Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LX Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado César Duarte Jáquez
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año III
México, DF, martes 10 de marzo de 2009
Sesión No. 13

SUMARIO


SECRETARIA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Invitación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal a la ceremonia cívica conmemorativa del DCLXXXIV aniversario de la fundación de México Tenochtitlán. Se designa la comisión de representación.

EXPLOTACION SEXUAL INFANTIL

Oficio del Gobierno del Estado de Nuevo León con el que envía contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente en la sesión del pasado 14 de enero, para exhortar a las autoridades ejecutivas y legislativas de las 32 entidades federativas a llevar a cabo las acciones necesarias para adecuar las normas locales a lo dispuesto por la Convención Internacional de los Derechos de los Niños y la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, respecto a la explotación sexual infantil. Se remite al promovente para su conocimiento.

ESTADO DE GUERRERO

Oficio del Gobierno del Estado de Nuevo León con el que envía contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del pasado 26 de febrero, por el que la Cámara de Diputados se pronuncia sobre la desaparición forzada y ejecución de dos integrantes de la Organización para el Futuro de los Pueblos Mixtecos, en el estado de Guerrero. Se remite a la Junta de Coordinación Política para su conocimiento.

COMISION BICAMARAL DE SEGURIDAD NACIONAL

Comunicación de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional con la que informa que el senador Jorge Mendoza Garza asumió la Presidencia el 4 de marzo de 2009, en su tercer año de ejercicio correspondiente al periodo 2009-2010. De enterado.

GISELA HERNANDEZ ESPINAL

Se guarda un minuto de silencio por el fallecimiento de la ciudadana Gisela Hernández Espinal, esposa del diputado Raúl Ríos Gamboa.

DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA

Comunicación del diputado Jorge Emilio González Martínez con la que solicita licencia para separarse de sus funciones como diputado federal electo en la cuarta circunscripción plurinominal. Aprobado.

DIPUTADOS QUE SE REINCORPORAN

Tres comunicaciones de los diputados Jesús Alcántara Núñez, José Antonio Saavedra Coronel y Alejandro Olivares Monterrubio, con las que anuncian su reincorporación a las tareas legislativas, respectivamente. De enterado; comuníquense.

DIPUTADOS SUPLENTES QUE SE INCORPORAN

El Presidente designa comisión que acompañe a los ciudadanos Andrea Geraldine Ramírez Zollino y Moisés Gil Ramírez, electos como diputados federales suplentes en la cuarta circunscripción plurinominal y en el XXIV distrito del Distrito Federal, a rendir su protesta de ley.

SESION SOLEMNE

Acuerdo de la Mesa Directiva por el que se autoriza una sesión solemne para conmemorar el quincuagésimo aniversario del libro de texto gratuito. Aprobado; comuníquese a la Cámara de Senadores.

LUCIA ANDREA MORETT ALVAREZ

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que envía contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente en la sesión del pasado 28 de enero, para exhortar a la Procuraduría General de la República a declarar el no ejercicio de la acción en contra de Lucía Andrea Morett Alvarez. Se remite al promovente para su conocimiento.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA - LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS - LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, suscrita por el senador Ramiro Hernández García. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY FEDERAL SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACION - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite solicitud de excitativa a las Comisiones Unidas de Economía, de Gobernación y de Desarrollo Rural, para que dictamine la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; reforma y adiciona el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, suscrita por el senador Ramiro Hernández García. Se turna a las Comisiones Unidas de Economía, Gobernación y Desarrollo Rural.

ARTICULOS 75, 115, 123 Y 127 CONSTITUCIONALES

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite punto de acuerdo por el que se solicita a la Cámara de Diputados, en los términos del artículo 72 constitucional, que proceda con la mayor brevedad a la votación y discusión de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 75, 115, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Mesa Directiva.

DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER

Presentan el posicionamiento de su respectivo grupo parlamentario, con motivo de la conmemoración del pasado 8 del presente mes, los diputados:

Aída Marina Arvizu Rivas.

Ana Elisa Pérez Bolaños.

Rosa Elia Romero Guzmán.

Beatriz Manrique Guevara.

Elías Cárdenas Márquez.

DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER

Continúan en el posicionamiento de su respectivo grupo parlamentario, las diputadas:

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez.

Maricela Contreras Julián.

María Mercedes Corral Aguilar.

ARTICULOS 14, 18 Y 22 CONSTITUCIONALES - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION - CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

Se recibe de diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en relación con la pena de muerte. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Seguridad Pública.

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

Se recibe de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a fin de que se reconozca a las niñas, niños y adolescentes como consumidores. Se turna a la Comisión de Economía.

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

Se recibe del diputado Jesús Sesma Suárez iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo primero de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para dar el reconocimiento del consumo inteligente, que transfiere el poder al consumidor para generar cambios favorables en las ofertas comerciales. Se turna a la Comisión de Economía.

LEY DEL SEGURO SOCIAL - CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

Se recibe del diputado Miguel Angel González Salum iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 297 y 304 de la Ley del Seguro Social y el artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, respecto a que el Instituto Mexicano del Seguro Social modifique el tiempo para determinar los créditos fiscales. Se turna a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público.

LEY GENERAL DE SALUD

Se recibe de diputados de las comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud en relación con los efectos del cambio climático. Se turna a la Comisión de Salud.

LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS - LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

Se recibe de diputados integrantes de la Comisión de la Función Pública iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, respecto a elaborar estudios, planes o programas necesarios que permitan la realización de la licitación pública para la ejecución de las obras en proyectos de infraestructura. Se turna a las Comisiones Unidas de la Función Pública y de Presupuesto y Cuenta Pública.

CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

Se recibe del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 27 Bis y 279 del Código Federal de Procedimientos Penales, sobre el delito de tortura. Se turna a la Comisión de Justicia.

CODIGO PENAL FEDERAL

El diputado Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, para penas otorgadas a delincuentes relacionados con la explotación sexual comercial infantil. Se turna a la Comisión de Justicia.

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Se recibe del diputado José Martín López Cisneros iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 170 Bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para que los plazos y términos en procesos electorales sean considerados en días hábiles. Se turna a la Comisión de Gobernación.

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

El diputado Rodolfo Solís Parga presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación a las funciones de las Secretarías de Estado. Se turna a la Comisión de Gobernación.

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2009

El diputado Raymundo Cárdenas Hernández presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, en materia de reducción de las percepciones de los servidores públicos de mayor jerarquía en los tres poderes de la Unión y en los entes autónomos. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

LEY ORGANICA DE LA FINANCIERA RURAL

El diputado César Duarte Jáquez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, para aumentar los recursos financieros e incentivar la inversión y el empleo en el sector agropecuario. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY GENERAL DE SALUD - LEY GENERAL DE POBLACION

El diputado Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General de Población, para incluir la salud sexual y reproductiva de los mexicanos como materia de salubridad general mediante realizar programas del sector educativo. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

LEY GENERAL DE EDUCACION

La diputada Holly Matus Toledo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, sobre la enseñanza para adultos. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

LEY DE ENERGIA PARA EL CAMPO

El diputado Alejandro Martínez Hernández presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un artículo 8 Bis a la Ley de Energía para el Campo, para disminuir el precio de los energéticos agropecuarios. Se turna a la Comisión de Energía.

ARTICULO 107 CONSTITUCIONAL

Se recibe de diputados de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional, del Partido de la Revolución Democrática y del Partido Revolucionario Institucional iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VII Bis al artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a juicios de amparo en materia fiscal. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

LEY GENERAL PARA LA PROMOCION DE LA CONCILIACION DE LA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL

La diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que expide la Ley General para la Promoción de la Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Desarrollo Social, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Publica.

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

La diputada Andrea Geraldine Ramírez Zollino presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, sobre la creación de áreas naturales protegidas. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - LEY DE PLANEACION

El diputado Mauricio Ortiz Proal presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7, 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 8 de la Ley de Planeación, para que el análisis del informe presidencial se realice por las comisiones legislativas. Se turna a las Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Hacienda y Crédito Público.

LEY DE COORDINACION FISCAL

Se recibe del diputado Itzcóatl Tonatiuh Bavo Padilla iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal para incluir la infraestructura de la educación media superior como parte del Fondo de Aportaciones Múltiples. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Educación Pública y Servicios Educativos.

LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables con proyecto de decreto que adiciona el inciso m) a la fracción I del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social.

LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología.

LEY DEL MERCADO DE VALORES

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que adiciona la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores.

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION - LEY DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO - LEY ORGANICA DE NACIONAL FINANCIERA

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley Orgánica de Nacional Financiera.

LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO - LEY DE PROTECCION Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Sobre el Contrato de Seguro y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION

Primera lectura del dictamen de la Comisión de la Función Pública, que expide la Ley para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.

LEY GENERAL DE EDUCACION

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, que reforma y adiciona el artículo 41 de la Ley General de Educación.

LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Dictamen de las Comisiones de Unidas de Justicia y de Atención a Grupos Vulnerables con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa presentada el 9 de febrero de 2006 que adiciona un artículo 43 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

CODIGO PENAL FEDERAL

Dictamen de la Comisión de Justicia con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa presentada el 23 de febrero de 2006 que reforma y adiciona el artículo 201 Bis del Código Penal Federal.

CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

Dictamen de la Comisión de Justicia con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa presentada el 12 de septiembre de 2005 que adiciona al Código Penal Federal un artículo 261 Bis, al Capítulo Primero del Título Décimo Quinto y al Código Federal de Procedimientos Penales, un numeral 35 a la fracción I del artículo 194.

CODIGO DE COMERCIO

Dictamen de la Comisión de Economía con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa presentada el 29 de noviembre de 2007 que adiciona el Título Segundo Bis en el Libro Quinto del Código de Comercio.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

Dictamen de la Comisión de Defensa Nacional con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa presentada el 8 de noviembre de 2007 que reforma la fracción V del artículo 24, el primer párrafo del artículo 30 y deroga el numeral 45 de la ``segunda categoría'' del artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Atención a Grupos Vulnerables con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa presentada el 18 de enero de 2006 que adiciona un inciso H) a la fracción I del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo y un artículo 21 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

LEY DE AGUAS NACIONALES

Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa presentada el 29 de abril de 2008 que reforma la fracción LVI sexta del artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales.

LEY DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

Dictamen de la Comisión de Asuntos Indígenas con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa presentada el 25 de septiembre de 2007 que adiciona el artículo 2 Bis de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

Dictamen de la Comisión de Economía con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa presentada el 30 de abril de 2008 que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY SOBRE PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS EMIGRANTES MEXICANOS Y DE LOS EXTRANJEROS EN TERRITORIO NACIONAL

Dictamen de la Comisión de Gobernación con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa presentada el 27 de abril de 2006 que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y expide la Ley sobre Protección de los Derechos de los Emigrantes Mexicanos y de los Extranjeros en Territorio Nacional.

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con punto de acuerdo por el que se desecha minuta recibida el 29 de abril de 2008 que reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud.

CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

Dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Atención a Grupos Vulnerables con punto de acuerdo por el que se desecha minuta recibida el 30 de abril de 2008 que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo por el que se desecha minuta recibida el 28 de abril de 2005 que reforma y adiciona el artículo 169 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL DAÑO Y EL DETERIORO AMBIENTAL - LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo por el que se desecha minuta recibida el 28 de abril de 2005 que expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental y deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo por el que se desecha minuta recibida el 28 de septiembre de 2004 que adiciona las fracciones XXXV y XXXVI al artículo 3; XXI al artículo 5; XXVII al artículo 7; XVI al artículo 8, XXI al artículo 15 y VI al artículo 22 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Se aprueban en conjunto los anteriores 15 dictámenes, archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos. Por lo que se refiere a la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud, se devuelve al Senado de la República para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional.

FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS DE COLOMBIA

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con punto de acuerdo sobre la proposición presentada en la sesión del 16 de enero de 2008 respecto a la liberación de Clara Rojas y Consuelo González por parte de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia a la misión humanitaria comandada por la Cruz Roja Internacional y coordinada por autoridades venezolanas y colombianas.

EJERCITO DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con punto de acuerdo respecto a la proposición presentada en la sesión del 30 de abril de 2008 relativa a la participación de mexicanos en el ejército de Estados Unidos de América.

ALEJANDRO ORDAZ MORENO

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con punto de acuerdo atinente a la proposición presentada en la sesión del 30 de abril de 2008 relativa al proceso judicial en contra del estudiante mexicano Alejandro Ordaz Moreno, en la Ciudad de Sevilla, España.

CESAR CHAVEZ

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con punto de acuerdo referente a la proposición presentada en la sesión del 30 de abril de 2008 relativa al nacimiento de César Chávez, luchador por los derechos de los trabajadores agrícolas.

DESTRUCCION DE PILAS Y BATERIAS

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con punto de acuerdo sobre la proposición presentada en la sesión del 30 de abril de 2008 relativa a la expedición de una Norma Oficial Mexicana que regule la disposición final de pilas y baterías importadas o fabricadas en México.

ESTADO DE GUANAJUATO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo referente a la proposición presentada en la sesión del 30 de abril de 2008 respecto a que la empresa Química Central de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, retire de sus instalaciones residuos de cromo que contaminaron el suelo y el agua de los Pueblos del Rincón, Guanajuato.

ACUERDO NACIONAL POR LA SEGURIDAD, LA JUSTICIA Y LA LEGALIDAD

Dictamen de la Comisión de Justicia con punto de acuerdo atinente a la proposición presentada en la sesión del 19 de septiembre de 2006 relativa al Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, a fin de combatir la delincuencia organizada y la ola de violencia y ejecuciones que aquejan a la sociedad mexicana.

AUMENTO SALARIAL - CONTROL DE PRECIOS

Dictamen de la Comisión de Economía con punto de acuerdo respecto a la proposición presentada en la sesión del 13 de marzo de 2007 para exhortar al Ejecutivo federal decretar un aumento salarial y a establecer un control de precios sobre diversos productos de la canasta básica.

DERECHOS DE MIGRANTES

Dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo sobre la proposición presentada en la sesión del 29 de abril de 2008 relativa a la defensa de los derechos de los migrantes, específicamente las marchas, mítines y eventos de las organizaciones promigrantes, como la marcha del Día Internacional del Inmigrante cada año en los Estados Unidos de América.

DERECHO DE MEXICANOS EN PLAYAS FEDERALES

Dictamen de las Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo sobre la proposición presentada en la sesión del 30 de abril de 2008 relativa a la firma de un acuerdo de coordinación con los gobiernos estatales y organismos municipales de turismo, para garantizar y hacer valer el derecho de los mexicanos para gozar del acceso a las playas federales.

CANAL TODO AMERICANO

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con punto de acuerdo referente a la proposición presentada en la sesión del 30 de abril de 2008 para exhortar a las secretarías de Relaciones Exteriores y de Medio Ambiente y Recursos Naturales a mantener informada y actualizada a esta Soberanía de los avances y medidas implementadas por México a consecuencia del revestimiento del Canal Todo Americano.

PROGRAMA TOLERANCIA CERO

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con punto de acuerdo sobre la proposición presentada en la sesión del 30 de abril de 2008 para exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores a revisar e investigar la aplicación del Programa Tolerancia Cero en los Estados Unidos de América.

ESTADO DE COAHUILA

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social con punto de acuerdo atinente a la proposición presentada en la sesión del 26 de septiembre de 2007 para exhortar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en conjunto con la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, trasladen al estado de Coahuila al área geográfica A.

LANGOSTA CENTROAMERICANA

Dictamen de las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo respecto a la proposición presentada en la sesión del 26 de septiembre de 2007 para exhortar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a desarrollar e implementar una alternativa ambiental, económica y tecnológicamente viable para el control de la plaga de langosta centroamericana.

CONDUCCION DE AGUA POTABLE

Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con punto de acuerdo sobre la proposición presentada en la sesión del 13 de diciembre de 2007 para exhortar a los gobernadores de los estados y al jefe de Gobierno del Distrito Federal a especificar, a través de las comisiones de aguas de sus entidades federativas, el uso preferente de tuberías de acero de fabricación nacional tanto en los proyectos de obra como en las licitaciones correspondientes, referentes a líneas de conducción de agua.

INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACION

Dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo respecto a la proposición presentada en la sesión del 9 de octubre de 2008 por la que se solicita reorientar el destino del cobro del derecho de no inmigrante en un cien por ciento al Instituto Nacional de Migración para fortalecer sus servicios.

QUESOS DUROS Y SEMIDUROS

Dictamen de la Comisión de Economía con punto de acuerdo referente a la proposición presentada en la sesión del 27 de noviembre de 2008 por la que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Economía considere la modificación al decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, para que los quesos duros y semiduros se exenten de dicho impuesto.

FRONTERA NORTE

Dictamen de la Comisión de Economía con punto de acuerdo respecto a la proposición presentada en la sesión del 9 de diciembre de 2008 por la que se exhorta al Ejecutivo federal a implementar políticas, programas y acciones para dinamizar el desarrollo integral y sustentable de la región fronteriza norte.

Se aprueban en conjunto los anteriores 18 dictámenes, comuníquense.

PERMISO PARA PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Segunda lectura de tres dictámenes de la Comisión de Gobernación con proyectos de decreto, que conceden permiso a 10 ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas.

DESEMPEÑAR EL CARGO DE CONSUL HONORARIO

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Mario de Jesús Riestra Venegas para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Panamá en la Ciudad de Puebla, con circunscripción consular en el estado de Puebla.

PERMISO PARA PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que concede permiso a cinco ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas, respectivamente.

Se aprueban en conjunto los anteriores cinco proyectos de decreto. Pasan a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

PRODUCTOS HECHOS EN MEXICO

Se recibe del diputado Joaquín Jesús Díaz Mena proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Economía a realizar una campaña de promoción en los medios de comunicación que fomente el consumo de productos hechos en México para evitar la pérdida y apoyar a las empresas mexicanas ante la actual crisis económica. Se turna a la Comisión de Economía.

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

Se recibe del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes se entregue a esta soberanía un diagnóstico integral del estado que guarda la autopista Tijuana-Ensenada. Se turna a la Comisión de Transportes.

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

Se recibe del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes instale una plaza de cobro auxiliar en la autopista Tijuana-Ensenada. Se turna a la Comisión de Transportes.

PRECIO DE GASOLINA Y DIESEL

Se recibe de la diputada Mónica Fernández Balboa y César Duarte Jáquez proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a utilizar el ``subsidio'' previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 para reducir el precio de la gasolina y el diesel. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

CIUDADANOS VASCOS EXTRADITADOS

Se recibe del diputado Humberto Zazueta Aguilar proposición con punto de acuerdo relativo a los derechos humanos de los ciudadanos de origen vasco que fueron procesados y extraditados por México. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos.

ESTADO DE CHIAPAS

Se recibe del diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso del Estado de Chiapas a desaforar al ciudadano Renán Galán Gómez, presidente municipal de Huehuetán, Chiapas, para que enfrente las acusaciones penales en su contra. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

CAMBIO CLIMATICO

Se recibe de diputados integrantes de las comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales proposición con punto de acuerdo relativo al cambio climático en materia de salud. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

ESTADO DE SONORA

Se recibe del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal proposición con punto de acuerdo relativo al cumplimiento de la Recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos 45/2006, dirigida al gobernador del estado de Sonora, con motivo del fallecimiento del niño Ismael Mondragón Molina en el hospital infantil de esa entidad. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos.

MAIZ TRANSGENICO

Se recibe del diputado Carlos Roberto Martínez Martínez proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno federal para que a través de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como su organismo sectorizado Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a realizar las acciones correspondientes en materia de bioseguridad de organismos genéticamente modificados, ante la detección de contaminación de maíz nativo por maíz transgénico. Se turna a la Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Ciencia y Tecnología, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

CARTERA VENCIDA

Se recibe del diputado Daniel Dehesa Mora proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implementar un programa de rescate y reestructuración de la cartera vencida de pequeños consumidores y ahorradores para reactivar la economía nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

Se recibe del diputado Erick López Barriga solicitud de excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que dictamine iniciativa con proyecto decreto que reforma y adiciona el Código Fiscal de la Federación.

LEY PARA CONSERVAR LA NEUTRALIDAD DEL PAIS

Se recibe del diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera solicitud de excitativa a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Gobernación para que dictaminen iniciativa con proyecto decreto que reforma la Ley para Conservar la Neutralidad del País.

El Presidente excita a las comisiones mencionadas para que emitan el dictamen correspondiente.

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión.


Presidencia del diputado César Duarte Jáquez



ASISTENCIA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de la Presidencia el resultado del registro de asistencia de diputadas y diputados.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 279 diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez (a las 11:57 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo

Presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LX Legislatura.

Orden del día

Martes 10 de marzo de 2009.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal invita a la ceremonia cívica que, con motivo del 684 aniversario de la fundación de México Tenochtitlán, tendrá lugar el 13 de marzo a las 10:00 horas.

Del Gobierno del Estado de Nuevo León.

De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

De la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional.

Licencia del diputado Jorge Emilio González Martínez .

Reincorporación de los diputados Jesús Alcántara Núñez , José Antonio Saavedra Coronel y Alejandro Olivares Monterrubio .

Protestas de diputados.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Mesa Directiva

Por el que se autoriza la celebración de una sesión solemne en conmemoración del quincuagésimo aniversario de la expedición del libro de texto gratuito. (Votación)

Oficio de la Secretaría de Gobernación

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente.

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que remite iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, presentada por el senador Carlos Lozano de la Torre , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con el que remite solicitud de excitativa a las Comisiones Unidas de Economía, de Gobernación, y de Desarrollo Rural, para que dictamine la minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción XVIII del artículo 40 y adiciona la fracción XIX al artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la fracción XXII del artículo 35 y se adicionan las fracciones XXIII y XXIV al artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y los artículos 94, 98 y 99 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el senador Ramiro Hernández García , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

En el que se transcribe punto de acuerdo por el que la Cámara de Senadores solicita a la Cámara de Diputados, en los términos del artículo 72 constitucional, que proceda con la mayor brevedad a la votación y discusión de la minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 75, 115, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que le fue remitida para sus efectos constitucionales. (Turno a Comisión)

Posicionamiento relativo al día Internacional de la Mujer, a cargo de los grupos parlamentarios.

Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Elsa Guadalupe Conde Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Alternativa. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 1o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por los diputados Jesús Sesma Suárez y Manuel Salvador Salgado Amador , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 297 y 304 de la Ley del Seguro Social y el 67 del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Miguel Ángel González Salum , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, suscrita por diputados integrantes de las Comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de la Función Pública. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Leonardo Magallón Arceo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 170 Bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 7 de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, a cargo del diputado César Duarte Jáquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, a cargo del diputado Javier González Garza , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General de Población, a cargo del diputado Alfonso Izquierdo Bustamante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y expide la Ley Federal de Austeridad, a cargo de la diputada Valentina Batres Guadarrama , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General que Regula la Utilización de Videocámaras en materia de Seguridad Pública y reforma el artículo 206 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Miguel Ángel Macedo Escartín , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 8 Bis a la Ley de Energía para el Campo, a cargo del diputado Alejandro Martínez Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 27 Bis y 279 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Andrea Ramírez Zollino, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General para la Promoción de la Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal, a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez y suscrita por diversas diputadas del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 7, 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 8 de la Ley de Planeación, suscrita por los diputados José Jesús Reyna García y Mauricio Ortiz Proal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza y suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 7 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Ana Elisa Pérez Bolaños , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 201 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Beatriz Collado Lara , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados José Jesús Reyna García y Mauricio Ortiz Proal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 84, 130 y 132 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona tres artículos transitorios al decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, a cargo de la diputada Valentina Batres Guadarrama , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Banco de México, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 280 Bis al Código Penal Federal, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Grupo Parlamentario del partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 24 de la Ley de Puertos, a cargo del diputado Manuel Cárdenas Fonseca , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 7 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, a cargo del diputado Juan Victoria Alva , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Enrique Serrano Escobar , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, a cargo del diputado Joel Guerrero Juárez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 35 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y adiciona los artículos 248 Ter, 248 Quáter y 248 Quintus al Código Penal Federal, suscrita por los diputados Gerardo Octavio Vargas Landeros y Raúl Cervantes Andrade , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Holly Matus Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 74 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Antonio Almazán González , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Edmundo Ramírez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 76 Bis a la Ley General de Vida Silvestre, a cargo de la diputada Andrea Ramírez Zollino, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 16 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Manuel Cárdenas Fonseca , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Alberto García González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5 Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, a cargo del diputado Jericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 12 y adiciona un artículo 13 Bis a la Ley de Ahorro y Crédito Popular, a cargo de la diputada Silvia Luna Rodríguez , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Leonardo Magallón Arceo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 40 y 44 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Jesús Ricardo Morales Manzo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Jericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 24 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Ma. de los Ángeles Jiménez Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Miguel Ángel Peña Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Javier Martín Zambrano Elizondo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Miguel Ángel Peña Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona el inciso m) a la fracción I del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.

De la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que adiciona la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley Orgánica de Nacional Financiera.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

De la Comisión de la Función Pública, con proyecto de decreto que expide la Ley para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 41 de la Ley General de Educación.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Juventud y Deporte, con proyecto de decreto que reforma los artículos 53 y 55, fracción V, y deroga el último párrafo del artículo 55 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

De las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que reforma el inciso K) del artículo 28 y adiciona un tercer párrafo, recorriéndose el actual para pasar a ser cuarto, al artículo 29 de la Ley de Asistencia Social.

De la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma los artículos 61, 71, 79 y 81 y adiciona los artículos 81 Bis y 89 Bis de la Ley de Aviación Civil.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código de Comercio y de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

De las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Justicia, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 153 Bis, 153 Bis 1, 153 Bis 2, 153 Bis 3, 153 Bis 4 al Titulo Cuarto, Capítulo VI, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y se reforma el primer párrafo del artículo 414 del Código Penal Federal.

De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social.

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona tres párrafos al artículo 33 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Hanin Frangie Beltrán, Patricia Silvya Long Whitehouse, Mario Lorenzo Gutiérrez Ocampo, Daniel Arturo Jaime Ayala, David Hedilberto Gutiérrez González, Josefina Idalia Mozqueda Torres y Eligio López de la Cruz para prestar servicios en las Embajadas de Canadá y de Estados Unidos de América en México y en sus Consulados en Nogales, Sonora y Nuevo Laredo, Tamaulipas, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Bárbara Selene Corchado Rivera y Albert Daman Agraz para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en su Consulado en Guadalajara, Jalisco respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Giancarla Calia Cerrillo para prestar servicios en la Embajada de la India en México.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Mario de Jesús Riestra Venegas, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Panamá en la ciudad de Puebla, con circunscripción consular en el estado de Puebla.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Laurence Olivia Pantin, para prestar servicios en la Embajada de Francia en México; Erika Alejandra Hernández Victoria y Salvador Sánchez Colón, para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México; David Oliver González Bravo y Moisés Medrano González, para prestar servicios en el Consulado de Estados Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo relativos a la liberación de Clara Rojas y Consuelo González, por parte de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo relativos a la participación de mexicanos en el ejército de Estados Unidos de América.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo relativos al Proceso Judicial en contra del estudiante mexicano Alejandro Ordaz Moreno, en la ciudad de Sevilla, España.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo relativo a la conmemoración del natalicio de César E. Chávez.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la expedición de una norma oficial mexicana que regule la disposición final de pilas y baterías importadas o fabricadas en México.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo relativos a la empresa Química Central de México, SA de CV, para que retire de sus instalaciones residuos de cromo que contaminaron el suelo y el agua de los Pueblos del Rincón.

De la Comisión de Justicia, con punto de acuerdo relativo al Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, a fin de combatir la delincuencia organizada y la ola de violencia y ejecuciones que aquejan a la sociedad mexicana.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a decretar un aumento salarial y a establecer un control de precios sobre diversos productos de la canasta básica.

De la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con punto de acuerdo relativo a la defensa de los derechos de los migrantes y específicamente a las marchas, mítines y eventos de las organizaciones pro-migrantes.

De las Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la firma de un acuerdo de coordinación con los gobiernos estatales y organismos municipales de turismo para garantizar y hacer valer el derecho de los mexicanos para gozar del acceso a las playas federales.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo para exhortar a las secretarías de Relaciones Exteriores, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales a mantener informada y actualizada a esta soberanía de los avances y medidas implementadas por México a consecuencia del revestimiento del canal Todo Americano.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores a revisar e investigar la aplicación del programa Tolerancia Cero en Estados Unidos de América.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a la Comisión Nacional de Salarios Mínimos a trasladar el estado de Coahuila al área geográfica A.

De las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a la Sagarpa, la Semarnat y la Profepa a desarrollar e implementar una alternativa ambiental, económica y tecnológicamente viable para el control de la plaga de langosta centroamericana.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo para exhortar a los gobernadores de los estados y al jefe de Gobierno del Distrito Federal a especificar, a través de las comisiones de aguas de sus entidades federativas, el uso preferente de tuberías de acero de fabricación nacional tanto en los proyectos de obra como en las licitaciones correspondientes, referentes a líneas de conducción de agua.

De la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión de Hacienda y Crédito Público que considere reorientar el destino del cobro del derecho de no inmigrante en un 100 por ciento al Instituto Nacional de Migración.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a considerar a través de la Secretaría de Economía la modificación del decreto por el que se establece el impuesto general de importación para región fronteriza y la franja fronteriza norte del 31 de diciembre del 2002, para que la fracción arancelaria 0406.90.04 relativa a los quesos duros y semiduros sea exento de este impuesto.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo para exhortar al Poder Ejecutivo federal a crear e implementar políticas, programas y acciones de gobierno encaminadas a dinamizar el desarrollo integral y sustentable de la región fronteriza norte.

Dictámenes negativos de iniciativas

De las Comisiones Unidas de Justicia y de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona un artículo 43 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

De la Comisión de Justicia, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 201 Bis del Código Penal Federal.

De la Comisión de Justicia, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona al Código Penal Federal un artículo 261 Bis al Capítulo I del Título Décimo Quinto y al Código Federal de Procedimientos Penales un numeral 35 a la fracción I del artículo 194.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona el Título Segundo Bis en el Libro Quinto del Código de Comercio.

De la Comisión de Defensa Nacional, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma la fracción V del artículo 24, el primer párrafo del artículo 30 y deroga el numeral 45 de la ``segunda categoría'' del artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

De las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona un inciso H) a la fracción I del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo y un artículo 21 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción LVI del artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales.

De la Comisión de Asuntos Indígenas, con punto de acuerdo que desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2 bis de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y expide la Ley sobre Protección de los Derechos de los Emigrantes Mexicanos y de los Extranjeros en Territorio Nacional.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud.

De las Comisiones Unidas de Justicia y de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo que desecha la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 169 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo que desecha la minuta proyecto de decreto que expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental y deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo que desecha la minuta proyecto de decreto que adiciona las fracciones XXXV y XXXVI al artículo 3; XXI al artículo 5; XXI al artículo 7; XVI al artículo 8, XXI al artículo 15 y VI al artículo 22 Bis, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Economía a realizar una campaña de promoción en los medios de comunicación para fomentar el consumo de productos hechos en México, a fin de evitar la pérdida y apoyar a las empresas mexicanas ante la actual crisis económica, a cargo del diputado Joaquín Jesús Díaz Mena , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a entregar a esta soberanía a través de la SCT un diagnostico integral del estado que guarda la autopista Tijuana-Ensenada, a cargo del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instalar a través de la SCT una plaza de cobro auxiliar en la autopista Tijuana-Ensenada, a cargo del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal utilizar a través de la SCHP el subsidio previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, a fin de reducir el precio de la gasolina y el diesel, suscrito por los diputados Mónica Fernández Balboa y César Duarte Jáquez, Integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional, respectivamente. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a los derechos humanos de los ciudadanos de origen vasco que fueron procesados y extraditados por México, suscrito por los diputados Humberto Zazueta Aguilar y José Jacques y Medina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Chiapas a desaforar al ciudadano Renán Galán Gómez, presidente municipal de Huehuetán, Chiapas, a fin de que enfrente las acusaciones penales en su contra, a cargo del diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al cambio climático en materia de salud, suscrita por diputados integrantes de las Comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la publicación de la NOM-046-SSA2-2005. ``Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención'', a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los tres poderes del estado de Chihuahua a respetar el fuero constitucional del legislador local Roberto Lara, a cargo del diputado Carlos Armando Reyes López , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a las compras anticipadas de la cosecha de maíz del ciclo primavera-verano en el estado de Sinaloa, a cargo del diputado Juan Guerra Ochoa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a investigar a través de la CNBV y de la Condusef las irregularidades en las que han incurrido diversas instituciones de crédito en la zona fronteriza, respecto a cuentas de cheques en dólares, a cargo del diputado Enrique Serrano Escobar , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a diseñar y aprobar, en coordinación con el Congreso de la Unión, un plan de distribución del gasto público que amortigüe los efectos negativos de la recesión económica en el país, a cargo del diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de las Secretarías de Economía y de Trabajo y Previsión Social a implantar un plan integral que reactive la economía, frene el desempleo e impulse la ocupación en el país, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se invita a comparecer a los titulares de la Conagua y de la CFE, para que informen sobre diversas acciones que en materia hidráulica se realizan en el estado de Tabasco, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de Poder Ejecutivo federal a mantener a través de la SHCP, de manera temporal, el impuesto empresarial a tasa única en 16.5%, en tanto se reactiva la economía del país, a cargo del diputado José Rosas Aispuro Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCJN que nombre comisionados especiales para que averigüen los hechos que constituyen graves violaciones de las garantías individuales de la población que permanente o temporalmente reside o habita en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Dora Alicia Martínez Valero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades del estado de Durango a resolver el problema de drenaje y agua contaminada en el municipio de Poanas, en específico en Villita de San Atenógenes, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a considerar a través de la Sener y de Pemex la construcción dentro del estado de Tamaulipas de la nueva refinería prevista en el Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura, a cargo del diputado Carlos Alberto García González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del gerente estatal de Correos de México en Chiapas, a fin de que informe sobre las anomalías relativas a la violación a los paquetes con faltantes de peso y contenido, denunciadas por la ciudadana Mercedes Chacón Magchun, en la ciudad de Comitán de Domínguez, Chiapas, a cargo del diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a modificar las reglas de operación de la Sagarpa, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 31 de diciembre de 2008 y eliminar el Comité Técnico Nacional, a cargo del diputado Héctor Padilla Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la titular de la Sener a informar a esta soberanía sobre los aerogeneradores instalados en el istmo de Tehuantepec, Oaxaca, a cargo del diputado Humberto López Lena Cruz , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, al secretario del Trabajo y Previsión Social y al secretario de Hacienda y Crédito Público a otorgar un aumento salarial de emergencia, tanto a los salarios mínimos generales como a los contractuales y a los de los trabajadores al servicio del Estado, a cargo del diputado José Antonio Almazán González , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir las disposiciones reglamentarias y administrativas señaladas en el decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de julio de 2008, a cargo del diputado Eduardo Sánchez Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a los programas y centros de estudios de género en las instituciones de educación superior nacionales y estatales, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados que exhorte al Consejo General del IFE a unificar criterios o, en su caso, establecer reglas claras y que éstas se cumplan a cabalidad en cuanto la difusión y utilización de los logros de los programas sociales en la publicidad por cualquier medio de comunicación de las campañas electorales por parte de los partidos políticos, a cargo de la diputada Guillermina López Balbuena , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Infonavit a cesar el hostigamiento contra sus derechohabientes y replantear opciones de pago que respeten los derechos de seguridad y previsión social que rigen en la materia, a cargo de la diputada Mónica Fernández Balboa , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la CFE a investigar la legalidad de los procesos internos y los trámites que se requieren a los usuarios para la celebración de convenios, a cargo de la diputada Dolores de María Manuell-Gómez Ángulo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del titular de la SHCP y del gobernador del Banco de México para que informen sobre las medidas tomadas para detener la depreciación de la moneda nacional y atenuar la actual crisis financiera, a cargo del diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Dirección General del IMSS a ampliar el cuadro de medicamentos disponible en las unidades médicas, así como de los materiales que permitan una atención adecuada y pertinente en caso de urgencias, tratamiento y curaciones de los derechohabientes, a cargo del diputado Ramón Barajas López , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a brindar a través de la Segob y del Instituto Nacional de Migración mayor seguridad en las rutas de migrantes y elaborar una base de datos con los nombres de los centroamericanos que fallecen en territorio nacional, a cargo del diputado Alejandro Chanona Burguete , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a destinar a través de la Sagarpa una partida presupuestal extraordinaria para sufragar los rezagos técnicos y materiales de la producción pesquera artesanal en todos y cada uno de los puertos, costas y zonas pesqueras de nuestro país, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar acciones inmediatas que eviten el alza en el precio del diesel, a cargo de la diputada Elizabeth Morales García , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo local y al Congreso del estado de Oaxaca a realizar las acciones correspondientes a fin de derogar el cobro del impuesto por reemplacamiento vehicular a los habitantes de dicha entidad, a cargo del diputado José Francisco Melo Velázquez , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que a través de la Sagarpa y de la Conapesca aplique un plan de rescate para las zonas afectadas por la plaga del pez plecos, en el estado de Tabasco, suscrito por los diputados Silbestre Álvarez Ramón y Carlos Orsoe Morales Vázquez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instruir a los responsables de las dependencias competentes, de manera destacada a la SHCP y a la Sedesol, para que pongan en marcha acciones que blinden los programas sociales con el fin de enfrentar la actual crisis económica mundial, a cargo de la diputada Mónica Fernández Balboa , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a atraer a través de la PGR, por conducto de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas, la denuncia presentada por el periodista Carlos Javier Velazco Molina, debido a las agresiones sufridas en el estado de Oaxaca, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que apruebe una partida presupuestaria para el ejercicio fiscal 2010 destinada a atender los problemas de expropiación de los ejidos colindantes con la reserva de la biosfera de los Tuxtlas, a cargo del diputado Nemesio Domínguez Domínguez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR y al Director del Fonatur a reivindicar el dominio directo del ex convento de Santa Catarina de Sena, Oaxaca, debido a que por mandato constitucional es patrimonio de la nación, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe de Gobierno del Distrito Federal y demás autoridades competentes a realizar las gestiones correspondientes para el cierre definitivo del relleno sanitario Bordo Poniente, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al juez tercero en materia penal Miguel Hernández Bautista a observar, en la sentencia que dicte a la ciudadana Magdalena García Soto, la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, suscrita por los diputados Camerino Eleazar Márquez Madrid y Daisy Selene Hernández Gaytán , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SSP a implementar un programa integral en materia de derechos humanos que comprenda lineamientos de respeto, protección, garantía y promoción de los mismos, a cargo de la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a reducir y mantener a través de la SHCP el precio del diesel y alcance acuerdos sobre tarifas, a cargo del diputado Rafael Franco Melgarejo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para condenar el antisemitismo, el racismo y otras formas de discriminación y agresión racial y de manera especial el ataque a la sinagoga Maripérez en Caracas, Venezuela, el 30 de enero de 2008, suscrita por los diputados Javier Calzada Vázquez y José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública a llevar a cabo un análisis del impacto de la crisis en los ingresos y niveles de gasto y proponer las modificaciones y reorientaciones que deben hacerse al decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009, a cargo de la diputada Valentina Batres Guadarrama , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a realizar estudios sobre el límite de velocidad establecido en las autopistas del país, a cargo del diputado Gildardo Guerrero Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de que la Cámara de Diputados brinde un reconocimiento público al general Raúl Esquivel Carvajal, primer superintendente del Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México, a cargo del diputado Rafael Plácido Ramos Becerril , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que solicita la comparecencia del titular de la SCT para que informe sobre el estado que guardan los asuntos del despacho que le ha delegado el Ejecutivo federal, a cargo del diputado Jesús Ramírez Stabros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a los titulares de la SHCP y de la PGR que informen a esta soberanía sobre la capitalización que diversos bancos han efectuado, así como las repercusiones jurídicas al respecto, a cargo del diputado Manuel Cárdenas Fonseca , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del titular del INAH, para que informe respecto de los problemas referidos a su gestión como director de dicho Instituto, suscrito por los diputados Aurora Cervantes Rodríguez y José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se invita al gobernador del Banco de México a informar a esta soberanía sobre las políticas de compra-venta de dólares que dicha Institución ha efectuado durante los últimos meses, a cargo del diputado Jesús Alcántara Núñez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo al cumplimiento de la recomendación de la CNDH 45/2006, dirigida al gobernador del estado de Sonora, con motivo del fallecimiento del niño Ismael Mondragón Molina en el hospital infantil de esa entidad, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe del Gobierno del Distrito Federal a informar sobre las diversas irregularidades existentes en las casas hogar que operan en la Ciudad de México, a cargo del diputado Eduardo Sánchez Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a establecer un programa orientado al peligro y el uso irresponsable de redes socializadoras de Internet, a cargo del diputado Miguel Ángel Macedo Escartín , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCT y a Telecomunicaciones de México que informen a esta soberanía sobre el estado en que se encuentran o terminaron los contratos de seguros de vida o de retiro de Aseguradora Hidalgo, hoy Met Life, contratados en 1975 y subsecuentes para los trabajadores y ex trabajadores de Telecomm, a cargo del diputado Othón Cuevas Córdova , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a revisar a través de la SRE, de la SEGOB, de la SHCP, de la STPS y de la Ssa las condiciones en que opera el comité técnico del Fideicomiso que Administra el Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, a cargo del diputado Alberto Amaro Corona , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe de Gobierno del Distrito Federal a ordenar el retiro de los sellos de suspensión de actividades de las obras del paso a desnivel en Ferrocarril de Cuernavaca y Ejército Nacional, en la delegación Miguel Hidalgo, a cargo de la diputada María Gabriela González Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía manifiesta su enérgica desaprobación a las declaraciones de la titular de la SRE en las que señala los estados de Baja California, Chihuahua y Sinaloa como la meca y zonas exclusivas del país afectados por la violencia y la inseguridad pública, a cargo del diputado Enrique Serrano Escobar , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Titular de la STPS a vigilar y ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales necesarias para la protección de los trabajadores de la construcción en diversos tramos carreteros de la autopista Durango-Mazatlán, a cargo del diputado Manuel Cárdenas Fonseca , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a aplicar a través de la SCT y de la Semarnat las medidas necesarias para que en la construcción y operación del puerto de Punta Colonet se salvaguarde de contaminación lumínica al cielo nocturno del estado de Baja California, a cargo del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a investigar sobre los temas abordados en las conversaciones del titular de la SCT y hacer públicos los resultados de ellas, a fin de fincar responsabilidades y sancionar al culpable; asimismo, a investigar el desempeño como funcionaria del gobierno federal de la licenciada Purificación Carpinteyro, a cargo del diputado Jesús Ramírez Stabros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador, al Congreso local y al órgano de fiscalización del estado de Puebla para que rindan información relacionada con la Fiscalía Especial contra Pederastas, a cargo de la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a crear una unidad de género dentro de la estructura administrativa de la Comisión, a cargo de la diputada Holly Matus Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente al gobierno federal realizar a través de la Cibiogem, de la Sagarpa y de la Semarnat, así como de la Profepa las acciones en materia de bioseguridad de organismos genéticamente modificados, ante la detección de contaminación de maíz nativo por maíz transgénico, a cargo del diputado Carlos Roberto Martínez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que suspenda la aplicación del horario de verano en tanto no se demuestren la disminución anual del consumo de electricidad y el ahorro acumulado desde su establecimiento, a cargo del diputado Juan Darío Lemarroy Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa de rescate y reestructuración de la cartera vencida de pequeños consumidores y ahorradores, a fin de reactivar la economía nacional, a cargo del diputado Daniel Dehesa Mora , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INEGI a presentar a esta soberanía los resultados obtenidos en VIII Censo Agropecuario 2007, a cargo del diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés , del Grupo Parlamentario de Alternativa. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a llevar a cabo las gestiones para que el humedal La Lagunita de El Naranjo, en el Municipio de Ensenada, Baja California, sea decretado área natural protegida e inscrito en la lista de sitios Ramsar, suscrito por los diputados Lucía Susana Mendoza Morales y Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a adoptar las medidas para que la SHCP otorgue un 10 por ciento de subsidio directo a la tarifa de cobertura que los distribuidores de gas natural contrataron con Pemex, a cargo del diputado Enrique Serrano Escobar , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR a integrar la averiguación previa para determinar la probable comisión de delitos cometidos por Luis Manuel Enrique Téllez Kuenzler, así como por los involucrados en los hechos, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del gobernador del Banco de México para que informe respecto de la cantidad de dólares que se han vendido a instituciones de crédito, en apoyo de la divisa mexicana, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza y suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los tres órdenes de gobierno a señalar en los atlas o mapas de riesgo que los derechos de vía, las vías férreas, patios de maniobra y estaciones del sistema ferroviario mexicano, son zonas de alto riesgo y se tomen las medidas apropiadas, a cargo del diputado Santiago López Becerra , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a adecuar una nueva fórmula que fije una tarifa eléctrica especial, destinada al consumo de los inmuebles donde se practican actos de culto público, a cargo del diputado José Luis Blanco Pajón , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sedesol a participar con las diversas organizaciones sociales, empresariales, educativas y con la sociedad en el establecimiento de programas que ayuden a solucionar la problemática de los niños de la calle en el estado de Oaxaca, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implementar una política de diseño integral, a efecto de impulsar la competitividad de las empresas y la generación de empleos, suscrito por integrantes de las Comisiones Especial de prospectiva para la definición del futuro de México, y de Economía. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a agilizar a través de la Semarnat el trámite de autorización en materia de impacto ambiental de los proyectos de infraestructura carretera, ferroviaria y otros, aprobados en el PEF 2009, a cargo del diputado Luis Xavier Maawad Robert , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la CNDH que realice una investigación a los centros de capacitación policiaca federales y estatales en el ámbito de su competencia, a cargo del diputado Miguel Ángel Macedo Escartín , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar a través de las dependencias correspondientes cursos y talleres de información a nuestros migrantes con oportunidad de invertir, para dar a conocer los programas en que pueden participar de manera productiva en función del potencial y vocación productiva de sus regiones de origen, a cargo del diputado Miguel Rivero Acosta , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la SEP a incrementar el presupuesto para el establecimiento de programas que ayuden a asociaciones para solucionar la problemática de los niños de la calle en el estado de Oaxaca, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del Poder Ejecutivo de las treinta y una entidades federativas y del Distrito Federal a reducir la tasa del impuesto sobre nóminas, a cargo del diputado Fidel Antuña Batista , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a los incrementos en el pago del consumo de energía eléctrica, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a evitar que se incrementen los costos del peaje en las autopistas del país, a cargo del diputado Gustavo Fernando Caballero Camargo , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a modificar, dentro del ámbito de sus facultades, el acuerdo de fecha 25 de septiembre de 2000, relativo a la vigencia de placas de todos los vehículos que circulan en territorio nacional, a cargo del diputado Humberto López Lena Cruz . (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe de Gobierno del Distrito Federal a ordenar el retiro de los sellos de suspensión de actividades del paso a desnivel en Ferrocarril de Cuernavaca y Ejército Nacional, Delegación Miguel Hidalgo, a cargo de la diputada María Gabriela González Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la solicitud de diversa información al secretario de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal, suscrito por las diputadas María Gabriela González Martínez y Rosaura Denegre Vaught Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la solicitud de diversa información al Secretario de Obras del Gobierno del Distrito Federal, suscrito por las diputadas María Gabriela González Martínez y Rosaura Denegre Vaught Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT sobre el canje de placas para los ejercicios fiscales de 2009 a 2012, suscrita por los diputados Fidel Antuña Batista , Federico Bernal Frausto y Carlos Armando Reyes López , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las treinta y una entidades federativas y del Distrito Federal a suspender la aplicación del impuesto sobre nóminas, durante el presente año, suscrita por los diputados Carlos Armando Reyes López , Fidel Antuña Batista y Federico Bernal Frausto , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, así como a la CNDH a investigar el homicidio del reportero Paul Ibarra Ramírez y seguir de cerca el intento de homicidio de la periodista Liliana Merchán, respectivamente, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Estado de Oaxaca a firmar el convenio de colaboración para resarcir el daño causado a los socios defraudados por Sacriputla, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada, en cumplimiento de la Ley que Crea el fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, a cargo del diputado Othón Cuevas Córdova , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y suscrito por diputados de diversos grupos parlamentarios. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a aplicar una política exterior basada en los principios de la Doctrina Estrada, a cargo del diputado Edmundo Ramírez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría General de esta soberanía que incluya en el centro de desarrollo infantil Antonia Nava de Catalán a los hijos de las madres trabajadoras que prestan sus servicios de apoyo secretarial a los Grupos Parlamentarios, a cargo del diputado Felipe Díaz Garibay , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implementar políticas y programas de acción que permitan combatir la falta de oportunidades y de empleo que enfrentan los jóvenes al culminar sus estudios profesionales, a cargo de la diputada Aracely Escalante Jasso , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la SEP a flexibilizar, por única vez, los requisitos para que los hijos de inmigrantes mexicanos que han retornado a territorio nacional durante los últimos cuatro meses puedan acceder fácilmente a la educación en los diversos grados educativos y planteles oficiales del país, a cargo del diputado José Nicolás Morales Ramos , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Excitativas

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Érick López Barriga, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Gobernación, a solicitud del diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Agenda política

Relativa a la situación poselectoral en el estado de Hidalgo, a cargo del diputado Miguel Ángel Peña Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Efeméride

Relativa al Día de la Bandera, por celebrarse el 24 de febrero, a cargo del diputado Víctor Manuel Lizárraga Peraza , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Ciudadano presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves cinco de marzo de dos mil nueve, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

Presidencia del diputado César Duarte Jáquez

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a las 11 horas con 59 minutos del jueves 5 de marzo de 2009, con la asistencia de 310 diputadas y diputados, el Presidente declara abierta la sesión.

En sendas votaciones económicas, la asamblea dispensa la lectura del orden del día, del acta de la sesión anterior y de la misma manera la aprueba.

Se remiten a los promoventes las siguientes contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente enviadas por:

a) Los gobiernos de los estados de:

• Coahuila, relativo a las reformas compatibles con la Convención Internacional de los Derechos de los Niños y la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
• México, relativo a la detención de autobuses de manifestantes de la colonia Villa de las Flores, municipio de Coacalco.

b) Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación, relativo a las gestiones de donación de los inmuebles que ocupan diversas estaciones de ferrocarril de Yucatán y Quintana Roo.

La Junta de Coordinación Política:

a) Comunica la baja del diputado Humberto López Lena, como integrante de las comisiones de Radio, Televisión y Cinematografía; Medio Ambiente y Recursos Naturales y Especial para dar seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación. De enterado.

Pone a consideración de la asamblea:

• La baja de la diputada Lorena Martínez Rodríguez , como integrante de la Comisión de Salud y su alta como secretaria.
• La baja del diputado Joel Guerrero Juárez , como secretario de la Comisión de Salud.
• El alta del diputado Joel Guerrero Juárez , como secretario de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
• El alta del diputado Miguel Rivero Acosta , como secretario de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

La Junta de Coordinación Política remite acuerdo por el que exhorta a los tres niveles de gobierno a establecer mecanismos de diálogo que deriven de un proyecto integral en beneficio de los habitantes del municipio de San José de Gracia, en el estado de Aguascalientes. En votación económica, se aprueba. Comuníquese.

La Cámara de Senadores remite:

a) Iniciativas con proyecto de decreto que:

• Adiciona el artículo 2-A, fracción V de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por el senador Raúl Mejía González, del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
• Modifica las pautas salariales de los servidores públicos de los Poderes de la Unión, previstas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, suscrita por el senador Carlos Navarrete Ruiz , del Partido de la Revolución Democrática. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

b) Minuta con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio. Se turna a la Comisión de Economía, para los efectos del inciso E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

A las 12 horas con 20 minutos se instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia, con un registro de 357 diputadas y diputados.

En sendas votaciones económicas, la asamblea dispensa la lectura de los siguientes proyectos de decreto:

• De la Comisión de Marina, que reforma la fracción V del artículo 51 de la Ley de Ascensos de la Armada de México. En términos del artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos, se otorga el uso de la tribuna al diputado Marco Antonio Peyrot Solís , del Partido Acción Nacional, para fundamentar el dictamen en nombre de la comisión. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido en lo general y en lo particular. El Presidente declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 313 votos en pro. Pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
• De la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, que reforma el párrafo primero y se adiciona un tercer párrafo al artículo 137 de la Ley General de Población. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido en lo general y en lo particular. El Presidente declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 293 votos en pro, uno en contra y una abstención. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• De Gobernación, que deroga la fracción III Bis del artículo 6 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido en lo general y en lo particular. El Presidente declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 287 votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• De Medio Ambiente y Recursos Naturales, que reforma el artículo 47 Bis, fracción II, inciso h), segundo párrafo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido en lo general y en lo particular. El Presidente declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 282 votos en pro, 1 en contra y ninguna abstención. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Se recibe del diputado Jericó Abramo Masso, del Partido Revolucionario Institucional, en nombre propio y de integrantes de diversos grupos parlamentarios, iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

En sendas votaciones económicas, la asamblea dispensa la lectura de los siguientes dictámenes con proyecto de decreto de las comisiones:

• De Medio Ambiente y Recursos Naturales, que reforma la fracción I y el tercer párrafo del artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. El Presidente declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 304 votos en pro, ninguno en contra y una abstención. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de la Función Pública, que reforma el artículo 38 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. El Presidente declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 299 votos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Presidencia de la diputada Martha Hilda González Calderón

• De Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, que reforma y adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Población. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. La Presidenta declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 290 votos. Pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
• De Seguridad Social, que reforma el primer párrafo del artículo 44 de la Ley del Seguro Social. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. La Presidenta declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 289 votos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• Unidas de Defensa Nacional y de Seguridad Social, que adiciona un artículo Segundo Transitorio al decreto de reformas a la Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 1967. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. La Presidenta declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 291 votos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• De Asuntos Indígenas, que reforma el último párrafo y se adicionan las fracciones III y IV, recorriéndose la actual III para pasar a ser quinta del artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. La Presidenta declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 277 votos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• Unidas de Equidad y Género, de Vivienda, y de Participación Ciudadana, que reforma diversas disposiciones de las Leyes General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, de Vivienda y Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. La Presidenta declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 286 votos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• De Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, que reforma los artículos 39 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. La Presidenta declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 264 votos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• De Justicia, que reforma los artículos 19, 27, tercer párrafo; 28, fracción I, 33, y se adiciona el artículo 87 con un párrafo tercero de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. La Presidenta declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 269 votos. Pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

Presidencia del diputado César Duarte Jáquez

• De Salud, que reforma el artículo 51 y adiciona los artículos 51 Bis 1, 51 Bis 2, 51 Bis 3 de la Ley General de Salud. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. El Presidente declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 265 votos en pro, ninguno en contra y 3 abstenciones. Pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
• De Salud, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones a la Ley General de Salud. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general. El Presidente declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 262 votos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Se recibe de la diputada Claudia Lilia Cruz Santiago , del Partido de la Revolución Democrática, iniciativa con proyecto de decreto que expide el Código Federal de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Se recibe de la diputada María del Carmen Pinete Vargas , del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, relativo al 50 aniversario de la expedición del libro de texto gratuito. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

La Junta de Coordinación Política, pone a consideración de la asamblea:

• El alta del diputado Gustavo Macías Zambrano como secretario de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo y como integrante de las Comisiones de Desarrollo Rural, Asuntos Indígenas, Especial de Ganadería y del Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias.
• La baja del diputado Pedro Armendáriz García como integrante de la Comisión Especial de Ganadería y su alta como Presidente.

En votación económica, la asamblea aprueba los cambios solicitados. Comuníquense.

El Presidente expresa su reconocimiento a la asamblea por la capacidad de concretar acuerdos que hicieron posible la aprobación de los dictámenes presentados durante la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

El Presidente levanta la sesión a las 15 horas con 19 minutos y cita para la próxima que se llevará a cabo el próximo martes 10 de marzo de 2009 a las 11:00 horas.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Proceda la Secretaría poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Ciudadano presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobada el acta. Continúe con las comunicaciones.



SECRETARIA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Diputados Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del 684 aniversario de la fundación de México-Tenochtitlán para el próximo viernes 13 de marzo, a las 10:00 horas, en el monumento erigido en memoria de la fundación de México Tenochtitlán, Pino Suárez sin número, a un costado de la Plaza de la Constitución, Delegación Cuauhtémoc.

Por lo anterior, me permito solicitar a ustedes los nombres de los diputados de esa honorable Cámara de Diputados que asistirán a la ceremonia.

Agradezco las atenciones que se sirvan prestar a la presente y les reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Licenciada María Guadalupe Lozada León, coordinadora.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Para asistir en representación de la Cámara se designa a los diputados Alfonso Suárez del Real y Aguilera, Armando Barreiro Pérezy María Beatriz Pagés Llergo Rebollar. Continúe con la comunicación del gobierno de Nuevo León.



EXPLOTACION SEXUAL INFANTIL

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Gobierno del estado de Nuevo León.--- Poder Ejecutivo.--- Secretaría General de Gobierno.

Diputado Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla , Vicepresidente de la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.--- Presente.

Por acuerdo del gobernador constitucional del estado de Nuevo León, licenciado José Natividad González Parás, me permito dar contestación a su atento oficio número DGPL 60-II-5-2385, recibido el 20 de enero del presente año, mediante el cual hace un exhorto respetuoso para impulsar y promover en el estado modificaciones legislativas que sean acordes con la Convención Internacional de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en diversos temas.

En relación con este particular, me permito comunicarle que respecto a la reforma legal para aumentar la edad para contraer matrimonio e igualarla para los dos géneros, el pasado 10 de febrero del presente año el Consejo de Participación Ciudadana del Instituto Estatal de la Mujeres presentó ante el Congreso local una reforma al artículo 148 del Código Civil del estado, a efecto de aumentar a dieciocho años e igualar la edad de los hombres y mujeres que pretendan contraer matrimonio en la entidad.

Respecto a la propuesta para que los niños sean escuchados en las actuaciones judiciales que los afectan, el estado de Nuevo León tiene una serie de disposiciones legales que contemplan este supuesto. En reforma de abril de 2004 y septiembre de 2006 se modificaron los artículos 170 y 1078 respectivamente del Código de Procedimientos Civiles, a fin de que el juez escuche la opinión de los menores que hayan cumplido 12 años. Asimismo, en el mismo tenor el Código Civil del estado se reformó, según publicación del Periódico Oficial del Estado, en fecha 28 de abril de 2004, en su artículo 415 Bis, y mediante decreto 101 del Congreso del estado, se reformó también el artículo 414 Bis, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 4 de julio de 2007.

En cuanto a prohibir que a los niños, niñas y adolescentes se les impongan castigos corporales, el estado de Nuevo León contempla en el artículo 423 del Código Civil, un precepto que fue modificado desde enero de 1997, omitiendo el término ``castigar'', otorgando facultades a 105 jueces de tomar medidas para evitar que un menor sea maltratado por quienes ejercen sobre él la patria potestad o lo tengan bajo su custodia.

Lo relativo a que debe existir una legislación que combata la explotación sexual infantil, la trata y secuestro de niños, niñas y adolescentes, en la entidad existen diversos delitos previstos en el Código Penal para el Estado de Nuevo León que tienden a protegerlos, como los artículos 51 Bis, fracción I, 196, 197, 201 Bis y 202, fracciones I y IV, que tratan sobre exclusiones del beneficio del trabajo a la comunidad en casos de delitos de corrupción de menores y pornografía infantil, así como el de lenocinio. El tema del secuestro a menores, se prevé en el Código Penal en el artículo 140, fracción I, así como el Título Décimo Octavo, que trata los delitos contra la libertad en sus artículos 357, fracción IV, y el 363, que prevé el delito de rapto.

En el estado de Nuevo León, conforme a lo establecido en el segundo párrafo de la Ley Federal para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que establece que los estados y los municipios en el ámbito de su competencia, podrán expedir las normas legales y tomarán las medidas administrativas necesarias a efecto de dar cumplimiento a dicha ley, se aprobó la Ley de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado, publicada en el Periódico Oficial del 17 de febrero de 2006.

La ley estatal referida tiene por objeto garantizar a las niñas, niños y adolescentes la tutela de los derechos fundamentales y las garantías individuales reconocidos en la Constitución federal, la Constitución estatal y en la Convención sobre los Derechos del Niño, así como establecer los principios y lineamientos que orientarán a las normas legales, a la actuación de las instituciones públicas y privadas ya las conductas de los particulares, en todo lo que se refiera a los menores.

El Ejecutivo estatal, por mi conducto, le agradece su interés y el de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en los temas legislativos del estado que son de gran interés para la sociedad neoleonesa, reiterando que este gobierno continúa trabajando en impulsar las reformas que resulten idóneas para proteger a los menores en el estado, cumpliendo con la Convención Internacional de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, así como las observaciones emitidas por el Comité de los Derechos del Niño en la Organización de las Naciones Unidas.

Le reitero las seguridades de mi más atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Monterrey, Nuevo León, a 16 de febrero de 2009.--- Contador público Jorge Cantú Valderrama (rúbrica), secretario general de Gobierno.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Remítase al promovente, para su conocimiento.



ESTADO DE GUERRERO

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Escudo.--- Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

En cumplimiento de lo solicitado en el tercer punto de acuerdo propuesto por la Junta de Coordinación Política de esa Cámara, aprobado por la honorable asamblea de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados el 26 de febrero de 2009, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que, en el ámbito de sus atribuciones, tome las medidas apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los y las integrantes de la Organización para el Futuro de los Pueblos Mixtecos, AC, así como de los familiares de Raúl Lucas Lucía y Manuel Ponce Rosas e informe a esa soberanía, en un plazo de 30 días naturales, de las medidas que se adopten, me permito comunicarle lo siguiente:

Con fecha 26 de febrero de 2009, a través de la Cuarta Visitaduría General de este organismo nacional, con fundamento en lo determinado en el artículo 40 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se solicitó al gobernador constitucional del Estado Libre y Soberano de Guerrero que se adopten las medidas cautelares necesarias para garantizar el respeto al derecho a la seguridad y a la integridad física de los integrantes de la Organización para el Futuro de los Pueblos Mixtecos, AC, así como de los familiares de Raúl Lucas Lucía y Manuel Ponce Rosas.

La adopción de estas medidas cautelares fue aceptada por el gobierno del estado mediante las respuestas brindadas por la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Civil y por la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero.

Sin otro particular por el momento, reitero a usted las seguridades de mi más distinguida y respetuosa consideración.

México, DF, a 4 de marzo de 2009.--- Doctor José Luis Soberanes Fernández (rúbrica), presidente.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Remítase a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento. Continúe con la comunicación de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional.



COMISION BICAMARAL DE SEGURIDAD NACIONAL

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Senado de la República.---LX Legislatura.--- Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Me permito hacer de su conocimiento que el pasado 4 de marzo asumí la presidencia de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional, en su tercer año de ejercicio, correspondiente al periodo 2009-2010. Lo anterior con fundamento en el artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional, y en la primera y la segunda de las reglas de operación de la comisión, por las que se establece la rotación anual de su junta directiva.

Igualmente, comunico a usted que a partir de la misma fecha son secretarios de la misma comisión el senador Felipe González González y el diputado Javier González Garza .

Lo anterior, para los fines procedentes.

Atentamente
México, DF, a 5 de marzo de 2009.--- Senador Jorge Mendoza Garza (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: De enterado. Comuníquese.



GISELA HERNANDEZ ESPINAL

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: La Mesa Directiva participa a la asamblea que el viernes 6 de marzo se registró el muy lamentable fallecimiento de la señora Gisela Hernández Espinal, quien fue esposa de nuestro compañero diputado Raúl Ríos Gamboa, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La Cámara de Diputados expresa sus condolencias a todos sus familiares, y desea una pronta recuperación de nuestro compañero y amigo, el ciudadano diputado Raúl Ríos Gamboa . La hacemos extensiva a su familia por este lamentable deceso y por el accidente de que fueron objeto.

Solicito, compañeros, un minuto de silencio en solidaridad y en memoria de la señora Gisela Hernández Espinal.

(Minuto de silencio)

Continúe la Secretaría.



DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva.--- Presente.

Por este conducto y con fundamento en el artículo 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito licencia indefinida para separarme de mi cargo como diputado federal, a partir del 5 de marzo del presente año.

Por tal motivo solicito a usted realice todos los trámites conducentes que devienen del presente acto jurídico y se llame a mi suplente.

Sin otro particular y para los efectos legales que haya lugar.

Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de marzo de 2009.--- Jorge Emilio González Martínez , diputado federal.»

Están a discusión los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido al diputado Jorge Emilio González Martínez para separarse de sus funciones como diputado federal electo en la cuarta circunscripción plurinominal, a partir de esta fecha.

Segundo. Llámese al suplente.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobados. Comuníquense.

Queremos destacar la presencia de alumnos de la Escuela Preparatoria de Origen Indígena, del Estado de México. Bienvenidos y felicidades. También, de la escuela primaria Ingeniero Miguel Bernal, del Distrito Federal. Les damos la bienvenida.

Continúe la Secretaría con los oficios de reincorporación de compañeros legisladores.



DIPUTADOS QUE SE REINCORPORAN

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, me permito hacer de su conocimiento que a partir del lunes 9 de los presentes mes y año, me incorporo a mis actividades legislativas como diputado federal.

Lo anterior, a fin de que tenga la gentileza de disponer que se efectúen los trámites conducentes.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle las seguridades de mi consideración más distinguida.

Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2009.--- Diputado Jesús Sergio Alcántara Núñez (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: De enterado. Comuníquese.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Por este conducto, y de acuerdo con la licencia que me fue concedida a partir del 25 de febrero del año en curso por tiempo indefinido, me dirijo a usted a fin de solicitarle que tenga a bien realizar los trámites necesarios ante el Pleno de esta soberanía para mi reincorporación a mis actividades legislativas a partir del próximo 16 de marzo de 2009.

Sin más por el momento, aprovecho para reiterarle las seguridades de mi consideración más distinguida.

Atentamente
Palacio Legislativo, a 5 de marzo de 2009.--- Diputado José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: De enterado. Comuníquese. Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Por este conducto, me permito informar a usted que, con fecha 9 de marzo del año en curso, me reincorporo a mis funciones de diputado federal, a efecto de que se realicen todos los trámites conducentes.

Sin otro particular, quedo de usted, reiterándole mi más atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Palacio Legislativo, a 9 de marzo de 2009.--- Diputado Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: De enterado. Comuníquese.



DIPUTADOS SUPLENTES QUE SE INCORPORAN

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se encuentran a las puertas de este recinto los ciudadanos Andrea Geraldine Ramírez Zollinoy Moisés Gil Ramírez, diputados electos en la cuarta circunscripción plurinominal y en el distrito electoral 24 delDistrito Federal, respectivamente.

Se designa en comisión, para que los acompañen en el acto de rendir protesta de ley para entrar en funciones, a los diputados María Gabriela González Martínez , Fidel Antuña Batista , Eduardo Sánchez Hernández , Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , Beatriz Manrique Guevara , Antonio Xavier López Adame y Manuel Salvador Salgado Amador .

Se pide a la comisión que ha sido designada cumplir su encargo.

(La comisión cumple su encargo)

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : Se invita a los presentes a ponerse de pie.

(Puestos los presentes de pie)

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Ciudadanos Andrea Geraldine Ramírez Zollinoy Moisés Gil Ramírez,¿protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por el bien y la prosperidad de la Unión?

Los ciudadanos Andrea Geraldine Ramírez Zollino y Moisés Gil Ramírez : Sí, protesto.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Si así no lo hicieren, que la nación se los demande.

Felicidades. Bienvenidos.

Continúe la Secretaría con las proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno.



SESION SOLEMNE

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Acuerdo de la Mesa Directiva, por el que se autoriza la celebración de una sesión solemne en conmemoración del quincuagésimo aniversario de la expedición del libro de texto gratuito

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 20, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y

Considerando

1. Que, con fecha 19 de febrero de 2009, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos envió a esta Presidencia un oficio por el que solicita la realización de una sesión solemne para conmemorar los 50 años del libro de texto gratuito, que fue remitida por este órgano a la Junta de Coordinación Política, para estudio y valoración.
2. Que, con fecha 25 de febrero, esta Presidencia recibió oficio suscrito por la secretaria ejecutiva de la Junta de Coordinación Política por el que comunica que dicho órgano acordó otorgar su visto bueno para la celebración de la referida sesión solemne.
3. Que, con fecha 3 de marzo de 2009, el presidente de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos envió a esta Presidencia oficio por el que se pone a consideración un proyecto de orden del día para la celebración de la sesión solemne.
4. Que, con fecha 5 de marzo de 2009, la diputada María del Carmen Pinete Vargas , Secretaria de la Mesa Directiva, sometió a consideración del Pleno un punto de acuerdo para conmemorar los 50 años del libro de texto gratuito, mediante la colocación de una escultura en la plaza legislativa de este recinto, la que fue turnada a la Junta de Coordinación Política para valoración.

En virtud de las consideraciones expuestas, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Acuerda

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión acuerda la celebración de una sesión solemne con motivo del quincuagésimo aniversario de la elaboración y entrega de los libros de texto gratuitos.

Segundo. La sesión solemne se llevará a cabo el 24 de marzo de 2009, a las 12:00 horas.

Tercero. El orden del día de la sesión será el siguiente:

1. Intervención del presidente de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputado Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla .
2. Posicionamiento de cada uno de los grupos parlamentarios, en orden ascendente.
3. Intervención del Presidente de la Mesa Directiva, diputado César Duarte Jáquez.
4. Entrega del reconocimiento a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, representada por una comitiva de 10 trabajadores y 3 directivos.
5. Clausura.

Cuarto. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados será el órgano encargado de coordinar la organización de la sesión solemne.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2009.--- Diputados: César Duarte Jáquez (rúbrica), Presidente; Martha Hilda González Calderón , José Luis Espinosa Piña (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Vicepresidentes; Margarita Arenas Guzmán (rúbrica), María Eugenia Jiménez Valenzuela (rúbrica), María del Carmen Pinete Vargas (rúbrica), José Manuel del Río Virgen , Manuel Portilla Diéguez (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Jacinto Gómez Pasillas , Santiago Gustavo Pedro Cortés , Secretarios.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobado. Comuníquese a la Cámara de Senadores.



LUCIA ANDREA MORETT ALVAREZ

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 60-II-3-2242 signado por el diputado César Duarte Jáquez y el senador Ramiro Hernández García , Presidente y Secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la del Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, original del similar número DEP-0279/09 suscrito por Betina Chávez Soriano, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a Lucía Morett Álvarez.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 2 de marzo de 2009.--- Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

Por instrucciones de la secretaria Patricia Espinosa Cantellano, con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, agradezco de antemano su valiosa intervención para hacer llegar la respuesta adjunta al diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión. Lo anterior en respuesta al punto de acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano Legislativo, en sesión ordinaria celebrada el 28 de enero de 2009, en el que señala:

Primero. La del Congreso de la Unión, con fundamento en los numerales 1 y 3 del artículo 45; y 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos solicita al titular de la Procuraduría General de la República que informe a esta soberanía sobre el estado procesal que guarda la averiguación previa iniciada en contra de la ciudadana Lucía Andrea Morett Álvarez, PGR/SIEDO/UITA/028/2008.
Segundo. La del Congreso de la Unión, con fundamento en los numerales 1 y 3 del artículo 45, 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita a la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores que informe a esta soberanía si existe algún procedimiento de extradición del gobierno de Ecuador en contra de la ciudadana Lucía Andrea Morett Álvarez.
Tercero. La del Congreso de la Unión, con fundamento en los numerales 1 y 3 del artículo 45, 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos solicita a la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores que reimta a esta soberanía la información que disponga de los mexicanos Verónica Natalia Vázquez Ramírez, Juan González del Castillo, Fernando Franco Delgado y Soren UIises Avilés Ángeles mencionados en los sucesos de la República de Ecuador en marzo de 2008 y, en su caso, las gestiones que haya realizado esa secretaría sobre el particular.

Cabe señalar que, con el propósito de responder de manera puntual a los resolutivos que expresa el punto de acuerdo en comento, quedaría pendiente de integrar la respuesta y opinión pertinentes que emita la Procuraduría General de la República.

Rogamos a usted, que pueda hacer del conocimiento de esta secretaría la respuesta final a este punto de acuerdo que le sea remitida al Presidente de la Cámara de Diputados, diputado César Duarte Jáquez.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle la seguridad de mi más alta estima y consideración.

Atentamente
México, DF, a 25 de febrero del 2009.--- Betina Chávez Soriano (rúbrica), directora general.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Por instrucciones de la secretaria de Relaciones Exteriores, embajadora Patricia Espinosa Cantellano, y con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, hago referencia al punto de acuerdo aprobado en la sesión ordinaria del 28 de enero del 2009, relativo a la extradición de la ciudadana Lucía Morett Álvarez, en el que señala:

Primero. La del Congreso de la Unión, con fundamento en los numerales 1 y 3 del articulo 45, y 1 y 3 del articulo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos solicita al titular de la Procuraduría Generar de la República que informe a esta soberanía sobre el estado procesal que guarda la averiguación previa iniciada contra la ciudadana Lucía Andrea Morett Álvarez, PGR/SIEDO/UIT A/028/2008.
Segundo. La del Congreso de la Unión, con fundamento en los numerales 1 y 3 del artículo 45, 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita a la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores que informe a esta soberanía si existe algún procedimiento de extradición del gobierno de Ecuador en contra de la ciudadana Lucía Andrea Morett Álvarez.
Tercero. La del Congreso de la Unión, con fundamento en los numerales 1 y 3 del artículo 45, 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos solicita a la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores que remita a esta soberanía la información que disponga de los mexicanos Verónica Natalia Vázquez Ramírez, Juan González del Castillo, Fernando Franco Delgado y Soren Ulises Avilés Ángeles mencionados en los sucesos de la República de Ecuador en marzo de 2008 y, en su caso, las gestiones que haya realizado esa secretaría sobre el particular.

Sobre el particular, me permito hacerle llegar la siguiente información acerca de la posición de México en relación con la supuesta solicitud de extradición contra la ciudadana Lucía Andrea Morett Álvarez, así como de las acciones en defensa de los mexicanos afectados por la incursión militar del gobierno de Colombia en el territorio de la República de Ecuador.

1. Como fue hecho público por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores el 6 de enero, mediante el comunicado de prensa 003, hasta el momento no se ha recibido solicitud de extradición internacional en contra de Lucía Morett Álvarez por parte del gobierno de la República del Ecuador.
2. No obstante, y ante las declaraciones del fiscal general ecuatoriano, Washington Pesántez, respecto a que su país ha iniciado los trámites para solicitar la extradición de la ciudadana mexicana Lucía Morett, la cancillería instruyó a su Embajada en Ecuador para que entrara en contacto con las autoridades competentes, a fin de contar con mayor información sobre el caso.
3. Como resultado de dichas consultas, nuestro embajador fue informado de que la Corte Nacional del Ecuador es la única instancia competente para conocer y decidir respecto a las solicitudes de extradición. Sobre el particular, también ha sido informado de que el 5 de febrero ingresó a la Corte Nacional la solicitud del juez de Sucumbíos para la extradición de Lucía Morett. Jurídicamente, a partir de dicho momento la Corte recibe los elementos para sustanciar la solicitud y, en caso de considerarla procedente, darle trámite.
4. Es importante destacar que en todas las solicitudes de extradición internacional que son formuladas a nuestro país, invariablemente y sin distinción alguna, el gobierno de México siempre ha actuado con apego al marco jurídico nacional e internacional, con pleno respeto a los derechos humanos y a las garantías individuales consagradas en nuestra Carta Magna, cumpliendo con las formalidades esenciales del procedimiento que se encuentra establecido en la Ley de Extradición Internacional, fundando y motivando sus actos en cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los tratados internacionales de los que México es parte, por lo que el caso de Lucía Andrea Morett Álvarez, no sería la excepción.
5. Por otro lado, la información sobre las acciones llevadas a cabo por la Secretaría de Relaciones Exteriores respecto al caso de los mexicanos fallecidos en Ecuador y de Lucía Morett, así como del apoyo brindado a esta última y a los familiares de todos los involucrados, se ha hecho pública oportunamente a través de 16 comunicados cuyo acceso es libre y permanente a través de la página de internet de la cancillería, en el apartado de comunicación social.
6. Cabe señalar que el gobierno de México ha actuado de manera responsable y consistente en relación con este lamentable caso. Desde el primer momento en que se tuvo conocimiento del hecho, el gobierno de México deploró los acontecimientos y condenó la intervención militar de Colombia en territorio ecuatoriano; asimismo, expresó que la gravedad de los mismos exigía una investigación puntual sobre la pérdida de la vida de los ciudadanos mexicanos, y procedió a solicitar por vía diplomática toda la información que pudiera surgir de las investigaciones iniciadas por las autoridades, tanto ecuatorianas como colombianas, mismas que no han concluido.
7. El gobierno de México tiene un inequívoco compromiso con el respeto a la vida humana, los derechos humanos y la dignidad de las personas. Asimismo, es parte fundamental de nuestra política exterior la protección de los derechos de nuestros connacionales en el exterior y la defensa del derecho internacional. Precisamente en observancia de las responsabilidades de la Secretaría de Relaciones Exteriores, tanto a los familiares de los jóvenes fallecidos como a Lucía Morett y sus padres, se les brindó todo el apoyos consular, a efecto de sufragar gastos para trasladarse a Ecuador, gastos médicos, apoyar con los trámites para la identificación de restos y la repatriación de los mismos, entre otros.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle la seguridad de mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente
México, DF, a 25 de febrero de 2008.--- Betina Chávez Soriano (rúbrica), directora general.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Remítase al promovente, para su conocimiento.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA - LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS - LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Ramiro Hernández García , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, y del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Cámara de Diputados, y se anexa.

Atentamente
México, DF, a 5 de marzo de 2009.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, y del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a cargo de Carlos Lozano de la Torre , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El suscrito, Carlos Lozano de la Torre , senador de la República de la LX Legislatura por el estado de Aguascalientes, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta Comisión Permanente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversos artículos de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, y del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, al tenor de la presente

Exposición de Motivos

El 6 de noviembre del año pasado presentamos los senadores Ricardo Pacheco Rodríguez, Carlos Lozano de la Torre y Carlos Aceves del Olmo a este honorable Pleno iniciativa que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Asimismo, en ese acto se presentó una proposición con punto de acuerdo. El Presidente de la Mesa Directiva turnó la iniciativa directamente a la Cámara de Diputados, en donde se encuentra para estudio en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

En estos escasos meses, desde la presentación de la iniciativa y de la proposición con punto de acuerdo, la situación de la industria automotriz en México y en el mundo fue empeorando. Los tres grandes de la industria automotriz estadounidense tienen una situación de bancarrota. General Motors reportó un déficit anual de 30 mil millones de dólares, el segundo más importante en 100 años. Ford Motor Company reporto una reducción en la venta de sus vehículos, en los primeros meses de 2009, de un millón de unidades. La segunda empresa en volumen de producción de automóviles, Toyota, anunció que va a tener pérdidas por 5 mil millones de dólares y tiene un decremento en la venta de vehículos en Estados Unidos de América de 34 por ciento con relación al año pasado y de 23 por ciento en Japón.

La crisis del sector automotor golpeó duro en enero a las firmas alemanas Daimler, Volkswagen y BMW. Las ventas de las marcas de Daimler (Mercedes-Benz, Smart y Maybach) se desplomaron 31,2 por ciento, mientras que las de Volkswagen cayeron 20 por ciento y las de BMW se retrajeron 5 por ciento. Por su parte, la automotriz sueca Volvo anunció que sus beneficios cayeron 33 por ciento en 2008.

Ante esto, los países con grandes industrias automotrices están implantando medidas urgentes para revertir la crisis del sector.

El Congreso de Estados Unidos de América aprobó, en diciembre de 2008, la Ley de Financiamiento y Reestructura de la Industria Automotriz. Su propósito es restaurar la estabilidad y vialidad de la industria automotriz; por lo mismo, se plantea estimular la producción y ventas de automóviles, incrementar de manera acelerada y competitiva la producción de vehículos energéticamente eficientes y preservar los casi 5 millones de empleos que se generan con esta industria en ese país.

Para realizar estos propósitos, el Congreso de Estados Unidos de América autorizó líneas de crédito a las empresas automotrices que se ajusten al plan establecido en la ley y presenten un programa de reestructuración.

Este programa será analizado mediante un comité de expertos de la industria automotriz. General Motors y Chrysler solicitaron 18 mil millones y 5 mil millones de dólares, respectivamente; sus propuestas son analizadas por el grupo de expertos.

Los gobiernos europeos también están realizando planes y programas para reactivar su industria automotriz. El gobierno español, con los gobiernos de las comunidades autónomas, ideó el Plan Integral de Automoción (PIA), enmarcado en el Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo. El PIA contiene una serie de medidas industriales, laborales, tributarias, a fin de impulsar la demanda y la internacionalización; también se fomenta la investigación y el desarrollo científico. Al igual que en la ley estadounidense, se establece financiamiento público con base en los planes de productividad que tenga las empresas automotrices. El PIA es de un monto de 4 mil 70 millones de euros.

El gobierno francés tiene asignado el mayor gasto público para un plan de rescate a la industria automotriz en el continente europeo y tiene los mismos principios que los planes mencionados con anterioridad. Éste basa en el documento denominado Carta Nacional de Cooperación para el Sostenimiento y el Equipamiento de las Empresas del Sector Automotriz y de los Salarios. Este documento fue signado por representantes de la industria automotriz y del gobierno. Los fondos para financiar este proyecto son de 9 mil 250 millones de euros.

Estos ejemplos demuestran el apoyo que diferentes gobiernos han implantado para fortalecer su industria automotriz. México es el décimo productor de automóviles en el mundo y cerca de un millón de trabajadores depende de esta industria. Ante esto cabe preguntarse ¿qué política hemos generado para salvar la industria automotriz mexicana?

Ante tal escenario, la intención de la iniciativa es proponer algunas soluciones para salvar a la industria automotriz nacional y al millón de familias que dependen de ésta.

La propuesta consiste en reformar algunas disposiciones fiscales, a fin de estimular el mercado automotriz nacional y se produzca la sustitución de la plantilla nacional de vehículos. Así proponemos que se puedan deducir el 100 por ciento, tratándose de automotores como activos fijos y por un valor en las inversiones de 300 mil pesos. También se establece un estímulo fiscal al contribuyente con la finalidad de estimular la adquisición de automotores nuevos.

También se propone un artículo transitorio a la Ley Federal de Impuesto sobre Automóviles Nuevos, con objeto de estimular la sustitución de vehículos en el país. Al igual, proponemos la eliminación de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, al reformar el artículo cuarto transitorio para que la abrogación de la ley entre en vigor el 1 de enero de 2010; este lapso es con la finalidad de que las haciendas públicas de los estados y del Distrito Federal puedan prever el decremento de sus ingresos y, a su vez, las legislaturas locales ajusten los presupuestos para el próximo ejercicio.

Estas medidas son limitadas si consideramos sólo la parte legislativa. Faltan medidas que sólo el Poder Ejecutivo y sus dependencias pueden realizar, al igual que los gobiernos de los estados, por lo que acompañamos este esfuerzo legislativo con un punto de acuerdo donde proponemos eso en esta iniciativa y agregamos una proposición con punto de acuerdo para exhortar al Poder Ejecutivo a efecto de que, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y la Secretaría de Economía, constituya un programa de rescate de la industria automotriz mexicana en donde se incluya, entre otros aspectos, formas de financiamiento, además de exhortar al gobierno federal a realizar convenios de coordinación con los Poderes Ejecutivos de los estados y del gobierno del Distrito Federal, a fin de implantar estímulos fiscales de las contribuciones locales que inciden en el sector automotriz.

La crisis económica que enfrenta el mundo actualmente exige de los órganos públicos una actuación decidida. El Senado de la República a través de la presente iniciativa y de otras propuestas de los compañeros senadores estamos contribuyendo con ideas para mejorar el nivel de vida de la población mexicana.

Por lo antes expuesto y fundado, me permito someter a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se reforman los artículos 17, 40, fracción VI, y 42, fracción II, y se adiciona el artículo 229 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para quedar como sigue:

Artículo 17. ...

Para los efectos de este título, no se considerarán ingresos los que obtenga el contribuyente por aumento de capital, por pago de la pérdida por sus accionistas, por estímulos fiscales, por primas obtenidas por la colocación de acciones que emita la propia sociedad o por utilizar para valuar sus acciones el método de participación, ni los que obtengan con motivo de la revaluación de sus activos y de su capital.

Artículo 40. ...

VI. 100 por ciento para automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y remolques.

Artículo 42. ...

II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por 300 mil pesos.

Artículo 229. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta por las inversiones que realicen en automóviles nuevos, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al 20 por ciento del monto de dicha inversión, contra el impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en el que se adquiera dicho automóvil. Cuando dicho crédito sea mayor al impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en el que se aplique el estímulo, los contribuyentes podrán aplicar la diferencia que resulte contra el impuesto causado en los diez ejercicios siguientes hasta agotarla.

Artículo Segundo. Se adiciona un artículo octavo transitorio de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos para quedar como sigue:

Artículo Octavo. La presente ley estará sin efecto de manera temporal a partir del 1 de enero de 2010 y entrará en vigor nuevamente hasta el 1 de enero de 2011.

Artículo Tercero. Se reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos para quedar como sigue:

Artículo Cuarto. El artículo tercero de este decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2010.

Transitorio

Único. El decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente
Salón de sesiones del Senado de la República, a 5 de marzo de 2009.--- Senadores: Ramiro Hernández García , Carlos Lozano de la Torre , Francisco Herrera León , Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez , Jesús Garibay García , Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, Renán Cleominio Zoreda Novelo , Rosario Green Macías (rúbricas).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY FEDERAL SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACION - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Ramiro Hernández García , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó solicitud de excitativas a comisiones, en relación con el proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley sobre Metrología y Normalización, el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 94, 98, y 99 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, del 27 de abril de 2006.

La Presidencia acordó remitir la documentación a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 5 de marzo de 2009.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Excitativa a las Comisiones Unidas de Economía; de Gobernación, y de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados, a fin de que presenten el dictamen de la minuta que reforma el artículo 40 de la Ley sobre Metrología y Normalización, el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 94, 98 y 99 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

El suscrito, Ramiro Hernández García , senador de la República a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con base en lo dispuesto en los artículos 45, apartado 6, inciso f); 66, numeral 1, inciso c), y 67, numeral 1, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, pide respetuosamente que solicite a la Mesa Directiva de la colegisladora que formule excitativa a las Comisiones Unidas de Economía, de Gobernación y de Desarrollo Rural, a fin de que presenten el dictamen de la minuta que reforma el artículo 40 de la ley sobre metrología y normalización; el artículo 35 de la ley orgánica de la administración pública federal y los artículos 94, 98 y 99 de la ley de desarrollo rural sustentable, turnada a la colegisladora el 27 de abril de 2006.

Antecedentes

I. En la sesión del Senado de la República del honorable Congreso de la Unión del jueves 20 de abril de 2006, el senador Esteban Ángeles Cerón --en nombre propio y de los senadores José Adalberto Castro Castro y Héctor Vicario Castrejón--, integrante de la LIX Legislatura del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa que contiene proyecto de decreto que reforma la fracción XVIII del artículo 40 y adiciona la fracción XIX al artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y la fracción XXII del artículo 35; y adiciona las fracciones XXIII y XXIV al artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y los artículos 94, 98 y 99 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Mesa Directiva acordó turnarla a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos para su estudio y dictamen correspondiente.

II. El 27 de abril de 2006, estas comisiones, con fundamento en sus atribuciones legales y habiendo analizado el contenido de la iniciativa en comento, sometieron a la consideración del Pleno del Senado de la República el dictamen correspondiente, la cual fue aprobada por 89 votos a favor y ninguno en contra. Con esta misma fecha fue turnada a la Cámara de Diputados.

III. El 5 de septiembre de 2006, la Mesa Directiva de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, instruyó que se turnara a las Comisiones Unidas de Economía, de Gobernación, y de Desarrollo Rural, para su análisis y dictamen correspondiente, que a la fecha no ha sido dictaminado, por lo que me presento ante esta Soberanía para expresar las siguientes:

Consideraciones

Primero. La minuta tiene por objeto adecuar el marco jurídico actual con la finalidad de obtener mejores condiciones de competencia en el contexto del comercio internacional de productos agropecuarios. De igual manera, se hace necesario que se regule la calidad de los bienes que se producen en nuestro país, y de los que se importan a territorio nacional.

Segundo. Con el establecimiento de normas oficiales mexicanas en materia de calidad, se contribuirá al mejoramiento de los procesos productivos y permitirá a los productores agropecuarios nacionales mejorar la calidad de sus productos, incrementando el valor de los mismos.

Tercero. Para ello es necesario efectuar modificaciones a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el propósito de establecerla facultad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Cuarto. Al establecer dichas normas, se busca alcanzar los estándares mínimos de calidad, que permitan competir a los productores nacionales con respecto a los productos de importación, pues éstos, en estricto respeto al principio de trato nacional, estarían sujetos al cumplimiento de tales medidas.

Por lo expuesto y habiéndose cumplido con el plazo que establece el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a usted ciudadano Presidente de la Mesa Directiva, atentamente solicito dar trámite a la siguiente

Excitativa

Único. Se solicite a la Mesa Directiva de la Colegisladora, excite a las Comisiones Unidas de Economía, de Gobernación, y de Desarrollo Rural, a presentar el dictamen de la minuta que reforma la fracción XVIII del artículo 40 y se adiciona la fracción XIX al artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; la fracción XXII del artículo 35 y se adicionan las fracciones XXIII y XXIV al artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y los artículos 94, 98 y 99 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores, a los 4 días del mes de marzo de 2009.--- Senador Ramiro Hernández García (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a las Comisiones Unidas de Economía, de Gobernación, y de Desarrollo Rural.



ARTICULOS 75, 115, 123 Y 127 CONSTITUCIONALES

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

``Único. La honorable Cámara de Senadores por conducto del Presidente de la Mesa Directiva, solicita a la honorable Cámara de Diputados, en los términos del artículo 72 constitucional, proceda a la mayor brevedad posible a la discusión y votación de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 75, 115, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que le fue remitida el 13 de marzo de 2007, para los efectos constitucionales''.
Atentamente
México, DF, a 5 de marzo de 2009.--- Senador Gustavo Enrique Madero Muñoz (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Mesa Directiva.



DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: El siguiente punto del orden del día es posicionamiento con motivo del Día Internacional de la Mujer.

Se han registrado para referirse al tema las siguientes diputadas, por parte de los grupos parlamentarios: Aída Marina Arvizu Rivas , por Alternativa; Ana Elisa Pérez Bolaños , por Nueva Alianza; Rosa Elia Romero Guzmán , por el Partido del Trabajo; Beatriz Manrique Guevara , por el Partido Verde Ecologista de México; María del Carmen Salvatori Bronca , por Convergencia; Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , por el Partido Revolucionario Institucional; Maricela Contreras Julián , por el Partido de la Revolución Democrática; y María Mercedes Corral Aguilar , por el Partido Acción Nacional.

Por consiguiente, tiene el uso de la palabra la diputada Aída Marina Arvizu Rivas , hasta por cinco minutos.

La diputada Aída Marina Arvizu Rivas : Gracias, presidente.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, este 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, no hay buenas noticias para las mexicanas.

A los efectos devastadores de la crisis económica que ya se sienten en nuestros hogares, en el sustento de nuestras hijas y nuestros hijos, y en los empleos que hoy se están perdiendo; a la inseguridad pública desatada por el crimen organizado, que creció al amparo de pactos y corrupción, hay que agregar el alarmante incremento de feminicidios, sobre todo en los últimos 3 meses, 264 mujeres han sido asesinadas por razones de género en México.

Al caso paradigmático irresoluto de las mujeres asesinadas en Juárez, se deben agregar los asesinatos de 94 mujeres en el Estado de México, 56 en Sinaloa, 51 en Jalisco, y otros más en Morelos y en Chihuahua. En su mayoría los cuerpos son encontrados con signos de tortura, mutilaciones, saña y violencia sexual, por razones asociadas a su condición de mujer.

Evidentemente, el 8 de marzo no es un día para celebraciones, que nos quede claro; no es una fecha para que se nos felicite o se nos regalen rosas, como si fuera nuestro cumpleaños. Este día se instituyó internacionalmente para que a la humanidad no se le olvide que cientos de mujeres han perdido la vida por defender sus derechos. Mujeres y niñas asesinadas, torturadas y tiradas en los lotes baldíos, como se arroja un trozo de basura.

En un contexto de desigualdad, discriminación e impunidad, la violencia de género se destaca como una violación sistémica y sistemática de los derechos humanos, y como un obstáculo al desarrollo económico, social y democrático del país. La violencia contra la mujer fundada en el género es el indicador más flagrante del atraso social, cultural y democrático de una sociedad.

El feminicidio, que es la muerte violenta de mujeres por el solo hecho de serlo, se genera en un contexto social machista y conservador que con cinismo valida esa violencia.

Con esta realidad alarmante nuestra legislación penal se niega a reconocer el delito de feminicidio, ignorando con ello no sólo los avances internacionales de la ciencia penal y de la política criminal, sino también el avance indiscutible de los derechos humanos de las mujeres.

Comités nacionales e internacionales de observadores y defensores de los derechos humanos han emitido más de 300 recomendaciones a nuestro país, solicitando al Estado mexicano acciones para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra mujeres y niñas, entre las que destacan la de legislar todo lo necesario en la materia.

Nuestro país suscribió y ratificó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres. Justamente el comité de expertas que analizó el informe periódico de 205 cuartillas que nuestro país presentó en enero de 2006 ha señalado con toda puntualidad las preocupaciones, observaciones y recomendaciones, que emitió en agosto del año pasado, donde dice que debe tipificarse el feminicidio como delito.

Por estas razones el tipo penal el feminicidio debe ser incluido en la legislación mexicana; de lo contrario, la conmemoración por el Día Internacional de la Mujer se convierte, como hasta hoy, sólo en festejos burocráticos buenos para el lucimiento ``feminista'' ---entre comillas--- de nuestras autoridades, pero no para dar pasos efectivos en la lucha de las mujeres por sus derechos.

Cada vez que conmemoramos este día debemos hacerlo mediante acciones que efectivamente impacten en la vida cotidiana de todas las mexicanas, las amas de casa, las estudiantes, las trabajadoras domésticas, las profesionistas, las sexoservidoras, aquellas que se ven obligadas a emigrar a Estados Unidos y que en el trayecto son objeto de acoso y violencia sexual; huelga decir que los trabajadores migrantes no tienen que bregar con esa dificultad.

Para este asunto, la Secretaría de Gobernación ---hay que reconocerlo--- anunció ayer que ampliará a nivel federal las competencias de la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez, a fin de garantizar el respeto a los derechos humanos de esta población, en todo el país.

Pero también desde aquí hago un llamado a la Secretaría de Gobernación para que determine las competencias que tendrá esta ampliación de la comisión con el sistema nacional de la Ley contra la Violencia, y la Fevimtra.

Por estas razones, compañeros diputados y compañeras diputadas, el Grupo Parlamentario de Alternativa les convoca a que mediante una acción concreta, que está al alcance de nuestras manos, hagamos lo que nos toca como legisladores. Les invito a apoyar la iniciativa que hemos presentado para que antes de que termine la LX Legislatura el feminicidio se tipifique en nuestra legislación penal.

Con ello otorgaremos a nuestras autoridades encargadas de la administración de justicia las herramientas que permitan castigar el feminicidio como lo que es, un crimen de odio que atenta diariamente contra la seguridad y la tranquilidad de las mujeres mexicanas y de sus familias.

La tipificación del feminicidio permitirá renovar nuestra justicia penal y hacerla digna de un verdadero Estado democrático y de derecho.

Para nosotras no hay mejor homenaje a las mujeres que la ampliación efectiva de sus derechos y la protección del don más preciado: su vida. Nosotras en esa lucha estamos. Muchas gracias.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Gracias, compañera diputada Aída Marina Arvizu Rivas, de Alternativa. Tiene el uso de la palabra la diputada Ana Elisa Pérez Bolaños, de Nueva Alianza. Estamos sobre posicionamiento, en el marco de la celebración del Día Internacional de la Mujer, que fue el pasado 8 de marzo.

La diputada Ana Elisa Pérez Bolaños : Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, este día ofrece una oportunidad para que todos, mujeres y hombres, nos sumemos en pro de una causa que afecta a toda la humanidad.

La igualdad entre hombres y mujeres es no sólo un objetivo en sí mismo, sino una condición indispensable para mejorar la vida de todos los habitantes del mundo.

Es un hecho innegable que la condición jurídica de la mujer a nivel mundial ha logrado cambios fundamentales.

Las mujeres hemos desplegado grandes esfuerzos de reflexión y acción, en la búsqueda del reconocimiento expreso y específico de nuestros derechos; sin embargo, es una rea-lidad que la igualdad, la legítima, fundamental y esencial igualdad de género, no ha sido todavía conquistada. Aún estamos muy lejos de convertir este entendimiento común en una práctica universal.

Hoy es una triste realidad que a pesar de todas las expresiones públicas de partidos y sectores, las mujeres continuamos subrepresentadas en los puestos de toma de decisiones.

El trabajo de la mujer es subvalorado, insuficientemente remunerado y en algunas ocasiones sin remuneración alguna.

Es alarmante: de los más de 100 millones de jóvenes en el mundo que no asisten a la escuela, la mayoría son niñas; de los más de 800 millones de adultos analfabetas en el mundo, la mayoría son mujeres.

En México, de acuerdo con datos del Consejo Nacional de Población, las brechas entre hombres y mujeres siguen siendo amplias; la tasa de alfabetización de la población femenina asciende de manera menos veloz que la de los varones.

Pero lo más grave en el escenario es el que prevalezca la violencia contra las mujeres y las niñas. Mal que persiste en todos los continentes, en todos los países y en todas las culturas, con efectos devastadores en la vida de las mujeres, sus familias y toda la sociedad.

Como dijo el secretario general de la ONU, recientemente, que en pleno siglo XXI sigan sucediendo atrocidades contra las mujeres es algo que a todos como sociedad debe llenarnos de vergüenza.

Como consecuencia, los resultados de la Segunda Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones de los Hogares revelan que 67 de cada 100 mujeres, de 15 años o más, han sufrido violencia por parte de sus parejas, laboral, familiar, docente y comunitaria.

Aunque es cierto que en México se han aplicado diversas leyes y acciones de política pública para abatir ese fenómeno, en la realidad vemos que con frecuencia esta violencia se encubre o se tolera de manera tácita.

Sin duda, el logro más visible de las mujeres hoy es el haber colocado en la agenda pública mundial y nacional la temática de su situación en todos sus aspectos, especialmente lo referente a la violencia, que es un gran problema social. Ponerlo en la palestra pública significa tratar de prevenirlo, erradicarlo y sancionarlo.

Por eso, para Nueva Alianza es tan importante el Día Internacional de la Mujer, porque nos recuerda la responsabilidad y la obligación de todos en redoblar esfuerzos en pro de un cambio duradero de los valores y las actitudes que hacen de la violencia un fenómeno difícil de erradicar. Ahí, estriba la importancia de la participación de niños y hombres en construir un nuevo tejido social más parejo y respetuoso.

Para Nueva Alianza, la celebración del Día Internacional de la Mujer es una fecha que nos convoca a trabajar en conjunto con el gobierno en todos sus niveles, con organizaciones de la sociedad, con los partidos políticos y con todos los sectores en pro de alcanzar una transformación de las relaciones entre mujeres y hombres en todos los niveles de la sociedad; asimismo, la oportunidad para establecer nuevos esquemas de apoyo y colaboración con el trabajo del hogar y el cuidado de los hijos. Lo reiteramos: este día es una oportunidad para la reflexión.

Este Día Internacional de la Mujer, nuestro compromiso con las mujeres de México y del mundo debe ser el de eliminar la violencia contra las mujeres y unir esfuerzos para lograr la igualdad, así como trabajar conjuntamente por su desarrollo en todos los ámbitos de la vida. Debe ser una meta dinámica en la agenda pública, en la que siempre haya algo que alcanzar. Gracias.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Gracias, compañera diputada Ana Elisa Pérez Bolaños, de Nueva Alianza. Tiene el uso de la palabra la diputada Rosa Elia Romero Guzmán, en representación del Partido del Trabajo.

La diputada Rosa Elia Rodríguez Guzmán : Con la venia de la Presidencia.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, el pasado 8 de marzo se celebró el Día Internacional de la Mujer, ese día se instituyó para conmemorar la lucha de la mujer por la defensa de sus derechos y la consecución de sus aspiraciones laborales.

No debemos olvidar que históricamente esa desigualdad nació en el momento mismo en que aparecieron las clases sociales y la explotación del hombre por el hombre. Al mismo tiempo, se constituyó el Estado como garante de la preservación de los intereses de los que habían acumulado más riquezas y posesiones.

Posteriormente, con el desarrollo de la propiedad privada se consolidó la opresión del hombre sobre la mujer y ésta fue excluida de toda posibilidad de ser propietaria de tierras o de cualquier medio de producción.

En nombre de esos privilegios, que derivan de la posesión o de la propiedad privada de los medios de producción, una minoría ha creado una visión del mundo para defender, no sólo sus intereses materiales, sino también para excluir, discriminar y sojuzgar a las mujeres y a todos los desposeí-dos del mundo.

Por esa razón, la única manera de acabar con la violencia contra las mujeres y la desigualdad social es terminar con cualquier régimen de explotación del hombre por el hombre. Por consecuencia, nunca será suficiente la voluntad política, ni los recursos económicos para abolir la desigualdad de género, ni la opresión del hombre hacia la mujer. La violencia en el hogar tiene sustento, precisamente, en la opresión del hombre por el hombre, porque constituye el origen del resentimiento social que, invariablemente, se proyecta en todos los ámbitos de la vida cotidiana.

El poder vertical, que en la fábrica ejerce el patrón sobre el obrero, es en nuestra sociedad el causante de esto último. El lugar preferido por el hombre para desahogar y proyectar ese resentimiento es el hogar, donde la debilidad física de la mujer no le representa ningún obstáculo.

Aunque, es preciso también señalar que cada vez más mujeres ejercen esta violencia contra los hombres. Esto deriva, que en 70 por ciento de los hogares mexicanos se ejerce la violencia contra las mujeres, tal como lo documenta, de manera profusa y amplia, la Encuesta Nacional de Violencia contra las Mujeres.

Otro tema vinculado con lo anterior es el referente al abuso sexual contra niños, niñas y las mujeres en el hogar y en la sociedad en lo general. Sobre este último aspecto, la sociedad no se atreve a debatirlo abiertamente, tal como se hizo con el tema de la violencia contra las mujeres y la pederastia.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, las mujeres petistas y el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo tenemos claro que la lucha por la emancipación de las mujeres, la igualdad de género y la erradicación de la violencia contra nosotras sólo se podrá lograr si nos abocamos a construir una sociedad que forme un nuevo perfil de la mujer y del hombre; una nueva sociedad que ofrezca igualdad de oportunidades a las mujeres y a los hombres.

Asimismo, que permita que sean sus miembros los que decidan de manera colectiva su destino y el tipo de organización que deseen darse. Luchar por estos ideales es lo que dignifica la lucha de las mujeres petistas y esto nos hace sentirnos orgullosas de que estamos dando continuidad al trabajo que han desarrollado las mujeres de las generaciones pasadas. Ésta es la mejor manera de conmemorar el Día Internacional de la Mujer. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Muchas gracias, compañera diputada Rosa Elia Romero Guzmán. Tiene la palabra la diputada Beatriz Manrique Guevara, del Partido Verde Ecologista de México, para referirse precisamente a la conmemoración del 8 de marzo como Día Internacional de la Mujer, y ella lo hace en este capítulo de posicionamientos en representación de su Grupo Parlamentario, el Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Beatriz Manrique Guevara : Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, a 99 años de que se estableciera el Día Internacional de la Mujer continúa la lucha para garantizar y para hacer vigentes los mismos derechos a casi la mitad de la población en el mundo.

Aunque se han registrado importantes progresos en múltiples ámbitos de la vida económica, política, social y cultural del género femenino, hoy más que nunca resulta urgente continuar la lucha contra la represión y discriminación de que aún somos objeto, en particular porque los problemas globales que vivimos son sumamente complejos para encontrar la solución, sin contemplar a las mujeres.

La crisis económica mundial que hoy nos aqueja trae consigo graves efectos que podrían agravar aún más las diferencias entre hombres y mujeres. Muchos organismos han advertido que las mujeres podrán ser las más perjudicadas por la discriminación laboral que se sufre cuando ocupan los empleos más vulnerables.

Peor aún, la Organización Internacional del Trabajo en el informe Tendencias mundiales del empleo de las mujeres señala que se espera que el impacto de género de la crisis económica, en términos de tasa de desempleo, sea más perjudicial para las mujeres que para los hombres, y que este año la tasa de desempleo mundial de las mujeres podría aumentar hasta 7.4 por ciento.

Si bien con el paso de los años la mujer ha ganado posiciones en la vida política, económica, social y cultural, la igualdad de género debe ser un principio fundamental en cualquier respuesta política a la crisis económica del mundo. Ante este panorama, el combate a la discriminación laboral es urgente porque la desigualdad se acentúa de manera manifiesta.

En nuestro país el panorama se vislumbra igualmente difícil; los desafíos que hoy enfrentamos no son menores. La pobreza, la marginación, el desempleo, el descenso en la calidad de vida y la desigualdad entre hombres y mujeres también se acentúan.

Por ejemplo, el nivel de desempleo de las mujeres sigue siendo más alto que el de los hombres, y sus trabajos son mucho más precarios. De hecho, en el último año la tasa de desempleo creció más rápido entre hombres que entre mujeres.

A pesar de los adelantos generales, numerosas mujeres siguen haciendo frente a la discriminación en los sectores formal e informal de la economía, lo que se traduce en una falta de independencia económica que reduce la capacidad de las mujeres para actuar y tomar decisiones, y también esto incrementa su vulnerabilidad ante la violencia.

La discriminación laboral resulta más delicada en esta época de crisis económica, por ejemplo, en nuestro país durante el segundo semestre de 2008, 35 mil jefas de familia perdieron su trabajo, lo que les representó la pérdida de un ingreso indispensable para mantener a su familia.

Por otra parte, de acuerdo con las estadísticas sobre desi-gualdad de género y violencia contra las mujeres 2008, que publica el Inegi, un alto porcentaje de la población femenina sufre de violencia.

En nuestro país la violencia de género está aumentando. El porcentaje de mujeres que padecieron alguna agresión por parte de su pareja se incrementó. Lo anterior representa una violación a los derechos humanos y un grave impedimento para el logro de la igualdad de género y el desarrollo.

Sobre este tema es importante reconocer que, no obstante el esfuerzo gubernamental para erradicar las agresiones contra las mujeres, el problema ha rebasado a las autoridades. Por ejemplo, de 100 averiguaciones previas que se integraron por delitos de violencia contra las mujeres, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Relacionados con Actos de Violencia Contra las Mujeres sólo consignó siete.

Compañeros legisladores, reconocemos que en nuestro país se ha avanzado en materia de protección y defensa de los derechos de las mujeres mediante la creación de instituciones del orden federal, estatal y municipal para sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres; asimismo, las Procuradurías de Justicia estatales han desarrollado agencias especializadas.

A nivel federal, esta legislatura aprobó el año pasado establecer la obligación de incorporar la perspectiva de género en el diseño, elaboración y aplicación de los programas de la administración pública federal.

Reconozcamos entonces que hemos tenido avances, pero éstos han resultado insuficientes. A pesar del esfuerzo, la realidad muestra claramente que las mujeres siguen viviendo situaciones de violencia, pobreza, desigualdad y discriminación en ámbitos laboral, político y de salud y en sectores específicos como el trabajo doméstico y en los reclusorios.

La persistencia de las brechas de género demanda la necesidad de implantar políticas más eficientes para abordar la discriminación de las mujeres, a fin de proteger a niñas y mujeres que están atrapadas en un ambiente de violación de sus derechos.

Por ello, mi grupo parlamentario propone que en la recta final de esta legislatura no escatimemos esfuerzos por innovar y continuar con la lucha iniciada hace 99 años, a fin de que ante la crisis económica el impacto de género no sea más perjudicial hacia las mujeres, porque recordemos que en México las mujeres representamos 51 por ciento de la población.

Una quinta parte de los hogares mexicanos son encabezados por mujeres, por lo que el bienestar o marginación de las mujeres repercute no sólo en ellas, sino también en los integrantes de sus familias. Por su atención, muchas gracias.

Presidencia del diputado José Luis Espinosa Piña

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Mucha gracias, diputada Beatriz Manrique Guevara. Tiene la palabra el diputado Elías Cárdenas Márquez, en representación del Grupo Parlamentario de Convergencia.

El diputado Elías Cárdenas Márquez : Muchas gracias, señor presidente.

Compañeros legisladores y compañeras legisladoras, me corresponde el raro privilegio de hablar en esta ocasión en nombre de mi compañera de bancada, la distinguida, digna y destacada diputada Mary Carmen Salvatori Bronca, lo cual hago con mucho gusto en esta ocasión.

Al celebrar el Día Internacional de la Mujer y el progreso que hemos logrado en la realización de los derechos de las mujeres alrededor del mundo, no debemos perder de vista que la discriminación directa e indirecta contra este sector persiste de manera generalizada en la ley y en la práctica alrededor del mundo. La protesta pública y los encabezados tienden a concentrarse en casos atroces de mujeres mutiladas, violadas, de esclavitud sexual y tratos degradantes de todo tipo. México tiene la obligación de implantar medidas efectivas para promover y proteger los derechos de las mujeres.

Por ello hoy, compañeras legisladoras y compañeros legisladores, ¿qué estamos celebrando? Celebrar significa conmemorar o festejar una fecha o un acontecimiento.

Actualmente somos 106 millones de mexicanos, de los cuales 54 millones somos mujeres; es decir, por cada 100 mujeres hay 97 hombres. Por tanto, hay 3 mujeres más de cada 100 hombres.

La situación de injusticia hacia las mujeres viene desde nuestra educación. El alto porcentaje de analfabetismo es mayor en las mujeres que en los hombres, siendo en las mujeres 10 por ciento y en los hombres 7 por ciento. Esto nos arroja un elevado índice de 5.4 millones de mujeres analfabetas en México

Cuando las mujeres de 15 años y más nos incorporamos al Sistema Educativo Nacional, 9.6 por ciento no logra permanecer en ese sistema, 32 por ciento tiene solamente un grado aprobado en la primaria, 24 por ciento en secundaria, 18 por ciento en educación media superior y tan sólo 12 por ciento en el nivel superior.

En cuanto a las actividades económicas y de empleo, hay una diferencia que de cada 100 hombres se emplean 78, y de cada 100 mujeres sólo 41 son empleadas. Otro dato que llama mucho la atención respecto al empleo es que de cada 100 mujeres ocupadas sólo 3 son empleadoras y 65 son asalariadas.

Los grandes problemas económicos que tiene actualmente nuestro país, nos ha arrojado cifras de hogares donde la mujer es cabeza de familia, duplicándose en el periodo de los últimos 15 años, de ser anteriormente de 2.8 millones a ser actualmente de 5.7 millones.

En la jornada laboral, las mujeres invierten en trabajo doméstico 56 horas contra 27 de los hombres. Respecto a los sueldos, nosotras las mujeres ---habla Mary Carmen--- percibimos 23 por ciento menos que los hombres. Gracias.

La crisis económica tan lamentable a la que hacemos referencia, también se refleja en las estadísticas sobre violencia y divorcio: 67 mujeres de cada 100 han sufrido de violencia, que en la mayoría de los casos ha sido ejercida por su compañero o esposo. Otras tantas, por la comunidad, en el trabajo, en el ámbito familiar y en el ámbito escolar.

En nuestro país existen 128 mil casos de violaciones al año. Asimismo, 16 mil menores, en su mayoría mujeres, cada año son explotadas sexualmente y 85 mil usadas en actos de pornografía. De los 32 estados del país, en 21 existe turismo sexual, o sea, que sólo 11 estados de la república han prevenido este gran problema. Por eso me pregunto: ¿Qué hay que celebrar en un día como hoy en donde más de 100 países en el mundo no existe representatividad parlamentaria de mujeres? En los parlamentos del mundo las mujeres ocupan un promedio de 15 por ciento de los cargos. En nuestro Congreso de la Unión estamos representadas sólo en 20 por ciento, y a nivel municipal sólo entre 3 y 4 por ciento.

Las diputadas y las senadoras de la LX Legislatura impulsamos la reforma electoral para que en la lista de candidatos se incluya un número no menor de 40 por ciento para cualquiera de los sexos.

Contamos en el mundo con sólo 11 mujeres jefas de Estado o de gobierno, y son sólo 3 países, Chile, España y Suecia, quienes tienen gobierno con paridad entre los géneros.

Después de hacer esta evaluación les pregunto a las mujeres mexicanas: ¿qué tenemos que celebrar, cuando ha sido una lucha incansable en busca de justicia, de respeto, de dignidad y de amor que necesitan las mujeres?

Desde esta máxima tribuna deseo invitar a todas las mujeres a seguir en la lucha, a no resignarse, a participar, pues sólo con la participación ciudadana saldremos adelante. Por la atención, muchas gracias a todos y a todas ustedes.

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Gracias, diputado Elías Cárdenas Márquez.



REGISTRO DE ASISTENCIA

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Antes de continuar con las oradoras en lista se pide a la Secretaría que instruya el cierre del sistema electrónico de asistencia y dé cuenta a esta asamblea del registro de diputadas y de diputados.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : ¿Falta algún diputado o alguna diputada de registrar su asistencia? Está abierto el sistema, diputados.

Ciérrese el sistema electrónico.

Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 406 diputadas y diputados.

Quienes no hayan registrado su asistencia, disponen de 15 minutos para hacerlo por cédula.

Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Gracias, diputada secretaria.

La Presidencia quiere destacar la presencia en este recinto de los siguientes invitados: Colegio Reina de México, SC, invitados por el diputado Robinson Uscanga; la escuela secundaria Torres Quintero, de San Sebastián, Zumpango, Estado de México, invitados por el diputado Rogelio Muñoz Serna ; la Universidad Insurgentes, invitados por el diputado Camerino Eleazar Márquez Madrid ; y por último, miembros de la mesa administrativa de la Hacienda de Cuautitlán, Estado de México, invitados por el diputado Salvador Arredondo. Sean todos ustedes bienvenidos a la Cámara de Diputados.



DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Continuamos. Se concede la palabra a la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez : Con su venia, señor presidente.

Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, el 8 de marzo es una fecha significativa para las mujeres de México y del mundo. Independientemente del origen, es una fecha propicia para la reflexión, para revisar avances y ver lo que hace falta por hacer.

La Organización de Naciones Unidas, en su 53 periodo de sesiones, señaló como tema prioritario el reparto equitativo de las responsabilidades entre mujeres y hombres, respecto del hogar y la familia, incluidos los cuidados prestados en el concepto de VIH/sida, por lo que es importante reflexionar y a pesar de los avances en cuanto a los derechos que las mujeres han adquirido, todavía quedan pendientes retos.

Las estadísticas nos muestran una realidad injusta y discriminatoria, para lo cual solamente basta revisar los datos que arroja la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del cuarto trimestre de 2008, los cuales señalan que 77 de cada 100 hombres ---estamos hablando de 2008---, solamente 77 de cada 100, eran económicamente activos; y que en el caso de mujeres, solamente 41 de cada 100.

Quiero señalar también que de acuerdo con esta encuesta, las mujeres reciben un ingreso menor 7.9 por ciento que sus pares varones.

En cuanto al uso del tiempo, las mujeres invierten 28.4 de su tiempo en el trabajo doméstico, mientras que los hombres lo hacen sólo en 6.5 por ciento.

En cuanto a la distribución del tiempo en el hogar, las mujeres participan más en las actividades domésticas: 84.8 por ciento contra 15.2 por ciento.

Aproximadamente 42 por ciento de las mujeres entrevistadas en esta encuesta tienen una doble jornada de trabajo, de más de 14 horas diarias, y es previsible que el trabajo doméstico de estas mujeres se incremente, ya que es necesario ahorrar debido a la crisis económica.

También es previsible que como consecuencia de esta crisis las mujeres tengan mayores posibilidades de ser despedidas y aumente el número de pobreza y de marginación, sobre todo en los hogares con jefatura femenina.

Conciliar la vida familiar y laboral no es un problema privado, es un tema de la sociedad en su conjunto. La conciliación requiere, sobre todo en tiempos de crisis, implantar medidas, por lo que exhortamos al gobierno federal a redoblar esfuerzos en estos momentos difíciles que vive nuestro país, para que mediante políticas públicas y convenios de colaboración a nivel nacional, se pueda concientizar y sensibilizar a la población sobre la necesidad de conciliar y de compartir las responsabilidades familiares.

También exhortamos al Poder Ejecutivo a realizar las acciones necesarias para la firma del Convenio 156 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a los trabajadores con responsabilidades familiares y que nos informe por escrito, a esta soberanía, sobre los avances que se tienen y en relación con la suscripción del mismo.

Es importante, compañeras diputadas y compañeros diputados, que se apliquen medidas concretas que permitan que el presupuesto que aprobamos en la Comisión de Equidad y Género y ratificado con el voto unánime de esta legislatura, por cierto, el más alto en la historia del Poder Legislativo que se ha etiquetado a favor de las mujeres.

Por ello, exigimos al gobierno federal que este presupuesto se aplique íntegramente para los fines que esta Cámara definió, y que se ejerza en el menor tiempo posible para que podamos contribuir a que las mujeres tengan mayores elementos para sortear la crisis económica que está golpeando severamente a los mexicanos, pero en particular a quienes está lastimando más es sin duda a las mujeres.

El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional estará vigilante de que el gobierno federal aplique oportunamente los recursos y realice las medidas que las circunstancias actuales exigen para apoyar la economía de las mujeres. Es cuanto.

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Muchas gracias, diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez. Es el turno de la diputada Maricela Contreras Julián, en representación del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Maricela Contreras Julián : Muy buenas tardes, compañeras y compañeros. ``Mujeres y hombres unidos para terminar la violencia contra mujeres y niñas.'' Éste es el lema que la ONU ha puesto este año para conmemorar el Día Internacional de las Mujeres en 2009.

A esta frase debemos agregar todos los esfuerzos que se hagan desde los diferentes espacios de la sociedad unidos para erradicar la desigualdad y discriminación que padecemos las mujeres.

Con el permiso de la Presidencia.

Esta conmemoración del 8 de marzo es la última que como LX Legislatura llevaremos a cabo, y tiene dos vertientes mi exposición: una tiene que ver con utilizar esta tribuna para no dar discursos complacientes que pretendan quedar bien sólo por unas horas, y que oculten una realidad donde las mujeres seguimos siendo discriminadas con mayores estragos por la pobreza, por la violación de los derechos humanos y por el saldo trágico de los índices de calidad de vida que hoy tienen las mujeres.

Alzar la voz por unos minutos solamente es dar paso a un silencio que día a día vivimos. En la mayoría de los casos, durante todo el año se niega una realidad cotidiana en la que vivimos las mujeres en este país y de la innumerable problemática que enfrentamos para que se respeten nuestros derechos.

En esta legislatura, las diputadas hemos impulsado la agenda política de las mujeres y nuestro papel ha sido consolidar todo un proceso histórico de continuidad de lucha, de defensa de una ideología, de romper barreras y obstáculos en las discusiones del Congreso de la Unión.

El trabajo que hemos desarrollado ha logrado que el tema de la igualdad de género no sólo se quede en la conmemoración de este importante día para nosotras, sino que sea materia del ejercicio de gobierno, de los trabajos legislativos, de las prácticas de impartición de justicia, del ámbito profesional o privado y de todos aquellos sectores donde las mujeres nos desarrollamos.

Sin embargo, tenemos que reconocer que existe un lento reconocimiento ---valga la redundancia--- de nuestros derechos en la legislación y una lentísima transformación de la conciencia social para el respeto de los derechos de las mujeres y, para colmo, los avances que se han tenido son motivo de embestidas y retrocesos.

En esta tribuna hemos denunciado casos de violación de los derechos humanos de las mujeres, abusos como la violación sexual ejercida por miembros del ejército y elementos policiales en San Salvador Atenco; en Castaños, Coahuila; en Zongolica, Veracruz. O bien, los constantes llamados para que el gobierno federal publique reglamentos de leyes que contemplen los derechos de las mujeres por leyes aprobadas e impulsadas por las mujeres de la sociedad civil, por las académicas y por las diputadas de las diferentes fracciones parlamentarias.

Asimismo, la manipulación de la Secretaría de Salud a la norma 046 para restringir el acceso de las mujeres víctimas de violación a la anticoncepción de emergencia y a la interrupción legal del embarazo, y--- para el anecdotario--- frenar la absurda pretensión de las autoridades para sancionar el uso de las minifaldas, o el de manifestar muestras de afecto como los besos.

Aunque hoy podemos hablar de normas que promueven la igualdad entre mujeres y hombres, que atienden la violencia de género, que promueven la participación de las mujeres en diversos ámbitos de la vida; o que en 2009 contemos con presupuestos públicos por casi 9 mil millones de pesos para 121 programas, para que las instancias del gobierno los apliquen desde la perspectiva de género. Las condiciones de vida de las mujeres poco cambian.

Por ejemplo, en el campo viven 12 millones de mujeres y de ellas sólo 600 mil cuentan con un título de propiedad o posesión de las tierras. Según el Inegi, en 2008 perdieron el trabajo 1 millón 922 mil; de esa cifra, 1 millón 364 mil corresponden a mujeres; es decir, estamos hablando de 71 por ciento. Y eso no es todo, se estima que para 2009 se perderán 300 mil puestos laborales, y de éstos la mitad corresponderá a las mujeres.

El problema de violencia sigue siendo el problema más grave. Las cifras son alarmantes; encontramos que en 2008, en el último trimestre se dio el asesinato de 264 mujeres. Estamos hablando de feminicidio.

En materia de participación ciudadana no logramos colocar en el código electoral, ya no digamos en la reforma constitucional, la paridad de género para puestos de elección popular. En conclusión, nos encontramos frente a una cultura institucional, social, donde persisten posturas discriminatorias y claramente misóginas.

Con estas circunstancias podemos afirmar que a casi tres años de contar con una Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres existe un gran incumplimiento de la misma, pues las instituciones, en todos los niveles de gobierno y en los tres poderes, no han desarrollado políticas ni aplicado acciones efectivas para hacer realidad lo establecido en este ordenamiento.

Por ejemplo, aquí en el Congreso de la Unión ha existido una rotunda negativa a realizar cambios constitucionales que den certeza jurídica y seguridad a las mujeres para que nuestros derechos sean plenamente reconocidos y respetados, pues no se incorporó ninguna disposición a favor de las mujeres en la denominada reforma del Estado.

En lo que resta de los trabajos de la presente legislatura seguiremos impulsando acciones a favor de las mujeres, pero no basta con el trabajo que muchas de las diputadas realizamos, sino que requerimos de voluntad de todo el Congreso. Se necesita de la voluntad de todas las diputadas y de todos los diputados.

Hay tres tareas específicas que algunas comisiones de la Cámara de Diputados son responsables de llevar a cabo, tan solo citaré unos ejemplos.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social debe dictaminar ya a la brevedad posible una minuta para que no se nos exija el certificado de ingravidez para que nos den empleo. Esa situación en nuestro país es inadmisible y es inadmisible que este Congreso no avance en este tema.

La Comisión de Justicia del Senado de la República debe tipificar el feminicidio como delito. La Comisión de Presupuesto debe avanzar en la aprobación de reformas legislativas para los presupuestos con enfoque de género, situación que es un compromiso adquirido por las comisiones de la Cámara, por la Secretaría de Hacienda, el Inmujeres, y la Comisión de Equidad y Género.

La Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía debe aprobar las reformas para que los medios de comunicación no denigren la imagen de la mujer o transmitan estereotipos o lenguajes sexistas. La Comisión de Salud debe avanzar en el reconocimiento de los derechos de salud sexual y reproductiva.

En el PRD consideramos que es necesario reconocer la problemática de las mujeres como un problema sociocultural que requiere abordarse con estrategias integrales que incluyan la atención y prevención de la misma, así como la promoción de los derechos de las mujeres.

Sin embargo, parece que el énfasis es el agravamiento de la violencia social. Los conflictos en materia de seguridad, el narcotráfico y la crisis han desconocido esta realidad que vivimos las mujeres, tan es así, que hoy por hoy, el Día Internacional de la Mujer merece estar en este lugar para poder también reconocer a todas las mujeres que desde su diferentes trincheras hemos dado la batalla.

Reconocer el 8 de marzo como un día para reflexionar, como un día en el que reconozcamos que esta fecha tuvo dos hechos destacables, uno trágico, que es el de la muerte de las mujeres trabajadoras en Chicago; pero otro de avanzada, como la Marcha de las Mil Mujeres, en Rusia, por el reconocimiento de sus derechos.

Valga este día para el reconocimiento de todas las compañeras que día a día tenemos en la trinchera de la defensa de los derechos humanos nuestra tarea.

También, y para finalizar, hago un reconocimiento a todas nuestras compañeras diputadas en la Cámara, que hemos estado trabajando codo a codo por los derechos de las mujeres. Muchas gracias.

