Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXI Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Francisco Javier Ramírez Acuña
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año
México, DF, martes 16 de febrero de 2010
Sesión No. 7

SUMARIO


DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA

Comunicación del diputado Javier Duarte de Ochoa con la que solicita licencia para separarse de su cargo como diputado federal electo en el XVI distrito del estado de Veracruz. Aprobados los puntos de acuerdo; comuníquese

CAJAS DE AHORRO

Oficio de la de la Procuraduría General de la República con el que envía contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente en la sesión del 20 de enero pasado, con relación a los daños causados por cajas de ahorro fraudulentas que actúan en Puebla y Nuevo León. Se remite al promovente, para su conocimiento

FONDO DE INVERSION PARA LAS ENTIDADES FEDERATIVAS - FONDO DE APORTACIONES MULTIPLES

Oficio de la de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el que envía contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente en la sesión del 20 de enero pasado, con relación a la distribución geográfica del Fondo de Aportaciones Múltiples y su ministración en su apartado de “Infraestructura educativa básica y superior”, de los ramos 23 y 33, respectivamente, considerando un calendario en el primer semestre de 2010. Se remite al promovente, para su conocimiento

COMISION NACIONAL DEL AGUA

Oficio de la Comisión Nacional del Agua con el que envía informe por entidad federativa correspondiente al cierre del ejercicio fiscal 2009 de los recursos devueltos a los diversos municipios y prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento incluidos en el Programa de Devolución de Derechos. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su conocimiento

SECRETARIA DE SALUD

Oficio de la de la Secretaría de Gobernación con el que envía contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente en la sesión del 27 de enero pasado, con relación a las medidas que tiene implementadas para el resguardo y buen uso de vacunas o medicamentos de emergencia y a fin de que explique sobre los criterios bajo los cuales se llevará a cabo la verificación y mecanismo de oferta para poner a disposición del sector privado la vacuna contra la influenza AH1N1. Se remite al promovente, para su conocimiento

ESTADO DE OAXACA

Oficio de la de la Secretaría de Gobernación con el que envía contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente en la sesión del 27 de enero pasado, en relación con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a fin de que se pongan en marcha los trabajos de construcción de los tramos carreteros Sola de Vega-Santa Cruz Zenzontepec y El Vado-Los Llanos, en el estado de Oaxaca. Se remite al promovente, para su conocimiento

PROGRAMA INTEGRAL AMBIENTAL FRONTERIZO

Oficio de la de la Secretaría de Gobernación con el que envía contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente en la sesión del 27 de enero pasado, con relación al Programa Frontera 2012 y el Sistema de Supervisión y Control Vehicular, y por el que se solicita información del puerto fronterizo Otay II. Se remite al promovente, para su conocimiento

LEY DE DESARROLLO METROPOLITANO

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite acuerdo por el que convoca a la formación de una mesa interparlamentaria para crear la Ley de Desarrollo Metropolitano. Se turna a la Junta de Coordinación Política

LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO

El diputado Luis Carlos Campos Villegas presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7 y 8 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, con la finalidad de que el impuesto a los depósitos en efectivo sea acreditable contra el impuesto sobre la renta o contra otras contribuciones federales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El diputado Emilio Serrano Jiménez retira iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La diputada Laura Elena Estrada Rodríguez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de que la Secretaría de Educación Pública de-sarrolle programas educativos en todos los niveles de escolaridad que fomenten la cultura de una vida libre de violencia contra las mujeres y el respeto a su dignidad; así como la comprensión adecuada de la paternidad y la maternidad responsables. Se turna a la Comisión de Equidad y Género

DIPUTADOS SUPLENTES QUE SE INCORPORAN

El Presidente designa comisión que acompañe a los ciudadanos Daniela Nadal Riquelme y Marcos Carlos Cruz Martínez, electos como diputados federales suplentes en el XVI distrito electoral del estado de Veracruz y en la primera circunscripción plurinominal, respectivamente, en el acto de rendir su protesta de ley

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El diputado Vidal Llerenas Morales para presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 41, 106, 110 y 116 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a efecto de otorgar al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados mayores atribuciones para que obtenga información oportuna y vigente a efecto de llevar a cabo sus tareas de análisis del comportamiento de las finanzas públicas federales de una manera más eficaz. Se turna a las Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Presupuesto y Cuenta Pública

Desde su curul, el diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta se adhiere a la iniciativa

Desde su curul, el diputado Vidal Llerenas Morales acepta

ARTICULO 115 CONSTITUCIONAL

El diputado Alejandro del Mazo Maza presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de que los municipios del país que son integrantes de las zonas metropolitanas, reconocidas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y el Consejo Nacional de Población, redacten en sus planes municipales de desarrollo un apartado especial sobre el fenómeno del desarrollo metropolitano. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

Desde su curul, la diputada Alma Carolina Viggiano Austria se adhiere a la iniciativa

Desde su curul, el diputado Alejandro del Mazo Maza acepta

ARTICULO 135 CONSTITUCIONAL

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, acerca de un procedimiento para la reforma total de la Constitución. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con el propósito de que en el Presupuesto de Egresos se establezcan recursos para el fomento a la ciencia y la tecnología a fin de impulsar la investigación y el desarrollo en agrotecnología, educación, robótica, energía, hidroelectricidad, biodiversidad, medio ambiente y cambio climático. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA - LEY DE INGRESOS 2010

El diputado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de 2010, respecto al establecimiento del marco normativo para evaluar los resultados de cada uno de los componentes del presupuesto de gastos fiscales, en particular su efecto económico y social, con la aprobación anual de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación. Se turna a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Hacienda y Crédito Público

Desde su curul, el diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta se adhiere a la iniciativa

Desde su curul, el diputado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias acepta

CODIGO PENAL FEDERAL

El diputado Agustín Carlos Castilla Marroquín presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 212 del Código Penal Federal, con la finalidad de incluir a los servidores públicos de los órganos autónomos como el IFE, el Banco de México o la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en el listado de servidores públicos que pueden ser sujetos a la acción penal. Se turna a la Comisión de Justicia

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El diputado Francisco Hernández Juárez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para exentar absolutamente los ingresos que se obtienen de los pensionados y jubilados, viudas y huérfanos. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social

Desde su curul, el diputado Emilio Serrano Jiménez se adhiere a la iniciativa

Desde su curul, el diputado Francisco Hernández Juárez acepta

LEY DEL SEGURO SOCIAL

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 151 de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social

Desde su curul, el diputado Emilio Serrano Jiménez se adhiere a la iniciativa

Desde su curul, el diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza acepta

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 32 a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con la finalidad de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos se incluyan en un capítulo específico los resultados de las diversas evaluaciones a cargo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, además de un resumen ejecutivo del impacto de cada programa. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

LETRAS DE ORO

El diputado Esteban Albarrán Mendoza presenta iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda “los nombres de las ciudades Dolores Hidalgo e Iguala de la Independencia”. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

ARTICULO 105 CONSTITUCIONAL

El diputado César Octavio Pedroza Gaitán presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación a las controversias constitucionales sobre disposiciones generales de la federación, del Distrito Federal y sus delegaciones, de los estados o de los municipios. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

Desde su curul, el diputado Samuel Herrera Chávez se adhiere a la iniciativa

ARTICULOS 74, 76 Y 109 CONSTITUCIONALES

La diputada María del Carmen Izaguirre Francos presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74, 76 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación a las facultades de las Cámaras del Congreso de la Unión, para ratificar los nombramientos que el Presidente de la República haga de los secretarios de Despacho de Gobernación, de Economía, de Hacienda y Crédito Público, de Relaciones Exteriores Desarrollo Social, de Salud, de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca, y Alimentación, y de Seguridad Pública. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

El diputado Martín Enrique Castillo Ruz presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 12 y 71; y adiciona el artículo 60 Bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones, en relación con las tarifas para el servicio de telefonía celular. Se turna a la Comisión de Comunicaciones

ARTICULOS 52, 53, Y 54 CONSTITUCIONALES - CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El diputado Salvador Caro Cabrera presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 52, 53, y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 11, 17 y 20 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, sobre la lección de diputados conforme al principio de representación proporcional. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación

LEY DE BIOSEGURIDAD DE ORGANISMOS GENETICAMENTE MODIFICADOS

El diputado José Manuel Agüero Tovar presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 101 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, para que los productos que contengan organismos genéticamente modificados y que sean para consumo humano directo señalen en la etiqueta la información de su composición alimenticia o sus propiedades nutrimentales. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Agricultura y Ganadería

Desde su curul, el diputado Héctor Pedroza Jiménez se adhiere a la iniciativa

Desde su curul, el diputado José Manuel Agüero Tovar acepta

QUORUM

Desde su curul, el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña solicita la verificación de quórum y el Presidente le da respuesta

MONEDAS CONMEMORATIVAS

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cinco monedas de plata, relativas al complejo arquitectónico de Chichén Itzá

MONEDAS CONMEMORATIVAS

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cuatro monedas de oro para promover la identidad nacional al revalorizar los orígenes del pueblo mexicano

MONEDAS CONMEMORATIVAS

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se establecen las características de una moneda de oro y dos de plata, conmemorativas del bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional; y dos monedas de plata conmemorativas del centenario del inicio de la Revolución Mexicana

LEY AGRARIA

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 164 de la Ley Agraria

LEY AGRARIA

Primera lectura a dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria

LEY AGRARIA

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o., 5o., 29, 48 y 59 de la Ley Agraria

LEY DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Comunicaciones con proyecto de decreto que adiciona el Capítulo XXIV, “De las Franquicias Postales”, con los artículos 69, 70, 71 y 72 a la Ley del Servicio Postal Mexicano

Se da cuenta de la fe de erratas de la Comisión de Comunicaciones

A discusión, interviene el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Suficientemente discutido, desde sus respectivas curules realizan comentarios los diputados:

María Esther de Jesús Scherman Leaño

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Se aprueba en lo general y en lo particular el dictamen presentado; pasa al Poder Ejecutivo para sus efectos constitucionales

DIA NACIONAL DE LA JUVENTUD

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto por el que se declara al 12 de agosto de cada año como Día Nacional de la Juventud

La diputada Yulenny Guylaine Cortés León fundamenta el dictamen a nombre de la comisión

A discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, se concede la palabra a los diputados:

Ilich Augusto Lozano Herrera, quien al inicio de su participación solicita minuto de silencio en memoria de los jóvenes asesinados en Ciudad Juárez; el Presidente así lo solicita

Laura Itzel Castillo Juárez, quien presenta adición que se desecha

Angel Aguirre Herrera

Juan Carlos Natale López

Sixto Alfonso Zetina Soto

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Suficientemente discutido, es aprobado el dictamen; pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE - LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre

A discusión en lo general, participa el diputado Alejandro Carabias Icaza

Suficientemente discutido, es aprobado el dictamen; pasa al Poder Ejecutivo para los efectos constitucionales

CONSEJO MEXICANO PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 8 de diciembre de 2009 por la que se exhorta al Ejecutivo federal a revisar las reglas de operación del Programa Especial Concurrente en el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, a fin de garantizar mayor accesibilidad a los programas de combate a la pobreza y al desa-rrollo productivo de capacidades y generación de empleos

A discusión, interviene el diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta

Desde su curul, contesta alusiones personales el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación en conjunto

PROGRAMA ESPECIAL CONCURRENTE PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo referente a la proposición presentada el 8 de septiembre de 2009 para exhortar al Ejecutivo federal a modificar las reglas de operación de los programas comprendidos en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, a fin de que se garantice que los recursos presupuestales se entreguen oportunamente; a simplificar los mecanismos y trámites para la obtención de los fondos; y a establecer procedimientos de asignación del presupuesto que garanticen su canalización a la producción de básicos y estratégicos para coadyuvar al logro de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional. Sin discusión, se reserva para su votación en conjunto

SECTOR PRIMARIO

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo respecto a la proposición presentada el 20 de octubre de 2009 por la que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a implantar de manera inmediata, con la colaboración del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, las universidades agropecuarias del país y el Colegio de Postgraduados, la revisión y actualización de los paquetes tecnológicos agropecuarios y acuícolas del país, a fin de hacer eficiente e incrementar las productividad del sector primario y evitar pérdida de recursos en el campo mexicano. Sin discusión, se reserva para su votación en conjunto

ESTADO DE GUERRERO

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo referente a la proposición presentada el 6 de octubre de 2009 para exhortar a los gobiernos federal y estatales a garantizar a la población campesina bienestar, participación e incorporación en el desarrollo rural; y a aportar de manera emergente los recursos financieros para un subsidio que permita en el 2010 la adquisición de insumos agrícolas básicos, particularmente a los trabajadores del campo afectados por la sequía atípica en Guerrero. Sin discusión, se reserva para su votación en conjunto

DESARROLLO RURAL

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 8 de octubre de 2009 por la que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a los titulares de los Ejecutivos locales y a los Consejos Estatales de Desarrollo Rural Sustentable a respetar la participación ciudadana y fortalecer la transparencia en el ejercicio de los recursos destinados al desarrollo rural. Sin discusión, se reserva para su votación en conjunto

Son aprobados en conjunto los anteriores cinco dictámenes; comuníquense

ORGANISMOS GENETICAMENTE MODIFICABLES

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo referente a la proposición presentada el 15 de diciembre de 2009 para exhortar a la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta soberanía a realizar, junto con el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria, un foro de consulta en materia de ingeniería genética de organismos genéticamente modificables, con los grupos interesados sobre el tema, especialistas e investigadores públicos y privados. Aprobado; comuníquese

AURORA JIMENEZ DE PALACIOS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que la Cámara de Diputados se pronuncia por la inclusión de un cuadro con la imagen de la primera diputada federal, Aurora Jiménez de Palacios, en el vestíbulo del auditorio del edificio E del Palacio Legislativo de San Lázaro, en el marco de la conmemoración del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer. Aprobado; comuníquese

ASESINATOS DE PERIODISTAS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se solicita a las autoridades federales y a las estatales que intensifiquen las labores de investigación de los asesinatos de periodistas que han sido radicados a su jurisdicción y que aún se encuentran pendientes de resolver. Aprobado; comuníquese

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

Se recibe de la diputada Esthela de Jesús Ponce Beltrán proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal y al Congreso de Baja California Sur que realicen las acciones conducentes a evitar la venta del predio Punta Belcher, en Comondú. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE GUADALAJARA

Se recibe de la diputada Olivia Guillén Padilla proposición con punto de acuerdo para que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados haga llegar una felicitación a las autoridades de la Universidad Autónoma de Guadalajara con motivo de su 75 aniversario. Se turna a la Mesa Directiva

INUNDACIONES

Se recibe del diputado Pedro Jiménez León proposición con punto de acuerdo por el que se cita a comparecer al director general de la Comisión Nacional del Agua para que explique, en el ámbito de su competencia, las causas de las inundaciones de Tabasco en 2007, 2008 y 2009, y de las recién ocurridas en el Distrito Federal, en el estado de México y en Michoacán; y exponga las políticas y acciones instauradas a fin de evitar inundaciones. Se turna a la Junta de Coordinación Política

ESTADO DE SAN LUIS POTOSI

Se recibe del diputado Sabino Bautista Concepción proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Comisión Federal de Electricidad y a la Comisión Reguladora de Energía a reestructurar las tarifas eléctricas en favor de los usuarios de San Luis Potosí. Se turna a la Comisión de Energía

ESTADOS DE DURANGO, CHIHUAHUA, CHIAPAS, OAXACA, SAN LUIS POTOSI Y GUERRERO

Se recibe del diputado Oscar García Barrón proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a los gobernadores de Durango, de Chihuahua, de Chiapas, de Oaxaca, de San Luis Potosí y de Guerrero a integrar con las dependencias y las entidades federales y las estatales involucradas mesas de diálogo para que, con la participación de los legisladores de la Comisión de Reforma Agraria, atiendan la problemática social, agraria y ambiental de los municipios, los ejidos y las comunidades que se citan. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria

MOVIMIENTO POR LA SOBERANIA ALIMENTARIA Y ENERGETICA, LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y LAS LIBERTADES DEMOCRATICAS

El diputado Guillermo Raúl Ruiz de Teresa presenta proposición con punto de acuerdo para que se reinstale la mesa de diálogo de la Cámara de Diputados con el Movimiento por la Soberanía Alimentaria y Energética, los Derechos de los Trabajadores y las Libertades Democráticas. Se turna a la Junta de Coordinación Política

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

Desde su curul, el diputado Ramón Jiménez López solicita que se posponga un momento la presentación de proposiciones con punto de acuerdo; el Presidente acepta

ATENCION Y PREVENCION DE ADICCIONES

La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado presenta proposición con punto de acuerdo para constituir un grupo de trabajo de alto nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, con la finalidad de crear una estrategia y un programa eficaz en materia de atención y prevención de las adicciones. Se considera de urgente resolución y es aprobada; comuníquese

Desde su curul, el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín solicita turno

El Presidente la turna a la Junta de Coordinación Política

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

El diputado Ramón Jiménez López presenta proposición con punto de acuerdo para que el Instituto Mexicano del Seguro Social preserve su responsabilidad respecto a las guarderías subrogadas

Desde su curul, el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín solicita turno

El Presidente turna la proposición a la Comisión de Seguridad Social

HOMENAJE A PERSONAS DE 100 AÑOS O MAS

El diputado Emilio Serrano Jiménez presenta proposición con punto de acuerdo relativo a la realización de un homenaje a las personas de 100 años o más con motivo de la celebración del centenario de la Revolución Mexicana. Se turna a la Junta de Coordinación Política

MANGLARES

El diputado Alejandro Carabias Icaza presenta proposición con punto de acuerdo relativo a la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, de la NOM-059- SEMARNAT-2001, con las modificaciones acordadas por el grupo técnico de trabajo para la recategorización de riesgo de las especies de manglares. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

ARTICULO 17 CONSTITUCIONAL

Se recibe del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia solicitud de excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales, a fin de que emita el dictamen correspondiente de la minuta con proyecto de decreto por la que se adiciona un párrafo tercero y se recorre el orden de los párrafos subsecuentes del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida en la sesión del 15 de diciembre de 2009. Se realiza la excitativa

LEY DE PLANEACION PARA LA SOBERANIA Y SEGURIDAD AGROALIMENTARIA

Se recibe de la diputada Narcedalia Ramírez Pineda solicitud de excitativa a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Estudios Legislativos, Segunda, y de Desarrollo Rural de esa Cámara de Senadores para que dictamine la minuta con proyecto de decreto por el que se crea la Ley de Planeación para la Soberanía y Seguridad Agroalimentaria, enviada el 4 de abril de 2006. Se remite a la Cámara de Senadores

CODIGO PENAL FEDERAL

Se recibe del diputado José Luis Ovando Patrón solicitud de excitativa a las Comisiones Unidas Justicia y de Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores, a efecto de que se dictamine la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona el Título Vigésimo Séptimo al Libro Segundo del Código Penal Federal, “De los Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión Ejercida Mediante la Actividad Periodística”, el 2 de abril de 2009. Se remite a la Cámara de Senadores

LEY SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS - LEY DE COORDINACION FISCAL

Se recibe del diputado José Oscar Aguilar González solicitud de excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público a fin de que emita el dictamen correspondiente de la iniciativa que abroga la Ley sobre Tenencia o Uso de Vehículos y reforma el artículo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal; y la iniciativa que adiciona el artículo 2-B de la Ley de Coordinación Fiscal, presentadas en las sesiones de los días 11 y 26 de marzo de 2009. Se realiza la excitativa

INUNDACIONES

Realizaron comentarios con relación a las inundaciones que han afectado a diversas regiones del territorio nacional en los días pasados, los diputados:

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

María del Rosario Brindis Alvarez

Vidal Llerenas Morales

Desde su curul, el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín anuncia que su grupo parlamentario declina su participación

CANANEA, SONORA

Se refieren a la situación y terminación de la relación laboral de los mineros del municipio de Cananea, Sonora, los diputados:

Carlos Samuel Moreno Terán

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Víctor Manuel Castro Cosío

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Ramón Jiménez López

Miguel Ernesto Pompa Corella

Se recibe del diputado Miguel Ernesto Pompa Corella proposición con punto de acuerdo, por el que se crea la Comisión Especial que dé seguimiento al conflicto minero en Cananea. Se turna a la Junta de Coordinación Política

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los siguientes dictámenes:

De la Comisión de Comunicaciones, con proyecto de decreto que adiciona el Capítulo XXIV, De las franquicias postales, con los artículos 69, 70, 71 y 72, a la Ley del Servicio Postal Mexicanos (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara el 12 de agosto de cada año como Día Nacional de la Juventud (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de Vida Silvestre (en lo general y en lo particular)


Presidencia del diputado Francisco Javier Ramírez Acuña

ASISTENCIA

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de las señoras diputadas y de los señores diputados.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 280 diputados. Por tanto hay quórum, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña(a las 11:07 horas): Se abre la sesión



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Le pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias.— Primer Año de Ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Martes 16 de febrero de 2010.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Del diputado Javier Duarte de Ochoa.

De la Procuraduría General de la República.

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Protesta de ciudadanos diputados.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política.

Oficio de la Comisión Nacional del Agua

Con el que remite el Informe por entidad federativa correspondiente al cierre del ejercicio fiscal 2009 de los recursos devueltos a los diversos municipios y prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento inmersos en el Programa de Devolución de Derechos.

Oficio de la Secretaría de Gobernación

Tres, con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente.

Oficio de la Cámara de Senadores

Con el que transcribe acuerdo por el que convoca a la formación de una mesa interparlamentaria para la creación de la Ley de Desarrollo Metropolitano.

Iniciativas

Que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 7 y 8 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, a cargo del diputado Luis Carlos Campos Villegas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Elena Estrada Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alejandro del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2010, a cargo del diputado Sebastián Lerdo de Tejada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 212 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Agustín Castilla Marroquín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Francisco Hernández Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 151 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Enrique Ibarra Pedroza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 32 a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda “Dolores Hidalgo” “Iguala de la Independencia”, a cargo del diputado Esteban Albarrán Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado César Octavio Pedroza Gaitán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General para la Integración Social de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 74, 76 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María del Carmen Izaguirre Francos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo del diputado Enrique Castillo Ruz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 101 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo del diputado José Manuel Agüero Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cinco monedas de plata, relativas al complejo arquitectónico de “Chichen Itzá”.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cuatro monedas de oro.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se establecen las características de una moneda de oro y dos de plata, conmemorativas del bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional y dos monedas de plata conmemorativas del centenario del inicio de la Revolución Mexicana”.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 164 de la Ley Agraria.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o., 5o., 29, 48 y 59 de la Ley Agraria.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Asuntos Indígenas, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XV al artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

De la Comisión de Comunicaciones, con proyecto de decreto que adiciona el Capítulo XXIV, “De las Franquicias Postales”, con los artículos 69, 70, 71 y 72 a la Ley del Servicio Postal Mexicano.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara al 12 de agosto de cada año Día Nacional de la Juventud.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a revisar las reglas de operación del Programa Especial Concurrente en el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, a fin de garantizar mayor accesibilidad a los programas de combate de la pobreza y al desarrollo productivo de capacidades y generación de empleos.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a modificar las reglas de operación de los programas comprendidos en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, a fin de que se garantice que los recursos presupuestales se entreguen oportunamente; a simplificar los mecanismos y trámites para la obtención de los fondos; y a establecer procedimientos de asignación del presupuesto que garanticen su canalización a la producción de básicos y estratégicos para coadyuvar al logro de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa a implantar de manera inmediata, con la colaboración del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, las universidades agropecuarias del país y el Colegio de Postgraduados, la revisión y actualización de los paquetes tecnológicos agropecuarios y acuícolas del país, a fin de hacer eficiente e incrementar las productividad del sector primario y evitar perdida de recursos en el campo mexicano.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos federal y estatales a garantizar a la población campesina bienestar, participación e incorporación en el desarrollo rural; y a aportar de manera emergente los recursos financieros para un subsidio que permita en el 2010 la adquisición de insumos agrícolas básicos, particularmente a los trabajadores del campo afectados por la sequía atípica en Guerrero.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, a los titulares de los Ejecutivos locales y a los Consejos Estatales de De-sarrollo Rural Sustentable a respetar la participación ciudadana y fortalece la transparencia en el ejercicio de los recursos destinados al desarrollo rural.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta soberanía a realizar junto con el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria un foro de consulta en materia de ingeniería genética de organismos genéticamente modificables con los grupos interesados sobre el tema, especialistas e investigadores públicos y privados.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal y al Congreso del estado de Baja California Sur que realicen las acciones conducentes para evitar la venta del predio denominado “Punta Belcher”, en el municipio de Comondú, a cargo de la diputada Esthela de Jesús Ponce Beltrán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados le haga llegar una felicitación a las autoridades de la Universidad Autónoma de Guadalajara con motivo de su 75 aniversario, a cargo de la diputada Olivia Guillén Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se cita a comparecer al director general de la Conagua para que explique, en el ámbito de su competencia, las causas de las inundaciones en el estado de Tabasco durante 2007, 2008 y 2009, así como las recientemente registradas en el Distrito Federal y en los estados de México y de Michoacán, a cargo del diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a la CFE y a la Comisión Reguladora de Energía a reestructurar las tarifas en favor de los usuarios del estado de San Luis Potosí, a cargo del diputado Sabino Bautista Concepción, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a los gobernadores de los estados de Durango, Chihuahua, Chiapas, Oaxaca, San Luis Potosí y Guerrero a integrar con las dependencias y entidades federales y estatales involucradas, mesas de diálogo para que, con la participación de los legisladores de la Comisión de Reforma Agraria, atiendan la problemática social, agraria y ambiental de los municipios, ejidos y comunidades que se citan, a cargo del diputado Oscar García Barrón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita que se reinstale la mesa de diálogo de la honorable Cámara de Diputados con el Movimiento por la Soberanía Alimentaria y Energética, los Derechos de los Trabajadores y las Libertades Democráticas, a cargo del diputado Gerardo Sánchez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y suscrito por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que el IMSS preserve su responsabilidad respecto a las guarderías subrogadas, a cargo del diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para constituir un grupo de trabajo de alto nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo con la finalidad de crear una estrategia y un programa eficaz en materia de atención y prevención de las adicciones, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a realización de un homenaje a las personas de 100 años o más, con motivo de la celebración del centenario de la revolución mexicana, así como la realización de una campaña nacional permanente para regularizar a los adultos mayores ante el Registro Civil de forma gratuita, a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la NOM-059-Semarnat-2001, con las modificaciones acordadas por el Grupo Técnico de Trabajo para la recategorización de riesgo de las especies de manglares, a cargo del diputado Alejandro Carabias Icaza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que crea la Comisión Especial que de seguimiento al conflicto minero en Cananea, a cargo del diputado Miguel Ernesto Pompa Corella, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la creación de la Comisión Nacional de Control y Seguimiento a la Comercialización del Café, así como la operación de un fondo de contingencia para el fortalecimiento de su precio en el país, a cargo del diputado Felipe Amadeo Flores Espinosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivos de los 31 estados de la república y del Distrito Federal, que no hubiesen elaborado sus respectivos programas de derechos humanos para que, en la medida de sus atribuciones, elaboren y expidan los mismos con el fin de coadyuvar y fortalecer los propósitos establecidos en el Programa Nacional de Derechos Humanos, a cargo del diputado Juan Pablo Escobar Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a implementar campañas de difusión a favor de la donación de órganos, así como la de realizar las acciones necesarias para la creación de estos servicios en los hospitales, a cargo del diputado Cuauhtémoc Salgado Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instruir a la STPS para que coordine y elabore un programa de empleo para los jóvenes del país, con la participación que corresponda a las demás entidades del gobierno federal, tomando en cuenta la asignación de recursos del Presupuesto para 2010, a cargo del diputado Onésimo Mariscales Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al comandante de la 24 Zona Militar, al Secretario de Seguridad Pública y al Poder Ejecutivo del estado de Morelos a respetar, en la actividad de sus funciones y acciones operativas en la lucha en contra de la delincuencia organizada, las garantías individuales y derechos humanos de los ciudadanos morelenses, a cargo del diputado José Manuel Agüero Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Sedesol y al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desa-rrollo Social que proporcionen información concreta sobre la utilización de los datos de medición de pobreza, las correcciones, modificaciones y/o supresiones de programas que hayan sido resultado de la aplicación de dichas evaluaciones, a cargo del diputado Samuel Herrera Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al incumplimiento del gobierno federal del envío del Plan de Reducción de Emisiones a la Secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, a cargo del diputado Gerardo Flores Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del titular de la SCT para que explique los criterios de asignación de las frecuencias del espectro radio eléctrico, a cargo del diputado Mario di Costanzo Armenta, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo Nacional de Energía para que, en la estrategia nacional de energía que envíe al Congreso para su ratificación, considere la propuesta alternativa que se presenta, y que la Comisión de Energía de esta Soberanía atienda este proyecto en el dictamen correspondiente, a cargo de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, y suscrita por diputados integrantes diversos Grupos Parlamentarios. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se establece el procedimiento de foro, preguntas a funcionarios y dictaminación que debe seguir la Comisión de Energía en la ratificación, modificación o rechazo de la estrategia nacional de energía, a cargo de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, y suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a aplicar, a través de la Conagua y al Gobierno del Estado de México, los recursos necesarios que prevengan las inundaciones en el municipio de San Mateo Atenco, en el estado de México, a cargo del diputado Sergio Octavio Germán Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SHCP que otorgue los recursos económicos designados a las entidades federativas, a través del Presupuesto de Egresos de la Federación 2010, a efecto de que no se retrase la implementación de las políticas públicas contempladas en cada una de éstas, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a incrementar los recursos destinados a la administración del patrimonio de la beneficencia pública estatal de San Luis Potosí, para atender la salud de personas de escasos recursos y que carecen de seguridad social, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al GDF a ejercer con oportunidad, transparencia y equidad el presupuesto aprobado a la delegación Iztapalapa, a cargo de la diputada Silvia Esther Pérez Ceballos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR a aceptar la recomendación 64/2008, emitida por la CNDH, relativa a la explosión de la mina 8 en Pasta de Conchos, a cargo del diputado Francisco Hernández Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la Coordinación General de Protección Civil de la Segob que envíe un informe detallado sobre la situación que guardan los 159 nosocomios identificados como focos rojos o de alta complejidad, así como para exhortar a la Comisión de Salud para que realice una reunión de trabajo con esa dependencia acerca del mismo tema, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a modificar, a través de la SHCP, la fracción VI, numeral 41, de las Reglas de Operación del Fondo Metropolitano para incorporar el municipio como un integrante más del Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo Metropolitano, a cargo de la diputada Rosa Adriana Díaz Lizama, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se propone que los diputados integrantes de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, LXI Legislatura, donen un día de su dieta para la reconstrucción del patrimonio de las personas afectadas por las inundaciones ocurridas los días 4 y 5 de febrero de 2010 en la delegación Venustiano Carranza, Distrito Federal, a cargo de la diputada Esthela Damián Peralta, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar medidas que favorezcan al sector campesino y las correspondientes que contrarresten el alza de precios debido al aumento del costo de las gasolinas y del diesel, a cargo del diputado Héctor Pedraza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para crear una Comisión Especial para impulsar el desarrollo de la industria vitivinícola, así como de los productos vid de México, a cargo del diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la intervención de la SHCP, de la SE, así como de la Semarnat en relación con la situación de la industria automotriz, a cargo de la diputada Indira Vizcaíno Silva, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR a realizar las investigaciones pertinentes a los hechos delictivos ocurridos en el Congreso local de Jalisco, a cargo del diputado David Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la ASF realice una auditoría financiera de los recursos federales para el estado de Colima, a cargo de la diputada Indira Vizcaíno Silva, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a iniciar el procedimiento administrativo previsto por la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en contra del funcionario a cargo de la Administración de la Aduana de Ojinaga, en virtud de presuntas irregularidades, denunciadas por los usuarios, en el ejercicio de atribuciones; y, en su caso, a proceder de inmediato a su destitución, a cargo del diputado Manuel Guillermo Márquez Lizalde, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a las afectaciones por las precipitaciones pluviales e inundaciones de los días 2, 3, 4 y 5 de febrero de 2010 en municipios de los estados de México y Michoacán, así como en 4 delegaciones del Distrito Federal, suscrito por los diputados Leticia Robles Colín y Vidal Lleneras Morales, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo, para que la Junta de Coordinación Política, en uso de sus facultades, permita a quien corresponda investigar qué autoridad u órgano de esta honorable Cámara de Diputados instruyó la interposición de la revisión adhesiva, a cargo del diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad de la Secretaría de Salud, al DIF y a la SEP un informe detallado del ejercicio del presupuesto para este sector vulnerable, así como el impacto al mismo, a cargo de la diputada Hilda Ceballos Llerenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Estado de Michoacán a abrogar el decreto publicado en el Periódico Oficial de la entidad el jueves 31 de diciembre de 2009, con el que se abroga el decreto del 19 de agosto de 1993 que declaró área natural protegida la Loma de Santa María y sus depresiones aledañas, a cargo del diputado Agustín Torres Ibarrola, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la designación de un grupo plural de trabajo que se encargue de buscar un acercamiento entre el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, el Grupo México y la STPS, con objeto de resolver el conflicto de la mina de Cananea, a cargo de la diputada Mary Telma Guajardo Villareal, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instruir a la Semarnat para que emita un reglamento que norme la obligatoriedad de la planeación del cese de operaciones de las minas en México, y que se garantice que no se generen pasivos ambientales para el futuro de nuestros hijos, a cargo del diputado Carlos Samuel Moreno Terán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la PGR que envíe un informe detallado sobre el estado que guarda la denuncia presentada por el licenciado Andrés Manuel López Obrador, Presidente Legítimo, sobre quiénes causaron la actual tragedia nacional, a cargo del diputado Mario di Costanzo Armenta, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que solicita al titular del Ejecutivo federal que instruya al INEGI para que en el próximo Censo Nacional de Población y Vivienda 2010 incorpore una cédula adicional sobre la salud de los mexicanos, a efecto de obtener un efectivo diagnóstico de la salud en México, y cuyo contenido se acuerde con el Consejo de Salubridad General, a cargo del diputado Antonio Benítez Lucho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se denuncian las actividades proselitistas partidistas del Gobernador del Estado de Colima, a cargo del diputado Leoncio Moran Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhortar al titular de la CFE a rendir un informe detallado de los reportes de eventos diarios que emite el Sistema Integral de Control Remoto y Acción de Datos instalados en los centros de operación de las redes de distribución de Ecatepec, Pedregal y Verónica, como causa de las inundaciones ocurridas en Chalco, Ecatepec e Iztapalapa, a cargo del diputado Eduardo Mendoza Arellano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a las comisiones de Economía; de Turismo; de Gobernación; de Juventud y Deporte; de Educación Pública y Servicios Educativos; y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios que estudien y emitan su opinión en torno a las ventajas que tendría establecer mayores mecanismos de promoción, visas, comercio, cooperación e intercambio para que las instancias pertinentes del gobierno federal fortalezcan y promuevan una política de mayor acercamiento en los ámbitos comercial, turístico, social, deportivo y educativo, entre otros, con el gobierno ruso a través de la representación de la Federación Rusa en México, a cargo de la diputada Caritina Sáenz Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia de los titulares de la Sedena y de la Semar ante las comisiones de Marina, de Defensa Nacional, y de Derechos Humanos, con la finalidad de que informen sobre los resultados de su incorporación a tareas de seguridad pública y sobre el estado que guardan los casos de violación a los derechos humanos por miembros de las fuerzas armadas, a cargo del diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Salud que dentro del paquete presupuestal asignado al sector salud en este ejercicio fiscal del año 2010 se incluya un tomógrafo de altas especificaciones médicas para el hospital general Doctor Ernesto Meana San Román, del municipio de Jojutla de Juárez, en el estado de Morelos, a cargo de la diputada Rosalina Mazari Espín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al presidente municipal de Córdoba, Veracruz, a conducirse con honestidad en el ejercicio de sus funciones constitucionales, y a no evadir el pago de impuestos que le corresponde como titular de dicho ayuntamiento, a cargo del diputado Bernardo Téllez Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a coordinarse con la Secretaria de Protección Civil del Distrito Federal ante las inundaciones que se presentaron en días pasados en las delegaciones Venustiano Carranza, Coyoacán, Iztapalapa y Gustavo A. Madero, a cargo del diputado Nazario Norberto Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que el gobierno de México replantee la estrategia de energía con un criterio de desarrollo del país y no de favorecimiento a los grandes capitales extranjeros y nacionales, a cargo del diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SHCP que informe sobre la situación de las inversiones realizadas por el IMSS en la empresa Metromedia, a cargo del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades educativas del gobierno Estatal de Tamaulipas a realizar las acciones necesarias para cubrir las plazas de maestros jubilados en el municipio de Matamoros, a cargo de la diputada Norma Leticia Salazar Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a suspender de inmediato el cobro del impuesto sobre la renta en perjuicio de los pensionados y jubilados, y se devuelva ese gravamen en caso de haber sido indebidamente cobrado, a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Excitativas

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Al Senado de la República, a solicitud de la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Al Senado de la República, a solicitud del diputado José Luis Ovando Patrón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado José Óscar Aguilar González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Agenda política

Comentarios con relación a las inundaciones que han afectado a diversas regiones del territorio nacional en los pasados días, a cargo del diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Comentarios en torno a los asesinatos en Ciudad Juárez, a cargo de la diputada Elizabeth García Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Comentarios sobre la situación y terminación de la relación laboral de los mineros del municipio de Cananea, Sonora, a cargo de los diputados Carlos Samuel Moreno Terán y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Verde Ecologista de México, y del Trabajo, respectivamente.

Efemérides

Con motivo del aniversario de la suscripción de acuerdos San Andrés Larrainzar, a cargo del diputado Filemón Navarro Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Le pido a la Secretaría consulte a la asamblea si es de dispensarse la lectura del acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves once de febrero de dos mil diez, correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LXI Legislatura

Presidencia del diputadoFrancisco Javier Ramírez Acuña

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de 280 diputadas y diputados, a las 11 horas con 13 minutos del jueves 11 de febrero de 2010, el presidente declaró abierta la sesión.

En votación económica se dispensó la lectura al orden del día y enseguida al acta de la sesión anterior, la que se aprobó de la misma manera.

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, invitó a la ceremonia cívica conmemorativa del 179 aniversario luctuoso del general Vicente Guerrero Saldaña, el domingo 14 de febrero. El presidente designó la comisión de cortesía que asistiría a dicha ceremonia.

Se dio cuenta con comunicación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que informa que durante el ejercicio fiscal de 2009 el Servicio Administración Tributaria no ejerció la facultad establecida en el primer y segundo párrafos del artículo 15 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, por lo que no procedió la cancelación de créditos fiscales por incosteabilidad. Se remitió a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.

Se dio cuenta con comunicación de la Comisión de Seguridad Pública con la que informa de la creación de un grupo de trabajo para dar seguimiento a las acciones que se implantan para atender la problemática de inseguridad en el municipio de Ciudad Juárez, Chihuahua. De enterado.

La Junta de Coordinación Política, puso a consideración de la asamblea los siguientes cambios de los diputados:

• José Narro Céspedes cause baja como integrante en la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

• Anel Patricia Nava Pérez cause baja como integrante de las Comisiones de Salud; Desarrollo Social; Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y en el Comité de Administración.

• Alfonso Primitivo Ríos Vázquez cause alta como integrante de las Comisiones de Salud; Desarrollo Social; Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y en el Comité de Administración.

De enterado.

Se dio cuenta con oficios de la Secretaría de Gobernación:

• Por el que solicita el permiso para los ciudadanos: Iridiana Guzmán Salazar, Carmen Martínez Miguel y Zoila Jeanette Valenzuela Parada, a fin de que puedan prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México, en los Consulados de Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua y Nogales, Sonora, e informa que la ciudadana María Amar López Martínez ha dejado de prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México. Las solicitudes de permiso se turnan a la Comisión de Gobernación, por lo que se refiere a la ciudadana que deja de prestar servicios, se remitió a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores, para su conocimiento.

• Con el que remite contestación de la Procuraduría General de la República, a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la atención de víctimas de la violencia contra las mujeres. Se remitió a la Comisión de Equidad y Género, para su conocimiento.

• Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, relativo a la declaratoria de zona de desastre en diversos municipios de Querétaro, Guanajuato y Michoacán. Se remitió al promovente para su conocimiento.

Se dio cuenta con oficios de la Cámara de Senadores con los que remite:

• Su calendario para el segundo periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio de la LXI Legislatura. De enterado.

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por el senador Lázaro Mazón Alonso, del Partido de la Revolución Democrática. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Juan Bueno Torio, del Partido Acción Nacional. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Tomás Torres Mercado, del Partido de la Revolución Democrática. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Solicitud de los senadores Lázaro Mazón Alonso y Tomás Torres Mercado, del Partido de la Revolución Democrática, para que se presente el dictamen relativo a la minuta con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 301 de la Ley General de Salud. Se turnó a la Comisión de Salud.

Se recibe del diputado Leobardo Soto Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Se dio cuenta con las siguientes iniciativas con proyectos de decreto de los diputados:

• Javier Duarte de Ochoa, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

• Carlos Samuel Moreno Terán, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Hacienda y Crédito Público.

Se recibió del diputado Roberto Pérez de Alva Blanco, de Nueva Alianza, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, de Convergencia, que reforma los artículos 7, 8 y 30 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil. Se turnó a la Comisión de Participación Ciudadana.

• Janet Graciela González Tostado, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda y de la Ley General de Asentamientos Humanos. Se turnó a las Comisiones Unidas de Vivienda, y de Desarrollo Social.

• José Erandi Bermúdez Méndez, en nombre propio y de diversos diputados del Partido Acción Nacional, que expide la Ley de Almacenamiento Rural. Se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Desarrollo Rural, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Rodrigo Pérez Alonso González, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Se recibió del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, de Nueva Alianza, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 14 y 30 de la Ley General de Educación. Se turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

• Cuauhtémoc Salgado Romero, del Partido Revolucionario Institucional, que deroga el artículo 164 del Código Penal Federal. Se turnó a la Comisión de Justicia.

Se recibió del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, de Nueva Alianza, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 20, 40 y 134 Bis de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se turnó a la Comisión de Seguridad Pública.

A las 12 horas con 17 minutos, por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría instruyó el cierre del sistema electrónico de asistencia con un registro de 436 diputadas y diputados.

• J. Eduardo Yañez Montaño, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona el artículo 113 Bis 5 a la Ley de Instituciones de Crédito. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Ana Estela Durán Rico, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. Se turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

• Gastón Luken Garza, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo 95 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turnó a la Comisión de Gobernación.

Se dio cuenta con dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Puntos Constitucionales que reforma el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Mexicanos. En votación económica se dispensó la lectura y se puso a discusión. Se concedió el uso de la tribuna al diputado Juventino Víctor Castro y Castro, del Partido de la Revolución Democrática, para fundamentar el dictamen y para fijar posición a los diputados: César Augusto Santiago Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional; Gustavo González Hernández, del Partido Acción Nacional; Feliciano Rosendo Marín Díaz, del Partido de la Revolución Democrática; Juan José Guerra Abud, del Partido Verde Ecologista de México; Javier Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo; Roberto Pérez de Alva Blanco, de Nueva Alianza y Víctor Hugo Círigo Vásquez, de Convergencia. Intervinieron en pro los diputados: Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo; Enoé Margarita Uranga Muñoz, del Partido de la Revolución Democrática; Porfirio Muñoz Ledo, del Partido del Trabajo y Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Partido Acción Nacional, y propuso modificaciones que se desecharon en votación económica. Desde sus respectivas curules hicieron comentarios de procedimiento los diputados: Pérez Cuevas; Alejandro Encinas Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática; Enoé Margarita Uranga Muñoz, del Partido de la Revolución Democrática; Gerardo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo. Continuaron hablando en pro los diputados: Reginaldo Rivera de la Torre, de Partido Revolucionario Institucional y Fernández Noroña. En votación económica se consideró suficientemente discutido y se aprobó en lo general y en lo particular por 373 votos en pro; uno en contra y 8 abstenciones. Pasó a la Senado para sus efectos constitucionales.

Se incorporaron en el orden del día los siguientes asuntos, a solicitud de la Junta de Coordinación Política:

a) Dictámenes con proyectos de decreto de la Comisión de Hacienda y Crédito Público:

• Por el que reforma el artículo 4o., fracción VI, segundo párrafo, incisos b), c), d) y e), del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación, y del decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en unidades de inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 1995, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2009. Se aprobó en lo general y en lo particular el dictamen con proyecto de decreto por 305 votos en pro; cero en contra y 5 abstenciones. Pasó al Senado para sus efectos constitucionales.

•Por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se aprobó en lo general y en lo particular por 277 votos en pro; cero en contra y 7 abstenciones. Pasó al Senado para sus efectos constitucionales.

• Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia, de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado y de la Ley del Banco de México. Se aprobó en lo general y en lo particular el dictamen con proyecto de decreto por 280 votos en pro; cero en contra y 6 abstenciones. Pasó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

b) Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno, de la Junta de Coordinación Política:

• Por el que se solicita que se liberen a la brevedad posible los fondos federales para los municipios afectados por las lluvias en Michoacán.

• Por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal, a atender de manera urgente la situación de los damnificados por las lluvias atípicas de los días 3 y 4 de febrero.

• Por el se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública del Poder Ejecutivo federal, para que instruya al director general del Instituto Nacional de Antropología e Historia, disponga la realización de una nueva investigación de vestigios arqueológicos en el Cerro de Moctezuma, localizado en el municipio de Naucalpan de Juárez, estado de México, con la finalidad de ampliar el rescate y preservación del patrimonio cultural ahí localizado.

• Por el que se exhorta al secretario del Trabajo a vigilar el cumplimiento de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en torno a la presencia de personal de la Secretaría de la Defensa Nacional en las instalaciones de la mina que explota Mexicana de Cananea, Sociedad Anónima de Capital Variable, y a reconvertir las notificaciones que realiza al Sindicato de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana.

• Con la integración complementaria de comisiones especiales y comités.

En sendas votaciones económicas se aprobaron los acuerdos. Comuníquense.

c) Por las que informa de dos comunicaciones del diputado Pedro Jiménez León en relación a la incorporación de los diputados Víctor Hugo Círigo Vásquez y Laura Piña Olmedo, al Grupo Parlamentario de Convergencia. De enterado. Comuníquese.

La Secretaría dio lectura al orden del día de la próxima sesión.

El presidente clausuró la sesión a las 15 horas con 35 minutos y citó para la próxima que tendrá lugar el martes 16 de febrero de 2010 a las 10:00 horas.»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Muchas gracias. Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Aprobada el acta.

Pido a la Secretaría continuar con el orden del día en comunicaciones.



DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Francisco Ramírez Acuña, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Me permito someter a la consideración de esta honorable Cámara mi solicitud de licencia para cesar en mi función representativa en los términos del artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Quiero agradecer a mis compañeros de esta legislatura, miembros de diversas diputaciones y por supuesto a quienes conforman la de Veracruz, su solidaridad y respaldo. Dejo también constancia de mi profundo agradecimiento a los electores que me concedieron la posibilidad de tener la invaluable experiencia de pertenecer al Poder Legislativo de mi país, a quienes me propongo seguir sirviendo desde otra responsabilidad pública.

Manifiesto igualmente mí gratitud a mis compañeros de bancada, a nuestro coordinador, diputado Francisco Rojas Gutiérrez, a los miembros de la Junta de Coordinación Política y a la Mesa Directiva encabezada por usted, por las facilidades que me brindaron en mis tareas legislativas y les expreso mi reconocimiento y personal afecto, así como a todos mis compañeros de todas las filiaciones políticas que con su trabajo contribuyen a alcanzar acuerdos y soluciones en beneficio de México y dignifican la actividad política, única forma civilizada y razonable de enfrentar los problemas de la convivencia colectiva.

A esa actividad quiero seguir dedicándome porque la entiendo como una oportunidad de servicio. A ello me abocaré plenamente una vez que se resuelva esta solicitud de licencia. En atención a lo anterior atentamente solicito:

Primero. Se me conceda licencia en los términos de esta solicitud.

Segundo.Se llame a mi suplente Daniela Nadal Riquelme para que rinda su protesta y se mantenga la continuidad representativa del distrito 16 del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a 15 de febrero de 2010.— Diputado Javier Duarte de Ochoa (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:En consecuencia se ruega a la Secretaría poner a discusión los puntos de acuerdo.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: Leeré únicamente los dos puntos de acuerdo del documento dirigido al diputado presidente.

Puntos de acuerdo. Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido al diputado Javier Duarte de Ochoa para separarse de sus funciones como diputado federal electo en el XVI distrito del estado de Veracruz, a partir de esta fecha.

Segundo. Llámese al suplente.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Aprobado. Comuníquese.Continúe la Secretaría.



CAJAS DE AHORRO

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Procuraduría General de la República.

Diputado Francisco Javier Ramírez Acuña, Presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura.— Presente.

Me refiero a su atento oficio número DGPL 61-II-8-189, mediante el cual solicita que se informe si existen antecedentes de averiguaciones previas, mandamientos ministeriales, en donde se encuentren relacionadas las personas morales denominadas Financiera Coofia, Grupo Bienestar Social la Paz, SC, Grupo Sigma, Grupo Inmobiliario Verhome, SA de CV, y Caja de Ahorro Unión de Crédito Monterrey, SA de CV (Ucrem).

Al respecto, el sistema electrónico concerniente únicamente a actas circunstanciadas y averiguaciones previas radicadas en las delegaciones estatales de esta institución, al día de la fecha aparecen los siguientes antecedentes que podrían corresponder a algún homónimo:

• Delegación en Oaxaca la indagatoria número AP/PGR/OAX/SCRUZ-I/151/2009, en contra del apoderado legal de Construcción y Servicios Integrales Sigma, iniciada el 1 de diciembre de 2009 por el delito de daños.

• Delegación en Veracruz la indagatoria número AP/PGR/VER/PZRIC-I/166/2009, en contra de la persona moral denominada Construcción Servicios Integrales Sigma, SA de CV, iniciada el 8 de septiembre de 2009 por el delito de amenazas y extorsión.

• Delegación en Nuevo León la indagatoria número AP/PGR/NL/-I/2198/D/2006, en contra de la persona moral denominada Unión de Crédito en Monterrey, SA de CV, iniciada el 16 de noviembre de 2006 por el delito de violación a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito.

Lo anterior, con fundamento en el artículo 37 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, sin perjuicio de los mandamientos judiciales, ajenos a esta Dirección General.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, DF, a 8 de febrero de 2010.— Licenciado Horacio Loza Hernández (rúbrica), director de Control de Averiguaciones Previas de la Zona Centro.»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Remítase al promovente para su conocimiento.



FONDO DE INVERSION PARA LAS ENTIDADES FEDERATIVAS - FONDO DE APORTACIONES MULTIPLES

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado Gonzalo Altamirano Dimas, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Hago referencia a su oficio número SEL/UEL/311/329/10, de fecha 2 de febrero de 2010, recibido por la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas el 4 de febrero de 2010, mediante el cual hace de nuestro conocimiento que el 27 de enero de 2010 la Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó el punto de acuerdo, presentado por el diputado Juan Nicolás Callejas Arroyo, del Partido Revolucionario Institucional, por medio del cual se exhorta al Ejecutivo federal a publicar mediante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público “i. la distribución geográfica y calendarización de los recursos del Fondo de Inversión para las Entidades Federativas, cuyo monto asciende a 13 mil 500 millones de pesos, y ii. la distribución geográfica del Fondo de Aportaciones Múltiples y su ministración, en su apartado de infraestructura educativa básica y superior”.

Al respecto, le informo lo siguiente:

1. El artículo décimo tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010 (PEF de 2010) establece:

El presente presupuesto incluye la cantidad de 13 mil 500 millones de pesos, la cual se distribuirá a las entidades federativas con base en el coeficiente derivado de la distribución del Fondo General de Participaciones, publicada en la Cuenta Pública del ejercicio de 2008.

Las entidades federativas deberán ajustarse en la solicitud, aplicación y rendición de cuentas de este subsidio a las disposiciones aplicables al Fideicomiso para la Infraestructura en los Estados (Fies), pudiendo incluso destinar los recursos a programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento en proceso.

2. Para que las entidades federativas puedan acceder a los recursos mencionados, deben ajustarse a los “lineamientos para la solicitud, transferencia y aplicación de los recursos correspondientes con cargo al Fies”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 2008, así como a los oficios números 307-A-023, 307-A-0301 y 307-A-1002, del 6 de enero, 31 de marzo y 31 de agosto de 2009, respectivamente, emitidos por la Unidad de Política y Control Presupuestario de esta secretaría.

Por lo anterior, no es necesario que se emitan nuevos lineamientos, ya que el procedimiento que deben seguir las entidades federativas para acceder a los 13 mil 500 millones de pesos considerados en el artículo décimo tercero transitorio del PEF de 2010 es el mismo que utilizaron en 2009 para recibir los recursos del Fies.

3. Respecto a la distribución geográfica del Fondo de Aportaciones Múltiples y su ministración, le informo que, de conformidad con la fracción V del artículo tercero de los “lineamientos generales de operación para la entrega de los recursos del ramo general 33, ‘Aportaciones federales para entidades federativas y Municipios’”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2008, la dependencia coordinadora de dicho fondo es la Secretaría de Educación Pública.

Aprovecho la oportunidad para reiterarles mi consideración más distinguida.

México, DF, a 5 de febrero de 2010.— José Antonio González Anaya (rúbrica), jefe de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas.»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Remítase al promovente para su conocimiento.

Continúe la Secretaría con oficios de la Comisión Nacional del Agua.



COMISION NACIONAL DEL AGUA

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.— Comisión Nacional del Agua.

Diputado Francisco Ramírez Acuña, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con relación al Programa de Devolución de Derechos y de acuerdo a lo establecido en el artículo 231-A de la Ley Federal de Derechos, anexo al presente, para su conocimiento, el informe por entidad federativa correspondiente al cierre del ejercicio fiscal de 2009, de los recursos devueltos a los diversos municipios y prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento inmersos en este programa.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 10 de febrero de 2010.— Ingeniero José Ramón Ardavín Ituarte (rubrica), subdirector general.»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su conocimiento.

Continúe con oficios de la Secretaría de Gobernación.



SECRETARIA DE SALUD

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 61-II-2-308, signado por los diputados Francisco Javier Ramírez Acuña y Héctor Pablo Ramírez Puga Leyva, presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 170/UCVPS/DGAVS/123/2010, suscrito por licenciado Miguel Gutiérrez Hernández, director general adjunto de Vinculación Social de la Secretaría de Salud, así como los anexos que en éste se mencionan, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a la refrigeración de las vacunas.

Atentamente

México, DF, a 10 de febrero de 2010.— Licenciado Gonzalo Altamirano Dimas (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Contador Público José Manuel Minjares Jiménez, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En alcance al oficio número SEL/UEL/311 /289/10, mediante el cual se informa que fue aprobado el pasado 27 de enero el punto de acuerdo presentado por la senadora María del Socorro García Quiroz (PRI), el 13 del mismo mes, cuyo objeto es solicitar al titular de la Secretaría de Salud un informe sobre: a) Las medidas emergentes que se tienen implantadas o se vayan a implantar para vacunas o medicamentos que requieran refrigeración, principalmente en caso de existir cortes en los suministros de energía eléctrica y contingencias ambientales, explicando al detalle las medidas de seguridad en el resguardo de éstos; b) Los criterios bajo los cuales se llevará a cabo la verificación y mecanismo de oferta para poner a disposición del sector privado la vacuna contra la influenza AH1N1; y c) Los contratos que se han otorgado o se vayan a otorgar para la compra de las vacunas contra la influenza AH1N1, explicando al detalle las condiciones que imperaban durante la fase de alarma y, concretamente, durante la contratación.

Al respecto, me permito enviar oficio número 0325, suscrito por el doctor Fernando Meneses González, coordinador de asesores de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, mediante el cual adjunta información rendida por la directora general del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, doctora Vesta L. Richardson López Collada, sobre el punto de acuerdo citado.

Con base en lo anterior, he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 4 de febrero de 2010.— Licenciado Miguel Gutiérrez Hernández (rúbrica), director general adjunto.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Licenciado Miguel Gutiérrez Hernández, director general adjunto de Vinculación Social de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.— Presente

En atención a su oficio número 170/UCVPS/DGAVS/48/2010, mediante el cual hacen del conocimiento los puntos de acuerdo presentados por la senadora María del Socorro García Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRI, en donde se solicita lo siguiente:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud a informar a esta soberanía, a la mayor a la brevedad posible, las medidas emergentes que tiene implantadas para vacunas o medicamentos que requieran medicamentos en caso de existir cortes en los suministros de energía eléctrica y contingencias ambientales; asimismo, para que explique las medidas de seguridad en el resguardo de éstos.

Segundo.La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud a explicar a esta soberanía, a la mayor brevedad posible, sobre los criterios bajo los cuales se llevará a cabo la verificación y mecanismos de oferta para poner a disposición del sector privado la vacuna contra influenza A (H1N1).

Al respecto, me permito adjuntar el oficio número 267/CeNSIA/2010, suscrito por la directora general del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, mediante el cual proporciona la opinión técnica.

Sin otro particular.

Atentamente

México, DF, a 3 de febrero de 2010.— Doctor Fernando Meneses González (rúbrica), coordinador de asesores.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.— Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolecencia.

Doctor Fernando Meneses González, coordinador de asesores de la subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.— Presente.

En respuesta a su oficio número 0236 del 25 de enero del presente, en relación al oficio número 170/UCVPS/ DGAVS/48/2010, mediante el cual hacen del conocimiento los puntos de acuerdo presentados por la senadora María del Socorro García Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRI, le informo que con relación al primer punto de acuerdo, todas las cámaras frías estatales donde se guarda el biológico cuentan con una planta de luz. Asimismo, el Capítulo 14, Cadena de Frío, del manual de vacunación 2008-2009, establece las medidas que se deben tomar ante un accidente en la cadena de frío, como lo es un corte en el suministro de energía.

Con relación al segundo punto de acuerdo, no es competencia de este centro.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 29 de enero de 2010.— Doctora Vesta L. Richardson López-Collada (rúbrica), directora general.»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Remítase al promovente para su conocimiento.



ESTADO DE OAXACA

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta del oficio número DGPL 61-II-8-215, signado por el diputado Francisco Javier Ramírez Acuña y el senador Adolfo Toledo Infanzón, presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número UCE/DGPIB/0126/10, suscrito por el ciudadano Virgilio Javier Camacho Hinojosa, director general del Programa de Infraestructura Básica de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CNDI), mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a los tramos carreteros Sola de Vega-Santa Cruz Zenzontepec y El Vado-Los Llanos, en Oaxaca.

Atentamente

México, DF, a 11 de febrero de 2010.— Licenciado Gonzalo Altamirano Dimas (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Gonzalo Altamirano Dimas, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.

En atención de su oficio número SEL/UEL/311/295/10, de fecha 28 de enero de 2010, enviado al director general de la CNDI, mediante el cual hace de su conocimiento el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a poner en marcha los trabajos de construcción de los tramos carreteros Sola de Vega-Santa Cruz Zenzontepec y El Vado-Los Llanos, en Oaxaca, y se ejerza el presupuesto asignado para ellos de manera oportuna, le informo lo siguiente:

Con fecha 27 de enero de 2010 se suscribió el Acuerdo de coordinación entre el gobierno de Oaxaca y la CNDI sobre la ejecución del Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas (PIBAI), donde se estableció la cartera de obras por ejecutar durante el ejercicio vigente, la cual incluye la modernización y ampliación del camino El Vado-Santa María Lachixio, del kilómetro 5+000 al 1+800 (terracerías, obras de drenaje, pavimentos, obras complementarias y señalamientos) y la modernización y ampliación del camino kilómetro 79+100 EC (Oaxaca-Sola de Vega)-San Lorenzo Texmelucan-San Jacinto Tlacotepec-Santa Cruz Zenzontepec, del kilómetro 23+900 al 27+200 (pavimentos, obras complementarias y señalamientos) y del 27+200 al 30+500 y del 35+000 al 37+000 (terracerías, obras de drenaje, pavimentos, obras complementarias y señalamientos), por un total de 47.8 millones de pesos. De éstos, la CNDI aportará 33.5 millones de pesos; y el gobierno del estado, 14.3 millones de pesos. Los tramos carreteros serán ejecutados por los ayuntamientos de Santa María Lachixio y Santo Domingo Teojomulco, respectivamente, mediante el procedimiento de licitación pública.

Por parte de la CNDI daremos seguimiento para que la licitación se realice en los plazos establecidos en las Reglas de Operación del PIBAI; y estaremos atentos a que las obras se ejecuten conforme al programa que fijen los ejecutores, a fin de garantizar el oportuno ejercicio de los recursos y el cumplimiento de las metas del presente año.

Sin otro por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 8 de febrero de 2010.— Virgilio Javier Camacho Hinojosa (rúbrica), director general del Programa de Infraestructura Básica.»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Remítase al promovente para su conocimiento.



PROGRAMA INTEGRAL AMBIENTAL FRONTERIZO

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 61-II-5-465, signado por el diputado Francisco Javier Ramírez Acuña y el senador Adolfo Toledo Infanzón, presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 800-00-00-00-00-2010-166, suscrito por el ingeniero Juan José Bravo Moisés, administrador general de Aduanas, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo al puerto fronterizo Otay II.

Atentamente

México, DF, a 11 de febrero de 2010.— Licenciado Gonzalo Altamirano Dimas (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.— Servicio de Administración Tributaria

Licenciado Gonzalo Altamirano Dimas, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la subsecretaría de Enlace Legislativo.— Presente

Me refiero al oficio número SEL/UEL/311/175/10, mediante el cual solicita que se informe a esa soberanía el tiempo estimado para la apertura del puerto fronterizo Otay II, su ubicación, capacidad, peaje y demás datos relacionados con éste.

Al respecto, le comento que el cruce fronterizo denominado Otay II será una concesión otorgada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes al gobierno de Baja California, por lo que el gobierno de ese mismo estado realizará el proyecto en el cual se desarrollará la capacidad y la infraestructura para las nuevas instalaciones, así como la ejecución de la obra y su programación en la que se determinará la fecha estimada para el inicio de las operaciones. Por lo anterior, la Secretaría de Comunicaciones y Transporte y el gobierno de Baja California son los indicados para informar el estatus y programa de este nuevo cruce fronterizo.

Por otra parte, aprovecho la ocasión para informarle de los proyectos que el Servicio de Administración Tributaría por conducto de la Administración General de Aduanas realizará en la frontera de Baja California, considerados en el plan de modernización de Aduanas para el periodo 2007-2012:

Aduana de Tijuana

• Reordenamiento integral del patio de exportación de Mesa de Otay. Se tiene programado el inicio de obras en mayo de 2010 concluye en noviembre de 2011

• Reordenamiento integral del patio de importación, áreas administrativas, pequeña importación, autodeclaración y acceso de ligeros y peatones. En marzo de 2010 se inicia el desarrollo del proyecto ejecutivo y las obras se programan para marzo de 2011.

• Nuevas instalaciones en El Chaparral. En marzo de 2010 se iniciará el proyecto ejecutivo, las obras se programan para marzo de 2011.

Aduana de Mexicali

• Reordenamiento y construcción de las áreas de revisión para exportación. La obra se tiene programada para abril de 2010.

• Construcción de almacén fiscal y patio de decomisos. En abril de 2010 se iniciara el desarrollo del proyecto ejecutivo, las obras se tienen programadas para abril de 2011.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 11 de febrero de 2010.— Ingeniero Juan José Bravo Moisés (rúbrica), administrado general de Aduanas.»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Remítase al promovente para su conocimiento. Continúe con los oficios de la Cámara de Senadores.



LEY DE DESARROLLO METROPOLITANO

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial, y del Distrito Federal, con los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. El Senado de la República convoca a la conformación de una mesa interparlamentaria para la creación de la Ley de Desarrollo Metropolitano.

Segundo. La Cámara de Senadores hace una atenta invitación a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a participar en la integración de la mesa interparlamentaria para la creación de la Ley de Desarrollo Metropolitano, en los términos señalados en el numeral tercero de este punto de acuerdo.

Tercero. La mesa interparlamentaria para la creación de la Ley de Desarrollo Metropolitano estará integrada por las Comisiones del Distrito Federal, y de Desarrollo Metropolitano de la Cámara de Diputados y por las Comisiones de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial, del Distrito Federal, de Federalismo, y de Desarrollo Regional del Senado de la República.

También serán integrantes de la mesa, con el carácter de observadores e invitados especiales, los representantes de los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal, municipales y demarcaciones territoriales del Distrito Federal con territorios metropolitanos.

Cuarto.La mesa interparlamentaria para la creación de la Ley de Desarrollo Metropolitano entregará un documento final en un plazo que no excederá de un año a partir de su creación. Este documento será presentado como iniciativa con proyecto de decreto al pleno de la Cámara de Senadores para su trámite constitucional correspondiente.

Atentamente

México, D F, a 11 de febrero de 2010.— Senador Arturo Núñez Jiménez (rúbrica), vicepresidente de la Mesa Directiva.»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Túrnese a la Junta de Coordinación Política.

Pasamos al siguiente capítulo del orden del día que es iniciativas. Tiene la palabra el diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

No se encuentra en el salón de sesiones el diputado Serrano Jiménez. Pasa al final del capítulo.



LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra el diputado Luis Carlos Campos Villegas, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7 y 8 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

El diputado Luis Carlos Campos Villegas:Con su permiso, señor presidente. Con el permiso de la honorable asamblea, comparezco ante este pleno a presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los párrafos primero, tercero y cuarto del artículo 7; y párrafos tercero y cuarto del artículo 8 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, solicitando, señor presidente, que desde este momento se contemple íntegra esta iniciativa en el Diario de los Debates, toda vez que por razón de tiempo presentaré un resumen de la misma.

En México el sistema tributario presenta ineficiencias estructurales que derivan en un marco jurídico complicado e impreciso, lo que genera un ambiente de confusión a los contribuyentes, provocando desigualdades e injusticias y motivando la elusión y evasión fiscal, así como la práctica de actividades económicas informales al margen de las leyes fiscales.

Como es de su conocimiento, el 1 de octubre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que expide la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, la cual obliga a las personas físicas y morales a pagar impuestos respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero del país.

El impuesto a los depósitos en efectivo es un impuesto de control ya que por una parte, al ser acreditable o compensable, obliga a los contribuyentes a declarar correctamente sus ingresos y sus deducciones. Y por otra parte, permite identificar a aquellas personas que deberían contribuir al gasto público, pero que al encontrarse en la economía informal no lo hacen, por lo que al momento de interrelacionarse con el sistema financiero deberán absorber los costos del traslado del impuesto, sin poder acreditarlo ni compensarlo.

Como es bien sabido, y en los términos del artículo 8o. de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, sólo se permite el acreditamiento del impuesto retenido o pagado en un mes contra los pagos provisionales de ISR (impuesto sobre la renta) y retenciones de dicho impuesto del mismo mes. Y únicamente el remanente se podrá compensar contra otras contribuciones federales, lo cual limita de manera muy importante el derecho a la recuperación del citado impuesto.

Es necesario precisar que para compensar el IDE frente a otras contribuciones federales distintas del ISR, propio o retenido a terceros, se debe seguir un procedimiento complicado y burocrático ante el SAT para que este organismo autorice la compensación, generando una gran carga de trabajo para los propios contribuyentes, así como gastos adicionales con motivo de la asesoría contable y la consecuente carga administrativa para la propia autoridad.

En razón de lo anterior, mediante esta iniciativa estamos proponiendo que el impuesto a los depósitos en efectivo sea acreditable contra el impuesto sobre la renta o contra otras contribuciones federales, pues el procedimiento de acreditación es muy sencillo, facilita su cumplimiento y logra los objetivos de equidad, justicia y proporcionalidad que debe tener la carga tributaria.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto.

Único. Se reforma el artículo 7o., párrafo primero, tercero y cuarto; y artículo 8o., párrafos tercero y cuarto de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo para quedar como sigue:

Artículo 7o.

Párrafo primero. El impuesto establecido en esta ley, efectivamente pagado en el ejercicio de que se trate, será acreditable contra el impuesto sobre la renta o contra otras contribuciones federales a cargo en dicho ejercicio.

Párrafo tercero. Cuando después de efectuar el procedimiento señalado en el párrafo anterior resultara mayor el impuesto establecido en esta ley efectivamente pagado en el ejercicio, el contribuyente podrá acreditar la diferencia contra otras contribuciones federales.

Párrafo cuarto. Si después de aplicar el procedimiento de acreditamiento a que se refieren los párrafos anteriores subsistiere alguna diferencia, la misma podrá ser solicitada en devolución.

Artículo 8o.

Párrafo tercero. Si después de efectuar el acreditamiento a que se refiere el párrafo anterior existiere una diferencia, el contribuyente la podrá acreditar contra otras contribuciones federales a su cargo.

Párrafo cuarto. Si después de aplicar el procedimiento de acreditamiento a que se refieren los párrafos anteriores subsistiere alguna diferencia, la misma podrá ser solicitada en devolución.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 7 y 8 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, a cargo del diputado Luis Carlos Campos Villegas, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Luis Carlos Campos Villegas, diputado por el estado de Chihuahua, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 56, 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículo 7, párrafos primero, tercero y cuarto; artículo 8, párrafos tercero y cuarto, de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 1 de octubre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que expide la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, que, por Transitorio Primero, entró en vigor a partir del 1 de julio de 2008, la cual obliga a las personas físicas y morales al pago del impuesto establecido respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero.

El impuesto a los depósitos en efectivo (IDE), es un impuesto de control ya que, por una parte, al ser acreditable o compensable, obliga a los contribuyentes a declarar correctamente sus ingresos y sus deducciones y, por otra parte, permite identificar a aquellas personas que deberían contribuir al gasto público pero que, al encontrarse en la economía informal, no lo hace por lo que, al momento de interrelacionarse con el sistema financiero o con otras personas, deberán absorber los costos del traslado del impuesto sin poder acreditarlo ni compensarlo.

La compensación, de acuerdo a lo establecido por el artículo 2185, del Código Civil para el Distrito Federal, es una forma de extinción de la obligaciones y tiene lugar cuando dos personas reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y por su propio derecho.

En materia tributaria, el gobernado está obligado a contribuir al gasto público por mandato constitucional y el Estado con el derecho a percibir lo que provenga de las contribuciones entendido como créditos fiscales; sin embargo, en la práctica se da el caso de que el contribuyente ya sea por errores o por mecánica del pago del impuesto, le resulten saldos a favor, por lo que sería el Estado quien tenga un adeudo con el contribuyente, reuniéndose la calidad de deudores y acreedores recíprocamente. Esta figura jurídica no la aceptan de manera unánime los tratadistas del derecho fiscal, por estimar que este concepto sufre derogación en las obligaciones tributarias, siendo principio generalmente admitido que, salvo excepciones, no son compensables entre sí los créditos y deudas provenientes de contribuciones públicas.

A diferencia de la compensación, la figura del acreditamiento no se encuentra regulada por el Código Civil, por lo que en principio no es una forma de extinción de obligaciones; es decir, no se tiene que dar el escenario de deudor y acreedor recíprocamente. Para algunos autores el acreditamiento es sinónimo de compensación, situación que es incorrecta, por que para que se dé la compensación se requiere de saldos a favor y a cargo en una misma persona, y en el acreditamiento no hay saldo a favor, sino una cantidad pagada que se disminuye de otra para determinar el impuesto a pagar.

Como regla general el párrafo primero, del artículo 7, de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, establece que el IDE pagado en el ejercicio, podrá compensarse contra las contribuciones distintas del ISR o acreditarse del ISR retenido a terceros o el propio.

Como reglas específicas, el segundo párrafo del artículo mencionado con anterioridad de la ley en comento, establece que cuando el ISR propio sea inferior al IDE, la diferencia podrá acreditarse contra el ISR retenido a terceros.

Asimismo, el tercer párrafo del mismo artículo y de ley, señala que si el IDE sigue siendo mayor al ISR propio y retenido a terceros, entonces la diferencia podrá compensarse contra otras contribuciones federales.

Sin embargo, para compensar el IDE de otras contribuciones distintas del ISR propio o retenido a terceros se deberá actualizar y presentar aviso al SAT para efectos de que proceda la compensación, mientras que, para que se lleve a cabo el acreditamiento, no se necesita dar aviso al SAT.

Este hecho genera, en primer lugar, una gran carga de trabajo para los contribuyentes y para la autoridad, ya que en muchos de los casos el impuesto sobre la renta y el retenido a terceros es menor que el IDE retenido en cada mes, lo que origina la necesidad de compensar los remanentes contra otras contribuciones federales, con la consecuente obligación de preparar y presentar los avisos que establece el artículo 8, de la Ley a los Depósitos en Efectivo y el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.

Esa carga de trabajo adicional origina costos directos a los contribuyentes pues aumenta su carga administrativa como consecuencia de la elaboración, presentación y seguimiento de los referidos avisos de compensación, además aumenta, también, la carga administrativa de la autoridad, derivada de la recepción, revisión y seguimiento de dichos avisos, lo cual representa costos adicionales para los contribuyentes, pues no olvidemos que el costo de la fiscalización es pagado de manera indirecta por los propios contribuyentes.

Sin embargo, en la práctica, la autoridad rechaza a los contribuyentes los avisos de compensación, pues considera que no se cumple con el orden establecido en la ley, ya que, según ellos, primero se realiza la compensación y después el acreditamiento, basado en la fecha de presentación de la declaración y no en el momento en que se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, aun cuando cuentan con los elementos que demuestran que no es así, pues el monto compensado es, precisamente, un remanente después de haber realizado los acreditamientos permitidos.

En segundo lugar, en los términos del artículo 8 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, es precisamente en el mes en el que efectivamente se pague el IDE cuando puede aplicarse y exactamente en el orden mencionado en el citado artículo, consecuentemente el mes en el que el banco cargue el IDE al contribuyente obviamente es ese el mes en el que se paga efectivamente y es en ese mes en el que tiene el derecho el contribuyente a efectuar los acreditamientos contra pagos provisionales y retenciones de ISR.

En este orden de ideas, ante la dificultad que les representaba a las instituciones del sistema financiero calcular y recaudar el IDE del mes el último día de cada mes, se les permitió cerrar sus operaciones, realizar el cálculo y retener el impuesto al siguiente día hábil del mes.

Por otra parte, la Administración General de la Auditoría Fiscal Federal dependiente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha manifestado que para cualquier trámite de compensación o de devolución invariablemente consideran como mes de retención el que se consigna en la constancia expedida por la institución de crédito que recibe los depósitos y hace la retención del IDE y no acepta que los contribuyentes consideren como mes de retención el mes en el que el Banco hace el cargo.

Así las cosas, es conveniente señalar que para muchas empresas el considerar que el mes de la retención es el de la constancia que corresponde al mes en el que se efectuaron los depósitos, resulta totalmente inoperante porque las instituciones del sistema financiero no expiden las constancias correspondientes de manera oportuna en los términos establecido en la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

Conforme a lo anterior, consideramos que el impuesto acreditable en un determinado mes, de acuerdo a lo establecido en la LIDE, es el efectivamente pagado en ese mes, es decir el que se cargó en la cuenta en ese mes y no cuando se efectuaron los depósitos.

Por lo expuesto y con el objeto de poder acreditar el IDE contra contribuciones federales y no sólo contra el ISR propio o retenido a terceros, someto a consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforman el artículo 7, párrafos primero, tercero y cuarto; y artículo 8, párrafos tercero y cuarto, de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo para quedar como sigue:

Artículo 7. El impuesto establecido en esta ley efectivamente pagado en el ejercicio de que se trate, será acreditable contra el impuesto sobre la renta o contra otras contribuciones federales a cargo en dicho ejercicio, salvo que previamente hubiese sido acreditable contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros o hubiese sido solicitado en devolución.

...

Cuando después de efectuar el procedimiento señalado en el párrafo anterior resultara mayor el impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el ejercicio, el contribuyente podrá acreditar la diferencia contra otras contribuciones federales.

Si después de aplicar el procedimientode acreditamiento a que se refieren los párrafos anteriores, subsistiere alguna diferencia, la misma podrá ser solicitada en devolución.

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...

...

...

...

...

...

Artículo 8. ...

...

Si después de efectuar el acreditamiento a que se refiere el párrafo anterior existiere una diferencia, el contribuyente la podrá acreditar contra otras contribuciones federales a su cargo.

Si después de aplicar el procedimientode acreditamiento a que se refieren los párrafos anteriores, subsistiere alguna diferencia, la misma podrá ser solicitada en devolución, siempre y cuando esta última sea dictaminada por contador público registrado y cumpla con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

...

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2010.— Diputado Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Muchas gracias, señor diputado Carlos Campos Villegas. Como lo solicita insértese en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra el diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto.

El diputado Emilio Serrano Jiménez:Con su venia, diputado presidente. Primero, ofrezco una disculpa a todo el pleno por no haber estado en el momento que me nombraron, estaba aquí en las instalaciones y le pido al señor presidente que me permita retirar esta iniciativa que va a presentar el diputado Hernández Juárez, y totalmente en desacuerdo con que le cobren impuestos a los jubilados, a los pensionados que en activo ya pagaron su impuesto. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Muchas gracias, diputado. Como lo solicita, se retira su iniciativa.



LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra la diputada Laura Elena Estrada Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La diputada Laura Elena Estrada Rodríguez:Con su venia, señor presidente. La familia ha sido considerada como un vínculo privilegiado en la transmisión de los más altos valores en los niños, jóvenes y en las nuevas generaciones. Es decir, la familia es una comunidad de perfeccionamiento humano, célula básica de la sociedad y fortaleza de toda la nación, ya que ésta es la primera comunidad natural de solidaridad, donde las personas desa-rrollan afectos, conocimientos, habilidades, actitudes y valores. A partir de la familia se identifica toda estructura, se edifica.

De acuerdo con información del Inegi, la población mexicana se agrupa fundamentalmente en hogares familiares y 97.9 millones de personas, que representan 97.7 por ciento de la población total forman grupos donde los miembros tienen relaciones de parentesco con el jefe del hogar.

En este sentido, la forma de agrupación predominante en México es la familia integrada por el jefe, la cónyuge y los hijos: 67.5 por ciento. Le sigue la constituida por uno de los padres y sus hijos, en 17.9. Y las parejas sin hijos, sea porque los hijos ya salieron del hogar de origen o porque la pareja no ha tenido descendencia, un 11 por ciento. Destacando a su vez el paulatino y constante aumento de hogares monoparentales.

En este orden de ideas podemos decir que la familia en sus numerosas formas, efectivamente es la unidad básica de la sociedad y aunque ha experimentado y sigue experimentando cambios fundamentales en la estructura y funciones, continúa siendo el marco adecuado para cultivar los valores en la persona misma y así estar en condiciones de trasmitirlos y señalar los valores como la unión, la honestidad, la solidaridad, el respeto y la responsabilidad.

Sin duda alguna, la familia y la escuela son las instancias que más influyen en la vida y desarrollo de niñas y niños. La familia en particular tiene una fuerte presencia en la educación más temprana del niño. Su papel es importante en la configuración del mundo de valores de esa conciencia e información.

Estos valores adquiridos en edades tempranas quedan casi siempre más arraigados en la estructura de la personalidad, lo cual hace más difícil su cambio. De ahí la importancia de que esa educación primera sea la más adecuada posible.

Por su parte, la escuela también es de suma importancia en la formación de los menores, puesto que es justamente ahí donde pasan gran parte de su tiempo. Ahí aprenden realmente a compartir, a trabajar en equipo, a escuchar, a respetar, a conciliar y a dirigir. Conocen por primera vez problemas reales y es donde verdaderamente aprenden a distinguir lo que está bien o lo que está mal.

No obstante, la realidad que se vive en nuestro país refleja en muchos casos que las y los niños presentan una experiencia dolorosa y poco satisfactoria al vivir en familia, tales como la desintegración familiar, violencia al interior de sus hogares, falta de responsabilidad hacia ellos de uno o de ambos padres, lo que sin duda representa un escenario propicio para que busquen otras alternativas de vida como son la violencia, la delincuencia, la drogadicción, por mencionar algunas.

Por ello, es cada vez más urgente fortalecer la institución familiar, propiciando la estabilidad y la resolución no violenta y satisfactoria de sus conflictos, promoviendo la solidaridad entre sus integrantes y fomentando la responsabilidad de sus miembros al interior del núcleo familiar y hacia la comunidad, incentivando en todo momento la compatibilidad entre las responsabilidades familiares equitativas, puesto que hoy en día se necesita del trabajo de ambos padres para evitar problemas en el futuro, relacionados con el crecimiento de hijos solos y sin los cuidados necesarios para su desarrollo.

Asimismo, en Acción Nacional estamos convencidos de que no sólo se requiere emprender dichas acciones al interior de la familia, sino que es indispensable crear una cultura al interior de las aulas –dada la importancia que tiene la educación en el desarrollo de los niños– y enseñarles a comprender de una forma adecuada desde edades tempranas la importancia de la paternidad y la maternidad responsables como función social y el reconocimiento de la responsabilidad compartida de hombres y mujeres en cuanto a la educación y el desarrollo de sus hijos.

En atención a lo expuesto someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en los siguientes términos:

Artículo único. Se reforma la fracción II de artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:

Artículo 45. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública desarrollar programas educativos en todos los niveles de escolaridad que fomenten la cultura de una vida libre de violencia contra las mujeres y el respeto a su dignidad. Así como la comprensión adecuada de la paternidad y la maternidad responsables como función social y el reconocimiento de la responsabilidad compartida de hombres y mujeres en cuanto a la educación y el desarrollo de sus hijos.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Señor presidente, solicito que sea incluido el texto íntegro de la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto. Muchas gracias por su atención.

«Iniciativa que reforma el artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Elena Estrada Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada federal de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de esta honorable asamblea la presente iniciativa que reforma la fracción II del artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

La familia ha sido considerada como un vínculo privilegiado en la transmisión de los más altos valores en los niños, jóvenes y en las nuevas generaciones. Es decir, la familia es una comunidad de perfeccionamiento humano, célula básica de la sociedad y fortaleza de toda la nación, ya que ésta es la primera comunidad natural de solidaridad donde las personas desarrollan afectos, conocimientos, habilidades, actitudes y valores. A partir de la familia se edifica toda estructura.

De acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la población mexicana se agrupa fundamentalmente en hogares familiares: 97.9 millones de personas, que representan 97.7 por ciento de la población total, forman grupos donde los miembros tienen relaciones de parentesco con el jefe del hogar.

En este sentido la forma de agrupación predominante en México, es la familia integrada por el jefe, la cónyuge y los hijos (67.5 por ciento), le sigue la constituida por uno de los padres y sus hijos (17.9 por ciento) y las parejas sin hijos, sea porque los hijos ya salieron del hogar de origen o porque la pareja no ha tenido descendencia (11.1 por ciento); destacando a su vez el paulatino y constante aumento de hogares monoparentales.

En este orden de ideas, podemos decir que la familia en sus numerosas formas, efectivamente, es la unidad básica de la sociedad y aunque ha experimentado y sigue experimentando cambios fundamentales en su estructura y funciones, continúa siendo el marco adecuado para cultivar los valores en la persona misma, y así estar en condiciones de transmitirlos y enseñarlos; valores como la unión, la honestidad, la solidaridad, el respeto y la responsabilidad.

Sin duda alguna, la familia y la escuela son las instancias que más influyen en la vida y desarrollo de las niñas y niños. La familia en particular tiene una fuerte presencia en la educación más temprana del niño, su papel es importante en la configuración del mundo de valores de esa conciencia en formación. Esos valores adquiridos en edades tempranas quedan casi siempre más arraigados en la estructura de la personalidad, lo cual hace más difícil su cambio. De ahí la importancia de que esa educación primera sea lo más adecuada posible.

Por su parte la escuela también es de suma importancia en la formación de los menores puesto que es justamente ahí donde pasan gran parte de su tiempo, allí aprenden realmente a compartir, a trabajar en equipo, a escuchar, a respetar, a conciliar y a dirigir, conocen por primera vez problemas reales y es donde verdaderamente aprenden a distinguir lo que está bien o mal.

No obstante, la realidad que se vive en nuestro país, refleja en muchos casos, que las y los niños presentan una experiencia dolorosa y poco satisfactoria al vivir en familia, tales como desintegración familiar, violencia al interior de sus hogares, falta de responsabilidad hacia ellos de uno o ambos padres; lo que sin duda representa un escenario propicio para que busquen otras alternativas de vida como son la violencia, la delincuencia, la drogadicción, por mencionar algunas.

Por ello, es cada vez más urgente fortalecer la institución familiar, propiciando la estabilidad y la resolución no violenta y satisfactoria de sus conflictos, promoviendo la solidaridad entre sus integrantes y fomentando la responsabilidad de sus miembros al interior del núcleo familiar y hacia la comunidad, incentivando en todo momento la compatibilidad entre las responsabilidades familiares equitativas, puesto que hoy en día se necesita del trabajo de ambos padres, para evitar problemas en el futuro relacionados con el crecimiento de hijos solos y sin los cuidados necesarios para su desarrollo.

Asimismo en Acción Nacional estamos convencidos de que no sólo se requiere emprender dichas acciones al interior de la familia, sino que es indispensable crear una cultura al interior de las aulas –dada la importancia que tiene la educación en el desarrollo de los niños– y enseñarles a comprender de una forma adecuada desde edades tempranas la importancia de la paternidad y la maternidad responsables, como función social y el reconocimiento de la responsabilidad compartida de hombres y mujeres en cuanto a la educación y el desarrollo de los hijos.

Consideramos que el hecho de que los programas educativos tengan incidencia en estos temas contribuirá sin duda alguna a la prevención de estereotipos respecto a las responsabilidades en el hogar, al tiempo de fortalecer los valores de respeto, protección e integridad de la familia.

Por último estimo pertinente el señalar que esta propuesta de reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia complementa las disposiciones señaladas en la legislación educativa respecto a la finalidad de ésta para crear conciencia sobre la planeación familiar y la paternidad responsable; considerando que la educación no es sólo enseñanza y aprendizaje, sino también forma a las niñas y niños fomentando en ellos valores que los lleven a ser mejores personas y ciudadanos.

En atención a lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en los siguientes términos:

Artículo Único. Se reforma la fracción II del artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para quedar como sigue:

Artículo 45. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública:

I. ...

II. Desarrollar programas educativos, en todos los niveles de escolaridad, que fomenten la cultura de una vida libre de violencia contra las mujeres y el respeto a su dignidad; así como la comprensión adecuada de la paternidad y la maternidad responsables, como función social y el reconocimiento de la responsabilidad compartida de hombres y mujeres en cuanto a la educación y el desarrollo de sus hijos;

III. a XVI. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota:

1 Estadísticas a propósito del Día de la Familia Mexicana. Marzo, 2007.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 16 de febrero de 2010.— Diputados: Laura Elena Estrada Rodríguez, Rosi Orozco, Silvia Esther Pérez Ceballos, (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Gracias, diputada Estrada Rodríguez. Como lo solicita insértese en el Diario de los Debates y se turna a la Comisión de Equidad y Género.



DIPUTADOS SUPLENTES QUE SE INCORPORAN

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Se encuentran, señoras diputadas y señores diputados, a las puertas de este recinto los diputados Daniela Nadal Riquelme y Marcos Carlos Cruz Martínez, diputados federales electos en el XVI distrito electoral de Veracruz y en la primera circunscripción plurinominal respectivamente.

Se designa en comisión para que los acompañen en el acto de rendir protesta de ley para entrar en funciones, a los siguientes diputados:

María Isabel Pérez Santos, Luis Antonio Martínez Armengol, Patricio Chirinos del Ángel, José Narro Céspedes, Ilich Augusto Lozano Herrera, Samuel Herrera Chávez, Alberto Cinta Martínez, Francisco Amadeo Espinosa Ramos y la diputada Elsa María Martínez Peña.

Se pide a la comisión cumpla con este encargo.

(La comisión cumple con su encargo)

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: Se invita a los presentes a ponerse de pie.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Ciudadanos Daniela Nadal Riquelme y Marcos Carlos Cruz Martínez. ¿Protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

Los ciudadanos Daniela Nadal Riquelme y Marcos Carlos Cruz Martínez: Sí, protesto.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Si así no lo hicieren que la nación se los demande. Muchas gracias.



LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra el diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El diputado Vidal Llerenas Morales:Gracias, señor presidente. El objeto de las iniciativas que estamos presentando para reformar tanto la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal como la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y la del propio Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es con el objetivo de fortalecer la unidad técnica de esta Cámara encargada de vigilar las finanzas públicas del país, y proveer a este Congreso de la Unión con las herramientas necesarias para poder analizar a detalle las finanzas públicas y poder ejercer nuestra función de vigilar al Ejecutivo.

Hasta este momento la tendencia en torno a la vigilancia del gasto público ha sido fortalecer a los órganos de fiscalización del mismo. Cuando también tenemos que avanzar en esquemas de monitoreo del gasto que nos permitan conocer –en el momento mismo que se están ejerciendo– cómo el gobierno federal actúa, y poder en ese momento tener una acción por parte del Poder Legislativo.

Asimismo, necesitamos elementos más sólidos y fortalecer al Congreso para que podamos –de manera más racional y con mejores resultados para los ciudadanos– modificar la propuesta del Ejecutivo en materia de gasto público.

En ese sentido, proponemos reformar la fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tenga la obligación de crear un Comité de Evaluación junto con el Congreso, que provea información de manera oportuna y adecuada a los diputados, para que conozcamos qué está pasando con la evaluación del gasto público federal.

Proponemos también la reforma al artículo 41 para que el proyecto de egresos contenga lineamientos claros para que la información que el Centro de Estudios de Finanzas Públicas solicita a la Secretaría de Hacienda sea remitida en un plazo que no exceda de 15 días hábiles.

Proponemos también modificar el artículo 106 de dicha Ley de Responsabilidad Hacendaria, para que en el proyecto de presupuesto, sin prejuicio de diversos sistemas de información previstos en esta ley, la Secretaría establezca un sistema electrónico en el cual se reflejarán los movimientos diarios de ejecución de gasto del decreto de Presupuesto de Egresos vigente, así como las disposiciones normativas que al efecto expida conforme a las disposiciones que rijan en materia de transparencia para uso de la Cámara, las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Hacienda, así como el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.

Lo que estamos pidiendo es una práctica común en otras repúblicas democráticas, en donde el Congreso tiene un sistema espejo de lo que hace la autoridad hacendaria y de esa manera puede ver a detalle, en cada momento, qué está pasando con los recursos públicos. Esto es esencial para que el país avance en asegurar a los ciudadanos un mejor gasto de lo que sucede actualmente.

En ese sentido también consideramos importante que el Congreso participe en los mecanismos de evaluación del gasto de público. De los cuales hasta el momento hemos estado exentos.

Hoy aprobamos un Presupuesto de Egresos que poco tiene que ver con las evoluciones de los programas y con el sistema de indicadores de desempeño. Para tal efecto también proponemos la modificación del capítulo segundo en su artículo 110 de la Ley de Responsabilidad Hacendaria, para que la Secretaría de Hacienda en sus informes trimestrales se apoye en el Comité de Evaluación y en el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas como órgano técnico especializado en la evaluación de las finanzas y un secretariado técnico del propio Comité de Evaluación.

Un número determinado y plural de diputados de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, así como la de Presupuesto y Cuenta Pública, por parte de la Cámara, y funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, integrarán el Comité de Evaluación.

El Centro de Estudios de Finanzas Públicas actuará como secretariado técnico del Comité. La evaluación que realice el Comité tendrá por objeto brindar a las comisiones de la Cámara de Diputados información objetiva, oportuna e imparcial para la discusión legislativa.

Es decir, queremos meter el tema de la evaluación del gasto en la discusión que hacemos del presupuesto año con año y que nuestras reasignaciones respondan a eso, a resultados de políticas de gobierno.

Finalmente también proponemos un cambio a la fracción VII, en el sentido de los funcionarios que incumplan las obligaciones previstas en esta ley, de proporcionar información en los términos y plazos solicitados al Congreso, ya sea directamente o por los órganos de gobierno de las cámaras, o por las comisiones competentes, así como por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados será considerado como una falta grave.

Para el efecto la Cámara hará del conocimiento de la falta de respuesta a los requerimientos de la información a la Secretaría de la Función Pública a través de la instancia que hubiese realizado la petición respectiva. Gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Orgánica de la Administración Pública Federal, y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario del PRD

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, quien suscribe, Vidal Llerenas Morales, diputado a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 41, 106, 110 y 116 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

A pesar de que la Cámara de Diputados tiene la faculta exclusiva de analizar, modificar y aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación, y la facultad de revisar el ejercicio del gasto por mandato constitucional de los artículos 74 y 79, el ejercicio del gasto público, la oportunidad de su aplicación, la transparencia de su ejercicio, y las reglas de operación del propio gasto son asuntos generalmente opacos y enteramente discrecionales en el ámbito de las decisiones del titular del Ejecutivo.

Para acotar precisamente esa discrecionalidad y opacidad en el ejercicio cotidiano del gasto público, se propone la creación de un órgano técnico en la propia Cámara de Diputados que tenga la capacidad técnica y la facultad legal de dar puntual seguimiento a la operación del Presupuesto de Egresos de la Federación.

La presente iniciativa tiene la finalidad de modificar la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria a efecto de otorgar al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, mayores atribuciones con el objeto de contar con información oportuna y vigente a efecto de llevar a cabo sus tareas de análisis del comportamiento de las finanzas públicas federales de una manera más eficaz, para convertirlo en este órgano técnico altamente especializado que le hace falta a la Cámara de Diputados.

El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas está adscrito a la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados, al igual que otros centros temáticos, a saber, Centros de Estudios de las Finanzas Públicas; de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias; de Estudios Sociales y de Opinión Pública; de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria, y de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Genero.

De conformidad con el artículo 35 del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, se integra por funcionarios del servicio de carrera, especialistas en investigación, manejo, sistematización y análisis de información sobre los problemas sociales, de cultura nacional, jurídicos, de finanzas públicas y otros de interés para el desarrollo de la función parlamentaria

También expresa que dichos centros tienen por objeto prestar, en forma objetiva, imparcial y oportuna, los servicios de apoyo técnico y la información analítica requerida para el cumplimiento de las funciones de la Cámara, conforme a los programas aprobados y acorde con los cánones de la investigación científica, en forma objetiva, imparcial y oportuna.

En el caso específico del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, sus funciones se expresan de manera amplia y detallada, como son el tener a su cargo el análisis de las finanzas públicas federales, sin embargo como podrá advertirse, aunque en el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se cita únicamente los distintos centros de estudios con los que cuenta la Secretaría de Servicios Parlamentarios, no se expresa adecuadamente su naturaleza.

Por ello es preciso señalar que para esta finalidad proponemos que se especifique a dicho centro como órgano técnico coordinador de los trabajos encomendados a la Cámara relativos a la evaluación del gasto público federal. El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, ya como órgano técnico especializado en el análisis y seguimiento de las finanzas públicas del país y del ejercicio del gasto público tendría que generar los indicadores de evaluación, que sirvieran para informar al Congreso de forma objetiva, imparcial y oportuna sobre las finanzas públicas; y también tendría que contar con la facultad de acceder a la información diaria generada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público respecto del comportamiento del gasto público a través de un sistema electrónico disponible en Internet que para tal efecto establezca la secretaría.

Asimismo, estamos proyectando que este nuevo Centro de Estudios de las Finanzas Públicas pueda atender las solicitudes de información en un término legal de 15 días hábiles, modificando para ello los artículos 41 y 106 de la LFPRH, que actualmente marca 20 días. Lo anterior para que las áreas relacionadas remitan al Centro de Estudios la información solicitada, con mayor prontitud y en los términos requeridos; en el mismo sentido, proponemos modificar el artículo 110 de la ley para otorgar un mandato directo al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas referente a sus facultades para que pueda participar en la evaluación económica de los ingresos y egresos, en representación de la Cámara de Diputados.

Por último, exponemos que en lo tocante a las sanciones por la negativa o la negligencia para facilitar la información gubernamental de estas materias al Congreso de la Unión, a través de cualquiera de sus Cámaras, de sus comisiones o del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, añadimos una modificación en el artículo 114 a efecto de determinar que el incumplimiento en la remisión de la información en los términos solicitados, sea catalogada como grave; así como las áreas que tengan la facultad de requerir información, ante dicho incumplimiento, puedan comunicar a la Secretaría de la Función Pública en la remisión de la información a efecto de que inicie los procedimientos disciplinarios correspondientes.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma y adiciona el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 41, 106, 110 y 116 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

En los siguientes términos:

Artículo Primero. Se adicionan dos párrafos al numeral tercero del artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

De la Secretaría de Servicios Parlamentarios

Artículo 49.

1. La Secretaría de Servicios Parlamentarios se integra con funcionarios de carrera y confiere unidad de acción a los servicios siguientes:

...

...

...

...

...

...

2. ...

3. ...

El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas tendrá a su cargo el análisis de las finanzas públicas federales, y como Órgano Técnico especializado coordinará los trabajos encomendados a la Cámara de Diputados en relación a la evaluación del gasto público federal y seguimiento y análisis de las reglas de operación y de la aplicación cotidiana de éste, generando información a las Cámaras y comisiones del Congreso de la Unión de forma objetiva, imparcial y oportuna.

El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas deberá generar los indicadores de evaluación y contará con los mecanismos de acceso a la información diaria generada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público relativa al comportamiento del gasto público a través del sistema electrónico que al efecto establezca la misma secretaría.

Artículo Segundo.Se reforma la fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 31.A la Secretaria de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. al XXI. ...

XXII. Integrar junto a los diputados de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público el Comité de Evaluación, que dará seguimiento al desarrollo de las finanzas públicas del país. Asimismo, proveer la información veraz, de manera cotidiana a los diputados del Comité de Evaluación para el desarrollo de sus funciones.

Artículo Tercero. Se reforma el inciso c), de la fracción III, del artículo 41; se reforma el tercer párrafo y se adiciona un cuarto párrafo al artículo 106; se adicionan un segundo y tercer párrafos en el artículo 110 y se reforma la fracción VII del artículo 116, todos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en los siguientes términos:

Artículo 41.El proyecto de Presupuesto de Egresos contendrá:

I. ...

II. ...

III. ...

a) ...

b) ...

c) La demás información que contribuya a la comprensión de los proyectos a que se refiere este artículo así como la que solicite la Cámara de Diputados a través de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y, en su caso, el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, la cual deberá ser remitida en un plazo que no excederá de quince días hábiles.

