

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Social sometemos a consideración de esta H. Asamblea el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

    ANTECEDENTES

    A la Comisión de Desarrollo Social de la H. Cámara de Diputados, le fue turnada el 28 de abril de 2005 por la Mesa Directiva a efecto que elaborara el dictamen correspondiente, la iniciativa que Reforma y Adiciona Diversas Disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, presentada el 28 de abril de 2005 por el Diputado Gelacio Montiel Fuentes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

    De acuerdo a los antecedentes mencionados, los integrantes de la Comisión exponen los siguientes

    CONSIDERANDOS

    PRIMERO.- La presente iniciativa propone la adición de un capítulo a la Ley General de Desarrollo Social para consagrar el derecho a interponer recurso de inconformidad ante la autoridad que opera los programas sociales, de forma escrita u oral, mediante comparecencia.

    SEGUNDO.- Los sujetos de este derecho serán ``las personas a quienes se les haya restringido, suspendido, negado u omitido el derecho a participar y a beneficiarse de los programas de desarrollo social en los términos previstos por los artículos 6 y 7 de esta Ley....''. En el ánimo del legislador está el de proponer un recurso de inconformidad en el caso de que la autoridad competente para operar los programas sociales no haya dado respuesta satisfactoria a la petición presentada.

    TERCERO.- Se otorga en la iniciativa un término para la presentación del recurso, que será optativo del promovente, de sencillo trámite y ágil resolución. El procedimiento está establecido en los artículos y prevé medidas precautorias, para el caso que se trate de prestaciones alimentarias o de salud. Medidas precautorias son las disposiciones que puede tomar la autoridad o el juzgador, de oficio o a solicitud de parte, para evitar un daño grave o irreparable que se produciría de esperar la finalización del proceso.

    CUARTO.- No podemos ignorar que la Ley General de Desarrollo Social prevé la denuncia popular, (Capítulo VII, artículos 67 y 68), mediante la cual ``Toda persona u organización podrá presentar denuncia ante la autoridad competente sobre cualquier hecho, acto u omisión, que produzca o pueda producir daños al ejercicio de los derechos establecidos en esta Ley o contravengan sus disposiciones y de los demás ordenamientos que regulen materias relacionadas con el desarrollo social.''

    La denuncia popular, según dispone el artículo 68, puede ejercitarse por cualquier persona, por escrito y debe constar de:

    ``I.- El nombre o razón social, domicilio y demás datos que permitan la identificación del denunciante y, en su caso, de su representante legal;

    II.- Los actos, hechos u omisiones denunciados;

    III.- Los datos que permitan identificar a la presunta autoridad infractora y

    IV.- Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.''

    QUINTO.- Del texto de la Ley General de Desarrollo Social surge la posibilidad de presentar la denuncia popular ante la Contraloría Social, ya que en el artículo 71, fracción IV se expresa como una de las funciones de dicho organismo el de ``atender e investigar las quejas y denuncias presentadas sobre la aplicación y ejecución de los programas, y...'' Sin embargo, en el artículo 69 se establece que ``Se reconoce a la Contraloría Social como el mecanismo de los beneficiarios, de manera organizada, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.''

    Se establece en el texto legal (artículo 71, fracción V de la Ley General de Desarrollo Social) que la conclusión del proceso de investigación, sea la presentación por parte de la Contraloría Social ante la autoridad competente de las quejas y denuncias que puedan dar lugar a responsabilidades administrativas, civiles o penales relacionadas con los programas sociales. No se refiere a la solución de inconformidades ni a solventar procedimientos cuestionados, como es el caso del recurso de inconformidad planteado en la presente iniciativa.

    SEXTO.- Dice expresamente el legislador en la exposición de motivos que en este caso no se trata de denuncia popular, sino de un recurso, que denomina de inconformidad. Es un recurso de carácter administrativo para revisar una resolución ilegal o inoportuna y como tal, se sigue ante las autoridades administrativas para inconformarse o impugnar un acto de ellas mismas.

    En estos casos, las autoridades tienen la obligación de tomar conocimiento, revisar el procedimiento, dictar una resolución y notificar o contestar al promovente o peticionario.

    Respecto al recurso administrativo ``es la denominación que la ley da a los procedimientos de impugnación de los actos administrativos, a fin de que los administrados defiendan sus derechos o intereses jurídicos ante la administración, generadora de los actos impugnados'', expresa el Nuevo Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

    La iniciativa propone un recurso administrativo acorde con las necesidades operativas y procesales de los programas de desarrollo social y a las condiciones de la Ley General de Desarrollo Social.

    SÉPTIMO.- La Ley General de Desarrollo Social en su artículo 7º establece que ``Toda persona tiene derecho a participar y beneficiarse de los programas de desarrollo social, de acuerdo con los principios rectores de la Política de Desarrollo Social, en los términos que establezca la normatividad de cada programa.''

    Al dar a las personas cuyo derecho sea presuntamente vulnerado, la posibilidad de inconformarse y lograr de manera rápida y justa el respeto del mismo, estaremos consagrando, dentro de la mencionada Ley, el respeto a las prerrogativas de las partes para lograr la solución rápida y justa de las controversias, bajo la forma de un recurso de revisión ante la misma autoridad competente de la operación del programa social.

    OCTAVO.- Otras leyes administrativas tienen también recursos de revisión, para que los gobernados cuenten con una defensa ante la administración, emisora de los actos presuntamente lesivos. Los sujetos de estos medios de defensa deben ser, total o parcialmente, objetos de un acto de privación, o sea un impedimento para el ejercicio de un derecho.

    El maestro Gabino Fraga dice que el recurso administrativo es ``un medio legal de que dispone el particular, afectado en sus derechos o intereses por un acto administrativo determinado para obtener en los términos legales, de la autoridad administrativa una revisión del propio acto, a fin de que dicha autoridad lo revoque, lo anule o lo reforme en caso de encontrar comprobada la ilegalidad o inoportunidad del mismo''

    NOVENO.- El recurso propuesto es sencillo y breve, ante la autoridad responsable de la violación legal alegada. La autoridad conoce los hechos y cuenta con los antecedentes y documentación relativa. No exige el desplazamiento del interesado a lugares que le impliquen un desembolso de recursos y permite una solución rápida y económica. No requiere formalismos y puede ser interpuesto de manera oral o por escrito y de resolución inmediata. No se puede olvidar que los beneficiarios de programas sociales son personas que no cuentan con recursos.

    DÉCIMO.- En la presente iniciativa se establece una medida cautelar para el caso de prestaciones en materia alimentaria y de salud. No es conveniente la aprobación de la medida cautelar que se propone, ya que da lugar a la presentación de personas que no reúnen las condiciones que se requieren para calificar en el programa y en tanto se tramita la inconformidad, quedarían en posibilidad de ser beneficiarios de los programas sociales, lo cual, a su vez, impactaría los fondos del programa.

    UNDÉCIMO.- Asimismo, en la iniciativa se fija un término de treinta días para la respuesta por escrito de la autoridad responsable al recurrente. Cabe aclarar que cada programa tiene sus reglas de operación particulares, con plazos, operaciones y requisitos distintos, lo cual haría inaplicable e inequitativo un término único de respuesta. El Programa Oportunidades, por ejemplo, lleva a cabo el proceso de recertificación una vez al año y dependen sus resoluciones de la cantidad de beneficiarios que rebasaron los niveles requeridos para salir del programa y dar cabida a nuevos aspirantes, proceso por demás laborioso. Por lo anterior es conveniente poner un término máximo convencional de cuarenta y cinco días.

    DUODECIMO.- Es necesario precisar algunos puntos de los requisitos procesales, como las notificaciones. En el ámbito rural y en algunas zonas urbanas no se cuenta con una dirección precisa, y sin embargo, las notificaciones deben llegar al promovente, por lo cual la autoridad asegurará la cooperación de las jefaturas delegacionales, presidencias municipales y de los comisariados ejidales o de bienes comunales para su entrega.

    DECIMOTERCERO.- Se agregó a la iniciativa en el artículo 71C, la obligación de la autoridad que conozca del recurso, de suplir la deficiencia de la queja, esto es, corregir los errores o deficiencias que se cometan por parte del recurrente, debido a una situación de vulnerabilidad social que le impide contar con el debido asesoramiento.

    DECIMOCUARTO.- La iniciativa establece que las autoridades que conozcan del recurso de inconformidad deberán informar a la Comisión Nacional de Desarrollo Social y al Consejo Consultivo de Desarrollo Social bimestralmente sobre los recursos que hayan conocido, lo cual constituye un elemento a considerar al momento de fijar los criterios para la evaluación de la Política de Desarrollo Social.

    Por las consideraciones expuestas, los legisladores integrantes de la Comisión de Desarrollo Social, nos permitimos poner a consideración de esta H. Asamblea el siguiente:

    DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL.

    Artículo Único.- Se adiciona un Capítulo IX, denominado ``Del Recurso de Inconformidad'' al Título Cuarto, comprendiendo los artículos 71A, 71B, 71C, 71D, 71E, 71F, 71G, 71H, 71I, 71J, a la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

    TITULO CUARTO

    Capítulo IX Recurso de Inconformidad

    Artículo 71 A.- Las personas a quienes se les haya restringido, suspendido, negado u omitido el derecho a participar y a beneficiarse de los programas de desarrollo social en los términos previstos en los artículos 6 y 7 de esta ley, podrán interponer recurso de inconformidad por escrito o verbalmente, ante la autoridad competente de la operación del programa social.

    La interposición de este recurso es de carácter potestativo y el recurrente tendrá un término de treinta días naturales a partir de que le sea negado por escrito su derecho; o, cuando después de haber solicitado el beneficio del programa, la autoridad correspondiente no respondiera por escrito dentro de un término máximo de cuarenta y cinco días naturales.

    Cuando las personas interpongan en forma verbal el recurso de inconformidad, la autoridad competente de la operación del programa social deberá redactar el acta de los hechos referidos al recurrente, para ser integrado en un expediente con los anexos necesarios para la tramitación y resolución del recurso. Se entregará al recurrente copia del acta referida debidamente firmada y sellada.

    Artículo 71B.- En el escrito en el que se interponga el recurso se señalará:

    I.- Nombre y domicilio del recurrente y en su caso, el de la persona que promueve en su nombre y representación, acreditando debidamente la personalidad con la que comparece, para lo cual podrá presentar una carta poder privada.

    II.- Bajo protesta de decir verdad, el recurrente manifestará la fecha en que tuvo conocimiento de la resolución recurrida; o, la fecha de presentación de solicitud de petición ante la autoridad que omitió responder en un término máximo de cuarenta y cinco días naturales.

    III.- El acto o resolución que se impugna.

    IV.- Los agravios que, a juicio del recurrente le cause la resolución o el acto impugnado.

    V.- La mención de la autoridad que haya dictado la resolución u omitido la contestación a la solicitud.

    VI.- Los documentos y demás pruebas que el recurrente ofrezca en relación con el acto o resolución impugnado; no podrá ofrecerse como prueba la confesión de la autoridad. Los documentos ofrecidos deberán acompañarse al escrito en que se interponga el recurso.

    Artículo 71C.- La autoridad que conozca del recurso de inconformidad, deberá suplir la deficiencia en lo que se refiere a la mención del acto de autoridad que se reclama, así como de los agravios formulados en el recurso que la ley establece.

    Artículo 71D.- Recibido que sea el recurso y subsanada la deficiencia, en su caso, la autoridad verificará si fue interpuesto en tiempo, admitiéndolo a trámite o rechazándolo, lo cual se notificará personalmente o por correo certificado al recurrente.

    En caso de no contar con una dirección precisa para la entrega oportuna de las notificaciones, la autoridad buscará para tal efecto la cooperación de las jefaturas delegacionales, presidencias municipales, y comisariados ejidales o de bienes comunales, en su caso.

    Artículo 71E.- Una vez desahogadas las probanzas admitidas y sus medios de perfeccionamiento y presentados los alegatos del recurrente para lo cual contará con tres días hábiles siguientes a la conclusión del término probatorio, la autoridad procederá a dictar la resolución administrativa dentro de los siguientes quince días naturales, misma que se notificará al recurrente personalmente o por correo, con acuse de recibido, en el domicilio señalado para ello, o en su defecto, en las jefaturas delegacionales, presidencias municipales o comisariados ejidales o de bienes comunales, en su caso, si es esto procedente.

    Artículo 71F.- En la resolución administrativa deberán señalarse las medidas a llevarse a cabo, para corregir la omisión, suspensión y en general, la violación de derechos del recurrente y de ser necesario, implementar las medidas disciplinarias contenidas en la ley de la materia o en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

    Artículo 71G.- Si el recurso presentado fuera competencia de otra autoridad, la autoridad receptora acusará de recibido, pero sin admitirlo, turnándolo en un término de 24 horas a la autoridad competente para su trámite o resolución, notificándole tal hecho al recurrente, mediante acuerdo debidamente fundado y motivado, personalmente o por correo certificado.

    Artículo 71H.- Tratándose de actos u omisiones cometidos por autoridades de las entidades federativas o municipios, responsables de la operación de los programas de desarrollo social, su impugnación se sujetará a los establecido en las leyes federales y/o locales aplicables.

    Artículo 71I.- Las autoridades que conozcan el recurso de inconformidad deberán informar bimestralmente a la Comisión Nacional de Desarrollo Social y al Consejo Consultivo de Desarrollo Social sobre los recursos de inconformidad resueltos, indicando de manera breve los siguientes datos: nombre y domicilio del recurrente y en su caso, de su representante, acto o resolución que se impugna agravios referidos y sentido de la resolución.

    Artículo 71J.- Serán aplicables supletoriamente para la tramitación del presente recurso y en su orden, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.

    TRANSITORIO

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 2 días de agosto de 2005.--- Diputados: Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Presidenta; Carlos Flores Rico (rúbrica), secretario; Sonia Rincón Chanona (rúbrica), secretaria; Armando Rangel Hernández, secretario; Julio Boltvinik Kalinka (rúbrica), secretario; Ubaldo Aguilar Flores (rúbrica), Francisco Xavier Alvarado Villazón (rúbrica), Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc (rúbrica), Clara Marina Brugada Molina (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Rafael Flores Mendoza, Víctor Flores Morales (rúbrica), Armando Leyson Castro (rúbrica), José López Medina (rúbrica), Felipe Medina Santos (rúbrica), Ma. del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), Eugenio Mier y Concha Campos (rúbrica), Gerardo Montenegro Ibarra (rúbrica), Gelacio Montiel Fuentes (rúbrica), Mario Moreno Arcos, Juan Carlos Núñez Armas (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Renato Sandoval Franco (rúbrica), María Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Quintín Vázquez García (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra, en términos del 108, el señor diputado Gelacio Montiel Fuentes, hasta por 10 minutos, en nombre de la Comisión, para fundamentar el dictamen. El diputado Gelacio Montiel Fuentes: Con su permiso, ciudadano Presidente; honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión; compañeros legisladores de las diversas fracciones que integran la LIX Legislatura: me dirijo ante ustedes para presentar a la consideración de este Pleno, en nombre de la Comisión de Desarrollo Social de esta Cámara, la iniciativa para adicionar un Capítulo IX, denominado ``Recurso de Inconformidad'', al Título IV de la Ley General de Desarrollo Social, y adicionar los artículos 1-A a 71-J, para consagrar en ella el derecho de interponer recurso de inconformidad ante la autoridad que opere los programas sociales, de forma escrita u oral mediante comparecencia.

    La justicia social, la reivindicación de las clases más pobres y de todos los marginados y olvidados por el esquema de gobierno de este país fácilmente pasa a ser sólo un elemento de discurso proselitista a uno de manipulación electoral, a través de la utilización discrecional de los programas sociales para favorecer a algún candidato o fuerza partidista, lo que constituye un doble crimen social, ya que si algo lastima la dignidad y la libertad de los individuos es que se exploten las necesidades más elementales de subsistencia de los individuos para forzarlos a mercar su voto por algo que de un momentáneo respiro a su miseria.

    Quienes son sujetos del beneficio de los programas sociales se encuentran las más de las veces, a pesar de la existencia de reglas de operación, a merced de las decisiones discrecionales que, bajo el amparo de las propias reglas... y poco o nada pueden hacer cuando los beneficios de los programas les son negados, omitidos o cancelados. El ánimo que inspira esta iniciativa es el de proponer en favor de los ciudadanos la creación de un recurso de inconformidad ante tales hechos, en el caso de que la autoridad competente no haya dado respuesta satisfactoria a su petición. Las personas a quienes se haya restringido, vendido, negado u omitido el derecho de participar y a beneficiarse de los programas de desarrollo social en los términos previstos en los artículos 6 y 7 de esta ley, podrán interponer recurso de inconformidad por escrito o verbalmente, ante la autoridad competente de la operación del programa social.

    La interposición de ese recurso es de carácter potestativo y el recurrente tendrá un término de 30 días naturales, contados a partir de que le sea negado por escrito el derecho o cuando después de haber solicitado el beneficio del programa la autoridad correspondiente no respondiera por escrito dentro de un término máximo de 45 días naturales. Cuando las personas interpongan en forma verbal el recurso de inconformidad, la autoridad competente de la operación del programa social deberá redactar el acta de los hechos referidos al recurrente para ser integrada en un expediente con los anexos necesarios para la tramitación y resolución del recurso. Entregará al recurrente copia del acta referida, debidamente firmada y sellada.

    La Ley General de Desarrollo Social, desde su publicación, carecía de un procedimiento administrativo que permitiera a los beneficiarios de los programas sociales afectados en sus derechos lograr de manera rápida y justa el respeto de los mismos. El recurso propuesto es sencillo y breve, lo que resulta benéfico, ya que la autoridad correspondiente conoce los hechos y, en su caso, cuenta con los antecedentes y la documentación relativos y no exigen desplazamiento del interesado a lugares que impliquen un importante desembolso por este recurso, a la vez que permite una justicia rápida y económica.

    Recibido que sea el recurso y subsanada la deficiencia, en su caso, la autoridad verificará si fue interpuesto en tiempo admitiéndole el trámite o rechazándolo, lo cual se notificará personalmente o por escrito, certificado al recurrente y, en caso de no contar con una dirección precisa para la entrega oportuna de las notificaciones, la autoridad buscará, para tal efecto, la cooperación de las jefaturas delegacionales, presidencias municipales, comisariados ejidales o de bienes comunales, en su caso. Además, permite que la Ley General de Desarrollo Social se apegue a lo ordenado repetidamente por las jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el sentido de que, para que una ley sea constitucional, deberá respetar en su texto la garantía de audiencia y que para este caso que nos ocupa sería a través del recurso de inconformidad para salvaguardar el derecho del afectado a defenderse y ofrecer pruebas ante las autoridades encargadas de su aplicación.

    La interposición del recurso será potestativa, de acuerdo con su naturaleza y en apego a lo definido en varias jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto a no considerar conveniente agotarlo para que el afectado pueda acudir directamente ante los tribunales administrativos correspondientes. En apoyo del recurrente se prevén la remisión del escrito a la autoridad competente y el otorgamiento de un término para que, en su caso, complete o subsane el recurso.

    El mecanismo del recurso prevé la obligación para la autoridad responsable de conocer del mismo de informar bimestralmente a la Comisión Nacional de Desarrollo Social y al Consejo Consultivo de Desarrollo Social de los datos esenciales sobre los asuntos concluidos. En suma, se establece un recurso optativo, de trámite sencillo y ágil resolución, que permita a los quejosos obtener el respeto de sus derechos antes de recurrir a otras instancias legales competentes. Cierto es que en la Ley General de Desarrollo Social se prevé la denuncia popular como mecanismo para que toda persona u organización pueda presentar denuncia ante la autoridad, sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de los derechos establecidos en dicha ley o que contravengan sus disposiciones y las de los demás ordenamientos que regulen la materia relacionada con el desarrollo social.

    Sin embargo, la presentación del recurso propuesto en esta iniciativa no debe confundirse con la denuncia popular, ya que ésta concluye con una recomendación de carácter general, mas no con una resolución que incida sobre el respeto de los derechos de los beneficiarios. La denuncia popular ante la Contraloría Social sólo falta a ésta a la presentación de las mismas, a que sean sujetas, dar lugar a responsabilidades administrativas, civiles o penales, ante la autoridad competente, de recibirlas y no se refiere a la solución de inconformidades ni a solventar procedimientos cuestionados, como en el caso del recurso de inconformidad planteado en la presente iniciativa. Por lo anteriormente expuesto, la iniciativa que hoy sometemos a su consideración viene a subsanar una deficiencia en los mecanismos a disposición de los ciudadanos para evitar ser víctimas de decisiones discrecionales o de manipulación de sus necesidades más elementales.

    Por tanto, quiero agradecer a mis compañeros diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Social, miembros de las fracciones parlamentarias del Partido Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Convergencia y de la Revolución Democrática, haber aprobado en la Comisión la presente iniciativa, para presentarse ante este Pleno, hecho que es un acto de justicia al que estamos obligados nosotros, a quienes la sociedad confirió la responsabilidad de representarlos y de defenderlos, ante y frente a los abusos del poder, por lo que esta iniciativa es un elemento más de cumplimiento de nuestros deberes ante quienes nos eligieron. Muchísimas gracias. Es cuanto, ciudadano Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputado Montiel Fuentes. Está a discusión el dictamen. Esta Presidencia no tiene registrados oradores. Se considera el tema suficientemente discutido; pero, para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior, se consulta a la Asamblea si hay voluntad de algún legislador de apartar un artículo para discutirlo en lo particular.

    No habiendo quien haga uso del derecho que confiere el artículo 134, se ruega a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para recabar la votación nominal en lo general y en lo particular de este proyecto de decreto, que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Social.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en sus términos.

    (Votación.)

    Por favor, sonido en la curul del diputado Pedro Ávila.

    El diputado Pedro Ávila Nevárez (desde la curul): A favor.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor Presidente: se emitieron en pro 366 votos, 0 en contra y 7 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular, por 366 votos, el proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Social. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.


    LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, pregunte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Desarrollo Social de la honorable Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen la Iniciativa que adiciona un Título Sexto, de las Sanciones e Infracciones a la Ley General de Desarrollo Social, suscrita el 29 de septiembre de 2004 por los Diputados: Beatriz Zavala Peniche, María Guadalupe Suárez Ponce, Armando Rangel Hernández, Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc, María del Carmen Mendoza Flores, Juan Carlos Núñez Armas, Maki Esther Ortiz Domínguez, Renato Sandoval Franco y José Luis Treviño Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 55, 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea el presente dictamen de conformidad con los siguientes:

    ANTECEDENTES

    En sesión celebrada el 29 de septiembre de 2004, la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, turnó a la Comisión de Desarrollo Social la presente Iniciativa para realizar el dictamen correspondiente.

    A partir de estos antecedentes, la Comisión expone los siguientes:

    CONSIDERANDOS

    PRIMERO.- La necesidad de instituir jurídicamente, las medidas que aseguren el acceso de las mexicanas y los mexicanos al desarrollo social fue el principal motor de la creación de la Ley General de Desarrollo Social (LGDS) que establece un marco para articular en forma coherente las políticas públicas y permite la concurrencia de los tres niveles de gobierno en la planeación, diseño y ejecución de las acciones, así como la participación de los sectores público, social y privado.

    SEGUNDO.- En esta Ley se destacan los principios a los que se sujetarán los derechos sociales: libertad, justicia distributiva, solidaridad, integridad, participación social, sustentabilidad, transparencia, respeto a la diversidad, libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades. Sin embargo, la norma omite señalar las responsabilidades que tienen los servidores públicos respecto al manejo de la información de los Programas de Desarrollo Social, así como tampoco establece las sanciones a que se harían acreedores por utilizar información para fines que no sean aquéllos que la propia Ley señala.

    TERCERO.- Con el establecimiento del derecho a la denuncia popular en el Capítulo Séptimo, artículos 67 y 68 de la LGDS, se otorgó el estatuto jurídico a una práctica iniciada por diversos partidos políticos para abrir un espacio de expresión popular a través del cual se pueda informar de los intentos de funcionarios públicos de coaccionar a los beneficiarios de los programas sociales para orientar su voto.

    CUARTO.- La iniciativa tiene el propósito de continuar con el diseño de la nueva legislación electoral en 1993, con la codificación de los delitos electorales, en el Título 24 del Código Penal Federal; la constitución de la Fiscalía Especial Para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) en 1994; así como el otorgamiento al Instituto Federal Electoral de la plena autonomía del Poder Ejecutivo, los cuales hicieron posible el castigo penal de la coacción electoral en todas sus variantes. Sin embargo, existen inercias de comportamiento que vincula el ejercicio del gasto social y el voto, que deben ser enfáticamente configurados como delitos y se deben establecer sanciones.

    QUINTO.- La experiencia ha demostrado que las acciones legislativas y de gobierno han tenido un impacto importante en los terrenos del blindaje, sobre todo a partir del estímulo de la denuncia y la tipificación de los delitos de servidores públicos en el Código Penal Federal y en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Sin embargo, en la medida en que se trata de un fenómeno particularmente inercial, por el arraigo en las tradiciones con las que el Estado Mexicano instrumentó el gasto social en el pasado, consideramos que debe quedar perfectamente tipificada la penalización del uso incorrecto de los recursos para el gasto social en la Legislación del Desarrollo Social.

    SEXTO.- Se hace necesario precisar con claridad y consistencia, la limitación en el uso y la sanción legal a que se hacen acreedores los ciudadanos, servidores públicos, organizaciones civiles, que utilicen recursos públicos del desarrollo social como instrumentos de captación de votos o de apoyo político-electoral. Deben quedar plasmadas en la Ley General de Desarrollo Social, para estrechar aún más el espacio de las posibles violaciones y como correspondencia al derecho de denuncia de los beneficiarios que la misma Ley especifica.

    SEPTIMO.- Esta iniciativa adiciona un Título Sexto, ``De las Sanciones e Infracciones'' a la Ley General de Desarrollo Social y se compone de 4 artículos que establecen que los servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones contravengan u ordenen contravenir las disposiciones de esta Ley, serán acreedores a las sanciones de apercibimiento o amonestación, y si la gravedad de la infracción lo amerita, de suspensión o remoción del cargo. Se puntualiza cuando incurren en responsabilidad los servidores públicos. Cuando se compruebe desviación o mal uso de los recursos federales asignados a los programas se podrá suspender la radicación de fondos federales e inclusive, solicitar su reintegro. Las organizaciones civiles que ejerzan recursos públicos o tengan bajo su responsabilidad la operación de los programas sociales, deberán observar lo establecido en la presente Ley y serán sancionadas en términos de lo que establece el Capítulo Sexto de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.

    OCTAVO.- La corrupción no sólo es un problema en países en vías de desarrollo y las recientes democracias; sino también en los países desarrollados y democracias maduras. México ha realizado un esfuerzo de fortalecimiento institucional dentro del sistema democrático, para que se controlen acciones desleales en los procesos electorales.

    Tal como se expone en la iniciativa ``la cultura democrática se opone a los clientelismos y corporativismos de todo tipo''.

    Se reconoce que es necesario imponer sanciones a ``los servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones contravengan u ordenen contravenir las disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social'', así como a los que hagan ``mal uso o desviación de los recursos federales asignados a los programas''.

    NOVENO.- Como menciona la iniciativa ``la pobreza reduce la posibilidad de las personas de ejercer su racionalidad''. Actualmente, en México estamos viviendo un momento histórico: el ejercicio de las libertades. Sin embargo, todavía un gran número de personas está privado de la libertad más esencial, la libertad de poder elegir este ejercicio de libertad que arrebata la pobreza.

    La iniciativa tiene el propósito de erradicar el paternalismo y la coacción del voto ciudadano con la manipulación de los recursos destinados, especialmente, a combatir la pobreza y a aumentar el desarrollo social del país.

    DECIMO.- La manipulación del voto se define como aquellas formas que impiden o dificultan que el voto sea un derecho que refleja la voluntad y conciencia del sujeto al momento de emitir sus preferencias. La relación entre ciudadanos y políticos se basa en una clara posesión asimétrica de la información. Los dirigentes en el poder disponen de información que los ciudadanos desconocen, o bien, pueden manipular la información pública consiguiendo modificar las preferencias de los ciudadanos.

    UNDÉCIMO.- Los integrantes de la Comisión de Desarrollo Social quieren dejar constancia que se han recibido iniciativas en esta Comisión, en turno compartido con otras comisiones, también en lo que corresponde a la responsabilidad de funcionarios públicos, personas físicas o morales, que manejen dolosamente información de los programas públicos de apoyo a grupos vulnerables o personas en situación de marginación. Estas iniciativas serán dictaminadas conjuntamente con las comisiones con las cuales se comparte el turno. En todas ellas prevalece el espíritu del legislador de proteger al ciudadano de maniobras dolosas, al aprovechar su necesidad para coaccionar su voto. Dichas iniciativas fueron presentadas:

    1) Por el Diputado Quintín Vázquez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en turno compartido con la Comisión de Gobernación. Propone adiciones a la Ley General de Desarrollo Social y a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en lo relativo al secreto con el que se deben manejar los padrones de personas beneficiarias de apoyos oficiales.

    2) Por la Diputada Clara Marina Brugada Molina, del Partido de la Revolución Democrática, con fecha posterior a la iniciativa motivo de este dictamen, en turno compartido con la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, la cual propone adiciones a la Ley General de Desarrollo Social, similares a la presente iniciativa y propuestas de adiciones al Código Penal Federal.

    Con fundamento en lo anteriormente expuesto, la Comisión de Desarrollo Social, somete a la consideración del Pleno de esta honorable Asamblea, el siguiente

    PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UN TITULO SEXTO A LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona un Título Sexto, ``DE LAS SANCIONES E INFRACCIONES'' a la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

    TITULO SEXTO

    DE LAS SANCIONES E INFRACCIONES Capítulo Único

    Artículo 86. Los servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones contravengan u ordenen contravenir las disposiciones de esta Ley, serán acreedores a las sanciones de apercibimiento o amonestación, y si la gravedad de la infracción lo amerita, de suspensión o remoción del cargo.

    Las sanciones a que se refiere la presente Ley, se aplicarán sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o administrativas a que haya lugar y sin menoscabo de lo que se establece en el Código Penal Federal, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y demás disposiciones legales aplicables.

    Artículo 87. Incurren en responsabilidad los servidores públicos cuando:

    I. Utilicen los programas, padrones, fondos presupuestales o recursos humanos y materiales de los programas de desarrollo social para fines electorales o con propósitos políticos;

    II. Desvíen o malversen los fondos o recursos destinados a actividades de desarrollo social;

    III. Condicionen, nieguen o retrasen, sin causa justificada la canalización de subsidios, el acceso a los bienes o la prestación de los servicios garantizados en la presente Ley;

    IV. Violen la normatividad de los programas con la finalidad de favorecer a personas u organizaciones sin derecho a recibir beneficios;

    V. Usen la información de los programas y beneficiarios para fines contrarios a los que establece la Ley, y

    VI. Las demás que establezca la presente Ley.

    Artículo 88. Cuando la Secretaría compruebe desviación o el mal uso de los recursos federales asignados a los programas, acciones u obras convenidos en el marco del Sistema Nacional o incumplimiento de los objetivos y prioridades de dichos programas, formulará la denuncia correspondiente ante la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, podrá suspender la radicación de fondos federales e inclusive, solicitar el reintegro de los fondos otorgados de manera irregular.

    Artículo 89. Las organizaciones civiles que ejerzan recursos públicos o tengan bajo su responsabilidad la operación de los programas sociales, deberán observar lo establecido en la presente Ley y serán sancionadas en términos de lo que establece el Capítulo Sexto de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.

    TRANSITORIO

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los dos días del mes de agosto de dos mil cinco.--- Diputados: Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Presidenta; Carlos Flores Rico (rúbrica), secretario; Sonia Rincón Chanona (rúbrica), secretaria; Armando Rangel Hernández (rúbrica), secretario; Julio Boltvinik Kalinka, secretario; Ubaldo Aguilar Flores (rúbrica), Francisco Xavier Alvarado Villazón (rúbrica), Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc (rúbrica), Clara Marina Brugada Molina, Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Rafael Flores Mendoza, Víctor Flores Morales (rúbrica), Armando Leyson Castro (rúbrica), José López Medina (rúbrica), Felipe Medina Santos (rúbrica), Ma. del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), Eugenio Mier y Concha Campos (rúbrica), Gerardo Montenegro Ibarra (rúbrica), Gelacio Montiel Fuentes, Mario Moreno Arcos, Juan Carlos Núñez Armas (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Renato Sandoval Franco (rúbrica), María Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez, Quintín Vázquez García.»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En términos del 108, tiene el uso de la palabra la diputada Bea-triz Zavala Peniche, hasta por 10 minutos, para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión.La diputada María Beatriz Zavala Peniche: Con su permiso, señor Presidente; honorable Asamblea: la adición de un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social tiene como objetivo terminar la vinculación patrimonialista entre el ejercicio del sufragio y los programas sociales; poner fin a la impunidad de malos funcionarios públicos y dirigentes de organizaciones sociales, que no han entendido los nuevos tiempos de la democracia mexicana y continúan desarrollando prácticas de coacción del voto a través de la operación de estos programas.

    En entidades que tuvieron procesos electorales durante estos años, la Sedesol instrumentó programas de blindaje electoral del gasto social con organizaciones de la sociedad civil, con beneficiarios de programas y la Fepade, mediante el Convenio para la Transparencia y el Combate de la Corrupción en la Aplicación de los Recursos Federales, en los programas a cargo de la Secretaría, consistentes en transparentar las acciones llevadas a cabo por cada una de las dependencias de la Sedesol, con la instalación de las Mesas de la Transparencia para recibir quejas y denuncias sobre coacción del voto con los recursos de programas sociales. Además, se han desplegado jornadas por la legalidad y transparencia, que consideran acciones como reprogramar la entrega de apoyos y el resguardo del parque vehicular institucional en coyunturas electorales. En las elecciones locales de 2004 se presentaron denuncias de coacción electoral y uso incorrecto de los padrones del programa Oportunidades, aunque en menor proporción que en otras coyunturas electorales.

    Con la promulgación de la Ley General de Desarrollo Social, en enero de 2004, se estableció el derecho a la denuncia popular en el Capítulo Séptimo, artículos 67 y 68 de la ley. Sin embargo, ha sido insuficiente para penalizar a funcionarios públicos señalados por coaccionar a los beneficiarios de los programas sociales por orientar su voto. En julio de 2004, la Fepade informó que los principales delitos electorales se seguían cometiendo en el uso de los recursos públicos en campañas electorales, en la compra y coacción del voto y en la falsificación de credenciales electorales. Las entidades más afectadas por ese tipo de delitos fueron el Distrito Federal, el estado de México, Chiapas, Michoacán, Jalisco y Oaxaca, entre otros.

    El diseño de la nueva legislación electoral, a partir de 1993; la codificación de los delitos electorales en el Título XXIV del Código Penal Federal; la constitución de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales, Fepade, en 1994; y el otorgamiento al Instituto Federal Electoral de plena autonomía del Poder Ejecutivo hicieron posible el castigo penal de la coacción electoral en todas sus variantes. Sin embargo, persisten las inercias de asignación de beneficios sociales a cambio de votos. Se trata de un fenómeno arraigado en las tradiciones patrimonialistas con que el Estado mexicano instrumentó el gasto social en el pasado. Son acciones que deben ser configuradas como delito en la legislación de desarrollo social para inhibir su reproducción.

    Una nueva ética del servicio público debe partir del respeto de la dignidad, ideología y capacidad de elección política autónoma de los beneficiarios de los programas sociales; sólo así se avanza en la erradicación del paternalismo y la coacción del voto ciudadano. Se hace necesario precisar con claridad y consistencia la limitación y la sanción legal a que se hacen acreedores los ciudadanos, servidores públicos, organizaciones civiles que utilicen recursos públicos del desarrollo social como instrumentos de captación de votos o de apoyo político-electoral.

    Deben quedar plasmadas en la Ley de Desarrollo Social para estrechar aún más el espacio de las posibles violaciones y como correspondencia al derecho de denuncia de los beneficiarios que la misma ley especifica. La adición del Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social, sobre sanciones por el uso incorrecto de programas sociales, tiene el propósito de proteger los programas sociales ante las coyunturas electorales y contribuir a la consolidación de una cultura democrática, sustentada en la distinción entre derechos sociales a los que debe responder una política social de Estado y derechos políticos para la elección libre y democrática de gobiernos a cualquier nivel.

    Por todo lo anterior, proponemos la adición al texto de la Ley General de Desarrollo Social, consistente en cuatro artículos, 86, 87, 88 y 89, que establece que los servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones contravengan u ordenen contravenir las disposiciones de esta ley serán acreedores a las sanciones de apercibimiento o amonestación y, si la gravedad de la infracción lo amerita, de suspensión o remoción del encargo. Se puntualiza: cuando incurran en responsabilidad los servidores públicos, cuando se compruebe desviación o mal uso de los recursos federales asignados a los programas, se podrá suspender la erradicación de fondos federales e inclusive solicitar su reintegro.

    Las organizaciones civiles que ejercen recursos públicos o tengan bajo su responsabilidad la operación de los programas sociales deberán observar lo establecido en la presente ley y serán sancionadas en términos de ésta y también como lo establece el Capítulo VI de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil. Por esos motivos creemos, en la Comisión de Desarrollo Social, que la adición aprobada es pertinente y debe ser aprobada por esta Asamblea. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputada. Está a la consideración de la Asamblea el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se considera suficientemente discutido y, por tratarse de un artículo único, no hacemos la pregunta a que nos obligaría el artículo 134. Se pide a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para recabar la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto que nos ocupa.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico, hasta por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de dicho artículo, en un solo acto.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia da la más cordial de las bienvenidas a 13 presidentes municipales del estado de Durango, invitados de los diputados Salomé Elyd y Bernardo Loera. Muchas gracias por su visita.

    (Votación.)

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Se emitieron 368 votos en pro, 0 en contra y 5 abstenciones, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular, por 368 votos, el proyecto de decreto que adiciona un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    ARTICULO 73 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen:

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor ...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se le dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitucion Política de los Estados Unidos Mexicanos

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fueron turnadas para su estudio y dictamen las Iniciativas siguientes: 1) Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción XXIX-N del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y 2) la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan los artículos 10 y 73 de la propia Carta Magna, presentada por el diputado Jesús Morales Flores del Partido Revolucionario Institucional.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 60, 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea el siguiente:

    DICTAMEN.

    I. Del Proceso Legislativo.

    A) En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 2 de diciembre de 2003, el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la Fracción XXIX-N del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determinando la Mesa Directiva, en ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas, que fuera turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen correspondiente.

    B) En la sesión de la Comisión de Puntos de Puntos Constitucionales realizada el 19 de octubre del año 2004, se dio trámite de recepción formal a la iniciativa en comento, ordenándose se procediera a su estudio y análisis para la elaboración del dictamen de consecuencia.

    C) En sesión de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, celebrada el 27 de abril del año 2004, el diputado Jesús Morales Flores, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 10 y se aumenta la fracción XXIX-M del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, indicando la Mesa Directiva, que fuera turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y formulación del dictamen de consecuencia.

    D) En la sesión de la Comisión de Puntos de Puntos Constitucionales celebrada el 15 de marzo del año 2005, se tuvo por recibida formalmente la iniciativa que se describe y se instruyó proceder a su estudio y análisis para la elaboración del dictamen correspondiente.

    E) En la sesión de la Comisión de Puntos Constitucionales celebrada el 12 de septiembre del año 2005, existiendo el quórum reglamentario, se aprobó el presente dictamen ordenando se remitiera al Pleno de la honorable Cámara de Diputados para su discusión y resolución constitucional.

    II. Materia de las Iniciativas.

    En las iniciativas que se estudian, por una parte, el diputado Sandoval Figueroa propone que se adicione un inciso N a la fracción XXIX del artículo 73 Constitucional para quedar como sigue: Fracción XXIX-N. Para legislar en las materias de Pirotecnia, Sustancias Químicas, Explosivos, Municiones y Armas Deportivas; estableciendo las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre la Federación, Estados, Municipios y el Distrito Federal.

    Por su parte, mediante su iniciativa, el diputado Jesús Morales Flores propone que al artículo 10 de nuestra Carta Magna se le adicione un párrafo último que establezca: ... Se creará una Ley Federal que regule la pirotecnia, concebida ésta, como el arte que persigue todo género de invenciones de fuego para diversión y festejo, ancestralmente arraigada en el pueblo; esta regulación obedece, a que se trata de un actividad conexa a la referida en el texto de este artículo.

    Propone, igualmente, el diputado Morales Flores que se adicione un inciso M a la fracción XXIX con objeto de que disponga: Para legislar en materia de pirotecnia, estableciendo las bases generales de coordinación de la facultad concurrente entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios; así como para la organización, y autorización para el trabajo de los artesanos pirotécnicos del País.

    III. Valoración de las Iniciativas.

    En la parte relativa a la exposición de motivos, el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa expresa que en nuestro país han ocurrido una gran cantidad de accidentes debido al manejo inadecuado de productos y artificios pirotécnicos, explosivos y sustancias químicas.

    Abunda el diputado Sandoval Figueroa que la falta de reglamentación en tratándose de la producción, distribución, transporte, almacenamiento, comercialización, importación y exportación de los precitados productos origina que dichas actividades se realicen al margen de la ley incluso originando prácticas de contrabando; expresando el diputado iniciante que, por ello, debe crearse el marco jurídico adecuado que responda a las exigencias de las personas que se dedican a estas actividades y que además contribuya a atender los nuevos escenarios que pudieran presentarse en el futuro, así como el surgimiento de nuevas circunstancias y supuestos que no prevé la actual legislación.

    Ahora bien, en sus iniciativas, ambos representantes populares coinciden en que la actividad de la pirotecnia agrupa a un número considerable de familias, cuya actividad, según lo señalan los propios artesanos de la pirotecnia, requiere un marco jurídico claro que garantice seguridad, certeza jurídica y protección a los propios productores y a los transportistas, almacenadores y comercializadores de artículos pirotécnicos.

    Coinciden igualmente, los iniciantes, en que el reclamo que hacen los artesanos de la pirotecnia es precisamente el contar con la legislación adecuada que les permita no seguir enfrentando los riesgos de la clandestinidad, originada porque el ejercicio de su ocupación habitual carece del marco jurídico apropiado que regule lo relativo a la expedición de permisos para la producción, transporte, almacenamiento y compraventa de juegos pirotécnicos.

    Señalan que en la actualidad las disposiciones normativas a las que se ve sujeta su actividad se deriva de disposiciones complementarias, abundando en que la Secretaría de la Defensa Nacional otorga o niega un permiso, con base en la inspección que realiza personal militar, lo que permite disponer de una amplia discrecionalidad que puede verse influida por razones de subjetividad al momento de resolver y, por tanto, puede convertir en arbitrariedad la resolución que pudiera tomarse dejando al solicitante, en consecuencia, en estado de indefensión e incertidumbre toda vez que la decisión tomada, según expresan los artesanos de la pirotecnia, se basa en criterios poco precisos que originan que en algunos casos, ante la satisfacción de los mismos requisitos y condiciones, se tomen decisiones que pueden variar diametralmente.

    Las diputadas y diputados integrantes de esta Comisión de Puntos Constitucionales coincidimos con los iniciantes cuando expresan que los festejos religiosos o profanos, los de valor cívico o simplemente festivos, los mexicanos los celebramos con emotividad y alegría acorde a nuestras costumbres y tradiciones, acompañándolos de luces multicolores; así como de juegos pirotécnicos y fuegos artificiales que cobran esplendor, producen curiosidad y entretenimiento, ayudando en la integración de nuestra identidad real y cultural, a la vez que demuestran ingenio y creatividad.

    Coincidimos, igualmente, en que la actividad artesanal de la pirotecnia es lícita y honesta, pues en el ejercicio de esta libertad no se ofenden los derechos de la sociedad, por lo que a los artesanos se les debe garantizar seguridad y certeza jurídica, a la par de que exista un marco normativo adecuado para transportistas, almacenadores y comercializadores pirotécnicos.

    Aceptamos, también, que el objetivo central de las iniciativas en comento es eliminar las insuficiencias que han alimentado un clima de incertidumbre e inseguridad para todas aquellas personas relacionadas con los artificios pirotécnicos, sustancias químicas y explosivos, y que la legislación correspondiente debe contribuir a crear una industria segura al diseñar lineamientos de carácter jurídico y de capacitación para prevenir accidentes, mediante la transformación de procesos productivos que incluyen la sustitución de las actuales materias primas por otras menos peligrosas.

    Muestras de la posibilidad de riesgo son los desafortunados accidentes que, a guisa de ejemplo, menciona el diputado Sandoval Figueroa:

  • Los eventos trágicos en el Mercado de la Merced, de esta Ciudad de México, en diciembre de 1988.

  • Los accidentes de Tultepec, Estado de México, el 13 de octubre de 1998.

  • La explosión en Celaya el 26 de septiembre de 1999.

  • El pasado 4 de noviembre del 2003 las explosiones ocurridas en Santa María Tepepan, delegación Xochimilco por fuga de gas natural, donde hubo cuatro heridos y más de dos mil desalojados.

  • El 29 de noviembre de 2003 la explosión ocurrida en el Municipio de Tuxpan, Jalisco con saldo de 5 muertos y 3 heridos de gravedad.

    Ante la realidad descrita, los diputados iniciantes y las diputadas y diputados integrantes de esta Comisión coincidimos en que es necesario y urgente crear el marco jurídico que regule esta actividad; marco que debe tener su fundamento desde la norma constitucional misma al facultar al honorable Congreso de la Unión para que expida, en consecuencia, la legislación correspondiente.

    Estimamos procedentes los argumentos expresados por los iniciantes y su pretensión respecto de la reforma al Texto Constitucional y, por ello, con el propósito de motivar el dictamen que se formula creemos necesario observar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cuanto al sistema federal de distribución de competencias entre los órdenes de gobierno, siguió el adoptado en la Constitución de los Estados Unidos de América y, en función de ello, estableció que las facultades que no estuvieran expresamente conferidas a los servidores públicos de la Federación se entenderían reservadas para los Estados.

    Ahora bien, en un sistema de facultades explícitas como es el instituido en nuestra Carta Magna, el Constituyente Permanente, previsto en el artículo 135 de la propia Constitución, es el único competente para distribuir competencias o asignar nuevas entre los poderes de los gobiernos federal, local o municipal y no podrá ser mediante una ley que expida el Poder Legislativo por la que se realice dicha acción toda vez que, dicho acto legislativo, carecería de norma fundante, es decir, de la disposición que facultara al Legislativo a expedir una ley de esa naturaleza.

    Este criterio es señalado por el constitucionalista mexicano Felipe Tena Ramírez quien escribió ``Facultades expresamente conferidas a los Poderes federales y facultades limitadas de los mismos Poderes, son expresiones equivalentes. En efecto, los Poderes federales no son sino representantes con facultades de que enumeradamente están dotados; cualquier ejercicio de facultades no conferidas es un exceso en la comisión e implica un acto nulo; por lo tanto, el límite de las facultades está donde termina su expresa enumeración''.

    Sobre el particular abunda el maestro Tena Ramírez al explicar ``Síguese de lo dicho que las facultades federales no pueden extenderse por analogía, por igualdad, ni por mayoría de razón a otros casos distintos de los expresamente previstos. La ampliación de la facultad así ejercida significaría en realidad o un contenido diverso en la facultad ya existente o la creación de una nueva facultad: en ambos casos el intérprete sustituiría indebidamente al legislador constituyente, que es el único que puede investir de facultades a los Poderes Federales''.

    Sobre el tema en estudio debe también considerarse que en el sistema federalista existe lo que se ha denominado facultades implícitas, siendo aquellas que puede concederse el Poder Legislativo a sí mismo o a cualquiera de los otros dos Poderes con objeto de que puedan ejercer una facultad explícita.

    De lo antes anotado y siguiendo la opinión del maestro Tena Ramírez debe advertirse, necesariamente, que el ejercicio de una facultad implícita presupone la existencia de una facultad explícita. Sobre el particular el constitucionalista citado expresó: ``El otorgamiento de una facultad implícita sólo puede justificarse cuando se reúnen los siguientes requisitos: 1°, la existencia de una facultad explícita, que por sí sola no podría ejercerse; 2°, la relación de medio necesario respecto a fin, entre la facultad implícita y el ejercicio de la facultad explícita, de suerte que sin la primera no podría alcanzarse el uso de la segunda; 3°, el reconocimiento por el Congreso de la Unión de la necesidad de la facultad implícita y su otorgamiento por el mismo Congreso al poder que de ella necesita''.

    Las anteriores son, indudablemente, aseveraciones respecto de la necesaria observancia del principio de legalidad que indica que las autoridades sólo pueden realizar lo que la ley les permite.

    Al respecto, si un determinado órgano legislativo pretende emitir una ley o decreto, previamente debe constatarse que esa instancia sea la competente para emitir esa disposición. En este sentido, siguiendo a destacados juristas como José María Iglesias e Ignacio L. Vallarta, el constitucionalista Ignacio Burgoa Orihuela expresa: ``En conclusión, la garantía de la competencia autoritaria a que se refiere el artículo 16 constitucional, concierne al conjunto de facultades con que la propia Ley Suprema inviste a determinado órgano del Estado, de tal suerte que si el acto de molestia emana de una autoridad que al dictarlo o ejecutarlo se excede de la órbita integrada por tales facultades, viola la expresada garantía, así como en el caso de que, sin estar habilitada constitucionalmente para ello, causa una perturbación al gobernado en cualesquiera de los bienes jurídicos señalados en dicho precepto...''

    Abunda al respecto, el doctor Burgoa, cuando señala que las autoridades deben estar facultadas expresamente para actuar en determinado sentido sin que sea posible que su competencia se derive de la inferencia de una atribución clara y precisa y transcribe en su obra ``Las garantías individuales'' el criterio que sustentó nuestro Máximo Tribunal al resolver: ``Las autoridades no tienen más facultades que las que la ley les otorga, pues si así no fuera, fácil sería suponer implícitas todas las necesarias para sostener actos que tendrían que ser arbitrarios por carecer de fundamento legal''

    La anterior tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ve robustecida con el criterio que, igualmente en tesis sustentada por dicho Máximo Órgano Jurisdiccional, también transcribe el maestro Burgoa Orihuela en su precitada obra, misma que a la letra señala: ``En el texto de la ley no es indispensable expresar la fundamentación y la motivación de un ordenamiento legal determinado, pues generalmente ello se realiza en la exposición de motivos de la iniciativa correspondiente. Este Tribunal Pleno ha establecido que por fundamentación y motivación de un acto legislativo, se debe entender la circunstancia de que el Congreso que expide la ley, constitucionalmente esté facultado para ello, ya que estos requisitos, tratándose de actos legislativos, se satisfacen cuando actúa dentro de los límites de las atribuciones que la constitución correspondiente le confiere...''

    Por los argumentos expuestos con anterioridad, las diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales expresamos nuestra convergencia en reformar nuestra Carta Fundamental para otorgar la facultad al Congreso para legislar en materia de sustancias químicas, explosivos y pirotecnia que es la esencia de las iniciativas presentadas por los diputados Jorge Leonel Sandoval Figueroa y Jesús Morales Flores.

    Al respecto también estimamos oportuno expresar que por lo que concierne a la propuesta del diputado Morales Flores en el sentido de que se adicione el artículo 10 constitucional para disponer que se emita una ley federal que regule lo relativo a la pirotecnia consideramos que al facultar al Congreso de la Unión para legislar en la materia, sería innecesaria dicha disposición, toda vez que atendiendo a los términos expresados en el párrafo anterior, dicha solicitud quedaría satisfecha.

    En relación a la petición contenida en las iniciativas de ambos representantes populares en el sentido de que mediante la reforma que se propone, sea el Congreso de la Unión, el que en ejercicio de la misma legisle sobre las materias precitadas estableciendo las bases de la concurrencia entre la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, creemos que atendiendo a la naturaleza y características propias materias que se regularían, sea la Federación quien tenga competencia sobre las mismas sin que ello implique que vía los instrumentos jurídicos adecuados las Entidades Federativas y Municipios coadyuven en el cumplimiento de la normatividad correspondiente.

    El anterior punto de coincidencia tiene su origen en que el uso inadecuado de las sustancias químicas y explosivos en general pudieran constituirse en un serio riesgo no sólo para la seguridad pública de la población, sino incluso, para la seguridad nacional.

    Las diputadas y diputados integrantes de esta Comisión consideramos procedente incorporar en el Texto Constitucional la propuesta que hacen los diputados iniciantes, cuya esencia es que el Congreso de la Unión tenga facultades para legislar en materia de sustancias químicas, explosivos y pirotecnia y, atendiendo a dichas materias y al contenido del actual artículo 73 de nuestra Carta Magna proponemos que dicha propuesta se integre en la fracción X del precitado artículo.

    Por lo anterior, motivados en los argumentos expuestos y por los fundamentos expresados, quienes integramos esta Comisión Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, coincidimos en someter a la consideración de esta honorable Asamblea, para su resolución constitucional, el siguiente dictamen con Proyecto de

    DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN X, DEL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

    Artículo Único.- Se reforma la fracción X, del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

    I. a IX. ...

    X. Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123;

    XI. a XXX. ...

    TRANSITORIOS.

    PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones legales en lo que se opongan al contenido del presente Decreto. Lo anterior será sin perjuicio de las disposiciones normativas que para tal efecto expidan las entidades federativas como complemento para la prevención de accidentes, la seguridad pública y la protección civil, siempre y cuando se sujeten a lo que establezca la ley de la materia.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos.- México, Distrito Federal, a los doce días del mes de septiembre del año dos mil cinco.--- Diputados: Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica); Rubén Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), secretario; Sergio Álvarez Mata (rúbrica); René Arce Islas (rúbrica); Francisco Antonio Astiazarán Gutiérrez (rúbrica), secretario; Federico Barbosa Gutiérrez (rúbrica); Ángel Augusto Buendía Tirado (rúbrica); Enrique Burgos García (rúbrica); Víctor Manuel Camacho Solís (rúbrica); Horacio Duarte Olivares (rúbrica); Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica); Francisco Cuauhtémoc Frías Castro (rúbrica), Presidente; Luis Antonio González Roldán (rúbrica), secretario; J. Jesús Lomelí Rosas (rúbrica), secretario; Luis Maldonado Venegas (rúbrica), secretario; Germán Martínez Cázares; Arturo Nahle García (rúbrica), secretario; Janette Ovando Reazola (rúbrica); Aníbal Peralta Galicia (rúbrica); Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbrica); Laura Reyes Retana Ramos (rúbrica); Rogelio Humberto Rueda Sánchez (rúbrica); Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica); Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica); Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica); Marisol Vargas Bárcena (rúbrica); Pedro Vázquez González (rúbrica), secretario; Emilio Zebadúa González (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Jorge Leonel Sandoval Figueroa, hasta por 10 minutos, en términos del 108 y, por tanto, en nombre de la Comisión, para fundamentar el dictamen. El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso, señor Presidente; ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados: nuestra labor primordial como representantes populares en el Congreso de la Unión es legislar en favor de nuestros representados, plasmando en el sistema jurídico las justificadas demandas que por diversos medios nos formulan. La creación de las normas jurídicas, desde luego, presupone que nuestra actividad se apegue al marco jurídico aplicable; es decir, que la actividad del legislador debe respetar en todo momento el principio de legalidad, que le obliga a sólo llevar a cabo las acciones que la propia ley le permite.

    Una de estas demandas que ha sido planteada en forma reiterada es la de los artesanos de la pirotecnia, quienes desde hace tiempo han venido solicitando la creación de un marco normativo claro y preciso que permita, por una parte, la adecuada regulación de su actividad productiva y, por otra, que las autoridades que aplicarían dicha normatividad se apeguen de manera estricta a ese marco normativo, terminando con los actos arbitrarios que, a decir de los pirotécnicos, actualmente se presentan. Regular la materia de la pirotecnia es una exigencia ya no sólo para ese sector, pues si se consideran las características de las materias primas que se utilizan en esa actividad y su grado de peligrosidad potencial, deberemos advertir que los accidentes que se han presentado en esa actividad afectan no sólo a los artesanos, sino que ponen en riesgo la seguridad pública, al resultar inadecuados, entre otros aspectos, los espacios para la producción y el almacenamiento de artesanías y las condiciones para el transporte de las mismas. En fechas recientes hemos tenido conocimiento, a través de los medios de comunicación, de accidentes relacionados con la actividad pirotécnica.

    Desafortunadamente, en muchos de ellos hay una constante, las inadecuadas medidas de seguridad relacionadas con esa actividad. En el dictamen que la Comisión de Puntos Constitucionales de la honorable Cámara de Diputados somete a su consideración se valoraron estas circunstancias en el ánimo de que pueda existir mayor intervención por parte de las autoridades locales.

    En el apartado relativo a la valoración de las iniciativas que presentamos el diputado Jesús Morales Flores y el de la voz expresamos de manera clara que, no obstante que las materias relativas a la pirotecnia, las sustancias químicas y los explosivos seguirán siendo de competencia federal, nada debe impedir que mediante los instrumentos legales adecuados las autoridades locales puedan coadyuvar en el cumplimiento de la normatividad que al efecto se expida en esas materias. Las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión, para producir el dictamen que se somete a su consideración, realizamos un estudio y discusión profundos sobre el tema y advertimos la impostergable necesidad de producir la reforma planteada, por lo que coincidimos en que se reforme el texto constitucional, con objeto de que, vía el Constituyente Permanente, se faculte al honorable Congreso de la Unión para que legisle en materia de sustancias químicas, explosivos y pirotecnia.