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Muchas gracias, diputada Maricela Contreras Julián. Tiene la palabra la diputada María Mercedes Corral Aguilar, en representación del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La diputada María Mercedes Corral Aguilar : Con su permiso, señor presidente.

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Adelante, diputada.

La diputada María Mercedes Corral Aguilar : El Día Internacional de la Mujer tiene una historia larga. El origen de esta celebración, según algunos historiadores, se remonta al 8 de marzo de 1857, cuando en Nueva York un grupo de trabajadoras sufrió; se incendió el lugar, la fábrica textil donde trabajaban, y 146 murieron y otras más resultaron heridas.

Las diversas protestas realizadas por las mujeres en escenarios como son la Primera Guerra Mundial, la Revolución Rusa, el auge del crecimiento del sufragio por la mujer, durante las primeras décadas del siglo XX, en Latinoamérica, Europa y Estados Unidos llevaron a que, en 1975, la Asamblea General de la ONU estableciera el 8 de marzo como el Día Internacional de la Mujer. Con ello se oficializó a nivel del orbe una fecha que ya se celebraba en medio mundo.

Si bien, el 8 de marzo sirve para celebrar el valor de la lucha histórica de las mujeres para que se le reconozca su dignidad y sus derechos, en igualdad de condiciones con los hombres. También es cierto que esa lucha no ha terminado. No ha terminado, porque en México y en otros países ese derecho se encuentra conculcado por aquellos individuos que ejercen violencia contra las mujeres, en las calles y en los trabajos, y porque no basta que los derechos se encuentren consignados en leyes o en reglamentos.

Bastará, resultará hasta que se corrijan por la fuerza las costumbres discriminatorias, que a pesar de los adelantos en términos de derechos laborales, sociales y políticos subsisten en el mundo y en nuestro país.

En este nuevo milenio las mujeres jugamos un rol fundamental para el desenvolvimiento de la condición humana y este es un reto que debemos asumir con un alto sentido de responsabilidad.

Las mujeres seguimos avanzando, pero tenemos dos objetivos: uno, el de fortalecer la institución familiar y el otro, el de contribuir a la construcción de una sociedad más justa, consciente y participativa.

Vemos también que la discriminación llega a tal grado que muchas mujeres teniendo el mismo nivel escolar, la misma capacidad tienen sueldos notoriamente menores, a pesar de que se reconoce a la mujer una dedicación y un rendimiento académico mayor que el de los hombres.

En nuestro país este no es sólo un problema más, sino que se añaden también otras formas de discriminación dignas de provocar vergüenza y la indignación internacional para aquellos países que han logrado superar estos problemas.

Es un hecho que las mujeres indígenas de Chiapas, Guerrero, Oaxaca y otras regiones enfrentan el peor índice de desarrollo humano.

El informe de la Comisión de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos indica que la brecha de desigualdad entre el índice de desarrollo humano indígena y no indígena es de 15 por ciento, y que los índices de desarrollo humano más bajos del país se ubican en los municipios indígenas.

Éstos no sólo se refieren al nivel de educación formal, sino que hay que ver también usos y costumbres discriminatorios, que hacen que la morbilidad entre las mujeres sea mucho mayor que entre los hombres.

Los municipios cuya población indígena supera 40 por ciento registran más del doble de mortalidad que los municipios indígenas. Las mujeres indígenas son las que presentan los niveles más altos de mortalidad.

Por eso, compañeras, debemos implantar las estrategias adecuadas y sacar del marasmo en el que se encuentran inmersos nuestros grandes valores nacionales. Hay que dar la lucha firme y frontal, pero responsable y civilizada, ante tanto nefasto depredador, causante del maltrato y la humillación de nuestras mujeres.

Hay que recordar, compañeras, que nosotros sabemos en Acción Nacional respetar los derechos humanos, como son, sobre todo, el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad jurídica y a la integridad física.

Tenemos, sobre todo, que reconocer el trabajo que actualmente hemos hecho en la comisión de las mujeres: hemos logrado un presupuesto histórico en beneficio de todas las mujeres.

También, tenemos que ver que nosotros hemos apoyado y puesto nuestro granito de arena en la Comisión de Salud, porque hemos implantado la ley para las mujeres indígenas, las parteras indígenas, para darles capacitación. Tienen su presupuesto, y esto hay que recalcarlo, se les dio suficiente presupuesto para capacitarlas y para que ellas, indígenas preparadas, apoyen a sus otras mujeres compañeras.

El homicidio como ejercicio de violencia extrema, alcanzó la cifra de mil 14 casos. En 13 estados monitoreados entre enero de 2007 y julio de 2008, por el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, se señala que en el Estado de México y en Chihuahua se producen las mayores escaladas de violencia homicida contra la mujer.

En 10 entidades se registra un crecimiento con los asesinatos de mujeres, que va del 2 al 200 por ciento. Ello, aunado a otras formas atroces de discriminación, como la violación y la violación con homicidio.

En México, una gran proporción de mujeres viven cotidianamente en el terror, de ser agredidas e incluso muertas en la calle y en sus casas. Esto obedece a una cultura machista, dicho en otras palabras, que ni la ley, ni la educación, ni la cultura, han bastado para desterrar de nuestra patria estas atrocidades, y que nos ha faltado el valor y la determinación suficientes para acabar de una manera radical con esas lacras.

El 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer, y a no ser por la lucha femenina de más de un siglo y las buenas intenciones de algunos ante el panorama de discriminación en nuestra patria y en el mundo, esta celebración sería hipócrita y ridícula.

Por ello pido que, para tener una mínima congruencia con esta celebración, redoblemos los esfuerzos para lograr, de una vez por todas, que la dignidad y los derechos de las mujeres sean respetados.

Hago la consideración de la premisa de los derechos humanos: ``Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos, y dotados como estamos de razón y conciencia. Debemos comportarnos fraternalmente los unos con los otros''. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Muchas gracias, diputada María Mercedes Corral Aguilar. Vamos a dar paso, continuando con nuestro orden del día, a iniciativas de las señoras diputadas y los señores diputados.



ARTICULOS 14, 18 Y 22 CONSTITUCIONALES - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION - CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : La Presidencia recibió iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penalesy de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PVEM

Gloria Lavara Mejía , Diego Cobo Terrazas , Javier Estrada González , Verónica Velasco Rodríguez , José Antonio Arévalo González , Jesús Sesma Suárez , Manuel Salgado Amador, Francisco Elizondo Garrido , Alan Notholt Guerrero , Carlos Alberto Puente Salas , Ana María Ramírez Cerda , Manuel Portilla Diéguez, Antonio Xavier López Adame , Beatriz Manrique Guevara , Pascual Bellizia Rosique y Luis Alejandro Rodríguez , diputados de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante el Pleno de esta honorable asamblea, la presente iniciativa que contiene proyecto de decreto, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La inseguridad que actualmente se vive en el país ha dado lugar a que la ciudadanía perciba que las medidas adoptadas para hacer frente a la delincuencia han sido ineficaces. De acuerdo con la Encuesta de percepción ciudadana sobre la seguridad en México, 1 ocho de cada 10 mexicanos rechazan avances en el combate al secuestro y más del 60 por ciento de la población es escéptica en torno a la depuración policíaca.

De hecho, tan sólo en los diez primeros meses de 2008 hubo un incremento cercano al diez por ciento en la comisión de delitos del fuero común. La impunidad y el aumento alarmante de víctimas han propiciado que amplios sectores de la sociedad se pronuncien a favor de la aplicación de la pena de muerte.

Diversas encuestas ciudadanas demuestran que los mexicanos están a favor de incrementar las penas como medida para inhibir la comisión de delitos, inclusive, algunas de ellas, evidencian el alto índice de aprobación que la pena de muerte tiene en nuestro país. Por ejemplo, de acuerdo con el Reporte de Resultados de Campaña de Seguridad Pública y Combate a la delincuencia, 2 el 79.4 por ciento de los encuestados consideró muy urgente aumentar los castigos contra el crimen y el 53.6 por ciento se pronunció por imponer la pena de muerte en delitos graves.

Ante esta problemática seria y creciente, resulta necesaria la adopción de medidas firmes por parte del Estado, quien tiene como función mantener la tranquilidad social y el orden público para proteger la integridad física y los bienes de las personas.

Por lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México propone realizar reformas en materia penal, a fin de contribuir al combate de la incidencia delictiva mediante las funciones de prevención general y especial de la punibilidad. Sin que el esfuerzo para combatir al crimen se agote en reformas legislativas, debido a que es necesario que los órganos encargados de la prevención del delito, de la procuración y administración de justicia y ejecución de sanciones, realicen sus funciones de manera eficaz y eficiente.

Por ello, proponemos las siguientes reformas para hacer frente a la problemática expuesta:

• Reformar los artículos 14, 18 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer nuevamente las bases constitucionales que permitan al legislador ordinario federal y local, regular los supuestos en los que será aplicada la pena de muerte, estableciendo expresamente que no se aplicará cuando se trate de persecución política y en los demás casos que prevea la legislación penal.
• Reformar el Código Penal Federal para establecer los supuestos específicos en los que será aplicada la pena de muerte tratándose de los delitos de competencia federal y para establecer que en caso de falta de reconocimiento legítimo el juez no podrá condenar a la pena de muerte.
• Reformar el Código Federal de Procedimientos Penales para establecer que cuando se condene a pena de muerte, las resoluciones de los tribunales deberán, en todo caso, contener una descripción pormenorizada de las pruebas desahogadas, del valor que se les dio y de los razonamientos que lo sustentan, de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, sean favorables o desfavorables y del enlace de inferencias que permita tener por probada la comisión del delito y la responsabilidad del procesado.
• Reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para prever que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la instancia que conozca de los juicios de amparo directo que se promuevan en contra de las sentencias penales que confirmen la pena de muerte.

I. Reforma de los artículos 14, 18 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

La pena de muerte estuvo prevista en la Constitución desde su promulgación el 5 de febrero de 1917 hasta el pasado 9 de diciembre de 2005, fecha en la que se publicó el decreto por el que se reformó dicho precepto a efecto de abolirla.

La presente iniciativa propone reformar los artículos 14, 18 y 22 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos para establecer nuevamente los fundamentos constitucionales necesarios, para permitir que se establezca en la legislación penal secundaria los supuestos específicos en los que procederá la aplicación de la pena de muerte.

Es importante aclarar que la propuesta que se formula en esta iniciativa no pretende retomar completamente el esquema que se tenía antes de la entrada en vigor de la reforma constitucional publicada el 9 de diciembre de 2005, ya que si bien se propone reinstaurar la posibilidad de aplicar la pena de muerte, su aplicación se limita exclusivamente a los delitos que más laceran a la sociedad mexicana contemporánea como son: la privación ilegal de la libertad, en su modalidad de secuestro. Con la adopción de este esquema se deja a criterio del legislador ordinario, tanto federal como local, la determinación de los supuestos normativos específicos y la forma en la que deberá aplicarse dicha pena.

Quienes se han ocupado del estudio de la pena de muerte, sostienen que los argumentos filosóficos, jurídicos y criminológicos esgrimidos durante más de dos siglos, tanto por los retencionistas (sostienen la utilidad de la pena de muerte) como por los abolicionistas, son los mismos. Si bien se han agregado al discurso datos estadísticos que fortalecen sus razonamientos, el discurso teórico se mantiene intacto.3

Los argumentos que históricamente se han vertido en contra de la pena de muerte, se centran principalmente en los siguientes aspectos:

a) La pena de muerte no tiene un verdadero efecto disuasivo, toda vez que las tasas de criminalidad no han registrado cambios significativos en los países que la aplican

El efecto intimidatorio que provoca la pena capital se comprueba en casos individuales que han sido documentados, donde los criminales han admitido que la pena capital fue la amenaza específica que les detuvo de cometer un homicidio bajo ciertas circunstancias, por su temor a ser ejecutados. De hecho, un estudio mostró que en una proporción de 5:1 los homicidas creen que la pena de muerte es un castigo lo suficientemente persuasivo para evitar que ellos o otros asesinaran a sus víctimas. (People vs Love, 56 Cal. 2d. 720 (1961), (1961), McComb J. 4

Otros datos muestran, que el mayor índice de homicidios se registró en 1981 en el condado Harris en Houston, Texas con 701 asesinatos. Texas retomó las ejecuciones en 1982 y desde entonces se han ejecutado más homicidas en ese Estado y esa ciudad que en cualquier otra de los Estado Unidos de América: los homicidios se han reducido en un 63 por ciento pues de los 701 homicidios registrados en 1981 se pasó a 261 homicidios en 1996, lo que representa una gran diferencia. 5

Asimismo, El estado de Delaware 6 ejecuta mayor cantidad de personas (1/87 mil 500 per cápita) que cualquier otro estado de los Estados Unidos de América, y mantiene una tasa de asesinatos 16 veces menor que la de Washington DC. (5/100 mil contra 78.5/100 mil). 7

El efecto del temor, es un elemento que salva vidas inocentes. Si La pena de muerte no tuviera un verdadero efecto disuasivo, justificaría también la eliminación del resto de las penas previstas en el Código Penal, porque a pesar de su aplicación se siguen cometiendo delitos en el país. Del mismo modo, hacemos notar que si esta medida en realidad no causara ningún efecto disuasivo entre los delincuentes, no se explicaría por qué los que han sido sentenciados a esa pena, aun los confesos, hacen valer todos sus recursos legales a su alcance o imploran el indulto con el fin de evitar la ejecución.

b) La pena de muerte es irreversible, situación que combinada con el error judicial, deja abierta la posibilidad de que personas inocentes sean ejecutadas sin que puedan enmendarse ese tipo de errores

Ante esto debemos decir que la ejecución de la pena no debe verse de forma aislada, pues ésta no es sino la consecuencia última de la comisión de un delito. Esto presupone que el condenado fue previamente oído y vencido en un juicio imparcial en el que gozó de todas las garantías que la Constitución otorga, durante el cual tuvo la oportunidad de desacreditar las acusaciones que el Ministerio Público formuló en su contra, sin olvidar que tuvo el derecho de que su caso fuera revisado por los Tribunales Superiores, una vez que fue sentenciado en la primera instancia.

En los Estados Unidos, el estudio más significativo que se haya conducido para evaluar la evidencia de la ``inocencia del ejecutado'' es el Bedau-Radelet Study (Miscarriages of Justice in Potentially Capital Cases 40 1 Stanford Law Review, 11/87). Este estudio, concluye que 23 personas inocentes fueron ejecutadas desde el año 1900. La metodología del estudio tenía tantos errores que por lo menos 12 de esos casos no tenían evidencia de inocencia, pero si tenían una evidencia sustancial de culpa; de los once restantes no se obtuvo evidencia de que no fueran culpables; todo esto hizo que los resultados del estudio fueran de una precisión muy pobre, lo que sirvió para que más tarde Bedau escribiera ``es un sentimentalismo falso alegar que la pena de muerte debe ser abolida por la abstracta posibilidad de que una persona inocente pueda ser ejecutada cuando su expediente falla en demostrar que tal caso existe ... el estudio Bedau-Radelet habla elocuentemente sobre la extraordinaria rareza de error en la pena capital'' (Inocents on Death Row? National Review September 12 1994). 8

Asimismo, debe considerarse que la pena que se propone sería aplicada de forma excepcional, en un número reducido de casos, pues se busca sancionar con ella sólo las expresiones más graves de la delincuencia, con esto se evitaría que el exceso de trabajo de los tribunales pudiera representar un factor que indujera al error judicial, que en todo caso debe ser visto como la excepción y no como la regla general en los procedimientos judiciales.

Finalmente, es importante señalar que como parte de las medidas que se incluyen en esta Iniciativa se propone una reforma al Código Penal Federal para establecer los supuestos específicos en los que será aplicada la pena de muerte tratándose de los delitos de competencia federal y para establecer que en caso de ``duda'' el juez no podrá condenar a la pena de muerte.

Además, se propone reformar el artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a efecto de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación conozca del juicio de amparo directo que se promueva en contra de las sentencias penales que confirmen la imposición de la pena de muerte, como medida para garantizar a los sentenciados que sus casos serán estudiados por el máximo tribunal del país.

c) Es una medida que no cumple con las finalidades de la pena (readaptación social del individuo) y que ubica al Estado en el mismo plano que el delincuente al responder con violencia

En efecto, esta pena por su propia naturaleza no tiene ese carácter; se trata de una medida extrema aplicada sólo en los casos límite cuyo único fin es privar definitivamente al delincuente de la posibilidad de volver a ofender a la sociedad. La prisión ordinaria y la pena de muerte son acciones con fines completamente distintos que no deben analizarse bajo los mismos criterios.

Precisamente por este motivo, la presente iniciativa plantea reformar el artículo 18 de la Constitución, para prever una excepción a los principios conforme a los cuales la federación y la entidades federativas deben organizar, por disposición constitucional, sus sistema penal (trabajo, educación y capacitación para el trabajo), toda vez que en los casos en los que esta pena se aplique, no será factible observarlos.

No debemos olvidar que la pena de muerte salva vidas: la ejecución de homicidas previene que éstos cometan otros asesinatos y con ello se salvan vidas inocentes. La evidencia de esto es conclusiva e incontrovertible. Evidentemente, aquéllos ejecutados no pueden volver a delinquir.

En 1978, el 6 por ciento de los adultos jóvenes culpables por asesinato que salieron libres bajo caución en los Estados Unidos, fueron nuevamente arrestados por reincidir.(Recidivism of Young Parolees, 4, 1987 Bis). 9

Ahora bien, no consideramos que la actuación del Estado en estos casos pueda equipararse a la acción de un delincuente, porque a diferencia de éste último el Estado ejerce la fuerza de forma legítima, sus acciones, en todo caso están sustentadas en una Ley que no es sino producto de la voluntad popular. Sobre esta base, cuando el Estado ejerce la fuerza sobre un miembro de la sociedad, lo hace porque ella misma lo facultó para hacerlo, en aquellos casos en los que fuera necesario salvaguardar el interés general aún a costa del interés individual.

Un razonamiento similar encontramos en el Diario de los Debates del Constituyente de 1917, respecto del artículo 22 constitucional, sobre el cual la comisión dictaminadora sostuvo: ``la vida de una sociedad implica el respeto de todos los asociados hacia el mantenimiento permanente de las condiciones necesarias para la coexistencia de los derechos del hombre. Mientras el individuo se limite a procurar la satisfacción de todos sus deseos sin menoscabar el derecho que los demás tienen de hacer lo mismo, nadie puede intervenir en su conducta; pero desde el momento que, por una agresión al derecho de otro, perturba esas condiciones de coexistencia, el interés del agraviado y de la sociedad se unen para justificar que se limite la actividad del culpable en cuanto sea necesario para prevenir nuevas agresiones, la extensión de este derecho de castigo está determinada por el carácter y la naturaleza de los asociados, y puede llegar hasta la aplicación de la pena de muerte si sólo con esta medida puede quedar garantizada la seguridad social''.

Es importante resaltar, que hay quienes plantean de discusión del controvertido tema de la pena de muerte como si sólo existieran dos posturas antagónicas: los abolicionistas contra retencionistas, olvidándose que en la actualidad existe un tercer grupo de países (15 según un informe del año 2002 de la organización no gubernamental Amnistía Internacional) que han reservado la aplicación de la pena capital en casos excepcionales.

La existencia de este tercer grupo de países ha motivado que en algunos instrumentos internacionales, como lo son la Convención Americana de Derechos Humanos, Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y la Convención de los Derechos de los Niños, se prevean disposiciones relacionadas con la pena de muerte que están obligados a adoptar los países que, habiendo firmado y ratificado estos instrumentos, continúan aplicando la pena de muerte en caso excepcionales. Estas obligaciones, en términos generales, los obligan a no aplicar la pena de muerte mujeres embarazadas, enfermos mentales, menores de edad, así como a utilizar para su aplicación medios que no produzcan sufrimiento innecesario en el condenado. Así entonces, al discusión de este tema presenta diferentes matices que algunos no han querido plantear.

II. Reformas al Código Penal Federal

El aumento de la comisión delitos de privación ilegal de la libertad en sus diversas modalidades ha superado la capacidad de las autoridades competentes para hacerle frente. Lo anterior se ve reflejado en el repunte del secuestro en todo el país, a partir de 2007, año en que la cifra ascendió a 789 secuestros. Tan sólo el año pasado en el Distrito Federal fueron secuestradas 134 personas y hasta el primer semestre del presente año van 103 personas.

Lo anterior, es sólo un ejemplo de que las medidas de seguridad adoptadas para combatir el aumento del índice delictivo en el país no han dado los resultados esperados.

Resulta, entonces, necesario adoptar medidas legislativas, a fin de atender en parte los reclamos de la sociedad. Por una parte, porque la ciudadanía no sólo exige mayor severidad en la imposición de penas para quienes hacen de la violencia su modus vivendi, sino que también exige una mayor eficiencia y eficacia en la aplicación de la ley por parte de los órganos encargados de la investigación, persecución y sanción de los delitos.

Para lograr lo anterior, proponemos las reformas siguientes:

Delito de secuestro

Se propone reformar los artículos 366 y 366 Bis del Código Penal Federal para aplicar pena de muerte a los responsables de la comisión del delito de secuestro en los siguientes supuestos:

• Cuando se cometa por servidores o ex servidores públicos de las corporaciones de seguridad pública, Ejército, Marina y Ministerios Públicos federales.
• Cuando se mutile a la víctima durante el cautiverio.
• Cuando se prive de la vida a la víctima durante el cautiverio.

La pena de muerte sólo se aplicaría a delincuentes que por su violencia y causas que los motivaron, reflejan el grado de inadaptación y desprecio a la ley y a la vida de otros y, que algunos miembros de la sociedad ya han alcanzado.

El condenado a pena de muerte, sería sentenciado después de un proceso imparcial, durante el cual contara con todas las oportunidades para defenderse y con todas las garantías que la Constitución le otorgue. Tendría la posibilidad de agotar todos los recursos legales para demostrar su inocencia y la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvería el juicio de amparo directo que se promueva en contra de sentencias penales que confirmen la pena de muerte mediante reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Sobre este punto, resulta importante enfatizar que de acuerdo con las reformas propuestas en la presente iniciativa, en caso de falta de reconocimiento pleno de la responsabilidad del procesado y de la comisión del delito, el juzgador no podrá condenar al procesado a la pena de muerte.

Delito de terrorismo

Partiendo de la base de que el delito de terrorismo es de competencia federal, el Grupo Parlamentario del Partido Verde propone modificar la sanción prevista para dicho delito, considerando los graves daños que su comisión produce, pero sobre todo el estado de incertidumbre, temor, zozobra, miedo, etcétera que este tipo de actos causan entre la población civil.

Cabe señalar, que derivado de las iniciativas presentadas por el titular del Ejecutivo federal y por la entonces senadora Gloria Lavara Mejía , el 11 de septiembre de 2003 y el 16 de marzo de 2004, respectivamente, se aprobaron reformas a diversos ordenamientos legales en materia de terrorismo, las cuales fueron publicadas el 28 de junio de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.

Estas reformas consistieron en modificar el tipo básico de terrorismo, tipificar el financiamiento al terrorismo, la amenaza de cometer actos terroristas, el encubrimiento del terrorismo y adicionar un capítulo especial para el terrorismo internacional. Como lo mencionaron en ese entonces las comisiones dictaminadoras de la Cámara de Diputados las reformas aprobadas eran necesarias para que el Estado mexicano se uniera a los esfuerzos internacionales ``para erradicar el terrorismo al mostrar su cooperación en contra de uno de los ilícitos más reprobables que pueden cometerse y que son causa de una profunda preocupación para la comunidad internacional, pues representan una clara amenaza contra los valores democráticos, la paz y la seguridad internacionales''.

No obstante esto, debemos reconocer que dichas reformas no lograron inhibir la comisión de los actos terroristas que se perpetraron en Morelia, Michoacán, y a que a pesar de que se aumentó la pena mínima aplicable al tipo básico del delito de terrorismo, ésta no cumplió con su función de prevención general, toda vez que no fue suficiente para inhibir la conducta de los responsables de estos hechos.

Por lo anterior, la presente iniciativa plantea la aplicación de la pena de muerte para quienes mediante la comisión de actos terroristas atenten contra la seguridad de la nación y contra la población civil inocente. Para tal efecto proponemos reformar los artículos 123, 139, 142 y 145, del Código Penal Federal y los artículos 36, 43 y 44 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Delito de homicidio calificado

En el mismo tenor, planteamos la reforma al artículo 320 del Código Penal Federal, a efecto de sancionar con pena de muerte a los homicidas calificados, esto es, aquéllos que privan de la vida a otro ser humano valiéndose de la premeditación, la alevosía, la ventaja o la traición. Estos conceptos tienen un largo arraigo en nuestro sistema penal y además de que sus alcances están delimitados en el propio Código Penal Federal (artículos 315 al 319) han sido objeto de análisis tanto por la jurisprudencia como por la dogmática penal nacional.

En términos generales, el homicida calificado además de actuar con dolo, se asegura de obtener el resultado deseado (privar de la vida a otro) a) utilizando medios de comisión contundentes: venenos, asfixia, incendios, explosivos, inusual brutalidad o ferocidad (premeditación); b) atentando contra una persona a la que supera en fuerza, destreza en el manejo de armas o debilitada en sus posibilidades de defensa (ventaja); c) asechando a su víctima para privarla de toda posibilidad de defensa (alevosía); o bien cuando aprovechándose de la relación de parentesco, amistad, gratitud, etc. que sostenía con su víctima (traición).

En los términos en los que se plantea la iniciativa, se excluye de la posibilidad de sancionar con pena de muerte a los responsables de los homicidios culposos e intencionales simples, esto es, a aquéllos que privan de la vida a otro sin la intención de hacerlo (accidentalmente) y a los que aun teniendo esta intención no se valen de la premeditación, alevosía, ventaja o la traición para ello.

Por otra parte, la tasa de homicidios dolosos en 2007 fue de 9.7 lo cual coloca a México entre los países que registran cifras sumamente desfavorables. Lo anterior, se agrava si consideramos que recientemente se ha incrementado el número de homicidios en contra de servidores públicos que tienen a su cargo funciones de prevención, persecución o sanción del delito o ejecución de penas o, incluso de militares. Por tal razón, el homicidio de estos servidores públicos o de militares en funciones y durante el cumplimiento de su deber también será sancionado con pena de muerte, por quedar encuadrado en el tipo penal de homicidio calificado.

Lo anterior, atiende fundamentalmente a que el problema de la delincuencia, ha generado un ambiente de inseguridad pública y condiciones sociales que han dado origen a conductas proclives a la comisión de delitos, lo cual se ha visto reflejado en el aumento de la violencia, impunidad y corrupción, y que ha propiciado que los delincuentes atenten, incluso contra la vida de quienes tienen la obligación de proporcionarnos seguridad pública.

Al respecto, es importante destacar que el Ejecutivo federal ha informado que las organizaciones criminales utilizan armamento de alto poder como equipo de tipo militar granadas de fragmentación, lanzacohetes (RPG 7), fusiles de alta tecnología para francotiradores tipo P90 y ametralladoras calibre 50, y cuyo decomiso se ha incrementado los últimos años. Lo anterior, permite inferir que el gobierno federal no ha podido contener el tráfico ilícito de armamento a nuestro país, lo que ha propiciado un aumento en la comisión de delitos a mano armada, ya que la tasa de delitos perpetrados utilizando un arma es de 3 mil 400 por cada 100 mil habitantes.

De acuerdo con la Quinta Encuesta Nacional sobre Inseguridad ENSI-2008, durante 2007 hubo un incremento de la violencia, debido a que uno de cada tres delitos se cometió a mano armada y, de los delitos cometidos a mano armada, en 34 por ciento de los casos el delincuente agredió a la víctima con el arma. De esos delitos, 64 por ciento fueron perpetrados con armas de fuego.

Finalmente, como parte de las reformas al Código Penal Federal, proponemos adicionar un Capítulo II Bis, al Título II del Libro Primero de dicho Código en el que se han establecido disposiciones básicas respecto de la forma en la que deberá aplicarse la pena de muerte a nivel federal. Este capítulo está basado en diversos instrumentos internacionales (Convención Americana de Derechos Humanos, Pacto Internacional de los Derechos Políticos y Civiles y la Convención de los Derechos de los Niños) en las que se prevén disposiciones que deben observar los países firmantes en los que no ha sido abolida la pena capital. Incluir estas previsiones se consideró indispensable, porque si bien estamos convencidos que a través de esta pena se enviará un mensaje disuasivo contundente a los potenciales delincuentes, no pretendemos que se haga de ella un ``espectáculo'' público innecesario.

De nueva cuenta, el Partido Verde reafirma su postura a favor de la vida. En diversas ocasiones nos hemos manifestado en contra de temas tan controvertidos como el aborto, sin embargo, consideramos que con la propuesta que hoy formulamos no renunciamos a nuestras convicciones, toda vez que en el aborto a diferencia del secuestro y, el homicidio salvaguardamos la vida de quien todavía no ha tenido la opción de decidir entre ajustar su conducta a las reglas establecidas por la sociedad o bien quebrantarlas. Adicionalmente, nos pronunciamos por la conveniencia de aplicar esta pena, sólo en las modalidades más radicales de las que son de por si las expresiones más infames de la delincuencia.

Nuestro objetivo es concreto: enviarle el claro mensaje a la delincuencia de que el Estado mexicano está dispuesto a responder con la misma contundencia y determinación con la que ellos nos agraden.

III. En caso de falta de ``reconocimiento pleno'' no se aplicará la pena de muerte

Considerando que las pruebas tienen por objeto producir certidumbre en la mente del juzgador sobre la existencia o inexistencia de un hecho y que lo trascendente para el proceso penal es conocer la verdad histórica y no la verdad formal, estimamos que es necesario establecer ciertas garantías para el procesado por la comisión de delitos que estén sancionados con pena de muerte.

Como sabemos, en el régimen jurídico funciona el sistema mixto de valoración de las pruebas, que consiste en tasar algunas pruebas y dejar que el órgano jurisdiccional dé valor a otras.

Así el Código Federal adjetivo señala limitativamente los medios de prueba que ``hacen prueba plena'', y aquellos que constituyen ``meros indicios'', los cuales, se apreciarán en conciencia, y según la naturaleza de los hechos y el enlace lógico natural que exista entre la verdad conocida y la que se busca. De tal forma que el tribunal puede llegar a considerarlos como prueba plena, siempre y cuando sus resoluciones expresen los motivos de su valoración jurídica.

En virtud de que la certeza, en el ánimo del juzgador, no se establece por la apreciación de las pruebas en forma aislada, sino que es el resultado de todos los elementos probatorios que se le ofrecen para determinar la verdad y que en este proceso de apreciación pudiere mediar un error de valoración probatorio, resulta indispensable garantizar que ninguna persona inocente será condenada a pena de muerte, particularmente porque salvo las pruebas de inspección y cateo, todos los demás medios de prueba constituyen meros indicios.

Debido a que el indicio se ha definido como un hecho probado que sirve de medio de prueba, para presumir la existencia de otro hecho, estimamos que cuando los hechos básicos carecen de la calidad de certeza necesaria, de ellos no es conveniente derivar consecuencia alguna y mucho menos con base en ellos condenar a pena de muerte.

Por ello proponemos que cuando no exista ``reconocimiento pleno'' de la responsabilidad del acusado ninguna persona podrá ser ejecutada. Lo anterior, con el propósito de no dejar al ejercicio discrecional del juez la imposición de la pena de muerte. Para evitarlo, establecemos en el Código Federal de Procedimientos Penales que cuando se trate de delitos que estén sancionados con pena de muerte, las resoluciones deberán, en todo caso, contener una descripción pormenorizada de las pruebas desahogadas, del valor que se les dio y de los razonamientos que lo sustentan, de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, sean favorables o desfavorables y del enlace de inferencias objetivas que permita tener por probada la comisión del delito y la responsabilidad del procesado.

Lo anterior, con la finalidad de garantizar que sólo se aplicará la pena de muerte cuando la responsabilidad penal haya quedado demostrada plenamente, a través de los medios de prueba que se hayan obtenido de manera lícita, conforme a las reglas procesales aplicables.

Debido a que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 286 del Código Federal de Procedimientos Penales, se podría dar el caso de la existencia de ciertos indicios que pudieran presumir la comisión de un delito, en contrapartida, a la existencia de otros que pudieran determinar que el delito no se cometió, lo que en todo caso daría lugar a no se configure el ``reconocimiento pleno'' sobre la realización del hecho delictivo, ante esta situación proponemos establecer expresamente que no se aplicará la pena de muerte, pero se aplicará la prisión vitalicia cuando el juzgador así lo estime de conformidad con las pruebas desahogadas.

Esta falta de ``reconocimiento pleno'' deberá generar en el juzgador un estado de indeterminación entre dos decisiones, en cuyo caso sólo podrá optar por la decisión más adecuada, es decir, la no imposición de la pena de muerte; lo que no impedirá la determinación de otras penas que resulten aplicables por otros delitos que se hayan cometido y probado.

Esta propuesta tiene por objeto establecer límites a la apreciación en conciencia del juez en el momento de valorar las pruebas de acuerdo con las reglas procesales aplicables.

Estimamos que la reforma propuesta constituye una protección para el acusado de que sus garantías procesales serán respetadas, ya que si bien el Estado ejerce su potestad punitiva en el proceso penal y la cual puede culminar con una sentencia condenatoria, este ejercicio debe ser limitado a fin de garantizar al procesado el respeto a sus derechos fundamentales.

En conclusión, en virtud de que se considera que la pena de muerte es irreversible y que se ha llegado a estimar que combinada con el error judicial, se deja abierta la posibilidad de que personas inocentes sean ejecutadas sin que puedan enmendarse ese tipo de errores, proponemos garantizar a los procesados por los delitos sancionados con pena de muerte, que dicha pena no será aplicada por el órgano jurisdiccional cuando no exista un ``reconocimiento pleno'' de su responsabilidad penal y de que se cometió el delito.

La reforma consistirá en establecer que en caso falta de ``reconocimiento pleno'', nadie podrá ser condenado a muerte, sin que ello obste para que el juzgador aplique las penas que pudieren corresponder al procesado por la comisión de otros delitos debidamente probados.

Para efectos de la reforma propuesta no existirá ``reconocimiento pleno'' cuando del proceso penal que se sigue se desprenda la existencia de ciertos indicios que pudieran presumir la comisión del delito, en contrapartida, a la existencia de otros con el mismo valor probatorio que pudieran determinar que el delito no se cometió.

Estimamos que la reforma propuesta resulta acorde con las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicadas en el DOF el 18 de junio de 2008, conforme a las cuales se establece la presunción de inocencia. Si no exigiéramos que exista ``reconocimiento pleno'' de la responsabilidad del procesado y de la comisión del delito, el juez podría llegar a condenar a una persona sin tener certeza de su participación en el delito de que se trate.

Prisión vitalicia

Dejar en libertad a delincuentes que, --por los hechos criminales que cometieron reflejan el grado que han alcanzado de inadaptación y desprecio a la ley y a la vida de otros-- con seguridad van a continuar delinquiendo, atenta contra la protección de la sociedad y vulnera el fin de la reinserción social.

En tal virtud proponemos establecer como pena mínima para los delitos objeto de la presente reforma la prisión vitalicia. En este caso, la determinación de la pena quedará a cargo del juzgador quien atenderá a la gravedad del ilícito y al grado de culpabilidad del agente, así como a su peligrosidad. Esta reforma atiende al reconocimiento que la pena de muerte es una sanción excepcional.

Finalmente, el país vive un momento de crisis en materia de seguridad, la población reclama acciones firmes y decididas para enfrentarla y no podemos ignorar que un sector de ella se ha pronunciado a favor de la instauración de la pena que hoy proponemos. Nuestra obligación como representantes populares, es canalizar esos reclamos a las instituciones encargadas de su análisis y discusión. Quizá al término del debate que se dé al seno del Congreso sus reclamos no alcancen los consensos necesarios, pero lo que no podemos, como legisladores, es negarnos a debatir este controvertido tema.

Por lo expuesto, los que suscriben, diputados Gloria Lavara Mejía , Diego Cobo Terrazas , Javier Estrada González , Verónica Velasco Rodríguez , José Antonio Arévalo González , Jesús Sesma Suárez , Manuel Salgado Amador, Francisco Elizondo Garrido , Alan Notholt Guerrero , Carlos Alberto Puente Salas , Ana María Ramírez Cerda , Manuel Portilla Dieguez, Antonio Xavier López Adame , Beatriz Manrique Guevara , Pascual Bellizia Rosique y, Luis Alejandro Rodríguez de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde, sometemos a la consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por le que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y del Código Penal Federal

Artículo Primero. Se reforma los artículos 14, 18 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 14. ...

Nadie podrá ser privado de la vida, libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan con las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

...

...

Artículo 18. Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad o pena de muerte habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.

...

Los gobiernos de la federación y de los estados organizarán el sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como medios para la readaptación del delincuente, salvo en los casos previstos en esta Constitución. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.

...

...

...

...

...

Artículo 22. Quedan prohibidas las penas de mutilación, infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales.

...

...

La pena de muerte sólo podrá imponerse a los responsable de cometer los delitos de terrorismo, privación ilegal de la libertad y homicidio calificado, en los términos previstos por ley penal aplicable.

La pena de muerte no será aplicable cuando se trate de persecución política y en los demás casos que determine la ley penal.

Artículo Segundo. Se adiciona un párrafo al inciso b) de la fracción III del artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 21. Corresponde conocer a las Salas:

I y II. ...
III. ...
a) ...
b) ...
Esta facultad será ejercida de oficio en todo caso, cuando el juicio de amparo directo se promueva en contra de sentencias penales que confirmen la pena de muerte.
IV a XI ...

Artículo Tercero. Se adicionan numerales 2 y 3 al artículo 24, recorriéndose los demás en su orden, un Capítulo II Bis que se denomina Pena de Muerte al Título II del Libro Primero, los artículos 57 y 58, se reforman los artículos 25, 51, 63 64, 85, fracción I, inciso e), 139, 142, 145, 148 Bis, 315 Bis, 320, 366 y 366 Bis del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 24. ...

1. Prisión.
2. Prisión vitalicia.
3. Pena de muerte.
4. Tratamiento en libertad, semilibertad y trabajo en favor de la comunidad.
5. Internamiento o tratamiento en libertad de inimputables y de quienes tengan el hábito o la necesidad de consumir estupefacientes o psicotrópicos.
6. Confinamiento.
7. Prohibición de ir a lugar determinado.
8. Sanción pecuniaria.
9. (Se deroga).
10. Decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito
11. Amonestación.
12. Apercibimiento.
13. Caución de no ofender.
14. Suspensión o privación de derechos.
15. Inhabilitación, destitución o suspensión de funciones o empleos.
16. Publicación especial de sentencia.
17. Vigilancia de la autoridad.
18. Suspensión o disolución de sociedades.
19. Medidas tutelares para menores.
20. Decomiso de bienes correspondientes al enriquecimiento ilícito.

...

Artículo 25. La prisión consiste en la privación de la libertad corporal. Su duración será de tres días a prisión vitalicia, y sólo podrá imponerse una pena adicional al límite máximo cuando se cometa un nuevo delito en reclusión. Se extinguirá en las colonias penitenciarias, establecimientos o lugares que al efecto señalen las leyes o la autoridad ejecutora de las penas, ajustándose a la resolución judicial respectiva.

Capítulo II Bis Pena de Muerte

Artículo 26 Bis. Para la ejecución de la pena de muerte serán utilizados medios que no produzcan sufrimiento innecesario al sentenciado, empleando en todo momento la mejor tecnología disponible para tales fines.

Artículo 26 Bis 1. La pena de muerte no podrá ser aplicada a quienes hayan cometido el delito por la que se les haya impuesto siendo menores de edad, a las mujeres embarazadas o a las personas que sufran alguna enfermedad psicológica al momento en que la pena deba ser ejecutada.

Artículo 26 Bis 2. La aplicación de la pena no podrá ser pública ni se trasmitirá por ningún medio de comunicación; tampoco podrá video grabarse, grabarse, fotografiarse, ni registrase por algún otro medio bajo ninguna circunstancia.

Artículo 26 Bis 3. La ejecución de la pena sólo podrá ser presenciada por:

I. La víctima del delito cometido por el sentenciado o bien por la persona a que designe para tales efectos;
II. Por un representante de la Comisión Nacional de Derechos Humanos;
III. Por un representante de los medios de comunicación;
IV. Por las personas a las que el sentenciado designe, cuyo número será discrecionalmente limitado por la autoridad de acuerdo a las características de cada caso;
V. Por el personal técnico y de custodios estrictamente indispensable;
VI. Por el Director del Penal en el que se lleve a cabo la ejecución;
VII. Por los demás personas que prevea el Reglamento que para tal efecto se expida.

Artículo 26 Bis 4. El cadáver del sentenciado será tratado con respeto y dignidad, se entregará a la persona a la que éste haya designado previamente a su ejecución y en ningún caso podrá ser objeto de las conductas referidas en el artículo 26 Bis 2.

Artículo 51. ...

En los casos de los artículos 60, fracción VI, 61, 63, 64, 64-Bis y 65 y en cualesquiera otros en que este Código disponga penas en proporción a las previstas para el delito intencional consumado, la punibilidad aplicable es, para todos los efectos legales, la que resulte de la elevación o disminución, según corresponda, de los términos mínimo y máximo de la pena prevista para aquél, salvo cuando se trate de pena de muerte. Cuando se trate de prisión, la pena mínima nunca será menor de tres días.

Artículo 57. Cuando se trate de delitos sancionados con pena de muerte, el tribunal que los juzgare no condenará a su aplicación cuando no haya reconocimiento pleno de que se cometió el hecho que la ley señale como delito y que el procesado lo cometió o participó en su comisión.

Lo anterior, sin perjuicio de las penas que pudieren corresponder al procesado por la comisión de otros delitos debidamente probados y, de la aplicación de la prisión vitalicia cuando el juez de acuerdo con las pruebas desahogadas así lo determine.

Artículo 58. Para efectos de lo dispuesto en el artículo anterior se entiende que no existe reconocimiento pleno cuando del proceso penal que se sigue se desprenda la existencia de ciertos indicios que pudieran presumir la comisión del delito, en contrapartida, a la existencia de otros con el mismo valor probatorio que pudieran determinar que el delito no se cometió.

Artículo 63. Al responsable de tentativa punible se le aplicará a juicio del juez y teniendo en consideración las prevenciones de los artículos 12 y 52, hasta las dos terceras partes de la sanción que se le debiera imponer de haberse consumado el delito que quiso realizar, salvo disposición en contrario o bien cuando se trate de prisión vitalicia o pena de muerte, en cuyo caso la pena mínima no podrá ser menor a cuarenta años de prisión.

...

En los casos de tentativa punible de delito grave así calificado por la ley, la autoridad judicial impondrá una pena de prisión que no será menor a la pena mínima y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la sanción máxima prevista para el delito consumado y cuando la pena prevista sea prisión vitalicia o la muerte, la sanción mínima será de cuarenta años y cinco años de prisión.

Artículo 64. En caso de concurso ideal, se aplicará la pena correspondiente al delito que merezca la mayor, que se aumentará hasta una mitad del máximo de su duración, sin que pueda exceder de sesenta años, salvo que la prevista sea la pena de muerte.

En caso de concurso real, se impondrán las penas previstas para cada uno de los delitos cometidos, sin que exceda de las máximas señaladas en el Titulo Segundo del Libro Primero, salvo que se trate de pena de muerte. Si las penas se impusieran en el mismo proceso o en distintos, pero si los hechos resultan conexos, o similares, o derivado uno del otro, en todo caso las penas deberán contarse desde el momento en que se privó de libertad por el primer delito.

En caso de delito continuado, se aumentará de una mitad hasta las dos terceras partes de la pena que la ley prevea para el delito cometido, sin que exceda del máximo señalado en el Título Segundo del Libro Primero, salvo cuando se trate de pena de muerte.

Artículo 139. Se impondrá de prisión vitalicia a pena de muerte, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad para que tome una determinación.

Se impondrá pena de prisión de diez a cuarenta años y hasta mil doscientos días multa al que directa o indirectamente financie, aporte o recaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, con conocimiento de que serán utilizados, en todo o en parte, en apoyo de personas u organizaciones que operen o cometan actos terroristas en el territorio nacional.

Artículo 142. ...

Al que instigue, incite o invite a militares en ejercicio, a la ejecución de los delitos a que se refiere este Título, se le aplicará pena de cinco a cuarenta años de prisión, con excepción del delito de terrorismo, cuya pena será de prisión vitalicia a pena de muerte.

Artículo 145. Se aplicará pena de cinco a cuarenta años de prisión y de ciento veinte a mil ciento cincuenta días multa, al funcionario o empleado de los Gobiernos Federal o Estatales, o de los Municipios, de organismos públicos descentralizados, de empresas de participación estatal o de servicios públicos, federales o locales, que incurran en alguno de los delitos previstos por este Título, con excepción del delito de terrorismo, cuya pena será de prisión vitalicia a pena de muerte.

Artículo 148 Bis. Se impondrá de prisión vitalicia a pena de muerte y de cuatrocientos a mil doscientos días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten:

I. a III. ...

Artículo 315 Bis. Se impondrá de 30 a 60 años de prisión, cuando el homicidio sea cometido intencionalmente, a propósito de una violación o un robo por el sujeto activo de éstos, contra su víctima o víctimas.

También se aplicarán de 30 a 60 años de prisión, cuando el homicidio se cometiera intencionalmente en casa-habitación, habiéndose penetrado en la misma de manera furtiva, con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo.

Artículo 320. Al responsable de un homicidio calificado se le impondrá de prisión vitalicia a pena de muerte.

Artículo 366. Al que prive de la libertad a otro se le aplicará:

I. ...
II. ...
a) ...
b) (Se deroga) ...
c) a e)...
III. ...
(Se deroga).
(Se deroga).
IV. De prisión vitalicia a pena de muerte, si durante el cautiverio se causa a la víctima del secuestro alguna lesión de las previstas en los artículos 291a 293 de este código.
V. De prisión vitalicia a pena de muerte, si durante el cautiverio se priva de la vida a la víctima del secuestro.
VI. De prisión vitalicia a pena de muerte, a los servidores o ex servidores públicos de las corporaciones de seguridad, Ejercito, Marina y Ministerios Públicos Federales, que participen en la comisión del delito previsto en la fracción I de este artículo.

Si espontáneamente se libera al secuestrado dentro de los tres días siguientes al de la privación de la libertad, sin lograr alguno de los propósitos a que se refieren las fracciones I y III de este artículo y sin que se hayan presentado alguna de las circunstancias previstas en la fracción II, IV, V y VI la pena será de dos a seis años y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.

En los demás casos en los que espontáneamente se libere al secuestrado, sin lograr alguno de los propósitos a que se refiere las fracciones I y III de este artículo, las penas de prisión aplicable serán de cinco a quince años o de doscientos cincuenta hasta quinientos días multa.

Artículo 366 Bis. Se impondrá pena de dos a diez años de prisión y de doscientos a mil días multa, al que en relación con las conductas sancionadas por el artículo anterior y fuera de las causas de exclusión del delito previstas por la ley:

I a IV. ...
V. Efectúe el cambio de moneda nacional por divisas, o de éstas por moneda nacional sabiendo que es con el propósito directo de pagar el rescate a que se refiere la fracción I del artículo anterior,
VI. Intimide a la víctima, a sus familiares o a sus representantes o gestores, durante o después del secuestro, para que no colaboren con las autoridades competentes, y
VII. Encubra a un secuestrador teniendo conocimiento de sus actividades o de su identidad.
VIII. Divulgue información que pueda revelar la situación financiera de alguna persona.

Artículo Cuarto. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 290 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 290. ...

Cuando se trate de delitos que estén sancionados con pena de muerte, las resoluciones deberán, en todo caso, contener una descripción pormenorizada de las pruebas desahogadas, del valor que se les dio y de los razonamientos que lo sustentan, de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, sean favorables o desfavorables y del enlace de inferencias objetivas que permita tener por probada la comisión del delito y la responsabilidad del procesado.

Artículo Quinto. Se adiciona un artículo 36 Bis y se reforman los artículos 43 y 44 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

Artículo 136 Bis. Cuando se trate del delito de terrorismo, previsto en los artículos 139 y 148 Bis del Código Penal Federal, los beneficios a que se refieren los artículos 35, fracciones II, III y IV, y 36 de la presente Ley, consistirán en conmutar la pena de muerte por la pena de prisión vitalicia, pero en todo caso la autoridad competente tomará en cuenta la gravedad de los delitos cometidos por el colaborador y las disposiciones que establezca la legislación sobre ejecución de penas y medidas de seguridad.

Artículo 43. Los sentenciados por los delitos a que se refiere la presente Ley no tendrán derecho a los beneficios de la libertad preparatoria o de la condena condicional, salvo que se trate de quienes colaboren con la autoridad en la investigación y persecución de otros miembros de la delincuencia organizada.

La excepción a que se refiere el párrafo anterior no será aplicable a los sentenciados por el delito de terrorismo previsto en los artículos 139 y 148 Bis del Código Penal Federal.

Artículo 44. Las mismas reglas se aplicarán con relación al tratamiento preliberacional y la remisión parcial de la pena a que se refiere la ley que establece las normas sobre ejecución de penas y medidas de seguridad.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal expedirá el reglamento y demás disposiciones necesarias para la aplicación de la pena de muerte, dentro de los 90 días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.

Tercero. A las personas que hayan cometido un delito de los contemplados en el presente Decreto, con anterioridad a su entrada en vigor, incluidas las procesadas o sentenciadas, les serán aplicables las disposiciones vigentes en el momento en que se haya cometido, sin perjuicio de aplicar cuando proceda, lo previsto en el artículo 56 de dicho Código sustantivo.

Notas: 1 Encuesta de Consulta Mitosky, auspiciada por México Unido contra la Delincuencia. Muestra: mil ciudadanos encuestados entre noviembre de 2008 y enero de 2009. Fuente: www.eluniversal.com.mx 4 de febrero de 2009.2 Seguridad Pública y Combate a la Delincuencia. Encuesta Nacional. Centro de Estudios Sociales y de Opinión pública de la Cámara de Diputados. Diciembre de 2008.3 Díaz-Aranda Enrique e Islas de González Mariscal Olga, Pena de Muerte en México, México, UNAM e INACIPE, página 42.4 Pena de muerte, compilación de normas jurídicas, resoluciones, protocolos y opiniones en diversos países, organismos y particulares. México, Secretaría de Servicios Parlamentarios H. Cámara de Diputados, 1997 página 745 Idem página 76.6 Cabe señalar, sin embargo, que estas cifras no constituyen una prueba per se de que las ejecuciones frenan los homicidios en Delaware, o que la falta de pena de muerte eleva los crímenes por violencia y asesinatos en Washington D.C, pero consideramos que la eficacia de la pena capital como un elemento del sistema de justicia penal se puede medir con la disminución de los índices de homicidios en los estados en los que está presente la pena de muerte.7 Idem página 72.8 Idem, página 70.9 Idem página 72.
Dado en la sede del honorable Congreso de la Unión a los cinco días del mes de marzo de de 2009.--- Diputados: Gloria Lavara Mejía , Diego Cobo Terrazas , Javier Estrada González , Verónica Velasco Rodríguez , José Antonio Arévalo González , Jesús Sesma Suárez , Manuel Salgado Amador, Francisco Elizondo Garrido , Alan Notholt Guerrero , Carlos Alberto Puente Salas , Ana María Ramírez Cerda , Manuel Portilla Diéguez, Antonio Xavier López Adame , Beatriz Manrique Guevara , Pascual Bellizia Rosique y Luis Alejandro Rodríguez .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, y de Seguridad Pública.



LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se recibió también de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Alternativa, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario de Alternativa

La suscrita, integrante del Grupo Parlamentario de Alternativa Socialdemócrata, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados iniciativa de decreto que reforma la Ley Federal de Protección al Consumidor con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La iniciativa tiene como objetivo modificar el artículo segundo de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a fin de que se reconozca a las niñas, niños y adolescentes como consumidores. Este reconocimiento jurídico permitirá que la ley brinde a nuestra niñez la protección legal a la que tienen derecho. La Ley Federal de Protección al Consumidor tiene por objeto promover y proteger los derechos y la cultura del consumidor y procurar equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

Las niñas y los niños están teniendo un rol activo en las relaciones de consumo. Este creciente protagonismo está dado por un rol cada vez más visible de la niñez en la sociedad en general y por el hecho de que los padres cada vez ocupan más horas de su día fuera del hogar.

Este hecho ha llevado a que las empresas exploten estas características, de modo que sus mensajes puedan penetrar fácilmente en sus mentalidades y deseos y comiencen a tomar a la niñez como público objetivo para muchas de sus campañas de marketing.

Actualmente las niñas, niños y jóvenes son los mayores consumidores y un blanco importante de la publicidad, pues no sólo gastan su dinero sino que también se explota la influencia que ejercen en las decisiones de consumo de sus padres.

En este sentido el director de Estudios sobre Consumidor de la Procuraduría Federal del Consumidor, Roberto Bello, ha comentado que los niños debutan en el mundo del consumo desde los primeros meses de gestación y gran parte del presupuesto familiar se destina a garantizar sus necesidades básicas. Afirma que ``los niños son consumidores, grandes consumidores, y no controlan su conducta como consumidor''.

En 2005 se llevó a cabo un estudio en Alemania sobre los hábitos de consumo de niños con edades entre 6 y 13 años, 1 y se llegó a la conclusión de que ellos también consumen y se fijan en la marca de productos como la indumentaria de calle y deportiva, mochilas y bolsos, alimentación (chocolates, dulces, bebidas, helados, cereales de desayuno, yogures y derivados), aseo personal y cosmética, además de la importancia del consumo de medios y de telefonía móvil y la marca de los zapatos deportivos.

Lo más llamativo del estudio son los hallazgos en torno a la concepción que los niños tienen de la publicidad. Desde muy pequeños conocen sus funciones: saben que tiene una función informativa para dar a conocer productos nuevos (89 por ciento de las respuestas); también saben que sirve para que las empresas puedan vender más (87 por ciento); de igual manera saben que sirve para conocer lo que está de moda o para enseñar a los padres lo que uno quiere (73 por ciento). Y otras respuestas fueron en el sentido de que la publicidad sirve para que la gente pueda pensar en lo que quiere comprar y por qué debe comprarlo. Y un fenómeno interesante es que 3 de cada 4 niños ven la publicidad como un argumento para convencer a los padres para que les compren algo.

Los niños y adolescentes destacaron que desearían que hubiese más anuncios de juegos y videojuegos, películas, móviles y accesorios, ropa, cosas para la escuela, dulces y snacks. Y además, aconsejan a sus padres sobre qué comprar en juegos, ropa, zapatos, equipamiento deportivo, alimentación, cosmética, aseo personal, electrónica e informática.

En contra de los hallazgos del informe, las generaciones actuales parecen ser más leídas, según el KVA. Al menos 3 de cada 4 niños leen regularmente una publicación infantil. Los favoritos parecen ser los personajes de Walt Disney y muchos personajes televisivos, que ocupan los primeros puestos de lectura infantil, aunque llama la atención la lectura de las versiones infantiles de las revistas GEO y National Geographic. Pero también conocen marcas en alimentación, sobre todo las de productos como el chocolate y refrescos; consumen dulces y chucherías, aunque esta tendencia está bajando por la extensión de la preocupación por la obesidad; eligen su propia pasta de dientes y pueden gastarse una media de 300 euros al año en telefonía móvil.

Otro ejemplo lo tenemos a través del llamado ``zar de los consumidores'', el británico Ed Mayo, quien comentó el pasado 22 de enero que en el libro Consumer kids (niños consumidores) escrito por Agnes Nairn, se denuncia la forma en que las empresas tratan de convertir a los niños en consumidores sofisticados, utilizando la mercadotecnia a través de Internet.

En el libro se destaca que más de 300 mil niños, algunos de sólo 5 años, han sido reclutados para investigaciones de mercado en beneficio de empresas que van desde la Coca-Cola, Tizer o Wirgley's, hasta los fabricantes de juguetes Mattel y Nintendo.

La autora explica que la mayoría de los niños reciben dinero por ese trabajo y algunos colegios han dado incluso su visto bueno y están ingresando más de 4 mil 400 euros al año por conseguir que los menores cumplan el cometido que se les ha asignado.

El libro critica en concreto la forma en que compañías especializadas en mercadotecnia, la mayor de las cuales es Dubit, reclutan a los niños. Dubit ha trabajado para las citadas empresas, pero también para el Museo Británico, algunos cuerpos de la policía del Reino Unido y una organización contra las drogas.

Esa empresa presume de disponer de más de 350 mil ``jóvenes'' gracias a acuerdos firmados con distintos colegios por los que los maestros aceptan que sus alumnos respondan a cuestionarios sobre marketing.

Por cada cuestionario debidamente rellenado, la escuela puede ganar 2 libras (2.2 euros), con lo que al cabo de un año el centro puede ingresar hasta 4 mil libras por esa vía.

Según el libro, la práctica más discutible de Dubit es el reclutamiento de 7 mil niños, a los que llama ``embajadores de marcas'' y a quienes paga para que la ayuden a promocionar entre sus compañeros una nueva bebida, un juguete o un juego.

Mattel, por ejemplo, utilizó esa técnica para probar un reproductor digital de música con la marca Barbie, con 50 niñas de entre 7 y 11 años a las que se reclutó para que difundieran el nuevo producto entre sus amigas.

Las empresas en cuestión insisten en que se verifican siempre las edades de los niños y se solicita el permiso de sus padres si tienen menos de 16 años.

Por su parte, el director de Dubit, Robin Hilton, se justificó así diciendo que ``no se presiona a ningún niño para que participe y tampoco se nos ocurriría pedir a un joven que represente algo que no le guste''.

Con base en esto podemos decir que los niños son más vulnerables de lo que piensan muchas veces sus padres al autorizar estas prácticas dolosas. Además, un reciente estudio sobre marketing realizado en Estados Unidos de América (EUA) demuestra que este sector está atravesando por un momento de apogeo, sobre todo en lo que se refiere a alimentos pensados para niños.

Si bien no es ninguna novedad ver que los alimentos para niños vengan en variedad de formas, tamaños, sabores y colores, lo nuevo es el ingrediente de interactividad, también en lo que se come y se bebe. Los estrategas de mercado quieren aprovechar la pasión juvenil por los videojuegos interactivos y ya han comenzado en EUA a llenar las góndolas de los supermercados con comidas y bebidas que se convierten en otra cosa.

Una gaseosa --Squeez it, de General Mills-- que cambia de color al añadírsele un líquido, o de sabor al echarle una tableta. Un helado --Tongue Splasher, de Unilever-- que viene en forma de boca, lengua y cuello: su mayor atractivo parece ser una bolita de chicle escondida dentro de la lengua que pinta los labios de los niños de colores estrafalarios.

Kellogg's acaba de sacar unas tortitas espolvoreadas con una decoración que adopta distintas tonalidades si las ponen a tostar.

Los expertos en marketing para niños creen que se están abriendo las compuertas para el mercadeo de productos para niños, al mismo tiempo que crece el respeto por este sector de consumidores. ``A medida que los niños asumen mayor poder como consumidores, se convierten en blanco de una estrategia de mercado mucho más dirigida. Los niños entre 7 y 12 años representan 8 mil 900 millones de dólares del gasto anual, según los resultados del Global Kids Study de Just Kid Incorporated.

Y no sólo los niños han adquirido poder de compra. Los adolescentes también se están volviendo una fuerza poderosa en el supermercado. Julie Klyce, editora de la Newsletter Selling to Kids, citó recientemente una cifra según la cual los adolescentes representan 58 mil millones de dólares en compra de productos de almacén.

Al conocer todos estos datos, entonces, las empresas que fabrican productos alimenticios se disputan, por ejemplo, el dinero que los niños y los adolescentes destinan al almuerzo en la escuela o el colegio. Y para ganar en esa contienda, apelan a la innovación y la originalidad.

La estrategia de mercado para los niños se vuelve cada vez más sofisticado, dice Julie Halpin, CEO de Gepetto Group, Nueva York, especialista en marketing infantil: ``Hay muchas marcas y muchas categorías de productos compitiendo por una porción de la mente del niño, por eso la necesidad de creatividad es más grande. Hace diez años, a la niñez le vendíamos sólo cereales y galletitas, hoy compiten también los bancos, las computadoras y el software''.

También están los componentes psicológicos. Denise Fedewa, vicepresidenta de Planeación de Leo Burnett USA, Chicago --agencia que tiene entre sus clientes a Kellogg's y McDonald's-- dice que los padres ahora permiten a sus hijos comer cosas que antes les habrían prohibido.

Johann Wachs, vicepresidente de Planeación Estratégica de la Unidad Infantil de Saatchi & Saatchi, Nueva York, cree que ``la comida ha estado siempre tan cargada de leyes, reglamentos y cánones de conducta que, cada vez que se produce una ruptura de la rutina alimentaria, los niños adquieren poder de decisión. Si los estrategas les ofrecen algo con lo que, además de alimentarse, pueden entretenerse o divertirse, se ganarán sus preferencias''.

En relación con lo que sucede en México, datos recientes derivados del diagnóstico escolar realizado por el Consejo Nacional de Autorregulación y Ética Publicitaria, en el que participaron cerca de 80 mil escolares de todo el país, confirma que alrededor de una tercera parte de los estudiantes de primaria y secundaria tienen exceso de peso. Las cifras de obesidad registrada entre niños son preocupantes, ya que aumentaron en los últimos 7 años.

Producto de la publicidad, actualmente los menores de 5 años han registrado un aumento de peso de casi 23 por ciento y lo mismo pasa entre infantes de 5 a 11 años, que se acrecentó en poco más de un 40 por ciento.

Los mexicanos gastan alrededor de 240 mil millones de pesos al año en la compra de comida chatarra y sólo 10 mil millones de pesos en el consumo de 10 alimentos básicos.

Los niños gastan al año 20 mil millones de pesos en golosinas, con los 10 pesos que sus padres les otorgan para el recreo.

México es el segundo país con mayor índice de sobrepeso y obesidad en el mundo después de Estados Unidos de América, lo ha dicho Alejandro Calvillo, presidente del Poder del Consumidor. 2 No obstante lo anterior, nuestro país resulta un paraíso para las empresas de comida chatarra, pues no hay regulación sobre lo que se vende en las escuelas, sobre el etiquetado ni sobre la publicidad en las calles, y se carece de campañas nacionales de orientación nutricional. Ocurren situaciones tales como la publicidad de comida chatarra enfocada no en el alimento sino en los juguetes o ``cajitas felices'' incluidas para atraer a los niños.

El resultado es un ambiente tendiente a la obesidad, donde los hábitos alimentarios se deterioran y la diabetes, ligada con el sobrepeso, es la principal causa de muerte, amputaciones y ceguera de la población.

En nuestro país, de acuerdo a datos emitidos por la Secretaria de Salud, 40 por ciento de la publicidad trasmitida por televisión fomenta el consumo de alimentos que propician la obesidad.

Más de la mitad de los alimentos anunciados no serían recomendables como parte de una dieta saludable ni como parte de una dieta para controlar el peso, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud.

Según estadísticas, se calcula que los niños mexicanos ven, en promedio, 12 horas y media de televisión a la semana. Un niño de entre 4 y 12 años puede llegar a observar en promedio 61 anuncios de publicidad por día, casi 22 mil mensajes por año.

De estos mensajes, cerca de 42 por ciento corresponden a anuncios de alimentos y, entre estos últimos, 39 por ciento corresponden a golosinas, 12 por ciento a frituras, 9 por ciento a bebidas calóricas, 8 por ciento galletas y 7 por ciento pastelillos.

En contraste, los anuncios ``sanos'', relativos al frecuente consumo de agua natural, así como de frutas y verduras frescas, aparecen poco y únicamente trasmiten leyendas instantáneas que nos dicen ``aliméntate sanamente o come frutas y verduras''.

En México, además, los niños no sólo son importantes consumidores sino que son víctimas de la publicidad engañosa y de la comida chatarra de las grandes empresas como Kellogg's, McDonald's y Nestlé, entre otras.

Para la agrupación de consumidores, la publicidad dirigida a niños es la más preocupante, pues este segmento de la población es crédulo y manipulable. Un estudio hecho entre niños de 9 a 11 años de edad concluyó que 94 por ciento reconoce al Tigre Toño de Kellogg's y a Ronald McDonald de la cadena de hamburguesas y que prefieren seguir sus recomendaciones sobre qué comer, más que las dadas por sus padres.

Estas empresas, además, ignoran lineamientos de la Organización Mundial de la Salud, en el sentido de que debe restringirse la publicidad dirigida a niñas y a niños de productos con altos contenidos de azúcar, grasas o sal, y en cambio, debe promoverse un mayor consumo de frutas y verduras.

En este sentido las niñas, los niños y los adolescentes en nuestro país se encuentran muy vulnerables ante la violencia que ejercen las grandes empresas publicitarias con respecto a lo que consumen. Por ello, es necesario que sean reconocidos como consumidores para que la Ley Federal de Protección al Consumidor, cuyo objeto es promover y proteger los derechos y la cultura del consumidor, y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores, y brindar la protección legal a la que tienen derecho.

En la ley se establecen principios básicos en las relaciones de consumo, como son la protección de la vida, salud y seguridad del consumidor contra los riesgos provocados por productos, prácticas en el abastecimiento de productos y servicios considerados peligrosos o nocivos. También prevé que la educación y la divulgación de los productos deben ser adecuadas para que se garantice la libertad para escoger. De igual forma prevé que la información debe ser adecuada y clara sobre los diferentes productos y servicios, con especificación correcta de cantidad, características, composición, calidad y precio, así como sobre los riesgos que representen, cosa que, como vimos anteriormente, no se cumple.

Otro principio importantísimo es la efectiva prevención y reparación de daños patrimoniales y morales, individuales o colectivos, garantizando la protección jurídica, económica, administrativa y técnica a los consumidores a los que tendrían derecho los consumidores cuando se vean afectados. Si los menores son los principales consumidores y los principales afectados estos deben ser reconocidos como tal.

Otro principio establecido en la ley, y que va muy de la mano con el tema, es respecto a la protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como contra prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios.

En este sentido en el artículo 76 Bis de la ley se establece que el proveedor deberá abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que no proporcionen al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos, en especial tratándose de prácticas de mercadotecnia dirigidas a la población vulnerable, como los niños, ancianos y enfermos, incorporando mecanismos que adviertan cuando la información no sea apta para esa población. Esto quiere decir que la ley reconoce la vulnerabilidad de los menores con respecto a la publicidad, sin embargo no reconoce que sean consumidores.

Por estas razones es que proponemos modificar el artículo segundo de la Ley Federal del Consumidor, con la finalidad de incorporar y reconocer como sujetos de consumo a las niñas, los niños y los adolescentes.

Por los motivos expuestos, presento a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados iniciativa de

Decreto que adiciona el artículo segundo de la Ley Federal para la Protección al Consumidor

Artículo Único. Se adiciona el artículo segundo de la Ley Federal de Protección al Consumidor en los términos siguientes:

Ley Federal de Protección al Consumidor

Artículo 2. Para los efectos de esta ley, se entiende por

I. Consumidor. La persona física o moral que adquiere, rea-liza o disfruta como destinatario final bienes, productos o servicios. Se entiende también por consumidor a la persona física o moral que adquiera, almacene, utilice o consuma bienes o servicios con objeto de integrarlos en procesos de producción, transformación, comercialización o prestación de servicios a terceros, únicamente para los casos referidos en los artículos 99 y 117 de esta ley.

Las niñas, los niños y los adolescentes también serán considerados como consumidores.

Tratándose de personas morales que adquieran bienes o servicios para integrarlos en procesos de producción o de servicios a terceros, sólo podrán ejercer las acciones a que se refieren los preceptos cuando estén acreditadas como microempresas o microindustrias en términos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. y de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, respectivamente y conforme a los requisitos que se establezcan en el reglamento de esta ley.

II. a IV. ...

Transitorio

Único. El decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas: 1 Kids-Verbraucher-Analyse 2005 (KVA).2 Alejandro Calvillo, director del Poder del Consumidor en México.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de marzo de 2009.--- Diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Túrnese a la Comisión de Economía.



LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Recibimos iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por los diputados Jesús Sesma Suárezy Manuel Salvador Salgado Amador, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Iniciativa que reforma el artículo 1o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por los diputados Jesús Sesma Suárez y Manuel Salvador Salgado Amador , del Grupo Parlamentario del PVEM

Los suscritos, Jesús Sesma Suárez y Manuel Salvador Salgado Amador , diputados de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan ante el Pleno de esta honorable asamblea, la presente iniciativa que contiene proyecto de decreto, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El derecho del consumidor protege las garantías básicas que tiene toda persona ante la realización de una actividad fundamental para la economía: el consumo de bienes y servicios.

Este derecho surge a mediados del siglo pasado como una garantía social encargada de la protección de los consumidores en su derecho a la información, a la educación sobre consumo, a elegir, a la seguridad y calidad de los productos, a no ser discriminado, a la compensación y a la protección legal.

Así, el reconocimiento de las personas como sujetos de derechos vinculados al consumo de bienes y servicios está estrechamente relacionado con el derecho al consumo informado y a su protección ante cualquier arbitrariedad.

El antecedente más importante lo encontramos en el contexto internacional, durante la celebración de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en 1948, en la cual se promulgó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y en el marco de ésta se contempló dentro de las libertades humanas, la inclusión de los derechos de los consumidores.

Posteriormente, los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas durante la celebración del Día Mundial del Consumidor acordaron reconocer una serie de derechos básicos de los consumidores, los siguientes:

• Derecho a elegir
• Derecho a no ser discriminado
• Derecho a la seguridad y la calidad
• Derecho a la educación
• Derecho a la protección
• Derecho a la compensación
• Derecho a la información

Desde esta perspectiva, en México el Poder Legislativo estableció una serie de ordenamientos a fin de contar con un marco jurídico propicio para ejercer y garantizar estos derechos de los consumidores, como los relativos a la regulación de a las administradoras de fondos para el retiro que protegen a los consumidores al momento de elegir una Afore.

Por otra parte, algunos mecanismos de defensa del consumidor son señalados en diversos ordenamientos jurídicos para regular los productos y servicios ofrecidos por instituciones financieras en el país, los requisitos de información para la comercialización de productos, las prácticas e información comercial y la seguridad de los consumidores al utilizar sus productos.

La defensa del derecho del consumidor ha sido el tema de múltiples controversias ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, máximo tribunal del control de la constitucionalidad en México, y en todas ellas ha resultado indispensable que prevalezca el derecho de los consumidores.

Ejemplo de lo anterior es la jurisprudencia por reiteración de criterios emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en donde se reitera que es facultad del Congreso emitir aquellas disposiciones que sirvan para defensa de los consumidores, reza:

Protección al consumidor. El Congreso de la Unión, en uso de las facultades para legislar en esa materia, que le otorgan los artículos 73, fracciones X y XXIX-E, 25 y 28 constitucionales, creó la procuraduría relativa y emitió disposiciones en defensa de los consumidores.
Del examen integral y sistemático de los citados preceptos se advierte que compete al Congreso de la Unión legislar en materias de comercio y de protección a los consumidores, a quienes el poder reformador considera necesario tutelar, por estimar que se encuentran en desventaja frente a los proveedores que conforman la parte dominante en la relación comercial. En uso de esa facultad el legislador, en términos del artículo 20 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, creó la Procuraduría Federal del Consumidor como un organismo descentralizado de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con funciones de autoridad administrativa y encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor, procurando la equidad y seguridad jurídica en sus relaciones con los proveedores, para evitar que acepte relaciones jurídicas injustas; esto es, sus funciones son de carácter preventivo, educativo, de representación y procuración, y de resolución de conflictos. Y en los artículos 73, 73 Bis, 73 Ter, 75, 86, párrafo tercero, y 87, de la ley estableció, en defensa de los consumidores modalidades, condiciones y requisitos que los proveedores deben cumplir previamente a la celebración de contratos relacionados con el fraccionamiento, construcción, promoción, asesoría y venta al público de viviendas destinadas a casa habitación, o cuando otorguen al consumidor el derecho de usar inmuebles mediante el sistema de tiempo compartido.
Clave: P./J. , Núm.: 97/2005
Amparo en revisión 32/2005. Desarrollos de Prestigio, SA de CV, 16 de junio de 2005. Once votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Silvia Elizabeth Morales Quezada.
Amparo en revisión 1855/2004. Esphabit, SA de CV, 20 de junio de 2005. Once votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Miguel Bonilla López.
Amparo en revisión 31/2005. Promotora Torre del Castillo, S.A. de C.V. 20 de junio de 2005. Once votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretaria: Silvia Elizabeth Morales Quezada.
Amparo en revisión 239/2005. Selko Comercial de México, SA de CV, 20 de junio de 2005. Once votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Maura Angélica Sanabria Martínez.
Amparo en revisión 579/2005. BCB Impulse Administración Inmobiliaria, SA de CV, 27 de junio de 2005. Once votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Dolores Rueda Aguilar.
El Tribunal Pleno, el quince de julio en curso, aprobó, con el número 97/2005, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a quince de julio de dos mil cinco.

Este antecedente jurisprudencial evidencia la necesidad de emitir la normatividad específica para proteger a los consumidores toda vez que las relaciones entre proveedores, consumidores y prestadores de servicios, se han multiplicado y diversificado paulatinamente en virtud al dinamismo de la actividad económica.

Es desde el artículo 28 de la Constitución que se protege a los consumidores, específicamente a través de la prohibición del establecimiento de monopolios y la especulación con productos de consumo básico y, por otra parte, se fomenta la organización de consumidores.

Es por ello que es necesario modernizar este derecho que desde 1983 adquirió el rango de constitucional y, en consecuencia, emitir las reformas necesarias a ley reglamentaria de este derecho para que se garantice mejor la protección del derecho del consumidor.

Es necesario entonces, dotar de nuevas facultades a la Procuraduría Federal del Consumidor que respondan a los cambios en las relaciones de consumo e intereses de los consumidores, y más específicamente establecer mecanismos para la formación de una cultura del consumo en la ciudadanía.

A raíz de esto la Procuraduría Federal del Consumidor, entidad creada con la entrada en vigor de la Ley Federal de Protección al Consumidor en 1976, ha ido realizando una gran tarea a través de la difusión de estos nuevos derechos de los consumidores.

Es por lo anterior, que podemos decir que el derecho debe recoger las nuevas dimensiones a los derechos del consumidor en la sociedad actual.

Y concretar esta visión de la efectiva protección y promoción de estos derechos a los consumidores, a través del derecho a la educación e información para un consumo responsable, mejor identificado como: el consumo inteligente.

Con este nuevo derecho en el marco institucional se cumple con el propósito de ``proteger a los consumidores'' y se evoluciona hacia el uso de herramientas que dan viabilidad a la ley y permiten a las autoridades, a través de las vías institucionales materializar estos derechos hacia la ciudadanía.

El consumo inteligente en la praxis tutela los derechos de los consumidores a través del ejercicio de las facultades de la Procuraduría Federal del Consumidor, como un aspecto sustantivo de la relación del gobierno con los consumidores.

De esta forma, el consumo inteligente refiere elementos objetivos que aluden a principios que favorecen el poder decisorio de los consumidores y forman parte de las actividades del gobierno para tutelar los derechos de los consumidores.

El consumo inteligente es de suma importancia en el ámbito de las políticas públicas ya que es una noción que fomenta valores para el consumo desde un primer contacto de las autoridades con la ciudadanía en su calidad de consumidores.

En tal virtud, por todo lo anteriormente expuesto, se propone reconocer del consumo inteligente como parte de los principios básicos de las relaciones de consumo establecidas en la ley, ya identificado y reconocido por la Procuraduría Federal del Consumidor como ``consumo inteligente'', a saber:

¿Qué es la Profeco?
Misión
Promover y proteger los derechos del consumidor, fomentar el consumo inteligente y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.
Visión
Ser una institución efectiva en la promoción de una cultura de consumo inteligente y en la aplicación de la ley.
Objetivos de la Profeco
Proteger los derechos del consumidor.
Promover los derechos del consumidor.
Fomentar una cultura de consumo inteligente.
Procurar la equidad en las relaciones de consumo.
Procurar la seguridad jurídica en las relaciones de consumo.
Hacer más eficiente el desempeño institucional. 1

El consumo inteligente es aquel que se fundamenta en valores tales como la justicia, la solidaridad y el respeto a los derechos humanos, económicos, sociales, culturales y ambientales de todas las personas. 2

El Partido Verde promueve a través de esta iniciativa el consumo inteligente, ya que consideramos que debemos ir más allá del consumo sustentable, porque no debemos perder de vista que millones de personas no tienen acceso ni siquiera a un consumo mínimo básico.

Por ello, más que llamar a un consumo sustentable o a consumir menos, debemos convocar a la población a consumir de forma diferente.

En apoyo a lo anterior el informe del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, señaló que el consumo de bienes y servicios alcanzó los 24 billones de dólares en 1998, seis veces más que la cifra de 1975.

El 86 por ciento de este consumo mundial correspondió a sólo el 20 por ciento de la población del planeta y contrariamente, el 20 por ciento de la población más pobre sólo consumió el 1.3 por ciento de los bienes producidos. De los aproximadamente 4 mil 400 millones de habitantes de países en desarrollo casi tres quintas partes viven en comunidades sin vivienda y aproximadamente una quinta fuera del alcance de servicios adecuados de salud.

Estas cifras evidencian un consumo desigual, unilateral e inequitativo entre la población mundial. Es por ello que si bien el Partido Verde reconoce que el consumo sustentable busca concienciar sobre la importancia y consecuencias que tienen para el medio ambiente y la salud cada una de nuestras elecciones en el consumo, también es necesario redimensionar nuestra actitud hacia el consumo en otras formas.

Consideramos que el consumo sustentable y el consumo inteligente convergen en sus postulados a nivel internacional respecto a que:

• Es indispensable cambiar los patrones insostenibles de producción y de consumo.
• Es indispensable que se someta a mejor comprensión la función que desempeña el consumo.
• Es una necesidad impostergable buscar nuevas modalidades de consumo más sostenibles a las capacidades de desarrollo de los países tendientes a garantizar las necesidades básicas de la población.

Otras tendencias internacionales

En ese sentido, cinco años después, la Oficina Regional de Consumers Internacional para América Latina y el Caribe realizó un informe por encargo del Consejo de la Tierra, el cual fue presentado en las jornadas de evaluación de la Cumbre de la Tierra, Río +5, en la ciudad de Río de Janeiro entre 13 y el 19 de marzo de 1997.

El informe se realizó con base en una encuesta elaborada por la Oficina Regional de Consumers Internacional, que contó con la participación de diferentes organizaciones de consumidores y ambientalistas de América Latina y el Caribe.

En este informe se presentó una valuación de los acuerdos de Río desde el punto de vista de las organizaciones de América Latina y el Caribe, en particular los referidos en la Agenda 21 --especialmente en el capitulo cuarto--, identificaron los cuales eran los avances y propuestas.

• Se concluyó que a nivel de Estado se puede constatar que a pesar de que todos los países representados en la encuesta existen organismos responsables del diseño de políticas ambientales nacionales, más en ninguno existe una política coherente y estructurada destinada a la promoción de un consumo sustentable, racional y acorde con las necesidades ambientalistas.
• Otra de las conclusiones fue que en los países que cuentan con entidades estatales de protección al consumidor, se han iniciado campañas educativas que cubren ámbitos como el ahorro de energía, los problemas derivados de ciertos envases, el destino final de pilas y baterías. Sin embargo, estos no han obtenido resultados muy alentadores.

Hace poco más de una década las organizaciones no gubernamentales, como resultado de la reunión internacional de Consumers Internacional 1997, concluía que el consumo sustentable era el camino para establecer las políticas necesarias para promover cambios de hábitos de consumo; sin embargo en la década de los años 90 los sistemas de producción avanzan y transforman las formas de consumir propiciando que se exponencíen las necesidades y las formas de consumo, por lo que fue necesario revisar el concepto de consumo sustentable.

En este contexto, el consumo sustentable se colocó en el umbral del consumo inteligente, solo que éste último es más ambicioso en su objetivo y mucho más preciso para el lugar que la sociedad actual ha dado a la actividad de consumir.

El mundo actual necesita de un consumo inteligente, el cual desde su concepción es una figura que busca la plenitud y el desarrollo armónico, tomando en consideración las necesidades biológicas, sociales y espirituales de los consumidores.

Entre los atributos más significativos que tiene el consumo inteligente es que circunscribe la actividad de consumir a derechos fundamentales como a la libertad, a la información y la salud que unidos convergen en el consumo inteligente este entendido como ``el acto humano que es conciente, que es informado, libre y crítico frente a la publicidad, saludable, sustentable, solidario y activo, porque se organiza.

A diferencia del consumo sustentable el consumo inteligente transfiere el poder al consumidor para generar cambios favorables en las ofertas comerciales, e incluso en las políticas de las empresas, con el fin de que se ajusten a sus necesidades, pues al final de cuenta, los consumidores son el motor principal de la economía de mercado.

De esta forma el consumo inteligente es una manera de ser, de vivir y compartir la vida, de cuidar la salud propia y la salud del planeta.

Algunas asociaciones de consumidores conciben al consumo inteligente como una expresión viva de la inteligencia humana que está al alcance de todos.

Del mismo modo la Procuraduría Federal del Consumidor, Profeco, ha reiterado que ``mediante el consumo conciente pasan a segundo plano la influencia de la publicidad o la imitación social en sus decisiones de compra, porque es usted y sólo usted, a partir de la información y la reflexión, quien dispone cómo cuándo y por qué consume...''

Para la adopción del consumo inteligente, la Profeco ha señalado que se deben cumplir 7 condiciones:

1. Consumo consciente.
Todos, en cada momento, somos consumidores, y como tales damos rumbo al mercado y a la economía de nuestro país con las decisiones que tomamos. Un consumidor que es conciente de su poder, de sus derechos y obligaciones, que sabe lo que necesita, de sus derechos y obligaciones, que sabe lo que necesita, lo exige y asume las consecuencias de su modo de consumir, es un consumidor inteligente.
2. Consumo informado.
Somos libres de elegir lo que queremos consumir, pero para poder decidir entre la infinidad de opciones que ofrece el mercado, es indispensable informarse.
Un consumidor que compara calidad y precio, piensa en invertir antes que en gastar, valorando qué tanto sus elecciones de consumo satisfacen sus necesidades reales y los beneficios que traerán a su vida, a su familia y a su comunidad, es un consumidor inteligente.
3. Consumo crítico.
Los publicistas y proveedores quieren convencernos de comprar a toda costa, y para ello frecuentemente asocian su publicidad con valores que nada tienen que ver con el producto que anuncian: estatus, poder, atractivo sexual, fama. Un consumidor que es crítico ante la publicidad y la moda, se valora y valora a los demás por lo que son y no por lo que tienen, que conserva lo que necesita y le gusta, es un consumidor inteligente.
4. Consumo saludable.
Los avances médicos, científicos y tecnológicos dan acceso a productos y servicios que han aumentado la expectativa de vida. Sin embargo, muchos de estos avances también han propiciado una vida sedentaria, con excesos y hábitos poco saludables.
Un consumidor que lleva una alimentación balanceada, hace ejercicio, duerme bien, modera su consumo de alcohol, no se automedica y evita fumar, es un consumidor inteligente.
5. Consumo sustentable.
Durante décadas hemos explotado, desperdiciado y contaminado los recursos de nuestro planeta sin restricciones, comprometiendo el desarrollo y la vida de las futuras generaciones.
Un consumidor que reduce los efectos de su consumo en el ambiente al elegir productos ecológicos, ahorrar energía y agua, separar la basura, caminar en vez de usar el auto y aprovechar al máximo los productos antes de tirarlos, es un consumidor inteligente.
6. Consumo solidario.
Algunas personas --muy pocas en el mundo-- tienen recursos para comprar casi cualquier cosa, mientras la gran mayoría apenas puede consumir lo imprescindible para sobrevivir.
Un consumidor que considera los efectos de su consumo en los demás y prefiere productos artesanales o de proveedores socialmente responsables, con políticas laborales justas y procesos de producción limpios, es un consumidor inteligente.
7. Consumo organizado
Conocer nuestros derechos y tomar decisiones de consumo conscientes y responsables nos hace más fuertes, pero si nos organizamos con otros consumidores para alcanzar objetivos comunes, podemos multiplicar ese poder.

Un consumidor que suma su fuerza a la de otros y se organiza con ellos para defender sus derechos, exigir calidad y hacer alianza con Profeco y otras instituciones para lograr relaciones de consumo más equitativas, es un consumidor inteligente.''

En ese sentido el Partido Verde considera que es propicio dar el reconocimiento del consumo inteligente como parte de las acciones que pueden contribuir a los problemas que se presentan con el consumo privado, en donde algunas personas o familias no están concientes del momento en que su consumo comienza a ser superfluo o más importante aún trata de que la moderación en el consumo sea un eje que controle el consumo antes de que este controle a las personas.

Por lo expuesto, los que suscriben, Jesús Sesma Suárez y Manuel Salvador Salgado Amador , diputados a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde, para garantizar lo dispuesto en los artículos 1o.; 25, párrafo séptimo y 28, párrafos segundo y tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, sometemos a la consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el articulo primero de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Artículo Primero. Se reforma el artículo primero de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 1. ......

...

I. ...
II. La educación y divulgación sobre el consumo inteligente de los productos y servicios, que garanticen la libertad para escoger y la equidad en las contrataciones;
III. a IX. ... ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas: 1 Cfr. Menu Principal de la Profeco, en www.profeco.gob.mx/profeco/profeco.asp, Quienes somos, 2009.2 Esta propuesta tiene su antecedente en la iniciativa de establecer como parte de los Derecho de los Consumidores la perspectiva del consumo sustentable, misma que durante los trabajos de la Comisión de Economía fue objetada por considerarse materia de la Ley Ambiental señalando la pertinencia de concepto ad hoc el Consumo Inteligente.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los veinticuatro días de febrero del año dos mil nueve.--- Diputados: Manuel Salvador Salgado Amador , Jesús Sesma Suárez (rúbricas).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Túrnese a la Comisión de Economía.



LEY DEL SEGURO SOCIAL - CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se recibió del diputado Miguel Ángel González Salum, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 297 y 304 de la Ley del Seguro Social, y el artículo 67 del Código Fiscal de la Federación.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Iniciativa que reforma los artículos 297 y 304 de la Ley del Seguro Social, y 67 del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Miguel Ángel González Salum , del Grupo Parlamentario del PRI

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito Miguel Ángel González Salum , diputado federal por el estado soberano de Tamaulipas a la LX Legislatura, presenta a esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto para modificar el articulo 297 y 304 de la Ley del Seguro Social y adiciona un cuarto párrafo al artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, al siguiente tenor

Exposición de Motivos

México esta viviendo una turbulencia económica cuya magnitud es desconocida, derivada principalmente de la recesión en la economía de Estados Unidos de América y de la crisis financiera mundial. Como consecuencia, las empresas mexicanas están viendo como sus ingresos disminuyen y enfrentan dificultades a la hora de pagar sus contribuciones obligatorias, tanto tributarias como de seguridad social.

La seguridad social es una prioridad nacional. Conforme ésta se consolida se debe buscar un balance entre la eficiencia del sistema del lado del gobierno y el cumplimiento de las obligaciones por parte de los patrones y los obreros. Es por ello que, ante momentos difíciles como los que estamos viviendo, resulta prioritario otorgar facilidades para el cumplimiento de las obligaciones y, al mismo tiempo, crear incentivos para que la administración de la seguridad social alcance niveles óptimos.

En la actualidad, el Instituto Mexicano del Seguro Social ( IMSS) tiene 12 meses para desarrollar visitas al domicilio fiscal de los contribuyentes y revisar su contabilidad con el objeto de comprobar el cabal cumplimiento de sus responsabilidades fiscales. Si bien, se considera prudente esta facultad fiscalizadora, el hecho de que el IMSS pueda determinar créditos fiscales a su favor hasta 5 años después de la obligación omitida afecta el patrimonio del contribuyente, ya que se acumulan los factores de actualización, el importe de recargos y, de ser el caso, los gastos de ejecución.

Por ello, la presente iniciativa pretende que el plazo, para determinar los créditos fiscales, se modifique a dos años, tanto en el artículo 297 de la Ley del Seguro Social como haciendo una especificación en el artículo 67 del Código Fiscal de la Federación. Con este cambio se da suficiente tiempo para la fiscalización por parte del IMSS (12 meses) pero se limita a un año más la capacidad del instituto para determinar los créditos fiscales, ya que la tecnología de la que se dispone en la actualidad permite que la determinación sea expedita. Por lo tanto, se cumple con el objeto de hacer más eficiente al instituto al reducir su capacidad sancionatoria en razón de su inactividad.

Paralelamente a las disposiciones que regulan la determinación de los créditos fiscales a favor del IMSS, existe una reglamentación respecto de las multas a las que los sujetos obligados están expuestos en caso de incumplimiento del pago de los créditos fiscales. Dichas multas van del 40 por ciento al 100 por ciento del monto omitido.

A este respecto, cabe señalar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 22, señala que queda prohibida, entre otras acciones, la multa excesiva. Evaluando la disposición a la que nos referimos anteriormente, sabemos que una multa que pueda alcanzar hasta el 100 por ciento del monto omitido cae en el supuesto marcado por la Constitución.

Se puede decir que, dada la vulnerabilidad financiera del instituto, una multa de esta magnitud es un mecanismo prudente para sancionar la omisión en el pago, pero esto difícilmente se sostiene al tomar en cuenta las restricciones de flujo que puede enfrentar una empresa en tiempos de crisis, como los de ahora. Más aún, difícilmente se sostiene cualquier multa que sobrepase el costo financiero de no pagar durante un determinado periodo y cuyo indicador clave es la tasa de interés interbancaria.

Por ello, con el fin de crear un mecanismo mediante el cual sea costoso dejar de pagar los créditos fiscales a favor del IMSS y, al mismo tiempo, no se violenten los derechos constitucionales de los contribuyentes, se propone reformar el artículo 304 de la Ley del Seguro Social para que la multa sea del doble del interés de la tasa interbancaria durante el periodo en que se incumple el pago. El que sea el doble de esta tasa se debe a que, de hecho, el IMSS corre el riesgo de que, bajo algunas circunstancias, incentive el no pago. Sin embargo, quedaría solventado con la disposición propuesta.

Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante ésta soberanía iniciativa con proyecto de

Decreto para reformar los artículos 297 y 304 de la Ley del Seguro Social y adicionar un cuarto párrafo del artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

Primero. Se reforman los artículos 297 y 304 de la Ley del Seguro Social para quedar como sigue:

Artículo 297. La facultad del Instituto de fijar en cantidad líquida los créditos a su favor se extingue en el término de dos años no sujeto a interrupción, contado a partir de la fecha de la presentación por el patrón o por cualquier otro sujeto obligado en términos de esta Ley, del aviso o liquidación o de aquella en que el propio Instituto tenga conocimiento del hecho generador de la obligación.

...

Artículo 304. Cuando los patrones y demás sujetos obligados realicen actos u omisiones, que impliquen el incumplimiento del pago de los conceptos fiscales que establece el artículo 287, serán sancionados con multa del doble del la tasa ponderada de interés interbancario calculada durante el periodo en que se incumple el pago.

Segundo. Se adiciona un cuarto párrafo pasando el actual al párrafo quinto y así sucesivamente del artículo 67 del Código Fiscal de la Federación para quedar como sigue:

Artículo 67. ...

I. a IV. ...
...
...
En el caso de los créditos fiscales que por concepto de seguridad social se determinen conforme al artículo 297 de la Ley del Seguro Social, el plazo será de dos años a partir de que el Instituto Mexicano del Seguro Social determine dichos créditos.

El plazo señalado en este artículo no está sujeto a interrupción y sólo se suspenderá cuando se ejerzan las facultades de comprobación de las autoridades fiscales a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo 42 de este código; cuando se interponga algún recurso administrativo o juicio; o cuando las autoridades fiscales no puedan iniciar el ejercicio de sus facultades de comprobación en virtud de que el contribuyente hubiera desocupado su domicilio fiscal sin haber presentado el aviso de cambio correspondiente o cuando hubiere señalado de manera incorrecta su domicilio fiscal. En estos dos últimos casos, se reiniciará el cómputo del plazo de caducidad a partir de la fecha en la que se localice al contribuyente. Asimismo, el plazo a que hace referencia este artículo se suspenderá en los casos de huelga, a partir de que se suspenda temporalmente el trabajo y hasta que termine la huelga y en el de fallecimiento del contribuyente, hasta en tanto se designe al representante legal de la sucesión. Igualmente se suspenderá el plazo a que se refiere este artículo, respecto de la sociedad que teniendo el carácter de controladora consolide su resultado fiscal en los términos de lo dispuesto por la Ley del Impuesto sobre la Renta, cuando las autoridades fiscales ejerzan sus facultades de comprobación respecto de alguna de las sociedades que tengan el carácter de controlada de dicha sociedad controladora.

El plazo de caducidad que se suspende con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación antes mencionadas inicia con la notificación de su ejercicio y concluye cuando se notifique la resolución definitiva por parte de la autoridad fiscal o cuando concluya el plazo que establece el artículo 50 de este Código para emitirla. De no emitirse la resolución, se entenderá que no hubo suspensión.

En todo caso, el plazo de caducidad que se suspende con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación, adicionado con el plazo por el que no se suspende dicha caducidad, no podrá exceder de diez años. Tratándose de visitas domiciliarias, de revisión de la contabilidad en las oficinas de las propias autoridades o de la revisión de dictámenes, el plazo de caducidad que se suspende con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación, adicionado con el plazo por el que no se suspende dicha caducidad, no podrá exceder de seis años con seis meses o de siete años, según corresponda.

Las facultades de las autoridades fiscales para investigar hechos constitutivos de delitos en materia fiscal, no se extinguirán conforme a este artículo.

Los contribuyentes, transcurridos los plazos a que se refiere este artículo, podrán solicitar se declare que se han extinguido las facultades de las autoridades fiscales.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Palacio Legislativo, a 10 de marzo de 2009.--- Diputado Miguel Ángel González Salum (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Túrnese a las Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Hacienda y Crédito Público.



LEY GENERAL DE SALUD

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : También la Presidencia recibió iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, suscrita por diputados integrantes de las Comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, suscrita por integrantes de las Comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Los diputados abajo firmantes, de las Comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de grupos parlamentarios integrantes de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 4o., párrafos 4 y 5, 71, fracción II, y 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración del Pleno de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Los principales gases de efecto invernadero (GEI) son bióxido de carbono (CO2), metano (CH4) y óxido nitroso (N2O). La generación de estos gases se asocia a varias actividades productivas, como la industria y el transporte, a incendios forestales, a la ganadería y al uso de fertilizantes agrícolas.

La emisión de GEI ha aumentado en el planeta debido a las actividades humanas y a la destrucción de ecosistemas, lo cual ocasiona que una cantidad mayor de energía calorífica quede atrapada en la atmósfera, y que aumente gradualmente la temperatura.

La transformación de la atmósfera está causando modificación de las estaciones y climas, cambios en las corrientes marinas y desequilibrio en el régimen pluvial en todo el planeta. A esos efectos en conjunto se llama ``cambio climático de origen antropogénico''.

El cambio climático era una teoría hasta hace algunos años. Gracias a numerosos estudios, la Organización de las Naciones Unidas reconoció oficialmente en 2007 que el cambio climático es un hecho comprobable, y que nos afecta a todos. Para quienes dudan de su existencia, basta observar el aumento reciente en la intensidad y frecuencia de fenómenos meteorológicos.

Todas las regiones y los sectores de la población son vulnerables a los efectos del cambio climático, entre ellos escasez de agua, aumento del nivel del mar y modificación en la distribución de las enfermedades infecciosas. Puesto que no podemos detener las actividades productivas, la humanidad está imposibilitada para detener el cambio climático. Sin embargo, podemos evitar que se acelere, si adoptamos medidas para reducir o mitigar las emisiones de GEI.

Asimismo, se requiere estudiar con detalle cuáles son los puntos de vulnerabilidad en la población respecto a los efectos del cambio climático y, posteriormente, desarrollar medidas de adaptación pertinentes, diseñadas ex profeso para cada sector poblacional.

En el ámbito oficial, cada sector del gobierno debe implantar medidas especiales para promover la mitigación de emisiones, estudiar la vulnerabilidad de la población e implantar medidas de adaptación a los efectos del cambio climático, en su respectivo ámbito de competencia.

En México falta mucho por hacer en la materia. Sin embargo, se han dado los primeros pasos. La Comisión Intersecretarial de Cambio Climático fue creada con el objetivo de coordinar las acciones de las dependencias y las entidades de la administración pública federal relativas a la formulación e instauración de las políticas nacionales para prevención y emisión de gases de efecto invernadero, a la adaptación frente a los efectos del cambio climático y, en general, para promover el desarrollo de programas y estrategias de acción climática relativos al cumplimiento de los compromisos suscritos por México en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático y los demás instrumentos derivados de ella, particularmente el Protocolo de Kyoto.

Dicha comisión está coordinada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; incluye las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Desarrollo Social, de Relaciones Exteriores, de Comunicaciones y Transportes, de Economía, y de Energía, y están en proceso de incorporación la de Educación Pública, la de Marina y la de Salud.

La comisión intersecretarial ha publicado varios documentos relevantes, entre ellos Hacia una estrategia nacional de acción climática, en noviembre de 2006, y Estrategia nacional de cambio climático (ENACC), presentada públicamente en mayo de 2007. La comisión intersecretarial formula el Programa Especial de Cambio Climático.

La ENACC busca precisar las posibilidades y los rangos de reducción de emisiones, propone los estudios necesarios para definir metas más precisas de mitigación y esboza las necesidades del país para avanzar en la construcción de capacidades de adaptación.

En el ámbito de salud, la ENACC señala las siguientes líneas prioritarias de investigación para adaptación:

• Evaluación de los efectos de cambios en el clima sobre la salud de distintos grupos sociales.
• Fortalecimiento de los planes de actuación en salud pública a partir de sistemas de alerta temprana.
• Fortalecimiento de los programas de vigilancia y control de enfermedades de transmisión vectorial.

La ENACC también señala los siguientes efectos previsibles del cambio climático en la salud pública:

• Incremento y redistribución de enfermedades transmitidas por vectores como los mosquitos (paludismo, dengue, etcétera).
• Mayor incidencia de enfermedades infecciosas relacionadas con la calidad del agua (cólera, tifoidea, etcétera).
• Incremento de la morbilidad y la mortalidad por ondas de calor y deshidratación.

Por último, la ENACC indica algunas acciones vinculadas con la adaptación, en el ámbito de salud pública:

• Reforestar zonas urbanas para proveer sombra y amortiguar el incremento de la temperatura.
• Asignar más recursos para atención médica básica y monitoreo de índices de morbilidad en zonas susceptibles a enfermedades infecciosas y por vectores.
• Mejorar sistemas de aislamiento, ventilación y control de temperatura en viviendas para reducir morbilidad y mortalidad por deshidratación durante ondas de calor.

Las líneas de acción que engloba la ENACC en materia de salud deben acompañarse de instrumentos legislativos apropiados, que faciliten la coordinación de instituciones del sector, para implantar medidas derivadas de dichas líneas de acción.

A raíz de esta preocupación, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados desarrolló el programa Cambio Climático y Seguridad Nacional, en coordinación con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, el Centro de Colaboración Cívica, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, el Centro Mario Molina y la Comisión de Estudios del Sector Privado para el Desarrollo Sustentable.

El programa ha realizado dos reuniones de expertos de diversos ámbitos y sectores para dialogar sobre el tema de cambio climático, y así obtener conclusiones que permitan desarrollar e impulsar una agenda legislativa integral en materia de cambio climático.

En la segunda reunión, la mesa de expertos en el tema de salud generó a manera de conclusiones las siguientes propuestas sobre las tareas pendientes de atender en la materia, desde las atribuciones del Poder Legislativo:

1. Establecer un sistema de evaluación integral del sector salud ante los retos del cambio climático que considere
• El análisis de los sistemas de vigilancia epidemiológica;
• Sistemas de información e infraestructura tecnológica;
• Programas de atención de la salud;
• Sistemas de referencia y contrarreferencia;
• Investigación (epidemiológica, clínica, costos en la salud, sanitaria, de intervención, y medidas adaptativas); y
• Educación en salud.

A fin de fortalecer, modernizar, hacer más eficiente y garantizar la intervención oportuna del sector salud.

2. Mejorar la capacidad institucional para afrontar los problemas de salud derivados del cambio climático, a partir de un enfoque preventivo y de intersectorialidad en las siguientes áreas:
• Salud pública;
• Atención médica; e
• Intervenciones sanitarias.
3. Revisar el presupuesto asignado al sector salud para hacer frente a los retos derivados del cambio climático y crear la oficina de acción climática en el sector salud.
4. Crear un área gubernamental de cambio climático que tenga como ejes de acción
• Investigación;
• Resolución de problemas derivados del cambio climático;
• Desarrollo de programas interdisciplinarios; y
• Gestión de recursos.
5. Promover la confluencia de los tres órdenes de gobierno y la participación ciudadana en salud para diseñar, ejecutar y evaluar programas y estrategias para mitigar los efectos en salud derivados del cambio climático.

A partir de estas propuestas encontramos que, en el ámbito federal, es prioridad revisar las leyes del sector salud para incorporar el tema de cambio climático y permitir el desarrollo de las propuestas y programas existentes en el tema, particularmente las líneas de acción definidas en la ENACC.

En consecuencia, la presente iniciativa propone incorporar la noción de ``cambio climático'' en la Ley General de Salud. Para desarrollar este proyecto de decreto, analizamos a detalle la ley, en busca de los artículos donde resultase más adecuada la inclusión del tema y tuviese mayor relevancia.

De ese modo, proponemos reformar diversos artículos, con objeto de

• Circunscribir en las líneas de investigación en salud el análisis de la vulnerabilidad de la población y las medidas de adaptación frente a los efectos del cambio climático.
• Garantizar que la promoción de la salud contenga medidas de adaptación.
• Agregar a los objetivos de la educación para la salud proporcionar conocimiento sobre las medidas de adaptación.
• Facultar a las autoridades sanitarias para realizar acciones que protejan a la población de los riesgos y daños originados por el cambio climático.
• Facultar a la Secretaría de Salud y entidades federativas para desarrollar investigación de los riesgos y daños que originen los efectos del cambio climático sobre la salud.

La Ley General de Salud vigente fue publicada en 1984; es decir, mucho tiempo antes que se celebraran los protocolos y convenios internacionales vigentes en materia de cambio climático. Así pues, congruentes con la función integradora del derecho, es preciso actualizar la ley, para incluir el reconocimiento de este fenómeno, que afecta actualmente la salud general.

Las reformas que proponemos cubrirán un importante vacío legislativo y facilitarán la implantación de las líneas de acción definidas en la ENACC para atender el tema de cambio climático en el ámbito de salud.

Por lo expuesto, los legisladores que suscriben, integrantes de las Comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, someten a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de cambio climático

Artículo Único. Se reforman la fracción V del artículo 6o., la fracción IV del artículo 96, la fracción III del artículo 111, la fracción II del artículo 112, el artículo 116 y la fracción I del artículo 119 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 6o. El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos:

I. a IV Bis. ...
V. Apoyar el mejoramiento de las condiciones sanitarias del ambiente que propicien el desarrollo satisfactorio de la vida y la adaptación de la población a los efectos del cambio climático ;
VI. a VIII. ...

Artículo 96. La investigación para la salud comprende el desarrollo de acciones que contribuyan

I. a III. ...;
IV. Al conocimiento y control de los efectos nocivos del ambiente en la salud, así como al análisis de la vulnerabilidad de la salud de la población y sus medidas de adaptación frente a los efectos del cambio climático ;
V. y VI. ...

Artículo 111. La promoción de la salud comprende

I. y II. ...;
III. Control de los efectos nocivos del ambiente en la salud y medidas de adaptación a los efectos del cambio climático ;
IV. y V. ...

Artículo 112. La educación para la salud tiene por objeto

I. ...;
II. Proporcionar a la población conocimientos sobre las causas de las enfermedades y de los daños provocados por los efectos nocivos del ambiente en la salud, así como medidas de adaptación a los efectos del cambio climático ; y
III. ...

Artículo 116. Las autoridades sanitarias establecerán las normas, tomarán las medidas y realizarán las actividades a que se refiere esta ley tendentes a la protección de la salud humana ante los riesgos y daños dependientes de las condiciones del ambiente, especialmente los originados por el cambio climático .

Artículo 119. Corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia:

I. Desarrollar investigación permanente y sistemática de los riesgos y daños que originen la contaminación del ambiente y los efectos del cambio climático sobre la salud de la población ;
II. a IV. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un plazo no mayor de un año posterior a la publicación del presente decreto, la Secretaría de Salud deberá actualizar el marco normativo y programático correspondiente en materia de riesgo sanitario.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 10 de marzo de 2009.--- Por la Comisión de Salud, diputados: Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), José Antonio Muñoz Serrano (rúbrica), Adriana Rebeca Vieyra Olivares , Fernando Enrique Mayans Canabal (rúbrica), Efraín Morales Sánchez , María Oralia Vega Ortiz , Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Juan Abad de Jesús (rúbrica), Efraín Arizmendi Uribe , Maricela Contreras Julián , María Mercedes Corral Aguilar , Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Daniel Dehesa Mora , Nemesio Domínguez Domínguez , Beatriz Eugenia García Reyes , Ángel Humberto García Reyes , Yolanda Mercedes Garmendia Hernández , Tomás Gloria Requena , Daniel Gurrión Matías , María Mercedes Maciel Ortiz , Lorena Martínez Rodríguez , Holly Matus Toledo , Roberto Mendoza Flores , Elizabeth Morales García , Miguel Ángel Navarro Quintero , Gilberto Ojeda Camacho , Jorge Quintero Bello , José Ignacio Alberto Rubio Chávez , María Gloria Guadalupe Valenzuela García (rúbrica).
Por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama , Aleida Alavez Ruiz , Armando Barreiro Pérez , Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Juan Hugo de la Rosa García , Adriana Dávila Fernández (rúbrica), José Antonio Díaz García , Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Humberto López Lena Cruz , María Soledad López Torres , Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez , Roberto Mendoza Flores , Fernando Moctezuma Pereda, Víctor Manuel Méndez Lanz , Jorge Rubén Nordhausen González (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas , Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Rafael Villicaña García .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Túrnese a la Comisión de Salud.



LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS - LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se recibió iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de la Función Pública.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por integrantes de la Comisión de la Función Pública

Los que suscriben, diputados integrantes de la Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en la LX Legislatura, presentamos al Pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Uno de los ejes de trabajo de la Comisión de la Función Pública durante la presente legislatura ha sido la reforma constante, cuando ha sido necesario, de las leyes que tienen que ver con la contratación pública, como lo son la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, pues estamos consientes de los beneficios que dichos ordenamientos legales implican en la economía mexicana. De hecho, en febrero de 2008 la comisión organizó el foro Normatividad relacionada con la contratación pública de obra, bienes y servicios, respecto del cual se editaron unas memorias que fueron presentadas el martes 9 de diciembre de 2008 en el marco de la ``Jornada contra la corrupción'', organizada también por la comisión para conmemorar este día.

Por tanto, los temas que son objeto de la presente Iniciativa fueron extraídos de algunas de las conclusiones a las que se arribaron en dicho foro.

Además, esta iniciativa obedece a los momentos que actualmente estamos viviendo. La economía mexicana ha venido resintiendo en forma paulatina los efectos adversos de la crisis económica mundial ya que ha experimentado una desaceleración derivada de los problemas en el sector hipotecario y financiero de Estados Unidos de América y otras naciones industrializadas, lo que ha traído como consecuencia un incremento en las presiones inflacionarias, incertidumbre y volatilidad en los mercados financieros, fluctuaciones en el tipo de cambio y deterioro en las perspectivas de crecimiento.

Asimismo, dicho fenómeno ha empezando a afectar directamente a los bolsillos de las familias mexicanas, toda vez que la inestabilidad económica se ha reflejado en la pérdida de empleos, incrementos en los precios de los alimentos, en las principales materias primas y en los energéticos.

Ante ese escenario, en el país se han implantado una serie de medidas aplicando una política contracíclica basada en tres pilares fundamentales: el incremento del gasto público; la creación del Fondo Nacional de Infraestructura, y la implantación del Programa de Apoyo a la Economía.

Adicionalmente, dicha estrategia se ha acompañado de una serie de medidas legislativas tendentes a impulsar la economía, la competitividad y la inversión productiva en el país.

Dentro de esas medidas, se tiene la reciente reforma a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2008, que tiene por objeto, entre otras cuestiones, impulsar la generación de la infraestructura necesaria que, a su vez, acelere el crecimiento de la economía nacional en beneficio de la sociedad.

Así las cosas, se reformó el artículo 48 del citado ordenamiento, para prever que las dependencias y entidades federales puedan recibir del sector privado propuestas de estudios para la realización de obras asociadas a proyectos de infraestructura y una vez que éstos hayan sido aprobados, permitir que las personas que los formularon participen en los procesos de contratación para la ejecución del proyecto de obra respectivo.

La reforma de referencia, tuvo como propósitos principales estimular la participación de los particulares en las etapas de planeación de las obras de infraestructura; que el gobierno federal contara con proyectos adicionales a los contemplados en sus programas; generar mejores y mayores proyectos de infraestructura, e incentivar el crecimiento de la economía nacional.

Asimismo, se buscó impedir que empresas mexicanas que cuentan con la suficiente capacidad de respuesta se inhiban de licitar estudios o proyectos por verse privadas del derecho de participar en los concursos para la ejecución de aquéllos.

Por la importancia que dicha reforma reviste, es necesario adecuar bajo los mismos motivos, las disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

En ese sentido, proponemos modificaciones al artículo 18 de dicha ley para ampliar la regulación en materia de preparación de estudios, planes y programas para la realización de obras asociadas a proyectos de infraestructura no solicitados, es decir, de aquéllos que cualquier persona física o moral y las entidades federativas y municipios presentan por iniciativa propia ante las dependencias y entidades de la administración pública federal, por considerar que son factibles y existe interés en desarrollar.

Asimismo y tomando en consideración el impacto que tendría en el impulso de la economía, la ejecución de todo tipo de proyectos de infraestructura, se estima necesario prever en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que la presentación de estudios por parte de los interesados para la realización de obras asociadas a proyectos de infraestructura pueda realizarse en cualquier sector y no sólo en los de comunicaciones, transportes, hidráulico, medio ambiente y turístico, como actualmente lo prevé la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, ya que si bien es cierto que se ha puesto énfasis en esos sectores por considerar que coadyuvaran mayormente a incentivar e incrementar la inversión pública, también lo es que no son los únicos que pueden generar beneficios económicos y sociales al país.

Por otro lado y para incentivar la presentación de estudios, planes y programas para la realización de obras asociadas a proyectos de infraestructura, resulta fundamental modificar el artículo 42 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas, para agregar como un supuesto de contratación mediante adjudicación directa los servicios que tengan por objeto elaborar o concluir los estudios, planes o programas necesarios que permitan la realización de la licitación pública para la ejecución de las obras asociadas a dichos proyectos.

De esta forma, las personas físicas y morales, entidades federativas y municipios, tendrán la certeza de que los gastos que llevaron a cabo en la elaboración y presentación de sus estudios, planes y programas, de ser aceptados por las dependencias y entidades de la administración pública federal, serán restituidos mediante el pago correspondiente.

La reforma plantea en el artículo 51, fracción VII, de la LOPSRM, que las dependencias y entidades de la administración pública federal podrán recibir propuestas y celebrar contratos en las materias a que se refiere dicho ordenamiento, con las personas que por sí o por medio de las empresas de las que formen parte, haya realizado y presentado, en virtud de otro contrato, estudios, planes y programas para la realización de obras asociadas a proyectos de infraestructura. Es decir, dichas personas podrán participar en los procedimientos de ley para que les sea adjudicado el contrato respectivo para llevar a cabo las obras que hubieren propuesto en sus estudios, planes y programas.

Con ello se incentiva que las personas que hayan tenido la iniciativa de presentar estudios, planes y programas, asumiendo el riesgo en los gastos iniciales y sujeto a la aprobación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, puedan participar en la realización de las obras como tal, y no solamente en el proyecto, etapa que representa la inversión principal. Lo anterior desinhibe la presentación de proyectos, ya que en los términos de la legislación vigente quien elabora un proyecto de infraestructura no puede participar en el procedimiento de contratación respectivo.

Ahora bien, tomando en consideración la posible ventaja competitiva que pudiera generarse a favor de las personas que presentaron los estudios, planes y programas, que posteriormente participen en los procedimientos para la adjudicación de las obras asociadas a los proyectos de infraestructura, respecto de aquéllas que no llevaron a cabo dichos estudios, planes y programas, se han propuesto diversas modificaciones a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el propósito de eliminar ese riesgo y lograr un equilibrio entre los participantes, que versan sobre lo siguiente:

a) Corresponderá a las propias dependencias y entidades de la administración pública federal realizar el análisis de los estudios, planes y programas para determinar su viabilidad;
b) Contra la determinación de las dependencias y entidades de la administración pública federal no procederá recurso alguno;
c) Las propias dependencias y entidades de la administración pública federal evaluarán la conveniencia de realizar estudios complementarios;
d) En las bases de licitación se incluirá la mención de que las personas que hayan elaborado y presentado estudios, planes y programas, que pretendan participar en el procedimiento de contratación de las obras asociadas a proyectos de infraestructura, manifestarán bajo protesta de decir verdad que dichos estudios, planes y programas incluyen supuestos, especificaciones e información verídicos y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como también, que se consideran costos estimados apegados a las condiciones de mercado;
e) Si la manifestación anterior se realiza con falsedad, se sancionará al licitante conforme el título séptimo de la LOPSRM, y
f) La información que se genere con motivo de los estudios, planes y programas, deberá ser proporcionada a todos los licitantes, a efecto de que estén en las mismas condiciones.

Por otra parte y con el propósito de no inhibir los beneficios económicos y sociales que se generen por la ejecución de proyectos de infraestructura, se propone modificar el artículo 86 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el objeto de que la suspensión de los procedimientos de contratación de las obras que sean solicitadas por los interesados en las inconformidades que interpongan, sólo procedan en supuestos específicos y limitados, así como que se les solicite a éstos otorgar una garantía que se hará efectiva en el caso de que la inconformidad resulte infundada. La anterior medida resulta necesaria ya que de lo contrario no se lograría el efecto deseado con la presente reforma, que es principalmente el incentivar a la economía del país ante los efectos adversos de la crisis económica mundial que enfrentamos.

Finalmente y con el propósito de reducir la incertidumbre jurídica que pudiera generarse por la existencia de dos ordenamientos jurídicos regulando un mismo aspecto, se sugiere derogar, en su parte conducente, el artículo 48 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a efecto de que sea en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, como ordenamiento especial en la materia, sea en donde se establezcan las reglas y procedimientos a seguir por aquéllas personas que habiendo elaborado estudios para la realización de proyectos de infraestructura pretendan participar en los procedimientos de licitación pública respectivos.

Por los motivos expuestos y en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Artículo Primero. Se reforman los artículos 18 párrafo cuarto; 33 fracción XXIII último párrafo; 42 fracciones XI y XII; 51 fracción VII, párrafo primero; 86, párrafo quinto; Se adicionan los artículos 18, con cuatro nuevos párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo; 33 con una nueva fracción XXIV, pasando la actual XXIV a ser XXV; 42, con una nueva fracción XIII; 51, fracción VII con un párrafo segundo; 86, con un nuevo párrafo quinto, pasando el actual párrafo quinto a ser párrafo sexto de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue:

Artículo 18. ...

...

...

Cualquier persona, las entidades federativas y los municipios, podrán promover y presentar a consideración de las dependencias y entidades, estudios, planes y programas para el desarrollo de proyectos, debiendo proporcionar la información suficiente que permita su factibilidad, sin que ello genere derechos u obligaciones a las mismas dependencias y entidades.

Los estudios, planes y programas para la realización de obras asociadas a proyectos de infraestructura de los sectores comunicaciones, transportes, hidráulico, medio ambiente y turístico, entre otros, deberán reunir los requisitos que establezcan, mediante disposiciones de carácter general, las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Turismo o la dependencia de que se trate, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Las dependencias y entidades realizarán el análisis de los estudios, planes o programas asociados a proyectos de infraestructura, con el objeto de determinar su viabilidad conforme a las disposiciones referidas en el párrafo anterior, así como su congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas correspondientes.

Asimismo, las dependencias y entidades notificarán al promovente de los estudios, planes o programas a que se refiere el párrafo anterior, su autorización, negativa o, en su caso, las observaciones que formulen en relación a éstos, en un plazo que no excederá de seis meses contado a partir de la fecha de presentación del estudio, plan o programa correspondiente, sin que contra esta determinación proceda recurso alguno. En caso de que las dependencias y entidades no respondan en el término indicado, el estudio, plan o programa presentado se tendrá por rechazado.

Respecto de las propuestas de estudios, planes o programas autorizados, la dependencia o en el caso de entidades, la dependencia coordinadora del sector respectivo evaluará, dentro de dicho plazo, las condiciones y tiempos para el desarrollo de los estudios complementarios que se requieran, a fin de contar con el proyecto de obra correspondiente.

Artículo 33. ...

I. a XXII.
XXIII. ...
...
A) ...
B) ...
C) ...
...
...
En caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere esta fracción, o si de la información y documentación con que cuente la Secretaría de la Función Pública se desprende que personas físicas o morales pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, las dependencias y entidades se abstendrán de firmar los contratos correspondientes;
XXIV. La indicación de que las personas a que se refiere el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 51 de esta Ley, que pretendan participar en el procedimiento de contratación para la ejecución de una obra, manifiesten bajo protesta de decir verdad que los estudios, planes o programas que previamente hayan realizado, incluyen supuestos, especificaciones e información verídicos y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que, en su caso, consideran costos estimados apegados a las condiciones del mercado.
En el caso de que la manifestación se haya realizado con falsedad, se sancionará al licitante conforme al Título Séptimo de esta ley, y
XXV. Los demás requisitos generales que, por las características, complejidad y magnitud de los trabajos, deberán cumplir los interesados, precisando como serán utilizados en la evaluación.
...
...

Artículo 42. ...

I. a X. ...
XI. Se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios, investigaciones o capacitación, relacionados con obras públicas, debiendo aplicar el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, entre las que se incluirán a las instituciones de educación superior y centros de investigación. Si la materia de los trabajos se refiere a información reservada, en los términos establecidos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, podrá autorizarse la contratación mediante adjudicación directa;
XII. Se acepte la ejecución de los trabajos a título de dación en pago, en los términos de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, y
XIII. Se trate de servicios que tengan por objeto elaborar o concluir los estudios, planes o programas necesarios que permitan la realización de la licitación pública para la ejecución de las obras asociadas a proyectos de infraestructura, siempre y cuando el precio de los mismos no sea mayor de cuatro por ciento del monto total del proyecto cuya ejecución se pretenda licitar, o bien, al monto de cuarenta millones de pesos, lo que resulte menor, debiéndose adjudicar directamente el contrato respectivo.
Para la determinación de los precios a que se refiere el párrafo anterior, las dependencias y entidades observarán los lineamientos que al efecto emita la Secretaría de la Función Pública.

Artículo 51. ...

I. a VI. ...
VII. Las que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente, hayan realizado o se encuentren realizando por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, trabajos de dirección, coordinación y control de obra; preparación de especificaciones de construcción; presupuesto de los trabajos; selección o aprobación de materiales, equipos y procesos, así como la preparación de cualquier documento relacionado directamente con las bases de licitación, o bien, asesoren o intervengan en cualquier etapa del procedimiento de contratación.
Las personas que hayan realizado, por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, estudios, planes o programas para la realización de obras asociadas a proyectos de infraestructura, en los que se incluyan trabajos de preparación de especificaciones de construcción, presupuesto, selección o aprobación de materiales, equipos o procesos, podrán participar en el procedimiento de licitación pública para la ejecución de los proyectos de infraestructura respectivos, siempre y cuando la información utilizada por dichas personas en los supuestos indicados, sea proporcionada a los demás licitantes;
VIII. a XI...

Artículo 86. ...

...

...

...

I. ...
II. ...
En los casos de inconformidades presentadas contra actos de los procedimientos de contratación para ejecutar obras asociadas a proyectos de infraestructura, procederá la suspensión de dichos procedimientos cuando lo solicite el inconforme y se acrediten los supuestos señalados en las fracciones I y II anteriores, así como en los casos en que la Secretaría de la Función Pública determine la suspensión de oficio con motivo de las investigaciones que lleve a cabo, conforme a los supuestos de excepción que establezca el Reglamento de esta ley.
El inconforme que solicite la suspensión, deberá otorgar garantía por el monto que fije la Secretaría de la Función Pública, de conformidad con los lineamientos que al efecto expida, la cual se hará efectiva en el caso de que la inconformidad resulte infundada. El tercero perjudicado podrá otorgar contragarantía equivalente a la que otorgue el inconforme, en cuyo caso quedará sin efecto la suspensión.

Artículo Segundo. Se derogan los párrafos segundo con las fracciones I, II, III y IV; tercero y quinto del artículo 48 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para quedar como sigue:

Artículo 48. ...

Se deroga.

I. Se deroga.
II. Se deroga.
III. Se deroga.
IV. Se deroga.
Se deroga.
...
Se deroga.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los diez días del mes de marzo del año dos mil nueve.--- Diputados: Benjamín González Roaro , Enrique Cárdenas del Avellano , Jesús Ricardo Morales Manzo , Alan Notholt Guerrero (rúbricas).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Túrnese a las Comisiones Unidas de la Función Pública, y de Presupuesto y Cuenta Pública.



CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se recibió iniciativa del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, del Grupo Parlamentario del PRI, con proyecto de decreto que reforma los artículos 27 Bis y 279 del Código Federal de Procedimientos Penales.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Iniciativa que reforma los artículos 27 Bis y 279 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Grupo Parlamentario del PRI

Gerardo Octavio Vargas Landeros , diputado federal por el distrito dos de Ahome, Los Mochis, del estado de Sinaloa, a la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción segunda, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción segunda, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Tal y como ha quedado expresado en la exposición de motivos de la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, presentada por un servidor ante este honorable Pleno, y la cual tiene como motivación erradicar los actos de tortura en nuestro país, se ha considerado reformar y adicionar en la norma en comento la forma en que debe comprobarse la tortura.

De igual forma, en el artículo 9 del mismo proyecto de decreto se propuso establecer que no tendrá valor probatorio alguno la confesión rendida ante autoridad policíaca, ni la rendida ante el Ministerio Público; tampoco la rendida ante autoridad judicial o desahogada en juicio sin la asistencia del defensor y, en su caso, del traductor.

Lo anterior, de conformidad con los principios generales establecidos en el apartado A del artículo 20 de la Constitución General de la República recientemente aprobado con motivo de la Reforma Constitucional en materia penal.

Con la finalidad de que exista coherencia en lo propuesto en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura y, en consecuencia, su real aplicabilidad, es necesario establecer su forma en la norma procesal, pues ésta tiene una función instrumental. El derecho procesal es la mejor garantía del cumplimiento del principio de igualdad ante la Ley, es, además, un freno eficaz contra la arbitrariedad. Yerra en consecuencia quien pretenda afirmar que en un Estado de derecho se pueda administrar justicia con olvido de las formas procesales.

En tal sentido y con motivo de que las confesiones obtenidas bajo tortura no tendrán valor probatorio alguno, se propone en el presente proyecto de decreto reformar los artículos 27 Bis y 279 del Código Federal de Procedimientos Penales, para establecer en el primer precepto jurídico el trámite que ha de seguir la nulidad de las actuaciones del proceso penal cuando se compruebe plenamente que una persona ha sido víctima del delito de tortura, pues está claro que de nada serviría establecer en una ley sustantiva ciertos derechos que en la praxis jurídica no podríamos darle vida a través de un procedimiento que restituya en el goce de derechos a la víctima.

Por tanto, la propuesta hace referencia a la nulidad de pleno derecho de las actuaciones realizadas en un proceso penal cuando se compruebe de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura que una persona fue víctima de ésta, tramitándose para este efecto el incidente de nulidad respectivo señalado en el Código Federal de Procedimientos Penales vigente.

En el segundo artículo de reforma se propone que el juez, al valorar la prueba de confesión, tome en cuenta no sólo los requisitos previstos en el artículo 287 y 290 establecidos en el Código Penal Federal de carácter instrumental, sino también el momento de la calificación del valor probatorio de la confesión las reglas para la comprobación del delito de tortura establecidas en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura cuando se alegue que se ha sido víctima de ésta.

En conclusión, se hace necesario reformar el Código Federal de Procedimientos Penales con la finalidad de establecer la nulidad de lo actuado en un proceso penal en el que se ha comprobado que la confesión que se obtuvo fue a través de tortura y que se ha llevado todo un proceso viciado que pone en peligro la libertad y goce de derechos de quien sufre actos de tortura.

Por lo expuesto, me permito someter a consideración de este Pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 27 Bis y 279 del Código Federal de Procedimientos Penales, conforme a lo siguiente

Artículo Primero. Se reforma el artículo 27 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 27 Bis. Las actuaciones serán nulas cuando carezcan de alguna de las formalidades esenciales que prevenga la ley, de manera que se cause perjuicio a cualquiera de las partes, así como cuando la ley expresamente determine la nulidad. Esta no podrá ser invocada por quien dio lugar a ella.