Artículo 106.Los ejecutores de gasto, en el manejo de los recursos públicos federales, deberán observar las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

...

Los ejecutores de gasto deberán remitir al Congreso de la Unión la información que éste les solicite en relación con sus respectivos presupuestos, en los términos de las disposiciones generales aplicables, en un término que no excederá de quince días hábiles. Dicha solicitud se realizará por los órganos de gobierno de las Cámaras o por las comisiones competentes, así como el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados.

Sin perjuicio de los diversos sistemas de información previstos en esta Ley, la Secretaría establecerá un sistema electrónico disponible, en el cual se reflejarán los movimientos diarios de ejecución de gasto del decreto de presupuesto de egresos vigente, así como de las disposiciones normativas que al efecto expida, conforme a las disposiciones que rijan en materia de transparencia, para uso de la Cámara, de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de hacienda, así como del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.

Capítulo IIDe la Evaluación

Artículo 110.La secretaría realizará trimestralmente la evaluación económica de los ingresos y egresos en función de los calendarios de presupuesto de las dependencias y entidades. Las metas de los programas aprobados serán analizadas y evaluadas por las Comisiones Ordinarias de la Cámara de Diputados.

Estas comisiones se apoyarán en el Comité de Evaluación y en el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, como órgano técnico especializado en la evaluación de las finanzas públicas y secretariado técnico del propio Comité de Evaluación.

Un número determinado y plural de diputados de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, así como la de Presupuesto y Cuenta Pública; por parte de la Cámara, y funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público integrarán el Comité de Evaluación. El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas actuará como secretariado técnico del Comité de Evaluación. La evaluación que realice el comité, tendrá por objeto brindar a las comisiones de la Cámara de Diputados información objetiva, oportuna e imparcial, para la discusión legislativa.

Para efectos del párrafo anterior, el Ejecutivo federal enviará trimestralmente a la Cámara de Diputados la información necesaria, con desglose mensual.

...

...

Artículo 114.Se sancionará en los términos de las disposiciones aplicables a los servidores públicos que incurran en alguno de los siguientes supuestos:

I. ...

II. ...

III. ...

IV. ...

V. ...

VI. ...

VII. Incumplan con las obligaciones previstas en esta ley, de proporcionar información en los términos y plazos solicitados al Congreso de la Unión, ya sea directamente o por los órganos de gobierno de las Cámaras o por las comisiones competentes, así como por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, la cual, será considerada como falta grave; para el efecto, la Cámara hará del conocimiento de la falta de respuesta a los requerimientos de información a la Secretaría de la Función Pública, a través de la instancia que hubiese realizado la petición respectiva.

VIII. ...

IX. ...

X. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2010.— Diputados: Vidal Llerenas Morales, Emilio Serrano Jiménez, Emiliano Velázquez Esquivel, Samuel Herrera Chávez, Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Israel Madrigal Ceja, Uriel López Paredes, Mario Alberto Di Costanzo Armenta (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Muchas gracias, señor diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Presupuesto y Cuenta Pública.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Solicita la palabra el diputado Mario di Costanzo.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): Para que le pregunte al diputado Vidal y al diputado Sebastián Lerdo de Tejada si me puedo sumar a su iniciativa.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Señor diputado Vidal Llerenas Morales, el diputado Mario di Costanzo solicita adherirse a su iniciativa, ¿está usted de acuerdo con que lo haga?

El diputado Vidal Llerenas Morales(desde la curul): Sí.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Manifiesta su aceptación el diputado Vidal Llerenas Morales. Por tanto, aquellas y aquellos compañeros legisladores que deseen sumarse pasen a la Secretaría a hacer la firma correspondiente.

Se encuentran entre nosotros, señoras diputadas y señores diputados, un grupo de adultos mayores de la delegación Venustiano Carranza, invitados por la diputada Esthela Damián Peralta. Sean ustedes bienvenidos.



ARTICULO 115 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra el diputado Alejandro del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Alejandro del Mazo Maza:Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, el tema del desarrollo metropolitano en nuestro país se encuentra en un proceso de consolidación que ya ha demostrado su funcionalidad como un mecanismo que coadyuva en el crecimiento ordenado y sustentable en respuesta a la dinámica urbana y poblacional en diversas zonas metropolitanas de un total de 56 en nuestro país.

Este mecanismo actualmente incluye la implementación de diversas estrategias como el financiamiento de estudios, proyectos de infraestructura y obras de impacto regional ante los desafíos y problemas complejos que tienen que ver con la explotación y tratamiento de agua, con el manejo de residuos sólidos, con la contaminación ambiental, el transporte público y vialidades, entre otros aspectos, que no conocen de delimitaciones administrativas ni políticas y mucho menos de responsabilidades de nivel de gobierno.

Por ello, es importante que en el tema del desarrollo metropolitano se impulsen con mayor determinación las facultades y responsabilidades de los diferentes actores involucrados, especialmente en los gobiernos locales ya que son éstos quienes reciben permanentemente las demandas de la sociedad.

Afortunadamente sobre el desarrollo metropolitano ya existe un importante avance que se ve reflejado en una serie de disposiciones jurídicas que poco a poco han abierto las puertas a propuestas y a acuerdos que ya tienen resultados importantes en el tema metropolitano.

Tal es el caso del denominado Fondo Metropolitano cuyo objetivo, entre otros, es el de financiar estudios, construcción y mejoramiento de la infraestructura, adquisición de reservas territoriales, equipamiento urbano, y elaboración de proyectos y obras públicas con un impacto regional en las propias zonas metropolitanas.

Es de destacar que el Fondo Metropolitano en el reciente proceso de análisis presupuestal logró conjuntar las voluntades de los integrantes del Congreso para ampliar los recursos del mismo fondo, haciéndolos superiores al de ejercicios presupuestales pasados.

Para este año el Fondo obtuvo recursos por 7 mil 455 millones de pesos. Mil 500 millones superiores al año anterior.

Sin embargo, el Fondo Metropolitano no debe ser visto como la única solución para afrontar el tema por parte de las autoridades locales, estatales y de la federación; antes bien, debe ser un aliciente en el desarrollo de proyectos conjuntos y de alto impacto regional.

Para ello, y a pesar de los avances en la materia y de la importancia que el tema desarrollo metropolitano representa como una política pública que debe ser revalorizada en todos los niveles de gobierno, es importante darle a la autoridad local un mejor marco jurídico que le permita crear espacios de interlocución y acuerdos, ampliando sus actuales facultades en este proceso.

Si bien la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en la fracción VI del artículo 115 dispone que cuando dos o más centros urbanos, situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica la federación, las entidades federativas y los municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal en la materia.

Estas disposiciones aún no son suficientes en la coordinación que se da entre ayuntamientos para promover mayores acuerdos en torno al desarrollo metropolitano, puesto que muchas veces éstas están sujetas a las relaciones políticas entre los ayuntamientos, a la voluntad de los alcaldes y a la coincidencia de un mismo partido político en los municipios que integran las zonas metropolitanas, por lo que es urgente hacer cambios para ver en la coordinación intermunicipal una posibilidad real de colaboración y desarrollo en este tema.

Buscando las herramientas de coordinación intermunicipal se pretende que por ley los municipios del país que son integrantes de las zonas metropolitanas reconocidas por el Inegi y el Conapo redacten en sus planes municipales de desarrollo un apartado especial sobre el fenómeno del de-sarrollo metropolitano que contenga diagnósticos, líneas de acción, fortalezas y debilidades del municipio, así como las estrategias a seguir en coordinación con los otros ayuntamientos que conforman la zona metropolitana de que se trate.

Estos planes de desarrollo municipal, con la inclusión del capítulo sobre desarrollo metropolitano, servirán como insumo en la elaboración de proyectos en estudio sobre el fenómeno metropolitano y su impacto en el desarrollo regional y en la adquisición de una conciencia municipal sobre el tratamiento del tema.

Esta dinámica que pasará a ser obligatoria en lugar de voluntarista permitirá sentar las bases en los municipios para que en lo futuro se logren programas y presupuestos multianuales para obras conjuntas en proyectos de impacto regional, en diversas etapas y costos que puedan llegar a rebasar un gobierno de ejercicio municipal.

Por lo antes expuesto, el legislador que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión somete a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción VI del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único. Se adiciona un segundo párrafo a la fracción VI del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 115.

I. a V. ...

VI. ...

Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la federación, las entidades federativas y los municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal en la materia. Los municipios que sean integrantes de las zonas metropolitanas reconocidas por organismos competentes deberán incluir en sus planes de desarrollo municipal un capítulo sobre el tema de desarrollo metropolitano en el ámbito de sus competencias.

Señor presidente, solicito se integre el texto en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alejandro del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del PVEM

Alejandro del Mazo Maza, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno, la presente iniciativa con proyecto de decreto con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El tema del desarrollo metropolitano en nuestro país se encuentra en un proceso de consolidación que ya ha demostrado su funcionalidad como un mecanismo que coadyuva en el crecimiento ordenado y sustentable en respuesta a la dinámica urbana y poblacional en diversas zonas metropolitanas de un total de 56 zonas metropolitanas de México. Este procedimiento actualmente incluye la implantación de diversas estrategias como el financiamiento de estudios, proyectos de infraestructura y obras de impacto regional ante los desafíos de problemas complejos que tiene que ver con la explotación y tratamiento del agua, con el manejo de residuos sólidos, con la contaminación ambiental; con el transporte público y vialidades, entro otros aspectos que no conocen de delimitaciones administrativas ni políticas y mucho menos de responsabilidades de niveles de gobierno.

Por ello, es importante que en el tema del desarrollo metropolitano se impulsen con mayor determinación las facultades y responsabilidades de los diferentes actores involucrados, especialmente en los gobiernos locales ya que son estos quienes reciben primeramente las demandas de la sociedad. Afortunadamente, sobre el desarrollo metropolitano ya existe un importante avance que se ve reflejado en una serie de disposiciones jurídicas que poco a poco han abierto las puertas a propuestas y acuerdos que ya tienen resultados importantes para las zonas metropolitanas del país. Tal es el caso del denominado Fondo Metropolitano, cuyo objetivo entre otros, es el de financiar estudios, construcción y/o mejoramiento de la infraestructura, adquisición de reservas territoriales, equipamiento urbano, y elaboración de proyectos y obras públicas con un impacto regional en las propias zonas metropolitanas.

Es de destacar que el Fondo Metropolitano en el reciente proceso de análisis presupuestal, logró conjuntar las voluntades del los integrantes del Congreso para ampliar los recursos del fondo, haciéndolos muy superiores al de ejercicios presupuestales anteriores. Para este año, el fondo obtuvo recursos por 7 mil 455 millones de pesos, mil 500 millones superior al año anterior. Sin embargo, como en otros casos, el Fondo Metropolitano no debe ser visto como la única solución para afrontar el tema por parte de las autoridades locales, estatales y la federación, antes bien debe ser un aliciente en el desarrollo de proyectos conjuntos y de alto impacto regional.

Por ello y a pesar de los avances en la materia y de la importancia que el tema del desarrollo metropolitano representa como una política pública que debe ser revalorizada en todos los niveles de gobierno, es importante darle a la autoridad local un mejor marco jurídico que le permita crear espacios de interlocución y acuerdos ampliando sus actuales facultades en este aspecto.

Si bien la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el apartado III del artículo 115, fracción VI, dispone que “cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la federación, las entidades federativas y los municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal en la materia”.

Estas disposiciones aún son insuficientes en la coordinación que se da entre ayuntamientos para promover mayores acuerdos en torno al desarrollo metropolitano, puesto que muchas veces están sujetas a las relaciones políticas entre los ayuntamientos, a la voluntad de los alcaldes y a la coincidencia de un mismo partido político en los municipios que integran las zonas metropolitanas, por lo que es urgente hacer cambios para ver en la coordinación intermunicipal una posibilidad real de colaboración y desarrollo en este tema.

Por otro lado, es necesario recordar la importancia que tiene para las personas la cercanía de sus autoridades locales, particularmente hacia quienes encabezan los ayuntamientos. Este nivel de gobierno, célula básica de la organización democrática del Estado mexicano, ha sido objeto ya de posibles reformas para el ampliar sus facultades en el campo del desarrollo metropolitano. Tal es el caso de una iniciativa de reforma a la fracción VI del artículo 115 de la Constitución Política, presentada en la 59 Legislatura, cuyo objetivo es el de hacer obligatoria la coordinación intermunicipal creando figuras asociativas con base en las legislaciones locales que ayuden a la realización de planes de desarrollo metropolitano, entre otras reformas.

También y con la misma finalidad se presentó otra iniciativa de reformas a la Ley General de Asentamientos Humanos, para que en el marco de las obligaciones de los tres niveles de gobierno establecidas en el artículo 21 sobre la firma de convenios entre municipios conurbados, estos se vean obligados a la firma de dichos convenios ante la evidente aparición del fenómeno de la conurbación y no sea de manera discrecional como en algunos casos.

Otro indicador sobre la falta de elementos jurídicos para impulsar este tema en el ámbito intermunicipal es la falta de leyes locales, puesto que en este nivel de gobierno sólo existen dos en nuestro país, la Ley de Coordinación para el Desarrollo Metropolitano de Hidalgo y Ley de Desarrollo Metropolitano del Distrito Federal. La primera obliga en su Capítulo III, artículo 19, a los municipios integrantes de la zona metropolitana de Hidalgo, a modificar sus programas municipales, sectoriales o de desarrollo urbano para ajustarlos al Programa de Desarrollo Urbano de Zonas Metropolitanas de Hidalgo.

Por su parte, la ley del Distrito Federal, faculta a la Subsecretaría de Programas Metropolitanos para la firma de acuerdos que involucran a las Delegaciones Políticas y promover los convenios para el desarrollo metropolitano de la Ciudad de México, sin que las delegaciones tengan facultades propias para ello.

Como se observa, si bien son las leyes sobre asentamientos humanos y desarrollo urbano generalmente las que regulan el fenómeno metropolitano, es limitante que sólo dos entidades federativas cuenten con una regulación específica para sus zonas metropolitanas en un universo de 56 zonas metropolitanas en el país, condición que no permite un tratamiento adecuado y sostenido del fenómeno metropolitano e inhibe la participación de otros sectores de la población, teniendo como consecuencia un impacto regresivo en la calidad de vida de los habitantes de las zonas metropolitanas.

Por ello y buscando mejores herramientas de coordinación intermunicipal, se pretende que por ley, los Municipios del país que son integrantes de las zonas metropolitanas reconocidas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y el Consejo Nacional de Población, redacten en sus planes municipales de desarrollo un apartado especial sobre el fenómeno del desarrollo metropolitano que contenga diagnósticos, líneas de acción, fortalezas y debilidades del municipio, así como las estrategias a seguir en coordinación con los otros ayuntamientos que conforman la  zona metropolitana de que se trate.

Estos Planes de Desarrollo Municipal, con la inclusión del capitulo sobre desarrollo metropolitano, servirán como insumo en la elaboración de proyectos, en estudios sobre el fenómeno metropolitano y su impacto en el desarrollo regional y en la adquisición de una conciencia municipal sobre el tratamiento del trema.

Esta dinámica que pasará a ser obligatoria en lugar de voluntarista, permitirá sentar las bases en los municipios para que en lo futuro se logren programas y presupuestos multianuales para obras conjuntas en proyectos de impacto regional, en diversas etapas y costos que pueden llegar a rebasar un ejercicio de gobierno municipal.

Es importante sentar las bases del desarrollo metropolitano a nivel municipal, donde los gobiernos locales asuman su responsabilidad en el manejo del tema que incluye variables ambientales, de infraestructura, de tratamiento racional del agua y de la capacidad de gobierno ante los retos del desafío metropolitano.

Por lo expuesto, el legislador que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción VI del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona un segundo párrafo a la fracción VI del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 115. ...

I. a V. ...

VI. Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la Federación, las entidades federativas y los Municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal en la materia.

Los municipios que sean integrantes de las zonas metropolitanas reconocidas por los organismos competentes, deberán incluir en sus planes de desarrollo municipal un capítulo sobre el tema del desarrollo metropolitano en el ámbito de sus competencias.

VII. ...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los dieciséis días del mes de febrero del año 2010.— Diputados: Alejandro del Mazo Maza, Jesús María Rodríguez Hernández, César Octavio Pedroza Gaitán, María Dina Herrera Soto, Reyes S.Tamez Guerra, Guillermo Cueva Sada, Norma Leticia Orozco Torres (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Gracias, señor diputado. Como lo solicita insértese en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Solicita la palabra la diputada Carolina Viggiano, del Partido Revolucionario Institucional. Adelante, diputada.

La diputada Alma Carolina Viggiano Austria(desde la curul): Gracias, señor presidente. Sólo para preguntarle al diputado Del Mazo si me permite adherirme a su iniciativa.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Le pregunto, señor diputado Del Mazo Maza, si usted está de acuerdo en que la diputada Viggiano se adhiera a su iniciativa.

El diputado Alejandro del Mazo Maza(desde la curul): Con mucho gusto.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Está de acuerdo el señor diputado. Por tanto, todas aquellas compañeras y aquellos compañeros que deseen hacerlo favor de pasar a la Secretaría.



ARTICULO 135 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Buenos días, presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, esta iniciativa tiene que ver con la parte más importante de un sistema jurídico de una Constitución. Así lo señaló en su momento John Wise y lo han señalado juristas de la talla de Alf Ross. Tiene que ver con el poder Constituyente.

Sabemos que por la historia constitucional el Constituyente en algunos países como en los Estados Unidos, ha sido producto de acuerdos, de convenciones derivadas de teorías políticas como la de John Locke y en nuestra época como la de Elster.

También el Constituyente ha sido revolucionario, lo fue en Francia, y ha sido plasmado así por la teoría jurídica de Sieyès y en la actualidad por la de Antonio Negri.

Pero también puede haber otro tipo de poder Constituyente, uno que lo entienda como proceso de legitimación democrática, tal como se entiende a partir de la filosofía política de Habermas y en la teoría constitucional por las teorías y las ideas de Häberle.

Esta iniciativa busca que nuestra Constitución, en el artículo 135, establezca un procedimiento para la renovación, para la reforma total de la Constitución, para la elaboración de un nuevo texto constitucional.

Ya en Legislaturas pasadas, legisladores como Porfirio Muñoz Ledo y como Pablo Gómez han insistido en que la Constitución contenga mecanismos y procedimientos democráticos para elaborar un nuevo texto constitucional.

El tema, desde luego, no es nada banal porque tiene que ver con el proceso político en el que estamos inmersos distintos partidos, distintos actores políticos.

Calderón, por ejemplo, hace propuestas de reforma política. Desde la izquierda se están elaborando propuestas de reforma política, pero todas esas reformas políticas que se proponen en el seno de este Congreso y de cara a la sociedad son reformas políticas parciales, incompletas, insatisfactorias que no atienden la totalidad del entramado institucional de nuestro país.

La razón por la que nuestra transición a la democracia se ha incumplido, ha quedado empantanada, no ha tenido éxito como otras transiciones del mundo es porque no hemos logrado aprobar y elaborar un nuevo texto constitucional.

El reto que tenemos como legisladores y como sociedad es elaborar un nuevo texto constitucional, que no solamente atienda a las reglas de acceso al poder, a las reglas electorales, sino que tenga que ver principalmente con las reglas del ejercicio del poder público, con las reglas que establecen los límites y control del poder público y con las reglas, también, que protegen los derechos fundamentales.

La propuesta que en su momento hizo Pablo Gómez implicaba una reforma: la adición de un artículo 137 a la Constitución, para que una asamblea constituyente aprobara un nuevo texto constitucional. La propuesta de nuestro compañero Muñoz Ledo consistía en que a partir del propio Congreso, a través de una ponencia constitucional, se elaborase un nuevo texto y se hiciese una revisión integral a la Constitución.

La propuesta que estoy haciendo aquí, en esta iniciativa, implica la modificación del artículo 135 de la Constitución, para que en un párrafo nuevo se establezca el procedimiento que permita la elaboración del nuevo texto constitucional.

Este procedimiento implicaría un referéndum previo, en donde se les preguntaría –por parte del Congreso– a los ciudadanos si quieren una nueva Constitución. Se definirían los temas principales de esa nueva Constitución en una ley de consulta o de convocatoria. Posteriormente, si el pueblo dice sí queremos una nueva Constitución, se tendría que convocar a una asamblea constituyente que estaría integrada por 500 diputados. Si esa asamblea constituyente aprobase el texto constitucional, entonces se sometería a un siguiente referéndum, a un doble referéndum final en donde el pueblo se manifestaría rechazando o aprobando el texto constitucional.

Por la importancia del tema, señor presidente y porque en 5 minutos es muy difícil explicar una iniciativa de esta magnitud, le pido muy atentamente que conste íntegra en el Diario de los Debates, para que todos los compañeros y las compañeras que se quieran sumar a ella la hagan propia y puedan participar, en lo que me parece a mí que es la tarea fundamental de este Congreso.

No a las reformas parciales. No a reformas insuficientes. Sí a una gran reforma constitucional, a una gran reforma del Estado que democratice en serio la vida nacional y devuelva la soberanía al pueblo en este país. Muchas gracias, compañeros.

«Iniciativa que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Jaime Fernando Cárdenas Gracia, diputado federal a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa que adiciona un párrafo tercero al artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y establece el procedimiento para aprobar un nuevo texto constitucional.

Exposición de Motivos

I. Introducción

Determinar lo qué es el poder constituyente no es una tarea fácil, es aún un problema no resuelto en el Derecho Constitucional. No hay explicaciones homogéneas sobre lo qué es y existe una gran diversidad de teorías que lo explican debido a modelos históricos dispares de poder constituyente. El poder constituyente es en principio, aunque no sólo, un poder político existencial y fáctico, que brota de la comunidad, la que decide darse una Constitución, constituir un Estado o que asume transformar o sustituir el status quo imperante. Tal como lo señala Vanossi, todo poder constituyente cumple cualquiera de las dos siguientes funciones: ya sea expresando un poder fundacional (creando el Estado) o a través del poder de revolución (el cambio de formas del Estado). Los autores clásicos sobre el poder constituyente dicen que su validez jurídica no deriva del ordenamiento previo, constituye una “ruptura” ideológico e institucional con las normas previas si es que éstas existen. No es en sus inicios un acontecimiento jurídico sino político –ahora se señala, por algunos, que en él hay una conciencia ética orientadora y legitimadora- que termina expresándose jurídicamente.

La teoría del poder constituyente ha tendido muy distintas explicaciones. Una de las primeras de carácter moderno fue la contractualista. El origen del Estado y del Derecho es un pacto: la comunidad decide organizarse institucional y jurídicamente desde la libertad, sin vínculos sacramentales o derivados del poder de un sólo hombre. En los Estados Unidos, el poder constituyente fue el resultado de acuerdos y negociaciones para distribuir el poder al interior de la comunidad. John Wise explicó que en todo proceso constituyente han de distinguirse tres etapas: el momento de la libertad, el del pacto social y el acto constitucional. En el momento de la libertad se determina la “libertad civil” que corresponde a los ciudadanos, es decir, aquella parte de la libertad natural que permanece en poder de los individuos una vez que éstos han abandonado el estado de naturaleza para entrar en la sociedad civil; se refiere obviamente a lo que hoy conocemos como los derechos fundamentales. En la segunda etapa, los distintos individuos de la comunidad, ceden su soberanía o parte de ella. La distinción con el poder constituyente revolucionario), a una entidad superior a cada uno de ellos y englobadora de todos ellos, se constituye lo que llamamos pueblo o nación; este pueblo o nación queda así afirmado como el único sujeto titular de la soberanía en el Estado. En este contexto surge el concepto de Poder Constituyente cuya naturaleza inicial es de “res facti, non iuris”, es decir, un poder político, como ya lo hemos descrito, existencial y fáctico que surge de la comunidad que decide darse la Constitución, cuya actuación no está constreñida por los límites del Derecho previo, lo que no significa necesariamente la derogación total o absoluta de ese Derecho, sino sólo de aquellas partes que se oponen materialmente al mismo. En la tercera etapa, una vez creada o refundada la comunidad, habiendo surgido el soberano, da comienzo la última fase del proceso constituyente: el momento constitucional. La finalidad de la Constitución es evidente: reconocer los derechos fundamentales, establecer la organización política del Estado pero como un sistema de garantía de la libertad frente al poder político.

Una segunda explicación dominante sobre el poder constituyente, es la francesa surgida a partir de 1789, de carácter revolucionario, en donde las ideas relevantes no son las del pacto o contrato sino las de creación del Estado por un acto revolucionario y de la ruptura con el poder establecido, además de insistir en el carácter ilimitado y absoluto del poder de transformación. El titular de la soberanía y por consiguiente del poder constituyente es el pueblo, el que tiene el derecho inalienable de modificar y alterar la estructura del Estado, puede hacerlo “...como quiera, sin restricciones, libre de todo respeto a organizaciones pretéritas, con una amplia y discrecional potestad para elegir el régimen político a implantar...” El poder del constituyente surge de una fuerza revolucionaria que se impone a un poder establecido, esa fuerza es absoluta e ilimitada, “...el poder constituyente todo lo puede...no se encuentra de antemano sometido a ninguna Constitución... y para ejercer su función ha de verse libre de toda forma y de control, salvo los que el mismo le pluguiera adoptar”. El poder constituyente es “absolutización de los valores políticos, es un puro deber ser, es empezar de nuevo, es elisión del pasado y reducción de un futuro al presente, es inicialmente aceleración histórica imprevista y sucesivamente retención del movimiento, es expresión de un solo sujeto político, individualizado e incondicionado y por esto soberano”.

Sin embargo, a diferencia de los Estados Unidos en donde los ciudadanos y quienes ocupasen el poder político estaban obligados a la observación y al cumplimiento de lo ordenado por el “Pouvoir Constituant” a través del principio de supremacía constitucional, en Francia, como lo atestigua la Historia, los monarcas de la restauración se resistieron a abandonar el status quo, lo que explicará la confrontación entre el principio democrático y el principio monárquico. La realidad que conoció la vida política europea en el siglo XIX fue la negación de la teoría democrática del Poder Constituyente, así sucedió desde el periodo revolucionario, pues al hacer del Parlamento el soberano mismo, éste absolutizó prerrogativas y facultades, en demérito de los derechos de los ciudadanos. En la etapa de la restauración, las Constituciones se entienden como cartas otorgadas cuya aprobación se debe a la graciosa aprobación del monarca, que es un ente previo y superior a la Constitución, y a través de él se crean todos los órganos del Estado, que se presentan como poderes sometidos. Además, el liberalismo doctrinario europeo del siglo XIX elaboró la teoría de la soberanía compartida, gracias a la cual, el rey junto con los representantes de la burguesía en el Parlamento se convierten en los únicos depositarios de la soberanía del Estado, lo que significó la casi inexistencia de una teoría democrática del constituyente y la sustitución de la idea de soberanía democrática por la soberanía del monarca o, la afirmación de que no existe poder constituyente sino sólo poderes constituidos y en donde el protector supremo de la Constitución era el rey.

El poder constituyente revolucionario quedó diluido y subordinado al monarca y a las fuerzas conservadoras de las sociedades europeas del siglo XIX. No será sino hasta después de la segunda guerra mundial que en Europa la Constitución volvió a ser entendida como la expresión de la voluntad de un “Pouvoir Constituant” democrático, entre otras razones teóricas, gracias a la distinción entre Poder Constituyente y poderes constituidos, diferenciación que introduce el principio de rigidez en la Constitución, los mecanismos de control constitucional, el carácter de norma jurídica suprema de la Constitución y, la recuperación del sentido democrático del poder constituyente. La lógica de la democracia que es la de ser un régimen sin enemigos, permite a los distintos individuos y sectores de la sociedad modificar o sustituir democráticamente la Constitución sin que soberanos, estamentos o poderes fácticos impongan exclusivamente su visión o pensamiento único.

Una tercera explicación sobre el poder constituyente lo entiende, no sólo como el pacto o el contrato o, exclusivamente, como el acto revolucionario de transformación, sino como un proceso de legitimación democrática. Teorías contemporáneas alemanas como la de Häberle o Ernest Wolfgang Böckenförde así lo comprenden. Las Constituciones no derivan del mero factum de su nacimiento, sino de una magnitud que la precede y que aparece como un poder o autoridad especial que no es otra cosa que el poder constituyente. El poder constituyente rebasa el ámbito del Derecho y tiene que ver sobre todo con la fundamentación y la legitimación de su poder, aunque para ellos es obvio que el fundamento del Derecho pertenece también al Derecho. El Derecho está vinculado a datos prejurídicos que lo fundamentan y lo legitiman. Dice Böckenförde que “...como cuestión límite del derecho constitucional, la pregunta por el poder constituyente puede plantearse desde distintas perspectivas. Si se atiende a un punto de vista genético, la cuestión gira en torno al origen histórico-político de la Constitución, a su aparición y a las fuerzas que participaron en ella. Desde el punto de vista de la teoría del derecho lo que se plantea es la pregunta por el fundamento normativo de la validez de la Constitución, del que deriva la pretensión de tal validez. Si esta pregunta va más allá del terreno formal, entonces se pasa a una perspectiva propia de la filosofía del derecho, la cual se interesa por el fundamento de la validez normativa de la Constitución. Y si la Constitución se entiende, como ocurre hoy en día, como el orden jurídico fundamental de la comunidad, la pregunta se amplía hasta cuestionar el fundamento jurídico (material) del derecho en general”.

A partir de la última perspectiva, el poder constituyente está referido a la legitimación, a la justificación de la validez normativa de la Constitución. No basta apelar al normativismo kelseniano que formula la pregunta por la legitimación y la deja sin respuesta. Tampoco es suficiente ver en el poder constituyente un fundamento normativo ideal de carácter iusnaturalista, pues deja a un lado la conexión entre lo fáctico y la legitimación normativa. Es preciso aceptar que la fuerza que hace surgir y que legitima a la Constitución tiene que representarse como una magnitud política, es decir, las ideas de justicia y de lo recto, cobran fuerza legitimadora para la vida en común de los hombres cuando son mantenidas por hombres o grupos de hombres como una convicción viva, y se integran en una fuerza o en una magnitud política que las sostiene. Por eso, el poder constituyente no puede ser definido como una norma fundamental hipotética o como una norma ideal de Derecho natural. Tiene que verse como una magnitud política real que fundamenta la validez normativa de la Constitución. De esta suerte el poder constituyente es aquella fuerza y autoridad política capaz de crear, de sustentar y de cancelar la Constitución en su pretensión normativa de validez, no es igual al poder establecido del Estado, sino que lo precede, pero cuando se manifiesta, influye sobre él y opera dentro de él según la forma que le corresponda.

Si además entendemos la teoría de la Constitución como una ciencia de la cultura en donde las perspectivas evolutivas de tiempo y espacio son fundamentales para comprender lo qué es el Derecho Constitucional de nuestros días y, además asumimos que existe para la interpretación de la Constitución, una suerte de “sociedad abierta de los intérpretes de la Constitución”, el poder constituyente no puede por nuestro nivel de desarrollo humano más que ser un concepto democrático y revolucionario, en donde el pueblo es el sujeto titular del poder constituyente. Debe advertirse que el concepto pueblo no se agota en la representación política, en la que sólo algunos toman decisiones por otros; tampoco se identifica el pueblo con su sentido natural o étnico; sino que la idea de pueblo, tiene un sentido político, es decir, un grupo de hombres que es consciente del mismo como magnitud política y que entra en la Historia actuando como tal sin importar si pertenecen o no a la misma etnia. En la historia política el pueblo ha sido, por ejemplo, el tercer estado o la burguesía –durante la Revolución francesa- el proletariado en la teoría política del marxismo, los hombres de la Reforma en la elaboración de la Constitución mexicana de 1857, o los caudillos, sus seguidores y simpatizantes activos en la redacción de la Constitución mexicana de 1917. En nuestra época y desde una perspectiva democrática y revolucionaria, el pueblo debe comprender a la mayoría de los individuos que representan los diversos sectores sociales e ideológicos de una sociedad y que están comprometidos con una idea de transformación y de inauguración de un nuevo régimen político, económico y social.

Muchas preguntas son generadas por la actuación del poder constituyente, por ejemplo, si esa magnitud política puede sustraerse a procedimientos y formas de encauzamiento o, si una vez desempeñado su papel desaparece. En cuanto a la primera se señala que el poder constituyente no está obligado a seguir formas previas previstas en la Constitución o en el orden que pretende destruir o sustituir, puede buscar y crear sus propias formas de manifestarse, aunque la conciencia de nuestra época exigiría formas y procedimientos de expresión democráticos y abiertos. Sobre si el poder constituyente desaparece, una vez concluida su función, debe indicarse que si atendemos a lo qué es, esto es, una magnitud política consciente de su fuerza política real, no puede ser reducido jurídicamente a la nada una vez que ha actuado; es y sigue actuando como magnitud y fuerza. Si a la Constitución elaborada por ese poder constituyente le faltan las convicciones jurídicas y políticas vivas de la comunidad, la Constitución entraría en un proceso de erosión, por ello, el poder constituyente no puede desaparecer, es atemporal y puede manifestarse para eliminar la Constitución o para vaciarla de contenidos. Es adecuado, por tanto, establecer en la Constitución procedimientos democráticos de actuación del poder constituyente, al igual y obvio es decirlo, que procedimientos y competencias democráticas de los poderes constituidos, aunque se advierte que como magnitud y fuerza política puede no atenderlos.

Una vía para que el poder constituyente no se manifieste en su radicalidad revolucionaria y sin atender al poder constituido, consiste en que éste último, tenga las formas y los procedimientos más abiertos y democráticos de actuación. Esto es, las instituciones constituidas están obligadas a profundizar en los procedimientos democráticos a fin de que éstos sean más participativos y deliberativos; se debe lograr también que la transparencia y la rendición de cuentas sean una realidad al igual que los mecanismos de supremacía y de control de constitucionalidad. Si la Constitución creada por el poder constituyente y los aplicadores de la misma, no profundizan contenidos democráticos y garantes de los derechos fundamentales, ésta no tardará en ser sustituida por otra, mediante la presencia de un poder constituyente que vulnerará cualquier forma de actuación y procedimiento previamente establecido. En otras palabras, la contención revolucionaria del poder constituyente se logra manteniendo en los poderes constituidos la radicalidad democrática: si la legitimidad democrática es mantenida socialmente puede limitar las expresiones revolucionarias y radicales del poder constituyente, aunque otra forma de ver lo expuesto, implicaría decir, que una legitimidad democrática viva y real no es más que una manifestación permanente del poder constituyente.

No obstante, el poder constituyente no puede ser una magnitud arbitraria porque por un lado, la voluntad y fin del constituyente es la de expresarse en una nueva organización jurídica del poder político, lo que entraña la idea de realización para el orden, esto es, una delimitación del ejercicio arbitrario del poder y, por otro, porque el pueblo o la nación sujeto del poder constituyente no es la mera adición de voluntades particulares arbitrarias sino es una voluntad común que pretende configurar de una nueva manera la dirección de la vida pública. Además, el propio poder constituyente debe atender a los principios jurídicos suprapositivos que preceden a todo derecho escrito porque en ellos reside su fundamento de legitimidad. Si se prescindiera de estos principios éticos o extrajurídicos el fundamento de la obligación jurídica posterior sería inexistente. Los principios extrajurídicos están vinculados al contexto cultural y al desarrollo de cada sociedad en lo particular, forman parte de la conciencia ética y moral de los ciudadanos, son lo que éstos estiman como valioso y como justo y es capaz de movilizarlos como magnitud política o, como dice Häberle: “...la vinculación a un determinado estadio de desa-rrollo cultural crea “realidades” e “idealidades” para las que no resulta adecuada la teoría de la mera “auto obligación” subjetiva y la “autolimitación” voluntarista. La “internalización” intensiva de determinados valores fundamentales como los “derechos humanos”, la “paz”, etcétera, que se revela en los elementos textuales de los preámbulos como el “propósito”, la “conciencia”, “animados por la voluntad”, se convierte en algo objetivo, en determinantes culturales”.

La “conciencia ética” de carácter cultural o social, nada es por sí misma, si no se convierte en algo concreto, si ninguna fuerza política la hace suya, la defiende y la mantiene como concepción y convicción propias, y la traslada a la realidad política e histórica. A fin de cuentas, lo que importa es que el pueblo actué políticamente como magnitud o fuerza y sea portador de un “espíritu” o “conciencia” capaz de articular el nuevo orden mediante el desmantelamiento del anterior. Si esta fuerza política del pueblo no actúa y, asume sus roles como mantenedora y sustentadora del poder constituyente, ninguna conciencia o principio ético puede fundar la legitimidad y posteriormente la validez y vigencia de ninguna Constitución.

Además, el poder constituyente, expresa no sólo una “conciencia ética” de la comunidad, puede manifestar un mecanismo de protección de la libertad de todos, una serie de procedimientos que hagan posible la participación de todos en condiciones de igualdad de todos los interesados en los procesos en que se adopten decisiones que les afectarían. La Constitución debe garantizar la participación, la deliberación y la representación y, el poder constituyente debe orientarse hacia esos fines para tener un carácter democrático y respetuoso de minorías y mayorías.

Sin embargo, las expresiones empíricas del poder constituyente no pueden ser totalmente explicadas en las visiones teóricas anteriores. Cualquier concepción teórica sobre el constituyente entraña una racionalización o en el mejor de los casos es una construcción ideal, normativa sobre lo que debería ser el poder constituyente. La historia constitucional mexicana da cuenta de lo que aquí mencionamos. Las Constituciones mexicanas, en general, han tenido carácter revolucionario, han resultado de luchas armadas y de la violencia y, también implican una imposición normativa y política de un grupo dirigente sobre los otros. Las Constituciones mexicanas no han sido el producto de un consenso político y social, han tenido la pretensión de promover un proyecto político, económico o social, sobre otros alternativos y posibles. La Constitución de 1917 es el mejor ejemplo de lo que aquí decimos.

Nos parece más o menos obvio señalar que el poder constituyente se materializa en una fuerza o en varias fuerzas políticas capaces de sostener exitosamente, en el plano político y en el plano jurídico, un proyecto político y jurídico con suficientes fundamentos éticos para poder prevalecer. Todo poder constituyente apela a una legitimidad que lo sustenta. El poder constituyente, es por tanto la fuerza, el poder o la autoridad política que tiene la posibilidad, en situaciones concretas, para crear, garantizar o eliminar una Constitución.

En condiciones democráticas, el titular o sujeto del poder constituyente es el pueblo, el que constituye una “magnitud política” capaz de instituir una Constitución. El pueblo en situaciones democráticas -de no manipulación, de libertad, de apertura, tolerancia y toma de conciencia- está formado por individuos, asociaciones, grupos, iglesias, comunidades, personalidades, instituciones, vehículos de intereses, ideas, creencias y valores, tanto convergentes como plurales. El concepto pueblo tiene un sentido político, es decir, personas que son conscientes de su lugar en la Historia y que entienden la necesidad de la transformación del status quo con base a ideas, intereses o representaciones de naturaleza política, esto es, se requiere de una base de legitimidad evidente para que las personas puedan articular nuevas formas de convivencia.

Como lo dicen autores como Böckenförde, Häberle o Gomes Canotilho, el pueblo tiene un carácter plurisubjetivo capaz de definir, proponer y defender ideas, modelos de organización que serán la base de la Constitución. Es el pueblo una “comunidad abierta de sujetos constituyentes” que pactan para conformar el orden político-jurídico y social. El pueblo no es sólo el de los propietarios, o los de la elite revolucionaria –la vanguardia de la sociedad-, o el pueblo de los electores; el pueblo en sentido político, es el de las mayorías y las minorías, es el pueblo que presupone personas libres e iguales, con capacidad y conciencia ético-política para determinar, mediante el consenso pero también como apunta Negri a través del disenso y la crítica, sus formas de convivencia y su destino.

No existe un solo modelo de poder constituyente, éstos son diversos como lo son las tradiciones históricas particulares y nacionales. En el modelo inglés existe un poder constituyente evolucionista, en donde no existió la pretensión de generar un nuevo orden político, ni tampoco la pretensión de diseñar y planificar de origen, modelos políticos, sino de ir perfeccionando los existentes. En el modelo norteamericano, la finalidad fue la de moderar y restringir el poder más que la de promover y dar prevalencia a un poder democrático ilimitado. El caso francés responde más al modelo de Negri; se buscó durante la revolución francesa, crear una Constitución a través de la destrucción del viejo régimen pero apuntalando a un poder supremo –la nación- que elabora la Constitución. De lo anterior se colige que existen vías distintas de estructuración y de organización del poder constituyente. Lo importante de los distintos modelos de poder constituyente, es que todos ellos, han producido categorías jurídicas fundamentales para el propio poder constituyente y las Constituciones resultantes, conceptos como el de soberanía popular, derechos fundamentales o división de poderes, son herederos en sus significados actuales de los diferentes modelos de poder constituyente.

El poder constituyente, dependiendo de las circunstancias y los modelos históricos, se puede articular en fases o etapas: etapas preconstituyentes en donde se toman las primeras decisiones que definirán los principales mecanismos de organización y de procedimiento de la fase posterior; y la etapa constituyente, en donde se adoptan las decisiones constituyentes, ya sea a través de una asamblea constituyente o a través de otras y variadas formas de organización del poder constituyente, por ejemplo, vía referéndum o, como la convención constituyente norteamericana, en la que el proyecto constitucional se elaboró en la Convención de Filadelfia de 1787 y posteriormente fue ratificado por convenciones de los Estados. A partir de los años setentas del siglo XX, el poder constituyente se ha expresado en países de Europa del sur, del este, asiáticos, de Latinoamérica y África, a través de distintas vías o caminos de transición a la democracia –no esencialmente violentos y generalmente pactados- en las que el poder constituyente y sus procedimientos han servido de solución a las crisis políticas que implican el cambio de un régimen autoritario por uno democrático.

En nuestros días, el poder constituyente que surge de legitimidades populares democráticas obedece a una herencia cultural, es decir a modelos espirituales, éticos y sociales que existen en la conciencia jurídica mundial, en donde el derecho internacional de los derechos humanos o principios suprapositivos y supralegales democráticos constituyen los límites más importantes a la libertad y ominipotencia del poder constituyente. Un sistema nacional que pretenda ser respetado en el concierto de las naciones, que busque ser democrático y constitucional se encuentra necesariamente vinculado por principios democráticos y de respeto y garantía a los derechos fundamentales.

Una vez elaborada la Constitución el poder constituyente no desparece ni queda subsumido en la Constitución. El poder constituyente siempre podrá nuevamente hacerse presente, si existe la conciencia de que el orden establecido no es satisfactorio o no cumple sus propósitos, y si se cuenta con la fuerza o magnitud política capaz de articular nuevas pretensiones para sustituir o modificar radicalmente el status quo. El poder constituyente no queda integrado a la Constitución que resultó del mismo; en la Constitución se ordenan y regulan poderes constituidos que son por esencia limitados y que están sometidos en su actuación a la ley fundamental. El poder constituyente no equivale a la Constitución, ésta es su producto y permanece con validez y vigor hasta que el poder constituyente así lo determina.

II. ¿Cómo generar un constituyente democrático para México?

Para la teoría política y el derecho constitucional siempre ha sido difícil contestar a la pregunta sí es posible generar un poder constituyente democrático. Zagrebelsky al rescatar la historia del constituyente originario en Europa expresa cómo ha sido concebido: “... absolutización de los valores políticos, es un puro deber ser, es empezar de nuevo, es elisión del pasado y reducción de un futuro al presente, es inicialmente aceleración histórica improvista y sucesivamente retención del movimiento, es expresión de un solo sujeto político, individualizado e incondicionado y por esto soberano”. En nuestro entorno Pedro de Vega explica en su clásico estudio la tensión que existió en Europa hasta el siglo XX, entre el principio democrático y el principio de supremacía constitucional y cómo el principio democrático durante mucho tiempo se impuso al de supremacía constitucional. La cuestión, por lo tanto, no debe plantearse sólo en términos históricos sino contemporáneos.

Si existe la idea de generar un constituyente que revise integralmente la Constitución de 1917, es evidente, que ese poder revisor no debe ser cualquiera. Se debe pensar en un constituyente que esté sujeto al menos a límites temporales y axiológicos. Por límites temporales me refiero al tiempo de su encargo y por límites axiológicos, al respeto por el principio democrático y, principalmente a los derechos humanos. El constituyente originario de hoy en día no puede ser un poder totalmente absoluto que suplante o destruya instituciones, reglas, mecanismos que tengan sentido en la razón de ser de un pueblo o en su historia. Por ejemplo, en su lucha por lograr conquistas democráticas o en el desarrollo de las garantías más plenas a los derechos humanos.

Pero así como el constituyente originario está limitado por elementos temporales o axiológicos, también debe estar orientado por fines que promuevan más y mejores condiciones democráticas y más amplias garantías a los derechos humanos. Los límites al constituyente originario también constituyen sus fines.

Lo mismo puede decirse acerca de los procedimientos que el constituyente originario emplee. El procedimiento que norme su actuación no puede estar alejado de los ciudadanos, no puede darles la espalda, no puede hacer uso de artimañas que impliquen limitar la deliberación, la transparencia y la participación ciudadana en el proceso.

Esta iniciativa considera una propuesta de constituyente originario que insiste en las condiciones para un procedimiento democrático de revisión integral a la Constitución de 1917. Desde luego que no olvidamos la cuestión de los límites democráticos a los que está sujeto, así como las debidas garantías democráticas que lo deben revestir para cumplir con sus fines.

Estas reflexiones se inscriben en la discusión nacional sobre la reforma integral de la Constitución y nuestro proceso de transición a la democracia. Para muchos el proceso de transición ha concluido porque ahora se tienen condiciones electorales más o menos democráticas que en el pasado histórico de México no existían. Se dice que existen procedimientos que garantizan a todos los ciudadanos mayores de edad los derechos políticos, que el voto de los ciudadanos tiene un peso igual, que todos los titulares de derechos políticos son libres de votar siguiendo sus propias opiniones, que los ciudadanos pueden escoger entre partidos distintos, que prevalece en nuestro país la regla de la mayoría, y que ninguna decisión adoptada por mayoría limita los derechos de la minoría. Para otros, el proceso de transición a la democracia no ha concluido porque son elementos de cualquier concepto mínimo de democracia no sólo los que tienen relación con el origen democrático de la autoridad, sino con las vías del ejercicio del poder por parte de las autoridades. En otras palabras, el concepto mínimo de democracia, como bien lo había señalado Bobbio tiene relación con reglas que se refieren a quién está autorizado para decidir y reglas y procedimientos que establecen cómo debe hacerlo. Luego entonces, un concepto mínimo de democracia no sólo comprende reglas electorales, que son las reglas que dan origen a la autoridad, sino reglas que tienen que ver con el ejercicio del poder, entre otras: las referentes a la división de poderes, la rendición de cuentas, los mecanismos de distribución de poder territorial y los derechos humanos. Algunos autores por ello proponen como elementos mínimos de una democracia: la existencia del sufragio universal, elecciones competitivas y la garantía plena de los derechos humanos. Adviértase que no se está hablando de un concepto de democracia que vaya más allá de lo que los teóricos de la democracia liberal como Schumpeter, Dahl y Sartori generalmente reconocen como concepto mínimo, aunque algunos como Dahl insisten con especial énfasis como elementos de la democracia mínima, en libertades como la de expresión o información, y en sus últimos trabajos, en lo que denomina comprensión ilustrada y control de la agenda por parte de los ciudadanos. Desde luego que estas visiones mínimas no son compatibles, ni deseables por insuficientes; aplaudirlas y colocarlas como horizonte del cambio político de México es situarnos dentro de un contexto de retórica de intransigencia tan bien descrito por Albert O. Hirschman. Nuestro proyecto debiera ser construir una democracia material como la describe Ferrajoli cuando distingue un doble género de reglas democráticas, reglas sobre quién puede y cómo se debe decidir, y reglas sobre qué se debe y qué no se debe decidir, esto es, reglas tanto formales que aluden al origen y ejercicio democrático del poder, y reglas sobre derechos fundamentales que constituyen el límite del poder y, por otra parte, el deber del propio poder.

La democracia no es sólo una cuestión de procedimientos electorales, y además a esa parte de nuestro sistema institucional todavía le siguen faltando, entre otros muchos, los siguientes aspectos:

• La garantía plena de la equidad electoral mediante una nueva Ley de Radio y Televisión que disminuya el poder fáctico de los medios electrónicos;

• La legislación secundaria en materia de derecho de réplica y de publicidad gubernamental;

• La ley que obligue a la democracia interna de los partidos políticos;

• Modificaciones en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para que los partidos, sindicatos, organizaciones empresariales, medios de comunicación electrónicos e iglesias sean sujetos obligados directos en materia de transparencia;

• La ampliación de los mecanismos de control de constitucionalidad en materia electoral;

• La autonomía plena de los órganos electorales;

• La fiscalización efectiva a partidos y agrupaciones políticas;

• Mecanismos adecuados para prevenir, evitar y sancionar las prácticas de compra y coacción del voto;

• Nuevos mecanismos para combatir la corrupción política, por ejemplo disminuyendo o derogando el financiamiento privado;

• La disminución en el costo del financiamiento público;

• La regulación de las candidaturas independientes;

• Regular de mejor manera el voto activo y pasivo de los mexicanos que viven en el extranjero; y,

• Proponer reformas a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para hacer de los medios y recursos electorales mecanismos expeditos y cercanos a los ciudadanos, y no sólo a los partidos políticos.

En cuanto al tema de los procedimientos de ejercicio del poder, que en México se ha llamado reforma del Estado, habría que decir que se trata de una agenda aún pendiente. Es verdad, que no existe un consenso fuerte sobre la nueva Constitución. Muchas voces, sin embargo consideramos que es imprescindible elaborarla para concluir el proceso de transición democrática. Si no abordamos este análisis, la transición se alargará con las consiguientes consecuencias de inestabilidad y desencanto social ante la construcción institucional empezada, pero no terminada en materia electoral y muy deficitaria en el resto del entramado institucional.

Desde nuestro punto de vista, la nueva Constitución, al menos debería ocuparse de los siguientes aspectos:

1) Garantía plena a los derechos fundamentales de las distintas generaciones de derechos;

2) Organización democrática de todo el poder público nacional y la sustitución del sistema presidencial por uno parlamentario;

3) Supremacía constitucional:

4) Amplios mecanismos de defensa de la constitución;

5) Democracia participativa y deliberativa:

6) Medios e instituciones anticorrupción con amplios poderes;

7) Limitación y control efectivo a los poderes fácticos:

8) Defensa del patrimonio y de los recursos naturales de la nación;

9) Conclusión de la reforma en materia indígena;

10) Democratización y modernización del sistema federal y de los municipios.

Recientemente Felipe Calderón envió al Senado de la República una iniciativa de reforma política que se suma a otras presentadas en sede legislativa y en la discusión pública y académica. La propuesta de Calderón no aborda con la amplitud y profundidad debida la reforma necesaria. Consta de nueve temas o aspectos que se vinculan a lo siguiente: al fortalecimiento del poder ejecutivo frente al legislativo; al establecimiento de un sistema electoral bipartidista; a mecanismos de construcción artificial de gobernabilidad; y, a herramientas de democracia participativa, que en lugar de fortalecer el papel del ciudadano, auguran de aprobarse, rasgos peligrosamente fascistas en el régimen político nacional.

La primera característica referente al fortalecimiento del poder ejecutivo frente al legislativo la encontramos en tres propuestas de la iniciativa de Calderón: 1) La relativa a la facultad que se pretende del ejecutivo para presentar, en cada primer periodo ordinario de sesiones del Congreso, un número determinado de iniciativas que deberán dictaminarse y votarse por medio de un trámite legislativo preferente y, en caso de que el Congreso no las dictamine, se entiendan aprobadas como leyes; 2) La vinculada al establecimiento del veto parcial a las leyes aprobadas por el Congreso, lo que entrañaría la posibilidad de promulgar y publicar aquellas partes de las leyes no observadas por el ejecutivo; y, 3) La concerniente a la prerrogativa del veto al Presupuesto de Egresos de la Federación. Estas tres medidas incrementarían enormemente el poder del ejecutivo frente al Congreso y, en los hechos, principalmente por lo que ve a la facultad de iniciativa preferente, transformarían al ejecutivo en el poder legislativo y, en algunos casos en el constituyente permanente, tal como ocurriría con las atribuciones de iniciativa preferente con referéndum en relación con reformas constitucionales.

La segunda característica de la iniciativa de Calderón consiste en promover un sistema electoral de corte bipartidista. Este rasgo se advierte en tres propuestas: la que propone reducir del número de Senadores, en donde por Estado tendrían representación sólo la primera y la segunda minaría; la que pide la introducción de una segunda vuelta en las elecciones presidenciales que propende a fortalecer dos grandes coaliciones políticas; y, la que incrementa a cuatro por ciento de la votación nacional total emitida el requisito para que los partidos mantengan su registro como tales. Esta característica implica la reducción en las instituciones de la pluralidad política, limita la representatividad de muchas fuerzas relevantes y, condena a los extremos del espectro político a lucha política por vías extra sistémicas y, no siempre pacíficas.

Ligada con la anterior característica encuentro una tercera que busca construir artificialmente una gobernabilidad no democrática basada en la limitación de la pluralidad y la representación de muchos sectores políticos y sociales relevantes. Ejemplo acabado de ello son: la propuesta de una segunda vuelta en las elecciones presidenciales y, el incremento a cuatro por ciento de la votación para que los partidos políticos mantengan su registro. De prosperar estas medidas, se obtendrá por la vía del diseño institucional y, no por el camino de los votos y del consenso, reducir la complejidad en la vida política nacional para supuestamente gobernar con más facilidad. Sin embargo, la iniciativa calderonista no se hace cargo de la pluralidad social y política del país, de su heterogeneidad cultural y, de los múltiples proyectos de país que conviven en sus fronteras. Eliminar institucionalmente esa complejidad además de contrariar a la democracia entraña oponerse al sentido común.

Respecto a la cuarta característica que dice promover una democracia más participativa, sus propuestas consisten en: permitir la reelección de legisladores y autoridades municipales; incorporar las candidaturas independientes; introducir la iniciativa legislativa ciudadana y, añadir el referéndum para que el pueblo apruebe reformas constitucionales que no hayan sido aprobadas por el Congreso. Cada una de esas propuestas como están presentadas, en lugar de darle al pueblo más poder, elitizarán la vida política del país. La reelección sin que se derogue el financiamiento privado, sin la existencia de revocación de mandato a malos gobernantes, sin democratización de las entidades federales y municipios, fortalecerá el caciquismo, la no renovación de las dirigencias políticas y, apuntalará aún más la influencia de los poderes fácticos, pues sólo serán reelectos los que tengan más apoyos gubernamentales y empresariales. Las candidaturas independientes sin derogar el financiamiento privado darán a los poderes fácticos representantes en las instituciones que defenderán sus intereses, y éstos pueden ser los del narcotráfico o de las trasnacionales. La iniciativa legislativa ciudadana puede, si no está bien diseñada en la legislación secundaria, transformarse en un instrumento en manos de quien tiene más poder económico.

Sin embargo, el rasgo fascista de la propuesta de Calderón está en el referéndum. No se trata de un referéndum en el que participan los ciudadanos una vez que la reforma constitucional fue aprobada por los órganos legislativos sino de un referéndum en donde participa el pueblo a falta de aprobación de las reformas constitucionales por el poder legislativo y las legislaturas locales. Es decir, es un referéndum en donde el ejecutivo apela al pueblo por encima del poder revisor de la Constitución. En las circunstancias actuales, una alianza entre Calderón y las televisoras, colocaría a estas instituciones en el papel de constituyente permanente. Este es el rasgo más autoritario y condenable de la propuesta calderonista. Muestra la intencionalidad y naturaleza de su concepción política.

III. La materialización jurídica del poder constituyente

Sieyès intentó dar respuesta a preguntas como: ¿A quién corresponde elaborar la Constitución? ¿Quién está calificado para determinar los órganos estatales y para repartir entre ellos el ejercicio de las potestades? Se trata de precisar en quién reside el poder constituyente.

Para un sector muy importante de la doctrina constitucional desde Carré de Malberg a Carl Schmitt, la discusión sobre el poder constituyente rebasa el plano jurídico. “La soberanía primaria, el poder constituyente, reside esencialmente en el pueblo, en la totalidad y en cada uno de sus miembros” y, “por lo tanto, se ve que el derecho propiamente dicho sólo puede concebirse en el Estado una vez formado éste, y por consiguiente, es inútil buscar el fundamento o la génesis jurídicos del Estado”.

La cuestión de sí existe una norma originaria ha ocupado ha muchas mentes valiosas, al igual que sí el tema el poder constituyente es deducible jurídicamente. Pero más allá de estas cuestiones, lo importante es sí el poder constituyente está vinculado jurídicamente, o en palabras de Klaus Stern, si el Poder Constituyente se constituye de acuerdo con una concepción preconstitucional. La respuesta, por lo menos en los sistemas democráticos de nuestro tiempo, tiene que ser positiva. El poder constituyente en condiciones democráticas no puede surgir de un golpe de Estado o de una revolución como en el pasado, debe ser la expresión de un acuerdo político entre actores que norman la definición de las nuevas reglas fundamentales para el Estado dentro de un procedimiento al mismo tiempo que democrático basado en reglas jurídicas respetuosas con los Derechos Humanos acordadas entre ellos.

El Poder Constituyente es de naturaleza extraordinaria, toca los límites entre lo jurídico y lo político. El derecho constitucional inequívocamente surge de actos de voluntad política. Estos actos de voluntad política son transitorios y deben desaparecer una vez concluida la obra constitucional para que la actividad del Estado se desenvuelva a partir de ese momento, sobre bases jurídicas fundamentales. Lo interesante de los actos de voluntad política que dan lugar a una Constitución nueva o a la transformación de la misma, es que definen en buena medida la naturaleza del futuro Estado. En palabras de Lowenstein, “el material de derecho comparado hasta permite sacar la conclusión de que a partir de la técnica de reforma constitucional aplicada respectivamente, se puede deducir el carácter del régimen político”.

Por eso, el tema de los procedimientos que utilice el poder constituyente para dar lugar a una nueva Constitución o cambios sustanciales en la misma, no es inocente, debe por un lado generar suficientes condiciones de legitimidad política y consenso social, y al mismo tiempo propiciar los elementos para la construcción de un Estado constitucional democrático. No es casual, por tanto, que autores como Bryce, señalaran que el procedimiento de reforma constitucional es la parte más destacada de cualquier Constitución. Los procedimientos de reforma constitucional, originaria en nuestros días, deben ser participativos, abiertos y, deliberativos, sin que impliquen la exclusión de algún sector social o político relevante. No es momento de constituciones impuestas, ni de constituciones de mayoría, ni de constituciones emanadas de una voluntad triunfante en alguna revolución, ni mucho menos constituciones producto de un golpe de Estado.

Cuando se plantea una nueva constitución o se propone una revisión integral a la misma, independientemente de las cuestiones formales que el derecho positivo vigente contemple, se debe dar respuesta a seis preguntas básicas: el órgano que debe hacer la reforma constitucional, la conveniencia de instaurar un procedimiento o varios para las reformas constitucionales futuras, el nivel de rigidez de esas reformas, la participación popular en todo procedimiento de reforma constitucional, los límites explícitos para las reformas constitucionales futuros y, desde luego, la existencia de límites implícitos. La respuesta a esas preguntas definirá en buena medida el futuro del Estado, su legitimidad democrática, su legitimación y su estabilidad política.

Respecto al órgano que debe elaborar la nueva Constitución o hacer la revisión integral a la misma, el Derecho comparado es rico en experiencias, tal como describen Pedro de la Vega y Javier Pérez Royo. La cuestión queda zanjada en la elección entre generar un órgano ad-hoc o utilizar los poderes constituidos. Generalmente, para nuevas constituciones, se concibe un órgano especial en donde pueden tener participación poderes ya constituidos, además de que se suele incorporar la participación ciudadana. Lo importante, desde mi punto de vista, sería siempre el nivel de legitimidad democrática con la que cuenta el poder constituyente. Sobre los procedimientos que ese poder constituyente prevea para futuras reformas constitucionales, algunas de las Constituciones más avanzadas del mundo, tanto europeas como latinoamericanas, señalan un procedimiento doble, uno para reformas a normas constitucionales que se consideran fundamentales o intangibles y, otro, para normas que el constituyente originario no considera con la misma relevancia que las primeras. La rigidez de los procedimientos de reforma constitucional futura dependerán de las opciones del constituyente originario; es obvio que una constitución que establezca procedimientos muy rígidos de reforma pueda ser alterada vía interpretación o mutación constitucional como se deduce de la experiencia constitucional norteamericana, en donde la interpretación de la Suprema Corte de los Estados Unidos en muchas ocasiones ha alterado el sentido constitucional de las normas constitucionales. En cuanto a la participación popular en el constituyente originario, me parece que está fuera de dudas, es más, creo que sin una suficiente y debida participación ciudadana en el proceso, el constituyente originario ve limitada su legitimidad democrática; opino por tanto que esa participación debe darse en todas las fases del procedimiento constitucional, ya sea en su inicio, pudiendo proponer, vía iniciativa popular reformas y/o a través del establecimiento de un referéndum previo; durante el procedimiento, al contar la ciudadanía con la información plena de las deliberaciones del constituyente; y, desde luego, al final, con el referéndum aprobatorio. Sé que la historia, en ciertos casos, demuestra el uso demagógico de medios de democracia directa. Desde mi punto de vista se trata de trascender esa crítica, el uso de los medios de democracia directa no debe servir para el abuso de las élites, deben ser éstas desenmascaradas cuando pretendan manipular los instrumentos de democracia directa y, la manera de desenmascarar a la élite se logra con la deliberación y la presentación amplia de los argumentos y contraargumentos de los distintos sectores políticos y sociales involucrados. El tema de los límites explícitos e implícitos, es hoy en día parte de todo el constitucionalismo de la segunda posguerra. Estos límites vinculan al poder de reforma constitucional pero se decía en el pasado que no al constituyente originario. Es obvio por otro lado, que esos límites son parte o deben ser parte de la naturaleza constitucional y democrática del Estado de nuestro tiempo, tales límites entrañan, por ejemplo, en el constitucionalismo democrático, la imposibilidad por el poder reformador de alterar el régimen democrático, menoscabar los derechos humanos o, trastocar la forma republicana o federal del Estado. Dentro del marco constitucional democrático, si el poder reformador de la Constitución, alterará esos límites, los tribunales de control de constitucionalidad deben tener la competencia para determinar la inconstitucionalidad de una reforma elaborada por el poder revisor –en contra de los límites explícitos (cláusulas de intangibilidad) o de los implícitos.

IV. Algunas propuestas mexicanas en torno al procedimiento para realizar la reforma integral a la Constitución de 1917

Con motivo de los trabajos para la reforma del Estado coordinados por Porfirio Muñoz Ledo y, después de las elecciones presidenciales del año 2000, se discutieron algunas propuestas sobre los contenidos que debiera tener el poder que revisara integralmente la Constitución de 1917. Esta propuesta se suma a otras que en sede legislativa ha presentado el actual Senador Pablo Gómez. Además, la Conago (Conferencia Nacional de Gobernadores) impulsó en su momento algunas ideas sobre el procedimiento en cuestión.

Pablo Gómez, dirigente del PRD, propuso que la Constitución de 1917 se adicionara con un título décimo que contuviera un artículo 137. Los objetivos de la propuesta de Gómez, implican respetar la constitucionalidad y legalidad vigente, es decir, elaborar la nueva Constitución sin romper totalmente con el actual texto constitucional. Su iniciativa utiliza el procedimiento de reforma constitucional vigente –el artículo 135 de la Carta de Querétaro- para adicionar a la Constitución de 1917 un nuevo artículo, el 137, que autorice al Poder Legislativo a convocar a la elección de un Congreso Constituyente unicameral con el objetivo de redactar una norma fundamental que sea sometida a referéndum ciudadano como requisito ineludible para su entrada en vigor. La redacción elaborada por Gómez quedó en los siguientes términos:

“Título décimo:

De la aprobación y promulgación de una nueva Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 137. El Congreso podrá mediante la expedición de una ley, convocar a la elección de un Congreso Constituyente, con el propósito de redactar, aprobar y promulgar una nueva Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo las siguientes bases:

I. La Ley de convocatoria será aprobada por la mayoría absoluta de los individuos presentes en cada Cámara de Congreso, por lo menos cuatro meses antes de la fecha de la elección de los diputados constituyentes. La iniciativa deberá ser presentada de conformidad con el artículo 71 de la presente Constitución y el Poder Ejecutivo de la Unión no podrá hacer observaciones a la ley aprobada, la cual no necesitará de promulgación del Presidente para tener vigencia.

II. El Congreso Constituyente será una sola asamblea de diputados elegidos de conformidad con las bases establecidas en los artículos 51, 52, 53, 54, 55, 60, 61, 62, 63 y 64 de esta Constitución y las leyes reglamentarias correspondientes.

III. El Congreso Constituyente iniciará sus sesiones a más tardar dos meses después de realizadas las elecciones y no podrá prolongar las mismas por más de doce meses.

IV. La presente Constitución y las leyes mantendrán plenamente su vigencia durante el tiempo que sesione el Congreso Constituyente.

V. El Congreso Constituyente no podrá emitir decretos de ley ni de cualquier otra naturaleza diferente a una nueva Constitución Política y a la convocatoria señalada en la fracción VII del presente artículo.

VI. El Congreso Constituyente sólo podrá sesionar y tomar acuerdos con la presencia de la mitad más uno de los integrantes y adoptará sus decisiones por mayoría absoluta de los diputados presentes. El Constituyente aprobará su propio reglamento interno, gozará de la inmunidad establecida en el artículo 61 de la presente Constitución y se observarán las disposiciones contenidas en los artículos 125, 127 y 128 de la misma.

VII. La nueva Constitución entrará en vigor una vez aprobada por el Congreso Constituyente y refrendada a través de consulta ciudadana convocada por éste y organizada por el Instituto Federal Electoral, de conformidad con las normas electorales vigentes, en lo conducente. La calificación del referéndum será realizada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y, para tener validez, deberá haber concurrido a la votación, por lo menos, la mitad más uno de los ciudadanos integrados en la lista de electores. El referéndum se realizara entre los dos y los cinco meses posteriores a la clausura de las sesiones del Constituyente.

VIII. La nueva Constitución no podrá alargar ni acortar el período para el cual fueron elegidos o asignados los integrantes de los poderes de la Unión, de los Estados y del Distrito Federal, ni eliminar el carácter republicano y federal del Estado mexicano”.

La propuesta coordinada por Porfirio Muñoz Ledo pretende hacer efectiva la garantía que tiene el pueblo mexicano de cambiar su forma de gobierno a través de la vía del Congreso ordinario en su calidad de Constituyente Permanente. Para conformar este Congreso, Muñoz Ledo, pide designar una comisión de diputados y senadores. Su misión será presentar un proyecto de cambio del texto constitucional, el cual, una vez aprobado por el Congreso de la Unión, será sometido mediante referendo a la aprobación del pueblo de México para investir a esta reforma de plena legitimidad. Sin perjuicio de lo anterior, los actores previstos en el artículo 71 constitucional podrán presentar iniciativas de reforma a la Ley Fundamental.

Se insiste adicionar el siguiente artículo transitorio al texto actual de la Constitución:

“Artículo vigésimo:

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 39 de esta Constitución, que señala el derecho que el pueblo tiene en todo tiempo de alterar o modificar la forma de su gobierno, y con apego a lo dispuesto en el artículo 70 de la misma, que establece que el Congreso expedirá la ley que regulará su estructura y funcionamiento internos, el Congreso de la Unión, en la apertura del Segundo Periodo Ordinario de sesiones de la LVIII Legislatura, designará una comisión redactora de veinticinco diputados y diez senadores integrada por dos tercios de los miembros presentes de cada Cámara. Los diputados y senadores suplentes de aquellos que fueran nombrados para integrar la Comisión asumirán las funciones ordinarias de los propietarios durante el tiempo que dure dicho cometido.

La comisión redactora tendrá por único encargo la presentación de un proyecto de cambio constitucional que deberá elaborar en un periodo no mayor que diez meses el cual realizará consultas con las legislaturas estatales. Una vez redactado, el Congreso convocará a un periodo extraordinario de sesiones para someter dicho proyecto al debate del pleno de ambas cámaras, las cuales lo procesarán en los términos del artículo 135.

Una vez concluido el proceso aprobatorio, el Pleno del Congreso solicitará al Instituto Federal Electoral la realización de un referendo ciudadano para someter el texto resultante a la aprobación del electorado. Este referendo será organizado en los términos de la legislación vigente”.

La Conago (Conferencia Nacional de Gobernadores), presentó un procedimiento para la reforma del Estado que podría desembocar en una revisión integral a la Constitución. Ese procedimiento consiste en: “1) Dejar en manos del Congreso los temas de debate más urgentes que están en su ámbito competencial, en diálogo con la Secretaría de Gobernación en representación del Ejecutivo; 2) lanzar con oportunidad la convocatoria para integrar una Comisión Nacional de Negociación integrada por un representante (comisionado) presidencial y otro de la Secretaría de Gobernación, a los que se añadirían los de las secretarías de Estado eventualmente incluidas; un representante del Congreso de la Unión; un representante de partidos políticos; un representante de gobernadores y municipios; y establecer mecanismos de consulta con sectores académicos, sociales y productivos; 3) dicha Comisión actuaría en conferencia y estaría compuesta por 25 personas aproximadamente, por ejemplo: dos del Ejecutivo, seis de los partidos políticos, nueve del Congreso, cinco gobernadores y dos presidentes municipales, así como dos representantes de los congresos locales (más representantes de sectores académicos y sociales), aunque podrían incorporarse otros más en los grupos de trabajo; 4) la Comisión establecería la agenda básica con fundamento en los proyectos del Ejecutivo, los del Congreso y los planteamientos de la Conago; 5) una vez instalada la Comisión se procedería a definir un programa básico para los doce siguientes meses y un método para enviar conclusiones o proyectos al Congreso; 6) se definiría, finalmente una agenda de medio plazo que podría desahogarse en una segunda ronda, el año 2005, antes del comienzo del proceso electoral; 7) podría pensarse que a los temas de la reforma se añadieran otros como las reformas estructurales y para ello podrían crearse mesas descentralizadas, pero razonablemente vinculadas; y, 8) sería necesario impedir la proliferación de operadores no formales y oficiosos, para lo que es necesario un marco negociador aceptado por todos”.

V. Las soluciones de las entidades federativas

En el constitucionalismo local son frecuentes las reformas al marco constitucional estatal. Máximo Gámiz, nos recuerda como las constituciones locales han sido profusamente reformadas cuando nos explica que en todos los estados se han practicado cambios importantes al texto fundamental. Aguascalientes, por ejemplo, ha tenido un poder revisor que ha afectado a todos los artículos constitucionales, en Zacatecas se han promulgado cuatro textos reformatorios integrales, y así se podrían señalar procesos de similar naturaleza en casi todas las entidades federativas del país. Esta costumbre reformatoria se vería multiplicada si existiese una reforma integral a la Constitución de 1917 o se aprobase una nueva Constitución General. De darse alguno de los supuestos anteriores, se obligaría a los órganos revisores de la Constitución a nivel local a producir los cambios constitucionales locales necesarios para ajustarse a los parámetros de la Constitución General. Sin embargo, pocas Constituciones locales prevén un mecanismo o procedimiento de reforma integral o la posibilidad de un constituyente para elaborar una nueva Constitución.

Entre las excepciones se encuentra la Constitución de Veracruz que en su artículo 84 señala: “Esta Constitución podrá ser reformada en todo o en parte por el Congreso del Estado. Las reformas deberán ser aprobadas en dos períodos de sesiones ordinarios sucesivos, por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Congreso. Para que las reformas formen parte de esta Constitución, será necesaria la aprobación de la mayoría de los ayuntamientos, la que deberá darse en sesión extraordinaria de cabildo en un término improrrogable de noventa días naturales contados a partir del día siguiente a aquel en que reciban el proyecto. Para la reforma total o la abrogación de las disposiciones contenidas en esta Constitución, será obligatorio el refrendo que señala el artículo 17 de este ordenamiento. El Congreso o la Diputación Permanente hará el cómputo de los votos de los ayuntamientos y, en su caso, la declaratoria de que han sido aprobadas las reformas”.

La Constitución de Tlaxcala expresa en el artículo 120 que: “La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso, por el voto de las dos terceras partes del número total de sus miembros, acuerde las reformas o adiciones y que éstas sean aprobadas por la mayoría de los Ayuntamientos, quienes para tal efecto y con carácter vinculatorio, consultarán al Cabildo, el cual resolverá con base en lo que decidan las dos terceras partes de sus miembros. Si transcurridos un mes, a partir de la fecha en que hubieren recibido los Ayuntamientos el proyecto de adiciones o reformas, no contestaren, se entenderá que lo aprueban. Cuando la legislatura considere procedente revisar toda o proponer una nueva Constitución, convocara a una convención constitucional con la aprobación de las dos terceras partes de los miembros de la Cámara. Si el resultado de la convención es afirmativo se someterá a plebiscito. La ley establecerá los procedimientos para el cumplimiento de este Título”.

La mayor parte de las Constituciones locales contienen un procedimiento similar al del artículo 135 de la Constitución General para su reforma parcial o para incluir adiciones.

Algunos, como Emilio O. Rabasa, sostienen que sólo se requeriría de un Congreso Constituyente local, cuando se tratara de una Constitución original. Según su punto de vista, ello es conveniente porque la Constitución tendría una mayor legitimidad, aunque habría algunos problemas que deben ser atendidos: grandes erogaciones económicas, agitación política, la existencia simultánea de dos congresos (el constituyente y el ordinario) y porque ninguna Constitución, según razonamiento, prevé el caso de la convocatoria de un constituyente original, por la simple y sencilla razón, que ninguna aspira a su propia liquidación. Por eso, él propone, tal como se hizo en Veracruz, del uso del constituyente permanente o poder revisor, que puede según su opinión, cambiar toda la Constitución, aunque habría que cuidar que no se violaran las estructuras fundamentales tradicionales o las grandes decisiones históricas del pueblo, además que sería necesario establecer el referéndum como parte del procedimiento. Rabasa enumera algunas materias para una reforma constitucional local:

“a) Derechos humanos estatales, además de los federales como: derecho a la intimidad, al honor y al libre de-sarrollo de la personalidad y la no discriminación, así como lo que se creen por resolución judicial.

b) Acción popular para protección del medio ambiente.

c) Plebiscito, referendo e iniciativa popular.

d) Facultad de iniciativa a senadores y diputados federales de la entidad, en ejercicio.

e) Muy especialmente, creación de la Sala Constitucional dentro del Tribunal Superior de Justicia para, esencialmente: conocer del juicio de protección de los derechos estatales, conflictos entre municipios (omisión de la fracción I del artículo 105), controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, a nivel estatal. En suma mantener la supremacía constitucional estatal.

f) En las reformas a la Constitución estatal añadir a lo ya establecido: doble sesión del Constituyente permanente local y el referendo popular”.

A diferencia de lo expuesto por el maestro Rabasa, considero que cuando se emprende un cambio constitucional sustancial, la legitimidad de tal modificación debe ser evidente, si de democracia estamos hablando. Los cambios parciales o adiciones constitucionales locales deben tener un tratamiento menos rígido que los grandes cambios constitucionales. Además, como queda demostrado con el artículo 120 de la Constitución de Tlaxcala, si es posible establecer un procedimiento específico para un cambio constitucional que implique una nueva Constitución estatal o una transformación fundamental a la misma.

Otro problema relacionado con el poder constituyente local tiene que ver con la naturaleza jurídica de las constituciones locales. Según Tena Ramírez, la doctrina suele dar el nombre de “autonomía” a la competencia de la que gozan los estados miembros para darse sus propias normas, culminantemente su Constitución. Se distingue la autonomía de la soberanía en que ésta implica la autodeterminación plena, “nunca dirigida por determinantes jurídicos extrínsecos a la voluntad del soberano”, en cambio la autonomía presupone al mismo tiempo una zona de autodeterminación, que es lo propiamente autónomo, y un conjunto de limitaciones y determinaciones jurídicas extrínsecas, que es lo heterónomo. La zona de determinación es impuesta a las Constituciones locales por la Constitución federal cuando ésta en su artículo 41 señala que los Estados en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal, además de existir en la Constitución General varios preceptos que establecen obligaciones positivas y negativas de los Estados, que sus Constituciones deben respetar.

El largo comentario de Tena implica que las Constituciones locales son reglamentarias de la Constitución General. Sin embargo, con base en el principio de autonomía que regula la existencia y funcionamiento de los estados, no hay impedimento constitucional para que los legisladores locales, en uso de su facultad constituyente, excedan, sin contrariarla, a la carta magna general. Los Estados, por ejemplo, no están constreñidos a establecer como poderes únicamente a los previstos o indicados en la Constitución General, pueden crear nuevos poderes, órganos, establecer facultades nuevas para esos órganos y poderes, reconocer derechos fundamentales que la Constitución General no establece.

El constitucionalismo mexicano es en buena medida hijo de la innovación constitucional local, el juicio de amparo o los órganos de defensa de los derechos humanos, tuvieron, como se sabe, un origen local. Las constituciones locales que por su propia naturaleza son supremas en cada entidad federativa pueden establecer principios, normas, instituciones, que no contradigan a la Constitución federal y que se circunscriban al marco de obligaciones de la norma fundamental.

A nivel local, las autoridades competentes pueden introducir cuantas modificaciones consideren indispensables, al grado de contemplar la reforma total o la elaboración de una nueva Constitución. También a nivel estatal podría establecerse, como lo hace la Constitución de Morelos, en su artículo 147 que: “...Las adiciones y reformas hechas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que afecten a esta Constitución, serán inmediatamente adoptadas por el Congreso y programadas sin necesidad de algún otro trámite”. Una previsión de este tipo facilitaría la adecuación de la Constitución local a la Federal sin necesidad de un procedimiento específico. No obstante, considero que es conveniente que las adecuaciones locales que provengan de reformas constitucionales federales deben deliberarse ampliamente en el ámbito local para efectos del desarrollo o maximización de los preceptos federales y en su caso de su reglamentación en la esfera local.

VI. Nuestra propuesta.

VI.1. La ponderación de cuatro planos.

Discutir el método para la reforma total a la Constitución de 1917 depende, al menos, de la ponderación de distintos planos: el jurídico-formal, el jurídico-material, el histórico y el político.

A. Plano jurídico-formal.

La mayor parte de los autores nacionales sostienen la posibilidad de nuevas reformas parciales a la Constitución a través del procedimiento previsto en el artículo 135 constitucional. Algunos en minoría, como Elisur Arteaga, opinan que con el procedimiento del artículo 135 se puede reformar toda la Constitución.

En lo personal me adhiero a la primera posición, aquella que sostiene que el procedimiento del 135 sólo permite reformas parciales. Por los siguientes argumentos:

a) El contenido del propio artículo 135 señala: “...para que las reformas lleguen a ser parte de la misma...” de lo que infiere que con las reformas y adiciones, la misma Constitución sigue existiendo; b) la diferente naturaleza jurídica entre el poder constituyente originario y el poder reformador; c) el contenido del artículo 136 que establece que la Constitución no perderá su fuerza y vigor, aún cuando por una rebelión se interrumpa su observancia. Lo que indica que el constituyente originario no estableció los procedimientos de sustitución constitucional; y, d) el poder reformador no podría alterar el sentido de las principales cláusulas constitucionales: Estado Federal, representativo, etcétera, por eso implicaría transformar la estructura del Estado, lo cual solamente puede hacerlo el pueblo a través de un constituyente originario.

De lo anterior deduzco que si se trata de reformas parciales, el procedimiento a seguir es el 135 constitucional. En tanto que si se trata de darle un sentido normativo distinto a la Constitución de 1917 o si las reformas pretenden sustituir sus contenidos fundamentales, el procedimiento no puede ser el del artículo 135.

B. Plano jurídico-material.

Este plano recoge la idea de Mario de la Cueva en el sentido de que el poder reformador no debe por razones ético-políticas, de transparencia y congruencia; sustituir la Constitución mediante reformas sucesivas o simultáneas, porque ello constituiría una argucia y una burla repugnante a la conciencia jurídica.

No debe, por razones de congruencia, seguirse el camino por el que se ha transitado en la historia nacional: crear procedimientos ad-hoc para reformar la Constitución cuando lo que se quiere es realizar un cambio sustancial a la misma y ello no se admite claramente, tal como ocurrió con el pretendido procedimiento de reforma a la Constitución de 1857 –que por cierto no siguió el procedimiento previsto en la Constitución de 57- y que desembocó en la Constitución de 1917 o, utilizar el procedimiento de reformas constitucionales previsto, pero alterando paulatinamente y sucesivamente sus sentidos originarios hasta producir normativamente una nueva Constitución.

El plano jurídico-material apela a un principio de claridad y de honestidad frente a la ciudadanía. Alguna teoría positivista, sin embargo, aduce que no importan las condiciones en las que se instaura o adopta una nueva Constitución, ni siquiera si existe una norma previa que lo permita y regule, pues una nueva Constitución no depende en su validez de norma previa alguna, en tanto que la Constitución es causa no causada y el constituyente un poder que es expresión de una voluntad que no tiene más relevancia que la que eventualmente pueda reconocérsele como criterio de interpretación de los preceptos constitucionales.

Desde una visión kelseniana, seguramente no importaría para los efectos del ordenamiento jurídico el origen, procedimientos y condiciones del poder constituyente, pero si importa bastante desde una visión de legitimidad democrática y desde las relaciones normativas entre una Constitución anterior y una posterior para facilitar su legitimidad tanto lógica como política.

Es tan trascendente cuidar el aspecto de una reformabilidad democrática que algunos han criticado la legitimidad de la Constitución de 1917 por no haberse seguido el procedimiento indicado en la Constitución de 1857.

C. El plano histórico.

Tanto la Constitución de 1857 como la de 1917 no fueron elaboradas y aprobadas con el procedimiento de reformas que la Constitución de 1824 y la de 1857, respectivamente, contemplaban. Carranza expresamente comentó que si no se seguía el cauce que la misma Constitución establecía para convocar al constituyente, ello no era un obstáculo, para emitir un nuevo texto fundamental, pues opinaba que los procedimientos de reforma constitucional no eran un impedimento para el libre ejercicio de la soberanía del pueblo. Las Constituciones de 1857 y la de 1917 no fueron producto del respeto al procedimiento constitucional, sino, fruto de movimientos armados que utilizaron vías ad-hoc para promulgar las nuevas cartas fundamentales. En el caso de la Constitución de 1917, Palaviccini precisó que seguir el procedimiento del artículo 127 de la Constitución de 1857, hubiese sido inaceptable porque:

“...habría sido preciso convocar a elecciones generales y, una vez constituidos los tres poderes, presentar el Ejecutivo al Congreso de la Unión, uno por uno, los proyectos de reformas para que aprobados por el Congreso, fuesen enviados a las legislaturas de los Estados y, hasta que la mayoría de éstas hubiesen dado su aquiescencia, podrían considerarse como reformas constitucionales. Como era fácilmente previsible, este sistema era inaceptable, sí se quería de verdad y sinceramente realizar tales reformas”.

Lo que nos señala este plano histórico es que la soberanía popular es el fundamento de las Constituciones. En la soberanía popular reside el poder transformar, en su sentido más amplio y hasta radical, las normas fundamentales. Por ello cualquier cambio que pretenda elaborar una nueva Constitución, debe pasar por el tamiz de la soberanía. Ahora bien, esto no quiere decir que no se respete ningún procedimiento al grado de constituir una ruptura total con el vigente orden constitucional. Es imprescindible contar y preservar dos elementos:

a) La legitimidad democrática de los cambios que descansaran en la participación ciudadana a través del referéndum y, b) una vía o método lógico-jurídico que sirva de nexo entre el vigente orden constitucional y el futuro.

D. Plano político.

De lo que se trata entonces, es de encontrar una vía legítima, en términos democráticos y, lógica, en términos formal-positivos. Es decir, debemos hacernos cargo de lo siguiente:

1. Asumir que el poder constituyente es, en última instancia, un poder fáctico, por lo que es imperativo que tenga, a diferencia de nuestro pasado histórico, un origen democrático apoyado en la soberanía popular para respetar el contenido del artículo 39 de la Constitución.

2. La actuación del poder constituyente debe estar legitimada por el pueblo a través de un referéndum previo para preguntarle al pueblo sí quiere una nueva Constitución, y un referéndum posterior a la elaboración de la nueva Constitución, una vez que ésta regulara un procedimiento de reforma más reforzado que el actual para reformas totales.

3. La vía de conexión entre los dos órdenes constitucionales se produciría mediante reformas al vigente artículo 135, mediante la inclusión de un párrafo adicional, que refuerce el procedimiento para un cambio fundamental o total en la Constitución (como existe en otros países, tal es el caso de España donde la Constitución prevé dos procedimientos (artículos 167 y 168): uno para reformas parciales y otro para reformas que afecten cláusulas de intangibilidad o que impliquen una revisión total de carácter constitucional). En otras constituciones latinoamericanas se contemplan también dos tipos de procedimientos según el alcance de la modificación deseada:

En Colombia, en el artículo 376 constitucional, se establece:

“Mediante ley aprobada por mayoría de los miembros de una y otra Cámara, el Congreso podrá disponer que el pueblo en votación popular decida sí convoca una Asamblea Constituyente con la competencia, el periodo y la composición que la misma ley determine. Se entenderá que el pueblo convoca la Asamblea, sí así lo aprueba, cuando menos, una tercera parte de los integrantes del censo electoral. La Asamblea deberá ser elegida por el voto directo de los ciudadanos, en acto electoral que no podrá coincidir con otro. A partir de la elección quedará en suspenso la facultad ordinaria del Congreso para reformar la Constitución durante el término señalado para que la Asamblea cumpla sus funciones. La Asamblea adoptará su propio reglamento”.

En Costa Rica, en el artículo 196 constitucional, se prevé:

“La reforma general de esta Constitución, sólo podrá hacerse por una Asamblea Constituyente convocada al efecto. La ley que haga esa convocatoria deberá ser aprobada por votación no menor de dos tercios del total de los miembros de la Asamblea Legislativa y no requiere sanción del Poder Ejecutivo”.

En Guatemala, en los artículos 278 y 279 de su ley fundamental, se dice:

“Asamblea Nacional Constituyente. Para reformar éste o cualquier artículo de los contenidos en el Capítulo I del Título II de esta Constitución, es indispensable que el Congreso de la República, con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los miembros que lo integran, convoque a una Asamblea Nacional Constituyente. En el decreto de convocatoria señalará el artículo o los artículos que hayan de revisarse y se comunicará al Tribunal Supremo Electoral para que fije la fecha en que se llevarán a cabo las lecciones dentro del plazo máximo de ciento veinte días, procediéndose en lo demás conforme a la Ley Electoral Constitucional.

Diputados a la Asamblea nacional Constituyente. La Asamblea Nacional Constituyente y el Congreso de la República podrán funcionar simultáneamente. Las calidades requeridas para ser diputados a la Asamblea Nacional Constituyente son las mismas que se exigen para ser Diputados al Congreso y los diputados constituyentes gozarán de iguales inmunidades y prerrogativas. No se podrá simultáneamente ser diputado a la Asamblea Nacional Constituyente y al Congreso de la República.

Las elecciones de diputados a la Asamblea Nacional Constituyente, el número de diputados a elegir y las demás cuestiones relacionadas con el proceso electoral se normarán en igual forma que las elecciones al Congreso de la República”.

En Nicaragua, en los artículos 192 y 193 de la Constitución, se señala:

“La iniciativa de reforma parcial deberá señalar el o los artículos que se pretenden reformar con expresión de motivos; deberá ser enviada a una comisión especial que dictaminará en un plazo no mayor de sesenta días. El proyecto de reforma recibirá a continuación el trámite previsto para la formación de la ley. La iniciativa de reforma parcial deberá ser discutida en dos legislaturas.

La iniciativa de reforma total seguirá los mismos trámites fijados en el artículo anterior, en lo que sea conducente a su presentación y dictamen”.

En Uruguay, en un largo artículo 331 constitucional, se contempla:

“La presente Constitución podrá ser reformada, total o parcialmente, conforme a los siguientes procedimientos:

a) Por iniciativa de diez por ciento de los ciudadanos inscritos en el Registro Cívico Nacional, presentando un proyecto articulado que se elevará al presidente de la Asamblea General, debiendo ser sometido a la decisión popular, en la elección más inmediata. La Asamblea General, en reunión de ambas Cámaras, podrá formular proyectos sustitutivos que someterá a la decisión plebiscitaria, juntamente con la iniciativa popular;

b) Por proyectos de reforma que reúnan dos quintos del total de componentes de la Asamblea General, presentados al Presidente de la misma, los que serán sometidos al plebiscito en la primera elección que se realice.

Para que el plebiscito sea afirmativo en los casos de los incisos a) y b), se requerirá que vote por el “Sí” la mayoría absoluta de los ciudadanos que concurran a los comicios, la que debe representar por lo menos, el treinta y cinco por ciento del total de inscritos en el Registro Cívico Nacional.

c) Los Senadores, los Representantes y el Poder Ejecutivo podrán presentar proyectos de reforma, que deberán ser aprobados por la mayoría absoluta del total de los componentes de la Asamblea General.

El proyecto que fuere desechado no podrá reiterarse hasta el siguiente período legislativo, debiendo observar las mismas formalidades.

Aprobada la iniciativa y promulgada por el Presidente de la Asamblea General, el Poder Ejecutivo convocará, dentro de los noventa días siguientes, a elecciones de una Convención Nacional Constituyente que deliberará y resolverá sobre las iniciativas aprobadas para reformar, así como, sobre las demás que puedan presentarse ante la Convención. El número de convencionales será doble del de Legisladores, conjuntamente se elegirán suplentes en número doble al de convencionales. Las condiciones de elegibilidad, inmunidades e incompatibilidades, serán las que rijan para los Representantes.

Su elección por listas departamentales, se regirá por el sistema de la representación proporcional integral y conforme a las leyes vigentes para la elección de Representantes. La Convención se reunirá dentro del plazo de un año, contando desde la fecha en que se haya promulgado la iniciativa de reforma.

Las resoluciones de la Convención deberán tomarse por mayoría absoluta del número total de convencionales, debiendo terminar sus tareas dentro del año, contando desde la fecha de su instalación. El proyecto o proyectos redactados por la Convención serán comunicados al Poder ejecutivo para su inmediata y profusa publicación.

El proyecto o proyectos redactados por la Convención deberán ser ratificados por el Cuerpo Electoral, convocado al efecto por el Poder ejecutivo, en la fecha que indicara la Convención Nacional Constituyente.

Los votantes se expresaran por “Sí” o por “No” y si fueran varios los textos de enmienda, se pronunciaran por separado sobre cada uno de ellos. A tal efecto, la Convención Constituyente agrupará las reformas que su naturaleza exijan pronunciando de conjunto.

Un tercio de los miembros de la Convención podrá exigir el pronunciamiento por separado de uno o varios textos. La reforma o reformas deberán ser aprobadas por mayoría de sufragios, que no será inferior al treinta y cinco por ciento de los ciudadanos inscritos en el Registro Cívico Nacional.

En los casos de los apartados a) y b) sólo se someterán a la ratificación plebiscita simultánea a las más próximas elecciones, los proyectos que hubieren sido presentados con seis meses de anticipación –por lo menos- a la fecha de aquéllas, o con tres meses para las fórmulas sustitutivas que aprobare la Asamblea General en el primero de dichos casos. Los presentados después de tales términos, se someterán al plebiscito conjuntamente con las elecciones subsecuentes.

d) La Constitución podrá ser reformada, también por leyes constitucionales que requerirán para su sanción, de dos tercios del total de componentes de cada una de las Cámaras dentro de una misma Legislatura. Las leyes constitucionales no podrán ser vetadas por el Poder Ejecutivo y entrarán en vigor luego que el electorado convocado especialmente en la fecha que la misma Ley determine, exprese su conformidad por mayoría absoluta de los votos emitidos y serán promulgadas por el Presidente de la Asamblea General.

e) Si la Convocatoria del Cuerpo Electoral para la ratificación de las enmiendas, en los casos de los apartados a), b), c) y, d) coincidiera con alguna elección de integrantes de órganos del Estado, los ciudadanos deberán expresar su voluntad sobre las reformas constitucionales, en documento separado y con independencia de las listas de elección. Cuando las reformas se refieran a la elección de cargos electivos, al ser sometidas al plebiscito, simultáneamente se votará para esos cargos por el sistema propuesto y por el anterior, teniendo fuerza imperativa la decisión plebiscitaria”.

VI. 2. Propuesta de procedimiento para México

El procedimiento de elaboración de un nuevo texto constitucional se realizaría en los siguientes términos:

1. Se adicionaría el artículo 135 para establecer en un párrafo tercero el procedimiento de reforma total a la Constitución.

2. El procedimiento iniciaría con la aprobación de la ley de consulta la que contendrá el proyecto de texto constitucional que haya sido aprobado previamente por la Ponencia Constitucional. La ley de consulta requerirá ser aprobada por la mayoría absoluta de los individuos presentes en cada Cámara de Congreso y por el cincuenta por ciento más uno de la las legislaturas locales. La iniciativa de ley de consulta deberá ser presentada de conformidad con el artículo 71 de la presente Constitución y el Poder Ejecutivo de la Unión no podrá hacer observaciones a la ley aprobada, la cual no necesitará de promulgación del Presidente para tener vigencia.

3. Aprobada la ley de consulta, ésta se hace al pueblo dentro de los dos meses siguientes. La consulta debe formularse sobre el proyecto de texto constitucional que fue elaborado por la Ponencia Constitucional. En la Ponencia Constitucional se representará a todos los grupos parlamentarios y estará integrada por la mitad del número de legisladores que conforman la Comisión Permanente. Si el pueblo, por mayoría absoluta y por una participación de por lo menos el cincuenta por ciento más uno del padrón electoral, da su aquiescencia, el Congreso de la Unión convocará a Asamblea Constituyente.

4. La Asamblea Constituyente estaría integrada por 500 diputados elegidos bajo el esquema actual de integración de esa Cámara y se instalará un mes después de celebrada la consulta. Dicha Asamblea discutirá y en su caso aprobará, modificará o rechazará el proyecto de texto constitucional elaborado por la Ponencia Constitucional. Para la aprobación del texto constitucional se requeriría de las dos terceras partes de los votos totales de los legisladores constituyentes. La Asamblea se dará su reglamento de organización y funcionamiento.

5. Una vez aprobado el texto constitucional por la Asamblea Constituyente, se someterá previa convocatoria de este órgano, a referéndum. Esta última consulta se desahogará bajo las reglas de la primera. Con la emisión de la convocatoria a referéndum, la Asamblea Constituyente clausura sus trabajos.

6. La Asamblea Constituyente no podría contar con más de seis meses para aprobar el texto constitucional. Los diputados a la Asamblea Constituyente no podrán postularse para cargos legislativos en la siguiente elección.

7. El referéndum posterior a la aprobación de la ley de consulta, así como el referéndum subsiguiente a la aprobación del texto constitucional por la Asamblea Constituyente, serán organizados por el Instituto Federal Electoral. La calificación del referéndum será realizada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El referéndum se realizará dos meses después de la clausura de las sesiones del Constituyente.

8. La presente Constitución y las leyes mantendrán plenamente su vigencia durante el tiempo que sesione el Congreso Constituyente.

9. El Congreso Constituyente no podrá emitir decretos de ley ni de cualquier otra naturaleza diferentes a una nueva Constitución Política y a la convocatoria de referéndum que aprobará o rechazará esa Constitución.

10. El Congreso Constituyente sólo podrá sesionar y tomar acuerdos con la presencia de la mitad más uno de los integrantes y adoptará sus decisiones por mayoría absoluta de los diputados presentes, salvo la aprobación del texto constitucional. El estatuto jurídico de los constituyentes será el mismo del que gozan los diputados en la Constitución vigente.

VI.3. Ventajas de la propuesta

1. El proyecto a discutirse en la asamblea Constituyente surgiría de un Congreso en funciones.

2. El referéndum previo es imprescindible para cumplir con los extremos de legitimidad democrática del artículo 39 constitucional.

3. Se daría intervención a ambas Cámaras y a las legislaturas locales con el proyecto que se sometería a la Asamblea Constituyente.

4. La Asamblea Constituyente, legitimaría las decisiones y no engañaría a nadie acerca de sus cometidos históricos. Su integración respetaría la participación de las cúpulas de los partidos y también de los ciudadanos que participarían eligiendo diputados constituyentes en sus distritos.

5. Los diputados y senadores que participaron en la ponencia constitucional podrían renunciar a sus cargos de legisladores y postularse a diputados constituyentes.

6. El procedimiento reforzado o agravado expresaría el carácter constituyente del proceso y no descansaría en el actual procedimiento ordinario del 135 constitucional.

7. Existiría continuidad entre la Constitución vigente y la futura. Sí a una ruptura de contenidos, pero no a una ruptura entre órdenes normativos.

VII. Algunos posibles méritos de la propuesta.

Las ventajas de la propuesta que expongo las hago consistir en: su legitimidad democrática vía la participación popular; que prevé para el futuro procedimientos duales para la reforma constitucional, uno para reformas ordinarias y, otro, para reformas que impliquen afectación a cláusulas de intangibilidad o reformas totales; que se confiere a una Asamblea Constituyente la facultad de elaborar una nueva Constitución; y, que existe un vínculo entre la constitucionalidad vigente y la futura.

