Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXI Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, martes 5 de octubre de 2010
Sesión No. 13

SUMARIO


ORDEN DEL DIA

Realizan comentarios desde sus curules los diputados:

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Mary Telma Guajardo Villarreal

Mario Alberto di Costanzo Armenta

COMISIONES LEGISLATIVAS

Oficio de la Junta de Coordinación Política por el que se comunica cambios de integrantes en la Comisión de Derechos Humanos. De enterado, comuníquese

Oficio de la Junta de Coordinación Política por el que se comunica cambios de integrantes en la Comisión de Pesca, así como del Grupo Plural de Trabajo para dar seguimiento a la problemática existente en el predio del Divisadero de Tenacatita de la zona federal de la bahía de Tenacatita, municipio de La Huerta, así como playa del norte en el estado de Jalisco. Aprobado, comuníquense

DIPUTADA QUE SOLICITA LICENCIA

Comunicación de la diputada Graciela Ortiz González  con la que solicita licencia para separarse de su cargo como diputada en la primera circunscripción plurinominal. Se aprueban los puntos de acuerdo respectivos

IV INFORME DE GOBIERNO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establece en la agenda la comparecencia de la titular de la Secretaría de Turismo, en el marco del análisis del IV Informe de Gobierno del presidente de la república, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa. Aprobado, comuníquese

OBESIDAD Y DESNUTRICION

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se conforma un Grupo Plural de trabajo para dar seguimiento a la problemática de obesidad y desnutrición que afecta a la población de nuestro país. Aprobado, comuníquese

DIPUTADO QUE CAMBIA DE GRUPO PARLAMENTARIO

Oficio del diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas, por el que comunica que ha dejado de pertenecer al Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza e informa su intención de incorporarse al Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. De enterado, comuníquese

DIPUTADO JULIO CESAR GODOY TOSCANO

Oficio del presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados con el que comunica de la recepción de la solicitud de declaración de procedencia contra el diputado Julio César Godoy Toscano, por parte de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada. De enterado, comuníquese

BANCO DE MEXICO

Oficio del Banco de México con el que remite Informe sobre la ejecución de la política monetaria durante el primer semestre de 2010, y de la inflación del primero y segundo trimestres del año en curso. Se remite a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que remite información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de agosto de 2010. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS - LEY DE COORDINACION FISCAL - LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS - LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarto de las disposiciones transitorias correspondientes a la abrogación de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos, contenidas en el decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007, presentada por los senadores Guillermo Tamborrel Suárez y Juan Bueno Torio . Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY DEL IMPUESTO A LA COMPRA EN EFECTIVO DE DIVISAS

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley del Impuesto a la Compra en Efectivo de Divisas, presentada por los senadores Rosalinda López Hernández y Tomás Torres Mercado . Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

Siete oficios de la Cámara de Senadores con los que remite los siguientes acuerdos con relación al Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 a incrementar los recursos federales para:

La ejecución y construcción del libramiento norponiente en la Ciudad de Guanajuato, presentada por el senador Francisco Arroyo Vieyra  y la diputad. Ruth Esperanza Lugo Martínez . Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

La educación superior; y al secretario de Educación Pública, que intervenga ante el gobierno del estado de Jalisco para resolver la demanda de recursos presupuestales de la Universidad de Guadalajara, presentada por los senadores: Ramiro Hernández García, Gerardo Montenegro Ibarra, María del Socorro García Quiroz, Raúl Mejía González y Carlos Sotelo García. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

La inversión en infraestructura deportiva en Quintana Roo, presentada por la senadora Ludivina Menchaca Castellanos . Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Que no se modifique la asignación de recursos a la Universidad Nacional Autónoma de México, salvo que sea para su incremento, presentada por el senador Luis Maldonado Venegas . Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Impulsar y fortalecer los programas de apoyo a los medianos y pequeños empresarios, especialmente el programa Mi Tortilla, presentada por el senador Francisco Herrera León . Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

El Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios, presentada por el senador Julio César Aguirre Méndez . Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, presentada por el senador Alfonso Sánchez Anaya . Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Segunda lectura del dictamen de la Comisión del Distrito Federal con proyecto de decreto que reforma los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

La diputada Gabriela Cuevas Barron  fundamenta el dictamen por la comisión

A discusión interviene el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Suficientemente discutido es aprobado. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales

DIA INTERNACIONAL DEL DOCENTE

Desde su curul la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena  realiza felicitación a las y a los maestros en la conmemoración del Día Internacional del Docente, instituida desde 1994 en este día por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco)

ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Segunda lectura del dictamen de la Comisión del Distrito Federal con proyecto de decreto que reforma los artículos 47 y 86 y adiciona el artículo 12 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

La diputada Gabriela Cuevas Barron  fundamenta el dictamen por la comisión

A discusión intervienen los diputados:

Silvia Esther Pérez Ceballos

Mario Alberto di Costanzo Armenta

Agustín Guerrero Castillo

Suficientemente discutido es aprobado. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Desarrollo Social con proyecto de decreto que adiciona una fracción II Bis al artículo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos

Sin discusión es aprobado. Pasa al Ejecutivo federalpara sus efectos constitucionales

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Sin discusión es aprobado. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural con proyecto de decreto que adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Sin discusión es aprobado. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional

LEY DE ASOCIACIONES AGRICOLAS

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas

A discusión interviene la diputada Yolanda de la Torre Valdez

Suficientemente discutido es aprobado. Pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales

LEY AGRARIA

Comunicación de la Comisión de Reforma Agraria con solicitud para que posponga la segunda lectura del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria. Se acepta

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

A discusión interviene el diputado Avelino Méndez Rangel

Suficientemente discutido es aprobado. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales

COMPLEJOS DE ALTA TECNOLOGIA

Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 20 de abril pasado, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, y a los gobiernos de las entidades federativas y al del Distrito Federal a apoyarse en la implantación de sus proyectos, en el desarrollo de obras públicas y en las auditorías en las empresas del complejo de alta tecnología Tecnópolis

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA - SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES

Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 5 de noviembre de 2009, por el que se exhorta al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) a elaborar con apoyo del Sistema Nacional de Investigadores un catálogo de problemas y necesidades nacionales y a establecer plazos máximos para su atención planificada y definitiva

FONDO DE COOPERACION EN CIENCIA Y TECNOLOGIA UNION EUROPEA-MEXICO

Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 28 de abril pasado, por el que se exhorta al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) a rendir un informe detallado del Fondo de Cooperación en Ciencia y Tecnología Unión Europea-México

ESTADO DE JALISCO

Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 28 de abril pasado, por el que se exhorta al gobierno de Jalisco a prevenir actos de intimidación y hostigamiento contra defensores de los poblados afectados por la construcción de la presa El Zapotillo

PROGRAMA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 4 de marzo pasado, por el que se exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivos de los 31 estados de la república carentes de planes de derechos humanos a elaborarlos y expedirlos para contribuir a los propósitos del Programa Nacional de Derechos Humanos

TRATA DE PERSONAS

Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 8 de octubre de 2009, por el que se exhorta a los congresos locales a expedir una ley para prevenir y sancionar la trata de personas, y a armonizar su marco jurídico en la materia

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 10 de noviembre de 2009, por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) a aplicar por Distribuidora Conasupo (Diconsa), SA, un programa anual de compras basado en el sistema de licitación pública con las condicionantes de calidad, peso y empaque que dicha dependencia determine

MIGRANTES

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 9 de febrero pasado, por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) a realizar estudios para medir y comprobar el impacto producido por la crisis económica mundial y el índice de desempleo de los migrantes repatriados por dicha causa

ADULTOS MAYORES

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 11 de marzo pasado, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a impulsar la creación de un programa social de instauración de estancias de día para los adultos mayores del país

ESTADO DE CHIHUAHUA

Dictamen de la Comisión de Energía con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 6 de octubre de 2009, por el que se exhorta a la Secretaría de Energía a tomar medidas para que Pemex reduzca en la temporada invernal 2010-2011 el precio del gasóleo, del gas LP y del gas natural en Chihuahua

GRANJAS ACUICOLAS

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 15 de diciembre de 2009, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua a agilizar y facilitar la realización de los trámites de impacto ambiental, particularmente de proyectos de granjas acuícolas

CESE DE OPERACIONES DE MINAS EN MEXICO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 4 de marzo pasado, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio de Ambiente y Recursos Naturales a emitir una norma oficial mexicana que regule eficazmente los procedimientos de cierre de operaciones de las minas en México para evitar así la generación de pasivos ambientales

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 11 de marzo pasado, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio de Ambiente y Recursos Naturales a emitir una norma exhorta al Ejecutivo federal a asignar recursos para realizar estudios del estado de salud y en el cuidado, la protección, la preservación y el aprovechamiento racional de la totoaba en el golfo de California, especie de pez marino clasificada como en extinción

ESTADO DE VERACRUZ

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 11 de marzo pasado, relativos al humedal de Tembladeras, en la zona conurbada Veracruz-Boca del Río

PROTECCION DE BOSQUES Y SELVAS

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 11 de marzo pasado, por el que se exhorta a la Comisión Nacional Forestal a revisar y evaluar las políticas implantadas en el Programa Estratégico Forestal para México 2025

AGUACATE

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 7 de abril pasado, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio de Ambiente y Recursos Naturales a implantar acciones de fomento y protección de los ecosistemas forestales para detener el cambio ilegal del uso de suelo por la apertura de plantaciones de aguacate en Michoacán

ESTADO DE JALISCO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 21 de abril pasado, relativos a la evaluación del impacto ambiental del proyecto turístico Zafiro, en la reserva de la biosfera Chamela-Cuixmala

ESTADO DE MEXICO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 27 de abril pasado, relativo a la gestión de residuos sólidos en Tepetlaoxtoc de Hidalgo, estado de México

DERRAME PETROLERO EN GOLFO DE MEXICO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 29 de abril pasado, relativos a la protección, evaluación y remediación de las aguas del Golfo de México por el derrame petrolero que fue provocado por el hundimiento de la plataforma Deepwater Horizon el pasado 22 de abril

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

Dictamen de la Comisión de Pesca con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 7 de abril pasado, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a expedir el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2007

ESTADO DE JALISCO

A discusión del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 28 de abril pasado, por el que se exhorta al gobierno de Jalisco a prevenir actos de intimidación y hostigamiento contra defensores de los poblados afectados por la construcción de la presa El Zapotillo

Se concede la palabra a los diputados:

Juan Enrique Ibarra Pedroza

Salvador Caro Cabrera  desde su curul

Suficientemente discutido

Son aprobados en conjunto los anteriores 21 dictámenes. Comuníquense

LEY DE CONCURSOS MERCANTILES

Dictamen de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles, recibida el 26 de marzo de 2009

LEY DEL SEGURO SOCIAL

Dictamen de la Comisión de Seguridad Social con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, presentada el 16 de febrero pasado

CODIGO CIVIL FEDERAL

Dictamen de la Comisión de Justicia con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 273, 282 y 288 del Código Civil Federal, presentada el 23 de febrero pasado

LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL DE PLANEACION METROPOLITANA

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Metropolitano con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que crea el Instituto Nacional de Planeación Metropolitana, presentada el 23 de febrero de 2006

LEY AGRARIA

Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 164 y 181, y adiciona el 181 Bis de la Ley Agraria, recibida el 1 de febrero de 2008

LEY DEL SEGURO SOCIAL

A discusión el dictamen de la Comisión de Seguridad Social con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, intervienen los diputados:

Juan Enrique Ibarra Pedroza

Uriel López Paredes  desde su curul

Se considera suficientemente discutido

Son aprobados en conjunto los anteriores 5 dictámenes. Archívense los expedientes como asuntos concluidos, y porr lo que se refiere al dictamen de la Comisión de Seguridad Social, devuélvase a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción D, del artículo 72 constitucional

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Junta de Coordinación Política para modificar el orden del día. Aprobada

COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se conforma un Grupo de Trabajo que se aboque a investigar las denuncias de corrupción que pesan sobre la Comisión Federal de Electricidad. Aprobado, comuníquese

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Junta de Coordinación Política para modificar el orden del día. Aprobada

LEY GENERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS EN MATERIA DE SECUESTRO - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - CODIGO PENAL FEDERAL - LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION - LEY DE LA POLICIA FEDERAL - LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES - LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

Desde sus curules intervienen los diputados:

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Primera lectura a dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad Pública, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Voto particular que presenta el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, en contra del dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública

VOLUMEN III

Ley para Promover la EducaciOn, la CapacitaciOn para el Empleo y el Trabajo de la Juventud

Se recibió de la diputada Ifigenia Martha Martínez y Hernández, del Partido del Trabajo, iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud. Se turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Juventud y Deporte, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El diputado Agustín Torres Ibarrola  presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma la denominación de la sección IX del capítulo IV del título primero; y adiciona los artículos 42, 43 y 43 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la creación de una etiqueta ecológica que distinga a un producto que demuestre que en su proceso de fabricación, comercialización y vida posterior al uso es respetuoso con el ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Desde su curul el diputado Ricardo Sánchez Gálvez  se adhiere a la iniciativa

El diputado Agustín Torres Ibarrola  acepta

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA - LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION GUBERNAMENTAL - CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

La diputada Dolores de los Angeles Nazares Jerónimo  presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental; así como de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, para sustituir el término de testigo protegido por el de colaborador y valoración de la información aportada sujeta a requisitos procesales. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de la Función Pública

LEY DE FISCALIZACION Y RENDICION DE CUENTAS DE LA FEDERACION

El diputado Manuel Clouthier Carrillo  presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 104 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, sobre el procedimiento en la designación del titular de la Unidad de Evaluación y Control. Se turna a la Comisión de la Función Pública

LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARA EL FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS

El diputado Víctor Manuel Báez Ceja  presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. y adiciona el artículo 10 de la Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, sobre incluir a diputados representantes de todas y cada una de las fracciones parlamentarias en la integración del comité técnico de dicho fideicomiso. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El diputado Uriel López Paredes  presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción V, inciso d), del artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para consolidar un sistema nacional de pensiones. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

El diputado Eduardo Mendoza Arellano  presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción IV al artículo 22 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, respecto a la instalación de medidores de energía eléctrica. Se turna a la Comisión de Energía

LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLE

La diputada Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández  presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) revise el proyecto y actualizaciones de la Carta Nacional Pesquera e incluya acciones y recomendaciones relativas a la adaptación, mitigación y vulnerabilidad al cambio climático. Se turna a las Comisiones Unidas de Pesca, y Medio Ambiente y Recursos Naturales

LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL - LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE

El diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina  presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma los artículos 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal, y 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, en contra del maltrato a los animales. Se turna a las Comisiones Unidas de Agricultura, Ganadería y de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Desde sus curules se adhieren a la iniciativa los diputados:

María del Pilar Torre Canales

Guadalupe Eduardo Robles Medina  acepta

Javier Corral Jurado

LEY MINERA

El diputado Pedro Avila Nevárez  presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona diversas disposiciones a la Ley Minera, sobre los servicios de educación, hospitales, caminos y centros de asistencia social a trabajadores mineros. Se turna a la Comisión de Economía

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas  presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para que la información sobre desempeño se integre de manera más formal y oportuna a las diversas etapas del proceso del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Desde su curul el diputado Carlos Luis Meillón Johnston  se adhiere a la iniciativa

Desde su curul el diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas  acepta

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

SITUACION POLITICA

El diputado Benjamín Clariond Reyes Retana  realiza comentarios relativos a la situación política del país

Intervienen sobre el tema los diputados:

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Víctor Manuel Castro Cosío

Javier Corral Jurado

Víctor Manuel Castro Cosío

Ramón Jiménez López

Pablo Escudero Morales  desde su curul

Miguel Angel García Granados  desde su curul

Pedro Avila Nevarez  desde su curul

Víctor Manuel Báez Ceja  desde su curul

Luis Antonio Martínez Armengol

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Junta de Coordinación Política para modificar el orden del día. Aprobada

IV INFORME DE GOBIERNO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se reagenda la comparecencia del titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el marco del análisis del IV Informe de Gobierno del presidente de la república, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa

Desde su curul realiza comentarios el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Es aprobado el acuerdo presentado. Comuníquese

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los siguientes dictámenes:

De la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto que reforma los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal (en lo general y en lo particular)

De la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 47 y 86 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona la fracción II Bis al artículo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (en lo general y en lo particular)


Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

ASISTENCIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de las señoras diputadas y señores diputados.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 268 diputados, por tanto, hay quórum.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(a las 11:32 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Martes 5 de octubre de 2010.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De la Junta de Coordinación Política.

Del diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas.

Del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

De la diputada Graciela Ortíz González.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Por el que se agenda la comparecencia de la titular de la Secretaría de Turismo, en el marco del análisis del IV Informe de Gobierno, del Presidente de la República, Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa. (Votación)

Por el que se conforma un Grupo Plural de Trabajo para dar seguimiento a la problemática sobre obesidad y desnutrición que afecta a la población de nuestro país. (Votación)

Oficio del Banco de México

Con el que remite Informe sobre la ejecución de la política monetaria durante el primer semestre de 2010, y de la inflación del primero y segundo trimestres del año en curso, de conformidad con lo que establece el artículo 51, fracción II, de la Ley del Banco de México.

Oficios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Con el que remite información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de agosto de 2010.

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que remite Iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo cuarto de las disposiciones transitorias correspondientes a la abrogación de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos, contenidas en el decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007, presentada por los senadores Guillermo Tamborrel Suárez y Juan Bueno Torio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con el que remite Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se Crea la Ley del Impuesto a la Compra en Efectivo de Divisas, presentada por los senadores Rosalinda López Hernández y Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011, se incluyan recursos para la ejecución y construcción del libramiento norponiente en la Ciudad de Guanajuato, presentada por el senador Francisco Arroyo Vieyra y la Dip. Ruth Esperanza Lugo Martínez, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional, respectivamente. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Cámara de Diputados, incrementar los recursos destinados a la educación superior; al titular de la Secretaría de Educación Pública su intervención ante el Gobierno de Jalisco para resolver la demanda de recursos presupuestales de la Universidad de Guadalajara, presentada por el senador Ramiro Hernández García, a nombre propio y de los senadores Gerardo Montenegro Ibarra, María del Socorro García Quiroz, Raúl Mejía González y Carlos Sotelo García, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, respectivamente. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Cámara de Diputados, para que en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, considere otorgar un incremento presupuestal para la inversión en infraestructura deportiva en el Estado de Quintana Roo, presentada por la senador Ludivina Menchaca Castellanos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Cámara de Diputados, garantizar que en el marco de la revisión, análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011, no sea modificada la asignación de recursos para la Universidad Nacional Autónoma de México, salvo que sea para su incremento, presentada por el senador Luis Maldonado Venegas, de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, considerar recursos suficientes en el Ejercicio Presupuestal 2011, a fin de impulsar y fortalecer los programas de apoyo a los medianos y pequeños empresarios, especialmente al Programa “Mi Tortilla”, presentada por el senador Francisco Herrera León, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Cámara de Diputados, ampliar los recursos destinados al Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios, presentada por el senador Julio César Aguirre Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Cámara de Diputados, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación del 2011, se incrementen los recursos federales asignados al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, presentada por el senador Alfonso Sánchez Anaya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Iniciativas

Que expide la Ley para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud, a cargo de la diputada Ifigenia Martha Martínez y Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Agustín Torres Ibarrola, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3° y 10 de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 104 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo del diputado Esthela Damián Peralta, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Uriel López Paredes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 22 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Eduardo Mendoza Arellano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 34, 39 y 86 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo de la diputada Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal y 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley Minera, a cargo del diputado Pedro Ávila Nevárez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 55 bis y 77 bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, a cargo del diputado Alejandro Carabias Icaza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Oscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Hugo Círigo Vásquez, del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Sergio Lobato García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3° y 33 de la Ley Sobre Delitos de Imprenta, a cargo de la diputada Adriana Díaz Lizama, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona los artículos 390 Bis, 390 Ter, 390 Quarter, 390 Quintus y reforma el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Eduardo Mendoza Arellano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 62 y 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 66 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial para la Familia. (Turno a Comisión)

Dictámenes a discusión

De la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto, que reforma los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

De la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto, que reforma los artículos 12, 47 y 86 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona una fracción II Bis al artículo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos.

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria.

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Ciencia y Tecnología, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a los Gobiernos de las Entidades Federativas y del Distrito Federal, para que se apoyen en la implantación de sus proyectos, desarrollo de obras públicas y auditorías, en las empresas comprendidas en el complejo de alta tecnología denominado Tecnópolis.

De la Comisión de Ciencia y Tecnología, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Conacyt, elaborar con apoyo del sistema nacional de investigadores, un catálogo de problemas y necesidades nacionales y a establecer plazos máximos para su atención planificada y definitiva.

De la Comisión de Ciencia y Tecnología, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Conacyt, rendir un informe detallado del Fondo de Cooperación en Ciencia y Tecnología Unión Europea-México.

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Estado de Jalisco, evite y prevenga los actos de intimidación y hostigamiento hacia los defensores de los poblados afectados por la construcción de la presa el Zapotillo en Jalisco.

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de los poderes ejecutivos de los treinta y un estados de la República, que no cuenten con sus respectivos programas de derechos humanos, a elaborarlos y expedirlos, a fin de coadyuvar y fortalecer los propósitos establecidos en el programa nacional.

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos locales expidan una Ley para prevenir y sancionar la trata de personas, así como para armonizar su marco jurídico en la materia.

De la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol, a través de Diconsa, S.A., aplicar un programa anual de compras basado en el sistema de licitación pública con las condicionantes de calidad, peso y empaque que la Secretaría de Desarrollo Social determine.

De la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol, realizar los estudios necesarios a efecto de medir y comprobar el impacto producido por la crisis económica mundial y el índice de de-sempleo de los migrantes repatriados por dicha causa.

De la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, impulsar la creación de un Programa Social de Instauración de Estancias de día para los adultos mayores del país.

De la Comisión de Energía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Energía, tomar las medidas conducentes para que Pemex reduzca el precio del gasóleo, del gas LP y del gas natural, en el estado de Chihuahua, durante la temporada invernal 2010-2011.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua, agilizar y facilitar la realización de los trámites de impacto ambiental, particularmente de proyectos de granjas acuícolas.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio de Ambiente y Recursos Naturales, para que emita una Norma Oficial Mexicana que regule eficazmente los procedimientos de cierre de operaciones de las minas en México, evitando así la generación de pasivos ambientales.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo Federal, asigne los recursos necesarios para que se realicen los estudios del estado de salud y conservación de la población de Totoaba, en el alto Golfo de California.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo relativos al humedal “Tembladeras” en el Estado de Veracruz.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional Forestal, llevar a cabo una revisión y evaluación de las políticas públicas diseñadas e implementadas en el Programa Estratégico Forestal para México 2025.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Semarnat, implementar acciones de fomento y protección de los ecosistemas forestales, para detener el cambio ilegal del uso de suelo por la apertura de plantaciones de aguacate en Michoacán.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo relativos a la evaluación del impacto ambiental del proyecto turístico denominado “Zafiro”, en la biosfera Chamela-Cuixmala.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo, relativo a la gestión de residuos sólidos en el Municipio de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, Estado de México.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo, relativos a la protección, evaluación y remediación de las aguas del Golfo de México, por el derrame petrolero.

De la Comisión de Pesca, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a expedir el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de Julio de 2007.

Dictámenes negativos de iniciativas

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles.

De la Comisión de Seguridad Social, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social.

De la Comisión de Justicia, con punto de acuerdo, por el que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 273, 282 y 288, del Código Civil Federal.

De la Comisión de Desarrollo Metropolitano, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que crea el Instituto Nacional de Planeación Metropolitana.

De la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 164, 181 y adiciona un artículo 181-Bis de la Ley Agraria.

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Salud y de la COFEPRIS, retiren de la oferta publicitaria en radio, televisión, internet y medios impresos, los denominados “Productos Milagro”, a cargo de la diputada Clara Gómez Caro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para instituir la Escuela Nacional de Charrería, a cargo de la diputada María Esther Terán Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el Fondo de Pavimentación a Municipios, FOPAM, en el Anexo 12. Programas del ramo 23 Provisiones Salariales y Económicas, a cargo de la diputada Sofía Castro Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la rehabilitación de los caminos cosecheros de Teapa, Tabasco, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren mayores recursos para el Programa de Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura dependiente del Ramo 08 de la SAGARPA, en el rubro de activos productivos tradicional, a cargo de la diputada Alba Leonila Méndez Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la rehabilitación y modernización de las bibliotecas del Municipio de Teapa, Tabasco, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la rehabilitación y modernización de los mercados municipales del estado de Tabasco, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de una unidad deportiva en la Villa Juan Aldama y en la cabecera municipal de Teapa, Tabasco, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción del Centro Cultural y de usos múltiples en Teapa, Tabasco, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la Zona Metropolitana de Monclova-Frontera-Castaños, a cargo del diputado Héctor Franco López, y suscrito por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para crear un fondo para impulsar el programa nacional de útiles y uniformes escolares gratuitos para alumnos de educación básica que asistan a escuelas públicas en todo el país, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para construir el Hospital de Atención y Rehabilitación para Quemados, en el municipio de Tultepec, Estado de México, a cargo del diputado Héctor Guevara Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el organismo de Cuenca del Golfo, de la CONAGUA, para que se lleven a cabo obras que permitan mitigar los daños generados por inundaciones en las comunidades y municipios de la cuenca del Río Coatzacoalcos en el estado de Veracruz, a cargo del diputado Luis Antonio Martínez Armengol, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para las universidades e institutos tecnológicos así como en sus fondos extraordinarios, a cargo de la diputada María Estela de la Fuente Dagdug, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se mantenga el subsidio del Programa de Diesel Agropecuario y, se exhorta a la SHCP, contemple la devolución del IVA a favor de los pequeños productores, a cargo del diputado Javier Bernardo Usabiaga Arroyo y suscrito por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción del Complejo Deportivo en el Municipio de Tlaxco, en el estado de Tlaxcala, a cargo de la diputada María Elena Perla López Loyo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para instaurar un Fondo de Ayuda Especial para la familia de las y los policías que en el cumplimiento de su deber fallezcan al combatir al narcotráfico y delincuencia organizada, en los tres niveles de gobierno, a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para que en el proyecto de Miscelánea Fiscal de la Federación 2011, considere el otorgamiento de estímulos fiscales del ISR a los contribuyentes que empleen a personas mayores de 60 años, a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren mayores recursos para el Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria (PESA), a cargo de la diputada María Felicitas Parra Becerra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de dos recintos educativos en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Grupos Parlamentarios, para que en el proceso de elección de tres integrantes del Consejo General del IFE, se tomen en consideración las capacidades, el prestigio, la formación académica, la experiencia y la reputación de los aspirantes; y se abstengan de incorporar cuotas partidistas, a cargo de la diputada Elsa María Martínez Peña, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para que en el proyecto de Miscelánea Fiscal de la Federación 2011, considere el otorgamiento de estímulos fiscales del ISR a los contribuyentes que generen productos compatibles con el ambiente, a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de terracerías, obras de drenaje y pavimentación de la carretera Aguililla – Dos Aguas – Coalcomán, Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la SRE, revise la actuación del Cónsul de México en la Ciudad de Chicago, Illinois, con motivo de las protestas realizadas en la celebración del Bicentenario de la Independencia de México, en esa ciudad de la Unión Americana, a cargo del diputado Héctor Pedraza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de terracerías, obras de drenaje y pavimentación de la carretera costera Caleta de Campos - Maruata, Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren mayores recursos para el Programa IMSS Oportunidades, a cargo de la diputada Clara Gómez Caro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de terracerías, obras de drenaje y pavimentación de la carretera costera Maruata - Boca de Apiza, Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, instruya al Director General de la CONAGUA a reformar las reglas de operación del Programa para la Construcción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales, para que las comunidades rurales consideradas de alta y muy alta marginación, tengan acceso a los recursos de dicho Programa, a cargo del diputado Emilio Andrés Mendoza Kaplán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de terracerías, obras de drenaje y pavimentación de la carretera Huetamo - Riva Palacio, Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para un programa de mantenimiento, rehabilitación y reparación de escuelas federales de nivel básico, a cargo de la diputada Sofía Castro Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de terracerías, obras de drenaje y pavimentación de la carretera de San Lucas - Tiquicheo, Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la primera etapa de la construcción del Puente “Río Santiago II”, en la Zona Metropolitana de Guadalajara, Jalisco, a cargo del diputado Jorge Arana Arana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para los proyectos culturales de cine y música en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, para que a través del INAH, declare a la Ciudad de Tamazula, Durango, zona patrimonio histórico y cultural de México, y a la casa donde vivió Don Guadalupe Victoria, se declare monumento histórico y cultural de México, a cargo del diputado José Ricardo López Pescador, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el proyecto Frente Urbano y Desarrollo Turístico de la costa michoacana, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción del Hospital General “Dr. Miguel Silva” en Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción del Hospital Infantil “Eva Sámano de López Mateos” en Morelia, Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el proyecto integral de mejoramiento de la imagen urbana de Angangueo, Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción del Parque Industrial Isla de la Palma, en Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción del Parque Tecnológico Agroindustrial, en Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el proyecto de construcción del Teatro Bicentenario “Mariano Matamoros”, en Morelia, Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el proyecto de construcción del Poliforum Digital de Morelia, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el rescate y mantenimiento del valor turístico de los pueblos mágicos de Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de la ruta turística Don Vasco, en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción del entronque carretero San Isidro-División del Norte, en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de terracerías, obras de drenaje y pavimentación de la carretera San Lorenzo - Periban, Michoacán, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren mayores recursos para los programas del FONHAPO, a cargo del diputado Martín García Avilés, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para diversos proyectos de conservación, mantenimiento urbano e infraestructura en la Delegación Gustavo A. Madero, a cargo del diputado Nazario Norberto Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren mayores recursos para la Secretaría de Educación del Gobierno del Distrito Federal y esta desa-rrolle para programas educativos, a cargo del diputado Nazario Norberto Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren mayores recursos para la Secretaría de Protección Civil del Gobierno del Distrito Federal, para programas de prevención y diagnóstico de riesgos, a cargo del diputado Nazario Norberto Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para que la Secretaría de Turismo del Distrito Federal desarrolle programas de turismo encaminados a incentivar la reactivación económica y la generación de empleos en el Distrito Federal, a cargo del diputado Nazario Norberto Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de las nuevas instalaciones de la escuela primaria “República de la India” en el pueblo de San Francisco, Tlalnepantla, en la Delegación Xochimilco, a cargo del diputado Luis Felipe Eguía Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para los diversos proyectos y acciones del Programa de Rescate de Barrancas en el Distrito Federal, a cargo de la diputada María Araceli Vázquez Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para atender la problemática de vivienda con alto riesgo en diversas delegaciones del Distrito Federal, a cargo de la diputada María Araceli Vázquez Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se distribuyan los recursos asignados al Seguro Popular, en términos que se alcance el equilibrio entre el número de afiliados y la necesaria expansión de la estructura médica, a cargo del diputado José María Valencia Barajas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del IMSS, otorgue de inmediato a las niñas y niños con lesiones derivadas de la aspiración de humo tóxico producto de la Guardería ABC, una atención oportuna y humana con la calidad requerida hasta su total recuperación física y psicológica, a cargo de la diputada Mary Telma Guajardo Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía, promueva las acciones necesarias para la industrialización y generación de nuevos proyectos productivos, a cargo del diputado José Ricardo López Pescador, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEMARNAT, implemente un programa contra la tala ilegal y realice un proyecto integral con el objeto de reforestar el Parque Nacional La Malinche, en el estado de Tlaxcala, a cargo de la diputada María Elena Perla López Loyo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del titular de la CFE, ante la Comisión Especial de la Cuenca de los Ríos Grijalva-Usumacinta, para que informe respecto del manejo de las presas del sistema hidroeléctrico del Alto Grijalva y su impacto en las anegaciones que enfrenta el estado de Tabasco, a cargo del diputado Adán Augusto López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita que la Comisión de Agricultura y Ganadería, analice, discuta y en su caso, apruebe un Programa de Capacitación Básica, asimismo que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para dicho Programa, a cargo del diputado José M. Torres Robledo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del estado de Guanajuato, para que interponga sus buenos oficios, a fin de que los beneficios de su iniciativa se extiendan a las mujeres que aun siguen presas por el mismo delito en esa entidad, a cargo de la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos que respondan a la transversalidad y perspectiva de género que requieren todos los poderes de la Unión para el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las mujeres, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, y al titular de la SHCP, a destinar recursos, para crear en el país ludotecas especializadas en atención psicológica para niñas y niños que han sido víctimas u ofendidos del delito o de la violencia, a cargo del diputado Jaime Flores Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares del Gobierno Federal, de la SHCP y del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, destinen recursos de los bienes incautados al crimen organizado, para crear en el país, centros especializados de atención psicológica y programas con psicoanalistas que permitan brindar terapias grupales a las víctimas u ofendidos del delito, a cargo del diputado Jaime Flores Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo Federal, que el Gobierno mexicano se retire de las negociaciones que actualmente se llevan a cabo, para suscribir el Acuerdo Comercial Anti-Falsificación, así como para que el Congreso de la Unión, convoque a una Convención Nacional, en la que se analicen los paradigmas actuales sobre modelos de producción, distribución y consumo cultural y comercial en Internet, sus aplicaciones legales, tecnológicas y sociales, así como modelos alternativos de licenciamiento de propiedad intelectual, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal y a los Gobiernos de las Entidades Federativas, desarrollen acciones que reduzcan la mortalidad materna, a cargo de la diputada María Elena Pérez de Tejada Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita al Director General de la Conagua, informe acerca del costo económico que tendría desarrollar un estudio técnico referente a la construcción de obras de prevención de inundaciones, con el propósito de aminorar los riesgos de las pérdidas causadas por éstas en los estados de Veracruz, Tabasco, Oaxaca y el Distrito Federal, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, relativo a la suspensión de los incrementos en las tarifas eléctricas y en los precios de la gasolina, el diesel y el gas doméstico, a cargo del diputado Pedro Ávila Nevárez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se crea la Comisión Especial para el Análisis del Sistema Monetario, el Fortalecimiento a la Economía a través del Ahorro y del Estudio del uso de la Plata como Moneda de Curso Legal, a cargo del diputado Samuel Herrera Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para crear un grupo de trabajo plural de legisladores que dé seguimiento a la problemática, así como a la aplicación de recursos y programas en atención a la región de desastres ocasionados por las lluvias en los estados de Oaxaca, Tabasco, Veracruz y Chiapas, a cargo del diputado Elpidio Desiderio Concha Arellano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, posponga la aplicación de los límites contenidos en las reglas para las operaciones en efectivo con dólares de los Estados Unidos de América, a cargo del diputado Gastón Luken Garza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal y al Gobernador del estado de Sonora, a poner fin al estado de sitio que sufren los 900 trabajadores de la Planta Fundidora de Esqueda, Sonora, mediante el retiro de las fuerzas policiales, respetando los derechos a la libre sindicalización y a la estabilidad laboral de los miembros de la sección 207 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, a cargo del diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se conmina al Director General de la CONAGUA, otorgue en comodato un terreno al Municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, para construir el Centro Deportivo y Recreativo de Convivencia Familiar Bicentenario, a cargo del diputado José Luis Soto Oseguera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEGOB, realice las gestiones necesarias a fin de lograr la pronta publicación del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de diversas dependencias del Gobierno Federal, realicen las gestiones necesarias para que se promueva una mayor generación y utilización de los Bioenergéticos, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, realice una profunda revisión de su política económica y fiscal a efecto de que ponga en marcha las políticas tendientes a promover el desarrollo de la economía nacional, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Semar, analice y evalúe la viabilidad de instalar una estación naval en la Presa “La Amistad”, ubicada en Acuña, Coahuila, a fin de reforzar las estrategias de seguridad nacional y combate a la delincuencia organizada en esa zona fronteriza, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal para que a través del Conaculta, instrumente las medidas necesarias a efecto de apoyar a los creadores culturales, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la Conagua, publiquen en el DOF la delimitación de la Laguna de Acuitlapilco, Tlaxcala, conforme al Decreto Federal de 1939, a fin de detener la venta ilegal de los terrenos aledaños a dicha Laguna, a cargo de la diputada María Elena Perla López Loyo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se instruye al Presidente de la Mesa Directiva, a promover juicio de controversia constitucional en contra del nombramiento de los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios de Pemex, a cargo de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, realice una revisión integral de las políticas y programas de protección a los derechos humanos de los migrantes que cruzan el territorio nacional, a cargo del diputado Héctor Pedraza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que esta Soberanía expresa sus condolencias por el sensible fallecimiento del escritor Germán Dehesa Violante, a cargo de la diputada Josefina Eugenia Vázquez Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del Gobierno del Distrito Federal, relativo a las mesas de trabajo con los vecinos de los asentamientos humanos ubicados en la Delegación Magdalena Contreras, para la atención de diversos servicios urbanos, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, haga cumplir la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en lo referente al manejo aplicable a productos de consumo que al deshacerse se convierten en residuos peligrosos, en particular, el unicel y demás plásticos, a cargo de la diputada Sofía Castro Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEGOB, proceda a dictaminar lo conducente en lo relativo a las denuncias presentadas con respecto a las sistemáticas acciones y declaraciones de la Jerarquía Católica en contra de nuestras leyes e instituciones del país, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exige la libertad de los mineros de Cananea y Esqueda, Sonora; así como una solución definitiva al conflicto laboral con base en el respeto a sus empleos, contrato colectivo de trabajo y sindicato minero, suscrito por los diputados José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, Juan Enrique Ibarra Pedroza y Miguel Ernesto Pompa Corella, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos: del Trabajo y Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Comisiones de esta H. Cámara de Diputados, observen los principios y obligaciones Internacionales establecidas en el artículo 2° de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, al momento de elaborar y aprobar dictámenes, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, diseñe y opere un Programa Integral para proteger a la citricultura nacional de la plaga de la Diaforina y de la enfermedad denominada “Huanglongbing” (HLB), a cargo del diputado José María Valencia Barajas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el Fondo de Apoyo Social de Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, suscrito por diversos diputados integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento a los Fondos Aportados por los Ex Trabajadores Mexicanos Braceros. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, realice las transferencias de los recursos en materia educativa a las entidades federativas, de conformidad con lo aprobado en el PEF 2010, suscrito por los diputados Luis Videgaray Caso y José Trinidad López Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a Ejecutivo Federal, para que a través de la SHCP y del SAT, expida dentro de la Miscelánea Fiscal para 2011, la figura de Autofactura para el sector del Reciclaje de Materiales, a cargo del diputado Juan Pablo Escobar Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Cámaras del H. Congreso de la Unión y a los Congresos Locales, se declare al período 2011-2020 como la “Década por la seguridad Vial”, a cargo del diputado Miguel Antonio Osuna Millán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los sectores público, privado y social a fortalecer la permanencia, inserción, integración y promoción laboral de las personas con discapacidad, a cargo del diputado Carlos Bello Otero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, traslade a los internos de alta peligrosidad, sentenciados por delitos federales al complejo penitenciario en las Islas Marías, a cargo del diputado Víctor Humberto Benítez Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, implemente a la brevedad una “Evaluación del grado de accesibilidad para personas con discapacidad” en todas las oficinas y dependencias gubernamentales del país, a cargo de la diputada Yolanda del Carmen Montalvo López, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, publique de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, el reglamento del artículo 58, referente al envío de paquetería y mensajería, a cargo de la diputada Sofía Castro Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, a efecto de que en los presupuestos de la Segob y de la SRE, se aumenten los montos asignados a los programas de protección a nuestros connacionales, que regresen al país con motivo de la aplicación de la Ley SB-1070, a cargo del diputado Héctor Pedraza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades de seguridad pública de los tres niveles de gobierno, otorguen a los servidores públicos seguro de vida y de gastos médicos mayores, a cargo del diputado Sergio González Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría General de esta Soberanía, investigue hechos y prácticas ilícitas en la realización de las exposiciones y muestras artesanales que se llevan a cabo en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a cargo del diputado Ignacio Téllez González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo para crear una Comisión Especial para la Elaboración del Código Ambiental de la Federación, a cargo del diputado Raúl Domínguez Rex, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, realice una revisión urgente del exagerado incremento a la tarifa de energía eléctrica a establecimientos comerciales y de servicios en el estado de Morelos, a cargo del diputado Jaime Sánchez Vélez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al IMSS, elevar el nivel del hospital general de zona con medicina familiar número 7 de Monclova, Coahuila a Hospital Regional, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría General de esta Soberanía, instruya al Ceameg para que elabore un Programa de Capacitación Permanente sobre la incorporación de la perspectiva de género en el trabajo legislativo dirigido a las y los legisladores, así como a su equipo técnico, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para solicitar al titular de la SHCP, un informe detallado de la aplicación y resultados del Programa Nacional de Reducción del Gasto Público, a cargo del diputado Mario Alberto Di Costanzo Armenta, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente Resolución)

Excitativas

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud de los diputados Nancy González Ulloa y Oscar Saúl Castillo Andrade, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público y a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social, a solicitud de los diputados Jesús Ramírez Rangel, Arturo García Portillo y Pablo Rodríguez Regordosa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Agenda política

Comentarios relativos al gasto que está ejerciendo el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, en materia de los festejos del Bicentenario de la Independencia y del Centenario de la Revolución Mexicana, suscrito por diputados integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

Comentarios relativos a la situación política del país, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Comentarios sobre la discriminación que sufren mexicanos que vuelan hacia los Estados Unidos de América, a cargo del diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Comentarios referentes a la rendición de cuentas respecto a los gastos de los festejos del Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, a cargo del diputado Pablo Escudero Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Efemérides

Con motivo del 36 aniversario de la creación del estado libre y soberano de Quintana Roo, a cargo de la diputada Rosario Ortiz Yeladaqui, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con motivo del aniversario del 2 de Octubre, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»

El diputado Fernández Noroña ¿con el objeto de?

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Sobre el orden del día, diputado presidente. En la sesión pasada comenté sobre una petición, una propuesta que hice al pleno, de declarar como interlocutores no válidos a Molinar Horcasitas y a Lozano.

Molinar ya vino, no se tomo ninguna determinación respecto de ese tipo, pero Lozano todavía no viene. Ya se pospuso inclusive su comparecencia y este pleno sigue sin manifestarse sobre el planteamiento hecho en torno a que se les declare interlocutores no válidos. Pregunto a la Mesa Directiva, no lo veo en el orden del día de hoy, pregunto ¿cuándo va a ser tratado?

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado. Diputado Cárdenas.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Gracias, señor presidente. Es otro tema pero también importante para esta Cámara de Diputados. Tengo entendido que había una visita de relatores de Naciones Unidas que vigilan la independencia de los jueces y están de visita en nuestro país y había una reunión, creo que en la Comisión de Justicia. Estaban citados para el día de hoy a las 11 de la mañana y necesitamos saber las razones por las cuales se desinvitó a estos relatores de Naciones Unidas que están investigando la independencia de los jueces.

Me parece una descortesía y me parece un tema de la mayor trascendencia que en nuestro país se garantice plenamente la independencia judicial, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado. Primero desahogo la del diputado Cárdenas. La Presidencia no tiene noticia de esto que usted nos informa pero en este momento estoy solicitando a Servicios Parlamentarios recabar la información respectiva a fin de que la Mesa cuente con la información suficiente.

En relación con la solicitud del diputado Fernández Noroña, voy a comunicarme en este momento con la Junta de Coordinación Política a ver qué trámite se le dio en la Junta al asunto en cuestión, toda vez que fue turnado. Diputada Telma.

La diputada Mary Telma Guajardo Villarreal(desde la curul): Señor presidente, revisando el orden del día quisiera saber por qué no está incorporado en el capítulo de comunicaciones el documento que llegó de la PGR, respecto del asunto del juicio de procedencia en contra de nuestro compañero diputado Julio César Godoy Toscano.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Sí está incorporado, diputada. Lo incorporó la Mesa Directiva hoy por la mañana. Lo escuchará usted en un momento más. Adelante, diputada Telma.

La diputada Mary Telma Guajardo Villarreal(desde la curul): En ese mismo punto, señor presidente, quiero subrayar a esta soberanía y a la comisión correspondiente que existe un sinnúmero de expedientes y de juicios de procedencia que no han sido agotados. Nada más tener presente que entre los que están pendientes de resolver está el de Molinar Horcasitas.

Solicitamos que eso se haga conforme al procedimiento, que se vayan agotando conforme al turno, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias. Solicito a Servicios Parlamentarios queden registradas las expresiones de la diputada Telma Guajardo en el acta del día de hoy. Diputado Di Costanzo.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): De igual manera, presidente, con dos asuntos, el primero ya comentado por la diputada Telma en relación con la solicitud de juicio político que hay contra Molinar Horcasitas.

El segundo nuevamente hacerle un atento llamado para que se considere sesionar los miércoles. Hay demasiados rezagos. Tengo entendido que hay 90 iniciativas que no pudieron ser enlistadas y casi igual número de puntos de acuerdo, por lo que si todavía estamos a tiempo, tratar de sesionar la próxima semana tres días para abatir ese rezago, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Me da mucho gusto informarle que estamos tratando de sesionar tres días esta semana, en consideración de que la próxima semana la Comisión de Hacienda seguramente ya estará tratando en forma la Ley de Ingresos. Vamos a resolverlo a lo largo de la sesión, diputado. Diputado Di Costanzo.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta (desde la curul): Para agradecerle esta información. También comentarle que no creo que el diputado Pocoroba quiera llamar a sesión. No ha sesionado en todo el año, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado.



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves treinta de septiembre de dos mil diez, correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Primera Legislatura.

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de 277 diputadas y diputados, a las 11 horas con 23 minutos del jueves 30 de septiembre de 2010, el presidente declaró abierta la sesión.

Realizaron comentarios en relación con el orden del día desde tribuna el diputado Avelino Méndez Rangel, del Partido de la Revolución Democrática; y desde sus respectivas curules los diputados Gustavo González Hernández, del Partido Acción Nacional; Mario Alberto di Costanzo Armenta y Laura Itzel Castillo Juárez, ambos del Partido del Trabajo. El presidente realizó aclaraciones.

En votación económica se dispensó la lectura al orden del día y enseguida al acta de la sesión anterior, la que se aprobó de la misma manera.

Presidencia del diputadoFrancisco Javier Salazar Sáenz

Se dio cuenta con oficio de la Mesa Directiva, con relación a ocho dictámenes en sentido negativo de proposiciones con punto de acuerdo, publicados en la Gaceta Parlamentaria del 29 de septiembre, de la Comisión de Desarrollo Social. Se insertan en el Diario de los Debates y se archivan los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

La Secretaría dio lectura las siguientes comunicaciones de la Junta de Coordinación Política:

• Con relación al cambio de integrantes de la Comisión Especial de seguimiento a las evaluaciones practicadas a los programas que conforman el Programa Especial Concurrente para el Campo. De enterado, comuníquese.

• Dos, con relación a los cambios de integrantes de Mesa Directiva de las Comisiones de Comunicaciones; de Derechos Humanos; de Radio, Televisión y Cinematografía; de Asuntos Indígenas; de la Función Pública y de Cultura. En votación económica se aprobaron, comuníquese.

La Secretaría dio lectura a oficio del diputado Gerardo Sánchez García, del Partido Revolucionario Institucional, por el que solicita licencia para separase de sus funciones como diputado federal electo en la segunda circunscripción plurinominal. En votación económica se aprobó.

Se dio cuenta con oficios de la Secretaría de Cultura del Distrito Federal, por las que invita a:

• La ceremonia cívica del izamiento de Bandera a media asta, con motivo del Día de Duelo en el Distrito Federal, por las víctimas del 2 de octubre de 1968, que tendrá lugar el sábado dos de octubre a las 8:00 horas, en la Plaza de las Tres Culturas.

• La ceremonia cívica conmemorativa del 202 aniversario luctuoso de Francisco Primo de Verdad y Ramos, que tendrá lugar el 4 de octubre a las 10:00 horas, en el monumento erigido en su memoria.

Se designaron comisiones de representación.

Se dio cuenta con oficios de la Secretaría de Gobernación:

a) Por los que se remite:

• El cuarto Informe de Labores de las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Hacienda y Crédito Público, de Educación Pública, y de Energía. De enterado, se distribuye a las diputadas y diputados.

• Contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al predio el Divisadero de Tenacatita y de la zona federal de la bahía de Tenacatita, municipio La Huerta, Jalisco. Se remitió al proponente, para su conocimiento.

b) Por el que se solicita permiso constitucional necesario para que los ciudadanos:

• Alfredo Ruiz Argueta y Salomón Motte Santiago, puedan prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en su Consulado en Nuevo Laredo, Tamaulipas, respectivamente.

• Alicia Chávez Castillo, Héctor Ruíz Gamiño, Marcela González Meléndez y Darío Ortega Mercado, puedan prestar servicios en las Embajadas de Estados Unidos de América y de Belice en México y en los Consulados de Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua y Matamoros, Tamaulipas, respectivamente.

• Víctor Jair López Frausto y Adrian Leopoldo Navarro Soto, puedan prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América y en su Consulado en Ciudad Juárez, Chihuahua; e informó que la ciudadana Gabriela Hernández Navarro, ha dejado de prestar servicios en el Consulado de Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

Las solicitudes de permiso se turnaron a la Comisión de Gobernación. Por lo que se refiere a la ciudadana que deja de prestar servicios, se remitió a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, para su conocimiento.

Se dio cuenta con oficios de la Cámara de Senadores:

a) Por el que remite iniciativa con aval de grupo, con proyecto de decreto, que expide la Ley de Fomento al Primer Empleo, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

b) Con el que transcriben acuerdos aprobados:

• Relativo al desastre natural ocasionado por el alud en Santa María Tlahuitoltepec, Oaxaca, y la creación de un fondo especial de etiquetado para la atención de lo inmediato, de lo urgente y también para el próximo ejercicio fiscal.

• Por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a considerar la asignación creciente de recursos destinados a las instituciones de educación superior del país.

Se turnaron a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

c) Por los que remiten proposiciones con punto de acuerdo:

• Para que la Cámara de Diputados considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, un incremento presupuestal para la Universidad Intercultural Maya de Quintana Roo, presentada por la senadora Ludivina Menchaca Castellanos, del Partido Verde Ecologista de México.

• Para que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, recursos adicionales para la Secretaría de Agricultura y Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, presentada por el senador Javier Castelo Parada, del Partido Acción Nacional.

• Para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, se aprueben recursos para continuar con el convenio entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y productores de caña de azúcar con menos de 3.4 hectáreas, presentada por el senador Arturo Herviz Reyes, del Partido de la Revolución Democrática.

• Por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados reintegrar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, el subsidio destinado al costo del diesel marino en apoyo necesario al desarrollo de la industria pesquera nacional, presentada por la senadora Martha Leticia Sosa Govea, del Partido Acción Nacional.

• Para que la Cámara de Diputados asigne en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, los recursos suficientes para atender debidamente los servicios médicos que presta el hospital universitario de Torreón, Coahuila, presentada por el senador José Guillermo Anaya Llamas, del Partido Acción Nacional.

• Por el que exhorta al Ejecutivo federal y a la Cámara de Diputados asignen en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, con independencia de lo propio en el Fondo de Desastres Naturales, recursos para el rescate del respectivo patrimonio cultural de Tlacotalpan y La Antigua, en el estado de Veracruz, con motivo de las recientes inundaciones que han padecido, presentada por la senadora María Rojo e Incháustegui, del Partido de la Revolución Democrática.

Se turnaron a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Se dio cuenta con oficio del ciudadano Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, por el que solicita permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de la Cruz de Honor de la Orden de San Raimundo de Peñafort, que le confiere el Ministerio del Interior del Reino de España. Se turnó a la Comisión de Gobernación.

Se recibieron las iniciativas con proyecto de decreto de los diputados:

• Malco Ramírez Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Se turnó a la Comisión de Salud.

• Malco Ramírez Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de Educación, y de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud, de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Asuntos Indígenas.

• Adriana Sarur Torre, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Se concedió el uso de la tribuna para presentar iniciativas con proyecto de decreto a los diputados:

• Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo, que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que expide la Ley Federal que regula las Actividades de Cabildeo. Se turnó a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo, que reforma el artículo 23 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turnó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Felipe de Jesús Rangel Vargas, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turnó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Arturo Zamora Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de la Función Pública.

• Guillermo Raúl Ruíz de Teresa, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo 254 y adiciona un artículo 254 Quáter a la Ley Federal de Derechos. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• María Joann Novoa Mossberger, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo 42 de la Ley General de Educación. Se turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

• María Joann Novoa Mossberger, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo 110 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turnó a la Comisión de Gobernación.

• María Joann Novoa Mossberger, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos 2o. y 6o. de la Ley General de Salud. Se turnó a la Comisión de Salud.

• Jorge Venustiano González Llescas, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona el capítulo transitorio del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011.

Presidencia del diputadoFrancisco Javier Salazar Sáenz

En votación económica la asamblea autorizó que sólo se dé lectura a los encabezados de los dictámenes con puntos de acuerdo de las siguientes comisiones:

a) Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el que se:

• Exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa de conservación y avistamiento sustentable del tiburón toro en las costas de Quintana Roo.

• Solicita al Ejecutivo federal, a través de sus dependencias, que evalúe y modifique las disposiciones legales que prevengan y controlen la contaminación por ruido.

• Solicita al gobierno de Baja California, a realizar el estudio previo justificativo, que permita valorar la viabilidad de establecer como área natural protegida de competencia estatal, el parque Benito Juárez, ubicado en Tijuana, Baja California.

• Solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, realizar el estudio previo justificativo para la modificación del decreto del Parque Nacional los Mármoles, como área de protección de flora y fauna.

b) Distrito Federal:

• Exhorta al gobierno del Distrito Federal, a realizar las acciones necesarias para la captura de los gases de efecto invernadero, que se producen en el relleno sanitario Bordo Poniente y se canalicen a la generación de energía eléctrica para su utilización en servicios de la Ciudad de México.

• Relativos a la construcción y adquisición del material rodante para la línea doce del metro.

• Por el que se exhorta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a reformar el artículo 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para que el presupuesto ejercido por los entes públicos se difunda a nivel partida presupuestal y por unidad administrativa responsable de ejecutarlo.

• Por el que se exhorta al gobierno del Distrito Federal a ejercer, con transparencia y equidad, el presupuesto aprobado a la delegación Iztapalapa.

• Por los que se exhorta al gobierno del Distrito Federal a revisar, reparar o adecuar la infraestructura de las estaciones de la red del Sistema de Transporte Colectivo Metro, a fin de garantizar la seguridad y accesibilidad de las personas con discapacidad visual y motriz.

• Por los que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, al delegado en Magdalena Contreras y a la Contraloría General del Distrito Federal, a respetar el programa delegacional de desarrollo urbano, lleven a cabo visitas de verificación e impongan las sanciones correspondientes por violaciones a los usos de suelo y a la normatividad vigente en materia de construcciones y de establecimientos mercantiles.

c) Energía, por los que se exhorta:

• Al director general de la Comisión Federal de Electricidad, a reubicar la planta generadora de energía en la subestación los remedios, por generar contaminación ambiental, acústica y daños a las construcciones en los fraccionamientos Jardines de San Mateo y Alcanfores, en Naucalpan de Juárez, México.

• A las Secretarías de Economía, y de Energía, a formular y ejecutar las políticas necesarias para hacer viable y productiva la explotación de gas metano, asociado al carbón.

• A los titulares de Petróleos Mexicanos y Petróleos Mexicanos Refinación, a revisar los contratos de franquicia y suministro establecidos con las estaciones de servicio del país, a fin de realizar un diagnóstico del funcionamiento del sistema de control volumétrico en los procesos de distribución de gasolina y diesel y emitan la normatividad correspondiente que regule íntegramente el proceso.

d) Comunicaciones, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, instruya a las Secretarías de Educación Pública, y de Comunicaciones y Transportes, implantar un programa de gobierno mediante el cual se proporcione acceso gratuito a Internet en plazas públicas del país.

e) Desarrollo Social, por los que se:

• Exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social, presentar un informe detallado sobre las acciones sociales impulsadas para Ciudad Juárez, Chihuahua.

• Exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social, intensificar la promoción del Programa Federal 3 por 1 para Migrantes, entre las organizaciones de mexicanos en el exterior.

• Solicita a la Secretaría de Desarrollo Social y al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, proporcionar información concreta sobre el impacto de las evaluaciones realizadas a los distintos programas sociales, agrupados en el ramo 20.

• Exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Desa-rrollo Social, a atender la problemática de los niños jornaleros migrantes, procurándoles los servicios de alimentación, salud y educación.

• Exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social, al Instituto Nacional de Estadística y Geografía y al Consejo Nacional de Población, a llevar a cabo estudios técnicos para considerar a Irapuato y Salamanca, Guanajuato, como zona metropolitana.

• Exhorta al gobierno federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, a definir una política de Estado, en materia de desarrollo social.

En votación económica se aprobaron en conjunto los puntos de acuerdo, comuníquense.

Presidencia del diputadoFrancisco Javier Salazar Sáenz

En votación económica la asamblea autorizó la inclusión en el orden del día de los siguientes acuerdos de la Junta de Coordinación Política:

1. Por el que se solicita que se asignen inmediatamente recursos suficientes para atender los daños provocados por los fenómenos naturales que hay afectado diversas entidades del país, así como la creación del Fondo Nacional de Reconstrucción.

2. Por el que se propone al pleno la convocatoria para participar en el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo de consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral para el periodo 2010-2019.

3. Por el que se reprograman y ajustan las comparecencias ante comisiones que los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social, de Agricultura, Ganadería, Desa-rrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Petróleos Mexicanos celebrarán en el marco del análisis del cuarto Informe de Gobierno del presidente de la República, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.

Para referirse al primer acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para asignar recursos a las entidades afectadas por fenómenos naturales, atender a la población afectada y crear el fondo de reconstrucción nacional. Realizaron comentarios en contra los diputados: Mario Alberto di Costanzo Armenta, en dos ocasiones, en la segunda intervención para responder alusiones personales; y Jaime Fernando Cárdenas Gracia, ambos del Partido del Trabajo; realizaron comentarios en pro los diputados: Óscar Guillermo Levin Coppel, del Partido Revolucionario Institucional y Teresa del Carmen Incháustegui Romero, del Partido de la Revolución Democrática. Desde su curul, realizó comentarios el diputado Jaime Álvarez Cisneros, de Convergencia. En sendas votaciones económicas se consideró suficientemente discutido y se aprobó, comuníquese.

Para referirse al segundo acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se propone la convocatoria de selección de candidatos para consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral, 2010-2019. Desde su curul, anuncia una modificación al acuerdo, el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Partido Acción Nacional. En votación económica se aceptó la modificación presentada por la Junta de Coordinación Política.

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

Realizaron comentarios para razonar el sentido de sus votos los diputados: Juan Enrique Ibarra Pedroza y Jaime Fernando Cárdenas Gracia, quien realizó propuesta de modificación al acuerdo, ambos del Partido del Trabajo, quien acepta interpelación de la diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz, del Partido de la Revolución Democrática; en contra el diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo, quien realizó propuesta de modificación al acuerdo; Elsa María Martínez Peña, de Nueva Alianza; Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, del Partido Revolucionario Institucional; Agustín Carlos Castilla Marroquín, del Partido Acción Nacional y José de Jesús Zambrano Grijalva, del Partido de la Revolución Democrática. Desde sus respectivas curules los diputados: Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Partido Acción Nacional, en representación de la Junta de Coordinación Política; Pablo Escudero Morales, del Partido Verde Ecologista de México; y Jaime Álvarez Cisneros, de Convergencia. En sendas votaciones económicas se desecharon las modificaciones propuestas por los diputados Cárdenas Gracia y Di Coztanzo Armenta. En votación económica se aprobó la convocatoria con la modificación propuesta por la Junta de Coordinación Política y aceptada por la asamblea, comuníquese.

Desde su curul el diputado Jaime Flores Castañeda, del Partido Revolucionario Institucional, solicitó se inserte en la Gaceta Parlamentaría, el texto íntegro referente a la efeméride al natalicio del Siervo de la Nación; realizaron moción de procedimiento los diputados: Jaime Álvarez Cisneros, de Convergencia; y Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo, quien solicitó se insertara en la Gaceta Parlamentaría el texto integro de "Los Sentimientos de la Nación". En votación económica se aceptó la inserción.

Se refirieron a la reforma electoral en el estado de México. En la primera ronda de intervenciones los diputados: José Luis Jaime Correa, del Partido de la Revolución Democrática; Óscar González Yáñez, del Partido del Trabajo, en dos ocasiones, en la segunda intervención para responder alusiones personales;

Presidencia del diputadoJosé de Jesús Zambrano Grijalva

Luis Videgaray Caso, del Partido Revolucionario Institucional, para responder alusiones personales y acepta interpelación del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo;

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

Continúan las intervenciones de los diputados: Rafael Pacchiano Alamán, del Partido Verde Ecologista de México;

A las 14 horas con 51 minutos, por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría instruyó el cierre del sistema electrónico de asistencia con un registro de 436 diputadas y diputados.

Manuel Jesús Clouthier Carrillo, del Partido Acción Nacional; Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez, del Partido Revolucionario Institucional.

En una segunda ronda intervienen los diputados: Vidal Llerenas Morales, del Partido de la Revolución Democrática, quien aceptó interpelaciones de los diputados: Omar Fayad Meneses, del Partido Revolucionario Institucional y Carlos Bello Otero, del Partido Acción Nacional; Sergio Octavio Germán Olivares, del Partido Acción Nacional; y Jesús Alfonso Navarrete Prida, del Partido Revolucionario Institucional.

En una tercera ronda intervinieron los diputados: Guadalupe Acosta Naranjo, Emilio Serrano Jiménez, ambos del Partido de la Revolución Democrática; José Francisco Javier Landero Gutiérrez, del Partido Acción Nacional, quien aceptó interpelación del diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Partido Acción Nacional; y Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, del Partido Revolucionario Institucional, quien aceptó interpelación del diputado Guadalupe Acosta Naranjo, del Partido de la Revolución Democrática. En votación económica se consideró suficientemente discutido.

Para referirse al tercer acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se reprograman y se ajustan las fechas de comparecencia ante comisiones de los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social; de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y de Petróleos Mexicanos, celebrarán en el marco del análisis del cuarto Informe de Gobierno. En votación económica se aprobó, comuníquese.

El presidente informó a la asamblea que en la Gaceta Parlamentaria se habían publicado 19 proposiciones con puntos de acuerdo y la marcada con el número 32, en el orden del día, para turno a comisión, por lo que el presidente instruyó su inserción en el Diario de los Debates, turnó a las comisiones correspondientes y ordenó la publicación en la Gaceta Parlamentaria.

Se recibieron solicitudes de excitativas de los diputados:

• Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, del Partido de la Revolución Democrática, a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social.

• Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, del Partido de la Revolución Democrática, a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Juan José Cuevas García, del Partido Acción Nacional, a las Comisiones Unidas de Justicia, Seguridad Pública y de Estudios Legislativos y Primera del Senado de la República.

• Óscar Martín Arce Paniagua, del Partido Acción Nacional, a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Con fundamento en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el presidente excitó a las comisiones mencionadas para que emitan los dictámenes correspondientes y remitió al Senado de la República.

La Secretaría dio lectura al orden del día de la próxima sesión.

El presidente clausuró la sesión a las 16:00 horas y citó para la próxima que tendrá lugar el martes 5 de octubre de 2010, a las 10:00 horas.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:Está a discusión el acta. No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.  Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se aprueba el acta,señor secretario.

Pasamos al apartado de comunicaciones.



COMISIONES LEGISLATIVAS

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente se someta a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes movimientos solicitados por el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional:

Comisión: Derechos Humanos

• Que la diputada Silvia Isabel Monge Villalobos cause baja como integrante de la Comisión de Derechos Humanos; y

• Que la diputada Yolanda del Carmen Montalvo López cause alta como integrante en la Comisión de Derechos Humanos.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, 29 de septiembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: De enterado, comuníquese.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Alejandro Encinas Rodríguez, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:

• Que el diputado Marcos Alberto Covarrubias Villaseñor cause baja como secretario de la Comisión de Pesca.

• Que la diputada Silvia Puppo Gastélum cause alta como secretaria en la Comisión de Pesca.

• Que la diputada Indira Vizcaíno Silva cause alta como integrante en el grupo de plural de trabajo para dar seguimiento a la problemática existente en el predio El Divisadero de Tenacatita, de la zona federal de la Bahía de Tenacatita, en La Huerta, y Playa del Norte, Jalisco.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 29 de septiembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: En votación económica. Tome, secretario, la votación, por favor.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:En votación económica se pregunta a las diputadas y a los diputados, los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado y se comunica.



DIPUTADA QUE SOLICITA LICENCIA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 62 y 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y al artículo 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, atentamente solicito licencia al cargo de diputada federal a partir del día primero de octubre de 2010.

Agradeciendo a usted su atención a la presente, le repito la seguridad de mi muy distinguida consideración.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2010.— Diputada Graciela Ortiz González (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: En consecuencia, se ruega a la Secretaría ponga discusión los puntos de acuerdo.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Están a discusión los siguientes puntos de acuerdo.

Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido a la diputada Graciela Ortiz González, para separarse de sus funciones como diputada federal electa en la primera circunscripción plurinominal a partir de esta fecha.

Segundo. Llámese al suplente.

Se le pregunta a la asamblea, las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado, comuníquese y esta Mesa Directiva, esta Presidencia, le envía a la diputada Graciela Ortiz González, nuestros mejores deseos para cumplir atinadamente con su misión. Continúe la Secretaría.



IV INFORME DE GOBIERNO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establece en la agenda la comparecencia de la titular de la Secretaría de Turismo, en el marco del análisis del IV Informe de Gobierno del presidente de la república, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. Que derivado de que el 1 de septiembre de 2010, el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presentó su cuarto Informe de Gobierno ante el Congreso de la Unión, la Cámara de Diputados aprobó los siguientes acuerdos:

a) Relativo a las comparecencias en comisiones de funcionarios del Ejecutivo federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 7o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y dentro del marco regulado por los artículos 69 y 93 de la Constitución Política, aprobado el 14 de septiembre de 2010.

b) Por el que modifica y adiciona el diverso relativo a las comparecencias en comisiones de funcionarios del Ejecutivo federal para el análisis del cuarto Informe de Gobierno del presidente de la República, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, aprobado el 21 de septiembre de 2010.

c) Por el que se reagendan y ajustan las comparecencias ante comisiones, que los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social; de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y de Petróleos Mexicanos celebrarán en el marco del análisis del cuarto Informe de Gobierno del presidente de la República, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.

II.Que se recibió en este órgano de gobierno el acuerdo de la Comisión de Turismo por el que manifiestan su interés para citar a comparecer a la titular de dicha dependencia.

III.Que conforme a los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso, la Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara de Diputados y el órgano en el que se impulsan los entendimientos y convergencias políticas a fin de alcanzar los acuerdos para que el pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden. De igual manera, tiene la atribución de presentar puntos de acuerdo, pronunciamientos y declaraciones.

IV. Que en el ánimo de procurar la cordial relación entre los Poderes de la Unión, y con la finalidad de cumplimentar el análisis del cuarto Informe de Gobierno, los integrantes de esta Junta determinan conocer también el estado que guarda el sector turismo.

Por lo expuesto y fundado, la Junta de Coordinación Política somete a consideración del pleno los siguientes

Acuerdos

Primero. Se acuerda celebrar la comparecencia de la secretaria de Turismo, quedando de la siguiente manera:

Fecha: 12 de octubre de 2010.

Hora: 17:00 horas.

Dependencia: Secretaría de Turismo.

Titular: Gloria Guevara Manzo.

Comisión: Turismo.

Segundo. En términos del artículo 22, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se solicita a la Presidencia de la Mesa Directiva que realice la notificación correspondiente al Ejecutivo federal.

Transitorios

Primero. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el pleno de la Cámara de Diputados.

Segundo. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado. Comuníquese.



OBESIDAD Y DESNUTRICION

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se conforma un Grupo Plural de trabajo para dar seguimiento a la problemática de obesidad y desnutrición que afecta a la población de nuestro país

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33, 34 numeral uno, inciso c); y 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno el siguiente proyecto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

Primera. Que en términos del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política tiene la facultad para presentar al pleno de la Cámara de Diputados proyectos de puntos de acuerdo;

Segunda. Que en los últimos años los fenómenos de desnutrición y obesidad están afectando a la población mundial en todos sus niveles y edades y han convertido a México en el segundo lugar mundial de obesidad según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos;

Tercera. Que en tal sentido nuestro país enfrenta el desa-rrollo de un doble problema de salud pública: la desnutrición en cualquier grado que sigue afectando al 35 por ciento de los niños de 12 a 24 meses de edad y, por otro lado, la obesidad, que hoy día padece el 30 por ciento de la población y el sobrepeso, que afecta a casi el 70 por ciento de la población.

Cuarta. Que las políticas instrumentadas por el Ejecutivo federal para combatir estas enfermedades no se han vinculado con efectividad entre los sectores productivos, de salud, educación, económicos y agropecuario, y se han orientado preferentemente a la prevención de los fenómenos, sin contar con una política integral que pueda incidir en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades de obesidad y desnutrición;

Quinta. Que en relación con ello, esta Junta de Coordinación Política ha estimado conveniente presentar al pleno un acuerdo para conformar un grupo plural de trabajo que dé seguimiento a la problemática sobre obesidad y desnutrición que afecta a la población de nuestro país;

Y con fundamento en las disposiciones referidas en el proemio, se somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión crea un grupo plural de trabajo que dé seguimiento a la problemática sobre obesidad y desnutrición que afecta a la población de nuestro país.

Segundo. El grupo plural de trabajo estará integrado un total de catorce diputados, correspondiendo dos a cada grupo parlamentario con representación en esta Cámara. Los grupos parlamentarios comunicarán a la Junta de Coordinación Política los nombres de los diputados que conformarán dicho grupo.

Tercero. La coordinación del grupo de trabajo corresponderá al grupo parlamentario con mayor representación en la Cámara de Diputados.

El grupo plural tomará sus decisiones por consenso y de no ser posible, lo hará por el sistema de voto ponderado, mediante el cual, cada grupo parlamentario representa tantos votos como lugares posea en el pleno.

Los cambios de integrantes de este grupo de trabajo deberán ser comunicados por los grupos parlamentarios a la Junta de Coordinación Política.

Cuarto. Para el cumplimiento de su objetivo, este grupo plural podrá allegarse de la información que considere pertinente, y sus integrantes podrán reunirse, cuando lo estimen necesario, con las autoridades federales, estatales y municipales responsables, organizaciones civiles, y desempeñar cualquier otra acción, de conformidad al marco normativo aplicable.

Igualmente, podrán solicitar y recibir los archivos de legislaturas anteriores que existan sobre la materia de trabajo que deban atender.

Quinto. Las labores del grupo de trabajo concluirán el 31 de agosto de 2012, debiendo presentar informes bimestrales de sus trabajos y actividades al pleno de la Cámara de Diputados, o en su caso, ante la Comisión Permanente.

Sexto. El grupo de trabajo no contará con recursos técnicos, administrativos o financieros para el desarrollo de sus actividades.

Transitorio

Único. Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación y deberá ser publicado de inmediato en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado. Comuníquese.



DIPUTADO QUE CAMBIA DE GRUPO PARLAMENTARIO

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados de la LXI Legislatura.

Estimado Presidente, le envío un cordial saludo y aprovecho la ocasión para comunicarle que a partir del 29 de septiembre del presente año entregué mi renuncia como integrante de la fracción parlamentaria del Partido Nueva Alianza en la LXI Legislatura, lo cual informé por escrito al diputado Reyes S. Támez Guerra, coordinador de este grupo parlamentario.

Asimismo le informo mi intención de incorporarme al grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. Por lo que le solicito se lleve a cabo cualquier trámite que sea requerido y así se me guarden las mismas consideraciones que a todos mis compañeros legisladores.

Sin más por el momento, le reitero mi más distinguida consideración y sigo a sus órdenes.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2010.— Palacio Legislativo de San Lázaro.— Diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.

Por medio de la presente le le informo a usted que hemos recibido con fecha 29 de septiembre del presente año, la solicitud del diputado federal Vladimir Ramos Cárdenas de incorporarse al Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, solicitud que ha sido aceptada.

Lo anterior se lo comunico en términos del artículo 27 numeral 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que tenga a bien registrar la modificación de nuestro Grupo Parlamentario con la incorporación del diputado antes citado.

Atentamente

México, DF, a 4 de octubre de 2010.— Diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), vicecoordinador.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: De enterado. Comuníquese.



DIPUTADO JULIO CESAR GODOY TOSCANO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.—Mesa Directiva

Honorable Asamblea:

El pasado viernes 1 de octubre de 2010, mediante oficio: PGR/SIEDO/UEIDCS/CGB/10533/2010, el agente del Ministerio Público de la federación, adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, solicitó a la Cámara de Diputados la declaración de procedencia contra del diputado Julio César Godoy Toscano, conforme a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Con fundamento en la ley señalada, el escrito presentado, ha sido ratificado y en consecuencia turnado por la Secretaría General éste día a la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Diputados, para los efectos legales correspondientes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: De enterado. Comuníquese.



BANCO DE MEXICO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.

El artículo 51 de la Ley del Banco de México contiene disposiciones para conciliar la autonomía del instituto central con la necesaria rendición de cuentas sobre su gestión. La fórmula que el legislativo ha considerado más apropiada para dicho fin es la presentación por el banco central de informes sobre sus políticas y actividades. El artículo citado señala, en su fracción II, que en septiembre de cada año este instituto central enviará al Ejecutivo federal y al Congreso de la Unión un informe sobre la ejecución de la política monetaria durante el primer semestre del ejercicio de que se trate.

En cumplimiento a lo anterior, y por acuerdo de la Junta de Gobierno de este instituto central, tomado con fundamento en la fracción IX del artículo 46 de la ley que lo rige, el Banco de México envía, adjunto a la presente, el Informe sobre la Política Monetaria aplicada durante el primer semestre de 2010. En cumplimiento del ordenamiento legal el citado informe se concentra en las acciones de política monetaria aplicadas durante dicho semestre. Cabe mencionar que las referidas acciones fueron oportunamente reseñadas en los Informes sobre la Inflación del primero y segundo trimestres del año en curso, los cuales también se anexan al presente documento.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Doctor Agustín Guillermo Carstens Carstens (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se remite a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.



SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 107, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito enviar la información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de agosto de 2010.

Asimismo, se informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente con el mes de agosto de 2009.

De igual forma, en términos del artículo 22, fracción I, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de agosto de 2010. Adicionalmente, se incluye la información consolidada sobre las finanzas públicas y la deuda pública al mes de agosto del año en curso.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Ernesto Javier Cordero Arroyo (rúbrica), secretario.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Remítase a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS - LEY DE COORDINACION FISCAL - LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS - LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Guillermo Enrique Tamborrel Suárez y Juan Bueno Torio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007, para adelantar la abrogación de ésta.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa, la cual se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007, para adelantar la abrogación de ésta

Secretarios de la Mesa Directiva del Senado de la República.— Presentes

Guillermo Tamborrel Suárez y Juan Bueno Torio, senadores de la República de la LXI Legislatura al Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 8, 164, 169 y 172 del Reglamento del Senado de la República, presentamos ante el pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007, para adelantar la abrogación de esta ley. Lo anterior, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Acción Nacional sostiene que, en materia económica, el Estado debe ser democrático, popular y fuerte, para que pueda exigir corresponsabilidad a todos los actores económicos, pues, sin estas premisas, el buen funcionamiento de nuestra democracia, no sería posible.

Creemos en el impulso de una economía eficiente y moderna, pero también equitativa en la distribución de oportunidades, responsabilidades y beneficios.

La economía social de mercado que postula Acción Nacional, supone una política fiscal responsable, con finanzas públicas sanas que permitan el crecimiento sólido y estable de la actividad económica, y equilibren el beneficio de las generaciones actuales y futuras.

El impuesto específico sobre el uso o tenencia de vehículos se creó por un hecho histórico muy específico que fue la celebración de los Juegos Olímpicos de 1968 donde nuestro país, al ser la sede, requería de la obtención de recursos adicionales para sufragar dicha organización y la infraestructura que se requería.

Sin embargo, y no obstante de habérsele contemplado una vigencia original de dos años, hasta la fecha se sigue cobrando este impuesto, casi de manera generalizada en todo el país.

Este impuesto tiene la peculiaridad de que, a pesar de que su recaudación la realiza el gobierno federal, su administración y ejercicio corresponde a las entidades federativas, incluido el Distrito Federal, a quienes se les participa del cien por ciento de dicha recaudación.

El 20 de junio de 2007, el Presidente Felipe Calderón, en cumplimiento a la palabra empeñada de quitar la tenencia, envío al Congreso de la Unión, en ejercicio de sus atribuciones como titular del Poder Ejecutivo federal, la iniciativa para derogar dicha ley y, con ello, la eliminación de la tenencia como impuesto federal.

Con base en esa iniciativa, y en el marco de la denominada “Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen”, por la que se discutió la necesidad de modificar las leyes tributaria del país, los integrantes del Congreso de la Unión logramos un importante consenso y aprobamos el decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, el cual en su artículo tercero dispone la abrogación de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

Este decreto –publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007– dispone en el artículo cuarto de las disposiciones transitorias que, en tanto impuesto federal, la tenencia o uso de vehículos seguiría aplicándose a los propietarios de automotores durante 2011, para que posteriormente quede como potestad de las entidades federativas su recaudación o no, tal como lo dispone el artículo 16 de esta ley, que a la letra dice:

Artículo 16. Las entidades federativas podrán establecer impuestos locales o municipales sobre tenencia o uso de vehículos sin perjuicio de continuar adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

De esta manera, el plazo establecido en el referido decreto tuvo la finalidad de dotar tanto a las legislaturas como a las autoridades locales de un tiempo razonable, para que realizaran las adecuaciones necesarias y así evitar la afectación de los ingresos que las entidades federativas recibirían por ese impuesto.

Debe señalarse que en 2008 y 2009, durante el desarrollo de la pasada crisis económica internacional, numerosas voces solicitaron la abrogación anticipada de la tenencia como impuesto federal. Entre los argumentos que se presentaron en ese entonces, se señalaba la necesidad de que las entidades federativas pudieran aplicar –a la usanza de la federación– políticas contracíclicas que disminuyeran el impacto de la referida crisis, de acuerdo con las particularidades regionales del país.

Es muy importante señalar que la presente iniciativa se inserta en un marco favorable para las finanzas públicas de los Estados, que hacen viable acelerar la eliminación de este impuesto federal, para que ya no se cobre en 2011, pues de acuerdo con la Exposición de Motivos del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, entre 2006 y 2010, el gasto federalizado aumentó en 19.2 por ciento en términos reales. Asimismo, como proporción del PIB, el gasto federalizado en 2006 representó el 6.2 por ciento, en tanto que en 2010 significó el 7.2 por ciento, tal como se observa en el siguiente cuadro:

En el proyecto de presupuesto para 2011 se propone canalizar a los gobiernos locales 996,435.9 mdp (millones de pesos) por concepto de gasto federalizado, de los cuales 490,383.0 mdp corresponden a participaciones en ingresos federales; 494,469.6 mdp a aportaciones federales y 11,583.3 mdp a recursos para programas orientados a impulsar el desarrollo regional y municipal, así como para fortalecer la seguridad pública, siendo éste el presupuesto más alto de la historia destinado a los gobiernos estatales.

Para 2011, la estimación de gasto federalizado representa un aumento de 2 por ciento en términos reales, en relación con el presupuesto aprobado para 2010. Como proporción del PIB, los recursos que se prevé entregar a los gobiernos locales significan el 7.0 por ciento, tal como se refleja en el cuadro siguiente.

Ahora bien, de acuerdo con la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, se estima que en 2011, por concepto de impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, se obtendrán 17,163 mdp. Este monto resulta menor al aumento que el próximo año tendrán los estados, en comparación con el 2010.

En consecuencia, la presente iniciativa propone adelantar un año la abrogación de la Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para que surta efectos a partir del primero de enero de 2011. Adicionalmente, se modifica la fecha señalada en el segundo párrafo del artículo cuarto transitorio de la ley, para darle congruencia con la abrogación anticipada de la misma.

La realidad nos indica que sí es posible renunciar a esta recaudación, pues baste notar que ya algunos gobiernos estatales han suspendido el pago de la tenencia para la mayoría de los contribuyentes.

Consideramos que no hay razones que justifiquen que se siga cargando este impuesto a toda la ciudadanía, pues los recursos que este año se brindan a los estados en Participaciones Federales y en Aportaciones federales para entidades federativas y municipios, son suficientes para cubrir lo que se dejaría de recaudar con este impuesto, por lo que apelamos a la solidaridad y sensibilidad de nuestros compañeros legisladores diputados, para que apoyemos a los hogares mexicanos ante la grave situación económica por la están pasando, derivada de la crisis internacional que más fuerte ha pegado a nuestro país y que por desgracia, aún no nos recuperamos cabalmente.

Por lo anteriormente expuesto, se presenta para la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos para adelantar la abrogación de esta ley

Artículo Único.Se reforma el artículo cuarto de las disposiciones transitorias correspondientes a la abrogación de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso De Vehículos, contenidas en el decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007, para quedar como sigue:

Artículo Cuarto.El artículo tercero de este decreto entrará en vigor el 1o. de enero de 2011.

En caso de que, en términos de lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos vigente hasta el 31 de diciembre de 2010, antes de la fecha señalada en el párrafo anterior las entidades federativas establezcan impuestos locales sobre tenencia o uso de vehículos respecto de vehículos por los que se deba cubrir el impuesto federal contemplado en la ley que se abroga, se suspenderá el cobro del impuesto federal correspondiente en la entidad federativa de que se trate.

...

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Nota:

1 El gasto federalizado comprende los recursos que el gobierno federal entrega a las entidades federativas y a los municipios, a través de los siguientes conceptos: a) participaciones en ingresos federales; b) aportaciones federales; c) recursos derivados de ingresos excedentes, que en su caso existan; d) subsidios orientados al desarrollo regional, como los Fondos Regional y Metropolitano, entre otros; e) recursos para apoyar las tareas de fiscalización que llevan a cabo los órganos técnicos de fiscalización de los Congresos locales; y f) subsidios para fortalecer las acciones de seguridad pública de los municipios.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores, a 28 de septiembre de 2010.— Senadores: Guillermo Tamborrel Suárez, Juan Bueno Torio (rúbricas).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY DEL IMPUESTO A LA COMPRA EN EFECTIVO DE DIVISAS

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Rosalinda López Hernández y Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley del Impuesto a la Compra en Efectivo de Divisas.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley del Impuesto a la Compra en Efectivo de Divisas

Quienes suscriben, Rosalinda López Hernández y Tomás Torres Mercado, senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8, fracción I, 164, párrafos 1 y 2, 169 y 172, párrafo 1, del Reglamento del Senado de la República, presentamos ante esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley del Impuesto a la Compra en Efectivo de Divisas, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Las medidas tributarias aprobadas en los últimos años, han sido planteadas como soluciones desesperadas para atender, sólo a corto plazo, las drásticas caídas que por diversas causas han experimentado los ingresos fiscales.

Las reformas de los años 2007 y 2009, además de significar un golpe más a los bolsillos de la economía familiar, solamente han permitido, en el mejor de los casos, compensar la reducción de los ingresos fiscales estimada para los próximos años inmediatos, posponiendo así la búsqueda y aplicación de soluciones que atiendan integralmente las distintas vertientes de las finanzas públicas, desde hacer más eficiente el sistema recaudatorio, garantizando que pague más quien más ingresos obtenga, hasta asegurar la efectiva evaluación y control del gasto público, y la rendición de cuentas a nivel federal, estatal y municipal.

Hoy, nuevamente vemos que en el paquete fiscal propuesto por el gobierno, no existe un compromiso serio por eliminar los privilegios fiscales, por tratar de ampliar la base gravable, ni por hacer más racional y austero el gasto operativo.

No sólo resulta cuestionable el carácter coyuntural que han tenido las reformas fiscales de los últimos años, sino también el hecho de que año con año Hacienda dirija sus pretensiones recaudatorias sólo hacia el contribuyente cautivo.

Toda reforma integral al sistema tributario debe pasar necesariamente por la revisión de los regímenes preferenciales así como de los procedimientos que complican el cumplimiento de las obligaciones fiscales. De igual forma, debiera atender el grave problema de la evasión y elusión fiscal que actualmente representa el 25 por ciento del potencial recaudatorio, pero sobre todo en la parte de mayores y nuevos impuestos se debe buscar la equidad y la progresividad, gravando más a quien más posee y más gana, aplicando tasas más altas a bienes suntuarios y cargas impositivas a diversas formas de ingresos derivadas de ganancias de capital o resultantes de transacciones financieras, toda vez que en esos casos es evidente la capacidad contributiva.

Bajo estas consideraciones, el 27 de octubre de 2009 presentamos ante esta asamblea una iniciativa que proponía gravar una operación de compra donde es clara la manifestación de la capacidad económica de quien la realiza, como lo es la compra de divisas, particularmente de dólares. La propuesta consistía en aplicar una tasa del 1 por ciento a todas las compras en efectivo de moneda extranjera que se realizara en las instituciones del sistema financiero mexicano.

A casi un año de su presentación, queremos insistir en la necesidad de gravar dichas operaciones y así contribuir con los recursos obtenidos al abatimiento de la pobreza y la marginación. A diferencia de la anterior iniciativa, la que hoy presentamos suprime toda posibilidad de acreditar el nuevo impuesto contra otras contribuciones, toda vez que consideramos que el sistema de acreditamiento originalmente propuesto, alteraría la finalidad del gravamen, que no es otra que imponer cargas fiscales a quien posea gran capacidad contributiva.

En disposiciones fiscales como en la Ley del Impuesto al Valor Agregado se establece la exención del impuesto respectivo en la enajenación de moneda extranjera. La explicación que se da para otorgar este beneficio es que en la compra de dicho bien sólo se trasmite la propiedad sin que se genere un ingreso agregado para la sociedad en su conjunto, lo cual no es argumento válido para descartar lo que sería una importante fuente de ingresos, porque lo que se pretende con el impuesto propuesto no es gravar las ganancias por esas operaciones sino la notoria capacidad económica de quienes las llevan a cabo.

El nuevo gravamen estaría planteado para cumplir, al menos, con tres propósitos: incrementar la recaudación tributaria; detectar desviaciones de lo que debería estar pagando un contribuyente, gravando parte de sus ingresos no reportados; y, ampliar la base de contribuyentes en nuestro país.

A nivel mundial, en países como Francia, Inglaterra y Brasil, se está analizando la posibilidad de implantar un impuesto al mercado de divisas, aunque el objetivo central de tal gravamen difiere entre países, algunos como el Plan Francés consideran imponer un impuesto sobre las utilidades de las transacciones de divisas para causas de beneficencia, y otros, como el caso brasileño, lo plantean como instrumento para minimizar la especulación en el corto plazo y promover la estabilidad en el largo plazo.

Algunos han planteado llevar esta propuesta a nivel mundial creando el impuesto global sobre las transacciones de divisas como fuente adicional y estable de financiamiento para el desarrollo, específicamente para los países más pobres.

Estos planteamientos tienen como antecedente el llamado impuesto “Tobin” propuesto en 1972 por James Tobin, premio Nobel de Economía, quien imaginaba aplicar una tasa impositiva módica al valor de las transacciones en divisas, la que, según sostenía, podría satisfacer dos propósitos, por un lado, frenar la destructiva especulación desestabilizadora y, por otro, recaudar dinero para destinarlo a una buena causa internacional.

Esta referencia internacional tiene por objeto hacer una distinción entre lo que se propone en la presente iniciativa y lo que se planteó con el impuesto “Tobin”, si bien ambos tendrían como propósito la obtención de recursos para destinarlos al gasto público, lo que se estaría gravando con el presente proyecto no sería la utilidad obtenida por una transacción en el mercado de divisas sino únicamente, como ya se dijo, aplicar una tasa impositiva a la compra de divisas, considerando de que se trata de una clara manifestación de capacidad tributaria y económica.

En consecuencia, la iniciativa que se pone a la consideración tiene la característica de ser un impuesto de flujo de efectivo que se produce al realizar la compra en efectivo de divisas en el sistema financiero quedando fuera de su alcance las personas morales con fines no lucrativos, la federación, estados, municipios y entidades paraestatales, así como las instituciones del sistema financiero con motivo de su intermediación financiera.

Consideramos que la tasa del 1 por ciento no es una contribución lesiva para los contribuyentes cautivos, sino que contrario a ello, está dirigido al segmento de la población con capacidad contributiva que se encuentra en la informalidad y que está evadiendo su responsabilidad de contribuir al gasto público.

Por lo que respecta a la instrumentación de la propuesta que contiene la presente iniciativa, se tomó como base el mecanismo que se estableció en la Ley de los Depósitos en Efectivo, por dos razones, una, por las características parecidas de las contribuciones, y dos, en el aprovechamiento de la experiencia que ya tienen las instituciones financieras en la recaudación, el registro y entero del impuesto referido, por lo que no significaría gastos extraordinarios a esas instituciones financieras ni tampoco al Servicio de Administración Tributaria.

La realidad es que sólo con una reforma fiscal integral y progresiva, que fortalezca las finanzas del Estado y haga más racional y transparente el gasto, podremos impulsar la inversión productiva que requiere nuestro país, generar empleos suficientes y bien remunerados, garantizar el crecimiento del mercado interno y el bienestar de los ciudadanos. Sólo así, podremos combatir de manera eficiente la pobreza que afecta a la gran mayoría de los mexicanos.

Por lo expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se crea la Ley del Impuesto a la Compra en Efectivo de Divisas, para quedar como sigue:

Ley del Impuesto a la Compra en Efectivo de Divisas

Artículo 1. Las personas físicas y morales están obligadas al pago del impuesto establecido en esta ley respecto a la compra en efectivo de divisas que realicen en las instituciones del sistema financiero.

Artículo 2. Para efectos de esta Ley, se entenderá por divisas los billetes y monedas metálicas extranjeros, depósitos bancarios, títulos de crédito y toda clase de documentos de crédito, sobre el exterior y denominados en moneda extranjera, así como, en general, los medios internacionales de pago.

Artículo 3. No estarán obligadas al pago del impuesto a la compra en efectivo de divisas:

I. La federación, las entidades federativas, los municipios y las entidades de la administración pública paraestatal que, conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta o la Ley de Ingresos de la Federación, estén considerados como no contribuyentes del impuesto sobre la renta.

II. Las personas morales con fines no lucrativos conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

III. Las instituciones del sistema financiero por la compra de divisas que se realice con motivo de su intermediación financiera.

Artículo 4. El impuesto a la compra en efectivo de divisas se calculará aplicando la tasa del 1 por ciento al importe total de la operación. Las instituciones financieras estarán obligadas a lo siguiente:

I. Retener el impuesto a la compra en efectivo de divisas a que se refiere esta Ley en el momento que se realice la operación;

II. Enterar el impuesto a la compra en efectivo de divisas en el plazo y términos que mediante reglas de carácter general establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dicho plazo no deberá exceder de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se haya retenido el impuesto;

III. Llevar un registro de las operaciones de compra en efectivo de divisas en los términos de las reglas de carácter general que establezca el Servicio de Administración Tributaria;

IV. Informar mensualmente al Servicio de Administración Tributaria el importe del impuesto a la compra en efectivo de divisas retenido a los contribuyentes, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general;

V. Llevar un registro de la retención diaria del impuesto a la compra en efectivo de divisas en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general; y

VI. Entregar al contribuyente de forma inmediata, las constancias que acrediten el entero del impuesto a la compra en efectivo de divisas, las cuales contendrán la información que establezca el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general.

Transitorio

Único. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones del Senado de la República, a los 21 días del mes de septiembre de 2010.— Senadores: Rosalinda López Hernández, Tomás Torres Mercado y Javier Orozco Gómez (rúbricas).»

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el suscrito y la Diputada Ruth Lugo Martínez, presentamos propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que se incluyan en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 los recursos para la ejecución y construcción del libramiento norponiente en la ciudad de Guanajuato.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República.— Presente.

Los que suscriben senador Francisco Arroyo Vieyra y diputada Ruth Lugo Martínez, legisladores por el estado de Guanajuato ante la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 276 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que se incluya en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, los recursos para la ejecución y construcción del libramiento norponiente en la ciudad de Guanajuato, al tenor de los siguientes

Antecedentes

La ciudad de Guanajuato debe su fundación a los Reales de Minas del siglo XVI, que más tarde en el siglo XVIII la convirtieron en el centro minero más importante de la Nueva España. En razón de su belleza y trayectoria histórica fue declarada por la UNESCO patrimonio cultural de la humanidad.

Por ser una ciudad colonial que se encuentra situada en una cañada y por lo angosto de sus calles, Guanajuato presenta severos problemas de tráfico vehicular, además del deterioro que representa para su infraestructura, sobretodo de vehículos pesados que pasan por las calles del centro y sus alrededores.

Consideraciones

De acuerdo a los problemas que se presentan en la ciudad y con la finalidad de dar solución a ellos, se han propuesto diferentes proyectos de infraestructura vial que puedan dar solución a estos conflictos.

Dentro de estos proyectos, se encuentra el libramiento norponiente el cual se inicio en diciembre de 2009, cuenta con inversión estatal y federal para su ejecución y en su primera etapa solamente se encuentran pavimentados 900 metros de vialidad, y en la actualidad la obra se encuentra detenida desde hace tiempo por falta de recursos.

Este proyecto se inicia desde la colonia ex Hacienda de Santa Teresa hasta la comunidad de Valenciana, es decir a la salida a la carretera de Dolores Hidalgo; su objetivo es desfogar el centro de Guanajuato, para que todo transporte que tenga como finalidad otro destino no tenga que entrar a la ciudad.

De acuerdo a información proporcionada por la Secretaria de Obras Públicas del gobierno estatal; en el presupuesto de egresos de dicha dependencia el libramiento tiene asignada una partida de 34 millones 578 mil pesos, que serían destinados al proyecto ejecutivo del entronque con la carretera Guanajuato-Silao y solamente 350 metros de la segunda etapa del proyecto.

En este sentido, esta obra es fundamental para el desarrollo del municipio ya que no solamente pondría orden en el flujo vehicular, sino que además contribuirá a la preservación del centro de la ciudad.

Por todo lo anterior, sometemos a la consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados que se incluyan en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, los recursos para la ejecución y construcción del libramiento norponiente en la ciudad de Guanajuato.

Salón de sesiones del Senado de la República, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), diputada Ruth Lugo Martínez.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Ramiro Hernández García, Gerardo Montenegro Ibarra, Carlos Sotelo García, María del Socorro García Quiroz y Raúl Mejía González, presentaron propuesta con punto de acuerdo por el que se solicita a la Cámara de Diputados incrementar los recursos destinados a la educación superior; y se solicita al titular de la Secretaría de Educación Pública su intervención ante el gobierno de Jalisco para resolver la demanda de recursos presupuestales de la Universidad de Guadalajara.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados y a la Comisión de Educación.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Honorable Asamblea:

Los suscritos senadores Ramiro Hernández García, Gerardo Montenegro Ibarra, Carlos Sotelo García, María del Socorro García Quiroz y Raúl Mejía González en la LXI Legislatura de la honorable Cámara de Senadores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 108, 276 y 277 del Reglamento del Senado de la República, se permiten someter a la consideración de esta soberanía, con el carácter de urgente resolución, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2012 considera a la educación dentro de uno de los 5 ejes de política pública. En ese documento, en el aparatado: “Transformación Educativa”, se contemplan objetivos y estrategias específicas, a fin de que las instituciones de educación superior funcionen con mayor equidad en la formación de profesionistas, científicos e investigadores comprometidos con el país. Así como para que dichas instituciones consoliden grupos de investigación capaces de generar conocimientos de vanguardia que sean útiles para generar desarrollo económico con justicia y equidad, fortaleciendo la identidad de México como nación.

Segunda. La educación superior que se imparte en el país ocupa el lugar 15 de las 33 naciones de América Latina y el Caribe que fueron evaluadas por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Para revertir esa situación, el Plan Nacional de Desarrollo consideró necesario fortalecer los procesos de habilitación y mejoramiento del personal académico, mediante el Programa de Mejoramiento del Profesorado, (Promep) y extender su operación a todos los subsistemas de educación superior, así como la ampliación de becas al personal académico de las instituciones de educación superior para estudios de maestría y doctorado, apoyando los programas de capacitación, formación continua y superación académica de los profesores de asignatura.

Tercera. La universidad pública se ha constituido en un factor determinante para impulsar la transformación social y el desarrollo de México, a partir de cumplir con el objetivo fundamental de formar y educar a los profesionistas del presente y el futuro. La inversión en la formación de capital humano es un recurso fundamental para favorecer el desarrollo nacional. Por tal motivo, no sólo es deseable, sino necesario, la inversión de mayores recursos financieros destinados a la educación superior, toda vez que México destina apenas el 0.6 por ciento del producto interno bruto a este propósito, cuando en promedio, América Latina destina un 2.6 por ciento.

Cuarta. La Universidad de Guadalajara ocupa el segundo lugar nacional en antigüedad y extensión en el país. Se integra por catorce centros universitarios desconcentrados en las regiones de Jalisco y vinculados en red, un sistema de educación media superior (conformado por 149 planteles) y el sistema de universidad virtual. Es un organismo público descentralizado del gobierno de Jalisco con autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propios, que ofrece sus servicios a más de 218 mil estudiantes. La Universidad de Guadalajara, acorde con las políticas nacionales de modernización educativa, ha consolidado una serie de indicadores de calidad que la ubican como uno de los primeros centros educativos del país, aportando el 85 por ciento de la investigación científica de Jalisco.

Quinta. La Universidad de Guadalajara atiende el 95 por ciento de su matrícula en carreras evaluadas de calidad reconocida (108 programas); es la institución educativa con mayor número de profesores incorporados al Programa de Mejoramiento del Profesorado (Promep) con 2 mil 23 académicos; ocupa el segundo lugar en México por el número de cuerpos académicos consolidados de investigación (55), así como por el número de especialidades, maestrías y doctorados registrados en el Programa Nacional de Posgrados de Calidad (77).De las universidades estatales es el primer lugar por el número de investigadores del Sistema Nacional de Investigadores (633), y ha sido calificada por Aregional.com como la primera universidad pública de México en materia de transparencia informativa.

Sexta. A partir de 2007, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión ha aprobado diversos fondos federales para apoyar a las instituciones públicas de educación superior del país, que han sido publicados en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación a través del Diario Oficial. Sobre esta base, la Secretaría de Educación Pública ha emitido diversas convocatorias para los fondos de concurso como: el concurrente para incremento de la matrícula en educación superior de las universidades públicas estatales y con apoyo solidario, el de ampliación de la oferta educativa, el de reconocimiento de plantilla de las universidades públicas estatales, entre otros. Por su parte, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se hizo cargo de la partida de resarcimiento 2008. Conforme a dichas convocatorias, el gobierno de Jalisco adquirió la obligación de otorgar las contrapartes económicas correspondientes al recurso aprobado por la federación, mediante cartas compromiso a favor de la Universidad de Guadalajara, en los montos asignados a sus programas.

Séptima. La actual administración del gobierno de Jalisco ha omitido su compromiso de proporcionar a la Universidad de Guadalajara un monto de recursos por 701 millones 194 mil 823.69, equivalentes a lo que el gobierno federal ha otorgado como se muestra a continuación:

La falta de dichos recursos ha llevado a la Universidad de Guadalajara a una precaria situación financiera, poniendo en riesgo el patrimonio universitario y de sus trabajadores académicos, administrativos y directivos; así como diversas actividades sustantivas, compromisos y programas institucionales, por lo que resulta urgente la entrega de los recursos anteriormente aludidos a fin de dar certeza financiera a la máxima casa de estudios de Jalisco.

Octava. Cabe subrayar que el gobierno estatal de Jalisco cuenta con los recursos suficientes para cumplir sus compromisos con la Universidad de Guadalajara. Lo anterior se evidencia con los ingresos que ha recibido por arriba de lo presupuestado año con año.

Novena. El Senado de la República tiene la encomienda de salvaguardar el pacto federal así como velar porque las entidades federativas cuenten con presupuestos acordes a sus necesidades, de allí el llamado a incrementar los recursos destinados al gasto en materia de educación superior y ante la gravedad de la situación financiera de la Universidad de Guadalajara, y la crisis derivada de la falta de recursos en la cual la responsabilidad recae en el Ejecutivo estatal, esta Soberanía debe convocar a la voluntad y la concordia política, con el propósito de no afectar la marcha institucional de la Universidad de Guadalajara.

En virtud de las consideraciones expuestas, nos permitimos someter ante esta soberanía como de urgente resolución, los siguientes

Punto de Acuerdo

Primero. El Senado de la República solicita a la Cámara de Diputados que incremente los recursos destinados a la educación superior en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011. Asimismo, solicita al secretario de Educación Pública, maestro Alonso Lujambio Irazábal, intervenga ante el gobierno de Jalisco, para resolver la demanda de recursos presupuestales, con el propósito de no afectar la marcha institucional de esa casa de estudios.

Segundo. El Senado de la República hace un llamado respetuoso al gobierno de Jalisco para proporcionar a la Universidad de Guadalajara las contrapartes económicas otorgadas a través de los fondos de incremento de matrícula en educación superior, de ampliación de la oferta educativa de nivel superior, de reconocimiento de plantilla y de la partida de resarcimiento (2008), correspondientes a los ejercicios fiscales 2007, 2008, 2009 y 2010; cuyos montos totales son de 701 millones 194 mil 823pesos 69centavos de moneda nacional), con el objeto de que dicha casa de estudios tenga certeza financiera y pueda cumplir con sus actividades y obligaciones sustantivas.

Dado en el salón de plenos del Senado de la República, Xicoténcatl número 9, colonia Centro, México, DF, el 30 de septiembre de 2010.— Senadores: Ramiro Hernández García, Gerardo Montenegro Ibarra, Carlos Sotelo García, María del Socorro García Quiroz, Leticia Jasso Valencia, Rafael Ochoa Guzmán (rúbricas)»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, la Senadora Ludivina Menchaca Castellanos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a considerar en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación un incremento presupuestal para la inversión en infraestructura deportiva en el estado de Quintana Roo.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, el cual se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Senador Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva.— Presente.

Los suscritos, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Sexagésima Primera Legislatura del honorable Senado de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 8, fracción II, y 276, numeral 1, del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración de esta Cámara la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La salud de una nación es el componente indispensable para el pleno desarrollo de las capacidades potenciales del hombre, de la familia y de la sociedad en su conjunto.

Por ello, la presente administración ha reconocido en su Plan Nacional de Desarrollo que la salud es una condición indispensable para alcanzar la auténtica igualdad de oportunidades y el fortalecimiento del tejido social.

Sin embargo, México aún no es un país que goce de buena salud. Basta con recordar que recientemente hemos ganado el primer lugar en obesidad, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), al tener 69.5 por ciento de nuestra población con sobrepeso; le sigue Estados Unidos, con un 68 por ciento de su población, y en tercer lugar, Nueva Zelanda.

Como todos sabemos, la obesidad es el origen de muchas de las enfermedades que causan un gasto anual en salud por más de 67 mil millones de pesos, por lo que la necesidad de atacar este problema desde distintos frentes es impostergable.

Como senadora electa y representante del estado de Quintana Roo, me parece fundamental destacar la situación que vive mi estado respecto a este problema. Me preocupa observar que cuatro de cada 10 niños en edad escolar en Quintana Roo son obesos.

De manera que resulta por demás relevante hacer un esfuerzo común para la atención de este sector de la población. Particularmente, la promoción del deporte es algo que sin duda contribuirá a mejorar la situación del estado, pero para ello, se requiere una mayor inversión en infraestructura deportiva.

Contar con instalaciones públicas deportivas dignas es una necesidad prioritaria para toda comunidad, y más cuando contribuye a mejorar nuestra calidad de vida, a través de la promoción de la salud y evitar problemas como la drogadicción, el alcoholismo y la delincuencia.

Con la proposición con punto de acuerdo que presento el día de hoy se busca que la Cámara de Diputados, en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2011, considere un incremento presupuestal del orden de 28 millones de pesos al estado de Quintana Roo para que sea utilizado en la inversión de infraestructura deportiva.

El monto solicitado tiene su origen en tres necesidades que tiene el estado en materia deportiva:

Primero. Es necesario otorgar alrededor de 10 millones de pesos adicionales al estado para llevar a cabo la rehabilitación de la Unidad Deportiva Felipe Carrillo Puerto, a fin de que se pueda construir un gimnasio polifuncional, se cuente con un campo de futbol con iluminación, con iluminación del campo de beisbol y se lleve a cabo la realización de una pista de atletismo con carpeta asfáltica.

El crecimiento de la población en el municipio de Felipe Carrillo Puerto está generando que la demanda supere a la oferta en espacios deportivos y de recreación. Ha crecido la demanda de la gente en la zona maya en busca de una mejor forma de vida, también requieren espacios deportivos dignos y áreas de recreación para la práctica de alguna actividad física o deporte para sus hijos.

Los indicadores estadísticos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) señalan que del total de la población en Felipe Carrillo Puerto, de más de 65 mil habitantes, más del 75 por ciento de la población no practica o realiza alguna actividad física o deportiva, ya sea por trabajar de tiempo completo o por no contar con un espacio digno y cercano para llevarlo a cabo.

La puesta en marcha de este proyecto bajo un modelo de servicio para la población abierta, contempla beneficiar a un 20 por ciento de la población de la localidad, entre ella niños, jóvenes, adultos y adultos mayores, en un espacio seguro, cómodo y limpio.

Segundo. Se requieren 10 millones de pesos para llevar a cabo la rehabilitación del Gimnasio Nohoch Suu’Kun en Chetumal, municipio de Othón P. Blanco.

El crecimiento de la población está generando que la demanda supere la oferta. Los indicadores estadísticos del Inegi, indican que del total de la población del municipio de Othón P. Blanco, el 65 por ciento son jóvenes que realizan algún deporte y en los cuales podríamos descubrir nuevos talentos deportivos e integrarlos a nuestro centro de desarrollo deportivo.

Otro de los factores que han generando un incremento en la demanda de este servicio, es la vocación económica del municipio de Othón P. Blanco respecto al deporte, pues cada año somos sedes de distintas disciplinas y nos visitan miles de deportistas.

Asimismo, debido a las características geográficas del municipio y a la limitada oferta del servicio deportivo en el estado, las instituciones actuales del municipio no solo atienden othonenses, sino también deportistas que así lo requieren. De manera que impulsar el deporte en este municipio es importante, pues es de los pocos que mantienen una alta actividad deportiva.

Tercero. Se requiere la construcción de la pista de atletismo de material sintético en la Unidad Deportiva José María Morelos de Benito Juárez y una cerca perimetral, para lo cual se necesitan alrededor de 8 millones de pesos adicionales.

Del total de la población de Benito Juárez, que es casi de 600 mil habitantes, más del 70 por ciento no practica o rea-liza alguna actividad física o deportiva.

De manera que es importante promover el deporte a través de una mayor infraestructura. En este caso, con la construcción de este proyecto, será posible beneficiar a cerca del 20 por ciento de la población en general, que actualmente está buscando una opción viable para practicar el deporte.

Si analizamos los proyectos antes señalados como parte de un programa estatal y federal, podemos afirmar que el impacto estará reflejado en el mejoramiento de la calidad de vida de la población mediante la práctica de alguna actividad física o deportiva, y al mismo tiempo estaremos combatiendo con la prevención los problemas como el de la drogadicción y alcoholismo, brindándoles espacios deportivos y de recreación a más personas.

Sin embargo, toda vez que los ingresos propios y los asignados por ley al estado son insuficientes, hago un esfuerzo para gestionar el que mayores recursos sean aplicados en programas y proyectos que ayuden al cumplimiento de las políticas públicas estatales, en coordinación con las ya fijadas por el gobierno federal, en materia de deporte.

Es importante destacar que las autoridades del gobierno de Quintana Roo están conscientes de que el esfuerzo presupuestal para la inversión en infraestructura deportiva debe ser compartido. Es decir, no sólo solicitar mayores recursos a la federación, sino contar con un plan de desarrollo integral en materia deportiva que también contemple el gasto estatal en inversión para este sector.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. El Senado de República envía un exhorto a la honorable Cámara de Diputados para que, dentro del análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, considere un incremento para la inversión en infraestructura deportiva en el estado de Quintana Roo, del orden de 28 millones de pesos, para los siguientes proyectos:

1) 10 millones de pesos para la rehabilitación de la unidad deportiva de Felipe Carrillo Puerto.

2) 10 millones de pesos para la rehabilitación del gimnasio Nohoch Suu’Kum de Chetumal, y

3) 8 millones de pesos para la construcción de una pista de atletismo de material sintético y una cerca perimetral en la unidad deportiva José María Morelos del municipio de Benito Juárez.

Notas:

1 De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición en sus ediciones 1999 y 2006, y con la Encuesta Estatal de Nutrición 2009-2010, que fue aplicada por la Secretaría de Salud de Quintana Roo.

2 Inegi, 2005

3 Ídem.

Recinto del Senado de la República, a 29 de septiembre de 2010.— Senadores: Arturo Escobar y Vega, Francisco Agundis Arias, Jorge Legorreta Ordorica (rúbrica), Ludivina Menchaca Castellanos (rúbrica), Javier Orozco Gómez (rúbrica), Manuel Velásco Coello (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Luis Maldonado Venegas, del Grupo Parlamentario de Convergencia, presentó propuesta con punto de acuerdo para exhortar a la Cámara de Diputados a que, en el marco de la revisión, análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011, garantice que la asignación de recursos presupuestales propuesta por el Ejecutivo Federal para la Universidad Nacional Autónoma de México no sea modificada, salvo que sea para su incremento.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, el cual se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Senador Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República.— Presente.

El que suscribe, senador Luis Maldonado Venegas, coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia a la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276, numerales 1 y 2, del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Cámara de Diputados a efecto de que en el marco de la revisión, análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 garantice que la asignación de recursos presupuestales propuesta por el Ejecutivo federal para la Universidad Nacional Autónoma de México no sea modificada, salvo que sea para su incremento.

Consideraciones

La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) celebra en este 2010 cien años, y justo en este año de especial significado para esta casa de estudios, el Ejecutivo federal incluye en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, turnado a la Cámara de Diputados, la petición formulada por el rector de asignar 25 mil 500 millones de pesos de presupuesto para esta casa de estudios.