La nulidad de una actuación se reclamará, por la parte que la promueva, en la actuación subsecuente en que ésta deba intervenir, y se substanciará conforme al procedimiento previsto para los incidentes no especificados.

Se aplicará de igual forma la nulidad de actuaciones conforme al párrafo precedente, cuando se compruebe que una persona ha sido víctima de tortura conforme a lo establecido en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, siendo nulas de pleno derecho las actuaciones derivadas de dicho tipo de actos durante el proceso penal.

Cuando se resuelva la nulidad del acto, serán igualmente nulas las actuaciones posteriores al acto anulado que se deriven precisamente de éste. Las resoluciones que resuelvan sobre la nulidad invocada, serán apelables con efecto devolutivo.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 279 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 279. La autoridad judicial calificará el valor de la confesión tomando en cuenta los requisitos previstos en el artículo 287 y razonando su determinación, según lo dispuesto en el artículo 290, así como las reglas para la comprobación del delito de tortura establecidas en la Ley Federal para prevenir y sancionar la tortura cuando se alegue que se ha sido víctima de ésta.

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al del de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2009.--- Diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se turna a la Comisión de Justicia.



CODIGO PENAL FEDERAL

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se concede la palabra al diputado Leonardo Magallón Arceo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal.

El diputado Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo : Gracias. Con su venia, señor presidente.

Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo , diputado federal de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de este Poder de la Unión iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 202 Bis, 203 Bis y 272; adiciona un numeral 19 al artículo 24; un artículo 205 Ter, y un artículo 266 Ter, todos del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

El derecho penal, como se sabe, se estructura sobre la base de comportamientos previstos como delito por el legislador. Se juzgan, pues, conductas humanas. Un comportamiento es penalmente relevante como mínimo cuando lesiona o pone en peligro bienes jurídicos dignos de protección. Cuando ello no ocurre, toda intromisión del Estado que suponga una privación de la libertad individual será ilegítima.

Ahora bien, la conducta sexual ha llegado a considerarse como una cuestión privada, por lo que algunas comunidades se muestran reticentes a actuar e intervenir en casos de explotación sexual.

Los avances tecnológicos, como Internet, facilitan el acceso a la pornografía infantil y el turismo sexual con niños y niñas. Son todos, factores que contribuyen a hacerles más vulnerables. Los efectos sicosociales traumáticos son, en primer lugar, para la víctima, para sus familiares y para la sociedad en su conjunto.

En ese sentido tenemos la obligación de denunciar estos hechos, estudiarlos y buscar medidas de prevención para evitar la continuación de los mismos. No podemos mantener ocultos estos hechos que consideramos lesivos para la infancia.

A simple vista, puede parecer que el abuso sexual contra un niño o una niña sucede fuera del ámbito familiar como en la escuela o en la calle, pero según los estudios de la Unicef, en su documento Niños y violencia, la violencia ejercida contra los niños, en la mayoría de los casos se presenta dentro del ámbito familiar y ello se da, sea por los propios progenitores o por parientes cercanos.

En ese sentido, la legislación internacional que garantiza los derechos del niño y del adolescente inició su desarrollo a mediados del siglo XX, cuando en 1959 las Naciones Unidas firma la Declaración de los Derechos del Niño. En dicho documento permanece la piedra angular que abre la discusión al respecto en todo el mundo.

Son muchas las naciones que tienen bastante qué hacer por determinar una legislación nacional acorde no sólo con el derecho internacional en lo que a esta materia se refiere ---entre ellos nuestro país---, sino con un interés real en la problemática que adquiere proporciones mundiales preocupantes.

Según el Informe Nacional 2008 del Grupo de Trabajo del Examen Periódico Universal que lleva a cabo el Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de la ONU, entre los desafíos específicos de México se encuentra el de generar políticas públicas integrales para la atención de la infancia, así como incorporar e intercambiar prácticas exitosas para la atención de grupos de infancia vulnerable: niños migrantes, maltratados, explotados con fines sexuales o laborales a nivel regional, para lo cual es indispensable integrar un sistema de información estadístico sobre la situación de la infancia vulnerable.

Se estima que actualmente 16 mil niñas, niños y adolescentes son utilizados en prácticas de prostitución, pornografía, turismo sexual y tráfico con fines de explotación sexual. El problema del abuso contra los niños y niñas y de su explotación, en particular la sexual, es un problema universal alarmante que necesita de medidas continuas de prevención y protección efectiva a escala local, nacional e internacional.

Por lo expuesto, someto a la consideración de este Poder de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 202 Bis, 203 Bis y 272; y adiciona el numeral 19 al artículo 24, el artículo 205 y el artículo 266 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Único. Se reforman los artículos 202 Bis, 203 Bis y 272; se adiciona el numeral 19 al artículo 24, el artículo 205 y el artículo 266 del Código Penal Federal, para quedar como sigue

Artículo 24. Las penas y medidas de seguridad son...

19. Tratamiento psiquiátrico especializado...

Artículo 202 Bis. Quien almacene, compre, arriende el material a que se refieren los párrafos anteriores sin fines de comercialización o distribución, se le impondrá de 1 a 5 años de prisión y de 100 a 500 días de salario mínimo de multa.

Artículo 203 Bis. A quien realice cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas menores de 18 años de edad, o con una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o con una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, en virtud del turismo sexual, se le impondrá una pena de 12 a 16 años de prisión y de 2 mil a tres mil días de salario mínimo de multa.

Artículo 205. A quien realice cualquiera de las conductas señaladas en los artículos 200, 201, 202, 202 Bis, 203, 203 Bis y 204, y se le considere un delincuente habitual, se le impondrá hasta una mitad más de las sanciones, según corresponda.

En el caso de las conductas señaladas en el párrafo anterior, el juez podrá imponerle al responsable del delito además de la pena correspondiente, la obligación para que éste se sujete a un tratamiento psiquiátrico especializado.

Artículo 266. El juez determinará si la persona que cometió algunos de los delitos establecidos en este capítulo, además de la pena que le corresponda, deberá sujetarse a un tratamiento psiquiátrico especializado.

Artículo 272. La pena aplicable a estos últimos será de 6 meses a 3 años de prisión. Asimismo, el juez podrá sujetar al delincuente a un tratamiento psiquiátrico especializado.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Leonardo Magallón Arceo, del Grupo Parlamentario del PAN

Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo , diputado federal a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de este Poder de la Unión iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 202 Bis, 203 Bis y 272; se adiciona un numeral 19 al artículo 24; un artículo 205 Ter y un artículo 266 Ter, todos del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El derecho penal, como se sabe, se estructura sobre la base de comportamientos previstos como delito por el legislador. Se juzgan, pues, conductas humanas. Un comportamiento es penalmente relevante, como mínimo, cuando lesiona o pone en peligro bienes jurídicos dignos de protección (principio de lesividad). Cuando ello no ocurre, toda intromisión del Estado que suponga una privación de la libertad individual será ilegítima.

Ahora bien, la conducta sexual ha llegado a considerarse como una cuestión privada, por lo que algunas comunidades se muestran reticentes a actuar e intervenir en casos de explotación sexual. Los avances tecnológicos -como Internet- que facilitan el acceso a la pornografía infantil y el turismo sexual con niños y niñas, son todos factores que contribuyen a hacerles más vulnerables. Los efectos psicosociales traumáticos son en primer lugar para la víctima, para sus familiares y para la sociedad en su conjunto. 1 En ese sentido, tenemos la obligación de denunciar estos hechos, estudiarlos y buscar medidas de prevención para evitar la continuación de los mismos. No podemos mantener ocultos estos hechos que consideramos lesivos para la infancia.

A simple vista puede parecer que el abuso sexual contra un niño o una niña sucede fuera del ámbito familiar, como la escuela o la calle. Pero según los estudios de UNICEF, en su documento Niños y violencia, al igual que la violencia ejercida contra los niños, la mayoría de los casos se presentan dentro del ámbito familiar y ello se da sea por los propios progenitores y por parientes cercanos.

No obstante, el abuso infantil es un verdadero negocio en la mano de redes del tráfico infantil en todo el mundo y que une de manera perfecta a los países ricos con los pobres: los abusadores de países industrializados, conocedores de las reglas de su propio país, entran en calidad de ``turistas'' a países pobres con legislaciones pobres y alta corrupción en búsqueda de menores de edad.

En ese sentido, la legislación internacional que garantiza los derechos del niño y el adolescente inició su desarrollo a mediados del Siglo XX cuando en 1959 las Naciones Unidas firma la Declaración de los Derechos del Niño. Dicho documento permanece la piedra angular que abre la discusión al respecto en todo el mundo. Pero son muchas naciones que tienen bastante que hacer por determinar una legislación nacional acorde no sólo con el derecho internacional en lo que a la materia se refiere (entre ellas México), sino con un interés real por la problemática que adquiere proporciones mundiales preocupantes.

Según el informe nacional 2008 del grupo de trabajo del examen periódico universal que lleva a cabo el Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de la ONU, entre los desafíos específicos de México se encuentra el de generar políticas públicas integrales para la atención de la infancia, así como incorporar e intercambiar prácticas exitosas para la atención de grupos de infancia vulnerable --niños migrantes, maltratados, explotados con fines sexuales o laborales-- regional, para lo cual es indispensable integrar un sistema de información estadístico sobre la situación de la infancia vulnerable. Se estima que actualmente 16 mil niñas, niños y adolescentes son utilizados en prácticas de prostitución, pornografía, turismo sexual y tráfico con fines de explotación sexual.

El problema del abuso contra los niños y niñas, y de su explotación, en particular la sexual, es un problema universal alarmante que necesita de medidas continuas de prevención y protección efectiva a escala local, nacional e internacional. La actividad sexual entre un adulto y un niño siempre señala una explotación de poder, en la que la transgresión de este derecho constituye siempre un abuso. De ahí nuestra obligación como legisladores de prevenir el abuso sexual por medio de la expedición de normas, y la armonización del marco jurídico interno con los estándares internacionales que precisan el respeto al cuerpo infantil y su psiquismo. 2

La aplicación de tratamientos a los delincuentes sexuales es una estrategia relativamente reciente (iniciada, en sus parámetros actuales, en Canadá y EEUU en los años 70) y limitada a unos pocos países desarrollados y, dentro de ellos, a unos cuantos programas que se aplican en algunas prisiones, no en todas, y a veces en la propia comunidad.

Ello significa que la proporción de delincuentes sexuales que recibe tratamiento es muy pequeña en contraste con la generalidad que tiene la aplicación de penas de prisión. Pese a todo, los poderes públicos, y también muchos ciudadanos, son cada vez más conscientes de la necesidad de aplicar tratamientos especializados a los delincuentes sexuales.

Por ello, en los países norteamericanos y europeos paulatinamente se van introduciendo nuevos programas de tratamiento. En la actualidad los tratamientos más utilizados y efectivos con los delincuentes en general y con los delincuentes sexuales, en particular, son los que implican tratamientos psiquiátricos. Ello permite optimizar los recursos disponibles, en función de las necesidades de cada sujeto, con el objetivo de aumentar la seguridad pública.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) reporta que México, Estados Unidos y Portugal ``tienen el número más alto de niños muertos por maltrato'' entre los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), integrado por 30 naciones.

Cabe destacar que en nuestro país, en el año 2007, se reformaron las disposiciones penales a fin de incrementar la pena contra quienes cometen el delito de explotación sexual comercial infantil. Adicionalmente, se instrumentan múltiples políticas públicas y programas en materia de prevención, protección, atención a víctimas y erradicación de la explotación sexual infantil. Destaca el Plan de Acción Nacional para Prevenir, Atender y Erradicar la Explotación Sexual Comercial Infantil, vigilado institucionalmente por la Coordinación Nacional para Prevenir, Atender y Erradicar la Explotación Sexual Comercial Infantil.

No obstante lo anterior, el compromiso y la necesidad de implementar medidas eficaces, a través de nuestro marco jurídico interno, para prevenir y proteger los derechos del grupo vulnerable de los niños y las niñas en materia de abuso sexual, debe ser permanente. Asimismo, se debe brindar mayor protección en los delitos de violación equiparada y sancionar con mayor severidad las conductas que impliquen una delincuencia habitual de naturaleza sexual, que incida particularmente en los delitos en contra del libre desarrollo de la personalidad y la libertad sexual.

De igual manera, se debe ampliar el tratamiento psiquiátrico especializado cuando sea necesario, a los sujetos activos de todos aquellos delitos contra del libre desarrollo de la personalidad y la libertad sexual y no constreñirlo exclusivamente a las conductas previstas por los artículos 202 Bis y 203 Bis, como actualmente se establece en el Código Penal Federal.

Derivado de las consideraciones vertidas con anterioridad, se colige que la presente iniciativa de reforma a los artículos 202 Bis, 203 Bis y 272; la adición del numeral 19 al artículo 24; un artículo 205 Ter; y un artículo 266 Ter al Código Penal Federal, reafirma la visión humanista del GPPAN.

Por lo expuesto, someto a la consideración de éste Poder de la Unión, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 202 Bis, 203 Bis y 272; se adiciona un numeral 19 al artículo 24; un artículo 205 Ter; un artículo 266 Ter al Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Único. Se reforman los artículos 202 Bis, 203 Bis y 272; y se adiciona un numeral 19 al artículo 24, un artículo 205 Ter, así como un artículo 266 Ter, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 24 . Las penas y medidas de seguridad son:

1. al 18 . ...

19. Tratamiento psiquiátrico especializado.

...

Artículo 202 Bis. Quien almacene, compre, arriende, el material a que se refieren los párrafos anteriores, sin fines de comercialización o distribución se le impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa.

Artículo 203 Bis. A quien realice cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas menores de dieciocho años de edad, o con una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o con una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, en virtud del turismo sexual, se le impondrá una pena de doce a dieciséis años de prisión y de dos mil a tres mil días multa.

Artículo 205 Ter. A quien realice cualquiera de las conductas señaladas en los artículos 200, 201, 202, 202 Bis, 203, 203 Bis y 204 y se le considere un delincuente habitual, se le impondrá hasta una mitad más de las sanciones según corresponda.

En el caso de las conductas señaladas en el párrafo anterior, el juez podrá imponerle al responsable del delito, además de la pena correspondiente la obligación para que este se sujete a un tratamiento psiquiátrico especializado.

Artículo 266 Ter. El Juez determinará si la persona que cometió alguno de los delitos establecidos en este capítulo, además de la pena que le corresponda, deberá sujetarse a un tratamiento psiquiátrico especializado.

Artículo 272. ...

La pena aplicable a estos últimos será de seis meses a tres años de prisión. Asimismo el juez podrá sujetar al delincuente a un tratamiento psiquiátrico especializado.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas: 1 http://www.unicef.org 2 Basado en la información obtenida del documento Abuso sexual en menores de edad . Psiquiatra Rosa Zarina Loureiro Malán. Tramas 16 , UAM-X, México 2000, páginas 41-68.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 3 de marzo de 2009..--- Diputado Leonardo Magallón Arceo (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Muchas gracias, diputado Leonardo Magallón Arceo. Túrnese a la Comisión de Justicia, la iniciativa presentada por el diputado Magallón Arceo.



CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se recibió del diputado José Martín López Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 170 Bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Iniciativa que adiciona el artículo 170 Bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal por Nuevo León, José Martín López Cisneros , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se adiciona un artículo 170 Bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Lo anterior, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), vigente a partir del 14 de enero de 2008, tiene como finalidad regular las atribuciones de los servidores y funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, así como el desarrollo de precampañas, campañas y todo tipo de contiendas de elección popular, también los procedimientos relacionados con lo anterior y la función de las instituciones competentes para conocer de todo lo anterior.

En esta tesitura, el Cofipe contiene diversas disposiciones por las cuales se establecen términos o plazos para realizar distintas acciones, sin que de algunos se precise si dichos plazos deben ser computados en días hábiles o naturales.

En este orden de ideas, resulta ser que el artículo 170 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales precisa a la letra lo siguiente:

Artículo 170
1. Durante los procesos electorales federales, todos los días y horas son hábiles.
2. Los consejos locales y distritales determinarán sus horarios de labores teniendo en cuenta lo establecido en el párrafo anterior. De los horarios que fijen, informarán al secretario ejecutivo del Instituto para dar cuenta al Consejo General del Instituto y, en su caso, al presidente del consejo local respectivo, y a los partidos políticos nacionales que hayan acreditado representantes ante éste.

De la fracción I del artículo citado se desprende que en los procesos electorales federales todos los días y horas son inhábiles; en consecuencia a contrario sensu, debemos entender que los demás plazos a los que se refiere el Cofipe se deben computar en días hábiles, no obstante que sus disposiciones jurídicas no lo precisen expresamente. Es decir, que si no nos encontramos en un proceso electoral y los plazos sólo establecen el número de días que los conforman o términos, éstos deben correr sólo en días hábiles.

La propuesta radica principalmente en dar certeza a los sujetos obligados a observar y aplicar el Cofipe, respecto de los plazos y términos que éste prevé, aclarando que deben ser considerados en días hábiles, siempre y cuando no se esté en procesos electorales federales donde todos los días y horas son hábiles de acuerdo con el artículo 170.

Lo anterior es importante, considerando que los plazos previstos son para ejercer una acción o cumplir con alguna obligación y que al transcurrir dicho plazo se perderá la oportunidad de realizarlo y, peor aún, en algunos casos, por dicha omisión, se harán acreedores a algún tipo de sanción e incluso pueden quedar en estado de indefensión.

Por lo anteriormente expuesto, el suscrito, José Martín López Cisneros , diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, propone iniciativa enfocada a la necesaria e impostergable adición de un artículo 170 Bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para otorgar certeza respecto al cómputo de plazos y términos previstos en este ordenamiento jurídico. Por lo que me permito someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un artículo 170 Bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Artículo Único. Se adiciona el artículo 170 Bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

Artículo 170 Bis

Para efecto de los plazos precisados en días, no se consideraran los sábados, los domingos, ni el 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1 y 5 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada 6 años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo y tampoco será considerado día hábil el 25 de diciembre.

Cuando los plazos sean fijados por mes, se entenderá que dicho plazo concluye el mismo día del mes de calendario posterior a aquél en que se inició y cuando sean fijados por año, el término vencerá el mismo día del siguiente año de calendario a aquél en que se inició. En ambos supuestos, si no existiera el mismo día en el mes de calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente mes de calendario.

Aquellos plazos establecidos por periodos y aquéllos que señalen una fecha determinada para su conclusión se computarán todos los días. Sin embargo, si el último día del plazo o en la fecha determinada, las oficinas ante las que se vaya a realizar el trámite se encontraren cerradas durante el horario normal de labores o se trate de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.

Transitorio

Único. El decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 3 de marzo de 2009.--- Diputado José Martín López Cisneros (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Túrnese a la Comisión de Gobernación.



LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Tiene el uso de la palabra el diputado Rodolfo Solís Parga, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga, diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

El diputado Rodolfo Solís Parga : Con la venia de la Presidencia.

Honorable Cámara de Diputados, vengo a presentar iniciativa.

El texto original de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispuso en el artículo 73, fracción XVI, numeral 2, la existencia del Departamento de Salubridad; y en el artículo 92, la obligación de algunos servidores públicos, entre ellos los titulares de los departamentos administrativos, de refrendar todos los reglamentos, decretos y órdenes del presidente.

En el propio Congreso del Constituyente de 1916-1917, en su sesión del 16 de enero, se discutió la naturaleza político-administrativa de las secretarías de Estado, y a los departamentos administrativos se les otorgaba una naturaleza eminentemente técnico-administrativa.

Al entrar en vigor el 1 de mayo de 1917 nuestra actual Constitución, el 31 de diciembre de 1917 se expidió la Ley de Secretarías de Estado, en las que se dispuso la existencia de siete secretarías de Estado y seis departamentos de Estado. A partir de esta ley de diciembre de 1917, prácticamente, todas las leyes que se encargan de organizar a la administración pública federal han dispuesto la existencia de los departamentos administrativos.

La vigente Ley Orgánica de la Administración Pública Federal del 29 de diciembre de 1976 establece en diversas disposiciones, la existencia de los departamentos administrativos. Incluso esta ley preveía la existencia del Departamento de Pesca, que por reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, del 4 de enero de 1982, fue transformado en Secretaría de Pesca.

Además, en el título IV constitucional, en materia de responsabilidades de los servidores públicos, en los artículos 110 y 111, se incluyó a los jefes de departamentos administrativos como sujetos de juicio político y de declaración de procedencia, respectivamente.

Como vemos, la evolución natural de los departamentos administrativos ha sido transformar su naturaleza jurídica para ser convertidos en secretarías de Estado. Sin embargo, y más allá de que los departamentos administrativos se encontraban previstos en la Constitución, lo real es que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal ya no los regulaba.

Por ello, el Constituyente Permanente, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 2 de agosto de 2007, elimina de los artículos 29, 73, 90, 92, 93, 95, 110 y 111 de nuestra Constitución Política, toda referencia a los departamentos administrativos.

Más aún, en el artículo transitorio segundo del decreto antes citado, se establece la obligación del Congreso de la Unión para realizar las adecuaciones que correspondan a la legislación federal.

Por ello, sometemos a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto de reformas y derogaciones de diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que exista una perfecta armonía entre la norma secundaria respecto de la norma primaria, que es nuestra Constitución.

Por las consideraciones expuestas, someto a la consideración de este pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto de reformas y derogaciones de diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual solicito que se integre de manera completa en el Diario de los Debates, debido a su extensión. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PT

Los suscritos, diputados federales de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración del Pleno de la honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

El texto original de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispuso, en su artículo 73, fracción XVI, numeral 2, la existencia del departamento de salubridad; y en el artículo 92 la obligación de algunos servidores públicos, entre ellos los titulares de los departamentos administrativos, de refrendar todos los reglamentos, decretos y órdenes del presidente.

En el propio Congreso del Constituyente de 1916-1917, en su sesión del 16 de enero, se discutió la naturaleza político-administrativa de las secretarías de Estado y a los departamentos administrativos se les otorgó una naturaleza eminentemente técnico-administrativa.

Al entrar en vigor, el 1 de mayo de 1917, nuestra actual Constitución, el 31 de diciembre de 1917 se expidió la Ley de secretarías de Estado, en la que se dispuso la existencia de siete secretarías de Estado y seis departamentos de estado.

A partir de esta ley de diciembre de 1917 prácticamente todas las leyes que se encargan de organizar la administración pública federal han dispuesto la existencia de los departamentos administrativos.

La vigente Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, del 29 de diciembre de 1976, establece en diversas disposiciones la existencia de los departamentos administrativos.

Incluso, esta ley preveía la existencia del Departamento de Pesca, mismo que por reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal del 4 de enero de 1982, fue transformado en Secretaría de Pesca.

Además, en el título cuarto constitucional, en materia de responsabilidades de los servidores públicos, en los artículos 110 y 111, se incluyó a los jefes de departamentos administrativos como sujetos a juicio político y a declaración de procedencia, respectivamente.

Como vemos, la evolución natural de los departamentos administrativos ha sido transformar su naturaleza jurídica para ser convertidos en secretarías de Estado.

Sin embargo, y más allá de que los departamentos administrativos se encontraban previstos en la Constitución, lo real es que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal ya no los regulaba.

Es por ello que el Constituyente Permanente, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 2007, elimina de los artículos 29, 73, 90, 92, 93, 95, 110 y 111 de nuestra Constitución Política toda referencia a los departamentos administrativos.

Más aún, en el artículo transitorio segundo del decreto antes citado, se establece la obligación del Congreso de la Unión de realizar las adecuaciones que correspondan a la legislación federal.

Por ello, sometemos a la consideración de esta honorable Cámara la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que exista una perfecta armonía entre la norma secundaria respecto a la norma primaria.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno esta Cámara la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma y deroga de diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal:

Primero. Se reforma el segundo párrafo del artículo 1, el primer párrafo del artículo 6, el primer párrafo del artículo 7, el primer párrafo del artículo 10, el primer párrafo del artículo 11, el primer párrafo del artículo 13, el primer y segundo párrafos del artículo 16, el primer párrafo del artículo 17, el primer párrafo del artículo 18, el primer párrafo del artículo 19, el primer párrafo del artículo 20, el párrafo primero del artículo 21, el primer párrafo del artículo 23, el primer párrafo del artículo 24, el primer párrafo del artículo 25, se reforma la denominación del capítulo II, la fracción VIII del artículo 27 y las fracciones II, III y V del artículo 31 todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 1. ...

La Presidencia de la República, las secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal, integran la administración pública centralizada.

...

Artículo 6. Para los efectos del artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el presidente de la República acordará con todos los secretarios de estado y el procurador general de la República.

Artículo 7. El presidente de la República podrá convocar a reuniones de secretarios de estado, y demás funcionarios competentes, cuando se trate de definir o evaluar la política del gobierno federal en materias que sean de la competencia concurrente de varias dependencias, o entidades, de la administración pública federal. Estas reuniones serán presididas por el titular del Ejecutivo federal y el secretariado técnico de las mismas estará adscrito a la Presidencia de la República.

Artículo 10. Las secretarías de Estado tendrán igual rango y entre ellas no habrá, por tanto, preeminencia alguna.

Artículo 11. Los titulares de las secretarías de Estado ejercerán las funciones de su competencia por acuerdo del presidente de la República.

Artículo 12. Cada secretaría de Estado formulará, respecto a los asuntos de su competencia, los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, y órdenes del presidente de la República.

Artículo 13. Los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el presidente de la República deberán, para su validez y observancia constitucionales, ir firmados por el secretario de Estado respectivo, y cuando se refieran a asuntos de la competencia de dos o más secretarías o departamentos deberán ser refrendados por todos los titulares de los mismos.

...

Artículo 16. Corresponde originalmente a los titulares de las secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, pero para la mejor organización del trabajo podrán delegar en los funcionarios a que se refieren los artículos 14 y 15 cualesquiera de sus facultades, excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares. En los casos en que la delegación de facultades recaiga en jefes de oficina, de sección y de mesa de las secretarías de Estado y departamentos administrativos, aquellos conservarán su calidad de trabajadores de base, en los términos de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Los propios titulares de las secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el reglamento interior respectivo, a las subsecretarías, oficialía mayor, y a las otras unidades de nivel administrativo equivalente que se precisen en el mismo reglamento interior.

...

Artículo 17. Para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, las secretarías de Estado podrán contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán jerárquicamente subordinados y tendrán facultades específicas para resolver sobre la materia y dentro del ámbito territorial que se determine en cada caso, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Artículo 18. En el reglamento interior de cada una de las secretarías de Estado que será expedido por el presidente de la República, se determinarán las atribuciones de sus unidades administrativas, así como la forma en que los titulares podrán ser suplidos en sus ausencias.

Artículo 19. El titular de cada secretaría de Estado expedirá los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público necesarios para su funcionamiento, que deberán contener información sobre la estructura orgánica de la dependencia y las funciones de sus unidades administrativas, así como sobre los sistemas de comunicación y coordinación y los principales procedimientos administrativos que se establezcan. Los manuales y demás instrumentos de apoyo administrativo interno, deberán mantenerse permanentemente actualizados. Los manuales de organización general deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación. En cada una de las dependencias y entidades de la administración pública federal se mantendrán al corriente los escalafones de los trabajadores, y se establecerán los sistemas de estímulos y recompensas que determine la ley y las condiciones generales de trabajo respectivas.

Artículo 20. Las secretarías de Estado establecerán sus correspondientes servicios de apoyo administrativo en materia de planeación, programación, presupuesto, informática y estadística, recursos humanos, recursos materiales, contabilidad, fiscalización, archivos y los demás que sean necesarios, en los términos que fije el Ejecutivo federal.

Artículo 21. El presidente de la República podrá constituir comisiones intersecretariales para el despacho de asuntos en que deban intervenir varias secretarías de Estado.

...

...

Artículo 23. Los secretarios de Estado, una vez abierto el período de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso de la Unión del estado que guarden sus respectivos ramos y deberán informar, además, cuando cualquiera de las Cámaras los cite en los casos en que se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus actividades. Esta última obligación será extensiva a los directores de los organismos descentralizados y de las empresas de participación estatal mayoritaria.

Artículo 24. En casos extraordinarios o cuando exista duda sobre la competencia de alguna secretaría de Estado para conocer de un asunto determinado, el presidente de la República resolverá, por conducto de la Secretaría de Gobernación, a qué dependencia corresponde el despacho del mismo.

Artículo 25. Cuando alguna secretaría de Estado necesite informes, datos o la cooperación técnica de cualquier otra dependencia, ésta tendrá la obligación de proporcionarlos, atendiendo en lo correspondiente a las normas que determine la Secretaría de la Contraloría General de la Federación.

Capítulo II De la competencia de las secretarías de Estado y Consejería Jurídica del Ejecutivo federal

Artículo 27. A la Secretaría de Gobernación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. a VII. ...
VIII. Tramitar lo relacionado con los nombramientos, remociones, renuncias y licencias de los secretarios de Estado y del procurador general de la República.
IX. a XXXII. ... Intervenir en los nombramientos, aprobaciones, designaciones, destituciones, renuncias y jubilaciones de servidores públicos que no se atribuyan expresamente por la ley a otras dependencias del Ejecutivo.

Artículo 31. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. ...
II. Proyectar y calcular los ingresos de la Federación y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la administración pública federal.
III. Estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales y de las leyes de ingresos de la federación.
IV. (Se deroga).
V. Manejar la deuda pública de la federación.
VI. a XXV. ...

Segundo. Se deroga la fracción II del artículo 2, y se deroga el artículo 15, ambos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

I. ...
II. (Se deroga).
III. ...

Artículo 15. (Se deroga).

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2009.--- Diputados: Ricardo Cantú Garza , Jaime Cervantes Rivera , Rubén Aguilar Jiménez , Rodolfo Solís Parga , Abundio Peregrino García , María Mercedes Maciel Ortiz (rúbrica), Pablo Leopoldo Arreola Ortega , Joaquín Humberto Vela González , Anuario Luis Herrera Solís Guzmán, Rosa Elia Romero (rúbrica), Silvano Garay Ulloa .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Muchas gracias, diputado Rodolfo Solís Parga.Túrnese a la Comisión de Gobernación.

La Presidencia quiere destacar la presencia en este recinto de un grupo del puerto de Veracruz. Ellos han sido invitados a esta sesión por la diputada Mercedes Morales. Sean ustedes bienvenidos, señoras y señores.

También saludamos a integrantes del Frente Juvenil Hidalguense, quienes nos acompañan en la sesión de hoy, invitados por el diputado Miguel Rivero Acosta . Bienvenidos también.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2009

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Continuamos con las iniciativas. Le concedemos el uso de la palabra al diputado Raymundo Cárdenas Hernández, quien en nombre del diputado Javier González Garza, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentará iniciativa con proyecto que reforma diversas disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009. Adelante, señor diputado.

El diputado Raymundo Cárdenas Hernández : Gracias, diputado presidente.

Como ya bien se dijo, presento esta iniciativa en nombre de nuestro coordinador, el diputado Javier González Garza .

Como es bien sabido, la economía mundial está sufriendo actualmente una profunda crisis. Ese fenómeno está afectando de manera muy dramática a millones de mexicanos debido a la terrible desigualdad en la distribución del ingreso que caracteriza a nuestro país.

Los exagerados sueldos que mantienen muchos servidores públicos, en especial los de mayor jerarquía, siempre han resultado inexplicables en un país con el nivel de desarrollo del nuestro. Pero ahora, cuando muchos compatriotas están perdiendo sus empleos, el mantener esos obscenos niveles, o peor, pretender incrementarlos aún más, resulta insultante y ofensivo para la gran mayoría de los mexicanos.

Esta preocupación es la que da vida a la presente iniciativa de reforma del Presupuesto de Egresos, la cual busca, no sólo poner un límite legal a los sueldos de los servidores públicos de los tres Poderes de la Unión y en los entes constitucionalmente autónomos, sino disminuirlos en 10 por ciento, para dar una señal clara a la población de que existe la voluntad de empezar a corregir esa anómala situación.

En el artículo 21 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se señala lo siguiente: ``Ningún servidor público de las dependencias y entidades podrá recibir una percepción ordinaria neta mensual superior a la del presidente de la República''.

Esta disposición se complementa con el Anexo 16 ``Límites de percepción ordinaria neta mensual, sueldos y salarios'', donde se incluyen los mínimos y máximos que pueden alcanzar los sueldos de los servidores públicos, desde enlace hasta presidente de la República.

Como se puede ver, la disposición señalada, así como el tabulador de sueldos, se limitan a las áreas ubicadas en el Poder Ejecutivo, dejando fuera a los otros dos poderes y a los entes constitucionalmente autónomos.

Esta limitación deriva de algunas disposiciones constitucionales, pero su interpretación ha llevado a muchos excesos.

En el párrafo noveno del artículo 94 de la Constitución, se dice lo siguiente: ``La remuneración que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de circuito, los jueces de distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrados electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo''.

Esta disposición que buscaba dotar no sólo de autonomía a los responsables del Poder Judicial, sino de seguridad en sus ingresos, ha sido interpretada como la facultad para poder incrementarse los sueldos y todo tipo de prebendas, sin ningún control, llegando a percibirse remuneraciones mensuales superiores a los 600 mil pesos.

Estos abusos no se pueden corregir ni modificando la Constitución, ya que una reforma tal no les sería aplicable a los actualmente en funciones; sólo la condena moral puede persuadir a estos servidores públicos para que corrijan voluntariamente sus excesos.

Pero existen otros servidores públicos que parecen tener urgencia de emular a sus pares del Poder Judicial. Se trata de los consejeros del Instituto Federal Electoral.

Aunque el párrafo cuarto de la fracción V del artículo 41 de la Constitución dice: ``el consejero presidente y los consejeros electorales, la retribución que perciban será igual a la prevista por los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación''.

Hasta fechas muy recientes, la prudencia y la más elemental decencia habían hecho que los consejeros electorales no homologaran sus ingresos con los abusivamente inflados de los ministros de la Suprema Corte de Justicia. Sin embargo, esa prudencia ha sido olvidada en fechas recientes.

La presente iniciativa incluye una modificación al texto del artículo 21 del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009, cuyo párrafo séptimo queda así: ``ningún servidor público de las dependencias y entidades del Poder Legislativo, del Poder Judicial y de los entes autónomos podrá recibir una percepción ordinaria mensual neta superior a la del presidente de la República''.

Además se propone una disminución de 10 por ciento en los sueldos de los servidores públicos de mayor jerarquía que incluye a los diputados y senadores del Congreso de la Unión.

Para el caso de la administración pública federal se considera desde director general o equivalente, hasta presidente de la República.

Esta modificación se establece en el Anexo XVI ``Límites de percepción ordinaria neta mensual''.

La razón de acotar la reducción salarial a esos niveles se deriva de la necesidad de respetar lo estipulado en la Ley del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal, que contempla los niveles desde enlace hasta director general.

En las modificaciones propuestas se incluye este último nivel, pero sólo para los que no se hayan incorporado al servicio de carrera.

Se agrega un primer artículo transitorio donde se señala lo siguiente: ``quedan exceptuados de la aplicación del nuevo tabulador de sueldos y salarios, los servidores públicos que se hayan integrado al servicio público de carrera, cumpliendo todos los requisitos señalados en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como los servidores públicos señalados en el párrafo cuarto de la fracción V del artículo 41 y en el párrafo noveno del artículo 94 de la Constitución.

``Los ahorros que se consigan con el ajuste de los sueldos de los servidores públicos de mayor jerarquía al nuevo tabulador, con disminuciones de 10 por ciento, con las excepciones señaladas, se destinarán a fortalecer uno de los programas sociales con mayor impacto, el denominado programa 70 y Más, destinado a proporcionar ayuda económica a los adultos mayores que viven en las áreas de mayo marginación.''

Para ello se incluye un segundo artículo transitorio con el siguiente texto: ``Los recursos que se ahorren como resultado de la aplicación del presente decreto se destinarán a ampliar el programa 70 y Más, incluido en el Ramo 20, Secretaría de Desarrollo Social, y señalado en el anexo 22 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009.''

Se encuentran pendientes muchas modificaciones a nuestro marco legal y esta iniciativa es sólo el comienzo. La autonomía de los poderes Legislativo y Judicial, así como la de los entes autónomos debe dejar de ser utilizada para eludir el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables a todos los demás ejecutores de los recursos públicos incluidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Atentamente, diputado Javier González Garza . Muy amables. Gracias.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, a cargo del diputado Javier González Garza , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal de la LX Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II, del artículo 71 y por la fracción IV, del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por la fracción II, del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 en materia de reducción de las percepciones de los servidores públicos de mayor jerarquía en los tres Poderes de la Unión y en los entes autónomos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Como es bien sabido, la economía mundial está sufriendo actualmente una profunda crisis. Ese fenómeno está afectando de manera muy dramática a millones de mexicanos, debido a la terrible desigualdad en la distribución del ingreso que caracteriza al país.

Los exagerados sueldos que mantienen muchos servidores públicos, en especial los de mayor jerarquía, siempre han resultado inexplicables en un país con el nivel de desarrollo del nuestro. Pero ahora, cuando muchos compatriotas están perdiendo sus empleos, el mantener esos obscenos niveles, o peor, pretender incrementarlos aún más, resulta insultante y ofensivo para la gran mayoría de los mexicanos.

Esta preocupación es la que da vida a la presente iniciativa de reforma del Presupuesto de Egresos, la cual busca no sólo poner un límite legal a los sueldos de los servidores públicos en los tres Poderes de la Unión y en los entes constitucionalmente autónomos, sino disminuirlos en un diez por ciento, para dar una señal clara a la población de que existe la voluntad de empezar a corregir esa anómala situación.

Esta preocupación no es sólo de carácter ético o moral, aunque ese sólo rasgo sería suficiente para motivar la presentación de ésta iniciativa. La preocupación que impulsa ésta propuesta va más allá de eso, y tiene que ver con la posibilidad de que en México, la construcción de un verdadero sistema democrático, con una efectiva transparencia y rendición de cuentas, sea posible, pues de lo contrario nos estamos condenando a quedarnos a mitad del camino.

En el artículo 21 del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009 se señala lo siguiente: ``Ningún servidor público de las dependencias y entidades podrá recibir una percepción ordinaria neta mensual superior a la del presidente de la República''. Esta disposición se complementa con el anexo 16, ``Límites de percepción ordinaria neta mensual (sueldos y salarios)'', donde se incluyen los mínimos y máximos que pueden alcanzar los sueldos de los servidores públicos, desde enlace hasta presidente de la República.

Como se puede ver, la disposición señalada, así como el tabulador de sueldos, se limitan a las áreas ubicadas en el Poder Ejecutivo, dejando fuera a los otros dos Poderes y a los entes constitucionalmente autónomos. Esta limitación deriva de algunas disposiciones constitucionales, pero su interpretación ha llevado a muchos excesos.

En el párrafo noveno del artículo 94 de la Constitución Política que nos rige, se dice lo siguiente: ``La remuneración que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de circuito, los jueces de distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrados electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo''.

Esta disposición que buscaba dotar no sólo de autonomía a los responsables del Poder Judicial, sino de seguridad en sus ingresos, ha sido interpretada como la facultad para poder incrementarse los sueldos y todo tipo de prebendas sin ningún control, llegando a percibir remuneraciones mensuales superiores a los 600 mil pesos. Estos abusos no se pueden corregir ni modificando la Constitución, ya que una reforma tal no les sería aplicable a los actualmente en funciones. Sólo la condena moral puede persuadir a éstos servidores públicos para que corrijan voluntariamente esos excesos.

Pero existen otros servidores públicos que parecen tener urgencia de emular a sus pares del Poder Judicial, se trata de los consejeros del Instituto Federal Electoral. Aunque el párrafo cuarto de la fracción V del artículo 41 de la Constitución, dice: ``El consejero presidente y los consejeros electorales (...) La retribución que perciban será igual a la prevista para los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación'', hasta fechas muy recientes, la prudencia, y la más elemental decencia, habían hecho que los consejeros electorales no homologaran sus ingresos con los abusivamente inflados de los ministros de la Suprema Corte de Justicia. Sin embargo, esa prudencia ha sido olvidada en fechas recientes.

La presente iniciativa incluye una modificación al texto del artículo 21 del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009, cuyo párrafo séptimo queda así: ``Ningún servidor público de las dependencias y entidades, del Poder Legislativo, del Poder Judicial y de los entes autónomos podrá recibir una percepción ordinaria mensual neta mensual superior a la del presidente de la República''.

Además, se propone una disminución del 10 por ciento en los sueldos de los servidores públicos de mayor jerarquía, que incluye a los diputados y senadores del Congreso del Unión. Para el caso de la administración pública federal, se considera desde director general o equivalente, hasta presidente de la República. Esta modificación se establece en el anexo 16, ``Límites de percepción ordinaria neta mensual (sueldos y salarios)''. La razón de acotar la reducción salarial a esos niveles se deriva de la necesidad de respetar lo establecido en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, que contempla los niveles desde enlace hasta director general. En las modificaciones propuestas se incluye éste último nivel, pero sólo para los que no se hayan incorporado al servicio de carrera.

Se agrega un primer artículo transitorio donde se señala lo siguiente: Quedan exceptuados de la aplicación del nuevo tabulador de sueldos y salarios los servidores públicos que se hayan integrado al servicio público de carrera cumpliendo todos los requisitos señalados en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como los servidores públicos señalados en el párrafo cuarto de la fracción quinta del artículo 41, y en el párrafo noveno del artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los ahorros que se consigan con el ajuste de los sueldos de los servidores públicos de mayor jerarquía de los tres Poderes de la Unión y de los entes autónomos al nuevo tabulador con disminuciones de 10 por ciento, con las excepciones señaladas, se destinarán a fortalecer uno de los programas sociales con mayor impacto, el denominado Programa 70 y más, destinado a proporcionar ayuda económica a los adultos mayores que viven en las áreas de mayor marginación. Para ello, se incluye un segundo artículo transitorio con el siguiente texto: Los recursos que se ahorren como resultado de la aplicación del presente decreto se destinarán a ampliar el Programa 70 y más, incluido en el Ramo 20, Secretaría de Desarrollo Social, y señalado en el anexo 22 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009.

Se encuentran pendientes muchas modificaciones al marco legal, y ésta iniciativa es sólo el comienzo. La autonomía de los Poderes Legislativo y Judicial, así como la de los entes autónomos, debe dejar de ser utilizada para eludir el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables a todos los demás ejecutores de los recursos públicos incluidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma diversas disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 en materia de reducción de las percepciones de los servidores públicos de mayor jerarquía en los tres Poderes de la Unión y en los entes autónomos

Artículo Primero. Se reforma el párrafo séptimo del artículo 21 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, para quedar como sigue:

Artículo 21. ...

...

...

...

...

Ningún servidor público de las dependencias y entidades, del Poder Legislativo, del Poder Judicial y de los entes autónomos podrá recibir una percepción ordinaria mensual neta mensual superior a la del presidente de la República.

...

...

...

Artículo Segundo. Se reforma el anexo 16 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, para quedar como sigue:

Transitorios

Primero. Quedan exceptuados de la aplicación del nuevo tabulador de sueldos y salarios los servidores públicos que se hayan integrado al servicio público de carrera cumpliendo todos los requisitos señalados en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como los servidores públicos señalados en el párrafo cuarto de la fracción quinta del artículo 41, y en el párrafo noveno del artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. Los recursos que se ahorren como resultado de la aplicación del presente decreto se destinarán a ampliar el Programa 70 y más, incluido en el Ramo 20, Secretaría de Desarrollo Social, y señalado en el anexo 22 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009.

Tercero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de marzo de 2009.--- Diputado Javier González Garza (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Muchas gracias, diputado Raymundo Cárdenas.Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



LEY ORGANICA DE LA FINANCIERA RURAL

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se concede el uso de la palabra al diputado César Duarte Jáquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley Orgánica de la Financiera Rural.

El diputado César Duarte Jáquez : Gracias, presidente.

Con esta iniciativa pretendemos lograr con el grupo de paquetes en materia legislativa, los paquetes en seguridad económicos y, de acuerdo con el Acuerdo Nacional a Favor de la Economía Familiar y el Empleo, establecer una reforma al artículo 7o. de la Ley Orgánica de Financiera Rural, con el propósito de encontrar mecanismos con los que se logre acceder al crédito y mantener en el campo disposición de recursos, y así financiar proyectos que generan empleo y generan riqueza.

Sobre todo, cuando observamos que, en este momento de crisis, la banca privada se ha separado de la disposición y apertura para poner a disposición de los productores del campo créditos, por el alto riesgo, por la condición económica y por razones que corresponden a las estrategias de la misma banca privada, y que desgraciadamente esos recursos hacen falta para activar las actividades primarias.

Es elemental que la banca de desarrollo, como son los FIRA y la Financiera Rural, funcionen de manera más adecuada. Los FIRA, como todos sabemos, tienen mecanismos para poner a disposición crédito para el campo con tasas subsidiadas, con tasas que pueden ir de TIIE --6, a disposición de los dispersores de crédito.

La banca comercial utiliza esos fondos que tienen tasa subsidiada y al productor finalmente le llegan 15 y 20 por ciento. Por eso hoy por hoy, con haber detenido la dispersión de crédito de la banca privada, los FIRA disponibles registran alrededor de 45 mil millones de pesos.

Si no generamos un mecanismo legal que le permita a la Financiera Rural utilizar estos recursos, para que ella misma los disperse a las distintas figuras que existen para ello; y ya que la presencia de la Financiera Rural en el país cada vez es más puntual, es elemental que crezca la capacidad de distribución de recursos, aún más, de recursos que tengan tasas subsidiadas, como es el caso de los FIRA, para que llegue a generarle a los productores opciones de crédito.

En estas condiciones, estos 45 mil millones de pesos que tienen los FIRA, si la banca no los dispersa, ahí se quedarán. Ahí se quedarán esos recursos que no estarán activando la producción, no estarán generando el empleo que requerimos y no estarán generando la riqueza que hoy es necesario producir.

Por ello, es elemental que esta iniciativa tenga pronta solución en el paquete económico y que podamos así reflejar recursos para que la Financiera Rural pueda acceder a los FIRA con tasa subsidiada, y que puedan llegar a los productores del país en rangos del 10 al 15 por ciento como máximo en intereses, pero sobre todo la disponibilidad del crédito, ya que a estas alturas la Financiera Rural sólo tiene disponible cerca de 4 mil millones de pesos para dispersar y es fácil que los distribuya en las próximas semanas.

Lo que no tiene es mayores recursos, y menos recursos subsidiados. Por eso estos 45 mil millones de pesos que tienen los FIRA es elemental ponerlos a disposición de este mecanismo financiero, para que con ello se agilice la producción agropecuaria que hoy le hace falta a los ganaderos del país, que hoy le hace falta a los productores de granos, que hoy le hace falta a los productores de alimentos para exportar aguacate, para exportar mangos, para atender con ello la producción nacional.

Y en esos términos, señor presidente, leo la iniciativa de proyecto de decreto que reforme el artículo 7o. de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, para incentivar la inversión y el empleo en el sector agropecuario, para quedar como sigue:

Artículo 7o. La financiera podrá celebrar operaciones que permitan captar de manera directa o indirecta recursos únicamente en el caso de la banca de desarrollo o fondos de fomento, y prioritariamente de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura, constituidos en el Banco de México, o FIRA.

Con excepción de lo establecido en el párrafo anterior, la financiera no podrá celebrar operaciones que permitan captar de manera directa o indirecta, recursos del público o de cualquier otro intermediario financiero.

Transitorio. Único. La presente ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Signamos los diputados Israel Beltrán Montes , Octavio Fuentes Téllez , Enrique Serrano Escobar , y el de la voz, César Horacio Duarte. Le pido, señor presidente, que sea incluida, en sus términos, la exposición de motivos de esta iniciativa. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma el artículo 7 de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, a cargo del diputado César Duarte Jáquez, del Grupo Parlamentario del PRI

César Duarte Jáquez, en mi calidad de diputado federal a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71 constitucional, así como en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica el artículo 7 de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Ante las actuales condiciones económicas y financieras, es más notoria la relevancia de usar eficientemente los recursos de instituciones públicas, que atiendan las demandas de los diferentes sectores de la economía, buscando promover las inversiones productivas que reactiven el empleo.

En el sector agropecuario, tanto los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA), como la Financiera Rural resultan fundamentales para proporcionar recursos relativos a la asistencia técnica y la capacitación de productores, que deben integrarse de manera organizada a la producción.

En el caso de la primera, en el ejercicio fiscal anterior se observó un acelerado crecimiento en la colocación de sus recursos, derivado en buena medida de los requerimientos de liquidez de empresas de una gran dimensión en el sector, e incluso de corporativos internacionales ligados a la producción de alimentos, recursos que por tanto no necesariamente produjeron nuevas inversiones en el sector agroalimentario. Por otro lado, los recursos fueron colocados por la vía de los principales bancos del sistema financiero.

FIRA otorgó también fondos a diversas microfinancieras que venían operando con fondos propios o con recursos de la banca privada, lo cual es una aportación esencial a la economía, pero que no está focalizado al sector rural compuesto por los pequeños productores agropecuarios. Con ello, FIRA incrementó su cartera de 43.5 mil millones de pesos a 54.3 mil millones.

En cuanto a la Financiera Rural, dicha institución aumentó en el ejercicio fiscal anterior en más del 30.0 por ciento su financiamiento dirigido a pequeñas y medianas empresas, con niveles de saldos en cartera de hasta 18.0 mil millones de pesos. De tales recursos, un 12.4 por ciento se dirigió a la cartera de créditos refaccionarios, en tanto que el 87.6 por ciento a crédito de corto plazo.

En tal sentido, el desafío está realmente en cómo respaldar a los pequeños productores del sector y promover nuevas inversiones para hacer al sector más productivo y que pueda ofrecer mayor empleo. Actualmente, FIRA cuenta con disponibilidades en inversiones no utilizadas del orden de $45.3 mil millones, según el cierre de su balance del mes de noviembre pasado.

Al considerar la relevancia de impulsar un mayor dinamismo económico, y los múltiples requerimientos de financiamiento del sector agropecuario, resulta inadecuado mantener esos recursos inmóviles y por tanto improductivos.

La actual crisis ya ha causado un impacto negativo en el crédito a pequeños productores, con un retiro sistemático del crédito de la banca privada que cuenta con el fondeo y garantía de FIRA, con una fuerte caída del 32 por ciento para los productores de menores ingresos.

FIRA fondea actualmente a la banca privada a tasas de interés subsidiadas, buscando que los productores tengan acceso al crédito en las condiciones más adecuadas posibles de costo, estas tasas van desde TIIE menos seis puntos porcentuales, hasta TIIE ``flat''.

Los márgenes de la intermediación que reciben los bancos son de seis puntos, pero debido a que estos carecen de estructuras técnicas y de operación, utilizan empresas parafinancieras que dispersan el crédito con márgenes de cinco a seis puntos adicionales, con lo que el crédito finalmente toma de once a quince puntos porcentuales más de TIIE.

Es decir, FIRA fondea a tasas del 2 por ciento anual, los Bancos le incorporan 6 pp, luego estos actúan vía parafinacieras, quienes adicionan tasas de por lo menos 6 pp, para finalmente estar en tasas de 14 y hasta el 20 por ciento.

Así, los esfuerzos del gobierno federal se dispersan por los elevados márgenes de los bancos y las empresas parafinacieras, no repercutiendo positivamente en los pequeños productores, quienes acceden a un crédito caro que suele verse afectado por una baja eficiencia en su aplicación, al otorgarse con serios retrasos respecto a lo que los ciclos productivos requieren.

Por otro lado, la Financiera Rural determina sus tasas con base en su ley orgánica, considerando como componentes de la misma, la tasa de Inflación; el costo de operación, y la prima de riesgo.

Con las condiciones económicas actuales, hay un impacto de la tasa de inflación, aunado al costo de operación y al incremento en las primas de riesgo derivadas de una mayor problemática de recuperación de la cartera, por lo cual la tasa de Interés a los pequeños productores se eleva a niveles de 12 a 15 por ciento.

Por ello, ante la crisis económica y financiera, es necesario que se aumenten las opciones de fondeo y garantía de la Financiera Rural, para que pueda impulsar el financiamiento en condiciones más adecuadas para los pequeños productores.

La Financiera Rural surge para atender requerimientos del sector rural en acciones de primer piso en respaldo de los pequeños productores, teniendo como objetivo lograr, esencialmente con asistencia técnica y capacitación, la integración de intermediarios financieros, conformados por los propios productores, para que puedan acceder a crédito en condiciones más adecuadas.

Sin embargo, actualmente la propia ley prohíbe a la financiera acceder a recursos del público o de cualquier intermediario financiero, lo cual está limitando su potencial de crecimiento en el respaldo al sector productivo, y en especial a los pequeños productores. En un contexto de crisis económica, con una mayor restricción del crédito, puede haber mayores requerimientos de recursos a la Financiera que no va a ser posible atender, por las limitaciones referidas.

Por otro lado, la banca privada y los inversionistas anteponen sus decisiones de inversión a los criterios y principios estrictamente ligados a tasas de rentabilidad, en muchas ocasiones con una visión de corto plazo. En tal sentido, ha habido un retiro del financiamiento al sector agroalimentario.

Ante el inminente retiro de la banca privada y otros inversionistas que buscan como objetivo central la rentabilidad de corto plazo de sus capitales aportados, se requiere fortalecer a instituciones de banca de desarrollo y los fondos de fomento del sector público.

Por ello, ante la evolución del crédito al sector agropecuario y por las condiciones económicas previas del sector, que lo hacen más vulnerable ante la crisis financiera actual, se requiere buscar las opciones para aportar mayores recursos financieros, que promuevan proyectos viables técnica, social y económicamente, y con ello promover la inversión y el empleo en el sector.

Es necesario priorizar el financiamiento a mayores plazos, que impulse la capitalización de las organizaciones de productores con créditos y garantías para maquinaria, equipamiento, sistemas de riego, pie de cría, plantaciones forestales, agroindustria y en el total de las cadenas productivas, hasta beneficiar a los consumidores finales con alimentos de bajo costo, por la eliminación de intermediaciones que no aportan valor agregado alguno.

Debemos impulsar el desarrollo de los mercados financieros rurales, promoviendo la organización de productores para la integración de intermediarios financieros rurales capitalizados, bien estructurados y viables.

En tal sentido, como ya se mencionó, existen disponibilidades de recursos financieros muy relevantes que se administran actualmente en fondos de inversión por FIRA, que pueden ser utilizados en inversiones productivas.

Por ello, en la presente iniciativa se propone modificar la Ley Orgánica de la Financiera Rural, con el objetivo de que pueda acceder a financiamiento por la vía de los fondos de fomento, esencialmente pensando que pueda acceder a los beneficios de las tasas de FIRA, y con ello a su vez trasladar los beneficios a los productores, con una tasa mucho menor a la actual.

Por lo anteriormente expuesto, y con base en las facultades constitucionales y reglamentarias correspondientes, presento ante esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 7 de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, para incentivar la inversión y el empleo en el sector agropecuario, para quedar como sigue:

Artículo 7. ...

I. a XXIII. ...

La Financiera podrá celebrar operaciones que permitan captar de manera directa o indirecta recursos únicamente en el caso de la banca de desarrollo o fondos de fomento, y prioritariamente de los Fideicomisos Instituidos con Relación a la Agricultura, constituidos en el Banco de México.

Con excepción de lo establecido en el párrafo anterior, la Financiera no podrá celebrar operaciones que permitan captar de manera directa o indirecta recursos del público o de cualquier otro intermediario financiero.

Transitorios

Único. La presente ley empezará su vigencia el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputados: César Duarte Jáquez (rúbrica), Israel Beltrán Montes (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Gracias, diputado César Duarte Jáquez. Inclúyase el contenido completo de la iniciativa presentada por el diputado Duarte, en el Diario de Debates de la presente sesión, ytúrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su análisis, deliberación y dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD - LEY GENERAL DE POBLACION

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se concede la palabra al diputado Alfonso Izquierdo Bustamante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Saludy de la Ley General de Población.

El diputado Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante : Con su permiso, señor presidente.

La iniciativa que hoy presentamos ante esta soberanía tiene que ver con una reforma al 4o. constitucional, en materia de derecho a la salud, que presentamos en esta tribuna el 25 de abril del año pasado.

En él, el espíritu de fondo de la misma, comprometía un momento específico que se reitera como una afirmación permanente. En esos días había un debate en torno al aborto sí o al aborto no. Me planteé que en cualquier referente el discurso era un discurso que invocaba a la muerte, y negado a un discurso por la muerte opté en una propuesta señalada por un derecho a la vida. La salud reproductiva, la salud sexual se convirtieron en un elemento fundamental que motivó precisamente la reforma del 4o. y la que hoy presento.

La que hoy presento va directamente a la Ley de Salud. Casualidades de la vida, a mes y medio de haber sido presentada, después en esta tribuna y aún no resuelta por la comisión respectiva, la República Popular de China aprobó como política de Estado la salud reproductiva, y es la fecha en que en esta soberanía no hemos terminado de dictaminar una iniciativa de abril del año pasado y, hoy, reinsisto planteando la reforma correspondiente a la ley de la materia.

De toda suerte que en el espíritu contenido en la exposición de motivos y con las razones jurídicas adjudicadas en el texto de la misma solicito a la Presidencia de la Mesa Directiva sea incluida en sus elementos referenciales, para que precisamente, en el Diario de Debates y en los elementos que sustancian nuestro trabajo legislativo, tenga procedencia, como así lo espero.

Para que esta soberanía, antes de que concluyan los trabajos de la LX Legislatura, pueda dar paso a una alternativa de vida que definitivamente sigo afirmando es la salud reproductiva, la salud sexual. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales de Salud, y de Población, a cargo del diputado Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante , del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en uso de las facultades que le confieren la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 37, inciso a), del Reglamento Interior del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional correspondiente a la LX Legislatura, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 3o., la denominación del Capítulo VI, del Título Tercero y los artículos 67, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Salud; asimismo, se reforma la fracción II del artículo 3 de la Ley General de Población, para incluir la salud sexual y reproductiva de los mexicanos como materia de salubridad general.

Exposición de Motivos

La inclusión del término salud sexual y reproductiva en la Ley General de Salud que propongo al Pleno de esta soberanía tiene que ver con avanzar hacia la consolidación del Estado democrático de nuestro país, ya que fortalece los valores de la democracia y los derechos humanos y sociales de los mexicanos.

El Fondo de Población de las Naciones Unidas en sus conferencias internacionales ha señalado que el derecho a la salud sexual y reproductiva está arraigado en los derechos humanos y por lo tanto en la dignidad de las personas.

La sociedad civil mexicana y organizaciones internacionales protectoras de los derechos humanos en sus foros y estudios académicos han planteado la necesidad de impulsar y fortalecer los derechos a la salud sexual y reproductiva de las personas.

El Programa de Acción de la Conferencia Mundial sobre Población y Desarrollo (Programa de Acción de El Cairo de 1994) definió la salud reproductiva como ``un estado general de bienestar físico, mental y social y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos. En consecuencia, la salud reproductiva entraña la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos, y de procrear teniendo la libertad para decidir hacer o no hacerlo, cuando y con qué frecuencia''.

Esta última condición lleva implícito el derecho de la mujer y del hombre a obtener información y acceso a los métodos de planificación familiar de su elección seguros, efectivos, asequibles y aceptables, así como otros métodos legales para la regulación de la fecundidad, y el derecho a recibir servicios adecuados de atención de la salud que permitan los embarazos y los partos sin riesgos y den a las parejas las máximas posibilidades de tener hijos sanos.

En nuestro país, en enero de 1974, se publicó la nueva Ley General de Población, que tiene por objeto regular los fenómenos demográficos y establecer la obligatoriedad del Estado de ofrecer servicios de planificación familiar, en su reglamento se señala la gratuidad del servicio de planificación familiar en las instituciones del sistema de salud pública.

En diciembre de 1974 se reformó el artículo 4o. de nuestra Carta Magna para elevar a rango constitucional el derecho de las mexicanas y los mexicanos a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

En 1984 se promulgó la Ley General de Salud, donde se incluye la planificación familiar como parte de los servicios de salud.

En la visión de la planificación familiar de los años setentas y ochentas se impulsaba esta política pública como una herramienta demográfica para abatir el crecimiento poblacional, ya que en el México de estos años no se tenían las nociones de este tema tan importante de los derechos sexuales y reproductivos.

Hoy día la visión de la planificación familiar ha sido superada, en razón del proceso de consolidación democrática de nuestro país, pero también porque México ha firmado y ratificado diversos mecanismos internacionales protectores de los derechos humanos y la sociedad civil ha manifestado e impulsado el respeto a la salud sexual y reproductiva.

Debemos considerar que los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos con validez universal y que su fortalecimiento es indispensable para que los mexicanos tengamos una mejor sociedad.

El pasado 25 de abril de 2007 presenté al Pleno de esta Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de que el Estado garantice el respeto, la protección y el libre ejercicio de los derechos a la salud reproductiva de las mujeres y hombres de México, que fue turnada para su estudio y dictamen a la Comisión de Puntos Constitucionales.

La iniciativa que presento a consideración de esta soberanía tiene que ver con fortalecer los derechos humanos de los mexicanos y el Estado democrático de derecho de nuestro país.

Por lo expuesto, me permito someter a la consideración del Pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto para reformar la fracción VII del artículo 3o., la denominación del Capítulo VI del Título Tercero, los párrafos primero y cuarto del artículo 67, el párrafo primero, fracciones I, II, III, IV y V, del artículo 68 y los artículos 69, 70 y 71 de la Ley General de Salud, para incluir la salud sexual y reproductiva de los mexicanos como materia de salubridad general; asimismo, se reforma la fracción II del artículo 3 de la Ley General de Población, para que la Secretaría de Gobernación dicte y ejecute o, en su caso, promueva ante las dependencias competentes o entidades correspondientes las medidas necesarias para realizar programas de salud sexual y reproductiva a través de los servicios educativos y de salud pública de que disponga el sector público y vigilar que dichos programas y los que realicen organismos privados se lleven a cabo con absoluto respeto a los derechos fundamentales del hombre y preserven la dignidad de las familias, con objeto de regular racionalmente y estabilizar el crecimiento de la población, así como lograr el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y naturales del país

Artículo Primero. Se reforma la fracción VII del artículo 3o., la denominación del Capítulo VI del Título Tercero, los párrafos primero y cuarto del artículo 67, el párrafo primero, fracciones I, II, III, IV y V, del artículo 68 y los artículos 69, 70 y 71 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 3o. En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:

I. a VI. ...
VII. La salud sexual y reproductiva de los mexicanos
VIII. a XXI. ...
Título Tercero Prestación de los Servicios de Salud Capítulo VI Servicios de Salud Sexual y Reproductiva

Artículo 67. La salud sexual y reproductiva es la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear teniendo la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cuándo y con qué frecuencia. Esta última condición lleva implícito el derecho de la mujer y del hombre a obtener información y acceso a los métodos de planificación familiar de su elección, seguros, efectivos, asequibles y aceptables, así como a otros métodos legales para la regulación de la fecundidad, y el derecho a recibir servicios adecuados de atención de la salud que permitan los embarazos y los partos sin riesgos y den a las parejas las máximas posibilidades de tener hijos sanos. La salud sexual y reproductiva tiene carácter prioritario en el sistema nacional de salud.

...

...

En materia de salud sexual y reproductiva, las acciones de información y orientación educativa en las comunidades indígenas deberán llevarse a cabo en español y en la lengua o lenguas indígenas en uso en la región o comunidad de que se trate.

Artículo 68. Los servicios de salud sexual y reproductiva comprenden:

I. La promoción del desarrollo de programas de comunicación educativa en materia de servicios de salud sexual y reproductiva y de educación sexual y reproductiva, con base en los contenidos y estrategias que establezca el Consejo nacional de Población;
II. La atención y vigilancia de los aceptantes y usuarios de servicios de salud sexual y reproductiva;
III. La asesoría para la prestación de servicios de salud sexual y reproductiva a cargo de los sectores público, social y privado y la supervisión y evaluación en su ejecución, de acuerdo con las políticas establecidas por el Consejo Nacional de Población.
IV. El apoyo y fomento de la investigación en materia de anticoncepción, infertilidad humana, salud sexual y reproductiva y biología de la reproducción humana;
V. La participación en el establecimiento de mecanismos idóneos para la determinación, elaboración, adquisición, almacenamiento y distribución de medicamentos y otros insumos destinados a los servicios de salud sexual y reproductiva.
VI. ...

Artículo 69. La Secretaría de Salud, con base en las políticas establecidas por el Consejo Nacional de Población para la prestación de servicios de salud sexual y reproductiva y de educación sexual y reproductiva, definirá las bases para evaluar las prácticas de métodos anticonceptivos, por lo que toca a su prevalecencia y a sus efectos sobre la salud.

Artículo 70. La Secretaría de Salud coordinará las actividades de las dependencias y entidades del sector salud para instrumentar y operar las acciones del programa nacional de salud sexual y reproductiva que formule el Consejo Nacional de Población, de conformidad con las disposiciones de la Ley General de Población y de su Reglamento, y cuidará que se incorporen al programa sectorial.

Artículo 71. La Secretaría de Salud prestará, a través del Consejo Nacional de Población, el asesoramiento que para la elaboración de programas educativos en materia de salud sexual y reproductiva y de educación sexual y reproductiva le requiera el sistema educativo nacional.

Artículo Segundo: Se reforma la fracción II del artículo 3 de la Ley General de Población, para quedar como sigue:

Artículo 3o. Para los fines de esta ley, la Secretaría de Gobernación dictará y ejecutará o en su caso promoverá ante las dependencias competentes o entidades correspondientes, las medidas necesarias para:

I. ...
II. Realizar programas de salud sexual y reproductiva a través de los servicios educativos y de salud pública de que disponga el sector público y vigilar que dichos programas y los que realicen organismos privados, se lleven a cabo con absoluto respeto a los derechos fundamentales del hombre y preserven la dignidad de las familias, con el objeto de regular racionalmente y estabilizar el crecimiento de la población, así como lograr el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y naturales del país;
III. a XIV. ...
Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de plenos del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2009.--- Diputado Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Muchas gracias, diputado Alfonso Izquierdo Bustamante.Túrnese a las Comisiones Unidas de Salud, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.



LEY GENERAL DE EDUCACION

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Tiene la palabra la diputada Holly Matus Toledo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

La diputada Holly Matus Toledo : Con su venia, diputado presidente. Estimados compañeros diputados y estimadas compañeras diputadas, el artículo 3o. constitucional señala a la educación como un derecho de todos los mexicanos y todas las mexicanas.

En el caso de la educación para los adultos, el artículo 43 de la Ley General de Educación señala que ésta se encuentra destinada a individuos de 15 años o más que no hayan cursado o concluido, la educación primaria o secundaria.

A pesar de los servicios que se brindan para la educación de los adultos, en el país existen aun 33.4 millones de personas mayores de 15 años sin educación básica completa, que constituyen el 44.8 por ciento de la población adulta.

Cabe destacar que la cifra total de personas adultas que no han concluido la educación básica es levemente mayor al de total de estudiantes inscritos en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo nacional, en el ciclo escolar 2006-2007, los cuales ascendieron a 32 millones 955 mil 143.

Anualmente se incorporan a la demanda de educación para los adultos 768 mil jóvenes, que son excluidos del sistema educativo nacional.

Frente a dicha demanda, los servicios instalados son insuficientes. Diversas investigaciones han demostrado que la educación para las personas adultas en nuestro país ha obtenido resultados limitados.

Entre los factores principales que inciden en estos resultados son: que frecuentemente los educadores son personas con bajos niveles de escolaridad; que en el mejor de los casos son sujetos que trabajan a su vez en otros campos educativos, lo cual supone poca especialización en el trabajo con personas adultas o que incluso carecen de formación específica sobre campo educativo y de la experiencia docente.

A sus perfiles educativos se suma que las personas que rea-lizan esta labor reciben una escasa capacitación y formación, lo cual se limita a cursos breves, que son instrumentales para poder operar los programas específicos.

Estos bajos perfiles responden a la poca prioridad que otorga el sistema educativo nacional al campo, a la educación para adultos y a la educación de niños, niñas y jóvenes. Situación que a la vez da cuenta de la orientación compensatoria y remedial desde la que se trabaja en éste, misma que refuerza la baja calidad y pobres resultados de las acciones.

La limitada calidad de muchos de los servicios de educación para personas adultas se manifiesta en que los educadores voluntarios improvisan formas de trabajo educativo y, en pocas ocasiones, crean procesos educativos grupales relevantes que respondan a las necesidades e intereses de los participantes y que favorezcan, entre ellos y ellas, el intercambio de conocimientos y experiencias.

Aunado a lo anterior, los educadores y las educadoras de adultos cuentan con muy poco reconocimiento, escasos e insuficientes apoyos y baja remuneración por su trabajo, así como limitadas o nulas oportunidades de desarrollo profesional en sus instituciones.

Lo anterior tiene que ver con que el concepto de solidaridad social que se maneja en el artículo 43 de la Ley General de Educación, el cual no se encuentra definido y, por lo mismo, ha dado pie a ambigüedades respecto a las oportunidades de formación y a las condiciones de trabajo que se les brindan a los educadores y educadoras en este campo educativo.

Requerimos brindar nuevas oportunidades para el desarrollo profesional de estos agentes, que estén vinculadas con su formación específica sobre este campo educativo, con el acompañamiento a su labor educativa, y con el mejoramiento de los apoyos económicos que reciben, así como de los esquemas mediante los cuales se les otorgan.

Mediante esta iniciativa propongo que, atendiendo al artículo 3o. constitucional, se reformen los artículos 20, 21, 43 y 44 de la Ley General de Educación, para que el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Educación Pública y en coordinación con el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, las primarias nocturnas, las secundarias para trabajadores, los centros de educación extra escolar, los centros de educación básica de los adultos, las misiones culturales y las secundarias a distancia, abran una puerta para que a los educadores y educadoras de personas adultas, se les brinden las posibilidades de formación, capacitación y desarrollo profesional de manera sólida, específica y pertinente sobre este campo educativo.

Asimismo, se les reconozca como trabajadores y perciban un salario digno, al igual que los otros educadores y educadoras del Sistema Educativo Nacional en la perspectiva de su desarrollo profesional, con la finalidad última de brindar educación de calidad a la población adulta de nuestro país.

Debemos tomar en cuenta que la educación para personas adultas es la puerta para el ejercicio de otros derechos y un factor también de justicia social.

Pido, diputado presidente, que pueda incorporarse el texto completo de la iniciativa en el Diario de los Debates. Gracias, por su atención.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Holly Matus Toledo , del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, diputada Holly Matus Toledo , integrante de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto, por el que reforman y adicionan los artículos 20, 21, 43 y 44 de la Ley General de Educación, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Conforme al artículo 3o. constitucional, la educación es un derecho de todos los mexicanos y mexicanas. En el caso de la educación para adultos, el artículo 43 de la Ley General de Educación, señala que esta se encuentra destinada a individuos de 15 años o más que no hayan cursado o concluido la educación primaria y secundaria. La misma se presta a través de servicios de alfabetización, educación primaria y secundaria, así como la formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población. Esta educación se apoyará en la solidaridad social.1

En el país las acciones pertinentes a la educación para personas adultas han sido emprendidas por diversos actores: instituciones públicas y privadas; movimientos y organizaciones sociales; organismos civiles y sindicatos, con múltiples intencionalidades y destinadas a diferentes sujetos, aunque suele priorizarse a la población en situación de pobreza y la educación básica. Son varios los servicios públicos que ofrecen educación para personas adultas, siendo el más importante el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), por el número de personas que atiende y los recursos de que dispone. Otros servicios son las primarias nocturnas, las secundarias para trabajadores, los Centros de Educación Extraescolar (Cedex) y los Centros de Educación Básica de Adultos (Cebas), las misiones culturales, la secundaria a distancia y los centros que ofrecen educación no formal para el trabajo,2 así como los institutos estatales no federalizados y las direcciones de Educación de algunas presidencias municipales que cuentan con educadoras y educadores de personas adultas.

A pesar de la los servicios que se brindan para la educación de adultos en el país, existen aún 33.4 millones de personas mayores de 15 años, sin educación básica completa que constituyen el 44.8 por ciento de la población adulta; de estos, 7.9 por ciento no saben leer ni escribir,3 13.8 por ciento no cuentan con estudios de primaria y el 23 por ciento de secundaria.4 Cabe destacar que la cifra total de personas adultas que no han concluido su educación básica es levemente mayor al del total de estudiantes inscritos en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo nacional en el ciclo escolar 2006-2007, los cuales ascendieron a 32 millones 955 mil 143.5

Además, anualmente se incorporan a la demanda de educación de personas adultas 768 mil jóvenes que son excluidos del sistema educativo nacional.6 Frente a dicha demanda, los servicios instalados son insuficientes. Los servicios de educación de adultos del país atendieron a 2 millones 929 mil 235 personas,7 durante el año 2007; de éstas 1 millón 370 mil 931 corresponden al INEA.8

Los educadores y las educadoras que realizan esta tarea --sean facilitadores y facilitadoras, asesores y asesoras de sistemas abiertos y a distancia, tutores y tutoras, maestras y profesores de grupo, capacitadores y capacitadores, técnicos y técnicas docentes, promotoras y promotores sociales, educadoras y educadores populares y formadores y formadoras de educadores de personas jóvenes y adultas--, desempeñan un papel clave en los procesos educativos tal como se menciona en el artículo 21 de la Ley General. Ellos y ellas se encargan, en los procesos educativos, de crear las condiciones para los aprendizajes y facilitar su construcción; favorecer las interacciones, asesorar, apoyar, acompañar y motivar a las personas adultas, de ahí que su formación sea fundamental como lo es para cualquier educador y educadora.

Sin embargo, diversas investigaciones 9 han mostrado que la educación para personas adultas en el país ha obtenido resultados limitados. Entre los factores principales que inciden en estos resultados, particularmente en la educación básica, están los perfiles de los educadores y las educadoras. Frecuentemente son personas con bajos niveles de escolaridad, 10 que en el mejor de los casos son sujetos que trabajan a su vez en otros campos educativos, lo cual supone poca especialización en el trabajo con personas adultas, o que incluso carecen de formación específica sobre el campo educativo y de experiencia docente.11

A sus perfiles educativos se suma que las personas que realizan la labor de educadoras y educadores reciben una escasa capacitación y formación que se limita a cursos breves (de alrededor de ocho horas) puntuales, de carácter instrumental y que priorizan los aspectos de operación de los programas, además de que se les brindan pocas oportunidades para seguir formándose sobre este campo educativo.12 Por lo que no es raro que muchas de las personas que se dedican a la educación para personas adultas, tomen esta como una actividad de medio tiempo o de carácter complementario, temporal o transitorio.

Los criterios y procesos de selección para educadores y educadoras de personas adultas varían en cada entidad federativa y las instancias que ofrecen los servicios educativos. Sin embargo, prevalece la carencia de formación específica y es frecuente el hecho de que la formación inicial sea incipiente.

Estos bajos perfiles responden a la poca prioridad que otorga el Sistema Educativo Nacional al campo de educación para adultos respecto a la educación de niños, niñas y jóvenes,13 situación que a la vez da cuenta de la orientación compensatoria y remedial desde la que se trabaja en éste, misma que refuerza la baja calidad y pobres resultados de las acciones.

La limitada calidad de muchos de los servicios de educación para personas adultas se manifiesta en que los educadores voluntarios improvisan formas de trabajo educativo y, muchas de éstas, son memorísticas, repetitivas y mecánicas; en pocas ocasiones crean procesos educativos grupales relevantes que respondan a las necesidades e intereses de los participantes y que favorezcan entre ellos el intercambio de conocimientos y experiencias, estas situaciones dificultan la construcción de una identidad como estudiantes que motive la permanencia y continuidad en sus estudios y, lo que es más grave, ``... los certificados no respaldan sino escasos o nulos aprendizajes (...) ha perdido su carácter educador por uno simplemente certificador.''14

Aunado a lo anterior, los educadores y educadoras de adultos cuentan con muy poco reconocimiento, escasos e insuficientes apoyos y baja remuneración por su trabajo, así como limitadas o nulas oportunidades de desarrollo profesional en sus instituciones. En el Instituto Nacional de Educación para Adultos el apoyo económico de estos educadores y educadoras depende del número de usuarios y usuarias del servicio educativo que logran aprobar los módulos y obtener certificados, 15 lo que muestra que subyace una concepción eficientista, que actúa en contra de la calidad del servicio que se ofrece, ya que los educadores y educadoras aceleran los procesos a fin de obtener la paga, soslayando los aspectos cualitativos del proceso educativo así como la valoración de los aprendizajes y competencias que las personas adultas alcanzan o deberían alcanzar.

Lo anterior tiene que ver con que el concepto de solidaridad social que se maneja en el artículo 43 de la Ley General de Educación, no esta definido, y por lo mismo, ha dado pie a ambigüedades respecto a las oportunidades de formación y las condiciones de trabajo que se les brindan a los educadores y educadoras de este campo educativo. En los hechos, se ha entendido como el trabajo voluntario no remunerado, o como prestación de servicio social, y no se le da el verdadero valor que tiene.

En otros servicios públicos que brindan educación para adultos, la problemática que se presenta es que sólo existen plazas de tiempo parcial por lo que no hay oportunidades para la dedicación de tiempo completo a este campo educativo. Cabe destacar que la mayoría de los educadores de personas adultas son mujeres; por ejemplo, en el INEA constituyen el 72 por ciento de los asesores, por lo que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad por la precariedad de las condiciones de trabajo existentes.

Las tendencias internacionales, como la emanada de la V Conferencia Internacional de Educación de Adultos (Hamburgo, 1997) plantea una visión más amplia de la educación para personas adultas, y abarca tanto la educación básica, como la capacitación en y para el trabajo, la educación orientada al desarrollo social, la promoción de la cultura, el fortalecimiento de la identidad, así como a la organización y la participación ciudadana.

En el Plan de Acción de la V Conferencia Internacional de Educación de Adultos, la Reunión de Balance Intermedio de Confintea V (2003), y el documento final de la Conferencia Regional de América Latina y el Caribe sobre Alfabetización, y preparatoria para la Confintea VI (2008) todos ellos firmados por México, se recomienda ``elaborar políticas de formación inicial y permanente de educadores de personas jóvenes y adultas con la participación de las universidades, los sistemas de enseñanza y los movimientos sociales para elevar la calidad de los procesos educativos y asegurar el mejoramiento de las condiciones laborales y profesionales de los educadores''.16

Por su parte, el Plan Iberoamericano de Alfabetización y Educación Básica de Personas Jóvenes y Adultas (2007-2015) impulsado por la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, establece la necesidad de fortalecer las estructuras nacionales mediante la conformación, reforzamiento y capacitación de los equipos técnicos y docentes, centrales y territoriales a través de su formación, capacitación adecuada, y remuneraciones.17

La educación para personas adultas es la puerta al ejercicio de otros derechos y factor de justicia social, y para el logro de una ciudadanía mejor formada y activa; familias más interesadas por la educación de sus hijos y más capaces de apoyarlos; sujetos con más posibilidades de empleo y productivos; una democracia más plural y vigorosa, una sociedad más incluyente; y también, para la prevención de la violencia y de las adicciones. En síntesis, destacan sus aportaciones al desarrollo social, cultural y económico de las personas, de los grupos y del país en su conjunto.

Estos planteamientos sobre la importancia de la educación de personas adultas coinciden con el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 que propone, entre otros objetivos nacionales, ``reducir significativamente las brechas sociales, económicas y culturales persistentes en la sociedad, y que esto se traduzca en que los mexicanos sean tratados con equidad y justicia en todas las esferas de su vida, de tal manera que no exista forma alguna de discriminación''18.

La baja calidad en la educación para adultos y adultas, pone en evidencia la doble exclusión y por ende discriminación que sufren las personas que participan en estos servicios: son las que han tenido menos oportunidades de desarrollo social, y es a quienes se atiende con educadores improvisados, situación que va en contra de los planteamientos del artículo 1o. constitucional y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en donde el Estado se compromete a brindar protección efectiva a toda persona contra cualquier acto de discriminación y define como objeto de ésta, en el artículo 1o. de las Disposiciones Generales ``... prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona en términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato''.19

En este sentido, los educadores y educadoras de personas adultas son también excluidos y por lo tanto discriminados, del derecho a contar con ``condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia... así como a ser capacitados'', tal como establecen el artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo y los artículos 20 y 21 de la Ley General de Educación. En particular este último, en su párrafo tercero se dispone expresamente: ``El Estado otorgará un salario profesional para que los educadores de los planteles del propio Estado alcancen un nivel de vida decoroso para su familia; puedan arraigarse en las comunidades en las que trabajan y disfrutar de vivienda digna; así como para que dispongan del tiempo necesario para la preparación de las clases que impartan y para su perfeccionamiento profesional''.

El carácter ``solidario'' vigente del quehacer de los educadores y educadoras de personas adultas, y los requerimientos mínimos para desempeñar esa tarea, no suponen estrictamente un trabajo profesional, sin embargo, es necesario que tengan un salario digno, y que se impulsen políticas para modificar el estatus no profesional de dicha labor.

La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el artículo 9o. inciso IV establece que ``...se considera como conducta discriminatoria... establecer diferencias en la remuneración, prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales'', y en el inciso V del mismo artículo se reconoce como discriminatorio el ``limitar el acceso a los programas de capacitación y de formación profesional'', de ahí que pueda establecerse una acción discriminatoria contra las educadoras y educadores de adultos, y la urgencia de erradicarla.

La condición de voluntariado de la acción educativa con las personas adultas tiene como fondo y trae como consecuencia una subestimación de este quehacer con impacto sobre la permanencia de estos agentes educativos en la atención de los programas,20 entre otros aspectos negativos.

Sin desarrollo profesional de las educadoras y los educadores de adultos, no hay calidad educativa. Para avanzar en este sentido se requiere brindar oportunidades para el desarrollo profesional de los educadores y educadoras que estén vinculadas con su formación específica sobre este campo educativo, el acompañamiento a su labor educativa, y el mejoramiento de los apoyos económicos que reciben, y de los esquemas mediante los cuales se les otorgan.

Lo anterior implica el replanteamiento de la condición de voluntariado, que ha operado como pilar de la educación de adultos. Es imprescindible reconocer que la solidaridad y la buena voluntad son grandes valores, pero la historia ha demostrado que la buena voluntad no basta. Al ser ``educadores solidarios''21, carecen de prestaciones laborales, y no se les hacen extensivas las prerrogativas de superación profesional que la ley otorga a los otros educadores del sistema educativo nacional.

Las leyes mexicanas requieren actualizarse para responder a las necesidades sociales y educativas de la población, y responder a diversos compromisos internacionales relativos a esta materia que el gobierno mexicano ha signado. Particularmente sería necesaria, a mediano plazo, una nueva Ley de Educación de las Personas Jóvenes y Adultas.

Esta iniciativa propone que atendiendo a lo dispuesto en el artículo 3o. de la Constitución Política y en la Ley General de Educación, el Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Educación Pública y en coordinación con el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, las primarias nocturnas, las secundarias para trabajadores, los Centros de Educación Extraescolar, los Centros de Educación Básica de Adultos, las misiones culturales y la secundaria a distancia abra una puerta para que a los educadores y educadoras de personas adultas se les brinden las posibilidades de formación22 sólida, específica y pertinente sobre este campo educativo, se les reconozca como trabajadores y perciban un salario digno, al igual que los otros educadores y educadoras del sistema educativo nacional, en la perspectiva de su desarrollo profesional con la finalidad última de brindar educación de calidad a la población adulta del país.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a consideración del Pleno de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se reforma el artículo 20 de la Ley General de Educación para añadir una fracción, quedando como sigue:

Artículo 20. Las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán el sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros que tendrá las finalidades siguientes:

I. a IV. ...
V. En el caso de la educación de personas adultas comprendida en la presente ley, el Estado y las autoridades educativas, a través de las instituciones oficiales de la educación de personas adultas, deberán establecer políticas y programas de formación, capacitación y actualización orientados al desarrollo profesional de sus educadores y educadoras, de acuerdo con las características específicas de éstos servicios educativos y de las necesidades académicas del personal que preste dichos servicios.
Para esto se podrán celebrar acuerdos y convenios con las universidades, instituciones formadoras de docentes y se contará con la colaboración de las organizaciones de la sociedad civil vinculadas al campo de la educación de personas adultas.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 21 de la Ley General de Educación adicionando un segundo párrafo y recorriéndose los subsecuentes para quedar como sigue:

Artículo 21. La educadora y el educador, incluidos los de la educación de las personas adultas, son promotores, coordinadores y agentes directos del proceso educativo. Deben proporcionárseles los medios que les permitan realizar eficazmente su labor y que contribuyan a su constante perfeccionamiento.

Las autoridades educativas diseñarán e implantarás políticas afirmativas para las educadoras y los educadores de adultos en funciones, a fin de brindarles las oportunidades necesarias para que puedan acceder progresivamente a una formación, a un trabajo y a un salario de carácter profesional.

...

...

...

...

Artículo Tercero. Se reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

Artículo 43. La educación para personas adultas está destinada a individuos de quince años o más que no hayan cursado o concluido la educación básica y comprende, entre otras, la alfabetización, la educación primaria y la secundaria, así como la formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población.

Artículo Cuarto. Se reforman el primer y tercer párrafos del artículo 44 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

Artículo 44. Tratándose de la educación para personas adultas la autoridad educativa federal podrá prestar servicios que conforme a la presente ley corresponda prestar de manera exclusiva a las autoridades educativas locales.

Los beneficiarios de esta educación podrán acreditar los conocimientos adquiridos, mediante exámenes parciales o globales, conforme a los procedimientos a que aluden los artículos 45 y 64. Cuando al presentar un examen no acrediten los conocimientos respectivos, recibirán un informe que indique las unidades de estudio en las que deban profundizar y tendrán derecho a presentar nuevos exámenes hasta lograr la acreditación de dichos conocimientos.

El Estado y sus entidades organizarán servicios permanentes de promoción y asesoría de educación para personas adultas y darán las facilidades necesarias a sus trabajadores y familiares para estudiar y acreditar la educación primaria y la secundaria.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Quedan exentas de estas disposiciones las personas prestadoras de servicio social que brindan voluntariamente asesoría en tareas relativas a la educación de personas adultas de acuerdo a lo establecido en el artículo 44 de la Ley General de Educación.

Tercero. La Secretaría de Educación Pública, el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, Centros de Educación Extraescolar y los Centros de Educación Básica de Adultos, las misiones culturales, la secundaria a distancia, centros que ofrecen educación no formal para el trabajo y las autoridades educativas en la entidades federativas, deberán llevar a cabo las acciones para la formación, capacitación, actualización y desarrollo profesional de acuerdo con las necesidades y características específicas de la educación de las personas adultas y del personal que preste servicio, previstas en el presente decreto en un término no mayor a ciento ochenta días naturales contados a partir de su entrada en vigor.

Cuarto. Las autoridades educativas mencionadas en el artículo anterior, deberán solicitar los recursos económicos necesarios, para las acciones previstas en el presente decreto a partir de su entrada en vigor.

Notas: 1 La terminología que maneja la legislación mexicana ``educación para adultos'' debe ser modificada para incluir a otros grupos, como los jóvenes; aquí se utilizará un lenguaje incluyente, refiriéndose a la educación de personas adultas. 2 Las diversas instancias que atienden la educación para adultos pueden cambiar de nombre en cada entidad federativa o municipio. 3 Cabe señalar que la definición estatutaria de ``persona analfabeta'' en las estadísticas oficiales es limitada pues está determinada con base en: a) informantes clave por hogar y b) por una pregunta demasiado simple por lo que se estima que la proporción real de personas analfabetas, de acuerdo con la visión ampliada de la alfabetización que se planeta en la Declaración de Hamburgo (1997) se presume mayor a la que presentan las estadísticas oficiales. 4 La población total mayor de 15 años es 74.7 millones. Proyecciones del Consejo Nacional de Población y del INEA para el 2007, con base en el censo del año 2000 (José Antonio Carranza y René González Cantú, Los Olvidados del Sistema Educativo , panel organizado por el Fondo Mexicano para la Educación y el Desarrollo, AC, México DF, 6 de octubre del 2008). 5 Resumen SEN, 2006-2007, SEP 6 Estimaciones INEA, 2007. 7 Segundo Informe de Labores 2007-2008, SEP, diciembre 2008. De esta cifra, 137 mil 140 fueron de alfabetización, 715 mil 397 de primaria, 1 millón 605 mil 456 de secundaria, 336 mil 567 en capacitación no formal para el trabajo y 134 mil 676 en misiones culturales. 8 Los datos desagregados son los siguientes: Estudiantes de alfabetización: 383 mil 469, de primaria: 301 mil 713, de secundaria: 685 mil 749. De estos últimos, sólo 398 mil concluyeron la secundaria (Reporte del sistema automatizado de seguimiento y acreditación del INEA, diciembre 2007). 9 El Estado del Conocimiento da cuenta de la investigación educativa realizada en México de 1992 al 2002, dedica una sección a los educadores y educadoras de la educación de adultos y fue publicado en Educación, Derechos Sociales y Equidad . Tomo II Bertely María coordinadora. Colección La Investigación Educativa en México 1992-2002, 2003, Consejo Mexicano de Investigación Educativa. México. Páginas 745-768. También dedica una sección a este tema el documento El desarrollo y el estado de la cuestión sobre el aprendizaje y la educación de adultos, Documento complementario de México, CREFAL, abril 2008, publicado en http://www.unesco.org/uil/en/nesico/confintea/ confinteacountries.htm 10 En el año 2006, trabajaban en el INEA 83 mil 785 asesores y 5 mil 571 técnicos docentes, de acuerdo al reporte del sistema automatizado de seguimiento y acreditación. En los asesores que tienen a su cargo los procesos educativos de las personas jóvenes y adultas prevalecen los niveles de educación básica (38 por ciento) y media superior (36 por ciento). Por su parte, los técnicos docentes que realizan funciones académico-operativas, el nivel de mayor frecuencia es el superior (39 por ciento) seguido del medio superior (36 por ciento). El 72 por ciento de los asesores y asesoras son mujeres. 11 Al analizar sus ocupaciones, llama la atención la diversidad de actividades que realizan, además de ser asesores: el 31 por ciento son estudiantes, el 23.5 por ciento son personas dedicadas a los quehaceres del hogar y un 8 por ciento son trabajadores de la educación; le siguen en porcentajes que oscilan entre el 2 por ciento y 3 por ciento ser trabajador doméstico, administrativo, agropecuario y de servicios, también ser comerciante, artesano, obrero y desempleado, por citar las más representativas numéricamente. Reporte del sistema automatizado de seguimiento y acreditación, INEA 2006. También es frecuente que se recurra a jóvenes prestadores de servicio social o que cubren su servicio militar con acciones de educación básica, quienes no tienen el perfil para hacerlas. 12 Esto es así aún cuando en el país ya existen cursos, diplomados, licenciaturas y especializaciones sobre el campo de educación de personas jóvenes y adultas que ofrecen instituciones como el Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos en América Latina y el Caribe, la Universidad Pedagógica Nacional, e incluso se pueden diseñar ex professo a través de convenios interinstitucionales existentes como el firmado entre INEA, SNTEA y UPN en 2005. Otra de las estrategias para fortalecer la formación profesional sería que las instituciones de educación superior introdujeran materias sobre el campo de la educación de adultos en las carreras que se vinculan con este campo educativo: educación, trabajo social, psicología, sociología, comunicación, ciencias ambientales, por citar algunas y, que las instituciones formadoras de docentes, hagan lo propio en sus diferentes planes de estudio. 13 Algunos ejemplos bastan para evidenciar la poca importancia que otorga el Estado a este campo educativo: A. El raquítico presupuesto global asignado a la EBA y a la capacitación para el trabajo, que es alrededor del 1 por ciento del presupuesto total de la Secretaría de Educación Pública. B. La prioridad que se otorga al logro de metas cuantitativas sobre el de aprendizajes reales en los jóvenes y adultos. C. Los bajos niveles de escolaridad de sus educadores y sus limitadas condiciones laborales. D. La ausencia de leyes, políticas y programas específicos orientados a lograr la profesionalización de éstos. E. Las limitadas condiciones de trabajo al desarrollarse en espacios prestados, con escasos recursos materiales y didácticos, incluyendo libros. 14 Alicia Ávila Storer, coordinadora, Matemáticas y educación de jóvenes y adultos. Estudio a través de la voz y el saber de los usuarios . Universidad Pedagógica Nacional, Universidad Autónoma de Aguascalientes, Coordinación de Educación Básica ``Calvillo'' y Subdirección de Educación Continua del Instituto de Educación de Aguascalientes y UPN de Aguascalientes. México, noviembre del 2008. 15 La remuneración que reciben los asesores y asesoras puede variar en las diferentes entidades del país; existe un tope que se plantea cada año en las Reglas de operación del INEA que publica la SEP. Como ejemplo, se presenta el caso de los asesores de nivel intermedio --primaria--, del estado de Guanajuato, para el año 2009, quiénes por cada estudiante reciben: 70 pesos por cada uno de los módulos acreditados, por examen final; 100 pesos por continuidad educativa al nivel avanzando --secundaria-- y 100 pesos por conclusión de nivel intermedio. http://guanajuato.inea.gob.mx/Esquema.htlm. 16 Documento final: Compromiso renovado para el aprendizaje a lo largo de toda la vida. Propuesta de la Región de América Latina y el Caribe, México, 2008, página 4. 17 Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (2006). Plan Iberoamericano de alfabetización y educación de personas jóvenes y adultas 2007-2015 . Documento base. XVI Conferencia Iberoamericana de Educación Uruguay, 12 y 13 de julio, páginas 14, 15 y 19. 18 Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 . Eje 3 Igualdad de Oportunidades. En: http://pnd.presidencia.gob.mx/ 19 Poder Ejecutivo nacional. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, publicada por la Conapred, 2004, página 31. 20 Si bien el índice nacional de rotación anual de asesores y asesoras ha sufrido un decremento relativo al pasar de 50 por ciento en 2004 a 28 por ciento en 2007, y se ha logrado mejorar su retención, como muestra el porcentaje de los educadores con antigüedad de más de tres años (y hasta 25 años) que era de 18 por ciento en 2004 y aumentó en 2007 a 33 por ciento, las cifras aún son alarmantes. En la mejoría de estos indicadores ha influido el incremento en las ofertas de formación, el aumento en los montos en el pago por productividad así como el desempleo existente en el país. Carmen Campero, Luz María Castro y Carmen Díaz (2008). Los puntos de referencia internacionales en relación con la alfabetización en México , en Educación de Adultos y Desarrollo, Número 71, 2008; división internacional, Alemania. 21 A todos los educadores y educadoras que colaboran con el INEA se les llama ``educadores solidarios'' para no contraer obligaciones respecto a su formación específica sobre la educación para adultos, ni laborales. En los servicios directos que ofrece SEP (Cedex, Cebas, misiones culturales, secundarias para trabajadores, entre otros) son educadores y educadoras que sí cuentan con las prestaciones legales de otros docentes del sistema educativo nacional; la problemática en este caso, como se mencionó, es que son plazas de tiempo parcial que obstaculizan la dedicación completa a la educación de personas adultas --que dificulta su profesionalización-- e implican una remuneración insuficiente. 22 Se entienden por formación aquellos procesos sistemáticos y continuos que brindan a los educadores y educadoras los conocimientos teórico-metodológicos específicos de la educación de las personas jóvenes y adultas a fin de abrirles horizontes y, otros particulares sobre su práctica y las funciones que realizan en el marco organizativo de las instituciones en las que trabajan. Además, propician la reflexión de estos conocimientos a la luz de su práctica y de lo que les acontece cotidianamente en su labor educativa, apoyándose en el diálogo, en el trabajo en grupo y en el intercambio de experiencias; y, orientan el proceso a la aplicación de los aprendizajes a su labor, pero con una mirada más amplia y renovada. De igual manera, fortalecen su identidad a partir de la valoración de su trabajo, de sus grupos y de sí mismos, el aumento de su seguridad personal y autoestima.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2009.--- Diputada Holly Matus Toledo (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Muchas gracias, diputada Holly Matus. Como lo ha solicitado la diputada Matus, inclúyase el texto íntegro de la iniciativa que acaba de presentar, en el Diario de los Debates de la presente sesión.Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Se recibió iniciativa del diputado Miguel Ángel Macedo Escartín , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con proyecto de decreto que expide la Ley General que Regula la Utilización de Videocámaras en materia de Seguridad Pública, y reforma el artículo 206 del Código Federal de Procedimientos Penales. Se pospone para próxima ocasión.



LEY DE ENERGIA PARA EL CAMPO

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Por tanto, se concede el uso de la palabra al diputado Alejandro Martínez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 8o. Bis a la Ley de Energía para el Campo.

El diputado Alejandro Martínez Hernández : Con su venia, señor presidente.

Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto para adicionar el artículo 8o. Bis a la Ley de Energía para el Campo.

Como es de todos conocido, estamos inmersos en la peor de las crisis financieras, después de la que tuvo lugar una vez concluida la Segunda Guerra Mundial. La crisis que se deriva del fracaso del modelo económico neoliberal, implantado a las economías emergentes por el Consenso de Washington desde el inicio de los noventa.

Es un modelo pregonado e impuesto por los países desarrollados que dejó pasar e hizo caso omiso de los controles de las administraciones públicas, de las entidades financieras y de supervisión de sus operaciones de riesgo, así como de los sofisticados productos financieros que éstas generan.

A estas alturas no es posible continuar defendiendo un modelo que ha favorecido a los capitales especuladores, que han permitido que cuando hay beneficios, éstos se repartan entre sus accionistas y ejecutivos, pero cuando ocurren quiebras y bancarrotas, los gobiernos acuden en su rescate, y en consecuencia son los contribuyentes los que pagan las pérdidas generadas. El mensaje ha sido claro: socializar las pérdidas y continuar privatizando los beneficios.

Como señala Joseph Eugene Stiglitz, Premio Nobel de Economía, estas crisis son el producto de la falta de honestidad de las entidades financieras y de la incompetencia de los gobiernos, y añade que es el señuelo de la derecha sobre la liberación que resultó estar equivocada, y ahora estamos pagando el precio.

En este contexto aparece México como uno de los países más afectados por su alto grado de dependencia con la economía de Estados Unidos.

Algunas manifestaciones de estas condiciones son:

1. Menor crecimiento de la economía en un principio. La meta corregida por el gobierno para la expansión del PIB en 2009 es de 2.5 por ciento; sin embargo las estimaciones recientes están en estos mismos números, pero negativos.

2. Efectos devastadores sobre el empleo para una economía que hoy cuenta, de acuerdo con el Inegi, con 12 millones de personas ocupadas en el sector informal. La pérdida de empleos formales continúa siendo una muy mala noticia, el salario real seguirá su caída, el desempleo agravará la cartera vencida y la posición de muchos deudores explotados por una banca ciega y voraz.

3. Para el sector externo tampoco las cosas pintan bien por la consecuente reducción de exportaciones, de remesas y precios del petróleo. El sector maquilador sufrirá en sus tres componentes medulares: autopartes, electrónica y textil-confección. Si el desequilibrio externo no crece más es porque la economía mexicana está sumergida en una seria y profunda recesión.

Para enfrentar esta situación, el gobierno se ha ocupado en anunciar una serie de planes anticrisis de corto plazo, que ante la realidad que agobia a millones de mexicanos resulta ser una broma de muy mal gusto.

Estos planes demuestran que el gobierno carece de un plan para enfrentar la crisis de manera estructural que vaya a fondo, a la raíz del problema, al punto que el mismo Consejo Coordinador Empresarial consideró el pasado 30 de enero como notoriamente insuficiente, el plan anticrisis puesto en marcha el 7 de enero por el gobierno federal, y ante la severidad de la crisis económica llamó a poner en práctica medidas adicionales.

Desde nuestro punto de vista, el gobierno ha optado por una serie de medidas que profundizarán y alargarán los efectos nocivos del colapso económico. En ningún momento ha propuesto medidas tales como abaratar el crédito, ni una reducción a los impuestos al consumo. Tampoco ha generado un programa fiscal que pueda generar un impulso masivo al empleo.

La pregunta es si existen posibilidades de que funcionen planes anticrisis con este modelo económico, y la respuesta es: no. No mientras se mantenga el actual modelo económico.

En la práctica poco le importa sacrificar empresas y empleos. La prioridad es la estabilidad cambiaria y una rentabilidad competitiva para el campo financiero; en cambio, no es importante la economía de los productores del campo, de los transportistas, de los agricultores, de los pescadores y de la mayoría de los mexicanos que viven en pobreza y en pobreza extrema.

En consecuencia, lo que se necesita no son más planes anticrisis; lo que urge es una transformación profunda de estrategia y una redefinición y reorientación de los instrumentos de política pública.

En términos sencillos, es necesario un cambio de modelo económico que fortalezca la capacidad regulatoria del Estado y contribuya a crear mercados competitivos, aumente la producción nacional y la productividad de la economía.

De continuar en el esquema anterior de libre mercado, el país corre el riesgo de entrar en una espiral de mayor violencia y estallido social. En materia rural, motivo de la presente iniciativa, basta mencionar que la crisis económica mundial a la que nos hemos referido anteriormente, no ha puesto punto final a la crisis alimentaria, sino que la ha exacerbado y complicado.

Ante esta situación, apenas el pasado 27 de enero, organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) convocaron a una reunión de alto nivel sobre seguridad alimentaria para todos, en la ciudad de Madrid, España. En ésta se pretendió pasar de las palabras a los hechos para que se combata efectivamente el hambre que afecta a millones de personas en los países menos desarrollados.

Para el caso del campo mexicano no se pueden esperar verdaderos resultados de los planes coyunturales, fragmentarios y parciales, como el anunciado Acuerdo Nacional a Favor de la Economía Familiar y el Empleo, en donde se ignora por completo al campo y no se atendió de manera directa la situación de incremento en el precio del diesel y las tarifas eléctricas que padece este sector.

No se puede esperar mucho de una serie de acciones gubernamentales como congelar el precio del diesel ante el desmantelamiento del aparato productivo que ha tenido lugar en la nación desde hace ya casi 30 años, lo que se ha traducido en la pérdida de soberanía alimentaria de 70 por ciento de la aprobación rural en condiciones de pobreza.

Otros resultados están a la vista. En 2008 se incrementó la importación agroalimentaria a una cifra récord de casi 20 mil millones de dólares y, sin embargo, este aumento en las importaciones no se reflejó en la disminución en el precio de los alimentos básicos.

Por ejemplo, las compras en el exterior de semillas oleaginosas se dispararon más de 50 por ciento el año pasado. Pero el aceite comestible no sólo no redujo, sino que aumentó su precio en 57 por ciento en los anaqueles de los supermercados.

También aumentó el precio de la leche y la carne, a pesar de que el argumento para importar estos productos era que beneficiaría al consumidor final. Hoy importamos más y más caro; y las políticas públicas en materia rural continúan perjudicando a los productores nacionales y a los consumidores finales.

Podríamos seguir dando cifras, pero esta propuesta pretende fortalecer la capacidad del Estado mexicano a fin de que éste garantice el abasto con la producción nacional y para que éste ofrezca insumos a precios competitivos.

En obvio del tiempo solicito respetuosamente a la Presidencia de esta honorable Cámara de Diputados se inserte el texto íntegro de la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 8 Bis a la Ley de Energía para el Campo, a cargo del diputado Alejandro Martínez Hernández , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal, Alejandro Martínez Hernández , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70 y 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 8 Bis a la Ley de Energía para el Campo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La crisis financiera, energética, climática y alimentaría que vivimos actualmente es el resultado del fracaso del modelo económico neoliberal implantado a las economías emergentes a nivel mundial por el Consenso de Washington al inicio de la década de los años 90.

Vista de esta manera, la crisis del sistema financiero internacional es únicamente una de las manifestaciones de este fracaso. En el año 2008 fuimos testigos de hechos tales como el colapso del banco de inversiones estadounidense Lehman Brothers, de la nacionalización por la Reserva Federal estadounidense de la American International Group, la mayor aseguradora del mundo, de la nacionalización de las sociedades hipotecarias Freddie Mac y Fannie Mae firmas que avalaban la mitad de todas las hipotecas de EUA, así como de la política emprendida por la Reserva Federal comprando los activos ``contaminados'' por las hipotecas basura del banco de inversión Bear Stearns y la nacionalización del banco Indymac ante su hundimiento en bolsa.

Estas fueron entre otras, muchas de las acciones intervencionistas del gobierno estadounidense que tuvieron como objetivo ``promover la estabilidad de los mercados financieros y limitar el daño en las economías del resto del mundo''.

De esta manera, el modelo pregonado e impuesto por los países desarrollados dejó pasar e hizo caso omiso de los controles rigurosos por parte de las administraciones públicas a las entidades financieras y de supervisión de sus operaciones de riesgo y de los sofisticados productos financieros que generan.

Por lo tanto, a estas alturas resulta difícil continuar defendiendo un modelo que ha favorecido a los capitales especuladores que permite que cuando hay beneficios estos se repartan por las entidades entre sus accionistas y ejecutivos, pero cuando hay peligro de quiebras y bancarrotas los gobiernos tienen que acudir en su rescate y en consecuencia sean los contribuyentes los que paguen las pérdidas generadas, escapando a menudo sin ninguna responsabilidad los causantes del desastre.

El mensaje es claro: socializar las pérdidas y continuar privatizando los beneficios.

Como señala el economista estadounidense Joseph E. Stiglitz, premio Nobel de Economía, esta crisis es producto de la falta de honestidad de las entidades financieras y de la incompetencia de los gobiernos. Y añade que ``la cantinela de la derecha sobre la liberalización resultó estar equivocada y ahora estamos pagando el precio''.

El resultado último de la actual crisis mundial pone en evidencia el fracaso del modelo económico neoliberal que pregona la intervención de los gobiernos en la economía y exalta el libre mercado, pero que pretende que cuando se producen las crisis sean los propios gobiernos los que asuman las pérdidas privadas y el costo social de las mismas. Esta crisis de enormes dimensiones ha destruido millones de puestos de trabajo y se prevé que continuará arruinando a muchas economías nacionales, regionales y locales.

En este contexto de crisis económica internacional, aparece México como uno de los países emergentes más afectados por la crisis, particularmente, por su alto grado de dependencia con la economía de los Estados Unidos. Algunas de las manifestaciones más claras de esto última condición son:

1. Menor crecimiento de la economía. La meta corregida por el gobierno para la expansión del PIB en 2009 es de 2.5 por ciento. Sin embargo, las estimaciones recientes están más cerca de los números negativos, entre cero y -0.5 por ciento. Más probablemente el PIB se contraerá en 1.8 por ciento.
2. Efectos devastadores sobre el empleo. Para una economía que hoy cuenta con 12 millones de personas ocupadas en el sector informal (datos del Inegi) la pérdida de empleos formales es muy mala noticia. El salario real seguirá su caída secular, lo cual no augura nada bueno para México. El desempleo agravará la cartera vencida y la posición morosa de muchos deudores explotados por una banca ciega y voraz.
3. Para el sector externo, tampoco las cosas pintan bien por la consecuente reducción de exportaciones y de remesas. El sector maquilador sufrirá en sus tres componentes medulares (autopartes, electrónica y textil/confección). Si el desequilibrio externo no crece más, es porque la economía mexicana estará sumergida en la recesión.

En un intento por enfrentar esta situación, el gobierno desde octubre del año pasado se ha ocupado en anunciar una serie de planes anticrisis que, ante la realidad que agobia a la mayoría de los mexicanos, resultan una broma de mal gusto.

Estos planes muestran que el gobierno carece de un verdadero plan para enfrentarla, al punto que el Consejo Coordinador Empresarial --organismo cúpula del sector empresarial-- consideró el pasado 30 de enero, ``notoriamente insuficiente'' el plan anticrisis puesto en marcha el 7 de enero por el gobierno federal y, ante la severidad de la crisis económica, llamó a poner en práctica medidas adicionales.

Desde nuestro punto de vista, el gobierno continúa adoptando una serie de medidas que profundizarán y alargarán los efectos nocivos del colapso económico. En ningún momento se han propuesto medidas tales como abaratar el crédito, ni una reducción en los impuestos al consumo, tampoco ha generado un programa fiscal que pueda generar un impulso masivo al empleo.

La pregunta obligada en este punto es ¿Existen posibilidades de que funcionen planes anticrisis con este modelo económico? La respuesta es no, mientras el gobierno mantenga el modelo económico aplicado desde hace ya casi tres décadas, que provocó la crisis de 1995 y que sólo ha funcionado para beneficiar al capital financiero.

En la práctica, poco importa sacrificar empresas y empleo. La prioridad es la estabilidad cambiaria y una rentabilidad ``competitiva'' para el capital financiero. En cambio, la economía real de los productores del campo, de los transportistas, de los agricultores, de los pescadores y en general de la enorme mayoría de los mexicanos que viven en pobreza y pobreza extrema no resulta importante.

En consecuencia, lo que se necesita no son más planes anticrisis. Lo que urge es una transformación profunda de estrategia y una redefinición y reorientación de los instrumentos de política pública. Para decirlo en términos sencillos, es necesario un cambio de modelo económico que fortalezca la capacidad regulatoria del Estado y contribuya a crear mercados competitivos, aumenten la producción nacional y la productividad de todos los sectores de la economía.

De continuar en el esquema anterior de libre mercado el país corre el riesgo de entrar en una espiral de mayor violencia y estallido social.

En materia rural, que es el motivo de la presente iniciativa, basta mencionar que la crisis económica mundial a la que nos hemos referido anteriormente, no puso final a la crisis alimentaría sino que la ha exacerbado y complicado.

Ante esta situación, apenas el pasado 27 de enero organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación convocaron a una Reunión de Alto Nivel sobre Seguridad Alimentaría para Todos en Madrid, España. En esta se pretende pasar de las palabras a los hechos para que se combata efectivamente el hambre que afecta a millones de personas en los países menos desarrollados.

En particular, para el caso del campo mexicano no se pueden esperar verdaderos resultados de los planes coyunturales, fragmentarios y parciales como el recién anunciado Acuerdo Nacional a Favor de la Economía Familiar y el Empleo, en donde por cierto se ignora por completo al campo y no se atiende de manera directa la grave situación de incremento en el precio del diesel y las tarifas eléctricas que padece este sector.

No se puede esperar mucho de una serie de acciones gubernamentales como las que se propone el día de hoy de congelar el precio del diesel, ante el desmantelamiento del aparato productivo que ha tenido lugar en la nación desde hace 26 años lo que se ha traducido en sepultar a la agricultura y con ella a la soberanía alimentaría.

Los resultados están a la vista: en 2008 se incrementó la importación agroalimentaria a una cifra récord de casi 20 mil millones de dólares y sin embargo este aumento en las importaciones no se reflejó en una disminución en el precio de los alimentos básicos. Por ejemplo, las compras en el exterior de semillas oleaginosas se dispararon más de 50 por ciento el año pasado, pero el aceite comestible no sólo no redujo sino aumentó su precio en un 57 por ciento en los anaqueles de los supermercados.

También aumentó el precio de la leche y la carne a pesar de que el argumento para importar estos productos es que beneficiaría al consumidor final.

En resumen, actualmente importamos más y más caro y las políticas públicas en materia rural continúan perjudicando tanto a los productores nacionales como a los consumidores finales.

Para revertir este circulo vicioso, se propone que contrario al dogma neoliberal, en lo subsiguiente el gobierno asuma a la par de un papel promotor el de regulador de los precios de los energéticos agropecuarios (tales como estos se definen en el texto de la Ley de Energía para el Campo vigente) lo que implica que adopte una política para promover la producción y la productividad en el campo, otorgue créditos oportunos, suficientes y baratos e implante acciones que permitan recuperar la soberanía alimentaría basada en la producción de alimentos básicos por los pequeños y medianos productores rurales a nivel local y regional.

Todas estas propuestas van en el sentido de revertir gradualmente el modelo económico y dar paso a una acción responsable del Estado orientada a incentivar la producción, generar empleo y hacer competitivo el campo mexicano.

En concreto, se requiere un gobierno con profundo compromiso social, vigilante y responsable que asuma plenamente la rectoría del Estado mexicano.

En virtud de que el costo de los energéticos agropecuarios en México constituyen entre el 40 y el 60 por ciento de los costos de operación de los productores rurales y en respuesta a una demanda sentida de estos productores, en el sentido de que más que congelar el precio de estos energéticos se requiere disminuirlos, en la presente iniciativa se propone adicionar el artículo 8 Bis al texto de la Ley de Energía para el Campo vigente, a fin de que la federación, los estados y el Distrito Federal en el ámbito de sus respectivas competencias diseñen, desarrollen y apliquen los instrumentos económicos para disminuir el precio de estos energéticos agropecuarios con el objetivo de incentivar la producción y hacer competitivos a estos productores.

En el contexto de la presente iniciativa, se consideran instrumentos económicos a los procedimientos normativos y administrativos de carácter fiscal y financiero que constituyan un incentivo para los productores agropecuarios, forestales y pesqueros que les permita incrementar su producción y productividad.

Los instrumentos económicos de carácter fiscal son aquellos estímulos y subsidios que incentivan la producción y la productividad agropecuaria, forestal y pesquera. En ningún caso, estos estímulos se aplicarán con fines exclusivamente recaudatorios.

Por otro lado, los instrumentos financieros se refieren a los créditos, las fianzas, los fondos, los fideicomisos, el financiamiento de programas, proyectos, estudios e investigación científica y tecnológica cuando sus objetivos sean elevar la producción y la productividad del sector rural.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona el artículo 8 Bis de la Ley de Energía para el Campo, para quedar en los siguientes términos

Artículo Primero. Se adiciona el artículo 8 Bis de la Ley de Energía para el Campo, para quedar como sigue:

Artículo 8 Bis . La Federación, los estados y el Distrito Federal en el ámbito de sus respectivas competencias diseñarán, desarrollarán y aplicarán los instrumentos económicos para disminuir el precio de los energéticos agropecuarios con el objetivo de incentivar la producción agropecuaria, forestal y pesquera y hacer competitivos a estos productores.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a 5 de febrero de 2009.--- Diputado Alejandro Martínez Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Gracias, diputado Alejandro Martínez Hernández . Túrnese a la Comisión de Energía. E insértese de manera íntegra la intervención del señor diputado en el Diario de los Debates.



ARTICULO 107 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : La Presidencia recibió de los señores diputados Héctor Larios Córdova, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Javier González Garza, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Emilio Gamboa Patrón, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; asimismo, de los diputados Dora Alicia Martínez Valero, José Gildardo Guerrero Torres, Juan Nicasio Guerra Ochoay Raúl Cervantes Andrade---todos de esta LX Legislatura---, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII Bis al artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Iniciativa que adiciona una fracción VII Bis al artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por legisladores de diversos grupos parlamentarios.

Los suscritos diputados Héctor Larios Córdova , Coordinador Parlamentario del Partido Acción Nacional, Javier González Garza , Coordinador Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Emilio Gamboa Patrón , Coordinador Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Dora Alicia Martínez Valero , José Gildardo Guerrero Torres , Juan Nicasio Guerra Ochoa , Raúl Cervantes Andrade , de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados, la presente Iniciativa Proyecto de Decreto por el que se adiciona una fracción VII Bis al artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al el tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Los integrantes de las fracciones parlamentarias de los partidos de Acción Nacional, la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional a los cuales pertenecen los suscritos, a través de un ejercicio democrático, institucional y técnico, hemos llegado a un consenso sobre la necesidad de democratizar el juicio de amparo contra leyes en materia fiscal.

La implantación constitucional de las garantías individuales, concebidas éstas como el reconocimiento positivo de derechos fundamentales, inalienables e irrenunciables del hombre, los cuales corresponden a la persona humana por el solo hecho de tener esta calidad, representa uno de los más grandes logros del derecho público mexicano.

Sin embargo, el mero establecimiento en la Constitución no sería suficiente para que estas garantías cobren eficacia frente al poder público. Es necesario que el gobernado cuente con los medios jurídicos para exigir su respeto y protección, de manera oportuna y aun de manera coactiva.

Es así que el juicio de amparo mexicano surge a la vida jurídica con la finalidad de proteger la esfera del gobernado contra actos arbitrarios del poder público que afecten o amenacen lo que la Constitución califica como garantías individuales de toda persona.

Asimismo, el juicio de amparo surgió como respuesta a la necesidad del México del siglo XIX de establecer un mecanismo de control constitucional que permitiera mantener el orden de las competencias conferidas a cada autoridad mediante la Ley Fundamental.

Si bien a lo largo de todos estos años el juicio de amparo ha cumplido con creces los altos objetivos arriba indicados, resulta pertinente reflexionar, señaladamente en lo que respecta al amparo contra leyes en materia fiscal, sobre la manera en que deben garantizarse los derechos del gobernado sin afectar la obligación del Estado de satisfacer oportunamente un cúmulo de necesidades colectivas. Es en este contexto que se inscribe la presente iniciativa que busca actualizar y fortalecer en beneficio de todos los ciudadanos, el proceso del juicio de amparo en materia fiscal.

1. Antecedentes generales del juicio de amparo

1.1. Antecedente histórico

Los antecedentes del juicio de amparo se remontan a la península de Yucatán, bajo un contexto nacional de pugna entre conservadores y liberales, dilemas entre centralismo y federalismo, intentos secesionistas y la búsqueda de un control constitucional distinto al político predominante en aquella época.

La Constitución de 1841 de Yucatán, a iniciativa de don Manuel Crescencio Rejón, estableció un artículo donde se reconocían los derechos del hombre y, por primera vez, se les denominó a estos derechos ``garantías individuales'' y se les dotó de un mecanismo jurídico para hacerlos exigibles de manera individual y reparar sus violaciones: el juicio de amparo.

El sistema concebido por Rejón era amplio y estaba diseñado para impugnar no sólo violaciones de garantías individuales, sino la infracción de cualquier precepto constitucional, por parte de cualquiera de los poderes locales.

El Acta de Reformas de 1847, la cual vino a restaurar la vigencia de la Constitución de 1824, dio vida jurídica al juicio de amparo a nivel federal. En estas reformas quedarían retomados dos principios de la Constitución yucateca: el de iniciativa o instancia de parte agraviada y el de relatividad de las decisiones.

El proyecto presentado por don Mariano Otero, limitado a la protección de las garantías individuales de libertad, seguridad, propiedad e igualdad, ampliado respecto de violaciones de todos los poderes federales y locales, prevaleció en la citada acta de reformas de 1847, mediante la fórmula jurídica que encierra los efectos de la sentencia del juicio de amparo tal como los conocemos hasta nuestros días, al otorgarle competencia a los tribunales de la Federación para proteger a ``cualquier habitante de la República, en el ejercicio y conservación de los derechos que le conceden esta Constitución y las leyes constitucionales, contra todo ataque de los poderes legislativo y ejecutivo, ya de la Federación, ya de los Estados, limitándose dichos tribunales a impartir su protección en el caso particular sobre el que verse el proceso, sin hacer ninguna declaración general respecto de la ley o acto que la motivare''.

La Constitución de 1857, reflejo fiel de la ideología individualista y liberal, consagró al individuo y sus derechos como el objeto principal de las instituciones políticas y sociales, las cuales debían supeditarse al respeto de los primeros y promover la protección, conservación y desarrollo de la personalidad individual. En este sentido, instauró las bases del juicio de amparo y su reglamentación básica que conocemos hasta el día de hoy.

En esta Constitución desaparece el control constitucional mixto que estableció el Acta de Reformas de 1847, al eliminar el control por órgano político y mantener solamente el sistema de protección constitucional por vía y órgano jurisdiccional, bajo la competencia de los tribunales federales para conocer de violaciones a las garantías individuales y atendiendo a los principios de iniciativa de parte agraviada, substanciación judicial del procedimiento y relatividad de los fallos.

La Constitución de 1917 se aparta del sentido individualista de la de 57 y toma un sentido social predominante. Es en ésta cuando el juicio de amparo aparece como un medio de control constitucional integral a partir de la tutela no sólo de las garantías individuales, sino del régimen competencial entre autoridades federales y Estados, mediante la inclusión de la garantía de legalidad.

Así, el objetivo del juicio de amparo se consolidó, por un lado, como un medio de control constitucional, y por el otro, como un instrumento para proteger al gobernado frente al poder público.

1.2. Garantía individual de equidad y proporcionalidad en materia tributaria

Como lo señalamos anteriormente, las garantías individuales surgen originalmente para proteger los derechos fundamentales del individuo, considerados como derechos humanos de primera generación: vida, libertad, igualdad, propiedad, integridad física. Sin embargo, el desarrollo de tales garantías no pudo mantenerse al margen de la evolución de los derechos humanos. Con el surgimiento de los llamados derechos humanos de segunda y tercera generación surgieron las garantías sociales, económicas y culturales, así como las de los pueblos indígenas.

No obstante, en el caso específico de las garantías de equidad y proporcionalidad en materia tributaria encontramos una disociación con el desarrollo anterior, ya que estás garantías no aparecen desarrolladas en el resto del mundo como derechos de los ciudadanos, exigibles o tutelados vía jurisdiccional.

En este punto, cabe analizar el surgimiento de estas garantías en el orden jurídico mexicano. Sin menoscabo del análisis minucioso que merecería el tema desde su surgimiento a finales del siglo XIX, el punto de referencia obligado dentro del mismo es la tesis de Ignacio L. Vallarta.

Esta tesis sostenía la improcedencia del amparo en los casos en que se impugnara la violación de artículos constitucionales ajenos a los derechos del hombre expresamente reconocidos en la Constitución. Es famoso el voto del Ministro Vallarta en el amparo contra la contribución impuesta a las fábricas de hilos y tejidos en el año 1879, en el cual se sostiene la improcedencia del amparo contra los impuestos.

En aquélla ocasión el Ministro Vallarta sostuvo que la sanción mediante el sufragio, que era el medio para elegir a los legisladores, era la única forma de inconformarse contra los impuestos injustos que estos determinasen.

Como puede observarse, la tesis Vallarta se inscribe dentro de la teoría de la separación de poderes, conforme a la cual, la definición de la política tributaria corresponde a la Soberanía popular, es decir, al Poder Legislativo de la Unión.

1.3. Evolución de los criterios jurisprudenciales

La SCJN mantuvo la aplicación de la tesis Vallarta desde finales del siglo XIX hasta principios del XX, específicamente hasta 1925. Fue en este año, cuando ante los reiterados embates de los contribuyentes por lograr el reconocimiento de los principios de proporcionalidad y equidad como garantías individuales, el Ministro Urbina presentó el proyecto de sentencia que dio lugar a la tesis que permitió la procedencia del amparo en contra de los impuestos desproporcionados e inequitativos.

De 1925 a 1962, la Corte se apartó de la tesis Vallarta de manera intermitente y de ninguna manera definitiva, admitiendo la posibilidad de impugnar la constitucionalidad de un impuesto que fuese exorbitante y ruinoso, pero también resolviendo casos en donde los argumentos de Vallarta fueron sostenidos como criterios de improcedencia.

Fue hasta 1962 cuando la Corte resolvió que el amparo es un recurso en manos del contribuyente y que los principios de proporcionalidad y equidad debían considerarse como garantías individuales.

De 1988 a 1995, se inició la especialización en materia tributaria, aumentando de manera considerable el número de amparos y argumentos complejos relacionados con la proporcionalidad y equidad de las contribuciones.

Con la reestructuración del Poder Judicial y la Suprema Corte en 1995, un número creciente de contribuyentes promovió multiplicidad de juicios, aumentando con ello las declaraciones de inconstitucionalidad de ciertos tributos.

Cabe mencionar que desde la apertura de la interpretación de dichos principios a la fecha, la SCJN no ha tenido posibilidad de sostener un criterio claro y consistente sobre la interpretación y alcances de los principios de proporcionalidad y equidad como garantías individuales. Esto, debido a que las hipótesis jurídicas de las diversas normas tributarias requieren la adaptación de tales principios a cada caso en particular y, en muchos casos, la dinámica de la SCJN no ha permitido la maduración de los mismos criterios.

Como conclusión de esta brevísima cronología, pueden advertirse tres etapas principales: a) periodo de preeminencia de la tesis Vallarta (hasta 1925); b) periodo post-Vallarta, caracterizado por vaivenes e indefinición sobre la calidad de los citados principios como garantías individuales (1925-1962), y c) periodo de proporcionalidad y equidad, (a partir de 1962), donde éstos son reconocidos formalmente por la SCJN, pero sin que exista una delimitación conceptual de los mismos.

Ahora bien, en la búsqueda de una explicación a los incentivos y razones para haber definido tales principios como garantías individuales, advertimos que el criterio de la SCJN surgió como respuesta a la debilidad de las instituciones y a una concentración excesiva de poder en el Ejecutivo Federal.

Así, adquiere sentido pleno el alejamiento definitivo por parte de la SCJN de la tesis Vallarta, en virtud de que sus postulados habían dejado de tener cabida alguna en la circunstancia de la época.

Como podrá apreciarse no puede soslayarse el contexto anterior, ya que éste demuestra que no había forma de exigir una modificación a la política fiscal mas que mediante el contrapeso de las decisiones de la SCJN.

Hoy México es diferente; se encuentra bajo un contexto político e institucional distinto, que exige la adecuación de nuestra figura de amparo en materia fiscal.

Las premisas bajo las cuales fueron reconocidos como garantías individuales los principios de proporcionalidad y equidad, hoy han cambiado. El equilibrio entre los poderes constituidos actualmente es una realidad. El Congreso de la Unión ejerce con plena autonomía todas sus facultades y recoge día a día las diversas demandas, propuestas e inquietudes ciudadanas transformándolas en normas de derecho. Por su parte, el Ejecutivo Federal desarrolla sus funciones de manera acotada a la Constitución y a la Ley. Adicionalmente, México cuenta hoy con una sociedad más alerta e informada que cuenta con mayores herramientas para exigir una puntual rendición de cuentas.