La primera ventaja es evidente, pues sí se pretende en serio concluir la transición democrática o consolidarla, el método debe partir de la soberanía popular. Por ello se propone un referéndum doble: uno al inicio para preguntarle a la ciudadanía si quiere un nuevo orden constitucional y uno posterior para que refrende los cambios acordados por la Asamblea Constituyente. Como ya se ha dicho, el método debe partir de la honradez y de la transparencia ante la sociedad. No se puede fundar un nuevo régimen político de carácter democrático bajo premisas de engaño. En el referéndum previo será necesario, además de preguntarle al pueblo sobre si desea o no un nuevo orden constitucional, aclarar las materias, condiciones y procedimientos sobre las que trabajaría la Asamblea Constituyente, no con el propósito de volver a los esquemas medievales y preilustrados del mandato imperativo, sino con la intención de incorporar a la sociedad al debate público que se avecina y para permitirle dar seguimiento, como función de control democrático, a todo el proceso constituyente.

¿Quién preguntará al pueblo sobre la necesidad de una Constitución? Desde luego que no debe ser el ejecutivo. Cuando el referéndum previo sea acordado por el Congreso y el cincuenta por ciento más uno de las legislaturas locales, quien organizará el referéndum será el Instituto Federal Electoral. Para las reformas constitucionales futuras, sean totales o parciales, podría admitirse que una pluralidad de órganos y poderes del Estado tengan la facultad de iniciar el proceso de revisión constitucional, además de los propios ciudadanos vía la iniciativa popular.

Debe aclararse que el referéndum previo sólo será necesario para el constituyente originario y no para los procedimientos posteriores de revisión constitucional, sean totales o parciales. El referéndum previo una vez realizado y de resultar positivo, dará lugar a la convocatoria inmediata a elecciones para el Congreso Constituyente.

Me parece que no es dable en estos momentos de la evolución histórica temerle a los mecanismos de participación popular. Mi propuesta se acerca a las propuestas del republicanismo que exigen una democracia fuerte. Pienso que se deslegitimaría cualquier proceso Constituyente sin una amplia participación ciudadana. El elitismo democrático ha sido en buena medida causante de la crisis de la democracia representativa y del alejamiento cada vez más agudo entre los gobernantes y los gobernados.

El referéndum posterior, una vez que concluye el proceso, también es importante. La ciudadanía como depositaria de la soberanía va a confirmar o rechazar la labor de la Asamblea Constituyente. El constituyente originario sólo es el pueblo y la Asamblea Constituyente su instrumento. No son las élites partidarias o parlamentarias las que deciden a nombre del pueblo, es el pueblo mismo el que se expresa en un acto fundacional que da origen a una nueva Constitución y a todos los poderes constituidos. Las propuestas que no toman en serio a la ciudadanía buscan originar la Constitución en poderes constituidos que no poseen la suficiente legitimidad democrática para revisar integralmente una Constitución o elaborar una nueva. Por eso, entre otras razones, el procedimiento actual de reforma previsto en el artículo 135 no es aceptable para modificar integralmente la Constitución, como tampoco lo son procedimientos que no se hagan cargo del contenido del artículo 39 de la Constitución.

Los procedimientos duales de reforma constitucional, una vez elaborada la Constitución, son de trascendencia para el desarrollo de la vida constitucional de cualquier país. Sin embargo, gran parte de la doctrina los ha criticado. En España es muy conocido el cuestionamiento de Javier Jiménez Campo y Pedro de Vega a los procedimientos reforzados de reforma constitucional que implican una revisión total a la Constitución. Las críticas se hacen consistir en lo siguiente:

1) El procedimiento de revisión total supone la destrucción de la Constitución.

a. Son procedimientos tan agravados que hacen imposible su puesta en práctica.

b. La imposibilidad de su puesta en práctica coloca a la Justicia Constitucional en la tesitura de la mutación constitucional.

c. Cuando se establecen cláusulas de intangibilidad, se genera una distinción entre las normas constitucionales, unas en posición de primacía y, otras, en un escalón inferior. Existe, por tanto, la posibilidad material y no sólo formal o procedimental de normas constitucionales inconstitucionales.

A estas críticas se les puede dar las siguientes respuestas:

1) Efectivamente la posibilidad justificada de la revisión total de la Constitución permite su destrucción. Sin embargo, el problema no es jurídico sino político. Sí el consenso social y político está decidido a transformar el sistema constitucional nada existe para impedirlo. En nuestros días difícilmente se optaría por sistemas constitucionales que suprimieran y menoscabaran los derechos humanos, eliminaran el régimen democrático o el principio de división de poderes. Ello significaría la destrucción de la Constitución en sentido material.

2) La segunda crítica que apunta a la rigidez de estos procedimientos, me parece que también queda superada. El procedimiento debe ser rígido para que las mayorías parlamentarias simples o calificadas no puedan utilizar la Constitución a su antojo. La rigidez más que un defecto es una virtud, pues sólo en casos excepcionales es dable la revisión integral o la modificación o supresión de las cláusulas de intangibilidad. Ello siempre debe entrañar un amplio y profundo consenso social y político.

3) La mutación constitucional siempre está presente. Lo que debe buscarse y promoverse son mecanismos de legitimidad y control democrático del juez constitucional. Los ciudadanos debemos conocer más sobre lo que hacen los jueces constitucionales, la labor de éstos debe transparentarse plenamente y, se debe exigir en todos los casos de mayor nivel de justificación de sus decisiones.

4) Es verdad que con las cláusulas de intangibilidad se produce una doble jerarquía entre las normas constitucionales, pero me parece que hay razones de mucho peso en el Estado Constitucional y democrático de Derecho para que no entrañe lo mismo desde el plano constitucional el título que consagra derechos fundamentales, que el apartado constitucional que se refiere a los requisitos para la obtención de la nacionalidad mexicana. Por otra parte, es un hecho que la jerarquía diversa entre normas constitucionales produce un reconocimiento diferenciado, material y formal, en la interpretación constitucional.

Por lo tanto, al igual que Javier Pérez Royo, yo no veo que los procedimientos duales de reforma constitucional planteen problemas que subvierten el orden constitucional. Sí, es verdad que se intenta juridificar al poder constituyente originario, pero la soberanía popular siempre tendrá la última palabra y el inalienable derecho de transformar su sistema político. El procedimiento dual, al igual que la exigencia de cláusulas de intangibilidad pretende garantizar los elementos democráticos que sean conformes con la idea de un Estado Constitucional y democrática de Derecho.

La existencia de una Asamblea Constituyente en este momento político del país es una necesidad. Introducir cambios constitucionales fundamentales por la vía de procedimientos que oculten las auténticas intenciones de los promotores de la revisión integral de la Constitución, es pretender engañar a la ciudadanía. No está justificado que la clase política obre como en el pasado. A la sociedad debe hablársele sin tapujos, con plena claridad acerca de los propósitos y los objetivos que se quieren alcanzar. La Asamblea Constituyente es, además de una muestra de entendimiento y comunicación entre los gobernantes y gobernados, la manera adecuada para que un órgano específico realice con total dedicación su exclusiva y fundamental tarea. Contar con una Asamblea Constituyente permite que los órganos legislativos ordinarios continúen con su labor, sin que éstos puedan limitar o pretender reducir los trabajos del Constituyente.

La propuesta busca conciliar la constitucionalidad vigente con la futura. El objetivo es claro, se trata de transitar a un nuevo sistema constitucional desde los elementos existentes y no desde la nada o de la pura fuerza de un poder constituyente originario que prescindiera del contexto de legalidad y de constitucionalidad vigente. Entraña una ruptura con diálogo entre el viejo régimen y el nuevo.

Por lo anterior, con base en las anteriores consideraciones y fundamentos jurídicos propongo ante esta asamblea la siguiente

Iniciativa que adiciona un párrafo tercero al artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y establece el procedimiento para aprobar un nuevo texto constitucional.

Único. Se adiciona un párrafo tercero al artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

..

...

La elaboración de un nuevo texto constitucional se sujetará a lo siguiente:

I. Se aprobará la ley de consulta, la que contendrá el proyecto de texto constitucional que previamente haya sido sancionado por la Ponencia Constitucional. La ley de consulta requerirá ser aprobada por la mayoría absoluta de los individuos presentes en cada Cámara de Congreso y por el cincuenta por ciento más uno de la las legislaturas locales. La iniciativa de ley de consulta deberá ser presentada de conformidad con el artículo 71 de la presente Constitución y el Poder Ejecutivo de la Unión no podrá hacer observaciones a la ley aprobada, la cual no necesitará de promulgación del Presidente para tener vigencia.

II. Aprobada la ley de consulta, ésta se deberá hacer al pueblo dentro de los dos meses siguientes. La consulta se formulará sobre el proyecto de texto constitucional que fue elaborado por la Ponencia Constitucional. En la Ponencia Constitucional se representará a todos los grupos parlamentarios y estará integrada por la mitad del número de legisladores que conforman la Comisión Permanente. Si el pueblo, por mayoría absoluta y por una participación de por lo menos el cincuenta por ciento más uno del padrón electoral, da su aquiescencia, el Congreso de la Unión convocará a Asamblea Constituyente.

III. La Asamblea Constituyente estaría integrada por 500 diputados elegidos bajo el esquema actual de integración de esa Cámara y se instalará un mes después de celebrada la consulta. Dicha Asamblea discutirá y en su caso aprobará, modificará o rechazará el proyecto de texto constitucional elaborado por la Ponencia Constitucional. Para la aprobación del texto constitucional se requeriría de las dos terceras partes de los votos totales de los legisladores constituyentes. La Asamblea se dará su reglamento de organización y funcionamiento.

IV. Una vez aprobado el texto constitucional por la Asamblea Constituyente, se someterá por este órgano a referéndum. Esta última consulta se desahogará bajo las reglas de la primera. Con la emisión de la convocatoria a referéndum, la Asamblea Constituyente clausura sus trabajos.

V. La Asamblea Constituyente contará con seis meses para aprobar el texto constitucional. Los diputados a la Asamblea Constituyente no podrán postularse para cargos legislativos en la siguiente elección.

VI. El referéndum posterior a la aprobación de la ley de consulta, así como el referéndum subsiguiente a la aprobación del texto constitucional por la Asamblea Constituyente, serán organizados por el Instituto Federal Electoral. La calificación del referéndum será realizada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El referéndum se realizará dos meses después de la clausura de las sesiones del Constituyente.

VII. La presente Constitución y las leyes mantendrán plenamente su vigencia durante el tiempo que sesione la Asamblea Constituyente.

VIII. La Asamblea Constituyente no podrá emitir decretos de ley ni de cualquier otra naturaleza diferentes a una nueva Constitución Política y a la convocatoria de referéndum que aprobará o rechazará esa Constitución.

IX. La Asamblea Constituyente, salvo la aprobación del texto constitucional, sólo podrá sesionar y tomar acuerdos con la presencia de la mitad más uno de los integrantes y adoptará sus decisiones por mayoría absoluta de los diputados presentes. El estatuto jurídico de los constituyentes será el mismo del que gozan los diputados en la Constitución vigente.

Transitorios

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Esta iniciativa es deudora de dos trabajos de mi autoría. Ver: Cárdenas Gracia, Jaime, “El procedimiento para la revisión integral de la Constitución de 1917”, Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional,México, UNAM, número 12, enero-junio de 2005, pp. 73-98 y, Cárdenas Gracia, Jaime, “El constituyente como restricción y como radicalidad democrática”, en Procesos constituyentes contemporáneos en América Latina. Tendencias y perspectivas, México, UNAM, 2009.

2 Vanossi, Jorge Reinaldo, Estudios de teoría constitucional, México, UNAM, 2002, p. 241.

3 Elster, Jon, Ulises desatado. Estudios sobre racionalidad, precompromiso y restricciones, Barcelona, Gedisa, 2002.

4 Wise, John, A Vindication for the Government of the New England Churches. A Drawn from Antiquity; the Light of Nature; Holy Scripture; its Noble Nature; and from the Dignity divine Providence has put upon it, Boston, 1717.

5 Vanossi, Jorge Reinaldo, Estudios de teoría constitucional, México, UNAM, 2002, p. 243.

6 Sieyés, Emmanuel, ¿Qué es el tercer Estado?, Madrid, Alianza Editorial, 1994.

7 Zagrebelsky, Gustavo, “Storia e Constituzione”, en Il Futuro della Constituzione, Torino, Einaudi, 1996, p. 42.

8 Vega, Pedro de, La reforma constitucional y la problemática del poder constituyente, Madrid, Tecnos, 1985, pp. 99 y 100.

9 En una posición similar se encuentra el profesor portugués Gomes Canotilho que afirma que una de las características que tiene el pueblo como titular del poder constituyente es la de entenderlo desde su grandeza pluralista formada por individuos, asociaciones, grupos, iglesias, comunidades, personalidades, instituciones, vehículos de intereses, ideas, creencias y valores plurales convergentes y conflictuales. Sólo ese pueblo concebido como comunidad abierta de sujetos constituyentes que pactan y consienten, tiene el poder de disponer y de conformar el orden político-social. Gomes Canotilho, J. J, Direito constitucional e teoria da Constituicao, Coimbra, Almedina, 1998, pp. 71 y 72.

10 Häberle, Peter, El Estado constitucional, México, UNAM, 2001, pp. 129-139; Böckenförde, Ernst Wolfgang, Estudios sobre el Estado de Derecho y la democracia, Madrid, Trotta, 2000, pp. 159-180. También ver: Estévez Araujo, José Antonio, La Constitución como proceso y la desobediencia civil, Madrid, Trotta, 1994, pp. 41-89.

11 Böckenförde, Ernst Wolfgang, Estudios sobre el Estado de Derecho y la democracia, obra citada, p. 161.

12 Böckenförde, Ernst Wolfgang, Estudios sobre el Estado de Derecho y la democracia, obra citada, p. 163.

13 Häberle, Peter, El Estado constitucional, obra citada, pp. 58 y ss.

14 Estas preguntas han preocupado desde siempre a la teoría del poder constituyente. Por ejemplo, Carl Schmitt sostenía el carácter “inconstituible” del poder constituyente del pueblo, esto es, a la imposibilidad de que el poder constituyente esté determinado por formas jurídicas y por procedimientos, además consideraba que el poder constituyente del pueblo reaparece cuando se cuestiona el sistema político existente y se instaura uno nuevo, aunque podría el poder constituyente presentarse sin necesidad de que el régimen sea puesto en cuestión. Schmitt, Carl, Teoría de la Constitución, Madrid, Alianza editorial, 1982, pp. 94-99.

15 En teorías previas como la de Smend se establece que estos principios o valores constituyen el sustrato material de la comunidad y son de naturaleza dinámica. Los principios deben ser vividos por los miembros de la comunidad, lo que implica que pueden ser actualizados y adaptados. Smend, Rudolf, Constitución y derecho constitucional, Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1985, pp. 93-99.

16 Häberle, Peter, El Estado constitucional, obra citada, p. 135.

17 Ely, J. H. Democracy and Distrust, Harvard University Press, 1981, pp. 100-101.

18 La legitimidad en la que se piensa no es la legitimación tipo Luhmann “a través del procedimiento” en el sentido de que los procedimientos son mecanismos aptos para generar una presunción de legitimidad que sustituya el imposible consenso fáctico en un contexto en el que la finalidad de los mecanismos jurídicos y sociales en general y de los procedimientos en particular es la de reducir el número de alternativas y aumentar la previsibilidad de lo que va a suceder. Por el contrario, a diferencia de Luhmann, los procedimientos de legitimación son importantes porque aumentan la complejidad y por lo tanto las alternativas. Luhmann, Niklas, Rechtssoziologie, Opladen, Westdeutscher Verlag, 1987.

19 Negri, Antonio, El poder constituyente. Ensayo sobre las alternativas de la modernidad, Madrid, Libertarias, Prodhufi, 1994.

20 Zagrebelsky, Gustavo, “Storia e Constituzione”, en Il Futuro della Constituzione, Torino, Einaudi, 1996, p. 42.

21 De Vega, Pedro, La Reforma Constitucional y la Problemática del Poder Constituyente, Madrid, Tecnos, 1985, pp. 99-100.

22 En su tiempo, el famoso jurista Alf Ross insistió en límites no sólo temporales, materiales o axiológicos, sino también en límites de carácter lógico. Los límites lógicos se expresaron en la famosa paradoja que lleva su nombre, que consiste en la imposibilidad lógica de reformar la norma de reforma por el mismo procedimiento previsto en ella. ROSS. Alf, “Sobre la auto-referencia y un difícil problema de Derecho Constitucional”, en El concepto de validez y otros ensayos, distribuciones Fontamara, México, 1991, pp. 47-81.

23 Existe un importante estudio que clasifica los posibles límites al poder constituyente en: temporales, circunstanciales, lógicos, axiológicos e implícitos. Ver Ramírez Cleves, Gonzalo, Los límites a la reforma constitucional y las garantías-límites del poder constituciones: los derechos fundamentales como paradigma, Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Restrepo Piedrahita, Bogotá, 2003.

24 Salazar Ugarte, Pedro, “Democracia: La transición incomprendida” en Nexos 320, agosto, 2004, pp. 31-39.

25 Mainwaring, Scott, “Transitions to Democracy and Democratic Consolidation: Theoretical and Comparative Issues”, The Helen Kellogg Institute for International Studies, University of Notre Dame, noviembre de 1989, documento de trabajo 130, p. 3.

26 Dahl, Robert A., “La poliarquía”, en Diez textos básicos de ciencia política, edición a cargo de Albert Batlle, editorial Ariel, Barcelona, 1992, pp. 77-92. También Dahl, Robert, La democracia. Una guía para los ciudadanos, editorial Taurus, Madrid, 1999, p.48.

27 Hirschman, Albert O., Retóricas de la intransigencia, Fondo de Cultura Económica, México, 1991.

28 Ferrajoli, Luigi, Derecho y razón. Teoría del garantismo penal, editorial Trotta, Madrid, 1997, pp. 857-868.

29 Cárdenas Gracia, Jaime, “¿Qué es la Constitución mexicana, por qué y para qué reformarla?” en Molina Piñeiro, Luis, y otros (compiladores), ¿Qué es la Constitución mexicana, por qué y para qué reformarla?, Editorial Porrúa, México, 2002, pp. 37-67.

30 Cárdenas Gracia, Jaime, Una Constitución para la democracia. Propuestas para un nuevo orden constitucional, México, UNAM, 2000.

31 Fue presentada el 15 de diciembre de 2009.

32 Sieyes, Emmanuel, ¿Qué es el tercer Estado? Ensayo sobre los privilegios, Alianza Editorial, Madrid, 1994, pp. 140-159.

33 Carré de Malberg, R., Teoría general del Estado, Facultad de Derecho/UNAM, Fondo de Cultura Económica, Segunda Edición en Español, México, 1998, p. 1163.

34 Carré de Malberg, R., Teoría general del Estado, obra citada, p. 1167. Igual idea podemos encontrar en Kelsen que se dio por vencido en la búsqueda de una génesis jurídica del Estado, en su famoso ensayo de 1964, que contiene la formulación final de su teoría de la norma fundante básica. Fue traducido por I. Stewart como parte de su artículo “La norma básica como ficción” en 1980.

35 Stern, Klaus, Derecho del Estado de la República Federal Alemana, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1987, p. 315.

36 Lowenstein, Karl, Teoría de la Constitución, Ariel, Ciencia Política, Barcelona, Tercera reimpresión a la segunda edición, 1983, p. 172.

37 Bryce, James, Constituciones flexibles y constituciones rígidas, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1988, pp. 92-99.

38 Carbonell, Miguel, Constitución, reforma constitucional y fuentes del derecho en México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, 1998, pp. 248 y ss.

39 Garzón Valdés, Ernesto, “El concepto de estabilidad de los sistema políticos”, Cuadernos y Debates, número 1, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1987.

40 De Vega, Pedro, La reforma constitucional y la problemática del poder constituyente, Editorial Tecnos, Madrid, 1985. Pérez Royo, Javier, La reforma de la Constitución, Congreso de los Diputados, Madrid, 1987.

41 Ackerman, Bruce, We the People. Foundations, Harvard University Press, Cambridge Massachussets, 1991; Ackerman, Bruce, We the People. Transformatios, Harvard University Press, Cambridge Massachussets, 1998; Ely, John, Democracy and Distrust. A Theory of Judicial Review, Harvard University Press, Cambridge Massachussets, 1980.

42 Ovejero, Félix, y otros, Nuevas ideas republicanas. Autogobierno y libertad, Editorial Paidós, Barcelona, 2003, pp. 11-73.

43 Muñoz Ledo, Porfirio (coordinador), Comisión de Estudios para la Reforma del Estado. Conclusiones y propuestas, UNAM, México, 2001.

44 Véase el disco compacto que acompaña al libro Muñoz Ledo, Porfirio (coordinador), Comisión de Estudios para la Reforma del Estado. Conclusiones y propuestas, obra citada, en donde en la mesa 3, Pablo Gómez, expone su propuesta.

45 Muñoz Ledo, Porfirio (coordinador), Comisión de Estudios para la Reforma del Estado. Conclusiones y propuestas, obra citada, p. 167-169.

46 Cansino, César, y Valdés Ugalde, Francisco, “La reforma del Estado en México: qué, cómo, cuándo y por qué”, en Este País, núm. 161, agosto de 2004, pp. 28-35.

47 Gámiz Parral, Máximo, Derecho constitucional y administrativo de las entidades federativas, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2000, pp. 270-273.

48 Rabasa, Emilio O., “La reforma constitucional en los Estados”, en Las entidades federativas y el Derecho constitucional. Democracia y regulación electoral. Un verdadero federalismo, Universidad Nacional Autónoma de México, 2003, pp. 153-157.

49 Rabasa, Emilio, O., “La reforma constitucional en los Estados”, obra citada, pp. 156-157.

50 Tena Ramírez, Felipe, Derecho constitucional mexicano, Editorial Porrúa, México, 1978, p. 137.

51 Arteaga, Elisur, Derecho constitucional, Oxford University Press, México, 2001, p. 375.

52 González Oropeza, Manuel, El federalismo, Universidad Nacional Autónoma de México, 1995.

53 Carpizo, Jorge, Estudios constitucionales, Editorial Porrúa, séptima edición, México, 1999, pp. 123-132.

54 Arteaga Nava, Elisur, “Derecho constitucional”, Diccionario jurídico Harla, volumen 2, Oxford University Press-Harla México, 1995, pp. 79-80.

55 De la Cueva, Mario, Teoría de la constitución, México, Porrúa, 1982, pp. 170-171.

56 Requejo Pajes, Juan Luis, Las normas preconstitucionales y el mito del poder constituyente, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1998, pp. 44 y 45.

57 Vera Estañol afirmó que la constitución de 1917 era ilegítima desde tres puntos de vista: el jurídico, el político y el revolucionario. Sus razones para tales afirmaciones eran: que no se siguió para reformar la Ley Fundamental el camino indicado en la Constitución de 1857; que después de haberse prometido restaurar la vigencia de nuestra Constitución de la sexta década del siglo pasado, no se hizo; y, por haber excluido del constituyente la representación de grupos sociales, admitiendo únicamente en el seno del Congreso al clan Carranza. Ver Carpizo, Jorge, La Constitución mexicana de 1917, décima primera edición, editorial Porrúa, México, 1998, p. 112.

58 Palaviccini, Félix, F., Historia de la Constitución de 1917, Gobierno del Estado de Querétaro e Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, México, 1987, p. 20.

59 Cárdenas Gracia, Jaime, (compilador), La actualidad de América Latina, México, Proliber, 1997.

60 Para un análisis que distingue entre transición y consolidación ver LINZ, Juan, “Transitions to Democracy” en The Washington Quarterly, Washington Verano 1990, pp. 158 y 159.

61 Ver, por ejemplo, los análisis Michael Sandel, Quentin Skinner, y Philip Pettit, entre otros en Ovejero, Félix y otros, Nuevas ideas republicanas. Autogobierno y libertad, Editorial Piados, Barcelona, 2003.

62 Jiménez Campo, Javier, “Algunos problemas de interpretación en torno al Título X de la Constitución”, Revista de Derecho Político, número 7, 1980.

63 De Vega, Pedro, La reforma constitucional y la problemática del poder constituyente, editorial Tecnos, Madrid, 1985.

64 Jellinek, Georg, Reforma y mutación de la Constitución, traducción de Christian Förster, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1991.

65 Ver Cárdenas Gracia, Jaime, La argumentación como derecho, México, UNAM, 2005.

66 Pérez Royo, Javier, La reforma de la Constitución, obra citada, p. 214.

México, DF, a 16 de febrero de 2010.— Diputados: Jaime Fernando Cárdenas Gracia,Ma.Teresa Rosaura Ochoa Mejía, María Dina Herrera Soto (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Todas aquellas legisladoras y todos aquellos legisladores que deseen adherirse pueden hacerlo, dado que ha manifestado dar su venia el señor diputado Cárdenas Gracia.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, observando el pobre desempeño de nuestra economía en los últimos años es necesario y urgente reformar y reforzar nuestros instrumentos jurídico-económicos a fin de impulsar el crecimiento positivo, estable y sostenido de nuestra economía. Sobre todo a la luz de la crisis financiera internacional que hizo evidente la problemática de nuestro mercado interno.

El contexto económico internacional y nacional nos obliga como legisladores a diseñar y proponer alternativas de política presupuestal que posibiliten o detengan al menos o compensen la fuerte caída de nuestra economía en 2009 y que tendrá estragos en el 2010.

A la luz de los bajos resultados obtenidos en los últimos años estamos obligados a buscar alternativas para hacer frente a la coyuntura económica, pero sobre todo, para aumentar sustantivamente los recursos destinados al desarrollo de la ciencia y la tecnología, y por supuesto, de la innovación.

De acuerdo con estudios, los principales indicadores en materia de ciencia y tecnología en el 2009, que elabora la OCDE, México ocupa el último lugar en inversión en ciencia y tecnología entre los 30 países miembros.

Entre 2003 y 2008 el país invirtió cerca de 0.35 por ciento del producto interno bruto, en tanto que países como Eslovaquia, Polonia, Grecia, Turquía y Hungría invirtieron entre el 0.5 y 0.9 por ciento de su producto interno bruto. En contraste, países como China y la India destinan 3 por ciento de su PIB a este importante rubro.

En nuestro país el gasto per cápita en ciencia y tecnología es apenas de 54 dólares anuales, mientras que el promedio para los países de la OCDE es de 659 dólares anuales. Es decir, 11 veces más que en México.

La OCDE calcula que por cada mil habitantes de la población económicamente activa hay un científico en México, cifra que contrasta con 16 que tiene Finlandia, 13 de Islandia, 11 de Japón, 10 de Dinamarca o de Nueva Zelanda, incluso, 1.5 de Sudáfrica o 2 de Argentina o Rumania.

En este sentido, nuestro país debe fortalecer el desarrollo de la ciencia y la tecnología para alcanzar el promedio de los estándares internacionales, por lo menos debemos garantizar que se destine al ramo más de 1 por ciento del producto interno bruto, o de lo que prevé la Ley General de Educación.

Recordemos que la importancia que tiene el desarrollo de la ciencia y la tecnología es estratégica, ya que repercute en el nivel de competitividad de las empresas y en el ingreso per cápita. Estamos obligados a incrementar sistemática y consistentemente los recursos destinados a la investigación y el desarrollo para transformar realmente al sector productivo y generar bienes y servicios de mayor valor agregado y a más largo alcance.

Es importante crear en el sector un sistema de apoyos presupuestales que obligue a destinar recursos por la vía del diseño de presupuestos mínimos que favorezcan y dinamicen su fomento y desarrollo.

La existencia de un Estado presupuestalmente activo es en esencia un activo grandísimo para el crecimiento económico, y en Nueva Alianza así lo creemos y así lo reconocemos.

La participación del Estado en la economía debe incentivar el desarrollo de nuevos productos para detonar crecimiento económico, y es precisamente por eso que como diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, comprometidos con el estudio e implementación de cambios legislativos dirigidos hacia una mejoría social, y preocupados por el pobre desempeño de la economía nacional, proponemos la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 32 Bis a la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria con base en el siguiente decreto.

Artículo primero. Se adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 32 Bis. En el proyecto de Presupuesto de Egresos se deberán prever en un capítulo específico, los presupuestos mínimos para el fomento a la ciencia y la tecnología, con el fin de construir reservas presupuestales incrementales que impulsen la investigación y el desarrollo en agrotecnología, educación, robótica, energía, hidroelectricidad, biodiversidad, medio ambiente y cambio climático.

Señor presidente, le solicito que el texto íntegro de esta iniciativa quede inscrito en el Diario de los Debates. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 32 Bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Jaime Arturo Vázquez Aguilar, diputado federal de la LXI Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y los correlativos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar se turne a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de acuerdo a la siguiente:

Exposición de Motivos

Observando el pobre desempeño de nuestra economía en los últimos años, es necesario y urgente reformar y reforzar nuestros instrumentos jurídico-económicos para posibilitar niveles de crecimiento positivo, estable y sostenido de nuestra economía. Sobre todo a la luz de la crisis financiera internacional que hizo evidentes los problemas de nuestro mercado interno y que retroalimentan los insuficientes y erráticos resultados obtenidos en los últimos años en términos de desarrollo económico de nuestro país.

El contexto económico internacional y nacional, nos obliga como legisladores a diseñar y proponer alternativas de política presupuestal que posibiliten detener o al menos compensar la fuerte caída de nuestra economía durante el 2009 y que seguirán presentándose problemas en el 2010.

Sobre todo a la luz de los pobres resultados obtenidos en el desarrollo económico de México en los últimos años, en este sentido estamos obligados como legisladores a buscar alternativas que posibiliten aumentar sustantivamente los recursos destinados al desarrollo de la ciencia, la tecnología, la innovación y el desarrollo de nuevos productos.

En este sentido, nuestro país debe posibilitar el desarrollo de la ciencia y tecnología, debe estar a nivel de estándares internacionales, por lo que debemos posibilitar que real y presupuestalmente destinemos más del 1 por ciento del producto interno bruto.

Países como China y la India, destinan más del 3 por ciento de su producto interno bruto para este importante rubro.

Recordemos que la importancia que tiene el desarrollo de la ciencia y la tecnología es estratégica, ya que repercute en el nivel de la competitividad de las empresas y en el ingreso per cápita.

Estamos obligados a incrementar sistemática y consistentemente los recursos destinados a investigación y desarrollo para transformar realmente al sector productivo y generar bienes y servicios de mayor valor agregado.

Es importante posibilitar en el sector, un sistema de apoyos presupuestales que obligue a destinar recursos por la vía del diseño de presupuestos mínimos que apoyen y dinamicen óptimamente el fomento y desarrollo de la ciencia y la tecnología.

La existencia de un Estado presupuestalmente activo, es esencial para el crecimiento económico. Esto, en Nueva Alianza, lo reconocemos.

En este sentido la participación del Estado en la economía mexicana, debe garantizar e incentivar el desarrollo de nuevos productos, para detonar crecimiento económico.

Es precisamente en este sentido que como diputados integrantes del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, comprometidos con el estudio e implementación de cambios legislativos dirigidos hacia una mejoría social, y preocupados por el pobre desempeño de la economía nacional, proponemos la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en base al siguiente:

Decreto

Artículo Primero. Se adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 32 Bis. En el proyecto de Presupuesto de Egresos se deberán prever, en un capítulo específico, los presupuestos mínimos para el fomento a la ciencia y tecnología con el fin de construir reservas presupuestales incrementales que impulsen la investigación y desarrollo en agrotecnología, educación, robótica, energía, hidroelectricidad, biodiversidad, medio ambiente y cambio climático.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 El promedio de crecimiento económico de los últimos diez años es de sólo 3% anual, SHCP.

2 El crecimiento del PIB en el primer semestre de 2009 será negativo en (-7.2%). Banco de México.

3 El Banco Mundial, estima un crecimiento de la economía mexicana para 2010 de sólo 1.7% del PIB.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 16 días del febrero de 2010.— Diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Como lo solicita, diputado, insértese en el Diario de los Debates y se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



REGISTRO DE ASISTENCIA

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Se pide a la Secretaría instruya el cierre del sistema electrónico de asistencia y dé cuenta del registro de nuestras compañeras legisladoras y compañeros legisladores.

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar:¿Falta algún diputado o diputada por registrar su asistencia? Ciérrese el sistema electrónico.

Señor presidente, se informa que hasta el momento hay una asistencia de 450 diputadas y diputados, con la asistencia de la diputada López Rabadán.

Quienes hasta el momento no hayan registrado su asistencia disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Gracias, señor secretario.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA - LEY DE INGRESOS 2010

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra el señor diputado Sebastián Lerdo de Tejada, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010.

El diputado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias:Muchas gracias, diputado presidente. Le ruego a la Presidencia que esta iniciativa se inscriba íntegramente en el Diario de los Debates y que en lo que se refiere a las modificaciones planteadas a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria sean turnadas a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, y en lo que se refiere a la modificación al artículo 28 de la Ley de Ingresos sea turnada a la Comisión de Hacienda.

Con su permiso, diputado presidente. La reforma hacendaria ha sido pospuesta de manera reiterada en los últimos años. Todo aquel ciudadano que el titular del Ejecutivo en turno ha nombrado como secretario de Hacienda y Crédito Público se ha comprometido con una reforma fiscal. La anterior y las actuales administraciones federales han propuesto tres reformas recaudatorias, ninguna fiscal ni mucho menos alguna hacendaria.

A pesar de que en los últimos 10 años los precios del petróleo se han ubicado en niveles históricamente elevados, de que a lo largo de la década la economía de los Estados Unidos –salvo el año pasado– creció, y sobre todo que el Congreso año con año ha aprobado el paquete económico con el acuerdo de por lo menos dos de las fuerzas políticas de mayor representación en el mismo, los recursos no les alcanzan.

La razón es simple: el crecimiento del gasto corriente ha sido desbordado, el crecimiento de plazas con altos salarios en los mandos medios y superiores se ha multiplicado de manera escandalosa, mientras que el subejercicio del gasto se manifiesta de manera preocupante en sectores directamente relacionados con la inversión y la creación de infraestructura. Pero también por el lado del ingreso se muestra poco avance en lo que hace a los esfuerzos recaudatorios.

En síntesis, en 10 años el gasto no se ejerce bien, el ingreso se recauda mal, el avance en el patrimonio público no es evidente, y en materia de deuda lo que ha prevalecido es la inercia. Por tanto, se requiere dar un paso serio y de fondo en materia de reforma hacendaria.

Para el PRI la revisión del Presupuesto de Gastos Fiscales es uno de los caminos necesarios para la reforma hacendaria. Es decir, partir de analizar en dónde están los rezagos, los márgenes fiscales. Revisar su pertinencia y sus resultados. Debemos darle la relevancia que merece uno de los temas centrales de la hacienda pública.

El Congreso de la Unión estableció en la Ley de Ingresos de 2002 la obligación del Ejecutivo de entregar a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de ambas Cámaras, y a la de Presupuesto y Cuenta Pública en la Cámara de Diputados el Presupuesto de Gastos Fiscales, y se mandató que los dos Poderes trabajaran de manera conjunta los alcances y definiciones del mismo.

La profundización en cuanto al presupuesto de gastos fiscales se ha dado por la demanda constante del Congreso para exigir mayor transparencia y cuidado por parte del Ejecutivo. Pareciera que éste ha tratado de disminuir la relevancia del Presupuesto de Gastos Fiscales. Cada legislatura conforme avanza busca introducir más condiciones. Lo que ha prevalecido es un mandato anual no vinculante que reduce la utilidad del Presupuesto de Gastos Fiscales como elemento central para la toma de decisiones hacendarias.

Toca a esta Legislatura establecer bases legales permanentes, a fin de tener un marco claro para la evaluación anual de este presupuesto llamado de gastos fiscales, revisando fundamentalmente los beneficios sociales y económicos que debieran ser medibles y cuantificables por esta soberanía. De esta manera estaríamos dando un primer paso hacia la reforma hacendaria del siglo XXI, más allá de discursos y mucho más allá de chantajes.

Los objetivos centrales de esta iniciativa son vincular el Presupuesto de Gastos Fiscales con la aprobación anual de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer el marco normativo para evaluar los resultados de cada uno de los componentes del Presupuesto de Gastos Fiscales, en particular su impacto económico y social. Iniciar esta evaluación desde este mismo año a fin de contar con los elementos en el análisis de los demás temas que deban componer la reforma hacendaria, iniciar la vinculación en el análisis y discusión del paquete 2011.

Debemos estar seguros de que cada peso que se determine forme parte de este llamado Presupuesto de Gastos Fiscales y tenga un impacto positivo en la economía y la sociedad, ese impacto debe ser medible.

No se puede plantear una reforma hacendaria si antes no se rinden cuentas sobre los estímulos y exenciones que se otorgan a personas físicas y morales.

Debemos ser capaces de contestar las preguntas que la autoridad hacendaria no ha contestado. ¿Ha servido para que la economía crezca? ¿Ha tenido impacto en el empleo formal? ¿Ha combatido la informalidad? ¿Ha servido para moderar el alza de precios? ¿Ha sido útil para regular los mercados? ¿Quiénes se han beneficiado y quiénes no con los tratamientos especiales?

No cabe duda de que éste es un tema que debe provocar un espacio de amplia coincidencia. Estamos proponiendo una alternativa viable para fortalecer la fiscalización del Congreso sobre 4 puntos del producto interno bruto, alrededor de 500 mil millones de pesos que a la fecha no se evalúan de manera puntual.

Ésa es, en términos generales, la iniciativa que se pone a la consideración de esta soberanía. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, a cargo del diputado Sebastián Lerdo de Tejada, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad otorgada por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo previsto por el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Ingresos para el año fiscal 2010, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La reforma hacendaria ha sido pospuesta de manera reiterada en los últimos años. Las causas pueden obedecer a un sinnúmero de razones, pero la realidad es que desde la sustitución del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles por el Impuesto al Valor Agregado y el concomitante arreglo en materia de coordinación fiscal, los cambios de gran calado no han podido transitar en el país. Desde mediados de la década de los setenta todo aquel ciudadano al que el titular del Ejecutivo en turno ha nombrado como Secretario de Hacienda y Crédito Público, se ha comprometido con una reforma fiscal. La anterior y la actual, administraciones federales han propuesto tres reformas recaudatorias y ninguna fiscal ni mucho menos hacendaria.

A pesar de que en los 10 años de gobiernos del Partido Acción Nacional, los precios del petróleo se han ubicado en niveles históricamente elevados, de que a lo largo de la década, la economía de Estados Unidos –salvo el año pasado– creció, y sobre todo que el Congreso año con año ha aprobado el paquete económico con el acuerdo de por lo menos dos de las fuerzas políticas de mayor representación en el mismo, los recursos no les alcanzan.

La razón es simple: el crecimiento del gasto corriente ha sido desbordado, el crecimiento de plazas con altos salarios en los mandos medios y superiores se ha multiplicado de manera escandalosa, mientras que el subejercicio de gasto se manifiesta de manera preocupante en sectores directamente relacionados con la inversión y la creación de infraestructura.

Pero también por el lado del ingreso se muestra poco avance en lo que hace a esfuerzos recaudatorios. En síntesis en diez años el gasto no se ejerce bien, el ingreso se recauda mal, el avance en el patrimonio público no es evidente y en materia de deuda lo que ha prevalecido es la inercia. El gobierno federal lleva diez años paralizando la reforma hacendaria en los hechos. Ninguna reforma de ley, ninguna ley nueva –como lo fue en su momento la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH)– puede tener resultados positivos si quien es responsable de su ejecución falla de manera persistente.

Por tanto, se requiere dar un paso serio y de fondo en materia de reforma hacendaria. El Grupo Parlamentario del PRI en esta Cámara propuso desde la presentación de paquete económico y más tarde en un Punto de Acuerdo, la creación de una Comisión Especial que se diera a la tarea de revisar el Presupuesto de Gastos Fiscales (PGF), como uno de los caminos necesarios para la reforma hacendaria. Es decir, partir de analizar en dónde están los rezagos, los márgenes fiscales, revisar su pertinencia, sus resultados. Esta Soberanía aprobó la creación y conformación de la Comisión Especial de Gastos Fiscales el 6 de octubre del año próximo pasado. Así, le dimos la relevancia que merece a uno de los temas centrales para el PGF.

1. EL MARCO LEGAL DEL PRESUPUESTO DE GASTOS FISCALES EN MÉXICO

El Congreso de la Unión estableció en la Ley de Ingresos para el año 2002, la obligación del Ejecutivo de entregar a las comisiones de Hacienda y Crédito Público de ambas Cámaras y a la de Presupuesto y Cuenta Pública en la Cámara de Diputados el Presupuesto de Gastos Fiscales y se mandató que los dos poderes trabajaran de manera conjunta los alcances y definiciones del mismo.

En los cuadros siguientes se muestra la evolución del PGF en la Ley de Ingresos hasta el año 2009.

Del análisis de la Ley de Ingresos y de la inclusión en la misma del PGF, permite concluir que la redacción no ha sido consistente en el tiempo. La profundización se ha dado por la demanda constante del Congreso para exigir mayor transparencia y cuidado por parte del Ejecutivo. El Ejecutivo ha tratado de disminuir la relevancia del PGF, cada Legislatura conforme avanza busca introducir más condiciones, lo que ha prevalecido es un mandato anual no vinculante, que reduce la utilidad del PGF como elemento central para la toma de decisiones hacendarias. Toca a esta Legislatura establecer bases legales permanentes, a fin de tener un marco claro para la evaluación anual del PGF. De esta manera estamos dando el primer paso sólido en muchos años en cuanto a una reforma hacendaria acorde al siglo XXI.

Marco Legal Vigente

Conforme a la legislación actual, el Presupuesto de Gastos Fiscales es aprobado implícitamente como parte la aprobación de la Ley de Ingresos de la Federación dentro de su artículo 28.

Tal presupuesto, cuya magnitud para el 2010 se estima en más de 500 mil millones de pesos, equivalente a aproximadamente 4 puntos PIB; dicho monto implícitamente aprobado para el 2010 se podrá conocer hasta que la SHCP lo haga del conocimiento del Congreso, a más tardar el 30 de junio del año en curso, mientras tanto, el Congreso habrá aprobado una de las partidas más importantes del Paquete Económico, totalmente a ciegas.

La opacidad es el atributo principal que rodea al Presupuesto de Gastos Fiscales; cuya falta de transparencia no solo se plasma en la falta de información sobre el monto que se aprueba año con año, la opacidad también se vincula con la carencia de información sobre los objetivos, beneficios y beneficiarios que lo integran.

La falta de transparencia continúa presentándose durante todo el proceso del ejercicio del PGF, ya que de su ejercicio no se rinden cuentas al Congreso, desconociéndose los montos reales y el alcance de los objetivos programados, si es que estos existen. Considerando que la propia SHCP, en la estimación que realiza sobre dicho presupuesto, incluye numerosos conceptos con la leyenda de “N.D.” (No Disponible).

El PGF, pese a la importancia del monto que representa, carece de un marco normativo adecuado que regule su proceso de aprobación, sus objetivos, su ejercicio y el control del mismo.

En dicho sentido, una revisión a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y a su Reglamento –instrumentos que norman tanto el Presupuesto de Egresos de la Federación como la Ley de Ingresos de la Federación–, en relación con el Presupuesto de Gastos Fiscales, arroja los siguientes resultados:

a) El concepto de Gastos Fiscales no está definido en dichos ordenamientos.

b) La única mención a dicho concepto se encuentra en el artículo 40 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que al respecto cita:

El proyecto de Ley de Ingresos contendrá:

I. La exposición de motivos en la que se señale:

a)...

b)...

c)...

d) La explicación para el año que se presupuesta sobre los gastos fiscales, incluyendo los estímulos, así como los remanentes de Banco de México y su composición;

Al respecto, de la revisión del proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para 2010 que el Ejecutivo envió a consideración del Congreso, se puede observar que la explicación ofrecida por el Ejecutivo Federal es sumamente pobre, tal como se aprecia en la siguiente transcripción:

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 40, fracción I, inciso d), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se presenta la estimación de gastos fiscales para 2010:

De conformidad con la obligación establecida en el artículo 28 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, el 29 de junio del año en curso se entregó el Presupuesto de Gastos Fiscales 2009 a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública; al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, de la Cámara de Diputados, así como a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores. Además, la información que integra ese Presupuesto de Gastos Fiscales se publicó en la página de Internet de la SHCP.

Cabe señalar que en el Presupuesto de Gastos Fiscales se incluyen las estimaciones de los montos que deja de recaudar el erario federal por concepto de tasas diferenciadas en los distintos impuestos, exenciones, subsidios y créditos fiscales, condonaciones, facilidades, estímulos, deducciones autorizadas, tratamientos y regímenes especiales establecidos en las distintas leyes que en materia tributaria aplican a nivel federal.

En ese sentido, las estimaciones del Presupuesto de Gastos Fiscales pretenden mostrar la pérdida recaudatoria que se presenta en un año, dada la política fiscal aplicable en el mismo, sin considerar los efectos que tal política tendría en ejercicios futuros. Esta situación implica que las estimaciones de cada gasto fiscal no deben considerarse como aproximaciones de los recursos permanentes que se pueden obtener por su eliminación.

Asimismo, el total de los montos de los tratamientos preferenciales que se presentan en el Presupuesto de Gastos Fiscales sólo tiene por objeto aproximar la dimensión de la pérdida fiscal derivada de estos tratamientos. No debe considerarse como potencial recaudatorio ya que, conforme al método de pérdida de ingresos utilizado, las estimaciones se realizan en forma independiente sin considerar el efecto que tendría la eliminación de un tratamiento en la pérdida recaudatoria de otro. La eliminación simultánea de varios o todos los tratamientos preferenciales, no implicaría una ganancia recaudatoria similar a la suma de las estimaciones individuales de los gastos fiscales.

XXVIII

No obstante lo anterior y a manera de aproximación en el Presupuesto de Gastos Fiscales 2009, se reporta que dada la estructura vigente para el ejercicio fiscal de 2010, el monto total del gasto fiscal equivaldría a 502 mil 533.4 millones de pesos (3.98 por ciento del PIB), destacando las pérdidas recaudatorias en el IVA (1.32 por ciento del PIB), en el impuesto sobre la renta empresarial (1.23 por ciento del PIB), y en el impuesto empresarial a tasa única (0.66 por ciento del PIB).

Adicionalmente, del análisis de la Ley de Ingresos de la Federación para 2010, nuevamente se observa superficialidad en las disposiciones relacionadas con el Presupuesto de Gastos Fiscales, haciéndose referencia al mismo dentro del artículo 28 de este ordenamiento, que a la letra cita:

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá publicar en su página de Internet y entregar a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, así como al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de dicho órgano legislativo y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores antes del 30 de junio de 2010, el Presupuesto de Gastos Fiscales.

El Presupuesto de Gastos Fiscales comprenderá al menos, en términos generales, los montos que deja de recaudar el erario federal por conceptos de tasas diferenciadas en los distintos impuestos, exenciones, subsidios y créditos fiscales, condonaciones, facilidades administrativas, estímulos fiscales, deducciones autorizadas, tratamientos y regímenes especiales establecidos en las distintas leyes que en materia tributaria aplican a nivel federal. Dicho presupuesto deberá contener los montos referidos estimados para el ejercicio fiscal de 2011 desglosado por impuesto y por cada uno de los rubros de ingresos que la ley respectiva contemple.

...

El déficit normativo alrededor del Presupuesto de Gastos Fiscales es evidente.

Las disposiciones vigentes provocan un vacío que da lugar a la falta de transparencia tanto en su proceso de aprobación, como en el monto presupuestado, sus objetivos, sus resultados y su control.

2. Principales componentes del Presupuesto de Gastos Fiscales

Con base en el PGF para 2009 y 2010, a continuación se resumen los principales aspectos del mismo a fin de ilustrar la amplitud y complejidad del PGF, y demostrar, que por lo mismo, la necesidad de diseñar un marco general en el que se le ubique de manera permanente en la legislación mexicana es impostergable.

• A los contribuyentes dedicados a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas, pesqueras y del autotransporte de carga y pasaje, sujetos a un esquema de base de efectivo en el régimen simplificado del ISRE (artículos del 79 al 85 de la LISR), se les permite realizar la deducción inmediata de las inversiones, así como la deducción de éstas como gastos para contribuyentes con ingresos de hasta 10 mdp, con la excepción del equipo de transporte (artículos 81, 124, 136 y 220 de la LISR).

•Deducción inmediata de inversiones de activo fijo: consiste en un diferimiento del impuesto, por lo que el gasto fiscal que se reporta se compensa en futuros ejercicios fiscales.

•Deducción de inversiones en el régimen intermedio: al permitir la deducción de las inversiones como gasto del ejercicio, parte del gasto fiscal corresponde a un diferimiento del impuesto que se compensa en futuros ejercicios fiscales. El gasto fiscal que no es diferimiento, corresponde a la deducción en exceso respecto a la que se determinaría de aplicar la tasa de deducción inmediata correspondiente.

Facilidades administrativas

•Sector de autotransporte terrestre de carga federal: los contribuyentes de este sector se benefician con la posibilidad de deducir sin requisitos fiscales, los gastos por concepto de maniobras en los siguientes montos: $45.53 por tonelada de carga o metro cúbico; $75.92 por tonelada de paquetería, y $182.24 por tonelada en objetos voluminosos y/o de gran peso. También pueden deducir sin requisitos fiscales $113.90 por concepto de viáticos diarios de la tripulación, así como $0.61 por kilómetro recorrido por refacciones y reparaciones menores (Regla 2.2 de la Resolución de Facilidades Administrativas (RFA) de 2009 publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de mayo de 2009).

•Sector de autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo: estos contribuyentes pueden deducir 7% de sus ingresos propios, por concepto de gastos de viaje, gastos de imagen y limpieza, compras de refacciones de medio uso y reparaciones menores, sin requisitos fiscales (Regla 3.3 de la RFA de 2009 publicada en el DOF el 12 de mayo de 2009).

Para estimar el valor de esta facilidad se utiliza información sobre los ingresos propios nacionales y de exportación de la rama de actividad “Servicio de Transporte Foráneo de Pasajeros en Autobús” en la forma fiscal 20 “Declaración del Ejercicio. Personas Morales, Régimen Simplificado”, así como del dictamen fiscal para el régimen simplificado, para los ejercicios fiscales 2004, 2005, 2006 y 2007.

•Sectores de autotransporte terrestre de carga federal y terrestre foráneo de pasaje y turismo: se considera que estos contribuyentes se benefician de la deducción del 10% de sus ingresos propios, sin requisitos fiscales, con una retención de 16% por concepto de ISR (Reglas 2.2 y 3.3 de la RFA de 2009 publicada en el DOF el 12 de mayo de 2009).

Para estimar el valor de esta facilidad se utiliza información sobre los ingresos propios nacionales y de exportación de las ramas de actividad “Servicio de Autotransporte de Mudanzas Local Foráneo, Servicio de Autotransporte de Carga de Productos Específicos, Servicio de Autotransporte en General Local Foráneo y Servicio de Transporte Foráneo de Pasajeros en Autobús de la forma fiscal 20 “Declaración del Ejercicio. Personas Morales, Régimen Simplificado”, así como del dictamen fiscal para el régimen simplificado, para los ejercicios fiscales 2004, 2005, 2006 y 2007.

•Sector de autotransporte terrestre de carga de materiales y terrestre de pasajeros urbano y suburbano: los contribuyentes de este sector pueden deducir, sin requisitos fiscales, 15% de sus ingresos propios por concepto de trabajadores eventuales, sueldos o salarios del operador del vehículo, personal de tripulación y macheteros, gastos por maniobras, refacciones de medio uso y reparaciones menores (Regla 4.2 de la RFA de 2009 publicada en el DOF el 12 de mayo de 2009).

Para estimar el valor de esta facilidad se utiliza información sobre los ingresos propios reportados en su declaración anual o dictamen fiscal del régimen simplificado por los contribuyentes cuyas actividades declaradas son las de “servicio de autotransporte de materiales de construcción, servicio de transporte urbano y suburbano de pasajeros, servicio de transporte en automóvil de ruleteo, servicio de transporte en automóvil de ruta fija, servicio de transporte en automóvil de sitio y turismo, y servicios de grúas para vehículos”, para los ejercicios fiscales de 2004, 2005, 2006 y 2007.

•Sector primario: los contribuyentes del sector primario pueden deducir, sin requisitos fiscales, 18% del total de ingresos propios, por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores (Regla 1.2 de la RFA de 2009 publicada en el DOF el 12 de mayo de 2009).

Para estimar el valor de esta facilidad se utiliza información sobre los ingresos propios reportados por los contribuyentes del sector en la declaración de personas morales del régimen simplificado, así como de los dictámenes fiscales para este régimen, para los ejercicios fiscales 2004, 2005, 2006 y 2007.

Consolidación fiscal

• Se permite a las empresas controladas acreditar en contra del IETU el total del ISR entregado a la controladora, independientemente de si éste es efectivamente enterado al fisco por la controladora, por lo que a diferencia de otros contribuyentes, las empresas que consolidan pueden acreditar un ISR mayor al que efectivamente pagaron (Artículos del 12 al 14 de la LIETU).

Estímulos Fiscales

• Asimismo, el PGF debiera incluir la revisión de todos los estímulos fiscales en cuanto a su alcance y en función de los beneficios y/o cumplimiento de los objetivos para los que fueron creados y sin embargo la información que envía el Ejecutivo al Congreso no lo incluye, limitándose a un listado de los estímulos otorgados, como se aprecia a continuación:

En la Ley de Ingresos de la Federación para 2009, y en diversos Decretos Presidenciales, se otorgan una serie de estímulos fiscales, los cuales se consideran gastos fiscales, y son los siguientes:

i) Estímulo para el rescate de las zonas de monumentos históricos de la Ciudad de Mérida, Yuc.; México, D.F; Morelia, Mich.; Ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca; Ciudad y Puerto de Veracruz, Mun. Veracruz, Ver.; Puerto de Mazatlán, Mun. Mazatlán, Sin; y Ciudad de Puebla de Zaragoza, Puebla.

Los contribuyentes del ISR, personas morales del régimen general, personas físicas con actividades empresariales y profesionales o con ingresos por arrendamiento, pueden deducir en forma inmediata y hasta por el 100% las inversiones que efectúen en bienes inmuebles ubicados en los perímetros A y B del Centro Histórico de la Ciudad de México, en los perímetros A, B-1, B-2, B-3 y B-4 de la zona de monumentos históricos de la Ciudad de Mérida, Estado de Yucatán; en el perímetro único de la zona de monumentos históricos en la Ciudad de Morelia, Estado de Michoacán; en los perímetros A y B de la zona de monumentos históricos en la Ciudad y Puerto de Veracruz, en el Municipio de Veracruz, Estado de Veracruz; en el perímetro único de la zona de monumentos históricos de la Ciudad y Puerto de Mazatlán, en el municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, en el área urbana delimitada en el Artículo Primero del “Decreto por el que se declara zona de monumentos históricos de la Ciudad de Oaxaca de Juárez, Oax.” y en los perímetros A, B-1, B-2, B-3, y B-4 de la zona de monumentos históricos de la Ciudad de Puebla de Zaragoza, Estado de Puebla; así como las reparaciones y adaptaciones a dichos inmuebles.

En el caso de enajenación de los bienes inmuebles ubicados en los perímetros antes mencionados, para restauración o rehabilitación, el enajenante puede considerar que el costo comprobado actualizado de adquisición del bien inmueble, después de efectuar las deducciones señaladas en la LISR, será cuando menos 40% del monto de la enajenación de que se trate (Decretos Presidenciales del 8 de octubre de 2001, del 4 de abril de 2002, del 5 de septiembre de 2005, Artículos Tercero y Cuarto del Decreto Presidencial del 12 de mayo de 2006 y Artículos del Décimo y Décimo Primero del Decreto Presidencial del 28 de noviembre de 2006).

ii) Acreditamiento del IEPS de diesel adquirido para su consumo final utilizado en maquinaria en general, excepto vehículos.

Se otorga a personas que realicen actividades empresariales, excepto minería y consiste en permitir el acreditamiento del IEPS del diesel que adquieran para su consumo final, siempre que éste se utilice en maquinaria en general, exceptuando a los vehículos. Aplica también para vehículos marinos y vehículos terrestres de baja velocidad (Inciso A, fracción I del Artículo 16 de la LIF).

iii) Acreditamiento del IEPS de diesel al sector agropecuario y silvícola

Al igual que para otros sectores, para el agropecuario y silvícola se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen actividades empresariales, consistente en permitir el acreditamiento del IEPS del diesel que adquieran para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general, excepto vehículos (Inciso A, fracción II, numeral 1 del Artículo 16 de la LIF).

Opcionalmente, las personas que utilicen el diesel en las actividades agropecuarias y silvícolas podrán acreditar contra el ISR, un monto equivalente a la cantidad que resulte de multiplicar el precio de adquisición del diesel, incluido el IVA, por el factor de 0.355, en lugar de aplicar lo dispuesto en el inciso A, fracción I y la fracción II, numeral 1 del artículo 16 de la LIF (Inciso A, fracción II, numeral 2 del Artículo 16 de la LIF).

iv) Acreditamiento del IEPS del diesel para los autotransportistas

Se otorga a los contribuyentes que se dediquen al transporte público y privado de personas o de carga, y consiste en permitir el acreditamiento del IEPS que Pemex y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación del combustible. El acreditamiento se puede realizar en contra del ISR (Inciso A, fracción IV del artículo 16 de la LIF).

v) Acreditamiento del IEPS de diesel marino especial para consumo final, utilizado como combustible en embarcaciones destinadas para actividades de marina mercante Se permite a los contribuyentes que adquieran diesel marino especial para su consumo final y que sea utilizado como combustible en embarcaciones destinadas a las actividades propias de la marina mercante, acreditar el IEPS que Pemex y sus organismos subsidiarios hayan causado durante 2009, por la enajenación de diesel marino especial, contra el ISR que tengan a su cargo o las retenciones efectuadas a terceros por este impuesto (Inciso A, fracción I del artículo 16 de la LIF).

vi) Acreditamiento del IEPS de gasolinas de vehículos del autotransporte público federal de pasajeros o de carga, y el transporte privado de carga, a través de carreteras o caminos

El estímulo consiste en el acreditamiento de un monto equivalente al IEPS que Pemex y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de gasolinas. El acreditamiento se puede realizar en contra del ISR (artículo Séptimo del Decreto Presidencial del 23 de abril de 2003).

El beneficio no es aplicable para aquellas enajenaciones que se efectúen en el municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo; en la franja fronteriza norte del país; en las estaciones de servicio que se ubiquen entre las líneas paralelas ubicadas a 20 y a 45 kilómetros de la línea divisoria internacional con los Estados Unidos, así como cuando las gasolinas que se enajenen no contengan los trazadores que se utilicen como medio de identificación de las gasolinas Pemex Magna y Pemex Premium.

Actualmente, los combustibles no tienen incorporados trazadores químicos, por lo que los contribuyentes no pueden hacer uso de este beneficio.

vii) Acreditamiento de los peajes pagados en la red carretera

Se otorga, hasta en un 50% del gasto total erogado, a los contribuyentes que se dediquen al transporte público o privado de personas o de carga y que utilicen la Red Nacional de Autopistas de Cuota, o al transporte doméstico público o privado efectuado por contribuyentes a través de carreteras o caminos del país. Este acreditamiento se puede aplicar en contra del ISR a cargo (Inciso A, fracción V del artículo 16 de la LIF).

viii) Estímulo equivalente al total de ISAN causado por la enajenación o importación de vehículos propulsados por baterías eléctricas recargables Se concede a los contribuyentes que enajenen al público en general o que importen definitivamente en términos de la Ley Aduanera automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, o que además cuenten con motor de combustión interna o accionado por hidrógeno, y consiste en el monto total del impuesto que hubieren causado (Inciso B, fracción I del artículo 16 de la LIF).

ix) Estímulo fiscal para trabajadores sindicalizados

Se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas que presten servicios personales subordinados consistente en una cantidad equivalente al ISR correspondiente a las cuotas de seguridad social que sumadas a sus demás ingresos obtenidos por el mismo patrón por la prestación de un servicio personal subordinado excedan de una cantidad equivalente a siete veces el salario mínimo general elevado al año.

Este tratamiento preferencial sólo es aplicable a los trabajadores sindicalizados (Artículo noveno del decreto presidencial del 30 de octubre de 2003).

x) Estímulo fiscal a los contribuyentes fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados de autobuses y camiones con el fin de modernizar la flota del sector de autotransporte de carga y pasaje

Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados, residentes en el país, que enajenen tractocamiones tipo quinta rueda, camiones unitarios de 2 o 3 ejes, o autobuses integrales y convencionales con capacidad de más de 30 asientos de fábrica, nuevos o con una antigüedad no mayor a 5 años, así como chasises y plataformas para éstos, siempre que reciban a cuenta del precio de enajenación otro vehículo con más de 6 años de antigüedad.

También se otorga un estímulo por la enajenación de vehículos nuevos destinados al transporte de 15 pasajeros o más, así como chasises y plataformas para éstos, siempre que se reciban a cuenta vehículos similares con una antigüedad de más de 8 años. Asimismo, a los adquirientes de los vehículos nuevos se les otorga un estímulo equivalente al ISR derivado de la acumulación del ingreso por la venta del vehículo usado incluyendo a los arrendatarios de un contrato de arrendamiento financiero (Artículo Décimo Quinto del Decreto Presidencial del 30 de octubre de 2003, Título 13 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, Decreto Presidencial del 12 de enero de 2005, Decreto Presidencial del 12 de mayo de 2006, Decreto Presidencial del 28 de noviembre de 2006 y Artículo Único del Decreto Presidencial del 4 de marzo de 2008).

xi) Estímulo a los proyectos de inversión productiva en la cinematografía nacional

Se otorga a los contribuyentes del ISR, y consiste en aplicar un crédito fiscal equivalente al monto que aporten a proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional, contra el ISR que tengan a su cargo. Este estímulo no podrá exceder de 10% del ISR a su cargo. El monto total del estímulo, a distribuir entre los aspirantes, no excederá de 500 mdp por cada ejercicio fiscal ni de 20 mdp por cada contribuyente y proyecto de inversión en la producción cinematográfica (Artículo 226 de la LISR).

xii) Deducción adicional de 5% del costo de lo vendido a los contribuyentes que donen bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación o salud Los contribuyentes que den en donación bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación o salud a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles de conformidad con la LlSR y que estén dedicadas a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación o salud, podrán efectuar una deducción adicional del 5% del costo de lo vendido que le hubiera correspondido a dichas mercancías, que efectivamente se donen y sean aprovechables para el consumo humano. Lo anterior, siempre y cuando el margen de utilidad bruta de las mercancías donadas en el ejercicio en el que se efectúe la donación hubiera sido igual o superior al 10%; cuando fuera menor, el por ciento de la deducción se reducirá al 50% del margen (artículo primero del decreto presidencial del 26 de enero de 2005).

xiii) Exención de 80% del pago del ISR por los ingresos por arrendamiento de remolques o semiremolques importados de manera temporal hasta por un mes

Se exime del pago del 80% del ISR que hayan causado los contribuyentes por los ingresos por el arrendamiento de remolques o semirremolques, siempre que éstos sean importados de manera temporal hasta por un mes (Artículo cuarto del decreto presidencial del 26 de enero de 2005).

xiv) No se considera enajenación la aportación de bienes inmuebles a fideicomisos cuya única actividad sea la construcción o adquisición de inmuebles

Los contribuyentes que aporten bienes inmuebles a los fideicomisos a que se refiere el artículo 223 de la LISR podrán considerar, que no hay enajenación del bien inmueble que aporten al fideicomiso, incluso cuando se otorgue su uso o goce a un tercero o al mismo fideicomitente, aun cuando en este último caso la renta que deduzcan exceda del 12% anual del valor fiscal del inmueble a que se refiere el citado precepto legal (artículo sexto del decreto presidencial del 26 de enero de 2005).

xv) Exención del IVA por la enajenación de locales comerciales

Se exime a las personas morales y a las personas físicas con actividades empresariales y profesionales del pago del IVA que se cause por la enajenación de locales comerciales en las plazas que se establezcan mediante Programas Gubernamentales para reubicar a las personas físicas dedicadas al comercio en la vía pública, que estén inscritos en el RFC (artículo cuarto del decreto presidencial del 8 de diciembre de 2005).

xvi) Estímulo fiscal a personas físicas residentes en la franja fronteriza que califican como “REPECOS”.

Las personas físicas residentes en la franja fronteriza de 20 Km. paralela a la línea divisoria internacional del norte del país, en los estados de Baja California y Baja California Sur, y en los Municipios de Caborca y Cananea en Sonora, que cumplan con los requisitos establecidos para tributar en el régimen de “REPECOS”, podrán pagar el ISR por los ingresos que obtengan por la enajenación de mercancías de procedencia extranjera, aplicando la tasa del 2% sobre estos ingresos (artículos 137 y 138 de la LISR, y artículo quinto del decreto presidencial del 28 de noviembre de 2006).

xvii) Estímulo fiscal a los residentes en México, que utilicen aviones para ser explotados comercialmente.

Se otorga un crédito fiscal equivalente al 80% del ISR, el cual será acreditable únicamente contra el ISR retenido por los contribuyentes residentes en México, que utilicen aviones que tengan concesión o permiso del Gobierno Federal para ser explotados comercialmente para la transportación de pasajeros o de bienes, cuyo uso o goce temporal se otorgue por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país, siempre que en el contrato de arrendamiento se establezca el ISR que se cause al aplicar la tasa de retención del 5% que será cubierto por el residente en México (artículo 188 de la LISR y artículo primero del decreto presidencial del 29 de noviembre de 2006).

xviii) Estímulo fiscal a contribuyentes que destinen mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico, para ser objeto de elaboración, transformación o reparación.

Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que destinen mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico para ser elaboradas, transformadas o reparadas, que consiste en una cantidad equivalente a la diferencia del ISR que resulte de calcular la utilidad fiscal como el 3% del valor total de los activos o del monto total de los costos y gastos de operación en lugar de una cantidad que represente, al menos la cantidad mayor entre el 6.9% del valor total de los activos utilizados en la operación de maquila y el 6.5% sobre el monto total de costos y gastos de operación (artículo 216-Bis de la LISR y el artículo 7 del decreto presidencial del 30 de noviembre de 2006).

xix) Beneficio fiscal a las personas morales y a las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, que realicen inversiones en localidades de alta y muy alta marginación, cuya población no exceda de 50 mil habitantes.

Se otorga un estímulo fiscal a las personas morales y a las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, que realicen inversiones en bienes nuevos de activo fijo entre el 5 de marzo de 2008 y el 31 de diciembre de 2012 en centros productivos que empleen al menos 50 trabajadores y se ubiquen en localidades de alta y muy alta marginación, cuya población no exceda de 50 mil habitantes, consistente en una deducción del 100% de forma inmediata de las inversiones en bienes nuevos de activo fijo (Artículo 2 y 9 del Decreto Presidencial del 4 de marzo de 2008).

xx) Estímulo fiscal a las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluyendo a sus organismos descentralizados.

Se otorga un estímulo fiscal a las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluyendo a sus organismos descentralizados, consistente en:

a) Acreditamiento del 60 y 30% para los ejercicios fiscales de 2009 y 2010, respectivamente, del excedente que resulte de comparar el promedio mensual del total del ISR enterado a cargo de sus trabajadores correspondiente al ejercicio fiscal de 2007 y el ISR a cargo de sus trabajadores que corresponda enterar en el mes que se trate de los ejercicios fiscales 2009 y 2010, cuando este último monto sea mayor (artículo segundo del decreto presidencial del 5 de diciembre de 2008).

En el cuadro siguiente se resumen los conceptos y montos considerados en este apartado:

Como se observa, el peso del PGF aún es significativo como proporción del PIB. La necesidad de su revisión y evaluación anual es clara, sobre todo a la luz de las respuestas que la SHCP envió a la Comisión de Gastos Fiscales, ante diferentes cuestionamientos que la misma le remitiera por escrito. Una síntesis de las mismas se incluye en el apartado siguiente de esta Iniciativa.

3. Posición de la SHCP en torno al PGF

Como parte de los trabajos de la Comisión Especial se le hizo llegar a la autoridad hecendaria un cuestionario con preguntas sobre el PGF, mismo que fue contestado por la misma el pasado siete de diciembre. No es motivo de esta Iniciativa analizar las contestaciones, pues eso se dará en el seno de la Comisión Especial, sólo se toma una de las respuestas, pues se considera relevante para la fundamentación de la iniciativa.

En efecto, dentro de las respuestas de la SHCP a la Comisión Especial de Gastos Fiscales destaca la siguiente:

Pregunta 7 Comisión: “¿Considera necesario hacer vinculante el PGF con la aprobación anual del paquete económico?”

Respuesta SHCP: “El Presupuesto de Gastos Fiscales transparenta los apoyos que por medio del marco tributario se otorgan a distintos grupos y sectores de contribuyentes y permite conocer las áreas de oportunidad en materia de recaudación de los distintos impuestos federales.

En este sentido el Presupuesto de Gastos Fiscales representa una importante fuente de información para el diseño de la política tributaria tanto para el Ejecutivo Federal como para el Poder Legislativo durante el proceso de análisis, discusión, dictaminación y votación del paquete económico anual.

No obstante lo anterior, no se considera adecuado hacer vinculante el Presupuesto de Gastos Fiscales con la aprobación anual del paquete económico, ya que el Presupuesto es sólo un instrumento metodológico para el análisis económico-tributario, además de que como se explica en otros puntos de este cuestionario, las limitaciones de las mediciones de gastos fiscales hacen que las cantidades asignadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para atender las distintas funciones presupuéstales, o que benefician 3 determinados grupos o sectores, tengan una naturaleza distinta.

Incluso como se ha señalado, existen razones por las cuales las estimaciones de los gastos fiscales no deben estrictamente considerarse como la recaudación que se obtendría de su eliminación, por lo que incluso al comparar los gastos fiscales en forma directa con los ingresos estimados en la Ley de Ingresos de la Federación, dado que ambas cantidades son de naturaleza distinta, se puede llegar a conclusiones erróneas.

Por lo anterior, se considera adecuado mantener el Presupuesto de Gastos Fiscales como un documento de análisis que, entregado al H. Congreso de la Unión dos meses antes de la entrega del paquete económico, sirva como una herramienta efectiva que enriquezca la discusión del paquete económico.

Por otra parte, cabe señalar que los tratamientos preferenciales que dan lugar a los gastos fiscales corresponden a disposiciones legales derivadas generalmente de procesos legislativos, en cuyo caso se puede considerar que tales conceptos de gasto fiscal son aprobados en el momento en que se aprueban los tratamientos preferenciales.”

Resulta claro que mientras que para el Ejecutivo el PGF es tan sólo uno más de los instrumentos de análisis dentro de la discusión del paquete económico anual, para el Legislativo debe convertirse en el eje de la toma de decisiones para el otorgamiento o no de beneficios fiscales de cualquier tipo. Debe atarse a indicadores de eficiencia y ser parte integrante del conjunto de elementos que anualmente se consideran en el paquete económico. Ya que si bien una buena parte del PGF está atado a disposiciones legales, hay un margen de discrecionalidad del Ejecutivo que debe transparentarse, es más, el conjunto del PGF debe ser sometido a revisión y evaluación en cuanto a su costo beneficio y a los resultados que se tengan en materia económica y social, para, en su caso, quienes tienen la facultad de hacerlo, propongan iniciativas de ley que corrijan las desviaciones del sistema fiscal mexicano.

4. Objetivos de la Iniciativa

Con base en las consideraciones anteriores, los objetivos de esta Iniciativa son los siguientes:

Primero.Vincular el PGF con la aprobación anual de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Segundo. Establecer el marco normativo para evaluar los resultados de cada uno de los componentes del PGF, en particular su impacto económico y social.

Tercero. Iniciar esa evaluación desde este año a fin de contar con esos elementos en el análisis de los demás temas que deben componer la reforma hacendaria.

Cuarto. Iniciar la vinculación en el análisis, discusión y aprobación del paquete económico 2011.

5. Contenido de la Iniciativa

Por todo lo anterior, se somete a la consideración de esta soberanía la reforma y adición de diversos artículos de la LFPRH así como de la Ley de Ingresos para el año fiscal 2010. Se propone añadir en la LFPRH la definición del PGF, y vincularlo con el proceso presupuestario y de aprobación de la Ley de Ingresos. En particular se busca el dictamen positivo de esta soberanía de un nuevo Capítulo en la LFPRH que regule el PGF. Finalmente, se propone reformar la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal 2010, con el propósito de que el PGF juegue un nuevo papel en el proceso de análisis y discusión del paquete económico 2011.

En este apartado se ilustran las reformas y adiciones que se proponen:

A). Se adiciona la fracción XXXV BIS al artículo 2 de la ley, para definir el Presupuesto de Gastos Fiscales y de los conceptos que lo integran, quedando en los siguientes términos:

“XXXV BIS. Presupuesto de Gastos Fiscales: es el monto anual que con un objetivo económico o social, deja de recaudar el erario federal por concepto de tasas diferenciadas en los distintos impuestos; exenciones; subsidios y créditos fiscales; condonaciones; facilidades administrativas; estímulos fiscales; deducciones autorizadas; tratamientos y regímenes especiales establecidos en las distintas leyes que en materia tributaria aplican a nivel federal y cualquier otro concepto que autorizado en alguna ley federal, signifique una disminución en la recaudación del erario federal.”

B). Con objeto de que el Congreso apruebe explícitamente el Presupuesto de Gastos Fiscales, se propone agregar un párrafo segundo al artículo 39 de la ley, quedando como sigue:

“En la Ley de Ingresos se aprobará de manera específica el Presupuesto de Gastos Fiscales, con el nivel de agregación previsto en el artículo 125 de esta ley.”

C). Con el mismo propósito, se adiciona un inciso c BIS) y se modifica el inciso d) de la fracción I del artículo 40 para que el proyecto de Ley de Ingresos que el Ejecutivo Federal envíe al Congreso, incluya la información correspondiente al Presupuesto de Gastos Fiscales, quedando en los siguientes términos:

“c BIS) El proyecto de Presupuesto de Gastos Fiscales para el año que se presupuesta, en los términos previstos en el artículo 123 de esta ley;

d) Los remanentes de Banco de México y su composición;”

D). A fin de que el Presupuesto de Gastos Fiscales quede incluido en el proyecto de decreto de la Ley de Ingresos, se reforma el inciso d) de la fracción II del artículo 40, proponiéndose la siguiente redacción:

d) El Presupuesto de Gastos Fiscales en los términos previstos en el artículo 123 de esta ley y, en su caso, disposiciones generales, regímenes específicos y estímulos en materia fiscal, aplicables en el ejercicio fiscal en cuestión;”

E). Tal como está previsto actualmente para la información correspondiente a la recaudación, se propone incluir en los anexos informativos del proyecto de Presupuesto de Egresos, la información del Presupuesto de Gastos Fiscales, por lo cual se reforma el inciso a) de la fracción III del artículo 41, quedando como sigue:

“a) La metodología empleada para determinar la estacionalidad y el volumen de la recaudación por tipo de ingreso, incluyendo la correspondiente a la determinación del Presupuesto de Gastos Fiscales; así como la utilizada para calendarizar el gasto según su clasificación económica;”

F). A fin de insertar el Presupuesto de Gastos Fiscales en la cronología prevista en la ley para la entrega de información por parte del Ejecutivo Federal al Congreso, se reforma el párrafo primero de la fracción II del artículo 42, quedando como sigue:

“II. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, remitirá a la Cámara de Diputados, a más tardar el 30 de junio de cada año, la estructura programática a emplear en el proyecto de Presupuesto de Egresos y la estimación, objetivos y metas del Presupuesto de Gastos Fiscales.”

Asimismo, para establecer los términos y contenido de dicho presupuesto, se agrega un párrafo cuarto a la fracción II del citado artículo 42, quedando en los siguientes términos:

“La estimación del Presupuesto de Gastos Fiscales se apegará a lo previsto en el artículo 123 de esta ley.”

G). Para normar la incorporación del Presupuesto de Gastos Fiscales dentro del Paquete Económico que el Ejecutivo Federal debe presentar al Congreso, se adiciona un inciso d) a la fracción III del artículo 42 y se reforman los inciso b) y c) para darle coherencia a la redacción, quedando como sigue:

“b) La iniciativa de Ley de Ingresos y, en su caso, las iniciativas de reformas legales relativas a las fuentes de ingresos para el siguiente ejercicio fiscal;

c) El proyecto de Presupuesto de Egresos; y

d) El proyecto de Presupuesto de Gastos Fiscales en los términos previstos en el artículo 123 de esta ley.”

H). Se eleva a rango de ley la aprobación del Presupuesto de Gastos Fiscales, modificándose con dicho propósito las fracciones IV y VI del artículo 42, quedando en los siguientes términos:

“IV. La Ley de Ingresos y el Presupuesto de gastos Fiscales serán aprobados por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y, por la Cámara de Senadores, a más tardar el 31 de octubre;

VI. La Ley de Ingresos con el Presupuesto de Gastos Fiscales y el Presupuesto de Egresos de la Federación deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar 20 días naturales después de aprobados.”

I). Para incorporar a la información que el Ejecutivo Federal debe entregar al Congreso de la Unión para dar seguimiento a la evolución de los ingresos y gastos aprobados para el ejercicio, se reforma el párrafo segundo de la fracción I del artículo 107 y el párrafo primero del artículo 110, quedando como sigue

“Artículo 107: ...

I. ...

Los informes trimestrales deberán presentarse con desglose mensual e incluirán información sobre los ingresos obtenidos, el avance del Presupuesto de Gastos Fiscales y la ejecución del Presupuesto de Egresos, así como sobre la situación económica y las finanzas públicas del ejercicio, conforme a lo previsto en esta Ley y el Reglamento. Asimismo, incluirán los principales indicadores sobre los resultados y avances de los programas y proyectos en el cumplimiento de los objetivos y metas y de su impacto social, con el objeto de facilitar su evaluación en los términos a que se refieren los artículos 110 y 111 de esta Ley.”

“Artículo 110. La Secretaría realizará trimestralmente la evaluación económica de los ingresos, gastos fiscales y egresos en función de los calendarios de presupuesto de las dependencias y entidades. Las metas de los programas aprobados serán analizadas y evaluadas por las Comisiones Ordinarias de la Cámara de Diputados.”

J). Se propone reformar el primer párrafo del artículo 111 y agregar un párrafo quinto a dicho artículo, para adicionar al Presupuesto de Gastos Fiscales al mecanismo de evaluación de resultados, quedando como sigue:

“Artículo 111. La Secretaría y la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, verificarán periódicamente, al menos cada bimestre, los resultados de recaudación, de la ejecución del Presupuesto de Gastos Fiscales y de la ejecución de los programas y presupuestos de las dependencias y entidades, con base en el sistema de evaluación del desempeño, entre otros, para identificar la eficiencia, economía, eficacia, y la calidad en la Administración Pública Federal y el impacto social del ejercicio del gasto público, así como aplicar las medidas conducentes. Igual obligación y para los mismos fines, tendrán las dependencias, respecto de sus entidades coordinadas.

...

...

...

Las disposiciones de los dos párrafos anteriores serán aplicables, en lo que proceda, al Presupuesto de Gastos Fiscales.”

K). Finalmente, se agrega el Título Octavo relativo al Presupuesto de Gastos Fiscales con único capítulo, en el cual se adicionan los artículos 119 a 126, en los cuales se definen las responsabilidad de programación, presupuestación y control de dicho presupuesto (artículo 119); las bases objetivos y parámetros sobre los cuales debe elaborarse dicho presupuesto (artículo 120); la obligación de calcular y revelar el impacto en la recaudación fiscal con motivo del aumento o creación de conceptos que integren el Presupuesto de Gastos Fiscales (artículo 121); la obligación de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público considere dentro de sus tareas las correspondientes a la programación, presupuestación y cumplimiento de los objetivos, políticas, estrategias, prioridades y metas del Presupuesto de Gastos Fiscales (Artículo 122); el contenido del artículo 123 resulta relevante al definir el alcance y contenido que debe tener la información de los conceptos que integren el Presupuesto de Gastos Fiscales; asimismo, con el propósito de establecer una base estadística uniforme, el artículo 124 prevé que el Presupuesto de Gastos Fiscales se elabore a partir de una estructura programática específica; por su parte, el artículo 125 define la clasificaciones en que se presentará y aprobará dicho presupuesto, en tanto que el artículo 126 sujeta la información del Presupuesto de Gastos Fiscales a las disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y define la potestad del Congreso de solicitar al Ejecutivo Federal la información que considere necesaria en materia del Presupuesto de Gastos Fiscales, quedando como sigue:

“TÍTULO OCTAVO

Del Presupuesto de Gastos Fiscales

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 119.- El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, estará a cargo de la programación y presupuestación del Presupuesto de Gastos Fiscales. El control y la evaluación de dicho gasto corresponderán a la Secretaría y a la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

Por su parte, la Auditoria Superior de la Federación en su Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, deberá incluir un apartado específico con la evaluación del ejercicio, objetivos y metas del Presupuesto de Gastos Fiscales.

Artículo 120. El Presupuesto de Gastos Fiscales se elaborará con base en objetivos y parámetros cuantificables de política económica y social, acompañados de sus correspondientes indicadores del desempeño, los cuales, al igual que sus objetivos, estrategias y metas anuales, deberán ser congruentes con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas que derivan del mismo, e incluirán cuando menos lo siguiente:

I. Los criterios de política en materia de gastos fiscales;

II. Los objetivos anuales, estrategias y metas;

III. Los beneficios económicos y/o sociales esperados en términos medibles y cuantificables, y

III. Las proyecciones de los recursos que el erario federal dejará de percibir por los diferentes conceptos que integren el Presupuesto de Gastos Fiscales. Las proyecciones abarcarán un periodo de 5 años en adición al ejercicio fiscal en cuestión, las que se revisarán anualmente en los ejercicios subsecuentes.

Artículo 121. Toda propuesta de aumento o creación de alguno de los conceptos que integren el Presupuesto de Gastos Fiscales en cualquier ley u ordenamiento federal, deberá acompañarse de la justificación correspondiente en términos de los beneficios económicos y/o sociales esperados, los cuales deberán ser medibles y cuantificables. Asimismo, se acompañará de sus correspondientes indicadores del desempeño.

Las comisiones correspondientes del Congreso de la Unión, al elaborar los dictámenes respectivos, realizarán una valoración del impacto en la recaudación federal de las iniciativas de ley o decreto, con el apoyo del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, y podrán solicitar opinión a la Secretaría sobre el proyecto de dictamen correspondiente.

Artículo 122. La programación y presupuestación del Presupuesto de Gastos Fiscales deberá comprender las actividades que deberá realizar la Secretaría para dar cumplimiento a los objetivos, políticas, estrategias, prioridades y metas con base en indicadores de desempeño, contenidos en el mismo.

Artículo 123. El proyecto de Presupuesto de Gastos Fiscales a que se refiere la fracción XXXV BIS del artículo 2 de esta ley, deberá contener, al menos, para cada uno de los conceptos que lo integren:

I. El monto estimado de los recursos que dejará de percibir en el ejercicio el erario federal;

II. Las bases de cálculo utilizadas para realizar la estimación;

III. La referencia o sustento jurídico que respalde la inclusión de cada concepto o partida;

IV. Los beneficiarios específicos de cada concepto, y

V. Los objetivos y metas expresados en términos medibles y cuantificables.

Esta información se integrará como parte del proyecto de Ley de Ingresos de la Federación.

Artículo 124. El proyecto de Presupuesto de Gastos Fiscales deberá sujetarse a la estructura programática específica aprobada por la Secretaría, la cual contendrá, en lo que aplique, las características descritas en el artículo 27 de esta ley.

Artículo 125. El proyecto de Presupuesto de Gastos Fiscales se presentará y aprobará, cuando menos, conforme a las siguientes clasificaciones:

I. Por origen, la cual agrupa a las previsiones de reducción de ingreso conforme al ordenamiento legal que lo sustenta;

II. La funcional y programática, la cual agrupa a las previsiones de reducción del ingreso fiscal con base en las actividades o giros económicos que por disposición legal le corresponden a los beneficiarios y de acuerdo con los resultados que se proponen alcanzar, en términos de indicadores, objetivos y metas. Permitirá conocer y evaluar la productividad y los resultados del gasto fiscal;

III. La geográfica, que agrupa a las previsiones de gastos fiscales con base en su destino geográfico, en términos de entidades federativas y en su caso municipios y regiones.

Artículo 126. La Secretaría, en tratándose del Presupuesto de Gastos Fiscales, deberá observar las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

La Secretaría deberá remitir al Congreso de la Unión la información que éste les solicite en relación con el Presupuesto de Gastos Fiscales, en los términos de las disposiciones generales aplicables.”

L). Por otra parte, con el propósito de que la información relativa al Presupuesto de Gastos Fiscales correspondiente al ejercicio de 2010 se entregue al congreso en los términos previstos en la reforma a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria antes descritos, la iniciativa considera reformar los párrafos primero y segundo del artículo 28 de la Ley de Ingresos de la Federación, del propio ejercicio, para quedar como sigue:

“Artículo 28. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá publicar en su página de Internet y entregar a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, así como al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de dicho órgano legislativo y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores antes del 30 de junio de 2010, el Presupuesto de Gastos Fiscales en los términos previstos en el artículo 123 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Dicho presupuesto deberá contener los montos referidos estimados para el ejercicio fiscal de 2011 en los términos señalados en el artículo 123 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.”

6. Impacto presupuestal de la Iniciativa

A reserva del análisis que realice el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, se estima que dados los recursos presupuestales asignados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que para 2010 ascienden a 36 mil 456.3 millones de pesos, esta iniciativa no tiene impactos presupuestales adicionales.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y se reforma la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010.

Decreto

Artículo Primero:Se reforman los artículos 40, fracción I, inciso d); 40, fracción II, inciso d); 41, fracción III, inciso a); 42, fracciones II, primer párrafo y III, incisos b) y c); 42, fracciones IV, y VI, primer párrafo; 107, fracción I, segundo párrafo; 110, primer párrafo; 111, primer párrafo; se adicionan los artículos 2, Fracción XXXV BIS; 39, párrafo segundo; 40, fracción I, inciso c Bis); 42, fracciones II párrafo cuarto y III, inciso d); 111, párrafo quinto; un Título Octavo; y los artículos 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125 y 126, todos ellos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 2.

I. a XXXV. ...;

XXXV BIS. Presupuesto de Gastos Fiscales: Es el monto anual que con un objetivo económico o social, deja de recaudar el erario federal por concepto de tasas diferenciadas en los distintos impuestos; exenciones; subsidios y créditos fiscales; condonaciones; facilidades administrativas; estímulos fiscales; deducciones autorizadas; tratamientos y regímenes especiales establecidos en las distintas leyes que en materia tributaria aplican a nivel federal y cualquier otro concepto que autorizado en alguna ley federal, signifique una disminución en la recaudación del erario federal.

...

Artículo 39. ...

En la Ley de Ingresos se aprobará de manera específica el Presupuesto de Gastos Fiscales, con el nivel de agregación previsto en el artículo 125 de esta ley.

...

Artículo 40. ...

I. ...

a) a c) ...

c Bis) El proyecto de Presupuesto de Gastos Fiscales para el año que se presupuesta, en los términos previstos en el artículo 123 de esta ley;

d) Los remanentes de Banco de México y su composición;

e) a h) ...

II. ...

a) a c) ...

d) El Presupuesto de Gastos Fiscales en los términos previstos en el artículo 123 de esta ley y, en su caso, disposiciones generales, regímenes específicos y estímulos en materia fiscal, aplicables en el ejercicio fiscal en cuestión;

e) a f) ...

Artículo 41. ...

I. ...

II. ...

III. ...

a) La metodología empleada para determinar la estacionalidad y el volumen de la recaudación por tipo de ingreso, incluyendo la correspondiente a la determinación del Presupuesto de Gastos Fiscales; así como la utilizada para calendarizar el gasto según su clasificación económica;

...

Artículo 42. ...

I. ...

II. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, remitirá a la Cámara de Diputados, a más tardar el 30 de junio de cada año, la estructura programática a emplear en el proyecto de Presupuesto de Egresos y la estimación, objetivos y metas del Presupuesto de Gastos Fiscales.

...

...

La estimación del Presupuesto de Gastos Fiscales se apegará a lo previsto en el artículo 123 de esta ley.

III. ...

a) ...

b) La iniciativa de Ley de Ingresos y, en su caso, las iniciativas de reformas legales relativas a las fuentes de ingresos para el siguiente ejercicio fiscal;

c) El proyecto de Presupuesto de Egresos; y

d) El proyecto de Presupuesto de Gastos Fiscales en los términos previstos en el artículo 123 de esta ley.

IV. La Ley de Ingresos y el Presupuesto de gastos Fiscales serán aprobados por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y, por la Cámara de Senadores, a más tardar el 31 de octubre;

V. ...

VI. La Ley de Ingresos con el Presupuesto de Gastos Fiscales y el Presupuesto de Egresos de la Federación deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar 20 días naturales después de aprobados.

Artículo 107....

...

Los informes trimestrales deberán presentarse con desglose mensual e incluirán información sobre los ingresos obtenidos, el avance del Presupuesto de Gastos Fiscales y la ejecución del Presupuesto de Egresos, así como sobre la situación económica y las finanzas públicas del ejercicio, conforme a lo previsto en esta Ley y el Reglamento. Asimismo, incluirán los principales indicadores sobre los resultados y avances de los programas y proyectos en el cumplimiento de los objetivos y metas y de su impacto social, con el objeto de facilitar su evaluación en los términos a que se refieren los artículos 110 y 111 de esta Ley.

...

Artículo 110. La Secretaría realizará trimestralmente la evaluación económica de los ingresos, gastos fiscales y egresos en función de los calendarios de presupuesto de las dependencias y entidades. Las metas de los programas aprobados serán analizadas y evaluadas por las Comisiones Ordinarias de la Cámara de Diputados.

...

Artículo 111. La Secretaría y la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, verificarán periódicamente, al menos cada bimestre, los resultados de recaudación, de la ejecución del Presupuesto de Gastos Fiscales y de la ejecución de los programas y presupuestos de las dependencias y entidades, con base en el sistema de evaluación del desempeño, entre otros, para identificar la eficiencia, economía, eficacia, y la calidad en la Administración Pública Federal y el impacto social del ejercicio del gasto público, así como aplicar las medidas conducentes. Igual obligación y para los mismos fines, tendrán las dependencias, respecto de sus entidades coordinadas.

...

...

...

Las disposiciones de los dos párrafos anteriores serán aplicables, en lo que proceda, al Presupuesto de Gastos Fiscales.

...

TÍTULO OCTAVODel Presupuesto de Gastos Fiscales

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 119. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría, estará a cargo de la programación y presupuestación del Presupuesto de Gastos Fiscales. El control y la evaluación de dicho gasto corresponderán a la Secretaría y a la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

Por su parte, la Auditoría Superior de la Federación en su Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, deberá incluir un apartado específico con la evaluación del ejercicio, objetivos y metas del Presupuesto de Gastos Fiscales.

Artículo 120. El Presupuesto de Gastos Fiscales se elaborará con base en objetivos y parámetros cuantificables de política económica y social, acompañados de sus correspondientes indicadores del desempeño, los cuales, al igual que sus objetivos, estrategias y metas anuales, deberán ser congruentes con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas que derivan del mismo, e incluirán cuando menos lo siguiente:

I. Los criterios de política en materia de gastos fiscales;

II. Los objetivos anuales, estrategias y metas;

III. Los beneficios económicos y sociales esperados en términos medibles y cuantificables, y

IV. Las proyecciones de los recursos que el erario federal dejará de percibir por los diferentes conceptos que integren el Presupuesto de Gastos Fiscales. Las proyecciones abarcarán un periodo de 5 años en adición al ejercicio fiscal en cuestión, las que se revisarán anualmente en los ejercicios subsecuentes.

Artículo 121. Toda propuesta de aumento o creación de alguno de los conceptos que integren el Presupuesto de Gastos Fiscales en cualquier ley u ordenamiento federal, deberá acompañarse de la justificación correspondiente en términos de los beneficios económicos y sociales esperados, los cuales deberán ser medibles y cuantificables. Asimismo, se acompañará de sus correspondientes indicadores del desempeño.

Las comisiones correspondientes del Congreso de la Unión, al elaborar los dictámenes respectivos, realizarán una valoración del impacto en la recaudación federal de las iniciativas de ley o decreto, con el apoyo del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, y podrán solicitar opinión a la Secretaría sobre el proyecto de dictamen correspondiente.

Artículo 122. La programación y presupuestación del Presupuesto de Gastos Fiscales deberá comprender las actividades que deberá realizar la Secretaría para dar cumplimiento a los objetivos, políticas, estrategias, prioridades y metas con base en indicadores de desempeño, contenidos en el mismo.

Artículo 123. El proyecto de Presupuesto de Gastos Fiscales a que se refiere la fracción XXXV BIS del artículo 2 de esta ley, deberá contener, al menos, para cada uno de los conceptos que lo integren:

I. El monto estimado de los recursos que dejará de percibir en el ejercicio el erario federal;

II. Las bases de cálculo utilizadas para realizar la estimación;

III. La referencia o sustento jurídico que respalde la inclusión de cada concepto o partida;

IV. Los beneficiarios específicos de cada concepto, y

V. Los objetivos y metas expresados en términos medibles y cuantificables.

Esta información se integrará como parte del proyecto de Ley de Ingresos de la Federación.

Artículo 124. El proyecto de Presupuesto de Gastos Fiscales deberá sujetarse a la estructura programática específica aprobada por la Secretaría, la cual contendrá, en lo que aplique, las características descritas en el artículo 27 de esta ley.

Artículo 125. El proyecto de Presupuesto de Gastos Fiscales se presentará y aprobará, cuando menos, conforme a las siguientes clasificaciones:

I. Por origen, la cual agrupa a las previsiones de reducción de ingreso conforme al ordenamiento legal que lo sustenta;

II. La funcional y programática, la cual agrupa a las previsiones de reducción del ingreso fiscal con base en las actividades o giros económicos que por disposición legal le corresponden a los beneficiarios y de acuerdo con los resultados que se proponen alcanzar, en términos de indicadores, objetivos y metas. Permitirá conocer y evaluar la productividad y los resultados del gasto fiscal;

III. La geográfica, que agrupa a las previsiones de gastos fiscales con base en su destino geográfico, en términos de entidades federativas y en su caso municipios y regiones.

Artículo 126. La Secretaría, en tratándose del Presupuesto de Gastos Fiscales, deberá observar las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

La Secretaría deberá remitir al Congreso de la Unión la información que éste les solicite en relación con el Presupuesto de Gastos Fiscales, en los términos de las disposiciones generales aplicables.

Artículo Segundo.Se reforma el artículo 28, párrafos primero y segundo, de la Ley de Ingresos de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 28. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá publicar en su página de Internet y entregar a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, así como al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de dicho órgano legislativo y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores antes del 30 de junio de 2010, el Presupuesto de Gastos Fiscales en los términos previstos en el artículo 123 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Dicho presupuesto deberá contener los montos referidos estimados para el ejercicio fiscal de 2011 en los términos señalados en el artículo 123 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

...

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro el 16 de febrero de 2010.

Diputados: Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, Emilio Serrano Jiménez, Carlos Samuel Moreno Terán, Jorge Humberto López-Portillo Basave, Norma Leticia Orozco Torres, Jesús Alberto Cano Vélez, Andrés Massieu Fernández, Yolanda de la Torre Valdez, Alejandro Canek Vázquez Góngora, José Adán Ignacio Rubí Salazar, Ramón Jiménez Fuentes, Florentina Rosario Morales, Ana Luz Lobato Ramírez, Benjamín Clariond Reyes Retana, Nancy González Ulloa, Lucila del Carmen Gallegos Camarena, Norma Leticia Salazar Vázquez, José Manuel Agüero Tovar, María del Pilar Torre Canales, Isaías González Cuevas, Enoé Margarita Uranga Muñoz, Ricardo Sánchez Gálvez, Adriana Sarur Torre, Alfredo Francisco Lugo Oñate, Juan José Cuevas García, Roberto Borge Angulo, Samuel Herrera Chávez, Alma Carolina Viggiano Austria, María del Rosario Brindis Álvarez, Juan Carlos Natale López, Alberto Esquer Gutiérrez, José Manuel Hinojosa Pérez, Jorge Carlos Ramírez Marín, Silvio Lagos Galindo, Mario Alberto Becerra Pocoroba, Mario Alberto Di Costanzo Armenta, Pablo Escudero Morales, José Ramón Martel López, Alejandro del Mazo Maza, Miguel Ernesto Pompa Corella, Guillermo Cueva Sada, Felipe Amadeo Flores Espinosa, Hilda Ceballos Llerenas, Carlos Cruz Mendoza, Raúl Domínguez Rex, Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa, Héctor Fernández Aguirre, Guadalupe Acosta Naranjo, Héctor Pedraza Olguín (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Gracias, señor diputado. Como lo solicita, háganse las inserciones correspondientes. Túrnese a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Hacienda y Crédito Público.

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Señor presidente.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Solicitan la palabra el diputado Pablo Escudero, del Partido Verde Ecologista de México y el diputado Di Costanzo. El diputado Escudero.

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Gracias, presidente. Solicitarle al diputado Lerdo de Tejada si nos permite adherirnos a su iniciativa a toda la bancada del Partido Verde.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Le solicito al señor diputado Lerdo de Tejada manifieste su punto de vista acerca de la solicitud de adherirse.

El diputado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias(desde la curul): Con mucho gusto, diputado presidente. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Gracias. Todas aquellas compañeras y aquellos compañeros legisladores que deseen adherirse a la iniciativa del diputado Lerdo de Tejada favor de pasar a la Secretaría a firmar el documento correspondiente.



CODIGO PENAL FEDERAL

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene el uso de la palabra el diputado Agustín Castilla Marroquín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 212 del Código Penal Federal.

El diputado Agustín Carlos Castilla Marroquín:Con su venia, diputado presidente. Por economía parlamentaria solicito que se inserte íntegro el texto de la presente iniciativa en el Diario de los Debates.

Derivado de la reforma del artículo 108 constitucional que se aprobó en el 2007, hoy en día quienes laboran en algún órgano autónomo son considerados como servidores públicos, por lo cual son sujetos a responsabilidad civil, administrativa, laboral y política, y deberían serlo también en materia penal. Sin embargo, no es así por una inexplicable omisión del legislador.

Me explico. La redacción del artículo 212 del Código Penal Federal establece un listado de servidores públicos que pueden ser sujetos a la acción penal, en donde incluye a todo aquel que se desempeñe en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, pero excluye a los servidores públicos de los órganos autónomos como el IFE, el Banco de México o la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por citar algunos, al no señalarlos expresamente en este listado.