Ciertamente, la propuesta del Ejecutivo habrá de cumplir con el proceso legislativo de análisis, revisión y, en su caso, modificación que, de acuerdo con la Constitución, deberá hacer la Cámara de Diputados; sin embargo, parece un buen indicativo el hecho de que por primera vez en muchos años se atienda la petición de la UNAM.

De acuerdo con datos de la agenda estadística de la UNAM, correspondientes al periodo 2000-2010, el subsidio del gobierno federal a la máxima casa de estudios, que ha representado alrededor del 90 por ciento de sus recursos, se ha incrementado considerablemente. Sin embargo, es importante señalar que en el mismo lapso la inflación acumulada ha hecho que en términos reales éstos hayan disminuido.

Ante el panorama económico poco alentador que enfrenta el país, el monto de la asignación de recursos propuesto para la educación superior y para labores de investigación científica y tecnológica que realiza la UNAM, nunca podrá ser suficiente para avanzar en los niveles de desarrollo que exige el país.

La discusión del presupuesto federal en la Cámara de Diputados no es ajena a los vaivenes de los acontecimientos de la política, por lo que no es improbable que en el proceso de esta discusión se pueda modificar la propuesta del Ejecutivo.

Es por ello que hacemos eco de la preocupación del rector, quien ha manifestado que espera e invita a los señores diputados a que, por una parte, se mantenga el monto presupuestal que se ha propuesto para la UNAM y, por otra, se busquen recursos para beneficiar a las universidades públicas federales y estatales que mucho lo requieren.

Frente a los hechos de la última década que muestran un crecimiento exponencial en el pago de sueldos a funcionarios federales y estatales, además del alto índice de discrecionalidad, opacidad, corrupción e impunidad que ha prevalecido en el ejercicio de los recursos del erario, incluyendo el manejo de la deuda pública y de fondos y fideicomisos, la aprobación de los recursos mínimos solicitados por la UNAM debe ser un compromiso, pleno de convicción, por parte de los señores diputados.

Por su parte, la UNAM ha refrendado su permanente compromiso de continuar con su tarea de apoyo a la educación superior, a la investigación científica y tecnológica; de invertir adecuadamente los recursos asignados en los jóvenes que tienen en la educación la única alternativa viable para insertarse plenamente en el mercado laboral y contribuir así con el crecimiento de nuestro país.

Recientemente, se publicó el QS World University Ranking 2010, que sitúa a la UNAM como la primera universidad de Latinoamérica y de México, pero la coloca en el sitio 222, luego de haber estado en el lugar 190. Es decir, descendió 32 lugares, aunque permanece como la primera de Latinoamérica.

Independientemente de que, como lo señaló el propio rector, habrá que analizar la metodología utilizada para esta clasificación, lo cierto es que este registro internacional debe ser un llamado de atención a todos los mexicanos y, particularmente, a quienes tenemos una responsabilidad como representantes populares. Corresponde, en este caso, a los diputados contribuir con un trabajo de análisis y estudio a la altura de las circunstancias, para garantizar a la UNAM, por lo menos, los recursos propuestos por el Ejecutivo en su proyecto de Presupuesto para el próximo año.

Por lo expuesto, se somete a consideración del pleno de la Cámara de Senadores el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Cámara de Diputados a que, en el marco de la revisión, análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, garantice que la asignación de recursos presupuestales propuesta por el Ejecutivo federal para la Universidad Nacional Autónoma de México no sea modificada, salvo que sea para su incremento.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Luis Maldonado Venegas (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Francisco Herrera León, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a considerar recursos suficientes en el ejercicio fiscal de 2011 a fin de impulsar y fortalecer los programas de apoyo a los medianos y pequeños empresarios, especialmente el programa Mi Tortilla.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnase a la Cámara de Diputados el primer resolutivo; y a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, el segundo.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«El suscrito, Francisco Herrera León, senador de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta soberanía proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La tortilla es un producto que forma parte esencial de la canasta básica y de la dieta de los mexicanos; es el alimento por excelencia, representa un símbolo nacional y ha sido uno de los ejes de desarrollo de nuestra cultura, además de ser fuente de vitaminas, hidratos de carbono y minerales como calcio, fósforo y potasio.

La importancia de la tortilla en México es tal, que se ha empleado en la dieta desde épocas muy remotas en diversos pueblos de la región, siendo parte de la cultura de muchos de los pueblos originarios de América y trascendiendo su consumo en muchos casos a la actualidad.

Con relación a su importancia en la economía, no hay que olvidar que la tortilla representa una de las industrias más grandes y sólidas de México, con una derrama económica de 69 mil millones de pesos, con lo cual se beneficia a 2.2 millones de campesinos y agricultores y genera 135 mil empleos en tortillerías. Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en 2010 hay en México más de 63 mil tortillerías (http://www.pyme.gob.mx/archivos/esquema_de_atencion.pdf).

El aumento en el costo de la tortilla es un problema sin duda importante por ser un producto que es parte esencial de la canasta básica. Al respecto, el gobierno federal ha implantado una serie de medidas y programas en apoyo del sector industrial de la masa y la tortilla.

Entre ellos, destaca el programa Mi Tortilla, el cual brinda apoyo para fortalecer la competitividad y productividad de los industriales de la masa y de la tortilla para que reciban capacitación y consultoría especializada que les permite identificar las mejoras que deban realizar en sus negocios. Este programa opera con motivo de la aplicación de recursos del fondo Pyme, de la Secretaría de Economía, junto con recursos estatales.

Así, el programa Mi Tortilla considera la modernización de las tortillerías en tres áreas fundamentales: administrativa, comercial y tecnológica. Mi Tortilla tiene como objetivo general la modernización integral de la industria de la masa y la tortilla, otorgando a los empresarios capacitación y consultoría para su formación empresarial y acceso al financiamiento.

De igual forma, impulsa entre sus proveedores de maquinaria y equipo la mejora e innovación tecnológica que permita a los molinos de nixtamal o tortillerías cumplir la NOM 187, reducir los consumos de electricidad, gas y agua para mejorar su rentabilidad y la eficiencia productiva, y brindar productos de mayor calidad a los consumidores. También busca estandarizar la imagen comercial de los molinos de nixtamal y tortillerías que se integren a la cadena Mi Tortilla y destruir la maquinaria obsoleta para evitar que sea reutilizada y disminuir la emisión de contaminantes.

Si bien el programa Mi Tortilla tiene objetivos claros que buscan la mejora y el apoyo de la industria de la tortilla, también el presupuesto es limitado, toda vez que actualmente el gobierno federal sólo destina a este programa 300 millones de pesos de los 6 mil 500 millones que tiene asignados para las Mipyme; es decir, 4.6 por ciento, cuando en países como Estados Unidos el monto llega a más del doble y además regresa al gobierno dado el fortalecimiento de las empresas beneficiadas.

Por otra parte, hay dificultad para obtener el financiamiento que otorga el programa Mi Tortilla, debido a la complejidad para cumplir los requisitos, como el tiempo mínimo previo de operación de las tortillerías, que debe ser de seis meses, lo cual afecta a nuevos emprendedores que buscan obtener financiamiento con objeto de emprender su negocio y por ello resulta imprudente pensar que al poco tiempo de comprar la maquinaria puedan sustituirla por otra nueva; por tanto, el gasto se vuelve innecesario.

A lo anterior se agrega la dificultad que enfrentan los pequeños empresarios para presentar un historial crediticio sin antecedentes negativos, lo cual es difícil de cumplir en estos tiempos de crisis económica que enfrenta el país. Por ello es indispensable suprimir estos requisitos para lograr mayor dinámica en la economía y, por tanto, beneficiar a mayor número de personas.

Subyace a estas protestas que gran parte de los pequeños empresarios no tiene documentación en regla o presenta adeudos con algunos proveedores. Especialmente en Tabasco se reportan fuertes adeudos con la Comisión Federal de Electricidad, debido a las inundaciones que cada año sufre la entidad.

Aunado a esta problemática, cabe destacar que hay falta de coordinación entre los estados y el gobierno federal, así como de compromiso e interés, lo que vuelve muy lenta la integración de las Pyme al programa.

Por último, pero no menos importante: los apoyos otorgados por el programa deben ser entregados con mayor prontitud por la Secretaria de Economía, que a su vez debe dar mayor difusión y publicidad al programa Mi Tortilla, a fin de que mayor número de personas tengan conocimiento de éste y puedan obtener el beneficio.

Sin duda, estos cambios de la estrategia fortalecerán el sector y darán mayor dinamismo a la economía, en beneficio de los consumidores y pequeños inversionistas.

El reto a que nos enfrentamos hoy es lograr que estas empresas se acerquen al gobierno a fin de desarrollar y fortalecer las pequeñas inversiones y, por otro lado, que la Secretaria de Economía flexibilice los criterios y requisitos de asignación y simplifique la tramitología para tener acceso al programa.

Por eso, nuestra responsabilidad es acercar a las dos partes y generar una sinergia que coadyuve al fortalecimiento del mercado interno y, de igual forma, se constituya como un freno al incremento del precio del insumo básico que es la tortilla, ya que ésta sigue siendo la gasolina que mueve el país.

Por todo lo expuesto, y con fundamento en los artículos 8, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a considerar recursos suficientes en el ejercicio presupuestal de 2011, a fin de impulsar y fortalecer los programas institucionales de apoyo a los medianos y pequeños empresarios, especialmente el programa Mi Tortilla.

Segundo. Se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaria de Economía, a fortalecer los programas institucionales de apoyo a los medianos y pequeños empresarios, especialmente el programa Mi Tortilla, así como a liberar con mayor prontitud los recursos económicos que el programa otorga, se le dé mayor difusión, y se flexibilicen los criterios, requisitos y trámites para tener acceso a él.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Herrera León (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Julio César Aguirre Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se solicita a la Cámara de Diputados ampliar los recursos destinados al Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnase a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«El suscrito, Julio César Aguirre Méndez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXI Legislatura del Senado de la República, en ejercicio de la facultad que confieren los artículos 67, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta asamblea, solicitando moción de urgente resolución, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita ampliar los recursos destinados al Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios (FAPPA), al tenor de las siguientes

Consideraciones

El FAPPA se constituye en un elemento central de la política pública en materia social que implanta el gobierno federal con objeto de resolver el problema público de pobreza y pobreza extrema que enfrenta un número significativo de mexicanos que habitan en núcleos agrarios, particularmente los que se sitúan en los municipios y las localidades en condiciones de vulnerabilidad social.

A través de este programa, la Secretaría de la Reforma Agraria combate la pobreza a través de proyectos productivos. El FAPPA es un programa noble, insertado en una política de desarrollo sustentable, pero que responde a las necesidades de autoempleo del sector rural.

Tan sólo en 2010, la Secretaría de la Reforma Agraria rechazó 80 por ciento de las 2 mil 44 solicitudes para el FAPPA y el Programa de la Mujer en el Sector Agrario (Promusag). La principal causa de rechazo fue la falta de presupuesto.

El éxito de este programa para el sector rural, de acuerdo con los datos proporcionados por la Secretaría de la Reforma Agraria, el sector más beneficiado está directamente relacionado con el campo y con la inserción de las mujeres en actividades productivas.

En la reciente sesión del Comité Técnico de los programas se destinaron 113 millones 425 mil 400 pesos para la instalación de 620 proyectos productivos por medio del Promusag, mientras que a través del FAPPA se apoyarán 507 proyectos, con una inversión de 108 millones 732 mil 800 pesos.

Para 2010 se aprobaron recursos para el FAPPA por 773 millones de pesos, y para el Promugag 780 millones de pesos en la primera sesión de ambos programas, fueron aprobados recursos por un monto de 143 millones 200 mil pesos, mientras que a finales de junio se liberaron otros 403 millones 110 mil pesos. En lo que va del año se han destinado para el FAPPA 317 millones 703 mil pesos en proyectos.

Las entidades más favorecidas en la reciente reunión del Comité Técnico, con el programa FAPPA son Chiapas, con 53 proyectos; Sinaloa, 44; Sonora, 42; Morelos, 35; San Luis Potosí, 32; Oaxaca, 28; Puebla y Veracruz, 26; Guerrero 25; Campeche, 24; y Guanajuato, 23.

Pese a los beneficios y la nobleza del FAPPA, en la propuesta de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se plantea un presupuesto de 350 millones de pesos, que representa en términos reales un recorte de 40 por ciento.

Por esas razones de carácter social, pero sobre todo conforme a las prioridades de generación de empleo a través de proyectos productivos, solicitamos coherencia en la política de desarrollo rural, a partir de un exhorto para que en los trabajos de dictaminen del Presupuesto de Egresos de 2011 se incrementen los recursos por un monto equivalente a 936 millones, que representa un incremento real de 17 por ciento respecto a 2010.

Por lo expuesto y fundado, se presenta a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se solicita a la Cámara de Diputados que considere en el análisis, la discusión y la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 un mono de 936 millones de pesos para el Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios, con objeto de impulsar los proyectos productivos y la generación de empleos en el sector rural.

Salón de sesiones del Senado de la República, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Julio César Aguirre Méndez (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Alfonso Sánchez Anaya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación del 2011 se incrementen los recursos federales asignados al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para dar cabal cumplimiento a las atribuciones señaladas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los particulares.

La presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«El suscrito senador Alfonso Sánchez Anaya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 276 y 277 del Reglamento del Senado de la República, me permito someter a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

1. El cinco de junio de este año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y se reforman los artículos 3, fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del capítulo II, del título segundo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

2. El contenido del decreto destaca, en lo que respecta al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, lo siguiente:

...

Artículo 38. El instituto, para efectos de esta ley, tendrá por objeto difundir el conocimiento del derecho a la protección de datos personales en la sociedad mexicana, promover su ejercicio y vigilar por la debida observancia de las disposiciones previstas en la presente ley y que deriven de la misma; en particular aquellas relacionadas con el cumplimiento de obligaciones por parte de los sujetos regulados por este ordenamiento.

Artículo 39. El Instituto tiene las siguientes atribuciones:

I. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta ley, en el ámbito de su competencia, con las excepciones previstas por la legislación;

II. Interpretar en el ámbito administrativo la presente ley;

III. Proporcionar apoyo técnico a los responsables que lo soliciten, para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley;

IV. Emitir los criterios y recomendaciones, de conformidad con las disposiciones aplicables de esta ley, para efectos de su funcionamiento y operación;

V. Divulgar estándares y mejores prácticas internacionales en materia de seguridad de la información, en atención a la naturaleza de los datos; las finalidades del tratamiento, y las capacidades técnicas y económicas del responsable;

VI. Conocer y resolver los procedimientos de protección de derechos y de verificación señalados en esta ley e imponer las sanciones según corresponda;

VII. Cooperar con otras autoridades de supervisión y organismos nacionales e internacionales, a efecto de coadyuvar en materia de protección de datos;

VIII. Rendir al Congreso de la Unión un informe anual de sus actividades;

IX. Acudir a foros internacionales en el ámbito de la presente ley;

X. Elaborar estudios de impacto sobre la privacidad previos a la puesta en práctica de una nueva modalidad de tratamiento de datos personales o a la realización de modificaciones sustanciales en tratamientos ya existentes;

XI. Desarrollar, fomentar y difundir análisis, estudios e investigaciones en materia de protección de datos personales en posesión de los particulares y brindar capacitación a los sujetos obligados.

3. De acuerdo a las disposiciones transitorias séptima y octava de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, corresponde realizar al Ejecutivo federal, con sujeción a los presupuestos aprobados de las instituciones correspondientes y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, llevar a cabo las acciones necesarias para que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 considerará partidas suficientes para el adecuado funcionamiento del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos en las materias de esta ley.

Sin embargo y a pesar de lo importante que resulta tanto blindar la información concentrada en bases de datos para evitar su uso indebido a través de la aplicación de sanciones, como desarrollar programas de difusión y capacitación en los temas de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, a este organismo, en el paquete económico para el ejercicio fiscal 2010, se le asignaron 9 millones menos de lo aprobado en 2009.

4. La aplicación de la ley señalada en los puntos anteriores, es un asunto que revierte la mayor relevancia tal y como se señalara en el dictamen correspondiente en virtud de que fortalece el marco legal para asegurar la privacidad de los datos personales de ciudadanos en manos de particulares.

El tema ha sido innovador y, de acuerdo a varios especialistas, abre la puerta para una veta inexplorada de alcances insospechados: desde el tema de las responsabilidades estatales, no sólo por acción, sino también por omisión en el ejercicio de sus poderes, hasta el juicio de amparo contra particulares.

La desafortunada experiencia mexicana nos ha mostrado que existen leyes que a pesar de las loables intenciones con las que se elaboran, en la vía de los hechos no se cumplen. En varios casos la falta de presupuesto ha sido motivo suficiente para que las instituciones no cumplan los cometidos que nuevas disposiciones les encomiendan, el asunto no es menor si tomamos en cuenta que el instituto es la autoridad sancionadora que tendrá que enfrentarse a entidades particulares poderosas que no escatimarán recurso alguno en la defensa de lo que ellas consideran sus intereses.

5. Por otro lado, si bien es cierto que la defensa de los derechos humanos y en este caso en particular del acceso a la información y la protección de datos personales requiere la implementación de una infraestructura sólida, también lo es que se necesita a ciudadanos informados y demandantes en el cabal ejercicio de sus derechos.

No existe ley más efectiva que aquella que el ciudadano conoce y de la cual exige el cumplimiento. La labor de información y promoción de los derechos es pieza medular en el ejercicio de los mismos y una responsabilidad del estado, en virtud de lo cual es necesario implementar programas que acerquen a los diferentes sectores de la sociedad con este derecho fundamental.

En este orden de ideas resulta fundamental que la Cámara de Diputados, en el marco de su competencia, dote al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de los recursos humanos y materiales suficientes que permitan que la aplicación de la ley transite a la vía de los hechos, lo contrario equivale a un ejercicio de simulación sin mayores consecuencias jurídicas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a su elevada consideración el presente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación del 2011, se incrementen los recursos federales asignados al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, previstos en los artículos séptimo y octavo del apartado transitorio en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares a fin de dar cabal cumplimiento a las disposiciones contenidas en la misma.

Cámara de Senadores, a 23 de septiembre de 2010.— Senador Alfonso Sánchez Anaya (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnense a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



REGISTRO DE ASISTENCIA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se pide a la Secretaría dar cuenta del registro electrónico e instruya el cierre del sistema.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: ¿Falta algún diputado o alguna diputada por registrar su asistencia? Por favor, está abierto todavía el panel. ¿El tablero o panel? Está abierto el sistema.

Se pregunta a la asamblea, ¿falta algún diputado o diputada por registrar su asistencia?

Ciérrese el sistema electrónico.

Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.



ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Gracias, diputados.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto que reforma los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

Honorable Asamblea:

La Comisión del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72, 73 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, numeral 1, 40, numeral 3, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 55, 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 80 y los párrafos segundo y sexto del artículo 83, ambos del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

Antecedentes

A la Comisión del Distrito Federal le fue turnado para su estudio y dictamen el oficio No. D.G.P.L. 61-II-2-88, que contiene el dictamen positivo con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para derogar la justicia de paz.

1. Con fecha 18 de marzo de 2009, integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados presentaron ante el pleno de esta Cámara la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para derogar las regulaciones relativas a la justicia de paz.

2. En esa misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva turnó la iniciativa a la Comisión del Distrito Federal para efectos de su estudio y dictamen correspondientes.

3. La Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, en sesión celebrada el 16 de abril de 2009, aprobó el dictamen de dicha iniciativa en sentido positivo, el cual se remitió a la Mesa Directiva de la Cámara para sus efectos constitucionales.

4. A fin de reiniciar el trámite legislativo, el 6 de octubre de 2009 la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura remitió a la Comisión del Distrito Federal copia del dictamen positivo con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Lo anterior, de conformidad con el Acuerdo relativo a los dictámenes de proyectos de ley o de decreto y de proposiciones con punto de acuerdo que quedaron pendientes de resolver por el pleno de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, el cual fue aprobado el 17 de septiembre de 2009.

Consideraciones

I. El objeto de la iniciativa es, de acuerdo a la exposición de motivos, “adecuar y modernizar, conforme a los momentos actuales y porvenir, la organización y estructura de la función judicial capitalina, a fin de lograr mayor congruencia, accesibilidad y eficacia de ésta función fundamental del estado de derecho, y asumir una homologación estructural con el Poder Judicial de la Federación, en su organización, que garantice la unidad judicial ante la presencia de bien identificados órganos judiciales autónomos”.

II. Para atender lo anterior, los autores de la iniciativa proponen una nueva integración del Consejo de la Judicatura capitalino, así como el otorgamiento de la facultad a dicho Consejo para determinar el número y especialización –por materia– de la salas del tribunal y juzgados que integrarán el Poder Judicial del Distrito Federal. Todo ello, en los términos del siguiente proyecto de decreto:

Decreto por el que se adicionan y modifican los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

Único. Se modifica el artículo 80, y se modifica y adiciona el artículo 83, ambos del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 80. ...

En la designación de los magistrados, el jefe del Gobierno del Distrito Federal deberá escuchar la opinión previa del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, el cual verificará que se cumplan los requisitos a que se refiere el artículo 122, apartado C, Base cuarta, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las condiciones previstas en el párrafo anterior.

...

Artículo 83. ...

El consejo se integrará por siete miembros, de los cuales uno será el presidente del Tribunal Superior de Justicia, quien también lo será del consejo; un magistrado y dos jueces elegidos por mayoría de votos del pleno de magistrados; dos consejeros designados por la Asamblea Legislativa y uno por el jefe del Gobierno. Los tres últimos deberán ser personas que se hayan distinguido por su capacidad, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de las actividades jurídicas. Los consejeros deberán reunir los requisitos que para ser magistrado establece la ley.

En todo caso, los consejeros serán personas que se hayan distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades, en el supuesto de los consejeros elegidos por el pleno de magistrados, las personas deberán gozar, además, de reconocimiento profesional en el ámbito judicial.

...

...

...

El consejo, actuando en pleno, opinará sobre la designación y ratificación de magistrados; resolverá sobre la adscripción y remoción de magistrados; designará, adscribirá y removerá los jueces y los que con cualquier otra denominación se creen en el Distrito Federal; todo ello en los términos que la ley prevea en materia de carrera judicial. También determinará el número y especialización por materia de la salas del tribunal y juzgados en el Poder Judicial del Distrito Federal.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

III. Los integrantes de la comisión dictaminadora consideran que es legalmente procedente la reforma que se propone, toda vez que el 27 de abril de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma la fracción II, de la Base Cuarta, del Apartado C, del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; disposición que era la única en ordenar al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal a contar con juzgados de paz, debido a que señalaba que el titular de uno de estos órganos debía formar parte del Consejo de la Judicatura local. Este sólo hecho obligaba a toda la función judicial a comprender en su estructura la presencia de jueces de paz, los cuales han perdido sentido y eficacia bajo las modalidades actuales de demandas y necesidades de justicia de los capitalinos.

Así, el referido artículo constitucional se reformó para quedar en los términos siguientes:

“Artículo 122. ...

... BASE CUARTA. ...

... II. La administración, vigilancia y disciplina del Tribunal Superior de Justicia, de los juzgados y demás órganos judiciales, estará a cargo del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal. El Consejo de la Judicatura tendrá siete miembros, uno de los cuales será el presidente del Tribunal Superior de Justicia, quien también lo será del Consejo. Los miembros restantes serán: un Magistrado y dos jueces elegidos por mayoría de votos de las dos terceras partes del Pleno de Magistrados; uno designado por el Jefe del Gobierno del Distrito Federal y otros dos nombrados por la Asamblea Legislativa. Todos los Consejeros deberán reunir los requisitos exigidos para ser Magistrado y serán personas que se hayan distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades, en el caso de los elegidos por el Pleno de Magistrados deberán gozar, además, con reconocimiento por sus méritos profesionales en el ámbito judicial. Durarán cinco años en su cargo; serán sustituidos de manera escalonada y no podrán ser nombrados para un nuevo periodo.

El Consejo designará a los jueces del Distrito Federal, en los términos que las disposiciones prevean en materia de carrera judicial. También determinará el número y especialización por materia de las salas del tribunal y juzgados que integran el Poder Judicial del Distrito Federal, de conformidad con lo que establezca el propio Consejo...”

De este modo, una vez modificada la organización y estructura de la función judicial en la capital del país a nivel constitucional, es menester adecuar el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal a fin de hacer congruente el andamiaje legal.

IV. En adición a lo anterior, la Comisión Dictaminadora precisa lo siguiente:

1. Que hace suyo el argumento de los iniciantes de que la justicia de paz fue un avance en su momento al pretender agilizar la función judicial ante controversias jurídicas de cuantía o penalidad menor que no admitían impugnación ordinaria alguna. Sin embargo, las características y organización actuales de la función judicial reclaman que el esfuerzo presupuestal, financiero y operativo que se dedica para sustentar la justicia de paz se encausen de manera directa a fortalecer los juzgados de primera instancia.

2. Que el trabajo desarrollado por los juzgados de justicia de paz se hace con recursos similares a otros órganos judiciales que soportan una carga de trabajo mayor, lo que se traduce en un menoscabo en la calidad del servicio que proporcionan. Por esta razón, la iniciativa tiene el propósito de fortalecer los juzgados de primera instancia para que la impartición de justicia se realice de manera más expedita.

3. Que considera acertado establecer que los consejeros sean personas que, al momento de su nombramiento, se distingan por su capacidad profesional y administrativa, así como por su honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades, características que son propias de una función judicial integrada por personas de la más alta y mejor calidad disponible en nuestros medios jurisprudentes.

En este sentido, también se considera atinada la propuesta de sustituir el mecanismo de insaculación para elegir a los jueces que forman parte del Consejo de la Judicatura por el mecanismo de elección directa del Pleno de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, con lo que se eliminará el factor de azar que actualmente se prevé en el Estatuto de Gobierno para la conformación de dicho órgano.

4. Que coincide plenamente con los proponentes en establecer que el Consejo de la Judicatura tenga la facultad de determinar el número y especialización –por materia– de las salas del tribunal y juzgados que integrarán el Poder Judicial del Distrito Federal. Esta modificación ayudará a mejorar el sistema de justicia en lo referente a la administración y organización de los entes encargados de su impartición, ya que permitirá que el Consejo realice las adecuaciones institucionales pertinentes atendiendo las exigencias que se presenten en la realidad judicial.

En otras palabras, se pretende fortalecer a los juzgados de primera instancia redistribuyendo las cargas de atención para hacer más equitativa la repartición del trabajo entre un solo tipo de juzgado, ya que hasta ahora no ha existido una carga de trabajo proporcional entre los juzgados de justicia de paz (tanto por razones de materia como de territorialidad). Por un lado, mientras que los juzgados civiles han tenido un aumento sostenido de 225% de los asuntos recibidos durante los últimos siete años, los juzgados en materia penal han presentado un decremento del 40% a partir del año 2005. Por otro lado, la disparidad por cuestiones de territorialidad se puede observar en el número de asuntos recibidos por juzgados que se encuentran en la misma Delegación: por ejemplo, el Juzgado 11 de Justicia de Paz Civil, ubicado en la Delegación Álvaro Obregón, tuvo un total de 4,171 asuntos en 2008, mientras que los Juzgados 27 y 57, ubicados en la misma demarcación, recibieron 1,756 y 1,752 asuntos, respectivamente.

5. Que concuerda con lo razonado por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados en el dictamen que elaboró sobre la iniciativa de reforma al artículo 122 constitucional, al considerar que la incorporación de los juzgados de paz con los de primera instancia no implica la desaparición absoluta de éstos. Por el contrario, se considera que es necesario mantener y garantizar, por parte de las autoridades competentes, los procedimientos que se ventilan ante esas instancias, debiendo conservar los mismos tiempos con los que se han emitido las resoluciones de las controversias dirimidas ante las mismas.

La intención de la reforma en comento consiste únicamente en modificar la estructura judicial con el fin de racionalizar las cargas de trabajo entre los juzgados, en el entendido de que éstos resolverán juicios con procedimientos diferenciados para menor y mayor cuantía.

6. Que la propuesta contenida en la iniciativa de mérito es una consecuencia normativa de la reforma constitucional publicada el 27 de abril de 2010 e implica facilitar a la autoridad local la determinación autónoma de la estructura judicial. Por este motivo, las reformas que a nivel local deriven de la modificación propuesta deben respetar la voluntad del constituyente en el sentido de no dificultar a la ciudadanía el servicio judicial sino, por el contrario, mejorarlo para su beneficio.

V. Cabe aclarar que, con el propósito de adecuar el Estatuto de Gobierno con la reforma del artículo 122 constitucional, se hicieron algunas precisiones a la redacción del artículo 83 aprobado por la Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, a saber:

a) Para la integración del Consejo de la Judicatura se estableció que los dos jueces elegidos por el Pleno de Magistrados deben contar con la aprobación de la mayoría calificada, es decir, con los votos de las dos terceras partes del Pleno; siendo que la propuesta original sólo establecía mayoría simple.

b) Se suprime la siguiente frase del párrafo segundo, debido a que es repetitivo de los siguientes enunciados del mismo: “Los tres últimos deberán ser personas que se hayan distinguido por su capacidad, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de las actividades jurídicas”.

c) También se suprime la siguiente frase, dado que así se hizo en el artículo 122 constitucional: “los que con cualquier otra denominación se creen en el Distrito Federal”.

d) En la parte final del párrafo sexto del artículo 83 se agregó la frase: “de conformidad con lo que establezca el propio Consejo”.

e) Además, se agregan dos artículos transitorios para regular la operatividad de las disposiciones propuestas.

Por las consideraciones antes expuestas, los legisladores integrantes de la Comisión del Distrito Federal sometemos a la consideración de la honorable asamblea el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

Artículo Único. Se reforman los artículos 80, segundo párrafo y, 83, segundo y sexto párrafos del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 80. ...

En la designación de los Magistrados, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal deberá escuchar la opinión previa del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, el cual verificará que se cumplan los requisitos a que se refiere la fracción I, Base Cuarta, Apartado C, del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las condiciones previstas en el párrafo anterior.

...

Artículo 83. ...

El Consejo se integrará por siete miembros, de los cuales uno será el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, quien también lo será del Consejo; un Magistrado y dos Jueces elegidos por mayoría de votos de las dos terceras partes del Pleno de Magistrados; dos consejeros designados por la Asamblea Legislativa y uno por el Jefe de Gobierno. Todos los Consejeros deberán reunir los requisitos exigidos para ser Magistrado y serán personas que se hayan distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades. En el caso de los elegidos por el Pleno de Magistrados deberán gozar, además, de reconocimiento por sus méritos profesionales en el ámbito judicial.

...

...

...

El Consejo, actuando en Pleno, opinará sobre la designación y ratificación de magistrados; resolverá sobre la adscripción y remoción de magistrados; y designará, adscribirá y removerá a los jueces del Distrito Federal; todo ello en los términos que la ley prevea en materia de carrera judicial. También determinará el número y especialización por materia de las salas del tribunal y juzgados que integran el Poder Judicial del Distrito Federal, de conformidad con lo que establezca el propio Consejo.

...

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los Consejeros de la Judicatura del Distrito Federal que hubieren sido electos mediante el procedimiento de insaculación, concluirán sus respectivos encargos en las fechas establecidas al momento de su designación.

Tercero. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a fin de que cobre plena vigencia el presente Decreto, habrá de realizar adecuaciones a las disposiciones legales a que haya lugar, a más tardar dentro de los 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.

Notas:

1 Por ejemplo, en el año 2008, los juzgados de primera instancia iniciaron 184,655 asuntos (14.1% más que en el año anterior), mientras que los juzgados de paz tuvieron un incremento de 36.5% (al pasar de 68,793, en 2007, a 93,944).

2 “Ello resulta muy ilustrativo, porque este incremento sustancial en las cargas de trabajo en la materia civil (frente al decremento registrado en la materia penal), se ha soportado con el mismo número de órganos judiciales (28 juzgados civiles y 48 juzgados penales), que existen desde su creación. Es decir, en la materia civil, la carga de trabajo ha crecido más del doble en los últimos siete años, mientras que el número de órganos judiciales se mantienen igual”. Véase Breve diagnóstico de los Juzgados de Justicia de Paz del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Dirección Ejecutiva de Planeación, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, 2009, p. 3.

3 Ibíd., p. 7.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 9 de septiembre de 2010.

La Comisión del Distrito Federal, diputados: Gabriela Cuevas Barron (rúbrica), Jesús Ricardo Enríquez Fuentes, Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, Roberto Rebollo Vivero, César Daniel González Madruga (rúbrica), Agustín Guerrero Castillo, Emilio Serrano Jiménez, Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Armando Jesús Báez Pinal (rúbrica), Carlos Bello Otero (rúbrica), Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Armando Corona Rivera, Omar Fayad Meneses (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Óscar González Yáñez, Paz Gutiérrez Cortina (rúbrica), Jorge Hernández Hernández, Kenia López Rabadán (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía (rúbrica), Eduardo Mendoza Arellano (rúbrica), Nazario Norberto Sánchez, Rafael Pacchiano Alamán, Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Ezequiel Rétiz Gutiérrez (rúbrica), Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada Gabriela Cuevas Barron, por la comisión, para fundamentar el dictamen de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Gabriela Cuevas Barron:Con su venia, diputado. Por parte de la Comisión del Distrito Federal se someterán a consideración de esta asamblea, dos dictámenes.

El primero de ellos tiene como fin derogar la justicia de paz y modificar la integración del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.

Con la finalidad de modernizar la organización y estructura de la función judicial capitalina, el pasado 27 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reformó el apartado c) del artículo 122 constitucional, el cual disponía que en la integración del Consejo de la Judicatura local se debía incluir a un juez de paz.

Este solo hecho obligaba a toda la función judicial a comprender en su estructura la presencia de dichos juzgadores, quienes han perdido sentido y eficacia bajo las actuales demandas y necesidades de justicia de los capitalinos.

Si bien la creación de los juzgados de paz fue un gran avance para agilizar el trámite de controversias de cuantía y penalidad menor, es de señalarse que la organización y las características actuales de la actividad judicial demandan que el esfuerzo presupuestal y operativo se encauce a fortalecer a los juzgados de primera instancia.

Tomando en cuenta lo anterior la modificación a los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno, no sólo es una consecuencia normativa de la mencionada reforma constitucional, sino también el resultado de la demanda social.

Con ello se logrará una mayor eficacia de la función jurisdiccional, actividad que es fundamental para la consolidación del estado de derecho.

Por un lado la iniciativa establece que los integrantes del Consejo de la Judicatura deberán ser personas que destaquen por su capacidad profesional y administrativa, así como por su honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades, características que son propias de una función judicial integrada por personas de la más alta y mejor calidad disponible en nuestros medios jurisprudentes.

Por otro lado, se confiere al Consejo de la Judicatura del Distrito Federal la facultad de determinar el número y especialización de las salas y juzgados que integrarán el Poder Judicial.

Esta modificación ayudará a mejorar la organización y administración de los entes encargados de impartir justicia al permitir que el Consejo realice las adecuaciones institucionales que en un futuro se requieran.

Finalmente se modifica el procedimiento a través del cual se elige a los miembros del Consejo local, al sustituirse el mecanismo de insaculación por un mecanismo de elección directa del pleno de magistrados del Tribunal Superior de Justicia. Con esto se elimina el factor de azar que actualmente se prevé en el estatuto de gobierno para la conformación de dicho órgano.

En síntesis, con este dictamen fortaleceremos los juzgados de primera instancia al redistribuir de manera equitativa las cargas de trabajo en un solo tipo de juzgado. Segundo, estableceremos requisitos más rigurosos para ocupar el cargo de consejero, y tercero, perfeccionaremos el procedimiento para su designación. Es cuanto.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: En consecuencia está a discusión en lo general el presente dictamen. Esta presidencia informa que se ha registrado para la discusión en lo general hasta ahorita el diputado Jaime Cárdenas Gracia, en contra. Tiene la palabra el diputado Jaime Cárdenas Gracia.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Gracias, presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, aparentemente, tal como nos lo hizo saber la diputada Gabriela Cuevas, se trata de un dictamen para reformar el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal como consecuencia de una previa reforma a la Constitución, al artículo 122.

Aparentemente contiene ventajas esta reforma en el estatuto de gobierno porque va a fortalecer a los juzgados de primera instancia y porque le da competencias al Consejo de la Judicatura que no tenía, que tenía antes la Asamblea Legislativa, para determinar el número y especialización por materia de salas al propio Consejo de la Judicatura.

Sin embargo, hay que decir que en México —y ésta es una crítica que no tiene solamente que ver con el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal sino con el Consejo de la Judicatura Federal y con los Consejos de la Judicatura de los estados— en México estos órganos que se crearon, a consecuencia de la reforma constitucional de 1994 en materia judicial y que tienen por propósito administrar, vigilar y disciplinar a los jueces y magistrados, no han cumplido con su función y no han cumplido con su función precisamente por mecanismos como los que contiene este dictamen. Es decir, en los Consejos de la Judicatura existe una composición mayoritaria de miembros del Poder Judicial. Así ocurre en el Distrito Federal y así ocurre en el Consejo de la Judicatura Federal. De siete miembros del Consejo de la Judicatura, cuatro son del Poder Judicial. Y además, el presidente del Consejo de la Judicatura es el presidente de la Suprema Corte y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la entidad correspondiente.

Esto hace que las labores de administración de vigilancia y de disciplina se hagan nugatorias. Los Consejos de la Judicatura no están cumpliendo con su función porque no son órganos ciudadanizados. En México tenemos que apostar por una reforma no como ésta sino por una reforma radical para que los integrantes de los Consejos de la Judicatura sean elegidos por el voto de los ciudadanos. Y además, para que el presidente del Consejo no sea el presidente del Tribunal o el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Además también, reformas para que la integración de estos consejos no sea mayoritaria de miembros del Poder Judicial, porque reformas como ésta lo único que hacen es promover el corporativismo al interior del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Aquí se está proponiendo que se derogue el método de la insaculación para designar a los consejeros de la Judicatura, jueces y magistrados, y que sea la mayoría del pleno de magistrados del Tribunal Superior de Justicia, las dos terceras partes, la que decida quiénes van a ser los integrantes judiciales del Consejo de la Judicatura.

Eso no ayuda a democratizar a este órgano. No ayuda a transparentar ni al Consejo de la Judicatura del Distrito Federal ni al Consejo de la Judicatura Federal.

Tenemos que ir hacia una democratización y hacia mayor transparencia en el Consejo de la Judicatura federal y local, y eso implica, desde mi punto de vista, tres cosas muy simples, que voy a repetir otra vez:

Primero. Elección ciudadana por voto directo de los integrantes del Consejo de la Judicatura.

Segundo. Que no exista una composición mayoritaria de integrantes judiciales en los Consejos de la Judicatura.

Tercero. Que estos órganos sean realmente transparentes, que sean integrados no solamente por abogados sino por otro tipo de profesiones, porque los Consejos de la Judicatura no solamente desarrollan funciones y tareas jurídicas. Los Consejos de la Judicatura administran, ejercen el presupuesto de los Poderes Judiciales en el país.

Por las anteriores razones, que me parecen fundamentales, yo no estoy de acuerdo con este dictamen que me parece una reforma chata, incompleta e insuficiente para democratizar al Poder Judicial en este país y para democratizar al Poder Judicial en el Distrito Federal.

Por su atención, muchas gracias compañeros y compañeras.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, señor diputado Cárdenas.

No habiendo más oradores inscritos para hablar del tema, consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Con gusto, diputado presidente.

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general este dictamen. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo artículos reservados se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto del proyecto de decreto.

(Votación)

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Nos visitan alumnos de la Universidad La Salle, invitados por la diputada Kenia López Rabadán.

De igual forma, se encuentran entre nosotros distinguidos invitados del municipio de  Melchor Ocampo, estado de México, invitados por el diputado Israel Ledesma Magaña.

Les damos la más cordial bienvenida a los invitados del diputado Martín Vázquez Pérez, ciudadanos del municipio de Ecatepec, estado de México.

Se encuentran en este salón invitados de la colonia Los Reyes, San Bartolo Tutotepec, estado de Hidalgo, invitados de la diputada Paula Hernández Olmos.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: ¿Falta algún diputado o diputada por emitir su voto? Gracias. Ciérrese el sistema de votación electrónico.

La diputada María del Carmen Izaguirre Francos(desde la curul): A favor.

El diputado Francisco Lauro Rojas San Román(desde la curul): A favor.

El diputado José Adán Ignacio Rubí Salazar(desde la curul): A favor.

El diputado Francisco Alejandro Moreno Merino(desde la curul): A favor.

El diputado Alberto Emiliano Cinta Martínez(desde la curul): A favor.

La diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz(desde la curul): A favor.

La diputada Mercedes del Carmen Guillén Vicente(desde la curul): A favor.

El diputado José Antonio Aysa Bernat(desde la curul): A favor.

El diputado Germán Contreras García(desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Se emitieron 350 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Aprobado en lo general y en lo particular, por 350 votos, el proyecto de decreto que reforma los artículos 80 y 83 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Señoras diputadas y señores diputados, se les informa que en razón de que habrá 7 votaciones subsecuentes, solamente el tiempo para poder emitir su voto será de 5 minutos en lo sucesivo.

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: La diputada Lucila Gallegos, sonido a su curul, por favor.



DIA INTERNACIONAL DEL DOCENTE

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena(desde la curul): Gracias, buenos días. Con el objeto de extender una muy cordial felicitación a las maestras y a los maestros del mundo, especialmente a los de nuestro país, en la conmemoración del Día Internacional del Docente. Muchas gracias, señor presidente.

ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputada. El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 47 y 86 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor, muchas gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 47 y 86 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

Honorable Asamblea:

La Comisión del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, numeral 1, 40, numeral 3, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente:

Dictamen

Antecedentes

A la Comisión del Distrito Federal le fue turnado para su estudio y dictamen el oficio No. D.G.P.L. 61-II-3-024, que contiene la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción tercera al artículo 12 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, a efecto de implementar el servicio profesional de carrera en los órganos de gobierno de la capital, presentada por la diputada Gabriela Cuevas Barron y a nombre de los diputados y diputadas federales del Distrito Federal, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

1. Con fecha 23 de septiembre de 2009, la diputada Gabriela Cuevas Barron, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y a nombre de los diputados y diputadas federales del Distrito Federal integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura, presentó al pleno de la Cámara de Diputados la iniciativa que adiciona una fracción tercera al artículo 12 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

2. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva turnó la iniciativa a la Comisión del Distrito Federal para efectos de su estudio y dictamen correspondientes.

Consideraciones

I. El propósito fundamental de la iniciativa es, de acuerdo a la exposición de motivos, eficientar la gestión gubernamental del Distrito Federal. Tiene como objetivo fortalecer la eficacia, eficiencia y economía en el uso y destino de los recursos públicos a través de la puesta en marcha de un servicio profesional de carrera (SPC) en todos los órganos del Distrito Federal para que los mejores hombres y mujeres lleven a cabo la gestión de las acciones de gobierno.

Los proponentes señalan que, para hacer frente a la situación crítica generada por el entorno internacional y optimizar el uso de los recursos públicos, es necesario evitar la costosa curva de aprendizaje que como práctica usual se ha preservado en algunos órganos del Estado, ya que se rotan continuamente servidores públicos que ocupan cargos técnicos.

En otras palabras, se trata de desterrar el concepto arraigado de que el gobierno es un botín político, un espacio de posiciones para acomodar a los amigos, familiares o incondicionales.

Si bien se ha expedido la normatividad del servicio de carrera en la administración pública del Distrito Federal a efecto de contar con sistemas modernos e imparciales de reclutamiento, selección, contratación y evaluación del personal público, los diputados sostienen que –pese a lo avanzado– aún faltan mayores distancias por recorrer. Ello, debido a que la política de la eficacia, economía y honradez no se ha visto reflejada en la totalidad de órganos públicos del Distrito Federal. En este sentido, los proponentes mencionan que la legislación local vigente está orientada a una franja de funcionarios que no rebasa el 30 por ciento de los servidores públicos que están en las dependencias del sector central.

II. Para atender lo anterior, los autores de la iniciativa proponen implementar el modelo del SPC en la totalidad de órganos de gobierno del Distrito Federal, pues de ello dependerá la transformación real del servicio público en aras a una mayor eficacia en el empleo y destino de los recursos públicos.

Así, la iniciativa tiene como fin el que la organización, funcionamiento y desarrollo del SPC del Distrito Federal se constituya como uno de los principios estratégicos que debe observarse por este orden de gobierno, con la salvedad de que este sistema únicamente deberá funcionar en las áreas técnicas y no en aquellos cargos que son de carácter político y que requieren de lealtad, confianza y compromiso con los órganos decisorios gubernamentales.

Finalmente, se propone que el servicio de carrera se oriente con base en determinados principios que garanticen que los cargos públicos sean ocupados por las y los mejores mexicanos, respetando en todo momento la equidad de género.

III. Los integrantes de la Comisión consideran que el servicio civil de carrera es una forma de gestionar los recursos humanos de la administración pública para formar servidores cuyo compromiso sea con el interés común, sin consideraciones políticas de grupo o partido, basada en el mérito, la imparcialidad y la igualdad de oportunidades. La necesidad de su implementación se centra en la incorporación de fundamentos éticos en la función pública para lograr una actitud y un comportamiento honorable por parte de los funcionarios, así como una respuesta eficiente y eficaz a las demandas que plantea la sociedad.

Esta política fue impulsada por la Nueva Gerencia Pública (New Public Management), una filosofía administrativa fundada en valores como la orientación a resultados y la rendición de cuentas. Autores como Osborne y Gaebler también señalan dentro de los fines que persigue esta corriente los siguientes: reducir el gasto público; mejorar el desempeño de los funcionarios orientándose al cumplimiento de objetivos más que a enfatizar la necesidad de ajustarse a reglamentos; promover la competencia en la provisión de los servicios; así como redefinir a los beneficiarios de sus servicios como clientes y orientar la gestión pública a satisfacerlos.

La Nueva Gerencia Pública se gestó por las críticas hechas al funcionamiento tradicional de la administración pública, también denominado “paradigma burocrático”. Estas críticas se resumieron en el hecho de que los gobiernos eran lentos, poco flexibles e incapaces de solucionar los problemas públicos, razón por la cual no se atendían las necesidades de los ciudadanos, el irracional costo de la prestación de los servicios gubernamentales ni la insatisfacción ciudadana con el sector público.

Además de lo anterior, la administración pública tradicional generó una cultura administrativa dentro de la cual la lealtad personal y la disciplina de grupo fueron valores más importantes que la eficacia administrativa o el apego institucional. Por este motivo, entre otros, el desarrollo de una administración pública profesionalizada se entendió como un elemento fundamental para la consolidación del Estado. Se comprendió que no es casualidad que los países con aparatos administrativos profesionalizados -basados en esquemas de servicio civil- suelan tener un nivel de desarrollo nacional y de bienestar social mucho más altos que los países que carecen de ellos.

IV. Diversos autores han destacado los beneficios que conllevan los servicios civiles, los cuales –por medio de sus mecanismos igualitarios y meritocráticos para regular el ingreso, la formación, la evaluación del desempeño, las sanciones, la movilidad, las promociones y las pensiones– permiten profesionalizar tanto a los funcionarios públicos como a las mismas actividades administrativas del Estado.

Estos sistemas permiten cambiar la lealtad personal, ya sea de grupo o partidista, por una lealtad institucional con un claro compromiso de responsabilidad pública. Se entiende que los funcionarios son coadyuvantes en la preservación de la memoria institucional, la continuidad de programas y proyectos, así como de un mejor diseño de políticas públicas, garantizándose así la continuidad administrativa del Estado mexicano.

De esta manera, el SPC podría convertirse en un mecanismo para limitar la profunda politización bajo la cual han funcionado las instituciones administrativas del gobierno del Distrito Federal, situación que ha impedido que las organizaciones burocráticas funcionen de manera efectiva y profesional. De hecho, se ha constatado que la existencia de sistemas de servicio civil en países como Francia o el Reino Unido, ha permitido que las funciones administrativas del Estado se realicen de manera autónoma, efectiva y despolitizada.

Todo ello impulsará el desarrollo de un grupo sólido de funcionarios expertos y profesionales. Además, en el mediano plazo se coadyuvará en la disminución de los niveles de corrupción administrativa existentes, tal y como lo han mostrado algunos estudios realizados por instituciones internacionales como el Banco Mundial y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

V. Pareciera estar claro que el diseño e implementación de un SPC en la administración pública del Distrito Federal podría ser útil para combatir una buena cantidad de los males administrativos que tradicionalmente han afectado al gobierno: elevada politización de las estructuras administrativas, bajo profesionalismo de los funcionarios, corrupción administrativa generalizada, falta de regularidad y estabilidad en la provisión de servicios públicos, rotación del personal por los vaivenes político-electorales etc.

Como puede observarse, existen diversas razones para avanzar en la idea de establecer un SPC. Sin duda, la más importante es -ante la institucionalización del fenómeno de la alternancia partidista- la de poder contar con funcionarios profesionalizados capaces de garantizar la continuidad de programas y políticas a través de una burocracia estable frente a los cambios de gobierno, haciendo un uso más eficiente de los recursos públicos.

Por ello, resulta razonable que se implemente un SPC en todos los órganos de gobierno del Distrito Federal a fin de mejorar su desempeño en el mediano plazo, eliminando así la politización administrativa, la cual ha sido una de las causas más importantes de inestabilidad e ineficiencia administrativas.

VI. En la última década se han llevado a cabo una serie de reformas de carácter gubernamental y administrativas tendientes a eficientar, profesionalizar y descentralizar las estructuras burocráticas del país, reformas que son connaturales a los servicios de carrera, ya que son instituciones dinámicas que requieren de ajustes y reorientaciones permanentes.

Por ejemplo, el Servicio Profesional del Instituto Federal Electoral ha contado con tres estatutos: el de 1992, el de 1999 y el de enero de 2010. Asimismo, la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal ha estado sujeta a diversos intentos de reforma: más de nueve iniciativas de reforma en el transcurso de 2006, 2007 y 2008, tomando en cuenta que algunas siguen vigentes y se han vuelto a retomar.

Por lo que hace al ámbito local, el servicio de carrera también ha estado sujeto a circunstancias coyunturales. Si bien el 13 de junio de 2000 se publicó por primera vez la ley respectiva, fue hasta julio de 2004 que entraron en vigor los Títulos Tercero, Cuarto y Quinto de la misma (de conformidad con la reforma publicada en el 2002). En enero de 2004 y junio de 2006 se hicieron más reformas y en octubre de 2008 se publicó una nueva ley, la cual volvió a establecer una vacatio legis muy amplia, pues dispuso que la entrada en vigor de los Títulos Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto, fuera hasta julio de 2011.

De ello se desprende que el servicio de carrera en México –pese a no llevar muchos años de funcionamiento– no ha estado exento de cambios y transformaciones, propios de una figura dinámica como ésta. “Cambios que si bien podrían calificarse como necesarios, también han sido inducidos y forzados en gran parte por el cambio en las autoridades gubernamentales y responsables de la implementación”.

Por lo anterior, diversos autores han señalado que uno de los retos en la implementación de estas políticas es aislar los cambios de legales de consideraciones políticas, así como la consolidación del Servicio Profesional de Carrera en organismos que no están sujetos al mismo, enfatizando el logro de resultados mediante el desarrollo del capital humano.

Con base en los argumentos esgrimidos, esta Comisión Dictaminadora considera que es procedente y necesaria la reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal a fin de determinar que todos los órganos de gobierno de la capital cumplan con los principios que rigen el servicio de carrera, con excepción de aquellos entes públicos que deban regirse conforme a los sistemas que determinen sus leyes respectivas.

VII. El Servicio Profesional de Carrera no sólo es un importante objetivo en sí mismo, sino el mejor medio para lograr otros fines que la sociedad mexicana se ha planteado, como lo es la consolidación democrática. En este marco, la igualdad en el acceso de hombres y mujeres para ocupar cargos públicos es una prioridad que se ha relegado por años.

Durante mucho tiempo, el servicio público ha estado fuertemente influido por prácticas discriminatorias basadas en el género de las personas, aún cuando la Constitución considera el derecho a la igualdad entre hombres y mujeres como uno de los pilares del gobierno democrático. De ahí que las mujeres tengan una presencia y participación limitadas en cargos públicos con diferentes niveles de responsabilidades. Realidad que se ve reflejada en los datos e información estadística que permiten hacer visible la situación de desigualdad de género en la esfera política del país.

Dicha tendencia también se ve reflejada en la administración pública del Distrito Federal, pues en la Administración centralizada la cantidad de hombres es del doble respecto al número de mujeres: por cada 100 mujeres que laboran en alguna dependencia referente al Gobierno central del Distrito federal, hay 211 hombres.

En la siguiente gráfica es posible observar la proporción de mujeres y hombres en cada una de las unidades administrativas que conforman el Gobierno Central. Además, de la misma se desprende que las Secretarías de Seguridad Pública, de Obras y Servicios, de Educación, de Protección Civil y la Procuraduría General de Justicia, son las unidades administrativas más “masculinizadas” en la Administración centralizada del Distrito Federal: más del 72 por ciento de sus integrantes son hombres. Por el contrario, Secretarías como la de Finanzas, de Cultura, de Desa-rrollo Social y de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades son en las que existe una mayor participación de mujeres (más del 40 por ciento).

Gráfica 1. Distribución porcentual de los funcionarios y funcionarias en el Gobierno Central del Distrito Federal por unidad administrativa, 2010

Fuente: CEAMEG, a partir de los vínculos a los directorios de las Secretarías concentrados en la ventanilla única de transparencia del Gobierno del D.F. (sólo se consideran los principales mandos). Consultado el 4 de agosto de 2010.

De acuerdo a los niveles del personal, en la gráfica 2 se observa que las mujeres tienen una menor proporción en puestos de Subsecretarias, ya que sólo 10.5 por ciento de este nivel de puesto está ocupado por ellas; mientras que el 20 por ciento ocupa puestos de Dirección General y Dirección. En promedio, en el Gobierno Central del Distrito Federal solamente 30 por ciento del total de las y los funcionarios son mujeres.

En cuanto a las mujeres y los hombres que trabajan en las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal, sólo 1 está liderada por una mujer. En cuanto al personal en cada una de ellas, se tiene que los niveles dentro de su estructura que son ocupados mayoritariamente por mujeres son los correspondientes a Coordinadora (29.5%), integrantes de la Oficina de la Información Pública (37.5%) y Líderes Coordinadoras de Proyecto (40.1%), lo que puede observarse en la gráfica 3.

Gráfica 2. Distribución porcentual de los funcionarios y funcionarias del Gobierno Central del Distrito Federal según puesto, 2010

Notas:

1 Se refiere a jefe de gobierno, oficial mayor, contralor general, procurador general y consejero jurídico en las unidades correspondientes.

2 Se refiere a asesores(as), secretarios(as) particulares y otros empleados(as) que apoyan las labores principales del secretario y subsecretario.

3 Incluye coordinadores, coordinadores territoriales (regionales), coordinadores técnicos, entre otros.

4 Se refiere al titular de la controlaría interna de cada una de las unidades administrativas del Gobierno Central del Distrito Federal, las delegaciones y algunos organismos desconcentrados, descentralizados, paraestatales y auxiliares.

Fuente: CEAMEG, a partir de los vínculos a los directorios de unidades administrativas concentrados en la ventanilla única de transparencia del Gobierno del D.F. (4 de agosto de 2010).

Gráfica 3. Funcionarios y funcionarias en las Delegaciones del Distrito Federal según puesto, 2010

Nota: ¹ Se refiere a asesores(as), secretarios(as) particulares y otros empleados(as) que apoyan las labores principales del Jefe Delegacional.

? Para Milpa Alta no se encuentra disponible el directorio de la Dirección General de Desarrollo Social.

Fuente: CEAMEG, a partir de los vínculos a los directorios de las delegaciones concentrados en la ventanilla única de transparencia del Gobierno del D.F. (6 de agosto de 2010).

Como se observa en las estadísticas de la conformación de la Administración Pública del Distrito Federal respecto al número de hombres y mujeres, es posible señalar que en ninguna de sus dependencias ha sido igualitaria la participación de las mujeres y los hombres.

VII. Para evitar estas distinciones, en algunos países se ha regulado la acción afirmativa ( Affirmative Action), es decir, se han establecido cuotas para garantizar la entrada de mujeres en cargos públicos, regulando el proceso de reclutamiento para abarcar desde la forma en que se determina el perfil deseado para cada puesto concursado hasta la entrada al servicio civil.

En nuestro país también se han sentado las bases legales para dar un trato igualitario a los hombres y a las mujeres. Tanto en la Constitución como en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación se ha prohibido la discriminación por razón de género.

Por su parte, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer señala que los Estados deben adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo, a fin de asegurarle -en condiciones de igualdad con los hombres- los mismos derechos: 1) al trabajo como derecho inalienable de todo ser humano; y 2) a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la aplicación de los mismos criterios de selección en cuestiones de empleo.

En este sentido, durante la novena Conferencia Regional de la Mujer de América Latina y el Caribe (2004), el gobierno mexicano se comprometió a adoptar medidas legislativas para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de las mujeres, con el objetivo de garantizarles el acceso a la justicia y el ejercicio y goce de todos los derechos humanos, incluidos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los hombres.

Estos principios también se han reflejado en la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal (publicada el 15 de mayo de 2007), la cual define a la equidad de género como aquel “concepto que se refiere al principio conforme al cual mujeres y hombres acceden con justicia e igualdad al uso, control y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades de la sociedad”. Además, incluye el término “igualdad sustantiva”, que “es el acceso al mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales”.

Para cumplir con su objeto, la citada ley mandata a los entes públicos a implementar acciones que tiendan a erradicar la discriminación en la designación de puestos directivos y toma de decisiones por razón de sexo, así como a implementar campañas que fomenten la contratación de mujeres y promuevan la igualdad sustantiva en el mercado laboral, en los ámbitos público y privado (art. 23).

Por lo antes expuesto, esta dictaminadora considera necesaria la inclusión de la equidad de género como un principio más que debe tomarse en cuenta en el sistema del servicio profesional de carrera.

IX. Con el propósito de reformar de manera armónica el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, es necesario tomar en cuenta lo establecido por los artículos 47 y 86, relativos a las bases para la organización de la Administración Pública del Distrito Federal, a saber:

“Artículo 47. Las leyes de la Asamblea Legislativa que regulen la organización y funciones de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán contener normas relativas a:

I. El servicio público de carrera y la especialización en las funciones, que tiendan a garantizar la eficacia y la atención técnica del funcionamiento de los servicios públicos de la Ciudad;

II. ...

III. La observancia de los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia a que se sujeta el servicio público”.

“Artículo 86. La administración pública del Distrito Federal se integrará con base en un servicio público de carrera, el cual se integrará con base en los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, profesionalización, y eficacia, de conformidad con la ley que al efecto expida la Asamblea Legislativa”.

Como puede observarse, el Estatuto de Gobierno ya contempla la existencia de un servicio de carrera, pero sin un núcleo consistente de principios, pues están desperdigados a lo largo de sus disposiciones. Además, tampoco incluye como uno de los principios rectores la equidad de género ni especifica que el sistema debe implementarse en todos los órganos de gobierno del Distrito Federal, lo que abre la posibilidad a que la ley secundaria excluya de su observancia a las entidades de la Administración Pública local, tal y como sucede en la actualidad.

Por esta razón, no sólo se propone la reforma al artículo 12 del Estatuto –como se propone originalmente en la iniciativa–, sino también a los artículos 47 y 86 del mismo.

A falta de definiciones al respecto, corremos el riesgo de que en algunos entes persistan prácticas o hábitos como el patrimonialismo, el clientelismo y el corporativismo, en lugar de una cultura meritocrática. Así, la reforma que se propone circunscribe su objeto a establecer las bases de organización, funcionamiento y desarrollo del Servicio Profesional de Carrera en todos los Órganos de Gobierno del Distrito Federal, operando bajo los principios de legalidad, honradez, eficiencia, eficacia, objetividad, calidad, lealtad, imparcialidad, equidad de género y competencia por mérito.

Esto permitirá contar con las mejores mujeres y hombres, garantizando una competencia por mérito con igualdad de oportunidades, lo que redundará en una mejor atención de las demandas ciudadanas y, en consecuencia, en beneficio de la sociedad.

En este sentido, la propuesta de mérito constituye una reforma administrativa destinada a mejorar la gestión de los recursos humanos y a limitar la politización de los aparatos administrativos, así como a dar continuidad a los proyectos gubernamentales e impulsar la progresiva profesionalización. Con ello, también se pretenden homogenizar los servicios de carrera estableciendo los mismos principios rectores para los órganos de gobierno de la capital.

Además, cabe precisar que se modifican los transitorios propuestos en la iniciativa de mérito a fin de reducir el tiempo en el que la Asamblea Legislativa debe realizar las adecuaciones a las disposiciones legales a que haya lugar, ya que la Ley del Servicio Público de Carrera de la Administración Pública del Distrito Federal entrará plenamente en vigor el 1 de julio de 2011.

Por las consideraciones antes expuestas, los legisladores integrantes de la Comisión del Distrito Federal sometemos a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 47, fracción III, y 86; y se adiciona un segundo párrafo a la fracción I del artículo 12 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

Artículo Único. Se reforman los artículos 47, fracción III, y 86; y se adiciona un segundo párrafo a la fracción I del artículo 12 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 12. ...

I. La legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia y eficacia que deben observarse en el desempeño de los empleos, cargos o comisiones del servicio público y en la administración de los recursos económicos de que disponga el Gobierno de la Ciudad.

Además de los principios enumerados en el párrafo anterior, la organización, el funcionamiento y el desarrollo del servicio profesional de carrera de los servidores públicos se sujetará, en las funciones técnicas de los órganos del Gobierno del Distrito Federal, a los principios de objetividad, calidad, equidad de género y competencia por mérito;

II. a XV. ...

Artículo 47. ...

I. y II. ...

III. La observancia de los principios de legalidad, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, equidad de género, calidad, eficacia, eficiencia y competencia por mérito a que se sujeta el servicio público.

Artículo 86. La administración pública del Distrito Federal se integrará con base en un servicio público de carrera, el cual se integrará con base en los principios de legalidad, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, equidad de género, calidad, eficiencia, profesionalización, y eficacia, de conformidad con la ley que al efecto expida la Asamblea Legislativa.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a fin de que cobre plena vigencia el presente decreto, habrá de realizar adecuaciones a las disposiciones legales a que haya lugar, a más tardar dentro de los 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.

Notas:

1 María del Carmen Pardo, El Servicio Civil de Carrera para un mejor desempeño de la Gestión Pública, Serie Cultura de la Rendición de Cuentas, Auditoría Superior de la Federación, 2005, p. 9.

2 Mauricio I. Dussauge Laguna, El Servicio Civil de Carrera en el Distrito Federal, en Asamblea, Núm. 3, mayo 2001, p. 47.

3 Ibíd. pp. 46-50.

4 Op. Cit. María del Carmen Pardo, p. 83. Véase también Mauricio I. Dussauge Laguna, Sobre la Pertinencia del Servicio Profesional de Carrera en México, en Foro Internacional 182, XLV, 2005 (4), pp. 768 a 772.

5 Op. Cit. Mauricio Dussauge, Sobre la Pertinencia del Servicio Profesional de Carrera en México, pp. 768 a 772.

6 Ibídem.

7 Rafael Martínez Puón, Alcances y resultados del Servicio Profesional de Carrera en México. Un ejercicio de evaluación a tres años de su implementación, en Gestión y Política Pública, Vol. XV, Número 2, II semestre de 2006, pp. 457-483.

8 Rafael Martínez Puón, La nueva fisonomía del servicio profesional de carrera en México, Publicado en la Revista del CLAD Reforma y Democracia. No. 43. (Feb. 2009). Caracas, p. 10.

9 Ibídem.

10 Ibíd., p. 14.

11 Ibíd., p. 10.

12 En este supuesto se encuentra la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, pues está sujeta a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en la cual se determina que “El Desarrollo Policial es un conjunto integral de reglas y procesos debidamente estructurados y enlazados entre sí que comprenden la Carrera Policial, los esquemas de profesionalización, la certificación y el régimen disciplinario de los Integrantes de las Instituciones Policiales y tiene por objeto garantizar el desarrollo institucional, la estabilidad, la seguridad y la igualdad de oportunidades de los mismos; elevar la profesionalización, fomentar la vocación de servicio y el sentido de pertenencia, así como garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales.

13 José Luis Méndez Martínez, citado en Amelia Elizabeth Montané Moroyorqui, Panorama del Servicio Profesional de Carrera en la Legislación Mexicana, p. 2. Disponible en:

http://www.indetec.gob.mx/News/files/LeyServCivil_Feb05.pdf

14 Estadísticas sobre la Participación Política de las Mujeres en México, Cámara de Diputados, Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género (CEAMEG) 2010, p. 3.

15 Estudio Estadístico sobre el número de Mujeres y Hombres que actualmente laboran en la Administración Pública del Distrito Federal, Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, agosto de 2010, p.

16 Roberto Ortiz, Reformas Constitucionales y legislación con Equidad de Género en el Estado Mexicano, Seminario en el marco del Proyecto “Gobernabilidad Democrática e Igualdad de Género”, Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Unidad Mujer y Desarrollo, febrero 2005.

17 La ley define como “ente público” a “las autoridades locales de Gobierno del Distrito Federal; los órganos que conforman la Administración Pública; los órganos autónomos por ley, y aquellos que la legislación local reconozca como de interés público y ejerzan gasto público; y los entes equivalentes a personas jurídicas de derecho público, que en ejercicio de sus actividades actúen en auxilio de los órganos antes citados o ejerzan gasto público”.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 9 de septiembre de 2010.

La Comisión del Distrito Federal, diputados:Gabriela Cuevas Barron (rúbrica), Jesús Ricardo Enríquez Fuentes, Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, Roberto Rebollo Vivero, César Daniel González Madruga (rúbrica), Agustín Guerrero Castillo, Emilio Serrano Jiménez, Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Armando Jesús Báez Pinal (rúbrica), Carlos Bello Otero (rúbrica), Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Armando Corona Rivera, Omar Fayad Meneses (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Óscar González Yáñez, Paz Gutiérrez Cortina (rúbrica), Jorge Hernández Hernández, Kenia López Rabadán (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía (rúbrica), Eduardo Mendoza Arellano (rúbrica), Nazario Norberto Sánchez, Rafael Pacchiano Alamán, Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Ezequiel Rétiz Gutiérrez (rúbrica), Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada Gabriela Cuevas Barron por la comisión, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Gabriela Cuevas Barron:Con su venia, diputado. Respecto de la propuesta de reforma al Estatuto de Gobierno para implementar el servicio profesional de carrera.

En todos los órganos de gobierno de la capital, cabe destacar que la legislación local vigente en esta materia está orientada a una franja de funcionarios que no rebasa todavía el 30 por ciento de los servidores públicos que se encuentran en las dependencias del sector central.

También debe mencionarse que en el poco tiempo que lleva de funcionamiento el servicio público de carrera en la administración local no ha estado exento de cambios, que si bien podrían calificarse como necesarios, también han sido inducidos y forzados en gran parte por el cambio de las autoridades gubernamentales y responsables de su aplicación.

De esta manera no sólo se han presentado reformas legales en los años 2002, 2004 y 2006 sino también una nueva ley en 2008, la cual entrará plenamente en vigor hasta julio del próximo año.

Estos cambios tan recurrentes en la legislación, así como la falta de aplicación del servicio de carrera en todos los órganos de gobierno del Distrito Federal han motivado la presente reforma que se somete a consideración de esta asamblea.

Con ella, no sólo se pretende una implementación general del servicio profesional de carrera sino también la definición de un núcleo consistente de principios bajo los cuales se regirá su funcionamiento.

A saber son: legalidad, honradez, eficacia, eficiencia, lealtad, imparcialidad, calidad, objetividad, competencia por mérito y equidad de género, incorporándose los últimos cuatro al texto vigente del estatuto de gobierno.

Especial mención requiere la equidad de género, ya que la igualdad en el acceso de hombres y mujeres para ocupar cargos públicos es una prioridad que se ha relegado por muchos años. De hecho, en la administración centralizada del Distrito Federal, la cantidad de hombres es el doble respecto del número de mujeres.

Según datos del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, por cada 100 mujeres que laboran en alguna dependencia referente al gobierno central se encuentran 211 hombres.

Entre los beneficios que reportará esta reforma y la consecuente profesionalización de los servidores públicos se pueden mencionar los siguientes: la reducción del gasto público, la mejora en el desempeño de los funcionarios, el impulso de la competencia en la provisión de los servicios y el cambio de la lealtad personal por una lealtad institucional con un claro compromiso de responsabilidad pública.

En otras palabras, este sistema constituye una forma de gestionar los recursos humanos de la administración pública para formar servidores cuyo compromiso sea con el interés común al margen de las consideraciones políticas, de grupo o de partido y, con base en el mérito, la imparcialidad y la igualdad de oportunidades, lo que permitirá que las organizaciones burocráticas funcionen de una manera más profesional.

Se pretende entonces incorporar fundamentos éticos en la función pública para lograr una actitud y un comportamiento honorable por parte de los funcionarios, así como una respuesta eficiente y eficaz a las demandas que plantea la sociedad.

Esto permitirá contar con mejores servidores públicos, tanto mujeres como hombres, situación que redundará en una mejor atención a las demandas ciudadanas y en consecuencia, en beneficio de la ciudad.

Este dictamen, compañeras y compañeros, obedece a una demanda de organizaciones de la sociedad civil que han buscado que profesionalicemos a nuestros gobiernos, que entreguemos mejores cuentas y una de las mejores cuentas es consolidar un servicio profesional de carrera en el gobierno de la Ciudad de México. Es cuanto.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: En consecuencia está a discusión el presente dictamen, en lo general.

Esta Presidencia informa que se ha inscrito para la discusión en lo general, hasta ahorita sólo en pro, la diputada Silvia Esther Pérez, del Partido Acción Nacional. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): Señor presidente, para hablar en contra.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Está usted proponiéndose.

Perdón, diputada, perdón pero ya se inscribió el diputado para hablar en contra y el orden es ése. Si le permite usted.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): Primero las damas.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Por supuesto que sí, para nosotros sí. No sé si sea su caso. Si usted también está dispuesto a darle el lugar. Adelante, diputada.

La diputada Silvia Esther Pérez Ceballos:Muy buenas tardes, honorable asamblea, la evolución global exige adecuar constantemente gobiernos, instituciones y funciones para responder a las exigencias de las sociedades. Una sociedad democrática como la de México, en la que millones de mexicanos buscan ser mejores día a día, obliga a sus gobiernos también a evolucionar y a adecuar el marco jurídico en el cual basan su gestión de gobierno.

En el Grupo Parlamentario de Acción Nacional consideramos que un gobierno responsable y eficiente debe contar con funcionarios y servidores públicos profesionales, honestos y capaces. La labor que desempeñan los funcionarios y la burocracia de los gobiernos es fundamental para el desarrollo de la sociedad.

La obsolescencia, la improvisación y la falta de pericia y capacidad técnica de los servidores públicos del gobierno son un obstáculo para el desarrollo exitoso de la sociedad. Es por ello que el dictamen que hoy se presenta para reformar los artículos 12, 47 y 86 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, cobra gran importancia para el desempeño de la gestión del gobierno del Distrito Federal.

Esta reforma da respuesta a una de las exigencias de la ciudadanía en el Distrito Federal: contar con servidores públicos mejor capacitados. Ya que consiste en incorporar el servicio profesional de carrera en todos los gobiernos del Distrito Federal basado en principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad de género y competencia por mérito.

El objetivo de esta reforma es que la gestión de gobierno del Distrito Federal sea eficiente, sea capaz y deje de estar ligada al desempeño público por compromisos políticos. Llegó el momento de decir basta a los malos servidores públicos que sólo quieren hacer rentable económicamente su paso por la administración pública, dejando de lado la vocación de servicio público eficiente y comprometido con la ciudadanía del Distrito Federal.

Es momento de hacer una transformación real en el servicio público en los órganos de gobierno del Distrito Federal, para responder a una sociedad cada vez más exigente y comprometida con el desarrollo de su nación.

La alta rotación del personal en el gobierno del Distrito Federal debido a factores políticos y pago de lealtades tiene altos costos, debido a la falta de compromiso de los servidores públicos con la sociedad y a la curva de aprendizaje por la que tiene que pasar el nuevo personal para la adquisición de conocimientos de la función que van a desempeñar.

Incorporar constantemente personal nuevo o no capacitado, desechando al personal capacitado o con experiencia técnica no sólo va en perjuicio del propio desempeño del gobierno del Distrito Federal en la medida en que hace más eficiente la gestión pública y retrasa la ejecución de la política pública, programas y acciones sino que también tiene altos costos para la población a la que dirige sus servicios.

Es momento de entender que las posiciones, cargos y plazas en el gobierno no son un botín político. No porque las personas que han participado en el proyecto político determinado no tengan derecho a ocupar un cargo sino porque es fundamental probar que se está preparado y que se tiene la experiencia requerida para ocupar ese cargo.

La ciudadanía en el Distrito Federal exige cotidianamente que los servidores públicos del gobierno del Distrito Federal estén preparados y calificados para la función que de-sempeñan. La ciudadanía en el Distrito Federal exige una atención y servicios eficientes de parte de los servidores públicos.

Los diputados federales de Acción Nacional consideramos que la incorporación del servicio profesional de carrera en todos los órganos del gobierno del Distrito Federal conlleva invaluables beneficios. Esta reforma permitirá que el gobierno del Distrito Federal cuente con personal mejor capacitado, con mejores herramientas técnicas para la función del gobierno y con verdadera vocación del servicio público.

Con el servicio profesional de carrera se puede mejorar sustancialmente la calidad de los servicios y la atención a la ciudadanía, en la medida en que se deberán desarrollar sistemas modernos y eficientes de reclutamiento, selección, contratación y evaluación del personal que ocupa cargos dentro del servicio público.

Finalmente, la incorporación del servicio profesional traerá consigo beneficios incalculables para el desarrollo de la sociedad, pues abrirá oportunidades a los mexicanos que demuestren capacidad y pericia técnica para un cargo público.

Podrán servir a la sociedad con decoro, honradez y verdadera vocación. Y otro, es fundamental que impulsemos cada vez más la participación de las mujeres en las esferas públicas de gobierno en donde, por lo general, hemos sido marginadas.

Por todo lo anterior, honorable asamblea, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional y los integrantes de la Comisión del Distrito Federal solicitamos su voto a favor de este dictamen. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputada. Tiene la palabra el diputado Mario di Costanzo, para pronunciarse en contra.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta:Gracias, presidente. Sí, efectivamente, yo vengo a hablar en contra del dictamen, porque yo creo que es momento de que esta Cámara ya deje de ser farol de la calle y obscuridad de su casa.

Esto mismo que estamos solicitando con esta iniciativa no somos capaces de implementarlo aquí, en la propia Cámara de Diputados. Bueno, yo les diría: ni siquiera hemos pensado en reactivar el tema del servicio civil de carrera.

Pero más aún, esta Cámara de Diputados se ha empeñado en degradarse como un Poder del Estado mexicano. No es posible que en menos de dos días un funcionario federal esté declarando en los periódicos cómo burlo la justicia, cómo omitió solicitudes de jueces y que alardee de cómo engañó a la Cámara de Diputados y me refiero a lo que sucedió con Juan Molinar Horcasitas, que dos días después de la comparecencia, bueno, saliendo de su comparecencia fue a entregar una serie de concesiones a Televisa, y esta Cámara no puede hacer nada.

Es lamentable que haya un juicio político contra él y esta Cámara de Diputados ni siquiera le haya dado entrada a este juicio político. Por eso es que no nos respetamos y por eso que eso no nos da autoridad moral para andar pidiendo lo que no hacemos en nuestra propia casa.

Cómo es posible que en plena discusión de paquete económico, el presidente de la Comisión de Hacienda no haya citado a ninguna reunión de la Comisión, y que hoy vayamos a perder el tiempo discutiendo 19 puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo a hacer cosas.

El colmo sería que estuviéramos exhortando a Horcasitas a que nos haga caso, cuando diputados de la propia Comisión que lo protegieron el día de la comparecencia, al día siguiente declaraban en los periódicos que se sentían engañados.

Es por eso, compañeros, que los invito a no ser faroles de la calle y oscuridad de nuestra casa. Tenemos que reflexionar y darle el justo valor a este Poder Legislativo.

No perdonar las fechas de las comparecencias. En este caso de Lozano, ya se está maniobrando para ver qué otro día tiene disponible para venir a la comparecencia. Espero que no se la vayan a dar el lunes a las seis de la mañana, como sucedió en el caso del secretario de Hacienda.

No podemos ni tenemos la autoridad para estar aprobando leyes que ni siquiera cumplimos en nuestra propia casa. Por eso estoy en contra de que se venga a hablar de una serie de principios que en muchos casos ni nosotros mismos nos imponemos para hacer nuestras labores, que tenemos encomendadas por el pueblo de México.

Cómo es posible que se esté hablando de darle entrada a un juicio político, derivado de un proceso muy cuestionado en Michoacán y al otro señor que se ha burlado de esta Cámara, no pasa nada.

Me parece muy grave y me parece muy grave que dejemos pasar esta situación, que estemos esperando a que el presidente de la Comisión de Hacienda se ponga de acuerdo con el secretario de Hacienda a ver cuándo le da permiso de sesionar para analizar un paquete que le compete analizar, discutir y aprobar exclusivamente a la Cámara de Diputados.

Por eso aprovecho esta oportunidad para solicitarle atentamente al presidente de la Mesa Directiva y a la Junta de Coordinación Política que hoy mismo se le dé entrada al juicio político contra Juan Molinar Horcasitas. Está ahí y lo único que tenemos que hacer es darle entrada y que esta Cámara se ponga a trabajar y a salvaguardar la legalidad en el Estado mexicano. Muchas gracias.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputado. Tiene la palabra el diputado Agustín Guerrero Castillo, del PRD.

El diputado Agustín Guerrero Castillo:Con su permiso, diputado presidente. En el Distrito Federal, desde hace 13 años que la izquierda gobierna la ciudad de México, ha habido un compromiso y una preocupación porque los servidores públicos, tanto del gobierno central como de los gobiernos delegacionales sean gente capaz, profesional, leal al proyecto de gobierno y a las necesidades de la Ciudad de México.

Producto de esa preocupación y de esa prioridad es que desde el año 2007 el jefe de gobierno de la Ciudad de México, Marcelo Ebrard Casaubón, emitió un decreto para integrar el Instituto de la Administración Pública de la Ciudad de México.

En este Instituto se capacita y se actualiza a todos los servidores públicos de todos los niveles del gobierno de la Ciudad de México. No fue necesaria una ley que exhorte a cumplir estos principios que hoy se plantean en este dictamen para tomar una decisión de que es necesario que los servidores públicos sean capaces, sean eficientes, tengan un compromiso de gobierno y una responsabilidad social.

Por eso es muy importante que hoy se pueda respaldar esta iniciativa, porque le pone el ejemplo al gobierno federal y a otros gobiernos de los estados. No puede ser solamente la Ciudad de México quien establezca estos criterios de profesionalismo, de capacidad, de lealtad institucional.

Con esos criterios gente como Juan Molinar Horcasitas no podría ser servidor público o tendría que renunciar de ya. Con esos requisitos, con esos criterios de lealtad institucional Javier Lozano no podría ser el secretario de trabajo porque este gabinete de Calderón es un gabinete que no responde a los intereses nacionales, que no responde al interés de los mexicanos sino que es una banda de bandidos que está para el mejor postor.

Ya lo vimos la semana pasada con Molinar Horcasitas, a qué intereses sirve. No a los intereses institucionales. Es un lacayo de los intereses económicos de Televisa, está al servicio de Televisa y trabaja para las grandes empresas del sector de telecomunicaciones.

Lo mismo Javier Lozano. El secretario del Trabajo defendiendo a los empresarios, el secretario del Trabajo, en lugar de defender los intereses de los trabajadores, se dedica a aniquilar empresas como Luz y Fuerza del Centro.

Evidentemente con esto que hoy vamos a aprobar y que los diputados del PRD estamos a favor, los servidores públicos del gabinete de Felipe Calderón tendrían que estar fuera y muchos de ellos tendrían que estar en la cárcel.

Por eso me parece que nuevamente, en un acto institucional de esta Cámara de garantizar que estos principios para el servicio civil de carrera, que ya se cumplen en la Ciudad de México a través del Instituto de la Administración Pública, puedan ser un ejemplo para otros gobiernos, pero particularmente para el gobierno de Felipe Calderón.

Ésta fue una iniciativa que presentaron los diputados del PAN y que nosotros reconocemos esa iniciativa. Pero no se le puede pedir a la izquierda que sus servidores públicos se comporten de tal manera cuando en la derecha lo que tenemos es una bola de hampones en el servicio público. Me parece que no se puede pedir lo que no se tiene en su casa.

Por estas razones, compañeras diputadas y compañeros diputados, les pedimos su voto a favor para sentar un precedente de cómo debe ser la administración pública, no sólo en la Ciudad de México sino sobre todo en el país y en todas las instituciones de la república. Muchas gracias, compañeras y compañeros.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputado. No habiendo más oradores registrados consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general el tema.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa. Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo artículos reservados se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, todo en un solo acto.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación nominal.

(Votación)

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se encuentran con nosotros distinguidos invitados de la Fundación Contemporánea de Argentina, invitados por el diputado Arturo Ramírez Bucio. Les damos la más cordial bienvenida.

También se encuentran en este recinto invitados del estado de Coahuila, por nuestro compañero el diputado Rubén Moreira Valdez.

Aprovechamos también para saludar a miembros distinguidos de la Facultad de Estudios Superiores de Aragón, de la licenciatura en psicología. Son invitados del diputado Luis Felipe Eguía Pérez.

Esta asamblea tiene el honor de darles la bienvenida a 40 presidentes municipales del estado de Jalisco, que nos honran con su visita.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto?

Se encuentra todavía abierto el sistema electrónico de votación. Todavía está abierto el sistema.

¿Algún diputado o diputada sin emitir su voto? Adelante diputado, está abierto el sistema.

¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto? Sigue abierto el sistema.

Se les recuerda que continuaremos con la discusión y aprobación de dictámenes. Sigue abierto el sistema. Los diputados y las diputadas que aún no voten, sigue abierto el sistema electrónico. Se les recuerda que tendremos 6 votaciones más. ¿Falta algún diputado o diputada?

De  viva voz, diputados.

El diputado José Antonio Aysa Bernat(desde la curul): Cambia el sentido de voto, es a favor.

La diputada María Dolores del Río Sánchez(desde la curul): A favor.

El diputado Víctor Alejandro Balderas Vaquera(desde la curul): A favor.

El diputado Javier Bernardo Usabiaga Arroyo(desde la curul): A favor.

El diputado David Ricardo Sánchez Guevara(desde la curul): A favor.

La diputada Nely Edith Miranda Herrera(desde la curul): A favor.

El diputado Víctor Manuel Báez Ceja(desde la curul): A favor.

El diputado Sergio Arturo Torres Santos(desde la curul): A favor.

El diputado José Óscar Aguilar González(desde la curul): A favor.

El diputado Teófilo Manuel García Corpus(desde la curul): A favor.

El diputado Gastón Luken Garza(desde la curul): A favor.

El diputado Uriel López Paredes(desde la curul): A favor.

La diputada María del Carmen Izaguirre Francos(desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Diputado presidente, se emitieron 359 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Aprobado en lo general y en lo particular por 359 votos, el decreto que reforma los artículos 12, 47 y 86 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Pasa el Senado para sus efectos constitucionales.



LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona la fracción II Bis al artículo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Quienes estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona la fracción II Bis al artículo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos

A la Comisión de Desarrollo Social, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, fue turnada para su estudio y dictamen la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción II Bis al artículo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos enviada por la honorable Cámara de Senadores, de conformidad con el procedimiento que establece el artículo 72, fracción a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con fundamento en los artículos 39, 43, 44 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 57, 60, 65, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como al segundo párrafo del artículo 38 de las normas relativas al funcionamiento de las comisiones y comités de la Cámara de Diputados, es que se somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el siguiente dictamen.

A. Antecedentes de trámite legislativo

I. En sesión de la Cámara de Senadores de fecha 2 de octubre de 2008, el senador de la República Adolfo Toledo Infanzón, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción II Bis al artículo 7o, de la Ley General de Asentamientos Humanos.

II. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Senadores turnó la iniciativa con proyecto de decreto antes señalada, a las Comisiones de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial; y de los Estudios Legislativos, Segunda para su estudio y dictamen.

III. En sesión ordinaria, los senadores integrantes de estas comisiones realizaron diversos trabajos a efecto de revisar el contenido de la citada iniciativa, con el objeto de expresar sus observaciones y comentarios e integrar un dictamen, el cual fue presentado al pleno de la Cámara de Senadores para primera lectura el 16 de febrero pasado.

IV. El dictamen señalado fue discutido por el pleno de la Cámara de Senadores el pasado 23 de febrero y fue aprobado por 89 votos a favor y 6 abstenciones. En esa fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores turnó a la honorable Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción II Bis al artículo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

V. La Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados turnó, mediante oficio D.G.P.L. 61-II-8-271 de fecha 25 de febrero de 2010 el expediente 1390 con la citada minuta para efectos de su estudio y dictamen correspondiente a esta Comisión de Desarrollo Social.

VI. La Comisión de Desarrollo Social en su décima sesión ordinaria, celebrada el 12 de agosto de 2010, dio entrada para discusión y análisis a la minuta en comento. El pleno de la comisión determinó por unanimidad dispensar la segunda lectura y analizar en esta misma sesión la minuta en comento.

B. Contenido de la minuta

La minuta recibida el pasado 25 de febrero por la Comisión de Desarrollo Social de la LXI Legislatura, propone adicionar una fracción II Bis al artículo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, para dotar de la atribución de “promover la implantación de sistemas o dispositivos de alta eficiencia energética en las obras públicas de infraestructura y equipamiento urbano, para garantizar el desarrollo urbano sostenible”, a la federación a través de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno federal.

C. Análisis de la minuta

Entre las facultades del Congreso de la Unión se encuentra la de “expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los estados y municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos”, conforme lo establece la fracción XXIX-C del artículo 73 constitucional. De igual manera, la fracción XXIX-G del citado artículo, señala la facultad de expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.

La Ley General de Asentamientos Humanos prescribe, en su artículo 3o. que “el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población, tenderá a mejorar el nivel y calidad de vida de la población urbana y rural”. Para tal efecto la fracción XIII del mismo artículo señala a la conservación y mejoramiento del ambiente en los asentamientos humanos como un medio para lograr los fines de la ley.

El mismo ordenamiento en la fracción VIII de su artículo 5o., considera “de utilidad pública” a la preservación del equilibrio ecológico y la protección al medio ambiente de los centros de población.

La iniciativa con proyecto de decreto origen de la minuta en comento, presentada por el senador Adolfo Toledo Infanzón, plantea que la rápida expansión de las ciudades, la creciente urbanización, y la concentración de la población y actividades en los núcleos urbanos centrales, provocan la desarticulación en la planificación, uso y mantenimiento de los espacios exteriores. De ahí, que cuando un centro urbano crece y recibe más habitantes, se observa una tendencia hacia el desmejoramiento de la calidad de vida. A menos que su desarrollo sea sostenible, porque la infraestructura y el equipamiento urbano, son el soporte para el desarrollo de nuestras actividades y su adecuado funcionamiento, es necesario en la organización estructural de las ciudades.

En sus considerandos, la iniciativa señala que toda ordenación debe atender a las necesidades presentes y previsibles, para no afectar negativamente a las generaciones futuras, es decir, debe gestionar racional y respetuosamente los recursos naturales y urbanos disponibles. Por ello, un asunto que adquiere una importancia creciente en la esfera urbana y territorial, es la preocupación por el cambio climático, la toma de conciencia de la industria y de las ciudades por el desarrollo sustentable y la preocupación de la sociedad por el medio ambiente.

De la misma manera, la iniciativa propone incorporar estos temas a las políticas urbanas del gobierno federal en concordancia a las nuevas visiones sustentables que pretenden optimizar las condiciones de habitabilidad en los espacios exteriores al tiempo, de asegurar un mejor aprovechamiento de los recursos naturales; y por otro lado, minimizar de una vez el malgasto de la energía. La propuesta del Senador tiene el objetivo de hacer del desarrollo urbano sostenible un principio de acción real y se propone con el fin de lograr mayores avances en materia de tecnologías para la implantación de sistemas o dispositivos de alta eficiencia energética de las obras públicas de infraestructura y equipamiento urbano, con el propósito de incrementar el aprovechamiento de los recursos naturales para beneficiar el mejoramiento en la calidad de vida de todos los mexicanos.

El dictamen de la iniciativa con propuesta de decreto presentado al pleno de la Cámara de Senadores señala que: “de aprobarse la adición propuesta a la Ley General de Asentamientos Humanos, la Secretaría de Desarrollo Social adquirirá la obligación de promover la implantación de elementos sustentables que mejoren las condiciones de habitabilidad y confort de los espacios públicos en las zonas urbanas, contribuyendo también a la regeneración y rehabilitación del territorio en general”.

La Comisión de Desarrollo Social coincide plenamente con las consideraciones expuestas por la Colegisladora, en el sentido de proveer a la autoridad federal de instrumentos jurídicos que le permitan incidir de mejor manera en el logro de un desarrollo sostenible y sustentable. Además, contribuirá con el consumo racional y eficiente de energía en los centros de población de nuestro país. Lo anterior cobra especial relevancia cuando se trata de obras de infraestructura que el mismo Estado realiza.

Por lo expuesto, y para los efectos de la fracción a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Social someten a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción II Bis al artíciulo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos

Artículo Único. Se adiciona una fracción II Bis al artículo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, para quedar como sigue:

Artículo 7o.Corresponden a la federación, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, las siguientes atribuciones:

I. y II. ...

II Bis. Promover la implantación de sistemas o dispositivos de alta eficiencia energética en las obras públicas de infraestructura y equipamiento urbano, para garantizar el desarrollo urbano sostenible;

III. a XVI. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de agosto de 2010.

La Comisión de Desarrollo Social, diputados: José Francisco Yunes Zorrilla (rúbrica), presidente; Aarón Irízar López (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas (rúbrica), Maricela Serrano Hernández (rúbrica), María Elena Perla López Loyo, Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Jesús Gerardo Cortez Mendoza (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano, Hugo Héctor Martínez González (rúbrica), Gerardo Sánchez García, Sergio Octavio Germán Olivares, Martín García Avilés, Elsa María Martínez Peña (rúbrica), secretarios; Alfonso Primitivo Ríos (rúbrica), Esteban Albarrán Mendoza, Jesús Ricardo Enríquez Fuentes, Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbrica), Jesús Giles Sánchez Morelos (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, José Óscar Aguilar González, Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Héctor Hugo Hernández Rodríguez, Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Enrique Torres Delgado (rúbrica), Samuel Herrera Chávez, Carlos Flores Rico (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Bélgica Nabil Carmona Cabrera.»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto.

No habiendo oradores registrados para hacer uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Quienes estén por la negativa favor de manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Suficientemente discutido. Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos . Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

(Votación)

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Damos la más cordial bienvenida a los alumnos del Instituto Politécnico Nacional, de la Escuela Superior de Ingeniería, Química e Industrias Extractivas (ESIQIE). Son invitados del diputado Agustín Castilla. Gracias. Bienvenidos.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Vamos a proceder a cerrar el sistema electrónico.

Señores diputados, vamos a proceder a cerrar el tablero electrónico.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Damos la más cordial bienvenida a la excelentísima señora Katrina Cooper, embajadora de Australia en México, quien fue testigo de honor en la instalación del Grupo de Amistad México-Australia, presidido por el diputado Alfonso Martínez Alcázar.

De igual manera, saludamos la presencia de alumnos del Instituto Milbourne de Morelia, Michoacán, quienes fueron invitados especiales en dicha ceremonia.

Hacemos votos por el fortalecimiento del diálogo, la colaboración y los lazos de amistad entre ambas naciones.

Sean todos ustedes bienvenidos.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Ciérrese el sistema electrónico. Señor presidente, tenemos 329 en pro, 0 en contra y 2 abstenciones.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Aprobado en lo general y en lo particular por 329 votos en pro, el proyecto de decreto que adiciona una fracción II Bis al artículo 7o. de la Ley General de Asentamientos Humanos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la asamblea si se dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura le fue turnada, para su estudio y dictamen, la minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada en la Cámara de Senadores el 9 de marzo de 2009 por el senador Adolfo Toledo Infanzón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, remitida a la Cámara de Diputados y presentada al pleno el 15 de diciembre de 2009.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 65, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 38, 40, 48, 49 de las Normas Relativas al Funcionamiento de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados, corresponde a los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural deliberar respecto del asunto previamente citado, a partir de los siguientes

Antecedentes

I. En la sesión del Senado de la República del honorable Congreso de la Unión del lunes 20 de abril de 2006, el senador Adolfo Toledo Infanzón integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa que contiene proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Mesa Directiva del Senado acordó turnarla de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos para su estudio y dictamen correspondiente.

II. El 8 de diciembre de 2009 las Comisiones Unidas de Gobernación, de Desarrollo Rural, y de Estudios Legislativos dictaminaron la iniciativa que nos ocupa en sentido positivo con modificaciones, procediendo a su segunda lectura sin debate alguno, ratificando el dictamen con 78 votos a favor se acuerda su remisión a la colegisladora el 10 de diciembre de 2009.

III. Para los efectos legales correspondientes, el Senado de la República mediante oficio número DGPL-1P1A.3376 de fecha 10 de diciembre de 2009 remitió a la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, misma que fue turnada el 15 de diciembre de 2009 a la Comisión de Desarrollo Rural de ésta Honorable Cámara, en su calidad de comisión única que dictamina.

Descripción de la minuta

La iniciativa contenida en la minuta materia del presente dictamen, surge del planteamiento formulado por el senador proponente, en la perspectiva de orientar el desarrollo rural hacia el principio de la sustentabilidad implica concebir la planeación gubernamental, tendiente a mejorar las condiciones de vida de los campesinos, sobre todo de indígenas y de mujeres del campo, en este sentido considera que al promover y favorecer el bienestar social y económico de la población rural privilegiando la participación de aquellas organizaciones o asociaciones integradas por indígenas y por mujeres del campo, se cumple con impulsar políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país.

Con el objeto de favorecer el bienestar social y económico de organizaciones o asociaciones integradas por indígenas y por mujeres del campo, la minuta propone la modificación del texto de la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 5o. En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desa-rrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos:

I. Promover y favorecer el bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y, en general, de los agentes de la sociedad rural con la participación de organizaciones o asociaciones, sobre todo de indígenas y de mujeres del campo, mediante la diversificación y la generación de empleo, incluyendo el no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso;

II. a V. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de ésta Comisión formulamos las siguientes:

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de comisión única dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la minuta referida con el objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. Conforme lo establecido en el primer párrafo del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en el marco previsto en nuestra Carta Magna, el Estado, a través del gobierno federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, este impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país, en este sentido, el espíritu de la reforma presentada por Senador proponente plantea promover y favorecer el bienestar social y económico de la población rural privilegiando la participación de aquellas organizaciones o asociaciones integradas por indígenas y por mujeres del campo.

Tercera. Es conveniente destacar que, el mandato contenido en el primer párrafo del artículo 5o. de la Ley de Desa-rrollo Rural Sustentable, actualmente se cumple por parte del Poder Ejecutivo Federal a través del establecimiento de políticas públicas que favorecen a los grupos vulnerables, señalando con especial énfasis aquellas que van dirigidas a la atención de las necesidades de los indígenas y de las mujeres del campo, de conformidad con lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND 2007-2012), publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de mayo de 2007, concretamente en lo previsto por el “Eje 2. Economía competitiva y generadora de empleos”, que tiene entre las acciones a ejecutar, el promover el financiamiento y la capitalización en el medio rural, favoreciendo la integración económica productiva de las mujeres en el sector rural (ver estrategias 9.5 y 9.6).

Cuarta. Sobre este particular, en lo que respecta a las políticas públicas dirigidas a los grupos prioritarios, en el “Eje 3. Igualdad de oportunidades” del PND 2007-2012, se define como línea de acción la incorporación de los pueblos indígenas al desarrollo rural, para lo cual se intensificarán de manera significativa los apoyos a los proyectos de las comunidades indígenas alentando un contexto favorable mediante la promoción de inversiones en regiones indígenas, destacando que en las líneas de acción tendientes al desarrollo social y humano, lo anterior deriva de considerar que las mujeres indígenas conforman el sector de la población femenina más vulnerable de nuestro país (ver objetivos 3.4 y 3.5 y las estrategias 15.3, 15.4, 16.1 y 16.2)

Quinta. Por su parte, el gobierno federal a través del Poder Legislativo federal, buscando la coordinación de los gobiernos federal, estatales y municipales con el fin de que se considere como prioritario impulsar políticas, acciones y programas dirigidos a grupos vulnerables no sólo en el medio rural, sino en todo el territorio nacional expidió la Ley General de Desarrollo Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 20 de enero de 2004, con el objeto de dar cumplimiento al mandato previsto en el Apartado B del artículo 2o. de la Constitución Política que a la letra dice: “la federación, los estados y los municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos”.

Sexta. En concordancia con las políticas públicas referidas, el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable de conformidad con lo establecido por el artículo 15, fracción XII, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, fomentará acciones que impulsen a la cultura y desarrollo de las formas específicas de organización social y capacidad productiva de los pueblos indígenas, particularmente para su integración al desarrollo rural sustentable.

En este sentido, dicho ordenamiento también establece en su artículo 56, que se apoyará a los productores y organizaciones económicas para incorporar cambios tecnológicos y de procesos tendientes a buscar la transformación tecnológica y la adaptación de tecnologías y procesos acordes a la cultura y los recursos naturales de los pueblos indígenas y las comunidades rurales.

Por otra parte, en materia de factores de bienestar social, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable de conformidad con lo previsto en su artículo 154 plantea que los programas del Gobierno Federal, impulsarán una adecuada integración de los factores del bienestar social como son la salud, la seguridad social, la educación, la alimentación, la vivienda, la equidad de género, la atención a los jóvenes, personas de la tercera edad, grupos vulnerables, jornaleros agrícolas y migrantes, los derechos de los pueblos indígenas, la cultura y la recreación; mismos que deberán aplicarse con criterios de equidad.

Séptima. Finalmente, para efectos de la aplicación del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, se consideran los factores de bienestar social referidos en el precitado artículo 154 de manera enunciativa y no restrictiva para la atención de grupos vulnerables vinculados al sector agropecuario, tales como las etnias, los jóvenes, las mujeres, los jornaleros agrícolas, los discapacitados, las personas de la tercera edad, los migrantes con o sin tierra, se formularán e instrumentarán programas enfocados a su propia problemática y posibilidades de superación, mediante actividades económicas conjuntando los instrumentos de impulso a la productividad con los de carácter asistencial y con la provisión de infraestructura básica a cargo de las dependencias competentes.

Bajo esta tesitura, en opinión de esta comisión dictaminadora, la modificación de la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, es congruente con las finalidades que persigue el desarrollo rural integral, sin embargo entre los grupos vulnerables vinculados al sector rural, no sólo se conforma de indígenas y de mujeres, por ello se propone una modificación al texto remitido por la colegisladora, con el fin de incluir a todos aquellos agentes rurales que se forman parte de grupos vulnerables.

Modificaciones a la minuta

En atención a las propuestas vertidas en las consideraciones sexta y séptima expresadas en el presente dictamen, la comisión dictaminadora plantea la siguiente redacción de texto que integra el contenido del 5o., fracción I de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

Artículo 5o. En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desa-rrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos:

I. Promover y favorecerel bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y, en general, de los agentes de la sociedad rural con la participación de organizaciones o asociaciones, especialmente la de aquellas que estén integradas por sujetos que formen parte de los grupos vulnerables referidos en el artículo 154 de la presente ley, mediante la diversificación y la generación de empleo, incluyendo el no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso;

II. a V. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por lo expuesto, y para los efectos del artículo 72, fracción E, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, someten a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo Único. Se reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 5o. ...

I. Promover y favorecer el bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y, en general, de los agentes de la sociedad rural con la participación de organizaciones o asociaciones, especialmente la de aquellas que estén integradas por sujetos que formen parte de los grupos vulnerables referidos en el artículo 154 de la presente ley, mediante la diversificación y la generación de empleo, incluyendo el no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso;

II. a V. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 15 de abril de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences, María Esther Terán Velázquez (rúbrica), Martín Enrique Castillo Ruz, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh, Hernán de Jesús Orantes López, Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Julio Saldaña Morán, Federico Ovalle Vaquera (rúbrica), secretarios; Esteban Albarrán Mendoza, Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, José Erandi Bermúdez Méndez, Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Israel Madrigal Ceja, Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa, Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Rolando Zubia Rivera.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias.

En consecuencia está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto. No habiendo ningún orador inscrito consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Se pregunta a la asamblea si está suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Quienes están por la afirmativa favor de manifestarlo, gracias. Quienes están por la negativa favor de manifestarlo. Diputado, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Suficientemente discutido.

Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Con gusto, diputado presidente.

Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto.

(Votación)

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: ¿Algún diputado o alguna diputada que falte de emitir su voto? Continúa abierto el tablero, diputadas. Se pregunta de nuevo a la asamblea si falta algún diputado o diputada por emitir su voto.

Diputada Paz Gutiérrez, ¿el sentido de su voto?

La diputada Paz Gutiérrez Cortina(desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Está abierto el sistema, pero ella tiene un problema técnico en su curul.

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

El diputado Manuel Humberto Cota Jiménez(desde la curul): A favor.

El diputado Fausto Sergio Saldaña del Moral(desde la curul): A favor.

El diputado Luis Enrique Mercado Sánchez(desde la curul): A favor.

El diputado Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa(desde la curul). A favor.

El diputado César Daniel González Madruga(desde la curul): A favor.

El diputado Jaime Sánchez Vélez(desde la curul): A favor.

La diputada Ninfa Clara Salinas Sada(desde la curul): A favor.

El diputado Guillermo Cueva Sada(desde la curul): A favor.

El diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo(desde la curul): A favor.

El diputado Ovidio Cortázar Ramos(desde la curul): A favor.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): A favor.

El diputado Fernando Ferreyra Olivares(desde la curul): A favor.

El diputado Fernando Santamaría Prieto(desde la curul): A favor.

La diputada Laura Elena Estrada Rodríguez(desde la curul): A favor.

La diputada Maricarmen Valls Esponda(desde la curul): A favor.

La diputada Karla Verónica González Cruz(desde la curul): A favor.

El diputado Gastón Luken Garza(desde la curul): A favor.

El diputado Benigno Quezada Naranjo(desde la curul): A favor.

El diputado Marcos Carlos Cruz Martínez(desde la curul): A favor.

El diputado Melchor Sánchez de la Fuente (desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Diputado presidente, se emitieron 353 votos en pro, ninguno en contra y ninguna abstención.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado en lo general y en lo particular por 353 votos el proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o., de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se devuelve al Senado para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamenlaminuta con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 115 Bis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2007 por el senador Antonio Mejía Haro, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, remitida a la Cámara de Diputados y presentada al pleno el 15 de diciembre de 2009.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 40, 48, 49 de las Normas Relativas al Funcionamiento de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados, corresponde a los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural deliberar respecto del asunto previamente citado, a partir de los siguientes

Antecedentes

I. En la sesión del Senado de la República del honorable Congreso de la Unión del 29 de marzo de 2007, el senador Antonio Mejía Haro integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 115 Bis y se reforma el artículo 141 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Mesa Directiva del Senado acordó turnarla a las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, de Agricultura y Ganadería, y de Estudios Legislativos, para su estudio y dictamen correspondiente.

II. El 8 de diciembre de 2009 las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, de Agricultura y Ganadería, y de Estudios Legislativos, dictaminaron la iniciativa que nos ocupa en sentido positivo, con modificaciones, procediendo a su segunda lectura sin debate alguno, fue aprobado el dictamen con 80 votos a favor, para finalmente ser remitido a su la colegisladora el 10 de diciembre de 2009.

III. Para los efectos legales correspondientes, el Senado de la República mediante oficio número DGPL-1P1A.3375 de fecha 10 de diciembre de 2009 remitió a la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 Bis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, que fue turnada el 15 de diciembre de 2009 a la Comisión de Desarrollo Rural de esta honorable Cámara, en su calidad de comisión única que dictamina.

Descripción de la minuta

La iniciativa contenida en la minuta materia del presente dictamen, surge del planteamiento formulado por el senador proponente, consistente en establecer un padrón de comercializadores confiables dedicados a la compra de productos agrícolas, ganaderos, pesqueros y sus derivados, el cual estará disponible para los productores, quienes al momento de vender sus productos, podrán consultar si el comprador interesado se encuentra en el padrón, de no ser así estaría en la libertad de decidir vender en ese momento sólo en efectivo.

Lo anterior con el fin de que el gobierno federal, en coordinación con los gobiernos estatales y con la participación de las organizaciones de productores y los comités de los sistemas producto pongan más atención en identificar cuáles son los comercializadores del sector agropecuario que trabajan irregularmente para hacerlo del conocimiento de los productores y así prevenir y evitar daños y fraudes.

Para ello, el senador proponente presenta una propuesta de texto que integra el contenido del nuevo artículo 115 Bis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

Artículo 115 Bis. El gobierno federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y con la participación de las organizaciones de productores y los comités de los sistemas producto conformará un padrón de comercializadores confiables dedicados a la compra de productos agrícolas, ganaderos, pesqueros y sus derivados, con los requisitos que al efecto se determinen; el cual deberá ser actualizado cada año y publicado en el Diario Oficial de la Federación y estará disponible para su consulta en la página Web de la dependencia que corresponda.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El gobierno federal conformará el Padrón de Comercializadores dentro de los 180 días siguientes a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la minuta referida con el objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. Una vez valorado el alcance del contenido de la minuta referida, esta comisión dictaminadora considera que el planteamiento formulado por el senador proponente es congruente con el objeto de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, toda vez que la integración de un padrón de comercializadores confiables de productos agropecuarios dedicados a la compra y venta de dichas mercancías, aporta seguridad y certeza a los sujetos de la sociedad rural que intervienen en esas operaciones comerciales y tiende a prevenir y evitar daños y fraudes en el patrimonio de quienes conforman a la población económicamente activa que labora en el sector agropecuario.

Tercera. Aunado a lo anterior, se destaca que de conformidad con lo establecido en el artículo 34, fracciones XI y XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal corresponde al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Economía, formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país; asimismo la Secretaría de Economía tiene entre su atribuciones el fomentar el desarrollo del pequeño comercio rural y urbano, así como promover el desarrollo de lonjas, centros y sistemas comerciales de carácter regional o nacional en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Cuarta. No obstante que esta comisión dictaminadora reconoce el sentido y objetivo que persigue la minuta mencionada, es importante considerar que en el texto del artículo 115 Bis propuesto, existe vaguedad en la definición de quién es la autoridad que por parte del gobierno federal, tendrá a su cargo la integración del Padrón de Comercializadores Confiables, por ello en opinión de esta comisión dictaminadora resulta oportuno realizar algunas adecuaciones a la redacción del artículo 115 Bis que se presenta en el proyecto de decreto en comento, con el objeto de fortalecer dicha iniciativa que adiciona a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Quinta. Con el objeto de aportar seguridad y certeza a las operaciones que realiza los agentes de la sociedad rural, la adición que contiene el artículo 115 Bis pretende dar reconocimiento erga omnesa todos aquellos sujetos a quienes les aplica la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, que tienen el derecho de saber cómo se respaldan y cumplen de manera constante con los compromisos que conllevan sus operaciones comerciales y por lo tanto, son reconocidos por las entidades gubernamentales que instrumentan y ejecutan la política de comercialización, orientada a los propósitos establecidos en el artículo 105 de la propia Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Sexta. Bajo esta tesitura, en opinión de esta comisión dictaminadora, es oportuno modificar la redacción del texto propuesto por el senador Mejía Haro, respetando el sentido planteado en la minuta, aportado claridad y uniformidad en relación con la propia Ley de Desarrollo Rural Sustentable, sustituyendo la palabra “ganaderos” por “pecuarios”, así como hacer referencia a que el padrón no se limita a quienes se dedican sólo a vender productos agropecuarios, adecuar el texto para incluirá quienes participan en la compra- venta de este tipo de mercancías. Por último se sugiere sea agregado un segundo párrafo en el que se determine qué dependencia reunirá los datos que formaran el Padrón de Comercializadores Confiables.

Modificaciones a la minuta

Para dar cumplimiento a las propuestas vertidas en las consideraciones quinta y sexta expresadas en el presente dictamen, la comisión dictaminadora plantea la siguiente redacción de texto que integra el artículo 115 Bis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

Artículo 115 Bis. El gobierno federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y con la participación de las organizaciones de productores y los comités sistema producto conformará un padrón de comercializadores confiables dedicados a la compra y ventade productos agrícolas, pecuarios, acuícolas, pesqueros y sus derivados, con los requisitos que al efecto se determinen; el cual deberá ser actualizado cada año y publicado en el Diario Oficial de la Federación y estará disponible para su consulta en la página web de las dependencias que intervengan en su integración.

En concordancia con las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en esta Ley, la Secretaría de Economía en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y con las demás dependencias que determine la Comisión Intersecretarial integrará, administrará y actualizará el Padrón de Comercializadores Confiables, de conformidad con las disposiciones jurídicas que emita para tal efecto la Secretaría de Economía.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El gobierno federal conformará el Padrón de Comercializadores dentro de los 180 días siguientes a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Tercero. La integración, administración y actualización del Padrón de Comercializadores Confiables, se llevarán a cabo a través de las unidades administrativas ya existentes a partir de la entrada en vigor del presente decreto y con los recursos presupuestales autorizados para tal efecto, en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente.

Por lo antes expuesto, y para los efectos del artículo 72, fracción E, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, someten a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo Único. Se adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 115 Bis. El gobierno federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y con la participación de las organizaciones de productores y los comités sistema producto conformará un padrón de comercializadores confiables dedicados a la compra y ventade productos agrícolas, pecuarios, acuícolas, pesqueros y sus derivados, con los requisitos que al efecto se determinen; el cual deberá ser actualizado cada año y publicado en el Diario Oficial de la Federación y estará disponible para su consulta en la página web de las dependencias que intervengan en su integración.