    Llegamos a esta conclusión porque, atendiendo a nuestro sistema constitucional de distribución de competencias, corresponde exclusivamente al Constituyente Permanente otorgar, suprimir o modificar atribuciones a los poderes constituidos. Contar con una legislación clara y precisa en las materias objeto de este dictamen permitirá que las actividades relacionadas con su producción, distribución, transporte, almacenamiento, comercialización, importación y exportación queden debidamente reguladas, a la par de que pudieran evitarse prácticas de contrabando que se presentarían actualmente ante un marco regulatorio deficiente. Ante esa realidad, los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales hemos coincidido en que la adecuación del marco normativo que se exige en materia de pirotecnia, explosivos y sustancias químicas debe partir de la reforma de nuestra Constitución, en la que se fundamentarán las leyes y los reglamentos que en su oportunidad se expidan. Estimadas compañeras y compañeros diputados: por los argumentos expuestos y atendiendo a la urgente necesidad de responder a la justificada demanda de nuestros representados en estas materias, en nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales les solicito respetuosamente que voten en favor de este dictamen que sometemos a su consideración. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. Está a discusión el dictamen. Esta Presidencia no tiene registrados oradores. Se trata de un artículo único. Se considera el asunto suficientemente discutido. Se pide a la Secretaría que se ordene la apertura del sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para recabar la votación nominal en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de dictamen, en el entendido de que se requiere una votación calificada en virtud de que se trata de una reforma constitucional.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en sus términos.

    (Votación.)

    Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron en pro 381 votos, en contra 0, abstenciones 2. Hay mayoría calificada, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular, por 381 votos, el proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    ARTICULO 82 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, pregunte la Secretaría a la Asamblea si es de dispensarse la lectura al dictamen.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen:

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se le dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Honorable ASAMBLEA:

    A la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fueron turnadas para su estudio y dictamen, diversas iniciativas de reformas al artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 56, 60, 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea el siguiente:

    DICTAMEN

    I. Del Proceso Legislativo.

    a) En sesión celebrada el 5 de abril del 2004, por la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el diputado José Porfirio Alarcón Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a nombre de diversos diputados de los grupos parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, Revolución Democrática y Verde Ecologista de México, presentó la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

    b) En sesión celebrada el 13 de abril del 2004, por la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el diputado René Meza Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa para reformar la fracción VI y adicionar la fracción VIII al artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

    c) En sesión celebrada el 21 de octubre del 2004, por la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el diputado René Arce Islas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, y posteriormente el 8 de noviembre del 2004, en ampliación de turno, también a la Comisión Especial para la Reforma del Estado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

    d) En sesión celebrada el 30 de marzo del 2005 por la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el diputado Norberto Enrique Corella Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

    e) En sesión celebrada el 31 de marzo del 2005, por la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el diputado Hugo Rodríguez Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa con proyecto que propone la modificación y adición de la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

    f) En reunión celebrada por la Comisión de Puntos Constitucionales el 15 de marzo del 2005, se dio trámite de recibo correspondiente a las iniciativas enunciadas en los incisos a) y b) de este apartado.

    De igual manera el 12 de septiembre del 2005, se dio trámite de recibo correspondiente a las iniciativas enunciadas en los incisos c), d) y e) de este apartado.

    g) Con fecha 12 de septiembre del año 2005, en sesión de esta Comisión, existiendo el quórum reglamentario, fue aprobado el presente dictamen, por lo que se pone a consideración de esta Soberanía para su discusión y resolución constitucional.

    II. Materia de las Iniciativas.

    Las iniciativas referidas en los incisos a), b), d) y e) del apartado anterior, presentadas por diputados de las distintas fracciones parlamentarias que integran esta honorable Cámara, coinciden en su propósito de reformar la fracción VI del artículo 82, a fin de incluir al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en el listado de servidores públicos que, para ser Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, deben separarse de su encargo seis meses antes del día de la elección.

    Las iniciativas consideradas en el presente dictamen son las enunciadas en el párrafo anterior, sin embargo la iniciativa del inciso c) del apartado I, se incluye en el mismo solamente en razón del tema, pero no se pone a consideración de esta Soberanía en virtud de que fue turnada a comisiones unidas.

    Es de hacer mención que las iniciativas valoradas consideran otras posibles reformas, por lo que esta dictaminadora solamente incluye la materia de este dictamen, establecida en el primer párrafo de este apartado, para que los otros temas puedan ser incluidos en dictámenes posteriores.

    III. Valoración de las Iniciativas.

    Los requisitos para ocupar un cargo de elección popular son las características mínimas necesarias que debe reunir una determinada persona con el objeto de tener la posibilidad jurídica para aspirar a dicho cargo y, por consiguiente, participar en el proceso electoral con el status de candidato, en este caso en concreto, a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

    El artículo 82 establece un sistema mixto de requisitos de elegibilidad, señalando causas de inelegibilidad absolutas o condiciones de elegibilidad, en sus fracciones I y II (nacionalidad y edad). Y por otra parte, en las demás fracciones se establecen causas de inelegibilidad relativas, incompatibilidades o impedimentos, tal es el caso de la fracción VI cuyo estudio nos ocupa:

    ``VI. No ser Secretario o subsecretario de Estado, jefe o secretario general de departamento administrativo, Procurador General de la República ni gobernador de algún Estado, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección, y''

    Las inelegibilidades relativas, incompatibilidades o impedimentos, hayan su motivación en que se adoptan casi siempre en relación con personas que desempeñan determinadas funciones públicas que en caso de no separarse de ellas durante el periodo de lucha electoral, eventualmente podrían utilizarlas para presionar a los electores o ponerlos al servicio del partido que los postula como candidatos.

    Las reglas en las democracias contemporáneas sugieren que el juego político debe de darse a partir de circunstancias equitativas entre los contendientes, tanto entre los partidos políticos como entre sus candidatos y, por tanto, debe prevalecer la equidad y la igualdad de condiciones institucionales para hacerse de un cargo público, partiendo de dos principios fundamentales: la competencia y la competitividad, por lo que ninguna fuerza política o candidato debe de encontrarse en ventaja o desventaja con respecto a los demás.

    Ya lo dice Manuel González Oropeza en su estudio sobre el artículo que se pretende reformar ``...el objetivo del artículo ha permanecido intacto desde el siglo XIX: garantizar que los candidatos a la presidencia no manipulen al pueblo elector ni ejerzan poder o influencia para acceder o continuar en el cargo público más importante de nuestro sistema político.''

    El hecho de que los servidores públicos enlistados en la fracción VI deban de separase de su encargo seis meses antes del día de la elección, a fin de poder ser candidatos a la Presidencia de la República, se justifica perfectamente por razones de equidad política. El Constituyente Permanente, consideró dicho plazo suficiente para eliminar por completo la influencia que dichos funcionarios pudieran hacer valer en las elecciones, con el propósito de hacer triunfar su candidatura.

    Entre dichos servidores públicos se hace referencia al ``jefe o secretario general de departamento administrativo''. Al respecto tenemos que dichos departamentos fueron creados por motivos administrativos, que a lo largo de nuestra historia tuvieron distintas actividades y obligaciones, entre las principales funciones estaban las de ser auxiliar técnico del Ejecutivo, en diversos rubros de la administración pública federal. Así fue como surgieron los primeros departamentos administrativos, bajo la dirección del Presidente Carranza en 1917.

    En 1824 se creó, por decreto, lo que hoy conocemos como el Distrito Federal, con el objeto de ser el sitio en el cual se asentara la representación de los poderes federales. Después de que en 1847 se denominara a la Ciudad de México como Distrito Federal conformándose como una jurisdicción híbrida y única, en 1928 nació el Departamento del Distrito Federal y a la cabeza del mismo, el Jefe de dicho departamento administrativo, nombrado directamente por el Presidente de la República.

    El proceso histórico por el que transitó el Distrito Federal logró que ganara facultades que lo han asemejado a cualquier entidad federativa. No fue sino hasta 1997 que el Distrito Federal dejó de ser una dependencia más del Gobierno de la Federación, y a partir de ese año se eligió mediante sufragio efectivo y no bajo una designación directa al Jefe de Gobierno, semejante, pero nunca idéntico, a cualquier gobierno de un estado de la República.

    En este sentido, coincidimos con los iniciadores en que el Jefe del Gobierno del Distrito Federal, en virtud del cargo que ostenta, además de su importante presencia en la opinión pública, goza de más elementos que pueden facilitarle sus aspiraciones al utilizarlos, por no tener que separarse de su encargo antes de la elección y, como consecuencia de esto, pueda realizar una campaña más ventajosa para él, en perjuicio de los demás candidatos, lo cual es contrario a las aspiraciones de un país por un proceso electoral transparente y equilibrado.

    El artículo en comento ha sido reformado en tres ocasiones en su fracción sexta, referente a los impedimentos impuestos a los servidores públicos de cuyos cargos deben separarse para estar en condiciones de competir en igualdad de posición por la titularidad del Poder Ejecutivo.

    Estamos de acuerdo en que las variantes en la nomenclatura burocrática, que ha modificado la denominación de los cargos públicos, o creado otros hace necesario actualizar la fracción VI del artículo 82 Constitucional, para que sea obligación del Jefe de Gobierno del Distrito Federal el que se separe de su cargo con seis meses de antelación al día de la elección, en caso de que aspire a la investidura de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, y con ellos dar un trato de igualdad al de los secretarios o subsecretarios de Estado, al de Procurador General de la República, así como al de los gobernadores de los estados.

    Aunque pudiera interpretarse que por analogía se encuentra comprendida la obligación del Jefe de Gobierno, de separarse del cargo para optar por una candidatura, coincidimos que es mejor que se diga explícitamente, suprimiendo la referencia que hace el texto Constitucional de jefe o secretario general de departamento administrativo, y así eliminar un punto de discusión que puede ser detonador de conflictos políticos.

    Contribuir a una mayor claridad de la norma, realizando la tarea necesaria de actualizar nuestra normatividad, en este caso, estableciendo reglas claras en las que todos puedan aspirar legítimamente a un cargo de elección popular, es una obligación de los legisladores que no debemos evitar, por lo que nos permitimos someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente dictamen con proyecto de:

    DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN VI, DEL ARTÍCULO 82 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

    Artículo Único.- Se reforma la fracción VI, del Artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 82. Para ser Presidente se requiere:

    I. a V. ....

    VI. No ser Secretario o subsecretario de Estado, Procurador General de la República, gobernador de algún Estado ni Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección, y

    VII. ....

    TRANSITORIO

    Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 12 días del mes de septiembre de 2005.--- Diputados: Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica); Rubén Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), secretario; Sergio Álvarez Mata (rúbrica); René Arce Islas (rúbrica); Francisco Antonio Astiazarán Gutiérrez (rúbrica), secretario; Federico Barbosa Gutiérrez (rúbrica); Ángel Augusto Buendía Tirado (rúbrica); Enrique Burgos García (rúbrica); Víctor Manuel Camacho Solís (rúbrica); Horacio Duarte Olivares (rúbrica); Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica); Francisco Cuauhtémoc Frías Castro (rúbrica), Presidente; Luis Antonio González Roldán (rúbrica), secretario; J. Jesús Lomelí Rosas (rúbrica), secretario; Luis Maldonado Venegas (rúbrica), secretario; Germán Martínez Cázares; Arturo Nahle García (rúbrica), secretario; Janette Ovando Reazola (rúbrica); Aníbal Peralta Galicia (rúbrica); Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbrica); Laura Reyes Retana Ramos (rúbrica); Rogelio Humberto Rueda Sánchez (rúbrica); Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica); Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica); Socorro Userralde Gordillo (rúbrica); Marisol.»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En términos del 108 del Reglamento Interior, tiene el uso de la palabra el señor diputado don Arturo Nahle, a efecto de presentar la fundamentación en nombre de la Comisión.El diputado Arturo Nahle García: Gracias, diputado Presidente: en una democracia moderna, la equidad debe ser la piedra angular en las contiendas políticas. Dicha equidad debe entenderse como la igualdad de condiciones para contender por un cargo de elección popular. Un apotegma relacionado con la equidad en los procesos electorales es el expresado por el insigne Manuel González Oropeza, que señala que los candidatos a la Presidencia no deben manipular al pueblo elector ni ejercer poder o influencia para acceder o continuar en el cargo público más importante de nuestro sistema político.

    Los servidores públicos, sea cual fuere su jerarquía o carácter, en pleno respeto de los principios consignados en nuestra Carta Magna, deben separarse de su encargo por razones de equidad política en un término prudente, ya que es necesario eliminar por completo la influencia que dichos funcionarios pudieran hacer valer en las elecciones con el propósito de hacer triunfar su candidatura. Entre los servidores públicos que ineludiblemente tienen la obligación de separarse de su cargo para contender en un proceso electoral están los gobernadores de los estados y el jefe del Gobierno del Distrito Federal, los que en virtud del cargo que ocupan, además de su importante presencia en la opinión pública, gozan de diversos elementos que pueden allanarles el camino en sus aspiraciones políticas y, por ende, facilitarles la realización de una campaña ventajosa.

    En ese sentido, hoy más que nunca es imprescindible dar al jefe del Gobierno del Distrito Federal un tratamiento similar al de los gobernadores de los estados, ya que guardan gran semejanza en la función que desempeñan, son elegidos democráticamente mediante votación universal, libre, directa y secreta, y --de igual forma-- se encuentran a cargo del Ejecutivo y de la administración pública locales en sus respectivas demarcaciones. Las similitudes entre el jefe del Gobierno del Distrito Federal y los gobernadores de los estados han sido ratificadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al sostener que, como consecuencia de la formación política que se confirió al Distrito Federal en 1996, sus órganos políticos, en el caso concreto del jefe del Gobierno, guarda semejanzas fundamentales con los titulares de los Ejecutivos locales. En tal virtud, si los gobernadores de los estados, igual que los secretarios y subsecretarios de Estado, así como el procurador general de la República, tienen la obligación de separarse de su cargo seis meses antes del día de la elección, es necesario incorporar al jefe del Gobierno del Distrito Federal, con la finalidad de que se incluya en los requisitos de elegibilidad consignados en la fracción VI del artículo 82 de nuestra Ley Suprema. Con la reforma de la fracción VI del artículo 82 constitucional que, en nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales, someto a su consideración, se establecería explícitamente la obligación del jefe del Gobierno de separarse de su cargo seis meses antes del día de la elección para contender por la Primera Magistratura de la nación; al mismo tiempo, se eliminaría del texto lo referente a los jefes o secretarios generales de departamentos administrativos, que fueron creados durante el mandato del Presidente Venustiano Carranza, pero que desaparecieron durante las últimas décadas. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado. Esta Presidencia no tiene registrados oradores; se trata de un artículo único. Se considera el asunto suficientemente discutido. Se ruega a la Secretaría ordenar la apertura del sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, en el entendido de que, por tratarse de una reforma constitucional, se requiere de votación calificada.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

    (Votación.)

    Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señor Presidente: se emitieron 377 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular, por 377 votos, el proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

    Señoras y señores legisladores: durante el transcurso de esta sesión se dio el trámite de primera lectura a diversas solicitudes de dictámenes relativos a permisos de distintos ciudadanos; se ruega a la Secretaría que consulte a la Asamblea si se dispensa a éstos la segunda lectura y se ponen a discusión y votación de inmediato.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se consulta a la Asamblea si se les dispensa la segunda lectura y se ponen a discusión y votación de inmediato:

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor ...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En consecuencia, están a la consideración. En consecuencia, se pide a la Secretaría someter a discusión los proyectos de decreto.


    *CONDECORACIONES

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Está a discusión el proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración ``Medalla de Oro'' que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España.

    No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.


    ** PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alberto Francisco Cabrera Rayes y Eduardo Navas Gómez para prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica en México.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Está a discusión el dictamen en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular. En virtud de que no se ha reservado artículo alguno, se reserva para su votación nominal en conjunto. Continúe la Secretaría.
    *** CONDECORACIONES

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Juan Herrera González, Joaquín Aguilar Camacho, Pedro Guillermo Alberto Collignon Collignon y Leopoldo Sergio Alberto García Ramírez para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de los Reinos de Suecia y de España, respectivamente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se va a proceder a recoger la votación nominal de este proyecto de decreto y los anteriormente reservados en un solo acto. Se ruega a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para proceder a la votación de los proyectos de decreto.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto.

    (Votación.)

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a un grupo de ciudadanos hidrocálidos, invitados por el señor diputado Jaime del Conde Ugarte. Sean ustedes bienvenidos.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron en pro 374 votos, en contra 0, abstenciones 3.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados, los proyectos de decreto, por 374 votos. Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
    ORDEN DEL DIA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día son dictámenes a discusión con puntos de acuerdo. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se autorizan dos cosas: primero, que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo; y, segundo, que se reserven para su votación económica en conjunto al final de la lectura de los tres. El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Para hacer una propuesta muy respetuosa a esta Presidencia y que se modifique una de las propuestas --valga la redundancia-- de la propia Presidencia para que no sea necesaria la lectura del punto de acuerdo o de la proposición como tal, toda vez que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria. Creo que no es indispensable que se dé lectura al acuerdo correspondiente si está publicado. Gracias, diputado Presidente. El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene usted razón. Por economía procesal, esta Presidencia está sometiendo a la consideración de la Asamblea que guardemos la votación económica en su conjunto. Entiendo que se trata en esta ocasión de promover un acuerdo de práctica parlamentaria que nos sirva para el futuro. Por esa razón voy a someter a la consideración de la Asamblea, primero, esta propuesta y, segundo, voy a someter a la consideración de la Asamblea si es que se nos permite que no se lean ni siquiera los puntos de acuerdo. Diputado Gutiérrez de la Garza: vamos a cambiar el sentido. Vamos a someter a la consideración de la Asamblea que nos permita que, en virtud de que están publicados los puntos de acuerdo, ni siquiera a éstos se dé lectura.

    El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): Solamente para señalarle que informe a la Asamblea cuándo y en qué volumen de la Gaceta fue publicado este proyecto.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Están publicados el día de hoy, diputado Pablo Gómez... Republicados, porque habían sido publicados con anterioridad. Adelante.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura a los puntos de acuerdo, en virtud de que están publicados en la Gaceta Parlamentaria:

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se le dispensa la lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Si es dable que la votación económica sea hasta el final de los puntos de acuerdo. Vamos a someter a la consideración de la Asamblea.
    ESTADO DE MEXICO

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al procurador federal de Protección al Ambiente para que instrumenten medidas urgentes a fin de evitar más daños ecológicos y proteger la fauna y flora del lago de Guadalupe, del municipio de Cuautitlán Izcalli, estado de México

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Procurador Federal de Protección al Ambiente, para que instrumente medidas urgentes, a fin de evitar más daños ecológicos y proteger a la fauna y flora del lago de Guadalupe, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, presentada por el Diputado Leonardo Álvarez Romo y suscrita por legisladores integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos: Verde Ecologista de México, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo y de Convergencia.

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

    ANTECEDENTES

    1.- En sesión celebrada en fecha 22 de diciembre por la Comisión Permanente de la LIX Legislatura, se presentó al pleno del a Cámara de Diputados el Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Procurador Federal de Protección al Ambiente, para que instrumenten medidas urgentes, a fin de evitar más daños ecológicos y proteger a la Fauna y Flora del Lago de Guadalupe, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. Y se dictó el tramite de turno a esta Comisión.

    2.- Se recibió oficio emitido por la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados de fecha 22 de diciembre de 2004, con anexo duplicado del expediente número 2516 que contiene la proposición con punto de acuerdo citada.

    Tomando como base la información disponible los antecedentes citados, así como la propuesta en comento, estas Comisiones se abocaron su estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

    CONSIDERANDOS

    En el Estado de México, se encuentra situada la cuenca del Lago de Guadalupe, la cual es una de las reservas ecológicas más grandes e importantes del Valle de México. A mediados de los años treinta, en esta se construyo la presa del Lago de Guadalupe y la importancia de este cuerpo acuático reside en que constituye un vaso regulador del equilibrio ecológico, cuya superficie total es de 350 hectáreas aproximadamente, aunque esta puede variar en época de lluvias.

    Se encuentra al noroeste de la Ciudad de México y alberga un total de 111 especies de aves, de entre ellas pelícanos, aves migratorias y aves residentes; así como varias especies de peces.

    Además de actuar como vaso regulador y de almacenamiento de agua de lluvia, cumple con la función ambiental de favorecer la creación de microclimas que ayudan a mejorar la calidad del aire y contribuye a la recarga de los acuíferos.

    Actualmente el Gobierno del Estado de México, a través de su Secretaría de Ecología publicó en su pagina Web, que ``....las condiciones originales del entorno ecológico de la región propiciaron el surgimiento de asentamientos humanos y con ello la afectación directa al embalse y ríos por la aportación de nutrientes, producto de las descargas de aguas residuales sin tratamiento. Esto originó la infestación de la presa con lirio acuático.

    Ante la situación que presentaba el embalse en diciembre de 1996, el Gobierno del Estado de México; a través de la Secretaría de Ecología, implementó el Programa para el Control de Malezas Acuáticas en el Lago de Guadalupe.

    Las actividades de saneamiento iniciarón en invierno ya que el embalse presentaba las condiciones ideales para combatir el crecimiento de las malezas acuáticas, tales como:

    Maleza marchita.

    Temperatura ambiente promedio de 14 oC.

    Baja superficie de fotosíntesis.

    Baja producción de lirio.

    Vientos dominantes en dirección hacía la cortina de la presa.

    De diciembre de 1996 a octubre de 1997, se limpió de malezas acuáticas el 100% de la superficie del lago, aproximadamente 450 hectáreas, como resultado de las siguientes acciones:

    Limpieza manual de 55 hectáreas de lirio en lugares de difícil acceso para la maquinaria. Se aprovechó la disminución del nivel de agua durante el periodo de estiaje.

    Extracción mecánica de 40 mil toneladas de malezas acuáticas, lodo y basura, evitando la acumulación de material de azolve, la aportación de nutrientes y disminuyendo el riesgo de reproducción de lirio acuático.

    Limpieza mecánica de 52 hectáreas de lirio y basura de la ribera sur del embalse utilizando traxcavos y tractores.

    Transporte de 6,300 metros cúbicos de malezas y desechos a un sitio de disposición final.

    En octubre de 1997 se realizó la transferencia del programa de mantenimiento del embalse al ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, con la finalidad de que se realicen actividades de vigilancia y limpieza permanente para evitar la presencia y reinfestación con lirio acuático.

    Actualmente el embalse se encuentra 100% libre de malezas acuáticas y se continúan realizando trabajos de mantenimiento en el embalse''1

    Sin embargo y a pesar de que el Gobierno del Estado de México, publicó que se encuentra 100% libre de malezas acuáticas, los medios de comunicación informan con regularidad, que no obstante de que el lago de Guadalupe es una de las reservas más importantes del Valle de México, se está convirtiendo en un tiradero clandestino de aguas negras.

    La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales ha publicado en su pagina web, en las síntesis de prensa nacional de diversas fechas, extracciones de los principales medios de comunicación en relación con la problemática del Lago de Guadalupe:

    ``Alrededor de 1300 pelícanos americanos han arribado al Lago de Guadalupe en Cuautitlán Izcalli Estado de México, con este es el segundo año consecutivo en que estas aves provenientes del estado de Florida en EUA llegan a este lago mexiquense, se espera que en lo que resta de enero y febrero el número de pelícanos aumente considerablemente, lo preocupante de esta situación es el estado crítico en que se encuentra el Lago de Guadalupe pues en este lugar 5 municipios descargan aguas negras, lo que ha provocado que tan solo en el año 2004 hayan muerto más de 16 toneladas de peces por los residuos tóxicos que llegan a este lago. (FORMULA FREGOSO-RADIO FORMULA).

    Ciento once especies de aves, algunas de las cuales llegan en invierno al Lago de Guadalupe, están en peligro, debido a que éste recibe aguas negras de cinco localidades de la zona norte del Valle de México. (FORMATO 21)

    ECOCIDIO EN LAGO DE GUADALUPE.- En peligro de extinción se encuentra la flora y la fauna que alberga al Lago de Guadalupe, en el municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, debido a la alta contaminación que presenta el embalse, sin que las autoridades locales hagan algo para salvarlo. (Cuestión, p. 6)''2

    ``EL LAGO DE GUADALUPE, RIESGO PARA PELÍCANOS.- Más de mil 500 pelícanos que llegaron procedentes de Estados Unidos y Canadá están en peligro de morir porque arribaron al Lago de Guadalupe, donde se encuentran aguas contaminadas, debido a que no han sido concluidos los 19 kilómetros de colectores de agua en la localidad de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. La directora de Ecología del municipio, Mónica Bulling, manifestó que las aves que han arribado a ese lecho lacustre, a la Laguna de La Piedad y al Espejo de los Lirios, llegaron desde finales de noviembre y se irán una vez que llegue la primavera, entre marzo y abril. (El Sol de Mediodía, p. 5)''3

    ``PELIGRAN PELÍCANOS QUE LLEGAN A ZONAS ACUÁTICAS DEL EDOMEX.- El Movimiento Ecologista Mexicano teme por la vida de más de 300 pelícanos americanos que han llegado al Lago de Guadalupe, la laguna de La Piedad y el Espejo de los Lirios, donde han muerto cientos de peces por la contaminación que generan drenajes procedentes de otros municipios. La fauna es desbastada por la contaminación ambiental que generan empresas y zonas habitacionales de los municipios Villa Nicolás Romero, Jilotzingo, Atizapán y Cuautitlán Izcalli, que canalizan los drenajes al Lago de Guadalupe. (El Sol de Mediodía, p. 5)''4

    En el mismo sentido una investigación de Noticieros Televisa, reveló que ``El Lago de Guadalupe, una de las reservas ecológicas más importantes del Valle de México, está convertido en un tiradero clandestino de aguas negras

    CUAUTITLÁN IZCALLI, México, jul. 20, 2004.- Más de cuatro toneladas de peces muertos flotando entre la basura.

    'Son tiraderos clandestinos sobre los mismos afluentes que obviamente en temporada de lluvia toda esta agua baja y viene a parar al Lago de Guadalupe', expresó Mónica Vulling, directora de Ecología del municipios de Cuautitlán Izcalli, estado de México.

    Ubicado a sólo 20 kilómetros de la ciudad de México, en el municipio Cuautitlán Izcalli, el Lago de Guadalupe es una de las reservas ecológicas más grandes e importantes del Valle de México. Tiene una superficie mayor a 300 hectáreas de agua.

    Este lugar, considerado como un paraíso de aves y de peces, se está convirtiendo en un gigantesco depósito de aguas negras y destrucción.

    Aquí encontramos enormes descargas de aguas negras que provienen de los municipios de Cuautitlán, Nicolás Romero y Atizapán.

    Esta agua se juntó con toneladas de basura que arrastran varios ríos del estado de México.

    'Hay más de 6 mil 500 metros cúbicos de basura en tiraderos y sitios clandestinos a lo largo de los ríos', agregó Vulling.

    Todo desemboca al Lago de Guadalupe, donde el pasado martes 1 de junio, murieron miles de carpas y truchas, algunas con estallamiento de víceras, a pesar de tener pocas horas de muertas.

    'Hay una gran variedad de químicos que pueden originar esta situación', señaló Vulling.

    La Facultad de Estudios Superiores de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en Cuautitlán Izcalli, analizó muestras de agua y peces muertos.

    'Las lesiones se concentraron, principalmente, en el hígado. Las lesiones eran muy compatibles con presencia de agentes tóxicos, pueden ser por contaminación a través de cañerías, contaminación agrícola, por el uso de fertilizantes, pesticidas, también deshechos industriales', indicó Lucia García, investigadora de la FES-UNAM.

    Representantes vecinales del Lago de Guadalupe dejaron al descubierto otra historia.

    'Hay mucha gente que tiene sus negocios clandestinos en sus casas', aseguró Claris de Rodríguez, de la Asociación de Colonos de Lago de Guadalupe.

    Negocios aledaños al lago que fabrican productos químicos y que de acuerdo a varias denuncias contribuyen a la contaminación del agua.

    'Van varias veces que se da la muerte masiva de peces, los sacaron por toneladas, no es posible que las autoridades no tomen cartas en el asunto', comentó Rosalía Zuccoli, presidenta de la Asociación de Colonos Lago de Guadalupe.

    Nos mostraron un suplemento de estos negocios clandestinos en la calle Campestre del Lago, número 4, donde vive un ingeniero químico.

    'El señor Roberto Espinosa tiene atrás un laboratorio clandestino y tiene como 40 o 50 perros que supuestamente usa los orines de los perros para hacer cosas de limpieza y los vecinos, los colonos de aquí, dicen que los está vertiendo en el agua en la noche a la 1:00 o 2:00 de la madrugada', advirtió Claris de Rodríguez.

    Desde la calle observamos varios tambos con capacidad de 200 litros en un garage del señor Roberto Espinosa quien en ese momento llegó a su casa.

    Le dijimos que investigamos una denuncia vecinal en su contra, se negó a mostrarnos su casa, a través de una reja vimos decenas de perros que según nos dijo eran sus mascotas. Tampoco nos permitió grabar los tambos.

    Roberto Espinosa negó que estuviera haciendo mal uso de los productos.

    'Yo tengo una carta de ecología firmada bajo protesta de decir la verdad en esos términos que yo no vierto nada al lago', aseguró Espinosa.

    La carta fue dirigida al entonces director de Ecología de Cuautitlán Izcalli, Héctor Baldenero, quien a su vez, destinó la denuncia a los vecinos al informar en otro escrito que los productos químicos que fabrica el señor Roberto Espinosa no afectaban el medio ambiente. Productos como detergentes, desinfectantes y aromatizantes que de acuerdo a las normas ambientales son uno de los principales agentes que contaminan el aire, el agua y la tierra.

    'Aparte, esta persona, el señor Espinosa, es integrante del Consejo de Participación Ciudadana como cosa curiosa y parece que con eso no le hacen nada ni pasa nada', comentó Rosalía Zuccoli.

    A pesar de la falta de apoyo, los vecinos buscaron más pruebas, grabaron un camión que descargaba productos químicos en los alrededores del Lago de Guadalupe. Lo siguieron y el camión con razón social 'Negociación Alvi se detuvo en la casa del señor Roberto Espinosa. Una mujer que aparentemente vigilaba la zona se percató de la cámara y fue corriendo a dar aviso.

    Sin embargo, este video tampoco fue una prueba válida para las autoridades de Ecología.

    La muerte de peces en el Lago de Guadalupe no es un hecho aislado, tan sólo en lo que va del 2004, han ocurrido varios ecocidios por contaminación en aguas mexicanas.

    El 19 de enero, más de 100 delfines quedaron varados en una playa de Sonora. Según especialistas, la muerte se debió a un producto químico que arrojan narcotraficantes en el mar para iluminar rutas.

    El 27 de enero, un derrame de combustible ocasionó la muerte de miles de peces en una laguna de Tabasco.

    También, el 27 de enero, las descargas de aguas negras provocaron la muerte masiva de peces en parque ecológico de Aguascalientes.

    El 29 de febrero, el río Atoyan en Oaxaca se convirtió en otro lecho de muerte.

    El 13 de abril, ocurrió otra tragedia ecológica en una presa de Aguascalientes.

    El 7 de mayo, miles de peces murieron en el río Actopan en Veracruz.

    El caso más reciente fue en el Lago de Guadalupe, Estado de México.

    'Ya se acabó todo esto, ya no es como antes', insistió Aurora González, vecina del Lago de Guadalupe.

    Pero... ¿cuántas tragedias ambientales faltan?

    'Es un asunto muy serio', reconoció José Luis Luege Tamargo, procurador federal de Protección al Ambiente (Profepa).

    ¿Cuántos mares, ríos y lagos se convertirán en cementerios de agua?

    'Lamentablemente es la ausencia de una cultura del agua', concluyó Luege Tamargo.

    El tiempo se agota, aún estamos a tiempo de forjar una mejor conciencia, aún estamos a tiempo de salvar nuestras aguas.``5

    Todo lo anterior revela, que efectivamente se han realizado trabajos para recuperar el Lago de Guadalupe, sin embargo no ha sido suficiente, es necesario continuar con los trabajos para llegar a cumplir con el informe del Gobierno del estado de México, y sanear al 100% tan importante fuente de vida.

    ``Al menos 112 millones de pesos se requieren para concluir los colectores marginales del lago de Guadalupe, con los cuales se evitaría el ingreso de drenajes provenientes de cinco municipios de la región, a este cuerpo de agua, detalló Mónica Vulling Garza, directora de Ecología municipal.

    La funcionario explicó que entre 1994 y 1996 la Comisión de Agua del Estado de México (CAEM) construyó el colector norte del lago de Guadalupe, que consta de 8.11 kilómetros de longitud y tubería de 1.07 metros de diámetro, lo que permite transportar 1.21 metros cúbicos por segundo de aguas residuales.

    Agregó que este colector disminuyó en 21 por ciento las descargas que recibía el lago de Guadalupe, lo que ayudó a la recuperación del embalse, donde ahora se observan aves migratorias, aunque la fragilidad del ecosistema es evidente, como hace poco se demostró con la muerte masiva de carpas por el avance de algas verdiazules.

    Vulling Garza aseveró que en 1997 comenzó la construcción del colector sur, que quedó inconcluso; constará de 9.62 kilómetros de longitud, con un túnel de 2.29 kilómetros y capacidad para conducir 4.61 metros cúbicos por segundo, aunque a la fecha sólo hay 1.8 kilómetros de tubería.

    En este sentido, aseveró que con este último colector se podría sanear en 90 por ciento el citado embalse, por lo que es prioritario terminar estas obras que garantizarían una mayor calidad del agua, toda vez que unas 30 mil personas habitan la subcuenca del lago, que se abastece de ríos que cruzan Isidro Fabela, Jilotzingo, Nicolás Romero, Atizapán y Cuautitlán Izcalli.

    Vulling Garza advirtió que podría ocurrir otra mortandad de carpas mientras no se saneen de manera integral las aguas el lago de Guadalupe, aunque las alcaldías y el estado acordaron mayor control de las descargas, además de que se realizarán análisis al menos cuatro veces al año, para determinar las condiciones del ecosistema''6

    Por lo anterior, esta Comisión, encontrando procedente la proposición presentada por el Diputado Leonardo Álvarez Romo y suscrita por legisladores integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos: Verde Ecologista de México, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo y de Convergencia., y con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta honorable Asamblea el presente dictamen con:

    PUNTO DE ACUERDO

    PRIMERO.- SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (SEMARNAT) PARA QUE A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA LLEVE A CABO LOS MUESTREOS Y ANÁLISIS DE LAS DESCARGAS DE AGUA RESIDUALES EN EL LAGO DE GUADALUPE, CON EL OBJETO DE VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES ESTABLECIDOS PARA LOS PARÁMETROS SEÑALADOS EN LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-ECOL-1996, DEBIENDO REMITIR LOS RESULTADOS DE ESE ESTUDIO A ESTA SOBERANIÁ, Y EN CASO DE DETECTARSE VIOLACIONES A LA MISMA SE DÉ CONOCIMIENTO A LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE (PROFEPA), PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS SE INICIEN LAS INVESTIGACIONES NECESARIAS Y EN SU CASO AUDITORÍAS AMBIENTALES A EFECTO DE APLICAR LAS SANCIONES PREVISTAS EN LA LEY DE AGUAS NACIONALES Y SU REGLAMENTO, LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE, LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN Y DEMÁS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES.

    SEGUNDO.- SE EXHORTA A LA COMISIÓN DEL AGUA DEL ESTADO DE MÉXICO (CAEM), A REALIZAR LAS GESTIONES NECESARIAS PARA TERMINAR LA OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL COLECTOR SUR DEL LAGO DE GUADALUPE, INICIADAS EN 1997 PARA LOGRAR SANEAR EL CITADO EMBALSE.

    TERCERO.- SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO (SHCP), A LA SECRETARÍA DE SALUD, AL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI Y A LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE (PROFEPA) A VERIFICAR QUE LAS INSTALACIONES QUE SE UBICAN EN LA CALLE CAMPESTRE DEL LAGO, NUMERO 4 DE LA COLONIA LAGO DE GUADALUPE EN EL MUNICIPIO REFERIDO, CUENTAN CON LOS PERMISOS RESPECTIVOS DE USO DE SUELO Y DE REGISTRO ANTE SALUD Y ASÍ MISMO CUMPLEN CON SUS OBLIGACIONES EN MATERIA AMBIENTAL Y FISCAL PARA PODER OPERAR COMO LABORATORIO DE PRODUCTOS QUIMICOS, INFORMANDO A ESTA SOBERANÍA SOBRE LOS RESULTADOS DE ÉSTAS INSPECCIONES. ASÍ MISMO, Y EN CASO DE ENCONTRAR ANOMALÍAS, INICIAR LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A EFECTO DE CUMPLIMENTAR LOS ORDENAMINETOS JURÍDICOS APLICABLES.

    Notas:

    1 Sitio web del Gobierno del Estado de México http://www.edomexico.gob.mx/se/maleza.htm

    2 Sitio web de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, área de Comunicación Social, 6 de enero de 2005. http://www.semarnat.gob.mx/comunicacionsocial/s2005-01-06.shtml

    3 Op. Cit., 7 de enero de 2005. http://www.semarnat.gob.mx/comunicacionsocial/s2005-01-07.shtml

    4 Op. Cit., 3 de enero de 2005. http://www.semarnat.gob.mx/comunicacionsocial/s2005-01-03.shtml

    5 Sitio web esmas.com. Leonardo Ferrera (reportero). Fuente: Noticieros Televisa. http://www.esmas.com/noticierostelevisa/losreporteros/379022.html

    6 Sitio web periodico El Universal. Juan Manuel Barrera /Corresponsal. 20 de junio de 2004 http://www.eluniversal.com.mx/-pls/impreso/noticia.html?id_nota=60282 & tabla=Ciudad

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 27 días del mes de septiembre de dos mil cinco.--- Diputados: Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco J. Lara Arano (rúbrica), secretario; Roberto A. Aguilar Hernández (rúbrica), secretario; Carlos M. Rovirosa Ramírez (rúbrica), secretario; José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretario; Irene H. Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl R. Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario E. Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María G. García Velasco (rúbrica), Guillermo Tamborrel Suárez (rúbrica), Bernardo Loera Carrillo, Óscar Rodríguez Cabrera, Julián Nazar Morales, Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto A. Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo, Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio (rúbrica), Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz (rúbrica).»


    ESTADO DE MEXICO

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión Nacional del Agua y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente que, en el ámbito de las respectivas competencias, realicen visitas de inspección y/o verificación a la empresa Fiemex, SA de CV

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen la proposición con Punto de Acuerdo para solicitar a la Comisión Nacional del Agua y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, que en el ámbito de las respectivas competencias, realicen visitas de inspección y/o verificación a la empresa Fiemex S.A. de C. V.; presentado por el Diputado Jaime Fernández Saracho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

    ANTECEDENTES

    1.- Con fecha 19 de enero de 2005, el Diputado Jaime Fernández Saracho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la proposición con Punto de Acuerdo, para solicitar a la Comisión Nacional del Agua y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, que en el ámbito de las respectivas competencias, realicen visitas de inspección y/o verificación a la empresa Fiemex S.A. de C. V

    2.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en esa misma fecha acordó turnar la proposición con Punto de Acuerdo que nos ocupa para su análisis y dictamen, a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    3.- Tomando como base los elementos de información disponibles así como la propuesta multicitada, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

    CONSIDERANDOS

    ``Durante mucho tiempo se pensó que el agua era un recurso infinito de poca importancia y nunca se pensó que esta amenazaría con faltar algún día. Hoy en todas las partes del mundo el agua se convierte en el líquido más preciado y necesitado, ya que el hombre no valora el agua hasta el momento en que se agota la fuente de la misma, y esta amenaza con su agotamiento.

    El agua no se puede cambiar por nada, y así ella se diferencia de toda materia prima y combustible, el agua se puede cambiar solamente por agua. Es insuficiente allá, donde su uso es intensivo y sin su control alguno, donde se ha enfermado (contaminado) y ha quedado inservible para su uso y para cumplir sus funciones fundamentales.

    En el cuerpo de una persona, a veces la herida amenaza a la vida con la pérdida de sangre, pero la muerte llega solamente cuando la sangre pierde la capacidad de cumplir sus funciones vitales. De esta manera, podemos comparar el agua en nuestro planeta, por que el agua es la sangre de la tierra y sin ella no hay vida.

    El gran aumento de la población, el desarrollo industrial, energético, agropecuario, terrestre y las necesidades domésticas son factores que han coincidido a que el agua sea considerada como una de las sustancias más complicadas y difíciles de obtener en un estado limpio, por eso tiene que ser procesada o potabilizada para que llegue a nuestros hogares.

    Entonces, el agua aparece en la naturaleza, como uno de los componentes más importantes del medio geográfico. Así es considerado como uno de los recursos más importantes y ricos que nos brinda la naturaleza para el desarrollo y la economía nacional.''1

    Siendo el agua un recurso no renovable, debemos cuidarla y verificar que su uso y aprovechamiento vaya de acuerdo a la normatividad ambiental aplicable; en la exposición de motivos del punto de acuerdo que nos ocupa, el Diputado Jaime Fernández Saracho, informa ``que habitantes de la zona y organizaciones ambientalistas le han externado su preocupación respecto a que ``...la empresa denominada FIEMEX S.A. de C.V., con domicilio en Avenida Acueducto del Alto Lerma Número 14, Zona Industrial de Ocoyoacac, Municipio de Ocoyoacac, Estado de México, ha venido desde hace años utilizando agua de manera irregular en su proceso industrial, realizando las correspondientes descargas en forma indebida y transgrediendo diversas disposiciones ambientales, causándose con ello un grave e irreparable perjuicio comunitario. [agregando que le manifestaron] que han acudido en diversas ocasiones a las instancias locales, sin haber encontrado respuesta a su petición en cuanto a que las autoridades competentes verifiquen estas situaciones, y que por ello, recurrieron al suscrito [Diputado Jaime Fernández Saracho] para pedirle su intervención a efecto de que la Comisión Nacional del agua, a través de su gerencia en el Estado de México, y la procuraduría Federal del Protección al Ambiente, también por conducto de su representación en la citada entidad, lleven a cabo visitas de inspección y/o verificación a las instalaciones de la citada empresa, para constatar las condiciones de abasto y uso del agua, su descarga y, en general, su cumplimiento a las normas ambientales aplicables.

    [Diputado Jaime Fernández Saracho] Que como representante popular hago mía la solicitud de estas organizaciones y ciudadanos que plantea una cuestión de interés para todos, y que resulta de obvia y urgente resolución si se considera, primero, que el cuidado del medio ambiente y en particular del agua es una cuestión prioritaria y, segundo, que cada día que pasa sin que se atiendan esta clase de cuestiones, se generan daños muchas veces irreversibles a las personas, particularmente a nuestros niños.

    Que estimo además razonable el pedimento de la verificación y/o inspección, toda vez que no causa perjuicio a nadie y, eventualmente, se puede evitar que se generen importantes daños al medio ambiente ''2

    Por lo expuesto se concluye que es de suma importancia para todos los mexicanos, que nuestras autoridades lleven a cabo con regularidad visitas a todas las empresas para verificar el cumplimiento de las disposiciones ambientales, y poder garantizar un futuro limpio y saludable a las generaciones venideras, como una de las medidas mas importantes, la preventiva para evitar que se generen daños al ambiente.

    Al respecto y en cuanto verificación la Comisión Nacional del Agua lleva a cabo muestreos y análisis de las descargas de aguas residuales, de manera periódica, con el objeto de verificar el cumplimiento de los límites máximos permisibles establecidos para los parámetros señalados en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-ECOL-1996, que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales, en caso de que de violaciones a la misma se sancionarán en los términos de la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, de Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

    Por lo que esta Comisión dictaminadora presenta el siguiente:

    PUNTO DE ACUERDO

    ÚNICO.- SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (SEMARNAT) PARA QUE A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA LLEVE A CABO LOS MUESTREOS Y ANÁLISIS DE LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES REALIZADAS POR LA EMPRESA FIEMEX S.A. DE C.V., CON EL OBJETO DE VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES ESTABLECIDOS PARA LOS PARÁMETROS SEÑALADOS EN LA NOM-001-ECOL-1996, REMITIENDO LOS RESULTADOS DE ESE ESTUDIO A ESTA SOBERANÍA; Y EN CASO DE DETECTARSE VIOLACIONES A LA MISMA SE DÉ CONOCIMIENTO A LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE (PROFEPA), PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS SE APLIQUEN LAS SANCIONES PREVISTAS EN LA LEY DE AGUAS NACIONALES Y SU REGLAMENTO, LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE, LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN Y DEMÁS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES.

    Notas:

    1 Pagina Web del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales. Panamá. http://www.idaan.gob.pa/pago.htm

    2 Congreso de la Unión, Comisión Permanente, Presidencia, Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Jaime Fernández Saracho, considerandos foja 2.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los veintisiste días del mes de febrero de dos mil cinco.--- Diputados: Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco J. Lara Arano (rúbrica), secretario; Roberto A. Aguilar Hernández (rúbrica), secretario; Carlos M. Rovirosa Ramírez, secretario; José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretario; Irene H. Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl R. Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario E. Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut, María G. García Velasco (rúbrica), Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo, Óscar Rodríguez Cabrera, Julián Nazar Morales, Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto A. Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo, Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio (rúbrica), Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz (rúbrica).»
    ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo a fin de que se exhorte a la Comisión Federal de Electricidad a tomar las medidas necesarias para evitar la emisión de elementos químicos tóxicos, y a resarcir el daño causado a las tierras de producción agrícolas y a la salud de los residentes del valle de Mexicali, emitidos por la planta geotermoeléctrica Cerro Prieto

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para que se exhorte a la Comisión Federal de Electricidad, a tomar las medidas necesarias para evitar la emisión de elementos químicos tóxicos y a resarcir el daño causado a las tierras de producción agrícolas y a la salud de los residentes del Valle de Mexicali, emitidos por la planta geotermoeléctrica Cerro Prieto, presentada por el Diputado Hidalgo Contreras Covarrubias del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

    ANTECEDENTES

    1.- El sesión celebrada en fecha 28 de febrero de 2005, por la Cámara de Diputados del Honorable congreso de la Unión, se presentó el Punto de Acuerdo para que se exhorte a la Comisión Federal de Electricidad, a tomar las medidas necesarias para evitar la emisión de elementos químicos tóxicos y a resarcir el daño causado a las tierras de producción agrícolas y a la salud de los residentes del Valle de Mexicali, emitidos por la planta geotermoelectrica Cerro Prieto. Y se dictó el tramite de turno a esta Comisión.

    2.- Se recibió oficio emitido por la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados de fecha 28 de febrero de 2005 con anexo duplicado del expediente número 2716 que contiene la proposición con punto de acuerdo citada.

    Tomando como base la información disponible los antecedentes citados, así como la propuesta en comento, esta Comisión se aboco a su estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

    CONSIDERANDOS

    El Municipio de Mexicali es parte del Estado de Baja California, representa cerca del 18% de su superficie y 0.7% del país, esto es alrededor de 13,700 km2; su superficie supera a la que cubren individualmente los estados de Querétaro, Aguascalientes, Colima, Morelos, Tlaxcala y el Distrito Federal; su nombre se deriva del anagrama MEXI-co y CALI-fornia. Se encuentra ubicado al norte 32º 43', al sur 30º 52'de latitud norte; al este 114º 42'y al oeste 115º 56'de longitud oeste, colindando al norte con Estados Unidos de América; al este con Estados Unidos de América, estado de Sonora y el Golfo de California; al sur con el Golfo de California y el municipio de Ensenada; al oeste con los municipios de Ensenada y Tecate y con Estados Unidos de América. (Fuente: INEGI. Marco Geoestadístico, 1995. Inédito.)

    ``Los suelos predominantes en el valle de Mexicali son los llamados yermosoles y xerosoles, característicos de zonas áridas y semiáridas, pobres en materia orgánica, los cuales con agua de riego y fertilización adecuada son capaces de una elevada producción agrícola. Así, sólo el 62 por ciento de la superficie del valle es susceptible de explotación agrícola. El grado de mecanización agrícola es de los más avanzados en esta tecnología.

    El uso del suelo es agrícola, industrial y turístico. El agrícola está concentrado en el Valle de Mexicali con más de 200 mil hectáreas de tierras fértiles, que está clasificado en los de alta productividad, mediana, baja y muy baja. El de mediana productividad ocupa el primer lugar en producción, le sigue el de alta productividad. El industrial se encuentra concentrado en la zona urbana, algunas empresas están ubicadas a lo largo de la vía del ferrocarril y por lo regular son industrias de transformación. El turístico está ubicado principalmente en el río Hardy y el puerto de San Felipe''1

    Los principales ríos de la región son, el río Colorado, el río Hardy y el río Nuevo. El río Colorado, provee agua a México (Mexicali) y a siete estados en el occidente de los Estados Unidos - Arizona, California, Colorado, Nevada, Nuevo México, Utah y Wyoming. Embalses, canales y otras estructuras almacenan el agua del río para esta región sedienta, en Mexicali el destino de sus aguas son el distrito de riego número 14; dotación de agua potable para la ciudad de Mexicali, zonas urbanas del valle y la ciudad de Tijuana por medio del acueducto río Colorado-Tijuana. Las corrientes del río Hardy y río Nuevo, son provocadas por drenajes agrícolas de la región.

    Inicialmente el desarrollo de Mexicali fue impulsado por la actividad agrícola; en este valle se practica la agricultura de riego, con una superficie de 340 hectareas, siendo sus principales cultivos el trigo, cebada, algodón, alfalfa, avena, ajonjolí, cártamo, sorgo forrajero, hortalizas, chile, cebolla, betabel, coliflor, jitomate, tomatillo, pepino col, rabanito, cilantro, lechuga, brócoli, calabaza, quelite y espárrago.

    Alrededor del distrito de riego número 14, del Valle de Mexicali, se desarrolla la actividad ganadera en diferentes especies como son principalmente bovinos de engorda y lecheros, especies porcinas, aves de corral de engorda y de postura; así como pequeñas explotaciones de ovinos y caprinos.

    En el ramo industrial las empresas más importantes son las de elaboración de productos alimenticios como son las pasteurizadoras de lácteos, embotelladoras, molinos de trigo, tortillerías y empacadoras de carne; seguidas de la industria maquiladora, la cual siendo Mexicali pionero en México en este ramo, está altamente desarrollada.

    La industria eléctrica se ha desarrollado gracias a las características geológicas; Mexicali cuenta con una planta geotermoeléctrica que es suficiente para abastecer a todo el estado y además exportar este energético.

    De la exposición de motivos del punto de acuerdo que nos ocupa se desprende que ``la germoeléctrica Cerro Prieto, es una planta independiente de producción separada de la red central de suministro de la CFE, ubicada en tierras dedicadas a la agricultura y propicias para la generación de energía por el calor contenido en el subsuelo, estas condiciones hacen posible la producción de electricidad en gran cantidad.''

    ``Desde hace varios años, productores agrícolas de ejidos cercanos a dicha empresa pública, han manifestado señalamientos de que sus cosechas han venido a la baja por el reducido rendimiento que se ha presentado en cada ciclo de cultivo buscando los motivos de este fenómeno contrario a los intereses de los ciudadanos de esta zona, se encontró que la geotermoelectrica Cerro Prieto en sus actividades diarias de producción, emite elementos químicos tóxicos como Litio, Cadmio, Arsénico, Ácido Sulfhídrico, Boro y Amoniaco, los cuales, son suficientes para evitar que las tierras produzcan normalmente.

    Esta información ha obligado a estos productores a buscar una solución a su calamidad acudiendo a distintas dependencias para recibir la ayuda correspondiente y a la que tienen derecho.

    Asimismo, se presume que algunos residentes han manifestado enfermedades respiratorias que son imputadas a las emisiones químicas de la planta, lo que es grave desde el punto de vista medico y legal por tener un alto grado de responsabilidad por parte de la Paraestatal en caso de ser verídico.

    Consideramos urgente que las dependencias involucradas emitan un diagnostico o estudio real de esta situación y se proporcionen públicamente los resultados con el fin de aplicar una solución efectiva a la brevedad posible, creemos justo que la CFE deba cumplir con su obligación de mantener el equilibrio ecológico y preservar la salud de los ciudadanos.

    Es paradójico que una empresa pública, propiedad de los mexicanos se niegue a escuchar un reclamo justo de ciudadanos quienes le expresan la necesidad de que se les consideren tarifas eléctricas acordes a las temperaturas mas altas del país en este municipio y que por otro lado, después de explotarlos de esa manera, les echen a perder sus tierras y deterioren su salud''2

    Derivado de la información proporcionada en la exposición de motivos del punto de acuerdo que nos ocupa, asesores de esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, realizaron en compañía del Ingeniero Carlos Castro gerente del distrito de Riego del Río Colorado, del presiente de la Asociación de Usuarios de riego Arnulfo Santiago Palacios así como de los representantes de los distintos distritos de riego y productores del Valle de Mexicali, visita a las inmediaciones de la planta geotérmica de cerro Prieto, para después realizar reunión de trabajo con los mismos, en donde expusieron la problemática narrada en párrafos anteriores, agregando que dicha problemática, presumen se ha dado desde hace aproximadamente diez años a la fecha; sin embargo al requerirles un informe o dictamen de parte de universidad, instituto o laboratorio que avale su dicho, manifestaron no tenerlo y que de los que se han realizado no se desprende contaminación alguna, así mismo al sugerirles que acudieran a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) para investigar sus presunciones manifestaron ya haberlo realizado y de los estudios de la PROFEPA se corroboro que no existe contaminación por parte de la Geotermica, ya que de hecho la PROFEPA en 2002, entregó el certificado como industria limpia al campo geotérmico de cerro Prieto, donde opera la geotermoelectrica de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y que actualmente se encuentra en proceso de recertificación.

    Oscar Hernández, vocero de la empresa en baja California, afirmó que ``para recibir esos reconocimientos, la CFE es sometida constantemente a auditorías ambientales, mediante las cuales comprueba que cumple con toda la normatividad.

    Integrantes del Consejo Ciudadano del Valle de Mexicali, denunciaron el miércoles que la geotermoeléctrica afecta tierras productivas y la salud de residentes de zona aledañas a esa planta.

    Hernández sostuvo ayer que la CFE cumple con toda la normatividad, tanto ambiental como de procesos y calidad en sus instalaciones a lo larto y ancho del País.

    Por sus procesos y calidad, agregó, la empresa obtuvo la certificación ISO 9001 y el ISO 1400 por cumplir con todos los requerimientos de las normas ambientales.

    En el caso del campo geotérmico de Cerro Prieto para obtener la recertificación de industria limpia se realizó un diagnostico ambiental desde junio del 2004.

    La verificación obtenida en el 2002, aseguró, se tramitó de manera voluntaria y mostró una copia certificada por un notario local de ese documento.

    Sobre la presunta afectación a tierras productivas y la salud de residentes de zona aledañas a esa planta, comentó que trabajadores de la misma CFE viven en esos lugares.

    Conviven con ellos y no han recibido quejas ni comentarios sobre efectos negativos en su salud o sus propiedades, por la operación de la Geotermoélectrica, sostuvo.''3

    Por otro la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, tiene la misión de:_ ``Procurar la Justicia ambiental a través del estricto cumplimiento de la Ley, desterrando a la vez impunidad, corrupción, indolencia y vacíos de autoridad, haciendo partícipes de esta lucha a todos los sectores de la sociedad y a los tres niveles de gobierno, bajo los más puros principios de equidad y de justicia, bajo los objetivos estratégicos de:

    Contener la destrucción de nuestros recursos naturales y revertir los procesos de deterioro ambiental.

    Procurar el pleno acceso de la sociedad a la impartición de una justicia ambiental pronta y expedita.

    Lograr la participación decidida, informada y responsable de los miembros de la sociedad y de sus organizaciones, en la vigilancia e inducción del cumplimiento de la ley ambiental.

    Fortalecer la presencia de la Procuraduría y ampliar su cobertura territorial, con criterio federalista.

    Construir una institución moderna y eficiente, bajo criterios de honestidad, transparencia y confiabilidad, transmitiendo así una nueva imagen a la sociedad; y para el logro de los objetivos mencionados, en el periodo 2001 -2006 la PROFEPA aplicará las estrategias institucionales siguientes:

    Llevar a cabo la inspección y vigilancia del cumplimiento de la normatividad ambiental aplicable a las actividades industriales y de servicios, y al aprovechamiento de los recursos naturales.

    Fomentar esquemas y mecanismos voluntarios para el cumplimiento de la normatividad ambiental en las actividades industriales y de servicios y en el aprovechamiento de los recursos naturales.''4

    Por lo que, por todo anterior, y toda vez que la PROFEPA de manera permanente debe llevar a cabo la inspección y vigilancia del cumplimiento de la normatividad ambiental, esta Comisión, encuentra procedente la proposición presentada por el Diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

    PUNTO DE ACUERDO

    PRIMERO.- SE EXHORTA A LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE (PROFEPA), PARA QUE INSTRUMENTE MEDIDAS URGENTES Y VERIFIQUE EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL EN TORNO A LAS ACTIVIDADES INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS, Y AL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES, POR PARTE DE LA GEOTERMOELECTRICA CERRO PRIETO, UBICADA EN EL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA NORTE, EN EL VALLE DE MEXICALI.

    SEGUNDO.- SE EHXORTA A LA SECRETARÍA DE SALUD PARA QUE VERIFIQUE, EMITA Y HAGA LLEGAR A ESTA SOBERANÍA Y A LA PROFEPA UN DIAGNOSTICO PARA DETERMINAR SI LA OPERACIÓN DE LA PLANTA GEOTERMOELÉCTRICA DE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD (CFE) EN CERRO PRIETO, MEXICALI, CUMPLE CON LO ESTABLECIDO EN LA NOM-024-SSA1-1993 Y SI ALGUNO DE LOS ELEMENTOS O COMPUESTOS QUÍMICOS EMITIDOS POR LA GEOTERMOELÉCTRICA CERRO PRIETO TALES COMO EL LITIO, CADMIO, ARSÉNICO, ÁCIDO SULFHÍDRICO, BORO, AMONIACO Y SÍLICE RESIDUAL PUDIERAN ESTAS SEDIMENTADOS EN LAS TIERRAS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLAS CONTIGUAS A DICHA PLANTA, O BIEN SE HAYAN DEPOSITADOS A CIELO ABIERTO.

    Notas:

    1 Pagina Web del Estado de Baja California. Enciclopedia de los Municipios de México. Estado de Baja California. Mexicali. http://www.e-local.gob.mx/work/templates/enciclo/bajacalifornia/municipios/02002a.htm

    2 Congreso de la Unión, Comisión Permanente, Presidencia, Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Proposición con punto de acuerdo presentada por el Diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, exposición de motivos.