Esta situación da lugar a una laguna jurídica que puede provocar algún caso de impunidad. Un ejemplo de ello sería el siguiente:

Supongamos que un visitador general de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recibe dinero o algún otro tipo de beneficio para rechazar o resolver en un determinado sentido una queja, o que un funcionario del Banco de México sustraiga u oculte ilícitamente información que tiene bajo su custodia. Es claro que en el primer caso el visitador estaría cometiendo el delito de cohecho. Y en el segundo, el de ejercicio indebido del servicio público.

Sin embargo, al ser trabajadores de órganos autónomos, repito, por un injustificable vacío legal el actual artículo 212 del código punitivo no los considera sujetos de responsabilidad penal, por lo que muy probablemente estos funcionarios se escaparían a la acción de la justicia. Sobre todo si tomamos en cuenta que en esta materia no aplica el principio de analogía, sino que el tipo penal debe ser perfectamente encuadrado en la conducta.

En este sentido, seguramente coincidirán en que cualquier servidor público que cometa un delito debe ser sancionado con toda energía sin importar su rango jerárquico o la institución a la que pertenezca. Es decir, la ley debe otorgar un trato igualitario a los servidores públicos y eliminar la idea de fueros o privilegios especiales, pues sólo así estaremos en posibilidad de sentar bases legales para prevenir y sancionar la corrupción en el servicio público.

Por lo expuesto, la presente iniciativa tiene por objeto que en caso de que un servidor público de algún órgano autónomo cometiera un delito sea castigado y no intente sustraerse de la justicia aprovechando una omisión jurídica en el código.

Por ello los invito, compañeras diputadas y compañeros diputados, a que sumemos esfuerzos para cerrar cualquier ventana que abra paso a la impunidad y a la corrupción. Es una exigencia de los mexicanos. No podemos hacer oídos sordos al reclamo social. Dotemos a la autoridad penal de las herramientas necesarias para que se castigue con todo rigor a los funcionarios que incurran en algún hecho delictivo. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 212 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Agustín Castilla Marroquín, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Agustín Castilla Marroquín, diputado federal de la LXI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 212 del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En nuestra Carta Magna, las responsabilidades de los servidores públicos se encuentran reguladas en el Título Cuarto, denominado “De las Responsabilidades de los Servidores Públicos y Patrimonial del Estado”.

Con la reforma al artículo 108 constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2007, se incluye como sujetos de responsabilidad a “los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía”, ya que el texto anterior sólo hacía referencia a “los servidores del Instituto Federal Electoral”, por lo cual el texto constitucional vigente incluye de manera general a todos aquellos que desempeñan un empleo, cargo o comisión en un órgano constitucional autónomo.

De esta manera, el artículo 108 constitucional en vigor se encuentra redactado de la siguiente manera

“Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Títulose reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general,a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la Administración Pública Federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

(...)”

De dicho precepto constitucional se desprende que se consideran servidores públicos a todos aquellos que han sido nombrados para desempeñarse laboralmente en cualquiera de los órganos públicos del gobierno, incluyendo por supuesto a los organismos constitucionales autónomos, independientemente de su jerarquía, rango o comisión, de tal suerte que el propósito de la ley es otorgar un trato igualitario a los servidores públicos, y eliminar la idea de fueros o privilegios especiales y así estar en posibilidad de sentar las bases legales para prevenir y sancionar la corrupción en el servicio público.

Robustece lo anterior la siguiente tesis jurisprudencial:

“Registro No. 193487

Localización:

Novena Época

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

X, Agosto de 1999

Página: 799

Tesis: IV.1o.A.T.16 A

Tesis Aislada

Materia(s): Administrativa

SERVIDOR PÚBLICO, LA RESPONSABILIDAD DEL, TIENE DIVERSOS ÁMBITOS LEGALES DE APLICACIÓN (ADMINISTRATIVA, LABORAL, POLÍTICA, PENAL, CIVIL).

El vínculo existente entre el servidor público y el Estado, acorde al sistema constitucional y legal que lo rige, involucra una diversidad de aspectos jurídicos en sus relaciones, entre los que destacan ámbitos legales de naturaleza distinta, como son el laboral, en su carácter de trabajador, dado que efectúa una especial prestación de servicios de forma subordinada, el administrativo, en cuanto a que el desarrollo de su labor implica el de una función pública, ocasionalmente el político cuando así está previsto acorde a la investidura, y ademásel penal y el civil,pues como ente (persona), sujeto de derechos y obligaciones debe responder de las conductas que le son atribuibles, de manera que al servidor público le pueda resultar responsabilidad desde el punto de vista administrativo,penal, civil e inclusive político en los supuestos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o la Constitución local correspondiente y así mismo la laboral, y por lo tanto, no se incurre en la imposición de una doble sanción cuando éstas, aunque tienen su origen en una misma conducta, sin embargo tienen su fundamento y sustento en legislación de distinta materia (administrativa, laboral, penal, etc.).

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

Revisión fiscal 31/99. Contraloría Interna en la Secretaría de Energía. 1o. de junio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: José R. Medrano González. Secretario: José Manuel de la Fuente Pérez”

De esta manera, del conjunto de disposiciones constitucionales, legales y jurisprudenciales, se tiene que las responsabilidades en que pueden incurrir los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, pueden ser de carácter civil, administrativo, laboral, político y penal.

Es así que la responsabilidad penal se origina cuando los servidores públicos, en el ejercicio de sus funciones lesionan valores protegidos por las leyes penales. La fracción II del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que la comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será perseguida y sancionada en los términos de la legislación penal:

“Artículo 109. El Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados, dentro de los ámbitos de sus respectivas competencias, expedirán las leyes de responsabilidades de los servidores públicos y las demás normas conducentes a sancionar a quienes, teniendo este carácter, incurran en responsabilidad, de conformidad con las siguientes prevenciones:

(...)

II. La comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será perseguida y sancionada en los términos de la legislación penal; y

(...)”

Por su parte, la legislación penal, es decir, el Código Penal Federal en su artículo 212 indica qué se entiende por servidor público para los efectos del Título Décimo “Delitos Cometidos por Servidores Públicos” y Titulo Decimoprimero “Delitos cometidos contra la administración de justicia”, es decir, la legislación penal federal indica cuales servidores públicos son sujetos de responsabilidad penal:

“Artículo 212. Para los efectos de este Título y el subsecuente es servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal centralizada o en la del Distrito Federal, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos, en el Congreso de la Unión, o en los poderes Judicial Federal y Judicial del Distrito Federal, o que manejen recursos económicos federales. Las disposiciones contenidas en el presente Título, son aplicables a los Gobernadores de los Estados, a los Diputados a las Legislaturas Locales y a los Magistrados de los Tribunales de Justicia Locales, por la comisión de los delitos previstos en este título, en materia federal.”

Como se puede apreciar, la legislación penal no deja lugar a dudas sobre quiénes son considerados servidores públicos para los efectos penales a que haya lugar, sin embargo, excluye de dicho listado a los servidores públicos de los Organismos Constitucionales Autónomos, lo que da lugar a una laguna jurídica que resulta imperioso subsanar, sobre todo porque no se ha atendido lo dispuesto por la reforma del artículo 108 constitucional referida en líneas precedentes que tiene por objeto considerar a los servidores públicos de órganos constitucionales autónomos como sujetos de responsabilidad.

En este sentido, es menester esclarecer de forma general qué se entiende por órganos constitucionales autónomos, mismos que son aquellos que –de manera fundamental e inmediata– se establecen en la Constitución y que no se adscriben con precisión a ninguno de los poderes tradicionales del Estado. Representan una evolución de la teoría clásica de la división de poderes porque se asume que puede haber órganos ajenos a los tres poderes tradicionales sin que se infrinjan los principios democráticos o constitucionales. La propia Carta Magna les otorga autonomía.

De esta manera, podemos considerar como organismos a los que la Constitución Federal les otorga autonomía a los siguientes:

• Banxico - Banco de México, (artículo 28)

• INEGI - Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, (artículo 26, apartado B)

• Tribunales Agrarios (artículo 27, fracción XIX)

• IFE - Instituto Federal Electoral, (artículo 41)

• CNDH - Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (artículo 102, apartado B)

Asimismo, aún cuando se trata de órganos autónomos, ello sólo significa que órganos diversos no deben obstaculizar o influir sobre las decisiones que en el ejercicio de sus facultades adopte; y a la vez se concluye que autonomía no significa de ninguna manera autarquía, puesto que los organismos autónomos están sujetos al marco general de obligaciones y responsabilidades establecidos por la Constitución federal y el orden jurídico mexicano.

En este tenor de ideas, la autonomía de un órgano debe entenderse como una facultad de autogobierno limitada por las disposiciones legales y constitucionales, por lo que el hecho de que determinados servidores públicos pertenezcan a órganos constitucionales autónomos no implica que exista un halo de irresponsabilidad o excluyente de responsabilidad penal en torno a los mismos, por lo que en consecuencia, también deben ser sancionados en materia penal en caso de incurrir en alguno de los delitos que la legislación penal establece.

En este sentido, las conductas delictivas en que pueden incurrir los servidores públicos se encuentran previstas en el Libro Segundo, Títulos Décimo y Décimo Primero del Código Penal Federal, tales como:

1. Ejercicio indebido de servicio público

2. Abuso de autoridad

3. Desaparición forzada de personas

4. Coalición de servidores públicos

5. Uso indebido de atribuciones y facultades

6. Concusión

7. Intimidación

8. Ejercicio abusivo de funciones

9. Tráfico de Influencia

10. Cohecho

11. Cohecho a servidores públicos extranjeros

12. Peculado

13. Enriquecimiento ilícito

14. Delitos contra la administración de justicia

15. Ejercicio indebido del propio derecho

Como podemos apreciar, el vigente artículo 212 del Código Penal Federal se encuentra redactado de tal manera que excluye a los servidores públicos de organismos a los que la Constitución les otorga autonomía, de ser sujetos de responsabilidad penal por cualquiera de los delitos arriba mencionados.

En este sentido, si por ejemplo una persona que trabaja en el IFE, en la CNDH o en cualquier otro órgano constitucional autónomo comete peculado, cohecho, abuso de autoridad o cualquier otro delito, simplemente el tipo penal federal no se encontraría plenamente configurado, ya que el artículo 212 no considera a estas personas como servidores públicos, lo cual resulta inconstitucional, aunado a que se encuentra totalmente fuera de la realidad y abre un espacio a la impunidad.

Incluso resulta contradictorio que para el caso del delito de cohecho a servidores públicos extranjeros, contemplado en el artículo 222 bis del Código Penal Federal, sí se incluya a los servidores públicos de órganos públicos autónomos de un Estado extranjero, pero para el caso nacional no se considere así. Para mayor abundamiento se transcribe el artículo de referencia:

“Artículo 222 Bis. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

(...)

Para los efectos de este artículose entiende por servidor público extranjero, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en el poder legislativo, ejecutivo o judicial oen un órgano público autónomo en cualquier orden o nivel de gobierno de un Estado extranjero, sea designado o electo; cualquier persona en ejercicio de una función para una autoridad, organismo o empresa pública o de participación estatal de un país extranjero; y cualquier funcionario o agente de un organismo u organización pública internacional.”

En este sentido, resulta necesario incluir a los servidores públicos de organismos a los que la Constitución les otorga autonomía en la redacción del artículo 212 del Código Penal Federal para efecto de que puedan ser considerados como sujetos de responsabilidad penal y de esta manera evitar que los mismos escapen de la justicia penal por no configurarse debidamente el delito que cometan al no ser considerados como servidores públicos por la actual legislación penal.

Es así que la presente iniciativa tiene por objeto enfrentar la corrupción e ineficacia, de quienes tienen el deber de cumplir proba y lealmente, desde el poder público con su encomienda y de ser el caso de que incurran en alguno de los delitos relativos al ejercicio del servicio público, sean castigados debidamente.

Aunado a lo anterior, es importante subrayar que si la propia Constitución no distingue entre servidores públicos, la legislación ordinaria tampoco debe de hacerlo, por lo que con un ánimo de igualdad entre servidores públicos, todos deben estar sujetos a la responsabilidad penal que sus actos puedan llegar a ocasionar.

Con todo lo anteriormente expuesto y fundado, en aras de fortalecer a la autoridad ministerial en una de sus funciones vitales y con el objeto de subsanar las lagunas jurídicas que abren una puerta a la impunidad, y a fin de otorgar certeza jurídica y confianza para la ciudadanía respecto de la actuación de los servidores públicos de órganos constitucionales autónomos, presentamos ante esa H. Cámara de Diputados la siguiente:

Iniciativa de decreto por el que se reforma el artículo 212 del Código Penal Federal

Artículo Único. Se reforma el artículo 212 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 212. Para los efectos de este Título y el subsecuente es servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal centralizada o en la del Distrito Federal, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos, en el Congreso de la Unión, en los poderes Judicial Federal y Judicial del Distrito Federal, o en organismos a los que la Constitución Federal les otorgue autonomía, o que manejen recursos económicos federales. Las disposiciones contenidas en el presente Título, son aplicables a los Gobernadores de los Estados, a los Diputados a las Legislaturas Locales y a los Magistrados de los Tribunales de Justicia Locales, por la comisión de los delitos previstos en este título, en materia federal.

...

Transitorios

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Dado en el Recinto Legislativo de la Cámara de Diputados, a los 16 días del mes de febrero de 2010.— Diputados: Agustín Castilla Marroquín, Juan Carlos Natale López, Ricardo Sánchez Gálvez, Rosi Orozco, Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Muchas gracias, señor diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra el diputado Francisco Hernández Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

El diputado Francisco Hernández Juárez:Diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

El que suscribe, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXI Legislatura, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de este honorable pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta al tenor de las siguientes consideraciones.

Las pensiones y jubilaciones que se otorgan al amparo de las leyes vigentes en seguridad social constituyen un mecanismo de protección a los trabajadores y trabajadoras que por alguna causa dejen de recibir un ingreso.

En el caso de los pensionarios adscritos al régimen obligatorio del Seguro Social, la pensión que se les otorga es sumamente inferior al salario que reciben como activos y conforme al cual cotizaban al Instituto Mexicano del Seguro Social.

La cuantía de estas pensiones no evita una situación de pobreza en la vejez. Estamos ante millones de pensionados y sus familias que subsisten luego de toda una vida de trabajo en situación de pobreza absoluta.

La crisis económica, la carestía, el manejo irresponsable de las finanzas públicas y el cobro de mayores impuestos agudiza más la situación de pensionados y jubilados.

Las pensiones recibieron en febrero un aumento por la inflación acumulada en 2009 de 3.57 por ciento. Sin embargo, el 37 por ciento de 172 productos genéricos de la canasta básica aumentaron de precio durante diciembre pasado. Si se considera sólo el rubro de los alimentos, el alza fue de 5.81 por ciento en términos anuales.

A este deterioro del poder adquisitivo de las pensiones debe agregarse que un pensionado por sus condiciones de salud o de edad tiene menos oportunidades de obtener un ingreso adicional por su propio trabajo. Peor aún, en caso de emplearse en el sector formal les sería suspendida la pensión.

No obstante, el gobierno actual que es responsable de esta situación se empeña en gravar a quienes menos tienen. Se incrementa el impuesto sobre la renta a los contribuyentes cautivos, las trabajadoras y los trabajadores asalariados de ingresos medios; se aumenta el impuesto al consumo; se frena el acceso a servicios de telecomunicaciones y el desa-rrollo nacional a través de impuestos especiales al sector.

En contraparte, se permite que grandes empresas no paguen un centavo por sus ganancias o difieran estos pagos. De 4 millones 291 mil personas morales registradas en el Sistema de Administración Tributaria sólo pagan gravámenes 791 mil 200, el 18.5 por ciento. De las 400 grandes empresas que operan en el país sólo cerca de 2 por ciento pagó impuesto sobre la renta, amparado en el régimen de consolidación fiscal.

A falta de un proyecto de reforma fiscal integral se busca incrementar los ingresos públicos con contribuyentes cautivos, como serían los pensionados y jubilados que a partir de febrero empezaron a recibir cobro de sus pensiones por concepto de impuestos sobre la renta.

Aunque ya se encontraba en la ley el cobro –según la Secretaría de Hacienda y Crédito Público– no se había hecho anteriormente por problemas de operatividad. Pero independientemente de lo anterior debemos observar que el cobro de un impuesto de las pensiones resulta claramente inconstitucional.

El trabajador goza de una pensión por haber aportado al sistema de seguridad social al que está adscrito. La pensión que es resultado de sus aportaciones a un fondo que, ya sea solidario o individual, es resultado de aportaciones de su propio salario. Dicho salario ya fue gravado a lo largo de su carrera laboral, por lo que es improcedente que el resultado de estas aportaciones sea gravado nuevamente.

En la presente iniciativa se propone exentar absolutamente los ingresos que se obtienen de los pensionados y jubilados, viudas y huérfanos, para evitar la doble tributación que describimos y para apoyar su condición social y económica como una medida de justicia y equidad que debe tomarse urgentemente si no queremos seguir deteriorando la situación de una sociedad cansada de los abusos de un gobierno empeñado en agraviar a los que menos tienen.

Solicitamos atentamente a la Mesa Directiva que la versión completa de esta iniciativa se incluya en el Diario de los Debates y se publique en la Gaceta Parlamentaria. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Francisco Hernández Juárez, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de este pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Las pensiones y jubilaciones que se otorgan al amparo de las leyes vigentes en seguridad social constituyen un mecanismo de protección a los trabajadores que por alguna causa dejen de recibir un ingreso. La protección que otorga la sociedad a quienes, por motivo de invalidez, por un riesgo de trabajo, por vejez o por cesantía en edad avanzada, dejan de estar en condiciones de laborar consiste en pensiones, jubilaciones, ayudas asistenciales o asignaciones familiares. En caso de fallecimiento del asegurado o del pensionado, la ley prevé la protección a sus beneficiarios, a través de pensiones de viudez, orfandad u ascendencia.

En el caso de los pensionados adscritos al régimen obligatorio del Seguro Social, la pensión que se les otorga es sumamente inferior al salario que recibían como activos y conforme al cual cotizaban al Instituto Mexicano del Seguro Social. En promedio, 2 millones 567 mil de pensionados del IMSS reciben pensiones miserables. Por ejemplo, los pensionados por cesantía en edad avanzada recibían en 2007 una pensión 70 pesos diarios; en cambio, el salario básico de cotización del trabajador activo en promedio es del triple, 201 pesos diarios.

Es evidente que la cuantía de estas pensiones no evita una situación de pobreza en la vejez; estamos ante millones de pensionados y sus familias que subsisten luego de toda una vida de trabajo en situación de pobreza absoluta.

La situación tampoco tiende a revertirse en tanto el sistema de ahorro para el retiro vigente no está diseñado para garantizar pensiones dignas a quienes accedan a los beneficios de las leyes de seguridad social.

2. La crisis económica, la carestía, el manejo irresponsable de las finanzas públicas y el cobro de mayores impuestos agudiza más la situación de pensionados y jubilados.

Las pensiones recibieron en febrero un aumento por la inflación acumulada en 2009 de 3.57 por ciento. Sin embargo, el 37 por ciento de 172 productos genéricos de una canasta básica aumentaron de precio durante diciembre pasado. Si se considera sólo el rubro de los alimentos, el alza fue de 5.81 por ciento en términos anuales.

A este deterioro del poder adquisitivo de las pensiones debe agregarse que un pensionado por sus condiciones de salud o de edad tiene menos oportunidades de obtener un ingreso adicional por su propio trabajo; peor aún, en caso de emplearse en el sector formal, le sería suspendida la pensión.

El pensionado tampoco goza de prestaciones económicas que disfrutan algunos trabajadores en activo; sin embargo, sus necesidades no son menores e incluso los hogares a cargo de un pensionado, por la escasez de ofertas de trabajo, son cada vez más numerosos. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 3 millones 704 mil hogares reciben ingresos de jubilados y pensionados.

3. El gobierno actual que es responsable de esta situación se empeña en gravar a quienes menos tienen. Se incrementa el impuesto sobre la renta a los contribuyentes cautivos, los trabajadores asalariados de ingresos medios; se aumenta el impuesto al consumo; se frena el acceso a servicios de telecomunicaciones y el desarrollo nacional a través de impuestos especiales al sector.

Y a través de regímenes de excepción se permite que grandes empresas no paguen un centavo por sus ganancias o difieran estos pagos. De 4 millones 291 mil personas morales registradas en el Sistema de Administración Tributaria de las cuales sólo pagan gravámenes 791 mil 200, 18.5 por ciento; de las 400 grandes empresas que operan en el país sólo cerca de 2 por ciento pagó impuesto sobre la renta (ISR) amparado en el régimen de consolidación fiscal.

De acuerdo con la información disponible, a partir del presente mes, se ha cobrado a pensionados del Seguro Social el impuesto sobre la renta, hecho inusitado porque este cobro no se había llevado a cabo antes. A falta de un proyecto de reforma fiscal integral, se busca incrementar los ingresos públicos con contribuyentes cautivos. Los ingresos recaudados por este gravamen son mínimos pues sólo 1.5 por ciento de pensionados tienen ingresos por arriba del límite exento.

Según los afectados, el cobro se hace a las pensiones superiores a nueve veces el salario mínimo con una tasa de hasta 20 por ciento sobre el excedente a dicho límite superior; el IMSS argumenta que esto forma parte de la pasada aprobación del paquete económico para el año en curso.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta establece lo siguiente:

Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

(...)

III. Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de nueve veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este título.

Para aplicar la exención sobre los conceptos a que se refiere esta fracción, se deberá considerar la totalidad de las pensiones y de los haberes de retiro pagados al trabajador a que se refiere la misma, independientemente de quien los pague. Sobre el excedente se deberá efectuar la retención en los términos que al efecto establezca el reglamento de esta ley.

Lo que ha argumentado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es que este cobro no se había hecho anteriormente “por problema de operatividad”; el Sistema de Administración Tributaria niega que esto no se haya aplicado previamente y el IMSS no se ha pronunciado.

Con esto, se puede presentar una tendencia a gravar las prestaciones económicas y sociales de las y los trabajadores que como contribuyentes cautivos sostienen gran parte de los ingresos fiscales que recauda el gobierno federal. La lucha de trabajadores por mejorar sus ingresos, a través de la contratación colectiva, resulta amenazada por medidas de este tipo.

Es conveniente deslindar a esta soberanía de este cobro pues en definitiva es inexacto afirmar que es un impuesto nuevo aprobado en el marco del paquete fiscal para el año en curso.

Pero resulta muy importante observar que el cobro de un impuesto a este beneficio resulta claramente inconstitucional; el trabajador goza de una pensión por haber aportado al sistema de seguridad social al que está adscrito; la pensión es resultado de sus aportaciones a un fondo que ya sea solidario o individual, es resultado de aportaciones de su propio salario. Dicho salario ya fue gravado a lo largo de su carrera laboral por lo que es improcedente que el resultado de estas aportaciones sea gravado nuevamente.

En la presente iniciativa se propone exentar absolutamente los ingresos que obtienen los pensionados y jubilados, viudas y huérfanos, para evitar la doble tributación que describimos y para apoyar su condición social y económica, como una medida de justicia y equidad que debe tomarse urgentemente sino queremos seguir deteriorando la situación de una sociedad cansada de los abusos de un gobierno empeñado en agraviar a los que menos tienen.

Los cobros que se hayan realizado hasta antes de la entrada en vigor del presente decreto deberán devolverse de inmediato a quienes se les hayan efectuado.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el suscrito somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Único. Se reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

I. y II. ...

III. Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte.

IV. a XXVIII. ...

...

...

...

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público devolverá a los pensionados el cobro del impuesto sobre la renta que haya efectuado a partir del 1 de febrero de 2010 en el pago inmediato posterior a la entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2010.— Diputados: Francisco Hernández Juárez, Emilio Serrano Jiménez, Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez, Ramón Jiménez Fuentes, Samuel Herrera Chávez, Amador Monroy Estrada, Eduardo Mendoza Arellano, Olga Luz Espinosa Morales, Francisco Armando Meza Castro, Florentina Rosario Morales, Ana Luz Lobato Ramírez, Claudia Edith Anaya Mota, Enoé Margarita Uranga Muñoz, María Araceli Vázquez Camacho (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Muchas gracias, señor diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social.

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Ha solicitado la palabra el diputado Serrano. Dígame, diputado.

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): Señor presidente, si es tan amable de preguntarle al diputado Hernández Juárez –por tratar de corregir errores que se cometieron con las patas por otras legislaturas– si me permite adherirme a esta iniciativa.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Le pregunto al diputado Francisco Hernández Juárez si acepta la adhesión del diputado Serrano a su iniciativa.

El diputado Francisco Hernández Juárez(desde la curul): Estoy de acuerdo, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Que está de acuerdo el diputado en que se adhiera. Todos aquéllos que deseen hacerlo favor de pasar a la Secretaría.

Señoras diputadas y señores diputados, se encuentran entre nosotros alumnos y maestros de la escuela preparatoria oficial Anexa a la Normal de Zumpango, estado de México, invitados por el diputado Raúl Domínguez Rex.

Asimismo están de invitados especiales colonos de Naucalpan, estado de México, invitados por el diputado Sergio Mancilla Zayas.

De igual forma se encuentran alumnos de la escuela Ignacio López Rayón, de Naucalpan, estado de México, invitados por el diputado David Sánchez Guevara. Sean todas y todos ustedes bienvenidos. Muchas gracias.



LEY DEL SEGURO SOCIAL

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene a palabra el diputado Enrique Ibarra Pedroza, del Grupo Parlamentario del PT, para presentar una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 151 de la Ley del Seguro Social.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza:Con su venia, ciudadano presidente. Señoras y señores representantes de la nación, esta iniciativa muy sencilla pero relevante para centenares de miles de gentes. Es fruto de conversaciones con personas que tuvieron una intensa vida laboral, entre ellos Carlos Mercado, y que en la actualidad muchos mexicanos tienen severos problemas como efecto de una de las fallas más sensibles y dañinas de la ineficiente administración del presidente de facto Calderón: el desempleo y el subempleo.

La semana pasada se nos dieron a conocer cifras de las personas en edad de laborar que en este país no tienen una fuente de trabajo. Asciende, según el IMSS y el Inegi, a 2.8 millones de mexicanos. De ellos en el 2009, un millón, al inicio del mismo tenía trabajo y en el transcurso de esa época lo perdió.

Es dramática también la cifra oficial que se nos dio a conocer el jueves de la semana pasada de que en México el número de personas subempleadas o con quehacer informal asciende a 12.6 millones de mujeres y hombres de nuestro país.

A ello hay que añadir la demanda natural de quienes arriban a la edad laboral, y de quienes lo han perdido y las personas que han perdido el empleo tienen un ingrediente terrible en su perspectiva y en su futuro, ya que al estar próximos al cumplimiento de la expectativa de obtener una jubilación, sea por el cumplimiento de las semanas que cotizaron o por edad, esa ilusión, esa esperanza se está cancelando totalmente.

Por ello esta iniciativa –muy sencilla– de adicionar un inciso a uno de los artículos de la Ley del Seguro Social tiene ese objetivo: que los trabajadores que han perdido su empleo, para que puedan contar con expectativa de una jubilación, a condición de que ellos mismos puedan enterar al instituto la parte que les corresponde con el fin de mantener vigentes sus derechos y que al cumplir las mil 250 semanas de cotización con los años como trabajadores en activo, puedan iniciar sus trámites de jubilación y el instituto reconocerles ese derecho.

No podemos pasar por alto que ante la carencia de empleos formales millones de mexicanos realizan actividades en la economía informal. Con ello han podido sobrevivir y dotar a sus familias de manutención, pero carecen de la expectativa de la jubilación.

Por eso esta iniciativa contempla la adición del siguiente párrafo al artículo 151 de la ley en comento:

En el caso de que el asegurado haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio por causas no imputables a él podrá realizar las aportaciones que sean necesarias y suficientes para contemplar el mínimo de semanas de cotización que esta ley exige para acceder a una pensión, sea por jubilación o por edad.

Contempla un transitorio segundo que dice así:

Segundo. El órgano correspondiente del IMSS efectuará las adecuaciones reglamentarias que correspondan para que estén en concordancia con el artículo 151, materia de la presente reforma.

Muchas gracias por su atención, señoras diputadas y señores diputados. Solicito a la Mesa Directiva que sea insertado íntegro el cuerpo de esta iniciativa que he presentado a su consideración.

«Iniciativa que reforma el artículo 151 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Enrique Ibarra Pedroza, del Grupo Parlamentario del PT

Los suscritos, diputados a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

La incapacidad de la presente administración gubernamental para generar empleos dignos y bien remunerados en beneficio de los mexicanos ha sido nula.

Quien como candidato en la elección presidencial de 2006, se promovió como el “presidente del empleo”, no ha creado empleos sino sólo en la administración pública federal para un numeroso grupo de sus amigos.

Para el resto de los mexicanos, la desesperanza y la falta de oportunidades es una constante.

Por desgracia, para miles de familias mexicanas se ha presentado el problema de que algún miembro de ella ha sido cesado de su fuente de trabajo, sea por reducción de plazas laborales o por el cierre de las empresas.

Si a eso se suma la no creación de nuevas fuentes de trabajo el problema se acrecienta y tenemos una presión brutal: los trabajadores cesados, que buscan un empleo y los jóvenes que pretenden acceder por primera vez a él; el resultado para ambos es desastroso; no hay empleo.

En el caso de los trabajadores adultos o adultos mayores el problema del desempleo tiene otras aristas, en virtud de que al estar próximos al cumplimiento de la expectativa de obtener una jubilación sea por el cumplimiento de las semanas de cotización o por edad, esta expectativa se cancela totalmente.

En este país no hay empleos para los jóvenes, pero menos lo hay para los viejos. Con una diferencia sencilla estos últimos ya no verán el ser titulares de una pensión para cuando termine su vida productiva.

Conforme la metodología que presenta el Banco de México, para establecer la relación entre el crecimiento del producto interno bruto (PIB) y del empleo, se estima que por cada punto porcentual del PIB el empleo crece en términos absolutos en 515 mil personas al año.

Por otra parte, datos del Instituto Mexicano del Seguro Social indican que en el primer año del gobierno de Felipe Calderón se generaron 226 mil 392 empleos; en el segundo año se perdieron 212 mil empleos formales; y en su tercer año se perdieron de octubre a diciembre de 2009, 557 mil 849 puestos asegurados en el país. La mayor cantidad de despidos se observaron en la industria de la transformación y en los servicios.

Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) nos muestran que de octubre de 2008 a mayo de 2009 se perdieron 700 mil empleos formales.

La tasa de desempleo se registro en 3.7 por ciento en 2007 y de 4.0 por ciento en 2008. La tasa de desempleo abierto en 2009 fue de 5.5 por ciento como proporción de la población económicamente activa (PEA).

Los datos anteriores son contundentes para mostrarnos la nula generación de empleos en este gobierno y que, a su vez, es a todas luces una situación sumamente injusta, porque se pierde prácticamente toda una vida laboral.

La iniciativa que sometemos a su consideración tiene el propósito de dotar de un instrumento legal a los trabajadores que han perdido su empleo para que puedan contar con la expectativa de una jubilación, a condición de que ellos mismos puedan enterar al instituto la parte que les corresponda con el fin de mantener vigentes sus derechos y que al cumplir la semanas de cotización o los años como trabajadores en activo puedan iniciar sus trámites de jubilación y el instituto reconocerles este derecho.

No podemos pasar por alto que, ante la carencia de empleos formales, millones de mexicanos realizan actividades en la economía informal y esto les ha permitido proveer a la manutención de sus familias, pero por desgracia no cuentan en estas actividades con ninguna protección del régimen de seguridad social.

Esto es lo que nos anima al presentar esta iniciativa, que en un acto de justicia social estos mexicanos puedan contar con una pensión y que sus años de trabajo y de cotización al instituto no se desperdicien.

Por las consideraciones expuestas y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 151 de la Ley del Seguro Social

Único. Se adiciona un párrafo tercero al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 151.

Al asegurado ...

I. a III. ...

IV. ......

En el caso de que el asegurado haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio, por causas no imputables a él, podrá realizar las aportaciones que sean necesarias y suficientes para completar el mínimo de semanas de cotización que esta ley exige para acceder a una pensión sea por jubilación o por edad.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El órgano correspondiente del Instituto Mexicano del Seguro Social efectuará las adecuaciones reglamentarias que correspondan para que estén en concordancia con el artículo 151 materia de la presente reforma.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2010.— Diputados: Enrique Ibarra Pedroza, Emilio Serrano Jiménez (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Insértese en el Diario de los Debates, como lo solicita. Túrnese a la Comisión de Seguridad Social.

Solicita la palabra el diputado Serrano.

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): Diputado presidente, nada más si es tan amable de preguntarle al diputado orador si está de acuerdo en que yo participe también apoyando esa iniciativa, que por cierto se aprobó por unanimidad en la LIX Legislatura y que está pendiente en el Senado. Vamos a empujar fuerte, diputado.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Pregunto al diputado Ibarra Pedroza: ¿está de acuerdo y acepta que se adhiera el diputado Serrano a esa iniciativa?

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza(desde la curul): Con beneplácito, ciudadano presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Muchas gracias. Todas aquellas legisladoras y aquellos legisladores que deseen hacerlo favor de pasar a suscribirla.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Se recibió del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 32 a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar:«Iniciativa que adiciona el artículo 32 a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Jorge A. Kahwagi Macari, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante el pleno de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se  adiciona un artículo 32 a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, recorriendo los artículos subsecuentes al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En el pasado el proceso presupuestario en México se desa-rrolló en un entorno económico y político diferente, justamente, la mayor pluralización de la Cámara de Diputados, la cual se dio hasta 1997, permitió que –por primera vez en la historia contemporánea de este país– tanto el Ejecutivo como el Legislativo intervengan activamente en la negociación y aprobación del gasto público en México.

En México, se utiliza el presupuesto aprobado para el ejercicio inmediato anterior como punto de partida. Cada entidad gubernamental hace sus estimaciones presupuestales y, al tomar como base el presupuesto del año anterior, propone un incremento porcentual anual considerando la inflación y las expectativas de ingresos públicos. Esta técnica presupuestaria provoca que las asignaciones resulten inerciales en cada período, lo cual reduce la posibilidad de incorporar nuevos programas.

El sistema presupuestario en México no permite que el gasto sea mayor a los techos de gasto aprobados. Como resultado, el ejercicio del presupuesto en México se enfoca más a un control fuerte del gasto, que a la producción de resultados que permitan la evaluación de los objetivos alcanzados mediante el ejercicio de estos recursos.

La transparencia presupuestaria es fundamental para el desarrollo de un sistema democrático. Esto es debido a la importancia que tiene el gasto público en la política gubernamental y en los objetivos de desarrollo del país. La información sobre el presupuesto ofrecida por el gobierno debe indicar el grado de eficiencia y eficacia del gasto público.

Tradicionalmente, la evaluación del gasto público se ha enfocado en el tamaño y la composición del mismo, en lugar de en su calidad. Sin embargo, la evaluación puede mejorar la calidad del gasto público mediante la identificación de enfoques que permitan obtener los mejores resultados y puedan ser reproducidos o ampliados.

En el contexto en el cual las decisiones sobre el Presupuesto se realicen tomando en cuenta el desempeño de los programas, la Cámara de Diputados, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y grupos fuera del gobierno o la sociedad civil, pueden usar la información sobre resultados de los programas, generada por las evaluaciones.

La experiencia de México en la institucionalización y uso de la evaluación como una herramienta para el aprendizaje y la rendición de cuentas y en el fortalecimiento del papel de la misma en la toma de decisiones relacionadas con el Presupuesto, debe seguir evolucionando y fortaleciéndose en forma continua.

En la elaboración del presupuesto es indispensable contar con información adecuada para poder seleccionar en un determinado sector los programas o proyectos más eficientes en términos de maximizar el impacto con un monto siempre limitado de recursos. Usualmente las necesidades superan ampliamente las posibilidades de satisfacerlas, quedando amplios sectores de la población con necesidades básicas (salud, educación vivienda, etcétera) insatisfechas.

En este escenario es importante poder priorizar los programas y proyectos propuestos para dar preferencia y ejecutar en primer término aquellos que tienen mayores beneficios. Se conseguirá así un mayor impacto con los limitados recursos disponibles.

La teoría y las técnicas de evaluación privada y social de proyectos se desarrollaron inicialmente para conocer el valor de proyectos de tipo industrial o agrícola. Por ello existe bastante experiencia y literatura acerca de cómo evaluar proyectos tales como centrales de generación eléctrica, industrias y sistemas de riego. Un segundo campo en que se aplicó en forma generalizada la evaluación es el transporte, sector en el cual se evalúan carreteras, puertos, aeropuertos y ferrocarriles.

En el sector salud la evaluación tiene una larga trayectoria, pero en evaluar la efectividad de distintos tipos de tratamientos o de medicamentos. Sólo recientemente se ha incorporado al análisis la variable económica. Ello se debe a la gran dificultad que presenta la valoración en términos monetarios de los beneficios que generan los programas y proyectos del sector salud. En efecto, si se quiere conocer el valor que tiene para el país un programa o proyecto de salud es necesario dar respuesta a interrogantes tales como: ¿Cuánto vale un año más de vida de una persona? y ¿Cuánto más vale un año con buena salud que uno padeciendo alguna dolencia?

En el sector educación existe una experiencia centenaria sobre evaluación de resultados del aprendizaje, mas la evaluación con un enfoque socio-económico de los programas o proyectos también es reciente. Al igual que en el sector salud, ello se debe a la dificultad que presenta la valoración de los beneficios de programas o proyectos educacionales, ya que para ello es necesario poder responder preguntas tales como: ¿Cuánto vale para la sociedad que un joven tenga un año más de educación? ¿Cuánto valen los beneficios de un mejoramiento en la calidad de la educación?

En otros sectores, como por ejemplo en justicia y en seguridad ciudadana, hay muy poca experiencia en evaluación y prácticamente no se aplican criterios de evaluación socio-económica. En general existe una gran falencia en términos metodológicos y de capacidad de evaluación en los sectores asociados a asistencia y protección social. Como consecuencia estos se ven en desventaja a la hora de defender las asignaciones presupuestarias, ya que les es más difícil demostrar los beneficios que generarán los recursos que se les otorguen.

Estudio realizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) proyecta que la pobreza en la región aumentaría 1,1% y la indigencia 0,8%, en relación con 2008. De esta forma, las personas en situación de pobreza pasarán de 180 a 189 millones en 2009 (34,1% de la población), mientras que las personas en situación de indigencia aumentarían de 71 a 76 millones (13,7% de la población).

Estas cifras indican un cambio en la tendencia de reducción de la pobreza que venía registrando la región. Los nueve millones de personas equivalen a casi un cuarto de la población que había superado la pobreza entre 2002 y 2008 (41 millones de personas), gracias al mayor crecimiento económico, la expansión del gasto social, el bono demográfico y las mejoras distributivas, según el estudio.

Este aumento de la pobreza nos obliga a actuar: debemos replantear los programas de protección social, con una visión estratégica de largo plazo y medidas que sepan aprovechar el capital humano y resguarden el ingreso de las familias y grupos vulnerables.Es de esperarse que algunos países experimenten incrementos en sus niveles de pobreza e indigencia mayores al promedio, como por ejemplo, México, debido a la reducción del PIB y al deterioro de la situación de empleo y salarios.

No debemos olvidar que una de las lecciones más importantes de las crisis anteriores es que la recuperación de los niveles de pobreza que se generan lleva mucho más tiempo, prácticamente el doble, que la recuperación de los indicadores económicos. Si se analiza la evolución del PIB por habitante en el ciclo de recesión que afectó a la región durante gran parte de los años ochenta, se puede observar que recuperar el nivel anterior a la crisis llevó alrededor de 14 años. En cambio, para volver a los niveles de pobreza previos a la crisis, que alcanzaban a alrededor del 40% de la población, la región necesitó 25 años.

En este orden de ideas, el uso de la evaluación como una herramienta para el aprendizaje y la rendición de cuentas y en el fortalecimiento del papel de la evaluación en la toma de decisiones relacionadas con el Presupuesto, debe seguir evolucionando, es por ello que propongo esta iniciativa que tiene por objeto tener mayores herramientas en la toma de decisiones que permitan priorizar los programas y proyectos propuestos en la política de desarrollo social, de modo de ejecutar en primer término aquellos que tienen mayores beneficio, consiguiendo así un mayor impacto con los limitados recursos disponibles.

La Ley General de Desarrollo Social en el artículo 72 señala que la evaluación de la Política de Desarrollo Social estará a cargo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, y tiene por objeto, revisar periódicamente el cumplimiento del objetivo social de los programas, metas y acciones de la Política de Desarrollo Social, para corregirlos, modificarlos, adicionarlos, reorientarlos o suspenderlos total o parcialmente.

El artículo 79 de La Ley General de Desarrollo Social, menciona que los resultados de las evaluaciones serán publicados en el Diario Oficial de la Federación y deberán ser entregados a las Comisiones de Desarrollo Social de las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión, y a la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Federal.

Por otra parte, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el artículo 110, señala que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social coordinará las evaluaciones en esta materia en términos de lo dispuesto por la Ley mencionada y la Ley General de Desarrollo Social.

En el ámbito de las políticas públicas, en general, y de la política social, en particular, existe poca evidencia de qué funciona y qué no funciona. Sobran posturas ideológicas sobre lo que debería funcionar y por qué debería funcionar, pero al momento de examinar evidencia “dura”, es decir datos objetivos, hay una gran área de oportunidad para la creación de información con valor para la toma de decisiones.

La evaluación de la política social, y de la política pública en general, es una herramienta fundamental para mejorar constantemente su desempeño y conocer cuáles de las acciones son o no efectivas para resolver los grandes problemas sociales y económicos que todavía aquejan al país.

Hoy conocemos mejor cuánto del presupuesto de cada programa se ejerció en el año, cuántos cursos de capacitación otorgó el programa, cuántos litros de leche se entregaron, cuántas despensas se repartieron, cuántos kilómetros cuadrados se pavimentaron, la cobertura del programa o incluso cuánto dinero se malversó en la dependencia.

Eso es un avance importante, pero con esos indicadores, el análisis del desempeño del programa está incompleto pues falta contestar la pregunta más importante que se hacen los ciudadanos: ¿El programa está efectivamente logrando mejorar el ingreso de los campesinos o el empleo en áreas urbanas o el aprendizaje de los niños o la nutrición de las madres embarazadas; los impuestos destinados a tales acciones están reduciendo la pobreza y la desigualdad?

Tanto el sector público y privado, el Congreso y los medios de comunicación deben pedir que se evalúe sistemáticamente la política social con el objetivo dar seguimiento a su desempeño, especialmente a sus resultados finales, el desarrollo social ha tenido importantes avances en México a partir del inicio de los años noventa, pero también existen retos importantes, ya que diversos programas sociales tienen:

• Diseño inadecuado.

• Reglas de Operación poco claras.

• Problemas de planeación estratégica.

• Dificultades para cuantificar la población potencial y objetivo.

• Falta de estrategia de cobertura de mediano y largo plazo.

• Ausencia en la definición de la población objetivo.

• Incumplimiento en diversos plazos de la operación.

• Falta de coordinación entre instituciones.

• Deficiente calidad de diversos bienes y servicios brindados.

• Falta de información y accesibilidad de programas.

• Deficientes esquemas de monitoreo interno de los programas.

• Una gestión que privilegia la operación y cumplimiento de normas, más que los resultados.

• Una falta de medición adecuada y sistemática del grado de satisfacción de la población atendida.

En este orden de ideas es que considero conveniente incluir en el proyecto de Presupuesto de Egresos, en un capítulo específico, los resultados de las diversas evaluaciones a cargo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, incluyendo un resumen ejecutivo que con la opinión del Consejo señale específicamente las acciones de corrección, modificación, adición, reorientación o suspensión total o parcial que se deban llevar a cabo en dichos programas, con especial énfasis en el impacto de un programa, identificando las relaciones teóricas de causa-efecto entre los componentes del programa y los cambios en la situación de los beneficiarios. Esto con la información más reciente de evaluación, considerando también en retrospectiva el comportamiento del programa a través del tiempo, según la condición específica de cada uno.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se adiciona un artículo 32 a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, recorriendo los artículos subsecuentes para quedar como sigue:

Artículo Único. Se adiciona un artículo 32 a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, recorriendo los artículos subsecuentes, para quedar como sigue:

Artículo 32. En el proyecto de Presupuesto de Egresos se deberá incluir en un capítulo específico los resultados de las diversas evaluaciones a cargo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, incluyendo un resumen ejecutivo que con la opinión del Consejo señale específicamente las acciones de corrección, modificación, adición, reorientación o suspensión total o parcial que se deban llevar a cabo en dichos programas.

El resumen ejecutivo tendrá especial énfasis en el impacto de cada programa, identificando las relaciones teóricas de causa-efecto entre los componentes del programa y los cambios en la situación de los beneficiarios. Esto con la información más reciente de evaluación, considerando también en retrospectiva el comportamiento del programa a través del tiempo, según la condición específica de cada uno.

Artículo Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de febrero de 2010.— Diputado Jorge A. Kahwagi Macari (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



LETRAS DE ORO

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra el señor diputado Esteban Albarrán Mendoza, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda Dolores Hidalgo, Iguala de la Independencia.

El diputado Esteban Albarrán Mendoza:Con el permiso del diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados.

«Iniciativa que decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda “Dolores Hidalgo, Iguala de la Independencia”.

El suscrito, diputado a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados los nombres de las históricas ciudades Dolores Hidalgo, Iguala de la Independencia, la primera por ser la cuna del inicio de la guerra de Independencia y la segunda por ser la cuna de la consumación de la Independencia, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

Primero. Que las celebraciones del año 2010, para recordar el inicio de la Revolución Mexicana y a su vez el de la Independencia nacional, quedaron establecidas en el decreto emitido por el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2006, siendo uno de los objetivos, la inclusión y el reconocimiento de los orígenes de nuestra identidad como nación.

Segundo. Que el Muro de Honor de la Cámara de Diputados representa e incluye los nombres de instituciones y personajes históricos que le dan sentido y orientación a la edificación de nuestra patria. Que en dicha representación popular nacional se rinde homenaje permanente, trascendiendo los límites del tiempo, a nuestros héroes e instituciones para recordarnos siempre nuestro origen y porvenir.

Por otro lado, una de las intenciones de la celebración del bicentenario de la Independencia, es el reconocimiento a hombres y ciudades que participaron en la gesta, por medio de festejos, realización de obras públicas y magnos eventos.

Tercero. Que el inicio del movimiento de la Independencia nacional después de haber sido descubiertos los planes para su ejecución, por parte de los agentes de la corona española, propició que de modo inmediato se realizara en la ciudad de Dolores Hidalgo, hoy estado de Guanajuato, en el atrio de la parroquia de la ciudad, encabezado por el cura Miguel Hidalgo y Costilla, Ignacio Allende y Juan Aldama en la madrugada del 16 de septiembre de 1810, y luego de tañer la campana de la iglesia, profirió lo que hoy conocemos como el Grito de Dolores, convirtiéndose para los mexicanos en un símbolo nacional y la ciudad de Dolores en la cuna de la Independencia que este 2010 estamos conmemorando.

Cuarto. Que después de más de una década de guerra y del inicio de la revolución de la Independencia, fue en la ciudad de Iguala, en el actual estado de Guerrero, el 24 de febrero de 1821, donde se firmó entre Vicente Guerrero y Agustín de Iturbide, después de realizar intensas negociaciones, el Plan de Iguala en el que se reconocía formalmente la independencia de México ante España, al unirse ambas fuerzas militares, formando con esta acción el Ejército Trigarante, siendo la primera fuerza militar mexicana que sentó las bases para la organización del Ejército Mexicano, que tenía como una de sus misiones, difundir y defender el Plan de Iguala en el territorio donde se encontrase. Al mismo tiempo que se promulgaba el plan, se presentaba la Bandera Trigarante, encargando su confección por los jefes militares, al sastre y peluquero igualteco, José Magdaleno Ocampo, estableciendo a ésta como el símbolo de la unidad política y militar y cuyos colores originales permanecen en la actualidad.

Estos acontecimientos en Iguala propiciaron el inicio de la consumación de la Independencia, hasta la firma de los Tratados de Córdoba el 24 de agosto de 1821. Es importante destacar que Iguala es reconocida en la séptima estrofa de la letra del Himno Nacional que compuso Francisco González Bocanegra, quedando de esta manera considerada en uno de los símbolos nacionales.

Asimismo, Iguala es el único municipio del país que lleva el agregado “de la Independencia” en su nombre, como un reconocimiento al momento histórico de la consumación de la lucha libertaria.

Quinto. Después de 200 años, los mexicanos de hoy podemos reconocer la existencia de nuestra identidad nacional, que fue producto de la lucha y revolución emancipadora de 1810, y su culminación en 1821 y que se ha ido construyendo, con el devenir de nuestra historia, a través de la cual se han forjado, las ideas de libertad y de buen gobierno, así como el sentido de nacionalidad y la pertenencia de lo mexicano, ante un mundo en permanente transformación, que exige el respeto de la inclusión y la unidad en la diversidad, produciendo con esto la inevitable transformación de nuestra conciencia colectiva que celebramos en este año.

Sin lugar a dudas, estas dos ciudades históricas merecen ser reconocidas por este Congreso, porque representan el principio y el fin de la lucha y sufrimiento de aquellos mexicanos por conquistar la Independencia nacional. No podemos, en tal sentido, esperar otros 100 años para rendirles un justo homenaje.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Inscríbase con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro los nombres de las ciudades Dolores Hidalgo e Iguala de la Independencia.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Facúltese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para organizar la ceremonia correspondiente.

Dado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 16 de febrero de 2010.— Diputado Esteban Albarrán Mendoza (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.



ARTICULO 105 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Tiene la palabra el diputado César Octavio Pedroza Gaitán, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado César Octavio Pedroza Gaitán: Con su anuencia, señor presidente. Señoras y señores diputados, en el año de 1994 se realizaron las reformas constitucionales al artículo 105 de nuestra Carta Magna. A partir de esta modificación se pudo proteger además de los derechos fundamentales, la división de Poderes y el federalismo por medio de mecanismos jurídicos, correspondiendo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación el ser garante de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del pacto federal consagrado en la misma.

Es menester reconocer que esas reformas han sido de gran transcendencia para la transición política nacional. Sin embargo, lo es también el aceptar que al día de hoy es impostergable modernizar y perfeccionar preceptos contenidos en nuestro marco normativo que nos permitan alcanzar las mayores condiciones de equidad y de justicia en el federalismo mexicano.

Las controversias constitucionales son el mecanismo más efectivo para que los integrantes del pacto federal puedan exigir y hacer valer el respeto de sus competencias, cuando por un acto o una disposición general emanado de otro orden de gobierno se vulneren sus facultades constitucionales. Sin embargo, las sentencias de este mecanismo de protección sólo tienen efecto entre partes, situación que impide depurar el sistema normativo de forma homogénea y ordenada.

Es decir, aunque una ley sea inconstitucional, ésta se sigue aplicando a todos los que no la hayan impugnado, con lo que se rompe el principio de igualdad y de justicia para todos los integrantes del pacto federal, principalmente para los municipios.

Los registros nos indican que quienes acuden a este tipo de procesos de impugnación son los municipios grandes, con recursos económicos y asesorías jurídicas. Por lo que los municipios más desprotegidos en desconocimiento de su derecho siguen siendo olvidados por la protección constitucional, ya que a ellos se le seguirá aplicando la norma, aunque se haya determinado la inconstitucionalidad, al no tener la capacidad de impugnarla en la Suprema Corte de Justicia, perdiéndose así el principio básico de justicia constitucional.

Por lo anterior, honorables integrantes de esta soberanía, los invito a que apoyemos esta iniciativa para construir un federalismo igualitario y sobre todo justo, logrado a través de los efectos generales de las sentencias de las controversias constitucionales.

Convoco a todas las diputadas y todos los diputados con visión y con convicción municipalista, a todos los grupos parlamentarios, a hacer suya esta propuesta para lograr una mayor depuración de nuestro sistema normativo, al expulsar toda norma que vaya en contra de nuestra Constitución.

De aprobarse esta iniciativa, con una sola sentencia de la Suprema Corte se resolverían todos los asuntos relativos a la misma norma que se impugnó y su protección abarcaría a todos los que pudieran verse afectados con la vigencia de una ley inconstitucional.

Por lo expuesto, se pone a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo de la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 105. ...

I. ...

Siempre que las controversias versen sobre disposiciones generales de la federación, del Distrito Federal y sus delegaciones, de los estados o de los municipios y la resolución de la Suprema Corte de Justicia las declare inválidas, dicha resolución tendrá efectos generales cuando hubiera sido aprobada por una mayoría de por lo menos ocho votos.

Por lo anterior, compañeras diputadas y compañeros diputados, los exhorto respetuosamente a que se sumen para apoyar este proyecto que busca fortalecer al Estado constitucional mexicano y por consiguiente, al sistema federal de nuestro país. Hagámoslo para llevar la protección de la justicia que otorga nuestra Constitución hasta el último de nuestros municipios.

Solicito respetuosamente a la Presidencia que se inserte íntegro el texto de la iniciativa en el Diario de los Debates. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado César Octavio Pedroza Gaitán, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal César Octavio Pedroza Gaitán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los artículos 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del H. Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo de la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Exposición de Motivos

Una de las principales características del federalismo es la repartición de competencias establecidas en la Constitución a favor de los diversos órdenes de gobierno que esta contempla. En este andamiaje y delimitación competencial se encuentran las facultades exclusivas de la federación y las facultades residuales, que reservan a los estados de la federación las competencias no otorgadas expresamente a la federación.

También están las competencias concurrentes, las cuales pueden ser ejercidas por cualquiera de los tres órdenes de gobierno y son reglamentadas por una ley general que establece la delimitación formal de las facultades de cada uno, para su ejecución. Dotando, de este modo, a estas competencias de una mayor flexibilidad, ya que la ley secundaria no necesita mayorías agravadas para su modificación. Por otra parte, existen las facultades prohibidas para los estados absoluta o relativamente.

De igual forma existen las competencias implícitas, las cuales dan la posibilidad de ampliar las competencias expresamente asignadas a la Federación, siempre y cuando la implícita se encuentre directamente relacionada con una explícita.

Por otro lado, se debe recordar que nuestro federalismo es diferente a muchos de los federalismos que existen actualmente en el mundo, ya que tiene la particularidad de contar con un catálogo de competencias asignadas y aseguradas expresamente al municipio por la Constitución. Situación que no sucede, por ejemplo, en el federalismo norteamericano en donde las competencias se le asignan en cada una de las constituciones estatales.

En cualquier sistema federal como el nuestro, con todo el andamiaje competencial descrito, es normal que existan conflictos competenciales, derivados de la gran cantidad de leyes, reglamentos, decretos y disposiciones generales que expiden los diversos órdenes de gobierno en un estado federal.

Consciente de este problema, el sistema federal norteamericano desde su inicio tuvo claro que habría conflictos entre el gobierno de la unión y los estados que formaban parte de esta. Por esta razón, desde sus comienzos dieron a su máximo tribunal judicial la posibilidad de resolver los conflictos que se presentarán entre el gobierno federal y los gobiernos de los estados.

En México esto no lo avizoramos hasta finales del siglo XX con las reformas constitucionales de diciembre de 1994. Uno de los principales orígenes de ésta fue la imposibilidad jurídica de poder tutelar y armonizar el sistema federal mexicano por medio de un procedimiento constitucional efectivo, ya que anteriormente, el único mecanismo efectivo en la justicia constitucional mexicana era el juicio constitucional de amparo.

El juicio de amparo se establece en el artículo 103 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), que además de contemplar la protección de las garantías individuales (artículo 103, fracción I, de la CPEUM), también regula la posibilidad del juicio de amparo por una invasión de soberanías o esferas competenciales por leyes o actos de autoridad de la Federación que vulnere o restrinja la soberanía de los estados o del Distrito Federal (artículo 103, fracción II, de la CPEUM) y, a su vez, por leyes o actos de autoridad de los estados y el Distrito Federal que restrinja o vulnere la soberanía de la Federación (artículo 103, fracción III, de la CPEUM).

Sin embargo, en la práctica jurídica, al momento de querer accionar y hacer efectivo este procedimiento la Federación, los estados, los municipios y el Distrito Federal encontraban que no tenían legitimación procesal para interponer un amparo de estas características, ya que no se les vulneraban garantías individuales (presupuesto procesal para la procedencia del juicio de amparo), por lo que este tipo de amparos no proceden, aunque existe literalmente en la Constitución. La interpretación y argumentación que la SCJN dio sobre la improcedencia de este amparo fue la siguiente:

INVASIÓN DE ESFERAS DE LA FEDERACIÓN A LOS ESTADOS Y VICEVERSA, AMPARO POR. El juicio de amparo fue establecido por el artículo 103 constitucional, no para resguardar todo el cuerpo de la propia Constitución, sino para proteger las garantías individuales; y las fracciones II y III del precepto mencionado, deben entenderse en el sentido de que sólo puede reclamarse  una ley federal, cuando invada o restrinja la soberanía de los Estados, o de éstos, si invade la esfera de autoridad federal, cuando exista un particular quejoso, que reclame la violación de garantías individuales, en un caso concreto de ejecución o con motivo de tales invasiones o restricciones de soberanía. Si el legislador constituyente hubiese querido conceder la facultad de pedir amparo para proteger cualquier violación a la Constitución, aunque no se tradujese en una lesión al interés particular, lo hubiese establecido de una manera clara, pero no fue así, pues a través de las constituciones de 1857  y 1917, y de los proyectos constitucionales y actas de reforma que las precedieron, se advierte que los legisladores, conocieron ya los diversos sistemas de control que pueden ponerse para remediar las violaciones a la Constitución, no quisieron dotar al Poder Judicial de la Federal de facultades omnímodas, para oponerse a todas las providencias inconstitucionales, por medio del juicio de amparo, sino que quisieron establecer éste, tan sólo para la protección y goce de las garantías individuales.

De la anterior tesis de la SCJN sobre las fracciones II y III del artículo 103 de la CPEUM observamos que se deja sin legitimación procesal a los tres órdenes de gobierno para acceder directamente al juicio de amparo y solamente les deja la posibilidad de una legitimación indirecta por medio de un individuo a título personal (amparo-soberanía), cuando alguno de los órdenes de gobierno le vulnere a alguien sus derechos fundamentales. Sin embargo, en caso de obtener sentencia favorable en el juicio de amparo, el efecto de la misma sólo le protegerá a él aunque la ley sea inconstitucional (Fórmula Otero). Por lo que en el fondo poco o nada protegía el amparo a un poder cuando se le vulneraba una competencia atribuida a él por parte de otro poder u órgano.

A pesar de lo anterior, la Constitución Mexicana de 1917 en su artículo 105 sí contempló un procedimiento para la resolución de conflictos competenciales entre la Federación y los estados o entre los poderes de un mismo orden jurídico. Dicho procedimiento lo confiaba a la SCJN. Sin embargo, la idea, la tendencia y la interpretación del constituyente de Querétaro giraron en torno a que este tipo de conflictos se dividiera en dos clases: conflictos políticos y conflictos de carácter constitucional.

La resolución de los conflictos de carácter político fue otorgada al Senado, para resolver los conflictos políticos entre autoridades locales. Sin embargo, esta facultad sirvió de instrumento para justificar una gran cantidad de intervenciones del centro a las entidades de la Federación en detrimento de la soberanía de los estados.

En este contexto, para la resolución de conflictos de carácter constitucional, entre los cuales se encontraban los conflictos de competencias, fue otorgada a la SCJN. No obstante, su instrumentación fue escasa por la falta de una ley reglamentaria, la cual se va a expedir hasta 1995.

Derivado de la presión realizada por los estados, los municipios y las diversas fuerzas políticas para lograr una mayor descentralización política, así como para proteger sus competencias, se realizaron las reformas constitucionales al Poder Judicial de la Federación y al artículo 105 de la CPEUM que reforma y adiciona las tres fracciones en diciembre de 1994.

Estas reformas resultan especialmente fundamentales, porque a partir de ellas la Constitución otorga expresamente legitimación al municipio para poder acudir ante la SCJN en defensa de sus competencias, así como a los estados. De acuerdo con el actual artículo 105, fracción I de la CPEUM la SCJN tiene facultades para resolver las controversias que se suscitan entre:

• Un estado o el Distrito Federal y la Federación.

• La Federación y un municipio.

• El Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión; aquél y cualquiera de las Cámaras de éste o, en su caso, la Comisión Permanente, sean como órganos federales o del Distrito Federal.

• Dos o más estados o el Distrito Federal.

• Un municipio y el Distrito Federal.

• Municipios de diferente estado.

• Dos órganos de gobierno de un mismo estado o el Distrito Federal, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales.

• Un municipio de diferente estado y un estado, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales.

• El estado y uno de sus municipios, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales.

Otra consecuencia directa de la reforma de 1994 fue la creación de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del  Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 11 de mayo de 1995.

No se puede negar que estas reformas, realizadas hace más de 15 años, fueron muy positivas para el fortalecimiento del federalismo, ya que por primera vez un órgano imparcial y con criterios técnicos pudo resolver los conflictos entre entes y órganos de poder. Sin embargo, éstas no fueron suficientes para un fortalecimiento homogéneo de las competencias municipales y estatales. Ya que el poder revisor de la Constitución no dotó de efectos generales a la declaración general de inconstitucionalidad por medio de las controversias constitucionales.

Lo anterior fue producto de la concepción de que la declaración de inconstitucionalidad de una ley con efectos generales podría traducirse en el llamado gobierno de los jueces. Así también influyo la tradición decimonónica de la famosa Fórmula Otero que limita los efectos de las sentencias judiciales sólo entre las partes, Fórmula que va en contra de las actuales tendencias del constitucionalismo occidental, de dotar de efectos generales las declaraciones de inconstitucionalidad. Como se observa, por ejemplo, en los países de Europa Occidental, algunos países latinoamericanos y en el estado de Veracruz, a nivel nacional.

Por lo anterior, cuando la impugnación de una disposición general federal o estatal la realicen los municipios –en el caso de las controversias–, la sentencia no tiene efectos generales sino sólo entre las partes. Lo mismo sucede cuando un estado impugna disposiciones federales.

En este sentido, las resoluciones de la SCJN sólo tendrán efecto entre las partes, cuando la controversia se fundamente en los siguientes supuestos:

• Por disposiciones generales de la Federación, impugnadas por los estados, el Distrito Federal o los municipios.

• Por disposiciones generales de los estados impugnadas por sus municipios.

• Por controversias que se susciten entre un estado y otro, así como entre un estado y el Distrito Federal.

• Por controversias entre dos municipios de distintos estado.

• Por controversias entre un municipio y el Distrito Federal.

Es en estos supuestos donde surge una serie de cuestiones respecto a las disposiciones sujetas a control y también sobre los efectos de la sentencia, al ser desiguales y no cumplir con la función de lograr un verdadero control constitucional y un armónico estado federal.

En primer lugar, por no incluir dentro de los supuestos de declaración de inconstitucionalidad con efectos generales, la impugnación de las disposiciones generales federales realizada por parte de los estados, el Distrito Federal, los municipios y las delegaciones del Distrito Federal, así como por las disposiciones generales estatales impugnados por sus municipios.

Esta carencia actual impide lograr, mediante la sentencia, la desaplicación de una norma con efectos generales, ya que el resultado de esta vinculará sólo a las partes de la controversia.

También se rompe con el principio de igualdad jurídica, en razón de que los municipios que tengan recursos financieros, humanos y la infraestructura necesaria para interponer una controversia constitucional en contra la Federación o el estado, serán sólo los municipios grandes y con mayor posibilidad económica. Dejando a los pequeños municipios sin la posibilidad de que la sentencia también les beneficie, ya que el efecto de la misma sólo será entre las partes.

Lo anterior, fomenta un federalismo asimétrico, ya que habrá leyes que no se aplicarán a los estados y municipios que obtuvieron el fallo favorable de una controversia, mientras que al resto se les seguirá aplicando dicha normativa. Con lo cual, algunos estados y municipios tendrán un tratamiento privilegiado. Así también, no se purifica el sistema normativo de las normas inconstitucionales que contaminan la relación federal y la división de poderes, ya que seguirán aplicando para quienes no interpongan la controversia constitucional.

Por otro lado, si las sentencias de las controversias constitucionales tuvieran efectos generales se ayudaría para que el máximo tribunal no se colapse con la gran carga laboral que actualmente tiene. Ya que al día de hoy la SCJN resuelve un gran número de conflictos constitucionales debido a que desde la reforma de 1994 su protagonismo ha ido en aumento.

Por esta situación las resoluciones de la Corte son cada vez más tardadas, lo que afecta a la impartición de justicia para todos los integrantes del pacto federal ya que muchos estados y municipios, principalmente, no quieren acudir por lo dilatado que resulta la resolución de su controversia planteada, desalentando y desincentivando el reclamo de las competencias que la Constitución le asigna a cada una de las partes del estado federal mexicano.

Por todo lo anterior se pone a consideración de esta soberanía el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo de la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el segundo párrafo de la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 105....

I. ...

a) a k) ...

Siempre que las controversias versen sobre disposiciones generales de la Federación, del Distrito Federal y sus delegaciones, de los estados o de los municipios y la resolución de la Suprema Corte de Justicia las declare inválidas, dicha resolución tendrá efectos generales cuando hubiera sido aprobada por una mayoría de por lo menos ocho votos.

...

II. y III. ..

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo.El Congreso de la Unión contará con tres meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reformar las leyes que se requieran para la aplicación del presente decreto.

Notas:

1 Tesis 389, Semanario Judicial de la Federación 1917-1985 Apéndice 1995, t. I, p. 362.

 2Tesis P./J. 72/96, Semanario Judicial y su Gaceta, Novena Época, t. IV, noviembre de 1996, p. 249: CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. Cuando es promovida por un municipio, la sentencia que declara la invalidez de una norma general estatal, sólo tendrá efectos para las partes”. En este mismo sentido es importante ver la Tesis P./J. 9/99, Semanario Judicial y su Gaceta, Novena Época, t. IX, abril de 1999,establecido lo siguiente: CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES. LOS EFECTOS GENERALES DE LA DECLARACIÓN DE INVALIDEZ DE NORMAS GENERALES, DEPENDEN DE LA CATEGORÍA DE LAS PARTES ACTORA Y DEMANDADA. De conformidad con el Artículo 105, fracción I, penúltimo y último párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 42 de su ley reglamentaria, en la invalidez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación llegue a declarar, al menos por mayoría de ocho votos, respecto de normas generales impugnadas en una controversia constitucional, el alcance de sus efectos variará según la relación  de categoría que hay entre el actor y el demandado, que es el creador de la norma general impugnada. Así, los efectos  serán generales hasta el punto de invalidar en forma total el ordenamiento normativo o la norma correspondiente, si la Federación demanda y obtiene la declaración de inconstitucionalidad de normas generales expedidas por un Estado, por el Distrito Federal o por un municipio; asimismo, si un Estado demanda y obtiene la declaración de inconstitucionalidad de normas generales expedidas por un municipio. De no darse alguno de los de los presupuestos antes señalados, dichos efectos, aunque generales, se limitarán a la esfera competencial de la parte actora, con la obligación de la demandada de respetar esa situación; esto sucede cuando un municipio obtiene la declaración de invalidez de disposiciones expedidas por la Federación o por un Estado; o cuando un Estado o el Distrito Federal obtiene la invalidez de una norma federal.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 16 de febrero de 2010.— Diputados: César Octavio Pedroza Gaitán, Alberto Esquer Gutiérrez, Rosa Adriana Díaz Lizama, Norma Leticia Salazar Vázquez, Sergio Octavio Germán Olivares, Daniel Gabriel Ávila Ruiz, María Yolanda Valencia Vales, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Alejandro del Mazo Maza, Rafael Pacchiano Alaman, Agustín Torres Ibarrola, Nazario Herrera Ortega, Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, Enrique Octavio Trejo Azuara, Óscar Lara Salazar, Aarón Irízar López, Juan Pablo Escobar Martínez, Samuel Herrera Chávez, Fany Pérez Gutiérrez, Prudencia Félix Juárez Capilla, Sonia Mendoza Díaz, Nancy González Ulloa, Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias, diputado. Como lo solicita insértese en el Diario de los Debates. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

En virtud de que el diputado César Octavio Pedroza Gaitán ha manifestado su deseo de que se sumen todas y todos aquellos legisladores, quienes deseen adherirse pasen a la Secretaría a firmar el documento correspondiente. Diputado Samuel Herrera, dígame.

El diputado Samuel Herrera Chávez (desde la curul): Presidente, para adherirme a la propuesta de la iniciativa del diputado César Octavio Pedroza. Esta iniciativa fortalece a los municipios, sobre todo los más pequeños. Para sumarme, pedirle a él que si me puedo sumar y adherir a su iniciativa; repito, porque es de importancia y fortalece a los municipios.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Ya lo ha manifestado. Está de acuerdo el diputado. Pasen a firmar a la Secretaría.

Se pospone la participación de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del PRD.



ARTICULOS 74, 76 Y 109 CONSTITUCIONALES

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña:Tiene la palabra la diputada María del Carmen Izaguirre Francos, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74, 76 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada María del Carmen Izaguirre Francos: Con su permiso, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, los servidores públicos tenemos encomendado un mandato constitucional que nos fue concedido por medio de la elección. Este mandato es otorgado por los ciudadanos a través del voto. Asimismo, existen servidores públicos a los cuales el mandato les es encomendado a través de designación presidencial para que funjan como sus representantes en la toma de decisiones. Estos funcionarios no son o no somos simplemente empleados o trabajadores del Estado en razón de que sus y nuestras funciones son esenciales y atañen al desarrollo del Estado.

Para los ciudadanos es común observar cómo la administración pública es lesionada por la conducta delictuosa de algunos de sus encargados. Por ello, en el momento en que un servidor público toma una decisión y no observa el cambio impuesto por la democracia nos enfrentamos a un problema no sólo ético, sino de legalidad y de cultura política.

En el caso de nuestro país hemos observado que desde hace tiempo se ha incrementado el descrédito sobre la propia palabra política cuyo significado los ciudadanos lo han convertido en demagogia del poder. Es decir, el ejercicio de los cargos públicos está desgastado, es ineficiente e insuficiente. Por tanto, el actual reto es contar con un nuevo marco que oriente, facilite y permita a la administración pública ser más eficiente, promoviendo la implementación de políticas públicas que impulsen el crecimiento y la competitividad, y a la vez constituyan el eje para superar los rezagos sociales de un importante segmento de la población.

Por ello, es necesario establecer mecanismos que equilibren y controlen el ejercicio del poder político a través de instrumentos como la ratificación por parte del Congreso de los importantes cargos del gabinete. Asimismo, implantar al sistema político la figura de revocación de mandato.

La rendición de cuentas y la transparencia son instrumentos que vienen aparejados con la revocación de mandato. Contribuyen sin duda en la construcción de nuevas formas de entender y ejercer los cargos públicos, vinculando en este sentido a la ética política, la cual comprende los principios o normas de acción que deben regir el comportamiento del político en su calidad de servidor público y como responsable, en última instancia, del bienestar y seguridad de toda la población.

Con la finalidad de no continuar sosteniendo a aquellos servidores públicos deshonestos, es imperativo que en México se implemente la figura de revocación de mandato.

Pasando al tema de la ratificación de algunos miembros del gabinete por el Congreso, es fundamental y trascendental que se incluya al Congreso de la Unión en la designación de los miembros del gabinete, en razón de que el Poder Legislativo tenga medios para ejercer con mayor claridad su facultad de exigir a los secretarios de Estado en el momento en que comparezcan ante las Cámaras, a informar sobre su desempeño, incluso, en la constitución de comisiones especiales para investigar sus actividades.

No olvidemos que el Estado constitucional se contrapone a cualquier tipo de Estado totalitario, a cualquier ambición de verdad absoluta, a cualquier monopolio de la información e ideología totalitaria.

El proceso de transición democrática de México implica el paso aún inacabado de una determinada forma de entender y ejercer la política. Es imprescindible que el proceso democrático cumpla con ciertas restricciones éticas poniendo límites al ejercicio de los cargos públicos.

Por ello, amigas y amigos, el reto del futuro de México es abrir la administración pública a la coadyuvancia ciudadana, fomentando una participación activa en la toma de decisiones en los asuntos públicos. Contar con mecanismos de control, de rendición de cuentas y transparencia como elementos que orienten de manera ética el ejercicio de los cargos públicos, poniendo límites al problema tan grande de la falta de honestidad. Muchas gracias por su atención. Gracias, señor presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 74, 76 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María del Carmen Izaguirre Francos, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, con fundamento en lo dispuesto en la fracción XXIV del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 71, fracción II, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción III del artículo 74, la fracción II del artículo 76, y se adiciona una fracción IV al artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosal tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Para iniciar este tema, es oportuno referirnos a los servidores públicos, los cuales tienen encomendado un mandato constitucional que les fue concedido por medio de la elección este mandato es otorgado por los ciudadanos a través del voto, o a través de designación presidencial, para que funjan como representantes del pueblo en la toma de decisiones. Estos funcionarios no son simples empleados o trabajadores del Estado, en razón de que sus funciones esenciales atañen al estado.

Es común observar como la administración pública es lesionada por la conducta delictuosa de sus encargados, o es perjudicada desde fuera respecto a su relación con tercero. Los conflictos éticos con los que se enfrentan los servidores públicos generan aprietos entre los principios de acción y responsabilidad, dado que los funcionarios actúan para otros, asumen derechos y obligaciones que los ciudadanos ordinarios no tienen o al menos no en el mismo grado. Por ello, en el momento en que un servidor público toma una decisión no observando el cambio impuesto por la democracia nos enfrentamos a un problema no sólo ético, sino de legalidad y de cultura política.

En el caso de nuestro país, en algunos casos hemos observado que el ejercicio de los cargos públicos representa un problema no sólo operativo sino de mística institucional en el cual, las relaciones clientelares, corrupción y el tráfico de influencias se vuelven sinónimos del ejercicio de la función pública. En este orden de ideas, la desaparición de un horizonte político, ha arrojado desde hace tiempo el descredito sobre la propia palabra política, cuyo significado, los ciudadanos lo han convertido en demagogia del poder.

El ejercicio de los cargos públicos ésta desgastado es ineficaz e insuficiente, ha sido rebasado por la realidad mexicana al no tomar en cuenta los cambios impuestos por la democracia. Por tanto, el actual reto es contar con un nuevo marco que oriente, facilite y permita a la administración pública ser más eficiente, promoviendo la implementación de políticas públicas que impulsen el crecimiento y la competitividad y, a la vez, que constituyan el eje para superar los rezagos sociales de un importante segmento de la población.

Además, es necesario establecer mecanismos que equilibren y controlen el ejercicio del poder político a través de instrumentos como ratificación por parte del Congreso de los importantes cargos del gabinete como Gobernación, Hacienda, Desarrollo Social, Educación, Trabajo, Seguridad Pública, Agricultura, Economía, Salud y Relaciones Exteriores; asimismo, implantar al sistema político la figura de revocación de mandato. Es por todos conocido que la responsabilidad de los servidores públicos se conforma por cuatro vertientes: responsabilidad política para los servidores públicos de alto rango, por la comisión de actos u omisiones que redunden en prejuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho; responsabilidad penal para aquellos servidores públicos que incurran en delito; responsabilidad administrativa para los que falten a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en la función pública; y responsabilidad civil para los servidores públicos que con su actuación ilícita causen daños patrimoniales.

En tanto, la rendición de cuentas y la transparencia son instrumentos que contribuyen, sin duda, en la construcción de nuevas formas de entender y ejercer los cargos públicos. En este sentido, la ética política, debe comprender los principios o normas de acción que deben regir el comportamiento del político, en su calidad de servidor público, y como responsables en última instancia del bienestar y seguridad de toda la población.

Sin embargo, en la realidad que actualmente estamos viviendo, los actos gubernamentales secretos, la mentira, el ocultamiento de información o la difusión a cuentagotas, las llamadas  filtraciones, el espionaje, las simulaciones, son imágenes novelescas pero muy reales en nuestros tiempos, por tal motivo, la transparencia ahora es una exigencia democrática y republicana, es una condición necesaria para que el imperio de la ley y la rendición de cuentas sea una realidad. De ahí que se sostenga que no hay poder legítimo y democrático si su ejercicio no se rige por el código de la transparencia. No olvidar que tanto los secretos como la opacidad son elementos antidemocráticos del poder, elementos injustos, ilícitos, e inmorales que desvirtúan a las instituciones.

Con la finalidad de no continuar con el sosteniendo de aquellos servidores públicos deshonestos, es imperativo que en México se implante la figura de revocación de mandato, mecanismo que sirve para destituir de su cargo al servidor público cuando lo solicite un número de electores que determine la ley, debido a que perdieron la confianza en él. Esta figura abre la posibilidad a la ciudadanía para que, una vez satisfechos los requisitos correspondientes, se someta a consulta la remoción de un funcionario público electo, antes de que venza el plazo para el cual fue designado.

Los argumentos que se han expresado a favor de este mecanismo reconocen que la soberanía radica en el pueblo, que son los ciudadanos quienes revocan el mandato, a diferencia del juicio político en donde los encargados de de-sahogarlo son autoridades; mediante este mecanismo se hace posible que la sociedad sirva de influencia para la toma de decisiones políticas; permite que la ciudadanía permanezca atenta a la acción política; es un incentivo muy importante de responsabilidad ya que, ante la posibilidad de revocación, los representantes tienen que cumplir con lo prometido y desempeñar su encargo conforme a la ley. A diferencia de los procedimientos para la destitución de servidores públicos, como el juicio político en donde hay que comprobar la falta en la que incurrió el servidor público, en la revocación del mandato la ciudadanía lo puede solicitar cuando perciba la falta de representatividad del servidor público, fortaleciendo el sistema representativo.

En Latinoamérica, este mecanismo está regulado a nivel nacional en Ecuador, Panamá y Venezuela. En Ecuador, la revocación de mandato opera para los diputados por actos de corrupción o incumplimiento injustificado de su plan de trabajo; en Panamá es ejercida por los partidos políticos para revocar el mandato de los diputados que hayan postulado y los ciudadanos de un circuito electoral para revocar el mandato corregimiento, la cual puede ser iniciada por iniciativa popular y por los partidos políticos cuando han sido postulados por éstos; y en Venezuela, la revocatoria de mandato procede contra todos los cargos de elección popular, incluida para el presidente de la república. Fue utilizado a nivel nacional en agosto de 2004, cuando se sometió a consulta ciudadana la revocatoria del mandato del presidente Hugo Chávez, pero los resultados arrojaron su ratificación.

Regresando a la situación que prevalece en nuestro país, la Carta Magna y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos establecen mecanismos para sancionar a aquellos servidores públicos que han infringido la ley. En ellas se establece que los tipos de responsabilidad de los servidores públicos son la política, la penal, la civil y la administrativa; el artículo 109 constitucional establece los procedimientos para la aplicación de las sanciones, en donde un mismo acto u omisión puede generar dos o más de esas responsabilidades. Sin embargo, la Constitución prohíbe terminantemente la aplicación de sanciones de una misma naturaleza dos o más veces por la misma conducta. Los servidores públicos corruptos son sujetos de procedimientos para fincarles responsabilidades, tal es el caso de juicio político y declaración de procedencia.

En este sentido, es oportuno señalar que la figura de revocación del mandato en México se encuentra regulada en 27 estados de la República Mexicana a nivel municipal, es decir, sólo se puede revocar de su mandato a los presidentes municipales o a funcionarios que trabajan dentro del ayuntamiento. En San Luis Potosí y Yucatán se prevé a nivel ejecutivo, legislativo, judicial y municipal, aunque la legislación local no es muy clara en cuanto al procedimiento, por lo que se dificulta su aplicabilidad. En Chihuahua se cuenta con la mejor regulación: procede en contra del gobernador, diputados, presidentes municipales, regidores y síndicos, así como en contra de aquellos que fueron elegidos por medio del voto.

Pasando al tema de la ratificación de algunos miembros del gabinete por el Congreso, es preciso resaltar que el control político de los servidores públicos a través de la legislación, en México, no comprende la implementación de medidas de control, por ello, es fundamental y trascendental que se inmiscuya al Congreso de la Unión en la designación de los miembros del gabinete, en razón de que el Poder Legislativo tenga medios para ejercer con mayor claridad su facultad de exigir a los secretarios de estado en el momento en que comparezcan ante las cámaras a informar sobre su desempeño, e incluso en la constitución de comisiones especiales para investigar las actividades, los ejercicios presupuestales y el cumplimiento de programas por parte de las entidades de la administración pública federal.

La ratificación de algunos miembros de gabinete impulsará la modernización del régimen presidencial de nuestro país, vinculando dicho acto a facilitar los acuerdos, y fortalecerá la capacidad de gestión del Ejecutivo. Esta acción no impide que el Ejecutivo haga uso de sus facultades constitucionales. Con nuestra propuesta no hacemos una disputa a la facultad del Ejecutivo federal de nombrar a sus principales colaboradores, la presente propuesta de ratificación de algunos funcionarios de alto nivel va encaminada a facilitar los acuerdos que el país requiere, además de verificar la capacidad profesional de los titulares.

La realidad jurídica-política ha demostrado que la ratificación de funcionarios públicos de alto nivel propicia el diálogo y la colaboración institucional entre los poderes públicos, garantizando en todo momento el cumplimiento de los requisitos jurídicos de elegibilidad. Durante el desarrollo de su encargo se facilitara la interacción entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo, permitiendo corregir con oportunidad algunos nombramientos.

Nuestro sistema requiere de instrumentos para avanzar hacia la consolidación de una cultura más democrática, plural, abierta, que permita involucrar no sólo a las instituciones sino también a los individuos que las conforman y a la sociedad en general a partir de normas jurídicas y convicciones democráticas.

La razón del Estado está por encima de cualquier otra ley, personal o divina, en tanto, la fuerza de la democracia como régimen del poder público radica, entre otras cosas, en la transparencia de sus normas y acciones, y, por tanto, no admite espacios de opacidad permanentes. Ante esto, la revocación de mandato podrá ser una herramienta muy útil para la destitución de aquellos funcionarios que no lleven a cabo un buen desempeño, y la ratificación de algunos miembros del gabinete para fortalecer la representación política.

No olvidemos que el Estado constitucional se contrapone a cualquier tipo de Estado totalitario, a cualquier ambición de verdad absoluta y a cualquier monopolio de la información e ideología totalitaria. El proceso de transición democrática de México implica el paso aún inacabado de una determinada forma de entender y ejercer la política, es imprescindible que el proceso democrático cumpla con ciertas restricciones éticas, poniendo límites al ejercicio de los cargos públicos. Democratizar las instituciones y construir un nuevo paradigma de ejercicio de los cargos públicos basado en valores democráticos, porque las instituciones públicas están obligadas a generar acciones que privilegien el uso de mecanismos democráticos, reconociendo al ciudadano como actor fundamental de la vida democrática, del espacio público y del ejercicio del poder.

Por ello, el reto del futuro de México, es abrir la administración pública a la coadyuvancia ciudadana, fomentando una participación activa en la toma de decisiones en los asuntos públicos. Crear espacios de participación apegados a la legalidad, respetando el disenso, el dialogo, la tolerancia, la equidad, la construcción de ámbitos de inclusión de la ciudadanía, contando con mecanismos de control, de rendición de cuentas y transparencia, como elementos que orienten de manera ética el ejercicio de los cargos públicos, poniendo límites al problema de las manos sucias democráticas.

Por todo lo expresado, presento ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados el presente proyecto de

Decreto por el cual se reforman la fracción III del artículo 74 y la fracción II del artículo 76, y se adiciona una fracción IV al artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforman la fracción III del artículo 74 y la fracción II del artículo 76, y se adiciona una fracción IV al artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

I a la II. ...

III. Ratificar los nombramientos que el presidente de la República haga de los secretarios de Despacho de Desarrollo Social, de Salud, de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca, y Alimentación, y de Seguridad Pública;

IV. a la VIII. ...

Artículo 76.Son facultades exclusivas del Senado:

I. ...

II.Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga del procurador general de la República, de los secretarios de Despacho de Gobernación, de Economía, de Hacienda y Crédito Público, y de Relaciones Exteriores, ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga;

III. a la XII. ...

Artículo 109....

I. a III. ...

IV. Los servidores públicos sujetos a revocación de mandato son el presidente de la República, los secretarios de Despacho, los diputados, los senadores, los gobernadores, los diputados locales, los asambleístas del Distrito Federal, los presidentes municipales, los regidores, los síndicos y los jefes delegacionales del Distrito Federal. Para que proceda se requiere de la solicitud suscrita por al menos 15 por ciento de los ciudadanos que conforman el padrón electoral nacional del estado, del municipio, del distrito o de la delegación del Distrito Federal, según sea el caso. La solicitud sólo se podrá solicitar una vez que haya transcurrido la mitad del periodo para el cual fue electo. El Instituto Federal o los estatales o del Distrito Federal, según sea el caso, serán los encargados de emitir las bases del procedimiento a seguir para proceder a la revocación de mandato, y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o estatales o del Distrito Federal, según sea el caso, serán los encargados de resolver en forma definitiva las impugnaciones que se presenten en materia de revocación de mandato. Las resoluciones que se dicten serán definitivas e inatacables. Se faculta a los Congresos de los estados para que suspendan el mandato de los municipios por las causas graves que marque el código municipal, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, siempre y cuando los municipios hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas.

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entra en vigor nueve meses después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión contará con un plazo de nueve meses para aprobar la ley reglamentaria en materia de revocación de mandato.

Tercero. Las legislaturas de los estados contaran con un plazo de un año para adecuar sus ordenamientos constitucionales y emitir sus legislaciones reglamentarias.

México, DF, a 16 de febrero de 2010. — Diputada María del Carmen Izaguirre Francos (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.



LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Tiene la palabra el diputado Enrique Castillo Ruz, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

El diputado Martín Enrique Castillo Ruz:Con su permiso, señor presidente. Presento la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 12 y 71 y adiciona el artículo 60 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones, al tenor de la siguiente exposición de motivos.

Estudios en la materia señalan que el sector de las telecomunicaciones en México ha demostrado ser un sector líder para la economía mexicana, al contar con la capacidad para crecer sistemáticamente entre dos y cinco veces de lo que lo hace la economía en su conjunto.

Las empresas de telefonía celular ofrecen el servicio en dos modalidades: prepago, en el que el usuario paga una tarifa promedio de 5 pesos el minuto usado. Y pospago, en el que el usuario paga en promedio 2.5 pesos el minuto. En la modalidad de prepago se ubican 71 millones de usuarios. Los restantes, 7 millones, han contratado la modalidad de pospago.

Las empresas han fijado sus tarifas facturando por minutos el servicio del tiempo que consume el usuario. Es decir, redondean a minuto. Esto significa que al usuario le cobran un servicio que las empresas no le otorgan. Por ejemplo, si la llamada del usuario dura 30 segundos, le cobran el minuto completo, cinco pesos y no de 2.50 como debe ser.

Menciono también que 79 millones de usuarios de telefonía celular realizan durante el día un promedio de 5 llamadas con 1.5 minutos de duración cada día. En un solo día se realizan en promedio 395 millones de llamadas, que representan más de 592 millones de minutos de tráfico de llamadas por día. De éstos, más de 197 millones de minutos corresponden a las fracciones de segundos que son redondeados a minutos y facturados de esta forma, con lo que las empresas prestadoras de servicios obtienen una ganancia estimada de más de 987 millones de pesos por día, al mes más de 29 mil millones de pesos y al año más de 355 mil millones de pesos facturados. Ingresos obtenidos por un tiempo que no ha consumido el usuario. Disposición que sin duda alguna les ha permitido a esas empresas actuar con discrecionalidad en la facturación de servicios.

Por lo anterior, se propone que las tarifas para el servicio de telefonía celular se determinen y cobren por el tiempo real. Es decir, en minutos y segundos exactamente usados. Instituir además la obligación de los concesionarios y permisionarios en sentido de la disposición de referencia, estableciendo expresamente la sanción por la infracción de dicha norma e incluso la obligación para devolver lo cobrado indebidamente al usuario.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer y cuarto párrafo al artículo 12, el artículo 60 Bis y la fracción V, al inciso c), del artículo 71 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue:

Artículo primero. Se adiciona un tercer y cuarto párrafo al artículo 12 de la Ley Federal de Telecomunicaciones para quedar como sigue:

Artículo 12. ...

Los concesionarios y permisionarios de la telefonía celular cobrarán el tiempo exactamente usado por el usuario, teniendo al segundo como base de la unidad de medida para el cobro de la tarifa.

En los estados de facturación registrarán la cantidad de llamadas realizadas por el usuario, especificando el tiempo en minutos y segundos consumidos y la cantidad a pagar por el tiempo utilizado.

Artículo segundo. Se adiciona el artículo 60 Bis a la ley mencionada en el artículo anterior para quedar de la siguiente forma:

Artículo 60 Bis. El servicio de telefonía celular o móvil se determinará o cobrará por el tiempo real que el usuario haya consumido. Teniendo al segundo como base de la unidad de medida para el cobro.

Artículo tercero. Se adiciona la fracción V, recorriendo la numeración subsiguiente, del inciso C del artículo 71 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue:

Artículo 71. ...

A y B. ...

C. ...

I. a IV. ...

V. Por infringir lo dispuesto en los párrafos tercero y cuarto del artículo 12 y 60 Bis de esta ley.

VI. ...

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Señor presidente, le solicito que la presente iniciativa se publique en sus términos en el Diario de los Debates. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo del diputado Enrique Castillo Ruz, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Enrique Castillo Ruz, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 12 y 71 y adiciona el artículo 60 Bis, a la Ley Federal de Telecomunicaciones, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Estudios en la materia señalan que el sector de las telecomunicaciones en México ha demostrado ser un sector líder para la economía mexicana, al contar con la capacidad para crecer sistemáticamente entre dos y cinco veces de lo que lo hace la economía en su conjunto.

Ejemplo de ello es el servicio de telefonía móvil que en nuestro país se remonta a 1977 cuando se solicitó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes una concesión para instalar, operar y explotar un sistema de radiotelefonía móvil en el Distrito Federal. Pero no fue hasta 1981 cuando se inició la comercialización de este sistema, que en un lapso de ocho meses, estaba dando servicio a 600 usuarios.

La dinámica de crecimiento del sector es de los más vertiginosos de la economía de nuestro país. Información proporcionada por la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) señala por ejemplo que en el año 2000 el número de usuarios apenas superaba los 14 millones de usuarios, y en octubre de 2009, había 79 millones de usuarios de telefonía móvil, lo que representa un incremento porcentual en el periodo 2000-2009, de 457 por ciento.

En México el mercado de este servicio lo dominan básicamente empresas de telefonía móvil como: Iusacell, Unefon, Movistar y Telcel. Siendo Telcel la empresa que concentra el 70 por ciento de usuarios y en segundo lugar se ubica Movistar, con un 18 por ciento de los clientes.

Estas empresas de telefonía celular ofrecen el servicio en dos modalidades: prepago, en el que el usuario paga una tarifa promedio de 5 pesos el minuto usado; y pospago, en el que el usuario paga en promedio 2.5 pesos el minuto. En la modalidad de prepago se ubican 71 millones de usuarios; los restantes, 7 millones han contratado la modalidad de pospago.

Las empresas han fijado sus tarifas facturando por minuto el servicio del tiempo que consume el usuario. Es decir, redondean a minuto, esto significa que al usuario le cobran un servicio que las empresas no le otorgan. Por ejemplo, si la llamada del usuario dura 30 segundos le cobran el minuto completo, 5 pesos y no 2.5 como debería ser.

De acuerdo a estimaciones realizadas por algunas empresas, organizaciones civiles vinculadas con las telecomunicaciones e instituciones educativas mencionan que por el redondeo en las tarifas de telefonía móvil, los prestadores de este servicio obtienen ganancias superiores a los 350 mil millones de pesos al año por un servicio que no dieron.

Mencionan también que los 79 millones de usuarios de telefonía celular realizan durante el día un promedio de cinco llamadas con 1.5 minutos de duración cada una. En un solo día se realizan en promedio 395 millones de llamadas, que representan más de 592 millones de minutos de tráfico de llamadas por día. De estos más de 197 millones de minutos corresponden a las fracciones de segundos que son redondeados a minuto y facturados de esta forma, con lo que las empresas prestadoras del servicio obtienen una ganancia estimada de más de 987 millones de pesos por día, al mes más de 29 mil millones de pesos y al año más de 355 mil millones de pesos facturado. Ingresos facturados u obtenidos por un tiempo que no consumió el usuario.

El redondeo de segundos a minutos es parte de la libertad tarifaria que tienen los concesionarios de telefonía celular. De acuerdo a la Ley Federal de Telecomunicaciones en el Capitulo V, artículo 60, que a la letra dice “Los concesionarios y permisionarios fijarán libremente las tarifas de los servicios de telecomunicaciones en términos que permitan la prestación de dichos servicios en condiciones satisfactorias de calidad, competitividad, seguridad y permanencia”. Disposición que sin dudad alguna le has permitido a estas empresas actuar con discrecionalidad en la facturación del servicio.

De este hecho tiene pleno conocimiento la autoridad en la materia, Cofetel, porque la ley dispone en el artículo 61 que “las tarifas deberán registrarse ante la Secretaría previamente a su puesta en vigor...”

Ante estas arbitrariedades es urgente reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones para terminar con los cobros excesivos en las tarifas de la telefonía celular que de por sí son más caras que las que se pagan en países desarrollados. Por lo anterior se propone que las tarifas para el servicio de telefonía celular se determinen y cobren por el tiempo real; es decir, en minutos y segundos exactamente usados. Instituir además la obligación de los concesionarios y permisionarios en el sentido de la disposición de referencia, estableciendo expresamente la sanción por la infracción de dicha norma e incluso la obligación para devolver lo cobrado indebidamente al usuario.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan un tercer y cuarto párrafo, al artículo 12; el artículo 60 Bis; y la fracción V al inciso C) del artículo 71 de la Ley Federal de Telecomunicaciones

Para quedar como sigue

Artículo Primero.Se adiciona un tercer y cuarto párrafo al artículo 12 de la Ley Federal de Telecomunicaciones para quedar como sigue

Artículo 12....

...

Los concesionarios y permisionarios de telefonía celular cobrarán el tiempo exactamente usados por el usuario. Teniendo al segundo como base de la unidad de medida para el cobro de la tarifa.

En los estados de facturación la cantidad de llamadas realizadas por el usuario, especificando el tiempo en minutos y segundos consumidos, y la cantidad a pagar que del tiempo utilizado.

Artículo Segundo.Se adiciona el artículo 60 Bis a la ley mencionada en el artículo anterior para quedar de la siguiente forma.

Artículo 60 Bis. El servicio de telefonía celular o móvil, se determinará y cobrará por el tiempo real que el usuario haya consumido. Teniendo al segundo como base de la unidad de medida para el cobro.

Artículo Tercero. Se adiciona la fracción V, recorriendo la numeración subsiguiente, del inciso C) del artículo 71 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue

Artículo 71. ...

A y B. ...

C. ...

I. a IV. ...

V. Por infringir lo dispuesto en los párrafos tercero y cuarto del artículo 12 y 60 Bis de esta ley.

VI. ...

...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2010.— Diputado Enrique Castillo Ruz (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Con mucho gusto, señor diputado. Insértese en el Diario de los Debates. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones.



ARTICULOS 52, 53, Y 54 CONSTITUCIONALES - CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Tiene la palabra el diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El diputado Salvador Caro Cabrera:Con permiso de la Presidencia. Señoras diputadas y señores diputados, esta iniciativa deja implícita mi manifestación en contra de que se debilite al Poder Legislativo. En la Constitución de nuestro país está plenamente garantizado que la soberanía reside esencialmente en el pueblo. La democracia es un gobierno de la gente, para todos, y en este sentido las concepciones más actualizadas nos dicen que la idea de democracia como gobierno de la mayoría es una idea arcaica.

Con esta iniciativa y bajo este concepto se busca revertir las distorsiones existentes en el sistema de partidos y particularmente en la representación proporcional. En nuestro país se ha desviado el propósito original de la representación proporcional y ha incidido de igual manera en la creación de rígidas castas burocráticas en los partidos a manera de grupos de élite con grados considerables de control.

Uno de los instrumentos donde más se manifiesta este asunto es en la integración de las listas regionales de carácter exclusivamente cerrado que preserva nuestra legislación y que da una serie de incentivos para las élites partidistas.

La consiguiente generación de castas burocráticas partidistas y la desconexión de los ciudadanos electos por la vía de la representación proporcional con los ciudadanos han generado una situación de pacto que vulnera las dimensiones básicas de la democracia en nuestro país, que por mandato constitucional deben observar los partidos políticos y en particular lo que concierne a la vía procedimental.

Por eso se considera necesario reencauzar el principio democrático implícito en las reformas constitucionales que dieron origen a la representación proporcional y adecuarlo a las circunstancias actuales, introduciendo un mecanismo de incentivo electoral en la integración de las listas regionales, sin que la representación proporcional pierda su carácter primigenio de representación y expresión ideológica de los partidos ante el Poder Legislativo de la Unión.

En este sentido, se propone que los diputados de representación proporcional sean electos bajo dos modalidades: una, la ya existente de listas regionales votadas por circunscripciones plurinominales. Pero también la modalidad de porcentajes mayores que implicaría la elección de la mitad de los diputados de representación proporcional a partir de quienes fueron candidatos y no teniendo éxito en sus distritos electorales se integran a una lista que está jerarquizada por el mayor porcentaje respecto a los candidatos de su propio partido, de la misma circunscripción.

Sin duda, revertir la integración de listas plurinominales como está actualmente contribuye a que los ciudadanos ganen representantes de mayor calidad al estar obligados a estar en contacto con ellos y al ser votados por ellos mismos. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos presenta a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en el artículo 40 que “es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación, establecida según los principios de esta ley fundamental”. La democracia es ingrediente definitorio en la formación de la nación mexicana.