En concordancia con las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en esta Ley, la Secretaría de Economía en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y con las demás dependencias que determine la Comisión Intersecretarial integrará, administrará y actualizará el Padrón de Comercializadores Confiables, de conformidad con las disposiciones jurídicas que emita para tal efecto la Secretaría de Economía.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El gobierno federal conformará el Padrón de Comercializadores dentro de los 180 días siguientes a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Tercero. La integración, administración y actualización del Padrón de Comercializadores Confiables se llevarán a cabo a través de las unidades administrativas ya existentes a partir de la entrada en vigor del presente decreto y con los recursos presupuestales autorizados para tal efecto, en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 17 de febrero de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences, Carlos Luis Meillón Johnston, Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Federico Ovalle Vaquera (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, Martín Enrique Castillo Ruz, Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Julio Saldaña Morán (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), secretarios; María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Esteban Albarrán Mendoza, Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera, Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Luis Rolando Zubia Rivera, Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Israel Madrigal Ceja (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto. No habiendo ningún orador que se haya inscrito consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si el asunto se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor.  Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo, por favor. Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Suficientemente discutido. Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

(Votación)

¿Falta algún diputada o diputado de emitir su voto? Ciérrese el sistema electrónico de votación. De viva voz.

La diputada Paula Angélica Hernández Olmos(desde la curul): A favor.

El diputado David Hernández Vallín(desde la curul): A favor.

El diputado Carlos Alberto Ezeta Salcedo(desde la curul): A favor.

El diputado Marcos Carlos Cruz Martínez(desde la curul): A favor.

El diputado Gustavo González Hernández(desde la curul): A favor.

El diputado Alberto Esquer Gutiérrez(desde la curul): A favor.

La diputada Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández(desde la curul): A favor.

El diputado Juan José Cuevas García(desde la curul): A favor.

El diputado Armando Corona Rivera:A favor.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Tenía abstención. Es a favor.

El diputado Reyes S. Tamez Guerra(desde la curul): A favor.

El diputado Juan José Guerra Abud(desde la curul): A favor.

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): A favor.

La diputada María Sandra Ugalde Basaldúa(desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Diputado presidente, se emitieron 363 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado en lo general y en lo particular por 363 votos, el proyecto de decreto que adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se devuelve al Senado para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.



LEY DE ASOCIACIONES AGRICOLAS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Reforma Agraria de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión le fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas devuelta por la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 65, 66, 88, 94, 136, 137 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se emite el presente dictamen bajo los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de fecha 26 de febrero de 2008, la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez a nombre de las diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno de esta Cámara, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas. En la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la iniciativa, para su análisis y dictamen, a la Comisión de Reforma Agraria.

Segundo.- En sesión ordinaria de la honorable Cámara de Diputados de fecha 9 de diciembre de 2008, la Comisión de Reforma Agraria sometió a la consideración del pleno, el dictamen de la iniciativa, siendo aprobado y enviado a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

Tercero. En sesión del 10 de diciembre de 2008, el Senado de la República recibió la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 5, adiciona una fracción VIII al artículo 3 y un segundo párrafo al artículo 12 de la Ley de Asociaciones Agrícolas. La Mesa Directiva turnó la minuta a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y, de Estudios Legislativos Primera, para su estudio y dictamen correspondiente.

Cuarto. Con fecha 8 de diciembre de 2009, en sesión ordinaria, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y, Estudios Legislativos Primera y con la misma fecha, con oficio número DGPL-1P1A-3087 se devuelve a la Cámara de Diputados el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas, para efecto de lo que establece la fracción E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Quinto. Con fecha 10 de diciembre de 2009, en sesión ordinaria, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turna a la Comisión de Reforma Agraria la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas de conformidad con lo que establece la fracción E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sexto. Con fecha 11 de diciembre de 2009, mediante oficio OF/CRA/118/2009, la presidencia de la mesa directiva de la Comisión de Reforma Agraria, envió a los integrantes de la comisión la iniciativa, para estudio y análisis.

Contenido de la minuta

La iniciativa propone reformar la Ley de Asociaciones Agrícolas, a efecto de impulsar la participación de las mujeres en el desarrollo económico rural; a través de la organización de cadenas productivas y comercializadoras de productos agrícolas constituidas por mujeres.

Prevé que las asociaciones agrícolas locales, además de estar integradas por productores especializados, también lo sean por mujeres productoras. Promueve que las uniones regionales agrícolas acrediten ante la Confederación Nacional de Productores Agrícolas, la participación de mujeres en los cargos de delegadas propietarias y suplentes para que en ella se encuentren representadas las asociaciones agrícolas conformadas por mujeres.

Para lo anterior, el dictamen de la Comisión de Reforma Agraria de la honorable Cámara de Diputados de la LX Legislatura, de conformidad con la iniciativa, promueve proyecto de decreto que reforma el artículo 5o. y adiciona una fracción VIII al artículo 3o. y un segundo párrafo al artículo 12, ambos de la Ley de Asociaciones Agrícolas.

La minuta proyecto de decreto que recibe esta Comisión de Reforma Agraria de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas que dictaminan en positivo las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y Estudios Legislativos Primera, del Senado de la República, reforma además, el artículo 2o. de la Ley de Asociaciones Agrícolas que es el objeto específico de estudio y análisis del presente dictamen.

Consideraciones

Primera. A las consideraciones del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, que reconoce el papel cada vez más relevante de las mujeres en la agricultura, y que sobre las mujeres del medio rural se ha acentuado el efecto de la pobreza, la marginación y la falta de oportunidades; que sólo el 18 por ciento de las mujeres son titulares de tierras; y que, en el 30 por ciento de los hogares campesinos, la mujer es el único sostén de la familia; La Cámara de Senadores, en el dictamen de las Comisiones Unidas de Agricultura Ganadería ; y Estudios Legislativos Primera, ofrece la siguiente valoración:

Segunda. La conveniencia de crear y adecuar dentro de los instrumentos jurídicos, la alternativa para reconocer las distintas formas de participación de la mujer, sobre todo en el ámbito rural. Que el artículo 1o. de la Constitución Federal, establece los casos en que procede el principio de igualdad; y que, el artículo 4o. de la Ley Fundamental, muestra el ejercicio de la aplicabilidad de la igualdad.

Tercera. Que la reforma al artículo 4o. constitucional, que declaró la igualdad ante la ley del varón y de la mujer, tiene más de tres décadas que entró en vigor y que se debe incluir en el artículo 2o. de la Ley de Asociaciones Agrícolas esta referencia constitucional, para ligar al resto de la ley, la igualdad del varón y la mujer.

Cuarta. La referencia a que hace alusión la minuta, establece que al constituirse las asociaciones agrícolas deberán hacerlo con apego al primer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Esta queda establecida en el artículo 2o. de la Ley de Asociaciones Agrícolas.

Quinta. Esta Comisión de Reforma Agraria en su estudio y análisis de la reforma al artículo 2o. de la Ley de Asociaciones Agrícolas, objeto del presente dictamen, coincide con la valoración y con todos los términos de reforma, que en su dictamen realizan las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y Estudios Legislativos Primera, de la Cámara de Senadores.

Por lo anteriormente expuesto y para los efectos de la fracción A del artículo 72 constitucional, los integrantes de esta Comisión de Reforma Agraria, con base en las consideraciones expresadas aprueban en sus términos la minuta del Senado de la República y someten a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas

Artículo Único. Se reforman los artículos 2o. y 5o. y se adiciona una fracción VIII al artículo 3o. y un segundo párrafo al artículo 12 de la Ley de Asociaciones Agrícolas, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Las asociaciones agrícolas se constituirán con la unión de los productores agrícolas del país a fin de promover en general al desarrollo de las actividades agrícolas de la nación, así como a la protección de los intereses económicos de sus agremiados, para ello deberán constituirse con apego al primer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, de acuerdo con las finalidades indicadas en el artículo siguiente.

Artículo 3o. Las Asociaciones Agrícolas constituidas en los términos de esta ley tendrán las siguientes finalidades:

I. a VI. .....

VII.- Representar ante las autoridades los intereses comunes de sus asociados y proponer las medidas que estimen más adecuadas para la protección y defensa de dichos intereses.

VIII.- Impulsar la participación de las mujeres en el de-sarrollo económico, a través de la organización de cadenas productivas y comercializadoras de productos agrícolas, constituidas por mujeres; o en igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.

Artículo 5o. Las asociaciones locales se denominarán “asociaciones agrícolas locales”, y estarán integradas por productores especializados. Para los efectos de este artículo, se entiende por productores especializados a las mujeres y hombres cuya actividad predominante se dedique a un cultivo o a una rama especial de la economía rural.

Artículo 12. La Confederación Nacional de Productores Agrícolas radicará en la capital de la república y funcionará con dos delegados propietarios y dos suplentes debidamente acreditados ante ella por las uniones regionales agrícolas.

Las uniones regionales agrícolas también podrán acreditar ante esta confederación la participación de delegadas propietarias y suplentes, para que en ella se encuentren representadas las asociaciones agrícolas conformadas por mujeres.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las uniones regionales agrícolas deberán acreditar, en un plazo de noventa días posteriores a la fecha de su constitución, a las delegadas propietarias y suplentes, ante la Confederación Nacional de Productores Agrícolas, y las ya existentes, a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2010.

La Comisión de Reforma Agraria, dputados:Óscar García Barrón, presidente (rúbrica); María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Luis Hernández Cruz (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), Patricio Chirinos del Ángel, Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Teófilo Manuel García Corpus, Hernán de Jesús Orantes López, Socorro Sofío Ramírez Hernández (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto, María Felícitas Parra Becerra, Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Filemón Navarro Aguilar, Indira Vizcaíno Silva (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: En consecuencia, está a discusión en lo general. La Presidencia informa que se ha registrado para la discusión, en lo general, la diputada Yolanda de la Torre, del Grupo Parlamentario del PRI. Asimismo, el diputado Jaime Cárdenas. Okey, no en ésta. Tiene el uso de la palabra la diputada Yolanda de la Torre, hasta por 5 minutos.

La diputada Yolanda de la Torre Valdez:Con su permiso, señor presidente, compañeros diputados y compañeras diputadas, la agricultura es una actividad primordial y central en materia económica, lo es en la organización social y también en la garantía de la sustentabilidad nacional alimentaria, desde su descubrimiento muchos procesos de esta actividad han sido realizados por mujeres.

Actualmente a nivel mundial, según datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), se reconoce que el 80 por ciento de los alimentos en el mundo son producidos por mujeres. Pero también, actualmente resulta paradójico que no obstante esta importante participación, que en el curso de la historia se ha incrementado, sean las mujeres todavía un grupo marginado del sector agrícola, que viva en precarias condiciones y no pueda alimentarse ni alimentar adecuadamente a su familia.

Según datos de la FAO las agricultoras en el mundo aportan el 50 por ciento del sustento y hasta el 80 por ciento en los países en vías de desarrollo. En el medio rural de nuestro país viven 12.2 millones de mujeres que representan el 13.1 de la población nacional y son el 30 por ciento de las manos trabajadoras en el campo. Buena parte de estas mujeres son jefas de familia. De éstas que están solas o que aun acompañadas llevan en sus hombros el peso de un hogar y de una familia.

De acuerdo con cifras de 2009 el Registro Nacional Agrario, casi el 30 por ciento de los comuneros son mujeres, son el 20.2 por ciento de los ejidatarios, son el 25.6 por ciento de los posicionarios y el 34 por ciento de los avecindados. Todas estas proporciones son con tendencia a aumentar.

En suma, compañeras diputadas y compañeros diputados, el 27 por ciento de los dueños de la tierra agrícola en sus cuatro modalidades son mujeres. Por la migración rural de los varones, las mujeres asumen un papel cada vez más relevante en la producción agrícola, pecuaria y forestal, pero ello contrasta con la cada vez menor relevancia en las políticas de apoyo.

No obstante, la creciente participación de las mujeres en el estudio y en la investigación de las ciencias agrícolas, en la docencia y en la asistencia técnica, en las organizaciones productivas y en las funciones de dirección y liderazgo que abandonan los migrantes, las mujeres en el medio rural no avanzan.

El atraso es aún mayor en la representación de las organizaciones de productores, marginadas con voz y voto. Las mujeres alimentan las cifras de la baja participación de las organizaciones decisorias agrícolas y ambientales. No se reconocen ni se toman en cuenta sus capacidades de adoptar decisiones en ejidos y comunidades ni en materia de política agrícola alimentaria.

En México, la presencia de las mujeres en cargos de representación y vigilancia de los ejidos y las comunidades apenas rebasa el 4 por ciento, y a este déficit de reconocimiento social en ejidos y comunidades, y en las organizaciones de productores apunta el presente dictamen.

Se trata de reformar a la Ley de Asociaciones Agrícolas a efecto de impulsar la participación de las mujeres en el de-sarrollo económico-rural a través de la organización de cadenas productivas y comercializadoras de productos agrícolas locales, que además de estar integradas por productores especializados también lo sean por mujeres productoras.

Se propone en este dictamen erradicar la discriminación que impide a las mujeres en la Confederación Nacional de Productores Agrícolas ser acreditadas por las uniones regionales. Se trata de llevar a las mujeres en igualdad en condiciones con los hombres a la categoría de delegadas propietarias y suplentes para que a través de estos órganos las mujeres representen debidamente a las asociaciones agrícolas de las que sean parte.

La participación plena y equitativa de las mujeres y hombres apoyada y respaldada por la ley, es indispensable para abatir costumbres y prácticas sociales ancestrales e históricas de exclusión de las mujeres.

La crisis del campo, la superación de la tendencia promedio del estancamiento económico, el abatimiento de una profunda desigualdad económica y social que lastima al país y el combate frontal a la pobreza que amenaza con perpetuarse en el medio rural, nos reclaman juntos a hombres y mujeres.

Compañeras diputadas, compañeros diputados, solicitarles que apoyemos el presente dictamen y así contribuyamos a reivindicar el papel de la mujer en el campo. Por su atención y apoyo, muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada De la Torre. No habiendo más oradores registrados consulte la Secretaría a la asamblea si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Le damos la más cordial bienvenida al doctor Fernando de Jesús Bilbao Marcos, rector de la Universidad Autónoma del estado de Morelos, invitado por la diputada Rosalina Mazari.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo artículos reservados, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.

(Votación)

¿Falta algún diputado por emitir su voto? ¿Falta algún diputado o alguna diputada por emitir su voto? Está abierto el sistema de votación.

Ciérrese el sistema de votación.

Diputado presidente, se emitieron 338 votos a favor, 0 en contra, 3 abstenciones.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Aprobado en lo general y en lo particular por 338 votos, el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria.

Proceda la Secretaría a dar lectura al oficio de la Comisión de Reforma Agraria.



LEY AGRARIA

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Comisión de Reforma Agraria.

Diputado federal Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

El suscrito, diputado federal Óscar García Barrón, presidente de esta comisión, me permito hacer la siguiente solicitud:

Se sirva instruir a quien corresponda para que el dictamen de la minuta enviada por el Senado de la República, turnado a esta comisión sobre el artículo 64 de la Ley Agraria, que se tiene previsto presentar a discusión en la sesión de pleno correspondiente al presente martes 5 del corriente, se posponga para la siguiente sesión y se baje del orden del día con el propósito de enriquecer y mejorar sus considerandos.

Sin otro particular, agradezco la atención al presente y aprovecho la ocasión para hacer patente mi reconocimiento a su función.

Atentamente

Palacio de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputados: Óscar García Barrón, Luis Hernández Cruz, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Joel González Díaz (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Esta Presidencia obsequia la solicitud y en consecuencia se pospone.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Gracias, diputados. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura le fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el diputado Avelino Méndez Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios, presentada el 21 de abril de 2010.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 38, 40, 48 y 49 de las Normas Relativas al Funcionamiento de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados, la Comisión de De-sarrollo Rural somete a consideración de sus integrantes el presente dictamen, el cual se realiza bajo los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 21 de abril de 2010, el diputado Avelino Méndez Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

II. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Desarrollo Rural para su estudio y dictamen.

Contenido de la iniciativa

La iniciativa propone que el Distrito Federal se equipare, en todos los sentidos, para efectos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, con el resto de las entidades federativas. Para ello pretende incorporar en el cuerpo de este ordenamiento las disposiciones pertinentes a fin de que no existan obstáculos de ninguna naturaleza para que esta área geográfica del país, goce de los beneficios de las políticas públicas dirigidas al desarrollo rural sustentable.

Las modificaciones que se proponen van dirigidas a insertar a las delegaciones del Distrito Federal, en el funcionamiento de los programas y objetivos que contempla la Ley de Desarrollo Rural Sustentable contando con estructuras simétricas a las que la propia ley prevé para los municipios a efecto de que las mismas sean titulares de los beneficios y apoyos que ahí se establecen. Además, que participen en la toma de decisiones junto con los actores que intervienen en las diversas etapas de los procesos productivos agropecuarios. De la misma manera, para que formen parte del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, tengan acceso al Sistema Nacional de Financiamiento Rural, así como a las políticas de comercialización, capacitación, asistencia técnica y a todos los apoyos que de dicha ley se deriven.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta comisión formulamos las siguientes:

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la iniciativa citada con el objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. Esta comisión dictaminadora coincide con los argumentos planteados por el legislador dentro de su exposición de motivos en los que establece que el desarrollo económico de la zona rural del Distrito Federal ha sido complejo y, como resultado, se ha conformado un sector agrícola decreciente que cedió paso a un proceso de urbanización vertiginoso que hace pensar a cualquiera que su carácter es exclusivamente urbano.

No obstante, cabe destacar que el 59% del territorio del Distrito Federal corresponde a suelo de conservación, en parte del cual se llevan a cabo actividades de producción rural y ecológicas; entre las que destacan la producción de maíz, avena forrajera, nopal, frijol, amaranto, alfalfa, hongo, seta, hortalizas y flores.

De lo anterior deriva la importancia de garantizar que el Distrito Federal goce de los beneficios de las políticas públicas dirigidas al desarrollo rural sustentable.

Tercera. La Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, vigente desde el 28 de enero de 2000, ordena en su artículo 2 que la planeación se llevará a cabo como un medio eficaz y permanente para impulsar el desarrollo integral del Distrito Federal y atenderá a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

En ese sentido, este ordenamiento dispone, en su título cuarto, que el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal será el documento rector que prevea las directrices generales del desarrollo social, del desarrollo económico y del ordenamiento territorial de la entidad. Este Programa contendrá los antecedentes; el diagnóstico económico, social y territorial del desarrollo; la proyección de tendencias y los escenarios previsibles; el contexto regional y nacional del desarrollo, así como los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas de carácter nacional que incidan en el Distrito Federal.

Cuarta. El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal (PGDDF) 2007-2012 está organizado en siete ejes estratégicos, donde confluyen las atribuciones y facultades de dependencias específicas de la Administración Pública del Distrito Federal, de forma que se ha establecido un modelo básico de articulación de la gestión en torno de objetivos y estrategias explícitos, de donde se desprenden líneas de política que señalan las acciones que habrán de ordenarse en los programas sectoriales y especiales.

El PGDDF 2007-2012, plantea como parte de los objetivos del Eje 2, “Equidad”, la utilización eficiente de los recursos públicos destinados al desarrollo rural, en la generación de empleo e ingresos para los productores rurales; fomentar el comercio justo entre los productores agropecuarios y la economía solidaria entre productores; fortalecer la producción y el fomento agropecuario a través de programas de reconversión productiva; impulsar la promoción de programas para generar empleo en el sector rural mediante proyectos de investigación, evaluación, capacitación y asistencia técnica, así como los foros de discusión, análisis y consulta.

Entre las estrategias del Eje 4, “Economía competitiva e incluyente”, se plantea que la política de fomento económico tiene como elemento central promover el crecimiento mediante el encadenamiento productivo de los sectores agropecuario, industrial, comercial y financiero. Para que esto sea posible se han de crear ambientes adecuados para la integración de las cadenas productivas, por medio de políticas públicas, del mejoramiento de los servicios y la infraestructura, de una normatividad acorde al fomento económico y una visión del desarrollo sustentable, que busca impactar al conjunto de la sociedad.

Quinta. El Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, promueve la sustentabilidad desde el enfoque rural, que implica el derecho a realizar actividades agropecuarias, acuícolas, artesanales, turísticas y demás de corte rural, con base en procesos productivos, comerciales, distribución y autoabasto, de manera individual y colectiva, que conduce al mejoramiento integral del bienestar social, distribuye justamente el ingreso, propicia la participación plena de la sociedad en la toma de decisiones, implicando cambios en el paradigma económico y asegurando la conservación de los recursos de los cuales depende la sociedad.

En este marco, el Programa de Agricultura Sustentable a Pequeña Escala en la Ciudad de México contiene acciones orientadas a proteger y aprovechar sustentablemente el suelo y agua principalmente, para la producción de alimentos inocuos en sus modalidades de producción libre de agroquímicos y orgánicos; protección de la biodiversidad, como es el caso de los maíces criollos y otras plantas nativas, además como acción estratégica se contempla la inversión en desarrollo de capacidades e infraestructura productiva, la investigación y transferencia de tecnología.

Por otra parte, el Programa de Desarrollo Agropecuario y Rural en la Ciudad de México describe el conjunto de acciones para, a través de la planeación y organización de la producción agropecuaria, apoyar a que el desarrollo tecnológico, la industrialización, la capacitación y la comercialización de los bienes y servicios del medio rural fomenten el desarrollo sustentable con el propósito de contribuir a elevar la calidad de vida de los productores rurales de la Ciudad de México.

Las estrategias centrales de este programa, describen el impulso de una política de fomento económico la cual tiene el objetivo de promover el crecimiento mediante el encadenamiento productivo de los sectores agropecuario, industrial, comercial y financiero. Asimismo plantea crear ambientes adecuados para la integración de las cadenas productivas e infraestructura agropecuaria con una visión del desarrollo sustentable, que busca impactar al conjunto de la sociedad, vinculando estratégicamente sus recursos humanos, educativos, científicos y tecnológicos, para promover una economía dinámica e innovadora.

Sexta. En términos de lo establecido en el artículo 122 constitucional, inciso l), se confiere a la Asamblea Legislativa, autoridad local del Distrito Federal la facultad de normar el desarrollo agropecuario aplicable a sus demarcaciones territoriales, bajo esta tesitura el 1 de Febrero de 2008 entró en vigor la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Distrito Federal, la cual tiene por objeto la regulación de las actividades agropecuarias del Distrito Federal; así como el fomento de la coordinación y la participación de los tres órdenes de gobierno y del sector privado orientados al fomento del Desarrollo Rural Sustentable.

Según lo estipulado por este ordenamiento, la Planeación del Desarrollo Rural Sustentable será congruente con el Plan Nacional del Desarrollo, el Programa Nacional de Desarrollo Rural, el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y al Programa Rural de la Ciudad de México.

Séptima. En consecuencia del análisis practicado a la iniciativa, esta comisión dictaminadora considera que las reformas y adiciones propuestas a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, relativas a incluir expresamente a las delegaciones del Distrito Federal, para que en términos de este ordenamiento éstas demarcaciones territoriales y órganos político administrativos tengan una intervención similar a la que realizan las entidades federativas y los municipios en los organismos e instancias de representación previstos en esta Ley, resultan procedentes en congruencia con lo dispuesto por los artículos 37, 101, 104, 121 y 131 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Distrito Federal y 1, 8, 11, 12, 13 y 14 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable vigente desde el 6 de octubre de 2004.

Modificaciones a la iniciativa

Sin perjuicio de lo anterior, derivado de la revisión integral practicada a la iniciativa, esta comisión dictaminadora consideró oportuno realizar algunas modificaciones al texto propuesto, con el fin de fortalecer la constitucionalidad y la legalidad de la misma en los términos que a continuación se exponen.

Tomando en consideración que los teóricos del Estado determinan que el “Estado” se conforma de tres elementos que son la población, el territorio y el poder político y se define como la organización jurídico política de un pueblo soberano establecido de manera permanente en un área geográfica determinada, sobre la cual se ejercita el imperum(poder político) mediante la aplicación de leyes por parte del gobierno y nuestro sistema jurídico-político vigente fundamenta esta acepción en lo dispuesto por el artículo 41 constitucional, se considera oportuno suprimir la reforma propuesta al artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, toda vez que la definición del Estado está contenida en nuestra Constitución, y la intención del legislador proponente queda cubierta con la propuesta de reforma a la definición de órdenes de gobierno en el artículo 3o. previamente referido.

En cumplimiento con lo ordenado por el artículo 122 constitucional apartado A, fracción II y apartado C, y en congruencia con lo previsto en el artículo 104 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal vigente, se modifica el texto de la propuesta de adición de la definición de “delegación” al artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

XVI. Delegaciones. Las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y los órganos político administrativos de cada una de ellas;

Con el objeto de dar uniformidad a las referencias contenidas en la iniciativa, se unificó el texto de los artículos 129, tercer párrafo y 139, segundo párrafo, sustituyendo las palabras “estados” y “entidades” respectivamente, por la frase entidades federativas, a efecto de aportar integralidad a la iniciativa, para quedar como sigue:

Artículo 129. ...

...

A este fondo se sumarán recursos públicos del gobierno federal, de las entidades federativas,cuando así lo convengan, acompañados de los destinados a los programas de fomento.

Artículo 139. Para el impulso del cambio estructural propio del desarrollo rural sustentable, la reconversión productiva, la instrumentación de los programas institucionales y la vinculación con los mercados, la Secretaría en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, que convergen para el efecto, definirán una regionalización, considerando las principales variables socioeconómicas, culturales, agronómicas, de infraestructura y servicios, de disponibilidad y de calidad de sus recursos naturales y productivos.

La regionalización comprenderá a las áreas geográficas de los distritos de Desarrollo Rural abarcando uno o más distritos, municipios o delegaciones, dentro del territorio de cada Entidad Federativa según sea el caso, y podrá comprender una delimitación más allá de una entidad bajo convenio del gobierno de las entidades federativas, municipios y delegaciones involucrados.

En mérito de lo expuesto con base en las consideraciones anteriores y el análisis de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, manifestamos nuestra aprobación y sometemos a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo Único. Se reforman los artículos 2o.; 3o., actual fracción XX; 5o., primer párrafo; 8o.; 9o., primer párrafo; 12; 13, fracciones I, II, V, VI y VII; 14, segundo párrafo; 18, primer párrafo; 19, segundo párrafo; 23, segundo párrafo; 24, primer párrafo; 25, primer, segundo y actual quinto párrafos; 26; 27, primer párrafo y fracción IX; 28; 29, primer, segundo, tercer y sexto párrafos; 30, primer y tercer párrafo; 31, fracciones I, VI, IX y XII; 32, primer párrafo; 33, primer párrafo; 35, fracciones I y IX; 37, fracción X; 44, fracción II; 45, fracción II; 48, fracción IV; 53, primer párrafo; 61; 64, primer párrafo; 86; 129, tercer párrafo; 132, primer párrafo; 134, segundo párrafo; 136, primer párrafo y fracción I; 137, segundo párrafo; 139; 140; 142; 143, primer párrafo; 144, fracción II; 146, segundo párrafo; 151; 154, segundo párrafo; fracciones I, II, segundo párrafo y VI; 159, primer párrafo; 165; 171; 181; 191, fracción V; se adicionan los artículos 3o., fracciones II, IX, XVI y XX; y 25, cuarto párrafo de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Son sujetos de esta Ley los ejidos, comunidades y las organizaciones o asociaciones de carácter nacional, estatal, regional, distrital, municipal, delegacional o comunitario de productores del medio rural, que se constituyan o estén constituidas de conformidad con las leyes vigentes y, en general, toda persona física o moral que, de manera individual o colectiva, realice preponderantemente actividades en el medio rural.

Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. ...

II. Actividades económicas de la sociedad periurbana. Las actividades agropecuarias y otras actividades productivas, industriales, comerciales y de servicios vinculadas a las primeras que se realizan en espacios urbanos, periurbanos o rurales, dentro o en el entorno de núcleos urbanos;

III. Actividades económicas de la sociedad rural. Las actividades agropecuarias y otras actividades productivas, industriales, comerciales y de servicios;

IV. Agentes de la sociedad rural. Personas físicas o morales de los sectores social y privado que integran a la sociedad rural;

V. Agroforestal (Uso). La combinación de agricultura y ganadería conjuntamente con el cultivo y aprovechamiento de especies forestales;

VI. Alimentos básicos y estratégicos. Respectivamente, aquellos así calificados por su importancia en la alimentación de la mayoría de la población o su importancia en la economía de los productores del campo o de la industria;

VII. Bienestar social. Satisfacción de las necesidades materiales y culturales de la población incluidas, entre otras: la seguridad social, vivienda, educación, salud e infraestructura básica;

VIII. Comisión Intersecretarial.La Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable;

IX. Consejo Delegacional. El Consejo Delegacional para el Desarrollo Rural Sustentable, en el caso de las delegaciones del Distrito Federal;

X. Consejo Distrital. El Consejo para el Desarrollo Rural Sustentable del Distrito de Desarrollo Rural;

XI. Consejo Estatal. El Consejo Estatal y del Distrito Federal, para el Desarrollo Rural Sustentable;

XII. Consejo Mexicano. El Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable;

XIII. Consejo Municipal. El Consejo Municipal para el Desarrollo Rural Sustentable;

XIV. Constitución. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XV. Cosechas nacionales. El resultado de la producción agropecuaria del país;

XVI. Delegaciones. Las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y los órganos político administrativos de cada una de ellas;

XVII. Desarrollo Rural Sustentable. El mejoramiento integral del bienestar social de la población y de las actividades económicas en el territorio comprendido fuera de los núcleos considerados urbanos de acuerdo con las disposiciones aplicables, asegurando la conservación permanente de los recursos naturales, la biodiversidad y los servicios ambientales de dicho territorio;

XVIII. Desertificación. La pérdida de la capacidad productiva de las tierras, causada por el hombre, en cualquiera de los ecosistemas existentes en el territorio de la República Mexicana;

XIX. Entidades federativas.Los estados de la federación y el Distrito Federal;

XX. Espacio periurbano. Espacio en el que coexisten características y usos del suelo tanto urbanos como rurales, sometidos a profundas transformaciones económicas, sociales y físicas, y con una dinámica estrechamente vinculada a la presencia próxima de un núcleo urbano; un espacio rural urbanizado en el que confluyen tanto el uso agrícola, como el industrial, el residencial y el natural;

XXI. Estado. Los Poderes de la Unión, de las entidades federativas y de los municipios;

XXII. Estímulos fiscales. Los incentivos otorgados por el Estado a través de beneficios preferentes en el ejercicio de la tributación;

XXIII. Marginalidad. La definida de acuerdo con los criterios dictados por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática;

XXIV. Órdenes de gobierno. Los gobiernos federal, de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones del Distrito Federal;

XXV. Organismos genéticamente modificados. Cualquier organismo que posea una combinación de material genético que se haya obtenido mediante la aplicación de biotecnología moderna;

XXVI. Productos básicos y estratégicos. Aquellos alimentos que son parte de la dieta de la mayoría de la población en general o diferenciada por regiones, y los productos agropecuarios cuyo proceso productivo se relaciona con segmentos significativos de la población rural u objetivos estratégicos nacionales;

XXVII. Programa Especial Concurrente. El programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que incluye el conjunto de Programas Sectoriales relacionados con las materias motivo de esta Ley;

XXVIII. Programas sectoriales. Los programas específicos del gobierno federal que establecen las políticas, objetivos, presupuestos e instrumentos para cada uno de los ámbitos del Desarrollo Rural Sustentable;

XXIX. Recursos naturales. Todos aquellos bienes naturales renovables y no renovables susceptibles de aprovechamiento a través de los procesos productivos rurales y proveedores de servicios ambientales: tierras, bosques, recursos minerales, agua, comunidades vegetativas y animales y recursos genéticos;

XXX. Secretaría. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

XXXI. Seguridad alimentaria. El abasto oportuno, suficiente e incluyente de alimentos a la población;

XXXII. Servicio. Institución pública responsable de la ejecución de programas y acciones específicas en una materia;

XXXIII. Servicios ambientales (sinónimo: beneficios ambientales). Los beneficios que obtiene la sociedad de los recursos naturales, tales como la provisión y calidad del agua, la captura de contaminantes, la mitigación del efecto de los fenómenos naturales adversos, el paisaje y la recreación, entre otros;

XXXIV. Sistema. Mecanismo de concurrencia y coordinación de las funciones de las diversas dependencias e instancias públicas y privadas, en donde cada una de ellas participa de acuerdo con sus atribuciones y competencia para lograr un determinado propósito;

XXXV. Sistema-producto. El conjunto de elementos y agentes concurrentes de los procesos productivos de productos agropecuarios, incluidos el abastecimiento de equipo técnico, insumos productivos, recursos financieros, la producción primaria, acopio, transformación, distribución y comercialización; y

XXXVI. Soberanía alimentaria. La libre determinación del país en materia de producción, abasto y acceso de alimentos a toda la población, basada fundamentalmente en la producción nacional.

Artículo 5o. En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del gobierno federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, municipales y delegacionales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos:

I. a V. ...

Artículo 8o. Las acciones de desarrollo rural sustentable que efectúe el Estado, atenderán de manera diferenciada y prioritaria a las regiones y zonas con mayor rezago social y económico, mediante el impulso a las actividades del medio rural y periurbano, el incremento a la inversión productiva, el fomento a la diversificación de oportunidades de empleo e ingreso y la promoción de vínculos entre los ámbitos rural y urbano para facilitar a los agentes de la sociedad rural el acceso a los apoyos que requiere su actividad productiva, así como a los servicios para su bienestar.

Para lo anterior, el Estado promoverá lo necesario para formular y llevar a cabo programas de atención especial, con la concurrencia de los instrumentos de política de desarrollo social y de población a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública federal competentes, de las entidades federativas, los municipios y las delegaciones.

Artículo 9o. Los programas y acciones para el desarrollo rural sustentable que ejecute el gobierno federal, así como los convenidos entre éste y los gobiernos de las entidades federativas, municipales y delegacionales, especificarán y reconocerán la heterogeneidad socioeconómica y cultural de los sujetos de esta Ley, por lo que su estrategia de orientación, impulso y atención deberá considerar tanto los aspectos de disponibilidad y calidad de los recursos naturales y productivos como los de carácter social, económico, cultural y ambiental. Dicha estrategia tomará en cuenta asimismo los distintos tipos de productores, en razón del tamaño de sus unidades de producción o bienes productivos, así como de la capacidad de producción para excedentes comercializables o para el autoconsumo.

...

Artículo 12. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional y la conducción de la política de desarrollo rural sustentable, las cuales se ejercerán por conducto de las dependencias y entidades del gobierno federal y mediante los convenios que éste celebre con los gobiernos de las entidades federativas, y a través de éstos, con los gobiernos municipales y delegacionales, según lo dispuesto por el artículo 25 de la Constitución.

Artículo 13. ...

I. La planeación del desarrollo rural sustentable, tendrá el carácter democrático que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes relativas. Participarán en ella el sector público por conducto del gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones, en los términos del tercer párrafo del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los sectores social y privado a través de sus organizaciones sociales y económicas legalmente reconocidas y demás formas de participación que emanen de los diversos agentes de la sociedad rural;

II. En los programas sectoriales se coordinará y dará congruencia a las acciones y programas institucionales de desarrollo rural sustentable a cargo de los distintos órdenes de gobierno y de las dependencias y entidades del sector. El Ejecutivo Federal, en coordinación con los estados, los municipios y las delegaciones, en su caso, y a través de las dependencias que corresponda, de acuerdo con este ordenamiento, hará las previsiones necesarias para financiar y asignar recursos presupuestales que cumplan con los programas, objetivos y acciones en la materia, durante el tiempo de vigencia de los mismos;

III. a IV. ...

V. A través de los Distritos de Desarrollo Rural, se promoverá la formulación de programas a nivel municipal, delegacional y regional o de cuencas, con la participación de las autoridades, los habitantes y los productores en ellos ubicados. Dichos programas deberán ser congruentes con los Programas Sectoriales y el Plan Nacional de Desarrollo;

VI. El programa sectorial que en el marco del federalismo apruebe el Ejecutivo Federal especificará los objetivos, prioridades, políticas, estimaciones de recursos presupuestales, así como los mecanismos de su ejecución, descentralizando en el ámbito de las entidades federativas, municipios, delegaciones y regiones la determinación de sus prioridades, así como de los mecanismos de gestión y ejecución con los que se garantice la amplia participación de los agentes de la sociedad rural. De igual forma, dicho programa determinará la temporalidad de los programas institucionales, regionales y especiales en términos de los artículos 22, 23, y 40 de la Ley de Planeación y 19 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal;

VII. La planeación nacional en la materia deberá propiciar la programación del desarrollo rural sustentable de cada entidad federativa, de los municipios y de las delegaciones, y su congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo;

VIII. a IX. ...

Artículo 14. ...

La Comisión Intersecretarial, en los términos del artículo 13 de este ordenamiento, considerará las propuestas de las organizaciones que concurren a las actividades del sector y del Consejo Mexicano, a fin de incorporarlas en el Programa Especial Concurrente. Igualmente, incorporará los compromisos que conforme a los convenios respectivos asuman los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones, así como establecerá las normas y mecanismos de evaluación y seguimiento a su aplicación.

...

Artículo 18. El Consejo Mexicano y los demás organismos e instancias de representación de los diversos agentes y actores de la sociedad rural, serán los encargados de promover que en el ámbito de las entidades federativas, los municipios, delegaciones y regiones, se tenga la más amplia participación de las organizaciones y demás agentes y sujetos del sector, como bases de una acción descentralizada en la planeación, seguimiento, actualización y evaluación de los programas de fomento agropecuario y de desarrollo rural sustentable a cargo del gobierno federal.

...

Artículo 19. ...

El Ejecutivo Federal, mediante los convenios que al respecto celebre con los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las delegaciones,propiciará la concurrencia y promoverá la corresponsabilidad de los distintos órdenes de gobierno, en el marco del federalismo y la descentralización como criterios rectores de la acción del Estado en aquellas materias.

Artículo 23. ...

Los convenios que se celebren entre el gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones, se ajustarán a dichos criterios y conforme a los mismos determinarán su corresponsabilidad en lo referente a la ejecución de las acciones vinculadas al desarrollo rural sustentable.

...

...

Artículo 24. Con apego a los principios de federalización, se integrarán Consejos para el Desarrollo Rural Sustentable, homologados al Consejo Mexicano, en los municipios, en las delegaciones, en los Distritos de Desarrollo Rural y en las entidades federativas. Los convenios que celebre la Secretaría con los gobiernos de las entidades federativas preverán la creación de estos Consejos, los cuales serán además, instancias para la participación de los productores y demás agentes de la sociedad rural en la definición de prioridades regionales, la planeación y distribución de los recursos que la Federación, las entidades federativas, los municipios y las delegaciones destinen al apoyo de las inversiones productivas, y para el desarrollo rural sustentable conforme al presente ordenamiento.

...

Artículo 25. Los Consejos Estatales y del Distrito Federal podrán ser presididos por los gobernadores de las entidades federativas y el jefe de Gobierno del Distrito Federal respectivamente.Serán miembros permanentes de los Consejos Estatales y del Distrito Federal, los representantes de las dependencias estatales que los Gobiernos de las entidades federativas determinen; los representantes de las dependencias y entidades que forman parte de la Comisión Intersecretarial y los representantes de cada uno de los Distritos de Desarrollo Rural, así como los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural, en forma similar a la integración que se adopta para el Consejo Mexicano.

Serán miembros permanentes de los Consejos Distritales, los representantes de las dependencias y entidades presentes en el área correspondiente, que forman parte de la Comisión Intersecretarial, los funcionarios de las entidades federativas que las mismas determinen y los representantes de cada uno de los consejos municipales y delegacionales, así como los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural, en forma similar a la integración que se adopta para el Consejo Mexicano.

...

Serán miembros permanentes de los Consejos Delegacionales: los jefes delegacionales, quienes los podrán presidir; los representantes en la delegación correspondiente, de las dependencias y de las entidades participantes, que formen parte de la Comisión Intersecretarial, los funcionarios de las entidades federativas, cuando corresponda, que las mismas determinen y los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural en la delegación correspondiente, en forma similar a la integración que se adopta para el Consejo Mexicano.

...

La organización y funcionamiento de los consejos estatales, distritales, municipales y delegacionales, se regirán por los estatutos que al respecto se acuerden entre el gobierno federal y los de las entidades federativas, quedando a cargo del primero la expedición de reglas generales sobre la materia, para la atención de los asuntos de su competencia.

Artículo 26. En los Consejos Estatales y del Distrito Federal se articularán los planteamientos, proyectos y solicitudes de las diversas regiones de la entidad, canalizados a través de los Distritos de Desarrollo Rural. Los consejos municipales y delegacionales, definirán la necesidad de convergencia de instrumentos y acciones provenientes de los diversos programas sectoriales, mismos que se integrarán al programa especial concurrente.

Artículo 27. El gobierno federal, celebrará con los gobiernos de las entidades federativas con la participación de los consejos estatales y del Distrito Federal correspondientes, los convenios necesarios para definir las responsabilidades de cada uno de los órdenes de gobierno en el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas sectoriales. En estos convenios se establecerá la responsabilidad de los gobiernos de las entidades federativas para promover la oportuna concurrencia en el ámbito estatal de otros programas sectoriales que, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sean responsabilidad de las diferentes dependencias y entidades federales.

...

...

I. a VIII. ...

IX. La participación de los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios y de las delegaciones, tomando como base la demarcación territorial de los Distritos de Desarrollo Rural u otras que se convengan, en la captación e integración de la información que requiera el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable. Así mismo, la participación de dichas autoridades en la difusión de la misma a las organizaciones sociales, con objeto de que dispongan de la mejor información para apoyar sus decisiones respecto de las actividades que realicen;

X. a XI. ...

Artículo 28. Los convenios que celebren las dependencias y entidades del sector público federal con los gobiernos de las entidades federativas, deberán prever la constitución de mecanismos y, en su caso, figuras asociativas para la administración de los recursos presupuestales que destine el gobierno federal a los programas de apoyo, en los que participen también los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones; así como disposiciones para la entrega directa de los apoyos económicos a los beneficiarios, quienes serán los responsables de llevar a cabo la contratación o adquisición de los bienes y servicios que requieran para la realización de las inversiones objeto de los apoyos.

Artículo 29. Los Distritos de Desarrollo Rural serán la base de la organización territorial y administrativa de las dependencias de la Administración Pública Federal y Descentralizada, para la realización de los programas operativos de la Administración Pública Federal que participan en el Programa Especial Concurrente y los Programas Sectoriales que de él derivan, así como con los gobiernos de las entidades federativas, municipales y delegacionales, y para la concertación con las organizaciones de productores y los sectores social y privado.

Los Distritos de Desarrollo Rural coadyuvarán en el fortalecimiento de la gestión municipal y de las delegaciones, del desarrollo rural sustentable e impulsarán la creación de los Consejos Municipales y Delegacionales en el área de su respectiva circunscripción y apoyarán la formulación y aplicación de programas concurrentes municipales y delegacionales del Desarrollo Rural Sustentable.

Los Distritos de Desarrollo Rural contarán con un Consejo Distrital formado por representantes de los Consejos Municipales y Delegacionales, en su caso.

...

...

Los programas, metas, objetivos y lineamientos estratégicos de los distritos se integrarán además con los que en la materia se elaboren en los municipios, delegaciones y regiones que pertenezcan a cada uno de ellos.

Artículo 30. Cada distrito tendrá un órgano colegiado de dirección, en el que participarán la Secretaría, las dependencias y entidades competentes, los gobiernos de las entidades federativas, municipales y delegacionales que corresponda, así como la representación de los productores y organizaciones de los sectores social y privado de la demarcación, integrada por un representante por rama de producción y por cada Consejo Municipal y Delegacional, en su caso, en la forma que determine el reglamento general de los mismos.

...

El Reglamento General de los Distritos de Desarrollo Rural, tomando en cuenta a los Consejos Estatales y del Distrito Federal, establecerá las facultades de sus autoridades en las materias a las que se refiere este Capítulo.

Artículo 31. ...

I. Articular y dar coherencia regional a las políticas de desarrollo rural sustentable, tomando en consideración las acciones de dotación de infraestructura básica a cargo de las dependencias federales, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, competentes;

II. a V. ...

VI. Evaluar los resultados de la aplicación de los programas federales y estatales e informar a los Consejos Estatales y del Distrito Federal al respecto;

VII. a VIII. ...

IX. Proponer al Consejo Estatal y del Distrito Federal, como resultado de las consultas respectivas, los programas que éstos deberán conocer en su seno y se consideren necesarios para el fomento de las actividades productivas y el desarrollo rural sustentable;

X. a XI. ...

XII. Apoyar la participación plena de los municipios y delegaciones en la planeación, definición de prioridades, operación y evaluación de las acciones del desarrollo rural sustentable; y

XIII. ...

Artículo 32. El Ejecutivo Federal, con la participación de los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios, de las delegaciones y los sectores social y privado del medio rural, impulsará las actividades económicas en el ámbito rural.

...

...

I. a XIV. ...

Artículo 33. La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, integrará la Política Nacional de Investigación para el Desarrollo Rural Sustentable, la cual será de carácter multidisciplinario e interinstitucional considerando las prioridades nacionales, de las entidades federativas y regionales; asimismo, llevará a cabo la programación y coordinación nacional en esta materia, con base en lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica y en el Plan Nacional de Desarrollo y en los demás ordenamientos aplicables, tomando en consideración las necesidades que planteen los productores y demás agentes de la sociedad rural.

...

...

Artículo 35. ...

I. Las instituciones públicas de investigación agropecuaria federales y de las entidades federativas;

II. a VIII. ...

IX. El Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable y los Consejos Estatales y del Distrito Federal para el Desarrollo Rural Sustentable; y

X. ...

Artículo 37. ...

I. a IX. ...

X. Fortalecer las capacidades regionales y de las entidades federativas, propiciando su acceso a los programas de investigación y transferencia de tecnología;

XI. a XVIII. ...

Artículo 44. ...

I. ...

II. Los consejos estatales y del Distrito Federal para el Desarrollo Rural Sustentable;

III. a X. ...

Artículo 45. ...

I. ...

II. Articular los esfuerzos de capacitación de las diversas instancias del gobierno federal con las diversas entidades federativas, los municipios, las delegaciones y las organizaciones de los sectores social y privado;

III. a IX. ...

Artículo 48. ...

I. a III. ...

IV. Un representante del Consejo Mexicano y otro de los Consejos Estatales y del Distrito Federal;

V. a IX. ...

Artículo 53. Los gobiernos federal y de las entidades federativas estimularán la reconversión, en términos de estructura productiva sustentable, incorporación de cambios tecnológicos, y de procesos que contribuyan a la productividad y competitividad del sector agropecuario, a la seguridad y soberanía alimentarias y al óptimo uso de las tierras mediante apoyos e inversiones complementarias.

...

Artículo 61. Los gobiernos federales, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, mediante los convenios que suscriban, promoverán la creación de obras de infraestructura que mejoren las condiciones productivas del campo; asimismo, estimularán y apoyarán a los productores y sus organizaciones económicas para la capitalización de sus unidades productivas, en las fases de producción, transformación y comercialización.

Artículo 64. El Ejecutivo Federal aportará recursos, de acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación, que podrán ser complementados por los que asignen los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones, los cuales tendrán por objeto:

I. a III. ...

Artículo 86. Con objeto de impulsar la productividad de las unidades económicas, capitalizar las explotaciones e implantar medidas de mejoramiento tecnológico que hagan más eficientes, competitivas y sustentables las actividades económicas de los productores, el gobierno federal, en coordinación y con la participación de los gobiernos de las entidades de la Federación, y por medio de éstos con la participación de los gobiernos municipales y delegacionales, atenderá con prioridad a aquellos productores y demás sujetos de la sociedad rural que, teniendo potencial productivo, carecen de condiciones para el desarrollo.

Artículo 129. ...

...

A este fondo se sumarán recursos públicos del gobierno federal, de las entidades federativas,cuando así lo convengan, acompañados de los destinados a los programas de fomento.

Artículo 132. Estos apoyos se aplicarán únicamente en las regiones que requieran programas de reconversión productiva, en las que el Consejo Estatal o del Distrito Federal determine, tomando en cuenta las alternativas sustentables probadas de cambio tecnológico o cambio de patrón de cultivos.

...

Artículo 134. ...

En el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable se integrará información internacional, nacional, estatal, municipal, delegacional, y de distrito de desarrollo rural relativa a los aspectos económicos relevantes de la actividad agropecuaria y el desarrollo rural; información de mercados en términos de oferta y demanda, disponibilidad de productos y calidades, expectativas de producción, precios; mercados de insumos y condiciones climatológicas prevalecientes y esperadas. Asimismo, incluirá la información procedente del Sistema Nacional de Información Agraria y del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y otras fuentes.

Artículo 136. Será responsabilidad de la Comisión Intersecretarial coordinar los esfuerzos y acopiar y sistematizar información de las dependencias y entidades de los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, que integren el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, considerando la información proveniente de los siguientes tópicos:

I. La comercialización agropecuaria municipal, delegacional, regional y estatal;

II. a IX. ...

Artículo 137. ...

El Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable difundirá la información en el nivel nacional, de las entidades federativas, municipal, delegacional,regional y de Distritos de Desarrollo Rural, apoyándose en la infraestructura institucional de los gobiernos federal, estatales, municipales, delegacionales y de los organismos que integran el sistema para su difusión.

...

Artículo 139. Para el impulso del cambio estructural propio del desarrollo rural sustentable, la reconversión productiva, la instrumentación de los programas institucionales y la vinculación con los mercados, la Secretaría en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, que convergen para el efecto, definirán una regionalización, considerando las principales variables socioeconómicas, culturales, agronómicas, de infraestructura y servicios, de disponibilidad y de calidad de sus recursos naturales y productivos.

La regionalización comprenderá a las áreas geográficas de los distritos de Desarrollo Rural abarcando uno o más distritos, municipios o delegaciones, según sea el caso, dentro del territorio de cada Entidad Federativa y podrá comprender una delimitación más allá de una entidad bajo convenio del gobierno de las entidades de la federación, municipios y delegaciones involucrados.

Artículo 140. El gobierno federal, en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos de las entidades federativas, municipales y delegacionales, que convergen para el cumplimiento de la presente Ley, elaborará un padrón único de organizaciones y sujetos beneficiarios del sector rural, mediante la Clave Única de Registro Poblacional y en su caso, para las personas morales, con la clave del Registro Federal de Contribuyentes. Este padrón deberá actualizarse cada año y será necesario estar inscrito en él para la operación de los programas e instrumentos de fomento que establece esta ley.

Artículo 142. La Secretaría en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos federales, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, que convergen para el efecto, brindará a los diversos agentes de la sociedad rural el apoyo para su inscripción en el padrón único de organizaciones y sujetos beneficiarios del sector rural, de acuerdo con el artículo anterior.

Artículo 143. El gobierno federal, mediante mecanismos de coordinación, con los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones, promoverá y fomentará el desarrollo del capital social en el medio rural a partir del impulso a la asociación y la organización económica y social de los productores y demás agentes de la sociedad rural, quienes tendrán el derecho de asociarse libre, voluntaria y democráticamente, procurando la promoción y articulación de las cadenas de producción-consumo para lograr una vinculación eficiente y equitativa entre los agentes del desarrollo rural sustentable. Lo anterior, dando prioridad a los sectores de población más débiles económica y socialmente y a sus organizaciones, a través de:

I. a VII. ...

Artículo 144. ...

I. ...

II. El establecimiento de mecanismos para la concertación y el consenso entre la sociedad rural y los órdenes de gobierno federal, de las entidades federativas, municipal y delegacional;

III. a IX. ...

Artículo 146. ...

Para los efectos de lo dispuesto por la Ley de Planeación, la Secretaría promoverá la participación de las organizaciones a que se refiere este Capítulo, en las acciones correspondientes en el ámbito nacional, de las entidades federativas, municipal, de las delegaciones, y de Distritos de Desarrollo Rural.

Artículo 151. Se promoverá la creación de los comités regionales de Sistema-Producto, cuyo objetivo central es el de planear y organizar la producción, promover el mejoramiento de la producción, productividad y rentabilidad en el ámbito regional, en concordancia con lo establecido en los programas de las entidades federativas y con los acuerdos del Sistema-Producto nacional.

Artículo 154. ...

Para el desarrollo de estos programas, el Ejecutivo Federal mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas y a través de éstos con los municipales y delegacionales, respectivamente, fomentará el Programa Especial Concurrente, conjuntamente con la organización social, para coadyuvar a superar la pobreza, estimular la solidaridad social, el mutualismo y la cooperación. Para los efectos del referido programa, de manera enunciativa y no restrictiva, de acuerdo con las disposiciones constitucionales y la legislación aplicable, se seguirán los lineamientos siguientes:

I. Las autoridades municipales y delegacionales elaborarán con la periodicidad del caso, su catálogo de necesidades locales y regionales sobre educación, integrando, a través del Consejo Municipal o Delegacional, según sea el caso, sus propuestas ante las instancias superiores de decisión. Los órganos locales presentarán proyectos educativos especiales.

...

...

II. ...

Los Consejos Municipales y los Delegacionales, participarán en la detección de necesidades de profilaxis en salud, de brigadas móviles para la atención sistemática de endemisas y acciones eventuales contra epidemias, integrando el paquete de la región; estableciendo prioridades de clínicas rurales regionales, para su inclusión en el Programa Especial Concurrente.

III. a V. ...

VI. Las comunidades rurales en general, y especialmente aquellas cuya ubicación presente el catálogo de eventualidades ubicado en el rango de alto riesgo, deberán tener representación y participación directa en las Unidades Municipales y Delegacionales de Protección Civil para dar impulso a los programas de protección civil para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población rural en situaciones de desastre; lo mismo que proyectar y llevar a cabo la integración y entrenamiento de grupos voluntarios.

Artículo 159. En cumplimiento de lo que ordena esta Ley, la atención prioritaria a los productores y comunidades de los municipios y las delegaciones de más alta marginación, tendrá un enfoque productivo orientado en términos de justicia social y equidad, y respetuoso de los valores culturales, usos y costumbres de los habitantes de dichas zonas.

...

Artículo 165. De conformidad con lo dispuesto por el artículo anterior, los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, cuando así lo convengan, fomentarán el uso del suelo más pertinente de acuerdo con sus características y potencial productivo, así como los procesos de producción más adecuados para la conservación y mejoramiento de las tierras y el agua.

Artículo 171. El gobierno federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, municipales y de las delegaciones, apoyará de manera prioritaria a los productores de las zonas de reconversión, y especialmente a las ubicadas en las partes altas de las cuencas, a fin de que lleven a cabo la transformación de sus actividades productivas con base en el óptimo uso del suelo y agua, mediante prácticas agrícolas, ganaderas y forestales, que permitan asegurar una producción sustentable, así como la reducción de los siniestros, la pérdida de vidas humanas y de bienes por desastres naturales.

Artículo 181. La Comisión Intersecretarial, con la participación activa de los consejos mexicano, de las entidades federativas y regionales, y demás agentes y sujetos intervinientes en el desarrollo rural sustentable, serán los responsables de evaluar el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior de esta Ley.

Artículo 191. ...

...

I. a IV. ...

V. La concurrencia de recursos federales, estatales, municipales, delegacionales y de los propios beneficiarios, a fin de asegurar la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad y multiplicar el efecto del gasto público;

VI. a VIII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences (rúbrica), María Esther Terán Velázquez (rúbrica), Martín Enrique Castillo Ruz, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Karla Verónica González Cruz (rúbrica), Federico Ovalle Vaquera (rúbrica), secretarios; Esteban Albarrán Mendoza (rúbrica), Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Felipe Borja Texocotitla, María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Francisco Alberto Jiménez Merino, Israel Madrigal Ceja, Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez, Arturo Ramírez Bucio, Luis Félix Rodríguez Sosa, Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Rolando Zubia Rivera.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: En consecuencia está a discusión en lo general. Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general los siguientes oradores: en pro, el diputado Avelino Méndez Rangel, del Grupo Parlamentario del PRD. Tiene usted la palabra, señor diputado Avelino Méndez Rangel, hasta por 5 minutos.

El diputado Avelino Méndez Rangel:Con su permiso, señor, presidente.

La iniciativa con proyecto de decreto que contiene diversas modificaciones a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, sometida a consideración de esta soberanía, conlleva dos importantes cambios al marco legal para el desarrollo rural sustentable.

Por un lado, buscamos el pleno reconocimiento del área rural del Distrito Federal, esto es casi el 59 por ciento del territorio de la entidad federativa donde se asienta la capital de nuestra república. A saber, 88mil 442 hectáreas que compiten con las 61 mil 82 hectáreas —el 41 por ciento— destinadas a usos urbanos. Mientras por el otro lado queremos anclar en el cuerpo legal nacional el concepto periurbano.

En el suelo de conservación del Distrito Federal viven y trabajan la tierra más de 40 mil familias, muchas de ellas descendientes de nuestros pueblos originarios que mantienen vivas sus tradiciones, usos y costumbres, a la vez que posibilitan el sustento de vida para los habitantes del Distrito Federal y del valle de México al garantizar diversos servicios ambientales, entre los cuales queremos resaltar dos: la recarga de los sobreexplotados mantos friáticos del valle que aportan el 75 por ciento del agua de esta zona, así como limpieza del aire que respiramos.

Con esta reforma a lo que aspiramos es a mejorar las condiciones de vida de la población rural del Distrito Federal, posibilitando el acceso a todos los programas de apoyo al campo para así poder garantizar hacia el corto, mediano y largo plazo condiciones de sustentabilidad de la vida misma, tanto de la capital como en toda la zona metropolitana del valle de México.

Garantizando el acceso a los diferentes programas de apoyo al campo en el área rural de las delegaciones con suelo de conservación: Álvaro Obregón; Cuajimalpa de Morelos, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Xochimilco y Gustavo A. Madero, estaremos sentando también las bases para que dichas zonas retomen su vocación productiva y nos ayuden a frenar el crecimiento urbano indiscriminado, amén de garantizar la reproducción de los parámetros culturales de nuestros pueblos originarios en esa región.

En el marco de la discusión presupuestaria en curso para 2011 quiero mencionar lo siguiente: en los últimos años ha habido un comportamiento muy errático en la asignación de recursos para el desarrollo rural, la conservación del suelo y agua del Distrito Federal. Dentro del programa Especial Concurrente, PEC 2005, se aprobaron recursos federales por 94.8 millones de pesos. En 2007 se ejercieron 225 millones. En 2008 se aplicaron 150 millones. Y finalmente en 2009, en el Ramo 16,  “Medio Ambiente” y “Conservación de suelo y agua” se ejercieron 140 millones.

Con estos recursos que han fluctuado como ustedes lo ven, a lo largo de los años, se han realizado obras que han ayudado a recargar los mantos acuíferos, a retener suelo, a capturar carbono y han disminuido los riesgos para la población urbana.

Con esta iniciativa proponemos darle continuidad a la asignación de recursos, particularmente en los diversos programas prioritarios de conservación de suelo, agua y reactivación económica del suelo de conservación del Distrito Federal.

Por otra parte, la otra parte de la iniciativa tiene que ver con la introducción del concepto periurbano y busca ampliar el ámbito de acción de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable hacia las regiones que cumplen con dicha condición. Esto indica que estamos buscando que las 56 zonas metropolitanas del país en donde se concentra más de la mitad de la población del total del país y que demandan agua, aire, esparcimiento, recreación y alimento, estén incluidas para satisfacer las crecientes necesidades que tienen.

Compañeros diputados y compañeras diputadas, la zona metropolitana del valle de México requiere urgentemente de la conservación y ampliación de las áreas verdes que posibiliten la recarga de sus acuíferos, así como los procesos biológicos de limpieza de aire y captura de carbono.

Votando a favor de esta iniciativa de modificación a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, estaremos votando a favor de la vida en la capital de la república y las 56 zonas metropolitanas del país.

Lo rural de las ciudades requiere de nuestro apoyo decidido. Muchas gracias, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias a usted, señor diputado Méndez Rangel.

No habiendo más oradores registrados consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Con gusto, diputado presidente. Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen de este acuerdo. Quienes estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Gracias, diputados. Quienes estén por la negativa favor de manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo artículos reservados, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto, del proyecto de decreto.

(Votación)

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Están con nosotros alumnos de la preparatoria Instituto Belisario Domínguez, invitados por el diputado Federico Ovalle Vaquera. Sean ustedes bienvenidas y bienvenidos.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: ¿Falta alguna diputada o algún diputado por emitir su voto? Les recordamos que el tablero de votación continúa abierto, si alguna diputada o algún diputado falta de emitir su voto, que lo haga en este momento.

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Se emitieron 351 votos a favor y 2 abstenciones, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Aprobado en lo general y en lo particular por 351 votos el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.



COMPLEJOS DE ALTA TECNOLOGIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es dictámenes a discusión con puntos de acuerdo. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los encabezados.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los encabezados. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor,  muchas gracias. Las diputadas y diputados que estén por la negativa.

Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Se autoriza.

En consecuencia proceda la Secretaría a dar lectura a los encabezados.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, y a los gobiernos de las entidades federativas y al del Distrito Federal a apoyarse en la implantación de sus proyectos, en el desarrollo de obras públicas y en las auditorías en las empresas del complejo de alta tecnología Tecnópolis

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Ciencia y Tecnología de la honorable Cámara de Diputados, correspondiente a esta LXI Legislatura, se turnó para su estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a que incentive la creación de complejos de alta tecnología como el denominado Tecnópolis, para que estos a su vez colaboren al crecimiento económico del país ante la terrible situación de la crisis actual, presentada por el diputado Nazario Norberto Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 13 de abril de 2010.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos e, f y g, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58, 60, 66, 87 y 88 del Reglamento Para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta comisión corresponde dictaminar la propuesta legislativa referida a partir de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 13 de abril de 2010, los secretarios de la misma dieron cuenta al Pleno de la proposición con punto de acuerdo que a rubro se cita, suscrita por el diputado Nazario Norberto Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio del derecho conferido por el artículo 58 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Ciencia y Tecnología”.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

• Exhortar al Ejecutivo federal y a los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal para que se apoyen en la implantación de proyectos y desarrollo de obras públicas y auditoría de ambos, en el complejo de alta tecnología denominado Tecnópolis, creado por el Instituto Politécnico Nacional.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta comisión dictaminadora formulamos las siguientes

Consideraciones

Primera. En la actualidad nuestro país atraviesa por una de las más grandes crisis económicas y laborales de toda su historia, independientemente de que ésta haya sido inducida por factores externos o internos, el caso es que el desa-rrollo económico se encuentra estancado.

Segunda. En este contexto, la búsqueda de alternativas no solamente es necesaria, es impostergable. La integración de México a la constante evolución del desarrollo científico y tecnológico representa una oportunidad en la que las instituciones gubernamentales, los centros públicos de investigación, las universidades públicas y el sector privado, pueden participar de manera articulada por medio de implementar, apoyar y estructurar acciones, políticas, mecanismos e instrumentos que desarrollen y estimulen proyectos que promuevan la creación de empleos, estimulen la creatividad e innovación, mejoren los niveles de competitividad y productividad del país.

Tercera. La creación de un complejo de alta tecnología para impulsar proyectos de empresas posicionadas en el mercado y en el corto plazo generar nuevos productos para el mercado global, se hizo realidad a finales del año pasado con la instalación del desarrollo tecnológico, de nombre Tecnópolis en la Ciudad de México, impulsado por el Instituto Politécnico Nacional, siendo un gran logro para el avance tecnológico de nuestro país.

Cuarta. Con Tecnópolis se pretende impulsar y promover la creación de microempresas nacionales para el desarrollo de tecnologías y servicios en materia de: telecomunicaciones, biotecnología, nano y microelectrónica, arte digital y tercera dimensión, nanociencias, desarrollo de software. Tecnópolis además contará con un espacio de diseño y de-sarrollo de software y hardware, una unidad de prospectiva tecnológica y un observatorio tecnológico a fin de favorecer el impulso de nuevos productos nacionales. Tecnópolis formará parte de las acciones que el Instituto encamina para el fortalecimiento del programa Emprendedores y la consolidación de la Unidad Politécnica para el Desarrollo y la Competitividad Empresarial.

Quinta. La tesis que sustenta la creación de Tecnópolis, considera que la cercanía geográfica acrecienta los rendimientos productivos de este tipo de iniciativas, entre otras cosas porque genera una cultura de valores comunes entre empresarios, políticos locales y ciudadanos. De hecho, en las ciudades donde existen las Tecnópolis, suelen percibirse como un objetivo común y prioritario y su creación supone uno de los mayores esfuerzos que suelen hacer las ciudades contemporáneas para promocionarse internacionalmente y atraer inversiones, ya que su éxito puede suponer un importante salto en competitividad para toda la región urbana, además de que conforman un medio innovador, capaz de generar riqueza a partir del conocimiento.

Sexta. La zona metropolitana de la Ciudad de México se ha planteado la creación o instalación de Tecnópolis en puntos estratégicos; como una forma de incentivar la vida económica de la ciudad, buscando que la gente tenga la posibilidad de desarrollar al máximo sus capacidades; formándose alrededor un núcleo poblacional que crezca ordenadamente.

Séptima. Si Tecnópolis representó una gran inversión pública, es necesario que las autoridades gubernamentales apoyen, y se apoyen en este desarrollo tecnológico. No es aceptable, desde el punto de vista educativo, social y económico, que un complejo tecnológico de tales magnitudes, no se impulse desde los diferentes sectores que participan en el desarrollo económico de nuestro país.

Tecnópolis puede convertirse en un espacio por excelencia que albergue y dé trabajo a científicos, investigadores y tecnólogos mexicanos, y promueva el desarrollo científico, tecnológico y la innovación desde nuestra nación, combatiendo así la “fuga de cerebros”, que significa que académicos, científicos y técnicos de primer nivel, egresados de universidades mexicanas, tienen que emigrar al extranjero en busca de oportunidades, logrando desarrollar tecnología para los grandes emporios y empresas líderes en productos tecnológicos; los cuales posteriormente son adquiridos por los gobiernos y empresas nacionales, a muy alto costo, no obstante que los desarrolladores fueron capacitados en México.

Octava. Que de acuerdo a los argumentos vertidos en las consideraciones anteriores es que los CC. Diputados que integran la Comisión que dictamina, reconocen que no hay posibilidades de desarrollo para México si no se genera una nueva vocación de empresarios, con una visión de empleadores en lugar de empleados, lo que nos lleva al compromiso de impulsar los proyectos que apoyen y fortalezca a los emprendedores y las microempresas, para que la economía del país le apueste a la generación de conocimiento y la constante innovación y se concentre a aquellos individuos que generan tal conocimiento, repercutiendo con ello en la productividad y competitividad del país.

Por las consideraciones expuestas la que dictamina somete a consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se haga un respetuoso exhorto al Ejecutivo federal y los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal para que se apoyen en la implantación de sus proyectos, desarrollo de obras públicas y auditorías, en las empresas comprendidas en el complejo de alta tecnología denominado Tecnópolis, creado por el Instituto Politécnico Nacional.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de mayo de 2010.

La Comisión de Ciencia y Tecnología, diputados:Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), presidente; Óscar Román Rosas González (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Rodolfo Lara Lagunas (rúbrica), secretarios; Pedro Ávila Nevárez (rúbrica), Ángel Aguirre Herrera (rúbrica), Nicolás Carlos Bellizia Aboaf (rúbrica), César Francisco Burelo Burelo, Germán Osvaldo Cortez Sandoval (rúbrica), Alejandro del Mazo Maza (rúbrica), José Alberto González Morales (rúbrica), Tomás Gutiérrez Ramírez (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica), Aarón Irízar López, José Francisco Javier Landero Gutiérrez (rúbrica), Óscar Lara Salazar (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Ana Luz Lobato Ramírez (rúbrica), Oralia López Hernández (rúbrica), Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), José Trinidad Padilla López (rúbrica), César Octavio Pedroza Gaitán (rúbrica), María Isabel Pérez Santos, Jorge Carlos Ramírez Marín, Jorge Romero Romero (rúbrica), Laura Margarita Suárez González (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica).»



CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA - SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Conacyt a elaborar con apoyo del Sistema Nacional de Investigadores un catálogo de problemas y necesidades nacionales y a establecer plazos máximos para su atención planificada y definitiva

Honorable Asamblea:

La Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88, y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de los miembros de esta honorable asamblea el dictamen de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología a elaborar, con apoyo del Sistema Nacional de Investigadores, un catálogo de problemas y necesidades nacionales y, a establecer plazos máximos para su atención planificada y definitiva, presentada por el diputado Francisco Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 5 de noviembre de 2009.

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el día 5 de noviembre de 2009, los secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de la proposición con punto de acuerdo que al rubro se cita, suscrita por el diputado Francisco Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio del derecho conferido por el artículo 58 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Ciencia y Tecnología”.

Contenido

El legislador propone:

• Exhortar al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) para que elabore, en coordinación con el Sistema Nacional de Investigadores un catálogo de problemas y necesidades nacionales y a su vez establezcan plazos máximos de atención.

Con base en lo anterior, los integrantes de esta comisión formulamos las siguientes:

Consideraciones

Primera. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología es responsable de elaborar las políticas de ciencia y tecnología en México y tiene como meta principal consolidar un Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología que responda a las demandas prioritarias del país, que dé solución a problemas y necesidades específicos mediante: una política de Estado en la materia, incrementar la capacidad científica y tecnológica del país y elevar la calidad, la competitividad y la innovación de las empresas.

Segunda. El Sistema Nacional de Investigadores tiene entre sus objetivos, promover y fortalecer por medio de la evaluación, la calidad de la investigación científica y tecnológica, así como de la innovación que se produce en el país, así mismo contribuir a la formación y consolidación de investigadores con conocimientos científicos y tecnológicos altamente calificados, como un elemento fundamental para incrementar la cultura, la productividad, la competitividad y el bien estar social.

Tercera. Si las políticas públicas se conciben como cadenas de acciones con objetivos comunes, orientados a la atención de las necesidades y expectativas sociales, que han de formularse conjuntamente con entre el gobierno y la sociedad, un insumo fundamental para hacer eficiente la formulación y consecuente evaluación de políticas públicas es la claridad y precisión en el conocimiento de los problemas que aquejan a la sociedad, no solamente a nivel nacional, sino regional y local. Es por ello que se considera indispensable aprovechar al máximo los recursos humanos especializados con que se cuenta en el Sistema Nacional de Investigadores, a fin de que participen en la estructuración y ordenación de las situaciones insatisfactorias que detienen el desarrollo y el crecimiento, y deterioran cada vez más la calidad de vida de un creciente número de mexicanos.

El análisis estructural de la problemática nacional, regional y local, con la identificación y definición de las relaciones causales que se puedan establecer entre los factores que determinan los problemas que se enfrentan actualmente, permitirá fundamentar con criterios científicos y datos duros la formulación de políticas públicas acordes con la realidad, a la vez que brindará la posibilidad de contar con parámetros válidos para dar seguimiento y evaluar su implementación y sus resultados.

Cuarta. Así, la tarea a que se conmina es el estudio y análisis de la realidad social, económica y política del país, su entorno y circunstancias, aplicando para ello diversos enfoques y metodologías de evaluación diagnóstica, de manera que se conozcan diferentes perspectivas de los actores directamente involucrados, los que son afectados directamente por los problemas y los que participan desde distintas trincheras en sus soluciones. Será importante que estos estudios tomen en cuenta los esfuerzos realizados en el pasado mediato e inmediato, para no caer en la repetición de estrategias que probaron su ineficacia. Estos estudios habrán de ser insumo básico para conformar un catálogo de problemas nacionales, regionales y estatales, que fortalezcan a las instituciones y sean útiles para la orientación de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación.

Quinta. Esta unidad de apoyo parlamentario coincide con el promovente en señalar que por la crisis que atraviesa nuestro país, es urgente que los investigadores de reconocido prestigio contribuyan a la elaboración, junto a la sociedad, de un catálogo de problemas y necesidades nacionales, para enfrentar las diferentes problemáticas y carencias que tiene la población en su conjunto.

Por lo anteriormente fundado, la que dictamina somete a la consideración de la asamblea el siguiente

Acuerdo

Primero. Se exhorta al Conacyt, con apoyo del Sistema Nacional de Investigadores, a elaborar un catálogo con prioridades de problemas y necesidades nacionales y a establecer plazos máximos para su atención planificada y definitiva.

Segundo. Que el Conacyt desarrolle un plan que garantice que los investigadores nacionales atiendan los problemas más prioritarios del país y desarrollen modelos repetibles aplicables a soluciones, que generen modelos a las diferentes condiciones socioeconómicas del país.

Tercero. Que el Conacyt defina los campos prioritarios del desarrollo tecnológico, dando prioridad a la alimentación, agua, ingreso, cuidado del medio ambiente, reducción de costos, incremento de productividad, energía, comunicaciones y salud.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 23 días del mes de  septiembre de 2010.

La Comisión de Ciencia y Tecnología, diputados:Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), presidente; Óscar Román Rosas González, Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Guadalupe Eduardo Robles Medina, Rodolfo Lara Lagunas (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera, Pedro Ávila Nevárez (rúbrica), Nicolás Carlos Bellizia Aboaf (rúbrica), Alejandro del Mazo Maza (rúbrica), José Alberto González Morales (rúbrica), Tomás Gutiérrez Ramírez (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza, Aarón Irízar López (rúbrica), José Francisco Javier Landero Gutiérrez (rúbrica), Óscar Lara Salazar (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Ana Luz Lobato Ramírez, Oralia López Hernández (rúbrica), Miguel Antonio Osuna Millán, José Trinidad Padilla López (rúbrica), César Octavio Pedroza Gaitán (rúbrica), María Isabel Pérez Santos (rúbrica), Jorge Carlos Ramírez Marín, Jorge Romero Romero, José Luis Velasco Lino (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica).»



FONDO DE COOPERACION EN CIENCIA Y TECNOLOGIA UNION EUROPEA-MEXICO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Conacyt a rendir un informe detallado del Fondo de Cooperación en Ciencia y Tecnología Unión Europea-México

Honorable Asamblea:

La Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39, numerales 1o. y 3o., y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 87 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

Primero. Con fecha 28 de abril de 2010, el diputado Martín García Avilés, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) a rendir un informe detallado sobre el Fondo de Cooperación Internacional en Ciencia y Tecnología.

Segundo. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la proposición con punto de acuerdo citado, para su estudio y dictamen, a la Comisión de Ciencia y Tecnología.

II. Contenido

El legislador propone exhortar al titular del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), Maestro Juan Carlos Romero Hicks a rendir un informe detallado del Fondo de Cooperación en Ciencia y Tecnología Unión Europea-México, especificando el nombre y número de beneficiarios, así como el monto invertido en ello y el estado que guarda a la fecha el mismo.

III. Consideraciones

Primera. En México la investigación científica y tecnológica es generadora de innovación y progreso, por ello el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), desde su creación en 1970, ha realizado diversos estudios e investigaciones en aras del progreso científico y educativo del país, contribuyendo a elevar el nivel de vida y bienestar de la población.

Segunda. El Conacyt realiza estudios en ciencias exactas, ciencias sociales, ciencias naturales, humanidades y cuenta con financiamiento de posgrado; sus áreas prioritarias y estratégicas son las tecnologías de información y las comunicaciones; la biotecnología; los materiales avanzados; el diseño y los proceso de manufactura; la infraestructura y el desarrollo urbano y rural.

Tercera. Para llevar a cabo las investigaciones, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología cuenta con fondos destinados por la administración pública federal como fondos mixtos conformados por estados y municipios, así como fondos internacionales, como el Fondo de Cooperación, entre los que destaca el proveniente de la Unión Europea.

Cuarta.El 8 de diciembre de 1997 se suscribió un acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Unión Europea y México. Dicho tratado, en su artículo 29, establece que la cooperación en ciencia y tecnología se centra en fomentar el intercambio de información y conocimientos especializados en ciencia y tecnología, misma que se realiza mediante proyectos de investigación conjunta.

Con base en lo anterior, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología suscribió un convenio de financiación específico con la Unión Europea para echar a andar un programa de cooperación para el fomento a la investigación científica y tecnológica entre la Unión Europea y México, que se instrumenta por medio del Fondo de Cooperación Internacional en ciencia y tecnología Unión Europea-México, con duración de cuatro años contados a partir del 2006 y la asignación de 20 millones de euros, proviniendo la mitad de la Comunidad Europea y la otra mitad del Conacyt.

Quinta. Cabe destacar que el aludido proyecto finaliza en diciembre del presente año y aún no se cuenta con información acerca de los montos que se han ejercido, ni quiénes han sido los beneficiarios, por lo cual es necesario se rinda un informe sucinto al respecto.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Ciencia y Tecnología, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), maestro Juan Carlos Romero Hicks, a rendir un informe detallado del Fondo de Cooperación en Ciencia y Tecnología Unión Europea-México, especificando el nombre y número de beneficiarios, así como el monto invertido en ello y el estado que guarda a la fecha el mismo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los diecinueve días del mes de mayo de 2010.

La Comisión de Ciencia y Tecnología, diputados:Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), presidente; Óscar Román Rosas González (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Rodolfo Lara Lagunas (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera (rúbrica), Pedro Ávila Nevárez (rúbrica), Nicolás Carlos Bellizia Aboaf (rúbrica), César Francisco Burelo Burelo, Germán Osvaldo Cortez Sandoval (rúbrica), Alejandro del Mazo Maza (rúbrica), José Alberto González Morales (rúbrica), Tomás Gutiérrez Ramírez (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica), Aarón Irízar López, José Francisco Javier Landero Gutiérrez (rúbrica), Óscar Lara Salazar (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Ana Luz Lobato Ramírez (rúbrica), Oralia López Hernández (rúbrica), Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), José Trinidad Padilla López (rúbrica), César Octavio Pedroza Gaitán (rúbrica), María Isabel Pérez Santos, Jorge Carlos Ramírez Marín, Jorge Romero Romero, Laura Margarita Suárez González (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica).»



ESTADO DE JALISCO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Jalisco a prevenir actos de intimidación y hostigamiento contra defensores de los poblados afectados por la construcción de la presa El Zapotillo

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 39, 45 numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 65, 87 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente dictamen.

Antecedentes

1. El 28 abril de 2010, el diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se reprueban los actos de intimidación del pasado 3 de abril en agravio a los ciudadanos que apoyan el movimiento contra la construcción de la presa El Zapotillo, en Jalisco.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la presente proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Derechos Humanos para estudio y dictamen.

Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

Reprobar los actos de intimidación realizados el pasado 3 de abril en contra de los ciudadanos opositores a la construcción de la presa El Zapotillo, y que el titular del gobierno del estado de Jalisco investigue estos hechos y se sancione a los responsables. Se respeten los derechos de los habitantes de las comunidades afectadas por dicha construcción, así como de los defensores y periodistas y organizaciones que apoyan el movimiento en contra de la presa. De igual manera, solicita que se acepte y se cumpla la recomendación 35/2009 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) y se cancele la construcción de ésta.

Consideraciones

A raíz de la construcción de la presa El Zapotillo muchos habitantes de los poblados de Temacapulín, Acasico y Parmalejo se han manifestado abiertamente en su contra e interpuesto múltiples quejas ante la CEDHJ, argumentando “posibles violaciones de los derechos a la legalidad, a la propiedad, al desarrollo y a la democracia por falta de participación en las decisiones gubernamentales”, ya que tienen la seguridad de que esa obra inundará en sus comunidades.

De igual manera, los pobladores han expresado en diversos medios de comunicación que han sido amedrentados e intimidados por funcionarios del gobierno del estado, por su rechazo a la construcción de la presa. El proponente narra algunas de esas acciones en el texto de su proposición.

En consecuencia, el pasado 31 de diciembre la CEDHJ emitió la recomendación número 35/2009, en la cual solicita, entre otros puntos, la suspensión inmediata de las obras.

El 22 de abril, el licenciado Fernando Guzmán, secretario general de gobierno de Jalisco, envió la negativa a dicha recomendación, argumentando que lo solicitado es de la competencia de Comisión Nacional del Agua y que, por tanto, ellos no tienen injerencia en el asunto.

Sin embargo, dicha recomendación pide al gobierno de Jalisco que

Tercera.Se abstengan de realizar cualquier acción que redunde en actos de hostigamiento en contra de pobladores y propietarios de fincas en Temacapulín, Acasico y Palmarejo, tendentes a la construcción de la presa El Zapotillo.

Cuarta. Se informe de manera pormenorizada, con base en una política de fluidez y transparencia en la información, sobre la participación que tienen los distintos órganos de la administración pública de Jalisco y asuman la representación integral en la mesa interestatal, poniendo especial interés en expresar el sentir de la población que pudiera resultar afectada.

(...)

Duodécima.Realice un diagnóstico sobre la situación que guardan las presas y represas de agua construidas en Jalisco durante los últimos cincuenta años, en el que se evalúe su funcionamiento y el impacto final que tuvieron en las comunidades involucradas.

Decimotercera.Gire instrucciones por escrito a todos los funcionarios públicos para que se respeten y se salvaguarden la integridad y seguridad de las personas que defienden derechos humanos y que, conforme lo dispone la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los grupos y las instituciones, de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, proporcionen los apoyos suficientes para que ejerzan su labor en condiciones pacíficas, de libertad, transparencia y acceso a la información, respeto y libres de violencia, amenazas, represalias, discriminación, presión o cualquier acción arbitraria por parte de servidores públicos.

Decimocuarta.Respeten la integridad corporal y la libertad y seguridad jurídica de los defensores de Temacapulín, Acasico y Palmarejo. Para ello deberán comprometerse, como garantes de los derechos de las distintas expresiones de la sociedad civil y sus líderes, a la participación activa en la toma de decisiones, a la organización social y libre derecho de manifestarse y difundir ideas, opiniones e información sin más limitaciones que las señaladas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por otra parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos salvaguarda la libertad de expresión y la libertad de asociación y reunión en los artículos 6 y 9 respectivamente.

Así, el artículo 6 constitucional menciona:

La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público.

Mientras que el artículo 9 establece lo siguiente:

No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la república podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada tiene derecho de deliberar.

No se considerará ilegal y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto, a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.

Estos derechos, además de estar considerados en la Carta Magna, se encuentran protegidos por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en los artículos 19 y 20, respectivamente.

Por tanto, los opositores a la construcción de la presa están en el pleno uso de sus derechos al manifestarse, siempre y cuando lo hagan de manera legal y pacífica, que el Estado tiene la obligación de respetar.

En virtud de lo anterior, los integrantes de esta comisión coinciden con el proponente y consideran que es imperativo que se salvaguarden los derechos humanos de los defensores de los poblados afectados por la construcción de la presa.

Por lo expuesto y fundamentado, esta Comisión de Derechos Humanos somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único.Se exhorta respetuosamente al gobierno de Jalisco a conciliar intereses con los ciudadanos opositores a la construcción de la presa El Zapotillo, y acepte la recomendación número 2939/2010, emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Jalisco.

Notas:

1 Información tomada de la recomendación número 35/2009 de la CEDHJ punto 55

2 Información proporcionada por la Tercera Visitaduría de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de septiembre de 2010.

La Comisión de Derechos Humanos, diputados:Rubén Ignacio Moreira Valdez, presidente; Sabino Bautista Concepción, Jaime Flores Castañeda, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Clara Gómez Caro, Rosi Orozco, Enoé Margarita Uranga Muñoz, secretarios; Velia Idalia Aguilar Armendáriz, María del Rosario Brindis Álvarez, Yulenny Guylaine Cortés León, Sami David David, Margarita Gallegos Soto, Martín García Avilés, Lizbeth García Coronado, Noé Fernando Garza Flores, Héctor Hernández Silva, Juan Pablo Jiménez Concha, Silvia Isabel Monge Villalobos, Jesús Alfonso Navarrete Prida, Silvia Esther Pérez Ceballos, Teresa Guadalupe Reyes Sahagún, Gloria Romero León, Florentina Rosario Morales, Jaime Sánchez Vélez, María Sandra Ugalde Basaldúa, Guadalupe Valenzuela Cabrales, J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbricas).»



PROGRAMA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivos de los 31 estados de la república carentes de planes de derechos humanos a elaborarlos y expedirlos para contribuir a los propósitos del programa nacional

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica; y 65, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. El 4 de marzo del 2010, el diputado Juan Pablo Escobar Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó una proposición con punto de acuerdo.

En la citada proposición se plantea la necesidad de que las 31 entidades federativas y el Distrito Federal elaboren sus respectivos programas en materia de derechos humanos para que toda la actividad pública se desarrolle con irrestricto respeto de los derechos humanos reconocidos a escala internacional.

2. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en la misma fecha, turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Derechos Humanos, para el análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición en estudio refiere la publicación en el Diario Oficial de la Federación del decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012.En este instrumento se establecen los objetivos, las estrategias y las líneas de acción que llevará a cabo la administración pública para garantizar el respeto de los derechos humanos.

Por ello, considera el proponente, las entidades federativas y el Distrito Federal deben elaborar sus programas en materia de derechos humanos, con el propósito de que los contenidos del Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012, con el desarrollado por las entidades federativas y el Distrito Federal, permitan “la consolidación del desarrollo del sistema democrático” en el país.

Consideraciones

El diputado proponente cita como temas fundamentales en el Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012

• La inclusión de una perspectiva de derechos humanos en las políticas públicas;

• La implantación de procedimientos de colaboración y coordinación entre los Poderes de la Unión y los órdenes de gobierno;

• La promoción y difusión de una cultura de derechos humanos; y

• La debida armonización legislativa.

Así como los cuatro objetivos:

1. Fortalecer la perspectiva de derechos humanos en la elaboración de las políticas públicas de la administración pública federal;

2. Fortalecer e institucionalizar mecanismos jurídicos y administrativos que garanticen la defensa y promoción de los derechos humanos;

3. Consolidar una cultura de respecto y defensa de los derechos humanos; y

4. Fortalecer el cumplimiento de las obligaciones internacionales derivadas de tratados e instrumentos jurídicos de derechos humanos y promover ese cumplimiento en los Poderes Legislativo y Judicial, y ante los tres órdenes de gobierno.

En la Declaración Universal de los Derechos Humanos se considera fundamental que los Estados miembros se comprometan “a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo de los derechos y de las libertades fundamentales” de la humanidad.

También establece como un “ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse [para que] las instituciones, [...] promuevan, [...] el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción”.

En la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto de San José, se establece en el artículo 2 que los Estados parte “se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades”.

Y de acuerdo con los Estados formados en federación, como en el caso de nuestro país, este instrumento dispone lo siguiente:

Artículo 28. Cláusula federal

1. [...]

2. Respecto a las disposiciones relativas a las materias que corresponden a la jurisdicción de las entidades componentes de la federación, el gobierno nacional debe tomar de inmediato las medidas pertinentes, conforme a su Constitución y sus leyes, a fin de que las autoridades competentes de dichas entidades puedan adoptar las disposiciones del caso para el cumplimiento de esta convención.

3. [...]

Como señala el diputado proponente, en el objetivo 2 del Plan Nacional de Derechos Humanos 2008-2012 –para el fortalecimiento e institucionalización de los mecanismos que garanticen la defensa y promoción de los derechos humanos–, se considera una “consolidación de mecanismos de colaboración y coordinación” no sólo del Poder Ejecutivo sino que, además, se requiere la suma de “los esfuerzos [...] de las entidades federativas y municipios”.

Lo anterior encuentra su aprobación plena en el convenio marco de coordinación en materia de derechos humanos que celebraron la Secretaría de Gobernación, las 31 entidades federativas y el gobierno del Distrito Federal, en cuyo instrumento se destaca la obligación compartida que tienen las autoridades del país para atender el carácter universal de los derechos humanos, basada en la “gran variedad de problemáticas particulares dependiendo de las distintas regiones o zonas del país”.

De manera específica se establece el principio de unidadcomo “la activa participación de las entidades federativas, los Poderes de la Unión y la sociedad civil [para que] participen activamente en la consolidación de una política de Estado en materia de derechos humanos”, en “un marco de respeto de la autonomía y soberanía de las partes integrantes de la federación”.

Respecto al programa de derechos humanos para el Distrito Federal, el 25 de agosto de 2009 fue presentado públicamente el Programa de Derechos Humanos. Se publicó al día siguiente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el acuerdo por el que se establece la obligatoriedad del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal para las dependencias, los órganos desconcentrados, las delegaciones y las entidades del Distrito Federal.

Por lo expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a consideración de la asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los titulares de los Poderes Ejecutivos de los 31 estados de la República que no cuenten con sus respectivos programas de derechos humanos a elaborarlos y expedirlos a fin de coadyuvar y fortalecer los propósitos establecidos en el Programa Nacional de Derechos Humanos.

Notas:

1 Artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2 Diario Oficial de la Federación. Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012, viernes 29 de agosto de 2008.

3 Diario Oficial de la Federación, viernes 9 de diciembre de 2005.

4 http://www.derechoshumanosdf.org.mx/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de septiembre de 2010.

La Comisión de Derechos Humanos, diputados:Rubén Ignacio Moreira Valdez, presidente; Sabino Bautista Concepción, Jaime Flores Castañeda, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Clara Gómez Caro, Rosa Adriana Díaz Lizama, Rosi Orozco, Enoé Margarita Uranga Muñoz, secretarios; Velia Idalia Aguilar Armendáriz, María del Rosario Brindis Álvarez, Yulenny Guylaine Cortés León, Sami David David, Margarita Gallegos Soto, Martín García Avilés, Lizbeth García Coronado, Noé Fernando Garza Flores, Héctor Hernández Silva, Juan Pablo Jiménez Concha, Silvia Isabel Monge Villalobos, Jesús Alfonso Navarrete Prida, Silvia Esther Pérez Ceballos, Teresa Guadalupe Reyes Sahagún, Gloria Romero León, Florentina Rosario Morales, Jaime Sánchez Vélez, María Sandra Ugalde Basaldúa, Guadalupe Valenzuela Cabrales, J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbricas).»



TRATA DE PERSONAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales a expedir una ley para prevenir y sancionar la trata de personas, y a armonizar su marco jurídico en la materia

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 65, 87, 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. El 8 de octubre, la diputada Silvia Esther Pérez Ceballos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó una proposición con punto de acuerdo, suscrita también por diversas diputadas y diputados integrantes de los distintos grupos parlamentarios.

La diputada proponente solicita se exhorte a los congresos locales a afecto de que expidan una ley para prevenir y sancionar la trata de personas así como para que armonicen su marco jurídico penal de acuerdo a la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.

2. En la misma fecha, la presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, turnó la citada proposición a la Comisión Derechos Humanos para su estudio y dictamen.

Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición en estudio, señala que la trata de personas constituye uno de los delitos “más redituables a nivel mundial”, con presencia en 155 países. Y México representa “un país de origen, tránsito, y destino para la trata de personas, con los propósitos de explotación sexual y del trabajo forzado”.

La diputada proponente enlista los diversos instrumentos internacionales suscritos por nuestro país, relacionados con la trata de personas. Sin embargo, a pesar de los compromisos internacionales contraídos, refiere que en diversas entidades federativas, existen discrepancias en la tipificación de este delito y no sólo eso, sino que además no se encuentra contemplada de manera integral, la atención a las víctimas.

La finalidad del exhorto propuesto es contribuir a la solución de estas carencias.

Consideraciones

La trata de personas en nuestro país constituye uno de los delitos que más ha crecido recientemente, razón por la cual nuestro país suscribió la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen Organizado Transnacional, el 13 de diciembre del 2000. Así como también firmó el Protocolo de Palermo, emanado del citado instrumento internacional.

Concretamente, el término de trata de personas se define como:

“la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas, recurriendo el uso de la fuerza u otras formas de coacción, el rapto, el fraude, el engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, para propósitos de explotación, incluirá como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”.

Con la definición del tipo penal antes citado, quedan claros los elementos que el delito de trata de personas conlleva; sin embargo, en México la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, como lo refiere la diputada proponente, ha sido incorporada a nuestra legislación de manera inconsistente, provocando así un difícil acceso a la justicia y, por ende, un estado de indefensión a las víctimas.

Mónica Salazar, coordinadora del colectivo Contra la Trata de Personas en México, refiere que “el tipo penal que contempla es muy general y amplio, lo que dificulta a los ministerios públicos, al momento de integrar la averiguación previa, comprobar los medios y las finalidades con los que las personas han sido sometidas a la trata en cualquiera de sus formas.”

Para esta misma investigadora, la integración de la averiguación previa de este delito es compleja y con motivo de la falta de conocimiento amplio del tipo, se acusa por otro delito, ya sea que el tipo penal descrito en la norma local difiera de la señalada en la Ley de Trata, motivo por el cual en ocasiones se persigue otro delito parecido, mismo que en ocasiones posee una penalidad más baja.

La oficina de la alta comisionada en México ha señalado que el estado debe articular una política pública integral. Además de la ausencia de programas y políticas especializadas, el perfil poco especializado de las y los funcionarios designados, son situaciones que el estado debe superar.

De conformidad con el pacto federal, esta dictaminadora considera necesario armonizar la norma interna de conformidad con los estándares internacionales.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la honorable Asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único.Se exhorta respetosamente a los congresos locales a efecto de que, aquellos que no lo hayan hecho, expidan una ley para prevenir y sancionar la trata de personas o, en su caso, que armonicen su marco jurídico penal de acuerdo a Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.

Notas:

1. 1 http://www.cencos.org/es/node/22649

2. 2 Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Informe sobre la Situación de las y los Defensores de Derechos Humanos en México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de septiembre de 2010.

La Comisión de Derechos Humanos, diputados:Rubén Moreira Valdez (rúbrica), presidente; Sabino Bautista Concepción (rúbrica), Jaime Flores Castañeda (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Clara Gómez Caro (rúbrica), Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), Rosi Orozco (rúbrica), Enoé Margarita Uranga Muñoz (rúbrica), secretarios; Velia Idalia Aguilar Armendáriz (rúbrica), María del Rosario Brindis Álvarez (rúbrica), Yulenny Guylaine Cortés León (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Margarita Gallegos Soto (rúbrica), Martín García Avilés (rúbrica), Lizbeth García Coronado (rúbrica), Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Héctor Hernández Silva (rúbrica), Juan Pablo Jiménez Concha (rúbrica), Silvia Isabel Monge Villalobos (rúbrica), Jesús Alfonso Navarrete Prida (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (rúbrica), Gloria Romero León (rúbrica), Florentina Rosario Morales, Jaime Sánchez Vélez (rúbrica), María Sandra Ugalde Basaldúa (rúbrica), Guadalupe Valenzuela Cabrales (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica).»



SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol a aplicar por Diconsa, SA, un programa anual de compras basado en el sistema de licitación pública con las condicionantes de calidad, peso y empaque que dicha dependencia determine

Honorable Asamblea:

La Comisión de Desarrollo Social de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica; 56, 60, 64, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 38, segundo párrafo, de las normas relativas al funcionamiento de las comisiones y de los comités de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

La Mesa Directiva de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el oficio número DGPL 61-II-6-109, de fecha 10 de noviembre de 2009, turnó a la Comisión de Desarrollo Social, para estudio y dictamen, el expediente número 630, que contiene proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) a instaurar mediante la empresa de participación estatal mayoritaria denominada Diconsa, SA, un programa anual de compras basado en el sistema de licitación pública con las condicionantes de calidad, peso y empaque que dicha secretaría determine, permitir el desarrollo de nuevos agentes económicos regionales, licitando las compras para que sean entregados en los centros de distribución de la institución, presentada por la diputada Alba Leonila Méndez Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la sesión de la misma fecha.

El 20 de noviembre de 2009, el diputado Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, presidente de la Comisión de Desarrollo Rural, solicitó a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados ampliar el turno a la Comisión de Desarrollo Rural, en virtud de que la proposición tiene relación con el mandato de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable de promover el desarrollo regional, por lo que es de interés de la citada comisión participar en el análisis y dictamen del referido punto de acuerdo.

Mediante el oficio número DGPL 61-II-6-0133, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados notificó la modificación del trámite dictado e incluir la opinión de la Comisión de Desarrollo Rural en el dictamen del punto de acuerdo referido.

Con estos antecedentes, la comisión realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo referida, a fin de valorar su contenido y deliberar el sentido del dictamen que hoy se presenta con las siguientes

Consideraciones

I. La diputada Alba Leonila Méndez Herrera señala en la proposición con punto de acuerdo que Diconsa, SA de CV, tiene como finalidad coadyuvar al fomento del desarrollo económico y social del país, garantizando el abasto de productos básicos y complementarios no perecederos a precios competitivos, a fin de que se satisfaga la demanda de la población en pobreza extrema, mediante su participación organizada.

II. La diputada apunta que de los objetivos de Diconsa destacan los siguientes:

I. Garantizar el abasto de productos básicos y complementarios no perecederos a precios competitivos, a fin de que se satisfaga la demanda de la población en pobreza extrema, situada en zonas de alta y muy alta marginación, de difícil acceso y sin fuentes alternativas de abasto, mediante su participación organizada.

II. Organizar, administrar y operar sucursales o unidades operativas, así como de almacenes y puntos de venta destinados a la comercialización de los bienes de consumo necesario para la alimentación de los sectores de la población objetivo.

III. Promover y organizar la participación de la comunidad para propiciar la corresponsabilidad en los programas a cargo de la empresa.

IV. Impulsar la modernización del mercado de los bienes de consumo necesario para la alimentación de los sectores de la población objetivo.

V. Ampliar la cobertura de puntos de venta y almacenes, en la medida en que persistan problemas de competencia en los mercados rurales de las localidades objetivo, y particularmente en los lugares donde no exista presencia alguna de oferta de productos.

VI. Participar con las instituciones de gobierno o particulares en programas de abasto y distribución de productos, en beneficio de los grupos más vulnerables y cuando se presenten situaciones de urgencia o desastre.

III. La legisladora hace énfasis en que el precio estatal sectorizado en la Secretaría de Desarrollo Social tiene como misión abastecer de los productos básicos a las zonas más alejadas del país a precios competitivos que permitan que las poblaciones más marginadas adquieran los bienes de consumo a precios suficientemente accesibles en comparación con el resto de los consumidores.

IV. La diputada afirma que los sistemas de compras de Diconsa, aunque transparentes, no han logrado desarrollar agentes económicos que fortalezcan las economías regionales, ya que generalmente se compra a nivel central sin que haya una participación puntual de las economías locales.

V. La Mesa Directiva de esta soberanía concedió a la Comisión de Desarrollo Rural una ampliación de turno a efecto de emitir su opinión sobre el tema de la proposición con punto de acuerdo en comento, debido a su estrecha relación con el desarrollo rural del país. En términos de lo establecido en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, se considera de interés público el desarrollo rural sustentable que incluye la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, y de los demás bienes y servicios, y todas las acciones tendentes a la elevación de la calidad de vida de la población rural, según establece el artículo 26 de la Carta Marga.

VI. En la opinión turnada por la Comisión de Desarrollo Rural se aprueba y respalda el planteamiento de la legisladora proponente, considerando que de hacerse posible la instauración de un programa anual de compras basado en el sistema de licitación pública con las condiciones de calidad, peso y empaque que la Sedesol determine, se permitirá el desarrollo de nuevos agentes económicos regionales, quienes estarían en posibilidad de ser abastecedores de los centros de distribución de Diconsa, con ello se podrían generar empleos y se facilitaría el acceso a los productos básicos y complementarios no perecederos a sus precios competitivos en las regiones del país más apartadas , elevando la calidad de vida en el sector rural.

VII. La Comisión de Desarrollo Social concuerda con los puntos fundados y motivados de la legisladora y con la opinión de la Comisión de Desarrollo Rural, en el sentido de impulsar mecanismos que permitan el desarrollo de nuevos agentes productivos en las regiones. Esquemas de producción y distribución ágiles contribuirán con la creación de mejores condiciones económicas y con ellas mejorar la calidad de vida y las expectativas de la población rural en beneficio del desarrollo social en el país.

VIII. Por lo expuesto, la Comisión de Desarrollo Social, en la reunión plenaria del 8 de septiembre del presente año, consideró procedente el punto de acuerdo en comento.

Con base en los antecedentes expuestos y en virtud de las consideraciones realizadas, la Comisión de Desarrollo Social somete a consideración de esta asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a aplicar mediante la empresa de participación estatal mayoritaria denominada Diconsa, SA, un programa anual de compras basado en el sistema de licitación pública con las condicionantes de calidad, peso y empaque que la Secretaría de Desarrollo Social determine para que, de esa forma, permita el desa-rrollo de nuevos agentes económicos regionales, licitando las compras para que sean entregados en los centros de distribución de la institución.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2010.

La Comisión de Desarrollo Social, diputados:José Francisco Yunes Zorrilla (rúbrica), presidente; Aarón Irízar López (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas (rúbrica), Maricela Serrano Hernández (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Jesús Gerardo Cortez Mendoza (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Jesús Giles Sánchez Morelos (rúbrica), Hugo Héctor Martínez González, Gerardo Sánchez García, Sergio Octavio Germán Olivares, Martín García Avilés, Elsa María Martínez Peña (rúbrica), secretarios; Alfonso Primitivo Ríos, Esteban Albarrán Mendoza (rúbrica), Jesús Ricardo Enríquez Fuentes (rúbrica), Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Adriana Terrazas Porras (rúbrica), José Óscar Aguilar González (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston, Héctor Hugo Hernández Rodríguez, Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Enrique Torres Delgado (rúbrica), Samuel Herrera Chávez, Carlos Flores Rico, Bélgica Nabil Carmona Cabrera.»



MIGRANTES

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol a realizar estudios para medir y comprobar el impacto producido por la crisis económica mundial y el índice de desempleo de los migrantes repatriados por dicha causa

Honorable Asamblea:

La Comisión de Desarrollo Social de la LXI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica; y 56, 60, 64, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 38, segundo párrafo, de las normas relativas al funcionamiento de las comisiones y de los comités de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

La Comisión de Desarrollo Social de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos fue instalada el 6 de octubre de 2009.

La Mesa Directiva de la LXI Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el oficio número DGPL 61-II-4-310, de fecha 9 de febrero de 2010, turnó a la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados, para estudio y dictamen, el expediente número 1272, que contiene proposición punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y a la Comisión de Desarrollo Social de esta soberanía a crear un programa especial en apoyo de migrantes que por la crisis económica mundial quedaron sin empleo y están de vuelta en el país, a cargo del diputado Samuel Herrera Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la sesión de la misma fecha.

Con estos antecedentes, la comisión realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo referida, a fin de valorar su contenido y deliberar el sentido del dictamen que hoy se presenta, con las siguientes

Consideraciones

I. La proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Herrera Chávez plantea que un gran porcentaje de las familias zacatecanas tiene como única fuente de ingresos los recursos económicos de las divisas provenientes de Estados Unidos de América. La falta de aseguramiento en las condiciones mínimas y fundamentales para la satisfacción de necesidades como educación, salud, alimentación, vivienda y trabajo implica el problema migratorio, igual que la limitación de oportunidades para las generaciones actuales y las futuras.

II. El legislador opina que a causa de la crisis económica mundial suscitada el año anterior, ha regresado al país una gran cantidad de migrantes que, repentinamente, al quedar desempleados, están padeciendo mucho más de lo que ya de por sí nos cuesta a todos recuperarnos de tan lamentables acontecimientos. Lo anterior incrementa la necesidad de generar urgentemente un mayor número de empleos, por lo cual es primordial poner en marcha un programa especial en apoyo de los migrantes repatriados.

III. Con estos argumentos, el diputado Herrera Chávez propone destinar recursos económicos del ramo 20 y celebrar los convenios de coordinación a que haya lugar con la Sedesol, a fin de impulsar el trabajo corresponsable entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo federales que permita coadyuvar en la superación de la problemática planteada.

IV. En conclusión, el diputado Herrera Chávez propone 1. Exhortar a la Sedesol y a la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados realizar en sus respectivos ámbitos de competencia los estudios a que haya lugar a efecto de medir y comprobar el efecto producido por la crisis económica mundial y el índice de desempleo de los migrantes repatriados por dicha causa; y 2. Crear un programa especial y el destino de recursos económicos del ramo 20 que permita lograr la solución a esta problemática.

V. La Comisión de Desarrollo Social está parcialmente de acuerdo con los resolutivos propuestos por el legislador, toda vez que no tiene capacidad para realizar los estudios de impacto señalados y no concuerda con la creación de un programa especial, que implicaría un impacto presupuestal considerable. Sin embargo, se estima importante y válida la preocupación del legislador proponente por impulsar estudios que permitan conocer el efecto del desempleo en los migrantes mexicanos.

Con base en los antecedentes expuestos y en virtud de las apreciaciones realizadas, la Comisión de Desarrollo Social somete a consideración de esta asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a realizar en su ámbito de competencia los estudios a que haya lugar a efecto de medir y comprobar el efecto producido por la crisis económica mundial y el índice de desempleo de los migrantes repatriados por dicha causa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de agosto de 2010.

La Comisión de Desarrollo Social, diputados: José Francisco Yunes Zorrilla (rúbrica), presidente; Aarón Irízar López (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas (rúbrica), Maricela Serrano Hernández, María Elena Perla López Loyo, Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Jesús Gerardo Cortez Mendoza (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano, Hugo Héctor Martínez González (rúbrica), Gerardo Sánchez García, Sergio Octavio Germán Olivares (rúbrica), Martín García Avilés (rúbrica), Elsa María Martínez Peña (rúbrica), secretarios; Alfonso Primitivo Ríos, Esteban Albarrán Mendoza, Jesús Ricardo Enríquez Fuentes, Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbrica), Jesús Giles Sánchez Morelos (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, José Óscar Aguilar González, Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Héctor Hugo Hernández Rodríguez, Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Enrique Torres Delgado (rúbrica), Samuel Herrera Chávez, Carlos Flores Rico (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Bélgica Nabil Carmona Cabrera.»



ADULTOS MAYORES

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a impulsar la creación de un programa social de instauración de estancias de día para los adultos mayores del país

Honorable Asamblea:

La Comisión de Desarrollo Social de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica; y 56, 60, 64, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 38, segundo párrafo, de las normas relativas al funcionamiento de las comisiones y de los comités de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

La Comisión de Desarrollo Social de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos fue instalada el 6 de octubre de 2009.

La Mesa Directiva de la LXI Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el oficio número DGPL 61-II-5-583, de fecha 11 de marzo de 2010, turnó a la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados, para estudio y dictamen, el expediente número 1561, que contiene proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Desarrollo Social (Sedesol) a impulsar la creación de un programa social de instauración de estancias de día para los adultos mayores del país, presentada por la diputada María Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la sesión de la misma fecha.

Con estos antecedentes, la comisión realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo referida, a fin de valorar su contenido y deliberar el sentido del dictamen que hoy se presenta, con las siguientes

Consideraciones

I. En la proposición con punto de acuerdo en comento, la legisladora García Gómez plantea que en el país, una de las poblaciones que se encuentra en situación de mayor vulnerabilidad es sin duda la de adultos mayores. El envejecimiento de la población es un fenómeno mundial cuyas características afectan directamente a las personas, las familias, las comunidades y prácticamente a todos los sectores del gobierno y la sociedad.

II. Para ella, el proceso de envejecimiento es el resultado de la interacción de diversos factores, entre los que se incluyen biológicos, psicológicos y sociales, que se complican al vincularse también con la aparición de sintomatologías que contribuyen en gran medida a la pérdida de capacidades. Ello representa en muchos casos una carga social y económica para quienes los rodean, sobre todo en grupos familiares donde se ha perdido la dimensión del papel tradicional del adulto mayor como consejero y poseedor de experiencia.

III. La legisladora sostiene que las situaciones de desventaja que viven los adultos mayores va desde lo económico hasta lo afectivo. En muchos casos, estas personas son víctimas de abandono, maltrato y marginación. Aun en el seno familiar, el despojo, las agresiones y la violencia son parte del esquema de vulnerabilidad que caracteriza la vida cotidiana de nuestros adultos mayores. La anterior es una realidad socialmente reconocida. Así lo muestra la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México, realizada por la Sedesol y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, cuyo objetivo fue investigar la percepción que tienen los ciudadanos en México respecto a la discriminación hacia algunos grupos poblacionales específicos, uno de los cuales fueron los adultos mayores.

IV. La legisladora opina que el país se encuentra en un proceso de transición demográfica en el que la presencia de personas mayores de 60 años es creciente. Según el Consejo Nacional de Población, este grupo crece más rápidamente desde hace 20 años y, en proyección, duplicará su tamaño en menos de dos décadas. Mientras la población nacional crece a una tasa anual de 1.02 por ciento, las personas con 60 años o más se incrementan en 3.6. En 2005 residían en territorio nacional 8 millones 188 mil 898 adultos mayores, que representan 7.7 por ciento de la población. Esta proporción llegará a 15.8 por ciento en 2025 y a 28.0 en 2050.

V. De lo anterior se desprende que en un corto plazo la atención de los adultos mayores generará un problema más para gran número de familias, que se suma al vertiginoso empobrecimiento que han sufrido más de 50 por ciento de los hogares mexicanos que viven en pobreza. A esto debemos agregar que las mujeres son las históricas cuidadoras de personas mayores y de los niños. Ellas también están incorporadas al trabajo remunerado para aportar a la economía familiar, por lo que el cuidado de adultos resulta materialmente imposible.

VI. La legisladora plantea que la sociedad mexicana en su conjunto debe asumir la nueva realidad que demanda soluciones colectivas y públicas para generar apoyos sociales que permitan mayor desarrollo para las mujeres, así como formular la creación de condiciones seguras y dignas que permitan a los adultos mayores disfrutar plenamente de sus últimos años de vida. Por ello solicita la creación de un programa social de instauración de estancias de día para los adultos mayores del país. En esas instancias, deberá contarse con espacios físicos adecuados donde los adultos mayores desarrollen actividades que les permitan incentivar sus capacidades motrices e intelectuales, y además puedan convivir con otras personas de la misma edad.

VII. En las estancias de día se proporcionarán y fomentarán opciones a los adultos mayores para la ocupación creativa y productiva del tiempo libre mediante actividades culturales, deportivas, recreativas y de estímulo, el autocuidado y la salud. Otro aspecto que debe ser básico y fundamental es la promoción de la dignificación de esta etapa de la vida. En estos espacios se atenderá a los adultos mayores únicamente de día para que por la tarde regresen con sus familiares, lo que permitirá mantener integrado el conjunto de la familia, y que sus tutores o familiares puedan realizar sus tareas y responsabilidades cotidianas sin la limitación o la preocupación por el bienestar y la seguridad de su adulto mayor.

VIII. La legisladora señala que pese a la existencia de varios de estos centros por la instancia gubernamental encargada de la atención de esta población, su número es muy reducido e insuficiente para brindar ahora la cobertura requerida y la del futuro, ya que según las estadísticas poblacionales se incrementará considerablemente.