No obstante, debe quedar completamente claro que esta iniciativa de ninguna manera pretende desconocer las garantías individuales en materia tributaria, sino que pretende renovar la vía procesal para hacerlos valer de manera más efectiva para todos los mexicanos.

Al tiempo de lo anterior, esta iniciativa pretende reposicionar la labor del poder legislativo para refrescar las ideas de equilibrio entre poderes que el Constituyente original plasmó en nuestra Ley Fundamental. Ello, a través de una mayor estabilidad de sus resoluciones legislativas.

2. Problemática actual

Si bien es cierto que el Juicio de Amparo es una magnífica herramienta de protección de garantías individuales al alcance del ciudadano, también lo es que las actuales normas procesales que lo regulan necesitan actualizarse para atender las justificadas demandas de la sociedad.

Se ha observado en los últimos años que las deficiencias en la regulación procesal del amparo han repercutido seriamente en el funcionamiento del orden jurídico mexicano, algunas de las cuales han derivado en injusticias sociales que no pueden pasar desapercibidas a los ojos del Poder Legislativo.

En este sentido, es en el ámbito tributario en donde es manifiesto que el sistema actual de impugnación de leyes tributarias ha generado distorsiones importantes que se apartan sustancialmente de la intención original del juicio de amparo.

2.1. Los beneficios se concentran en algunas minorías.

La definición y alcances de los principios de proporcionalidad y equidad no es una tarea sencilla. Más aún, la experiencia adquirida en los últimos años da cuenta de la imposibilidad de obtener premisas homogéneas, dada la diversidad de tributos y de hipótesis impositivas que de cada uno de ellos deriva.

La consecuencia de ello ha sido el desarrollo de un amplio espectro de argumentaciones altamente técnicas, propuestas por los litigantes especializados para hacer maleables los supuestos impositivos en su beneficio.

Esta especialización tiene un alto costo que solamente puede ser asumido por los grandes consorcios --por sí o con el apoyo de importantes despachos- quienes a la vez son los únicos beneficiarios de las resoluciones favorables que se emiten.

Las constantes impugnaciones sobre las disposiciones fiscales obligan a generar año con año blindajes técnico jurídicos más sólidos y, por ende, más sofisticados. El resultado tiene un efecto sobre toda la sociedad al obligársele a observar disposiciones fiscales cada vez más complejas y que generan mayores costos de cumplimiento.

Paradójicamente, aquéllos que propician la complejidad de la materia fiscal son aquéllos que tienen los recursos para instrumentar nuevas planeaciones fiscales y presentar argumentaciones jurídicas que los exentan de la aplicación del régimen impositivo, dejando como legado para el resto de la sociedad un laberinto de criterios técnicos inaccesibles para el público en general, que derivan en menores posibilidades de impugnar las disposiciones que, en su caso, les afecten.

En apoyo de lo anterior, se puede constatar el hecho de que en el periodo de 2002 al 2007, el porcentaje de contribuyentes promoventes de amparos contra leyes fiscales osciló solamente entre el 2% y 3% del total de contribuyentes registrados. De esa minoría, sólo aquellos que obtuvieron resultados favorables se beneficiaron de la protección constitucional, dejando al resto de los contribuyentes en desigualdad de circunstancias.

Una consecuencia directa de la distorsión mencionada en los párrafos anteriores es que cada ciudadano se encuentra ante la posibilidad de tener un régimen fiscal individual, dependiendo de la cantidad de resoluciones favorables en su haber. Dicha consecuencia es, en sí misma, contraria a la naturaleza del juicio de amparo y al principio de equidad tributaria.

2.2. Amparo fiscal como estrategia de negocios

Otro problema que se encuentra estrechamente vinculado con el anterior, radica en que las ventajas económicas y competitivas que conlleva el liberarse del pago de impuestos, ha provocado que la promoción de amparos constituya una decisión de negocios, independientemente de si la norma es susceptible de ser declarada inconstitucional. Se ha creado, en consecuencia, un incentivo para que todas las empresas planeen sus ejercicios y operaciones fiscales contemplando la promoción de amparos para librarse de las contribuciones debidas y colocarse en una situación de ventaja frente a sus competidores.

Lo anterior, pone en evidencia que el amparo contra leyes tributarias --a diferencia de lo que sucede en otras materias- ha dejado de tener como objetivo fundamental la protección de derechos fundamentales y de la supremacía constitucional.

Al efecto, es pertinente aclarar que no se trata de poner en tela de juicio la libertad y el derecho de los contribuyentes de cuestionar ante los tribunales la constitucionalidad de una norma tributaria que consideren violatoria de sus derechos fundamentales, pero sí corresponde evitar que el juicio de amparo se convierta, prioritariamente, en un instrumento de planificación financiera tendiente a evitar el pago de contribuciones o a obtener devoluciones millonarias.

2.3. Saturación de los tribunales

A pesar de que el número de contribuyentes en aptitud de acceder al juicio de amparo es mínimo, en relación con el universo total de contribuyentes, la cantidad de juicios que colman los tribunales es contundente.

Los informes de labores de la Primera Sala correspondientes a los años 2006 y 2007 señalaron que las impugnaciones relativas a los artículos 14, 16 y 31, fracción IV, de la Constitución, relacionadas con leyes fiscales, ocuparon el 85% de los asuntos tramitados en esa Sala y el 54%, respectivamente, aun y cuando la especialización de esa Sala no es la materia administrativa.

Asimismo, las estadísticas del Sistema Integral de Seguimiento y Evaluación de Procesos de la Procuraduría Fiscal de la Federación indican que de 2002 a 2007, se observó un incremento del 176% de amparos promovidos en relación a los cinco años anteriores.

Este incremento y la consecuente sobrecarga del Poder Judicial en la materia derivan de las siguientes razones: (i) al no reformarse las leyes declaradas inconstitucionales, los particulares continúan promoviendo, año con año, juicios de amparo en su contra; (ii) aun cuando la ley es declarada constitucional, no existe legalmente una causal clara de improcedencia y, por tanto, los particulares continúan impugnándola en busca de un error procesal que se les otorgue finalmente una sentencia favorable.

Como ya se señaló, las mencionadas resoluciones judiciales suelen tener como efecto que se modifiquen anualmente las leyes tributarias para corregir las distorsiones creadas a raíz de las resoluciones de los juicios de amparo, lo que hace que cada ejercicio la legislación sea más compleja y dé pie a nuevas impugnaciones.

En adición a lo anterior, un fenómeno de reciente aparición, consistente en la interposición masiva de amparos contra leyes fiscales, se perfila como una práctica reiterada. La experiencia indica que las sentencias de primera instancia recaídas a amparos contra leyes fiscales que son promovidos de manera masiva, en todos los casos son impugnadas, de tal forma que siempre es la Suprema Corte de Justicia la que se avoca a la resolución de fondo de dichos asuntos.

Ante esta situación, se hace indispensable adecuar la normatividad a efecto de prever las herramientas jurídicas necesarias para atender de manera eficiente esta nueva circunstancia.

2.4. Estabilidad presupuestaria en riesgo

La impugnación sistemática de las leyes fiscales emitidas por el Poder Legislativo, si bien es un derecho legítimo de los contribuyentes, no menos cierto es que genera una contingencia que pone en entredicho la certeza sobre los ingresos públicos y, por tanto, sobre la disponibilidad de recursos para satisfacer el gasto público, al menos hasta en tanto se emita una resolución definitiva sobre su constitucionalidad.

Esta incertidumbre afecta recursos presupuestarios importantes, máxime si se toma en cuenta que las impugnaciones recientes versan sobre tributos que constituyen pilares fundamentales de la recaudación en México.

Por otra parte, el impacto no sólo es potencial sino que se actualiza cuando las resoluciones favorables a los contribuyentes imponen el deber de devolución por parte de la Hacienda Pública. Así, en el periodo 2001-2006 el Estado Mexicano devolvió 47, 183 millones de pesos, en cumplimiento de sentencias de amparo relativas a diversos conceptos del Impuesto sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, entre otros.

En este sentido, tomando en cuenta que las garantías de proporcionalidad y equidad no pueden desvincularse del deber constitucional de contribuir al gasto público, resulta imperativo reflexionar si los efectos restitutorios del juicio de amparo, fundamentales e indiscutibles tratándose de las demás garantías consagradas en la Constitución, deben extenderse irrestrictamente en el caso de las garantías en materia tributaria. Los recursos que financian el gasto público provienen del pago de las contribuciones de todos los ciudadanos y se traducen en los cimientos para el crecimiento y desarrollo de toda la sociedad, por lo que el interés particular no puede prevalecer sobre el bien común.

3. Descripción de la propuesta

La revisión de las vías de defensa constitucional del contribuyente es, en la actualidad, un tema objeto de intenso debate y ha sido abordado frecuentemente en muy diversos foros.

En todo caso, puede sostenerse que existe consenso en el sentido de que la justicia constitucional tributaria no beneficia a las mayorías, satura y sobrecarga los tribunales, pone en riesgo el presupuesto público en los tres niveles de gobierno y no es adecuada para atender la imposición masiva de juicios.

La reforma que se propone está enfocada a corregir la problemática planteada, buscando erradicar por completo las distorsiones que ha causado el abuso de la institución de amparo.

3.1. Derecho comparado

De manera introductoria, es importante considerar las medidas de control constitucional sobre leyes fiscales que existen en otros países.

Encontramos que la regla general en el mundo, consiste en que los particulares no pueden ejercer un medio de control constitucional en contra de una ley fiscal por su mera expedición y sólo pueden intentar dicha vía contra los actos de las autoridades fiscales cuando éstas vulneran derechos fundamentales. Así, se privilegia el supremo poder del Estado para imponer tributos que permitan financiar el gasto público en beneficio del interés colectivo.

A continuación, y a la luz del derecho comparado, se abordará la forma en que diversos países han resuelto el problema de posible inconstitucionalidad de disposiciones fiscales.

3.1.1 Estados Unidos de Norteamérica

La Suprema Corte de Justicia de ese país resolvió que los particulares no tenían derecho a ejercitar acciones en contra de leyes que establecían tributos. El fallo a favor de un contribuyente implicaría una invasión de poderes, ya que las decisiones en torno a la recaudación son de naturaleza política y no jurídica. Dicha intervención sólo es justificable en caso de que el demandante acredite estar inmerso en peligro, injurias o maltratos derivados de la ley, de lo contrario, no es posible otorgar beneficios en esta materia.

Lo anterior, se debe a que la sentencia a favor de un contribuyente implicaría que los demás buscaran seguir la misma ruta, con la finalidad de obtener los mismos beneficios, lo que redundaría en un detrimento de las finanzas públicas. En ese sentido, la materia tributaria es considerada como una garantía pública y no de cada particular.

3.1.2 Alemania

En Alemania, la Constitución le permite al Tribunal Constitucional Federal (das Bundesverfassungsgericht) conocer de las reclamaciones de orden constitucional, interpuestas por cualquiera que alegue que la autoridad pública ha lesionado alguno de sus derechos fundamentales o ciertos derechos especificados en la propia Constitución, dentro de los cuales no se encuentra ninguno en materia tributaria.

Por otra parte, también se le otorga la facultad de analizar la constitucionalidad de las leyes, pero sólo a petición del Gobierno Federal, de un Gobierno Regional o de un tercio de los componentes de la Cámara de Diputados (der Bundestag).

3.1.3 Francia

En Francia, cuando la ley fiscal está en proceso en el parlamento francés, uno de sus miembros o el Presidente de la República puede acudir al Consejo Constitucional para que éste decida sobre la constitucionalidad de la ley fiscal. Sin embargo, una vez que la ley fiscal ha entrado en vigor, ésta no puede impugnarse por inconstitucional.

3.1.4 España

En España, el órgano encargado de estudiar la constitucionalidad de las leyes es el Tribunal Constitucional, el cual lo puede hacer a través de dos vías (que son equiparables a las acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales): la primera es el recurso de inconstitucionalidad, que de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Española lo puede interponer el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, cincuenta diputados, cincuenta senadores o los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas; y la segunda, es la cuestión de inconstitucionalidad, que puede presentar un órgano judicial cuando dentro de algún juicio considere que la interpretación de la norma es necesaria para resolver la controversia planeada.

Las sentencias de ambos recursos tienen efectos generales y los particulares no se encuentran facultados para interponer los recursos de inconstitucionalidad.

3.1.5 Portugal

En Portugal, el Consejo de la Revolución, con la participación de la Comisión Constitucional es el órgano encargado de verificar la constitucionalidad de las normas. La Comisión Constitucional es la encargada de emitir dictamen sobre la constitucionalidad de los textos que deban ser examinados por el Consejo de la Revolución y de resolver en definitiva sobre la inconstitucionalidad de una norma cuando los tribunales se nieguen a aplicarla, basándose en que es inconstitucional.

Al igual que en Francia, existe un control preventivo, pues previo a la promulgación de la ley, un consejo o el Ejecutivo estudian su constitucionalidad. La acción de inconstitucionalidad de una ley sólo puede ser interpuesta por el Presidente, el Presidente de la Asamblea de la República, el Primer Ministro, el Procurador de Justicia, el Fiscal General de la República, o bien, las Asambleas de las Regiones Autónomas.

Dentro del apartado de derechos fundamentales de la Constitución Portuguesa, la materia impositiva no se encuentra comprendida dentro del capítulo de derechos fundamentales.

3.1.6 Brasil

El Tribunal Supremo Federal es el órgano encargado de declarar la inconstitucionalidad de leyes federales en Brasil. Existen dos recursos judiciales para determinar la constitucionalidad o no de una ley: (i) la acción directa de inconstitucionalidad (ação direta de inconstitucionalidade); y (ii) la acción declaratoria de constitucionalidad (ação declaratória de constitucionalidade). Los dos recursos solamente se pueden ejercer por el Presidente de la República, la Cámara de Diputados, la Asamblea Legislativa de los Estados o la Cámara Legislativa del Distrito Federal, el Gobernador de un Estado o del Distrito Federal, el Procurador General de la República, el Consejo Federal de la Orden de Abogados del Brasil, los partidos políticos con representación en el Congreso Nacional, y la Confederación Sindical o entidades de clase de ámbito nacional.

3.1.7 Otros países

En países como Canadá, Reino Unido de la Gran Bretaña, Chile y Argentina no se prevé una acción similar al amparo contra leyes fiscales.

3.2. Reforma propuesta

Si bien es cierto que la mayoría de los países no contemplan la impugnación de normas tributarias promovidas por particulares, la reforma en cuestión no puede, ni pretende ignorar la importancia y trascendencia de la que goza el amparo fiscal en la cultura jurídica de nuestro país, ni tampoco desconocer el carácter de garantía individual otorgado a los principios de proporcionalidad y equidad.

Por tal razón, la intención de esta reforma es extender los alcances del amparo fiscal para privilegiar el acceso a la justicia de todos los gobernados, mediante la ampliación del número de personas beneficiadas por las sentencias. Bajo la presente propuesta, en caso de que se declare una norma inconstitucional, su efecto será expulsarla del orden jurídico con el consecuente efecto respecto de los contribuyentes en general y no sólo a favor de los promoventes.

3.3. Descripción del contenido

La presente propuesta de reforma consiste en sentar las bases constitucionales para crear un procedimiento acorde con las demandas actuales, particularmente para aquellos amparos contra leyes fiscales que se promuevan de forma masiva o cuyo contenido sea de suma importancia y trascendencia para el país.

De aprobarse por esa Soberanía, el juicio de amparo contra los elementos esenciales de las contribuciones, esto es, sujeto, objeto, base, tasa o tarifa previstos en una ley fiscal, se iniciaría de manera tradicional ante el juez de distrito. No obstante, una vez que el Poder Judicial haya detectado la existencia de un número considerable de demandas en el mismo sentido, se decretaría el trámite de amparo con efectos generales, designando uno o varios jueces instructores.

En esta fase del procedimiento será factible que cualquier contribuyente pueda adherirse a las demandas originalmente presentadas y esgrimir sus propios argumentos.

Una vez cerrada la instrucción, él o los jueces instructores llevarán a cabo la compilación de los conceptos de violación y remitirán el asunto a la Suprema Corte de Justicia, para que sea ésta la que emita la sentencia o resolución definitiva.

La sentencia que emita la Suprema Corte de Justicia tendrá efectos generales.

Es importante precisar que este procedimiento también será aplicable en aquellos asuntos que, a pesar de no ser numerosos, impliquen importancia y trascendencia a juicio de la Corte, considerando el impacto en la recaudación o la necesidad de fijar un criterio interpretativo, entre otros.

De cierta manera, la vía jurisdiccional que se propone guarda grandes similitudes con la acción de inconstitucionalidad, aun y cuando presenta también algunas diferencias que se explican por la naturaleza misma de las normas impugnadas y de los sujetos legitimados para interponer el procedimiento.

3.3.1. Acumulación del trámite

El proceso propuesto, mediante el cual se impugnarían las leyes fiscales, se sustanciará dentro de un mismo juicio y se resolverá mediante una sola sentencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, lo que evitará la problemática actual que genera miles de juicios y altos costos para su tramitación.

Lo anterior, se basa en la experiencia obtenida del trámite de asuntos masivos como fue el caso de los amparos promovidos con motivo de la nueva Ley del ISSSTE, así como los interpuestos contra la Ley del Impuesto Empresarial de Tasa Única, en los cuales se tuvo que innovar mediante acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal para acumular los miles de asuntos y resolverlos mediante un criterio uniforme.

3.3.2. Flexibilidad procesal

Otra ventaja que otorga el presente esquema es que promueve un proceso mucho más accesible que el actual, ya que no requiere de la satisfacción de los requisitos de procedencia aplicables a los procesos individuales, en virtud de que otorga al contribuyente interesado en participar en el proceso, la oportunidad de adherirse al mismo de manera sencilla y expedita; asimismo, le facilita la obligación de acreditar el interés jurídico y se transfiere la carga de prueba a la autoridad.

3.3.3. Uni-instancial

Como ya se señaló, a diferencia del régimen vigente, en la propuesta el juez de distrito solamente desempeñará funciones de instrucción, acumulando conceptos, pero sin dictar sentencia, de tal manera que sea la Suprema Corte quien resuelva de fondo.

Los problemas de constitucionalidad relacionados con leyes fiscales, dado el ámbito subjetivo de aplicación de las normas, son de tal importancia y trascendencia que invariablemente deben ser resueltos por el máximo tribunal utilizando un método abstracto para la revisión del ordenamiento jurídico impugnado.

Cabe señalar que, en la práctica, por la trascendencia y masividad de los amparos fiscales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya resuelve la totalidad de los temas promovidos en la materia.

3.3.4. Efectos generales y estabilidad de la Sentencia.

La reforma prevé que las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante las cuales se declare inconstitucional la norma impugnada, deberán aprobarse por ocho votos.

Ahora bien, una diferencia fundamental con la acción de inconstitucionalidad y con las controversias constitucionales, radica en que en la presente iniciativa se propone que de no alcanzarse la votación calificada de referencia, se tendrá como efecto la validación de la constitucionalidad de la norma. Por lo tanto, cualquier impugnación posterior contra el mismo precepto será notoriamente improcedente.

Lo anterior, es necesario para garantizar un mínimo de estabilidad a las sentencias que en esta materia dicte nuestro máximo tribunal. Ello se justifica, además, porque a diferencia de la acción de inconstitucionalidad, interpuesta por órgano político dentro de un sistema de control abstracto puro, en el caso del amparo fiscal, serán los contribuyentes quienes estarán legitimados para iniciar este procedimiento. En esa virtud, no tendría razón de ser el que pueda volverse a impugnar un mismo precepto luego de que la Suprema Corte ya realizó un análisis exhaustivo sobre su apego a la Constitución.

Sin embargo, se reconoce que si bien es necesario dotar de estabilidad a los criterios emitidos por el máximo tribunal, privilegiando la certeza jurídica de la que deben gozar tanto los gobernados como la administración pública, tales criterios no pueden ser inamovibles. En este sentido, la reforma prevé que los criterios emitidos puedan revisarse por el propio Pleno, pero sólo en los supuestos específicos que establezca la Ley Reglamentaria.

3.3.5. No efectos retroactivos

Esta propuesta reconoce que su característica principal es el ejercicio de un control abstracto y, por tanto, al igual que en la acción de inconstitucionalidad, la sentencia que declare la invalidez de una norma tendrá como efecto la expulsión de la misma del orden jurídico y, en consecuencia, la cesación de sus efectos a partir de la publicación de la resolución.

Compañeros y compañeras legisladores:

La presenta iniciativa busca lograr un equilibrio entre la permanencia de las garantías individuales en materia tributaria, por un lado, y la necesidad impostergable de contar con una vía más democrática, más equitativa y más expedita para lograr su protección, por otro lado. Todo ello, además, orientado por el deber constitucional de todos de contribuir a los gastos de la Nación y la obligación del Estado de satisfacer a las necesidades más apremiantes de la colectividad.

De aprobarse por esa Soberanía, el esquema constitucional que se propone se traducirá, sin duda alguna, en importantes beneficios en materia del régimen fiscal mexicano.

En primer lugar, los contribuyentes se encontrarán en una auténtica situación de equidad e igualdad en lo que respecta a la aplicación del ordenamiento jurídico, es decir, la generalidad de los efectos de la sentencia eliminará la distorsión que causaban los regímenes fiscales particulares o individualizados como consecuencia de amparos anteriores.

En segundo lugar, se democratiza el acceso al juicio de amparo en materia fiscal, debido a la fácil adhesión a los procesos que la reforma plantea. De esta manera, no sólo los contribuyentes económicamente mayores obtendrán el acceso a la instancia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, sino cualquier contribuyente que se encuentre en el supuesto jurídico de la norma invalidada.

Por otra parte, los procesos de impugnación contra leyes fiscales se sustanciarán de manera eficiente y expedita, a través de un solo juicio que se resolverá de manera uni-instancial. Lo cual, a su vez reducirá costos administrativos innecesarios para el Poder Judicial de la Federación.

Finalmente, la planeación gubernamental de políticas fiscales podrá llevarse a cabo de una manera más eficiente y simplificada, ya que los efectos generales de la sentencia permitirán planear con mayor certeza jurídica la actividad presupuestal gubernamental, en provecho del desarrollo económico del país.

Con estas medidas se eliminarán las distorsiones que ha generado la relatividad de las sentencias de amparo en materia fiscal, además de conceder protección directa de la Constitución a las resoluciones que se emitan en los amparos tramitados de la forma propuesta, garantizando, con ello, la supremacía de nuestra Constitución Política.

Por lo antes expuesto y con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Diputados Héctor Larios Córdova , Javier González Garza , Emilio Gamboa Patrón , Dora Alicia Martínez Valero , José Gildardo Guerrero Torres , Juan Nicasio Guerra Ochoa , Raúl Cervantes Andrade someten a la consideración del H. Congreso de la Unión, para los efectos del artículo 135 de la propia Constitución, la presente iniciativa de

Decreto por el que se reforma el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único. Se adiciona el artículo 107, con una fracción VII Bis, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 107. ...

...

VII. Bis. Los juicios de amparo que se promuevan contra leyes en materia fiscal, tendrán efectos generales cuando se tramiten de manera colectiva o cuando por su importancia y trascendencia así lo ameriten, en lo términos y condiciones que señale la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de esta Constitución.

Estos juicios serán resueltos en única instancia por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Las sentencias que se emitan en los juicios de amparo a que se refiere esta fracción tendrán efectos generales. Éstas deberán ser aprobadas por cuando menos ocho votos para declarar la inconstitucionalidad de una ley en materia fiscal y, en caso de no lograrse tal votación, se desestimarán los argumentos materia del juicio y no podrán ser revisados sino por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los casos y plazos que determine la Ley.

La declaración de inconstitucionalidad a la que se refiere esta fracción no tendrá efectos retroactivos.

Artículos transitorios

Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El Congreso de la Unión deberá expedir las reformas a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 Constitucional necesarias para la correcta aplicación del presente decreto, sin exceder el plazo de 6 meses contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Artículo Tercero. En tanto no entren en vigor las reformas a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, a que se refiere el artículo anterior, los juicios de amparo contra leyes en materia fiscal que se inicien o que se encuentren en trámite, continuarán rigiéndose por las disposiciones legales vigentes.

Artículo Cuarto. Las sentencias dictadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en términos del artículo 107, fracción VII Bis, de esta Constitución, surtirán sus efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación o de la publicación de un extracto de las mismas en los términos que señale la ley reglamentaria.

Las sentencias así publicadas, dejarán sin efecto, en adelante, aquellas sentencias de amparo dictadas previamente y que se contrapongan a las mismas.

Artículo Quinto. No procederá el otorgamiento de suspensiones provisionales ni definitivas en los juicios de amparo con efectos generales. Las suspensiones provisionales o definitivas decretadas por un Juzgado de Distrito en los juicios que se encuentren en trámite al momento de la actualización del supuesto del artículo 107, fracción VII Bis, de esta Constitución, serán revocadas por el Juez que las haya otorgado, en los términos que la ley reglamentaria señale.

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a los 10 días del mes de marzo de 2009.--- Diputados: Héctor Larios Córdova (rúbrica), Javier González Garza (rúbrica), Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Dora A. Martínez Valero (rúbrica), José Gildardo Guerrero Torres , Juan Nicasio Guerra Ochoa (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.



LEY GENERAL PARA LA PROMOCION DE LA CONCILIACION DE LA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se concede la palabra a la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para la Promoción de la Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal, suscrita por diversas diputadas del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez : Gracias. Con el permiso, señor presidente.

Vengo hoy a esta tribuna en nombre propio y de mis compañeras diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, a presentar la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para la Promoción de la Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal, con base en la siguiente exposición de motivos:

Una de las consecuencias de este cambio sociodemográfico y laboral es que las personas se encuentran frecuentemente ante conflictos importantes entre los distintos ámbitos vitales, especialmente el laboral y el familiar y se deja, en la mayoría de los casos, de lado el aspecto de desarrollo a nivel personal.

Esto no sólo es así en el caso de las mujeres, incluso en los países con una mayor inclinación por la igualdad de sexos, sino también en el caso de los hombres, quienes se involucran cada vez más en algunas tareas de la familia.

Existen estudios que demuestran que las parejas de doble ingreso sienten un importante desbordamiento entre los ámbitos ya mencionados, y escaso tiempo para la vida personal, cuya causa principal, según los investigadores, es la falta de flexibilidad estructural en el trabajo.

Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, del Inegi de 2006, se reportaron 3 millones de trabajadores mexicanos que tienen más de una ocupación. Esto es, en este grupo de personas se encuentran profesionistas que los fines de semana son comerciantes, o profesores de asignatura en casi todas las universidades, empleados que trabajan medio tiempo en actividades complementarias, como en un taxi, o bien, personas con trabajo que tienen en el sector agrícola u ocupación secundaria.

Lo anterior es propiciado por la necesidad de más ingresos. Pero, también hay número considerable de trabajadores que lo hace porque son contratados por medias jornadas o jornadas cortas, lo que les impide laborar más horas que les permita un mayor salario.

En otros países, el salario y las prestaciones de un solo empleo son suficientes para cubrir todas las necesidades básicas del trabajador y de su familia, mientras que en México es necesario cubrir jornadas de más de ocho horas diarias o tener dos trabajos para cubrir estas necesidades.

Por lo que pensar en tener tiempo de sobra para destinarlo a la familia, al ocio o adquirir más estudios o a un pasatiempo, como sucede en otras sociedades, es simplemente inalcanzable para los trabajadores. Millones de mexicanos no están trabajando para vivir, están viviendo para trabajar, y eso, los que tienen suerte, si es que no han sido despedidos por producto de la crisis.

Los conflictos que se pueden padecer como trabajador, para distribuir su tiempo entre el trabajo, la familia y el desa-rrollo personal, tienen altos costos negativos para los patrones, pues ante la falta de tiempo para la resolución de asuntos familiares o personales, se genera ausentismo, escaso compromiso, reducción de la productividad y de la competitividad y dan lugar a una gran rotación del personal.

Por el contrario, cuando existen no sólo políticas de conciliación sino una verdadera cultura para conciliar la vida familiar y laboral, el resultado es mejor y hay una cohesión de recursos humanos altamente calificados y comprometidos con la calidad de su trabajo.

La presente iniciativa pretende, por un lado, eliminar antiguos modelos sociales que nos asignan roles por distinción de sexo y que fijan estereotipos que prefiguran actitudes diferente, que refuerzan esta división sexual del trabajo y, por otro lado, crear una nueva cultura en nuestra sociedad ante la necesidad de romper con las falsas creencias que basan la productividad en la fuerza del trabajo, en cumplimiento de jornadas laborales.

Es necesario crear nuevos esquemas que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los empleados, que aporten los generadores de empleo elementos de capacitación y retención de personal sobre el más calificado y comprometido.

La propuesta que hoy presentamos en nombre de mi grupo parlamentario es promover, impulsar y difundir políticas y acciones que fomenten la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores y consta de cinco capítulos:

En el primero se define qué es la conciliación laboral y familiar. En el segundo capítulo viene todo lo relativo a las políticas y acciones para conciliar la vida laboral y familiar, en el que se contempla impulsar acciones por medios concertados para la reducción de la jornada laboral, la ampliación del descanso remunerado, el descanso por maternidad extensivo al padre, la ampliación del descanso por maternidad en caso de riesgos.

La iniciativa, para finalizar quiero comentarles, pretende impulsar también la convivencia y adaptación de la familia en los casos que exista la adopción de un hijo, la atención médica o intervención quirúrgica del cónyuge o sus descendientes.

Por último, esta iniciativa prevé la promoción de los servicios de apoyo a las y los prestadores de servicios, promueve servicios de guardería, cuidados de adultos mayores durante la jornada laboral.

Y también se establecen las atribuciones de las instancias de la administración pública federal para consolidar una cultura de conciliación laboral y familiar, en coordinación con las entidades federativas y los municipios.

Y la creación de un programa de reconocimiento a los centros laborales promotores de la conciliación, con la finalidad de dar respaldo a las acciones que promuevan la conciliación entre sus prestadoras y prestadores de servicios. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que expide la Ley General para la Promoción de la Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal, a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez y suscrita por diversas integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , en nombre de las integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante el Pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para la Promoción de la Conciliación Laboral, Familiar y Personal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La evolución de la sociedad ha provocado profundos cambios en los ámbitos cultural, tecnológico, social, económico y laboral, que han afectado de manera trascendente la realidad cotidiana. Si bien la sociedad ha mejorado notablemente su movilidad social y económica, esto ha traído como consecuencia la readaptación de los seres humanos en torno de su vida familiar, personal y laboral.

Antes, las sociedades hacían recaer de manera muy arraigada sólo en las mujeres la responsabilidad del mantenimiento del hogar y el cuidado de los hijos y, en su caso, el de los adultos dependientes.

Una de las consecuencias de este cambio sociodemográfico y laboral es que las personas se encuentran frecuentemente ante conflictos importantes entre los distintos ámbitos vitales, en especial el laboral y el familiar, y se deja en la mayoría de los casos de lado el aspecto del desarrollo a nivel personal. Y esto no sólo es así en el caso de las mujeres profesionales, que siguen asumiendo la principal responsabilidad de la familia, incluso en los países con mayor inclinación por la igualdad de los sexos, sino también en los hombres, quienes se implican cada vez más en las tareas familiares. Ciertos estudios demuestran que las parejas de doble ingreso sienten un importante desbordamiento entre los ámbitos mencionados y escaso tiempo para la vida personal, cuya causa principal, según los investigadores, es la falta de flexibilidad estructural en el trabajo.

Numerosos ejemplos actuales demuestran que el conflicto entre trabajo y familia tiene consecuencias negativas para los empleadores, como el incremento de enfermedades psíquicas (estrés, depresión, ansiedad), el empeoramiento del clima laboral, el rechazo a largos desplazamientos o estancias prolongadas fuera de la ciudad de origen, el menor grado de compromiso con la misión de las empresas, la insatisfacción laboral, el menor rendimiento y dedicación, y mayor rotación de personal.

Según El tiempo de trabajo en el mundo, estudio elaborado por la Organización Internacional del Trabajo, alrededor de 22 por ciento de la fuerza de trabajo mundial, equivalente a cerca de 614.2 millones de trabajadores, tiene jornadas laborales de duración excesiva. En Perú, 50.9 por ciento tiene jornadas laborales superiores a 48 horas semanales; en Corea, la proporción es de 49.5 por ciento, mientras que Tailandia presenta 46.75 por ciento y Pakistán 44.5. En México, esto es de 30 por ciento, lo que equivale a 11 millones de personas, situándose prácticamente fuera del entorno familiar y de opciones de mejor desarrollo humano.

Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Inegi, en 2006 se reportaron 3 millones de trabajadores mexicanos que tienen más de una ocupación. En este grupo de personas se encuentran profesionales que los fines de semana son comerciantes; o que son profesores de asignatura en casi todas las universidades, empleados que trabajan medio tiempo en actividades complementarias como un taxi, o bien, personas con trabajo que tienen en el sector agrícola una ocupación secundaria. Lo anterior es propiciado por la necesidad de más ingresos, pero también un número considerable de trabajadores lo hace porque es contratado por medias jornadas o jornadas cortas, lo que le impide laborar más horas que le permitan mayor salario.

En otros países, el salario y las prestaciones de un solo empleo son suficientes para satisfacer todas las necesidades básicas del trabajador y de su familia, mientras que en México es necesario cubrir jornadas de más de ocho horas diarias o tener dos trabajos para suplir esas necesidades, por lo que pensar en tener tiempo de sobra para destinarlo a la familia, al ocio, a adquirir más estudios o a un pasatiempo, como sucede en otras sociedades, es simplemente inalcanzable para los trabajadores, pues millones de mexicanos no trabajan para vivir sino que viven para trabajar.

La realidad que se vive en México para cumplir el trabajo hace necesario configurar nuevos sistemas que consideren las nuevas relaciones sociales surgidas y un nuevo modo de cooperación y compromiso no sólo entre géneros sino, también, en las relaciones laborales, que permitan un reparto equilibrado de responsabilidades en la vida profesional y en la privada. Sin ello, la sociedad futura se caracterizará por degradar cada vez más su naturaleza humana y social.

La situación es alarmante si consideramos que en países como Corea resulta impensable tener más de un trabajo. En países europeos, la jornada laboral es de 35 horas semanales, se laboran 7 horas diarias de lunes a viernes y los partidos de izquierda hacen propuestas que plantean la jornada laboral de 30 horas semanales de lunes a viernes; incluso, hay países que laboran ocho horas diarias de lunes a jueves, con tres días de descanso a la semana.

Lo anterior hace cada vez más evidente que el perfil y las aspiraciones de la fuerza de trabajo han cambiado radicalmente. Por ello es una tendencia irreversible que las políticas sociales del siglo XXI serán las políticas de conciliación del trabajo, la familia y lo individual. ¿Qué ocurre en México?

Los conflictos que padece un trabajador para distribuir su tiempo entre el trabajo, la familia y el desarrollo personal tienen altos costos negativos para los patrones, pues ante la falta de tiempo para la resolución de asuntos familiares o personales, se generan ausentismo, escaso compromiso, y reducción de la productividad y de la competitividad, lo que da lugar a gran rotación del personal. Por el contrario, cuando hay no sólo políticas de conciliación sino una verdadera cultura para conciliar la vida laboral, familiar y personal, el resultado es la mejora y la cohesión de recursos humanos sumamente calificados y comprometidos con la calidad de su trabajo.

Esta necesidad de conciliar las actividades laborales, el contexto familiar y el desarrollo personal es un tema que ya representa una prioridad y demanda de la sociedad. Reflejo de ello son los textos normativos elaborados por la Unión Europea. España cuenta con una ley concreta para abordar el tema. Sin embargo, la legislación no es suficiente. Es necesario un cambio de mentalidad en la población, que requiere atención inmediata y que implica la responsabilidad de todos los actores de la sociedad. Un ejemplo de ello se percibe en algunos instrumentos internacionales como la cuarta Conferencia Mundial, celebrada en Pekín, en la que se consideró como objetivo estratégico fomentar una armonización de responsabilidades laborales y familiares entre hombres y mujeres.

La conciliación requiere medidas de concienciación y sensibilización, de destino de recursos. Esto hace necesaria la participación del gobierno con la sociedad, mediante la creación de convenios de colaboración, programas, recomendaciones, medidas y directrices que permitan a la población mexicana conciliar sus obligaciones profesionales y familiares con el desarrollo personal.

Se observa con inquietud y cierta pasividad que en el día tras día se está perdiendo mucho de lo que humaniza a la sociedad y que la distancia con la realidad que realmente importa es cada vez mayor. Al parecer, se ha invertido la escala de valores de tal manera, que se acaba estresado, deprimido y angustiado y se estresa, deprime y angustia a los colaboradores, clientes, proveedores, amigos y familiares más próximos.

Si no establecemos una cultura en la sociedad que revierta estos fenómenos, el resultado en el mediano y largo plazos para el sector económico será enfrentarse a una menor productividad, disminución de la capacidad de compromiso, de la creatividad y de la capacidad de innovación de su fuerza laboral; y a mediano plazo, la migración progresiva de los mejores profesionales a otras empresas, en ocasiones a la competencia, y la incapacidad de atracción y retención del talento a precios razonables.

La mayoría de las fuentes de empleo todavía no establece el cálculo y la relación del costo/beneficio por contaminación de su ecología humana, pérdida parcial o temporal por accidentes laborales, bajas, ausentismo, etcétera, o la pérdida definitiva de su personal, lo que repercute en nuevas contrataciones, que traen como consecuencia gastos de formación y capacitación, menor capacidad de innovación, creatividad y grado de compromiso con el trabajo.

Con la presente iniciativa se pretende, por un lado, eliminar antiguos modelos sociales que nos asignan funciones por distinción de sexo y que fijan estereotipos que prefiguran actitudes y aptitudes diferentes que refuerzan esta división sexual de papeles y, por el otro, crear una nueva cultura en la sociedad, ante la necesidad de romper con las falsas creencias que basan la productividad de la fuerza de trabajo en el cumplimiento de largas jornadas laborales, es necesario crear nuevos esquemas que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los empleados, que aporte a los generadores de empleos elementos de fidelización, captación y retención de personal más calificado y comprometido.

Por su carácter, estas políticas rebasan el marco de las relaciones establecidas en la legislación laboral, por lo que remarcan los incentivos, los acuerdos, el aprendizaje, la capacitación, la negociación y el acuerdo, los únicos factores capaces de crear una cultura productiva cuyo centro sea el mejoramiento permanente del ser humano.

El objeto de esta propuesta es impulsar y difundir políticas y acciones que fomenten la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de los trabajadores, y consta de cinco capítulos.

En el primer capítulo se define la conciliación de la vida laboral, familiar y personal como la adopción de medidas de organización en el trabajo, que permiten a los prestadores de servicios mantener un equilibrio en su rendimiento laboral, en la atención de sus responsabilidades domésticas y convivencia familiar y en la realización de actividades que beneficien su cuidado y desarrollo personal. Se establecen sus objetivos, así como los principios rectores sobre los cuales se aplicará la conciliación, los cuales consisten en la no discriminación, igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad entre la federación, los trabajadores, las familias y la sociedad.

La iniciativa propone un capítulo segundo, relativo a las políticas y acciones para conciliar la vida laboral, familiar y personal, en el que se considera impulsar por medios concertados acciones para la reducción de la jornada laboral, la ampliación del descanso remunerado de uno a dos días, el descanso por maternidad extensivo al padre, ampliación del descanso por maternidad en caso de riesgos, con percepción de 50 por ciento del salario.

La iniciativa pretende impulsar también la convivencia y adaptación de la familia en los casos en que haya adopción de un hijo, y el descanso en caso de enfermedad o accidente, la atención médica o intervención quirúrgica del cónyuge, sus descendientes, ascendientes o personas que vivan en el domicilio del prestador de servicios, la posibilidad de trabajo desde casa, y un banco de tiempo libre remunerado para desarrollo personal y profesional.

El Capítulo Tercero, ``De la Promoción de los Servicios de Apoyo a los Prestadores de Servicios'', promueve servicios de guardería y cuidado de adultos mayores durante la jornada laboral, horas extra laboradas o viajes realizados por motivos de trabajo, impulsa la preferencia a inscribir a los hijos en planteles educativos de educación básica cercanos a los centros laborales, facilidades para obtener préstamos económicos con cargos directos al salario, asesoría para construcción de trayectoria profesional basada en la conciliación, con la finalidad de evitar adicciones al trabajo, malos ambientes y estrés laboral, asesoría psicológica familiar, financiera fiscal, jurídica y en materia migratoria.

En el capítulo cuarto se establecen las atribuciones de las instancias de la administración pública federal para consolidar una cultura de conciliación laboral, familiar y personal, en coordinación con las entidades federativas y los municipios.

Finalmente, el capítulo quinto establece la creación de un programa de reconocimientos a centros laborales promotores de la conciliación, con la finalidad de dar respaldo a las acciones que promuevan la conciliación entre sus prestadoras y prestadores de servicios.

Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se expide la Ley General para la Promoción de la Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal

Capítulo I Disposiciones Generales

Artículo 1. La presente ley es de interés social y de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto promover, impulsar y difundir políticas y acciones que fomenten la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

Artículo 2. La federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán expedir las normas legales y tomarán las medidas administrativas necesarias a efecto de dar cumplimiento a esta ley.

Artículo 3. La conciliación de la vida laboral, familiar y personal es la adopción de medidas de organización en el trabajo que permiten a los prestadores de servicios mantener un equilibrio en su rendimiento laboral, en la atención de sus responsabilidades domésticas y convivencia familiar y en la realización de actividades que beneficien su cuidado y desarrollo personal, y persigue los objetivos siguientes:

I. Elevar la competitividad y la productividad laboral, mediante la promoción de una cultura de conciliación de la vida laboral, familiar y personal que mejore la calidad de vida de los prestadores de servicios y genere recursos humanos comprometidos, motivados y capacitados para el desempeño del trabajo remunerado;
II. Eliminar riesgos de salud laboral, ausentismo, dispendio de recursos materiales y otros factores que generan improductividad y pérdidas económicas de las empresas;
III. Armonizar el ambiente laboral en el que los prestadores de servicios se sientan reforzados en sus responsabilidades familiares, apoyados en su crecimiento personal y motivados a cumplir eficaz y eficientemente sus responsabilidades laborales;
IV. Compatibilizar el trabajo remunerado, las responsabilidades domésticas y familiares y el uso autónomo del tiempo libre de los prestadores de servicios; y
V. Impulsar la equidad entre hombres y mujeres con relación a la distribución del trabajo en el hogar.

Artículo 4. Son principios rectores de esta ley

I. La no discriminación en función de raza, edad, sexo, religión, idioma o lengua, opinión política o de cualquier otra índole, origen étnico, nacional o social, posición económica, discapacidad, circunstancias de nacimiento o cualquier otra condición o circunstancia, propia o de su familia;
II. La igualdad de oportunidades con relación a las actividades que desempeñan y las circunstancias propias o familiares; y
III. La corresponsabilidad entre la federación, los prestadores de servicios, las familias y la sociedad.

Artículo 5. Para los efectos de esta ley, se entenderá por

I. Conciliación. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal de las y los trabajadores;
II. Desarrollo Social. La Secretaría de Desarrollo Social;
III. Economía. La Secretaría de Economía;
IV. Educación Pública. La Secretaría de Educación Pública;
V. Empleador. Persona física o moral que contrata recursos humanos para realizar actividades mediante una remuneración económica;
VI. Prestador de servicios. Quien realiza actividades para un empleador mediante remuneración económica; y
VII. Trabajo y Previsión Social. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Capítulo II De las Políticas y Acciones para Conciliar la Vida Laboral, Familiar y Personal

Artículo 6. Trabajo y Previsión Social impulsará con los empleadores implantar tanto en los contratos colectivos de trabajo como en los centros de trabajo políticas y acciones para conciliar la vida laboral, familiar y personal de los prestadores de servicios.

Artículo 7. Para efectos del artículo anterior, Trabajo y Previsión Social impulsará con los empleadores la reducción de la jornada laboral consistente en ocho horas diarias la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta a seis horas diarias, sin que medie la reducción del salario de las y los prestadores de servicios, siempre que se cumplan las metas y los objetivos de productividad, periódicamente convenidos entre las partes.

Artículo 8. Asimismo, se impulsará la ampliación del descanso remunerado de uno a dos días remunerados, sin que exista reducción del salario. En caso de que lo anterior afecte los objetivos de productividad establecidos por la empresa, la jornada laboral del sexto día de trabajo podrá ser de cuatro horas.

Artículo 9. De conformidad con la ley de la materia, las prestadoras de servicios que se encuentren embarazadas no realizarán labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno industrial, en establecimientos comerciales o de servicio después de las diez de la noche, así como en horas extraordinarias y tendrán derecho a un descanso por maternidad, consistente en seis semanas anteriores y seis posteriores al parto.

Artículo 10. El descanso por maternidad también podrá ser extensivo al padre, en caso de que él lo solicite, y se otorgará de la siguiente forma:

I. Dos semanas antes y dos posteriores al parto en caso de que la madre presente complicaciones;
II. Cuatro semanas posteriores al parto en caso de que la madre presente complicaciones a consecuencia del parto; y
III. Dos semanas posteriores al parto, con objeto de que el padre conviva con el recién nacido.

Artículo 11. Si la madre se encontrare imposibilitada para trabajar a causa del embarazo, del parto o por complicaciones médicas que presente el producto a consecuencia del nacimiento, el descanso por maternidad podrá ser prorrogado por el tiempo necesario, previo dictamen médico.

Artículo 12. Cuando la madre presente riesgos en cualquier etapa de la gestación y previo dictamen médico que sustente que la realización de su actividad laboral constituye un riesgo para su salud o para el normal desarrollo del producto, se le podrá conceder un descanso por el tiempo que persista el riesgo, que podrá ser prorrogado por toda la etapa de gestación, siempre que haya indicación médica, y tendrá derecho a percibir cincuenta por ciento de su salario durante esta etapa de descanso, sin que se afecten sus derechos, y las prestaciones inherentes a éste ni su antigüedad en el empleo.

Artículo 13. En caso de la adopción de un hijo y con la finalidad de promover la convivencia y adaptación del nuevo integrante a la familia, el padre prestador de servicios podrá tener derecho a cuatro semanas de descanso, que podrán ser divididas en caso de que ambos padres sean prestadores de servicios y en ambos casos tendrán derecho a percibir setenta y cinco por ciento de su salario, sin que se vean afectados sus derechos, las prestaciones inherentes a éste ni su antigüedad en el empleo.

Artículo 14. Si el prestador de servicios presentare enfermedad, accidente o se requiriere atención médica o intervención quirúrgica, se aplicarán las disposiciones relativas a la ley de la materia.

Artículo 15. Si se presentare enfermedad, accidente o se requiriere atención médica o intervención quirúrgica del cónyuge, descendientes, ascendientes o personas que vivan en el domicilio del prestador de servicios, se podrá conceder una semana de descanso con derecho a percibir setenta y cinco por ciento de su salario, sin que se vean afectados sus derechos, las prestaciones inherentes a éste ni su antigüedad.

Artículo 16. Los descansos establecidos en los artículos anteriores podrán excederse del tiempo establecido siempre que éste sea menor de seis meses, éste sea sin goce de sueldo y se le garantice su reincorporación a su puesto de trabajo, sin que se afecten su salario, los derechos y las prestaciones inherentes a éste.

Estas excedencias no podrán ser tomadas en cuenta para el cómputo de antigüedad en el empleo.

Artículo 17. Se podrá promover la posibilidad de trabajo desde casa, en caso de que el prestador de servicios presente una discapacidad parcial permanente o temporal, se tengan más de dos hijos, ambos menores de cinco años, o el cónyuge, descendiente o ascendiente presente enfermedad que implique auxilio de otra persona para su atención.

Artículo 18. Las modalidades, la temporalidad y las actividades en esta forma de conciliación serán acordadas previamente por el empleador y el prestador de servicios.

Artículo 19. Los empleadores podrán establecer en los centros de trabajo un banco de tiempo libre remunerado a fin de estimular el desarrollo personal y profesional, en el cual el prestador de servicios podrá adquirirlo intercambiando parte de su salario por él, para la realización de cursos, capacitación y estudios de posgrado que enriquezcan su desarrollo personal o profesional.

Capítulo III De la Promoción de los Servicios de Apoyo a los Prestadores de Servicios

Artículo 20. Se promoverá que los prestadores de servicios, cuando así lo soliciten, sean beneficiados con el servicio de guardería durante la jornada laboral, horas extra laboradas o viajes realizados por motivos de trabajo.

Artículo 21. De igual forma, les podrá ser proporcionado el cuidado de adultos mayores dependientes, durante la jornada laboral, horas extra laboradas o viajes realizados por motivos de trabajo.

Artículo 22. Los prestadores de servicios tendrán preferencia para inscribir a sus hijos en los planteles educativos que impartan la educación básica y estén cercanos a los centros laborales.

Artículo 23. Se podrán promover facilidades en los centros de trabajo a efecto de que los prestadores de servicios obtengan préstamos económicos de hasta tres meses de salario, que podrán liquidar con cargos directos a éste.

Artículo 24. Se estimulará que los empleadores faciliten a sus puestos directivos y personal que coordine a otros prestadores de servicios asesoría para construcción de trayectoria profesional basada en la conciliación, con la finalidad de evitar adicciones al trabajo, malos ambientes y estrés laboral.

Artículo 25. Se impulsarán las condiciones a efecto de que los prestadores de servicios reciban asesoría en las siguientes materias:

I. Psicológica familiar, separaciones, violencia familiar, problemas de aprendizaje de los hijos y tanatología;
II. Financiera y fiscal, regularización de situación fiscal, adquisición de créditos, hipotecas y seguros; y
III. Asesoría jurídica y en materia migratoria, en materia civil, familiar, penal y situación migratoria de prestadores de servicios extranjeros y sus familias.

Artículo 26. Para la promoción de los servicios a que se refieren los artículos anteriores, la administración pública, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicción, otorgará los apoyos necesarios a los empleadores, por lo que remitirá por conducto de Trabajo y Previsión Social a los centros de trabajo un boletín trimestral en el que se incluyan centros de atención a niños, adolescentes y adultos mayores, programas de apoyo a la economía familiar y demás beneficios en materia de conciliación, disponibles para los prestadores de servicios, así como los requisitos para el acceso a ellos.

Estos servicios serán accesibles a los prestadores de servicios por conducto de sus empleadores o las áreas designadas para tal fin en los centros de trabajo.

Capítulo IV De las Atribuciones de la Administración Pública Federal para Consolidar una Cultura de Conciliación Laboral, Familiar y Personal

Artículo 27. Desarrollo Social implantará un programa de guarderías infantiles para prestadores de servicios que otorgue la atención durante la jornada laboral, las horas extra o los viajes realizados por motivos de trabajo.

De igual forma, implantará un programa de atención a personas adultas mayores dependientes, que será otorgado en los mismos términos del párrafo anterior.

Artículo 28. Corresponde a Economía en materia de conciliación implantar un programa de apoyo a la economía familiar de los prestadores de servicios.

Dicho programa otorgará préstamos económicos a los prestadores de servicios, y los recursos serán recuperados mediante pagos mensuales, que serán descontados del salario mensual del prestador de servicios.

Artículo 29. Corresponde a Educación Pública en materia de conciliación

I. Otorgar facilidades a los planteles de educación pública para la reserva de cupo a los hijos de prestadores de servicios, en función de la cercanía del centro de trabajo al plantel;
II. Promover en los programas de estudio la importancia de la conciliación y el efecto en las personas y las familias, fomentando valores de autoestima e integración familiar;
III. Implantar acciones de coordinación con Desarrollo Social, a efecto de otorgar la atención a los hijos de los prestadores de servicios;
IV. Implantar acciones de coordinación con la administración pública federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicción, a efecto de otorgar capacitación a los empleadores y a los prestadores de servicios en los temas de conciliación; y
V. Las demás que le confieran ésta y otras leyes aplicables.

Artículo 30. Trabajo y Previsión Social tendrá las siguientes atribuciones en materia de conciliación:

I. Promover y difundir la importancia de la conciliación y los beneficios para los empleadores y los prestadores de servicios;
II. Celebrar convenios de colaboración con los empleadores para impulsar la conciliación;
III. Promover políticas y acciones que faciliten la conciliación en la generación de contratos colectivos de trabajo;
IV. Realizar cursos, congresos, foros, convenios y todos los instrumentos que tengan como fin promover e impulsar la conciliación;
V. Asesorar a los empleadores, así como a los prestadores de servicios, en materia de políticas y acciones de conciliación;
VI. Ofrecer a los empleadores capacitación, dirigida a los prestadores de servicios, en temas relativos a la conciliación;
VII. Coordinarse con la administración pública federal a efecto de otorgar apoyos a los empleadores para otorgar asesoría psicológica familiar, financiera, fiscal, jurídica y migratoria a los prestadores de servicios;
VIII. Asesorar a las entidades federativas y a los municipios en materia de promoción de la conciliación;
IX. Llevar un registro de las empresas que promuevan la conciliación y hacer un reconocimiento anual a las empresas que mediante ésta aporten mayores beneficios a sus prestadores de servicios; y
X. Las demás que le confieran ésta y otras leyes aplicables.

Artículo 31. Las instituciones encargadas de la seguridad social de los prestadores de servicios otorgarán beneficios en el pago de cuotas a los centros de trabajo que promuevan la conciliación.

Estos beneficios serán aplicados por el rubro en el cual se promueva la conciliación.

Capítulo V Del Programa de Reconocimiento a Centros Laborales Promotores de la Conciliación

Artículo 32. Trabajo y Previsión Social implantará un programa de reconocimiento a los centros laborales promotores de la conciliación, para lo cual deberá establecer un registro nacional.

Artículo 33. Se hará un reconocimiento público a los centros laborales que otorguen mayores beneficios en materia de conciliación a sus prestadores de servicios.

Este reconocimiento se hará de manera anual y se darán a conocer las políticas y acciones de conciliación que por su implantación fueron objeto del reconocimiento.

Artículo 34. Los centros laborales que lo obtengan serán sujetos al otorgamiento de un premio nacional o estatal de empresas socialmente responsables y tendrán beneficios en el pago de cuotas en materia de seguridad social por los conceptos en que otorguen los beneficios.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor a los 365 días posteriores a la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La administración pública federal hará previsiones presupuestales y programáticas a efecto de dar cumplimiento en tiempo y forma al presente decreto.

Tercero. El Ejecutivo federal publicará el reglamento del presente decreto a los 180 días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.

Cuarto. Remítase a la Cámara de Senadores, para sus efectos constitucionales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2009.--- Diputadas: Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Martha Rocío Partida Guzmán , María de Carmen Pinete Vargas (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), Aracely Escalante Jasso , Yary del Carmen Gebhardt Garduza , Elda Gómez Lugo (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Alicia Rodríguez Martínez (rúbrica), Arely Madrid Tovilla , Lorena Martínez Rodríguez (rúbrica), Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), Elizabeth Morales García (rúbrica), María Beatriz Pagés Llergo Rebollar (rúbrica), Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbrica), Guillermina López Balbuena (rúbrica), Patricia Villanueva Abraján (rúbrica), María Oralia Vega Ortiz , María Dolores Lucía Ortega Tzitzihua .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Muchas gracias, diputada Bertha Yolanda Rodríguez.Túrnese a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Desarrollo Social, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Presidencia quiere aprovechar este momento para dar la bienvenida y saludar en esta sesión a un grupo de empresarios de Tlaxcala, quienes nos visitan hoy. Sean ustedes bienvenidos.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Tiene la palabra la diputada Andrea Ramírez Zollino, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente(LGEEPA).

La diputada Andrea Geraldine Ramírez Zollino : Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, la selva Lacandona se ubica en el noreste de Chiapas. Esta región alberga muchas especies de fauna endémica o amenazada, como el mono aullador, el jaguar, el águila arpía, la guacamaya roja, el quetzal y la tortuga blanca.

Respecto a la vegetación, existen 3 mil 400 especies de plantas terrestres, entre las cuales se encuentran especies raras, maderas preciosas y árboles frutales, además de 40 especies de hongos, de los cuales 7 son comestibles.

La región también ofrece importantes servicios ambientales como la regulación del ciclo de lluvias, el control de la erosión y el mantenimiento de la humedad de los suelos. Esta información biológica permite concluir que la selva Lacandona es el sitio más diverso de México, y es comparable con cualquier localidad del Amazonas.

La región Lacandona también tiene alta relevancia histórica y cultura. Una tercera parte de la población es indígena, formada por un mosaico de etnias, como la tzotzil, tojolabal, zoque, mame, chol y lacandona. La inmigración de refugiados centroamericanos y el levantamiento armado zapatista son claras evidencias de la importancia geopolítica de la zona.

Debido a su gran riqueza natural y cultural, la selva Lacandona es a la vez muy vulnerable y frágil frente a la manipulación humana.

En los últimos 30 años se perdieron 1.2 millones de hectáreas de cubierta forestal, de los 1.8 millones que la conformaban; es decir, que se ha perdido 66 por ciento con respecto a su extensión original. Para evitar que la devastación acabe con lo que queda de la selva, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas estableció 7 áreas protegidas en la zona:

La reserva de la biosfera Montes Azules, decretada en 1978.

La reserva de la biosfera Lacantún, decretada en 1992.

El área de protección de flora y fauna Chan-Kin, decretada en 1992.

El área de protección de flora y fauna Metzabok, decretada en 1998.

El área de protección de flora y fauna Naha, decretada en 1998.

El monumento natural Bonampak, decretado en 1992.

El monumento natural Yaxchilán, decretado en 1992.

Actualmente se observa que toda la región Lacandona presenta problemas ecológicos similares, como los asentamientos irregulares, los incendios forestales, la transformación de zonas boscosas en campos agrícolas y ganaderos, la cacería furtiva y el saqueo de la flora y fauna silvestres. Estos problemas son estudiados en el Programa de Manejo de la Reserva de Montes Azules, que también establece acciones para su mitigación y control.

Durante la presente legislatura, el Partido Verde ha estado muy al pendiente de verificar que el Programa de Manejo de la Reserva de Montes Azules se cumpla. Y hemos denunciado las cosas en que esto no ocurre.

Por otra parte existe el problema en que la mayoría de las áreas naturales protegidas, el programa de manejo no existe, a pesar de que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente señala que se debe publicar en un plazo máximo de un año, posterior al decreto de creación del área protegida.

En la selva Lacandona, 4 de 7 áreas protegidas no cuentan con su programa de manejo, de modo que existe un rezago de 16 años en el cumplimiento de la ley. Debido a que las 7 áreas cuentan con las características ecológicas muy similares, los programas de manejo se pueden explotar porque son análogos.

En consecuencia, la iniciativa que hoy presentamos propone modificar el artículo 65 de la LGEEPA, para que en el periodo comprendido entre la creación de un área natural protegida y la publicación de su programa de manejo se apliquen, dentro de lo posible, los programas de manejo análogos.

Esta medida no solamente beneficiará a la selva Lacandona, también debido a que de las 166 áreas naturales protegidas que existen en el país, solamente 55 cuentan con un programa de manejo, nuestra propuesta será de gran utilidad para establecer acciones provisionales en las 111 áreas que aún no cuentan con su propio programa.

Si no dirigimos los esfuerzos necesarios para la conservación de la selva Lacandona y de nuestras riquezas naturales, estaremos perdiendo una parte importante del patrimonio mexicano.

Por ello, compañeros legisladores, el Partido Verde los exhorta respetuosamente a apoyar la iniciativa que presentamos, la cual será un gran aporte para la conservación de la biodiversidad de nuestro país. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del Grupo Parlamentario del PVEM

El Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La selva Lacandona comprende 957 mil 240 hectáreas, que representan casi el 13 por ciento del territorio de Chiapas. Esta región, ubicada en la porción noreste del estado, limita al sur y al este con Guatemala, al oeste con el valle del río Jataté y al norte con el paralelo 17.

La región Lacandona deriva su nombre de una comunidad indígena que ha vivido en ella desde la época prehispánica: los lacandones. Durante la Colonia así llamaban los españoles a los indios de Lacam-Tun. Con este nombre, que quiere decir peña grande o peñón (de lacam : grande, y tun : piedra), los lacandones designaban la isleta principal del lago Miramar, en la que tenían edificada la pequeña cabecera de su extenso territorio selvático. Los españoles cambiaron el topónimo maya Lacam-Tun por lacandón, y utilizaron este nombre castellanizado para indicar no sólo a la isla, sino también a la laguna y a la comarca en su derredor 1 .

La selva Lacandona es altamente diversa y compleja en ecosistemas y comunidades biológicas. Esta región alberga muchas especies de fauna endémica de las selvas húmedas mesoamericanas, así como varias especies amenazadas o en peligro de extinción, como el mono aullador Allouata palliata , el jaguar Panthera onca , el águila arpía Harpia harpyja , la guacamaya roja Ara macao , el quetzal Pharomachrus mocinno , la tortuga blanca Dermatemys mawii , además de varios insectos, murciélagos, marsupiales, serpientes y peces endémicos.

Con respecto a la vegetación, se reporta un total de 3 mil 400 especies de plantas terrestres, distribuidas en 61 familias. Aunque pocas especies son endémicas, existen algunas especies raras, como Lacandonia schismatica , otras de importancia económica, como la caoba Swietenia macrophylla y otras más de uso local, como el árbol frutal Spondias mombin . En la región también se encuentran 44 especies de plantas acuáticas y 40 especies de hongos, de los cuales 7 son comestibles.

La información biológica disponible permite concluir que la región Lacandona es el sitio más diverso de México, y es comparable con cualquier localidad de la región Amazónica. De no dirigir los esfuerzos necesarios para su conservación, se perdería parte de nuestro patrimonio natural 2 .

La región también ofrece importantes servicios ambientales, como la regulación hidrológica a nivel regional, el control de la erosión y el mantenimiento de la humedad de los suelos; la cubierta vegetal es responsable en parte del ciclo de lluvias que precipita sobre la depresión central del estado. Una cuenca cerrada cuya única apertura, por donde penetran las nubes que producen las lluvias, pasa sobre la selva Lacandona. En la depresión central se ubica el sistema del alto Grijalva, que genera más del 30 por ciento de la energía eléctrica del país.

La región Lacandona también tiene alta relevancia histórica y cultural. Una tercera parte de la población es indígena y conforma un mosaico de etnias como la tzotzil, tzeltal, tojolabal, zoque, mame, chol y lacandona. La inmigración de refugiados centroamericanos y el levantamiento armado zapatista son claras evidencias de la importancia geopolítica de la zona.

Debido a su gran riqueza natural y cultural, la selva Lacandona es a la vez muy vulnerable y frágil frente a la manipulación humana. Durante la segunda mitad del siglo XX, la inmigración proveniente de otras regiones de Chiapas, principalmente de Los Altos del norte, y de otros estados de la República, aceleró la incorporación de la selva Lacandona a la producción agropecuaria y forestal, con el consecuente cambio de uso de suelo y la drástica disminución de la superficie arbolada. La apertura de la carretera fronteriza y la exploración y explotación petrolera han acentuado el fenómeno.

Actualmente existen más de 200 asentamientos humanos irregulares, que tienen problemas de tenencia de la tierra. Coexisten multitud de etnias distintas, ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y un gran número de organismos gubernamentales y no gubernamentales que utilizan o influyen en la utilización de los recursos del área, sin contar con un plan integral conocido y aceptado por todos. La devastación de la selva en los últimos 50 años ha sido descomunal 3 .

Estos factores provocaron que en los últimos 30 años la selva Lacandona perdiera 1.2 millones de hectáreas de cubierta forestal, de las 1.8 millones que la conformaban; es decir, se ha perdido el 66 por ciento con respecto a su extensión original. Para evitar que la devastación acabe con lo que queda de la selva, 450 mil hectáreas están protegidas por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) 4 . Las Áreas Naturales Protegidas (ANP) que se ubican en la región noreste de Chiapas (selva Lacandona) son 5 :

• Reserva de la biosfera Montes Azules; con 331 mil 200 hectáreas, decretada el 12 de enero de 1978. Ubicada en los municipios de Ocosingo y Las Margaritas. Alberga los ecosistemas de selva alta perennifolia y mediana subcaducifolia, bosque de pino-encino, bosque ripario de galería, jimbales y sabana.
• Reserva de la biosfera Lacan-Tun, con 61 mil 874 hectáreas, decretada el 21 de agosto de 1992. Ubicada en el municipio de Ocosingo. Alberga el ecosistema de selva alta perennifolia.
• Área de protección de flora y fauna Chan-Kin, con 12 mil 185 hectáreas, decretada el 21 de agosto de 1992. Ubicada en el municipio de Ocosingo. Alberga los ecosistemas de selva mediana y alta subperennifolia.
• Área de protección de flora y fauna Metzabok, con 3 mil 368 hectáreas, decretada el 23 de septiembre de 1998. Ubicada en los municipios de Ocosingo y Palenque. Alberga los ecosistemas de selva alta perennifolia , selva alta subperennifolia y bosque mesófilo de montaña.
• Área de protección de flora y fauna Naha, con 3 mil 847 hectáreas, decretada el 23 de septiembre de 1998. Ubicada en el municipio de Ocosingo. Alberga los ecosistemas de selva alta perennifolia, selva alta subperennifolia y bosque mesófilo de montaña.
• Monumento natural Bonampak, con 4 mil 357 hectáreas, decretado el 21 de agosto de 1992. Ubicado en el municipio de Ocosingo. Alberga el ecosistema de selva alta perennifolia.
• Monumento natural Yaxchilan, con 2 mil 621 hectáreas, decretado el 21 de agosto de 1992. Ubicado en el municipio de Ocosingo. Alberga el ecosistema de selva alta perennifolia.

En el siguiente mapa se puede apreciar la cercanía de estas áreas naturales protegidas:

Mapa de áreas naturales protegidas en la región noreste de Chiapas.

En el programa de Montes Azules se reporta que la problemática de la región se caracteriza por:

• Indefinición en la tenencia de la tierra y falta de aplicación del marco legal ambiental.
• Asentamientos irregulares en diversas regiones de la reserva, asentándose en los márgenes de lagunas y ríos.
• Incidencia de incendios forestales, producto de los asentamientos irregulares y derivado de las prácticas de roza, tumba y quema, así como por el efecto de los fenómenos climatológicos.
• Procesos de deforestación y acelerado proceso de cambio de uso del suelo, de zonas forestadas a agrícolas y ganaderas.
• Expansión de la frontera agropecuaria y la pérdida de la práctica agrícola tradicional.
• La ganadería extensiva.
• Alto crecimiento demográfico, por arriba del promedio nacional, provocado por los altos índices de natalidad y por la inmigración del mismo estado, a raíz de los conflictos de 1994.
• Cacería furtiva y saqueo de la flora y fauna silvestres.
• Conflictos políticos y sociales que obstaculizan el adecuado trabajo de las comunidades y el desarrollo de acciones institucionales.
• Uso inadecuado de agroquímicos.
• La falta de capacidades técnicas para la asesoría y capacitación en la implementación de prácticas de aprovechamiento integral forestal.
• Tala selectiva de especies maderables preciosas y extracción de no maderables como la pita y el xate.

Así pues, revertir el proceso de deterioro de la selva Lacandona implica desarrollar un proyecto múltiple y de largo alcance que logre el reordenamiento ecológico, productivo, económico y social, con base en el conocimiento del propio ecosistema que se busca restituir. Se trata de impulsar todo aquello que contribuya al desarrollo de una tecnología regional a partir de la propia biodiversidad y que se sustente en el conocimiento científico de la selva, en su inventario y en el estudio cuidadoso de su potencial actual y futuro, con el fin de saber cómo funciona, para después aprender a manejar sus recursos de manera que los pobladores tengan a su alcance los elementos básicos que les permitan poner en práctica esos conocimientos.

Los programas de manejo ayudan, en gran medida, a prevenir y mitigar el deterioro ecológico; sin embargo, en la mayoría de los casos no se cumplen. Varios legisladores han denunciado en múltiples ocasiones este incumplimiento. Como ejemplo sobresaliente, en septiembre de 2007 el Partido Verde promovió un punto de acuerdo para implementar un operativo permanente de inspección y vigilancia permanente en la Laguna de Miramar y verificar el cumplimiento del Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera Montes Azules. Dicho exhorto fue aprobado en octubre de 2007.

La situación es aún peor cuando el programa de manejo es inexistente. En este sentido, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente señala:

Artículo 65. La secretaría formulará, dentro del plazo de un año contado a partir de la publicación de la declaratoria respectiva en el Diario Oficial de la Federación, el programa de manejo del área natural protegida de que se trate, dando participación a los habitantes, propietarios y poseedores de los predios en ella incluidos, a las demás dependencias competentes, los gobiernos estatales, municipales y del Distrito Federal, en su caso, así como a organizaciones sociales, públicas o privadas, y demás personas interesadas.

Una vez establecida un área natural protegida de competencia federal, la secretaría deberá designar al director del área de que se trate, quien será responsable de coordinar la formulación, ejecución y evaluación del programa de manejo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en esta ley y las disposiciones que de ella se deriven.

A pesar de esta disposición, de las 7 áreas naturales protegidas en la selva Lacandona, solamente Montes Azules, Metzabok y Naha cuentan con un programa de manejo. Lacan-Tun, Chan-Kin, Bonampak y Yaxchilan fueron decretadas en 1992 y a la fecha no se ha publicado su programa de manejo, de modo que existe un rezago de 16 años en el cumplimiento de lo establecido por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De acuerdo con los datos revisados anteriormente, las 7 áreas protegidas de la selva Lacandona cuentan con características biológicas y ecológicas muy similares o análogas, de manera que la información contenida en el Programa de Manejo de Montes Azules, Metzabok y Naha se puede extrapolar a las otras áreas.

En consecuencia, proponemos modificar el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para que en el período comprendido entre la creación de un área natural protegida y la publicación de su programa de manejo, se apliquen dentro de lo posible, los programas de manejo análogos.

Esta medida no solamente beneficiará a la Selva Lacandona. De las 166 áreas naturales protegidas que existen en el país, solamente 55 cuentan con un programa de manejo, de manera que la presente iniciativa será de gran utilidad para establecer acciones provisionales en las 111 áreas que aún no cuentan con su propio programa.

En el siguiente cuadro, se puede observar la relación de las áreas naturales protegidas que cuentan o no, con un programa de manejo:

• Reservas de la biosfera
Tienen programa: 25
No tienen programa: 13
Total: 38
• Parques Naturales
Tienen programa: 18
No tienen programa: 50
Total: 68
• Monumentos Naturales
Tienen programa: 0
No tienen programa: 4
Total: 4
• Áreas de Protección de Recursos Naturales
Tienen programa: 0
No tienen programa: 7
Total: 7
• Áreas de Protección de Flora y Fauna
Tienen programa: 11
No tienen programa: 20
Total: 31
• Santuarios
Tienen programa: 0
No tienen programa: 17
Total: 17
• Complejo Insular
Tienen programa: 1
No tienen programa: 0
Total: 1
• Total
Tienen programa: 55
No tienen programa: 111
Total: 166

Adicionalmente, proponemos que los programas de manejo análogos, susceptibles de aplicarse en otras áreas protegidas, no sean solamente federales, puesto que existen casos donde una misma región biológica está dividida en 2 o más áreas protegidas, cuya competencia puede ser federal, estatal o mixta. Para ejemplificar tenemos el caso de Chiapas:

Zonas oscuras: áreas naturales protegidas estatales Zonas claras: áreas naturales protegidas federales Fuente: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 2007. Áreas naturales protegidas estatales, del Distrito Federal y municipales de México.

En la imagen se observa que las áreas 19 (área natural protegida estatal-Pico del Loro Paxtal) y 27 (área natural protegida federal--Reserva de la biosfera El triunfo), son en realidad una misma región biológica, cuyos programas de manejo resultarían análogos.

Para que la aplicación de programas de manejo análogos sea factible, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales tendría que aclarar cuáles programas son análogos para aplicarse en áreas naturales protegidas que aún no cuentan con su propio programa. Es por ello que establecemos esta disposición en un artículo transitorio.

Por lo expuesto, la legisladora que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Artículo único. Se adiciona un párrafo segundo, recorriéndose el actual para ser párrafo tercero, del artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 65. ...

En el período comprendido entre la declaratoria de creación de un área natural protegida y la publicación de su respectivo programa de manejo, la secretaría aplicará, dentro de lo posible, las acciones contenidas en los programas de manejo análogos, de otras áreas naturales protegidas federales o estatales que tengan características físicas, biológicas, sociales y culturales similares.

Una vez establecida un área natural protegida de competencia federal, la secretaría deberá designar al director del área de que se trate, quien será responsable de coordinar la formulación, ejecución y evaluación del programa de manejo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en esta ley y las disposiciones que de ella se deriven.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un plazo máximo de seis meses posteriores a la publicación del presente decreto, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicará en el Diario Oficial de la Federación, el listado de programas de manejo análogos que deberán aplicarse en cada área natural protegida hasta que se publique su propio programa de manejo.

Notas: 1. De Vos, J. 1992. ``Una selva herida de muerte: historia reciente de la selva Lacandona''. En M.A. Vásquez-Sánchez y M. A. Ramos (comps). Reserva de la biosfera Montes Azules, selva Lacandona, investigación para su conservación . Publ. Esp. ecosfera 1: 267-286. 2. Instituto Nacional de Ecología. 2000. Programa de manejo de la reserva de la biosfera Montes Azules. 3. Semarnat / Conabio / INE 2005. Área de Protección de flora y fauna chan-kin . http://www.ine.gob.mx/ueajei/publicaciones/libros/2/ chankin.html 4. ``La selva lacandona a punto de desaparecer''. El Heraldo de Chiapas . 01-06-2008. http://www.oem.com.mx/laprensa/notas/n718863. htm 5. Datos de Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, 2009 http://www.conanp.gob.mx/q_anp.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 10 de marzo de 2009.»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Muchas gracias, diputada Ramírez.Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.



LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - LEY DE PLANEACION

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se concede el uso de la palabra al diputado Mauricio Ortiz Proal, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o., 39 y 45 de la Ley Orgánica del CongresoGeneral de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8o., de la Ley de Planeación, suscrita por el diputado José Jesús Reyna Garcíay el propio diputado Ortiz Proal, ambos del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Mauricio Ortiz Proal : Con su venia, presidente.

Los diputados federales Jesús Reyna García y Mauricio Ortiz Proal , integrantes de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica de este mismo Congreso, someten a consideración de esta honorable soberanía una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el numeral 4 del artículo 7o. y el numeral 4 del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8o. de la Ley de Planeación, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

Los ponentes estamos convencidos de que en nuestro sistema jurídico deben existir mecanismos que vinculen a los poderes de una manera sana y equilibrada. Encontramos en nuestra legislación determinados medios de control y vigilancia del Poder Legislativo sobre el Poder Ejecutivo.

Lamentablemente el formato vigente del informe presidencial dista mucho de ser una efectiva acción de control, en razón de que la actuación del Legislativo es inconsecuente y no posee trascendencia jurídica alguna.

El informe que rinde el titular del Poder Ejecutivo lamentablemente no es más que un ejercicio de carácter informativo que como tal es atendido, pero que dista mucho de ser un ejercicio bilateral que enriquezca la evaluación y la concreción de las políticas públicas que ahí se explican.

En fechas recientes se modificó el texto constitucional para adecuar el formato del informe a una nueva realidad. Sin embargo, no hubo modificación alguna a la parte sustantiva de esta acción que debe ser mucho más que la mera presentación.

En este ejercicio deben privilegiarse las consecuencias del acto per se, a partir de una evaluación puntual y eficiente que realice el Congreso mexicano y que obligue a su consideración.

Amigas y amigos diputados, para que el informe sea políticamente útil, debe sostenerse en un mecanismo que permita emitir opiniones u observaciones claras, mismas que deban ser consideradas en las acciones del gobierno y que impliquen una verdadera interacción y coadyuvancia de ambos poderes.

Ante la sociedad, Ejecutivo y Legislativo somos corresponsables en el ejercicio de un gobierno útil.

Las interpelaciones o preguntas, en su mayoría, sirven como espacio para ventilar posiciones políticas, pero que a nuestro juicio resultan insuficientes.

Debe arribarse a un puntual análisis que concluya con reconocimientos, observaciones y recomendaciones al informe que se presenta por parte del titular del Ejecutivo.

El carácter sustancial en la división del trabajo en comisiones se corresponde no sólo con la competencia de las dependencias de la administración pública, sino también con el análisis temático que ordena la ley en torno al informe presidencial.

Es así como esta iniciativa contempla que las comisiones legislativas tengan la obligación de informar el resultado de la evaluación realizada, así como las evaluaciones que estimen conducentes para el ejercicio mejor y eficiente para el desempeño de la administración.

El resultado de la evaluación debe hacerse del conocimiento de este pleno y remitirse después, con su aprobación, al titular del Ejecutivo en el caso específico de que se estime que existe un incorrecto ejercicio de la función pública.

Con base en lo anterior, la presente iniciativa propone sustancialmente lo siguiente:

Primero. Establecer la obligación de que los presidentes de las mesas directivas de las cámaras remitan a las comisiones pertinentes el informe que presente el presidente de la República para su análisis y evaluación.

Segundo. Citar el precepto constitucional, que es acorde con el informe que presenta el presidente de México ante este Congreso.

Tercero. Establecer como obligación que el reconocimiento a las observaciones o recomendaciones que deriven de estos trabajos tenga un carácter vinculatorio para con el Ejecutivo.

Con base en esta exposición, los diputados ponentes nos permitimos presentar la presente iniciativa con proyecto de decreto:

Artículo primero. Se reforma el numeral 4, del artículo 7o., el numeral 3 del artículo 39 y el numeral 4, del artículo 45, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 7o. ...

4. Los presidentes de las Mesas Directivas de las Cámaras turnarán de forma inmediata a las comisiones el informe presentado por el presidente de la República, para su análisis y evaluación.

Artículo 39. ...

3. Las comisiones tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio, conforme a lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 69 constitucional, y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la administración pública.

Artículo 49. ...

4. Las comisiones cuya materia se corresponde con los ramos de la administración pública federal analizarán, atendiendo a tal materia, el informe al que se refiere el artículo 69 constitucional. Analizado el informe, el resultado de la evaluación consignará las conclusiones y, en su caso, los reconocimientos, observaciones o recomendaciones, que se harán del conocimiento del pleno y del titular del Poder Ejecutivo.

En el caso de que se relacionen con el ejercicio presupuestal, deberán hacerse del conocimiento de la comisión competente para que sea tomado en cuenta al momento de dictaminar la cuenta pública.

Para el análisis podrán requerir mayor información a quien corresponda o solicitar la comparecencia del titular o cualquier servidor público de la dependencia ante la propia comisión.

Si de las conclusiones se desprenden situaciones que por su importancia o trascendencia requieran la presencia en la Cámara del titular de la dependencia, la comisión podrá solicitar al presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos que el secretario de despacho o el jefe de departamento comparezcan ante el pleno. Asimismo, estará lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 93 constitucional.

Artículo segundo. Se reforma el párrafo primero del artículo 8o., de la Ley de Planeación, para quedar como sigue:

Artículo 8o. Los secretarios de Estado, los jefes de departamentos administrativos, los directores y administradores de las entidades paraestatales que sean citados por cualquiera de las Cámaras con motivo del análisis del informe que establece el artículo 69 constitucional, informarán del avance y grado de cumplimiento de los objetivos y prioridades fijados en la planeación nacional que, por razón de su competencia, les correspondan y de los resultados de las acciones previstas.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 7, 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 8 de la Ley de Planeación, suscrita por los diputados José Jesús Reyna García y Mauricio Ortiz Proal , del Grupo Parlamentario del PRI

José Jesús Reyna García y Mauricio Ortiz Proal , diputados federales integrantes de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 55, fracción II, 56, 62, 63 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Se permiten someter a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 4 del artículo 7, el numeral 4 del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforma el párrafo primero del artículo 8 de la Ley de Planeación, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

En la valoración del ejercicio del poder público hay elementos cualitativos y cuantitativos que analizar. En todo sistema político en que se convoque a la transparencia y la rendición de cuentas, deben existir mecanismos que vinculen a los poderes para un sano y equilibrado ejercicio del poder público.

En este orden de ideas, encontramos en nuestro sistema jurídico determinados medios de control y vigilancia del Poder Legislativo, respecto a la actuación del Poder Ejecutivo.

A este último corresponde presentar ante los representantes populares el informe del estado que guarda la administración pública; sin embargo, esto a consideración de distintos autores, dista mucho de ser una acción de control, en razón de que la actuación del Legislativo es inconsecuente, sin trascendencia jurídica alguna.

Debemos entender tal consideración a la luz de que en la actualidad no puede negarse que el informe que rinde el titular del Ejecutivo no es más que un documento informativo, que como tal es atendido por el Legislativo; es decir, escasa consecuencia produce y su utilidad bien puede ser cuestionada.

En fechas recientes se modificó el texto constitucional para adecuar el formato de presentación del informe a una nueva realidad; sin embargo, no hubo modificación alguna a la parte sustantiva de esa acción, que es de entenderse más allá de su presentación, en las consecuencias, en el resultado que debe ser la evaluación puntual y eficiente que realice el Poder Legislativo.

El informe presidencial debe ser un mecanismo que permita que las Cámaras emitan opiniones u observaciones a aquél, mismas que puedan ser consideradas en las acciones de gobierno, esto implica interacción y coadyuvancia en el ejercicio del poder público, esto es lo que verdaderamente debe alcanzarse con ese ejercicio informativo, que debe ser de evaluación por el Legislativo, pues la responsabilidad de ejercer un buen gobierno no es exclusiva del titular del Poder Ejecutivo, también lo es de nuestro Congreso.

Ante la sociedad, Ejecutivo y Legislativo deben asumir la obligación relacionada con la eficacia en las acciones de gobierno, cada uno en su competencia.

Cuestiones de hecho han desviado la atención de esa corresponsabilidad, sin embargo, debe volverse la vista a la parte fundamental que no es ni discusión ni confrontación, sino una eficaz y eficiente revisión, por parte del Poder Legislativo, de un informe que en nada se reduce a su forma de presentación, ni a interpelaciones o preguntas, que en muchas ocasiones sólo han servido como espacio para ventilar posiciones políticas, debe arribarse a un puntual análisis que concluya con reconocimientos, observaciones o recomendaciones de las que se informe al Pleno y al titular del Ejecutivo, ambos corresponsables ante la sociedad.

Con la finalidad de lograr lo anterior, en la presente iniciativa se propone que el análisis del informe presidencial se realice por las comisiones legislativas. Ello atiende a la realidad de nuestro sistema en cámaras, toda vez que en la actualidad se señala que el análisis del informe que rinde el titular del Ejecutivo debe realizarse en rubros: política interior, política económica, política social y política exterior, y la forma en la que se realiza el trabajo legislativo no atiende a tal distribución, sino a comisiones que además, tal y como se señala en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se corresponden en competencia con las dependencias de la administración pública, por lo que se estima mayor congruencia en hacer un análisis del informe de esa manera, por comisiones.

Se contempla así que las comisiones legislativas tengan la obligación de informar el resultado de la evaluación realizada, con los reconocimientos, observaciones o recomendaciones que se estimen conducentes, para el mejor y eficiente desempeño de la administración pública.

El resultado de la evaluación debe hacerse del conocimiento del Pleno y remitirse al titular del Poder Ejecutivo y, en el caso específico de que se estime que existe un incorrecto ejercicio presupuestal, debe darse cuenta a la comisión competente para que sea considerado en la tarea fiscalizadora y en el dictamen de cuenta pública.

La presente iniciativa conlleva que las facultades y procedimientos que se atribuyen actualmente a las comisiones respecto del informe de secretarios, rijan para el informe del presidente de la República, toda vez que con ello se le daría el carácter de ejercicio de evaluación, dotando de utilidad el informe presidencial.

Con base en lo anterior, la presente iniciativa propone sustancialmente reformar el numeral 4 del artículo 7 Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de establecer la obligación de que los presidentes de las Mesas Directivas de las Cámaras remitan a comisiones el informe presentado por el presidente de la República, para su análisis y evaluación; y reformar el numeral 3 del artículo 39 de este ordenamiento, con el fin de citar el precepto constitucional que es acorde con el informe que presenta el presidente de la República ante este Congreso de la Unión.

En el mismo sentido, se propone reformar el numeral 4 del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para referir el precepto constitucional que contempla la obligación del presidente de la República de presentar el informe ante esta soberanía; así como establecer como obligación que el reconocimiento, las observaciones o recomendaciones que deriven de los trabajos del análisis del informe que realicen las comisiones, deban hacerse del conocimiento del Pleno de las Cámaras que conforman el honorable Congreso de la Unión.

A su vez, se propone reformar el artículo 8 de la Ley de Planeación, con la finalidad de citar el precepto constitucional referente al informe que presenta el presidente de la República ante esta representación.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma el numeral 4 del artículo 7, el numeral 3 del artículo 39, el numeral 4 del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforma el artículo 8 de la Ley de Planeación.

Primero. Se reforma el numeral 4 del artículo 7, el numeral 3 del artículo 39 y el numeral 4 del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 7.

1. a 3. ...
4. Los Presidentes de las Mesas Directivas de las Cámaras turnarán de forma inmediata a las comisiones el informe presentado por el presidente de la República, para su análisis y evaluación.
5. ...

Artículo 39.

1. a 2. ...

3. Las comisiones tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y control evaluatorio conforme a lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 69 constitucional, y su competencia se corresponde, en lo general, con las otorgadas a las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Articulo 45.

1. a 3. ...
4. Las comisiones cuya materia se corresponde con los ramos de la administración pública federal analizarán, atendiendo a tal materia, el informe a que se refiere el artículo 69 constitucional. Analizado el informe, el resultado de la evaluación consignará las conclusiones y, en su caso, los reconocimientos, observaciones o recomendaciones que se harán del conocimiento del Pleno y del titular del Poder Ejecutivo. En el caso de que se relacionen con el ejercicio presupuestal deberán hacerse del conocimiento de la comisión competente, para que sea tomado en cuenta al momento de dictaminar la Cuenta Pública. Para el análisis, podrán requerir mayor información a quien corresponda, o solicitar la comparecencia del titular o cualquier servidor público de la dependencia ante la propia comisión. Si de las conclusiones se desprenden situaciones que por su importancia o trascendencia requieran la presencia en la Cámara del titular de la dependencia, la comisión podrá solicitar al presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos que el secretario del despacho o jefe de departamento administrativo correspondiente comparezca ante el Pleno. Asimismo, se estará a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 93 constitucional.
5. a 7. ...

Segundo. Se reforma el párrafo primero del artículo 8 de la Ley de Planeación, para quedar como sigue:

Artículo 8. Los secretarios de Estado, los jefes de los departamentos administrativos, los directores y administradores de las entidades paraestatales que sean citados por cualquiera de las Cámaras con motivo del análisis del informe que establece el artículo 69 constitucional, informarán del avance y grado de cumplimiento de los objetivos y prioridades fijados en la planeación nacional que, por razón de su competencia, les correspondan, y de los resultados de las acciones previstas.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2009.--- Diputados: José Jesús Reyna García , Mauricio Ortiz Proal (rúbricas).»

Presidencia del diputado César Duarte Jáquez

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Gracias, señor diputado don Mauricio Ortiz Proal.Túrnese a las Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Hacienda y Crédito Público.



LEY DE COORDINACION FISCAL

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se recibió del diputado Tonatiuh Bravo Padilla, del Grupo Parlamentario del PRD, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 40 a la Ley de Coordinación Fiscal, para incluir a la infraestructura de la educación media superior como parte del Fondo de Aportaciones Múltiples.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Iniciativa que adiciona el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, para incluir en el Fondo de Aportaciones Múltiples la infraestructura de la educación media superior, suscrita por diputados de diversos grupos parlamentarios

El que suscribe, Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla , diputado del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 y 73, fracción XXV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

I. La educación como pieza clave en el desarrollo

La acumulación de conocimiento es un factor que destaca entre los más importantes en el desarrollo económico y es fuente de ventajas competitivas frente a otros países.

Entre las naciones que en la década de 1980 realizaron cambios estructurales e inversiones, importantes para consolidar sus sistemas educativos, destaca el caso de la República de Corea, que tenía un producto interno bruto (PIB) per cápita igual al de México en esos años. A la vuelta de casi tres decenios, ha crecido de manera significativa y nos ha desplazado en buena parte de indicadores económicos y sociales, como muestra la gráfica 1:

Fuente: Banco Mundial, 1999.

II. Una política que privilegie la educación

Los indicadores educativos en México reflejan que de cada 100 alumnos que entran en nivel primaria, egresan de nivel superior sólo alrededor de 12. Es decir, dada la insuficiencia y poca eficiencia en el uso de los recursos invertidos en educación, 88 de cada 100 alumnos que ingresan en primaria se quedan en el camino sea por deserción, reprobación o no matriculación, y no logran culminar estudios de nivel superior. Esto se muestra en la gráfica 2. 1 En particular, de los mencionados 100 alumnos se gradúan sólo 25 del nivel medio superior, según estadísticas del sistema educativo mexicano.

Fuente: Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, Cámara de Diputados. Datos de la SEP correspondientes a 2006.

III. La problemática de la educación media superior

El Consejo Nacional de Población y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía advierten que la población en edad de cursar educación obligatoria, de 5 a 14 años, mostrará una disminución importante hacia 2010. La cohorte poblacional de 5 a 9 años, que afecta la educación primaria, mostrará un decremento de 9 por ciento, lo cual permitirá la concentración de esfuerzos de cobertura en las áreas sociales de mayor rezago. 2

La cohorte de 10 a 14 años, correspondiente a la población que cursa primaria y secundaria, disminuirá 2 por ciento. Sin embargo, la mejora de la eficiencia terminal en el nivel de primaria hará que la matrícula en secundaria se incremente en 33 por ciento.

Eso obligará a este nivel a mejorar la eficiencia para garantizar, hacia 2010, que la población de 15 años tenga al menos 9 años de escolaridad. El mencionado incremento ejercerá una presión importante en la demanda de servicios de enseñanza media superior y superior.

Fuente: INEGI (2005). Segundo Conteo de Población y Vivienda 2005, Estados Unidos Mexicanos, síntesis de resultados, México.

IV. Capacidad de atención del sistema educativo en el nivel medio superior

Datos de 2006 de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y del Consejo de Especialistas de la Educación 3 muestran que la cobertura en educación media superior alcanzó 3.7 millones de estudiantes, incluidas las modalidades propedéutica, bivalente y terminal. Aquí, 82.8 por ciento de la matrícula es atendido por la educación pública.

La población escolar de este nivel educativo equivale a 58.6 por ciento del grupo de edad de entre 15 y 17 años; sin embargo, únicamente 58 por ciento de los inscritos logra concluir estudios, y aproximadamente 25 por ciento del primer ingreso se pierde en la transición del primero al segundo grados.

La UNESCO recomienda tasas de cobertura de entre 40 y 50 por ciento de educación superior, como mínimo, para alcanzar el desarrollo sostenido.

Sin embargo, con las actuales tasas de cobertura y una deserción por arriba de 50 por ciento en la educación media superior, difícilmente se alcanzaría esa meta.

Otro problema es el de la iniquidad y la centralización en la cobertura en educación media superior en el país. Datos de la SEP 4 muestran la desigualdad entre entidades federativas: mientras que la cobertura en este nivel educativo es de 88.5 por ciento en el Distrito Federal, en Michoacán es de sólo 37.1 por ciento. Esas desigualdades no permiten la consolidación del sistema educativo.

V. Foros y propuestas académicas para impulsar la educación media superior

Diversos foros y estudios han concluido que la atención de la educación media superior es un elemento clave en la consecución de lo anterior. En particular, se destaca la organización y celebración, por la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, del primer Foro parlamentario de educación media superior y superior, ciencia y tecnología en México, celebrado en Colima, Colima, del 22 al 24 de noviembre de 2006.

El segundo Foro parlamentario de consulta de educación media superior y superior, ciencia y tecnología en México, celebrado en la Ciudad de México el 20 de octubre de 2008, también reunió a los especialistas y a los encargados de la política pública. En su declaración destaca lo siguiente:

3. La educación media superior, educación superior y la ciencia, la tecnología y la cultura constituyen un bien público y el más importante instrumento de movilidad social...
4. Se impulsará el acceso universal a la educación media superior y una cobertura creciente en la educación superior...
7. Se impulsará la creación de una ley general para la educación media superior, que coadyuve a fortalecer y consolidar este nivel educativo...

VI. Reforma integral de la educación media superior

La importancia de la educación media superior en el desarrollo de México está reconocida en una serie de cambios estructurales que se hacen notar a partir de la creación de la Subsecretaría de Educación Media Superior. Ésta tiene como fin planear, programar, organizar, dirigir y evaluar los servicios que en este nivel ofrecen a la población los gobiernos federal y estatales, así como los sectores privado y social.

En el marco de la Ley para la Reforma del Estado, se procesa en el Congreso de la Unión una reforma constitucional del artículo 3o. que, entre otros aspectos, incluye garantizar la cobertura universal en la educación media superior. Lo anterior constituye la base para reconocer como prioridad un financiamiento creciente para la educación media superior.

Las entidades federativas estarán en mejores condiciones que la federación para atender el mandato constitucional con un mayor conocimiento de las necesidades particulares de cada región. Lo anterior justifica que se recurra a un fondo perteneciente al Ramo 33, ``Aportaciones Federales a las Entidades Federativas'', como el FAM.

En términos del destino de los recursos del FAM no distribuibles geográficamente, éstos consistentemente se asignan en dos terceras partes para educación básica, y una tercera parte para la educación superior. Los proponentes consideramos que deben destinarse recursos también al nivel medio superior. La mencionada tendencia se muestra en la gráfica 4.

Fuente: PEF de 2000 a 2009.

VII. Presupuesto de Egresos de la Federación en el periodo 2007-2009 en educación media superior

Aun cuando la Cámara de Diputados ha aprobado recursos crecientes a la educación media superior, sobre todo a partir de 2007, como muestra la gráfica 5, la participación de este nivel educativo como porcentaje de lo gastado en educación es considerablemente baja.

Fuente: PEF de 2005 a 2009.

La agenda pendiente en la inversión en este nivel educativo está marcada por la necesidad de incrementar los recursos que se le destinan. En 2009, el presupuesto federal para media superior alcanzó 0.41 por ciento del PIB, comparado con el 2.17 por ciento que recibirá la educación básica; es decir, 5.3 veces más.

Los datos demográficos presentados antes, junto con los presupuestales, dejan en claro que deben encontrarse nuevos mecanismos de inversión pública, definidos con las necesidades de la población como premisa. La pirámide poblacional demanda mayor atención para el nivel medio superior y cada vez menos en el básico.

VIII. Tendencias internacionales en la cobertura de la educación media superior

Los rezagos en cuanto al porcentaje de la población que cuenta con educación media superior del país son latentes. Los datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE, 2007) muestran que sólo 25 por ciento de la población en el rango de edad de 25 a 34 años cuenta con este nivel educativo, o más. En el rango de edades de 45 a 54, sólo 20 por ciento de la población cuenta con estudios de nivel medio superior. La gráfica 6 resume la información:

Las tendencias respecto a las tasas de egreso en educación media superior que el país muestra están rezagadas en el comparativo internacional: mientras que en la República de Corea la tasa de egresados es de casi 95 por ciento de la cohorte correspondiente, en Chile de 73 por ciento y el promedio de la OCDE es de 82 por ciento, en México es de sólo 40 por ciento. La gráfica 7 muestra la comparación con más naciones.

Esas cifras muestran cuán complicado es que el país consolide y perfeccione su democracia, ya que ésta requiere ciudadanos informados, participativos, con valores sociales y capacidad de análisis, atributos que se consolidan en la educación media superior.

Fuente: OCDE (2007).

IX. Conclusiones

Hay suficientes elementos para que el Estado reconozca la prioridad que representa la inversión en la educación de nivel medio superior. Factores demográficos, económicos, de desarrollo y de competitividad justifican mayor atención de la demanda de educación en este nivel.

Además, debe considerarse que incluir la educación media superior como objetivo en el FAM tiene un carácter descentralizador. Lo anterior, por la composición y los fines del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación. Sumado a lo anterior, es importante destacar lo siguiente:

• La Ley de Coordinación Fiscal tiene por objeto, según el artículo 1o.:
... Coordinar el sistema fiscal de la federación con los de los estados, municipios y Distrito Federal, establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales; constituir los organismos en materia de coordinación fiscal; y dar las bases de su organización y funcionamiento.
• Según el artículo 39 de la Ley de Coordinación Fiscal, el FAM se determinará como sigue:
... Anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, a 0.814 por ciento de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de esta ley, según estimación que de la misma se realice en el propio Presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio. Para el entero de estos recursos no procederán los anticipos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 7o. de esta ley.

De esa forma, los promoventes consideramos que incluir la educación media superior como objetivo del FAM será un impulso directo para lograr una cobertura creciente tanto en este nivel como en la educación superior.

Por lo expuesto, los diputados firmantes ponen a consideración del Pleno de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto que adiciona el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, para incluir como parte del Fondo de Aportaciones Múltiples la infraestructura de la educación media superior

Artículo Primero. Se reforma el artículo 40, para quedar como sigue:

Artículo 40. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los estados de la federación y el Distrito Federal se destinarán exclusivamente al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios y de asistencia social a la población en condiciones de pobreza extrema, apoyos a la población en desamparo, así como a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica, media superior y superior en su modalidad universitaria, según las necesidades de cada nivel .

Artículos Transitorios

Primero. A partir del ejercicio fiscal posterior a la aprobación del presente decreto se asignarán recursos al nivel medio superior, con base en lo establecido en el artículo 40.

Segundo. A partir del ejercicio fiscal posterior a la aprobación del presente decreto, en un plazo de cinco años, una tercera parte de los recursos no distribuibles geográficamente serán asignados al nivel medio superior.

Tercero. El presente decreto entrará en vigor a partir del 1 de septiembre de 2009.

Notas: 1 Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos (2007). Elaboración con datos del informe anual de la SEP correspondiente a 2006. Metodología de González-Romero, V. M.; Navarro Rodríguez, M., Cabral Araiza, J.; y López Ramírez, E. O. (2005), ``Reflexiones sobre la educación superior mexicana'', en Tecnologías para internacionalizar el aprendizaje, Universidad de Guadalajara.2 Ídem.3 Consejo de Especialistas para la Educación, 2006.4 Sexto informe. Secretaría de Educación Pública, 2006.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2009.--- Diputados: Emilio Gamboa Patrón , Javier González Garza , Aída Marina Arvizu Rivas , Rubén Aguilar Jiménez , María del Carmen Salvatori Bronca , Ricardo Cantú Garza (rúbricas).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Educación Pública y Servicios Educativos.



LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de dictámenes.

En virtud de que han sido publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se les dispensa la lectura.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se les dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

«Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona el inciso m) a la fracción I del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, presentada el 23 de octubre del 2008 por la diputada Holly Matus Toledo , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Esta comisión elaboró el presente dictamen con fundamento en el artículo 39, numerales 1, 2, fracción III, y numeral 3; los artículos 44, 45, numerales 1, 4, 6, incisos d) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 55, 56, 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y lo somete a consideración de esta honorable asamblea, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 23 de octubre del 2008, la diputada Holly Matus Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social.

Segundo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acordó turnar a esta comisión la iniciativa que nos ocupa para su estudio y dictamen.

Con base en lo anterior, la comisión hace de su conocimiento el siguiente

Contenido de la iniciativa

1) Se propone adicionar un inciso m) a la fracción I del artículo 4; un segundo párrafo a la fracción X del artículo 12; y un segundo párrafo al inciso d) del artículo 28 de la Ley de Asistencia Social, para incluir como sujetos preferentes de la asistencia social, a las niñas y adolescentes embarazadas producto de una violación y que no cuenten con el apoyo familiar o permanezcan en riesgo de violencia y abuso sexual. Asimismo, que la atención integral para estos casos deberá realizarse en establecimientos especializados dispuestos por el organismo coordinador del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
2) La proponente menciona, en su exposición de motivos que la razón principal de poner en consideración la presente iniciativa tiene el único fin de eliminar las graves consecuencias que genera la forma más brutal de violencia en contra de menores y adolescentes, que es la violación sexual y sus consecuencias.
3) En México, de acuerdo con algunos estudios, el abuso sexual en niñas y niños tienen características peculiares, con frecuencia es una conducta reiterada y oculta durante mucho tiempo, suele cometerse sin mediar violencia física, pero sí violencia psicológica a través de amenazas de agresión o muerte a un familiar, los agresores son generalmente adultos conocidos por las víctimas, como pueden ser los padres, padrastros, tíos, abuelos, primos o vecinos, razón por la cual la niña, niño o adolescente evitan informar del abuso.
4) De acuerdo con cifras entre 1997 y 2003 fueron denunciadas un total de 53 mil violaciones en contra de menores de edad en el país, según cifras de instituciones de procuración de justicia, además de las secuelas psicológicas que esto implica, que en muchas ocasiones se traducen en embarazos no deseados, infecciones de transmisión sexual y lo peor de todo esto el contagio del VIH/sida.
5) Ante esta situación se puede observar una ausencia de programas gubernamentales y políticas públicas que brinden apoyo específico para la atención integral de menores embarazadas como producto de una agresión sexual.

Consideraciones

Esta comisión realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la presente iniciativa con proyecto de decreto, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen:

I. Esta comisión se manifiesta coincidente con la idea de que prevenir estos actos de agresión sexual contra menores, es una obligación del estado y los padres de familia, estableciendo métodos de actuación y sistemas de vigilancia en sus respectivos ámbitos de responsabilidad, y sancionar con la máxima severidad a los responsables.
II. El fenómeno del abuso sexual a menores ha ido en incremento, principalmente en el entorno familiar; lo que resulta alarmante, ya que se supone que en este contexto es donde se debería proteger su integridad física y emocional.
III. Esta soberanía, consciente de la problemática, realizó reformas sobre el tema, y con fecha 27 de marzo de 2007 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación reformas y adiciones al Código Penal Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada en materia de abuso y explotación infantil.
IV. En estas modificaciones del Código Penal Federal se tipificaron los delitos de corrupción infantil, pornografía infantil, turismo sexual infantil, lenocinio de personas menores de 18 años, y trata de personas menores de 18 años. De igual manera, se reformó el Código Federal de Procedimientos Penales para que los delitos mencionados sean tipificados como graves; por último, se reformó el artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada para establecer los delitos mencionados como delincuencia organizada cuando tres o más personas intervengan en la comisión del delito.
V. Además, en la reforma se estableció la atención que se debe proporcionar a una persona menor de 18 años, víctima de cualquiera de los tipos de abuso sexual (intra o extrafamiliar), no centrándose únicamente en el cuidado de sus lesiones; sino proporcionando atención de manera integral.
VI. Esta comisión manifiesta que la intención de proporcionar atención integral a menores víctimas de violación o abusos sexual ya se encuentra contemplado en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establecido en el artículo 49, que a la letra dice:
Artículo 49. Las instituciones señaladas en el artículo anterior tendrán las facultades siguientes:
A. Vigilar la observancia de las garantías constitucionales que salvaguardan los derechos de niñas, niños y adolescentes, las disposiciones contenidas en los tratados internacionales suscritos por nuestro país en los términos del artículo 133 constitucional y las previstas en la legislación aplicable.
VII. De igual manera, la Ley General de Salud prevé la atención a los menores en estado de desprotección o que en su caso llegaren a ser víctimas de algún ilícito.
La Ley General de Salud dispone lo siguiente:
Artículo 170. Los menores en estado de desprotección social tienen derecho a recibir los servicios asistenciales que necesiten en cualquier establecimiento público al que sean remitidos para su atención, sin perjuicio de la intervención que corresponda a otras autoridades competentes.
Artículo 171. Los integrantes del sistema nacional de salud deberán dar atención preferente e inmediata a menores y ancianos sometidos a cualquier forma de maltrato que ponga en peligro su salud física y mental. Asimismo, darán esa atención a quienes hayan sido sujetos pasivos de la comisión de delitos que atenten contra la integridad física o mental o el normal desarrollo psicosomático de los individuos.
En estos casos, las instituciones de salud podrán tomar las medidas inmediatas que sean necesarias para la protección de la salud de los menores y ancianos, sin perjuicio de dar intervención a las autoridades competentes.
VIII. Asimismo, en la Ley de Asistencia Social ya se encuentra previsto, en la fracción X del artículo 12, el otorgamiento de asistencia social a menores en situación de vulnerabilidad, por lo que el concepto de vulnerabilidad ya incluye a las niñas embarazadas como consecuencia de una violación o abuso sexual.
IX. Por ello, esta dictaminadora considera innecesaria la reforma de un segundo párrafo a la fracción X del artículo 12 y un segundo párrafo al inciso d) del artículo 28 de la Ley Asistencia Social, por las razones antes mencionadas.
X. Finalmente, en cuanto a la adición de un inciso m) a la fracción primera del artículo 4 de la ley en comento, y de acuerdo con los argumentos esgrimidos por la diputada proponente y para acotar quienes son los sujetos que tienen derecho a la asistencia social, se considera viable su propuesta, con la salvedad de que se tenga claro qué personas son sujetos de la asistencia social y, en consecuencia, se recomienda mejorar la redacción para que no existan confusiones, para quedar de la siguiente manera:
Dice:
m) Embarazo producto de una violación, y que no cuenten con el apoyo familiar y/o permanezcan en riesgo de violencia y abuso sexual.
Por el de:
m) Embarazo como consecuencia de una violación.

Por lo anteriormente expuesto, la comisión emite el siguiente

Decreto por el que se adiciona el inciso m) a la fracción I del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.

Artículo Único. Se adiciona un inciso m) a la fracción I del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

Con base en lo anterior, son sujetos de la asistencia social, preferentemente:

I. Todas las niñas, niños y adolescentes, en especial aquellos que se encuentren en situación de riesgo o afectados por:
a) a l) ...
m) Embarazo como consecuencia de una violación.
...
II. a XII. ...

Transitorio

Único . El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión, a 18 de febrero de 2009.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados: Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), presidenta; Marcela Cuen Garibi (rúbrica), María Victoria Gutiérrez Lagunes (rúbrica), David Sánchez Camacho , Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui (rúbrica), secretarios; Irene Aragón Castillo , Carlos Augusto Bracho González (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo , Silvia Emilia Degante Romero (rúbrica), Martha Margarita García Müller , Juana Leticia Herrera Ale , María Esther Jiménez Ramos , Rubí Laura López Silva (rúbrica), Marisol Mora Cuevas (rúbrica), Diana Carolina Pérez de Tejada Romero (rúbrica), Jorge Quintero Bello , Mirna Cecilia Rincón Vargas , José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Martha Angélica Tagle Martínez (rúbrica), Mario Vallejo Estévez, Martín Zepeda Hernández (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología

Honorable Asamblea:

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39, fracción IV, numerales 1o. y 3o. y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 60, 87, 88, 94 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Dictamen

I. Antecedentes:

A la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a la LX Legislatura, le fueron turnadas para su estudio y dictamen las siguientes iniciativas:

1. Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, presentada ante el Pleno de la del Congreso de la Unión, por el diputado Eduardo de la Torre Jaramillo , en nombre propio y de diversos legisladores de la Sexagésima Legislatura, el 14 mayo de 2008;
2. Con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de Ciencia y Tecnología, presentada por el diputado Javier Martín Zambrano Elizondo , ante el Pleno de la Cámara de Diputados, el 14 de octubre de 2008;
3. Con proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología, presentada por los diputados Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo y Javier Martín Zambrano Elizondo , ante el Pleno de la Cámara de Diputados, el 16 de octubre de 2008; y
4. Con proyecto de decreto que reforma el artículo 5 de la Ley de Ciencia y Tecnología, presentada por el diputado Lorenzo Daniel Ludlow Kuri , en nombre propio y de diversos legisladores, ante el Pleno de la Cámara de Diputados, el 8 de noviembre de 2007.

Las iniciativas referidas en el apartado de antecedentes proponen lo siguiente:

1. La iniciativa presentada por el diputado Eduardo de la Torre Jaramillo , el 14 mayo de 2008, expone:
A. Que la innovación se ha convertido en un tema central de la agenda del crecimiento y el desarrollo en el mundo, en particular en América Latina y México, debido a que las tasas de crecimiento en el conjunto regional son muy bajas, considerando que uno de los factores a los que se atribuye esa situación es el escaso desarrollo tecnológico y la escasa innovación. Es así que la innovación se encuentra estrechamente relacionada con las mejoras en la competitividad y la productividad, pues de la competitividad depende en buena medida la capacidad de las empresas de innovar y con ello generar condiciones que les permitan tener éxito en los mercados globales y locales. Por ello, se requiere impulsar el crecimiento, generando políticas públicas orientadas a fomentar la innovación.
B. Que impulsar la innovación presenta retos. El más significativo es lograr una adecuada vinculación entre los centros de producción y aplicación del conocimiento científico y tecnológico con el sector productivo y comercial, es por ello que se propone la formación de unidades de vinculación y redes de colaboración que logren la unión entre las demandas del sector productivo y de servicios y la oferta de los centros de investigación.
C. Que uno de los problemas centrales que presenta la innovación, es que se trata de un concepto que admite diversos significados, con alcances distintos en función de los agentes que intervienen. Es decir, mientras que para los empresarios dedicados a la elaboración de productos la innovación es la mejora en un proceso de producción, en el producto o en sus mecanismos de comercialización; para un administrador, la innovación está relacionada con la implantación de procesos más eficientes; y para un científico es el diseño de nuevos materiales derivados de la aplicación de conocimientos de la ciencia básica. Es por ello, que resulta necesario legislar en el ámbito nacional con la finalidad de contar con un instrumento legal que defina de manera amplia que existe innovación cuando se añade valor a un producto, un servicio o una organización, en el sentido de hacer más eficiente un proceso.
D. La innovación no es una tarea que corresponda únicamente al Estado, ni una cuestión que pueda resolverse a través de la expedición de una nueva Ley de Ciencia y Tecnología, debido a que los actores centrales de la innovación son todas aquellas empresas vinculadas con los centros de producción de conocimiento científico y tecnológico, es así que la innovación debe responder a las necesidades concretas de los mercados, propiciando la intervención del Estado para crear un ambiente favorable a las acciones de innovación; beneficiando los mecanismos de información; estableciendo incentivos económicos para los agentes que participen de manera directa y exitosa en dichas actividades; y generando las condiciones institucionales que faciliten la vinculación entre los centros de generación de conocimiento científico y tecnológico con las empresas.
E. Que las universidades, instituciones de educación superior y centros de investigación tienen la libertad de crear unidades de transferencia de conocimientos, con el objeto de vincular de manera eficiente y eficaz a las empresas con los generadores de conocimiento, promover el desarrollo tecnológico y la innovación al definir como prioritarios a los proyectos que tengan como objeto la vinculación entre la investigación científica y el desarrollo tecnológico, así como los sectores productivos y de servicios, y favorecer la celebración de convenios, alianzas y redes entre los diversos agentes para la investigación científica, el desarrollo tecnológico, la innovación, el registro nacional o internacional de propiedad intelectual y la formación de recursos humanos especializados.
2. En relación a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de Ciencia y Tecnología, presentada por el diputado Javier Martín Zambrano Elizondo , se argumentó que:
A. La rendición de cuentas es un elemento esencial de los gobiernos democráticos, que supone la capacidad de las instituciones políticas para hacer responsables a los gobernantes de sus actos y decisiones en los distintos niveles de poder. Eso permite, dentro de lo posible, no solo prevenir o en su caso castigar el abuso de poder, sino también, conocer el avance de los trabajos de cada una de las instituciones.
B. Respecto a la generación de conocimiento científico y tecnológico, la inversión en ciencia y tecnología debe elevar el bienestar de la población en todos sus aspectos e incorporar el desarrollo y la innovación tecnológica a los procesos para incrementar la productividad y la competitividad requerida por el aparato productivo nacional, aunado a que resulta complejo realizar la evaluación del impacto del gasto en diversos rubros del ejercicio presupuestal en materia de ciencia y tecnología, debido al carácter subjetivo del mismo.
C. Con la finalidad de complementar el sistema existente para la evaluación de la eficacia, resultados e impactos de los principales programas e instrumentos de apoyo relativos a la ciencia y la tecnología, se requiere el establecimiento de indicadores de medición referentes a la inversión pública en materia del aparato productivo a efecto de impulsar políticas nacionales dirigidas a promover el avance científico y la innovación tecnológica, que permitan definir prioridades y criterios para la asignación del gasto federal.
3. Respecto a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología, presentada por los diputados Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo y Javier Martín Zambrano Elizondo , hace énfasis en que:
A. Los fondos mixtos son un instrumento de apoyo para el desarrollo científico y tecnológico estatal y municipal, que fomentan la participación de diversos sectores de la comunidad. Dichos fondos funcionan a través de un fideicomiso constituido con aportaciones del gobierno del estado o municipio y del gobierno federal.
B. El incremento en el gasto público en ciencia y tecnología, se ha convertido en un reclamo generalizado de los sectores involucrados, con la finalidad de que los recursos sean aplicados para apoyar proyectos que reditúen en un aumento de la actividad productiva, que además pueda ser eficazmente medible y en donde seguramente los resultados derivados de la relación inversión-beneficio sean positivos.
C. Busca incrementar los apoyos primordialmente al sector productivo, para coadyuvar a la generación de empleos y aplicar la ciencia y la tecnología en sectores estratégicos que fomenten el crecimiento económico del país.
4. Por cuanto hace a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 5 de la Ley de Ciencia y Tecnología, presentada por el diputado Lorenzo Daniel Ludlow Kuri , se expuso:
A. Que México ha hecho, desde hace algunas décadas, importantes esfuerzos por alcanzar a países de primer mundo en materia de ciencia y tecnología. Una de las claves para alcanzar los altos niveles de competitividad que la economía global nos demanda hoy en día, es la utilización y desarrollo de nuevas tecnologías.
B. Que las principales instituciones de educación superior preparan a cientos de miles de estudiantes cada año para que puedan aportar sus conocimientos a nuestro país, pero no todos esos jóvenes talentos encuentran trabajo en el área de su especialidad. En contraparte, las empresas mexicanas enfrentan cada vez mayores retos para triunfar en un mercado mundial y lograr niveles de competitividad que permitan la creación de empleos que nuestro país necesita.
C. Que es necesario que quienes tienen a su cargo el avance tecnológico y la investigación en México desarrollen dicha actividad con objetivos específicos destinados a impulsar a las empresas, quienes a su vez, requieren tener acceso de manera sistemática a dichos avances, transformando sus actividades en útiles y rentables.
D. Que la investigación en ciencia y tecnología es una actividad que por su naturaleza requiere una gran cantidad de recursos, al efecto la iniciativa privada, es eficiente al crear los nuevos bienes y servicios que impulsen nuestra economía.
E. Que es impostergable renovar la organización del Estado mexicano, encargada de coordinar los esfuerzos de investigación en ciencia y tecnología con la finalidad de que las empresas tengan voz y voto, abriendo tres espacios para cámaras u organizaciones industriales o empresariales de nuestro país dentro del Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, a fin de que aporten de manera conjunta con los demás integrantes, criterios y estrategias para incentivar la economía mexicana relacionada con la materia de ciencia y tecnología.

II. Consideraciones

1. Panorama Internacional

La innovación es considerada de importancia capital en el desarrollo de las economías internacionales, dado que se relaciona estrechamente con mejoras en la competitividad y la productividad por lo que actualmente ocupa un lugar importante en las agendas de crecimiento global. Aunque en el pasado América Latina ha implementado reformas estructurales a sus sistemas políticos, económicos y educativos, el crecimiento económico ha sido mínimo, es por eso que se ha comenzado a aplicar la innovación en rubros de organización, a nivel de políticas públicas, empresariales y educacionales, con el propósito de generar mejores condiciones de competencia frente a otros países u organizaciones comerciales.

Para el Manual de Oslo de 2005, la innovación es ``la introducción de un nuevo, o significativamente mejorado, producto (bien o servicio) de un proceso, de un nuevo método de comercialización o de un método organizativo, en las prácticas internas de la empresa, la organización del lugar de trabajo o las relaciones exteriores''.

La Unión Europea define este concepto como ``la renovación y la ampliación de la gama de productos y servicios, de los mercados asociados; la instauración de nuevos métodos de producción, suministro y distribución; la introducción de cambios en la gestión, la organización del trabajo así como las condiciones de trabajo''.

2. Ámbito Jurídico Nacional

En el caso de México existen varios intentos por tratar de definir la innovación, es así que las leyes de ciencia y tecnología de Quintana Roo y Puebla, han encabezado la actualización normativa en la materia, refiriendo como innovación ``la transformación de una idea en un producto, proceso de fabricación o enfoque de un servicio social determinado, en uno nuevo o mejorado y la transformación de una tecnología en otra de mayor utilidad.''

3. Valoración de la Comisión

Esta Comisión dictaminadora considera de la mayor relevancia las adiciones y reformas que se proponen para modificar la Ley de Ciencia y Tecnología con el propósito de impulsar el desarrollo de México por la vía de la actividad innovadora. En un mundo globalizado y de fuerte competencia económica se debe apostar al desarrollo tecnológico innovador y al impulso de la investigación científica, como formas de generación de nuevos productos y servicios de alto valor agregado, que atiendan necesidades sociales y de mercado, así como propiciar un mayor crecimiento de la competitividad de las empresas, contribuyendo al logro de economías sólidas que beneficien visiblemente a la sociedad.

El contexto económico internacional exige que los países sean capaces de producir mercancías y servicios con alto contenido tecnológico e innovador que, además, sean amigables con el medio ambiente y procuren una amplitud de beneficios a las sociedades consumidoras, lo que obliga a cada país a contar con capacidades humanas especializadas en conocimientos científicos y tecnológicos de punta y con las condiciones adecuadas para transformar sus actuales economías. En este sentido el presente dictamen define el concepto de innovación como ``la capacidad de generar un nuevo producto, diseño, proceso, servicio, método u organización o añadir valor a los existentes''.

Aunado a lo anterior, es procedente considerar al respecto que dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, fueron aprobados recursos por un monto de 2 mil 500 millones de pesos para los siguientes programas de Innovación: a) Innovación tecnológica para negocios de alto valor; b) Desarrollo e innovación en tecnologías precursoras; y c) Innovación tecnológica para la competitividad de las empresas. Situación que redunda en una inminente necesidad de realizar modificaciones a la Ley de Ciencia y Tecnología para dar sustento jurídico y a efecto de que se puedan ejercer libremente los recursos aprobados y dirigirlos a los sectores involucrados en materia de innovación científica y tecnológica.

Se hace mención que para la realización del presente dictamen fue tomada como iniciativa eje para realizar las presentes reformas, la que propone el mayor número de modificaciones al texto vigente de la Ley, misma que corresponde a la presentada por el diputado Eduardo de la Torre Jaramillo .

Asimismo, fueron tomadas en cuenta las opiniones de los diferentes sectores, organismos e instituciones involucrados en el tema de innovación respecto a la materia de ciencia y tecnología, por ser estos a quienes les concierne su aplicación y correspondientes efectos, como es el caso de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, al tenor de las siguientes:

A. Incluir la innovación como parte integrante de la Ley, con la finalidad de vincular al sector productivo con el sector académico, rediseñando un sistema nacional que la impulse. Consecuentemente coincide en la importancia de introducir de manera sistemática y organizada el concepto de innovación, con el objeto de ampliar los alcances y efectos de la Ley y sus instrumentos, favoreciendo el establecimiento y eficacia de programas específicos y apoyos que incentiven las inversiones del sector privado.

La iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología propone reformas trascendentales como la modificación de la denominación del Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico para que en adelante se denomine Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, dotándolo de atribuciones complementarias de política y coordinación en materia de innovación, e incluyendo en la integración de dicho Consejo a un representante de la Conferencia Nacional de Ciencia y Tecnología, a un representante del Sistema de Centros Públicos y a tres representantes del sector productivo.

La creación de un nuevo Comité Intersectorial para la Innovación, integrado por el titular de la Secretaría de Economía, el Director General del Conacyt, el titular de la Secretaría de Educación Pública, el Coordinador General del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, los representantes ante el Consejo General del Sistema Nacional de Centros de Investigación y los representantes de los sectores productivo y académico que se consideren pertinentes, mismo que estará facultado para orientar las acciones públicas que favorezcan la innovación, como es la posibilidad de realizar recomendaciones al Consejo General y a las dependencias de la Administración Pública Federal en materia de normalización y protección de derechos de propiedad intelectual.

Se prevé que los Centros Públicos de Investigación integren el Sistema Nacional de Centros Públicos de Investigación, como un órgano colegiado de carácter permanente de representación, asesoría, apoyo técnico y cooperación de estos centros.

Además, se faculta a las universidades, instituciones de educación superior y centros públicos de investigación, para establecer unidades de vinculación y transferencia de conocimientos, que tienen como propósito generar y ejecutar proyectos en materia de desarrollo tecnológico e innovación dirigidos a los sectores productivos y de servicios, las cuales han resultado muy exitosas en países desarrollados o economías emergentes que también han apostado a la investigación científica y al desarrollo tecnológico como factores de crecimiento y desarrollo macroeconómico.

También se establecen bases jurídicas para la creación de fondos sectoriales de innovación, que tengan por objeto que las Secretarías y las entidades de la Administración Pública Federal, puedan apoyar actividades, programas y proyectos asociados a la innovación, como son los relativos a la conformación y desarrollo de redes o alianzas regionales tecnológicas; la creación y operación de empresas y actividades de base tecnológica; la de unidades de vinculación y transferencia de conocimiento; y la creación y consolidación de parques científicos y tecnológicos que respondan a necesidades de desarrollo locales o regionales.

De igual forma, prevé la posibilidad de que empresas de los sectores productivos y de servicios, así como organismos internacionales, puedan nutrir de recursos económicos los fondos sectoriales Conacyt, mediante aportaciones complementarias.

Igualmente destaca, la facultad que se otorga a los órganos de gobierno de los Centros Públicos de Investigación, para expedir los Estatutos de Personal Académico, que establecerán los derechos y obligaciones académicos, mismos que por otra parte resolverán las cuestiones relativas al ingreso, promoción, evaluación y permanencia de su personal académico. Asimismo se faculta a dichos órganos de gobierno, para que aprueben lineamientos que sin ocasionar contradicciones con lo previsto por la Ley de la Propiedad Industrial, permitan otorgar al personal académico hasta el 70% de las regalías que generen las invenciones protegidas por la Ley de la Propiedad Industrial, lo que permitirá incentivar el interés y desarrollo en la producción de tecnologías innovadoras.

Además de lo anterior, se introduce la normalización como un instrumento de apoyo, organización y evaluación institucional que promueva la innovación; se incorporan dentro del programa para la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, las orientaciones previstas por el programa referido por el artículo 29 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; se incluyen los temas de bioseguridad y biotecnologías relevantes como programas prioritarios de atención y apoyo presupuestal especial, dentro del Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación que apruebe el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación.

Se actualiza la Ley, sustituyendo las referencias a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, por la actual nomenclatura que corresponde a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; asimismo, por técnica legislativa se realizan adecuaciones al contenido del artículo 10, modificando respecto a su fracción segunda, la presentación de apartados por incisos.

Esta comisión considera que las universidades, instituciones de educación superior y centros públicos de investigación, deben tener amplia libertad para conformar las unidades de vinculación bajo la figura jurídica más conveniente de acuerdo a su regulación y estatutos internos, proponiendo que dichas unidades puedan tomar la forma de empresas de participación estatal minoritaria.

Este dictamen, busca sentar las bases que permitan alcanzar una política pública nacional de innovación, que cuente con el diseño institucional y las herramientas necesarias para lograr un mayor nivel de competitividad y productividad de las empresas del país.

Finalmente, se mantiene el compromiso de expedir una Ley Orgánica que regule el Sistema Nacional de Centros Públicos de Investigación, misma que se encuentra en proceso de preparación y en la que participarán el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación y el Foro Consultivo Científico y Tecnológico, con el objeto de fortalecer y dotar de mayores posibilidades de crecimiento y desarrollo a los Centro Públicos de Investigación.

B. Respecto al proyecto que reforma el artículo 5, con el propósito de representar al sector empresarial, se incluye la propuesta de integrar a tres representantes del sector productivo dentro de los miembros permanentes del Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, estableciendo que serán designados por el Presidente de la República a propuesta del Secretario de Economía, entre aquellos que tengan cobertura y representatividad nacional.

C. Del proyecto de decreto que reforma el artículo 10, se agrega un segundo párrafo al apartado C, de la fracción II, a efecto de señalar que el Secretario Ejecutivo del Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, formulará y presentará un informe anual, en el que procurará especificar los resultados y el impacto del gasto en ciencia, tecnología e innovación, destinado a apoyar al sector productivo que permita identificar la eficiencia, economía, eficacia y calidad del mismo. Lo anterior, con el ánimo de evitar la duplicidad en la solicitud de informes, pero sin dejar de privilegiar la rendición de cuentas. De esta forma, se pretenden generar indicadores y mediciones útiles que permitan evaluar el impacto del gasto y sus repercusiones en el aparato productivo nacional.

D. Con el afán de armonizar las disposiciones que en materia tributaria deben prevalecer dentro del texto vigente de la Ley de Ciencia y Tecnología, específicamente, en el artículo 29 se establece que los proyectos en investigación y desarrollo tecnológico gozarán del estímulo fiscal previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta.