    3 Gregorio aviles, reportero. La Crónica. Viernes 15 de abril del 2005, Mexicalli, B.C.

    4 Pagina Web de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. Visión, misión y objetivo de la PROFEPA. http://www.profepa.gob. mx/seccion.asp?it_id=114 & sec_id=17 & com_id=0

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los vientisiete días del mes de septiembre de dos mil cinco.--- Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco (rúbrica), Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez (rúbrica), Bernardo Loera Carrillo, Óscar Rodríguez Cabrera, Julián Nazar Morales, Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo, Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio (rúbrica), Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz (rúbrica).»
    ESTADO DE TABASCO

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a verificar el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SEMARNAT-2002, relativa a lodos biosólidos, especificaciones y límites máximos permisibles de contaminantes y disposición final, en la planta de Promotora Ambiental del Sureste, SA de CV (PASA)

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que verifique el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SEMARNAT-2002, relativa a lodos biosolidos, especificaciones y limites máximos permisibles de contaminantes y disposición final, en la planta de la Promotora Ambiental del Sureste, S.A. de C.V. (PASA); presentado por el Diputado Leonardo Álvarez Romo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

    ANTECEDENTES

    1. - Con fecha 19 de enero de 2005, el Diputado Leonardo Álvarez Romo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó la proposición con Punto de Acuerdo, para exhortar a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que verifique el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SEMARNAT-2002, relativa a lodos biosolidos, especificaciones y limites máximos permisibles de contaminantes y disposición final, en la planta de la Promotora Ambiental del Sureste, S.A. de C.V. (PASA)

    2.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en esa misma fecha acordó turnar la proposición con Punto de Acuerdo que nos ocupa para su análisis y dictamen, a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    3. - Tomando como base los elementos de información disponibles así como la propuesta multicitada, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

    CONSIDERANDOS

    De la exposición de motivos del punto que nos ocupa se advierte que la empresa Promotora Ambiental del Sureste, S. A. De C. V. (PASA), ``ante su incapacidad para tratar las miles de toneladas de recortes de perforación base aceite en su planta de Loma de caballo optó por enterrar miles de metros cúbicos en unos terrenos particulares frente a su planta, lo que a largo plazo traerá graves consecuencias al manto freático de la zona.

    Ubicada en la Ranchería Anacleto Canabal tercera sección dentro del corredor industrial Loma de Caballo, la empresa continúa enfrentando serios problemas sociales por la contaminación que mantiene desde hace cinco años en este núcleo poblacional.

    PASA inicia sus labores en 1988 como OSCA de México, S. A. de C. V., con servicios mediante desorción térmica de recortes de perforación y suelos impregnados con aceite e hidrocarburos; esta fue la primer planta con equipo diseñado por la compañía On-Site México, subsidiaria de Evironmental Safeguard de Houston Texas y a partir del 99 OSCA es comprada por Alberto Garza y cambia a PASA.

    PASA utiliza el método de la desorción térmica para tratar tierra contaminada con desechos peligrosos calentándola a una temperatura de 90° C a 540 ° C a fin de que los contaminantes, con su punto de ebullición bajo, se vaporicen, se conviertan en gases y por consiguiente se separen de la tierra. No obstante, obreros de la propia planta denunciaron, ante un periódico de circulación regional, que la empresa no cuenta con la capacidad para tratar las miles de toneladas que diariamente llegan a su planta de la región sur de PEP y de la región Marina por lo que optaron por enterrarlos.

    En ese mismo medio, han comentado el temor de que los mantos de agua en el subsuelo de la zona se estén contaminando por el relleno del vaso regulador y de la laguna de la zona, solicitando la intervención de la autoridades de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), sin tener hasta la fecha respuesta.

    Los obreros y habitantes de Anacleto Canabal aseguraron que PASA no cuenta con espacio para al almacenamiento y tratado correcto de los lodos porque está construyendo una planta de fluidos en la misma área, además de que ya se encuentran en negociaciones con el ayuntamiento de Centro para que ocupen un predio en la parte trasera de los hornos así como la concesión de la planta tratadora de basura.

    Consideremos que en este mismo lugar y debido a semejante problema, la Procuraduría General de la República (PGR) recibió hace casi un año la averiguación previa AP-002/2004-III, interpuesta en las oficinas de la delegación de la PGR Local por el Diputado Verde Ecologista Pascual Bellizia Rosique, quien preside la Comisión de Ecología de la LVIII Legislatura Estatal. En ésta señala que la empresa CARESA, que está manejando residuos de petróleos Mexicanos, se ampara con un permiso que les dio la SEDESPA para disponer residuos perforación base, no obstante no cumple con los términos y condiciones de autorización tirando residuos aceitosos, violando la Ley estatal del medio ambiente.

    Ese mismo día, en compañía de un Servidor Público Federal, se confirmó que los camiones de la empresa Promotora Ambiental del sureste, descargan residuos petroleros sin que sean tratados anticipadamente, lo que comprueba el análisis de la empresa Estudios

    Profesionales de Contaminación Ambiental de su presunta contaminación de la zona, sin medidas de prevención.

    El Estudio Perimetral de Contaminantes en el Aire y Ambiente antes citado, realizado por la empresa Estudios Profesionales de Contaminación Ambiental, reveló que los desechos químicos que Promotora Ambiental del Sureste (PASA) vierte sobre el medio ambiente contienen altos componentes químicos que rebasan el valor permisible establecido en la NOM-024-SSA1-1993.

    Dicho documento indica, en un muestreo perimetral de partículas suspendidas totales en el aire ambiente, realizado los días 24, 25, y 26 de abril del 2003, que dichas emisiones químicas rebasan el valor máximo permisible de exposición de 260 ug/m cúbicos establecido en la NOM-024-SSA1-1993''1

    No solamente las denuncias han puesto al descubierto la actividad ilícita de dicha empresa, sino que también a través de diversos medios de comunicación se ha dado a conocer la manera irregular con la que opera la empresa Promotora Ambiental del sureste S.A. de C.V. al publicar :

    ``Empleados de PASA enterraban tóxicos

    Por la mañana de este miércoles policías preventivos detuvieron a 4 trabajadores de la empresa PASA que trataban de enterrar clandestinamente desechos tóxicos en una parcela de la ranchería Anacleto Canabal.

    Por Redacción

    Villahermosa, Tabasco 16:43 horasMiercoles 02 de Marzo de 2005

    Por la mañana de este miércoles policías preventivos detuvieron a 4 trabajadores de la empresa PASA que trataban de enterrar clandestinamente desechos tóxicos en una parcela de la ranchería Anacleto Canabal, segunda sección.

    La policía informó que se detuvo a Amado Ramos, Salomón Torres Pérez, José Alcudia Izquierdo y Víctor Manuel Escobar cuando del camión tipo góndola bajaban materiales tóxicos que trataban de enterrar en una parcela sin autorización alguna y sin las medidas de seguridad necesarias.''2

    La misma Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en su pagina Web en la sección Noticias de la República, publicó información al respecto, por lo que se presume que ya debiera estar enterada de la problemática que presenta

    ``PELIGRAN NIÑOS.- Más de 4 mil 500 habitantes de las rancherías Anacleto Canabal segunda y tercera sección, del municipio de Centro de Villahermosa Tabasco, exigieron a las autoridades de Semarnat y Profepa poner un freno a los entierros clandestinos de desechos peligrosos, que las empresas Promotora Ambiental del Sureste, CARESA y Servicios de Incineración de Desechos Hospitalarios, vienen realizando desde hace más de dos años. Maestros de las escuelas primarias ``Isabel Pérez Rosado'' y ``Soledad Graciela Cruz'', así como del jardín de niños ``24 de Febrero'', exigieron a las dependencias federales poner una solución a este problema, ya que ambas instituciones educativas se encuentran ubicadas a escasos metros del tiradero clandestino. (TABASCO HOY).''3

    Es sumamente importante y de vital importancia que se verifique el funcionamiento de la multicitada empresa, ya que la SEMARNAT en su página web publicó, que dicha empresa está autorizada para alojar befenilos policlorados (BPC), o también llamados askareles, los cuales se han utilizado desde los años treinta como líquidos aislantes en transformadores donde se requiere una elevada resistencia al fuego y en capacitores por su alta permitividad; sin embargo, esta sustancia al ser liberada, causa efectos adversos inmediatos o retardados sobre el ambiente, por bioacumulación y/o efectos tóxicos sobre los sistemas bióticos.

    En la actualidad, se ha detectado la presencia de ciertos isómeros de bifenilos policlorados dentro del medio ambiente tanto en agua, suelo, aire, así como en materiales orgánicos grasos de plantas y animales. Las investigaciones realizadas han demostrado que estos compuestos son extremadamente resistentes a la biodegradación y por su dispersidad, persistencia y acumulación en los ecosistemas se han catalogado como material tóxico ambiental.

    Los países industrializados en los últimos 20 años han prohibido la fabricación, venta y uso de bifenilos policlorados y regular de manera estricta los que aún permanecen en uso, principalmente en equipo eléctrico.

    México, en los años cuarenta, importó una gran cantidad de sustancias aislantes y equipo eléctrico proveniente de Estados Unidos y Europa; los cuales actualmente siguen operando, sin que hasta el momento se tenga un adecuado control sobre ellos y para sustentarlo se puede hacer mención de los contenedores que durante el año 2001 fueron ``depositados'' en diferentes puertos del país.

    Desde de 1960 empezó la preocupación por estas sustancias, en 1966, después de más de treinta años de uso de los bifenilos policlorados, se dio a conocer, un estudio realizado en el mar Báltico, en donde se demostraba que esta sustancia estaba presente en todos los peces de la región y a partir de eso se supo que estos residuos tóxicos permanecen en los seres vivos a través del tiempo (a esta propiedad de acumulación se le denomina como bioacumulación), causando graves efectos a la salud como cáncer, afectaciones en el aparato reproductor, mutaciones genéticas, daños irreversibles en fetos, impedimento al desarrollo y crecimiento de las plantas.

    Por todo lo anterior, diversos países y organismos internacionales suscribieron una serie de acuerdos para hacer frente a este enorme riesgo, siendo uno de los más importantes el Convenio de Basilea, el cual fue firmado y ratificado por 116 países (entre ellos México), mismo que entró en vigor el 15 de mayo de 1992. En dicho acuerdo, se prohíbe la manufactura importación, exportación y venta de BPC, así como de los productos, equipos y artículos que los contengan, controlar los usos actuales, su transporte, manejo y almacenamiento, además de acelerar los procesos necesarios para sustituirlos; fijar controles a los productos, artículos y equipos contaminados con dichas sustancias; disponer adecuadamente los desechos sólidos y líquidos que contengan niveles de BPC superiores a 50 partes por millón (ppm), así como aquellos materiales y equipos que los hayan contenido, y prohibir la incineración o la dilución deliberada de residuos que contengan la sustancia.

    Sin embargo, México no cuenta con la infraestructura necesaria para dar el tratamiento que estas sustancias requieren, ya que todos los bifenilos policlorados y sus contenedores deben ser tratados de forma tal que no se atente contra la salud de la gente y el medio ambiente, de ahí que se les exporte a países que cuentan con la capacidad técnica para darles un tratamiento adecuado.

    En México, existe legislación que regula el manejo de estos residuos como la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, su reglamento y Normas Oficiales Mexicanas; en donde se establece el tratamiento, eliminación, almacenamiento, tratamiento del equipo, reclasificación y disposición final; sin embargo, no se ha llevado a cabo como lo establece la ley, y ahora enterados de que la Planta Promotora Ambiental del Sureste S.A. de C.V., tiene permiso para alojar dichos residuos y la misma presenta graves irregularidades en su funcionamiento, es claro que de no verificar e inspeccionar su actividad se pone en riesgo la salud pública y el medio ambiente.

    Por lo que esta Comisión dictaminadora presenta el siguiente:

    PUNTO DE ACUERDO

    PRIMERO.- SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (SEMARNAT) Y A LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE (PROFEPA) A VERIFICAR, QUE LA OPERACIÓN DE LA PLANTA PROMOTORA AMBIENTAL DEL SURESTE S.A. DE C.V., CUMPLE EN TODOS SUS PUNTOS CON LO ESTABLECIDO EN LAS NOM-024-SSA1-1993, NOM-004-SEMARNAT-2000 Y NOM-133-ECOL-2000, Y EN CASO DE ENCONTRAR DEFICIENCIAS O ANIMALÍAS INICIAR LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y LEGALES PARA SANCIONAR O EN SU CASO RETIRAR LOS PERMISOS DE ALOJAMIENTO Y TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS A ESTA COMPAÑÍA.

    SEGUNDO.- SE EXHORTA A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA A INICIAR LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES, Y EN SU CASO CONSIGNAR A LOS RESPONSABLES DE PRESUNTAMENTE DESECHAR LODOS RESIDUALES (TÓXICOS) Y ENTERRAR BIFENILOS POLICLORADOS, EN LOS TERRENOS CONTIGUOS DE LA PLANTA PROMOTORA AMBIENTAL DEL SURESTE S.A. DE C.V. (PASA).

    TERCERO.- QUE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, EN COORDINACIÓN CON LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE UNA INSTITUCIÓN ACADÉMICA DEBIDAMENTE ACREDITADA, REALICEN LAS INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS NECESARIOS, A FIN DE ESTABLECER LOS NIVELES DE CONTAMINACIÓN EXISTENTES EN LA PROMOTORA AMBIENTAL DEL SURESTE S.A. DE C.V., UBICADA EN LA RANCHERÍA ANACLETO CANABAL, TERCERA SECCION DENTRO DEL CORREDOR INDUSTRIAL LOMA DE CABALLO, TABASCO, DONDE SE PRESUME SE ENCUENTRAN MATERIALES Y EQUIPOS QUE CONTENÍAN BPC, Y SE DETERMINE EL IMPACTÓ A LAS COMUNIDADES Y AL MEDIO AMBIENTE; ENTREGANDO LOS RESULTADOS DE LOS MISMOS A LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

    CUARTO.- SE EXHORTA A LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE (PROFEPA), PARA QUE EN EL MARCO DE SUS ATRIBUCIONES SOLICITE A LA EMPRESA PROMOTORA AMBIENTAL DEL SURESTE, S.A. DE C.V., LA REMEDIACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL Y DE SALUD CAUSADO EN LA LOCALIDAD A TRAVÉS DE LA INTEGRACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN PROGRAMA DE ATENCIÓN Y RECUPERACIÓN DE SALUD DE LA POBLACIÓN Y DE UN PROGRAMA DE RESCATE AMBIENTAL, EL CUAL DEBERÁ SER CUBIERTO POR LA MISMA EMPRESA.

    Notas:

    1 Congreso de la Unión, Comisión Permanente, Presidencia, Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Proposición con punto de acuerdo presentada por los Diputados Erika Larregui Ángel, Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán y Leonardo Álvarez Romo, exposición de motivos fojas 1-4.

    2 Sitio Web de la Revista Tabasco Hoy. Villa Hermosa Tabasco. 02 marzo 2005 http://www.tabascohoy.com.mx/notas/notas.php?nid= 72775

    3 Sitio Web de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. Noticias de la Republica. http://www.profepa.gob.mx/seccion.asp?it_id= 18 & sec_id=101 & com_id=0

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 28 días del mes de junio de dos mil cinco.--- Diputados: Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco J. Lara Arano (rúbrica), secretario; Roberto A. Aguilar Hernández (rúbrica), secretario; Carlos M. Rovirosa Ramírez, secretario; José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretario; Irene H. Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl R. Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario E. Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María G. García Velasco (rúbrica), Guillermo Tamborrel Suárez (rúbrica), Bernardo Loera Carrillo, Óscar Rodríguez Cabrera, Julián Nazar Morales, Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto A. Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo, Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio (rúbrica), Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la Asamblea si son de aprobarse los puntos de acuerdo, en votación económica.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta si son de aprobarse los puntos de acuerdo en su conjunto.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados, los puntos de acuerdo; comuníquense.


    LEY DEL SERVICIO MILITAR
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión de los dictámenes negativos relativos a iniciativas. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor ...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia informa que, por economía procesal, vamos a someter a la consideración de la Asamblea los dictámenes en votación económica, una vez que se haya dado lectura a los puntos de acuerdo, a excepción del de la Comisión de Gobernación con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que adiciona un tercer párrafo al artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, que veremos hasta el final. Continúe la Secretaría con los puntos de acuerdo de todos los demás dictámenes negativos.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar Nacional y de su reglamento

    Honorable Asamblea:

    A las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Atención a Grupos Vulnerables les fue turnada para su análisis y dictamen la iniciativa de reformas a diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar y su Reglamento, presentada por el diputado Omar Ortega Álvarez, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 45, numeral 6, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 64, 87 y 88, para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, estas Comisiones son competentes para conocer de la iniciativa en cuestión y por lo tanto someten a la consideración del Pleno el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

    AntecedentesI. En sesión ordinaria del Pleno de la Cámara de Diputados, celebrada el día 6 de abril de 2004, el diputado Omar Ortega Álvarez, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento y de la Ley del Servicio Militar.

    II. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la iniciativa en comento para su análisis y dictamen a la Comisión de Defensa Nacional.

    III. En virtud de que la iniciativa contiene disposiciones que afectan directamente a las personas con discapacidad y por ser éste un tema de competencia directa de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, a sugerencia de la Comisión de la Defensa Nacional se solicitó la correspondiente ampliación de turno, trámite que fue dictado por la Mesa Directiva con fecha 10 de junio de 2004.

    IV. Con el fin de allegarse de los mayores elementos de análisis, que normaran su criterio sobre la iniciativa que les fuera turnada para su correspondiente análisis y dictamen, los CC. diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, realizaron los procesos de consulta y estudio de la misma, para lo cual se solicitaron observaciones en torno a la iniciativa, a instancias como la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, así como a diversas organizaciones de la sociedad civil.

    V. Tomando como base las opiniones antes mencionadas, se elaboró un anteproyecto de dictamen, mismo que fue entregado con fecha 24 de febrero de 2005, a los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, a efecto de que le hicieran comentarios y observaciones, con la finalidad de que fuesen considerados para la elaboración del dictamen correspondiente.

    VI. Con fecha 16 de marzo de 2005 la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables se reunió para dictaminar sobre la iniciativa en cuestión.

    Consideraciones

    1.- La iniciativa objeto del presente dictamen, propone reformas, adiciones y derogaciones a los artículos 10, 40, 41 y 48 de la Ley del Servicio Militar y a los artículos 1, 19, 24, 25, 26, 28, 29, 33, 34, 35, 36, 58, 107, 148, 251, 252, 253 y 254 del Reglamento de la Ley del Servicio Militar.

    2.- Con la iniciativa se pretende:

    a) Que las personas con discapacidad sean sujetos del derecho de prestar el servicio militar, si es su voluntad cumplir con la realización del mismo.

    b) Que la Secretaría de la Defensa Nacional realice los estudios respecto de las capacidades de la persona, a efecto de determinar la forma y lugar en que deberá realizarlo.

    c) Establecer como concepto de discapacidad, la deficiencia física, mental o sensorial, de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.

    d) Modificar el criterio de clasificación de los individuos registrados, en el actual Reglamento de la Ley del Servicio Militar se señala que esta clasificación se hará con base en su estado físico, la iniciativa pretende que esta clasificación se haga según las capacidades físicas, sensoriales y mentales de los registrados.

    e) Cambiar del Reglamento vigente las categorías de clasificación de los individuos registrados, de útiles, útiles condicionales e inútiles, por aprobados, condicionales, liberados y adiciona una nueva categoría que es el voluntario, siendo este último la persona con discapacidad que desee realizar el servicio, en cuyo caso el médico deberá establecer sin prejuzgar, señalar, usar palabras o frases humillantes y respetando sobre todo su dignidad humana las capacidades con que cuenta a fin de determinar la forma y lugar en que habrá de prestar el servicio y estableciendo en el certificado médico la leyenda ``voluntario''.

    f) Cambiar el término ``inútil'' por el de discapacidad o impedimento, por resultar humillante y discriminatorio.

    g) Suprimir el requisito de cumplimiento de obligaciones militares o la exhibición de la Cartilla de Identificación para salir del país a personas con discapacidad.

    3.- Las Comisiones Unidas con la finalidad de allegarse de mayores elementos que sustentaran el estudio y análisis de la iniciativa, se dieron a la tarea de solicitar la opinión de las entidades de la administración pública relacionadas con el tema de la iniciativa en cuestión.

    4.- Para abundar en el tema durante el mes de noviembre de 2004, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, realizó Foros Regionales de Análisis de la Legislación sobre la materia de la Comisión, con objeto de establecer espacios de expresión y de opinión sobre el marco legislativo vigente, las políticas públicas y las opciones de desarrollo para los grupos vulnerables, así como propiciar el análisis y las propuestas sobre las iniciativas que sobre estos temas fueron turnadas para dictamen.

    En este sentido la sociedad civil externó sus opiniones en el marco de los foros sobre la viabilidad de esta iniciativa.

    5.- Derivado de las opiniones tanto de la administración pública, como de la sociedad civil, se desprende lo siguiente:

    a) La iniciativa objeto del dictamen presenta es inexacta en el planteamiento que presenta.

    b) El Servicio Militar Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es una obligación que todo mexicano tiene para la defensa de la patria.

    c) El Servicio Militar es un mecanismo jurídico para reclutar a los integrantes de las Fuerzas Armadas, para poner en las reservas a todos los habitantes que sean aptos para el servicio de las armas y para cuando sea el caso, la movilización de cuantos contingentes sean necesarios para enfrentarse a cualquier peligro exterior y en el momento de ser requeridos, lleguen al servicio dispuestos y su capacitación sea más rápida y eficaz.

    d) En consecuencia al establecer en la Ley del Servicio Militar y su Reglamento, las condiciones para que todo mexicano por nacimiento o naturalización preste su servicio militar, no tiene la finalidad de discriminar y mucho menos atentar contra la dignidad de las personas que por razón de su discapacidad les es imposible tomar las armas.

    6.- Cabe señalar que, de acuerdo a lo establecido por la fracción II del artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se le confirió a la Secretaría de la Defensa Nacional entre otras atribuciones, la organización y operación del Servicio Militar, en este sentido debe crear y establecer acciones tendientes a reclutar y preparar a todos los mexicanos para el servicio de las armas, por lo que la excepción de las personas con discapacidad para este deber no responde a motivos discriminatorios, ya que tiene como único fin contar con conscriptos aptos tanto física como mentalmente.

    7.- El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española establece tres acepciones de la palabra ``inútil'':

    inútil.- (Del lat. inutilis).

    1. adj. No útil. Aplicado a personas.

    2. adj. Dicho de una persona: Que no puede trabajar o moverse por impedimento físico.

    3. adj. Dicho de una persona: Que no es apta para el servicio militar.

    De lo anterior se desprende, que la aplicación del término inútil no tiene una connotación humillante o que tenga como fin denigrar la dignidad de las personas; por el contrario, la tercera acepción, define específicamente el supuesto en el que se encuentran las personas con discapacidad frente al deber de cumplir con esta encomienda, lo que no los excluye de que sus capacidades sean aptas para el desempeño de otro tipo de actividades.

    La referida ``inutilidad'' no sólo se aplica a personas con discapacidad, también a personas que no son consideradas como tales, pero que por sus características físicas se ubican en la imposibilidad para el desempeño de las armas; específicamente los individuos con pie plano o los daltónicos.

    8.- En la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación, en sus artículos 4 y 5, se establecen el concepto de discriminación y los supuestos que no serán considerados como conductas discriminatorias, respectivamente:

    ``Artículo 4 Para los efectos de esta Ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos de la igualdad real de oportunidades de las personas.

    ...''

    ``Artículo 5 No se considerarán conductas discriminatorias las siguientes:

    I. Las acciones legislativas, educativas o de políticas públicas positivas o compensatorias que sin afectar derechos de terceros establezcan tratos diferenciados con el objeto de promover la igualdad real de oportunidades;

    II. Las distinciones basadas en capacidades o conocimientos especializados para desempeñar una actividad determinada;

    III. La distinción establecida por las instituciones públicas de seguridad social entre sus asegurados y la población en general;

    IV. En el ámbito educativo, los requisitos académicos, de evaluación y los límites por razón de edad;

    V. Las que se establezcan como requisitos de ingreso o permanencia para el desempeño del servicio público y cualquier otro señalado en los ordenamientos legales;

    VI. El trato diferenciado que en su beneficio reciba una persona que padezca alguna enfermedad mental;

    VII. Las distinciones, exclusiones, restricciones o preferencias que se hagan entre ciudadanos y no ciudadanos, y

    VIII. En general, todas las que no tengan el propósito de anular o menoscabar los derechos, y libertades o la igualdad de oportunidades de las personas ni de atentar contra la dignidad humana.''

    Tomando en cuenta que el concepto de discriminación establecido en la ley implica una conducta de impedir, anular el reconocimiento o el ejercicio de derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas, es conveniente aclarar que un derecho es susceptible de ejercerse o no y el servicio militar es un deber al que todo mexicano está llamado a cumplir, por lo tanto no se excluye a las personas con discapacidad para el cumplimiento del mismo, por el contrario, la misma Constitución en su artículo 31 y la Ley del Servicio Militar en su artículo 1o., señalan la obligatoriedad para todo mexicano de su cumplimiento.

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

    ``Artículo 31.- Son obligaciones de los mexicanos:

    I.- Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria y secundaria, y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.

    II.- Asistir en los días y horas designados por el Ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir instrucción cívica y militar que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo de las armas, y conocedores de la disciplina militar;

    III.- Alistarse y servir en la Guardia Nacional, conforme a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la patria, así como la tranquilidad y el orden interior; y

    IV.- Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del estado y municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.''

    Ley del Servicio Militar:

    ``Artículo 1 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se declara obligatorio y de orden público el servicio de las armas para todos los mexicanos por nacimiento o naturalización, quienes lo prestarán en el Ejército o en la Armada, como soldados, clases u oficiales, de acuerdo con sus capacidades y aptitudes.

    En caso de guerra internacional, el Servicio Militar también será obligatorio para los extranjeros, nacionales de los países cobeligerantes de México, que residan en la República.

    A los extranjeros que deban prestar servicios militares en México, se les aplicarán, como si fueran mexicanos, todas las disposiciones de esta Ley y de sus Reglamentos, exceptuando lo estipulado o lo que pueda estipularse al respecto, en acuerdos o convenios internacionales.''

    Asimismo en el artículo 10 de la Ley del Servicio Militar, se le otorga la facultad a la Secretaría de la Defensa Nacional, para eximir del cumplimiento de este deber a quien esté imposibilitado para hacerlo por causas físicas, morales y sociales, previa comprobación de las mismas.

    ``Artículo 10 El Reglamento de esta Ley fijará las causas de excepción total o parcial para el servicio de las armas, señalando los impedimentos de orden físico, moral y social y la manera de comprobarlos. La Secretaría de la Defensa Nacional, por virtud de esta Ley, queda investida de la facultad para exceptuar del servicio militar a quienes no llenen las necesidades de la Defensa Nacional.''

    Por lo tanto, el servicio militar es una obligación a la que debe dar cumplimiento todo mexicano, sin distinción alguna, salvo en los casos en que la ley exima de la misma y previa comprobación de la causa, facultad que no es discriminatoria, toda vez que no se le priva de ningún derecho a las personas con discapacidad; por el contrario, quedan liberados del cumplimiento de un deber, toda vez que la fracción V del artículo 5 de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación describe los supuestos que no serán considerados como conductas discriminatorias, mismas entre las que no se encuentra la exención del cumplimiento de un deber, carece de fundamento la afirmación de que las personas con discapacidad sufren de discriminación al privarles del derecho de realizar el servicio militar.

    9.- Otro aspecto que es de resaltar, es el relativo a las reformas propuestas en el Reglamento de la Ley del Servicio Militar, ya que el Congreso de la Unión carece de facultades para reformarlo toda vez que un reglamento pertenece a la esfera administrativa de competencia del Poder Ejecutivo federal, de conformidad por lo dispuesto en el artículo 89 de la Carta Magna.

    ``Artículo 89.- Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:

    I.- Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia;

    II. a XX. ...

    10.- Como resultado de los foros efectuados por la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables en Puerto Vallarta, Jalisco, y Mérida, Yucatán, en noviembre y diciembre del 2004, la sociedad civil participante externó las siguientes inquietudes:

    Si las instalaciones de las Fuerzas Armadas podrían ser accesibles arquitectónicamente para recibir a personas en silla de ruedas.

    Si en el caso de las personas sordas contarían con intérpretes de lenguaje de señas o bien el personal estaba capacitado en este sentido y cuenta con la sensibilización para este sector de la población.

    Se preguntó también sobre los espacios en donde se podría realizar el servicio militar, ya que la labor de reforestación sería casi imposible en silla de ruedas y dar clases de alfabetización para el sordo no es sencillo. En consecuencia, habría que situar los espacios que serían dispuestos para el Servicio Militar de las personas con discapacidad.

    Otro de los inconvenientes se refirió a la aplicación de la justicia militar, en relación a las personas que se encuentran en calidad de conscriptos, los cuales se obligan al cumplimiento de las normas castrenses dentro de las instalaciones militares.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Atención a Grupos Vulnerables acuerdan someter a la consideración del Pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente:

    Acuerdo

    Único.- No es de aprobarse la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar y su Reglamento, presentada por el Dip. Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 6 de abril de 2004.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil cinco.

    Por la Comisión de la Defensa Nacional, diputados: Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Presidente; Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Fermín Trujillo Fuentes (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Cristina Portillo Ayala (rúbrica), Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (rúbrica), secretarios; José Alberto Aguilar Iñárritu, Jorge de Jesús Castillo Cabrera (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Florentino Domínguez Ordóñez (rúbrica), Abel Echeverría Pineda (rúbrica), José García Ortiz, Roberto Rafael Campa Cifrián (rúbrica), Lino Celaya Luría (rúbrica), Carlos Osvaldo Pano Becerra (rúbrica), María del Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa, Julián Angulo Góngora (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez, Irene Herminia Blanco Becerra, Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Adriana González Carrillo, José Julián Sacramento Garza (rúbrica), Rubén Mendoza Ayala, Margarita Esther Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Socorro Díaz Palacios, Pablo Franco Hernández (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz (rúbrica voto en contra), Elpidio Tovar de la Cruz, Félix Adrián Fuentes Villalobos.

    Por la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados: Adriana González Furlong (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Bravo Carbajal (rúbrica), Laura Elena Martínez Rivera (rúbrica), Homero Ríos Murrieta (rúbrica), Emilio Serrano Jiménez, secretarios; Pablo Anaya Rivera, Gaspar Ávila Rodríguez, María Ávila Serna, Emilio Badillo Ramírez, Virginia Yleana Baeza Estrella (rúbrica), Abraham Bagdadi Estrella, Álvaro Burgos Barrera (rúbrica), Florencio Collazo Gómez (rúbrica), Santiago Cortés Sandoval (rúbrica), María Mercedes Rojas Saldaña (rúbrica), Manuel González Reyes (rúbrica), María del Carmen Izaguirre Francos (rúbrica abstención), Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), María Isabel Maya Pineda (rúbrica), Alfonso Moreno Morán (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Omar Ortega Álvarez, Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Evangelina Pérez Zaragoza (rúbrica), Mayela Quiroga Tamez, Martha Leticia Rivera Cisneros (rúbrica), Benjamín Sagahón Medina (rúbrica), Rocío Sánchez Pérez (rúbrica), Norma Elizabeth Sotelo Ochoa (rúbrica), Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No habiendo oradores registrados, el asunto se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.
    LEY DEL SERVICIO MILITAR

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma el artículo 56 de la Ley del Servicio Militar Nacional

    Honorable Asamblea:

    Con fundamento en lo dispuesto en los numerales 1, 2, fracción VII, y 3 del artículo 39; numeral 1 del artículo 40, numeral 6 incisos e), f) y g) y numeral 7 del artículo 45 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos, así como en los artículos 65, 66, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones en comento someten a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, bajo los siguientes.

    Antecedentes

    I.- Con fecha 16 de marzo del 2005 en sesión ordinaria le fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para su estudio y dictamen, a la Comisión de Defensa Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que propone la reforma del artículo 56 de la Ley del Servicio Militar Nacional, suscrita por el diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    II.- En reunión plenaria de la Comisión citada, efectuada el 19 de abril del 2005, se sometió a estudio y análisis el presente dictamen bajo las siguientes

    Consideraciones

    I.- La iniciativa con proyecto de decreto que se analiza establece en el desarrollo de su exposición de motivos.

    a. Que a pesar de lo que dispone el artículo lo. de la Carta Magna, las personas con capacidades diferentes no han logrado ocupar el espacio que se merecen en nuestra sociedad, ya que no han conseguido el pleno respeto a sus derechos, y aun más, no han conseguido el pleno respeto a sus personas.

    b. Que resulta imposible que después de tantos años de lucha las personas de capacidades diferentes, encontremos en ordenamientos legales y reglamentarios, expresiones denostativas fuera de todo contexto en nuestras leyes.

    c. Que la Declaración de los Derechos de los Impedidos, proclamada el 9 de diciembre de 1975 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, referente a que el término ``impedido'' designa a toda persona incapacitada de subvenir por sí misma, en su totalidad o en parte, a las necesidades de una vida individual o social normal a consecuencia de una deficiencia, congénita o no, de sus facultades físicas o mentales.

    d. Que el impedido debe ser protegido contra toda explotación, toda reglamentación o todo trato discriminatorio, abusivo o degradante.

    e. Que el calificativo de inútil en ordenamientos legales, no se justifica en aras de una terminología militar.

    f. Que deben cambiarse las formas, las costumbres y las ideas que tenemos respecto de las personas con capacidades diferentes, quienes deben ser consideradas siempre como útiles para la patria y la sociedad.

    II.- La Comisión de Defensa Nacional considera que las personas que padecen temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas, mentales o sensoriales, tienen derecho a una vida plena y digna, mediante la igualdad de oportunidades, siendo necesario para ello, la eliminación de todas las barreras físicas, sociales o culturales, que las excluyen de su plena participación en la sociedad.

    Todos los seres humanos somos imperfectos, en mayor o menor grado, cuestión que debe contemplar todo gobierno al definir el bienestar social del sector discapacitado, para la construcción de políticas públicas, ya que de ello dependerá que las acciones de gobierno respondan principalmente a las necesidades reales y prioritarias de los demandantes. El hecho de tener conciencia de este problema, es el primer paso para dar lugar a soluciones reales.

    III.- La aplicación del término inútil en el ámbito militar no tiene una connotación humillante ni como fin denigrar la dignidad de las personas, sino que define específicamente el supuesto en el que se encuentran las personas con discapacidad frente al deber de cumplir con el servicio militar, lo que no las excluye de que sus capacidades sean aptas para el desempeño de otro tipo de actividades.

    Cabe señalar que la instrucción militar de conformidad con lo dispuesto en la fracción II del artículo 31 de la Carta Magna, es una obligación que todo mexicano está llamado a cumplir para coadyuvar a la defensa de la patria, por lo que no es un derecho susceptible de ejercerse o no.

    Es también importante mencionar que la fracción II del artículo 5o. de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación establece que no es considerada una conducta discriminatoria. ``Las distinciones basadas en capacidades o conocimientos especializados para desempeñar una actividad determinada''.

    Por último, en el artículo 10 de la Ley del Servicio Militar, se otorga la facultad a la Secretaría de la Defensa Nacional para eximir del cumplimiento de este deber a quien esté imposibilitado para hacerlo por causas físicas, morales y sociales, previa comprobación de las mismas.

    ``Artículo 10. El Reglamento de esta Ley fijará las causas de excepción total o parcial para el servicio de las armas, señalando los impedimentos de orden físico, moral y social y la manera de comprobarlos. La Secretaría de la Defensa Nacional, por virtud de esta ley queda investida de la facultad para exceptuar del servicio militar a quienes no llenen las necesidades de la Defensa Nacional.''

    Cabe señalar que del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, establece tres acepciones de la palabra ``inútil''.

    ``Inútil.- (Del lat. Inutilis).

    1. Adj. No útil. Aplicado a personas.

    2. Adj. Dicho de una persona: Que no puede trabajar o moverse por impedimento físico.

    3. Adj. Dicho de una persona: Que no es apta para el servicio militar.''

    De lo anterior se desprende, que la aplicación del término inútil no tiene connotación humillante o que tenga como fin denigrar la dignidad de las personas, por el contrario, la tercera acepción, define específicamente el supuesto en el que se encuentran las personas con discapacidad frente al deber de cumplir esta encomienda, lo que no las excluye de que sus capacidades sean aptas para el desempeño de otro tipo de actividades.

    La referida ``inutilidad'' no sólo se aplica a personas con discapacidad, también a las que no son consideradas como tales, pero que por sus características físicas se ubican en la imposibilidad para el desempeño de las armas; específicamente los individuos con pie plano o los daltónicos.

    IV.- Por lo que respecta al artículo 56 del Servicio Militar, que a la letra dice:

    ``Todo individuo que intencional mente, por sí o por acto de tercero, a petición suya, se inutilice parcial o totalmente con objeto de sustraerse del servicio de las armas, después de haber sido inscrito en las listas de los que deban ser sorteados para servir al activo, será castigado con la pena de seis meses a un año de prisión. La misma pena se impondrá al que a petición de otro lo inutilice con el objeto indicado.''

    La redacción del artículo que propone reformar la iniciativa, en ningún momento se refiere a una persona que en contra de su voluntad ``se inutilice parcial o totalmente con objeto de sustraerse del servicio de las armas, después de haber sido inscrito en las listas de los que deban ser sorteados para servir al activo'', por el contrario, el artículo se refiere a las personas que intencionalmente ``por sí o por acto de tercero, a petición suya, se inutilice parcial o totalmente con objeto de sustraerse del servicio de las armas, después de haber sido inscrito en las listas de los que deban ser sorteados para servir al activo'', lo cual da lugar a la existencia de una sanción penal. En donde las penas pueden implicar por un lado privación de la libertad (sanción corporal), responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa (sanción pecuniaria) o ambas acciones.

    Así mismo, el artículo en comento en ningún momento hace referencia a personas con capacidades diferentes, sino a personas que contando con todas sus capacidades, tanto físicas como mentales (individuos inscritos en las listas de los que deban de ser sorteados para servir al activo) actúan bajo circunstancias que traen como consecuencia un delito.

    V.- La Comisión de Defensa Nacional, tomando en cuenta las consideraciones anteriores, estima que la sustitución del término ``inutilice'' por el de ``incapacite'' en el artículo 56 de la Ley del Servicio Militar, no presenta una reforma de fondo y confunde una incapacidad no provocada con una inutilización provocada, ya sea parcial o total, y que generalmente puede ser temporal, con objeto de sustraerse de la obligación constitucional.

    Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Defensa Nacional acuerda presentar a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

    Resolutivo:

    Único: Con base en el estudio y análisis expresado en las consideraciones del presente dictamen, se considera que no es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que propone la reforma del artículo 56 de la Ley del Servicio Militar Nacional turnada a la Comisión de Defensa Nacional el 16 de marzo del 2005. Túrnese al archivo como un asunto totalmente concluido.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de abril de 2005.--- Diputados: Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Presidente; Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Fermín Trujillo Fuentes (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Cristina Portillo Ayala (rúbrica), Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (rúbrica), secretarios; José Alberto Aguilar Iñárritu, Jorge de Jesús Castillo Cabrera (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Florentino Domínguez Ordóñez (rúbrica), Abel Echeverría Pineda (rúbrica), José García Ortiz, Roberto Rafael Campa Cifrián (rúbrica), Lino Celaya Luría (rúbrica), Carlos Osvaldo Pano Becerra (rúbrica), María del Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa, Julián Angulo Góngora (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez, Irene Herminia Blanco Becerra, Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Adriana González Carrillo, José Julián Sacramento Garza (rúbrica), Rubén Mendoza Ayala, Margarita Esther Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Socorro Díaz Palacios, Pablo Franco Hernández (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz (rúbrica voto en contra), Elpidio Tovar de la Cruz, Félix Adrián Fuentes Villalobos.»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No habiendo oradores registrados, se considera el asunto suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.
    LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY ORGANICA DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Gobernación, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción XV al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y reforma la fracción I del artículo 1o. de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

    HONORABLE ASAMBLEA:

    Con fundamento en lo dispuesto en los numerales 1, 2 fracción VII y 3 del artículo 39; numeral 1 del artículo 40, numeral 6 incisos e), f) y g) y numeral 7 del artículo 45 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos, así como en los artículos 65, 66, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones en comento someten a consideración de esta Honorable Asamblea el presente Dictamen, bajo los siguientes:

    ANTECEDENTES

    I.- En sesión celebrada el 23 de noviembre del 2004, por el Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, fue presentada por los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Defensa Nacional, para su estudio y dictamen, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona una fracción XV recorriendo las subsecuentes un dígito para quedar en XXI, al articulo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal y por el que se reforma la fracción I al artículo 1 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    II.- En reunión Plenaria de la Comisión de Defensa Nacional efectuada el 19 de abril del 2005, y de la Comisión de Gobernación, de fecha 20 de abril del mismo año, se sometió el presente Dictamen a su estudio y análisis bajo las siguientes:

    VALORACIÓN DE LA INICIATIVA:

    I.- La iniciativa con Proyecto de Decreto que se analiza establece principalmente en el desarrollo de su exposición de motivos que:

    a) La salud es una de las obligaciones básicas más importantes del Estado y es también uno de los anhelos de todo ser humano.

    b) El propiciar la salud mediante los mecanismos que la tecnología nos brinda, coadyuva al desarrollo de la nación. El abasto suficiente de medicamentos básicos para atender las principales enfermedades que afectan a los mexicanos en su calidad y esperanza de vida es un asunto de seguridad nacional.

    c) El gasto en medicamentos por parte del sector salud es enorme, y éste aumenta año con año. La inversión destinada por la federación a través de la Secretaría de Salud en desarrollo científico y tecnológico que tenga por objeto remediar la falta de medicamentos es importante, pero insuficiente, situando al país muy lejos de la autosuficiencia en medicamentos básicos.

    d) El gobierno mexicano efectúa principalmente sus compras a través de licitación pública, mediante convocatoria. Ante el escenario de desabasto de medicinas en el sector salud, éste se ve orillado a comprarlas con carácter de urgencia sin previa licitación, ocasionando que aumente el costo de los materiales y suministros, y que se pierdan importantes recursos sin solucionar el problema de raíz.

    e) Con la finalidad de atender a la población en situaciones de emergencia, donde se requiere de muchos medicamentos, existe el Plan DN-III-E aplicado por el Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos. Dicho plan implementado por de la Secretaria de la Defensa Nacional, se fundamenta en la tercera misión general que señala la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, que es ``Auxiliar a la población civil en caso de necesidades públicas''.

    f) El Plan DN-III-E se ha aplicado con éxito y se ha mejorado constantemente, actualizando la información con la que se cuenta e incorporando las experiencias que el Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos han obtenido de los desastres más significativos. Este Plan es un ejemplo de cómo haciendo uso del Fondo de Recursos para Desastres Naturales, FONDEN, que aporta el Gobierno Federal y forma parte del presupuesto aprobado por el Congreso de la Unión, ha permitido auxiliar a la población civil en caso de necesidades públicas.

    g) Auxiliar a la población civil en caso de necesidades públicas en situaciones de emergencia o en el transitar de la vida cotidiana, exige contar con laboratorios de investigación y producción de medicamentos que tengan por objeto salvaguardar la salud del pueblo de México en todo momento. Para lograr que el elevado costo de los medicamentos disminuya sin afectar su calidad, es necesario invertir en investigación y producción de medicamentos básicos de consumo masivo.

    h) El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos deben tener la facultad para investigar y producir los medicamentos que consideren necesarios para, en la medida de lo posible, mantener una sociedad sana, previniendo epidemias, combatiendo el bio-terrorismo y contribuyendo al desarrollo tecnológico del país, además de abastecer al IMSS, ISSSTE y el ISSFAM, con la intención de erradicar el desabasto de medicamentos en nuestro sistema de salud.

    CONSIDERACIONES:

    I.- El acceso a la salud es un derecho contemplado en los párrafos tercero y sexto del artículo 4o constitucional que el estado mexicano otorga a través de diferentes instituciones federales, estatales y municipales. En el caso particular, el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, brindan servicios integrales de salud a sus derechohabientes y excepcionalmente a particulares que lo requieran y sólo mediante cuotas de recuperación.

    La Secretaría de la Defensa Nacional cumple con una doble función: por un lado, defender la integridad, independencia y soberanía de la nación mexicana (función operativa) y por otro lado, auxiliar al Ejecutivo Federal como parte de la Administración Pública Federal (función administrativa).

    Así, dicha Secretaría desarrolla parte de sus tareas fundamentales, a través de las siguientes líneas estratégicas:

  • Mantener presencia permanente del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en todo el territorio nacional.

  • Reforzar nuestros conceptos de Seguridad Nacional en el exterior y el interior del país.

  • Ejercer soberanía sobre nuestras fronteras.

  • Coadyuvar en el fortalecimiento de la identidad nacional.

    II.- En otro aspecto, a través de las Campañas de Labor Social que el Ejército Mexicano, en el ámbito de su competencia, se da a la tarea de proporcionar consultas médicas y odontológicas, la aplicación de biológicos en campanas de vacunación y la distribución de medicamentos en favor de la sociedad mexicana.

    Para esto, es fundamental que el paciente y/o consumidor de medicamentos, como un ser biológico, social, cultural y emocional, entienda cómo usarlos y reciba la medicación correcta que les sea suministrada.

    A mayor abundamiento, dentro del Sistema Educativo Militar se ha dado especial atención a la realización de trabajos de desarrollo e investigación científica y tecnológica que abarcan líneas de investigación sobre:

  • Defensa Nacional.

  • Desarrollo Científico, Humanístico y Tecnológico

  • Enfermedades y problemas biomédicos y odontológicos en la población mexicana.

    La Secretaría de la Defensa Nacional está conciente que con la investigación de medicamentos se participa activamente en la prevención de las enfermedades y la promoción de la salud de las sociedades, pero investigar, diseñar, sintetizar, desarrollar, producir, controlar, preparar, fraccionar, envasar, almacenar, conservar, distribuir, dispensar, y administrar medicamentos y productos para la salud, no es una actividad del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos sino una función que le compete a la Secretaria de Salud.

    El impulso que la investigación tiene en el desarrollo de nuevos y mejores medicamentos que aporten soluciones reales a las necesidades sanitarias del país, es fundamental, pero debe hacerse por aquellos actores que tengan la capacidad técnica, administrativa y económica necesaria.

    III.- Para lograr que un medicamento llegue a las manos de un paciente, es necesario realizar una serie de actividades científicas y tecnológicas como son la investigación, diseño, síntesis, desarrollo, producción, control de calidad, fraccionamiento, envasado, esterilización, almacenamiento, conservación, distribución (cadena de frío), dispensación, administración, monitoreo de su uso y fármaco vigilancia.

    Es importante señalar que para la investigación, desarrollo y producción de un sólo medicamento se requieren inversiones de millones de pesos, ya que los llamados medicamentos originales o innovadores desarrollados por los laboratorios farmacéuticos de investigación, aseguran dedicar un alto porcentaje de su presupuesto para innovar en soluciones en la salud y sobretodo que se respeten estándares internacionales de patente.

    En México, la Cámara Nacional de la Industria Farmacéutica (Canaifarma) representa a más de una centena de laboratorios establecidos, por lo tanto, la realización de nuevas investigaciones en medicamentos por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, resultaría poco rentable, teniendo en cuenta que otros producen y venden medicamentos a un precio bajo.

    Cabe destacar que las empresas en general hacen un uso efectivo de los procesos administrativos y operacionales para lograr una fuerte posición de competencia en el mercado, por lo que de aceptarse la proposición en estudio causaría que los principales laboratorios de patente asentados en el país, retiraran sus inversiones, lo que se reflejaría en el desempleo directo e indirecto con el consecuente deterioro de una parte de la economía nacional. De acuerdo con la Asociación Mexicana de la Industria de Investigación Farmacéutica, que agrupa a 28 empresas entre laboratorios y comercializadoras de medicamentos, dicho sector genera empleo directo a 30,000 personas.

    IV.- Se estima que para desarrollar un medicamento se requiere de un proceso de alta complejidad, que suele tomar de 10 a 15 años, y una inversión de alrededor de 800 millones de dólares en ese periodo.

    En este orden de ideas debemos tener presente dos argumentos: el primero en lo relativo a los ``medicamentos genéricos intercambiables'', que son los medicamentos que por haber expirado la patente que le daba exclusividad para producirlo a un laboratorio, pueden ser elaborados por diversos laboratorios, con las mismas características que el medicamento original (misma calidad y efectos terapéuticos) pero se expenden en las farmacias sólo con el nombre genérico del medicamento, es decir, el nombre de la sustancia activa y con un precio más económico.

    El segundo, se refiere a ``los medicamentos similares o equivalentes'', que si bien contienen la misma sustancia activa que los originales, no poseen necesariamente los mismos efectos terapéuticos, ya que para ello intervienen otros factores como la biodisponibilidad (tolerabilidad sistémica) la forma farmacéutica y la vía de administración.

    No existe una definición legal o farmacéutica de ``medicamento similar''. ``Similar'' es un término coloquial que se utiliza para explicar una semejanza o parecido con algo, pero la semejanza o equivalencia nunca será igual al original.

    Los ``similares'' no cumplen con los mismos estándares de calidad ni pasan las mismas pruebas que los genéricos. Se parecen pero no son iguales a los medicamentos innovadores, por ello no tienen las propiedades adecuadas para curar ya que no cuentan con la misma biodisponibilidad y/o equivalencia.

    La política de genéricos intercambiables está orientada a mejorar la calidad de los medicamentos en México, estableciendo controles de calidad de acuerdo con las normas internacionales, imprescindibles para garantizar la calidad con precios accesibles. Los genéricos intercambiables garantizan al consumidor que lo que se adquiere cumple las pruebas de bioequivalencia, lo que hoy no sucede con muchos medicamentos similares.

    Lo anterior se relaciona con la iniciativa en estudio ya que en el remoto caso de que la actividad de investigación y producción de medicamentos fuera asignada a la Secretaría de la Defensa Nacional, ésta tendría que realizar sus propias investigaciones o producir medicamentos genéricos intercambiables, y así asegurar la calidad integral, absoluta e indudable de todos aquéllos que produjera.

    La referida Secretaría tendría que investigar y producir sus propios medicamentos, ya que no podría apoyarse en la industria farmacéutica existente que investiga y desarrolla, por el hecho de que esta industria está protegida por lo estipulado en el párrafo noveno del artículo 28 de la Carta Magna, que otorga el derecho a gozar por tiempo determinado de la explotación exclusiva de los inventos.

    V.- El hecho de proponer que la Secretaría de la Defensa Nacional se encargue de investigar y producir medicamentos que tengan por objeto salvaguardar en todo momento, la condición de salud del pueblo mexicano, es subestimar toda actividad que actualmente realizan tanto la Secretaría de Salud como la institución castrense en favor de la sociedad.

    Cabe destacar que es evidente y consta a esta soberanía y a la sociedad, que el presupuesto asignado a la Secretaría de la Defensa Nacional no le ha permitido destinar recursos para cumplir en mejores condiciones las misiones que la nación le encomienda. Esta falta de recursos se refleja principalmente en su infraestructura como se ha visto en los presupuestos correspondientes de los años 2001, 2002, 2003 y 2004, de este último, el 84.34% corresponde al gasto corriente, y el restante se divide principalmente entre materiales, suministros y servicios generales, lo que ha impedido que la institución crezca y se desarrolle adecuadamente en beneficio de la sociedad en su conjunto.

    Ahora bien, en caso de asignarle una encomienda más a la Secretaría de la Defensa Nacional, implicaría contemplar una partida especial en el Presupuesto de Egresos de la Federación, lo que es incongruente, cuando al día de hoy el presupuesto de dicha Secretaría es insuficiente para cubrir 28 propuestas de inversión básica en materiales, suministros, servicios generales, adquisición y reparación de bienes muebles e inmuebles y obra pública, equivalente a mil millones de pesos.

    En conclusión, se desprende que el escaso presupuesto de la Secretaría de la Defensa Nacional, y la inexistente infraestructura con que cuenta para que en materia de medicamentos pueda realizar investigación, diseño, síntesis, desarrollo, producción, control de calidad, fraccionamiento, envasado, esterilización, almacenamiento, conservación, distribución (cadena de frío), dispensación, administración, monitoreo de su uso y fármaco vigilancia, hacen poco factible la aplicación que propone la iniciativa en estudio.

    Aunado a lo anterior, es necesario observar las circunstancias económicas por las que el país atraviesa y que han originado la reducción del presupuesto de la Secretaría de la Defensa Nacional, sin embargo, es conveniente señalar que cuando existan las condiciones óptimas en infraestructura y en materia económica, se podría considerar dicho asunto.

    Por lo anteriormente expuesto, las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Gobernación, acuerdan presentar a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente:

    Resolutivo:

    Único: Con base en el estudio y análisis expresado en las consideraciones del presente Dictamen, se considera que no es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XV recorriendo las subsecuentes un dígito para quedar en XXI, al articulo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal y por el que se reforma la fracción I al articulo 1de la Ley Orgánica del Ejercito y Fuerza Aérea, turnada el 23 de noviembre del 2004 a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y Gobernación. Túrnese al archivo como un asunto totalmente concluido.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2005.

    Por la Comisión de Defensa Nacional, diputados: Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica) Presidente; Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica) secretario; Fermín Trujillo Fuentes (rúbrica) secretario; Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica) secretario; Cristina Portillo Ayala (rúbrica) secretaria; Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (rúbrica) secretario; José Alberto Aguilar Iñarritu, Jorge de Jesús Castillo Cabrera (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Florentino Domínguez Ordoñez (rúbrica), Abel Echeverría Pineda (rúbrica), José García Ortiz, Roberto Rafael Campa Cifrián (rúbrica), Lino Celeya Luria (rúbrica), Carlos Osvaldo Pano Becerra (rúbrica), María del Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa, Julián Angulo Góngora (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Irene Herminia Blanco Becerra, Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Adriana González Carrillo, José Julián Sacramento Garza (rúbrica), Rubén Mendoza Ayala, Margarita Esther Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Socorro Díaz Palacios, Pablo Franco Hernández, Ana Lilia Guillén Quiroz, Elpidio Tovar de la Cruz, Félix Adrián Fuentes Villalobos.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretario; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Miguelángel García-Domínguez, secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas secretaria, Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica) secretaria; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios, Luis Eduardo Espinosa Pérez (rúbrica), Patricia Garduño Morales, Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), José González Morfín, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez, Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), María Sara Rocha Medina (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica en abstención), José Sigona Torres.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores. El asunto se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.
    LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción X al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Desarrollo Social de la Honorable Cámara de Diputados le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa que adiciona una fracción décima al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, suscrita por el Diputado Enrique Guerrero Santana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Con fundamento en los dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 55, 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen de conformidad con los siguientes

    Antecedentes

    En sesión celebrada el día 12 de abril de 2005, el Diputado Enrique Guerrero Santana presentó esta iniciativa y la Mesa Directiva de esta H. Cámara de Diputados la turnó en la misma fecha a la Comisión de Desarrollo Social para realizar el estudio y dictamen correspondiente.

    A partir de estos antecedentes, la Comisión expone los siguientes

    Considerandos

    Primero.- Que la educación es parte fundamental en el buen desarrollo de la sociedad. Proporcionar una educación digna y de nivel a los niños y jóvenes es un instrumento eficaz para la erradicación o disminución de la marginación y la pobreza social.

    Segundo.- Combatir el rezago cultural y educativo mediante políticas públicas encaminadas a mejorar la formación de la infancia y juventud es invertir en el futuro del país y mejorar las expectativas de superación a nivel personal de los educandos, que se integrarán en unos años a nuestra producción, material o intelectual.

    Tercero.- La desnutrición infantil es un grave problema de salud pública que impacta a la sociedad al inhibir los niveles de aprendizaje de los niños y jóvenes, que salen de los planteles con una pobre educación que los colocará en posiciones desventajosas en el mercado laboral.

    Cuarto.- El Informe del Banco Mundial Sobre la Pobreza en México, citado en la iniciativa en comento, expresa que México ha experimentado considerables avances en muchas dimensiones cuantificables del bienestar en las últimas décadas. Pero se anota que el progreso no ha sido uniforme entre los indicadores tomados en cuenta. Es grande y constante en salud; grande pero decreciente en educación y más variables con respecto a los ingresos luego de las crisis económicas de los ochenta y mediados de los noventa. La reducción del analfabetismo es ligeramente mejor, lo que refleja la expansión histórica de la educación básica, pero la matriculación secundaria no es mejor.

    Quinto.- El efecto que la desnutrición tiene en los bajos rendimientos educativos es fundamental, además de ser un problema grave de salud pública, que afecta fundamentalmente a los menores de cinco años del medio rural.

    Sexto.- Este impacto es duradero, puesto que el niño mal nutrido tiene una menor captación en el proceso de aprendizaje, lo cual se refleja en una menor capacitación, que lo pone en inferioridad de condiciones para su inserción social y productiva.

    Séptimo.- La desnutrición es grave en los sectores rurales, fundamentalmente en las comunidades rurales e indígenas. El Instituto Mexicano del Seguro Social establece que los trastornos asociados a la desnutrición son responsables de un alto porcentaje de muertes infantiles.

    Octavo.- La iniciativa que se estudia expresa una preocupación de orden social, dirigida a apoyar a los niños que concurren a la educación preescolar y primaria, en comunidades rurales en municipios en pobreza extrema y marginación, que carecen de los mínimos niveles de nutrición.

    Noveno.- Se propone en la iniciativa, como elementos para la protección de la salud de los menores, que se instalen en los planteles educativos cocinas, comedores, lavamanos para quienes preparan desayunos y comidas, así como bebederos que provean de agua filtrada, todo lo cual ya es atendido en programas de gobierno educativos o de desarrollo, dado que por su nivel de particularidad no son objetos de la ley.