2. La democracia es esencialmente el gobierno de la gente. En este sentido y en nuestro contexto histórico, sería la forma de elegir a representantes políticos sobre una misma base de posibilidades de ejercer libertades y derechos de igualdad para cada ciudadano. Para atender estos supuestos en su contenido institucional, el régimen debe estar sopesado en tal conjunto de libertades y derechos de igualdad, como garantías de participación e influencia de los individuos en la formación del poder público. En dicho ejercicio, los representantes, a su vez, darán sentido a la vida democrática persiguiendo que su ejercicio público atienda las preferencias de latotalidad de los ciudadanos, y no sólo de la mayoría, como era la concepción tradicional.

3. La democracia es un fin y un medio. Fin, porque persigue el ideal del gobierno de todos, en beneficio de todos y formado por todos; es instrumento porque está compuesto por una serie de reglas y procedimientos que obedecen sustancialmente a la libertad de asociación y de expresión, así como a los derechos a votar y a competir por un cargo público, a tener acceso a la información pública, a celebrar elecciones limpias y de ser considerado en las políticas de gobierno que se correspondan con las demandas de todos los gobernados.

4. El máximo ordenamiento abarca las consideraciones de la democracia señaladas; por un lado, al indicar en el numeral 39 que “la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo” y que “todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”, define la democracia como un valor fundacional y, a su vez, objeto del Estado mexicano, en consonancia con la definición clásica de democracia. Por otra parte, al definir, en el artículo 40, el Estado como una república democrática, se hace énfasis en la democracia como una característica o cualidad que define al régimen; y va más allá, al señalarla como ruta procedimental ineludible para la realización de sus tareas inherentes, como es la educación pública y la planeación del desarrollo nacional. Por último, se señala la misma democracia como un objetivo por lograr en todos los ámbitos de vida de la nación, mediante la acción continua y perenne de sus ciudadanos, al procurarse, según dispone el artículo 26, Apartado A, la democratización política, social y cultural de la nación. La Constitución vislumbra la democracia como valor intrínseco e inherente del Estado mexicano, como ruta procedimental y como objeto final del quehacer nacional, de duración indefinida.

5. A los partidos políticos, la legislación ha reservado un papel de primer orden en la consolidación de la democracia en sus tres dimensiones, ya que, según dispone el máximo ordenamiento, en el mismo artículo 41, fracción I, segundo párrafo, “tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo”.

6. El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone en el numeral 25 los requisitos necesarios para la formación de un partido político, entre los que se señalan: “formular una declaración de principios y, en congruencia con ellos, su programa de acción y los estatutos que normen sus actividades; los principios ideológicos de carácter político, económico y social que postule; la obligación de observar la Constitución y de respetar las leyes e instituciones que de ella emanen; y la obligación de conducir sus actividades por medios pacíficos y por la vía democrática”.Así pues, en armonía con la tríada conceptual de la democracia reflejada en el texto constitucional, se dispone que los partidos políticos deben observar la democracia como ideal en su declaración de principios, como fin en su acción dentro de la vida nacional y como método al seleccionar a sus candidatos a puestos de elección popular.

7. La elección constitucional de los ciudadanos que ocuparán los cargos de elección popular se vislumbra, en el contexto de la democracia, en el ámbito procedimental o metódico. La Constitución Política señala en el artículo 41, segundo párrafo, que “la renovación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo [de la Unión] se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas”.

8. En el caso de la integración de la Cámara de Diputados del Poder Legislativo de la Unión, el artículo 52 de la Constitución señala que “estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales”.

9. El artículo 54, fracciones I a III, del máximo ordenamiento señala que “un partido político, para obtener el registro de sus listas regionales, deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos doscientos distritos uninominales”; asimismo, “todo partido político que alcance por lo menos dos por ciento del total de la votación emitida para las listas regionales de las circunscripciones plurinominales tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados según el principio de representación proporcional; al partido político que cumpla las dos bases anteriores, independiente y adicionalmente a las constancias de mayoría relativa que hubiesen obtenido sus candidatos, le serán asignados por el principio de representación proporcional, de acuerdo con su votación nacional emitida, el número de diputados de su lista regional que le corresponda en cada circunscripción plurinominal”. Por último, “en la asignación se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en las listas correspondientes”.

10. La representación proporcional en el país tiene su primer antecedente en la reforma constitucional publicada el 22 de junio de 1963 en el Diario Oficial de la Federación. En dicha reforma se creó la figura de “diputados de partido”, como complemento de la elección directa. En la exposición de motivos de la iniciativa remitida al Poder Legislativo por el entonces presidente de la República, Adolfo López Mateos, se señalaba lo siguiente: “Tanto las mayorías como las minorías tienen derecho a opinar, discutir y votar; pero sólo las mayorías tienen derecho a decidir... Este sistema, que pudiera llamarse ‘mixto’, consiste en mantener el derecho de las mayorías. Complementado por otro, yuxtapuesto, de representación minoritaria, de tal manera que, además de los diputados logrados por el sistema de mayorías, cada uno de los partidos, si no obtuvo un mínimo de votos electorales directos, cumpliendo determinados requisitos, tiene derecho a un número proporcional de representantes, que llamaremos ‘diputados de partido’”. 1 Esta reforma tuvo como objetivo, fiel al principio democrático constitucional, contrarrestar los efectos de un sistema de partido hegemónico, garantizando con ciertos límites, la representatividad en el Poder Legislativo de las corrientes políticas con registro en el país.

11. Posteriormente, mediante reforma constitucional publicada el 6 de diciembre de 1977 en el Diario Oficial de la Federación, se reforzó el sistema mixto de representación, al crearse adicionalmente a los distritos de mayoría relativa hasta cinco distritos plurinominales, 2 delimitados en todo el territorio nacional, denominados “circunscripciones”. El propósito del esta relevante reforma quedó fijado en el discurso pronunciado por el entonces secretario de Gobernación, Jesús Reyes Heroles, el 1 de abril de 1977, ante los poderes de Guerrero: “Que el Estado ensanche las posibilidades de la representación política, de tal manera que se puedan captar en los órganos de representación el complicado mosaico ideológico nacional de una corriente mayoritaria y de pequeñas corrientes que, difiriendo en mucho de la mayoritaria, forman parte de la nación”. 3

12. La representación proporcional tuvo en su origen el propósito de garantizar la representación de todas las corrientes ideológicas y expresiones políticas encarnadas en los partidos políticos ante el Poder Legislativo.

13. Sin embargo, las reformas que hicieron posible la representación proporcional tuvieron a su vez, con el transcurso de los años, una consecuencia quizá no prevista por la importancia que en principio tuvo dicho avance en la vida política nacional. Con la consolidación de la pluralidad en el país y el robustecimiento de la competencia política real entre partidos, la representación proporcional mediante listas de partido dejó de cumplir a cabalidad su cometido principal, presentando una transmutación que la ha llevado de ser un espacio de representación ideológica partidista a un coto de las altas burocracias partidistas.

14. Un factor incidental que ha influido en esta situación lo constituyen las características y las dimensiones geográficas de las circunscripciones plurinominales en el país, ya que los candidatos elegidos mediante las listas regionales elaboradas por los partidos son en general desconocidos por los ciudadanos .El desconocimiento de los ciudadanos respecto a los diputados electos por el principio de representación proporcional en su circunscripción hace que el contacto entre unos y otros sea prácticamente nulo.

15. Otro factor determinante lo constituye el carácter totalmente “cerrado” de las listas regionales. El carácter exclusivamente cerrado de las listas regionales otorga un amplio poder discrecional de los dirigentes en turno de los partidos, quienes deciden su integración y orden, sin la obligación de transparentar sus decisiones a los integrantes de los partidos, respecto a las razones para elegir a los ciudadanos o miembros del partido que formarán parte de las listas y el porqué de su orden de prelación. El carácter cerrado de las listas propicia la inhibición de incentivos políticos por el electorado que permita a éstos incidir en su integración y su orden, por lo que los candidatos que desean formar parte de las listas en comento no sienten la obligación de comprometerse ante los electores ni, mucho menos, de rendir cuentas ante éstos, sino sólo ante sus dirigentes de partido, cuentas que la mayoría de las veces son de índole ajena a las de carácter ideológico-partidista.

16. La desviación del propósito original de la representación proporcional ha incidido de igual manera en la creación de rígidas castas burocráticas en los partidos, a manera de grupos de elite, con grados considerables de control. El politólogo Robert Michels acuñó el concepto sociológico de ley del hierro de la oligarquía para definir el proceso, casi inevitable, de formación de elites en cualquier estructura organizacional, incluida la de los partidos políticos. Michels, sin embargo, señala en descargo que “la vida de los partidos políticos, ya sea que se interesen principalmente en la nación o en la política local, en teoría debe demostrar necesariamente una tendencia aún más fuerte hacia la democracia que la manifestada por el Estado. El partido político se funda, en la mayor parte de los casos, sobre el principio de mayoría y siempre sobre el principio de la masa”. 4

17. En conclusión, las listas regionales de carácter exclusivamente cerrado, la consiguiente generación de castas burocráticas partidistas y la desconexión de los candidatos electos por la vía de representación proporcional con los ciudadanos han generado una situación de facto que vulnera las tres dimensiones de la democracia que, por mandato constitucional, deben observar los partidos políticos, y en particular la que concierne a la vía procedimental. Tal situación ha generado una desnaturalización de los partidos políticos respecto a su origen y, a su vez, un desencuentro entre los partidos políticos y los ciudadanos, pues éstos no se sienten representados por aquéllos. Por otra parte, no hay forma de castigar o premiar el desempeño de los que ocupan los cargos plurinominales, dada la ausencia de un mecanismo institucional que lo posibilite.

18. Es necesario por tanto reencauzar el principio democrático implícito en las reformas constitucionales que dieron origen a la representación proporcional y adecuarlo a las circunstancias actuales, introduciendo un procedimiento de incentivo electoral en la integración de las listas regionales, sin que la representación proporcional pierda su carácter primigenio de representación y expresión ideológica de los partidos ante el Poder Legislativo de la Unión.

19. La presente iniciativa propone que 50 por ciento de las listas de partido sean de carácter abierto para que éstas sean integradas por los candidatos de los partidos políticos contendientes por el principio de mayoría relativa en una circunscripción plurinominal que no hayan sido elegidos por ese principio, pero que hayan tenido los mayores porcentajes de votación válida en su partido, para que sean integrados a una lista que se intercalará, de manera alternada, con la modalidad vigente de lista regional de partido, la cual constituirá el otro 50 por ciento del total de la integración de la representación proporcional de un partido en cada circunscripción plurinominal.

20. Los diputados son representantes de los ciudadanos. El proceso democrático de elección de entre los candidatos postulados por las entidades de interés público, denominados “partidos”, mediante listas regionales, en la modalidad de porcentajes mayores, viene no sólo a fortalecer el vínculo con los elegidos por el sistema de representación proporcional y los electores. En una etapa ulterior, pero en principio y por consecuencia, el sistema electoral se hace más competitivo, obligando a los partidos a postular ciudadanos con mayor capacidad de respuesta y compromiso hacia los electores, dado que todo candidato de mayoría relativa lo es también de representación proporcional.

Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de ustedes se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de

Decreto que reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Primero.Se reforman los artículos 52, 53, párrafo segundo, y 54, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional , con base en el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales y por la modalidad de porcentajes mayores.

Artículo 53. ...

Para la elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional con base en el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales y por la modalidad de porcentajes mayores, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

Artículo 54. La elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional se verificará con base en las listas regionales que para el efecto presenten los partidos políticos para las circunscripciones plurinominales y a la modalidad de porcentajes mayores y se sujetará a las siguientes bases y a lo que disponga la ley:

I. y II. ...

III. Al partido político que cumpla las dos bases anteriores, independiente y adicionalmente a las constancias de mayoría relativa que hubiesen obtenido sus candidatos, serán asignados por el principio de representación proporcional, de acuerdo con su votación nacional emitida, el número de diputados que le corresponda en cada circunscripción plurinominal, de manera alternada entre los candidatos registrados en la lista regional y los que procedan de acuerdo con la modalidad de porcentajes mayores, iniciando por la primera.

IV. a VI. ...

Segundo.Se reforman los artículos 11, 17 y 20, párrafo tercero, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 11

1. La Cámara de Diputados se integra por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional , con base en el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales y por la modalidad de porcentajes mayores.

La Cámara de Diputados se renovará en su totalidad cada tres años.

Artículo 17

1. En todos los casos, para la asignación de los diputados por el principio de representación proporcional se verificará con base tanto en la lista que para el efecto presenten los partidos políticos para la circunscripción plurinominal como en la correspondiente resultante por la modalidad de porcentajes mayores.

2. Los diputados que correspondan a cada partido conforme al principio de representación proporcional le serán asignados entre los candidatos de representación proporcional y los que procedan según la modalidad de porcentajes mayores, de manera alternada, iniciando por la primera.

3. La asignación de diputados por la modalidad de lista de representación proporcional seguirá el orden de prelación establecido por los partidos. La asignación mediante la modalidad de porcentajes mayores se realizará entre los candidatos contendientes en la elección de mayoría relativa que no hayan ganado la elección por dicho principio; en este caso, la asignación procederá de acuerdo con la lista que se elabore en forma descendente a favor de quienes hubieren obtenido el mayor porcentaje de votación válida, con relación a los demás candidatos del propio partido en la circunscripción plurinominal.

Artículo 20

1. y 2. ...

3. Las vacantes de miembros propietarios de la Cámara de Diputados electos por la modalidad de listas de representación proporcional y de porcentajes mayores serán cubiertas, en el primer caso, por los suplentes de la fórmula electa respectiva; y en la segunda modalidad, por el candidato que le siga en orden descendente en la lista respectiva. En el caso de la primera modalidad, si la vacante se presenta respecto de la fórmula completa, será cubierta por la fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 UNAM (2007), Diccionario jurídico mexicano, op. cit., página 3232.

2 Ibídem, página 3234.

3 Ídem.

4 Michels, Robert (1962). Los partidos políticos 1, quinta reimpresión en español, 1996, Amorrortu Editores, Buenos Aires, Argentina, página 48.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2010.— Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias, señor diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación.



LEY DE BIOSEGURIDAD DE ORGANISMOS GENETICAMENTE MODIFICADOS

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Tiene la palabra el señor diputado José Manuel Agüero Tovar, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 101 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

El diputado José Manuel Agüero Tovar:Con su venia, señor presidente. En nuestro país la introducción de los organismos genéticamente modificados datan del año 1988, cuando la empresa Campbell´s, en su momento, experimentó en el jitomate. A partir de esto se derivaron una gran variedad de productos genéticamente modificados. Cabe destacar que a la fecha muchas empresas dedicadas a la importación y comercialización en México no cuentan con la información suficiente, contundente y mucho menos necesaria, en torno a estos productos.

La población ha tenido que seguir los estándares de empresas destinadas a la producción y comercialización de alimentos, tanto para el consumo humano como para el consumo animal, considerando la necesidad preponderante de que tales productos son básicos en su mayoría para la alimentación.

Un 96 por ciento de los consumidores mexicanos ignora qué son los transgénicos o no sabe que los está consumiendo o en qué alimentos se encuentran. En tanto, un 98 por ciento opina que las empresas deben informar en sus etiquetas si los productos son transgénicos o contienen ingredientes transgénicos.

México importa de Estados Unidos más de 6 millones de toneladas de maíz al año, de las cuales el 45 por ciento es transgénico.

En el país está prohibido sembrar maíz transgénico, sólo hay permisos para siembra no comercial de soya y algodón. La autoridad sanitaria permite la comercialización para consumo humano de 31 transgénicos de soya, canola, maíz, algodón, papa, jitomate y alfalfa. Estos ingredientes entran en nuestra alimentación diaria sin control alguno y sin consentimiento expreso de sus consumidores.

Los mexicanos tenemos derecho a saber que los alimentos que adquirimos para nuestras familias contienen ingredientes transgénicos o derivados de transgénicos. Este derecho no está garantizado por la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, mejor conocida como Ley Monsanto, que sólo obliga a informar sobre los transgénicos que sean nutrimentalmente distintos.

Los cultivos transgénicos son organismos creados en el laboratorio con una técnica que permite insertar genes de una bacteria o virus a plantas o animales y a cultivos como el maíz y la soya.

Estas técnicas permiten a los científicos saltarse la selección natural y la evolución, al intercambiar genes entre especies que naturalmente no podrían cruzarse.

La industria biotecnológica interesada en vender transgénicos ha señalado que no hay datos que confirmen daños en la salud, pero tampoco existen datos científicos publicados que garanticen que no los habrá.

Los transgénicos son usados en dos de cada tres productos a la venta en supermercados, tales como panes, alimentos infantiles, cervezas, dulces, caramelos, chicles, refrescos, licores, embutidos, botanas, sueros, bebidas, leche en polvo, chocolate en polvo, confitería, margarinas, alimentos preparados, jugos, mermeladas, alimentos para animales y un largo etcétera.

A mérito de lo expuesto sobre el avance en el consumo de productos transgénicos, el marco jurídico competente y considerando las responsabilidades del Estado en materia de información pública en la que deberá prevalecer el principio de máxima publicidad, prevención de daños a la salud pública y la obligatoriedad del Estado de garantizar salud bajo la máxima y principio legal de la precautoriedad, someto a la consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que modifica el artículo 101 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, conforme se detalla a continuación.

Artículo 101. Los organismos genéticamente modificados, o productos que contengan organismos genéticamente modificados autorizados por la Secretaría de Salud por su inocuidad en los términos de esta ley y para que sean para consumo humano directo, deberán garantizar la referencia explícita y completa de organismos genéticamente modificados y señalar en la etiqueta la información de su composición alimenticia o sus propiedades nutrimentales.

Indistintamente del gen o genes y su grado de modificación deberán ser rotulados con la etiqueta: este producto es transgénico o contiene ingredientes transgénicos. Y además cumplir con los requisitos generales adicionales de etiquetado conforme a las normas oficiales mexicanas que expide la Secretaría de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Salud y sus disposiciones reglamentarias, desde luego con la participación de la Secretaría de Economía.

Por obviedad de tiempo y por respeto a mis compañeros diputados solicito sea inscrita esta iniciativa íntegra en el Diario de los Debates. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 101 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo del diputado José Manuel Agüero Tovar, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado José Manuel Agüero Tovar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que modifica el artículo 101 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

Antecedentes

En nuestro país, la introducción de los organismos genéticamente modificados (OGM), datan de 1988, cuando la empresa Campbell´s, en su momento, experimentó en el jitomate; a partir de esto, se derivo una gran variedad de productos genéticamente modificados. Cabe destacar que a la fecha, muchas empresas dedicadas a la importación y comercialización en México no cuentan con la información suficiente y contundente y mucho menos necesaria, en torno a éstos.

Con la importación de los productos genéticamente modificados en México, la población ha tenido que seguir los estándares  de empresas destinadas a la producción y comercialización de alimentos tanto para su consumo humano como animal, considerando la necesidad preponderante de que tales productos son básicos en su mayoría para la alimentación en nuestra población que es de más de 100 millones de habitantes.

Un 96 por ciento de los consumidores mexicanos ignora qué son los transgénicos o no saben si los están consumiendo o en qué alimentos se encuentran, en tanto que un 98 por ciento opina que las empresas deben informar en sus etiquetas si sus productos contienen transgénicos.

México importa de Estados Unidos de América más de 6 millones de toneladas de maíz cada año, de los cuales 45 por ciento es transgénico.

En el país está prohibido sembrar maíz transgénico, sólo hay permisos para siembra “no comercial” de soya y algodón transgénicos.

La autoridad sanitaria permite la comercialización para consumo humano de 31 transgénicos de soya, canola, maíz, algodón, papa, jitomate y alfalfa. Estos ingredientes entran en nuestra alimentación diaria sin control alguno y sin consentimiento expreso.

Contar con información de los bienes y servicios que las compañías ofrecen de manera oportuna, completa, clara y veraz permite a los consumidores elegir qué es lo que quieren comprar. Por ello los mexicanos tenemos derecho a saber si los alimentos que adquirimos para nuestras familias contienen ingredientes transgénicos o derivados de transgénicos.

Este derecho no está garantizado por la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (mejor conocida como Ley Monsanto), que sólo obliga a informar sobre los transgénicos que sean nutrimentalmente distintos de forma significativa.

Los cultivos transgénicos son organismos creados en el laboratorio con una técnica que permite insertar genes de bacterias o virus a plantas o animales y a cultivos como el maíz y la soya.

Estas técnicas permiten a los científicos saltarse la selección natural y la evolución, al intercambiar genes entre especies que naturalmente no podrían cruzarse.

La principal razón para evitar los transgénicos en los alimentos es la gran incertidumbre científica que existe en torno a estos productos.

Hasta la fecha no se han hecho las pruebas y estudios necesarios para garantizar científicamente que su consumo no tendrá efectos nocivos a mediano y largo plazo.

La industria biotecnológica, interesada en vender transgénicos, ha señalado que no hay datos para confirmar daños en la salud, pero tampoco existen datos científicos publicados que garanticen que no los habrá.

Los transgénicos son usados en 2 de cada 3 productos a la venta en los supermercados, tales como panes, alimentos infantiles, cervezas, dulces, caramelos, chicles, refrescos, licores, embutidos, botanas, sueros, bebidas, leche en polvo, chocolate en polvo, confitería, margarinas, alimentos preparados, jugos, mermeladas, alimentos para animales, etcétera.

Consideraciones

1. El servicio internacional para la adquisición de aplicaciones agrobiotecnológicas informa que los organismos genéticamente modificados son cada vez más utilizados en el mundo y la primera generación de estos productos ya es explotada.

2. El año pasado, 13.3 millones de agricultores aplicaron este tipo de cultivos, lo que significa que aumento el número de hectáreas donde se cosechan productos transgénicos y por consecuencia el consumo de ellos por los seres humanos o mexicanos.

3. Que en el mundo, el comparativo entre la década de los 90 y la época actual es el crecimiento de 74 veces mayor, existiendo actualmente 125 millones de hectáreas dedicadas a estos cultivos, los cual nos habla de que los alimentos transgénicos se han convertido en una práctica agrícola de rápida adopción.

4. De los 25 países productores de estos cultivos, 15 son países en desarrollo.

Marco jurídico

Consideraciones jurídicas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El artículo sexto constitucional, párrafo I, en la última línea determina lo siguiente:

Título Primero

Capítulo 1De las Garantías Individuales

Artículo 6o. ...

Última línea: “El derecho a la información será  garantizado por el Estado”.

Que es su fracción primera establece con claridad:

I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.

Consideraciones del Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica

En el ámbito internacional respecto del Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, México es uno de sus 151 miembros y que, dentro de sus manifestaciones, asumen su compromiso por la salud humana y los potenciales riesgos derivados de los organismos vivos transgénicos, los que expresa de la siguiente manera:

Conscientes de la rápida expansión de la biotecnología moderna y de la creciente preocupación pública sobre sus posibles efectos adversos para la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana.

Teniendo en cuenta la reducida capacidad de muchos países, en especial los países en desarrollo, para controlar la naturaleza y la magnitud de los riesgos conocidos y potenciales derivados de los organismos vivos modificados.

Que en su artículo onceavo, párrafo octavo, expresa lo siguiente:

Artículo 11

Procedimiento para organismos vivos modificados destinados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento

8. El hecho de que no se tenga certeza científica por falta de información y conocimientos pertinentes suficientes sobre la magnitud de los posibles efectos adversos de un organismo vivo modificado en la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica en la parte de importación, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, no impedirá a esa parte, a fin de evitar o reducir al mínimo esos posibles efectos adversos, adoptar una decisión, según proceda, en relación con la importación de ese organismo vivo modificado destinado para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento.

Que en apego al artículo dieciocho de su párrafo segundo inciso a) establece:

Artículo 18

Manipulación, transporte, envasado e identificación

2. Cada parte adoptará las medidas para requerir que la documentación que acompaña a:

a) Organismos vivos modificados destinados a uso directo como alimento humano o animal, o para procesamiento, identifica claramente que “pueden llegar a contener” organismos vivos modificados y que no están destinados para su introducción intencional en el medio, así como un punto de contacto para solicitar información adicional. La conferencia de las partes, en su calidad de reunión de las partes en el presente protocolo, adoptará una decisión acerca de los requisitos pormenorizados para este fin, con inclusión de la  especificación de su identidad y cualquier identificación exclusiva, a más tardar dos años después de la fecha de entrada en vigor del presente protocolo;

Que conforme al objetivo establecido en:

Anexo III

Evaluación del Riesgo

Objetivo

El objetivo de la evaluación del riesgo, en el marco del presente protocolo, es determinar y evaluar los posibles efectos adversos de los organismos vivos modificados en la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica en el probable medio receptor, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana.

Que encontrando en los siguientes fundamentos los soportes de manera contundente como abajo se cita:

Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Título Primero

Disposiciones Generales

Capítulo I

Objeto y Finalidades

Artículo 1. La presente ley es de orden público y de interés social, y tiene por objeto regular las actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial, comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados, a fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola.

Artículo 2. Para cumplir su objeto, este ordenamiento tiene como finalidades:

I. Garantizar un nivel adecuado y eficiente de protección de la salud humana, del medio ambiente y la diversidad biológica y de la sanidad animal, vegetal y acuícola, respecto de los efectos adversos que pudiera causarles la realización de actividades con organismos genéticamente modificados;

II. Definir los principios y la política nacional en materia de bioseguridad de los OGM y los instrumentos para su aplicación;

Artículo 3. Para los efectos de esta ley, se entiende por

I. a IV. ...

V. Bioseguridad. Las acciones y medidas de evaluación, monitoreo, control y prevención que se deben asumir en la realización de actividades con organismos genéticamente modificados, con objeto de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que dichas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y la diversidad biológica, incluyendo los aspectos de inocuidad de dichos organismos que se destinen para uso o consumo humano.

Capítulo II

Principios en Materia de Bioseguridad

Artículo 9. Para la formulación y conducción de la política de bioseguridad y la expedición de la reglamentación y de las normas oficiales mexicanas que deriven de esta ley, se observarán los siguientes principios:

I. ...

II. El Estado tiene la obligación de garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su alimentación, salud, desarrollo y bienestar;

III. y IV. ...

V. La protección de la salud humana, del medio ambiente y de la diversidad biológica exigen que se preste la atención debida al control y manejo de los posibles riesgos derivados de las actividades con OGM, mediante una evaluación previa de dichos riesgos y el monitoreo posterior a su liberación;

VI. y VII...

VIII. Los posibles riesgos que pudieran producir las actividades con OGM a la salud humana y a la diversidad biológica se evaluarán caso por caso. Dicha evaluación estará sustentada en la mejor evidencia científica y técnica disponible;

IX. ...

X. Deben ser monitoreados los efectos adversos que la liberación de los OGM pudieran causar a la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los posibles riesgos para la salud humana;

XI. a XIV. ...

XV. La aplicación de esta ley, los procedimientos administrativos y criterios para la evaluación de los posibles riesgos que pudieran generar las actividades que regula esta ley, los instrumentos de control de dichas actividades, el monitoreo de las mismas, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas que de ella deriven, los procedimientos de inspección y vigilancia para verificar y comprobar el cumplimiento de esta ley y de las disposiciones que de ella deriven, la implantación de medidas de seguridad y de urgente aplicación, y la aplicación de sanciones por violaciones a los preceptos de esta ley y las disposiciones que de ella emanen, son la forma en que el Estado mexicano actúa con precaución, de manera prudente y con bases científicas y técnicas, para prevenir, reducir o evitar los posibles riesgos que las actividades con OGM pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y la diversidad biológica;

Título Quinto

De la Protección de la Salud Humana en relación con los OGM

Capítulo I

De las Autorizaciones de OGM

Artículo 91. Los OGM objeto de autorización son los siguientes:

I. Los que se destinen a su uso o consumo humano, incluyendo granos;

II. Los que se destinen al procesamiento de alimentos para consumo humano;

Para los efectos de esta ley, también se consideran OGM para uso o consumo humano los que sean para consumo animal y que puedan ser consumidos directamente por el ser humano.

Título Sexto

Etiquetado e Identificación de OGM

Artículo 101. Los OGM o productos que contengan organismos genéticamente modificados, autorizados por la Secretaría de Salud por su inocuidad en los términos de esta ley y que sean para consumo humano directo, deberán garantizar la referencia explícita de organismos genéticamente modificados y señalar en la etiqueta la información de su composición alimenticia o sus propiedades nutrimentales, en aquellos casos en que estas características sean significativamente diferentes respecto de los productos convencionales, y además cumplir con los requisitos generales adicionales de etiquetado conforme a las normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Salud y sus disposiciones reglamentarias, con la participación de la Secretaría de Economía.

Que bajo las consideraciones establecidas en la siguiente

Ley General de Salud

Capitulo XII BisProductos Biotecnológicos

Artículo 282 Bis. Para los efectos de esta ley, se consideran productos biotecnológicos aquellos alimentos, ingredientes, aditivos, materias primas, insumos para la salud, plaguicidas, sustancias tóxicas o peligrosas, y sus desechos, en cuyo proceso intervengan organismos vivos o parte de ellos, modificados por técnica tradicional o ingeniería genética.

Artículo 282 Bis 1. Se deberá notificar a la Secretaría de Salud de todos aquellos productos biotecnológicos o de los derivados de éstos, que se destinen al uso o consumo humano.

Artículo 282 Bis 2. Las disposiciones y especificaciones relacionadas con el proceso, características y etiquetas de los productos objeto de este capítulo, se establecerán en las normas oficiales mexicanas correspondientes.

De lo anterior podemos deducir lo siguiente, respecto de las responsabilidades y obligaciones del Estado:

1. Que en virtud de que esta información la detenta el gobierno federal a través de sus secretarías y autoridades competentes, es información pública.

2. Que siendo competencia y responsabilidad de las autoridades sobre la información de los organismos transgénicos, deberán informar a los consumidores finales, en apego a los derechos sobre la información de los alimentos que consumen.

3. Que ante la declarada incertidumbre sobre los potenciales efectos adversos a la salud humana, deberán informar a los consumidores sobre el contenido y gen (es) manipulados de estos alimentos y sus posibles consecuencias.

4. Que en la cita del Protocolo de Cartagena en el octavo párrafo “no impedimento de la parte –en este caso nuestro país-, a fin de evitar o reducir al mínimo esos posibles efectos adversos”, no implica la omisión de la obligatoria responsabilidad constitucional de las autoridades para con los ciudadanos que consuman o pudieran consumir voluntaria o involuntariamente alimentos modificados genéticamente.

5. Que en el Protocolo de Cartagena, respecto de la identificación en su artículo dieciocho en el párrafo segundo, inciso a) ... “pueden llegar a contener”. Se extienda la identificación citada hasta el consumidor y no se mantenga la información sólo en el tránsito e internación de los estos productos al país.

6. Que esta información atiende a un principio precautorio al que las autoridades deberán atenerse en cumplimiento de la responsabilidad que tienen con los ciudadanos, ante el desconocimiento de la naturaleza alcance y magnitudes de los alimentos transgénicos sobre los humanos y destacando que es el mismo protocolo quien lo declara, y siendo México parte firmante del mismo, debe de atender a sus principios rectores.

7. Que derivado de la presente Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, así como de la Ley General de Salud, se exalta obligación del Estado en garantizar el cuidado y prevención de riesgos en la salud del ser humano, a través de diferentes normas y políticas a efecto de mantener como máxima prioridad la seguridad de la población en materia de salud.

A mérito de lo expuesto sobre el avance en el consumo de productos transgénicos, el marco jurídico competente y considerando las responsabilidades del Estado, en materia de información pública de la que deberá prevalecer el principio de “máxima publicidad”, prevención de daños a la salud pública y la obligatoriedad del estado en garantizar salud; bajo la máxima y principio legal de la precautoriedad y en uso de las atribuciones citadas en el proemio de este documento, someto a la consideración del pleno de esta soberanía la siguiente Iniciativa con proyecto de

Decreto que modifica el artículo 101 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Actual

Artículo 101. Los OGM o productos que contengan organismos genéticamente modificados, autorizados por la Secretaría de Salud por su inocuidad en los términos de esta ley y que sean para consumo humano directo, deberán garantizar la referencia explícita de organismos genéticamente modificados y señalar en la etiqueta la información de su composición alimenticia o sus propiedades nutrimentales, en aquellos casos en que estas características sean significativamente diferentes respecto de los productos convencionales, y además cumplir con los requisitos generales adicionales de etiquetado conforme a las normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Salud y sus disposiciones reglamentarias, con la participación de la Secretaría de Economía.

Propuesta

Artículo 101. Los OGM o productos que contengan organismos genéticamente modificados, autorizados por la Secretaría de Salud por su inocuidad en los términos de esta ley y que sean para consumo humano directo, deberán garantizar la referencia explícita y completa de organismos genéticamente modificados e informar la composición alimenticia así como sus propiedades nutrimentales, indistintamente del gen o genes y su grado de modificación, deberán ser rotulados con la etiqueta “este producto es transgénico o contiene ingredientes transgénicos”,además de cumplir con los requisitos generales adicionales de etiquetado conforme a las normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Salud y sus disposiciones reglamentarias, con la participación de la Secretaría de Economía.

Palacio Legislativo, a 16 de febrero 2010.— Diputados: José Manuel Agüero Tovar, María del Pilar Torre Canales, Héctor Pedraza Olguín (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Como lo solicita, insértese en el Diario de los Debates. Túrnese a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Agricultura y Ganadería.

El diputado Héctor Pedroza Jiménez(desde la curul): Presidente

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Solicita la palabra el diputado Héctor Pedroza.

El diputado Héctor Pedroza Jiménez(desde la curul): Gracias, diputado presidente. Solamente para preguntarle al diputado proponente si puedo sumarme a su propuesta.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias, diputado. Le pregunto al diputado José Manuel Agüero Tovar si está de acuerdo en la adhesión del diputado Héctor Pedroza.

El diputado José Manuel Agüero Tovar(desde la curul): De acuerdo.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Está de acuerdo el diputado. Todas y todos aquéllos que deseen hacerlo favor de pasar a la Secretaría a suscribir el documento.



QUORUM

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Dígame diputado Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Diputado presidente, con fundamento en los artículos 106, 112 y fracción IV del artículo 109 del Reglamento para el Gobierno Interior de esta Cámara, le pido dé por suspendida la sesión porque es evidente que no hay quórum. O en su defecto que pase lista si tiene alguna duda de que no hay quórum, según los artículos que estoy citando.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Estamos conscientes de que hay algunos compañeros diputados que están en juntas de comisiones. Para poder procesar los temas que tenemos pendientes en esta sesión, a juicio de la Presidencia, tenemos quórum para poder continuar un momento más en la sesión y dar concluida ésta.

Nos visitan en este momento alumnos y estudiantes del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, campus México, que son invitados por la diputada Gabriela Cuevas Barrón.

Asimismo, se encuentra entre nosotros un grupo de alumnos con mejor promedio de la escuela secundaria Felipe Ángeles, de Pachuca, Hidalgo, invitados por la diputada Paula Hernández Olmos. Sean todos ustedes bienvenidos.



MONEDAS CONMEMORATIVAS

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Pasamos al siguiente punto del orden del día, que son dictámenes de primera lectura. En virtud de que éstos han sido publicados en la Gaceta Parlamentaria, pido a la Secretaría que consulte a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

«Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cinco monedas de plata, relativas al complejo arquitectónico de Chichén Itzá

Febrero 10 de 2010.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo federal sometió a la consideración de la Cámara de Diputados, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cinco monedas de plata relativas al complejo arquitectónico de Chichén Itzá.

Los integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión de fecha 15 de diciembre de 2009, el Ejecutivo federal presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cinco monedas de plata relativas al complejo arquitectónico de Chichén Itzá.

2. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de esta honorable Cámara de Diputados turnó la iniciativa con proyecto de decreto antes señalada, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su estudio y dictamen.

3. Los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora realizaron diversos trabajos a efecto de revisar el contenido de la citada iniciativa, expresar sus observaciones y comentarios a la misma, e integrar el presente dictamen.

Descripción de la iniciativa

En la iniciativa del Ejecutivo federal, se manifiesta que la diversidad de culturas precolombinas que se desarrollaron en la región de Mesoamérica ha tenido una notable importancia a través del tiempo, debido al gran legado histórico que las mismas heredaron al mundo moderno.

Dichas culturas, al haberse establecido en diferentes zonas del territorio mexicano, nos han permitido conocer y reconocer el arte precolombino a través de su arquitectura, escultura, cerámica, textil y pintura, siendo la primera la más destacada y admirada a través del tiempo, por lo que representa un enorme orgullo contar con toda esa herencia cultural.

Indica la iniciativa que una de las culturas más sobresalientes de la época prehispánica, en cuanto a su arquitectura, es la Maya, quienes en el siglo IV d.C., se trasladaron a diversas regiones, entre ellas, la que hoy conocemos como Península de Yucatán. De tal suerte, que se crearon un número significativo de colonias y ciudades en las zonas contiguas a dicha región.

En la iniciativa se destaca que en el siglo IX, esta civilización sufrió de una extensa época de sequía, encuentros militares y escasez alimenticia, circunstancias que trajeron consigo que la civilización maya emigrara al norte y centro de la península.

De esta manera, en el año 987 d.C., los mayas llegaron a una antigua ciudad conocida bajo el nombre de “Chich’en” (Orilla del pozo). Dicha urbe había sido edificada en el año 452 d.C., pero también había sufrido del abandono de los pueblos mayas, por lo que deciden agregarle el nombre de la tribu “Brujo de agua”, lo que en maya se traduce como “Itzá”, quedando la denominación de la ciudad como “Chichén Itzá”, misma que hasta la fecha, es motivo de admiración de propios y extraños por los imponentes sitios arqueológicos que muestran el desarrollo científico y astronómico que poseían y que reflejaron en cada una de sus construcciones, las cuales comprenden desde majestuosas pirámides hasta importantes centros religiosos. En esta ciudad, los mayas construyeron una serie de templos, canchas de juego de pelota y edificaron una pirámide en honor al dios Kukulcán, deidad que fue retomada de la religión tolteca de la figura de Quetzalcóatl. Así, su importancia ha sido tal que en 1988 fue declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

Asimismo, como lo señala la propia iniciativa, el 7 de julio de 2007, (070707) se llevó a cabo en la ciudad de Lisboa, Portugal, la ceremonia donde se dieron a conocer los resultados de la encuesta mundial que se realizó para determinar las Siete Nuevas Maravillas del Mundo, en la cual nuestro país fue representado por el complejo arquitectónico de Chichén Itzá, resultando elegido para ser una de las Siete Nuevas Maravillas del Mundo.

En virtud de tan importante distinción y aunado al interés de promover las culturas precolombinas e impulsar con ello la producción numismática nacional, esta Comisión está de acuerdo en que es adecuado estructurar un programa numismático que difunda a nivel mundial esa importante zona arqueológica, a través de la selección de cinco de las principales edificaciones integrantes de dicha zona que se consideran representativas de la misma: la pirámide de Kukulcán, el Templo de los Guerreros, la Iglesia, la Casa de las Monjas y el Observatorio, mediante el cual, se muestra una de las principales manifestaciones artísticas de la Cultura Maya como lo es la arquitectura, se considera que tanto coleccionistas como público en general, estarán interesados en adquirir estas piezas que tienen la intención de hacer un reconocimiento a nuestra ancestral riqueza cultural.

Consideraciones de la comisión

Primera. En 1988 la UNESCO declaró como Patrimonio de la Humanidad el sitio arqueológico de Chichén Itzá, considerando que esta zona es el vestigio arqueológico más importante de la civilización Maya-Tolteca en Yucatán (siglos IX-XVI) y que sus monumentos se encuentran entre las obras maestras de la arquitectura mesoamericana por la belleza de sus proporciones, el refinamiento de sus construcciones y el esplendor de sus decoraciones esculpidas.

Segunda. La importancia de Chichén Itzá ha sido reconocida en programas numismáticos de nuestro país, como la Colección Maya de la Serie Precolombina que fue acuñada en oro y plata en 1993 y que contó con gran aceptación por parte del público nacional e internacional. Asimismo, esta comisión también recuerda que en el reverso de los billetes de 1000 pesos fabricados por la American Bank Note Company se caracterizaba por la viñeta en la que se encontraba la pirámide “El Castillo”.

Tercera. Esta comisión dictaminadora concuerda con los argumentos del Ejecutivo federal, en cuanto a la importancia de estructurar un programa numismático a efectos de difundir la riqueza cultural de la civilización Maya, en especial su arquitectura, ya que la misma ha sido distinguida en primer lugar por la citada declaratoria de Patrimonio de la Humanidad por parte de la UNESCO, y recientemente, en la elección del complejo arquitectónico de Chichén Itzá como una de las Siete Nuevas Maravillas del Mundo, lo cual aumenta la difusión de esta zona arqueológica con los consecuentes beneficios para México.

Cuarta.La declaratoria de Chichén Itzá como una de las nuevas 7 Maravillas del Mundo, en Lisboa Portugal en 2007, fortalece la presencia internacional y el conocimiento de nuestro país en otras naciones, y el uso del elemento “070707” en las monedas materia de la iniciativa seguramente contribuirá a que sean buscadas por coleccionistas de todo el mundo.

Quinta. La que Dictamina considera procedente la acuñación de estas monedas, ya que siendo el 2010 un año de tal importancia para nuestro país, el rendir un homenaje a la arquitectura de la cultura maya, mediante la emisión de diversas monedas, fomenta la revaloración de los orígenes de nuestra patria.

Por lo expuesto, la Comisión de Hacienda y Crédito Público considera que es de aprobarse y para los efectos del artículo 72, inciso A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pone a consideración del pleno el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se establecen las características de cinco monedas de plata relativas al complejo arquitectónico de Chichén Itzá

Artículo Primero. Se establecen las características de una moneda de plata pura de conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos:

a) Valor nominal: Veinte pesos.

b) Forma: Circular.

c) Diámetro: 65.0 mm (Sesenta y cinco milímetros).

d) Canto: Estriado.

e) Ley: 0.999 (Novecientos noventa y nueve milésimos) mínimo de plata pura.

f) Peso: 155.515 g (Ciento cincuenta y cinco gramos, quinientos quince miligramos), equivalente a 5 (Cinco) onzas troy.

g) Contenido: 5 (Cinco) onzas troy de plata pura.

h) Tolerancia en ley: 0.001 (Un milésimo) en más.

i) Tolerancia en peso: Por unidad: 0.940 g (Novecientos cuarenta miligramos); por conjunto de cien piezas: 9.500 g (Nueve gramos, quinientos miligramos). Ambas en más o en menos.

j) Cuños:

Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, circundado con la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” en semicírculo superior. Rodeando a éste y siguiendo el contorno del marco, la reproducción de diferentes escudos utilizados a través de la historia de nuestro país, así como del águila que se encuentra en la parte central de la primera página del Códice Mendocino. El marco liso.

Reverso: En el campo superior, al centro, en semicírculo el nombre “CHICHÉN ITZÁ”, al centro la pirámide de Kukulcán o del Castillo de planta cuadrangular, en la fachada principal en el campo izquierdo, la escalera inicia con grandes cabezas de serpiente, debajo de la pirámide el nombre “PIRÁMIDE DE KUKULCÁN”, en el campo superior izquierdo el signo de pesos “$” continuo el número “20”, en el campo superior derecho la ceca de la Casa de Moneda de México, debajo el número “070707”. El marco liso.

Artículo Segundo. Se establecen las características de una moneda de plata pura de conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos:

a) Valor nominal: Diez pesos.

b) Forma: Circular.

c) Diámetro: 48.0 mm (Cuarenta y ocho milímetros).

d) Canto: Estriado.

e) Ley: 0.999 (Novecientos noventa y nueve milésimos) mínimo de plata pura.

f) Peso: 62.206 g (Sesenta y dos gramos, doscientos seis miligramos), equivalente a 2 (Dos) onzas troy.

g) Contenido: 2 (Dos) onzas troy de plata pura.

h) Tolerancia en ley: 0.001 (Un milésimo) en más.

i) Tolerancia en peso: Por unidad: 0.350 g (Trescientos cincuenta miligramos). Por conjunto de mil piezas: 6.100 g (Seis gramos, cien miligramos). Ambas en más o en menos.

j) Cuños:

Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, circundado con la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” en semicírculo superior. Rodeando a éste y siguiendo el contorno del marco, la reproducción de diferentes escudos utilizados a través de la historia de nuestro país, así como del águila que se encuentra en la parte central de la primera página del Códice Mendocino. El marco liso.

Reverso: En el campo superior, en semicírculo, el nombre “CHICHÉN ITZÁ”, desfasado del centro a la derecha el Templo de los Guerreros, perteneciente a la Cultura Maya, en el campo superior izquierdo el signo de pesos “$” continuo el número “10”, abajo la ceca de la Casa de Moneda de México y debajo de ésta el número “070707”. En el exergo, la leyenda “TEMPLO DE LOS GUERREROS”. El marco liso.

Artículo Tercero. Se establecen las características de tres monedas de plata pura de conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos:

I. Características comunes:

a) Valor nominal: Cinco pesos.

b) Forma: Circular.

c) Diámetro: 40.0 mm (Cuarenta milímetros).

d) Canto: Estriado.

e) Ley: 0.999 (Novecientos noventa y nueve milésimos) mínimo de plata pura.

f) Peso: 31.103 g (Treinta y un gramos, ciento tres miligramos), equivalente a 1 (Una) onza troy.

g) Contenido: 1 (una) onza troy de plata pura.

h) Tolerancia en ley: 0.001 (Un milésimo) en más.

i) Tolerancia en peso: Por unidad: 0.175 g (Ciento setenta y cinco miligramos). Por conjunto de mil piezas: 1 g (un gramo). Ambas en más o en menos.

II. Cuños:

a) Anverso común: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, circundado con la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” en semicírculo superior. Rodeando a éste y siguiendo el contorno del marco, la reproducción de diferentes escudos utilizados a través de la historia de nuestro país, así como del águila que se encuentra en la parte central de la primera página del Códice Mendocino. El marco liso.

b) Reverso de la primera moneda:En el campo superior al centro en semicírculo el nombre “CHICHÉN ITZÁ”, al centro el edificio de la Casa de las Monjas perteneciente a la Cultura Maya, labrada en piedra con mascarones del Dios Chaac, debajo de éste centrada la palabra “CASA DE LAS MONJAS”, en el campo izquierdo el signo de pesos “$” continuo el número “5”, en el campo derecho la ceca de la Casa de Moneda de México, debajo el número “070707”. El marco liso.

c)  Reverso de la segunda moneda:En el campo superior al centro en semicírculo el nombre “CHICHÉN ITZÁ”, al centro el edificio del Observatorio o Caracol perteneciente a la Cultura Maya que funcionaba como observatorio astronómico, debajo de éste centrada la palabra “OBSERVATORIO”. En el campo izquierdo el signo de pesos “$” continuo el número “5”, en el campo derecho la ceca de la Casa de Moneda de México, debajo el número “070707”. El marco liso.

d) Reverso de la tercera moneda:En el campo superior al centro en semicírculo el nombre “CHICHÉN ITZÁ”, al centro el edificio de la iglesia perteneciente a la Cultura Maya, con profusa decoración labrada en piedra en el que se observan figuras del Dios Chaac, debajo de éste centrada la palabra “LA IGLESIA”; en el campo izquierdo el signo de pesos “$” continuo el número “5”, en el campo derecho la ceca de la Casa de Moneda de México, debajo el número “070707”. El marco liso.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las monedas a que se refiere el presente decreto podrán acuñarse a partir de la entrada en vigor del mismo.

Tercero. Corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran, los cuales deberán ser acordes con las características de las monedas descritas en el presente decreto.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados, a 10 de febrero de 2010.

La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados:Mario Alberto Becerra Pocoroba (rúbrica), presidente; Graciela Ortiz González (rúbrica), David Penchyna Grub (rúbrica), Ovidio Cortázar Ramos (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Víctor Manuel Báez Ceja, Armando Ríos Piter (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Óscar González Yáñez, Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), María Guadalupe García Almanza (rúbrica), secretarios; Ricardo Ahued Bardahuil (rúbrica), Jesús Alberto Cano Vélez (rúbrica), Julio Castellanos Ramírez (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Alberto Emiliano Cinta Martínez (rúbrica), Raúl Gerardo Cuadra García, Mario Alberto di Costanzo Armenta (rúbrica), Roberto Gil Zuarth (rúbrica), Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa (rúbrica), Silvio Lagos Galindo, Juan Carlos Lastiri Quirós, Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias (rúbrica), Óscar Guillermo Levín Coppel (rúbrica), Ruth Esperanza Lugo Martínez (rúbrica), Emilio Andrés Mendoza Kaplan, José Narro Céspedes, Leticia Quezada Contreras (rúbrica), Pablo Rodríguez Regordosa (rúbrica), José Adán Ignacio Rubí Salazar (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas, María Esther de Jesús Scherman Leaño, Luis Videgaray Caso.»

Es de primera lectura.



MONEDAS CONMEMORATIVAS

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella:«Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cuatro monedas de oro

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo federal sometió a la consideración de la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cuatro monedas de oro.

Los integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión de fecha 15 de diciembre de 2009, el Ejecutivo federal presentó la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cuatro monedas de oro.

2. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de esta honorable Cámara de Diputados turnó la iniciativa antes señalada, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su estudio y dictamen.

3. Los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora realizaron diversos trabajos a efecto de revisar el contenido de la citada iniciativa, expresar sus observaciones y comentarios a la misma, e integrar el presente dictamen.

Descripción de la iniciativa

En la iniciativa que se dictamina se comenta que México ha suministrado al mundo una gran diversidad de productos en los ámbitos culturales, metalúrgicos y alimenticios, como ejemplo de dichas aportaciones de México al resto del mundo, tenemos al maíz, el nopal, el agave, del cual derivan  productos netamente mexicanos como el tequila, y el cacao, de éste último se produce el famoso chocolate mexicano.

También como parte de este legado histórico, se menciona que la riqueza minera mexicana se ve reflejada en la plata y, en particular, con la circulación de monedas de plata mexicana acuñadas en nuestro país, que incluso circularon en el Continente Asiático hasta el siglo XIX; y la herencia arquitectónica que legaron las antiguas culturas precolombinas con sus imponentes centros ceremoniales, como los de “Chichén Itzá” y “Teotihuacán”, entre otros.

El Ejecutivo también señala que por el lado europeo, la introducción del caballo como medio de transporte y de carga, sin duda fue una de las grandes aportaciones que incentivó a nuestra economía de manera importante, así como la introducción del trigo en la dieta de la población.

Asimismo, la iniciativa señala que el promover este tipo de valores a través de la numismática, no es primicia para México, ya que este proyecto es la continuidad de un esquema de promoción cultural impulsado por nuestro país a nivel internacional desde 1999. En dicho año, México contribuyó con una moneda de oro acuñando en su reverso el diseño del “Teocuitlatl”, bajo el tema de La Historia del Oro, moneda que se emitió de conformidad con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 20 de mayo de 1999.

Así, debido al éxito de dicha moneda, se considera pertinente seguir promoviendo a nuestro país a través de medios como lo son las monedas en metales finos, pues además de tener un valor sentimental y cultural, tienen un valor intrínseco real que lo sustenta incluso como un medio de ahorro.

Consideraciones de la comisión

Primera. Esta Comisión Dictaminadora está de acuerdo con los argumentos del Ejecutivo federal, ya que promover el legado cultural que surge por la fusión de  importantes culturas como la española, la azteca, la maya y tantas otras que habitaban en el territorio que actualmente conforma nuestro país, promueve la identidad nacional al revalorizar los orígenes del pueblo mexicano.

Segunda.El origen de la actual nación mexicana no se podría comprender sin el estudio de la fusión de las culturas locales y la hispana, en donde cada cultura aportó elementos, ya sea arquitectónicos, de transporte o alimenticios. El legado que México ha dado al mundo se puede observar en cuestiones como el chocolate, el tequila y más importante, el maíz, alimento principal de los antiguos pobladores de México y que actualmente es consumido en el mundo entero. De España, México recibe entre otras cosas, la moneda como la conocemos actualmente, la arquitectura, el trigo y la religión.

Tercera. Las monedas materia de la iniciativa destacan elementos característicos de las culturas arriba mencionadas, lo cual, en opinión de esta Comisión es adecuado para mostrar que México es una fusión de culturas, es decir,  un sincretismo de elementos políticos, culturales, sociales y religiosos, los que conforman a México como una nación única.

Cuarta. La que dictamina considera procedente la acuñación de estas monedas, por la relevancia histórica del tema y porque coincidentemente, el 2010 será un año en el que se recuerden los orígenes y formación de la nación mexicana, y mediante las monedas materia del presente dictamen, la fusión cultural de la cual provenimos será debidamente reconocida para mejor comprensión de nuestro pasado, presente y futuro.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Hacienda y Crédito Público considera que es de aprobarse y para los efectos del artículo 72, inciso A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pone a consideración del Pleno el siguiente proyecto de

Decreto por el que se establecen las características de cuatro monedas de oro

Artículo Único. Se establecen las características de cuatro monedas de oro de conformidad con el artículo 2o. Bis de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos:

I. Características comunes:

a) Diámetro: 13.0 mm (Trece milímetros).

b) Ley: 0.750 (Setecientos cincuenta milésimos) de oro.

c) Peso: 1.667 g (Un gramo, seiscientos sesenta y siete miligramos).

d) Contenido: 1.25 g (Un gramo, veinticinco centésimos) de oro puro.

e) Tolerancia en ley: 0.003 (Tres milésimas) en más o en menos.

f) Tolerancia en peso: 0.020 g (Veinte miligramos) en más o en menos.

g) Canto: Liso.

II. Cuños:

a) Anverso común: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, en semicírculo superior la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”. El marco liso.

b) Reverso de la primera moneda: Del centro, desfasado al campo derecho, dos cabezas de perfil, una de un español con almete y sobrepuesto, un indígena con penacho. En el campo izquierdo, la ceca de la Casa de Moneda de México, en semicírculo, en conjunto, nopales y espigas de trigo, en el campo superior al centro y en semicírculo, la leyenda “FUSIÓN CULTURAL”, debajo del mismo el año de acuñación; en el exergo el texto “1.25 g DE ORO PURO LEY 0.750”. El marco liso.

c) Reverso de la segunda moneda: Al centro y desfasados al campo superior, composición alegórica de elementos arquitectónicos prehispánicos y coloniales (pirámide, acueducto y cúpula de iglesia) con maguey debajo, la leyenda “FUSIÓN CULTURAL”. En el campo inferior, tres monedas españolas, el fruto del cacao, en el campo inferior derecho, la ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo superior izquierdo el año de acuñación; en el exergo el texto “1.25 g DE ORO PURO LEY 0.750”. El marco liso.

d) Reverso de la tercera moneda: En el campo izquierdo, una escultura azteca de un hombre cargando una vaina de cacao; en el campo derecho en semicírculo la leyenda “XOCOLATL PARA EL MUNDO”, en el campo superior derecho el nombre “EL CACAO”, debajo del mismo, el año de acuñación, debajo la ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo izquierdo inferior en semicírculo el texto “1.25 g DE ORO PURO LEY 0.750”. El marco liso.

e) Reverso de la cuarta moneda: En semicírculo, en el campo izquierdo superior, la leyenda “FUSIÓN CULTURAL”, desfasado del centro al campo derecho, alegoría de la fusión cultural mesoamericana y española (caballo, mazorca de maíz, maguey, moneda de dos reales, vasija con cacao, espiga de trigo y cruz); en el campo derecho, la ceca de la Casa de Moneda de México; en el campo inferior izquierdo el texto “1.25 g DE ORO PURO LEY 0.750”, debajo el año de acuñación. El marco liso.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las monedas a que se refiere el presente decreto podrán acuñarse a partir de la entrada en vigor del mismo.

Tercero. Corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran, los cuales deberán ser acordes con las características de las monedas descritas en el presente decreto.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados, a 10 de febrero de 2010.

La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados:Mario Alberto Becerra Pocoroba (rúbrica), presidente; Graciela Ortiz González (rúbrica), David Penchyna Grub (rúbrica), Ovidio Cortázar Ramos (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Víctor Manuel Báez Ceja, Armando Ríos Piter (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Óscar González Yáñez, Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), María Guadalupe García Almanza (rúbrica), secretarios; Ricardo Ahued Bardahuil (rúbrica), Jesús Alberto Cano Vélez (rúbrica), Julio Castellanos Ramírez (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Alberto Emiliano Cinta Martínez (rúbrica), Raúl Gerardo Cuadra García, Mario Alberto di Costanzo Armenta (rúbrica), Roberto Gil Zuarth (rúbrica), Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa (rúbrica), Silvio Lagos Galindo, Juan Carlos Lastiri Quirós, Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias (rúbrica), Óscar Guillermo Levín Coppel (rúbrica), Ruth Esperanza Lugo Martínez (rúbrica), Emilio Andrés Mendoza Kaplan, José Narro Céspedes, Leticia Quezada Contreras (rúbrica), Pablo Rodríguez Regordosa (rúbrica), José Adán Ignacio Rubí Salazar (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas, María Esther de Jesús Scherman Leaño, Luis Videgaray Caso.»

Es de primera lectura.



MONEDAS CONMEMORATIVAS

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella:«Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se establecen las características de una moneda de oro y dos de plata, conmemorativas del bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional; y dos monedas de plata conmemorativas del centenario del inicio de la Revolución Mexicana

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo federal sometió a la consideración de la Cámara de Diputados, la iniciativa con proyecto de decreto que establece las características de una moneda de oro y dos de plata, conmemorativas del bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional, y dos monedas de plata conmemorativas del centenario del inicio de la Revolución Mexicana.

Los integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión de fecha 15 de diciembre de 2009, el Ejecutivo federal presentó la iniciativa con proyecto de decreto que establece las características de una moneda de oro y dos de plata, conmemorativas del bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional, y dos monedas de plata conmemorativas del centenario del inicio de la Revolución Mexicana.

2. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de esta honorable Cámara de Diputados turnó la iniciativa con proyecto de decreto antes señalada, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su estudio y dictamen.

3. Los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora realizaron diversos trabajos a efecto de revisar el contenido de la citada Iniciativa, expresar sus observaciones y comentarios a la misma, e integrar el presente dictamen.

Descripción de la iniciativa

En la iniciativa que se dictamina se comenta que durante los siglos XIX y XX, México vivió dos de sus más importantes transformaciones sociales e ideológicas, ya que dieron inicio en los años de 1810 y 1910, respectivamente, los movimientos sociales más significativos de su historia contemporánea. En el primero de esos años inició el movimiento de la Independencia de México del trono español, mientras que en el segundo, comenzó una de las primeras revoluciones sociales del siglo XX.

Posteriormente, el Ejecutivo señala que la trascendencia histórica de los eventos a que hemos hecho referencia, ha permanecido vigente hasta nuestros días ya que ambos cuentan con un profundo significado para la vida nacional al ser los principales bastiones para la construcción del México actual. De tal manera que, con el propósito de conmemorar acontecimientos tan destacados para nuestro país, el Congreso de la Unión declaró el 2010 como el “Año del Bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional y centenario del inicio de la Revolución Mexicana” y, decretó el establecimiento de la “Comisión Organizadora” de la conmemoración de los citados acontecimientos.

También se menciona que, en México, a lo largo de estos años, se han venido conmemorando acontecimientos de importancia nacional a través de piezas numismáticas acuñadas en metales finos, las cuales nunca han estado ajenos a los movimientos de Independencia y de la Revolución, contando ya con varias piezas emitidas por los diversos aniversarios de ambas gestas, siendo la más reciente, la emisión de 37 monedas de curso corriente de 5 pesos, 19 de la Independencia y 18 de Revolución, de las cuales se establecieron las características mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2007.

Es de señalar que los movimientos revolucionarios que conmemoramos en 2010, han tenido una estrecha relación con la numismática nacional. Al respecto, del movimiento independentista tenemos varios ejemplos: las monedas de diversas denominaciones emitidas por José María Morelos; los resellos que realizó el movimiento insurgente en las monedas de la Nueva España, y de especial trascendencia, las emitidas por la Suprema Junta Nacional Americana en Zitácuaro, en 1812, con un antecedente directo del Escudo Nacional actual, usado por primera vez en una moneda. También durante las diversas etapas del movimiento revolucionario, tenemos importantes emisiones por parte de Francisco Villa, con el famoso peso “Muera Huerta”, Emiliano Zapata y Venustiano Carranza, entre otros.

Consideraciones de la comisión

Primera. Para esta comisión, es innegable la trascendencia del inicio de la gesta independentista de 1810. Si bien, las ideas precursoras de la independencia de México se pueden rastrear desde años antes, con personajes como Francisco Primo de Verdad y Ramos, quien en 1808 ante la invasión napoleónica de la península ibérica expresó que la soberanía al no existir un rey legítimo, residía en el pueblo, ya que durante la invasión Napoleónica, el rey Carlos IV había abdicado a favor de su hijo Fernando VII, y este último había abdicado en Bayona a favor de José Bonaparte.

Segunda. La abdicación de los monarcas españoles trajo preocupación a los habitantes de la Nueva España, ya que el futuro del reino era incierto. En España se comenzaron a establecer “Juntas” las cuales gobernaban a nombre de Fernando VII, quien se convirtió en un símbolo, a nombre del cual se rechazaba la ocupación francesa, que era vista como hereje. Sin embargo, las ideas de Primo de Verdad no fueron bien recibidas por el Real Acuerdo, aunque el Virrey José de Iturrigaray había expresado su anuencia a una reunión de representantes de la Nueva España a efectos de establecer un gobierno ante la falta de rey legítimo.

Tercera. Ante esto algunos peninsulares liderados por el comerciante Gabriel de Yermo, tomaron preso al Virrey Iturrigaray, a Primo de Verdad y a los líderes del ayuntamiento de la Ciudad de México. Primo de Verdad murió en la celda de la inquisición y el Virrey Iturrigaray fue enviado a España junto con su familia. Se nombró a un militar de avanzada edad, el mariscal Pedro Garibay.

Cuarta. En la Nueva España no se establecieron Juntas, ya que estas ideas se veían como peligrosamente independientes, por lo que diversos grupos, principalmente de criollos, empezaron a reunirse buscando defender la Nueva España de una posible invasión francesa. Entre esos grupos se encontraban el que se reunía en Querétaro, en la casa del corregidor Miguel Domínguez, quien junto con su esposa, Josefa Ortiz de Domínguez, realizaban reuniones literarias como cubierta para discutir una posible insurrección en diciembre de 1810. A estas reuniones asistía el cura Miguel Hidalgo, los capitanes Juan Aldama e Ignacio Allende, entre otros criollos.

Quinta. Descubierta la conspiración, la madrugada del domingo 16 de septiembre de 1810, el cura Hidalgo tocó la campana de la iglesia de Nuestra Señora de los Dolores y una vez reunido el pueblo lo convocó a luchar en contra del mal gobierno, de Fernando VII y de la religión.

Sexta. Si bien la participación de Hidalgo se termina cuando, al igual que Allende, Aldama y Jiménez, es apresado y muerto en Chihuahua en 1811, la insurrección ya se había dispersado y líderes como José María Morelos, Mariano Matamoros y Hermenegildo Galeana continuarían la lucha.

Séptima. Cien años después, el general Porfirio Díaz, héroe de la lucha contra la intervención francesa, había logrado pacificar el país bajo el lema positivista “Orden y progreso”. Bajo su gobierno se había logrado mejorar las finanzas públicas, aumentar la inversión extranjera, crecer la infraestructura (principalmente la ferrocarrilera), mejorar la imagen de México en el extranjero y pacificar el país. Sin embargo esto había acarreado muchos descontentos debido a la poca rotación de los miembros del gabinete del general Díaz, la falta de democracia, la pobreza, y la inconveniencia de que una nación entera dependiera tanto de un solo hombre.

Octava. Entre los que buscaban un cambio se encontraba el empresario Coahuilense Francisco I. Madero. Quién provenía de una familia de nivel económico elevado y se comenzó a interesar en la política tanto que en 1908 escribe un libro sobre la futura Sucesión Presidencial de 1910 en donde, si bien, no ignora las cualidades de Porfirio Díaz y señala, “yo, que profeso culto por todos nuestros grandes hombres, quiero que en el altar de la Patria y en el corazón de cada mexicano, ocupe un lugar preferente nuestro héroe de Miahuatlán y la Carbonera, nuestro gran Pacificador, nuestro eximio gobernante; pero para lograr su objeto, para que corone su obra, comprendo que tenemos que ayudarle todos los mexicanos”, también escribe que México está apto para la democracia.

Novena. En 1910, se realizan elecciones y la fórmula Porfirio Díaz como Presidente y Ramón Corral como Vicepresidente triunfa, ante esto, Madero, como candidato presidencial señala un fraude y marca el 20 de noviembre de 1910 como el inicio de la lucha por la democracia con la frase “Sufragio Efectivo y No Reelección”. Después de varias luchas entre federales y revolucionarios, en mayo de 1911 Porfirio Díaz renuncia a la presidencia, y con él, todo su gabinete.

Décima. A finales de 1911 Madero es electo como Presidente, en una de las primeras elecciones presidenciales democráticas en la historia de México, sin embargo, diversos grupos buscaban que sus demandas sociales se incorporaran al plan de gobierno de Madero, como Emiliano Zapata con su lema “Tierra y Libertad”.

Décima Primera. Madero es traicionado por Victoriano Huerta y es asesinado junto con el vicepresidente José María Pino Suárez en 1913. Con lo cual inicia la segunda etapa de la Revolución Mexicana, la llamada Revolución Constitucionalista cuyo líder era Venustiano Carranza quine desconoce el gobierno de Victoriano Huerta.

Décima Segunda. Ambos movimientos se encuentran plenamente recordados por la numismática nacional en piezas como las emitidas en 1960 y 1985 por los aniversarios de las gestas, por lo que la que dictamina considera adecuado el recordar estos movimientos mediante la emisión de las monedas conmemorativas que propone el Ejecutivo federal, ya que no solo se estaría conservando la tradición numismática de México, sino que, como se señala, el Gobierno Mexicano tendría diversos beneficios con la comercialización de monedas conmemorativas mexicanas acuñadas en metales finos, debido a la tradicional calidad de acuñación de éstas, mismas que se colocan en el mercado mundial

Décima Tercera. Esta comisión dictaminadora encuentra plena coincidencia con los argumentos vertidos en la Iniciativa que nos ocupa, ya que las conmemoraciones de este 2010, refieren a nuestra propia identidad nacional, al ser el inicio del Movimiento de Independencia Nacional la gesta por la que nacería México como nación libre. Mientras que la Revolución Mexicana fue un movimiento que buscaba crear valores democráticos en un país que por casi 100 años había vivido revueltas internas y desigualdad social, esos valores democráticos y ese país de instituciones es incluso una aspiración del México actual.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Hacienda y Crédito Público considera que es de aprobarse y para los efectos del Artículo 72, inciso A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pone a consideración del Pleno el siguiente proyecto de

Decreto por el que se establecen las características de una moneda de oro y dos de plata, conmemorativas del “bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional” y dos monedas de plata conmemorativas del “centenario del inicio de la Revolución Mexicana”

Artículo Primero. Se establecen las características de una moneda de oro, conmemorativa del bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional, de conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos:

a) Valor Nominal: Doscientos pesos.

b) Forma: Circular.

c) Diámetro: 37.0 mm (Treinta y siete milímetros).

d) Canto: En hueco la inscripción “Independencia y Libertad”.

e) Ley: 0.900 (Novecientos milésimos) de oro.

f) Peso: 41.667 g (Cuarenta y un gramos, seiscientos sesenta y siete miligramos).

g) Contenido: 37.500 g (Treinta y siete gramos, quinientos miligramos) de oro puro.

h) Tolerancia en ley: 0.001 (Un milésimo) en más o en menos.

i) Tolerancia en peso: Por unidad: 0.070 g (Setenta miligramos). Por conjunto de mil piezas: 0.500 g (Quinientos miligramos). Ambas en más o en menos.

j) Cuños:

Anverso: Al centro, el Escudo Nacional en relieve escultórico, y en semicírculo superior la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”. El marco liso.

Reverso: En el campo superior en semicírculo el texto, “BICENTENARIO” bajo éste, el número “1810” y debajo, el número “2010”, al centro, en perspectiva, la figura de la Victoria Alada de la Columna de la Independencia, en el campo izquierdo en semicírculo, la leyenda “37.5 g ORO PURO”, en el campo inferior derecho en conjunto el número “200” y la palabra “PESOS”, gráfila escalonada, en el exergo la ceca de la Casa de Moneda de México. El marco liso.

Artículo Segundo. Se establecen las características de dos monedas de plata conmemorativas del bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional, de conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos:

I. Características comunes:

a) Valor nominal: Veinte pesos.

b) Forma: Circular.

c) Diámetro: 48.0 mm (Cuarenta y ocho milímetros).

d) Canto: Estriado.

e) Ley: 0.999 (Novecientos noventa y nueve milésimos) mínimo de plata pura.

f) Peso:62.206 g (Sesenta y dos gramos, doscientos seis miligramos), equivalente a 2 (Dos) onzas troy.

g) Contenido: 2 (Dos) onzas troy de plata pura.

h) Tolerancia en ley: 0.001 (Un milésimo) en más.

i) Tolerancia en peso: Por unidad: 0.350 g (Trescientos cincuenta miligramos). Por conjunto de mil piezas: 6.100 g (Seis gramos, cien miligramos). Ambas en más o en menos.

II. Cuños:

a) Anverso común: Al centro, el Escudo Nacional en relieve escultórico, y en semicírculo superior la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”. El marco liso.

b) Reverso de la primera moneda: En semicírculo, iniciando en el campo inferior izquierdo y concluyendo en el campo inferior derecho, la leyenda “Bicentenario de la Independencia de México”, en el campo derecho la fachada y torres de la Parroquia de Dolores, en la torre derecha la ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo superior izquierdo la campana de la Parroquia, bajo ésta el número “1810”, debajo de éste el número “2010”. En el campo superior al centro el signo de pesos “$” continuo el número “20”. El marco liso.

c) Reverso de la segunda moneda: Al centro, en cuerpo completo y de pie, las efigies de los próceres de la Independencia, a la derecha el Padre de la Patria, Don Miguel Hidalgo y Costilla, a la izquierda el Generalísimo José María Morelos y Pavón, sosteniendo, con la mano derecha un sable y con la izquierda los Sentimientos de la Nación, este último sobrepuesto en parte, a don Miguel Hidalgo, en el campo superior en semicírculo paralelo al marco la leyenda “1810 — BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA — 2010”, en el campo izquierdo la ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo superior al centro el signo de pesos “$” continuo el número 20, gráfila escalonada. El marco liso

Artículo Tercero. Se establecen las características de dos monedas de plata conmemorativas del centenario del inicio de la Revolución Mexicana, de conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos:

I. Características comunes:

a) Valor nominal: Diez pesos.

b) Forma: Circular.

c) Diámetro: 48.0 mm (Cuarenta y ocho milímetros).

d) Canto: Estriado.

e) Ley: 0.999 (Novecientos noventa y nueve milésimos) mínimo de plata pura.

f) Peso: 62.206 g (Sesenta y dos gramos, doscientos seis miligramos), equivalente a 2 (Dos) onzas troy.

g) Contenido: 2 (Dos) onzas troy de plata pura.

h) Tolerancia en ley: 0.001 (Un milésimo) en más.

i) Tolerancia en peso: Por unidad: 0.350 g (Trescientos cincuenta miligramos). Por conjunto de mil piezas: 6.1 g (Seis gramos, cien miligramos). Ambas en más o en menos.

II. Cuños:

a) Anverso común: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, y en semicírculo superior la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”. El marco liso.

b) Reverso de la primera moneda: En el campo superior en semicírculo la leyenda “1910 – REVOLUCIÓN MEXICANA – 2010”, al centro la imagen de una Adelita en la escalinata de un ferrocarril en actitud de observación, en el campo inferior derecho la ceca de la Casa de Moneda de México, en el exergo el signo de pesos “$” continuo el número “10”. El marco liso.

c) Reverso de la segunda moneda: En el campo derecho en semicírculo, la leyenda “REVOLUCIÓN MEXICANA”, debajo en paralelo, los números “1910 – 2010”, en el campo izquierdo, el frente de un ferrocarril con el número 739, cuatro revolucionarios sentados, ataviados con sombrero de paja y armados con fusil. En el campo derecho el signo de pesos “$” continuo el número “10”, en el campo inferior derecho la ceca de la Casa de Moneda de México. El marco liso.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las monedas a que se refiere el presente decreto podrán acuñarse a partir de la entrada en vigor del mismo.

Tercero. Corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran, los cuales deberán ser acordes con las características de las monedas descritas en el presente decreto.

Cuarto.Adicionalmente a lo dispuesto en este decreto, el Banco de México podrá continuar ordenando la fabricación de las siguientes piezas: “Centenario” (50 Pesos Oro), “Azteca” (20 Pesos Oro), “Hidalgo” (10 Pesos Oro), “1/2 Hidalgo” (5 Pesos Oro), “1/4 Hidalgo” (2.5 Pesos Oro), “1/5 Hidalgo” (2 Pesos Oro), mismas que, en su conjunto, son conocidas como “Familia del Centenario”.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados, a 10 de febrero de 2010.

La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados:Mario Alberto Becerra Pocoroba (rúbrica), presidente; Graciela Ortiz González (rúbrica), David Penchyna Grub (rúbrica), Ovidio Cortázar Ramos (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Víctor Manuel Báez Ceja, Armando Ríos Piter (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Óscar González Yáñez, Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), María Guadalupe García Almanza (rúbrica), secretarios; Ricardo Ahued Bardahuil (rúbrica), Jesús Alberto Cano Vélez (rúbrica), Julio Castellanos Ramírez (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Alberto Emiliano Cinta Martínez (rúbrica), Raúl Gerardo Cuadra García, Mario Alberto di Costanzo Armenta (rúbrica), Roberto Gil Zuarth (rúbrica), Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa (rúbrica), Silvio Lagos Galindo, Juan Carlos Lastiri Quirós, Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias (rúbrica), Óscar Guillermo Levín Coppel (rúbrica), Ruth Esperanza Lugo Martínez (rúbrica), Emilio Andrés Mendoza Kaplan, José Narro Céspedes, Leticia Quezada Contreras (rúbrica), Pablo Rodríguez Regordosa (rúbrica), José Adán Ignacio Rubí Salazar (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas, María Esther de Jesús Scherman Leaño, Luis Videgaray Caso.»

Es de primera lectura.



LEY AGRARIA

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella:«Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 164 de la Ley Agraria

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Reforma Agraria de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados fue turnada por la Mesa Directiva la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 164 de la Ley Agraria.

La comisión dictamina con fundamento en los artículos 39, numerales 1, 2, fracción XXXII, y 3, y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 60, 87 y 88 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen.

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del 21 de febrero de 2008, el senador Eduardo Tomás Nava Bolaños, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la Cámara de Senadores iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 164 de la Ley Agraria, con la finalidad de que las resoluciones dictadas por los tribunales agrarios sean traducidas a la lengua del sujeto de derecho cuando éste sea indígena y no sepa leer el idioma español. En esa sesión, el presidente de la Mesa Directiva dispuso que la iniciativa se turnase a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria, de Justicia, y Estudios Legislativos, para estudio y dictamen.

2. Con fecha 13 de marzo de 2008, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores modificó el turno de la presente iniciativa a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Desarrollo Rural, de Recursos Hidráulicos, de Reforma Agraria, y de Estudios Legislativos, Segunda.

3. En sesión ordinaria del 19 de febrero de 2009, el dictamen de las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Desarrollo Rural, de Recursos Hidráulicos, de Reforma Agraria, y de Estudios Legislativos, Segunda, se sometió a discusión y aprobación, en su caso, que fue aprobado por 95 votos; y se turnó a la Cámara de Diputados la minuta correspondiente.

4. Con el oficio número DGPL-2P3A.-9710, de fecha 19 de febrero de 2009 fue remitido el expediente que contiene la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 164 de la Ley Agraria a la Cámara de Diputados, para los efectos constitucionales.

5. El 24 de febrero de 2009, la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 164 de la Ley Agraria se presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa fecha, la Mesa Directiva la turnó a esta comisión.

Descripción de la minuta

Se dice en el dictamen de la minuta que la presencia indígena y el conjunto de sus respectivas lenguas siguen siendo muy importantes en el país; sin embargo, muy a pesar de esto, las lenguas indígenas mexicanas siguen enfrentando un problema de discriminación, lo que –desde sus perspectiva– atenta contra su preservación.

En materia de impartición de justicia –se refiere en la minuta–, al grueso de los ciudadanos se entregan en su idioma las resoluciones que dictan los jueces; y la iniciativa considera justo que, igualmente, se traduzcan esas resoluciones a las lenguas de los indígenas que son parte de un juicio y no entiendan o no sepan leer el idioma español.

El sistema de impartición de justicia ya presenta un avance muy interesante en materia de justicia penal –se reconoce–. En materia agraria, igualmente, es necesario que cuando los indígenas sean parte de un juicio agrario, las resoluciones que dicten los tribunales agrarios sean traducidas a la lengua de los indígenas que no entiendan el idioma español.

Con esta reforma se da congruencia y trata de cumplir lo dispuesto en el artículo 17 constitucional en materia de impartición de justicia, de garantías constitucionales, de igualdad jurídica y de reconocimiento de la composición pluricultural de la nación; en el artículo 2o. de la Carta Magna; y en tratados internacionales signados y ratificados por México, como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre pueblos indígenas y tribales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Sirven de sustento a la iniciativa algunos instrumentos jurídicos nacionales: la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, en las cuales en los artículos 10 y 14, respectivamente, se hace mención del derecho que tienen los indígenas cuando son parte en juicios o procedimientos legales a ser asistidos por intérpretes o traductores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

Por ello, el principal objetivo de la presente reforma es incluir expresamente en la Ley Agraria este derecho en favor de los indígenas que concurran a los tribunales agrarios a ejercer sus derechos, contribuyendo a que dicha ley sea más completa y clara, evitando recurrir de manera supletoria al Código Federal de Procedimientos Civiles, el cual señala en el párrafo segundo la obligación de los tribunales de traducir las actuaciones dictadas en los juicios.

Consideraciones

Primera. La comisión dictaminadora coincide plenamente con la propuesta de la minuta, toda vez que, en lo sustancial, se trata de plasmar explícitamente en la Ley Agraria el derecho de los indígenas que no sepan leer el idioma español a que se les entregue sentencia traducida a la lengua indígena de que sean hablantes cuando sean parte en algún juicio agrario.

Segunda. El derecho de iniciativa se fundamenta en la fracción II del artículo 71 y la facultad del Congreso de la Unión para legislar en la materia se sustenta en la fracción XXX del artículo 73, en concordancia con las fracciones VII y XX del artículo 27, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Tercera. Considera además que la minuta cumple todos los requisitos formales que exige la práctica parlamentaria; y del examen de los considerandos del dictamen se deduce que las comisiones unidas dictaminadoras de la Cámara de Senadores hicieron un estudio profundo basado en opiniones calificadas derivadas de consultas institucionales y profesionales, que enriquecieron los juicios de los legisladores.

Cuarta. Que es de aprobarse la minuta con proyecto de decreto que establece explícitamente en cuatro fracciones del artículo 164 el procedimiento que observarán los tribunales en la resolución de las controversias que sean puestas a su conocimiento en las que una o ambas partes sean indígenas, así como la consideración, por los juzgadores, de los usos y las costumbres de los pueblos o las comunidades indígenas a que pertenezcan; el derecho de los indígenas a promover en su lengua sin necesidad de la traducción al español; el derecho a ser asistidos por un defensor y traductor que conozca su cultura; y que en los autos quede constancia de que se cumplió la obligación de realizar una versión sintetizada de los puntos esenciales de las actuaciones y de la sentencia dictadas por el tribunal en la lengua o en las variantes dialectales de que se trate.

Por lo expuesto, y para los efectos del Apartado A del artículo 72 constitucional, los integrantes de la Comisión de Reforma Agraria, con base en las consideraciones expresadas, aprueban en sus términos la minuta del Senado de la República y someten a consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el artículo 164 de la Ley Agraria

Artículo Único. Se reforma y adiciona el artículo 164 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 164.En la resolución de las controversias que sean puestas bajo su conocimiento, los tribunales se sujetarán siempre al procedimiento previsto en esta ley y quedará constancia de ella por escrito ; además, observarán lo siguiente:

I. Los juicios en que una o ambas partes sean indígenas se considerarán los usos y las costumbres de los pueblos o las comunidades indígenas a que pertenezcan, mientras no contravengan lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta ley;

II. Las promociones que los pueblos o las comunidades indígenas, o los indígenas en lo individual, hicieren en su lengua no necesitarán acompañarse de la traducción al español. El tribunal lo hará de oficio por conducto de persona autorizada para ello;

III. Los juicios en que una o ambas partes sean indígenas y no supieren leer el idioma español, el tribunal realizará una versión sintetizada de los puntos esenciales de las actuaciones y de la sentencia dictadas por él, en la lengua o en las variantes dialectales de que se trate; debiendo agregarse en los autos constancia de que se cumplió esta obligación.

En caso de existir contradicción entre la traducción y la resolución, se estará a lo dispuesto en esta última;

IV. Cuando se haga necesario, el tribunal asignará gratuitamente a los indígenas un defensor y un traductor que conozca su cultura, y hable su lengua y el idioma español para que les expliquen, en su lengua, el alcance y las consecuencias del proceso que se les sigue.

Los tribunales suplirán la deficiencia de las partes en sus planteamientos de derecho cuando se trate de núcleos de población ejidales o comunales, así como ejidatarios y comuneros.

Transitorios

Primero. Para el desarrollo de las acciones que deba realizar el tribunal a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, podrá apoyarse en el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, así como en el Instituto Federal de Defensoría Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, deberá sujetarse a su disponibilidad presupuestaria.

Segundo. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2009.

La Comisión de Reforma Agraria, diputados:Óscar García Barrón (rúbrica), presidente; María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Joel González Díaz, María Estela de la Fuente Dagdug, Benigno Quezada Naranjo, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Luis Hernández Cruz (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), Patricio Chirinos del Ángel, Felipe Enríquez Hernández, Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Teófilo Manuel García Corpus (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Socorro Sofío Ramírez Hernández (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, Héctor Eduardo Velazco Monroy (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), María Felícitas Parra Becerra, Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica bajo protesta), Gumersindo Castellanos Flores, Juan de Jesús Pascualli Gómez, Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Filemón Navarro Aguilar (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY AGRARIA

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella:«Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria

Honorable Asamblea:

Esta comisión que suscribe, con base en las facultades que conferidas en los artículos 39, 44, 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos  Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al análisis de la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria, y conforme a las deliberaciones que de ésta realizaron sus miembros reunidos en pleno, presentan a esta honorable asamblea el siguiente dictamen.

1. En sesión ordinaria del 13 de marzo de 2007, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 64 de la Ley Agraria, con objeto de reconocer derechos plenos a favor de la entidad pública cuando un núcleo de población aporte tierras de asentamientos humanos con un destino específico para dedicarlas a servicios públicos.

2. En esa misma sesión, el presidente de la Mesa Directiva dispuso que la iniciativa se turnara a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria, y de Estudios Legislativos, Segunda, para su estudio y dictamen correspondiente.

3. Con fecha 13 de marzo de 2008, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Senadores modifico el turno de la presente iniciativa a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Desarrollo Rural, de Recursos Hidráulicos, de Reforma Agraria, y de Estudios Legislativos, Segunda.

4. En sesión del 14 de abril de 2009, el dictamen de las Comisiones Unidas de Reforma Agraria, de Agricultura y Ganadería, de Desarrollo Rural, de Recursos Hidráulicos, y de Estudios Legislativos, Segunda, se sometió a discusión y aprobación, en su caso, siendo aprobado por 87 votos a favor, turnándose a la Cámara de Diputados, para sus efectos constitucionales.

5. Con fecha 15 de abril de 2009, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 64 de la Ley Agraria, la cual fue turnada a la Comisión de Reforma Agraria de esta Cámara de Diputados, mediante oficio número D.G.P.L. 60-II-3-2468, expediente número 5871.

Descripción de la minuta

El senador promovente cita en su exposición de motivos la forma en que se encuentra distribuido el territorio de la República Mexicana al señalar que éste cuenta con una superficie de 196 millones de hectáreas, de las cuales el universo actualizado de propiedad social es de 101.8 millones de hectáreas, que representan el 51.94 por ciento de la superficie total nacional.

A su vez indica que la superficie social del país se distribuya en 31 mil 201 núcleos agrarios y que, a 14 años de operación del Procede, se ha concluido al día de hoy con la certificación y titulación de 28 mil 780 núcleos, lo que representa una cobertura de 28 mil 780 núcleos agrarios certificados y titulados, que equivalen al 92.24 por ciento del total nacional.

De igual modo hace referencia a que en muchos de estos núcleos existen instalaciones de escuelas, clínicas, y otro tipo de inmuebles ocupados por diversas dependencias e instancias del Estado mexicano, que proporcionan un servicio a la ciudadanía, pero cuya situación no está debidamente regularizada, afectando la prestación de estos servicios y generando, en muchas ocasiones, conflictos al interior de los ejidos y comunidades.

Por otra parte, invoca el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el sentido de que en él se reconoce la garantía de propiedad y destaca el respeto y fortalecimiento de la vida comunitaria de ejidos y comunidades, protegiendo la tierra para el asentamiento humano. Principios que se trasladan de manera sustantiva en la Ley Agraria, estableciéndose la protección jurídica a la propiedad social al ser inalienables, imprescriptibles e inembargables.

En este orden de ideas, el proponente puntualiza que la Ley Agraria establece la hipótesis normativa de que en tratándose de tierras del asentamiento humano y sólo de éstas, el núcleo pueda aportarlas para satisfacer necesidades urbanas a través de distintos servicios públicos a los municipios o entidades correspondientes.

Es de advertirse, considera el Senador iniciante, que la redacción del actual artículo 64 contiene algunas limitantes: primero, sólo se refiere a tierras para el asentamiento humano; y segundo, la falta de un reconocimiento pleno de los derechos que sobre esa aportación deba  tener la entidad correspondiente. Además estima que la falta de tales consideraciones normativas ha generado una problemática al interior de los núcleos. Cuando la asamblea decide terminar con el régimen social no existe certidumbre jurídica de la titularidad de los bienes inmuebles en los que se prestan servicios públicos a la comunidad.

El proponente sugiere que adicionar el artículo 64 de la Ley Agraria no contraviene la disposición de la asamblea de decidir como máxima autoridad con relación a la referida aportación y, más aún, no se vulnera su soberanía para decidir qué tipo de tierras se aportan, incluso, las de destino específico (escolar, de la mujer y de la juventud). Con ello se evitará que exista una nulidad en la aportación y que se perjudique a la propia sociedad rural.

La Comisión de Reforma Agraria coincide con la propuesta de la minuta.

Esta comisión considera que es de aprobarse el proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria.

Por lo expuesto, la Comisión de Reforma Agraria somete a consideración de la honorable asamblea, para los efectos de la fracción A del artículo 72 constitucional, el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria

Artículo Único.Se reforma el artículo 64 de la Ley Agraria para quedar como sigue:

Artículo 64. Las tierras ejidales destinadas por la asamblea al asentamiento humano conforman el área irreductible del ejido y son inalienables, imprescriptibles e inembargables, salvo lo previsto en el último párrafo de este artículo. Cualquier acto que tenga por objeto enajenar, prescribir o embargar dichas tierras será nulo de pleno derecho.

Las autoridades federales, estatales y municipales y, en especial, la Procuraduría Agraria vigilarán que en todo momento quede protegido el fundo legal del ejido.

A los solares de la zona de urbanización del ejido no les es aplicable lo dispuesto en este artículo.

El núcleo de población podrá aportar tierras de la zona de urbanización con destino específicoal municipio o entidad correspondiente con la intervención de la Procuraduría Agraria, la cual se cerciorará de que efectivamente dichas tierras sean destinadas para tal fin. La aportación así realizada, generará derechos de propiedad a favor de la entidad de que se trate, siempre y cuando sean destinadas a servicios públicos.

Procederá la restitución a favor del núcleo ejidal cuando no se respete lo dispuesto en el párrafo anterior.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de  diciembre de 2009.

La Comisión de Reforma Agraria, diputados:Óscar García Barrón (rúbrica), presidente; María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Joel González Díaz, María Estela de la Fuente Dagdug, Benigno Quezada Naranjo, Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Luis Hernández Cruz (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), Patricio Chirinos del Ángel, Felipe Enríquez Fernández, Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Teófilo Manuel García (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Sofío Ramírez Hernández (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Fernando Santa María Prieto (rúbrica), María Felícitas Parra (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez, Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Filemón Navarro Aguilera (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY AGRARIA

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella:«Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o., 5o., 29, 48 y 59 de la Ley Agraria

Honorable Asamblea:

A la Comisión de la Reforma Agraria de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión le fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto citada al rubro del presente dictamen.

Esta comisión dictamina con fundamento en los artículos 39, numerales 1, 2, fracción XXXII, y 3; 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 60, 87, 88 y 94 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y somete a la consideración de esta honorable Asamblea.

Con base en los antecedentes mencionados, y de conformidad con lo que establece el artículo 94, párrafo cuarto, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emitimos los siguientes

Antecedentes

Primero.En sesión celebrada el 16 de julio de 2008, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, recibió del diputado José Luis Espinosa Piña, en nombre propio y de los diputados Ramón Ignacio Lemus Muños Ledo, María Elena de las Nieves Noriega Blanco Vigil, Felipe Díaz Garibay y Martha Angélica Romo Jiménez, todos del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, quien en ejercicio del derecho que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Agraria en materia de protección a monumentos y zonas arqueológicos.

Segundo.En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Comisión de Reforma Agraria de la Cámara de Diputados; acuerdo que nos fue comunicado mediante oficio número CP2R2A-1463.

Tercero.Mediante oficio Of/CRA/438/08 de fecha 26 de agosto de 2008, se dio cuenta de esta Iniciativa a los integrantes de la Comisión de Reforma Agraria, para conocimiento y estudio, solicitándoles sus opiniones y propuestas.

Cuarto.Con fundamento en lo establecido en el artículo 45 numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se solicitó al titular de la Secretaría de la Reforma Agraria que emitiera su opinión a la presente iniciativa; misma que fue recibida el 10 de noviembre de 2008.

Quinto.El legislador en su m” propone que se reformen los artículos 2, 5, 29, 48 y 59 de la Ley Agraria, con el propósito de proteger y preservar el patrimonio arqueológico que se encuentra ubicado dentro de tierras ejidales o comunales; en concordancia con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; en los siguientes términos:

Artículo Primero. Se reforman los artículos 2, 5, 29, 48 y 59 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

El ejercicio de los derechos de propiedad a que se refiere esta ley en lo relacionado con el aprovechamiento urbano, el equilibrio ecológico y la protección al patrimonio arqueológico, se ajustará a lo dispuesto en la Ley General de Asentamientos Humanos, la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y demás leyes aplicables.

Artículo 5. Las dependencias y entidades competentes de la administración pública federal fomentarán el cuidado y conservación de los recursos naturales y culturalesy promoverán su aprovechamiento racional y sostenido para preservar el equilibrio ecológico y el patrimonio arqueológico; propiciarán el mejoramiento de las condiciones de producción promoviendo y en su caso participando en obras de infraestructura e inversión para aprovechar el potencial y aptitud de las tierras en beneficio de los pobladores y trabajadores del campo.

Artículo 29. ...

Previa liquidación de las obligaciones subsistentes del ejido, las tierras ejidales, con excepción de las que constituyan el área necesaria para el asentamiento humano, serán asignadas en pleno dominio a los ejidatarios de acuerdo a los derechos que les correspondan, excepto cuando se trate de bosques, selvas tropicales o zonas arqueológicas. La superficie de tierra asignada por este concepto a cada ejidatario no podrá rebasar los límites señalados a la pequeña propiedad. Si después de la asignación hubiera excedentes de tierra o se tratará de bosques, selvas tropicales o zonas arqueológicas pasarán a propiedad de la nación.

Artículo 48. Quien hubiera poseído tierras ejidales, en concepto de titular de derechos de ejidatario que no sean destinadas al asentamiento humano ni se trate de bosques, selvas o zonas arqueológicas, de manera pacífica, continua y pública durante un periodo de cinco años, si la posesión es de buena fe o de diez años si fuera de mala fe, adquirirá sobre dichas tierras los mismos derechos que cualquier ejidatario sobre su parcela.

...

...

Artículo 59. Será nula de pleno derecho la asignación de parcelas en bosques, selvas tropicales o zonas arqueológicas.

Sexto. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados en la sesión del 6 de octubre de 2009, dio cuenta del expediente que contenía el acuerdo relativo a los dictámenes de proyectos de ley o decreto y proposiciones con punto de acuerdo que quedaron pendientes de resolver por el Pleno de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, aprobado el 17 de septiembre del año en curso, y en cumplimiento del punto tercero del mismo, se remitió a la Comisión de Reforma Agraria copia de Dictamen Positivo con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria.

Consideraciones

Primera. La iniciativa parte de la premisa de que, en la reforma de 1992 al Artículo 27 constitucional y a la legislación secundaria agraria, no se previó la protección al patrimonio cultural arqueológico asentado en las tierras ejidales y comunales.

Sin embargo, al haberse deslindado y titulado las tierras de propiedad social a través del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos, y establecerse en la Ley Agraria vigente la posibilidad para los ejidatarios y comuneros de adquirir el dominio pleno sobre sus parcelas, e incluso, la posibilidad de desincorporación completa del ejido de la propiedad social y pasar al régimen de propiedad privada, y en consecuencia a ser reguladas ya no por el derecho social agrario sino por el derecho común; los sitios y zonas arqueológicas quedaron y permanecen desprotegidos y, por tanto, en riesgo. Como consecuencia de esto, ha estado y está ocurriendo que, muchos de estos sitios son sometidos a actividades de “despiedre”, utilización de maquinaria pesada y otras actividades que, para preparar las tierras para el cultivo o incluso para su incorporación a zonas urbanas, destruyen, desaparecen o dañan irreparablemente el patrimonio arqueológico de nuestra nación.

Segunda. De las opiniones recibidas, y del análisis que de la iniciativa realizaron los integrantes de la Comisión de Reforma Agraria se desprende que, aunque la ley encargada de tutelar los sitios y zonas arqueológicas es la “Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e históricos”, y la autoridad institucional responsable de su protección es el Instituto Nacional de Antropología e Historia; sus alcances, por escasez de recursos y una serie de obstáculos que se les presentan, resultan insuficientes para intervenir en las 39,305 zonas arqueológicas registradas; por lo cual la Ley Agraria puede y debe, en el ámbito de su materia (la propiedad social agraria) contribuir, en concordancia con la ley de la materia, a proteger esta parte importante del patrimonio de México.

Tercera. Al realizarse lo que se propone en la reforma, no se afecta ningún derecho ni interés legítimo, toda vez que, dichas zonas y sitios se encuentran en las tierras de uso común de ejidos y comunidades, y más aún, la protección de que se trata no afecta la propiedad ni la actividad productiva a que se dediquen los titulares de los derechos agrarios, sino que solamente, al delimitarse los sitios y zonas, se establecerán, coordinada y convenidamente con ellos, algunas restricciones de uso específicamente de ese suelo, que no perjudica a nadie sino que benefician a todos, como individuos, como ejidos, como comunidades y como país; como mexicanos orgullosos de nuestra identidad y conscientes de la importancia de conocer y preservar nuestro pasado, para mejor comprender de nuestro presente y proyectar nuestro futuro.

Cuarta. De acuerdo con los legisladores proponentes de la iniciativa, esta comisión considera necesario adecuar la Ley Agraria para que, en el marco de la propiedad social, contribuya a conservar y proteger el patrimonio arqueológico de nuestro país.

Con base en el análisis de la iniciativa de referencia y en las consideraciones anteriores, la Comisión de Reforma Agraria de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura somete a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o, 5o, 29, 48 y 59 de la Ley Agraria

Artículo Único. Se reforman los artículos 2o, segundo párrafo; 5o.; 29, segundo párrafo; 48, primer párrafo y 59 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 2o. ...

El ejercicio de los derechos de propiedad a que se refiere esta ley en lo relacionado con el aprovechamiento urbano, el equilibrio ecológico y la protección al patrimonio arqueológico, se ajustará a lo dispuesto en la Ley General de Asentamientos Humanos, la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos y demás leyes aplicables.

Artículo 5o. Las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal fomentarán el cuidado y conservación de los recursos naturales y culturales y promoverán su aprovechamiento racional y sostenido para preservar el equilibrio ecológico y el patrimonio arqueológico; propiciarán el mejoramiento de las condiciones de producción promoviendo y en su caso participando en obras de infraestructura e inversiones para aprovechar el potencial y aptitud de las tierras en beneficio de los pobladores y trabajadores del campo.

Artículo 29. ...

Previa liquidación de las obligaciones subsistentes del ejido, las tierras ejidales, con excepción de las que constituyan el área necesaria para el asentamiento humano, serán asignadas en pleno dominio a los ejidatarios de acuerdo a los derechos que les correspondan, excepto cuando se trate de bosques, selvas tropicales o zonas arqueológicas. La superficie de tierra asignada por este concepto a cada ejidatario no podrá rebasar los límites señalados a la pequeña propiedad. Si después de la asignación hubiere excedentes de tierra o se tratare de bosques, selvas tropicales o zonas arqueológicas, pasarán a propiedad de la nación.

Artículo 48. Quién hubiere poseído tierras ejidales, en concepto de titular de derechos de ejidatario, que no sean las destinadas al asentamiento humano ni se trate de bosques, selvas o zonas arqueológicas, de manera pacífica, continua y pública durante un periodo de cinco años si la posesión es de buena fe, o de diez si fuera de mala fe, adquirirá sobre dichas tierras los mismos derechos que cualquier ejidatario sobre su parcela.

...

...

Artículo 59. Será nula de pleno derecho la asignación de parcelas en bosques, selvas tropicales o zonas arqueológicas.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Las correspondientes autoridades de la Administración Pública Federal deberán adecuar los reglamentos administrativos, para la aplicación de estas disposiciones, en un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de este decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2009.