IX.El artículo 11 de la Ley General de Desarrollo Social señala entre los objetivos de la política nacional de desa-rrollo social propiciar condiciones que aseguren el disfrute de los derechos sociales, individuales o colectivos, garantizando el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusión social. La Comisión de Desa-rrollo Social considera muy importante la atención de este grupo vulnerable, con un sentido de justicia y reconocimiento social.

X.Debido a lo fundado, en la reunión plenaria del 12 de agosto del año en curso la Comisión de Desarrollo Social acordó dictaminar la procedencia del punto de acuerdo de la diputada María Elena García Gómez.

Con base en los antecedentes expuestos y en virtud de las apreciaciones realizadas, la Comisión de Desarrollo Social somete a consideración de esta asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a impulsar la creación de un programa social de instauración de estancias de día para los adultos mayores del país, dentro de las posibilidades presupuestales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de agosto de 2010.

La Comisión de Desarrollo Social, diputados: José Francisco Yunes Zorrilla (rúbrica), presidente; Aarón Irízar López (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas (rúbrica), Maricela Serrano Hernández, María Elena Perla López Loyo, Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Jesús Gerardo Cortez Mendoza (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano, Hugo Héctor Martínez González (rúbrica), Gerardo Sánchez García, Sergio Octavio Germán Olivares (rúbrica), Martín García Avilés (rúbrica), Elsa María Martínez Peña (rúbrica), secretarios; Alfonso Primitivo Ríos, Esteban Albarrán Mendoza, Jesús Ricardo Enríquez Fuentes, Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbrica), Jesús Giles Sánchez Morelos (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, José Óscar Aguilar González, Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Héctor Hugo Hernández Rodríguez, Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Enrique Torres Delgado (rúbrica), Samuel Herrera Chávez, Carlos Flores Rico (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Bélgica Nabil Carmona Cabrera.»



ESTADO DE CHIHUAHUA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Energía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Energía a tomar medidas para que Pemex reduzca en la temporada invernal 2010-2011 el precio del gasóleo, del gas LP y del gas natural en Chihuahua

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Energía somete a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

I. Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria celebrada en fecha 6 de octubre de 2009, se dio cuenta a la asamblea de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, de la proposición con punto de acuerdo de la diputada Adriana Terrazas Porras, para exhortar a la titular de la Secretaría de Energía a adoptar las medidas conducentes a efecto de que Petróleos Mexicanos otorgue a los consumidores en el estado de Chihuahua un descuento de 40 por ciento al gasóleo doméstico, al gas LP y al gas natural para el periodo que comprende del 1 de noviembre de 2009 al 31 de marzo de 2010.

Segundo. En esa misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Energía”.

II. Contenido y objetivo de la proposición

Inicia la diputada Terrazas señalando que la posición geográfica de Chihuahua da como resultado un clima desértico y sumamente extremoso, que provoca que se presenten temperaturas de hasta 45 grados centígrados en verano y de 20 grados bajo cero en invierno en algunas regiones del estado.

Las condiciones climatológicas de la entidad generan diversos problemas en la salud, lo que provoca ausentismo escolar y laboral y deterioran la economía de las familias chihuahuenses, entre las que podemos señalar los siguientes:

En lo que toca a la repercusión en la salud, el número de personas hospitalizadas por enfermedades respiratorias agudas y por hipotermia, en cada ciclo invernal, es superior a las 750 personas y provoca alrededor de 75 defunciones.

Agrega la diputada proponente que por estas condiciones, el gasóleo, el gas LP y el gas natural son productos de alto consumo en los hogares chihuahuenses, sobre todo en la temporada otoño-invierno.

Desafortunadamente, el esquema de precios de dichos productos, señala la diputada Terrazas, obedece al fenómeno económico oferta-demanda, ocasionando con esto el encarecimiento en los energéticos para uso doméstico. El costo mensual promedio de los diferentes energéticos de uso doméstico representa en verano una carga importante para la economía familiar, que se agrava en la temporada invernal.

Menciona la diputada Terrazas que se han realizado estudios en relación con el impacto que estos costos tienen en los hogares chihuahuenses, los cuales concluyen que con un descuento del 40 por ciento en el precio de los combustibles se podría atenuar sensiblemente este impacto.

Por las razones expuestas, la diputada Terrazas Porras propone el siguiente acuerdo:

“Único.La Cámara de Diputados exhorta a la titular de la Secretaría de Energía a adoptar las medidas conducentes a efecto de que Petróleos Mexicanos otorgue a los consumidores en el estado de Chihuahua un descuento de 40 por ciento al gasóleo doméstico, al gas LP y al gas natural para el periodo que comprende del 1 de noviembre de 2009 al 31 de marzo de 2010.”

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición, los miembros de las Comisión de Energía de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen exponen las siguientes

III. Consideraciones

Primera. La Comisión de Energía concuerda con la motivación y las razones expuestas por la diputada Adriana Terrazas Porras y considera que le asiste la razón al proponer el acuerdo descrito en el apartado anterior y que aquí es objeto de dictamen.

Segunda. La Comisión de Energía sin embargo, puntualiza los siguientes elementos de la legislación vigente, mismos que son pasados por alto en la proposición que aquí se dictamina:

• La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la instancia del gobierno federal encargada de “...establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía y con la participación de las dependencias que correspondan...”

• Petróleos Mexicanos no realiza ventas al consumidor final. Las ventas –ventas de primera mano– las hace a los grandes distribuidores de petrolíferos o a las estaciones de servicio y distribuidores de combustibles, como se define en el artículo 14 Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.

• Las diversas disposiciones que componen el marco jurídico en torno a la formulación del precio al usuario final de los energéticos indicados por la diputada Terrazas involucra la participación de instancias dependientes del Ejecutivo federal como son las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Energía; de Economía; así como la intervención de la Comisión Reguladora de Energía y de Petróleos Mexicanos.

• En los últimos años, se ha venido sujetando al gas licuado de petróleo a precios máximos de venta de primera mano y a usuarios finales, mediante diversos decretos expedidos por el Ejecutivo federal el 12 de marzo y 5 de septiembre de 2001; 4 de septiembre de 2002; 27 de febrero de 2003; 1 de enero y 28 de diciembre de 2007; 29 de diciembre de 2008 y 9 de enero de 2009.

En virtud de lo anterior, los integrantes de esta comisión dictaminadora consideran que si bien ha de aprobarse el punto de acuerdo propuesto por la diputada Adriana Terrazas Porras, la redacción debe modificarse a fin de distinguir adecuadamente la instancia en cuyo ámbito recae la facultad de modificar los precios de los energéticos que la proponente señala como objeto de reducción.

Por lo antes expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Energía de la LXI Legislatura, sometemos a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía y de Economía; así como de la Comisión Reguladora de Energía y Petróleos Mexicanos, realice las gestiones necesarias a efecto de que el precio al consumidor final del gasóleo doméstico, el gas LP y el gas natural en el estado de Chihuahua se reduzca para el periodo de la temporada invernal 2010-2011, a partir del 1 de noviembre de 2010.

Palacio Legislativo de San Lázaro, septiembre de 2010.

La Comisión de Energía, diputados:Felipe de Jesús Cantú Rodríguez (rúbrica), presidente; Ramón Ramírez Valtierra, José del Pilar Córdova Hernández, Guillermo Raúl Ruiz de Teresa (rúbrica), Sergio Lorenzo Quiroz Cruz (rúbrica), Ivideliza Reyes Hernández (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Juan Gerardo Flores Ramírez, Eduardo Mendoza Arellano (rúbrica), Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), Pedro Jiménez León, Tomás Gutiérrez Ramírez (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Canek Vázquez Góngora, José Luis Soto Oseguera, Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino, Alfredo Villegas Arreola, Luis Antonio Martínez Armengol (rúbrica), Genaro Mejía de la Merced, Éric Luis Rubio Barthell, Miguel Martín López, Alfredo Javier Rodríguez Dávila, Nelly del Carmen Márquez Zapata (rúbrica), César Octavio Pedroza Gaitán (rúbrica), Elsa María Martínez Peña (rúbrica), Obdulia Magdalena Torres Abarca (rúbrica), Ramón Jiménez López, (rúbrica), César Francisco Burelo Burelo. Jesús Everardo Villarreal Salinas (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas.»



GRANJAS ACUICOLAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua a agilizar y facilitar la realización de los trámites de impacto ambiental, particularmente de proyectos de granjas acuícolas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnado para estudio y elaboración del dictamen correspondiente el expediente número 1001, que contiene la proposición con punto de acuerdo para exhortar al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y al director general de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) a agilizar y facilitar la realización de los trámites de estudio y manifestación de impacto ambiental, presentada por el diputado Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgánica; y 60, 88, 95 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de la asamblea el presente punto de acuerdo, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 15 de diciembre del 2009, el diputado Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del PRI, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares de la Semarnat y de la Conagua a agilizar y facilitar la realización de los trámites de estudio y manifestación de impacto ambiental.

Segundo. En la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud del diputado Jiménez Merino, quien manifiesta en el punto de acuerdo que la acuacultura que es una de las actividades económicas más importantes a escala internacional para garantizar la seguridad alimentaria de la población mundial, mas están limitadas y obstaculizadas sus actividades en el país a consecuencia de la tramitología a que han de someterse los productores, particularmente para obtener la certificación de impacto ambiental, por los elevados costos que esto representa y lo complejo y retardado de dicho proceso.

En virtud de lo anterior, el diputado promovente sugiere el siguiente resolutivo:

Único. Se exhorta al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al director general de la Comisión Nacional del Agua a agilizar y facilitar la realización de los trámites de estudio y manifestación de impacto ambiental, con objeto de que un número mayor de acuicultores puedan realizar los trámites conducentes que les permitan obtener la manifestación de impacto ambiental, la cual incentivará la existencia de un número mayor de granjas acuícolas en el país.

En atención de dicha solicitud, la comisión legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar el análisis.

La evaluación de impacto ambiental (EIA) ha sido uno de los instrumentos de política ambiental más conocidos y utilizados a escala internacional, impulsado de forma relevante por instrumentos jurídicos internacionales vinculantes y no vinculantes. El principio 17 de la Declaración de Río dispuso que cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto negativo considerable en el ambiente y que esté sujeta a la decisión de una autoridad nacional competente deberá sujetarse a una evaluación del impacto ambiental, en la calidad de instrumento nacional.

En México, este instrumento de política ambiental de carácter preventivo fue incorporado en el sistema jurídico en la Ley Federal de Protección al Ambiente y retomado en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), disposiciones que fueron reformadas sustancialmente en 1996.

La EIA como procedimiento administrativo por desahogar para obtener la autorización de impacto ambiental ha sido definida por el doctor José Juan González Márquez como un instrumento de política ambiental de carácter preventivo que asume la forma de procedimiento administrativo, de carácter sui géneris, determinante en la preservación y calidad del medio ambiente.

Otros investigadores, como José Antonio Razquín Lizárraga, ha asignado otras características a dicho procedimiento administrativo, pues “la EIA no es, empero, cualquier evaluación o técnica de protección ni cualquier procedimiento de carácter ambiental, sino que para ser considerada tal ha de estar adornada de una específica conformación... De esa suerte, la EIA es un instrumento preventivo de protección ambiental de carácter procedimental con participación del público interesado y dictamen de la autoridad ambiental que incorpora la ponderación de la variable ambiental a la decisión de aprobación o autorización de determinados proyectos que tienen repercusiones significativas sobre el ambiente. Lo adornan, por tanto, las notas siguientes: fundamental, protectora, preventiva, procedimental, técnica, participativa y ambiental”.

Resulta evidente que la EIA que permitirá en su momento y previo agotamiento del procedimiento administrativo correspondiente la obtención de la autorización de impacto ambiental es un procedimiento preventivo en el cual la intervención de los particulares, la imposición de condicionantes o modificaciones en la actividad o proyecto sujeto a análisis son determinantes para evitar posibles daños al ambiente.

En ese sentido, el particular que pretenda realizar obras o actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los limites y las condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente deberán someterse a estudio y valoración ante la Semarnat a efecto de obtener una autorización.

Para el análisis de los proyectos y la emisión de la resolución correspondiente, la secretaría tiene un plazo de 60 días, contados a partir de la recepción de la manifestación de impacto ambiental. El plazo puede suspenderse en caso de que se notifique algún requerimiento adicional al particular, la suspensión no podrá exceder de 60 días. Asimismo, el plazo podrá prorrogarse por 60 días más, si la complejidad y dimensiones de la obra o actividad así lo determinan.

Atendiendo a la relevancia de la EIA como instrumento de política ambiental que permite evitar daños irreversibles al ambiente, ésta debe ser una evaluación técnica, jurídica y social exhaustiva que también debe ser resuelta atendiendo a los términos señalados en la LGEEPA y su Reglamento en materia de Impacto Ambiental, teniendo como premisa dar certeza jurídica a los promoventes de cada uno de los proyectos sometidos a esa evaluación.

El diputado Jiménez Merino señala en el punto de acuerdo objeto del presente dictamen que la acuacultura, una de las actividades económicas más importantes a escala internacional para garantizar la seguridad alimentaria de la población mundial, tiene limitadas y obstaculizadas sus actividades en el país a consecuencia de la tramitología a que han de someterse los productores, particularmente para obtener la certificación de impacto ambiental por los elevados costos que esto representa y lo complejo y retardado de dicho proceso.

La comisión dictaminadora coincide con el diputado promovente en el sentido de que se debe dar certeza jurídica a los productores acuícolas atendiendo y resolviendo en tiempo y forma las EIA presentadas ante la Semarnat. En virtud de la relevancia de este instrumento de política ambiental preventivo, dichas resoluciones deberán ser emitidas atendiendo a las disposiciones jurídicas aplicables en beneficio del ambiente.

Ahora bien, por lo que hace al exhorto dirigido a la Conagua para que agilice su intervención en las EIA en que sea requerida por la Semarnat, la comisión dictaminadora coincide con el diputado promovente, pues si la Conagua agiliza la emisión de su opinión, fundamental y relevante en el proceso de evaluación de impacto ambiental, ésta podrá ser considerada en el momento de emitir la resolución, así como coadyuvar a que se atienda en tiempo y forma.

La comisión legislativa considera oportuno señalar con relación a la actividad acuícola, que ésta es regulada de forma específica en el Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación de Impacto Ambiental, que determina los supuestos en que resulta procedente su presentación.

El artículo 5 del reglamento en referencia a la letra señala:

Artículo 5.

Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades requerirán previamente la autorización de la secretaría en materia de impacto ambiental:

U) Actividades acuícolas que puedan poner en peligro la preservación de una o más especies o causar daños a los ecosistemas:

I. Construcción y operación de granjas, estanques o parques de producción acuícola, con excepción de la rehabilitación de la infraestructura de apoyo cuando no implique la ampliación de la superficie productiva, el incremento de la demanda de insumos, la generación de residuos peligrosos, el relleno de cuerpos de agua o la remoción de manglar, popal y otra vegetación propia de humedales, así como la vegetación riparia o marginal;

II. Producción de postlarvas, semilla o simientes, con excepción de la relativa a crías, semilla y postlarvas nativas al ecosistema donde pretenda realizarse, cuando el abasto y la descarga de aguas residuales se efectúen utilizando los servicios municipales;

III. Siembra de especies exóticas, híbridos y variedades transgénicas en ecosistemas acuáticos, en unidades de producción instaladas en cuerpos de agua, o en infraestructura acuícola situada en tierra; y

IV. Construcción o instalación de arrecifes artificiales u otros medios de modificación del hábitat para la atracción y proliferación de la vida acuática.

A mayor abundamiento, el artículo 11 del mismo reglamento refiere que la manifestación de impacto ambiental para granjas acuícolas se presentará en su modalidad regional cuando su extensión sea superior a 500 hectáreas, por lo que en caso de que no exceda de esas dimensiones deberá presentarse en su modalidad particular.

El artículo en comento a la letra señala:

Articulo 11. Las manifestaciones de impacto ambiental se presentarán en la modalidad regional cuando se trate de

I. Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 hectáreas, carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren las cuencas hidrológicas;

...

En los demás casos, la manifestación deberá presentarse en la modalidad particular.

Ahora bien, en cuanto a solicitar el apoyo de la Semarnat para facilitar los estudios de EIA del sector acuícola, el reglamento en comento hace referencia a la obligación de la secretaría de proporcionar a los promoventes una guía para facilitar la presentación y entrega de la manifestación de acuerdo con la obra señalada. En ese sentido, sería oportuno que se atendiese a lo dispuesto en el artículo 9 del reglamento:

Artículo 9.

...

...

La secretaría proporcionará a los promoventes guías para facilitar la presentación y entrega de la manifestación de impacto ambiental de acuerdo con el tipo de obra o actividad que se pretenda llevar a cabo. La secretaría publicará dichas guías en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Ecológica.

Esta comisión legislativa considera procedente dirigir una respetuosa solicitud a la Semarnat para que otorgue asesoría técnica y jurídica a los promoventes de EIA del sector acuícola, con objeto de empatar el desarrollo de una actividad productiva con la preservación del ambiente.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta comisión nos permitimos someter a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a agilizar los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, particularmente de proyectos de granjas acuícolas, resolviendo éstos en tiempo y forma, así como atendiendo a las disposiciones jurídicas aplicables.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua a agilizar la emisión de su opinión en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental que sea requerido.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que otorgue asesoría técnica y jurídica a los promoventes que someten proyectos acuícolas a la evaluación de impacto ambiental.

Notas:

1 Declaración de Río, 1992, principio 17.

2 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988.

3 La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente fue reformada sustancialmente en 1996. Se modificaron disposiciones relativas a la evaluación de impacto ambiental. Las reformas fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 13 de diciembre de 1996.

4 González, Márquez, José Juan. Enciclopedia de derecho ambiental (publicación pendiente).

5 Razquín, Lizárraga, José Antonio. La evaluación de impacto ambiental, página 104.

6 Artículo 35 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

7 El artículo 4, fracción III, del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental faculta a la Semarnat para solicitar la opinión de otras dependencias y de expertos en la materia a fin de que sirvan de apoyo en las evaluaciones de impacto ambiental que se formulen.

Dado en el salón de plenos de la Cámara de Diputados, a 31 de agosto de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»



CESE DE OPERACIONES DE MINAS EN MEXICO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio de Ambiente y Recursos Naturales a emitir una norma oficial mexicana que regule eficazmente los procedimientos de cierre de operaciones de las minas en México para evitar así la generación de pasivos ambientales

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnado para estudio y elaboración del dictamen correspondiente el expediente número 1523, que contiene la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a instruir a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que emita un reglamento sobre la obligatoriedad de la planeación del cese de operaciones de las minas en México y garantizar que no se generen pasivos ambientales para el futuro de nuestros hijos, presentada por el diputado Carlos Samuel Moreno Terán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgánica; y 60, 88, 95 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta asamblea el presente punto de acuerdo, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 4 de marzo de 2010, el diputado Carlos Samuel Moreno Terán, del Grupo Parlamentario del PVEM, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a instruir a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que emita un reglamento sobre la obligatoriedad de la planeación del cese de operaciones de las minas en México y garantizar que no se generen pasivos ambientales para el futuro de nuestros hijos.

Segundo. En la misma fecha, la Mesa Directiva, turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud del diputado Moreno Terán, quien manifiesta en el punto de acuerdo que no hay una legislación precisa que regule la exploración y explotación de los recursos minerales en México, pero particularmente manifiesta su preocupación por la falta de normatividad relativa al cierre de operaciones de las minas, pues no hay garantía de que no se han generado riesgos significativos a la salud de la población o del ambiente.

En virtud de lo anterior, el diputado promovente sugiere el siguiente resolutivo:

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al titular del Poder Ejecutivo federal a instruir a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que proceda a emitir con la mayor brevedad un reglamento que norme con efectividad la obligatoriedad de la planeación del cese de operaciones de las minas en México y que con esto se garantice que no se generen pasivos ambientales para el futuro de nuestros hijos.

En atención de dicha solicitud, la comisión legislativa que elabora el presente dictamen inicia el siguiente análisis:

La minería es una de las actividades industriales más antiguas que se desarrollaron en México. Sin duda, esta actividad ha sido sumamente significativa en la economía nacional, no sólo desde el punto de vista de satisfacción de las necesidades internas sino, también, como fuente para la captación de divisas a través de la exportación de minerales.

Lo anterior es así porque México es un país especialmente rico en depósitos minerales. En sus 32 entidades federativas se localizan yacimientos mineros, muchos de los cuales no han sido debidamente explorados o explotados. Se estima que 1.6 millones de kilómetros cuadrados del territorio nacional tienen condiciones geológicas apropiadas para los procesos metalogenéticos. Con todo, sólo 2 mil 500 kilómetros cuadrados de esa superficie, es decir, 1.5 por ciento, se han concesionado para su exploración o explotación.

A escala nacional destaca la producción de 10 minerales (oro, plata, plomo, cobre, zinc, fierro, coque, azufre, barita y fluorita), seleccionados por su importancia económica y su contribución a la producción nacional.

Otros minerales que en México también destacan por su volumen de producción son molibdeno, carbón mineral, manganeso, grafito, dolomita, caolín, arena sílica, yeso, wollastonita, celestita, feldespato, sal, diatomita, sulfato de sodio y sulfato de magnesio.

Hoy, la minería continúa siendo una actividad económica importante. La industria minera de México: retos y oportunidades, informe publicado por la Cámara Minera de México, señala que en 2009 el valor anual de su producción se estimó en 9 mil 319 millones de dólares; la actividad contribuyó con 1.6 por ciento del producto interno bruto, y generó 269 mil empleos directos y 1 millón 500 mil indirectos. Asimismo, refiere, la inversión en minería se redujo en 22 por ciento respecto al año anterior, pero no obstante se iniciaron 15 nuevas operaciones mineras.

Respecto a la exploración y explotación de los recursos minerales, el diputado promovente manifiesta preocupación por la falta de normatividad que regule el cierre de operaciones de las minas; en consecuencia, no se tiene la certeza de que el desarrollo de dicha actividad en el país haya generado pasivos ambientales con riesgos significativos para la salud de la población o del ambiente.

Sin duda, es necesario que en México se diseñe e implante una política que corrija las tendencias que conducen al agotamiento prematuro de ciertos recursos y obligue a la explotación adecuada de los recursos minerales, a fin de evitar procesos de deforestación, y contaminación de suelos y de aguas superficiales y subterráneas.

Ahora bien, a efecto de atender la solicitud del diputado promovente, la comisión que elabora el presente dictamen inicia el análisis del marco jurídico que regula la minería en el país:

La propiedad, el uso y el goce de los recursos minerales se encuentran regulados en el artículo 27, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En el precepto se establece que corresponde a la nación el dominio directo de todos los minerales o sustancias en vetas, mantos, masas o yacimientos que constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes del terreno. Establece que el dominio de la nación sobre los recursos minerales es inalienable e imprescriptible, y que la explotación, el uso o el aprovechamiento de los ellos por los particulares se realizarán mediante concesión otorgada por el Ejecutivo federal.

Las bases establecidas en la Carta Magna fueron desarrolladas en la Ley Minera y su reglamento. En dichos ordenamientos, la minería es regulada como una actividad productiva estrictamente, estableciendo que la exploración, la explotación y el beneficio de los minerales son de utilidad pública y preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno donde se localicen. De forma particular, la Ley Minera únicamente hace referencia a la protección del ambiente en el desarrollo de las actividades mineras, y fija ciertas obligaciones para los titulares de las concesiones otorgadas. Los preceptos en comento a la letra señalan:

Artículo 27. Los titulares de concesiones mineras, independientemente de la fecha de su otorgamiento, están obligados a

IV. Sujetarse a las disposiciones generales y a las normas oficiales mexicanas aplicables a la industria minero-metalúrgica en materia de seguridad en las minas y de equilibrio ecológico y protección al ambiente;

Artículo 39. En las actividades de exploración, explotación y beneficio de minerales o sustancias, los concesionarios mineros deberán procurar el cuidado del ambiente y la protección ecológica, de conformidad con la legislación y la normatividad de la materia.

De la lectura de los artículos citados se desprende que los titulares de concesiones mineras para garantizar la protección del ambiente deben remitirse a las disposiciones jurídicas y normatividad ambiental aplicable.

Ahora bien, las disposiciones jurídicas de protección del ambiente en el desarrollo de esa actividad productiva se encuentran en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la cual en el título tercero, “Aprovechamiento sustentable de los elementos naturales”, capítulo III, “De la exploración y explotación de los recursos no renovables en el equilibrio ecológico”, se ocupa de la regulación de la actividad para garantizar el manejo adecuado de dichos recursos y, en consecuencia, proteger las aguas, los suelos, y la flora y las fauna silvestres que se encuentran en torno de las actividades mineras.

Dicho capítulo está integrado por dos artículos, en los cuales se hace referencia a las facultades de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para regular esta actividad a través de la expedición de normas oficiales mexicanas. Los artículos a la letra señalan:

Capítulo IIIDe la Exploración y Explotación de los Recursos no Renovables en el Equilibrio Ecológico

Artículo 108. Para prevenir y controlar los efectos generados en la exploración y explotación de los recursos no renovables en el equilibrio ecológico e integridad de los ecosistemas, la secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas que permitan

I. El control de la calidad de las aguas y la protección de las que sean utilizadas o sean el resultado de esas actividades, de modo que puedan ser objeto de otros usos;

II. La protección de los suelos y de la flora y fauna silvestres, de manera que las alteraciones topográficas que generen esas actividades sean oportuna y debidamente tratadas; y

III. La adecuada ubicación y formas de los depósitos de desmontes, relaves y escorias de las minas y establecimientos de beneficios de los minerales.

Artículo 109. Las normas oficiales mexicanas a que se refiere el artículo anterior serán observadas por los titulares de concesiones, autorizaciones y permisos para el uso, aprovechamiento, exploración, explotación y beneficio de los recursos naturales no renovables.

Esta comisión legislativa considera que la regulación ambiental de la minería desde la exploración hasta el cierre de las minas teniendo como premisa el equilibrio ecológico debe estar contenida en las normas oficiales mexicanas. Sin embargo, actualmente éstas resultan insuficientes por la complejidad de la actividad, el impacto ambiental que ésta produce y la diversidad de los minerales explotados.

Lo anterior es así porque, como refiere acertadamente el diputado promovente, la normatividad vigente no determina el procedimiento para garantizar que tras el cese de operaciones de una mina no haya afectación al ambiente.

Las normas oficiales mexicanas publicadas que regulan la actividad minera son las siguientes:

NOM-120-SEMARNAT-1997 (modificada en 2004), que establece las especificaciones de protección ambiental para las actividades de exploración minera directa en zonas agrícolas , ganaderas o eriales, y en zonas con climas secos y templados donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinos;

NOM-141-SEMARNAT-2003, que establece los requisitos para la caracterización del sitio, proyecto, construcción, operación y postoperación de presas de jales;

NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004, que establece criterios para determinar las concentraciones de remediaciones de suelos contaminados por arsénico, bario, berilio, cadmio, cromo hexavalente, mercurio, níquel, plata, selenio, talio o vanadio; y

NOM-155-SEMARNAT-2007, que establece los requisitos de protección ambiental para los sistemas de lixiviación de minerales de oro y plata.

De las normas citadas, únicamente las NOM 141 y 155 establecen criterios técnicos que faciliten la correcta operación, el cierre y postcierre de las minas, aunque en el caso de la NOM-155 los criterios establecidos son para dos minerales exclusivamente.

Atendiendo al sistema jurídico aplicable, la comisión que elabora el presente dictamen considera procedente exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a emitir una norma oficial mexicana en la que se regule el procedimiento de cierre de las operaciones mineras, contribuyendo así a

1. Prevenir y controlar los riesgos generados por el cierre de las operaciones mineras;

2. Que las empresas incluyan en la planeación y ejecución de la operación el proceso de rehabilitación progresiva del lugar, e incluyan el costo de dicha rehabilitación en los estudios de viabilidad financiera del proyecto y del presupuesto de operación consecuente, con la filosofía de minando para el cierre;

3. Que las comunidades puedan planear el futuro de éstas a consecuencia del conocimiento de los planes de rehabilitación y valorización del terreno;

4. Evitar la generación de pasivos ambientales;

5. Asegurar la existencia de fondos para dicha rehabilitación y el monitoreo de ésta.

La determinación de esta comisión legislativa respecto a exhortar a elaborar una norma oficial mexicana atiende a los criterios establecidos en la legislación vigente, de forma particular en la LGEEPA, respecto a la regulación de las actividades mineras en el país. Más aún, la elaboración de una NOM establecerá criterios técnicos específicos que garanticen la sustentabilidad de esa actividad productiva.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de la comisión nos permitimos someter a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a emitir una norma oficial mexicana que regule eficazmente los procedimientos de cierre de operaciones de las minas en México, evitando así la generación de pasivos ambientales.

Notas:

1 Brañes, Raúl. Manual de derecho ambiental mexicano, página 435.

2 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Disponible en http://cuentame.inegi.org.mx/impresion/economia/mineria.asp

3 Cámara Minera de México. La industria minera de México: retos y oportunidades. Disponible en http://www.camimex.org.mx/informe/ laindustriamineramex.pdf

4 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 1992.

5 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 1998.

6 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 2004.

7 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2007.

8 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2010.

Dado en el salón de plenos de la Cámara de Diputados, a 31 de agosto de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»



ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal a asignar recursos para realizar estudios del estado de salud y conservación de la totoaba, en el alto golfo de California

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 1569, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno del estado de Baja California a asignar los recursos necesarios para que se realicen los estudios del estado de salud y estatus de conservación de la población de totoaba en el Golfo de California.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 11 de marzo del 2010, el diputado Sergio Tolento Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno del estado de Baja California a asignar los recursos necesarios para que se realicen los estudios del estado de salud y estatus de conservación de la población de totoaba, en el Golfo de California.

Segundo. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes:

Consideraciones

El diputado promovente manifiesta la importancia de la conservación de la totoaba ( Totoaba macdonaldi), por lo que considera necesario que la autoridad realice una evaluación de su estado de salud y del estatus actual de conservación, mediante un estudio de biología fisiología, genética, dinámica y ecología de la población y sus reacciones con el ambiente del Golfo de California, así como proponer planes de ordenamiento alternativos, que prevengan la disminución crítica de la abundancia de su población y promuevan su conservación, recuperación y desarrollo sustentable, permitiendo las medidas de ordenamiento de la especie, en este tenor el diputado presenta el siguiente punto de acuerdo:

Único. Se hace un atento exhorto al Poder Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y al Gobierno del Estado de Baja California para que asignen los recursos necesarios para que se realicen los estudios del Estado de salud y estatus de conservación de la población de totoaba en el Golfo de California, fin de asegurar la sustentabilidad ambiental.

La totoaba puede crecer hasta dos metros en longitud y llegar a pesar 100 kilogramos. Su dieta consiste en pescados aletados y crustáceos. El crecimiento de la población es lento, la freza del totoaba es en el delta del río Colorado, y los adultos emigran ahí en abril y mayo.

De lo anterior, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales considera viable la propuesta del diputado promovente respecto a un estudio sobre el estatus de la totoaba ,toda vez que la legislación ambiental mexicana relativa a la conservación y aprovechamiento sustentables de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República Mexicana se contempla en la Ley General de Vida Silvestre, que maneja las políticas nacionales en materia de vida silvestre y su hábitat, por lo que describe que se deberá prever:

a) La conservación de la diversidad genética, así como la protección, restauración y manejo integral de los hábitats naturales;

b) Las medidas preventivas para el mantenimiento de las condiciones que propician la evolución, viabilidad y continuidad de los ecosistemas, hábitats y poblaciones en sus entornos naturales. En ningún caso la falta de certeza científica se podrá argumentar como justificación para postergar la adopción de medidas eficaces para la conservación y manejo integral de la vida silvestre y su hábitat;

c) La aplicación del conocimiento científico, técnico y tradicional disponibles, como base para el desarrollo de las actividades relacionadas con la conservación y el aprovechamiento sustentable de la vida silvestre;

d) La difusión de la información sobre la importancia de la conservación de la vida silvestre y su hábitat, y sobre las técnicas para su manejo adecuado, así como la promoción de la investigación para conocer su valor ambiental, cultural y económico como bien estratégico para la Nación;

e) Los procesos para la valoración de la información disponible sobre la biología de la especie y el estado de su hábitat; para la consideración de las opiniones de los involucrados y de las características particulares de cada caso, en la aplicación de medidas para el control y erradicación de ejemplares y poblaciones perjudiciales, incluyendo a los ferales, así como la utilización de los medios adecuados para no afectar a otros ejemplares, poblaciones, especies y a su hábitat.

La aplicación de estas políticas nacionales, corresponderá en sus respectivos ámbitos de competencia a los Municipios, a los gobiernos de los Estados y del Distrito Federal, así como al Gobierno Federal.

A la luz de estos supuestos jurídicos, el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), así como los gobiernos Estatales, tienen la obligación de efectuar y realizar las políticas nacionales en materia de vida silvestre y su hábitat.

Asimismo, el artículo 56 de la Ley General de Vida Silvestre describe que la Semarnat identificará a través de listas las especies o poblaciones en riesgo, de conformidad con lo establecido en la norma oficial mexicana correspondiente, señalando el nombre científico y, en su caso, el nombre común más utilizado de las especies.

Es así como la totoaba se identifica como una especie endémica que está en peligro de extinción según la NOM-059-SEMARNAR-2001“Protección Ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo”.

En la Ley General de Vida Silvestre se precisan, en el inciso a) del artículo 58, las especies en peligro de extinción de la siguiente forma:

58. Entre las especies y poblaciones en riesgo estarán comprendidas las que se identifiquen como:

a) En peligro de extinción, aquellas cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones en el territorio nacional han disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural, debido a factores tales como la destrucción o modificación drástica del hábitat, aprovechamiento no sustentable, enfermedades o depredación, entre otros.

Como ya se mencionó, la Semarnat puede suscribir convenios y acuerdos de concertación y coordinación con el fin de promover la recuperación y conservación de especies y poblaciones en riesgo, por lo que también debe impulsar la conservación y protección de las especies y poblaciones en riesgo, tal y como lo describe el artículo 60 de la Ley General de Vida Silvestre, que a la letra dice:

Artículo 60. La Secretaría promoverá e impulsará la conservación y protección de las especies y poblaciones en riesgo, por medio del desarrollo de proyectos de conservación y recuperación, el establecimiento de medidas especiales de manejo y conservación de hábitat críticos y de áreas de refugio para proteger especies acuáticas, la coordinación de programas de muestreo y seguimiento permanente, así como de certificación del aprovechamiento sustentable, con la participación en su caso de las personas que manejen dichas especies o poblaciones y demás involucrados.

El programa de certificación deberá seguir los lineamientos establecidos en el reglamento y, en su caso, en las Normas Oficiales Mexicanas que para tal efecto se elaboren.

La secretaría suscribirá convenios y acuerdos de concertación y coordinación con el fin de promover la recuperación y conservación de especies y poblaciones en riesgo.

Respecto a los antecedentes de conservación de la totoaba, encontramos los siguientes:

En agosto de 1975, la entonces Secretaría de Pesca estableció una veda permanente para la totoaba, que actualmente permanece en vigor. Posteriormente, en el artículo décimo del decreto por el que se declara área natural protegida con el carácter de reserva de la biosfera, se declaró nuevamente veda total e indefinida de caza y captura de la totoaba (Totoaba macdonaldi).

Sin embargo, los operativos de protección y conservación para su cumplimiento no han eliminado totalmente la pesca clandestina. Por ello, la inquietud del legislador promovente en realizar un estudio actual sobre la preservación de esa especie.

En 1976 la totoaba fue colocada en el Apéndice I de la Convención Internacional sobre el Tráfico de Especies Silvestres (CITES), como especie en peligro de extinción.

En 1983 el Instituto Nacional de la Pesca, creo el Consejo para la Investigación y Desarrollo de la totoaba en el Golfo de California, integrado por cerca de 20 Instituciones Federales, Estatales, Centros de Investigación y las Federaciones Regionales de Sociedades Cooperativas de la Industria Pesquera, esto a la luz del programa “Operación Totoaba.”

Durante el I Congreso de la Asociación de Investigadores del Mar de Cortés, desarrollado en Hermosillo, Sonora en octubre de 1988, se elaboró y presentó una propuesta a las entonces Secretarías de Pesca, Secretaría de Marina y Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, la cual planteaba un programa de protección y conservación en el Alto Golfo y un área de exclusión a la pesca, así como una campaña de educación, tendientes a evitar la extinción de la totoaba.

En marzo de 1993 en el marco del Comité Técnico para la Preservación de la Vaquita Marina y la Totoaba en el alto Golfo de California, fue presentado un documento denominado Propuesta para la declaración de reserva de la biosfera alto Golfo de California y delta del río Colorado, con el fin de proteger Vaquita marina y la totoaba, estas dos especies fueron uno de los motivos que originaron el decreto de una zona protegida, ya que ambas representan un reto para lograr su recuperación y conservación. El decreto determinó como área natural protegida con el carácter de reserva de la biosfera, la región conocida como alto Golfo de California y delta del río Colorado, ubicada en aguas del Golfo de California y los municipios de Mexicali, BC, de Puerto Peñasco y San Luis Río Colorado, Sonora.

En diciembre de 1995, se publicó el Programa de Manejo del Área Natural Protegida Reserva de la Biósfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.

Finalmente, el 19 de mayo del 2010, mediante oficio número DTAP/202/2010, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) que es una comisión intersecretarial y creada en 1992 con carácter de permanente, informa a esta comisión dictaminadora lo siguiente:

• El doctor Antonio de Anda del Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, SC, presentó el proyecto HK050 “Estado de salud y estatus de conservación de la (s) población (es) de totoaba (Totoaba macdonaldi)en el Golfo de California: una especie en peligro de extinción”, dentro de la convocatoria “Conocimiento integral de la situación de las especies enlistadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001 y de especies prioritarias” publicada por la Conabio en 2009. La propuesta fue aprobada y la Conabio, a través del fideicomiso Fondo para la Biodiversidad financiará una primera etapa del proyecto con 800,000.00 pesos.

• La propuesta está enmarcada en un proyecto global sobre el conocimiento de la totoaba y se desarrollará en treinta meses, la Conabio apoyará la primera fase de doce meses, para trabajar en las líneas de investigación de ecología de comunidades, ecología trófica, oceanografía, biología reproductiva y dinámica poblacional de la especie. La información que se deberá entregar a la Conabio obligatoriamente es: 1) generalidades, 2) distribución, 3) ambiente, 4) historia natural de la especie, 5) factores de riesgo y categoría de riesgo en la que se encuentra la especie, 6) método de evaluación de riesgo, 7) bibliografía y 8) créditos.

• Asimismo, informó la Conabio que la Dirección General de Vida Silvestre de la Semarnat también apoyará económicamente en una segunda fase del proyecto; sin embargo, a la fecha aún no se precisan las actividades a realizar ni su costo. Estos fondos serán administrados por el fideicomiso Fondo para la Biodiversidad.

• Finalmente, informó la Conabio a esta comisión dictaminadora que el convenio correspondiente con la institución en la que labora el investigador responsable del proyecto, aún no se firma, considerando que dicho convenio será suscrito en el mes de junio.

Con el objeto de que la Dirección General de Vida Silvestre de la Semarnat apoye económicamente en la segunda fase del proyecto, el legislador promovente propone que el Ejecutivo federal contemple en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal siguiente una partida para que se realicen los estudios del estado de salud y del estatus de conservación de la población de la totoaba en el Golfo de California, con el fin de asegurar la sustentabilidad ambiental, tal como está contemplado en el fideicomiso Fondo para la Biodiversidad, propuesta que considera viable esta comisión dictaminadora.

Asimismo, esta comisión considera procedente solicitar a la Dirección General de Vida Silvestre de la Semarnat informe a este Órgano Legislativo sobre las actividades que realizará en la segunda etapa del proyecto HK050 “Estado de salud y estatus de conservación de la (s) población (es) de totoaba (Totoaba macdonaldi)en el Golfo de California: una especie en peligro de extinción”.

Finalmente, y por todo lo informado por la Conabio, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales considera que la propuesta del legislador promovente ha sido atendida, con respecto a la existencia del proyecto HK050 “Estado de salud y estatus de conservación de la(s) población(es) de totoaba (Totoaba macdonaldi)en el Golfo de California: una especie en peligro de extinción”. Sin embargo, esta comisión dictaminadora considera viable solicitar a la Conabio, que una vez que se firme el convenio y que se elaboren los primeros informes del proyecto HK050, informe a este órgano legislativo sobre los avances y resultados de dicho proyecto.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta comisión nos permitimos someter a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita a la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) que informe a este órgano legislativo sobre los avances y resultados del proyecto HK050 “Estado de salud y estatus de conservación de la(s) población(es) de totoaba (Totoaba macdonaldi)en el Golfo de California: una especie en peligro de extinción”.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita al Ejecutivo federal que considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal siguiente una partida para que se asignen los recursos necesarios a la Dirección General de Vida Silvestre, con la finalidad de realizar acciones de conservación de la población de totoaba (Totoaba macdonaldi),como son los estudiosdel estado de salud y conservación de su población en el Golfo de California.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Dirección General de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que informe a este órgano legislativo sobre las actividades que realizará en la segunda etapa del proyecto HK050 “Estado de salud y estatus de conservación de la(s) población(es) de totoaba (Totoaba macdonaldi)en el Golfo de California: una especie en peligro de extinción”.

Notas:

1 Conabio, Conanp, otros, Ficha Técnica para la evaluación de los sitios prioritarios para la conservación de los ambientes costeros y oceánicos de México,La totoaba está en peligro de extinción, es endémica, información disponible en:

http://www.conabio.gob.mx/gap/images/0/0f/17_Alto_Golfo_Californ ia.pdf

2 Fracciones I, II, III, IV, y VII del artículo 5o de la Ley General de Vida Silvestre.

3 Artículo 6o de la Ley General de Vida Silvestre.

4 Diario Oficial de la Federación, Marzo 6 2002, México D. F., Sección Segunda.

5 Diario Oficial de la Federación, Junio 10 1993, disponible en:

http://www.conanp.gob.mx/sig/decretos/reservas/Altogolfo.pdf

6 Semarnat, Programa de Manejo 1, Áreas Naturales Protegidas, Reserva de la Biósfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, diciembre 1995, p. 5, disponible en: http://www.conanp.gob.mx/ pdf_programa_manejo/alto_golfo.pdf

7 Ibídem. p. 20.

8 Ibídem. p. 5.

9 Ibídem. p. 6.

10 Ibídem. p. 20.

11 Diario Oficial de la Federación, http://www.conanp.gob.mx/sig/decretos/reservas/Altogolfo.pdf

12 Semarnat, Programa de Manejo 1, http://www.conanp.gob.mx/ pdf_programa_manejo/alto_golfo.pdf

13 La Conabio tiene por objeto coordinar las acciones y estudios relacionados con el conocimiento y la preservación de las especies biológicas, así como promover y fomentar actividades de investigación científica para la exploración, estudio, protección y utilización de los recursos biológicos tendentes a conservar los ecosistemas del país y a generar criterios para su manejo sustentable.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de junio de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Jeny de los Reyes Aguilar (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez, Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín, Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales.»



ESTADO DE VERACRUZ

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo relativos al humedal Tembladeras, en Veracruz

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada, para estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 1577, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades municipales de Veracruz, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y a la Comisión Nacional del Agua a no autorizar los proyectos en el humedal de Tembladeras, presentada por el diputado Julio Saldaña Morán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 60, 88, 95 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero.El 11 de marzo del 2010, el diputado Julio Saldaña Morán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades municipales de Veracruz, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), y a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) a no autorizar los proyectos en el humedal de Tembladeras.

Segundo.En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la propuesta a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud del diputado Saldaña Morán, quien manifiesta en su punto de acuerdo que el cabildo del municipio de Veracruz ha otorgado el cambio de uso de suelo de preservación ecológica a mixto en la zona conocida como Tembladeras, a fin de incluirla dentro del Programa Estratégico de Gran Visión del Surponiente de la Zona Conurbada Veracruz-Boca del Río, asimismo refiere que en la zona se pretende construir un centro comercial, con supermercado, 101 locales comerciales y 12 salas de cine.

En virtud de lo anterior, el promovente sugiere los siguientes resolutivos:

Primero.Se exhorta al ayuntamiento de Veracruz y a su cuerpo edilicio a cancelar el cambio de uso de suelo aprobado en sesión de cabildo ordinaria del 27 de enero de 2010 y que decrete los humedales de Tembladeras como zona restrictiva y poner a consulta ciudadana el Programa Estratégico de Gran Visión del Surponiente de la Zona Conurbada de Veracruz.

Segundo. Se exhorta a la Semarnat y la Conagua a no autorizar los proyectos considerados en el humedal de Tembladeras, Veracruz, considerado en humedales inscritos en la Convención de Ramsar en 2005 como el sistema de lagunas interdunarias de la ciudad de Veracruz.

En atención a dicha solicitud la comisión legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar el siguiente análisis.

Los humedales son ambientes de transición entre los ecosistemas terrestres y los acuáticos, con una biodiversidad propia y valiosa que debe conservarse. Debido a su ubicación geográfica, estos ecosistemas otorgan diversos servicios ambientales: favorecen la conservación de especies endémicas; la regulación de los ciclos hidrológicos locales al absorber una buena parte del exceso del agua producto de las tormentas y aguaceros; permiten la recarga de los acuíferos, la descarga de agua al subsuelo para el mantenimiento del manto freático; la permanencia de fuentes de agua en tiempos de sequía; amortiguamiento de eventos hidrometeorológicos extremos; y funcionan como verdaderos criaderos de especies de peces, moluscos y crustáceos de importancia económica; por citar algunos ejemplos.

Esos servicios ambientales hacen que los humedales se constituyan en ecosistemas de importancia ambiental, económica y social. Sin embargo, el crecimiento poblacional y la demanda de diversos servicios produce también la demanda de espacios físicos para atender las necesidades de vivienda, alimentación e incluso de recreación, constituyéndose los humedales en espacios atractivos para el desa-rrollo de actividades como la agricultura o bien, la construcción de viviendas o centros comerciales.

Ese es el caso presentado por el promovente del punto de acuerdo, objeto del presente dictamen, quién refiere que el cabildo del municipio de Veracruz ha otorgado el cambio de uso de suelo de preservación ecológica a mixto en la zona conocida como Tembladeras, a fin de incluirla dentro del Programa Estratégico de Gran Visión del Surponiente de la Zona Conurbada Veracruz-Boca del Río.

Al respecto es preciso señalar que la zona conocida como Tembladeras, localizada en el kilómetro 105 de la Carretera Veracruz-Xalapa, municipio de Veracruz, Veracruz Ignacio de la Llave, es una zona de humedales que favorece la mitigación de inundaciones en el puerto de Veracruz, al encontrarse ahí dos vasos reguladores con una extensión de 692 hectáreas.

No obstante lo anterior, la zona de Tembladeras, situada al sur-poniente del municipio, ya ha sido considerada para la construcción de diversos proyectos. Así, como refiere el promovente, en 2008 la empresa Espacios Comerciales Veracruz, SA de CV, sometió a evaluación de impacto ambiental ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales el proyecto plaza sendero para construir un conjunto comercial, autorización que fue negada.

Recientemente la conservación de esa zona de humedales se encuentra en riesgo, según manifiesta el promovente, el cabildo del municipio de Veracruz autorizó en su sesión 146 el cambio de uso de suelo en zonas de reserva ecológica a habitacional y mixta, la autorización fue otorgada para facilitar la implantación del Programa Parcial Estratégico de Gran Visión del Sur Poniente de la Ciudad de Veracruz, el cual tiene por objeto el ordenamiento territorial de dicha área, en la cual se incluyen los municipios de Alvarado, Boca del Río, La Antigua, Medellín y Veracruz.

La difusión de la información ocasionó que grupos ambientalistas, partidos políticos, medios de comunicación y la sociedad en general manifestaran su oposición al cambio de uso de suelo autorizado en la zona de Tembladeras, pues científicos, políticos y grupos ambientalistas conocen la importancia de esos humedales para el puerto de Veracruz.

El conflicto social derivado del cambio de uso de suelo, particularmente en el municipio de Veracruz ocasionó que en la sesión extraordinaria de cabildo celebrada el 10 de marzo de 2010 el presidente municipal solicitara la integración de una comisión especial transitoria para el estudio y análisis técnico de la zona baja del predio denominado Tembladeras. Durante la sesión se informó que para garantizar la eficaz implantación del Programa de Gran Visión, era oportuna la conformación de una comisión especial, la cual estaría integrada por regidores de diferentes partidos, el Instituto Nacional de Ecología, gobierno del estado y algunos diputados federales que venían manifestando su interés en el tema. La comisión tendría como objetivo deslindar cuál es el área de la zona de Tembladeras, específicamente para que ésta fuera denominada área natural protegida y sitio Ramsar.

Dos meses más tarde, el gobierno municipal de Veracruz emitió, el 7 de mayo de 2010, el comunicado de prensa número 2172, en el que informó que en reconocimiento de la importancia de la zona de Tembladeras para el municipio de Veracruz y del medio ambiente en general, se había presentado una solicitud para que dicha zona sea denominada sitio Ramsar.

Lo anterior fue informado por el presidente municipal de Veracruz puerto, en un acto público realizado en el marco de la celebración del Día Mundial de las Aves, al cual asistió acompañado por el gobernador de Veracruz y el subsecretario de Medio Ambiente; el acto tuvo lugar en el centro de integración familiar La Pinera.

Durante el acto, tras la liberación de diversas especies de aves, el presidente municipal de Veracruz informó que los diferentes niveles de gobierno impulsarán acciones de conservación y preservación del medio ambiente. De forma particular, informó que autoridades municipales y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales realizaron un exhorto al director regional Planicie Costera y Golfo de México de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a efecto de que la zona de Tembladeras sea reconocida como sitio Ramsar. Además, informó que se planea que en junio se concluyan los trámites para que el polígono de Tembladeras sea decretado área natural protegida estatal. El presidente municipal aseguró que el objetivo es preservar el patrimonio natural, conservar la biodiversidad y proteger la zona de posibles impactos ocasionados por el incremento de las actividades humanas y la expansión de la mancha urbana.

Con la publicación de dicha información, es evidente el reconocimiento del gobierno municipal y estatal de la importancia de la zona de humedales Tembladeras en el ciclo del agua, la conservación de especies de flora y fauna silvestres, y la estabilización de las condiciones climáticas locales, particularmente lluvia y temperatura.

Así, la comisión legislativa que elabora el presente dictamen considera que con el interés demostrado por parte del gobierno municipal y estatal en la protección, conservación y preservación de la zona de Tembladeras al solicitar que ésta sea reconocida como sitio Ramsar y área natural protegida (ANP), queda atendida la solicitud del promovente respecto de que no se autoricen proyectos en la zona. Sin embargo, considera oportuno solicitar información al ayuntamiento de Veracruz respecto del estado de las gestiones realizadas para que la zona de Tembladeras sea reconocida como sitio Ramsar y ANP estatal.

En el mismo sentido, se considera oportuno solicitar respetuosamente al titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas que informe si las gestiones para que la zona de Tembladeras sea designada como sitio Ramsar se han iniciado así como el estatus que guardan.

Esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturale, en apoyo a lo manifestado sobre el asunto Tembladeras por parte de las autoridades municipales y estatales, acuerda aprobar la solicitud del promovente respecto de dirigir una solicitud al ayuntamiento de Veracruz para que haga una revisión del cambio de uso de suelo aprobado en sesión ordinaria de cabildo del 27 de enero de 2010, en lo relativo a la zona de Tembladeras.

Finalmente, es importante señalar que de concluirse satisfactoriamente las gestiones iniciadas por las autoridades municipales, la zona de humedales de Tembladeras sería conservada a través de la utilización sostenible del ecosistema haciendo evidente que es posible la conservación de los humedales y del medio ambiente, con la participación de comunidades locales, organizaciones sociales y sociedad en general.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta comisión nos permitimos someter a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente al titular del ayuntamiento de Veracruz que informe a esta soberanía el estado que guardan las gestiones para que la zona de Tembladeras, situada en ese municipio, sea designada como sitio Ramsar y decretada como área natural protegida estatal.

Segundo.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente al titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas que informe a esta soberanía el estado que guardan las gestiones para que la zona de Tembladeras, situada en el municipio de Veracruz, sea designada como sitio Ramsar.

Tercero.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente al ayuntamiento de Veracruz que haga una revisión del cambio de uso de suelo, aprobado en sesión ordinaria de cabildo del 27 de enero de 2010, en lo relativo a la zona de Tembladeras e informe sobre ello a esta soberanía.

Notas:

1 Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Inventario nacional de humedales. Disponible en http://www.conanp.gob.mx/pdf_humedales/DER%20250308_corr.pdf

2 Resumen ejecutivo cambio de uso de suelo en el predio particular "Tembladeras", municipio de Veracruz, Veracruz. Proyecto Plaza Sendero Veracruz. Disponible en http://sinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/ver/resumenes/2008/30VE2008FD 046.pdf

3 El proyecto de Plaza Sendero fue sometido a evaluación de impacto ambiental ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en 2008. En el resumen ejecutivo presentado por la empresa Espacios Comerciales Veracruz, SA de CV, se aprecia que la superficie total a utilizarse sería de 34-51-71.8491 hectáreas. En ella se construiría un conjunto comercial que incluía una tienda ancla, 101 locales, 18 locales de comida rápida, 19 subanclas, 13 subanclas en área común, 48 islas para comercios, área de servicios generales, estacionamiento con 2 mil 775 cajones, un city club y cine con 12 salas.

Resumen ejecutivo cambio de uso de suelo en el predio particular Tembladeras, municipio de Veracruz, Veracruz. Proyecto Plaza Sendero Veracruz. Disponible en http://sinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/ver/resumenes/2008/30VE2008FD 046.pdf

4 Información obtenida de notas periodísticas toda vez que la sesión 146 del cabildo de Veracruz no se encuentra disponible en su portal del Internet.

Disponible en http://www.eldemocrata.com.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=5261:aprueba-cabildo-cambio-de-uso-de-suelo-en-reservas-ecologicas-&catid=21:archivo&Itemid=20

5 El Programa Parcial Estratégico de Gran Visión del sur poniente de la ciudad de Veracruz fue publicado en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz el 9 de noviembre de 2009. Disponible en http://portal.veracruz.gob.mx/portal/page?_pageid=433,4038593&_dad=portal&_schema=PORTAL

6 La solicitud se realizó con fundamento en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio de Veracruz.

7 Durante la sesión extraordinaria de cabildo celebrada el 10 de marzo de 2010, la propuesta se aprobó con 10 votos a favor y 2 abstenciones, acordándose lo siguiente: Primero, autorizar la creación de la comisión especial transitoria, que tendrá como fin, el estudio y análisis técnico de la zona baja del predio denominado Tembladeras, situado en la zona sur-poniente de este municipio de Veracruz, que será integrada por los siguientes ediles: licenciado Maximino Torres Hernández, regidor tercero; ingeniero Ismael Reyes Lara, regidor quinto; arquitecta Nieves del Carmen Sánchez Gómez, regidora sexta; ingeniero Ramón Núñez López, regidor séptimo; Octavio Galindo Molina, regidor noveno; doctora Guadalupe Torres Rivadeneyra, regidora undécima; y profesora Perla Lozano Delgado, regidora décima.

Disponible en http://www3.veracruz-puerto.gob.mx/transparencia/sesiones/156/ACTA152.pdf

8 Ayuntamiento de Veracruz, boletín de prensa número 2172, 07 de mayo de 2010. Disponible en http://www.veracruz-puerto.gob.mx/comunicacion/noticia.asp?id=3652

9 El Convenio de Ramsar o convención relativa a los humedales de importancia internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas, fue firmado en la ciudad de Ramsar, Irán, el 2 de febrero de 1971 y entró en vigor en 1975. Actualmente cuenta con 123 partes contratantes. Este acuerdo internacional es el único de los modernos convenios en materia de medio ambiente que se centra en un ecosistema específico, los humedales, y aunque en origen su principal objetivo estaba orientado a la conservación y uso racional en relación a las aves acuáticas, actualmente reconoce la importancia de estos ecosistemas como fundamentales en la conservación global y el uso sostenible de la biodiversidad, con importantes funciones (regulación de la fase continental del ciclo hidrológico, recarga de acuíferos, estabilización del clima local), valores (recursos biológicos, pesquerías, suministro de agua) y atributos (refugio de diversidad biológica, patrimonio cultural, usos tradicionales).

Humedales: agua, vida y cultura. Octava reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes en la Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971) Valencia, España, 18 a 26 de noviembre de 2002. Disponible en http://www.prodiversitas.bioetica.org/des23.htm#Documentos%20informativos

Actualmente México tiene 114 sitios Ramsar que cubren una superficie de 8,191,087 hectáreas. Disponible en http://www.ramsar.org/ cda/ramsar/display/main/main.jsp?zn=ramsar&cp=1-26-45-84%5E24252_4000_2__

Dado en el salón de plenos de la honorable Cámara de Diputados, a 31 de agosto de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), María Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Buitrón (rúbrica), José Eduardo Yánez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»



PROTECCION DE BOSQUES Y SELVAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional Forestal a revisar y evaluar las políticas implantadas en el Programa Estratégico Forestal para México 2025

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 1582, que contiene la proposición con punto de acuerdo relativo a la deforestación, conservación y protección de los Bosques y Selvas y su inventario, presentada por el diputado Carlos Alberto Ezeta Salcedo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numeral 1, 45 numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 60, 88, 95 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente punto de acuerdo de conformidad con los siguientes:

Antecedentes

Primero. El 11 de marzo del 2010, el diputado Carlos Alberto Ezeta Salcedo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó proposición con punto de acuerdo relativo a la deforestación, conservación y protección de los bosques y selvas y su inventario.

Segundo. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud del diputado Carlos Alberto Ezeta Salcedo, quien manifiesta en su punto de acuerdo que es importante que se de-sarrollen e implementen políticas eficaces para la conservación y protección de los bosques y selvas, así como que se elabore un inventario nacional de bosques y selvas en el que señale el tamaño de la deforestación que han sufrido los mismos y se promueva el desarrollo de actividades productivas en las áreas forestales que sean compatibles con los recurso naturales que ahí se encuentran.

En virtud de lo anterior, el diputado promovente sugiere los siguientes resolutivos:

Uno. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a las Comisiones Nacionales de Áreas Naturales Protegidas, y Forestal a desarrollar e implementar, para que en uso de sus facultades, pero sobre todo de sus obligaciones, políticas eficaces para la conservación y protección de los bosques y selvas.

Dos. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal a instruir a las dependencias correspondientes para que con la mayor brevedad actualicen el inventario nacional de bosques y selvas en el que señale el tamaño de la deforestación que han sufrido los mismos.

Tres. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal a aplicar, a través de las dependencias correspondientes, los programas sustentables de empleo y producción necesarios para que los habitantes de las zonas boscosas y selváticas estén en posibilidad de cubrir sus necesidades básicas y a la vez convivan en armonía y respeto con el medio ambiente.

En atención a dicha solicitud, la comisión legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar el siguiente análisis:

La ubicación geográfica de México lo ha favorecido al ubicarlo entre dos grandes masas oceánicas que bañan sus costas, el océano Pacífico y el Golfo de México en el que confluyen la mayoría de los climas y subclimas de la región, condiciones que permiten que el 70 por ciento del territorio nacional tenga vocación forestal, ocupando el lugar décimo segundo en superficie forestal a nivel mundial, con poco más de 139 millones de hectáreas.

Esos recursos forestales generan una serie de servicios ambientales: regulación del ciclo hidrológico, recarga de los mantos acuíferos, azolve de lagunas y presas, captación de bióxido de carbono y liberación de oxígeno, mantienen los canales hidrológicos necesarios para generar electricidad, resguardan las costas y los cauces de los ríos, retardando los procesos de erosión y estancamiento en las represas y canales; permiten el abastecimiento de recursos y materias primas para el hombre. No obstante que los recursos forestales permiten mantener el equilibrio ecológico en nuestro planeta, la pérdida de los recursos, es decir la deforestación, es uno de los problemas ambientales más serios.

La deforestación es la remoción de la vegetación arbolada de un sitio, como las selvas o los bosques, para su transformación a terrenos agrícolas, ganaderos o urbanos. En el mundo y en México, la principal causa de deforestación es la necesidad de mayores superficies para cultivo y crianza de animales, aunque también la promueven los desmontes ilegales, la extracción de madera, el crecimiento de las vías de comunicación y los incendios forestales.

Al respecto la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO, por sus siglas en inglés) señaló, en la elaboración de la Evaluación de los Recursos Forestales Mundiales, que durante el período 2000-2005 en México se perdieron 260 mil hectáreas de áreas forestales. Asimismo, que para el año 2002, habíamos convertido poco más de 27 por ciento de nuestro territorio en zonas agrícolas, ganaderas y urbanas. Los Estados más afectados por este fenómeno son Veracruz, Tamaulipas y Tabasco, en el Golfo y; Tlaxcala, Puebla e Hidalgo en el centro del país.

Frente a este panorama tan preocupante es preciso atender prioritariamente la problemática forestal de México, puesto que el incremento de la tasa de deforestación, cualquiera que sea su propósito (aprovechamiento de los recursos maderables, cambio de uso de suelo a pastizal para la ganadería o la agricultura) pone en riesgo el equilibrio ambiental, no sólo porque produce el deterioro del medio ambiente y la reducción de los recursos naturales no renovables como el agua, sino también porque generan la reducción de los servicios ambientales.

En ese sentido, el diputado promovente del punto de acuerdo objeto del presente dictamen refiere que es importante que se desarrollen e implementen políticas eficaces para la conservación y protección de los bosques y selvas; que se actualice el inventario nacional de bosques y selvas en el que señale el tamaño de la deforestación que han sufrido los mismos; y, que se apliquen los programas sustentables de empleo y producción necesarios para que los habitantes de las zonas boscosas y selváticas estén en posibilidad de cubrir sus necesidades básicas y a la vez, convivan en armonía y respeto con el medio ambiente.

Ciertamente como lo refiere el diputado Carlos Alberto Ezeta Salcedo, es necesario que se intensifiquen e implementen políticas públicas para la conservación de los recursos forestales. Al respecto es preciso señalar que el gobierno federal a través de la Comisión Nacional Forestal (Conafor) ya ha diseñado e implementado una serie de políticas públicas de conservación y restauración dentro de las que detectamos acciones de reforestación, de estabilización y recuperación de suelos degradados; sanidad vegetal y; conservación de humedales.

Más aún desde el año 2001 se diseñó un Programa Estratégico Forestal para México 2025, que tiene como objetivo impulsar y fortalecer el desarrollo sustentable de los recursos naturales en los ecosistemas forestales mediante acciones de conservación, protección, restauración, fomento y producción para el bienestar de la sociedad, con base en ajustes de las políticas, instituciones y legislación, así como la propuesta de un programa de inversiones. El propósito es aprovechar las estrategias establecidas para formular planes y programas operacionales de corto, mediano y largo plazos, orientados al uso sustentable de los recursos forestales. Ese programa estratégico describe el escenario que se desea para las zonas forestales y las estrategias ahí planteadas son retomadas en el Programa Institucional 2007-2012 de la Comisión Nacional Forestal, que sirve de base para la construcción e implementación de las políticas públicas aplicables en materia de conservación de los recursos forestales. Sin embargo, como refiere acertadamente el diputado Ezeta Salcedo, es preciso que las autoridades ambientales hagan una revisión y evaluación de las políticas públicas implementadas y en su caso, reestructurarlas para impulsar el desarrollo forestal sustentable del país.

Ahora bien, respecto a la solicitud de actualizar el inventario nacional de bosques y selvas, esta comisión legislativa considera preciso señalar que el Inventario Nacional Forestal y de Suelos se encuentra actualizado.

“El Inventario Nacional Forestal y de Suelos de México 2004-2009. Una herramienta que da certeza a la planeación, evaluación y el desarrollo forestal de México”, fue publicada en el año 2009. El diseño e implementación del inventario se inició en 2004 y para noviembre de 2007 se concluyó con la etapa de muestreo de campo, habiéndose levantado 24 mil 659 conglomerados, que integran a su vez 81 mil 665 sitios de muestreo distribuidos geográficamente en todas las condiciones de vegetación del país.

La integración del inventario se realizó con base en la información cartográfica de uso del suelo y vegetación a escala 1:250,000 serie IV del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la cual se fundamenta en imágenes de satélite Spot del año 2007. La información generada a partir del Inventario es fundamental para realizar planeación estratégica, así como evaluaciones periódicas actualizadas de los recursos forestales de nuestro país.

La Conafor refiere que la metodología y tecnología aplicadas en el inventario se homologaron a las que utilizan Canadá y Estados Unidos, y con las cuales México será capaz de reportar el estado de los recursos forestales a nivel nacional e internacional, de acuerdo con lo solicitado cada cinco años por la Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), en su reporte de evaluación de los recursos forestales mundiales; con lo cual es posible concluir que las cifras de la FAO coinciden con las del gobierno federal pues son publicadas a partir de la información proporcionada por nuestro país.

Asimismo la Conafor refiere en el propio inventario que a partir del año 2009 se inició la actualización del Inventario Nacional Forestal y de Suelos 2009–2014, con el objeto de cumplir con lo establecido por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento, que instruye actualizar el inventario cada cinco años.

Ahora bien, respecto la solicitud del diputado Carlos Alberto Ezeta Salcedo de que se apliquen los programas sustentables de empleo y producción necesarios para que los habitantes de las zonas boscosas y selváticas estén en posibilidad de cubrir sus necesidades básicas y a la vez, convivan en armonía y respeto con el medio ambiente, la comisión legislativa que elabora el presente dictamen coincide plenamente con el diputado promovente, pues aún cuando conocemos que la Comisión Nacional Forestal ha implementado una serie de políticas públicas para compatibilizar el desarrollo de las comunidades con la preservación de medio ambiente a través de diversos programas que apoyan la integración de cadenas productivas; el desarrollo de plantaciones forestales comerciales; silvicultura comunitaria; el desarrollo, difusión y promoción del turismo de naturaleza; apoyo y difusión del programa de certificación forestal que es un sello de garantía para el consumidor de que el producto que adquiere es resultado de prácticas responsables; e incluso ha pretendido implementar uno de los instrumentos de política ambiental más innovadores y relevantes a nivel mundial como lo es el sistema de pago por servicios ambientales a través del Proárbol. Esta comisión dictaminadora considera procedente hacer un respetuoso exhorto a la Conafor para que se fortalezcan, implementen y amplíe la cobertura de las políticas públicas de desarrollo forestal sustentable en beneficio de las comunidades que habitan bosques y selvas de este país.

Finalmente y atendiendo a lo señalado en el presente dictamen, es evidente que en materia de conservación, restauración y manejo sustentable de los recursos forestales el camino es largo y complejo.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta Comisión nos permitimos someter a la consideración del Pleno de la Honorable Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional Forestal a

a) Llevar a cabo una revisión y evaluación de las políticas públicas diseñadas e implementadas en el Programa Estratégico Forestal para México 2025 a efecto de detectar deficiencias para impulsar el desarrollo forestal sustentable del país, así como que informe a esta Soberanía los resultados obtenidos.

b) Fortalecer, implementar y ampliar la cobertura de las políticas públicas de desarrollo forestal sustentable vigentes, en beneficio de las comunidades que habitan bosques y selvas de México.

Notas:

1 Semarnat, La Gestión ambiental en México,noviembre, 2006. pp. 125 y 126.

2 Semarnat, ¿Y el medio ambiente? Problemas en México y en el mundo. México, 2008. P.25.

3 Semarnat, La Gestión ambiental en México,p. 126.

4 Comisión Nacional Forestal. Programa Estratégico Forestal para México 2025. México. 18 agosto, 2001. Disponible en http://era-mx.org/biblio/PEF_2025.pdf

5 Comisión Nacional Forestal. Programa Institucional 2007-2012. México. 2008. Disponible en http://148.223.105.188:2222/gif/snif_portal/administrator/sistemas/archivoslasd emas/publicaciones/ProgramaInstitucional2007-2012.pdf

6 Inventario Nacional Forestal y de Suelos de México 2004-2009. Una herramienta que da certeza a la planeación, evaluación y el desarrollo forestal de México. Comisión Nacional Forestal. Disponible en http://www.conafor.gob.mx/biblioteca/Inventario-Nacional-Forestal-y-de-Suelos.p df

7 Para más información ver: Evaluación de los recursos forestales mundiales 2010, informe nacional México. Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Disponible en http://www.fao.org/forestry/20262-1-176.pdf

8 Inventario Nacional Forestal y de Suelos de México 2004-2009. Una herramienta que da certeza a la planeación, evaluación y el desarrollo forestal de México. P. 18.

Dado en el salón de plenos de la honorable Cámara de Diputados, el día 31 de agosto de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»



AGUACATE

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Semarnat a implantar acciones de fomento y protección de los ecosistemas forestales para detener el cambio ilegal del uso de suelo por la apertura de plantaciones de aguacate en Michoacán

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 1816, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a establecer, mediante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) acciones de inspección y vigilancia forestales para detener el cambio ilegal del uso de suelo de terrenos forestales por la apertura de plantaciones de aguacate en Michoacán, presentada por el diputado Víctor Manuel Báez Ceja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, numeral 1, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 88, 95 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente punto de acuerdo de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 7 de abril del 2010, el diputado Víctor Manuel Báez Ceja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a establecer mediante la Profepa acciones de inspección y vigilancia forestales para detener el cambio ilegal del uso de suelo de terrenos forestales por la apertura de plantaciones de aguacate en Michoacán.

Segundo. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes:

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud del diputado Báez Ceja, quien manifiesta en su punto de acuerdo que en el estado de Michoacán, el cual se caracteriza por sus recursos forestales y biodiversidad, está siendo objeto del cambio ilegal del uso de suelo, fenómeno que pone en riesgo la calidad de vida de los habitantes de la zona y la reducción de los servicios ambientales que esos recursos otorgan.

Asimismo refiere que este cambio se asocia con el incremento de las actividades agrícolas y ganaderas generando la pérdida de bosques y selvas, un dato contundente es que el 30 por ciento del territorio de Michoacán está ocupado por cultivos agrícolas.

De forma particular, el diputado promovente expone el caso del cultivo de aguacate, en donde Michoacán ocupa el primer lugar de la producción nacional. Sin embargo, el incremento de esos cultivos demanda espacios físicos para su cultivo produciendo el cambio de uso de suelo, que en ocasiones puede ser ilegal.

En virtud de lo anterior, el diputado promovente sugiere los siguientes resolutivos:

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, establezca de manera urgente acciones contundentes de inspección y vigilancia forestal con el objeto de detener el cambio ilegal del uso de suelo de terrenos forestales por la apertura de plantaciones de aguacate en Michoacán.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que, a través de la Comisión Nacional Forestal y la Comisión Nacional de Área Naturales Protegidas, aplique acciones integrales de fomento y protección de los ecosistemas forestales, en y fuera de las áreas naturales protegidas de jurisdicción federal, con el objeto de detener el cambio ilegal del uso de suelo de terrenos forestales por la apertura de plantaciones de aguacate en Michoacán.

En atención a dicha solicitud la Comisión Legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar el siguiente análisis.

La ubicación geográfica y condiciones climatológicas de México permiten que el 70 por ciento del territorio nacional tenga vocación forestal, con poco más de 139 millones de hectáreas nuestro país ocupa el lugar décimo segundo en superficie forestal a nivel mundial.

Los recursos facilitan la generación de una serie de servicios ambientales como la regulación del ciclo hidrológico y la captura de carbono, por citar un ejemplo. Esos servicios garantizan la permanencia de las condiciones y procesos que sustenten la existencia de los seres humanos en el planeta.

No obstante lo anterior, la conversión de los bosques para asignar esos espacios físicos a otro uso, es muy frecuente. México ocupa uno de los primeros lugares mundiales en tasa de deforestación. En este sentido, académicos del Instituto Nacional de Ecología y de la Universidad Nacional Autónoma de México, reportan que nuestro país ha perdido más del 50 por ciento de su cobertura vegetal original y que una tercera parte del remanente es vegetación que se está regenerando después de haberse deforestado.

Actividades como la expansión de la frontera agrícola y urbana, la tala ilegal, las plagas y los incendios forestales impactan cada año cientos de miles de hectáreas, reduciendo aún más la cobertura vegetal de nuestro país. Sin embargo, la causa principal de presión sobre los recursos forestales, es el cambio de uso del suelo para fines agrícola, ganadero y urbano, lo que provoca una pérdida de la cobertura vegetal y una fragmentación del hábitat, alterando las condiciones del medio ambiente y favoreciendo los incendios y plagas que atacan a los bosques.

El cambio de uso del suelo es definido por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable en su artículo 7, fracción V, como la remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales.

Históricamente las políticas públicas de fomento, de reparto agrario, entre otras han contribuido al cambio de uso de suelo asociado con el incremento de la frontera agropecuaria. Es evidente, entonces que el gobierno federal ha sido una de las fuerzas motrices más poderosas responsable de una parte importante de la deforestación de los ecosistemas naturales de México por medio del cambio de uso de suelo.

Hoy existe un reconocimiento cada vez mayor de que intentar fomentar la producción agropecuaria a costa del medio ambiente no sólo no es sustentable en términos ambientales sino que tampoco lo es, en términos sociales y económicos – sobre todo, dados los altos costos de la reforestación, la restauración ambiental y la reparación de los daños materiales causados por los desastres naturales, que han sido exacerbados por el deterioro de los ecosistemas y sus servicios ambientales.

A pesar de que las políticas públicas diseñadas deben tener en consideración ese criterio, como lo refiere el diputado promovente el cambio ilegal de uso de suelo es una práctica permanente como en el caso de Michoacán.

En ese contexto, es preciso señalar que el estado de Michoacán es una de las entidades con mayor riqueza de flora y fauna del país, ubicándose en el quinto lugar de entre las entidades biológicamente más ricas. Sin embargo, Michoacán también ocupa los primeros lugares en deforestación, pues su territorio ha sufrido intensos cambios de uso de suelo durante las últimas décadas. Sus tasas de deforestación están entre las más altas de México y Latinoamérica.

Un estudio elaborado por el Instituto de Geografía de la UNAM, publicado en el año 2001, refiere que en un lapso de 18 años se perdieron en Michoacán 513 644 hectáreas de bosques templados y 308 292 hectáreas de selvas, correspondientes a tasas de deforestación de 1.8 por ciento y 1 por ciento anual respectivamente. Adicionalmente, 20 por ciento de la superficie con bosques y selvas sufrió un proceso de degradación. Por su parte, el Programa de De-sarrollo Forestal Sustentable de Michoacán 2030 refiere que los causantes de la degradación de suelos en el estado son: deforestación 28.54 por ciento y el cambio de uso del suelo con 46.42 por ciento del total de la superficie.

De forma particular, el diputado promovente asocia el cambio ilegal de uso de suelo con el incremento de las plantaciones de aguacate en la región, lo anterior es así en virtud de que ese fruto es uno de los principales cultivos perennes en nuestro país, ocupando el octavo lugar en cuanto al volumen de producción (después de la caña de azúcar, alfalfa verde, naranja, plátano, limón, café-cereza y mango). Más aún, el estado de Michoacán ocupa el primer lugar en los cultivos de aguacate y contribuye con el 86 por ciento de la producción total nacional. Atendiendo a esos datos, resulta factible lo expuesto por el diputado Báez, pues la demanda de espacios físicos para incrementar los cultivos de aguacate y con ello, los beneficios económicos obtenidos, podría generar cambios ilegales de uso de suelo en la zona.

En ese contexto, la Comisión Legislativa que elabora el presente Dictamen atendiendo a la elevada tasa de deforestación en el Estado a consecuencia del cambio de uso de suelo, considera procedente dirigir un respetuoso exhorto a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a efecto de que incremente las acciones de inspección y vigilancia, con el objeto de detectar terrenos o superficies en los que se haya modificado ilegalmente su vocación forestal.

Dicho exhorto resulta congruente con las facultades conferidas a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual en su artículo 32 Bis señala:

Artículo 32 Bis. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales y bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable;

V. Vigilar y estimular, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas relacionados con recursos naturales, medio ambiente, aguas, bosques, flora y fauna silvestre, terrestre y acuática, y pesca; y demás materias competencia de la Secretaría, así como, en su caso, imponer las sanciones procedentes;

VII. Organizar y administrar áreas naturales protegidas, y supervisar las labores de conservación, protección y vigilancia de dichas áreas cuando su administración recaiga en gobiernos estatales y municipales o en personas físicas o morales;

XLI. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

A mayor abundamiento, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) en sus artículos 16 y 158 refiere que la Semarnat debe formular y conducir la política nacional de desarrollo forestal sustentable. El artículo 16 a la letra señala:

Artículo 16. La Secretaría ejercerá las siguientes atribuciones:

I. Formular y conducir la política nacional de desarrollo forestal sustentable y asegurar su congruencia con la política ambiental y de recursos naturales nacional, así como las relacionadas con el desarrollo rural;

XVII. Llevar a cabo la inspección y vigilancia forestales;

Por su parte, el artículo 158 de la LGDFS es puntual al señalar que la Semarnat, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, tiene como principal función mantener vigilancia forestal constante, a través del inicio de procedimiento de inspección y vigilancia. Asimismo, refiere que la Semarnat deberá evaluar los programas de prevención y combate de actos de cambio de uso del suelo.

Artículo 158. La prevención y vigilancia forestal, a cargo de la Secretaría a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, tendrá como función primordial la salvaguarda y patrullaje de los recursos y ecosistemas forestales, así como la prevención de infracciones administrativas del orden forestal.

La Federación, en coordinación con los gobiernos de los estados y con la colaboración de los propietarios forestales organizados, comunidades indígenas, los Gobiernos Municipales y otras instituciones públicas formulará, operará y evaluará programas integrales de prevención y combate a la tala clandestina, especialmente en las zonas críticas diagnosticadas previamente, para enfrentarla con diversas acciones, así como para prevenir actos indebidos de cambio de uso del suelo, tráfico de especies y recursos forestales, extracción del suelo forestal, o bien, transporte, almacenamiento, transformación o posesión ilegal de materias primas forestales.

Asimismo, esta comisión dictaminadora considera procedente dirigir un exhorto a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que a través de la Comisión Nacional Forestal y la Comisión Nacional de Área Naturales Protegidas aplique acciones integrales de fomento y protección de los ecosistemas forestales, en y fuera de las áreas naturales protegidas de jurisdicción federal, con el objeto de detener el cambio ilegal del uso de suelo de terrenos forestales por la apertura de plantaciones de aguacate en Michoacán.

Dicho exhorto es congruente con las atribuciones conferidas a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Comisión Nacional Forestal por el artículo 22 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Los preceptos en comento a la letra señalan:

Artículo 32 Bis. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

VII. Organizar y administrar áreas naturales protegidas, y supervisar las labores de conservación, protección y vigilancia de dichas áreas cuando su administración recaiga en gobiernos estatales y municipales o en personas físicas o morales;

Artículo 22. La Comisión tendrá a su cargo la ejecución de las atribuciones que la presente Ley le confiere, así como todas aquellas que sean necesarias para poder cumplir con su objeto.

Para ello, la comisión ejercerá las siguientes atribuciones:

...

XXV. Diseñar y ejecutar programas de prevención, protección, conservación, y restauración de los recursos y suelos forestales

De la lectura de los preceptos citados se desprende que la solicitud del diputado promovente es acertada y congruente con la distribución de competencias establecida en nuestro sistema jurídico nacional.

Atendiendo a que el cambio ilegal de uso de suelo, es uno de los problemas ambientales más severos y con consecuencias más críticas para los países en desarrollo, es que esta Comisión Legislativa considera procedente dicho exhorto.

Por las consideraciones expuestas los integrantes de estas Comisiones nos permitimos someter a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente establezca acciones contundentes de inspección y vigilancia forestal con el objeto de detener el cambio ilegal del uso de suelo de terrenos forestales por la apertura de plantaciones de aguacate en Michoacán.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que a través de la Comisión Nacional Forestal y la Comisión Nacional de Área Naturales Protegidas aplique acciones integrales de fomento y protección de los ecosistemas forestales, en y fuera de las áreas naturales protegidas de jurisdicción federal, con el objeto de detener el cambio ilegal del uso de suelo de terrenos forestales, en especial por la apertura de plantaciones de aguacate en Michoacán.

Notas:

1 Semarnat, La gestión ambiental en México,noviembre, 2006, p. 126.

2 La deforestación es definida por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO, por sus siglas en inglés) como la conversión de bosques en otro uso de la tierra o la reducción a largo plazo de la cubierta forestal por debajo del 10 por ciento de su superficie original.

3 Fondo Mexicano para la conservación de la naturaleza. El libro verde. El patrimonio natural de México, amenazas y herramientas para resolverlas, p. 40.

4 Instituto Nacional de Ecología, Disponible en http://www2. ine.gob.mx/publicaciones/libros/312/bosquespres.html

5 Semarnat, La gestión ambiental en México,pp. 123-124

6 Bocco, Gerardo, Mendoza Manuel y Omar R. Masera . La dinámica del cambio del uso del suelo en Michoacán. Una propuesta metodológica para el estudio de los procesos de deforestación. Boletín del Instituto de Geografía. Universidad Nacional Autónoma de México. No. 44, 2001, pp. 18-38.

7 Gobierno del estado de Michoacán. Programa de Desarrollo Forestal Sustentable de Michoacán 2030. 2007. P. 11.

8 Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, Sagarpa. Disponible en www.siap.sagarpa.gob.mx/sispro/.../SP.../aguacate/Descripcion.pdf

Dado en el salón de Plenos de la honorable Cámara de Diputados el día 31 de agosto de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»



ESTADO DE JALISCO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo relativos a la evaluación del impacto ambiental del proyecto turístico Zafiro, en la reserva de la biosfera Chamela-Cuixmala

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 1978, que contiene la proposición con punto de acuerdo relativo al asunto de una invasión de terrenos en posesión de más de 80 familias en la zona playera de Chamela, Jalisco en los que están asentadas sus viviendas, sus propiedades, edificaciones correspondientes a un kínder y escuela primaria y que está atentando en contra de sus derechos humanos, amén del entorno ecológico.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente punto de acuerdo de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 21 de abril del 2010, el diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó proposición con punto de acuerdo relativo al asunto de una invasión de terrenos en posesión de más de 80 familias en la zona playera de Chamela, Jalisco en los que están asentadas sus viviendas, sus propiedades, edificaciones correspondientes a un kínder y escuela primaria y que está atentando en contra de sus derechos humanos, amén del entorno ecológico.

Segundo. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El diputado promovente, manifiesta que en la comunidad de Chamela, ubicada en el municipio de la Huerta en Jalisco, se pretende construir un complejo turístico denominado Zafiro.

El legislador expresa su preocupación por la construcción de dicho proyecto, ya que afectará el área natural protegida denominada Biosfera Chamela-Cuixmala, donde la Universidad Nacional Autónoma de México tiene instalaciones educativas, afectará también a familias que habitan en la zona desde hace muchos años, así como a los pescadores de dicho lugar quienes tienen un modus vivendide la propia pesca; los alumnos del kinder Valentín Gómez Farías y de la escuela primaria Jaime Torres Bodet, se verán afectados cuando sean despojados de estos bienes, sin olvidar a la comunidad indígena de Jocotlán, municipio de Villa Purificación.

De lo anterior el diputado promovente solicita en el punto de acuerdo lo siguiente:

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al titular del Ejecutivo Federal, a través de los titulares de la Semarnat, de la Secretaría de Gobernación, de la Secretaría de la Reforma Agraria, de la Secretaría de Educación Pública, de la Dirección del Registro Agrario Nacional, de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas-Conanp; al titular del Ejecutivo estatal de Jalisco, a través de la Secretaría General de Gobierno, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco, de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Jalisco, de la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de Jalisco; al titular de la presidencia municipal de La Huerta, Jalisco y a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Jalisco, a que intervengan en el asunto de una invasión de terrenos en posesión de 40 familias de la zona playera de Chamala, Jalisco, en los que están asentadas sus pobres viviendas, sus propiedades, edificaciones correspondientes a un kínder y escuela primaria y que se está atentando en contra de sus derechos humanos consagrados en nuestras leyes, amén del entorno ecológico.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, considera que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) deberá evaluar conforme a la legislación ambiental la manifestación de impacto ambiental que ha presentado la Operadora Chamela, ya que consiste en la construcción y operación de un proyecto turístico, en una superficie de 9 millones 106 mil 431.66 metros cuadrados, ubicada en la denominada Costa Alegre, en el municipio de La Huerta, de Jalisco.

La Reserva de las Biosfera Chamela-Cuixmala se ubica en la costa de Jalisco, en el municipio de La Huerta, aproximadamente a 120 kilómetros al norte de Manzanillo, entre el margen norte del río Cuitzamala y el arroyo Chamela, fue declarada mediante decreto presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1993, con una superficie de 13 mil 142 hectáreas, y su Programa de manejo se publicó en 1999.

Dicha reserva fue creada para proteger el bosque tropical caducifolio y humedales de la costa de Jalisco, y está comprendida por terrenos lagunares y costeros federales así como por predios de la Universidad Nacional Autónoma de México, como es la (Estación de Biología Chamela, IBUNAM), y la Fundación Ecológica de Cuixmala, AC, Universidad de Guadalajara, así como de pequeños propietarios y una porción del ejido Rincón de Ixtán (que ocupa el 12 por ciento de la superficie).

La Estación de Biología Chamela, IBUNAM participa en el esfuerzo de conservación, aportando 3 mil 319 hectá- reas, las cuales se encuentran bien conservadas y contienen como vegetación dominante el bosque tropical caducifolio y bosque tropical subcaducifolio en las cañadas y arroyos. La estación usa parte de esta área para realizar estudios de distintos campos de la biología, los cuales se consideran sumamente importantes en el conocimiento de este tipo de comunidad.

Es importante destacar que el uso de suelo de la zona de influencia de la región donde se pretende realizar el proyecto turístico Zafiro, es de agricultura de temporal y de riego, agricultura comercial, y el del área protegida es de reserva prácticamente destinada a la investigación y conservación de la naturaleza. Por ello, es importante que la Semarnat y el gobierno estatal, evalúen si en un uso de suelo específico para la investigación y conservación de la naturaleza es viable construir un desarrollo turístico, que afectará los ecosistemas de la región.

Desde el punto de vista biológico, esa zona, es una de las regiones más importantes de México, ya que presenta una biodiversidad muy variada con sus humedales, manglares, selva baja y selva caducifolia, además cuenta con un clima cálido-subhúmedo. Esta reserva protege ambientes acuáticos y terrestres, y tiene especies endémicas de flora y fauna.

La flora de la Reserva se ha calculado en mil 149 especies, entre los árboles endémicos están Jatropha chamelensis, la cactácea ( Opuntia excelsa) y otras especies como Agave colimana. Los estudios sobre invertebrados incluyen un listado de 1 mil 877 artrópodos, se han registrado 110 especies de peces y 71 de mamíferos. La herpetofauna consiste de 84 especies, 65 de reptiles y19 de anfibios. La reserva cuenta con sitios importantes de anidación de tortugas marinas, como la tortuga prieta ( Chelonia mydas) y la laúd ( Dermochelys coriacea). Se encuentra en el área el escorpión ( Heloderma horridum) uno de los dos lagartos venenosos que existen en el mundo, y el cocodrilo ( Crocodylus acutus). Todas estas especies están en peligro de extinción. Las aves están representadas por 270 especies, el 60 por ciento son residentes y el resto de las especies sonmigratorias.

La diversidad de hábitats acuáticos y terrestres así como la gran heterogeneidad ambiental, hacen que se encuentren representados una amplia variedad de animales que incluyen a 540 especies de vertebrados. Se han registrado 72 especies de mamíferos, 270 especies de aves, 68 especies de reptiles, 19 de anfibios y 110 especies de peces. Estudios sobre invertebrados señalan a mil 877 especies de artrópodos, 14 especies corresponden a la clase Arachnida y mil 863 a la clase hexápoda. Entre las especies enlistadas como en peligro por la Norma Oficial Mexicana de Ecología 059 (NOM-ECOL-059, 2002) actualmente NOM-059-SEMARNAR-2001“Protección Ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo”, se encuentran tortugas como la prieta (Chelonia mydas), la laúd (Dermochelys coriacea), la carey (Eretmochelys imbricata) y la golfina (Lepidochelys olivacea). Otros reptiles incluidos en la lista son el escorpión (Heloderma horridum), la iguana verde (Iguana iguana) y el cocodrilo de río (Crocodylus acutus). En el grupo de los mamíferos están el jaguar (Panthera onca), el ocelote (Leopardus pardalis) y el tigrillo (Leopardus wiedii). En cuanto a las aves el loro (Amazona oratrix), la guacamaya verde (Ara militaris), el pato real (Cairina moschata) y la golondrina de mar (Sterna antillarum).

La reserva de la Biosfera Chamela-Cuixmala esta considerada como vulnerable, lo que significa que existe un riesgo alto de que el área protegida no pueda proteger ni mantener la diversidad biológica en el mediano plazo y que se requiere un constante monitoreo. Las amenazas más importantes incluyen: los proyectos carreteros y de infraestructura turística, la cacería y tráfico de especies silvestres, y por supuesto la construcción de complejos turísticos.

Por la importancia biológica de la región, esta comisión dictaminadora considera viable exhortar a la Semarnat, con el fin de que evalué conforme a derecho la manifestación de impacto ambiental, con el fin de no afectar y provocar un desequilibrio ecológico en la región de la Reserva de las Biosfera Chamela-Cuixmala, así como de las comunidades aledañas.

Esto con fundamento en el artículo 28 de la LGEEPA, así como de lo dispuesto por el artículo 4 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental, los cuales describen lo siguiente:

Una de las facultades de la Semarnat, es integrar el procedimiento de evaluación en materia de impacto ambiental tal y como lo estipula el artículo 28 de la LGEEPA, el cual describe:

Artículo 28. La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:

...

XI. Obras en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación;

Asimismo, en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental, señala en su artículo 4o:

Artículo 4o. Compete a la secretaría:

I. Evaluar el impacto ambiental y emitir las resoluciones correspondientes para la realización de proyectos de obras o actividades a que se refiere el presente reglamento;

II. Formular, publicar y poner a disposición del público las guías para la presentación del informe preventivo, la manifestación de impacto ambiental en sus diversas modalidades y el estudio de riesgo;

III. Solicitar la opinión de otras dependencias y de expertos en la materia para que sirvan de apoyo a las evaluaciones de impacto ambiental que se formulen;

IV. Llevar a cabo el proceso de consulta pública que en su caso se requiera durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental;

V. Organizar, en coordinación con las autoridades locales, la reunión pública a que se refiere la fracción III del artículo 34 de la ley;

VI. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento, así como la observancia de las resoluciones previstas en el mismo, e imponer las sanciones y demás medidas de control y de seguridad necesarias, con arreglo a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, y

VII. Las demás previstas en este reglamento y en otras disposiciones legales y reglamentarias en la materia.

De lo anterior, esta comisión dictaminadora, considera viable exhortar a la Semarnat para que evalué conforme a derecho la manifestación de impacto ambiental presentada por Operadora Chamela, S. de R. L. quien pretende realizar un Proyecto turístico denominado Zafiro, en la zona de la Reserva de la Biosfera Chamela-Cuixmala, así como solicitar respetuosamente al gobierno de Jalisco, considere el uso de suelo de la región o regiones donde se pretende realizar el proyecto turístico, sean respetados. Esto en beneficio de los ecosistemas y de los servicios ambientales que ofrecen a la comunidad.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta comisión nos permitimos someter a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que en la Evaluación del Impacto Ambiental, del proyecto turístico denominado “Zafiro”, presentado por Operadora Chamela, en el municipio de La Huerta, Jalisco, considere la opinión de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que en la Evaluación en Materia de Impacto Ambiental del proyecto turístico denominado Zafiro, presentado por Operadora Chamela, en el municipio de La Huerta, Jalisco, considere los usos permitidos y prohibidos, así como la zonificación establecida en el decreto de la reserva de la Biosfera de Chamela-Cuixmala y en el Programa de Manejo, respectivo.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, para que en el caso de que se apruebe en materia de impacto ambiental, el proyecto turístico denominado Zafiro, presentado por Operadora Chamela, en el municipio de La Huerta, Jalisco, verifique el cumplimiento de las condicionantes que se establezcan en el oficio resolutivo en materia de impacto ambiental emitido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Notas:

1 Operadora Chamela, S de RL de CV, Resumen Ejecutivo de la manifestación de impacto ambiental, modalidad regional del proyecto “Zafiro” página 1 de 62.

2 Información disponible en: http://www.ibiologia.unam.mx/ebchamela/www/reserva.html

3 Ibídem.

4 Ibídem.

5 Semarnat, INE, Conabio, Reserva de la Biosfera Chamela-Cuixmala,información disponible en: http://www2.ine.gob.mx/publicaciones/libros/2/chamela.html

6 Op. cit. Semarnat, INE y Conabio.

7 Perfil de Parque-México Reserva de la Biosfera Chamela-Cuixmala, Septiembre 2003, págs. 1 y 2, disponible en: http://www.parkswatch.org/parkprofiles/pdf/ccbr_spa.pdf

8 Diario Oficial de la Federación, Marzo 6 2002, México D. F., Sección Segunda.

9 Ibídem, página 3.

10 Ibídem, página 2.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de junio de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Jeny de los Reyes Aguilar (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), María Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez, Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, Leoncio Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín, Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales.»



ESTADO DE MEXICO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la gestión de residuos sólidos en Tepetlaoxtoc de Hidalgo, México

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 2059, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente del estado de México y a las autoridades de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, a revisar toda gestión encaminada a establecer o desarrollar depósitos de basura, rellenos sanitarios o recolectores de residuos sólidos en ese Municipio, presentada por la diputada Paz Gutiérrez Cortina, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numeral 1, 45 numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 60, 88, 95 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea, el presente Punto de Acuerdo de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero.El 27 de abril del 2010, la diputada Paz Gutiérrez Cortina, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente del estado de México y a las autoridades de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, a revisar toda gestión encaminada a establecer o desarrollar depósitos de basura, rellenos sanitarios o recolectores de residuos sólidos en ese municipio.

Segundo.En esa misma fecha, la Mesa Directiva, turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud de la diputada Gutiérrez Cortina quien manifiesta en su punto de acuerdo que autoridades estatales y municipales analizan la posibilidad de autorizar la construcción de un relleno sanitario en el municipio de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, estado de México.

Aun cuando dichas autoridades afirman que en la construcción de un confinamiento de residuos sólidos urbanos en San Miguel de las Peñas se utilizaría la mejor tecnología disponible, la diputada promovente manifiesta su preocupación pues existe el riesgo de que se contamine el manto freático del Valle de México. Lo anterior es así, en virtud de que el terreno previsto para el relleno sanitario forma parte del acuífero Tepetlaoxtoc-Texcoco, que comparte la misma cuenca de escurrimiento que llega hasta la Ciudad de México.

Finalmente, en el punto de acuerdo se señala que atendiendo a las características topográficas, su legado histórico y cultural, así como a sus recursos naturales, en el municipio de Tepetlaoxtoc se debe impulsar el desarrollo de infraestructura para la promoción del turismo.

En virtud de lo anterior la diputada promovente sugiere los siguientes resolutivos:

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente del estado de México, así como a las autoridades del municipio de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, a revisar todas las gestiones y trámites que hasta el presente estuvieren realizando empresas privadas, ciudadanos particulares y organismos municipales, estatales o federales, con el objeto de obtener permisos, concesiones, licencias o cualesquier otra forma de usufructo para instalar, desarrollar o explotar depósitos de basura, rellenos sanitarios o recolectores de desechos sólidos, dentro de los límites de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, estado de México y que al hacerlo pasen por alto o violen las especificaciones técnicas para la protección de los mantos freáticos y acuíferos de recarga.

Segundo. Se exhorta al gobernador constitucional del estado de México, licenciado Enrique Peña Nieto, a impulsar el desarrollo de infraestructura para la promoción del turismo en el municipio de Tepetlaoxtoc.

En atención a dicha solicitud la comisión legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar su análisis.

Los residuos sólidos urbanos constituyen quizá uno de los problemas ambientales más visibles y cercanos al ciudadano común, así como también uno de los problemas que demanda atención prioritaria en función de su volumen y su convivencia directa con el colectivo social.

En México, durante el año 2008 se generaron 37.6 millones de toneladas de residuos sólidos urbanos, 2.2 por ciento más que los 36.8 millones de toneladas producidos en 2007. Del total se destinó 3.8 por ciento al reciclaje, 69.3 por ciento a la disposición final en sitios controlados y rellenos sanitarios, y el 26.9 por ciento restante (10 millones de toneladas) se dispuso en sitios no controlados a cielo abierto con los consecuentes problemas ambientales, de salud y de imagen en las zonas aledañas a esos sitios.

La cobertura del servicio de recolección formal en las ciudades mexicanas es de alrededor de 80 por ciento. Sin embargo, el problema se detecta en la disposición final de los residuos sólidos urbanos, pues menos del 5 por ciento de los 2 mil 445 municipios del país, ha resuelto el problema, ya sea en rellenos sanitarios o de tierra controlados.

En ese sentido, es que cada uno de los municipios de México debe atender prioritariamente el manejo, reducción y disposición final de los residuos generados dentro de sus límites territoriales en observancia de las disposiciones jurídicas aplicables, lo cual garantiza la reducción del impacto negativo al ambiente.

En el caso particular del estado de México, el gobierno estatal informó que en la entidad se generan 14 mil 870 toneladas diarias de residuos sólidos urbanos, que equivalen a 16.7 por ciento del total producido en el país. La generación de esos residuos en la entidad atiende a la cantidad de habitantes de la zona, a su ubicación geográfica y a que 40 de sus municipios forman parte de la zona metropolitana de la Ciudad de México.

Así, en reconocimiento de la importancia de los sitios de disposición final a los que han de llegar esas toneladas de residuos, la Secretaría del Medio Ambiente del estado de México impulsa el establecimiento de sitios de disposición, regionales y locales, atendiendo a las características particulares de cada región y el volumen de residuos que generan.

De esa forma, es evidente el reconocimiento del Gobierno del Estado de México de que sus municipios diseñen, construyan y operen centros de disposición final receptores de los residuos generados dentro de sus límites territoriales. Lo anterior, atendiendo a la distribución de competencias prevista por la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, que en su artículo 10 dispone que los municipios tienen a su cargo las funciones de manejo integral de residuos sólidos urbanos, que consisten en la recolección, traslado, tratamiento, y su disposición final.

De forma particular, en el municipio de Tepetlaoxtoc se ha detectado como uno de los pendientes prioritarios en materia ambiental, la contaminación del suelo a consecuencia de los tiraderos a cielo abierto. Refiriéndolo así en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano del Municipio de Tepetlaoxtoc, al señalar en su foja 14 lo siguiente:

“La contaminación de suelo se debe al depósito de basura a cielo abierto /2,077 toneladas anuales ubicado al norte de Santiago Tepetlaoxtoc), revolviendo desechos orgánicos e inorgánicos al no existir la cultura de reciclaje. Parte de esta basura, se arroja clandestinamente a los barrancos y otra parte se incinera.

Un segundo tiradero se localiza en la comunidad de Tuilteca Teopan perteneciente al Municipio de Tepetlaoxtoc, pero que ha sido utilizado por el municipio de Papalotla causando daños al ambiente y a las poblaciones que se localizan a escasos 30 metros y a un asentamiento irregular colindante de la misma colonia Tulteca Teopan, algunos terrenos baldíos son también ocupados como tiraderos clandestinos de basura con la consecuente problemática de contaminación del aire.”

En ese sentido, resulta acertado que se construyan centros de disposición final de residuos sólidos urbanos para garantizar el manejo adecuado de los residuos generados. Sin embargo, la relevancia radica en que su diseño, construcción y operación debe atender a las normas jurídicas y técnicas que resulten aplicables, así como a las características particulares de cada región y el volumen de residuos que generan, como lo manifiesta el propio gobierno del estado de México en su cuarto Informe de Gobierno.

En ese contexto, la comisión legislativa que elabora el presente Dictamen considera procedente dirigir un respetuoso exhorto al Secretaría de Medio Ambiente del estado de México y a las autoridades del municipio de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, para que en el análisis de las solicitudes de autorizaciones y licencias otorgadas para el manejo y disposición final de los residuos sólidos atiendan a las disposiciones jurídicas y normas técnicas aplicables, particularmente lo señalado en la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, "Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial", la cual en su numeral 6, especificaciones para la selección del sitio, determina como una restricción que no se puede ocupar zonas de recarga de acuíferos, con lo cual se estaría garantizando cualquier afectación a la cuenca hidrológica.

Ahora bien, en el caso expuesto por la diputada promovente de que el municipio de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, estado de México, no debe ser considerado para la construcción de un relleno sanitario, pues dicho municipio es reconocido por su legado histórico y cultural, por sus recursos naturales, sus características topográficas al estar ubicado entre los valles de México y Teotihuacán.

Respecto a lo manifestado por la diputada promovente, es oportuno mencionar que la creación de centros de disposición final no es contraria a la realización de otras actividades como la promoción turística del municipio de Tepetlaoxtoc.

Sin embargo, esta comisión legislativa no es competente para dirigir un exhorto a las autoridades del estado de México para promover el turismo en la zona. Lo anterior es así, en atención a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos que establece, en su parte conducente, a las facultades de las comisiones ordinarias y las competencias de las mismas por correspondencia en lo general con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. En ese sentido, compete a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, el dictamen de los temas correspondientes en las materias especificadas en el artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta comisión nos permitimos someter a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicita respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente del estado de México, así como a las autoridades del municipio de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, que en el análisis de las solicitudes de autorizaciones y licencias otorgadas para el manejo y disposición final de los residuos sólidos atiendan a las disposiciones jurídicas y normas técnicas aplicables, particularmente lo señalado en la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, "Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial".

Notas:

1 Residuos Sólidos Urbanos: Los generados en las casas habitación, que resultan de la eliminación de los materiales que utilizan en sus actividades domésticas, de los productos que consumen y de sus envases, embalajes o empaques; los residuos que provienen de cualquier otra actividad dentro de establecimientos o en la vía pública que genere residuos con características domiciliarias, y los resultantes de la limpieza de las vías y lugares públicos, siempre que no sean considerados por esta Ley como residuos de otra índole; artículo 5, fracción XXXIII de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

2 Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. Página 474.

3 El 5 por ciento de los municipios que han resuelto el problema de la disposición final de los residuos sólidos se encuentran en las zonas metropolitanas y grandes ciudades del país, como la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey.

4 Semarnat, La Gestión ambiental en México, noviembre, 2006, p. 288.

5 Esta cantidad corresponde al volumen generado de manera conjunta por 13 estados de la República Mexicana (Baja California Sur, Campeche, Colima, Durango, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tabasco, Tlaxcala y Yucatán). Gobierno del estado de México. Cuarto Informe de Gobierno. 5 Septiembre, 2009. Disponible en http://qacontent.edomex.gob.mx/edomex/gobierno/ resultadosdegobierno/ informesdegobierno/ index.htm

6 Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Tepetlaoxtoc. Publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de diciembre de 2005. Número 119.

7 XVI "Cuenca Hidrológica: Es la unidad del territorio, diferenciada de otras unidades, normalmente delimitada por un parte aguas o divisoria de las aguas -aquella línea poligonal formada por los puntos de mayor elevación en dicha unidad-, en donde ocurre el agua en distintas formas, y ésta se almacena o fluye hasta un punto de salida que puede ser el mar u otro cuerpo receptor interior, a través de una red hidrográfica de cauces que convergen en uno principal, o bien el territorio en donde las aguas forman una unidad autónoma o diferenciada de otras, aun sin que desemboquen en el mar. En dicho espacio delimitado por una diversidad topográfica, coexisten los recursos agua, suelo, flora, fauna, otros recursos naturales relacionados con éstos y el medio ambiente. La cuenca hidrológica conjuntamente con los acuíferos, constituye la unidad de gestión de los recursos hídricos. La cuenca hidrológica está a su vez integrada por subcuencas y estas últimas están integradas por microcuencas.

Dado en la honorable Cámara de Diputados, el martes 31 de agosto de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Jeny de los Reyes Aguilar (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), María Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»



DERRAME PETROLERO EN GOLFO DE MEXICO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo relativos a la protección, evaluación y remediación de las aguas del Golfo de México por el derrame petrolero

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 2253, que contiene la proposición con punto de acuerdo relativo a la protección, evaluación y remediación de las aguas del Golfo de México por el derrame petrolero.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente punto de acuerdo de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 29 de abril del 2010, el Diputado Alejandro del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó Proposición con Punto de Acuerdo relativo a la protección, evaluación y remediación de las aguas del Golfo de México por el derrame petrolero.

Segundo.-En esa misma fecha, la Mesa Directiva, turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El honorable promovente, solicita en su punto de acuerdo lo siguiente:

Primero. Se hace un respetuoso exhorto al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, realice una evaluación de los impactos ambientales en las aguas del Golfo de México.

Segundo. Se hace un atento exhorto al Ejecutivo federal para que, a través de las entidades que sean pertinentes, exija un informe pormenorizado a los autores del derrame petrolero en aguas del Golfo de México.

Tercero. Se exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de las entidades que sean pertinentes, exija la remediación del daño ambiental ocasionado en el Golfo de México.

Lo anterior, ya que con fecha 22 de abril del 2010, se hundió la plataforma Deepwater Horizon que se encontraba en el Golfo de México. Esta plataforma contenía 2.6 millones de litros de petróleo y extraía 8 mil barriles diarios, equivalente a 1 millón 272 mil litros. A consecuencia de ese hundimiento, diariamente se están vertiendo en las aguas del Golfo de México, más de un millón de litros de crudo, lo cual equivale a 8 mil barriles diarios, lo que está causando un grave daño a los ecosistemas marinos y a la pesca nacional del Golfo de México. En ese contexto, el legislador promovente manifiesta que el gobierno federal, debe solicitar un informe pormenorizado de la situación del derrame y la contaminación que está produciendo, así como la remediación del daño ocasionado.

El honorable promovente resalta en sus consideraciones que el Golfo de México es calificado como el noveno cuerpo de agua más grande del mundo, y se le considera como la cuenca de aguas protegidas más amplia del océano Atlántico.

Asimismo, menciona que desde el punto de vista biológico el Golfo de México cuenta con un conjunto de ecosistemas de gran riqueza tanto terrestre como marino, ya que los sistemas costeros abarcan formaciones de humedales, pantanos, y arrecifes coralinos, estos lugares son refugios de diversas especies de flora y fauna, además de ser zonas de crianza, reproducción de especies silvestres, finalmente proporcionan grandes servicios ambientales en beneficio del hombre.

No obstante lo anterior, el deterioro ambiental del Golfo de México es evidente pues destaca: la degradación de zonas costeras adyacentes a centros urbanos y turísticos, altas tasas de explotación de recursos naturales y pesqueros, lo que ha generado altos índices de contaminación e impactos al ambiente, principalmente en los ecosistemas marinos sin olvidar, la vulnerabilidad de la región a los efectos del cambio climático.

Partiendo del desafortunado acontecimiento ocasionado por el hundimiento de la plataforma Deepwater Horizon, y de la importancia de la biodiversidad marina que albergan las aguas del Golfo de México, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales coincide con la acertada propuesta del honorable promovente, procediendo a iniciar el análisis técnico jurídico de esa catástrofe ambiental.

El Golfo de México se sitúa entre la costa este de México, el noroeste de Cuba y la costa sur de Estados Unidos de América. Es una cuenca semicerrada que se comunica con una conexión con el Mar Caribe hacia el sur y con una pequeña entrada y salida en el oeste central del Océano Atlántico a través del canal de Yucatán y del estrecho de Florida; y presenta una profundidad máxima de 4 mil metros en la región central.

Asimismo, es considerado como el gran ecosistema marino (GEM), ya que alberga una de las riquezas biológicas más grandes del mundo. Es una región relativamente grande (de más de 200,000 km2) con características físicas, químicas y biológicas importantes desde el punto de vista de la productividad primaria y poblaciones tropicales dependientes. Son sistemas muy productivos que contribuyen con el 95% de las capturas mundiales de peces.

Uno de los factores más importantes para el GEM del Golfo de México, son sus corrientes marinas. La corriente norecuatorial gira al oeste hacia el mar Caribe y entra al Golfo de México a través del canal de Yucatán formando la corriente de lazo. Ésta va girando a la derecha conforme se mueve a través del golfo y sale por los cayos de Florida. Esta corriente, es inestable y produce remolinos de agua caliente que giran con una periodicidad de cerca de 13 meses.

Asimismo, en este GEM habitan una gran variedad de especies marinas, entre las que se ha registrado la presencia de 29 especies de mamíferos marinos: 28 especies de cetáceos (ballenas y delfines) y una especie de sirenio (manatí); así como la presencia de 5 variedades de tortugas marinas: tortuga blanca ( Chelonia mydas), tortuga caguama ( Caretta caretta Linnaeus), tortuga carey ( Eretmochelys imbricada Linnaeus), tortuga lora ( Lepidochelys Kempi) y, tortuga laúd ( Demochelys).

Numerosas especies en peligro dependen del golfo incluido el atún de aleta azul, que se encuentra en estado crítico y está en plena temporada de apareamiento; cuatro especies de tortugas marinas que están a punto de empezar su temporada de desove, y seis especies de ballenas.

También se han observado rorcuales (una especie de ballena) en la vecindad del derrame, así como otros mamíferos marinos en riesgo como son delfines, manatíes y nutrias de río.

Por otro lado, el riesgo es inminente para ciertas especies de aves, ya que el Golfo de México es una zona importante en las rutas migratorias del este del continente americano. En el Golfo existen 228 especies de aves de las cuales 50 (22.3%) son marinas, 112 (50%) acuáticas y, 62 (27.7%) terrestres. Las marinas obtienen su alimento del mar.

Con respecto a las aves, 32 especies están catalogadas en la legislación mexicana en la NOM-059-SEMARNAT-2001 “Protección Ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo ; 18 se encuentran bajo protección especial, 9 amenazadas y 5 en peligro de extinción. Otras 7 están bajo alguna categoría de riesgo en la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) (3 vulnerables, 2 con bajo riesgo y 2 en peligro de extinción). De estas 3 especies de aves marinas (6%), 28 especies acuáticas o playeras (25%) y 6 especies terrestres (9.7%) se encuentran en alguna de estas categorías. Esto constituye el 18% del total de las especies se encuentran en alguna categoría de riesgo, el 15% están clasificadas por la NOM-059 y el 3% por la UICN.