    Décimo.- Además, la fracción V del mencionado artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, ya establece como prioritarios y de interés público ``los programas y acciones públicas para asegurar la alimentación y nutrición materno-infantil'', lo cual comprende, lo previsto en la iniciativa en comento.

    Por lo expuesto, los legisladores integrantes de la Comisión de Desarrollo Social, después de haber realizado el estudio y análisis de la iniciativa presentada, emiten el siguiente

    Dictamen

    Único.- Se desecha la iniciativa de adición de una fracción X al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, por considerarla redundante respecto a otras fracciones de la misma disposición.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de mayo de 2005.--- Diputados: Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Presidenta; Carlos Flores Rico (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Armando Rangel Hernández (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, secretarios; Ubaldo Aguilar Flores (rúbrica), Francisco Xavier Alvarado Villazón (rúbrica), Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc (rúbrica), Clara Marina Brugada Molina, Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Rafael Flores Mendoza (rúbrica), Víctor Flores Morales (rúbrica), Armando Leyson Castro (rúbrica), José López Medina (rúbrica), Felipe Medina Santos, María del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), Eugenio Mier y Concha Campos, Gerardo Montenegro Ibarra, Gelacio Montiel Fuentes, Mario Moreno Arcos (rúbrica), Juan Carlos Núñez Armas (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Renato Sandoval Franco (rúbrica), María Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez, Quintín Vázquez García (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores. Considera el asunto suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.
    CODIGO PENAL FEDERAL

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal

    La Comisión Justicia y Derechos Humanos, de conformidad con las facultades que le confieren los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g) y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, 56, 60, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo Congreso General, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen de

    La iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal

    Antecedentes

    Primero.- En sesión celebrada el 2 de Junio de 2004 por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, se recibió de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal.

    Segundo.- La Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, acordó se turnara, en fecha 2 de Junio de 2004, dicha iniciativa, a la Comisión Justicia y Derechos Humanos, con número de oficio CP2R1AE.-344

    Tercero.- Los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura, procedieron al estudio de la iniciativa aludida, habiendo efectuado múltiples razonamientos sobre los conceptos que contenidos, por lo que, en consecuencia se exponen las siguientes:

    Consideraciones

    Primera.- Esta iniciativa expone que el uso de drogas en nuestro país es un problema muy grave que avanza diariamente. Con ello, el ser humano como parte integrante del Estado, cada día se ve mas debilitado debido a los efectos físicos, psicológicos y emocionales que producen el consumo de drogas, y este tipo de daños afecta a la familia, a la sociedad y al Estado.

    Segunda.- Asimismo, se expone que debido a que es un problema de salud pública, se llega a la conclusión de que es necesario que de inmediato se adopten las medidas necesarias, que eviten el consumo de drogas por parte de la población, ya que una sociedad que permita el consumo indiscriminado de drogas, tarde o temprano se verá paralizada hasta desaparecer, debido a que sus personas ya no pueden actuar con voluntad y físicamente quedan impedidos para llevar a cabo las actividades más elementales.

    Tercera.- La iniciativa en cuestión, propone que a fin de cambiar substancialmente la óptica de combate al narcotráfico, se debe penalizar también el consumo de drogas, y como ejemplo de ello, señala que en diversos textos legales de países como Francia, República Dominicana, Guinea Ecuatorial, entre otros, ya penaliza dicho consumo. Por otra parte, el narcotráfico, cada día encuentra nuevos métodos y técnicas para continuar con su desarrollo que hacen imposible la erradicación de este tipo de actividades ilícitas.

    Cuarta.- Asimismo, se sostiene en la iniciativa, que el no penalizar el consumo de drogas se constituye un gran aliado de narcotráfico ya que es común que los verdaderos traficantes al menudeo, que llegan a ser capturados, argumentan ser fármaco-dependientes, y que no son consignados a un juez escudándose en este texto legal. Por ello se propone como solución que, a quien posea drogas, cuya venta al público esta prohibida, sin importar su cantidad, tendrá que ser consignado a un juez, quien les impondrá la sanción correspondiente. En este sentido, esta Comisión Dictaminadora estima inconveniente imponer una sanción de tipo penal a las personas que consumen este tipo de substancias, ya que, por una parte, las personas que son fármaco-dependientes, clínicamente padecen una enfermedad, que les obliga a ello y, por la otra, quienes son adictos a estupefacientes, necesitan más que ser sancionados penalmente, de una efectiva rehabilitación para que se integren a la sociedad, es por eso que lejos de imponerse sanciones de tipo penal, el Estado debe fortalecer los mecanismos y programas para evitar el consumo de estupefacientes.

    Quinta.- En la iniciativa en cuestión, se propone la creación de prisiones especiales para las personas que consumen estupefacientes en donde además de cumplir una pena privativa de la libertad, sean rehabilitadas. En este sentido la Comisión de Justicia y Derechos Humanos considera, que serían excesivas las erogaciones del Estado para la creación de este tipo de espacios, ya que, para nadie es desconocido que, en la actualidad los centros de readaptación existentes, no son suficientes y en la mayoría de los casos, están excedidos en su capacidad y además se estima que, crear nuevos centros de readaptación, operen efectivos programas de prevención. Por otra parte, esta Comisión considera la necesidad de fortalecer las campañas en los medios de comunicación masivos, en donde se explique a la población, sobre los riesgos y consecuencias que están asociadas con el consumo de estupefacientes, ya que este tipo de medios llegan a todos los sectores de la población.

    Sexta.- Esta Comisión Dictaminadora considera que la presente iniciativa aborda importantes aspectos sobre el tráfico y consumo de estupefacientes; sin embargo, también estima importante señalar que, la drogadicción al igual que el alcoholismo y otras adicciones, son enfermedades y que deben ser tratadas como tales, y que el penalizar el consumo de las substancias que las provocan, tendría consecuencias negativas para el entorno social. Reiteramos que la solución a éste y otros tantos problemas sociales, no estriba en la creación de nuevas figuras delictivas, sino en implementar eficaces mecanismos de la cultura de la prevención. Finalmente, no compartimos la propuesta de destinar el tres por ciento del total del presupuesto de Egresos de la Federación para la prevención, toda vez que, si bien es cierto que es un problema complejo y cuya solución es improrrogable, también lo es que resulta por demás elevada, debido a que actualmente se destinan importantes recursos en el combate al narcotráfico y que de igual manera, existen algunas campañas en los medios de comunicación que dan a conocer claramente los efectos nocivos para la salud y que el Estado debe atender, otros aspectos de la salud pública.

    Por lo anterior, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, si bien coincide en que actualmente el consumo de psicotrópicos va en aumento, también considera que el sancionar penalmente el consumo de estupefacientes no tendría ningún efecto sobre la reducción en el consumo de este tipo de substancias. Por otra parte es importante señalar que el Estado realiza acciones que van encaminadas al combate efectivo del narcotráfico.

    De tal forma, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, no aprueba el contenido de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal por las razones antes mencionadas.

    Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la H. Cámara de Diputados

    Acuerda

    Primero.- Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal.

    Segundo.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y envíese el expediente de la presente iniciativa como asunto totalmente concluido al archivo de la oficina administradora correspondiente de esta H. Cámara de Diputados.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a veintiuno de junio de dos mil cinco.

    Comisión de Justicia y Derechos Humanos, diputados: Rebeca Godínez y Bravo, Presidenta (rúbrica); Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), secretaria; Amalín Yabur Elías (rúbrica), secretaria; Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), secretario; Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), secretario; Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), secretario; Félix Adrián Fuentes Villalobos, secretario; María de Jesús Agruirre Maldonado (rúbrica), Mario Carlos Culebro Velasco, José Luis García Mercado, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Martha Laguette Lardizábal (rúbrica), Consuelo Muro Urista, Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa, Bernardo Vega Carlos, Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, Ernesto Herrera Tovar, Sergio Penagos García, Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), Margarita Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Francisco Diego Aguilar (rúbrica), Angélica de la Peña Gómez (rúbrica), Eliana García Laguna (rúbrica), Diana Rosalía Ladrón de Guevara, Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene oradores registrados. Considera el asunto suficientemente discutido y lo reserva para su votación económica en conjunto.
    CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 294 y 296 del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales

    Honorable Asamblea:

    La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente Dictamen de la:

    Iniciativa que reforma los artículos 294 y 296 del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales

    Antecedentes

    Primero.- En sesión celebrada en la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión en fecha 20 de Abril de 2004, el diputado Jorge A. Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 194 del Código Penal Federal y los artículos 294 y 296 del Código de Procedimientos Penales.

    Segundo.- La Mesa Directiva, en esa misma fecha, mediante oficio número, D.G.P.L. 59-II-2-510, acordó se turnara a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos dicha iniciativa, la cual presenta este dictamen al tenor de las siguientes:

    Consideraciones

    Primera.- Expone el autor de la iniciativa que la sociedad debe considerar de manera importante la atención prioritaria de los menores y sobre todo de aquellos que cuentan con cinco años o menos, se ha sido testigo de cómo se practica la violencia por parte de los adultos en contra de los menores de quienes tienen la responsabilidad de cuidar, sin importar su condición indefensa y su falta de capacidad de poder realizar la denuncia verbal de la agresión que sufren.

    Segunda.- Que debemos evitar que se incremente la violencia hacia los menores, del abuso que se les comete a través de la explotación, debiéndonos fijar como meta que dichas conductas sean erradicadas por completo y sancionados con todo rigor por la ley a aquellos que perjudican gravemente a nuestros menores.

    Tercera.- Que la importancia de la iniciativa radica que en pocos estados de la Federación se considera como grave el delito de lesiones a menores de edad, por lo que se trata de unificar el criterio e incluirlo dentro del Código Federal de Procedimientos Penales; asimismo establecer un nuevo tipo penal para proteger a los menores de cualquier agresión al imponer pena a la persona que se le haya depositado a un menor por tiempo determinado a causa de una relación laboral.

    Cuarta.- Ahora bien la Comisión que hoy dictamina, considerando que la revisión y actualización de las normas jurídicas constituyen uno de los principales compromisos de este órgano legislativo, ha llevado a cabo el estudio y análisis de las reformas a los ordenamientos legales que se proponen, siendo de gran importancia la preocupación del diputado presentante de establecer el tipo penal para castigar a las personas que infieran lesiones a menores de edad que se les haya depositado por tiempo determinado a causa de una relación laboral.

    Quinta.- La presente iniciativa pretende reformar los artículos 294 y 296 de Código Penal Federal, sin embargo, podemos ver en este texto legal que dichos artículos se encuentran derogados, en fechas 13 de enero de 1984 y 23 de diciembre de 1985, respectivamente, según publicación en el Diario Oficial de la Federación; por otra parte, debemos decir que reformar, significa cambiar un texto a las disposiciones ya existentes, lo que en el presente caso no podría aplicarse ya que los artículos propuestos para reformar se encuentran derogados, además la reformabilidad de las leyes de acuerdo a nuestra Constitución tiene un proceso legislativo, entendiéndose como tal: ``la serie ordenada de actos que realizan los órganos de gobierno a fin de crear, aprobar o expedir una norma'', así es, como en el inciso F del artículo 72 de la Constitución Federal dispone que en la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación.

    Sexta.- Hemos dicho que es importante la preocupación de castigar a las personas que infieran lesiones a menores de edad que se les haya depositado por tiempo determinado a causa de una relación laboral, pero debemos tomar en consideración que nuestra legislación penal contempla en cuanto al delito de lesiones, que estas, deberán ser clasificadas de acuerdo a un certificado medico legal, para con ello poder adecuar la penalidad; en el presente caso, la conducta que se pretende tipificar de acuerdo a la forma y condiciones de realización es una lesión calificada por considerar que podría contener agravantes del delito, esto es, la premeditación, ventaja, alevosía y traición, por lo que al respecto aunado a la penalidad que le correspondería de acuerdo con su propia clasificación, resultaría aplicable lo que dispone el artículo 298 del propio Código Penal Federal que refiere: ``Al responsable de una lesión calificada se le aumentará la sanción hasta el doble de la que corresponda por la lesión causada''.

    Por lo anteriormente expuesto, resulta improcedente la reforma que se propone a los artículos 294 y 296 del Código Penal Federal así como el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

    Por lo anterior la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la H. Cámara de Diputados somete a la consideración de esta Asamblea, el siguiente

    Acuerdo

    Primero.- Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 294 y 296 del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

    Segundo.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y envíese el expediente de la presente iniciativa como asunto totalmente concluido al archivo de la oficina administradora correspondiente de esta H. Cámara de Diputados.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a veintiuno de junio de dos mil cinco.

    Comisión de Justicia y Derechos Humanos, diputados: Rebeca Godínez y Bravo, Presidenta (rúbrica); Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), secretaria; Amalín Yabur Elías (rúbrica), secretaria; Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), secretario; Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), secretario; Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), secretario; Félix Adrián Fuentes Villalobos, secretario; María de Jesús Agruirre Maldonado (rúbrica), Mario Carlos Culebro Velasco, José Luis García Mercado, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Martha Laguette Lardizábal (rúbrica), Consuelo Muro Urista, Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa, Bernardo Vega Carlos, Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, Ernesto Herrera Tovar, Sergio Penagos García, Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), Margarita Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Francisco Diego Aguilar (rúbrica), Angélica de la Peña Gómez (rúbrica), Eliana García Laguna (rúbrica), Diana Rosalía Ladrón de Guevara, Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores. Considera el asunto suficientemente discutido y lo reserva para su votación económica en conjunto.
    LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma la fracción VIII del artículo 10 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro

    Honorable Asamblea:

    Las Comisiones Unidas de Educación y Servicios Educativos y de Cultura somete a su consideración Dictamen sobre la Iniciativa para Fomentar el uso del sistema de lectura braille en las bibliotecas, y el Proyecto de Decreto para reformar la fracción VIII del artículo 10 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro de que se acompaña.

    Antecedentes

    La iniciativa que se dictamina fue presentada a este Pleno por el Dip. Raúl Piña Horta a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el día 22 de abril de 2004, y publicada en el número 1482 de la Gaceta Parlamentaria, habiéndole correspondido en número 413 en el orden consecutivo.

    Una vez que la Mesa Directiva constató que la Iniciativa cumple con los requisitos para ser admitida a discusión y fue publicada en tiempo y forma en la Gaceta Parlamentaria, la turnó a estas Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura para los efectos conducentes.

    La Junta Directiva de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos remitió la Iniciativa a la Subcomisión de Educación Básica e Inicial, que procedió a determinar las facultades del Congreso de la Unión para legislar en la materia, y determinó que la Constitución faculta al Congreso para hacerlo, por lo que se abocó desde luego a su estudio y análisis.

    Al estudiar y analizar la Iniciativa, la Subcomisión encontró que el asunto y contenido de la Iniciativa, se encuentra contemplado de manera implícita en el propio artículo que se propone reformar.

    Por tal razón la Subcomisión determinó proponer que la Iniciativa y el proyecto de Decreto sean desechados, y en consecuencia procedió a preparar un Proyecto de Dictamen en este sentido, que fue aprobado por el Pleno de la Comisión en reunión del día 18 de enero de 2005.

    Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 numerales 1°, 43, 44, 45 y de los demás relativos de la Ley Orgánica del congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta honorable asamblea el presente dictamen.

    Consideraciones sobre la exposición de motivos y el proyecto de decreto

    En su parte introductoria la exposición de motivos de la iniciativa, sin mucho provecho para el objetivo que se persigue, destaca que ha habido invidentes siempre en la historia de la humanidad, destaca el rol y contribuciones de algunos personajes invidentes e ilustra profusamente acerca de los esfuerzos históricos para su alfabetización por diferentes métodos, así como interesantes detalles anecdóticos de la figura de Luis Braille, inventor del sistema táctil que desde 1825 ha permitido, con diferentes áreas, referencias a las metodologías y enfoques, su utilización en niños y adultos.

    Se señala, con razón, la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro tiene entre sus objetivos promover la producción, distribución, difusión y calidad del libro mexicano, y facilitar su acceso a toda la población, lo que incluye a los invidentes.

    Sin embargo, señala la iniciativa, la Ley contempla el uso en las bibliotecas ``... de técnicas de audición de texto que podrían generar retroceso en la alfabetización de invidentes, debido a la mayor facilidad de interpretar la verbalización sintética, en relación con el esfuerzo de la lectura táctil. Se puede considerar más ventajosa la inmediatez de los datos en audio, pero en la práctica; representaría a la larga la desalfabetización general de los invidentes debido a la inutilización del Braille... (y además) si contemplamos la posibilidad de que una persona invidente, también tuviera algún problema de audición; entonces las técnicas de audición de texto no le servirían de nada''.

    En función de lo anterior, se propone un proyecto de Decreto para reformar diversos artículos de Ley de Fomento de la Lectura y el Libro, como sigue:

    Estas Comisiones Dictaminadoras coinciden con la preocupación que motiva la Iniciativa, en lo que hace a la necesidad incorporar medios en las bibliotecas públicas para la atención de toda la población, con el objetivo de hacer accesible y general los derechos constitucionales de acceso a la educación y la cultura, que también establece la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

    Es criterio de estas Comisiones Dictaminadoras la obligación de que las bibliotecas cuenten con los recursos que hagan falta para atender a toda la población, independientemente de sus características y necesidades individuales.

    El derecho y la obligación se encuentran establecidos en el Artículo 1o. de la Constitución, que en su párrafo primero establece que ``En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozara de las garantías que otorga esta constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece'', y señala en el primer párrafo del Artículo 3º que ``Todo individuo tiene derecho a recibir educación. ...''. Por su parte, la Ley de Fomento a la Lectura y el Libro señala que este ordenamiento ``...es de observancia general en toda la República; sus disposiciones son de orden público e interés social...'', que tiene por objeto, entre otros ``Fomentar y promover la lectura...'', que sus disposiciones ``...se aplicarán sin perjuicio de lo ordenado en la Ley de Imprenta, la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley General de Educación, la Ley General de Bibliotecas y sus respectivos reglamentos'', mientras que en la propia Fracción VIII del artículo 10, que se propone reformar, se establece que una de las funciones del Consejo Nacional de Fomento de la Lectura y del Libro será ``apoyar acciones que favorezcan el acceso a los discapacitados a las bibliotecas y a las técnicas de audición de texto''.

    Establecido como está el derecho, es obligación de la autoridad educativa federal integrar el Consejo Nacional de Fomento a la Lectura y el Libro, y de éste tomar las medidas necesarias para hacerlo vigente.

    Sin embargo, la generalidad del derecho es limitada en la puntualización contenida en la redacción actual del artículo que se propone reformar, cuando hace alusión a la técnica de audición de texto, creada y desarrollada coma un recurso más para dar acceso a los libros a discapacitados visuales y a personas sin discapacidad que no tienen hábitos de lectura.

    De las anteriores consideraciones se concluye que:

  • La reforma que se propone en el Proyecto de Decreto se encuentra implícita en la Constitución y en diversos artículos de la Ley que se propone reformar.

  • La redacción actual de la Fracción VIII del Artículo 10, que se propone reformar, es restrictiva del derecho personas con diferentes discapacidades a las bibliotecas, y de la posibilidad de uso de otras técnicas y recursos para la atención de personas con discapacidad visual.

  • Hacemos propia la preocupación que motiva la Iniciativa y el Proyecto de Decreto motivo del presente Dictamen, señalando que en la legislación vigente se establece la obligación de atender con los medios necesarios a toda la población en lo que respecta a las oportunidades de acceso a la cultura y específicamente a los libros en las bibliotecas del país.

  • Tanto la redacción actual de la disposición que se pretende reformar y la reforma que se propone, se orientan a la atención de discapacitados visuales, con lo cual se restringe el sentido general que debe tener el derecho de toda persona a tener acceso a la lectura y el libro en las bibliotecas públicas del país, independiente de que padezca o no cualquier tipo de discapacidad.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de estas Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura con las atribuciones que le otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como el artículo 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso de los estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración de la honorable asamblea el siguiente:

    Acuerdo

    Primero.- No es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 10 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, presentada por el Diputado Raúl Piña Horta, el 22 de abril de 2004.

    Segundo.- Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

    Salón de Sesiones de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura, en el Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a 18 de enero de 2005.

    Por la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados: Salvador Pablo Martínez Della Rocca (rúbrica), Presidente; Juan Pérez Medina (rúbrica), Felipe de Jesús Díaz González (rúbrica), Consuelo Camarena Gómez (rúbrica), Humberto Filizola Haces, José Guillermo Aréchiga Santamaría (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), secretarios; María Viola Corella Manzanilla (rúbrica), Norberto Corella Torres (rúbrica), Blanca Judith Díaz Delgado (rúbrica), Tatiana Clouthier Carrillo (rúbrica), Florentino Domínguez Ordóñez (rúbrica), José López Medina (rúbrica), Israel Gallardo Sevilla (rúbrica), Iván García Solís, María Guadalupe García Velasco, Blanca Esthela Gómez Carmona, José Ángel Ibáñez Montes (rúbrica), Moisés Jiménez Sánchez, Alejandra Méndez Salorio, Gerardo Montenegro Ibarra, Inti Muñoz Santini, Óscar Pimentel González (rúbrica), Óscar Martín Ramos Salinas (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Agustín Rodríguez Fuentes (rúbrica), Alfonso Rodríguez Ochoa (rúbrica), Rocío Sánchez Pérez (rúbrica), Paulo José Luis Tapia Palacios, Lorena Torres Ramos.

    Por la Comisión de Cultura, diputados: Filemón Primitivo Arcos Suárez Peredo (rúbrica), Presidente; José Antonio Cabello Gil (rúbrica), María Elba Garfias Maldonado (rúbrica), Paulo José Luis Tapia Palacios (rúbrica), Lilia Isabel Aragón del Rivero (rúbrica), José Guillermo Aréchiga Santamaría (rúbrica), Rafael Candelas Salinas, Marbella Casanova Calam (rúbrica), Florencio Collazo Gómez, María Viola Corella Manzanilla (rúbrica), Norberto Enrique Corella Torres (rúbrica), Abel Echeverría Pineda, Blanca Eppen Canales (rúbrica), Rafael Flores Mendoza (rúbrica), Patricia Flores Fuentes, Pablo Franco Hernández, Moisés Jiménez Sánchez (rúbrica), Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Germán Martínez Cázares, Martha Lucía Mícher Camarena, Gustavo Moreno Ramos, Inti Muñoz Santini (rúbrica), Alfonso Juventino Nava Díaz (rúbrica), Jesús María Ramón Valdéz, Laura Reyes Retana Ramos (rúbrica), Carla Rochín Nieto (rúbrica), Evelia Sandoval Urbán (rúbrica), Bernardo Vega Carlos, Pablo Antonio Villanueva Ramírez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores. Considera el asunto suficientemente discutido y lo reserva para su votación económica en conjunto.
    LEY DE CULTURA FISICA Y DEPORTE

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Juventud y Deporte, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cultura Física y Deporte

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Juventud y Deporte de esta LIX Legislatura fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cultura Física y Deporte, sometida a la consideración del Honorable Congreso de la Unión por el C. Diputado José Manuel Carrillo Rubio del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Esta Comisión, con fundamento en el artículo 73, fracción XXIX-J, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita y somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen de conformidad con los siguientes.

    Antecedentes

    Primero. En sesión celebrada, el día veintidós de abril de dos mil cuatro, la Mesa Directiva de esta H. Cámara de Diputados turnó la presente Iniciativa a esta Comisión para su estudio y dictamen.

    Segundo. Los miembros integrantes de la Comisión del Deporte procedieron al estudio de la iniciativa presentada, efectuado múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en la iniciativa que se discute y tomando en consideración que:

    1.- El 24 de febrero de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley General de Cultura Física y Deporte.

    2.- El 16 de abril del presente se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de Ley General de Cultura Física y Deporte.

    3.- El 8 de julio de 1997 los Presidentes de la Federaciones Nacionales de Deporte para Personas con discapacidad existentes en el país, fundaron el Comité Paralímpico Mexicano.

    4.- El 3 de octubre de 2003 iniciaron las reuniones de trabajo entre la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte y el Comité Paralímpico Mexicano resolviéndose en estas, el reconocimiento por escrito de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte hacia el Comité Paralímpico Mexicano para representar oficialmente a nuestro país ante el Comité Paralímpico Internacional, con derecho a voz y voto dentro de sus Asambleas Generales y la adhesión y reconocimiento del Comité Paralímpico como organismo del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte.

    5.- El 24 de febrero de 2005 se celebro en las instalaciones de esta H. Cámara de Diputados el foro denominado ``Desafíos del Marco Jurídico Mexicano para el Desarrollo del Deporte Adaptado''.

    Con base en los antecedentes señalados, formulamos las siguientes

    Consideraciones

    De acuerdo con la exposición de motivos de la iniciativa el objeto de la misma es el de reconocer en el marco legal al Comité Paralímpico Mexicano, incluyendo a dicho organismo en el cuerpo de la Ley General de Cultura Física y Deporte a fin de obtener el otorgamiento de un presupuesto y el pleno reconocimiento de representar oficialmente a nuestro país ante el Comité Paralímpico Internacional.

    De lo anteriormente mencionado, los miembros integrantes de esta Comisión que dictamina consideramos que la Ley General de Cultura Física y Deporte no puede facultar al Comité Paralímpico Mexicano, para llevar a cabo la serie de funciones contenidas en las fracciones que se pretende adicionar, en virtud de que dicho organismo carece en la actualidad de una estructura sólida, ya que no cuenta con una junta de miembros permanentes que le permitan contar con la participación no solo de cuatro federaciones de deportes para atletas con algún tipo de discapacidad, como a la fecha se tiene con voz y voto y una invitada, sino que sería conveniente contaran con la participación de otros organismos que en la actualidad promueven y fomentan el deporte para personas con algunas discapacidades como el DIF, IMSS, Medallistas Paralímpicos, atletas y diversas personalidades que permitan contar con un comisario y un órgano de vigilancia; ampliando y fortaleciendo con esto su estructura y no reducirla como a la fecha con un presidente, tesorero, secretario y un vocal, lo que limita su funcionalidad en estas personas.

    Creemos como un acierto, el reconocimiento por escrito de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte hacia el Comité Paralímpico Mexicano para representar oficialmente a nuestro país ante el Comité Paralímpico Internacional, así como su adhesión y reconocimiento dentro del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, en tanto a nivel internacional el Comité Paralímpico Internacional, norme la estructura de los Comités Paralímpicos Nacionales como en la actualidad lo hace el Comité Olímpico Internacional con el Comité Olímpico Mexicano y contar con los elementos reglamentarios necesarios para reconocer a dicho organismo Paralímpico en el marco legal, lo cual hace necesario que el Comité Paralímpico Mexicano cuente con el respaldo de una Carta Paralímpica que norme la estructura del mismo con arreglo a los Estatutos del Comité Paralímpico Internacional.

    Asimismo y tomando en consideración, la acepción de la palabra ``deporte'' que se define en la Ley General de Cultura Física y Deporte como ``actividad institucionalizada y reglamentada, desarrollada en competiciones que tienen por objeto lograr el máximo rendimiento'', se considera que la inclusión del término ``deporte adaptado'' el cual se propone en la iniciativa, es inadecuado toda vez que como se observa que la definición anteriormente citada, comprende en toda la extensión que el deporte es una actividad que puede ser practicada por cualquier persona, sin importar su edad, sexo, preferencia sexual, religión, etc.

    De igual manera, en el artículo 47 de la misma ley se define al deporte en un término técnico, Por lo cual es favorable no circunscribir el término ``deporte adaptado'' en el ordenamiento, en virtud de que subsecuentemente pudiera facilitar la posibilidad de que otros estratos sociales, pudieran exigir su inclusión de un término espacial acorde a las características que distinguen a su grupo social.

    Respecto a la modificación del artículo 10, donde se mencionan los diferentes organismos e instituciones públicos y privadas que integran el Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, no esta considerada la figura del Comité Paralímpico Mexicano. No obstante, el artículo 9 expresa claramente que las Asociaciones Nacionales reconocidas por la Ley General de Cultura Física y Deporte, las cuales tienen como objetivo generar las acciones, financiamientos y programas necesarios para la coordinación, fomento, ejecución, apoyo, promoción, difusión y desarrollo de la cultura física y el deporte, forman parte del Sistema. Por consiguiente, la falta de expresión en el artículo 10, no excluye al Comité Paralímpico Mexicano.

    Con base en los antecedentes y consideraciones expuestas, esta Comisión del Deporte emite las siguientes:

    Conclusiones

    I.- El Comité Paralímpico Mexicano al igual que en otros países es apoyado por el Gobierno Federal, para realizar algunas tareas que se requieran en la realización de los eventos de carácter internacional en los que participan sus atletas, tales como la inscripción y participación de los deportistas que representan a nuestro país en los Juegos Paralímpicos, Regionales, Continentales y Paralímpicos de multidiscapacidades, sin embargo esto no quiere decir que dicho Comité cuente con una organización debidamente estructurada.

    II.- Es innecesario e incorrecto incluir en el cuerpo de la ley en estudio la definición de deporte adaptado, ya que de hacerlo se daría lugar a que el día de mañana los demás sectores de la sociedad exijan se incluya en la ley la definición del deporte de cada uno de estos.

    III.- La Comisión que dictamina, integrada de manera plural con miembros de las diferentes fracciones parlamentarias representativas de esta LIX Legislatura, ha considerado no favorable la aprobación de la iniciativa en estudio.

    Por lo anteriormente expuesto y como resultado del estudio y análisis de la iniciativa turnada a esta Comisión, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

    Acuerdo

    Único.- No es de aprobarse la Iniciativa motivo del presente dictamen; archívese el expediente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de junio de 2005.--- Diputados: José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Jesús Zúñiga Romero (rúbrica), Isaías Soriano López, María Isabel Maya Pineda (rúbrica), Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (rúbrica), Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), José Alfonso Muñoz Muñoz (rúbrica), Sergio Chávez Dávalos (rúbrica), Armando Leyson Castro (rúbrica), Gonzalo Guízar Valladares (rúbrica), Ángel Paulino Canul Pacab, Irma Guadalupe Moreno Ovalles (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), José Francisco Landero Gutiérrez (rúbrica), Rubén Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), Regina Vázquez Saut, Rodolfo Esquivel Landa (rúbrica), Verónica Pérez Herrera (rúbrica), Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Marisol Urrea Camarena (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Reynaldo Francisco Valdés Manzo (rúbrica), Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Emiliano Ramos Hernández (rúbrica), Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña.»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Pregunte la Secretaría a la Asamblea si son de aprobarse los dictámenes negativos, en votación económica.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se va a proceder a recoger la votación económica de estos puntos de acuerdo y los anteriormente reservados.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados; archívense los expedientes como asuntos total y definitivamente concluidos.

    Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a ocho presidentes municipales de Chiapas, invitados por el señor diputado federal don Jorge Utrilla Robles. Sean ustedes bienvenidos. Asimismo, damos la más cordial bienvenida a los señores integrantes del Club Rotario de Atlixco, AC, invitados por el señor diputado Rogelio Flores.


    LEY ORGANICA DE LA LOTERIA NACIONAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría dar cuenta con los puntos de acuerdo del dictamen negativo de la Comisión de Gobernación con puntos de acuerdo, por los que no se aprueba la iniciativa que adiciona un tercer párrafo al artículo 2 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

    La diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que adiciona un tercer párrafo al artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura, fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona un tercer párrafo al artículo 2° de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, presentada por los diputados Alfonso Ramírez Cuéllar y Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

    Esta Comisión con fundamento en los artículos 39, 45 numeral 6, incisos e) y f) y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 56, 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen en sentido negativo, basándose en los siguientes

    Antecedentes

    1. Con fecha veintitrés de junio de dos mil cuatro, los diputados Alfonso Ramírez Cuéllar y Omar Ortega Álvarez, integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en uso de la facultad que les confiere el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentaron ante la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

    2. Con esa misma fecha, veintitrés de junio de dos mil cuatro, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, dispuso que la iniciativa fuera turnada a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados para su estudio y dictamen.

    3. Con fecha 29 de septiembre de 2004, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación aprobaron el presente dictamen en sentido negativo.

    Contenido de la iniciativa

    1. Los iniciadores proponen una adición al artículo 2° de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública con el fin de que los ingresos, por concepto de productos, obtenidos por este organismo, sean puestos a disposición de la Secretaría de Salud para su aplicación en programas de asistencia social, en términos de lo dispuesto por la Ley General de Salud.

    2. Expresan los iniciadores que la Lotería Nacional ha incurrido en diversas irregularidades en los donativos que ha realizado a diferentes organizaciones privadas de asistencia social.

    3. En la exposición de motivos, los iniciadores señalan que entre las irregularidades más importantes destacan los donativos a organismos que tienen relación con familiares del Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, así como los otorgados a otras empresas, organizaciones y a grupos de índole religioso o de tendencia conservadora.

    4. Entre los grupos y organizaciones involucrados que señalan los iniciadores se encuentran: Promoción y Acción Comunitaria, Asociación Mexicana de Diabetes en Guanajuato, Centros de Ayuda a la Mujer del Comité Nacional Provida, Fundación Interamericana Anáhuac para el Desarrollo Social, la Unión de Empresas para la Tecnología en la Educación (UNETE), Fideicomiso Ver Bien para Aprender Mejor, Fundación Mexicana para el Desarrollo y el Tecnológico de Monterrey.

    5. La propuesta de adición, según los iniciadores, impediría la discrecionalidad del Ejecutivo para la disposición de los ingresos, de manera que la Lotería Nacional los entere a la Secretaría de Salud para apoyar los actos ``que en materia de asistencia social se encuentra obligada a otorgar dicha dependencia del Ejecutivo federal.''

    Consideraciones

    I.- La Administración Pública, para el desarrollo de sus actividades, será centralizada y paraestatal de acuerdo al artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estas entidades serán creadas por ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo federal y contarán con personalidad jurídica y patrimonio propios, cualquiera que sea la estructura legal que adoptaren, conforme al artículo 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    II.- En este tenor, el artículo 1° de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública establece que esta institución es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal con patrimonio y personalidad propios. Su objetivo es apoyar económicamente las actividades del Ejecutivo federal en materia de asistencia pública, según el artículo 2° de su misma Ley Orgánica:

    Artículo 2°. El objeto del organismo es apoyar económicamente las actividades a cargo del Ejecutivo federal en el campo de la asistencia pública, destinando a ese fin los recursos que obtenga mediante la celebración de sorteos con premios en efectivo.

    III.- La asistencia social, pública o privada, consiste en el conjunto de acciones tendentes a modificar y mejorar las circunstancias de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva; y que la asistencia social la prestan diversos sectores, lo que ha motivado particularmente la diferenciación entre la asistencia privada y la pública atendiendo a la naturaleza de los recursos económicos con que se presta y de lo sujetos que la proporcionan (públicos y privados), pero que coinciden en un fin común que es la asistencia social, con independencia de tales recursos.

    (Octava época. Pleno. Semanario Judicial de la Federación. Septiembre de 1999, P/J 83/99 p. 614.)

    IV.- De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° del Reglamento Interior de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, son considerados ingresos de la entidad para la realización de la asistencia social:

    Artículo 3°...

    Los premios y reintegros que correspondan a billetes de lotería que no se logren vender a terceros, salvo el premio mayor, el que se repartirá en la forma que determine en las bases específicas de cada tipo de sorteos.

    Los premios y reintegros a los billetes emitidos que habiéndose vendido, no hayan sido cobrados por los tenedores de dichos billetes, una vez ocurrido el término descriptivo.

    V.- Atendiendo al principio de unidad administrativa y presupuestal para la Administración Pública Federal, la cual comprende ``el conjunto de elementos personales y materiales con estructura jurídica que le otorga competencia para realizar una actividad, relativa al Poder Ejecutivo y que desde el punto de vista orgánico depende de éste...'' (Cf. Acosta Romero, Miguel. Teoría general del derecho administrativo, Porrúa, México, p. 102), la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004, claramente establece que:

    Artículo 13. Los ingresos que se recauden por parte de las dependencias o sus órganos administrativos desconcentrados por los diversos conceptos que establece la ley deberán enterarse a la Tesorería de la Federación y deberán reflejarse, cualquiera que sea su naturaleza, tanto en los registros de la propia Tesorería como en la cuenta de la Hacienda Pública Federal

    Por lo tanto, los recursos de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, una vez sean deducidos el monto de los premios, reintegros y gastos de administración, así como los correspondientes a incrementar las reservas y las garantías de la institución, serán enterados a la Tesorería de la Federación para el cumplimiento de su destino específico, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2°, párrafo segundo, de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional así como en el artículo 4° de su Reglamento Interior:

    Artículo 2°... (Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública)

    Dichos recursos, una vez deducidos el monto de los premios, reintegros y gastos de administración, así como el importe que se asigne para formar e incrementar las reservas y garantías a que se refiero esta ley, serán enterados a la Tesorería de la Federación para el cumplimiento de su destino específico.

    Artículo 4° (Reglamento Interior de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública)

    Los recursos que en términos del artículo 2° de la Ley Orgánica de la Institución ésta deba enterar a la Tesorería de la Federación para el cumplimiento de su destino específico, serán remitidos a dicha Dependencia de conformidad con el procedimiento que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y demás disposiciones legales aplicables.

    VI.- Para el cumplimiento del objetivo específico de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, el Ejecutivo podrá auxiliarse mediante la constitución de fideicomisos, según el artículo 3° de la Ley Orgánica para la Administración Pública Federal:

    Artículo 3°. El Poder Ejecutivo de la Unión se auxiliará en los términos de las disposiciones legales correspondientes, de la siguientes entidades de la administración pública paraestatal:

    I. ...

    II. ...

    III. Fideicomisos

    Esta misma ley en comento determina que los fideicomisos públicos son aquellos:

    Artículo 47... Que el Gobierno Federal o alguna de las demás entidades paraestatales constituyen, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias del desarrollo, que cuenten con una estructura orgánica análoga a las otras entidades y que tengan comités técnicos.

    VII.- El 31 de agosto de 2001, el Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, anunció la creación del fideicomiso público ``Transforma México'' de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública. El propósito del fideicomiso es dar transparencia y eficiencia al destino de los recursos que se canalizan a obras altruistas a través de instituciones de asistencia social privadas'', en colaboración con los tres órdenes de Gobierno Federal, estatal y municipal.

    VIII.- A decir de los iniciantes que ``entre las irregularidades más importantes destacan los donativos relacionados con la familia Fox, así como a empresarios que representan importantes organizaciones y grupos conservadores y religiosos, fundamentalmente a favor del fideicomiso Transforma México...'', cabe mencionar que el órgano ``Transforma México'' es auxiliar y no beneficiario de los recursos de la Lotería Nacional destinados a asociaciones de asistencia social privadas, los recursos no se otorgan ``fundamentalmente a favor de...'' más bien el fideicomiso estudia el destino de los recursos enterados.

    IX.- La distribución de recursos del fideicomiso está regulada por la supervisión del Comité de Vigilancia del cual forma parte la Tesorería de la Federación para verificar que los ingresos referidos se destinen al fin para que fueron autorizados, de acuerdo al artículo 13, párrafo V, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004. Si tienen un destino específico, en este caso el de asistencia pública, el mismo artículo 13, párrafo II de la ley en comento dice:

    Artículo 13. ...

    Tratándose de ingresos a que se refiere el párrafo que antecede que se destinen a un fin específico, deberán depositarse en una cuenta a nombre de la dependencia generadora de los ingresos, debidamente registrada ante la Tesorería de la Federación, a fin de que la propia Tesorería ejerza facultades para comprobar el cumplimiento del destino específico autorizado en los términos de esta ley...

    X.- Finalmente, los iniciadores al usar la afirmación: Los ingresos que por concepto de productos obtenga el organismo..., caen en la ambigüedad jurídica, ya que el artículo 3°, párrafo tercero, del Código Fiscal de la Federación establece que los productos son las contraprestaciones por los servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho privado, así como en el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado. Así, estos ingresos son captados en una relación donde el Estado actúa como ente de derecho privado, diferente de los ingresos de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, mismos que obtiene en su calidad de organismo descentralizado de la Administración Pública Federal.

    XI.- Por lo que se refiere a la propuesta de los iniciantes para que la Lotería Nacional ponga a disposición de la Secretaría de Salud sus ingresos, la Ley General de Salud establece:

    Artículo 169. Para fomentar el desarrollo de programas públicos de asistencia social, la Secretaría de Salud, con la intervención que corresponda al organismo a que se refiere al artículo 172 de esta Ley, en coordinación con las dependencias y entidades del sector salud y con los gobiernos de las entidades federativas, promoverá la canalización de recursos y apoyo técnico.

    Asimismo, procurará destinar los apoyos necesarios a los programas de asistencia social, para fomentar la ampliación de los beneficios de su actividad, dando las normas para los mismos.

    De la anterior disposición se desprende que la competencia de la Secretaría de Salud es la promoción y canalización de recursos, diferente a la captación y disposición de ingresos. Esta misma competencia queda regulada en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal:

    Artículo 39. A la Secretaría de Salud, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

    I. Establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general...

    II. ...

    III. Aplicar a la Asistencia Pública los fondos que le proporcionen la Lotería Nacional y los Pronósticos para la Asistencia Pública; y administrar el patrimonio de la Beneficencia Pública en el Distrito Federal, en los términos de las disposiciones aplicables, a fin de apoyar los programas de servicios de salud;...

    IV. ...

    XII.- De las mismas facultades otorgadas para el despacho de sus negocios, se infiere que la Secretaría de Salud, como máxima autoridad sanitaria, tiene a su cargo la conducción de las políticas de la asistencia social. Los recursos que la Federación destine a este propósito serán otorgados por la Tesorería para disponer de ellos por aplicación del Presupuesto de Egresos de la Federación, acorde con el artículo 30, párrafo IV, de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación:

    Artículo 30...

    Cuando las leyes destinen los fondos a un fin determinado y para ser aprovechados en actividades de la Administración Pública Federal, sólo podrá disponerse de ellos por aplicación del Presupuesto de Egresos de la Federación.

    XIII.- Por lo anteriormente expuesto, a juicio de esta Comisión, los ingresos de la Federación son discutidos, examinados y aprobados por la Cámara de Diputados, en uso de la facultad prevista por el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sólo la distribución y aplicación de los recursos compete a la Administración Pública Federal, misma que cuenta con los órganos y mecanismos adecuados para que dicho presupuesto se canalice en cumplimiento de los objetivos específicos de las entidades paraestatales, como lo es la Lotería Nacional en materia de asistencia social.

    XIV.- La competencia de la Secretaría de Salud está claramente delimitada por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Salud. En materia de Asistencia Social, pública o privada, la Secretaría conduce y establece las políticas nacionales y su aplicación; no capta ni dispone de los fondos que proporcione la Lotería Nacional.

    XV.- Al atribuir a la Secretaría de Salud la facultad para captar los ingresos de la Lotería Nacional, se rompería con el principio de unidad presupuestal por el cual los fondos percibidos por las entidades de la Administración Pública Federal, se concentran en la Tesorería de la Federación para disponer de ellos por aplicación del Presupuesto de Egresos de la Federación.

    XVI.- Filialmente, de existir irregularidades en la aplicación de recursos públicos, nuestro sistema jurídico cuenta con las instancias competentes para delimitar las responsabilidades, ya sea a través de los Comités de Vigilancia donde forma parte la Tesorería de la Federación, de la Auditoría Superior de la Federación o de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso al Ministerio Público, independientemente de los mecanismos de control con los que cliente la Secretaría de Salud.

    Por lo anterior expuesto, los suscritos integrantes de la Comisión de Gobernación someten a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

    Acuerdo

    Primero.- No es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 2° de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

    Segundo.- Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, DF, a los 29 días del mes de septiembre de dos mil cuatro.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), secretaria; Miguelángel García-Domínguez, secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), secretaria; Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretario; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Patricia Garduño Morales (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), José González Morfín (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica con adhesión al voto particular del diputado Miguelángel García-Domínguez), Pablo Bedolla López (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), José Luis Briones Briceño (rúbrica), José Sigona Torres, Socorro Díaz Palacios (rúbrica con adhesión al voto particular del diputado Miguelángel García-Domínguez), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica con adhesión al voto particular del diputado Miguelángel García-Domínguez), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández, Sergio Vázquez García (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, María Sara Rocha Medina (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señoras y señores legisladores: en este punto, el señor diputado Omar Ortega Álvarez ha cumplido todas las formalidades para presentar un voto particular en nombre de diputados del Partido de la Revolución Democrática que lo suscriben. Esta Presidencia pregunta al diputado Omar Ortega si quiere pasar a leerlo; tiene usted el uso de la palabra. Aun cuando no es integrante de la Comisión, lo está leyendo en nombre de integrantes de su partido que sí lo son.El diputado Omar Ortega Álvarez: Con su permiso, señor Presidente: en nombre de los integrantes de la Comisión de Gobernación, los diputados Miguelángel García-Domínguez, Eduardo Espinoza Pérez, Socorro Díaz Palacios, Jesús Porfirio González Schmal, rúbricas, con mis respetuosas adhesiones, presento ante ustedes este voto particular. Con fecha 23 de junio del año de 2004, el diputado Alfonso Ramírez Cuéllar y el de la voz presentamos ante la Comisión Permanente una iniciativa de decreto para adicionar un párrafo tercero al artículo 2 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, planteando que los ingresos que por concepto de productos obtuviere este organismo fueran puestos a disposición de la Secretaría de Salud para su aplicación en programas de asistencia social. En términos de lo dispuesto en la Ley General de Salud, es importante señalar que con esta iniciativa se busca detener el manejo discrecional que el Gobierno de la República, a través del fideicomiso Transforma México, estaba haciendo de los recursos públicos. Como todos saben, a partir de estas irregularidades pidió su renuncia la directora Laura Valdés y se nombró al diputado federal priísta Tomás Ruiz. A pesar de que públicamente se manifestó la serie de irregularidades que asociaciones civiles sustentadas por el Gobierno Federal habían presentado, como es el caso de Provida, la Comisión de Gobernación no se abocó a realizar el estudio pertinente de dicha iniciativa, con el único fin de dejar que, de manera discrecional, el Ejecutivo federal manejara esos ingresos. La Comisión de Gobernación no entró en el fondo del asunto y en los considerandos que presenta para dictaminar en sentido negativo la iniciativa de reforma encontramos algunas inconsistencias.

    Primero. En el considerando séptimo, en el que se señala que el 31 de agosto de 2001, el Presidente de la República, Vicente Fox, anuncia la creación del fideicomiso Transforma México, con el propósito de dar transparencia y eficacia al destino de los recursos que se canalizarán a obras altruistas a través de instituciones de asistencia social privada. Y fue esto, precisamente, lo que no se cumplió: el manejo transparente y eficaz de dichos recursos públicos. Aquí, el Gobierno Federal tiene que hacerse responsable de esa anomalía, pero corresponde al Congreso velar porque esto no vuelva a ocurrir; por ello presentamos esta iniciativa. En el considerando décimo se afirma que los ingresos de la Lotería Nacional son productos y no ingresos que obtiene dicho ente, en su calidad de organismo descentralizado. Al respecto, resulta importante destacar que dichos ingresos son considerados productos en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004, por lo cual este considerando es un absurdo. En el considerando decimotercero se señala que la facultad de la Secretaría de Salud se reduce a establecer la distribución de los recursos, con lo cual estamos de acuerdo, porque la iniciativa dice únicamente: ``Los ingresos que por concepto de productos obtenga el organismo se pondrán a disposición de la Secretaría de Salud para su aplicación en los programas de asistencia social'', y en ninguna parte dice que será la Secretaría de Salud la que lo destine. En el considerando decimocuarto se dice: ``La Secretaría de Salud sólo establece las políticas, pero no capta ni dispone de los fondos que proporcione la Lotería Nacional'', lo cual no es ningún impedimento para que lo hagamos con la reforma que se propone, ya que no entraría en contradicción con la Ley General de Salud, y se tendrá que formar obviamente el correspondiente reglamento. En el considerando decimoquinto se alude a que ``la propuesta rompe con el principio de unidad presupuestal'', lo cual es falso porque el hecho de que algunos ingresos vayan atados a cierto gasto no impide que se aplique la Ley de la Tesorería, y en este caso no se está violentando ninguna disposición. Por todo eso, con fundamento en el artículo 88 del Reglamento Interno, solicitamos que se ponga a consideración de este Pleno el presente voto particular, en los términos en que se presentara la iniciativa presentada el 23 de junio del año 2004. Solicito, señor Presidente, que se inserte íntegro en el Diario de los Debates el presente voto particular. Es cuanto señor Presidente.

    «Voto particular del diputado Miguelángel García-Domínguez, del grupo parlamentario del PRD, al dictamen en sentido negativo que presenta la Comisión de Gobernación a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona un tercer párrafo al artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública

    Con fundamento en el artículo 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos voto particular al dictamen que en sentido negativo presenta la Comisión de Gobernación a la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona un tercer párrafo al artículo 2° de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

    Con fecha veintitrés de junio de dos mil cuatro, los diputados Alfonso Ramírez Cuéllar y Omar Ortega Álvarez, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en uso de la facultad que les confiere el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentaron ante la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, la Iniciativa con Proyecto de decreto por el que se adiciona la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública; misma que fue turnada a esta Comisión de Gobernación para su estudio y dictamen.

    La Iniciativa en comento, que adiciona un tercer párrafo al artículo 2° de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, proponía que los ingresos, que por concepto de productos, obtenidos por este organismo, fueran puestos a disposición de la Secretaría de Salud para su aplicación en programas de asistencia social, en términos de lo dispuesto por la Ley General de Salud.

    Es importante señalar que con dicha iniciativa se busca detener el manejo discrecional que el gobierno de la República, a través del fideicomiso Transforma México, estaba haciendo de los recursos públicos. Como todos saben, las irregularidades detectadas llevaron a la renuncia de la directora de la Lotería Nacional, Laura Valdez y al nombramiento de un nuevo Director, al diputado federal priísta Tomas Ruiz, en una alianza política del gobierno federal, con un sector del PRI; propenso a establecer acuerdos para limpiar posibles actos de corrupción o irregularidades en las que hubieren incurrido en su momento, la directora de la Lotenal.

    A pesar de que públicamente se conocen los apoyos y los recursos que dicha funcionaria otorgó a asociaciones civiles vinculadas al gobierno federal, al presidente de la República, a asociaciones civiles denunciadas ya ante las autoridades correspondientes por el manejo que hicieron de los recursos públicos, como Provida; esta Comisión no se avocó a realizar un estudio y análisis detallado de la reforma y adición propuesta, con el fin de que el Ejecutivo Federal, vía los fideicomisos, deje de manejar discrecional mente los ingresos que capta la Lotería Nacional.

    La Comisión de Gobernación no entró al fondo del asunto y en los considerandos que presenta para dictaminar en sentido negativo la Iniciativa de reforma, encontramos algunas inconsistencias.

    1.- En el Considerando VII, en el que se señala que el 31 de agosto de 2001, el presidente de la República, Vicente Fox, anunció la creación del fideicomiso Público ``Transforma México'', de la Lotería Nacional, con el propósito de dar transparencia y eficiencia al destino de los recursos que se canalizan a obras altruistas a través de instituciones de asistencia social privadas''; fue esto precisamente lo que no se cumplió, el manejo transparente y eficaz, pues a todas luces se ha probado del manejo que se hizo de dichos recursos, un manejo totalmente discrecional, que favoreció a organizaciones que como Provida, han sido señaladas y denunciadas por el manejo que hicieron de los recursos públicos.

    Aquí el gobierno federal tiene que asumir sus responsabilidades, pero el Poder Legislativo tiene que velar por que esto no vuelva a ocurrir, y aquí es donde se inscribía el propósito de dicha iniciativa, que los recursos se destinen a la asistencia pública y ya no más a fideicomisos que privilegien a asociaciones vinculadas al presidente de la República y a sus familias.

    2.- En el considerando X, se afirma que los ingresos de la Lotería Nacional no son productos, sino ingresos que obtiene dicho ente en su calidad de organismo descentralizado.

    Al respecto, resulta importante destacar que dichos ingresos son considerados ``Productos'' por la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, según el artículo 1°. Apartado A, Fracción V titulada ``Productos'', Numeral 2 ``Derivados del uso, aprovechamiento o enajenación de bienes de dominio privado'', letra E ``Utilidades'', inciso b) ``De la Lotería Nacional para la Asistencia Pública'', por lo que lo señalado en este considerando es un absurdo.

    3.- En el considerando XIII se señala que la facultad de la SSA se reduce ha establecer la distribución de los recursos, con lo cual estamos de acuerdo, porque la iniciativa dice únicamente que ``los ingresos que por concepto de productos obtenga el organismo se pondrán a la disposición de la Secretaría de Salud para su aplicación en los programas de asistencia social...'', sin que en ninguna parte se diga que lo hará directamente la SSA.

    4.- En el considerando XIV se dice que la SSA sólo establece las políticas, pero ``no capta ni dispone de los fondos que proporcione la Lotería Nacional'', lo cual no es ningún impedimento para que lo hagamos con la reforma que se propone ya que no entraría en contradicción con la Ley General de Salud, y como consecuencia de la reforma, el Reglamento tendría que ser modificado.

    5.- En el considerando XV se alude a que la propuesta rompe con el principio de ``unidad presupuestal'', lo cual es falso, porque el hecho de que algunos ingresos vayan atados a cierto gasto no impide que se aplique la Ley de la Tesorería de la Federación, porque es la ley especial aplicable a todo tipo de ingresos, y en ninguna parte de la Iniciativa se señala un procedimiento distinto al previsto en la Ley de la Tesorería de la Federación.

    6.- En el considerando XVI se alude a la presunta existencia de irregularidades en la aplicación de los recursos públicos. Al respecto cabe señalar que fueron precisamente las irregularidades detectadas lo que desató toda la serie de aclaraciones, renuncias y remociones de funcionarios de la Lotería Nacional. Y que dicha Comisión no debió avocarse únicamente a las consideraciones, sino tomar en cuenta, la viabilidad de dicha Iniciativa.

    La Comisión, con este considerando, se está convirtiendo en defensor del Ejecutivo Federal.

    Al respecto, cabe reiterar que la propuesta, independientemente de lo que señala el considerando, pretende que los recursos obtenidos por la Lotería Nacional sean puestos a disposición de la Secretaría de Salud, con la finalidad de que no se vuelvan a presentar manejos discrecionales.

    Por todas las consideraciones arriba señaladas, y en virtud de que priva entre los integrantes de la Comisión un ánimo de descalificar sin argumentos la iniciativa dictaminada, presentamos, este voto particular, con fundamento en lo establece el artículo 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos.

    Estamos ciertos de que llegará el momento de que los legisladores que mantienen una mayoría en este órgano legislativo, voten las iniciativas de los legisladores, privilegiando la viabilidad jurídica y la argumentación política, y no se conviertan en simples protectores de las conductas irregulares de funcionarios del gobierno federal.

    Suscriben este voto particular, diputados: Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica, con mi respetuosa adhesión).» El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates. Tiene la palabra en contra el señor diputado don Héctor Gutiérrez de la Garza, en contra del dictamen, no en contra del voto particular.El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza: Con su venia, diputado Presidente. Hago uso de la tribuna para hablar contra este dictamen que, anticipo, en su momento firmé a favor; sin embargo, la reflexión me lleva a votar contra este dictamen. Deseo manifestar que el tema de los fideicomisos y la falta de transparencia de los fideicomisos públicos en un concepto amplio de los mismos, es decir, no el de Transforma México sino de los fideicomisos públicos en general, es lo que ha caracterizado esta Administración Pública Federal.

    La iniciativa recoge el origen de la autorización de sorteos y juegos con apuesta en el país, deviene del decreto de suspensión de garantías en la Segunda Guerra Mundial, donde se estableció perfectamente la permisividad de juegos con apuesta, no de azar y sorteos, con la finalidad de fortalecer la asistencia pública del país, no por casualidad se denomina ``Lotería Nacional para la Asistencia Pública''. Sus recursos deben ser destinados a la asistencia pública; de eso no debe quedar ninguna duda.

    Sin embargo, hemos podido observar que, mediante figuras de naturaleza mercantil, como los fideicomisos, existe la posibilidad de fugas no necesariamente para la asistencia pública. Y aquí hago un exhorto respetuoso a mis compañeros diputados para que analicemos la minuta, de fecha 30 de marzo de 2005, que reforma la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, minuta del Senado de la República que actualmente se encuentra en la Comisión de Gobernación. Esta Legislatura ha trabajado para abrir el tema de los fideicomisos; ya aprobamos una reforma sobre el particular.

    Debemos apoyarnos en una reforma de la Ley de Transparencia para dar eficacia a la cerrazón que existe en la apertura del tema de fideicomisos públicos; sin embargo, quiero invitarlos a una reflexión respetuosa: la Lotería Nacional es una institución de muchos años, de siglos de existencia formal, de aproximadamente 60, 70 años de existencia como organismo descentralizado. Estamos buscando transparentar el origen y el destino de los recursos de la Lotería Nacional, pero deseo advertirles que, como vamos, ya no va a haber qué transparentar: la Lotería Nacional la estamos llevando a su quiebra. Más adelante no va a haber qué transparentar; el problema no va a ser el fideicomiso Transforma México, el problema va a ser la liquidación de la Lotería Nacional. A una institución pública cuyo fin, destino, es la asistencia social la estamos llevando al fracaso.

    Los invito a fortalecer la Lotería Nacional; que el tema de Transforma México no signifique obstaculizar el fortalecimiento de esa institución. La estamos mandando a competir con instrumentos con los que es imposible en el mercado actual competir con sorteos. Vaya, hasta el propio Raspadito de la Lotería Nacional ahora lo podrán ver siendo operado por empresas privadas; ¡es el colmo! La Lotería Nacional debemos fortalecerla; que esto nos lleve y nos conduzca a ello y, efectivamente, que sus recursos se transparenten para que sean destinados a la asistencia pública. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias diputado. Quiere hacer uso de la palabra el diputado Omar Ortega, que está registrado en contra. Tiene usted el uso de la palabra en contra del dictamen. Está usted en contra del dictamen; estamos discutiendo el dictamen apenas. En contra de los puntos. El diputado Omar Ortega Álvarez: En contra del dictamen, señor Presidente. Compañeros legisladores: coincido en la propuesta del diputado que me antecedió en la palabra, al señalar que la actividad única y exclusiva de la Lotería Nacional es para la asistencia pública. Si los productos ya se encuentran regulados en la Ley de Ingresos de la Federación, no vemos por qué no se puedan considerar ingresos, que era uno de los argumentos que vertían en la Comisión de Gobernación. Si bien es cierto que se considera que debe ser la Secretaría de Salud la que reciba o tendría que enterarse de esos ingresos y, posteriormente, turnarlos a la Secretaría de Salud, no veo por qué lleguen por la Secretaría de Salud posteriormente a los programas de asistencia social.