La Comisión de Reforma Agraria, diputados:Óscar García Barrón (rúbrica), presidente; María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Benigno Quezada Naranjo (rúbrica a favor diciendo Protección a los Monumentos Arqueológicos), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica a favor considerando las observaciones vertidas en la comisión), Luis Hernández Cruz (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), Patricio Chirinos del Ángel (rúbrica), Felipe Enríquez Hernández, Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Teófilo Manuel García Corpus (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Sofío Ramírez Hernández, María Esther Terán Velásquez, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Fernando Santa María Prieto (rúbrica), María Felícitas Parra Becerra (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Gumersindo Castellanos Flores, Juan de Jesús Pascualli Gómez, Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Filemón Navarro Aguilar (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: El siguiente punto del orden del día es dictámenes a discusión. Dictamen con proyecto de decreto que adiciona el Capítulo XXIV, De las franquicias postales, con los artículos 69, 70, 71 y 72 a la Ley del Servicio Postal Mexicano.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con proyecto de decreto que adiciona el Capítulo XXIV, “De las franquicias postales”, con los artículos 69, 70, 71 y 72, a la Ley del Servicio Postal Mexicano

Honorable Asamblea:

Con fundamento en las facultades conferidas por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 y demás relativos, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Comunicaciones somete a la consideración de la asamblea el presente dictamen sobre la minuta del Senado, a partir de los siguientes:

Antecedentes

I. En sesión celebrada de fecha 13 de octubre del 2009, por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite el expediente con la minuta proyecto de decreto que adiciona un Capítulo XXIV a la Ley de Servicio Postal Mexicano. La Mesa Directiva en esa misma fecha, mediante oficio número DGPL 61-II-7-60, acordó el turno de la minuta de referencia a la Comisión de Comunicaciones.

II. Esta comisión dictaminadora procedió a la revisión del expediente legislativo, al análisis de la minuta del Senado y la elaboración del presente dictamen conforme a los siguientes

Contenido de la iniciativa

1. En la minuta del Senado establece, en el dictamen respectivo como antecedente, que desde tiempos remotos, el hombre ha necesitado comunicarse, a distancia, lo ha hecho con mensajes orales y por medio de mensajeros, destacándose aquellos quienes gozaban de excelente memoria.

Pero por sobre manera señalan que la palabra “correo”, se refiere a “el que corre”, y se remonta a épocas en que los portadores de noticias eran verdaderos atletas, dedicados a llevar y traer mensajes o documentos para la nobleza, la casta sacerdotal, y los militares.

El servicio postal es uno de los más antiguos de América. El Rey Felipe II nombró “Correo Mayor de Hostales y Postas de Nueva España” a don Martin de Olivares, quien tomó posesión de su cargo en 1580.

Sigue señalando la expositora que la primera estampilla postal apareció en mayo de 1840. Ostentando el perfil de la joven Reina Victoria. El 14 de septiembre de 1902, el presidente de la República Porfirio Díaz, deposito dentro de un cofre de acero periódicos y revistas del día como El imparcial, El País y El Mundo Ilustrado, monedas acuñadas en ese año, así como billetes en circulación, enterrándolo entre las primeras piedras de lo que sería el palacio postal.

En México, el día del Cartero y del Empleado Postal, fue establecido el 12 de noviembre de 1931, como un reconocimiento a la obra social que realizan, al llevar a todos los ciudadanos las buenas y a veces las no tan buenas noticias.

En 1933 se creó la Dirección General de Correos y Telégrafos, pero en 1942 el Ejecutivo federal decretó definitivamente su separación. Durante las siguientes décadas hubo más cambios administrativos y de organización, siempre buscando mejoras en el servicio postal.

Por decreto presidencial publicado en el Diario Oficial el 20 de agosto de 1986, se crea el organismo descentralizado denominado Servicio Postal Mexicano (conocido como Sepomex), como respuesta a la necesidad de modernizar las prácticas operativas y administrativas en busca de una mayor productividad en la prestación de los servicios de comunicación, con lo cual este organismo adquirió personalidad jurídica y patrimonio propio y paso a formar parte de la administración pública paraestatal.

2. Sigue exponiendo la colegisladora Senado de la República, que en nuestro país, la prestación del servicio postal ha sido un área protegida por el Estado desde la Constitución de 1857, la cual permitía por excepción la creación de monopolios y la imposición de prohibiciones en el área de correos a título de protección de la industria. Disposición que fue confirmada por el Constituyente de 1917 y que no sufrió modificación sino hasta la reforma a los artículos 25 y 28 de febrero de 1983, cuando el poder revisor decretó al sector público la propiedad y control del organismo establecido para la prestación del servicio.

El Servicio Postal Mexicano; en su forma descentralizada fue creado por decreto presidencial de 20 de agosto de 1986 y sectorizada en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, dependencia que regula dicha actividad estratégica.

Con fecha 1 de abril de 1989, se autorizó su reorganización, ampliándose las funciones existentes: se crea la Dirección Comercial, la cual absorbe las funciones de la Dirección de Planeación y Sistemas, que desaparece; se incorporan nuevas áreas a nivel departamental para el de-sarrollo de funciones básicas, en apoyo al logro de los objetivos del organismo, atendiendo aspectos relativos al aseguramiento de la calidad de los servicios, atención a los usuarios, relaciones laborales, promoción filatélica, proyectos, concurso y control de obras, entre otros.

Continuando con el estudio de la expositora también es conveniente precisar la dinámica que se llevó a cabo en el desarrollo legislativo de la presente minuta por lo cual se considera y para sustento de la misma, se transcriben:

a) El 04 de marzo de 2008, la senadora Rosalinda López Hernández y el senador Jesús Garibay García, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentan proyecto de decreto que adiciona un Capítulo a la Ley del Servicio Postal Mexicano para regular el otorgamiento de franquicias postales.

b) El 2 de octubre de 2008, los senadores Fernando Jorge Castro Trenti y Carlos Lozano de la Torre, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron proposición con punto de acuerdo por el que se cita al secretario de Comunicaciones y Transportes y al director general del Servicio Postal Mexicano, para que informen sobre la correspondencia enviada en forma masiva a la ciudadanía por el titular del Ejecutivo federal, con motivo de su segundo Informe de Gobierno.

c) El 22 de octubre de 2008, al comparecer ante senadores, el secretario de Comunicaciones y Transportes, Luis Téllez Kuenzler aseguró que a partir del primer trimestre de este año se ha tenido un crecimiento geométrico en el ejercicio del gasto, y que esperan en el 2008 ejercer alrededor de 38 mil 500 millones de pesos.

d) Sobre el tema del informe sobre el uso, destino, volumen, costos y forma de distribución de la correspondencia con motivo del segundo informe de gobierno del Ejecutivo federal el entonces secretario de Comunicaciones y Transportes se negó a dar información por seguridad y apegándose al artículo 9 de la Ley del Servicio Postal, el cual prohíbe proporcionar información acerca de las personas que lo utilizan, a menos que sea mediante orden judicial.

e) Desde septiembre de 2007, senadores del PRI cuestionaron al entonces secretario de Gobernación, respecto a las 30 o 40 millones de cartas que envío el presidente de la República con motivo de su informe de gobierno, dado que la anterior titular del Servicio Postal Mexicano acusó al Senado de casi quebrarlo por el envió de 800 mil misivas. El entonces secretario de Gobernación aseguró en esa ocasión que las misivas enviadas por el Ejecutivo federal fueron pagadas al Servicio Postal Mexicano con recursos públicos de cada dependencia federal.

3. Contenido de la iniciativa con proyecto de decreto, presentada el 04 de marzo del 2008, por los senadores Rosalinda López Hernández y Jesús Garibay García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona un capítulo a la Ley del Servicio Postal Mexicano, para regular el otorgamiento de la franquicia postal.

Continuando con la misma mecánica, la justificación de la iniciativa, la colegisladora la basó en los siguientes términos. Tras una larga historia, el organismo que actualmente se encarga del área de correos en nuestro país el Servicio Postal Mexicano, entidad descentralizada creado por decreto presidencial del 20 de agosto de 1986 y sectorizada en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes dependencia que regula dicha actividad estratégica.

Sin embargo a la fecha, el Servicio Postal no ha alcanzado el nivel óptimo de modernización y mejoramiento operativo en la prestación del servicio público de correos a decir de su propia dirección fundamentalmente por escasez de recursos. Todo lo contrario, la reforma al servicio postal de 1986 que deroga el libro sexto de comunicaciones postales de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para en su lugar crear la nueva Ley del Servicio Postal Mexicano, trajo consigo el desmantelamiento de una parte importante sistema de correos del Estado mexicano, para permitir el ingreso de grandes compañías que le suplieran en lo que, se ha visto; resulta un buen negocio.

Desde entonces, el Servicio Postal identifica como debilidades fundamentales del organismo: la competencia de los correos privados a menores precios en los segmentos más rentables; el alto costo del correo social, que rebasa el ingreso por tarifas, la alta concentración del correo comercial en solo 20 clientes corporativos que maneja el 60 por ciento del volumen total de correspondencia; el escaso flujo de recursos para inversión operativa; una carente autonomía de gestión y la obligación de proporcionar franquicias postales a los partidos políticos y al Poder Judicial.

En la franquicia postal legislativa, la que mayor preocupación debe generar a este órgano legislativo. En días pasados, los medios de comunicación dieron cuenta del abuso en que incurre esta Cámara senatorial en el empleo de la franquicia postal que le atribuye la Ley de Ingresos. Envíos por más de un millón y medio de documentos en 2006, según denuncia pública formulada por la dirección del Servicio Postal Mexicano, han significado una enorme erogación que corre a cargo de la propia paraestatal y que no es compensada por asignación presupuestal o por alguna forma de subsidio, privándole así de imprescindibles recursos económicos. Mayor hubiera sido el daño al servicio público, de haberse atendido el requerimiento total de esta Cámara por tres millones de envíos adicionales.

Que el servicio puede utilizarse tanto por senadores como por las áreas legislativas, técnicas, parlamentarias y administrativas; que la documentación susceptible de enviarse mediante este beneficio deberá ser “de carácter oficial en apoyo de trabajo legislativo”; que no será aceptada “propaganda política y proselitismo general” ni felicitaciones, agradecimientos y condolencias de cualquier tipo o asuntos personales que no conciernan a la labor legislativa, entre otros objetos. Para hacer uso del servicio gratuito basta con llenar un formato y señalar el número de piezas, su destino, una relación de destinatarios con domicilios y una muestra del documento a ser enviado.

Entre otras medidas es necesario legislar en materia de franquicias postales para garantizar que su aplicación tenga como móvil el cumplimiento de una finalidad social relevante –como puede reconocerse en el caso de la impartición de justicia pronta y expedita– y que su aplicación no causara detrimento a las necesidades presupuestales del Servicio Postal Mexicano, tal como lo ha dispuesto este Poder Legislativo con relación a las actividades ordinarias y electorales de los partidos políticos.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un capítulo a la Ley del Servicio Postal Mexicano.

Decreto

Artículo Primero. Se adiciona el Capítulo XXIV De las franquicias postales, que contiene los artículos 69, 70, 71 y 72 a la ley del Servicio Postal Mexicano, para quedar como sigue:

Capítulo XXIVDe las franquicias postales

Artículo 69. Sólo podrán establecer franquicias postales mediante su inclusión en la legislación federal y en aquellos casos considerados por el Congreso de la Unión como de interés general.

Una vez establecidas de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, la instrumentación de las franquicias deberá ejercerse mediante convenio que se suscribe entre el organismo y el beneficiario del servicio.

Artículo 70. Las disposiciones que expida el Congreso de la Unión para efecto de lo establecido en el artículo anterior, deberá considerarse la obligación de los beneficiarios de cubrir el costo de la franquicia postal o, en su lugar, el mecanismo para financiarlo, a efecto de que en ningún caso sea asumido por el organismo.

El costo de las franquicias deberá ser cubierto, cuando menos, en forma trimestral, de conformidad con el convenio a que se refiere el párrafo segundo del artículo anterior.

Artículo 71. Las franquicias postales sólo podrán referirse al servicio gratuito para los beneficiarios de envío ordinario dentro del territorio nacional.

Artículo 72. El convenio a que se refiere el párrafo segundo del artículo 69 deberá contener, cuando menos:

I. La autoridad u órgano que podrá ejercer el servicio contenido en las franquicias;

II. Los servicios específicos de que podrá hacer uso los beneficiarios de la franquicia, observando lo establecido en el artículo 71;

III. El tipo de documentación que podrá remitirse mediante el ejercicio de la franquicia y las restricciones especiales, adicionales a las que determina esta ley;

IV. Las reglas especificas de empaquetado y prestación de envíos, y

V. Las oficinas del organismo en las que podrán depositarse los envíos, en uso de la franquicia.

4. La colegisladora señala como antecedentes jurídicos:

Que la historia de las franquicias postales en México es amplia, pero toma relevancia precisamente cuando fueron derogadas por parte del primer proceso de organización y fortalecimiento del sistema de correos en nuestro país. Al emitir la Ley de Vías Generales de Comunicación, en febrero de 1940 el propio legislador federal incluyo un artículo 12 transitorio en el que ordeno: “a partir de la fecha de expedición de la presente Ley quedaran derogadas todas las franquicias postales que se hubieren concedido con anterioridad y que no se ajusten a las disposiciones de la misma”.

1. El organismo que actualmente se encarga del área de correos en nuestro país es el Servicio Postal Mexicano; entidad descentralizada creada por decreto presidencial el 20 de agosto de 1986 y sectorizada en la SCT, dependencia que regula dicha actividad estratégica en entidades de interés público.

2. El financiamiento público directo constituye el aspecto más interesante (y también más innovador) del código de 1990. El artículo 49 en su apartado 1, establece cuatro conceptos a los que se reconducen las aportaciones del Estado y en su apartado 2, fija una barrera de porcentaje de voto por debajo de la cual no se causa derecho a financiación. Dicha barrera se establece en el 1.5 por ciento de la votación emitida “independientemente de que (los candidatos del partido del que se trate) hayan ganado elecciones para diputados de mayoría relativa o senador” por su parte los cuatro conceptos a que antes nos referimos son los siguientes: por actividad electoral, por actividades generales, como entidades de interés público, por subrogación o reemplazo que haga el estado de las contribuciones que los legisladores habrían de aportar para el sostenimiento de sus partidos y por actividades especificas como entidades de interés público.

3. Franquicias. Los artículos 53, 54 y 55 del Código Federal de Procedimientos Electorales, regulan minuciosamente el régimen de franquicias postales y telegráficas en ellos se establece las reglas a que se ajustara el disfrute de esas franquicias con mención de los órganos del partido que podrán hacer uso de ellas acreditación de los representantes de los partidos autorizados a tales efectos, ámbito territorial y oficinas autorizadas para su aplicación.

4. La prerrogativa de franquicias postales para los partidos políticos. En años no electorales será equivalente al 2 por ciento del financiamiento público para actividades ordinarias.

5. En años electorales equivaldría al 4 por ciento. El consejo general determinará en el presupuesto anual de egresos del IFE la partida destinada a cubrir el costo de la franquicia postal.

6. En el caso de las franquicias telegráficas se establece que solo los comités nacionales de cada partido podrán usar las franquicias telegráficas; antes también podían ser utilizadas por comités regionales, estatales y distritales.

Ahora el IFE dispondrá lo necesario en su presupuesto anual a fin de cubrir el costo por el uso de las franquicias telegráficas al organismo público competente.

5. Concluye la colegisladora en sus consideraciones del proyecto de decreto que dada su importancia se transcriben íntegramente:

Primera. En nuestro país la prestación del servicio postal ha sido un área protegida por el estado desde la constitución de 1857, la cual permitía, por excepción, la creación de monopolios y la imposición de prohibiciones en el área de correos a titulo de protección de la industria. Disposición que fue confirmada por el constituyente de 1917 y que no sufrió modificaciones sino hasta la reforma a los artículos 25 y 28 de febrero de 1983, cuando el poder revisor decreto el área de correos como estratégica para la nación y, por lo tanto, reservo al sector público la propiedad y control del organismo establecido para la prestación del servicio.’

Segunda. En México la actividad postal ha sido declarada servicio público por tanto corresponde al estado la responsabilidad de lograr que el mismo se preste con regularidad, continuidad y con la calidad suficiente para satisfacer las necesidades esenciales de los usuarios del mismo. Se trata de un servicio esencial del cual la sociedad no puede prescindir.

Tercera. En este sentido prevé un conjunto de disposiciones legales por medio de las cuales se establecen los alcances regulatorios de la autoridad administrativa, se señalan las facultades y funciones del organismo de control, se fijan los requisitos y condiciones mínimas de admisión, las pautas generales que deben cumplir los prestadores, los derechos de los usuarios, las relaciones entre estos las prestadoras y la autoridad administrativa, los sistemas de control y muy especialmente el régimen sancionatorio ante las infracciones al mismo.

Cuarta. Así, los envíos de correspondencia y los demás objetos postales podrán ser transportados por los operadores de los servicios postales dentro del territorio nacional, salvo en los casos en que deban de ser incautados o decomisados, en otras palabras, podrán ser detenidos interceptados o demorados en su curso mediante resolución judicial. Por su parte el Servicio Postal Mexicano garantizará la continuidad del proceso en el cual se encuentra en curso el resto de los envíos y la autoridad competente deberá preservar el secreto de lo privado que no guarde relación con la correspondiente indagatoria o el proceso penal federal.

Quinta. Las propias autoridades postales han reconocido estos efectos. El Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2001-2006, considera que el problema tiene su origen en 1997, cuando finalizo la autosuficiencia financiera de la paraestatal, fundamentalmente porque se le obliga a proporcionar el servicio de correo social en todo el territorio nacional, con una operación deficitaria que no puede ser compensada con los otros servicios de paquetería y entrega que presta el estado, en competencia con las compañías particulares.

Sexta. Solo podrán hacer uso de la franquicia los comités directivos de cada partido y el IFE informará al servicio postal del presupuesto que corresponda a cada partido y le cubrirá trimestralmente el costo de los servicios proporcionados a estos hasta el límite informado.

Séptima. La naturaleza de la franquicia postal otorgada a diversas instituciones gubernamentales y de los poderes de la Unión no es explicable, el motivo por el qué se otorga gratuidad en el servicio de correo como una forma de incentivo fiscal, haciéndose necesario legislar en materia de franquicias postales, para garantizar que su aplicación tenga como móvil el cumplimiento de una finalidad social relevante –como puede reconocerse en el caso de la impartición de justicia pronta y expedita– y que su aplicación no causara detrimento a las necesidades presupuesta les del servicio postal mexicano.

Consideraciones de la comisión

1. Del estudio y análisis efectuado por esta dictaminadora en la reforma propuesta por la colegisladora se encuentran coincidencias con la minuta turnada a esta Comisión Legislativa por la Mesa Directiva, de fecha 13 de octubre de 2009 presentada por las Comisiones Unidas de Comunicaciones, Transportes y de Estudios Legislativos, y de fecha 04 de marzo del año 2008, por los senadores Rosalinda López Hernández y/o Jesús Garibay García del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

2.- La minuta de proyecto de decreto que adiciona un capítulo XXIV de las franquicias postales que contienen los artículos 69, 70, 71 y 72 de la Ley del Servicio Postal Mexicano en el sentido que con dicho decreto deberá atenderse en la Ley del Servicio Postal Mexicano los alcances regulatorios por parte de la autoridad administrativa.

3.- El servicio postal mexicano ha demostrado ser una institución noble al comunicar a nuestra sociedad, y de acuerdo al artículo 28 constitucional establece que correos es un área estratégica para el Estado Mexicano.

4.- Es evidente que sobre el tema existe una preocupación por la colegisladora por regular la figura de las franquicias, para lo cual y dada la importancia de la misma, adiciona un capítulo XXIV, con el título de “franquicias” con sus correspondientes artículos, por considerarlo de su sumo interés, con el firme propósito de que se regule en la Ley del Servicio Postal Mexicano, la prestación a diferentes entidades del Gobierno.

En efecto esta Comisión de Comunicaciones, comparte el espíritu que motiva a la colegisladora, para que la figura de las “franquicias”, sea regulada en la Ley del Servicio Postal Mexicano, en los términos planteados, por lo tanto esta comisión considera que la minuta que se dictamina tiene el propósito fundamental de hacer congruente la normatividad.

Con base en lo anterior es de aprobarse en sus términos la minuta; su finalidad es lograr la congruencia con el ordenamiento legal vigente de las normas del Servicio Postal Mexicano, con las directrices constitucionales en materia de franquicias en los términos planteados por la colegisladora.

Por todo lo anterior y para efectos de la fracción a) del artículo 72 constitucional, los integrantes de esta comisión con base a las consideraciones expresadas aprueban en sus términos la minuta del Senado de la República y someten a la consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona el Capítulo XXIV “De las franquicias postales”, con los artículos 69, 70, 71 y 72 a la Ley del Servicio Postal Mexicano.

Artículo Único. Se adiciona el Capítulo XXIV “De las franquicias postales”, con los artículos 69, 70, 71 y 72 a la Ley del Servicio Postal Mexicano, para quedar como sigue:

Capítulo XXIVDe las franquicias postales

Artículo 69.Sólo podrán establecerse franquicias postales mediante su inserción en la legislación federal y en aquellos casos considerados por el Congreso de la Unión como de interés público.

Una vez establecidas de conformidad con lo dispuesto por el párrafo anterior, la instrumentación de las franquicias deberá ejercerse mediante convenio que se suscriba entre el organismo y el beneficiario del servicio.

Artículo 70. Las disposiciones que expida el Congreso de la Unión para efecto de lo establecido en el artículo anterior, deberán considerar la obligación de los beneficiarios de cubrir el costo de la franquicia postal o, en su lugar, el mecanismo para financiarlo, a efecto de que en ningún caso sea asumido por el organismo.

El servicio puede ser utilizado por el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial así como por las áreas técnicas, parlamentarias y administrativas; previa observación de que la documentación susceptible de enviarse mediante este beneficio es exclusiva de los trabajos oficiales realizados por la institución que lo solicita.

El costo de la franquicia en cualquiera de sus clasificaciones, deberá ser cubierto, cuando menos, en forma trimestral, de conformidad con el convenio a que se refiere el párrafo segundo del artículo anterior.

Artículo 71.Las franquicias postales sólo podrán referirse al servicio gratuito para los beneficiarios de envío ordinario dentro del territorio nacional.

Artículo 72.El convenio a que se refiere el párrafo segundo del artículo 69 deberá contener, cuando menos:

I. La autoridad u órgano que podrá ejercer el servicio contenido en la franquicia;

II. Los servicios específicos de que podrán hacer uso los beneficiarios de la franquicia, observando lo establecido en el artículo 71;

III. El tipo de documentación que podrá remitirse mediante el ejercicio de la franquicia y las estricciones especiales, adicionales a las que determina esta Ley;

IV. La especificación de los documentos que no quedaran integrados al convenio por no considerarse de carácter oficial ni en apoyo a las encomiendas de interés público;

V. No serán aceptados documentos que contengan: proselitismo particular y general, propaganda política, felicitaciones, agradecimientos, condolencias, regalos de cualquier tipo, asuntos personales que no conciernan a la labor oficial desarrollada;

VI. Las reglas específicas de llenado de formatos, número de piezas, destinos, relación de destinatarios con domicilios, empaquetado, muestras, de los documentos al ser enviados y presentación de envíos, y

VII. Las oficinas del organismo en las que podrán depositarse los envíos en uso de la franquicia.

Transitorios

Único.El presente decreto entrará en vigor a los 30 días naturales siguientes al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre 2009.

La Comisión de Comunicaciones, diputados:José Adán Ignacio Rubí Salazar (rúbrica), presidente; Éric Luis Rubio Barthell (rúbrica), Baltazar Martínez Montemayor (rúbrica), Pablo Rodríguez Regordosa (rúbrica), Arturo García Portillo (rúbrica), Juan Gerardo Flores Ramírez (rúbrica), Liev Vladimir Ramos Cárdenas, Marcos Alberto Covarrubias Villaseñor (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Fernando Ferreyra Olivares (rúbrica), secretarios; Maurilio Ochoa Millán (rúbrica), Ana Estela Durán Rico (rúbrica), Sofía Castro Ríos (rúbrica), Hugo Héctor Martínez González, Carlos Cruz Mendoza (rúbrica), Rogelio Cerda Pérez (rúbrica), Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Janet Graciela González Tostado (rúbrica), Reginaldo Rivera de la Torre (rúbrica), Ricardo Ahued Bardahuil (rúbrica), Fidel Kuri Grajales (rúbrica), Leonardo Arturo Guillén Medina (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), María Elena Perla López Loyo, Juan Huerta Montero (rúbrica), Adriana Fuentes Cortés (rúbrica), Javier Corral Jurado, Adriana Sarur Torre (rúbrica), Martha Angélica Bernardino Rojas, Francisco Hernández Juárez (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias. Proceda la Secretaría a dar lectura a la fe de erratas de la Comisión de Comunicaciones.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Comisión de Comunicaciones.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

La Comisión de Comunicaciones con fundamento en lo establecido por los artículos 39, 45 numeral 6, inciso f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 56, 139, 140 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, remitimos fe de erratas al proyecto de decreto que adiciona el Capítulo XXIV de las franquicias postales con los artículos 69, 70, 71 y 72 a la Ley del Servicio Postal Mexicano, aprobado por los miembros de esta Comisión Legislativa, durante la sesión ordinaria, celebrada en fecha 8 de diciembre de 2009.

Fe de erratas

Dice:

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor a los 30 días naturales siguientes al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Debe decir:

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor a los 30 días siguientes al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Lo anterior para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

Sin más por el momento y agradeciendo la atención a la presente, quedo de usted.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de diciembre de 2009.— Por la Comisión de Comunicaciones, diputados: Ignacio Rubí Salazar, presidente; Fernando Ferreyra Olivares, secretario (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Muchas gracias. En consecuencia está a discusión en lo general.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Sí, diputado Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Para inscribirme en la discusión en lo general, en contra.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: ¿Alguien más que desee inscribirse en contra o a favor, en lo general, de este dictamen?

No habiendo quien se inscriba se concede el uso de la palabra al diputado Gerardo Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña:Muchas gracias, diputado presidente. Compañeros diputados y compañeras diputadas, hace un momento pedí, con fundamento en tres artículos, que se verificará el quórum que evidentemente no existe. Como estaba abajo tenía la perspectiva de que no existía, pero ahora que estoy arriba, estoy absolutamente cierto, no hay quórum.

Los artículos que cité no le dan facultad al diputado presidente de decidir si hay quórum; sino dice que si hay duda. Para mí es evidente que no lo hay. Dice que si hay duda, a petición de un solo miembro de esta Cámara tendría que pasar lista, cosa que tampoco hizo.

En general, de lo que quiero llamar la atención es sobre lo incorrecto del procedimiento que se está utilizando para el proceso legislativo. Invariablemente se dispensan las lecturas de primero y segundo dictamen a todo lo que aquí se presenta. Invariablemente la mayoría de los diputados no sabemos qué se está votando, porque no estamos en todas las comisiones. Y aquí en la mañana se presentó hoy, por ejemplo, un paquete de 20 o 19 iniciativas que nadie sabemos que se va, o pocos saben –para no generalizar.

Es un procedimiento incorrecto, es un procedimiento poco respetuoso, pero además si existe el mecanismo de primera y segunda lectura, eso evita que haya desconocimiento. Claro que uno debe tener confianza en sus compañeros y compañeras que están en las comisiones, pero a nadie nos haría daño conocer con precisión qué es lo que se está votando en un momento dado, qué iniciativa legal, qué alcances tiene, qué características, qué impacto va a tener sobre la ciudadanía.

Me parece una irresponsabilidad, por tanto, el procedimiento que este pleno, que este órgano colegiado está asumiendo para realizar sus tareas, votar iniciativas sin la lectura, sin conocimiento de las mismas, sin quórum necesario y todo porque además se sigue permitiendo que las comisiones estén sesionando en días de trabajo de la plenaria.

Esto es un verdadero desorden, es una falta de respeto a todos y cada uno de los que integramos esta Cámara, y es una falta de respeto a quienes nos eligieron para que aquí defendiéramos sus intereses.

Entonces, yo quiero manifestar con claridad esta posición sobre el dictamen en particular. No diré nada adicional, porque en lo que estoy en contra es en todo el procedimiento. Porque además ahorita todavía nos están llegando documentos de dictámenes que iban a entrar, ya no van a entrar, y luego entran otros en bola rápida. ¿Bueno, cómo vamos a permitir que esto siga funcionando de esta manera?

Entonces le dedicamos un tiempo increíble a cosas que acaban en agua de borrajas, porque ahí se van al túnel de las comisiones, que es un túnel del tiempo, y los temas centrales y las iniciativas de ley y las cosas que tendríamos que discutir con mucha puntualidad no se están llevando a cabo.

Les llamo la atención compañeros diputados, compañeras diputadas, sobre este tema que me parece es de la mayor importancia. Muchas gracias, por su atención.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias, señor diputado. No habiendo más legisladores inscritos ni en pro ni en contra, se considera suficientemente discutido. Y para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General se pregunta a la asamblea si se reserva algún artículo para discutirlo en lo particular.

Al no existir ninguna reserva se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, con la fe de erratas a la que dio lectura la Secretaría.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: Háganse los avisos a los que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por diez minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

La diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Permítame. Sí, diputada Scherman, dígame.

La diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño(desde la curul): Diputado presidente, nada más para solicitarle de la manera más atenta, le autorice a la diputada Yolanda de la Torre que haga su voto en lo económico, en virtud de que tuvimos un desperfecto en su silla de ruedas.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Sí, cómo no. Al final, cuando estemos cerrando el sistema de votación.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: Ábrase...

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Permítame, diputada. Diputado Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Una pregunta, diputado presidente. Usted instruyó a la Secretaría que diera 5 minutos; la Secretaría pidió 10. Pregunto a la Mesa Directiva.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: 5 minutos acabo de indicar a la Secretaría.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Le agradezco mucho.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto, del proyecto de decreto, con la fe de erratas que fue anteriormente leída por la Secretaría.

(Votación)

¿Falta algún diputada o algún diputado por emitir su voto?

Ciérrese el sistema de votación electrónica. Señor presidente, se emitieron 324 votos en pro...

A ver, de viva voz.

La diputada María Araceli Vázquez Camacho(desde la curul): A favor.

El diputado Marcos Carlos Cruz Martínez(desde la curul): A favor.

La diputada Yolanda de la Torre Valdez(desde la curul): A favor.

El diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga(desde la curul): A favor.

El diputado Leobardo Soto Martínez(desde la curul): A favor.

El diputado Sergio Mancilla Zayas(desde la curul): A favor

El diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida(desde la curul): A favor.

El diputado Miguel Ángel Riquelme Solís(desde la curul): A favor.

El diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez(desde la curul): A favor.

El diputado Héctor Guevara Ramírez(desde la curul): A favor.

El diputado Alejandro Canek Vázquez Góngora(desde la curul): A favor.

El diputado José Ignacio Pichardo Lechuga(desde la curul): A favor.

El diputado Fidel Kuri Grajales (desde la curul): A favor.

La diputada Paula Angélica Hernández Olmos (desde la curul): A favor.

La diputada Marcela Guerra Castillo(desde la curul): Cambio de voto, por favor, diputada secretaria. Es a favor.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: La diputada Marcela Guerra pasa de abstención a, a favor.

El diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos(desde la curul): A favor.

La diputada Teresa Guadalupe Reyes Sahagún(desde la curul): A favor.

El diputado Avelino Méndez Rangel(desde la curul): A favor.

La diputada Martha Elena García Gómez(desde la curul): A favor.

La diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía(desde la curul): Cambio el sentido de mi voto, ahí aparece abstención. Es a favor.

El diputado Pedro Jiménez León(desde la curul). A favor.

El diputado Jaime Álvarez Cisneros(desde la curul): A favor.

La diputada María Dina Herrera Soto(desde la curul): A favor.

El diputado César Francisco Burelo Burelo(desde la curul): A favor.

El diputado Genaro Mejía de la Merced(desde la curul): A favor.

La diputada María Isabel Pérez Santos(desde la curul): A favor.

El diputado Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa (desde la curul): A favor.

El diputado Diego Guerrero Rubio (desde la curul): A favor.

El diputado Liborio Vidal Aguilar (desde la curul): A favor.

La diputada Ninfa Clara Salinas Sada(desde la curul): A favor.

El diputado Juan Pablo Jiménez Concha(desde la curul): A favor.

El diputado Eviel Pérez Magaña(desde la curul): A favor.

El diputado César Daniel González Madruga(desde la curul): A favor.

El diputado David Hernández Vallín(desde la curul): A favor.

El diputado Nazario Herrera Ortega(desde la curul): A favor.

El diputado Carlos Cruz Mendoza(desde la curul): A favor.

El diputado Juan Huerta Montero (desde la curul): A favor.

El diputado Víctor Alejandro Balderas Vaquera (desde la curul): A favor.

El diputado Balfre Vargas Cortez(desde la curul): A favor.

La diputada Daniela Nadal Riquelme(desde la curul): En abstención.

La diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz: A favor.

El diputado Óscar Javier Lara Aréchiga (desde la curul): A favor.

El diputado Sergio Gama Dufour (desde la curul): A favor.

El diputado José Óscar Aguilar González (desde la curul): A favor.

El diputado Agustín Guerrero Castillo (desde la curul): A favor.

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): A favor.

El diputado José Alfredo Torres Huitrón (desde la curul): A favor.

El diputado Isaías González Cuevas (desde la curul): A favor.

La diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero(desde la curul): A favor.

El diputado Francisco Lauro Rojas San Román (desde la curul): A favor.

El diputado José Luis Marcos León Perea (desde la curul): A favor.

La diputada Ruth Esperanza Lugo Martínez (desde la curul): A favor.

El diputado Víctor Manuel Castro Cosío (desde la curul): A favor.

El diputado Héctor Pablo Ramírez Puga Leyva(desde la curul): A favor.

El diputado César Mancillas Amador(desde la curul): A favor.

El diputado Alfonso Jesús Martínez Alcázar(desde la curul): A favor.

El diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez(desde la curul): A favor.

La diputada Jeny de los Reyes Aguilar(desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella:Compañeras diputadas y compañeros diputados, tenemos cuatro dictámenes consecutivos de votación nominal. Se les suplica estar atentos para no tener que estar haciendo la votación de viva voz. Gracias.

El diputado Rolando Bojórquez Gutiérrez(desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: Señor presidente, se emitieron 381 votos a favor, 0 en contra y 8 abstenciones.

Presidencia del diputado Francisco Javier Salazar Sáenz

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos a favor, 0 en contra y 8 abstenciones, el proyecto de decreto que adiciona el capítulo XXIV, De las franquicias postales, con los artículos 69, 70, 71 y 72, a la Ley del Servicio Postal Mexicano. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.



DIA NACIONAL DE LA JUVENTUD

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto por el que se declara al 12 de agosto de cada año como Día Nacional de la Juventud.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura. En votación económica, las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente. Se le dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara el 12 de agosto de cada año como Día Nacional de la Juventud

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se establece el 12 de agosto de cada año como Día Nacional de la Juventud.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 71 y 72, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 56, 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la Iniciativa de referencia, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes

Antecedentes

1. Con fecha veinticinco de noviembre de dos mil ocho, la diputada Alma Hilda Medina Macías, en nombre propio y de los diputados Gregorio Barradas Miravete, Miguel Ángel Monraz Ibarra, José Inés Palafox Núñez, Fidel Antuña Batista, Alma Xóchil Cardona Benavides, Ricardo Franco Cázares, Miguel Ángel Gutierrez Aguilar, Carlos Alberto Navarro Sugich, Francisco Javier Plascencia Alonso, José de Jesús Solano Muñoz y Carlos Alberto Torres Torres, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentaron ante el Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 2009 como Año de la no Violencia entre las y los Jóvenes.

2. En esa misma fecha, veinticinco de noviembre de dos mil ocho, la presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados para su estudio y dictamen.

3. Con fecha veintiocho de enero de dos mil nueve, el diputado Fidel Antuña Batista, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se establece el 12 de agosto como Día Nacional de la Juventud.

4. En esa misma fecha, veintiocho de enero de dos mil ocho, la presidencia de la Comisión Permanente, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados para su estudio y dictamen.

5. Con fecha dieciséis de abril de dos mil nueve, se presentó al Pleno de la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura el proyecto de dictamen correspondiente, que fue aprobado.

6. Por oficio DGPL 61-II-5-91 del 6 de octubre de 2009, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados remitió la Comisión de Gobernación copia del dictamen positivo de la iniciativa de referencia, en calidad de proyecto, de conformidad con el acuerdo relativo a los dictámenes de proyecto de ley o decreto y proposiciones con punto de acuerdo que quedaron pendientes de resolver por el Pleno de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, aprobado el 17 de septiembre de 2009.

7. En sesión plenaria de ocho de diciembre de dos mil nueve, se sometió a la consideración de los integrantes de la Comisión de Gobernación de la LXI Legislatura el proyecto de dictamen respectivo, que fue aprobado.

Contenido de las iniciativas

A) Iniciativa de decreto presentada por diversos integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

1. Según datos del Banco Mundial los jóvenes y los niños constituyen el 50 por ciento de la población de los países en desarrollo. Nuestro país cuenta con aproximadamente 34 millones de jóvenes que oscilan entre los 12 y los 20 años y para 2012 serán cerca de 36 millones, siendo la cifra más alta alcanzada en la historia.

2. La etapa cronológica de la vida denominada juventud ha sido reconocida debido a su efecto en el mercado de trabajo, en materia de salud, seguridad, educación, vivienda y familia.

3. La juventud es más activa que nunca dentro de la sociedad, por eso surge la preocupación del efecto que tiene la violencia en la vida de los jóvenes, ya que se ven más expuestos a sus diferentes tipos debido a la multiplicidad de los roles que asumen actualmente; su temprana inclusión en la vida laboral, en la formación de familias y en el temprano inicio de su vida sexual, los confrontan a situaciones que en muchas ocasiones no saben manejar.

4. La violencia como el uso deliberado de la fuerza física o del poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, contra otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones y muerte, nos muestra un espectro más amplio en el daño que causa a la persona violentada, como es el caso de los jóvenes.

5. La violencia interpersonal es un problema que enfrenta nuestra sociedad por las serias consecuencias que pernean a los diferentes estratos donde se desenvuelven los jóvenes, ya que al ser violentados en la familia su comportamiento cambia drásticamente en la escuela o el trabajo, menoscabando sus relaciones personales y afectivas. Si los jóvenes no son tratados a tiempo y convenientemente, se convertirán en adultos poco capaces de enfrentarse a situaciones de frustración, respondiendo con más violencia o bien siendo poco asertivos en sus decisiones futuras.

6. La violencia en el noviazgo se ha incrementado de manera alarmante; según la Encuesta sobre violencia en el noviazgo de 2007 publicada por el Instituto Mexicano de la Juventud, 2 de cada 10 jóvenes de entre 15 y 24 años, con alguna relación de noviazgo en 2007, ha experimentado algún episodio de violencia, siendo la zona rural la que más violencia física experimenta.

7. Asimismo, dentro de las etapas de la juventud se da el sentido de pertenencia a un grupo. La manifestación cultural a través de diversos grupos es significativa dentro de esta etapa, siendo así que grupos o tribus urbanas, como se les ha denominado actualmente, conviven no siempre en un ambiente de tolerancia.

8. El surgimiento de una economía criminal ha llegado a los jóvenes, lo que afecta cuando ellos participan directamente en los ilícitos o en el incremento en el consumo de drogas.

9. Es primordial que se lleven a cabo políticas públicas multisectoriales, y campañas de difusión y orientación encaminadas a la prevención de la violencia entre los jóvenes, porque son el México del futuro y de las decisiones que se tomen hoy dependerá el tipo de sociedad que tengamos mañana.

B) Iniciativa presentada por el diputado Fidel Antuña Batista

1.La juventud es el periodo de semiindependencia y de formación que prepara a una persona para la vida adulta.

2. Los jóvenes tienen problemáticas generales y específicas que suelen tener gran importancia para este estrato poblacional, tales como el empleo, criminalidad, embarazo adolescente, control de la natalidad, educación, sexualidad, inseguridad, adicciones y violencia.

3. El periodo de la juventud en el ser humano se ha visto relacionado con el proceso de educación de las personas; trae consigo aspectos sociales, culturales, físicos, fisiológicos, económicos, ambientales, que deben ser analizados para plantearse a nivel nacional qué tipo de país y de futuro se pretende, ya que los jóvenes pueden ser la solución no sólo a sus propios problemas, sino también a otros importantes desafíos a los que se enfrenta el mundo hoy en día; constituyen un recurso humano importante para el cambio social y el desarrollo.

4. El compromiso de México estriba en garantizar que los jóvenes disfruten plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, tomando medidas eficaces contra posibles violaciones.

5. En México, los jóvenes padecen diversas problemáticas en su desarrollo tales como aspectos sobre fecundidad, nupcialidad, ocupación y desempleo, salud, salubridad y seguridad públicas, crecimiento demográfico, calidad de vida y ambiente, morbilidad y mortalidad, desarrollo profesional y económico, oportunidades de acceso a mejores servicios urbanos y de educación por condiciones de vulnerabilidad, y adicciones, lo cual se ve mayormente impactado por la presencia del fenómeno globalización pues ante la creciente infraestructura de las tecnologías de información y comunicaciones, se ha hecho necesario que los jóvenes mexicanos evolucionen y se desarrollen a pasos agigantados para hacer frente de manera reactiva la competencia que se avista con países altamente desarrollados en cuanto a su economía, educación, ciencia, cultura, modo de vida, entre otros, por lo que dicho tema debe ser fortalecido e impulsado por acciones tendentes a optimizar sus condiciones para su adaptación al fenómeno de la globalización.

6.El 28 de agosto de 1985 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se declaró, exclusivamente para ese año, el 13 de septiembre de 1985 como Día Nacional de la Juventud Mexicana, considerando que al promover el Año Internacional de la Juventud se impulsaba la solidaridad de la juventud mexicana y su participación en los planes y programas del gobierno mexicano, así como fomentar el desarrollo político, social y económico que sustentase el nacionalismo haciendo referencia a la fecha histórica del 13 de septiembre, la cual recuerda y conmemora el sacrificio llevado a cabo por los jóvenes cadetes del Heroico Colegio Militar en el año de 1847.

7.Considerando que la población juvenil crece rápidamente y que el desarrollo social, cultural y económico es cada vez más complejo para el progreso del país, así como que tal situación conlleva a dar origen a nuevas y mayores problemáticas, se hace necesario diseñar y fomentar una política nacional de juventud continua que sea objetiva, práctica y que garantice el pleno desarrollo de los jóvenes; crear y promover medidas legales en donde se reconozcan sus derechos y se asegure su participación en los distintos ámbitos y niveles de poder.

8. Lo anterior se podrá concretar de manera coordinada y participativa si, además de evocar un día internacional de la juventud, se decreta un día nacional de la juventud cuyo objeto sea resaltar la relevancia de la juventud en la sociedad.

Establecidos los antecedentes y el contenido de las iniciativas, los miembros de la Comisión de Gobernación de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes

Consideraciones

A) En lo general

1. Esta comisión ha considerado las dos iniciativas identificadas en párrafos de antelación, en virtud de que ofrecen elementos que, en esencia, se encaminan a la protección de un sector de la población mexicana.

2.La juventud, desde los enfoques biológico y psicológico, se ha definido como el periodo que va desde el logro de la madurez fisiológica hasta la madurez social, aunque no todas las personas recorren este periodo vital de la misma forma, ni logran sus metas al mismo tiempo debido a que los factores ambientales son distintos.

3. La Organización de las Naciones Unidas considera a la juventud como el grupo poblacional entre 15 y 24 años de edad que debe ser reconocido dado su papel tan importante en el desarrollo de sus países.

4. Por tal motivo se creó el Programa de Juventud de las Naciones Unidas, que tiene como propósito incrementar el conocimiento de la situación global de la juventud y aumentar el reconocimiento y aspiraciones de los jóvenes.

5. México forma parte de la Organización Iberoamericana de Juventud, organismo internacional de carácter gubernamental creado para promover el diálogo y la cooperación en materia de juventud entre los países iberoamericanos. Entre sus objetivos se encuentra el de propiciar e impulsar esfuerzos que realicen los estados miembros, dirigidos a mejorar la calidad de vida de los jóvenes en la región.

6. El 11 de octubre de 2005, se firmó la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes, tratado internacional que reconoce a los y las jóvenes como sujetos de derechos, como actores estratégicos del desarrollo de cada país y como personas capaces de ejercer responsablemente sus derechos. También brinda soporte jurídico a los gobiernos iberoamericanos para el desarrollo de políticas públicas destinadas a la juventud.

7. En México, según datos del II Conteo de Población y Vivienda 2005 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la población de personas de edad entre 18 y 29 años es de 21 millones, lo que representa el 20% de la población total del país aproximadamente.

8. Asimismo, de acuerdo con datos otorgados por el Consejo Nacional de Población, el incremento poblacional se ha concentrado en las personas en edad de trabajar, por lo que es necesario generar políticas públicas dirigidas a este grupo poblacional e incentivar su participación en la sociedad.

9.El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en el Eje 3, “Igualdad de oportunidades, 3.7, Familia, niños y jóvenes”, establece como objetivo 19 instrumentar políticas públicas transversales que garanticen las condiciones necesarias para el desarrollo integral de los jóvenes.

10. Lo anterior se justifica por la necesidad de fortalecer cada una de las etapas del proceso formativo de los jóvenes para que se perfilen hacia la realización de sus metas personales logrando bases sólidas para su desarrollo personal y social. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 reconoce que los jóvenes constituyen el motor para el crecimiento y desarrollo económico y humano del país.

11. El 6 de enero de 1999, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, y en ella se refiere en su artículo 2 a los jóvenes como al grupo poblacional cuya edad queda comprendida entre los 12 y 29 años y que por su importancia estratégica para el desarrollo del país, será objeto de diversos programas, servicios y acciones.

12. La ley faculta al Instituto Mexicano de la Juventud, como organismo público descentralizado, a llevar a cabo la tarea mencionada en el numeral anterior, y establece que su propósito será definir y aplicar una política nacional de Juventud e incorporarla plenamente al desarrollo del país en cuanto a organización, salud, empleo, capacitación, prevención de adicciones entre otras.

13. También tiene como misión generar y articular políticas públicas integrales de juventud que surjan del reconocimiento de las y de los jóvenes en toda su diversidad como sujetos y actores de su propio destino, que respondan a sus necesidades, propiciando el mejoramiento de su calidad de vida y de su participación plena y desarrollo nacional.

14. Asimismo, el instituto está facultado para promover coordinadamente con las dependencias y entidades de la administración pública federal las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, sus expectativas sociales, económicas, culturales y derechos; para el cumplimiento de sus objetivos cuenta con la atribución de concertar acuerdos y convenios con las autoridades de las entidades federativas y los municipios para promover, con la participación, en su caso, de los sectores social y privado, las políticas, acciones y programas tendientes al desarrollo integral de la juventud.

15.La violencia entre los jóvenes es, sin duda, uno de los temas que deben abordarse de forma prioritaria por parte del Instituto Mexicano de la Juventud en ejercicio de sus facultades. Citando a la maestra Priscila Vera Hernández, Directora General del mismo Instituto, de acuerdo a investigaciones realizadas por el Banco Mundial, en América Latina han surgido dos tipos de violencia entre los jóvenes que son las pandillas y la relacionada con las drogas, por lo que es urgente desarrollar políticas que promuevan valores como la solidaridad, justicia, tolerancia, igualdad, así como la participación activa y responsable de la juventud como actores centrales del desarrollo, por lo que se considera oportuno establecer políticas de financiamiento que aborden esta problemática.

16.El Instituto Mexicano de la Juventud, en coordinación con institutos estatales, realizaron foros de consulta ciudadana en el año 2007 de los cuales se desprendieron propuestas para la realización del Programa Nacional de Juventud, destacando entre sus objetivos:

• Ciudadanía y participación social

• Acceso efectivo a la justicia

• Acceso y permanencia en la Educación

• Trabajo digno

• Fomento de la salud de los jóvenes

• Vivienda adecuada

17. Debido a la importancia de la juventud, se han creado incentivos como el Premio Nacional de la Juventud, máximo reconocimiento que el Gobierno de la República otorga a jóvenes mexicanos entre los 12 a 29 años de edad, por haber destacado por su conducta o dedicación al trabajo o al estudio y que cause entusiasmo y admiración que pueda considerarse como ejemplo de superación personal o de progreso en una comunidad.

18. Por lo anterior, y teniendo una visión integral del tema que involucra a los y las jóvenes de México, debe celebrarse el avance que se tiene en nuestro país para tener un marco que regule la problemática en concreto; sin embargo, deben cumplirse los compromisos internacionales y la regulación nacional que hagan posible el desarrollo integral de la juventud para enfrentarse a los retos actuales de la sociedad.

B) En lo particular

1. El 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la recomendación hecha por la Conferencia Mundial de Ministros de Asuntos de la Juventud de Lisboa, en agosto de 1998, que declaró al 12 de agosto como Día Internacional de la Juventud.

2. La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas recomendó a los estados parte organizar actividades de información pública que apoyen ese día, con la finalidad de fomentar el conocimiento del Programa de Acción Mundial para los Jóvenes.

3. Si bien en México se ha celebrado el Día Internacional de la Juventud, se considera oportuno decretar un día nacional que coincida con el día internacional para consolidar el compromiso con los jóvenes mexicanos que son prioridad para el futuro de este país.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Gobernación someten a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Decreto por el que se declara el 12 de agosto de cada año como Día Nacional de la Juventud

Artículo Único.El honorable Congreso de la Unión declara el 12 de agosto de cada año como Día Nacional de la Juventud.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a ocho de diciembre de dos mil nueve.

La Comisión de Gobernación, diputados:Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Illich Augusto Lozano Herrera (rúbrica), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Gastón Luken Garza (rúbrica), Francisco Ramos Montaño, Gregorio Hurtado Leija, Carlos Campos Villegas (rúbrica), Raúl Domínguez Rex (rúbrica), secretarios; Guadalupe Acosta Naranjo, Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón, Sami David David (rúbrica), Alejandro Encinas Rodríguez, Nancy González Ulloa (rúbrica), Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Humberto Lepe Lepe (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía, José Ricardo López Pescador (rúbrica), Andrés Massieu Fernández (rúbrica), Sonia Mendoza Díaz, Nazario Norberto Sánchez, Beatriz Elena Paredes Rangel, Julio Saldaña Morán, César Augusto Santiago Ramírez, Arturo Zamora Jiménez.»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra la diputada Yulenny Guylaine Cortés León, por la comisión, para fundamentar el dictamen de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Yulenny Guylaine Cortés León:Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros, México es un país que cuenta con un amplio sector juvenil, en donde las y los jóvenes conforman un componente fundamental de nuestra sociedad pues se rigen como los conductores del progreso en todos los ámbitos de la vida nacional, motivo por el cual deben ser apoyados a fin de aprovechar su potencial en la construcción de un mejor país.

La Ley del Instituto Mexicano de la Juventud señala que los jóvenes son aquellas personas que tienen entre los 12 y 29 años de edad.

En México la población juvenil representa el 32. 7 por ciento de la población total, de los cuales el 48.52 por ciento son varones y el 51.48 por ciento son mujeres.

Asimismo, de acuerdo con las proyecciones que se han realizado en este grupo se estima que la población seguirá aumentando hasta el año 2015, cuando llegue a su máximo histórico. Esta dinámica demográfica sin duda establece un gran reto y señala las demandas sociales, culturales, políticas y económicas que tiene la juventud mexicana, por lo que es nuestro deber como sociedad y gobierno crear las condiciones propicias para su atención.

Este sector de la población es demandante de educación, empleo, salud, cultura, justicia y esparcimiento, entre las más importantes. Por tanto, es en estos mismos ejes donde se encuentra la mayoría de los problemas que los aquejan.

Por ello, en la agenda nacional se consideran como un grupo de población prioritario, prueba de ello son las políticas y programas planteados en el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2012, y específicamente en el Programa Nacional de Juventud 2008-2012, con el cual se pretende lograr el pleno desarrollo de las y los jóvenes.

Sin embargo, no dejamos de reconocer que aún existen grandes retos para atenderlos de manera integral. Nuestro país tuvo un avance importante en el objetivo de atender las necesidades y demandas, de fortalecer las capacidades y potencialidades de la juventud al crearse por disposición de ley el Instituto Mexicano de la Juventud, encargado de definir e instrumentar la política nacional de juventud que permita incorporar plenamente a los jóvenes al desarrollo del país.

No obstante el logro alcanzado, actualmente nos encontramos en un escenario poco propicio para el desarrollo de la juventud toda vez que enfrenta una situación de rezago en los distintos ámbitos y enfrenta una serie de obstáculos para participar plenamente en las grandes decisiones nacionales.

Ante tal situación es indiscutible la necesidad de seguir generando acciones y políticas en beneficio de la juventud. Se requiere, sin duda, reforzar la legislación a fin de ampliar las oportunidades de desarrollo que permitan potenciar las posibilidades de participación de las y los jóvenes mexicanos en los ámbitos social, político, educativo, cultural y económico, entre otros. En este sentido la Comisión de Juventud y Deporte refrenda su compromiso con la juventud mexicana.

Por ello, estamos conscientes de que debemos continuar generando acciones a fin de abrir espacios específicos para dotar a las y los jóvenes de oportunidades reales en las diversas esferas, por lo que alcanzar el objetivo aquí planteado tendrá el beneficio de cambiar la visión que se tiene sobre los jóvenes de sujetos pasivos a elementos de cambio activo.

Por ello establecer en nuestro país el Día Nacional de la Juventud tendría implicaciones importantes para los jóvenes, pues reafirma el compromiso del Estado y sus instituciones con sus necesidades y aspiraciones, particularmente en momentos donde el mundo enfrenta una coyuntura económica con serias implicaciones sociales.

Aunado a la declaración de la ONU de 2010 como Año Internacional de la Juventud, suceso que no se veía desde hace 25 años, y la celebración del bicentenario y del centenario de la Independencia y de la Revolución Mexicana, vale la pena destinar un día a los jóvenes mexicanos.

Por lo anterior, la Comisión de Juventud y Deporte apoya este dictamen y los invita a votar a favor del mismo. Reiteramos nuestro convencimiento de que la juventud es un actor preponderante para el desarrollo de la nación, y por tanto es necesario coordinar esfuerzos encaminados a fortalecer las acciones de vinculación que beneficien a este sector de la población.

Compañeras y compañeros, los jóvenes son como las plantas, por sus primeros frutos se ve lo que podemos esperar para el porvenir. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:En consecuencia está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto.

La Presidencia informa que se ha registrado un orador para la discusión en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, el diputado Ilich Augusto Lozano Herrera, del PRD. Tiene la palabra el señor diputado.

El diputado Ilich Augusto Lozano Herrera:Con su permiso, señor presidente. No debo inadvertir la importancia de solicitar que se pare el reloj y brindar un minuto de silencio por los jóvenes asesinados en Ciudad Juárez, lo cual solicito al señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Atendiendo la solicitud del señor diputado, solicito a los presentes ponerse de pie para guardar un minuto de silencio.

Muchas gracias, señoras diputadas y señores diputados. Continúe, señor diputado.

El diputado Ilich Augusto Lozano Herrera: La ocasión es propicia para revisar lo que se ha alcanzado en materia de jóvenes. El asesinato infame de estos 15 jóvenes que no tenían vínculos con el crimen organizado nos obliga a revisar lo que este país ha hecho por proteger a las y a los jóvenes.

Por supuesto que la aprobación de un Día Nacional de la Juventud sería necesaria para que volteemos a ver qué es lo que se está haciendo desde los gobiernos federal, estatales y municipales.

No podemos dejar pasar este crimen, no podemos dejar de pronunciarnos como Cámara de Diputados y entender que en Ciudad Juárez hay una realidad que están viviendo nuestros jóvenes mexicanos.

Por ello, creo que el Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática ve con beneplácito la creación de un Día Nacional de la Juventud en que se pueda evaluar qué es lo que se ha venido haciendo.

No es nuevo, esto ya se ha realizado. La Organización de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1999 decidió crear el Día Internacional de la Juventud, precisamente para revisar qué es lo que se ha venido haciendo.

Pero hay muchas circunstancias que nos obligan, como legisladores y legisladoras, a compartir esta propuesta. Primero, porque en el siguiente año este país recibirá a los legisladores jóvenes de todo el mundo. En el mes de agosto habrá un Congreso Internacional de Legisladores y no sería posible entender este congreso sin que este país tuviera un día específico para voltear los ojos hacia las y los jóvenes.

Segundo. Es un paso importante para que este país revise una ley de las y los jóvenes. Al interior del Grupo Parlamentario del PRD ya se ha venido trabajando. En especial los que participamos en la Comisión de Juventud y Deporte, en los próximos días, junto con nuestro compañero secretario, Carlos Torres Piña, presentaremos una iniciativa con proyecto de decreto para que se cree una ley que proteja los derechos de las y los jóvenes.

Es propicio el momento, insisto. Esta cámara tiene que voltear los ojos para ver qué es lo que se está haciendo con los jóvenes. Entendamos que los sujetos más propicios a caer en las bandas delictivas son los jóvenes. Los diferentes estudios han mostrado que un joven es propenso a caer en manos del crimen organizado entre los 16 y los 24 años. Es más fácil obtener un empleo de sicario que obtener un empleo en alguna empresa privada o en alguna empresa del gobierno.

Por ello, el Grupo Parlamentario del PRD manifiesta que votará a favor de la creación del Día Nacional de los Jóvenes para que se revise y se siga legislando por las y los jóvenes de este país. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Para presentar una adición, ha solicitado la palabra, y se le concede, la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Partido del Trabajo.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez:Diputado presidente, diputadas y diputados, hay un refrán que dice saber y no recordar es lo mismo que ignorar. México está de luto a causa de los juvenicidios perpetrados el pasado 31 de enero en Ciudad Juárez, Chihuahua y en Torreón, Coahuila.

El dictamen que hoy se encuentra a discusión propone el día 12 de agosto como el Día Internacional de la Juventud, el cual fue declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la resolución 54/120 de 1999. En un acto de congruencia, de solidaridad y de reconocimiento a la grave situación que se vive en el país, pero fundamentalmente en contra de la impunidad, propongo las siguientes adiciones al decreto que contiene este dictamen.

Artículo 1. Se declara al 31 de enero como Día Nacional de la Juventud, y se reconoce al 12 de agosto como Día Internacional.

Artículo 2. El Estado mexicano, en relación con los lamentables acontecimientos del 31 de enero de 2010 y sobre hechos similares, está obligado a:

1. Eliminar todos los obstáculos que impidan una debida investigación y proceso judicial. Asimismo hacer uso de todos los medios para que la impartición de justicia sea expedita con el objetivo de impedir que estos hechos se repitan.

2. La administración pública debe reconocer su responsabilidad en estos crímenes.

3. Las autoridades deben crear una página electrónica que contenga la información por edad acerca de todas las personas asesinadas en este país a partir de 2007.

4. El Estado mexicano tendrá que reparar económica, moral, psicológica y médicamente el daño a los familiares de las víctimas.

Diputadas y diputados: ¿Qué les queda por probar a los jóvenes en este mundo de paciencia y asco? ¿Sólo graffiti? ¿Rock? ¿Escepticismo? También les queda no decir amén. No dejar que les maten el amor. Recuperar el habla y la utopía. Les queda respirar, abrir los ojos, descubrir las raíces del horror. Hasta aquí algunos versos de Benedetti.

Yo diría que les queda que luchemos por ellos. Que el Congreso de la Unión se pronuncie en contra de la impunidad.

Dejo esta adición por escrito a la Mesa Directiva. Gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Consulte la Secretaría a la asamblea, si se admite a discusión la modificación propuesta por la diputada Laura Itzel Castillo.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se admite a discusión la modificación propuesta por la diputada. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Hay que votar, señores diputados. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la negativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Desechada la modificación propuesta por la diputada Laura Itzel Castillo.

Se han inscrito igualmente los señores diputados Ángel Aguirre Herrera, del Partido Revolucionario Institucional, y el diputado Juan Carlos Natale López, del Partido Verde Ecologista de México. Se concede la palabra al diputado Ángel Aguirre Herrera.

El diputado Ángel Aguirre Herrera: Muy buenas tardes, compañeras diputadas y compañeros diputados, únicamente para fijar la postura de mi partido, el Revolucionario Institucional, al querer decir y comentar que en el caso del Revolucionario Institucional queremos plantear y mencionar que la coyuntura política de cualquier estado de la República no se debe incluir en lo que representa a la juventud.

Nosotros estamos de acuerdo y a favor de que se respete el Día Internacional de la Juventud, el cual se festeja siempre el 12 de agosto de cada año y de esta manera es que nosotros vamos a refrendar ese apoyo. No debe mezclarse una coyuntura política con lo que representa el estandarte de la juventud. Con esto me despido. Muchísimas gracias. Ésa es la postura del PRI.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Gracias, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Juan Carlos Natale López, del Partido Verde Ecologista de México.

El diputado Juan Carlos Natale López:Con su permiso, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados federales, en el Partido Verde Ecologista de México estamos a favor de que el 12 de agosto de cada año no sea solamente un día de celebración para los jóvenes, queremos que sea un recordatorio al Estado, al gobierno federal, a los gobiernos de los estados y municipios para hacerles ver lo que no nos han dado a los jóvenes, los espacios que no nos han tocado, las oportunidades de que nos hemos visto truncados para participar. Por eso creemos que el objetivo primordial de este gobierno debe enfocarse en los jóvenes, sobre todo en la educación, en la preparación de las nuevas generaciones para que posteriormente se vaya generando empleo.

No puede ser que más de 7 millones de jóvenes de entre 18 y 30 años hoy estén desocupados, no se estén preparando, no estén estudiando por un futuro mejor, y no tengan un empleo. La juventud hoy más que nunca debe ser escuchada y debe ser atendida.

En la Comisión de Juventud y Deporte que preside nuestro compañero diputado Paco Landero los secretarios que la conformamos y los integrantes que la conforman nos hemos puesto de acuerdo, hemos empezado a sacar iniciativas y puntos de acuerdo en conjunto, y hemos dado muestra de que los jóvenes sí nos ponemos de acuerdo. Y para ello verán en próximos días puntos de acuerdo que han salido por unanimidad, con el consenso de todos los diputados jóvenes de este Congreso de la Unión.

Por eso, seguiremos impulsando las propuestas para los jóvenes y daremos muestra los integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte de que nosotros estamos comprometidos con nuestro país para dar resultados a los mexicanos. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:No habiendo más oradores registrados, consulte la Secretaría a la asamblea... Diputado, adelante.

Se le concede la palabra al diputado Sixto Zetina, del Partido Acción Nacional.

El diputado Sixto Alfonso Zetina Soto:Con su venia, señor presidente. Amigas legisladoras y amigos legisladores, hoy es un honor para mí venir a esta tribuna para el tema que estamos viendo, para el día de la juventud mexicana.

Hoy estamos atravesando por un momento donde el tema de juventud es el más bonito discurso político, pero a la hora de la realidad falta mucho por hacer. Hoy hay muchos jóvenes que ya no creen en esto, que ya no creen en la política y que no creen en las oportunidades que debemos dar los políticos.

Es por ello por lo que hoy, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta Cámara de Diputados, estamos a favor del tema porque hoy la juventud debe dejar de ser sólo discurso. Porque hoy la juventud más que nunca no debe quedar como un tema del futuro, sino como un tema del presente. Pero sobre todo, porque la juventud para Acción Nacional es la esperanza presente para poder hacer grandes cambios por nuestro país.

Por lo antes mencionado, compañeras y compañeros, les pido que desde la trinchera donde nos encontremos empecemos a apoyar el tema de los jóvenes. La juventud es el sector más grande de la sociedad mexicana y, por tanto, hoy el compromiso lo tenemos de nuestro lado. Hoy tenemos que dar respuestas claras y por ello, con el día de la juventud mexicana seguir transformando a México, a favor de este sector que tanto lo necesita. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Ha solicitado la palabra el diputado Gerardo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña:Iba ya a pasar a la votación, pero después de oír el discurso del diputado de Acción Nacional no puedo dejar pasar tanta demagogia.

Siete millones y medio de jóvenes entre 18 y 23 años sin acceso a la educación superior. ¿Ésa es la preocupación de su gobierno usurpador? ¿Ése es el trato? Pero quiero aprovechar, ya que aquí han hablado de Juárez, mencionar que estuve ahí el viernes. Quiero decirles cómo tratan a los jóvenes en Juárez.

Si se reúnen en su colonia, el Ejército llega, los levanta, se los lleva, los veja, los golpea, los retiene por varios días y a algunos hasta los asesina. Ése es el trato a los jóvenes, de Acción Nacional.

O la explicación que Calderón dio primero de que era un pelito entre pandilleros –los 18 jóvenes ejecutados– y luego tuvo que comerse sus palabras frente a la dignidad de Luz María Dávila, que le dijo que no era bienvenido. Y que si hubieran matado a su hijo, lo buscaría debajo de las puertas.

¿Saben ustedes que a las familias de los jóvenes en Ciudad Juárez, les han ofrecido dinero, les han ofrecido cambiarse de residencia, les han ofrecido tonterías en vez de justicia, que es lo que están exigiendo? ¿Cómo puede hacerse un discurso a nombre de la juventud, cuando han estado privatizando la educación pública, cuando los jóvenes hoy en día no tienen acceso a trabajo? No hay escuela, pero tampoco hay trabajo.

Porque por ejemplo, a los jóvenes del SME los mandaron a la calle, o a los jóvenes mineros de Cananea están a punto de hacerles lo mismo. Pero no es una excepción Juárez o Cananea, es una permanente conducta represiva. Ser joven en este país es ser seudodelincuente porque se le detiene, porque se le hostiliza, porque se le acosa, porque se le persigue por este gobierno de facto.

Cuando se viene a la tribuna a decir que qué bonito discurso, que qué bonito día, que qué bueno, que qué maravillosa es la primavera, no puede uno permitir que se actúe con tanta ligereza.

Hechos son amores y no buenas razones, compañeros de Acción Nacional. Las políticas públicas tienen que verse reflejadas en una mejoría de las condiciones de vida de los jóvenes, de los niños, de los adultos mayores, de toda la población que se debate en la miseria, en el hambre y la desesperanza, mientras militarizan el país.

No era un joven, pero era un ciudadano de Juárez el que en la madrugada de este sábado 13 de febrero fue asesinado en un retén militar en la colonia Hermenegildo Galeana –dicen– que porque no se detuvo en el retén militar, porque no hizo alto. Grave crimen para ser pagado con la vida el no detenerse en un retén militar. Luego, ese hombre –joven me parecía a mí– aparece, no baleado dentro de su vehículo sino tirado en la calle a un lado de su vehículo. Ese es el trato que reciben los ciudadanos.

Los ciudadanos son tratados como delincuentes y los delincuentes gobiernan en este país. Eso es lo que se les está ofreciendo a los jóvenes. Ése es el futuro que se les está planteando. No puede permitirse más demagogia. No puede permitirse más caradura, más desvergüenza en estar haciendo discursos que no se corresponden con la realidad.

Si quieren ayudar a los jóvenes de este país convenzan al usurpador a que renuncie a la Presidencia de la República. Es el mejor servicio que podrían hacerle a la patria. Muchas gracias, compañeros y compañeras.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:No habiendo más oradores registrados, consulte la Secretaría a la asamblea si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el proyecto de decreto en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Suficientemente discutido. Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Ábrase el sistema hasta por 10 minutos.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Se encuentra presente en la sesión el procurador del estado de Arizona, Terry Goddard, invitado por los diputados Baltazar Martínez Montemayor y José Luis Ovando Patrón. Bienvenido, señor procurador y gracias por su presencia en esta sesión.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Señores diputados, vamos a proceder a cerrar el tablero electrónico. ¿Algún diputado o alguna diputada que falte por emitir su voto? Quien no pueda lo vamos a hacer de viva voz. Ciérrese el tablero electrónico.

Ábrase el micrófono de la diputada Daniela Nadal Riquelme, por favor.

La diputada Daniela Nadal Riquelme(desde curul): A favor.

El diputado Marcos Carlos Cruz Martínez (desde la curul): A favor.

La diputada Yolanda de la Torre Valdez(desde la curul): A favor.

El diputado Alberto Emiliano Cinta Martínez(desde la curul): A favor.

La diputada Paz Gutiérrez Cortina(desde la curul): A favor.

La diputada Yolanda del Carmen Montalvo López (desde la curul): A favor.

El diputado Enrique Torres Delgado (desde la curul): A favor.

El diputado David Hernández Vallín (desde la curul): A favor.

El diputado Antonio Benítez Lucho (desde la curul): A favor.

El diputado Arturo Santana Alfaro(desde la curul): A favor.

El diputado Balfre Vargas Cortez(desde la curul): A favor.

El diputado Genaro Mejía de la Merced(desde la curul): A favor.

El diputado José Tomás Carrillo Sánchez(desde la curul): A favor.

La diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez (desde la curul): A favor.

El diputado Ramón Ramírez Valtierra(desde la curul): A favor.

La diputada Elsa María Martínez Peña (desde la curul): A favor.

El diputado José Ignacio Seara Sierra(desde la curul): A favor.

El diputado Rodrigo Pérez-Alonso González (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Señor presidente, tenemos 383 votos a favor y 12 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aprobado en lo general y en lo particular por 383 votos el proyecto de decreto por el que se declara el 12 de agosto de cada año como Día Nacional de la Juventud. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE - LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de la Ley General de Vida Silvestre.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, la mayoría es por la afirmativa. Se le dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de Vida Silvestre

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, le fue turnado para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente No. 4852, que contiene la minuta proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II, 72 inciso E), 73 fracción XXIX-G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 39 numerales 1 y 2, fracción XXIV, y 45 numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 65 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes:

Antecedentes

1. En la sesión celebrada el día 27 de marzo de 2008, el senador Jorge Legorreta Ordorica y diversos integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presentaron al pleno de la Cámara de Senadores la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de especies exóticas invasoras. En esa misma fecha, la iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos, Primera, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente;

2. En sesión celebrada el jueves 6 de noviembre de 2008; las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos, Primera, presentaron ante el pleno del Senado de la República el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de especies exóticas, mismo que fue aprobado por 71 votos a favor y 1 abstención.

3. En sesión celebrada el 11 de noviembre la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió la minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre, misma que fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales bajo el expediente No. 4852.

4. Que durante el proceso de entrega recepción de la LX a la LXI Legislatura de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se recibió como asunto de rezago el expediente de la minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre, por lo cual esta Comisión Legislativa presenta el presente dictamen, de conformidad con las siguientes:

Consideraciones

La Ley General del Equilibrio Ecológico y al Protección al Ambiente, define a la Biodiversidad como “La variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas;”; del mismo modo, este concepto se encuentra contenido en el Convenio sobre Diversidad Biológica del cual México es parte.

Por mencionar un ejemplo de la riqueza biológica de México, en nuestro país se localiza el 10% de las especies de plantas superiores del planeta, y más de 40% de ellas, son habitantes exclusivas del territorio nacional, es decir, son especies endémicas.

Desafortunadamente el severo daño a los ecosistemas provocado por las actividades humanas ha ocasionado que algunas especies de plantas y animales se extingan. De acuerdo con algunos científicos, la introducción de especies exóticas ocupa el segundo lugar en importancia después de la destrucción del hábitat, como causal de extinción de especies al actuar de manera sinérgica con las otras amenazas.

Se calcula que aproximadamente el 17% de las extinciones de especies animales en tiempos históricos, en todo el mundo pudo deberse a la introducción de especies exóticas; esto ocurre debido a que los ecosistemas y las especies que originalmente los integran, interaccionan biológicamente entre sí, manteniendo el equilibrio dinámico de su medio natural.

El hombre ha contribuido al traslado de organismos exóticos de un lado a otro del planeta. Las personas que migraban a otros países frecuentemente llevaban especies de su tierra natal para que su nuevo hogar tuviera una apariencia más familiar. El desarrollo de los medios de transporte que permitió el auge del comercio, y de las expediciones de colecta científica, fueron otras de las muchas causas de movimiento de especies en el mundo, sin olvidar el traslado accidental de organismos no deseados como ratas y enfermedades. En la actualidad existen muchas especies exóticas en instituciones como zoológicos, laboratorios o jardines botánicos. Estos organismos se reproducen y mantienen en condiciones controladas y la mayoría no podría sobrevivir sin la ayuda del hombre.

Al respecto, el Convenio sobre la Diversidad Biológica dentro de su artículo 8 inciso h) señala:

“Cada Parte Contratante, en la medida de lo posible y según proceda:

a) a g) ...

h) Impedirá que se introduzcan, controlará o erradicará las especies exóticas que amenacen a ecosistemas, hábitats o especies;”

Resulta claro que este artículo no solo se refiere a las especies exóticas, sino que particulariza a aquellas que al ser exóticas amenacen a ecosistemas, hábitats o especies.

Dentro del conjunto de especies exóticas, existe un subgrupo conocido como especies invasoras o invasoras exóticas; estas son especies que sobreviven, se establecen y reproducen de manera descontrolada fuera de su ambiente natural, causando daños serios a la biodiversidad, economía, agricultura o salud pública.

Esto ocurre porque, al introducir a un organismo a un medio ambiente nuevo, las “medidas naturales de control” desaparecen. No todas las especies exóticas o no nativas que entran a un nuevo ecosistema se convierten en invasoras, de hecho la mayoría no sobrevive, y esta es la diferencia clave entre una especie exótica y una especie invasora. El que un organismo se convierta en invasor tiene que ver con las características intrínsecas de la especie, de las particularidades de la introducción, las rutas de invasión, el tipo y el estado en el que se encuentra el ecosistema al que se está introduciendo.

Al respecto, la el sistema jurídico mexicano aun se encuentra incipiente en la prevención y regulación de traslado de especies exóticas dentro del territorio nacional, sobre el tema la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en su artículo 49, fracción IV, refiere:

“Artículo 49. En las zonas núcleo de las áreas naturales protegidas quedará expresamente prohibido:

I. a III. ...

IV. Introducir ejemplares o poblaciones exóticos de la vida silvestre, así como organismos genéticamente modificados, y

V. ...”

Desafortunadamente, en la LGEEPA, éste es el único artículo que de alguna manera trata de establecer mecanismos de prevención y preservación de la biodiversidad evitando la introducción de especies o poblaciones exóticas.

Por otro lado la Ley General de Vida Silvestre, en su artículo 3, fracción XIII, claramente define a los ejemplares o poblaciones exóticos como: “Aquellos que se encuentran fuera de su ámbito de distribución natural, lo que incluye a los híbridos y modificados.” Adicionalmente en sus artículos 26 y 27 determina que para evitar efectos negativos en las especies o poblaciones nativas, el manejo de ejemplares o especies exóticos, sólo se efectuará en condiciones de confinamiento entendiéndose éste como cautiverio, e incluso la contravención a estos artículos constituye una infracción en los términos del Capítulo legal correspondiente.

La Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, no alude a las especies exóticas en su articulado; sin embargo, por simple analogía conceptual, de conformidad con la Ley General de Vida Silvestre, todos los organismos genéticamente modificados, serán considerados exóticos.

En materia de sanidad, la Ley Federal de Sanidad Animal y la Ley Federal de Sanidad Vegetal, respectivamente, sólo regulan lo relativo a las plagas y enfermedades exóticas, entendiéndose como plaga: Forma de vida vegetal o animal o agente patogénico, dañino o potencialmente dañino a los vegetales.

Las leyes de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, Federal de Sanidad Animal y Federal de Sanidad Vegetal, prevén mecanismos específicos para hacer frente a situaciones de riesgo en caso de liberación de especies exóticas invasoras dentro del territorio natural. Sin embargo, las leyes enfocadas a la preservación como la LGEEPA y la Ley General de Vida Silvestre, carecen de fortalezas jurídicas en la materia, lo que deja desprotegidas a las especies de vida silvestre.

Las reformas propuestas en la minuta de referencia pretenden fortalecer la LGEEPA y la Ley General de Vida Silvestre, para orientar las políticas de preservación, resulta evidente que no basta son mencionar a las especies exóticas, sino que debemos instrumentar mecanismos que prevengan su liberación y particularizarlos a las especies exóticas invasoras, por lo que una vez expuesto lo anterior procederemos al análisis y estudio de las reformas planteadas.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

1. Artículo 79 fracción I.

Texto Vigente

Artículo 79.Para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre, se considerarán los siguientes criterios:

I. La preservación de la biodiversidad y del hábitat natural de las especies de flora y fauna que se encuentran en el territorio nacional y en las zonas donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción;

II. a X. ...

Reforma

Artículo 79. Para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre, se considerarán los siguientes criterios:

I. La preservación y conservación de la biodiversidad y del hábitat natural de las especies de flora y fauna que se encuentran en el territorio nacional y en las zonas donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción;

II. a X. ...

La reforma a este artículo propone incorporar el concepto de “conservación”, ya que a decir de la Colegisladora es necesario ampliar el criterio contenido en la fracción citada, toda vez que el término “preservación” es sumamente limitado y cancela la posibilidad de realizar u n aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre.

El artículo 79 de la LGEEPA, determina los criterios que se deberán seguir para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, la fracción I establece:

“I. La preservación de la biodiversidad y del hábitat natural de las especies de flora y fauna que se encuentran en el territorio nacional y en las zonas donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción;”

En términos legal y estrictamente conceptuales, “preservación” es un criterio lo suficientemente amplio para garantiza la conservación y aprovechamiento sustentable de los elementos naturales, cuidando en todo momento salvaguardar la continuidad de los procesos biológicos de los ecosistemas, ya que la propia LGEEPA dentro de la fracción XXIV del artículo 3 define a la preservación como:

“El conjunto de políticas y medidas para mantener las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y hábitat naturales, así como conservar las poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y los componentes de la biodiversidad fuera de sus hábitat naturales;”

Concepto que también  se encuentra contenido dentro del párrafo tercero del artículo 27 constitucional.

Indudablemente la preservación es un concepto enfocado a políticas y medidas, por lo que adicionar el termino “conservación” a la fracción en comento, no contraviene el sentido del artículo; por el contrario, lo fortalece, determinando un acto especifico en materia de preservación y que de conformidad con la fracción IX del artículo 3 de la Ley General de Vida Silvestre es “La protección, cuidado, manejo y mantenimiento de los ecosistemas, los hábitats, las especies y las poblaciones de la vida silvestre, dentro o fuera de sus entornos naturales, de manera que se salvaguarden las condiciones naturales para su permanencia a largo plazo”. Razón suficiente para que esta comisión determine la procedencia de dicha reforma.

2. Artículo 80 fracción IV.

Texto Vigente

Artículo 80. Los criterios para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre a que se refiere el artículo 79 de esta ley serán considerados en:

I. a III. ...

IV. La protección y conservación de la flora y fauna del territorio nacional, contra la acción perjudicial de plagas y enfermedades, o la contaminación que pueda derivarse de actividades fitopecuarias;

V. a VIII. ...

Reforma

Artículo 80. Los criterios para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre a que se refiere el artículo 79 de esta ley serán considerados en:

I. a III. ...

IV. La protección y conservación de la flora y fauna del territorio nacional, contra la acción perjudicial de especies exóticas invasoras, plagas y enfermedades, o la contaminación que pueda derivarse de actividades fitopecuarias;

V. a VIII. ...

Esta reforma pretende adicionar expresamente a las “especies exóticas invasoras” para que sean consideradas como perjudiciales en la protección y conservación de la flora y fauna silvestres.

El artículo 80 particulariza en que casos deberán ser considerados los criterios de preservación señalados en el artículo 79, refiriéndose en las primeras tres fracciones a todo tipo de autorizaciones, vedas y acciones fitopecurias respectivamente, la fracción IV materia de la reforma en estudio habla de la protección y conservación de la vida silvestre contra plagas y enfermedades, por lo que resulta adecuado incorporar a las “especies exóticas invasoras”, pues como hemos señalado, su diseminación, constituye un riesgo potencial para las especies nativas, además de que dicha adición resulta congruente con la reforma realizada al artículo 79.

3. Artículo 85.

Texto Vigente

Artículo 85. Cuando así se requiera para la protección de especies, la Secretaría promoverá ante la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial el establecimiento de medidas de regulación o restricción, en forma total o parcial, a la exportación o importación de especímenes de la flora y fauna silvestres e impondrá las restricciones necesarias para la circulación o tránsito por el territorio nacional de especies de la flora y fauna silvestres procedentes del y destinadas al extranjero.

Reforma

Artículo 85. Cuando así se requiera para la protección de especies, hábitat, ecosistemas, la economía o la salud pública, la Secretaría promoverá ante la Secretaría de Economía, el establecimiento de medidas de regulación o restricción, en forma total o parcial, a la exportación o importación de especímenes de la flora y fauna silvestres nativos o exóticos e impondrá las restricciones necesarias para la circulación o tránsito por el territorio nacional de especies de la flora y fauna silvestres procedentes del y destinadas al extranjero.

El artículo 85 determina facultades coincidentes entre la Semarnat y la Secretaria de Economía en materia de exportación o importación de especímenes de la flora y fauna silvestres, de tal suerte que la reforma planteada resulta totalmente coincidente con las facultades legales que otorga la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Economía; ya que el artículo 32 Bis de dicha ley estable que es facultad de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales:

“XX.Imponer, con la participación que corresponda a otras dependencia y entidades, las restricciones que establezcan las disposiciones aplicables sobre la circulación o tránsito por el territorio nacional de especies de la flora y fauna silvestres procedentes del o destinadas al extranjero, y promover ante la Secretaría de Economía el establecimiento de medidas de regulación o restricción a su importación o exportación, cuando se requiera para su conservación y aprovechamiento;”

Asimismo, el artículo 34 establece que corresponde a la Secretaría de Economía:

“I. Formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país; con excepción de los precios de bienes y servicios de la Administración Pública Federal;”

Adicionalmente la Ley de Comercio Exterior en su artículo 4 establece que son facultades del Ejecutivo Federal por medio de la Secretaría de Economía:

“III. Establecer medidas para regular o restringir la exportación o importación de mercancías a través de acuerdos expedidos por la Secretaría o, en su caso, conjuntamente con la autoridad competente, y publicados en el Diario Oficial de la Federación;

IV.Establecer medidas para regular o restringir la circulación o tránsito de mercancías extranjeras por el territorio nacional procedentes del y destinadas al exterior a través de acuerdos expedidos por la autoridad competente y publicados en el Diario Oficial de la Federación;”

De conformidad con la organización de la administración pública federal, las facultades y competencias de cada dependencia, ambas Secretarías son competentes para coordinarse y ejecutar los actos referidos en el artículo 85, por lo que la reforma es congruente con el tema planteado y las conductas que pretende regular, por lo que es aceptada en sus términos por parte de esta comisión dictaminadora.

Ley General de Vida Silvestre

1. Artículo 3.

Texto Vigente

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. a XVII. ...

Sin correlativo

XXIII. Legítimo poseedor: El poseedor de buena fe en los términos del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.

XL. Secretaría: La Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.

Reforma

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. a XVI. ...

XVII. Especie exótica invasora: es aquella especie o población que no es nativa, que se encuentra fuera de su ámbito de distribución natural, que es capaz de sobrevivir, reproducirse y establecerse en hábitat y ecosistemas naturales y que amenaza la diversidad biológica nativa, la economía o la salud pública.

XXIV. Legítimo poseedor: El poseedor de buena fe en los términos del Código Civil Federal.

XLI. Secretaría: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

El artículo sobre el cual versan estas reformas contiene la parte conceptual de la Ley General de Vida Silvestre, sobre el particular sólo una de las tres modificaciones podría considerarse novedosa y de fondo, en virtud de que adiciona como nuevo concepto el de “especie exótica invasora”. Este concepto obedece a los conceptos que sobre especies exóticas invasoras han sido determinados por la comunidad internacional, en diversos documentos de entre los que destaca la Guía sobre Mejores Prácticas de Prevención y Gestión de Especies Exóticas Invasoras, generado por el Programa Mundial de Especies Invasoras.

Basta precisar que para efectos de conceptualización e interpretación cuando aparezca la palabra “especie”, no tiene sólo el significado científico estricto de “especie”, sino que tiene un significado más amplio e incluye otros niveles taxonómicos, ya que una subespecie exótica puede ser tan foránea y diferente en una zona como una especie exótica.

Por lo que toca a las otras reformas, esta comisión considera correcto actualizar la ley por lo que determina procedente la reforma a la fracción XXIV en la que se define el término legitimo poseedor, invocando la aplicación supletoria del correspondiente Código Civil Federal. Del mismo modo, y bajo este razonamiento se estima igualmente procedente que la fracción XLI actualice el nombre de la Secretaría a Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2. Artículo 27 Bis.

Texto Vigente

Sin correlativo.

Reforma

Artículo 27 Bis. No se permitirá la liberación o introducción a los hábitat y ecosistemas naturales de especies exóticas invasoras.

La Secretaría determinará dentro de normas oficiales mexicanas y/o acuerdos secretariales las listas de especies exóticas invasoras. Las listas respectivas serán revisadas y actualizadas cada 3 años o antes si se presenta información suficiente para la inclusión de alguna especie o población. Las listas y sus actualizaciones indicarán el género, la especie y, en su caso, la subespecie y serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Ecológica.

Asimismo, expedirá las normas oficiales mexicanas y/o acuerdos secretariales relativos a la prevención de la entrada de especies exóticas invasoras, así como el manejo, control y erradicación de aquéllas que ya se encuentren establecidas en el país o en los casos de introducción fortuita, accidental o ilegal.

Este artículo 27 Bis no cuenta con correlativo puesto que se pretende adicionar. El texto propuesto viene a fortalecer el Capítulo relativo a especies exóticas en general, y será el principal mecanismo para hacer frente a la erradicación de especies exóticas invasoras y prevenir su ingreso al país y los ecosistemas naturales del territorio nacional y las zonas donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.

Esta Comisión esta totalmente de acuerdo con este texto propuesto por la reforma, ya que esta ley como marco legal en la materia debe definir las oportunidades básicas de prevención y gestión de especies exóticas invasoras, las cuales, en este caso, son abordadas desde la prevención, la detección temprana, erradicación y control.

Por lo que generar los mecanismos legales que impidan la introducción de especies exóticas invasoras a los ecosistemas naturales mexicanos es la primera opción y la más rentable.

Es totalmente plausible que el texto propuesta considere que la Secretaría tenga la opción de emitir normas oficiales mexicanas y/o acuerdos secretariales con las listas de especies exóticas invasoras para el país. De conformidad con el artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal corresponde a la Semarnat:

“IV. Establecer, con la participación que corresponda a otras dependencias y a las autoridades estatales y municipales, normas oficiales mexicanas sobre la preservación y restauración de la calidad del medio ambiente; sobre los ecosistemas naturales; sobre el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y de la flora y fauna silvestre, terrestre y acuática; sobre descargas de aguas residuales, y en materia minera; y sobre materiales peligrosos y residuos sólidos y peligrosos;”

Con respecto a la identificación de las especies si bien no existen características que permitan pronosticar de manera definitiva si una especie se va a convertir en invasora o no, pero si hay una serie de particularidades que, solas o combinadas, favorecen el que un organismo sobreviva, se establezca y reproduzca en un medio diferente al original. Por ejemplo, las especies llamadas generalistas (que no tienen una dieta específica, son adaptables, tienen tolerancia amplia de temperatura, humedad o estacionalidad) y las conocidas como tipo r (estrategias de reproducción temprana, muchas crías por camada, capacidad de tener varias camadas en el año, poco cuidado parental y adaptación a cambios bruscos en el tamaño de las poblaciones), presentan más riesgo que aquellas que tienen necesidades específicas. Estos requerimientos específicos son los que limitan su sobrevivencia (tolerancia a variaciones de temperatura de menos amplitud, dieta específica, relaciones simbióticas, ambiente específico) o su reproducción (estacionalidad, sustrato, alimento, disponibilidad de parejas, etcétera). Sin embargo, estas características no necesariamente determinan la “invasividad” de una especie; así como diferentes características de una especie van a ser importantes en diferentes hábitats.

Esta reforma legal viene a tomar en cuenta la aplicabilidad de diversos estudios y documentos que sobre el tema han generado instituciones intersecretariales como la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad la cual en su página electrónica presenta los listados de especies invasoras reportadas para nuestro país y algunas cuya entrada a México es inminente, o tendría consecuencias severas para nuestra biodiversidad. Estas listas se encuentran en constante revisión, debido a la naturaleza dinámica del problema, por lo que se actualizan de manera periódica. La información proviene de expertos, literatura científica, e información de proyectos apoyados por la Conabio. Esto demuestra que existe un trabajo que sirve como base para garantizar la aplicabilidad de las reformas expuestas, por lo que esta comisión las aprueba en los términos planteados.

3. Artículo Bis 1.

Texto Vigente

Sin correlativo.

Reforma

Artículo 27 Bis 1. No se autorizará la importación de especies exóticas invasoras o especies silvestres que sean portadoras de dichas especies invasoras que representen una amenaza para la biodiversidad, la economía o salud pública.

Al igual que el artículo anterior esta es una nueva adición al texto legal mediante la cual se pretende impedir la importación de especies exóticas invasoras o especies silvestres portadoras de ellas. Como se ha demostrado resulta adecuado que desde la legislación se prohíba la importación y exportación de especies exóticas invasoras, ya que esta constituye una importante herramienta en su control y erradicación. Al respecto y al amparo del artículo 54 de la Ley General de Vida Silvestre, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se encuentra facultada para emitir autorizaciones en materia de importación de ejemplares de vida silvestre, por lo que es competente para negar la autorización de especies que de conformidad con los listados, acuerdos o normas oficiales mexicanas en la materia, sean consideradas como exóticas invasoras. Sin embargo se debe precisar que para los casos en que las especies de vida silvestre sean portadoras de exóticas invasoras, estaremos refiriéndonos a medidas de control sanitario.

Por lo tanto, el objetivo de las presentes reformas es generar la información que permita distinguir entre las especies exóticas dañinas y las no dañinas, e identificar los impactos de las primeras sobre la biodiversidad nativa, así como la preservación o restauración de los ecosistemas.

Por lo anteriormente expuesto la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se somete a consideración de esta honorable soberanía el siguiente:

Decreto

Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de la Ley General de Vida Silvestre.

Artículo Primero. Se reforma la fracción I del artículo 79; se reforma la fracción IV del artículo 80, y se reforma el artículo 85, todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 79. Para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre, se considerarán los siguientes criterios:

I. La preservación y conservación de la biodiversidad y del hábitat natural de las especies de flora y fauna que se encuentran en el territorio nacional y en las zonas donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción;

II. a X. ...

Artículo 80. Los criterios para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre, a que se refiere el artículo 79 de esta Ley, serán considerados en:

I. a III. ...

IV. La protección y conservación de la flora y fauna del territorio nacional, contra la acción perjudicial de especies exóticas invasoras, plagas y enfermedades, o la contaminación que pueda derivarse de actividades fitopecuarias;

V. a VIII. ...

Artículo 85. Cuando así se requiera para la protección de especies, hábitats, ecosistemas, la economía o la salud pública, la Secretaría promoverá ante la Secretaría de Economía,el establecimiento de medidas de regulación o restricción, en forma total o parcial, a la exportación o importación de especímenes de la flora y fauna silvestres nativos o exóticos e impondrá las restricciones necesarias para la circulación o tránsito por el territorio nacional de especies de la flora y fauna silvestres procedentes del y destinadas al extranjero.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 3 y se adicionan un artículo 27 Bis; y un artículo 27 Bis 1, todos de la Ley General de Vida Silvestre, para quedar como sigue:

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. a XVI. ...

XVII. Especie exótica invasora: es aquella especie o población que no es nativa, que se encuentra fuera de su ámbito de distribución natural, que es capaz de sobrevivir, reproducirse y establecerse en hábitat y ecosistemas naturales y que amenaza la diversidad biológica nativa, la economía o la salud pública.

XVIII. Especies y poblaciones prioritarias para la conservación: Aquellas determinadas por la Secretaría de acuerdo con los criterios establecidos en la presente Ley, para canalizar y optimizar esfuerzos de conservación y recuperación.

XIX. Especies y poblaciones en riesgo: Aquellas identificadas por la Secretaría como probablemente extintas en el medio silvestre, en peligro de extinción, amenazadas o sujetas a protección especial, con arreglo a esta ley.

XX. Especies y poblaciones migratorias: Aquellas que se desplazan latitudinal, longitudinal o altitudinalmente de manera periódica como parte de su ciclo biológico.

XXI. Estudio de poblaciones: Aquel que se realiza con el objeto de conocer sus parámetros demográficos, tales como el tamaño y densidad; la proporción de sexos y edades; y las tasas de natalidad, mortalidad y crecimiento durante un período determinado, así como la adición de cualquier otra información relevante.

XXII. Hábitat: El sitio específico en un medio ambiente físico, ocupado por un organismo, por una población, por una especie o por comunidades de especies en un tiempo determinado.

XXIII. Licencia de caza: El documento mediante el cual la autoridad competente acredita que una persona está calificada, tanto por sus conocimientos sobre los instrumentos y medios de las actividades cinegéticas, como de las regulaciones en la materia, para realizar la caza deportiva en el territorio nacional.

XXIV. Legítimo poseedor: El poseedor de buena fe en los términos del Código Civil Federal.

XXV. Manejo: Aplicación de métodos y técnicas para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat.

XXVI. Manejo en vida libre: El que se hace con ejemplares o poblaciones de especies que se desarrollan en condiciones naturales, sin imponer restricciones a sus movimientos.

XXVII.Manejo intensivo: Aquel que se realiza sobre ejemplares o poblaciones de especies silvestres en condiciones de cautiverio o confinamiento.

XXVIII.Manejo de hábitat: Aquel que se realiza sobre la vegetación, el suelo y otros elementos o características fisiográficas en áreas definidas, con metas específicas de conservación, mantenimiento, mejoramiento o restauración.

XXIX.Manejo integral: Aquel que considera de manera relacionada aspectos biológicos, sociales, económicos y culturales vinculados con la vida silvestre y su hábitat.

XXX. Marca: El método de identificación, aprobado por la autoridad competente, que conforme a lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, puede demostrar la legal procedencia de ejemplares, partes o derivados.

XXXI. Muestreo: El levantamiento sistemático de datos indicadores de las características generales, la magnitud, la estructura y las tendencias de una población o de su hábitat, con el fin de diagnosticar su estado actual y proyectar los escenarios que podría enfrentar en el futuro.

XXXII. Parte: La porción, fragmento o componente de un ejemplar. Para efectos de las disposiciones que se aplican al comercio exterior, se considerarán productos las partes no transformadas y subproductos aquellas que han sido sujetas a algún proceso de transformación.

XXXIII. Plan de manejo: El documento técnico operativo de las Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre sujeto a aprobación de la Secretaría, que describe y programa actividades para el manejo de especies silvestres particulares y sus hábitats y establece metas e indicadores de éxito en función del hábitat y las poblaciones.

XXXIV. Población: El conjunto de individuos de una especie silvestre que comparten el mismo hábitat. Se considera la unidad básica de manejo de las especies silvestres en vida libre.

XXXV. Predio: Unidad territorial delimitada por un polígono que puede contener cuerpos de agua o ser parte de ellos.

XXXVI. Recuperación: El restablecimiento de los procesos naturales y de los parámetros genéticos, demográficos o ecológicos de una población o especie, con referencia a su estado al iniciar las actividades de recuperación, así como a su abundancia local, estructura y dinámica en el pasado, para retornar a cumplir con su papel ecológico y evolutivo con la consecuente mejoría en la calidad del hábitat.

XXXVII. Recursos forestales maderables: Los constituidos por árboles.

XXXVIII. Reintroducción: La liberación planificada al hábitat natural de ejemplares de la misma subespecie silvestre o, si no se hubiera determinado la existencia de subespecies, de la misma especie silvestre, que se realiza con el objeto de restituir una población desaparecida.

XXXIX. Repoblación: La liberación planificada al hábitat natural de ejemplares de la misma subespecie silvestre o, si no se hubiera determinado la existencia de subespecies, de la misma especie silvestre, con el objeto de reforzar una población disminuida.

XL. Reproducción controlada: El manejo planificado de ejemplares, poblaciones o hábitats de la vida silvestre para asegurar el incremento en el número de individuos, que se realiza bajo condiciones de protección, de seguimiento sistemático permanente o de reproducción asistida.

Se entenderá por reproducción asistida, la forma de reproducción de ejemplares de la vida silvestre en confinamiento, consistente en un conjunto de técnicas encaminadas a la inducción, aceleración o modificación de ciertas fases de sus procesos reproductivos.

XLI. Secretaría: La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

XLII. Servicios ambientales: Los beneficios de interés social que se derivan de la vida silvestre y su hábitat, tales como la regulación climática, la conservación de los ciclos hidrológicos, la fijación de nitrógeno, la formación de suelo, la captura de carbono, el control de la erosión, la polinización de plantas, el control biológico de plagas o la degradación de desechos orgánicos.

XLIII. Tasa de aprovechamiento: La cantidad de ejemplares, partes o derivados que se pueden extraer dentro de un área y un período determinados, de manera que no se afecte el mantenimiento del recurso y su potencial productivo en el largo plazo.

XLIV. Traslocación: La liberación planificada al hábitat natural de ejemplares de la misma especie, que se realiza para sustituir poblaciones desaparecidas de una subespecie silvestre distinta y de la cual ya no existen ejemplares en condiciones de ser liberados.

XLV. Unidades de manejo para la conservación de vida silvestre: Los predios e instalaciones registrados que operan de conformidad con un plan de manejo aprobado y dentro de los cuales se da seguimiento permanente al estado del hábitat y de poblaciones o ejemplares que ahí se distribuyen.

XLVI. Vida silvestre: Los organismos que subsisten sujetos a los procesos de evolución natural y que se desa-rrollan libremente en su hábitat, incluyendo sus poblaciones menores e individuos que se encuentran bajo el control del hombre, así como los ferales.

Artículo 27 Bis. No se permitirá la liberación o introducción a los hábitats y ecosistemas naturales de especies exóticas invasoras.

La Secretaría determinará dentro de normas oficiales mexicanas y/o acuerdos secretariales las listas de especies exóticas invasoras. Las listas respectivas serán revisadas y actualizadas cada 3 años o antes si se presenta información suficiente para la inclusión de alguna especie o población. Las listas y sus actualizaciones indicarán el género, la especie y, en su caso, la subespecie y serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Ecológica.