E. Con relación a la iniciativa que propone reformar la fracción VI del artículo 35, a efecto de modificar la integración del Comité Técnico y Administración de los Fondos Mixtos. Después de analizar dicha propuesta y considerando que la intención del legislador proponente consiste en procurar una autentica participación de los diversos sectores involucrados con la ciencia, la tecnología y la innovación, además de transparentar la selección de los representantes del Comité Técnico y Administración de los Fondos Mixtos, con la finalidad de flexibilizar los procesos y procedimientos para la aplicación de los mismos respecto a las entidades federativas, se establece que la selección de los representantes de los sectores científicos o tecnológico, académico y productivo, corresponderá conjuntamente a la entidad federativa o municipio de que se trate y al Conacyt.

En merito de lo antes expuesto, los integrantes de esta Comisión de Ciencia y Tecnología someten a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología:

Artículo Único. Se reforman los artículos 1 fracciones I, II, III, IV, V, VII y VIII; 2 primer párrafo y las fracciones I, II, III, V y VI; 3 primer párrafo y fracciones I, II, III y IV; 4 fracciones II y IV; 5; 6; 8; 9 primer párrafo; 10 incisos a), b) y c) de la fracción II; 12 primer párrafo y fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII, XI, XIII, XIV, XV, XVI y XVIII; 13 primer párrafo y fracciones I, II, III, V y VIII; 14; 15 último párrafo; 17 fracción I; 18 segundo párrafo; 19; 20; 21 primer párrafo y las fracciones II y III; 22; 24 fracciones II y V; 25 primer párrafo y fracción III; 27; 29; 31 primer párrafo; 32 fracciones I, II, III y IV; 33 primer y tercer párrafos; 34 fracción V; 35 primer párrafo y fracción VII; 36 fracciones I, II y V; 37 fracciones I, II y IV; 39; 40 segundo y cuarto párrafos; 41; 49; 50 fracción IV; 51 primer párrafo y fracciones I y II; 56 fracciones I, IV, VI y VII; así mismo la denominación de los Capítulos II ``Sobre el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación''; III ``Principios Orientadores del Apoyo a la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación''; IV ``Instrumentos de Apoyo a la Investigación Científica, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación''; VII ``De la Vinculación del Sector Productivo y de Servicios con la Investigación Científica, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación''; y la Sección III ``Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación'' del Capítulo IV; se adicionan la fracción IX del artículo 1; la fracción VII del artículo 2; las fracciones IX, X y XI del artículo 4; el tercer párrafo del artículo 9; el segundo y tercer párrafos del inciso c) de la fracción II del artículo 10; una fracción XIX, pasando la actual XIX a ser XX del artículo 12; la fracción V del artículo 21; 25 Bis; un segundo párrafo a la fracción VI del artículo 35, recorriéndose en su orden los actuales para pasar a ser tercero y cuarto párrafos; 40 Bis; 41 Bis; 41 Ter; un último párrafo al artículo 51; un segundo párrafo recorriéndose el actual para pasar a ser tercero del artículo 52; 63; y se deroga el segundo párrafo de la fracción XVII del artículo 56 de la Ley de Ciencia y Tecnología, para quedar como sigue:

Artículo 1.

...

I. Regular los apoyos que el gobierno federal está obligado a otorgar para impulsar, fortalecer, desarrollar y consolidar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en general en el país;
II. Determinar los instrumentos mediante los cuales el Gobierno Federal cumplirá con la obligación de apoyar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación;
III. Establecer los mecanismos de coordinación de acciones entre las dependencias y entidades de la administración pública federal y otras instituciones que intervienen en la definición de políticas y programas en materia de desarrollo científico, tecnológico e innovación, o que lleven a cabo directamente actividades de este tipo;
IV. Establecer las instancias y los mecanismos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, así como de vinculación y participación de la comunidad científica y académica de las instituciones de educación superior, de los sectores público, social y privado para la generación y formulación de políticas de promoción, difusión, desarrollo y aplicación de la ciencia, la tecnología y la innovación, así como para la formación de profesionales en estas áreas;
V. Vincular a los sectores educativo, productivo y de servicios en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación;
VI. ...
VII. Determinar las bases para que las entidades paraestatales que realicen actividades de investigación científica y tecnológica sean reconocidas como centros públicos de investigación, para los efectos precisados en esta Ley;
VIII. Regular la aplicación de recursos autogenerados por los Centros Públicos de Investigación científica y los que aporten terceras personas, para la creación de fondos de investigación científica y desarrollo tecnológico, y
IX. Fomentar el desarrollo tecnológico y la innovación de las empresas nacionales que desarrollen sus actividades en territorio nacional, en particular en aquellos sectores en los que existen condiciones para generar nuevas tecnologías o lograr mayor competitividad.

Artículo 2.

Se establecen como bases de una política de Estado que sustente la integración del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, las siguientes:

I. Incrementar la capacidad científica, tecnológica, de innovación y la formación de investigadores y tecnólogos para resolver problemas nacionales fundamentales, que contribuyan al desarrollo del país y a elevar el bienestar de la población en todos sus aspectos;
II. Promover el desarrollo y la vinculación de la ciencia básica, el desarrollo tecnológico y la innovación asociados a la actualización y mejoramiento de la calidad de la educación y la expansión de las fronteras del conocimiento, así como convertir a la ciencia, la tecnología y la innovación en un elemento fundamental de la cultura general de la sociedad;
III. Incorporar el desarrollo tecnológico y la innovación a los procesos productivos y de servicios para incrementar la productividad y la competitividad que requiere el aparato productivo nacional;
IV. ...
V. Fortalecer el desarrollo regional a través de políticas integrales de descentralización de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación;
VI. Promover los procesos que hagan posible la definición de prioridades, asignación y optimización de recursos del Gobierno Federal para la ciencia, la tecnología y la innovación en forma participativa, y
VII. Propiciar el desarrollo regional mediante el establecimiento de redes o alianzas para la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación.

Artículo 3.

Para los efectos de esta Ley, el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación se integra por:

I. La política de Estado en materia de ciencia, tecnología e innovación que defina el Consejo General;
II. El Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como los programas sectoriales y regionales, en lo correspondiente a ciencia, tecnología e innovación;
III. Los principios orientadores e instrumentos legales, administrativos y económicos de apoyo a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación que establecen la presente Ley y otros ordenamientos;
IV. Las dependencias y entidades de la administración pública federal que realicen actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación o de apoyo a las mismas, así como las instituciones de los sectores social y privado y gobiernos de las entidades federativas, a través de los procedimientos de concertación, coordinación, participación y vinculación conforme a ésta y otras leyes aplicables, y
V. ...

Artículo 4.

...

I. ...
II. Programa, el Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación;
III. ...
IV. Consejo General, al Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación;
V. a VIII. ...
IX. Innovación, generar un nuevo producto, diseño, proceso, servicio, método u organización o añadir valor a los existentes;
X. Desarrollo tecnológico, el uso sistemático del conocimiento y la investigación dirigidos hacia la producción de materiales, dispositivos, sistemas o métodos incluyendo el diseño, desarrollo, mejora de prototipos, procesos, productos, servicios o modelos organizativos;
XI. Unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, las unidades creadas por las universidades e instituciones de educación superior o los centros públicos de investigación, que tiene como propósito generar y ejecutar proyectos en materia de desarrollo tecnológico e innovación y promover su vinculación con los sectores productivos y de servicios.

CAPÍTULO II Sobre el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación

Artículo 5.

Se crea el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, como órgano de política y coordinación que tendrá las facultades que establece esta Ley. Serán miembros permanentes del Consejo General:

I. El Presidente de la República, quien lo presidirá;
II. Los titulares de las Secretarías de Relaciones Exteriores, de Hacienda y Crédito Público, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía, de Economía, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Comunicaciones y Transportes, de Educación Pública, y de Salud;
III. El Director General del Conacyt, en su carácter de Secretario Ejecutivo del propio Consejo General;
IV. El Coordinador General del Foro Consultivo Científico y Tecnológico;
V. El Presidente de la Academia Mexicana de Ciencias;
VI. Un representante de la Conferencia Nacional de Ciencia y Tecnología;
VII. Tres representantes del sector productivo que tengan cobertura y representatividad nacional, mismos que serán designados por el Presidente de la República a propuesta del Secretario de Economía, y se renovarán cada tres años;
VIII. Un representante del Sistema de Centros Públicos de Investigación, y
IX. El secretario general ejecutivo de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior.

Asimismo, el Consejo General contará con la participación a título personal de dos miembros que se renovarán cada tres años y que serán invitados por el Presidente de la República, a propuesta del Secretario Ejecutivo. Estos miembros tendrán derecho a voz y voto y podrán ser integrantes del sector científico y tecnológico. Para formular dichas propuestas, el Secretario Ejecutivo llevará a cabo un procedimiento de auscultación, conjuntamente con el Coordinador General del Foro Consultivo, de tal manera que cada una de dichas personas cuente con la trayectoria y méritos suficientes, además de ser representativos de los ámbitos científico o tecnológico.

El Presidente de la República podrá invitar a participar a las sesiones del Consejo General a personalidades del ámbito científico, tecnológico y empresarial que puedan aportar conocimientos o experiencias a los temas de la agenda del propio Consejo General, quienes asistirán con voz pero sin voto.

Los miembros del Consejo General desempeñarán sus funciones de manera honorífica, por lo que no recibirán remuneración alguna por su participación en el mismo.

Artículo 6.

El Consejo General tendrá las siguientes facultades:

I. Establecer políticas nacionales para el avance de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación que apoyen el desarrollo nacional;
II. Aprobar el Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación;
III. Definir prioridades y criterios para la asignación del gasto público federal en ciencia, tecnología e innovación, los cuales incluirán áreas estratégicas y programas específicos y prioritarios a los que se les deberá otorgar especial atención y apoyo presupuestal;
IV. Definir los lineamientos programáticos y presupuestales que deberán tomar en cuenta las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para realizar actividades y apoyar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación;
V. Aprobar el proyecto de presupuesto consolidado de ciencia, tecnología e innovación que será incluido, en los términos de las disposiciones aplicables, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y emitir anualmente un informe general acerca del estado que guarda la ciencia, la tecnología y la innovación en México, cuyo contenido deberá incluir la definición de áreas estratégicas y programas prioritarios; así como los aspectos financieros, resultados y logros obtenidos en este sector;
VI. Aprobar y formular propuestas de políticas y mecanismos de apoyo a la ciencia, la tecnología y la innovación en materia de estímulos fiscales y financieros, facilidades administrativas, de comercio exterior, metrología, normalización, evaluación de la conformidad y régimen de propiedad intelectual;
VII. Definir esquemas generales de organización para la eficaz atención, coordinación y vinculación de las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación en los diferentes sectores de la Administración Pública Federal y con los diversos sectores productivos y de servicios del país, así como los mecanismos para impulsar la descentralización de estas actividades;
VIII. Aprobar los criterios y estándares institucionales para la evaluación del ingreso y permanencia en la Red Nacional de Grupos y Centros de Investigación, así como para su clasificación y categorización, a que se refiere el artículo 30 de la ley;
IX. Establecer un sistema independiente para la evaluación de la eficacia, resultados e impactos de los principios, programas e instrumentos de apoyo a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación;
X. Definir y aprobar los lineamientos generales del parque científico y tecnológico, espacio físico en que se aglutinará la infraestructura y equipamiento científico del más alto nivel, así como el conjunto de los proyectos prioritarios de la ciencia y la tecnología mexicana, y
XI. Realizar el seguimiento y conocer la evaluación general del programa especial, del programa y del presupuesto anual destinado a la ciencia, la tecnología y la innovación y de los demás instrumentos de apoyo a estas actividades.

Artículo 8.

El Consejo General podrá crear comités intersectoriales y de vinculación para atender los asuntos que el mismo Consejo determine relacionados con la articulación de políticas, la propuesta de programas prioritarios y áreas estratégicas, así como para la vinculación de la investigación con la educación, la innovación y el desarrollo tecnológico con los sectores productivos y de servicios. Salvo el comité a que se refiere el artículo 41, estos comités serán coordinados por el Secretario Ejecutivo, los que contarán con el apoyo del Conacyt para su eficiente funcionamiento. En dichos comités participarán miembros de la comunidad científica, tecnológica y empresarial.

Artículo 9.

Para garantizar la eficaz incorporación de las políticas y programas prioritarios en los anteproyectos de programas operativos y presupuestos anuales, así como para la revisión integral y de congruencia global del anteproyecto de presupuesto federal en lo relativo a ciencia, tecnología e innovación y asegurar la ejecución de los instrumentos específicos de apoyo que determine el Consejo General, se integrará un comité intersecretarial que será coordinado de manera conjunta por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a nivel subsecretario, y por el Secretario Ejecutivo, al que asistirán los subsecretarios o funcionarios de nivel equivalente de la Administración Pública Federal encargados de las funciones de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación de cada sector.

...

El anteproyecto de presupuesto consolidado de ciencia, tecnología e innovación se presentará a consideración del Consejo General para su inclusión en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 10.

...

I. y II. ...
a) El proyecto del Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación, para su aprobación;
b) El anteproyecto de presupuesto consolidado de ciencia, tecnología e innovación, que contendrá la propuesta de áreas y programas estratégicos y las prioridades y criterios de gasto público federal en estas materias, y
c) El informe general anual acerca del estado que guarda la ciencia, la tecnología y la innovación en México, así como el informe anual de evaluación del programa especial y los programas específicos prioritarios, incluyendo las evaluaciones realizadas respecto del impacto de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en los sectores productivos y de servicios.
El informe anual procurará especificar los resultados y el impacto del gasto en ciencia, tecnología e innovación, destinado a apoyar al sector productivo que permita identificar la eficiencia, economía, eficacia y calidad del mismo.
En materia de innovación, el secretario ejecutivo tomará en cuenta los programas, presupuestos, informes y opiniones del Comité Intersectorial de Innovación a que se refiere el artículo 41 de esta Ley;

III. a VI. ...

CAPÍTULO III Principios Orientadores del Apoyo a la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación

Artículo 12.

Los principios que regirán el apoyo que el gobierno federal está obligado a otorgar para fomentar, desarrollar y fortalecer en general la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, así como en particular las actividades de investigación que realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal, serán los siguientes:

I. Las actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación deberán apegarse a los procesos generales de planeación que establecen ésta y las demás leyes aplicables;
II. Los resultados de las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación que sean objeto de apoyos en términos de esta Ley serán invariablemente evaluados y se tomarán en cuenta para el otorgamiento de apoyos posteriores;
III. La toma de decisiones, desde la determinación de políticas generales y presupuestales en materia de ciencia, tecnología e innovación hasta las orientaciones de asignación de recursos a proyectos específicos, se llevará a cabo con la participación de las comunidades científica, académica, tecnológica y del sector productivo y de servicios;
IV. Los instrumentos de apoyo a la ciencia, la tecnología y la innovación deberán ser promotores de la descentralización territorial e institucional, procurando el desarrollo armónico de la potencialidad científica, tecnológica y de innovación del país, y buscando asimismo, el crecimiento y la consolidación de las comunidades científica y académica en todas las entidades federativas, en particular las de las instituciones públicas;
V. Las políticas, instrumentos y criterios con los que el Gobierno Federal fomente y apoye la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación deberán buscar el mayor efecto benéfico, de estas actividades, en la enseñanza y el aprendizaje de la ciencia y la tecnología, en la calidad de la educación, particularmente de la educación superior, en la vinculación con el sector productivo y de servicios, así como incentivar la participación y desarrollo de las nuevas generaciones de investigadores y tecnólogos;
VI. Se procurará la concurrencia de aportaciones de recursos públicos y privados, nacionales e internacionales, para la generación, ejecución y difusión de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, así como de modernización tecnológica, vinculación con el sector productivo y de servicios y la formación de recursos humanos especializados para la innovación y el desarrollo tecnológico de la industria;
VII. ...
VIII. Las políticas y estrategias de apoyo a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación deberán ser periódicamente revisadas y actualizadas conforme a un esfuerzo permanente de evaluación de resultados y tendencias del avance científico y tecnológico, así como en su impacto en la productividad, la competitividad y la solución de las necesidades del país;
IX. y X. ...
XI. Las políticas y estrategias de apoyo para la investigación científica y el desarrollo tecnológico se formularán, integrarán y ejecutarán, procurando distinguir las actividades científicas de las tecnológicas, cuando ello sea pertinente;
XII. ...
XIII. La actividad de investigación, desarrollo tecnológico e innovación que realicen directamente las dependencias y entidades del sector público se orientará preferentemente a procurar la identificación y solución de problemas y retos de interés general, contribuir significativamente a avanzar la frontera del conocimiento, mejorar la competitividad y la productividad de los sectores económicos del país, incrementar la calidad de vida de la población y del medio ambiente y apoyar la formación de personal especializado en ciencia y tecnología;
XIV. Los apoyos a las actividades científicas, tecnológicas y de innovación deberán ser oportunos y suficientes para garantizar la continuidad de las investigaciones, las transferencias de tecnologías o los desarrollos en beneficio de sus resultados, mismos que deberán ser evaluados;
XV. Las instituciones de investigación, desarrollo tecnológico e innovación que reciban apoyo del Gobierno Federal difundirán a la sociedad sus actividades y los resultados de sus investigaciones y desarrollos, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual correspondientes y de la información que, por razón de su naturaleza, deba reservarse;
XVI. Los incentivos que se otorguen reconocerán los logros sobresalientes de personas, empresas e instituciones que realicen investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, así como la vinculación de la investigación con las actividades educativas y productivas y de servicios;
XVII. ...
XVIII. Se fomentará la promoción y fortalecimiento de centros interactivos de ciencia, tecnología e innovación para niños y jóvenes;
XIX. Se fomentarán las vocaciones científicas y tecnológicas desde los primeros ciclos educativos para favorecer su vinculación con la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, y
XX. ...

CAPÍTULO IV Instrumentos de Apoyo a la Investigación Científica, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación

SECCIÓN I Disposiciones Generales

Artículo 13.

El Gobierno Federal apoyará la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación mediante los siguientes instrumentos:

I. El acopio, procesamiento, sistematización y difusión de información acerca de las actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación que se lleven a cabo en el país y en el extranjero;
II. La integración, actualización y ejecución del Programa y de los programas y presupuestos anuales de ciencia, tecnología e innovación que se destinen por las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
III. La realización de actividades de investigación científica, tecnológica e innovación a cargo de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
IV. ...
V. Vincular la educación científica y tecnológica con los sectores productivos y de servicios;
VI. y VII. ...
VIII. Los programas educativos y de normalización, los estímulos fiscales, financieros, facilidades en materia administrativa y de comercio exterior, el régimen de propiedad intelectual, en los términos de los tratados internacionales y leyes específicas aplicables en estas materias.

Artículo 14.

El sistema integrado de información sobre investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación estará a cargo del Conacyt, quien deberá administrarlo y mantenerlo actualizado. Dicho sistema será accesible al público en general, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual y las reglas de confidencialidad que se establezcan.

El sistema de información también comprenderá datos relativos a los servicios técnicos para la modernización tecnológica, la normalización, la propiedad industrial, el desarrollo tecnológico y la innovación.

Artículo 15.

...

...

Las empresas o agentes de los sectores social y privado que realicen actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación podrán incorporarse voluntariamente al sistema integrado de información.

Artículo 17.

...

I. Las instituciones, centros, organismos y empresas públicas que sistemáticamente realicen actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico, innovación y producción de ingeniería básica, y
II. ...

Artículo 18.

...

Dichas bases preverán lo necesario para que el sistema y el registro sean instrumentos efectivos que favorezcan la vinculación entre la investigación y sus formas de aplicación; asimismo que promuevan la modernización y la competitividad de los sectores productivos y de servicios.

Artículo 19.

La constancia de inscripción en el mencionado registro permitirá acreditar que el solicitante realiza efectivamente las actividades a que se refiere el artículo 17 de esta Ley. Para la determinación de aquellas actividades que deban considerarse de desarrollo tecnológico e innovación, el Conacyt pedirá la opinión a las instancias, dependencias o entidades que considere conveniente.

SECCIÓN III Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación

Artículo 20.

El Programa será considerado un Programa Especial y su integración, aprobación, ejecución y evaluación se realizará en los términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en la Ley de Planeación y por esta Ley.

Artículo 21.

La formulación del Programa Especial estará a cargo del Conacyt con base en las propuestas que presenten las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que apoyen o realicen investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación. En dicho proceso se tomarán en cuenta las opiniones y propuestas de las comunidades científica, académica, tecnológica y sector productivo, convocadas por el Foro Consultivo Científico y Tecnológico. A fin de lograr la congruencia sustantiva y financiera del Programa, su integración final se realizará conjuntamente por el Conacyt y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Su presentación será por conducto del Director General del Conacyt y su aprobación corresponderá al Consejo General. Una vez aprobado, su observancia será obligatoria para las dependencias y entidades participantes, en los términos del decreto presidencial que expida el titular del Ejecutivo Federal.

...

I. ...
II. Diagnósticos, políticas, estrategias, indicadores y acciones prioritarias en materia de:
a) Investigación científica, desarrollo tecnológico y la innovación,
b) Formación e incorporación de investigadores, tecnólogos y profesionales de alto nivel,
c) Difusión del conocimiento científico y tecnológico y su vinculación con los sectores productivos y de servicios,
d) Colaboración nacional e internacional en las actividades anteriores,
e) Fortalecimiento de la cultura científica y tecnológica nacional,
f) Descentralización y desarrollo regional, y
g) Seguimiento y evaluación.
III. Las políticas, contenido, acciones y metas de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación que realicen dependencias y entidades de la administración pública federal, así como de los fondos que podrán crearse conforme a esta Ley;
IV. Las orientaciones generales de los instrumentos de apoyo a que se refiere la fracción VIII del artículo 13 de esta ley, y
V. El programa a que se refiere el artículo 29 de la Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados.

Artículo 22.

Para la ejecución anual del Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal formularán sus anteproyectos de programa y presupuesto para realizar actividades y apoyar la investigación científica, el desarrollo tecnológico, la innovación, la competitividad y la productividad, tomando en cuenta las prioridades y los criterios para la asignación del gasto en ciencia, tecnología e innovación que apruebe el Consejo General, en los que se determinarán las áreas estratégicas y los programas prioritarios de atención y apoyo presupuestal especial, lo que incluirá las nuevas plazas para investigadores y la nueva infraestructura para la ciencia, la tecnología y la innovación, así como los temas de bioseguridad y biotecnologías relevantes. Con base en lo anterior, el Conacyt y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público consolidarán la información programática y presupuestal de dichos anteproyectos para su revisión y análisis integral y de congruencia global para su presentación y aprobación por el Consejo General. En el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación se consignará el presupuesto consolidado destinado a ciencia, tecnología e innovación que apruebe el Consejo General.

Artículo 24.

...

I. ...
II. Serán los beneficiarios de estos fondos las instituciones, universidades públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas o personas dedicadas a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación que se encuentren inscritos en el registro, conforme se establezca en los respectivos contratos y en las reglas de operación de cada fideicomiso. En ninguno de estos contratos el Conacyt podrá ser fideicomisario;
III. y IV. ...
V. El objeto de cada fondo invariablemente será el otorgamiento de apoyos y financiamientos para: actividades directamente vinculadas al desarrollo de la investigación científica y tecnológica; becas y formación de recursos humanos especializados; realización de proyectos específicos de investigación científica, desarrollo tecnológico, innovación y modernización tecnológica; el registro nacional o internacional de los derechos de propiedad intelectual que se generen; la vinculación de la ciencia y la tecnología con los sectores productivos y de servicios; la divulgación de la ciencia, la tecnología y la innovación; creación, desarrollo o consolidación de grupos de investigadores o centros de investigación, así como para otorgar estímulos y reconocimientos a investigadores y tecnólogos, en ambos casos asociados a la evaluación de sus actividades y resultados.

Artículo 25.

Las Secretarías de Estado y las entidades de la Administración Pública Federal podrán celebrar convenios con el Conacyt cuyo propósito sea determinar el establecimiento de fondos sectoriales Conacyt que se destinen a la realización de investigaciones científicas, desarrollo tecnológico, innovación, el registro nacional o internacional de propiedad intelectual, y la formación de recursos humanos especializados, becas, creación, fortalecimiento de grupos o cuerpos académicos o profesionales de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, divulgación científica, tecnológica e innovación y de la infraestructura que requiera el sector de que se trate, en cada caso. Dichos convenios se celebrarán y los fondos se constituirán y operarán con apego a las bases establecidas en las fracciones I y III del artículo 24 y las fracciones I, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX del artículo 26 de esta Ley y a las bases específicas siguientes:

I. y II. ...
III. Los recursos de estos fondos deberán provenir del presupuesto autorizado de la dependencia o entidad interesada, o de contribuciones que las leyes determinen se destinen a un fondo específico. Dichos recursos no tendrán el carácter de regularizables. Las Secretarías o entidades aportarán directamente los recursos al fideicomiso en calidad de aportantes, informando a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de dichas aportaciones. Asimismo, podrán integrase con aportaciones complementarias de terceros, en particular empresas de los sectores productivos y de servicios y organismos internacionales;
IV. y V. ...

...

...

Artículo 25 Bis.

Las Secretarías de Estado y las entidades de la Administración Pública Federal podrán celebrar convenios con el Conacyt, conforme a lo dispuesto en los artículos 25 y 26 de la presente Ley, para establecer fondos sectoriales de innovación, que tendrán por objeto otorgar apoyos para:

I. La conformación y desarrollo de redes y/o alianzas regionales tecnológicas y/o de innovación, empresas y actividades de base tecnológica, unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, redes y/o alianzas tecnológicas, asociaciones estratégicas, consorcios, agrupaciones de empresas o nuevas empresas generadoras de innovación;
II. Las actividades de vinculación entre generadores de ciencia, tecnología e innovación y los sectores productivos y de servicios;
III. La conformación de empresas o asociaciones cuyo propósito sea la creación de redes científicas y tecnológicas y de vinculación entre los generadores de ciencia, tecnología e innovación y los sectores productivos y de servicios;
IV. La realización de proyectos de innovación para el desarrollo regional identificados y definidos como prioritarios por las redes y/o alianzas regionales de innovación;
V. El establecimiento de sistemas de gestión de la tecnología en las empresas;
VI. La creación de fondos semilla y de capital de riesgo para la formación de empresas basadas en el conocimiento;
VII. La creación y consolidación de parques científicos y tecnológicos;
VIII. La conformación de instrumentos de capital de riesgo para la innovación, y
IX. Los demás destinos establecidos en el artículo 25 de la presente Ley y los que se determinen para el fomento y desarrollo de la innovación en el programa de ciencia, tecnología e innovación.

Artículo 27.

Las entidades paraestatales que no sean reconocidas como Centros Públicos de Investigación, los órganos desconcentrados, las instituciones de educación superior públicas reconocidas como tales por la Secretaría de Educación Pública, que no gocen de autonomía en los términos de la fracción VII del artículo 3o. de la Constitución, que realicen investigación científica o presten servicios de desarrollo tecnológico o innovación podrán constituir fondos de investigación científica y desarrollo tecnológico en los términos de lo dispuesto por el artículo 50 de esta Ley. La dependencia a la que corresponda la coordinación de la entidad, órgano desconcentrado o institución y el Conacyt dictaminarán el procedimiento de la creación de dichos fondos en los cuales podrá ser fideicomitente la propia entidad, órgano desconcentrado o institución.

Artículo 29.

Los proyectos en investigación y desarrollo tecnológico gozarán del estímulo fiscal previsto en el artículo 219 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Para el otorgamiento de dicho estímulo, así como el monto total a distribuir en cada ejercicio fiscal por concepto del mismo, se estará a lo establecido en el artículo citado, en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda y en las reglas generales que al efecto se emitan en los términos de este último ordenamiento.

Artículo 31.

Se crea la Conferencia Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación como instancia permanente de coordinación institucional entre el Conacyt y las dependencias o entidades de los gobiernos de las entidades federativas competentes en materia de fomento a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación que acepten a invitación del Conacyt, formar parte del mismo, con objeto de promover acciones para apoyar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, así como de participar en la definición de políticas y programas en esta materia.

...

Artículo 32.

...

I. Conocer y opinar sobre aspectos de interés para el apoyo a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación;
II. Opinar en la formulación de las políticas generales de apoyo a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación;
III. Participar en la elaboración del Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación;
IV. Apoyar la descentralización territorial e institucional de los instrumentos de apoyo a la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación;
V. a VIII. ...

...

Artículo 33.

El Ejecutivo Federal, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Educación Pública, de Economía, del Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Salud, de Energía u otras dependencias, según corresponda, y/o el Conacyt, podrá celebrar convenios con los gobiernos de las entidades federativas y con los municipios, a efecto de establecer programas y apoyos específicos de carácter regional, estatal y municipal para impulsar el desarrollo y descentralización de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación.

...

Asimismo, se podrá prever que las acciones de coordinación contemplen el desarrollo de proyectos en los que participen los Centros Públicos de Investigación en apoyo de los gobiernos de las entidades federativas, mediante la prestación de servicios, la creación de unidades de vinculación y transferencia de conocimiento o la asociación que convengan ambas partes. Podrán ser materia de los convenios la colaboración y coordinación en proyectos de investigación de interés regional, estatal o municipal con universidades u otras instituciones locales y nacionales, cuando las mismas sean parte en la celebración de los convenios. Para este efecto podrán constituirse fondos a los que se refieren los artículos 25, 25 Bis y 26 de esta Ley.

Artículo 34.

...

I. a IV. ...
V. Los mecanismos, criterios y lineamientos que acuerden para promover la colaboración municipal en el apoyo a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, y
VI. ...

Artículo 35.

El CONACyT podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, el establecimiento y operación de fondos mixtos de carácter regional, estatal y municipal de apoyo a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, que podrán incluir la formación de recursos humanos de alta especialidad, los cuales se integrarán y desarrollarán con aportaciones de las partes en la proporción que en cada caso se determine. Las partes de los convenios serán fideicomitentes. A dichos fondos le será aplicable lo siguiente:

I. a V. ...
VI. ...
La selección de los representantes de los sectores científico o tecnológico, académico y productivo corresponderá conjuntamente a la entidad federativa o municipio de que se trate y al C onacyt. Los representantes que se designen podrán ser propuestos por los diferentes sectores, procurando la representatividad de los mismos en la operación y funcionamiento de los fondos mixtos.
...
...
VII. Se concederá prioridad a los proyectos científicos, tecnológicos y de innovación cuyo propósito principal se oriente a la atención de problemas y necesidades o al aprovechamiento de oportunidades que contribuyan al desarrollo económico y social sustentable de las regiones, de las entidades federativas y de los municipios, a la vinculación, incremento de la productividad y competitividad de los sectores productivos y de servicios.

Artículo 36.

...

I. Tendrá por objeto promover la expresión de la comunidad científica, académica, tecnológica y del sector productivo, para la formulación de propuestas en materia de políticas y programas de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación;
II. Estará integrado por científicos, tecnólogos, empresarios y por representantes de las organizaciones e instituciones de carácter nacional, regional o local, públicas y privadas, reconocidas por sus tareas permanentes en la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, quienes participarán, salvo en los casos previstos en esta Ley, de manera voluntaria y honorífica;
III. y IV. ...
V. Contará con una mesa directiva formada por dieciocho integrantes, quince de los cuales serán los titulares que representen a las siguientes organizaciones: la Academia Mexicana de Ciencias, A.C.; la Academia Mexicana de Ingeniería, A.C.; la Academia Nacional de Medicina, A.C.; la Asociación Mexicana de Directivos de la Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico, A.C.; la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior; la Confederación Nacional de Cámaras Industriales; el Consejo Nacional Agropecuario y un representante de la Red Nacional de Consejos y Organismos Estatales de Ciencia y Tecnología, A.C.; la Universidad Nacional Autónoma de México; el Instituto Politécnico Nacional; el Centro de Investigación y Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional; la Academia Mexicana de la Lengua; la Academia Mexicana de Historia; el Sistema de Centros Públicos de Investigación y el Consejo Mexicano de Ciencias Sociales.
...
...
VI. a VIII. ...
...
...

Artículo 37.

...

I. Proponer y opinar sobre las políticas nacionales y programas sectoriales y especiales de apoyo a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación;
II. Proponer áreas y acciones prioritarias y de gasto que demanden atención y apoyo especiales en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico, innovación, formación de investigadores, difusión del conocimiento científico y tecnológico y cooperación técnica internacional;
III. ...
IV. Formular sugerencias tendientes a vincular el desarrollo tecnológico y la innovación en el sector productivo y de servicios, así como la vinculación entre la investigación científica y la educación conforme a los lineamientos que esta misma Ley y otros ordenamientos establecen;
V. y VI. ...

CAPÍTULO VII De la Vinculación del Sector Productivo y de Servicios con la Investigación Científica, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación.

Artículo 39.

Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal --en especial los Centros Públicos de Investigación-- así como las instituciones de educación superior públicas, en sus respectivos ámbitos de competencia, promoverán activamente el desarrollo tecnológico y la innovación.

Artículo 40.

...

De igual forma serán prioritarios los proyectos que se propongan lograr un uso racional, más eficiente y ecológicamente sustentable de los recursos naturales, las asociaciones cuyo propósito sea la creación y funcionamiento de redes científicas y tecnológicas, así como los proyectos para la vinculación entre la investigación científica y tecnológica con los sectores productivos y de servicios que incidan en la mejora de la productividad y la competitividad de la industria nacional.

...

Los apoyos a que se refiere éste artículo se otorgarán por un tiempo determinado, de acuerdo con el contenido y los objetivos del proyecto; estos apoyos se suspenderán si se determina que el proyecto ya no tiene viabilidad técnica o económica.

Artículo 40 Bis.

Las universidades e instituciones de educación pública superior y los Centros Públicos de Investigación, podrán crear unidades de vinculación y transferencia de conocimiento.

Estas unidades podrán constituirse mediante la figura jurídica que mejor convenga para sus objetivos, en los términos de las disposiciones aplicables, siempre y cuando no se constituyan como entidades paraestatales. Además, podrán contratar por proyecto a personal académico de las universidades e instituciones de educación superior, así como de los Centros Públicos de Investigación sujeto a lo dispuesto a los artículos 51 y 56 de esta Ley.

Las unidades a que se refiere este artículo, en ningún caso podrán financiar su gasto de operación con recursos públicos. Los recursos públicos que, en términos de esta Ley, reciban las unidades deberán destinarse exclusivamente a generar y ejecutar proyectos en materia de desarrollo tecnológico e innovación y promover su vinculación con los sectores productivos y de servicios.

Artículo 41.

Para diseñar y operar la política pública de innovación se establece el Comité Intersectorial para la Innovación, como un comité especializado del Consejo General.

El Comité Intersectorial para la Innovación estará integrado por el titular de la Secretaría de Economía quien lo presidirá, el Director del Conacyt quién ocupará la vicepresidencia, y el titular de la Secretaría de Educación Pública. Serán invitados permanentes el Coordinador General del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, los representantes ante el Consejo General del Sistema Nacional de Centros de Investigación y los representantes de los sectores productivo y académico que se consideren pertinentes, según se establezca en el reglamento respectivo, quienes asistirán con voz pero sin voto.

La estructura y funcionamiento de este Comité, se explicitará en el reglamento que para el efecto expidan los miembros permanentes.

Artículo 41 Bis

El Comité Intersectorial para la Innovación operará en los términos del reglamento interno que al efecto se expida y tendrá las siguientes facultades:

I. Aprobar el programa de innovación e informar al Consejo General;
II. Aplicar los recursos que se hayan aprobado al programa de innovación en el Presupuesto de Egresos de la Federación;
III. Establecer las reglas de operación de los fondos sectoriales de innovación que se financien con recursos del programa de innovación;
IV. Proponer al Consejo General y a las dependencias de la Administración Pública Federal las recomendaciones que considere pertinentes en materia de normalización y derechos de propiedad intelectual, a fin de promover la innovación;
V. Opinar respecto del marco regulatorio nacional, diagnosticar su aplicación y proponer al Consejo General proyectos de reformas a las disposiciones legislativas y administrativas relacionadas con la innovación, así como mecanismos que la incentiven;
VI. Opinar sobre los proyectos o programas federales relacionados con la innovación en las entidades de la Administración Pública Federal para mejorar el impacto que puedan tener sobre el desarrollo tecnológico y la innovación de los sectores productivos y de servicios;
VII. Proponer la celebración de convenios relacionados con proyectos de innovación y desarrollo tecnológico con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con los estados y municipios y los sectores académicos, productivos o de servicios;
VIII. Organizar foros de consulta a fin de analizar el estado, la eficiencia, la eficacia y el impacto de los programas federales que apoyan el desarrollo tecnológico y la innovación, así como los casos de aplicación exitosos proyectos de vinculación o de innovación tecnológica, a fin de identificar mejoras para las políticas públicas a seguir con un enfoque que atienda las necesidades de las empresas;
IX. Acordar los asuntos que se sometan a su consideración, y
X. Las demás que le confieran esta Ley y demás disposiciones aplicables.

Artículo 41 Ter.

El Comité Intersectorial para la Innovación se apoyará en un Secretario Técnico adscrito a la Secretaría de Economía quien será designado por el titular de dicha Secretaría de entre los Directores Generales ya existentes y tendrá las siguientes atribuciones:

I. Proponer y ejecutar el programa de innovación;
II. Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos del Comité;
III. Formular y presentar al Comité el proyecto del programa de innovación, para su aprobación así como un informe anual de evaluación de dicho programa y de otros programas específicos prioritarios;
IV. Representar al Comité y ser enlace entre los sectores público, social y privado para recabar las opiniones de dichos sectores en materia de innovación y desarrollo tecnológico, y
V. Realizar las demás actividades que le encomiende el Comité y las señaladas en el reglamento interno.

El Secretario Técnico del Comité tendrá las facultades legales para la celebración de todos los actos jurídicos necesarios para la administración de los recursos que se asignen al Comité para la operación y el funcionamiento de los proyectos y programas de innovación. La Secretaría de Economía apoyará las actividades del Comité con cargo a su presupuesto.

Artículo 49.

Los Centros Públicos de Investigación, de acuerdo con su objeto, colaborarán con las autoridades competentes en las actividades de promoción de la metrología, en la elaboración de normas oficiales mexicanas o normas mexicanas y en la evaluación de la conformidad con las mismas, apegándose a lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Artículo 50.

...

I. a III. ...
IV. El objeto del fondo será financiar o complementar financiamiento de proyectos específicos de investigación, de desarrollo tecnológico y de innovación, la creación y mantenimiento de instalaciones de investigación, su equipamiento, el suministro de materiales, el otorgamiento de becas y formación de recursos humanos especializados, la generación de propiedad intelectual y de inversión asociada para su potencial explotación comercial, la creación y apoyo de las unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, el otorgamiento de incentivos extraordinarios a los investigadores que participen en los proyectos, y otros propósitos directamente vinculados para proyectos científicos, tecnológicos o de innovación aprobados. Asimismo, podrá financiarse la contratación de personal por tiempo determinado para proyectos científicos, tecnológicos o de innovación, siempre que no se regularice dicha contratación posteriormente. En ningún caso los recursos podrán afectarse para gastos fijos de la administración de la entidad. Los bienes adquiridos, patentes, derechos de autor y obras realizadas con recursos de los fondos formarán parte del patrimonio del propio centro. La contratación de las adquisiciones, arrendamientos y servicios con cargo a los recursos autogenerados de los fondos, será conforme a las reglas de operación de dichos fondos; a los criterios, procedimientos y mecanismos que en estas materias expidan los órganos de gobierno de los centros, así como a las disposiciones administrativas que, en su caso, estime necesario expedir la Secretaría de la Función Pública o la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus respectivas competencias, administrando dichos recursos con eficiencia, eficacia y honradez, para satisfacer los objetivos a los que estén destinados y asegurar al centro las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
...
V. y VI. ...

Artículo 51.

Los Centros Públicos de Investigación promoverán conjuntamente con los sectores público y privado la conformación de asociaciones estratégicas, alianzas tecnológicas, consorcios, unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, nuevas empresas privadas de base tecnológica, y redes regionales de innovación en las cuales se procurará la incorporación de desarrollos tecnológicos e innovaciones realizadas en dichos centros, así como de los investigadores formados en ellos.

...

I. Los lineamientos y condiciones básicas de las asociaciones, alianzas, consorcios, unidades, redes o nuevas empresas que conlleven la participación del centro, con o sin aportación en el capital social en las empresas de que se trate, y
II. Los términos y requisitos para la incorporación y participación del personal del centro en las asociaciones, alianzas, consorcios, unidades, redes o nuevas empresas de que se trate.
...
...
...
Para promover la comercialización de los derechos de propiedad intelectual e industrial de los centros, los órganos de gobierno aprobarán los lineamientos que permitan otorgar al personal académico que los haya generado hasta el 70% de las regalías que se generen.

Artículo 52.

...

El personal académico de los Centros Públicos de Investigación se regirá de conformidad con los Estatutos de Personal Académico que expidan sus órganos de gobierno, los cuales establecerán los derechos y obligaciones académicos, así como las reglas relativas al ingreso, promoción, evaluación y permanencia de ese personal en el ámbito académico.

...

Artículo 56.

...

I. Aprobar y evaluar los programas, agenda y proyectos académicos, de investigación, desarrollo tecnológico e innovación a propuesta del director o su equivalente y de los miembros de la comunidad de investigadores del propio centro;
II. y III. ...
IV. Decidir el uso y destino de recursos autogenerados obtenidos a través de la enajenación de bienes o la prestación de servicios, por la participación en asociaciones, alianzas o nuevas empresas de base tecnológica, comercialización de propiedad intelectual e industrial, donativos o por cualquier otro concepto que pudiera generar beneficios al centro conforme a esta Ley, ya sea dentro del presupuesto de la entidad o canalizando éstos al fondo de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación; así como establecer los criterios para el uso y destino de los recursos autogenerados que se obtengan en exceso a lo programado, informando a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre el origen, monto, destino y criterios de aplicación de sus recursos autogenerados, de conformidad con las disposiciones aplicables, y para efectos de los informes trimestrales y Cuenta Pública;
V. ...
VI. Autorizar en lo general el programa y los criterios para la celebración de convenios y contratos de prestación de servicios de investigación para la realización de proyectos específicos de investigación, desarrollo tecnológico, innovación o prestación de servicios técnicos, así como aprobar las asociaciones estratégicas y los proyectos, convenios o contratos que tengan la finalidad de establecer empresas de base tecnológica con o sin la aportación del centro en su capital social;
VII. Expedir las reglas de operación de los fondos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación y aprobar el contenido de los contratos de fideicomiso y cualesquiera modificaciones a éstos, así como la reglamentación interna, o sus modificaciones, que le proponga el titular del centro para la instrumentación de los programas sustantivos;
VIII. a XVI. ...
XVII. ...
(Se deroga el segundo párrafo)
XVIII. y XIX. ...

Artículo 63.

Los Centros Públicos de Investigación integrarán el Sistema Nacional de Centros Públicos de Investigación, como un órgano colegiado de carácter permanente de representación, asesoría, apoyo técnico y cooperación de estos centros. Este sistema y estos centros se regirán por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Centros Públicos de Investigación.

Transitorios

Artículo Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. En tanto el Congreso de la Unión no expida la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Centros Públicos de Investigación, estos Centros se regirán de acuerdo con las disposiciones aplicables al momento de entrar en vigor este decreto.

Artículo Tercero. En un plazo no mayor a seis meses a la entrada en vigor del presente Decreto, deberá constituirse el Comité Intersectorial de Innovación conforme a lo establecido en los artículos 41, 41 Bis y 41 Ter de la Ley y emitirse el reglamento respectivo.

Artículo Cuarto. Los órganos de gobierno de los Centros Públicos de Investigación deberán expedir a más tardar un año después a la entrada en vigor del presente Decreto los lineamientos, condiciones, términos, requisitos y criterios a que se refiere el artículo 51 de esta Ley.

Artículo Quinto. Los órganos de gobierno de los Centros Públicos de Investigación deberán expedir a más tardar un año después a la entrada en vigor del presente Decreto los Estatutos de Personal Académico a que hace mención el artículo 52 de esta Ley.

Salón de sesiones de la Comisión de Ciencia y Tecnología, Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 3 días del mes de marzo de 2009.
Por la Comisión de Ciencia y Tecnología, diputados: Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), presidenta; Jesús Vicente Flores Morfín (rúbrica), Jaime Verdín Saldaña (rúbrica), Sergio Hernández Hernández (rúbrica), Daniel Amador Gaxiola (rúbrica), secretarios; José Luis Aguilera Rico , Salvador Arredondo Ibarra (rúbrica), Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo , Alonso Manuel Lizaola de la Torre , Fabián Fernando Montes Sánchez (rúbrica), Marco Antonio Peyrot Solís (rúbrica), Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica), Antonio Vega Corona (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica), Marcos Matías Alonso , Daniel Dehesa Mora (rúbrica), José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Francisco Martínez Martínez , Gerardo Sosa Castelán , Miguel Ángel Solares Chávez , Wenceslao Herrera Coyac (rúbrica), Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Mayra Gisela Peñuelas Acuña , Sergio Sandoval Paredes , Pablo Leopoldo Arreola Ortega (rúbrica), Luis Alejandro Rodríguez (rúbrica), Víctor Manuel Virgen Carrera (rúbrica).»

Es de primera lectura.



VOLUMEN II

LEY DEL MERCADO DE VALORES

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que adiciona la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores

Con fundamento en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86 y 89 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Senado de la República remitió la minuta proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores.

Esta comisión resulta competente para dictaminar la minuta turnada por la Cámara de Senadores, de conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, se abocó al análisis de la minuta antes señalada y, conforme a las deliberaciones y el análisis que de la misma realizaron los miembros de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público reunidos en pleno, presenta a esta honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del Senado de la República, el 13 de noviembre de 2008 el senador Gustavo Enrique Madero Muñoz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores.
2. El 4 de diciembre de 2008, en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, se presentó el dictamen, el cual fue aprobado por 79 votos y turnado a la Cámara de Diputados.
3. Por acuerdo de la Mesa Directiva de esta cámara, el 5 de diciembre de 2008 se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, la minuta en comento para su estudio y dictamen.

Descripción de la minuta

La minuta propone adicionar la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores, con el objetivo de establecer la exigencia para las emisoras de indicar al mercado sus posiciones en instrumentos financieros derivados y las obligaciones de revelación de información de las emisoras con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores.

Menciona la minuta que en los últimos meses se han deteriorado significativamente las perspectivas de crecimiento global, derivado de los eventos recientes en los mercados financieros internacionales y los problemas que están enfrentando los intermediarios financieros en países industriales; en ese contexto, se considera que la falta de información oportuna y relevante, una regulación adecuada y mayores facultades a las autoridades supervisoras en materia de inversiones en instrumentos derivados, son problemas que subyacen en la actual crisis financiera internacional.

Señala la minuta que la crisis hipotecaria y financiera en los Estados Unidos y otros países industrializados, ha tenido repercusiones importantes en los mercados financieros internacionales y en las perspectivas de la actividad económica de los países desarrollados y emergentes. Ello, a pesar de que distintos gobiernos en Asia, Europa e inclusive Estados Unidos, han instrumentado distintos esquemas para revertir el deterioro de sus mercados. En este sentido, resulta preponderante señalar que la mayor incertidumbre y aversión al riesgo en los mercados internacionales se ha traducido en elevadas fluctuaciones en los precios de activos financieros.

En este sentido, la minuta señala que la mayor incertidumbre y aversión al riesgo en los mercados internacionales se ha traducido en elevadas fluctuaciones en los precios de activos financieros.

Agrega la minuta que la expansión de las actividades en los mercados de valores, tanto en México como en el resto del mundo hace necesario disponer de productos financieros innovadores que transfieran eficientemente los riesgos de pérdidas económicas. Sin embargo, la creciente complejidad de algunos de los derivados financieros creados, cada vez más riesgosos y más difíciles de regular, puede provocar que las ventajas que ofrecen se transformen en desventajas para la totalidad del sistema; máxime cuando son empleados como medios para obtener ganancias rápidas en periodos de elevada volatilidad. En este sentido, es relevante el problema de información asimétrica que surge cuando las emisoras no informan oportunamente a sus clientes sobre el verdadero riesgo de los productos que ofertan, así como la calidad de sus carteras de inversión.

La minuta en comento señala que la adición de la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores obliga a la revelación de información de las emisoras, con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores. Ello a fin de que dichas entidades presenten reportes periódicos sobre las posiciones que mantengan en instrumentos financieros derivados, así como de las posibles contingencia sobre la situación financiera de las emisoras, sin perjuicio de otros elementos que determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la obligación de difundir -en términos de lo previsto en el artículo 105 de la misma ley- los eventos relevantes.

Por lo anterior, la colegisladora considera adecuada la reforma, toda vez que se fortalecería el régimen de revelación de información y dotaría de mayor transparencia a las operaciones con derivados financieros, para que el público inversionista pueda hacer la correcta valoración del riesgo de los productos que adquieran.

Consideraciones

Esta comisión que dictamina considera adecuada la adición de la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores, ya que la creciente complejidad de algunos de los derivados financieros creados, cada vez más riesgosos y más difíciles de regular, puede provocar que las ventajas que ofrecen se transformen en desventajas para la totalidad del sistema; máxime cuando son empleados como medios para obtener ganancias rápidas en periodos de elevada volatilidad. En este sentido, es relevante el problema de información asimétrica que surge cuando las emisoras no informan oportunamente a sus clientes sobre el verdadero riesgo de los productos que ofertan, así como la calidad de sus carteras de inversión.

Asimismo, la dictaminadora considera conveniente la aprobación de la Minuta en sus términos, toda vez que el fortalecimiento del régimen de revelación de información relevante dotaría de mayor transparencia a las operaciones con derivados financieros, para que el público inversionista pueda hacer la correcta valoración del riesgo de los productos que adquieran; ello sin perjuicio de que su falta de rendición, en los términos propuestos, conllevaría las sanciones establecidas para el supuesto de falta de entrega de información relevante.

Por lo anteriormente expuesto, la comisión estima necesaria la aprobación de la minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción IV Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores, por lo que somete a consideración del Pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto por el que se adiciona la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores

Artículo único. Se adiciona la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores, para quedar como sigue:

Artículo 104. ...

I. a VI. ...
VI Bis. Reportes sobre las posiciones que mantengan las emisoras en instrumentos financieros derivados, dentro de los cuales se incluya, entre otros elementos que determine la comisión, los subyacentes, los valores nocionales o de referencia y las condiciones de pago de dichas posiciones al momento de la revelación de la información, así como las posibles contingencias que las citadas posiciones representen en la situación financiera de la emisora.
Para efectos de lo dispuesto en esta fracción se entenderá por valor nocional o de referencia del instrumento financiero derivado, al número de unidades especificadas en el contrato, tales como el número de títulos o de monedas, unidades de peso o de volumen, entre otros.
VII. ...
...
...
...
...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados, a 4 de marzo de 2009
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez , Carlos Alberto García González (rúbrica), Hugo Eduardo Martínez Padilla , José Antonio Saavedra Coronel , Antonio Soto Sánchez (rúbrica), Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Horacio Garza Garza (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), secretarios; José Alejandro Aguilar López , Samuel Aguilar Solís , José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), María del Consuelo Argüelles Arellano (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero (rúbrica), José de la Torre Sánchez (rúbrica), Javier Guerrero García (rúbrica), Mariano González Zarur (rúbrica), Juan Nicasio Guerra Ochoa (rúbrica), José Martín López Cisneros (rúbrica), Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez , Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

Es de primera lectura.



CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION - LEY DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria

Honorable Asamblea:

Con fundamento en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86 y 89 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Senado de la República remitió la minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

Esta comisión resulta competente para dictaminar la minuta turnada por la Cámara de Senadores, de conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, se abocó al análisis de la minuta antes señalada y conforme a las deliberaciones y el análisis que de la misma realizaron los miembros de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público reunidos en pleno, presenta a esta honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del Senado de la República realizada el 21 de octubre de 2008, los senadores Gustavo Enrique Madero Muñoz , José Isabel Trejo Reyes , Minerva Hernández Ramos y José Eduardo Calzada Rovirosa presentaron la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.
2. El 9 de diciembre de 2008, en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores se presentó el dictamen, el cual fue aprobado por 94 votos y turnado a la Cámara de Diputados.
3. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 9 de diciembre de 2008, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público la minuta en comento para su estudio y dictamen.

Descripción de la minuta

La minuta propone reformar y adicionar diversos artículos del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, con el objetivo de modificar el recurso de revocación regulado en el Código Fiscal de la Federación y garantizar la eficacia del recuso de revocación.

Menciona la minuta que la política administrativa de nuestras autoridades tributarias considera en ocasiones al recurso de revocación como un medio más para confirmar la legalidad y exactitud de sus decisiones, lo que desvirtúa la naturaleza original de este importante medio de defensa, ya que se pierde la valiosa oportunidad de resolver o evitar la controversia con la autoridad en su propia sede, mientras que se incrementa, en cambio, la judicialización de las controversias tributarias.

Señala la minuta que el objetivo es dotar al recurso de revocación y a los funcionarios encargados de resolverlo, de los instrumentos y fortalezas legales necesarias para que recupere su naturaleza verdadera como oportunidad fundamental para la solución de las controversias tributarias entre el fisco y los contribuyentes, antes de que conozca de ellas la justicia ordinaria.

Las modificaciones propuestas en la minuta de referencia, residen en hacer más atractiva para los contribuyentes que tienen conflictos con la Administración Tributaria la promoción de este medio de defensa, mediante la apertura de un periodo probatorio, el otorgamiento a la autoridad resolutoria de la facultad oficiosa para recabar pruebas para mejor proveer, la dispensa de la garantía por todo el tiempo que dure la tramitación del recurso, la obligación para la autoridad fiscal de resolver todos los agravios de fondo que plantee el recurrente y, finalmente, importantes causales de exclusión de responsabilidad administrativa por daño económico o patrimonial para los funcionarios que resuelvan el recurso, la cual solo podrá tipificarse cuando se demuestre la total ausencia de fundamentación y motivación en la emisión de la resolución, la incongruencia con las cuestiones planteadas en el recurso o bien actos que impliquen conductas de corrupción o deshonestidad.

Por lo anterior, la minuta propone adicionar un último párrafo al artículo 123 del Código Fiscal de la Federación, para establecer que a más tardar dentro del mes siguiente a la fecha de presentación del recurso de revocación, el recurrente anuncie que exhibirá pruebas adicionales a las ya presentadas. Con esta propuesta se pretende que el contribuyente encuentre en el recurso de revocación, el medio de defensa idóneo para controvertir los actos de la autoridad fiscal, que le permitan con toda libertad ofrecer la totalidad de las pruebas que existan a su favor.

De igual forma y acorde con lo anterior, la minuta plantea adicionar un párrafo al artículo 130 del Código Fiscal de la Federación, a efecto de que cuando el recurrente anuncie que exhibirá pruebas adicionales a las ya presentadas, tendrá un plazo de dos meses contados a partir de la fecha en que haya efectuado el anuncio correspondiente, para presentarlas.

Asimismo, propone adicionar otro párrafo al artículo 130 del Código Fiscal de la Federación, en el que se establezca que para un mejor conocimiento de los hechos controvertidos, la autoridad podrá acordar la exhibición de cualquier documento que tenga relación con los mismos, así como ordenar la práctica de cualquier diligencia. Lo señalado trae como consecuencia, que deba extenderse el plazo con que cuenta la autoridad para resolver el recurso de revocación, toda vez que el contribuyente estaría gozando del beneficio de la apertura del periodo probatorio, por lo cual se propone adicionar un párrafo al artículo 131 del Código Fiscal de la Federación en el que se establezca que la autoridad fiscal contará con un plazo de cinco meses contados a partir de la fecha de la interposición del recurso para resolverlo, en el caso de que el recurrente ejerza el derecho a exhibir pruebas adicionales a las ya presentadas.

Agrega la minuta que actualmente el artículo 132 del Código Fiscal de la Federación, si bien no señala el orden lógico a que está obligada la autoridad para estudiar los argumentos expresados en el recurso de revocación, el análisis debe hacerse atendiendo a la finalidad última de los recursos administrativos, los cuales se constituyen no sólo como una instancia defensiva para el particular afectado por un acto de autoridad, sino también como un beneficio para esta última, dándole la oportunidad de ejercer un autocontrol que garantice de modo absoluto la regularidad y legalidad en el ejercicio de sus funciones públicas.

En ese sentido, la minuta señala que si entre las diversas cuestiones que se hacen valer en un recurso administrativo existen algunas que se dirijan a demostrar irregularidades de fondo, éstas deben resultar preferentes en su estudio, pues indudablemente resultaría ocioso y hasta cierto punto incongruente declarar fundado tal medio de defensa con apoyo en una formalidad, a sabiendas de que el mismo acto padece algún vicio que lo hace nulo de modo total y absoluto, que, por obvias razones, no se compurgará cuando sólo se declare su insubsistencia para observar un requisito de forma no atendido.

Por lo anterior, la minuta de referencia propone reformar el primer párrafo del citado precepto legal para establecer que la resolución del recurso se fundará en derecho y examinará todos y cada uno de los agravios hechos valer por el recurrente, teniendo la facultad de invocar hechos notorios; pero cuando se trate de agravios que se refieran al fondo de la cuestión controvertida, a menos que uno de ellos resulte fundado, deberá examinarlos todos antes de entrar al análisis de los que planteen sobre violación de requisitos formales o vicios del procedimiento, lo cual representaría un beneficio en la impartición de justicia, dado que privilegia el análisis de los agravios de fondo que resuelven en definitiva la situación del contribuyente en relación con el acto recurrido, con lo cual se disminuirían las cargas de trabajo de los órganos jurisdiccionales.

Por otro lado, la minuta en comento señala que en la actualidad el artículo 144 del Código Fiscal de la Federación establece que cuando el contribuyente interpone en tiempo y forma el recurso de revocación tiene un plazo de cinco meses para garantizar el interés fiscal a partir de la fecha de su presentación, debiendo acreditar tal situación ante la autoridad fiscal, a fin de suspender el procedimiento administrativo de ejecución, lo que conlleva a que con la interposición del recurso de revocación, el contribuyente no está constreñido a garantizar el interés fiscal, por lo que la suspensión al procedimiento administrativo de ejecución debe perdurar mientras no se resuelva el medio de defensa que nos ocupa.

En tal sentido, la minuta adiciona un párrafo a dicho precepto legal en el que se establezca que si concluido el plazo de cinco meses para garantizar el interés fiscal no ha sido resuelto el recurso de revocación, el contribuyente no estará obligado a exhibir la garantía correspondiente, sino hasta que en su caso sea resuelto en definitiva el recurso, con lo que se beneficia considerablemente al contribuyente, ya que ello le permite la suspensión de la ejecución del acto administrativo con la sola presentación del recurso de revocación y sin garantizar el interés fiscal.

Por otro lado, la minuta pretende fortalecer la reforma propuesta y garantizar su impacto efectivo, estableciendo que los funcionarios del Servicio de Administración Tributaria que resuelven los recursos de revocación, no sean sancionados por daño económico o patrimonial al Estado, con motivo de la resolución de los recursos de revocación.

Igualmente, la minuta señala que si se acredita en el procedimiento de responsabilidades que al servidor público le son imputables conductas que atentan contra la independencia de criterio que debió guardar al resolver el procedimiento de que se trate, es decir, que aceptó consignas, presiones, encargos, comisiones, o bien, que realizó cualquier otra acción que genere o implique subordinación respecto del promovente o peticionario, ya sea de manera directa o través de interpósita persona, también será posible que se sancione con responsabilidad por daño económico al funcionario que resuelva la revocación o modificación de los créditos fiscales, pues los actos antes resumidos sí podrían implicar falta de imparcialidad e inclusive corrupción.

Por lo anterior, la minuta propone garantizar la eficacia del recurso de revocación, que los funcionarios encargados de resolver los mismos, si revocan o modifican los créditos fiscales, a ellos pueda sancionárseles, según el artículo 13 de la Ley en comento, con cualquiera otra de las sanciones que el mismo artículo prevé, pero, con exclusión de la sanción referente a daño económico.

La colegisladora considera que es primordial la reforma propuesta, con el fin de de que el contribuyente encuentre en el recurso de revocación, el medio de defensa idóneo para controvertir los actos de la autoridad fiscal, que le permita con toda libertar ofrecer la totalidad de las pruebas que existan a su favor.

Consideraciones de la comisión

Esta dictaminadora considera que es de aprobarse la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, toda vez que el recurso de revocación es el medio de defensa en sede administrativa con que cuentan los afectados por resoluciones o actos de carácter tributario, para poder resolver sus conflictos o controversias con las autoridades fiscales, antes de que los mismos sean sujetos del control jurisdiccional.

La comisión que dictamina destaca que es una realidad que en nuestro sistema fiscal se presenta actualmente como un fenómeno palpable la judicialización de prácticamente la totalidad de las controversias entre autoridades fiscales y contribuyentes. En materia tributaria, la exigibilidad de los créditos fiscales y el inicio del procedimiento administrativo de ejecución, son cuestiones que los obligados tienen que hacerse cargo de manera inmediata, pues los adeudos tributarios son actualizados en todo momento y la acumulación de recargos obviamente corre a cargo del contribuyente.

La que dictamina estima conveniente que en el acto administrativo, especialmente el que determina o liquida obligaciones fiscales, el sujeto a la determinación administrativa tiene que moverse con rapidez para proveer a su defensa, ello aunado a que se encuentra permanentemente amenazado por la ejecución coactiva y unilateral del acto.

Esta comisión considera necesario precisar que la poca confianza en el recurso de revocación satura la justicia administrativa, conduciendo a la generación de rezagos alarmantes en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y, por ende, a la creación piramidal de tribunales colegiados en la materia, además en no pocas ocasiones, a la pérdida o menoscabo en la calidad jurídica de las resoluciones o sentencias, que resuelven la controversia tributaria.

Asimismo, esta comisión considera que con estas reformas se disminuirá la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales federales, en virtud de que la interposición de los recursos de revocación sería más atractiva y benéfica para los contribuyentes, dado que no tendrían que garantizar el interés fiscal mientras durara el procedimiento administrativo, podrían ofrecer cualquier prueba que no hayan aportado cuando se ejercieron las facultades de comprobación y además se resolvería el fondo de los asuntos con independencia de los vicios de forma.

La dictaminadora considera acertada la reforma artículo 123 del Código Fiscal de la Federación, pues con ello se permitirá al recurrente aportar las pruebas que por cualquier motivo no hubiere podido ofrecer ante la autoridad emisora de la resolución impugnada, siempre y cuando no se haya resuelto el recurso de revocación.

Asimismo, esta comisión que dictamina considera que la reforma es conveniente, toda vez que el contribuyente encuentra en el recurso de revocación, el medio de defensa idóneo para controvertir los actos de la autoridad fiscal, que le permita con toda libertad ofrecer la totalidad de las pruebas que existan a su favor.

De igual forma y acorde con lo anterior, la que dictamina considera acertada la adición de un párrafo al artículo 130 del Código Fiscal de la Federación, a efecto de que cuando el recurrente anuncie que exhibirá pruebas adicionales a las ya presentadas, tendrá un plazo de dos meses contados a partir de la fecha en que haya efectuado el anuncio correspondiente para presentarlas, con lo cual se beneficia al contribuyente, porque le permite solicitar la apertura del periodo probatorio para aportar las pruebas que por cualquier motivo no hubiere podido ofrecer en la etapa de fiscalización o del procedimiento, siempre y cuando no se haya resuelto el recurso de revocación.

Asimismo, la dictaminadora estima conveniente la propuesta que pretende adicionar en el artículo 130 del Código Fiscal de la Federación, consistente en establecer que cuando la autoridad que conozca del recurso, pueda acordar la exhibición de cualquier documento que tenga relación con los mismos, así como ordenar la práctica de cualquier diligencia, toda vez que con ello se beneficiará al contribuyente, al permitir que la propia autoridad resolutora acuerde la exhibición de cualquier documento que le ayude a conocer mejor los hechos controvertidos, para resolver conforme a derecho proceda el recurso de revocación.

La comisión dictaminadora considera acertado que en la minuta de referencia, relativa a que los funcionarios del Servicio de Administración Tributaria, que resuelven los recursos de revocación, no puedan ser sancionados por daño económico o patrimonial al Estado, con motivo de la resolución de los recursos de revocación.

En adición, la que dictamina considera que no es correcto que los criterios o premisas interpretativas de la ley, que utilizan o manejan los funcionarios fiscales para la emisión de la resolución del recurso de revocación, sean juzgados con los mismos parámetros de responsabilidad que los actos que efectivamente causan un daño económico al Estado, por el ejercicio indebido de recursos públicos. Es decir, no puede juzgarse con el mismo nivel de responsabilidad económica, al funcionario que simplemente, en ejercicio de sus atribuciones y aplicando al caso concreto la ley, decide revocar o modificar el crédito o créditos fiscales controvertidos en los recursos de revocación, ya que como es de explorado derecho, tratándose de la interpretación y aplicación de las normas puede haber criterios diversos.

Por lo anteriormente expuesto, la comisión estima necesaria la aprobación de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, por lo que somete a consideración del Pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria

Artículo Primero. Se reforma el artículo 132, primer párrafo y se adicionan los artículos 123, último párrafo; 130, tercer y cuarto párrafos, pasando los actuales tercero a séptimo párrafos, a ser quinto a noveno párrafos, respectivamente; 131, último párrafo y 144, tercer párrafo, pasando los actuales tercer a décimo segundo párrafos, a ser cuarto a décimo tercer párrafos, respectivamente, del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 123. ...

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, a más tardar dentro del mes siguiente a la fecha de presentación del recurso, el recurrente podrá anunciar que exhibirá pruebas adicionales a las ya presentadas, en términos de lo previsto en el tercer párrafo del artículo 130 de este código.

Artículo 130. ...

Cuando el recurrente anuncie que exhibirá las pruebas en los términos de lo previsto por el último párrafo del artículo 123 de este código, tendrá un plazo de dos meses contados a partir de la fecha en que haya efectuado el anuncio correspondiente, para presentarlas.

La autoridad que conozca del recurso, para un mejor conocimiento de los hechos controvertidos, podrá acordar la exhibición de cualquier documento que tenga relación con los mismos, así como ordenar la práctica de cualquier diligencia.

...

Artículo 131. ...

La autoridad fiscal contará con un plazo de cinco meses contados a partir de la fecha de la interposición del recurso para resolverlo, en el caso de que el recurrente ejerza el derecho previsto en el último párrafo del artículo 123 de este Código.

Artículo 132. La resolución del recurso se fundará en derecho y examinará todos y cada uno de los agravios hechos valer por el recurrente, teniendo la facultad de invocar hechos notorios; pero cuando se trate de agravios que se refieran al fondo de la cuestión controvertida, a menos que uno de ellos resulte fundado, deberá examinarlos todos antes de entrar al análisis de los que se planteen sobre violación de requisitos formales o vicios del procedimiento.

...

Artículo 144. ...

Si concluido el plazo de cinco meses para garantizar el interés fiscal no ha sido resuelto el recurso de revocación, el contribuyente no estará obligado a exhibir la garantía correspondiente sino, en su caso, hasta que sea resuelto dicho recurso.

...

Artículo Segundo. Se adiciona el artículo 35 a la Ley del Servicio de Administración Tributaria, para quedar como sigue:

Artículo 35. En el caso de las resoluciones dictadas por los servidores públicos en procedimientos en los cuales se analicen y valoren documentos y pruebas aportadas por los particulares, inclusive en los procedimientos instaurados con motivo de la interposición de algún recurso administrativo de los previstos en las leyes de la materia, no procederá la imposición de sanciones por daño o perjuicio patrimonial, a menos que la resolución emitida:

I. Carezca por completo de fundamentación o motivación,
II. No sea congruente con la cuestión, solicitud o petición efectivamente planteada por el contribuyente, o
III. Se acredite en el procedimiento de responsabilidades que al servidor público le son imputables conductas que atentan contra la independencia de criterio que debió guardar al resolver el procedimiento de que se trate, es decir, que aceptó consignas, presiones, encargos, comisiones, o bien, que realizó cualquier otra acción que genere o implique subordinación respecto del promovente o peticionario, ya sea de manera directa o a través de interpósita persona.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados, a 4 de marzo de 2009.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez , Carlos Alberto García González (rúbrica), Hugo Eduardo Martínez Padilla , José Antonio Saavedra Coronel , Antonio Soto Sánchez (rúbrica), Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Horacio Garza Garza (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), secretarios; José Alejandro Aguilar López , Samuel Aguilar Solís , José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), María del Consuelo Argüelles Arellano (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero (rúbrica), José de la Torre Sánchez (rúbrica), Javier Guerrero García (rúbrica), Maríano González Zarur (rúbrica), Juan Nicasio Guerra (rúbrica), José Martín López Cisneros (rúbrica), Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez , Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO - LEY ORGANICA DE NACIONAL FINANCIERA

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Instituciones de Crédito, y Orgánica de Nacional Financiera

Honorable Asamblea:

Con fundamento en los artículos 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86 y 89 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Senado de la República remitió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y se reforma la fracción X del artículo 5o. de la Ley Orgánica de Nacional Financiera.

Esta comisión resulta competente para dictaminar la minuta turnada por la Cámara de Senadores de conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, se abocó al análisis de la minuta antes señalada y conforme a las deliberaciones y el análisis que realizaron los miembros de la Comisión de Hacienda y Crédito Público reunidos en pleno, presenta a esta honorable asamblea el siguiente dictamen

Antecedentes

En sesión de fecha 30 de mayo de 2007, los senadores Carlos Lozano de la Torre y María de los Ángeles Moreno Uriegas presentaron la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 31 de la Ley de Instituciones de Crédito y artículo 5o. de la Ley Orgánica de Nacional Financiera.

El 11 de diciembre de 2007, en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, se presentó el dictamen, el cual fue aprobado por 102 votos y turnado a la Cámara de Diputados.

En sesión ordinaria de la honorable Cámara de Diputados, el miércoles 12 de diciembre de 2007, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, la minuta en comento para su estudio y dictamen.

Descripción de la minuta

La minuta propone reformar los artículos 31, tercer párrafo y 55 Bis 1; y adicionar el artículo 55 Bis 2 a la Ley de Instituciones de Crédito; asimismo reforma la fracción X del artículo 5o. de la Ley Orgánica de Nacional Financiera.

Refiere que el propósito de dichas modificaciones es incluir un sistema de indicadores que permitirá evaluar el impacto que el uso de los recursos públicos confiados a la banca de desarrollo y a los fideicomisos públicos de fomento económico que otorgan crédito tengan en beneficio de su población objetivo, el cual será aplicable a todas las entidades públicas de fomento.

Además se proponer que dos instituciones académicas de prestigio, realicen los estudios que correspondan a efecto de evaluar que las instituciones de banca de desarrollo y fideicomisos públicos de fomento económico: i) promueven el financiamiento a los sectores que definen sus leyes orgánicas y contratos constitutivos, ii) que cuentan con mecanismos para canalizar a los intermediarios financieros privados a quienes ya pueden ser sujetos de crédito por parte de esos intermediarios; y iii) que realizan acciones coordinadas con otras entidades del sector público para hacer un uso más efectivo de los recursos.

Finalmente, agrega la minuta que se dictamina que en los contratos que se suscriban con motivo del financiamiento, asistencia y apoyo de Nacional Financiera, en las declaraciones del acreditado, éste deberá señalar que sabe que el crédito se otorga con el apoyo de Nacional Financiera.

Consideraciones de la comisión

Esta comisión que dictamina considera adecuada la minuta, toda vez que la transparencia en la información de las operaciones e indicadores confiables que midan el desempeño de las entidades de banca de desarrollo y los fideicomisos públicos de fomento, es de especial relevancia para evaluar los productos y servicios ofrecidos por dichas entidades.

En efecto, se coincide con el objetivo plasmado en la minuta respecto a la necesidad de establecer instrumentos de evaluación que permitan cuantificar el beneficio privado y social de los apoyos proporcionados por las instituciones de la banca de desarrollo y fideicomisos de fomento, de manera que permitan jerarquizar la aplicación de los recursos y de los servicios que otorgan dichas entidades en función del desarrollo económico y social del país.

Asimismo, la que dictamina considera conveniente la aprobación de la minuta en sus términos, ya que en los contratos que se suscriban con motivo del financiamiento, asistencia y apoyo de Nacional Financiera, es importante que el acreditado conozca que gracias a las acciones de fomento del Estado, tiene acceso al crédito que recibe de la entidad financiera.

Se coincide, con la minuta que se dictamina, en el sentido de desarrollar un sistema de indicadores que permita evaluar el impacto que el uso de los recursos públicos confiados a la banca de desarrollo tenga en beneficio de su población objetivo; así resulta conveniente que la evaluación de la contribución de la banca de desarrollo al bienestar social y privado, lo realicen dos instituciones académicas de prestigio, que aporten el debido rigor analítico y objetividad sobre el desempeño de la banca de desarrollo, lo que permitirá desarrollar programas que atiendan debidamente el sector que le fue encomendado.

Por lo anteriormente expuesto, la comisión estima necesaria la aprobación de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, y se reforma la fracción X del artículo 5o. de la Ley Orgánica de Nacional Financiera, por lo que somete a consideración del Pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, y se reforma la fracción X del artículo 5o. de la Ley Orgánica de Nacional Financiera

Artículo Primero. Se reforman los artículos 31, tercer párrafo, y 55 Bis 1; y se adiciona el artículo 55 Bis 2 a la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:

Artículo 31. ...

...

Las instituciones de banca de desarrollo y los fideicomisos públicos de fomento económico proporcionarán a las autoridades y al público en general información referente a sus operaciones, así como indicadores que midan los servicios con los que cada institución y fideicomiso atiende a los sectores que establecen sus respectivas leyes orgánicas y contratos constitutivos, de acuerdo con los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, utilizando medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología que les permita dar a conocer dicha información de acuerdo a las reglas de carácter general que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emita para tal efecto. En el cumplimiento de esta obligación, las instituciones de banca de desarrollo observarán lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito.

...

Artículo 55 Bis 1. Las instituciones de banca de desarrollo y los fideicomisos públicos de fomento económico enviarán al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y ésta a su vez al Congreso de la Unión, junto con los informes sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública y en los recesos de éste, a la Comisión Permanente, lo siguiente:

I. En el informe de enero a marzo de cada año, una exposición sobre los programas de créditos, de garantías, transferencias de subsidios y transferencias de recursos fiscales, así como aquellos gastos que pudieran ser objeto de subsidios o transferencias de recursos fiscales durante el ejercicio respectivo, sustentado en los hechos acontecidos en el ejercicio anterior con la mejor información disponible, indicando las políticas y criterios conforme a los cuales realizarán sus operaciones a fin de coadyuvar al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, así como un informe sobre su presupuesto de gasto corriente y de inversión, correspondiente al ejercicio en curso. En este informe también deberá darse cuenta sobre las contingencias derivadas de las garantías otorgadas por la institución de banca de desarrollo o fideicomiso público de fomento económico de que se trate y el Gobierno Federal, así como las contingencias laborales que pudieren enfrentar, al amparo de un estudio efectuado por una calificadora de prestigio, en el ejercicio anterior; asimismo, se deberán incluir indicadores que midan los servicios con los que atienden a los sectores que establecen sus respectivas leyes orgánicas o contratos constitutivos, de acuerdo con los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II. y III. ... ...

Artículo 55 Bis 2. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá publicar anualmente dos estudios realizados a instituciones de la banca de desarrollo o fideicomisos públicos de fomento económico, con el propósito de evaluar que:

I. Promueven el financiamiento a los sectores que definen sus leyes orgánicas y contratos constitutivos, que los intermediarios financieros privados no atienden;
II. Cuenten con mecanismos para canalizar a los intermediarios financieros privados a quienes ya pueden ser sujetos de crédito por parte de esos intermediarios, y
III. Armonicen acciones con otras entidades del sector público para hacer un uso más efectivo de los recursos.

En la elaboración de dichos estudios deberán participar al menos dos instituciones académicas de prestigio en el país. Sus resultados deberán darse a conocer a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de ambas Cámaras del Congreso de la Unión a más tardar en el mes de abril posterior al ejercicio evaluado.

Artículo Segundo. Se reforma la fracción X del artículo 5o. de la Ley Orgánica de Nacional Financiera, para quedar como sigue:

Artículo 5o. ...

I. a IX. ...
X. Propiciar acciones conjuntas de financiamiento y asistencia con otras instituciones de crédito, fondos de fomento, fideicomisos, organizaciones auxiliares de crédito y con los sectores social y privado. En los contratos de crédito que se celebren con el financiamiento, asistencia y apoyo de la sociedad se deberá insertar el siguiente texto en las declaraciones del acreditado: ``El acreditado declara conocer que el crédito se otorga con el apoyo de Nacional Financiera, exclusivamente para fines de desarrollo nacional'', y
XI. ... ...

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala comisiones de la honorable Cámara de Diputados a 4 de marzo de 2009.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez , Carlos Alberto García González (rúbrica), Hugo Eduardo Martínez Padilla , José Antonio Saavedra Coronel , Antonio Soto Sánchez (rúbrica), Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Horacio Garza Garza (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas , Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), Aída Marina Arvizu (rúbrica), secretarios; José Alejandro Aguilar López , Samuel Aguilar Solís , José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), María Consuelo Argüelles Arellano (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero (rúbrica), José de la Torre Sánchez (rúbrica), Javier Guerrero García (rúbrica), Mariano González Zarur (rúbrica), Juan Nicasio Guerra Ochoa (rúbrica), José Martín López Cisneros (rúbrica), Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez , Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO - LEY DE PROTECCION Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes sobre el Contrato de Seguro, y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros

Honorable Asamblea:

Con fundamento en los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86 y 89 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Senado de la República remitió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

La comisión que suscribe, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al análisis de la minuta señalada y, conforme a las deliberaciones y el análisis que de ella realizaron los servidores públicos del sector financiero y los miembros de la Comisión de Hacienda y Crédito Público reunidos en pleno, presenta a esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

La minuta corresponde a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 81 y se adiciona el artículo 81 Bis, de la Ley sobre el Contrato de Seguro, que presentó el 12 de diciembre de 2006 el senador Ricardo García Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional.

En sesión del 26 de abril de 2007, las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos de la colegisladora presentaron dictamen que fue aprobado por 95 votos a favor y se turnó a la Cámara de Diputados.

En sesión del 3 de septiembre de 2007, la Mesa Directiva turnó la minuta a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para estudio y dictamen.

Descripción de la minuta

La minuta tiene como objetivo fundamental ampliar el plazo de prescripción de las pólizas de seguros y establecer expresamente en la ley un procedimiento transparente que permita saber a las personas si son beneficiarias de alguna póliza de seguros.

Así, la minuta propone reformar el artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, para que las acciones que se deriven de un contrato de seguro prescriban en cinco años, tratándose de la cobertura de fallecimiento en los seguros de vida, y en dos años, en los demás casos, contando los plazos de prescripción desde la fecha del acontecimiento que les dio origen.

A fin de establecer los lineamientos básicos sobre los derechos de los beneficiarios e información y transparencia de los seguros contratados, se estimó conveniente reformar el segundo y tercer párrafos del artículo 52 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, para que cualquier persona que presuma que es beneficiaria de algún seguro de vida pueda acudir a la Condusef a solicitar información que le permita saber si es beneficiaria de uno o varios seguros de vida, ya sea individual o colectivo, incluidos los que se obtienen por la contratación de productos y servicios financieros y que se establecerán en reglas de carácter general donde se determinen la forma y los términos, haciendo del conocimiento de los usuarios los resultados de las solicitudes que se formulen con motivo de las pólizas de seguros.

Consideraciones de la comisión

La que dictamina considera que son de aprobarse las reformas del contrato de seguro y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros por la importancia y el funcionamiento de las pólizas de seguros de vida en el sistema financiero, al ampliar a cinco años la prescripción de las pólizas de seguros de vida, el cual era de dos años desde la promulgación de la ley en 1935, con lo cual se homologa con el plazo que se exige en materia fiscal para conservar documentación contable.

Con la reforma se elimina el convenio del sistema de información sobre asegurados y beneficiarios de seguros de vida entre la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, que surgió por el elevado número de seguros de vida que no eran cobrados por los beneficiarios, que en gran medida fue porque la mayoría no se enteró de que contaba con ese beneficio.

En efecto, se estima que al establecerse en ley que, mediante reglas de carácter general que emitirá la Condusef, se implantará el procedimiento que permita saber a las personas si son beneficiarias de alguna póliza, se otorga seguridad jurídica a los beneficiarios de las pólizas correspondientes.

Por lo expuesto, se consideran de aprobarse estas medidas, ya que mejoran el marco jurídico de las pólizas de seguros, y los beneficiarios de un seguro podrán conocer su derecho, con lo que se garantiza su cobro oportuno; y se pone a consideración del Pleno el siguiente

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes sobre el Contrato de Seguro, y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros

Artículo Primero. Se reforma el artículo 81 y se adicionan las fracciones I y II al mismo artículo de la Ley sobre el Contrato de Seguro, para quedar como sigue:

Artículo 81. Todas las acciones que se deriven de un contrato de seguro prescribirán

I. En cinco años, tratándose de la cobertura de fallecimiento en los seguros de vida.
II. En dos años, en los demás casos.

En todos los casos, los plazos serán contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen.

Artículo Segundo. Se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 52 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, para quedar como sigue:

Artículo 52. ...

Cualquier persona que presuma que es beneficiaria de algún seguro de vida podrá acudir a la Comisión Nacional a solicitar información que le permita saber si es beneficiaria de uno o varios seguros de vida, ya sean individuales o colectivos, incluidos los que se obtienen por la contratación de productos y servicios financieros.

La Comisión Nacional, mediante reglas de carácter general, determinará la forma y los términos en que se harán del conocimiento de los usuarios los resultados de las solicitudes que se sean formuladas con motivo de lo establecido en este artículo.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros será la autoridad responsable para los efectos legales conducentes, derivados del artículo segundo del presente decreto.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados, a 4 de marzo de 2009.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez , Carlos Alberto García González (rúbrica), Hugo Eduardo Martínez Padilla , José Antonio Saavedra Coronel , Antonio Soto Sánchez (rúbrica), Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Horacio Garza Garza (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), secretarios; José Alejandro Aguilar López , Samuel Aguilar Solís , José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), María del Consuelo Argüelles Arellano (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero (rúbrica), José de la Torre Sánchez (rúbrica), Javier Guerrero García (rúbrica), Mariano González Zarur (rúbrica), Juan Nicasio Guerra Ochoa (rúbrica), José Martín López Cisneros (rúbrica), Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez , Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY PARA EL DESARROLLO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Dictamen de la Comisión de la Función Pública, con proyecto de decreto que expide la Ley para el Desa-rrollo de la Sociedad de la Información

Honorable Asamblea:

La Comisión de la Función Pública de la honorable Cámara de Diputados, con base en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XVIII, 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración dictamen sobre la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.

Antecedentes

I. La iniciativa que se dictamina fue publicada en la Gaceta Parlamentaria número 2627-III el 4 de noviembre de 2008 y presentada el 25 del mismo mes y año, por el diputado Carlos Alberto Torres Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y suscrita por los integrantes de la Comisión Especial para la Promoción del Acceso Digital a los Mexicanos, así como por la coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
II. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la turnó, para estudio y dictamen, a la Comisión de la Comisión de la Función Pública, con opinión de las Comisiones de Ciencia y Tecnología, y de Presupuesto y Cuenta Pública.
III. Recibida en la comisión, se sometió a estudio y análisis, preparándose un proyecto de dictamen en sentido positivo, el cual fue sometido a consideración y discusión de los integrantes de la Comisión de la Función Pública, que lo aprobó en la sesión celebrada el 12 de febrero de 2009 por 17 votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.

Análisis de la iniciativa

Expresan los proponentes en el texto de la iniciativa que la revolución tecnológica que vive el mundo desde hace dos décadas es equiparable por sus efectos a lo que significaron en su momento la popularización de la imprenta, la invención de la máquina de vapor y el acceso masivo a la energía eléctrica.

Que es un hecho incontrovertible que el uso de la computadora y el acceso a las redes globales de información está alterando las pautas de comportamiento de los individuos y sus familias, y el funcionamiento de la sociedad, los gobiernos y las empresas.

Que el panorama actual de México en materia de inclusión digital presenta a primera vista muchas desigualdades, pues existe un sector muy pequeño que se encuentra al mismo nivel de equipamiento y de conocimiento que los países del primer mundo integrado básicamente por grandes empresas, así como algunas áreas de la administración pública y miembros de la comunidad académica, y por la otra parte existe un sector de la población que usa de manera elemental el medio, sin obtener todo el provecho que podría, siendo la realidad que la gran mayoría de los mexicanos nunca han tenido la oportunidad de asomarse a la realidad de las computadoras y el Internet.

Que sin una política pública de largo alcance que promueva la inclusión de todos los mexicanos a la era digital será muy difícil garantizar alcanzar los niveles de bienestar social que se requieren, por lo que le corresponde al Estado mexicano afrontar el reto de la digitalización y debe hacerlo aplicando los mismos principios que han orientado su acción en materia de desarrollo social.

Que de la misma manera en que se ha asegurado el derecho a la educación de todos los mexicanos, así debe buscarse una fórmula en la que, tanto el Estado como la sociedad, coordinen sus esfuerzos a fin de asegurar la inclusión digital de todos los mexicanos.

Ante este panorama, la Comisión Especial para la Promoción del Acceso Digital a los Mexicanos de la Cámara de Diputados presentó la iniciativa que se dictamina para darle certeza, claridad y fuerza jurídica a una política pública que promueva el desarrollo de la sociedad de información en nuestro país.

Consideraciones

Primera. La Comisión de la Función Pública es competente para dictaminar la iniciativa presentada por integrantes de la Comisión Especial para la Promoción del Acceso Digital a los Mexicanos.

Segunda. La tecnología es una de las principales piedras angulares de la historia de la humanidad; la evolución de ésta permite distinguir las épocas de grandes transformaciones sociales y culturales.

Desde siempre, el manejo de la información en la sociedad ha desempeñado un papel de vital relevancia en las relaciones humanas.

Tercera. En el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 se establece que el acceso a las nuevas tecnologías debe ser considerado como un elemento fundamental para lograr entre los mexicanos un verdadero desarrollo humano sustentable.

Cuarta. Uno de los objetivos de la iniciativa que se dictamina es promover y estimular el uso intensivo y creativo de nuevos medios tecnológicos bajo una visión de derechos humanos, para que la gente mejore sus condiciones de vida y pueda tener más oportunidades de desarrollo personal, así como para que las empresas mexicanas sean más competitivas creando más puestos de trabajo mejor remunerados, y para que la gestión del gobierno sea más eficaz empleando menos recursos y brindando una mejor atención a los ciudadanos.

Quinta. Un aspecto a destacar de la iniciativa de mérito es que busca una coordinación muy estrecha entre los tres niveles de gobierno, así como garantizar la división de poderes para que, tanto el Poder Legislativo como el Poder Judicial, colaboren en la construcción del México digital.

Sexta. Con la creación de esta ley se facilitará la orientación, coordinación e integración de los esfuerzos y las acciones, tanto del sector público como de la iniciativa privada y la sociedad civil, para acelerar el desarrollo de la sociedad de la información en el país. Con esta ley, a decir de los proponentes, México ingresa al mundo de la sociedad de la información.

Séptima. Cabe destacar que se promueve la austeridad presupuestal estableciendo que para la operación y funcionamiento de la Comisión Intersecretarial y del Consejo para el Desarrollo de la Sociedad de la Información (órganos que se crean para la aplicación de la ley), se aprovecharán los recursos humanos, materiales y financieros de las dependencias y entidades de la administración pública federal, por lo que no se requerirán recursos adicionales para tal fin.

Octava. Así, la comisión dictaminadora estima que es de aprobarse la iniciativa de mérito con las modificaciones realizadas al articulado de la ley, las cuales consisten en lo siguiente:

a) Se modifica el artículo 1o. para establecer que la promoción del desarrollo de una sociedad de información en el país será a través de una agenda digital nacional, en lugar de una estrategia.
b) En la fracción I del artículo 2o. se precisa el concepto de ``agenda digital nacional'' para hacer congruente la modificación planteada en el inciso a).
c) En la fracción XI del artículo 2o. se establece, dentro del apartado de definiciones, gobierno electrónico o digital.
d) En el artículo 4o. se define la naturaleza del Consejo para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.
e) En el artículo 9o. se elimina que el programa especial sea de forma anual.
f) En el artículo 12 se modifica la conformación de la comisión intersecretarial para establecer que ésta estará integrada por los titulares de las dependencias y que contará con los siguientes invitados permanentes: los titulares de la Comisión Federal de Electricidad, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, del Instituto Mexicano del Seguro Social, de Petróleos Mexicanos, de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, así como el presidente del Consejo. De igual manera, se precisa que la comisión será presidida por el titular de la dependencia facultada en materia de gobierno electrónico. Asimismo se establece que para su funcionamiento, la comisión intersecretarial se organizará en subcomisiones de acuerdo con los objetivos planteados en el artículo 3o. de la ley.
g) En el artículo 13 se eliminan como invitados a las sesiones de la comisión intersecretarial a los titulares de las dependencias, pues éstos ya forman parte de la comisión intersecretarial de acuerdo con la modificación realizada al artículo 12 de la ley.
h) En el artículo 14 se hacen algunas modificaciones respecto a las atribuciones de la comisión intersecretarial.
i) En el artículo 17 se modifica el número de veces que tendrá que sesionar la comisión intersecretarial. La iniciativa prevé que sean cuando menos cuatro veces al año, y se modifica para que cuando menos sean dos veces al año. Asimismo, y en virtud que se modificó la conformación de la comisión intersecretarial, se modifica la forma de hacer quórum para que ésta pueda sesionar válidamente.
j) En el artículo 19 se cambia la referencia que se hace del artículo 17 por el artículo 12, el cual se refiere a las dependencias que integran la comisión intersecretarial, esto con objeto de hacer congruentes las disposiciones de la ley.
k) En el artículo 21 se establece que, en caso de que así lo considere pertinente, el consejo podrá apoyarse en la comisión intersecretarial para llevar a cabo la medición del impacto de la política para el desarrollo de la sociedad de la información.
l) En el artículo 23, fracción II, se establece que el consejo establezca, en coordinación con la comisión intersecretarial, los lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición del cierre de la brecha digital y el desarrollo de una sociedad de la información en el país.
m) En el artículo segundo transitorio se elimina la palabra se ``derogan'', por se ``modificarán'' todas las disposiciones que se opongan a lo previsto en ese ordenamiento, conforme a lo dispuesto en esa ley.
n) En el artículo tercero transitorio se establece que la comisión intersecretarial contará con un plazo de cinco meses para la expedición de su reglamento.
ñ) En el artículo quinto transitorio se incluye el concepto de ``agenda digital nacional'' y se establece que ésta debe de contar con los objetivos, así como con las líneas estratégicas señaladas en el artículo 3o. de la ley, que serán la pauta para el establecimiento de las líneas de acción necesarias. Se precisa además que esta agenda servirá de referencia para los siguientes mandatos presidenciales.

Octava. Respecto a la técnica legislativa, en adición a las modificaciones referidas con anterioridad, se realizaron diversas modificaciones de estilo y se uniformaron diversos conceptos a lo largo del texto de la ley.

Opinión de la Comisión de Ciencia y Tecnología

Mediante oficio número LX/CCyT/930/08, la Comisión de Ciencia y Tecnología hizo llegar a la Comisión de la Función Pública opinión favorable que dicha comisión emitió respecto a la iniciativa que expide la Ley para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, estableciéndose en ésta diversas modificaciones al texto del articulado que se tomaron en consideración para la elaboración del presente dictamen.

Asimismo, a continuación se hacen constar algunas de las consideraciones que la citada comisión expresa en la opinión de mérito:

• Que el proyecto de la iniciativa es un esfuerzo conjunto de los sectores público, privado, social y académico que han participado en diversos momentos en la redacción y análisis de dicho documento, a través de la discusión en foros, mesas de trabajo y consultas directas.
• Que el desarrollo de una sociedad de la información en el país, trae aparejado una serie de beneficios para las y los mexicanos en cuanto a la calidad de vida y el desarrollo de sus actividades cotidianas a través del aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicación, y el establecimiento de una infraestructura de acceso universal en todo el país.
• Que el planteamiento de una estrategia en materia de gobierno electrónico fortalecerá a las instituciones del país y las hará más eficaces y eficientes en la prestación de servicios a la ciudadanía y en sus procesos internos.
• Que el impulso de una economía digital y de una industria de tecnologías de la información y comunicación se traducirá en mayor competitividad y productividad del país a nivel mundial.
• Que es necesario adecuar el marco normativo mexicano para otorgar seguridad, confianza y protección a los usuarios de estas tecnologías.
• Que la iniciativa fortalece los esfuerzos que al día de hoy vienen realizando la administración pública federal, las entidades federativas y los gobiernos municipales, así como los sectores privado, social y académico, al establecer un mecanismo de coordinación a través de la comisión intersecretarial.
• Que la iniciativa lejos de crear una mayor carga presupuestal, al coordinar los esfuerzos existentes procurará mayor aprovechamiento de los recursos que se asignen a la materia, permitiendo la redistribución de los mismos.
• Que para el caso de las estructuras que se crean a partir de la iniciativa, se aprovecharán los recursos materiales, humanos y financieros de las dependencias que intervienen, por lo que tampoco significará mayor gasto presupuestal.
• Que la iniciativa no contraviene la legislación en materia de ciencia y tecnología, toda vez que no invade atribuciones de las dependencias, más bien reconoce y parte de las mismas para el desarrollo de la estrategia digital.

Opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la honorable Cámara de Diputados establece en su opinión de valoración de impacto presupuestario que la iniciativa de mérito no genera impacto presupuestario respecto al funcionamiento de la comisión intersecretarial y del Consejo para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.

Sobre este punto, cabe señalar que el artículo cuarto transitorio establece que para la operación y funcionamiento de la comisión y del consejo, se aprovecharán los recursos humanos, materiales y financieros de las dependencias y entidades, por lo que no se requerirán recursos adicionales para tal fin.

Por otro lado, en la citada opinión se precisa respecto a los programas de capacitación que el proyecto prevé que tengan como fin formar una población alfabetizada digitalmente a través del sistema educativo nacional y una fuerza de trabajo a través de la capacitación digital, que no se especifica en éste si se consideraron los programas ya existentes con que cuentan diversas dependencias de la administración pública federal, y que con el fin de cumplir con estos programas se tendrían que ampliar los recursos para cubrir estos rubros, lo cual genera impacto presupuestario.

Al respecto, esta comisión precisa que las dependencias de la administración pública federal ya cuentan con programas que tienen por objeto la promoción del uso de las tecnologías de la información y comunicaciones entre la población.

Asimismo, cabe destacar que en la ley no se prevé el aumento de los programas existentes en la materia, por lo cual no se genera impacto presupuestario.

Es de señalarse que en el artículo 7o. de la ley se establece que las acciones que deban implantar las dependencias y entidades de la administración pública federal para dar cumplimiento a lo dispuesto en la ley, deberán cubrirse en función de los ingresos disponibles conforme a la Ley de Ingresos de la Federación y sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Con base en las consideraciones anteriores, la Comisión de la Función Pública presenta al Pleno de la honorable Cámara de Diputados, para su aprobación, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se expide la Ley para el Desarrollo de la Sociedad de la Información

Artículo Único. Se expide la Ley para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.

Ley para el Desarrollo de la Sociedad de la Información

Capítulo I Disposiciones Generales

Artículo 1o. La ley es de orden público y sus disposiciones están dirigidas a promover el desarrollo de una sociedad de la información en el país, a través de una agenda digital nacional que establezca la estrategia que propicie igualdad de oportunidades entre los habitantes del país, mediante la accesibilidad y el uso masivo de las tecnologías de la información y comunicaciones, en el marco de las libertades ciudadanas y obligaciones gubernamentales que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 2o. Para los efectos de esta ley se entenderá por

I. Agenda digital nacional: Documento estratégico de la Sociedad de la Información para el país que incluye una visión a largo plazo, objetivos, líneas estratégicas y líneas de acción, la cual es emitida por la instancia rectora en el marco legal de la Ley de Planeación y las disposiciones que de ésta se derivan
II. Alfabetización digital: Proceso de adquisición de los conocimientos y habilidades necesarias para conocer y utilizar adecuadamente las tecnologías de la información y comunicaciones para elevar el conocimiento y poder responder críticamente a los estímulos y exigencias de un entorno informacional cada vez más complejo, con variedad y multiplicidad de fuentes, medios de comunicación y servicios.
III. Brecha digital: Distancia entre quienes tienen acceso a las tecnologías de la información y comunicaciones y entre quienes no lo tienen, y con ello los beneficios derivados que son el desarrollo, el acceso a la información y la participación en la transformación de la vida pública.
IV. Comisión intersecretarial: La Comisión Intersecretarial para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.
V. Conocimiento: Capacidad cognoscitiva, la cual es una información almacenada que se organiza en un esquema conceptual y existe cuando un individuo sabe qué hacer con la información, mismo que le da la facultad de crear algo de valor partiendo de éste.
VI. Consejo: El Consejo para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.
VII. Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII. Dependencias: Las que integran la administración pública federal centralizada, en términos de los artículos 1o. y 2o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
IX. Economía digital: Habilitación de los procesos de negocios, producción y comercialización, a través del uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicaciones, las cuales tienen un impacto en la sociedad, en las empresas, en los servicios y en los consumidores.
X. Entidades federativas: Estados de la federación y el Distrito Federal.
XI. Gobierno electrónico o digital: Uso de las tecnologías de la información y comunicaciones, y particularmente del Internet como herramienta para lograr un mejor gobierno, a través de la mejora de los procesos gubernamentales con eficiencia para otorgar mejores servicios, facilitar el acceso a la información y la promoción de la rendición de cuentas, la transparencia y participación ciudadana.
XII. Información: Conjunto de datos estructurados, formateados, inertes e inactivos hasta que no sean utilizados por aquellos que tienen el conocimiento suficiente para interpretarlos y manipularlos.
XIII. Internet: Red de interconexión de redes mundial. Tiene una jerarquía de tres niveles formados por redes de eje central, redes de nivel intermedio y redes aisladas.
XIV. Órdenes de gobierno: Gobierno federal, de las entidades federativas y de los municipios.
XV. Plan: Plan Nacional de Desarrollo.
XVI. Programa especial: El Programa Especial para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.
XVII. Sociedad de la información: Organización social en la que la generación, el procesamiento y la transmisión de información, así como el desarrollo de las tecnologías que las posibilitan, se convierten en las fuentes fundamentales de la productividad, debido a las nuevas condiciones tecnológicas que surgen, y donde uno de sus rasgos clave es la lógica de interconexión de su estructura básica.
XVIII. Tecnologías de la información y comunicaciones: Conjunto de herramientas, habitualmente de naturaleza electrónica, utilizadas para el registro, almacenamiento, tratamiento, difusión y transmisión de la información.

Artículo 3o. Las políticas, los programas y las acciones que desarrolle el Ejecutivo federal en materia de desarrollo de la sociedad de la información en el país, tendrán carácter prioritario, por lo que serán consideradas en el Plan Nacional de Desarrollo y programas sectoriales que deriven de ellas, y estarán orientados a los siguientes objetivos:

I. Contribuir al incremento de la calidad de vida y el bienestar social, mediante la implantación de una sólida, segura y sustentable infraestructura de tecnologías de la información y comunicaciones a través de Internet de banda ancha y tecnologías emergentes, disponible en todo el país, accesible para todos sus habitantes, sea desde sus hogares, lugares de trabajo, centros educativos, o desde una red ubicada en centros comunitarios digitales, parques y lugares públicos o cibercafés;
II. Formar una población participativa, alfabetizada digitalmente, a través del sistema educativo nacional y una fuerza de trabajo calificada en el manejo de las tecnologías de la información y comunicaciones, mediante la capacitación digital, que incluye la alfabetización, instrucción, apropiación y adopción del uso de dichas tecnologías, por lo que se deberá considerar a la investigación y formación de recursos humanos como inversión prioritaria;
III. Consolidar la confianza en las instituciones públicas, bajo los principios de innovación, modernidad, competitividad y servicio al ciudadano, para contribuir al desarrollo de una sociedad de la información en el país, fortaleciendo principalmente los servicios de gobierno electrónico o digital, salud, educación, seguridad pública, protección civil y cultura, a través del aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicaciones y la investigación para su aplicación;
IV. Fomentar el crecimiento económico y el empleo en el país, mediante la innovación tecnológica y la conversión de las actividades del sector privado hacia una economía digital y mecanismos de vinculación entre las instituciones de educación superior y el sector productivo, con objeto de implantar un comercio electrónico altamente desarrollado;
V. Impulsar la productividad y la competitividad del país, desarrollando empresas de tecnologías de la información y comunicaciones, en el marco de las mejores prácticas que soporten digitalmente la economía nacional, y que sean capaces de competir internacionalmente; y
VI. Establecer un marco jurídico-normativo moderno, bajo criterios de neutralidad tecnológica, que facilite el desarrollo de la sociedad de la información, asegurando la libertad de expresión, la democracia, la transparencia, el acceso al conocimiento y la cultura, así como la confianza, seguridad y protección de los usuarios de Internet, de los derechos de creadores e innovadores, de empresarios, trabajadores y consumidores.

Artículo 4o. Para coordinar la implementación de la presente ley se crea la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo de la Sociedad de la Información. Asimismo se crea el Consejo para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, con carácter incluyente y representativo de los intereses del país, como órgano consultivo de la comisión intersecretarial.

Artículo 5o. Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos con autonomía reconocida por la Constitución, mediante acuerdos de carácter general de sus respectivos órganos de gobierno, impulsarán programas y acciones que faciliten y mejoren el ejercicio de sus respectivas atribuciones a través del aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicaciones, con base en los principios de eficiencia y transparencia, considerando las mejores prácticas nacionales e internacionales en la materia.

Artículo 6o. El Ejecutivo federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas la participación de las mismas en la promoción del uso de las tecnologías de la información y comunicaciones entre la población, debiendo considerarse la participación que corresponda a los municipios. Con el mismo propósito, el Ejecutivo federal podrá concertar la realización de acciones con los sectores social y privado.

Artículo 7o. Los donativos, créditos, estímulos, apoyos, reconocimientos y demás acciones que, en su caso, deban realizar las dependencias y entidades de la administración pública federal para dar cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley, deberán cubrirse en función de los ingresos disponibles conforme a la Ley de Ingresos de la Federación y sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Capítulo II De la Conducción y Coordinación de la Política para el Desarrollo de la Sociedad de la Información

Artículo 8o. La conducción del desarrollo de una sociedad de la información tendrá el carácter democrático que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes relativas. Participarán en ella el sector público por conducto del Ejecutivo federal, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, en los términos de la Ley de Planeación, así como los sectores académico, social y privado a través de sus organizaciones sociales y económicas legalmente reconocidas y demás mecanismos de participación ciudadana.

El desarrollo de la sociedad de la información deberá comprender tanto acciones de impulso a la investigación, productividad y competitividad, como medidas de apoyo tendientes a eliminar las asimetrías en la materia existentes tanto dentro del país, así como con respecto a otros países, con base en criterios de sustentabilidad.

Artículo 9o. La secretaría que presida la comisión intersecretarial elaborará, tomando en consideración las propuestas de la agenda digital nacional y las que emita dicha comisión intersecretarial, el Programa Especial para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, el cual será puesto a consideración del presidente de la República, en los términos de la Ley de Planeación.

El programa especial será aprobado por el presidente de la República dentro de los seis meses posteriores a la expedición del Plan Nacional de Desarrollo y deberá fomentar acciones que desarrollen la política establecida en materia de sociedad de la información en el Plan Nacional de Desarrollo; se publicará en el Diario Oficial de la Federación y se difundirá ampliamente entre la población del país. Asimismo, estará sujeto a las revisiones, evaluaciones y ajustes previstos por las leyes aplicables con la participación del consejo.

Artículo 10. Con objeto de que la gestión pública que se realice para cumplir esta ley constituya una acción integral del Estado, en apoyo al desarrollo de la sociedad de la información, el Ejecutivo federal, por conducto de la comisión intersecretarial, coordinará el accionar de las dependencias y entidades de la administración pública federal relacionadas con la política sexenal y los programas y acciones anuales en la materia, de acuerdo a lo que establezca el reglamento de dicha comisión.

Artículo 11. La comisión intersecretarial, a través de las dependencias que la integran, ejecutará las acciones previstas en este capítulo, de acuerdo con las competencias conferidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en la Ley de Planeación, en la forma que se determine en su reglamento y en otras disposiciones aplicables.

Asimismo, la comisión intersecretarial, mediante la concertación con las dependencias y entidades del sector público y con los sectores privado y social, aprovechará las capacidades institucionales de éstas y las propias de las estructuras administrativas asignadas en su reglamento.

Artículo 12. La comisión intersecretarial estará integrada por los titulares de las dependencias de la administración pública federal, asimismo contará con los siguientes invitados permanentes que serán los titulares de

I. La Comisión Federal de Electricidad;
II. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología;
III. El Instituto Mexicano del Seguro Social;
IV. Petróleos Mexicanos;
V. La Comisión Federal de Telecomunicaciones;
VI. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía; y
VII. El Consejo.

La comisión será presidida por el titular de la dependencia de la administración pública federal facultada en materia de gobierno electrónico.

Los integrantes de la comisión tendrán derecho a voz y voto y los invitados permanentes sólo tendrán derecho a voz. En el supuesto de ausencia de los titulares de las dependencias, éstos nombrarán a sus respectivos suplentes para cada sesión en específico, mismos que conservarán su derecho a voz y voto.

Para su funcionamiento, la comisión intersecretarial se organizará en subcomisiones, de acuerdo a los objetivos planteados en el artículo 3o. de la presente ley y a los acuerdos que en ésta se aprueben.

Artículo 13. A propuesta de cualquiera de sus integrantes, la comisión podrá invitar a sus sesiones a

I. Otras entidades;
II. La Procuraduría General de la República;
III. Organismos constitucionales autónomos;
IV. Autoridades de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios;
V. Integrantes del Poder Judicial de la Federación y de las comisiones legislativas del honorable Congreso de la Unión; y
VI. Representantes de los sectores académico, social y privado.

Los invitados podrán participar en las sesiones con derecho a voz pero sin voto.

Artículo 14. Corresponden a la comisión intersecretarial para la implantación de la presente ley las siguientes atribuciones:

I. Apoyar a la presidencia de la comisión en el despliegue de la estrategia digital integral para el acceso y uso masivo de las tecnologías de la información y comunicaciones en los sectores público y privado, y el desarrollo de una política pública nacional en la materia;
II. Opinar respecto de las propuestas para la elaboración del Programa Especial para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, de los proyectos de políticas y criterios para la formulación de programas y acciones de las dependencias y entidades, así como de la evaluación de dichos programas, con la participación del consejo;
III. Promover, en el ámbito de su competencia, el desarrollo del marco normativo de tecnologías de la información y comunicaciones tendientes a impulsar el desarrollo de la sociedad de la información, y definir y coordinar proyectos intersectoriales de alto impacto en el gobierno, en las organizaciones privadas y en las instituciones de educación superior;
IV. Conocer las propuestas para la presupuestación de las acciones correspondientes del programa especial, conforme a las políticas y proyectos definidos;
V. Promover los acuerdos orientados a la búsqueda de recursos económicos para el desarrollo de los proyectos, con las dependencias y entidades, organismos nacionales e internacionales, ya sean públicos o privados;
VI. Promover, dentro de su ámbito de competencia, la adopción de mejores prácticas en el uso de las tecnologías de información y comunicaciones;
VII. Promover el establecimiento de alianzas público-privadas;
VIII. Promover la suscripción de convenios para la coordinación y colaboración con los poderes federales, la Procuraduría General de la República, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como con instituciones públicas y privadas nacionales e internacionales, a fin de propiciar el intercambio de información y experiencias, el análisis de problemáticas comunes y la realización de proyectos conjuntos en la materia;
IX. Promover el establecimiento de mecanismos para la participación ciudadana, a fin de orientar los planes y programas que se formulen en la materia;
X. Promover, en el ámbito de su competencia, el fortalecimiento de las actividades de investigación y desarrollo dentro de las instituciones de educación superior, así como de las empresas establecidas en el país;
XI. Establecer el marco normativo que sea indispensable para su operación; y
XII. Las demás que determine el Ejecutivo federal.

Artículo 15. El presidente de la comisión intersecretarial tendrá las siguientes funciones:

I. Presidir las sesiones;
II. Autorizar el proyecto de orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
III. Dirigir los debates y conservar el orden en el desarrollo de las sesiones;
IV. Autorizar la celebración de las sesiones extraordinarias solicitadas por cualquiera de los integrantes de la comisión;
V. Informar anualmente al titular del Ejecutivo federal y al consejo, o cuando estos así lo requieran, las actividades y resultados obtenidos por la comisión intersecretarial; y
VI. Las demás que sean necesarias para cumplir con lo anterior.

Artículo 16. Los integrantes de la comisión intersecretarial se harán responsables, en el ámbito de sus respectivas competencias, de la coordinación e implantación de las acciones que sean necesarias para el cumplimiento de los acuerdos tomados en ésta.

Artículo 17. La comisión intersecretarial sesionará de forma ordinaria cuando menos dos veces al año, sin perjuicio de que celebre sesiones extraordinarias previa convocatoria del secretario ejecutivo, por instrucciones de su presidente, a petición de cualquiera de sus integrantes.

Para sesionar válidamente, la comisión intersecretarial deberá contar por lo menos con la presencia de la mitad más uno de sus integrantes, dentro de los cuales deberá estar presente el presidente de ésta; sus decisiones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad.

Artículo 18. El presidente de la comisión intersecretarial nombrará a un secretario ejecutivo, al cual le corresponderá llevar a cabo las siguientes funciones:

I. Coordinar de manera general la implementación de acciones y estrategias en la materia de esta ley, en términos de lo que disponga la comisión intersecretarial;
II. Elaborar y remitir, por instrucciones del presidente de la comisión intersecretarial, las convocatorias a las reuniones;
III. Preparar la agenda de los asuntos a tratar en las sesiones de la comisión intersecretarial e integrar la documentación correspondiente para su distribución entre los integrantes e invitados, con un mínimo de siete días hábiles de anticipación para el caso de sesiones ordinarias, y de cuatro días hábiles por lo que se refiere a sesiones extraordinarias;
IV. Proporcionar el apoyo administrativo que se requiera para la celebración de las sesiones de la Comisión;
V. Determinar la existencia del quórum legal para sesionar, así como efectuar el conteo de las votaciones durante las sesiones;
VI. Elaborar y suscribir las actas correspondientes y llevar el seguimiento de los acuerdos que se adopten en el seno de las sesiones, así como instrumentar las acciones necesarias para su cumplimiento;
VII. Recibir de los integrantes de la comisión intersecretarial las propuestas de los temas a tratar en las sesiones;
VIII. Instrumentar las acciones de difusión de los trabajos de la comisión intersecretarial;
IX. Solicitar a los integrantes de la comisión intersecretarial, así como a los grupos de participación, la información necesaria para la integración del informe sobre el avance del cumplimiento de los acuerdos adoptados que rendirá el presidente de dicha comisión al Ejecutivo federal y al consejo;
X. Informar al presidente de la comisión intersecretarial respecto de las actividades de las subcomisiones y grupos de participación; y
XI. Las demás que le encomiende la comisión intersecretarial o su presidente.

Artículo 19. El Ejecutivo federal, a través de las dependencias que integran la comisión intersecretarial de acuerdo con lo que establece el párrafo primero del artículo 12 de la presente ley, y de las entidades que en éste se mencionan, previo acuerdo con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, podrá celebrar los convenios necesarios para definir las responsabilidades de cada uno de los órdenes de gobierno en el cumplimiento de los objetivos y metas del programa especial. En estos convenios se establecerá la responsabilidad de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios para promover la oportuna concurrencia en el ámbito estatal y municipal de otros programas sectoriales que, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sean responsabilidad de las diferentes dependencias y entidades federales, cuyo alcance guarde relación directa con lo señalado en la presente ley.

Artículo 20. Los convenios que celebren las dependencias y entidades del sector público federal con los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, se realizarán de conformidad con la normatividad aplicable, aprovechando los instrumentos financieros con que en su caso cuenten las dependencias y entidades que conforman la comisión intersecretarial, y que guarden relación con el objeto de la presente ley.

Capítulo III De la Medición del Impacto

Artículo 21. La medición del impacto de la política para el desarrollo de la sociedad de la información estará a cargo del Consejo para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en términos del presente capítulo, que podrá realizarla por sí mismo o a través de uno o varios organismos independientes del ejecutor del programa, y tiene por objeto revisar periódicamente el cumplimiento de los objetivos sociales y económicos de los programas, metas y acciones de la política para el desarrollo de la sociedad de la información y sugerir adecuaciones a las estrategias planteadas.

La medición del impacto se llevará a cabo durante el primer semestre de cada año.

En caso de que así lo considere pertinente, el consejo podrá apoyarse en la comisión intersecretarial para llevar a cabo la medición del impacto de la política para el desarrollo de la sociedad de la información.

Artículo 22 . La presidencia de la comisión intersecretarial presentará anualmente ante el consejo un informe del progreso y de las medidas de políticas tomadas en materia de la sociedad de la información.

Artículo 23. Para llevar a cabo la medición del efecto de las políticas, programas y acciones objeto de la presente ley, le corresponde al consejo las siguientes atribuciones:

I. Coordinar, con la comisión intersecretarial si así lo requiere, la medición del efecto de las políticas y programas para el desarrollo de la sociedad de la información que ejecuten las dependencias públicas;
II. Establecer, en coordinación con la comisión intersecretarial, los lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición del cierre de la brecha digital y el desarrollo de una sociedad de la información en el país, garantizando la transparencia, objetividad y rigor técnico en dicha actividad;
III. Solicitar a las dependencias y entidades del Ejecutivo federal ejecutoras de los programas a sopesar, y a las estatales o municipales, en los términos de los convenios que al efecto suscriban, toda la información necesaria para la realización de dicha medición;
IV. Publicar los resultados de la medición del impacto en el Diario Oficial de la Federación y entregarlos a la comisión intersecretarial y al Ejecutivo federal;
Emitir, de acuerdo a los resultados de la medición del impacto, las sugerencias y recomendaciones que considere pertinentes a la comisión intersecretarial y hacerlas del conocimiento público; y
VI. Invitar a organismos revisores independientes, nacionales o internacionales, que podrán coadyuvar en la medición del impacto, debiendo ser instituciones de educación superior, de investigación científica u organizaciones no lucrativas.

Artículo 24. Para la medición del impacto de las políticas desplegadas en la materia, los programas de manera invariable deberán incluir los indicadores de resultados para medir su cobertura, calidad y repercusión. Las dependencias y entidades de la administración pública federal ejecutoras de los programas a sopesar, y las estatales o municipales, en los términos de los convenios que al efecto suscriban, proporcionarán toda la información y las facilidades necesarias para la realización de dicha medición.

Artículo 25. Los indicadores de resultados que se establezcan deberán reflejar el cumplimiento de los objetivos de los programas, metas y acciones que se desprendan del Plan Nacional de Desarrollo y del programa especial, así como los procedimientos y la calidad de los servicios de los mismos, con referencia en las mejores prácticas nacionales e internacionales.

Artículo 26. El consejo estará integrado de la siguiente forma:

I. Tres investigadores académicos, con amplia experiencia en la materia de esta ley y en métodos de medición de impacto de políticas públicas y que colaboren en instituciones de educación superior;
II. Un representante del sector empresarial;
III. Un representante de la industria de las tecnologías de la información y comunicaciones;
IV. Un representante de las organizaciones sociales en materia de sociedad de la información;
V. Un representante de la comisión intersecretarial;
VI. Un representante de la Cámara de Diputados;
VII. Un representante de la Cámara de Senadores;
VIII. Un representante del Poder Judicial Federal; y
IX. Un representante por todas las entidades federativas.

Artículo 27. Los integrantes del consejo durarán cuatro años en el cargo y podrán ser reelectos por un solo período adicional y su cargo tendrá carácter honorífico. Serán designados por la comisión intersecretarial a través de una convocatoria pública cuya responsabilidad será del secretario ejecutivo y cuyos lineamientos se establecerán en el reglamento de la comisión intersecretarial.

En el caso de los representantes de los Poderes Legislativo y Judicial, serán sus órganos de gobierno quienes los designen por los mecanismos que éstos determinen, y con la temporalidad que sus cargos les permitan.

El consejo contará con un presidente que será elegido por sus integrantes de entre los señalados en las fracciones de la I a la IV del artículo anterior. Durará en su encargo cuatro años, no podrá ser reelecto y contará con las atribuciones que señale su reglamento.

Artículos Transitorios

Primero. La ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se modificarán todas las disposiciones que se opongan al presente ordenamiento, conforme a lo dispuesto en la ley.

Tercero. La integración de la comisión intersecretarial tendrá un plazo máximo de tres meses a partir de la publicación de la ley en el Diario Oficial de la Federación. Una vez instalada, la comisión intersecretarial contará con un plazo de cinco meses para la expedición de su reglamento.

Una vez integrada la comisión intersecretarial, en un plazo máximo de un mes se deberá expedir la convocatoria para la conformación del Consejo para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, el cual deberá integrarse en un plazo máximo de dos meses a partir de dicha convocatoria.

Cuarto. Para la operación y funcionamiento de la comisión intersecretarial, así como para el consejo, se aprovecharán los recursos humanos, materiales y financieros de las dependencias y entidades, por lo que no se requerirán recursos adicionales para tal fin.

Quinto. El Ejecutivo federal dispone de seis meses a partir de la instalación de la comisión intersecretarial para formular y publicar en el Diario Oficial de la Federación una agenda digital nacional para el desarrollo de la sociedad de la información, con una visión a veinte años. Dicha agenda deberá de contar con los objetivos, así como con las líneas estratégicas señaladas en el artículo 3o. de la ley, y serán la pauta para el establecimiento de las líneas de acción necesarias. La agenda digital nacional servirá de referencia para los siguientes mandatos presidenciales.

Para la elaboración de dicha agenda, se escucharán las observaciones del consejo.

Sexto. El Ejecutivo federal dispone de seis meses a partir de la instalación de la comisión intersecretarial para formular y publicar el programa especial en la materia correspondiente al periodo que concluye con el mandato constitucional de la actual administración federal.

Séptimo. Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos con autonomía reconocida por la Constitución, deberán publicar las disposiciones correspondientes a más tardar seis meses después de la entrada en vigor de la ley.

La Comisión de la Función Pública, diputados: Benjamín Ernesto González Roaro (rúbrica), presidente; Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Lariza Montiel Luis (rúbrica), Jesús Ricardo Morales Manzo (rúbrica), José Guillermo Velázquez Gutiérrez (rúbrica), secretarios; Jesús Sergio Alcántara Núñez , Alma Edwviges Alcaraz Hernández , Carlos Altamirano Toledo , Jesús Arredondo Velázquez (rúbrica), Carlos Armando Biebrich Torres , María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Andrés Carballo Bustamante , José de la Torre Sánchez (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Adriana Díaz Contreras (rúbrica), Arturo Flores Grande , María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Carlos Orsoe Morales Vázquez , Alan Notholt Guerrero (rúbrica), Sagrario María del Rosario Ortiz Montoro (rúbrica), Héctor Padilla Gutiérrez , Rafael Plácido Ramos Becerril , Marcos Salas Contreras (rúbrica), Ramón Valdés Chávez (rúbrica), Víctor Gabriel López Varela (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY GENERAL DE EDUCACION

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 41 de la Ley General de Educación

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y análisis la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 41 de la Ley General de Educación.

De conformidad con lo enunciado en los artículos 71 y 72 constitucionales, y de conformidad con los artículos 39, 43, 44 y 45 numeral 6 incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como con los artículos 56, 60, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se procedió al análisis de la mencionada minuta, presentando a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente dictamen

I. Antecedentes

1. Con fecha 12 de abril de 2007 la senadora Ludivina Menchaca Castellanos del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 41 de la Ley General de Educación.
2. En la misma fecha, la presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República turnó la iniciativa a las Comisiones Unidas de Educación y de Estudios Legislativos para su estudio y dictamen.
3. Con fecha 8 de noviembre de 2007, se presentó el dictamen a discusión en el Pleno de la Cámara de Senadores, el cual fue aprobado por 80 votos a favor y turnado a la Cámara de Diputados.
4. Con fecha 12 de noviembre de 2007, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió la minuta con proyecto de decreto en comento, para efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
5. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos la minuta en comento, para su estudio y dictamen.

II. Descripción de la minuta

La iniciativa de la senadora Ludivina Menchaca propone que en el artículo 41 de la Ley General de Educación se considere --como parte de la educación especial-- la atención de los niños y jóvenes con capacidades sobresalientes, mediante programas específicos que les permitan desarrollar sus potencialidades pero que, al mismo tiempo, les posibiliten la plena integración con su medio.

La iniciativa se complementa con la propuesta de que la certificación de los estudios realizados por los alumnos con capacidades sobresalientes, sea otorgada por ``la federación, las entidades federativas y los municipios, sus organismos descentralizados, las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía, y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios'', previa aplicación de los exámenes necesarios para demostrar las aptitudes e independientemente de la edad de los postulantes.

Consideraciones del Senado

En el dictamen correspondiente, la Cámara de Senadores expresó su coincidencia con la preocupación manifestada en la iniciativa, en el sentido de que la educación especial para los niños y jóvenes con aptitudes sobresalientes no ha sido enfocada como una prioridad educativa, lo cual resta oportunidades a los niños y jóvenes con tales características, pues no se identifica oportunamente si sus habilidades se desarrollan respecto del conocimiento en general o en materias específicas, si tienen pensamiento creativo o productivo, o bien si destacan por sus habilidades para el liderazgo, las artes visuales o la destreza física.

La colegisladora señaló también que la percepción generalizada de la población es que la educación especial es la dirigida a las personas que tienen alguna discapacidad física, mental o sensorial, cuando también se refiere a los niños y jóvenes que por sus habilidades intelectuales se encuentran por arriba del promedio general de los demás alumnos que integran el sistema educativo.

De acuerdo con la colegisladora, otro de los problemas que enfrentan los niños y jóvenes sobresalientes es la dificultad de acreditar estudios regulares por adelantado, lo cual limita su desarrollo continuo; una persona con este potencial obviamente puede desinteresarse en sus estudios si no avanza al nivel que le permiten sus cualidades y madurez emocional, y como resultado paulatinamente perderá el entusiasmo.

El Senado menciona que, hasta la fecha, la atención de esta población mediante modelos pedagógicos específica mente diseñados, se realiza por la SEP de manera experimental y se limita a 60 escuelas de 13 entidades federativas, por lo cual la colegisladora propone que, con base en la disponibilidad presupuestal asignada, se impulse un modelo educativo que recoja las experiencias locales en la atención de los niños y jóvenes con aptitudes sobresalientes.

Asimismo, se considera conveniente que la acreditación de los estudios realizados por niños y jóvenes con aptitudes sobresalientes la efectúen las instituciones que conforman el sistema educativo nacional, de acuerdo con las facultades que cada una tiene asignadas.

III. Consideraciones de la comisión

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados coincide con la colegisladora al reconocer la importancia de brindar atención educativa pertinente, adecuada y de calidad a los niños y jóvenes con capacidades y aptitudes sobresalientes (CAS).

Si bien es cierto que se trata de un grupo de población relativamente pequeño --para 2004 la SEP reportó 4 mi 600 alumnos atendidos en 202 unidades de educación especial ubicadas en 21 entidades--, 1 es necesario considerar lo que estos niños y jóvenes representan potencialmente para el futuro del país. El hecho de que el Estado se responsabilice de esta tarea no debe interpretarse como contribución a la formación de élites, sino, como una ampliación del abanico de opciones para atender la diversidad de la población. En este sentido, la atención de los niños y jóvenes CAS para desarrollar su potencial máximo, significa avanzar en la igualdad de oportunidades educativas.

Hasta ahora, pese a que en la Ley General de Educación y en las disposiciones que regulan la organización y el funcionamiento de los planteles pertenecientes al sistema educativo nacional -en las que se establecen requisitos de ingreso, criterios de acreditación y certificación, entre otras normas- se hace referencia a los alumnos con aptitudes sobresalientes, el término necesidades educativas especiales prácticamente se entiende como exclusivo de los alumnos que tienen alguna discapacidad, cuando en realidad los alumnos CAS también requieren de atención especial:

a) La primera necesidad especial que plantea la atención educativa para los niños y jóvenes con aptitudes sobresalientes, es que los educadores cuenten con instrumentos de diagnóstico para distinguirlos de aquellos que sólo son buenos estudiantes.