    Esto podría corregirse en el reglamento mismo de la Secretaría de Salud y no tiene por qué decirse o desecharse toda una iniciativa por una cuestión de forma y no de fondo. En ese orden de ideas, creo prudente que no se apruebe la iniciativa de dictamen que niega la propuesta de un servidor y que se apruebe en sus términos el voto particular. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. Pregunte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el dictamen negativo que nos ocupa.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta si es de aprobarse el dictamen negativo que nos ocupa.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.... Hay duda, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría volver a consultar a la Asamblea, en el entendido de que quienes voten por la afirmativa tendrán que ponerse de pie; y después, de manera contraria.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta a los compañeros diputados.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse ponerse de pie... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados, los puntos de acuerdo; archívese el expediente como asunto totalmente concluido.
    LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señoras y señores legisladores: esta Presidencia recibió de los diputado Miguel Ángel Toscano Velasco y Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido, el primero, del Partido Acción Nacional y el segundo del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara. de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo de los diputados Miguel Ángel Toscano Velasco, del grupo parlamentario del PAN, y Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del PVEM

    Los suscritos, diputados federales de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, y en nombre de diferentes grupos parlamentarios, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; someten a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto que por el que se reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de tabacos labrados, conforme a la siguiente

    Exposición de Motivos

    Impacto en salud pública

    El consumo de tabaco es la segunda causa de muerte en todo el mundo y la primera causa de muerte prevenible en nuestro país. En la actualidad, 1 de cada 10 personas que mueren en el mundo lo hace como consecuencia del tabaquismo; y se espera que para 2030 esta proporción cambie a 1 de cada 6 muertes. Anualmente, se presentan en el mundo 5 millones de defunciones a causa del tabaquismo y, de continuar la tendencia, se estima que en 2025 serán de 10 millones el número de muertes. En México, cada año mueren 53 mil personas por enfermedades relacionadas con el tabaco, lo que equivale en promedio a 147 muertes diarias (ver anexo l).

    De acuerdo con la Encuesta Nacional de Adicciones (ENA) de 2002, 26.4 por ciento de la población mexicana entre 12 y 65 años de edad fuma, lo que equivale a poco más de 16 millones de habitantes, donde poco más de 1 millón de adolescentes de entre 12 y 17 años. Además, dentro de la población urbana, cerca de 14 millones de la población están expuestos al humo del tabaco involuntariamente.

    Contrario a lo que ha ido sucediendo en los países desarrollados, el tabaquismo es un problema que ha ido aumentando con rapidez en los países subdesarrollados (en donde se encuentra 84 por ciento de los fumadores), especialmente en los niños y jóvenes, al ir disminuyendo la edad promedio en que las personas se inician en este vicio. México no es inmune a esta tendencia, donde la edad promedio de inicio disminuyó de 21 años para la gente que nació en los años treinta y cuarenta, a la edad de 13 años para las personas que nacieron a partir de los ochenta (ver anexo 2). En la actualidad, casi 20 por ciento de los jóvenes de entre 13 y 15 años son fumadores, lo que implica que uno de cada cinco fuma. Esto constituye un problema de salud pública cada vez más preocupante, ya que al disminuir la edad promedio de inicio se aumenta la probabilidad de convertirse en una adicción de por vida e incrementa el número de muertes prematuras y el número promedio de años perdidos.

    El tabaquismo es una enfermedad adictiva, crónica, progresiva y mortal. Es antecedente de múltiples enfermedades respiratorias, cardiovasculares y de cáncer. Afecta de igual manera a los fumadores involuntarios, ya que también están expuestos a los mismos agentes tóxicos, cancerígenos y mutagénicos, provocándoles cáncer y enfermedades cardiovasculares.

    Las personas fumadoras incrementan de 5 a 10 veces el riesgo de contraer cáncer del pulmón; tan sólo en México 85 por ciento de las muertes por esta enfermedad se debe al tabaco. Los hombres que fuman aumentan 27 veces la posibilidad de tener cáncer oral y 12 veces cáncer de laringe, en comparación con los que no lo hacen. Fumar causa 30 por ciento del cáncer de páncreas y duplica el riesgo de contraer cáncer de colon. En el mundo occidental, el tabaquismo es la principal causa de cáncer de vejiga, siendo dos o tres veces más probable que lo contraigan que los que no fuman. La mortalidad por problemas cardiovasculares es 2 veces mayor entre los fumadores y éstos tienen 45 por ciento más probabilidad de sufrir bronquitis crónica o enfisema que las personas abstemias. Además, fumar incrementa la probabilidad de tener osteoporosis y es responsable de 1 de cada 8 fracturas de cadera.

    El riesgo de aborto, parto prematuro y sangrados aumenta en gran proporción en las mujeres embarazadas que fuman o están expuestas al humo del tabaco. Así también, afecta el crecimiento del bebé, provoca menor peso al nacer e incrementa el riesgo de fallecimiento por muerte súbita.

    En los últimos años, en el mundo el porcentaje de mujeres que fuman se ha incrementado. En México, mientras en 1993 el 14.2 por ciento de las mujeres fumaban, este porcentaje se incrementó a 16.3 por ciento en 1998 y a 18.4 por ciento en 2002. Mientras en 1998 había cuatro fumadores varones por cada mujer, en 2002 esta relación bajó a 2.5 varones por 1 mujer. Éstos son datos preocupantes, ya que las mujeres que fuman tienen mayores posibilidades de contraer ciertos tipos de cáncer que las que no fuman, como el cáncer de mama y cérvico-uterino. Y si tomamos en cuenta que de los jóvenes entre 13 y 15 años que fuman en la actualidad fuman en igual proporción hombres y mujeres, podemos visualizar que el incremento de enfermedades a causa del tabaquismo en mujeres adultas aumentará dramáticamente.

    Esto ha incidido negativamente en el hogar, ya que los niños con padres fumadores, al verse expuestos al aire contaminado por el humo el tabaco, son más propensos a enfermedades de oído y respiratorias, como al asma, la bronquitis y la neumonía. Además, tienen mayores problemas cardiovasculares durante la edad adulta.

    Pese a que los daños en la salud provocados por el tabaquismo son en su mayoría a causa de fumar cigarros, el tabaco puede tener los mismos efectos cuando se consume en productos libres de humo o en puros. Aunque los puros están limitados sólo a ciertos grupos sociales, no se debe creer que son más sanos que los cigarros. Si existe diferencia en los efectos a la salud entre estos dos productos, ya que los fumadores de puros por lo general inhalan y fuman menos que los que fuman cigarros. Sin embargo, estudios en países europeos muestran que las personas que fuman puros son 9 veces más propensas a desarrollar cáncer de pulmón que las personas que no fuman.

    Impacto económico

    Los problemas de salud pública que causa el tabaquismo impactan en el bienestar social más allá del efecto directo en la salud de los fumadores activos y los pasivos. El tabaquismo en México afecta nuestra riqueza nacional, agravando la situación económica tanto de las familias como de la industria mexicana y las instituciones gubernamentales. Las pérdidas económicas se dan por varias razones. Las familias incrementan su gasto en materia de atención en la salud y llevan una calidad de vida menor cuando algún miembro de la familia fuma. Por otro lado, el sector productivo nacional ve mermadas sus operaciones debido a la pérdida de horas laborales por el incremento de las enfermedades de la población y por las muertes prematuras de varios trabajadores que fallecen durante su etapa productiva. Finalmente, el sector público recibe un impacto directo en las finanzas públicas, ya que debe erogar más de 30 mil millones de pesos para atender a la población mexicana afectada por el tabaquismo.

    A nivel familiar, los hogares más pobres son los que más se ven afectados por los problemas derivados del tabaquismo. El mayor impacto en el sector menos favorecido de nuestra sociedad se debe a dos factores principales. El primero radica en que entre menor sea el ingreso de un hogar mayor es el porcentaje del gasto que asignan a la atención médica; por ende, las familias con fumadores tienen mayor gasto y menos ahorro. El segundo factor se debe a que el ingreso de estos hogares es directamente proporcional a su productividad diaria: dado que el tabaquismo disminuye la productividad promedio de las personas por sufrir mayores enfermedades y tener una menor capacidad física, también disminuye su ingreso. La conclusión es evidente: en promedio, los hogares menos favorecidos económicamente tienen mayores gastos no productivos y menores ingresos cuando sus integrantes consumen tabaco.

    Impacto presupuestal directo al sector salud

    México es un país con una mediocre calidad de vida promedio, con baja recaudación y con muchas necesidades de inversión y atención social. Es imperativo equilibrar las finanzas públicas, sin disminuir la inversión y el gasto social. Para ello es necesario contar con mayores ingresos fiscales que cumplan el doble propósito de incrementar la recaudación y mejorar la calidad de vida de los mexicanos. Una sociedad justa y responsable debe buscar que los que se han visto más favorecidos por los recursos nacionales sean los que más aporten al Presupuesto general. En este sentido, también se debe seguir el principio de que el que contamina paga, ya que de lo contrario se estaría cobrando injustamente a los ciudadanos que no ocasionan un daño social. En México, cada año el Sistema Nacional de Salud gasta entre 6 y 12 por ciento de sus recursos para combatir las enfermedades causadas por el tabaco, lo que equivale a una cifra cercana a 32 mil millones de pesos (mdp), cantidad que aproximadamente equivale a 0.5 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) nacional. Por su parte, la recaudación por impuestos en tabaco ascenderá a 14 mil 500 mdp aproximadamente en 2005. Con estos datos podemos percatamos de que para 2005 existirá un déficit en el sector salud para atender dichas enfermedades por 17 mil 500 mdp. Es decir, los contribuyentes no fumadores transfieren más de 17 mil millones de pesos al erario público para remediar los estragos en materia de salud pública que causan los que optan por consumir tabaco.

    Aunado a esto, no hay que dejar de lado que el sector salud no cuenta con recursos suficientes para satisfacer todas las demandas de la población tanto en salud preventiva como curativa, equipo e instalaciones, entre otros, y --sin embargo-- tiene que destinar buena parte de sus recursos a atender las enfermedades ocasionadas por tabaquismo, los cuales son sufragados por todos los ciudadanos, y no sólo las personas que fuman. Por ello, y ante los limitados recursos con que cuenta nuestro país, es necesario buscar disminuir los impactos en la salud pública que causa el tabaquismo y ajustar la recaudación para que los que consumen tabaco contribuyan de manera más equitativa al gasto social que ellos mismos están ocasionando.

    El derecho a la salud es una garantía individual de toda persona reconocida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 4o., el cual establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. El gobierno cumple esa obligación a través de la Secretaría de Salud y las instituciones de seguridad social, las cuales llevan a cabo programas para la prevención, el control y el tratamiento de la adicción al tabaco.

    La experiencia mundial ha demostrado que muchas personas pueden salvar sus vidas con un tratamiento efectivo contra la dependencia del tabaco. No obstante, la mayoría de la gente no tiene acceso a tal tratamiento, ya por falta de capacidad humana o institucional por parte de la sociedad, para poner el tratamiento a la mano de toda la ciudadanía.

    Es menester que nuestro gobierno invierta en la expansión del tratamiento con métodos que han demostrado ser efectivos para dejar de fumar. Sin embargo, la saturación del uso y el costo de los servicios de salud para atender las enfermedades ocasionadas por fumar, así como la realización de las acciones antitabáquicas implican grandes costos que no pueden ser financiados en su totalidad por el IEPS recaudado en tabaco. Así, surge un déficit presupuestario que tanto el Sistema Nacional de Salud como la población en general tienen que financiar, en detrimento de otros programas con carácter de urgente y necesarios para mejorar la salud de las personas.

    Impacto en el consumo

    Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Banco Mundial, el incremento en el precio de los cigarros es la herramienta más efectiva para inhibir su consumo. Esta aseveración es compartida por todos los países miembros de la OMS, que los ratificaron en la signatura del Convenio Marco para el Control del Tabaco, que entró en vigor el 27 de febrero de 2005 y que expresa en su artículo 6o. el uso de políticas fiscales como una herramienta para controlar el tabaquismo al disminuir o inhibir el consumo, a la par del generar ingresos para el tratamiento y control de enfermedades, prevención y educación sobre el tabaquismo. Estudios internacionales demuestran que el incremento en el precio de los cigarros ayuda a disminuir su demanda. Se ha encontrado que un incremento de 10 por ciento en el precio del tabaco disminuyó la demanda en 4 por ciento en los países desarrollados y en 8 por ciento en los países de ingresos medios y bajos. Esto se puede apreciar con claridad en los casos de Estados Unidos, Canadá y Sudáfrica; donde en los dos primeros ha disminuido el consumo a medida que han aumentado los precios, y en el último se ha incrementado el consumo al irse reduciendo los precios (ver anexos 3 y 4).

    Los efectos del incremento de los precios son más efectivos entre los jóvenes y niños --cuya sensibilidad es tres veces mayor que la de los adultos--, así como en las personas de más escasos recursos. Esto es positivo, ya que con precios más elevados los jóvenes que fuman dejarán de hacerlo y los próximos a fumar desistirán, disminuyendo así el número de fumadores potenciales y las futuras muertes causadas por el tabaco. También, precios más altos traerán efectos positivos en las personas de menores recursos, ya que la elasticidad de la demanda en este sector es mucho mayor.

    En México, en el Programa Nacional de Salud 2001-2006, la Secretaría de Salud estableció la necesidad de una política fiscal más fuerte para combatir los efectos dañinos del tabaquismo. De esa manera, a partir de 2001 se fue incrementado gradualmente el IEPS a los cigarros con y sin filtro hasta llegar a 110 por ciento para ambos tipos de cigarro en 2005. De acuerdo con la ENIGH, el número de familias mexicanas que consumen productos de tabaco ha disminuido, conforme se eleva el nivel de impuestos (ver anexos 5 y 6); mientras en 1994 el 11.4 por ciento de los hogares en México dedicaba parte de su ingreso en productos de tabaco, esta proporción disminuyó a 7.1 por ciento en 2002. Cabe destacar que aunque esta disminución del consumo se debe también a la mejor información que la sociedad mexicana tiene sobre los efectos del tabaco en la salud, el incremento en los precios ha sido una parte esencial en la disminución del consumo de productos derivados del tabaco.

    Un estudio realizado por el Instituto Nacional de Salud Pública de la Secretaría de Salud para los años de 1994 a 2002 reveló que la elasticidad precio promedio de la demanda por cigarros en nuestro país es de -0.624, lo que equivale a decir que si los precios de las cajetillas de cigarros se incrementan en 10 por ciento, la demanda caerá en 6.24 por ciento. Además, el mismo estudio demuestra que el quintil más pobre de la sociedad es más sensible al aumento en los precios (elasticidad de -0.783) que el quintil más rico (elasticidad de -0.624). Estos datos nos revelan que aumentar los impuestos a los cigarros en México provocará una disminución de la demanda, pero en una proporción menor que el aumento.

    Efectos en la recaudación fiscal

    La concepción de que el aumento de los impuestos al tabaco merma los ingresos tributarios del gobierno es errónea. Distintos estudios en varias naciones han demostrado que aumentos en los impuestos al tabaco incrementan en el mediano plazo los ingresos fiscales y reducen el consumo del tabaco, incluso cuando se presentan altos niveles de contrabando. Un modelo desarrollado para el estudio del Banco Mundial de 1999 encontró que un incremento de 10 por ciento en los impuestos al tabaco en el mundo generaría 7 por ciento de recursos extra nacionales, con variaciones entre países. Un estudio de la OMS para Europa señaló que el incremento de los impuestos es la única medida para controlar el tabaquismo que genera ingresos.

    Esto, sin duda, es efecto de la baja elasticidad de los productos de tabaco --como se mencionó en párrafos anteriores-- debido a la adicción a la nicotina, siendo la disminución en su consumo proporcionalmente menor que el incremento de los impuestos.

    De hecho, en los últimos años México ha vivido esta experiencia de manera positiva. A raíz del incremento de los impuestos al tabaco en 2001, no sólo no ha provocado una disminución de los ingresos tributarios sino que, por el contrario, éstos han ido en aumento. A partir de 2002, año en que los impuestos a los cigarros con y sin filtro empezaron a aumentar hasta llegar a 110 por ciento en 2005, los recursos tributarios recaudados por el Gobierno Federal por IEPS a tabacos labrados han ido aumentando cada año. En 2002 se recaudaron 11 mil 745.3 mdp (equivalente a pesos de 2005), aumentando de manera constante recaudar 14 mil 564 mdp en este año.

    La idea de que el aumento en los impuestos al tabaco incrementaría el contrabando en tal proporción que existiría una pérdida de ingresos fiscales también ha sido probada como incorrecta empíricamente. Al aumentar Sudáfrica sus impuestos al tabaco casi 400 por ciento de 1990 a 1997, la venta legal se redujo en 22 por ciento, el contrabando aumentó a 6 por ciento y los ingresos del gobierno se duplicaron. Otro caso es el de Francia, que aumentó sus impuestos hasta duplicar el precio de los cigarros entre 1991 y 1996, disminuyendo las ventas en 14 por ciento, aumentando los ingresos en 80 por ciento y manteniendo un nivel bajo de contrabando. Ambos casos, uno de un país en vías de desarrollo y otro ya desarrollado, muestran que en México el incremento de impuestos al tabaco traerá mayores recursos fiscales y una disminución en el consumo de los productos derivados del tabaco.

    Por otro lado, el contrabando no está directamente relacionado con la tasa impositiva a un producto. En realidad, muchas son las causas que permiten el contrabando en tabaco. Por un lado, tenemos que la razón principal para que exista contrabando no es los altos impuestos en una nación ni el diferencial de impuestos entre países o regiones, sino el hecho de pagar o no el impuesto. Reducir o no aumentar los impuestos al tabaco no resolverá el problema del contrabando. De hecho hasta recientemente, en Europa, los mayores niveles de contrabando se encontraban en países con niveles bajos de impuestos, como España e Italia.

    Aunado a eso, existen estudios que demuestran que factores como la tolerancia pública, una cultura de venta en las calles, el nivel de corrupción nacional y la complicidad de la industria del tabaco, influyen más en el nivel de contrabando que los mismos impuestos. Por ello, el cambio en la tasa impositiva de los cigarros tiene un efecto poco significante en los niveles de contrabando.

    Estudios del Banco Mundial y otros autores aseveran que la misma industria tabacalera se beneficia de la existencia del contrabando, puesto que éste estimula el consumo directo a través de cigarros baratos en las calles, como el consumo indirecto presionando a mantener o bajar el nivel de impuestos a los cigarros. También, la amenaza de contrabando principalmente en cigarros, se ha utilizado como una herramienta efectiva para evitar barreras comerciales o para forzar a los distintos países a abrir los mercados. Todas estas conclusiones se han confirmado mediante el acceso a los documentos internos de BAT y PM1 desde 1998.

    A partir de 1999, varios países han interpuesto demandas en contra de BAT y PM por sus acciones relacionadas con el comercio ilícito de los productos de tabaco, entre ellos, Canadá, Colombia y la Unión Europea.

    En el 2004, la Unión Europea retiró la demanda en contra de Philip Morris al llegar al acuerdo de que ésta pagaría 1.25 mil millones de dólares en 12 años, además de comprometerse a colaborar con las autoridades europeas para luchar en contra del contrabando. Esto demuestra de alguna manera, que la industria tabacalera contribuye contrabando de sus propios productos y, por lo tanto, también puede ayudar a detenerlo.

    Por estas razones, la solución no es sólo aumentar los impuestos al tabaco, sino combatir el comercio ilícito. El contrabando de cajetillas de cigarros será más fácil de controlar a partir del 2007, debido a la reforma a la Ley del IEPS, derivada de una iniciativa presentada por el diputado Miguel Ángel Toscano Velasco en octubre de 2004, que aplica marbetes a las cajetillas de cigarros. Esta reforma, al obligar la adhesión de sellos fiscales a las cajetillas de cigarros, incrementará el control fiscal y será una medida eficaz para combatir el comercio ilícito de los cigarros.

    Impacto en el Sector Laboral

    Una preocupación que pudiera acarrear esta propuesta es la supuesta pérdida de empleos que se suscitarían en la industria tabacalera debido al incremento de precios y a la disminución en la demanda de productos del tabaco. Al respecto, estudios hechos por el Banco Mundial muestran que en los países donde disminuye la demanda por tabaco, no existe una pérdida neta de empleos; porque al adquirir bienes y servicios con los recursos que anteriormente se dedicaban al tabaco, provocará que se abran campos de trabajo en los otros sectores. Cabe destacar también que el aporte al PIB que hace la industria tabacalera es bajo, por lo que no se estaría afectando una rama productiva importante en nuestro país. Además de que el aporte económico benéfico que hace a la sociedad mexicana es mucho menor a los nocivos impactos económicos que sus efectos sobre la salud causan a nuestra nación.

    La siembra de tabaco también causa un efecto negativo en la salud de los jornaleros, ya que la nicotina es absorbida a través de la piel al momento de cosechar, produciendo la enfermedad conocida como la enfermedad del tabaco verde. Algunos de sus síntomas son: debilidad, nauseas, vómito, mareos, cólicos, temperatura anormal, diarrea, cambios en la presión sanguínea y dificultad para respirar. Estos síntomas causan que disminuya la productividad del agricultor y vea su calidad de vida eventualmente disminuida.

    Los trabajadores jóvenes y los niños agricultores tienen más riesgos de contraer la enfermedad del tabaco verde, por su mayor exposición al tabaco. Por ello, México, al ser un país donde jóvenes y niños se ven obligados a laborar en el campo en lugar de acceder a la educación acorde a su edad, la presencia de la enfermedad verde del tabaco es mayor que en otros de nuestros principales socios comerciales.

    La otra razón por la cual el cultivo del tabaco daña la salud, es el constante contacto con los plaguicidas utilizados, los cuales son muy tóxicos. El envenenamiento causado por los insecticidas organofosforados y carbámicos usados en los campos de tabaco, causan trastornos en el sistema nervioso central; con síntomas iniciales como dolor de cabeza, hasta paros respiratorios repentinos. Nuevamente, son los niños y los jóvenes los que se ven más afectados.

    Por estas razones, lo que se debe hacer en lugar de impedir el aumento a los impuestos al tabaco para no afectar a los campesinos que lo producen, es buscar cultivos alternativos de producción rentables. Para lograrlo, el gobierno debe apoyar a los agricultores de tabaco a cambiar de cultivos, con asistencia técnica y apoyo económico; siendo los impuestos recaudados por tabaco una fuente para hacerse de estos recursos. Además, no hay que olvidar que por ser la nicotina del tabaco un adictivo, el consumo de tabaco no disminuye drástica sino paulatinamente, con el cual se cuenta con el tiempo suficiente para hacer la sustitución de cultivos.

    Propuesta

    Por todas las razones antes mencionadas es que los legisladores firmantes, proponemos un incremento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a todos los tabacos labrados --cigarros con y sin filtro, puros y otros-- a efecto de:

    1. Reducir el tabaquismo, especialmente en los grupos vulnerables como son los menores de edad y las personas de más escasos recursos; así como inhibir el inicio en el hábito de fumar en el caso de que alguna persona lo esté considerando.

    2. Recaudar mayores recursos tributarios para proporcionar una mayor y mejor atención a la población afectada directa o indirectamente por el tabaquismo, siendo los propios fumadores quienes solventen los gastos de salud generados por el consumo del tabaco; además de invertir en la prevención y educación sobre el tabaquismo.

    3. Reorientar de manera más eficaz el gasto de las personas y la Federación a rubros benéficos, que realmente impacten de manera positiva a la sociedad en general, incrementando así la calidad de vida de los mexicanos.

    4. Redirigir las actividades agrícolas hacia cultivos alternativos que sean menos dañinos para los campesinos mexicanos.

    Esta iniciativa consiste en reformar el inciso C) de la fracción I del artículo 2° de la Ley del de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios para aumentar de 110 a 200 por ciento el impuesto especial para los cigarros con y sin filtro; y de 20.9 a 100 por ciento el impuesto especial sobre puros y tabacos labrados. El impuesto se aplicaría a todos los tabacos labrados, sin importar su origen (nacional o importado), marca o precio.

    Con el objetivo de no causar distorsiones repentinas a la industria tabacalera, se propone que el incremento del IEPS a tabacos labrados se haga de manera gradual; para lo cual, se incluye un artículo transitorio que establece los distintos niveles del IEPS para alcanzar el nivel máximo en el 2008.

    Actualmente en México, los impuestos a los cigarros como proporción del precio de venta final al público equivalen aproximadamente al 54 por ciento. La evidencia científica señala que para que el aumento de impuestos reduzca efectivamente el consumo de tabaco, los impuestos deben oscilar entre dos terceras (66 por ciento) y tres cuartas partes (75 por ciento) del precio final. Con la propuesta del IEPS de 200 por ciento a los cigarros; en el 2008 una cajetilla que hoy por hoy le cuesta al fumador 19 pesos, le costará aproximadamente 26 pesos. A este precio, los impuestos equivaldrán el 67 por ciento del precio final, una razón dentro del rango permitido (ver Anexo 7). De hecho, si hacemos una comparación de los países miembros de la Unión Europea, podemos percatarnos que la razón impuestos/precio oscila entre el 70 y 86 por ciento (ver Anexo 8).

    Asimismo, y para alcanzar los objetivos de esta Propuesta de Iniciativa, se propone que los recursos obtenidos por este impuesto se destinarán preferentemente a fines específicos como son: el tratamiento de las enfermedades causadas por consumo de tabaco, campañas de prevención del uso de sustancias nocivas a la salud, programas contra el contrabando y falsificación de cigarros y apoyos a los campesinos productores de tabaco.

    Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía, la siguiente

    Iniciativa por el que se reforma y adiciona el artículo 2° de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en materia de tabacos labrados

    Artículo Único: Se reforma el inciso C) de la fracción I del artículo 2° para quedar redactado en lo sucesivo de la siguiente manera:

    Artículo 2°.- Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas siguientes:

    1. En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes:

    A)...

    1. ...

    2. ...

    3. ...

    B)...

    C) Tabacos labrados:

    1. Cigarros 200 por ciento

    2. Puros y otros tabacos labrados 100 por ciento

    Los recursos que se obtengan por concepto de este inciso se procurarán destinar a los siguientes programas:

    1. Prevención, tratamiento y control de las enfermedades causadas por el consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco y otras sustancias nocivas a la salud;

    2. Programas contra el contrabando y falsificación de tabacos labrados;

    3. Apoyo a jornaleros agrícolas a través de programas sectoriales dirigidos a mejorar el campo, y

    4. Estudios e investigación a través de programas sectoriales sobre los daños causados por el tabaquismo.

    ...Artículos Transitorios

    Primero. Con relación con las modificaciones a que se refiere el artículo 2° de este decreto, se estará a lo siguiente:

    I. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2006.

    II. Para los efectos de los incisos A) y B) de la fracción I del artículo 2° de las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, vigente a partir del 1 de enero del 2002, se mantiene la tabla aplicable para el ejercicio fiscal del 2005 y se agrega la de los ejercicios fiscales a partir del 2006, quedando como sigue:

    A) Cigarros con o sin filtro:Año Tasa

    2005 110%

    2006 140%

    2007 170%

    2008 200%

    Para los efectos de esta fracción, se consideran cigarros sin filtro los populares elaborados con tabacos obscuros con tamaño máximo de 77 milímetros de longitud.

    III. Para los efectos de lo dispuesto en el numeral 2 del inciso C) de la fracción I del artículo 2° de esta Ley, durante los ejercicios fiscales del 2006 en adelante, en lugar de aplicar las tasas previstas en dicho inciso para los puros y otros tabacos labrados, se estará a lo siguiente:

    Puros y otros tabacos labradosAño Tasa

    2005 20.9%

    2006 45%

    2007 70%

    2008 100%

    Segundo. Se derogan las disposiciones legales que se opongan al contenido del presente decreto.

    Nota:

    1 British American Tabacco y Phillip Morris

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 27 días del mes de septiembre de 2005.--- Diputados: Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Fernando Espino Arévalo (rúbrica), Javier Orozco Gómez (rúbrica), María Ávila Serna (rúbrica), Alejandra Méndez Salorio (rúbrica), Óscar González Yáñez (rúbrica), Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Roger David Alcocer García (rúbrica), Ángel Paulino Canul Pacab (rúbrica), Emilio Badillo Ramírez (rúbrica), Moisés Jiménez Sánchez (rúbrica), Gonzalo Rodríguez Anaya (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Omar Ortega Álvarez (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero (rúbrica), Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    La siguiente iniciativa, del diputado Elpidio Concha Arellano, se pospone.


    LEY DE REMESAS - CODIGO PENAL FEDERAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado Fernando Álvarez Monje, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa de Ley de Remesas, y que adiciona las fracciones VI, VII y VIII al artículo 253 del Código Penal Federal. modalidad="PI">El diputado Fernando Álvarez Monje: Con su venia, señor Presidente. Fernando Álvarez Monje, diputado federal de la LIX Legislatura, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Mexicanos, y en los artículos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone a la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa.

    Compañeros diputados: el voto de los mexicanos en el año 2000 hizo posible que, de manera pacífica y ordenada, transitáramos de un régimen a una democracia moderna. Los mexicanos entramos en el nuevo siglo con ánimo optimista para solucionar los problemas que aquejan a nuestra nación. El cambio nos dio la posibilidad de incorporar nuevos temas en la agenda política nacional que habían quedado relegados por décadas. La transparencia, la rendición de cuentas y la atención de los mexicanos en el extranjero son algunos ejemplos de los temas que antes no se abordaban y que parecía que no existían.

    En efecto, por años los emigrantes mexicanos fueron condenados al olvido; sus demandas fueron ignoradas y se desatendieron sus peticiones para incorporarse a la vida de nuestro país. En el México de hoy, esta Legislatura ha logrado culminar un proceso arduo de análisis y debate, de reflexión y propuestas acerca del voto de los mexicanos en el extranjero, haciendo posible que los ciudadanos mexicanos puedan votar en las elecciones federales para Presidente, no importando el lugar donde se encuentren. Esta reforma electoral protege los derechos políticos de los inmigrantes, pero existen otros derechos que actualmente se encuentran desprotegidos; tal es el caso de las remesas que envían los emigrantes mexicanos, principalmente de Estados Unidos de América, a nuestro país.

    Es evidente que el flujo de remesas que envían los emigrantes de Estados Unidos a México se ha convertido en la segunda fuente más importante de divisas, sobrepasando la inversión extranjera directa y el turismo y sólo atrás de las ventas de petróleo. El año pasado, México ocupó el segundo lugar mundial entre los países receptores de remesas, sólo superado por India, y ocupó el primer lugar en Latinoamérica, con 17 mil millones de dólares recibidos.

    Las remesas que envían nuestros paisanos constituyen una expresión del vínculo entre estos y las comunidades de origen. Esos flujos monetarios pueden convertirse en un medio de desarrollo, ya que ofrecen una importante fuente de recursos de capital predecible, tanto para el gobierno como para las familias. Son inmunes a las crisis económicas e, incluso, pueden ir contra los ciclos; es decir, pueden aumentar en situaciones de recesión. También es importante destacar que el envío de remesas a nuestro país, junto con la implantación de diversos programas sociales, ha contribuido a la disminución de la pobreza. Asimismo, las familias mexicanas receptoras de remesas gastan la mayoría de los recursos que reciben en los gastos cotidianos y de consumo, 78 por ciento, y --en un segundo orden-- en educación.

    A pesar de la importancia que tienen las remesas en la economía de México, no existe disposición legal alguna que regule la actuación de las empresas intermediarias en el envío de dinero y tampoco existe una ley que proteja los derechos de los emigrantes como usuarios del servicio el envío de remesas. Ante ese vacío legal, se presentan las problemáticas siguientes: al momento del pago, las empresas dedicadas al negocio de envío de remesas aplican un tipo de cambio inferior al publicado por el Banco de México. Es una práctica común que, al momento de cobrar las remesas, las cadenas comerciales tratan de inducir a los familiares receptores para adquirir sus productos como forma de pago o niegan el pago alegando falta de efectivo.

    No existe transparencia en la transferencia de dinero, por lo que es difícil conocer los costos reales del servicio. No existe registro de las empresas que se dedican a este servicio y, por tanto, no existe control por parte de alguna autoridad para asegurar que funcionen de acuerdo con las normas del mercado y respeten los derechos de los usuarios del servicio. Ante esa problemática, es necesario expedir una ley que resuelva; para esto debemos situar el tema de remesas en el contexto jurídico adecuado. La vertiente dominante de la actividad económica estudia la forma en que se toman las decisiones de los consumidores y supone que éstos cuentan con información completa y perfecta para realizar sus decisiones de compra, por lo que los académicos hablan de la soberanía de los consumidores para hacer referencia de su capacidad de decisión, la cual repercute en mayor competencia entre los empresarios para ganar clientes.

    Sin embargo, esos supuestos son muy distintos de los que existen en el mundo real, pues los emigrantes mexicanos tienen limitaciones: la barrera del idioma, la situación migratoria y las condiciones socioeconómicas de los familiares generan desinformación respecto a las mejores opciones para la transferencia de dinero. Por tanto, los usuarios deciden qué medio utilizar sin tomar en cuenta la velocidad, la seguridad y el costo del servicio por la ignorancia en que se encuentran. En ese sentido, nuestra propuesta no atiende a prácticas asistencialistas; por el contrario, como representantes de la sociedad sabemos que son igualmente válidos tanto los intereses de las empresas que prestan esos servicios como los intereses de los emigrantes y de sus familias que los utilizan.

    No buscamos desconocer un interés válido sino equilibrar las relaciones económicas para que ambas partes sean igualmente beneficiadas y el modelo económico funcione adecuadamente en un mercado de remesas donde el oferente y el demandante se encuentren en igualdad de condiciones de contratación. La iniciativa de Ley de Remesas que presento ante esta soberanía contiene 28 artículos, organizados en siete capítulos, con una adecuada técnica legislativa que considera disposiciones generales, normas que establecen las autoridades que participan en la ley y reglas que deben cumplir las empresas que participan en el mercado de remesas, así como procedimientos, sanciones y recursos.

    Es importante destacar que esta ley vendría a llenar un vacío, pues no tiene antecedentes legislativos por la particularidad de la situación y la época en que vivimos. Respecto a la propuesta de creación de tres nuevos tipos penales que protejan a las familias destinatarias del envío de remesas, obedece a que éstas utilizan la mayor parte del dinero para satisfacer necesidades básicas, por lo que considero necesario protegerlas, tutelando este bien jurídico. En ese sentido, es adecuada la integración de esos tipos penales al artículo 253 del Código Penal Federal, debido a que se insertan en los delitos contra el consumo. En este caso, serían delitos contra consumo del servicio de remesas, y las disposiciones comunes a los delitos de este artículo también serán aplicables a los nuevos tipos penales propuestos, lo cual consideramos correcto.

    Es importante destacar que, de aprobar esta iniciativa, cumpliremos compromisos internacionales, ya que México ha suscrito la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias, por lo que, de acuerdo con el artículo 84 de la misma, se establece que cada uno de los Estados parte se compromete a adoptar las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para aplicar las disposiciones de la presente convención.

    Y siendo parte importante de la Convención lo dispuesto en los artículos 32 y 47, en los cuales se establece el derecho de los trabajadores migratorios para transferir sus ingresos y ahorros a su país de origen, de conformidad con la legislación aplicable, tenemos la obligación jurídica ante la comunidad de Naciones Unidas de legislar esta iniciativa de Ley de Remesas para hacer efectivos los derechos de nuestros trabajadores migratorios en nuestro país y demostrar que el Poder Legislativo federal, como parte del gobierno mexicano, cumple sus responsabilidades internacionales y se coloca a la vanguardia de la defensa de nuestros mexicanos en el exterior.

    Al aprobar esta propuesta de ley, no sólo aseguramos el correcto funcionamiento del mercado sino que protegemos los derechos humanos de los emigrantes y de sus familiares e insertamos la legislación mexicana a la par de regulaciones jurídicas avanzadas y mejoramos la protección que la ley da a los consumidores y a usuarios del servicio. Es nuestro deber, como legisladores y representantes de los mexicanos, proteger a los trabajadores migratorios y a sus familias, regulando las remesas con el fin de eliminar prácticas abusivas que menoscaban el dinero que envían los mexicanos desde el exterior, pues así protegemos el esfuerzo del trabajador migratorio y la subsistencia de su familia. Por lo anterior, pido a la Mesa Directiva que se turne esta iniciativa a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios. Es cuanto, señor Presidente.

    «Iniciativa de Ley de Remesas, y que adiciona las fracciones VI, VII y VIII al artículo 253 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Fernando Álvarez Monje, del grupo parlamentario del PAN

    Fernando Álvarez Monje, diputado federal de la LIX Legislatura, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de los artículos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo a esta H. Cámara de Diputados la presente iniciativa al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Como integrante de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la LIX Legislatura, he identificado los principales problemas a los que se enfrentan nuestros nacionales que emigran al extranjero.

    Uno de los más importantes, es la falta de regulación legal del envío de dinero de los mexicanos que trabajan en el exterior a sus familias en México.

    En esta iniciativa, proponemos la solución a esa problemática a través de la creación de una nueva ley que regule las remesas de dinero de los trabajadores mexicanos que radican en el extranjero y envían a sus familias en territorio nacional.

    Compañeros legisladores de los partidos políticos representados en esta honorable Cámara, se han pronunciado por la necesidad de llenar el vacío legal alrededor de las remesas.

    Prueba de ello son dos iniciativas presentadas por diputados de diferentes partidos políticos en septiembre del 2004, así como diversos puntos de acuerdo propuestos durante la pasada Legislatura y la actual con relación a la problemática que aquí se expone y que es necesario regular para resolverla.

    La migración de mexicanos a los Estados Unidos de América es un fenómeno que ha cobrado importancia en las últimas décadas, debido al creciente flujo de trabajadores migratorios que buscan oportunidades de desarrollo que no encuentran en México, conjugado con la gran demanda de empleo en el país vecino.

    Los trabajadores mexicanos que deciden emigrar sufren innumerables problemas en su salida, entrada y estancia en Estados Unidos, entre otros se enfrentan: a bandas de traficantes de personas que se aprovechan de su necesidad e ignorancia; a extorsión por funcionarios corruptos a ambos lados de la frontera; a malos tratos, amenazas y racismo por parte de autoridades y habitantes del vecino país; explotación de sus empleadores, además de negación de sus derechos laborales; y, al alto cobro del servicio de remesas que menoscaba el dinero que reciben sus familiares en México.

    Después de afrontar estos obstáculos para encontrar un trabajo y obtener un ingreso económico por su labor, es injusto que el dinero que con tanto esfuerzo y peligro obtienen los mexicanos en el exterior, se vea menguado por prácticas abusivas de las empresas que se dedican al servicio de remesas, por lo que el aprobar esta ley, establecemos las bases para proteger el esfuerzo que realizan los mexicanos en el exterior y contribuimos a procurarles la justicia que sistemáticamente se les niega en el vecino país del norte.

    A diferencia de otros países con altos flujos migratorios, en México, la migración se distingue por la elevada cantidad de remesas que envían los mexicanos a nuestro país, esto sólo se puede explicar por el fuerte vínculo afectivo que une a los trabajadores migratorios con su familia, pues es una muestra clara de los lazos esenciales de la solidaridad humana, ya que el trabajador mexicano no migra solamente para su beneficio, sino migra esencialmente por su familia, para alimentarla, educarla y darle a los hijos una oportunidad de desarrollo.

    El trabajador migratorio realiza un esfuerzo monumental para sacar adelante a su familia, a pesar de todos los obstáculos que se le presentan como son el vivir en otro país, con otra lengua, con otras costumbres, lejos de sus seres queridos, con la negación de sus derechos humanos y laborales y con el temor de que su estancia ilegal sea descubierta y sea expulsado del país.

    Es nuestro deber como legisladores y representantes de los mexicanos proteger a los trabajadores migratorios y a sus familias, regulando las remesas con el fin de eliminar prácticas abusivas que menoscaban el dinero que envían los mexicanos desde el exterior, porque así protegemos al trabajador migratorio y a su familia.

    El fenómeno de la migración de mexicanos hacia Estados Unidos de América ha sido estudiado por académicos y autoridades con el fin de resolver los problemas que crea este hecho social.

    Cuatro investigaciones realizadas por las Cámaras que integran el Congreso de la Unión nos arrojan datos precisos, los cuales tomamos en cuenta para la elaboración de nuestra propuesta:

    a) De la Cámara de Diputados:

    La primera, de la autoría del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública datado de noviembre de 2004 titulada ``Migración y Remesas Familiares: Conceptos y Perspectiva Comparada'' y basada en estudios del Fondo Multilateral de Inversiones del Banco Interamericano de Desarrollo y del Internacional Migration Report 2002 elaborado por la Organización de las Naciones Unidas;

    La segunda, del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas también de noviembre de 2004, ``México: Comportamiento de las Remesas, 1995 -- 2004/III'' elaborada a partir de datos del INEGI, el Conapo, US Census Bureau, Banco de México y Censo Nacional de Población y Vivienda;

    La tercera, de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de marzo de 2005, ``El impacto de las remesas en la economía mexicana, disminución de la pobreza y el desarrollo'' con base en estudios del Banco de México, Conapo, INEGI, IME, Fondo Multilateral de Inversiones del Banco Interamericano de Desarrollo y del Internacional Migration Report 2002 elaborado por la Organización de las Naciones Unidas, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

    b) De la Cámara de Senadores:

    La Relatoría del Seminario: ``Remesas de los Mexicanos en el Exterior'' organizado por la Comisión de Relaciones Exteriores América del Norte, el 10 de noviembre de 2004, con la participación de representantes del Banco Mundial, Conapo, Bansefi, Banco Interamericano de Desarrollo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Departamento de Banca del estado de Texas, Banco de México, Bank of America, Grupo Elektra, US Bank, Money Gramm Internacional, BBVA Bancomer, Banamex, Western Union, Nafin, Sedesol, Cemex, Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, UCLA, Instituto de los Mexicanos en el Exterior, Cónsules de México, Profeco y Condusef.

    A partir de estas investigaciones podemos destacar los siguientes datos:

  • Las remesas son las transferencias de remuneraciones o del monto acumulado de riqueza que hacen los emigrantes a su país de origen.

  • El tema de las remesas cobra importancia y ha llegado a convertirse en un aspecto macroeconómico relevante. Las remesas significan para algunas naciones en desarrollo, ingresos superiores a la inversión extranjera directa, a los recursos que perciben por exportaciones o por el financiamiento oficial para el desarrollo.

  • En el caso de México, desde el año de 2003, es la segunda fuente de ingreso de divisas al país por encima de la inversión extranjera directa o de los ingresos por turismo, solo es superada por la exportación de petróleo, situación que puede cambiar en el futuro debido al agotamiento natural de los recursos naturales no renovables y a la tendencia creciente en el envío.

  • Las principales implicaciones de las remesas para las economías nacionales, son su potencial para el desarrollo como un componente significativo del Producto Interno Bruto, así como, por su impulso al consumo y a la inversión.

  • Asimismo, las remesas constituyen una expresión del vínculo entre las colectividades de emigrados y sus comunidades de origen, pudiendo convertirse en un medio para el desarrollo, ya que ofrecen una importante fuente de recursos de capital predecible tanto para los gobiernos como para las familias, siendo inmunes a las crisis económicas e incluso pueden ir en contra de los ciclos, es decir que pueden aumentar en situaciones de recesión.

  • México ocupa el segundo lugar mundial en entre los países receptores de remesas sólo superado por la India, y ocupa el primer lugar en Latinoamérica con 17 mil millones de dólares recibidos en el 2004.

  • El envío de remesas a nuestro país junto a la implementación de diversos programas sociales contribuye a la disminución de la pobreza.

  • Los hogares mexicanos receptores de remesas gastan la mayoría de los recursos que reciben en los gastos cotidianos y de consumo (78%) y, en un segundo orden, en educación.

  • El Banco Interamericano de Desarrollo en un informe de 2004, da a conocer que el costo promedio para el envío de remesas en los países latinoamericanos es de 7.9% por envío de 200 dólares, siendo el porcentaje más alto a nivel mundial, además, los emigrantes latinoamericanos utilizan empresas cuyos servicios suelen ser más caros que los ofrecidos por las instituciones financieras formales.

    De esta manera, se puede apreciar que las remesas aportan innumerables beneficios a la micro y macroeconomía de México, sin embargo no escapan a problemáticas que conlleva la transferencia de dinero desde el extranjero, destacándose las siguientes:

    - Al momento del pago, las empresas dedicadas al negocio de envío de remesas, aplican un tipo de cambio inferior al publicado por el Banco de México.

    - Es una práctica común que al momento de cobrar las remesas, las cadenas comerciales tratan de inducir a los familiares receptores para adquirir sus productos como forma de pago, o niegan el pago alegando falta de efectivo.

    - No existe transparencia en la transferencia de dinero, por lo que es difícil conocer los costos reales del servicio.

    Ante la problemática existente, es necesario construir una solución que la resuelva, así que debemos situar el tema de remesas en el contexto jurídico adecuado.

    La vertiente dominante de la Teoría Económica estudia la forma en que toman decisiones los consumidores y supone que éstos cuentan con información completa y perfecta para realizar sus decisiones de compra, por lo que hablan de la soberanía de los consumidores para hacer referencia a su capacidad de decisión, la cual repercute en mayor competencia entre los empresarios para ganar clientes.1

    Sin embargo, estos supuestos son muy distintos a los que existen en el mundo real, pues los emigrantes mexicanos tienen limitantes: la barrera del idioma, la situación migratoria y las condiciones socioeconómicas de los familiares, genera desinformación respecto a las mejores opciones para la transferencia de dinero, por tanto, los usuarios deciden sin tomar en cuenta la velocidad, seguridad y costo del servicio debido a la ignorancia en la que se encuentran.

    En este sentido, nuestra propuesta no atiende a prácticas asistencialistas, por el contrario, como representantes de la sociedad, sabemos que son igualmente válidos tanto los intereses de las empresas que realizan estos servicios como los intereses de los emigrantes y sus familias que los utilizan, no buscamos desconocer un interés válido, sino equilibrar las relaciones económicas para que ambas partes sean igualmente beneficiadas y el modelo económico funcione adecuadamente en un mercado de remesas donde el oferente y el demandante se encuentren en igualdad de condiciones de contratación.

    El Derecho es una idea práctica; no existe sino para realizarse, para instituir el orden y la paz, y armonizar los diferentes intereses que hay en la sociedad, de esta manera se alcanza el bien común.

    Contenido de la Ley de Remesas

    Diversos autores afirman que la regulación de los Derechos de los Consumidores se encuentra dentro del Derecho de la Competencia, siendo éste, el conjunto de normas jurídicas que previenen y sancionan conductas realizadas por agentes económicos que distorsionan el funcionamiento del mercado2, de esta definición se puede desprender lo siguiente:

    - Al ser parte del Derecho de la Competencia, las normas que conforman el Derecho del Consumidor serán eminentemente prohibitivas y restrictivas (afirmación que puede comprobarse al analizar el contenido de la Ley Federal de Protección al Consumidor)

    - Para el correcto funcionamiento del mercado, es necesario que concurran diversas circunstancias: ausencia de prácticas monopólicas y prácticas desleales del comercio, la regulación de la propiedad intelectual y por supuesto, la protección a los consumidores, pues sin ellos, el mercado no podría funcionar aunque existieran oferentes.

    De esta manera, la Ley que proponemos contiene normas prohibitivas y sancionadoras, pues es la característica específica de esta rama del Derecho.

    Además, de que la protección que otorga el ordenamiento jurídico al Derecho de los Consumidores se entiende necesaria para el correcto funcionamiento del mercado, también se protege, porque los derechos de los consumidores son considerados como derechos humanos de tercera generación3, apenas aparecidos en la segunda mitad del siglo XX4.

    Por tanto, al aprobar esta propuesta de Ley, no solo aseguramos el correcto funcionamiento del Mercado sino protegemos los derechos humanos de los emigrantes y de sus familiares e insertamos la Legislación Mexicana a la par de las regulaciones jurídicas avanzadas, mejorando la protección que la Ley da a los consumidores.

    Asimismo al aprobar esta iniciativa, cumplimos con nuestros compromisos internacionales, ya que México ha suscrito la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, por lo que de acuerdo al artículo 84 de la misma, que establece ``Cada uno de los Estados Partes se compromete a adoptar medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para aplicar las disposiciones de la presente Convención''.

    Y siendo parte importante de la Convención lo dispuesto en los artículos 32 y 47, en los cuales se establece el derecho de los trabajadores migratorios para transferir sus ingresos y ahorros a su país de origen de conformidad con la legislación aplicable, tenemos la obligación jurídica ante la comunidad de las Naciones Unidas de legislar esta iniciativa de ley de remesas para hacer efectivos los derechos de nuestros trabajadores migratorios en nuestro país y demostrar que el Poder Legislativo Federal como parte del Gobierno Mexicano cumple sus responsabilidades internacionales y se coloca a la vanguardia de la defensa de nuestros mexicanos en el exterior.

    En nuestro país, el marco jurídico de la protección a los Derechos de los Consumidores parte del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a su vez es parte del capítulo económico de la Carta Fundamental5, el mismo dispone en el párrafo segundo:

    ``Las Leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios. La Ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses''.

    Al respecto del contenido de este artículo constitucional se ha escrito que la protección de los derechos de los consumidores es un aspecto importante dentro de la regulación de competencia, ya que mediante ésta se busca un equilibrio entre las fuerzas del mercado, evitando que los consumidores sean objetos de prácticas que lesionen sus intereses, derivadas de actos engañosos de comercio6.

    Idéntica opinión se ve contenida en el Informe del año 2002 de la Procuraduría Federal del Consumidor: ``En la economía global, la protección al consumidor no es una política aislada; articulada con la política de competencia, apoya el crecimiento económico y el bienestar de la población. En este sentido, es posible afirmar que la protección al consumidor es un área especializada y complementaria de la política de la competencia''7.

    Obedeciendo el mandamiento constitucional, el Congreso de la Unión en ejercicio de sus atribuciones ha expedido leyes para la protección de los consumidores, siendo la vigente la Ley Federal de Protección al Consumidor aparecida en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1992.

    Podría parecer suficiente para solucionar la problemática que hemos expuesto la regulación del artículo 28 constitucional y la Ley Federal de Protección del Consumidor, sin embargo por las características distintas y específicas que rodean a las remesas, es necesaria la expedición de una ley especial para regular la materia, de otro modo, continuarían los abusos de los proveedores del servicio y la distorsión de los mercados.

    Es por lo anterior, que como miembros del Poder Legislativo Federal, tenemos la obligación jurídica de expedir normas de protección a los consumidores del servicio de remesas.

    Capítulo I Disposiciones Generales

    En este apartado se establecen los ámbitos de validez de la norma jurídica propuesta: el territorial, el temporal, el material y el personal. Así como el objeto y los fines que regula y persigue la ley. De igual manera, se incluyen las definiciones legales de los términos utilizados en el cuerpo normativo, las normas jurídicas supletorias y su posible interpretación por parte de las autoridades competentes para su ejecución.

    Actualmente, preocupa la forma de delimitar el ámbito territorial de aplicación de las leyes sobre la competencia en sentido estricto, toda vez que los mercados comúnmente rebasan las fronteras nacionales para convertirse en mercados regionales o incluso globales, y las conductas de las empresas en un país pueden restringir la competencia en otro8.

    Ante esta situación nuestra propuesta a diferencia de las demás, señala como ámbitos de aplicación personal y espacial, las empresas que se encuentran en territorio mexicano y no propone regular a empresas extranjeras en su propio territorio, la posible regulación y aplicación de normas del sistema jurídico mexicano en el exterior corresponde a los tratados internacionales que en uso de sus Facultades Constitucionales celebre el Poder Ejecutivo Federal.

    De esta manera, con la expedición de esta Ley el titular del Poder Ejecutivo Federal tendrá una base legal de actuación para celebrar acuerdos con las autoridades de otros países a fin de obtener una mejor aplicación de las normas en la materia.

    Por otra parte, se excluye de la aplicación de esta Ley a las Instituciones del Sistema Financiero Mexicano que prestan el servicio de remesas por la siguiente razón: aunque de las investigaciones citadas se desprenda que la participación de las instituciones bancarias es del 39 % del mercado, la problemática expuesta no deriva de la actuación de estos agentes económicos sino de las empresas que no formando parte del sistema financiero mexicano, sin ningún tipo de control realizan el servicio de remesas.

    Incluso, las investigaciones citadas y los informes de la Profeco y la Condusef en torno al tema9, sugieren implementar campañas de información dirigidas a los emigrantes para que utilicen los servicios financieros en el envío de remesas, debido a que por la estructura y regulación de las instituciones bancarias en México, la autoridad competente tiene mayores facultades de vigilancia y control, por lo tanto las comisiones, el tipo de cambio aplicado y la rapidez en el servicio son mejores a las que ofrecen las empresas que se proponen regular con esta iniciativa.

    En esa tesitura, el Congreso de la Unión tomando en cuenta las propuestas referidas, aprobó una reforma aparecida en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2005, al artículo 3° de la Ley de Nacionalidad adicionando como documento probatorio de la nacionalidad mexicana la matrícula consular, contribuyendo a que los emigrantes que cuenten con ese documento puedan acceder a servicios financieros para la transferencia de dinero.

    Finalmente consideramos que regular la transferencia de remesas por medio de instituciones bancarias, corresponde al Derecho Financiero y no al Derecho del Consumidor, lo cual obedece a normas y principios jurídicos distintos, por lo que puede ser materia de otra Iniciativa.

    Al otorgarse el carácter de irrenunciables a las disposiciones propuestas se atiende a que las normas son los derechos mínimos10 que consideramos necesarios para proteger a los consumidores.

    Capítulo II De las Autoridades

    Consideramos que corresponde a la Procuraduría Federal del Consumidor la aplicación de esta nueva Ley, pues los sujetos comprendidos y la materia regulada corresponden a la competencia de la misma, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. De esta manera esta propuesta se integrará armónicamente al Derecho Positivo Mexicano.

    Por el contenido de la materia regulada corresponde principalmente a la Secretaría de Economía, a la de Relaciones Exteriores y a la de Desarrollo Social auxiliar a Procuraduría Federal del Consumidor.

    Adicionalmente, es importante tomar en cuenta el papel que tiene Telecomunicaciones de México (Telecomm) en el servicio de remesas, el cual es un organismo descentralizado de la administración pública federal con 1552 oficinas telegráficas en el país y con la mitad de las mismas ubicadas en ciudades de menos de 10000 habitantes11, a partir de marzo de 2001 ha reducido los costos del servicio sin ventajas monopólicas ni indebidas sobre los demás oferentes del servicio, por lo que participa en una libre y sana competencia de mercado en igualdad de circunstancias, por tanto, consideramos que las empresas que operan el servicio de remesas deben ofrecerlo por lo menos con las condiciones tecnológicas y operacionales con las que opera Telecomm.

    Atendiendo a la situación de que los 100 municipios que registran las remesas per cápita más elevadas son predominantemente rurales (donde viven 2.2 millones de habitantes)12, y por tanto, no existen instituciones financieras, ni empresas que presten el servicio es menester que Telecomm participe y siga participando en dichas localidades, pues en los mercados en que las empresas tienen dificultad o no tienen interés en participar, el gobierno mexicano a través de la infraestructura de Telecomm salvaguarda la garantía de igualdad consagrada en nuestra Constitución al llevar los servicios a los mexicanos que los necesitan sin importar la situación geográfica en donde se encuentren.

    Capítulo III De la Empresa

    Los artículos de este capítulo son una parte fundamental de la Ley propuesta, pues contienen prohibiciones incondicionales a las empresas que ofrecen el servicio de remesas de dinero con el fin de solucionar la problemática expuesta y demostrada con los datos de las investigaciones citadas.

    Por otra parte, las disposiciones no fijan porcentajes o precios específicos para el costo del servicio, pues ``las medidas de fijación de precios se emplean cada vez menos ya que son vistas como obstáculos al libre desempeño de los mercados por lo cual los mecanismos regulatorios son más comunes, la tendencia actual va más bien encaminada hacia el derecho de la información''13.

    Capítulo IV De los Programas de Desarrollo auspiciados por las Remesas

    Recoger en la legislación los programas de desarrollo auspiciados por el envío de remesas que ya realizan las autoridades en los tres ordenes de gobierno, es fortalecer la seguridad jurídica al proporcionar una base legal de actuación a las autoridades en la implementación de las políticas públicas en la materia.

    Capítulo V Del Procedimiento

    Una Ley compuesta en su totalidad por normas sustantivas se ve limitada en su aplicación, por lo que deben existir de forma simultánea normas adjetivas que faciliten la aplicación de las normas que establecen derechos y obligaciones, es por lo anterior que este capítulo contiene una norma jurídica adjetiva.

    Capítulo VI De las Sanciones

    Es necesario establecer las sanciones que deben aplicar las autoridades a los sujetos que violen la norma jurídica.

    El monto mínimo y máximo de las sanciones fijadas en este capítulo es análogo a las cantidades vigentes del artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor por ser infracciones semejantes a las sancionadas en el citado artículo, lo anterior, atendiendo al principio general del derecho idem ratio idem ius, misma razón, mismo derecho.

    Las sanciones económicas se fijan en salarios mínimos vigentes del área geográfica ``A''.