Asimismo, las especies migratorias de peces sujetas a explotación se verán afectadas, ya que las pesquerías en el Golfo de México contribuyen con el 40% del total del volumen pescado en México y el 15.65% para los Estados Unidos. Las especies migratorias tales como camarón, sierra, atún aleta amarilla y tiburones, siendo estos recursos pesqueros importantes para ambas naciones, están siendo afectadas por el derrame de petróleo.

Por ello, no se puede omitir que los recursos pesqueros críticos (como son peces, crustáceos, molusco) en la plataforma continental nerítica del Golfo de México dependen de la calidad de las aguas. Ante todo derrame de hidrocarburos no hay sustentabilidad para las pesquerías, por lo que se verán afectadas ya que éstas dependen de la integridad ecológica de los ecosistemas costeros.

Entre las especies marinas que más se capturan en las aguas del Golfo se encuentran las siguientes: atún aleta amarilla (su captura se efectúa en gran parte del Golfo, el periodo de 1992-1998 se distinguió por un aumento en el volumen de capturas de esta especie, con un promedio anual de 800 ton, alcanzando un máximo histórico de 1,150 ton en 1998); el camarón (su captura se realiza en los cuatro estados limítrofes con el Golfo a excepción de Yucatán, en el período de 1996-1999, el camarón café (presentó una tendencia más o menos uniforme en cuanto a caídas y subidas), al final del periodo presenta un ligero crecimiento que alcanza las 15,000 ton.); el cangrejo (se captura en las costas de Veracruz, litoral de Campeche, en Yucatán frente a Celestún y en Sisal y en Quintana Roo, en la Laguna de Yalahu, Bahía de la Ascensión y del Espíritu Santo. De las tres especies que se capturan en esta zona, la única que tiene un ligero crecimiento es la especie “manos de cangrejo”, las demás han venido disminuyendo desde el año de 1997).

El caracol se captura en las costas de Campeche y Quintana Roo, entre estos dos estados se captura el 90% de la producción total de caracoles del litoral, en 1997 alcanzó la captura en Campeche la cantidad de 4,500 ton.

Otra captura importante en esta zona es la jaiba y el tiburón que en sus diferentes especies son capturadas y se encuentran en todo el litoral del golfo, la especie de jaiba de mayor importancia es la jaiba azul y sus mayores rendimientos se encuentran en Tamaulipas y Veracruz. En el caso del tiburón el de mayor producción es el cazón de ley, que alcanza una captura del 46% del total de tiburón, capturado en esta zona 6.

Otra factor relevante es que en el Golfo Mexicano se tienen identificadas cuencas hidrológicas mexicanas muy importantes: Bravo-Conchos, San Fernando-Soto La Marina, Pánuco, Norte de Veracruz (Tuxpan-Nautla), Papaloapan, Coatzacoalcos, Grijalva-Usumacinta, Yucatán Oeste, Yucatán Norte y Yucatán Este. Y los ríos que desembocan en este ecosistema son: Grijalva-Usumacinta, Papaloapan, Coatzacoalcos, Pánuco, Tonalá, Bravo, Tecolutla, Nautla, Antigua, Tuxpan, Soto La Marina, Candelaria, Cazones y San Fernando 7.

En ese sentido, el derrame de petróleo ocasionado por la explosión y/o hundimiento de la Plataforma Deepwater Horizon, podrá estar afectando estas cuencas hidrológicas.

Al respecto y una vez conociendo las características físicas del Golfo de México así como la riqueza biológica que alberga, es preciso señalar que el riesgo de que el petróleo, que se ha derramado desde el pasado 22 de abril hasta el día de hoy, tenga un impacto ambiental grave en las aguas y especies que alberga es muy alto.

Lo anterior es así, pues los hidrocarburos son un tipo de contaminantes que afectan a la calidad del agua de manera importante. Los derrames de petróleo, dejan estelas de contaminación de efectos a muy largo plazo. La formación de una película impermeable sobre el agua en las zonas de derrame afecta rápida y directamente a las aves y a los mamíferos acuáticos ya que obstruye el intercambio gaseoso y desvía los rayos luminosos que aprovecha el fitoplancton para llevar a cabo el proceso de fotosíntesis.

Los hidrocarburos forman con el agua una capa impermeable que obstaculiza el paso de la luz solar que utiliza el fitoplancton para realizar el proceso de la fotosíntesis, interfiere el intercambio gaseoso, cubren la piel y las branquias de los animales acuáticos provocándoles la muerte por asfixia.

El petróleo derramado en el mar se evapora o es degradado en un proceso muy lento por bacterias. Los hidrocarburos orgánicos volátiles matan inmediatamente a varios tipos de organismos acuáticos, especialmente en etapa larvaria. Este petróleo, también, cubre las plumas de las aves, especialmente de las que se zambullen, y la piel de mamíferos marinos como delfines, ballenas. Esta capa de petróleo destruye el aislamiento térmico natural de los animales y afecta su capacidad para flotar, por lo cual mueren de frío o porque se hunden y ahogan.

Las capas de petróleo en el océano son degradadas por bacterias, pero es un proceso lento en aguas calientes y mucho más lento en aguas frías. Los componentes pesados del petróleo se hunden hasta el fondo del mar y pueden matar organismos que habitan en las profundidades como los cangrejos, ostras, mejillones y almejas. Además los que quedan vivos no son adecuados para su consumo.

La mayoría de los ecosistemas marinos expuestos a grandes cantidades de petróleo crudo requieren más de 3 años para su recuperación. Sin embargo, los ecosistemas marinos contaminados por petróleo refinado, en especial en los estuarios, requieren de 10 años o más para su recuperación.

La contaminación de las playas por petróleo causa serios problemas económicos a los habitantes de las costas porque pierden ingresos por la actividad pesquera y la turística. Las playas contaminadas por petróleo requieren de al menos un año para su recuperación, cuando tienen corrientes y olas fuertes, pero las playas que no tienen estas características tardan varios años en recuperarse. Los estuarios y marismas sufren el mayor daño y no pueden limpiarse eficazmente.

También se considera que algunos componentes químicos del petróleo pueden interferir con sustancia químicas como las feromonas que los animales marinos secretan para llevar a cabo procesos vitales y de comunicación. Estos compuestos químicos les sirven para realizar diferentes procesos como escapar de los animales de presa, atracción sexual, selección de su hábitat y la alimentación. 8

Hoy, el derrame petrolero ocasionado por el hundimiento de la Plataforma Deepwater Horizon, al norte del Golfo de México a aproximadamente 110 kilómetros de las costas de Misisipi a Alabama, ha afectado un área de 1500 kilómetros cuadrados 9, generado un impacto social, económico y ambiental de magnitudes impresionantes, e impredecibles.

Sin embargo, la situación se agrava al considerar que el derrame se ha convertido en un problema tecnológico, pues existiendo varias opciones para tapar el pozo abierto en el fondo del mar, los intentos por lograrlo han resultado fallidos. 10 La empresa Britsh Petroleum considera que la operación llevará otras dos a cuatro semanas 11.

La fianza por el accidente de la explosión de la plataforma 12 se ha hecho efectiva, empresa Transocean pagó una fianza sin embargo, los recursos no son suficientes para reparar el daño ambiental ocasionado. De forma paralela, las acciones para limpiar el derrame se han iniciado, medios de comunicación han informado que British Petroleum utiliza el químico Corexit 9500 para limpiar el derrame, este químico es una especie de detergente que sirve para cortar la grasa.

Finalmente, la Comisión Legislativa que elabora el presente Dictamen coincide con el honorable promovente respecto de que el Gobierno mexicano debe iniciar las gestiones conducentes para promover la elaboración de un Plan de contingencia, pues las características físicas del Golfo de México (ser una cuenca semicerrada y cóncava) incrementa las posibilidades de que el derrame petrolero alcance las aguas mexicanas.

En ese sentido, el científico y biólogo alemán, Johannes Warmuth, especialista en energías limpias y renovables, aseguró que el daño podrá percibirse en un corto plazo, en las playas de Veracruz, por lo que se verá afectada la pesca, el turismo y los ecosistemas acuáticos de la costa de México.

En ese contexto, la comisión legislativa que elabora el presente dictamen considera procedente dirigir un exhorto al Ejecutivo Federal para que instruya a las Secretarías competentes la elaboración de un Plan de Contingencia urgente en el que se instrumenten acciones para contener el derrame en caso de que el petróleo alcance las aguas mexicanas, así como para la reparación del daño ambiental. Igualmete, se considera viable solicitar al Ejecutivo federal, envíe a este órgano legislativo, un informe pormenorizado sobre el derrame de petróleo en el Golfo de México, así como los avances de recuperación ecológica de la zona.

Finalmente, se coincide con el honorable promovente, en el sentido de dirigir un exhorto al Ejecutivo Federal para que a través de las instituciones competentes, promueva y exija la reparación del daño ambiental ocasionado en el Golfo de México, por el hundimiento de la plataforma Deepwater Horizon.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta comisión nos permitimos someter a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Ejecutivo federal para que elabore, con carácter de urgente, un Plan de Contingencia para atender los impactos ocasionados por el derrame petrolero causado por la explosión y hundimiento de la plataforma de perforación petrolífera Deepwater Horizon en las aguas del Golfo de México.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, realice una evaluación de los impactos ambientales ocasionados por el derrame petrolero causado por la explosión y hundimiento de la plataforma de perforación petrolífera Deepwater Horizon en las aguas del Golfo de México.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Ejecutivo federal para que a través de las entidades que sean pertinentes, solicite al gobierno de Estados Unidos de América, un informe pormenorizado del derrame petrolero en aguas del Golfo de México, causado por la explosión y hundimiento de la plataforma de perforación petrolífera Deepwater Horizon.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Ejecutivo federal para que a través de las instituciones competentes promueva la reparación del daño ambiental ocasionado en el Golfo de México, por el derrame petrolero causado por la explosión y hundimiento de la plataforma de perforación petrolífera Deepwater Horizon.

Notas:

1 Rivera Arriaga, Evelia, Borges Souza Gladys, El Gran Ecosistema Marino del Golfo de México: Perspectivas para su Manejo,Boletín Informativo, Vol. 16 (1), p. 30.

2 Ibidem.

3 Ibidem.

4 Ibidem.

5 Diario Oficial de la Federación,Marzo 6 2002, México, DF, Sección Segunda.

6 Ob. Cit.Rivera Arriaga, p. 34

7 Ibidem.

8 Universidad Nacional Autónoma de México. Colegio de Ciencias y Humanidades. Portal “Deterioro ambiental” Responsables Biol. María Guadalupe Lomeli Radillo, I.Q. Ramón Tamayo Ortega I. Fis. Aquiles IIarrazar.

Información disponible en: http://www.sagan-gea.org/hojared AGUA/ paginas/14agua.html

9 Información disponible en: http://www.google.com.mx/search?q= ubicaci%C3%B3n+de+la+Plataforma+Deepwater+Horizon&hl=es&prmd=n&sour ce=univ&tbs=nws:1&tbo=u&ei=eEnsS4ezOlzssQO7z5TEDw&sa=X&oi=news group&ct=title&resnum=4&ved=OCCcQs QQwAw.

10 Una opción es abrir otro pozo paralelo (a través de 13,000 pies de roca), luego dirigirse hacia el pozo que está abierto y tratar de bombearle cemento para tapar el derrame; otra opción es colocar una válvula muy poderosa para tratar de tapar el hoyo que está abierto en el fondo del mar; una tercera opción es poner unos embudos “three steel boxes” de 40 pies de largo y que pesan 73 toneladas cada una que pondrán encima del hoyo en el fondo del mar. Cada embudo tiene conductas hacia la superficie del mar que se llevarán el crudo hacia un barco en la superficie

11 Información disponible en: http://chh.ufm.edu/sfSimpleBlog/ show/year/2010/month/05/day/01/stripped title/el-derrame-de-la-plataforma-deep-water-horizon

12 Ibidem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de junio de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Jeny de los Reyes Aguilar (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), María Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez, Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, Leoncio Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín, Rafael Pacchiano Alamán, Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»



REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Pesca, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a expedir el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2007

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Pesca fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente número D.G.P.L.61-II-6-0407, que contiene proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, para que en el ejercicio de sus facultades emita con la mayor brevedad el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables e informe, por conducto del secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, las razones por las cuales no se ha publicado, suscrito por el diputado Eduardo Ledesma Romo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 7 de abril de 2010.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión es competente para dictaminar la proposición en comento, por lo que se somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones

Antecedentes

1. Con fecha 7 de abril de 2010, el diputado Eduardo Ledesma Romo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal para que

Primero.En el ejercicio de sus facultades, expida con la mayor brevedad el Reglamento de la Ley General de Pesca y Sustentables, debido a que ha transcurrido en exceso el plazo de seis meses a que se refiere dicho ordenamiento y, como respuesta a la urgencia de promover el desarrollo sustentable del sector pesquero nacional.

Segundo.Por conducto del Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación informe a esta soberanía, en un plazo de 30 días hábiles, las razones por las cuales no se ha publicado el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura sustentables, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2007.

2. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en esa misma fecha, acordó turnar la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa, para análisis y dictamen, a la Comisión de Pesca.

3. Tomando como base los elementos de información disponibles, así como la propuesta multicitada, la Comisión de Pesca se avocó al estudio y análisis para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados con base en las siguientes

Consideraciones

El diputado proponente expone que el 24 de julio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que expide la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, y entró vigor noventa días después, de conformidad con lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la propia ley.

Asimismo, menciona que en la Ley se incorpora el aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas, se establece la concurrencia y competencia de la federación, entidades federativas y municipios para el ejercicio de atribuciones en materia de pesca y acuacultura, se reconoce el derecho de preferencia para el acceso de los pueblos y las comunidades indígenas al aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros en los lugares que habitan, se regula la acuacultura y se reconoce que ésta y la pesca son asuntos de seguridad nacional y de prioridad para el desarrollo nacional, entre otras nuevas figuras jurídicas.

De igual modo considera que a pesar del gran reto que, en su momento, representó la aprobación y promulgación de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, es una realidad que muchas de sus disposiciones no han logrado a la fecha materializarse o alcanzado su cumplimiento, debido en gran medida a que a casi tres años de haberse aprobado esta Ley por el Congreso de la Unión, no se haya expedido el reglamento, en cumplimiento a lo dispuesto en su artículo sexto transitorio, que claramente mandata al presidente de la república para que, dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigor, expida la reglamentación correspondiente.

En ese sentido los integrantes de la comisión dictaminadora reconocen la importancia de la proposición manifestada por el diputado Eduardo Ledesma Romo, coincidiendo con él en la importancia que reviste el reglamento de una ley en el sentido de ser una herramienta fundamental para la correcta interpretación y aplicación de ésta.

En dicho contexto, con fecha ocho de abril del presente año la diputada Georgina Trujillo Zentella presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados una proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, signado igualmente por los diputados Felipe Cervera Hernández y Eduardo Ledesma Romo, diputado proponente del punto de acuerdo que en este documento se dictamina, en el que precisamente se planteó al pleno de la Cámara que emitiera el exhorto al titular del Ejecutivo federal para que expida y publique de inmediato el reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y las demás disposiciones administrativas respectivas.

Por anterior, más allá de las coincidencias que los miembros de esta Comisión de Pesca hemos encontrado con la propuesta formalizada por el diputado proponente, en virtud de lo relacionado en él párrafo que antecede, esta comisión determina que el resolutivo primero de la proposición sometida para análisis ha sido satisfecha, más no lo relativo al segundo resolutivo.

Es el caso que a la fecha no se ha publicado el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. No obstante que desde el 22 de octubre de 2007 entró en vigor la propia ley, y que en su artículo sexto transitorio dispone que el Reglamento deberá ser expedido por el Presidente de la República dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de dicho ordenamiento legal.

En virtud de que el artículo sexto transitorio precitado no ha sido cumplido, esta comisión considera que procede exhortar al titular del Poder Ejecutivo federal, toda vez que ha transcurrido en exceso el plazo de seis meses.

De acuerdo con lo antes expuesto, los integrantes de la Comisión dictaminadora que suscriben la presente proposición, se permiten someter a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que, en uso de sus facultades, informe las razones por las cuales no se ha publicado el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura sustentables, publicada en el Diario Oficial de la Federación desde el 24 de julio de 2007.

Dado en las oficinas de la Comisión de Pesca, Palacio Legislativo de San Lázaro, a junio de 2010.

La Comisión de Pesca, diputados: Felipe Cervera Hernández, presidente (rúbrica); Rolando Bojórquez Gutiérrez (rúbrica), Sofía Castro Ríos (rúbrica), Carlos Oznerol Pacheco Castro, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), César Mancillas Amador (rúbrica), Nelly del Carmen Márquez Zapata (rúbrica), Miguel Martín López, secretarios; Patricio Chirinos del Ángel (rúbrica), Nicolás Carlos Bellizia Aboaf, Francisco Javier Martín Gil Ortiz, Carlos Manuel Joaquín González, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Luis Antonio Martínez Armengol (rúbrica), Alfredo Villegas Arreola (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva, Violeta Avilés Álvarez, Juan José Cuevas García, José Manuel Marroquín Toledo, Ivideliza Reyes Hernández (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto, José Ignacio Seara Sierra (rúbrica), Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, Víctor Manuel Castro Cosío (rúbrica), Florentina Rosario Morales (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos.»

Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sí, diputado Enrique Ibarra.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza(desde la curul): Con el propósito de expresar mi apoyo al punto número dos en cuestión, ciudadano presidente.



ESTADO DE JALISCO

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene, en consecuencia, el uso de la palabra hasta por 5 minutos el diputado Enrique Ibarra Pedroza, del Grupo Parlamentario del PT, para referirse al punto de acuerdo de la Comisión de Derechos Humanos por el que se exhorta al gobierno del estado de Jalisco a que evite y prevenga los actos de intimidación y hostigamiento hacia los defensores de los poblados afectados por la construcción de la presa el Zapotillo, en Jalisco.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza:Muchas gracias, ciudadano presidente. Señoras y señores representantes de la nación, quiero hacer unas consideraciones sobre este punto de acuerdo que aquí se nos plantea en relación con un exhorto al gobierno del estado de Jalisco para que desista de la construcción de la presa el Zapotillo, en acatamiento a una recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

En primer lugar quiero externar mi coincidencia plena con la sensibilidad de la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara de Diputados, ya que un asunto que hemos ventilado aquí diputados del PRI y un servidor del Partido del Trabajo, en acatamiento a los moradores de tres comunidades de Temacapulín, Acasico y Palmarejo que sufren la amenaza de un gobierno estatal y de la Comisión Nacional del Agua, de ser desplazados de las comunidades donde ellos y sus ancestros tienen centenares de años viviendo.

Es el caso que ni el gobierno del estado ni la Comisión Nacional del Agua se han dignado siquiera a recibirlos, se han dignado a escucharlos, y menos han cumplido con lo que fue una disposición de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de llevar a cabo una consulta entre los habitantes de esas comunidades para ver cuál es su punto de vista.

En abril de este año 17 diputados federales y 10 senadores de la república de la actual legislatura estuvimos en Temacapulín. Representantes que participamos en el movimiento que encabeza Andrés Manuel López Obrador. Ahí reiteramos nuestro apoyo a esos habitantes que se niegan a ser vejados en sus derechos humanos con el desplazamiento forzoso para construir este embalse.

Me parece a mí oportuna esta disposición de la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara ya que en estos días se está celebrando en Temacapulín el Tercer Encuentro Internacional de Afectados por Presas y sus Aliados. Están en esa comunidad del corazón alteño de Jalisco las delegaciones de 56 naciones de los cinco continentes en actos solidarios con sus derechos.

Mañana varios diputados de diversos partidos estaremos en esa comunidad para recibir las conclusiones de este Tercer Encuentro Internacional de Afectados por Presas y sus Aliados. Desde aquí refrendamos que habremos de seguir defendiendo el derecho de mujeres, hombres y jóvenes que se resisten a la violación de sus normas, de su identidad, de sus principios y de su hábitat.

Este intento de construcción del embalse, ya lo hemos acreditado aquí en varios órganos jurisdiccionales y administrativos, es un compendio de violaciones y de ilegalidades desde la manifestación de impacto ambiental, desde la elevación de la cortina de agua de 80 a 120 metros de altura, de la falta de la anuencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia, entre otras razones. Pero lo más importante, estamos y estaremos defendiendo la dignidad y el derecho de los habitantes de Temacapulín, Acasico y Palmarejo.

Por ello nuestra complacencia y reconocimiento a la Comisión de Derechos Humanos y pedirle que siga atenta con esa sensibilidad y ese compromiso social con muchos mexicanos que sufren el agobio por gobiernos insensibles y arrogantes. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Ibarra.

Tiene la palabra, desde su curul, el diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Salvador Caro Cabrera(desde la curul): Gracias, presidente. Es para dejar constancia también de la gratitud por la respuesta que nos da la Comisión de Derechos Humanos en torno a este punto de acuerdo, donde se reconoce la recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y también la urgencia de conciliar intereses con los pobladores de Temacapulín, Palmarejo y Acasico.

Quiero expresar que existe una violación sistemática a los derechos humanos, amedrentamiento a los pobladores y eso tiene que suspenderse, que en la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara quede constancia de que la tarea no está concluida, de que abrimos una fase donde tendremos que ver en los próximos días que el gobierno del estado de Jalisco empiece a actuar con la sensibilidad de la que ha carecido en todo este tiempo, desde que se ha impulsado la construcción de la presa.

Y expresar, que un problema fundamental en esta cuestión, y que urge que en la Comisión de Derechos Humanos podamos tener la comparecencia del director de la Comisión Nacional del Agua, es precisamente esta institución la que está privilegiando intereses de carácter económico, sobre soluciones al problema de carencia de agua en muchos puntos, particularmente en la zona metropolitana de Guadalajara.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Caro.

No habiendo más oradores inscritos, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo a los que se ha hecho referencia.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:En votación económica se preguntan si se aprueban los puntos de acuerdo a los que aquí se ha dado lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor, muchas gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa. Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobados los puntos de acuerdo, comuníquense.



LEY DE CONCURSOS MERCANTILES

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es la discusión de dictámenes negativos. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los encabezados.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que se dé lectura sólo a los encabezados de los dictámenes. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo. Gracias. Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Se autoriza. En consecuencia proceda la Secretaría a dar lectura a los encabezados.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, correspondiente a la LXI legislatura, con fundamento en los artículos 57, 60, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles, recibida por esta Cámara de Diputados de la Cámara colegisladora, en fecha 26 de marzo de 2009.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 57, 60, 62 y 63 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la minuta mencionada al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados en fecha 26 de marzo de 2009, los CC. Secretarios de la misma dieron cuenta al Pleno de esta Soberanía de la Minuta que se mencionó en el exordio del presente dictamen.

Segundo.El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero.El antecedente histórico de la minuta de referencia es el siguiente:

1. En fecha 8 de marzo de 2007, el diputado Jesús de León Tello, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una iniciativa que reforma el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles, la cual fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Economía.

2. Seguido su trámite legislativo, en fecha 16 de octubre de 2007, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 310 votos y 34 abstenciones la reforma propuesta.

3. En fecha 18 de octubre de 2007, el Senado de la República recibió de esta Cámara de Diputados la minuta correspondiente, turnándose para su dictaminación a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

4. En fecha 24 de marzo de 2009, el pleno de la Cámara de Senadores decidió por 94 votos, desechar la minuta correspondiente, enviándose en esa misma fecha a esta Cámara de Diputados a efecto de continuar con el trámite legislativo.

5. En fecha 26 de marzo de 2009, se turnó a la Comisión de Economía para su estudio y dictamen, la minuta proveniente del Senado que desecha la iniciativa que proponía reformar el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta Comisión de Economía es competente para conocer la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles.

Segunda.Que la minuta de referencia en resumen propone lo siguiente:

• Desechar la minuta que proponía modificar el cuarto párrafo del artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles, para establecer que los trabajadores que cuenten con un crédito laboral en laudo firme, no requerirán acompañar la garantía de los honorarios del visitador para que surta efectos el auto admisorio de la demanda de concurso mercantil.

Tercera.Que el dictamen con el cual el pleno de la Cámara de Senadores desecha la minuta, establece lo siguiente:

“La minuta objeto de este dictamen propone la siguiente modificación a la Ley de Concursos Mercantiles:

Artículo 24. Si el juez no encuentra motivo de improcedencia o defecto en el escrito de solicitud o demanda de concurso mercantil, o si fueren subsanadas las deficiencias, admitirá aquélla. El auto admisorio de la solicitud o demanda dejará de surtir efectos si el actor no garantiza los honorarios del visitador, por un monto equivalente a mil quinientos días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que se le notifique el auto admisorio.

La garantía se liberará a favor del actor si el juez dese-cha la solicitud o demanda o dicta sentencia que declare el concurso mercantil.

En caso de que la demanda la presente el Ministerio Público, o un trabajador que en su carácter de acreedor cuente con un crédito laboral que conste en laudo firme, no se requerirá la garantía a la que se refiere este artículo.”

Estas comisiones dictaminadoras coinciden con el espíritu de la reforma propuesta en la necesidad de que los trabajadores tengan las mayores facilidades para acceder a la justicia laboral en defensa de sus derechos.

Sin embargo, estas comisiones dictaminadoras consideran que lo que se pretende en la citada propuesta de reforma ya se encuentra regulado en el artículo 114 de la Ley Federal del Trabajo, el cual establece que: “los trabajadores no necesitan entrar en concurso, quiebra, suspensión de pagos o sucesión toda vez que la Junta de Conciliación y Arbitraje procederá al embargo y remate de los bienes necesarios para el pago de los salarios e indemnizaciones”.

Derivado de lo anterior, estas comisiones reconocen que los trabajadores al gozar de este trato especial, no requieren de dicho privilegio en la Ley de Concursos Mercantiles pues el concurso mercantil les es indiferente, al poder ejercer sus derechos sin necesidad de llamar al concurso mercantil a la empresa.

Finalmente, lo más probable es que una norma como la que se propone no va a tener nunca una aplicación práctica, pues los trabajadores no serán quienes demanden el concurso mercantil, al tener las garantías apuntadas en la legislación laboral”.

Cuarta.Que los diputados que integran esta Comisión de Economía de la LXI Legislatura, consideran que el razonamiento mediante el cual la Cámara de Senadores decide desechar la iniciativa de referencia, no es del todo acertado pues aún cuando existe coincidencia en que difícilmente se dará el caso de que un trabajador se vea en la necesidad de demandar el concurso mercantil del patrón, no es correcto el argumento de que la propuesta de reforma se encuentre ya regulada en el artículo 114 de la Ley Federal del Trabajo al establecer este dispositivo que los trabajadores no necesitan entrar al concurso ya que la Junta de Conciliación y Arbitraje procederá al embargo y remate los bienes necesarios para el pago de salarios e indemnizaciones.

Esto último, en virtud de que los créditos laborales que serán pagados contra la Masa, antes que cualquier otro tipo de acreedor, sólo corresponden a los salarios respecto a los dos últimos años anteriores al concurso mercantil; de ahí que el excedente de esos dos años, sí sea materia de que el trabajador tenga la necesidad de demandar el concurso mercantil.

Lo anterior, se desprende de los artículos 43, fracción IX, 65, 217 y 224, fracción I, de la Ley de Concursos Mercantiles que a la letra rezan:

Artículo 43. La sentencia de declaración de concurso mercantil, contendrá: ... IX. La orden de suspender durante la etapa de conciliación, todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del comerciante, con las excepciones previstas en el articulo 65;...

Artículo 65. ... Cuando el mandamiento de embargo o ejecución sea de carácter laboral, la suspensión no surtirá efectos respecto de lo dispuesto en la fracción XXIII, del apartado A, del artículo 123 constitucional y sus disposiciones reglamentarias, considerando los salarios de los dos años anteriores al concurso mercantil; cuando sea de carácter fiscal, se estará a lo dispuesto en el artículo 69 de este ordenamiento.

Artículo 217. Los acreedores se clasificarán en los grados siguientes, según la naturaleza de sus créditos:

I. Acreedores singularmente privilegiados;

II. Acreedores con garantía real;

III. Acreedores con privilegio especial, y

IV. Acreedores comunes.

Artículo 224. Son créditos contra la Masa y serán pagados en el orden indicado y con anterioridad a cualquiera de los que se refiere el artículo 217 de esta Ley:

I. Los referidos en la fracción XXIII, apartado A, del artículo 123 constitucional y sus disposiciones reglamentarias aumentando los salarios a los correspondientes a los dos años anteriores a la declaración de concurso mercantil del comerciante;

Por lo anterior, ante la claridad de los dispositivos mencionados de los que se desprende evidentemente la posibilidad de que el trabajador tenga la necesidad de acudir al concurso mercantil a reclamar un crédito laboral de más de dos años, en la parte excedente a éstos, es que los diputados que integran esta Comisión de Economía no pueden concordar con el dictamen de la colegisladora.

No obstante lo anterior, se estima que la reforma propuesta en la iniciativa, tal y como está planteada, aún y cuando implica un avance, presenta un sesgo de inconstitucionalidad, por la razón de que el eximir solo a los trabajadores en su carácter de acreedores de garantizar los honorarios del visitador, da un trato desigual a todos los demás acreedores que se ven en la necesidad de demandar el concurso mercantil; de ahí que esta Comisión de Economía tampoco pueda compartir el sentido de la iniciativa.

Ahora bien, se dice que la iniciativa plantea un avance ya que existen criterios jurisprudencia les que establecen que el hecho de que el auto admisorio de la demanda de concurso mercantil no surta efectos al no exhibir la garantía de los honorarios del visitador –ver artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles– es inconstitucional, al violar la garantía de acceso a la justicia; sin embargo, al haberse aprobado en un principio por esta Cámara de Diputados la iniciativa original sólo respecto a los créditos laborales, esta Comisión de Economía se encuentra impedida para modificar el sentido de la iniciativa natural de acuerdo con los apartados D y E del artículo 72 Constitucional.

El criterio jurisprudencial citado, a la letra dice:

Localización: Novena Época

Instancia: Primera Sala

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

XXVII, Febrero de 2008

Página: 481

Tesis: 1a. VI/2008

Tesis Aislada

Materia(s): Constitucional, Civil

CONCURSOS MERCANTILES EL ARTÍCULO 24 DE LA LEY RELATIVA VIOLA LA GARANTÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA.El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe, por un lado, que los gobernados sean obligados a retribuir a los servidores públicos encargados de administrar justicia y, por otro, que se imponga algún pago a quienes acuden a solicitar justicia a los órganos jurisdiccionales, como condición para la admisión de su pretensión. Así, la mencionada prohibición constitucional se extiende a los supuestos en los que el derecho de acceso a la justicia se supedite a la realización de cualquier acto que implique una erogación para el gobernador, pues el servicio de administración de justicia debe ser gratuito. Por tanto, el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles, al establecer que el auto admisorio de la solicitud o demanda de concurso mercantil dejará de surtir sus efectos si el actor no garantiza los honorarios del visitador, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que se le notifique dicho auto, viola la garantía de acceso a la justicia contenida en el citado precepto constitucional, toda vez que la obligación de garantizar los honorarios señalados no debe constituir una condición para desempeñar la función jurisdiccional, sino solamente una carga para quien solicita la declaración de concurso mercantil, conforme al artículo 28 de la ley indicada.

Amparo en revisión 555/2006.Dinámica en Mercadotecnia, SA de CV. 4 de octubre de 2006. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Juan N. Silva Meza. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Jorge Roberto Ordóñez Escobar.

Quinta. Por lo que en virtud de lo expuesto, la Comisión de Economía:

Acuerda

Primero.Se desecha en su totalidad la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles, por los razonamientos expuestos en la cuarta consideración.

Segundo.Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de junio de 2010.

La Comisión de Economía, diputados:Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López-Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez, David Ricardo Sánchez Guevara, José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez, Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»



LEY DEL SEGURO SOCIAL

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión le fue turnada, para su análisis y elaboración de dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, presentada, en ejercicio de sus facultades constitucionales, por el diputado Enrique Ibarra Pedroza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45, numeral 6, incisos e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General del los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 56, 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General del los Estados Unidos Mexicanos, es facultad de la Comisión de Seguridad Social elaborar el dictamen correspondiente, lo cual hace de acuerdo a los siguientes apartados: antecedentes, contenido de la iniciativa, consideraciones, conclusiones y acuerdo.

Antecedentes

1. En sesión ordinaria celebrada el jueves 3 de diciembre de 2009 por la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, el diputado Enrique Ibarra Pedroza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 151 de la Ley del Seguro Social.

2. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la iniciativa a la Comisión de Seguridad Social.

3. La Comisión de Seguridad Social, recabó la información necesaria y sostuvo reuniones para el análisis de la iniciativa referida que permitieran la elaboración del dictamen correspondiente.

Contenido de la iniciativa

En su exposición de motivos, el autor de la iniciativa menciona que, por desgracia, para miles de familias se ha presentado el problema de que algún integrante de ellas ha sido cesado de su plaza de trabajo, por reducción de ellas o por el cierre de empresas.

Aunado a este problema, menciona el promovente, que no hay creación de nuevas plazas, y esto repercute tanto en quienes han sido desempleados por razones no imputables a ellos, como en quienes acceden por primera vez al mercado de trabajo.

Como caso con una particularidad especial, cita el de los adultos mayores que estando próximos al cumplimiento del derecho para recibir una pensión, ya sea por cumplimiento de las semanas de cotización o por edad, ven negada esta posibilidad debido a la pérdida de su plaza laboral y, consecuentemente, a la suspensión de las cuotas y aportaciones que financian las prestaciones diferidas de la ley mencionada, concluyendo que en este país no hay empleos para los jóvenes, pero menos aún para los adultos mayores, con la diferencia de que estos últimos pueden hasta perder el derecho a recibir una pensión.

Concluye el autor de la iniciativa que esta tiene por objetivo de dotar de un instrumento legal a los trabajadores que han perdido su empleo para que puedan contar con la expectativa de una jubilación, con el requisito de que sean ellos quienes puedan enterar al instituto la parte que les corresponda con el fin de mantener vigentes sus derechos y que al cumplir las semanas de cotización o los años como trabajador en activo, puedan iniciar sus trámites de jubilación y el instituto reconocerles este derecho, no desperdiciándose sus años de trabajo y sus cotizaciones.

Para los propósitos señalados en la exposición de motivos, el diputado Enrique Ibarra Pedroza propone la adición de un párrafo tercero al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, con la siguiente redacción:

Artículo 151. Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio y reingrese a este, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente:

I. a IV. ...

En el caso de que el asegurado haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio por causas no imputables a él, podrá realizar las aportaciones que sean necesarias y suficientes para completar el mínimo de semanas de cotización que esta ley exige para acceder a una pensión sea por jubilación o por edad.

Consideraciones de la comisión

La comisión que dictamina coincide con el diputado autor de la iniciativa, en cuanto a que la pérdida del empleo, por causas imputables a él o no, representa la pérdida de derechos adquiridos por lo que hace a las prestaciones inmediatas o diferidas establecidas en la Ley del Seguro Social.

Igualmente coincide en que, en lo que se refiere a las personas adultas, sobre todo mayores de cuarenta años, la dificultad de encontrar un nuevo empleo formal con acceso a la seguridad social, son extremadamente difíciles y en un buen número de casos impiden la recuperación de las semanas de cotización previas a su separación del empleo, sobre todo considerando que volver a cotizar un año (52 semanas) para recuperar las cotizaciones anteriores, implica una dificultad casi siempre insuperable.

La Ley del Seguro Social de 1973, derogada en 1997, y la ley vigente a partir del 1 de julio de ese último año, establecen la posibilidad de recuperar las semanas previamente cotizadas, cuando habiendo superado el periodo de conservación de derechos (más de una cuarta parte del total de semanas de cotización), se cotice nuevamente durante 52 semanas ininterrumpidas, al obtener un empleo formal con acceso a las prestaciones de seguridad social.

Este requisito, presente en ambas leyes en igualdad de condiciones, es una limitante casi inalcanzable, ya que, habiéndose cumplido el requisito de las semanas de cotización (500 semanas en la ley de 1973) se requiere cumplir el requisito de la edad (60 años para la pensión de cesantía en edad avanzada); las mencionadas 500 semanas pudieron haberse completado a los treinta o cuarenta años de edad del trabajador, pero con un período sin cotizar de más de 125 semanas ya no se podrán recuperar hasta que se cotice nuevamente por un año, lo que implicaría que para obtener la pensión se requerirá que al cumplir 59 años el trabajador, consiga un trabajo que le permita cotizar durante 52 semanas más.

Sin embargo, la comisión considera que hay que separar a quienes están sujetos a las disposiciones de una ley derogada, ya que la vigente les dio la opción de acogerse a ella, de los que están sujetos a las disposiciones de la nueva ley.

Esto es importante, ya que el sistema pensionario de una y otra son totalmente distintos.

Por una parte, la Ley del Seguro Social de 1973, establecía el derecho a pensionarse por cesantía en edad avanzada o por vejez, a la edad de 60 o 65 años respectivamente, con el requisito, en ambos casos, de haber cotizado cuando menos 500 semanas. La Ley del Seguro Social, vigente desde 1997, establece el derecho a pensionarse por cesantía en edad avanzada o por vejez, a la edad de 60 o 65 años respectivamente, con el requisito en ambos casos, de haber cotizado cuando menos mil 250 semanas.

Por otra parte, la cuantía de la pensión en el caso de la ley de 1973, representaba un porcentaje del salario base de cotización al llegar a las quinientas semanas de cotización, al que se agregaba una cantidad predeterminada de acuerdo con el número de semanas cotizadas en adición a las primeras 500, de tal forma que el trabajador sabía cuántas semanas había cotizado y a cuanto tenía derecho como cuantía de su pensión al momento de pensionarse o jubilarse. En la Ley del Seguro Social vigente, la cuantía de la pensión no está precisada en cantidad líquida, sino que está basada en la cantidad de recursos que se hayan acumulado en una cuenta individual, provenientes de las cuotas obrero patronales y las aportaciones del gobierno, a los que se agregan o disminuyen los rendimientos financieros, positivos o negativos, que dichos recursos administrados por una Administradora de Fondos de Retiro, puedan generar.

En la ley anterior, con aportaciones y beneficios definidos, es fácil determinar cuál es la cuantía de la pensión, una vez que se haya completado el requisito de la edad necesaria para jubilarse o pensionarse.

En la ley vigente esto no es posible; al tratarse de un beneficio indefinido, sujeto a las variaciones de los recursos acumulados en la cuenta individual como consecuencia de su inversión en papeles financieros, no su puede determinar a una fecha fija, la cantidad necesaria para obtener una pensión vitalicia, una vez que se descuente lo necesario para contratar una pensión de supervivencia para cuando ocurra el fallecimiento del trabajador, sobre todo cuando el requisito de la edad, en esta ley, es de mil 250 semanas de cotización, equivalentes a un poco mas de 24 años.

Esto establece una diferencia importante que haría factible la propuesta de la iniciativa en cuanto a quienes se acojan a los beneficios de la ley derogada, y la haría inviable a quienes están obligados a pensionarse o jubilarse con la nueva ley.

Para la comisión que dictamina, si un trabajador ha cotizado de acuerdo con la Ley del Seguro Social de 1973 un mínimo de 500 semanas, por ese sólo hecho adquiere el derecho a la jubilación o pensión cuando complete el requisito de cumplir 60 o 65 años de edad, independientemente del tiempo que transcurra entre una y otra situación, sin que sea necesario volver a trabajar en un empleo formal, y a cotizar para recobrar ese derecho, cuyo requisito de semanas de cotización ya fue satisfecho.

Por esta razón, la comisión a la que esta iniciativa fue turnada, considera que la propuesta de que sea el trabajador, con sus propios recursos, el que tenga que pagar, tanto sus cuotas como las del patrón y las aportaciones del gobierno, para readquirir el derecho a jubilarse o pensionarse que ya tenía, no es congruente con el sentido de la seguridad social que busca el beneficio de los trabajadores a través de un sistema de aportaciones tripartito.

A este respecto, es prudente señalar en este dictamen, que durante el ejercicio de la LIX legislatura fue presentada una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo decimoctavo transitorio de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, que establece que aquellos trabajadores que a la fecha de la derogación de la ley de 1973 tenían cotizadas quinientas semanas, al cumplir 60 o 65 años de edad adquirían el derecho a recibir una pensión por jubilación o vejez sin ningún otro requisito.

Esta iniciativa fue dictaminada en sentido positivo por la Comisión de Seguridad Social de dicha Legislatura, y el pleno de la Cámara de Diputados lo aprobó por unanimidad, habiéndose enviado al Senado de la República para continuar con el trámite constitucional.

Igualmente la comisión que dictamina considera prudente señalar que la minuta enviada al Senado de la República por la Comisión de Seguridad Social de la LIX Legislatura, se encuentra pendiente de trámite en la colegisladora, y también señalar que, en la LX Legislatura se presentó una iniciativa con proyecto de decreto que proponía la misma reforma que la que se está dictaminando, es decir, que fuera el trabajador quien, de sus propios recursos, pagará las cotizaciones de las cincuenta y dos semanas necesarias para activar las más de 500 semanas que se hubieran cotizado previamente, iniciativa que fue desechada por la Comisión de Seguridad Social de esa legislatura, considerando que la minuta enviada al Senado de la República por la LIX Legislatura debía ser aprobada, acordándose también en el seno de la Comisión de Seguridad Social que se propusiera al pleno de la Cámara de Diputados que se emitiera un respetuoso exhorto a la colegisladora para que dictaminara este asunto, propuesta que también fue aprobada por unanimidad.

Conclusiones

Por lo expuesto y debidamente fundado, la comisión que dictamina concluye que no es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, presentada por el diputado Enrique Ibarra Pedroza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, y que debería repetirse el respetuoso exhorto a la Cámara de Senadores para que concluyan el trámite legislativo a la minuta enviada por la Cámara de Diputados que adiciona un segundo párrafo al artículo decimoctavo transitorio de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, por lo que se somete al pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdos

Primero.No es de aprobarse y se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, presentada por el diputado Enrique Ibarra Pedroza (PT).

Segundo. Archívese este expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en la sala de juntas de la Comisión de Seguridad Social, a los 28 días del mes de abril de 2010.

La Comisión de Seguridad Social, diputados: Uriel López Paredes (rúbrica) presidente; Janet Graciela González Tostado (rúbrica), Rafael Yerena Zambrano (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Valdemar Gutiérrez Fragoso (rúbrica), Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica), Israel Madrigal Ceja (rúbrica), secretarios; Malco Ramírez Martínez (rúbrica), Elvia Hernández García (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Raúl Gerardo Cuadra García (rúbrica), Bernardo Margarito Téllez Juárez (rúbrica), Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Francisco Hernández Juárez, Feliciano Rosendo Marín Díaz, Roberto Pérez de Alva Blanco, Herón Agustín Escobar García, María Guadalupe García Almanza, Clara Gómez Caro (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Isaías González Cuevas (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Graciela Ortiz González, Armando Jesús Báez Pinal, Germán Contreras García, Velia Idalia Aguilar Armendáriz (rúbrica), María Elena Pérez de Tejada Romero, José Gerardo de los Cobos Silva (rúbrica).»



CODIGO CIVIL FEDERAL

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Justicia, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 273, 282 y 288 del Código Civil Federal

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la LXI Legislatura fue turnada para el estudio, análisis y dictamen correspondientes la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 273, 282 y 288 del Código Civil Federal.

La Comisión de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 a 73 de la Constitución Política; 39 y 45, numeral 6, incisos f) y g), de la Ley Orgánica; y 55, 56, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 23 de febrero de 2010, la diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, presentó la iniciativa que reforma los artículos 273, 282 y 288 del Código Civil Federal.

Segundo. La Mesa Directiva, en esa fecha, mediante el oficio número DGPL 61-II-6-0299, acordó que se turnase a la Comisión de Justicia.

Contenido de la iniciativa

La iniciativa citada propone reformar los artículos 273, 282 y 288 del Código Civil federal, a efecto de brindar protección a los niños y a los adolescentes, por lo que se propone incorporar preceptos legales tendentes a garantizar su seguridad y convivencia familiar, estableciéndose la custodia compartida como un instrumento por el cual los padres se comprometen a la convivencia y crianza de los hijos, salvo que, de conformidad con la ley, la autoridad determine que ello es contrario al interés superior del niño.

Con reformas de este tipo se pretende proteger y garantizar el derecho de los niños y de los adolescentes a convivir con ambos padres y se evita que se continúe considerando a los hijos como objetos por los cuales hay que luchar, situación a todas luces reprobable, ya que el menor no debe ser objeto al que se pueda utilizar o manejar al antojo y conveniencia de alguno de los padres.

De ahí la necesidad de que la legislación sea revisada porque en los términos actuales promueve el conflicto, el antagonismo y la desesperanza. Quitar la custodia de los hijos a un padre por el mero hecho de divorciarse es un acto que no debe seguir siendo tolerado.

La figura de “custodia compartida” es un modelo de convivencia del menor de edad con ambos padres cuando éstos se encuentran separados. En términos del Código Civil Federal vigente, la custodia implica tener a cargo de los padres el cuidado del menor, pero cuando éstos se separan, uno de ellos es el que tiene a su cargo la custodia, generando por ende que el menor conviva únicamente los fines de semana con el otro padre. Esa situación pretende limitarse con la implantación de esta figura; claro está, cuando las circunstancias particulares de cada caso lo permitan y que no haya peligro alguno para el menor de edad a valoración del juez.

En las legislaciones civiles de las entidades federativas encontramos que el Distrito Federal ya prevé en el Código Civil algunas disposiciones encaminadas a garantizar la convivencia del menor con los padres cuando éstos se encuentran separados o en proceso de separación, como lo establece el artículo 283, que señala que la sentencia de divorcio fijará la situación de los hijos menores de edad, para lo cual deberá contener, entre otras, el derecho de los hijos a convivir con ambos progenitores y las medidas necesarias para garantizar la convivencia de los hijos con los padres, que sólo deberá ser limitada o suspendida cuando haya riesgo para los menores.

De igual manera, establece que en caso de que los padres hayan acordado la guarda y custodia compartida, el juez, en la sentencia de divorcio, deberá garantizar que los divorciantes cumplan las obligaciones de crianza, sin que ello implique un riesgo en la vida cotidiana para los hijos (artículo 283).

Además, establece en el artículo 416 que en caso de separación de quienes ejercen la patria potestad, ambos deberán continuar el cumplimiento de sus obligaciones y podrán convenir los términos de su ejercicio, particularmente en lo relativo a la guarda y custodia de los menores.

Consideraciones

Después de haber analizado los argumentos vertidos en la iniciativa que nos ocupa, la comisión considera improcedente la reforma planteada por las siguientes consideraciones:

Primera. La comisión considera improcedente la propuesta de reformar los artículos 273, fracción I, y 282, fracción VI, y de adicionar el 288 del Código Civil Federal para que en éstos se prevea el concepto de “custodia compartida”, sin demeritar la relevancia de interés superior del menor y la institución de la familia para legislación nacional, atendiendo a que estas prerrogativas están plasmadas en distintas legislaciones especiales e incluso convenciones internacionales en las cuales México ha participado.

Segunda. La reforma propuesta para el código sustantivo pretende regular de manera específica la figura de “custodia compartida”, la cual no es considerada en la legislación federal al día de hoy. Sin embargo, se debe establecer que es competencia de los congresos de cada entidad federativa y no del de la Unión legislar en materia civil del fuero común, en este caso específicamente en materia familiar, por no estar entre sus facultades establecidas en el artículo 73 constitucional, por lo que se estaría a lo dispuesto en el artículo 124 de la Carta Magna, que señala lo siguiente:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 124. Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales se entienden reservadas a los estados.

Para precisar esta situación, podemos tomar como ejemplo lo que el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal establece en el artículo 42, fracción XII:

Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

Artículo 42. La Asamblea Legislativa tiene facultades para

XII. Legislar en las materias civil y penal, normar el organismo protector de los derechos humanos, participación ciudadana, defensoría de oficio, notariado y Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

Tercera. La ley fundamental ya reconoce los derechos de que gozan los menores en el artículo 4o. (de manera general), estableciendo que los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, y que los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos.

Por otro lado, y ya de manera específica, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece lo siguiente en el artículo 3o.:

Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo 3o. La protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes tiene como objetivo asegurarles un desarrollo pleno e integral, lo que implica la oportunidad de formarse física, mental, emocional, social y moralmente en condiciones de igualdad.

Son principios rectores de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes:

A. El del interés superior de la infancia.

B. El de la no discriminación por ninguna razón ni circunstancia.

C. El de igualdad sin distinción de raza, edad, sexo, religión, idioma o lengua, opinión política o de cualquier otra índole, origen étnico, nacional o social, posición económica, discapacidad, circunstancias de nacimiento o cualquier otra condición suya o de sus ascendientes, tutores o representantes legales.

D. El de vivir en familia, como espacio primordial de desarrollo.

E. El de tener una vida libre de violencia.

F. El de corresponsabilidad de los miembros de la familia, Estado y sociedad.

G. El de la tutela plena e igualitaria de los derechos humanos y de las garantías constitucionales.

En la Convención de los Derechos del Niño se establecen principios rectores tendentes a lograr la protección del interés superior del menor, estableciendo las responsabilidades, los derechos y las obligaciones de los padres del menor, así como los derechos de éste a vivir en familia y a ser cuidado, y especialmente uno de los principios aplicables al proyecto que nos atañe es el plasmado en el artículo 9, que a la letra establece lo siguiente:

Convención sobre los Derechos del Niño

Artículo 9

1. Los Estados parte velarán porque el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares; por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño.

2. En cualquier procedimiento entablado de conformidad con el párrafo 1 del presente artículo, se ofrecerá a todas las partes interesadas la oportunidad de participar en él y de dar a conocer sus opiniones.

3. Los Estados parte respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.

4. Cuando esa separación sea resultado de una medida adoptada por un Estado parte, como la detención, el encarcelamiento, el exilio, la deportación o la muerte (incluido el fallecimiento debido a cualquier causa mientras la persona esté bajo la custodia del Estado) de uno de los padres del niño, o de ambos, o del niño, el Estado parte proporcionará, cuando se le pida, a los padres, al niño o, si procede, a otro familiar información básica acerca del paradero del familiar o familiares ausentes, a no ser que ello resultare perjudicial para el bienestar del niño. Los Estados parte se cerciorarán además de que la presentación de tal petición no entrañe por sí misma consecuencias desfavorables para la persona o personas interesadas.

Por lo anterior, podemos apreciar que los principios rectores que deben velar por los derechos fundamentales del menor se consideran en leyes especiales y las convenciones internacionales signadas por México, por lo que la propuesta de reforma y adiciones del Código Civil Federal sería poco viable atendiendo a las circunstancias descritas.

Cuarta. Otro punto importante es el aspecto práctico que tendría la reforma, pues si figuras similares se consideran ya en los códigos de las entidades federativas, la relevancia que tendrían dicha reforma y adición sería nula, pues en la práctica no tendrían aplicación; es decir, serían letra muerta.

No obstante, es plausible la intención del iniciante, por lo que el Estado mexicano en su conjunto debe continuar salvaguardando los derechos fundamentales del menor y la institución de la familia para poder fomentar el adecuado desarrollo de los menores en el país y la integridad de la familia.

Por lo expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Justicia sometemos a consideración del pleno de esta asamblea el siguiente proyecto de

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 273, 282 y 288 del Código Civil Federal, presentada por la diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 23 de febrero de 2010.

Segundo. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2010.

La Comisión de Justicia, diputados:Víctor Humberto Benítez Treviño (rúbrica), presidente; José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Sergio Lobato García (rúbrica), Óscar Martín Arce Paniagua (rúbrica), Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Ezequiel Rétiz Gutiérrez, Eduardo Ledesma Romo, Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo (rúbrica), Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Juanita Argelia Cruz Cruz, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Nancy González Ulloa (rúbrica), Leonardo Arturo Guillén Medina (rúbrica), Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre (rúbrica), Gregorio Hurtado Leija, Sonia Mendoza Díaz, Jesús Alfonso Navarrete Prida, Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Norma Leticia Salazar Vázquez (rúbrica), Cuauhtémoc Salgado Romero, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Enoé Margarita Uranga Muñoz (rúbrica), Josué Cirino Valdez Huezo (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado (rúbrica), Alma Carolina Viggiano Austria, Pedro Vázquez González, Arturo Zamora Jiménez (rúbrica).»



LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL DE PLANEACION METROPOLITANA

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que crea el Instituto Nacional de Planeación Metropolitana

Honorable asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Metropolitano, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y análisis la iniciativa con proyecto de ley que crea el instituto nacional de planeación metropolitana, a cargo del diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Por lo anterior y con fundamento en los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo, esta Comisión de Desarrollo Metropolitano somete a la consideración de esta Cámara de Diputados de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, el presente dictamen a partir de los siguientes antecedentes de trámite y con base en las siguientes consideraciones de resolución.

Antecedentes

1. En la sesión ordinaria del 23 de febrero de 2006, del tercer año de ejercicio de la LIX Legislatura de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta de la iniciativa con proyecto de ley que crea el instituto nacional de planeación metropolitana, presentada por el diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

2. En la misma sesión, la Mesa Directiva de la Cámara, en uso de sus facultades, instruyó el turno de la iniciativa a la Comisión de Desarrollo Metropolitano para su estudio y dictamen.

3. La iniciativa no fue dictaminada durante la LIX Legislatura y pasó como asunto legislativo pendiente de resolución, con el expediente número 5123, Año Tercero, Sección Quinta, Índice “I”, Foja 3 Libro III, a esta Comisión de Desarrollo Metropolitano de la LX Legislatura de esta Cámara de Diputados.

4. Esta Comisión de Desarrollo Metropolitano procedió al estudio de la iniciativa y determinó apoyar la discusión y deliberación de la misma en la revisión y el análisis de los antecedentes legislativos relativos al asunto, de las experiencias en materia de planeación del desarrollo urbano y metropolitano en el país y en otros países y de la investigación académica realizada acerca del tema, así como de la opinión solicitada a la dependencia del Ejecutivo federal encargada del ramo y al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de esta Cámara respecto del impacto presupuestario de la iniciativa, tareas que llevaron a la resolución que aquí se propone con base en las siguientes.

5. La Comisión de Desarrollo Metropolitano de la LX Legislatura, aprobó el dictamen en sentido negativo por el que se desecha la iniciativa de ley que crea el instituto nacional de planeación metropolitana, el 23 de abril de 2009. Y fue enviado al pleno de la Cámara para su resolución.

6. Con fecha 6 de octubre de 2009, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados envío a esta comisión de la LXI Legislatura, el dictamen en sentido negativo por el que se de-secha la iniciativa de ley que crea el instituto nacional de planeación metropolitana, en virtud de que el pleno de la Cámara de la LX legislatura no resolvió al respecto.

7. Esta Comisión de Desarrollo Metropolitano procedió al análisis y discusión del dictamen, con base en los antecedentes legislativos relativos al asunto y del expediente y decidió aprobarlo en el mismo sentido.

Consideraciones

1. El motivo de la iniciativa es contribuir al mejoramiento de la planeación del desarrollo en el ámbito metropolitano. Con esa finalidad se propone crear el instituto nacional de planeación metropolitana, organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social del Ejecutivo federal, que tendría por objeto prestar apoyo técnico y emitir recomendaciones a las autoridades del nivel federal, de las entidades federativas y de los municipios del país, relativas a la planeación del desarrollo metropolitano.

El iniciador justifica la creación de ese organismo público en las presunciones de que no se ha logrado consolidar una efectiva planeación del desarrollo metropolitano o que la aplicación de ésta ha sido hasta ahora inadecuada, ya sea porque no da cuenta de los diversos aspectos relativos al fenómeno metropolitano, carece de una visión de orden estratégico y de largo plazo o bien adolece de improvisación y continuidad. La exposición de motivos no ofrece, sin embargo, evidencia ni dato alguno para sustentar ese diagnóstico.

Más importante aún es que no se define el desarrollo metropolitano, no se establece la especificidad que pueda implicar su regulación y planeación y las relaciones que guarda con respecto del desarrollo urbano o del desarrollo regional, con cuya regulación y planeación necesariamente se relaciona y en cuyo marco se inscribe, lo cual es necesario para evaluar los requerimientos de adecuación o mejora, a partir de un organismo federal creado con ese fin.

La finalidad explícita del organismo propuesto es “unificar criterios” de planeación y regulación para lograr una “urbanización controlada”, reducir costos de mantenimiento de infraestructuras, mitigar el daño ambiental y mejorar los servicios públicos en las áreas metropolitanas. De acuerdo con lo establecido en el proyecto de ley que se propone, dicho organismo tendrá como objeto “diseñar instrumentos administrativos, técnicos y de financiamiento” y “hacer recomendaciones” para la ejecución de “proyectos estructurales” de “carácter intermunicipal”, que permitan un crecimiento ordenado y armónico sobre territorio conurbado y metropolitano. Se argumenta que de ese modo se contribuirá a una “efectiva planeación de la metropolización”, al “redimensionamiento de la estructura urbana” y a “solventar” la fragmentación política y administrativa que actualmente subsiste.

2. Debe reconocerse en la iniciativa el mérito de intentar distinguir a la planeación metropolitana como materia y objeto de regulación jurídica, que justificaría un tratamiento diferenciado respecto del otorgado a la planeación del desarrollo, urbano y regional, ya que es a partir de esa diferenciación que debe evaluarse de qué manera ha tenido lugar, así como los medios para contribuir, en su caso, a su adecuación.

A partir de esa premisa no se deduce, sin embargo, que los criterios en que se sustenta la planeación metropolitana, así como sus procedimientos, mecanismos e instrumentos, deban ser homologados entre las entidades federativas y los municipios, como condición para que sea efectiva y adecuada, tal como supone el iniciador. La normatividad que regula la planeación del desarrollo metropolitano, así como el diseño institucional de las instancias a cuyo cargo deba estar, remiten a las competencias, facultades y atribuciones de la federación, las entidades federativas y los municipios, en materia de ordenación territorial y desarrollo urbano. Esa consideración debe tenerse en cuenta al evaluar la pertinencia de crear el organismo propuesto.

En el criterio de esta comisión, la resolución sobre el asunto debe atender, por una parte, a la justificación para adecuar la función de planeación en el ámbito metropolitano y, por otra parte, a la conveniencia de que tal adecuación requiera, en su caso, de la creación de un nuevo organismo con esa finalidad. La primera cuestión concierne a la naturaleza de la planeación metropolitana y la segunda al objeto del organismo que deba hacerse cargo de ella, cuestiones que se relacionan entre sí y que conviene considerar dentro del contexto de la evolución del fenómeno de urbanización metropolitana en el país y, a la vez, en el marco del funcionamiento de la administración pública federal, estatal y municipal, porque eso permite identificar eventuales requerimientos no satisfechos y preveer, en su caso, las repercusiones que pudieran derivar.

3. Con base en ese criterio, por lo que corresponde a la primera cuestión, que es el fondo del asunto, se trata entonces de decidir acerca de la orientación que deba darse a la planeación de índole metropolitana en el país, según la especificidad que tiene y la relación que deba guardar con la planeación del desarrollo nacional y con la planeación del desarrollo urbano de orden federal, estatal y municipal, en cuyos marcos debe ser inscrita.

A ese respecto, para esta comisión queda claro que la planeación metropolitana se distingue de la planeación del desarrollo urbano en general como una subespecie de ese género, pero que puede ser equiparada con la planeación regional del desarrollo, una especie distinta, y que a la vez ha sido asimilada a la planeación del desarrollo urbano relativo a las zonas de conurbación, tal como se refleja tanto en el ámbito de la legislación como en el de la administración pública en la mayor parte de las entidades federativas del país. De modo que las zonas metropolitanas reciben el tratamiento como zonas de conurbación, si bien se las distingue según que estén conformadas en territorio de una misma o de dos o más entidades federativas.

Debe señalarse, sin embargo, que esa última premisa, la asimilación de la índole metropolitana a la índole de conurbación, no sólo es errónea sino que impide dar cuenta de las características del fenómeno metropolitano, de la diversidad de zonas metropolitanas y, en consecuencia, de la especificidad y la especialización que implica la planeación y regulación de los asentamientos humanos y del de-sarrollo urbano en ese ámbito territorial, urbano y social.

De acuerdo con los resultados de la investigación realizada en este campo, hay plena coincidencia en que las zonas metropolitanas no se forman únicamente como resultado de una conurbación o unión física entre centros urbanos de dos o más municipios, sino también debido a la influencia que alguno de ellos ejerce, en tanto que ciudad central, sobre otros circunvecinos que constituyen las áreas periféricas, conformando un sistema integrado en términos de funcionamiento económico y urbano. El desarrollo y los problemas que tienen lugar en algún municipio afectan directa e invariablemente a otros y, en algunos casos, la influencia evoluciona hacia una afectación e interdependencia recíproca. Esta última situación puede derivar en la constitución de varios polos de desarrollo que ejercen influencia y entonces se está ante un patrón multicéntrico del desarrollo metropolitano, si bien ese fenómeno aún no se ha generalizado en nuestro país.

Por eso, la delimitación de una zona metropolitana atiende a diversos criterios, junto con el correspondiente a la condición de conurbación, considerados en las metodologías utilizadas como complementarios y relacionados entre sí, tales como la integración funcional, que da cuenta de la interdependencia entre el municipio central y los municipios periféricos medida por los desplazamientos habituales con motivo de trabajo entre municipios metropolitanos; el carácter predominantemente urbano, medido por las proporciones de población económicamente activa ocupada en actividades no agrícolas y de población residente en localidades urbanas y por la densidad de población; la importancia económica de los municipios, medida a partir del valor de la producción por sector económico; así como el carácter estratégico que, con independencia de que no se reúnan los otros criterios, algunos municipios tienen para la planeación en el largo plazo, ya sea por disponer de áreas aptas para el desarrollo urbano y que deban ser incorporadas de manera ordenada, o bien porque en su territorio haya áreas con valor ambiental que deban preservarse.

De acuerdo con la delimitación oficial llevada a cabo en 2004 y actualizada en 2007, conjuntamente por la Secretaría de Desarrollo Social, el Consejo Nacional de Población y el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, de las cincuenta y seis zonas metropolitanas que en total existen en el país, cuarenta y cinco de ellas han sido delimitadas a partir del criterio de conurbación, es decir, por una conurbación intermunicipal; dos atendiendo a su tamaño por estar contenidas en un solo municipio (Juárez y León); otras dos porque aunque no han rebasado aún su límite municipal (Tijuana y Guaymas) pero mantienen desde el año 2000 un alto grado de integración funcional con municipios vecinos predominantemente urbanos (Playas de Rosarito y Empalme, respectivamente) y siete de ellas con base en la importancia estratégica para la política de ordenación del territorio y del desarrollo urbano nacional (Chihuahua, Tula, Cancún, Mexicali, Reynosa-Río Bravo, Matamoros y Nuevo Laredo, las últimas cuatro ubicadas en la frontera norte). Es de señalar que ese ejercicio de delimitación utilizó una combinación de criterios y es el más elaborado y completo hasta ahora en México.

Las zonas de conurbación se formaron antes que las zonas metropolitanas; la regulación y planeación de la ordenación territorial y del desarrollo urbano en las mismas requirió de la adecuación del marco jurídico nacional, mediante reformas sustantivas a la Constitución federal y la legislación federal y estatal en la materia, aprobadas y publicadas en 1976, 1983 y 1994, por las que además de establecerse la materia de conurbación y afirmarse el carácter concurrente para ocuparse de ella, se indujo una cierta homologación en la legislación local a nivel federal.

Conviene poner de relieve que tal homologación ha sido sólo en cuanto al establecimiento de dos criterios rectores para regular la materia, relativos por una parte al tratamiento que corresponde a conurbaciones en una misma entidad federativa, en apego a la soberanía de los estados, y el concurrente en el caso de conurbaciones en territorio de dos o más entidades federativas y, por otra parte, el relativo a la debida congruencia que deban guardar entre sí los planes y programas de ordenación territorial y de desarrollo urbano, incluidas las conurbaciones y los proyectos de desarrollo regional, federales, estatales y municipales, según la respectiva competencia a la federación, las entidades federativas y los municipios.

Tales criterios rigen a la fecha y evidentemente se justifican con base en la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al estado para garantizar que sea integral y sustentable, y que fomente el crecimiento económico, el empleo y una justa distribución de la riqueza, lo cual a su vez da sustento para que el estado deba organizar el sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía, fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

De lo considerado hasta aquí, puede entonces establecerse que si bien toda zona metropolitana contiene al menos una conurbación, no toda conurbación es una zona metropolitana, que la delimitación de su conformación está dada por diversos criterios, que esa conformación así como su evolución es el resultado del desarrollo económico, urbano y social, en el ámbito estatal y en el nacional. La conformación y la evolución en cada zona metropolitana, según las condiciones y el desarrollo en cada entidad federativa, en las conurbaciones estatales e interestatales y en cada región del país, constituyen el punto de partida y los referentes obligados a tomar en cuenta para la planeación metropolitana y, por consiguiente, se vinculan estrechamente a los criterios, normas e instrumentos que le sirven de soporte y que permiten su mejoramiento y, en su caso, adecuación, los cuales están determinados por la legislación local, tal como se puede constatar al revisar la ley en la materia en cada una de las 32 entidades federativas o en la legislación federal cuando se trate de zonas metropolitanas en territorio de dos o más entidades federativas.

No resulta desatendible, para los efectos del presente dictamen, tener en cuenta que en la legislación federal y local se establecen tanto los contenidos que deban tener los planes estatales y municipales en materia de ordenamiento territorial y del desarrollo urbano, objetos invariablemente relacionados entre sí, como lo relativo a los órganos públicos encargados de elaborarlos, las atribuciones conferidas y los procedimientos a seguir para la elaboración, ejecución, control y evaluación de tales planes y programas, incluida la publicitación que de ellos deba hacer la autoridad competente.

4. A juicio de esta comisión, el fondo del asunto no se constriñe a determinar si hay o no requerimientos que deban suplirse para proveer o mejorar la planeación del desarrollo urbano en conurbaciones en general, sino que antes que eso consiste en determinar la especificidad y, a la vez, la especialización que deba ser otorgada a la planeación del desa-rrollo metropolitano como distintiva de conurbaciones y regiones, pero desde luego inscrita siempre en el marco de la planeación del desarrollo urbano y de la planeación regional y nacional del desarrollo, según las respectivas competencias que atañen a la federación, los estados y los municipios y atendiendo a la diversidad de las zonas metropolitanas y la heterogeneidad que exhibe su desarrollo, así como a las diferencias de tratamiento en la legislación y la administración pública entre entidades federativas, de acuerdo con las bases de organización política y administrativa de la república.

En la base de tal determinación está la consideración de las ventajas o desventajas que derivan de la actual distribución de competencias entre la federación, las entidades federativas y los municipios, ya sea anteponiendo una visión centralizada o una descentralizada, de lo que podría derivarse, en su caso, la conveniencia o no de adoptar una política pública de homologación institucional de criterios, normas e instrumentos administrativos, que el iniciador denomina “herramientas” (sic) dentro del proyecto de ley, para proveer a una mejor concurrencia, colaboración y coordinación entre las autoridades competentes en el nivel federal, estatal y municipal, cuando se trate de zonas metropolitanas. Esa política de homologación pretende ser inducida mediante el organismo que se propone crear.

En ese orden de ideas, en el proyecto de ley subyace, a juicio de esta comisión, por una parte, una concepción limitada del fenómeno metropolitano y una perspectiva inadecuada en cuanto a su tratamiento y, por otra parte, un enfoque centralista y restrictivo de la regulación y planeación del desarrollo metropolitano, que resultan incompatibles con su evolución y características en nuestro país y de las que derivan las inconsistencias del proyecto de ley. Cabe señalar que esa característica es común ciertamente a otras iniciativas presentadas, en esa materia y con propósitos similares, aún cuando se trata de proyectos de modificación a la Constitución de la República.

5. La concepción del fenómeno metropolitano que subyace en la iniciativa es limitada porque no se toma en cuenta la heterogeneidad que presenta la conformación y la evolución de las zonas metropolitanas. La premisa de que hay que partir, demostrada en la mayor parte de la investigación especializada, es que se trata de un desarrollo urbano, económico y social heterogéneo, que exhibe particularidades de una entidad a otra y entre regiones del país. La diversidad se constata no sólo en cuanto a tamaño (población y superficie), configuración, densidad y consolidación urbana, sino también por lo que se refiere al ritmo de crecimiento, grado de integración funcional urbana, encadenamiento entre sectores y ramas económicas e integración de mercados, conectividad y oportunidades para elevar la competitividad económica.

De eso dependen, en parte, la interdependencia económica entre municipios, el ritmo de crecimiento de las conurbaciones, la relación entre áreas centrales y periféricas, la diversidad de vocaciones de usos del suelo, la disponibilidad de reservas territoriales, así como las ventajas comparativas y competitivas entre zonas metropolitanas o bien los rezagos y requerimientos de cobertura y calidad de infraestructura, equipamiento y servicios, de movilidad urbana y de protección del medio ambiente. Por tanto, las políticas, los planes y los programas, tanto de ordenamiento territorial de los asentamientos y las actividades como de desa-rrollo urbano, tendrían que atender al conjunto de esos aspectos y su elaboración y adecuación tendría que responder a las particularidades de la zona metropolitana de que se trate.

Vale atender en este punto que esa es la razón por la que, entre especialistas en la materia, se ha coincidido en que tanto la regulación y planeación del desarrollo metropolitano como la gestión pública, y para algunos incluso la gobernabilidad, en zonas metropolitanas requiere ser intersectorial y trasversal entre ámbitos de gobierno y sectores de la administración pública en sus diversos niveles, lo cual sólo puede ser resultado de la colaboración y coordinación intergubernamental y a las que puede contribuir el aprovechamiento de las facultades otorgadas por la Constitución federal a los municipios para asumir por sí o convenir con el estado respectivo el mejor ejercicio de las funciones y la prestación de servicios que les correspondan, así como para asociarse entre ellos con ese cometido, previo acuerdo entre sus ayuntamientos, de conformidad con el artículo 115 de la ley suprema.

A la fecha se han definido y delimitado un total de 56 zonas metropolitanas en el país, integradas por territorio de un total de 345 municipios metropolitanos, en las que reside el 56.05 por ciento (57.9 millones de habitantes) de la población total del país (103.3 millones de mexicanos), en donde se generan en conjunto tres cuartas partes del producto interno bruto nacional y que comprenden apenas una décima parte del territorio de la república. Nueve de ellas tienen una población mayor a 1 millón de habitantes, 18 de ellas entre 500 mil y un millón de habitantes y las 29 restantes entre 50 mil y 500 mil habitantes.

Las diferencias entre zonas metropolitanas radican también en cuanto a vocación económica (turismo, petróleo), sector y rama predominante (industrial, comercial, servicios) y nivel de competitividad. Por ejemplo, de las 56 en todo el país, seis se sitúan en el nivel de mayor competitividad y diez en el nivel más bajo; el contraste es mayor si se atiende sólo al indicador de economía dinámica, pues sólo una de ellas se ubica en el rango de mayor competitividad (Reynosa/Río Bravo, 70 puntos) y 25 de ellas se sitúan en el de competitividad media, hasta 20 puntos por debajo de aquella. En algunas se registran los mejores (San Luis Potosí, Zacatecas-Guadalupe, Guadalajara y Monterrey) y en otras los peores (La Piedad, Tecomán, Cuautla y Acapulco) índices de calidad de vivienda a escala nacional.

Así se tienen zonas metropolitanas estatales, interestatales, transfronterizas, con predominio de un sector o rama económica diferente (industrial, comercial, servicios, turismo, petróleo); unas mucho más congestionadas que otras, de modo que no sería pertinente otorgar el mismo tratamiento, por ejemplo, a una zona metropolitana como la del Valle de México, con una de las superficies territoriales más pequeñas (7,854 kilómetros cuadrados, Km2) y una densidad media urbana (166.0 habitantes por hectárea) superior a cualquier otra, que a la zona metropolitana de Chihuahua, con mucho menor densidad (69.2 Hab/ha) y mucha mayor superficie (18,113 km2), o bien que a la zona metropolitana de Oaxaca con densidad casi equivalente (67.0 Hab/ha) pero una superficie tres veces inferior (585 Km2) a ésta última, sobre todo considerando que la de Chihuahua crece dos y media veces más rápido y la de Oaxaca al doble del ritmo que la del Valle de México entre 2000 y 2005 (tasa de crecimiento medio anual de la población de 2.1por ciento, 1.9 por ciento y 0.8 por ciento, respectivamente).

Debido a que las zonas metropolitanas se han conformado y evolucionado históricamente de modos distintos, no sólo los problemas y requerimientos de funcionamiento urbano y económico son diferentes, sino que también lo son las ventajas comparativas, las oportunidades de competitividad, las experiencias de gestión pública y las capacidades institucionales entre municipios y entre entidades federativas, y por consiguiente los criterios e instrumentos de regulación y planeación y los avances y rezagos que resultan.

6. El proyecto de ley exhibe, por otra parte, un enfoque centralista y restrictivo en cuanto a la regulación y planeación del desarrollo metropolitano, porque no toma en cuenta que, aún cuando implique un ámbito territorial intermunicipal, ese tipo de desarrollo debe ser integrado y regulado necesariamente en congruencia con un sistema dual y descentralizado de distribución de competencias, facultades y atribuciones de la materia, entre la federación y las entidades federativas y entre éstas y los municipios, en congruencia con las potestades otorgadas en nuestro sistema político republicano y federal, tal como se establece en el artículo 27 párrafo tercero, en el artículo 115 fracciones III, V y VI y en el artículo 116 fracción VII de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y que, por tanto, justifica que las entidades federativas y los municipios se hagan cargo de la planeación metropolitana dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales.

Para esta comisión, en la elaboración del proyecto de ley era imperativo situar explícitamente la planeación del de-sarrollo metropolitano en el marco de la planeación del desarrollo urbano, así como especificar las relaciones que guardan los instrumentos implicados por uno y otro; entre otras razones porque de ello depende la pertinencia o no de inducir su homologación a nivel nacional, objeto del nuevo organismo propuesto.

Es sintomático del inadecuado enfoque que subyace a la iniciativa, así como un indicador de la inconsistencia del proyecto de ley propuesto, el hecho de que no se establecen disposiciones relativas a las relaciones que deba guardar la planeación metropolitana con respecto a los diversos ámbitos y niveles de planeación del desarrollo urbano, cada uno de los cuales requiere de mecanismos e instrumentos administrativos distintos y cuyo diseño es una competencia distribuida entre la federación, las entidades federativas y los municipios, lo que de antemano implica, por cierto, restricciones no sólo jurídicas sino prácticas y de aplicabilidad a la política de inducir la homologación de criterios, mecanismos e instrumentos a nivel nacional.

La regulación y planeación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población, indistintamente del orden y especie que éstos sean, centros urbanos, áreas conurbadas o zonas metropolitanas, son tareas concurrentes y que se llevan al cabo a través de un sistema de componentes o instrumentos con diversa jerarquía, si bien todos deben guardar la debida congruencia entre sí. Tales componentes son el programa nacional de desarrollo urbano; los programas estatales de desarrollo urbano; los programas de ordenación de zonas conurbadas; los planes o programas municipales de desarrollo urbano; los programas de desarrollo urbano de centros de población y los programas de desarrollo urbano derivados de los anteriores y que se determinen en la legislación federal y estatal de desarrollo urbano, entre los que debiera contenerse los planes de desarrollo metropolitano o planes metropolitanos. Todos ellos se rigen por las disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos y, en su caso, por la legislación estatal en materia de desarrollo urbano y por los reglamentos y normas administrativas estatales y municipales aplicables, de conformidad al artículo 12 de dicha ley.

En ese esquema nacional de la planeación urbana, a la Secretaría de Desarrollo Social corresponde “formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; en particular, la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda, así como proyectar y coordinar, con la participación que corresponda a los gobiernos estatales y municipales, la planeación regional”, según lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Para los efectos de la regulación jurídica del desarrollo urbano, la planeación del desarrollo que corresponde a las zonas metropolitanas es un tipo de planeación urbana concurrente, que en algunos casos puede corresponder a proyectos regionales o ser equiparable a un tipo de planeación regional y, en otros casos, es equiparable a la planeación en zonas de conurbación, que aunque de naturaleza distinta son ambas de orden necesariamente concurrente, según la distribución de competencias entre la federación, las entidades federativas y los municipios, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley General de Asentamientos Humanos.

La cuestión pertinente y relevante entonces es distinguir y diferenciar cuando se trata de una conurbación en territorio de una entidad federativa, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por la legislación local según lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley General de Asentamientos Humanos, y cuando se trata de una conurbación conformada en territorio de dos o más entidades federativas, en cuyo caso “la federación y las entidades federativas podrán convenir mecanismos de planeación regional para coordinar acciones e inversiones que propicien el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos ubicados en dos o más entidades, ya sea que se trate de zonas metropolitanas o de sistemas de centros de población cuya relación lo requiera, con la participación que corresponda a los municipios de acuerdo con la legislación local”, conforme al artículo 12 párrafo tercero de esa ley.

Esta última distinción parece haber sido obviada por el iniciador, no obstante que sea necesaria para evaluar el requerimiento de un organismo entre cuyas atribuciones estaría “impulsar la celebración de convenios de colaboración entre municipios y estados para detonar el desarrollo urbano regional”, según el artículo 6 fracción IV del proyecto de ley propuesto, aun cuando es de hacer notar que en el mismo no es definida explícitamente y con precisión la planeación de orden metropolitano, por lo que las atribuciones que en esa materia corresponderían a dicho organismo resultan ambiguas.

7. Ya se ha asentado que el ámbito territorial de una zona metropolitana no se circunscribe sólo al correspondiente a la conurbación que contenga, así como que la conurbación, o unión territorial entre dos o más municipios, puede tener lugar en territorio de una o de dos o más entidades federativas. De modo que, aunado al reconocimiento de la heterogeneidad entre zonas metropolitanas, la distinción relativa al desarrollo metropolitano dentro de una misma entidad o en territorio de dos o más entidades federativas, resulta relevante como criterio para determinar su alcance y evaluar su eficacia y adecuación.

Al respecto, debe tenerse en cuenta que si bien la mayor parte de las zonas metropolitanas del país se han conformado y delimitado por la existencia de una conurbación intermunicipal, en la mayor parte de ellas se trata de conurbaciones contenidas en territorio de una misma entidad federativa y, por tanto, el ordenamiento territorial y el desa-rrollo urbano de las mismas debe ser regulado y planeado por parte de la autoridad estatal y municipal respectiva, de conformidad con las leyes aplicables de la entidad federativa, tal como se establece en el artículo 26 de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Por eso, la conveniencia o no de crear un organismo federal de planeación metropolitana tiene que ver con la manera en que ésta ha sido acometida y establecida en cada entidad federativa, con base en el alcance de la legislación vigente en la materia y en la administración pública de las entidades federativas. Con esa finalidad, esta comisión revisó y evaluó las leyes en la materia para comparar el tratamiento otorgado al desarrollo metropolitano y a la regulación y planeación del mismo. Para los efectos del presente dictamen, interesó atender a las diferencias más que a las similitudes relativas a las atribuciones conferidas al órgano o dependencia encargada de la elaboración de la planeación del desarrollo urbano y metropolitano, debido a que se trata de decidir acerca de la conveniencia de crear o no un organismo nuevo que coadyuve a la planeación metropolitana.

De esa evaluación se pudo constatar que hay un patrón homogéneo y bastante estable en el tiempo en cuanto a las disposiciones normativas para la regulación y planeación de la ordenación territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano, así como de los criterios y objetivos establecidos en lo relativo a la elaboración, los contenidos y la congruencia que deben guardar entre sí los planes y programas en esas materias. Ese patrón comprende también el hecho de que la materia metropolitana ha sido incorporada, asimilada y recibe el mismo tratamiento que las conurbaciones dentro de territorio del estado, en la mayor parte de las entidades.

Pero a la vez se registran diferencias en cuanto a la manera y grado de integración de ambas materias, el desarrollo urbano y el desarrollo metropolitano, entre sí y a otras materias relacionadas, así como en lo relativo a la concentración o desconcentración administrativa del ejercicio de las facultades que el ejecutivo estatal tiene en tales materias. Debe destacarse la tendencia a crear organismos de apoyo o auxiliares de la administración pública centralizada de la entidad correspondiente, para desconcentrar las tareas relativas a la función pública correspondiente. Algunos casos permiten ilustrar tales similitudes y diferencias.

En todas las entidades federativas del país la dependencia encargada de regular y planear el desarrollo urbano es una secretaría de la administración pública estatal correspondiente, con excepción del estado de Chihuahua en donde se trata de una dirección general; sólo en Jalisco, Yucatán y Colima la materia es atribuida en forma autónoma de otras materias, en cambio en el resto de las entidades ha sido integrada junto con otras materias a la misma dependencia, predominantemente a la encargada de obras públicas (en dieciséis entidades federativas); junto con ecología o medio ambiente en seis entidades (Baja California Sur, Chihuahua, Michoacán, Quintana Roo, Tamaulipas y Coahuila); junto con la materia de vivienda en cuatro entidades (Distrito Federal, estado de México, San Luis Potosí, Tlaxcala), junto a la materia de comunicaciones en cuatro entidades (Campeche, Durango, Hidalgo y Tabasco) y junto a la de desarrollo social dos entidades (Guanajuato y Campeche entidad en donde hay secretaría de obras públicas y comunicaciones y no hay zona metropolitana).

En el conjunto de las entidades es de destacar aquellos casos que pueden ser vistos como atípicos, en cuanto a la concepción y el tratamiento del desarrollo urbano y metropolitano, y que pueden reflejar ejercicios de innovación para integrar las materias relacionadas entre sí. En Coahuila se ha hecho una integración de materias muy diferentes entre sí (ecología, recursos naturales, saneamiento ambiental, agua, desarrollo urbano, minería, vida silvestre y recursos forestales) y atribuido la competencia de todas ellas a la “Secretaría de Medio Ambiente”; en Veracruz el desarrollo urbano está integrado al desarrollo regional y las atribuciones en esas materias se han otorgado a la “Secretaría de Desarrollo Regional”; en Aguascalientes el desarrollo urbano y el metropolitano han sido concebidos como componentes del desarrollo regional y, por tanto, integrados a la planeación estatal del desarrollo, a cargo de la “Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional”. En Sinaloa ocurre algo similar por lo que se refiera a la regulación de los asentamientos humanos, materia integrada a la planeación estatal del desarrollo a cargo de la “Secretaría de Planeación y Desarrollo”.

Llama la atención que en la denominación de la dependencia del ramo, que integra la materia de desarrollo urbano, se utilice el término “infraestructura”, en los casos de Sonora, Baja California y Baja California Sur, en esta última además se utiliza el término “planeación urbana”, porque refleja el tratamiento diferenciado según las características del desarrollo urbano por entidad y región del país. En la primera entidad se tiene una de las zonas metropolitanas más pequeñas, en la segunda entidad la quinta más grande y la tercera es una de tres entidades del país en que no hay zona metropolitana.

Es evidente que se presentan diferencias entre las entidades federativas del país, por lo que corresponde al tratamiento del desarrollo urbano y del desarrollo metropolitano, a los criterios, normas e instrumentos y, aunque en menor medida, a los organismos concentrados, descentralizados y auxiliares a los que se confieren las atribuciones de regulación y planeación en esas materias, lo que no ha impedido que se registren avances en la adecuación de la planeación del desarrollo urbano y metropolitano, tal como pueden ilustrar, entre otros, los siguientes casos.

En el capítulo tercero de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del estado de Hidalgo se establece un tratamiento diferenciado hacia el “fenómeno de conurbación” y el “fenómeno de metropolización”, integrada en el capítulo tercero de esa Ley y más relevante aún es que se establece la coordinación entre el estado y los municipios involucrados para la planeación del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial de zonas conurbadas y en zonas metropolitanas, y entre los instrumentos con ese fin establece a las “asociaciones intermunicipales” para la prestación de servicios públicos o la coordinación de acciones, obras e inversiones conjuntas de interés público, como instrumentos de conformidad a los artículos 23 y 81 de esa misma ley.

Desde 2004 opera en Nuevo León un organismo público descentralizado de participación ciudadana que tiene como objeto diseñar y aplicar planes y programas para el desa-rrollo urbano considerando los criterios urbanísticos y de desarrollo sustentable; también en este caso, las atribuciones de la agencia son más amplias que las otorgadas al organismo que a nivel federal se propone crear, tal como representar a la entidad federativa en la materia, coordinar la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo Urbano, los planes sectoriales y los planes de las zonas conurbadas; proponer soluciones con base en estudios de viabilidad y planeación financiera; diseñar modelos de planeación urbana y logística metropolitana y elaborar programas metropolitanos y estatales de equipamiento urbano estratégico; conforme al artículo 4 de la Ley de la Agencia para la Planeación del Desarrollo Urbano de Nuevo León, publicada el 26 de febrero de 2004 en el periódico oficial del estado.

En la misma orientación merece ser destacado el caso del estado de México, más reciente que los anteriores, porque registra avances con mejor integración y mayor articulación entre la legislación y a la administración pública que en otras entidades, en cuanto a la regulación y planeación del desarrollo metropolitano. Por una parte, es de las pocas entidades federativas que han integrado toda la legislación relativa a la materia en un código urbano y, por otra parte, porque es la única entidad en el país en cuya administración pública se ha instituido al desarrollo metropolitano como un ramo, a cargo de una dependencia del ejecutivo estatal con rango de secretaría, con atribuciones distintas, si bien complementarias y subsidiarias de las conferidas a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de acuerdo con los artículos 38 y 31, respectivamente, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de México.

Del caso del Distrito Federal debe reconocerse el avance que representa la expedición Ley de Desarrollo Metropolitano, expedida por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en 2007, la primera en su tipo y aunque sin duda adolece de insuficiencias, debidas en parte a las limitaciones que impone la condición jurídica de la entidad y que podrían ser subsanadas a partir de la regulación metropolitana dispuesta en el artículo 122 de la Constitución federal, representa otro tipo de avance en cuanto a la regulación y la planeación del desarrollo metropolitano en el país. En esta entidad federativa, la materia metropolitana se ha tratado como un asunto de coordinación intergubernamental y se ha asignado a una subsecretaría dependiente del ramo de gobierno de la administración pública local.

Para los fines de dictamen, interesa en especial poner de relieve el caso de Durango por la enorme similitud, en cuanto al objeto, naturaleza jurídica y atribuciones, que el organismo que se pretende crear guarda con respecto al Instituto de Desarrollo Urbano de ese estado creado en 2004, aunque al comparar el diseño institucional entre ambos resulta superior el del Instituto de Durango, que respondió a una efectiva desconcentración y especialización de la función de planeación, puesto que además de ser un organismo descentralizado de la administración pública del estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, se le confirieron autonomía técnica de gestión y más amplias y completas atribuciones.

A diferencia del organismo que se propone en el proyecto de ley, el Instituto de Desarrollo Urbano del estado de Durango tiene las atribuciones de planear, conducir, ejecutar, normar y evaluar la política general de desarrollo urbano; formular, ejecutar, controlar y evaluar el programa estatal de desarrollo urbano del estado, así como los programas sectoriales y especiales que el titular del Ejecutivo estatal le encomiende en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, sin menoscabo de las facultades que la Ley General de Desarrollo Urbano del estado confiere al municipio; asesorar a los ayuntamientos en la elaboración, ejecución, control, actualización y evaluación de la planeación urbana municipal, conurbada o regional, según sea el caso; dictar las medidas necesarias para evitar la especulación con los terrenos rurales y urbanos, tanto privado como ejidales y propicia la regularización de los asentamientos humanos e interviene en la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con el artículo 3, fracciones II, III, V, VII y VIII, respectivamente, de la Ley que crea el Instituto de Desarrollo Urbano del estado de Durango, publicada en el periódico oficial del ese estado el 16 de diciembre de 2004.

Es evidente que la tendencia al perfeccionamiento de la legislación local en materia de desarrollo urbano, sigue manteniendo la equiparación de la regulación y planeación del desarrollo metropolitano al correspondiente a las zonas de conurbación, aunque se registran diferencias entre entidades federativas en cuanto al rango otorgado al primero, el grado de integración entre ambos y los criterios para su tratamiento en la administración pública local. Así, Hidalgo es una de las pocas entidades en cuya ley en la materia se distinguen explícitamente entre zonas metropolitanas y zonas conurbadas a la vez que entre conurbaciones interestatales e intermunicipales, según el artículo 7 fracciones I, II y III de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial.

Algunas entidades han avanzado en el objetivo de asegurar la debida congruencia entre planes y programas estatales y municipales y federales, entre los mecanismos e instrumentos para su elaboración, aplicación y adecuación, así como las medidas de vigilancia y, en su caso de sanción para asegurar su debido cumplimiento, al integrar las diversas leyes aplicables en un código urbano, tal es el caso de Aguascalientes y del estado de México.

En materia de planeación metropolitana se pueden constatar avances, tal como demuestra el hecho de que a la fecha se hayan elaborado los planes y/o programas de desarrollo urbano de doce zonas metropolitanas, incluidas siete de las nueve más grandes del país con población superior al millón de habitantes, en tanto que en otras cuatro se están elaborando. En algunos casos se requiere de la actualización del plan, ya que su elaboración data de varios años, tal como el de la zona metropolitana de Querétaro en ese estado o el de Cancún en el estado de Quintana Roo elaborados en 1990, o los correspondientes a la zona metropolitana de Oaxaca en ese estado y de Guadalajara en el estado de Jalisco, elaborados en 1993 y 1996, respectivamente, o bien el relativo a la zona metropolitana de Acapulco en el estado de Guerrero y el de la zona metropolitana del Valle de México, ambos elaborados en 1998.

8. Debe admitirse que para los efectos de la planeación del desarrollo en el ámbito metropolitano, ciertamente las diferencias señaladas podrían dar lugar a problemas de coordinación, la principal preocupación que expuso el iniciador del proyecto de ley, en especial entre municipios y cuando se trata de autoridades con diferente extracción partidista. Pero ese problema tiene que ver con otros factores que afectan el desarrollo de las capacidades institucionales y la concertación de acuerdos de colaboración, así como el aprovechamiento de la facultad constitucional otorgada a los municipios para asociarse entre sí y aquella otorgada a las entidades federativas para convenir entre ellas la regulación y planeación, conjunta y coordinada, de las zonas de conurbación y las zonas metropolitanas en territorio de dos o más de ellas.

El hecho de que los criterios, mecanismos e instrumentos de regulación y planeación del desarrollo urbano y metropolitano sean diferentes de una entidad federativa a otra, obedece al heterogéneo desarrollo entre municipios incluso en una misma entidad, pero no comporta necesariamente desventajas.

Al respecto debe destacarse el hecho de que actualmente son cada vez más los municipios, en mayor medida urbanos que rurales, que han establecido institutos de planeación del de-sarrollo y planeación del desarrollo urbano, como órganos auxiliares, desconcentrados o descentralizados, de la administración pública municipal respectiva, que prestan apoyo técnico al ayuntamiento respectivo para la elaboración de planes y proyectos. Es de señalar, asimismo, que se ha acentuado la asociación entre municipios para desarrollar planes, programas y proyectos de inversión y obras para una urbanización ordenada, la provisión y ampliación de infraestructura hidráulica y vial, para una mejor prestación de servicios públicos, así como para promover y concertar conjuntamente con el Ejecutivo estatal la concurrencia de los sectores privado y social en el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano. De ello da cuenta las organizaciones y federaciones, de alcance nacional, conformadas por municipios de distintas entidades federativas y que han venido trabajando en el intercambio de experiencias, lo que hace propicio y facilita acuerdos y acciones conjuntas para promover el mejoramiento y la adecuación de la planeación del desarrollo urbano y metropolitano.

Por eso, aunque se pueda reconocer una complejidad común al desarrollo metropolitano y que plantea, en cualquier caso, una escala de administración y acción de índole intermunicipal, la planeación del mismo sólo puede ser resultado de una coordinación entre autoridades estatales y municipales que responda a la especificidad de cada zona metropolitana en cada entidad federativa, y que se corresponda con los criterios, instrumentos y normas que rigen en ella y que son comunes en el caso de zonas de conurbación y zonas metropolitanas dentro de territorio de la entidad respectiva.

Corresponde a las autoridades locales ordenar y conducir el desarrollo metropolitano dentro de su respectivo territorio, así como decidir acerca de la idoneidad y, en su caso, adecuación de los criterios, mecanismos e instrumentos administrativos para la regulación y planeación del mismo, de conformidad con la legislación y la administración pública respectiva.

Es evidente, por consiguiente, que con base en la naturaleza y el objeto del organismo cuya creación se propone, su funcionamiento y operación estaría circunscrito y supeditado a la solicitud que las entidades federativas y, en su caso, los municipios comprendidos en una zona metropolitana dentro de su respectivo territorio, decidieran hacerle o no con el propósito de recibir apoyo técnico o recomendaciones en el proceso de planeación metropolitana, mismo que debe estar sujeto a la legislación estatal en la materia y guardar la debida congruencia respecto a la planeación del desarrollo urbano y del desarrollo en general en la entidad federativa correspondiente.

No hay razones para que la planeación del desarrollo metropolitano dentro de una entidad federativa deba responder a los mismos criterios, mecanismos e instrumentos administrativos e institucionales establecidos, con ese mismo propósito, en otra. La planeación metropolitana necesariamente está vinculada a la planeación del desarrollo urbano en cada entidad federativa y, en tanto que una materia de orden específico y rango inferior, supeditada a la planeación del desarrollo en cada entidad federativa, además de estarlo al plan nacional de desarrollo de la nación.

Es poco factible, por tanto, hacer una evaluación para determinar si la planeación en una zona metropolitana es insuficiente o inadecuadamente acometida, así como a qué institución deba ser encargada su elaboración y adecuación, sin atender a las diferencias en el funcionamiento y en cuanto a los requerimientos que se presentan de una entidad federativa a otra.

En ese orden de ideas, es de llamar la atención, por una parte, en que los planes de desarrollo urbano más antiguos correspondieron a áreas de conurbación dentro de territorio de una misma entidad federativa y, por otra parte, que a la fecha sólo en tres de las seis zonas metropolitanas interestatales del país, es decir en territorio de dos o más entidades federativas, registren a la fecha el debido cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la planeación en ese ámbito, tal como que los planes hayan sido aprobados por el cabildo en los municipios correspondientes, hayan sido publicados en el periódico oficial y hayan sido inscritos en el registro público de la propiedad de la entidad respectiva.

En materia de planeación metropolitana se pueden constatar avances, tal como demuestra el hecho de que a la fecha se hayan elaborado los planes y/o programas de desarrollo urbano de 12 zonas metropolitanas, incluidas 7 de las 9 más grandes del país con población superior al millón de habitantes, en tanto que en otras cuatro se están elaborando. En algunos casos se requiere de la actualización del plan, ya que su elaboración data de varios años, tal como el de la zona metropolitana de Querétaro en ese estado o el de Cancún en el estado de Quintana Roo elaborados en 1990, o los correspondientes a la zona metropolitana de Oaxaca en ese estado y de Guadalajara en el estado de Jalisco, elaborados en 1993 y 1996, respectivamente, o bien el relativo a la zona metropolitana de Acapulco en el estado de Guerrero y el de la zona metropolitana del Valle de México, ambos elaborados en 1998.

9. Al revisar las experiencias en materia de regulación y planeación del desarrollo metropolitano en otros países, se puede constatar una tendencia general a privilegiar la descentralización política y no sólo administrativa, cuando se trata de la gestión pública metropolitana incluida la planeación a esa escala territorial. Pero si se observa en detalle el caso de países con sistema político republicano federal, no hay evidencia concluyente que permita establecer un modelo más adecuado que otro de gestión pública metropolitana. Eso es así porque la administración pública depende del sistema de gobierno y es consecuencia de éste, y no a la inversa. Se trata de la compleja y controvertida cuestión relativa a la “gobernabilidad metropolitana”, donde la evidencia indica que no hay una fórmula general aplicable que asegure resultados óptimos al trasladarla al contexto de otros países.

La instauración de instancias de gobierno metropolitano, aún cuando sea con atribuciones restringidas, ha tendido al establecimiento de un órgano público entre los gobiernos locales y el gobierno federal, si bien con facultades y atribuciones acotadas y de índole administrativa, o en su caso supeditados a ambos órdenes a la vez. A este respecto se puede revisar distintos patrones, según el tipo de régimen político, tal como revelan los casos de las áreas metropolitanas del “Gran Londres” en el Reino Unido, del “Ile de France” en Francia, de Barcelona en España, de Sao Paulo y Río de Janeiro en Brasil, de Buenos Aires en Argentina, entre otros.

El dilema a resolver, en todos los casos, ha consistido en determinar si conviene ampliar o no las facultades y las atribuciones de los gobiernos locales, en materia del desa-rrollo metropolitano que les afecta y concierne, así como cuáles debieran ser las instancias públicas institucionales idóneas para acometer su regulación y planeación, de manera concurrente y coordinada y que sustente una adecuada gestión pública en los diversos planos, es decir, el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y las actividades económicas; la dotación de infraestructura y servicios públicos y la corrección de disparidades en el desarrollo entre zonas metropolitanas y regiones.

En cualquier caso, la revisión de las experiencias en otros países sólo arroja una constatación común, a saber, la tendencia a establecer órganos públicos que, aunque especializados en la planeación y gestión pública, no se superponen a los órdenes de gobierno y, en cambio, permiten acercar las decisiones a los ciudadanos y grupos sociales en el nivel local y regional.

10. En cuanto a la segunda cuestión del asunto, señalada en el apartado dos de este dictamen, esta comisión constató que el proyecto de ley, por una parte, daría lugar a una situación de duplicidad en cuanto a la materia de competencia y a funciones y atribuciones y, por otra parte, presenta ambigüedades e inconsistencias en cuanto a la naturaleza y el objeto del organismo propuesto, así como deficiencias relativas a la congruencia jurídica que debiera guardar con respecto a otras leyes aplicables en la materia, y cuya necesaria modificación no fue prevista, tal como se verifica al remitirse al texto normativo propuesto.

Se proyecta crear un organismo descentralizado de carácter técnico y dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social del Ejecutivo federal, según el artículo 1 del proyecto de ley, cuya materia de competencia y funciones están asignadas, conforme a las leyes relativas, a esa dependencia de la administración pública federal y que, de hecho, son desempeñadas por esa dependencia encargada del ramo correspondiente y a la que quedaría adscrito el referido nuevo organismo.

El proyectado Instituto Nacional de Planeación Metropolitana tendría a su cargo “realizar a petición de la Federación, de las entidades federativas y los municipios, los estudios de planeación, supervisión y control de las obras tendientes a mejorar la infraestructura urbana en una zona metropolitana determinada”; “instrumentar el diseño de los operacionales (sic) de contenido técnico, administrativo, financiero y de gestión que permitan impulsar el desarrollo de los proyectos estructurales (sic), logrando el crecimiento armónico de la conurbación (sic)”; “realizar observaciones-recomendaciones (sic) para la instrumentación de políticas adecuadas que permitan un ejercicio público más eficiente”; “impulsar la celebración de convenios de colaboración entre municipios o estados para detonar (sic) el desarrollo urbano regional”; según lo dispuesto por el artículo 6 fracciones I a la IV, respectivamente, del proyecto de ley.

No obstante que a la Secretaría de Desarrollo Social le corresponde “formular y ejecutar el programa nacional de desarrollo urbano, así como promover y controlar y evaluar su cumplimiento”; “coordinarse con las entidades federativas y los municipios, con la participación de los sectores social y privado, en la realización de acciones e inversiones para el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población, mediante la celebración de convenios y acuerdos”; “asesorar a los gobiernos estatales y municipales que lo soliciten, en la elaboración y ejecución de sus planes o programas de desarrollo urbano y en la capacitación técnica de su personal; formular recomendaciones para el cumplimiento de la política nacional de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y de los convenios y acuerdos que suscriba el Ejecutivo federal con los sectores público, social y privado en materia de desarrollo regional y urbano, así como determinar en su caso, las medidas correctivas procedentes”; “participar en la ordenación y regulación de zonas conurbadas de centros de población ubicados en el territorio de dos o más entidades federativas”; “promover, apoyar y realizar investigaciones científicas y tecnológicas en materia de desarrollo regional y urbano”, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 7 fracciones VII, VIII, IX, XIII, XIV y XV, respectivamente, de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Es evidente que no se trata de funciones y tareas equiparables sino equivalentes y, por tanto, de una transferencia de las mismas desde el órgano central hacia un nuevo órgano auxiliar o de apoyo en el ramo correspondiente de la administración pública federal. En efecto, a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, corresponde la función y las tareas de elaborar, normar, ejecutar, controlar y evaluar la política pública, los planes y los programas en materia de desarrollo urbano, lo cual incluye el desarrollo urbano en zonas de conurbación y zonas metropolitanas, según se dispone en el artículo 8 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social del Ejecutivo federal, dependencia que ejerce las atribuciones que, en materia de desarrollo urbano y ordenación del territorio, le confieren la Ley General de Asentamientos Humanos, según lo dispuesto por el mismo artículo fracciones II y VI, respectivamente, del referido reglamento.

Queda claro que de aprobarse el proyecto de ley se incurriría en una situación de duplicidad de competencia, funciones y atribuciones, entre el organismo propuesto y la dependencia del ramo correspondiente en el mismo nivel federal, porque no se hacen las previsiones requeridas para delimitar, orientar y normar la conducción de la transferencia y consiguientemente la reorganización del ramo y del sector de administración pública federal en la materia, tal como se desprende de la revisión de los artículos transitorios del proyecto de ley.

A la deficiencia señalada se añade la relativa al objeto del organismo propuesto, que de acuerdo con el texto normativo del artículo 2 del proyecto de ley consiste en “ofrecer a las autoridades de los tres niveles de gobierno, a los organismos privados y al sector social, las herramientas de planeación y control necesarias, para lograr un redimensionamiento de la estructura urbana, acorde con las necesidades presentes y futuras de las ciudades-región, procurando mejorar y fortalecer su infraestructura, de forma tal que les permita perfilarse de manera permanente hacia un crecimiento potencial”.

La ambigüedad e imprecisión de la definición del objeto son evidentes, no sólo por la utilización del término “redimensionamiento de la estructura urbana”, cuya definición resultaría imperiosa y no está entre las establecidas por el artículo 3o. del proyecto de ley no obstante que sea la meta por alcanzar, sino además porque aún cuando pudiera lo que designe ese término pueda ser interpretado como un objetivo general de la planeación del desarrollo metropolitano, no es admisible que a la estructura urbana en México corresponda la categoría o la figura de las “ciudades-región”, así llamadas por el iniciador, más aún cuando no se establece relación explícita alguna entre ellas y las zonas metropolitanas, a cuya planeación del desarrollo debiera contribuir el organismo que se propone crear según la exposición de motivos.

Debido a tales deficiencias, la desconcentración o transferencia parcial de funciones y tareas, además de que no se justificaría, podría adicionalmente dar lugar al riesgo de fragmentar el proceso de planeación, así como dificultar su grado de integración, al desvincular del mismo aquellas decisiones, estrategias y vertientes de acción que quedaran supeditadas a recomendaciones por parte del organismo auxiliar propuesto. Debe subrayarse que las tareas de orden técnico, consultivo y de concertación con autoridades locales, tales como prestar asesoría y hacer recomendaciones a las entidades federativas y los municipios relativas al diseño y elaboración de planes y programas de desarrollo urbano, forman parte del proceso de planeación del desarrollo urbano y metropolitano, pero son prestadas a petición de parte.

En este punto se revela un inconveniente de origen, ya que las normas técnicas que elaborara y propusiera el nuevo organismo, al carecer de fuerza vinculante, exigirían la tarea adicional de promoción entre autoridades de diverso ámbito de competencia y nivel, de la cual dependería en parte el éxito la política de homologación de criterios, normas e instrumentos de planeación que se pretende impulse el nuevo organismo.

Para esta comisión no pasó inadvertido, además, el impacto presupuestario implicado en la creación y operación del nuevo organismo propuesto. La evaluación puede hacerse equiparado al mismo con respecto a alguna de las tres direcciones generales que integran la Subsecretaría de Desa-rrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para cuyo gasto corriente fueron autorizados 92 millones 800 mil pesos en el ejercicio fiscal 2007, sin considerar 2 mil 896 millones 890 mil pesos asignados a la Unidad de Programas de Atención a Pobreza Urbana que forma parte de esa subsecretaría.

Puede hacerse la comparación, por otra parte, con respecto al gasto corriente total, sin considerar el gasto de capital, del presupuesto autorizado para ese mismo ejercicio fiscal, de otros organismos públicos descentralizados de la administración pública federal, con objeto y funciones equiparables, tales como el Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal o el Instituto Nacional para el Desarrollo de Capacidades del Sector Rural, con menor gasto corriente que la referida subsecretaría, o bien el Instituto Nacional para las Mujeres, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública o el Instituto Mexicano del Transporte, con mayor gasto corriente que la referida subsecretaría, por sólo mencionar algunos dentro del rango de hasta 250 millones de pesos.

Conviene destacar con relación al impacto presupuestario, que aún cuando en el proyecto de ley se prevea el origen de las provisiones que deban corresponder a la formación del patrimonio del organismo propuesto, no se establece con precisión si la creación del mismo implicaría la transferencia de recursos financieros, materiales y humanos de la actual Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, lo que en su caso podría implicar que se incurriera en duplicidad de funciones dentro de la administración pública federal. No puede omitirse el señalar que, en la motivación de la iniciativa, no se presenta algún parámetro que permitiera estimar la mejora en la eficacia y eficiencia que podría conseguirse en el funcionamiento del ramo correspondiente.

11. Queda claro que la planeación metropolitana ha tenido lugar en el país, prescindiendo del hecho de contar o no con un organismo descentralizado de la administración pública federal que preste apoyo técnico a las entidades federativas y municipios, para su elaboración a través de un organismo público federal que tenga ese objeto y finalidad. Las autoridades locales de las entidades federativas y los municipios se han hecho cargo, de manera concurrente y en el ámbito de su respectiva competencia, de la planeación metropolitana si bien ésta ha sido circunscrita, en general, a la planeación del desarrollo urbano en zonas de conurbación.

Esta comisión considera que el desarrollo metropolitano no presenta un solo patrón de comportamiento, ni común a la mayor parte de zonas metropolitanas del país; la diversidad de características se aprecia tanto en su origen y conformación como en su evolución y la tendencia del desarrollo entre ellas. Esa es una de las razones por las que no es conveniente inducir la homologación de criterios, normas e instrumentos para la planeación metropolitana, lo cual podría convertirse en un factor restrictivo en lugar de facultativo para las entidades federativas y los municipios y, en consecuencia, limitar en lugar de potenciar las alternativas para establecer aquellos que resulten idóneos porque responden a los requerimientos del desarrollo en cada caso, en función de las capacidades y los recursos institucionales disponibles.

La heterogeneidad entre zonas metropolitanas en el país no puede ser vista sólo como problema, puesto que también puede comportar ventajas comparativas de funcionamiento urbano y oportunidades para elevar los niveles de competitividad económica y desarrollo humano y social, si se concibe a las zonas metropolitanas como sistemas urbanos que, no obstante su mayor complejidad y dimensión o precisamente por ello, imponen el reto de lograr y hacen propicio actuar para la consecución de la integración al desa-rrollo de aquellos centros de población dispersos, con mayores rezagos económicos y sociales y con menores capacidades institucionales y capital social, lo que puede contribuir a la reducción de las disparidades del desarrollo en cada entidad federativa y los desequilibrios entre regiones del país.

Lo anterior justifica el énfasis otorgado a la distinción entre la planeación metropolitana, la planeación de zonas de conurbación y la planeación regional del desarrollo, así como el diferenciado tratamiento que deba darse cuando se trate de territorio de una misma entidad o de dos o más entidades federativas. Con base en ambas distinciones se ha sustentado, en efecto, las razones por las que la homologación de criterios para la planeación metropolitana entre entidades federativas y municipios, misma que promovería el organismo que se propone crear, no resulta conveniente ni aplicable, como tampoco aseguraría necesariamente la adecuación de tal tipo de planeación.

Desde este punto de vista, el mejoramiento de la planeación del desarrollo metropolitano no depende, entonces, sólo de la homologación y adecuación de criterios, instrumentos y normas, ni de la disposición o no de asesoría técnica, sino en mayor medida del enfoque gubernamental desde el cual se asume la función pública, las tareas correlativas y las responsabilidades compartidas, según las condiciones del entorno metropolitano en cada entidad y región del país. La inducción del proceso de homologación de la planeación metropolitana puede implicar una centralización política que inhiba el potencial institucional creativo de los municipios y las entidades federativas para de-sarrollar los criterios, normas, mecanismos, instrumentos y organismos públicos institucionales que mejor se adecuen a las condiciones, las tendencias de evolución y los requerimientos que plantean las metrópolis en cada caso.

El asunto de la planeación metropolitana está asociado se vincula e involucra inevitablemente a los distintos órdenes de gobierno y niveles de administración pública, ya que concierne y tiene repercusiones en un ámbito territorial, social y urbano que trasciende invariablemente los límites del municipio y, en algunos casos, de la entidad federativa y que, por tanto, supone asegurar la debida concurrencia, colaboración y coordinación entre poderes públicos y autoridades, así como una adecuada concertación del sector público con los sectores privado y social.

En un país predominantemente urbano, con pluralismo político y acentuada diversidad social y regional, con creciente alternancia partidista en el gobierno y mayor equiparación entre partidos en los órganos legislativos de la que había antes, resulta imperativo para el interés general acometer la adecuación de nuestro ordenamiento jurídico nacional para dar respuesta a la urbanización de índole metropolitana, que comprende a la fecha 29 de las 32 entidades federativas, de una manera descentralizada y federalista, que estimule e incentive la asunción por parte de los gobiernos locales de la responsabilidad pública que les concierne en este ámbito.

Atendiendo a las anteriores consideraciones, podría objetarse que la pretensión de homologar los criterios de planeación metropolitana que cada entidad federativa y los municipios correspondientes establecen. Es un hecho, además, que tales criterios están basados en la legislación vigente, en el nivel federal y local, en materia del ordenamiento de los asentamientos humanos y las actividades económicas y sociales sobre el territorio y en materia de planeación urbana en zonas de conurbación.