Los instrumentos para la evaluación de conocimientos que tradicionalmente se utilizan en las escuelas de nivel básico, e incluso los estandarizados como las pruebas Pisa o las de Enlace, no tienen como fin identificar alumnos con aptitudes sobresalientes, por lo que es necesario utilizar instrumentos específicos. De acuerdo con el Instituto Catalán de Sobredotación:

``Hay que distinguir entre la superdotación propiamente dicha y el talento. Se considera niños superdotados a los que tienen un CI de 130 o más: si crecen en un entorno favorable y pueden desarrollar su potencial, son niños no sólo muy inteligentes sino socialmente maduros, creativos, independientes, con dotes de liderazgo, sentido del humor, etcétera. Los niños talentosos destacan en un aspecto determinado (la música, el ajedrez, las matemáticas, la pintura...) y pueden tener o no una inteligencia superior''. 2

Ahora bien, aun cuando existen varios modelos explicativos de lo que significa un niño o joven CAS --que asignan mayor o menor peso a factores tales como el coeficiente intelectual-- en la actualidad ``existe acuerdo general en que el inteligente nace y se hace, por lo que la inteligencia tiene dos componentes, lo innato (aptitudes) y lo adquirido (adquisición de conocimientos y entrenamiento, es decir, circunstancias ambientales que acompañan al desarrollo intelectual: salud, relaciones familiares, estímulos, circunstancias sociales...). Existe también consenso en lo relativo a que todos los superdotados no son iguales, esto es, existen diferentes grados de superdotación que exigen diferentes medidas a adoptar. Asimismo, se manifiesta la necesidad de distinguir a un alumno superdotado, brillante, genio, talentoso, precoz, creativo, etcétera, ya que su problemática es diferente''. 3

Si se toma en cuenta que el éxito personal, social y laboral de un niño o joven con aptitudes sobresalientes no depende exclusivamente de sus características personales, sino también de las condiciones que ofrece el contexto en el que se desarrolla, puede comprenderse la importancia de que la atención educativa que se les ofrezca sea adecuada y pertinente.

b) Así, la segunda necesidad especial de los alumnos CAS es el diseño de modelos pedagógicos específicos, que respondan a las particularidades de cada alumno y respeten su diversidad. En este sentido, esta comisión considera importante recuperar las experiencias de atención a alumnos sobresalientes desarrolladas en distintas entidades del país en los últimos años, en particular las que han sido sistematizadas mediante el proyecto Una propuesta de intervención educativa para alumnos y alumnas con aptitudes sobresalientes , de la Secretaría de Educación Pública.

c) La tercera necesidad especial que plantea la atención educativa de los alumnos es la evaluación, acreditación y certificación de los estudios que realizan en el sistema formal o en forma autodidacta. En coincidencia con la colegisladora, esta comisión considera necesario que las instituciones educativas --dentro de las facultades correspondientes establecidas en la ley--, tengan la posibilidad de definir los mecanismos administrativos necesarios para que los niños y jóvenes CAS acrediten los estudios que hayan realizado, aún cuando no estén dentro de la edad reglamentaria para el nivel correspondiente o no hayan cursado los estudios en el sistema escolarizado. Esto implica la definición de criterios, mecanismos e instrumentos para la evaluación de conocimientos, habilidades y competencias relacionadas con los estudios que se pretende certificar, mismos que deben ser establecidos por la Secretaría de Educación Pública federal o, en su caso, por las instituciones de educación superior que gozan de autonomía.

Las cuestiones antes señaladas están ausentes en la legislación vigente. Los niveles operativos del sistema educativo nacional enfrentan esa situación de acuerdo con sus propias posibilidades, y es frecuente que los niños con capacidades y aptitudes sobresalientes sean identificados, atendidos y evaluados utilizando procedimientos informales desarrollados por cada profesor en lo individual.

En este sentido, estamos seguros que la modificación del artículo 41 de la Ley General de Educación tendrá un impacto positivo en el desempeño y trayectoria escolar de los alumnos con capacidades y aptitudes sobresalientes, pues agilizará su tránsito en los distintos niveles del sistema educativo, respetando sus propias posibilidades. De esta manera, se estará contribuyendo al desarrollo de talentos.

Ahora bien, aún cuando el sentido de la minuta en cuestión atiende en lo general las consideraciones formuladas por esta comisión, se considera necesario realizar algunos ajustes con la finalidad de otorgarle mayor precisión.

A juicio de esta comisión, la inclusión de un tercer párrafo en el artículo 41 es procedente, aunque es necesario modificar la redacción para evitar la contradicción que implica mencionar que los alumnos ``que poseen'' aptitudes o capacidades sobresalientes, ``serán'' diagnosticados por las autoridades educativas. En otras palabras, antes de afirmar que un alumno tiene capacidades y aptitudes sobresalientes, es necesario diagnosticarlo con los instrumentos adecuados; estos instrumentos deben diseñarse de acuerdo con los lineamientos establecidos por la autoridad educativa federal --en el ámbito de sus facultades-- a fin de asegurar confiabilidad en el proceso.

En el mismo párrafo, esta comisión propone precisar que la autoridad educativa federal se encargue también de establecer los lineamientos para el diseño de los modelos pedagógicos y los mecanismos de acreditación y certificación necesarios para el tránsito de los alumnos CAS por los distintos niveles del sistema, en lo que toca a las instituciones sobre las que la ley le otorga competencia: educación básica, educación normal, así como la educación media superior y la superior no autónoma. Así, las instituciones educativas no autónomas que conforman en sistema educativo nacional, incluidas las particulares de cualquier nivel educativo, se sujetarán a los lineamientos establecidos por la autoridad federal.

Por otra parte, en atención a la autonomía establecida por la Constitución para algunas instituciones de educación superior, esta comisión propone incluir un cuarto párrafo en el artículo 41, en el que se señale la facultad de tales instituciones para definir los programas y procedimientos para la atención y certificación de estudios de los alumnos CAS, así como la posibilidad de establecer convenios con la autoridad educativa federal a fin de homologar los criterios para el diseño de tales programas y procedimientos.

De acuerdo con las modificaciones señaladas anteriormente, el párrafo tercero del texto vigente se recorre al quinto; esta Comisión coincide en la necesidad de sustituir la expresión ``esta educación'', por ``la educación especial'', para lograr mayor claridad.

Por último, se propone precise un plazo máximo de doce meses para que la autoridad educativa federal emita los lineamientos para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 41.

De esta manera, se considera procedente con modificaciones la minuta analizada, en los términos siguientes

Con base en lo expuesto anteriormente y para efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional, los integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios educativos de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, someten a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto que reforma y adiciona el artículo 41 de la Ley General de Educación

Artículo Único. Se reforma el actual tercer párrafo del artículo 41 y se adicionan los párrafos tercero y cuarto, pasando el actual párrafo tercero a ser quinto del mismo artículo de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 41. ...

...

Para la identificación y atención educativa de los alumnos con capacidades y aptitudes sobresalientes, la autoridad educativa federal, con base en sus facultades y la disponibilidad presupuestal, establecerá los lineamientos para la evaluación diagnóstica, los modelos pedagógicos y los mecanismos de acreditación y certificación necesarios en los niveles de educación básica, educación normal, así como la media superior y superior en el ámbito de su competencia. Las instituciones que integran el sistema educativo nacional se sujetarán a dichos lineamientos.

Las instituciones de educación superior autónomas por ley, podrán establecer convenios con la autoridad educativa federal a fin de homologar criterios para la atención, evaluación, acreditación y certificación, dirigidos a alumnos con capacidades y aptitudes sobresalientes.

La educación especial incluye la orientación a los padres o tutores, así como también a los maestros y personal de escuelas de educación básica regular que integren a los alumnos con necesidades especiales de educación.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La autoridad educativa federal emitirá, en un plazo máximo de doce meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, los lineamientos necesarios para la detección, atención pedagógica y certificación de estudios para los alumnos con capacidades sobresalientes en los tres niveles de la educación básica y en las modalidades de media superior y superior en el ámbito de su competencia.

Notas: 1 Los niños diferentes, con más capacidades y habilidades. Entrevista con Ileana Puga, en Educar, número 29, abril-junio de 2004. Consultada el 31 de marzo de 2008 en: http:/educar.jalisco.gob.mx/2 Vives, Gema. Los invisibles. Instituto Catalán de Superdotación. Consultado el l de abril de 2008 en: http://www.aesac.org/superdotados/articulos/los_invisibles.htm ¡3 Noda R., María del Mar. Sobredotación, test de inteligencia e igualdad de oportunidades, en Revista Iberoamericana de Educación, OEI. Consultada el 31 de marzo de 2008 en: htpp:/www.rieoei.org.deloslectores/384NodaPDF
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2009.
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados: Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), presidente; Constantino Acosta Dávila (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Leobardo Curiel Preciado , Delber Medina Rodríguez (rúbrica), Víctor Manuel Lizárraga Peraza (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo , Abundio Peregrino García (rúbrica), Enrique Rodríguez Uresti (rúbrica), Odilón Romero Gutiérrez (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Sergio Sandoval Paredes (rúbrica), secretarios; José Rosas Aispuro Torres , Daniel Amador Gaxiola (rúbrica), Raymundo Cárdenas Hernández (rúbrica), Faustino Javier Estrada González , Jesús Vicente Flores Morfín (rúbrica), María Gabriela González Martínez (rúbrica), Benjamín González Roaro , Sergio Hernández Hernández , Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo (rúbrica), Adolfo Mota Hernández , Francisco Javier Murillo Flores (rúbrica), Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), Ignacio Alberto Rubio Chávez, Sagrario María del Rosario Ortiz Montoro (rúbrica), Miguel Ángel Solares Chávez (rúbrica), Gerardo Sosa Castelán , José Luis Varela Lagunas (rúbrica).»

Es de primera lectura.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Queremos destacar la presencia de alumnos de la Universidad Insurgentes, plantel Vía Morelos, que nos acompañan hoy. Bienvenidos.

Así como también, a los alumnos del Colegio ADA, de Puebla. Bienvenidos.



LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: El siguiente punto del orden del día es la discusión de dictámenes negativos.

En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se autoriza que sólo se lean los encabezados.

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se lean los encabezados. Las diputadas y los diputados que estén por afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se autoriza. Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia, y de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona el artículo 43 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Justicia, y de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados fue turnada, para estudio y dictamen, iniciativa que adiciona un artículo 43 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con objeto de reconocer diversos derechos de menores y adolescentes en Internet, presentada por la diputada Cristina Portillo Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Estas comisiones elaboraron proyecto de dictamen con fundamento en el artículo 39, numerales 1, 2, fracción III, y numeral 3; en los artículos 44, 45, numeral 1, 4, 6, incisos d) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 55, 56, 60, 87, 88 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y lo somete a consideración de la honorable asamblea de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

1) En sesión celebrada el 9 de febrero de 2006, la diputada Cristina Portillo Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa que adiciona un artículo 43 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
2) En esa misma fecha fue turnada, para estudio y análisis, a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Atención a Grupos Vulnerables.
3) Con fecha 1 de febrero de 2007, fue publicado en la Gaceta Parlamentaria, sección Comunicaciones de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, el acuerdo del 3 de enero de 2007 por el que la propia Mesa Directiva resuelve el turno de los asuntos pendientes de la anterior Comisión de Justicia y Derechos Humanos a fin de distribuirlos entre las actuales Comisiones de Derechos Humanos, y de Justicia.

De conformidad con dicho acuerdo, la Comisión de Justicia tiene facultad para dictaminar la presente iniciativa.

Contenido de la iniciativa

Esta iniciativa en estudio pretende establecer un derecho a los niños, niñas y adolescentes de tener acceso a las bases de datos mundiales, es decir, a Internet, a fin de recibir y difundir información, así como un acceso a la educación. Al mismo tiempo se pretende tener derecho a la privacidad de datos confidenciales, protección contra la explotación, el comercio ilegal, los abusos y la violencia de todo tipo que se produzcan utilizando Internet, para protegerlos de abusos y dar a conocer y defender sus derechos.

1. La legisladora afirma que, para niñas, niños y adolescentes, la web es una maravilla de la tecnología, llena de formas emocionantes e interesantes de comunicación y aprendizaje que no dudan en aprovechar por completo. Preparados en destrezas informáticas desde sus primeros años y mucha curiosidad, los menores se conectan a Internet cada vez con mayor frecuencia. Se conectan en línea para interactuar con amigos, trabajar en proyectos escolares y jugar.
2. La expansión de Internet ha propiciado que un alto porcentaje de hogares cuenten con computadoras conectadas a la red. Esto incluye a menores y a adolescentes, quienes han encontrado en Internet un entretenimiento de similar magnitud al que puede tener la televisión.
3. Estudios realizados en todo el mundo revelan datos elocuentes: en Estados Unidos de América más de 25 por ciento de los niños de 2 años ha usado un ordenador sentados sobre las rodillas de sus padres. En la Unión Europea 50 por ciento de los usuarios de Internet tiene menos de 18 años, y en países como Reino Unido, Alemania y Dinamarca superan el 60 por ciento del total.
4. En México, la Asociación Mexicana de Internet registra en 2004 la cifra de 14.9 millones de mexicanos usuarios de esta tecnología, de los cuales 47 por ciento oscila entre 13 y 24 años, y 42 por ciento corresponde a jóvenes adultos con edades entre 25 y 45 años.
5. Así también, la red tiene un lado oscuro: un mundo lleno de imágenes y lenguaje inadecuados, para no mencionar los elementos delictivos que se esconden tras las identidades falsas. Un estudio divulgado en España por el Defensor del Menor revela que 44 por ciento de los menores que navegan con regularidad se ha sentido acosado sexualmente en Internet en alguna ocasión, y 11 por ciento ha reconocido haber sido víctima de esta situación en diversas ocasiones.
6. Para las nuevas generaciones, conocer las nuevas tecnologías y navegar con soltura por Internet es cada vez más importante, por lo que privar a los niños de esta herramienta (que será prácticamente imprescindible en su vida laboral) no debe ser la opción elegida para protegerles de los peligros de la red. Enseñarles a utilizar Internet con criterio y de forma responsable, así como a afrontar determinadas situaciones potencialmente peligrosas para ellos, es una táctica mucho más aconsejable.
7. Esta doble faceta ha obligado a dar plena vigencia en la web al deber social de proteger a la infancia contra cualquier peligro o amenaza para su crecimiento y desarrollo como personas en sociedad. El deber alcanza a todos: a padres y a madres, a centros educativos y docentes, a comerciantes e industriales de las nuevas tecnologías y, obviamente, al Estado; e implica el esfuerzo conjunto de todos los sectores para abatir la brecha digital entre los menores y convertir a Internet, respecto a ellos, en una importante herramienta educativa, social y de información, en una oportunidad para el desarrollo económico y social, para la educación, para el intercambio de información y de experiencias, un instrumento fundamental para la defensa de los derechos humanos y de la Convención sobre los Derechos del Niño. Asimismo, ha propiciado que se garanticen derechos de niñas, niños y adolescentes contra la explotación, el comercio ilegal, los abusos y la violencia de todo tipo que se produzcan utilizando Internet, con objeto, entre otros, de asegurar su acceso al esparcimiento, al ocio, a la diversión y al juego, también mediante las nuevas tecnologías, para que los juegos y las propuestas de ocio en Internet no contengan violencia gratuita, ni mensajes racistas, sexistas o denigrantes y respeten los derechos y la imagen de los niños y niñas y otras personas.

Consideraciones

I. Las comisiones unidas coinciden con la legisladora en que la web y el acceso a Internet es cada día más necesario para los niños y adolescentes, ya que de esta manera acceden a información más precisa y en que se requiere salvaguardar sus derechos.
II. Sin embargo, de adicionar las propuestas de la legisladora se tendrían ciertas desventajas ya que en primer término propone la igualdad de oportunidades en el acceso a Internet y las nuevas tecnologías de la información. Esto no es posible, ya que todas aquellas familias que no puedan adquirir un equipo de computo quedarían fuera de este supuesto, teniendo como consecuencia jurídica una obligación de los padres a proporcionarles un beneficio que en muchas ocasiones causaría un gasto enorme e irregularidades severas en la economía familiar, así también, más riesgos de los que ya se presentan por el uso sin supervisión y la constante exposición de los menores a los ciberacosadores.
III. El derecho a la educación, protección y al desarrollo personal ya se encuentran regulados tanto en nuestra Carta Magna como en tratados internacionales y la misma Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, por tanto causaría sobreregulación adicionarlos a una ley que ya los considera.
IV. Para garantizar la protección de los niños y los adolescentes se requiere de la responsabilidad de los padres y maestros al informarles de los riesgos e impulsar acciones como las de la policía federal Unidad de Delitos Cibernéticos y programas como Navega Protegido.

Por todo lo anterior, las comisiones unidas emiten el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa que adiciona un artículo 43 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada por la diputada Cristina Portillo Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 9 de febrero de 2006.

Segundo. Archívense el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de octubre de 2007.
La Comisión de Justicia, diputados: César Camacho Quiroz (rúbrica), presidente; Felipe Borrego Estrada (rúbrica), Violeta del Pilar Lagunes Viveros (rúbrica), Carlos Alberto Navarro Sugich (rúbrica), Miguel Ángel Arellano Pulido , Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Faustino Javier Estrada González , secretarios; Mónica Arriola (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Liliana Carbajal Méndez , Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Raúl Cervantes Andrade (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), José Manuel del Río Virgen , Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Rutilio Cruz Escandón Cadenas , Arturo Flores Grande (rúbrica), Silvano Garay Ulloa (rúbrica en contra), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Omeheira López Reyna , Andrés Lozano Lozano (rúbrica), Victorio Rubén Montalvo Rojas (rúbrica), Silvia Oliva Fragoso , Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Alfredo Adolfo Ríos Camarena , Yadhira Yvette Tamayo Herrera .
La Comisión de Atención A Grupos Vulnerables, diputados: María Esperanza Morelos Borja (rúbrica), Marcela Cuen Garibi (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández , David Sánchez Camacho , Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui (rúbrica), Humberto Wilfredo Alonso Razo, Irene Aragón Castillo , Carlos Augusto Bracho González (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonso (rúbrica), Silvia Emilia Degante Romero (rúbrica), María Victoria Gutiérrez Lagunes (rúbrica), Juana Leticia Herrera Ale , María Esther Jiménez Ramos (rúbrica), Rubí Laura López Silvia (rúbrica), Marisol Mora Cuevas , Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), María del Carmen Pinete Vargas (rúbrica), Jorge Quintero Bello , Mirna Cecilia Rincón Vargas (rúbrica), Adriana Rodríguez Vizcarra (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel , Martha Angélica Tagle Martínez (rúbrica), Mario Vallejo Estévez (rúbrica), Martín Zepeda Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se reserva para su votación en conjunto. Continúe la Secretaría.



CODIGO PENAL FEDERAL

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Justicia, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 201 Bis del Código Penal Federal

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia, le fue turnada la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 201 Bis del Código Penal Federal.

La Comisión de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en fecha 23 de febrero de 2006, el diputado René Meza Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 201 Bis del Código Penal Federal.

Segundo. Con esa fecha la Mesa Directiva, mediante oficio número D.G.P.L. 59-II-1-1918, acordó que dicha iniciativa se turnara a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Tercero. Con fecha 23 de octubre de 2007, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables envió a esta comisión, copia de la opinión en sentido negativo de la presente iniciativa.

Cuarto. En virtud del decreto publicado el 5 de diciembre de 2006 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se reforman y adicionan los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se dividió a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos en dos comisiones: Comisión de Justicia y Comisión de Derechos Humanos, quedando a cargo de la Comisión de Justicia, con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, la emisión del dictamen de la iniciativa a que se ha hecho referencia.

Contenido de la iniciativa

De la exposición de motivos de la iniciativa presentada por el Diputado René Meza Cabrera, se advierte la siguiente propuesta:

a) Reformar el artículo 201 Bis del Código Penal Federal, con el propósito de actualizar el tipo penal de pornografía infantil, contemplando los nuevos sistemas en el campo de la electrónica y de los medios de comunicación y difusión de imágenes, tales como son ``los archivos de datos, la Internet o cualquier otro mecanismo similar'' y aumentar las penas de 10 a 15 años de prisión y las multas de 2 a 5 mil días de multa.
b) Lo anterior, con la finalidad de poder castigar con mayor severidad el fenómeno de la pornografía infantil, que como bien señala el promovente, se caracteriza por la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes con fines primordialmente comerciales y que es un delito que va en aumento.
c) Asimismo, propone adicionar al artículo citado, una penalización mayor de va de 10 a 20 años y multa de cinco mil a veinte mil días, en los casos en que las víctimas sean de 10 años o menos, por considerar que dichos menores son los más demandados dentro del mercado de la explotación sexual comercial infantil.
d) Finalmente se sugiere aumentar las penas de 5 a 15 años de prisión y de 500 a 5 mil días multa a los sujetos que fijen, graben o impriman actos de exhibicionismo, pornográficos, lascivos u obscenos a menores de edad y a quienes con fines de lucro o sin él, elaboren, reproduzcan, vendan, arrienden, expongan, publiciten o transmitan dicho material. Así como elevar la pena de prisión de 5 a 15 años y de 5 a 10 mil días multa, a quien dirija, administre o supervise cualquier tipo de asociación delictuosa con el propósito de realizar las conductas descritas dentro del tipo pornografía infantil.

Consideraciones

Primera. Esta comisión dictaminadora, después de realizar un estudio sistemático de la iniciativa presentada, advierte lo siguiente:

I. Que si bien son válidos los argumentos esgrimidos en la exposición de motivos, en el momento en que fueron planteados, aún no se había aprobado la reforma en materia de explotación sexual comercial infantil publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2007, al Código Penal Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en la que se crearon y modificaron los tipos penales que atentan contra el libre desarrollo de la personalidad, tales como son la corrupción de menores, la pornografía, el turismo sexual, el lenocinio y la trata de personas, todos ellos de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o de personas que no tienen capacidad para resistirlo. A dichos delitos, se les incluyó dentro del catálogo de delitos graves y que se persiguen a través del régimen de delincuencia organizada.
A partir de las consideraciones expresadas, esta Comisión dictaminadora formula la siguiente valoración en torno al contenido de la Iniciativa:
a) No se estima pertinente la reforma y adición del artículo 201 Bis, por considerar que el espíritu de esta iniciativa ya fue recogido e integrado ampliamente y que las conductas descritas podrían encuadrarse dentro del tipo penal de ``pornografía infantil'' contemplado en el recientemente reformado artículo 202 del Código Penal Federal que señala que:
``Comete el delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos. Al autor de este delito se le impondrá pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.''
b) Una rápida lectura al artículo que antecede, nos permite observar que ya se contempla actualmente ``la transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos'', con lo que la actualización en esta materia, se hace innecesaria. Además, que la penalidad contemplada es menor que la sugerida en la iniciativa, siguiendo el principio de proporcionalidad, ya que el delito de pornografía infantil si bien es una grave falta que atenta contra el bien jurídico tutelado de libre desarrollo de la personalidad, no puede contemplar penas mayores a las dispuestas para el delito de violación equiparada que se contempla en la fracción I del artículo 266 del Código Penal Federal.
c) La reforma del tipo penal en comento, fue inclusive mas allá, al contemplar un artículo 202 Bis, que sanciona al llamado cliente o consumidor, y que además exige un tratamiento psiquiátrico especializado, al señalar que:
``Quien almacene, compre, arriende, el material al que se refieren los párrafos anteriores, sin fines de comercialización o distribución se le impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa. Asimismo, estará sujeto a tratamiento psiquiátrico especializado.''

Finalmente, si bien esta comisión reconoce y aprecia el propósito de la iniciativa presentada de velar por el interés superior de la infancia, considera innecesarias las reformas y adiciones propuestas por estar ya contempladas en nuestra legislación.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta Comisión de Justicia:

Acuerda

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 201 Bis del Código Penal Federal, presentada por el diputado René Meza Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 23 de febrero de 2006.

Segundo. Archívese el expediente como un asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de octubre de 2007.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados: María Esperanza Morelos Borja (rúbrica), Marcela Cuen Garibi (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), David Sánchez Camacho , Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui (rúbrica), Irene Aragón Castillo , Carlos Augusto Bracho González (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Silvia Emilia Degante Romero (rúbrica), María Victoria Gutiérrez Lagunas (rúbrica), Juana Leticia Herrera Ale , María Esther Jiménez Ramos (rúbrica), Rubí Laura López Silva (rúbrica), Marisol Mora Cuevas , Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), María del Carmen Pinete Vargas (rúbrica), Jorge Quintero Bello , Mirna Cecilia Rincón Vargas (rúbrica), Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel , Martha Angélica Tagle Martínez (rúbrica), Mario Vallejo Estévez (rúbrica), Martín Zepeda Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha presentado orador alguno, nos reservamos para su votación en conjunto. Continúe la Secretaría.



CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Justicia, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona al Código Penal Federal un artículo 261 Bis en el Capítulo I del Título Décimo Quinto, y al Código Federal de Procedimientos Penales un numeral 35 en la fracción I del artículo 194

Honorable Asamblea :

A la Comisión de Justicia, le fue turnada la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona al Código Penal Federal un artículo 261 Bis, al capítulo I del título decimoquinto, y al Código Federal de Procedimientos Penales, un numeral 35 a la fracción I del artículo 194.

Esta Comisión de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45, numeral 6, incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 12 de septiembre de 2005, el diputado René Meza Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona al Código Penal Federal un artículo 261 Bis, al capítulo I del título decimoquinto, y al Código Federal de Procedimientos Penales, un numeral 35 a la fracción I del artículo 194.

Segundo. La Mesa Directiva, el 12 de septiembre de 2005, mediante oficio número D.G.P.L. 59-II-3-1713 acordó que dicha iniciativa se turnara a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión Especial de la niñez, adolescencia y familias.

Tercero. El 5 de octubre de 2005 fue recibido oficio DGPL 59-II-3-1771 de la Presidencia de la Mesa Directiva en donde modifica el trámite y turna la iniciativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de las Comisiones Especial de la niñez, adolescencia y familias y de Atención a Grupos Vulnerables.

Cuarto. El 23 de octubre, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LX Legislatura envió a esta Comisión de Justicia copia de la opinión en sentido negativo de la presente iniciativa.

Quinto. En virtud del decreto publicado el 5 de diciembre de 2006 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se reforman y adicionan los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se dividió a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos en dos comisiones: Comisión de Justicia y Comisión de Derechos Humanos, y quedó a cargo de la Comisión de Justicia, con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, la emisión del dictamen de la iniciativa en referencia.

Sexto. La Comisión Especial de la niñez, adolescencia y familias, por ser especial, no fue creada en la actual Legislatura.

Contenido de la iniciativa

De la exposición de motivos de la iniciativa presentada por el diputado René Meza Cabrera, se advierte la siguiente propuesta:

a) Adicionar al Código Penal Federal un artículo 261 Bis, al capítulo I del título decimoquinto para incorporar el tipo penal de atentado sexual , en los casos en que un sujeto con prevalencia familiar, educativa o religiosa, sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute un acto sexual con un menor de doce años. La sanción propuesta es de cinco a quince años de prisión y cinco mil días multa.
b). En otras palabras, dicha iniciativa propone la creación de un tipo penal específico que suprima o al menos disminuya el fenómeno de la pederastia practicada por familiares consanguíneos o por afinidad en el hogar, por maestros y directivos en las escuelas y por religiosos en las diferentes iglesias. Asimismo, que se castigue con rigor a quienes practican estas perversiones sexuales y a quienes encubran u oculten a los mismos, con la finalidad de evitar la difusión del ilícito.
c). Finalmente, se propone adicionar al Código Federal de Procedimientos Penales un numeral 35 a la fracción I del artículo 194, para agregar el tipo penal de atentado sexual a la lista de delitos graves.

Consideraciones

Primera. Esta comisión dictaminadora, después de realizar un estudio sistemático de la iniciativa presentada, advierte lo siguiente:

I. Se reconoce la necesidad de perfeccionamiento de nuestro marco jurídico, encaminado a proteger los derechos de los menores, en los casos de abuso sexual, tomando en consideración que esta fenomenología delictiva constituye una de las más lacerantes violaciones a sus derechos fundamentales y que atenta irreversiblemente contra la libertad y el libre desarrollo psicosexual del menor.
II. Se considera de la mayor pertinencia adecuar nuestro marco jurídico nacional a los compromisos adquiridos internacionalmente, en materia de protección a los menores, entre los que destacan la Convención sobre los Derechos del Niño y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía.
A partir de estas consideraciones esta comisión dictaminadora formula la siguiente valoración en torno al contenido de la iniciativa:
a) No se considera pertinente la creación del tipo penal atentado sexual , por considerar que las conductas descritas en el mismo podrían encuadrarse dentro del tipo penal de abuso sexual contemplado en el artículo 261 del Código Penal Federal, que señala que la persona que sin propósito de llegar a la cópula, ejecute un acto sexual en un menor de doce años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo, se le aplicará una pena de dos a cinco años de prisión.
b) Asimismo, dicha disposición normativa contempla aumentar hasta en una mitad el mínimo y el máximo de las penas, si el autor del ilícito hiciera uso de la violencia física o moral; si el delito fuera cometido por un ascendiente contra su descendiente, el tutor contra su pupilo, o por el padrastro o amasio de la madre del ofendido en contra del hijastro; el delito fuera cometido por quien desempeñe un cargo o empleo público o ejerza su profesión utilizando los medios o circunstancia que ellos le proporcionen, o finalmente el delito fuera cometido por la persona que tiene al ofendido bajo su custodia, guarda o educación o aproveche la confianza en él depositada, de acuerdo con el artículo 266, que además advierte que los autores del delito perderán la patria potestad, o tutela; o según sea el caso, se les castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o empleo o suspensión por el término de cinco años en el ejercicio de dicha profesión.
c) De ahí que la legítima preocupación expresada en la presente iniciativa por la protección de los derechos de los menores, que en ocasiones son víctimas de quienes debieran protegerlos, cuidarlos y orientarlos, ya se encuentra contemplada en nuestra legislación nacional, como se ha señalado en los dos incisos anteriores.
d) De lo dicho con anterioridad, es posible advertir que existe una duplicidad de conductas delictivas, ya que dentro del mismo proyecto de decreto no se prevé la derogación del artículo 266 del Código Penal Federal.
e) En relación a la preocupación expresada en la iniciativa en el sentido de que no queden impunes los posibles cómplices o encubridores, que ocultan o protegen al sujeto activo del delito, privilegiando el prestigio de una institución educativa o de un culto religioso, en detrimento de la salud psicosexual del menor de edad, ésta no tiene razón de ser en virtud de que el artículo 13 del Código Penal Federal contempla la figura de la participación delictuosa que sanciona a los responsables de dichas conductas ilícitas.
f) En relación a la propuesta de aumentar la penalidad a dicha conducta ilícita, si bien la que se contempla en la actualidad en el tipo penal de abuso sexual, pudiera ser un poco baja, lo cierto es que las agravantes aumentan la penalidad para los casos contemplados en el artículo 266 Bis, de ahí que no se haga necesario el aumento de penas.
g) Finalmente, y dado que la opinión vertida en sentido negativo por la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, refiere como argumento central la reforma en materia de explotación sexual comercial infantil publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2007, al Código Penal Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, es preciso aclarar que, si bien se crearon y modificaron los tipos penales que atentan contra el libre desarrollo de la personalidad, tales como son la corrupción de menores, la pornografía, el turismo sexual, el lenocinio y la trata de personas, todos ellos de personas menores de dieciocho años de edad --entre otras-, dichas reformas en materia de explotación sexual comercial infantil, como su mismo nombre lo indica hacen referencia a delitos que tienen como principal finalidad sacar una ventaja o lucro de la explotación del menor, producto de un intercambio comercial con un cliente-explotador, por lo que la conducta estudiada en los incisos precedentes, difícilmente puede encuadrarse dentro de éstas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta Comisión de Justicia:

Acuerda

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona al Código Penal Federal un artículo 261 Bis, al capítulo I del título decimoquinto, y al Código Federal de Procedimientos Penales, un numeral 35 a la fracción I del artículo 194, presentada por el diputado René Meza Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 12 de septiembre de 2005.

Segundo. Archívese el expediente como un asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de octubre de 2007.
La Comisión de Justicia, diputados: César Camacho Quiroz (rúbrica), presidente; Felipe Borrego Estrada (rúbrica), Violeta del Pilar Lagunes Viveros , Carlos Alberto Navarro Sugich (rúbrica), Miguel Ángel Arellano Pulido , Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Faustino Javier Estrada González , secretarios; Mónica Arriola (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Liliana Carbajal Méndez , Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Raúl Cervantes Andrade (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), José Manuel del Río Virgen , Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Rutilio Cruz Escandón Cadenas , Arturo Flores Grande , Silvano Garay Ulloa , María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Omeheira López Reyna , Andrés Lozano Lozano (rúbrica), Victorio Rubén Montalvo Rojas (rúbrica), Silvia Oliva Fragoso , Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Alfredo Adolfo Ríos Camarena (rúbrica), Yadhira Yvette Tamayo Herrera .»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haya solicitado el uso de la palabra, nos reservamos para su votación en conjunto. Continúe.



CODIGO DE COMERCIO

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona el Título Segundo Bis en el Libro Quinto del Código de Comercio

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión correspondiente a la LX Legislatura le fue turnada, para su estudio y dictamen la iniciativa citada al rubro del presente.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39, fracción XII, y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 56, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen basándose en los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el día 29 de noviembre de 2007, los ciudadanos secretarios de ésta dieron cuenta al Pleno de la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Título Segundo Bis en el Libro Quinto del Código de Comercio, suscrita por los diputados José Alejandro Aguilar López , Yadhira Yvette Tamayo Herrera y otros, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio del derecho conferido por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. La presidencia de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

Tercero. Los legisladores proponen lo siguiente:

• Adicionar un Título Segundo Bis, al Libro Quinto del Código de Comercio, por el que se crea el procedimiento oral en materia mercantil, conteniendo así las disposiciones que regirán dicho procedimiento.

De acuerdo con los antecedentes antes indicados, esta comisión presenta las siguientes

Consideraciones

Primera. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) consagra el derecho a una administración de justicia mediante de tribunales expeditos, en plazos y términos de ley, así como resoluciones prontas completas e imparciales, por lo que los juicios deberán ventilarse bajo un principio de estricta legalidad, implicando la imposibilidad de las autoridades judiciales de retardar o entorpecer la administración de justicia, por lo que es materia del trabajo legislativo velar porque las legislaciones en materia procesal no se conviertan en anacrónicas, ineficientes o discrecionales.

Segunda. Que existe la necesidad de adecuar la regulación en materia procesal mercantil, permitiendo con ello que la impartición de justicia sea pronta, gratuita y expedita, brindando seguridad y certeza jurídica a los ciudadanos.

Tercera. Que el acto de comercio es la base fundamental que delimita el derecho mercantil mexicano y la doctrina ha dado innumerables conceptos de acto de comercio, entendiendo a este como el acto jurídico que produce efectos en el ámbito comercial y se rige por las leyes mercantiles vigentes. Asimismo, los juicios mercantiles tienen por objeto ventilar y decidir las controversias que se susciten entre comerciantes o personas que practiquen o ejecuten actos mercantiles. Éstos son ordinarios, ejecutivos o especiales de tramitación especial en las leyes mercantiles y tienen su regulación jurídica sustantiva y adjetiva en el Código de Comercio y por defecto, cabe la aplicación supletoria de las disposiciones contenidas en los Códigos de Procedimientos Civiles locales.

Cuarta. Que en busca de abatir el rezago judicial, eficientar la impartición de justicia y evitar la corrupción, es que algunas entidades de la república ya aplican juicios orales en materia penal, ahora bien como resultado del amplio debate que se dio al respecto en esta soberanía y su colegisladora al respecto de los juicios penales, podemos observar que estos en la materia penal son aplicables aun cuando subsisten deficiencias y los argumentos a favor han sido refutados por el Poder Judicial de la Federación, el cual asegura que en los países en los que se han aplicado estas reformas no se ha visto que tengan un impacto en la disminución de la corrupción, y a la larga este sistema sale más caro y tiende a saturarse también. Para muestra, en la SCJN también se cita el caso de Chile, en donde se afirma que ``a pesar de que los volúmenes de audiencias aún no parecen ser demasiado altos, el sistema ya comienza a mostrar problemas con el manejo de las agendas, aumento de suspensiones, atrasos y, en general, problemas de coordinación, de nuevo como una muestra de la debilidad de los sistemas administrativos de los tribunales''. Eso, sin contar que en el Poder Judicial de la Federación se oponen a este tipo de reformas porque están convencidos de que en México los juicios son predominantemente orales, sólo que con un registro escrito de lo que pasa en ellos.

Quinta. Que de acuerdo con lo anterior y tomando como ejemplo y referencia los resultandos de la reforma en materia judicial, es claro y evidente que en materia comercial nos encontramos en un caso más complejo, toda vez que la administración de justicia, en caso de aprobarse la propuesta, funcionaria de forma mixta, ya que en la propuesta no se señala ni reforma el procedimiento tradicional escrito, ni se aplica al cien por ciento el juicio oral, como es el caso del artículo 1390 Bis propuesto, en donde se menciona que dicho juicio no aplica para los procedimientos mercantiles ejecutivos, aún cuando en la práctica nos hemos podido dar cuenta que los juicios que se tramitan en mayor número son los ejecutivos mercantiles, además conforme al mismo ordenamiento estos proceden cuando la demanda se basa en un documento que trae aparejada ejecución, por lo que la propuesta legislativa adolece de la explicación que de razón a la excepción. Asimismo, se observa que conforme a lo propuesto, este procedimiento oral sólo será aplicable a los juicios ordinarios y especiales, sin hacer una reforma integral de los preceptos que rigen dichos procedimientos.

Sexta. Que la propuesta no es clara y aplica términos incorrectos en el juicio propuesto, como es el caso del artículo 1390 Bis 1, en el que se usa el vocablo acusación que corresponde a los procedimientos de orden penal y que consiste en una declaración de voluntad formal del titular de la acción penal para exponer los delitos imputados a un acusado; de acuerdo con lo anterior, la propuesta en análisis provocaría confusión en la sustanciación de los procedimientos mercantiles, donde no se usa o aplica el vocablo mencionado y, en su lugar, de manera adecuada, se utiliza el término ``demanda'' para referirse al escrito inicial con que el actor, basado en un interés legítimo, pide la intervención de los órganos jurisdiccionales para la actuación de una norma sustantiva al caso concreto, y que será la base sobre la cual se realizará el procedimiento mercantil. Bajo el mismo sentido el artículo 1390 Bis 4, de la reforma en estudio, refiere un otorgamiento de libertad a la parte demandada cuando esta se encuentre detenida, por lo que causa confusión, toda vez que ningún juez en procedimientos mercantiles está facultado para otorgar libertad en tal caso y, por otra parte, es de considerar que por deudas de carácter mercantil no procede privar de la libertad al deudor; en el mismo tenor, existe la confusión de los términos del procedimiento penal en los artículos 1390 Bis 8, en el que se usa el vocablo ofendido; 1390 Bis 9, respecto de la reparación del daño; 1390 Bis 11, en que se usa la palabra imputados, etcétera. Asimismo, existe confusión en el contenido de los artículos 1390 Bis 11, Bis 12, Bis 25, que obedecen al procedimiento penal; por ejemplo, lo que se refiere a la libertad provisional bajo caución, a la apelación tratándose del auto de formal prisión, del auto de sujeción a proceso y que no son aplicables al procedimiento mercantil.

Séptima. Que la iniciativa obligaría a los tribunales a generar registro de las audiencias del proceso en video o cualquier medio magnético que se considere apropiado, implicando contratación de personal capacitado y especializado, para realizar dicha labor de registro de audiencias en medios ópticos o magnéticos, adquisición, mantenimiento y renovación de tecnologías para reproducción y utilización de estos registros, así como adecuación y acondicionamiento de locales para la conservación y archivo del material, lo que representaría una carga de gasto a los tribunales, resultando en exceso oneroso, por lo que resulta inviable la reforma, no sólo por lo que representa en gasto, sino que operativamente también sería complejo, más personal, capacitado y especializado, locales especiales para revisión de registros por parte de los litigantes, etcétera.

Octava. Que de los mecanismos para garantizar la efectiva aplicación de los principios fundamentales del proceso por audiencias, en la reforma propuesta, la preparación del juicio oral adolece de claridad, es el caso del principio de inmediación, entendiendo éste como aquel que exige el contacto directo y personal del juez o tribunal con las partes y con todo el material del proceso, excluyendo cualquier medio indirecto de conocimiento judicial, lo anterior se observa en lo que versa el artículo 1390 Bis 3 de la propuesta legislativa. De igual manera el artículo 1390 Bis 5 resulta contradictorio de los principios de inmediatez, practicidad y rapidez de los juicios orales, ya que, de acuerdo con la redacción, presenta términos más extensos que en los juicios tradicionales y prorrogas no contempladas en los mismo, pudiendo hacer más extenso y sinuoso el mismo juicio oral.

Novena. Que los ciudadanos diputados de la comisión que dictamina reconocen y concluyen que es necesario buscar reformas y adiciones a la normatividad mercantil, especialmente a la procesal, siempre persiguiendo una justicia más eficiente, clara y expedita, que las resoluciones sean más justas y ajustadas a total legalidad; asimismo, es evidente la importancia de modernizar día con día nuestro sistema de impartición de justicia, adecuándolo a las circunstancias y necesidades actuales, pero es evidente que la reforma propuesta no presenta la solución a los problemas que se pudieran identificar en el procedimiento mercantil que actualmente la ley concede, toda vez que los procedimientos que propone y los términos que aplica están justificados para la materia penal, no así en materia mercantil; ahora bien, las reformas que se proponen, al encontrarse en confusión con los procesos penales orales, mezcla la sustanciación de estos con un juicio oral complejo en materia mercantil, lo que provoca contrariamente con el objetivo de la iniciativa un letargo y complejidad en el desarrollo de los asuntos de índole mercantil, implicando irregularidades en este tipo de juicios.

Por lo expuesto, esta comisión presenta los siguientes:

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Título Segundo Bis en el Libro Quinto del Código de Comercio, suscrita por los diputados José Alejandro Aguilar López , Yadhira Yvette Tamayo Herrera , y otros, integrantes todos del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2008.
La Comisión de Economía, diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso, Narcizo Alberto Amador Leal , Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum , Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert , Martín Malagón Ríos (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Octavio Martínez Vargas (rúbrica), Susana Monreal Ávila (rúbrica), José Amado Orihuela Trejo (rúbrica), Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica en contra), Raúl Ríos Gamboa (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López (rúbrica), Joaquín Humberto Vela González , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica en contra).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión. En tanto nadie ha solicitado el uso de la palabra se reserva para su votación en conjunto. Continúe la Secretaría.



LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma la fracción V del artículo 24 y el primer párrafo del artículo 30, y deroga el numeral 45, de la ``segunda categoría'', del artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

La Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los numerales 1, 2, fracción VII, y 3 del artículo 39; numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 del artículo 45 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 56, 60, 65, 66, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía el presente dictamen, conforme a los siguientes

Antecedentes

1. En sesión ordinaria celebrada el 8 de noviembre de 2007, la diputada Alma Lilia Luna Munguía , del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática (PRD), presentó iniciativa que reforma la fracción V del artículo 24 y el primer párrafo del artículo 30 y deroga el numeral 45, de la ``segunda categoría'', del artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, la cual fue turnada en la misma fecha, para análisis y dictamen, a la Comisión de Defensa Nacional.

2. El 20 de noviembre de 2007, la Presidencia de la Mesa Directiva modificó el turno dictado para quedar como sigue:

``Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, con opinión de la Comisión de Seguridad Social.''

3. Con fecha 12 de febrero de 2008, la Comisión de Defensa Nacional, mediante el oficio número CDN/112/08, solicitó opinión, de acuerdo con el trámite dictado por la Mesa Directiva de este órgano legislativo a la iniciativa de mérito, por parte de la Comisión de Seguridad Social, que se dio por enterada el 14 de febrero.

4. En sesión celebrada el 26 de febrero por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se excita a la Comisión de Defensa Nacional para que emita el dictamen correspondiente.

5. En fecha 6 de marzo de 2008, mediante el oficio número CDN/222/08, la Comisión de Defensa Nacional reiteró la solicitud a la Comisión de Seguridad Social, a fin de que ésta remitiera opinión de la iniciativa en estudio, y estar en aptitud de emitir el dictamen correspondiente.

Valoración de la iniciativa

En sus argumentos centrales, señala la iniciativa que en febrero de 2007, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo 226, numeral 45, de la ``segunda categoría'', de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), al considerar esta disposición discriminatoria de garantías de los soldados que fueron dados de baja del Ejército por estar contagiados del virus de inmunodeficiencia humana (VIH).

Se manifiesta que esta disposición considera desigualdades de tipo normativo, si se comparan con otros ordenamientos de este tipo, entre los cuales destaca la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, menciona que se evidencia una desigualdad en el tiempo de espera para que alguien enfermo se pueda reincorporar al trabajo, en virtud de que la Ley del ISSFAM da un término de seis meses a los militares que se encuentren imposibilitados por enfermedad para desempeñar su encargo, mientras que la Ley Federal del Trabajo considera un periodo de dos años para el efecto de que se reincorporen a sus labores, siempre y cuando los dictámenes médicos así lo determinen.

Consideraciones

La Comisión de Defensa Nacional apoya los argumentos expuestos en la iniciativa en estudio relativos al respeto de los derechos humanos fundamentales y el derecho a la salud de los integrantes de las Fuerzas Armadas, así como también reprueba cualquier acto de discriminación, particularmente en perjuicio de las personas infectadas por el VIH.

En este sentido, algunas de las cifras respecto al VIH/sida en México, al 30 de junio de 2008, son

• México ocupa el segundo lugar en Latinoamérica en casos de personas diagnosticadas con VIH/sida, sólo después de Brasil.
• Son 123 mil 485 los casos diagnosticados en toda la república.
• El grupo de población con mayor porcentaje de casos es el de hombres adultos (mayores de 15 años de edad), que representan 81.2 por ciento.
• La transmisión sexual es la categoría de contagio que implica el mayor factor de riesgo: representa 95.1 por ciento de los casos.
• 70 mil 270 personas han fallecido a consecuencia del VIH/sida, y representan 63.7 por ciento de los casos.
(Datos obtenidos de la Dirección General de Epidemiología, Registro Nacional de Casos de Sida, Secretaría de Salud.)

Es claro que las políticas públicas en México sobre el VIH/sida, la no discriminación y el respeto de las garantías individuales han evolucionado de manera importante en los últimos años, sin duda, gracias al impulso ejercido por los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, en sus tres órdenes, pero preponderantemente por la misma sociedad.

Lo anterior queda de manifiesto si tomamos en cuenta que en menos de tres meses, en México se llevaron a cabo la trigésima Marcha del orgullo gay (28 de junio) y la primera Marcha internacional contra el estigma, la discriminación y la homofobia (2 de agosto), esta última en el marco de la decimoséptima Conferencia mundial de VIH/sida, celebrada en México (AIDS 2008), por lo cual nuestra nación se convierte en el primer país latinoamericano en ser anfitrión de tan importante encuentro.

Tal y como expresa la diputada promovente de esta iniciativa, diversos derechos humanos han sido retomados por nuestro país a partir de la consumación de la Independencia, y sabemos que es nuestra responsabilidad como legisladores protegerlos, implantando para ello los mecanismos contextuales que posibiliten su puntual aplicación.

Discriminar, concepto que es definido por el Diccionario de la Real Academia Española como ``dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etcétera'', reduce, aísla y fractura la identidad de nuestra sociedad y, en suma, empobrece y frena la cultura democrática.

La garantía de igualdad, consagrada por el Poder Legislativo de la Unión en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha sido puntualmente protegida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que representa un órgano de Estado, cuyas resoluciones son inatacables. En este sentido y en el tema que nos ocupa, se ha establecido jurisprudencia, al otorgar cinco amparos sobre un tema específico, siendo éste contra el numeral 45, de la ``segunda categoría'', del artículo 226 de la Ley del ISSFAM.

Al establecerse la jurisprudencia en comento con relación a las enfermedades por las que un militar puede ser declarado inútil para el servicio y causar baja, se da lugar al juicio de amparo, en beneficio de quien lo solicite.

La Suprema Corte, en 2007, otorgó la protección de la justicia federal a los miembros de las Fuerzas Armadas que interpusieron amparos con motivo de su baja del servicio por estar infectados con VIH/sida, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del ISSFAM.

En este sentido, la Suprema Corte declaró la reinstalación de los afectados por la baja, de igual forma que la causa de inutilidad fuera determinada por un médico.

Por lo anterior, el numeral 45, de la ``segunda categoría'', del artículo 226 de la Ley del ISSFAM resultaba insostenible, y constituyó uno de los elementos por reformar por el Poder Legislativo federal.

Con la propuesta de la diputada Alma Lilia Luna Munguía , del PRD, que se dictamina, así como con las iniciativas presentadas por los diputados José Manuel del Río Virgen , del Partido Convergencia, y Víctor Gabriel Varela López , del PRD, se materializa ese objetivo, ya que sus respectivos documentos coincidieron en derogar el numeral 45, de la ``segunda categoría'', del artículo 226 de la Ley del ISSFAM.

Gracias a la presión propiciada por los legisladores mencionados, además de la que el diputado Carlos Rojas Gutiérrez , del Partido Revolucionario Institucional, ejerció por cuenta propia para reformar la Ley del ISSFAM, con relación a otorgar mayores beneficios a favor de los militares en situación de retiro, el titular del Poder Ejecutivo federal envió a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la iniciativa que retomaba las propuestas planteadas por dichos congresistas y otros más; y el 14 de octubre de 2008, el Pleno de esta soberanía aprobó el dictamen con proyecto de decreto de las Comisiones Unidas de Seguridad Social, de Defensa Nacional, y de Marina que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, que fue turnado a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales, asignándose su estudio a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, de Hacienda y Crédito Público, de Marina, y de Estudios Legislativos, Primera.

Para la elaboración del dictamen referido fueron escuchadas todas las voces interesadas en él, y se tomaron en cuenta diversas iniciativas de diputados presentadas a lo largo de la LIX y LX Legislaturas que atendían al mismo ordenamiento, por lo que el documento se nutrió de un sinfín de opiniones para generar una sola expresión que diese a los miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas los más derechos posibles, tomando en cuenta sus altas responsabilidades en favor de México, y con ello otorgar un carácter de legitimidad y consenso a la minuta que, en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores celebrada el jueves 30 de octubre de 2008, fue aprobada en lo general y en lo particular, y que posteriormente fue remitida al Ejecutivo federal como decreto aprobado para sus efectos constitucionales, mediante el oficio número DGPL-1P3A.-7851, en misma fecha.

Así entonces, la propuesta de derogación planteada en la iniciativa que se dictamina se consideró en el documento precisado en el párrafo anterior, trasladándose la infección por VIH al numeral 19 de la lista de padecimientos que por producir trastornos funcionales de menos de 20 por ciento ameritan cambio de arma o servicio a petición de un consejo médico, dentro del mismo artículo 226.

Conclusiones

Primera. La discriminación hacia las personas en función de su religión, raza, orientación sexual, etcétera, es una práctica que debilita a la sociedad y la hace propensa a su desintegración, motivo por el cual se deben continuar los programas de erradicación y combate por parte de esta soberanía.

Segunda. El Pleno de esta asamblea reconoce que la derogación del numeral 45, de la ``segunda categoría'', del artículo 226 de la Ley del ISSFAM, recientemente aprobada por el H. Congreso de la Unión, fue motivada e impulsada, entre otros legisladores, por la diputada Alma Lilia Luna Munguía , del Grupo Parlamentario del PRD y secretaria de la Comisión de Defensa Nacional.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Defensa Nacional presenta a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. Se desecha la iniciativa que reforma la fracción V del artículo 24 y el primer párrafo del artículo 30, y deroga el numeral 45, de la ``segunda categoría'', del artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas por haber sido ya considerado en la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de noviembre de 2008.

Túrnese al archivo como un asunto totalmente concluido.

La Comisión de Defensa Nacional, diputados: Jorge Justiniano González Betancourt (rúbrica), presidente; Jesús Arredondo Velázquez (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Alma Lilia Luna Munguía (rúbrica), Roberto Badillo Martínez (rúbrica), secretarios; Gerardo Aranda Orozco (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Diódoro Humberto Carrasco Altamirano , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Nelly Asunción Hurtado Pérez , Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo , Violeta del Pilar Lagunes Viveros , Alejandro Landero Gutiérrez , Marco Antonio Peyrot Solís , César Flores Maldonado , Javier González Garza (rúbrica), Jesús Ricardo Morales Manzo , Raúl Ríos Gamboa (rúbrica), José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Israel Beltrán Montes (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez , Andrés Carballo Bustamante , Pedro Montalvo Gómez , Carlos Rojas Gutiérrez (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González, Antonio Xavier López Adame (rúbrica), Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), David Sánchez Camacho (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el punto de acuerdo. Como nadie ha solicitado el uso de la palabra, nos reservamos para su votación en conjunto. Continúe.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona el inciso h) a la fracción I del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, y un artículo 21 Bis, a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados, pertenecientes a la LX Legislatura, fue turnada, para estudio, análisis y dictamen, iniciativa que adiciona un inciso h) a la fracción I del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, y un artículo 21 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada el 18 de enero de 2006, a cargo de la diputada Irma Figueroa Romero, y suscrita por la diputada Angélica de la Peña Gómez, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Las comisiones unidas, con fundamento en el artículo 39, numerales 1, 2, fracción III, y numeral 3; en los artículos 44, 45, numeral 1, 4 y 6, incisos d) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 55, 56, 60, 87, 88 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 18 de enero de 2006, la diputada Irma Figueroa Romero presentó iniciativa que adiciona un inciso h) a la fracción I del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, y un artículo 21 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Angélica de la Peña Gómez.

Segundo. Con la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acordó turnar la iniciativa, para estudio y dictamen, a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Atención a Grupos Vulnerables.

Con base en los antecedentes expuestos, los integrantes de las comisiones hacemos de su conocimiento el siguiente

Contenido de la iniciativa

1. El objetivo de la iniciativa es adicionar un inciso h) y recorrer los demás incisos a la fracción I del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, y un artículo 21 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en los siguientes términos:

Texto vigente

Artículo 175. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores
I. De dieciséis años en...
a) a g) ...
h) Los demás que determinen las leyes.
II. De dieciocho años en...
Trabajos nocturnos industriales.

Texto propuesto

Artículo 175. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores
I. ...
a) a g) ...
h) Hogares de terceros que realicen trabajo doméstico.
i) Los demás que determinen las leyes.
II. De dieciocho años en ...
Trabajos nocturnos industriales.
Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 21 Bis. Se entenderá que niñas, niños y adolescentes están en circunstancias especialmente difíciles cuando entre otros casos sufran
1. Explotación sexual, en cualquiera de sus modalidades;
2. Formas de esclavitud o practicas análogas a la esclavitud, como la venta y el tráfico de niñas y niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niñas o niños para utilizarlos en conflictos armados;
3. Utilización, reclutamiento u oferta de niñas y niños para la prostitución, producción de pornografía o actuaciones pornográficas y turismo sexual infantil;
4. Lenocinio en su contra;
5. Utilización, reclutamiento u oferta de niñas o niños para la realización de actividades ilícitas, en particular, la producción y el tráfico de estupefacientes, o para la realización de actividades que supongan el porte o el uso ilegales de armas de fuego u otras armas;
6. Realización de trabajos en que los adolescentes estén expuestos a abusos de orden físico, psicológico o sexual;
7. Exposición a trabajos que se llevan a cabo bajo tierra, bajo el agua, en alturas peligrosas o en espacios cerrados;
8. Exposición a trabajos con maquinaria, equipos y herramientas peligrosos, o que conllevan la manipulación o el transporte manual de cargas pesadas;
9. Exposición a trabajos realizados en un medio insalubre en el que los adolescentes estén expuestos a sustancias, agentes o procesos peligrosos, o bien, a temperaturas o niveles de ruido o de vibraciones que sean perjudiciales para la salud;
10. Jornadas de trabajo con horarios prolongados o nocturnos, o los trabajos que retienen injustificadamente al adolescente en los locales del empleador;
11. Secuestro, tráfico o adopción ilegal, sustracción, y venta de niñas, niños y adolescentes;
12. Exposición en desastres naturales o a radiaciones de productos químicos peligrosos; y
13. La condición de embarazo en adolescentes.

2. La iniciativa señala que ``nuestro país consagra en el artículo 4o. constitucional, que las niñas y los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral''.

3. Las legisladoras mencionan que ``merece especial atención la situación de niñas y de niños que realizan trabajos peligrosos, entre otros, la explotación sexual en cualquiera de sus modalidades, su venta o tráfico, servidumbre, trabajo forzoso, reclutamiento forzoso u obligatorio para utilizarles en conflictos armados, su utilización para la realización de actividades ilícitas, trabajos que los expongan a abusos de orden físico, psicológico o sexual, etcétera''.

Consideraciones

Esta comisión realizó el estudio y el análisis de los planteamientos contenidos en la iniciativa con proyecto de decreto a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

I. La propuesta de las diputadas de proteger a las niñas, los niños y los adolescentes de que realicen trabajos peligrosos y que atenten contra circunstancias especialmente difíciles es valiosa; sin embargo, el pasado 12 de diciembre del 2007, en la decimosexta reunión plenaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables se aprobó una iniciativa de reforma presentada por la diputada Martha Hilda González Calderón , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la que se agregó un inciso D) al artículo 21 de la Ley para la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes, en el que se protege a las niñas, los niños y los adolescentes cuando se vean afectados por ``las peores formas de trabajo infantil''. La reforma quedo de la siguiente manera:

Artículo 21. Niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o su derecho a la educación, en los términos establecidos en el artículo 3o. constitucional. Las normas establecerán las formas de prever y evitar estas conductas. Enunciativamente, se les protegerá cuando se vean afectados por
A) El descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual;
B) La explotación, el uso de drogas y enervantes, el secuestro y la trata;
C) Conflictos armados, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento, y acciones de reclutamiento para que participen en conflictos armados; y
D) Las peores formas de trabajo infantil.

Además, en el Convenio 182, emitido por la Organización Internacional del Trabajo, denominado ``Sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y de la acción inmediata para su eliminación'', ratificado por el Senado de la República el 30 de junio de 2000, se establece en el artículo 3 que se considerarán como peores formas de trabajo las siguientes:

Artículo 3. A los efectos del presente convenio, la expresión ``las peores formas de trabajo infantil'' abarca lo siguiente:
a) Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y el tráfico de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados.
b) La utilización, el reclutamiento ola oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas.
c) La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes.
d) El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.

Como se observa, el inciso d) considera cualquier ``trabajo que por su naturaleza o por las condiciones en que se lleve a cabo dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños'', considerando ampliamente el espíritu de la iniciativa presentada por las diputadas, ya que no sólo protege a los menores en el trabajo doméstico sino en cualquier otro trabajo que cause perjuicio o detrimento a sus derechos.

También, el Convenio 182 protege a los menores o ``niños'' (como se les denomina en el instrumento internacional) de las peores formas de trabajo hasta los 18 años y no hasta los 16 como lo hace la propuesta en comento. El artículo 2 del propio convenio estipula lo siguiente:

Artículo 2. A los efectos del presente convenio, el término ``niño'' designa a toda persona menor de 18 años

II. Respecto a la adición de un artículo 21 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, se considera que no es de aprobarse, ya que al establecer un listado de 13 incisos de aplicación de la norma, se limita y evita que niñas, niños y adolescentes en ``circunstancia especialmente difíciles'', que no se encuadre en alguno de los 13 supuestos considerados por el artículo, no podría acogerse a él, y por tanto sufriría discriminación, oponiéndose a lo mandatado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 1, que a la letra dice lo siguiente:

Artículo 1o. ... ...
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Además los supuestos considerados en la propuesta del artículo 21 Bis en comento ya se encuentran regulados, tanto en el Código Penal Federal, en el Capítulo ``Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad'', y en la Ley federal del Trabajo, en los Títulos ``Trabajo de los Menores'' y ``Trabajos Especiales''.

Código Penal Federal
Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad
Artículo 202. Comete el delito de pornografía de personas menores de 18 años o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o de personas que no tienen capacidad para resistirlo. Quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con objeto de videograbarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos. Al autor de este delito se le impondrá pena de 7 a 12 años de prisión y de 800 a 2 mil días multa.
A quien fije, imprima, videograbe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de 18 años, o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, se le impondrá la pena de 7 a 12 años de prisión y de 800 a 2 mil días multa, así como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito.
La misma pena se impondrá a quien reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, arriende, exponga, publicite, transmita, importe o exporte el material a que se refieren los párrafos anteriores.
Artículo 203. Comete el delito de turismo sexual quien promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio a que una o más personas viajen al interior o exterior del territorio nacional con la finalidad de que realice cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas menores de 18 años, o con una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o con una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo.
Al autor de este delito se le impondrá una pena de 7 a 12 años de prisión y de 800 a 2 mil días multa.
Artículo 204. Comete el delito de lenocinio de personas menores de 18 años o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o de personas que no tienen capacidad para resistirlo
I. Toda persona que explote el cuerpo de las personas antes mencionadas, por medio del comercio carnal u obtenga de él un lucro cualquiera;
II. Al que induzca o solicite a cualquiera de las personas antes mencionadas para que comercie sexualmente con su cuerpo o le facilite los medios para que se entregue a la prostitución; y
III. Al que regentee, administre o sostenga directa o indirectamente prostíbulos, casas de cita o lugares de concurrencia dedicados a explotar la prostitución de personas menores de 18 años o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, u obtenga cualquier beneficio con sus productos.
Al responsable de este delito se le impondrá prisión de 8 a 15 años y de mil a 2 mil quinientos días de multa, así como clausura definitiva de los establecimientos descritos en la fracción III.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables concluyen que la propuesta presentada por las legisladoras es loable, sin embargo, ya se encuentra considerada en la Ley Federal del Trabajo, en el Código Penal Federal y en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, por lo que se emite los siguientes

Resolutivos

Primero. Se desecha la iniciativa que adiciona un inciso h) a la fracción I del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, y un artículo 21 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada el 18 de enero de 2006.

Segundo. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.

Dado en la sala de juntas de la comisión, a 26 de marzo de 2008.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González , Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja , Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García (rúbrica), Omar Antonio Borboa Becerra , Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez (rúbrica), Rolando Rivero Rivero (rúbrica), José Antonio Arévalo González , Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes , Ana Yurixi Leyva Piñón (rúbrica en contra), Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo , Sonia Noelia Ibarra Franquez (rúbrica en contra), Rosario Ignacia Ortiz Magallón (rúbrica en contra), José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica en abstención), Diego Aguilar Acuña (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados: María Esperanza Morelos Borja (rúbrica), Marcela Cuen Garibi (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), David Sánchez Camacho (rúbrica), Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui , Irene Aragón Castillo , Carlos Augusto Bracho González (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonso, Silvia Emilia Degante Romero (rúbrica), María Victoria Gutiérrez Lagunes (rúbrica), Juana Leticia Herrera Ale , María Esther Jiménez Ramos (rúbrica), Rubí Laura López Silvia (rúbrica), Marisol Mora Cuevas , María del Carmen Pinete Vargas , Jorge Quintero Bello , Mirna Cecilia Rincón Vargas (rúbrica), Adriana Rodríguez Vizcarra (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Martha Angélica Tagle Martínez , Mario Vallejo Estévez, Martín Zepeda Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, nos reservamos para su votación en conjunto. Continúe.



LEY DE AGUAS NACIONALES

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo que desechan la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción LVI del artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados fue turnada, para estudio y dictamen, iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción LVI del artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados dictamen, al tenor de los siguientes

Antecedentes

1. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 29 de abril de 2008, la diputada Dolores María del Carmen Parra Jiménez presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción LVI del artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales.
2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la iniciativa que nos ocupa, turnándola a la Comisión de Recursos Hidráulicos para análisis y dictamen.

Esta comisión dictaminadora procedió al análisis del asunto, atendiendo el siguiente

Contenido de la iniciativa

Expone la iniciadora que el agua es y será un instrumento vital que permite a los ciudadanos vivir en una forma saludable y que es imprescindible para el funcionamiento de la sociedad.

Por otro lado, señala que los usos del agua son variados y establece una diferencia entre el agua necesaria para uso externo para cubrir necesidades naturales como son el aseo personal y familiar, y el agua para uso interno, refiriendo ésta para el consumo humano, los cuales son necesidades que se requieren solventar con agua de características totalmente diferentes.

Señala que es necesario hacer una división específica de la calidad del agua dependiendo del uso al que se destina, ya que las características físicas y químicas del agua que distribuyen los municipios para el uso doméstico, si bien es para el aseo del hogar, dista completamente de tener la calidad que requiere para el consumo humano.

Afirma que el agua potable debe tener un estricto control en su composición, como lo marca la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, donde se establecen los límites permisibles de calidad y los tratamientos de potabilización del agua para uso y consumo humano que deben cumplir las autoridades encargadas de los servicios públicos de agua potable o, en su caso, los organismos operadores.

Sostiene que los diputados como representantes populares sensibles a la demanda social, a los retos que el país y el mundo, que enfrentan en materia de abastecimiento, gestión, administración y protección a los sistemas de agua, deben considerar la necesidad de evitar confusiones en la Ley de Aguas Nacionales, a fin de evitar controversias que vayan en perjuicio de sus representados.

Señala que debido a las necesidades sociales ha proliferado el comercio de agua embotellada para consumo humano, ya que la calidad de agua que suministran no tiene la calidad necesaria para el consumo humano.

La iniciadora concluye proponiendo un proyecto de decreto que reforma la fracción LVI del artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales, para que diga lo siguiente:

Artículo 3. ...
I. a LV. ...
LVI. Uso doméstico. La aplicación de agua nacional para el uso particular de las personas para consumo humano y su aseo personal, uso del hogar, riego de sus jardines y de árboles de ornato, incluyendo el abrevadero de animales domésticos que no constituya una actividad lucrativa, en términos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Derivado del análisis de la iniciativa que nos ocupa, los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos expresan las siguientes

Consideraciones

La comisión coincide con la iniciadora en el reconocimiento de que muchos de los sistemas de servicios de agua con carácter público urbano no tienen el control sobre la calidad del agua que suministran conforme la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994.

Estimamos que los prestadores del servicio de agua con carácter público urbano deben cumplir con dicha norma y suministrar agua de tal calidad que sea apta para el consumo humano.

El cumplimiento de dicha norma debe ser exigido por la autoridad del agua y cumplido por las autoridades encargadas de la prestación del servicio, así como por los organismos operadores que, en su caso, prestan el servicio.

Sin embargo, la propuesta planteada por la iniciadora la estimamos inviable, en virtud de que la infraestructura con la que cuentan las autoridades u organismos operadores del sistema de agua público urbano requeriría de una doble red para la distribución del agua: una para agua apta para el consumo humano, el aseo personal y para la satisfacción de algunas necesidades del hogar, y otra que se destinaría a la distribución de agua que sin ser apta para el consumo humano, tenga las cualidades para satisfacer otras necesidades del hogar, el riego de jardines y de árboles de ornato, así como para el abrevadero de animales domésticos.

Por otro lado, la definición actual de uso doméstico establecida en la fracción LVI del artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales vigente atiende en su conjunto todas las necesidades de las personas y del hogar, incluido el riego de jardines y plantas de ornato, así como el abrevadero de animales domésticos; y es así, porque el servicio público de agua, a cargo de los municipios y las entidades federativas por mandato constitucional, está referido a agua potable que, de acuerdo con la norma NOM-127-SSA1-1994, debe ser apta para el consumo humano, el cual implica la ingesta, el uso para el aseo personal, el aseo de utensilios de cocina y la preparación de alimentos, entre otros.

La propuesta de la iniciadora de incorporar en la definición de uso doméstico el consumo humano y el aseo de las personas tiene el propósito de señalar estos dos aspectos a los que se destina el agua para uso doméstico, pero resultan enunciativos y no limitativos de la gran variedad de destinos que tiene el recurso hídrico para el uso en comento. Adicionalmente, la incorporación de ambos aspectos, además de que no cambia el sentido de la disposición que reforma, tampoco representa una modificación legal que atienda el problema de la deficiente calidad del agua potable que distribuyen los asignatarios a las poblaciones.

De tal manera, podrían incorporarse una amplia gama de destinos específicos del agua potable sin que implique de manera alguna una forma de control sobre la calidad del agua distribuida por los servicios públicos de agua potable en el país.

Por lo anterior expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos pone a consideración del honorable Pleno de la Cámara de Diputados los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción LVI del artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales, presentada por la diputada Dolores María del Carmen Parra Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 29 de abril de 2008.

Segundo. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2008.
La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados: Jesús Manuel Patrón Montalvo (rúbrica), presidente; Antonio Medellín Varela (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Lourdes Alonso Flores , Cuitláhuac Condado Escamilla, José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán (rúbrica), secretarios; Pedro Armendáriz García , Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Modesto Brito González (rúbrica), Aurora Cervantes Rodríguez (rúbrica), Diego Cobo Terrazas , Felipe González Ruiz (rúbrica), David Lara Compeán (rúbrica), Alma Lilia Luna Munguía (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Irineo Mendoza Mendoza , Pedro Montalvo Gómez (rúbrica), Héctor Hugo Olivares Ventura , Antonio Ortega Martínez (rúbrica), José Inés Palafox Núñez , Francisco Javier Paredes Rodríguez (rúbrica), Santiago Gustavo Pedro Cortés , Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica), Ramón Salas López , Martín Stefanonni Mazzocco (rúbrica), Gerardo Octavio Vargas Landeros (rúbrica), César Augusto Verástegui Ostos (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haya solicitado el uso de la palabra, nos reservamos para su votación en conjunto. Continúe.



LEY DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Asuntos Indígenas, con punto de acuerdo que desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2 Bis de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

Honorable Asamblea:

La Comisión de Asuntos Indígenas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e), f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente dictamen

Antecedentes

I. En sesión de la Cámara de Diputados, celebrada el martes 25 de septiembre del año 2007, fue presentada por el diputado Gerardo Priego Tapia , del Partido de Acción Nacional, iniciativa que reforma el artículo 2, de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
II. En la misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Asuntos Indígenas.

Contenido de la iniciativa

De la exposición de motivos de la iniciativa presentada por el diputado Gerardo Priego Tapia , se desprende que el propósito fundamental es adicionar lo siguiente:

Que se proporcione a la población afrodescendiente la misma atención que a los pueblos indígenas, toda vez que esta población se constituye en comunidades que presentan características organizacionales y culturales equiparables a los pueblos y comunidades indígenas; asimismo se fomente la no discriminación o exclusión social de estas comunidades.

Consideraciones

1. Que el 14 de agosto de 2001 se publico en el Diario Oficial de la Federación el decreto mediante el cual se reforma el artículo 2o., con la finalidad de reconocer los derechos de de los pueblos y comunidades indígenas.

2. Que el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que ``el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las Constituciones y leyes de las entidades federativas''.

3. Que el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su último párrafo, dicta lo siguiente: ``Sin perjuicio de los derechos aquí establecidos a favor de los indígenas, sus comunidades y pueblos, toda comunidad equiparable a aquéllos tendrá en lo conducente los mismos derechos tal y como lo establezca la ley.'' Por lo que del análisis de la presente propuesta de adición, se desprende que esta no es congruente con el texto constitucional antes citado, toda vez que únicamente se refiere a extender las acciones de la CDI además de las indígenas, a las comunidades de población ``afrodescendiente'', con lo que quedarían excluidas todas las demás clases de comunidades equiparables que la constitución protege.

4. En consecuencia, la Comisión de Asuntos Indígenas estima que no es procedente la adición en comento.

Con fundamento en lo anteriormente expuesto, la Comisión de Asuntos Indígenas somete a la consideración del Pleno de la honorable Cámara de diputados, el siguiente

Acuerdo

Único. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2 Bis de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, presentada por el diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 9 de octubre de 2007.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los once días del mes de diciembre de dos mil ocho.
La Comisión de Asuntos Indígenas, diputados: Marcos Matías Alonso (rúbrica), presidente; Martha Cecilia Díaz Gordillo (rúbrica), Humberto Wilfredo Alonso Razo (rúbrica), José Guadalupe Rivera Rivera (rúbrica), Wenceslao Herrera Coyac (rúbrica), secretarios; Víctor Aguirre Alcalde, Lourdes Alonso Flores , Higinio Chávez García , Othón Cuevas Córdova (rúbrica), Rafael Franco Melgarejo (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Elmar Darinel Díaz Solórzano , Yary del Carmen Gebhardt Garduza , Elda Gómez Lugo (rúbrica), Guillermina López Balbuena (rúbrica), Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán , Ismael Ordaz Jiménez , Pascual Bellizzia Rosique (rúbrica), Anuario Luis Herrera Solís , Tomás José Luis Varela Lagunas (rúbrica), Silvio Gómez Leyva (rúbrica), Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Joaquín Jesús Díaz Mena (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García , Ramón Landeros González , Gustavo Macías Zambrano (rúbrica), Jorge Alejandro Salud del Palacio (rúbrica), María Gloria Guadalupe Valenzuela García (rúbrica), Alberto Vázquez Martínez .»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión este punto de acuerdo. No habiendo solicitudes del uso de la palabra, se reserva para su votación en conjunto al final.



LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo que desechan la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a la LX Legislatura, fue turnada, para estudio y dictamen, iniciativa que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el 30 de abril de 2008, los secretarios dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que presentó el diputado Enrique Rodríguez Uresti , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Segundo. El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Economía.

Tercero. Que mediante oficio número CE/2423/08, de fecha 21 de mayo de 2008, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de la iniciativa.

Cuarto. El legislador propone lo siguiente:

• Reformar la fracción III del artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para dotar a la Procuraduría Federal del Consumidor la facultad de asesorar a los consumidores, siempre que lo soliciten, individualmente o en grupo, ante autoridades jurisdiccionales y administrativas, y ante proveedores, en las cuestiones que se relacionen con la aplicación de los derechos del consumidor.
• Adicionar una fracción III Bis al artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para que la Procuraduría Federal del Consumidor pueda interponer los recursos ordinarios y extraordinarios procedentes para la defensa de los consumidores.

Consideraciones

Primera. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

Segunda. Que la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) tiene por objeto promover y proteger los derechos y cultura del consumidor, así como procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores; de igual forma, corresponde a la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor (Profeco) aplicar y ejecutar la aludida ley, como un organismo público con el carácter de una autoridad administrativa.

Tercera. Que dentro de los principios de la LFPC se encuentra la educación y divulgación sobre el consumo adecuado de los productos y servicios, el respeto a los derechos y obligaciones derivados de las relaciones de consumo y las medidas que garanticen su efectividad y cumplimiento.

Cuarta. Que en el propio artículo 24 de la LFPC se establece entre las facultades que tiene la Profeco el poder aplicar las medidas necesarias para propiciar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores, procurar y representar los intereses de los consumidores, mediante el ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que procedan.

Quinta. Que incluir en la fracción III del artículo 24 de la LFPC la facultad de asesorar resulta redundante, en virtud de que la representación de los consumidores es una acción legal que incluye necesariamente el asesoramiento a cargo de esa autoridad. Los conceptos de así lo soliciten, y que sean cuestiones relacionadas con los derechos del consumidor, resultan lógicos.

Sexta. Que la adición de una fracción III Bis, que se propone para el artículo 24 de la LFPC, resulta improcedente, en virtud de que la propia fracción II de dicho precepto legal considera la facultad de la Profeco para procurar y representar los intereses de los consumidores mediante el ejercicio de acciones, recursos, trámites o gestiones que procedan, descripción que incluye los medios de impugnación tanto ordinarios como extraordinarios.

Séptima. Que los integrantes de la Comisión de Economía reconocen y concluyen que la preocupación del promovente se encuentra plenamente satisfecha dentro del precepto legal que pretende reformar, pues ya considera la facultad de la Procuraduría Federal del Consumidor para velar legalmente por los intereses de los consumidores.

En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía presenta los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, presentada por el diputado Enrique Rodríguez Uresti , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 30 de abril de 2008.

Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 días de septiembre de 2008.
La Comisión de Economía. diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso, Narcizo Alberto Amador Leal (rúbrica), Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum , Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Octavio Martínez Vargas (rúbrica), Susana Monreal Ávila (rúbrica), José Amado Orihuela Trejo (rúbrica), Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Raúl Ríos Gamboa , Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López , Joaquín Humberto Vela González , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación en conjunto. Continúe.



LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY SOBRE PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS EMIGRANTES MEXICANOS Y DE LOS EXTRANJEROS EN TERRITORIO NACIONAL

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo que desechan la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y expide la Ley sobre Protección de los Derechos de los Emigrantes Mexicanos y de los Extranjeros en Territorio Nacional

A las Comisiones Unidas de Gobernación y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados, le fue turnada la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y expide la Ley sobre la Protección de los Derechos Emigrantes Mexicanos y de los Extranjeros en Territorio Nacional.

Estas Comisiones Unidas, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 56, 60, 65, 87, 88, 90, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la iniciativa, someten a la consideración de esta honorable Asamblea el presente dictamen basándonos en los siguientes:

Antecedentes

1. Con fecha veintisiete de abril de dos mil seis, los diputados Rodrigo I. Cortés Jiménez y Adriana González Carrillo , integrantes del Partido Acción Nacional, haciendo uso de la facultad que les confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentaron ante el Pleno de la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y expide la Ley sobre protección de los Derechos de los emigrantes mexicanos y de los extranjeros en territorio nacional.
2. En esa fecha, veintisiete de abril de dos mil seis, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó la iniciativa a las Comisiones de Gobernación, de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, para emitir dictamen, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
3. El dos de diciembre de dos mil ocho, los integrantes de la Comisión de Gobernación aprobaron el presente dictamen en sentido negativo.
4. El diez de septiembre de dos mil ocho, los integrantes de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios aprobaron el presente dictamen en sentido negativo.

Contenido de la iniciativa

1. La iniciativa de referencia, pretende realizar reformas al artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para hacer específicas las atribuciones y/o responsabilidades que tiene encomendadas la Secretaría de Relaciones Exteriores, para cuidar los intereses y velar por los derechos de los migrantes mexicanos en el extranjero.
2. La iniciativa propone la creación de una política nacional de protección de los derechos e intereses de los emigrantes mexicanos y de los extranjeros en territorio nacional, con el objetivo de prestar atención humanitaria a estos, sin importar el estatus migratorio que tengan y proponiendo que esta política debe estar integrada al Plan Nacional de Desarrollo.
3. Asimismo pretende dictar las medidas de coordinación y colaboración entre las dependencias y entidades para planear y brindar una mejor protección de los derechos e intereses de los emigrantes mexicanos y de los migrantes.
4. Menciona la creación de una Comisión intersecretarial para la protección de los Derechos de los Emigrantes mexicanos y de los Extranjeros en territorio nacional, la cual tendría la facultad de proponer, coordinar y dar seguimiento a la política nacional sobre la protección de los derechos e intereses de los emigrantes mexicanos y extranjeros en territorio nacional.
5. Propone elaborar estrategias para que la repatriación de los mexicanos sea segura, digna y ordenada; así como también formular programas que permitan la protección de los derechos humanos de los migrantes en el ámbito multilateral, regional y/o bilateral.
6. Igualmente menciona que se hace necesario simplificar los trámites y medidas que faciliten el ingreso, tránsito y salida del país de los migrantes; de la misma manera pretende establecer en el Plan Nacional de Desarrollo políticas que eviten la violación de los derechos humanos de los migrantes y rechazar todo tipo de racismo, xenofobia y discriminación.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los miembros de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen exponemos las siguientes:

Consideraciones

La migración humana es un fenómeno complejo en la cual persisten las causas que durante siglos han motivado a las personas a dejar sus regiones de origen para buscar una vida mejor en otro lugar.

La migración se ha convertido en los últimos 20 años en un problema social de amplias dimensiones y profunda gravedad. Se trata de una migración multicausal en las cual puede predominar la búsqueda de mejores condiciones de vida, la obtención de empleos más justos y bien remunerados o la reunión de sujetos con sus seres queridos, respondiendo a necesidades eminentemente afectivas, ya sea porque se busca la reunificación familiar o la huída de situaciones familiares conflictivas.

En el país, el flujo de migrantes enfrenta problemas como la corrupción, la impunidad, la criminalización, la discriminación, la falta de capacitación de los agentes migratorios, entre otros; además, el creciente traslado de personas ha provocado la comisión de delitos como el tráfico de personas, el robo, el homicidio que elevan los índices de criminalidad de las zonas fronterizas.

Lo anterior se agrava considerando la magnitud de la migración en nuestro país, toda vez que se estima que en los Estados Unidos de América residen aproximadamente 30 millones de habitantes de origen mexicano y de acuerdo a diversas versiones periodísticas, cuatrocientos mil mexicanos, aproximadamente, dejan el país anualmente para inmigrar a otras latitudes.

En este sentido, el Estado mexicano ha adquirido el compromiso irrestricto de respetar los derechos humanos y de participar en el establecimiento de fórmulas para garantizar su cumplimiento toda vez que, entre otros, ha ratificado los siguientes instrumentos internacionales de protección a los derechos humanos: la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948); la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966); y la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979).

En nuestro sistema de derecho positivo, la Ley General de Población tiene por objeto la regulación de los fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que participe justa y equitativamente de los beneficios del desarrollo económico y social.

De la misma forma, se ha llevado a cabo la implantación de los Grupos Beta para la protección de migrantes, el proyecto de atención a menores fronterizos, los esfuerzos de México por buscar un acuerdo bilateral con el gobierno de los Estados Unidos de América que incrementen la protección de nuestros connacionales en el exterior, los esfuerzos de gobierno para disminuir el costo de intermediación en el envío de remesas, el Programa Paisano, el Programa para Comunidades Mexicanas en el Exterior, el Instituto de los Mexicanos en el Exterior, las iniciativas de desarrollo cofinanciado con las remesas colectivas en los estados y comunidades de origen y los programas especiales de regularización migratoria.

En este sentido, la iniciativa materia del presente dictamen considera necesario ordenar las acciones que, en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de protección y defensa de los derechos de los migrantes, sean necesarias para consolidar la política de Estado; sin embargo, estas Comisiones Unidas señalan que en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 se encuentra establecido el objetivo y las estrategias para protección y promoción activa de los derechos de los mexicanos en el exterior.

Efectivamente, de acuerdo al mencionado Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, una política exterior responsable y activa ``debe mirar, al mismo tiempo, por el respeto a los derechos y el mejoramiento de las condiciones de vida de los mexicanos que se encuentran en el extranjero, así como por la protección a los ciudadanos latinoamericanos que ingresan al país, muchas veces de manera indocumentada y en condiciones lamentables de seguridad...'' ( Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. Eje 5. Democracia efectiva y política exterior responsable. 5.9 Mexicanos en el exterior y migración. p.305)

En este sentido, entre las estrategias a desarrollar se encuentran el fortalecimiento de la capacidad de protección, asistencia jurídica y gestión de la red consular mexicana; la promoción de mecanismos jurídicos internacionales que permitan flujos legales, seguros, ordenados y respetuosos de los derechos de los individuos, en especial en América del Norte; el fortalecimiento del derecho al voto de los mexicanos en el exterior; la promoción de una nueva cultura de migración en México que debe sustentarse en la congruencia que garantice el respeto y protección de los derechos humanos de los migrantes de otros países en suelo mexicano; impulsar una visión de corresponsabilidad en la que México genere mayores oportunidades de desarrollo dentro del territorio nacional; la promoción de la inversión productiva de capital en las regiones expulsoras de mano de obra y el fortalecimiento del control de entradas y salidas de las personas, así como de la estancia legal en el país de los migrantes para garantizar la seguridad, la convivencia armónica y el desarrollo pleno de los habitantes de las fronteras y corredores migratorios sur y norte.

Por lo anterior señalado, estas Comisiones Unidas consideran que la protección de los derechos humanos de los migrantes está incluida en el Plan Nacional de Desarrollo, lo que permitirá efectuar los cambios pertinentes en la administración pública federal para asegurar este objetivo y respetar los derechos humanos de los migrantes en el territorio nacional y la defensa de los derechos humanos de los connacionales en el exterior.

Por otro lado, sobre las reformas y adiciones del proyecto de decreto al artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Federal con el fin de que la Secretaría de Relaciones Exteriores tenga atribuciones específicas para garantizar los derechos e intereses de los mexicanos en el extranjero y el fortalecimiento de la comunicación entre las comunidades mexicanas en el exterior y las autoridades nacionales, se señala que el artículo 21 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2001, señala como atribuciones de la Dirección General de Protección y Asuntos Consulares de la Secretaría los de dictar y establecer lineamientos y directrices para la protección de los derechos humanos de los mexicanos en el exterior, así como de acciones preventivas que contrarresten situaciones lesivas de los derechos humanos y coadyuvar con las autoridades de la administración pública federal, de los Estados y de los municipios para instrumentar las medidas pertinentes con el fin de proteger a los connacionales en el exterior, como se describe a continuación:

Artículo 21. Corresponde a la Dirección General de Protección y Asuntos Consulares:
I. Dictar los lineamientos y directrices que normen los programas integrales y acciones tendientes a garantizar la protección de la dignidad, los derechos humanos y otras garantías de los mexicanos en el exterior;
II. Recabar, analizar y sistematizar la información que permita el diseño de políticas de protección y la instrumentación de acciones preventivas que contrarresten situaciones lesivas a la dignidad, derechos humanos y otras garantías de los mexicanos en el exterior;
III. ...
IV. Prestar apoyo a las representaciones de México en el exterior y a las delegaciones en el interior de la República en el manejo de casos de protección que requieran trámites concertados con otras autoridades federales, estatales o municipales o en gestiones de otra clase que deban ser realizadas en México, en coordinación con las direcciones generales de Coordinación Política y de Delegaciones;
V. Elaborar programas de protección y, en su caso, ordenar, revisar y aprobar los que deban ser preparados por las representaciones de México en el exterior, así como supervisar su buen desarrollo y cumplimiento;
VI. Instruir a las representaciones de México en el exterior y las delegaciones foráneas para el cumplimiento oportuno y eficaz de las acciones y programas de protección, y supervisar su buen desarrollo;
VII. Estandarizar los procedimientos y criterios de los programas integrales y acciones de protección;
VIII. Instrumentar acciones de capacitación y actualización para los servidores públicos que intervienen en las tareas de protección;
IX. Intervenir, de manera concertada con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, estatal o municipal, en la negociación, ejecución y supervisión de tratados, acuerdos o programas laborales, para asegurar la instrumentación de medidas que garanticen el respeto a la dignidad, derechos humanos, laborales y otras garantías de los mexicanos en el exterior;
X. ...
XI. Promover y realizar estudios, en coordinación con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, respecto al análisis integral del fenómeno migratorio;
XII. ...
XIII. Supervisar, en coordinación con la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, el uso correcto y oportuno de las partidas de protección y ayuda a mexicanos en el exterior;
XIV. Atender, en coordinación con las demás unidades administrativas de la Secretaría, los casos de violación de los derechos humanos, laborales, civiles y otros de los mexicanos en el exterior o respecto al incumplimiento de convenios, o de tratados internacionales que deriven en perjuicio de nacionales mexicanos;
XV. ...
XVI. ...
XVII. Participar en los trabajos de las áreas competentes y de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en lineamientos y propuestas de México en materia de documentación migratoria;
XVIII. Ser el enlace de la Secretaría con la Secretaría de Gobernación y el Instituto Nacional de Migración en materia migratoria;
XIX. ...
XX. ...
XXI. ...
XXII. ...
XXIII. ...
XXIV. ...
XXV. Realizar las demás atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores y que le encomiende el Secretario.
La Dirección de Protección y Asuntos Consulares deberá coordinar sus acciones con los Subsecretarios que cuentan con unidades administrativas cuya competencia se determine por área geográfica, para el efecto de intercambiar información y coadyuvar en las acciones de protección y de tipo consular.

Por lo anterior considerado, es claro que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección General de Protección y Asuntos y a través del Programa de protección a mexicanos en el exterior, lleva a cabo las acciones que pretenden los autores de la iniciativa por lo que estas Comisiones Unidas estiman que la regulación en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal de las acciones específicas tendientes a proteger los derechos de los migrantes, podría producir un efecto contrario, que limitaría las atribuciones de la Secretaría y restringiría los ámbitos de aplicación para los casos que no se encuentren previstos en la Ley.

Por otro lado, en relación a la expedición de la Ley sobre Protección de los Derechos de los Emigrantes Mexicanos y de los Extranjeros en Territorio Nacional, es necesario considerar la viabilidad de la aplicación de sus supuestos como sería el caso de la creación de una Comisión Intersecretarial para protección de los derechos humanos de los emigrantes mexicanos y de los extranjeros en el territorio nacional.

Efectivamente, la creación de una comisión intersecretarial requiere la reestructuración de los programas de las instituciones existentes, como son la Secretaría de Gobernación, la de Relaciones Exteriores, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Instituto Nacional de Migración o el Instituto de los Mexicanos en el Exterior. La estructura y programas de estos organismos, en relación a los migrantes, fueron creados para brindar protección a los derechos humanos tanto de mexicanos en el exterior como de los extranjeros que se encuentran en el territorio mexicano; la Secretaría de Gobernación, como la Secretaría de Relaciones Exteriores son las dependencias de la Administración Pública Federal encargadas de garantizar los derechos y garantías de los mexicanos que se encuentran más allá de las fronteras nacionales y de los extranjeros que llegan a nuestro territorio.

Por otro lado, la creación de la Comisión Intersecretarial propuesta en la iniciativa en comento, no contempla el régimen transitorio para realizar las adecuaciones presupuestarias que comprenderían las modificaciones en la estructura programática y financiera de las dependencias afectadas; de igual forma, no considera la cuestión transitoria de los calendarios financieros, de las metas, de los traspasos y recursos humanos y de los activos patrimoniales de la mencionada Comisión.

Derivado de lo anterior, estas Comisiones consideran que la creación de una Comisión Intersecretarial podría duplicar las funciones que impedirían la aplicación de políticas eficientes y eficaces para la defensa de los derechos humanos de los extranjeros migrantes en territorio nacional y de los connacionales en el extranjero, por lo que que considera que no es viable la iniciativa materia del presente dictamen.

Finalmente, estas Comisiones Unidas consideran pertinente mantener un diálogo cercano con el Ejecutivo para proponer iniciativas que modifiquen nuestro marco legal en materia de población y de protección de garantías y de los derechos humanos, con el fin de hacer más eficiente la tarea de las dependencias de la administración pública encargadas de aplicar las disposiciones jurídicas en materia de población e inmigración en el territorio nacional, así como de defensa y protección de los derechos humanos de los mexicanos que se encuentren en cualquier parte del orbe.

Por lo antes expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la LX Legislatura, sometemos a consideración del Pleno de esta honorable Asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa de ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y expide la Ley sobre Protección de los Derechos de los Emigrantes Mexicanos y de los Extranjeros en Territorio Nacional, presentada por los diputados Rodrigo I. Cortés Jiménez y Adriana González Carrillo , el veintisiete de abril de dos mil seis.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a 2 de diciembre de 2008.
La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, diputados: José Nicolás Morales Ramos (rúbrica), presidente; Andrés Bermúdez Viramontes (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), secretarios; Carlos Augusto Bracho González (rúbrica), Daniel Chávez García (rúbrica), Rosaura Virginia Denegre Vaught Ramírez (rúbrica), Elia Hernández Núñez (rúbrica), Omeheira López Reyna (rúbrica), María Dolores González Sánchez , Francisco Javier Gudiño Ortiz (rúbrica), Cruz Pérez Cuéllar , Antonio Valladolid Rodríguez (rúbrica), Silvestre Álvarez Ramón, Alberto Amaro Corona (rúbrica), Miguel Ángel Arellano Pulido , Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Erick López Barriga , Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , Antonio de Jesús Díaz Athié , Lilia Guadalupe Merodio Reza , Guillermina López Balbuena (rúbrica), Isael Villa Villa , José Luis Aguilera Rico , Irma Piñeyro Arias , Pascual Bellizia Pascual.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Humberto Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristián Castaño Contreras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Narcizo Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Antonio Xavier López Adame (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), Ricardo Cantú Garza , secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres , César Camacho Quiroz (rúbrica), Ariel Castillo Nájera , Jesús de León Tello , María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares , Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra , Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández , María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega , Gerardo Priego Tapia (rúbrica), Raciel Pérez Cruz , José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola , Rosa Elva Soriano Sánchez (rúbrica), Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Están a discusión los puntos de acuerdo. No habiendo quien solicite la palabra, nos reservamos para su votación en conjunto. Continúe.



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

En sesión celebrada el 30 de abril de 2008 fue turnada a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la minuta proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud, presentada en la Cámara de Senadores por el senador Francisco Agundis Arias , del Grupo Parlamentario del PVEM.

Los integrantes de esta comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 numerales 1o. y 3o., 43, 44, 45 y los demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de los miembros de esta honorable Asamblea, el presente Dictamen, que se realiza bajo la siguiente

Metodología

La Comisión encargada del análisis y dictamen de la minuta mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el capítulo ``Antecedentes'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida minuta y de los trabajos previos de esta comisión.

En el capítulo ``Contenido'' se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reformas y adiciones en estudio; asimismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

En el capítulo ``Consideraciones'' la comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la minuta en análisis.

I. Antecedentes

En sesión celebrada con fecha 29 de abril del 2008, la Cámara de Senadores presentó ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud.

Con fecha 30 de abril del 2008, la Mesa Directiva de este órgano legislativo turnó la mencionada minuta a la Comisión de Salud, para su estudio y posterior dictamen.

II. Contenido

En la exposición de motivos de la iniciativa original, la cual fue dictaminada por la comisión de salud de la colegisladora y turnada a esta comisión para los efectos constitucionales, el senador Francisco Agundis menciona que el derecho a la información es la garantía fundamental que toda persona posee para atraerse información, informar y ser informada; el derecho a ser informado incluye recibir información objetiva y oportuna, veraz e imparcial; esto es, la información debe ser completa y para todas las personas sin exclusión alguna.

El senador hace referencia a que el derecho a recibir información se encuentra íntimamente ligado a los derechos del consumidor, que son parte de los derechos humanos y se basan en el entendimiento de que el consumidor debe y tiene que ser protegido tanto por el Estado como por los particulares.

En cuanto a los ciudadanos, el senador señala que en los últimos tiempos el consumidor demanda mayor seguridad alimentaria, calidad e información nutricional, en virtud de que ha aumentado la conciencia del público en general sobre la salud y los riesgos que generan el exceso o la falta de ciertos nutrimentos.

Como refiere el promovente, las etiquetas de información nutricional tienen una función importante, ya que suministran información acerca de los productos alimentarios, y a medida que se incrementa el interés público sobre la nutrición y que existe evidencia sobre la relación entre la dieta y las enfermedades crónicas, se hace más evidente que los consumidores necesitan información para comparar y elegir los alimentos. Esto también les permite planificar comidas variadas y balanceadas en cantidades moderadas y con mayor flexibilidad.

Así también, refiere el senador, la etiqueta de los alimentos debe ofrecer información obligatoria en forma detallada, sobre la nutrición y la composición de un alimento con el objeto de que el consumidor tenga información suficiente antes de tomar la decisión de comprar un producto y consumirlo.

III. Consideraciones

1. En la exposición de motivos el senador Francisco Agundis hace referencia al derecho de acceso a la información establecido en el artículo 6 de nuestra Carta Magna; es de observarse que dicho derecho tiene como finalidad proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal, teniendo como excepción la información clasificada como reservada o confidencial.

De lo anterior, estimamos que el argumento plasmado en la exposición de motivos no es aplicable como sustento del contenido de la reforma propuesta, ya que la información de las etiquetas o contra etiquetas para los alimentos y bebidas no alcohólicas no entra en la clasificación antes mencionada.

2. Lo referente a la reforma propuesta, el análisis por parte de esta comisión concluyó que, si bien es cierto que la Ley General de Salud, en su artículo 212, no establece de manera enunciativa cuáles son los datos de valor nutricional que deben de contener las etiquetas o contra etiquetas para alimentos y bebidas, no es objeto de una ley general hacerlo, más bien se incluye en otras disposiciones jurídicas, como son las normas oficiales mexicanas, las cuales contienen la información, requisitos, especificaciones y metodología que para su comercialización en el país deben cumplir los productos o servicios a cuyos campos de acción se refieran, por lo que son, en consecuencia, de aplicación nacional y obligatoria.

3. En conclusión, y dando seguimiento al orden de ideas, se refieren varios ordenamientos que ya incluyen el tema:

Ley General de Salud
Artículo 115. La Secretaría de Salud tendrá a su cargo:
I. Establecer un sistema permanente de vigilancia epidemiológica de la nutrición;
II. Normar el desarrollo de los programas y actividades de educación en materia de nutrición, prevención, tratamiento y control de la desnutrición y obesidad, encaminados a promover hábitos alimentarios adecuados, preferentemente en los grupos sociales más vulnerables.
III. Normar el establecimiento, operación y evaluación de servicios de nutrición en las zonas que se determinen, en función de las mayores carencias y problemas de salud;
IV. Normar el valor nutritivo y características de la alimentación en establecimientos de servicios colectivos y en alimentos y bebidas no alcohólicas.
V. Promover investigaciones químicas, biológicas, sociales y económicas, encaminadas a conocer las condiciones de nutrición que prevalecen en la población y establecer las necesidades mínimas de nutrimentos, para el mantenimiento de las buenas condiciones de salud de la población;
VI. Recomendar las dietas y los procedimientos que conduzcan al consumo efectivo de los mínimos de nutrimentos por la población en general, y proveer en la esfera de su competencia a dicho consumo;
VII. Establecer las necesidades nutritivas que deban satisfacer los cuadros básicos de alimentos. Tratándose de las harinas industrializadas de trigo y de maíz, se exigirá la fortificación obligatoria de éstas, indicándose los nutrientes y las cantidades que deberán incluirse.
VIII. Proporcionar a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial los elementos técnicos en materia nutricional, para los efectos de la expedición de las normas oficiales mexicanas.
Ley Federal Sobre Metrología y Normalización.
Artículo 40. Las normas oficiales mexicanas tendrán como finalidad establecer:
I. Las características y/o especificaciones que deban reunir los productos y procesos cuando éstos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana , animal, vegetal, el medio ambiente general y laboral, o para la preservación de recursos naturales;
II. Las características y/o especificaciones de los productos utilizados como materias primas o partes o materiales para la fabricación o ensamble de productos finales sujetos al cumplimiento de normas oficiales mexicanas, siempre que para cumplir las especificaciones de éstos sean indispensables las de dichas materias primas, partes o materiales;
III. Las características y/o especificaciones que deban reunir los servicios cuando éstos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana , animal, vegetal o el medio ambiente general y laboral o cuando se trate de la prestación de servicios de forma generalizada para el consumidor;
IV. Las características y/o especificaciones relacionadas con los instrumentos para medir, los patrones de medida y sus métodos de medición, verificación, calibración y trazabilidad;
V. Las especificaciones y/o procedimientos de envase y embalaje de los productos que puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud de las mismas o el medio ambiente;
VI. (Se deroga)
VII. a XI. ...
XII. La determinación de la información comercial, sanitaria, ecológica, de calidad, seguridad e higiene y requisitos que deben cumplir las etiquetas, envases, embalaje y la publicidad de los productos y servicios para dar información al consumidor o usuario;
XIII. Las características y/o especificaciones que deben reunir los equipos, materiales, dispositivos e instalaciones industriales, comerciales, de servicios y domésticas para fines sanitarios, acuícolas, agrícolas, pecuarios, ecológicos, de comunicaciones, de seguridad o de calidad y particularmente cuando sean peligrosos;
XIV. ... a XVIII
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
Artículo 22. La publicidad de alimentos, suplementos alimenticios y bebidas no alcohólicas, no deberá:
I. Inducir o promover hábitos de alimentación nocivos para la salud;
II. Afirmar que el producto llena por sí solo los requerimientos nutricionales del ser humano;
III. Atribuir a los alimentos industrializados un valor nutritivo superior o distinto al que tengan;
IV. Realizar comparaciones en menoscabo de las propiedades de los alimentos naturales;
V. Expresar o sugerir, a través de personajes reales o ficticios, que la ingestión de estos productos proporciona a las personas características o habilidades extraordinarias;
VI. Asociarse directa o indirectamente con el consumo de bebidas alcohólicas o tabaco, y
VII. Declarar propiedades que no puedan comprobarse, o que los productos son útiles para prevenir, aliviar, tratar o curar una enfermedad, trastorno o estado fisiológico.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de esta Comisión de Salud, ponen a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la minuta proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud.

Segundo . Devuélvase a la Cámara de Senadores, para los efectos de la fracción d del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Comisión de Salud, diputados: Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), José Antonio Muñoz Serrano (rúbrica), Adriana Rebeca Vieyra Olivares (rúbrica), Efraín Morales Sánchez , María Oralia Vega Ortiz (rúbrica), Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Juan Abad de Jesús (rúbrica), Efraín Arizmendi Uribe , Maricela Contreras Julián (rúbrica), María Mercedes Corral Aguilar (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Daniel Dehesa Mora (rúbrica), Nemesio Domínguez Domínguez , Ángel Humberto García Reyes (rúbrica), Beatriz Eugenia García Reyes (rúbrica), Yolanda Mercedes Garmendia Hernández (rúbrica), Tomás Gloria Requena , María Mercedes Maciel Ortiz , Lorena Martínez Rodríguez (rúbrica), Holly Matus Toledo , Fernando Enrique Mayans Canabal (rúbrica), Roberto Mendoza Flores , Elizabeth Morales García , Miguel Ángel Navarro Quintero , Gilberto Ojeda Camacho , Martha Rocío Partida Guzmán , Jorge Quintero Bello (rúbrica), José Ignacio Alberto Rubio Chávez (rúbrica), María Gloria Guadalupe Valenzuela García (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haya solicitado el uso de la palabra, se considera suficientemente discutido y se reserva para la votación en conjunto. Continúe.



CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia, y de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Justicia, y de Atención a Grupos Vulnerables les fue turnada para su estudio y dictamen, la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, relativa al comercio sexual infantil, enviada a esta soberanía por el Senado de la República el 28 de abril de 2008.

Estas comisiones unidas elaboran el presente dictamen con fundamento en el artículo 39, numerales 1, 2 fracción III y numeral 3; los artículos 44, 45 numeral 1, 4, 6 incisos d) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 55, 56, 60, 87, 88 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y lo someten a la consideración de esta honorable asamblea, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

1. Durante el ejercicio de la LVIII Legislatura del Congreso de Unión, se presentaron en la Cámara de Diputados --con fechas 18 de octubre de 2001 y 9 de abril de 2002-- iniciativas relativas al comercio sexual infantil. La primera, por la diputada Laura Pavón Jaramillo, en nombre propio y de otros diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y la segunda, por el diputado José Bañales Castro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

2. Después de analizar el contenido de los proyectos citados y establecer algunas modificaciones a éstos, las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos, y de Atención a Grupos Vulnerables, a las que se encomendó su dictamen, cumplieron con esa tarea el 4 de diciembre de 2002. Al día siguiente, el dictamen correspondiente se pasó al Pleno de la Cámara de Diputados para su primera lectura. El 10 de diciembre del mismo año se aprobó y, para sus efectos constitucionales, en esta última fecha se remitió a la Cámara de senadores.

3. El expediente con la minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, se recibió en el Senado de la República el jueves 12 de diciembre de 2002, y por acuerdo de la Presidencia de la Mesa Directiva, en esa fecha, para su estudio y dictamen, se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia, de Desarrollo Social, y de Estudios Legislativos, Primera; turno que, a solicitud de los senadores integrantes de la Comisión de Equidad y Género, el 15 de diciembre de 2002, se amplió también a esta última instancia.

4. Con fecha lunes 28 de abril de 2008, en sesión celebrada en el Senado de la República se aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia, de Desarrollo Social, de Equidad y Género y de Estudios Legislativos, Primera por el que se desecha la presente minuta, y en consecuencia se envía a la honorable Cámara de Diputados con número de oficio DGPL-2P2A.-5553, para los efectos de lo dispuesto en el inciso d) del artículo 72 constitucional.

5. En sesión celebrada el miércoles 30 de abril de 2008 por la Cámara de Diputados, se dio cuenta con el oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite el expediente con la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código de Procedimientos Penales y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; la Presidencia la turnó para estudio y dictamen a las Comisiones Unidas de Justicia y de Atención a Grupos Vulnerables.

Contenido de la minuta

La minuta en estudio establece la necesidad de la tipificación de las conductas establecidas como delitos relacionados con la explotación sexual infantil, la pornografía infantil, el turismo sexual infantil y el lenocinio infantil, al igual las acciones en este sentido en la que las víctimas sean personas que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho, o de personas que no tienen capacidad de resistirlo, de igual manera establece el agravante de estas conductas en el Código Federal de Procedimientos Penales, así como su incorporación en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Sin embargo, la minuta establece que las propuestas de reformas planteadas ya se encuentran en las leyes correspondientes, después de las reformas elaboradas por el honorable Congreso de la Unión en esta materia.

Por tal motivo el Senado consideró que ya habían quedado sin materia las reformas propuestas y por lo tanto fue desechada la minuta y regresada a la Cámara de Diputados para los efectos legales correspondientes.

Debido a lo antes expuesto, las Comisiones Unidas de Justicia, y de Atención a Grupos Vulnerables, de la Cámara de Diputados, emiten las siguientes

Consideraciones

La Comisiones Unidas de Justicia, y de Atención a Grupos Vulnerables realizaron el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la minuta objeto de estudio, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Estas comisiones dictaminadoras, después de realizar un estudio sistemático de la iniciativa presentada, advierten lo siguiente:

Que si bien son válidos los argumentos esgrimidos en la exposición de motivos, en el momento en que fueron planteados, aún no se había aprobado la reforma en materia de explotación sexual comercial infantil publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2007, al Código Penal Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, en la que se crearon y modificaron los tipos penales que atentan contra el libre desarrollo de la personalidad, tales como son la corrupción de menores, la pornografía, el turismo sexual, el lenocinio y la trata de personas, todos ellos de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o de personas que no tienen capacidad para resistirlo. A dichos delitos, se les incluyó dentro del catálogo de delitos graves y que se persiguen a través del régimen de delincuencia organizada.

Por tanto, estas comisiones unidas coinciden plenamente con el Senado de la República al afirmar que el objeto de las propuestas en estudio ya ha sido plasmado en las reformas a las distintas leyes aquí mencionadas, por lo que si bien reconocemos y apreciamos el propósito de las iniciativas aludidas de velar por el interés superior de la infancia, consideramos innecesarias las reformas y adiciones propuestas, por estar ya contempladas en la legislación.

Por todo lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Justicia, y de Atención a Grupos Vulnerables

Acuerdan

Primero. Se desecha la minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Segundo. Archívese como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro; a 1 de diciembre de 2008.
La Comisión de Justicia, diputados: César Camacho Quiroz (rúbrica), presidente; Felipe Borrego Estrada (rúbrica), Carlos Alberto Navarro Sugich (rúbrica), Miguel Ángel Arellano Pulido (rúbrica), Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez , secretarios; Mónica Arriola, Alliet Mariana Bautista Bravo , Luis Enrique Benítez Ojeda (rúbrica), Liliana Carbajal Méndez (rúbrica), Raúl Cervantes Andrade , Claudia Lilia Cruz Santiago (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), José Manuel del Río Virgen , Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Arturo Flores Grande (rúbrica), Silvano Garay Ulloa (rúbrica), Violeta del Pilar Lagunes Viveros (rúbrica), Andrés Lozano Lozano (rúbrica), Omeheira López Reyna , Victorio Rubén Montalvo Rojas , Jesús Ricardo Morales Manzo , Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Silvia Oliva Fragoso (rúbrica), Édgar Armando Olvera Higuera (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Alfredo Adolfo Ríos Camarena (rúbrica), Yadhira Yvette Tamayo Herrera (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haya solicitado el uso de la palabra, se considera suficientemente discutido y se reserva para la votación en conjunto. Continúe.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo que desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 169 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnado, para estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 3742, que contiene la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 169 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), devuelta por la Cámara de Senadores de conformidad con lo que establece el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72, inciso d), y 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, numerales 1 y 2, fracción XXIV, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 60, 65 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

1. En la sesión celebrada el 28 de abril de 2005, la entonces diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 169 de la LGEEPA.
2. En la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la referida iniciativa a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para análisis y elaboración del dictamen correspondiente.
3. En la sesión celebrada el 9 de marzo de 2006, el Pleno de la honorable Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la iniciativa en comento, la que fue remitida al Senado de la República para los efectos constitucionales conducentes.
4. En sesión celebrada el 14 de marzo de 2006, la Mesa Directiva del Senado de la República recibió la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 169 de la LGEEPA, turnándola a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos.
5. En sesión celebrada el 22 de abril de 2008, el Senado e la República aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos por el que se desecha la minuta de referencia.
6. En sesión celebrada el 29 de abril de 2008, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión dio cuenta del oficio remitido por la Cámara de Senadores por el que devuelve, de conformidad con lo establecido por el artículo 72 inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el expediente número 3742, correspondiente a la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 169 de la LGEEPA.
7. Con esa fecha, la Mesa Directiva turnó la minuta de referencia a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para análisis, estudio y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

La iniciativa de reforma que dio origen a la minuta que se dictamina pretendía prever y fundar en la LGEEPA la figura de la ``reconsideración'', así como sus requisitos de procedibilidad y sustanciación, conforme a la siguiente propuesta de redacción:

Artículo 169. ...
...
...
En los casos en que el infractor realice las medidas correctivas o de de urgente aplicación o subsane las irregularidades detectadas en los plazos ordenados por la Secretaría, siempre y cuando el infractor no sea reincidente, y no exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, ésta podrá, a petición de parte, revocar o modificar la sanción o sanciones impuestas.
La solicitud de revocación o modificación de sanción deberá ser presentada por escrito ante la autoridad sancionadora, que únicamente acordará su presentación, y la turnará al superior jerárquico para la resolución definitiva.

En los casos en que proceda, la autoridad federal hará del conocimiento del Ministerio Público la realización de actos u omisiones constatados en el ejercicio de sus facultades que pudieran configurar uno o más delitos.

Pese a que la Cámara de origen decidió aprobar la iniciativa referida, una vez que el decreto fue turnado vía minuta al Senado de la República, la colegisladora resolvió su desecho, en virtud de que los aspectos contenidos en las reformas y adiciones propuestas ya se encuentran previstos en el texto vigente de la LGEEPA, por lo que se devolvió a esta Cámara de origen para los efectos legales conducentes. Los integrantes de la comisión legislativa coincidimos plenamente con los razonamientos emitidos por la colegisladora para fundar el desecho de la minuta referida.

Con objeto de fortalecer los razonamientos emitidos, esta comisión igualmente considera innecesario que se incorpore de manera expresa al texto del artículo 169 que la reconsideración sólo sea procedente cuando ``no exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, ésta podrá, a petición de parte'', toda vez que el artículo 170 de la propia ley ya hace referencia a tales supuestos, además de que el texto vigente del artículo 169 remite a esta disposición. Conforme a ese razonamiento, la propuesta que obra en la iniciativa resulta inadecuada y redundante.

De conformidad con el artículo 169 de la LGEEPA, una vez que ha transcurrido el plazo para que el infractor cumpla las sanciones impuestas por la autoridad a consecuencia de un procedimiento administrativo, y éste acredite que dio cumplimiento a las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas por la Profepa, en los plazos y condiciones señalados, o subsanó en el tiempo indicado las irregularidades que le hayan sido detectadas en una visita de inspección, tendrá la facultad de solicitar por escrito que el titular de la delegación o unidad administrativa que lo sancionó reconsidere la sanción impuesta.

Sin embargo, además de los requisitos expuestos, la autoridad deberá verificar que el infractor no sea reincidente y las conductas que dieron origen a la sanción no causen un riesgo inminente de desequilibrio ecológico o daño o deterioro grave a los recursos naturales o cause contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública.

Debido a esto, podemos establecer que la figura de ``reconsideración'' se encuentra constituida como un beneficio en favor del infractor, y es aquel por medio del cual la autoridad reconoce el esfuerzo realizado para dar cumplimiento a sus obligaciones en materia ambiental, y no como un medio de impugnación de la resolución administrativa, como es concebido por los promoventes de la iniciativa que dio origen a la presente minuta.

Por lo expuesto, resulta innecesario determinar expresamente el proceso mediante el cual deberá sustanciarse la reconsideración, ya que la legislación vigente considera los supuestos que dieron origen a la reforma, pues el artículo 169 de la LGEEPA establece perfectamente la vía y los términos mediante los cuales deberá ser desahogada la reconsideración. Conforme a ese razonamiento, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales somete a consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, igual que la colegisladora, desecha la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 169 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados, a 9 de diciembre de 2008.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Adriana Dávila Fernández , José Antonio Díaz García (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz , María Soledad López Torres , Rafael Villicaña García , Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez , Roberto Mendoza Flores , Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas , Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez (rúbrica), Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Humberto López Lena Cruz .»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haya solicitado la palabra, se reserva para la votación en conjunto. Continúe.



LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL DAÑO Y EL DETERIORO AMBIENTAL - LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo que desecha la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental, y deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 840 que contiene la minuta proyecto de decreto que expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental, y se deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, cuya iniciativa fue presentada por el entonces diputado del Partido Verde Ecologista de México, Jorge Kahwagi Macari.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 72, inciso D; 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, numerales 1 y 2, fracción XXIV; y 45, numeral 6, incisos e) y f); y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 65 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

1. En sesión ordinaria celebrada el 29 de noviembre de 2005 por la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, el diputado Jorge Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante el pleno la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental, y se deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

2. En sesión celebrada con esa misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión turnó la iniciativa a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

3. La citada iniciativa se dictaminó y sometió a votación del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el 1 de diciembre de 2005, se aprobó con 204 votos a favor, 104 en contra y 20 abstenciones; fue turnada posteriormente a la Cámara de Senadores para los efectos dispuestos en el inciso A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. En sesión celebrada el 6 de diciembre de 2005, la Mesa Directiva del Senado de la República dio cuenta de la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental y deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, turnándola a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; de Fomento Económico; de Justicia; y de Estudios Legislativos.

5. El 16 de noviembre de 2006 las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; de Fomento Económico; de Justicia; y de Estudios Legislativos, presentaron ante el pleno del Senado de la República el dictamen a la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental y deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, desechándose en su totalidad dicho asunto, por lo que el expediente se remitió a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para los efectos de lo dispuesto en el inciso d) del artículo 72 constitucional.

6. El 21 de diciembre de 2006 la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión turnó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental y deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para su análisis y estudio, por lo cual los integrantes de esta comisión legislativa nos permitimos elaborar el presente dictamen, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

La herencia ambiental del siglo XX demuestra que el país enfrenta una severa degradación de su ambiente y que las tasas de este fenómeno, sumadas a la sobreexplotación de los elementos naturales, se han incrementado a través del tiempo. Esta situación ha desembocado en un estado de crisis ambiental que, para ser superado, demanda un cambio sustantivo de la política ambiental del país.

Resulta imprescindible crear y consolidar los mecanismos e instrumentos necesarios para aterrizar, en todos los ámbitos y sectores que participan en la construcción del desarrollo sustentable, los principios rectores de la nueva política ambiental.

En lo que compete al Poder Legislativo lo mas importante para esta comisión dictaminadora estriba en reforzar el sistema jurídico mexicano en lo que al sector ambiental corresponde, tanto en la creación de leyes como adaptando los instrumentos legales existentes a las necesidades cambiantes del país.

La responsabilidad civil por daño ambiental es un instrumento jurídico de control indispensable, sobre todo en un sistema normativo como el nuestro, que ``representa una vía importante para que el Estado se encuentre en posibilidades de cumplir a cabalidad con lo determinado por el párrafo quinto del artículo 40 constitucional, que establece el derecho de todo individuo a gozar de un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

Debemos señalar que la responsabilidad civil por daño y deterioro ambiental como tal, se encuentra contenida en el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, el mismo establece que, sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que procedan, toda persona que contamine o deteriore el ambiente, o afecte los recursos naturales o la biodiversidad será responsable y estará obligada a reparar los daños causados, de conformidad con la legislación civil aplicable; aunque debemos estar ciertos que un sólo artículo que haga referencia al tema resulta insuficiente e ineficaz, y es necesario contar con una legislación que especifique claramente los casos en los cuales se cuenta con la legitimación para poder ejercitar la acción, para así poderla hacer operable en la practica y ejercicio jurídico.

En este orden de ideas, la minuta en cuestión resulta insuficiente para reforzar su esfera de aplicación, además de que, como bien lo establece la colegisladora en su dictamen de desecho, actualmente esta comisión tiene turnada para su análisis y estudio una iniciativa que busca normar la misma materia, lo que provoca una duplicidad ordenamientos jurídicos que se pretenden incorporar, lo cual dificulta el correcto cause de las dos iniciativas de decreto en cuestión y el adecuado cumplimiento del proceso legislativo.

Tomando en consideración que el fin primordial del trabajo parlamentario es la correcta expedición de las leyes, su elaboración estriba en seguir adecuadamente una secuencia de actos que en su concatenación conduzcan al cumplimiento ordenado y eficaz del trabajo legislativo, regido primordialmente por nuestra carta magna; por esto, los miembros de esta comisión ordinaria, como cuerpo colegiado encargado de discutir la presente minuta, estamos de acuerdo con la colegisladora en desechar la minuta.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales se permite someter a consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la aprobación del siguiente

Acuerdo

Único. De conformidad con lo determinado por la colegisladora, se desecha en su totalidad la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental, y se deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados, a 9 de diciembre de 2008.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Adriana Dávila Fernández (rúbrica), José Antonio Díaz García (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González , Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz , María Soledad López Torres , Rafael Villicaña García , Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez , Roberto Mendoza Flores , Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas , Octavio Fuentes Téllez (rúbrica), Beatríz Manrique Guevara (rúbrica), Humberto López Lena Cruz .»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Están a discusión los puntos de acuerdo. No habiendo quien haya solicitado la palabra la reservamos para su votación en conjunto con los demás. Adelante, continúe la Secretaría.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo que desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XXXV y XXXVI al artículo 3, XXI al artículo 5, XXI al artículo 7, XVI al artículo 8, XXI al artículo 15 y VI al artículo 22 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 3743 que contiene la minuta proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, presentada por el entonces diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

En virtud del análisis y estudio de la iniciativa que se dictamina, esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II, 72, 73 fracción XXIX-G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXIV, y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 65 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

Primero. En la sesión plenaria celebrada el 28 de septiembre de 2004, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión recibió una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversos artículos a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de servicios ambientales, presentada por el entonces diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que fue turnada bajo el expediente número 1688, a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Colegisladora para la elaboración del dictamen correspondiente;

Segundo. El 23 de marzo de 2006, el Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión aprobó la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversos artículos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de servicios ambientales, turnándose a la Cámara de Senadores para los efectos dispuestos en el inciso A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Tercero. En la sesión plenaria celebrada el 28 de marzo de 2006, la Mesa Directiva del Senado de la República recibió la minuta proyecto de decreto por el que se adicionan diversos artículos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de servicios ambientales, misma que fue turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos;

Cuarto. Una vez constituidas dichas Comisiones Legislativas en la LX Legislatura y en atención a una excitativa presentada el 25 de octubre de 2007 por el Senador Francisco Herrera León , inició el estudio y elaboración del dictamen correspondiente, mismo que fue aprobado en votación económica durante la sesión del Pleno de la Cámara de Senadores celebrada el día 26 de abril de 2008, con la siguiente redacción:

Único. En razón de que su objetivo se encuentra debidamente regulado en la legislación secundaria correspondiente, como son la Ley General de Vida Silvestre, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y la Ley de Aguas Nacionales, se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se adicionan diversos artículos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de servicios ambientales.

Sexto. En sesión celebrada el 29 de abril 2008 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión se dio cuenta del oficio de la Cámara de Senadores con el que remite para los efectos de lo dispuesto en el inciso D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el expediente completo de la minuta proyecto de decreto en comento, mismo que fue turnado a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales bajo el expediente número 3743 para su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

Contenido de la minuta

La minuta proyecto de decreto que se dictamina desecha las adiciones de las fracciones XXXV y XXXVI al artículo 3o.; la fracción XXI al artículo 5o.; la fracción XXI al artículo 7o.; la fracción XVI al artículo 8o.; la fracción XXI al artículo 15, y la fracción VI al artículo 22 Bis, todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en las que se incorpora respectivamente: la figura del pago por los servicios ambientales que brindan los diferentes ecosistemas del país, su valoración, la competencia de los diferentes órdenes de gobierno para identificarlos, valorarlos y fomentarlos, la inclusión de la valoración de los servicios ambientales como un principio de política ambiental que permitirá la eliminación gradual de las externalidades causadas por el desarrollo económico y, la consideración de las actividades de conservación de ecosistemas que presten servicios ambientales como prioritarias para efectos del otorgamiento de estímulos fiscales.

Consideraciones

La adición de la fracción XXXV al artículo 3o. incorpora el concepto de ``servicios ambientales'', entendiéndose éstos como: ``Los beneficios de interés social que aportan los diferentes ecosistemas entre cuya diversidad cabe destacar los siguientes: la conservación de los ciclos hidrológicos, el control de erosión, el control de inundaciones, la recarga de los acuíferos, el mantenimiento de los escurrimientos en cantidad y calidad, la purificación de cuerpos de agua; la captura de carbono, de contaminantes y componentes ambientales, la generación de oxigeno, la modulación o regulación climática, la mitigación del impacto de los fenómenos naturales con efecto adverso; la formación, protección y recuperación de suelos, la fijación de nitrógeno; la conservación y protección de la biodiversidad, la polinización de las plantas, el control biológico de plagas y protección del hábitat de la vida silvestre; conservación de los ecosistemas; paisaje y recreación entre otros''.

También se adiciona una fracción XXVI a dicho artículo, para incluir el concepto de ``valoración de servicios ambientales'', concebido como un: ``proceso mediante el cual la sociedad reconoce valor de uso y asigna valor económico a los diferentes servicios que le prestan a la sociedad los ecosistemas''.

Sobre el particular, esta Comisión dictaminadora coincide ampliamente con la minuta en el sentido de que pasa por alto que, tanto el concepto de ``servicios ambientales'', como los instrumentos que permiten su aplicación, mismos que ya han sido debidamente incorporados en las leyes sectoriales que regulan los ecosistemas y sus componentes, toda vez que son éstos los que prestan dichos servicios.

Tal como indica la minuta que se dictamina, la fracción XLI del artículo 3o. de la Ley General de Vida Silvestre define los ``servicios ambientales'' como: ``Los beneficios de interés social que se derivan de la vida silvestre y su hábitat, tales como la regulación climática, la conservación de los ciclos hidrológicos, la fijación de nitrógeno, la formación de suelo, la captura de carbono, el control de la erosión, la polinización de plantas, el control biológico de plagas o la degradación de desechos orgánicos''.

Por su parte, la fracción XXXVII del artículo 7o. de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable los define como: ``Los que brindan los ecosistemas forestales de manera natural o por medio del manejo sustentable de los recursos forestales, tales como: la provisión del agua en calidad y cantidad; la captura de carbono, de contaminantes y componentes naturales; la generación de oxígeno; el amortiguamiento del impacto de los fenómenos naturales; la modulación o regulación climática; la protección de la biodiversidad, de los ecosistemas y formas de vida; la protección y recuperación de suelos; el paisaje y la recreación, entre otros''.

La fracción XLIX del artículo 3o. de la Ley de Aguas Nacionales dispone que los servicios ambientales comprenden: ``beneficios de interés social que se generan o se derivan de las cuencas hidrológicas y sus componentes, tales como regulación climática, conservación de los ciclos hidrológicos, control de la erosión, control de inundaciones, recarga de acuíferos, mantenimiento de escurrimientos en calidad y cantidad, formación de suelo, captura de carbono, purificación de cuerpos de agua, así como conservación y protección de la biodiversidad; para la aplicación de este concepto en esta Ley se consideran primordialmente los recursos hídricos y su vínculo con los forestales''.

Esta comisión dictaminadora considera erróneo el argumento de la fracción III de los Considerandos del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto originalmente presentada y que a la letra reza: ``Que para la definición de servicios ambientales se decidió considerar y agregar elementos de otras leyes como la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y la Ley de Aguas Nacionales, para darle mejor soporte.'' Ello porque, tal como se indica en la minuta que se dictamina, las disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) son supletorias de lo dispuesto en las leyes sectoriales, respecto de las materias que regulan. Aunado a ello está el principio de especialidad de la Ley, por virtud del cual la Ley especial prevalece sobre la general.

De hecho, esta Comisión dictaminadora se permite recordar que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6o. de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, las disposiciones de la LGEEPA se aplicarán en forma supletoria y en lo conducente, en lo no previsto por dicha Ley. De igual forma, el artículo 2o. de la Ley General de Vida Silvestre dispone que en todo lo no previsto por dicha Ley, se aplicarán las disposiciones de la LGEEPA y de otras leyes relacionadas con las materias que regula la Ley General de Vida Silvestre.

En cuanto a la adición de una fracción XXI al artículo 5o.; una fracción XXI al artículo 7o. y una fracción XVI al artículo 8o., todos de la LGEEPA, con las cuales se otorga la competencia a los tres órdenes de gobierno para identificar, valorar y fomentar los servicios ambientales, esta Comisión Ordinaria comparte los argumentos de la minuta que se dictamina en el sentido de que dichas adiciones no especifican de qué forma esos órdenes de gobierno ejecutarán dicha facultad y mucho menos establecen los criterios que permitan diferenciar el ámbito de competencia respectiva. Asimismo esta Comisión dictaminadora reconoce que aún cuando se trata de facultades concurrentes, es decir, aquellas en las que los órdenes de gobierno pueden actuar respecto de una misma materia, resulta indispensable que la ley determine claramente la forma y los términos de la participación de estos órdenes, de lo contrario las adiciones propuestas no podrán ser ejecutadas por los destinatarios de ellas.