    Capítulo VII Del Recurso Administrativo

    Actualmente existe la tendencia de unificar en un solo cuerpo normativo los medios de impugnación en contra de las resoluciones de la Administración Pública Federal, por esta razón, acorde a las nuevas corrientes en la Ciencia del Derecho Administrativo Mexicano14, este capítulo establece como recurso de revisión el regulado en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

    Sobre las adiciones al artículo 253 del Código Penal Federal

    Las propuestas de creación de tres nuevos tipos penales que protejan a las familias destinatarias del envío de remesas, obedece a que éstas utilizan la mayor parte del dinero para cubrir sus necesidades básicas por lo que consideramos que es necesario protegerlas tutelando este bien jurídico.

    Por otra parte, es adecuada la integración de estos tipos penales al artículo 253 del Código Penal Federal debido a que se insertan dentro de los delitos contra el consumo, en este caso, serían delitos contra el consumo del servicio de remesas y las disposiciones comunes a los delitos de este artículo también serán aplicables a estos nuevos tipos penales propuestos, lo cual consideramos correcto.

    Finalmente, la expedición de esta Ley y las adiciones al Código Penal Federal solucionarán la problemática presente en el envío de remesas por parte de los Nacionales Mexicanos que se encuentran en el Extranjero, armonizando los intereses de las empresas con los usuarios del servicio:

    - Debido a que la problemática surge con las empresas no financieras que realizan el servicio de remesas, se deja fuera de la regulación al sistema financiero mexicano.

    - Los costos del servicio, es decir, las comisiones que se cobran en el extranjero, disminuyen gradualmente debido a la competencia que existe entre las innumerables empresas presentes en las ciudades de mayor concentración de emigrantes mexicanos, por lo que no es necesario una propuesta de regulación.

    - La propuesta que presentamos se dirige con precisión a solucionar la problemática presentada.

    De esta forma, con la aprobación de esta Iniciativa, se protegerán los ingresos y ahorros de los trabajadores migratorios y sus familiares en México, garantizando la observancia de sus derechos humanos y haciéndolos efectivos cuando sean transgredidos.

    Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración del pleno de la H. Cámara de Diputados el siguiente decreto:

    Artículo Primero: Se expide

    Ley de Remesas

    Capítulo I Disposiciones Generales

    Artículo 1

    La presente Ley es de orden público e interés social.

    Artículo 2

    La presente Ley es de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones son irrenunciables, contra su observancia no podrán alegarse usos o costumbres en contrario.

    Artículo 3

    La presente Ley tiene como objeto regular las remesas que envían los mexicanos que se encuentran en el exterior a sus familias en territorio nacional, y tiene como finalidad evitar prácticas abusivas de empresas que prestan el servicio de remesas y proteger los intereses de los mexicanos y sus familias con el propósito de equilibrar las fuerzas del mercado.

    Artículo 4

    Los derechos previstos en esta ley son complementarios a los derivados de tratados o convenciones internacionales de los que México sea signatario; de la legislación interna ordinaria; de reglamentos expedidos por las autoridades administrativas competentes; así como de los que deriven de los principios generales de derecho, la analogía, las costumbres y la equidad.

    Artículo 5

    Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

    I. Remesa: el dinero que envían mexicanos que se encuentran en el exterior a territorio nacional.

    II. Usuario: la persona física o moral que adquiere y disfruta el servicio de remesas, tanto la persona que contrata el servicio en el extranjero como la persona destinataria de la remesa.

    III. Empresa: la persona física o moral que habitual o periódicamente ofrece el servicio de remesas, quedando excluidas las Instituciones que conforman el Sistema Financiero Mexicano conforme lo establece la Ley de Instituciones de Crédito.

    IV. Secretaría: La Secretaría de Economía.

    V. Procuraduría: La Procuraduría Federal del Consumidor.

    Artículo 6

    Son normas supletorias en la aplicación de esta Ley:

    I. La Ley Federal de Protección al Consumidor.

    II. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en cuanto a la impugnación de resoluciones emitidas por la Procuraduría.

    Artículo 7

    En la interpretación de esta Ley se deberá favorecer el interés del usuario del servicio de remesa sobre el de la empresa.

    Capítulo II De las autoridades

    Artículo 8

    La Procuraduría es la autoridad competente para vigilar y aplicar esta Ley, quedando facultada para ejercitar en forma conjunta cualquier atribución que le otorgue otra legislación.

    La Procuraduría puede actuar de oficio o a petición de parte, por lo que cualquier persona puede denunciar violaciones a esta Ley.

    Artículo 9

    La Secretaría autorizará a las empresas a prestar el servicio de remesa conforme a las siguientes condiciones:

    I. Establecerá los lineamientos tecnológicos de las empresas que ofrecen el servicio, que no deberán ser inferiores a los utilizados por Telecomunicaciones de México.

    II. Fijará las condiciones económicas de las empresas, pudiendo establecer excepciones para aquellas empresas que estén ubicadas en poblaciones donde no existan otros oferentes del servicio particulares u oficinas de Telecomunicaciones de México, debido a la dificultad para prestarlo.

    III. Establecerá los lineamientos de operación de las empresas, quedando comprendidos los requisitos que debe contener el comprobante de la transferencia: con el desglose de la moneda extranjera enviada, la comisión, el tipo de cambio aplicado y el monto en moneda nacional entregado.

    IV. Llevará un registro de las empresas autorizadas para prestar el servicio de remesas.

    Artículo 10

    La Secretaría revisará el contrato de servicio de Remesa que celebre la empresa mexicana con la empresa o entidad financiera extranjera, para evaluar la autorización, revocación o suspensión del permiso.

    Artículo 11

    El tipo de cambio utilizado para solventar obligaciones del pago de remesas en moneda extranjera para ser cumplidas en territorio nacional será calculado conforme a las disposiciones que expida el Banco de México en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 35 de la Ley del Banco de México y en artículo 8 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo 12

    Son auxiliares en la aplicación de esta Ley las autoridades federales, estatales y municipales.

    Capítulo III De la empresa

    Artículo 13

    La empresa interesada en prestar el servicio de remesa sólo puede realizarlo previa autorización de la Secretaría.

    Artículo 14

    La empresa está obligada a aplicar al pago de la remesa el tipo de cambio oficial que fija el Banco de México del día en que se haga el cobro por parte del usuario destinatario de la remesa.

    Artículo 15

    Queda prohibida la presión, inducción o acción encaminada a sustituir el pago de la remesa en moneda nacional por el pago en especie de cualquier bien.

    Artículo 16

    La empresa está obligada a pagar de forma inmediata e incondicional la remesa a los destinatarios de la misma, sin excusarse por falta de efectivo, y a entregar un comprobante con todos los datos de la transferencia.

    Artículo 17

    La empresa incurre en responsabilidad administrativa por los actos propios que atenten contra los derechos del usuario y por los de sus colaboradores, subordinados y toda clase de vigilantes, guardias o personal auxiliar que les presten sus servicios, independientemente de la responsabilidad personal en que incurra el infractor.

    Artículo 18

    Las empresas, empleados, colaboradores, subordinados y toda clase de vigilantes, guardias y personal auxiliar que les presten servicios a las empresas que violen algún artículo del capítulo III serán sancionadas en términos de lo dispuesto por el capítulo VI de esta Ley.

    Capítulo IV De los Programas de Desarrollo auspiciados por las Remesas

    Artículo 19

    Las autoridades federales, estatales y municipales están facultadas para que en conjunción con los mexicanos que envíen y reciben remesas, establezcan programas de Desarrollo para mejorar las condiciones de sus localidades de origen.

    Capítulo V Del Procedimiento

    Artículo 20

    Para determinar el incumplimiento de esta ley y en su caso para la imposición de las sanciones a que se refiere la misma, la Procuraduría notificará al presunto infractor de los hechos motivo del procedimiento y le otorgará un término de diez días hábiles para que rinda pruebas y manifieste por escrito lo que a su derecho convenga. En caso de no rendirlas, la Procuraduría resolverá conforme a los elementos de convicción de que disponga.

    Capítulo VI De las sanciones

    Artículo 21

    Las infracciones a lo dispuesto en esta Ley serán sancionadas por la Procuraduría.

    Artículo 22

    Las infracciones a lo dispuesto por los artículos 13, 14, 15 y 16 serán sancionadas con una multa de diez a cuarenta mil doscientas cincuenta veces el salario mínimo diario vigente del área geográfica ``A''.

    Artículo 23

    Además de las multas a las que se haga acreedora la empresa que viole lo estipulado en los artículos 13, 15 y 16 se informará al Ministerio Público Federal para que inicie la averiguación correspondiente en términos de lo dispuesto en el artículo 253 del Código Penal Federal.

    Artículo 24

    En casos particularmente graves, la Procuraduría informará a la Secretaría para que determine si suspende o revoca de manera definitiva la autorización a que se refieren los artículos 9 y 13.

    Artículo 25

    Se considerarán casos particularmente graves:

    I. Aquellas conductas que se cometan aprovechando la escasez, lejanía o dificultad en la prestación del servicio de remesa, y

    II. La reincidencia en la comisión de infracciones.

    Artículo 26

    En caso de reincidencia se podrá aplicar multa hasta por el doble de las cantidades señaladas en el artículo 22 de esta Ley.

    Se entiende que existe reincidencia cuando el mismo infractor incurra en dos o más violaciones del mismo precepto legal durante el transcurso de un año, contado a partir del día en que se cometió la primera infracción.

    Artículo 27

    En la imposición de las sanciones contenidas en esta Ley, se estará a lo dispuesto en los artículos 131, 132, 133 y 134 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

    Capítulo VII Del Recurso Administrativo

    Artículo 28

    En contra de las resoluciones de la Procuraduría dictadas con fundamento en las disposiciones de esta ley y demás derivadas de ella, se podrá interponer recurso de revisión, en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

    Artículos Transitorios

    Artículo Primero. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo. Las empresas que ofrecen habitual o periódicamente el servicio de remesas, tienen 180 días naturales para obtener la autorización de las autoridades competentes y poder continuar ofreciendo el servicio.

    Artículo Segundo.- Se adicionan las fracciones VI, VII y VIII al artículo 253 del Código Penal Federal para quedar como sigue:

    Artículo 253.- Son actos u omisiones que afectan gravemente al consumo nacional y se sancionarán con prisión de tres a diez años y con doscientos a mil días multa, los siguientes:

    ...

    VI.- Ordenar la presión, inducción o realización de cualquier acción para que el usuario destinatario de remesas acepte o reciba la sustitución del pago en dinero por el pago en especie de cualquier bien.

    VII.- Ofrecer o prestar el servicio de remesas sin la autorización correspondiente.

    VIII.- Negar u ordenar negar el pago en efectivo de la Remesa en días y horarios hábiles de las empresas que prestan el servicio, sin motivo justificado para hacerlo.

    ...

    Artículo Transitorio

    Artículo Primero. La presente adición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Notas:

    1 WITKER, Jorge y VARELA, Angélica, Derecho de la Competencia Económica en México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, México 2003, p 255

    2 WITKER, Jorge, Op. Cit., pp 12-13

    3 JIMENEZ, Eduardo Pablo, Los Derechos Humanos de Tercera Generación, Ediar, Argentina 1997, p 65

    4 OVALLE Favela, José, Derechos del Consumidor, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM y Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México 2000, p 3.

    5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Comentada y Concordada, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Tomo 1, 18° edición, México 2004, p 468

    6 Witker, Jorge, Op. Cit., p 58

    7 Profeco, Informe 2002, p 33

    8 Witker, Jorge, Op. Cit., p 66

    9 Comisión Nacional para la Protección y Defensa los Usuarios de Servicios Financieros, Las Remesas, Disco Compacto de Audio, Sin datos adicionales.

    10 Ovalle Favela, José, Comentarios a la Ley Federal de Protección al Consumidor (Legislación, Doctrina y Jurisprudencia), McGraw-Hill, México 1994, p 3

    11 Telecomunicaciones de México. Secretaría de Comunicaciones y Transporte. Transferencias Internacionales de Fondos. Noviembre 2004.

    12 Tuirán, Rodolfo 2002 citado en ``El impacto de las remesas en la economía mexicana, disminución de la pobreza y el desarrollo''. Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, pp 28, 61, 88

    13 Witker, Jorge, Op. Cit., pp 263- 264

    14 Martínez Morales Rafael, Derecho Administrativo

    Dip. Fernando Álvarez Monje (rúbrica).»Presidencia del diputado Álvaro Elías LoredoEl Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se obsequia la petición del señor diputado y se turna, además, a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Justicia y Derechos Humanos.
    LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZUCAR
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar. El diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández: Con la venia de la Presidencia. El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Adelante, diputado. El diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández: La Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar fue promulgada el 22 de agosto de 2005, como se acordó en el punto segundo del acuerdo político signado el 11 del mismo mes y año por la secretaría del ramo y diversos actores. Este ordenamiento se aprobó con el abrumador apoyo de la mayoría parlamentaria que convergió en una ponderación básica: el sector cañero azucarero requiere una particular legislación, habida cuenta de su relevancia tanto económica como social. No es desconocida la dinámica que siguieron las negociaciones de este acuerdo político y lamentamos que las Secretarías de Agricultura, y de Gobernación no hayan hecho una convocatoria amplia, incluyente.

    Desperdiciaron una oportunidad de oro para que, con todos los grupos parlamentarios y todos los actores del sector azucarero... Pues se empecinaron, como es su costumbre, en hacer acuerdos en lo oscurito, a espaldas del Poder Legislativo en su conjunto. La Comisión Especial para analizar los problemas de la agroindustria de la caña de azúcar nunca fue convocada; de hecho, ni siquiera recibió de manera oficial copia de los acuerdos suscritos con el Ejecutivo. Como lógico resultado de esta maquinación imprudente, los acuerdos a que llegaron se vieron rotos; entonces, el gobierno foxista recurrió a su muletilla favorita, poniendo en entredicho la labor legislativa ante la Suprema Corte, en una controversia constitucional que acaba de ser admitida hace escasas horas, pretendiendo así endosar costos políticos a esta instancia legislativa.

    Por si fuera poco, en días pasados la Secretaría de Gobernación reiteró esa reprobable conducta, reuniéndose de nueva cuenta con unos cuantos líderes, sin la participación de otros interesados. Por eso, lo que debió ser una ley completa y concertada, habida cuenta de las instancias de negociación en las cuales fue revisada, es sobre el andamiaje mínimo y perfectible que la industria cañera requiere. No está de más que todos los grupos parlamentarios hayamos coincidido en la necesidad de perfeccionar la ley. Por ello presentamos este proyecto de iniciativa, como respuesta a tan acuciante circunstancia.

    Estamos conscientes de que esta ley peligra por los compromisos y la ligereza del Poder Ejecutivo, que quiere controlar el mercado azucarero a la medida de sus intereses. Sin embargo, los firmantes de esta iniciativa nos negamos a paralizar nuestro trabajo por las ocurrencias del Ejecutivo. En el marco de este consenso, es de destacarse la reforma hecha al artículo 38, que eliminó la facultad que tenían los comités de calidad y producción cañera de sancionar el registro de nuevas organizaciones cañeras, pues --en un primer momento-- tutela el derecho a la libre asociación de los productores.

    Numerosos actores, en particular los productores pequeños independientes, han recibido con agrado la modificación mencionada. Sin embargo, han expresado que los requerimientos exigidos en el registro de nuevas asociaciones resultan inalcanzables. El legislador, como representante de la nación, no puede obviar la presencia de los factores democratizadores en el sector cañero. Si bien es cierto que la ley en su estado actual prevé lo antes dicho, también es cierto que requiere ajustes que permitan a las organizaciones emergentes ocupar el lugar que les corresponde en razón de su real representación.

    En las condiciones contenidas en este proyecto se respeta a plenitud el derecho a la libre asociación en un marco legal que no perjudique el juego político en el que, de manera sana y natural, prevalecen los que son capaces de otorgar opciones reales a sus agremiados, más allá de meras situaciones políticas que no representan mejoras en las relaciones productivas y, consecuentemente, en el nivel de vida de quienes dependen del cultivo del edulcorante más antiguo de la historia. Si bien es reiterativo, no es ocioso recordar la próxima apertura del mercado de edulcorante en el interior del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, que en el año 2008 eliminará todo arancel a los edulcorantes importados. A la fecha, la defensa comercial de nuestro país y el juego limpio de nuestro socio y principal consumidor de azúcar, Estados Unidos de América, han dejado mucho que desear. Es remoto que el gobierno mexicano defienda tenazmente a nuestros productores.

    Por todo lo anterior y ante el crítico estado de la industria de la caña de azúcar, es indispensable la concurrencia de todos los productores organizados, nuevos e históricos, así como los independientes, pues de la riqueza conceptual y visiones frescas de la realidad del mercado azucarero dependerán en un futuro muy cercano la supervivencia de la industria nacional y la preservación de las prácticas democráticas. Más allá de motivaciones políticas, las organizaciones de productores tienen un fin primordial: proteger el patrimonio de sus miembros.

    Es indispensable por ello que el productor tenga plena libertad de encomendar el futuro de sus hijos a quienes crea más competentes y comprometidos. Por ello, la intención de este proyecto es, número uno, instrumentar el respeto de la libre organización en el sector productivo de la agroindustria de la caña de azúcar; número dos, en el corto plazo, impulsar la participación de nuevas organizaciones de productores cañeros con representación real; y, número tres, también en el corto plazo, generar prácticas político-organizativas y productivo-económicas acordes con el proceso de democratización del país y de las exigencias de la realidad internacional.

    Y en el mediano plazo, fomentar la planeación participativa y plural de la agroindustria de la caña de azúcar. Por ello pretendemos la modificación del primer párrafo del artículo 34, a fin de que las organizaciones locales de productores que se constituyan en cada ingenio requieran 5 por ciento de la producción en la zona de abastecimiento correspondiente, así como 5 por ciento del padrón de productores locales, y no 10, como se establece en la ley que aprobamos. También proponemos la reforma de los incisos a) y b) del artículo 38, así como el párrafo último del mismo artículo, para reducir también el porcentaje de producción y afiliación a 3 por ciento, así como la presencia en los estados, de tres a dos entidades, que deben tener las organizaciones nacionales de cañeros para obtener el registro condicionado, así como que también cuenten con voz y voto en las instancias de planeación y decisión, consideradas en la misma ley que ya aprobamos.

    Con esas premisas, los firmantes de este proyecto de iniciativa hacemos votos porque la legalidad y el entendimiento imperen, en pro de los productores cañeros, grupo productivo sumamente lastimado por el devenir político y económico. Suscriben el presente proyecto de iniciativa los diputados Miguel Luna Hernández, del PRD; el diputado Diego Palmero, de Acción Nacional; el diputado Juan Fernando Perdomo, de Convergencia por la Democracia; y su servidor, Emiliano Ramos. Es cuanto.

    «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, a cargo del diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández, del grupo parlamentario del PRD

    Los suscritos, diputados federales a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes de diversos grupos parlamentarios, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 34, los incisos a) y b) del tercer párrafo del artículo 38, y el párrafo último del mismo artículo de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    I.- La Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar fue promulgada el veintidós de agosto del año dos mil cinco, como se acordó en el punto segundo del Acuerdo Político signado el once del mismo mes y año por la secretaría del ramo y diversos actores. Este ordenamiento se aprobó con el abrumador apoyo de la mayoría parlamentaria, que convergió en una ponderación básica: el sector cañero-azucarero, requiere de una particular legislación, habida cuenta de su relevancia económica (tanto en el mercado interno como en el internacional) y social.

    II.- Se reformó esta ley el doce de septiembre de 2005, hecho saludado por todos los grupos parlamentarios integrantes de este cuerpo legislativo quienes coincidieron en que la ley tiene numerosos pendientes, que deben ser cubiertos oportunamente.

    III.- Es de destacarse en esta reforma el cambio hecho al artículo 38, que eliminó la facultad que detentaban los Comités de Calidad y Producción Cañera de sancionar el registro de nuevas organizaciones cañeras, así como las reformas al artículo 50 que eliminó la sanción al contrato uniforme por parte de los mismos comités. Este hecho en particular ha producido un giro en la tradicional forma de relación entre los productores y entre éstos y las organizaciones, pues ahora los primeros tienen posibilidades reales de asociarse si es su deseo, fuera del seno de las organizaciones históricas, lo que en un primer momento garantizaría el derecho a la libre asociación.

    IV.- Numerosos actores, en particular los productores pequeños e independientes, han recibido con agrado la modificación mencionada. Sin embargo han externado que los requerimientos exigidos en el registro de nuevas asociaciones resultan inalcanzables, habida cuenta del control de las organizaciones tradicionales, las cuales, en el legítimo ejercicio de sus objetivos políticos, no están obligadas a fomentar la formación de nuevos actores en el sector cañero. Sin embargo, el legislador como representante de la Nación, no puede obviar la presencia de los factores democratizadores contemporáneos, distintos a los paradigmas que vieron nacer y crecer a los entes organizativos más antiguos del sector que nos ocupa.

    V.- Si bien es cierto que la ley en su estado actual prevé lo antedicho, también es cierto que requiere de ajustes que permitan a las organizaciones emergentes ocupar el lugar que les corresponde, en razón de su real representación. En las condiciones contenidas en este proyecto se respeta a plenitud el derecho a la libre asociación, dentro de un marco legal que no perjudica el juego político, en el que de manera sana y natural prevalecen los que son capaces de otorgar opciones reales a sus agremiados, más allá de meras abstracciones políticas que no representan mejoras en las relaciones productivas y consecuentemente en el nivel de vida de quienes dependen del cultivo del edulcorante más antiguo de la historia.

    VI.- Si bien reiterativo, no es ocioso recordar la próxima apertura del mercado de edulcorante al interior del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, que en el año dos mil ocho eliminará todo arancel a los edulcorantes importados. A la fecha, la defensa comercial de nuestro país y el juego limpio de nuestro socio y principal consumidor de azúcar, Estados Unidos, han dejado mucho que desear. Es remoto que el gobierno mexicano defienda agresivamente a nuestros productores. Por todo lo anterior y ante el crítico estado la Agroindustria de la Caña de Azúcar, es indispensable la concurrencia de todos los productores organizados tanto nuevos como históricos, así como los independientes, pues de la riqueza conceptual y visiones frescas de la realidad del mercado azucarero, dependerá en un futuro muy cercano la sobrevivencia de la industria nacional en el ramo y la preservación de las prácticas democráticas.

    VII.- Más allá de motivaciones políticas, las organizaciones de productores tienen un fin primordial: proteger el patrimonio de sus miembros. Habida cuenta de su delicada misión, es indispensable que el productor tenga plena libertad de encomendar el futuro de sus hijos a quien crea más competente y comprometido.

    VIII.- La intención de este proyecto es:

    a) Instrumentar el respeto a la libre organización en el sector productivo de ramo;

    b) En el corto plazo, impulsar la participación de nuevas organizaciones de productores cañeros con representación real;

    c) También en el corto plazo, generar prácticas político-organizativas y productivo-económicas acorde con el proceso de democratización del país y de las exigencias de la realidad internacional;

    d) En el mediano plazo, fomentar la planeación participativa y plural de la Agroindustria de la caña de azúcar.

    Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 34, los incisos a) y b) del tercer párrafo del artículo 38, y el párrafo último del mismo artículo de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.

    Artículo Primero.- Se reforma el párrafo primero del artículo 34 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, para quedar como sigue:

    ``Artículo 34. Las organizaciones locales que se constituyan, para obtener y mantener su registro, deberán contar con una membresía mínima equivalente al 5% del padrón total de los abastecedores de Caña del Ingenio de que se trate y por lo menos con el 5% del volumen total de la caña de la Zona de Abastecimiento correspondiente, cumplir con los requisitos establecidos en la legislación bajo la cual adopten la figura jurídica para su constitución y deberán estar debidamente inscritas en el Registro. Para estos efectos, el Registro deberá certificar que dichos padrones cumplen con los requerimientos establecidos en esta Ley.

    ...

    ...''

    Artículo Segundo.- Se reforman los incisos a) y b) del tercer párrafo del artículo 38 así como el último párrafo de este mismo artículo de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar para quedar como sigue:

    Artículo 38 ...

    ...

    ...

    a) Contar inicialmente con el 3% de la membresía del Padrón Nacional de Abastecedores de Caña, el 3% de la producción nacional de caña y tener presencia al menos en dos Estados productores de caña de azúcar, y

    b) Contar con presencia en estados productores de caña de azúcar y con el porcentaje de membresía y de producción nacional durante los ciclos azucareros siguientes:

    ...

    La organización nacional con registro condicionado, tendrá derecho a participar con voz y voto en el Comité Nacional y en la Junta Permanente.''

    Transitorio

    Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 27 días del mes de septiembre del año dos mil cinco.--- Diputados: Emiliano Vladimir Ramos Hernández (rúbrica), Miguel Luna Hernández, Diego Palmero Andrade (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Agricultura y Ganadería, con opinión de la Comisión Especial para analizar los problemas de la agroindustria mexicana de la caña de azúcar.

    Se pospone la iniciativa que reforma el artículo 120 de la Ley de Aguas Nacionales, del diputado Alejandro Agundis Arias, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.


    LEY GENERAL DE SALUD
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Amadeo Espinosa Ramos, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud. El diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos: Con el permiso de la Presidencia.

    «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

    Los suscritos, diputados federales a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 115 de la Ley General de Salud, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    La Constitución General de la República establece en su artículo 4 párrafo tercero que ``Toda persona tiene derecho a la protección de la salud ...'', y en el sexto párrafo del mismo artículo se dispone que ``Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral''.

    No obstante que los ascendientes cumplen su obligación alimentaria con los menores, desafortunadamente los hábitos alimenticios de la sociedad mexicana en general y la de los niños en particular, se han modificado sensiblemente.

    El sedentarismo y un mayor consumo de alimentos grasos y de alto contenido calórico han incidido en que los niños presenten sobrepeso e incluso obesidad infantil, con los consecuentes trastornos a la salud que esto genera.

    La palabra obesidad tiene su raíz en el latín ``obesus'' que significa persona que tiene gordura en demasía, y que se caracteriza por la acumulación y almacenamiento excesivo de grasa, principalmente en el tejido adiposo.

    La sociedad mexicana tiene la idea o creencia de que si un niño es ``gordito'', es sinónimo de buena salud. Esta apreciación es totalmente errónea ya que hoy se sabe que el exceso de peso puede generar graves problemas de salud.

    La Encuesta Nacional de Nutrición 1999, financiada por la Secretaría de Salud y publicada en 2001, demuestra que ``La prevalencia de obesidad en el ámbito nacional para el grupo en su conjunto fue de 27.2 % de acuerdo a la población y sistema de clasificación estadounidense'', aquí se habla de niños en edad escolar entre cinco y once años de edad.

    Este dato de suyo es alarmante porque nos da la tendencia, primero de que los niños que en 1999 tenían once años, en el año 2005 tienen diecisiete años, los que tenían cinco años en 1999, ahora en el 2005 tienen once años, y en ambos grupos la tendencia es pasar de niños obesos a adolescentes obesos, por los consecuentes problemas de salud pública que se traducen en enfermedades como diabetes, hipertensión, problemas cardiacos, de columna y ortopédicos.

    Sin lugar a dudas gran parte de la culpa de esta situación lo tienen los pésimos hábitos alimenticios de los niños avalados, tolerados e incluso, en ocasiones, inducidos por los padres.

    Los niños mexicanos son grandes consumidores de alimentos denominados ``chatarra'' y de refrescos con un alto contenido de calorías.

    Para los padres de familia, en ocasiones, es más cómodo satisfacer los deseos o caprichos de sus hijos y les compran estos alimentos, o se los dan a sus hijos para tenerlos entretenidos antes de las comidas o como sustitutos de éstas.

    Si bien es cierto, un niño obeso es detectable por su volumen corporal, también lo es que ese niño afronta severos problemas de autoestima ya que es objeto de las burlas o comentarios discriminatorios de sus compañeros de escuela o amigos, lo que hace que el niño se encierre en si mismo y busque en el consumo de alimentos y de golosinas una puerta de escape a las agresiones externas constituyendo todo ello un grave círculo vicioso.

    Desde luego que el grupo parlamentario del Partido del Trabajo no soslaya el hecho de que las condiciones económicas por las que el país ha atravesado desde 1982 a la fecha han hecho que al seno del hogar tanto el papá como la mamá tengan que trabajar y que esta situación produzca un vacío en el cuidado de la alimentación de los hijos.

    La expansión en el mercado de comidas rápidas como hamburguesas, pizzas, sopas instantáneas, entre otras, ha traído como consecuencia la modificación de los hábitos alimenticios de nuestros niños y su relación directa con el sobrepeso y la obesidad.

    Desafortunadamente estamos imitando la mala educación alimenticia de nuestro vecino del norte y nos alejamos cada vez más de una alimentación sana.

    Lo ideal sería regresar a los hábitos alimenticios que se tenían hasta hace aproximadamente veinte años, en donde el consumo de una dieta balanceada con ingesta de frutas y verduras mantenía a los mexicanos en un nivel de peso adecuado.

    Por ello, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo propone en la presente iniciativa que se adicione un párrafo segundo a la fracción II del artículo 115 de la Ley General de Salud, en el que se establezca la obligación de los fabricantes de botanas y refrescos de incluir en el empaque o envase de sus productos la leyenda: ``El consumo de este producto puede generar obesidad''.

    Con la incorporación de esta leyenda se pretende alertar a los consumidores, a los niños en particular, de los efectos que puede ocasionar el consumo continuo de dichos productos.

    Finalmente, lo que interesa a nuestro grupo parlamentario es que las nuevas generaciones de mexicanos tengan hábitos alimenticios sanos que les permitan contar con condiciones de vida adecuadas y para el Gobierno Mexicano no destinar tantos recursos económicos al tratamiento de enfermedades derivadas de la obesidad.

    Compañeras y compañeros diputados: por lo anteriormente expuesto sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 115 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo Único. Se adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 115 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 115. ...

    I. ...

    II. ...

    Los fabricantes de botanas y refrescos deberán incluir en la etiqueta de sus productos la leyenda: ``El consumo de este producto puede generar obesidad''.

    III. a VIII. ...

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil cinco.--- Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Salud.

    Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a alcaldes provenientes del estado de Puebla, invitados por nuestros compañeros diputados Angélica Ramírez, Rogelio Flores, Jesús Díaz y Ángel Alonso Díaz-Caneja. Sean ustedes bienvenidos.


    LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Gonzalo Ruiz Cerón, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona un artículo séptimo transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006. El diputado Gonzalo Ruiz Cerón: Con su permiso, señor Presidente.

    «Iniciativa que adiciona un artículo séptimo transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.

    El suscrito diputado Gonzalo Ruiz Cerón, en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura y con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta H. soberanía la siguiente iniciativa que adiciona un artículo séptimo transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 presentado por el Ejecutivo federal, con el fin de proteger la producción nacional de maíz, frijol y leche, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    Prácticamente estamos a dos años de la apertura total de nuestro mercado a los países signantes del Acuerdo de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

    Desde la entrada en vigor de dicho acuerdo comercial, diversos estudios realizados en los tres países han demostrado que éste ha resultado gravemente lesivo para el sector agropecuario y forestal mexicano.

    Las asimetrías entre los productores de las tres naciones signantes del acuerdo en mención, no se han modificado, entre otros factores debido a los apoyos que los Estados Unidos y Canadá otorgan a sus productores agropecuarios.

    Dicho tratado fue negociado por el gobierno mexicano en condiciones claramente adversas para el sector rural, por lo que negoció una mínima protección para productos agropecuarios altamente sensibles para la agricultura, la economía y la seguridad nacional, como es el caso de los productos que conservan hasta el 2008 esta mínima protección.

    Aún con esta mínima protección negociada, el Ejecutivo a través de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial antes y hoy la Secretaría de Economía, por decisión unilateral han permitido el ingreso de productos fuera de cupo sin el cobro correspondiente de aranceles.

    Las medidas y programas implementados por el actual gobierno federal han sido insuficientes y denotan el poco compromiso para proteger a los productores nacionales, particularmente los del sector agropecuario y forestal, como lo demuestra las iniciativas de Ingresos de la Federación enviadas por el Ejecutivo federal a esta Cámara de Diputados durante los cuatro años de su mandato.

    Los socios comerciales de México, particularmente, Estados Unidos han violado e incumplido las disposiciones acordadas en el acuerdo, baste recordar los casos de las exportaciones de atún mexicano, de aguacate de Michoacán y la negativa de permitir a nuestros transportistas la internación a su territorio, entre otros casos. En ese sentido, es evidente, que los olvidados de siempre son nuestros productores del campo como lo muestra este poco benéfico acuerdo comercial y más aún por que nuestras propias autoridades se niegan a aplicar la poca protección acordada en dicho acuerdo.

    Además de la complicidad y pasividad de nuestras autoridades federales ante la internación desmedida de productos de origen norteamericano (granos, cárnicos y leche), éstos no cumplen con los requisitos mínimos para garantizar la salud de los consumidores.

    Últimamente, sí han considerado la obligatoriedad del cobro de aranceles, pero los niveles fijados de éstos son por demás irrisorios, sólo por ejemplificar, el arancel fijado para las importaciones de maíz amarillo fuera de cupo en los últimos años ha sido del 3 por ciento, cuando el Tratado de Libre Comercio permite a México fijar niveles superiores a éstos y tan sólo para el año 2005 podría ser de hasta 54.5 por ciento.

    Ante lo descrito anteriormente, esta H. Cámara de Diputados ha considerado las solicitudes de las diversas ramas productivas afectadas por esta falta de compromiso del Ejecutivo y ha tenido el acierto de incorporar en la Ley de Ingresos para los cinco años del mandato del Presidente Fox un artículo transitorio, mediante el cual se obliga la observancia de las disposiciones establecidas el TLCAN así como la obligatoriedad del cobro de aranceles fuera de cupo de las importaciones fuera de cupo.

    Dicha protección se estableció en el artículo segundo transitorio en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2001, en el cuarto transitorio en el 2002; quinto transitorio en el 2003 y sexto transitorio en el 2004.

    En este año la Ley de Ingresos de la Federación a propuesta de los diputados de esta LIX Legislatura incluye un artículo sexto que tiene por objeto establecer regulaciones en materia de importación, producción y comercialización de maíz, leche y frijol.

    Como es de observarse en lo que va de este sexenio, la protección del sector agropecuario no ha sido prioridad de este gobierno, este año no es la excepción, en la propuesta de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 no se incluye ningún artículo transitorio para este objetivo.

    Hoy como en los anteriores 5 años que van de este sexenio, ésta H. Cámara de Diputados comprometida con la defensa de los intereses de los productores nacionales está obligada a establecer mecanismos para velar por dichos intereses.

    Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de ésta H. soberanía la siguiente iniciativa que adiciona un artículo séptimo transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, presentada por el Ejecutivo federal.

    Único: Se adiciona un artículo séptimo transitorio a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, en los siguientes términos:

    Artículo Séptimo Transitorio: En los casos en que se requiera importar maíz, frijol y leche para el abasto nacional, que rebase las cuotas mínimas libres de arancel acordadas por las partes, en los tratados de libre comercio, la Secretaría de Economía, conjuntamente con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, determinarán la cuota adicional que no podrá ser mayor a una cantidad igual a la mínima, sujeta al arancel que establezca el Ejecutivo federal, en consulta con organizaciones de productores y consumidores y el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural.

    Los aranceles para estas cuotas serán aplicados sin excepción, por lo que no podrán ser suprimidos. Los ingresos que por este concepto se obtengan deberán ser incluidos explícitamente en el reporte trimestral al que se refiere el artículo 1o. de esta Ley.

    De igual manera, el Ejecutivo federal deberá entregar un informe trimestral de la asignación y el ejercicio de las cuotas mínimas y cuotas adicionales al H. Congreso de la Unión por conducto de las Comisiones correspondientes.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de septiembre de 2005.--- Dip. Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica).»

    Es todo, señor Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
    ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que adiciona la fracción XXIX-Bis al artículo 42 y la fracción IX-Bis al artículo 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.El diputado Jorge Triana Tena: Con el permiso de la Presidencia: la corrupción es uno de los fenómenos que han cobrado mayor relevancia en el ámbito mundial. Este fenómeno no tiene especificaciones de tiempo o lugar; es intemporal y, si bien es un problema de los individuos que muestran conductas ilícitas, es también resultado de una sociedad que no está funcionando adecuadamente. Combatir los fenómenos delictivos inherentes y afirmar el respeto de la norma legal como eje rector de todo acto de gobierno es tarea que debe ser sustancial a la construcción de nuestro Estado de derecho.

    De igual manera, la educación y el ejemplo de quienes ocupan posiciones relevantes en la sociedad tienen importancia decisiva para asegurar la moralidad en la vida pública. En esa tesitura, las acciones tendentes a combatir la corrupción y erradicar la impunidad deben desarrollarse en varias vertientes y comprender la evaluación y el fortalecimiento de los órganos de fiscalización.

    Derivado de lo anterior, tenemos que existe un doble interés en la verificación de los actos de gestión de la hacienda pública: por un lado, los órganos del Estado que desean asegurar el correcto manejo de los recursos públicos por parte de sus empleados; y, por el otro, el pueblo que, como titular de la hacienda pública, legítimamente exige la correcta administración de los recursos por parte de sus representantes.

    Así, tenemos que es práctica común en los Estados modernos situar junto a los órganos que administran la hacienda pública --es decir, los que son los encargados de la custodia, el manejo y la disposición de los recursos públicos-- otros órganos destinados a verificar la corrección y eficacia con que se cumplen esas funciones. En la fiscalización de los recursos públicos se presentan diversas modalidades, como la de carácter interno, cuyo control es en general de naturaleza administrativa y se desarrolla en el mismo escenario administrativo, y otra de naturaleza externa, a cuyo cargo la fiscalización se encuentra en la Asamblea Legislativa, en este caso del Distrito Federal. La fiscalización se realiza de manera sistemática, con enfoques diversos, y su unidad básica es la auditoría o revisión.

    La fiscalización se realiza de manera programada, elaborando un plan de trabajo sustentado en los criterios referidos y que abarca la mayor parte de las unidades administrativas de la administración pública. La consecuencia de la fiscalización es el fincamiento preventivo de responsabilidades administrativas o resarcitorias a los servidores públicos que no tuvieron cuidado en el manejo de los recursos, o bien, que actuaron con desapego a la ética. El fincamiento de responsabilidades da origen al proceso administrativo que la ley de la materia establece para desahogar la garantía de audiencia y, en su caso, fijar la aplicación de sanciones. Los órganos legislativos desarrollan diversas funciones en el esquema de pesos y contrapesos que debe existir en el ejercicio del poder público. Una de esas funciones, mayoritariamente compartida, es la que refiere a la función presupuestaria o financiera respecto al Poder Ejecutivo.

    Esta función en nuestro sistema constitucional, por lo que se refiere al orden federal, consiste en la aprobación por parte del Congreso de la Unión de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos, la revisión de la Cuenta Pública anual, la aprobación de las bases para la celebración por parte del Ejecutivo de empréstitos y para reconocer la paga de la deuda nacional. Ahora bien, en el ámbito del Distrito Federal, dada la naturaleza jurídica sui géneris de esta entidad federativa, el órgano legislativo de la misma, la Asamblea Legislativa, lleva a cabo algunas de esas funciones, no escapándose de su ámbito de competencia la que tiene que ver con el llamado ``control legislativo'' o ``parlamentario'', que es --a su vez-- un proceso de fiscalización externa y que se traduce en la revisión de la Cuenta Pública. En efecto, en el artículo 122 de la Constitución, en su Base Primera, fracción V, inciso C), se establece como facultad de la Asamblea Legislativa revisar la Cuenta Pública del año anterior por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa, conforme a los criterios establecidos en la fracción IV del artículo 74, los que sean aplicables para el caso.

    En ese contexto, la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa prevé como sujetos de fiscalización la Administración Pública del Distrito Federal, los órganos autónomos y todas las personas físicas o morales que ejerzan o apliquen recursos en el Distrito Federal. De igual manera, este ordenamiento legal señala en el artículo 10 que su máxima autoridad es un órgano superior de dirección, integrado por tres miembros, electos por la mayoría de los miembros de la Asamblea Legislativa presentes en el Pleno. El jefe del Gobierno en términos de lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, cuenta con órganos auxiliares para el cumplimento de sus funciones, dentro de los que se encuentra la Contraloría General del Distrito Federal, ente que desempeña las funciones de control interno y que es responsable del control y de la evaluación de la gestión pública de las dependencias, los órganos desconcentrados y las entidades paraestatales.

    El titular de la Contraloría General es nombrado y removido libremente por el jefe del Gobierno, en virtud de que es un órgano auxiliar de éste, pero el hecho de que esa entidad sea un órgano auxiliar no significa en lo absoluto que deba actuar con discrecionalidad para el beneficio de algunos y para perjudicar a otros. La subordinación administrativa no debe implicar la subordinación política también. Y es que alrededor de las estructuras que componen el Gobierno del Distrito Federal se han presentado muchas quejas respecto a la mala actuación de funcionarios públicos que incumplen sus atribuciones legales y que, incluso, llevan a cabo numerosos actos de corrupción, todo esto sin que la Contraloría, aun con las denuncias requeridas y con los elementos de prueba necesarios, actúe para sancionar como es debido.

    Una actitud que, lamentablemente, ha caracterizado el Gobierno del Distrito Federal en los últimos años es el nivel de corrupción que existe en prácticamente todas las estructuras del gobierno capitalino: resulta no sólo alarmante sino indignante que semejantes actos ilegales de funcionarios capitalinos aparezcan hasta en la televisión. Sin embargo, ese lacerante problema gubernamental no se eliminará mientras no se apliquen medidas de fondo para el combate de la corrupción en la ciudad. Resulta absurdo que el órgano que fiscaliza e inspecciona el ejercicio del gasto público... el Gobierno no actúe en estricto cumplimiento de sus atribuciones, utilizando así la discrecionalidad política en sus decisiones.

    La Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal debe ser ejemplo indiscutible de transparencia, legalidad y aplicación irrestricta de la ley. No debe representar los intereses particulares del partido político en turno sino el interés general de los ciudadanos de la capital. Y su titular no debe actuar con la mira puesta en beneficiar a su superior jerárquico sino a la idea clara de erradicar y sancionar a los funcionarios que se alejen del marco legal. La presente propuesta pretende contribuir a generar un mejor desempeño en las tareas que a la Contraloría General del Distrito Federal competen; esto es, a través de hacer más democrática y legítima la designación de su titular. Se considera necesario que en la designación del titular del Contraloría capitalina no intervenga sólo el jefe del Gobierno sino también la Asamblea Legislativa. El mecanismo propuesto es muy práctico: el jefe del Gobierno propone un titular, y la Asamblea, con el voto de dos terceras partes, una mayoría calificada --que sería el resultado del consenso--, lo aprueba. A través de ese mecanismo, el titular de la Contraloría gozaría de la legitimidad necesaria para que en el ejercicio de sus funciones no exista la menor duda de habrá de trabajar para el beneficio de los ciudadanos y no para proteger los intereses del partido en el poder.

    En virtud de lo expresado y con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se presenta esta iniciativa, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XXIX Bis del artículo 42 y una IX Bis del 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Es cuanto, diputado Presidente. Muchas gracias.

    «Iniciativa que adiciona las fracciones XXIX Bis al artículo 42 y IX Bis al 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado federal Jorge Triana Tena, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados, en ejercicio de lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta honorable Asamblea iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX Bis del artículo 42 y la fracción IX Bis del artículo 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal para que el nombramiento del Contralor General del Distrito Federal sea ratificado por mayoría calificada en la Asamblea Legislativa, conforme a la siguiente

    Exposición de Motivos

    La corrupción es uno de los fenómenos que ha cobrado mayor relevancia en el ámbito mundial. Este fenómeno no tiene especificaciones de tiempo o lugar, es intemporal, y si bien es un problema de los individuos que muestran conductas ilícitas, es también resultado de una sociedad que no está funcionando adecuadamente.

    Por este motivo, el desarrollo social y el combate al fenómeno de la corrupción están íntimamente interrelacionados. Cabe decir que el balance político-económico entre el Estado y la sociedad civil es fundamental, es decir, cuando existe un Estado fuerte y una sociedad civil vigorosa, vigilante y participativa, se da un equilibrio donde es más difícil que uno abuse del otro, porque ambos son capaces de vigilarse entre sí y a sí mismos.

    Es por ello, que para desterrar la cultura de la corrupción, se requiere de un marco jurídico eficaz, de la sistematización de medidas preventivas, el apoyo de medios de comunicación responsables, la desburocratización, la participación de los ciudadanos y el sostenido esfuerzo para educar a los individuos desde los niveles primarios de la enseñanza y en el seno de la familia.

    En el origen de un orden jurídico democrático, de su configuración del poder político y de sus relaciones con la sociedad, necesariamente se encuentra un conjunto de valores éticos. Por tal motivo, la ética, la acción política y las formas jurídicas se implican, condicionan y potencian unas a otras. En el ejercicio del poder no bastan los simples mandatos de un precepto jurídico para asegurar su cumplimiento, sino que son imprescindibles medidas específicas encaminadas a prevenir y evitar, a castigar y corregir las conductas contrarias a la honestidad que debe caracterizar a los representantes de las instituciones públicas.

    La conducción y el liderazgo gubernamental, son fundamentales para orientar los procesos de consolidación de cambio que se viven en la actualidad. En este sentido, fortalecer los principios éticos de la función pública, combatir los fenómenos delictivos inherentes, y afirmar el respeto a la norma legal como eje rector de todo acto de gobierno, es tarea que debe ser consustancial a la construcción de nuestro Estado de Derecho. De igual manera, la educación y el ejemplo de quienes ocupan posiciones relevantes en la sociedad, tienen una importancia decisiva para asegurar la moralidad en la vida pública.

    En esta tesitura, las acciones tendientes a combatir la corrupción y erradicar la impunidad, deben desarrollarse en varias vertientes, y comprender la evaluación y fortalecimiento de los órganos de fiscalización.

    En los Estados de régimen representativo, el gobierno es un mandatario del pueblo, al que debe rendir cuenta de sus actos; dentro de esta rendición de cuentas, se haya el debido empleo de los recursos públicos, que se supervisa y atiende, a través de procesos de fiscalización. Derivado de lo anterior, tenemos que existe un doble interés en la verificación de los actos de gestión de la hacienda pública, por un lado, los órganos del Estado que desean asegurar el correcto manejo de los recursos públicos por parte de sus empleados, y por el otro, el pueblo, que como titular de la hacienda pública, legítimamente exige la correcta administración de los recursos por parte de sus representantes.

    Así, tenemos que es práctica común en los Estados modernos, situar junto a los órganos que administran la hacienda pública, es decir, aquellos que son los encargados de la custodia, manejo y disposición de los recursos públicos, otros órganos destinados a verificar la corrección y eficacia con que se cumplen esas funciones.

    En la fiscalización de los recursos públicos, se presentan diversas modalidades, como la de carácter interno, cuyo control es por lo general de naturaleza administrativa y se desarrolla en el mismo escenario administrativo, y otra de naturaleza externa, a cuyo cargo la fiscalización se encuentra en la asamblea legislativa o en otro órgano del Estado.

    La actividad fiscalizadora de carácter interno, se orienta a comprobar el cumplimiento de la normatividad establecida para el manejo de los fondos públicos. Cada dependencia y entidad cuenta con un órgano de control interno, que forma parte de su estructura administrativa, y funcionalmente se encuentran coordinados y supervisados por un órgano dependiente del propio órgano del Estado que es fiscalizado.

    La fiscalización se realiza de manera sistemática con enfoques diversos y su unidad básica es la auditoría o revisión. La fiscalización se realiza de manera programada, elaborando un plan de trabajo sustentado en los criterios referidos, y que abarca la mayor parte de las unidades administrativas de la Administración Pública.

    La consecuencia de la fiscalización es el fincamiento preventivo de responsabilidades administrativas o resarcitorias a aquellos servidores públicos que no tuvieron cuidado con el manejo de los recursos, o bien, que actuaron con desapego a la ética. El fincamiento de responsabilidades da origen al proceso administrativo que la ley de la materia establece para desahogar la garantía de audiencia y en su caso, fijar la aplicación de sanciones.

    Los órganos legislativos en los sistemas tanto parlamentarios como presidenciales, desarrollan diversas funciones dentro del esquema de ``pesos y contrapesos'' que debe existir, en el ejercicio de l poder público por parte de los órganos del Estado. Una de estas funciones que es mayoritariamente compartida, es la que se refiere a la función presupuestaria o financiera respecto del Poder Ejecutivo, la cual fraguó el tránsito de las monarquías absolutas a las monarquías parlamentarias.

    Esta función de nuestro sistema constitucional, por lo que se refiere al orden federal, consiste en la aprobación por parte del Congreso de la Unión, de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos; la revisión de la Cuenta Pública Anual; la Aprobación de las bases para la celebración, por el Ejecutivo, de empréstitos; y para reconocer y pagar la deuda nacional.

    Ahora bien, dentro del ámbito del Distrito Federal, dada la naturaleza jurídica sui generis de esta entidad federativa, el órgano legislativo del mismo la --Asamblea Legislativa-- lleva a cabo algunas de estas funciones, no escapándose de su ámbito de competencia, la que tiene que ver con el llamado control legislativo o parlamentario, que es a su vez un proceso de fiscalización externa, y que se traduce en la revisión de la cuenta pública.

    En efecto, tanto en el artículo 122 de la Constitución, en su Base Primera, fracción V, inciso c), se establece como facultad de la Asamblea Legislativa, el revisar la cuenta pública del año anterior, por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa, conforme a los criterios establecidos en la fracción IV del artículo 74, en lo que sean aplicables.

    En este contexto, la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, prevé como sujetos de fiscalización, a la Administración Pública del Distrito Federal, los órganos autónomos, y todas aquellas personas físicas o morales que ejerzan o apliquen recursos públicos del Distrito Federal. De igual manera, este ordenamiento legal, señala en su artículo 10, que su máxima autoridad, lo es un órgano Superior de Dirección, integrado por tres miembros, los cuales son electos por la mayoría de los miembros de la Asamblea Legislativa presentes en el pleno.

    El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en términos de los previsto por el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, cuenta con órganos auxiliares para el cumplimiento de sus funciones, dentro de los que se encuentra la Contraloría General del Distrito Federal; entidad que desempeña las funciones de control interno y que es responsable del control y evaluación de la gestión pública de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades Paraestatales.

    El titular de la Contraloría General del Distrito Federal, es nombrado y removido libremente por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en virtud de que como se menciona en el párrafo anterior, la Contraloría General en un órgano auxiliar del Jefe de Gobierno. Pero el hecho de que esta entidad sea un órgano auxiliar, no significa en lo absoluto que deba actuar con discrecionalidad para el beneficio de algunos y para perjudicar a otros. La subordinación administrativa no debe implicar, en lo absoluto, la subordinación política.

    Y es que alrededor de las estructuras que componen el Gobierno del Distrito Federal, se han presentado una gran cantidad de quejas al respecto de la mala actuación de funcionarios públicos que incumplen con sus atribuciones legales y que incluso llevan a cabo numerosos actos de corrupción; todo esto, sin que la Contraloría, aún con las denuncias requeridas y con los elementos de prueba necesarios, actúe para sancionar.1

    Una actitud que, lamentablemente, ha caracterizado al Gobierno del Distrito Federal en los últimos años, es el nivel de corrupción que existe en prácticamente todas las estructuras del gobierno capitalino. Resulta no solo alarmante, sino indignante el que semejantes actos ilegales de funcionarios capitalinos aparezcan hasta en la televisión. Sin embargo, este lacerante problema gubernamental no se eliminará mientras no se apliquen medidas de fondo para el combate a la corrupción en la ciudad.

    Resulta absurdo que el órgano que fiscaliza e inspecciona el ejercicio del gasto público del Gobierno del Distrito Federal, no actúe con el estricto cumplimiento de sus atribuciones, utilizando así la discrecionalidad política en sus decisiones. La Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal debe ser ejemplo indiscutible de transparencia, legalidad y aplicación irrestricta de la ley; no debe representar los intereses particulares del partido político en el poder, sino el interés general de los ciudadanos de la capital; y su titular no debe actuar con la mira puesta en beneficiar a su superior jerárquico, sino la idea clara de erradicar y sancionar a aquellos funcionarios que se alejen del marco legal.

    Y la presente propuesta pretende contribuir a generar un mejor desempeño en las tareas que a la Contraloría General del Distrito Federal competen, esto a través de hacer mas democrática y legítima la designación de su titular.

    Se considera necesario que en la designación del titular de la Contraloría capitalina, no intervenga solo el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, sino también la Asamblea Legislativa. El mecanismo propuesto es muy práctico: el Jefe de Gobierno propone a un titular, y la Asamblea, con el voto de las dos terceras partes (una mayoría calificada que pretende ser el resultado del consenso y los acuerdos de los grupos parlamentarios), lo aprueba.

    A través de este mecanismo, el titular de la Contraloría gozaría de la legitimidad necesaria para que, en el ejercicio de sus funciones, no exista la menor duda de que habrá de trabajar para el beneficio de los ciudadanos y no para proteger los intereses del partido en el poder.

    En virtud de lo expresado, y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX Bis del artículo 42 y la fracción IX Bis del artículo 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero: Se adiciona la fracción XXIX Bis del artículo 42 y la fracción IX Bis del artículo 67, ambos del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

    ``Artículo 42.-

    La Asamblea Legislativa tiene facultad para:

    I. ... a XXIX. ...

    XXIX Bis.- Ratificar, con el voto mayoritario de las dos terceras partes de los diputados, la propuesta de Contralor General del Distrito Federal que le remita el Jefe de Gobierno del Distrito Federal; y

    XXX. ...

    Artículo 67.-

    Las facultades y obligaciones del Jefe de Gobierno del Distrito Federal son las siguientes:

    I. ... a IX. ...

    IX bis. Proponer a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el nombramiento del Contralor General del Distrito Federal para su ratificación.

    X. ... a XXXI. ...

    Transitorios

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.''

    Notas:

    1 En efecto, el artículo 34 establece como atribuciones de la Contraloría General del Distrito Federal, entre otras las siguientes:

    ``Fiscalizar e inspeccionar el ejercicio del gasto público de la Administración Pública del Distrito Federal y su congruencia con el presupuesto de egresos, procediendo en su caso, al fincamiento de la responsabilidad administrativa; (fracción III)

    Coordinar a las Contralorías internas que dependerán de la Contraloría General y que ejercerán funciones de control y fiscalización de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales de la Administración Pública del Distrito Federal, así como emitir los lineamientos para su actuación; (fracción V)

    Establecer las bases generales para la realización de auditorías en las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales, así como realizar a las mismas, las auditorías que se requieran en sustitución o apoyo de sus propios órganos de control; (fracción VIII)

    Inspeccionar y vigilar directamente o a través de los órganos internos de control, que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales, cumplan con las normas y disposiciones en materia de: información, estadística, organización, procedimientos, sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y demás activos de la Administración Pública del Distrito Federal, procediendo en su caso, al fincamiento de la responsabilidad administrativa; (fracción XII)

    Conocer e investigar los actos, omisiones o conductas de los servidores públicos que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben de observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, con motivo de quejas o denuncias de los particulares o servidores públicos o de auditorías practicadas por los órganos de control, para constituir responsabilidades administrativas, y determinar las sanciones que correspondan en los términos de ley, y en su caso, hacer las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público prestándole para tal efecto la colaboración que le fuere requerida; (fracción XXVI)

    Intervenir directamente o como coadyuvante, ante las autoridades administrativas o judiciales, en todos los asuntos en que la Contraloría General sea parte, cuando tenga interés jurídico o se afecte el patrimonio del Gobierno del Distrito Federal, y éstos

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a los 27 días del mes de septiembre de 2005.--- Dip. Jorge Triana Tena (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias a usted, diputado. Túrnese a la Comisión del Distrito Federal.
    LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad, y de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad, y de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito se turne a la Comisión de Juventud y Deporte para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa

    Exposición de Motivos

    Es evidente que a través del tiempo las barreras y los obstáculos que han dificultado la integración de personas con discapacidad han sido establecidos por la misma sociedad.

    Las personas con discapacidad, al igual que una persona que no la presenta, esta dotada de capacidades, potencialidades y habilidades y tiene los mismos derechos que todas las personas que conforman una sociedad.

    Las personas que padecen temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas, mentales o sensoriales, tienen derecho a una vida plena y digna, se les debe garantizar la igualdad de oportunidades, mediante la eliminación de todas las barreras físicas, sociales o culturales, que las excluyen de su plena participación en la sociedad.

    Uno de los grandes retos de las sociedad es el de lograr entornos más accesible. Es decir, ambientes que estén diseñados de tal modo que puedan ser utilizados con seguridad y eficacia por el mayor número posible de personas, ya sea que éstas tengan alguna discapacidad o no.

    Las personas con alguna discapacidad, se enfrentan generalmente a dos tipos de barreras. Las barreras físicas, las cuales se refieren a los obstáculos que se encuentran en el camino que le impiden llevar a cabo acciones cotidianas o el traslado sin la ayuda de terceros. Las barreras sociales y culturales, por otro lado, son las barreras que se crean debido a los prejuicios existentes. Estas barreras implican ciertas actitudes discriminatorias que no permiten que las personas con discapacidad sean parte de un grupo social. También están presentes en los ámbitos económico, recreativo y educativo.

    Ante está situación, es indispensable considerar a las personas con discapacidad como sujetos de derechos. La promoción del ejercicio pleno de todos sus derechos es parte esencial para la eliminación de estas barreras.

    El deporte, es uno de los ámbitos en donde los discapacitados han logrado avances sustantivos; sin embargo aún falta mucho camino por recorrer para lograr una plena integración y una verdadera accesibilidad.

    El deporte es uno de los alicientes más importante para la promoción de conciencias fundadas en una vida sana y en equilibrio con la naturaleza. La práctica del deporte propicia la salud, al prevenir de enfermedades y resguardar de las adicciones; fomenta la disciplina, al desarrollar las capacidades, hábitos y destrezas del individuo; forja el carácter, al elevar la autoestima, motivar la superación personal en un marco competitivo y favorecer el desarrollo armónico e integral del individuo; y fomenta la convivencia social, al reforzar los valores de unidad, solidaridad y trabajo en equipo que inhiben conductas violentas y antisociales.