Asimismo, expedirá las normas oficiales mexicanas y/o acuerdos secretariales relativos a la prevención de la entrada de especies exóticas invasoras, así como el manejo, control y erradicación de aquéllas que ya se encuentren establecidas en el país o en los casos de introducción fortuita, accidental o ilegal.

Artículo 27 Bis 1. No se autorizará la importación de especies exóticas invasoras o especies silvestres que sean portadoras de dichas especies invasoras que representen una amenaza para la biodiversidad, la economía o salud pública.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Bright 1998, Rodríguez 2001, en Animales Exóticos de México una Amenaza para la Biodiversidad, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Álvarez Romero Jorge, A. Medellín Rodrigo, Oliveras de Ita Adán, Gómez de Silva Héctor y Sánchez Oscar. México 2008, Pág. 15.

2 Grombridge 1992.

3 Especies Exóticas Invasoras, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, consultado en http://www.conabio.gob.mx

4 Williamson, 1996.

5 Definición conceptual del artículo 5, Ley Federal de Sanidad Vegetal.

6 Especie.- Taxon de menor categoría, de entre los esenciales. En la nomenclatura binonial se nombra con dos epítetos latinos, el primero corresponde al género ( se escribe con inicial mayúscula) y el segundo al epíteto específico.

7 Kolar y Lodge, 200.

Así lo acordó y votó en sesión plenaria la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a 9 de diciembre de 2009.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Roberto Borge Angulo (rúbrica), Jeny de los Reyes Aguilar (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica en abstención), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica en abstención), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Juan José Guerra Abud (rúbrica), Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Judith Fabiola Vásquez Saut (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica en abstención), Juan Pablo Escobar Martínez, Leoncio Morán Sánchez (rúbrica en abstención), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica en abstención), Alejandro Bahena Flores, Óscar Saúl Castillo Andrade, Leticia Robles Colín (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:La Presidencia informa que se ha registrado un orador para la discusión en lo general. El diputado Alejandro Carabias Icaza, del Partido Verde Ecologista de México, se le concede la palabra.

El diputado Alejandro Carabias Icaza:Con el permiso de la Mesa Directiva. Compañeras y compañeros legisladores, para el Partido Verde Ecologista de México el tema de las especies exóticas invasoras es un tema de la mayor preocupación. Como ustedes saben, México ocupa un lugar privilegiado en la comunidad de naciones, toda vez que es de los pocos países considerados como megadiversos.

Se estima que entre el 10 y 12 por ciento de las especies que habitan en el planeta se encuentran representadas en nuestro territorio, lo que en total asciende a más de 200 mil especies.

Los mexicanos tenemos una enorme responsabilidad con dicha riqueza natural, pues es nuestro deber y obligación salvaguardarla. Sin embargo, esta gran biodiversidad que alberga nuestro país enfrenta una serie de riesgos, entre los que destaca el que generan las especies exóticas invasoras, las cuales están definidas como aquellos organismos no nativos que causan o tienen la potencialidad de causar daño económico, ambiental o a la salud humana.

Se reconoce que el daño producido por las especies exóticas invasoras es una de las mayores y crecientes amenazas para la diversidad biológica de este país, así como para el bienestar humano, representando tal vez la peor amenaza después de la pérdida del hábitat.

Las especies nativas son aquellas especies que se encuentran de manera natural en el territorio mexicano y existe un equilibrio funcional entre las especies, habiendo depredadores y presas que en circunstancias normales tienden al equilibrio y a la conservación de las especies y del propio ecosistema.

El objeto del dictamen de esta minuta es coadyuvar en el control de la introducción al país de las especies exóticas que estén consideradas como invasoras y peligrosas para nuestra biodiversidad, a través de una adecuada definición del término especie exótica invasora, y la regulación para su liberación o introducción al medio natural contempladas en la Ley General de Vida Silvestre.

Así también, en la Ley General del Equilibrio Ecológico se faculta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para regular y restringir su importación o exportación cuando se considere que pueden causar un perjuicio para la preservación de las especies nativas.

Esta facultad se otorga a través de la emisión de normas oficiales mexicanas o acuerdos secretariales. En dichas normas deberán aparecer las listas de aquellas especies que se consideren exóticas invasoras, así como sus medidas de control.

Es importante mencionar que no existían en el marco jurídico disposiciones para combatir esta problemática que afecta a la biodiversidad de nuestro país, agravándose más con los efectos del cambio climático.

Por ello, en el marco del Año Internacional de la Biodiversidad y aprovechando el capital natural que representa para México su flora y fauna terrestre y acuática, el Grupo Parlamentario del Partido Verde se manifiesta a favor de este dictamen y los invita a votar en este mismo sentido, considerando que un voto a favor de este dictamen es un voto a favor de la preservación y la conservación de nuestros recursos naturales. Por su atención, gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:No habiendo más oradores registrados consulte la Secretaría a la asamblea si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar: En votación económica se pregunta a la asamblea si está suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, la mayoría es por la afirmativa.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Suficientemente discutido. Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

(Votación)

¿Falta algún diputado por emitir su voto? Está abierto el sistema. Ciérrese el sistema electrónico. Los diputados que faltan, de viva voz.

El diputado Guadalupe Acosta Naranjo (desde la curul): A favor.

La diputada Daniela Nadal Riquelme(desde la curul): A favor.

La diputada Yolanda de la Torre Valdez(desde la curul): A favor.

El diputado Alfredo Villegas Arreola(desde la curul): A favor.

La diputada Cecilia Soledad Arévalo Sosa(desde la curul): A favor.

El diputado Rolando Zubia Rivera(desde la curul): A favor.

El diputado Domingo Rodríguez Martell(desde la curul): A favor.

El diputado José Antonio Yglesias Arreola(desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Señor presidente, se emitieron 375 votos a favor, 0 en contra y 7 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aprobado en lo general y en lo particular por 375 votos el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.



CONSEJO MEXICANO PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:El siguiente punto del orden del día es dictámenes a discusión con puntos de acuerdo. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Se autoriza. En consecuencia, proceda la Secretaría a dar lectura a los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a revisar las reglas de operación del Programa Especial Concurrente en el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, a fin de garantizar mayor accesibilidad a los programas de combate a la pobreza y al desarrollo productivo de capacidades y generación de empleos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a efecto de que se revisen las Reglas de Operación del Programa Especial Concurrente en el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, a fin de garantizar mayor accesibilidad a los programas de combate de la pobreza, y al desarrollo productivo, de capacidades, y generación de empleos, a cargo del diputado Antonio Benítez Lucho y suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PRD.

Una vez recibida por la Comisión de Agricultura y Ganadería, sus integrantes entraron a su estudio con la responsabilidad de considerar lo más detalladamente posible su contenido y analizar los fundamentos y argumentos en que se apoya, para proceder a emitir Dictamen conforme a las facultades que les confieren los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. A la Comisión de Agricultura y Ganadería le corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes:

Antecedentes

La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó a esta Comisión de Agricultura y Ganadería una proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta al Ejecutivo Federal a efecto de que se revisen las Reglas de Operación del Programa Especial Concurrente en el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, a fin de garantizar mayor accesibilidad a los programas de combate de la pobreza, y al desarrollo productivo, de capacidades, y generación de empleos.

El 25 de noviembre de 2009, el diputado Antonio Benítez Lucho, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a efecto de que se revisen las Reglas de Operación del Programa Especial Concurrente en el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, a fin de garantizar mayor accesibilidad a los programas de combate de la pobreza, y al desarrollo productivo, de capacidades, y generación de empleos.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión dictaminadora formulamos las siguientes:

Consideraciones

Que el artículo 27 constitucional señala en su fracción XX, que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público.

Que el ejercicio presupuestal es ineficiente, si no es acompañado por Reglas de Operación que le del eficacia al uso de los recursos que destina el país para la recuperación del campo mexicano.

Que en el Programa Especial Concurrente esta soberanía destinó para 2010 recursos que resultan como los más altos para este sector en la historia de México, pero fue también a través de un amplio consenso de todas las fuerzas parlamentarias de esta H. Cámara de Diputados, por lo que es necesario destacar que el espíritu de los legisladores es no solo, incrementar los montos asignados a este sector tan vulnerable, sino que también la mayor preocupación de los legisladores rurales se centra en la hasta ahora deficiente y extemporánea aplicación de los recursos, lo cual se debe a las inoperantes e ineficientes y burocráticas Reglas de Operación.

Que el pasado 13 de noviembre del 2009 el Pleno de la honorable Cámara de Diputados aprobó el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010 (PEF 2010), donde se consideraron recursos para el Programa Especial Concurrente (PEC) superiores a los 268 mil millones de pesos, lo que hace imprescindible que los recursos presupuestales destinados para la ejecución de los programas sujetos a reglas de operación, deban ser revisadas, de acuerdo con los criterios generales que emanan del decreto del PEF 2010 en comento, en los artículos 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 39 y 40.

Que uno los temas pendientes que mucho coadyuvarán a ser más eficaces en la aplicación de los programas sujetos a reglas de operación del PEC, es la posibilidad de que, sin invadir y violentar la función entre poderes, deban ser revisadas estas reglas, al seno del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable (CMDRS).

Que para nadie es un secreto que estos programas o la mayoría de ellos, se han convertido en documentos abigarrados, poco entendibles que dificultan el acceso de un vasto sector de la población, que requiere de la atención de estos programas.

Que las quejas sobre la dificultad para entenderlas y cumplir con los requisitos que se señalan muestran quizá, la mayoría de las veces, lo insensible de quien las elabora y el poco conocimiento de los sectores a quien van dirigidos.

Que de nada sirve tener grandes programas, si su acceso se convierte en verdaderas barreras infranqueables y burocratizadas; por ello, es requisito sine qua non instaurar nuevos mecanismos de entendimiento, que posibiliten superar este “cuello de botella”, que agobia y margina a miles de mexicanos que luchan por superar la pobreza.

Que las crisis que se viven en nuestro país obligan a un cambio de actitud, que busca encontrar la convergencia en la cooperación y las ideas, como insumos básicos para avanzar en un mejor conocimiento y entendimiento de la realidad que nos rodea.

Que para cumplir con un mandato que el propio Reglamento Interior del CMDRS lo faculta para ello. Se establece la necesidad de coadyuvar en la formulación de opiniones, observaciones y propuestas sobre las reglas de operación de los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios relacionados con el PEC.

Con base en los antecedentes y consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión, hemos tenido a bien tomar el siguiente:

Acuerdo

Único.Se exhorta al Ejecutivo federal para que, en un ejercicio de participación democrática y con la finalidad de garantizar una mayor accesibilidad a los programas de combate a la pobreza, al desarrollo productivo, de capacidades y generación de empleos, sean revisadas las Reglas de Operación del Programa Especial Concurrente al seno del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 21 de enero de 2010.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados:Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa, Rolando Zubía Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), José Narro Céspedes, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez, Óscar García Barrón, Joel González Díaz (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Gerardo Sánchez García (rúbrica), Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez, Víctor Alejandro Balderas Vaquera, Alberto Esquer Gutiérrez, José Luis Iñiguez Gámez, Juan de Jesús Pascualli Gómez, Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Enrique Octavio Trejo Azuara, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar.»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Está a discusión el punto de acuerdo. Diputado Mario di Costanzo, tiene la palabra para hablar en contra de la propuesta.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta:Compañeras diputadas y compañeros diputados, hago uso de esta tribuna para hablar en contra, no solamente de este punto de acuerdo, sino de los seis puntos de acuerdo siguientes.

Me parece reprobable y absurdo que esta Cámara de Diputados esté perdiendo el tiempo en exhortar al Ejecutivo a que haga las cosas, creo que los exhortos son como llamadas a misa, como pedirle al diputado Gerardo Fernández Noroña que vaya a misa los domingos. Es decir, si nos hace caso o no nos hace caso el Ejecutivo, no pasa nada. Estamos viendo en diversos medios que el secretario de Agricultura, aquel a quien quieren exhortar, financia a narcotraficantes a través de Procampo, se autofinancia él; y aquí estamos, ilusos, pensando en que nos va a hacer caso.

En el país, cuando aquí deberíamos estar discutiendo ya el dictamen para desgravar a los pensionados, cuando aquí deberíamos estar discutiendo ya el dictamen para que en este país no existan más monopolios privados, estamos perdiendo el tiempo en votaciones absurdas para exhortar al Ejecutivo.

Les pregunto: ¿no somos un Poder? ¿No somos el Poder Legislativo para hacer leyes que corrijan todas estas deficiencias? Qué tenemos que estar perdiendo el tiempo con exhortos. Todo mundo sabe aquí que los exhortos no sirven para nada. Bueno, si la Secretaría de Hacienda viene y nos miente, ¡y no pasa nada! Todavía estamos creyendo que el Ejecutivo va a acatar estos exhortos.

Aquí no se puede estar dependiendo de la voluntad de un gobierno o seudogobierno que cree que está corrigiendo al país. El país está hundido. El país tiene problemas de seguridad pública, de crecimiento económico, de desempleo, de distribución injusta de la riqueza, de empresas que no pagan impuestos, y aquí estamos exhortándolo a que haga bien las cosas. Tenemos 10 años –o más– de gobiernos que no hacen bien las cosas y todavía creemos que nos van a hacer caso.

Creo que estas discusiones vanas son las que le dan tan mala fama a esta Cámara de Diputados, las que a veces hacen que no tengamos cara para regresar con nuestros electores. Por eso, respetuosamente les pido que ya no perdamos tiempo en estas cosas. Que si hay algo qué arreglar con algún secretario que venga aquí a dar la cara, a la gente y a nosotros, y que hagamos las leyes y los dictámenes necesarios para que cambien las cosas, sin el burocratismo que reina en esta Cámara de Diputados. Muchas gracias.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Sí, diputado Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (desde la curul): Desde aquí, mi curul. Si me permite, por alusiones personales, presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Adelante, diputado.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (desde la curul): Desde acá. Ahora sí que ¿por qué siempre yo? En todo caso, el ejemplo que debió haber puesto mi compañero diputado es: sería como pedirle al secretario Rivera Carrera que deje de proteger pederastas, que es un llamado que no va a ser atendido.

Sólo quiero decir que yo sí he ido a misa, lo que pasa es que desde que Fox y Calderón van, dejé de ir. Ya me volví incrédulo. Pero ésa es la condición. Muchas gracias, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:No habiendo más oradores registrados se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto. Continúe la Secretaría.



PROGRAMA ESPECIAL CONCURRENTE PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a modificar las reglas de operación de los programas comprendidos en el Programa Especial Concurrente para el Desa-rrollo Rural Sustentable, a fin de que se garantice que los recursos presupuestales se entreguen oportunamente; a simplificar los mecanismos y trámites para la obtención de los fondos; y a establecer procedimientos de asignación del presupuesto que garanticen su canalización a la producción de básicos y estratégicos para coadyuvar al logro de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta honorable Cámara de Diputados le fue turnada el pasado 8 de septiembre del año en curso, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal con la finalidad de modificar las reglas de operación comprendidas en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (PEC) con el objeto de garantizar la entrega oportuna de los recursos presupuestarios, la simplificación administrativa, para acceder a los fondos establecidos en el PEC y crear un mejor mecanismo de distribución del presupuesto para canalizarlo a la producción de granos básicos y estratégicos a efecto de lograr la producción que el país requiere, suscrita por los diputados Rigoberto Salgado Vázquez, Vidal Llerenas Morales y Emiliano Velásquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a la Comisión de Agricultura y Ganadería le corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo a partir de los siguientes

Antecedentes

El 8 de septiembre del año en curso, los diputados Rigoberto Salgado Vázquez, Vidal Llerenas Morales y Emiliano Velásquez Esquivel, ambos del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal con la finalidad de modificar las reglas de operación comprendidas en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable con el objeto de garantizar la entrega oportuna de los recursos presupuestarios, la simplificación administrativa para acceder a los fondos establecidos en el PEC y crear un mejor mecanismo de distribución del presupuesto para canalizarlo a la producción de granos básicos y estratégicos a efecto de lograr la producción que el país requiere.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes

Consideraciones

Que las reglas de operación, deben de estar en función de la temporalidad agrícola y no por los tiempos políticos.

Que la necesidad de tener normas, claras y precisas, para que los productores agropecuarios puedan acceder a los recursos asignados al campo deben ser de fácil entendimiento y aplicación para que cumplan con la función para la que están dirigidas.

Que pueden ser un mecanismo de protección al aparato productivo primario de la crisis económica, dado que se fortalece la actividad generando los empleos que se necesitan en el campo, pero para ello se requiere de una norma que facilite y dirija en la entrega de los recursos o apoyos a quien realmente los necesita.

Que es una prerrogativa del Ejecutivo federal la de establecer las reglas de operación de los diferentes programas que se establecen en el Presupuesto de Egresos de la Federación, en donde se enmarca el programa especial concurrente.

Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en su artículo 15 compromete y enmarca el Programa Especial Concurrente, que forman el conjunto de programas sectoriales relacionados con el sector agropecuario.

Que el Programa Especial Concurrente tiene como finalidad fomentar acciones que permitan dirigir las políticas públicas a generar y diversificar el empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su incorporación al de-sarrollo nacional, en la que se dan prioridad a las zonas de de alta y muy alta marginación a la población económica y socialmente débiles.

Que dentro del marco democrático la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, involucra a las organizaciones que concurren a las actividades del sector e incorpora a los gobiernos estatales con la firma de los convenios estatales.

Que la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en el artículo 1o., segundo párrafo, establece que:

“Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.”

Y que el artículo 77 de la citada Ley establece que: la Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realicen con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

Que las reglas de operación de la Secretaria de Agricultura y Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación, desde el año 2003, se le vienen dando atribuciones extra jurídicas al Comité Técnico Nacional, que están por encima de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Que por encima del mandato del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación y de la Ley de Ingresos, que se aprueba para cada año fiscal, el Comité Técnico Nacional modifica a su criterio los mandatos legales aprobados por esta soberanía incurriendo en perjuicio jurídico y de competencias fuera de sus facultades.

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación crea el compromiso, que a través de la Comisión Ordinaria en razón de su competencia podrá emitir opinión sobre las reglas de operación de su competencia.

Conclusiones

Primera. Es necesaria la implementación de políticas de fomento agropecuario a corto, mediano y largo plazos que permitan desarrollar la actividad económica primaria, con inversión en infraestructura, activos productivos, de inversión y la aplicación de los diversos Fondos canalizados al sector agropecuario, para ello es de suma importancia establecer reglas claras para canalizar los diversos apoyos económicos con la finalidad fomentar acciones que permitan dirigir las políticas públicas a generar y diversificar el empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación a la población económica y socialmente débiles.

Segunda. La división de facultades y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y en la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, deben de ser respetadas y ser congruentes al ser aplicadas por el conjunto de disposiciones en las normatividades o reglas de operación que indican la forma de operar  y administrar los programas regidos por éstos.

Tercera. Es necesario que para el alcance de los objetivos, de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, que se señalan en el Presupuesto de Egresos de la Federación y que dan facultades a las reglas de operación sean revisadas en el seno del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, dado que es el órgano máximo que se establece en la Ley Marco (Ley de Desa-rrollo Rural Sustentable).

Acuerdos

Primero. Se Exhorta al Ejecutivo federal, que por medio de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación se comprometa a derogar dentro de las reglas de operación, al Comité Técnico Nacional, a efecto de retomar los principios que se establecen en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, tomando como máxima autoridad al Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable.

Segundo. Entregue oportunamente los apoyos de los diversos programas y simplificar los mecanismo administrativos y burocráticos para obtener los fondos y créditos disponibles para el sector de manera clara y oportuna, aplicando los recursos con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, favoreciendo a la población en condiciones de marginación y productores de productos básicos y estratégicos.

Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que los programas del programa especial concurrente operen bajo un esquema integrado con las dependencias relacionadas, en la que se incluya un acompañamiento de los productores en todas las etapas del proceso al acceso de los apoyos o fondos dirigidos a este sector.

Cuarto. Se exhorta a las dependencias del Ejecutivo federal que integran el programa especial concurrente, elaboren una estrategia que establezca los plazos que determinan, no sólo la apertura de ventanillas para la recepción de solicitudes, si no también todo el proceso de dictaminación, aprobación y la entrega de los recursos.

Quinto. Se exhorta al Ejecutivo federal a informar a la brevedad a esta soberanía sobre las acciones que, en su caso, se deriven de esta propuesta.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2009.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados:Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa, Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, José Narro Céspedes (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Óscar García Barrón (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Gerardo Sánchez García, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera, Alberto Esquer Gutiérrez, José Luis Iñiguez Gámez (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez, Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez, Enrique Octavio Trejo Azuara, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes, José María Valencia Barajas (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar.»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto. Continúe la Secretaría.



SECTOR PRIMARIO

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa a implantar de manera inmediata, con la colaboración del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, las universidades agropecuarias del país y el Colegio de Postgraduados, la revisión y actualización de los paquetes tecnológicos agropecuarios y acuícolas del país, a fin de hacer eficiente e incrementar las productividad del sector primario y evitar pérdida de recursos en el campo mexicano

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura le fue turnada, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que, con la colaboración del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, lasuniversidades agropecuarias del país y el Colegio de Postgraduados: 1. Se implemente de manera inmediata la revisión y actualización de los Paquetes Tecnológicos Agropecuarios y Acuícolas del país, con el objetivo de eficientar e incrementar la productividad del sector primario y evitar la pérdida de aproximadamente 16,000 mil millones de pesos anuales en el campo mexicano. 2. Se provea de los recursos suficientes para la implementación de dicho proceso de análisis y actualización para que el próximo año se cuente con los nuevos paquetes tecnológicos, garantizando su transferencia a los productores mexicanos. 3. En un plazo no mayor a tres años quede conformado un sistema nacional de extensionismo rural, presentado por el diputado Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y respaldada por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Agricultura y Ganadería somete a la consideración de esta honorable asamblea el dictamen relativo alpunto de acuerdo antes mencionado, el cual se realiza bajo los siguientes

Antecedentes

La proposición con punto de acuerdo de este dictamen fue presentada por el diputado Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la sesión del 20 de octubre de 2009.

La proposición con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Agricultura y Ganadería, para efectos de su análisis y elaboración del Dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

La proposición con punto de acuerdo que se dictamina se sustenta en que, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 27, fracción XX, el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentar la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público.

Que de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, la pobreza rural, así como la cantidad de familias que continúan ligadas a la producción primaria hace que sea necesario continuar con los apoyos al sector para que mejore su productividad y promueva su sustentabilidad.

Que hoy en día la estrategia implementada por el gobierno federal para el extensionismo rural, Sistema Nacional de Capacitación y Extensión Rural Integral, ha quedado olvidada. Actualmente al extensionista se le nombra prestador de servicios profesionales, al cual se le remunera por proyectos elaborados y recibe un mínimo apoyo para el seguimiento de los mismos, por lo que a los técnicos se les deben garantizar ingresos suficientes por proyecto, para que no tenga que buscarlos en otros proyectos y le dé un seguimiento permanente. La actual estrategia de los programas públicos, no ofrece garantía para la continuidad de los recursos hasta el fortalecimiento de las empresas rurales de nueva formación.

Que de acuerdo con el artículo 5 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, fracciones I, II, III, IV y V, en el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del gobierno federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país.

Que de acuerdo con el artículo 6 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, tendrán carácter prioritario las acciones que el Estado, a través de los tres órdenes de gobierno y en los términos de las leyes aplicables, realice en el medio rural. En dichas acciones, que se efectuarán bajo los criterios de equidad social y de género, integralidad, productividad y sustentabilidad, podrán participar los sectores social y privado.

Que de acuerdo con el artículo 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, se crea el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable como instancia consultiva del gobierno federal, con carácter incluyente y representativo de los intereses de los productores y agentes de la sociedad rural.

Que de acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, el Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable, en el marco de la federalización promoverá en todas las entidades federativas la investigación y desarrollo tecnológico, los que podrán operar con esquemas de organización análogos. Para lo anterior, el Programa Especial Concurrente incluirá en el Presupuesto de Egresos las previsiones necesarias para el cumplimiento de los propósitos del sistema, incluido un fondo para el apoyo a la investigación.

Que de acuerdo con el artículo 41 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, las acciones en materia de cultura, capacitación, investigación, asistencia técnica y transferencia de tecnología son fundamentales para el fomento agropecuario y el desarrollo rural sustentable y se consideran responsabilidad de los tres órdenes de gobierno y de los sectores productivos, mismas que se deberán cumplir en forma permanente y adecuada a los diferentes niveles de desarrollo y consolidación productiva y social. El gobierno federal desarrollará la política de capacitación a través del Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, atendiendo la demanda de la población rural y sus organizaciones.

Que de acuerdo al artículo 45 de la Ley General de Desa-rrollo Rural Sustentable, fracción VII, el Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, coordinará las siguientes acciones: Integrar el Fondo Nacional de Recursos para la Capacitación Rural con los recursos de las entidades integrantes del Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral.

Que de acuerdo con el artículo 1 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables la presente ley es de orden público e interés social, reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción; del artículo 73, fracción XXIX-L, para establecer las bases para el ejercicio de las atribuciones que en la materia corresponden a la federación, las entidades federativas y los municipios, bajo el principio de concurrencia y con la participación de los productores pesqueros, así como de las demás disposiciones previstas en la propia Constitución que tienen como fin propiciar el desarrollo integral y sustentable de la pesca y la acuacultura.

Que en el artículo 2 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, fracciones III, IV, V, VI, VII, VIII, XI y XV se detallan los objetivos de esta ley.

Que en el artículo 17 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, fracciones I, IV y VIII, se hacen las observaciones para la formulación y conducción de la Política Nacional de Pesca y Acuacultura Sustentables, en la aplicación de los programas y los instrumentos que se deriven de esta ley.

Por lo anteriormente analizado y fundamentado, se presentan las siguientes

Conclusiones

Primero. Que debe de existir una participación activa de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación como encargada de dirigir la política y conducción alimentaria del país, ya que esto es una cuestión de soberanía y seguridad nacional. A su vez, esta secretaría mantiene una amplia relación con los organismos públicos descentralizados del sector como son los centros de investigación, educación y análisis para mejorar y actualizar los paquetes tecnológicos de los productos agropecuarios y acuícolas de las cadenas productivas de los estados de la República Mexicana, aplicándose los recursos económicos que sean destinados para este sector en el Presupuesto de Egresos de la Federación del 2010, con mayor eficiencia para incentivar la productividad nacional elevando los ingresos de los productores, generando la riqueza que revierta la pobreza que tanto está perjudicando al campo mexicano y se ahorre el estimado de 16,000 millones de pesos.

Segundo. Que el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales y Agropecuarias cuenta con 8 centros de investigación regional, 38 campos experimentales, 5 centros nacionales de investigación disciplinaria, los cuales se caracterizan por su alto grado de especialización, por lo que se cuenta con la capacidad para llevar a cabo la revisión y actualización de los paquetes tecnológicos y, a su vez, se cuenta también con universidades especializadas para llevar a cabo esta tarea en los términos que se presenta la proposición con punto de acuerdo.

Tercero. Que los dos programas más importantes, el Programa Elemental de Asistencia Técnica para Apoyar la Producción de Granos Básicos, y de Capacitación y Extensión ya no son operativos.

Con base en los antecedentes y considera iones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión, hemos tenido a bien dictaminar la proposición con punto de acuerdo en sentido positivo.

Punto de Acuerdo

Primero: Que la Comisión de Agricultura y Ganadería, de acuerdo al estudio y análisis llevado a cabo exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que en colaboración con el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, las universidades agropecuarias del país y el Colegio de Postgraduados implementen de manera inmediata la revisión y actualización de los paquetes tecnológicos agropecuarios y acuícolas del país, con el objetivo de eficientar e incrementar la productividad del sector primario y evitar la pérdida de aproximadamente 16,000 mil millones de pesos anuales en el campo mexicano.

Segundo: Que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que se provea de los recursos suficientes para la implementación de dicho proceso de análisis y actualización, para que el próximo año se tengan los nuevos paquetes tecnológicos y se garantice su transferencia a todos los productores mexicanos.

Tercero: Que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que a la brevedad posible se inicien los trabajos para la formalización del nuevo sistema nacional de extensionismo rural y quede implementado en un plazo no mayor a tres años, para que sirva a la reorientación de las capacidades en forma directa a los productores y usuarios de los programas que inciden en el sector.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 9 de diciembre de 2009.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados:Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, José Narro Céspedes, José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Óscar García Barrón (rúbrica), Joel González Díaz, Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba, Gerardo Sánchez García, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), José Luis Iñiguez Gámez (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Enrique Octavio Trejo Azuara, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar.»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto. Continúe la Secretaría.



ESTADO DE GUERRERO

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos federal y estatales a garantizar a la población campesina bienestar, participación e incorporación en el desarrollo rural; y a aportar de manera emergente los recursos financieros para un subsidio que permita en el 2010 la adquisición de insumos agrícolas básicos, particularmente a los trabajadores del campo afectados por la sequía atípica en Guerrero

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de la LXI Legislatura le fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo, por él que se exhorta a los gobiernos estatales y federal a garantizar a los campesinos su bienestar, participación e incorporación en el desarrollo rural; y a aportar de manera urgente recursos financieros que formen un subsidio que permita en 2010 adquirir insumos agrícolas básicos, particularmente a los afectados por la sequía atípica en Guerrero. Presentada por el diputado Mario Moreno Arcos, del Grupo Parlamentario del PRI.

Una vez recibida por la Comisión de Agricultura y Ganadería, sus integrantes entraron a su estudio con la responsabilidad de considerar lo más detalladamente posible su contenido y analizar los fundamentos y argumentos en que se apoya, para proceder a emitir dictamen conforme a las facultades que les confieren los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. A la Comisión de Agricultura y Ganadería le corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo a partir de los siguientes

Antecedentes

El 6 de octubre de 2009, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a esta Comisión de Agricultura y Ganadería una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos estatales y federal a garantizar a los campesinos su bienestar, participación e incorporación en el desarrollo rural; y a aportar de manera urgente recursos financieros que formen un subsidio que permita en 2010, adquirir insumos agrícolas básicos, particularmente a los afectados por la sequía atípica en Guerrero. Presentada por el diputado Mario Moreno Arcos, del Grupo Parlamentario del PRI.

El 1 de octubre de 2009, el diputado Mario Moreno Arcos, del Grupo Parlamentario del PRI, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos federal y estatales a garantizar a los campesinos su bienestar, participación e incorporación en el desarrollo rural; y a aportar de manera urgente recursos financieros que formen un subsidio que permita en 2010, adquirir insumos agrícolas básicos, particularmente a los afectados por la sequía atípica en Guerrero.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión dictaminadora formulamos las siguientes

Consideraciones

Que México vivió la peor sequía de los últimos 70 años, afectando la producción agropecuaria en todo el país, poniendo en riesgo de perderse 20 millones de toneladas de granos básicos y 10 millones de cabezas de ganado, generando perdidas por 15 mil millones de pesos.

Que pese a las previsiones meteorológicas para este 2009, uno de los peores años de sequía desde 1941, el presupuesto asignado para el Programa de Atención a Contingencias Climatológicas para el campo mexicano por 900 millones de pesos no ha sido ni cercanamente suficiente para afrontar las pérdidas ocasionadas por la sequía atípica, ya que con esos recursos el número de hectáreas aseguradas es de seis millones, lo cual representa 37.5 por ciento de las áreas de temporal dejando el 62.5 por ciento restante desprotegido.

Que uno de los grandes obstáculos que tiene el sector agropecuario es su alta vulnerabilidad a las condiciones climáticas, ya que el 75 por ciento de la superficie sembrada en el país corresponde a tierras de temporal con un total de 16 millones 283 mil hectáreas.

Que de acuerdo con el último reporte del Monitor de Sequía de América de Norte, durante marzo de 2009,continuaron las condiciones de clima seco en gran parte del país, ubicándose este mes de octubre como el séptimo más seco para el periodo 1941-2009, de acuerdo con el Servicio Meteorológico Nacional.

Que se cuenta con un fondo de apoyo a los productores afectados por contingencias climatológicas, que derivó en dos programas, uno de apoyo a agricultores afectados por contingencias climatológicas, y otro que es el seguro catastrófico.

Que para contrarrestar los efectos que ha generado la sequía atípica de este año, es primordial que los productores y campesinos afectados en todo el país cuenten con recursos para adquirir insumos agrícolas básicos para el 2009.

Que el artículo 27 fracción XX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la relevancia que tiene para nuestra nación el desarrollo rural, destacando la importancia de la participación y la incorporación en el desarrollo nacional de los grupos organizados, y que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional; igual señala que fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica.

Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en el artículo 5, determina que dentro del marco previsto por la Constitución Federal, el Estado, a través del gobierno federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y las municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos:

I. Promover el bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y, en general, de los agentes de la sociedad rural, mediante la diversificación y la generación de empleo, incluyendo el no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso;

II. Corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada de las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral del Estado que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable;

III. Contribuir a la soberanía y seguridad alimentaría de la nación mediante el impulso de la producción agropecuaria del país;

IV. Fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su aprovechamiento sustentable; y

V. Valorar las diversas funciones económicas, ambientales, sociales y culturales de las diferentes manifestaciones de la agricultura nacional.

Que el problema del desarrollo en el campo guerrerense, hace necesario abordar la problemática de manera integral; basta mencionar que en el año 1995, los rendimientos del maíz eran de 2.23 toneladas por hectárea, y en el 2005, fueron de 2.32 toneladas por hectárea, es decir en 10 años no hubo incremento significativo, lo que nos hace notar que la mayor parte de la producción del Estado de Guerrero es de autoconsumo.

Que en Guerrero, desde su origen hasta hace cuatro años, el gobierno del estado era quien aportaba mayores recursos al programa de Subsidio al Fertilizante. Sin embargo en últimas fechas los municipios han absorbido arriba del 50 por ciento del costo del paquete y el Estado varía entre el 15 por ciento y el 25 por ciento, lo que viene a repercutir en el incremento de la aportación del productor.

Que es del conocimiento de todos, que los recursos provenientes de la federación al igual que las aportaciones estatales destinadas a los municipios han sido afectados considerablemente repercutiendo directamente en la aplicación de numerosos programas sociales, Aunado a lo anterior, la Ley de Coordinación Fiscal señala un impedimento contundente para que los recursos provenientes del Ramo XXXIII, que los municipios manejan, sean utilizados para la adquisición de insumos diferentes a lo estipulado, lo que incluso ha obligado a muchos ayuntamientos con pocos o nulos ingresos propios a incurrir en desacatos abiertos a la ley.

Que los legisladores guerrerenses solicitan que dentro del Presupuesto de Egresos de 2010, que en breve analizaremos, se incorpore una partida especial que considere de manera eventual y emergente la aplicación de recursos financieros en un subsidio para el campo guerrerense, hoy afectado por una crisis sui generis; en el entendido de que la situación actual representa una llamada de alerta sobre la estabilidad y seguridad social nacional.

Que Guerrero es uno de los Estados de la República con mayor índice de pobreza, hoy agravada al igual que en muchas otras partes del país, por una sequía atípica que ha causado ya en el corto plazo graves estragos y que dejará secuelas importantes en el largo plazo, como la pérdida de gran parte de la producción de éste año; esto sin considerar la crisis económica mundial que tiene mayor impacto en quienes menos tienen.

Con base en los antecedentes y consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión, hemos tenido a bien tomar el siguiente

Acuerdo

Primero. La Comisión de Agricultura y Ganadería dictamina como positiva la proposición con punto de acuerdo, que exhorta a los gobiernos estatales y federal a garantizar a los campesinos su bienestar, participación e incorporación en el desarrollo rural, y a aportar de manera urgente recursos financieros que formen un subsidio que permita en 2010, adquirir in sumos agrícolas básicos, particularmente a los afectados por la sequía atípica, puntualizando la crítica situación de los productores del estado de Guerrero.

Entérese y archívese como total y definitivamente concluido el presente expediente.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 9 de diciembre de 2009.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados:Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, José Narro Céspedes (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Óscar García Barrón (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba, Gerardo Sánchez García, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), José Luis Íñiguez Gámez (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar.»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto. Continúe la Secretaría.



DESARROLLO RURAL

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, a los titulares de los Ejecutivos locales y a los Consejos Estatales de Desarrollo Rural Sustentable a respetar la participación ciudadana y fortalecer la transparencia en el ejercicio de los recursos destinados al desarrollo rural

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de la LXI Legislatura le fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), a los titulares de los Ejecutivos locales y a los Consejos Estatales de Desarrollo Rural Sustentable a respetar la participación ciudadana y fortalecer la transparencia en el ejercicio de los recursos destinados al desarrollo rural, presentada por el diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN.

Una vez recibida por la Comisión de Agricultura y Ganadería, sus integrantes entraron a su estudio con la responsabilidad de considerar lo más detalladamente posible su contenido y analizar los fundamentos y argumentos en que se apoya, para proceder a emitir dictamen conforme a las facultades que les confieren los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículo 65, 66, 85, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior de Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. A la Comisión de Agricultura y Ganadería le corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo a partir de los siguientes

Antecedentes

El 8 de octubre de 2009, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a esta Comisión de Agricultura y Ganadería una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, a los titulares de los Ejecutivos locales y a los Consejos Estatales de De-sarrollo Rural Sustentable a respetar la participación ciudadana y fortalecer la transparencia en el ejercicio de los recursos destinados al desarrollo rural, presentada por el diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN.

El 8 de octubre de 2009, el diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, a los titulares de los Ejecutivos locales y a los Consejos Estatales de Desarrollo Rural Sustentable a respetar la participación ciudadana y fortalecer la transparencia en el ejercicio de los recursos destinados al desarrollo rural.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta comisión dictaminadora formulamos las siguientes

Consideraciones

Que es deber de las autoridades realizar sus acciones de manera pública y transparente, como un mecanismo de control y de legitimidad democrática de las instituciones públicas.

Que la omisión caprichosa de la ley y la distribución selectiva de los programas y recursos representan un retroceso para la sociedad rural; cumplir la normatividad, regular y acatar las responsabilidades que la Ley indica, más que una obligación es un deber.

Que la Sagarpa debe cumplir lo establecido por la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de los Consejos Estatales, Distritales y Municipales de Desarrollo Rural Sustentable y respeten la representación de los Organismos previstos por dicho ordenamiento.

Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable establece que, con apego a los principios de federalización, se integrarán los consejos estatales y municipales, homologados al Consejo Mexicano en los municipios y en las entidades federativas. Éstos deben constituir una herramienta para la participación de los productores y demás agentes de la sociedad rural en la definición de prioridades regionales, la planeación y distribución de los recursos que la federación, las entidades federativas y los municipios destinen al apoyo de las inversiones productivas.

Que el primer párrafo del artículo 25 de la citada ley es leído, acatado y respetado al pie de la letra por los titulares de los Ejecutivos locales de manera clara y contundente. En el mismo numeral, en los párrafos cuarto y quinto se establece que: la integración de los consejos estatales deberá ser representativa de la composición económica y social de la entidad; y que la organización y funcionamiento de los consejos estatales y municipales se regirán por los estatutos que al respecto se acuerden entre el gobierno federal y los de las entidades federativas, esto definitivamente no se cumple, es simple y sencillamente letra muerta en todos los estados y municipios de nuestro país.

Que debe cumplirse lo expuesto en los artículos 9, 23, 24 y 25 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, referentes a la participación ciudadana en la distribución de recursos de la federación.

Con base en los antecedentes y consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión, hemos tenido a bien tomar el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Comisión de Agricultura y Ganadería, dictamina como positiva la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, a los titulares de los Ejecutivos locales y a los Consejos Estatales de Desarrollo Rural Sustentable a respetar la participación ciudadana y fortalecer la transparencia en el ejercicio de los recursos destinados al desarrollo rural.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 9 de diciembre de 2009.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados:Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos, Luis Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, José Narro Céspedes (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Óscar García Barrón (rúbrica), Joel González Díaz, Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Gerardo Sánchez García (rúbrica), Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez, José Luis Íñiguez Gámez (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), José María Valencia Barajas, Liborio Vidal Aguilar.»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto. Continúe la Secretaría.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: En votación económica se pregunta si se aprueban éste y los demás puntos de acuerdo antes reservados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aprobados los puntos de acuerdo. Comuníquense.Adelante, continúe la Secretaría.



ORGANISMOS GENETICAMENTE MODIFICABLES

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta soberanía a realizar junto con el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria un foro de consulta en materia de ingeniería genética de organismos genéticamente modificables con los grupos interesados sobre el tema, especialistas e investigadores públicos y privados

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta Soberanía a realizar con el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria un foro de consulta sobre ingeniería genética de organismos genéticamente modificables entre los grupos interesados en el tema, especialistas e investigadores públicos y privados. Presentada por el diputado Héctor Pedraza Olguín y suscrita por integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.

Una vez recibida por la Comisión de Agricultura y Ganadería, sus integrantes entraron a su estudio con la responsabilidad de considerar lo más detalladamente posible su contenido y analizar los fundamentos y argumentos en que se apoya, para proceder a emitir dictamen conforme a las facultades que les confieren los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. A la Comisión de Agricultura y Ganadería le corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes:

Antecedentes

El 15 de diciembre de 2009, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó a esta Comisión de Agricultura y Ganadería la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta Soberanía a realizar conjuntamente con el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria un foro de consulta sobre ingeniería genética de organismos genéticamente modificables entre los grupos interesados en el tema, especialistas e investigadores públicos y privados.

El 8 de diciembre de 2009, el diputado Héctor Pedraza Olguín, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta Soberanía a realizar con el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria un foro de consulta sobre ingeniería genética de organismos genéticamente modificables entre los grupos interesados en el tema, especialistas e investigadores públicos y privados.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión dictaminadora formulamos las siguientes:

Consideraciones

Que el artículo 27 constitucional, señala en su fracción XX, que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público.

Que el artículo primero de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, establece que el objeto de la citada Ley, es regular las actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial, comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados, con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola.

Que el Protocolo de Cartagena, del que México es firmante, establece como objetivo en su artículo primero que “De conformidad con el enfoque de precaución que figura en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el objetivo del presente Protocolo es contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos”.

Que el Poder Legislativo, antes de aprobar la Ley de Desa-rrollo Rural Sustentable, determinó la competencia del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas, órgano de la Sagarpa, conforme al artículo 102, fracciones I y V, respectivamente, que a la letra dice: establecer y, en su caso, proponer conjuntamente con las demás dependencias e instituciones vinculadas, políticas, acciones y acuerdos internacionales sobre conservación, acceso, uso y manejo integral de los recursos fitogenéticos, derechos de protección de los obtentores y análisis de calidad de semillas; en el tema de conservación e instrumentar las medidas de inspección y certificación para garantizar la inocuidad de los organismos genéticamente modificados, en los términos del artículo 97, en el tema de transgénicos.

Que la Ley de Federal de Variedades Vegetales, señala que el objetivo de esta Ley es fijar las bases y procedimientos para la protección de los derechos de los obtentores de variedades vegetales; asimismo, el artículo 3o., fracción XI, le concede: proteger la biodiversidad de las variedades vegetales que son de dominio público (como atribución de la Sagarpa), y que las comunidades tendrán el derecho de explotarlas racionalmente como tradicionalmente lo vienen haciendo; derecho que deberá expresarse claramente en el Reglamento de esta Ley; y el Reglamento establece: en el artículo 5o. “en relación con lo dispuesto por la fracción XI del artículo 3o. de la Ley, las comunidades rurales tendrán, en todo tiempo, el derecho de utilizar y explotar comercialmente las variedades vegetales resultantes de su práctica, usos y costumbres”. Dichas comunidades permitirán el desarrollo de las actividades de investigación y estudio que sobre tales variedades vegetales lleven a cabo instituciones públicas y privadas para proteger la biodiversidad.

Que el 18 de marzo de 2005, entró en vigor la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados y en marzo de 2008, se publicó su Reglamento. Un año después se reforma el Reglamento y se incorpora el Régimen de Protección Especial del Maíz que establece las condiciones legales para la liberación experimental con maíces genéticamente modificados, ordenando ya no como atribución sino como obligación que la Sagarpa y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), deberán promover la conservación in situ de razas y variedades de maíces criollos y sus parientes silvestres a través de los programas de subsidio u otros mecanismos de fomento para la conservación de la biodiversidad, sin que ello implique autorización alguna para el cambio del uso de suelo de forestal a agrícola.

Que en este tema, es importante escuchar a todos los actores rurales respecto de la conservación de germoplasma y órganos genéticamente modificables. En ese sentido es necesario implementar un foro de debate integrando a los productores rurales, a los consumidores, a las organizaciones ambientalistas, a los investigadores, a las universidades y a las empresas públicas y privadas que tengan que ver con el tema.

Que es necesario un debate entre todos los actores involucrados, para que manifiesten sus distintas apreciaciones sobre los temas de experimentación con organismos genéticamente modificables, conservación de germoplasma y transgénicos.

Con base en los antecedentes y consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión, hemos tenido a bien tomar el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Comisión de Agricultura y Ganadería, dictamina como positiva la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a esta Comisión, conjuntamente con el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria, para realizar un foro de consulta en materia de ingeniería genética con organismos genéticamente modificables.

Segundo. Que la Comisión de Agricultura y Ganadería en coordinación con el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria invite a participar a este foro a los productores rurales, consumidores, organizaciones ambientalistas, investigadores, empresas públicas y privadas, universidades y toda persona física o moral que tenga interés en el tema.

Tercero. Que se implemente la temática sobre la experimentación con organismos genéticamente modificables, conservación de germoplasma y transgénicos.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 21 de enero de 2010.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados:Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa, Rolando Zubía Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), José Narro Céspedes, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Óscar García Barrón (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Gerardo Sánchez García, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez, Víctor Alejandro Balderas Vaquera, Alberto Esquer Gutiérrez, José Luis Iñiguez Gámez, Juan de Jesús Pascualli Gómez, Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Enrique Octavio Trejo Azuara, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), José María Valencia Barajas, Liborio Vidal Aguilar.»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Están a discusión los puntos de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban estos puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: En votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aprobado el punto de acuerdo. Comuníquese.

El siguiente punto del orden del día son proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno. De la Junta de Coordinación Política. Proceda la Secretaría a darles lectura.



AURORA JIMENEZ DE PALACIOS

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados se pronuncia por la inclusión de un cuadro con la imagen de la primera diputada federal, Aurora Jiménez de Palacios, en el vestíbulo del auditorio del edificio E, en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo decimocuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y en nombre de la Comisión de Equidad y Género, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados se pronuncia por la inclusión de un cuadro con la imagen de la primera mujer diputada federal, Aurora Jiménez de Palacios, en el vestíbulo del auditorio del edificio E del Palacio Legislativo de San Lázaro, en el marco de la conmemoración del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 febrero de 2010.— Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

En votación económica se pregunta a las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Quienes estén por la negativa .

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aprobado.



ASESINATOS DE PERIODISTAS

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita a las autoridades federales y a las estatales que intensifiquen las labores de investigación de los asesinatos de periodistas que han sido radicados bajo su jurisdicción y que aún se encuentran pendientes de resolver

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo decimocuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta la diputada María Yolanda Valencia Vales, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por lo que se somete a la consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas para que, en el ámbito de su competencia, intensifique las labores de investigación necesarias para resolver los asesinatos de periodistas que han sido radicados bajo su jurisdicción y que aún se encuentran pendientes de resolver, así como de aquellas sobre las que le corresponde dar seguimiento en las entidades federativas.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a el Gobierno del Distrito Federal y de los estados de la república para que, a través de sus Procuradurías de Justicia, atiendan de manera expedita las investigaciones y se esclarezcan las muertes de periodistas que hayan ocurrido en sus respectivas jurisdicciones; asimismo, para que generen las condiciones de seguridad necesarias para que todos los periodistas puedan ejercer plenamente su labor informativa.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2010.— Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León, Coordinador del Grupo Parlamentario del Convergencia.»

En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de señalarlo levantando la mano.

Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aprobado.



ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:La Presidencia recibió de la diputada Esthela de Jesús Ponce Beltrán, del Grupo Parlamentario del PRI, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal y al Congreso de Baja California Sur, realizar las acciones conducentes para evitar la venta del predio denominado Punta Belcher, en el municipio de Comondú.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal y al Congreso de Baja California Sur que realicen las acciones conducentes a evitar la venta del predio Punta Belcher, en Comondú, a cargo de la diputada Esthela de Jesús Ponce Beltrán, del Grupo Parlamentario del PRI

Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y demás normatividad aplicable, someto a consideración de la asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El Ejecutivo de Baja California Sur, con el pretexto de que su gobierno se está “dando a la tarea de identificar los bienes inmuebles propiedad del gobierno del estado que no están cumpliendo la función de prestar algún servicio a la comunidad, identificando unos con uso y vocación turística”, envió una iniciativa de decreto mediante la cual solicita autorización para promover y enajenar a título oneroso predios propiedad del gobierno del estado.

Dicha iniciativa señala en el artículo cuarto: “Se autoriza al titular del Poder Ejecutivo de Baja California Sur para promocionar, licitar y, en su caso, enajenar a título oneroso una fracción de predio denominado ‘Punta Belcher’, ubicado en la isla Bahía Magdalena, de Comondú...” La situación ha alarmado a la sociedad bajacaliforniana, toda vez que dicha acción confirma las intenciones del gobernador para vender en 2 millones 629 mil 251 pesos el predio Punta Belcher, lugar turístico con dunas y vegetación de la isla Magdalena, en Comondú, que comprende 2 mil 500 hectáreas.

Tales intenciones resultan desde cualquier óptica absolutamente fuera de lugar, toda vez que Punta Belcher

• Es una zona de enormes potenciales pesqueros y posee una rica variedad de especies marinas, así como de flora y fauna silvestre, lo que la convierte en una importantísima reserva natural.

• Los ciudadanos han solicitado que el gobierno federal decrete como zona protegida las 58 mil hectáreas de la bahía donde se localizan las islas Magdalena y San Lázaro, en Comondú.

Las intenciones del gobierno del estado constituyen un intento flagrante de violación de la Constitución y de las leyes sustantivas que de ahí emanan, particularmente el artículo 48 de la ley fundamental, en donde se mandata que las islas, los cayos y los arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional dependerán directamente del gobierno de la federación. Además, la administración de estas partes de territorio nacional es atribución exclusiva de la Secretaría de Gobernación.

En virtud de lo anterior, y atendiendo a un alto sentido de la ética, la justicia, la legalidad, la honradez y el respeto pleno de los sudcalifornianos y del ecosistema, resulta a todas luces incongruente e irresponsable pretender que un reserva ecológica de vital importancia para Baja California Sur quede al servicio de intereses económicos personales, pasando por alto derechos constitucionales, ambientales y ciudadanos.

Por lo señalado, someto a consideración de la asamblea la presente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero.Se exhorta respetuosamente al Congreso de Baja California Sur a efecto de que, en defensa del patrimonio de los sudcalifornianos y con arreglo a lo mandatado en la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y el marco normativo que de ella se desprende, tenga a bien resolver como improcedente la iniciativa de decreto mediante el cual el titular del Ejecutivo de Baja California Sur solicita autorización para promover, licitar y, en su caso, enajenar a título oneroso una fracción de predio Punta Belcher, situado en la isla Bahía Magdalena, de Comondú.

Segundo. Se solicita al secretario de Gobernación, en razón de lo mandatado en la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que realice en el marco de su competencia las acciones necesarias para evitar que el predio Punta Belcher, situado en la isla Bahía Magdalena, de Comondú, Baja California Sur, sea enajenado por el gobierno del estado.

Tercero.Se exhorta respetuosamente al secretario de Gobernación a llevar a cabo las gestiones conducentes a que la isla Bahía Magdalena sea declarada área natural protegida.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de febrero de 2010.— Diputada Esthela Ponce Beltrán (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.



UNIVERSIDAD AUTONOMA DE GUADALAJARA

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Se recibió de la diputada Olivia Guillén Padilla, del Grupo Parlamentario del PRI, proposición con punto de acuerdo para que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados haga llegar una felicitación a las autoridades de la Universidad Autónoma de Guadalajara con motivo de su 75 aniversario.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Proposición con punto de acuerdo, para que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados haga llegar una felicitación a las autoridades de la Universidad Autónoma de Guadalajara con motivo de su 75 aniversario, a cargo de la diputada Olivia Guillén Padilla, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Olivia Guillén Padilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Mesa Directiva de esta soberanía que salude y felicite a las autoridades de la Universidad Autónoma de Guadalajara con motivo de su 75 aniversario, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

La Universidad Autónoma de Guadalajara fue fundada el 3 de marzo de 1935; es la primera universidad particular en México. El 26 de julio de 1991, por decreto presidencial, se le otorgó la autonomía universitaria, la facultad de expedir sus títulos profesionales y de autogobernarse por sus ordenamientos administrativos y estatutarios.

La celebración del 75 aniversario de la Universidad Autónoma de Guadalajara no sólo significa reconocer el tiempo que ha perdurado su patrimonio a través de los años, sino que nos ofrece la oportunidad a los jaliscienses de refrendar el testimonio de cuánto es lo que se ha realizado y logrado en sus espacios académicos, de investigación y de cultura por una innumerable cantidad de hombres y mujeres que han cumplido el sueño de terminar sus estudios, de desempeñar una labor universitaria en sus aulas y de ser dignos ciudadanos del país.

El trabajo que se desarrolla con claridad en la Universidad Autónoma de Guadalajara surgió desde su creación, como resultado de la concepción filosófica de sus fundadores, sustentada en la fuerza de la unidad y la perseverancia de sus ideales que como estudiantes mostraron, espíritu que ha perdurado a través del tiempo desde el 3 de marzo de 1935, pensamiento sembrado desde ese entonces en cada una de las generaciones que han egresado de tan grandiosa institución.

La tolerancia de las ideas es lo único que permite que un país avance en paz para lograr los objetivos de nación que su pueblo requiere, y la educación nos permitirá lograr nuestras aspiraciones individuales y de la sociedad en general. En sus aulas se ha dado cabida a diversas corrientes y formas de pensamiento.

Por ello, en este 75 aniversario, tenemos la oportunidad de reflexionar sobre la historia del país para apreciar los esfuerzos de todos los mexicanos y reconocer en esta noble institución lo que nos identifica y debe atesorarse con desvelo; pero al mismo tiempo, nos permitirte inspirarnos con la tenacidad superior de su trabajo educativo.

“Reine siempre en nosotros, compañeros, la luz del espíritu inmortal; a Jalisco y a México honremos en la libre universidad”, dice su himno; y en su desempeño lo ha logrado sin duda, al inculcar en alumnos, egresados y personal docente la misión de siempre ver más allá de lo inmediato, con la firme encomienda de formar parte importante del desarrollo de la sociedad y sembrar en ellos el orgullo de ser parte fundamental de la historia institucional de esta universidad.

En estos tiempos, de crisis no sólo económica sino también social, resulta importante y por demás fundado no olvidar las conmemoraciones de los centros de educación superior porque precisamente en las universidades como la Autónoma de Guadalajara se percibe el mayor compromiso de encontrar y plantear soluciones a los problemas nacionales.

Hoy, que la exigencia de los nuevos tiempos pone a prueba la importancia y el papel de la educación tanto en el ámbito social, económico y productivo como cultural, aprovechemos esta oportunidad de congratularnos del actuar visionario y audaz, que a lo largo de estos 75 años de existencia ha logrado la Universidad Autónoma de Guadalajara, impartiendo el conocimiento en diversas materias del quehacer universitario, pilar fundamental para contribuir a alcanzar el país que todos deseamos.

Felicitemos a la Universidad Autónoma de Guadalajara por la valiosa labor desempeñada como parte relevante del sistema educativo nacional, en estos 75 años de labor en favor de estudiantes de Jalisco, del resto del país y del extranjero, y a la comunidad universitaria que ha tenido la oportunidad de contar con un espacio dónde estudiar y desenvolverse.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se hace una respetuosa solicitud a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que, en el marco de sus facultades de apoyo de la educación nacional y en reconocimiento de la responsabilidad de las instituciones públicas y privadas de promover la educación como una forma de lograr la igualdad de oportunidades para todos los mexicanos, salude y felicite a las autoridades de la Universidad Autónoma de Guadalajara con motivo del 75 aniversario de su fundación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de febrero de 2010.— Diputados: Olivia Guillén Padilla, Jorge Arana Arana, Salvador Caro Cabrera, Ana Estela Durán Rico, Clara Gómez Caro, Joel González Díaz, David Hernández Pérez, Jorge López Portillo Basave, José Padilla López, María Scherman Leaño, Rafael Yerena Zambrano, Arturo Zamora Jiménez, Gumercindo Castellanos Flores, Alberto Esquer Gutiérrez, Gustavo González Hernández, Carlos Meillón Johnston, María Novoa Mossberger, Felipe Rangel Vargas, Ignacio Téllez González, Juan Ibarra Pedroza (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Túrnese a la Mesa Directiva.



INUNDACIONES

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Se recibió del diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Convergencia, proposición con punto de acuerdo por el que se cita a comparecer al director general de la Conagua para que explique, en el ámbito de su competencia, las causas que provocaron las inundaciones en Tabasco durante 2007, 2008 y 2009.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se cita a comparecer al director general de la Conagua para que explique, en el ámbito de su competencia, las causas de las inundaciones ocurridas en Tabasco en 2007, 2008 y 2009, así como de las registradas recientemente en el Distrito Federal, en el estado de México y en Michoacán, a cargo del diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Convergencia

El suscrito, Pedro Jiménez León, diputado federal del Grupo Parlamentario de Convergencia a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con base en el artículo 23, numeral 1, inciso f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo para solicitar la comparecencia del ingeniero José Luis Luege Tamargo, director general de la Comisión Nacional del Agua, ante las Comisiones de la Cámara de Diputados de Recursos Hidráulicos; de Presupuesto y Cuenta Pública; y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, a fin de que explique, en el ámbito de su competencia, las causas que provocaron las inundaciones en el estado de Tabasco, durante 2007, 2008 y 2009; y las recientes registradas en el Distrito Federal, así como en los estados de México y de Michoacán; y exponga las políticas y acciones que ha instrumentado para evitar que vuelvan a suscitarse nuevas inundaciones; y exhortar a esta honorable Cámara de Diputados con la finalidad de que, en el caso del estado de Tabasco, se instale una Mesa de Trabajo plural e incluyente en la que participen el gobierno federal, el gobierno del estado, los presidentes municipales; el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; el director de la Comisión Nacional del Agua; el Congreso local; instituciones de educación superior; las cámaras empresariales y representantes de la sociedad civil; a fin de dar seguimiento a las obras del plan hídrico, e impulsar acciones conjuntas que eviten nuevas inundaciones en la entidad, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En los últimos años se han registrado inundaciones en distintas entidades federativas del país, donde las causas no se derivan de la fuerza de la naturaleza, sino a la ausencia de planeación, a la insuficiente infraestructura hidráulica y a la falta de visión gubernamental para dar sustentabilidad y viabilidad a las ciudades. Tal es el caso de las inundaciones que se registraron durante 2007, 2008 y 2009 en el estado de Tabasco, debido fundamentalmente a la falta de un plan hídrico que debió haberse construido y operado desde hace más de veinte años.

Apenas hace unos días, se presentaron nuevas inundaciones que causaron cuantiosos daños patrimoniales en colonias del Distrito Federal, municipios del estado de México y Michoacán. Las causas son las mismas: insuficiente infraestructura, ausencia de inversión, y falta de visión del gobierno.

Mientras el gobierno federal se deslinda de su responsabilidad y atribuye las fallas y causas de las inundaciones a los gobiernos locales; la ciudadanía sigue sufriendo los estragos de las inundaciones, en sus casas, en su patrimonio y con sus familias; sin contar con ninguna certeza de quienes gobiernan, que no volverán a sufrir nuevas inundaciones.

A pesar de que ya pasó la contingencia en varias ciudades, la sociedad afectada continúa viviendo en la zozobra y en la incertidumbre. Ante esta situación, nuestro grupo parlamentario se encuentra cada vez más preocupado, ya que estos fenómenos son cada vez más frecuentes y amenazan repetirse constantemente en buena parte del territorio nacional. Insistimos, no por la fuerza de la naturaleza, sino por la omisión de las autoridades competentes.

La reacción del gobierno federal, a través del titular de la Comisión Nacional del Agua, ingeniero José Luis Luege Tamargo, ha sido únicamente de deslinde, mediante señalamientos acerca de lo que en su opinión dejó de hacerse en materia de prevención a nivel estatal y municipal.

El gobierno federal ha asumido una posición muy cómoda, tratando de evadir su responsabilidad. Lejos de encontrar mecanismos de colaboración para superar el problema entre el gobierno federal y los gobiernos estatales, se recurre una y otra vez a la estrategia que pretende ocultar a la opinión pública, las omisiones y faltas.

Las inundaciones ocurridas en el estado de Tabasco durante los años 2007 y 2008, que afectaron a los municipios de Jonutla, Frontera y Villahermosa, así como las sucedidas en 2009, en donde la zona afectada fue la Chontalpa, que abarca los municipios de Cunduacán, Cárdenas, Comalcalco, Huimanguillo y Paraíso, cuyos daños fueron cuantiosos y las promesas del Ejecutivo incumplidas, debido a que de las 220 mil viviendas que se censaron, sólo se entregaron 130 mil vales para enseres domésticos, y se dejaron de atender 90 mil viviendas, a las cuales no se entregaron los vales de reconstrucción de viviendas.

Las inundaciones de Tabasco y las recientemente registradas en el Distrito Federal, estado de México y Michoacán deben llamar nuestra atención para que desde esta soberanía se promueva la instrumentación de acciones de gobierno que eviten nuevas inundaciones por falta de infraestructura hidráulica y por falta de visión de gobierno.

Es por ello que estamos solicitando la comparecencia del titular de la Comisión Nacional del Agua para que explique ante comisiones y en el ámbito de su competencia las causas que provocaron las inundaciones en el Estado de Tabasco durante 2007, 2008 y 2009, y las recientemente registradas en el Distrito Federal, estado de México y Michoacán.

De igual modo, para el caso del estado de Tabasco estamos proponiendo la instalación de una mesa de trabajo plural e incluyente en la que participen el gobierno federal; el gobierno del estado; los presidentes municipales; el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; el director de la Comisión Nacional del Agua; el Congreso local; instituciones de educación superior; las cámaras empresariales y representantes de la sociedad civil, a fin de dar seguimiento a las obras del plan hídrico, e impulsar acciones conjuntas que eviten nuevas inundaciones en el estado.

En la búsqueda de soluciones viables, el Grupo Parlamentario de Convergencia, comprometido con los intereses de la sociedad mexicana, promueve el presente punto de acuerdo, donde deja de manifiesto que la postura asumida por el gobierno federal no sólo no contribuye a solucionar el problema de las inundaciones que afectan a miles de mexicanos, sino que, en su pretensión de deslindar responsabilidades, retrasa y entorpece la organización necesaria para atender el problema.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero.Solicitar la comparecencia del ingeniero José Luis Luege Tamargo, director general de la Comisión Nacional del Agua, ante las Comisiones de la Cámara de Diputados de Recursos Hidráulicos; de Presupuesto y Cuenta Pública; y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, a fin de que explique, en el ámbito de su competencia, las causas que provocaron las inundaciones en el estado de Tabasco, durante 2007, 2008 y 2009; y las recientes registradas en el Distrito Federal, estado de México y Michoacán; y exponga las políticas y acciones que ha instrumentado para evitar que vuelvan a suscitarse nuevas inundaciones.

Segundo.Exhortar a esta honorable Cámara de Diputados para que, en el caso del estado de Tabasco, se instale una mesa de trabajo plural e incluyente en la que participen los gobiernos federal y el del estado; los presidentes municipales; el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; el director de la Comisión Nacional del Agua; el Congreso local, instituciones de educación superior, las cámaras empresariales y representantes de la sociedad civil, a fin de dar seguimiento a las obras del plan hídrico e impulsar acciones conjuntas que eviten nuevas inundaciones en el estado.

Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Túrnese a la Junta de Coordinación Política.



ESTADO DE SAN LUIS POTOSI

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Se recibió del diputado Sabino Bautista Concepción, del Grupo Parlamentario del PRI, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Comisión Federal de Electricidad, y a la Comisión Reguladora de Energía, a reestructurar las tarifas en favor de los usuarios de San Luis Potosí.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a la CFE y a la Comisión Reguladora de Energía a reestructurar las tarifas en favor de los usuarios de San Luis Potosí, a cargo del diputado Sabino Bautista Concepción, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Sabino Bautista Concepción, diputado federal por San Luis Potosí, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de las Estados Unidos Mexicanos somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Una de las responsabilidades del gobierno mexicano es dotar a la población de servicios públicos para satisfacer de manera regular y continua diversas necesidades básicas colectivas. Lamentablemente, esta responsabilidad no se cumple a cabalidad en todos los servicios, como es el caso del servicio público de energía eléctrica.

Es preocupante observar cómo la mayor parte de los mexicanos sufre por el incremento de las tarifas eléctricas. La situación es denunciada constantemente por los ciudadanos, dada la existencia de un esquema tarifario deficiente y poco transparente.

Durante el desarrollo de los trabajos de la LXI Legislatura, hemos atestiguado cómo se han presentado diversos puntos de acuerdo con referencia a la inconformidad de la población mexicana sobre el alto costo de las tarifas eléctricas, sobre todo de las poblaciones cuyo clima es cada vez mas extremoso como consecuencia del constante cambio climático que sufre el planeta, probando ya sea heladas o elevadas temperaturas. A ello sumemos que han sido afectadas con el recorte del subsidio eléctrico del decreto del 7 de febrero de 2002.

Compañeros, San Luis Potosí no ha sido la excepción. En esta entidad se encuentra un lugar de suma trascendencia respecto a la generación de energía del país, al grado de ser considerado uno de los principales estados generadores de energía eléctrica de los últimos años. Hablo de la termoeléctrica situada en Tamazunchale. Sin embargo, sólo ha quedado en el renombre porque en la realidad este reconocimiento no representa rendimientos para la población potosina; por el contrario, ha prevalecido la inconformidad por las altas tarifas eléctricas que tienen que pagar, en razón de que los mecanismos, instrumentos y criterios aplicados por las autoridades responsables del suministro y la administración del servicio de energía eléctrica no han sido adecuados. Tal situación se refleja claramente en la expedición de las facturas, que son muy elevadas y no corresponden a la realidad y calidad del servicio eléctrico que se presenta en la entidad, concretamente en las poblaciones de escasos recursos.

Representa una injusticia que los estados de la república en que se localizan las centrales hidroeléctricas sean los más afectados con los cobros excesivos por el servicio que ahí se genera, como sucede con San Luis Potosí, Chiapas, Veracruz y Puebla. A dicha afectación se suman las alteraciones ecológicas y sociales que van siempre asociadas a este tipo de infraestructura.

Es fundamental asumir una política puntal, con objetivos, criterios y reglas claros en el tema de la fijación de las tarifas eléctricas en San Luis Potosí, en la que se observen características relativas al clima, como la situación por la que atraviesan diversas regiones de la Huasteca, donde el drástico aumento de la temperatura, superior a 40 grados Celsius registrada en la última década, ha ocasionado que la tarifa vigente para el suministro y la venta de energía, que en su momento fijaron las autoridades responsables de la administración de este recurso, no son acordes con la realidad. Por tal motivo es indispensable una reestructuración en la fijación de tarifas eléctricas donde se consideren como aspecto fundamental para dicha reestructuración los efectos causados por el continuo cambio climático, que ha provocado en los últimos años aumentos de temperatura que van de 40 a 50 grados Celsius, como se registran en la mayoría de los municipios de la Huasteca; cito “sólo” algunos casos: Tamazunchale, Tampamolón, Tancanuhitz, cuya población ha notado claramente un aumento del consumo de energía consecuencia de dichos efectos, por lo que solicitan con urgencia el cambio de la tarifa 1B a 1D, que considera un mayor subsidio.

En la actualidad, las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica autorizadas y vigentes en el país son 1, 1A, 1B, 1C, 1D, 1E y 1F. Dichas tarifas son aplicadas a los servicios de energía para uso exclusivamente doméstico.

El objetivo es claro y preciso, debemos encauzar la política a la reducción de las tarifas eléctricas, en razón de que son lesivas para el bolsillo de los ciudadanos, para garantizar su abasto a precios razonables en todos los hogares de San Luis Potosí.

Sabemos, con base en lo señalado en el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene facultad para establecer, ajustar y reestructurar las tarifas eléctricas, a propuesta de la Comisión Federal de Electricidad, con la participación de la Secretaría de Economía y Energía. Por lo anterior solicitamos que la Comisión Federal de Electricidad, con la participación de las Secretarías de Economía, y de Energía, formule con urgencia una propuesta que permita ajustar y reestructurar las tarifas para el subministro y la venta de energía eléctrica vigentes en el estado y con urgencia, que dicha propuesta sea presentada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su respectiva aprobación y ejecución.

Asimismo, que se forme un grupo de trabajo para la revisión de los criterios tarifarios para el cobro del servicio de energía eléctrica de uso domestico, con la finalidad de que se hagan los ajustes necesarios para realizar cobros justos a los que menos tienen, y coadyuvar al mejoramiento del bienestar y la calidad de vida de los potosinos.

Por lo expuesto, y con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.Se exhorta la Comisión Federal de Electricidad, y a las Secretarías de Economía, y de Energía, con la participación de la Secretaría de Medio Ambiente, a formular con urgencia una propuesta que permita ajustar y reestructurar las tarifas para el subministro y la venta de energía eléctrica vigentes en San Luis Potosí, y de manera inmediata dicha propuesta sea presentada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su respectiva aprobación y ejecución.

Segundo.Se exhorta la Comisión Federal de Electricidad, y a las Secretarías de Economía, de Energía, y de Medio Ambiente a formar con la mayor brevedad un grupo de trabajo para la revisión de los criterios tarifarios para el cobro del servicio de energía eléctrica de uso doméstico, con la finalidad de que instauren mecanismos para ajustar, reestructurar y reducir las tarifas eléctricas para realizar cobros justos a los que menos tienen y coadyuvar al mejoramiento del bienestar y la calidad de vida de los mexicanos. Los estudios por realizar deberán tomar en cuenta los efectos ocasionados por el cambio climático que están afectando al país. Para ello, la Secretaría de Medio Ambiente proporcionará toda la información que al respecto tenga en su poder.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2010.— Diputado Sabino Bautista Concepción (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se turna a la Comisión de Energía.



ESTADOS DE DURANGO, CHIHUAHUA, CHIAPAS, OAXACA, SAN LUIS POTOSI Y GUERRERO

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Se recibió del diputado Óscar García Barrón, del Grupo Parlamentario del PRI, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a los gobernadores de Durango, Chihuahua, Chiapas, Oaxaca, San Luis Potosí y Guerrero a integrar con las dependencias y entidades federales y estatales involucradas, mesas de diálogo para que con la participación de los legisladores de la Comisión de Reforma Agraria atiendan la problemática social, agraria y ambiental de los municipios, ejidos y comunidades que se citan.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a los gobernadores de Durango, Chihuahua, Chiapas, Oaxaca, San Luis Potosí y Guerrero a integrar con las dependencias y las entidades federales y las estatales involucradas mesas de diálogo para que, con la participación de los legisladores de la Comisión de Reforma Agraria, atiendan la problemática social, agraria y ambiental de los municipios, los ejidos y las comunidades que se citan, a cargo del diputado Óscar García Barrón, del Grupo Parlamentario del PRI

De conformidad con los artículos 58, fracción I, y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el que suscribe, Óscar García Barrón, diputado a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, y los demás firmantes, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, someten a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

El 11 de noviembre de 2009, la licenciada Guadalupe Pérez Domínguez, diputada federal, mediante oficio de esa fecha, solicitó a la Comisión de Reforma Agraria atención al conflicto social y agrario de Casas Grandes y Nuevo Casas Grandes, Chihuahua, para lo cual remitió un documento que contiene información del citado conflicto.

Los municipios mencionados son contiguos, y enfrentan un problema social derivado de la incertidumbre de la tenencia de la tierra. Los efectos de esta problemática en los dos municipios son la degradación de los bosques en Casas Grandes, la falta de inversión, el aumento del riesgo crediticio, y la falta de planeación y de competitividad de las empresas por la inseguridad jurídica de los terrenos sobre los que están plantadas las empresas de la región.

Este problema social tiene su fuente en un conflicto agrario caracterizado por 18 juicios agrarios sin solución, que mantienen en la incertidumbre 26 mil carteras de catastro de Casas Grandes y Nuevo Casas Grandes, por la falta de certeza jurídica en la tenencia de la tierra.

El jueves 12 de noviembre pasado se reunieron en las oficinas de la Comisión de Reforma Agraria con el presidente de esta comisión, diputado Óscar García Barrón, y una representación de las etnias tzeltal y chol, integrada por autoridades de los bienes comunales de la zona lacandona, encabezada por su presidente, David González Sansores Chanquín, acompañados por el coordinador de la diputación federal de Chiapas, Sergio Lobato García, y el diputado Hernán de Jesús Orantes López, integrante de la Comisión de Reforma Agraria.

El propósito fue dar a conocer a la LXI Legislatura la problemática agraria, ambiental y social de la zona lacandona, solicitando su intervención ante las ausencias y falta de interés de los organismos gubernamentales del sector agrario, del sector ambiental y la propia representación del gobierno del estado, con la nula aplicación de los programas de desarrollo social que profundizan la pobreza y restringen la posibilidad de desarrollo de los pobladores de la zona lacandona.

La población indígena de esta zona vive el acoso de los cuerpos de seguridad pública, padece encarcelamientos injustificados y está inmersa en una situación de inestabilidad social originada por la falta de certidumbre en la tenencia de la tierra y por la posibilidad de confrontaciones campesinas que se derivan de las invasiones y defensa de la tierra en conflicto.

Se recibió también en las oficinas del despacho de la Comisión de Reforma Agraria a los interesados por las liquidaciones de las superficies de los terrenos afectados por la construcción de la presa Francisco Zarco, antes Las Tórtolas, en los ejidos de San Pedro del Tongo, Francisco Sarabia, La Loma, Paso Nacional, Emilio Carranza, José María Morelos, Graseros, Santa Teresa de la Uña y la Perla, en los municipios de Nazas y Lerdo, Durango, que no han sido pagadas, ya que no se ha iniciado siquiera la integración del expediente de expropiación correspondiente, muy a pesar de que sufren la afectación desde hace más de 40 años.

Es de hacerse notar que la afectación representa más de 2 mil 845 hectáreas, casas habitación, maquinaria, animales y enseres.

El 18 de noviembre de 2009, en audiencia realizada en las oficinas de la Comisión de Reforma Agraria, en el Palacio Legislativo de San Lázaro, se recibió a una comisión integrada por campesinos de Santiago Yaveo Choapam, Oaxaca, para plantear su problema social y agrario, caracterizado por una situación actual de relativa tranquilidad, dependiendo de resoluciones judiciales que pueden prolongarla, o cambiarla por una situación con probabilidades de enfrentamiento. En previsión, los comisionados solicitaron la intervención de la LXI Legislatura para actuar oportunamente y evitar situaciones de violencia que pudieran ser lamentables.

Existe solicitud expresa para que la Cámara de Diputados intervenga en el seguimiento de la promoción de soluciones, en los casos que nos ocupan, para evitar que se agudicen los conflictos sociales que tienen como causa la inseguridad jurídica en la tenencia de la tierra.

Esta legislatura no puede permanecer indiferente ante estas situaciones; es preciso cerrar el paso a la violencia provocada por la inseguridad jurídica en la tenencia de la tierra, iniciar o consolidar negociaciones de conciliación, y resolver de una vez por todas estas latentes situaciones explosivas, que frenan el desarrollo rural.

Por estas consideraciones, señores diputados, me permito someter a consideración de la asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados de la LXI Legislatura exhorta al titular del Ejecutivo federal y a los gobernadores de Durango, Chihuahua, Chiapas, Oaxaca, San Luis Potosí y Guerrero a integrar con las dependencias y las entidades federales y las estatales involucradas mesas de diálogo para que con la participación de los legisladores de la Comisión de Reforma Agraria atiendan la problemática social, agraria y ambiental de los ejidos y comunidades de Nazas y Lerdo, Durango; Casas Grandes y Nuevo Casas Grandes, Chihuahua; los municipios de la zona lacandona, en Chiapas; y Santiago Yaveo, Oaxaca.

Segundo.La Cámara de Diputados de la LXI Legislatura exhorta a los secretarios de Gobernación y de Seguridad Pública del gobierno federal; a los gobernadores de Durango, Chihuahua, Chiapas, Oaxaca, San Luis Potosí y Guerrero; y a los alcaldes de los municipios citados en el acuerdo primero, y de la zona lacandona donde se localizan los conflictos, para que en sus acciones de gobierno interior y de seguridad pública, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, favorezcan en lo posible la seguridad y la paz social de estas regiones.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2010.— Diputado Óscar García Barrón (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se turna a la Comisión de Reforma Agraria.



MOVIMIENTO POR LA SOBERANIA ALIMENTARIA Y ENERGETICA, LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y LAS LIBERTADES DEMOCRATICAS

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra el diputado Gerardo Sánchez García, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se solicita que se reinstale la mesa de diálogo de la Cámara de Diputados con el Movimiento por la Soberanía Alimentaria y Energética, los Derechos de los Trabajadores y las Libertades Democráticas, suscrito por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios. Integrantes de diversos grupos parlamentarios han solicitado que sea el diputado Ruiz de Teresa quien haga la propuesta.

El diputado Guillermo Raúl Ruiz de Teresa:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, los suscritos, diputados Cruz López Aguilar, Gerardo Sánchez García, Manuel Cota Jiménez, Julián Nazar, David Hernández Vallín, Carlos Cruz Mendoza, y el mío propio, Guillermo Ruiz de Teresa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Francisco Hernández Juárez y Federico Ovalle Vaquera, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Valdemar Gutiérrez Fragoso, del Partido Acción Nacional, con fundamento en la fracción I del artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo por el que solicitamos se reinstale la mesa de diálogo de la honorable Cámara de Diputados con el Movimiento por la Soberanía Alimentaria y Energética, los Derechos de los Trabajadores y las Libertades Democráticas, bajo las siguientes consideraciones:

Nuestro país está ávido de contar con mecanismos institucionales de interlocución entre los Poderes de la Unión y la sociedad civil organizada. Ésta es la forma más genuina que la democracia hace suya para avanzar en su consolidación.

Dos. La mesa de diálogo institucionalizada en la LX Legislatura logró que muchos de sus planteamientos y demandas se tradujeran en acciones concretas como la elaboración o dictaminación de iniciativas de ley, puntos de acuerdo, así como demandas específicas a diferentes instancias de gobierno.

Tres. La mesa de diálogo que hoy se pone a consideración de esta soberanía busca continuar con esa tarea responsable para encontrar mecanismos institucionales que busquen afanosamente los acuerdos que beneficien a los ciudadanos de nuestro país.

Cuatro. Se propone que conformen la mesa de diálogo del movimiento diputados de diversas comisiones ordinarias de esta Cámara, que detallaré en el punto de acuerdo, pero que por su diversidad nos permitirán conocer diferentes puntos de vista y propuestas de solución. La mesa que se propone debe ser un ejemplo claro de diálogo plural. No hay agua y aceite cuando se privilegian las coincidencias. Los programas están por encima de intereses personales o de grupo.

Nuestro movimiento aspira a ser un verdadero interlocutor de los intereses de México y de los mexicanos. Quiere ser ejemplo de que por muy antagónicas que sean las fuerzas políticas, siempre las coincidencias y el diálogo franco y abierto son la mejor opción para fortalecer nuestra República.

Por lo anterior, sometemos a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo.

Uno. Se solicita que se reinstale la mesa de diálogo del Movimiento por la Soberanía Alimentaria y Energética, los Derechos de los Trabajadores y las Libertades Democráticas con la honorable Cámara de Diputados de la LXI Legislatura.

Dos. Los diputados que conformen la mesa de diálogo se propone que sean miembros de las siguientes comisiones ordinarias de esta Cámara: Agricultura y Ganadería, Reforma Agraria, Desarrollo Rural, Educación Pública y Servicios Educativos, Energía, Hacienda y Crédito Público, Seguridad Social, Desarrollo Social, Salud, Trabajo y Previsión Social, y Gobernación.

Se solicita a la Presidencia de la Mesa Directiva que esta proposición con punto de acuerdo sea turnada a la Junta de Coordinación Política. Es cuanto, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, para que se reinstale la mesa de diálogo de la Cámara de Diputados con el Movimiento por la Soberanía Alimentaria y Energética, los Derechos de los Trabajadores y las Libertades Democráticas, a cargo del diputado Gerardo Sánchez García, del Grupo Parlamentario del PRI, y suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios

Los suscritos, diputados Gerardo Sánchez García, Cruz López Aguilar, Manuel Cota Jiménez, David Hernández Vallín y Carlos Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Francisco Hernández Juárez y Federico Ovalle Vaquera, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; y Valdemar Gutiérrez Fragoso, del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículos 58, fracción I, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo por el que solicitan se reinstale la mesa de diálogo de la honorable Cámara de Diputados, con el movimiento por la soberanía alimentaria y energética, los derechos de los trabajadores y las libertades democráticas, según las siguientes

Consideraciones

1. Nuestro país está hábido de contar con mecanismos institucionales de interlocución entre los Poderes de la Unión y la sociedad civil organizada. Esta es la forma más genuina que la democracia hace suya para avanzar en su consolidación.

2. El movimiento por la soberanía alimentaria y energética, los derechos de los trabajadores y las libertades democráticas, desde su fundación, ha demostrado ser una organización plural incluyente cuyo programa de trabajo y de visión de país la definen en el Pacto del Zócalo. En él confluyen diferentes fuerzas políticas que nutren al movimiento con ideas y planteamientos cuyo objetivo fundamental es hacer de México una república más democrática, soberana, igualitaria y equitativa.

3. La mesa de diálogo en la Cámara de Diputados se instaló por primera vez en la legislatura LX. La agenda de entonces fue rica y variada, abordando temas como modernización y soberanía de la industria energética; desarrollo agrícola y soberanía alimentaria; reforma laboral y la vigorización de las organizaciones de trabajadores de las zonas urbanas y el campo; la consolidación y fortalecimiento de la libertad y pluralidad democráticas.

4. La mesa de diálogo institucionalizada de entonces logró que muchos de sus planteamientos y demanda –debatidos y discutidos en su interior– lograron que se tradujeran en acciones concretas como elaboración o dictaminación de  iniciativas de ley, puntos de acuerdo, así como demandas específicas a diferentes instancias del gobierno.

5. La mesa de diálogo que hoy se pone a consideración de esta soberanía busca continuar con esa tarea responsable, necesaria en cualquier democracia, de encontrar mecanismos o herramientas institucionales que busque afanosamente los acuerdos en lo fundamental, que beneficien a los ciudadanos de nuestro país.

6. Se propone que la mesa de diálogo se reinstale, tomando en consideración los lineamientos para la conducción de ésta, entre la honorable Cámara de Diputados y el movimiento, con las correspondientes adecuaciones.

7. Los diputados que conformen la mesa de diálogo del movimiento se propone que sean miembros de las siguientes comisiones ordinarias de esta Cámara: Agricultura y Ganadería; Reforma Agraria;  Desarrollo Rural; Educación Pública y Servicios Educativos; Energía; Hacienda y Crédito Público; Seguridad Social;  Desarrollo Social; Salud; Trabajo y Previsión Social; y Gobernación.

La  mesa de diálogo que hoy estamos proponiendo se reinstale en esta honorable Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, al igual que lo propondremos en el Senado de la República,  debe seguir siendo un claro ejemplo de concertación y diálogo plural entre diferentes fuerza políticas que buscan privilegiar las coincidencias por encima de las diferencias. Por eso las alianzas, coaliciones o mesas de diálogo como ésta son fructíferas cuando tienen claro el programa y los objetivos por los cuales se debe avanzar. No hay tal agua y el aceite cuando las coincidencias y los programas están por encima de intereses personales o de grupo.

Nuestro movimiento aspira a ser un verdadero interlocutor de los intereses de México y de los mexicanos y quiere, también, ser ejemplo de que por muy antagónicas que sean las fuerzas políticas, siempre las coincidencias y el diálogo franco y abierto a favor de las mejores causas que demanda el pueblo de México es la mejor opción para fortalecer nuestra república.

Por lo anterior, sometemos a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero.Se solicita a esta honorable Cámara de Diputados que se reinstale la mesa de diálogo del movimiento por la soberanía alimentaria y energética, los derechos de los trabajadores y las libertades democráticas con la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura.

Segundo.Los diputados que conformen la mesa de diálogo se propone que sean miembros de las siguientes comisiones ordinarias de esta Cámara: Agricultura y Ganadería; Reforma Agraria;  Desarrollo Rural; Educación Pública y Servicios Educativos; Energía; Hacienda y Crédito Público; Seguridad Social; Desarrollo Social;  Salud; Trabajo y Previsión Social; y Gobernación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de febrero de 2010.— Diputados: Gerardo Sánchez García, Cruz López Aguilar, Manuel Cota Jiménez, David Hernández Vallín, Carlos Cruz Mendoza, Francisco Hernández Juárez, Federico Ovalle Vaquera, Valdemar Gutiérrez Fragoso (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se turna a la Junta de Coordinación Política.



INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra el diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proposición con punto de acuerdo para que el Instituto Mexicano del Seguro Social preserve su responsabilidad respecto a las guarderías subrogadas.

El diputado Ramón Jiménez López (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Sí, diputado Ramón Jiménez, a sus órdenes.

El diputado Ramón Jiménez López(desde la curul): Presidente, solicitaría que lo trasladara para dos oradores más, si fuera tan amable, porque está en camino. Disculpe, tuvo un accidente, por favor.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Cómo no, diputado.



ATENCION Y PREVENCION DE ADICCIONES

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:En ese caso, tiene la palabra la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo para constituir un grupo de trabajo de alto nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para crear una estrategia y un programa eficaz en materia de atención y prevención de las adicciones.

La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Con su venia, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, a nombre del Grupo Parlamentario del PRI presento el siguiente punto de acuerdo.

En la actual administración el crecimiento de la violencia es evidente, hasta ahora se contabilizan 16 mil 205 ejecutados. En el contexto de la ofensiva del gobierno federal contra el narcotráfico y la guerra que libran los cárteles que se disputan las plazas en el territorio nacional, a la pregunta ¿qué balance ofrecen las políticas contra el narcotráfico? La respuesta es que después de tres años de una verdadera guerra que ha militarizado gran parte del territorio nacional, los resultados han sido limitados. Las hectáreas de cultivo no se han reducido, se ha dañado de manera importante a la población civil, se han multiplicado los enclaves y las redes delictivas y ha aumentado el consumo de sustancias adictivas en todo género.

Las políticas del gobierno se centran principalmente en el aspecto punitivo, pero nos parece que la prevención es inconsistente, insuficiente e ineficaz. Lo que constituye un error ante un fenómeno complejo que se origina en el consumo.

En palabras del propio secretario de Seguridad Pública federal, durante su pasada comparecencia, la violencia que padecemos obedece al crecimiento del consumo de droga.

Se estima que un millón 700 mil mexicanos consumen diariamente cocaína, que 3 millones son consumidores de marihuana. Lo que representa además de un serio problema de salud pública un importante mercado cuyo valor anual se calcula en 811 millones de dólares.

Podríamos poner, por ejemplo, la emergencia del virus AH1N1, en el que el gobierno federal gastó en publicidad cerca de mil 875.8 millones de pesos en el 2009; y el IMSS 500 millones en su atención.

Este virus ha producido presumiblemente mil 11 decesos. En tanto que las muertes por el crimen organizado en el 2009 fueron más de 7 mil, y en el 2010 van más de mil.

¿Qué representa? Que mientras a la persecución se asignan más de 60 mil millones y para la prevención y atención de las adicciones para el 2010 sólo sean 20 millones de pesos. Así, ¿hay seriedad en el importantísimo tema de las adicciones y su prevención?

En marzo de 2007 se realizó un importante decomiso de dinero en efectivo de cerca de 207 millones de dólares, procedentes del tráfico de efedrina, realizado en nuestro país por Zhenli Ye Gon.

No obstante, las propuestas del Ejecutivo sobre su uso en la creación, ampliación y fortalecimiento de las clínicas especializadas en el tratamiento de las adicciones, hasta el día de hoy, ¿cuántas clínicas se han instalado? ¿Qué resultados han tenido? ¿Quién es el responsable? ¿Cómo se evalúan?

La realidad es que se desconoce el destino de dichos recursos económicos. El consumo amenaza a nuestros jóvenes y niños. Éste realmente es un gran problema, compañeras diputadas y compañeros diputados, por eso en este punto de acuerdo estoy proponiendo:

Primero. Que se cite a los titulares de la Secretaría de Educación Pública, de Salud, de Seguridad Pública, de Gobernación, de Hacienda y Crédito Público, de la Procuraduría General de la República, del Sistema de Administración Tributaria y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para realizar la integración de un grupo de trabajo interinstitucional entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, a fin de elaborar y formalizar un Programa Nacional contra las Adicciones que comprometa a todas las instituciones y niveles de gobierno.

Segundo. En dicho grupo de trabajo de alto nivel participaran dos legisladores integrantes de las mesas directivas de cada una de las comisiones, cuya atribución corresponda con las dependencias convocadas.

Tercero. Este grupo de trabajo tendrá entre sus atribuciones, y en el marco de sus respectivas competencias legales y jurisdicciones, la elaboración de un Programa Nacional para la Atención y Prevención Integral de las Adicciones. Dicho programa considerará acciones en los rubros de educación, de salud, comunicación, participación social, justicia, seguridad pública. Una estrategia de financiamiento y la creación de estímulos fiscales a la acción de la sociedad civil. Además de definir las reformas legislativas y administrativas que se consideren necesarias.

Cuarto. El programa acordado deberá contar con instrumentos de verificación de resultados a corto, mediano y largo plazos, consistentes, entre otros, en indicadores de resultados, calendario de acciones, compromisos y responsabilidades.

Diputado presidente, por su atención muchas gracias. Gracias compañeras y compañeros diputados.

«Proposición con punto de acuerdo para constituir un grupo de trabajo de alto nivel entre los poderes Ejecutivo y Legislativo, para crear una estrategia y un programa eficaz en materia de atención y prevención de las adicciones, a cargo del Grupo Parlamentario del PRI.

Los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con carácter de urgente y obvia resolución, con base en las siguientes

Consideraciones

1. La actual administración se ha caracterizado por enmarcarse en el mayor crecimiento de la violencia. Hasta ahora, según contabiliza un periódico de circulación nacional, la cifra de ajusticiados sumarían 16 mil 205. A la pregunta, ¿Qué balance ofrecen las políticas contra el narcotráfico? La respuesta es que, después de tres años una verdadera guerra, que ha militarizado gran parte del territorio nacional, los resultados han sido limitados: las hectáreas de cultivo no se han reducido, se ha dañado de manera importante a la población civil, se han multiplicado los enclaves y redes delictivas y ha aumentado el consumo de sustancias adictivas de todo género.

2. Las políticas del gobierno se centran principalmente en el aspecto punitivo, pero nos parece que la prevención es inconsistente, insuficiente, ineficaz y prácticamente inexistente, lo que constituye un error, ante un fenómeno complejo, que se origina en el consumo. En palabras del propio secretario de Seguridad Pública, durante su pasada comparecencia, la violencia que padecemos obedece al crecimiento del consumo de droga. Es contradictorio que en este tema, el del consumo, mientras el Consejo Nacional Contra las Adicciones reconoce que en 2008 sólo había 361 mil adictos, los datos entregados a esta Soberanía por la Secretaría de Seguridad Pública, sitúen en un millón 700 mil los mexicanos que consumen diariamente cocaína y en 3 millones los que son consumidores de mariguana, lo que representa, además de un serio problema de salud pública, un importante mercado cuyo valor anual se calcula en 811 millones de dólares, según estima el propio gobierno.

3. Nos parece una seria contradicción que en 2009, el Gobierno Federal gastó en publicidad 1,875.8 millones de pesos, mientras que para la prevención y atención de las adicciones hayan sido solo 500 millones, incluidos las aportaciones al sector social y privado, así como a las entidades federativas, como lo establece el PEF. Este virus ha producido, hasta este mes, presumiblemente 1011 decesos, reconocidos por la evaluación de febrero de la Secretaría de salud, en tanto que las muertes por el crimen organizado fueron en 2009 más de 7 mil y en 2010 van más de mil. ¿Qué representa que mientras a la seguridad pública se asignen en el Presupuesto para 2010 más de 60 mil millones, en este mismo año el gasto contra las adicciones sea de solo 896 millones de pesos? Así, ¿hay seriedad en el importantísimo tema de las adicciones y su prevención?

4. En marzo del año 2007, se realizó un importante decomiso de dinero en efectivo, que según la PGR fue de cerca de 207 millones de dólares, procedentes del tráfico de efedrina realizado a nuestro país por Zhenli Ye Gon. No obstante las propuestas del Ejecutivo sobre su uso en la creación, ampliación y fortalecimiento de las clínicas especializadas en el tratamiento de las adicciones, hasta el día de hoy ¿Cuántas clínicas se han instalado? ¿Qué resultados han tenido? ¿Quién es el responsable, cómo se evalúan? La realidad es que se desconoce el destino de dichos recursos económicos.

5. La evolución del fenómeno de consumo de drogas en nuestro país reviste una gravedad que nos azora. Según cifras de la Encuesta Nacional de Adicciones 2008, el consumo de drogas ilegales en la población entre 12 y 65 años aumentó de 4.6 por ciento en 2002 a 5.2 por ciento en 2008.

De 2002 a 2008, periodo comprendido entre las administraciones de Vicente Fox y Felipe Calderón, el índice de crecimiento en el consumo de mariguana y cocaína pasó del 3.5 al 4.2 por ciento y del 1.2 al 2.4 por ciento, respectivamente.

El consumo de crack y metanfetaminas aumentó seis veces. La edad de inicio del consumo de estimulantes tipo anfetamínicos concentra en menores de 25 años el 88.7 por ciento y el consumo de anfetaminas o estimulantes el 63 por ciento.

Destaca que la proporción de personas que progresaron del uso al abuso y a la dependencia se incrementó en más del 300 por ciento respecto de cuatro generaciones anteriores; el porcentaje en la generación nacida entre 1984-1996, que son los jóvenes de entre 14 y 26 años, es de 27.8 por ciento. Este es un fenómeno alarmante de salud pública.

6. Por todas estas consideraciones, afirmamos contundentemente que en materia preventiva, la actuación del gobierno es marginal y unilateral. El Consejo Nacional contra las Adicciones, que depende de la Secretaría de Salud, es débil y sin capacidad de acción y convocatoria.

7. Tenemos que aprovechar el potencial de la sociedad civil, que, en el tema del tratamiento y prevención de adicciones cuenta con muchas organizaciones y experiencia, pero que trabaja sin el apoyo firme del Estado. La prevención debe prever mayores recursos y estímulos fiscales para quienes dedican su vocación altruista a proteger a nuestros jóvenes de los daños a su salud por este fenómeno.

Por ello nuestra propuesta consiste en integrar un Grupo de Trabajo Interinstitucional de alto nivel en materia de prevención y tratamiento de las adicciones que genere, de inmediato, un verdadero programa nacional contra las adicciones, que involucre a los poderes Ejecutivo y Legislativo, a los tres niveles de gobierno y a la sociedad. Así, la propuesta de una política de Estado pasará del discurso a la acción positiva para beneficio de la Nación.

Por lo anteriormente expuesto, propongo a esta honorable asamblea, la presente proposición, con carácter de urgente y obvia resolución, con los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.Se cita a los titulares de las Secretarías de Educación Pública, Salud, Seguridad Pública, Gobernación, Hacienda y Crédito Público, la Procuraduría General de la República, el Sistema de Administración Tributaria y del Consejo Nacional contra las Adicciones, para realizar la integración de un Grupo de Trabajo Interinstitucional entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, a fin de impulsar la elaboración de un nuevo y eficaz programa nacional contra las adicciones, que comprometa a todas las instituciones y niveles de gobierno.

Segundo.En dicho Grupo de Trabajo de alto nivel, participarán dos legisladores integrantes de cada una de las comisiones cuya atribución corresponda con las dependencias convocadas, bajo los criterios de respeto a la pluralidad y a la representatividad de los Grupos Parlamentarios.

Tercero.Este Grupo de Trabajo tendrá entre sus atribuciones y en el marco de sus respectivas competencias legales y jurisdicciones, el impulso a la elaboración de un nuevo y eficaz Programa Nacional para la Atención y Prevención Integral de las Adicciones. Dicho Programa considerará acciones en los rubros de educación, salud, comunicación, participación social, justicia, seguridad pública, una estrategia de financiamiento y la creación de estímulos fiscales a la acción de la sociedad civil, además de las adecuaciones administrativas que se consideren necesarias. En lo relativo al Poder Legislativo, se analizarán las reformas legales que se estimen convenientes para fortalecer la lucha contra las adicciones.

Cuarto.El Grupo de Trabajo deberá quedar constituido a más tardar el día 23 de febrero del presente año.

Quinto.El Programa acordado deberá contar con instrumentos de verificación de resultados a corto, mediano y largo plazos, consistentes, entre otros, en indicadores de resultados y calendario de acciones, compromisos y responsables.

Nota:

1 Periódico El Universal, 1 de enero de 2010.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2010.— Rúbrica.»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Gracias a usted, diputada. En virtud de que esta proposición ha sido registrada como de urgente resolución, consulte la Secretaría a la asamblea si se considera de urgente resolución.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: En votación económica se pregunta a la asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Señor presidente, hay dos terceras partes por la afirmativa.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Se considera de urgente resolución. En consecuencia, está a discusión la proposición. Se abre el registro de oradores.

No habiendo oradores inscritos consulte la Secretaría a la asamblea si se considera suficientemente discutida la proposición.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: En votación económica se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutida la proposición. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Suficientemente discutida. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba la proposición.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Consulto a la asamblea si se aprueba la proposición. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aprobada, comuníquese.

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Sí, diputado Ramírez Marín.