Para ejemplificar dicho argumento, la minuta refiere que la facultad concurrente de los diferentes órdenes de gobierno en cuanto al establecimiento, regulación, administración y vigilancia de Áreas Naturales Protegidas, está claramente establecida en los artículos 5o., 7o. y 8o. de la LGEEPA y además, el artículo 46 de la Ley en comento define las categorías de Áreas Naturales Protegidas que competen a cada orden de gobierno estipulando claramente que los parques y reservas estatales y las zonas de preservación ecológica de los centros de población son competencia de los estados y municipios.

Por lo que se refiere a la adición de una fracción XXI al artículo 15 de la LGEEPA, para incluir la valoración de los servicios ambientales como un principio de política ambiental que permitirá la eliminación gradual de las externalidades causadas por el desarrollo económico, esta Comisión dictaminadora estima que dicho principio ya ha sido debidamente incorporado en las leyes sectoriales que regulan los ecosistemas y sus componentes, mismos que prestan dichos servicios.

En efecto, la fracción VI del artículo 30 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable dispone que la política en materia forestal sustentable que desarrolle el Ejecutivo Federal deberá observar como uno de sus principios rectores el desarrollo de: ``mecanismos y procedimientos que reconozcan el valor de los bienes y servicios ambientales que proporcionan los ecosistemas forestales, con el propósito de la que la sociedad asuma el costo de su conservación.'' Por su parte, la fracción XI del artículo 14 Bis 5 de la Ley de Aguas Nacionales dispone que uno de los principios que sustentan la política hídrica nacional, es el reconocimiento, la cuantificación y el pago, en términos de Ley de los servicios ambientales que proporciona el agua. Finalmente, la fracción VI del artículo 5 de la Ley General de Vida Silvestre dispone que en la formulación y la conducción de la política nacional en materia de vida silvestre se observarán, por parte de las autoridades competentes, los principios establecidos en el artículo 15 de la LGEEPA y que dichas autoridades deberán prever: ``Los estímulos que permitan orientar los procesos de aprovechamiento de la vida silvestre y su hábitat, hacia actividades productivas más rentables con el objeto de que éstas generen mayores recursos para la conservación de bienes y servicios ambientales y para la generación de empleos.''

Como se aprecia, la adición propuesta no obedece a la existencia de una laguna jurídica sino más bien a la falta de revisión del contenido de las disposiciones jurídicas de la ley secundaria en cuanto a los servicios ambientales que proporcionan los ecosistemas y sus componentes y su consideración como principios de las políticas respectivas.

En cuanto a la adición de fracción VI al artículo 22 Bis a la LGEEPA con objeto de que las actividades de conservación de ecosistemas que presten servicios ambientales se consideren prioritarias para efectos del otorgamiento de estímulos fiscales, esta Comisión dictaminadora la considera incompleta en coincidencia con los argumentos expuestos en la minuta, toda vez que no establece los instrumentos que permitirán la aplicación práctica de la valoración de los servicios ambientales, es decir, el otorgamiento de estímulos fiscales debe materializarse a través de los ordenamientos jurídicos especializados en la materia, de lo contrario la adición por sí sola no garantiza su cumplimiento.

Sobre el particular, esta comisión dictaminadora considera pertinente mencionar que la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable además de definir los ``servicios ambientales'', incorpora en sus disposiciones sustantivas mecanismos que permiten la aplicación de dicho concepto. Tal es el caso del Fondo Forestal Mexicano, a través del cual se desarrollan los mecanismos de cobro y pago de bienes y servicios ambientales. Además, complementa dicha disposición, con el desarrollo de los diferentes elementos que integrarán el citado Fondo, entre ellos el ``cobro por bienes y servicios ambientales''.

Por su parte, el artículo 20 la Ley General de Vida Silvestre otorga facultades a la autoridad Federal para que diseñe y promueva criterios, metodologías y procedimientos que permitan identificar los valores de la biodiversidad y de los servicios ambientales que provee, a efecto de armonizar la conservación de la vida silvestre y su hábitat, con la utilización sustentable de bienes y servicios, así como de incorporar éstos al análisis y planeación económicos. Para lo cual realizará:

a) Sistemas de certificación para la producción de bienes y servicios ambientales.
b) Estudios para la ponderación de los diversos valores culturales, sociales, económicos y ecológicos de la biodiversidad.
c) Estudios para la evaluación e internalización de costos ambientales en actividades de aprovechamiento de bienes y servicios ambientales.
d) Mecanismos de compensación e instrumentos económicos que retribuyan a los habitantes locales dichos costos asociados a la conservación de la biodiversidad o al mantenimiento de los flujos de bienes y servicios ambientales derivados de su aprovechamiento y conservación.
e) La utilización de mecanismos de compensación y otros instrumentos internacionales por contribuciones de carácter global.

Por último, el artículo décimo quinto transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2004, establece el ``uso para la conservación ecológica o uso ambiental'' en el quinto lugar del orden de prelación de los usos del agua para la concesión y asignación de la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, superficiales y del subsuelo, aplicable en situaciones normales.

Así, esta comisión dictaminadora considera que aún cuando el espíritu de la minuta es loable, la forma en que se materializa su planteamiento adolece de serias deficiencias e inconsistencias y coincide con la minuta remitida por la colegisladora en que el marco jurídico vigente responde ampliamente a la inquietud del diputado promovente.

Por lo anteriormente expuesto esta comisión dictaminadora somete a consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Acuerdo

Único. En cumplimiento de los dispuesto por el inciso D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido por la colegisladora desecha la minuta proyecto decreto por el que se adicionan las fracciones XXXV y XXXVI al artículo 3o.; la fracción XXI al artículo 5o.; la fracción XXI al artículo 7o.; la fracción XVI al artículo 8o.; la fracción XXI al artículo 15, y la fracción VI al artículo 22 Bis, todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de servicios ambientales, turnada a esta Comisión el 29 de abril de 2008.

Dado en el salón de plenos de la honorable Cámara de Diputados el 9 de diciembre de 2008.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Adriana Dávila Fernández , José Antonio Díaz García (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz , María Soledad López Torres , Rafael Villicaña García , Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez , Roberto Mendoza Flores , Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas , Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez (rúbrica), Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Humberto López Lena Cruz .»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Están a discusión los puntos de acuerdo. No habiendo quien se haya registrado para hacer uso de la palabra, se considera suficientemente discutido. Por tanto, se reserva la votación en conjunto.

Consulte la Secretaría a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo.

La Secretaria diputada María del Carmen Pinete Vargas : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

En lo que se refiere a la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud, devuélvase al Senado para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional.



FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS DE COLOMBIA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: El siguiente punto del orden del día es el de dictámenes a discusión con puntos de acuerdo.

En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se lean los encabezados.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se lean los encabezados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

Presidencia del diputado José Luis Espinosa Piña

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se autoriza.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo relativos a la liberación de Clara Rojas y Consuelo González por las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia

Honorable Asamblea

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable Asamblea el siguiente dictamen

Antecedentes

I. El 1 de febrero de 2008, la diputada Ruth Zavaleta Salgado , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo respecto a la liberación de Clara Rojas y Consuelo González por las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), en el cual se ponen a consideración de la Asamblea los siguientes puntos:

1. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión expresa a los gobiernos de Venezuela, Colombia y a la Cruz Roja Internacional, sus más sinceras felicitaciones por el éxito obtenido en la liberación de las ciudadanas colombianas Clara Rojas y Consuelo González, que se encontraban privadas de su libertad por las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
2. La Comisión Permanente confía en que esta liberación traiga consigo la apertura de un espacio de negociación entre los involucrados para la liberación del resto de las personas retenidas y se reafirme la posibilidad de diálogo y la negociación como la vía para la solución pacífica de los conflictos.

II. En esa misma fecha, la Comisión Permanente turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados para su análisis y elaboración de dictamen correspondiente.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:

Consideraciones

El 10 de enero de 2008 fueron rescatadas las ciudadanas colombianas Clara Rojas, compañera de fórmula de la ex candidata presidencial Ingrid Betancourt, y la ex congresista Consuelo González, privadas de su libertad desde hacía aproximadamente 6 años por las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).

Las dos mujeres fueron entregadas a un comité de recepción encabezado por el ministro del Interior de Venezuela, Ramón Rodríguez Chacín, el embajador de Cuba en Caracas, Germán Sánchez, y la senadora opositora colombiana, Piedad Córdoba.

Las gestiones realizadas por los gobiernos de Venezuela, Cuba, Francia y Colombia, mostraron al mundo la posibilidad real de liberación de estas dos mujeres y abrieron un espacio político para la liberación de otras personas que están en poder de las FARC.

La diputada promovente considera que el esfuerzo realizado por estos países y la colaboración determinante de la Cruz Roja Internacional demostraron que el multilateralismo es la vía para la solución pacífica de los conflictos internacionales y es el método más eficaz para acercar a las partes en conflicto y buscar a partir de la diplomacia, la paz en el mundo.

Asimismo, la Comisión de Relaciones Exteriores considera que México debe contribuir a este multilateralismo y promover la paz en la región latinoamericana. La privación de la libertad de ciudadanos de cualquier país no es una estrategia de lucha y es necesario el diálogo para acordar soluciones a los conflictos que aquejan a las sociedades del mundo.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión expresa a los gobiernos de Venezuela, Colombia y a la Cruz Roja Internacional, sus más sinceras felicitaciones por el éxito obtenido en la liberación de las ciudadanas colombianas Clara Rojas y Consuelo González, que se encontraban privadas de su libertad por las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).

Segundo. La Cámara de Diputados confía en que esta liberación traiga consigo la apertura de un espacio de negociación entre los involucrados para la liberación del resto de las personas retenidas y se reafirme la posibilidad de diálogo y la negociación como la vía para la solución pacífica de los conflictos.

Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 10 de diciembre de 2008.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitín, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís , Alliet Mariana Bautista Bravo , César Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal (rúbrica), Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez , José Murat, José Edmundo Ramírez Martínez , Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández , Rosaura Virginia Denegre-Vaught Ramírez (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Gracias, secretaria. Están a discusión los puntos de acuerdo. En virtud de no haberse registrado orador alguno, se consideran suficientemente discutidos. Se reserva para su votación económica en conjunto.



EJERCITO DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo relativos a la participación de mexicanos en el Ejército de Estados Unidos de América

Honorable Asamblea:

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

El 30 de abril de 2008, el diputado José Jacques y Medina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo relativa a la participación de nacionales mexicanos en el Ejército de Estados Unidos de América, en la cual se ponen a consideración de la asamblea los siguientes puntos:

1. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal mexicano a solicitar, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, información completa y precisa al gobierno de Estados Unidos de América sobre el número y los nombres de los militares mexicanos muertos en servicio del ejército de dicha nación durante las invasiones a Irak y Afganistán, así como el número de connacionales que se encuentran enlistados en el ejército estadounidense.
2. Exhorta a las Secretarías de Gobernación, y de la Defensa Nacional a llevar a cabo una investigación a fin de deslindar responsabilidades sobre el presunto reclutamiento de mexicanos en el Ejército estadounidense en territorio mexicano.
3. Exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, a través de nuestros consulados en Estados Unidos, se instaure un programa de orientación para los mexicanos residentes en aquella nación sobre los alcances jurídicos y las consecuencias que conlleva la decisión de enlistarse en el ejército de ese país.
4. Saluda y se solidariza con la Caminata por la Paz, organizada por el Proyecto Guerrero Azteca por la Paz, en la cual se demanda el retorno de los mexicanos adscritos a las tropas estadounidenses, el alto a la guerra de Irak y la salida de reclutadores militares de las escuelas en Estados Unidos, entre otros.
5. Exhorta respetuosamente al gobierno municipal de Tijuana a llevar a cabo las acciones necesarias con la finalidad de que ésta sea declarada ``santuario'' o refugio para los ``objetores de conciencia'' mexicanos

II. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:

Consideraciones

La guerra contra el terrorismo, particularmente las llamadas guerras preventivas de los Estados Unidos en Afganistán e Irak, ha llevado a un considerable incremento en el número de personas enroladas en el ejército de los Estados Unidos de América.

Entre las consecuencias más notables de este contexto destaca la orden ejecutiva de ``naturalización expedita'', emitida por el presidente Bush el 3 de julio de 2002. Dicho ordenamiento permite que el proceso de naturalización para extranjeros que residen en Estados Unidos sea más breve de lo normal si se enlistan en las fuerzas armadas del país y participan en combate. 1

El impacto del ordenamiento entre la población inmigrante ha sido importante, particularmente entre los jóvenes mexicanos quienes son reclutados cada vez con mayor frecuencia. La oferta de los reclutadores plantea que a cambio de enlistarse en el ejército y combatir en Afganistán o Irak, los solicitantes y sus familias tendrán importantes beneficios adicionales a la ``vía rápida'' para la naturalización. Entre ellos se mencionan: ingreso fijo y más alto al promedio salarial de sus comunidades, descuentos en bienes de consumo, alimentos y vivienda, así como la posibilidad de realizar una carrera militar o ingresar a una universidad.

Atraídos por los anteriores beneficios, los jóvenes mexicanos aceptan participar de manera voluntaria 2 en las fuerzas armadas estadounidenses; sin embargo, es importante mencionar que en la mayoría de las ocasiones no se aclara que el enlistamiento y la participación en combate son sólo el inicio de una serie de pasos a seguir para obtener la naturalización, además de que no se garantiza su obtención.

Por ello, esta comisión ha identificado la necesidad de recibir información suficiente que pueda acotar la magnitud del problema. Se reconoce la participación de mexicanos en las fuerzas armadas estadounidenses, así como las muertes de aquellos que participan en las guerras de Afganistán e Irak, pero el número de ellos, así como las razones de su muerte son datos que las autoridades estadounidenses no han brindado.

Cabe destacar que, si bien los procedimientos y reglas relativas al reclutamiento para las fuerzas armadas constituyen un privilegio soberano de cada país, es de interés para México dar seguimiento a estos procedimientos en virtud de que ha trascendido que el reclutamiento se está llevando a cabo en territorio mexicano, particularmente en la ciudad de Tijuana.

En referencia al cuarto resolutivo planteado por el promovente, es necesario remarcar que el Proyecto Guerrero Azteca por la Paz demanda ``el retorno de las tropas, la salida de reclutadores militares de las escuelas y el alto a la Guerra de Irak'', 3 lo que difiere con la solicitud del promovente al señalar que se demanda el retorno de los mexicanos adscritos a las tropas estadounidenses.

En virtud de que dicha organización emite demandas que competen un conjunto de medidas soberanas de los Estados Unidos y que no han sido implantadas particularmente en perjuicio de connacionales, esta comisión dictaminadora considera que es necesario mostrar apego a los principios de política exterior enlistados en el artículo 89, fracción X, de la Carta Magna (particularmente la no intervención y la autodeterminación de los pueblos), de manera que no se califique la forma en que otro Estado conduce su política.

Sin embargo, se resalta la responsabilidad del gobierno mexicano con respecto a sus connacionales en el exterior, específicamente en medidas de prevención y otros mecanismos de información que brinden los elementos necesarios para orientar este tipo de decisiones, con la finalidad de que conozcan los alcances jurídicos y las consecuencias en general que conlleva la decisión de enlistarse en el ejército estadounidense.

En relación con el punto en el que se propone ``exhortar al gobierno municipal de Tijuana a declarar esta ciudad como santuario o refugio para los objetores de conciencia mexicanos'', cabe señalar que la Comisión de Relaciones Exteriores reconoce que el derecho a negarse a realizar el servicio militar por motivos de conciencia está protegido en las leyes internacionales de derechos humanos y es consciente de que las personas que están cumpliendo el servicio militar pueden transformarse en objetores de conciencia.

Sin embargo, es importante mencionar que cada Estado tiene la libertad de establecer sistemas encargados de validar la objeción de conciencia; por lo tanto, en el caso planteado por el diputado promovente, los objetores de conciencia al servicio militar de Estados Unidos de América tendrán que hacer valer su derecho bajo las instancias respectivas en ese país.

Adicionalmente, esta comisión considera que no es posible establecer una ciudad mexicana como refugio o santuario para mexicanos, entendiendo que el Estado mexicano ya tiene la obligación de proteger a sus connacionales en todo el territorio nacional.

Asimismo, en estricto apego a su legislación interna, a su política exterior y a los instrumentos internacionales, universales y regionales 4 de los que forma parte, podría dar refugio a aquellas personas que se encuentren huyendo de su país de nacionalidad o, en el caso de no tener nacionalidad específica, del país donde habitualmente residen debido a un temor fuertemente fundamentado que le impidan proteger su vida, seguridad o libertad, o bien cuando haya sido amenazado por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado el orden público, siempre que en las circunstancias de cada caso concreto se cumplan los requisitos. En ese sentido, tampoco es necesario instituir una ciudad específica como lugar para refugiados puesto que ya existe un trámite y una autoridad competente que brinda los servicios necesarios a las personas que solicitan refugio en México.

Por lo expuesto, esta comisión somete a consideración de esta Soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal Mexicano para que por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores solicite información completa y precisa al gobierno de los Estados Unidos de América sobre el número y nombres de los militares mexicanos muertos sirviendo al ejército de dicha nación durante las guerras en Irak y Afganistán, así como el número de connacionales que se encuentran enlistados en el ejército estadounidense.

Segundo. Exhorta a las Secretarías de Gobernación y de la Defensa Nacional a llevar a cabo una investigación sobre el presunto reclutamiento de mexicanos al ejército estadounidense en territorio mexicano.

Tercero. Exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que, a través de los consulados mexicanos en Estados Unidos, se instrumente un programa de orientación hacia los mexicanos residentes en aquella nación sobre los alcances jurídicos y las consecuencias que conlleva la decisión de enlistarse en el ejército de ese país.

Notas: 1 De acuerdo con el procedimiento especial de naturalización para los militares, publicado por la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración de los Estados Unidos, quienes hayan participado en un periodo autorizado de conflicto no necesitan cumplir algunos requisitos del proceso tradicional de naturalización, como comprobar residencia o presencia física en el país. Sin embargo deben pasar por el resto del proceso (entrevistas, realización de exámenes de idioma y conocimientos cívicos).2 En cualquier caso, la participación en los distintos cuerpos de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos de América, se hace de manera voluntaria es decir no hay modo de participación obligatoria.3 De acuerdo con información publicada por la propia organización en: http://aztecapp.netrootz.com/web_pages/view_web_page.asp?Group=104 amp; Page=6304 Instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, específicamente derechos civiles y políticos y derechos de refugio y asilo: Convención sobre Asilo Político de Montevideo, que modifica la Convención de La Habana; Convención sobre Asilo Diplomático; Convención sobre Asilo Territorial; Convención de la Organización de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados; Protocolo a la Convención de la Organización de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados; Convención sobre el Estatuto de los Apátridas; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Convención Americana sobre Derechos Humanos; Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte; Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 10 de diciembre de 2008.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitín, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís , Alliet Mariana Bautista Bravo , César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal (rúbrica), Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Murat, José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), María de Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández , Rosaura Virginia Denegre-Vaught Ramírez (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Están a discusión los puntos de acuerdo. En virtud de no haberse registrado orador alguno, se consideran suficientemente discutidos. Se reservan para su votación económica en conjunto. Continúe la Secretaría.



ALEJANDRO ORDAZ MORENO

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo relativos al proceso judicial contra el estudiante mexicano Alejandro Ordaz Moreno, en Sevilla, España

Honorable Asamblea:

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

I. El 30 de abril de 2008, la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, presentó una proposición con punto de acuerdo relativo al proceso judicial que se inició en contra del estudiante mexicano Alejandro Ordaz Moreno, en la ciudad de Sevilla, España, en el cual se pone a consideración de la asamblea los siguientes puntos:
1. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a tomar las medidas necesarias que garanticen en todo momento el respeto a los derechos humanos del estudiante mexicano Alejandro Ordaz Moreno en el proceso judicial que se inició en su contra en la ciudad de Sevilla, España, con el fin de evitar actos discriminatorios y xenófobos.
2. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, junto con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a informar a esta soberanía de los alcances obtenidos y de la situación jurídica del becario Alejandro Ordaz Moreno.
II. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, para su análisis y elaboración de dictamen correspondiente.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes

Consideraciones

Alejandro Ordaz Moreno es ciudadano mexicano de 28 años de edad, originario del municipio de Salamanca, Guanajuato. Cursa el doctorado en Energías Renovables en la Universidad de Sevilla, España, con el apoyo de una beca del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

El 8 de marzo del presente año fue detenido y arrestado en Sevilla por su parecido con la descripción de un individuo sobre el que pesaba una orden de detención. El acto fue llevado a cabo por dos policías que vestían de civil, a quienes Alejandro Ordaz Moreno agredió. En consecuencia es señalado por la justicia española como presunto responsable del delito de atentado con instrumento peligroso y lesiones, así como de un doble homicidio en grado de tentativa en contra de los policías que lo detuvieron.

De acuerdo con la declaración de Ordaz Moreno, el ciudadano mexicano reconoce que golpeó a los policías; sin embargo, rechaza la tentativa de homicidio, pues en su versión de los hechos su reacción fue consecuencia de una confusión y actuó en defensa propia, ya que los policías vestían de civil y él pensó que sería víctima de un secuestro. Por su parte, la policía afirma que golpeó a la mujer agente, se apoderó de su pistola y les apuntó con la intención de dispararles sin conseguirlo gracias al seguro del arma.

Ambas versiones están siendo evaluadas por la justicia española y Alejandro Ordaz Moreno se encuentra a la espera de un juicio que resuelva su condición, con asesoría legal de un abogado español que fue contratado directamente por su familia.

Adicionalmente, el estudiante denunció que durante su detención sufrió malos tratos; golpes y agresiones verbales debido a su condición de extranjero y particularmente por ser mexicano.

Cabe mencionar que el cónsul de México en Madrid, Carlos López Estrada, tuvo conocimiento de los hechos desde el 14 de marzo y desde entonces entró en contacto con Ordaz Moreno y su familia para dar seguimiento al caso.

Además, en comunicado de prensa 099, con fecha del 9 de abril de 2008, la Secretaría de Relaciones Exteriores manifestó que la Embajada de México en España ha seguido puntualmente la situación del estudiante, brindando apoyo a la familia y ha verificado el trato que recibe el connacional en el centro penitenciario en el que se encuentra recluido, con la intención de que sean respetados en plenitud sus derechos humanos.

A pesar de que es un asunto de índole interna, cuya competencia y jurisdicción corresponden exclusivamente al Estado español, esta comisión considera que la obligación del gobierno de México es velar por todos aquellos mexicanos en el exterior. Como el presidente Felipe Calderón Hinojosa ha reiterado en múltiples ocasiones: ``México no termina en su frontera, donde quiera que haya un mexicano, ahí está México'', y es un requisito velar por el cuidado y respeto de los derechos humanos en todo momento.

Por lo expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a continuar implantando las medidas necesarias que garanticen el respeto a los derechos humanos del estudiante mexicano Alejandro Ordaz Moreno en el proceso judicial que se inició en su contra en la ciudad de Sevilla, España, con el fin de evitar actos discriminatorios y xenófobos.

Segundo. Se solicita atentamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores que informe y actualice a esta soberanía sobre los alcances y la situación jurídica del caso.

Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 10 de diciembre de 2008.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitín, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís , Alliet Mariana Bautista Bravo , César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal (rúbrica), Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Murat, José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), María de Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández , Rosaura Virginia Denegre-Vaught Ramírez (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Están a discusión los puntos de acuerdo. No habiendo orador registrado, se consideran suficientemente discutidos. Se reservan para su votación económica en conjunto. Seguimos.



CESAR CHAVEZ

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo relativo a la conmemoración del natalicio del activista de derechos civiles César Chávez

Honorable Asamblea

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

I. El 30 de abril de 2008, el diputado José Jacques y Medina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo relativa al aniversario del nacimiento de César Chávez, luchador por los derechos de los trabajadores agrícolas, en el cual se pone a consideración de la asamblea el siguiente punto:

1. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión se une a las celebraciones de las organizaciones de base de latinos residentes en Estados Unidos para conmemorar el aniversario del nacimiento, el día 31 de marzo, del luchador por los derechos de los trabajadores agrícolas, César Chávez y respalda la petición de declarar ese día como fiesta nacional en la Unión Americana.

II. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados para su análisis y elaboración de dictamen correspondiente.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:

Consideraciones

César Chávez, hijo de campesinos de origen mexicano, nació cerca de la localidad de Yuma, Arizona, el 31 de marzo de 1927. Actualmente es considerado como uno de los principales promotores de la lucha por los derechos de la comunidad latina en Estados Unidos de América.

Se estima que durante la época de la Gran Depresión y de la Segunda Guerra Mundial, cerca de 250 mil personas fueron trabajadoras migratorias tan sólo en California. 1 La familia de César Chávez perteneció a ese grupo de personas, razón por la cual tuvo que pasar su infancia en campamentos para campesinos migrantes.

Acorde con la biografía oficial de César Chávez publicada por la United Farm Workers (Sindicato de Trabajadores Agrícolas), dedicó su vida adulta a la lucha por mejorar las condiciones de trabajo y los sueldos de los trabajadores del campo.

Cabe mencionar que su lucha tuvo resonancia internacional al impulsar huelgas para tratar de obtener contratos laborales para los trabajadores del campo.

En 1962 impulsó la creación en Delano, California de The National Farm Workers Association (La Asociación Nacional de Trabajadores Agrícolas) de la que César Chávez fue electo presidente, y que más tarde se convertiría en la United Farm Workers (Sindicato de Trabajadores Agrícolas). La finalidad primaria de las actividades era la de ayudar directamente a los trabajadores, mejorando las condiciones laborales y su estilo de vida.

El líder sindical César Chávez continuó organizando actos políticos hasta los comienzos de la década de 1990. Siguió coordinando huelgas y hablando en reuniones y universidades, difundiendo continuamente el mensaje en el sentido de que la batalla por los derechos humanos y la seguridad de las personas no había concluido. Luchó ante los tribunales, cuando los productores agrícolas trataron de utilizar escapatorias legales tales como el cambio de los derechos de propiedad para anular contratos anteriores con el sindicato. 2

Actualmente, el ``Día de Servicio y Aprendizaje de César Chávez'' , se celebra el 31 de marzo, en los estados de California, Arizona, Colorado, Michigan, Illinois, Nuevo México, Texas, Rhode Island, Utah y Wisconsin. Sin embargo, existe una petición por parte de representantes de organizaciones comunitarias, políticos, artistas y familiares de César Chávez para que el Congreso de Estados Unidos de América establezca el ``Día Nacional de César Chávez''.

Esta comisión considera que esta petición es loable y aplaude el esfuerzo de las organizaciones civiles para alcanzar dicho objetivo pero no considera pertinente que la propuesta deba ser valorada por la Cámara de Diputados de los Estados Unidos Mexicanos sin antes conocer la apreciación del órgano legislativo de Estados Unidos de América.

Acorde con el diputado promovente, César Chávez sigue influenciando e inspirando a millones de estadounidenses, principalmente de origen latino, a buscar la justicia social y el respeto de los derechos civiles de los más necesitados y abandonados de la sociedad.

La Comisión de Relaciones Exteriores, reconoce y valora el trabajo y el esfuerzo realizados por César Chávez en beneficio de la comunidad latina que trabaja en Estados Unidos de América y hace votos porque se sigan respetando y defendiendo los derechos laborales de los trabajadores migrantes.

Por lo expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión se une a las celebraciones de las organizaciones de base de latinos residentes en Estados Unidos para conmemorar el aniversario del nacimiento de César Chávez.

Notas: 1 Secretaría de Educación del estado de California, Estados Unidos de América. César E. Chávez: Biografía para la enseñanza media. Disponible en: http://chavez.cde.ca.gov/ModelCurriculum/Intro.aspx2 Ferriss, Susan, and Sandoval, Ricardo. The Fight in the Fields: Cesar Chavez and the Farmworkers Movement. Paradigm Productions, Inc. 1997. página 247.
Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, 10 de diciembre de 2008.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís , Alliet Mariana Bautista Bravo , César Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Murat, José Edmundo Ramírez MArtínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica), Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández , Rosaura Virginia Denegre Vaught Ramírez (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo orador alguno registrado, se considera suficientemente discutido. Se reserva para su votación económica en conjunto.



DESTRUCCION DE PILAS Y BATERIAS

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la expedición de una norma oficial mexicana sobre la disposición final de pilas y baterías

Honorable Asamblea

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía y de Salud, y a la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, para que se expida una norma oficial mexicana que regule la disposición final de pilas y baterías importadas o, en su caso, fabricadas en México.

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, los integrantes de esta comisión legislativa, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2 fracción XXIII; y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60,65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permiten someter a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes:

Antecedentes

1. En sesión plenaria de la honorable Cámara de Diputados, celebrada el 30 de abril de 2008, el diputado José Luis Espinosa Piña , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía y de Salud, y a la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, para que se expida una norma oficial mexicana que regule la disposición final de pilas y baterías importadas o, en su caso, fabricadas en México.

2. Con esta misma fecha, por mandato de la Mesa Directiva, dicha proposición con punto de acuerdo, fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

Consideraciones

El promovente expone que recientemente se han logrado en distintos países acuerdos tendientes a prevenir la contaminación por metales pesados, mediante la reducción de su uso en productos de consumo. Asimismo, señala que diversos sectores de la sociedad mexicana han mostrado su preocupación por la contaminación que pudieran ocasionar los residuos de pilas y baterías con metales tóxicos como el mercurio o cadmio, dispuestas en tiraderos municipales.

De igual forma, señala que en nuestro país no existe una norma específica que regule los tipos de pilas que ingresan al mercado mexicano, situación que incrementa el riesgo de generar pilas y baterías con metales pesados como residuos; por lo que propone exhortar a las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía, de Salud, y a la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía para que se expida y ponga en vigor una norma oficial mexicana que regule la disposición final de pilas y baterías importadas o, en su caso, fabricadas en México y que garantice las condiciones necesarias para el bienestar de la población y la protección al medio ambiente.

En la actualidad, las pilas y baterías son un componente importante de la tecnología que usamos cotidianamente, ya que se encuentran en teléfonos celulares, linternas, cámaras, aparatos de radio, juguetes, hasta equipo médico sofisticado, entre otros; desafortunadamente, éstas representan un problema latente al ambiente y la salud humana, al ser desechadas sin precaución alguna con el potencial de convertirse en residuos tóxicos.

Las pilas o baterías, invento del italiano Alejandro Volta en el siglo XVIII, se consideran un dispositivo que convierte la energía química en energía eléctrica, la batería se considera como pilas conectadas entre sí mediante un dispositivo permanente, y la pila una unidad electroquímica separada y contenida en una caja cuadrada o redonda con dos terminales que representan los polos negativos o positivos 1 .

Tipos de pilas o baterías

Por su duración, las pilas se pueden clasificar en primarias y secundarias; las primeras, se caracterizan por que la reacción química que tiene lugar durante la descarga no es fácilmente reversible, ya que los productos que se usan en la reacción se transforman casi completamente descargando la pila, obligando a sustituirla por una nueva. 2 Las pilas primarias son generalmente de bajo precio, denominadas carbón-zinc (C-Zn); tienen poca duración y constituyen una gran parte del volumen generado; esta categoría de pilas primarias también incluye las alcalinas, cuya duración es tres o más veces mayor que las de carbón zinc. Las pilas secundarias, se caracterizan por que las reacciones químicas que tienen lugar durante la descarga son fácilmente reversibles. Sin embargo, el número es limitado, en función del tipo y tamaño de la pila, por ser recargables y se desechan proporcionalmente en menor volumen que las primarias. Estas pilas contienen metales pesados como plomo (Pb) cadmio (Cd) o níquel (Ni). Dentro de esta categoría encontramos las siguientes 3 :

• Pilas alcalinas recargables
• Pilas de níquel-cadmio
• Pilas de níquel-hierro
• Pilas de litio estado sólido
• Pilas de ácido-plomo

Riesgos al medio ambiente y a la salud

Esta comisión coincide con el promovente en que las pilas, al ser desechadas de manera inadecuada, pueden ocasionar un grave riesgo al medio ambiente y a la salud, por lo que a continuación se mencionan algunos de los elementos que contienen las pilas, con sus consecuencias al medio ambiente o a la salud.

Mercurio (Hg). El mercurio es un metal tóxico contaminante dadas sus propiedades; se evapora a temperatura ambiente y sus átomos viajan largas distancias; al ser depositado en los cuerpos de agua se transforma en mercurio orgánico (metil-mercurio) por mecanismos aeróbicos o anaeróbicos, es así como se contaminan, entre otros, los pescados y mariscos. Otra forma de ingreso de mercurio es por inhalación de los vapores emitidos por el mercurio en su forma metálica en ambientes cerrados.

Cadmio (Cd). El cadmio es un metal pesado blanco azulado, absorbido por el ser humano, se concentra en el hígado y los riñones, su hemivida biológica es prolongada (de 10 a 30 años), lo que lo hace un elemento biopersistente. Por su parte, la inhalación aguda de cadmio puede provocar grave irritación respiratoria, con dolor pleurítico, disnea, cianosis, fiebre, taquicardia, nauseas y un edema pulmonar no cardiogénico. La exposición aguda por ingestión pude provocar intensas náuseas, vómitos, sialorrea, dolores abdominales, cólicos y diarrea. 4

El cadmio que se emite al ambiente se disuelve parcialmente en el agua debido a que no se degrada, las plantas y peces asimilan este metal permaneciendo en el organismo durante largo tiempo.

En el nivel doméstico las baterías usadas en los teléfonos inalámbricos son una fuente potencial de cadmio debido a que tienen una envoltura relativamente frágil.

Níquel (Ni). El níquel es un metal de transición, la exposición al níquel puede inducir una respuesta alérgica, ya que aproximadamente entre el 10 y e1 15 por ciento de la población es alérgica a este metal; y la inhalación laboral de compuestos de níquel de baja solubilidad en agua como el subsulfuro de níquel y el óxido de níquel se acompañan de un aumento del riesgo de cáncer de pulmón 5 . La Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer ha determinado que algunos compuestos de níquel son carcinógenos en seres humanos 6 .

Manganeso (Mn). De acuerdo al Instituto Nacional de Ecología, dado que el mayor volumen consumido de pilas son alcalinas y C-Zn (aproximadamente el 76 por ciento del consumo total de pilas y baterías), el óxido de manganeso contenido en ellas es el contaminante que en mayor volumen se ha liberado al medio ambiente en las últimas cuatro décadas. La exposición ocupacional al manganeso, como la que se presenta en los productores de baterías secas, puede provocar en uno o dos años un síndrome parkinsoniano, que comprende trastornos de la marcha, inestabilidad postural, facies de máscara inexpresiva, temblor y síntomas psiquiátricos, estos síntomas constituyen la enfermedad conocida como manganismo. 7

Plomo (Pb). El plomo es un metal pesado, el plomo elemental y los compuestos de plomo inorgánicos son absorbidos por ingestión o inhalación. El plomo orgánico, como el tetraetilo de plomo, se absorbe a través de la piel. Es importante considerar que los niños absorben hasta el 50 por ciento del plomo por ingestión, mientras que los adultos solo entre el 10 y 20 por ciento del plomo ingerido. En forma de sulfuro de plomo, la absorción es muy difícil por vía digestivas. 8

Litio (Li). De conformidad con datos del Instituto Nacional de Ecología, se calcula que en México, desde principios de la década de 1990 a la fecha, se han generado aproximadamente unas 77 toneladas de este elemento por el uso y desecho de baterías (véase cuadro 10); considerando que la tecnología de baterías Ion-Li es la más eficiente disponible en el mercado.

Los síntomas por intoxicaciones agudas de litio son fallas respiratorias, depresión del miocardio, edema pulmonar y estupor profundo.

Dada su baja adsorción, el litio puede lixiviarse fácilmente a los mantos acuíferos, por lo que se ha encontrado en pequeñas cantidades en diferentes especies de peces. El litio no es volátil y, por lo tanto, este metal y sus compuestos se encuentran en el aire en forma particulada, por lo que pueden regresar a la superficie a través de deposición húmeda o seca; el litio no se encuentra de manera natural en el aire 9 .

Esta comisión coincide con el promovente en que una pila o una batería mal manejada como residuo, representa un riesgo al ambiente y la salud humana; las pilas o baterías, al ser desechadas y mezcladas con otros residuos o en cualquier sitio distinto a un relleno sanitario o sitio de disposición final segura, al paso del tiempo se oxidan por el efecto del proceso de descomposición de sus elementos y de la materia orgánica que las circunda, lo que provoca daños en la envoltura de la pila o batería, con la consiguiente liberación y exposición al ambiente de su contenido, donde se encuentran los componentes potencialmente tóxicos. 10

Consumo en México

De acuerdo a cifras de la Procuraduría Federal de Consumidor, y del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), de 1998 a 2004 se calcula un promedio de residuos de pilas desechables o primarias de 35 mil toneladas anuales, con un monto similar en las pilas secundarias de Ni-Cd y Ni-Mh.

Para el periodo de 1990 a 1999 como lo demuestra la siguiente tabla, se calcula un promedio de consumo por habitante de 5.11, sin embargo, resulta un dato parcial ya que no se puede calcular las baterías ingresadas de forma ilegal al país.

Para lograr una cifra más aproximada, se recurrió a comparar el consumo per cápita en países con consumo similar al de México, como Argentina, España y Estado Unidos, cuyo consumo es de 10 pilas por persona; lo cual puede representar una cifra razonable de consumo en México, por lo que la cifra de 10 pilas, menos el consumo real de 5.11 pilas, nos da como resultado 4,89 pilas de procedencia ilegal en el país.

Respecto a las pilas secundarias de Ni-Cd, Ion-Li y Ni-MH, es difícil calcular el consumo, ya que generalmente vienen incluidas en los aparatos electrónicos, aunque este tipo de baterías representa la ventaja de reducir de 100 a 300 el volumen generado por las desechables, algunos de sus componentes son más tóxicos que los de las pilas desechables.

Respecto a las baterías generadas por la telefonía celular, de conformidad con datos del Inegi 11 se estima que en mayo de 2003 existían un total de 27 millones 164 mil 729 usuarios que usaron hasta 2001 modelos con baterías de Ni-Cd; para el 2002 dicha tecnología es sustituida por Ion-Li y Ni-MH. Por tanto, el cálculo en toneladas para los tres tipos de baterías se hace a partir del peso promedio de cada una de ellas. Cabe mencionar que la cifra en toneladas obtenida está ligeramente subestimada, ya que es probable que una minoría de usuarios hubiese cambiado una o más veces la pila a sus teléfonos; también hay que considerar que la gran mayoría de usuarios ha cambiado de aparato antes de que la pila se descarte.

Las baterías Ni-Cd también son utilizadas en los teléfonos inalámbricos domésticos, lo que representa, partiendo del supuesto de que existen 15 millones de usuarios, un volumen de 75 toneladas al año, de los cuales 18 por ciento de su contenido es Cd, y el 20 por ciento de Ni.

El promovente señala que, al no existir una norma específica que regule los tipos de pilas que ingresan al mercado mexicano, no se tiene certidumbre respecto al manejo adecuado de baterías, que al ser desechadas se convierten en residuos peligrosos, y que debido a esa faltante en el marco jurídico ambiental mexicano no se puede lograr una adecuada prevención de la contaminación del medio ambiente, dado que no existen criterios que regulen la generación o importación de los productos que nos ocupan, por lo que no se cumple el objeto de la Ley General para la Gestión y Prevención Integral de los Residuos.

Marco jurídico

Como se mencionó con anterioridad, las pilas o baterías, al ser desechadas, se convierten en residuos, por lo que es importante realizar un análisis, de conformidad con nuestra legislación vigente en materia de residuos.

La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos establece como residuo al ``material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, y que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a un tratamiento o disposición final''.

Y clasifica los residuos en:

Residuos de manejo especial . Son aquellos generados en los procesos productivos que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos o como residuos sólidos urbanos, o que son producidos por grandes generadores de residuos sólidos urbanos.
Residuos peligrosos . Son aquellos que poseen algunas de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieren a otro sitio.
Residuos sólidos urbanos . Los generados en la casa habitación, que resultan de la eliminación de los materiales que utilizan en sus actividades domésticas, de los productos que consumen y de sus envases, embalajes o empaques; los residuos que provienen de cualquier otra actividad dentro del establecimiento o en la vía pública que genere residuos con características domiciliarias, y los resultantes de la limpieza de las vías y lugares públicos, siempre que no sean considerados por la ley como de otra índole.

Así, la fracción V del artículo 31 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, señala:

``Artículo 31. Están sujetos a un plan de manejo los siguientes residuos peligrosos y los productos usados, caducados, retirados del comercio o que se desechen y que estén clasificados como tales en la norma oficial mexicana correspondiente:
...
V. Baterías eléctricas a base de mercurio o de níquel cadmio.''

Por lo que consideramos a las pilas o baterías que contienen mercurio o níquel cadmio como residuos peligrosos.

Asimismo, la norma oficial mexicana NOM-052-Semarnat-2005 que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos, en el listado 5 señala como residuos peligrosos celdas de desecho en la producción de baterías níquel cadmio y a las pilas o baterías zinc-óxido de plata usadas o desechadas.

Es decir, todas las pilas que no contengan mercurio o níquel cadmio y zinc óxido de plata, pudieran considerarse como residuos de manejo especial, ya que la fracción VIII del artículo 19 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, señala que son considerados como residuos de manejo especial, aquellos que provengan de residuos tecnológicos provenientes de la industria de la informática, fabricantes de productos electrónicos de vehículos automotores; por lo que las pilas que no sean consideradas residuos peligrosos son consideran residuos de manejo especial.

El promovente señala que resulta pertinente alentar a los órganos de gobierno para establecer una norma oficial mexicana que regule la disposición final de pilas y baterías importadas o, en su caso, fabricadas en México, en virtud de la fracción II del artículo 7, según la cual es faculta de la federación ``expedir reglamentos, normas oficiales mexicanas y demás disposiciones jurídicas para regular el manejo integral de residuos peligrosos, su clasificación, prevenir la contaminación o llevar a cabo su remediación cuando ello ocurra''.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales que suscriben, se permiten someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía, de Salud, y la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía para que se expida y ponga en vigor una norma oficial mexicana que regule la disposición final de pilas y baterías importadas o, en su caso, fabricadas en México, y que garantice las condiciones necesarias para el bienestar de la población y la protección al medio ambiente.

Notas: 1. Versión electrónica Contaminación por pilas y baterías en México; José Castro Díaz y María Luz Díaz Arias, Instituto Nacional de Ecología, México, DF, 2004.2. Plan de manejo para pilas y baterías post consumo de origen domiciliario . Tesis de maestría, Alberto Rojas Rueda.3. Ídem.4. Ídem.5. Ídem.6. Ídem.7. Ídem.8. Ídem.9. Ídem.10. Ídem.11. Versión electrónica Contaminación por pilas y baterías en México ; José Castro Díaz y María Luz Díaz Arias, Instituto Nacional de Ecología, México, DF, 2004.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados, a 9 de diciembre de 2008.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Adriana Dávila Fernández , José Antonio Díaz García , Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González , Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz , María Soledad López Torres , Rafael Villicaña García , Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez , Roberto Mendoza Flores , Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas , Octavio Fuentes Téllez (rúbrica), Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Humberto López Lena Cruz .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiéndose registrado orador alguno, se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.



ESTADO DE GUANAJUATO

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para que Química Central de México, SA de CV, retire de sus instalaciones residuos de cromo que contaminaron el suelo y el agua de los Pueblos del Rincón

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnado el expediente número 4133, que contiene la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a cerciorarse, en coordinación con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, de que Química Central de México retire de sus instalaciones residuos de cromo que contaminaron el suelo y el agua de los Pueblos del Rincón, presentado por el diputado Jaime Verdín Saldaña , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, los integrantes de esta comisión legislativa, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXIV, y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

1 . En sesión plenaria de la honorable Cámara de Diputados celebrada el día 30 de abril de 2008, el diputado Jaime Verdín Saldaña , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a cerciorarse, en coordinación con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, de que Química Central de México retire de sus instalaciones residuos de cromo que contaminaron el suelo y el agua de los Pueblos del Rincón.

2 . En esta misma fecha, por mandato de la Mesa Directiva, dicha proposición con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El punto de acuerdo que hoy nos ocupa, expone el grave problema ambiental que sufren los Pueblos del Rincón, Guanajuato, debido a la contaminación de suelos, agua y aire por cromo generado por la empresa Química Central de México, SA de CV.

Según lo expuesto por el promovente, esta empresa generó a lo largo de 22 años, cerca de 400 mil toneladas de residuos de cromo y alumina, los cuales fueron dispuestos inadecuadamente; el cromo hexavalente como residuo es, por sus características, potencialmente tóxico a la salud humana, pudiendo causar alteración en el material genético, daño a los riñones, hígado y estomago, llegando a provocar distintos tipos de cáncer e incluso la muerte.

En virtud de lo expuesto por el promovente, se plantea que esta soberanía exhorte al Ejecutivo federal para que por medio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), y en coordinación con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, se cerciore de que la empresa Química Central de México, SA de CV, retire del suelo las 400 mil toneladas de residuos de cromo que han generado, igualmente, se pretende que la propia Semarnat realice una auditoría a la citada empresa.

Al caso, esta comisión ordinaria debe señalar que los Pueblos del Rincón ocupan el actual territorio de San Francisco del Rincón, Purísima del Rincón y una parte de la ciudad de León, ambas en el estado de Guanajuato. El primero de éstos colinda al norte con Purísima del Rincón y León; al oriente con León y Romita; al sur con Romita y Manuel Doblado, y al occidente con Purísima del Rincón. El segundo, Purísima del Rincón, sus límites territoriales son: al este, con el municipio de León, al este y noreste con el estado de Jalisco, al sureste con Manuel Doblado y San Francisco del Rincón. Por último, la ciudad de León, limita al norte con los municipios de San Felipe, (Guanajuato), y Lagos de Moreno, (Jalisco), al sur con San Francisco del Rincón y Romita, al este con Guanajuato Capital y Silao, y al oeste con Purísima del Rincón y Unión de San Antonio, (Jalisco).

San Francisco del Rincón cobró gran importancia a partir de que ahí se asentara el Rancho San Cristóbal, residencia del ex presidente Vicente Fox Quesada. Purísima del Rincón forma parte del corredor industrial que inicia en los límites con el Estado de Jalisco, y termina en la ciudad de Celaya, Guanajuato, en los límites con el estado de Querétaro Arteaga.

Es así que la empresa Química Central de México, SA de CV, se encuentra asentada dentro del territorio perteneciente al municipio de San Francisco del Rincón, Guanajuato. Esta es una asociación industrial con poco más de 38 años de antigüedad, se especializa en la fabricación y comercialización de diversas líneas de productos que sirven a diferentes industrias.

Acorde con el portal de Internet de la propia empresa, 1 entre sus giros de producción se encuentran los aceites, los recurtientes y auxiliares, los acabados y pigmentos para pieles, así como los derivados de cromo y básicos. La principal línea de producción de la empresa se encuentra orientada a la producción y comercialización de productos químicos derivados de cromo que se utilizan en el curtido de pieles, como el sulfato básico de cromo.

De conformidad con el sitio electrónico de la empresa, esta participa de forma voluntaria con las autoridades de la región, en programas para el mejoramiento del entorno, así como implantando estrictos programas de preservación del medio ambiente, por medio de plantas de tratamiento de aguas y equipos con tecnología de punta orientados a la eliminación de contaminantes. Dicha empresa es miembro activo del programa de alcance mundial Responsabilidad Integral, implantado localmente por la Asociación Nacional de la Industria Química, desde hace varios años.

En el programa se establecen normas que aseguran la intervención de las empresas productoras no solamente para la fabricación, sino también para el transporte y manejo de sus productos en condiciones de seguridad y amigables para el entorno.

No obstante, el programa de Responsabilidad Integral, se basa en auto evaluaciones que se hacen en línea a través de portal de la Asociación Nacional de la Industria Química . 2

Adicionalmente dentro de las instalaciones de la empresa Química Central de México (QCM), SA de CV, operan tres plantas de tratamiento de efluentes especializadas:

1. Planta de tratamiento para aceites, donde se separan y reciclan las grasas y aceites, enviando el agua para su aprovechamiento en otras áreas de producción.
2. Planta de tratamiento de aguas pluviales, todas las aguas pluviales dentro del área de Planta, se colectan y se conducen a la planta de tratamiento y ésta las deja en condiciones de reciclar a proceso o de emitir, dependiendo de los volúmenes manejados.
3. Planta de tratamiento de aguas de servicio, las aguas de los distintos servicios de planta y oficinas se tratan y se dejan en condiciones de emitir, cumpliendo con las especificaciones particulares de descarga, aprovechándolas para el riego de áreas verdes.3

A pesar de las instalaciones para tratamiento de aguas (efluentes), a lo largo de los últimos años, el giro de la empresa dedicado al cromo ha generado una gran cantidad de residuos. Por un lado, los del cromo (III), el cual no se considera dañino para los seres vivos si se mantiene en proporciones bajas, de hecho este elemento bioquímico se encuentra presente de manera natural en alimentos y dentro de compuestos vitamínicos, y es vital para procesos fisiológicos como oligoelemento. Sin embargo, por otra parte se han generado residuos de alrededor de 400 mil toneladas de cromo (VI) o hexavalente.

El residuo de cromo III, puede adquirir un grado mayor de oxidación convirtiéndose en cromo VI, el cual tiene reconocidos efectos tóxicos y perjudiciales para el ambiente y para el ser humano.

Hasta 1993 la organización Química Central de México fabricaba bicromato de sodio (operó 22 años), generando en ese tiempo cerca de 400,000 toneladas de residuos de cromo y alúmina, mismos que fueron dispuestos de manera inadecuada sobre superficies, en las que se llevó a cabo una preparación con tepetate compactado de asfalto y una membrana plástica, que no fue suficiente ni guardó su integridad al paso del tiempo, debido al aumento paulatino del peso que se depositó sobre ellas, de tal forma que actualmente, según información generada por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), existe evidencia de contaminación de suelo, agua y aire por cromo VI dentro y en las inmediaciones de sus instalaciones. Actualmente la empresa ha dejado por completo de trabajar con esas substancias. 4

Según información solicitada por medio del Instituto Federal de Acceso a la Información, esta empresa ha solicitado entrar al programa de auditoría ambiental para sus procesos actuales y dentro de este programa incluir su proceso de eliminación de pasivos ambientales, contando para ello con una planta de tratamiento de residuos de cromo hexavalente a cromo tetravalente, que es más estable. Actualmente se está trabajando el convenio de remediación dentro de su plan de acción, pero la Profepa no ha realizado aún una inspección al pasivo, para no entorpecer el convenio.

A decir del punto de acuerdo, de no aceptar la empresa la imposición de estas medidas, o no hacerlas en el plazo indicado, por la vía de auditoría ambiental, se tiene programada una inspección para dictar las medidas dentro de un procedimiento administrativo de carácter obligatorio.

Existen estudios de la Universidad Nacional Autónoma de México sobre la contaminación del suelo y del agua, confirmando que QCM, a través de agua subterránea, se convirtió en una fuente de inclusión de elementos dañinos al subsuelo de la zona de los Pueblos del Rincón.

Esto ha generado un problema ecológico y de salud pública para los Pueblos del Rincón; es decir, Purísima, San Francisco del Rincón y una parte de la ciudad de León, ambas en el estado de Guanajuato.

El cromo III (trivalente) es un oligoelemento para los humanos y la falta de este puede causar condiciones del corazón, trastornos metabólicos y diabetes. Pero el exceso de cromo III (trivalente) puede causar efectos sobre la salud también, por ejemplo erupciones cutáneas.

Generalmente, no se considera que el cromo metal y los compuestos de cromo trivalente (III) sean, especialmente, un riesgo para la salud; se trata de un elemento esencial para el ser humano, pero en concentraciones tan altas como es el caso expuesto resulta tóxico.

Por otra parte, los compuestos de cromo en el estado de oxidación +6 son muy oxidantes y carcinógenos. Dicho compuesto hexavalente se vuelve tóxico si es ingerido, siendo la dosis letal de unos pocos gramos. En niveles no letales, el Cr(VI) es carcinógeno. La mayoría de los compuestos de cromo hexavalente (VI) irritan los ojos, la piel y las mucosas. La exposición crónica a compuestos de cromo (VI) puede provocar daños permanentes en los ojos.

El cromo hexavalente es un peligro para la salud de los humanos. El cromo (VI) es conocido porque causa varios efectos sobre la salud. Cuando es un compuesto en los productos de la piel, puede causar reacciones alérgicas, como erupciones cutáneas. Después de ser respirado el cromo (VI) puede causar irritación y/o sangrado de la nariz. Otros problemas de salud que son causados por el cromo (VI) son: malestar gástrico y úlceras, problemas respiratorios, debilitamiento del sistema inmune, daño en los riñones e hígado y alteración del material genético, cáncer de pulmón e incluso la muerte.

La Organización Mundial de la Salud recomienda desde 1958 una concentración máxima de 0.05 mg/litro de cromo (VI) en el agua de consumo. Este valor ha sido revisado haciendo nuevos estudios sobre sus efectos en la salud, pero ha permanecido constante. 5

Caso concreto sobre los daños que puede causar un suelo y subsuelo contaminado con cromo hexavalente es el de la empresa Pacific Gas and Electric Company, que tras una demanda entre 1993 y 1996, pagó 333 millones de dólares en indemnización a las familias. 6

Al caso materia del presente dictamen, como se ha mencionado, Química Central de México ha acumulado por varios años 400 mil toneladas de cromo VI, esta Comisión realizó una solicitud de acceso a la información pública de la Profepa, para saber si QCM tenia o tiene algún procedimiento administrativo ante esa dependencia por violación a la normatividad ambiental, derivado de esto, la procuraduría informó que:

La información fue requerida a la delegación de esta procuraduría en el estado de Guanajuato, por lo que dicha unidad administrativa hizo del conocimiento del Comité de Información que después de una búsqueda a sus archivos y registros documentales, localizó:

Que de la búsqueda realizada a sus archivos localizó la existencia de procedimientos administrativos instaurados en contra de la empresa antes señalada, a los que se les asignaron los siguientes números de expediente:

VI310183/03

VI310306/03

El estado procesal que guardan los citados expedientes es de trámite ya que en ambos se impusieron medidas y multas pendientes de cumplimentar por lo que se encuentra clasificados como reservados de conformidad con lo señalado en los artículos 13, fracción V, y 14, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Asimismo, se cuenta con un expediente de procedimiento administrativo instaurado en contra de la propia empresa con número PFPA/GTO/47/176-05, el cual ya se encuentra cerrado y, por consecuencia, tiene la categoría de público disponible para el público en general.

Refiere la propia delegación que la empresa Química Central de México, SA de CV, ingresó al Plan Nacional de Auditoría Ambiental asignándole el número de expediente PFPA/ GTO/ 16/ 0021-06, el cual se encuentra en la etapa de firma de su plan de acción y por consecuencia, clasificado como reservado de conformidad con el artículo 14 fracciones I y VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con la Ley de Propiedad Industrial.

Por otro lado, teniendo en cuenta los niveles de residuos y la cantidad de estos que guarda la Química Central de México, la propia empresa puede llegar a violar la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, que establece las características, procedimientos de identificación, clasificación y listados de los residuos peligrosos, y que fuera publicada el 23 de junio de 2006.

La Norma dicta:

1. Introducción
Los residuos peligrosos, en cualquier estado físico, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, inflamables, tóxicas, y biológico-infecciosas, y por su forma de manejo pueden representar un riesgo para el equilibrio ecológico, el ambiente y la salud de la población en general, por lo que es necesario determinar los criterios, procedimientos, características y listados que los identifiquen.
Los avances científicos y tecnológicos y la experiencia internacional sobre la caracterización de los residuos peligrosos han permitido definir como constituyentes tóxicos ambientales, agudos y crónicos a aquellas sustancias químicas que son capaces de producir efectos adversos a la salud o al ambiente.
2. Objetivo
Esta norma oficial mexicana establece el procedimiento para identificar si un residuo es peligroso, el cual incluye los listados de los residuos peligrosos y las características que hacen que se consideren como tales.
3. Campo de aplicación
Esta norma oficial mexicana es de observancia obligatoria en lo conducente para los responsables de identificar la peligrosidad de un residuo.
La propia norma, dentro de sus definiciones, establece como un ``constituyente tóxico'' cualquier sustancia química contenida en un residuo y que hace que éste sea peligroso por su toxicidad, ya sea ambiental, aguda o crónica.
La NOM clasifica las características que definen un residuo como peligroso si presenta al menos una de las siguientes características:
• Corrosividad
• Reactividad
• Explosividad
• Toxicidad Ambiental
• Inflamabilidad
• Biológico-Infecciosa
Entre otras explicaciones, es reactivo cuando una muestra representativa presenta cualquiera de las siguientes propiedades:
• Es un líquido o sólido que después de ponerse en contacto con el aire se inflama en un tiempo menor a cinco minutos sin que exista una fuente externa de ignición, según el procedimiento que se establece en la norma mexicana correspondiente.
• Cuando se pone en contacto con agua reacciona espontáneamente y genera gases inflamables en una cantidad mayor de 1 litro por kilogramo del residuo por hora, según el procedimiento que se establece en la norma mexicana correspondiente.
• Es un residuo que en contacto con el aire y sin una fuente de energía suplementaria genera calor, según el procedimiento que se establece en la norma mexicana correspondiente.
• Posee en su constitución cianuros o sulfuros liberables, que cuando se expone a condiciones ácidas genera gases en cantidades mayores a 250 miligramos de ácido cianhídrico por kilogramo de residuo o 500 miligramos de ácido sulfhídrico por kilogramo de residuo, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente;
Es tóxico ambiental cuando el extracto PECT, obtenido mediante el procedimiento establecido en la NOM-053-SEMARNAT-1993, 7 contiene cualquiera de los constituyentes tóxicos listados en esta norma en una concentración mayor a los límites ahí señalados, la cual deberá obtenerse según los procedimientos que se establecen en las normas mexicanas correspondientes.
Esta reglamentación lista entre sus constituyentes tóxicos:
Dentro del texto normativo de esta reglamentación se establece un Anexo donde se dictan las bases para listar residuos peligrosos por ``fuente específica'' y ``fuente no específica'', en función de sus toxicidades ambiental, aguda o crónica.

Así, las cosas la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en su artículo 42, determina que la responsabilidad en el manejo y disposición final de los residuos peligrosos corresponde a quien los genera , del mismo modo la propia Ley sienta las bases mediante las cuales se identifican este tipo de residuos, así como su manejo y disposición final.

Resulta claro que la empresa QCM ha inclumpido varias de las disposiciones normativas contenidas en la Ley General para la Prevención General de los Residuos, razón por la cual la Profepa ha implantado diversos procedimientos administrativos en su contra; sin embargo, se debe hacer énfasis en que la falta de capacidad u omisión de la empresa para neutralizar los residuos de cromo hexavalente, es un riesgo y afecta directamente la salud humana de quienes habitan los Pueblos del Rincón.

En consecuencia esta comisión ordinaria estima que, Química Central de México no es una empresa que lleve poco tiempo dentro del rubro industrial del país, tampoco una pequeña agrupación. Es claro que QCM dispuso inadecuadamente residuos peligrosos, lo que ha provocado la contaminación del ambiente, y alteraciones en la salud de las personas que habitan los Pueblos del Rincón y las ciudades aledañas; por lo que la empresa es responsable directa de neutralizar los residuos y en su caso retirarlos del sitio.

Complementariamente la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente debe realizar una auditoría ambiental para prevenir que los residuos derivados de las actividades industriales de la empresa sigan contaminando.

Por lo expuesto, los diputados que integramos la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales del honorable Congreso de la Unión sometemos a consideración de la honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal a resolver, por medio de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, los expedientes administrativos VI310183/03 y VI310306/03, que se siguen en contra de la empresa denominada Química Central de México, SA de CV, y se obligue a dicha empresa a neutralizar y disponer adecuadamente las 400 mil toneladas de residuos de cromo III y VI que contaminaron el suelo y el agua de los Pueblos del Rincón, Guanajuato, y que afectan de manera grave el ambiente y la salud de los habitantes.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión recomienda respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal que por medio de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente realice una visita de inspección a la empresa denominada Química Central de México, SA de CV, en la cual verifique que cumpla con todas y cada una de las disposiciones determinadas por la normatividad ambiental para el ejercicio de las actividades que realiza, de lo contrario aplicar las medidas legales a que haya lugar.

Notas: 1 http://www.qcm.com.mx/2 http://www.aniq.org.mx/ri/login.asp?url=salir3 http://www.qcm.com.mx/espanol/medioambiente.php.htm, 8 de agosto de 2008, 12:30 horas.4 Información proporcionada por la Semarnat para la realización del punto de acuerdo.5 http://es.wikipedia.org/wiki/Cromo, 5 de agosto de 2008, 11:20 horas.6 http://en.wikipedia.org/wiki/Pacific_Gas_ amp; _Electric, 7 de agosto de 2008, 13:15 horas.7 Establece el procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente. Fue publicada el 22 de octubre de 1993.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados a 9 de diciembre de 2008.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Adriana Dávila Fernández , José Antonio Díaz García (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz , María Soledad López Torres , Rafael Villicaña García , Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez , Roberto Mendoza Flores , Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas , Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez (rúbrica), Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Humberto López Lena Cruz .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Están a discusión los puntos de acuerdo. No habiendo orador registrado se consideran suficientemente discutidos y se reservan para su votación económica en conjunto. Continúe.



ACUERDO NACIONAL POR LA SEGURIDAD, LA JUSTICIA Y LA LEGALIDAD

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Justicia, con punto de acuerdo relativo al Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad para combatir la delincuencia organizada y la ola de violencia y las ejecuciones que aquejan a la sociedad mexicana

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LX Legislatura fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a instrumentar las acciones pertinentes, a través del Ejercito Mexicano, de la Procuraduría General de la República y de la Secretaría de Seguridad Pública, en coordinación con las procuradurías estatales, a fin de prevenir y combatir la delincuencia organizada y la ola de violencia y ejecuciones que aquejan a la sociedad mexicana.

Antecedentes

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados en fecha 19 de septiembre del 2006 fue presentada la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a instrumentar las acciones pertinentes, a través del Ejercito Mexicano, de la Procuraduría General de la República y de la Secretaría de Seguridad Pública, en coordinación con las procuradurías estatales, a fin de prevenir y combatir la delincuencia organizada y la ola de violencia y ejecuciones que aquejan a la sociedad mexicana, por el diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la proposición a la Comisión de Justicia para estudio y dictamen.

Contenido del punto de acuerdo

El proponente expresa que cuando con el transcurso del tiempo la delincuencia común llega a tal extremo de evolución o perfeccionamiento, cuando rebasa los límites de control gubernamental, cuando establece líneas especiales de operación basadas en un sistema complejo, tipo empresarial, bien estructurado en su comisión, cuando persigue a través de determinadas acciones violentas la búsqueda del poder --ya sea político, económico o social--, es cuando podemos decir, sin lugar a dudas, que estamos frente a un caso de delincuencia organizada.

Expresa que la inseguridad pública, específicamente en su modalidad de delincuencia organizada, es una preocupación mayúscula de todas las entidades federativas de la República Mexicana, por lo que su combate eficaz es urgente, ya que se ha convertido en un asunto de seguridad nacional.

Consideraciones

La Comisión de Justicia realizó el estudio del planteamiento contenido en la proposición con punto de acuerdo a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar éste.

La ola de violencia que se ha desatado en nuestro país es un foco rojo que el Poder Legislativo no puede dejar pasar. En las noticias recientemente hemos visto que la delincuencia organizada ha aumentado sus actividades. Vemos constantemente situaciones de secuestro o ejecuciones, o el terrible atentado ocurrido en Morelia el pasado 15 de septiembre de 2008.

Es obligación del gobierno proteger a sus ciudadanos, por lo que las Cámaras de Diputados y de Senadores estamos trabajando arduamente para diseñar medidas legislativas que faciliten la actuación de las autoridades encargadas de la procuración y administración de justicia, a fin de combatir de manera eficaz la delincuencia organizada; sin embargo, es necesario también que los demás Poderes de la Unión realicen las acciones pertinentes, en el ámbito de su competencia, para salvaguardar la seguridad de los ciudadanos.

Por lo anterior, los integrantes de la comisión, sabedores de la responsabilidad que tenemos con la ciudadanía, coincidimos plenamente con el proponente, al tiempo que reconocemos que el Ejecutivo federal ha estado realizando acciones tendientes al combate de la delincuencia, a fin de disminuir el clima de inseguridad que ha imperado en los últimos meses. No obstante, ello no ha sido suficiente para brindar la seguridad necesaria que demandan los mexicanos, por lo que se hace un atento exhorto a las autoridades correspondientes a redoblar esfuerzos y obtener mejores resultados.

Finalmente, se estima pertinente modificar la proposición a fin de no involucrar al Ejército, toda vez que en la reciente reforma constitucional al sistema de justicia penal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, se estableció en el artículo 21 el carácter civil de las instituciones de seguridad pública, sin que ello sea óbice para la actuación excepcional dentro del marco constitucional y legal de las Fuerzas Armadas, de conformidad con la acción de inconstitucionalidad 1/96 y la jurisprudencia 36/2000 emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Justicia se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal a continuar instrumentando acciones pertinentes, a través de la Procuraduría General de la República y de la Secretaría de Seguridad Pública, en coordinación con las procuradurías estatales, en el marco del Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, a fin de combatir la delincuencia organizada y la ola de violencia y ejecuciones que aquejan a la sociedad mexicana.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de diciembre de 2008.
La Comisión de Justicia, diputados: César Camacho Quiroz (rúbrica), presidente; Felipe Borrego Estrada (rúbrica), Carlos Alberto Navarro Sugich , Miguel Ángel Arellano Pulido (rúbrica), Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica), secretarios; Mónica Arriola, Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Luis Enrique Benítez Ojeda (rúbrica), Liliana Carbajal Méndez (rúbrica), Raúl Cervantes Andrade , Claudia Lilia Cruz Santiago (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), José Manuel del Río Virgen , Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Arturo Flores Grande (rúbrica), Silvano Garay Ulloa , Violeta del Pilar Lagunes Viveros (rúbrica), Andrés Lozano Lozano (rúbrica), Omeheira López Reyna (rúbrica), Victorio Rubén Montalvo Rojas , Jesús Ricardo Morales Manzo , Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Silvia Oliva Fragoso (rúbrica), Édgar Armando Olvera Higuera (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Alfredo Adolfo Ríos Camarena , Yadhira Yvette Tamayo Herrera (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo orador alguno registrado, se considera suficientemente discutido. Se reserva para su votación económica en conjunto. Continuamos.



AUMENTO SALARIAL - CONTROL DE PRECIOS

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a decretar un aumento salarial y a establecer un control de precios sobre productos de la canasta básica

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y análisis la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a decretar un aumento salarial y a establecer un control de precios sobre diversos productos de la canasta básica.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes:

Antecedentes

Primero. Que en sesión celebrada en la Cámara de Diputados, el día 13 de marzo de 2007, los secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la proposición que presentaron los diputados Adrián Pedrozo Castillo , Alejandro Sánchez Camacho y Pablo Trejo Pérez del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para someter a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

Tercero. Los legisladores proponen lo siguiente:

• Exhortar al Ejecutivo federal para que dentro de sus facultades decrete un aumento salarial de emergencia generalizado para que las familias mexicanas hagan frente a la escalada de precios de diversos productos de la canasta básica.
• Exhortar al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Economía, valore la posibilidad de establecer un control de precios a diversos productos de la canasta básica, en tanto no existan condiciones de una verdadera y sana competencia entre los productores y comercializadores de bienes y servicios básicos.

Consideraciones

Primera. Que con base en los antecedentes indicados la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segunda. Que los salarios mínimos de los trabajadores son generales o profesionales, los generales se rigen por áreas geográficas determinadas, los profesionales se aplican en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales.

Tercera. Que los salarios mínimos se fijan por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) que está integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, y se auxilia de las comisiones especiales de carácter consultivo que considere indispensables para el mejor desempeño de sus funciones.

Cuarta. Que la Conasami en su carácter de órgano tripartito, lleva a cabo la fijación de los salarios mínimos legales, procurando asegurar la congruencia entre éstos y los atributos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga al salario mínimo, así como actualizar periódicamente el sistema de salarios mínimos (salario mínimo general, áreas geográficas y salarios mínimos profesionales).

Quinta. Que actualmente los salarios mínimos generales en las tres áreas geográficas se encuentran determinados de la siguiente manera:

A B C
Pesos Diarios
52.59 50.96 49.50
Fuente: Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, 2 de octubre de 2008.

Sexta. Que el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) es un indicador económico diseñado específicamente para medir el cambio promedio de los precios en el tiempo, mediante una canasta ponderada de bienes y servicios representativa del consumo de las familias urbanas de México.

Séptima. Que el INPC es un indicador estadístico que facilita la toma de decisiones económicas inherentes al comportamiento de los precios. Ello se debe a que brinda información al gobierno, empresas, sindicatos y ciudadanos privados sobre los cambios que tiene el costo de la vida en el país. Es común que diversos contratos como pueden ser de trabajo o de renta, se actualicen con los cambios que presenta el INPC. Adicionalmente, las variaciones de este indicador son un importante referente para la revisión de los precios de diversos bienes y servicios en la economía.

Cabe mencionar que las autoridades analizan, entre otros parámetros, la tendencia del INPC para formular la política fiscal y monetaria del país. En particular, el Banco de México (Banxico) diseña la política monetaria con el propósito de mantener estable el poder adquisitivo de la moneda nacional.

Octava. Que el Banxico, en respuesta a sus propias necesidades de información y a las de los agentes económicos, desde 1927 ha elaborado índices de precios. Para la construcción de los diferentes índices que ha producido, siempre tiene el cuidado de definir objetivos y procedimientos de vanguardia. El INPC es un indicador económico diseñado específicamente para medir el cambio promedio de los precios en el tiempo, mediante una canasta ponderada de bienes y servicios representativa del consumo de las familias urbanas de México.

Novena. Que la Ley Federal de Competencia Económica ya contempla un procedimiento para que el Estado controle precios, en armonía con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, protegiendo y promoviendo el proceso de libre competencia y libre concurrencia. El procedimiento de control de precios de la ley vigente ya prevé la regulación de precios como un mecanismo aplicable sólo para mercados cuya estructura no permite el funcionamiento pleno de la competencia.

Décima. Que para la elaboración del INPC se utilizan los precios de contado, incluyendo impuestos como el IVA, el ISAN y en general, cualquier otro que los consumidores tengan que pagar por la adquisición de un bien o la prestación de un servicio. Asimismo, se incluyen los precios de bienes o servicios en oferta, siempre y cuando éstos no estén condicionados o correspondan a liquidaciones. Entendiéndose por oferta condicionada cuando para que ésta sea efectiva se deba adquirir un producto adicional, o bien, la oferta tenga que ver con un paquete de productos heterogéneos.

Undécima. Que el INPC tiene una periodicidad de cálculo quincenal y de presentación quincenal y mensual. El resultado mensual es el promedio de las 2 quincenas de un mismo mes. Para la difusión de dichos resultados el Banxico publica en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el día 10 de cada mes el nivel del INPC correspondiente al mes y a la segunda quincena del mes inmediato anterior, y a lo más, el día 25 el nivel correspondiente a la primera quincena del mismo mes.

Duodécima. Que la cobertura del INPC se encuentra representada por 46 ciudades del país, que integran al índice, agrupadas en 7 regiones geográficas y clasificadas en 3 tamaños de localidad (pequeña, mediana y grande) y cada estado del país está representado por al menos una ciudad.

Decimatercera. Que en general la canasta básica según la Procuraduría Federal del Consumidor, es el conjunto de bienes y servicios indispensables para que una persona o una familia pueda cubrir sus necesidades básicas a partir de su ingreso; en otras palabras, una canasta básica es aquella que tiene todos los productos necesarios para poder tener una vida sana, tanto física como mentalmente.

Decimacuarta. Que los diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que la fijación de precios atiende a una serie de elementos técnico económicos, en el que participan diferentes entidades administrativas, el propio Banco de México, procurando asegurar una correspondencia entre esas políticas y los atributos que la Constitución otorga al salario mínimo, sin embargo, se coincide con el loable objetivo de los legisladores promoventes de velar por el poder adquisitivo de los mexicanos, para que puedan cubrir sus necesidades básicas a partir de su ingreso.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía somete al pleno de esta Cámara de Diputados para su análisis, discusión y en su caso aprobación, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a que a través de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos se realice una revisión a todos los elementos que determinan los salarios mínimos generales, y en su caso se actualicen las cantidades.

Segundo. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que a través de la Procuraduría Federal del Consumidor continúe verificando que se respeten los precios máximos establecidos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 9 días del mes de diciembre de 2008.
La Comisión de Economía, diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso, Narcizo Alberto Amador Leal , Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salud (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , Susana Monreal Ávila , José Amado Orihuela Trejo , Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Raúl Ríos Gamboa , Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez , Ernesto Ruiz Velasco de Lira (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho , Víctor Gabriel Varela López , Joaquín Humberto Vela González , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Están a discusión los puntos de acuerdo. No habiendo orador alguno registrado, se considera suficientemente discutido. Se reserva para su votación económica en conjunto. Seguimos.



DERECHOS DE MIGRANTES

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con punto de acuerdo relativo a la defensa de los derechos de los migrantes y, específicamente, a las marchas, a los mítines y a los actos de las organizaciones pro migrantes

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, de conformidad con lo establecido en los artículos 39, inciso 1) y 2), fracción XXVII, y 45, fracción 6), incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emite dictamen a la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado José Jacques y Medina , bajo las siguientes consideraciones.

Antecedentes

Que en fecha 29 de abril de 2008 se presentó proposición con punto de acuerdo relativa a la realización de la marcha-mitin del Día Internacional del Inmigrante, por celebrarse el 1 de mayo de 2008, por los trabajadores migrantes mexicanos residentes en Estados Unidos de América, a cargo del diputado José Jacques y Medina .

Que en esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Contenido de la proposición

El proponente hace referencia a la marcha realizada por trabajadores migrantes latinos y ciudadanos estadounidenses en 2006, demandando que se dejara de criminalizar a la migración. En esa época se había propuesto la Ley Sensenbrener, la cual criminalizaba a los trabajadores migrantes.

A partir de ese movimiento, el 1 de mayo de cada año, día en que se conmemora a los mártires de Chicago, se convirtió en un símbolo de la resistencia de trabajadores migrantes en Estados Unidos de América y un foro para expresar sus más sentidas demandas de respeto a sus derechos humanos, laborales, a la salud, a la educación y servicios sociales.

El proponente manifiesta las acciones llevadas a cabo por el alcalde y los miembros del consejo del condado de Corpus Christi el pasado abril, los cuales emitieron una resolución de apoyo a la marcha y mitin del Día Internacional del Inmigrante, manifestando su felicitación a la organización Fuerza Comunitaria por la preparación de este importante acto

Consideraciones de la comisión

Esta comisión reconoce el esfuerzo de organización de nuestros connacionales en el exterior para solicitar el respeto de sus derechos humanos y de no criminalizar la migración, mediante las marchas realizadas desde 2006, las cuales se han conducido de manera pacífica y ordenada.

La forma en la que transcurren ese tipo de manifestaciones, al ser pacíficas y ordenadas, dan claras señales de un grupo poblacional que puede demostrar un alto grado de organización y respeto hacia las demás personas, demandando sólo aquello que está estipulado en el acuerdo de la OIT sobre trabajadores migrantes y sus familias, así como por otras convenciones internacionales.

Asimismo, la comisión se suma de manera decidida a los esfuerzos de los connacionales que habitan en el extranjero, pronunciándose en favor de la defensa de sus derechos humanos.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios someten al Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados se suma y se pronuncia en favor de todos los esfuerzos y acciones encaminadas a defender los derechos de los migrantes, y específicamente las marchas, mítines y actos de toda índole de organizaciones pro migrantes, como la marcha que año tras año se realiza en Estados Unidos de América en mayo.

Palacio Legislativo, a 2 de diciembre de 2008.
La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, diputados: Antonio Valladolid Rodríguez (rúbrica), presidente; Andrés Bermúdez Viramontes (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), secretarios; Carlos Augusto Bracho González (rúbrica), Daniel Chávez García (rúbrica), Rosaura Virginia Denegre Vaught Ramírez , Elia Hernández Núñez , Omeheira López Reyna (rúbrica), María Dolores González Sánchez , Francisco Javier Gudiño Ortiz (rúbrica), Cruz Pérez Cuellar (rúbrica), José Nicolás Morales Ramos (rúbrica), Silbestre Álvarez Ramón , Alberto Amaro Corona (rúbrica), Miguel Ángel Arellano Pulido (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Érick López Barriga (rúbrica), Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , Antonio de Jesús Díaz Athié , Ivette Jacqueline Ramírez Corral , Guillermina López Balbuena , Isael Villa Villa (rúbrica), José Luis Aguilera Rico , Irma Piñeyro Arias (rúbrica), Pascual Bellizzia Rosique (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo oradores registrados, se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto. Proseguimos.



DERECHO DE MEXICANOS EN PLAYAS FEDERALES

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de las Comisiones Unidas de Turismo, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la firma de un acuerdo de coordinación con los gobiernos estatales y los organismos municipales de turismo para garantizar y hacer valer el derecho de los mexicanos a gozar del acceso a las playas federales

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Turismo, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo, presentada por los diputados Francisco Dávila García y Carlos Alberto García González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que se hace un exhorto al Ejecutivo federal, a través de las Secretarías de Turismo, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a firmar un acuerdo de coordinación entre el Ejecutivo y los poderes estatales y los municipales para resguardar y hacer valer el derecho de los mexicanos para gozar del acceso a las playas federales.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, que se realiza conforme a lo siguiente:

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria celebrada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2008, los diputados Francisco Dávila García y Carlos Alberto García González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron la proposición con punto de acuerdo por el que se hace un exhorto al Ejecutivo federal, a través de las Secretarías de Turismo, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a firmar un acuerdo de coordinación entre el Ejecutivo y los poderes estatales y los municipales para resguardar y hacer valer el derecho de los mexicanos para gozar del acceso a las playas federales.

Segundo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, mediante el oficio número DGPL 60-II-4-1471, acordó que la propuesta citada se turnase a las Comisiones Unidas de Turismo, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para el estudio y dictamen correspondientes.

Contenido de la proposición

a) Los proponentes exponen que la República Mexicana tiene costas que comprenden más de 9 mil kilómetros que abarcan cuatro grandes extensiones acuáticas. Esto hace de México uno de los sitios más importantes en cuanto a playas.
b) Los legisladores Dávila y García consideran que, debido a la creciente detonación de grandes complejos turísticos, hoteles, villas y condominios, entre otros, los accesos públicos a las playas se han ido perdiendo poco a poco conforme se otorgan concesiones a particulares, el derecho al disfrute de las playas mexicanas se transmuta en un privilegio al que sólo algunos pueden acceder.
c) Los proponentes aseveran que resulta muy desafortunado que los asentamientos y desarrollos turísticos, que deberían representar beneficios y derramas económicas para las zonas en que se establecen, reviertan esos resultados positivos y además se obtengan externalidades negativas en materia de accesos restringidos o vedados a las playas que colindan con esos desarrollos.
d) Asimismo, los proponentes hacen referencia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo artículo 25 señala que ``la ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional''. Indican que el artículo 27 establece que ``la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana''.
e) De manera adicional, los proponentes se refieren al artículo 11 de la Carta Magna, donde se consagra el derecho al libre tránsito; y cerrar los accesos a las playas federales impidiendo a turistas nacionales, extranjeros y habitantes de las zonas el paso es una flagrante violación de dicho derecho, en palabras del secretario de Turismo, Rodolfo Elizondo.
f) Finalmente, los diputados Dávila y García realizan un llamado para solicitar a los encargados de las políticas ambientales y de turismo, así como a las autoridades locales a cargo de las costas mexicanas, la voluntad para generar los acuerdos necesarios que permitan el continuo disfrute y goce de los recursos naturales nacionales por parte de los mexicanos, en específico de las playas.

Consideraciones

Primera. La que dictamina considera que el país, desde su aparición en el mapa turístico internacional, se ha posicionado como uno de los destinos de playa más importantes y cotizados de todo el orbe. A partir de esto y de manera integral, el gobierno y la sociedad en conjunto por más de 50 años han sabido ofertar un producto denominado ``México'', logrando con esto un desarrollo económico para el país. Ejemplo de esto es que el turismo representa la tercera actividad económica más importante para los mexicanos e, incluso, la primera fuente de ingresos de muchas entidades federativas.

Segunda. La Comisión de Turismo considera que el turismo no sólo genera beneficios económicos para el país, ya que desde un punto de vista social este sector contribuye al conocimiento interpersonal y al desarrollo pacífico de las relaciones entre los pueblos, impulsa avances tecnológicos en materia de transportación y favorece el encuentro fructífero de las culturas de todo el mundo.

Tercera. Por el significado económico y social, consideramos necesario intervenir de tal manera, que se preserve la vocación del país como sitio amable para el turista, de tal forma que se asegure el libre acceso y tránsito a nuestros sitios turísticos y, en específico, como mencionan los proponentes de este exhorto, a nuestras playas, garantizando a todas las personas el goce y disfrute de estos bienes de dominio público de la nación, ya que hay gran preocupación de grupos sociales en diversas regiones del país y de esta comisión para que esto se lleve a cabo a cabalidad.

Cuarta. Los medios de comunicación, con frecuencia, dan cuenta sobre las denuncias acerca de que nuevas playas han sido cerradas ilegalmente obstruyendo o limitando los accesos y de que sitios donde las familias acampaban presentan ahora letreros de ``propiedad privada'', muchas veces en idioma inglés, y permanecen restringidos para los turistas y la población local. Este problema se agrava en los sitios más atractivos, donde grandes empresas se han establecido, como si el poderío económico o la rentabilidad se opusieran a la preservación de nuestros derechos.

Quinta. Debemos considerar que el marco normativo aplicable garantiza el libre tránsito, y denegar o restringir el paso en forma alguna o con cualquier pretexto a nuestras playas mexicanas está prohibido, como dicta la Carta Magna. Se aúna a lo anterior lo que refiere el artículo 8 de la Ley General Bienes Nacionales: ``Todos los habitantes de la república pueden usar los bienes de uso común, sin más restricciones que las establecidas en las leyes y reglamentos administrativos''.

Sexta. La misma ley refiere en el artículo 3 que los bienes nacionales son ``los señalados en los artículos 27, párrafos cuarto, quinto y octavo, 42, fracción IV, y 132 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos'', el cual en el párrafo VI enumera los siguientes:

Son propiedad de la nación las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el derecho internacional; las aguas marinas interiores; las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el mar; las de los lagos interiores de formación natural que estén ligados directamente a corrientes constantes; las de los ríos y sus afluentes directos e indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras aguas permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las corrientes constantes o intermitentes y sus afluentes directos o indirectos, cuando el cauce de aquéllas, en toda su extensión o en parte de ellas, sirva de límite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase de una entidad federativa a otra o cruce la línea divisoria de la república; las de los lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas estén cruzados por líneas divisorias de dos o más entidades o entre la república y un país vecino, o cuando el límite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la república con un país vecino; las de los manantiales que broten en las playas, zonas marítimas, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, y las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o riberas de los lagos y corrientes interiores en la extensión que fija la ley. Las aguas del subsuelo pueden ser libremente alumbradas mediante obras artificiales y apropiarse por el dueño del terreno, pero cuando lo exija el interés público o se afecten otros aprovechamientos; el Ejecutivo Federal podrá reglamentar su extracción y utilización y aún establecer zonas vedadas, al igual que para las demás aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la enumeración anterior se considerarán parte integrante de la propiedad de los terrenos por los que corran o en los que se encuentren sus depósitos, pero si se localizaren en dos o más predios, el aprovechamiento de estas aguas se considerará de utilidad pública, y quedará sujeto a las disposiciones que dicten los estados.

Séptima. Con lo anterior se demuestra que las playas en México son bienes nacionales y, asociado a esto, son también bienes de uso común, como se formula en el artículo 7 de la ley en mención, en el que se enuncia a los siguientes:

I. El espacio aéreo situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el derecho internacional;
II. Las aguas marinas interiores, conforme a la Ley Federal del Mar; son aguas marinas interiores las comprendidas entre la costa y las líneas de base, normales o rectas, a partir de las cuales se mide el mar territorial, de conformidad con las disposiciones pertinentes del reglamento de la presente ley, y que incluyen:
I. La parte norte del Golfo de California;
II. Las de las bahías internas;
III. Las de los puertos;
IV. Las internas de los arrecifes; y
V. Las de las desembocaduras o deltas de los ríos, lagunas y estuarios comunicados permanente o intermitentemente con el mar.
III. El mar territorial en la anchura que fije la Ley Federal del Mar;
IV. Las playas marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la marea cubre y descubre el agua, desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de mayor flujo anuales;
V. La zona federal marítimo-terrestre;
VI. Los puertos, bahías, radas y ensenadas;
VII. Los diques, muelles, escolleras, malecones y demás obras de los puertos, cuando sean de uso público;
VIII. Los cauces de las corrientes y los vasos de los lagos, lagunas y esteros de propiedad nacional;
IX. Las riberas y zonas federales de las corrientes;
X. Las presas, diques y sus vasos, canales, bordos y zanjas, construidos para la irrigación, navegación y otros usos de utilidad pública, con sus zonas de protección y derechos de vía, o riberas en la extensión que, en cada caso, fije la dependencia competente en la materia, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables;
XI. Los caminos, carreteras, puentes y vías férreas que constituyen vías generales de comunicación, con sus servicios auxiliares y demás partes integrantes establecidas en la ley federal de la materia;
XII. Los inmuebles considerados como monumentos arqueológicos conforme a la ley de la materia;
XIII. Las plazas, paseos y parques públicos cuya construcción o conservación esté a cargo del gobierno federal y las construcciones levantadas por el gobierno federal en lugares públicos para ornato o comodidad de quienes los visiten; y
XIV. Los demás bienes considerados de uso común por otras leyes que regulen bienes nacionales.

Octava. Uno de los grandes inconvenientes para garantizar que las playas mexicanas sean plenamente disfrutadas por los turistas nacionales y extranjeros es la falta de coordinación y comunicación entre las autoridades de los diversos niveles de gobierno, por lo que esta dictaminadora considera que la propuesta de los diputados Dávila y García de firmar un acuerdo de coordinación por la Sectur y la Semarnat con los gobiernos estatales y los municipales coadyuvaría a evitar esta violación de derechos de los mexicanos, además de que esta facultad del Ejecutivo está referida en la Ley Federal de Turismo, en los artículos 17 y 18, de la siguiente forma: ``La secretaría promoverá la celebración de acuerdos de coordinación en los que los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios asuman funciones operativas en este particular para que la actividad turística se lleve en forma armónica, lo que significa de manera integral con otros elementos, el salvaguardar el derecho de libre tránsito y uso de los bienes nacionales de uso común a los turistas a playas mexicanas como enuncia en el párrafo siguiente:

IV. En general, promover la planeación, programación, fomento y desarrollo del turismo en forma armónica.
Artículo 18. Las dependencias y órganos estatales o municipales de turismo conocerán del despacho y atención de los asuntos que se contengan en los acuerdos de coordinación que al efecto se celebren en los términos y condiciones establecidos.

Novena. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente enuncia en el artículo 11 que ``se podrán suscribir convenios o acuerdos de coordinación con gobiernos del Distrito Federal o de los estados, con la participación, en su caso, de sus municipios''.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Turismo se permite someter a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a firmar a través de las Secretarías de Turismo, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales un acuerdo de coordinación con los gobiernos estatales y organismos municipales de turismo para garantizar y hacer valer el derecho de los mexicanos a gozar del acceso a las playas federales.

La Comisión de Turismo, diputados: Octavio Martínez Vargas (rúbrica), Francisco Dávila García (rúbrica), Yolanda Mercedes Garmendia Hernández (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Amador Campos Aburto (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez , Sara Latife Ruiz Chávez (rúbrica), José Luis Varela Lagunas (rúbrica), Armando García Méndez (rúbrica), Ana María Ramírez Cerda (rúbrica), Armando Enríquez Flores , Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui , Carlos Eduardo Felton González (rúbrica), Rafael Franco Melgarejo , Francisco Javier Gudiño Ortiz (rúbrica), Joel Guerrero Juárez , Benjamín Hernández Silva , Juana Leticia Herrera Ale , Addy Cecilia Joaquín Coldwell , Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (rúbrica), María Soledad López Torres , Francisco Márquez Tinoco (rúbrica), Gilberto Ojeda Camacho , Juan Adolfo Orcí Martínez , José Ascención Orihuela Bárcenas (rúbrica), Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica), Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (rúbrica), Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez , Sara Shej Guzmán (rúbrica), Adriana Rebeca Vieyra Olivares .
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Adriana Dávila Fernández , José Antonio Díaz García (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz , María Soledad López Torres , Rafael Villicaña García , Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez , Roberto Mendoza Flores , Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas , Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez (rúbrica), Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Humberto López Lena Cruz .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo oradores registrados, se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto. Adelante.



CANAL TODO AMERICANO

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo para exhortar a las Secretarías de Relaciones Exteriores, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales a mantener informada a esta soberanía sobre los avances y las medidas implantadas por México a consecuencia del revestimiento del canal Todo Americano

Honorable Asamblea

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

I. El 30 de abril de 2008, el diputado Luis Fernando Rodríguez Ahumada , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una proposición con punto de acuerdo relativa al revestimiento del canal Todo Americano, en el cual se pone a consideración de la asamblea el siguiente punto:

• Se exhorta al Ejecutivo federal a solicitar, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, un informe detallado del efecto que tendrá en México el revestimiento del canal Todo Americano en 37 kilómetros de longitud, a la Comisión para la Cooperación Ambiental (sic).

II. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados para análisis y elaboración de dictamen.

III. El proyecto de revestimiento del canal Todo Americano forma parte del plan del gobierno del estado de California para optimizar el uso del agua y ajustarse a su cuota que tiene asignada del río Colorado, de acuerdo con los términos del Tratado de 1944. 1

IV. Desde que se dio a conocer el proyecto de revestimiento del canal Todo Americano, la Comisión Internacional de Límites y Aguas 2 ha realizado diferentes reuniones con Estados Unidos de América con la finalidad de tener la información técnica sobre el proyecto y además discutir las posibles opciones de cooperación para mitigar los efectos potenciales en territorio mexicano.

V. El tema se ha abordado en diversos foros bilaterales y en encuentros presidenciales en los que el gobierno de México ha reiterado su oposición a la realización del proyecto y la preocupación por los efectos adversos que el revestimiento podría generar en el territorio mexicano en perjuicio de los agricultores del valle de Mexicali.

VI. Las Secretarías de Relaciones Exteriores, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales han coordinado esfuerzos, tanto con el gobierno de Baja California como con diversas dependencias nacionales y de Estados Unidos de América, orientadas a evaluar alternativas en el uso del agua en la región fronteriza, para generar un plan de acción que englobe los diversos desafíos que se enfrentan en esta cuenca e impulsar acciones que permitan un manejo sustentable de sus recursos acuíferos, con una clara visión integral y de largo plazo.

VII. El 6 de febrero de 2007 se aprobó por el Pleno de la Cámara de Diputados el punto de acuerdo de la siguiente forma: La honorable Cámara de Diputados solicita a los titulares de las Secretarías de Relaciones Exteriores, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de la Comisión Nacional del Agua un informe pormenorizado y actualizado hasta hoy, sobre el estado que guarda el revestimiento del canal Todo Americano, los trabajos realizados por el grupo de trabajo interinstitucional conformado por estas dependencias y el gobierno de Baja California, y la estrategia de negociación que se ha llevado a cabo. La respuesta a este punto se recibió en la sesión del martes 13 de marzo de 2007.

VIII. Asimismo, el 30 de octubre de 2007 se aprobó por el Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo: La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión se pronuncia en contra de la construcción y revestimiento del canal Todo Americano.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta dictamen de acuerdo a las siguientes

Consideraciones

El canal Todo Americano se inicia en la presa Imperial, que retiene las aguas del río Colorado y se encuentra situada a aproximadamente 32 kilómetros al noreste de Yuma, Arizona, en Estados Unidos de América. Tiene una extensión de 132 kilómetros dentro de territorio estadounidense, un desnivel de 53 metros, una anchura de entre 46 y 61 metros y una profundidad de entre 2 y 6 metros. 3

El canal se encuentra situado de forma paralela a la línea fronteriza con México, pero al no disponer de ningún tipo de revestimiento, se produce una infiltración subterránea de aproximadamente 80 millones de metros cúbicos de agua al año, la cual beneficia los mantos freáticos situados del lado mexicano. Por lo anterior, el revestimiento del canal Todo Americano tiene implicaciones directas con el agua subterránea que dejaría de filtrarse a territorio mexicano. Entre las principales se encuentran las siguientes: 4

1. La reducción del acuífero del valle de Mexicali de entre 11 y 14 por ciento del total del agua disponible.
2. Un incremento en la concentración de sales en éste.
3. La reducción de los cultivos menos tolerantes a la salinidad y una acumulación progresiva de estas sales en los suelos, con la consecuente pérdida de productividad, así como también la necesidad por parte de los productores de utilizar tecnologías más costosas o, en su caso, mayores volúmenes de agua.

Actualmente, el revestimiento del canal Todo Americano es ya irreversible, considerando que las obras comenzaron oficialmente el 5 de junio de 2007 y se pretende que se concluyan en diciembre de 2009.

No obstante, el gobierno de México ha otorgado la más alta prioridad al tratamiento del tema, por lo que se están buscando todas las vías disponibles en beneficio de la población del valle de Mexicali, a fin de agotar todos los recursos posibles para encontrar alternativas viables a este problema.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a mantener informada y actualizada a esta soberanía de los avances, como lo ha hecho en ocasiones anteriores, sobre el estado que guarda el revestimiento del canal Todo Americano.

Segundo. Solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales un informe sobre el efecto ambiental y las medidas implantadas por México a consecuencia del revestimiento del canal Todo Americano.

Notas: 1 En 1944 se firma el Tratado de Utilización de las Aguas de los Ríos Colorado, Tijuana y Bravo, asignándose a nuestro país un volumen anual de mil 850 millones de metros cúbicos de agua del río Colorado. El alto grado de sales que contenían las aguas entregadas a México obligó al gobierno mexicano a buscar un nuevo acuerdo que se concreta en 1973 con el Acta 242 que enmienda el Tratado de 1944. Aunque la parte sustancial del acuerdo giraba en torno a la solución de la salinidad del agua recibida, se incluyó el tema del agua subterránea, comprometiéndose ambos gobiernos a mantenerse informados antes de emprender cualquier proyecto relacionado con este tipo de agua.2 Instancia encargada de vigilar la aplicación de los tratados internacionales sobre límites y aguas, así como regular y ejercer los derechos y obligaciones asumidos bajo dichos tratados, dando solución a las diferencias que puedan surgir como consecuencia de tales aplicaciones. La Comisión Internacional de Límites y Aguas ejerce esta responsabilidad a lo largo de su zona jurisdiccional fronteriza de 3 mil 141 kilómetros, manteniendo una relación de respeto mutuo y entendimiento.3 Herrera, J., Norzagaray, M, García, G, Cortez, A, Jonquera, D (2004). Fluctuaciones en la calidad y nivel freático del agua subterránea en las proximidades al canal Todo Americano, porción mexicana. En V. Sánchez (coordina), El revestimiento del canal todo americano. ¿Competencia o cooperación por el agua en la frontera México-Estados Unidos? (páginas 57-58) Tijuana, Colef-Plaza y Valdés (colección México Norte).4 Iniciativa Mexicana de Aprendizaje para la Conservación (IMAC), Centro Virtual de Información del Agua (2007). El revestimiento del canal todo americano, disponible enhttp://www.imacmexico.org/ ev_es.php?ID=36869_201 & ID2=DO_TOPIC
Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 10 de diciembre de 2008.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís , Alliet Mariana Bautista Bravo , César Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez , José Murat, José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuellar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández , Rosaura Virginia Denegre Vaught Ramírez (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo oradores registrados, se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.



PROGRAMA TOLERANCIA CERO

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores a revisar e investigar la aplicación del programa Tolerancia Cero en Estados Unidos de América

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

El 30 de abril de 2008, la diputada Blanca Luna Becerril , del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, presentó una proposición con punto de acuerdo relativa a la aplicación del programa Tolerancia Cero en Estados Unidos de América, en el cual se pone a consideración de la asamblea el siguiente punto:

1. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a la Embajada de México en Estados Unidos de América y a los Consulados de México en Texas y Arizona, a revisar e investigar la aplicación del programa Tolerancia Cero a fin de garantizar que la integridad física y los derechos de los migrantes mexicanos no sean vulnerados, y que el trato que reciben sea justo y respetuoso de los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados para su análisis y elaboración de dictamen correspondiente.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen, de acuerdo a las siguientes

Consideraciones

Estados Unidos de América ha estado recibiendo un número sin precedentes de inmigrantes documentados e indocumentados durante más de una década. Si se incluye a quienes ingresan al país tanto por dentro como por fuera de los parámetros del sistema permanente de inmigración y se quedan por periodos prolongados, la inmigración anual a Estados Unidos de América hoy en día asciende a 1.8 millones de personas. 1

Ante esta situación, el gobierno ha implementado reformas dentro del marco de las leyes existentes para reforzar la seguridad fronteriza.

Dentro del plan de acción para reforzar la seguridad se encuentran los siguientes objetivos:

1. Finalizar con la política de ``capturar y deportar'' 2 extranjeros indocumentados detenidos en la frontera.
2. Incrementar los fondos para aumentar el cupo en los centros de detención, de manera que haya espacio para detener a 31 mil 500 extranjeros ilegales hasta que puedan ser deportados. 3

Lo anterior con la finalidad de que los extranjeros que entren de manera ilegal sean detenidos y sometidos a un juicio antes de ser deportados.

Por lo anterior, el Departamento de Seguridad Nacional, en colaboración con los gobiernos estatales y locales, ha implementado programas en diferentes zonas de la frontera para prohibir el ingreso a las personas que intentan entrar de manera ilegal e identificar a integrantes de pandillas relacionadas con el crimen organizado.

Uno de estos programas es Operation Streamline 4 lanzado en diciembre de 2005 con la finalidad de crear una zona de tolerancia cero para migrantes indocumentados; este programa se aplicó en el sector de El Río, Texas, y se ha reproducido en Yuma, Arizona, y Laredo, Texas.

Recientemente, en febrero de 2008, en el sector de El Paso, Texas, se implementó un operativo de cero tolerancia denominado No pase . El programa tiene como característica principal la presentación de cargos penales a las personas que son sorprendidas ingresando de manera indocumentada a los Estados Unidos, basados en el artículo 1325 del Código de los Estados Unidos 5 , que establece que el individuo que ingrese de manera indocumentada a los Estados Unidos podrá ser sancionado con una multa y hasta 6 meses de privación de su libertad.

Cabe mencionar que la inmigración indocumentada como delito de orden federal se encuentra tipificada desde 1952, sin embargo, al no contar con la infraestructura necesaria en la frontera, como centros de detención, juzgados federales y abogados defensores, la practica había sido exclusivamente la de capturar y deportar, sobre todo a mexicanos.

En el sector de El Paso de la Patrulla Fronteriza de Estados Unidos, el operativo No pase se aplica en una extensión aproximada de 5 kilómetros en los límites con Ciudad Juárez, desde el puente internacional Paso del Norte Santa Fe hacia el oeste hasta el área del cerro de Cristo Rey, sector donde se registran la mayoría de los cruces entre Juárez y El Paso.

Ante esta situación, la diputada promovente considera que la implementación de estos operativos en la frontera México Estados Unidos puede ocasionar graves violaciones a los derechos humanos de los mexicanos que intentan cruzar la frontera, por ello propone tomar las medidas necesarias para asegurar la protección y el respeto de los derechos humanos de quienes se ven involucrados, otorgándoles la asesoría y el auxilio necesarios en situaciones de abuso.

La comisión dictaminadora hace hincapié en que se debe garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los migrantes tal y como se establece en la Declaración Universal de Derechos Humanos ``todos los seres nacen libres e iguales en dignidad y derechos y toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en ella, sin distinción de ningún tipo, en particular de raza, color u origen nacional''.

Referente a la redacción del punto de acuerdo propuesto por la diputada, esta comisión considera que es suficiente con exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores, puesto que, tanto la Embajada de México en Estados Unidos de América como los Consulados de México en Texas y Arizona dependen de la secretaría, ésta última es el órgano central que debe promover, propiciar y asegurar la coordinación de acciones en el exterior de las dependencias.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a revisar e investigar la aplicación del programa Tolerancia Cero en los Estados Unidos de América, a fin de garantizar que la integridad física y los derechos de los migrantes mexicanos no sean vulnerados, y que el trato que reciben sea justo y respetuoso de los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos.

Notas: 1. Migration Policy Institute. La inmigración y el futuro de los Estados Unidos . 2. Garantizar que todos los extranjeros factibles de deportación y capturados tratando de cruzar la frontera ilegalmente, fueran detenidos hasta que pudieran ser deportados.3. Gobierno de los Estados Unidos de América. Reforzar la seguridad fronteriza e inmigración dentro del marco legal actual. Agosto, 2007. Disponible en: http://www.whitehouse.gov/news/releases/2007/08/20070810.es.html4. Gobierno de los Estados Unidos de América. Departamento de Seguridad Nacional. Iniciativa de seguridad fronteriza actualizad ''. Junio, 2008. Disponible en: http://www.dhs.gov/ximgtn/programs/5. Para mayor información consultar From the U.S. Code online, vía GPO Access. Title 8 Aliens and nationality, Chapter 12 Immigration and nationality, subchapter II immigration, Part VIII, General penalty provisions. Sección 1325. Improper entry by alien. Disponible en: http://frwebgate.access.gpo.gov/cgi-bin/getdoc.cgi?dbname=browse_usc & docid=Cite:+8USC1325.
Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 10 de diciembre de 2008.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís , Alliet Mariana Bautista Bravo , César Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Murat, José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar , Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández , Rosaura Virginia Denegre Vaught Ramírez (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo orador alguno registrado, se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.



ESTADO DE COAHUILA

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a trasladar, con la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Coahuila al área geográfica A

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX Legislatura fue turnada, para su estudio y dictamen, la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Se exhorta a la Secretaría del Trabajo y previsión social a considerar el estado de Coahuila, entre los regidos en el área geográfica ``A'', a través de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.

Presentada por el diputado Rolando Rivero Rivero , del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LX Legislatura, el 30 de abril de 2008.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo mencionada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionaron anteriormente, y publicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha 26 de septiembre de 2007; turnada para su dictamen mediante oficio número D.G.P.L. 60-II-5-1769, dirigido al presidente de esta Comisión de Trabajo y Previsión Social por la Mesa Directiva de la LX Legislatura.
2. La proposición citada fue turnada a esta comisión para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

Refiere el autor de la proposición que se dictamina que en el estado de Coahuila el poder adquisitivo del salario mínimo se ha deteriorado un 30 por ciento en los últimos 10 años. Asimismo refiere que estudios recientes revelan que los ingresos que perciben los asalariados no les permiten cubrir ni la quinta parte del costo de los insumos básicos que requieren para tener a la familia en una vida digna, como lo dicta la Constitución de 1917 en el artículo 123, en su numeral sexto, párrafo segundo.

Asimismo, indica que Coahuila actualmente representa uno de los estados más pujantes de la República Mexicana y hasta diciembre del año pasado su afiliación de trabajadores registrados ante el IMSS fue de 610 mil 296 asegurados totales, de los cuales 551 mil 842 corresponden a trabajadores y el resto a otros esquemas de aseguramiento según datos del mismo instituto, de los cuales prácticamente el 40 por ciento aproximadamente sus remuneraciones se relaciona con los salarios mínimos fijados por la comisión nacional cada año.

Agrega que Coahuila está subdividido en cinco grandes regiones: laguna, sureste, centro, carbonífera y fronteriza.

Cada una de esas regiones tiene un singular modo de vida, la laguna, en donde se ha diversificado la economía a través de la industria maquiladora y manufacturera; la sureste, que tiene una economía aparejada con la industria automotriz y autopartes; la centro, que apenas empieza a diversificarse; la economía está basada en la industria acerera y sus derivados; la carbonífera, de las más golpeadas y cuya economía se basa en un 70 por ciento en los trabajos de minería en la extracción de carbón mineral; y la región fronteriza, por su gran cercanía con el mercado estadounidense, su economía prácticamente está ligada con la industria maquiladora.

También señala que de las cinco regiones que conforman el estado de Coahuila, una de las zonas más caras de subsistencia es la centro, carbonífera y fronteriza, no quedando muy atrás la lagunera y la sureste.

Debido a lo expuesto, demanda lo siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al secretario del Trabajo y Previsión Social a convocar, en el ámbito de su competencia, a una reunión urgente de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) para que pondere la posibilidad de trasladar el estado de Coahuila --que actualmente se encuentra considerado en el área ``C''-- para que forme parte del área geográfica ``A'', a fin de cuidar el poder adquisitivo de los trabajadores que prestan sus servicios y que sus salarios están fijados con base en el mínimo autorizado por la comisión año con año.

2. La comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis del autor de la propuesta, opina lo siguiente:

En atención a lo anterior, esta Comisión de Trabajo y Previsión Social recopiló información respecto al análisis de la Dirección Técnica de la Conasami, en la que se reconoce la necesidad e importancia de avanzar en la convergencia de los salarios mínimos de las tres áreas geográficas hacía un sólo salario mínimo general, en función, de la erosión de los diferenciales en los costos de vida entre los municipios que integran las distintas áreas geográficas.

Por lo que, tomando en cuenta lo anterior, el Consejo de Representantes de la Conasami aplicó hasta el año de 2005 la estrategia de reducir de manera gradual las diferencias salariales entre las áreas geográficas, con el propósito de llegar a converger a un sólo salario mínimo general a nivel nacional. Esto se fue logrando a través del otorgamiento de aumentos salariales diferenciados por área, propiciando que aquellos trabajadores de las áreas ``B'' y ``C'' avanzaran hacia ingresos similares a los del área geográfica ``A''.

No obstante, dentro de dichos estudios también se ha considerado otro tipo de factores para la convergencia de los salarios mínimos, como es evitar la afectación de los niveles de empleo en los municipios de menor desarrollo económico. En virtud de lo cual, desde el año 2006 dicho consejo ha considerado conveniente el continuar con esta tendencia de una manera sólida, previos los estudios y análisis correspondientes.

En este caso en particular, como refiere el propio legislador que formula la proposición, existen zonas muy dispares en la entidad federativa de Coahuila, por lo que habría que tomar en cuenta diversos factores y elementos en aras de efectivamente beneficiar a la población.

Por lo que esta comisión, está de acuerdo con la Conasami respecto de la necesidad de realizar los análisis correspondientes de una manera minuciosa, a efecto de modificar la actual integración de las áreas geográficas en que está dividido el país. Procediendo lo anterior únicamente en caso de que una vez realizado el estudio integral de beneficios y costos se considerara sin lugar a dudas, que podría acarrear beneficios para la economía del país y por lo tanto a sus habitantes; sobre todo en estos momentos de incertidumbre global en materia de precios de insumos y materias primas.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social se permite someter a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al secretario del Trabajo y Previsión Social a convocar, en el ámbito de su competencia, a una reunión urgente de quienes forman la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para que ponderen la posibilidad de trasladar el Estado de Coahuila --que actualmente se encuentra considerado en el área ``C''-- para que forme parte del área geográfica ``A'', a fin de cuidar el poder adquisitivo de los trabajadores que prestan sus servicios y cuyos salarios están fijados con base en el mínimo autorizado por la comisión año con año.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre del 2008.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González , Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja , Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García , Miguel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez , Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez , Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes , Ana Yurixi Leyva Piñón , Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo , Sonia Noelia Ibarra Franquez , Rosario Ignacia Ortiz Magallón , José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar Acuña (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo orador alguno registrado, se considera suficientemente discutido y, al igual que las anteriores, se reserva para su votación económica en conjunto. Proseguimos.



LANGOSTA CENTROAMERICANA

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a la Sagarpa, a la Semarnat y a la Profepa a desarrollar e implantar una alternativa ambiental económica y tecnológicamente viable para el control de la plaga de langosta centroamericana

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio y elaboración del dictamen correspondiente la propuesta con punto de acuerdo a fin de exhortar a las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), y de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), así como al procurador federal de Protección al Ambiente (Profepa) y al comisionado nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conamp), a implantar una alternativa ambiental viable para el control de la langosta, presentada por el diputado Diego Cobo Terrazas , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, estas comisiones legislativas, con base en las facultades que confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracciones I y XXIV, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de los integrantes de la honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 15 de marzo de 2007, el diputado Diego Cobo Terrazas , del Grupo Parlamentario del PVEM, presentó una propuesta con punto de acuerdo para exhortar a la Sagarpa y a la Semarnat, así como a los titulares Profepa y de la Conamp, a implantar una alternativa ambiental viable para el control de la langosta.

Segundo. En la fecha, dicha propuesta con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

Tercero. El 27 de marzo de 2007, mediante el oficio número SPP/LX/3.-0143/07/evg OP-31, la Secretaría de Servicios Parlamentarios dio cuenta del oficio de turno 001741, con folio 006075, de fecha 22 de marzo de 2007, por el que se remite el oficio del diputado Diego Cobo Terrazas en que solicita ampliación del turno de la proposición con punto de acuerdo en comento. Asimismo, se informa que la Presidencia de la Mesa Directiva autorizó que se amplíe el turno a Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Cuarto. El 28 de marzo de 2007, la citada propuesta con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

La langosta centroamericana (Schistocera piceifrons piceifrons, Walker, 1870) es un insecto migratorio que tiene bien definida su zona geográfica de reproducción y gregarización. 1 Mide más de 10 centímetros, sus patas posteriores son robustas y grandes, sus antenas son cortas y los tarsos son de tres segmentos.

Este insecto, como señala el diputado promovente, tiene su área permanente de reproducción en la península de Yucatán, Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua. 2 El potencial reproductivo de la langosta centroamericana es elevado. Por cada macho hay 10 hembras. Cada hembra pone huevos entre 6 y 8 veces, y en cada ooteca hay 68 huevos. 3 Por lo general, la langosta centroamericana presenta dos generaciones al año.

Aun cuando la langosta centroamericana se alimenta de más de 59 especies de plantas, la diversidad, calidad, composición, localización y densidad de la vegetación influyen en el hábito alimenticio de este insecto, por lo que no es de sorprender que, igual que otros acrídidos, tenga la capacidad de seleccionar su alimento con base en el contenido nutrimental e, incluso, cuando el alimento es escaso, pueda variar su dieta y consuma alimentos con bajo contenido nutricional por periodos prolongados.

Por regla general, señala el diputado promovente, la langosta centroamericana incrementa su consumo alimenticio con base en su tamaño, sexo y estado biológico. ``Sin embargo, con relación al peso del cuerpo, las hembras consumen menos (1.8 centímetros cuadrados por gramo masa de la hembra/hora contra 2.72 centímetros cuadrados por gramo masa del macho/hora)''. 4 Ahora bien, ciertos estudios indican que la cantidad de alimento consumida por una manga de mil kilómetros cuadrados es de 100 mil toneladas de alimento al día. Una manga de densidad media se forma con aproximadamente 50 millones de langostas por kilómetro cuadrado. 5

La langosta centroamericana ``es una de las plagas agrícolas más importantes en el sureste del territorio nacional y se considera potencial para los otros estados del Golfo de México y del Pacífico, debido a que llega a atacar hasta 400 especies vegetales, siendo en nuestro país los cultivos más afectados maíz, frijol, sorgo, arroz, soya, cacahuate, caña de azúcar, chile, tomate, cítricos, plátano, coco y pastizales''. 6

Como indica el diputado promovente, se han registrado diversas invasiones de este insecto en el país. La más reciente tuvo verificativo en la última semana de febrero y la primera semana de marzo pasados en Yucatán y Campeche. De acuerdo con la información publicada en los medios de comunicación local, durante 2006 la presencia de la langosta centroamericana en Yucatán ocasionó daños aproximadamente a 400 hectáreas de maíz y hortalizas, y se prevé que en esta temporada asciendan a más de 5 mil hectáreas de diversos cultivos, particularmente palma de coco. 7

Diferentes factores han propiciado la propagación de las langostas en otros países y también aplican al caso de la proliferación de la langosta centroamericana en el sureste mexicano. Estos factores son el cambio del uso o manejo de la tierra, los disturbios ecológicos, la falta de continuidad en las operaciones de control, la falta de continuidad en el monitoreo y vigilancia cuando los brotes ya han sido controlados, la deforestación, el abandono de cultivos tradicionales y áreas cultivadas y la introducción de nuevos cultivos. 8

De acuerdo con los procedimientos de la Dirección General de Sanidad Vegetal de la Sagarpa, con objeto de mantener una densidad de población baja, el manejo de la langosta centroamericana debe ser integral; es decir, deben aplicarse dos o más métodos de control disponible. Los métodos de control que sugería la normatividad aplicable eran cultural, biológico y químico. Sin embargo, esta norma oficial mexicana ya no es vigente. No obstante, el control químico cobra relevancia toda vez que ante la reciente manga que atacó cultivos en Yucatán se utilizaron los pesticidas organofosforados como el malatión y paratión, y fenilpirazoles como el fipronil. Cabe destacar que los pesticidas organofosforados y fenilpirazoles no son selectivos, por lo que al ser rociados sobre los cultivos con objeto de controlar la plaga de langosta centroamericana atacan a otras especies y afectan así el correcto funcionamiento del ecosistema.

El malatión es un plaguicida usado para matar insectos en cosechas agrícolas, por lo que se rocía sobre amplias extensiones del territorio. Ese plaguicida químico puede tener efectos en la salud humana dependiendo de la exposición, que tienen como órgano blanco el sistema nervioso central. El paratión también puede provocar efectos en la salud humana según la exposición, como náusea, diarrea, temblor muscular, dificultad para respirar, visión borrosa y pérdida de la coordinación muscular e incluso la muerte por fallas del centro respiratorio. 9

Por su parte, el fipronil actúa sobre el sistema nervioso central. Los síntomas de intoxicación incluyen dificultad para respirar, inhibición de reflejos, letargo, temblores musculares y, en casos graves, convulsiones. Si el plaguicida se ha ingerido, provoca náuseas y vómito. Irrita la piel y los ojos, y puede causar alergias en personas sensibles. Además, no hay antídoto específico. El insecticida es muy tóxico para organismos acuáticos y el mismo proveedor recomienda no aplicarlo en mantos acuíferos poco profundos o en suelos muy permeables, como el caso de la zona de suelos calcáreos de la península de Yucatán, donde abundan los cenotes con alto grado de endemismos de ictiofauna. Por último, el productor de fipronil reconoce que este insecticida es sumamente tóxico para las abejas, una situación grave toda vez que en la península de Yucatán habita gran diversidad de abejas criollas, fundamentales para la polinización de cientos de especies vegetales, muchas de las cuales se encuentran catalogadas en distintas categorías de riesgo.

De acuerdo con información de la Sagarpa, además del uso de agentes químicos, las campañas de control de langosta cuentan con ``la generación y validación de tecnología... dentro de las cuales se involucra el control biológico como táctica de control para mantener en niveles bajos la densidad de población de este insecto y evitar así la formación de mangas o bandos en áreas gregarígenas''. 10 Sin embargo, un estudio sobre el efecto de la langosta centroamericana en la isla Socorro, Baja California, indica que en el control de la langosta centroamericana de ninguna manera se recomienda el uso de insecticidas o agentes biológicos que tengan un efecto catastrófico en la red trófica, particularmente si hay endemismos. 11 Como señala el diputado promovente, si bien el estudio referido se llevó a cabo en un tipo de ecosistema muy particular, las recomendaciones pueden aplicarse a las zonas del país con gran diversidad biológica en las que se aplican campañas de control sanitario contra la langosta centroamericana, como la península de Yucatán.

Las comisiones unidas dictaminadoras coinciden con el diputado promovente en que todo control de plagas debe llevarse a cabo de forma adecuada, evaluando en cada caso los efectos colaterales en el ambiente y la salud humana, sobre todo porque --como correctamente apunta el diputado promovente-- en el caso que nos ocupa ya no existe la norma oficial mexicana que regula el control de la langosta centroamericana.

Por las razones señaladas, los integrantes de las comisiones legislativas que suscriben el presente dictamen se permiten someter a consideración de la honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a desarrollar e implantar una alternativa ambiental, económica y tecnológicamente viable para el control de la plaga de langosta centroamericana (Schistocera piceifrons piceifrons), distinta del uso de plaguicidas organofosforados como el malatión y el paratión, fenilpirazoles como el fipronil o cualquier otro compuesto tóxico que pudiera ser inespecífico, biopersistente o bioacumulable.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por medio de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, a que emita una opinión técnica sobre el impacto ambiental que genera el uso de plaguicidas como malatión, paratión y el fipronil en las selvas de la península de Yucatán, como medida de control de la plaga de langosta centroamericana (Schistocera piceifrons piceifrons).

Tercero. Se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a verificar el cumplimiento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento respecto de la gestión de los residuos de envases de plaguicidas utilizados generados en la campaña de control de langosta centroamericana (Schistocera piceifrons piceifrons) en Yucatán, Campeche y Quintana Roo.

Cuarto. Se exhorta a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a informar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente si hay alguna violación de la legislación federal en materia de áreas naturales protegidas o de los decretos de las áreas naturales protegidas de la península de Yucatán derivado del uso de plaguicidas químicos como el malatión, el paratión y el fipronil para el control de la langosta centroamericana (Schistocera piceifrons piceifrons).

Notas: 1 Véase Anaya González, S. (sin fecha). Diagnosis de acridoideos (Orthoptera: Acridoidea) que se asocian a áreas agrícolas en la región central de México, Instituto de Fitosanidad del Colegio de Postgraduados, Montecillo, México, página 8.2 Ídem.3 Se denomina ooteca la masa o vaina en que las langostas depositan sus huevos.4 Anaya González, S. Op. cit., página 18.5 Anaya González, S. Op. cit., página 23.6 Sagarpa. Norma Oficial Mexicana NOM-049-FITO-1995, ``Por la que se establece la campaña contra la langosta'', Diario Oficial de la Federación, 17 de julio de 1998.7 Bofil Gómez, L. (2007). ``Destruyen langostas cultivos en Yucatán; van a Quintana Roo'', en La Jornada, sección Estados, 3 de enero de 2007. Y ``Amenaza plaga de langostas cinco mil hectáreas en Yucatán'', en El Sol de Irapuato, 4 de enero de 2007.8 Barrientos Lozano, L. ``Orthopteros, plaga de Brasil'', en Biotam, volumen 5, número 1, abril-julio de 1993, http://ecologia.uat.mx/, página consultada el 7 de marzo de 2007.9 Monografía Paratión, en http://www.monografias.com/trabajos14/ paration/paration.shtml, página consultada el 7 de marzo de 2007.10 Sagarpa. Programas de Control Biológico, en http://senasicaw.senasica.sagarpa.gob.mx/portal/html/sanidad_vegetal/referencia_fitosanitaria/Programa_de_control_biologico.html, página consultada el 7 de marzo de 2007.11 Hernández Velásquez, V. M.; et al. (1997). ``Detección de Metarhizium flavoviride sobre Schistocerca piceifrons piceifrons (Orthoptera: acrididae) en la isla Socorro, archipiélago de Revillagigedo, México'', en Vedalla, número 4 páginas 45-46.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados, a 9 de diciembre de 2008.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Adriana Dávila Fernández , José Antonio Díaz García (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz , María Soledad López Torres , Rafael Villicaña García , Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez , Roberto Mendoza Flores , Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas , Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez (rúbrica), Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Humberto López Lena Cruz .
La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados: Héctor Padilla Gutiérrez (rúbrica), presidente; Daniel Pérez Valdés (rúbrica), Isael Villa Villa (rúbrica), Pedro Armendáriz García , Armando Jesús Félix Holguín (rúbrica), Íñigo Antonio Laviada Hernández (rúbrica), Ernesto Oviedo Oviedo (rúbrica), Héctor Narcia Álvarez (rúbrica), Celso David Pulido Santiago (rúbrica), secretarios; Andrés Bermúdez Viramontes , Osiel Castro de la Rosa , Francisco Domínguez Servién , Gerardo Antonio Escaroz Soler (rúbrica), David Lara Compeán (rúbrica), José Nicolás Morales Ramos (rúbrica), Francisco Javier Plascencia Alonso (rúbrica), José Víctor Sánchez Trujillo (rúbrica), Irineo Mendoza Mendoza (rúbrica), Amador Campos Aburto (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Susana Monreal Ávila (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica), Salvador Barajas del Toro , Ramón Barajas López (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Carlos Rojas Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Cuauhtémoc Velasco Oliva (rúbrica), Anuario Luis Herrera Solís .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo orador alguno registrado, se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.



CONDUCCION DE AGUA POTABLE

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo para exhortar a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal a efecto de que, a través de las comisiones de aguas de las entidades federativas, en los proyectos de obra y en las licitaciones correspondientes a líneas de conducción de agua se especifique el uso preferente de tuberías de acero de fabricación nacional

Honorable Asamblea:

La Comisión de Recursos Hidráulicos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el presente dictamen con proyecto de punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal a efecto de que, a través de las comisiones de aguas de sus entidades federativas, tanto en los proyectos de obra como en las licitaciones correspondientes referentes a líneas de conducción de agua se especifique el uso preferente de tuberías de acero de fabricación nacional, al tenor de los siguientes

Antecedentes

1. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 13 de diciembre de 2007, el diputado Obdulio Ávila Mayo presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal a efecto de que, en el ámbito de sus respectivas competencias, instruyan a las comisiones de aguas de sus correspondientes entidades federativas para que se especifique el uso de tuberías de acero de fabricación nacional en las licitaciones referentes a líneas de conducción de agua.

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición, turnándola a la Comisión de Recursos Hidráulicos para análisis y dictamen.

La comisión dictaminadora procedió al estudio de la proposición de referencia, analizando cuidadosamente el siguiente

Contenido de la proposición

El proponente refiere los antecedentes de la industria siderúrgica en México, y destaca su importancia económica.

Asimismo, enfatiza en el desarrollo de dicha industria su importante participación en el producto interno bruto y en la generación de empleos.

Refiere que la industria siderúrgica es el primer consumidor de electricidad y el segundo de gas natural, y que es de los principales usuarios del transporte de carga en sus diversas modalidades.

Señala que no obstante la importancia de dicha industria, ésta ha sido afectada negativamente en virtud de licitaciones para el suministro de tuberías de conducción de agua en diversas entidades federativas cuyas comisiones de aguas han privilegiado indebidamente el uso de tubería de hierro fundido dúctil de fabricación extranjera, sobre el uso de tuberías de acero de fabricación nacional.

Menciona que la tubería de hierro fundido dúctil no se fabrica en México, y que hay fabricantes nacionales de tubería de acero, la cual es de igual o superior calidad a la de hierro fundido dúctil y de similar o menor precio, por lo que la tubería de acero puede sustituir la de hierro fundido dúctil, máxime que al comprar productos nacionales se devuelve al Estado un porcentaje importante de lo erogado vía impuestos y se fomentan la creación y el mantenimiento de empleos en el país.

Por lo anterior, el proponente considera que, por razones técnicas, de durabilidad, calidad y precio, resulta indebido que se convoquen licitaciones públicas para la adquisición de tubería de hierro fundido dúctil excluyendo claramente la de acero nacional.

Por ello, el diputado Obdulio Ávila Mayo propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, instruyan a las comisiones de aguas de sus correspondientes entidades federativas para que especifiquen el uso de tuberías de acero de fabricación nacional en las licitaciones referentes a líneas de conducción de agua.

Consideraciones de la Comisión de Recursos Hidráulicos

Los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos coincidimos con el proponente en el reconocimiento de la importancia que tiene la protección de la industria nacional, particularmente la siderúrgica.

Reconocemos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público la protección en las licitaciones públicas de los bienes producidos en el país, en cuanto a precios, respecto a los de procedencia extranjera, dispuesta en el último párrafo del artículo 28.

Por ello, estimamos viable el punto de acuerdo planteado por el proponente; sin embargo, creemos que la especificación de los bienes por adquirir establecida en las bases de una licitación pública corresponde a los bienes reconocidos como idóneos en el proyecto de la obra objeto de la licitación.

De tal manera, resultaría excesivo y, por tanto, inviable exhortar a los gobernadores y al jefe del gobierno a instruir a las comisiones de aguas sobre la utilización de un bien con determinadas características, ya que cabría la posibilidad de que este último no tuviera las características que un proyecto de obra reconoce a un bien diverso.