    En el desarrollo de actividades físicas que involucren a la población en general, la difusión adecuada, los estímulos y reconocimientos deportivos, así como de medios de convocatoria públicos, permiten que un mayor número de ciudadanos sean beneficiados. Todas las personas tenemos derecho al descanso, la recreación, a la práctica del deporte de nuestra preferencia y al aprovechamiento del tiempo libre que contribuye al desarrollo de nuestros potenciales. Es un deber brindarles a las personas con discapacidad la oportunidad de desarrollar sus potenciales y formación integral a través de un deporte o el aprovechamiento de su tiempo libre.

    Todas las personas tenemos derecho a formar parte de la vida cultural de la sociedad, y así desarrollar nuestro potencial artístico, creativo e intelectual, para beneficio propio y de la sociedad general. Ya que la cultura en sus diferentes manifestaciones es el fundamento de la nacionalidad e incentiva nuestra identidad. Reconocer la participación de las personas con discapacidad es valorar la diversidad cultural existente entre nosotros y es hacer uso de los valores culturales de la nación.

    Por estas razones, es de suma importancia que los espacios físicos donde se realicen actividades culturales, deportivas o recreativas sean accesibles a todas las personas. La integración de las personas con discapacidad será el resultado de las acciones que realicen el sector público, el privado y la sociedad en general, orientadas a modificar y superar las condiciones que impidan a las personas con discapacidad su desarrollo integral.

    La no discriminación y la plena integración de las personas con discapacidad deben convertirse en respuestas a una cuestión de justicia básica y de convivencia democrática. Por ello y con el fin de que exista una concordancia y homogeneidad entre las leyes de nuestro país y los instrumentos internacionales que México ha ratificado y con el objetivo de hacer más claras las leyes y de precisar las necesidades de cada grupo social, el diputado del Partido Verde Ecologista de México somete a la consideración de la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, el presente

    Decreto por el que se reforma el artículo 23 y se adiciona un nuevo artículo 23 Bis a la Ley General de las Personas con Discapacidad. Se reforma la fracción X del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

    Artículo Primero.- Se reforma el artículo 23 y se adiciona un nuevo artículo 23 Bis a la Ley General de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

    Artículo 23

    Las políticas a que se refiere el artículo anterior y los programas que se establezcan se deberán orientar a:

    I. Generar y difundir entre la sociedad el respeto a la diversidad y la participación de las personas con discapacidad en el arte y la cultura;

    II.- Establecer condiciones de inclusión de personas con discapacidad para lograr equidad en la promoción, el disfrute y la producción de servicios artísticos y culturales.

    Artículo 23 Bis

    Los espacios físicos donde se realicen actividades culturales, deportivas o recreativas deberán ser accesibles a todas las personas. Las instituciones públicas y privadas que promuevan y realicen actividades de estos tipos, deberán proporcionar los medios técnicos necesarios, impulsar la capacitación de recursos humanos y el uso de materiales y tecnología a fin de lograr la integración de las personas con discapacidad.

    Se considerará acto discriminatorio que, en razón de la discapacidad, se le niegue a una persona participar en actividades culturales, deportivas y recreativas que promuevan o realicen las instituciones públicas o privadas, siempre que éstas no pongan en peligro su integridad física y mental.

    Artículo Segundo.- Se reforma la fracción X del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:

    Artículo 2

    Esta Ley y su Reglamento tienen por objeto establecer las bases generales de coordinación y colaboración entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, así como de la concertación para la participación de los sectores social y privado en materia de cultura física y deporte, teniendo las siguientes finalidades generales:

    I. (...) al IX. (...)

    X. Formular y aplicar programas y acciones que otorguen las facilidades administrativas y las ayudas técnicas, humanas y financieras requeridas para la práctica de actividades físicas y deportivas a la población con discapacidad, en sus niveles de desarrollo nacional e internacional.

    Se considerará acto discriminatorio que, en razón de la discapacidad, se le niegue a una persona participar en actividades deportivas que promuevan o realicen las instituciones públicas o privadas, siempre que éstas no pongan en peligro su integridad.

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 27 días del mes de septiembre de 2005.--- Dip. Jorge A. Kahwagi Macari (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Túrnese a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Juventud y Deporte.

    La iniciativa del diputado Óscar González Yáñez del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, que adiciona el artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal se pospone.


    LEY AGRARIA
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona un segundo párrafo al artículo 49 y deroga el artículo tercero transitorio de la Ley Agraria. El diputado Fidel René Meza Cabrera: Con su permiso, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que adiciona un segundo párrafo al artículo 49 y deroga el artículo tercero transitorio de la Ley Agraria.

    El suscrito, René Meza Cabrera, diputado federal en ejercicio, miembro de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, que integra la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa para adicionar un segundo párrafo al artículo 49 y derogar el artículo tercero transitorio de la Ley Agraria, con base en la siguiente:

    Exposición de Motivos

    Los constituyentes de Querétaro dieron especial importancia a la ``cuestión de la tierra'', como se llamaba a principios del siglo XX, el que después sería el ``problema agrario'', porque la posesión de la tierra, fue uno de los principales motivos que originaron la Revolución de 1910.

    Conscientes de lo trascendental de esta problemática, la Comisión respectiva, al presentar su proyecto de dictamen acerca del artículo 27 al Congreso Constituyente, afirmaban; ``En este artículo tienen por fuerza que sentarse los fundamentos sobre los cuales deberá descansar todo el sistema de los derechos que pueden tenerse a la propiedad raíz, comprendida dentro del territorio nacional. Porque en el estado actual de las cosas, no será posible conceder garantía alguna a la propiedad, sin tener que determinar con toda precisión los diversos elementos que la componen, dado que (son) componentes de la población nacional y en la revolución que felizmente concluye, cada uno de estos últimos ha levantado para justificación de sus actos, la bandera de la propiedad en demanda de protección para sus respectivos derechos, habiendo, por lo tanto, variadas banderas de propiedad que representan intereses distintos''.

    Así, conciliando esos intereses, surgió el texto del artículo 27 constitucional, que en su párrafo tercero, estableció las tres formas esenciales de la tenencia de la tierra: comunal, ejidal y pequeña propiedad, originando el ``reparto agrario'', cuyo auge tuvo su realización en las décadas de los años treinta y cuarenta.

    Durante medio siglo y a través de dieciséis reformas, el artículo 27 constitucional y su Ley Reglamentaria, han sido los instrumentos en que se basó y fundamentó la Reforma Agraria.

    Con las últimas reformas y adiciones a este precepto constitucional, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 6 y 28 de enero de 1992, vigentes al día siguiente de las fechas señaladas, se dio por terminado el reparto agrario al comprobarse ya, la inexistencia de latifundios y de tierras repartibles.

    Al mismo tiempo, se dio consistencia a la posesión de la tierra, al consolidarse la propiedad privada, ejidal y comunal, con lo que se procura hacer más productivo al territorio nacional.

    Simultáneamente, el día 26 de febrero de 1992, se publicó también en el Diario Oficial de la Federación, la actual Ley Agraria, reglamentaria del artículo 27 constitucional, en la materia.

    Especialistas en derecho agrario, consideran que debió abrogarse la Ley Federal de la Reforma Agraria, que juntamente con otras leyes relativas a la materia, sólo se derogaron y se dejó en vigor lo referente a ``los asuntos que actualmente se encuentran en trámite en materia de ampliación o dotación de tierras, bosques y agua, creación de nuevos centros de población y restitución, reconocimiento y titulación de bienes comunales'', se seguirá aplicando la Ley derogada, cuyo artículo 51 señalaba que las tierras ejidales, son imprescriptibles.

    Esta disposición está siendo utilizada por litigantes carentes de probidad y ética, quienes coludidos con representantes de los comisariados ejidales, aprovechando la imprecisión jurídica existente en materia agraria y basándose en el último párrafo de la fracción VII del artículo 27 constitucional que textualmente dice: ``La restitución de tierras, bosques y aguas a los núcleos de población se hará en los términos de la ley reglamentaria'' y apoyados en el artículo 49 de la Ley Agraria vigente que estipula: ``Los núcleos de población ejidales o comunales que hayan sido o sean privados ilegalmente de sus tierras o aguas, podrán acudir, directamente o a través de la Procuraduría Agraria, ante el tribunal agrario para solicitar la restitución de sus bienes'', promueven ante los Tribunales Agrarios, la restitución de tierras, con demandas artificiosamente manipuladas y aducen que desde hace muchos años fueron privados ilegalmente de parte de sus tierras ejidales o comunales, por los propietarios de terrenos colindantes con los polígonos de sus ejidos o comunas. Esta situación se viene observando y multiplicándose preocupantemente, pues los demandados se ven forzados a transigir, ante la falta de claridad jurídica en materia agraria, puesto que ni siquiera pueden alegar la prescripción en ejercicio de su defensa.

    La proliferación de estos ilegales procedimientos, está originando la inseguridad en la propiedad de la tierra y ya empieza a notarse la falta de productividad y el alejamiento de la inversión, contrastando con la opulencia de algunos directivos de comisariados ejidales y abogados inescrupulosos, quienes han encontrado la forma de enriquecerse, puesto que en la mayoría de los casos, los propietarios --especialmente los pequeños- pagan para no ser privados de parte de sus terrenos.

    Esta anómala situación que está perjudicando a la agricultura del país, debe terminar estableciéndose la prescriptibilidad de las acciones restitutorias de los bienes despojados. Es necesario dar seguridad a la tenencia de la tierra, para que con certidumbre la cultiven sus propietarios o poseedores y se incremente la inversión nacional y extranjera.

    Asimismo, no siendo ya aplicable el Artículo Tercero Transitorio de la Ley Agraria, que valida disposiciones de la Ley Federal de la Reforma Agraria, derogada desde el 26 de febrero de 1992, porque los asuntos en que podría invocarse, ya están en trámite o terminados, es conveniente derogarlo, para que no sirva de sustento en la iniciación de trámites engañosos con fines fraudulentos.

    Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de

    Decreto para adicionar un segundo párrafo al artículo 49 y derogar el artículo tercero transitorio de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

    Artículo Primero. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 49 de la Ley Agraria, en los siguientes términos:

    Artículo 49. ...

    Se fija un año, como término perentorio, para la presentación de la solicitud de restitución de los bienes a que se refiere el párrafo anterior, contado a partir de la fecha en que se realizó la acción ilegal; para lo cual se acompañarán a la demanda, los siguientes documentos: a) La documentación que acredita la propiedad del bien reclamado; b) Comprobación de la posesión del bien; c) Identificación de la cosa cuya restitución se pretende, precisando características, medidas y ubicación, que impidan cualquier confusión, y d) Copia certificada de la denuncia o querella presentada por los representantes ejidales o comunales, ante el Ministerio Público competente.

    Artículo Segundo. Se deroga el artículo tercero transitorio de la Ley Agraria, en la forma siguiente:

    Artículo Tercero Transitorio. Se deroga.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, México, DF, a 7 de septiembre de 2005.--- Dip. René Meza Cabrera (rúbrica).»

    Eso es todo, señor Presidente. Gracias.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
    LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACION CREDITICIA
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Edmundo Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.El diputado Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio: Con su permiso, señor Presidente; honorable Asamblea: el de la voz, Edmundo Valencia Monterrubio, en su carácter de diputado federal, miembro de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, fracción II, 56 y 57 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 21 y 25, y adiciona el 41 Bis a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, conforme a las siguientes consideraciones:

    En la actualidad, el crédito es una de las formas más comunes de adquirir bienes y servicios. Por lo mismo, para contribuir definitivamente al desarrollo del país en materia crediticia surgió el Buró de Crédito, una institución financiera formada por dos empresas definidas como sociedades de información crediticia: la Trasunión de México, Sociedad Anónima, que es el buró de personas físicas surgida en 1996, y la empresa denominada Dun & Bradstreet de México, Sociedad Anónima, sociedad de información crediticia que es el buró de personas morales, surgida en 1998.

    Éstas, con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa opinión del Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, los encargados de manejar lo que conocemos como ``Buró de Crédito'', que es una base de datos respecto de los historiales crediticios, de personas físicas o morales, que en algún momento han manejado adquisición de bienes o servicios mediante el crédito. El Buró de Crédito se encarga de proporcionar servicios de recopilación, manejo y entrega o envío de información relativo a los historiales crediticios tanto de personas físicas como morales en todo el país, toda vez que al formalizar una solicitud de crédito ante cualquier entidad financiera o empresa comercial que otorgue crédito a sus clientes, si éstas son usuarios del servicio del Buró de Crédito reportarán dicha solicitud a los archivos del mismo y éste almacenará esa información. A partir de ese momento se va a ir generando un historial crediticio, que podrá ser positivo o negativo. Uno de los objetivos primordiales de esa institución consiste entonces en dar certidumbre respecto a la actividad crediticia, minimizando con ello los riesgos para los usuarios que otorgan créditos, ya que al proporcionar información respecto de la experiencia de cumplimiento de obligaciones de pago contraídas por personas morales o personas físicas tiene la oportunidad de conocer la formalidad y responsabilidad de un cliente, dependiendo del cumplimiento o no de las obligaciones, así como de la puntualidad con que paga y la capacidad para adquirir nuevos y mejores créditos.

    El marco legal que rige la actividad del Buró de Crédito se forma por la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, la Ley de Inversión Extranjera, en el artículo 8o., fracción VI, y las disposiciones de carácter general que emita el Banco de México. Así, el Buró de Crédito es hoy por hoy una base de datos que sirve de marco de referencia para el otorgamiento de créditos en México, por lo que es menester que la información que éste contenga sea verídica y actualizada, ya que el historial de crédito que en él se registra puede ser de carácter negativo, si es un deudor moroso, o positivo, si es un deudor cumplido.

    Por tanto, la legislación que rige su actuar debe considerar lo siguiente, además de brindar a los usuarios certeza para el otorgamiento de créditos por medio de información verídica de los historiales crediticios de personas físicas y morales, siempre constriñéndose a la normatividad: debe brindar esa misma seguridad a los clientes, que son todas las personas físicas o morales usuarias del sistema de crédito, respecto a que la información que contenga la base de datos del Buró de Crédito sea veraz, confidencial y actualizada constantemente. Los dos primeros rubros ya están en la legislación actual, ya están considerados y, por tanto, regulados; pero lo que respecta a la actualización constante de la información de los historiales crediticios, cuando los deudores han cumplido, puntuales, sus obligaciones de pago, no obliga a que los usuarios brinden dicha información de manera pronta a las sociedades de información crediticia, más conocidos como ``Buró de Crédito'', con lo que limitan a los clientes porque al no aparecer con un historial crediticio de carácter positivo, dejan de ser sujetos adecuados para mejores oportunidades de crédito.

    Por tanto, es menester obligar a los usuarios a notificar puntualmente, hacer llegar la información necesaria a las sociedades de información crediticia, también conocido como ``Buró de Crédito'', cuando los deudores crediticios son puntuales respecto a su obligación de pago, lo que propiciaría que contar con un buen historial de crédito ayude a abrir las puertas a más y mejores créditos.

    Por lo anteriormente expuesto y convencido de lo importante que es brindar seguridad a las personas en el ámbito expuesto anteriormente, propongo el siguiente decreto:

    Artículo Único. Se reforman los artículos 21 y 25 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, y se adiciona el artículo 41 Bis a la misma, para quedar en los siguientes términos:

    Artículo 21. Las sociedades establecerán manuales estandarizados, que deberán ser observados por los diferentes tipos de usuarios para llevar a cabo el registro, actualización periódica de información en su base de datos, así como la emisión, rectificación e interpretación de los reportes de crédito, reportes de crédito especiales que la sociedad emita. Los manuales operativos citados en el párrafo anterior deberán ser aprobados por el Consejo de Administración de la sociedad.

    Artículo 25. Sólo las entidades financieras y las empresas comerciales podrán ser usuarios de la información que proporcionen las sociedades. Los usuarios están obligados a registrar constantemente en la base primaria de datos de las sociedades cualquier información respecto de los historiales crediticios de sus clientes, manteniendo así actualizada la base de datos de las sociedades.

    Artículo 41 Bis. Los clientes tendrán derecho a que la información que proporcionen las sociedades sea actualizada constantemente, aun en los casos en que el cumplimiento de su obligación de pago sea oportuno, con el fin de tener un historial crediticio positivo.

    Artículo Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al otro día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Por su atención, gracias. Es cuanto, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Edmundo G. Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del PAN

    Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los estado Unidos Mexicanos, y en los artículos 55, fracción II, 56 y 57 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio, en mi carácter de diputado federal de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, someto a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 21 y 25, y adiciona el 41 Bis a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, conforme a las siguientes

    Consideraciones

    En la actualidad, el crédito es una de las formas más comunes de adquirir bienes y servicios por lo que, para contribuir definitivamente al desarrollo del país en materia crediticia, surgió el Buró de Crédito, que es una institución financiera conformada por dos empresas definidas como Sociedades de Información Crediticia (SIC) la Trans Union de México, SA, (Buró de Personas Físicas) surgida en 1996 y la empresa denominada Dun & Bradstreet de México, SA, Sociedad de Información Crediticia (Buró de Personas Morales) en 1998; éstas con autorización de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público previa opinión del Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores son las encargadas de manejar lo que conocemos como Buró de Crédito que es una base de datos respecto de los historiales crediticios de personas físicas o morales (clientes)1 que en algún momento han manejado adquisición de bienes o servicios mediante crédito.

    El Buró de Crédito se encarga de proporcionar servicios de recopilación, manejo y entrega o envió de información relativa a los historiales crediticios tanto de personas físicas como morales (clientes) en el país, toda vez que al formalizar una solicitud de crédito ante cualquier entidad financiera o empresa comercial que otorgue crédito a sus clientes, si éstas, son usuarias del servicio del Buró de Crédito, reportarán dicha solicitud a los archivos del mismo, y éste almacenará esa información; a partir de ese momento se va generando un historial crediticio mismo que podrá ser positivo o negativo.

    Uno de los objetivos primordiales de esta institución consiste entonces en dar certidumbre respecto de la actividad crediticia, minimizando los riesgos para los usuarios (entidades financieras o empresas comerciales)2 al otorgar créditos, ya que al proporcionar información respecto de la experiencia de cumplimiento de obligaciones de pago contraídas por personas morales y personas físicas (clientes o deudores), tienen la oportunidad de conocer la formalidad y responsabilidad de un cliente dependiendo del cumplimiento o no de las obligaciones así como de la puntualidad con que paga y la capacidad para adquirir nuevos y mejores créditos.

    El marco legal que rige la actividad del Buró de Crédito, se conforma por la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia; la Ley de Inversión Extranjera en su artículo 8o., fracción VI, y por las disposiciones de carácter general que emita el Banco de México.

    Así, el buró de crédito hoy por hoy es una base de datos que sirve de marco de referencia para el otorgamiento de créditos en México, por lo que es menester que la información que éste contenga sea verídica y actualizada, ya que el historial de crédito que en él se registra puede ser de carácter negativo si es un deudor moroso o positivo si se es un deudor cumplido, por tanto la legislación que rige su actuar debe contemplar lo siguiente:

    Además de brindar a los usuarios (empresas comerciales que dan crédito y entidades financieras) certeza para el otorgamiento de créditos, por medio de información verídica de los historiales crediticios de personas físicas y morales, siempre constriñéndose a la normatividad; debe brindar esa misma seguridad a los clientes (personas físicas o morales usuarias del sistema de crédito) respecto de que la información que se contenga en las bases de datos del Buró de Crédito sea veraz, confidencial y actualizada constantemente, por lo que respecta a los dos primeros rubros, la legislación actual lo contempla y lo regula, pero por lo que respecta a la actualización constante de la información de los historiales crediticios cuando los deudores son cumplidos y puntuales con sus obligaciones de pago, no obliga a que los usuarios (empresas comerciales y entidades financieras) brinden dicha información de manera pronta a las Sociedades de Información Crediticia (Buró de Crédito), con lo que limitan a los clientes (deudores), porque al no aparecer con un historial crediticio de carácter positivo, dejan de ser sujetos adecuados para mejores oportunidades de crédito.

    Por lo que se debe obligar a los usuarios a notificar puntualmente y hacer llegar la información necesaria a las SIC (buró de crédito), cuando los deudores crediticios (clientes) son puntuales respecto de su obligación de pago, ya que contar con un buen historial crediticio puede ayudar a abrir las puertas a más y mejores créditos.

    Decreto

    Artículo Único. Se reforman los artículos 21 y 25 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, y se adiciona el artículo 41 Bis a la misma, para quedar en los siguientes términos:

    Artículo 21.

    Las Sociedades establecerán manuales estandarizados que deberán ser observados por los diferentes tipos de usuarios, para llevar a cabo el registro y actualización periódica de información en su base de datos, así como para la emisión, rectificación e interpretación de los Reportes de Crédito y Reportes de Crédito Especiales que la Sociedad emita.

    Los manuales operativos citados en el párrafo anterior, deberán ser aprobados por el Consejo de Administración de la Sociedad.

    Artículo 25.

    Sólo las entidades financieras y las empresas comerciales podrán ser usuarios de la información que proporcionen las sociedades.

    Los usuarios están obligados a registrar constantemente en la Base Primaria de Datos de las Sociedades, cualquier información respecto de los historiales crediticios de sus clientes manteniendo así, actualizada la Base Primaria de Datos de las Sociedades.

    Artículo 41 Bis.

    Los clientes tendrán derecho a que la información que proporcionen las Sociedades sea actualizada constantemente, aun en los casos en que el cumplimiento de su obligación de pago sea oportuno, con el fin de tener un historial crediticio positivo.

    Artículo Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Notas:

    1 Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, artículo 2o., fracción II.

    2 Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, artículo 2o., fracción XII.

    Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo, a 27 de septiembre de 2005.--- Dip. Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio (rúbrica).» Presidencia del diputado Heliodoro Díaz EscárragaEl Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
    LEY AGRARIA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia rectifica el turno dado a la iniciativa presentada por el diputado René Meza Cabrera, respecto a la adición del artículo 49 de la Ley Agraria, rectificando el turno en el sentido de turnarlo a la Comisión de Reforma Agraria.

    Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a habitantes del municipio de Tequila, Veracruz, invitados por el diputado Mario Zepahua Valencia; sean bienvenidos.


    ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El diputado Jorge Legorreta Ordorica: Con su permiso, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Adelante, diputado.El diputado Jorge Legorreta Ordorica: Compañeras y compañeros legisladores: mucho se ha debatido sobre la constitucionalidad del arraigo domiciliario; la razón es suficiente: no existe en el texto constitucional esa figura. Como es por todos conocido, la pirámide kelseniana postula que en todo orden jurídico la norma que se encuentra en la parte superior será la Norma Suprema y que de ésta se desprenderá todo el orden normativo, como las leyes secundarias, y que de estas últimas se desglosarán los reglamentos. En ninguna circunstancia, las normas jurídicas que emanan de la Carta Suprema la contravendrán o irán más allá de aquélla; es decir, rebasarla o instituir figuras jurídicas que no considere porque ello crearía su inconstitucionalidad o anticonstitucionalidad, como es el caso de la figura del arraigo domiciliario, que lo establece el artículo 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, pero la norma constitucional no lo prevé. De ahí surge la necesidad de la iniciativa que nos ocupa, para adicionar un párrafo al artículo 16 de nuestra Carta Magna, ya que la figura en cita carece de fundamento constitucional.

    Es decir, es inconstitucional, como ha pronunciado nuestro supremo tribunal: se entenderá por arraigo penal la 'medida precautoria que tiene por objeto asegurar la disponibilidad del inculpado en la investigación previa cuando exista temor fundado de que pueda sustraerse de la acción de la justicia'. Conviene precisar que el arraigo se encuentra previsto tanto en el Código Procesal Federal como en los Códigos de Procedimientos Penales locales. Entonces, desde la averiguación previa se deben efectuar las medidas conducentes para integrar el cuerpo del delito y la presunta responsabilidad del indiciado y así poder ejercitar la acción penal. Asimismo, nadie ignora que los sujetos arraigados están sujetos a investigación, por lo que se considera que son proclives a eludir la acción de la justicia ocultándose o fugándose, por lo cual es manifiesta la dificultad que enfrenta el representante social para integrar los elementos señalados.

    El artículo 133 Bis del Código Procesal Federal determina la facultad de dicho Ministerio Público para solicitar al órgano jurisdiccional el arraigo del indiciado en los casos en que se estime necesario. Concedido el arraigo por el juez en los términos descritos, se entiende que su duración será la del tiempo estrictamente indispensable para determinar en la averiguación previa si existe o no presunta responsabilidad del inculpado, debiendo levantarse cuando haya fenecido este término --se dispone un plazo de 30 días, prorrogables por otros 30, a petición del Ministerio Público--. Ahora bien, se considera pertinente y oportuno invocar el artículo 12 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en función de que también forma parte de la esfera federal en materia penal y de que, por otro lado, también establece la multicitada figura del arraigo.

    De ahí se deriva el debate sobre su constitucionalidad. Debemos puntualizar que los sujetos que intervienen en el arraigo son necesariamente el Ministerio Público, en su calidad de peticionario solicitante; el órgano jurisdiccional en materia penal competente para conocer de la procedencia de la citada solicitud; y el indiciado o individuo que debe quedar arraigado una vez procedida la solicitud. La mesa de discusión es que si la figura del arraigo afecta o no la libertad personal.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido al respecto las dos posturas. Un primer criterio asevera que el arraigo no afecta la libertad personal propiamente dicha sino que sólo afecta la libertad de tránsito. Un segundo criterio establece que el arraigo sí afecta la libertad personal. De lo dicho, existe una contradicción, que fue denunciada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conociendo de ella la Primera Sala, cuya resolución fue que el arraigo domiciliario sí afecta la libertad personal, lo que permite ubicar su inconstitucionalidad. La parte dogmática de nuestra Ley Suprema garantiza que todo individuo gozará de libertad personal y de todas las demás consagradas en el texto constitucional, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.

    Por ello tenemos por cierto que todo acto que restrinja la garantía de libertad personal podrá discutirse en la vía de amparo. Ahora bien, el arraigo domiciliario no está fundamentado en la Ley Suprema y su implantación es inconstitucional porque todos los actos restrictivos de libertad personal deben cumplir las exigencias de los artículos 14, 16, 18, 19, 20, 21, 22 y 23 de la Carta Política. De lo dicho anteriormente, cabe puntualizar que el artículo 14 establece que nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

    Lo que se desprende es que el arraigo domiciliario es un acto, antes del juicio, que afecta la libertad de los individuos; por tanto, sí es restrictivo de la libertad, como ha establecido nuestro máximo tribunal judicial. Por otra parte, el artículo 16 de la Constitución, en la parte conducente, advierte que ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de 48 horas, plazo en que deberá ordenarse su libertad o ponerse a la disposición de la autoridad judicial. Ese plazo podrá duplicarse en los casos que la ley prevea como delincuencia organizada. En ningún artículo de la Norma Suprema se establece la figura; de ahí la justificación de esta iniciativa para establecer la multicitada figura del arraigo en el texto constitucional, para evitar que las autoridades judiciales y las ministeriales actúen al margen de la Constitución.

    El arraigo domiciliario suena injusto e inhumano; sin embargo, suena más injusto cuando éste no se encuentra sustentado constitucionalmente, por lo que deberán cumplirse ciertos requisitos para que se emita, que son los siguientes: primero, que lo solicite el Ministerio Público; segundo, sólo la autoridad judicial puede obsequiar o denegar la orden; tercero, se solicitará sólo cuando se trate de delitos graves y cuando haya temor fundado de que el indiciado pueda sustraerse de la acción de la justicia; y cuarto, únicamente se otorgará por 30 días naturales, pudiéndose prorrogar por otros 30.

    El objeto del arraigo penal tiene peso en razón de que la criminalidad arroja altos índices de crecimiento y sus métodos son cada día más refinados, aunado a que el crimen organizado cuenta con recursos de todo tipo para evadir la acción de la justicia. La delincuencia cada vez es más organizada y especializada, lo que motiva un incremento de conductas delictivas como tráfico de armas, asaltos bancarios, narcotráfico, secuestros o robo. En la comisión de esos delitos se percibe un aumento dramático del uso de la violencia. Por ello, el combate de la criminalidad representa para las autoridades de procuración y administración de justicia una prioridad de carácter fundamental.

    El pasado 19 de septiembre, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el arraigo es inconstitucional, en razón de que viola la libertad de la persona, lo que viene a robustecer la necesidad de legislar en la materia. En mérito de lo antes expuesto y fundado, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, comprometido con los grandes proyectos que se traduzcan en beneficios trascendentales para la población, somete a la aprobación de esta H. soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional. Es cuanto, señor Presidente; y solicito que se integre en su totalidad en el Diario de los Debates y en la Gaceta. Gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del PVEM

    Manuel Velasco Coello, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Luis Antonio González Roldán, Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Álvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Ávila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Ávila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Guillermo Velasco Rodríguez, diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo7l, fracción II, de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y los correlativos 55, fracción II, 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurrimos a solicitar se turne a la Comisión de Puntos Constitucionales la presente iniciativa con proyecto decreto de acuerdo a la siguiente

    Exposición de Motivos

    Mucho se ha debatido sobre la constitucionalidad del arraigo domiciliario, la razón es suficiente, no existe en el texto constitucional esta figura. Como es de todos conocido, la pirámide ``kelseniana'' postula que en todo orden jurídico la norma que se encuentra en la parte superior, será la norma suprema, y de esta se desprenderá todo el orden normativo, tales como las leyes secundarias y de estas últimas se desprenderán los reglamentos. El reglamento le da operatividad a la ley y ésta, a la ley suprema, que es la Constitución.

    Bajo ninguna circunstancia las normas jurídicas que emanan de la Carta Suprema la contravendrán o irán más allá de aquella, es decir, rebasarla o instituir figuras jurídicas que no contemple, porque ello crearía su inconstitucionalidad o anticonstitucionalidad, como es el caso de la figura del arraigo domiciliario, que lo establece el artículo 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, pero la Norma Constitucional no lo prevé. De allí surge la necesidad de la iniciativa que nos ocupa, para adicionar un párrafo al artículo 16 de nuestra Carta Magna, ya que la figura en cita, carece de fundamento constitucional, es decir, es inconstitucional, como más adelante se demostrará a lo largo de la esta exposición de motivos.

    El arraigo domiciliario en materia penal es inconstitucional porque afecta la libertad personal de los indiciados, en oposición a lo consagrado por nuestra Carta Magna, que especifica los casos en que únicamente esta garantía puede ser restringida.

    Arraigo significa o se le considera como una medida precautoria dictada por el juzgador, a petición de parte, cuando hubiere temor de que se ausente u oculte la persona contra quien deba entablarse o se haya entablado una demanda. Tiene por objeto o finalidad impedir que el arraigado abandone el lugar del juicio sin dejar un apoderado que pueda contestar la demanda, seguir el proceso y responder de la sentencia que se dicte.1

    De la anterior definición se puede inferir que estamos hablando de un arraigo susceptible de aplicarse indistintamente en materia civil o penal, sin dejar de creer que pueda ser una figura jurídica aplicable en cualquier otro tipo de proceso. Sin embargo, tal texto definitorio es de gran ayuda para definir más adelante el arraigo en materia penal.

    Se entenderá por arraigo penal la medida precautoria que tiene por objeto asegurar la disponibilidad del inculpado en la investigación previa, cuando exista temor fundado de que pueda sustraerse de la acción de la justicia. Conviene precisar que el arraigo se encuentra previsto tanto en el Código Procesal Federal como en los Códigos de Procedimientos Penales locales.

    Ahora bien, el artículo 133 de la Carta Magna prescribe que ``esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los estados''.

    Luego entonces, viene a reafirmar lo manifestado con anterioridad, que ninguna ley o tratado, ni las resoluciones de los juzgadores, contravendrán lo dispuesto por la Norma Suprema.

    En nuestro sistema procesal penal, el arraigo es una medida cautelar que se impone durante la averiguación previa con vigilancia de la autoridad al indiciado, para los efectos de que éste cumpla con los requerimientos del Ministerio Público, en razón de la investigación de un hecho delictivo. Es decir, las medidas en los procedimientos penales pueden ser también de carácter personal para garantizar el desarrollo del proceso, así como la efectividad de la sanción privativa de libertad, en los casos de sentencias condenatorias de tal pena.

    Para estos supuestos nadie duda que desde la averiguación previa se deben efectuar las medidas conducentes para integrar el cuerpo del delito, la presunta responsabilidad y así ejercitar la acción penal. Asimismo, nadie ignora que los sujetos arraigados están sujetos a investigación, por lo que se considera que son proclives a eludir la acción de la justicia, ocultándose o fugándose, por lo cual es manifiesta la dificultad que enfrenta el representante social para integrar los elementos señalados.

    Con objeto de hacer factible la función persecutoria encomendada al arraigo en el Código Federal de Procedimientos Penales, en el citado artículo 133 Bis, se determina la facultad de dicho Ministerio Público federal para solicitar al órgano jurisdiccional el arraigo del indiciado en los casos en que se estime necesario. Concedido el arraigo por el juez, en los términos descritos, se entiende que la regla general sobre su duración será la del tiempo estrictamente indispensable para determinar en la averiguación previa, si existe o no presunta responsabilidad del inculpado, debiendo levantarse dicha presunta responsabilidad fenecido que sea dicho término. No obstante la indicada regla general, el legislador dispuso un plazo de 30 días, prorrogables por otros 30 días a petición del Ministerio Público.

    Ahora bien considero pertinente y oportuno invocar el artículo 12 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en función a que también forma parte de la esfera federal en materia penal y que, por otro lado, también establece la multicitada figura del arraigo, de allí se deriva el debate sobre su constitucionalidad.

    Artículo 12 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.- ``El juez podrá dictar con la simple solicitud del Ministerio Público de la Federación y tomando en cuenta las características de los hechos imputados y las circunstancias personales del inculpado, el arraigo de éste en el lugar, forma y medios de realización señalados en la solicitud, con vigilancia de la autoridad, la que ejercerá el Ministerio Público de la Federación y sus auxiliares''.

    Cabe mencionar que por regla general, el arraigo es un acto esencialmente prejudicial, puesto que sirve como herramienta a la autoridad investigadora para que previamente a un proceso logre acreditar el cuerpo del delito. Sin embargo, excepcionalmente esta figura puede ser asimismo un acto procesal una vez que se solicite cuando está desarrollando el procedimiento.

    Debemos puntualizar que los sujetos que intervienen en el arraigo son necesariamente el Ministerio Público en su calidad de peticionaria o solicitante, el órgano jurisdiccional o juez en materia penal competente de conocer la procedencia de la citada solicitud y el indiciado o individuo que debe quedar arraigado una vez procedida la solicitud.

    La mesa de discusión es que si la figura del arraigo afecta o no la libertad personal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación al respecto ha sostenido las dos posturas, por ejemplo, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito ha sustentado cinco tesis derivadas de sentencias ejecutorias que integraron la jurisprudencia, que a la letra dice:2

    Arraigo, orden de. No afecta la libertad personal.- La orden jurisdiccional de arraigo que contempla el artículo 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, no afecta la libertad personal propiamente dicha, a que se refiere el artículo 130 de la Ley de Amparo, sino tan sólo la libertad de tránsito del destinatario de la misma, regulada por el artículo 11 de la Constitución General de la República.

    Este criterio asevera que el arraigo no afecta la libertad personal propiamente dicha, sino que sólo afecta la libertad de tránsito.

    El segundo criterio establece que el arraigo sí afecta la libertad personal de acuerdo a la siguiente tesis, que a la letra dice:3

    Arraigo, orden de. Afecta la libertad personal y de tránsito.- La orden de arraigo no sólo afecta la libertad de tránsito sino también la personal, por lo que en términos de los artículos 133 y 136 de la Ley de Amparo, procede la concesión de la suspensión provisional respecto de actos de naturaleza, pues al concederse esa medida, se obliga a la parte quejosa a permanecer durante el tiempo que se le fije, en un determinado inmueble, sin que pueda salir de éste.''

    La citada tesis está sustentada por tres ejecutorias, una pronunciada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito y las otras dos por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito.

    Como se desprende de lo anterior, existe una contradicción de tesis misma que fue denunciada por el Tribunal Cuarto Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    Una vez que se consolidó la contradicción de tesis, el Presidente del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, denunció la mencionada contradicción, tocando conocer de tal demanda a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien acordó su entrada, declarándose competente para conocer de la contradicción entre las tesis que afirman que el arraigo domiciliario sí afecta la libertad personal, y por otro lado la tesis jurisprudencial que sostiene que el arraigo domiciliario no afecta la libertad personal.

    La Primera Sala estableció que el criterio que debe prevalecer es el que a continuación se cita:

    Arraigo domiciliario, orden de. Afecta la libertad personal. La orden de arraigo domiciliario prevista por el artículo 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, antes y después de su reforma mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 8 de febrero de 1999, al obligar a la persona en contra de quien se prepare el ejercicio de la acción penal siempre y cuando exista el riesgo fundado de que se sustraiga a la acción de la justicia, a permanecer en un domicilio bajo la vigilancia de la autoridad investigadora y persecutora, trae como consecuencia la inmovilidad de su persona en un inmueble, por tanto, es un acto que afecta y restringe la libertad personal que puede ser susceptible de suspensión en términos de lo dispuesto por los artículos 130, 136 y demás relativos de la Ley de Amparo, si para ello se cumplen los requisitos exigidos por la misma Ley.''4

    El pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es un paso trascendental que demuestra una parte importante respecto a que el arraigo domiciliario, sí afecta la libertad personal, lo que permite ubicar la inconstitucionalidad del arraigo domiciliario.

    En conclusión, es de precisarse, de acuerdo a lo anterior, que el arraigo domiciliario es un acto que sí afecta la libertad personal, tal y como lo pronunció en la contradicción de tesis la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    La parte dogmática de nuestra Ley Suprema garantiza que todo individuo gozará de libertad personal y de todas las demás consagradas en el texto constitucional, las cuales no podrán restringirse, ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece, por lo que tenemos por cierto que todo acto que restrinja la garantía de libertad personal, podrá discutirse en la vía de amparo.

    Ahora bien el arraigo domiciliario no está fundamentado en la Ley Suprema y su implementación es inconstitucional, porque todos los actos restrictivos de la libertad personal deben cumplir con las exigencias de los artículos 14, 16, 18,19, 20, 21, 22 y 23 de la Carta Política.

    De lo dicho anteriormente cabe puntualizar que el artículo 14 establece que nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

    Lo que se desprende que el arraigo domiciliario es un acto antes de juicio que afecta la libertad de los individuos, por lo tanto, sí es restrictivo de la libertad como lo ha establecido nuestro máximo tribunal judicial, al resolver la contradicción de tesis, por lo que es de concederse el juicio de garantías, porque nadie puede ser privado de su libertad sino mediante juicio ante los tribunales, en la especie el arraigo domiciliario es un acto preprocedimental, es decir, se emite antes de iniciarse el proceso penal.

    Por su parte el artículo 16 de la Carta Suprema, en la parte conducente, advierte que ``sólo en casos urgentes, cuando se trate de delito grave así calificado por la ley y ante el riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse de la acción de la justicia, siempre y cuando no se pueda ocurrir ante la autoridad judicial por razón de la hora, lugar o circunstancia, el Ministerio Público podrá, bajo su responsabilidad, ordenar su detención, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder''.

    Además que ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de cuarenta y ocho horas, plazo en el que deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición de la autoridad judicial; este plazo podrá duplicarse en aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada.

    Como se desprende, el arraigo afecta o molesta al indiciado en su persona, familia y domicilio, contraviene en principio al precepto, sin embargo alguien puede argumentar la constitucionalidad del arraigo en virtud que quien lo ordena es una autoridad competente y por escrito, fundando y motivo su actuar. Ese no es el punto, porque no encuentra el arraigo domiciliario sustento constitucional, porque en ningún artículo de la Norma Suprema se establece la figura, por ello con la presente iniciativa se pretende establecer la multicitada figura del arraigo domiciliario, para evitar que las autoridades judiciales y ministeriales actúen al margen del texto constitucional.

    El arraigo domiciliario suena injusto e inhumano, sin embargo suena más injusto cuando éste no encuentra sustento constitucional, por ello se establece en esta iniciativa que deberá cumplir ciertos requisitos para que se emita, como son:

    1.- Que lo solicite el Ministerio Público;

    2.- Sólo la autoridad judicial puede obsequiar o negar la orden;

    3.- Se solicitará sólo cuando se trate de delitos graves y cuando haya temor fundado de que el indiciado pueda sustraerse de la acción de la justicia; y

    4.- Únicamente se otorgará por treinta días naturales pudiendo prologarse hasta por otros treinta:

    Básicamente, la figura que se pretende instituir con la presente iniciativa, es en razón de que la criminalidad arroja altos índices de crecimiento, y sus métodos son cada día más sofisticados y violentos, aunado a que el crimen organizado cuenta con recursos de todo tipo para evadir la acción de la justicia. La delincuencia cada vez es más organizada y especializada, lo que motiva un incremento de conductas delictivas, como el tráfico de armas, asaltos bancarios, narcotráfico, secuestros, robo, etcétera. En la comisión de estos delitos se percibe un aumento dramático del uso de la violencia, por ello el combate a la criminalidad representa para las autoridades de procuración y administración de justicia una prioridad de carácter fundamental.

    Aunado a lo anterior en fechas recientes el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el arraigo es inconstitucional en razón de que viola la libertad de la persona; además, trascendió en el seno del máximo tribunal que esta resolución producirá a corto y mediano plazos un efecto ``dominó'', tanto por las modificaciones que provocará a las legislaciones estatales y federal en materia penal, como por los amparos que interpondrán quienes actualmente estén privados de su libertad.

    Con la decisión mayoritaria de ocho votos contra uno, el pleno estableció que el arraigo no está contemplado ``en ninguna parte'' de la Constitución, por lo que su aplicación es ilícita.

    Es la primera vez que la Corte se pronuncia en tal sentido, analizó una ley local, precisamente fue la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 122 Bis del Código de Procedimientos Penales de Chihuahua, que fue impugnado por la minoría parlamentaria de esa entidad, el ministro Juan Díaz Romero sostuvo que la decisión del pleno compete ``exclusivamente'' a la legislación de Chihuahua. La figura en cita también forma parte de la ley federal como lo es la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que muchos constitucionalistas han calificado de ilegal. Particularmente en lo que se refiere al arraigo de presuntos narcotraficantes o lavadores de dinero, quienes precisamente son detenidos hasta por 60 días mientras el Ministerio Público investiga su presunta responsabilidad.

    Si embargo, ya se mencionó líneas arriba que la primera sala de la Corte ya resolvió una contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados en materia de arraigo, en la que dictaminó que el arraigo es ilegal porque viola la libertad personal.

    En mérito de lo antes expuesto y fundado, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, comprometido con los grandes proyectos que se traduzcan en beneficios trascendentales para la población, somete a la aprobación de esta H. Soberanía la presente iniciativa, con proyecto de

    Decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en base al siguiente

    Artículo Único.- Se adiciona un párrafo al artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

    Artículo 16.- Nadie puede...

    No podrá librarse...

    La autoridad...

    En los casos de...

    Sólo en casos...

    A petición del Ministerio Público, la autoridad judicial podrá decretar el arraigo domiciliario o la prohibición de abandonar una demarcación geográfica, a la persona en contra de quien se prepare el ejercicio de la acción penal, mismo que nunca ni en ningún caso prolongarse por más de 30 o de 60 días naturales, respectivamente. Siempre y cuando se esté en la primera hipótesis del párrafo anterior.

    En casos...

    Ningún indiciado...

    En toda orden de cateo...,

    Las comunicaciones...

    Las intervenciones...

    La autoridad administrativa...

    La correspondencia...

    En tiempo de paz...

    Transitorios

    Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo.- Los Congresos locales adecuarán sus legislaciones a la presente disposición.

    Notas:

    1 Diccionario jurídico mexicano, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, editorial Porrúa, décima edición, 1997.

    2 Publicada en la página 610 del tomo IX, correspondiente al mes de enero de 1999, de la novena época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

    3 Consultable en la página 828 del tomo IX, correspondiente al mes de enero de 1999 de la novena época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

    4 Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cuatro votos de los señores ministros Juventino V. Castro y Castro (ponente), José de Jesús Gudiño Pelayo, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Presidente Humberto Román Palacios. Ausente el señor Ministro Juan N. Silva Meza. El 20 de octubre de 1999, al resolverles la contradicción de tesis que le correspondió el número 3/99 y se remitió al Semanario Judicial de la Federación para efecto de su publicación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 4 días del mes de octubre de 2005.--- Diputados: Manuel Velasco Coello, coordinador; Jorge A. Kahwagi Macari, vicecoordinador; Luis Antonio González Roldán, vicecoordinador; Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Álvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Ávila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Ávila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Jorge Legorreta Ordorica (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Guillermo Velasco Rodríguez.» El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como lo solicita, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates; y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

    En virtud de que ha transcurrido el tiempo acordado para llevar a cabo esta sesión, solicito a la Secretaría que dé cuenta con los asuntos en cartera.


    ORDEN DEL DIA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año.--- LIX Legislatura.

    Orden del día

    Jueves 29 de septiembre de 2005.

    Acta de la sesión anterior.

    Comunicaciones

    La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, invita a la ceremonia cívica que, con motivo del CCXL aniversario del natalicio del Generalísimo José María Morelos y Pavón, tendrá lugar el 30 de septiembre a las 10:00 horas, en el hemiciclo erigido a su memoria, en la Plaza de la Ciudadela en avenida Balderas esquina Emilio Donde, delegación Cuauhtémoc.

    Comparecencia del secretario de Hacienda y Crédito Público, Francisco Gil Díaz

    Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»


    REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia acuerda que la última votación emitida se tome como verificación de asistencia final.
    CLAUSURA Y CITATORIO
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga (a las 16:07 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 29 de septiembre, a las 10:00 horas, en la que comparecerá el secretario de Hacienda y Crédito Público, Francisco Gil Díaz. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8: 00 horas.--------------- o --------------- RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 5 horas 4 minutos.

  • Quórum a la apertura de sesión: 290 diputados.

  • Asistencia al cierre de registro: 391 diputados.

  • Asistencia al final de la sesión: 367 diputados.

  • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 4.

  • Oradores en tribuna: 20

    PRI-4; PAN-8; PRD-5; PVEM-2; PT-1.

    Se recibió:

  • 4 comunicaciones de los Congresos de los estados de Colima, Guanajuato, Sinaloa y Tlaxcala;

  • 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación;

  • 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, con acuerdo por el que se determina que el diputado Alfonso Rodríguez Ochoa presida el Comité de Información, Gestoría y Quejas durante el periodo comprendido del 16 de agosto de 2005 al 30 de abril de 2006;

  • 1 oficio de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

  • 2 oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados;

  • 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite acuerdo;

  • 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite solicitud de excitativa;

  • 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Walterio Astie Burgos, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República de Honduras;

  • 1 minuta para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional;

  • 2 iniciativas del PRI;

  • 3 iniciativas del PAN;

  • 1 iniciativa del PAN-PVEM;

  • 1 iniciativa del PRD;

  • 2 iniciativas del PVEM;

  • 1 iniciativa del PT.

    Dictámenes de primera lectura:

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a dos ciudadanos para prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica, en México;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a cuatro ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos de los reinos de Suecia y de España.

    Dictámenes aprobados:

  • 1 de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II denominado De los Derechos, a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores;

  • 1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio;

  • 1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 77 Bis 4 y 77 Bis 21 de la Ley General de Salud y reforma el artículo octavo transitorio del decreto que reforma la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2003;

  • 1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud;

  • 1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Alonso Fabriciano Gómez Sanz, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción consular en el estado de Michoacán;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a seis ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a tres ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México;

  • 1 de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo IX, denominado Del Recurso de Inconformidad, al Título Cuarto de la Ley General de Desarrollo Social;

  • 1 de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona un Título Sexto, denominado De las Sanciones e Infracciones, a la Ley General de Desarrollo Social;

  • 1 de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  • 1 de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a dos ciudadanos para prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica, en México;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a cuatro ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos de los reinos de Suecia y de España;

  • 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que por medio de la Comisión Nacional del Agua, lleve a cabo los muestreos y análisis de las descargas de agua residuales en el lago de Guadalupe, con objeto de verificar el cumplimiento de los límites máximos permisibles establecidos en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, y en caso de detectarse violaciones, se dé conocimiento a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que inicie las investigaciones necesarias;

  • 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que por medio de la Comisión Nacional del Agua, lleve a cabo los muestreos y análisis de las descargas de agua residuales realizadas por la empresa Fiemex, SA de CV, en el municipio de Ocoyoacac, estado de México, con objeto de verificar el cumplimiento de los límites máximos permisibles establecidos en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, y en caso de detectarse violaciones, se dé conocimiento a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que aplique las sanciones respectivas;

  • 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a que instrumente medidas urgentes y verifique el cumplimiento de la normatividad ambiental en torno a las actividades industriales y de servicios y al aprovechamiento de los recursos naturales por parte de la planta geotermoeléctrica Cerro Prieto, ubicada en el municipio de Mexicali, Baja California;

  • 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a que verifiquen que la operación de la Planta Promotora Ambiental del Sureste, SA de CV, en el estado de Tabasco, cumple con lo establecido en las normas oficiales mexicanas respectivas, y en caso de encontrar deficiencias o anomalías, inicien los procedimientos administrativos y legales para sancionar o retirar los permisos de alojamiento y tratamiento de los residuos sólidos peligrosos;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Atención a Grupos Vulnerables, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar y su Reglamento, presentada el 6 de abril de 2004;

  • 1 de la Comisión de Defensa Nacional, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma el artículo 56 de la Ley del Servicio Militar, presentada el 16 de marzo de 2005;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Gobernación, por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción XV al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y reforma la fracción I del artículo 1o. de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, presentada el 23 de noviembre de 2004;

  • 1 de la Comisión de Desarrollo Social, por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción X al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, presentada el 12 de abril de 2005;

  • 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal, recibida el 2 de junio de 2004;

  • 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 294 y 296 del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, presentada el 20 de abril de 2004;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma la fracción VIII del artículo 10 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, presentada el 22 de abril de 2004;

  • 1 de la Comisión de Juventud y Deporte, por el que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte, presentada el 22 de abril de 2004;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona un tercer párrafo al artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

    DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION (en orden alfabético)
  • Álvarez Monje, Fernando (PAN) Ley de Remesas - Código Penal Federal: 177
  • Ávila Nevárez, Pedro (PRI) Nacionalización de la industria eléctrica: 93 desde curul
  • Bermúdez Méndez, José Erandi (PAN) Ley General de Salud: 69
  • Córdova Villalobos José Ángel (PAN) Ley General de Salud: 83
  • Espinosa Ramos, Francisco Amadeo (PT) Ley General de Salud: 193
  • Gómez Álvarez, Pablo (PRD) Orden del Día: 119 desde curul
  • González Furlong, Magdalena Adriana (PAN) Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores: 60
  • Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto (PRI) Ley Orgánica de la Lotería Nacional: 165
  • Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto (PRI) Orden del Día: 119 desde curul
  • Hinojosa Moreno, Jorge Luis (PAN) Código de Comercio: 65
  • Legorreta Ordorica, Jorge (PVEM) Artículo 16 constitucional: 209
  • Meza Cabrera, Fidel René (PRI) Ley Agraria: 204
  • Montiel Fuentes, Gelacio (PRD) Ley General de Desarrollo Social: 101
  • Nahle García, Arturo (PRD) Artículo 82 constitucional: 117
  • Ortega Álvarez Omar (PRD) Ley Orgánica de la Lotería Nacional: 162, 166
  • Ramos Hernández Emiliano Vladimir (PRD) Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar: 189
  • Ruiz Cerón Gonzalo (PRI) Ley de Ingresos de la Federación: 194
  • Sandoval Figueroa, Jorge Leonel (PRI) Artículo 73 constitucional: 112
  • Triana Tena, Jorge (PAN) Estatuto de Gobierno del Distrito Federal: 196
  • Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio (PAN) Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia: 206
  • Velasco Rodríguez Guillermo (PVEM) Ley General de Salud: 92
  • Zavala Peniche, María Beatriz (PAN) Ley General de Desarrollo Social: 106 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala De La Fuente José Manuel Adame De León Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Victor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Arcos Suárez Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Bitar Haddad, Oscar Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Córdova Lisandro Arístides Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofia Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordoñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Victor Félix Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galván Guerrero Javier Alejandro García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruíz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María Del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez De La Cruz Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Mauricio Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma Guadalupe Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de Lourdes Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, Ma. Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña Maria Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruíz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Saenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela Del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías Amalin Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia, Mario Alberto Rafael Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Asistencias: 163 Asistencias por cédula: 6 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 14 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 39 Total diputados: 222 Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam De Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enríque Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salome Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flores Mejía Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrián Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores Ma. del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales De la Peña Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortíz Domínguez, Maki Esther Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Diez De Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracian Tomas Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz De Anda Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Peniche, María Beatriz Asistencias: 96 Asistencias por cédula: 8 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 14 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 30 Total diputados: 148 Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Victor Manuel Candelas Salinas Rafael Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás de la Peña Gómez, Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma Sinforina Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Domínguez, Miguel Ángel García Laguna, Eliana García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricoli, María Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana Guillermina Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mojica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna María De Los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Vladimir Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdes Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Asistencias: 60 Asistencias por cédula: 9 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 17 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 11 Total diputados: 97 Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Asistencias: 8 Asistencias por cédula: 1 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 5 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 3 Total diputados: 17 Espinosa Ramos, Francisco Amadeo Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Asistencias: 3 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 3 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 6 CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Martínez Álvarez, Jesús Emilio Perdomo Bueno, Juan Fernando Asistencias: 2 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 2 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 1 Total diputados: 5 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Camarillo Zavala, Isidro Clouthier Carrillo, Tatiana Ruíz Esparza Oruña, Jorge Roberto Total diputados: 3 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alcerreca Sánchez, Victor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Arcos Suárez Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Rubio, José Manuel Castro Ríos, Sofia Chávez Dávalos Sergio Armando Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez Homero Domínguez Arvizu, María Hilaria Flores Rico Carlos García Corpus, Teofilo Manuel García Ortiz José González Ruíz, Alfonso Guerra Castillo, Marcela Jiménez Macías Carlos Martín Mazari Espín, Rosalina Murat Hinojosa Alejandro Ismael Nazar Morales, Julián Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pimentel González, Oscar Rincón Chanona, Sonia Rodríguez Cabrera Oscar Rodríguez Javier, Rogelio Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Ruíz Cerón, Gonzalo Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Scherman Leaño María Esther de Jesús Soriano López, Isaías Uscanga Escobar, Jorge Vega Murillo Wintilo Vega y Galina Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Zúñiga Romero, Jesús Faltas por grupo: 39 Álvarez Ramos J. Irene Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Barrera Zurita Baruch Alberto Barrio Terrazas Francisco Javier Cabello Gil José Antonio Cárdenas Vélez Rómulo Contreras Covarrubias, Hidalgo Corella Manzanilla, María Viola Cruz García, Concepción De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Döring Casar, Federico Fernández Moreno Alfredo Gutiérrez Ríos Edelmira Hinojosa Moreno Jorge Luis Juárez Jiménez Alonso Adrián López Mena Francisco Xavier Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Molinar Horcasitas Juan Francisco Nader Nasrallah, Jesús Antonio Ovando Reazola Janette Penagos García, Sergio Rojas Toledo, Francisco Antonio Sacramento Garza José Julián Salazar Diez De Sollano Francisco Javier Sandoval Franco, Renato Suárez Ponce María Guadalupe Torres Zavala, Ruben Alfredo Vázquez González, José Jesús Faltas por grupo: 30 Cota Cota Josefina Fierros Tano, Margarito González Bautista Valentín Guillén Quiroz, Ana Lilia Herrera Ascencio, María del Rosario Manzano Salazar Javier Martínez Ramos Jorge Mojica Morga Beatriz Moreno Álvarez, Inelvo Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Tentory García, Israel Faltas por grupo: 11 Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón Francisco Xavier Fernández Avila Maximino Alejandro Faltas por grupo: 3 CONVERGENCIA Martínez Álvarez Jesús Emilio Faltas por grupo: 1 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova Lisandro Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres Norberto Enrique Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto De la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís Víctor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova Lisandro Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres Norberto Enrique Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto De la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís Víctor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova Lisandro Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres Norberto Enrique Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto De la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flores Mejía Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís Víctor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova Lisandro Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres Norberto Enrique Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto De la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís Víctor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova Lisandro Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres Norberto Enrique Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto De la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís Víctor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova Lisandro Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres Norberto Enrique Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto De la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís Víctor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova Lisandro Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres Norberto Enrique Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto De la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís Víctor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova Lisandro Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres Norberto Enrique Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto De la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís Víctor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova Lisandro Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres Norberto Enrique Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto De la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís Víctor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro
    Efemérides

    «Efeméride con motivo del 184 aniversario de la Independencia de México, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia.

    Con el permiso de la Presidencia:

    Señoras y señores legisladores:

    Hoy precisamente conmemoramos el 184 aniversario de la Independencia de México. Once años de guerra de liberación desde el grito de Dolores del 15 de septiembre de 1810, permitieron al pueblo de México alcanzar la consumación y hacer realidad el contenido del primer decreto del Padre de la Patria: abolir la esclavitud.

    Desde entonces, para el grupo parlamentario de Convergencia nada de lo que ha logrado la nación nos ha sido obsequiado graciosamente. Más bien todos los avances, progresos y consolidación de libertades nos han costado sufrimientos populares al más alto precio: vidas y mutilaciones, inclusive de nuestro territorio.

    De manera cíclica se repitieron guerras y amenazas contra nuestra independencia, autonomía y soberanía. Poco más de 25 años después del 27 de septiembre de 1821, nos impusieron una guerra expansionista de despojo que cercenó más de la mitad del país. Durante más de un año el intervencionismo de Estados Unidos invadió nuestro país.