Debe corresponder a cada entidad federativa la decisión y el establecimiento de los criterios, mecanismos institucionales e instrumentos administrativos para la planeación metropolitana, en cualquier caso con la participación de los municipios comprendidos en la zona metropolitana correspondiente, con excepción de aquellas zonas de conurbación y metropolitanas en territorio de dos o más entidades federativas. En este aspecto es evidente que el iniciador no tuvo en cuenta que es necesario distinguir entre una zona metropolitana contenida en territorio de una misma entidad federativa y aquella contenida en territorio de dos o más entidades federativas. La distinción es relevante en términos cuantitativos y cualitativos. Cincuenta de las cincuenta y seis zonas metropolitanas actualmente identificadas en el país caen dentro del primer supuesto y sólo seis de ese universo total en el segundo supuesto que sería, en todo caso, el universo de atención al que se dirigiría la acción del organismo descentralizado, tal y como es propuesto en la iniciativa.

La homologación de la planeación metropolitana no debe ser, desde ese punto de vista, una política pública inducida de manera centralizada, sino el resultado de la experiencia de colaboración, coordinación y concertación de criterios comunes, así como del diseño institucional convergente de normas técnicas, mecanismos e instrumentos administrativos y de financiamiento público, entre autoridades municipales y ejecutivos estatales y entre entidades federativas y la federación, lo cual puede esperarse en la medida en que se establezca como base un reconocimiento compartido del ámbito de planeación metropolitana en la legislación local.

De manera que la pertinencia o no de crear un organismo de la administración pública federal encargado de prestar, a la federación, las entidades federativas y los municipios, el apoyo técnico que le sea requerido en materia de planeación metropolitana y de promover la homologación de criterios para la elaboración de tal planeación, puede ser evaluada a partir de la disyuntiva entre la centralización o la descentralización política de una función pública que, de acuerdo al marco jurídico vigente y en los hechos, es de-sempeñada de manera concurrente por la federación, las entidades federativas y los municipios cuando se trata de una zona metropolitana en territorio de dos o más entidades federativas, o bien a cargo de cada entidad federativa cuando está contenida dentro de su respectivo territorio.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica y los artículos 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Desarrollo Metropolitano concluye que resulta improcedente aprobar el proyecto de ley y, en consecuencia, es de resolver lo siguiente:

Acuerdo

Primero.Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que crea el Instituto Nacional de Planeación Metropolitana, presentada por el diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el día 23 de febrero de 2006.

Segundo.Archívese el expediente como asunto completamente concluido.

Notas:

1. Valle de México, Guadalajara, Monterrey, Puebla-Tlaxcala, Toluca, Tijuana, León, Juárez y La Laguna.

2. San Luís Potosí-Soledad de Graciano Sánchez, Querétaro, Mérida, Mexicali, Aguascalientes, Tampico, Cuernavaca, Acapulco, Chihuahua, Veracruz, Morelia, Saltillo, Villahermosa, Reynosa-Río Bravo, Xalapa, Cancún, Tuxtla Gutiérrez y Oaxaca.

3. Aguascalientes, Guadalajara, Juárez, Mérida, Monterrey, Reynosa- Río Bravo, según datos del Instituto Mexicano de la Competitividad, México 2004

4. Acayucan, Coatzacoalcos, Minatitlán, Guaymas, La Piedad/Pénjamo, Moroleón/Uriangato, Poza Rica, Río Verde/Cd. Fernández, San Francisco del Rincón y Tecomán, según datos del Instituto Mexicano de la Competitividad, México, 2004.

5. Es decir, relativo a la capacidad de producción y nivel de especialización de la producción.

6. Según datos en Sedesol, Inegi, Conapo, Delimitación de las zonas metropolitanas de México, 2005, México, noviembre de 2007.

Palacio Legislativo, México, DF, a los 21 días del mes de abril de 2010.

La Comisión de Desarrollo Metropolitano, diputados: Alma Carolina Viggiano Austria (rúbrica), presidenta; Jorge Arana Arana (rúbrica), Adriana Fuentes Cortés (rúbrica), Miguel Ángel Riquelme Solís (rúbrica), Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Héctor Guevara Ramírez (rúbrica), Alejandro del Mazo Maza (rúbrica), Marcos Carlos Cruz Martínez, secretarios; Óscar Martín Arce Paniagua, Cecilia Soledad Arévalo Sosa (rúbrica), Manuel Cadena Morales (rúbrica), Felipe Enríquez Hernández (rúbrica), Jaime Flores Castañeda (rúbrica), Gustavo González Hernández, Óscar González Yáñez, David Hernández Vallín (rúbrica), Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes, Gregorio Hurtado Leija, Jorge Humberto López Portillo Basave (rúbrica), César Octavio Madrigal Díaz, Sergio González Hernández (rúbrica), Francisco Ramos Montaño, Ricardo Armando Rebollo Mendoza (rúbrica), Ezequiel Rétiz Gutiérrez, Omar Rodríguez Cisneros (rúbrica), Jesús María Rodríguez Hernández (rúbrica), Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, Agustín Guerrero Castillo (rúbrica), Rigoberto Salgado Vázquez (rúbrica).»



LEY AGRARIA

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 164 y 181, y adiciona el 181 Bis de la Ley Agraria

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Reforma Agraria de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados fue turnada por la Mesa Directiva la minuta proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 164, 181 y se adiciona un artículo 181-Bis, todos de la Ley Agraria.

Con fundamento en las facultades que a esta Comisión de Reforma Agraria le confieren los artículos 39, numerales 1 y 3, 43, 44 y 45 y demás de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se realizó el análisis de la minuta antes señalada y conforme a las deliberaciones que de ésta efectuaron sus miembros reunidos en pleno, presentan a esta honorable asamblea el siguiente dictamen.

I. Antecedentes

1. En sesión ordinaria del 2 de octubre de 2007, el senador Francisco Herrera León, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó al pleno de la Cámara de Senadores iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 164, 181, y se adiciona el articulo 181-Bis, todos de la Ley Agraria, con la finalidad de generar elementos jurídicos para que los tribunales agrarios puedan desechar las demandas que sean notoriamente improcedentes.

2. En esa misma sesión, el presidente de la Mesa Directiva dispuso que la iniciativa se turnara a las Comisión Unidas de Reforma Agraria, y de Estudios Legislativos para su estudio y dictamen.

3. El 13 de diciembre de 2007, en sesión ordinaria, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó el dictamen emitido en positivo por las Comisiones Unidas de Reforma Agraria, y de Estudios Legislativos

4. El 1 de febrero de 2008, la minuta con proyecto de decreto de la Cámara de Senadores es presentada al pleno de la Cámara de Diputados y turnada en esa misma fecha a la Comisión de Reforma Agraria de la LX Legislatura para estudio y dictamen.

5. La Comisión de Reforma Agraria de la LXI Legislatura recibe en calidad de proyecto el expediente que contiene la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 164, 181, y se adiciona un artículo 181-Bis, todos de la Ley Agraria, a través del acta de entrega-recepción con fecha 8 de octubre de 2009.

6. Previa distribución de la minuta entre sus integrantes, con anticipación a las celebraciones de la primera y la segunda reuniones ordinarias, en esta última que tuvo lugar el 9 y el 10 de diciembre, la Comisión de Reforma Agraria sometió a la consideración del pleno el análisis y estudio de su contenido.

II. Descripción de la minuta

La minuta proyecto de decreto propone establecer que en los juicios en que se involucren tierras de los grupos indígenas, los tribunales deberán considerar en los términos del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos los usos y costumbres de cada grupo sin afectar derechos de terceros.

Establece que las demandas deberán formularse por escrito y expresarán el tribunal ante el cual se promueva; el nombre del actor y el del demandado; los hechos en que el actor funde su petición, narrándolos sucintamente, con claridad y precisión, de tal manera que el demandado pueda producir su contestación y defensa; los fundamentos de derecho; y lo que se pida, designándolo con toda exactitud, en términos claros y precisos; asimismo, los tribunales suplirán la deficiencia de las partes en sus planteamientos de derecho cuando se trate de núcleos de población ejidales o comunales, así como ejidatarios y comuneros.

Establece en un segundo párrafo al artículo que se adiciona, que si el promovente no llenare los requisitos omitidos o no hiciere las aclaraciones conducentes dentro del término señalado, el magistrado agrario desechará la demanda, razonando de manera fundada y motivada su resolución.

III. Consideraciones

Primera. Considera en coincidencia con las comisiones dictaminadoras del Senado de la República que la impartición de justicia es uno de los valores universales que el ser humano necesita para su desarrollo y, por ello, es uno de los fines más elevados que el Estado mexicano tiene que garantizar en favor de los gobernados.

Segunda. Se coincide con la minuta en que la administración de justicia ostenta rango constitucional, y esta categoría exige su fortalecimiento en al ámbito agrario.

Tercera. Y también que por ello es fundamental fortalecer los instrumentos jurídicos que le dan viabilidad a la administración de justicia agraria, haciéndola más expedita e imparcial, conociendo y sustanciando las demandas que en derecho procedan.

Cuarta. La iniciativa tiene el propósito de dotar de certeza jurídica a las partes, evitando erogaciones injustificadas y optimizando los recursos humanos y materiales involucrados.

Quinta. La minuta contiene un estudio exhaustivo e ilustra la actuación de los tribunales agrarios, su productividad, su rezago y los factores que inciden en estos resultados como aquellos que aborda esta iniciativa.

Sexta. No obstante lo anterior, del examen de todas las disposiciones contenidas en la Ley Agraria en vigor, en su título décimo, no se desprende que la intención del legislador haya sido dotar al procedimiento agrario de mayor formalidad que la que aconsejan los principios de simplicidad y sencillez, ni tampoco otorgar a los tribunales agrarios, de facultades para desechar una demanda que verse sobre asuntos agrarios, por no ajustarse a formalidades procesales. La ley conduce el juicio agrario bajo los principios de oralidad, concentración, publicidad e inmediación y el cumplimiento de estos, es condición para el cumplimiento de todos los principios que lo animan.

Particularmente, si no hay inmediación, es decir, presencia judicial constante y atenta, carecen de sentido los principios de oralidad, concentración y publicidad. A este respecto, en 1993, el Senado de la República hizo al artículo 185 una adición con el siguiente texto: “en caso de que la audiencia no estuviere presidida por el magistrado, lo actuado en ella no producirá efecto jurídico alguno”.

En esa ocasión , las comisiones de la Cámara de Senadores manifestaron en su dictamen: “se revisó también el texto del artículo 185 de la Ley Agraria, a la luz de su característica ordinaria como uniinstancial y excepcionalmente como biinstancial, concluyéndose en la trascendencia de ratificar el criterio que inspiró la puesta en vigor de las disposiciones adjetivas de la Ley Agraria, en el sentido de que los magistrados de los tribunales ordinarios presidan las audiencias y no deriven esa trascendental responsabilidad en sus subalternos. En efecto, todo el sistema procesal establecido por ese ordenamiento se dirige a establecer la participación personal y dinámica del magistrado, cuya ausencia podría afectar la buena marcha de la justicia agraria, particularmente por considerar los principios de oralidad e inmediación que norman sus disposiciones”.

Séptima. Es pertinente recordar que en el procedimiento agrario, las formas escritas y el exceso de formalidades dejan la justicia en poder de los secretarios en sustitución de los jueces, todo esto en franca contradicción con los principios antes enunciados; y que –como se anota en la exposición de motivos de la Ley Agraria– el objetivo de ésta es promover mayor justicia y libertad, proporcionando certidumbre jurídica y los instrumentos para brindar justicia expedita.

Octava. Para estos propósitos, una de las propuestas más relevantes de la Ley Agraria vigente fue la creación de un órgano de procuración de justicia agraria. Con este organismo, el Estado ha venido instrumentando de manera ágil y eficiente la defensa y protección de los derechos de los hombres del campo, e instrumentó un aparato de justicia de gran alcance para resolver los conflictos en el campo mexicano.

Novena. Promovió la instauración de tribunales agrarios en todo el país para llevar la justicia agraria al más lejano rincón de nuestro territorio, objetivo primordial de esta ley. Buscó que prevaleciera la sencillez y la claridad en los procedimientos de justicia agraria. Reglamentó lo esencial para acercar la justicia al campesino.

Décima. La minuta establece explicitar los requisitos formales para la presentación de la demanda agraria que contradicen el principio anterior de sencillez y claridad en los procedimientos de justicia agraria. Dificulta al campesino el acceso a la justicia y lesiona aún más el principio de oralidad que caracteriza al derecho agrario, en perjuicio del campesino.

Undécima. La colegisladora coincide con el espíritu de la minuta, pero es de hacer notar que en la justicia agraria debe procurase defender el principio de oralidad, siempre comprometido y gradualmente disminuido en los hechos a pesar del énfasis que originalmente en él ponen, la doctrina y la ley.

Había en el texto original de la ley una disposición del más amplio alcance, que desplegaba la regla de oralidad en todo el procedimiento agrario: el segundo párrafo del artículo 178 originalmente decía: “en la tramitación del juicio agrario, los tribunales se ajustarán al principio de oralidad, salvo cuando se requiera de constancia escrita o mayor formalidad o así lo disponga la ley”. Con la reforma de este artículo 178 en el año de 1993, se eliminó este segundo párrafo.

No obstante, en el texto vigente de la Ley Agraria todavía quedan huellas de este principio; dice el artículo 178: “pudiendo hacerlo por escrito o mediante su comparecencia”, refiriéndose a la contestación de la demanda; y el artículo 185 en su fracción I dispone que en la audiencia las partes expondrán oralmente sus pretensiones. El control y relatividad del principio de oralidad de modo que éste no sea absoluto, ya lo establece el final del párrafo I del artículo 164, que dice que para la resolución de controversias, los tribunales “se sujetarán siempre al procedimiento previsto por esta ley y quedará constancia de ella por escrito”.

No existe una absoluta oralidad sin espacio alguno para la escritura en el procedimiento agrario. Siempre se ha buscado que haya constancia de los puntos salientes de la controversia y su solución que permite el control de las resoluciones jurisdiccionales en la segunda instancia o en el juicio de amparo, cosa que no ocurriría si se careciera absolutamente de huella escrita sobre el proceso. La propuesta pues, es la segunda acción en contra del principio de oralidad en el juicio agrario (la primera fue en la reforma a este artículo en 1993) y se orienta a terminar con lo que queda de este principio en el derecho procesal agrario.

Duodécima. La doctrina se ha ocupado en deslindar el proceso social agrario de otras vertientes procesales y de ese examen ha extraído los principios o caracteres del proceso agrario. La tendencia a que sea más rápido, simple, económico, menos formal y a que en él se establezca una relación más estrecha, más inmediata del juez con las partes y con las pruebas. Los procesos agrarios son, sobre todo, procesos orales, concentrados, rápidos y públicos entre otros principios, en los cuales los poderes del juzgador permiten a través de la inmediación, investigar la verdad

Decimotercera. Asimismo, la minuta propone determinar la procedencia o improcedencia de la acción agraria en el auto que recae a la presentación de la demanda. Cabe hacer notar que facultar a los tribunales agrarios para determinar la procedencia o improcedencia de la acción agraria en el auto que recae a la presentación de la demanda daría lugar a que ya no se celebrara la audiencia de derecho y, por tanto, a que se privara al demandante, generalmente campesino ejidatario o comunero, de ejercitar materialmente su acción. Ello está en franca oposición al carácter tutelar del derecho agrario.

Decimocuarta. En relación al artículo 181-Bis que se propone adicionar, existe jurisprudencia en el sentido de que los tribunales agrarios no están facultados para desechar una demanda ante éstos interpuesta, sino sólo a examinarla para que, en su caso, indiquen como prevención las irregularidades u omisiones de ésta. El Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito determinó que “de lo establecido por el artículo 181 de la Ley Agraria, se desprende que los tribunales agrarios tienen la obligación de examinar la demanda propuesta para indicar las irregularidades u omisiones en ésta y, en su caso, prevenir al promovente para que las subsane; luego, resulta infundado el auto dictado por el tribunal agrario responsable en que de-sechó la demanda agraria, toda vez que la ley de la materia no contiene disposición alguna que autorice a dichos tribunales a analizar la demanda para determinar si la acción ejercida por los actores es procedente o no; menos para que en caso de ser así la desechen ordenando su archivo como asunto concluido, pues de hacerlo prejuzgan sobre la procedencia de la acción (Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tribunales Colegiados de Circuito.- Novena Época. Tomo III, mayo de 1996. Página 711).

Decimoquinta. Por estos motivos se considera que la eventual aprobación de la minuta de mérito no aporta un cambio significativo al derecho sustantivo agrario. Su naturaleza es de carácter procesal y las citadas formalidades son práctica cotidiana en los procedimientos en la materia con base en la aplicación supletoria de la legislación civil procesal; en cambio, sustantivamente, constituye un cambio negativo equivalente a una lesión a los bienes jurídicos tutelados por el derecho agrario, como la ocasionada con la reforma al artículo 178 en el año de 1993, por lo que se considera necesario desechar la minuta en comento.

Por lo expuesto y para los efectos de lo dispuesto por la fracción D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Reforma Agraria de la LXI Legislatura someten a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se desecha en todos sus términos la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 164, 181, y adiciona un artículo 181-Bis, todos de la Ley Agraria, recibida el 1 de febrero de 2008.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2010.

La Comisión de Reforma Agraria, diputados:Óscar García Barrón (rúbrica), presidente; María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Luis Hernández Cruz (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera, Felipe Cervera Hernández (rúbrica), Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Teófilo Manuel García Corpus (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Sofío Ramírez Hernández, María Esther Terán Velázquez, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto, Rosa Adriana Díaz Lizama, María Felícitas Parra Becerra, Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Daniel Gabriel Ávila Ruiz, José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Filemón Navarro Aguilera (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva.»

Es cuanto.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban estos puntos de acuerdo a los que se ha hecho referencia.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Perdón, el diputado Ibarra Pedroza. Sonido allá en la curul del diputado, por favor.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza(desde la curul): Presidente, ¿son los dictámenes negativos?

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Efectivamente.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza(desde la curul): Quisiera hacer algunas consideraciones sobre el número dos.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Desde su curul, señor diputado.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza(desde la curul): Es muy breve.



LEY DEL SEGURO SOCIAL

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Prefiere acá. Desde la tribuna. En consecuencia tiene la palabra el diputado Enrique Ibarra Pedroza para referirse al punto de acuerdo de la Comisión de Seguridad Social. Ése es, efectivamente, por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social. Gracias.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza:Señoras diputadas y señores diputados, fundamentalmente quiero hacer unas breves consideraciones sobre el apartado dos de estos dictámenes que nos ocupan y que se refiere a una iniciativa que un servidor presentó en el periodo pasado a propuesta de un grupo de trabajadores y sobre todo, ex trabajadores  que pertenecían al régimen de seguridad en el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Ellos me plantearon un problema que es muy común, adicional al grave desempleo, de qué ocurre cuando un trabajador está por cumplir las semanas mínimas de cotización para obtener su pensión y su jubilación, y que por causas ajenas un año antes de cumplir las semanas, o a veces menos, 20 semanas de cotización, queda trunco su derecho a la jubilación, a la pensión.

El sentido de la iniciativa fue enfocado a que cuando esté ya cerca ese proceso terminal de la adquisición de un derecho a la pensión por los trabajadores pueda, si pierde el empleo por causas ajenas a él, pagarlo de manera directa para obtener esa prebenda.

Sin embargo, aquí en la Cámara de Diputados esta iniciativa se había ventilado hace dos legislaturas, si mal no recuerdo, por un diputado del Partido de la Revolución Democrática, Rayas.

De aquí pasó al Senado de la República. Esa iniciativa está actualmente varada, está congelada en el Senado de la República.

En conversación con el presidente, con quien hemos tenido el diálogo de esta Comisión, queremos nosotros que la Cámara de Diputados exhorte al Senado de la República, ya que aquí fue aprobada esta iniciativa hace algunos periodos, para que en el Senado de la República sea destrabada y de esa manera puedan ser beneficiados cientos de miles de trabajadores mexicanos.

Ése es el sentido fundamental de mi reflexión, que sigamos atentos en la Comisión, a través del conducto por la Presidencia de esta Cámara para que se excite a la colegisladora a que desahogue la parte del tramo legislativo que falta para que los trabajadores, que insisto, pierdan por causas ajenas a ellos su empleo en la proximidad del derecho a la pensión, a la jubilación, puedan con sus recursos, con sus medios, enterar a la institución lo que les hace falta para obtener ese derecho. Es cuanto, ciudadano presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Ibarra.

El diputado Uriel López Paredes(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputado López Paredes, ¿con qué objeto?

(desde la curul): Sí, presidente, únicamente para manifestar mi acuerdo con el diputado Ibarra.

Recordar que esa iniciativa fue votada en este pleno en la antepasada legislatura y se aprobó por unanimidad, y desde esa época se encuentra en la Cámara de Senadores, donde se han enviado ya exhortos, excitativas y sin embargo, no hemos tenido respuesta del Senado.

Totalmente de acuerdo con el diputado Ibarra y ojalá podamos, desde esta Cámara de Diputados hacer lo conducente para que en el Senado se logre ya sacar adelante. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Uriel López Paredes.

No habiendo más oradores inscritos consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo referidos.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si aprueban estos puntos de acuerdo y los anteriormente reservados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Gracias diputados. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos concluidos.

Por lo que se refiere al último dictamen, devuélvase a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción D, del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sí, diputado Cárdenas, con qué objeto.



LEY GENERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS EN MATERIA DE SECUESTRO - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - CODIGO PENAL FEDERAL - LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION - LEY DE LA POLICIA FEDERAL - LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES - LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Presidente, no sé si en el orden del día, porque lo acaba de distribuir, se encuentre para primera lectura el dictamen de la minuta de la Ley Antisecuestro.

Su servidor presentó un voto particular y de acuerdo con el Reglamento para el Gobierno Interior  de esta Cámara, el voto particular debió acompañar al dictamen correspondiente. Mi pregunta y mi súplica es por qué no se incorporó el voto particular al dictamen, y si lo vamos a tratar en primera lectura en esta sesión del pleno de la Cámara de Diputados, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sí, diputado Cárdenas Gracia. Vamos a hacer en los próximos minutos las consultas correspondientes al tema que usted nos plantea para que podamos tener claridad al respecto.

Se acaba de recibir una comunicación de la Junta de Coordinación Política. Proceda la Secretaría a dar cuenta de la misma.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo vigésimo del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, los suscritos coordinadores de los grupos parlamentarios nos permitimos solicitarle tenga a bien consultar al pleno puedan realizarse las modificaciones en el orden del día del día a efecto de incluir los siguientes asuntos en el apartado correspondiente.

• Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se conforma un grupo de trabajo que se aboque a investigar las denuncias de corrupción que pesan sobre la Comisión Federal de Electricidad.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si es de modificarse el orden del día.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:En votación económica se consulta a la asamblea si es de modificarse el orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor, muchas gracias. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Aprobada. En consecuencia dé lectura al acuerdo.



COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se conforma un grupo de trabajo que se aboque a investigar las denuncias de corrupción que pesan sobre la Comisión Federal de Electricidad

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. Que en sesión del 23 de septiembre del año en curso, el pleno de esta soberanía aprobó la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación (ASF), realice una auditoría financiera a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y de cumplimiento a su director de operaciones, por las denuncias en su contra y por supuestos actos de corrupción; asimismo, se solicita la conformación de una comisión plural que concluya con las investigaciones que esta soberanía ha venido realizando, presentada por el diputado César Augusto Santiago Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI.

II. Que el resolutivo tercero de dicha proposición, solicita la conformación de un grupo plural de trabajo que investigue

• Los casos de corrupción señalados en los Estados Unidos de América y su relación con la CFE.

• Quiénes son los personajes involucrados en la investigación que señala el diario Houston Chronicle. (John O’ Shea, Fernando Maya Basurto y Ángela Díaz).

• Investigar a funcionarios de la paraestatal, dueños de empresas que a través de prestanombres son contratados por la CFE, para la prestación de servicios que ofrece la paraestatal.

• Investigar las denuncias de corrupción que ha formulado el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) sobre la CFE.

Por lo anteriormente expuesto, la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, numeral 1, inciso b) y c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. Se integra un grupo plural de trabajo que se aboque a investigar lo siguiente

• Los casos de corrupción señalados en los Estados Unidos de América y su relación con la CFE.

• Quiénes son los personajes involucrados en la investigación que señala el diario Houston Chronicle. (John O’ Shea, Fernando Maya Basurto y Ángela Díaz).

• Investigar a funcionarios de la paraestatal, dueños de empresas que a través de prestanombres son contratados por la CFE, para la prestación de servicios que ofrece la paraestatal.

• Investigar las denuncias de corrupción que ha formulado el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) sobre la CFE.

Segundo. El grupo de trabajo estará conformado por 11 diputados de la siguiente manera:

César Augusto Santiago Ramírez, presidente, PRI; Leticia Robles Colín, PRI; Ernesto De Lucas Hopkins, PRI; Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, PAN; Ruth Esperanza Lugo Martínez, PAN; Eduardo Mendoza Arellano, PRD; Adán Augusto López Hernández, PRD; Pablo Escudero Morales, PVEM; Laura Itzel Castillo Juárez, PT; Elsa María Martínez Peña, NA; Pedro Jiménez León, CONV.

Tercero. El grupo de trabajo estará vigente hasta el 15 de diciembre de 2010, debiendo entregar un informe de los trabajos realizados a la Junta de Coordinación Política, dentro de los 30 días naturales siguientes al término de su vigencia.

Cuarto. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el pleno de la Cámara de Diputados.

Quinto. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor, muchas gracias. Quienes estén por la negativa.

Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Aprobado. Comuníquese.

También se acaba de recibir una comunicación de la Junta de Coordinación Política. Proceda la Secretaría a dar cuenta de ella.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados. Presente.

Con fundamento en el artículo vigésimo del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, los suscritos coordinadores de los grupos parlamentarios nos permitimos solicitarle tenga a bien consultar al pleno puedan realizarse las modificaciones en orden del día de hoy, a efecto de incluir en su primera lectura el siguiente dictamen

• De las Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad Pública con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal; de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; de la Ley de la Policía Federal; de la Ley Federal de Telecomunicaciones; y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Sin más por el momento, reciba un cordial salud.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si es de modificarse el orden del día.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la asamblea si está a favor de modificarse el orden del día. Quienes estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Gracias, diputados. Los diputados y las diputadas que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Aprobado.



LEY GENERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS EN MATERIA DE SECUESTRO - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - CODIGO PENAL FEDERAL - LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION - LEY DE LA POLICIA FEDERAL - LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES - LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad Pública con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales. Del Código Penal Federal. De la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. De la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. De la Ley de la Policía Federal. De la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

En virtud de que ha sido publicado en la Gaceta Parlamentaria y distribuido entre las diputadas y los diputados consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Antes, diputado Cárdenas Gracia, ¿con qué objeto?

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Sí, presidente, disculpe mi insistencia, pero sí sería muy importante y es una obligación reglamentaria, prevista en el artículo 94 y 95, que el dictamen vaya acompañado con el voto particular. Aunque sabemos que el día de hoy no se va a discutir ni se va a votar y que es para primera lectura, pues me parece una omisión que no venga completo el dictamen, que debe venir acompañado con los votos particulares.

Por eso le insisto esto, señor presidente, muy atentamente, no sé qué solución encontremos, si lo damos por primera lectura, a mí me parece que no sería lo correcto si no esperarnos a la primera lectura adhiriendo al dictamen correspondiente el voto particular que presentamos en la Comisión de Seguridad Pública.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: En este momento, señor diputado, estamos dando la instrucción de que este documento que no había llegado a la Mesa Directiva a través de la Comisión, como ordena precisamente el Reglamento, sea inmediatamente distribuido, hoy mismo, a los señores legisladores.

Entonces, queda de primera lectura con la anexión que conste en el acta del documento del diputado Jaime Cárdenas Gracia, emitido como voto particular.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Era en ese mismo sentido, diputado presidente. El tema que se está presentando, que mucho me sorprende que lo envíen vía la Junta de Coordinación Política y no en el trámite habitual, está siendo expedito el trámite de una ley que va a requerir de un debate serio.

Hay el voto particular que ha estado insistiendo... Hace un momento pregunté al diputado Jaime Cárdenas si se iba a presentar. Ya se está presentando para obviar la primera lectura, no está incluido el voto particular y me parece que éste va a ser —reitero— un debate que se tiene que atender con toda la seriedad y formalidad cuando se dé, porque hay un avance muy serio de la derecha en posiciones en este sentido, ya que era en lapidar a los secuestradores y a quien pone objeciones al rompimiento del marco legal se le quiere colgar el San Benito defensor de secuestradores, que no es el caso.

Entonces, sí es muy importante la inclusión del punto del voto particular del diputado Jaime Cárdenas y en su momento daremos el debate.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Quedará inscrito hoy mismo. Y solamente quisiera explicar al diputado Fernández que la Junta solicita el ingreso del turno hoy, pero el asunto fue recibido en la Mesa Directiva con ese inconveniente que subsanaremos inmediatamente.

Muchas gracias. Queda de primera lectura.

«Dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Honorable Asamblea:

Las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen de la

Minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Antecedentes

Primero. A las Comisiones Unidas de Justicia, de Gobernación, y de Estudios Legislativos, Segunda, de la Cámara de Senadores, fueron turnadas para su análisis y dictamen once iniciativas con proyectos de decreto que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; y expiden la Ley del Fondo Nacional para el Combate Contra el Secuestro, la Ley Antisecuestro, la Ley General contra el Secuestro, la Ley General en Materia de Secuestro, la Ley General para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro, y la Ley General de Protección a las Víctimas del Delito de Secuestro. Reformas, adiciones y derogación de disposiciones legales, y expedición de leyes, que se comprenden, en su caso, en las iniciativas siguientes:

1) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 25 y 366 del Código Penal Federal, presentada por el Ejecutivo federal, el 13 de marzo de 2007;

2) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 25 y 366 del Código Penal Federal, así como el artículo 194, fracción I, inciso 23), del Código Federal de Procedimientos Penales, presentada por el senador Carlos Jiménez Macías, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 13 de agosto de 2008;

3) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Fondo Nacional para el Combate contra el Secuestro, presentada por el senador Arturo Escobar y Vega, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 27 de agosto de 2008;

4) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la federación, presentada por el senador Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 2 de septiembre de 2008;

5) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XXII al artículo 387 del Código Penal Federal, presentada por el senador Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 6 de noviembre de 2008;

6) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, presentada por el senador Silvano Aureoles Conejo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática el 11 de marzo de 2009;

7) Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Antisecuestro, presentada por los senadores Felipe González González y Ricardo Torres Origel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 19 de marzo de 2009;

8) Iniciativa con proyecto de decreto por la que se expide la Ley General contra el Secuestro, presentada por el senador Guillermo Tamborrel Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 31 de marzo de 2009;

9) Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General en Materia de Secuestro, presentada por los senadores del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 15 de diciembre de 2009;

10) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, presentada por el Ejecutivo federal el 18 de febrero de 2010; y

11) Iniciativa con proyecto de decreto de Ley General de Protección a las Víctimas del Delito de Secuestro, presentada por los senadores Alejandro González Alcocer, Alejandro Zapata Perogordo, Pedro Joaquín Coldwell, Tomás Torres Mercado y Arturo Escobar y Vega, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y del Verde Ecologista de México, respectivamente.

Segundo.Adicionalmente, a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Estudios Legislativos, Primera, y de Estudios Legislativos, Segunda, conjuntamente con la Comisión de Justicia, sin la intervención de la Comisión de Gobernación, se turnaron cinco iniciativas, proyectos que, por comprender en parte el tema central que en el caso particular se analizó, se tomaron en cuenta sólo en lo vinculado con el tema materia de la minuta que se dictamina. Estos proyectos son:

1) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, presentada por el senador Alfonso Elías Serrano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 7 de diciembre de 2006. Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera;

2) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a fin de establecer mejores condiciones para el combate del secuestro, presentada por el senador Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 27 de agosto de 2007. Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, y de Gobernación;

3) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones en materia de prevención y combate del secuestro, presentada por los senadores Silvano Aureoles Conejo, José Luis Máximo García Zalvidea y Rubén Fernando Velázquez López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 02 de septiembre de 2008. Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Gobernación;

4) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se expiden la Ley para Prevenir y Sancionar el Secuestro y la Ley Reglamentaria del Artículo 22 Constitucional en Materia de Extinción de Dominio y por el que se adicionan, reforman y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Amparo, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Ley Federal de Telecomunicaciones, en materia de secuestro, presentada por el senador Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 09 de octubre de 2008. Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia;

5) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 366 Bis del Código Penal Federal, presentada por el senador Francisco Herrera León, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 11 de diciembre de 2008. Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera.

Tercero. Comisiones dictaminadoras que, previo análisis y estudio de las iniciativas señaladas, presentaron el dictamen correspondiente ante el pleno de la Cámara de Senadores, que fue discutido y aprobado en sesión de fecha 29 de abril de 2010.

Cuarto. En fecha 6 de mayo de 2010, la esta Cámara de Diputados recibió el oficio número DGPL/-2P1A.6151, de fecha 29 de abril de 2010, mediante el cual la Cámara de Senadores remite minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad.

Cuarto.En fecha 7 de septiembre de 2010, la Mesa Directiva,mediante oficio número D.G.P.L. 61-II-1-0596, acordó se turnara a las Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad Pública, con opinión de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Gobernación, las cuales presentan este dictamen al tenor de las siguientes consideraciones:

Antes de entrar al análisis y discusión de la minuta materia del presente dictamen, cabe hacer mención que estas comisiones dictaminadoras consideran oportuno señalar que en esta honorable Cámara de Diputados, legisladores de los diversos grupos parlamentarios, presentaron ante el pleno, iniciativas referentes al tema del secuestro, que han enriquecido la minuta del Senado; con el presente dictamen.

1. Iniciativa presentada el día 13 de agosto de 2008. La Secretaría de Gobernación, remite iniciativa de decreto que reforma los artículos 25 y 366 del Código Penal Federal, a fin de establecer la prisión vitalicia para quien cometa secuestro, enviada por el titular del Poder Ejecutivo Federal.

2. Iniciativa presentada el 20 de agosto de 2008 por la diputada Gloria Lavara Mejía en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal contra el delito de secuestro.

3. Iniciativa presentada el día 2 de octubre de 2008, por los diputados Emilio Gamboa Patrón, Cesar Camacho Quiroz, Juan Francisco Rivera Bedoya y Jorge Mario Lescieur Talavera, y los senadores Manlio Fabio Beltrones Rivera, Jesús Murillo Karam, Pedro Joaquín Coldwell, Fernando Jorge Castro Trenti, Fernando Baeza Meléndez y Francisco Labastida Ochoa, integrantes de la LX Legislatura por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Iniciativa con proyecto de decreto, mediante la cual se expide la Ley Federal para Prevenir y Sancionar el secuestro; y que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Civil Federal, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y de la Ley de Instituciones de Crédito.

4. Iniciativa presentada el día 16 de octubre de 2008, por la diputada Elda Gómez Lugo del Grupo Parlamentario del PRI. Ley que crea el fideicomiso que administrara el fondo de apoyo para las familias de las personas secuestradas.

5. Iniciativa presentada el día 4 de noviembre de 2009, por el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General del Secuestro, reglamentaria del artículo 73, fracción XXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que propone entre otras cosas las instancias de coordinación con base en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica

6. Iniciativa presentada el día 1 de diciembre de 2009, por la diputada Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley que crea el Sistema Nacional de Alerta Temprana sobre el Secuestro o Robo de Niñas o Niños de México

7. Propuesta ciudadana presentada el día 8 de diciembre de 2009, por la señora Isabel Miranda de Wallace. Propuesta de Ley General de Protección a las Víctimas del Delito de Secuestro. Se toma en consideración esta propuesta con fundamento en el artículo 61 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Iniciativa presentada el día 2 de febrero de 2010, por integrantes de la Junta de Coordinación Política e integrantes de diversos grupos parlamentarios, por el que se expide la Ley General de Protección a las Víctimas del Delito de Secuestro.

9. Iniciativa presentada el día 4 de febrero de 2010, por el diputado Víctor Humberto Benítez Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley Federal de Extinción de Dominio; de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se expide la Ley General de Protección a Víctimas del Delito, Reglamentaria del inciso c) del artículo 20 Constitucional.

10. Iniciativa presentada el día 18 de febrero de 2010, por la diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Combatir el Delito de Secuestro; y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, iniciativa que como objetivo principal propone mantener la integridad de la víctima.

11. Iniciativa presentada el día 21 de abril de 2010, por el diputado Rodrigo Pérez-Alonso González, del Grupo Parlamentario del Partido del Partido Verde Ecologista. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Fondo Nacional para el Combate contra el Secuestro, proponiendo la creación de dicho fondo que servirá para contar con los recursos necesarios para combatir el delito.

A si como otros trabajos legislativos presentados por los integrantes de la Comisión de Justicia, como el foro de justicia Alcances y retos de la reforma al sistema de justicia penal, y opiniones relacionadas al tema del secuestro, en el que los diputados Josué Cirino Valdés Hueso, Oscar Martín Arce Paniagua, Eduardo Ledesma Romo, Enoé Margarita Uranga Muñoz, Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, Camilo Ramírez Puente, Alfredo Torres Huitrón, Arturo Zamora Jiménez, Sergio Lobato García y Alfonso Navarrete Prida, realizaron valiosos aportaciones respecto del tema que aquí se trata.

De igual manera, los diputados José Luis Ovando Patrón, Sergio González Hernández, Bonifacio Herrera Rivera, María de Jesús Aguirre Maldonado, Manuel Esteban De Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Domínguez, Eduardo Yáñez Montaño, Adriana Sarur Torre integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión de Seguridad Pública realizaron en análisis minucioso y responsable de la minuta objeto del presente dictamen, así como los comentarios que consideraron pertinentes entorno al contenido de la misma.

Es pertinente resaltar que las iniciativas de los diputados antes mencionados, coinciden con el tema materia del presente dictamen, sin embargo no se dictaminan, en virtud de que la minuta del Senado de la República se aprueba en sus términos, al tenor de las siguientes:

Consideraciones de la minuta

Primera.La minuta del Senado en relación a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, contempla 14 capítulos divididos en 48 artículos. Disposiciones Generales: La ley es reglamentaria del párrafo primero de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de secuestro. Esta Ley establece los tipos y punibilidades en materia de secuestro. Para la investigación, sanción y todo lo referente al procedimiento serán aplicables el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y los Códigos de Procedimientos Penales de los Estados.

El Capítulo II se refiere a los delitos en materia de secuestro. Y señala que se aplicarán de veinte a cuarenta años de prisión y de quinientos a dos mil días multa, si la privación de la libertad se efectúa con el propósito de: obtener para sí o para un tercero, rescate o cualquier beneficio; detener en calidad de rehén a una persona y amenazarla con privarla de su vida; causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad; Cometer secuestro exprés.

Las penas antes mencionadas, se agravarán aún más. De veinticinco a cuarenta cinco años de prisión y de dos mil a cuatro mil días multa en los siguientes casos: que se realice en camino público y en lugares desprotegidos; que las personas que cometan el secuestro la realicen en grupo de dos o más personas; que se realice con violencia; que los secuestradores allanen el inmueble de la víctima; Que la víctima sea menor de edad o mayor de sesenta años o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho; que la víctima sea una mujer en estado de gravidez.

Las penas se incrementarán de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa, si en la privación de la libertad ocurren las siguientes circunstancias: que los autores del secuestro hayan sido integrantes de alguna institución de seguridad pública, de procuración de justicia, de las fuerzas armadas o se ostenten como tal sin serlo; que el o los autores tengan vínculos de parentesco o amistad con la víctima; durante el cautiverio se lesione a la víctima; que durante el secuestro la víctima haya sido torturada o violada; que durante el cautiverio la victima muera por alteración de su salud debido al secuestro.

Si la víctima es privada de su vida por los raptores, se impondrá a éstos una pena de cuarenta a setenta años de prisión y de seis mil a doce mil días multa.

Cuando de manera espontanea se libera a la víctima dentro de los tres días siguientes al de la privación de la libertad, se impondrá una pena de dos a seis años y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.

La misma pena se aplicara al secuestrador que habiendo participado en la planeación del secuestro se arrepienta y de parte a las autoridades para rescatar con vida a la víctima.

En el caso de que se libere a la víctima dentro de los primeros diez días de haberse cometido el secuestro sin lograr ningún propósito antes mencionado, las penas serán de ocho a quince años y de doscientos cincuenta hasta quinientos días multa.

Se sancionara de cien a trescientas cincuenta jornadas de trabajo a favor de la comunidad al que simule la privación de su libertad.

Al que simule la privación de la libertad de una persona, con el propósito de obtener un beneficio, señalado líneas arriba, se le impondrá una sanción de dos a ocho años de prisión.

El artículo 15 señala que se aplicará pena de dos a ocho años de prisión y de setecientos a mil quinientos días multa, al que incurra en los siguientes casos: auxilie al secuestrador de conformidad a las acciones previstas en el artículo 9 y 10 de esta ley; oculte al responsable de ejecutar las acciones previstas en el artículo 9 y 10 de esta ley; altere o modifique las huellas del delito; y desvié la investigación o la obstaculice.

Se aplicará pena de dos a ocho años de prisión, y de doscientos a mil días multa, al servidor público que: divulgue información reservada o confidencial; revele sin fundamento alguno, técnico de investigación de las conductas prevista en esta ley.

Si la persona que cometa estas conductas es o hubiere sido integrante de una institución de seguridad pública, de procuración de justicia, de los centros de reclusión, entre otros, la pena será de cuatro años seis meses a trece años de prisión.

Además al servidor público se le aplicará pena de cuatro años seis meses a trece años de prisión, y de doscientos a mil días multa, cuando teniendo atribuciones de investigación, procuración o impartición de justicia, se abstenga de denunciar ante el Ministerio Público o, en caso de urgencia ante la policía, de cualquiera de los delitos mencionados en esta ley.

El Capítulo III se refiere a la Prevención y Coordinación. Las Instituciones de Seguridad Pública de los tres órdenes de Gobierno se coordinarán a través del Centro Nacional de Prevención y Participación Ciudadana del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para: llevar a cabo estudios de estadísticas, geodelictiva, patrones de comportamiento y demás con el propósito de tener una investigación más fidedigna y confiable; procesar la información geodelictiva, para prevenir delitos y conocer las zonas de riesgo; intercambiar información; realizar campañas tendientes a prevenir el delito; establecer relaciones de colaboración con las autoridades competentes y con las organizaciones sociales.

Por lo que se refiere al Capítulo IV, habla sobre el ámbito de aplicación. Señala que los delitos contemplados en esta ley, se prevendrán, investigarán y sancionarán por la federación y en los casos donde no le competa, serán competencia de las autoridades del fuero común.

El Capítulo V, aborda la intervención y aportación voluntaria de comunicaciones. En su articulado dice que el procurador general de la República o los servidores públicos, así como las autoridades facultades en la ley podrán solicitar a la autoridad judicial federal su autorización para la intervención de comunicaciones privadas. Para ello deberá cumplir con ciertas normas legales.

Por su parte el Capítulo VI, se refiere a las obligaciones de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones. Señala que todos los concesionarios de telecomunicaciones tendrán que sujetarse a las siguientes consideraciones: proporcionar información a las autoridades que le fueron delegadas estas atribuciones; proporcionar oportunamente asistencia técnica y la información que requieran los titulares de las instituciones autorizadas para estos casos; y suspender el servicio de telefonía cuando así lo requiera la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

Por lo que respecta al Capítulo VII, referente a la protección de personas: señala que los titulares del Ministerio Público y de las entidades federativas tienen que expedir programas para la protección de personas; toda la información y la documentación relacionadas con los testigos protegidos deben mantenerse en estricto secreto; el cumplimiento del programa de personas protegidas lo determinará el titular del Ministerio Público; de igual manera en las entidades federativas el titular del Ministerio Público tiene que designar a la unidad especializada que lleve a cabo esta encomienda; la persona que sea candidato a este programa será autorizada por el procurador general de la República o el servidor público en quien se delegue la facultad; la revocación de la protección de la persona, será en los supuestos de que el testigo no se conduzca con veracidad y como lo marcan las directrices del programa.

Los programas establecerán un mínimo de requisitos de ingreso, protección física o electrónica; apoyos para sus necesidades personales e incluso en algunos casos hasta familiares o personas cercanas.

El Capítulo VIII se refiere a los apoyos a las víctimas y testigos de cargo. Los cuales tendrán los siguientes derechos: estar presentes en salas distintas al inculpado; solicitar y recibir asesoría por parte de las autoridades; requerir al juez que al emitir una sentencia condenatoria, se repare el daño a favor de la víctima; contar con apoyo permanente en asesoría y demás necesidades; estar asistido por sus abogados, médicos y psicólogos durante sus diligencias; obtener copia simple y gratuita de la diligencia en la que intervienen.

Por lo que respecta al Capítulo IX, se refiere a la restitución inmediata de derechos y reparación. Se considera que el Ministerio Público o las entidades federativas deben restituir a las víctimas de las conductas previstas en la ley y solicitar la reparación del daño. Se considera que debe restituirse los daños con los recursos obtenidos en los procedimientos de extinción de dominio en términos de la ley.

Por su parte el Capítulo X, aborda el tema del embargo por valor equivalente. En caso de que los productos, instrumentos u objetos hayan desaparecido, el Ministerio Público pedirá el embargo de bienes del sentenciado cuyo valor equivalga a la reparación del daño.

El Capítulo XI habla del fondo de apoyo para las víctimas u ofendidos. El objetivo principal es dotar a las autoridades de recursos para apoyar a las víctimas, así como incentivar la denuncia. El fondo se integraría de la siguiente manera: recursos del presupuesto de egresos de la federación; recursos obtenidos por la enajenación de bienes; recursos por bienes que causen abandono; recursos provenientes de las fianzas o garantías que se hagan efectivas; las donaciones hechas a su favor por terceras personas.

El Capítulo XII se refiere a la organización de la Federación y de las entidades federativas. De conformidad a lo dispuesto por el artículo 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hace hincapié de que las instituciones de Seguridad Pública de los tres órdenes de gobierno y las Procuradurías de Justicia de la Federación, de los Estados y del Distrito Federal y de acuerdo a los lineamientos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, deberán coordinarse para: cumplir con los objetivos de esta ley; impulsar políticas de apoyo y protección a las víctimas; determinar criterios uniformes para la organización y modernización tecnológica para el combate del secuestro; regular la participación de la comunidad y de instituciones académicas; rendir informes sobre los resultados obtenidos del Programa Nacional de Procuración de Justicia y del Programa Nacional de Seguridad Pública; promover convenios de colaboración interinstitucional y suscribir acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas.

Participar en la formulación de un programa nacional para prevenir y sancionar las conductas enmarcadas en esta ley.

Las Procuradurías deben de crear y operar unidades especiales para la investigación de las conductas previstas en la ley.

Para ser integrante de las unidades especializadas en la investigación y persecución de los delitos previstos en esta ley es necesario cumplir con los siguientes requisitos: acreditar los requisitos de ingreso y permanencia; aprobar los cursos de capacitación y de actualización que establezca la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia y la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública.

Adicionalmente, las unidades tendrán las siguientes facultades: solicitar que se le brinde atención médica a las víctimas; asesorar a los familiares en las negociaciones para liberar a la víctima; recibir denuncias; utilizar las técnicas de investigación previstas en esta ley; sistematizar la información obtenida para liberar a la víctima.

El Capitulo XIII se refiere al auxilio entre autoridades. Dictamina que las autoridades de los distintos órdenes de gobierno deberán prestar auxilio cuando le sea solicitado por la autoridad competente; además los diferentes órdenes de gobierno deben coordinarse para intercambio de formación y adiestramiento de agentes del Ministerio Público.

Por lo que respecta al Capítulo XIV, de la prisión preventiva y de la ejecución de sentencias; dice que los sentenciados por esta ley se les podrán aplicar las medidas de vigilancia para su readaptación y la restricción de comunicaciones con terceros.

Las entidades federativas podrán enviar a los procesados a los centros federales de readaptación. No se concederá libertad preparatoria a quienes trafiquen con menores de edad.

Segunda. La minuta del Senado en relación a las reformas, adiciones y derogaciones a diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, armoniza dichas legislaciones, modificándolas en relación a la expedición de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Entre ellas, se señala la reforma al inciso 24) de la fracción I; la fracción XVII y la adición de la fracción XVIII al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, calificar como graves los delitos de Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Esta los Unidos Mexicanos, previstos en los artículos 9, 10, 11, 17 y 18.

La reforma a los artículos 55, párrafos segundo y cuarto; 64, párrafo primero; 85, inciso f), de la fracción I; el artículo 215, en su fracción XIII y último párrafo la fracción XIV; la adición del numeral 19 al artículo 24, la fracción IV al artículo 85, el artículo 180 Bis y la fracción XVI al artículo 215; y la derogación de los artículos 366 y 366 Bis, todos del Código Penal Federal, para establecer como en el apartado de penas y medidas de seguridad, la posibilidad de colocar dispositivos de localización y vigilancia, así mismo en relación a la posibilidad de que la prisión preventiva se lleve a cabo en el domicilio del indiciado, cuando se dicte una orden de aprehensión en contra de una persona mayor de 70 años de edad, a criterio del juez no podrá concederse a los inculpados por las conductas previstas en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro. En el caso de la regla general de aplicación de penas por concurso ideal de delitos se exceptúa a los contemplados en la Ley materia del presente estudio, supuesto en el cual se aplicarán las reglas de concurso real.

Por lo que hace a la, negativa de concesión de la libertad preparatoria, se contemplan a los sentenciados por las conductas previstas en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Y por último se tipifican algunas conductas en relación a los delitos de desobediencia y resistencia de particulares y abuso de autoridad.

Por lo que hace a las reformas de los artículos 2, en sus fracciones V y VI; 3, último párrafo; 13, párrafo primero; y la adición de la fracción VII al artículo 2, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, se añaden las conductas previstas en los artículos 9, 10, 11, 17 y 18 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, para que sean investigados, perseguidos, procesados y sancionados conforme a las disposiciones de aquella Ley.

En relación a las reformas de los artículos 50 Bis y 50 Ter, párrafo primero, y se adiciona un segundo párrafo al artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para que en caso de autorización para intervenir comunicaciones privadas se otorgue también en términos de la Ley que se expide en el presente documento.

En atención a las reformas del inciso j), de la fracción I y las fracciones III y IV; y la adición de la fracción V, todas del artículo 51 de la Ley de la Policía Federal, relativas a la intervención preventiva de comunicaciones a que se refiere dicha Ley, se contemplan los delitos previstos en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Respecto de las reformas a las fracciones XIV y XV y adición de una fracción XVI, al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, se refiere a obligaciones de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones, quienes deberán por ejemplo, en caso de que los usuarios vendan o cedan una línea de telefonía en cualquiera de sus modalidades de contratación, deberán dar aviso al concesionario, a efecto de que dicha línea sea bloqueada, en tanto sea registrado el nuevo usuario, conforme a la fracción XI del presente artículo; así como informar a los clientes o usuarios de servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades, previo a su venta, de la existencia y contenido del registro y su disponibilidad a los agentes facultados, y la colaboración con las autoridades competentes para que en el ámbito técnico operativo se restrinja de manera permanente todo tipo de comunicación, ya sea transmisión de voz, datos o imagen en los Centros de Readaptación Social Federales y de las Entidades Federativas, cualquiera que sea su denominación, con el objeto de inhibir la señal de cualquier banda de frecuencia que se limite al perímetro de dichos centros de readaptación social.

Por último y en relación a las reformas de la fracción VII, del artículo 31; la fracción XIII, del apartado B, del artículo 39, y el artículo 149, y las adiciones a la fracción VIII recorriéndose en su orden la subsecuente del artículo 31; la fracción XIV recorriéndose en su orden la subsecuente, del apartado B, del artículo 39, todos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se establece como función de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario la formulación de lineamientos para que la Federación y las entidades federativas soliciten, en el ámbito de sus competencias, la colaboración de los prestadores de servicios de telecomunicaciones, para que en el ámbito técnico operativo se restrinja de manera permanente todo tipo de comunicación, ya sea transmisión de voz, datos, o imagen en los Centros de Readaptación Social Federales y de las Entidades Federativas. Dicha función también se establece para la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias la realicen.

Tercera.Una vez establecido el análisis y contenido de la minuta en estudio, estas Comisiones dictaminadoras, coinciden plenamente con el Senado, toda vez que, en atención a la obligación que el Poder Constituyente Permanente consagró en el decreto por el que se reforma el párrafo primero de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el lunes 4 de mayo de 2009, corresponde a este Congreso de la Unión la facultad de expedir una ley general en materia de secuestro, que establezca, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios.

Lo anterior, es así, toda vez que el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar la seguridad de las personas y contribuir a la creación de una política de seguridad, con todos los instrumentos que tenga a su disposición, por lo que existe sustento para aprobar la presente Minuta, ya que la legislación mexicana debe adecuarse a la realidad social que vive el país.

Máxime cuando se presenta un fenómeno criminal, como lo es el secuestro, que se está manifestando en sus más altos grados de perversidad; que lesiona uno de los bienes jurídicos más preciados que tiene el ser humano, después de la vida, su libertad física, personal o ambulatoria.

En los últimos años el secuestro, es una de las conductas delictivas que más lastiman y hacen mella en la sociedad mexicana, toda vez que sus consecuencias dejan profunda huella en las víctimas y familiares que lo sufren, no solo por el detrimento económico, sino por las secuelas físicas y psicológicas que perduran en la mayoría de ocasiones para toda la vida.

El secuestro, como lo señala la minuta del Senado, es un delito grave, de resultado material y permanente, complejo, de difícil investigación, que no reconoce fronteras o regiones y que afecta no únicamente a las personas con gran capacidad económica, sino también a aquellas otras con menores recursos, pero más accesibles a los fines o propósitos del agente por su particular estado de indefensión, que se agota con la privación ilegal de la libertad de una persona con el propósito de obtener dinero por su rescate; manteniéndola como rehén y amenazarla con privarla de la vida o con causarle daño, para que la autoridad o un particular realice o de deje de realizar un acto cualquiera; o de causar daño o perjuicio a la propia víctima o a cualquiera otra persona; o bien, con el fin de trasladar fuera del territorio nacional a un menor de dieciséis años, con el propósito de obtener un lucro indebido por la venta o entrega de su persona.

Cuarta. En atención a la consideración anterior, estas Comisiones dictaminadoras coinciden con el Senado, ya que con la expedición de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la armonización al Código Federal de Procedimientos Penales, al Código Penal Federal, a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a la Ley de la Policía Federal, a la Ley Federal de Telecomunicaciones y a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en relación a dicha ley reglamentaria, el Estado mexicano tendrá a su disposición no solamente los medios necesarios para desalentar la comisión del delito de secuestro, menguar la capacidad de obrar de los grupos de secuestradores y de impedir los lamentables agravios que causan, sino, también, la posibilidad de establecer otras conductas delictivas que las leyes penales no contemplan en la actualidad, así como su correspondiente consecuencia jurídica.

Todos estos nuevos instrumentos legales consolidan la vigencia de un nuevo sistema de justicia penal y de seguridad pública que se construye sobre la base del diseño de un nuevo federalismo redistribuidor de competencias, que fortalezca la autonomía de las entidades federativas y sus municipios, sin perjuicio de la tarea que se realice para continuar vigorizando los mecanismos de coordinación que ya existen en el orden jurídico nacional y, en su caso, se añadan nuevas figuras de colaboración interinstitucional, con la finalidad de abatir este delito.

Quinta. En atención a la estructura y contenido de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, diseñada en 14 capítulos divididos en 48 artículos, estas dictaminadoras consideran que, aunque la propuesta es perfectible como todas las leyes al ser realizadas por el hombre, la Ley que se expide cumple con el texto constitucional, ya que la Constitución Federal en su artículo 73 fracción XXI, dispone como facultad exclusiva del Congreso de la Unión, la expedición de una ley general en materia de secuestro, que establezca, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios.

En ese sentido, la disposición constitucional en cita, se consuma, toda vez que del proyecto de decreto de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, se desprende que el mismo contempla tipos penales y sus sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, entre muchas otras disposiciones que conforman dicha Ley para hacerla clara y precisa.

Aunado al hecho de que el proyecto de decreto reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; para armonizarlos con la Ley que se crea.

En ese sentido, estas comisiones determinan que es procedente aprobar la minuta en estudio, toda vez que el diseño de las medidas legislativas analizadas permitirán a las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia, una actuación más eficaz, coordinada y decidida en el combate a la delincuencia, en específico, al delito de secuestro, dando congruencia a las leyes secundarias con el texto constitucional.

Por los argumentos vertidos en párrafos que anteceden, estas Comisiones Unidas estamos de acuerdo con la minuta objeto del presente dictamen, ya que de esta forma se hace efectiva la protección a la garantía de seguridad pública que el Estado debe proveer a todos los individuos que están en el territorio mexicano, consignada por la Constitución Política.

Por lo anteriormente expuesto, y para los efectos del artículo 72, inciso A), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas de Justicia y Seguridad Pública, someten a la consideración de esta asamblea, el:

Decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad

ARTÍCULO PRIMERO. Se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Capítulo I Disposiciones Generales

Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del párrafo primero de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de secuestro. Es de orden público y de observancia general en toda la República y tiene por objeto establecer los tipos penales, sus sanciones, las medidas de protección, atención y asistencia a ofendidos y víctimas, la distribución de competencias y formas de coordinación entre los órdenes de gobierno. Para ello la Federación y las Entidades Federativas, en el ámbito de sus competencias, estarán obligadas a coordinarse en el cumplimiento del objeto de esta Ley.

Los Poderes Judiciales de la Federación y de las Entidades Federativas ordenarán de oficio el desahogo de las pruebas que consideren necesarias, así como todas las medidas que sirvan para mejor proveer, de conformidad con las circunstancias que se aprecien durante el desarrollo de los procesos penales de su competencia, privilegiando y garantizando en todo caso la libertad, seguridad y demás derechos de las víctimas y ofendidos de los delitos previstos en el presente ordenamiento.

Artículo 2. Esta Ley establece los tipos y punibilidades en materia de secuestro. Para la investigación, persecución, sanción y todo lo referente al procedimiento serán aplicables el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y los códigos de procedimientos penales de los Estados.

A falta de regulación suficiente en los códigos de procedimientos penales de las Entidades Federativas respecto de las técnicas para la investigación de los delitos regulados en esta Ley, se podrán aplicar supletoriamente las técnicas de investigación previstas en el Código Federal de Procedimientos Penales.

Artículo 3. El Ministerio Público, en todos los casos, en esta materia procederá de oficio.

Artículo 4. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Consejo Nacional: Consejo Nacional de Seguridad Pública;

II. Instituciones de Seguridad Pública: a las instituciones policiales, de procuración de justicia, del sistema penitenciario y dependencias encargadas de la seguridad pública a nivel federal, local y municipios;

III. Ley: Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

IV. Secretario Ejecutivo: el Titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema· Nacional de Seguridad Pública;

V. Sistema: Sistema Nacional de Seguridad Pública;

VI. Fondo: Fondo Para la Reparación del Daño y Atención a Víctimas;

VII. Programa Nacional: Programa Nacional para la prevención, persecución y sanción del delito de secuestro;

VIII. Víctima: Sujeto pasivo directo de los delitos a que se refiere esta Ley;

IX. Ofendido: Quienes en su carácter de sujeto pasivo indirecto resientan la afectación de los delitos señalados en esta Ley, en razón del parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado, y por afinidad hasta el segundo, así como quienes dependan económicamente de la víctima.

Artículo 5. El ejercicio de la acción penal y la ejecución de las sanciones por el delito de secuestro, son imprescriptibles.

Artículo 6. En el caso del delito de secuestro no procederá la reserva del expediente, aún si de las diligencias practicadas no resultan elementos bastantes para hacer la consignación a los tribunales y no aparece que se puedan practicar otras. La policía, bajo la conducción y mando del Ministerio Público, estará obligada en todo momento a realizar las investigaciones tendientes a lograr el esclarecimiento de los hechos.

Artículo 7. Sólo podrá suspenderse el procedimiento judicial iniciado por el delito de secuestro o delitos por hechos conexos o derivados del mismo, salvo en el caso de que el inculpado evada la acción de la justicia o sea puesto a disposición de otro juez que lo reclame en el extranjero.

Artículo 8. En todos los casos, la sentencia condenatoria que se dicte por los delitos contemplados en esta Ley, deberá contemplar la reparación del daño a las víctimas, cuyo monto fijará el juez de la causa con los elementos que las partes le aporten o aquellos que considere procedentes a su juicio, en términos de la ley.

Capítulo II De los Delitos en Materia de Secuestro

Artículo 9. Al que prive de la libertad a otro se le aplicarán:

I. De veinte a cuarenta años de prisión y de quinientos a dos mil días multa, si la privación de la libertad se efectúa con el propósito de:

a) Obtener, para sí o para un tercero, rescate o cualquier beneficio;

b) Detener en calidad de rehén a una persona y amenazar con privarla de la vida o con causarle daño, para obligar a sus familiares o a un particular a que realice o deje de realizar un acto cualquiera;

c) Causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a terceros; o

d) Cometer secuestro exprés, desde el momento mismo de su realización, entendiéndose por éste, el que, para ejecutar los delitos de robo o extorsión, prive de la libertad a otro. Lo anterior, con independencia de las demás sanciones que conforme a este Código le correspondan por otros delitos que de su conducta resulten.

Artículo 10. Las penas a que se refiere el artículo 9 de la presente Ley, se agravarán:

I. De veinticinco a cuarenta y cinco años de prisión y de dos mil a cuatro mil días multa, si en la privación de la libertad concurre alguna o algunas de las circunstancias siguientes:

a) Que se realice en camino público o en lugar desprotegido o solitario;

b) Que quienes la lleven a cabo obren en grupo de dos o más personas;

c) Que se realice con violencia;

d) Que para privar a una persona de su libertad se allane el inmueble en el que ésta se encuentra;

e) Que la víctima sea menor de dieciocho años o mayor de sesenta años de edad, o que por cualquier otra circunstancia no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo;

f) Que la víctima sea una mujer en estado de gravidez.

II. De veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa, si en la privación de la libertad concurren cualquiera de las circunstancias siguientes:

a) Que el o los autores sean o hayan sido integrantes de alguna institución de seguridad pública, de procuración o administración de justicia, o de las Fuerzas Armadas mexicanas, o se ostenten como tales sin serlo;

b) Que el o los autores tengan vínculos de parentesco, amistad, gratitud, confianza o relación laboral con la víctima o persona relacionada con ésta;

c) Que durante su cautiverio se cause a la víctima alguna lesión de las previstas en los artículos 291 a 293 del Código Penal Federal;

d) Que en contra de la víctima se hayan ejercido actos de tortura o violencia sexual;

e) Que durante o después de su cautiverio, la víctima muera debido a cualquier alteración de su salud que sea consecuencia de la privación de la libertad, o por enfermedad previa que no hubiere sido atendida en forma adecuada por los autores o partícipes del delito.

Las sanciones señaladas en el presente artículo se impondrán, sin perjuicio o con independencia de las que correspondan por otros delitos que de las conductas a las que se aplican resulten.

Artículo 11. Si la víctima de los delitos previstos en la presente Ley es privada de la vida por los autores o partícipes de los mismos, se impondrá a éstos una pena de cuarenta a setenta años de prisión y de seis mil a doce mil días multa.

Artículo 12. Si espontáneamente se libera a la víctima del secuestro dentro de los tres días siguientes al de la privación de la libertad, sin lograr alguno de los propósitos a que se refiere el artículo 9 de esta Ley y sin que se haya presentado alguna de las circunstancias agravantes del delito, la pena será de dos a seis años y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.

La misma pena se aplicará a aquél que habiendo participado en la planeación de alguna de las conductas a que hace referencia el presente capítulo, dé noticia de ese hecho a la autoridad y la víctima sea rescatada con vida.

La pena señalada en el párrafo primero de este artículo se aplicará a aquél que habiendo participado en la comisión de alguna de las conductas a que hace referencia el presente capítulo, dé noticia de ese hecho a la autoridad para evitar que se cometa el delito y proporcione datos fehacientes o suficientes elementos de convicción contra los demás participantes del hecho o, ya cometido, antes de que se libere a la víctima, proporcione, los datos o elementos referidos, además dé información eficaz para liberar o localizar a la víctima.

No obstante lo anterior, si a la víctima se le hubiere causado alguna lesión de las previstas en los artículos 291 a 293 del Código Penal Federal, la pena será de nueve a dieciséis años de prisión y de trescientos a quinientos días multa, así como la colocación de los dispositivos de localización y vigilancia antes referida.

En caso de que espontáneamente se libere al secuestrado dentro de los primeros diez días, sin lograr alguno de los propósitos a que se refiere el artículo 9 de la presente Ley, y sin que se haya presentado alguna de las circunstancias agravantes del delito, las penas de prisión aplicables serán de ocho a quince años y de doscientos cincuenta hasta quinientos días multa.

Artículo 13. Se impondrá pena de cien a trescientas cincuenta jornadas de trabajo a favor de la comunidad, al que simule por sí o por interpósita persona, la privación de su libertad con alguno de los propósitos señalados en el artículo 9 de la presente Ley.

Artículo 14. Se impondrán de dos a ocho años de prisión al que simule la privación de la libertad de una persona, con la intención de conseguir alguno de los propósitos señalados en el artículo 9 de esta Ley.

La misma pena se impondrá al que amenace de cualquier modo a una persona con privarla de la libertad o con privar de la libertad a algún miembro de su familia o con quien esté ligada por algún vínculo, con alguno de los propósitos señalados en el artículo 9 de la presente Ley.

Artículo 15.Se aplicará pena de dos a ocho años de prisión y de setecientos a mil quinientos días multa, al que:

I. Después de la ejecución de cualquiera de las conductas previstas en los artículos 9 y 10 de la presente Ley, y sin haber participado en cualquiera de ellas, adquiera o reciba el producto de las mismas a sabiendas de esta circunstancia;

II. Preste auxilio o cooperación al autor de cualquiera de las conductas previstas en los artículos 9 y 10 de esta Ley, con conocimiento de esta circunstancia, por acuerdo posterior a la liberación de la víctima;

III. Oculte o favorezca el ocultamiento del responsable de ejecutar cualquiera de las conductas previstas en los artículos 9 y 10 de esta Ley, con conocimiento de esta circunstancia, así como los efectos, objetos o instrumentos del mismo o impida que se averigüe;

IV. Altere, modifique o destruya ilícitamente el lugar, huellas o vestigios de los hechos delictivos a que se refiere esta Ley, y

V. Desvíe u obstaculice la investigación de cualquiera de las conductas previstas en los artículos 9 y 10 de esta Ley, o favorezca que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia.

No se aplicará la pena prevista en este artículo en el caso de la fracción III, en lo referente al ocultamiento del infractor, cuando se trate de:

a) Los ascendientes o descendientes consanguíneos o afines directos, y

b) El cónyuge, la concubina, el concubinario y parientes colaterales por consanguinidad hasta el segundo grado.

Artículo 16. Se aplicará pena de dos a ocho años de prisión, de doscientos a mil días multa, al servidor público que:

I. Divulgue, sin motivo fundado, información reservada o confidencial, relacionada con las conductas sancionadas por esta Ley, salvo que se refiera a la información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada, en este caso se aplicará lo dispuesto por el Código Penal Federal, o

II. Revele, sin motivo fundado, técnicas aplicadas a la investigación o persecución de las conductas prevista en la presente Ley.

Si el sujeto es o hubiere sido integrante de una institución de seguridad pública, de procuración de justicia, de los centros de reclusión preventiva o penitenciaria o, la pena será de cuatro años seis meses a trece años de prisión, así como también, la multa y el tiempo de colocación de dispositivos de localización y vigilancia se incrementarán desde un tercio hasta dos terceras partes.

Artículo 17. Se aplicará pena de cuatro años seis meses a trece años de prisión, de doscientos a mil días multa al servidor público que, teniendo atribuciones en materia de prevención, investigación, procuración o impartición de justicia o de vigilancia y custodia en los centros de privación de la libertad o penitenciaría, se abstenga de denunciar ante el Ministerio Público o, en caso de urgencia, ante la policía, la comisión de cualquiera de los delitos previstos en esta Ley, o de hacer saber de inmediato al Ministerio Público información, evidencias o cualquier otro dato relacionado, directa o indirectamente, con la preparación o comisión de las conductas previstas en esta Ley.

Artículo 18. Todo sentenciado por cualquiera de los delitos previstos en esta Ley que sea o hubiere sido servidor público de cualquiera de las instituciones policiales, de procuración de justicia, del sistema penitenciario y dependencias encargadas de la seguridad pública, se le aplicará como parte de la pena la inhabilitación para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público federal, local o municipal, desde un plazo igual al de la pena de prisión que se le imponga por el delito en que incurrió hasta la inhabilitación definitiva.

Respecto de cualquier otro servidor público quedará inhabilitado para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público federal, local o municipal hasta por un plazo igual al de la pena de prisión que se imponga. Dicha inhabilitación correrá a partir de que concluya la pena de prisión.

Artículo 19. Los sentenciados por los delitos a que se refiere la presente Ley no tendrán derecho a los beneficios de la libertad preparatoria, sustitución, conmutación de la pena o cualquier otro que implique reducción de la condena.

Quienes colaboren proporcionando datos fehacientes o suficientes elementos de convicción a la autoridad en la investigación y persecución de otros miembros de la delincuencia organizada o de bandas de personas dedicadas a la comisión de delitos en materia de secuestros y para la localización y liberación de las víctimas conforme al Código Penal Federal y la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, tendrán derecho a los beneficios citados en el primer párrafo del presente artículo, siempre que concurran todas las condiciones que a continuación se enuncian:

I. Respecto de los delitos sancionados con una pena que no exceda de cuatro años de prisión;

II. El sentenciado acepte voluntariamente la colocación de un dispositivo de localización por el tiempo que falte cumplir la pena de prisión y pague el costo de su operación y mantenimiento;

III. El sentenciado sea primodelincuente;

IV. En su caso, cubra la totalidad de la reparación del daño o de manera proporcional, cuando haya sido condenado en forma solidaria y mancomunada y sea determinada dicha reparación;

V. Cuente con una persona conocida que se comprometa y garantice a la autoridad penitenciaria el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el sentenciado;

VI. Compruebe fehacientemente contar con un oficio, arte o profesión o exhiba las constancias adecuadas que acrediten que continuará estudiando;

VII. Cuente con fiador, y

VIII. Se obligue a no molestar a la víctima y a los testigos que depusieron en su contra, así como a sus parientes o personas vinculadas a éstos.

Artículo 20. La autoridad judicial podrá ordenar que las personas que hayan sido condenadas por conductas previstas en el presente ordenamiento queden sujetas a vigilancia por la autoridad policial hasta por los cinco años posteriores a su liberación.

La misma medida podrá imponerse de manera cautelar tratándose de inculpados en libertad con las reservas de ley e indiciados durante el tiempo que dure la averiguación previa o el proceso.

Capítulo III De la Prevención y Coordinación

Artículo 21. Las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno se coordinarán a través del Centro Nacional de Prevención y Participación Ciudadana del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para:

I. Realizar estudios sobre las causas estructurales, distribución geodelictiva, estadísticas, tendencias históricas y patrones de comportamiento que permitan actualizar y perfeccionar la investigación para la prevención de los delitos sancionados en esta Ley;

II. Obtener, procesar e interpretar la información geodelictiva por medio del análisis de los factores que generan las conductas antisociales previstas en esta Ley con la finalidad de identificar las zonas, sectores y grupos de alto riesgo, así como sus correlativos factores de protección;

III. Suministrar e intercambiar la información obtenida mediante los sistemas e instrumentos tecnológicos respectivos;

IV. Llevar a cabo campañas orientadas a prevenir y evitar los factores y causas que originan el fenómeno delictivo sancionado en esta Ley, así como difundir su contenido;

V. Establecer relaciones de colaboración con las autoridades competentes, así como con las organizaciones sociales privadas con el objetivo de- orientar a la sociedad en las medidas que debe adoptar para prevenir los delitos establecidos en esta Ley;

VI. Establecer y, en su caso, conforme a la legislación correspondiente, colaborar con el registro e identificación ante los órganos de seguridad pública, de escoltas privadas o personales que no pertenezcan a ninguna empresa privada de seguridad, y

VII. Observar las demás obligaciones establecidas en otros ordenamientos.

Artículo 22. La Federación, los estados, los municipios y el Distrito Federal y sus órganos políticos administrativos estarán obligados a remitir al Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, conforme a los acuerdos que se generen en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su programa de prevención de delitos a que se refiere esta Ley. Además, deberán mantener actualizado un registro con información en materia de secuestros en su demarcación.

Capítulo IV Ámbito de Aplicación

Artículo 23. Los delitos previstos en esta ley se prevendrán, investigarán, perseguirán y sancionarán por la Federación cuando se trate de los casos previstos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y cuando se apliquen las reglas de competencia previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y del Código Federal de Procedimientos Penales; o cuando el Ministerio Público de la Federación solicite a la autoridad competente de la entidad federativa, le remita la investigación correspondiente, atendiendo a las características propias del hecho, así como a las circunstancias de ejecución o la relevancia social del mismo.

En los casos no contemplados en el párrafo anterior, serán competentes las autoridades del fuero común.

Si de las diligencias practicadas en la investigación de un delito se desprende la comisión de alguno de los contemplados en esta Ley, el Ministerio Público del fuero común deberá, a través del acuerdo respectivo, desglosar la averiguación previa correspondiente precisando las constancias o las actuaciones realizadas. Las actuaciones que formen parte del desglose no perderán su validez, aún cuando en su realización se haya aplicado la legislación adjetiva del fuero común y con posterioridad el Código Federal de Procedimientos Penales.

Si de las diligencias practicadas en la investigación de los delitos contemplados en esta Ley se desprende la comisión de alguno diferente del fuero común, el Ministerio Público deberá, a través del acuerdo correspondiente, desglosar la averiguación y remitirla al competente, por razón de fuero o materia. En el acuerdo respectivo se precisarán las constancias o actuaciones, mismas que no perderán su validez, aún cuando en su realización se haya aplicado el Código Federal de Procedimientos Penales y, con posterioridad, la legislación adjetiva del fuero común.

Si el delito produce efectos en dos o más entidades federativas será competente la autoridad investigadora de cualquiera de éstas. El ejercicio de la acción penal corresponderá a la que prevenga.

Capítulo V Intervención y Aportación Voluntaria de Comunicaciones

Artículo 24. El Procurador General de la República o los servidores públicos en quienes delegue la facultad, los Procuradores de Justicia de los Estados y del Distrito Federal, así como las autoridades facultadas en la Ley para ello podrán solicitar a la autoridad judicial federal su autorización para la intervención de comunicaciones privadas.

La solicitud de autorización deberá contener los preceptos legales que la- fundan, el razonamiento por el que se considera procedente, el tipo de comunicaciones a intervenir, en su caso, los sujetos o las líneas, aparatos, números, lugares que serán intervenidos, así como el tiempo que serán intervenidos, sin que el tiempo total exceda de seis meses. Para llevar a cabo la intervención, la autoridad investigadora podrá utilizar todos los medios tecnológicos que estime necesarios. En todo caso será obligación de los concesionarios de los servicios de telecomunicaciones de las líneas a intervenir prestar auxilio para tal efecto.

La aportación de comunicaciones privadas para la investigación y persecución de los delitos en materia de esta Ley constituye una excepción al deber de confidencialidad que establezcan otras leyes.

El Ministerio Público podrá ofrecer como prueba los resultados de la intervención asentados en cualquier medio tecnológico al juez que corresponda, en caso de no admitirse, deberán ser destruidas en los términos .señalados por la autoridad judicial.

Cualquier actuación desarrollada en los términos del presente Capítulo será nulificada por el juez si se incurrió en conductas no autorizadas o ilegales, sin perjuicio de la aplicación de las responsabilidades administrativas y penales correspondientes.

Capítulo VI Obligaciones de los Concesionarios de Redes Públicas de Telecomunicaciones

Artículo 25. Los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones y, en lo aplicable, las empresas comercializadoras de servicios de telecomunicaciones, de conformidad con las disposiciones aplicables, tratándose de la investigación de los delitos previstos en esta Ley, sin perjuicio de lo dispuesto para otros delitos y siempre que medie orden de autoridad judicial competente, están obligados a:

I. Proporcionar de forma inmediata y sin demora a los titulares del Ministerio Público de la Federación o de las Entidades Federativas o los servidores públicos en quienes deleguen dicha atribución, la información relativa al número telefónico que se le indique y los datos del usuario registrado como cliente;

II. Proporcionar oportunamente asistencia técnica y la información que requieran los titulares del Ministerio Público de la Federación o de las Entidades Federativas o los servidores públicos en quienes deleguen dicha atribución;

III. Colaborar con las autoridades competentes en las acciones que permitan investigar y perseguir los delitos previstos en esta Ley, y

IV. Suspender el servicio de telefonía para efectos de aseguramiento cuando así lo instruya la Comisión Federal de Telecomunicaciones, en cumplimiento al mandato ministerial o judicial correspondiente.

Capítulo VII Protección de Personas

Artículo 26. En el ámbito de sus respectivas competencias, los titulares del Ministerio Público de la Federación y de las entidades federativas expedirán los correspondientes programas para la protección de personas.

El Ministerio Público incorporará a dichos programas a las personas cuya vida o integridad corporal pueda estar en peligro por su intervención en la averiguación previa o el proceso penal seguido por las conductas previstas en la presente Ley.

El juez que conozca del procedimiento penal, tomando en consideración al menos lo señalado en el párrafo anterior, podrá ordenar como parte de las medidas cautelares de protección de personas, que éstas sean incorporadas a dichos programas.

Artículo 27. La información y la documentación relacionada con las personas protegidas se mantendrán en estricta reserva en términos de las disposiciones aplicables.

Artículo 28. Los programas serán reservados y, en su caso, confidenciales, de conformidad con las disposiciones aplicables; tales programas deberán comprender, además de lo dispuesto en este Capítulo, lo relativo a los requisitos de ingreso, niveles de protección, tiempo de duración de la protección, obligaciones de la persona protegida, causas de revocación y demás características y condiciones necesarias para cumplir eficazmente con dicha protección.

El cumplimiento del Programa Federal de protección a Personas quedará a cargo de la unidad especializada que determine el Titular del Ministerio Público de la Federación y demás autoridades cuya intervención sea necesaria de conformidad con lo dispuesto en este Capítulo, otras disposiciones aplicables y las disponibilidades presupuestarias.

El cumplimiento de los programas de protección a personas de las entidades federativas quedará a cargo del Titular del Ministerio Público o el servidor público inmediato inferior en quien éste delegue esta responsabilidad, en coordinación con las autoridades cuya intervención sea necesaria de conformidad con lo dispuesto en este Capítulo, otras disposiciones aplicables y las disponibilidades presupuestarias.

Artículo 29. La incorporación al Programa Federal de Protección a Personas, durante la averiguación previa será autorizada por el Procurador General de la República o el servidor público inmediato inferior en quien éste delegue la facultad.

Para tal efecto, se deberán analizar las condiciones de cada persona, si éstas se encuentran en el supuesto que señala el artículo 42 de esta Ley y si cumplen con los requisitos que señale el programa.

La misma regla aplicará respecto de la incorporación de personas a los programas de protección de personas de las entidades federativas.

El Titular del Ministerio Público o el servidor público que se designe para tal efecto, determinará la duración de ésta, tomando en cuenta, como mínimo:

a) La persistencia del riesgo;

b) La necesidad de la protección;

c) La petición de la persona protegida, y

d) Otras circunstancias que a su criterio justifiquen la medida.

La revocación de la protección deberá ser resuelta por el Ministerio Público previo acuerdo con el Titular de la institución de procuración de justicia que corresponda, o por el juez, en los supuestos en que éste la haya ordenado durante el proceso. Para lo que se deberá tomar en cuenta, en su caso, lo señalado en el párrafo anterior y los subsecuentes:

I. La extinción de los supuestos que señala el segundo párrafo del artículo 42 de esta Ley;

II. Que el testigo se haya conducido con falta de veracidad;

III. Que haya ejecutado un delito grave durante la vigencia de la medida;

IV. Que el protegido no cumpla con las medidas de seguridad correspondientes; o

V. Que el testigo se niegue a declarar.

En tanto se autoriza la incorporación de una persona al Programa, el agente del Ministerio Público responsable de la indagatoria, con el auxilio de la policía que actúe bajo su conducción y mando, tomará providencias, dadas las características y condiciones personales del sujeto, para salvaguardar su vida e integridad corporal.

Artículo 30. Los programas establecerán, cuando menos, los requisitos de ingreso, protección física o electrónica para la víctima o testigo; apoyos para solventar sus necesidades personales básicas, cuando por su intervención en el procedimiento penal así se requiera. En casos necesarios, las medidas se podrán extender a familiares o personas cercanas.

Las erogaciones por concepto de otorgamiento de apoyo estarán sujetas a la normativa aplicable y a los presupuestos autorizados de las dependencias que los proporcionen.

Artículo 31. Las Entidades Federativas y la Federación celebrarán convenios de colaboración para establecer los mecanismos para incorporar a los programas a personas que deban ser sujetas de protección.

Capítulo VIIIApoyos a las Víctimas y Testigos de Cargo

Artículo 32. Las víctimas y ofendidos de las conductas previstas en el presente ordenamiento y los testigos de cargo, además de los derechos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Código Federal de Procedimientos Penales y demás leyes secundarias, tendrán los siguientes derechos:

I. Estar presentes en el proceso, en sala distinta a la que se encuentre el inculpado;

II. Obtener la información que se requiera a las autoridades competentes o correspondientes;

III. Solicitar y recibir asesoría por parte de las autoridades competentes, la cual deberá ser proporcionada por un experto en la materia, quien informará sobre la situación del proceso y procedimientos, así como de los beneficios o apoyos a que se refieren en esta Ley;

IV. Solicitar ante la autoridad judicial competente, las medidas precautorias o cautelares procedentes en términos de la legislación aplicable, para la seguridad y protección de las víctimas, ofendidos y testigos, para la investigación y persecución de los probables responsables del delito y para el aseguramiento de bienes para la reparación del daño;

V. Requerir al juez que al emitir una sentencia condenatoria, en la misma deberá sentenciar a la reparación del daño a favor de la víctima;

VI. Contar con apoyo permanente de un grupo interdisciplinario que las asesore y apoye en sus necesidades;

VII. Rendir o ampliar sus declaraciones sin ser identificados dentro de la audiencia y, si lo solicitan, hacerlo por medios electrónicos;

VIII. Participar en careos a través de medios electrónicos;

IX. Estar asistidos por sus abogados, médicos y psicólogos durante las diligencias;

X. Obtener copia simple gratuita y de inmediato, de la diligencia en la que intervienen;

XI. Aportar pruebas durante el juicio;

XII. Conocer el paradero del autor o partícipes del delito del que fue víctima o testigo;

XIII. Ser notificado previamente de la libertad del autor o autores del delito del que fue víctima o testigo, y ser proveído de la protección correspondiente de proceder la misma, y

XIV. Ser inmediatamente notificado y proveído de la protección correspondiente, en caso de fuga del autor o autores del delito del que fue víctima o testigo.

Artículo 33. Los procesos administrativos o judiciales en los que sea parte la víctima de las conductas previstas en la presente Ley, a partir de la promoción fundada y motivada que realice su representante legal, apoderado o abogado patrono, quedarán suspendidos mientras dure su cautiverio y hasta por tres meses más a juicio razonado de la autoridad respectiva.

Artículo 34. Las víctimas u ofendidos podrán contar con la asistencia gratuita de un asesor en materia penal, que será designado por el Poder Judicial competente, con el fin de que le facilite:

I. La promoción efectiva de sus derechos;

II. La orientación para hacer efectivos sus derechos;

III. La posibilidad efectiva de que puedan reclamar sus derechos mediante el ejercicio de las acciones que prevén las Leyes ante los órganos de procuración y administración de Justicia, y

IV. La defensa jurídica para obtener las restituciones o reparaciones en el goce de los mismos.

Capítulo IXRestitución Inmediata de Derechos y Reparación

Artículo 35. El Ministerio Público de la Federación o de las entidades federativas deberán restituir a las víctimas de las conductas previstas en la presente Ley en el goce de sus derechos en cuanto sea posible y solicitará la reparación del daño.

En su caso, la restitución de derechos y la reparación se harán con cargo a los recursos obtenidos en los procedimientos de extinción de dominio, en términos de la legislación correspondiente, sin perjuicio de ejercer las acciones que correspondan en contra del sentenciado.

Dentro de la reparación a las víctimas de las conductas previstas en la presente Ley se incluirá los gastos alimentarios y de transporte y hospedaje a cargo de ésta, con motivo del procedimiento penal.

Capítulo XEmbargo por Valor Equivalente

Artículo 36. En caso de que el producto, los instrumentos u objetos de los delitos referidos en esta Ley hayan desa-parecido o no se localicen, el Ministerio Público pedirá el embargo y, en su oportunidad, la aplicación respectiva de bienes del sentenciado cuyo valor equivalga a dicho producto, instrumentos u objetos a fin de que el juez ordene la reparación correspondiente, sin menoscabo de las disposiciones aplicables en materia de e extinción de dominio.

Capítulo XIDel Fondo de Apoyo para las Víctimas u Ofendidos

Artículo 37. El Fondo para la Atención de Víctimas del Secuestro tiene como objetivo dotar a las autoridades de recursos para apoyar a las víctimas y ofendidos por los delitos previstos en la presente Ley, así como incentivar la denuncia.

El fondo se orientará prioritariamente a la atención médica y psicológica de las víctimas y protección a menores en desamparo, en los términos que precise el Reglamento.

Artículo 38. El fondo se integrará de la siguiente manera:

I. Recursos previstos expresamente para dicho fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación en el rubro correspondiente a la Procuraduría General de la República;

II. Recursos obtenidos por la enajenación de bienes decomisados en procesos penales federales;

III. Recursos adicionales obtenido por los bienes que causen abandono;

IV. Recursos producto de los bienes que hayan sido objeto de extinción de dominio y estén relacionados con la comisión del delito de secuestro;

V. Recursos provenientes de las fianzas o garantías que se hagan efectivas cuando los procesados incumplan con las obligaciones impuestas por la autoridad judicial;

VI. Recursos que se produzcan por la administración de valores o los depósitos en dinero, de los recursos derivados del Fondo para la Atención de Víctimas de Secuestro, distintos a los que se refiere la fracción anterior, y

VII. Las donaciones o aportaciones hechas a su favor por terceros, garantizando mecanismos de control transparencia.

El fondo a que se refiere este artículo se constituirá en los términos y porcentajes que establezca el Reglamento respectivo.

Artículo 39. La Procuraduría General de la República administrará el Fondo para la Atención de Víctimas del Secuestro, siguiendo criterios de transparencia, oportunidad, eficiencia y racionalidad que serán plasmados en el Reglamento correspondiente, el cual determinará los criterios de asignación de recursos.

Los recursos que lo integren serán fiscalizados .anualmente por la Auditoría Superior de la Federación.

Capítulo XII Organización de la Federación y de las Entidades Federativas

Artículo 40. Conforme a lo dispuesto por el artículo 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y las disposiciones de esta Ley, las instituciones de Seguridad Pública de los tres órdenes de gobierno y las Procuradurías de Justicia de la Federación, de los Estados y del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia y de acuerdo a los lineamientos que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Pública, deberán coordinarse para:

I. Cumplir con los objetivos y fines de esta Ley;

II. Diseñar, proponer e impulsar políticas de apoyo, protección y respaldo a las víctimas y sus familiares;

III. Elaborar y realizar políticas de prevención social, de conformidad con las disposiciones establecidas en la presente Ley;

IV. Formular políticas integrales sistemáticas, continuas y evaluables, así como programas y estrategias para el combate de las conductas previstas en la presente Ley;

V. Ejecutar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y acciones contra las conductas previstas en la presente Ley;

VI. Distribuir, a los integrantes del sistema, actividades específicas para el cumplimiento de los fines de la seguridad pública y prevención, investigación y persecución de las conductas previstas en la presente Ley;

VII. Determinar criterios uniformes para la organización, operación y modernización tecnológica para el combate de las conductas previstas en la presente Ley;

VIII. Realizar acciones y operativo conjuntos de las instituciones policiales y de procuración de justicia para dar cumplimiento a lo previsto en esta Ley;

IX. Crear órganos especializados para el combate de las conductas previstas en la presente Ley, compuestos por diferentes áreas institucionales y que puedan interactuar entre sí, de conformidad con los protocolos que al efecto emita el Consejo Nacional de Seguridad Pública;

X. Regular la participación de la comunidad y de instituciones académicas que coadyuven en los procesos de evaluación de las políticas de prevención de las conductas previstas en la presente Ley, así como de las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia, a través del Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana;

XI. Realizar, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, las demás acciones que sean necesarias para incrementar la eficacia en el cumplimiento de los fines de la seguridad pública y de procuración de justicia de las conductas previstas en la presente Ley;

XII. Rendir informes sobre los resultados obtenidos del Programa Nacional de Procuración de Justicia y del Programa Nacional de Seguridad Pública, y remitirlo a las instancias correspondientes de conformidad con las disposiciones aplicables;

XIII. Promover convenios de colaboración interinstitucional y suscribir acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y los municipios con la finalidad de prevenir, perseguir y sancionar las conductas previstas en la presente Ley, en términos de lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

XIV. Dar seguimiento y evaluación de los resultados que se obtengan por la ejecución de los convenios y acuerdos a que se refiere la fracción anterior. Los convenios y acuerdos deberán ajustarse, en lo conducente, a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

XV. Recopilar, con la ayuda del Sistema Nacional de Seguridad Pública y demás instituciones y organismos pertinentes, los datos estadísticos relativos a la incidencia delictiva de las conductas previstas en la presente Ley con la finalidad de publicarlos periódicamente;

XVI. Colaborar en la prevención, persecución y sanción de las conductas previstas en la presente Ley;

XVII. Participar en la formulación de un programa nacional para prevenir, perseguir y sancionar las conductas previstas en la presente Ley, el cual deberá incluir, cuando menos, las políticas públicas en materia de prevención, persecución y sanción del delito, así como la protección y atención a ofendidos, víctimas y familiares;

XVIII. Establecer mecanismos de cooperación destinados al intercambio de información y adiestramiento continuo de servidores públicos especializados en secuestro de las instituciones de seguridad pública, cuyos resultados cuentan con la certificación del Centro Nacional de Certificación y Acreditación, y

XIX. Realizar las acciones y gestiones necesarias para restringir de manera permanente todo tipo de comunicación, ya sea transmisión de voz, datos, o imagen en los Centros de Readaptación Social Federales y de las Entidades Federativas, cualquiera que sea su denominación.

Artículo 41. Las procuradurías deberán crear y operar unidades especiales para la investigación de las conductas previstas en esta Ley, que contarán con Ministerios Públicos y policías especializados, recursos humanos, financieros y materiales que requieran para su efectiva operación. Estas unidades se integrarán con servicios periciales y técnicos especializados para el ejercicio de su función.

La Procuraduría General de la República y las procuradurías de las entidades federativas capacitarán a su personal en materia de planeación de investigación.

Artículo 42. Para ser integrante y permanecer en las unidades especializadas en la investigación y persecución de los delitos previstos en esta Ley será necesario cumplir con los siguientes requisitos:

I. Tener acreditados los requisitos de ingreso y permanencia de la institución respectiva, de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

II. Tener el perfil que establezca la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia y la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, respectivamente;

III. Aprobar los cursos de capacitación y de actualización que establezca la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia y la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, según corresponda, y

IV. Contar con la opinión favorable del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los casos concretos que lo requiera la institución en la que preste o pretenda prestar sus servicios.

Para ingresar al servicio en las unidades especializadas, los aspirantes asumirán el compromiso de sujetarse a vigilancia no intrusiva, por la autoridad competente, en cualquier tiempo de su servicio y dentro de los cinco años posteriores a la terminación del servicio y de presentarse a rendir información o a la realización de exámenes de control de confianza cuando sean requeridos, mismos que deberá acreditar para continuar en el servicio.

Artículo 43. Las unidades especiales de investigación tendrán las siguientes facultades:

I. Solicitar que se le brinde atención médica, psicológica y jurídica a las víctimas de las conductas previstas en esta Ley;

II. Decretar las providencias precautorias para la protección de la vida o integridad de las víctimas o sus familiares;

III. Asesorar a los familiares en las negociaciones para lograr la libertad de las víctimas;

IV. Recibir, por cualquier medio, las denuncias sobre los delitos e iniciar la investigación;

V. Utilizar las técnicas de investigación previstas en esta Ley y en los demás ordenamientos aplicables;

VI. Vigilar, con absoluto respeto a los derechos constitucionales, a las personas respecto de las cuales se tenga indicios de que se encuentran involucradas en los delitos previstos en esta Ley;

VII. Sistematizar la información obtenida para lograr la liberación de las víctimas y la detención de los probables responsables;

VIII. Solicitar a personas físicas o morales la entrega inmediata de información que pueda ser relevante para la investigación del delito o la liberación de las víctimas;

IX. Proponer políticas para la prevención e investigación de las conductas previstas en esta Ley;

X. Proponer al Procurador General de la República o a los procuradores de las entidades federativas, en su caso, la celebración de convenios con las empresas de telecomunicaciones para la obtención de datos adicionales contenidos en la base de datos prevista en la Ley Federal de Telecomunicaciones y sobre el uso de las mismas;

XI. Utilizar cualquier medio de investigación que les permita regresar con vida a la víctima, identificar y ubicar a los presuntos responsables, y cumplir con los fines de la presente Ley, siempre y cuando dichas técnicas de investigación sean legales y con pleno respeto a los derechos humanos, y

XII. Las demás que disponga la Ley.

Capítulo XIII Auxilio entre Autoridades

Artículo 44. Las autoridades de los distintos órdenes de gobierno deberán prestar el auxilio requerido por la autoridad competente conforme a lo dispuesto por esta Ley y las demás disposiciones aplicables.

Artículo 45. Las autoridades de los gobiernos federal y de las entidades federativas deberán establecer mecanismos de cooperación destinados al intercambio de formación y adiestramiento continuo de agentes del Ministerio Público, policías y peritos especializados en los delitos previstos en esta Ley de las instituciones de seguridad pública, cuyos resultados cuenten con la certificación del Centro Nacional de Certificación y Acreditación.

Capítulo XIV De la Prisión Preventiva y de la Ejecución de Sentencias

Artículo 46. Los procesados y sentenciados por las conductas previstas en esta Ley se les podrá aplicar las medidas de vigilancia especial que prevé la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, entre ellas, la restricción de comunicaciones con terceros, salvo el acceso con su defensor.

Las entidades federativas conforme a las disposiciones legales o los convenios al efecto celebrados, podrán remitir a los Centros Federales de Readaptación Social, de otros estados o el Distrito Federal a los procesados o sentenciados, para cumplir la determinación judicial.

Las diligencias que deban realizarse por los delitos que contempla esta Ley se llevarán a cabo siempre en las áreas que al efecto existan dentro de los propios centros de reclusión, si que pueda justificarse para estos efectos traslado alguno, salvo petición del Titular del Ministerio Público o en quien éste delegue dicha atribución.

Artículo 47. Durante su reclusión, los inculpados y sentenciados por las conductas previstas en esta Ley, sólo podrán tener los objetos que les sean entregados por conducto de las autoridades competentes.

Artículo 48. Los procesados o sentenciados por las conductas previstas en esta Ley, que proporcionen datos fehacientes o suficientes elementos de convicción para la detención de los demás participantes, podrán beneficiarse con medidas de protección durante el tiempo y bajo las modalidades que se estime necesario. Además, se asegurará su reclusión y ejecución de sentencia, en establecimientos distintos a aquel en donde compurguen su sentencia los miembros del mismo grupo delictivo.

ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforma el inciso 24) de la fracción I; la fracción XVII y se adiciona la fracción XVIII en el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 194. Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, los previstos en los ordenamientos legales siguientes:

I. ...

1) a 23) ...

24) Tráfico de menores, previsto en el artículo 366 Ter;

25) a 36) ...

II. a XVI. ...

XVII. Los previstos en el artículo 49 de la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas, y

XVIII. De la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Esta los Unidos Mexicanos, los previstos en los artículos 9, 10, 11, 17 y 18.

...

ARTÍCULO TERCERO. Se reforman los artículos 55, párrafos segundo y cuarto; 64, párrafo primero; 85, inciso f), de la fracción I; el artículo 215, en su fracción XIII y último párrafo la fracción XIV; se adicionan el numeral 19 al artículo 24, la fracción IV al artículo 85, el artículo 180 Bis y la fracción XVI al artículo 215; y se derogan los artículos 366 y 366 Bis, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 24. Las penas y medidas de seguridad son:

1. a 18. ...

19. La colocación de dispositivos de localización y vigilancia.

...

Artículo 55. ...

No gozarán de esta prerrogativa quienes a criterio del juez puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que revele su peligrosidad social, ni los inculpados por las conductas previstas en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

...

Una vez dictada la sentencia ejecutoriada, la pena podrá ser sustituida por una medida de seguridad, a juicio el juez o tribunal que la imponga de oficio o a petición de parte, cuando por haber sufrido el sujeto activo consecuencias graves en su persona, o por su senilidad o su precario estado de salud, fuere notoriamente innecesario que se compurgue dicha pena, a excepción de los sentenciados por las conductas previstas en el artículo 9 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en todo caso deberán cumplir la pena impuesta.

...

Artículo 64. En caso de concurso ideal, se aplicará la pena correspondiente al delito que merezca la mayor, que se aumentará hasta una mitad del máximo de su duración, sin que pueda exceder de las máximas señaladas en el Título Segundo del Libro Primero, con excepción de los casos en que uno de los delitos por los que exista concurso ideal sea de los contemplados en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, supuesto en el cual se aplicarán las reglas de concurso real.

...

...

Artículo 85. No se concederá la libertad preparatoria a:

I. Los sentenciados por alguno de los delitos previstos en este Código que a continuación se señalan:

a) a e) ...

f) Tráfico de menores, previsto en el artículo 366 Ter.

g) a l) ...

II. ...

III. ...

IV. Los sentenciados por las conductas previstas en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, salvo las previstas en los artículos 9, 10, 11, 17 y 18.

...

Artículo 180 Bis. Se aplicará de uno a dos años de prisión y de diez mil a treinta mil días multa, al que retire, modifique o inutilice, sin la debida autorización, dispositivos de localización y vigilancia.

Si la conducta a que se refiere el párrafo anterior la realiza un integrante de alguna institución de seguridad pública, se aplicará de dos a cinco años de prisión, de veinte mil a cuarenta mil días multa e inhabilitación para ejercer cualquier empleo o cargo público en cualquier ámbito de gobierno hasta por veinte años.

Artículo 215. ...

I. a XII. ...

XIII. Obligar al inculpado a declarar, usando la incomunicación, la intimidación o la tortura;

XIV. ...

XV. Omitir el registro de la detención correspondiente o dilatar injustificadamente poner al detenido a disposición de la autoridad correspondiente, y

XVI. Incumplir con la obligación de impedir la ejecución de las conductas de privación de la libertad.

...

Al que cometa el delito de abuso de autoridad en los términos previstos por las fracciones VI a IX, XIII, XIV, XV, XVI y XVII, se impondrán de dos a nueve años de prisión, de setenta a cuatrocientos días multa y destitución e inhabilitación de dos a nueve años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Artículo 366. Derogado.

Artículo 366 Bis. Derogado.

ARTÍCULO CUARTO. Se reforman los artículos 2, en sus fracciones V y VI; 3, último párrafo; 13, párrafo primero; y se adiciona la fracción VII al artículo 2, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

I. a IV. ...

V. Corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo previsto en el artículo 201; pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 202; turismo sexual en contra de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tiene capacidad para resistirlo, previsto en los artículos 203 y 203 Bis; lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 204; asalto, previsto en los artículos 286 y 287; tráfico de menores o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, previsto en el artículo 366 Ter, y robo de vehículos, previsto en los artículos 376 Bis y 377 del Código Penal Federal, o en las disposiciones correspondientes de las legislaciones penales estatales o del Distrito Federal;

VI. Trata de personas, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, y

VII. Las conductas previstas en los artículos 9, 10, 11, 17 y 18 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 3. ...

Los delitos señalados en las fracciones V y VII de dicho artículo lo serán únicamente si, además de cometerse por un miembro de la delincuencia organizada, el Ministerio Público de la Federación ejerce la facultad de atracción. En este caso, el Ministerio Público de la Federación y las autoridades judiciales federales serán los competentes para conocer de tales delitos. Bajo ninguna circunstancia se agravarán las penas previstas en las legislaciones de las entidades federativas.

Artículo 13. A las actuaciones de averiguación previa por los delitos a que se refiere esta Ley, exclusivamente deberán tener acceso el indiciado y su defensor, una vez que haya aceptado el cargo, únicamente con relación a los hechos imputados en su contra, por lo que el Ministerio Público de la Federación y sus auxiliares guardarán la mayor reserva respecto de ellas, sin perjuicio de que el indiciado o su defensor, en base en la información recibida, puedan presentar las pruebas de descargo que juzguen oportunas.

...

ARTÍCULO QUINTO. Se reforman los artículos 50 Bis y 50 Ter, párrafo primero, y se adiciona un segundo párrafo al artículo 50 Ter, recorriéndose en su orden los párrafos subsecuentes, todos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 50 Bis. En materia federal, la autorización para intervenir comunicaciones privadas será otorgada de conformidad con la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley de la Policía Federal o la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, según corresponda.

Artículo 50 Ter. Cuando la solicitud de autorización de intervención de comunicaciones privadas, sea formulada en los términos previstos en las legislaciones locales, por el titular del Ministerio Público de alguna entidad federativa, exclusivamente se concederá si se trata de los delitos de homicidio, asalto en carreteras o caminos, robo de vehículos y privación ilegal de la libertad o secuestro, los primeros previstos en el Código Penal Federal y el último en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, o sus equivalentes en las legislaciones penales locales.

La solicitud de autorización de intervención de comunicaciones de los delitos previstos en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se formulará de conformidad con ese ordenamiento.

...

...

...

...

...

ARTÍCULO SEXTO. Se reforman el inciso j), de la fracción I y las fracciones III y IV; y se adiciona la fracción V, todas del artículo 51 de la Ley de la Policía Federal, para quedar como sigue:

Artículo 51. La intervención preventiva de comunicaciones a que se refiere esta Ley, se autorizará únicamente en los delitos previstos en los ordenamientos legales que a continuación se enlistan:

I. ...

a) a i) ...

j) Tráfico de menores, previsto en el artículo 366 Ter;

k) a n) ...

II. ...

III. De la Ley General de Salud, el delito de tráfico de órganos previsto en los artículos 461, 462 y 462 Bis;

IV. De la Ley General de Población, el delito de tráfico de indocumentados, previsto en el artículo 138, y

V. Los previstos en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTÍCULO SÉPTIMO. Se reforman las fracciones XIV y XV y se adiciona una fracción XVI, al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue:

Artículo 44. Los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones deberán:

I. a XIII. ...

XIV. ...

En caso de que los usuarios vendan o cedan una línea de telefonía en cualquiera de sus modalidades de contratación, deberán dar aviso al concesionario, a efecto de que dicha línea sea bloqueada, en tanto sea registrado el nuevo usuario, conforme a la fracción XI del presente artículo;

XV. Informar a los clientes o usuarios de servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades, previo a su venta, de la existencia y contenido del registro y su disponibilidad a los agentes facultados, y

XVI. Colaborar con las autoridades competentes para que en el ámbito técnico operativo se restrinja de manera permanente todo tipo de comunicación, ya sea transmisión de voz, datos o imagen en los centros de readaptación social federales y de las entidades federativas, cualquiera que sea su denominación.

La restricción a las comunicaciones tendrá el objetivo de inhibir la señal de cualquier banda de frecuencia que se limite al perímetro de los centros de readaptación social, además de que se procurará la continuidad y seguridad de los servicios a sus usuarios al exterior de dichos centros. En la colaboración a que se refiere el párrafo anterior se deberán considerar, entre ellos, los elementos técnicos de reemplazo, mantenimiento y servicio.

ARTÍCULO OCTAVO. Se reforma la fracción VII, del artículo 31; la fracción XIII, del apartado B, del artículo 39, y el artículo 149, y se adiciona la fracción VIII recorriéndose en su orden la subsecuente del artículo 31; la fracción XIV recorriéndose en su orden la subsecuente, del apartado B, del artículo 39, todos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para quedar como sigue:

Artículo 31. Son funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario:

I. a VI. ...

VII. Promover el intercambio, registro, sistematización y consulta de la información de seguridad pública en las bases de datos criminalísticos y de personal;

VIII. Formular los lineamientos para que la federación y las entidades federativas soliciten, en el ámbito de sus competencias, la colaboración de los prestadores de servicios de telecomunicaciones, para que en el ámbito técnico operativo se restrinja de manera permanente todo tipo de comunicación, ya sea transmisión de voz, datos, o imagen en los Centros de Readaptación Social Federales y de las Entidades Federativas, cualquiera que sea su denominación, y

 

IX. Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables y el Consejo Nacional.

Artículo 39. ...

A. ...

B. ...

I. a XII. ...

XIII. Participar en la ejecución de las acciones para el resguardo de las Instalaciones Estratégicas del país;

XIV. Solicitar la colaboración de los prestadores de servicios de telecomunicaciones, conforme a las disposiciones aplicables, para que en el ámbito técnico operativo se restrinja de manera permanente todo tipo de comunicación, ya sea transmisión de voz, datos, o imagen en los Centros de Readaptación Social Federales y de las Entidades Federativas, cualquiera que sea su denominación, y

XV. Las demás atribuciones específicas que se establezcan en la Ley y demás disposiciones aplicables.

...

...

Artículo 149. El Consejo Nacional establecerá, para los fines de seguridad pública, los casos, condiciones y requisitos necesarios para el bloqueo de las señales de telefonía celular en las instalaciones de carácter estratégico y en los Centros de Readaptación Socia Federales y de las Entidades Federativas, cualquiera que sea su denominación.

...

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor a los noventa días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los procedimientos penales iniciados antes de la entrada en vigor del presente decreto en materia de delitos previstos en el mismo se seguirán tramitando hasta su conclusión conforme a las disposiciones vigentes al momento de la comisión de los hechos que les dieron origen. Lo mismo se observará respecto de la ejecución de las penas correspondientes.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente decreto.

Cuarto. La implementación del presente decreto será con cargo a los respectivos presupuestos aprobados a las instancias de los tres órdenes de gobierno obligados a cumplir con lo establecido en el presente.

Quinto. Las disposiciones relativas a los delitos de secuestro previstas tanto en el Código Penal Federal como en los Códigos Penales locales vigentes hasta la entrada en vigor el presente decreto seguirán aplicándose por los hechos realizados durante su vigencia. Asimismo, dichos preceptos seguirán aplicándose a las personas procesadas o sentenciadas por los delitos previstos y sancionados por los mismos artículos.

Sexto. El procurador general de la República y los procuradores generales de Justicia de los estados y del Distrito Federal tendrán un año contado a partir de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de la Federación, para expedir las disposiciones administrativas correspondientes en materia de protección de personas en los términos que señala la presente Ley, sin menoscabo de las medidas de protección que otorguen previamente.

Séptimo. El Consejo Nacional de Seguridad Pública y la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, deberán elaborar un programa nacional para prevenir, perseguir y sancionar las conductas previstas en el presente ordenamiento, independientemente del programa de cada entidad en particular, teniendo un plazo de seis meses, contados a partir de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Octavo. La reforma a la fracción XIV del artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones entrará en vigor al día siguiente de la publicación del decreto respecto de los usuarios de telefonía móvil en cualquiera de sus modalidades adquiridas con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, y respecto de los nuevos usuarios de telefonía móvil, en términos del artículo transitorio cuarto del decreto de reformas a dicha ley, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero de 2009.

Noveno.El Instituto Federal de Defensoría Pública del Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de su competencia, establecerá las áreas especializadas en defensa de víctimas del secuestro, en los términos de lo dispuesto en la ley de la materia.

Décimo. Para el establecimiento y organización de las unidades especializadas contra el secuestro a que se refiere esta Ley, las entidades federativas dispondrán de los recursos del Fondo de Apoyo a la Seguridad Pública que respectivamente hayan recibido.

Undécimo. El Congreso de la Unión podrá facultar a las víctimas u ofendidos por los delitos previstos en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria del artículo 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para ejercer el derecho respecto al ejercicio de la acción penal ante la autoridad judicial por el delito de secuestro, en la ley de la materia que al efecto se expida.

Décimo Segundo. En un plazo de ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley se realizarán las adecuaciones necesarias a las disposiciones aplicables para que los recursos que correspondan sean destinados al fondo a que se refiere el artículo 38 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2010.

La Comisión de Justicia, diputados:Humberto Benítez Treviño (rúbrica), presidente; José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Sergio Lobato García (rúbrica), Óscar Martín Arce Paniagua (rúbrica), Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Ezequiel Rétiz Gutiérrez (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Eduardo Ledesma Romo (rúbrica), Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo (rúbrica), secretarios; Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Juanita Arcelia Cruz Cruz, (rúbrica), Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Nancy González Ulloa (rúbrica), Leonardo Arturo Guillén Medina (rúbrica), Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, Gregorio Hurtado Leija, Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Jesús Alfonso Navarrete Prida, Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Norma Leticia Salazar Vázquez (rúbrica), Cuauhtémoc Salgado Romero (rúbrica), José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Enoé Margarita Uranga Muñoz (rúbrica), Josué Cirino Valdés Huezo (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado, Alma Carolina Viggiano Austria (rúbrica), Pedro Vázquez González, Arturo Zamora Jiménez (rúbrica).

La Comisión de Seguridad Pública, diputados:José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrero Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado, Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira (rúbrica), Felipe Amadeo Flores Espinoza (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica), Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica), Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Óscar Martín Arce Paniagua, Víctor Hugo Círigo (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica en contra), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos (rúbrica), Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde (rúbrica), Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín, María Antonieta Pérez Reyes, Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez, Ardelio Vargas Fosado (rúbrica).»

«Voto particular que presenta el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT, en contra del dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Con fundamento en el artículo 94 y 95 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, manifiesto que mi posición es contraria al dictamen por las siguientes razones:

Primera. La reforma propuesta se inscribe en la lógica del derecho penal del enemigo el que no puede aceptarse en un Estado de Derecho. Zaffaroni dice que: “La admisión jurídica del concepto del enemigo en el derecho (que no sea estrictamente de guerra) siempre ha sido, lógica e históricamente el germen o primer síntoma de la destrucción autoritaria del estado de derecho...La peligrosidad y su ente portador –peligroso– o enemigo ónticamente reconocible proveniente de la mejor tradición positivista y más precisamente garofaliana...El desarrollo coherente del peligrosismo, antes o después, acaba en el campo de concentración...el concepto jurídico de enemigo sólo es admisible en un estado absoluto”.