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(desde la curul): Presidente, que se envíe a la Junta de Coordinación Política para lo consecuente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene usted razón, señor diputado, para constituir un grupo de trabajo se turna a la Junta de Coordinación Política.



INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra el diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar proposición con punto de acuerdo para que el Instituto Mexicano del Seguro Social preserve su responsabilidad respecto a las guarderías subrogadas.

El diputado Ramón Jiménez López:Gracias, señor presidente. El suscrito diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta soberanía con carácter de urgente u obvia resolución la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Consideraciones. Las autoridades se niegan a aprender la enseñanza del doloroso incendio en la guardería ABC de Hermosillo, Sonora.

En este sentido se ha hecho pública la pretensión del Instituto Mexicano del Seguro Social de deslindar su responsabilidad respecto a las guarderías subrogadas por lo que inclusive obligará a los prestadores a contratar dos pólizas, una en materia de responsabilidad civil por 10 millones de pesos y otra por rescisión de contrato.

Esto aparte de privatizar obligaciones del IMSS a favor de las insaciables empresas aseguradoras del país constituye un acto ilegal más, ya que el Seguro Social no puede hacer a un lado su responsabilidad en el marco de los convenios de subrogación.

En primera, recordemos que la subrogación de guarderías que el IMSS hace a favor de particulares con fines de lucro no está autorizada en la Ley del Seguro Social, por lo que los culpables de esta violación sistemática al estado de derecho deben ser sancionados.

Y por otra parte las guarderías ya subrogadas deben ser operadas de manera directa por el Seguro Social, lo que además permitirá que todos los hijos de los trabajadores reciban la misma calidad del servicio.

En tanto esto sucede, en aras de la seguridad y desarrollo de las niñas y los niños, no se puede permitir que el Seguro Social se deslinde de la responsabilidad que por ley debe tener respecto de las guarderías subrogadas.

El sueño dorado de los malos funcionarios del instituto ha sido que la subrogación se traduzca en una liberación total de las obligaciones del instituto frente a los particulares con los que celebre convenios de subrogación de servicios, incluidos los de guardería. Sin embargo, esto va en contra de los artículos 201, 202, 204 y 213 en relación con el artículo 89, todos de la Ley del Seguro Social. Este último precepto aplicado por analogía expresamente señala que los convenios de subrogación se deben realizar “siempre bajo la vigilancia y responsabilidad del instituto”. De manera que los particulares que presten estos servicios subrogados “estarán obligados a proporcionar al instituto los informes y estadísticas médicas o administrativas que éste les exigiere o a sujetarse a las instrucciones, normas técnicas, inspecciones y vigilancias prescritas por el mismo instituto, en los términos de los reglamentos que con respecto a los servicios médicos se expidan”.

Es decir, en apego a la Ley del Seguro Social, el instituto no puede hacer a un lado su responsabilidad frente a los convenios de subrogación de servicios, lo que permite que los servicios prestados por los particulares sean seguros y de calidad.

Debe pues perdurar “vigilancia y la responsabilidad del IMSS”. Es decir, este instituto se apoya en los particulares pero –como reza la letra expresa de los preceptos en cita, especialmente en el artículo 89– los servicios de guardería están, en última instancia, encomendados al Seguro Social, derivado esto de una relación jurídica de seguridad social y por tanto este instituto no puede hacer a un lado su responsabilidad, sobre todo tratándose de servicios que tutelan la vida, salud y desarrollo de las niñas y niños.

Por todo lo anterior expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Único. Se exhorta al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social para que en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 89 en relación con los artículos 201, 202, 204 y 213, todos de la Ley del Seguro Social, el Instituto Mexicano del Seguro Social dé marcha atrás a su ilegal pretensión de deslindarse de su responsabilidad respecto a los convenios de subrogación del servicio de guarderías, por lo que deberá seguir respondiendo por la calidad y seguridad en las mismas. Por su atención muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, para que el IMSS preserve su responsabilidad respecto a las guarderías subrogadas, a cargo del diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática , con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Consideraciones

Las autoridades se niegan a aprender las enseñanzas del doloroso incendio en la Guardería ABC de Hermosillo, Sonora.

En este sentido, se ha hecho público la pretensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de deslindarse de su responsabilidad respecto a las guarderías subrogadas. Por lo que inclusive obligará a los prestadores a contratar dos pólizas: una en materia de responsabilidad civil por 10 millones de pesos y otra por rescisión de contrato.

Esto, aparte de privatizar obligaciones del IMSS a favor de las insaciables empresas aseguradoras del país, constituye un acto ilegal más, ya que el IMSS no puede hacer a un lado su responsabilidad en el marco de los convenios de subrogación.

En primera recordemos que la subrogación de guarderías que el IMSS hace a favor de particulares con fines de lucro, no está autorizada en la Ley del Seguro Social, por lo que los culpables de esta violación sistemática al estado de derecho deben ser sancionados. Y por otra parte, las guarderías ya subrogadas deben ser operadas de manera directa con el IMSS, lo que además permitirá que todos los hijos de los trabajadores reciban la misma calidad del servicio.

En tanto esto sucede, en aras de la seguridad y desarrollo de los niños, no se puede permitir que el IMSS se deslinde de la responsabilidad que por ley debe tener respecto a las guarderías subrogadas.

El sueño dorado de los malos funcionarios del instituto ha sido que la subrogación se traduzca en una liberación total de las obligaciones del instituto frente a los particulares con los que celebre convenios de subrogación de servicios, incluido los de guarderías.

Sin embargo, esto va en contra del artículo 201, 202, 204 y 213 en relación con el artículo 89, todos de la Ley del Seguro Social: Este último precepto, aplicado por analogía, expresamente señala que los convenios de subrogación se deben realizar “siempre bajo la vigilancia y responsabilidad del instituto”, de manera que los particulares que presten estos servicios subrogados:

“...estarán obligadas a proporcionar al instituto los informes y estadísticas médicas o administrativas que éste les exigiere y a sujetarse a las instrucciones, normas técnicas, inspecciones y vigilancia prescritas por el instituto, en los términos de los reglamentos que con respecto a los servicios médicos se expidan.”

Es decir, en apego a la Ley del Seguro Social, el instituto no puede hacer un lado su responsabilidad frente a los convenios de subrogación de servicios. Lo que permite que los servicios prestados por los particulares sean seguros y de calidad.

Debe pues perdurar la “vigilancia y la responsabilidad del IMSS”; es decir, este instituto se apoya en los particulares, pero como reza la letra expresa de los preceptos de cita, especialmente el artículo 89, los servicios de guardería están en última instancia encomendados al IMSS, derivado esto de una relación jurídica de seguridad social y, por tanto, este instituto no puede hacer a un lado su responsabilidad, sobre todo tratándose de servicios que tutelan la vida, salud y desarrollo de los niños.

Por todo lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía, con el carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al director general del IMSS para que en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 89 en relación con los artículos 201, 202, 204 y 213, todos de la Ley del Seguro Social, el IMSS dé marcha atrás a su ilegal pretensión de deslindarse de sus responsabilidad respecto a los convenios de subrogación del servicio de guarderías; por lo que deberá seguir respondiendo por su calidad y seguridad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de febrero de 2010.— Diputado Ramón Jiménez López (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Señor diputado, esta propuesta fue inscrita normal, sin considerarse de urgente resolución. Usted en su intervención ha solicitado que se considere de urgente resolución. ¿Quiere usted que lo considere la asamblea o simplemente damos turno?

El diputado Ramón Jiménez López: Señor presidente, preferiría si se puede considerar de urgente u obvia resolución por las razones aquí expuestas, si fuera tan amable.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Sí, señor diputado. Diputado Ramírez Marín.

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(desde la curul): Señor presidente, con todo respeto y afecto a nuestro amigo diputado, y solidarizados con su causa, le agradeceríamos que pudiera tener el trámite que estaba anunciado para que no rompiéramos el orden establecido para las sesiones.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Está de acuerdo el señor diputado. Está bien. Se turna a la Comisión de Seguridad Social.



HOMENAJE A PERSONAS DE 100 AÑOS O MAS

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra el diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar proposición con punto de acuerdo relativo a la realización de un homenaje a las personas de 100 años o más con motivo de la celebración del centenario de la Revolución Mexicana.

El diputado Emilio Serrano Jiménez:Compañeras diputadas, compañeros diputados; diputado presidente, con su venia. Le voy a pedir, señor presidente, que sea tan amable de turnar estos dos puntos de acuerdo, ya que los fusionaron, a la Junta de Coordinación Política, si es tan amable.

Se ha hablado mucho de los adultos mayores y recuerdo que muchos candidatos a la Presidencia de la República, a gobernadores, senadores, diputados utilizaron esta bandera para sacar votos y una vez que ganaron se olvidaron de que existen los adultos mayores.

Precisamente una de sus más grandes demandas, principalmente en el interior de la República, donde están abandonados, olvidados, es la falta de su acta de nacimiento porque les cobran por la constancia de residencia, la constancia de no aparecer en el libro del Registro Civil, les cobran 800, mil 300 pesos y si no tienen para comer, menos para pagar esa concesión, y muchos se mueren siendo nadie.

Pero hay diputados, hay candidatos que muy gentilmente se prestan de gestores para tramitarles su credencial para votar.

Entonces, exhorto a esta Cámara para que le pidamos a la autoridad competente, Secretaría de Gobernación, las presidencias municipales, las gubernaturas, Inapam (Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores), para que se haga un programa nacional de registro civil para los adultos mayores.

También en el otro punto de acuerdo que les invito a todas y a todos ustedes a que votemos por una justicia para los centenarios, ya que estamos celebrando el cien aniversario del inicio de nuestra Revolución Mexicana, ¿por qué no rendir también un homenaje a quienes cumplen 100 años o más a nivel nacional?

Exhortamos a la Secretaría de Gobernación, a Inapam, al DIF (Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia), a los gobiernos estatales, para que en sus localidades se haga un homenaje a todas las personas que cumplen 100 o más y que seleccionen a uno, para que sea quien nos visite en un homenaje que se haga en el pleno de la Cámara de Diputados, a 32 adultos mayores de 100 años o más y podamos decirles que estamos con ellos, que no los olvidamos. Muchos que fueron testigos del movimiento social de 1910.

Además –esto no aparece en el texto–, pero les exhorto a todas y a todos ustedes, diputadas y diputados, para que donemos mil pesos cada diputada y cada diputado y que sean entregados a los 32 centenarios, que esperemos vengan a recibir el homenaje de las diputadas y de los diputados que integramos la LXI Legislatura. Es cuanto, señor presidente.

Le pido que este texto se publique íntegro en la Gaceta Parlamentaria y también se turne a la Junta de Coordinación Política. Es cuanto. Gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a realización de un homenaje a las personas de 100 años o más, con motivo de la celebración del centenario de la Revolución Mexicana, y de una campaña nacional permanente para regularizar gratuitamente ante el Registro Civil a los adultos mayores, a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado Emilio Serrano Jiménez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con carácter urgente y obvia resolución.

Consideraciones

En primer término, comentaré que el 25 de junio de 2002 se publicó la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, creándose para ella el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM). Con esta ley el instituto se confirmó como el órgano rector de las políticas públicas de atención hacia las personas de 60 años de edad y más, con un enfoque de desarrollo humano integral en cada una de sus facultades y atribuciones.

Sus principales objetivos son proteger, atender, ayudar y orientar a las personas de la tercera edad, así como conocer y analizar su problemática para encontrar soluciones adecuadas. Por ello dirige sus esfuerzos a fomentar su asistencia médica, asesoría jurídica y opciones de ocupación. Tomando en cuenta que en nuestro país diariamente 799 personas, aproximadamente, cumplen 60 años, según el Consejo Nacional de Población para el año 2015 habrá 15 millones de adultos mayores y para el 2050 ocuparán el 27.95% de la población total para lo cual resulta indispensable la regularización en estos momentos de toda esta población que en algunos años no estará en posibilidad de hacerlo.

Esta institución obliga a enriquecer las políticas asistencia les y una de ellas muy importante, es regularizar y legalizar su identidad. Miles de adultos mayores año con año mueren sin tener acta de nacimiento, por falta de recursos económicos, no pueden pagar los trámites de constancia de residencia y la constancia de no aparecer en los libros del registro civil. Mi primera propuesta se centra en que dentro de los servicios que el INAPAM otorga, como son las unidades móviles promotoras de servicios y empleo a la comunidad, se pueda implementar él servicio gratuito de regularización de identidad para este grupo de personas.

En segundo lugar, como es del conocimiento de todos nosotros, hace 200 años se inició el movimiento de Independencia de México; hace 100 años comenzó nuestra Revolución Mexicana. En la actualidad, existen en nuestro país más de 9,870 personas de 100 años y más, estas personas que, de alguna manera, participaron en eventos revolucionarios, tienen experiencia y conocimientos de lo que verdaderamente vivieron como protagonistas. Estas personas son portadores de relatos importantes de sus vivencias revolucionarias, que quedarían como un acervo cultural en cada entidad del país.

Sería muy emotivo que estas personas centenarias recibieran un homenaje y un reconocimiento mediante una ayuda económica permanente por lo que les resta de vida.

Este acervo cultural aportaría muchas verdades inéditas a niños y jóvenes, inclusive se podrían insertar en los libros de texto gratuito, también se podría editar un documento con los relatos de todos ellos para lectura y conocimiento los mexicanos.

La LXI Legislatura en honor de nuestros conciudadanos centenarios también rendirá un homenaje en ceremonia solemne en este recinto parlamentario a las personas de 100 años o más (32 en total, quienes serán designados y enviados a esta Ciudad de México por los gobiernos estatales), se les entregará un diploma de reconocimiento y un apoyo económico a cada uno.

Tomando en consideración las anteriores consideraciones, proponemos ante esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a los titulares de las dependencias que integran el órgano de gobierno del Inapam; que son las Secretarías de Gobernación, de Desarrollo Social; de Hacienda y Crédito Público; de Educación Pública; de Salud; de Trabajo y Previsión Social; para que por conducto del Instituto Nacional de Personas Adultas Mayores, en coordinación con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, así como a los gobiernos de los estados y municipios para que se realice una campaña nacional permanente y regularizar a los adultos mayores ante el registro civil de forma gratuita, se realice la investigación de su registro, su acta de nacimiento y su constancia de domicilio.

Segundo. Se exhorta al titular de la Secretaría de Gobernación, a los gobernadores de los 31 estados de la República Mexicana, al jefe de Gobierno del Distrito Federal, a las Cámaras de Diputados locales de los 31 estados, a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que por conducto del Instituto Nacional de Personas Adultas Mayores, en coordinación con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que realicen en sus jurisdicciones un homenaje a los centenarios; como celebración del centenario de la Revolución Mexicana; un homenaje a las personas de 100 años o más que residan en sus estados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2009.— Diputado Emilio Serrano Jiménez (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Gracias a usted, diputado. Como lo ha solicitado el proponente, se turna a la Junta de Coordinación Política.



MANGLARES

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra el diputado Alejandro Carabias Icaza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar proposición con punto de acuerdo relativo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la norma oficial mexicana sobre la recategorización de manglares.

El diputado Alejandro Carabias Icaza:Con el permiso de la Mesa Directiva, compañeras diputadas y compañeros diputados, el pasado 2 de febrero se conmemoró el Día Mundial de los Humedales. Los humedales para nuestro país representan un capital natural, en extremo valioso, por la gran cantidad y variedad de servicios ambientales que nos proveen y por la gran biodiversidad que albergan.

En este sentido, a los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde nos queda claro que el tema del manglar es un tema que debe formar parte permanente de la agenda ambiental de nuestro país, por lo que hemos sido promotores históricos de la protección y conservación del manglar en México. Particularmente, promotores de las reformas y adiciones a la Ley Federal de Vida Silvestre, en su artículo 60 Ter, que establecen las bases del régimen actual de protección al manglar.

Por supuesto que este logro no es sólo de los legisladores verdes, este régimen de protección no hubiese sido posible sin la suma, esfuerzos y voluntades de los diputados y senadores de los distintos grupos parlamentarios.

Hoy, a 3 años de la entrada en vigor, el tiempo les da la razón a los legisladores. Las críticas que en su momento se dieron de estas nuevas disposiciones de ley en el sentido de que inhibían la inversión, poco a poco se han ido diluyendo.

Hoy sucedió lo que tenía que suceder, los inversionistas y desarrolladores han sido capaces de ir adecuando sus proyectos para tener menor impacto ambiental y poder integrar estos proyectos de manera efectiva al entorno natural.

Pero no todo está hecho en materia de protección y conservación del manglar, a pesar de que el 60 Ter es una regulación internacionalmente reconocida y celebrada como un régimen de protección de vanguardia, al día de hoy todavía tenemos mucho por hacer.

Por eso presento proposición de acuerdo parlamentario para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente a culminar el proceso de actualización de la Norma Oficial Mexicana 059 que ha quedado pendiente, de tal suerte que se actualice el estatus del manglar en México y, como en su momento resolvió el grupo técnico de trabajo que está evaluando esta norma, los distintos tipos de manglar pasen de ser una especie sujeta a protección especial, a ser una especie categorizada como amenazada. Por su atención, muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la NOM-059- SEMARNAT-2001, con las modificaciones acordadas por el grupo técnico de trabajo, para la recategorización de riesgo de las especies de manglares, a cargo del diputado Alejandro Carabias Icaza, del Grupo Parlamentario del PVEM

Alejandro Carabias Icaza, diputado a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Los manglares poseen un alto valor estético y recreativo, actúan como sistemas naturales de control de inundaciones y como barreras contra huracanes e intrusión salina, controlan la erosión y protegen las costas, mejoran la calidad del agua al funcionar como filtro biológico, contribuyen en el mantenimiento de procesos naturales tales como respuestas a cambios en el nivel del mar, mantienen procesos de sedimentación y sirven de refugio de flora y fauna silvestre, entre otros servicios.

A pesar de la importancia de los manglares, su extensión a nivel global se ha reducido notablemente, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), entre las causas principales de la destrucción de los manglares están la industria camaronera, la alta presión demográfica, la agricultura, el turismo a gran escala y la construcción de infraestructura, que han determinado un acelerado proceso de devastación de este ecosistema causando graves daños ambientales y sociales.

Los manglares están presentes en los 17 estados de la república que cuentan con litoral, el estado de Campeche es el que posee la mayor superficie de manglar del país con 194,190 hectáreas y Baja California la menor con 28 hectáreas.

Desafortunadamente sólo el 53.7% de la superficie de manglar se encuentra dentro de áreas naturales protegidas federales y estatales. Los estados con manglares sin protección a nivel federal o estatal son Colima y Guerrero. Treinta sitios están reconocidos como de importancia internacional (Ramsar).

En el 2005 el Instituto Nacional de Ecología (INE) realizó un análisis con base en las 886 mil hectáreas que se pensaba existían en el 2005 y realizó un cálculo sobre la tasa de deforestación anual, que estimó en 2.5 por ciento, el INE llegó a la conclusión de que en los próximos 25 años desa-parecería el 50 por ciento del mismo, es decir 440 mil hectáreas.

Es importante reconocer que los registros de manglar en México, son diversos y con demasía diferencia, por tal motivo la Comisión Nacional para el Conocimiento y Usos de la Biodiversidad (Conabio), realizó un estudio denominado “Manglares de México: extensión y distribución” publicado en julio de 2009.

En este estudio se puede destacar que la FAO en 2007, reportó que en el año 2000, México contaba con un millón 15 mil 300 hectáreas (ha), de las cuales para el 2005 se registraron por la misma FAO solo 915 mil 610 ha, 99 mil 690 ha menos que corresponden al 10 por ciento menos de manglares en tan solo 5 años.

Adicionalmente, en el mismo estudio se destaca que la Conabio para el 2008 registró un total de 770,057 ha de manglar que corresponde a una pérdida del 25 por ciento en 8 años y 16 por ciento menos en 3 años, de acuerdo con las cifras de la FAO.

Dentro de las conclusiones del estudio de la Conabio, se indica que se detectaron 81 sitios de manglar con relevancia biológica y con necesidades de rehabilitación ecológica.

Desde años atrás el Partido Verde ha mostrado su preocupación por la pérdida de este ecosistema, tal es el caso de que en el 2004 se presentó una iniciativa para reformar la Ley General de Vida Silvestre, logrando la aprobación y publicación en el Diario Oficial de la Federación para la protección de este ecosistema, bajo la prohibición de cualquier tipo de obra o actividad que afectara la integridad del flujo hidrológico del manglar; del ecosistema y su zona de influencia; de su productividad natural; de la capacidad de carga natural del ecosistema para los proyectos turísticos; de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o bien de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima adyacente y los corales, o que provoquen cambios en las características y servicios ecológicos. Con excepción de aquellas que tuvieran por objeto proteger, restaurar, investigar o conservar las áreas de manglar.

Sin embargo y debido a intereses particulares, a partir de la publicación del decreto a la fecha se han presentado 3 iniciativas con el fin de modificar dicho artículo, pretendiendo con ello pretender eliminar la protección del manglar.

Por tal motivo, el Partido Verde se manifiesta a favor de proteger estos ecosistemas. Y consideramos que es de suma importancia dar mayor seguridad a la protección de estos ecosistemas, a través de la recategorización del estatus de riesgo de las 4 especies de manglar que se encuentran enunciadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, de “sujetas a protección especial” a “amenazadas”, tal cual lo autorizó el Grupo Técnico de Trabajo para incrementar y mejorar su protección.

Durante la reunión del grupo técnico de trabajo de la NOM-059, realizada en noviembre del 2006 se propuso, a través de un anteproyecto de Norma oficial mexicana de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), que todas las especies de manglar que existen en México fueran candidatas para cambiar de categoría de protección de “Sujetas a protección especial” a “Amenazadas” en la NOM-059-SEMARNAT-2001, la cual tuvo un fallo positivo de aumentar la protección de las especies de manglar.

No obstante lo anterior, el 5 de diciembre del 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el anteproyecto de la NOM-059 en el cual con sorpresa nos percatamos que la categoría de protección de los manglares no fue modificada, lo que denota una completa ilegalidad y violación a la Ley de Metrología y Normalización. En efecto, el artículo 47 de la citada Ley establece que los proyectos de normas oficiales mexicanas, se publicarán íntegramente en el Diario Oficial de la Federación a efecto de que, dentro de los siguientes 60 días naturales, los interesados presenten sus comentarios al comité consultivo nacional de normalización correspondiente; sin embargo, dicho proyecto no se publicó íntegramente ya que no incluyó lo dispuesto por la Cofemer y el grupo técnico de trabajo.

Es importante mencionar que la Cofemer solicitó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) cumplir con las aprobaciones del Grupo Técnico de Trabajo de la NOM-059, para incrementar la protección a los manglares, e inclusive presentó la manifestación de impacto regulatorio sobre las nuevas disposiciones de la norma en las que se constata que: “los manglares tienen un aprovechamiento de subsistencia no comercial”, que denota su protección.

Por todo lo anterior, solicitamos a la Semarnat que apruebe el anteproyecto de reforma de la NOM-059, con todas las disposiciones y modificaciones realizadas por el grupo técnico de trabajo, y que publique en el Diario Oficial de la Federación la recategorización de protección de las especies de manglar de “sujetas a protección especial” a “amenazadas”, actuando con transparencia y legalidad en cuanto a la manifestación de impacto regulatorio.

Es importante destacar que desde el diciembre de 2008, no se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones a la NOM-059-SEMARNAT-2001, la cual debiera tener modificaciones de recategorización de diversas especies no solo de manglar por tal motivo, se requiere que la Semarnat, publique la NOM-059 con  las modificaciones correspondientes.

Que en virtud de lo expuesto, los diputados de la Sexagésima primera Legislatura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México someten a la consideración del Pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales a publicar en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones a la NOM-059-SEMARNAT-2001, especies nativas de México de flora y fauna silvestres - categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio - lista de especies en riesgo. Con la recategorización de protección de las especies de manglar de “sujetas a protección especial” a “amenazadas”, actuando con transparencia y legalidad conforme las disposiciones y modificaciones realizadas por el Grupo Técnico de Trabajo y a la manifestación de impacto regulatorio.

Nota:

1 Conabio. 2009. Manglares de México: extensión y distribución, segunda edición. Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, México.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los nueve días del mes de febrero de 2010.— Diputado Alejandro Carabias Icaza (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.



ARTICULO 17 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Pasamos ahora al capítulo de excitativas. La Presidencia recibió solicitud de excitativa del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, a la Comisión de Puntos Constitucionales.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, diputado Jaime Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y con lo reglamentado en los artículos cuarto, párrafo cuarto, quinto, inciso i), y decimoquinto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, se solicita que formule una excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados para que a la mayor brevedad dictamine la minuta con proyecto de decreto enviada por la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2009, por la que se adiciona un párrafo tercero y se recorre el orden de los párrafos subsecuentes del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en los siguientes

Antecedentes

1. En sesión celebrada el 15 de diciembre 2009, la Cámara de Diputados dio cuenta del oficio que envió la Cámara de Senadores, con fecha 10 de diciembre de 2009, con el que se remite el expediente con la minuta con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero y se recorre el orden de los párrafos subsecuentes del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la minuta enviada por la Cámara de Senadores a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictaminación.

Consideraciones

Primera.En nuestra tradición jurídica nacional se han privilegiado los derechos individuales sobre los derechos colectivos. Ello se debe a que el modelo jurídico en nuestro país es de inspiración liberal e individualista y, en gran medida, su interés por fortalecer la defensa colectiva de derechos ha sido residual.

Segunda.En el desarrollo conceptual de los derechos colectivos, la doctrina ha convenido en establecer las siguientes precisiones: 1. Que el término derecho colectivo comprende los derechos difusos, colectivos en sentido estricto, e individuales de incidencia colectiva; 2. Que en sentido estricto, los derechos e intereses difusos y colectivos son aquellos derechos e intereses transindividuales, de naturaleza indivisible de los que es titular una colectividad indeterminada (derechos difusos) o determinada (derechos colectivos en sentido estricto), cuyos miembros se encuentran vinculados por circunstancias de hecho o de derecho; y 3. Que los derechos o intereses individuales de incidencia colectiva son aquellos de carácter individual y divisible que, por circunstancias comunes de hecho o de derecho, permiten su protección y defensa en forma colectiva.

Tercera. Desde el derecho social, sólo algunas materias han logrado una defensa, más o menos adecuada, de derechos colectivos en México: el derecho agrario y el derecho laboral; más tarde tendríamos un relativo avance en materia ambiental, de derechos indígenas y en la protección del derecho de los consumidores. Avances, todos ellos, insuficientes para proteger los intereses y derechos de las distintas colectividades que existen en nuestro país.

Cuarta.En Iberoamérica existen varios países que ya han adelantado esfuerzos en la incorporación y fortalecimiento de los derechos colectivos, entre ellos España, Colombia, Brasil, Uruguay, Chile, Costa Rica, Venezuela, por lo que México no puede quedar a la zaga en la defensa de derechos de las colectividades.   

Quinta. A partir de que en nuestros países iberoamericanos existe una multiplicidad de enfoques y diseños jurídicos respecto a la defensa de los derechos colectivos y su instrumentalización jurídica, surgió en mayo de 2002 la idea de un código modelo de procesos colectivos para Iberoamérica, el cual se convirtiera en el marco jurídico de referencia para los sistemas jurídicos nacionales.

Sexta.En un afán de fortalecer el diseño jurídico en torno a la defensa de los derechos colectivos, esta Cámara de Diputados, con fecha 23 de abril de 2009 aprobó una modificación al artículo 17 constitucional, para incorporar la acción colectiva aunque de manera limitativa a la protección del consumidor, usuarios de servicios financieros y protección al ambiente. Ese mismo día, la minuta con proyecto de decreto fue enviada a su colegisladora, la Cámara de Senadores, para que se continuara el proceso de reforma constitucional correspondiente.

Séptima.La Cámara de Senadores ignorando la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 constitucional en materia de derechos colectivos que le fue enviada el 23 de abril de 2009 por la Cámara de Diputados, envío a esta soberanía una nueva minuta con proyecto de decreto que también reforma el artículo 17 en la misma materia, con lo cual inicia nuevamente el proceso de reforma constitucional previsto en el artículo 72 de nuestra Constitución Política.

Octava. Con la finalidad de que, una vez concluido el proceso de reforma constitucional del artículo 17 en materia de acciones colectivas, continuemos el fortalecimiento jurídico de los derechos colectivos, el 9 de febrero del año en curso presenté a esta soberanía una iniciativa que propone reformar el Código Federal de Procedimientos Civiles para incorporar la regulación de las acciones y procedimientos colectivos, pudiéndose convertir así, en la reglamentación del artículo 17 constitucional, en lo que a la materia de acciones colectivas se refiera.

Novena. Nuestra propuesta tiene como objetivos lo siguientes:

• La protección jurisdiccional de los intereses difusos y derechos colectivos pero también derechos e intereses individuales de incidencia colectiva en cualquier tipo de materia, por ejemplo, para tutelar derechos fundamentales al medio ambiente, los derechos de los consumidores, los derechos de los usuarios de la banca, el patrimonio de la nación, los recursos naturales, el patrimonio histórico o cultural de la república, los derechos a la salud, a la educación, a la vivienda, al trabajo, etcétera.

• Concede legitimación procesal activa a los ciudadanos, grupos, partidos, sindicatos y autoridades.

• Establece las reglas básicas del procedimiento orientándolo hacia la garantía efectiva de los intereses difusos, derechos colectivos e intereses individuales de incidencia colectiva. El juez puede acudir a petición de parte o de oficio a cualquier medio probatorio y dato o elemento proveniente de la ciencia. El procedimiento posee las características de oralidad, inmediatez y, es de carácter sumario.

• Se determinan las reglas de las sentencias, en particular la reparación del daño a la colectividad y a los miembros del grupo.

• Se prevén medidas precautorias para salvaguardar y proteger derechos colectivos e individuales, así como medidas de apremio para que los jueces puedan hacer cumplir sus determinaciones.

• Se indican las reglas en materia de conexidad y litispendencia.

• Se incorporan figuras novedosas como el amicus curiae, para que distintos sectores sociales argumenten y deliberen sobre las pretensiones objeto de las acciones colectivas.

• Se establece como principio que la sentencia tendrá efectos para todos los miembros de la colectividad o grupo.

• Se determinan las normas en relación de los gastos y costas.

Décima.El espíritu que debe animar a esta Cámara de Diputados es el de desarrollar mejores instrumentos jurídicos de defensa de los derechos, entre ellos, en primer término, de los derechos colectivos, pues los operadores jurídicos incluidos, por supuesto, los legisladores, les han prestado mínima atención. El objetivo fundamental es el de establecer las acciones y procedimientos colectivos en nuestra Constitución, para que sirvan como los mejores medios jurídicos para la tutela jurisdiccional de los derechos colectivos, es decir, abrir la puerta a la justicia, en el sentido más amplio posible, a los diversos grupos y colectividades que existen en un país tan diverso como el nuestro.

Por lo expuesto, a usted, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, de manera respetuosa se solicita:

Único.En los términos de los antecedentes y consideraciones expuestas, así como de conformidad con los preceptos legales invocados, se sirva excitar e instruir día determinado, para que la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados presente el dictamen correspondiente a la minuta con proyecto de decreto enviada por la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2009, por la que se adiciona un párrafo tercero y se recorre el orden de los párrafos subsecuentes del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de febrero de 2010.— Diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: De conformidad con lo establece la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Puntos Constitucionales a emitir el dictamen correspondiente.



LEY DE PLANEACION PARA LA SOBERANIA Y SEGURIDAD AGROALIMENTARIA

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Se recibió solicitud de excitativa de la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del PRI, a la Cámara de Senadores.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Excitativa al Senado de la República, a solicitud de la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del PRI

Traigo a esta tribuna la honrosa encomienda de los diputados del sector rural de mi partido, Cruz López Aguilar, Alberto Jiménez Merino, Gerardo Sánchez García, Manuel Humberto Cota Jiménez, María Hilaria Domínguez y Fermín Montes Cavazos, para solicitar a la Presidencia de esta soberanía que, con el respeto y consideración que nos merece nuestra colegisladora, formule una excitativa a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Estudios Legislativos Segunda, y de Desarrollo Rural de esa Cámara de Senadores para que, de conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dictamine la iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley de Planeación para la Soberanía y Seguridad Agroalimentaria.

Esa iniciativa, se sustentó en los siguientes antecedentes:

a) El 28 de abril de 2003, las organizaciones campesinas y de productores agropecuarios de México, signaron con los Poderes Ejecutivo y Legislativo, el Acuerdo Nacional para el Campo que planteó, entre otras cosas, enfrentar juntos la delicada situación de pobreza, inequidad, injusticia, improductividad y rezagos del que todavía no ha podido salir el mundo rural.

Hubo consenso de todos los sectores productivos y el gobierno de que era preciso no sólo enfrentar las urgencias del corto plazo, sino impulsar una vigorosa política de Estado que priorizara los propósitos de terminar con la alta dependencia agroalimentarias de nuestro país; acabar con la incertidumbre, la inestabilidad y la discrecionalidad en políticas, programas reglas de operación y presupuestos; disminuir el alto costo económico, social, político, humano y ético, que se traduce en una mala nutrición, que ocasiona desnutrición y obesidad y, sobre todo, sustentar todas estas cuestiones de fondo en la revisión y actualización del marco jurídico, presentando iniciativas que reflejaran la decisión de modernizar el campo mexicano con una visión nacionalista para hacerlo menos dependiente.

b) Con ese compromiso nacional, en la sesión del 30 de marzo de 2006, los diputados del sector rural de diversas fracciones parlamentarias de la LIX Legislatura, presentaron la iniciativa de la Ley de Planeación para la Soberanía y Seguridad Agroalimentaria, la cual fue aprobada con 328 votos a favor, minuta que fue enviada el 4 de abril de 2006 a la Cámara de Senadores, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Estudios Legislativos Segunda, y de De-sarrollo Rural para su análisis y dictamen.

Con una clara perspectiva del futuro del campo mexicano y reforzando y complementando a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la minuta bajo el análisis de la Cámara de Senadores plantea como objetivos centrales: una política de Estado de largo plazo para alcanzar y preservar soberanía y seguridad alimentaria y nutricional; la creación de un sistema de planeación específico y especializado para lograr ese fin; el establecimiento en la ley de programas multianuales de apoyos, incentivos e inversiones con mandatos presupuestales en cada año fiscal y la creación de una red de seguridad para productores, cadenas agroalimentarias, así como consumidores y población en general.

En virtud de estos razonamientos, los diputados que suscribimos, nos permitimos solicitarle respetuosamente:

Que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por conducto de su presidente, se sirva enviar excitativa a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Estudios Legislativos Segunda, y de Desarrollo Rural de la Cámara de Senadores para que, a la brevedad, emita y realice el dictamen correspondiente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2010.— Diputada Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Remítase a la Cámara de Senadores.



CODIGO PENAL FEDERAL

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Se recibió solicitud de excitativa del diputado José Luis Ovando Patrón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a la Cámara de Senadores.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Excitativa al Senado de la República, a solicitud del diputado José Luis Ovando Patrón, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, en su calidad de diputado a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 67, numeral 1, inciso g), y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, 85, 87 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita respetuosamente de esta Presidencia que tenga a bien formular una excitativa a las Comisiones Unidas Justicia y de Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores, a efecto de que se dictamine con la mayor brevedad, para su presentación ante el pleno de este órgano legislativo, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el Título Vigésimo Séptimo al Libro Segundo del Código Penal Federal, “De los Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión ejercida mediante la Actividad Periodística”.

Es necesario contribuir a que se garantice el ejercicio de la libertad de expresión, consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y factor esencial para la vigencia del Estado de derecho y del régimen democrático.

La protección de los derechos fundamentales de los miembros del sector periodístico implica la responsabilidad nacional e internacional del Estado de identificar sus necesidades reales de tipo profesional y personal para el pleno y seguro ejercicio de su actividad, a fin de establecer las medidas legales y administrativas necesarias para su adecuada y oportuna atención, sin más limitaciones que las establecidas en la ley; acciones que deben constituir un elemento primordial para consolidar y garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

Al señalar los derechos fundamentales que el Estado, en su calidad de garante, se encuentra obligado a proteger y las directrices que debe seguir para satisfacer las necesidades de los gobernados, como establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, los legisladores debemos buscar que los profesionales de la comunicación cuenten con las garantías necesarias para salvaguardar su integridad y seguridad jurídica, así como su derecho a una debida procuración e impartición de justicia.

Se trata de reconocer la posición de los periodistas como un sector particularmente destinatario de agresiones y de violaciones de sus derechos humanos, así como de proteger la esencial actividad pública que realizan en la vida democrática del país, en especial en los casos en que los profesionales de la información cubren situaciones de conflicto armado o de urgencia, circunstancias en las que deben ser igualmente sujetos de especial protección para garantizar al máximo que dispongan de medios para cumplir su función informativa.

En el país, el Estado de derecho sienta sus bases en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que contiene un catálogo de derechos fundamentales, entre otros bienes jurídicos tutelados, de la integridad y seguridad personal, y de la seguridad jurídica, lo que incluye una debida procuración e impartición de justicia en favor de los gobernados y, en este caso específico, de la libertad de expresión.

En el orden jurídico mexicano, la integridad y seguridad personal se reconocen como derechos fundamentales, específicamente en los artículos 14, párrafo segundo; 16, párrafo primero; 19, último párrafo, y 22, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Entre los instrumentos internacionales que remarcan estos derechos destacan las disposiciones contenidas en los artículos 7 y 10.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 5.1 y 5.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 3 y 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; I de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 2 del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley; y 1.2 de la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

En lo sustancial, los preceptos nacionales e internacionales referidos establecen que nadie podrá ser privado de la libertad ni molestado en su persona; esto es, que todo ser humano tiene derecho a que se respeten su integridad y seguridad personales, derechos que estarán protegidos en la ley, por lo que nadie podrá ser privado de éstos arbitrariamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en fecha 22 de abril de 2008, el diputado Jesús de León Tello, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y del Código Penal Federal.

A su vez, en sesión celebrada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en fecha 13 de agosto de 2008, los diputados Ruth Zavaleta Salgado, Alliet Bautista Bravo, Joaquín de los Santos Molina y Victorio Montalvo Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Código Penal Federal, en materia de protección de los periodistas.

Finalmente, en sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en fecha 27 de noviembre de 2008, los diputados miembros de la Comisión Especial para dar seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación, el presidente de la Mesa Directiva y los coordinadores de los grupos parlamentarios presentaron la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan el Título Vigésimo Séptimo y los artículos 430 del Código Penal Federal, 116 del Código Federal de Procedimientos Penales y 50, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

De la presentación de dichas iniciativas, la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura emitió dictamen mediante el cual se adiciona el Título Vigésimo Séptimo al Código Penal Federal, “De los Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión ejercida mediante la Actividad Periodística”, adicionando los siguientes artículos:

El artículo 430 del citado ordenamiento, a fin de sancionar a quien cometa un hecho ilícito previsto en las leyes penales, con el propósito de impedir, interferir, limitar o atentar contra la actividad periodística, estableciendo una pena de prisión de uno a cinco años y de cien a quinientos días multa.

Se aumentará hasta en una mitad la pena señalada en el párrafo anterior cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, y se impondrán con independencia de la que corresponda por la comisión de otro u otros delitos.

Asimismo, se propone adicionar el artículo 431 del citado ordenamiento, a fin de establecer como definición de actividad periodísticael ejercicio de buscar, recolectar, fotografiar, investigar, sintetizar, redactar, jerarquizar, editar, imprimir, divulgar, publicar o difundir informaciones, noticias, ideas u opiniones para conocimiento del público en general, a través de cualquier medio de comunicación, así como la distribución de éstas. La actividad puede realizarse de manera habitual o esporádica, remunerada o no y sin que necesariamente haya relación laboral con un medio.

Dicho dictamen fue aprobado en este recinto legislativo con 263 votos a favor el 2 de abril de 2009, sin que a la fecha la Cámara revisora haya emitido el dictamen correspondiente.

Han transcurrido nueve meses a partir de que fue votada, aprobada y enviada dicha minuta, tiempo por demás suficiente para que, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas de Justicia, y de Estudios Legislativos, Primera, del Senado de la República, presenten el dictamen correspondiente de la minuta en cuestión.

En tal virtud, es procedente que el presidente de la Cámara de Senadores, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 67, numeral 1, inciso g), y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, 85, 87 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite a las comisiones unidas citadas para que emitan el dictamen correspondiente.

La libertad de expresión no es una concesión del Estado sino un derecho fundamental, mediante el cual los ciudadanos ejercen su derecho a recibir, difundir y buscar información, por lo que la censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida deben estar debidamente sancionadas, más aún el asesinato, el secuestro, la desaparición forzada, la intimidación o la amenaza cometida contra las personas que se dedican a este tipo de actividades.

Por lo expuesto y fundado, a usted, ciudadano presidente de la Cámara de Senadores de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, atentamente pido que se sirva

Único. Excite a las Comisiones Unidas de Justicia, y Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores para que presenten el dictamen respectivo de la minuta con proyecto de decreto por la que se que adiciona el Título Vigésimo Séptimo al Libro Segundo del Código Penal Federal, “De los Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión ejercida mediante la Actividad Periodística”, turnada el 14 de abril de 2009.

Diputado José Luis Ovando Patrón (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Remítase a la Cámara de Senadores.



LEY SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS - LEY DE COORDINACION FISCAL

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:La Presidencia recibió solicitud de excitativa del diputado José Óscar Aguilar González, del Grupo Parlamentario del PRI, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado José Óscar Aguilar González, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado José Óscar Aguilar González, en nombre de la diputación federal del Partido Revolucionario Institucional de Puebla, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, fracción XVI, 58 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, promueve ante usted excitativa con la solicitud de que sea atendida a la mayor brevedad.

Antecedentes

El 13 de septiembre de 2007 el Ejecutivo federal presentó iniciativa para abrogar la Ley de Tenencia y Uso de Automóviles a partir del 1 de enero de 2014, sin perjuicio de que pudiera suspenderse el cobro del impuesto federal en el caso de que las entidades federativas, de manera previa a la fecha mencionada, establecieran ese impuesto en forma local.

El 21 de diciembre de 2007 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, dando con ello el final legislativo de este impuesto como contribución de carácter federal a partir del 1 de enero de 2012.

El segundo párrafo del numeral cuarto de las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Tenencia o Uso de Vehículos previó, en términos de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículo –vigente hasta el 31 de diciembre de 2011– que las entidades federativas que establecieran impuestos locales sobre tenencia o uso de vehículos respecto de vehículos por los que se debía cubrir el Impuesto Federal considerado en la ley que se abrogaba, suspenderían el cobro del impuesto federal correspondiente en la entidad federativa de que se tratara.

Con fecha 26 de marzo de 2009 el diputado Horacio Garza Garza, del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa que abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos a partir del 1 de enero de 2010, y reforma la Ley de Coordinación Fiscal en el artículo 2, para que el Fondo General de Participaciones se constituya con el 21.35 por ciento de la recaudación federal participable en 2010 y se modifique la fórmula de distribución a las entidades federativas, considerando la tenencia participada a los estados en 2009.

El 11 de marzo de 2009, el senador Carlos Lozano de la Torre, con otros senadores del Partido Revolucionario Institucional, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 2-B a la Ley de Coordinación Fiscal para crear un fondo especial resarcitorio que se constituya con el 1.35 por ciento de la recaudación federal participable a distribuir entre las entidades federativas y al gobierno del Distrito Federal en forma proporcional con los montos recaudados del impuesto sobre la tenencia o uso de vehículos que hayan obtenido durante el ejercicio de 2009. Lo anterior a partir del 1 de enero de 2010.

Consideraciones

El Partido Revolucionario Institucional insistió siempre en adelantar la eliminación del impuesto sobre tenencia a partir de 2010 y no hasta el 1 de enero de 2014 como lo proponía el Ejecutivo federal, prueba de ello son las iniciativas presentadas tanto por el diputado Horacio Garza Garza como por el senador Carlos Lozano de la Torre, quienes plantearon no sólo su abrogación a partir de enero de 2010 sino cuidando de que no se afectaran las finanzas de las entidades federativas al proponer mecanismos que compensen la baja de la recaudación del impuesto al ser eliminado.

Hasta hoy la presidencia de la Comisión de Hacienda  y Crédito Público, en forma inexplicable, ha hecho caso omiso de las reiteradas peticiones para dictaminar las iniciativas en comento, permaneciendo éstas congeladas en forma por demás preocupante.

Resulta apropiado reconocer que en 2007, cuando se aprobó esta reforma, no se apreciaba una perspectiva económica mundial como la que hoy enfrentamos. Por ello, en las actuales condiciones de la economía global, en donde se presentan escenarios recesivos para la industria en general, debemos tomar medidas que nos permitan fortalecer el mercado interno apoyando nuestras empresas, nuestra industria y nuestros empleos para enfrentar de manera decidida la crisis económica que aún se resienten en las familias mexicanas.

La respuesta debe de ser la abrogación inmediata para el actual ejercicio fiscal de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para minimizar el impacto de la crisis, que tiene efectos internacionales y a los que no es ajena la sociedad mexicana.

Cabe señalar que el gobierno federal recibirá por concepto de ingresos excedentes por exportación de petróleo crudo en 2010 por lo menos 150 mil millones de pesos, que cubrirían con creces la constitución de un fondo resarcitorio que compense los montos que dejen de recibir las tesorerías estatales o bien incrementar el Fondo General de Participaciones.

Por otro lado, la abrogación para el ejercicio fiscal de 2010 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos debe considerar categóricamente la restitución a las finanzas públicas locales, lo anterior en virtud de que a pesar de que se otorga un periodo de pago de tres meses, el impuesto ya fue causado y presupuestado por las entidades federativas y ha surtido todos sus efectos para todos los contribuyentes a partir del 1 de enero del ejercicio.

Cabe precisar que la constitución del fondo especial resarcitorio o el aumento del Fondo General de Participaciones se fundamenta en que para  2010 la recaudación tributaria podrá crecer al ritmo de la economía previsto en un 4.0 por ciento, mayor al 3.3 por ciento inicial, así como por mayores ingresos petroleros derivados de un mayor precio de la mezcla mexicana de petróleo crudo de exportación, al ser ésta en promedio de 70 dólares por barril, superior a los 59 dólares estimados en promedio en la Ley de Ingresos para 2010.

Es de señalar que los ingresos por concepto del impuesto sobre la tenencia o uso de vehículos representan para 2010 el 1.27 por ciento de la recaudación federal participable. El impuesto sobre tenencia o uso de vehículos estimado para 2010 en la Ley de Ingresos de la Federación es de 21 mil 67.9 millones de pesos.

Por lo anterior, se propone adicionar la Ley de Coordinación Fiscal para crear un fondo especial resarcitorio equivalente al 1.27 por ciento de la recaudación federal participable para 2010, a efecto de restituir a las entidades federativas los recursos que dejarán de percibir al momento de que surta efectos la abrogación de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, o bien incrementar el Fondo General de Participación para que se constituya con el 21.35 por ciento de la recaudación federal participable.

Por las razones expuestas y con fundamento en el artículo 45, numeral 6, incisos c), e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a la Presidencia de la Mesa Directiva de esta honorable Cámara de Diputados lo siguiente:

Único. Se excite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que conforme a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos proceda a la mayor brevedad a dictaminar las iniciativas del diputado Horacio Garza Garza que abroga la Ley  sobre Tenencia o Uso de Vehículos y reforma el artículo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal; y la iniciativa del senador Carlos Lozano de la Torre que adiciona el artículo 2-B de la Ley de Coordinación Fiscal.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 16 de febrero de 2010.— Diputados: José Óscar Aguilar González, Francisco Alberto Jiménez Merino, Jorge Alberto Juraidini Rumilla, David Hernández Vallín, Gerardo Sánchez García, Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: De conformidad con lo que establece la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público a emitir el dictamen correspondiente.



INUNDACIONES

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:El siguiente punto del orden del día es agenda política. En primer término están los comentarios con relación a las inundaciones que han afectado a diversas regiones del territorio nacional en los días pasados. Sobre este tema se han inscrito los siguientes diputados: José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del PT; María del Rosario Brindis Álvarez, del Partido Verde Ecologista de México; el diputado Vidal Llerenas Morales, del PRD; la diputada Laura Margarita Suárez González, del PAN; y el diputado Fausto Sergio Saldaña del Moral, del PRI.

Tiene la palabra el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña:No hay fecha que no se llegue ni plazo que no se cumpla. Desde el martes pasado queríamos presentar este tema. Hay una foto hoy en La Jornada –y en otro diario de circulación nacional también está– de habitantes del Valle de Chalco que bloqueaban la carretera a Puebla y que fueron reprimidos por la policía municipal.

¿Qué reclamaban? Pues la inundación de sus casas, de dos metros, la pérdida de sus bienes por el mal manejo que hubo de este problema.

Quien está al frente de Conagua –porque otra vez recordarán que Calderón salió a decir que era responsabilidad del gobierno del DF y del gobierno del estado de México, y el de Conagua dijo que le había avisado al gobierno del DF sobre la lluvia que vendría– Luege Tamargo, dijo que iba a haber una tormenta –aquí está el boletín– entre 20 y 70 milímetros, 20 no es problema, 70 es muy grave. O sea que decir eso y no decir nada es lo mismo. Luego, en un segundo boletín reconoció que fue de 96.3 milímetros, y en una entrevista que tuvo con Carlos Loret de Mola dijo que fue de 25 milímetros. O sea que el responsable de Conagua no entiende del problema absolutamente nada.

Pero el tema central no es ése. Hubo un mal manejo, un manejo negligente que generó la inundación de Valle de Chalco, de Venustiano Carranza y de algunas zonas de Iztapalapa, y ésa es responsabilidad del gobierno usurpador fundamentalmente.

Tengo aquí una nota de prensa que quiero compartir con ustedes, del 17 de julio de 2007. Es un discurso de Felipe del Sagrado Corazón de Jesús Calderón Hinojosa, dice aquí la nota: el presidente Calderón –a eso no le hagan mucho caso, sabemos que es usurpador– en la inspección de la obra el Túnel de Río de la Compañía y presentación de proyectos del Valle de México, y en esta fecha Calderón se compromete a realizar las obras.

Dice aquí: la obra que hoy constatamos, el Túnel de Río de la Compañía, contribuirá a resolver los problemas de inundaciones en la zona metropolitana y nos permitirá mejorar directamente la salud y bienestar de más de un millón de habitantes de Chalco, Valle de Chalco e Ixtapaluca. El gobierno federal trabaja y trabajará intensamente por resolver los problemas de México. El del Distrito Federal y su zona metropolitana no son la excepción. Queremos resolver los problemas de quienes vivimos en esta ciudad y por eso refrendo mi permanente disposición e invitación al diálogo, independientemente de las diferencias.

Él anuncia una obra que evitará que se vuelvan a dar inundaciones. Dice: en las inundaciones, que recordamos con mayor tristeza, de mayo del año 2000, se afectaron casi mil viviendas y a más de 50 mil habitantes de los municipios de Chalco, Valle de Chalco e Ixtapaluca. Además se interrumpió tres días la circulación de la autopista México-Puebla, la principal comunicación terrestre del centro con el sur-sureste del país.

Esta obra costará unos mil 500 millones de pesos en 2007. Los daños estimados en 200 fueron, hace siete años, de 3 mil millones de pesos. Y anuncia que esta obra evitará que haya inundaciones en esa zona del país. Y como nos consta, fueron más de tres días los que estuvieron inundados, fueron más de tres días los que la carretera estuvo bloqueada, y fue un daño muy grave a esas poblaciones, porque en el manejo del río de Los Remedios y del río de La Compañía y del drenaje profundo, que todos corresponden al gobierno federal, al gobierno de facto, hubo una torpeza absoluta.

Tenemos información de que un número muy importante de las bombas, justo en la zona donde se dieron las inundaciones, no entraron en funcionamiento. Tenemos una larga lista de esas instalaciones que no entraron en funcionamiento en el momento adecuado.

Se dice que fue por problemas de abastecimiento en el servicio de energía eléctrica, hay quien sostiene que fue por inundación de las bombas. Pero es muy fácil saber la realidad, porque hay una especie de caja negra que haciendo la investigación se ubica perfectamente qué fue lo que falló, quién falló y en qué momento se dio. Nosotros sostenemos que las inundaciones que se dieron es una responsabilidad del gobierno usurpador, fundamentalmente.

No hay duda que en el caso de las dificultades que se vivieron en el estado de México y el Distrito Federal, el gobierno tiene también una parte de responsabilidad. Pero no hay duda que tanto la información de Conagua, el trabajo del drenaje profundo y de los canales que he señalado, fueron absolutamente incorrectos, negligentes.

Por si esto no fuera suficiente, el gobierno de facto decidió calificar como una situación de desastre el estado de México y sólo de emergencia el Distrito Federal, en una actuación facciosa una vez más, de golpeo al Gobierno del Distrito Federal, para escamotearle los apoyos económicos, los programas sociales y los recursos necesarios para atender a la población afectada.

Aquí ha habido legisladores de Acción Nacional que han insistido en la necesidad del ingreso rápido de las autoridades del Gobierno del DF y que han insistido en las indemnizaciones, pero que han sido absolutamente omisos en la responsabilidad de Conagua y del gobierno usurpador frente a este problema que estamos planteando.

Quiero finalizar comentando que si ustedes revisan, es cierto que fue una lluvia excesiva para el mes de febrero, pero ha habido lluvias mucho más fuertes en esta zona y no se han sufrido las consecuencias de inundación que vimos en estas semanas anteriores.

Yo creo que es muy necesario que se haga la investigación para saber realmente dónde están las responsabilidades y que además los operativos que hace la Secretaría de la Defensa Nacional también se corrijan, porque no entraron a las zonas donde se encontraban las mayores dificultades y sí quedaron muchas familias abandonadas a su suerte, o con el apoyo sólo de las autoridades del Gobierno del Distrito Federal y en su caso, las que haya dado el Gobierno del estado de México.

En resumen, lo que yo estoy planteando aquí es que hubo un compromiso de Calderón desde junio de 2007, de realizar las obras necesarias para que no se volvieran a dar inundaciones de la dimensión que estamos comentando.

La Cámara de Diputados de la pasada Legislatura aprobó los presupuestos correspondientes que no se ejercieron. Conagua no llevó a cabo el uso de esos recursos, no terminó las obras, no concluyó con sus responsabilidades. Y cuando se da la tragedia otra vez dicen no tenemos responsabilidad, son los gobiernos locales, no actuaron a tiempo, no actuaron con la atención necesaria. Pero la verdad es que ni se realizaron las obras ni se ejercieron los presupuestos ni se han tomado las medidas necesarias.

Además, por si esto no fuera suficiente, se sigue con la política absurda de vincular el agua de lluvia con las aguas negras desperdiciando los caudales, cuando por otro lado nos espantan con el petate del muerto de que el agua ya se acabó.

Se tienen que tomar determinaciones serias y de fondo para tener una buena utilización de las aguas de lluvia. Generar y terminar las obras necesarias para que no se vuelvan a dar inundaciones como las que se dieron y que ya se les finque responsabilidades a los funcionarios que tienen estas responsabilidades y que actúan con absoluta irresponsabilidad y ligereza.

La verdad es que Luege Tamargo, si Calderón se debe ir, ni duda hay de que debe abandonar el cargo. Si ustedes revisan su currículum no tiene ninguna experiencia sobre temas del agua. No la tuvo como asambleísta, no la tuvo como diputado, no la tiene en formación académica, no la tiene de ningún tipo. Tan no la tiene, que para él 20 milímetros de agua, 70 milímetros de agua, 96 milímetros de agua y 25 milímetros de agua representan exactamente lo mismo. Ni siquiera tiene idea de la aritmética más elemental.

¿Cómo puede estar al frente de una responsabilidad pública tan importante? Muchas gracias, compañeras y compañeros diputados y diputadas.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra la diputada Rosario Brindis Álvarez, del Partido Verde Ecologista de México, hasta por 5 minutos.

La diputada María del Rosario Brindis Álvarez:Con su venia, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, a través de los años en México nos hemos ido haciendo conscientes de los riesgos inherentes a nuestra peculiaridad geográfica. Con diversos climas, relieves y zonas de población repartidas a lo largo de casi 2 millones de kilómetros cuadrados nuestra población ha enfrentado los desastres naturales en distintas facetas.

Me dirijo a ustedes con el objeto de reflexionar seriamente sobre las recientes inundaciones ocurridas en territorio mexicano. Trataré de verlo desde un lado propositivo y exaltaré lo que nosotros, en el Partido Verde, tenemos la idea de poder hacer y en lo que tenemos injerencia.

Hace sólo algunas semanas vimos cómo una serie de fenómenos meteorológicos afectaban distintas áreas de nuestro país. Cuatro delegaciones de la Ciudad de México, seis municipios michoacanos y tres municipios en el estado de México sufrieron embates de fuertes lluvias que provocaron inundaciones y deslaves que acabaron con el patrimonio de miles de familias. Estos desastres han sido un ejemplo claro de los riesgos que se viven día a día en México, muchas veces inevitables, otras susceptibles de prevención.

Me dirijo a ustedes recalcando la importancia de mejorar nuestros mecanismos de prevención de desastres y nuestra cultura de protección civil, trabajo que debe hacerse de la mano con la sociedad civil.

Las graves consecuencias de estos desastres son en muchos casos resultados de falta de prevención y planeación correcta de las políticas de protección civil y combate a los desastres naturales. La falta de inversión en los puntos más vulnerables de la infraestructura hidráulica, los asentamientos irregulares, la negligencia de algunas autoridades, y las drásticas consecuencias del cambio climático son puntos focales de los que debemos partir para poder brindar a nuestra población seguridad y asistencia ante estos fenómenos.

Debemos tener en mente que el éxito de las políticas de protección civil no consiste solamente en auxiliar a los afectados, sino en prevenir el origen de este tipo de accidentes que afectan la economía familiar, el medio ambiente y el bienestar de la población.

No se trata de buscar culpables, sino de ser responsables y resolver el problema. Pensar y analizar sobre los cambios necesarios en las estructuras de prevención de desastres y en la legislación sobre esta materia, que es prioridad para el Partido Verde Ecologista de México.

Trabajaremos en este tema desde la Comisión Especial de Protección Civil y la Comisión de Presupuesto, proponiendo reasignar los subejercicios al mantenimiento de estos sistemas, y otorgárselos a los estados afectados. Asimismo, desde el subgrupo de seguimiento al gasto veremos cómo estos subejercicios pueden ser reasignados a estas infraestructuras.

Debemos ser conscientes de que año con año nuestro país será golpeado por fuertes fenómenos hidrometeorológicos, pero también tengamos en mente la existencia de fallas, volcanes y otras peculiaridades orográficas cerca de grandes centros de población.

Reconocemos las capacidades de nuestros cuerpos de emergencia, las habilidades de nuestros grupos de rescate, inclusive hemos recibido elogios en otras naciones. Sin embargo, esta experiencia y capacidades son resultado directo de situaciones donde se reacciona ante los hechos consumados.

Acudo ante ustedes con la convicción de poder influir en la cultura de prevención de desastres, que casi siempre viene aparejada de tragedia. Vemos así como una prioridad el mejoramiento de los mecanismos de participación en el Sistema Nacional de Protección Civil donde se prioriza el fomento de una educación adecuada, información y líneas de acción entre la población.

Exigimos que se inviertan los recursos necesarios en tiempo y forma para evitar desastres en zonas que ya se tienen identificadas como susceptibles de desastres naturales, así como la elaboración de mapas de riesgo por municipio.

La estructura social y económica del país se verá cada vez más afectada como consecuencia del cambio climático. Por ello, las estructuras y políticas de protección civil deben estar reorientadas en tres etapas la prevención, la atención a la contingencia y la vuelta a la normalidad, mismas que deben ubicarse como imprescindibles en el futuro accionar de las autoridades en conjunto con la población.

Sólo así podremos coordinar los esfuerzos de los órdenes estatales y federal de manera efectiva, proveyendo a la población de conocimientos y herramientas necesarias para poder participar de manera más activa en la prevención de desastres.

Debemos estar unidos sociedad civil y gobierno para enfrentar las contingencias y, sobre todo, privilegiar las medidas de prevención con toda nuestra capacidad técnica y financiera. Por su atención muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Gracias, diputada.

Antes de conceder la palabra al siguiente orador, les informo, señores diputados y señoras diputadas, que vecinos de la colonia Lomas del Sol, de Tuxpan, Veracruz, se encuentran con nosotros, invitados por el diputado Miguel Martín.

Tiene la palabra el diputado Vidal Llerenas Morales, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Vidal Llerenas Morales:Con su permiso, señor presidente. Evidentemente el tema de las inundaciones en el oriente del valle de México es algo que no podemos dejar pasar en esta Cámara de Diputados, porque básicamente es el producto de varios años, 10, 15 años en que no hubo una inversión suficiente en el valle de México en esa materia.

Hace alrededor de tres o cuatro años ha habido ya inversiones importantes tanto en el Emisor Oriente por parte del gobierno federal, como en el Emisor Central por parte del Gobierno del Distrito Federal, pero sin duda es una actividad que requiere recursos crecientes y que saldría mucho más barato para el país invertir hoy en la cuenca del valle de México, que pagar de nuevo a damnificados, que tener de nuevo una carretera que conecta prácticamente a todo el sur del país cerrada por una semana, tener que pagar los daños que hoy hemos pagado.

Por eso yo me sumo al llamado que acaba de hacer la diputada Brindis, en el sentido de que los subejercicios presupuestales de este año sean reasignados para obras que puede ejercer durante este mismo año el gobierno federal por parte de la Conagua, el Gobierno de la Ciudad de México por parte del Sistema de Aguas, y también el Gobierno del estado de México con la autoridad de agua correspondiente.

No podemos dejar pasar esta oportunidad porque en unos días más, en unas semanas más, el tema estará olvidado y esas personas volverán a estar en riesgo. Esas personas volverán a poder perder su casa o incluso su vida si no actuamos hoy.

Hay también una manera muy —creo yo— inteligente de aprovechar el gran caudal de agua en esta ciudad, y son los proyectos para inyectar al manto acuífero el agua de lluvia. En México hay la tecnología suficiente, en la Ciudad de México hay una propuesta de al menos una inversión de 8 mil millones de pesos que se pueden destinar a inyectar al manto acuífero el agua de lluvia que cae en esta ciudad.

Esto tendría, por supuesto, el doble efecto de ya no tener que sacar parte de esta agua residual al estado de Hidalgo, sino usarla en la propia Ciudad de México, lo que evitaría los problemas a los que nos estamos enfrentando de falta de agua en buena parte de las zonas de esta capital y también, por el contrario, tener la oportunidad de que no volvamos a tener inundaciones.

Es el momento de actuar. Creo que el gobierno federal, por ejemplo, debería no sólo actuar en el Emisor Oriente de la Ciudad de México donde está invirtiendo, sino también tener mayores inversiones en el Emisor Central, en plantas de bombeo y en lagunas de nivelación. Esto realmente puede ser una solución a los problemas de la ciudad.

Considero importante que todos asumamos un compromiso en este sentido. Esto va mucho más allá de partidos, esto va incluso mucho más allá de un problema del valle de México, porque esto ha afectado a otras zonas del país también de manera importante.

Por eso estamos seguros que vamos a contar con su apoyo y que el mandato de esta Cámara de Diputados será aprovechar los recursos que no sean invertidos durante la primera parte del año para que sean entonces destinados a la cuenca hidráulica del valle de México. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra el señor diputado Fausto Sergio Saldaña del Moral, del Partido Revolucionario Institucional.

Sí, diputada. Perdón, diputado. ¿Dígame diputada? No. Adelante, diputado Sergio Saldaña.

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Sí, diputado.

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(desde la curul): Declinamos el discurso.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Declinan. Muy bien.



CANANEA, SONORA

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:El siguiente punto del orden del día son comentarios sobre la situación y terminación laboral de los  mineros del municipio de Cananea, Sonora. Tiene la palabra el diputado Carlos Samuel Moreno Terán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

El diputado Carlos Samuel Moreno Terán:Con su permiso, señor presidente. Los habitantes de Cananea, que por más de un siglo han contribuido al desarrollo de la industria minera del país, viven una crisis económica generada por un conflicto laboral que pudo haber sido, en sus inicios, de relativa fácil solución y que por hoy se ha convertido en mucho más que un problema jurídico. Ya es un gravísimo conflicto social, económico y político. Si no se resuelve a la mayor brevedad puede llevar a un estallido social.

Estamos obligados a percibirlo y clasificarlo como tal como un estado de emergencia y como un conflicto social a gran escala. Ésta no es una afirmación exagerada, se equivocaría quien piense que se trata de un problema local sin repercusiones en la vida nacional. Hay suficiente evidencia histórica que muestra lo contrario.

Cananea es un asunto de interés nacional y así debe ser abordado, ingún interés particular o de grupo puede estar por encima del interés nacional. Por Cananea es tiempo de definiciones, de acciones concretas, de posturas que representen una modificación al estatus de inmovilidad que hoy prevalece. El municipio y su población ya no aguantan más.

Es urgente que pasemos de los interminables jurídicos a las soluciones. Ya se ha gastado mucho tiempo en litigios y estudios al respecto, no más. Lo que se requiere es una decisión ejecutiva y quien puede accionarla es el titular de ese Poder de la Unión.

A 32 meses de paro de labores, de huelga y de un círculo vicioso de ataduras procedimentales, no existe avance ni solución en puerta que mitigue el problema social. Lo que hoy tenemos es un resolutivo que ha modificado más a la población.

El presidente debe dar muestra de su capacidad de negociación para resolver este ya gravísimo conflicto social y que está muy cerca de enterrar a la ciudad de Cananea entre los tajos a cielo abierto de la mina.

No es tiempo tampoco de posturas protagónicas ni de oportunismo, muchos estamos preocupados por Cananea y su gente. Nadie tiene el ánimo de lucrar con este conflicto.

Tanto de parte del gobernador como del alcalde, los legisladores locales, mis compañeros diputados federales y los señores senadores, además de diversas personas que en diferente ámbito han alzado la voz, sólo he visto muestras de solidaridad hacia quienes más lo necesitan hoy, los cananeenses. A todos ellos invito respetuosamente a conformar una mesa de diálogo, una vía institucional pero muy ejecutiva, con el ahora impostergable propósito de salvaguardar los derechos de los trabajadores mineros de Cananea.

Mi referencia incluye no sólo a los que son trabajadores activos, sino a quienes con su esfuerzo los antecedieron: los mineros retirados, que se ubican en el grave peligro de perder sus legítimos derechos, fundamentalmente de atención a la salud, derechos que se ven amenazados ante lo que parece ser un inminente manotazo del Ejecutivo de socavar el contrato colectivo de trabajo.

No podemos ni debemos dejarlos solos. Me sumo con mucha energía a la exigencia de justicia social y al reclamo legítimo que todos vienen formulando para que este problema termine y estoy dispuesto a trabajar en conjunto por alcanzar un resolutivo final que favorezca a la comunidad que se encuentra como rehén de litigios interminables.

Necesitamos el apoyo del presidente, quien con una decisión ejecutiva puede solventar de manera categórica este conflicto.

En un contexto donde la Secretaría del Trabajo y Previsión Social anunció la inexistencia de la huelga horas antes de que lo hiciera la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el 7 de agosto de 2007. En un contexto donde el Poder Judicial de la Federación concediera el amparo a los trabajadores y determinara la legalidad de la huelga. En un contexto en donde la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje ha resuelto la terminación de las relaciones de trabajo por causas de fuerza mayor. Es imposible seguir bajo la lógica de una política laboral en la que la solución de los conflictos colectivos de trabajo se base en la terminación de las relaciones laborales sin importar que ello implique la conculcación del derecho de huelga, conquista de los trabajadores del país, consagrada en el artículo 123 constitucional.

Sobre todo porque en un escenario de recesión económica el país requiere de fuentes de empleo.

Por tanto es aquí donde las obligaciones del titular del Ejecutivo federal cobran mayor relevancia, por una parte por las facultades conciliatorias que la ley otorga y por otra que es el encargo de proyectar planes para impulsar los empleos en el país.

Por ello es urgente que pasemos de las argumentaciones jurídicas a las soluciones. El municipio ya no aguanta más.

No tengo ningún reparo en señalar como culpable de la dramática y trágica situación que priva en Cananea al Grupo México, por la crudeza e insensibilidad de abandonar a su suerte a toda una población, guiado únicamente por intereses económicos, dejando de lado su responsabilidad social con una población cuyas circunstancias le han dejado millonarias ganancias a la familia Larrea.

Señalo con mucha claridad también la insensibilidad de Napoleón Gómez Urrutia, líder minero que desde la comodidad de un departamento en Canadá deja a sus representados en las condiciones más miserables.

La negligencia, permisividad y falta de capacidad de la Secretaría del Trabajo al no poder –o no querer– asumir su rol conciliador y usar las facultades que la ley le otorga, le hacen también culpable de que la población se encuentre al borde de un estallido social.

Las salidas de este conflicto deben adoptarse con pleno respeto a nuestra Carta Magna y a la Ley Federal del Trabajo. La intervención del presidente de la República en la solución de conflictos laborales debe siempre atender a la conciliación entre las partes, con pleno respeto a los derechos de los trabajadores.

Otra situación lamentable, originada por el mismo conflicto, ha sido la presencia policial como medio para resolver un conflicto laboral y social. En ese sentido, la presencia de la fuerza policiaca no tiene razón jurídica, es totalmente inaceptable la participación del aparato coercitivo en un problema que debe ser atendido en un ámbito de mediación. No se puede castigar más a Cananea y a sus habitantes. No lo vamos a permitir.

Muy grave también es la represión que se ejerció y se sigue ejerciendo por parte de Felipe Calderón en contra del pueblo de Cananea. Durante el pasado desalojo de las instalaciones de la mina se utilizaron gases lacrimógenos y varios mineros resultaron gravemente golpeados. Lo repito y lo señalo muy puntual, no lo vamos a permitir.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social por su parte, en una franca manifestación de incapacidad conciliatoria o negligencia por omisión al no poder dar solución al conflicto laboral, en un periodo ya de 32 meses, con las consecuencias trágicas y lamentables, ha incurrido en violación de los derechos humanos relativos al trabajo digno, tutelado universalmente.

El gobierno federal no puede dejar pasar más tiempo para ofrecer una solución de fondo al problema de Cananea, pues el deterioro al que ha llegado la situación está erosionando aceleradamente el tejido social, amenazando la convivencia armónica de los sonorenses, así como la cohesión social del país en momentos de crisis económica.

Todos estos factores han llevado a una ciudad al caos económico, al desánimo y –por qué no decirlo– a la tristeza. Tal parece que hemos subido el escalón hacia la incertidumbre de la paz social.

Elevo la más atenta petición para la implementación de medidas emergentes que brinden solución final al conflicto en la región, teniendo muy claro que si lo anterior no se cumplimenta pueden venirse hechos que todos vamos a lamentar. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tengo inscrito para comentarios sobre este mismo tema al diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, diputado Víctor Manuel Castro Cosío y diputado Miguel Ernesto Pompa Corella, del Partido Revolucionario Institucional, y al diputado Jaime Cárdenas Gracia. Adelante, diputado Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña:Compañeras y compañeros, estuvimos en Cananea el fin de semana, el domingo. Acudí en compañía del dirigente del Sindicato Mexicano de Electricistas, Martín Esparza, platicamos con los mineros.

Dos años siete meses en huelga. ¿Cómo han resistido ese tiempo? No lo sé, pero han hecho una verdadera hazaña ejerciendo el derecho de huelga y ganando varios pleitos jurídicos donde la empresa quiso que se declararan inexistentes y no pudieron lograr este veredicto.

Y de repente, de la manga se sacan la determinación de la terminación de la relación laboral, con lo cual mandan a la calle a todos los mineros, los dejan sin su empleo, sin su fuente de trabajo y condenan al pueblo de Cananea al desempleo. Porque además la empresa tiene la pretensión de llevar mineros de otras regiones del país para recuperar el trabajo de la mina. La mina tiene cobre para 100 años. Hay ahí material, fuente de trabajo suficiente.

Hace 104 años, en el mismo lugar donde estuvimos el domingo, asesinaron a los mineros que se levantaron exigiendo mejores condiciones de trabajo. Ahora que vamos a celebrar el centenario de la Revolución se habla mucho de actividades, pero en los hechos, en la cuna de la Revolución, Cananea, pretenden celebrarlo despidiendo a todos los mineros de su fuente de trabajo. Es un acto inhumano, es un acto canalla. Es un abuso en todos los sentidos que les cierren la fuente de trabajo, que hoy la gente esté luchando por su empleo, que hoy la gente esté luchando porque se le reconozca su contrato colectivo, que hoy la gente esté luchando porque se le reconozca su derecho a sindicalizarse.

Es un retroceso gravísimo el que se está viviendo en el país y un atropello evidente del gobierno usurpador.

No escuché –no sólo en Cananea, sino en Sonora, ahí en Hermosillo con los diputados locales– una sola voz que dijera que los mineros no tenían la razón. No escuché un solo planteamiento en el sentido de que era correcta la decisión de dar por terminada la relación laboral. De ningún partido escuché un planteamiento de esta naturaleza.

En Sonora todo mundo sabe que el cierre de la mina implica un conflicto social de pronóstico reservado, porque la única manera de recuperar la mina es metiendo al Ejército o al Ejército disfrazado de Policía Federal Preventiva, y ello implicaría un atropello adicional y generaría un conflicto muy grave en esa región del país.

Estuvimos también en Hermosillo y lo que han planteado, hoy lo deben estar votando los diputados en la Comisión Permanente, en la diputación permanente del estado de Sonora, es la solicitud de que les sea retirada la concesión a Minera México. Me parece que lo menos que se puede hacer es eso, frente a la arrogancia, frente a la prepotencia de quienes se creen dueños del lugar y en realidad se han enriquecido con el trabajo de los mineros. Se les debe retirar la concesión. Se les debe dar su fuente de empleo a los mineros. Se les debe respetar su contrato colectivo y se les debe respetar su sindicato.

Hoy resulta que es un privilegio tener contrato colectivo. Hoy resulta que es un privilegio tener un sindicato. Para esas empresas el mejor sindicato es el inexistente y van avanzando en su mal llamado outsourcing famoso, que es estar acabando con todos los derechos de los trabajadores por la vía de los hechos, sin modificar el marco legal existente.

Así es que yo vengo a sumarme al llamado de los mineros de Cananea, del pueblo de Cananea, de diversos hombres y mujeres de aquella entidad con responsabilidad política y pública diversa que ven en el retiro de la concesión el inicio de una solución pacífica y justa a un conflicto tan serio como el que se está viviendo en ese lugar.

No quiero dejar de comentar en los últimos segundos que quedan, que muy cerca de Cananea hay un retén militar, como ninguno he visto en el país, en Querobabi. Precos le llaman coloquialmente ahí los habitantes. Está como migración de Estados Unidos, en un alarde de prepotencia, de violación a derechos y garantías constitucionales que es verdaderamente indignante y es esa presencia y la presencia de la PFP y la militarización que hay en el país lo que hoy pesa sobre los mineros de Cananea y debemos evitarlo a toda costa. Muchas gracias, compañeros y compañeras.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra el diputado Víctor Manuel Castro Cosío, del PRD.

El diputado Víctor Manuel Castro Cosío: Con el permiso, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, pareciera que cada vez que subimos a la tribuna nos correspondiera tener que tocar lo que avergüence a una parte de esta desangrada República. Lo que debiera apenarnos a todos los mexicanos bien nacidos. Lo que debiera llamarnos a pensar qué país estamos construyendo de fondo.

No es posible que en esta nación que va a conmemorar 100 años de la Revolución Mexicana, en un pueblo que fue ejemplo heroico, hoy de nueva cuenta se cierna sobre ellos la desgracia, el abuso, la desvergüenza y la injusticia.

Nos debiera apenar a todos lanzar discursos y más conmemorando 100 años de Revolución, cuando a Cananea se le niega el legítimo derecho al trabajo, con pretextos vergonzosos de Lozano, –gato– de Larrea y compañía, que otra vez avergüenza su actitud al país.

Cómo es posible que el secretario del Trabajo lance a más de mil personas otra vez a la calle en un pueblo que requiere empleo, sólo por hacerle caso a estos cobardes, enriquecedores desvergonzados, que saquean día a día la riqueza minera del país, y sin ningún rubor los Larrea y compañía despiden, hacen y deshacen con los mineros del país lo que les viene en gana. No podemos guardar silencio ante tanto despropósito.

Por eso compañeras y compañeros, este bestial ataque a los derechos elementales, otra vez, de los trabajadores de este país no debe pasar en este Congreso como un acto sólo de referencia y quedarnos nosotros sin hacer nada.

Quiero proponerles lo siguiente compañeros diputados y compañeras diputadas:

Primero, no es posible que este grupo mantenga la impunidad y haga con la minería nacional lo que le viene en gana. Ratificamos y llamamos a este Congreso a que se sume a todas las fuerzas progresistas de este país y se le retire la concesión a estos asesinos, que no han olvidado cómo dejaron sepultados cientos de cuerpos en Pasta de Conchos y no pasa nada.

No puede pasar impune otra vez este despido contra el pueblo y contra los mineros de Cananea. Por eso hay que sumarnos con todo para que esta compañía se ciña al derecho.

No es posible que las autoridades del Trabajo se sumen y hubiesen declarado de perdida, como en los viejos tiempos, inexistente la huelga y que les dé trabajo a los mineros. Ahora no a mansalva. Afuera el que no me sirve, el que entorpezca, afuera. No es posible guardar silencio.

Quiero pedirles que nos sumemos a esto, compañeros, que seamos diputadas y diputados orgullosos de nuestra labor y que no pase una empresa sobre el derecho de nuestras compañeras y compañeros mineros.

También quiero ratificarles y recordarles que hace apenas tres sesiones esta Cámara votó, este pleno, sin ningún voto en contra, que no usáramos la fuerza, que el Estado no usara la fuerza contra los mineros de Sombrerete, de Cananea. Que no fuésemos a usar la imprudencia de la fuerza bruta otra vez en contra de los trabajadores.

Por eso, el Grupo Parlamentario del PRD con esta declaración le exige al Estado mexicano que cumpla el acuerdo que este Congreso le hizo como exhorto, de no utilizar la fuerza, la represión en contra de los mineros, ni de Cananea ni de ningún sitio en donde haya conflictos laborales.

Ponemos por delante el diálogo, la razón y el entendimiento –y no la fuerza bruta– que debe garantizar el estado de derecho, del que tanto a veces nada más hacemos presunción, pero que dejamos a un lado cuando conviene a los intereses de los poderosos.

Finalmente, les proponemos que se conforme un grupo plural que sea acordado y que la Mesa Directiva le dé vigencia a este grupo plural para que atienda estos problemas, particularmente ahora de Cananea. Muchas gracias, compañeros.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Gracias, señor presidente. Cananea, pero también Pasta de Conchos, estamos a casi cuatro años de los hechos de Pasta de Conchos y no existe solución. El conflicto de Cananea como el de Pasta de Conchos tiene que ver con muchos asuntos que son preocupantes para este país. Tiene que ver con la defensa de los derechos laborales, derechos de los trabajadores que cada vez en México están más en entredicho.

Tiene que ver este conflicto con la autonomía y la independencia sindicales, en donde en un país como el nuestro, en donde existen sindicatos independientes, críticos y autónomos, inmediatamente la fuerza represiva del Estado los elimina.

Tiene que ver este conflicto con la defensa del patrimonio nacional. Todos los recursos naturales en nuestro país se están privatizando, los recursos minerales, los hidrocarburos, la energía eléctrica; todo se quiere privatizar en México.

Tiene que ver este asunto de Cananea con las responsabilidades del gobierno, con la parcialidad de la Secretaría del Trabajo que siempre ha estado a favor, en los conflictos laborales, de la clase empresarial, y no ha guardado o no ha conservado la imparcialidad que la legislación del trabajo le demanda.

Tiene que ver también con las posibilidades de represión. Es un Estado que reprime y que no busca legitimar, que no busca justificar sus decisiones por la vía democrática y de la defensa de los derechos humanos.

Tiene que ver este conflicto con la banalidad del mal. Es un conflicto que provoca dolor, que afecta a miles de familias de trabajadores y el uso del mal para no causar ningún propósito positivo, no generar un incremento de valor a nivel social o nivel político. Es un acto de sevicia, de crueldad extrema el que ha practicado el gobierno federal.

Necesitamos garantizar en nuestro país por vías jurídicas, por vías procesales, los derechos sociales.

Necesitamos una reforma laboral, no como la que quiere el gobierno, una reforma laboral que busca flexibilizar las relaciones de trabajo, que busca establecer contratos chatarra y que busca disminuir la libertad y la autonomía sindicales.

La reforma laboral que requerimos en México es una para ampliar los derechos de los trabajadores, es una que amplíe la autonomía sindical, es una que fortalezca el papel del trabajo en la vida pública, en la vida social.

Creo que parte de esa reforma laboral tiene que ver con la independencia y con la autonomía de los tribunales del trabajo.

Hoy en día, como ha demostrado este caso de Cananea, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, las Juntas de Conciliación y Arbitraje en todo el país están subordinadas al Poder Ejecutivo. Son tribunales, son órganos jurisdiccionales que no actúan con independencia, que no actúan con imparcialidad, que no garantizan ni siquiera los mínimos que establece la Ley Federal del Trabajo, mucho menos hacen posible el cumplimiento de las convenciones internacionales, particularmente las de la Organización Internacional del Trabajo.

Creo que este conflicto de Cananea nos obliga a tomar medidas como legisladores y no solamente a crear esta comisión plural que pide el punto de acuerdo para mediar en este conflicto de Cananea, sino también para revisar integralmente la situación del derecho laboral en México y la situación de los trabajadores y particularmente, para recuperar en manos de la nación el patrimonio y los recursos naturales.

Es muy importante que revisemos las concesiones, y es más importante también que discutamos en serio si en materia de minas deben permitirse este tipo de concesiones o si es la nación la que debe recuperar la explotación de estos recursos naturales, para no seguir privatizando el patrimonio de todos los mexicanos.

Creo que debemos apoyar este punto de acuerdo, pero debemos ir más allá. Debemos ir hacia una revisión integral del esquema laboral y de la revisión del patrimonio de la nación. Ésa es la tarea que corresponde a este Congreso. Muchas gracias, compañeros.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Gracias a usted, diputado.

El diputado Ramón Jiménez López(desde la curul): Señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Sí, diputado Jiménez López.

El diputado Ramón Jiménez López (desde la curul): Le pido que me anote para hablar sobre el mismo tema, si fuera tan amable.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene usted la palabra, señor diputado.

El diputado Ramón Jiménez López: Muchas gracias, señor presidente. Quiero recordar que en el mes de diciembre del año pasado se turnó a la Comisión de Economía un punto de acuerdo, signado por el diputado Carlos Samuel Moreno Terán, en el cual solicitaba la cancelación de la concesión del Grupo México en la mina de Cananea. Tuvimos una discusión en esta comisión y ese punto fue desechado. Solamente el diputado del PT y un servidor votamos a favor. Hoy, nuevamente se pone a la luz pública este tema tan delicado.

Debemos recordar que desde el 31 de julio del año 2007 el sindicato minero estalló las huelgas en Sombrerete, Cananea y Taxco, derivado de que un año y medio atrás se registró un accidente que ahora, dadas las investigaciones, podemos afirmar categóricamente que no fue un accidente, sino más bien fue un crimen industrial que se cometió con los mineros en Pasta de Conchos. Todos recordamos que de los 65 mineros que fallecieron todavía restan por rescatar los cuerpos de 63.

Ante las condiciones de inseguridad, particularmente del Grupo México, que se dan en las distintas minas que tiene concesionadas, y dado este accidente en Pasta de Conchos, los mineros –repito– de estas tres minas Cananea, Sombrerete y Taxco, por condiciones de inseguridad en el trabajo decidieron estallar la huelga.

La Junta de Conciliación y Arbitraje en distintos momentos y ligada desde luego al secretario del Trabajo y Previsión Social –que más que secretario del Trabajo y Previsión Social es el representante comercial y representante de comunicación social del Grupo México– pretendió negar el derecho de huelga a los trabajadores.

Finalmente hace unos días se decretó, o se acordó por parte de un tribunal colegiado, cancelar las relaciones laborales entre el sindicato minero y el Grupo México, concesionario de la mina en Cananea.

Ante esta situación, de inmediato el Grupo México desplegó mantas invitando a todos los trabajadores de la mina de Cananea a que fueran a recoger su liquidación. Además, los indicios muestran que en colusión, en coordinación o en complicidad con las fuerzas del orden público se pretende llevar a cabo un desalojo violento de los mineros.

Los mineros, el día de ayer que dimos inicio en esta Cámara de Diputados a un foro titulado Problemática minera en México, análisis y soluciones, estuvieron presentes en el salón Legisladores de México y manifestaron con toda precisión que por ningún motivo van a permitir una solución injusta y van a dejar la mina de Cananea.

Ante esta situación cobra vigencia el punto de acuerdo que se aprobó en esta soberanía, como lo mencionó el diputado del Partido de la Revolución Democrática que me antecedió, sin ningún voto en contra, para exhortar tanto a la Secretaría de Gobernación como a la del Trabajo y Previsión Social a que no resuelvan el conflicto de Cananea por un golpe de mano. Hay indicios de que la situación se puede encarrilar hacia ese punto.

Nosotros desde esta tribuna, el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, reitera su rechazo a cualquier forma violenta y máxime que el gobierno federal pueda prestarse como cómplice, alcahuete o empleado del Grupo Minera México para reprimir a los trabajadores mineros en Cananea.

Insistimos en que esta Cámara de Diputados pueda constituir un grupo plural de diputados que de inmediato se puedan –también entre otras cosas– trasladar a Cananea para contribuir a la solución negociada y por el diálogo, y no a la represión anunciada hacia los mineros de Cananea.

Queremos finalmente decir que este foro que iniciamos ayer pretende concluir con la presentación de una iniciativa de ley para modificar la Ley Minera, ya que entre otras cosas los mineros a los que se les han concesionado las minas, que prácticamente constituye ya el 20 por ciento del territorio nacional, deben sujetarse plena y cabalmente a la ley y no violarla sistemáticamente.

Como un diputado más ya lo mencionó aquí...

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Su tiempo ha concluido, señor diputado.

El diputado Ramón Jiménez López: Reiteramos y concluyo –gracias, señor presidente– con que es urgente que se quite la concesión al Grupo México en la mina de Cananea. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Tiene la palabra el diputado Miguel Ernesto Pompa Corella, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Miguel Ernesto Pompa Corella:Con su venia, señor presidente. Les habla el diputado que es electo por Cananea, el diputado que tiene que ir a rendirle cuentas a la gente de Cananea, el diputado que ha estado desde que inició esta huelga con la gente de Cananea. Me da mucho gusto escuchar la preocupación de quienes me antecedieron en la palabra.

Al igual que como lo dijo el diputado Noroña, él estuvo el domingo, yo estuve el sábado con los trabajadores de la mina. Ahí pudimos ver cómo las mujeres, los niños, los propios mineros están apostados en las puertas de esta mina y están dispuestos a defender con la vida lo que fue su fuente de trabajo.

Poco le abonamos, quienes utilizamos este micrófono, a resolver un conflicto que ya tiene más de 30 meses, si nada más nos limitamos a hablar.

Vengo el día de hoy a decirles que desde septiembre presentamos la propuesta para crear una comisión plural, el día de hoy estoy reiterando de nueva cuenta y se pasó a la Junta de Coordinación Política para crear esa comisión plural.

Le pediría a los coordinadores, le pediría a todos los que nos acompañan el día de hoy que hagamos realidad cuando menos esa comisión plural, para que vea la gente de Cananea que no solamente nos interesa en el discurso, sino que estamos comprometidos en los hechos. Porque es muy difícil estar yendo para allá a dar la cara y no tener respuestas para esa gente, que lo único que busca es darle de comer a sus hijos, educarlos, vestirlos y vivir como mexicanos. A mí me cuesta mucho trabajo utilizar los micrófonos y ser respetuoso cuando pienso en la gente de Cananea.

A 100 años de la Revolución no tenemos nada que festejar, mucho menos en Cananea, estamos en el umbral de algo que puede desencadenar hechos de los que después nos vamos a arrepentir.

Lo he dicho y lo reitero, a pesar de las recomendaciones que me han dado, lo voy a decir: ya estuvo suave de que este país esté siendo gobernado por mexicanos enanos que no respetan a la clase trabajadora y que se comprometieron en campaña a ser los presidentes del empleo y no han hecho otra cosa que acabar con él.

Los mexicanos no tenemos seguridad en las calles, no tenemos seguridad para nuestras familias. Con este tipo de resoluciones tampoco nos están brindando seguridad en nuestros trabajos.

Yo sí hago un llamado, y ojalá que cale hondo en las conciencias y el pensamiento colectivo de todos los que estamos el día de hoy aquí, hagamos algo y demostrémosle al pueblo de México que estamos con los que trabajan, que estamos con los que van y sí se preocupan por sus familias.

Hagamos el compromiso a tener, a más tardar el día de mañana o más tardar cuando lo decida la Junta de Coordinación Política, esta comisión plural en la que todos podamos participar. Hablamos hoy de Cananea, en la misma situación está Taxco y está Sombrerete.

Están alegando los del Grupo México que en Taxco quieren dar por terminadas las relaciones contractuales porque ya no hay mineral, ya se demostró que sí existe. Vamos dando muestras de que aquí nosotros legislamos para el pueblo de México y no para los ricos de México. Muchas gracias. Mucho les agradezco su interés.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:Señores diputados y señoras diputadas, les informo que habíamos recibido del diputado Miguel Ernesto Pompa Corella, del Grupo Parlamentario del PRI, proposición con punto de acuerdo por el que se crea la Comisión Especial de seguimiento al conflicto minero de Cananea

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella:«Proposición con punto de acuerdo para crear un grupo legislativo de mediación para la vigencia de derechos en la terminación de las relaciones laborales individuales y colectivas en la Mina de Cananea Sonora, a cargo del diputado Miguel Ernesto Pompa Corella, del Grupo Parlamentario del PRI.

Miguel Ernesto Pompa Corella, suscrito diputado federal por el Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo que llama a la conformación de un Grupo Legislativo de Mediación para la Vigencia de Derechos en la Terminación de las Relaciones Laborales Individuales y Colectivas en la Mina de Cananea Sonora que explota el Grupo México.

Consideraciones

A dos años y medio del conflicto laboral entre los trabajadores de la mina de cobre en Cananea y la empresa Mexicana de Cananea, los resultados a las convocatorias de diálogo y construcción de acuerdos para resolver el problema han sido escasos.

Los problemas derivados de la conclusión de las relaciones laborales entre la empresa Mexicana de Cananea, que explota la mina de Cananea y Sección 65 del Sindicato Minero han generado un grave retroceso productivo para la industria minera en México; los derechos y prerrogativas laborales de los trabajadores mineros han sido socavados; las finanzas públicas municipales están en franca ruina; la mayoría de las familias cananenses está en constante inquietud por los saldos de las crisis en sus hogares y, por si fuera poco, la reactivación y diversificación económica se ve como una alternativa en un alejado plazo ante el declive de las inversiones productivas, públicas y privadas, en nuestro país.

El conflicto que genera dar por terminadas las relaciones laborales individuales y colectivas en la mina de Cananea, más allá del alcance que tiene por la trascendencia del movimiento obrero en el país y por el firme vínculo que antecedió a la Revolución Mexicana, ratifica ahora que el carácter del Estado Nacional no se establece en la vigencia de los derechos de las partes en conflicto.

Así, la convocatoria al diálogo y a la concertación ha abonado a los saldos de la grave crisis de empleo que vivimos en México da una señal indeterminada y ambigua a la sociedad, que espera de un régimen de Estado un gobierno que estimule la creación de empleo y fomente las inversiones, la derrama económica y el bienestar para Cananea y sus habitantes.

La empresa Mexicana de Cananea, subsidiaria del Grupo México, ofreció a finales del mes pasado una liquidación conforme al Contrato Colectivo de Trabajo, lo que se traduciría en un pago varias veces superior al de la liquidación de ley. Esta posibilidad que ofreció la empresa habla de la gran riqueza del mineral de Cananea que a más de dos años del conflicto ha registrado pérdidas en un promedio de 5 mil millones de pesos.

En la consideración de una relación laboral que las autoridades han establecido como terminada con los mineros con la empresa y luego de los graves perjuicios que ha ocasionado este conflicto en la vida laboral, productiva y económica de miles de familias en Cananea, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.Se convoca a los integrantes de esta LXI Legislatura de la Cámara de Diputados a conformar un Grupo Legislativo de Mediación para la Vigencia de Derechos en la Terminación de las Relaciones Laborales Individuales y Colectivas en la Mina de Cananea, Sonora.

Segundo.El Grupo Legislativo de Mediación para la Vigencia de Derechos en la Terminación de las Relaciones Laborales Individuales y Colectivas en la Mina de Cananea convocará al mejor oficio político del Ejecutivo federal para que las liquidaciones se otorguen conforme al Contrato Colectivo de Trabajo.

Tercero.Que se otorguen las garantías necesarias para que sin intervención de la fuerza pública prevalezca la seguridad en la mina y en la ciudad de Cananea durante el proceso de liquidación.

Cuarto.Que se verifiquen los términos de recontratación y condiciones del Contrato Colectivo de Trabajo conforme lo establece el artículo 13 bis de la Ley Minera, y

Quinto.Que el Grupo Legislativo en mención pueda emitir recomendaciones con valor legislativo para el mejoramiento de las condiciones políticas, económicas y sociales en Cananea, Sonora.

Palacio Legislativo de San Lázaro, martes 16 de febrero de 2010.— Diputados: Miguel Ernesto Pompa Corella, José Luis Marcos León Perea, Rogelio Díaz Brown Ramsburgh, Ernesto de Lucas Hopkins, Jesús Alberto Cano Velez, Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez, Onésimo Mariscales Delgadillo (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Como lo ha solicitado el diputado, se turna a la Junta de Coordinación Política.

También como ustedes saben, señores diputados, a solicitud de los grupos parlamentarios hay una iniciativa para que las sesiones concluyan a las 16 horas.

En consecuencia, continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Georgina Trujillo Zentella: «Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias.— Primer Año de Ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Jueves 18 de febrero de 2010.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, invita a la ceremonia cívica conmemorativa del 70 aniversario del Día de la Bandera, el próximo 24 de febrero a las 10 horas.

Los asuntos no abordados y los demás con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz (16:27 horas): Gracias. Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 18 de febrero a las 10 de la mañana. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8:30 horas.

————— O —————



RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración: 5 horas• Quórum a la apertura de sesión: 280 diputados• Asistencia al cierre de registro:  450 diputados• Diputado que solicita licencia: 1• Diputados suplentes que se incorporan: 2• Comisiones reglamentarias y protocolarias: 1• Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 2• Temas de agenda política tratados: 2• Oradores que participaron: 72PRI          25 PAN        6 PRD          15 PVEM     7 PT              16 NA          2  Conv.       1Se recibieron o presentaron:• 1 oficio de la de la Procuraduría General de la República con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente;• 1 oficio de la de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente;• 1 oficio de la Comisión Nacional del Agua;• 3 oficios de la de la Secretaría de Gobernación con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente;• 1 oficio de la Cámara de Senadores con el que remite acuerdo;• 7 iniciativas del PRI;• 3 iniciativas del PAN;• 2 iniciativas del PRD;• 1 iniciativa del PVEM;• 2 iniciativas del PT;• 2 iniciativas de Nueva Alianza;• 10 proposiciones con puntos de acuerdo;• 4 excitativas a comisiones;• 2 temas de agenda políticaDictámenes de primera lectura:• 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cinco monedas de plata, relativas al complejo arquitectónico de Chichén Itzá;• 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se establecen las características de cuatro monedas de oro para promover la identidad nacional al revalorizar los orígenes del pueblo mexicano;• 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se establecen las características de una moneda de oro y dos de plata, conmemorativas del bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional; y dos monedas de plata conmemorativas del centenario del inicio de la Revolución Mexicana;• 1 de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 164 de la Ley Agraria;• 1 de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria;• 1 de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o., 5o., 29, 48 y 59 de la Ley AgrariaDictámenes aprobados:• 1 de la Comisión de Comunicaciones, con proyecto de decreto que adiciona el Capítulo XXIV, "De la Franquicias Postales", con los artículos 69, 70, 71 y 72 a la Ley del Servicio Postal Mexicano;• 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara el 12 de agosto de cada año como Día Nacional de la Juventud;• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre;• 1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a revisar las reglas de operación del Programa Especial Concurrente en el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, a fin de garantizar mayor accesibilidad a los programas de combate a la pobreza y al desarrollo productivo de capacidades y generación de empleos;• 1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a modificar las reglas de operación de los programas comprendidos en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, a fin de que se garantice que los recursos presupuestales se entreguen oportunamente; a simplificar los mecanismos y trámites para la obtención de los fondos; y a establecer procedimientos de asignación del presupuesto que garanticen su canalización a la producción de básicos y estratégicos para coadyuvar al logro de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional. Sin discusión se reserva para su votación en conjunto;• 1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a implantar de manera inmediata, con la colaboración del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, las universidades agropecuarias del país y el Colegio de Postgraduados la revisión y actualización de los paquetes tecnológicos agropecuarios y acuícolas del país, a fin de hacer eficiente e incrementar las productividad del sector primario y evitar pérdida de recursos en el campo mexicano. Sin discusión se reserva para su votación en conjunto;• 1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos federal y estatales a garantizar a la población campesina bienestar, participación e incorporación en el desarrollo rural; y a aportar de manera emergente los recursos financieros para un subsidio que permita en el 2010 la adquisición de insumos agrícolas básicos, particularmente para los trabajadores del campo afectados por la sequía atípica en Guerrero;• 1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a los titulares de los Ejecutivos locales y a los Consejos Estatales de Desarrollo Rural Sustentable a respetar la participación ciudadana y fortalecer la transparencia en el ejercicio de los recursos destinados al desarrollo rural. Sin discusión se reserva para su votación en conjunto;• 1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta soberanía a realizar, junto con el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria, un foro de consulta en materia de ingeniería genética de organismos genéticamente modificables con los grupos interesados sobre el tema, especialistas e investigadores públicos y privados

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION



VOTACIONES