    Con motivo de ello, tuvimos hazañas del pueblo mexicano que en este mes de la patria nos permiten realizar un balance cívico y una reflexión acerca de los postulados de nuestra política exterior: 20 de agosto de 1847 batalla en el Convento de Churubusco y el 13 de septiembre de 1847, gesta de los Niños Héroes.

    Postulados que se encuentran plasmados en el artículo 89, fracción X, de la Constitución General de la República. Principios de relaciones exteriores que muchas veces se soslayan en menoscabo de la memoria histórica.

    Las bases de la política exterior mexicana: no intervención, autodeterminación de los pueblos y solución pacífica de todas las diferencias entre las naciones, para el pueblo mexicano no son frases retóricas, son la esencia misma del postulado juarista del respeto al derecho ajeno.

    Como se sabe, México es el pueblo que más conoce a fondo las secuelas del intervencionismo extranjero. Veinte años después del despojo de nuestro territorio, otra vez el intervencionismo volvió a enseñorearse con la invasión francesa, entonces sólo habían pasado escasos 15 años de la guerra estadounidense de 1847, cuando Benito Juárez y la generación de la Reforma tuvieron que realizar el éxodo para exhibir el entreguismo de los conservadores y luchar por el rescate de la nación.

    Fue el 15 de julio de 1867 cuando Juárez hace su entrada triunfal al derrotar a la usurpación traída por el clero político revanchista, entre otros representantes de la elite de Los Notables. Ese día Benito Juárez, como presidente constitucional de la República hace el llamamiento a la nación, donde pronuncia su apotegma y declara él mismo que, con su manifiesto, de hecho se realizaba la segunda Declaración de Independencia de México.

    Por todo ello, es que sólo mediante una visión de Estado y un conocimiento preciso de la historia de las luchas del pueblo mexicano por su emancipación, a juicio del grupo parlamentario de Convergencia, es que se puede aspirar a gobernar a la República Mexicana.

    Por lo cual, no es de ninguna manera gratuito el celo con el que, los mexicanos observamos y reclamamos, y siempre exigimos un respeto irrestricto al espíritu y la letra de los postulados constitucionales que nos garantizan el respeto a la soberanía nacional.

    Ese respeto reclamado ante las relaciones internacionales, en nuestro trato de equidad y distancia con los otros Estados del mundo, significa que igual hemos exigido por solidaridad internacionalista hacia otros pueblos sometidos al asedio del colonialismo injerencista.

    Porque para el grupo parlamentario de Convergencia mantener la llama viva del recuerdo constante de los hechos significativos que nos hicieron un pueblo independiente, pese a la globalización moderna y arrasadora irreflexivamente de los sentimientos nacionalistas, para los mexicanos tiene otra connotación de peligro intervencionista.

    Porque sabemos en carne propia históricamente lo que es ese intervencionismo, es que acostumbramos ser muy respetuosos para no agredir en otros pueblos ese sentimiento de libertad e independencia tan caro para el pueblo de México, y que el grupo parlamentario de Convergencia llama a estimular siempre pedagógicamente en las nuevas generaciones de niños y jóvenes.

    Hoy 27 de septiembre de 2005, cuando estamos a punto de arribar a la gran conmemoración del bicentenario del natalicio de Benito Juárez, esta fecha de la consumación de la Independencia Nacional es motivo para el grupo parlamentario de Convergencia de renovar aquel llamamiento del Benemérito, fuego de los ecos del Cerro de las Campanas en Querétaro.»

    «Efeméride relativa al cuadragésimo tercer aniversario de la fundación de Amnistía Internacional, efectuada el 1 de octubre de 1962, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Leonel Sandoval Figueroa, en su carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 39, inciso 3, y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea efeméride relativa a la fundación de Amnistía Internacional.

    Los organismos dedicados a la defensa de los derechos humanos se encuentran constituidos gracias a los esfuerzos de las personas que, a nivel mundial, han cobrado interés de la importancia de erradicar de todas las regiones del planeta la existencia de actos tendentes a invadir la esfera de derechos inalienables de la mujer y el hombre desde la creación de la Organización de las Naciones Unidas, durante la década de los años cuarenta, a consecuencia del descubrimiento de los atroces atentados que legó la Segunda Guerra Mundial.

    Dentro de los cuerpos dedicados a la defensa, preservación y conservación de los derechos humanos, como se concibieron en la Declaración de los Derechos Humanos y el Ciudadano de Francia, en 1789, por su notable labor surge después de la primera mitad del milenio pasado: Amnistía Internacional, para erigirse como la organización más grande del mundo e independiente de otras instituciones a nivel mundial.

    Amnistía Internacional se funda en 1962 por iniciativa del abogado inglés Peter Benenson, motivado por la lectura de un artículo acerca de dos estudiantes sentenciados a siete años de prisión y publica el artículo ``The Forgotten Prisoners'' (Los presos olvidados) en el periódico londinense The Observer el 28 de mayo de 1961.

    En el texto de esa columna habla del encarcelamiento de los dos estudiantes portugueses que habían levantado sus vasos de vino para brindar por la libertad, lo cual llevó a Benenson a formar la organización Amnistía Internacional.

    Un evento paralelo ocurrió en julio de ese año, en el marco de la celebración de la primera reunión internacional a la que asisten delegados de distintos países, como Bélgica, Reino Unido, Francia, Alemania, Irlanda, Suiza y Estados Unidos, en la que se decide establecer un movimiento internacional permanente en defensa de las libertades de opinión y de religión.

    En una segunda conferencia, celebrada el 1 de octubre de 1962 en Bélgica, los primeros miembros deciden fundar una organización permanente, la cual se denominaría ``Amnistía Internacional'', estableciendo en Londres la sede. A partir de ese momento trabaja en todo el mundo para luchar contra los abusos cometidos contra el género humano mediante un movimiento promotor de ideologías que consumen sus fines.

    La misión de Amnistía Internacional la ha llevado a realizar labores de investigación centradas a poner fin a la discriminación, los abusos graves contra el derecho a la integridad, la libertad de conciencia y la libertad de expresión en una comunidad global de defensores regidos bajo los principios de solidaridad internacional, actuación eficaz en favor de víctimas concretas, cobertura universal, universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos, democracia y respeto mutuo.

    A lo largo de su existencia ha contribuido a alcanzar la liberación de miles de presos, la protección de personas amenazadas por tortura y la conmutación de la pena de muerte en diversos países, interviniendo en la creación del Tribunal Penal Internacional, que actúa de manera sistemática e imparcial con cabildeos ante los gobiernos para que adopten en sus Constituciones las reformas legislativas necesarias para alcanzar su fines.

    Sin duda, Amnistía Internacional es un instrumento que contribuye a dignificar el género humano, debido a que no tiene intereses políticos, religiosos o culturales ni distingue razas, lo cual es un amplio ejemplo de la conciencia que el mundo debe tener en la tarea permanente de respetar y proteger los derechos humanos.

    Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica)»

    «Efeméride relativa al aniversario de la catástrofe ocurrida en México por el terremoto de 1985, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Leonel Sandoval Figueroa en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39 inciso 3 y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; promuevo, efeméride relativa al aniversario de la catástrofe ocurrida en México por el terremoto del 19 de septiembre de 1985.

    A veinte años del terremoto del 19 de septiembre del año 1985, que tuvo una intensidad de 8.1 grados Richter sacudiendo la Ciudad de México, los estados de Michoacán, Jalisco y Guerrero.

    Sin lugar a dudas esta es una de las catástrofes más dolorosas que ha sufrido la población mexicana ocurrido a las 7:19 horas del 19 de septiembre, con una duración de 2 minutos y medio, y el 20 se registro una réplica de 7.6 grados en la escala de Richter.

    Debido a estos dos terremotos la Ciudad de México experimentó uno de los mayores sufrimientos en la historia del país, tanto por el número de pérdidas humanas, como por los elevados daños económicos a causa del colapso de las estructuras arquitectónicas.

    Según cifras oficiales, el saldo fue de seis mil muertos, más de dos mil construcciones se desplomaron, otras mil quedaron severamente afectadas, las pérdidas materiales se estimaron en cuatro mil millones de dólares y más de 550 familias quedaron damnificadas; asimismo tuvieron graves daños sitios como la colonia Doctores, Guerrero, Morelos, Roma, Juárez, la unidad habitacional de Tlatelolco, Tepito y la Merced.

    El terrible acontecimiento dio lugar a importantes movilizaciones sociales y de solidaridad, que permitieron a la sociedad aprender de la experiencia, percatarse de la vulnerabilidad que tenemos frente a un desastre natural, así como de la capacidad de organización y apoyo de la que los mexicanos somos capaces de adquirir.

    Por su parte el gobierno instrumentó programas de protección civil a través de instancias como el Centro Nacional de Prevención de Desastres, el cual se creo a razón de este acontecimiento, lo que resulta importante ya que a través de éste órgano nos permite estar preparados para reaccionar ante este tipo de fenómenos.

    Sin embargo, resulta desfavorable que situaciones como el terremoto sean los motivos que nos lleven a buscar la forma de estar más informados y mejor protegidos, a través de instituciones que permiten investigar los factores de estos imponderables.

    El resultado es que ahora se conoce más sobre el fenómeno, cuáles son las zonas sísmicas de mayor peligro, qué tipo de construcciones resultarían afectadas, cómo se deben edificar las viviendas, oficinas o edificios, y qué medidas se deben tomar frente a un evento telúrico, lo cual debemos hacer parte de nuestra cultura cívica a fin de que toda la población se constituya en una sociedad más unida para consolidar la identidad de nación de nuestro México.»

    «Efeméride relativa al aniversario de la fundación de la Universidad Nacional Autónoma de México, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39 inciso 3 y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; someto a la consideración de esta honorable Asamblea, efeméride relativa al aniversario de la fundación de la Universidad Nacional Autónoma de México.

    La máxima Casa de Estudios se forja con grandes hombres de la historia de México, que a través de los años han dejado huella en el proceso de desarrollo de nuestra nación, hasta consumar esta institución en una fuente inagotable de investigación científica más importante en las diferentes áreas de la ciencia como la medicina, encontrando nuevas alternativas para combatir y prevenir las enfermedades que aquejan al hombre como el antídoto del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirido, así como en el campo de la tecnología, que le mereció un premio Nóbel de Ecología, lo cual significa que sus centros académicos como el Instituto de Investigaciones Jurídicas, el Instituto de Investigaciones Sociales, sus facultades, colegios de ciencias y humanidades, escuelas preparatorias; centros culturales, deportivos y bibliotecas en su conjunto colaboran por la excelencia de la enseñanza galardonada en todo el mundo como la primera universidad de Latinoamérica.

    La Universidad Nacional Autónoma de México es motivo de orgullo para todos los mexicanos, no solo porque su nombre se encuentra labrado en letras de oro por los muros del salón de sesiones de este honorable recinto legislativo, sino por sus más de 450 años de historia originados de fundación, el 21 de septiembre de 1551, por mandato del emperador Carlos V.

    Con la fundación de los Estados Generales de todas Ciencias y Universidad, despachando su Real Cédula, se impartieron en 1553 las primeras cátedras, con importantes personajes de letras y del humanismo de su época, dividiendo la Real Universidad en cinco facultades, una de las cuales fue la de Leyes. Ésta instala en 1597.

    Debido a que la Real y Pontificia Universidad decae en el siglo XVIII, deja de influir como se esperaba en el pensamiento y la acción social de la Nueva España, lo cual explica su supresión en 1883, año en el que subsisten escuelas no unificadas en una Universidad.

    Son bien conocidos los acontecimientos mediante los cuales don Justo Sierra rescata a todas las escuelas de tipo universitario, dispersas desde los finales del siglo XIX, a comienzos del siglo XX, el 22 de septiembre de 1910, jubilosamente se reinstala una unidad superior en la Universidad Nacional de México, días después de estallido de la Revolución Mexicana.

    En 1929 la Universidad Nacional alcanza el rango de autonomía y en 1980 se reconoce esta atribución como la facultad de gobernarse por sí misma, realizar sus fines de educar, investigar, difundir la cultura de acuerdo con los principios del artículo 3 de la Ley Fundamental, respetando la libertad de cátedra e investigación, libre examen, para la discusión de sus ideas, determinar sus planes de estudios, fijar los términos de ingreso, permanencia de su personal académico y la administración de su patrimonio.

    Es una gran satisfacción hacer constar que destacadas personalidades como los licenciados Paulino Machorro Narváez e Hilario Medina Gaona, miembros del Congreso Constituyente de 1917 recibieron el legado académico de la Universidad Nacional Autónoma de México como vivo ejemplo de una viva filosofía de educativa, democrática e integra con la sociedad, sustentando los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando privilegios de razas, religión, grupos sociales o sexos con gran admiración para México.»

    «Efeméride relativa al aniversario de la defensa del Castillo de Chapultepec, bajo el resguardo de los niños héroes, ocurrida el 13 de septiembre de 1847, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa, en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39 inciso 3 y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; promuevo, efeméride relativa al aniversario de la defensa del Castillo de Chapultepec, bajo el resguardo de los niños héroes, ocurrido el 13 de septiembre de 1847.

    Este episodio de la historia de México ocurre en el año de 1846 siendo Presidente de México Antonio López de Santa Anna, durante la guerra con Estados Unidos.

    La guerra fue declarada por el Presidente James Polk con fines expansionistas, debido a que pretendía apoderarse de las provincias mexicanas de Alta California, Nuevo México y, en caso conveniente, el actual estado de Chihuahua.

    Durante el tiempo que duró la guerra, en México reinaba la anarquía, tal es el caso que hubo siete presidentes y sólo siete de los 19 estados dela República que formaban parte de la federación participaron en la defensa de la soberanía nacional.

    Esta intervención de Estados Unidos contó con varias campañas, una de ellas la de Veracruz-México, la batalla de Chapultepec pertenece a la última parte de esta campaña, el 13 de septiembre de 1847, cuando las fuerzas norteamericanas decidieron tomar el Castillo de Chapultepec donde se alojaba desde tres años antes el Colegio Militar.

    Fue ahí donde Juan de la Barrera, Juan Escutia, Agustín Melgar, Fernando Montes de Oca, Vicente Suárez, y Francisco Márquez, dieron la vida para salvar a su patria, todos ellos tenían edades de entre 13 y 17 años.

    La batalla en las faldas del Castillo de Chapultepec comenzó con un intenso bombardeo de artillería, ocasionando graves daños al monumental edificio y a la infantería que lo defendía, que poco pudo hacer ante el alcance de los cañones, la defensa de Chapultepec estuvo el mando del General Nicolás Bravo, quien disponía de 200 cadetes del Colegio Militar y 632 soldados del Batallón de San Blas, al mando del teniente coronel Felipe Santiago Xicoténcatl, además, Antonio López de Santa Anna llevó al pie del cerro a 450 hombres.

    Derrotado el batallón de San Blas, los norteamericanos atacaron por el poniente y el sur del Colegio Militar, donde fueron detenidos durante algunas horas por los cadetes; pero más tarde las divisiones de Quitman y Pillow lograron escalar el Castillo.

    En el interior del inmueble la lucha fue cuerpo a cuerpo, finalmente la heroica resistencia de sus defensores cedió ante la superioridad numérica y material de los norteamericanos quienes tomaron el edificio e hicieron prisioneros al General Nicolás Bravo, Mariano Monterde Director del Colegio y varios alumnos sobrevivientes.

    Después de ser ocupada la Ciudad de México, el 2 de febrero de 1848, en la sacristía de la Basílica de Guadalupe fue firmado el convenio con el que se dio fin a la guerra.

    Con el Tratado de Guadalupe Hidalgo, México perdió gran parte de su territorio, reconocía al río Bravo como límite meridional de Texas, cedía a los Estados Unidos de Norteamérica los territorios de Nuevo México y Alta California, por su parte, el gobierno norteamericano se comprometía a pagar las reclamaciones de sus ciudadanos contra México, a no exigir compensaciones por los gastos de guerra y a pagar 15 millones de pesos por los territorios cedidos.

    Por tales motivos el 13 de septiembre son recordados los héroes que dieron su vida para salvar a la patria durante la guerra contra Estados Unidos, la cual fue muy trascendental en la historia, toda vez que de ello dependió la trágica perdida de gran parte del territorio nacional, y que los niños héroes defendieron por preservar la soberanía nacional.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a 13 de septiembre de 2005.--- Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»

    «Efeméride relativa al cuadragésimo aniversario de la muerte del artista mexicano Julián Carrillo, a cargo del diputado Francisco Carrillo Soberón, del grupo parlamentario del PRD

    En el año de 1965 el nueve de septiembre, muere uno de los más grandes artistas mexicanos y uno de los más importantes músicos del mundo: Julián Carrillo, quien a través de la física provoca una revolución estética universal, por medio del descubrimiento del sonido 13. Mientras el mundo apenas se acercaba a la música dodecafónica, él creó la propuesta estética microtonal con una nota no registrada antes por ningún sistema musical.

    Más de 2000 años de teoría musical fueron convulsionados por el hallazgo que representa el sonido 13, tanto como innovador sistema de composición, como por la creación de nuevos instrumentos musicales o la transformación de los convencionales al intervenírseles para poder registrar el sonido 13. Como mucho de lo que sucede en nuestra vida cultural, esta creación única en la historia musical, es reconocida en el mundo entero, a excepción de nuestro país: los más importantes directores de orquestas en el mundo, el rey de Suecia y Leopold Stokowskiy entre muchos personajes, reconocen las aportaciones del músico mexicano al patrimonio cultural universal. Las escuelas europeas de música elaboran talleres de investigación de la nueva música creada por Julián Carillo.

    Este genial mexicano que nace en 1875 en la ciudad de Ahualulco en el estado de San Luis Potosí, es protagonista de acontecimientos clave en la historia cultural de México: se suma al gran proyecto educativo de Don Justo Sierra, se adelanta a la vida cultural del porfiriato y emigra a la ciudad alemana de Leipzig, vive en los Estados Unidos en 1914 y le corresponde musicalizar la película Intolerancia del gran director D. W. Griffith, una de las primeras películas silentes, pero que acompañaban su proyección con música en vivo.

    El México posrevolucionario acoge a Julián Carrillo como teórico y maestro de las nuevas generaciones entre ellos, autodeclarados como seguidores destacan el filósofo Vicente Lombardo Toledano y el antropólogo Alfonso Caso, promotores de su orquesta y de la gira nacional. Actualmente se estudia la música de Julián Carrillo en diferentes escuelas del mundo y músicos como la violonchelista Jimena Jiménez Cacho interpretan sus extraordinarias composiciones, sobra mencionar que el gobierno de San Luis Potosí organiza los festejos de cuadragésimo aniversario luctuoso, y que su natal Ahualulco se ha identificado por mucho tiempo como Ahualulco del sonido 13 en homenaje al compositor.

    Julián Carrillo un creador con el que los mexicanos tenemos una deuda por su capacidad de expresar el ser mexicano en su universalidad.

    Dip. Francisco Carrillo Soberón (rúbrica).»

    «Efeméride relativa al aniversario del nacimiento del político mexicano Porfirio Díaz ocurrido el 15 de septiembre de 1830, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Leonel Sandoval Figueroa, en mi carácter de diputado Federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39 inciso 3 y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; promuevo, Efeméride relativa al aniversario del nacimiento del político mexicano Porfirio Díaz, ocurrido el 15 de septiembre de 1830.

    El político mexicano Porfirio Díaz nace en Oaxaca el 15 de septiembre de 1830.

    Primero pensó en seguir la carrera sacerdotal como forma de vida, realizó algunos estudios en el seminario como alumno externo, pero por consejo del liberal Marcos Pérez, ingresó en el Instituto de Ciencias y Artes a la carrera de Leyes que nunca concluyó.

    Finalmente se decide por la carrera de las armas y es enlistado para combatir contra la invasión de los Estados Unidos en 1846 y en 1854 se adhiere al Plan de Ayutla.

    Participa posteriormente en la Guerra de Reforma, combatiendo con el grupo liberal y apoyando a Benito Juárez en el combate contra el gobierno de Maximiliano I, archiduque de Austria y emperador de México.

    En 1867 Díaz contrae nupcias con Delfina Ortega Díaz, su sobrina, la hija de su hermana Manuela, en ese matrimonio procreó a sus hijos Porfirio y Luz.

    Díaz contiende por la presidencia de México frente a Juárez en 1867 y en 1871, en las dos ocasiones ganó Juárez.

    En 1876 se levanta en armas contra el presidente Sebastián Lerdo de Tejada, con el Plan de Tuxtepec y un año más tarde es electo Presidente Constitucional de México.

    En 1880 tuvo que dejar la presidencia, ya que la Constitución señalaba que no se podía asumir la titularidad del Poder Ejecutivo Federal de manera consecutiva.

    El general Manuel González llega a la presidencia y Porfirio Díaz se desempeña como secretario de Fomento.

    En 1884 es reelegido Presidente y consigue se apruebe una enmienda a la Constitución permitiendo las reelecciones consecutivas hasta 1911.

    Su régimen estuvo marcado por logros importantes, pero también por la mano dura y las grandes desigualdades con que se trató a los más desprotegidos. Díaz logró la pacificación del país y a partir de eso se inició un desarrollo económico sin precedente.

    La red de ferrocarriles se extendió por todo el territorio, así como las líneas telegráficas, se le dieron toda clase de facilidades a los capitales extranjeros con lo que la industria minera y textil alcanzaron un auge inusitado, las exportaciones crecieron en un 300 por ciento, pero desafortunadamente la riqueza sólo benefició a unos cuantos y al final de su dictadura la pobreza y la injusticia social eran ya alarmantes.

    La inconformidad creciente, el campo en manos de terratenientes, los levantamientos de Río Blanco y Cananea con su cruenta sofocación, fueron sólo algunas de las causas del movimiento revolucionario, de esta manera en 1911 Porfirio Díaz deja el poder y sale del país con rumbo a Europa, donde muere en 1915 en París, Francia.

    Porfirio Díaz fue un político mexicano importante en el desarrollo industrial del país, el cual dio un impulso significativo a la economía mexicana, sin embargo descuidó la política social despreocupándose de los más necesitados, hecho que le valió pasar a la historia como un mandatario dictador, sin que sean valorados sus logros políticos.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a 14 de septiembre de 2005.--- Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»

    «Efeméride relativa al aniversario del Grito de Dolores del cura Miguel Hidalgo y Costilla, ocurrido el 16 de septiembre de 1810, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa en mi carácter de Diputado Federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39 inciso 3 y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; promuevo, efeméride relativa al aniversario del grito de Dolores del cura Miguel Hidalgo y Costilla, ocurrido el 16 de septiembre de 1810.

    Este 16 de septiembre nuevamente hacemos una remembranza de los sucesos ocurridos en 1810, en los que participaron hombres y mujeres, que inconformes ante los abusos contra el pueblo de México en manos del gobierno español, tuvieron la valentía y el arrojo para legarnos una tierra libre y soberana.

    El primer brote de insurrección en contra del gobierno Español se gestó en la ciudad de Valladolid en 1809, pero pronto fue descubierta, por ello los sedientos de libertad tuvieron que esperar y planear nuevas estrategias, es así como el 1 de octubre de 1810 organizan un levantamiento simultaneo en varias regiones donde se extendía del virreinato.

    En esta ocasión se toma la decisión de que la ciudad de Querétaro, sea el centro de operaciones de la causa insurgente.

    Durante meses se reúnen en la casa del corregidor de Querétaro don Miguel Domínguez, patriotas que simpatizaban como él de ésta causa, entre ellos el cura de Dolores, Miguel Hidalgo, Ignacio Allende, Juan Aldama, Epigmenio González y algunas mujeres entre las que figuran la propia esposa del Corregidor doña Josefa Ortiz de Domínguez, Leona Vicario, Manuela Medina y María Rivera, apoyando no solo con ideas o dinero, obteniendo muchas veces información a costa de su propia seguridad.

    Sin embargo a pesar de todos sus cuidados el movimiento es descubierto, es así como la noche del 13 de septiembre de 1810 la corregidora doña Josefa Ortiz de Domínguez es recluida en sus aposentos no sin antes mandar un emisario de su confianza para dar la noticia a don Miguel Hidalgo párroco en Dolores, lo que provoca que el levantamiento se lleve a cabo antes de lo previsto.

    En la madrugada del 16 de septiembre de 1810, se hacen sonar las campanas de la parroquia, se convoca al pueblo a tomar las armas y luchar en contra de la opresión, es así como un puñado de hombres y mujeres salen de Dolores rumbo a San Miguel el Grande con la firme convicción de lograr un pueblo libre y soberano.

    Este acontecimiento marca el inicio del movimiento independentista que cobró las vidas de criollos, indígenas, mestizos y muchos extranjeros, que durante once años no dudaron en morir por la causa.

    El 16 de septiembre marcó un paso trascendental en el cambio del rumbo de México y con ello adquirimos un gobierno propio e independiente, luego de sobrevivir sometido durante varios siglos.

    Este día es de suma importancia para la vida política nacional ya que el país adquirió la libertad de gobernarse conforme a sus necesidades sociales y no bajo los intereses de otra nación como gloria de todos los mexicanos.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2005.--- Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»

    «Efeméride relativa al aniversario de la invasión de las tropas alemanas al territorio polaco, ocurrida el 1 de septiembre de 1939, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39, inciso 3, y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; promuevo, efeméride relativa al aniversario de la invasión de tropas alemanas al territorio Polaco, ocurrida el 1 de septiembre de 1939.

    En la historia universal existen eventos que deben ser una fuente de instrucción de los fenómenos sociales, como el 1 de septiembre de 1939, cuando iniciaron las hostilidades que desencadenaron la Segunda Guerra Mundial.

    Aquella madrugada, los alemanes invadieron Polonia, luego de una prolongada secuencia de eventos bélicos a sabiendas de que Inglaterra meses antes ejerció el compromiso de proteger las fronteras polacas, en consecuencia declaró la guerra a Alemania y más tarde lo hizo Francia.

    Para el 31 de agosto de 1939, Adolfo Hitler aceptó recibir un enviado plenipotenciario polaco, en tanto que Benito Mussolini logró un principio de entendimiento para celebrar una conferencia internacional orientada a arreglar todos los asuntos europeos en litigio.

    Antes de la salida del sol, el 1 de septiembre de 1939 las unidades blindadas alemanas cruzaron la frontera y cientos de bombas cayeron sobre las ciudades polacas, en horas fueron destruidos aeródromos, puentes, caminos, vías férreas, las radios nazis difundieron noticias cada minuto, narrando la violación al territorio polaco en manos de los germanos, situación que obligó al ejército a intervenir pero el genocidio fue inevitable.

    Señalan historiadores que Alemania no pretendió declarar la guerra, por el contrario intentó una expedición de reprimenda, porque hasta entonces los alemanes estaban bajo los lineamientos del Tratado de Versalles, el cual limitó a sus tropas hasta un máximo de cien mil soldados profesionales, distribuidos en 10 pequeñas divisiones de infantería, por lo que se les prohibió poseer armas de artillería pesada.

    Con la restauración del servicio militar obligatorio, en 1935 Adolfo Hitler desobedeció esa imposición e inició el rearme y la decisión premeditada de invadir Polonia, no obstante que escondió esos oscuros propósitos para distraer la atención de sus potenciales enemigos.

    Fundan los cronistas esa aseveración en que el 31 de agosto de 1939, Hitler inició el Plan Blanco delegando a las 4:45 horas del día siguiente tres ejércitos a lo largo de la frontera con Polonia y empleó la táctica de ataque conocida como guerra relámpago, sistema que aplicaría contra las naciones que invadió.

    Sin lugar a dudas la invasión alemana a Polonia no sólo marco una etapa tristemente importante en la historia del mundo, nos deja para la reflexión que la política debe fungir como mediadora de las ideologías e intereses del mundo y para el Estado Mexicano debe ser una prioridad, porque los actores parlamentarios estamos obligados a mantener el equilibrio de una nación a través del aprendizaje de las lecciones para consolidar el óptimo desempeño de la política seria, responsable y comprometida con nuestro país.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de septiembre de 2005.»

    «Efeméride relativa al aniversario de la rendición de Japón, que daba por concluida la Segunda Guerra Mundial, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39, inciso 3, y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; promuevo, efeméride relativa al aniversario de la rendición de Japón, que daba como concluida la Segunda Guerra Mundial.

    La intervención de Japón durante la Segunda Guerra Mundial marcó el rumbo que tomaría este acontecimiento histórico, siendo que en septiembre de 1940, Japón obligó al gobierno francés de Vichy a entregar la zona norte de Indochina. Estados Unidos respondió a esta acción prohibiendo la exportación de acero y combustible a los japoneses.

    Éstos firmaron un pacto de neutralidad con la URSS en abril de 1941 para prevenir un ataque soviético en el caso de que entraran en conflicto con Gran Bretaña o Estados Unidos mientras se apoderaban de territorios en el sur y este de Asia. Cuando Alemania invadió la URSS en junio, los dirigentes japoneses sopesaron la posibilidad de romper el acuerdo y unirse a la ofensiva desde el este, pero finalmente optaron por ocupar el sur de Indochina el 23 de julio dos días después, Estados Unidos, Gran Bretaña y los Países Bajos congelaron los activos japoneses para impedir que Japón pudiera adquirir petróleo, lo que a la larga inutilizaría por completo a su armada y sus fuerzas aéreas.

    La táctica desplegada en la guerra contra Japón durante 1943 atravesó varias fases: la primera era establecer bases en la costa de China mediante los avances de las fuerzas británicas y chinas a través de Birmania, el este de China, los progresos de los estadounidenses en las islas del centro y suroeste del Pacífico hasta Taiwan. A mediados de año parecía evidente que ni los británicos ni los chinos iban a cumplir con su cometido. Por lo tanto, sólo quedaban dos fuerzas de ataque estadounidenses. Su objetivo continuaba siendo Formosa y la costa de China.

    El final de la guerra de ningún modo se avistaba, a pesar de que la situación de Japón era desesperada a comienzos de 1945. La Armada japonesa ya no volvería a operar a pleno rendimiento, pero la mayor parte del Ejército se encontraba en buenas condiciones, desplegándose en los archipiélagos, así como en China, mientras se esperaba a que llegaran los refuerzos de Europa para lanzar el ataque final sobre el Japón, seguía ejecutándose la estrategia de conquista de las islas; en primer lugar, se llevó a cabo un desembarco en Iwo Jima el 19 de febrero.

    El asalto de este pequeño islote árido costó la vida de más de 6,000 infantes de la Marina estadounidense, antes de convertirse en una base segura el 16 de marzo.

    Los japoneses dieron una muestra de lo que aún podía esperarse de sus fuerzas recurriendo a las actividades de los kamikazes, ataques aéreos suicidas, durante los combates en la isla filipina de Luzón.

    A lo largo de todo el conflicto, los gobiernos de Estados Unidos y Gran Bretaña habían llevado a cabo un gran proyecto científico e industrial para el desarrollo de armas nucleares, creyendo que Alemania estaba investigando en el mismo campo, siendo así que la primera bomba atómica se hizo explotar en un ensayo realizado el 16 de julio de 1945 en Alamogordo en Nuevo México, Estados Unidos.

    Se habían fabricado dos bombas más, y comenzó a plantearse la posibilidad de emplearlas contra Japón para conseguir su rendición. Por ello el entonces presidente estadounidense Harry S. Truman permitió que se lanzaran estos dos artefactos justificando sus actos con el argumento de haber creído que podrían salvar miles de vidas; de esta manera la primera cayó sobre Hiroshima el 6 de agosto de 1945, mientras que la segunda se lanzó sobre Nagasaki tres días después.

    Los cálculos de Estados Unidos indican que fallecieron entre 66 mil y 78 mil en Hiroshima y que el número de víctimas en Nagasaki fue de 39 mil. Los japoneses estiman que las bajas ascendieron a un total de 240 mil personas. La URSS declaró la guerra a Japón el 8 de agosto e invadió Dongbei Pingyuan en Manchuria al día siguiente.

    Japón anunció su rendición el 14 de agosto, aunque no fue totalmente incondicional debido a que los aliados habían acordado permitir que el país mantuviera a su emperador. La firma oficial se realizó en la bahía de Tokio a bordo del acorazado Missouri el 2 de septiembre. La delegación aliada estaba encabezada por el general MacArthur, que pasó a ser el gobernador militar del Japón ocupado.

    Los hechos históricos desarrollados en la Segunda Guerra Mundial marcan una etapa de crisis e inestabilidad política, social y económica, por lo que las relaciones entre los países se vieron demasiado afectadas, tal parece que la política exterior durante la primera mitad del siglo XX atravesó por grandes ineficiencias, falta de diplomacia y negociación, así como poca conciencia social para manejar la situación que se presentaba; sin embargo resulta importante comprender el pasado para que de ninguna manera se repita en el presente, al mismo tiempo concienciar la importancia de la política exterior.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2005.»

    «Efeméride relativa al aniversario de la entrada en vigor de la Convención Europea de los Derechos del Hombre, el 3 de septiembre de 1953, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39, inciso 3, y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; promuevo, efeméride relativa al aniversario de la entrada en vigor de la Convención Europea de los Derechos del Hombre, el 3 de septiembre de 1953.

    Los derechos humanos aparecen en nuestra sociedad desde la Revolución Francesa de 1789, con la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, con este acontecimiento histórico la sociedad adquiere capacidades legales que le permiten tener una vida digna bajo los principios de libertad, igualdad y fraternidad.

    Más tarde aparecería la Convención Europea de Derechos Humanos, la cual fue la primera en su género. Suscrita el 4 de noviembre de 1950, entró en vigor el 3 de septiembre de 1953 y cuenta con los siguientes miembros: Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Francia, Grecia, Inglaterra, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, la República Federal de Alemania, Suecia, Suiza y Turquía.

    La Convención instituye una Comisión Europea de Derechos Humanos y una Corte de Derechos Humanos, a las cuales tienen acceso los individuos, aun nacionales del Estado violador, con la condición, en el caso de la Comisión, de que el Estado del reclamante hubiera aceptado expresamente el procedimiento, y en el de la Corte, que el Estado hubiese aceptado la jurisdicción de ese Tribunal.

    En la actualidad, la labor de tutela desarrollada por los procedimientos y mecanismos que operan en el marco de la Organización de las Naciones Unidas, es complementada por aquella realizada regionalmente, en virtud de los sistemas de protección de los derechos humanos que operan en el continente europeo desde 1953, en el continente americano a partir de 1959 y, más recientemente, en el africano que data de 1986. Estos sistemas poseen una composición afín, en especial de carácter estructural, cuentan con una base normativa única o múltiple de tipo convencional y operan mediante instituciones supranacionales encargadas de vigilar y reforzar el cumplimiento de los compromisos que los Estados adquieren en materia de derechos humanos.

    Los derechos humanos forman parte de la vida política y social, que toman importancia en el desarrollo humano de la población, dignificando la calidad de vida humana, el cual es un factor importante para nosotros los diputados como representantes populares, de igual manera el conmemorar, así como contribuir en los alcances y logros de los objetivos en materia de derechos humanos que aquejan a nuestra sociedad.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de septiembre de 2005.»

    «Efeméride relativa al octavo aniversario luctuoso de la madre Teresa de Calcuta, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39, inciso 3, y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; promuevo, efeméride relativa al octavo aniversario luctuoso de la madre Teresa de Calcuta.

    Nacida en Agnes Gonxha Bojaxhiu; Skopje, actual Macedonia, 1910 - Calcuta, 1997 religiosa albanesa, naturalizada hindú. Nacida en el seno de una familia católica albanesa, la profunda religiosidad de su madre despertó en ella su vocación de misionera a los doce años, siendo aún una niña ingresó en la Congregación Mariana de las Hijas de María e inició su actividad de asistencia a los más necesitados hasta el último día de su existencia.

    A los dieciocho años abandonó para siempre su ciudad natal para viajar con destino a Dublín para profesar en la Congregación de Nuestra Señora de Loreto, como quería ser misionera en la India, embarcó hacia Bengala, donde cursó estudios de magisterio y eligió el nombre de Teresa para profesar.

    Ejerció como maestra en la St. Mary's High School de Calcuta hasta 1948, año en que obtuvo la autorización de Roma para dedicarse al apostolado en favor de los pobres.

    En 1950 la madre Teresa de Calcuta fundó la Congregación de las Misioneras de la Caridad, aprobada en 1965 por el papa Pablo VI, las integrantes de esta congregación debían sumar a los votos tradicionales el de la dedicación a los más pobres, logrando una rápida implantación en la India y otros casi cien países.

    En 1972 la madre Teresa de Calcuta recibió el premio de la Fundación Kennedy, y en 1979, el premio Nobel de la Paz, cuya dotación económica donó a los pobres.

    En 1986 recibió la visita de Juan Pablo II en la Nirmal Hidray o Casa del Corazón Puro, fundada por ella y más conocida en Calcuta como la Casa del Moribundo.

    Tras superar numerosos quebrantos de salud, falleció el 5 de septiembre de 1997, víctima de un paro cardíaco, miles de personas de todo el mundo se congregaron en la India para despedir a la Santa de las Cloacas. Fue beatificada en 2003 por el papa Juan Pablo II.

    La madre Teresa de Calcuta, es un claro ejemplo de la vocación por atender a los más necesitados, por las insuficiencias más apremiantes de la sociedad, de igual manera su vida nos deja como legado la lucha por la paz mundial, la defensa de los derechos humanos y la importancia de trabajar arduamente en la consecución del bienestar de los más pobres. Bases que deben imperar en el trabajo político y social, así como el combate a la pobreza, ya que éste se ha convertido en un problema grave para el país, del cual no sólo tenemos que tomar conciencia sino las medidas necesarias apoyadas en programas encaminados a disminuir el índice de indigencia para alcanzar mejor calidad de vida para la población mexicana.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de septiembre de 2005.»

    «Efeméride relativa al Día de la Marina, a cargo del diputado Sebastián Calderón Centeno, del grupo parlamentario del PAN

    Año de 1917, era la época en que nuestro país pasaba por un movimiento social armado de características revolucionarias; legislar en el Congreso de la Unión significaba tener verdaderos deseos de exaltar el alma nacionalista. En la trigésima quinta sesión ordinaria, celebrada el día 8 de enero de 1917, el C. secretario de la asamblea, Fernando Lizardi, dio lectura al mensaje enviado por los maquinistas y pilotos navales del puerto de Veracruz, que formaban la Liga de Oficiales Navales, en el cual manifestaban que habían entregado al General Cándido Aguilar un proyecto de ley relativo al artículo 32 de la Constitución federal para su presentación, discusión y aprobación, si así se consideraba pertinente.

    Diversas organizaciones, como las uniones de estibadores, de carretilleros, de la terminal de marineros y de checadores, se dirigieron al Congreso, adhiriéndose a la petición de la Liga de Oficiales Navales.

    Se reúne el diputado General Cándido Aguilar con don Venustiano Carranza, quien mostraba recelo a la propuesta, explicándole que el grupo de la Liga de Oficiales Navales no eran militares, sino un grupo de marinos civiles a nivel de oficiales de cubierta y de máquinas con convicciones eminentemente nacionalistas. Le expuso la imperiosa necesidad de dar oportunidades de empleo a los marinos mexicanos en los buques mercantes nacionales, ya que las empresas navieras que se decían "mexicanas" preferían extranjeros, con el pretexto de que los mexicanos no tenían capacidad suficiente para operar sus buques. Los oficiales, jefes de máquinas y capitanes de los buques mexicanos eran extranjeros, la mayoría españoles e ingleses; y las empresas navieras actuaban con discriminación irritante hacia los mexicanos, en los niveles peor pagados y de última categoría de los roles de tripulación.

    Durante el periodo de 1910 a 1917 era crítica la formación de oficiales de la marina mercante nacional, debido a la inestabilidad política de nuestro país. Ésta se impartía con grandes sacrificios y en condiciones precarias. También lo es que dicho personal poseía alto grado de responsabilidad y espíritu de grupo; ello, gracias a los esfuerzos que hacían don Fernando Siliceo y Torres, y don Heraclio Ramírez, quienes en forma particular preparaban a los jóvenes que pretendían ser oficiales de la marina mercante. La insurgencia armada y la irrefutable lealtad de los marinos mercantes al Estado de derecho impedían que se contara con un plantel náutico en forma institucional. Las escuelas náuticas de Campeche y Mazatlán habían sido cerradas y los alumnos de la escuela naval después de la heroica defensa de Veracruz se habían retirado a la Ciudad de México.

    La carencia de planteles educativos significaba el rechazo de las empresas navieras; por ello se considera que el movimiento de la nacionalización de la marina mercante de México fue originado por una inquietud social a nivel de trabajadores y no una graciosa concesión administrativa.

    El movimiento de la Liga de Oficiales Navales rápidamente provocó la simpatía nacional. Con su causa se solidarizaron el grupo de la costa del Pacífico y la Liga de Grupos Portuarios; también lo hizo don Felipe Carrillo Puerto, indiscutible dirigente de la Federación Obrera de Yucatán.

    La armonía y la identificación con el movimiento por parte de los trabajadores portuarios fueron tales, que las organizaciones por parte de sus socios mandaban a sus hijos a recibir clases en las aulas improvisadas de don Fernando Siliceo y Torres en el área de cubierta y de don Heraclio Ramírez en el área de máquinas. Estos actos dieron consecución a nuestros orígenes marítimos y consolidación de nuestra prestigiada educación náutica.

    Las escuelas náuticas del país han sido consideradas desde el punto de vista moral como esperanza de los trabajadores para dar carrera profesional a sus hijos. Es justo mencionar que en los pasajes históricos y hechos trascendentales en la vida de estas instituciones las organizaciones de trabajadores marinos y portuarios han hecho presencia en forma activa a favor de ellas.

    En la cuadragésima quinta sesión ordinaria, celebrada el 16 de enero de 1917, se dio lectura en el Pleno al proyecto presentado por la Primera Comisión de Constitución; expresándose en los siguientes términos:

    "El artículo 32 del proyecto del ciudadano primer jefe contiene una reforma de positiva importancia, la cual consiste en prohibir que los extranjeros en época de paz puedan servir en el Ejército o en las fuerzas de policía y Seguridad Pública.

    Esta reforma esta inspirada en el mas puro y alto patriotismo, a quien, sino a los mexicanos debe encomendarse la vigilancia efectiva y la conservación absoluta del orden público, quién sino nosotros mismos, tenemos la obligación imperiosa de velar por la integridad nacional.

    La Comisión acepta en todas sus partes el artículo 32 del proyecto del ciudadano primer jefe, porque abriga la convicción de que encierra una positiva garantía para la patria, y que se pase a estudiar la iniciativa que a propósito de este artículo presento con toda oportunidad el C. diputado Cándido Aguilar con el objeto de adicionar el proyecto referido por la liga de oficiales navales."

    El diputado Aguilar fundamentó su iniciativa haciendo notar que nuestro país por su situación geográfica y por la considerable extensión de sus litorales, así como por la rica variedad de sus productos, estaba llamada a desarrollar grandes intereses marítimos, y que para vigilar efectivamente estos, se necesitaba fomentar la marina mercante y la de guerra. Finalmente expuso que en los momentos difíciles para el gobierno revolucionario los dueños y encargados de nuestros buques mercantes; lejos de cooperar con el Gobierno de la República cuando tanta falta hacia el transporte por la vía marítima se apresuraron a abanderar en el extranjero los buques sin oposición alguna por parte de la tripulación porque siendo ellos mexicanos nacionalizados y aun extranjeros vieron con tibieza y con agrado esta actitud antipatriótica.

    El diputado Cándido Aguilar manifestó que ninguna compañía extranjera se veía obligada a aceptar marinos mercantes mexicanos, y si lo hacían era exclusivamente para contratarlos en trabajos mal pagados y de las categorías mas bajas y las empresas extranjeras únicamente matriculaban mexicanas a sus buques con el ilegitimo interés de tener libertad de hacer el tráfico marítimo y saquear nuestros litorales lo cual constituía un atentado en contra de los intereses de México cuyos objetivos eran eminentemente nacionalistas.

    La Comisión encontró justas las observaciones hechas por el diputado Aguilar y creyó necesario tomar medidas enérgicas y radicales para evitar que esos actos se repitieran por lo que hizo suyos los conceptos e ideas que emitió y sometió a la consideración de la respetable asamblea el artículo 32 redactado en la siguiente forma:

    Los mexicanos serán preferidos a los extranjeros en igualdad de circunstancias, para toda clase de concesiones y para todos los empleos cargos o comisiones del gobierno en que no sea indispensable la calidad de ciudadano, en tiempo de paz ningún extranjero podrá servir en el Ejército ni en las fuerzas de policía o Seguridad Pública.

    Para pertenecer a la Marina de Guerra y para desempeñar cualquier otro cargo o comisión en ella, se requiere ser mexicano por nacimiento.

    Esta misma calidad será indispensable para ser capitán, piloto, primer maquinista naval y patrón, en los buques mercantes, debiendo tenerla además los que compongan las dos terceras partes de su tripulación."

    Al votarse el artículo 32 constitucional; 136 diputados se pronunciaron a favor de dicho artículo.

    En ceremonia protocolaria llevada a cabo en el puerto de Veracruz el día 1 de junio de 1917, diversos marinos mexicanos recibieron sus despachos como capitanes y jefes de máquinas de los buques "San Bernardo" "Tamaulipas", "Tabasco", "Tehuantepec", "Coahuila", "México", "San Cristóbal", "San Antonio", "Melchor Ocampo", "Oaxaca" y "Sonora", los cuales salieron a alta mar a las 17:00 horas de ese día, en señal de que entraba en vigor el artículo 32 de nuestra Constitución política.

    La primera reforma de este artículo fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1934, en los siguientes términos:

    "Para pertenecer a la Marina Nacional de Guerra y desempeñar cualquier cargo o comisión en ella, se requiere ser mexicano por nacimiento. Esta misma calidad será indispensable en capitanes, pilotos, patrones, maquinistas y, de una manera general, para todo el personal que tripule cualquier embarcación que se ampare con la bandera mercante mexicana. Será también necesaria la calidad de ciudadano mexicano por nacimiento para desempeñar el cargo de capitán de puerto y todos los servicios de practicaje?"

    Posteriormente en el año de 1942, el entonces Presidente Manuel Ávila Camacho, declaró por decreto presidencial el 1 de junio como Día de la Marina Nacional. »

    «Efeméride relativa al aniversario luctuoso de Miguel de Cervantes Saavedra, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39 inciso 3 y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; promuevo, Efeméride relativa al aniversario luctuoso de Miguel de Cervantes Saavedra.

    El dramaturgo, poeta y novelista español, autor de El ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha, primera novela moderna de la literatura universal, nace en Alcalá de Henares Madrid, con poco más de veinte años se fue a Roma, Italia al servicio del cardenal Acquaviva, se enroló en la Armada española y en 1571 participó con heroísmo en la batalla de Lepanto, donde comienza el declive del poderío turco en el Mediterráneo, allí Cervantes perdió el movimiento del brazo izquierdo, por ello es conocido como el Manco de Lepanto.

    A su regreso a Madrid, España se casa en Esquivias, Toledo con Catalina de Salazar y Palacios, arruinada su carrera militar, intenta sobresalir en las letras sin éxito, sin medios para vivir, se marcha a Sevilla como comisario de abastos para la Armada Invencible y recaudador de impuestos, terminando en la cárcel por irregularidades en sus cuentas.

    Al ser liberado se traslada a Valladolid, en 1605 publica la primera parte del Quijote, con poco éxito y se entrega a la creación literaria, en sus últimos años publica las Novelas Ejemplares (1613), el Viaje del Parnaso (1614), Ocho comedias y ocho entremeses (1615) y la segunda parte del Quijote (1615).

    El triunfo literario no lo libró de sus penurias económicas y dedicó sus últimos meses de vida a Los trabajos de Persiles y Segismunda (de publicación póstuma, en 1617).

    Miguel de Cervantes Saavedra muere en Madrid, España el 22 de abril de 1616 y fue enterrado al día siguiente.

    Novelas Ejemplares

    Entre 1590 y 1612 Cervantes fue escribiendo una serie de novelas cortas que, después del reconocimiento obtenido con la primera parte del Quijote en 1605, acabaría reuniendo en 1613 en la colección de Novelas Ejemplares. Teniendo en cuenta las dos versiones conservadas de Rinconete y Cortadillo y de El celoso extremeño, se cree que Cervantes introdujo en ellas algunas variaciones encaminadas a la ejemplaridad social, moral y estética de estas novelas o narraciones cortas, y después las ordenó de acuerdo con un criterio artístico que obedece a la visión orgánica del conjunto. En el prólogo Cervantes proclama su novedad: ``Yo soy -dice- el primero que he novelado en lengua castellana''. En efecto, así fue, pues en la literatura española no había entonces tradición de novela corta; las que circulaban eran adaptaciones o traducciones de los novellieri italianos. Cervantes españolizó el género, lo ennobleció y creó la novela corta en la literatura castellana.

    La colección se abre con La gitanilla, fantasía poética creada en torno a la figura de Preciosa y la relación entre la gitanilla y un joven capaz de renunciar a su alcurnia por amor. En contraste con tan embellecido marco sigue El amante liberal, novela bizantina de amor y aventuras, con las adversidades que Ricardo y Leonisa han de superar antes de su matrimonio. Después del idealismo, el amor y la aventura de estas dos primeras novelas se cae en los bajos fondos del hampa sevillano con Rinconete y Cortadillo, en cuyas páginas sobresalen la mejor ironía y humor cervantinos. Su crítica social, que constituye una denuncia de la degradación moral de la España del siglo XVI, culmina en el insuperable cuadro realista de la cofradía de Monipodio, que negocia todo el crimen de Sevilla. El contraste entre Rinconete y Cortadillo y las dos primeras novelas se prolonga hacia la cuarta, La española inglesa, en la cual, sobre un fondo de guerras de religión entre España e Inglaterra, se desarrollan las pruebas que han de superar Ricardo e Isabela antes de su unión matrimonial.

    Don Quijote: sus orígenes

    Es posible que Cervantes empezara a escribir el Quijote en alguno de sus periodos carcelarios a finales del siglo XVI. Mas casi nada se sabe con certeza. En el verano de 1604 estaba terminada la primera parte, que apareció publicada a comienzos de 1605 con el título de El ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha. El éxito fue inmediato. En 1614 aparecía en Tarragona la continuación apócrifa escrita por alguien oculto en el seudónimo de Alonso Fernández de Avellaneda, quien acumuló en el prólogo insultos contra Cervantes. Por entonces éste llevaba muy avanzada la segunda parte de su inmortal novela. La terminó muy pronto, acuciado por el robo literario y por las injurias recibidas. Por ello, a partir del capítulo 59, no perdió ocasión de ridiculizar al falso Quijote y de asegurar la autenticidad de los verdaderos don Quijote y Sancho. Esta segunda parte apareció en 1615 con el título de El ingenioso caballero don Quijote de la Mancha. En 1617 las dos partes se publicaron juntas en Barcelona. Y desde entonces el Quijote se convirtió en uno de los libros más editados del mundo y, con el tiempo, traducido a todas las lenguas con tradición literaria.

    Propósitos de Cervantes con el Quijote

    Lo que sí resulta seguro es que Cervantes escribió un libro divertido, rebosante de comicidad y humor, con el ideal clásico del deleitar aprovechando. Por eso quiso crear una obra para todos los lectores, según las capacidades de cada cual. Su ambición de totalidad abarca desde el lector más inocente hasta el más profundo, de modo que todo cuanto preocupa al ser humano parece incluido en sus páginas.

    Cervantes afirmó varias veces que su primera intención era mostrar a los lectores de la época los disparates de las novelas de caballerías. En efecto, el Quijote ofrece una parodia de las disparatadas invenciones de tales obras. Pero significa mucho más que una invectiva contra los libros de caballerías. Por la riqueza y complejidad de su contenido y de su estructura y técnica narrativa, la más grande novela de todos los tiempos admite muchos niveles de lectura, e interpretaciones tan diversas como considerarla una obra de humor, una burla del idealismo humano, una destilación de amarga ironía, un canto a la libertad o muchas más.

    Personalidad de Don Quijote

    Muchos episodios del Quijote ejemplifican otros tantos casos de amor. El de don Quijote representa una concepción del amor caballeresco sustentada en la tradición del amor cortés. Por eso, antes de cada aventura, don Quijote invoca siempre a su amada Dulcinea y pide su amparo, porque ella es su señora y por ella se fortalecen las virtudes del caballero. En este sentido, Dulcinea del Toboso es uno de los ideales más sublimes de cuantos ha creado la mente humana.

    El Quijote como juego literario

    Muchos componentes del Quijote obedecen a su condición de novela concebida como un juego. Su construcción se sustenta en el artificio narrativo del manuscrito encontrado. Este procedimiento es parodia del mismo recurso empleado en los libros de caballerías. Pero Cervantes va mucho más allá, adueñándose de la máxima libertad artística que un autor haya logrado jamás. Varios elementos sobresalen en tan fecundo proceso. En la ficción, el historiador moro Cide Hamete Benengeli aparece como primer autor del Quijote, un morisco toledano es su primer traductor y el mismo Cervantes aparece ficcionalizado como segundo autor, que entrega a los lectores una historia sobre la cual podrá comentar lo que quiera porque la conoce toda de antemano por la traducción del morisco. Este juego de autores, traductores, narradores y lectores produce una gran libertad creadora a la vez que siembra la ambigüedad y la duda en muchas páginas, por ejemplo en el relato de la cueva de Montesinos. Cualquier perspectiva es posible. Siempre se podrá acusar de los engaños al moro Cide Hamete, al morisco traductor y aun al impresor, a quien, en la segunda parte, se culpa de las incoherencias cometidas en torno al robo del rucio de Sancho en la primera.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a 26 de abril de 2005.--- Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»

    «Efeméride relativa a la Batalla del 5 de Mayo en Puebla, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del PRI

    Con la derrota del Ejército Conservador, el 22 de diciembre de 1860, la guerra de tres años, entre conservadores y liberales, finalmente terminaba.

    La situación del gobierno liberal era muy difícil, ya que los empréstitos onerosos obtenidos por los gobiernos anteriores, principalmente de los conservadores, obligó al gobierno del presidente Benito Juárez a disponer, el 17 de julio de 1861, una moratoria de dos años en el pago de los réditos, para darse un breve respiro.

    Los conservadores mexicanos, que desde tiempo atrás, habían fraguado la intervención extranjera, pronto convencieron a Napoleón III a que instaurara una monarquía bajo su protectorado.

    Con la firma del Tratado de Londres, el 31 de octubre de 1861, quedaba de hecho iniciada la intervención anglo-franco-española en contra de nuestro país.

    A mediados del mes de diciembre de 1861, las tropas españolas ocuparon el puerto de Veracruz. Del 6 al 8 de enero de 1862 llegaron los ejércitos inglés y francés.

    Después de arduas negociaciones, la alianza se resquebrajó. Tras violentas discusiones, los representantes de España e Inglaterra declararon que no actuarían más con los franceses y que se retirarían de México. Los gobiernos británico y español apoyaron a sus representantes y a finales del mes de abril de 1862, sus tropas fueron evacuadas de territorio mexicano.

    Antes de que quedara rota la alianza, en el mes de marzo, llegaron a Veracruz nuevos refuerzos franceses al mando del general Carlos Letrille, conde de Laurencez, siendo nombrado Comandante en jefe del cuerpo expedicionario.

    Era tal la arrogancia e insolencia de los franceses, que el mencionado general en jefe, escribió una carta a su Ministro de Guerra diciendo. ``Tenemos sobre los mexicanos tal superioridad de raza, de organización, de disciplina, de moralidad y de elevación de sentimientos, que suplico a V.E., se sirva decir al Emperador que desde ahora, a la cabeza de sus 6000 soldados, soy dueño de México''.

    El trágico accidente ocurrido en San Andrés Chalchicomula, el 6 de marzo de 1862, donde perecieron víctimas de una terrible explosión 1,017 soldados, 25 oficiales y como 40 vecinos de la población, sin contar a gran número de mujeres y niños que acompañaban a la brigada Oaxaca, junto con el desvío de tropas para hacer frente a los traidores conservadores, limitó considerablemente al Ejército de Oriente. En el mes de abril, otra mala noticia cundió entre los defensores de Puebla, la muerte del gran liberal y patriota, poblano Gral. Miguel Cástulo Alatriste.

    Todavía el 4 de mayo, el general Ignacio Zaragoza, tuvo que distraer otras fuerzas, ordenando se persiguiera a los traidores conservadores que tenían ocupada Izúcar de Matamoros, con fuertes avanzadas hasta Atlixco.

    El 5 de mayo muy de madrugada, Zaragoza recorrió el campo de batalla, en medio de vivas y de otras demostraciones de entusiasmo: recordó a cada batallón el gran compromiso al que hacían frente, exhortándoles para que en el combate, por medio de acciones de valor y patriotismo, pusieran en el lugar que correspondía la dignidad y el buen nombre de la nación.

    Las tres columnas del ejército invasor fueron rechazadas con grandes pérdidas al intentar repetidas veces tomar las fortificaciones, teniendo al fin que retirarse vencidos y perseguidos por la caballería mexicana.

    En esta página gloriosa del país, lugar especial merecen los modestos, pero heroicos soldados zacapoaxtlas, quienes junto a muchos otros mexicanos, defendieron con su vida la soberanía de la patria.

    El general Ignacio Zaragoza, soldado genial y gran patriota, cuya atinada dirección y extraordinaria audacia hicieron posible el triunfo, dio una gran lección de dignidad en defensa de la soberanía nacional. Después de dar cuenta al Ministro de Guerra, de las acciones emprendidas el 5 de mayo, señaló al final de su informe que:

    ``El ejército francés se ha batido con mucha bizarría: su general en jefe se ha portado con torpeza en el ataque.

    ``Las armas nacionales, C. Ministro, se han cubierto de gloria, por ello felicito al Primer Magistrado de la República, por el digno conducto de usted en el concepto de que puedo afirmar con orgullo, que ni un sólo momento volvió la espalda al enemigo el ejército mexicano durante la larga lucha que sostuvo''.

    La derrota de las fuerzas extranjeras en Puebla, fue el inicio del triunfo del pueblo de México que, en forma definitiva, habría de lograr cinco años después en esta segunda guerra de Independencia, tras la derrota total del imperio francés en el Cerro de las Campanas.»