Según Günther Jakobs, el derecho penal del enemigo se caracteriza por: 1) un amplio adelantamiento de la punibilidad (la perspectiva del ordenamiento jurídico penal es prospectiva); 2) las penas previstas son desproporcionadamente altas; y, 3) determinadas garantías procesales son relativizadas o incluso suprimidas.

El derecho penal del enemigo se significa porque:

1. Constituye una reacción de combate del ordenamiento jurídico contra individuos especialmente peligrosos.

2. Con este instrumento el Estado no habla con sus ciudadanos sino amenaza a sus enemigos.

3. Campos importantes del derecho penal del enemigo: cárteles de la droga; criminalidad de inmigración; otras formas de criminalidad organizada como el secuestro y el terrorismo.

4. No se dirigen con prudencia ni se comunican con frialdad operaciones de combate, sino que se desarrolla una cruzada contra malhechores archimalvados.

5. Se trata más de “enemigos”, en un sentido pseudoreligioso que en la acepción tradicional militar del término.

6. El derecho penal del enemigo es una recombinación de:

a) Punitivismo. La idea del incremento de la pena como único instrumento de control de la criminalidad.

b) Derecho penal simbólico. La tipificación penal como mecanismo de creación de identidad social.

7. En la base de la tipificación penal, no sólo está un determinado “hecho”, sino también otros elementos que sirvan a la caracterización del autor como perteneciente a la categoría de los enemigos.

8. El derecho penal del enemigo no estabiliza normas (prevención general positiva), sino demoniza determinados grupos infractores.

9. El derecho penal del enemigo no es un derecho penal del hecho, sino de autor.

10. El derecho penal mínimo no es considerado en esta teoría.

11. La peligrosidad del delincuente es ponderada como consecuencia de la abolición del principio de proporcionalidad.

12. Las atribuciones o facultades a la policía son excesivas.

13. Las pruebas de descargo por parte de los agentes encubiertos rebasa los límites de los derechos del reo.

14. El esquema bélico del derecho penal de enemigo contradice radicalmente la idea misma del derecho penal en todos sus elementos y momentos, primeramente, en el modo de concebir el tipo penal y, luego en la concepción del juicio.

15. Las penas privativas de libertad se ponderan como mecanismos adecuados para cubrir las necesidades de protección jurídica y la neutralidad de los delincuentes peligrosos.

Segunda. El derecho penal del enemigo propone en síntesis: un Estado Policíaco y no un Estado de derecho; no constituye un derecho garantista o mínimo sino máximo; no incluye a los ciudadanos infractores para rehabilitarlos sino que los excluye del tejido social; no forma parte del derecho penal ordinario sino que es un derecho de excepción; no busca corregir o rehabilitar sino eliminar; no es consecuente con la dignidad de las personas sino que destruye la dignidad; no maximiza derechos humanos sino que los minimiza; y, es propio de regímenes antidemocráticos y, por tanto, no es compatible con el Estado Constitucional. Es un derecho para la venganza y, el Estado se transforma en el enemigo de los ciudadanos.

Tercera. El proyecto de ley antisecuestro se inscribe en la lógica del Derecho penal del enemigo por lo siguiente: 1) Se prevé que la autoridad, judicial y ministerial, actúen oficiosamente, sin respetar ningún equilibrio procesal (artículos 1 y 3); 2) El ejercicio de la acción penal y la ejecución de las sanciones por el delito de secuestro, son imprescriptibles (artículo 5); 3) No hay reserva de averiguación previa, el ministerio público está obligado a ejercitar la acción penal (artículo 6); 4) Las penas son desproporcionadamente altas, mayores que en otros tipos penales (artículos 9, 10 y 11); 5) Se establece la figura de inexcusabilidad del testigo; 6) Los sentenciados por los delitos a que se refiere la ley no tendrán derecho a los beneficios de la libertad preparatoria, sustitución, conmutación de la pena o cualquier otro que implique reducción de la condena (artículo 19); 7) La autoridad judicial puede ordenar vigilancia policial hasta por cinco años a los reos que hayan sido liberados (artículo 20); 8) Establece un sistema de testigos protegidos que ha demostrado en México su ineficacia y que además rompe con el equilibrio procesal (artículo 26); 9) Las atribuciones de la policía son excesivas e imprecisas (artículo 43); 10) A los procesados y sentenciados se les pueden aplicar medidas especiales de vigilancia (artículo 46); 11) Hay adelantamiento de la punibilidad (artículo 55 del Código Penal Federal); 12) Debiendo aplicarse las reglas del concurso ideal de delitos en el secuestro siempre se aplican las del concurso real (artículo 64 del Código Penal Federal); 13) No se concede libertad preparatoria (artículo 85 del Código Penal Federal); y,14) Se restringen los derechos de defensa (artículo 13 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada); entre otras muchas limitaciones a los derechos fundamentales.

Cuarta. El Estado mexicano debe contar con un derecho penal que maximice los derechos humanos no con uno que los minimice y que considere a los infractores enemigos del Estado y la sociedad. El fin del derecho penal es la rehabilitación de las personas y de la sociedad en su conjunto. El fin de la pena no es la venganza ni la exclusión social del infractor.

Quinta. El dictamen contiene además errores que atentan contra el federalismo. Se trata de una Ley General que debe distribuir con equilibrio las competencias entre entidades federativas y federación. Sin embargo, como lo establece el artículo 23 de la ley antisecuestro, los delitos se prevendrán, investigaran, perseguirán y sancionarán por la federación. Existe un desequilibrio evidente a favor de la federación, lo que violenta el contenido de la fracción XXI del artículo 73 de la Carta Magna.

Sexta. El artículo primero de la ley antisecuestro contiene un error al no mencionar su carácter de Ley General, sólo se alude a que es reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución.

Séptima. La solución al fenómeno delictivo en México pasa por la construcción de un Estado de derecho, de una democracia y de una sociedad igualitaria. Mi propuesta, a contrario del dictamen, insiste en lo siguiente:

Necesitamos definir un diseño de Estado diferente al actual que propongo resumir en los diez puntos que aquí enuncio: 1) un nuevo entendimiento sobre los derechos fundamentales que integre un catálogo amplio de derechos que cuente con garantías plenas de realización; 2) la democratización, transparencia, rendición de cuentas, eficiencia y eficacia de todas las instituciones del estado; 3) la garantía plena de la supremacía constitucional y de los tratados internacionales; 4) mecanismos de cumplimiento efectivo de los principios constitucionales mediante un nuevo derecho procesal constitucional; 5) establecimiento de mecanismos anticorrupción que impidan la impunidad que prevalece en el país y sancionen a las autoridades y particulares que participan en conductas corruptas; 6) inclusión en los tres niveles de gobierno del mayor número de medios de democracia participativa y deliberativa; 7) limitación y sujeción a derecho de los poderes fácticos; 8) recuperación del patrimonio de la nación –sus recursos naturales- y de su explotación por el Estado; 9) defensa de la soberanía nacional; y, 10) cambios al modelo económico neoliberal para poner la economía al servicio de las mayorías.

1) Derechos con garantías. El primero de los puntos para el nuevo diseño institucional tiene relación con los derechos. Es preciso que el Estado reconozca los derechos fundamentales de las distintas generaciones de derechos y, que además provea para esos derechos las garantías sustantivas y procesales para hacerlos efectivos. Los mecanismos constitucionales, legales, administrativos y presupuestales para que los derechos sean exigibles son indispensables.No basta que los tratados sobre derechos humanos tengan la misma jerarquía de los principios constitucionales, es necesario que todas las autoridades, de los tres niveles de gobierno, se responsabilicen en el ámbito de su competencia por su cumplimiento y, como ya se mencionó, que existan las garantías procesales e institucionales que posibiliten su realización. Roberto Gargarella describe algunos ejemplos de Tribunales Constitucionales y Cortes Supremas -en Sudáfrica, la India, Colombia y Argentina- que han asumido un compromiso de efectiva realización con los derechos.

Considero que, entre otras, las innovaciones institucionales, deben consistir en: la incorporación amplia de derechos fundamentales; el establecimiento de mecanismos de exigibilidad y justiciabilidad plena de todos los derechos; la jerarquía constitucional de los tratados de derechos humanos; el cumplimiento obligatorio de las sentencias de los tribunales internacionales por parte del Estado mexicano; la subordinación de las fuerzas armadas al régimen de derechos humanos; y, la ciudadanización y fortalecimiento de las facultades de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como órgano constitucional autónomo.

2) Democratización de las instituciones. Las instituciones públicas –poderes y órganos constitucionales autónomos- exigen de una revisión integral. El país requiere de un sistema parlamentario con voto de censura constructivo. El sistema presidencial es inviable –conduce a la ingobernabilidad permanente- con un sistema de tres o más partidos disciplinados y con un sistema electoral con componentes proporcionales. Como se sabe, el sistema presidencial funciona bien –en términos de gobernabilidad y acuerdos- con un sistema bipartidista, con distritos electorales uninominales y, con partidos poco disciplinados.

El sistema parlamentario se caracteriza porque la única institución con legitimidad democrática, producto de la elección de los ciudadanos, es el Parlamento. El gobierno deriva su autoridad de la confianza y aprobación del Parlamento. El sistema parlamentario tiene las siguientes ventajas: la flexibilidad (no está sujeto a mandatos rígidos); existen soluciones constitucionales para la confrontación entre el legislativo y el ejecutivo; no se produce la parálisis entre los poderes; fortalece el sistema de partidos; favorece los juegos de suma positiva; se trata de un modelo diseñado para la cooperación política; y, genera estabilidad política.

Respecto a la organización democrática del poder en México podemos decir, que casi todas las instituciones no favorecen la participación ciudadana en ellas ni la deliberación pública de los asuntos. Se trata de instituciones que no se orientan a la protección de los derechos fundamentales de todos y están diseñadas para proteger los intereses de unos cuantos sectores. Por ejemplo, en el ejecutivo se necesita, entre otras medidas: consolidar el servicio civil de carrera; sancionar la opacidad gubernamental con la destitución de los servidores públicos; incorporar a la sociedad civil de manera efectiva en el procesamiento y determinación de las políticas públicas; las decisiones administrativas fundamentales, tales como la aprobación de reglamentos, la definición del proyecto de presupuesto o el ejercicio del gasto público deben abrirse a la participación y conocimiento ciudadano; es preciso derogar la proliferación de normas administrativas en materias reservadas por la Constitución a la ley; en la negociación y aprobación de tratados y acuerdos internacionales debe participar la ciudadanía con el conocimiento de los procesos respectivos y en la aprobación mediante referéndum; el veto de bolsillo debe ser derogado; los tribunales administrativos deben pasar al poder judicial; los sistemas de seguridad nacional y pública deben quedar sujetos a los más amplios niveles de participación ciudadana y transparencia; retirar al ejército de las labores de seguridad pública; establecer un catálogo de responsabilidades al titular del ejecutivo; derogar las competencias del ejecutivo federal en el Distrito Federal; sujetar a control pleno del legislativo y de los ciudadanos las atribuciones hacendarias, fiscales y presupuestales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y, reducir las atribuciones del ejecutivo para comprometer la deuda pública del país.

En el legislativo es necesario, entre otras medidas: incrementar sus atribuciones de control y de orientación política al ejecutivo; fortalecer el papel de las comisiones de investigación sobre los asuntos sociales, políticos y económicos del país; regular los conflictos de interés de los legisladores y el cabildeo; implementar el servicio civil de carrera; establecer medidas estrictas de transparencia y racionalidad en el ejercicio de los recursos públicos en el legislativo; determinar un régimen de responsabilidades y sanciones a los legisladores por incumplimiento de sus funciones; hacer de las comisiones legislativas el motor del parlamento; fortalecer la deliberación y la transparencia en todos los ámbitos del legislativo; modificar la organización de las Cámaras para que sus funciones de desarrollen con horizontalidad; otorgar legitimación procesal activa a los grupos parlamentarios para promover acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales; y, fortalecer la independencia y libertad del legislador mediante la introducción del estatuto del legislador.

El poder clásico en los sistemas políticos y jurídicos comparados para la accountability horizontal es el poder judicial. Sin embargo, es en México y en muchos países como el nuestro, un poder débil política y socialmente, un poder no independiente, que no cumple su función de garantizar el acceso a la justicia y la protección judicial de miles de personas, un poder además ineficiente en donde la resolución de conflictos espera años para obtener una respuesta judicial que no siempre es de calidad. Lo más importante en este poder entrañaría ampliar el acceso a la justicia, la independencia del poder judicial y, su eficiencia y eficacia.

Los órganos constitucionales autónomos como el IFE, el Banco de México, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, requieren de una gran apertura a la sociedad. Sus titulares deben ser designados por los ciudadanos y no por los partidos, el gobierno o los poderes fácticos. Es fundamental crear algunos órganos constitucionales autónomos como el Ministerio Público y la Auditoría Superior de la Federación, pero principalmente erigir un Tribunal Constitucional autónomo e independiente del Poder Judicial. En cuanto al Consejo de la Judicatura, éste debe ser un órgano autónomo ciudadano independiente del poder judicial. Igualmente, es indispensable que el país tenga un órgano constitucional autónomo para los medios de comunicación para que se encargue de la autorización de concesiones y permisos a los medios de comunicación electrónica, de garantizar el derecho de réplica y el de aclaración, de las responsabilidades de los medios, de su necesaria función social, etcétera. En materia de transparencia y acceso a la información pública –de los órganos del Estado y de los poderes fácticos- es indispensable que el IFAI sea un órgano constitucional autónomo. Se necesita también un Consejo Económico y Social que represente a los sectores social y privado en la planeación del desarrollo nacional y el establecimiento de políticas públicas (este órgano tendría facultades consultivas y emitiría recomendaciones al ejecutivo y a otros poderes y órganos en la definición e implementación de las políticas públicas en materia económica y social).

3) La garantía plena de la supremacía constitucional. La Constitución Política Mexicana, es y debe ser la norma suprema de la Nación, con la que se rijan todos los poderes públicos y ciudadanos y cuya superioridad es definitiva con relación a las leyes ordinarias y demás normas secundarias. El principio de supremacía constitucional deriva del carácter fundante que tiene la Constitución respecto a todo el orden jurídico restante. Los tratados internacionales de derechos humanos deben también tener este carácter con el propósito de maximizar la libertad y la igualdad de las personas.

Para que el principio de supremacía constitucional sea una realidad, es necesario el establecimiento en el orden jurídico nacional de las dos formas de control constitucional: el difuso y el control concentrado. El primero, que otorga poder a los jueces para reparar, nulificar o sancionar las violaciones que se efectúen en contra de las normas constitucionales. El segundo -del que se encargaría el Tribunal Constitucional- tendría competencias para conocer de las acciones de inconstitucionalidad ciudadanas, de la inconstitucionalidad por omisión de las autoridades, de las cuestiones de constitucionalidad que planteen las autoridades. Se trataría, por un lado, que todos los jueces y autoridades pudiesen, al menos realizar interpretación de las normas secundarias desde la Constitución y, por otro, que el Tribunal Constitucional, mediante un sistema vasto de medios de defensa de la Constitución, la proteja y defienda. Es decir, pasar de una Constitución puramente nominal o semántica a una normativa que haga coincidir la realidad con el deber ser de la Constitución.

4) Mecanismos de defensa efectiva de la Constitución.Los actuales medios de defensa de la Constitución –principalmente el amparo, las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales- no tutelan debidamente los principios de la Constitución. El amparo no garantiza de manera directa los derechos colectivos, sociales y difusos; exige de manera decimonónica satisfacer el requisito de interés jurídico, como si las decisiones en los amparos contra leyes o contra disposiciones administrativas tuviesen un carácter privatista y no interesaran a toda la sociedad; y, la lista de las causales de improcedencia son enormes, al grado que los jueces federales entran al fondo de los asuntos en tan sólo el 30% de los casos. La legitimación procesal activa en las acciones de inconstitucionalidad se concede sólo a autoridades y, a los partidos políticos, en materia electoral; no existe legitimación procesal activa de los ciudadanos en las en este tipo de acciones; y, se establecen requisitos excesivos para declarar la inconstitucionalidad de una ley –ocho votos de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y sólo pueden interponerse después de treinta días naturales de la entrada en vigor de la respectiva ley-. Las controversias constitucionales también están conferidas taxativamente a las autoridades que prevé la fracción I del artículo 105 de la Constitución cómo si los asuntos materia de las mismas sólo interesaran a esas autoridades y no a toda la sociedad. Es decir, los actuales medios de defensa de la Constitución no están diseñados para defender integralmente a la Constitución –los derechos fundamentales, la división de poderes, los principios democráticos y, la supremacía de la Constitución.

Se requiere ampliar la capacidad de protección de los actuales instrumentos procesales e incorporar otros que no dejen parte de la Constitución sin protección. Por ejemplo es preciso incluir, entre otros: el control previo de constitucionalidad respecto de reformas constitucionales, tratados, leyes y reglamentos; las acciones colectivas; el amparo social; las acciones de inconstitucionalidad por omisión; la cuestión de constitucionalidad; y, las acciones ciudadanas de inconstitucionalidad.

5) Mecanismos anticorrupción. Además de contar con una Auditoría Superior de la Federación como órgano constitucional autónomo y con amplios poderes o, de aprobar una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública que profundice en la transparencia y al acceso a la información en el país, se requiere para combatir la corrupción con un decálogo de herramientas institucionales. Éstas son: 1) la coordinación y vinculación entre todas las instituciones de investigación y resolución, federales y locales, que enfrentan la corrupción; 2) ampliar los mecanismos de fiscalización en los ámbitos políticos y electorales; 3) lograr la independencia y/o autonomía en todas las instituciones y órganos que realizan la accountability horizontal (tribunales, ministerio público, ASF, etcétera); 4) dirigir la lucha en contra de la corrupción no sólo respecto a los poderes tradicionales sino también en cuanto a los poderes fácticos; 5) propiciar mayor nivel, en cantidad y calidad, de participación y deliberación social en las decisiones públicas; 6) transparentar de manera radical el aparato del estado y a los poderes fácticos; 7) establecer obligaciones concretas de rendición de cuentas en todos las instituciones públicas; 8) revisar el sistema de responsabilidades de los servidores públicos para que las ilegalidades de éstos no queden en la impunidad; 9) modernizar a la administración pública; y, 10) basar la actuación del estado y de sus servidores públicos en el respeto y garantía a los derechos fundamentales.

Igualmente es oportuno pensar en un órgano anticorrupción con autonomía constitucional. Uno de los casos internacionales más conocidos es la Comisión Independiente contra la Corrupción de Hong Kong. Esta Comisión tiene por propósito no sólo recibir e investigar –más no juzgar- acusaciones de corrupción, sino también llevar a cabo campañas de concientización pública y para hacer auditorías de las administraciones de departamentos y oficinas gubernamentales. Según Transparencia Internacional el modelo de Hong Kong ha resultado ser eficaz porque ha existido la determinación de sus empleados, en combatir la corrupción, porque el marco legal ha facilitado su trabajo y, porque tanto el concepto de la prevención como el procesamiento legal ha sido competencia de la Comisión. Una característica fundamental de la agencia anticorrupción de Hong Kong reside en que comités ciudadanos monitorean su trabajo con lo que se aumenta la confianza pública en esa institución.

En el ámbito internacional se han creado instituciones para el combate a la corrupción, es el caso de la Oficina Europea de lucha Antifraude, y en algunos países como en España, existe una Fiscalía Especial Anticorrupción que forma parte del Ministerio Fiscal de ese país. En México, considero que habría que reflexionar en propuestas concretas como las siguientes: 1) Una Comisión de la Verdad para investigar, sancionar y, hacer pública la corrupción política, privada y social del pasado; 2) hacer de la Auditoría Superior de la Federación un órgano constitucional autónomo; 2) fortalecer su autonomía orgánica, de gestión, financiera-presupuestal y, jurídica; 3) transparentar el ejercicio presupuestal de la Secretaría de Hacienda y, el control económico financiero del Estado en todas sus fases y no sólo al final de los procedimientos como acontece ahora; 4) ampliar el universo de lo fiscalizado, esto es, el alcances y profundidad de las auditorías practicadas; 5) establecer instrumentos que permitan de manera regular el control previo y concomitante de las finanzas públicas, no sólo a partir de denuncias sino de oficio, además de conservar el control a posteriori que hoy prevalece; 6) permitir que la Auditoría Superior pueda conocer con mayor amplitud de cuentas públicas del pasado –hasta cinco años– y, sobre ellas, realizar observaciones y recomendaciones, cuando no se hubiesen advertido irregularidades en el pasado; 7) otorgar competencia a la Auditoría Superior para conocer y procesar responsabilidades administrativas respecto de los servidores públicos y, facultarla para consignar, directamente ante los jueces penales federales, los asuntos que así lo ameriten; 8) prohibir la constitución de fondos y fideicomisos en la administración pública; 9) darle el rango de ley formal y materialmente al presupuesto de egresos; 10) restringir las facultades de la Secretaría de Hacienda para alterar el presupuesto aprobado; 11) publicitar ampliamente las subvenciones, subsidios y bonificaciones fiscales que se otorgan a grupos y sectores, para que la sociedad tenga conocimiento cabal de a quién se beneficia por la vía tributaria; 12) lograr que la Auditoría Superior de la Federación, además de contar con autonomía constitucional, garantice un funcionamiento interno y administración transparente, de cara a la sociedad; 13) establecer mecanismos ciudadanos y de especialistas para fiscalizar a la propia Auditoría Superior de la Federación; 14) darle a esta institución competencias en la fiscalización de las participaciones federales a estados, distrito federal y municipios; 15) establecer un registro nacional de servidores públicos y proveedores sancionados para evitar que servidores públicos o proveedores cambien de domicilio para seguir delinquiendo y gozando de impunidad; 16) aprobar la Ley General de Contraloría Social para abrir canales de participación ciudadana y control social; e, 17) impedir la aprobación de la Ley de Asociaciones Público-Privadas que pretende liquidar las áreas estratégicas y la rectoría del Estado en ámbitos fundamentales de la vida nacional (educación, salud, seguridad pública, comunicaciones e infraestructura).

6) Democracia participativa y deliberativa. Resulta necesario el establecimiento de mecanismos de democracia participativa y deliberativa para acercar a la sociedad con la autoridad, para romper ese divorcio que es contrario al principio de soberanía popular. Propongo, entre otros, a los siguientes: el referéndum; el plebiscito; la revocación de mandato; la iniciativa legislativa popular; el presupuesto participativo; la afirmativa ficta; la auditoría social; el derecho de audiencia pública ante las autoridades; el derecho de voz ciudadana en los cabildos; la consulta popular; las acciones colectivas y de tutela; la acción popular de inconstitucionalidad; la inconstitucionalidad por omisión legislativa, administrativa o derivada de otros órganos de poder; el derecho de resistencia; la desobediencia civil pacífica y objeción de conciencia para que las instituciones y normas sean revisados cuando el marco jurídico es insuficiente para satisfacer derechos humanos o principios democráticos; el amicus curiae para que los ciudadanos y los sectores sociales se involucren en forma institucional y constructiva en los procesos judiciales; y, la obligación de deliberación pública y transparente en todas las instancias colegiadas del poder público del país.

7) Limitación y sujeción a derecho de los poderes fácticos. Los factores reales de poder, tanto nacionales como internacionales, suelen colonizar y determinar el funcionamiento de las instituciones. Es bien sabido que en los Estados de Derecho contemporáneos importa sobre todo saber o conocer el poder que se encuentra detrás de las estructuras formales del Estado, pues esos poderes son los que definen el alcance de los poderes formales. De nada sirve, por ejemplo, estudiar el Derecho Constitucional de un país, si ese estudio no viene acompañado por el de los factores reales de poder que determinan los significados de la Constitución.

No ganamos mucho analizando el orden jurídico formal mexicano si no lo vemos desde el papel que sobre él de-sempeñan los partidos, los sindicatos, las organizaciones empresariales, los medios de comunicación electrónicos, las trasnacionales, el gobierno de los Estados Unidos y, las organizaciones financieras internacionales. Esos son los auténticos poderes que en buena medida –tal vez no de manera mecánica pero si determinante- condicionan el actuar de los poderes y del orden jurídico formal. Bien podría decirse que los poderes formales y el orden jurídico son el reflejo de los intereses, pactos, acuerdos y decisiones de los factores reales de poder. Casi siempre las normas sobre ellos son escasas, ambiguas e insuficientes.

En México no existe una adecuada legislación sobre los partidos políticos –hay algunas débiles normas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales-. Sobre los medios de comunicación electrónica hay como se sabe una insuficiencia mayúscula, la Ley Federal de Radio y Televisión y la Ley Federal de Telecomunicaciones no responden a las exigencias de una democracia pluralista y de un Estado de Derecho auténtico, porque se ha mercantilizado un bien del dominio público y se concentran groseramente las concesiones de los medios electrónicos en unas cuantas empresas. Los organismos financieros internacionales durante décadas han influido en nuestra economía y esa influencia no se encuentra normada en modo alguno, no existen además los controles institucionales para supervisarla y fiscalizarla.

Las soluciones a las amenazas que representan los poderes fácticos pasan por, entre otras, las siguientes medidas: 1) preservar al Estado y fortalecerlo mediante la integración de la democracia ciudadana, ello implica democratizar y transparentar sus instituciones e incorporar medios de democracia participativa y deliberativa; 2) aprobar una estricta legislación antimonopolios; 3) determinar que los poderes fácticos son sujetos obligados de las normas de transparencia y acceso a la información; 4) obligar a que los poderes fácticos tengan una vida interna democrática (partidos, sindicatos, organizaciones empresariales, iglesias, etcétera); 5) impedir cualquier privilegio fiscal injustificado o de otro tipo que favorezca a los poderes fácticos; 6) reformar las instituciones internacionales, a fin de abrirlas y democratizarlas; 7) reestructurar el sistema financiero internacional para transparentarlo y hacerlo más justo; 8) extraer del ámbito del comercio y la mercantilización recursos como la salud, la educación, la cultura, etcétera; 9) mundializar el constitucionalismo y las estructuras constitucionales de control del poder a fin de que las relaciones económicas y otras, producto de la globalización, no queden al margen del Derecho y del control ciudadano; y, 10) promover un contrato global para la satisfacción de las necesidades básicas, dirigido a suprimir las ilegítimas desi-gualdades socioeconómicas entre clases, géneros, etnias, regiones y naciones, etcétera.

8) Recuperar el patrimonio de la nación. Los recursos naturales y su explotación deben reintegrarse a la nación y explotarse por los organismos del Estado para garantizar la soberanía del país. De esta suerte, es fundamental nacionalizar la Banca y contemplar en la Constitución que todos los recursos naturales: hídricos, hidrocarburos, minas, recursos renovables y no renovables, son patrimonio exclusivo de la nación. Los principios constitucionales de este diseño son: se considerarán recursos naturales los minerales en todos sus estados, los hidrocarburos, el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los bosques, la biodiversidad, el espectro electromagnético, etcétera; el patrimonio natural será de interés público y de carácter estratégico para el de-sarrollo sustentable del país; se prohibirá comprometer la soberanía sobre los recursos naturales; la explotación de recursos naturales estará sujeta a consulta –libre, previa e informada– con la población afectada; y, en el caso de las comunidades indígenas, además del derecho de consulta, el Estado garantizará que los pueblos originarios reciban un porcentaje sobre los beneficios de la explotación.

9) Defensa de la soberanía de la nación. Las instituciones del Estado deben tomar las decisiones económicas a partir de los deseos y necesidades del pueblo mexicano. Las consultas para determinar y definir el diseño de las políticas económicas con el FMI, el Banco Mundial, el Departamento del Tesoro o del Comercio de los Estados Unidos deben quedar proscritas si no existe la aprobación de la sociedad mexicana. El gobierno mexicano no puede estar limitado por otro gobierno o por intereses internacionales ajenos a los deseos, necesidades, voluntad y derechos de todos los mexicanos. No existe en México autodeterminación en la economía ni en la seguridad pública ni en la nacional. Tenemos un gobierno periférico y subordinado a intereses exógenos.

La soberanía en términos externos e internos es una quimera. Externamente condicionan la vida nacional los intereses de otras potencias. Internamente, los poderes fácticos han domeñado y secuestrado al Estado y sus instituciones. No existen posibilidades para que los mexicanos autodeterminemos nuestro destino. Estamos a merced de presiones e intereses que escapan a nuestras necesidades, intereses y decisiones.

En el diseño de nuevas instituciones, un paso necesario consiste en modificar el procedimiento de aprobación de tratados. Los que comprometan la soberanía nacional, tengan que ver con la economía, el comercio internacional, la seguridad nacional y pública, y los derechos humanos, deben ser aprobados con el mismo procedimiento de reforma constitucional previsto en la ley fundamental más la aprobación ciudadana vía referéndum. Debemos impedir que las elites nacionales e internacionales determinen el alcance de nuestra soberanía. Son los ciudadanos los que deben definirla.

Los tratados vigentes que tienen que ver con el comercio internacional, la economía, la seguridad nacional y pública, y los derechos humanos deben ser revisados. Si son lesivos a la soberanía nacional procede su denuncia y en su caso la abrogación. El gobierno mexicano debe propugnar y luchar por la democratización y transparencia de las instituciones internacionales de las que forma parte. Los principios del Estado Constitucional y Democrático de derecho deben ser realidad en el ámbito internacional. La globalización precisa ser un proceso que esté en manos de las sociedades del planeta y debe realizarse de abajo hacia arriba.

En el ámbito interno, la manera de alcanzar soberanía consiste en domeñar y limitar el poder de los poderes fácticos para que las instituciones del país no estén secuestradas. Las instituciones del país carecen de legitimidad porque están sometidas a los poderes fácticos (televisoras, empresarios, ejército, iglesias, sindicatos y partidos). Si queremos consolidar la democracia en México estamos obligados a sujetar a derecho a los factores reales de poder.

10) Modificar el modelo económico neoliberal. La economía debe estar al servicio de las personas y debe ser el instrumento para garantizar derechos económicos, sociales y culturales. La economía no puede estar al servicio de elites y oligarquías que están ajenas a cualquier control democrático.

En México el modelo neoliberal se ha caracterizado por: privatizar áreas estratégicas y prioritarias del Estado; favorecer al capital especulativo internacional; mermar los derechos de los trabajadores y en general los derechos sociales y económicos de los habitantes; beneficiar con privilegios fiscales y de otro tipo a las principales empresas nacionales y trasnacionales que operan en nuestro territorio; estimular el libre comercio y agotar el mercado interno; liquidar la industria nacional; desistir de cualquier tipo de crecimiento económico; y, en síntesis por catalizar las condiciones de pobreza en las que viven millones de mexicanos.

Como dice un especialista nacional “...mientras la economía esté subordinada a los intereses del capital financiero, dada nuestra gran dependencia respecto de ellos, no hay perspectivas de que cambie la política económica predominante para poder favorecer la esfera productiva y el empleo. El Estado debe retomar el manejo soberano de la política económica para asegurar las condiciones productivas y financieras a favor del crecimiento sostenido con pleno empleo”. En este sentido, el Estado debe: intervenir en la economía para recuperar las funciones estratégicas previstas en el párrafo cuarto del artículo 28 constitucional; ser el rector de la economía nacional; recuperar el control sobre el sector bancario y financiero y orientarlo al desarrollo; revisar el Tratado de Libre Comercio con América del Norte; contar con una vigorosa banca de desarrollo; destinar muchísimos más recursos para la obra pública y la infraestructura; contar con una política industrial; provocar la fortaleza del mercado interno y el apoyo a los productores nacionales; garantizar la autosuficiencia alimentaria mediante una política de apoyo a los productores del campo; generar ahorros mediante una política de austeridad respecto a sueldos y prestaciones de la alta burocracia; eliminar los privilegios fiscales que favorecen a los grandes empresas nacionales y trasnacionales; aprobar una reforma fiscal que sea equitativa y proporcional –que grave más a quien más tiene-; incentivar una política social ambiciosa para garantizar los derechos económicos, sociales y culturales; reformar el artículo 28 constitucional para profundizar en los principios que proscriben los monopolios; y, modificar el artículo 28 constitucional para permitir que una parte de las reservas del Banco de México se destinen al desarrollo, entre otras muchísimas medidas de carácter económico que son necesarias para transformar el modelo económico neoliberal.

Notas:

1 Zaffaroni, Raúl, El enemigo en el derecho penal, Buenos Aires, Editorial Adiar, 2006.

2 Jakobs, Günther, El derecho penal del enemigo, traducción de Manuel Cancio Meliá, Madrid, Civitas, 2003, p. 47.

3 Carrancá y Rivas, Raúl, Reforma constitucional de 2008 en materia de justicia penal y seguridad pública. Variaciones críticas, México, Porrúa, 2010, pp. 73 y ss.

4 Navarro, Vicenc, Bienestar insuficiente, democracia incompleta,Barcelona, Anagrama, 2002, pp. 31-103.

5 Gargarella, Roberto, “Justicia y derechos sociales: lo que no dice el argumento democrático”, en Teoría y crítica del derecho constitucional, pp. 965-962.

6 Uno de los trabajos más luminosos sobre la superioridad del régimen parlamentario sobre el presidencial se encuentra en: LINZ, Juan, “Democracia presidencial o parlamentaria: ¿Qué diferencia implica?”, en Democracias: quiebras, transiciones y retos, Obras escogidas, tomo 4, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2009, pp. 450-531.

7 Cárdenas Gracia, Jaime, Poderes fácticos e incompatibilidades parlamentarias, México, UNAM, 2006.

8 Sobre estos temas ver, por ejemplo, a: Alvarado, Arturo (editor), La reforma de la justicia en México, México, El Colegio de México, 2008.

9 Cárdenas Gracia, Jaime y Mijangos Borja, María de la Luz, Estado de derecho y corrupción, México, editorial Porrúa, 2005.

10 Transparencia Internacional, Libro de consulta 2000 de T.I., pp. 161-171.

11 Viola, Francesco, La democracia deliberativa entre constitucionalismo y multiculturalismo, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 2006.

12 Cortina, Adela, Ética aplicada y democracia radical, Madrid, Tecnos, 1993.

13 Sotelo, Ignacio, “El futuro del Estado social”, en Claves de razón práctica,Madrid, abril 2010, número 201, pp. 14-23.

14 Huerta G., Arturo, Hacia el colapso de la economía mexicana. Diagnóstico, pronóstico y alternativas, México, UNAM, 2009, p. 15.

México, DF, a 30 de septiembre de 2010.— Diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica).»

Pasamos al capítulo de iniciativas. Vamos a dar cuenta primero de las que fueron recibidas para solo turno a comisión.



LEY PARA PROMOVER LA EDUCACION, LA CAPACITACION PARA EL EMPLEO Y EL TRABAJO DE LA JUVENTUD

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Esta presidencia recibió de la diputada Ifigenia Martha Martínez y Hernández, a quien por cierto enviamos nuestros mejores deseos de pronto restablecimiento, del Grupo Parlamentario del PT, iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley para Promover la Educación, la Capacitación y para el Empleo y el Trabajo de la Juventud.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Iniciativa que expide la Ley para promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud, a cargo de la diputada Ifigenia Martha Martínez y Hernández, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Ifigenia Martha Martínez y Hernández, diputada a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, del Partido del Trabajo, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, mediante el cual se expide la Ley para Promover la Educación, la Capacitación Laboral y el Empleo para la Juventud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

1. Problemática General

La imposición del neoliberalismo durante las últimas décadas del siglo XX, que se pretende perpetuar ya entrado el nuevo milenio, ha significado el práctico estancamiento de nuestro país. La pérdida de dinamismo en el crecimiento del PIB y la continuación en el crecimiento de la población han significado que el producto por habitante tenga un magro crecimiento. La concentración económica propiciada por una política que privilegia los grandes monopolios sobre las medianas y pequeñas industrias, las ganancias sobre los salarios, y la política social asistencialista en vez de propiciar una verdadera igualdad de oportunidades y de progreso, ha acentuado la desigualdad entre los grupos sociales.

La privatización, la desregulación y la liberalización económica y financiera en el mundo globalizado, el crecimiento hipertrófico del sector externo de nuestra economía, el debilitamiento económico y político del Estado, el abandono de la rectoría que le corresponde y el predominio de las fuerzas del mercado, han significado el práctico abandono del mercado interno.

El deterioro social se manifiesta en la muy desigual distribución del ingreso entre la población, la concentración de la riqueza en unas cuantas familias y la pobreza de la mayoría de la población. Ello significa el deterioro de los niveles y calidad de vida de esta población, su cada vez mayor acceso al disfrute de los bienes y servicios de la sociedad moderna y, más grave, a los que son indispensables para el sostenimiento y el desarrollo humano, la alimentación, la vivienda, la salud y la educación.

La debilidad económica del Estado y su actual reducida vocación para atender en forma satisfactoria a esas necesidades, en lo relativo a esta Iniciativa, representa las dificultades de acceso y permanencia en el sistema educativo en sus diversos niveles y modalidades, situación que es necesario superar para dotar a la población de los conocimientos y capacidad profesional para el mejoramiento de su condición social y su vida familiar y, en forma urgente, capacitar a los jóvenes para el trabajo y abrirles oportunidades de empleo, especialmente a los que se encuentran abandonados en el ámbito educativo y marginados en la esfera productiva.

En la base económica, el neoliberalismo ha significado, además de la pérdida de ingresos relativos, de la participación de la masa salarial en el producto interno bruto (PIB) y la disminución del salario real, la escasa generación de empleos, del todo insuficiente para absorber la demanda de ocupación de una población creciente, y muy particularmente de los jóvenes que tratan de acceder a una ocupación productiva.

Los empleos existentes, además, son en su mayoría de muy baja calidad, no constituyen lo que ahora se llama “empleos decentes”. Sobre una población económicamente activa (PEA) que más que eso es la fuerza de trabajo que requiere ocupación, el empleo formal, con seguridad social, con salario remunerativo, con horas de trabajo adecuadas, con niveles de ingreso suficiente para el sostenimiento familiar, representa la menor proporción de la población ocupada. La gran mayoría se encuentra bajo la desocupación abierta, el subempleo manifestado en sus diversas formas y la informalidad, e incluso la explotación abierta que significa el trabajo sin remuneración.

Durante los últimos años, esta situación en vez de ser superada se ha visto agravada. El desempleo, la falta de generación de empleos y de opciones productivas, incuestionablemente nos lleva a escenarios de pobreza que no pueden aceptarse ni deben tolerarse. La pobreza en nuestro país en sus tres niveles asciende a 86 millones de mexicanos, de los cuales 26 millones están en pobreza extrema. Sólo 18 millones de mexicanos tienen el acceso a tres alimentos diarios.

En esta década perdida de administraciones panistas, el Producto Interno Bruto presenta un retroceso, que prácticamente hace inviable un futuro promisorio en lo económico. En lo que va del presente sexenio y considerando crecimientos del 4.1% en 2010, 3.0% en 2011 y 3.5% en el 2012, equivale a que la actuación de Calderón tendrá un promedio de crecimiento, si así se le puede llamar, del 1.42% promedio anual.

Las cifras oficiales muestran la precariedad del empleo en México. Sobre una población económicamente activa de 47.1 millones de personas, la Población Ocupada es de 44.6 millones, de los cuales sólo 14.6 millones son trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y existen 2.5 millones de desocupados abiertos (una tasa de desempleo de 5.3%).

La baja calidad del empleo es verdaderamente alarmante: en la economía informal laboran 12.8 millones de personas; a éstas se suman 13.7 millones que no tienen seguridad social y un número similar que no tienen contratos escritos; 4 millones de subocupados; y 3 millones más no perciben ingresos.

La generación de empleos formales que va de la mano del crecimiento del PIB es catastrófica. A octubre de 2009 el IMSS tenía registrado a 14 millones 564 mil 569 personas y a julio de 2010 la cifra es de 14 millones 525 mil 952 ciudadanos registrados como trabajadores, sólo el 30 por ciento de la PEA.

2. La desocupación y la falta de oportunidades de educación entre la juventud

Si bien el artículo 3o. de la Constitución establece el derecho de todo individuo a recibir educación y el artículo 2o. de la Ley General de Educación precisa que, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, éstas son garantías que muy relativamente, en forma insuficiente, se cumplen realmente en nuestro país.

Debe reconocerse que en materia de educación básica la cobertura es casi total para la población en edad escolar (aunque aquí también existen significativos rezagos de generaciones anteriores y subsiste cierto grado de analfabetismo), además de los problemas de calidad de esta educación, una vez que se rebasa ese nivel se presentan grandes problemas, ya que la situación económica y social significa, precisamente, que los jóvenes no tengan posibilidades reales, ni mecanismos, ni incentivos, para mantener un buen rendimiento escolar.

Es precisamente entre los jóvenes entre 16 y 18 años de edad, los que ingresan o debieran ingresar a la educación media superior, donde se presenta el punto de inflexión, un verdadero cuello de botella para la movilidad social, la inserción laboral en condiciones de productividad y la propia realización personal de esos jóvenes. Muchos se ven imposibilitados de continuar sus estudios, generalmente por dificultades económicas familiares, lo que significa que la tasa de cobertura (estudiantes/población en la correspondiente edad escolar) baje a casi la mitad de la que existe en la educación básica, es decir al 50% en promedio en los últimos diez años.

Pero además en ese ciclo de educación media superior aumentan los índices de reprobación y de deserción, en relación con el nivel anterior de educación básica, la secundaria; los primeros más que se duplican al pasar del 15.1% al 32.2%, y los segundos se agravan aún más al elevarse del 6.4% al 15.1%, de acuerdo con datos de los últimos ciclos escolares. La eficiencia terminal, es decir la relación entre los alumnos que terminan ese ciclo educativo en relación con los que lo iniciaron, disminuye al 60% en bachillerato y a menos del 50% en las instituciones que preparan profesionales técnicos.

Aún en las circunstancias anteriores, la oferta educativa a partir de ese nivel medio-superior es cada vez más insuficiente para absorber la demanda que representan los jóvenes que quisieran seguir estudiando, y la marginación escolar aumenta, hasta convertirse en marginación económica al no existir oportunidades de empleo.

Por añadidura, la cobertura del número de becas, con montos variables y modestos, abarca, según las estimaciones oficiales más optimistas, a un tercio de los estudiantes, también un apoyo insuficiente para lograr un mejor aprovechamiento educativo y labrar condiciones favorables para la ocupación productiva.

La capacitación para el trabajo en el sistema escolarizado no presenta un mejor panorama respecto a los índices de reprobación, deserción y eficiencia terminal, se carece de datos respecto al apoyo mediante becas en este tipo de estudios, pero el estancamiento de la economía y del empleo muestran que existen pocas oportunidades reales de empleo para los jóvenes que logran terminar sus estudios en estos planteles destinados directamente a capacitarlos para trabajos especializados.

Hasta la fecha los programas que han tratado de paliar la situación han resultado insuficientes. La dispersión institucional, aunada a lo exiguo de los recursos ha contribuido a ello. No por nada el Programa del Primer Empleo, destinado precisamente a atender a los jóvenes, al carecer de efectos tangibles e inmediatos, terminó por desaparecer, como otras estrategias similares. Los recursos destinados a este proyecto durante 3 años pasaron a otros rubros y la iniciativa quedó sólo en eso.

No se trata de dar un paliativo temporal, con empleos de temporal, sino de preparar a los jóvenes para el futuro y potenciar con ellos el crecimiento del país, hoy estancado.

Existen varios programas de becas tanto a nivel federal como local, un Servicio Nacional del Empleo y varios programas de empleo a cargo de diversas secretarías de estado, como el de jornaleros agrícolas y el de empleo temporal. Pero es necesario sumarlos a todos dentro de un esquema y una estrategia integral que ataque la problemática desde su raíz y ofrezca soluciones reales.

3. Apoyo al empleo y a la creación de empresas

El problema del desempleo afecta con mayor gravedad a los jóvenes, de todos los niveles de preparación y en particular a los de familias pobres. Los que tienen la suerte de contar con educación superior no encuentran empleos adecuados y tienen que emplearse, en el mejor de los casos, en ocupaciones que no tienen nada que ver con aquellas para las cuales se prepararon, como vendedores o taxistas; los que sólo cuentan con educación media superior tienen aún menos oportunidades y la fallida transición educación-trabajo los frustra aún más; los que apenas terminaron la educación básica o carecen de educación, de plano tienen como destino el desempleo.

Esta situación es resultado de la renuncia por parte del Estado de su obligación social, lo cual genera frustración ante la falta de oportunidades de empleo y de acceso a las escuelas pública, ya que el actual modelo económico es cada vez más incapaz de brindarle oportunidades a los mexicanos pero muy en especial a los jóvenes de entre 14 y 29 años de edad.

En este grupo, que por sí requiere de atención especial para brindarle oportunidades de ocupación, es posible y necesario diseñar y aplicar políticas específicas a los subgrupos con características más definidas, objetiva, legal y económicamente. Un trato especial para prolongar su vida escolar y preparar mejor a los jóvenes de 14 a 16 años y abrir oportunidades a aquellos que no las han tenido; uno acorde con sus requerimientos de educación, capacitación y/o empleo a los que se encuentran entre los 17 y los 24 años, que podría considerarse aún rango de edad escolar, si hubiere oportunidades, pero que obliga a la gran mayoría a buscar trabajo, en muchas ocasiones sin encontrarlo; y otro diferenciado para los jóvenes entre 25 y 29 años, que no estudian por la imposibilidad de hacerlo desde más temprana edad o bien han terminado sus ciclos escolares sin encontrar empleo adecuado o también están en el franco desempleo.

En efecto, el problema del desempleo no solamente afecta a aquellos jóvenes que se quedan sin escuela sino a miles de egresados de las universidades, quienes año con año buscan infructuosamente ingresar al mercado laboral. Porque no se trata, hay que insistir en ello, solamente de aquellos jóvenes que se quedan sin escuela sino de miles de egresados de las universidades, es decir jóvenes bien preparados, quienes año con año buscan infructuosamente ingresar al mercado laboral.

Además del desempleo, las desigualdades se agravan por un mercado laboral que por lo general ofrece oportunidades que en nada se relacionan con los años invertidos en una educación universitaria y que brinda sueldos casi siempre insuficientes y además muy por debajo del nivel de escolaridad.

Según datos recientes del Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve), 32.64 por ciento de la población en edad económicamente activa que se encuentra desempleada posee algún título de educación media superior o superior; 36.46 por ciento completó la secundaria; 20.84 por ciento con primaria completa, y 10.05 por ciento no la completó. Es decir, que la falta de educación no siempre es un problema directamente relacionado con los jóvenes y el desempleo; sino que ello está más relacionado con la falta de oportunidades.

Una de las consecuencias de las políticas neoliberales aplicadas en México, agravadas por la crisis financiera mundial, es el crecimiento de un sector importante de jóvenes que no tienen oportunidades de estudio ni de trabajo (a quienes, en ocasiones despectivamente, se llama los “ninis”). Se estima que en nuestro país existen 3.5 millones de estos jóvenes en el desempleo total y otros 3.7 millones forman parte de la economía informal, prácticamente niños y jóvenes de la calle entre 14 y 29 años de la calle, que suman más de siete millones.

Para empezar, hay que desterrar ese concepto de los “ninis”, por lo menos en el sentido peyorativo que adjudica a los jóvenes la responsabilidad de ni trabajar ni estudiar, porque la realidad es que es un término condenatorio, pero no para ellos sino para el sistema económico-social que los ha orillado a eso.

Una de las principales inconformidades de los jóvenes para no sumarse a la economía del país es que no hay igualdad en las oportunidades de estudiar y cuando se tiene la suerte de acceder a un empleo tampoco se equiparan los salarios entre éstos y los adultos, por lo que una tercera parte opta por la economía informal. Aún más lamentable es que resultado de toda esta situación están creciendo exponencialmente los índices de adicciones y también de delincuencia juvenil.

4. Programas de becas, capacitación y empleo

La insuficiencia en la creación de empleos, junto al abandono a las fuerzas inclementes del mercado, se debe también a la ausencia en el neoliberalismo de una auténtica política de empleo, lo cual es paralelo a la insuficiencia de los apoyos oficiales a la creación y desarrollo de empresas y proyectos productivos en micro, pequeñas y medianas empresas.

Los datos oficiales sobre el empleo, son, como hemos visto, eufemísticos y engañosos. Los que se refieren a aquellos creados a través de medidas oficiales, al igual que los que se refieren a los apoyos para la creación de empresas, son asimismo difusos e incompletos. Es necesario un esfuerzo de integración analítica de los diferentes mecanismos oficiales para la promoción del empleo, que se denotan como totalmente insuficientes.

Para ese efecto, es conveniente revisar por separado los servicios para el empleo, atención de demandas de trabajo y vinculación con los empleadores a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; los instrumentos de apoyo directo a la creación de empresas y nuevos empleos, en menor medida a cargo de esta dependencia y en donde participan otras del Ejecutivo federal, en forma destacada la Secretaría de Economía; y los servicios de apoyo informativo y tecnológico prestado también por las diversas dependencias. En todos esos aspectos, es evidente la necesidad de una mejor coordinación y, sobre todo, de la canalización de mayores recursos.

Servicio Nacional de Empleo

Según datos de la STPS en el último Informe presidencial, en 2009 el Servicio Nacional de Empleo atendió a 4 millones de personas, de las cuales se colocaron 921 mil personas. Sin embargo, estos aparentes resultados no se corresponden, absolutamente, con una realidad que muestra, en el propio Informe, que durante este último año la población ocupada sólo aumentó en 250 mil personas, no obstante una disminución similar en el número de asalariados. Es decir, se asignan a los programas de apoyo al empleo y de vinculación laboral que integran el mencionado Servicio, empleos ilusorios.

El Sistema Nacional de Empleo se integra con los Programas de Apoyo al Empleo y los Servicios de Vinculación Laboral, y dentro del primero, de los programas de Fomento al Empleo y de Atención a Situaciones de Contingencia Laboral, y encuadrados en el segundo, los programas Abriendo Espacios y el Portal de Empleo, aunque en ocasiones se varía la clasificación y se exponen diferentes modalidades. A título ilustrativo, los siguientes párrafos muestran los resultados, abultados en lo general y magros cuando se especifica el detalle.

Según los datos del Programa de Apoyo al Empleo, durante 2009, se atendió a 398 mil personas y se colocó en un puesto de trabajo a 222 mil de ellas. Sin embargo, una mayor aproximación a la realidad muestra que en 2009 sólo se otorgaron 211 mil becas para la capacitación para el trabajo (programa Bécate) con 120 mil colocaciones.

El resto de los programas bajo este rubro contiene las restantes 188 mil personas atendidas y 102 mil que fueron colocadas; sin embargo, de éstas corresponden 144 mil atenciones y 70 mil colocaciones a la llamada Movilidad Laboral Interna y sólo 44 mil y 32 mil personas, en los rubros respectivos, a programas sustantivos. Otros programas de apoyo emergente reportan 143 mil personas atendidas y 99 mil colocadas.

También en el Servicio de Vinculación Laboral las cifras adquieren magnitudes exageradas en atención y resultados. Se reportan 3.5 millones de personas atendidas en 2009, de las cuales habrían sido colocadas 600 mil. De ellas corresponden 1 millón y 311 mil a la bolsa de trabajo y 1.4 millones y 235 mil al Portal del Empleo, respectivamente, cifra elevada por este medio virtual.

Para la obtención de esos resultados estadísticos, que se plantea superar en 2010, el Servicio Nacional de Empleo sólo contará en este año con un presupuesto de 1.3 miles de millones de pesos, lo cual contrasta también con el costo real de la creación de empleos mediante el gasto directo, y el muy escaso número de puestos de ocupación generados por este tipo de programas, como se puede apreciar a continuación.

Programa de Empleo Temporal (PET)

A partir de este año el Programa es coordinado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y se decidió ampliar el presupuesto asignado, el cual pasó de 1,760.3 a 2,200 millones de pesos. Entre enero y julio de 2010 el PET que es ejecutado por la Secretarías de Desarrollo Social, de Comunicaciones y Transportes, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales benefició a 499,458 hombres y mujeres desempleados. La realización de los proyectos implicó una inversión de 1,860.7 millones de pesos, es decir un gasto de 3,617 pesos por persona en ese lapso.

Programas a cargo de la Secretaría de Economía

Los recursos canalizados, a cargo de la Secretaría de Economía, para el apoyo a la creación y conservación de empresas (fundamentalmente Mpymes) son también exiguos y aún más los empleos generados, como se puede observar a continuación.

El segmento pequeñas y medianas empresas se ha desa-rrollado en torno de dos palancas fundamentales, los Programas de Garantías y el Apoyo a Proyectos Productivos, así como otras vertientes, mediante las cuales, durante los cuatro primeros años de esta administración (hasta diciembre de 2010) se habrán destinado apenas 10,363.4 millones de pesos en beneficio de 349,421 Mipymes y 167,950 nuevos empleos.

En 2009 se ejercieron 4,086.6 millones de pesos, para el apoyo a 105,174 Pymes y la creación de 52,385 empleos, 78 mil pesos por empleo. Para 2010 el gasto presupuestado se reduce a 3,233.7 millones de pesos, para 58,127 Pymes y 38,229 empleos, 85 mil pesos por empleo. En los primeros siete meses de 2010 se han dispuesto 2,514.5 millones de pesos en beneficio de 50,131 Mipymes y 25,432 nuevos empleos, según estos datos apenas 0.5 empleos por empresa.

Además de los expuestos, los programas Jóvenes Emprendedores, Sistema Nacional de Incubación de Empresas, Capacitación y Consultoría, destinaron, en el primer semestre de 2010, 267 millones de pesos, que además de los servicios que indican sus nombres, se concretaron en la creación de 33,139 empleos, es decir 8 mil pesos por empleo generado.

Bajo esta lógica, de enero a julio de 2010, la Secretaría de Economía (SE) proporcionó atención focalizada por segmento empresarial mediante la operación de sus 33 programas institucionales (que incluyen los anteriores) orientados a la promoción de la productividad y competitividad de las Mipymes, coordinados por la instancia “México Emprende”.

El segmento microempresas promueve la productividad y el desarrollo de productos en las microempresas a través de los esquemas Mi Tienda y Mi Tortilla.

Con el primero, durante el primer semestre de 2010 se emprendió el proceso para apoyar con capacitación y consultoría financiera a 1,885 empresarios de abarrotes y misceláneas; durante la segunda mitad del año, estas acciones permitirán conservar 2,828 empleos.

Durante el periodo enero-junio de 2010, el programa Mi Tortilla, dio inicio a la distribución de 144 millones de pesos, la cual concluirá durante el segundo semestre de 2010, para financiar el equipamiento a las 1,150 empresas que ya habían sido beneficiadas con el proceso de capacitación, propiciando con ello la conservación de 3,450 empleos.

El Fideicomiso para el Desarrollo de Proveedores y Contratistas Nacionales de la Industria Petrolera Estatal, en coordinación con la Banca de Desarrollo. A julio de 2010 se han apoyado a 324 empresas con créditos por 854 millones de pesos.

El Programa de Apoyo a Empresas Afectadas por Desastres Naturales tiene el objetivo de impulsar la reactivación económica de las Mipymes que hayan interrumpido su actividad económica como consecuencia de un desastre natural. Durante el periodo enero-julio de 2010, se canalizaron 50.3 millones de pesos para la recuperación económica de 3,699 Mipymes, es decir 13,600 pesos por empresa.

El s egmento Empresas Gacela atiende a las pequeñas y medianas empresas que crecen a un ritmo constante o tienen un potencial para hacerlo. En este segmento, junto a los programas para ampliar la base tecnológica y promover la innovación productiva, destacan el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software y el Programa de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto. En este grupo, con recursos asignados para 2010 por más de mil millones de pesos, se espera generar 2,231 nuevos puestos de trabajo, así como conservar y mejorar 21,610 empleos.

Por otra parte, se impulsan los servicios informativos empresariales mediante el Portal Contacto Pyme y se promueve la vinculación de negocios entre empresas, la integración de cadenas productivas y el conocimiento de la distribución y la localización de las actividades económicas, a través del Sistema Empresarial Mexicano.

Por último, las llamadas empresas tractoras tienen un gran potencial de relación e intercambio comercial con las Pymes. Las acciones emprendidas por la SE para estrechar el vínculo entre estas empresas, se llevan a cabo con una visión que favorece el desarrollo de la productividad y competitividad.

Acciones coordinadas por la Secretaría de la Reforma Agraria

Programa Fondo de Apoyos a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios: en 2009 contribuyó a la generación de 19,520 empleos directos, ejerciéndose al cierre del ejercicio fiscal 669.1 millones de pesos. Programa de la Mujer en el Sector Agrario, al cierre del ejercicio fiscal de 2009, contribuyó a la generación de 36,852 empleos directos, ejerciéndose 1,028.8 millones de pesos. Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras, del 1o. de enero al 30 de julio de 2010, generó 3,660 empleos directos en el sector rural, con una inversión de 77.8 millones de pesos.

El Programa Primer Empleo se creó con el propósito de facilitar el acceso al mercado laboral a los ciudadanos con menor experiencia laboral y de apoyar a aquellos que tienen dificultades para lograr un mayor nivel de permanencia en sus puestos de trabajo.

Entre el 1o. de enero y el 31 de julio de 2010 se inscribieron 537 empresas en el programa, las cuales registraron a 6,913 trabajadores, con lo que desde marzo de 2007, fecha en que inició operaciones, hasta el 31 de julio de 2010, se acumularon 20,082 inscripciones patronales y se registraron 66,257 trabajadores. Desde el inicio del programa y hasta el 31 de julio de 2010 se pagaron por concepto de subsidio 118.4 millones de pesos.

Para el presente año, con los escasos, confusos y dispersos datos que se proporcionan, podemos estimar en apenas 8.5 miles de millones de pesos los recursos canalizados para el apoyo a la generación de empleos permanentes y conservación de plazas, y en no más de 200 mil los de carácter permanente que efectivamente contribuirán a crear.

Como se aprecia, sobre la interpretación oficial que pretende atribuir casi la totalidad de los empleos generados como resultado de las políticas oficiales, sus resultados reales son mínimos, poco significativos ante la magnitud del problema y de escaso peso específico en la dinámica de la totalidad de la economía.

Por lo que es indispensable planear mecanismos de coordinación más eficaces, optimizar los recursos disponibles y aumentarlos con políticas orientadas a los objetivos de capacitar para el empleo y, junto a ello, apoyar con mucho mayor vigor la creación de nuevas empresas medianas, pequeñas y micro, así como el autoempleo.

5. Conclusiones

Es obligación del Estado mexicano velar por los derechos humanos, y muy en especial por los de nuestros niños y nuestros jóvenes.

Los derechos humanos de los niños y jóvenes se encuentran explícitamente enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño, pero también se encuentran en otros documentos internacionales, todos ellos suscritos por México, entre otros: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de todas Formas de Discriminación contra la Mujer , y otros tratados y declaraciones.

Tales derechos humanos incluyen los siguientes derechos indivisibles, interdependientes e interrelacionados: el derecho a un estándar de vida adecuado para el desarrollo intelectual, físico, moral y espiritual de los niños, incluyendo alimento, vivienda y vestido adecuado. El derecho a la no discriminación basada en edad, género, raza, color, idioma, religión, nacionalidad, etnia, preferencia sexual u otra condición o status, incluidos los de los padres del niño. El derecho al más alto estándar y acceso a la salud. El derecho a un medioambiente sano y saludable. El derecho a la educación, a una educación básica, gratuita y obligatoria; que abarque de la educación primaria o elemental a la superior. El derecho a la protección de todo tipo de abuso físico y mental. El derecho a la protección contra cualquier explotación económica y sexual. El derecho a la vida en un ambiente familiar.

Los problemas del empleo y la falta de oportunidades de educación y capacitación en México son graves, y afectan de manera muy importante a su juventud, con educación o sin ella. Son problemas derivados de la carencia de políticas adecuadas para el desarrollo económico.

Las políticas de becas para la educación en el nivel básico, con cobertura para la población más pobre, no atienden en forma suficiente el nivel medio superior y superior, y son totalmente insuficientes las orientadas a la educación media terminal y las de capacitación para el trabajo, aunque existen instituciones para la educación media superior de carácter tecnológico y terminal. Una buena cantidad de los jóvenes que egresan de estas instituciones, no encuentran en el mercado espacios adecuados para su aprovechamiento y su aplicación remunerada.

En esta situación, las políticas de apoyo a la creación de nuevas empresas (especialmente Mpymes) y las de apoyo para la creación y conservación de empleos se encuentran dispersas, sin mecanismos de coordinación. Los recursos que se destinan a ese fin resultan realmente exiguos ante la magnitud del problema y se han mostrado insuficientes e ineficaces, sin ningún impacto real significativo en el conjunto de la economía.

Si México continúa la desatención a su juventud perderá gran parte de su riqueza y su futuro porque su población joven será cada vez menor frente al resto. Es necesario que el Estado asuma plenamente su responsabilidad y tome medidas inmediatas para la resolución de este problema social, evitando el riesgo de enviar a la delincuencia y la drogadicción a nuestra juventud.

Nuestra legislación protege el derecho a la educación y al empleo adecuadamente remunerado. El artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza el primero, estableciendo además que toda la educación que imparta el Estado será gratuita, y el Estado en nuestro concepto debiera impartirla con este carácter a todos los niveles con la mayor amplitud, incluyendo la profesional técnica, la capacitación para el trabajo y la de carácter especial para atender a los jóvenes en situación más precaria y desfavorable.

El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho al trabajo y que para el efecto se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo. La Ley Federal del Trabajo norma todos los aspectos de las relaciones laborales en México y tutela al trabajador, aspectos que deben contemplarse en los programas de empleo, cualquiera que sea su naturaleza.

A este respecto, para el impulso al empleo de los jóvenes, de ambos sexos, debe considerarse la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud no contempla los aspectos del empleo entre los objetivos y acciones para la atención de la juventud, y que la Ley para la Protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes no comprende propiamente los problemas de los jóvenes.

En el ámbito internacional, la Organización de Naciones Unidas, en conjunto con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura proclamaron el 2010 como el año Internacional de la Juventud a partir del 12 de agosto, con el objetivo de impulsar la participación plena y efectiva de los jóvenes en todos los aspectos en la sociedad.

En este marco, este mismo mes de agosto México ha sido la sede de la Conferencia Mundial de la Juventud 2010, que entre sus conclusiones, contenidas en la “Declaración de Guanajuato”, dejó claro que es absolutamente indispensable contar con políticas de Estado que den una respuesta a todos aquellos jóvenes, sobre todo, que quieren y pueden trabajar pero que no han encontrado la oportunidad para desarrollarse.

En ese mismo sentido se pronunció el primer Foro Legislativo Mundial sobre la Juventud convocado por esta LXI Legislatura, en donde además se planteó la necesidad de promover que los países asignen un porcentaje suficiente para la promoción del empleo.

La solución de los problemas planteados requiere de la precisión de un marco institucional para la coordinación de políticas y esfuerzos, a partir de un instrumento legal de carácter transversal, amplio, que considerando los objetivos comunes, permita coordinar programas, asignar y supervisar el cumplimiento de las tareas específicas que corresponden a las diferentes dependencias y entidades que deben intervenir, sin que represente una nueva carga burocrática

La base legal para solucionar esa problemática debe tomar en cuenta la coordinación y refuerzo de acciones en las siguientes vertientes: La permanencia en el sistema educativo de los adolescentes y jóvenes, mediante la ampliación del sistema nacional de becas. La capacitación y el entrenamiento para el trabajo en los diversos niveles escolares, especialmente los de carácter medio superior con orientación tecnológica y carácter terminal, abiertos mediante programas especiales a la población juvenil que no siga los planes de estudios completos. Los programas especiales para el entrenamiento escuela-establecimiento para esta población escolar y extra escolar. Ampliar el apoyo a las empresas existentes y la creación de otras nuevas, considerando diversas formas de organización para la generación de nuevos empleos. Y en este marco, que representa la atención especial a los jóvenes, atender en forma prioritaria a los jóvenes que ni estudian ni trabajan con educación inconclusa.

El mecanismo para el cumplimiento de esos objetivos será la creación de un organismo coordinador de las responsabilidades de las Secretarías que actualmente intervienen en funciones de esta naturaleza: Trabajo y Previsión Social, Educación, Economía, Desarrollo Social, Reforma Agraria, Comunicaciones y Transportes, así como el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Imjuve, organismo encargado de las políticas para la juventud, y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para atender los requerimientos financieros.

La creación de ese Consejo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación Laboral y el Empleo para la Juventud, que se propone, no debe implicar la utilización de recursos adicionales para el cumplimiento de su función, sino que ésta debe considerarse parte de las correspondientes a cada dependencia. Su funcionamiento adecuado requiere de un secretariado ejecutivo, para el cumplimiento específico de las tareas relacionadas con la coordinación, programación, seguimiento e informes de evaluación de las acciones, el cual deberá estar constituido por una de las áreas de la dependencia responsable, que debe ser la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Para contribuir al desempeño de las tareas de planeación y formulación de políticas que le competen al consejo y para promover la participación ciudadana, se constituirá un foro consultivo del consejo, al que concurran, según los temas a considerar, autoridades locales, representantes de los legislativos federal y estatales, de instituciones públicas de educación superior e investigación científica, y de los sectores social y privado.

La coordinación de acciones y programas significará en sí la creación de un Programa Nacional para Promover la Educación, la Capacitación Laboral y el Empleo para la Juventud, con el carácter de un programa especial de vigencia anual, encuadrado dentro del programa sexenal correspondiente del Plan Nacional de Desarrollo.

Asimismo, la conjunción de recursos para mejorar la capacitación y entrenamiento para el trabajo, y la creación de nuevos empleos, necesariamente en un volumen considerablemente mayor al destinado actualmente, requiere la consideración del Fondo de fomento correspondiente, el cual más que un mecanismo único debe considerarse como un dispositivo presupuestario y contable para la aplicación del Programa mediante la asignación de los recursos para su cumplimiento, su registro consolidado, y la formulación de los informes correspondientes para su evaluación por las instancias correspondientes.

El programa especificaría las acciones correspondientes a cada dependencia y el fondo los recursos para su financiamiento en sus diferentes vertientes: becas en el sistema educativo, de capacitación y entrenamiento; apoyo a empresas (preferentemente cooperativas), Mpymes, microcréditos, programas especiales, programas de capacitación especiales, en las empresas y co-financiamiento, y programas especiales para los ninis.

La creación de ese Fondo Nacional será una manera de optimizar recursos, mediante la suma de los recursos públicos existentes para los objetivos planteados y que además podría fortalecerse con otras medidas, como la planteada hace meses por el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, que contempla que se capten recursos para programa sociales por la reducción, entre otras, del 50% en las percepciones de los altos mandos de la Administración Pública. Además de incorporar la participación de la sociedad civil para la obtención de fondos internacionales que sea posible incluir, como los que actualmente cuenta el Banco Interamericano de Desarrollo para apoyo de la educación y el entrenamiento laboral, así como para la promoción de la educación y el empleo de jóvenes de entre 14 y 29 años.

Se subraya lo de educación y empleo porque es interés central de la presente iniciativa, y esto va además de acuerdo con nuestro marco constitucional, dar un trato preferencial especial a los niños y adolescentes, tomando nota de la prohibición expresa del artículo 123 acerca del trabajo de menores de 14 años y la regulación y condicionamiento del trabajo de mayores de 14 años y menores de 16. Se trata pues, de proteger especialmente la educación, el desarrollo, la salud y la vida de los menores en cuanto trabajadores dentro de los límites que la ley permite pero más que eso, adoptar como principio de que lo deseable es que el menor no labore sino antes bien procurarle el marco adecuado para su formación y educación. Reglas que garanticen la subsistencia, la instrucción, la protección de la integridad y la preparación profesional de los menores, asuntos que no pueden depender, exclusivamente, del derecho del trabajo.

Hecha esta consideración, y ya en específico sobre la promoción de oportunidades para nuestros jóvenes, es indispensable crear condiciones para la creación de empleos. Y una de las formas de aumentar el empleo es mediante el incentivo a las empresas y mediante la reorientación del gasto público. Para ello, el Grupo Parlamentario del PT ha hecho varias propuestas, que son entre otras: la utilización de los fondos y fideicomisos de Estabilización Presupuestaria y de Infraestructura, para implementar un agresivo programa de gasto público social y productivo; así como facilitar la inversión productiva en el sector privado, en particular aquella que genere mayor creación de empleos. Concretamente se ha propuesto, como una forma de incentivar la creación de empleos, derogar el impuesto empresarial a tasa única.

La estimación del costo e impacto presupuestal del proyecto debe tomar en cuenta las asignaciones de los programas actuales con objetivos similares y los planteamientos realizados. Necesariamente debe implicar un múltiplo de las asignaciones actuales, tanto en los programas de educación media superior tecnológica terminal, de capacitación para el trabajo, de capacitación en la empresa y de fomento a la creación de empresas y fortalecimiento de las existentes, considerando un fuerte impulso al sector cooperativo.

El recurso más valioso de México no es el material sino su población joven. Y que por eso es importante apoyar a los jóvenes para que generen un proyecto de vida viable, e involucrar en la tarea a autoridades, empresarios y organizaciones de la sociedad civil para asegurar la inserción del sector juventud en el desarrollo del país.

Esta respuesta no puede ser otra que una alianza estratégica y productiva entre el gobierno federal, la sociedad civil y las empresas privadas mediante una reorientación y mejor aprovechamiento de los recursos existentes para hacerlos coincidir más eficazmente en la tarea de crear una sociedad más justa y un país más preparado.

Por lo expuesto y fundado, se propone el siguiente proyecto de

Decreto

Primero. Se expide la Ley para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud, como sigue:

Ley para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud

Capítulo IDe los Objetivos y Ámbitos de la Ley

Artículo 1. La presente Ley es de observancia general en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.

Artículo 2. El objetivo de esta Ley es generar condiciones adecuadas para el empleo de los jóvenes, como actividad prioritaria del Estado.

Artículo 3. Las acciones del gobierno federal dirigidas a cumplir con este objetivo, adoptarán como ejes principales: el aumento de las oportunidades y el apoyo suficiente para el acceso y permanencia de los jóvenes en el sistema educativo; el soporte al establecimiento de nuevas unidades económicas; la capacitación y el entrenamiento para el trabajo, incluyendo el autoempleo; especialmente entre la población de entre 14 y 29 años desocupada, que no estudia ni trabaja; y el apoyo prioritario a aquella con educación básica inconclusa.

Artículo 4. Para los efectos de esta Ley se entiende por:

Consejo: El Consejo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud.

Dependencias: Las dependencias de la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo federal para el despacho de los negocios del orden administrativo instituidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Entidades: Las entidades de la administración pública paraestatal del Poder Ejecutivo federal instituidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Fondo: El Fondo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud.

Foro Consultivo: El Foro Consultivo del Consejo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud.

Ley: La Ley para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud.

Programa: El Programa Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud.

Secretariado Ejecutivo: El Secretariado Ejecutivo del Consejo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud.

Unidades económicas: Las entidades productoras de bienes y servicios que realizan actividades de fabricación, comercialización o prestación de servicios, que se llevan a cabo en establecimientos, que pueden ser domiciliarios o domésticos.

Artículo 5. La presente Ley tiene los siguientes objetivos específicos:

I. Implementar una estrategia de coordinación a nivel nacional, que contribuya a disminuir la deserción y aumentar el aprovechamiento escolar, ampliando la entrega coordinada y articulada de becas a estudiantes en edad escolar para culminar su educación básica, así como en los niveles medio superior y de licenciatura, para los objetivos de esta Ley;

II. Incorporar en esos niveles educativos programas especiales para la capacitación y el entrenamiento para el trabajo, incluyendo el autoempleo, como componente básico de las políticas de empleo;

III. Establecer las bases generales de coordinación sectorial institucional, para la creación de nuevas unidades económicas que sean fuente de empleo; integrar a la población de jóvenes, especialmente a los que no estudian ni trabajan, en actividades productivas, mediante programas de capacitación y entrenamiento, los existentes y los que fuera necesario crear, así como oportunidades de desarrollo reales;

IV. Promover el desarrollo de políticas tendientes a incrementar el número de apoyos para la creación de empleos, así como para el estudio, la capacitación para el empleo y el entrenamiento para el autoempleo, coordinando y unificando todas las políticas y programas existentes al respecto;

V. Crear el Consejo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud, con funciones de coordinación intersecretarial, para las tareas de planeación, definición, dirección y seguimiento de una política laboral integral, con especial atención a la población juvenil y a la que no estudia ni trabaja;

VI. Establecer un Foro Consultivo del Consejo, en el que participen autoridades gubernamentales de los tres niveles de gobierno y legisladores federales y estatales, representantes de instituciones públicas de educación superior e investigación científica, y de los sectores social y privado;

VII. Crear el Secretariado Ejecutivo del Consejo, como instancia operativa y ubicada en el área correspondiente de la dependencia responsable;

VIII. Elaborar anualmente el Programa para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud, con base en el programa sectorial correspondiente del Plan Nacional de Desarrollo;

IX. Crear el Fondo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud, que sume los recursos públicos existentes para ese efecto y aquellos otros que sea posible obtener de programas de austeridad y racionalización por parte del gobierno, así como aquellos fondos internacionales que sea posible incluir en apoyo a la promoción del empleo, la capacitación para el trabajo y el entrenamiento para el autoempleo de jóvenes de entre 14 y 29 años;

X. Promover la regularización de las relaciones laborales, desalentando las prácticas evasoras y propiciando el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales para el trabajo.

Capítulo IIDel Consejo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud

Artículo 6. Será responsable de la aplicación de esta ley la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Artículo 7. El Ejecutivo federal establecerá un Consejo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud, el cual funcionará bajo la presidencia del titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. El Consejo como ente de planeación y dirección estratégica estará integrado por los titulares de las Secretarías de Economía, Educación, Comunicaciones y Transportes, Desarrollo Social y Reforma Agraria, Hacienda y Crédito Público, del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto Mexicano de la Juventud.

Artículo 8. El Consejo sesionará de manera ordinaria por lo menos una vez cada 3 meses, para asegurar una fluida información, la adopción de criterios comunes y una adecuada ejecución de las medidas que tengan que ver con una política de empleo juvenil de Estado.

Artículo 9. El Consejo podrá sesionar de manera extraordinaria las veces que sea necesario a convocatoria de su presidente. Las sesiones extraordinarias podrán ser solicitadas por algunos de sus integrantes, siempre y cuando el tema del asunto a tratar sea de urgente resolución, debido a la importancia que para la economía nacional represente, tal como los efectos adversos de una crisis económica o financiera sobre algún sector productivo, que afecte al empleo.

Artículo 10. En los casos en que las deliberaciones del Consejo se refieran de manera sustantiva a cuestiones que competen a otras dependencias, su presidente podrá invitar a éstas a hacerse representar en las reuniones que correspondan.

Artículo 11. Para contribuir al desempeño de las tareas de planeación y formulación de políticas que le competen al Consejo y para promover la participación ciudadana, se constituirá un Foro Consultivo, al que concurran, según los temas a considerar, autoridades locales, representantes de los legislativos federal y estatales, de instituciones públicas de educación superior e investigación científica, y de los sectores social y privado.

Artículo 12. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá asegurar la participación dentro del Consejo, con funciones de consultoría, de empresarios, universidades, trabajadores y representantes de la sociedad civil.

Artículo 13. Será función central del Consejo elaborar y aprobar el Programa para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, así como determinar los criterios generales de integración y consolidación del Fondo para la disposición de los recursos necesarios para su realización, agrupando en este eje de financiamiento a los fondos e instrumentos federales de correspondientes a los objetivos del Programa, así como determinar su destino, distribución y formas de utilización, cuya ejecución será responsabilidad de las dependencias correspondientes.

Artículo 14. Serán facultades del Consejo:

I. Proponer al Ejecutivo políticas educativas específicas para la incorporación o reincorporación a la educación formal escolarizada de jóvenes que han abandonado sus estudios, especialmente aquellos que se encuentran desocupados.

II. Establecer un subsistema de becas especiales para esos jóvenes, específicamente los que tenían un buen desempeño educativo y han dejado de estudiar por condiciones de pobreza. Ampliar el sistema de becas para la educación media superior tecnológica de carácter o posibilidades terminales, así como al nivel superior, y vincularlas a las posibilidades de empleo.

III. Ampliar el acceso a las instituciones de educación media superior tecnológica, además del sistema escolarizado, mediante la impartición de cursos sobre materias y temas específicos de capacitación para el trabajo, de corta duración, vinculados con los requerimientos del mercado de trabajo o las organizaciones empresariales.

IV. Proponer al Ejecutivo políticas públicas de fomento al empleo, estímulos fiscales, subsidios, exenciones y cualquier otro medio para apoyar y promover el empleo; y en específico aquellos para promover la micro, pequeña y mediana empresas, así como diversas modalidades asociativas del sector social como cooperativas de producción, programas de propiedad en participación, empresas juveniles y familiares, y sociedades de propiedad de los trabajadores;

V. Emitir recomendaciones al Ejecutivo, previo estudio de factibilidad, para determinar los sectores sociales y económicos a los que habrán de canalizarse los recursos del Fondo. Asegurando, asimismo, la asistencia técnica y administrativa; la formación y reconversión profesional; capacitación en gestión y asesoramiento empresarial; y asesoría para facilitar el acceso al crédito;

VI. Definir las reglas de operación de los programas y proyectos que se establezcan para el cumplimiento de esta Ley;

VII. Promover que las dependencias integrantes del Consejo se coordinen en su operación; concertar los lineamientos para el funcionamiento de cada uno de los ejes del Programa y promover la coordinación de otras políticas públicas relacionadas con los objetivos que establece esta Ley;

VIII. Definir la información, los mecanismos e indicadores de gestión, y verificar la congruencia de la información que se publique sobre el desempeño del Programa, así como la correspondiente para la supervisión y vigilancia;

IX. Aprobar el informe anual de actividades que presente el Secretario Ejecutivo y evaluar los resultados y los impactos de la instrumentación del Programa;

X. Aprobar el Reglamento Interior del Consejo, a propuesta del Secretario Ejecutivo; y

XI. Las demás que le confieran esta Ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 15. El Consejo establecerá, dentro del Programa, las funciones, objetivos compartidos y responsabilidades específicas de cada una de las dependencias y entidades participantes.

Artículo 16. Los acuerdos del Consejo serán de cumplimiento obligatorio para las dependencias e instituciones que lo integran, siempre y cuando no contravengan a lo establecido en otros ordenamientos jurídicos de mayor jerarquía.

Capítulo IIIDel Secretariado Ejecutivo y el Fondo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud

Artículo 17. El Secretariado Ejecutivo del Consejo será la instancia que prepare la información programática, instrumente y ejecute las acciones propias, de seguimiento a las de responsabilidad de las dependencias integrantes y prepare los informes para la evaluación de los acuerdos del Consejo.

Artículo 18. El Secretariado Ejecutivo estará constituido por la Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y por ende estará a cargo de un Secretario Ejecutivo que será el titular de esa área o en su caso un funcionario de la misma designado por el propio presidente del Consejo.

Artículo 19. Serán funciones del Secretario Ejecutivo:

I. Atender a las instrucciones del Consejo y su presidente;

II. Participar en las sesiones del Consejo con voz y sin voto;

III. Elaborar las minutas de las mismas y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones adoptados;

IV. Elaborar el Proyecto de Programa y constituir un acervo y registro de programas y proyectos, en que los que participen las dependencias del Consejo, especificando aquellos con participación de más de una dependencia y/o fondos e instrumentos federales de financiamiento;

V. Elaborar el Proyecto de Integración y Distribución del Fondo, así como analizar y emitir opinión al Consejo, respecto de los estándares de financiamiento a las actividades y sectores apoyados;

VI. Reforzar la capacidad de los servicios públicos de empleo para adecuar la prospección de la demanda de trabajadores según requerimientos por tipo de actividad laboral a la oferta de fuerza de trabajo según capacidades laborales, considerando los objetivos del Programa;

VII. Establecer servicios profesionales de orientación vocacional, así como de asesoramiento y apoyo para la búsqueda de empleo y el autoempleo, específicos para la población objetivo del Programa;

VIII. Proponer y en su caso dar seguimiento a los acuerdos que emita el Consejo e informar sobre los mismos, así como sobre su instrumentación;

IX. Elaborar y someter a acuerdo del Consejo, el Reglamento Interior del mismo, así como las modificaciones que, en su caso, requiera;

X. Elaborar el informe anual y someterlo al Consejo, para su aprobación, incluyendo las actividades realizadas por las dependencias del Consejo y el destino de los recursos del Fondo;

XI. Las que le delegue el Consejo; y

XII. Las demás que le confiera esta ley, el Reglamento Interior del Consejo.

Capítulo IVDe la Inversión Pública para la Promoción de la Educación y el Empleo

Artículo 20. Para apuntalar el cumplimiento de los objetivos y las medidas específicas que contempla la presente ley, se promoverá que el Ejecutivo federal instrumente acciones dirigidas a:

I. Implementar un amplio programa de gasto público social y productivo en apoyo del empleo, para la realización de acciones de ejecución en el corto plazo y en un extenso ámbito geográfico, con objeto de mejorar la situación coyuntural de determinados sectores económicos estratégicos y acometer proyectos con alto impacto en la creación de empleos.

II. Aumentar la inversión pública en el ámbito local mediante el financiamiento de nuevas obras de ejecución en el corto plazo. Establecer la obligatoriedad para los proyectos de inversión pública federal y promoverlo para la estatal y municipal, que incluyan oportunidades de empleo entre el sector poblacional comprendido entre los 16 y los 29 años;

III. Específicamente, con esta medida el gobierno federal tratará de favorecer aquellas inversiones que contribuyan a dinamizar a corto plazo la actividad económica, incidiendo directamente en la creación de empleos, al tiempo que reforzar la capitalización de los municipios.

IV. Establecer las bases de integración y coordinación intersecretarial del Fondo Nacional para la Promoción de la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud.

Artículo 21. El Fondo estará constituido por todos los recursos públicos presupuestarios actualmente asignados a los programas y proyectos directamente relacionados con los objetivos y actividades de educación, capacitación y entrenamiento para el trabajo; la generación y conservación de plazas laborales; así como los destinados a la promoción, fomento y financiamiento de unidades productivas en los ámbitos urbano y rural. A estos recursos se agregarán los provenientes de la reasignación de recursos presupuestarios, de convenios realizados con entidades nacionales e internacionales, y donaciones y apoyos de similar naturaleza y origen.

Artículo 22. El Ejecutivo federal establecerá las previsiones que se designen en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, necesarias para la instrumentación del Programa, para lo cual el Consejo formulará el presupuesto correspondiente, el cual contemplará los programas y proyectos de las dependencias relacionados con las materias de esta Ley.

Artículo 23. Las asignaciones presupuestales anuales para la ejecución del Programa serán integradas a los Proyectos de Decreto y al Presupuesto de Egresos de la Federación, por dependencia y programa, para su ejecución bajo la responsabilidad de la dependencia integrante del Consejo que corresponda, o en su caso de otras dependencias y entidades que sean incorporadas al Programa por acuerdo del Consejo y del Ejecutivo federal.

Artículo 24. A partir del registro de los ejercicios presupuestarios correspondientes, el Secretario Ejecutivo será el responsable de efectuar el registro consolidado del Programa, especificando objetivos, metas, indicadores y cumplimiento, así como la situación financiera del Fondo, y de preparar los informes correspondientes que se especifican en esta Ley.

Artículo 25. En materia de rendición de cuentas, el Secretario Ejecutivo deberá preparar, cada año, los informes siguientes:

A) Para su aprobación por el Consejo:

I. A más tardar el 1 de marzo, un análisis sobre las previsiones, escenarios y variables económicas y sociales, relacionadas con el Programa;

II. A más tardar el 1 de julio, el anteproyecto de la estructura programática que utilizará el Programa para el ejercicio siguiente;

III. A más tardar el 1 de agosto, el anteproyecto de presupuesto general y la propuesta de los recursos públicos que en su caso requieran las dependencias para cumplir sus planes y programas relacionados con esta Ley;

B) Al Ejecutivo federal y al Congreso de la Unión:

I. Durante el mes de enero, informe general sobre las actividades realizadas en el ejercicio anterior por las dependencias integrantes del Programa, autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación;

II. A más tardar el 30 de mayo, un informe sobre los avances de los programas y proyectos realizados y su financiamiento;

III. A más tardar el 30 de mayo de cada año, un informe sobre los avances del programa multianual, que se establezca en el programa sectorial correspondiente del Plan Nacional de Desarrollo;

IV. A más tardar el 30 de noviembre de cada año, una exposición sobre las políticas de a seguir por el Programa en el ejercicio siguiente, por las dependencias y por los fondos e instrumentos federales de financiamiento integrantes del Programa;

V. Informes trimestrales, por vertiente, sobre la ejecución de las políticas, programas y, en general, sobre las actividades de las entidades del Programa en el periodo del que se informa, relacionado con la situación económica nacional e internacional, los cuales deberán presentarse 30 días después del término de cada trimestre.

Artículo 26. Independientemente de la fiscalización a que deberá estar sujeto a través de los órganos, instrumentos y procedimientos propios del Sistema de Control y Evaluación Gubernamental, el Programa y el Fondo serán supervisados por el Congreso de la Unión, a quien se dará vista de los informes rendidos, y que podrá apoyarse en la Auditoría Superior de la Federación, quien a su vez podrá emitir observaciones y recomendaciones anualmente, en los términos de la Ley que la rige.

Capítulo VDel Apoyo a la Creación de Nuevas Empresas y la Reconversión de Actividades Informales

Artículo 27. Se establecerá dentro del Consejo y el Programa, un mecanismo de coordinación intersecretarial para mejorar la gestión económica y la productividad de las empresas, para fomentar y estimular nuevas iniciativas generadoras de empleo y para apoyar la reconversión productiva de actividades informales.

Artículo 28. Los objetivos específicos de este mecanismo serán:

I. Propiciar la elevación de los niveles de utilización de la capacidad instalada de los diferentes sectores productivos, mediante políticas públicas de promoción del crecimiento económico, desarrollando una asociación más estrecha entre la capacitación y formación de fuerza laboral y los empleadores;

II. Proponer incentivos y otorgamiento de estímulos para la generación de empleos y facilitar la inversión productiva en el sector privado, en particular la que genere mayor creación de empleos;

III. Promover el financiamiento de programas y proyectos de ejecución en el corto plazo, en el ámbito de determinados sectores productivos estratégicos, para el desarrollo de proyectos con alto impacto en el mantenimiento y creación de empleos.

Artículo 29. Para el impulso a la creación de empleos remunerados, y específicamente la reconversión de actividades informales, se promoverá la creación de pequeñas empresas y el autoempleo, especialmente mediante las siguientes medidas:

I. Alentar a jóvenes desempleados y con educación inconclusa a crear sus propias microempresas, industrias familiares o cooperativas, mediante programas de entrenamiento para el autoempleo;

II. Promover el otorgamiento de financiamiento oficial, la apertura de líneas de crédito y los microcréditos para el establecimiento de esas nuevas unidades económicas;

III. Extender los apoyos de manera preferente a mujeres comprendidas entre las edades mencionadas jefas de hogar, que permita al menos igualar las condiciones para que la mujer acceda al mundo del trabajo. Sobre todo ahora que existe este fenómeno de la feminización de la pobreza, donde la mujer sin duda es la más vulnerable del sistema.

Capítulo VIDe los Programas de Educación y de Capacitación Laboral

Artículo 30.

Artículo 31. Las modalidades de capacitación para el empleo y de entrenamiento para el autoempleo previstas en esta ley habrán de ser promovidas sin detrimento de lo que expresamente específica y sustenta al respecto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 32. Los programas de educación, capacitación y entrenamiento, se diseñarán e implantarán considerando a las características específicas de los diferentes grupos de edad de la juventud, atendiendo a los siguientes criterios:

I. Para el caso de los jóvenes de 14 a 16 años se estará en todo conforme a lo observado en los artículos 22 y 23 de la Ley Federal del Trabajo, mediante programas de becas para su reinserción en la educación formal, o bien mediante programas de capacitación en oficios y eventualmente para el empleo formal y el autoempleo. Se establecerán becas para programas de formación en escuelas taller y en empresas con compromiso de contratación;

II. Para el caso de los jóvenes de mayores de 16 a 23 años, se establecerán programas especiales de inserción al mercado laboral mediante la capacitación para el empleo, en escuelas-taller, en establecimientos con colaboración de los empleadores y el entrenamiento para el autoempleo;

III. Para el caso de los jóvenes de mayores de 24 a 29 años, se formularán programas de capacitación para el empleo y entrenamiento para el autoempleo, además de oportunidades de seguridad social para sus familias, en particular para aquellos que ya son padres o madres de familia.

Artículo 33. Los programas de capacitación para el empleo deberán contemplar, entre otras medidas:

I. Una absoluta coordinación entre las necesidades del mercado y la oferta de capacitación ofrecida;

II. La actualización y reconversión profesional hacia ocupaciones de expansión más dinámica;

III. La orientación y formación profesional;

IV. La asistencia en caso de movilidad geográfica.

Artículo 34. Los programas de capacitación y de entrenamiento deberán atender el tipo de actividad laboral que las personas puedan desempeñar, según sus aptitudes y su calificación, y deberán contemplar, entre otros aspectos, los siguientes:

I. Generar personal capacitado y apto para el empleo inmediato sin requerir de grandes inversiones o altos costos tanto en recursos como en tiempo. Aprovechar las instalaciones de las instituciones existentes y otorgar becas y subvenciones para la capacitación;

II. Impulsar la idea de autoempleo y potenciar la capacidad emprendedora de los trabajadores que muestren un perfil adecuado, para su establecimiento como trabajador autónomo;

III. Facilitar el establecimiento de unidades económicas por cuenta propia, mediante la creación de industrias familiares, comercios y empresas cooperativas, mediante apoyos financieros, créditos y asistencia técnica;

IV. Promoción preferente de la labor de las mujeres jefas de familia y las personas discapacitadas.

Artículo 35. Los programas de entrenamiento empresarial para el autoempleo deberán contemplar, entre otras medidas:

I. La asesoría en elaboración y ejecución de estudios de mercado;

II. Orientación práctica sobre las necesidades y oportunidades del mercado;

III. Estudios de factibilidad y capacitación sobre la Ley de Sociedades Cooperativas;

IV. Asistencia técnica y financiera para iniciar pequeñas empresas.

Capítulo VIIDe la Promoción y Defensa del Empleo para Jóvenes

Artículo 36. Los contratos de trabajo que se celebren en el marco de la presente Ley no se limitarán temporalmente ni tendrán como objetivo la práctica-aprendizaje o la capacitación inicial, sino que tenderán a fomentar el empleo permanente con todas las características que determina la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 37. Se habrá de garantizar siempre las condiciones que establece el artículo 22 de la Ley Federal del Trabajo por cuanto se refiere a los menores de 14 a 16 años que no hayan terminado su educación obligatoria, propiciando que la culminen, así como en su caso las condiciones para su eventual contratación establecidas en el artículo 23 de la misma Ley, así como en general todas las disposiciones para la protección del trabajo de los menores establecidas en dicho ordenamiento.

Artículo 38. Se habrá de garantizar siempre el principio de igualdad de trato entre los trabajadores de 16 a 29 años y los de edades mayores, debiendo ser los salarios, las condiciones de trabajo y las garantías para el ejercicio de sus derechos colectivos iguales para todos los trabajadores de la misma actividad y categoría de la empresa o establecimiento.

Capítulo VIIIDe los Programas de Emergencia Ocupacional

Artículo 39. El Consejo podrá declarar la emergencia ocupacional de sectores productivos o regiones geográficas en atención a catástrofes naturales o por razones económicas.

Artículo 40. Para efectos del artículo anterior se establece que:

I. La declaración de la emergencia ocupacional podrá ser requerida por la autoridad local competente;

II. Las causales de emergencia ocupacional mencionadas serán consideradas en cuanto tengan repercusión en los niveles de desocupación y subocupación de la zona afectada o cuando superen los promedios históricos locales;

III. Una vez declarada la emergencia definir los programas adecuados para hacerle frente.

Artículo 41. Los programas de emergencia ocupacional consistirán en acciones tendientes a generar empleo masivo por un período determinado a través de contratación directa de la Federación para la ejecución de obras o prestación de servicios públicos y de utilidad social, o intensivos en mano de obra.

Artículo 42. Los programas de emergencia ocupacional se ejecutarán en las zonas de emergencia más densamente pobladas dentro de la zona declarada en emergencia ocupacional y sus beneficiarios serán los residentes en las áreas más próximas a la ejecución de las obras, dándoles prioridad a los trabajadores desocupados padres de familia de entre 16 y 29 años.

Artículo 43. Se sujetarán a lo dispuesto en esta Ley y las disposiciones laborales aplicables, las contrataciones de trabajadores que se efectúen a partir de esos programas de emergencia ocupacional.

Transitorios

Primero. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Consejo Nacional para la Promoción de la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud deberá quedar instalado a más tardar 30 días después de la entrada en vigor de la presente Ley.

Tercero. El Programa Nacional para la Promoción de la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud deberá elaborarse con un horizonte hasta el fin del sexenio y específicamente para el siguiente año a partir de la entrada en vigor de esta Ley, hasta la siguiente promulgación del Plan Nacional de Desarrollo que contenga el Programa Sectorial correspondiente.

Cuarto. El Consejo Nacional para la Promoción de la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud deberá integrar el registro presupuestario para efectos del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a partir del primer año de vigencia del Programa.

Quinto. Son válidas todas las disposiciones de otorgamiento de becas de carácter educativo y para la capacitación laboral, las medidas de fomento del empleo y las de financiamiento oficial a las unidades económicas, en lo que no se opongan a la presente Ley.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, por la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 23 de septiembre de 2010.— Diputados: Ifigenia Martha Martínez y Hernández, Samuel Herrera Chávez (rúbricas).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Juventud y Deporte con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra el diputado Agustín Torres Ibarrola, del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente.

El diputado Agustín Torres Ibarrola:Con su venia, diputado presidente. Muy buenas tardes, diputadas y diputados. Vengo a presentar una iniciativa para crear en nuestro país lo que se conoce en otras partes del mundo como etiqueta ecológica.

La evolución del hombre y los avances en la tecnología nos han permitido cada vez más disfrutar de una vida más cómoda, más fácil, con comunicaciones más aceleradas y en fin, con una serie de lujos que antes no se tenían en la humanidad.

Pero esa evolución y esos lujos y esas ventajas que hoy tenemos han generado también un daño a nuestro medio ambiente, han ocasionado, entre otras cosas, el fenómeno que hoy conocemos como cambio climático.

Es por eso que vengo el día de hoy a presentar una iniciativa que busca crear una política pública innovadora que genere incentivos para las empresas y ésta es una política que se conoce como etiqueta ecológica.

El primer país que la implementó en 1977 fue Alemania, se llamaba Ángel azul y fue una medida para complementar la legislación medioambiental y dar respuesta a una creciente búsqueda de productos de bajo impacto en el ambiente por parte de los consumidores.

En 1992, en la Conferencia de Río se aprobó la Agenda XXI, que destaca la importancia de que los gobiernos alienten la difusión de una etiqueta ecológica con el objeto de que los consumidores puedan hacer una selección de productos fundamentada no solamente en la calidad y en los precios sino también en un aspecto ambiental.

En 1994 surgió la red de etiquetado ecológico, que es una red no lucrativa, que agrupa en la actualidad a 26 organismos que representan 21 programas de etiquetado ecológico distinto.

En la Unión Europea existe también este sistema de etiqueta ecológica que es denominada como flor europea o margarita europea, y que funciona de la misma manera que en el resto de los países.

Argentina, Singapur, China, España, otros países también han hecho realidad sistemas exitosos de etiquetado a través de comités consultivos integrados por representantes de la industria, el comercio, las asociaciones de consumidores, ambientalistas y han logrado así una regulación ecológica de la producción de productos agropecuarios orgánicos industriales e incluso algunos servicios.

México genera anualmente alrededor de 38 mil 325 toneladas de residuos sólidos urbanos. Esto nos habla no sólo de un problema serio de manejo de residuos sino de la necesidad que existe por producir materiales más amables con nuestro entorno, así como la necesidad de un compromiso por parte de la industria.

México no puede ser la excepción. Este mecanismo es un mecanismo novedoso porque cambia el tradicional principio de que el que contamina paga, por un principio de que quien no contamina cobra. Por qué, porque el consumidor va a poder pagar un precio mayor. El que prefiera un producto que no dañe al ambiente va a poder pagar un precio mayor que el que causa un daño mayor al medio ambiente.

Entonces aquellos productores que estén dispuestos a adoptar medidas más seguras para el medio ambiente y a migrar a prácticas más limpias serán compensados por el mercado a través del incremento en la demanda de sus productos y servicios, pues sus potenciales clientes tendrán mejor información para decidir.

Como muchos de ustedes saben, la situación ambiental en la actualidad exige que se tomen medidas inmediatas, que se apliquen nuevas políticas ecológicas para mejorar la vida del ser humano y su convivencia con la naturaleza.

Es fundamental pues que actuemos para mejorar el medio ambiente y para que mitiguemos los estragos del cambio climático. Es hoy y es ahora cuando debemos adoptar medidas que contribuyan al mejoramiento de nuestro entorno. Muchas gracias, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Agustín Torres Ibarrola, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Agustín Torres Ibarrola, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política; y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a su consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma la denominación de la sección IX del capítulo IV del título primero; y adiciona los artículos 42, 43 y 43 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El continuo desarrollo de la humanidad ha traído consigo cambios trascendentales en la vida de los seres humanos, así como en el ambiente, la gran evolución tecnológica e industrial ha causado grandes transformaciones en la naturaleza.

Hay gran preocupación por la protección de la naturaleza porque si bien el avance tecnológico e industrial ha contribuido al desarrollo de la humanidad, también ha generado una ruptura del equilibrio entre el hombre y su entorno natural.

En las últimas décadas ha surgido mayor conciencia acerca del daño que provocamos al ambiente con las actividades productivas que desempeñamos. Temas como el efecto invernadero, el deterioro de la capa de ozono, la extinción de especies de fauna y flora, así como la acumulación de basura, son algunos de los problemas que hoy ocupan la mente del ser humano.

Esta preocupación ha impulsado la creación de tecnologías productivas más limpias y de políticas enfocadas en encontrar las soluciones a los problemas que aquejan al ambiente.

Según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en 2009, la cifra de generación de residuos sólidos urbanos presentaba un alcance de 38 mil 325 toneladas. El aumento de la densidad demográfica tiene como consecuencia daños al ambiente, entre más individuos somos más desechos generamos.

En concordancia con la política ambiental que el gobierno federal ha planteado, respecto a la necesidad de proteger nuestro entorno ambiental, debemos ofrecer una planeación en aras del desarrollo sustentable que garantice la protección del derecho de vivir en un ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 4o.

Es de significativa importancia evitar que se sigan desarrollando productos que laceren al ser humano y el ambiente. Asimismo, es preciso incentivar a las empresas a producir de forma menos nociva y a actuar de manera responsable con el ambiente.

La situación ambiental en la actualidad exige que se tomen medidas inmediatas, que se apliquen nuevas políticas ecológicas para mejorar la vida del ser humano y su convivencia con la naturaleza. Los gobiernos en el mundo han regulado e incentivado un uso más racional de los recursos naturales y de los elementos causantes de su deterioro.

Las medidas adoptadas no se han limitado a un nivel nacional o local, sino que las acciones han sido complementadas con las que han surgido de la cooperación internacional. Dada la naturaleza global de algunos de los problemas, tales como el cambio climático, se ha hecho necesario buscar soluciones globales.

Entre las medidas que se han propuesto para salvaguardar el ambiente en el mundo, se creó un sistema de etiquetado ecológico que consiste en autorizar a algunos productos el uso de un logotipo (etiqueta ecológica), que certifica que cumple con ciertos criterios que le hacen ser, en términos globales, menos dañinos para el entorno natural.

La finalidad de una etiqueta ecológica es la protección del entorno natural mediante un incentivo económico, favoreciendo en el mercado a aquellos productos que sean menos contaminantes sobre los que contaminan más.

El primer programa de etiquetado ecológico fue el Ángel Azul, creado en 1977 en Alemania como una medida para completar la legislación medioambiental y dar respuesta a la creciente búsqueda de productos ecológicos por los consumidores.

Asimismo, se firmaron múltiples acuerdos y convenios internacionales para complementar las políticas medioambientales basadas en instrumentos normativos, de mercado y gestión ambiental.

En la Agenda 21 aprobada en la Conferencia de Río en 1992 se destaca la necesidad de que los gobiernos alienten la difusión de una etiqueta ecológica con el objeto de que los consumidores puedan hacer una selección de productos fundamentada ecológicamente.

A principios de 1994, la Red Mundial de Etiquetado Ecológico, se encontraba en una postura defensiva ante opiniones contrarias al etiquetado ecológico, ya que se pensaba que creaba barreras al comercio y ahogaba la innovación, hoy esa idea ha sido superada, las empresas buscan cada vez más certificaciones en ambiente, ejemplo de ello son las “ecoetiquetas”, que alardean de los resultados por inversiones ambientales. Dichos distintivos son considerados como vehículos de promoción del comercio, además de ser utilizados como herramientas útiles para una adecuada competencia económica y como instrumentos de política ambiental.

En Estados Unidos hay 25 programas de etiquetado ecológico de considerable envergadura. Hay al menos 26 sistemas de certificación forestal, la mayoría de los cuales incluye un proceso de revisión de la cadena de distribución para etiquetar productos finales.

En Alemania, una asociación de consumidores ha detectado, entre otras, 7 programas de etiquetado diferentes relativas a aspectos ecológicos en los ordenadores, 12 en los productos textiles, 9 en muebles y 11 en electrodomésticos para el hogar.

En Suiza, la organización de consumidores Pusch ha creado una base de datos con 51 etiquetas ecológicas encontradas en el mercado nacional.

El Cisne Blanco, creado por el Consejo Nórdico, era aplicado en un principio a Suecia, Noruega, Finlandia e Islandia. Inicialmente, y a pesar de pertenecer al Consejo Nórdico, Dinamarca decidió quedarse fuera del programa al estar vinculado a las políticas e instrumentos ecológicos de la Unión Europea.

La Comunidad Económica Europea adoptó el 23 de marzo de 1992 el Reglamento (CEE), número 880/92 del consejo relativo a un sistema de concesión de etiqueta ecológica, válido en todo el ámbito comunitario. La etiqueta ecológica europea (también denominada la flor europea o la margarita europea), es de aplicación en los países miembros, así como en el resto de países del espacio económico europeo.

A esta política ambiental también se han sumado países como Argentina, Singapur, China, España, entre otros; países que hicieron realidad sistemas exitosos de etiquetado a través de Comités Consultivos integrados por representantes de la industria, el comercio, las asociaciones de consumidores y ambientalistas, logrando así una regulación ecológica de la producción de productos agropecuarios, orgánicos, industriales, e incluso servicios.

La preocupación social y gubernamental por el progresivo deterioro de nuestro planeta ha dado lugar a la modificación del entorno, tanto en la vida cotidiana como en los productos que consumimos.

El objetivo de la presente iniciativa es la creación de una etiqueta ecológica que distinga a un producto que demuestre que en su proceso de fabricación, comercialización y vida posterior al uso es respetuoso con el ambiente, esto con la intención de armonizar al sector de la industria con el ambiente y sean observados de manera puntual los principios del desarrollo sustentable, que constantemente son violados por las actividad económicas.

A diferencia de otras políticas para proteger al ambiente, como los impuestos ecológicos, permisos de contaminación entre otros, la etiqueta ecológica no se basa en el principio de que “el que contamina paga” sino en el de “quien no contamina cobra”, por medio de una ventaja competitiva a los productos que no contaminan.

Se busca que no sólo las empresas contribuyan con la mejora del ambiente sino que el consumidor lo haga al mismo tiempo, con su compra, ya que con la etiqueta ecológica tendrá la capacidad de valorar la calidad ecológica de los productos.

La finalidad de minimizar el impacto sobre el ambiente por medio de una etiqueta ecológica tiene en realidad un doble objetivo, por un lado promover la producción y comercialización de productos que tengan menos repercusiones ambientales durante su ciclo de vida, y por otro lado, proporcionar a los consumidores la información acerca de las repercusiones ecológicas de los productos. La etiqueta concedida debe ser entendida como una tangibilización de los atributos ecológicos del producto.

El etiquetado ecológico es reconocido a escala mundial como una idea innovadora que derivó en un sistema capaz, con programas creíbles de funcionamiento ejecutados de manera competente. Sin embargo, con el incremento del interés por la comercialización del ambiente y el uso de las etiquetas ecológicas como herramientas políticas, se presenta el binomio de la responsabilidad y la oportunidad.

Sin duda, la etiqueta ecológica es un reto para cualquier país, ya que se encuentran involucrados aspectos tanto administrativos, económicos y políticos, pero sin duda es un desafío que podemos manejar.

Debemos estar convencidos del poder de las etiquetas ecológicas para hacer una diferencia real sobre el ambiente, ya que además de facilitar la elección entre marcas en función del atributo ecológico, se incentiva a las empresas a ser ambientalmente responsables.

Las condiciones actuales del mercado también justifican la utilidad que pueden tener las etiquetas ecológicas como uno de los medios (junto al control normativo y a los códigos de autorregulación) de establecer un control a la proliferación de declaraciones medioambientales emitidas por las empresas de forma inadecuada.

Con base en lo anterior, proponemos reformar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente adicionando una sección relativa a la etiqueta ecológica para establecer que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en coordinación con la de Economía, promoverá la identificación de productos y servicios que tengan un impacto reducido al ambiente.

Dicha identificación se realizará a través de una etiqueta ecológica que será regulada a través de disposiciones contenidas en normas mexicanas que observarán los criterios mínimos que para el efecto emita el gobierno federal.

El uso del distintivo será de carácter voluntario, por lo que únicamente los que cumplan lo establecido en las normas mexicanas que se expidan al efecto podrán llevar la etiqueta ecológica.

Al establecer como voluntario el uso del distintivo, evitamos someter a todos los integrantes de los diversos sectores económicos a disposiciones que pudiesen representar costos insalvables para su adopción.

Sin embargo, considerando que los productores y prestadores de servicios que estén dispuestos a invertir para ajustar sus procesos, sustituir sustancias peligrosas por otras más seguras para el ambiente, así como migrar hacia prácticas más limpias, serán compensadas por el mercado a través del incremento en la demanda de sus productos y servicios, pues sus potenciales clientes tendrán mejor información para decidir.

Así pues, la regulación y estandarización de la información que identifica los productos y servicios con un mejor desempeño ambiental, permitirá informar de manera clara y precisa a los consumidores. De la misma manera, reducimos la posibilidad de que algunos productos ostenten libremente la característica de “ecológico” sin serlo realmente.

En ese sentido, además de obtener un beneficio ambiental a través de la adopción de prácticas y tecnologías más limpias, protegemos y orientamos a los consumidores. Es importante puntualizar que el otorgamiento de la etiqueta ecológica no eximirá a ningún producto o servicio de cumplir cualquier otra disposición regulatoria aplicable.

Asimismo, dada la naturaleza de las normas mexicanas, éstas no podrán contener especificaciones inferiores a las contenidas en las normas oficiales mexicanas (NOM) que son de observancia obligatoria.

En cuanto a las sanciones, de aprobarse la presente iniciativa, la legislación vigente nos ofrece la oportunidad de sancionar a quienes ostenten la etiqueta ecológica sin haber cumplido los requisitos para ello, pues estarían proporcionando información engañosa y describiendo sus productos con una imagen o denominación falsa, por lo que quedarían sujetos a lo establecido en los párrafos primero y segundo del artículo 32 y el artículo 122 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, haciéndose acreedores a una sanción que va de 381.30 a 1 millón 220 mil 141.12 pesos.

De manera adicional, con base en el respeto a la división de los poderes de la federación y la naturaleza de las disposiciones a las que se sujetaría el otorgamiento de la etiqueta ecológica, proponemos disposiciones transitorias que favorezcan la mejor ejecución de lo señalado en la presente iniciativa.

Así pues, proponemos que la Secretaría de Economía diseñe y difunda las características de la etiqueta ecológica, pudiendo ser ésta una leyenda, figura, holograma, símbolo o cualquier otro que permita la fácil y rápida identificación de los productos con mejor desempeño ambiental. Asimismo, a fin de favorecer la educación sobre el consumo, proponemos que esta dependencia divulgue las ventajas de los productos con impacto ambiental reducido.

En el mismo tenor y partiendo de la necesidad de establecer las disposiciones reglamentarias sobre los requisitos, solicitud, otorgamiento, vigencia, métodos de prueba, entre otros, relativos a la etiqueta ecológica, consideramos que la Secretaría de Economía y la Semarnat deberán elaborar y publicar los criterios a los que deberán sujetarse. Es importante mencionar que estos criterios en ningún caso deberán representar más cargas administrativas y económicas para el sector productivo.

Asimismo, reconocemos que múltiples aspectos técnicos no pueden ser normados a través de una ley, en especial respecto a las categorías de productos y servicios a los que no se les podrá otorgar una etiqueta ecológica, por lo que establecemos que la Semarnat, en colaboración con las dependencias y entidades federales, en colaboración con otros órdenes de gobierno, así como los sectores privado, social y académico, determinará la lista de productos y servicios a los que no se les podrá otorgar dicha etiqueta.

En materia de erogaciones, proponemos que los costos de las pruebas, evaluaciones de conformidad, certificaciones, entre otros, necesarios para obtener el distintivo deberán ser cubiertos por los solicitantes.

Por último, atendiendo el impacto presupuestario señalamos que los gastos que deba realizar la administración pública federal para dar cumplimiento a las disposiciones propuestas, se sujetarán al presupuesto propuesto por el Ejecutivo federal y aprobado por la Cámara de Diputados para el efecto.

Con base en lo expuesto y fundado, se somete a consideración de esta soberanía el presente proyecto de

Decreto que reforma la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Artículo Único.Se reforma la denominación de la sección IX del capítulo IV del título primero; y se adicionan los artículos 42, 43 y 43 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Sección IXEtiqueta Ecológica

Artículo 42. La secretaría, en coordinación con la Secretaría de Economía, promoverá la identificación de los productos y servicios que tengan un impacto reducido al ambiente.