Estimamos necesario modificar el texto del punto de acuerdo propuesto para que diga: ``La Cámara de Diputados exhorta a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal a efecto de que, a través de las comisiones de aguas de sus entidades federativas, tanto en los proyectos de obra como en las licitaciones correspondientes referentes a líneas de conducción de agua se especifique el uso preferente de tuberías de acero de fabricación nacional''.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos presenta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a los gobernadores de los estados y al jefe de gobierno del Distrito Federal a efecto de que, a través de las comisiones de aguas de sus entidades federativas, tanto en los proyectos de obra como en las licitaciones correspondientes referentes a líneas de conducción de agua se especifique el uso preferente de tuberías de acero de fabricación nacional.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2008.
La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados: Jesús Manuel Patrón Montalvo (rúbrica), presidente; Antonio Medellín Varela (rúbrica), Lourdes Alonso Flores , Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Cuitláhuac Condado Escamilla, José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán (rúbrica), secretarios; Pedro Armendáriz García , Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Modesto Brito González (rúbrica), Aurora Cervantes Rodríguez (rúbrica), Diego Cobo Terrazas , Felipe González Ruiz (rúbrica), David Lara Compeán (rúbrica), Alma Lilia Luna Munguía (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Irineo Mendoza Mendoza , Pedro Montalvo Gómez (rúbrica), Héctor Hugo Olivares Ventura , Antonio Ortega Martínez (rúbrica), José Inés Palafox Núñez , Francisco Javier Paredes Rodríguez (rúbrica), Santiago Gustavo Pedro Cortés , Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica), Ramón Salas López , Martín Stefanonni Mazzocco (rúbrica), Gerardo Octavio Vargas Landeros (rúbrica), César Augusto Verástegui Ostos (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo orador alguno registrado, se considera suficientemente discutido y, con los demás, se votará de manera económica. Continuamos, Secretaría, por favor.



INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACION

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión de Hacienda y Crédito Público que considere reorientar en 100 por ciento al Instituto Nacional de Migración lo recaudado por concepto del derecho de no inmigrante

Honorable Asamblea:

Esta Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la LX Legislatura, con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos; 39, fracciones 1 y 2, 45, fracción 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emite y somete a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados, el presente dictamen a proposiciones con punto de acuerdo para destinar mayores recursos al Instituto Nacional Migración (Inami), con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

Antecedentes

Que el pasado 9 de octubre de 2008 se presentó la proposición con punto de acuerdo relativo al fortalecimiento de la política y gestión migratoria del Estado, así como el mejoramiento sustancial de los servicios que presta el Instituto Nacional de Migración, suscrito por la diputada Irma Piñeyro Arias y el diputado Antonio Valladolid Rodríguez .

Que en esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios''.

Que en fecha 20 de agosto de 2008, en sesión de la Comisión Permanente, se presentó proposición con punto de acuerdo por el que se solicita que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009 se dote de mayores recursos al Instituto Nacional de Migración, presentada por el senador Fernando Velázquez López.

Que en esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios''.

Contenido de las proposiciones

La proposición presentada por la diputada Irma Piñeyro y el diputado Antonio Valladolid, busca mejorar los servicios que presta el Inami, como son invertir en infraestructura para mejorar los servicios migratorios y dar un trato más digno a los migrantes que se encuentren en las estaciones migratorias, contratar un mayor número de funcionarios para desempeñar las funciones de carácter migratorio y fortalecer sus capacidades operativas mejorando la regulación del tránsito nacional e internacional de personas, implementando mecanismos para la adecuada inspección de la entrada y salida de las mismas del territorio nacional.

Hacen mención a la diversas reformas que ha sufrido la Ley Federal de Derechos, como la de 1998, donde se encomendó al Inami el cobro por los derechos de expedición de la autorización por la que se otorga la calidad migratoria de ``no inmigrante'', conocida como el ``derecho de no inmigrante'' (DNI). De esta calidad migratoria se desprenden 4 tipo de permisos; turista, visitante de negocios, visitante consejero y transmigrante. La iniciativa del Poder Ejecutivo buscaba obtener recursos adicionales para financiar los costos de los servicios públicos que presta el Estado, siendo en este caso el Inami.

El objetivo esencial de esta reforma fue dotar al Inami de mejores condiciones para la prestación de los servicios de carácter migratorio, siendo además de su obligación uno de los pilares de la seguridad nacional y de las fronteras.

Posterior a todo esto, la Ley Federal de Derechos sufrió varias reformas, publicándose la última en diciembre de 2008, obteniéndose como resultado que de los ingresos que obtenía el Inami, por el cobro de los derechos del DNI, un 80 por ciento se destinaría al Consejo de Promoción Turística, y un 20 por ciento al Inami para mejorar los servicios que proporciona en materia migratoria.

La proposición presentada por el senador Fernando Velázquez López es resultado de una reunión de trabajo realizada con la comisionada del Instituto Nacional de Migración y de la cual recoge las inquietudes y temas abordados.

El proponente refiere los comentarios de la comisionada en el sentido que éstos son temas que también preocupan al instituto, y por lo cual han tomado diversas medidas para facilitar los flujos documentados, asegurar la garantía de los derechos de los migrantes, la modernización de la gestión migratoria y un mejoramiento de las estaciones migratorias.

Aclaró la comisionada que estas medidas se encuentran previstas en el Programa Integral de la Frontera Sur, haciendo énfasis que para poder superar y cumplir las expectativas se requiere de un mayor presupuesto y de personal, ya que el Instituto se enfrenta a una fuerte precariedad de recursos humanos, para poder cubrir adecuadamente las estaciones migratorias y los 172 puntos de internación que existen actualmente en el territorio nacional.

De ahí concluye, entre otras cosas, que el Poder Legislativo debe establecerse como coadyuvante permanente de los organismos públicos, más aún cuando el ejercicio de sus funciones tiene un impacto social directo.

Consideraciones de la Comisión

Esta comisión, después de un estudio y análisis a las proposiciones presentadas y turnadas, considera pertinente apoyar un incremento a los recursos del Inami, por las siguientes consideraciones y objetivos:

El tema de la protección de los derechos humanos de los migrantes y sus familias es un tema toral para esta comisión, que ha estado buscando en todo momento garantizar un trato digno, por parte de nuestras instituciones.

Es por ello que esta comisión manifiesta su apoyo total para dotar de un mayor presupuesto al Inami, siendo congruentes con las exigencias que día con día tenemos hacia el instituto, para de esta manera dotarlo de los bienes o ingresos necesarios para que pueda cumplir sus objetivos que van más allá de los flujos migratorios y que involucra también la seguridad nacional.

Esta comisión sostiene lo siguiente: no sólo es importante dotar de mayores recursos, vía Presupuesto de Egresos de la Federación, al Instituto Nacional de Migración, sino que es fundamental, y ello sustenta el presente dictamen, reformar la Ley Federal de Derechos para que el 100 por ciento de los recursos que se obtienen por medio del cobro del derecho de no inmigrante vayan dirigidos al instituto.

Si bien en la discusión y aprobación que se llevó a cabo el miércoles 15 de octubre del presente año de la Ley Federal de Derechos se comentó esta situación de los recursos para el Instituto Nacional de Migración, quedando como resolución final la distribución tal y como se encuentra en estos momentos de un 80 por ciento para el Consejo de Promoción Turística, y un 20 por ciento para el Instituto, esta comisión retorna el planteamiento expresado en las consideraciones de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, y que apoyamos:

``Sin perjuicio de lo anterior, esta dictaminadora recomienda a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que en el dictamen al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 analice la posibilidad de asignar 431 millones de pesos al Instituto Nacional de Migración, cantidad que representa la diferencia entre el porcentaje propuesto por el Ejecutivo Federal y la que se plantea en el presente dictamen, a fin de que se destinen al mejoramiento de sus servicios, principalmente los de vigilancia y seguridad de las zonas fronterizas, así como a la regularización de su plantilla de personal.''

No podemos tener un Instituto encargado de los flujos migratorios, el cual disponga de recursos y personal limitado o escaso y aún así le presionemos o impongamos a que rinda los mejores resultados posibles y más aún cuando los flujos migratorios día con día van en aumento.

Comprometidos con los objetivos que nos hemos planteado en la comisión al inicio de esta LX Legislatura, y en congruencia con las demandas hacia el Inami y en el ánimo de ampliar y mejorar los canales de comunicación y colaboración, hemos turnado en su momento así como en tiempo y forma a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública la propuesta de modificaciones al PEF, contemplando las ampliaciones o reasignaciones necesarias para dotar de mayores recursos al área encargada de la inspección migratoria.

Si bien esta comisión turnó en su momento el documento antes mencionado a la Comisión de Presupuesto, y que cubiertos y cumplidos los procedimientos para la aprobación del PEF para 2009 han sido agotados, consideramos que no deben quedar en el olvido estas propuestas y que los motivos que originaron la presentación de las mismas, se mantengan vigentes para posteriores Presupuestos de Egresos de la Federación, pero sobre todo, para las discusiones y aprobaciones respectivas, año tras año, de la Ley Federal de Derechos y el paquete económico en general.

Derivado de las consideraciones antes expuestas, esta Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios somete a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. Se solicita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público que, en las futuras discusiones y elaboración de dictámenes relativos a la Ley Federal de Derechos, se considere reorientar el destino del cobro del derecho de no inmigrante para que vaya dirigido en un 100 por ciento al Instituto Nacional de Migración.

Segundo. Archívense los asuntos como totalmente concluidos.

Palacio Legislativo, a 2 de diciembre de 2008.
La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, diputados: Antonio Valladolid Rodríguez (rúbrica), presidente; Andrés Bermúdez Viramontes (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), secretarios; Carlos Augusto Bracho González (rúbrica), Daniel Chávez García (rúbrica), Rosaura Virginia Denegre Vaught Ramírez , Elia Hernández Núñez , Omeheira López Reyna (rúbrica), María Dolores González Sánchez , Francisco Javier Gudiño Ortiz (rúbrica), Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), José Nicolás Morales Ramos (rúbrica), Silbestre Álvarez Ramón , Alberto Amaro Corona (rúbrica), Miguel Ángel Arellano Pulido (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Érick López Barriga, Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , Antonio de Jesús Díaz Athié , Ivette Jacqueline Ramírez Corral , Guillermina López Balbuena , Isael Villa Villa (rúbrica), José Luis Aguilera Rico , Irma Piñeyro Arias (rúbrica), Pascual Bellizza Rosique (rúbrica).»
El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Están a discusión los puntos de acuerdo. No habiendo orador alguno registrado, se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto. Continúe, secretaria.


QUESOS DUROS Y SEMIDUROS

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo a fin de exhortar al Ejecutivo federal a considerar mediante la Secretaría de Economía modificar el decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte del 31 de diciembre de 2002, a efecto de exentar de él la fracción arancelaria 0406.90.04, relativa a los quesos duros y semiduros

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a esta LX Legislatura, fue turnada, para estudio y dictaminen, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Economía a considerar modificar el decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, del 31 de diciembre de 2002, para que la fracción arancelaria número 0406.90.04, relativa a los quesos duros y semiduros, sea exenta de este impuesto.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 56, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados el 27 de noviembre de 2008, los secretarios dieron cuenta al Pleno de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Economía a considerar modificar el decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, del 31 de diciembre de 2002, para que la fracción arancelaria número 0406.90.04, relativa a los quesos duros y semiduros, sea exenta de este impuesto, suscrita por el diputado Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para someter a consideración del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. Que el Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

Tercero. El legislador propone lo siguiente: Exhortar al Ejecutivo federal afecto de que, a través de la Secretaría de Economía, considere modificar el decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, del 31 de diciembre de 2002, para que la fracción arancelaria número 0406.90.04, relativa a los quesos duros y semiduros, sea exenta de este impuesto.

Consideraciones

Primera. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segunda. Que considerando que el comercio exterior es una pieza fundamental en la economía del país con el intercambio comercial de productos, este año se ha caracterizado por el mejoramiento de algunos indicadores o condiciones que aún requieren de toda la atención y compromiso; tal es el caso de la reducción de aranceles para ciertas mercancías, lo cual ha generado desventaja para el comercio en nuestro país.

Tercera. Que la fracción arancelaria número 0406.90.04, correspondiente a quesos duros o semiduros con un contenido en peso de materia grasa inferior o igual a 40 por ciento, únicamente grana o parmegiano-reggiano, con un contenido en peso de agua, en materia no grasa, inferior o igual a 47 por ciento, únicamente danbo, edam, fontal, fontina, fynbo, gouda, havarti, maribo, samsoe, esrom, itálico, kernhem, saint nectaire, saint paulin o taleggio, con un contenido en peso de agua, en materia no grasa, superior a 47 por ciento, sin exceder de 72 por ciento, es aplicable, entre otros, para las personas que se dedican a actividades de comercialización, prestación de servicios de restaurantes, hoteles, esparcimiento, culturales, recreativos, deportivos, educativos, investigación, médicos y asistencia social, alquiler de bienes muebles y servicios prestados a las empresas situadas en la franja fronteriza norte y que cuenten con el registro como empresa de la frontera, que pueden importar esta mercancía gravada con una tasa de 5 por ciento hasta el 31 de diciembre de 2008.

Cuarta. Que el 18 de junio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, con objeto de reflejar los cambios en los patrones mundiales de flujos comerciales, actualizando y homologando el sistema de clasificación arancelaria con el de los países miembros del Convenio del Sistema Armonizado, del cual también México es parte contratante, así como evitar discrepancias de interpretación y clasificación de mercancías y agilizar los trámites aduaneros.

Quinta. Que a fin de fortalecer la competitividad de los productores de diversos sectores económicos, es procedente, como medida de política económica, reducir los aranceles a las importaciones; por lo que es necesario reflejar esta medida en la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Sexta. Que en el decreto por el que se crean, modifican o suprimen diversos aranceles de la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicado en el DOF el 17 de abril de 2002, y sus reformas, se dieron a conocer los aranceles cupo, específicos y mixtos, en sus diferentes modalidades.

Séptima. Que debido a los cambios ya señalados en el párrafo anterior, también resulta indispensable actualizar los códigos arancelarios en los esquemas para la franja fronteriza norte y la región fronteriza, con la finalidad de coadyuvar a la competitividad de las empresas situadas en estas regiones.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía somete al Pleno de esta de la Cámara de Diputados, para análisis, discusión y, en su caso, aprobación, el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a analizar, a través de la Secretaría de Economía, la actividad comercial de la zona centro y sur de Quintana Roo, con la finalidad de realizar la reforma arancelaria a los quesos duros y semiduros.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a analizar, a través de la Secretaría de Economía, la posibilidad de que los quesos duros o semiduros referentes a la fracción arancelaria número 0406.90.04 queden exentos del arancel aplicable, con la finalidad de fortalecer la competitividad de la industria nacional.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2008.
La Comisión de Economía, diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal (rúbrica), Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos , Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , Susana Monreal Ávila , José Amado Orihuela Trejo , Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Raúl Ríos Gamboa , Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez , Ernesto Ruiz Velasco de Lira (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho , Víctor Gabriel Varela López , Joaquín Humberto Vela González , Javier Martín Zambrano Elizondo .»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo orador alguno registrado, se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto. Continúe.



FRONTERA NORTE

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : «Dictamen de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo para exhortar al Poder Ejecutivo federal a crear e implantar políticas, programas y acciones encaminados a dinamizar el desarrollo integral y sustentable de la región fronteriza norte

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión correspondiente a esta LX Legislatura le fue turnada, para su estudio y dictaminen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al poder Ejecutivo federal a crear e implantar políticas, programas y acciones de gobierno encaminados a dinamizar el desarrollo integral y sustentable de la región fronteriza norte.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 56, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el día 27 de noviembre de 2008, los secretarios de ésta dieron cuenta al Pleno de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al poder Ejecutivo federal a crear e implantar políticas, programas y acciones de gobierno encaminados a dinamizar el desarrollo integral y sustentable de la región fronteriza norte, suscrita por el diputado Enrique Serrano Escobar , del Grupo Parlamentario del PRI, para someterla a consideración del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. Que el Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

Exhortar al Poder Ejecutivo federal a crear e implementar políticas, programas y acciones de gobierno encaminados específicamente a dinamizar el desarrollo integral y sustentable de la región fronteriza norte.

Consideraciones

Primera. Que con base a los antecedentes indicados la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segunda. Que considerando que la frontera norte de México ha sido una de las regiones de mayor dinamismo económico, y que constituye un motor de desarrollo para nuestro país, su dinámica económica, el nivel de vida de sus habitantes, su vocación internacional y su constante evolución en la competitividad mundial, la han ubicado como un modelo a seguir para lograr el desarrollo integral.

Tercera. Que la frontera norte es una región que se ha destacado porque sus seis estados fronterizos (Baja California, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas) en conjunto producen el 23 por ciento del producto interno bruto nacional; cuentan con 16 millones de habitantes.

Cuarta. Que para que la frontera norte sea competitiva y logre su pleno desarrollo, demanda que la población y gobiernos compartan una sola visión de futuro, definan en forma conjunta sus prioridades y establezcan compromisos en la obtención de resultados. Asimismo, requiere de un marco jurídico que permita a sus habitantes y empresas desarrollarse en armonía con su medio ambiente, en un contexto globalizado, que facilite el acceso a la tecnología, que propicie la productividad, la sana competencia y finalmente pero más importante, requiere de una población con valores, saludable, educada y capacitada para competir con éxito en un ambiente económico cada vez más exigente y selectivo.

Quinta. Que en octubre de 2006 se constituyó el Consejo Permanente para el Desarrollo Integral de la Frontera Norte de México, impulsando un crecimiento acelerado de la economía y generando un desarrollo sustentable y armónico.

Sexta. Que a través de la infraestructura fronteriza, gran parte de la red de transporte de México interactúa con la de Estados Unidos, conformando un sistema común de comunicación terrestre en una economía regional que genera alrededor del 38 por ciento del producto mundial bruto.

Séptima. Que se requiere una infraestructura aduanera adecuada para las necesidades de la industria y comercio fronterizos, así como para el turismo, que potencialice las economías de ambos países y sea la plataforma de un crecimiento sostenido de esa región del país.

Octava. Que en coordinación con las autoridades gubernamentales de ambos países, la frontera norte requiere que se eleven sus estándares de seguridad, costo y tiempo en los cruces y trámites fronterizos, así como modernizar y desarrollar la infraestructura aduanera existente.

Novena. Que los constantes cambios en las regulaciones que el Servicio de Administración Tributaria dicta con relación a la operación de la industria maquiladora en nuestro país, las barreras arancelarias y no arancelarias y los diferentes trámites en incontables dependencias, hacen que el costo es esta región se incremente de manera importante, restándole competitividad en el contexto global.

Décima. Que a fin de aumentar la competitividad turística la región fronteriza ofrece importantes alternativas para el desarrollo de la actividad turística, contándose con recursos naturales ilimitados y envidiables que no han sido explotados cabalmente.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía somete al Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal a crear e implementar políticas, programas y acciones de gobierno encaminados a dinamizar el desarrollo integral y sustentable de la región fronteriza norte, con la finalidad de generar competitividad creando mayor oportunidad en materia de creación de empleos y elevación de calidad de vida de los estados fronterizos.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a realizar un estudio respecto a la pérdida de competitividad de la frontera norte.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2008.
La Comisión de Economía, diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal , Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos , Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , Susana Monreal Ávila , José Amado Orihuela Trejo , Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Raúl Ríos Gamboa , Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez , Ernesto Ruiz Velasco de Lira (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho , Víctor Gabriel Varela López , Joaquín Humberto Vela González , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Están a discusión los puntos de acuerdo. No habiendo orador alguno registrado, se consideran suficientemente discutidos y se reservan para su votación económica en conjunto.

Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si son de aprobarse los puntos de acuerdo presentados.

La Secretaria diputada Margarita Arenas Guzmán : En votación económica se pregunta si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Aprobados los puntos de acuerdo. Comuníquense.

Presidencia del diputado César Duarte Jáquez



PERMISO PARA PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: El siguiente punto del orden del día es la discusión de dictámenes de la Comisión de Gobernación, con proyectos de decreto, con los que se conceden permisos a ciudadanos mexicanos para prestar servicios a gobiernos extranjeros, publicados en la Gaceta Parlamentaria.

Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se les dispensa la lectura.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura de los dictámenes. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: En consecuencia, se pide a la Secretaría poner a discusión los proyectos de decreto.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 3 de febrero del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicitó el permiso constitucional para que los ciudadanos Hanin Frangie Beltrán, Patricia Sylvia Long Whitehouse, Mario Lorenzo Gutiérrez Ocampo, Daniel Arturo Jaime Ayala, David Hedilberto Gutiérrez González, Josefina Idalia Mozqueda Torres y Eligio López de la Cruz puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de Canadá y en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en sus consulados en Nuevo Laredo, Tamaulipas y Nogales, Sonora, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 4 de febrero, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada de sus actas de nacimiento;
b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de Canadá y en la Embajada de Estados Unidos de América en México, y en sus consulados en Nuevo Laredo, Tamaulipas y Nogales, Sonora, serán de carácter administrativo, y
c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II, del Apartado C), del artículo 37 constitucional y en el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso a la ciudadana Hanin Frangie Beltrán para prestar servicios como delegada comercial adjunta en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso a la ciudadana Patricia Sylvia Long Whitehouse para prestar servicios como asistente de programas en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso al ciudadano Mario Lorenzo Gutiérrez Ocampo para prestar servicios como visa clerk en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Artículo Cuarto. Se concede permiso al ciudadano Daniel Arturo Jaime Ayala para prestar servicios como investigador en el Consulado de Estados Unidos de América en Nogales, Sonora.

Artículo Quinto. Se concede permiso al ciudadano David Hedilberto Gutiérrez González para prestar servicios como asistente en la Oficina de Seguridad, en el Consulado de Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas.

Artículo Sexto. Se concede permiso a la ciudadana Josefina Idalia Mozqueda Torres para prestar servicios como asistente en la Oficina de Seguridad, en el Consulado de Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas.

Artículo Séptimo. Se concede permiso al ciudadano Eligio López de la Cruz para prestar servicios como asistente en la Oficina de Seguridad, en el Consulado de Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas.

México, DF, a 5 de febrero de 2009.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Humberto Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristián Castaño Conteras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Narcizo Alberto Amador Leal , Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante , Antonio Xavier López Adame , Layda Elena Sansores San Román , Ricardo Cantú Garza (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Monraz Ibarra , Mario Eduardo Moreno Álvarez , Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz (rúbrica), Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García , Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola , Rosa Elva Soriano Sánchez , Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el dictamen en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanosse pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su votación nominal en conjunto. Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 3 de febrero del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicitó permiso constitucional para que los ciudadanos Bárbara Selene Corchado Rivera y Albert Daman Agraz puedan prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América, en México, y en su Consulado en Guadalajara, Jalisco, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 4 de febrero de 2009, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento.
b) Que los servicios que los propios interesados prestarán a la Embajada de Estados Unidos de América, en México a su Consulado en Guadalajara, Jalisco, serán de carácter administrativo.
c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos, y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo primero. Se concede permiso a la ciudadana Bárbara Selene Corchado Rivera para prestar servicios como asistente de viajes en la Sección de Asuntos Antinarcóticos, en la Embajada de Estados Unidos de América, en México.

Artículo segundo. Se concede permiso al ciudadano Albert Daman Agraz para prestar servicios como investigador de seguridad en el Consulado de Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 5 de febrero de 2009.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Narcizo Alberto Amador Leal , Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante , Antonio Xavier López Adame , Layda Elena Sansores San Román , Ricardo Cantú Garza (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Monraz Ibarra , Mario Eduardo Moreno Álvarez , Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz (rúbrica), Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola , Rosa Elva Soriano Sánchez , Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el dictamen en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del CongresoGeneral se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo quien se haya reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su voto nominal en conjunto. Continúe.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea:

En oficio de fecha 3 de febrero de 2009, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Giancarla Calia Cerrillo pueda prestar servicios, de carácter administrativo, en la Embajada de India en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 4 de febrero del año en curso se turnó a la suscrita comisión, para estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que la peticionaria acredita la nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;
b) Que los servicios que la interesada prestará en la Embajada de India en México serán de carácter administrativo; y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del Apartado C) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a consideración de la honorable asamblea el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Único. Se concede permiso a la ciudadana Giancarla Calia Cerrillo para prestar servicios como secretaria en la Embajada de India en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 5 de febrero de 2009.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Humberto Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristián Castaño Conteras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Narcizo Alberto Amador Leal , Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante , Antonio Xavier López Adame , Layda Elena Sansores San Román , Ricardo Cantú Garza (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Monraz Ibarra , Mario Eduardo Moreno Álvarez , Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz (rúbrica), Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola , Rosa Elva Soriano Sánchez , Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.



DESEMPEÑAR EL CARGO DE CONSUL HONORARIO

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea:

En oficio del 12 de febrero de 2009 la Secretaría de Gobernación solicitó el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Mario Jesús Riestra Venegas pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Panamá en la ciudad de Puebla, con circunscripción consular en el estado de Puebla.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 19 de febrero del año en curso, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.

Considerando

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;
b) Que los servicios que el propio interesado prestará en el consulado de la República de Panamá en la ciudad Puebla serán de carácter estrictamente consular, con circunscripción en el estado de Puebla, y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción IV, del apartado C), del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

Proyecto de Decreto

Único . Se concede permiso al ciudadano Mario Jesús Riestra Venegas para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Panamá en la ciudad de Puebla, con circunscripción consular en el estado de Puebla.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 20 de febrero de 2009.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristian Castaño Contreras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Narcizo Alberto Amador Leal , Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante , Antonio Xavier López Adame , Layda Elena Sansores San Román , Ricardo Cantú Garza , secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres , César Octavio Camacho Quiroz , Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello , María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra , Mario Eduardo Moreno Álvarez , Adolfo Mota Hernández , María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega , Raciel Pérez Cruz (rúbrica), Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez , Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación en conjunto.



PERMISO PARA PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea:

En oficios de fecha 6 de febrero del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Laurence Olivia Pantin, Érika Alejandra Hernández Victoria, Salvador Sánchez Colón, David Oliver González Bravo y Moisés Medrano González puedan prestar servicios en las Embajadas de Francia y de Estados Unidos de América, en México y en su consulado en Matamoros, Tamaulipas, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 17 de febrero de 2009 se turnó a la suscrita comisión, para estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerandos

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento;
b) Que los servicios que los propios interesados prestarán a las Embajadas de Francia y de Estados Unidos de América, en México y en sus consulados en Matamoros, Tamaulipas, serán de carácter administrativo; y
c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del Apartado C del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso a la ciudadana Laurence Olivia Pantin para prestar servicios como responsable del servicio de Prensa en la Embajada de Francia en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso a la ciudadana Érika Alejandra Hernández Victoria para prestar servicios como asistente administrativo en la Oficina de Comercio Agrícola en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso al ciudadano Salvador Sánchez Colón para prestar servicios como especialista de proyectos Grado FSN-11/1 en la Agencia para el Desarrollo Internacional, en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Artículo Cuarto. Se concede permiso al ciudadano David Oliver González Bravo para prestar servicios como auxiliar de Pasaportes y Visas (Passport & Visa Clerk) en el Consulado de Estados Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas.

Artículo Quinto. Se concede permiso al ciudadano Moisés Medrano González para prestar servicios como guardia de detección de vigilancia (surveillance detection guard) en el Consulado de Estados Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 18 de febrero de 2009.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Humberto Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristián Castaño Contreras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Narcizo Alberto Amador Leal , Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Antonio Xavier López Adame , Layda Elena Sansores San Román , Ricardo Cantú Garza , secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres , César Octavio Camacho Quiroz , Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello , María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra , Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández , María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega , Raciel Pérez Cruz (rúbrica), Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez , Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Está a discusión el dictamen en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 234 del Reglamento para el Gobierno Interior del CongresoGeneral, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que nadie ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, proceda la Secretaría a abrir el sistema electrónico por ocho minutos, para recoger la votación nominal de este proyecto de decreto, y los anteriormente reservados, en un solo acto.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso. Ábrase el sistema electrónico de votación por ocho minutos para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto en un solo acto.

(Votación)

Ciérrese el sistema electrónico de votación.

Ábrase el micrófono del diputado Moisés Gil Ramírez .

El diputado Moisés Gil Ramírez (desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Señor presidente, se emitieron 267 votos a favor, 0 en contra y 11 abstenciones.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobados los proyectos de decreto por 267 votos. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.



PRODUCTOS HECHOS EN MEXICO

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: El siguiente punto del orden del día es el de proposiciones con punto de acuerdo.

La Presidencia recibió del diputado Joaquín Jesús Díaz Mena , del Grupo Parlamentario del PAN, proposición con punto de acuerdo que exhorta al titular de la Secretaría de Economía a realizar una campaña de promoción en los medios de comunicación para fomentar el consumo de productos hechos en México, y así evitar la pérdida y apoyar a las empresas mexicanas ante la actual crisis económica.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al secretario de Economía a realizar una campaña de promoción en los medios masivos dirigida a fomentar el consumo de productos hechos en México para evitar pérdidas y apoyar a las empresas del país ante la actual crisis financiera, a cargo del diputado Joaquín Jesús Díaz Mena , del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Ante los momentos de crisis financiera en que nos encontramos debemos tener el compromiso de establecer acciones que permitan la conservación de empleos, la supervivencia y permanencia de las pequeñas y medianas empresas mexicanas.

La finalidad del presente punto de acuerdo es que la Secretaría de Economía implemente una campaña de promoción en los principales medios de comunicación en nuestro país para fomentar el consumo de productos hechos en México, resaltando en dicha campaña publicitaria los siguientes puntos:

• La calidad de los productos mexicanos.
• La importancia del autoconsumo de productos nacionales para impulsar el mercado interno.
• La conservación y generación de empleos que representa comprar productos mexicanos.
• La permanencia de empresas generadoras de empleo.
• Significa un aliento para que los empresarios inviertan para generar más fuentes de trabajo.

Consumir productos nacionales, valorar, y apoyar a las empresas mexicanas es sin duda una muestra especial de nuestro compromiso como legisladores por crear un ambiente propicio para la permanencia y desarrollo de empresas nacionales y todos los beneficios que ello conlleva.

En días pasados el gobierno federal, a través de la Secretaría de Economía (SE) dio a conocer el nuevo logotipo de ``Hecho en México'', con el fin de fortalecer el mercado interno y promover la adquisición de bienes y servicios nacionales.

Dicho logotipo, según lo publica la dependencia en el Diario Oficial, pretende crear una imagen más amable y atractiva y forma parte de las acciones realizadas en torno a los distintivos de los productos hechos en México.

Por ello, la dependencia sólo autorizará el uso del emblema en aquellos productos en los que se demuestre que se producen y fabrican en territorio nacional, como resultado de la transformación de insumos o que se comercializan en su estado natural.

El objetivo principal del presente punto de acuerdo es realizar una campaña de promoción permanente en los principales medios de comunicación del país, sumando y complementándose a la campaña impulsada por la Secretaría de Economía.

Por lo anterior, propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Artículo Único. Se le exhorta al titular de la Secretaria de Economía a fin de realizar una campaña de promoción en los principales medios de comunicación de nuestro país para fomentar el consumo de productos hechos en México para evitar la pérdida de empleos y apoyar a las empresas mexicanas ante la crisis económica actual, presentado por el diputado Joaquín Jesús Díaz Mena del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Diputado Joaquín Jesús Díaz Mena (rubrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Economía.



ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se recibió del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo que exhorta al Ejecutivo federal a que, mediante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, entregue a esta soberanía un diagnóstico del estado que guarda la autopista Tijuana-Ensenada.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a entregar a esta soberanía mediante la SCT un diagnóstico integral del estado que guarda la autopista Tijuana-Ensenada, a cargo del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias de la LX Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta asamblea punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que entregue a esta soberanía un diagnóstico integral del estado que guarda la autopista Tijuana-Ensenada, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La autopista Tijuana-Ensenada pertenece al Fideicomiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Concesionadas, la cual es operada y administrada por Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

La autopista tiene una longitud total de 89.540 kilómetros, la cual se compone de tres tramos en operación: Ensenada-La Misión con 33.766 kilómetros; La Misión-Rosarito 29.847 kilómetros, y Rosarito-Tijuana con 25.927 kilómetros. Atendiendo a sus características geométricas la autopista se tipifica como A4 1 , lo que la hace una autopista de altas especificaciones, ya que cuenta con 4 carriles y dos cuerpos.

Con respecto al aforo vehicular, el tránsito diario promedio anual de la autopista en el 2005 fue de 12 mil 260 vehículos, para el 2006 se incrementó a 12 mil 895, esto representó un aumento de 5.1 por ciento, y para 2007 registró una cantidad de 12 mil 37 vehículos, representando una caída en 6.6 por ciento, con respecto al año anterior. Aunque hubo una disminución en el aforo de vehículos, la autopista se mantiene dentro de la jerarquía de las autopistas de cuota con mayor aforo vehicular. Esta caída indudablemente obedece a las pésimas condiciones que presenta la autopista de referencia.

El constante aforo vehicular ha provocado que el deterioro de la autopista sea mayor, que la falta de regulación en el caso del transporte de carga donde no se respeten pesos y dimensiones ocasione afectaciones graves a la base y sub-base de la carpeta, y esta se deforme, se debilite y por ende se agriete y se rompa; además, la falta de mantenimiento preventivo y correctivo por parte de los operarios de la autopista ocasiona aún más su deterioro, y con ello se pone en peligro la vida de los usuarios que circulan por la carretera.

Cabe señalar que en la autopista se han identificado varios tramos carreteros que se encuentran en francas condiciones de deterioro, ya que en ellas se ubican baches, fisuras, hundimientos, grietas, ondulaciones, depresiones, entre otras deformaciones. Además de que cuenta con deficientes servicios en materia de seguridad vial, apoyo mecánico, alumbramiento, señalamientos viales y servicios diversos, aunado a lo anterior, la autopista cuesta a los usuarios que hacen uso de ella, y por tal motivo, debe estar en óptimas condiciones técnicas y de seguridad, mostrando altos estándares de calidad.

Cabe señalar que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través de Caminos y Puentes Federales aplica programas de mantenimiento preventivo y correctivo a las carreteras del país, por lo que es urgente conocer las condiciones que guarda la autopista Tijuana-Ensenada, y en caso de identificar fallas en la carpeta asfáltica, se lleven los ajustes preventivos y correctivos en los tramos carreteros que se encuentran en malas condiciones, así como también, hacer un diagnóstico de la ubicación de señalamientos en todo el trayecto de la autopista.

Por otro lado, en la autopista se están realizando trabajos de obra pública que afectan seriamente a los usuarios que circulan por ella, por lo que se solicita a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que entregue un informe detallado de los avances de la obra hasta la fecha, de acuerdo a la programación.

De esta manera, es urgente hacer los ajustes y modificaciones necesarios a la autopista para prevenir los riesgos de cualquier accidente, y se cumpla con la calidad y servicio que requieren los automovilistas y transportistas que circulan por ella.

Y sobre todo, fijar un plazo de terminación de las obras a efecto de que los usuarios de esta autopista cuenten con caminos seguros y de calidad, acordes a lo pagado en el peaje.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la aprobación de los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se hace un atento exhorto al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que informe y entregue a esta soberanía un diagnóstico integral del estado que guarda la autopista Tijuana-Ensenada en un plazo no mayor de 30 días.

Segundo. Se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que concluya las obras públicas de reparación y modernización de la autopista Tijuana-Ensenada e informe a esta soberanía sobre la terminación de las éstas.

Nota: 1 Reglamento sobre el peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal.
Palacio Legislativo, a 5 de marzo de 2009.--- Diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Transportes.



ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se recibió del diputado Manuel Ramos Covarrubias, del Partido Acción Nacional, punto de acuerdo que exhorta al Ejecutivo a que, mediante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, instale una plaza de cobro auxiliar en la autopista Tijuana-Ensenada.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instalar mediante la SCT una plaza de cobro auxiliar en la autopista Tijuana-Ensenada, a cargo del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Héctor Manuel Ramos Covarrubias , diputado a la LX Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta asamblea punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal a instalar a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes una plaza de cobro auxiliar en la autopista Tijuana-Ensenada para evitar que los usuarios utilicen el libramiento y evadan el pago de las plazas de cobro La Misión-Rosarito y Rosarito-Tijuana, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La autopista Tijuana-Ensenada pertenece al Fideicomiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Concesionadas, la cual es operada y administrada por Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

En la autopista hay tres plazas de cobro: en el tramo Ensenada-La Misión 88+599, en La Misión-Rosarito 35+427 y en Rosarito-Tijuana 9+700.*

Las tarifas que actualmente aplican las plazas de cobro en la autopista Tijuana-Ensenada son en el tramo Ensenada-La Misión, motociclistas y automovilistas 29 pesos, autobuses 54 y camiones con 2 ejes 52 pesos; en el tramo La Misión-Rosarito, motociclistas y automovilistas 26 pesos, autobuses 52 y camiones con 2 ejes 50 pesos; y por último, en el tramo Rosarito-Tijuana, motociclistas y automovilistas 26 pesos, autobuses 52 y camiones con 2 ejes 50 pesos. El recorrido total de la autopista Ensenada-Tijuana para motociclistas y automovilistas es de 81 pesos, autobuses 158 y camiones con 2 ejes 152 pesos. Éstos son los más representativos.

Acudo a esta alta tribuna para manifestar una situación que afecta la región de Baja California. Actualmente, en la autopista, a sólo 5 kilómetros antes de llegar a la plaza de cobro de Rosarito, hay un libramiento que permite a los automovilistas y transportistas eludir el pago del peaje al utilizar la salida por el poblado de Puerto Nuevo, que se dirige al corredor 2000, el que converge con la carretera Tijuana-Ensenada y se conecta con la caseta de Tecate, recorriéndose 42 kilómetros; llegando a la caseta, se puede optar por utilizar el camino que lleva a la autopista hacia Mexicali, o traslada hasta la mesa de Otay, en Tijuana.

Los usuarios que salen de la autopista por el libramiento mencionado, y evitan el pago correspondiente de las dos casetas siguientes, La Misión-Rosarito y Rosarito-Tijuana, afectan los ingresos del Ejecutivo federal. Ese libramiento es utilizado cotidianamente por automovilistas, camiones de carga pesada y de pasajeros, y su aforo es considerable.

Es necesario que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes considere la puesta de una plaza auxiliar en el libramiento mencionado para que los usuarios de la autopista paguen por el derecho de uso por el tramo carretero por donde han circulado. Asimismo, ante la instalación de la plaza de cobro auxiliar, será necesario que la dependencia reguladora realice un estudio de tarifas para determinar el cobro justo por la utilización de este tramo carretero.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se formula un atento exhorto al Poder Ejecutivo federal a instalar a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes una plaza de cobro auxiliar en la autopista Tijuana-Ensenada para evitar que los usuarios utilicen el libramiento y evadan el pago de las plazas de cobro La Misión-Rosarito y Rosarito-Tijuana.

Nota: * Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Palacio Legislativo, a 5 de marzo de 2009.--- Diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Transportes.



PRECIO DE GASOLINA Y DIESEL

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se recibió proposición con punto de acuerdo que exhorta al Ejecutivo federal, mediante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que utilice el subsidio previsto en la Ley de Ingresos de la Federaciónpara el Ejercicio Fiscal de 2009, a reducir el precio de la gasolina y el diesel, suscrita por los diputados Mónica Fernández Balboay César Duarte Jáquez, integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional, respectivamente.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a utilizar mediante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el subsidio previsto en la Ley de Ingresos de la Federación de 2009 para reducir el precio de la gasolina y el diesel, suscrita por los diputados Mónica Fernández Balboa y César Duarte Jáquez, de los Grupos Parlamentarios del PRD, y del PRI, respectivamente

Los suscritos, diputados Mónica Fernández Balboa y Cesar Duarte Jáquez, integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional, respectivamente, de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, en uso de las facultades conferidas en el articulo 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan a esta soberanía proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, para exhortar al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a utilizar el subsidio previsto en la Ley de Ingresos de la Federación del Ejercicio Fiscal de 2009, y que disminuirá en virtud de las nuevas condiciones del mercado, para reducir el precio de la gasolinas y el diesel, para que el precio de venta de estos combustibles, dentro del territorio nacional, sea el mismo que estuvo vigente durante junio de 2008.

De acuerdo con el Banco de México, entre diciembre de 2000 y enero de 2009, la inflación fue de 44 por ciento, sin embargo si revisamos la evolución que han tenido los precios de las gasolinas y el diesel durante ese mismo periodo se puede observar claramente que su incremento ha superado por mucho al crecimiento del índice de precios al consumidor, lo que ha generado una pérdida importante, tanto en el poder adquisitivo de la población como en la competitividad de las empresas en los diferentes sectores económicos.

De esta manera se observa que mientras que en diciembre de 2000 el costo de un litro de gasolina Magna era de 5.27 pesos, para enero de 2009 su precio se elevó en 46.48 por ciento, al ser de 7.72 pesos por litro.

En el caso de la gasolina Premium su precio al público pasó de 5.91 pesos por litro a 9.57 pesos, lo que significó un incremento de 61.92 por ciento, y para el diesel el incremento en el costo de este energético ha sido de 73 por ciento al pasar de 4.37 pesos por litro, en diciembre de 2000, a 7.53 pesos en enero del presente año.

Cabe mencionar que los incrementos a las gasolinas y al diesel durante la gestión de Vicente Fox y lo que va de la de Felipe Calderón han superado por mucho a los observados en Estados Unidos de América (nuestro principal mercado), ya que en la Unión Americana, mientras que en diciembre de 2000 un galón de gasolina regular se vendía en 1.44 dólares, para enero de 2009 su precio fue de 1.78 dólares por galón, es decir, un incremento de 23.61 por ciento, y lo mismo sucede con la gasolina Premium, cuyo precio registró un incremento de 24.6 por ciento, al pasar de 1.62 dólares por galón en diciembre de 2000 a 2.02 dólares por galón en enero de 2009, y en el caso del diesel, a pesar de que durante el periodo referido se observo un incremento de 46 por ciento en el costo de ese energético, al pasar de 1.56 dólares por galón a 2.29 dólares por galón en enero del presente año, dicho incremento resulta muy inferior al observado durante la gestión panista en nuestro país.

Finalmente, es conveniente señalar que en el caso de la gasolina Premium, y en el caso del diesel, los incrementos observados en estos últimos 8 años superan también la devaluación de que ha sufrido nuestra moneda y que ha sido de 46.5 por ciento, ya que mientras que en diciembre de 2000 el tipo de cambio fue de 9.45 pesos por dólar, para enero del presente año el tipo de cambio promedio se situó en 13.85 pesos por dólar.

Los pasados 8 y 27 de noviembre, la suscrita presentó propuestas similares a la presente, advirtiendo a esta soberanía que, de mantenerse el comportamiento del mercado mundial de petróleo, es decir, de mantenerse los precios del crudo entre los 40 y 50 dólares por barril (y esto se reflejara en los precios de internacionales de la gasolina), era claro que el subsidio y la recaudación negativa del impuesto especial a la producción y servicios (IEPS) desaparecerán durante 2009, dejando un excedente para las finanzas públicas de entre 100 mil y 130 mil millones de pesos, que no fueron considerados en el Presupuesto para 2009 que se discutió en la Cámara de Diputados. Fondo con el cual se podría estabilizar el precio de la gasolina y el diesel. Cabe mencionar que estas propuestas fueron desechadas en la elaboración del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009, desestimando estas apreciaciones.

Ahora bien, el 13 de noviembre, la propia Secretaría de Hacienda reconoció, en el contexto de las coberturas contra el riesgo de caídas en el precio del crudo, que el gobierno federal cuenta con el Fondo de Estabilización de Ingresos de Pemex, de tal forma que la suma total de los fondos asciende a más de 100 mil millones de pesos, y que estas acciones se hicieron en la inteligencia de que ``tuviéramos guardaditos'' para épocas de vacas flacas.

Igualmente, reconoció el secretario de Hacienda y Crédito Público que estaba consciente de las bajas en los precios de la gasolina en Estados Unidos de América y las alzas en México, y que ``vigilara el mercado para, en algún momento, analizar si ajustan la política para ofrecer mejores precios de la gasolina a la población''.

El 21 y el 28 de enero de 2009, en la Comisión Permanente se aprobaron puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a mantener sin aumento el precio del diesel, dado que, en voz del diputado Duarte, ``no puede sostenerse en los niveles que se ha mantenido, ya que en el caso de la pesca, lo agropecuario y la industria se usa necesariamente diesel, y el precio del petróleo en el mundo ha bajado''.

Por otra parte, apenas ayer, 3 de febrero de 2009, el funcionario de la SHCP, Miguel Messmacher, en conferencia de prensa, reconoció que ``afortunadamente tenemos las coberturas petroleras que nos están garantizando que por las exportaciones vamos a estar recibiendo 70 dólares por barril, en términos consistentes con el presupuesto. De hecho, pudiera ser que observáramos unos ingresos petroleros ligeramente mayores en la medida que haya un tipo de cambio más depreciado. Si se acuerdan, nosotros elaboramos el presupuesto con un tipo de cambio de 11. 70 pesos por dólar y, obviamente, estamos observando un tipo de cambio más depreciado que implicaría que esos ingresos en dólares que tendríamos como si estuviéramos vendiendo el petróleo a 70 dólares por barril, de hecho vayan a estar generándose más pesos''.

Por lo anterior, y dado que nos parece insuficiente que el Ejecutivo federal ``revise'' y que los aumentos a la gasolina y el diesel sean chiquitos, ofrecemos los siguientes datos:

El subsidio y la recaudación negativa del IEPS desaparecerán para 2009

Para corroborar lo anterior, sólo basta señalar lo siguiente:

De acuerdo con datos de la SHCP, entre 2005 y 2008, la recaudación por el IEPS de gasolinas pasó de 14 mil 993.4 millones de pesos a una desrecaudación, es decir, una recaudación negativa (subsidio) de 142 mil 272 millones de pesos, lo anterior, a decir de la dependencia, se explica por el diferencial de que existe entre el precio de la gasolina en la Unión Americana (Texas) y el precio al que se vende en nuestro país.

Es decir, que durante 2005, mientras que el precio de un litro de gasolina en Texas fue de 5.02 pesos, en México su precio promedio de venta fue de 6.47 pesos, es decir, la gasolina en nuestro país costaba 1.45 pesos más que en Estados Unidos de América y, al mismo tiempo, los datos muestran que durante ese año la recaudación anual por IEPS de gasolinas se situó en 14 mil 993.4 millones de pesos.

Sin embargo para 2006 y 2007 y hasta septiembre del presente año, la situación se revirtió y el precio de la gasolina en Estados Unidos de América (Texas), fue superior al precio que se vendió en nuestro país, de tal manera que para 2006, mientras que un litro de gasolina en Texas costaba 7.14 pesos, en México se vendía en 6.74 pesos, lo que de alguna manera explica que, durante ese mismo año, la recaudación del IEPS de gasolina fuese negativa en 42 mil 230 millones de pesos, y las autoridades hacendarias argumentaran un ``subsidio'' al precio de este producto.

La situación se mantuvo, y durante el año pasado los elevados precios del petróleo en el mercado internacional provocaron que el precio de la gasolina en Estados Unidos de América alcanzara en junio un máximo de 11.16 pesos en promedio para ese país y de 10.68 pesos en Texas.

Lo anterior representó un diferencial de casi 4 pesos respecto al precio de venta en México. Ya para junio el costo de este combustible era 7.17 pesos por litro. Esta situación se vio reflejada en la recaudación del IEPS de gasolina que hasta septiembre de este año registró un saldo negativo de 142 mil 272 millones de pesos.

Sin embargo, la situación se ha revertido y mientras que en México los incrementos al precio de la gasolina han continuado, en Estados Unidos de América, desde septiembre, los precios de la gasolina se han reducido. Estos efectos combinados han provocado que, desde noviembre del año pasado, tanto la gasolina Magna como la gasolina Premium que se venden en el país hayan registrado un precio superior al que observan dichas gasolinas en Texas y, en promedio, en la Unión Americana (7.72 y 9.57 en México contra 6.06 y 7.98 en Texas, respectivamente, véanse cuadros).

De mantenerse esta situación a lo largo del año, como lo prevén todas las estimaciones sobre del precio del petróleo, las finanzas públicas contarán con un excedente, que no está siendo considerado por los legisladores ni por la SHCP, de 130 mil millones de pesos, ya que tanto el subsidio como la recaudación negativa del IEPS de gasolina para 2009 desaparecerán al revertir su tendencia.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de este Pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a través de la SHCP a utilizar el subsidio previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, y que disminuirá en virtud de las nuevas condiciones del mercado, para reducir el precio de la gasolinas y el diesel, para que el precio de venta de estos combustibles, dentro del territorio nacional, sea el mismo que estuvo vigente durante junio de 2008.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de febrero de 2009.--- Diputados: Mónica Fernández Balboa , César Duarte Jáquez, José Manuel del Río Virgen , Rosa Elia Romero Guzmán , Manuel Portilla Diéguez, Gustavo Pedro Cortés (rúbricas).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



CIUDADANOS VASCOS EXTRADITADOS

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se recibió proposición con punto de acuerdo relativo a los derechos humanos de los ciudadanos de origen vasco que fueron procesados y extraditados por México, suscrita por los diputados Humberto Zazueta Aguilary José Jacques y Medina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Proposición con punto de acuerdo, relativo a los derechos humanos de los ciudadanos de origen vasco que fueron procesados y extraditados por México, suscrita por los diputados Jesús Humberto Zazueta Aguilar y José Jacques y Medina , del Grupo Parlamentario del PRD

Los suscritos, diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de este Pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Durante el siglo XX México fue lugar de asilo para personas que tuvieron que huir de distintos lugares en conflicto. Exiliados de la Guerra Civil española y de las distintas dictaduras militares latinoamericanas fueron acogidos por nuestra nación. Igualmente, cientos de ciudadanos de origen vasco tuvieron a México como tierra de asilo y refugio, orillados por la imposibilidad de vivir en su país, fruto de la represión franquista o de los posteriores gobiernos.
2. No obstante, en 1995 el Reino de España y México firmaron un protocolo que modificó el Tratado de Extradición entre ambos países, vigente desde 1978. De esta manera, uno de los pilares principales de la política exterior de nuestro país, el derecho de asilo político, comenzó a ser modificado a fin de respaldar políticamente al Estado español en su lucha contra el independentismo vasco.
3. Al día de hoy, México ha expulsado de su territorio a, cuando menos, 27 ciudadanos vascos (diecinueve durante la administración de Ernesto Zedillo; siete en la de Vicente Fox y uno en la de Felipe Calderón) y ha extraditado a siete (uno con Zedillo y seis con Fox).
4. Uno de los modos de operar de las diversas administraciones mexicanas ha consistido en detener a estas personas y, sin mediar petición de extradición por parte del Estado español, entregarlas a las autoridades de aquella nación. En la gran mayoría de estos casos no se comunicó a ninguno de los expulsados las razones de esa irregular medida. Este modo de proceder se ha repetido con otras personas deportadas o expulsadas desde México.
5. Los ciudadanos de origen vasco expulsados manifestaron también, a través de diversos testimonios, haber sido objeto de tortura e incomunicación por parte de la policía española una vez deportados de nuestro país. Incluso la Comisión Nacional de Derechos Humanos en México consideró vulnerados, en su momento, los derechos humanos de estas personas.
6. Diversos analistas han señalado que ``se utilizaron los ciudadanos vascos como moneda de cambio, en un marco de globalización económica, dejando al margen los distintos tratados internacionales firmados por México y España relativos a la defensa de los derechos humanos''.
7. Más recientemente, el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas ha corroborado, de alguna manera, lo que diversas organizaciones no gubernamentales y asociaciones civiles de México y España denunciaron en su momento. Durante su 94 periodo de sesiones, el consejo analizó diversos asuntos relacionados con la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo.
8. El relator especial de la Organización de Naciones Unidas para estos asuntos, Martin Scheinin, visitó España del 7 al 14 de mayo de 2008, invitado por el gobierno de aquella nación, con el propósito de examinar diversas cuestiones clave y evaluar si las medidas antiterroristas puestas en marcha por el Reino de España afectan los derechos humanos de sus ciudadanos.
9. El informe emitido por el relator especial, publicado el 16 de diciembre de 2008, reveló que ``ciertas definiciones jurídicas de los delitos de terrorismo no respetan plenamente el principio de legalidad''. Adicionalmente, el relator examinó a detalle el uso de la detención, en régimen de incomunicación, observando diversas preocupaciones por las alegaciones de tortura y otros malos tratos hechas por diversos sospechosos de terrorismo que fueron mantenidos bajo esa modalidad. Finalmente, el relator especial recomendó ciertas actuaciones para que las medidas antiterroristas sean plenamente compatibles con las normas internacionales de derechos humanos.
10. De esta manera, el consejo consideró que se debe suprimir el régimen de incomunicación al que son sometidos los detenidos, que se reconozca su derecho a elegir libremente a un abogado de confianza que pueda estar presente en los interrogatorios, así como que se instalen medios audiovisuales para grabar los interrogatorios.
11. Nosotros sostenemos que el Estado mexicano debe hacer valer los derechos humanos, civiles y políticos, allí donde puedan ser vulnerados, y pugnar por que los abusos a las libertades fundamentales de los personas sean castigados.

Por lo anterior, sometemos a esta soberanía la aprobación de la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal para que, en el ámbito de sus competencias en materia de política exterior, solicite al gobierno del Reino de España el cumplimiento de las recomendaciones derivadas del Informe del relator especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo , específicamente en lo que se refiere a la misión a España.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2009.--- Diputados: Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica), José Jacques y Medina .»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos.



ESTADO DE CHIAPAS

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se recibió del diputado Fernel Gálvez Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo que exhorta al Congreso de Chiapas a desaforar al ciudadano Renán Galán Gómez, presidente municipal de Huehuetán, Chiapas, para que enfrente las acusaciones penales en su contra.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso de Chiapas a desaforar al ciudadano Renán Galán Gómez, presidente municipal de Huehuetán, para que enfrente las acusaciones penales en su contra, a cargo del diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez , del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Como legislador no puedo dejar pasar por alto un hecho impune y menos solapar a las autoridades que ostenten el poder y se blinden de él para cometer ilícitos, y con esto no se les aplique lo establecido en las leyes y puedan ser juzgados como cualquier ciudadano; me refiero al caso que se suscitó el pasado 22 de octubre del 2008, donde el actual presidente municipal de Huehuetán, Chiapas, Renán Galán Gómez le disparó tres tiros calibre 22 al joven Julio César Orellana Marroquín, impactándole uno de ellos en el cóccix. De tal hecho se desprende el inicio de una averiguación previa con numero 494/CPJSC2/2008 realizándose todas las diligencias exigidas por la ley para la debida integración; por lo que el ministerio de justicia hoy procurador de Justicia de Chiapas, solicitó oportunamente el juicio de procedencia a fin de retirarle el fuero a Renán Galán Gómez; y que fuera castigado tal como lo indica el Código Penal de Procedimientos Penales y demás relativos encuadrados a su probable conducta; pero cual fue lo sorprendente que el Congreso de Chiapas, en lugar de cumplir con el solicitado desafuero lo protegió dándole sólo una ``separación de su cargo'' . Asimismo por fuentes extraordinarias se comenta que el multicitado presidente goza de poder económico y político y es por eso que no puede ser juzgado como un ciudadano común dejando hasta la fecha impune este delito; pero lo más importante, como legisladores que somos, es proteger el bien jurídico tutelado que en este caso es la vida de Julio César Orellana quien tan sólo con 20 años de edad estuvo cerca la muerte y tras dos cirugías se encuentra estable pero con grandes problemas psicológicos; secuelas que le deja esta triste experiencia, y por ser un joven ciudadano como cualquiera y quien lo hirió es un alcalde no se le ha dado el seguimiento y la importancia debidos ``porque se esta acusando al presidente municipal''; señores y señoras diputados yo les pregunto ¿qué harían ustedes si su padre, su hermano, su hijo, o cualquier familiar fuera herido de bala?, basta sólo ponerse en el papel de sus familiares para tener la respuesta, asimismo someto a su consideración la investigación si se cuenta con el permiso para la portación de arma de fuego objeto del delito; por lo que se me hace injusto e intolerable dicho acto y es por ello que someto a esta honorable soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Congreso de Chiapas para desaforar a Renán Galán Gómez, presidente municipal de Huehuetán, Chiapas para que sea juzgado ante la instancias correspondientes por los probables delitos de lesiones, tentativa de homicidio, portación de arma de fuego y los que resulten cometidos en contra de Julio César Orellana Marroquín.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de marzo de 2009.--- Diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez (rubrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Junta de Coordinación Política.



CAMBIO CLIMATICO

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se recibió proposición con punto de acuerdo relativo al cambio climático, en materia de salud, suscrita por diputados integrantes de las Comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Proposición con punto de acuerdo, relativo al cambio climático en materia de salud, suscrita por integrantes de las Comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Los diputados abajo firmantes, integrantes de las Comisiones de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de los diversos grupos parlamentarios integrantes de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El cambio climático es actualmente un hecho comprobable, reconocido oficialmente por las Naciones Unidas en 2007. Todas las regiones y sectores de la población son vulnerables a los efectos del cambio climático, entre ellos escasez de agua, aumento del nivel del mar y modificación en la distribución de las enfermedades infecciosas.

Puesto que no podemos detener las actividades productivas, la humanidad está imposibilitada para detener el cambio climático. Sin embargo, podemos evitar que se acelere, implementando diversas medidas para reducir o mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero.

Asimismo, se requiere estudiar con detalle cuáles son los puntos de vulnerabilidad en la población, con respecto a los efectos del cambio climático y, posteriormente, desarrollar medidas de adaptación pertinentes, diseñadas ex profeso para cada sector poblacional.

En el ámbito oficial, cada sector del gobierno debe implementar medidas especiales para promover la mitigación de emisiones, estudiar la vulnerabilidad de la población e implementar medidas de adaptación a los efectos del cambio climático, en su respectivo ámbito de competencia.

El sector salud tiene poca participación en la mitigación, puesto que sus actividades generan pocas emisiones contaminantes; sin embargo, su participación es decisiva en el estudio de la vulnerabilidad y la implementación de medidas de adaptación al cambio climático.

En este sentido, la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENACC), publicada por el gobierno federal en 2007, señala las líneas prioritarias de investigación para adaptación, donde tiene participación el sector salud:

• Evaluación de los efectos de cambios en el clima sobre la salud de distintos grupos sociales.
• Fortalecimiento de los planes de actuación en salud pública a partir de sistemas de alerta temprana.
• Fortalecimiento de los programas de vigilancia y control de enfermedades de transmisión vectorial.

La ENACC también señala los impactos previsibles del cambio climático en la salud pública:

• Incremento y redistribución de enfermedades transmitidas por vectores como los mosquitos (paludismo, dengue, etcétera).
• Mayor incidencia de enfermedades infecciosas relacionadas con la calidad del agua (cólera, tifoidea, etcétera).
• Incremento de la morbilidad y la mortalidad por ondas de calor y deshidratación.

Por último, la ENACC indica algunas acciones vinculadas con la adaptación, en el ámbito de salud pública:

• Reforestar zonas urbanas para proveer sombra y amortiguar el incremento de la temperatura.
• Asignar más recursos para atención médica básica y monitoreo de índices de morbilidad en zonas susceptibles a enfermedades infecciosas y por vectores.
• Mejorar sistemas de aislamiento, ventilación y control de temperatura en viviendas para reducir morbilidad y mortalidad por deshidratación durante ondas de calor.

Las líneas de acción que engloba la ENACC en materia de salud deben acompañarse de instrumentos legislativos apropiados, que faciliten la coordinación de instituciones del sector, para implementar medidas derivadas de dichas líneas de acción.

A raíz de esta preocupación, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados desarrolló el programa Cambio Climático y Seguridad Nacional, en coordinación con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Centro de Colaboración Cívica, El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, El Centro Mario Molina y la Comisión de Estudios del Sector Privado para el Desarrollo Sustentable.

Uno de los productos de dicho programa es la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud en materia de cambio climático, que propone incorporar la noción de cambio climático en la Ley General de Salud, con el propósito de:

• Circunscribir en las líneas de investigación en salud, el análisis de la vulnerabilidad de la población y las medidas de adaptación frente a los efectos del cambio climático.
• Garantizar que la promoción de la salud contenga medidas de adaptación.
• Agregar a los objetivos de la educación para la salud, proporcionar conocimiento sobre las medidas de adaptación.
• Facultar a las autoridades sanitarias para realizar acciones que protejan a la población de los riesgos y daños originados por el cambio climático.
• Facultar a la Secretaría de Salud y entidades federativas para desarrollar investigación de los riesgos y daños que originen los efectos del cambio climático sobre la salud.

Adicionalmente, en el programa Cambio Climático y Seguridad Nacional se detectaron otras tareas pendientes de atender en el sector, que no pueden ser indicadas en la Ley General de Salud, debido a su especificidad. Por ejemplo:

• Mejorar la capacidad institucional para afrontar los problemas de salud derivados del cambio climático, a partir de un enfoque preventivo y de intersectorialidad en las áreas de salud pública, atención médica e intervenciones sanitarias.
• Crear una instancia gubernamental de cambio climático que tenga como ejes de acción la investigación, resolución de problemas derivados del cambio climático, desarrollo de programas interdisciplinarios y gestión de recursos.

En consecuencia, el objetivo del presente es puntualizar las tareas pendientes detectadas en el sector salud para que el Ejecutivo federal, particularmente la Secretaría de Salud, lleven a cabo las acciones que les competen en materia de cambio climático.

En atención a lo anteriormente expuesto, los legisladores que suscriben, someten a consideración de este honorable Pleno la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal a revisar y mejorar la capacidad institucional de la Secretaría de Salud para afrontar los asuntos de su competencia en materia de vulnerabilidad y adaptación al cambio climático, a partir de un enfoque preventivo y de intersectorialidad en las áreas de salud pública, atención médica e intervenciones sanitarias.

Segundo. Se exhorta al Ejecutivo federal a expedir el decreto para crear un organismo descentralizado, no sectorizado, dedicado al cambio climático, que tenga como ejes de acción la investigación sobre vulnerabilidad, mitigación y adaptación, así como el diseño de medidas de mitigación de emisiones y adaptación a los efectos del cambio climático.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 10 de marzo de 2009.
Por la Comisión de Salud, diputados: Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), José Antonio Muñoz Serrano (rúbrica), Adriana Rebeca Vieyra Olivares , Fernando Enrique Mayans Canabal (rúbrica), Efraín Morales Sánchez , María Oralia Vega Ortiz , Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Juan Abad de Jesús (rúbrica), Efraín Arizmendi Uribe , Maricela Contreras Julián , María Mercedes Corral Aguilar , Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Daniel Dehesa Mora , Nemesio Domínguez Domínguez , Beatriz Eugenia García Reyes , Ángel Humberto García Reyes , Yolanda Mercedes Garmendia Hernández , Tomás Gloria Requena , Daniel Gurrión Matías , María Mercedes Maciel Ortiz , Lorena Martínez Rodríguez , Holly Matus Toledo , Roberto Mendoza Flores , Elizabeth Morales García , Miguel Ángel Navarro Quintero , Gilberto Ojeda Camacho , Jorge Quintero Bello , José Ignacio Alberto Rubio Chávez , María Gloria Guadalupe Valenzuela García .
Por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama , Aleida Alavez Ruiz , Armando Barreiro Pérez , Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Juan Hugo de la Rosa García , Adriana Dávila Fernández (rúbrica), José Antonio Díaz García , Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Humberto López Lena Cruz , María Soledad López Torres , Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez , Roberto Mendoza Flores , Fernando Moctezuma Pereda, Víctor Manuel Méndez Lanz , Jorge Rubén Nordhausen González (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas , Martha Angélica Romo Jiménez , Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Rafael Villicaña García .»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a las Comisiones Unidas de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.



ESTADO DE SONORA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se recibió del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal, del Grupo Parlamentario del PRD, proposición con punto de acuerdo relativo al cumplimiento de la recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos45/2006, dirigida al gobernador de Sonora, con motivo del fallecimiento del niño Ismael Mondragón Molina en el hospital infantil de esa entidad.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Proposición con punto de acuerdo, relativo al cumplimiento de la recomendación número 45/2006 de la CNDH, dirigida al gobernador de Sonora, sobre el fallecimiento del niño Ismael Mondragón Molina, ocurrido en el hospital infantil de esa entidad, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del PRD

Fernando Enrique Mayans Canabal , diputado Federal a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo establecido en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite presentar la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

La proposición que vengo a plantear y a poner a consideración de esta asamblea busca dar atención y respuesta pronta al reclamo de justicia que desde hace más de cinco años vienen realizando los padres y familiares del niño Ismael Mondragón Molina, a quien a los 4 meses de edad, se le diagnosticó y corroboró craneosinostosis por médicos del Hospital Infantil de Sonora, por lo que se le sometió a una intervención quirúrgica en la que perdió la vida debido a las diversas inconsistencias que se presentaron durante ésta.

Se sabe que la craneosinostosis se caracteriza por el cierre precoz de una o más suturas craneales, conocidas como fontanelas, lo que produce un crecimiento y desarrollo anormal del cráneo. La craneosinostosis es una condición en la que las suturas del cráneo del recién nacido se cierran prematuramente, provocando problemas en el crecimiento normal del cráneo y del cerebro. El cierre prematuro de las suturas puede también provocar un aumento de la presión dentro de la cabeza y que los huesos faciales y del cráneo cambien su apariencia normal y simétrica.

Para mayor precisión de este asunto, el 14 de diciembre de 2004 el menor referido fue internado para la intervención quirúrgica, la cual se realizó el 15 de diciembre por personal medico adscrito al Hospital Infantil de Sonora, falleciendo el menor posteriormente al acto quirúrgico, por lo que los familiares presentaron denuncia formal ante el Ministerio Público del fuero común, quien determinó mediante la exhumación del cuerpo, que la muerte del menor fue a consecuencia de paro cardiorrespiratorio por edema cerebral, existiendo evidencia pericial para considerar negligencia en la atención médica.

No obstante de que, después de varias acciones legales intentadas y agotadas por los familiares del menor para deslindar responsabilidades, no ha existido una acción contundente para evitar que dicho caso quede en la completa impunidad.

De entre el conjunto de acciones que sobre el particular se han emprendido, destacan:

1. El acuerdo de fecha 22 de marzo de 2007, por el Congreso del Estado Libre y Soberano de Sonora, que resuelve emitir exhorto a las autoridades jurisdiccionales y administrativas que conocen de los procedimientos derivados del asunto planteado por el ciudadano Édgar Mondragón Bustamante para que resuelvan las pretensiones planteadas a su consideración de manera objetiva, pronta, expedita y conforme a derecho.
2. Opinión del Colegio de Neurólogos y Neurocirujanos de Sonora quienes, a petición de la autoridad, participan como peritos en el caso determinando una mala e inapropiada técnica ya que el niño debió haber sido operado por un médico neurocirujano pediatra; además de que según el video estiman que se trató de una cirugía cruenta, excesiva y fuera de indicación, desconociendo la participación activa del cirujano, que supuestamente participó en tal acontecimiento.
3. Queja interpuesta ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, CNDH, a la que le recayó una recomendación que a la fecha no ha sido íntegramente acatada.

A pesar de estas acciones, comentan los familiares del menor que el caso se encuentra en el Juzgado Tercero de lo Penal de Sonora en estado de instrucción, que se ha prolongado por tres años en la misma etapa.

Cabe señalar, que por los hechos materia del proceso, el juzgado aludido dio vista a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, con el número de expediente 1712/05, en el cual se determinan alrededor de 20 malas praxis.

En cuanto a la recomendación número 45/2006 de la CNDH de fecha 21 de diciembre de 2006 emitida con motivo del recurso de impugnación interpuesto por el ciudadano Édgar Mondragón Bustamante por la insuficiencia en el cumplimiento de la recomendación 07/ 2005 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, destaca la recomendación precisa al ingeniero Eduardo Bours Castelo, gobernador de Sonora para que en su carácter de superior jerárquico y no de autoridad responsable:

• Se sirva girar sus instrucciones al secretario de Salud en esa entidad federativa para que a la mayor brevedad se dé cumplimiento en sus puntos a la recomendación 07/2005, emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora el 2 de agosto de 2005, así como seguimiento al procedimiento administrativo iniciado por el titular del Órgano de Control y Desarrollo Administrativo del Hospital Infantil de Sonora en contra de los servidores públicos de ese nosocomio, y se informe a la CNDH sobre la resolución final que se emita en el procedimiento; y
• Gire las instrucciones correspondientes para que se otorgue la reparación del daño ocasionado a los familiares del menor que en vida llevó el nombre de Ismael Mondragón Molina, como consecuencia de la responsabilidad institucional, en los términos de las consideraciones planteadas en dicha recomendación.
Cabe señalar, que de la investigación realizada por la Comisión Estatal se pudo acreditar que hubo violaciones a derechos humanos, relativos al derecho a la vida y protección a la salud, por lo que la recomendación que se dirigiera al secretario de Salud de Sonora, se hizo en los siguientes términos:
• Que de inmediato instruya al órgano administrativo que corresponda para que se investiguen los hechos relacionados con el fallecimiento del menor Ismael Mondragón Molina en el Hospital Infantil de Sonora; los servicios de salud que se le prestaron por cada uno de los médicos que en ellos intervinieron y el trato de los profesionales, técnicos y auxiliares de dicho hospital que se brindó a los familiares del menor, antes y después del fallecimiento, determinándose el grado de responsabilidad de cada uno de los involucrados y en su oportunidad se les impongan las sanciones administrativas y penales correspondientes;
• En virtud de la gravedad de los hechos, instruya a quien legalmente le corresponda a fin de que provisionalmente y hasta en tanto se resuelva en definitiva su situación legal, se separen del servicio que prestan en dicho hospital o en cualquier otra institución de salud pública, a los médicos que directamente participaron en la intervención quirúrgica practicada al menor fallecido; y
• Se sirva instruir a quien corresponda para que a la brevedad posible, establezcan programas tendentes a mejorar los servicios de salud que presta el Hospital Infantil de Sonora.

Por lo anterior expuesto, y con el objeto de que en este caso, como en muchos otros que esperan puntual resultado, se le brinde la atención y respuesta expedita a ese reclamo de justicia que hacen los familiares de este niño cuyos derechos humanos fueron vejados cruelmente al privársele de la vida de esta manera, me permito solicitar a la Presidencia de la Cámara de Diputados que en uso y pleno ejercicio de sus atribuciones someta al Pleno como de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Con absoluto respeto del principio de colaboración de los poderes, se exhorta a todas las autoridades involucradas en este caso a actuar de manera expedita y a observar con la mayor brevedad la recomendación que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió en torno de la queja presentada por el ciudadano Édgar Mondragón Bustamante, padre del niño Ismael Mondragón Molina, quien perdiera la vida a consecuencia de las inconsistencias presentadas durante la intervención quirúrgica a que fue sometido por la craneosinostosis que le fue diagnosticada y corroborada por médicos del hospital infantil situado en Hermosillo, Sonora.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2009.--- Diputado Fernando Enrique Mayans Canabal (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos.



MAIZ TRANSGENICO

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se recibió del diputado Carlos Roberto Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del PRD, proposición con punto de acuerdo que exhorta respetuosamente al gobierno federal a que, mediante el Cibiogem, la Sagarpa y la Semarnat, así como el organismo sectorizado Profepa, realicen las acciones correspondientes en materia de bioseguridad de organismos genéticamente modificados ante la detección de contaminación de maíz nativo por maíz transgénico.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente al gobierno federal a realizar mediante la Cibiogem, la Sagarpa, la Semarnat y la Profepa las acciones correspondientes en materia de bioseguridad de organismos genéticamente modificados ante la detección de contaminación de maíz nativo por transgénico, a cargo del diputado Carlos Roberto Martínez Martínez , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Carlos Roberto Martínez Martínez , diputado federal por el estado de Oaxaca, de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pone a consideración del Pleno la proposición con punto de acuerdo, con carácter de urgente y obvia resolución, con base a las siguientes

Consideraciones

México es centro de origen, domesticación y diversidad del maíz, por ello no está permitida la siembra comercial de maíz transgénico en el país y en 1999 se cancelaron también los permisos para experimentación en el campo. Sin embargo, la importación de maíz de Estados Unidos que contiene mezclado maíz transgénico, ha alcanzado los 6 millones de toneladas al año. Se ha comprobado contaminación transgénica en maíces criollos de Oaxaca y Puebla. Pero en realidad la contaminación puede ya estar ocurriendo en muchas regiones de México. Si ello es así se trataría de la peor crisis campesina, medioambiental y cultural que haya sufrido el país.

Los posibles efectos del maíz transgénico en las variedades tradicionales de la planta en México, han sido motivo de debate público desde hace ya varios años. La principal preocupación se relaciona con el flujo de genes desde plantas de maíz genéticamente modificadas --o maíz transgénico-- hacia el maíz mexicano y sus parientes silvestres o tradicionales. Tal flujo genético puede amenazar la diversidad de las variedades naturales, granos de maíz con una amplia base genética como resultado de miles de años de desarrollo y adaptación a tipos de suelo y microclimas particulares. Ello resulta especialmente preocupante no sólo debido a la importancia sociocultural y económica de la agricultura tradicional del maíz, sino también porque México es el centro de origen de este importante grano.

Un reciente estudio científico conducido por Rosa Binimelis, de la Universidad Autónoma de Barcelona (publicado en 2008 en el Journal of Agricultural and Environmental Ethics), concluye, luego de analizar la situación del maíz en Cataluña y Aragón, que la siembra de maíz transgénico llevará al fin de la producción de maíz orgánico. Desde 1998, cuando comenzó la siembra de maíz transgénico en la región, hasta ahora, hay una reducción drástica de la producción de maíz orgánico. Esto se debe tanto a la contaminación transgénica, que inhabilita la venta del producto como orgánico, como a las múltiples dificultades técnicas y burocráticas que deben enfrentar quienes pretenden defender sus cultivos de la contaminación, lo que finalmente los hace abandonar la producción.

La contaminación ya es una violencia para quien siembra orgánicos y semillas tradicionales. Además, debido a la pesada influencia y corrupción que ejercen las transnacionales, las leyes que acompañan los transgénicos, colocan la carga de la prueba en la víctima, que debe lidiar primero con los aspectos técnicos de las pruebas de contaminación, cargar con el costo que significan y con la incertidumbre de este tipo de pruebas, que se basan en información de las propias empresas. A esto sigue el proceso legal, que es complicado y costoso.

En México todo esto sería aun peor, porque la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados no prevé protección efectiva a las víctimas de contaminación por transgénicos, ni permite responsabilizar adecuadamente a los contaminadores.

Ya en el 2007, investigadores independientes de la Universidad de Exeter, Reino Unido, mostraron que la contaminación del polen de maíz transgénico puede alcanzar cientos de kilómetros, dependiendo del viento, la ubicación y altitud de los campos entre sí, la temperatura, etcétera.

Existen muchos otros estudios que llegan a conclusiones parecidas, además de que la contaminación por polen es apenas uno de los muchos factores de contaminación.

El gobierno mexicano insiste en abrir la experimentación con maíz transgénico, y diseña ``polígonos'' que serían los únicos centros de origen del maíz --que de todas maneras se contaminarán tarde o temprano si se planta maíz transgénico--. Como afirma la Red en Defensa del Maíz Nativo, todo México es centro de origen y diversidad del maíz, porque en todo México hay pueblos del maíz. Pueblos que saben que más allá de lo que digan políticos, científicos y agricultores comprados, la contaminación del maíz no será impune.

México está importando semillas de maíz contaminadas con maíz transgénico, propiedad de la empresa transnacional Monsanto, denunciaron las organizaciones Asociación Nacional de Empresas Comercializadoras del Campo, El Poder del Consumidor y Greenpeace, pertenecientes a la campaña nacional ``Sin maíz no hay país''.

Según las organizaciones no gubernamentales las pruebas, realizadas en semillas híbridas de maíz, demuestran la presencia de las variedades de maíz transgénico NK603, MON810 y MON863, todas propiedades de Monsanto.

Las dos últimas variedades fueron prohibidas recientemente por los gobiernos de Francia, Austria y Rumania, debido a que provocaron impactos negativos al medio ambiente: mortandad de insectos benéficos como lombrices de tierra, arañas y mariposas monarca, y la imposible coexistencia de cultivos transgénicos con cultivos orgánicos y convencionales; además de generar gran incertidumbre sobre los efectos en la salud humana.

Las recientes prohibiciones se suman a las ya realizadas por los gobiernos de Hungría, Polonia, Italia, Grecia, Australia y Sudáfrica, según las organizaciones ambientalistas.

Cabe recordar que, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), organismo desconcentrado de la Sagarpa, reconoció la presencia de maíz transgénico en 70 hectáreas del municipio de Cuauhtémoc, Chihuahua.

La detección se realizó antes del periodo de polinización, por lo que el riesgo de contaminación es mucho más alto y podría escalar a nivel nacional dado que esta entidad distribuye su producción de maíz a Jalisco, la región lagunera y el estado de México.

Las semillas de maíz, que se usaron corresponden a la variedad 7525 que distribuye la empresa Producers Hybrids en el valle de Cuauhtémoc, en Chihuahua, una de las regiones más importantes para el cultivo de maíz amarillo en esa entidad.

Está es la evidencia de que las semillas de maíz transgénico están entrando a territorio mexicano sin que exista ningún tipo de control por parte de las autoridades de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), responsables de la labor de inspección y monitoreo de las semillas que se usan para la siembra de maíz en nuestro país.

Greenpeace y El Poder del Consumidor exigieron a las autoridades estatales y federales ``no criminalizar a los agricultores chihuahuenses y aplicar estrictamente las medidas de control necesarias para que este caso de contaminación no salga de la entidad y se convierta en un desastre nacional'', declaró Aleira Lara, coordinadora de la campaña de agricultura sustentable y transgénicos de Greenpeace.

``El Senasica ha demostrado su ineptitud y complicidad con Monsanto para introducir semillas de maíz transgénico al país'', denunció la Asociación Nacional de Empresas Comercializadoras del Campo.

Cabe señalar que el caso de Chihuahua se suma a otras ocho alertas sobre contaminación en México, lo que ubica al país en el segundo lugar en América y el séptimo en todo el mundo con más casos de contaminación con maíz transgénico.

Las organizaciones coincidieron en señalar que no son necesarias más evidencias de la incapacidad del gobierno mexicano para hacerle frente a la liberación de maíz transgénico, que representa una amenaza real para la biodiversidad y la salud de los mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en el artículo 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar al Pleno de esta Comisión Permanente que someta a consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente, al gobierno federal, a través de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados, a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y su organismo sectorizado la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, para que realicen de inmediato las acciones legales correspondientes, y las demás dentro del ámbito de sus competencias en materia de bioseguridad de organismos genéticamente modificados, ante la detección de contaminación de maíz nativo por maíz transgénico, ya que dicha contaminación puede escalar hasta afectar al conjunto de los productores agrícolas de maíz a nivel nacional.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exige al gobierno federal por conducto de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados, ante las evidencias de contaminación por maíz transgénico en diversos sitios del país, que se prohíba en forma total cualquier posibilidad de realizar su siembra experimental en el territorio nacional ante los evidentes riesgos para la bioseguridad que esto representa, y que se finquen las responsabilidades correspondientes a quienes promueven este tipo de acciones.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de febrero del año 2009.--- Diputado Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Ciencia y Tecnología, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.



CARTERA VENCIDA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Se recibió del diputado Daniel Dehesa Mora, del Grupo Parlamentario del PRD, proposición con punto de acuerdo que exhorta al Ejecutivo federal a que implante un programa de rescate y reestructuración de la cartera vencida de pequeños consumidores y ahorradores, para reactivar la economía nacional.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa de rescate y reestructuración de la cartera vencida de pequeños consumidores y ahorradores para reactivar la economía nacional, a cargo del diputado Daniel Dehesa Mora , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición.

Consideraciones

1. Nuestro país atraviesa una de la más grave crisis económica de su historia, que se traduce en un agudo crecimiento del desempleo, caída de poder adquisitivo de los salarios, recesión económica; en suma, un incremento considerable de la pobreza.

2. Lo anterior ha afectado seriamente a amplios sectores de la población que son usuarios de servicios financieros y, en general, a los consumidores, por lo que ha crecido en más de 50 por ciento la cartera vencida del crédito al consumo (La Jornada, 27 de enero de 2009).

3. De acuerdo con datos oficiales proporcionados el pasado 27 de enero de 2009 por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), al cierre de 2008 alrededor de un millón trescientos mil usuarios de créditos al consumo cayeron en cartera vencida como resultado de sobreendeudamiento y de los efectos que han tenido la contracción del empleo, el menor poder de compra y las altas tasas de interés. En tal virtud, el índice de morosidad en créditos al consumidor, que incluye tarjetas de crédito, créditos personales y bienes de consumo, creció 97 por ciento el año pasado.

En una encuesta practicada por la Condusef del 8 al 23 de enero de 2009, el 16 por ciento de los encuestados revelo que tenía problemas de pérdida de trabajo; otro 36 por ciento manifestó que pasaba por dificultades de liquidez; y un 32 por ciento tenía problemas de sobreendeudamiento.

4. Por si este drama que golpea a nuestro pueblo no fuera suficiente para miles de mexicanos, muchas de las instituciones financieras que cuentan con altos índices de morosidad han iniciado por conducto de sus despachos una intensa campaña de terrorismo e intimidación financiera en contra de los deudores morosos.

5. En mi distrito, ubicado en Tuxtepec, Oaxaca, donde instituciones financieras como Banco Azteca y prestamos chiquitos de Chedraui, entre otros, tienen un largo historial de abusos en contra de los ciudadanos usuarios de sus servicios, a últimas fechas han desatado una auténtica persecución en contra de los deudores que por desgracia, y no por una cultura de no pago, cayeron en mora, incluso han llevado a cabo graves agresiones en contra de los usuarios, que tipifican delitos que sólo encuentran como respuesta la impunidad.

Lo anterior ocurre no obstante que el código de ética de las obligaciones para con los deudores y el público en general prohíbe esta clase de conductas en contra de los deudores. Algo similar sucede en contra de los clientes de empresas telefónicas y otras cadenas comerciales de todos conocidas. Esto afecta no sólo la economía y estabilidad familiar, sino que pone en jaque la paz social. El estado no debe aplicar un trato desigual a sus ciudadanos, rescatando por una parte a los grandes empresarios y dejando en el abandono a los pequeños ahorradores y consumidores.

6. Esta representación popular no puede permanecer indiferente ante esta tragedia nacional, que involucra no a unos cuantos sino a una mayoría creciente de la población.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorte al titular del Ejecutivo Federal a implementar un programa nacional de rescate y reestructuración de los pequeños ahorradores y consumidores con adeudos en mora, en aras de la justicia social, para reactivar la economía del país y en respeto al estado de derecho.

Segundo. Se exhorte al presidente de la Condusef, al procurador federal del Consumidor y a las autoridades locales en el ámbito de sus competencias, a coordinar esfuerzos para poner fin a los actos de terrorismo e intimidación financiera, y en general a los abusos en contra de los pequeños consumidores.

Tercero. Se informe a esta soberanía el debido cumplimiento que se dé a este punto de acuerdo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2009.--- Diputado Daniel Dehesa Mora (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: La Presidencia recibió del diputado Érick López Barriga, del Grupo Parlamentario del PRD, solicitud de excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Érick López Barriga, del Grupo Parlamentario del PRD

Érick López Barriga, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva que excite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que dictamine la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 32-H, y se adicionan una fracción XXXII al artículo 81 y una fracción XXXII al artículo 82 del Código Fiscal de la Federación, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Con fecha 30 de abril de 2008, en sesión plenaria presenté iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 32-H, y se adicionan una fracción XXXII al artículo 81 y una fracción XXXII al artículo 82 del Código Fiscal de la Federación, con el propósito de detectar y prevenir operaciones de lavado de dinero. Dicha iniciativa fue turnada por la Mesa Directiva, para estudio y análisis, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Con base en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Hacienda y Crédito Público debió emitir el dictamen de la citada iniciativa en un tiempo de cinco días siguientes al de la fecha en que se haya recibido. Sin embargo, han pasado 10 meses desde que se turnó la iniciativa mencionada, y la comisión obligada no ha emitido el dictamen correspondiente.

Consideraciones

La iniciativa tiene como propósito incluir en el ordenamiento correspondiente un régimen adecuado para la detección y la prevención de operaciones de lavado de dinero, toda vez que el combate eficaz de este tipo de delitos --realizado principalmente por organizaciones criminales-- sigue siendo un asunto pendiente de resolver en proporción con las circunstancias prevalecientes en el país.

Por ello, el régimen que la citada iniciativa propone recoge los dos principios fundamentales ampliamente reconocidos al efecto: por una parte, la implantación de medidas básicas que permitan a los sujetos obligados conocer la verdadera identidad de las personas que realicen operaciones con ellos o soliciten sus servicios; y, por otra, el establecimiento de un mecanismo adecuado para que dichos sujetos obligados reporten a la autoridad competente sus sospechas o proporcionen información sobre operaciones que pueden ser susceptibles de formar parte de lavado de dinero.

En consecuencia, sólo cuando el Estado mexicano pueda rastrear oportunamente los recursos derivados de actividades criminales podrá evitar que éstos sigan siendo utilizados para esas actividades.

Por lo anterior, solicito respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados que dé trámite a la siguiente

Excitativa

Único. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que dictamine la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 32-H, y se adicionan una fracción XXXII al artículo 81 y una fracción XXXII al artículo 82 del Código Fiscal de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de marzo de 2009.--- Diputado Érick López Barriga (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: De conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos,se excita a la comisión mencionada para que emita el dictamen correspondiente.



LEY PARA CONSERVAR LA NEUTRALIDAD DEL PAIS

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: La Presidencia recibió del diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, del Grupo Parlamentario del PRD, solicitud de excitativa a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Defensa Nacional.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Excitativa a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Gobernación, a solicitud del diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, integrante de la Comisión de Defensa Nacional del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente solicita, en uso de la facultad conferida en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que excite en nombre de la Cámara a las Comisiones de Defensa Nacional, y de Gobernación de la Cámara de Diputados, para que se presente el dictamen correspondiente, en sus términos, de la iniciativa que reforma los artículos 1o., 2o., 3o. y 4o. y adiciona los artículos 5o. y 6o. de la Ley para conservar la Neutralidad del País, al tenor de las siguientes consideraciones.

Antecedentes

Primero. Con fecha 10 de noviembre de 1939 fue promulgada, en el Diario Oficial de la Federación, la Ley para conservar la Neutralidad del País, instrumento legislativo que fortaleció la vocación pacifista de la nación mexicana, garantizando nuestro estatuto de país neutral, de frente a la escalada bélica que significó la segunda conflagración mundial.

Segundo . Con fecha 14 de mayo de 2003, la senadora Sara Isabel Castellanos Cortés , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó una iniciativa por la que se pretendía reformar y adicional la Ley para conservar la Neutralidad del País, con el objetivo único de adecuar su discurso a los instrumentos internacionales signados por el Estado mexicano.

Tercero. El 28 de octubre de 2004, el Pleno de la Cámara de Senadores desechó la iniciativa de la senadora Castellanos y, lamentablemente, aprobó la abrogación de la ley. El 15 de marzo de 2005, la Cámara de Diputados recibió esta minuta modificándola y reenvió a la Cámara de Senadores para los efectos del artículo 72 constitucional, inciso e).

Cuarto. Nuevamente, el 26 de abril de 2006, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió de la Cámara de Senadores la minuta con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley para conservar la Neutralidad del País.

Quinto. El 11 de junio de 2008, el diputado Pablo Trejo Pérez presentó ante la del Congreso de la Unión la iniciativa que suscribimos los diputados Javier González Garza , Cuauhtémoc Sandoval Ramírez y José Alfonso Suárez del Real y Aguilera para reformar y adicionar la Ley para conservar la Neutralidad del País.

Sexto. Nuestro texto constitucional señala, explícitamente, que los principios rectores de la política exterior mexicana son ``la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; y la lucha por la paz y la seguridad internacionales''.

Séptimo. Con fecha 5 de enero de 2009, el presidente Álvaro Colom ordenó enviar al ejército guatemalteco hacia su frontera con México, de frente a la ``avalancha del narcotráfico mexicano que ha causado un montón de muertos''.

Octavo. El 12 de enero del presente año, la prensa mexicana dio cuenta del anuncio del secretario de Seguridad Nacional de Estados Unidos de América, en dónde se informó sobre el envío de tropas estadounidenses a la frontera sur de este país, con la finalidad de resguardarlo de la delincuencia organizada.

Noveno. El 15 y el 16 de enero de 2009 se dio a conocer, en los medios de comunicación, un informe del comando conjunto de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos de América, en el que se cataloga a México como ``un problema de seguridad de proporciones inmensas para Estados Unidos de América'', debido al alto grado de infiltración del crimen organizado en las instituciones estatales de nuestro país.

Décimo. Por último, el 19 de enero, la agencia estadounidense Strategic Forecasting emitió el informe denominado Los cárteles mexicanos de la droga: el progreso del gobierno y el aumento de la violencia, en donde se señala que ``la seguridad interna de México estará en peligro en caso de que el gobierno federal no reduzca la operación de las organizaciones especializadas en el tráfico de drogas e inhiba los índices de violencia que hubo en 2008''.*

Undécimo. Con fecha 19 de febrero, el que suscribe solicitó a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la excitativa a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Defensa Nacional para dictaminar la iniciativa en cuestión, sin haber recibido respuesta alguna de las comisiones.

Duodécimo. El 4 de marzo de 2009, el jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos de América, almirante Mike Mullen, declaró que, en vista de la grave crisis de seguridad provocada por el crimen organizado en México, las fuerzas estadounidenses se encuentran dispuestas a incrementar su intervención, tal como lo hicieron en Colombia; esto es, una intervención armada directa de un gobierno extranjero en nuestro país, lo cual vulneraría, de manera fundamental, la independencia y la soberanía del Estado mexicano.

De lo antepuesto, resulta obvio y urgente que, como representantes de la nación, tenemos la obligación de refrendar el compromiso adquirido por México con la comunidad internacional, al instaurar los principios de autodeterminación de los pueblos y la resolución pacífica de las controversias como baluartes de la política exterior nacional, con la finalidad única de establecer que es México, y únicamente México, el responsable de solucionar los problemas institucionales que aquejan a nuestra nación, en el marco de la cooperación internacional para confrontar al inmensamente poderoso cáncer del crimen organizado. Rechazamos cualquier intento de constituir nuestro territorio como una zona de guerra y defenderemos nuestra soberanía por todos los medios posibles.

Por lo anteriormente expuesto, debido a la preocupación que ha generado la reacción internacional de frente a un problema que, consideramos, atañe no únicamente a los mexicanos sino a todos y cada uno de los ciudadanos del mundo que, responsablemente, se oponen a la intervención armada como método de resolución de los conflictos y privilegian la cooperación internacional como el arma diplomática para enfrentar al crimen transnacional, el que suscribe, en uso de las atribuciones conferidas en la ley, se permite presentar a esta soberanía la propuesta de la siguiente

Excitativa

Única. A las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Gobernación de la honorable Cámara de Diputados se les solicita el análisis y dictamen inmediato de la iniciativa que reforma los artículos 1o., 2o., 3o. y 4o. y adiciona un artículo 5o. y 6o. de la Ley para conservar la Neutralidad del País, suscrita por los diputados Javier González Garza , Cuauhtémoc Sandoval Ramírez y José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , la cual les fue turnada para su atención por la Mesa Directiva de la del Congreso de la Unión, con fecha 11 de junio de 2008.

Nota: * Excelsior, `` Advierte agencia en EUA escalada de violencia'', nota firmada por Lemic Madrid.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2009.--- Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: De conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las comisiones mencionadas para que emitan el dictamen correspondiente. Continúe la Secretaría.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela : «Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LX Legislatura.

Orden del día

Jueves 12 de marzo de 2009.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Los asuntos no abordados en esta sesión y los demás con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado César Duarte Jáquez (a las 15:27 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves, 12 de marzo, a las 11:00 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9: 30 horas.

--------------- O ---------------



RESUMEN DE TRABAJOS



DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

ASISTENCIA


DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 2, NUMERAL 2, INCISO C, DEL REGLAMENTO PARA LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS, SE PUBLICA LA SIGUIENTE LISTA DE ASISTENCIA DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS

SECRETARÍA GENERAL

GRUPO
PARLAMENTARIO
ASISTENCIA ASISTENCIA
POR CÉDULA
ASISTENCIA
COMISIÓN
OFICIAL
PERMISO
MESA
DIRECTIVA
INASISTENCIA
JUSTIFICADA
INASISTENCIAS TOTAL
ALT 180 6 0 1 0 20 207
PRD 98 8 0 7 0 12 125
PRI 74 3 0 16 0 7 100
CONV 18 0 0 0 0 0 18
PVEM 14 0 0 0 0 3 17
PT 10 0 0 0 0 1 11
NA 7 1 0 1 0 0 9
ALT 4 0 0 0 0 1 5
1 0 0 0 0 0 1
TOTAL 406 18 0 25 0 44 44

Nota: Las diferencias que existen entre las listas de asistencias y el número de votos puede variar conforme a los diputados presentes al momento de la votación.


SECRETARÍA GENERAL
REPORTE DE ASISTENCIA

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
1 Acosta Dávila Constantino ASISTENCIA
2 Alcaraz Hernández Alma Edwviges CÉDULA
3 Álvarez Bernal María Elena ASISTENCIA
4 Amezola Fonceca Gerardo ASISTENCIA
5 Antuña Batista Fidel ASISTENCIA
6 Aranda Orozco Gerardo INASISTENCIA
7 Arellano Arellano Joel INASISTENCIA
8 Arenas Guzmán Margarita ASISTENCIA
9 Argüelles Arellano María del Consuelo ASISTENCIA
10Arizméndi Uribe Efraín ASISTENCIA
11 Armendáriz García Pedro ASISTENCIA
12 Arredondo Ibarra Salvador ASISTENCIA
13 Arredondo Velázquez Jesús ASISTENCIA
14 Ávila Mayo Obdulio ASISTENCIA
15 Barradas Miravete Gregorio ASISTENCIA
16 Barrios Rodríguez Juan Enrique ASISTENCIA
17 Bello Pérez Alfonso Othón CÉDULA
18 Berber Martínez Antonio ASISTENCIA
19 Beristáin Enríquez Lucía ASISTENCIA
20 Bernal Frausto Federico ASISTENCIA
21 Bolaños Aguilar Edmundo Javier INASISTENCIA
22 Bracho González Carlos Augusto ASISTENCIA
23 Buganza Salmerón Gerardo ASISTENCIA
24 Campos Galván María Eugenia CÉDULA
25 Carbajal Méndez Liliana ASISTENCIA
26 Cárdenas Sánchez Esmeralda ASISTENCIA
27 Cardona Benavidez Alma Xóchil ASISTENCIA
28 Carrasco Altamirano Diódoro Humberto ASISTENCIA
29 Carrasco Cárdenas Susana Sarahí ASISTENCIA
30 Castaño Contreras Cristián ASISTENCIA
31Castro De la Rosa Osiel ASISTENCIA
32 Ceja Romero Ramón ASISTENCIA
33 Collado Lara Beatriz ASISTENCIA
34 Contreras Coeto José Luis ASISTENCIA
35 Corral Aguilar María Mercedes INASISTENCIA
36 Cuen Garibi Marcela ASISTENCIA
37 Curiel Preciado Leobardo ASISTENCIA
38 Dávila Fernández Adriana ASISTENCIA
39 Dávila García Francisco ASISTENCIA
40 De la Torre Jaramillo Eduardo Sergio ASISTENCIA
41 De la Torre Sánchez José ASISTENCIA
42 De León Tello Jesús ASISTENCIA
43 Degante Romero Silvia Emilia INASISTENCIA
44Del Toro del Villar Tomás ASISTENCIA
45 Del Valle Toca Antonio ASISTENCIA
46 Delgado Oscoy Alejandro Enrique ASISTENCIA
47 Denegre Vaught Ramírez Rosaura Virginia ASISTENCIA
48 Díaz García José Antonio ASISTENCIA
49 Díaz Garibay Felipe ASISTENCIA
50 Díaz Gordillo Martha Cecilia ASISTENCIA
51 Díaz Mena Joaquín Jesús ASISTENCIA
52 Díaz de León Torres Leticia INASISTENCIA
53 Duck Núñez Edgar Mauricio INASISTENCIA
54 Enríquez Flores Armando ASISTENCIA
55 Escaroz Soler Gerardo Antonio ASISTENCIA
56 Espinosa Piña José Luis ASISTENCIA
57 Félix Holguín Armando Jesús ASISTENCIA
58 Felton González Carlos Eduardo ASISTENCIA
59 Fernández Cabrera Adrián ASISTENCIA
60Fernández Ugarte Ma. del Carmen ASISTENCIA
61 Flores Domínguez Emilio Ramón Ramiro ASISTENCIA
62 Flores Grande Arturo INASISTENCIA
63 Flores Morfín Jesús Vicente CÉDULA
64 Fraile García Francisco Antonio ASISTENCIA
65 Franco Cazarez Ricardo INASISTENCIA
66 Fuentes Ortíz José Guillermo ASISTENCIA
67 Galván Valles Rosa Elena ASISTENCIA
68 García González Carlos Alberto ASISTENCIA
69 García Müller Martha Margarita ASISTENCIA
70 García Reyes Ángel Humberto ASISTENCIA
71 García Reyes Beatriz Eugenia ASISTENCIA
72 García Vivián Raúl ASISTENCIA
73 Garmendia Hernández Yolanda Mercedes ASISTENCIA
74 González Betancourt Jorge Justiniano ASISTENCIA
75 González Martínez María Gabriela ASISTENCIA
76 González Morán Martín Oscar ASISTENCIA
77 González Roaro Benjamín Ernesto ASISTENCIA
78 González Ruiz Felipe ASISTENCIA
79González Sánchez Ma. Dolores ASISTENCIA
80Gudiño Ortíz Francisco Javier ASISTENCIA
81 Guerrero Torres José Gildardo INASISTENCIA
82 Gutiérez Aguilar Miguel Ángel ASISTENCIA
83 Gutiérrez Lagunes María Victoria ASISTENCIA
84 Hernández Núñez Elia ASISTENCIA
85 Hurtado Pérez Nelly Asunción ASISTENCIA
86 Iragorri Durán Enrique ASISTENCIA
87Jiménez del Castillo Ma. de los Ángeles ASISTENCIA
88 Jiménez Ramos María Esther ASISTENCIA
89 Joaquín Coldwell Addy Cecilia ASISTENCIA
90 Lagunes Viveros Violeta del Pilar ASISTENCIA
91 Landero Gutiérrez Alejandro ASISTENCIA
92 Landeros González Ramón ASISTENCIA
93 Lara Compeán David ASISTENCIA
94 Larios Córdova Héctor ASISTENCIA
95 Laviada Hernández Iñigo Antonio ASISTENCIA
96 Lemus Muñoz Ledo Ramón Ignacio ASISTENCIA
97 Leura González Agustín ASISTENCIA
98 Limas Frescas María Soledad ASISTENCIA
99 Lizaola de la Torre Alonso Manuel INASISTENCIA
100 López Cisneros José Martín ASISTENCIA
101 López Reyna Omeheira ASISTENCIA
102 López Silva Rubí Laura ASISTENCIA
103 Ludlow Kuri Lorenzo Daniel ASISTENCIA
104 Lujano Nicolás Christian Martín ASISTENCIA
105 Maawad Robert Luis Xavier ASISTENCIA
106 Macías Zambrano Gustavo ASISTENCIA
107 Madrazo Limón Carlos ASISTENCIA
108Magallón Arceo Leonardo Melesio de J. ASISTENCIA
109 Malagón Ríos Martín ASISTENCIA
110 Malcos Amaro María Ofelia Gloria ASISTENCIA
111 Maldonado González David ASISTENCIA
112Manuell-Gómez Angulo Dolores De María ASISTENCIA
113 Martínez Valero Dora Alicia INASISTENCIA
114 Medellín Varela Antonio INASISTENCIA
115 Medina Macias Alma Hilda ASISTENCIA
116 Medina Rodríguez Delber ASISTENCIA
117 Medina Rodríguez Lizbeth Evelia ASISTENCIA
118 Mejía García Luis Alonso INASISTENCIA
119 Méndez Meneses Apolonio ASISTENCIA
120 Mendoza Morales Lucía Susana ASISTENCIA
121 Mohamar Dainitin Oscar Miguel ASISTENCIA
122 Mollinedo Hernández Agustín INASISTENCIA
123 Monraz Ibarra Miguel Ángel ASISTENCIA
124 Montes Sánchez Fabián Fernando ASISTENCIA
125 Montiel Luis Lariza ASISTENCIA
126 Mora Cuevas Marisol ASISTENCIA
127 Morales Ramos José Nicolás INASISTENCIA
128 Morales Utrera Mercedes ASISTENCIA
129 Moreno Álvarez Mario Eduardo ASISTENCIA
130 Morgan Franco Rocío del Carmen ASISTENCIA
131 Muñoz Serrano José Antonio ASISTENCIA
132 Murillo Flores Francisco Javier ASISTENCIA
133 Murillo Torres José Luis ASISTENCIA
134 Navarro Sugich Carlos Alberto ASISTENCIA
135 Nordhausen González Jorge Rubén ASISTENCIA
136Noriega Blanco Vigil María Nieves ASISTENCIA
137 Ochoa López Nabor ASISTENCIA
138 Olvera Higuera Edgar Armando ASISTENCIA
139 Orozco Ruiz Velazco Marco Heriberto ASISTENCIA
140Ortega Martínez Ma. del Pilar ASISTENCIA
141 Ortiz Montoro Sagrario María del Rosario ASISTENCIA
142 Ortíz Hernández Eduardo ASISTENCIA
143 Oviedo Oviedo Ernesto ASISTENCIA
144 Padilla Orozco Raúl Alejandro ASISTENCIA
145 Palafox Núñez José Inés ASISTENCIA
146 Paredes Rodríguez Francisco Javier ASISTENCIA
147 Parra Jiménez Dolores María del Carmen PERMISO MESA DIRECTIVA
148 Parra Noriega Luis Gustavo ASISTENCIA
149 Pérez Cuéllar Cruz ASISTENCIA
150 Pérez de Tejada Romero Diana Carolina ASISTENCIA
151 Peyrot Solís Marco Antonio ASISTENCIA
152 Plascencia Alonso Francisco Javier ASISTENCIA
153 Priego Tapia Gerardo ASISTENCIA
154 Pulido Pecero Pedro ASISTENCIA
155 Quintero Bello Jorge INASISTENCIA
156 Ramírez Barba Ector Jaime ASISTENCIA
157 Ramírez Corral Ivette Jacqueline ASISTENCIA
158 Ramírez Pech Edgar Martín ASISTENCIA
159 Ramírez Villarreal Gustavo ASISTENCIA
160 Ramos Covarrubias Héctor Manuel ASISTENCIA
161 Reyes García María Isabel ASISTENCIA
162 Reyes López Carlos Armando ASISTENCIA
163 Rincón Vargas Mirna Cecilia INASISTENCIA
164 Rivera Rivera José Guadalupe ASISTENCIA
165 Rivero Rivero Rolando ASISTENCIA
166 Rodríguez Ahumada Luis Fernando ASISTENCIA
167 Rodríguez Jiménez Ricardo ASISTENCIA
168 Rodríguez Montes Bibiana ASISTENCIA
169 Rodríguez Prats Juan José ASISTENCIA
170 Rodríguez Uresti Enrique ASISTENCIA
171 Rodríguez Vizcarra Velázquez Adriana ASISTENCIA
172 Rojas Hernández Laura Angélica ASISTENCIA
173 Román Isidoro Demetrio ASISTENCIA
174 Romo Jiménez Martha Angélica ASISTENCIA
175 Rubio Chávez José Ignacio Alberto ASISTENCIA
176 Rueda Gómez Francisco ASISTENCIA
177 Ruiz Velasco de Lira Ernesto ASISTENCIA
178 Salas Contreras Marcos ASISTENCIA
179Salazar Anaya Guadalupe ASISTENCIA
180 Salazar Madera Mario Alberto ASISTENCIA
181 Salum del Palacio Jorge Alejandro ASISTENCIA
182 Sánchez Díaz de Rivera Antonio ASISTENCIA
183 Sánchez Domínguez Alejandro ASISTENCIA
184 Sánchez Gil Carlos René ASISTENCIA
185 Sánchez Juárez Claudia CÉDULA
186 Sánchez Trujillo José Víctor ASISTENCIA
187Sandoval Munguia Juan Manuel ASISTENCIA
188 Serrato Castell Luis Gerardo ASISTENCIA
189 Shej Guzmán Sara ASISTENCIA
190 Solano Muñoz José de Jesús INASISTENCIA
191 Stefanonni Mazzocco Martín ASISTENCIA
192 Tamayo Herrera Yadhira Yvette ASISTENCIA
193 Torres Gómez Artemio ASISTENCIA
194 Torres Herrera Víctor Manuel ASISTENCIA
195 Torres Torres Carlos Alberto ASISTENCIA
196 Valenzuela García María Gloria Guadalupe CÉDULA
197 Valladolid Rodríguez Antonio ASISTENCIA
198 Vasconcelos Rueda Antonio ASISTENCIA
199 Vázquez Martínez Alberto ASISTENCIA
200 Vega Corona Antonio ASISTENCIA
201 Velázquez Gutiérrez José Guillermo ASISTENCIA
202 Verástegui Ostos César Augusto INASISTENCIA
203 Verdín Saldaña Jaime ASISTENCIA
204 Victoria Alva Juan ASISTENCIA
205 Vieyra Olivares Adriana Rebeca ASISTENCIA
206 Villanueva Arjona Juan Manuel ASISTENCIA
207 Zambrano Elizondo Javier Martín ASISTENCIA
Asistencias: 180
Asistencias por cédula: 6
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 1
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 20
Total diputados: 207


PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
1 Aguirre Alcaide Victor ASISTENCIA
2 Alavez Ruiz Aleida ASISTENCIA
3 Almazán González José Antonio ASISTENCIA
4 Almonte Borja Ramón ASISTENCIA
5 Alonso Flores Lourdes ASISTENCIA
6Wilfrido Alonso Razo Humberto INASISTENCIA
7 Altamirano Toledo Carlos ASISTENCIA
8 Alva Olvera Maribel Luisa CÉDULA
9 Álvarez Ramón Silbestre PERMISO MESA DIRECTIVA
10 Amaro Corona Alberto ASISTENCIA
11 Aragón Castillo Irene ASISTENCIA
12 Arellano Pulido Miguel Ángel ASISTENCIA
13Arreola Calderón Juan Dario ASISTENCIA
14 Barreiro Pérez Armando ASISTENCIA
15 Batres Guadarrama Valentina Valia INASISTENCIA
16 Bautista Bravo Alliet Mariana ASISTENCIA
17Bravo Padilla Itzcóatl Tonatiuh ASISTENCIA
18 Brito González Modesto ASISTENCIA
19 Calzada Vázquez Francisco Javier ASISTENCIA
20 Campos Aburto Amador ASISTENCIA
21 Cárdenas Hernández Raymundo ASISTENCIA
22 Cervantes Rodríguez Aurora ASISTENCIA
23 Condado Escamilla Cuitlahuac ASISTENCIA
24 Contreras Julián Maricela ASISTENCIA
25 Cruz Santiago Claudia Lilia ASISTENCIA
26 Cuevas Córdova Othón INASISTENCIA
27 Chávez García Higinio ASISTENCIA
28 Dagdug Lützow Moisés Félix INASISTENCIA
29 De la Rosa García Juan Hugo ASISTENCIA
30 De los Santos Molina Joaquín Conrado ASISTENCIA
31 Dehesa Mora Daniel ASISTENCIA
32 Del Toro Mario Enrique ASISTENCIA
33 Díaz Contreras Adriana ASISTENCIA
34 Escandón Cadenas Rutilio Cruz ASISTENCIA
35 Espejel Lazcano Jaime ASISTENCIA
36 Fernández Balboa Mónica ASISTENCIA
37 Flores Maldonado César ASISTENCIA
38 Flores Salazar Guadalupe Socorro ASISTENCIA
39 Franco Melgarejo Rafael ASISTENCIA
40 Gálvez Rodríguez Fernel Arturo ASISTENCIA
41 García Rodríguez Víctor Hugo ASISTENCIA
42 Garzón Contreras Neftalí ASISTENCIA
43 Gil Ramírez Moisés CÉDULA
44 González Garza Javier ASISTENCIA
45 González Miranda Facundo ASISTENCIA
46 Guerra Ochoa Juan Nicasio ASISTENCIA
47 Gutiérrez Calzadilla José Luis ASISTENCIA
48 Hernández Gaytán Daisy Selene ASISTENCIA
49 Hernández Hernández Sergio ASISTENCIA
50 Hernández Manzanares Javier PERMISO MESA DIRECTIVA
51 Hernández Silva Benjamín CÉDULA
52Nohelia Ibarra Franquez Sonia ASISTENCIA
53 Jacques y Medina José ASISTENCIA
54 Jiménez Valenzuela María Eugenia ASISTENCIA
55 Landero López Pedro ASISTENCIA
56Lemarroy Martínez Juan Darío INASISTENCIA
57 Leyva Piñón Ana Yurixi ASISTENCIA
58 Lizárraga Peraza Víctor Manuel ASISTENCIA
59 López Barriga Erick ASISTENCIA
60 López Becerra Santiago ASISTENCIA
61 López Torres Ma. Soledad ASISTENCIA
62 Lozano Lozano Andrés INASISTENCIA
63 Luna Munguía Alma Lilia INASISTENCIA
64 Macedo Escartín Miguel Ángel ASISTENCIA
65 Márquez Madrid Camerino Eleazar ASISTENCIA
66 Márquez Tinoco Francisco ASISTENCIA
67 Martínez Hernández Alejandro ASISTENCIA
68 Martínez Martínez Carlos Roberto ASISTENCIA
69 Martínez Padilla Hugo Eduardo CÉDULA
70 Martínez Vargas Octavio ASISTENCIA
71 Matías Alonso Marcos PERMISO MESA DIRECTIVA
72 Matus Toledo Holly ASISTENCIA
73 Mayans Canabal Fernando Enrique ASISTENCIA
74 Mendoza Arellano David ASISTENCIA
75 Mendoza Flores Roberto ASISTENCIA
76 Mendoza Maldonado Fausto Fluvio ASISTENCIA
77 Mendoza Mendoza Irineo INASISTENCIA
78 Monreal Ávila Susana ASISTENCIA
79 Montalvo Rojas Victorio Rubén ASISTENCIA
80 Morales Manzo Jesús Ricardo ASISTENCIA
81 Morales Sánchez Efraín ASISTENCIA
82 Morales Vázquez Carlos Orsoe ASISTENCIA
83 Narcía Álvarez Héctor ASISTENCIA
84 Navarro López Carlos Ernesto ASISTENCIA
85 Navarro Quintero Miguel Ángel ASISTENCIA
86 Ojeda Hernández Concepción INASISTENCIA
87 Orcí Martínez Juan Adolfo ASISTENCIA
88 Ortega Martínez Antonio ASISTENCIA
89 Ortiz Magallón Rosario Ignacia ASISTENCIA
90Pacheco LLanes Ramón Félix ASISTENCIA
91 Pedraza Chávez Isidro ASISTENCIA
92 Pedrozo Castillo Adrián CÉDULA
93 Peña Sánchez Miguel Ángel ASISTENCIA
94 Pérez Cruz Raciel CÉDULA
95 Pérez Luna Armando INASISTENCIA
96 Pérez Sánchez Heriberto ASISTENCIA
97 Pulido Santiago Celso David ASISTENCIA
98 Ramos Castellanos Martín ASISTENCIA
99 Rasgado Corsi Gloria PERMISO MESA DIRECTIVA
100 Ríos Gamboa Raúl PERMISO MESA DIRECTIVA
101 Romero Gutiérrez Odilón PERMISO MESA DIRECTIVA
102Ruíz Sánchez Salvador ASISTENCIA
103Salinas Pérez Josefina ASISTENCIA
104 Sánchez Barrios Carlos ASISTENCIA
105 Sánchez Cabrales Rafael Elías ASISTENCIA
106 Sánchez Camacho Alejandro INASISTENCIA
107 Sánchez Camacho David ASISTENCIA
108 Sánchez Ramos Francisco ASISTENCIA
109 Sánchez Valdéz Eva Angelina ASISTENCIA
110 Sandoval Ramírez Cuauhtémoc ASISTENCIA
111 Santos Arreola Francisco Javier PERMISO MESA DIRECTIVA
112 Solares Chávez Miguel Ángel ASISTENCIA
113 Soriano Sánchez Rosa Elva INASISTENCIA
114 Soto Sánchez Antonio ASISTENCIA
115 Suárez del Real y Aguilera José Alfonso ASISTENCIA
116 Torres Baltazar María Elena ASISTENCIA
117 Torres García Daniel ASISTENCIA
118 Trejo Pérez Pablo ASISTENCIA
119 Ulloa Pérez Emilio ASISTENCIA
120 Vallejo Estevez Mario ASISTENCIA
121 Varela López Víctor Gabriel CÉDULA
122 Villicaña García Rafael ASISTENCIA
123 Zavaleta Salgado Ruth CÉDULA
124 Zazueta Aguilar Jesús Humberto ASISTENCIA
125 Zepeda Hernández Martín ASISTENCIA
Asistencias: 98
Asistencias por cédula: 8
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 7
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 12
Total diputados: 125


PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso Yerico ASISTENCIA
2 Aguilar Diego PERMISO MESA DIRECTIVA
3 Aguilar Solís Samuel ASISTENCIA
4 Aispuro Torres José Rosas ASISTENCIA
5 Alcántara Núñez Jesús Sergio ASISTENCIA
6 Aldana Prieto Luis Ricardo ASISTENCIA
7 Amador Gaxiola Daniel ASISTENCIA
8 Amador Leal Narcizo Alberto ASISTENCIA
9 Ayala Almeida Joel CÉDULA
10 Badillo Martínez Roberto ASISTENCIA
11Barajas Del Toro Salvador ASISTENCIA
12 Barajas López Ramón PERMISO MESA DIRECTIVA
13 Barba Hernández Alfredo ASISTENCIA
14 Beltrán Montes Israel ASISTENCIA
15 Benítez Ojeda Luis Enrique INASISTENCIA
16 Bernal Gutiérrez Andrés Marco Antonio ASISTENCIA
17 Biebrich Torres Carlos Armando PERMISO MESA DIRECTIVA
18 Blanco Pajón José Luis ASISTENCIA
19 Caballero Camargo Gustavo Fernando ASISTENCIA
20 Camacho Quiroz César Octavio ASISTENCIA
21 Canavati Tafich Jesús Ricardo ASISTENCIA
22 Carballo Bustamante Andrés INASISTENCIA
23Cárdenas Del Avellano Enrique PERMISO MESA DIRECTIVA
24 Cárdenas Monroy Oscar Gustavo ASISTENCIA
25 Cervantes Andrade Raúl ASISTENCIA
26 Colín Guadarrama María Mercedes PERMISO MESA DIRECTIVA
27 Cordero Alfonzo Arnulfo Elías PERMISO MESA DIRECTIVA
28De la Garza Treviño Jorge Luis ASISTENCIA
29 Díaz Athié Antonio de Jesús ASISTENCIA
30Darinel Díaz Solorzano Elmar ASISTENCIA
31 Domínguez Domínguez Nemesio ASISTENCIA
32 Duarte Jáquez César Horacio ASISTENCIA
33 Escajeda Jiménez José Rubén ASISTENCIA
34 Escalante Jasso Aracely PERMISO MESA DIRECTIVA
35 Espinosa Abuxapqui Eduardo Elías INASISTENCIA
36 Estefan Chidiac Charbel Jorge PERMISO MESA DIRECTIVA
37 Flores Sandoval Patricio ASISTENCIA
38 Fuentes Téllez Octavio ASISTENCIA
39 Gamboa Patrón Emilio ASISTENCIA
40 Garza Garza Horacio Emigdio ASISTENCIA
41 Gebhardt Garduza Yary del Carmen PERMISO MESA DIRECTIVA
42 Gloria Requena Tomás ASISTENCIA
43 González Calderón Martha Hilda PERMISO MESA DIRECTIVA
44 González Salum Miguel Ángel ASISTENCIA
45 González Zarur Mariano ASISTENCIA
46 Guerrero García Javier ASISTENCIA
47 Guerrero Juárez Joel ASISTENCIA
48 Gurrión Matías Daniel ASISTENCIA
49 Herrera Ale Juana Leticia PERMISO MESA DIRECTIVA
50 Herrera Coyac Wenceslao ASISTENCIA
51 Izquierdo Bustamante Alfonso Rolando ASISTENCIA
52 Lagunes Gallina Gerardo ASISTENCIA
53 Lescieur Talavera Jorge Mario ASISTENCIA
54 López Balbuena Guillermina PERMISO MESA DIRECTIVA
55 Madrid Tovilla Arely CÉDULA
56 Martínez Rocha Arturo PERMISO MESA DIRECTIVA
57 Martínez Rodríguez Lorena ASISTENCIA
58 Méndez Lanz Víctor Manuel INASISTENCIA
59 Mendívil Amparán Gustavo Ildefonso ASISTENCIA
60 Merodio Reza Lilia Guadalupe CÉDULA
61 Morales García Elizabeth ASISTENCIA
62 Mota Hernández Adolfo ASISTENCIA
63Murat José PERMISO MESA DIRECTIVA
64 Narvaez Bravo Hilda Areli ASISTENCIA
65 Ojeda Camacho Gilberto ASISTENCIA
66 Olivares Monterrubio Alejandro ASISTENCIA
67 Olivares Ventura Héctor Hugo ASISTENCIA
68 Ordaz Jiménez Ismael ASISTENCIA
69 Orihuela Bárcenas José Ascención ASISTENCIA
70 Ortega Tzitzihua María Dolores Lucía ASISTENCIA
71Ortiz Del Carpio Víctor ASISTENCIA
72 Ortiz Proal Mauricio ASISTENCIA
73 Padilla Gutiérrez Héctor ASISTENCIA
74 Pagés Llergo Rebollar María Beatriz ASISTENCIA
75 Palma César Víctor Samuel ASISTENCIA
76 Parás González Juan Manuel ASISTENCIA
77 Partida Guzmán Martha Rocío ASISTENCIA
78 Patrón Montalvo Jesús Manuel ASISTENCIA
79 Peñuelas Acuña Mayra Gisela PERMISO MESA DIRECTIVA
80 Pérez Valdés Daniel INASISTENCIA
81 Pinete Vargas María del Carmen ASISTENCIA
82 Quiñones Canales Lourdes INASISTENCIA
83 Ramírez Martínez José Edmundo ASISTENCIA
84 Ramírez Stabros Jesús ASISTENCIA
85 Reyna García José Jesús ASISTENCIA
86 Ríos Camarena Alfredo Adolfo ASISTENCIA
87 Rivera Bedoya Juan Francisco ASISTENCIA
88 Rivero Acosta Miguel ASISTENCIA
89 Rodríguez Martínez Alicia ASISTENCIA
90 Rodríguez Ramírez Bertha Yolanda ASISTENCIA
91 Rojas Gutiérrez Carlos ASISTENCIA
92 Salas López Ramón ASISTENCIA
93 Sánchez Hernández Eduardo ASISTENCIA
94 Sánchez Peñuelas Salvador ASISTENCIA
95 Sandoval Paredes Sergio PERMISO MESA DIRECTIVA
96 Serrano Escobar Enrique ASISTENCIA
97 Sosa Castelán Gerardo INASISTENCIA
98 Vargas Landeros Gerardo Octavio ASISTENCIA
99 Velasco Pérez Juan Carlos ASISTENCIA
100 Virgen Carrera Víctor Manuel ASISTENCIA
Asistencias: 74
Asistencias por cédula: 3
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 16
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 7
Total diputados: 100


CONVERGENCIA
1 Abad De Jesús Juan ASISTENCIA
2 Aguilera Rico José Luis ASISTENCIA
3 Cárdenas Márquez Elías ASISTENCIA
4 Castellanos Hernández Félix ASISTENCIA
5 Castillo Romero Patricia Obdulia de Jesús ASISTENCIA
6 Chanona Burguete Alejandro ASISTENCIA
7 Del Río Virgen José Manuel ASISTENCIA
8 Godoy Cárdenas Jorge ASISTENCIA
9 Melo Velázquez José Francisco ASISTENCIA
10 Ramos Becerril Rafael Plácido ASISTENCIA
11 Salvatori Bronca María del Carmen ASISTENCIA
12 Samperio Montaño Juan Ignacio ASISTENCIA
13 Sansores San Román Layda Elena ASISTENCIA
14 Tagle Martínez Martha Angélica ASISTENCIA
15 Uscanga Cruz Robinson ASISTENCIA
16 Valdés Chávez Ramón ASISTENCIA
17 Varela Lagunas Tomás José Luis ASISTENCIA
18 Velasco Oliva Jesús Cuauhtémoc ASISTENCIA
Asistencias: 18
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 18


PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
1 Arévalo González José Antonio ASISTENCIA
2 Bellizzia Rosique Pascual ASISTENCIA
3 Cobo Terrazas Diego INASISTENCIA
4 Elizondo Garrido Francisco ASISTENCIA
5 Estrada González Faustino Javier INASISTENCIA
6 Lavara Mejía Gloria ASISTENCIA
7 López Adame Antonio Xavier ASISTENCIA
8 Manrique Guevara Beatriz ASISTENCIA
9 Notholt Guerrero Alan ASISTENCIA
10Portilla Dieguez Manuel Salvador ASISTENCIA
11 Puente Salas Carlos Alberto ASISTENCIA
12 Ramírez Cerda Ana María INASISTENCIA
13 Ramírez Zollino Andrea Geraldine ASISTENCIA
14Rodríguez Luis Alejandro ASISTENCIA
15 Salgado Amador Manuel Salvador ASISTENCIA
16 Sesma Suárez Jesús ASISTENCIA
17 Velasco Rodríguez Verónica ASISTENCIA
Asistencias: 14
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 3
Total diputados: 17


PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez Rubén ASISTENCIA
2 Arreola Ortega Pablo Leopoldo ASISTENCIA
3 Cantú Garza Ricardo ASISTENCIA
4 Cervantes Rivera Jaime INASISTENCIA
5 Garay Ulloa Silvano ASISTENCIA
6 Herrera Solís Anuario Luis ASISTENCIA
7Maciel Ortiz Ma. Mercedes ASISTENCIA
8 Peregrino García Abundio ASISTENCIA
9 Romero Guzmán Rosa Elia ASISTENCIA
10 Solís Parga Rodolfo ASISTENCIA
11 Vela González Joaquín Humberto ASISTENCIA
Asistencias: 10
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 1
Total diputados: 11


NUEVA ALIANZA
1 Arriola G. Mónica T. PERMISO MESA DIRECTIVA
2 Cárdenas Fonseca Manuel ASISTENCIA
3 Castillo Nájera Ariel ASISTENCIA
4 Dávila Esquivel Humberto ASISTENCIA
5 Gómez Pasillas Jacinto ASISTENCIA
6 Luna Becerril Blanca CÉDULA
7 Luna Rodríguez Silvia ASISTENCIA
8 Pérez Bolaños Ana Elisa ASISTENCIA
9 Piñeyro Arias Irma ASISTENCIA
Asistencias: 7
Asistencias por cédula: 1
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 1
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 9


ALTERNATIVA
1 Arvizu Rivas Aida Marina ASISTENCIA
2 Conde Rodríguez Elsa de Guadalupe ASISTENCIA
3 García Méndez Armando INASISTENCIA
4 Hernández Valadés Delio ASISTENCIA
5 Pedro Cortés Santiago Gustavo ASISTENCIA
Asistencias: 4
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 1
Total diputados: 5


DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 López Lena Cruz Humberto ASISTENCIA
Asistencias: 1
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 1


1 Aranda Orozco Gerardo 2 Arellano Arellano Joel 3 Bolaños Aguilar Edmundo Javier 4 Corral Aguilar María Mercedes 5 Degante Romero Silvia Emilia 6 Díaz de León Torres Leticia 7 Duck Núñez Edgar Mauricio 8 Flores Grande Arturo 9 Franco Cazarez Ricardo 10 Guerrero Torres José Gildardo 11 Lizaola de la Torre Alonso Manuel 12 Martínez Valero Dora Alicia 13 Medellín Varela Antonio 14 Mejía García Luis Alonso 15 Mollinedo Hernández Agustín 16 Morales Ramos José Nicolás 17 Quintero Bello Jorge 18 Rincón Vargas Mirna Cecilia 19 Solano Muñoz José de Jesús 20 Verástegui Ostos César Augusto Faltas por grupo: 20

SECRETARÍA GENERAL
REPORTE DE INASISTENCIAS

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
Diputado
1 Wilfrido Alonso Razo Humberto
2 Batres Guadarrama Valentina Valia
3 Cuevas Córdova Othón
4 Dagdug Lützow Moisés Félix
5 Lemarroy Martínez Juan Darío
6 Lozano Lozano Andrés
7 Luna Munguía Alma Lilia
8 Mendoza Mendoza Irineo
9 Ojeda Hernández Concepción
10 Pérez Luna Armando
11 Sánchez Camacho Alejandro
12 Soriano Sánchez Rosa Elva
Faltas por grupo: 12


PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Diputado
1 Benítez Ojeda Luis Enrique
2 Carballo Bustamante Andrés
3 Espinosa Abuxapqui Eduardo Elías
4 Méndez Lanz Víctor Manuel
5 Pérez Valdés Daniel
6 Quiñones Canales Lourdes
7 Sosa Castelán Gerardo
Faltas por grupo: 7


PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
Diputado
1 Cobo Terrazas Diego
2 Estrada González Faustino Javier
3 Ramírez Cerda Ana María
Faltas por grupo: 3


PARTIDO DEL TRABAJO
Diputado
1 Cervantes Rivera Jaime
Faltas por grupo: 1


ALTERNATIVA
Diputado
1 García Méndez Armando
Faltas por grupo: 1