Estos productos y servicios podrán ser identificados con una etiqueta ecológica que será regulada a través de normas mexicanas.

La etiqueta ecológica es un distintivo que identifica un producto o servicio, dentro de una categoría específica, basándose en el cumplimiento de criterios medioambientales en su proceso de producción, comercialización, vida útil y disposición final.

Artículo 43. La secretaría, en coordinación con la Secretaría de Economía, establecerá los criterios mínimos que deberán cumplir los productos y servicios que ostenten la etiqueta ecológica.

Estos criterios se establecerán con base en estudios y pruebas técnicas que consideren los últimos avances científicos y tecnológicos.

Artículo 43 Bis. La etiqueta ecológica será de utilización voluntaria y tendrá como objetivo fundamental informar a los consumidores sobre el impacto ambiental de los productos y servicios.

El otorgamiento de la etiqueta ecológica será sin perjuicio del cumplimiento de cualquier otra disposición aplicable.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Economía diseñará y difundirá las características de la etiqueta ecológica en un plazo no mayor de seis meses, contados a partir de la publicación del presente decreto.

Asimismo, diseñará una estrategia de información y sensibilización de la opinión pública sobre las ventajas de optar por productos con un impacto ambiental reducido.

Tercero. Las Secretarías de Economía, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en un plazo no mayor de seis meses, contados a partir de la publicación del presente decreto, elaborarán y publicarán los criterios relativos a la etiqueta ecológica.

La Secretaría de Economía vigilará que no se introduzcan medidas regulatorias cuya aplicación imponga más cargas administrativas y económicas al sector productivo.

Cuarto. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, previa consulta a las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como de otros órdenes de gobierno, instituciones de los sectores privado, social y académico, determinará la lista de productos y servicios a los cuales no se podrá otorgar la etiqueta ecológica por su toxicidad, peligrosidad, efecto en la salud o su naturaleza, entre otros.

Quinto. Los costos de las pruebas, evaluaciones de conformidad, certificaciones, entre otros, necesarios para llevar la etiqueta ecológica serán cubiertos por el solicitante de ésta.

Sexto. Las erogaciones que las dependencias y las entidades de la administración pública federal deban realizar para cumplir las acciones que se deriven del presente decreto se sujetarán al presupuesto propuesto por el Ejecutivo federal y aprobado por la Cámara de Diputados para este efecto en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente.

Notas:

1 Hunt, C. B.; y Auster. Proactive environmental management avoiding the toxic trap.

2 Antonio Chamorro. El etiquetado ecológico: un análisis de su utilización como instrumento de marketing.

3 EPA, 1998; OMC, 2000.

4 Umweltbundesamt, 2000; www.label-online.de, mayo de 2001.

5 www.labelinfo.ch

6 Green purchasing good practice guide. The International Council for Local Environmental Initiatives.

7 Project for the Promotion and the Diffusion of the EU Eco-Label in Italy and the Benelux, final report. Comisión Europea, Dirección General XI. Environmental Department.

Recinto legislativo de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 14 de septiembre de 2010.— Diputados: Agustín Torres Ibarrola, Ricardo Sánchez Gálvez, José Manuel Hinojosa Pérez, Sergio Arturo Torres Santos, Pedro Peralta Rivas, Martín García Avilés, José M. Torres Robledo, Laura Viviana Agundiz Pérez, Emiliano Velázquez Esquivel, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, Ernesto de Lucas Hopkins, Juan Carlos Natale López, Jesús Gerardo Cortez Mendoza, Norma Sánchez Romero, Jesús Giles Sánchez, Uriel López Paredes, Lucila del Carmen Gallegos Camarena, Alejandro Carabias Icaza, Felipe de Jesús Rangel Vargas, Carlos Luis Meillón Johnston, Juan José Cuevas García, Ramón Merino Loo, Leandro Rafael García Bringas, Oscar Martín Arce Paniagua, María de la Paz Quiñones Cornejo, María Dina Herrera Soto (rúbricas).»

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.Adelante, diputado, con qué objeto.

El diputado Ricardo Sánchez Gálvez(desde la curul): Gracias. Solamente para preguntarle al diputado Agustín Torres si me permite adherirme a esta iniciativa y a la par felicitarlo por todo el trabajo que hace por el respeto y cuidado de nuestro medio ambiente y entorno ecológico.

El diputado Agustín Torres Ibarrola:Con mucho gusto, diputado, muchas gracias.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El diputado Agustín Torres manifiesta su complacencia y le agradece.



LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA - LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION GUBERNAMENTAL - CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada Dolores de los Ángeles Nazares, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.

La diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo:Muchas gracias, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, presento la iniciativa a nombre de los diputados Mary Telma Guajardo Villarreal y del diputado Julio César Godoy Toscano, así como la de la voz. Es para regular y establecer controles judiciales a la participación de los denominados testigos protegidos, para evitar que se sigan cometiendo violaciones al principio de la presunción de inocencia establecido recientemente en nuestra Constitución. Pero reconocido por nuestro país en diversos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.

Actualmente los testigos protegidos son una figura que trae consigo una serie de abusos y que se manipula para suplir las deficiencias de la autoridad en la investigación de los delitos.

Si bien es cierto que las directrices a favor de la persecución y captura eficaz de integrantes de los grupos delictivos se encuentran previstas en la Convención de las Naciones Unidas en contra de la Delincuencia Organizada Transnacional, en México la acción de la autoridad ha actuado en sentido inverso.

La Ley Federal contra la Delincuencia Organizada le permite al Estado negociar con los delincuentes una pena, cuando su deber es perseguirlos.

Estos sujetos pueden hacerse de los siguientes privilegios y beneficios: que no se tomen en su contra los elementos de prueba que aportan a la investigación. Una reducción de la pena hasta en dos terceras partes si existe una averiguación previa en la que se encuentre involucrado. Una reducción de la pena, hasta la mitad, si existe un proceso penal en su contra o la remisión parcial de la pena.

Por tanto, la presente iniciativa propone la sustitución del término testigo protegido por el de colaborador, ya que en términos reales se trata de un colaborador que aporta elementos de hecho, que conoce y le constan por ser integrante de una organización criminal, pero además, que la información que pueda aportar se encuentre sujeta a requisitos procesales dentro de los cuales lo fundamental es que sea analizada por un juez, además de que se sigan las reglas de la declaración de los testigos que ya se encuentran establecidas en el Código Federal de Procedimientos Penales.

Para los casos de los beneficios de la reducción de la sanción o para el otorgamiento de la remisión parcial de la pena proponemos no otorgarlos, si de los datos, indicios o pruebas señalados por el colaborador no se aportan los elementos suficientes para acreditar la responsabilidad penal de una persona.

También proponemos que sea calificado como un delito grave la falsedad de declaración de un testigo protegido.

Diputado presidente, es muy breve el tiempo para hacer la exposición completa de esta iniciativa, por lo que le solicito que se integre de manera completa en el Diario de los Debates y pueda hacerse un análisis cabal y completo, a fondo, de esta figura que, como hemos observado, ha traído graves violaciones a los derechos humanos y a las garantías individuales, como lo hemos visto en el caso del michoacanazo, que es el caso más palpable. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federales contra la Delincuencia Organizada, y de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del H Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental; del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales (que regula la participación de los denominados testigos protegidos en las actuaciones penales), al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Nuestra constitución y el derecho procesal penal prohíben la acusación secreta o anónima y establece además que toda persona a quien se le impute una conducta delictiva tendrá derecho a una defensa adecuada; a que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante una sentencia; a que se le informe, desde el momento de su detención, de los hechos que se le acusa y se le faciliten todos los datos que solicite para una defensa adecuada.

Sin embargo, actualmente en México la acción del gobierno federal actúa creando privilegios y socavando el estado de derecho con el abuso de la figura de los denominados testigos protegidos. Es mediante la utilización de esta figura que en la etapa de investigación o en el propio procedimiento penal es que se le impide a la persona imputada conocer el nombre y los datos de quien le acusa, lo que conlleva a violaciones graves a las garantías individuales.

Actualmente la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada sirve como fundamento legal para la acusación secreta y anónima, no obstante de ser contraria al texto constitucional y al Código Federal de Procedimientos Penales, ya que mientras al testigo protegido se le mantienen bajo reserva sus datos e identidad, a la persona imputada se le impide el derecho de conocer la información de los hechos que se le imputan hasta el ejercicio de la acción penal, momento en el cual teóricamente se tiene acceso a la información concerniente a la declaración del testigo así como las actuaciones de la averiguación previa, lo que sin duda limita su derecho a una defensa adecuada.

Es a raíz de esta figura como se han venido a suplir las deficiencias del ministerio público al integrar las averiguaciones previas, ya que con la sola declaración de un testigo que se le denomina “protegido”, la representación social, pretende obtener una sentencia favorable a los intereses que representa, soslayando su mandato constitucional de investigar y perseguir los delitos.

“Lamentablemente, la figura de los testigos protegidos se ha hecho necesaria frente a la incapacidad de las autoridades para investigar amplias tramas de corrupción (como sucedió en Italia, en donde la corrupción gubernamental se pudo poner al descubierto gracias a “los arrepentidos”,i pentiti), o para penetrar en las complicadas organizaciones mafiosas, que con frecuencia operan con la protección de las mismas autoridades. Sin embargo, su utilización en los procedimientos penales debe estar sujeta a reglas claras, de forma que nunca ponga en entredicho la presunción de inocencia que a su favor tienen todas las personas”

Uno de los casos que demuestran los abusos en la utilización de la figura de los testigos protegidos lo podemos encontrar en el caso de la detención de diversos servidores públicos del estado de Michoacán, donde la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que a pesar de las declaraciones de los testigos protegidos ofrecidos por la subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada en el proceso penal instaurado en su contra, éstas no fueron sustentadas con otros medios de prueba o de convicción que pudieran soportar las acusaciones, así que el propio juez de distrito les haya otorgado pleno valor probatorio y con base en esas testimoniales determinar sujetarlos a un proceso penal, lo que se tradujo en una serie de violaciones a diversos instrumentos internacionales celebrados y ratificados por el estado mexicano, así como a la posibilidad de ejercitar adecuadamente su derecho a la defensa, lo cual constituyeron actos que afectaron la defensa de los agraviados.

Otra situación irregular se dio el pasado 25 de mayo de 2010, en el aeropuerto internacional de Can Cún, Quintana Roo, donde fue detenido Gregorio Sánchez Martínez, candidato a gobernador de la alianza “Todos somos Quintana Roo”. Su detención al igual que en el caso anterior, se da entre un número de irregularidades al debido proceso y principio constitucional de presunción de inocencia. El sustento de la averiguación previa tiene como base las declaraciones de “testigos protegidos”, que presumiblemente son los mismos que declararon en el caso de los servidores públicos de Michoacán.

Por tanto, se trata de una figura que trae consigo una serie de abusos y que se manipula para suplir las deficiencias en la investigación de los delitos de delincuencia organizada, ya que mediante su utilización, el ministerio público no se preocupa por el hecho de aportar elementos suficientes de prueba en contra de la persona imputada, se convierte en un simple espectador durante el proceso penal, a sabiendas de que el juzgador le dará valor legal a las pruebas que recabó su similar durante la etapa de la averiguación previa (la declaraciones de un testigo protegido), afirmando que se acreditan los elementos constitutivos del tipo penal y la probable responsabilidad, es decir, que en dichas resoluciones se les da valor jurídico a una acusación secreta.

Si bien es cierto que la protección de testigos debe ser una medida de enorme trascendencia para la investigación, porque de su eficacia depende la continuidad o el fracaso de la colaboración con la justicia, es decir, el cumplimiento de los compromisos que la autoridad contrae con el colaborador o testigo, dependerá de que los miembros de la delincuencia organizada quieran seguir colaborando eficazmente en la investigación de los delitos y persecución de otros integrantes de un grupo delictivo. Se trata de una figura riesgosa que requiere de controles judiciales, ya que el testimonio de una persona que está siendo investigada o que ya fue condenada por delitos de delincuencia organizada y que de pronto decide colaborar con la autoridad a cambio de algún beneficio, no puede esta declaración per se, servir de fundamento para condenar a alguien.

La protección de las personas que colaboran con la autoridad para investigar a sujetos que forman parte o son miembros de un grupo de delincuencia organizada se encuentra previsto en la Convención de las Naciones Unidas en contra de la Delincuencia Organizada Transnacional o Convención de Palermo, donde se prevé las medidas que debe aplicar la autoridad para garantizar la seguridad personal del colaborador y la de su familia.

Por tanto, la iniciativa que ponemos a la consideración de esta soberanía va encaminada a regular esta figura a fin de evitar violaciones a las garantías del debido proceso penal y al mismo tiempo que la autoridad pueda contar con los mecanismos suficientes para poder investigar, procesar y sancionar de manera eficaz los delitos de delincuencia organizada sin atropellar derechos fundamentales y poder brindar protección a aquellas víctimas, testigos o peritos que lo requieran dado su estado de vulnerabilidad.

En mérito de lo antes expuesto proponemos reformas y adiciones a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como al Código Penal Federal y al Código Federal de Procedimientos Penales en los siguientes términos

Sustitución del término de testigo protegido por el de colaborador y valoración de la información aportada sujeta a requisitos procesales

La negociación es una innovación en el campo del procedimiento penal en México y su antecedente más importante se ubica en el derecho anglosajón, cuya política criminal actúa a favor de la persecución y captura de miembros de la delincuencia organizada en una forma eficaz. En nuestro país la experiencia fue diferente, la acción del estado actuó a favor del delincuente creando privilegios y socavando la acción conforme a derecho. “El estado negocia cuando su deber es preservarse a través de acciones legales; el estado se convierte en un agente al que se le puede negociar una pena”

Por tanto nos encontramos con el hecho de que el estado premia por cometer delitos, ya que cuando un colaborador de la autoridad se acoge a una negociación y aporta datos incriminatorios que presumen la participación de otros sujetos en algún hecho delictivo, se convierte inmediatamente en testigo protegido y puede negociar los siguientes privilegios y beneficios:

1. Que no se le tomen en su contra los elementos de prueba que aporta a la investigación.

2. Una reducción de la pena hasta en dos terceras partes, si existe una averiguación previa en la que se encuentre involucrado.

3. Una reducción de la pena hasta en una mitad, si existe un proceso penal en su contra; o la remisión parcial de la pena.

En virtud de lo anterior, proponemos modificar la redacción del primer párrafo del artículo 35 para establecer expresamente que se trata de la aportación de elementos de “un colaborador” de la autoridad no de un testimonio, pero que esa colaboración es por parte de un integrante de un grupo delictivo organizado y por tanto debe sujetarse a reglas procesales claras.

Actualmente el artículo 35 hace referencia “al miembro de la delincuencia organizada que preste ayuda a la investigación y persecución de otros miembros de la misma”, redacción que resulta inexacta ya que se trata de un colaborador que aporta elementos de hechos que conoce y le constan por ser integrante de una organización criminal y si esos elementos resultan útiles para la investigación, entonces el colaborador se convierte en testigo y es cuando puede hacerse acreedor a los beneficios que le otorga la ley.

Por tanto, proponemos establecer controles judiciales a los beneficios a que se hacen acreedores los miembros que integran el grupo delictivo organizado que deciden colaborar con la autoridad, por lo que proponemos adicionar cuatro párrafos al propio artículo 35 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada

Así, en los casos en que exista una averiguación previa en la que el colaborador esté implicado y aporte indicios para la consignación de otros miembros del grupo delictivo y se establezca la reducción de la pena hasta en dos terceras partes como lo señala la fracción II del propio artículo 35, proponemos que sea el propio Ministerio Público de la Federación que al formular las conclusiones acusatorias deba solicitar el otorgamiento de este beneficio y sea el juez quien valore la aportación de la información, ya que es necesario que los elementos aportados culminen con la consignación de los probables responsables.

En los casos de los beneficios de la reducción de la pena hasta en una mitad o para el otorgamiento de la remisión parcial de la pena proponemos no otorgar estos beneficios, si de los datos, indicios o pruebas señalados por el colaborador no se aportan los elementos suficientes para acreditar la responsabilidad de una persona.

Asimismo, proponemos adicionar un segundo párrafo al artículo 40 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para que la valoración, por parte del juez, de las declaraciones de un testigo o colaborador, se sujete a lo dispuesto por el artículo 289 del Código Federal de Procedimientos Penales, el cual dispone:

Artículo 289. Para apreciar la declaración de un testigo el tribunal tendrá en consideración:

I. Que por su edad, capacidad e instrucción, tenga el criterio necesario para juzgar del acto;

II. Que por su probidad, la independencia de su posición y antecedentes personales, tenga completa imparcialidad;

III. Que el hecho de que se trate sea susceptible de conocerse por medio de los sentidos, y que el testigo lo conozca por sí mismo y no por inducciones ni referencias de otro;

IV. Que la declaración sea clara y precisa, sin dudas ni reticencias, ya sobre la sustancia del hecho, ya sobre sus circunstancias esenciales; y

V. Que el testigo no haya sido obligado por fuerza o miedo, ni impulsado por engaño, error o soborno. El apremio judicial no se reputará fuerza.

Consideramos que con este tipo de control judicial, se preservan las garantías del debido proceso, se valoran adecuadamente los elementos aportados por el colaborador y se reduce el margen de discrecionalidad que actualmente existe con el abuso de la figura de los testigos protegidos y se fortalecen las pruebas en los procesos penales que se sigan en contra de los miembros que integren alguna organización criminal.

Unidades de investigación integradas con personal certificado

El artículo 8 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada establece que la Procuraduría General de la República deberá contar con una unidad especializada en la investigación y persecución de delitos cometidos por miembros de la delincuencia organizada integrada por agentes del ministerio público de la Federación auxiliados por la policía judicial y peritos, actualmente a cargo de la subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, por lo que proponemos que éstos se encuentren debidamente certificados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Lo anterior con la finalidad de hacer congruente a Ley Federal contra la Delincuencia Organizada con las reformas publicadas el 18 de junio de 2008 en el Diario Oficial de la Federación las cuales disponen que los policías que realicen la función de investigación deberán estar certificados y registrados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, lo que conlleva a que cada uno de ellos deberá ejercitar sus atribuciones de manera tal que se logre el objetivo de la investigación pero con el limite de estar bajo la conducción y mando del ministerio público.

Asimismo la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública señala que los aspirantes que ingresen a las instituciones de procuración de justicia, deberán contar con el certificado y registro correspondientes, y que ninguna persona podrá ingresar o permanecer en las instituciones de procuración de justicia sin contar con el certificado y registro vigentes.

Establece además que los centros de evaluación y control de confianza de las instituciones de procuración de justicia son quienes emiten los certificados correspondientes a quienes acreditan los requisitos de ingreso. Este certificado acredita al servidor público que es apto para ingresar o permanecer en las instituciones de procuración de justicia, y que cuenta con los conocimientos, el perfil, las habilidades y las aptitudes necesarias para el desempeño de su cargo.

Este proceso es sumamente importante, ya que permite regular la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública y es la base de la carrera policial a nivel nacional, la cual permitirá que los policías del país cuenten con los conocimientos y habilidades necesarias para realizar sus funciones de manera profesional.

Asimismo, proponemos que esta unidad especializada, cuente con áreas especiales para la aplicación del Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores, así como de personal técnico de supervisión para la aplicación de dicho programa, para asegurar un alto nivel profesional de acuerdo a las atribuciones que les confiere la ley.

Creación del Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores

La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional suscrita por México el 13 de diciembre de 2000, establece en su artículo 24, párrafo 1, que los estados parte, adoptarán las medidas apropiadas para proteger de manera eficaz contra eventuales actos de represalia o intimidación a los testigos que participen en actuaciones penales y que presten testimonio sobre los delitos comprendidos en la convención, así como cuando proceda, también se otorguen a sus familiares y demás personas cercanas.

Asimismo establece que las medidas que los estados parte adopten podrán consistir, entre otras, en procedimientos para la protección física de la persona, incluida la reubicación, así como ordenar la prohibición, cuando proceda, de revelar información relativa a su identidad y paradero.

No obstante lo anterior, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada únicamente establece que la Procuraduría General de la República prestará apoyo y protección suficiente a jueces, peritos, testigos, víctimas y personas que por su intervención en un procedimiento penal se encuentren en riesgo su vida o integridad física, sin embargo, no establece qué acciones deben tomarse para otorgar los apoyos y protección mencionados, por lo que proponemos establecer en la Ley el Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores (PFPPC), al cual habrán de incorporarse las personas que rindan testimonio en contra de integrantes de alguna organización criminal o colaboren con la autoridad en su investigación.

El PFPPC es de carácter confidencial y deberá comprender los requisitos de ingreso; los niveles de protección, el tiempo de duración de la protección y derechos y obligaciones de la persona protegida, las causas de revocación y las demás características y condiciones necesarias para cumplir eficazmente con dichas medidas. Se plantea además establecer la facultad del titular de la unidad para que otorgue la autorización de incorporación al PFPPC, previo acuerdo con el titular del Ministerio Público de la Federación.

Cabe señalar que en tanto se autoriza la incorporación de una persona al PFPPC, será el agente del Ministerio Público de la Federación responsable de las investigaciones quien tomará las medidas de protección necesarias para salvaguardar su vida e integridad corporal y podrá autorizar que las medidas de protección se extiendan también a parientes por consanguinidad o afinidad, así como dependientes económicos o cualquier tercero con el que el colaborador tenga vínculos afectivos.

Asimismo y con la finalidad de que el PFPPC cumpla con proteger bienes jurídicos como son la vida y la integridad corporal de las personas que intervienen en procedimientos penales por delitos de delincuencia organizada, es necesario establecer que en los supuestos de que el Ministerio Público de la Federación en base a los elementos aportados por el colaborador y previa autorización del Procurador General de la República, podrá solicitar a la autoridad judicial federal que otorgue mecanismos de protección como el cambio de identidad del colaborador; la expedición de nuevos documentos públicos que acrediten una identidad distinta a la original; la ubicación; las medidas de protección a cargo de las instituciones de seguridad pública; las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de todas sus obligaciones mercantiles, civiles, comerciales, fiscales y administrativas asumidas por el colaborador el suministro de empleo y de los recursos materiales necesarios para cubrir sus gastos de subsistencia.

Con relación al cambio de identidad proponemos que el Ministerio Público de la Federación sea el que funde y motive la necesidad del cambio de identidad y exponerle los riesgos en que se encuentra el colaborador o los terceros vinculados con éste, a efecto de que el juez pueda ordenar las medidas pertinentes. Si el juez lo estimare conveniente, citará a audiencia al agente del Ministerio Público de la Federación y a la persona protegida para oír sus argumentos y resolver en consecuencia.

En caso de que la autoridad judicial autorice el cambio de identidad, deberá ordenar a las autoridades administrativas federales, que expidan los documentos relativos a la nueva identidad de la persona protegida, y que realicen todos los actos inherentes al cumplimiento de la orden judicial, en el ámbito de sus respectivas competencias, y se realicen los actos necesarios para el otorgamiento de la nueva identidad de la persona protegida, por parte de las autoridades locales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias.

De igual manera y en el caso de que la autoridad judicial autorice una nueva identidad, la persona protegida deberá nombrar un representante legal o apoderado, que deberá recaer en una persona de total confianza ya que en ella recaerá el cumplimiento de las obligaciones que correspondan a la identidad original y guardar la más estricta reserva sobre la nueva identidad y ubicación de la persona protegida

Información confidencial de las declaraciones de los colaboradores

Proponemos adicionar una fracción III al artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, para considerar como información confidencial la proporcionada al Ministerio Público dentro del Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores que establece la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en virtud de que los bienes jurídicos que se busca proteger son la vida e integridad corporal de las personas que intervienen en procedimientos penales instruidos por delitos cometidos por la delincuencia organizada.

Clasificar como delito grave la declaración de un colaborador que incrimine falsamente a otra persona

Con la finalidad de evitar que un colaborador obtenga los beneficios que la ley establece y sea un instrumento que se utilice para inculpar o deponer falsamente en contra de otra persona y tomando en consideración que no existe ninguna sanción para aquella persona que valiéndose de la calidad de testigo protegido o colaborador acusen falsamente a otra persona de pertenecer a una organización criminal, proponemos adicionar un artículo 248 Ter del Código Penal Federal, para el colaborador de una investigación en delincuencia organizada que faltare a la verdad en perjuicio de otro, se le impondrá de cinco a diez años de prisión y de trescientos a quinientos días multa, en el caso de los servidores públicos proponemos incrementar la pena hasta en una tercera parte e inhabilitación de ocho a doce años.

Asimismo proponemos adicionar un inciso 36) a la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para calificar como grave esta conducta.

En virtud de lo anteriormente expuesto, propongo a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto

Artículo Primero. Se reforman los párrafos primero y segundo del artículo 8o., los artículos 35, 36 y 38; se adicionan los párrafos tercero y cuarto, recorriéndose los actuales para quedar como quinto, sexto y séptimo del artículo 8o., un segundo párrafo al artículo 14, los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 35, un título quinto denominado “de los colaboradores en la investigación y persecución de la delincuencia organizada” con los artículos que van del 46 al 55; se deroga el segundo párrafo del artículo 38, todos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

Artículo 8. La Procuraduría General de la República deberá contar con una unidad especializada en la investigación y persecución de delitos cometidos por miembros de la delincuencia organizada, integrada por agentes del Ministerio Público de la Federación, auxiliados por agentes de la Policía Judicial Federal y peritos debidamente certificados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La unidad especializada contará con un cuerpo técnico de control debidamente certificado por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que en las intervenciones de comunicaciones privadas verificará la autenticidad de sus resultados; establecerá lineamientos sobre las características de los aparatos, equipos y sistemas a autorizar; así como sobre la guarda, conservación, mantenimiento y uso de los mismos.

La unidad especializada, contará con áreas especiales para la aplicación del Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores, así como de personal técnico de supervisión para la aplicación de dicho programa.

El reglamento establecerá los perfiles y requisitos que deberán satisfacer los servidores públicos que integren la unidad especializada, para asegurar un alto nivel profesional de acuerdo a las atribuciones que les confiere esta ley.

...

...

...

Artículo 14. ...

Las víctimas u ofendidos por la comisión de un delito de los previstos en esta ley, tendrán derecho en la averiguación previa o en el proceso a que el Ministerio Público, sus auxiliares y el juez, mantengan en reserva sus datos personales o cualquier otro que pudiera servir para su localización.

Artículo 35. Los miembros que integran el grupo delictivo organizado al que pertenece el colaborador que preste ayuda eficaz para la investigación y persecución de otros miembros de la misma, podrán recibir los beneficios siguientes:

I a IV...

En el caso de la fracción II del presente artículo, el Ministerio Público de la Federación al formular conclusiones acusatorias deberá solicitar el otorgamiento de los beneficios correspondientes, el juez valorará la aportación de las pruebas del colaborador.

En los casos de la fracción III y IV de este artículo, la autoridad competente tomará en cuenta la gravedad de los delitos cometidos por el colaborador y las disposiciones que establezca la legislación sobre ejecución de penas y medidas de seguridad.

En la imposición de las penas, así como en el otorgamiento de los beneficios a que se refiere este artículo, el juez tomará en cuenta, además de lo que establecen los artículos 51 y 52 del Código Penal Federal, la gravedad de los delitos cometidos por el colaborador y la aportación de las pruebas del colaborador.

Quedan prohibido el otorgamiento de los beneficios señalados en las fracciones anteriores, si de los datos, indicio o pruebas señalados por el colaborador no se aportan las pruebas suficientes para los objetivos señalados en la presente ley.

Artículo 36. En caso de que existan pruebas distintas a la autoinculpación en contra de quien colabore con el Ministerio Público de la Federación, a solicitud de éste se le podrán reducir las penas que le corresponderían hasta en tres quintas partes, siempre y cuando, (Se elimina a criterio del juez) la información que suministre se encuentre corroborada por otros indicios de prueba y sea relevante para la detención y procesamiento de otros miembros de la delincuencia organizada de mayor peligrosidad o jerarquía que el colaborador.

Artículo 38. En caso de que se reciban informaciones anónimas sobre hechos relacionados con la comisión de los delitos a que se refiere esta ley, el Ministerio Público de la Federación deberá ordenar que se verifique la información. En caso de verificarse y que de ello se deriven indicios suficientes de la comisión de estos delitos, se deberán iniciar las investigaciones, recabar pruebas o interrogar a testigos a partir de esta comprobación, pero en ningún caso dicha información, por sí sola, tendrá valor probatorio alguno dentro del proceso.

Se deroga

Artículo 40...

Para la valoración por parte del juez de las declaraciones de un testigo o colaborador, se estará a lo dispuesto por el artículo 289 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Titulo QuintoDe los colaboradores en la investigación y persecución de la delincuencia organizada

Artículo 46. La información y documentación relacionada con las personas protegidas por el Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores se mantendrá en estricta confidencialidad, en términos de las disposiciones aplicables.

Sólo mediante autorización judicial se podrá incluir a una persona como colaborador en el Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores.

Artículo 47. El Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores es confidencial y deberá comprender:

I. Los requisitos de ingreso;

II. Los niveles de protección, el tiempo de duración de la protección, los derechos y obligaciones de la persona protegida,

III. Las causas de revocación; y

IV. Las demás características y condiciones necesarias para cumplir eficazmente con dicha protección.

El cumplimiento del Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores quedará a cargo de la unidad especializada a que se refiere el artículo 8 de la presente ley.

Artículo 48. La solicitud de incorporación de una persona al Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores será autorizada por el titular de la unidad a que se refiere el artículo 8o. de la presente ley, previo acuerdo del Procurador General de la República.

En tanto se autoriza la incorporación de una persona al programa federal de protección, el agente del Ministerio Público de la Federación responsable de la indagatoria tomará las medidas de protección necesarias, tomando en consideración las características y condiciones personales del sujeto, para salvaguardar su vida e integridad corporal.

El titular de la unidad especializada a que se refiere esta ley, previo acuerdo con el Procurador General de la República, podrá autorizar que las medidas de protección se extiendan a parientes por consanguinidad o afinidad, así como dependientes económicos o cualquier tercero con el que el colaborador tenga vínculos afectivos, atendiendo al caso concreto y de conformidad con lo establecido en las disposiciones del programa antes citado.

Artículo 49. La revocación de la protección deberá ser resuelta por el servidor público de la unidad especializada a que se refiere esta ley, previo acuerdo del Procurador General de la República.

Artículo 50. En los casos en que el Ministerio Público de la Federación lo estime necesario, conforme al Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores, previa autorización del Procurador General de la República, podrá solicitar a la autoridad judicial federal que otorgue los siguientes mecanismos de protección:

I. Cambio de identidad del testigo o colaborador o de las personas vinculadas.

II. Expedición de nuevos documentos públicos que acrediten una identidad distinta a la original.

III. La ubicación permanente o transitoria del testigo o colaborador, así como su residencia transitoria o permanente.

IV. Las medidas de protección a cargo de las instituciones de seguridad pública.

V. Las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones mercantiles, civiles, comerciales, fiscales y administrativas asumidas por el colaborador.

VI. El suministro de empleo y de los recursos materiales necesarios para cubrir los gastos de subsistencia.

El Ministerio Público de la Federación deberá justificar al juez la necesidad del cambio de identidad y exponerle las consecuencias del mismo para el sujeto y los terceros que estén vinculados jurídicamente con éste, a efecto de que el juzgador pueda ordenar las medidas pertinentes.

Artículo 51. La autoridad judicial federal resolverá la solicitud a que se refiere el artículo anterior, previa audiencia de la persona protegida y del Ministerio Público de la Federación, cuando existan indicios suficientes de un riesgo grave para la vida o integridad corporal de aquélla.

En caso de que la autoridad judicial otorgue el cambio de identidad, deberá ordenar:

I. A las autoridades administrativas federales, que expidan los documentos relativos a la nueva identidad de la persona protegida, y que realicen todos los actos inherentes al cumplimiento de la orden judicial, en el ámbito de sus respectivas competencias, y

II. Al Ministerio Público de la Federación que, en los términos de los convenios, bases y acuerdos celebrados con las entidades federativas, se realicen los actos necesarios para el otorgamiento de la nueva identidad de la persona protegida, por parte de las autoridades locales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias.

La unidad especializada a que se refiere esta ley realizará los trámites necesarios para cumplimentar los mandatos judiciales.

La autoridad judicial federal podrá aplicar las medidas de apremio más eficaces que estime necesarias, para que las autoridades a que se refieren las fracciones anteriores den cumplimiento a la resolución judicial por la que se otorgue la nueva identidad, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan.

Artículo 52. La persona protegida o colaborador a quien por resolución judicial se le otorgue una nueva identidad, deberá nombrar ante la autoridad judicial un representante legal o apoderado, el cual deberá dar cumplimientos a las que corresponden a la identidad original.

El Ministerio Público de la Federación podrá objetar el nombramiento del apoderado, cuando existan datos que hagan presumir fundadamente que dicho apoderado tiene vínculos con miembros de la delincuencia organizada o ha sido sancionado por delitos dolosos que ameriten pena corporal.

El apoderado podrá ser sustituido, a petición de la persona protegida, por causa fundada, previa autorización del juez.

En todo caso, el apoderado deberá guardar la más estricta reserva sobre la nueva identidad de la persona protegida y su paradero.

Las autoridades competentes deberán colaborar con el juez y la unidad especializada a que se refiere el artículo 8o. de esta ley, a efecto de facilitar la debida representación de la persona protegida en los asuntos relacionados con su identidad original.

Artículo 53. La unidad especializada a que se refiere esta ley deberá resguardar los expedientes relativos al cambio de identidad, preservando en todo momento su confidencialidad.

Artículo 54. La persona protegida seguirá teniendo el cúmulo de derechos y obligaciones inherentes a su identidad original, hasta en tanto jurídicamente concluyan éstos. Para tal efecto, su apoderado hará la gestión o defensa correspondientes.

Artículo 55. El Ministerio Público de la Federación podrá solicitar a la autoridad judicial federal que otorgue el cambio de identidad para el cónyuge, concubina o concubinario, o para los parientes consanguíneos de la persona protegida.

En estos casos, el Ministerio Público y la autoridad judicial federal procederán conforme a lo previsto en este capítulo, en los mismos términos que para la persona protegida.

Artículo Segundo. Se adiciona una fracción III al artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, para quedar como sigue:

Artículo 18. Como información confidencial se considerará:

I a II...

III. La proporcionada al Ministerio Público dentro del Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores que establece la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

...

Artículo Tercero.Se adiciona el artículo 248 Ter del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 248 Ter. Al colaborador de una investigación en delincuencia organizada que faltare a la verdad en perjuicio de otro, se le impondrá de cinco a diez años de prisión y de trescientos a quinientos días multa.

Si el colaborador fuere servidor público se le incrementará la pena hasta en una tercera parte e inhabilitación de ocho a doce años.

Artículo Cuarto. Se adiciona un inciso 36) a la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 194. Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, los previstos en los ordenamientos legales siguientes:

I ...

1) a 35)...

36) Los previstos en el artículo 248 Ter.

II a XVII...

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo.-El Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores deberá expedirse en el plazo de un año a la entrada en vigor del presente decreto. Entretanto, seguirá aplicándose el artículo 34 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Notas:

1. CARBONELL, Miguel. Los testigos protegidos y la administración de justicia.En La construcción de la democracia constitucional.Editorial Porrúa, México 2005, p 99.

2. Recomendación 72/2009 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

3. LÓPEZ Benítez Lilia Mónica. Protección de testigos en el derecho penal mexicano.Editorial Porrúa. México 2009, p 108.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2010.— Diputados: Ángeles Nazares Jerónimo, Samuel Herrera Chávez (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, a usted, diputada. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia, y de la Función Pública.Tal como lo solicita la diputada, insértese íntegro el texto en el Diario de los Debates.

Tiene la palabra el diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. A petición del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática se pospone la participación del diputado Víctor Manuel Báez Ceja.



LEY DE FISCALIZACION Y RENDICION DE CUENTAS DE LA FEDERACION

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene el uso de la palabra el diputado Manuel Clouthier Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 104 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.

El diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo:Con su venia, señor presidente. Compañeros diputados, las organizaciones sociales, políticas, incluso las empresariales, cuando su naturaleza así lo demanda y por Reglamento deben tomar decisiones de carácter colegiado, incluso decisiones que consideran muy importantes, éstas se demanda que se tomen por mayoría calificada, no así pues, por mayoría simple.

La mayoría calificada demanda que un porcentaje mayor todavía de integrantes las avale. Ejemplos de decisiones importantes que deben ser tomadas mediante las dos terceras partes de los miembros presentes son un sin fin.

Citaré algunas. El Senado para designar a los ministros de la Corte se exige, asimismo, dos terceras partes de los miembros presentes para tomar la decisión. Esta Cámara, incluso, para nombrar al consejero presidente del Instituto Federal Electoral así se lo demanda.

Igualmente el pasado diciembre esta Cámara, designó al titular de la entidad de fiscalización superior de la federación, entiéndase la Auditoría Superior de la Federación, por más de dos terceras partes.

La Unidad de Evaluación y Control conocida como la UEC tiene como función apoyar a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior en el cumplimiento de sus atribuciones y, a su vez, vigilar el desempeño de los servidores públicos de la Auditoría Superior, como lo establece el artículo 102 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Es pues, la Unidad de Evaluación y Control el fiscalizador del fiscalizador.

Esta soberanía tiene por ley el mandato de revisar y aprobar, en su caso, la cuenta pública del Poder Ejecutivo, como parte de los pesos y contrapesos que demanda una democracia. Igualmente, como parte de la cultura de transparencia y rendición de cuentas.

La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, a través de la Auditoría Superior y de la Unidad de Evaluación y Control, son los instrumentos que utiliza para llevar a cabo esta tarea.

En la iniciativa que me atrevo a presentar en representación de muchos de los miembros de esta Comisión y algunos otros de distintos partidos que las suscriben, buscamos homologar los criterios de aprobación entre la Auditoría Superior y la Unidad de Evaluación y Control, con el objeto de que se privilegie el interés general por encima de cualquier interés de grupo.

Así pues, buscamos que el decreto que reforma el artículo 104 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas quede como sigue:

Artículo 104. El titular de la Unidad será designado por la Cámara de Diputados con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a propuesta de la Comisión y contando con la recomendación de alguna institución pública de educación superior, debiendo cumplir los requisitos que esta ley establece para el auditor superior de la Federación. Someto, pues, a ustedes, esta consideración y es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 104 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo de la diputada Esthela Damián Peralta, del PRD, y suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios

Los diputados firmantes, integrantes de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracciones XXIV y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 56 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta honorable soberanía iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 104 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 29 de mayo de 2009, con la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación quedó abrogada la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. El nuevo ordenamiento trajo aparejadas innovaciones que tienen por objeto fortalecer la transparencia y rendición de cuentas, misma que debe prevalecer en cualquier sistema democrático, representativo y popular.

Dichas innovaciones representan un gran avance en materia de fiscalización ya que la reforma constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 2008, contiene objetivos primordiales, tal y como lo detalla la exposición de motivos que originó la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación:

1. Incrementar la calidad del gasto público. Esto es, aumentar los resultados, tanto de los ejecutores como de las políticas públicas, y mejorar la administración presupuestaria, bajo el supuesto de que ninguna reforma fiscal será suficiente de no existir orden y racionalidad en el gasto del gobierno.

2. Prever erogaciones plurianuales en inversión para infraestructura. Lo anterior, a fin de dar continuidad y certeza a los proyectos de inversión que son esenciales para el desarrollo nacional, como son los petroleros, los de electricidad, los de agua y los de transportes, entre otros.

3. Fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas. Para mejorar la vigilancia, el control y la fiscalización de la Cuenta Pública por parte de la ciudadanía y de las instancias responsables de la revisión, la evaluación y la auditoría del gasto público y de la gestión gubernamental.

Venimos ante esta honorable soberanía a presentarles a ustedes una iniciativa de primordial interés, relacionado con el órgano técnico de control y evaluación que auxilia a la honorable Cámara de Diputados frente a las actividades de la Auditoría Superior de la Federación.

Como saben, compañeros, la honorable Cámara de Diputados tiene la facultad exclusiva de revisar la Cuenta Pública, y para ello se apoya en la entidad de fiscalización superior de la federación. Asimismo, para tal efecto, la Cámara de Diputados cuenta con la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación (Comisión de Vigilancia), que tiene entre sus atribuciones coordinar las relaciones entre la Cámara y la Auditoría Superior de la Federación; evaluar el desempeño de esta última; constituir el enlace que permita garantizar la debida coordinación entre ambos órganos y solicitarle que le informe sobre la evolución de sus trabajos de fiscalización, tal y como lo establece el artículo 76 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

A su vez, y a fin de apoyar a la Comisión de Vigilancia en el cumplimiento de las atribuciones que le fueron conferidas a través de la expedición de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, existe la Unidad de Evaluación y Control, que además de formar parte de la estructura de la comisión, es quien se encarga de vigilar el estricto cumplimiento de las funciones a cargo de los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación.

Al frente de la Unidad de Evaluación y Control se encuentra el titular de dicha unidad, quien es designado por la Cámara de Diputados a propuesta de la Comisión de Vigilancia, mediante el voto mayoritario de los miembros presentes en la sesión respectiva, debiendo cumplir los requisitos que la ley en la materia establece para el nombramiento del auditor superior de la Federación.

De tal suerte que, al tener que cumplir el titular de la Unidad de Evaluación y Control los requisitos establecidos en la ley secundaria para la elegibilidad del auditor superior de la Federación, es conveniente homologar también el método de elección del mencionado titular con el del auditor superior, ya que para la designación de éste último es necesario el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en sesión de la Cámara de Diputados.

Otros cargos que se eligen mediante las dos terceras partes de los miembros presentes sonlos siguientes:

• El consejero presidente del Instituto Federal Electoral, que durará en su cargo seis años y podrá ser reelecto una sola vez. Los consejeros electorales durarán en su cargo nueve años, serán renovados en forma escalonada y no podrán ser reelectos. Según sea el caso, uno y otros serán elegidos sucesivamente por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, a propuesta de los grupos parlamentarios, previa realización de una amplia consulta a la sociedad. De darse la falta absoluta del consejero Presidente o de cualquiera de los consejeros electorales, el sustituto será elegido para concluir el periodo de la vacante. La ley establecerá las reglas y el procedimiento correspondientes.

• El titular de la Contraloría General del Instituto Federal Electoral será designado por la Cámara de Diputados con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes a propuesta de instituciones públicas de educación superior, en la forma y términos que determine la ley. Durará seis años en el cargo y podrá ser reelecto por una sola vez. Estará adscrito administrativamente a la presidencia del Consejo General y mantendrá la coordinación técnica necesaria con la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación.

• La Cámara de Diputados designará al titular de la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes. La ley determinará el procedimiento para su designación. Dicho titular durará en su encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez. Podrá ser removido, exclusivamente, por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el título cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo a lo que señala el artículo 79, fracción IV, de la Carta Magna.

• Para nombrar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia, el presidente de la República someterá una terna a consideración del Senado de la República, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al ministro que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si la Cámara de Senadores no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el presidente de la República.

• Los magistrados electorales que integren las salas superior y regionales serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores a propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La elección de quienes las integren será escalonada, conforme a las reglas y al procedimiento que señale la ley.

• El titular de la Entidad de Fiscalización del Distrito Federal será electo por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Asamblea Legislativa por periodos no menores a siete años y deberá contar con experiencia de cinco años en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades, en apego a lo que señala el artículo 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso c), último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La razón principal que motiva la presente iniciativa es que la elección del titular de la Unidad de Evaluación y Control cuente con la aprobación de una amplia mayoría de las fuerzas representadas en la Cámara de Diputados, a propuesta de la Comisión de Vigilancia y con la recomendación de una institución pública de educación superior, lo que le permite contar con la legitimidad necesaria para ejercer el cargo.

Es de todos sabido que la Cámara de Diputados está integrada por una pluralidad de fuerzas políticas, mismas que al converger en una misma idea manifiestan su total aprobación o desaprobación, respecto a un asunto en específico. Motivo por el cual, consideramos de enorme trascendencia que el titular de una unidad altamente especializada, como lo es la Unidad de Evaluación y Control, cuente con el aval y el respaldo de la mayoría de los grupos parlamentarios existentes en la Cámara de Diputados. Además de que es un imperativo la toma plural de decisiones trascendentes en la vida institucional del país.

Resulta importante señalar que la persona propuesta por la Comisión de Vigilancia para ocupar el puesto de titular de la Unidad de Evaluación y Control deberá, además de cumplir con los requisitos que marca la Ley Reglamentaria, comprobar que cuenta con vasta experiencia en materia de fiscalización, que cubra las necesidades técnicas y de especialización correspondientes.

Lo anterior, como consecuencia de los trabajos de especialidad que desarrolla la Unidad de Evaluación y Control y que no cualquier profesionista cuenta con el perfil necesario, ya que, como se sabe, ésta es una rama de reciente creación que aunque cada vez toma mayor fuerza y relevancia, muchas de las ocasiones no existe la capacitación requerida para desempeñar dicho puesto.

Por otro lado, es indispensable que quien vaya a ocupar el puesto de titular de la Unidad de Evaluación y Control sea de una honorabilidad comprobada, ya que dentro de las atribuciones fundamentales que tendrá a su cargo, como ya se dijo, es apoyar a la Comisión de Vigilancia en el cumplimiento de sus atribuciones, además de ser la encargada de vigilar el estricto cumplimiento de las funciones a cargo de los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, como lo establece el artículo 102 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Por las razones expuestas, sometemos a consideración de ustedes el siguiente

Decreto mediante el cual se reforma el artículo 104 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Artículo Primero.Se reforma el artículo 104 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación para quedar como sigue:

Artículo 104. El titular de la Unidad será designado por la Cámara de Diputados con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a propuesta de la Comisión y contando con la recomendación de alguna institución pública de educación superior,debiendo cumplir los requisitos que esta ley establece para el auditor superior de la Federación.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

I a V....

VI.Revisar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

La revisión de la Cuenta Pública la realizará la Cámara de Diputados a través de la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la ley. En el caso de la revisión sobre el cumplimiento de los objetivos de los programas, dicha entidad sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño de los mismos, en los términos de la ley.

...”

2 Artículo 102 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

3 Artículo 79 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

4 Artículo 41, fracción V, tercer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5 Artículo 41, fracción V, quinto párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6 Artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7 Artículo 99, fracción IX, séptimo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8 “Artículo 102. Para el efecto de apoyar a la Comisión en el cumplimiento de sus atribuciones existirá la Unidad, encargada de vigilar el estricto cumplimiento de las funciones a cargo de los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, la cual formará parte de la estructura de la Comisión.

La Unidad podrá aplicar, en su caso, las medidas disciplinarias y sanciones administrativas previstas en el marco jurídico y proporcionar apoyo técnico a la Comisión en la evaluación del desempeño de la Auditoría Superior de la Federación.”

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputados: Manuel Clouthier Carrillo, Ramón Jiménez López, Bonifacio Herrera Rivera, Ruth Esperanza Lugo Martínez, Gloria Romero León, Mario di Constanzo Armenta, José Narro Cepeda, César Augusto Santiago Ramírez, Jaime Fernando Cárdenas Gracia, David Sánchez Guevara, Esthela Damián Peralta, Javier Corral Jurado, César Nava Vázquez, Daniel Ávila Ruiz, Guadalupe Acosta Naranjo, Ricardo López Pescador, Vidal Llerenas Morales, María Esther de Jesús Scherman Leaño, Carlos Alberto Pérez Cuevas, Mario Alberto Becerra Pocoroba, Luis Enrique Mercado Sánchez, José Francisco Rábago Castillo, Humberto Lepe Lepe, Alejandro Gertz Manero, Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, Francisco Saracho Navarro, Ramón Ramírez Valtierra, Patricio Chirinos del Ángel, Elsa Miriam Martínez Peña, Alejandro Cano Ricaud, Samuel Herrera Chávez (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de la Función Pública.



LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARA EL FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 10o. de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

El diputado Víctor Manuel Báez Ceja:Con su venia, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados.  Hago uso de esta tribuna para presentar ante ustedes la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. y adiciona el artículo 10o. de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios  Mexicanos.

Como ustedes saben, el programa Bracero fue un programa binacional de trabajadores agrícolas, firmando un convenio entre México y los Estados Unidos el 4 de agosto de 1942. El objetivo del programa fue solventar el abandono de los campos agrícolas estadounidenses como consecuencia de la Segunda Guerra Mundial.

Los programas Bracero incluían: el programa Bracero Agrícola y el Bracero Ferroviario.

Dichos programas tenían las siguientes características: contratación temporal de trabajadores. Sistema de reclutamiento formal entre los dos países. Migración controlada. La intervención de organismos gubernamentales de ambos países en la contratación.

Las deducciones se autorizaban en un 10 por ciento a los salarios como un Fondo de Ahorro Campesino que estaría en manos de cada patrón y que se les sería devuelto al trabajador a su regreso a México, a través del Banco de Crédito Agrícola de México, entidad gubernamental responsable del depósito, guarda y aplicación o, en su defecto, devolución de cantidades que dichos trabajadores mexicanos aportaran a dicho fondo.

Aunque el acuerdo protegía sus principales derechos, no fue así. Padecieron discriminación y ese 10 por ciento de su Fondo de Ahorro nunca les fue devuelto. Por lo que un justo reclamo de los ex trabajadores migratorios o para sus familias es recuperar parte de los ahorros que durante ese periodo hicieron a través del banco Wells Fargo y transferidos posteriormente al Banco de Crédito Rural, hoy Financiera Rural.

Es un asunto tan importante que lamentablemente esta Cámara ha sido indiferente y no ha agotado todos los recursos parlamentarios para defender el legítimo derecho que le corresponda a los ex trabajadores migratorios mexicanos: ex braceros.

Me refiero a que con fecha 3 de junio del año 2009 se publica en el Diario Oficial de la Federación la trigésima relación de apoyos programados en el fideicomiso, recibiendo una cantidad de 4 mil pesos, cantidad prorrateada, que no es posible que se les brinde ese trato a los compañeros que esperaron 46 años. Sí, 46 años para recibir el apoyo económico, reitero, que legítima y legalmente les corresponde.

La mayoría de los trabajadores ex braceros se están muriendo con el anhelo de recibir algún día ese apoyo económico.

Es importante señalar que el Congreso de la Unión aprobó el pasado 29 de abril reformas a la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, y dicha cantidad de 38 mil pesos sea entregada en una sola exhibición, como se venía haciendo desde el año 2005 y se cierre la posibilidad de leguleyas e interpretaciones a la ley.

Hasta la fecha, el presidente Calderón Hinojosa no ha promulgado las reformas en el Diario Oficial de la Federación y el Comité Técnico integrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha demorado la emisión de la lista de beneficiarios.

Como ejemplo, la trigésima cuarta se publicó con fecha 1 de junio del presente año. Tuvieron que pasar 3 meses para publicar la última con fecha 15 de septiembre. Reitero, se demora en las publicaciones.

No podemos permitir que se juegue con los mexicanos. Tenemos el deber de participar y ser garantes de los derechos de los compañeros ex braceros.

Otra situación que padecen es la inscripción a las mesas receptoras. La terrible realidad es que concluyendo el plazo de inscripción miles de trabajadores ex braceros, que no acudieron o no pudieron realizar dicho registro, acudieron en la anterior Legislatura de esta soberanía a demandar la apertura del padrón.

Desafortunadamente los diputados no tenemos esa facultad en la ley. No podemos participar en las reuniones del Comité Técnico y mucho menos podemos ayudar de manera eficaz y eficiente a los ciudadanos ex trabajadores migratorios mexicanos.

Se llegó a buscar desde la creación de esta ley que los diputados puedan presentar y presenciar las reuniones de trabajo del comité técnico, pero tales intentos han sido nulos.

Derivado de las deficiencias anteriores citadas, así como de la falta de instrumentación para que los diputados puedan auxiliar a los ciudadanos ex braceros, se propone que la Cámara de Diputados, si así lo considera pertinente, instruya al comité técnico la apertura de otra convocatoria para instalar mesas receptoras en todo el país y puedan entregar los documentos aquellos ex braceros que quedaron fuera.

También se busca que una delegación plural de diputados, integrantes de la Comisión Especial para dar Seguimiento a los Fondos de los Trabajadores Mexicanos ex Braceros acuda a las sesiones de trabajo del Comité Técnico con voz y todo, con el fin de fortalecer los trabajos de dicho Comité y no se demore la publicación de la lista de los beneficiarios.

Los integrantes de la citada comisión son los idóneos para transmitir las necesidades que padecen nuestros ciudadanos braceros ante un procedimiento lento y deficiente respecto del pago de un derecho que legítimamente les corresponde.

Es y debe ser una responsabilidad de todos nosotros solicitarle, instruirle al Comité Técnico que convoque y participemos de los trabajos que éste desarrolle. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 3o. y 10 de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federalVíctor Manuel Báez Ceja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. y adiciona el artículo 10 de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, en atención a la siguiente

Exposición de Motivos

El programa Bracero fue binacional, de trabajadores agrícolas, firmando un convenio entre México y Estados Unidos el 4 de agosto de 1942. El objetivo fue solventar el abandono de los campos agrícolas estadounidenses como consecuencia de la Segunda Guerra Mundial.

Los programas Bracero incluían:

a) Programa Bracero Agrícola (1942-1964)

b) Programa Bracero Ferroviario (1943-1946)

Dichos programas tenían las siguientes características:

• La contratación temporal de trabajadores

• Sistema de reclutamiento formal entre los dos países.

• Migración controlada.

• La intervención de organismos gubernamentales de ambos países en la contratación.

El referido acuerdo protegía a los trabajadores mexicanos para que no fueran reclutados por el Ejército de los Estados Unidos, también se previó que los mexicanos no deberían ser utilizados para desplazar a trabajadores locales, debido a que sólo cubrían la escasez de mano de obra, según la orden ejecutiva de Roosevelt, no habría trato discriminatorio para los mexicanos en territorio estadounidense. El gobierno de los Estados Unidos pagaría el viaje redondo de los trabajadores mexicanos, así como sus viáticos durante su traslado.

El trabajo de los braceros se destinaría al sector agrícola y si algún trabajador aceptaba trabajar en la industria era deportado.

Las deducciones se autorizaban en un 10 por ciento a los salarios como un fondo de ahorro (Fondo de Ahorro Campesino) que estaría en manos de cada patrón y que le sería devuelto al trabajador a su regreso a México a través del Banco de Crédito Agrícola de México, entidad gubernamental, responsable del depósito, guarda y aplicación o en su defecto devolución de cantidades que los trabajadores mexicanos aportaran a dicho fondo.

Aunque el acuerdo protegía sus principales derechos, no fue así, padecieron discriminación y ese diez por ciento de su fondo de ahorro nunca les fue devuelto.

Por lo que, un justo reclamo de los ex trabajadores migratorios o para sus familias es recuperar parte de los ahorros que durante ese periodo hicieron a través del Banco Wells Fargo y transferidos posteriormente al Banco de Crédito Rural (hoy Financiera Rural).

En el año 2003 se instalaron las mesas receptoras y registraron aproximadamente 45 mil trabajadores, quedaron fuera miles de ellos, en virtud de que se les solicitaba a los beneficiarios el requisito de estar en el “Padrón de la Secretaría de Gobernación”. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el padrón que formó dicha Secretaria, era inconstitucional.

Pero hasta el 25 de mayo de 2005 se crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos y se presentó a la Cámara de Diputados un padrón de beneficiarios del programa Bracero los cuales serían apoyados con 38 mil pesos.

Los integrantes del comité técnico actualmente son: 1) las secretarías de Hacienda y Crédito Público, 2) de Gobernación; 3) de Desarrollo Social, 4) de Relaciones Exteriores y 5) de la Función Pública, de conformidad con lo señalado en el artículo 3o. de la ley en referencia.

Al cierre de 2007 se benefició a 23 mil 553 ex trabajadores, quedando pendiente por otorgar el apoyo social a 19 mil 080 ex trabajadores del padrón original.

Para el año 2008 se aprobó un presupuesto de 700 millones de pesos para brindar el apoyo social a 18 mil 421 ex trabajadores; por lo que, quedarían pendientes de este apoyo 659 ex trabajadores del padrón original.

No obstante el primer día de septiembre del año 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación reformas a la multicitada ley que en esencia regulo:

a. Abrir nuevamente el padrón para registrar a los beneficiarios y puedan recibir el apoyo social.

b. Suprimir el requisito de haber efectuado su registro en el padrón ante la Secretaría de Gobernación.

c. El ex trabajador bracero pueda comprobar que es beneficiario del apoyo social con el simple hecho de presentar su tarjeta del seguro social (Security) apostillado.

d. La posibilidad de recibir aportaciones a título gratuito por parte de las entidades federativas y se destinen al patrimonio del fideicomiso.

e. Se faculta al comité técnico para promover ante las autoridades competentes las denuncias o querellas por posibles irregularidades en la documentación que presenten los beneficiarios.

El 24 de noviembre del 2008, se publico en el Diario Oficial de la Federación dicha convocatoria, para que acudan las personas interesadas a las treinta y siete mesas receptoras ubicadas en las entidades federativas de la República Mexicana y el Distrito Federal, para que acrediten los requisitos de elegibilidad que establece el artículo 6 de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, así como el numeral 4 de las Reglas de Operación del Fideicomiso 2106 Fondo de Apoyo Social Para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos (1942 a 1964).

Se publicó en diferentes medios de comunicación que los primeros días de instalación de las mesas receptoras existieron fallas técnicas y errores donde las personas encargadas no contaban con la capacitación adecuada, motivando la perdida de días en registrar a los interesados. Se observaron deficiencias en la logística y operatividad de las mesas receptoras.

Con fecha 3 de julio del año próximo pasado, se publica en el Diario Oficial de la Federación la Trigésima Relación de Apoyos Programados del Fideicomiso 2106. Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, recibiendo una cantidad de cuatro mil pesos, cantidad prorrateada, que no es posible se le brinde ese trato a compañeros que esperaron 46 años para recibir el apoyo económico que legítima y legalmente les corresponde. Y la mayoría se está muriendo con el anhelo de recibir algún día su apoyo económico.

El Congreso de la Unión aprobó el 29 de abril del presente año reformas a la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, para que la cantidad de treinta y ocho mil pesos sea entregada en una sola exhibición; como se venía haciendo desde el año 2005, y se cierre la posibilidad de leguleyas interpretaciones a la ley.

No podemos permitir que se juegue con los mexicanos, tenemos el deber de participar y ser garante de los derechos de los compañeros ex braceros.

La terrible realidad es que concluyendo el plazo de inscripción, miles de trabajadores ex braceros que no pudieron realizar dicho registro; acudieron en la anterior legislatura de esta soberanía a demandar la apertura del padrón.

Desafortunadamente, los diputados no tenemos esa facultad en la ley, no podemos participar en las reuniones del comité técnico y mucho menos podemos ayudar de manera eficaz y eficiente a los ciudadanos ex trabajadores migratorios mexicanos (ex braceros), se llegó a buscar desde la creación de esta ley que los diputados puedan presenciar las reuniones de trabajo del comité técnico pero tales intentos han sido nulos.

Derivado de las deficiencias anteriormente citadas, así como de la falta de instrumentación para que los diputados puedan auxiliar a los ciudadanos ex braceros, se propone que la Cámara de Diputados, si considera pertinente, instruya al comité técnico la apertura de otra convocatoria para instalar mesas receptoras en todo el país y puedan entregar los documentos aquellos ex braceros que quedaron fuera.

También se busca, que una delegación plural de diputados integrantes de la Comisión Especial para dar seguimiento a los fondos de los trabajadores mexicanos braceros acuda a las sesiones de trabajo del comité técnico con voz y voto, con el fin de fortalecer los trabajos de dicho comité.

Los integrantes de la citada comisión son los idóneos para transmitir las necesidades que padecen nuestros ciudadanos braceros ante un procedimiento lento y deficiente respecto del pago de un derecho que legítimamente les corresponde.

Compañeros legisladores debemos tener la facultad de atender la demanda social que muchos años han padecido, nosotros somos los que atendemos a la gente y escuchamos sus reclamos y no podemos pasar por otra desgastante lucha con el Ejecutivo federal para convencerlo de que debe abrir la inscripción del padrón una vez más.

Es y debe ser una responsabilidad de todos nosotros solicitarle, instruirle, al comité técnico que convoque y participemos en los trabajos que éste desarrolle.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a la consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 3o. y adiciona el artículo 10 de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 3o. El fideicomiso contará con un comité técnico que estará integrado por un diputado representante de todas y cada una de las fracciones parlamentarias, por un representante de cada una de las siguientes dependencias del Poder Ejecutivo federal: la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de la Función Pública. Por cada representante propietario habrá un suplente, quien deberá suplirlo en sus ausencias.

...

Los diputados federales deberán ser integrantes de laComisión Especial para dar seguimiento a los fondos de los trabajadores mexicanos braceros deberán acudir a las sesiones del comité técnico y tendrán voz y voto, se le brindarán la información que requieran necesaria.

Artículo 10. El comité técnico deberá realizar convocatoria y apertura de instalación de las mesas receptoras, cuando la Cámara de Diputados lo considere pertinente.

Artículo transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2010.— Diputados: Víctor Manuel Báez Ceja, Samuel Herrera Chávez María Dina Herrera Soto, José M. Torres Robledo (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Uriel López Paredes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El diputado Uriel López Paredes:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, vengo a esta tribuna a presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción V, inciso d), del artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El propósito de esta iniciativa es flexibilizar los criterios para que las instituciones de seguridad social de las entidades federativas puedan acceder a los recursos radicados en el Fondo de Apoyo para la Reestructuración de las Pensiones.

Las pensiones constituyen uno de los elementos centrales de la seguridad social en cualquier parte del mundo.

En nuestro país el debate se intensificó desde principios de la década de los noventa del siglo pasado, poniéndose el acento en la sostenibilidad financiera futura.

El Sistema de Ahorro para el Retiro de 1992, la nueva Ley del Seguro Social de 1995 y la nueva Ley del ISSSTE de 2007 son producto de esa discusión y junto con otros elementos configuran el nuevo escenario de las pensiones en el ámbito nacional.

El propósito explícito de estos nuevos instrumentos y ordenamientos jurídicos fue garantizar la sustentabilidad financiera de los sistemas de pensiones en el mediano plazo. Sin embargo, estas modificaciones no atendieron la difícil problemática que enfrentan las instituciones de seguridad social de los estados, de los municipios y de las universidades públicas.

Era necesario diseñar e instrumentar acciones que impulsaran la transformación de sus esquemas pensionarios, pero no se trabajó en esa dirección y eso trajo consecuencias que hoy estamos lamentando.

Los sistemas de pensiones de las entidades federativas están en quiebra, las causas de ello son múltiples: el desmedido crecimiento poblacional, el envejecimiento de la población, el incremento en la esperanza de vida, la incorporación masiva de las mujeres al mercado de trabajo, la falta de planeación gubernamental y el rezago productivo de la economía mexicana son algunas de ellas.

La crisis se detonó, sin embargo, por razones financieras, en particular por la incapacidad de los tres órdenes de gobierno para constituir reservas suficientes para solventar los enormes compromisos futuros.

El problema presupuestal que enfrentan las instituciones de seguridad social de los estados es mayúsculo. A diciembre de 2008, el déficit actuarial es superior a un billón de pesos a grupo cerrado, pero si consideramos que diariamente ingresan nuevos afilados el pasivo se incrementará aún más todos los días.

En consecuencia, uno de los retos inmediatos de esta soberanía es impulsar o fortalecer las reformas a los sistemas de pensiones estatales, los institutos que los administran necesitan apoyo financiero para continuar con sus procesos de reforma o para comenzar con ellos, que es el caso de alrededor de 20 entidades.

Desde hace 10 años se iniciaron los cambios en los sistemas públicos de pensiones estatales, entre las entidades que ya han efectuado este proceso se encuentran Coahuila, Jalisco, Aguascalientes, Campeche, Durango, Guanajuato,  Hidalgo, Estado de México, Puebla, Veracruz; Sinaloa y Sonora, que tendrán la posibilidad de ser los primeros beneficiados con esta reforma que hoy pongo a consideración de esta asamblea.

Con excepción de varios estados, en diversas instituciones o direcciones de Pensiones se agota el periodo de suficiencia en el corto plazo o en el mediano. De hecho, tres trabajan con números rojos desde 2008, 7 desde 2009 y 1 a partir de este año.

El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público constituyó en diciembre de 2007 el Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones, con la intención de ayudar financieramente a los órdenes de gobierno federal, estatal y municipal y además a las universidades públicas que aún no habían concluido con sus reformas o que ni siquiera las habían iniciado. El propósito central era construir un sistema nacional de pensiones basado en cuentas individuales, que fuera sostenible presupuestalmente.

El fondo se instauró por disposición de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que en su artículo 19 dispone que el Ejecutivo federal por conducto de la Secretaría podrá autorizar erogaciones adicionales a las aprobadas en el Presupuesto de Egresos, con cargo a los excedentes que, en su caso, resulten de los ingresos autorizados en la Ley de Ingresos o de excedentes de ingresos propios de las entidades.

Este artículo señala que los excedentes presupuestales nacionales se destinarán para diversos fines, entre los que se encuentra la creación de este fondo en diciembre de 2007, fecha en que se recibe una aportación inicial de 19 mil 491 millones de pesos.

El fondo ha tenido ingresos por 101 mil 434 millones de pesos. Sin embargo, el saldo real al primer semestre de 2010 es de sólo 59 mil 341 millones, según cifras proporcionadas por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de esta Cámara de Diputados.

Esto se explica porque en este periodo el gobierno federal ha retirado 42 mil 92 millones. De ellos usó 25 mil para apoyar al ISSSTE y 17 mil 92 para otros propósitos que hasta la fecha desconocemos.

Señor presidente, le solicito sean publicados de manera íntegra en el Diario de los Debates, tanto este discurso como la iniciativa de proyecto de decreto. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Uriel López Paredes, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Uriel López Paredes, diputado a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción V, inciso d), del artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Exposición de Motivos

En doscientos años de vida independiente, México no ha podido construir un Estado social, un Estado del bienestar. Las causas son múltiples. El hecho es que quienes nos antecedieron no diseñaron un orden estatal con estas características. Ni las condiciones económicas, sociales, culturales y políticas lo permitieron, ni su construcción ha formado parte de los proyectos que han impulsado las élites que han gobernado y dirigido a este país.

A cambio de ello, en el siglo veinte se logró que se reconociera en nuestro ordenamiento constitucional, el derecho de todos los trabajadores mexicanos y sus familias a la seguridad social. Este reconocimiento no es gratuito, es fruto de la gesta revolucionaria vigesémica y de las posteriores luchas sociales por la conquista de derechos.

En la actualidad, la seguridad social forma parte de las realidades constitucionales y políticas de las sociedades occidentales. La seguridad social es la protección que la sociedad otorga a sus miembros contra las contingencias económicas y sociales derivadas de la pérdida de ingresos, a consecuencia de enfermedades, riesgos de trabajo, invalidez, vejez y muerte, incluyendo la asistencia médica.

En algunos países se considera que todos sus habitantes tienen derecho a la seguridad social, en otros ésta sólo se otorga a los trabajadores de la economía formal y a sus familias.

En México, el artículo 123 constitucional señala cuáles son los derechos de los trabajadores. En este artículo está consagrado el derecho al trabajo digno y socialmente útil, el derecho a la asistencia médica, el derecho a obtener un crédito para vivienda, el derecho a tener un seguro que proteja a los trabajadores y a sus familias contra diversos riesgos o contingencias de la vida: accidentes y enfermedades profesionales y no profesionales, maternidad, servicios de guardería, invalidez y muerte; y el derecho a una pensión que proteja contra las inclemencias de la vejez.

Las pensiones constituyen uno de los elementos centrales de la seguridad social en cualquier país del mundo. El debate sobre el futuro de las pensiones adquirió relevancia en nuestro país hasta finales del siglo XX. La crisis de la deuda de los ochentas, la crisis financiera de mediados de los noventas, el crecimiento acelerado de la población mexicana, los cambios observados en su estructura demográfica, así como el agotamiento de las reservas monetarias del IMSS y el ISSSTE, detonaron las reformas a los sistemas públicos de pensiones federales.

Sin embargo, estas reformas no atendieron la difícil problemática que enfrentan las instituciones de seguridad social de las entidades federativas, de los municipios y de las universidades públicas, en particular de las áreas encargadas de administrar las pensiones.

Los sistemas pensionarios basados en un régimen de reparto deben contar con un respaldo de reservas suficiente para solventar sus compromisos futuros, situación que ya no es posible sostener en la actualidad, pues las reservas se usaron para otras cosas. Los cambios demográficos también se encargaron de hacer su parte, pues cuando se crea el IMSS (en 1943) y el ISSSTE (en 1959), no se prevé que el envejecimiento de la población traería en el futuro grandes presiones financieras a los servicios de salud y pensionarios.

La crisis de los sistemas de pensiones en los estados se detonó por la insuficiencia de recursos financieros para constituir reservas suficientes para solventar los compromisos futuros. Las causas de ello son múltiples, como apuntamos en al penúltimo párrafo. Los cambios en la estructura demográfica es una de las principales. La tendencia al envejecimiento de la población y el incremento en la esperanza de vida contribuyeron a la generación de un grave impacto en los sistemas de pensiones, ya que éstos no se actualizaron conforme fue cambiando la estructura demográfica. A continuación mostramos gráficamente los cambios que ha experimentado en su demografía la sociedad mexicana:

Esperanza de Vida

Esperanza de vida a nacimiento según sexo en México

Año                         Hombres          Mujeres

1930                        33.0                 34.7

1950                        45.1                 48.7

1970                        58.8                 63.0

1990                        67.7                 73.5

2000                        71.3                 76.5

2009                        73.1                 77.8

Fuente: Inegi. Indicadores Sociodemográficos de México (1930-2000).

Comportamiento de la Tasa de Natalidad y Mortalidad por mil habitantes (1950-2000)

Año                         Natalidad        Mortalidad

1950                        45.6                   16.2

1960                        45.5                   10.7

1970                        43.4                   9.9

1980                        34.5                   6.9

1990                        28.8                   5.6

2000                        24.5                   4.9

2010                        17.8                   5.0

Fuente: Inegi. 1er Informe de Gobierno, 1º Septiembre 2001, Anexo, México, páginas 10 y 16. 1950 datos de Raúl Benítez Zenteno, citados en Hernández Laos (1993:15)

Conapo: Indicadores demográficos básicos (1990-2030)

El número de nacimientos ha ido disminuyendo año con año, al igual que el número de defunciones, de suerte que cada día existe una cantidad mayor de personas a las que el Estado mexicano y sus agentes visibles, el gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas y los gobiernos municipales, están obligados a suministrarles bienes y prestarle servicios.

También es importante considerar que la proporción de trabajadores jubilados con respecto a los trabajadores activos aumenta considerablemente todos los días. Según datos de la Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro (Consar), mientras que en 1943 existían 26 trabajadores en activo por cada pensionado, en 2010 existen 5 personas trabajando por cada pensionado. En el año 2035 se prevé que habrá dos trabajadores en activo por cada pensionado.

Esta situación se agudiza en las instituciones estatales de pensiones, ya que las prestaciones generalmente se otorgan en función de la antigüedad y no de la edad. Según algunas estimaciones, el déficit actuarial de los sistemas de pensiones de los estados, estimado a diciembre de 2009, es superior a un billón de pesos a grupo cerrado, sin embargo si consideramos que diariamente ingresan nuevos afiliados, el déficit se incrementa cotidianamente.

A la fecha, únicamente 10 institutos o direcciones de pensiones locales han efectuado modificaciones a los sistemas de pensiones de sus respectivos estados. Con excepción del estado de Aguascalientes, en todas las instituciones o direcciones estatales de pensiones se agota el periodo de suficiencia en el corto o mediano plazo, según se muestra en el siguiente cuadro:

También es importante considerar que en el momento en que se crearon las leyes de pensiones de las entidades federativas, las prestaciones se establecieron en función del acuerdo al que llegaron las autoridades locales y las representaciones sindicales, por lo que no existe un sistema de pensiones y prestaciones contingentes igual a otro.

En la iniciativa de reforma del artículo 19, fracción V, inciso d), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que se presenta, se señala la necesidad de que los recursos acumulados en el Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones (FARP), que son 59 mil 342 millones de pesos al 30 de junio de 2010, se utilicen para apoyar la reforma a los sistemas de pensiones de las entidades federativas, tanto las de quienes ya efectuaron sus reformas como de quienes las emprendan en el futuro.

En 2007, 2008 y 2009 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tomó 41 mil 831.25 millones de pesos del Fondo, de los cuales se usaron 25 mil millones para atender la insuficiencia en la presupuestación original del rubro de pensiones y jubilaciones del ISSSTE, para contar con recursos adicionales y como un mecanismo de ajuste presupuestal.

El Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones (FARP) es un fondo nacional, cuyos recursos deben apoyar las reformas de los sistemas pensionarios públicos de los tres órdenes de gobierno y de las universidades públicas, no sólo las modificaciones que se han hecho en el orden federal, sin embargo hasta ahora sus recursos al parecer únicamente han sido utilizados por el ISSSTE, pues no hay evidencia de que se haya apoyado con recursos a otro sistema pensionario.

Esta situación muestra que el dinero acumulado en el FARP no se ha utilizado para apoyar la reforma de los sistemas públicos de pensiones de las entidades federativas que, como se ha evidenciado, son quienes más lo necesitan en este momento, por lo que es necesario impulsar una modificación a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para que estos recursos sirvan para el propósito original, que según el cuarto de los Lineamientos del Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones (FARP), “... tendrá por finalidad apoyar la reestructuración de los sistemas públicos de pensiones, ...”

Los sistemas públicos federales ya fueron reformados, aunque es justo reconocer que también pasan por serias dificultades financieras. Los de las universidades públicas sufrieron modificaciones, pero igualmente se justifica revisar su sostenibilidad financiera, buscando apoyar la transición y ver cómo se dota de recursos a sus fondos de pensiones. Los compromisos que tienen los municipios no son tan amplios como los de los estados, aunque habrá que analizar las proyecciones actuariales a futuro. En consecuencia, en este momento lo que se requiere es apoyar la reestructura de los sistemas de pensiones de los estados.

La propuesta de cambio que se presenta intenta que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público libere en lo que resta de 2010 y durante 2011, los recursos que tiene acumulados el FARP, a efecto de apoyar las reformas en las entidades federativas; y que a partir de 2012 se realice nuevamente el análisis para determinar qué reformas de qué instituciones debe apoyar el dinero que para entonces se acumule en el fondo

Es importante continuar construyendo el sistema nacional de pensiones, pero es necesario flexibilizar los criterios para que los estados lleven a cabo sus reformas, urgentes en el actual contexto de crisis económica y astringencia financiera.

Se considera necesario incentivar las reformas mediante un fondo concursable, pues éste ha probado ser un caso de éxito, ejemplo de ello son las universidades públicas estatales, ya que se han logrado reformar prácticamente todos los sistemas de pensiones, generando ahorros 50 veces superiores a los recursos destinados a los fondos correspondientes.

Para la entrega de los recursos, es necesario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público considere que las instituciones estatales de pensiones pueden ser divididas en cuatro grupos:

Grupo Uno: Las instituciones de pensiones afiliadas al IMSS o al ISSSTE. Éstas hacen frente a las cotizaciones de la institución de seguridad social y a los pagos únicos.

Grupo Dos: Las instituciones de pensiones que cuentan con un sistema formal bajo su responsabilidad parcial, es decir, complementario al de alguna institución de seguridad social. Estas áreas hacen frente a las cotizaciones de la institución de seguridad social, a las pensiones parciales a su cargo y a los pagos únicos.

Grupo Tres: Las instituciones estatales de pensiones que cuentan con un sistema formal bajo su responsabilidad total. Éstas hacen frente a las pensiones totales a su cargo y a los pagos únicos.

Grupo Cuatro: Los organismos de pensiones que cuentan con un sistema formal bajo su responsabilidad total y además sus trabajadores reciben pensiones de otra institución de seguridad social. Este tipo de organismos hacen frente a las cotizaciones de la institución de seguridad social, a las pensiones totales a su cargo y a los pagos únicos.

Con el propósito de estar en condiciones de mejorar su rendimiento futuro y así cumplir con los compromisos adquiridos con los beneficiarios de los sistemas de pensiones, los sistemas de los cuatro grupos necesitan que se les proporcione el apoyo financiero para concertar y ejecutar su reforma; y para pagar los costos de la transición, en el caso de los que ya realizaron sus modificaciones.

Los recursos deben ser tomados de los excedentes mencionados en el artículo 19 fracción V, inciso d), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, acumulados en el Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones (FARP), que administra la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Este apoyo financiero debe tener como finalidad únicamente la transición de los sistemas pensionarios y no una subrogación de las obligaciones patronales de tales instituciones.

En consecuencia, se indica en el cuerpo de la iniciativa que se presenta la prohibición expresa de que tales recursos a favor de las instituciones beneficiarias sean utilizados para pagar aportaciones que por ley correspondan como patrones a los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales o de las universidades públicas estatales.

Con la finalidad de llevar a buen fin el espíritu de la iniciativa que se pone a consideración de esta H. Soberanía, se señala en el texto de los artículos transitorios los criterios mínimos que ha de aplicar la autoridad ejecutora para que las instituciones de seguridad social de las entidades federativas tengan acceso a tales fondos, evitando de esta manera que los recursos destinados para fortalecer estos sistemas terminen utilizándose como un relevo de obligaciones.

Es importante que la entrega de los recursos concursables se haga mediante evaluaciones actuariales estandarizadas, que midan el ahorro generado por la reforma, de acuerdo con la disminución del costo para el erario público a valor presente, haciendo la distinción de su procedencia:

• Incremento en cuotas de los trabajadores actuales y futuros.

• Modificación de requisitos, condiciones y monto de las prestaciones de la generación actual de trabajadores.

• Modificación de requisitos, condiciones y monto de las prestaciones de las nuevas generaciones de trabajadores.

• Diseño de mecanismos que hagan posible en el futuro cercano la portabilidad de beneficios entre los sistemas de pensiones.

Se deberán crear cuatro fondos iguales, asignados a cada uno de los incisos anteriores. En el caso de los tres primeros incisos, éstos deberán distribuirse proporcionalmente al monto de los ahorros del patrón a valor presente, generados por la reforma, con respecto a la suma del ahorro de todos los patrones.

En el caso del fondo para el último inciso, los recursos deberán utilizarse para financiar la portabilidad de beneficios de los cotizantes o de sus beneficiarios, pudiendo extenderse la portabilidad a cualquiera de los sistemas de pensiones existentes en México.

El propósito es que los institutos estatales de pensiones o sus equivalentes analicen e impulsen cambios legislativos que incluyan la portabilidad de beneficios. Considerando que cada sistema de pensiones tiene sus particularidades y que establecer tiempos para concluir con el mecanismo de portabilidad representaría un obstáculo adicional a la reforma, no se mencionan plazos fatales. Sin embargo, la creación del fondo destinado a apoyar la puesta en marcha de la portabilidad constituye en sí mismo un incentivo para que los sistemas públicos de pensiones, sea el federal, el de los estados, los municipales o de las universidades públicas, incluyan a la portabilidad de beneficios como parte de los proyectos que impulsen al respecto.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción V, inciso d), del artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Único: Se reforma la fracción V, inciso d), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 19.

I. ...

II. ...

III. ...

IV. ...

V. ...

a)...

b)...

c)...

d)En un 25 por ciento para el Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones, con la finalidad de apoyar las reformas a los sistemas públicos de pensiones de las instituciones de seguridad social federales, de las entidades federativas, municipales y de las universidades públicas, para consolidar un sistema nacional de pensiones más equitativo y con mayor cobertura. Estos recursos no podrán destinarse para pagar aportaciones que por ley correspondan como patrones a los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales y universidades públicas.

Las erogaciones adicionales a que se refiere este artículo se autorizarán en los términos del Reglamento y sólo procederán cuando éstas no afecten negativamente el equilibrio presupuestario o, en su caso, no aumenten el déficit presupuestario.

El Ejecutivo federal reportará en los informes trimestrales y la Cuenta Pública, las erogaciones adicionales aprobadas en los términos del presente artículo.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El apoyo financiero a las reformas de los sistemas de pensiones que al efecto realicen o hayan realizado las instituciones federales, de las entidades federativas, municipios y universidades públicas, se realizará de conformidad con lo señalado en los nuevos Lineamientos del Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones, que al efecto expida el Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría, en un plazo no mayor a treinta días naturales, contados a partir de la publicación de esta reforma, lineamientos que necesariamente deberán considerar lo señalado en la fracción V, inciso d) del artículo 19 de la ley y en los artículos transitorios siguientes. En caso de que los nuevos lineamientos no estén publicados en el plazo señalado, los estados podrán presentar sus solicitudes de recursos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con base en lo señalado en la fracción V, inciso d), del artículo 19 de la Ley y en estos artículos transitorios.

Tercero. Durante lo que resta del ejercicio fiscal de 2010 y durante todo el ejercicio fiscal de 2011, los recursos con que cuente el Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones se utilizarán exclusivamente para apoyar las reformas que se realicen o se hayan realizado en las entidades federativas, a través de un Fondo Concursable, recursos que serán liberados por la Secretaría de Hacienda a las instituciones de seguridad social locales que cumplan con lo señalado en la fracción V, inciso d), del artículo 19 de la Ley, y en estos artículos transitorios, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de que se reúnan todos los requisitos. El dinero radicado en el Fondo no podrá ser utilizado para fines distintos a lo señalado en este artículo transitorio, y deberá considerar también lo indicado en los artículos transitorios siguientes.

Cuarto. Las reformas a los sistemas de pensiones que realicen las instituciones de seguridad social federales, de las entidades federativas, municipales o las universidades públicas estatales, podrán optar por el sistema de cuentas individuales, sin que tal cambio sea obligatorio. Las instituciones de seguridad social de los estados deberán considerar los criterios siguientes en sus reformas:

I. Deberán garantizar la disminución del monto del pasivo actuarial.

II. Incrementarán el periodo de suficiencia.

III. Podrán establecer mecanismos para la portabilidad de beneficios.

IV. Podrán establecer mecanismos que permitan a los nuevos trabajadores la migración al sistema de pensiones basado en cuentas individuales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como a otros sistemas de pensiones.

V. Podrán establecer mecanismos que permitan a los trabajadores activos la migración al sistema de pensiones basado en cuentas individuales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como a otros sistemas de pensiones, sin perder su antigüedad y derechos.

VI. Reducirán el valor presente de las obligaciones totales de pensiones de los trabajadores activos y de nuevo ingreso.

Quinto. El Ejecutivo federal, por conducto de la secretaría, liberará los recursos acumulados en el Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones (FARP), a los institutos o fideicomisos que administren los sistemas de pensiones, o a las áreas de finanzas de las instituciones federales de seguridad social, entidades federativas, de los gobiernos municipales o universidades públicas, que estén reformando o hayan reformado su sistema de pensiones, de acuerdo a los criterios señalados en la fracción V, inciso d) del artículo 19 de la ley y en estos artículos transitorios; y sólo podrán aplicarse para financiar las reformas a sus sistemas de pensiones, en cuanto a lo siguiente:

I. Cubrir los gastos de su operación.

II. Apoyar las obligaciones de los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales y de las universidades públicas derivadas de pensiones en curso de pago de sus trabajadores.

III. Apoyar las obligaciones de las entidades de la Administración Pública Federal que resulten de los programas de apoyo a la reestructuración de los sistemas de pensiones de sus trabajadores, y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, con sus derechohabientes, que resulten de su programa de apoyo a la reestructuración del sistema de pensiones.

IV. Apoyar las obligaciones de los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, municipales, así como de las universidades públicas, que resulten de los programas de reestructuración a los sistemas de pensiones públicos, incluyendo el costo en que se haya incurrido por la realización de estudios actuariales y técnicos relacionados a la elaboración de los programas.

Sexto. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público entregará los recursos a las instituciones de seguridad social de las entidades federativas, bajo el mecanismo de Fondo Concursable, previa evaluación actuarial estandarizada, que mida el ahorro generado por la reforma realizada o por realizar, de acuerdo con la disminución del costo para el erario público a valor presente, haciendo la distinción de su procedencia:

I. Incremento en cuotas de los trabajadores actuales y futuros.

II. Modificación de requisitos, condiciones y monto de las prestaciones de la generación actual de trabajadores.

III. Modificación de requisitos, condiciones y monto de las prestaciones de las nuevas generaciones de trabajadores.

IV. Diseño de mecanismos que hagan posible en el futuro la portabilidad de beneficios entre los sistemas de pensiones.

Se crearán cuatro fondos iguales, asignados a cada uno de los incisos anteriores. En el caso de los tres primeros incisos, éstos deberán distribuirse proporcionalmente al monto de los ahorros del patrón a valor presente, generados por la reforma, con respecto a la suma del ahorro de todos los patrones.

En el caso del último fondo, los recursos deberán utilizarse para financiar la portabilidad de beneficios de los cotizantes o de sus beneficiarios, coadyuvando a la creación de un sistema nacional de pensiones.

Las características y el mecanismo específico para que las instituciones de seguridad social de las entidades federativas accedan a los recursos del Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones, serán incluidos en los nuevos Lineamientos del Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones; dicho mecanismo deberá considerar lo señalado en este artículo transitorio.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 5 días del mes de octubre del año dos mil diez.— Diputados: Uriel López Paredes, Samuel Herrera Chávez, María Dina Herrera Soto, Juan Carlos Natale López, José M. Torres Robledo, Martín García Avilés, Silvia Puppo Gastelum (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, señor diputado. Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.Y tal como lo solicita el diputado Uriel López, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.



LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Eduardo Mendoza Arellano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 22 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

El diputado Eduardo Mendoza Arellano:Honorable asamblea, el día de mañana en la Comisión de Energía finalmente se va a dictaminar un punto de acuerdo que con anterioridad presenté en esta tribuna. Tiene que ver con un exhorto a la Comisión Federal de Electricidad respecto de los excesivos cobros o injustificados cobros de energía eléctrica.

Con esto, el Congreso prácticamente inicia sus tareas y se pone del lado de los usuarios de energía eléctrica y de esta manera inicia el transitar. El día de hoy quiero complementar esta labor que he iniciado y que aún tiene dos vertientes.

Vengo a esta tribuna para presentar una iniciativa, que como bien se dice, adiciona una fracción IV al artículo 22 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Es necesario comentar que el 14 de julio de 2003 estudiantes del IPN diseñaron o presentaron el diseño de un medidor digital, el cual podía cuantificar el gasto de energía eléctrica al momento y de manera precisa. Este medidor se integraba de tres dispositivos que constaban de una pantalla de cristal líquido, un lector de tarjetas y un software que le permitía enviar las lecturas de consumo.

Esto demostró que desde hace siete años se podían abatir los errores y, en su caso, lo que muchas ciudadanas y ciudadanos están reclamando allá afuera, los excesivos cobros en muchos de los casos.

A pesar de esta tecnología mexicana, además seguimos padeciendo la utilización de medidores mecánicos que sólo han generado la constante inconformidad de los usuarios. Prueba de ello consta en los registros de la Profeco, quien sólo por citar un dato nos dice que de 2008 a 2009 aumentaron en un 40 por ciento las quejas. En general estas quejas eran por cobros injustificados por mala lectura del medidor y por supuestos altos consumos que no coincidían con el histórico de cada cliente.

También hay que resaltar en la exposición de motivos que lamentablemente se siguen comprando estos medidores electromecánicos. Por ejemplo, el año pasado —sólo por citar— la empresa IUSA ganó una licitación para dotar a Comisión Federal de Electricidad de un millón 900 mil medidores. Este contrato tuvo un costo de mil 470 millones de pesos.

CFE en algunos estados ha comenzado a reemplazar los medidores mecánicos por medidores de prepago. Pienso yo que en tanto no se tenga una norma, en tanto no trabajamos, en este caso he enviado un punto de acuerdo para que se pueda exhortar a las Secretarías de Economía y de Energía, a efecto de que se autorice la NOM044SCJ2008 relativa a los watthorímetros, en tanto no se revise esta norma y en tanto no se modifique la ley no se va a poder resolver.

Nos han comentado que en algunos estados como en el estado de Chiapas, en donde mi compañera que me acompaña en esta iniciativa, la diputada Magdalena Torres Abarca, nos han comentado que resulta que estos medidores no están funcionando e inclusive está documentado un caso en el estado de Veracruz, en donde en el fraccionamiento Ciudad Olmeca, la gente afirma que a partir de estos medidores digitales la variación de voltaje ha sido frecuente.

Ante estos hechos los trabajadores de la paraestatal admiten que los aparatos electrónicos no son aptos para Coatzacoalcos por la salinidad, temperatura húmeda de la zona. Esto sucede también, decía yo, en algunos estados como el estado de Chiapas.

Por eso el día de hoy, presidente, concluyo, antes de que me chiflen, concluyo, por eso el día de hoy presento esta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción IV al artículo 22 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica para que quede de la siguiente manera:

Tratándose de los medidores de energía eléctrica, estos deberán reflejar de manera clara para los usuarios, el consumo de kilowatts realizado al día, así como el monto a pagar por dicho consumo. Bajo ninguna circunstancia tendrán la modalidad de prepago.

En la adquisición de los medidores se procurará evitar prácticas de monopolio, tomando en cuenta el desarrollo de tecnología que realicen instituciones de educación pública, centros públicos de investigación científica y empresarios mexicanos.

En espera de que primero en comisión tenga la simpatía esta iniciativa que le hace falta a muchas y a muchos ciudadanos mexicanos que están padeciendo los altos cobros. Y con posterioridad, en espera de que este pleno favorezca esta iniciativa y favorezca a los mexicanos, quedo de ustedes. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 22 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Eduardo Mendoza Arellano, del Grupo Parlamentario del PRD

Eduardo Mendoza Arellano, en mi carácter de diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LXI Legislatura, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, y 72 constitucionales; 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto por la que se adiciona una fracción IV al artículo 22 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, bajo el tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica,la Comisión Federal de Electricidad tiene por objeto prestar el servicio público de energía eléctrica, formular y proponer al Ejecutivo federal los programas de operación, inversión y financiamiento que se requiera a corto, mediano o largo plazo; promover la investigación tanto científica como tecnológica, así como el desarrollo y fabricación nacional de equipos materiales utilizables en el servicio público de energía eléctrica.

A pesar de lo anterior, el 14 de julio de 2003 estudiantes del Instituto Politécnico Nacional diseñaron un medidor de luz digital, el cual cuantifica el gasto de energía eléctrica de manera precisa, además de evitar que haya alteraciones en la lectura y permite que el usuario lleve un control de su consumo, este medidor se integra de tres dispositivos que constan de una pantalla de cristal líquido, un lector de tarjetas integrado al wattorímetro y un software que permite enviar la lectura del consumo a una base de datos; el consumo de la energía se registra continuamente en la pantalla líquida del medidor y posteriormente la información de la tarjeta se lee mediante un software.

El medidor digital puede ser instalado fácilmente, su costo a la fecha en la que se diseñó era de ochocientos pesos, sin embargo al hablarse de una producción en volumen su costo se reduciría, además de poder adaptarse perfectamente en lugar de los medidores mecánicos que actualmente se utilizan.

El Instituto Politécnico Nacional entablaría pláticas con la Comisión Federal de Electricidad con la finalidad de presentar su proyecto y éste fuera incorporado en el servicio público de energía eléctrica.

A siete años de haber diseñado este tipo de medidores digitales, la población mexicana sigue padeciendo la utilización de los medidores mecánicos que sólo han generado la constante inconformidad de los usuarios, prueba de ello consta en los registros de la Procuraduría Federal del Consumidor, en los que la Comisión Federal de Electricidad ha ocupado el primer lugar en quejas por parte de sus usuarios. Tan sólo de 2008 a 2009 las quejas aumentaron en un 40 por ciento; en general la mayoría de dichas quejas son por cobros injustificados, mala lectura del medidor, así como supuestos altos consumos.

En la actualidad podemos darnos cuenta que la CFE lejos de interesarse en el diseño de medidor digital realizado por el Instituto Politécnico Nacional, tiene otro tipo de intereses, ya que recientemente la empresa Grupo IUSA ganó las licitaciones públicas para proveer un total de un millón novecientos mil medidores a la paraestatal; el monto de estos contratos asciende a mil 470 millones de pesos.

Actualmente la Comisión Federal de Electricidad en algunos estados de la República ha empezado a remplazar los medidores mecánicos por medidores digitales de prepago; con los cuales la prestación del servicio de energía eléctrica es anticipado. Con esta medida la población marginada será como siempre la más afectada debido a que, cuando se termina el saldo de la tarjeta el servicio de energía eléctrica se suspenderá inmediatamente y éste se reanudará hasta el momento en que se introduzca una nueva tarjeta con el saldo, por supuesto pagado con anterioridad. El mecanismo es similar a las fichas de prepago de las compañías de telefonía celular, el cual ya es muy conocido y de antemano sabemos que si no se cuenta con los recursos para adquirir una nueva tarjeta simplemente no puedes hacer uso del servicio.

En términos de eficiencia empresarial la Comisión Federal de Electricidad disminuiría en gran medida el fraude y el hurto de energía eléctrica, reduciendo de esta manera las pérdidas y aumentando sus ingresos; sin embargo nuevamente el costo de ello lo sufragaría la población responsable que paga por el servicio, ya que en términos coloquiales en los casos en los que se cuelgan de un medidor el costo por la energía consumida por las dos instalaciones la terminaría pagando el usuario propietario del medidor y por anticipado.

Contrario a lo que se ha mencionado, la Comisión Federal de Electricidad manifiesta que el sistema de medidores de prepago mantiene el control de las ventas, recargas de crédito, así como la conexión y desconexión del suministro del servicio. Bajo estos argumentos desde agosto de 2009 se han empezado a instalar en Yucatán estos medidores.

En el estado de Guerrero la Comisión Federal de Electricidad ha instalado medidores digitales en la zona Diamante y en algunas zonas de Monterrey con la finalidad de evitar pérdidas y robo de energía eléctrica, así como el manipuleo en los recibos de luz. Los medidores digitales se colocan principalmente en lugares comerciales o donde haya buena afluencia de servicios. Explicó que se controlan a través de ondas electromagnéticas para que se pueda dar la información a una central y de esa manera pueda llegar el recibo a su domicilio de manera oportuna y se pueda dar un buen servicio al cliente.

De igual manera, el pasado 5 de abril del presente año se anunció que la Comisión Federal de Electricidad instalará 23 mil medidores inteligentes de prepago en fraccionamientos de Cancún y dos mil 500 en la zona hotelera. Actualmente se han instalado 12 mil 500 y para el cierre de este año se pretende tener instalados 23 mil medidores inteligentes.

En el estado de Campeche, el 31 de enero de 2010 se inicio la instalación de dos mil medidores digitales en el municipio de Carmen; se contempla en una primera etapa cambiar 3 mil 400 medidores de un padrón de 64 mil usuarios. Como en los casos anteriores con esta medida se pretende conseguir un ágil y fácil lectura del consumo; en este se pueden signar tarifas diferentes por energía consumida en horarios diurnos y nocturnos; el medidor cuenta con un display, el cual permite que el límite máximo de corriente contractual se mida con extrema precisión, los datos llegan a la compañía a través de los mismos cables eléctricos.

El 18 de junio de 2010 a través del periódico Milenio se anunció que también en Nuevo Laredo, Tamaulipas, se han instalado en la ciudad cerca de cuatro mil 343 medidores digitales y se espera que los 161 mil 500 usuarios registrados por la CFE tengan estos medidores. Con esta medida se adoptará el sistema de prepago para el servicio de energía eléctrica, al respecto el superintendente de la CFE, Salvador García Guerra, explicó que a través de los medidores de autogestión, el cliente tendrá la opción de pagar la luz con tan sólo recargar con dinero electrónico una tarjeta inteligente que la propia CFE les proporcionará; dicha tarjeta deberá ser deslizada por el medidor para saldar la cuenta sin necesidad de acudir a las oficinas administrativas o cajeros automáticos; asimismo, destacó que la tarjeta podrá ser recargable en tiendas de conveniencia, departamentales o de autoservicio.

“Por ejemplo el cliente tendrá la opción de ponerle a su medidor digital 200 o 400 pesos y será por esa cantidad el servicio, en el medidor aparecerá los kilowatts a los que tiene derecho y les indicará también cómo se irán acabando; una vez que se termine el saldo, automáticamente la electricidad será suspendida en el domicilio, restableciendo la luz cuando carguen nuevo saldo,” señaló el superintendente de CFE Salvador García Guerra.

La queja por parte de la ciudadanía a la que ya se le instalaron los medidores digitales de prepago y los que aún no los tienen se ha manifestado tanto en periódicos de circulación local y nacional, así como por sitios web de quejas y correos electrónicos. Tal es el caso de los habitantes de la colonia Cuauhtémoc y el fraccionamiento Ciudad Olmeca, en Veracruz; quienes afirman que a partir de que tienen los medidores digitales la variación del voltaje ha sido frecuente. Ante este hecho los trabajadores de la paraestatal, admiten que los aparatos electrónicos no son aptos para Coatzacoalcos, por la salinidad, temperatura y humedad de la zona, esto aunado a que las nuevas líneas tienen material de aluminio y no de cobre, lo que provoca variaciones en el voltaje.

Otras quejas giran en torno a que los medidores digitales consumen energía eléctrica aún sin que se esté haciendo uso del servicio, lo que ha sido corroborado por el personal de la Comisión Federal de Electricidad y al cual no le han dado ninguna solución. El resto de las quejas se deben a que a partir de la instalación de los medidores digitales el pago por el servicio se ha duplicado y en ocasiones hasta triplicado.

Las quejas por la instalación de los nuevos medidores digitales cada vez son más, pues de acuerdo a datos del Departamento de Quejas de la Comisión Federal de Electricidad diario reciben por cuadrillas hasta 10 inconformidades.

La empresa que abastece a la Comisión Federal de Electricidad de los medidores ha desarrollado sistemas de comunicación vía remota para medidores de Electricidad, por medio de PLC (Power Line Carrier), en líneas de bajo voltaje así como RF y con tecnología Mesh, lo que permite la conectividad del concentrador a las oficinas centrales de la compañía eléctrica con sistemas como ethernet, GPRS, radio-fibra óptica y coaxial, software de administración y base de datos para generar reportes de lecturas para facturación en tiempo real, perfil de consumo, desconexión y conexión remota, reporte de desconexiones del medidor.

Con la información obtenida, se pueden detectar problemas de corte de suministro y variación de voltaje sin necesidad de ser reportadas.

Como ya se mencionó estos medidores digitales o inteligentes permiten la transferencia de información en tiempo real entre la central y cada medidor, permitiendo de esta manera que la central este enterada si existe una falla en el servicio, el consumo de energía eléctrica, si existe alguna alteración en el medidor, la desconexión y conexión inmediata del servicio desde la central; es por ello que de ninguna manera existe razón para que el cobro por la prestación del servicio público de energía eléctrica sea realizado con anterioridad como el sistema de prepago lo propone.

Por un lado a pesar del proceso de licitación, la empresa IUSA tiene el monopolio en la distribución de los medidores de energía eléctrica y por otro la Comisión Federal de Electricidad en el suministro del servicio; lo que al respecto el artículo 28 constitucional segundo párrafo castiga severamente “toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social”.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona una fracción IV al artículo 22 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 22.Para la realización de las obras e instalaciones necesarias a la prestación del servicio público de energía eléctrica, la Comisión Federal de Electricidad deberá:

I. ...;

II. ...;

III. ...;

IV. Tratándose de los medidores de energía eléctrica, éstos deberán reflejar de manera clara para los usuarios el consumo de kilowatts realizado al día, así como el monto a pagar por dicho consumo. Bajo ninguna circunstancia tendrán la modalidad de prepago.

En la adquisición de los medidores se procurará evitar prácticas de monopolio, tomando en cuenta el desarrollo de tecnología que realicen instituciones de educación pública, centros públicos de investigación científica y empresarios mexicanos.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de dos mil diez. — Diputados: Eduardo Mendoza Arellano, Luis Antonio Martínez Armengol, Silvia Puppo Gastelum, Samuel Herrera Chávez, Obdulia Magdalena Torres Abarca (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Energía.



LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLE

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34, 39 y 86 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable.

La diputada Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández:Con su permiso, diputado presidente. Honorable asamblea, el cambio climático está ocasionando grandes daños a los océanos, provocando la modificación de los procesos biológicos de las especies, en particular aquellas cuyo ciclo de vida es más corto, generando un desfase entre la etapa inicial de vida de los peces y sus presas, con la consecuente disminución de las poblaciones.

En el estudio titulado En agua muerta, editado por el PNUMA en febrero de 2008, se señaló que tres cuartas partes de las zonas pesqueras podrían verse afectadas por cambios de circulación provocados por la reducción de los sistemas de bombeo naturales en los océanos y por el aumento de las emisiones de dióxido de carbono, las cuales han venido incrementando la acidez de los mares y por consiguiente, han provocado la muerte de diferentes especies y organismos.

Todos estos factores señalados anteriormente han venido afectando los costos para la población que vive de la pesca, así como el precio de los productos pesqueros.

Hay una clara tendencia encaminada hacia la disminución de especies comerciales o de ciertas especies que incrementan su valor económico a través de agregar valor, como extraer aceites esenciales, aminoácidos importantes comercialmente, por mencionar sólo algunos ejemplos.

Los estudios que han realizado nuestros investigadores del Instituto Nacional de Ecología sugieren que la productividad en este sector dependerá de la secuencia con la que se presente el fenómeno del Niño.

Sin embargo, actualmente los cambios importantes se están dando en especies pelágicas, por variaciones del clima.

El sector pesquero es y ha sido fuertemente afectado por las condiciones climáticas extremas de los años pasados. En la actualidad, las consecuencias del cambio climático se han convertido en una realidad que ya está teniendo frutos en las pesquerías del mundo.

De acuerdo con los estudios científicos, existe una relación directa e indirecta entre los procesos ecológicos y los fenómenos climatológicos, la cual también nos proporciona como resultado afectaciones de tipo social, económico y ambiental.

En México tenemos instrumentos jurídicos relativos a la pesca, como es el caso de la Carta Nacional Pesquera, la cual incorpora métodos, líneas de investigación, contabilización de productos y captura, estrategias de administración, manejo de pesquerías, así como investigación sobre las especies que están bajo algún régimen de protección especial.

Es necesario señalar que en nuestro país se han implementado acciones para evitar el deterioro de los ecosistemas marinos, focalizándose principalmente hacia la pesca comercial.

Sin embargo, aún tenemos mucha tarea por delante. Es por esta razón que proponemos una serie de adiciones a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en particular proponemos que, cuando la Semarnat revise el proyecto y actualizaciones de la Carta Nacional Pesquera incluya acciones y recomendaciones relativas a la adaptación, mitigación y vulnerabilidad del cambio climático.

En cuanto a lo dispuesto en el artículo 39 relativo a los planes de manejo pesquero, consideramos necesario adicionar una fracción que se refiera a las acciones y recomendaciones sobre vulnerabilidad, mitigación y adaptación al cambio climático para que se implementen en las pesquerías, así como en la actividad acuícola.

Asimismo, en el artículo 86, que se refiere al contenido de los planes de manejo de las unidades de manejo acuícolas, consideramos necesario adicionar una fracción para incluir acciones y recomendaciones relativas a la vulnerabilidad, adaptación y mitigación al cambio climático.

Dicha visión de manera particular resulta necesaria por ser la actividad de mayor crecimiento del sector en los últimos 10 años y cuya actividad puede verse deteriorada por los efectos del cambio climático, como está sucediendo en algunas regiones del sureste que, producto de las inundaciones sufridas en los últimos dos años ha favorecido la proliferación de especies invasoras, como el pez diablo, que desplazó a las especies nativas y está acabando con algunas pesquerías en aguas continentales.

No debemos dejar de lado que la finalidad es manejar mejor nuestros recursos marinos y que debemos promover que nuestras instituciones sean capaces de poder establecer los volúmenes de extracción de pesca con un esfuerzo óptimo y que esté acorde con la fecha o durabilidad de la temporada de cada especie.

Al mismo tiempo, en el sector de la acuacultura se podría establecer una serie de estrategias para mantener el crecimiento de la actividad, producir alimento y cuidar nuestra biodiversidad.

No debemos soslayar que la adaptación al cambio climático por su propia naturaleza requiere de una estrategia a corto, mediano y largo plazo que sea sostenida de tal forma que resulte imperativo enfocar las políticas y medidas adecuadas con un horizonte que maneje nuestras pesquerías de manera integral.

Por último, de manera respetuosa solicito a la Presidencia que la iniciativa se inserte en el Diario de los Debates y que la presente sea turnada, por el tema de la conservación, a la Comisión de Medio Ambiente. Muchas gracias, diputado presidente, compañeras diputadas y compañeros diputados.

«Iniciativa que reforma los artículos 34, 39 y 86 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo de la diputada Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, en uso de las facultades que le confieren los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO) de las Naciones Unidas desde los años ochenta señaló que los recursos pesqueros a nivel internacional estaban siendo sobreexplotados y, que por la misma razón, no se podía ni se debía mantener una explotación que no fuera controlada en las pesquerías o cooperativas, ya fueran nacionales o internacionales.

Después de varias reuniones, la FAO señaló la necesidad de implementar criterios que deberían contener lineamientos encaminados hacia la ordenación pesquera sustentable. Asimismo, el Comité de Pesca, que se instauró en Roma el año 1991, pidió que se elaboraran nuevos criterios que llevaran a una pesca sostenible y responsable.

En 1992 se realizó en Cancún, una conferencia internacional cuyo tema central fue la Pesca Responsable, en donde los países participantes solicitaron a la FAO la preparación de un Código Internacional de Conducta Responsable. Ese mismo año, la Organización de las Naciones Unidas retomó las contribuciones de la Declaración de Cancún y más adelante convocó a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre las Poblaciones de Peces cuyos territorios se Encuentran Dentro y Fuera de las Zonas Económicas Exclusivas y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorias.

Los resultados de todas estas Conferencias fueron determinantes y llevaron a la conclusión de que había que crear nuevos modelos para la pesca, enfatizando en conservar los recursos pesqueros y evitar que sean sobreexplotados.

Por otro lado, el Cambio Climático está ocasionando grandes daños a los océanos, provocando la modificación de los procesos biológicos de las especies, en particular aquéllas cuyo ciclo de vida es más corto; generando un desfase entre la etapa inicial de vida de los peces y sus presas, con la consecuente disminución de las poblaciones.

Igualmente, en el estudio titulado En agua muerta, editado por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente en febrero del 2008 se señala que tres cuartas partes de las zonas pesqueras podrían verse afectadas por cambios de circulación, provocados por la reducción de los sistemas de bombeo naturales de los océanos y, por el aumento de las emisiones de dióxido de carbono, las cuales han venido incrementando la acidez de los mares y, por consiguiente, esto ha provocado la muerte de diferentes especies de organismos. Todo esto afecta el costo para la población que vive de la pesca, así como el precio de los productos pesqueros.

Por lo tanto, los efectos del cambio climático ya son una realidad que afecta a las pesquerías del mundo. De acuerdo a los estudios científicos, existe una relación directa e indirecta entre los procesos ecológicos y los fenómenos climatológicos, que dará como resultado afectaciones de tipo social, económico y ambiental.

En México tenemos instrumentos jurídicos relativos a la pesca como es el caso de la Carta Nacional Pesquera, la cual incorpora métodos, líneas de investigación, contabilización de producción y captura, estrategias de administración, manejo de pesquerías, así como investigación sobre las especies que están bajo algún régimen de protección especial.

Asimismo, contamos con la Carta Nacional Acuícola, que aunque no es vinculante, posee carácter informativo y orientador para las autoridades competentes.

Es necesario señalar que en nuestro país se han implementado acciones para evitar el deterioro de los ecosistemas marinos, focalizándose principalmente hacia la pesca comercial.

Sin embargo, aún tenemos mucha tarea por delante. Es por esta razón, que proponemos una serie de adiciones a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

En particular, proponemos que cuando la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) revise el proyecto y actualizaciones de la Carta Nacional Pesquera incluya acciones y recomendaciones relativas a la adaptación, mitigación y vulnerabilidad al cambio climático.

En cuanto a lo dispuesto en el artículo 39, relativo a los planes de manejo pesquero, consideramos necesario adicionar una fracción que se refiera a las acciones y recomendaciones sobre vulnerabilidad, mitigación y adaptación al cambio climático, para que se implementen en las pesquerías, así como en la actividad acuícola.

Asimismo, en el artículo 86 que se refiere al contenido de los planes de manejo de las unidades de manejo acuícolas, consideramos necesario adicionar una fracción para incluir acciones y recomendaciones relativas a la vulnerabilidad, adaptación y mitigación en torno al cambio climático.

Dicha adición resulta necesaria por ser la actividad de mayor crecimiento del sector en los últimos 10 años y cuya actividad puede verse deteriorada por los efectos del cambio climático como está sucediendo en algunas regiones del sureste, que producto de las inundaciones sufridas en los últimos dos años ha favorecido la proliferación de especies invasoras, como el pez diablo, que desplazó a las especies nativas y está acabando con algunas pesquerías en aguas continentales.

Por último, en torno a la vulnerabilidad que tenemos en nuestras costas y en nuestras pesquerías, tenemos la obligación de armonizar nuestro marco jurídico con los desafíos que nos plantea el cambio climático y sus efectos con la finalidad de manejar mejor nuestras posibilidades, poder establecer los volúmenes de extracción con un esfuerzo óptimo y acorde a la fecha o durabilidad de la temporada para cada especie, lo cual se traduce en impacto económico y social y si se maneja adecuadamente, da gobernabilidad y protege al medio ambiente, porque es sustentable y produce alimento sin deteriorar nuestras reservas potenciales. Al mismo tiempo, que en el sector de la acuacultura se podrían establecer una serie de estrategias para mantener el crecimiento de la actividad, producir alimento y cuidar nuestra biodiversidad.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Artículo Único: Se adiciona un párrafo segundo al artículo 34, pasando el actual párrafo segundo a ser el tercero; una fracción VIII al artículo 39 y una fracción XI al artículo 86, todos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables para quedar como sigue:

Artículo 34. La Semarnat participará en la revisión del proyecto de Carta Nacional Pesquera y sus actualizaciones. Para tales efectos, contará con un plazo de cuarenta y cinco días, contados a partir de que reciba el proyecto enviado por el Inapesca, pudiendo solicitar información adicional si así lo requiere, y emitir, en su caso, las observaciones y recomendaciones que considere pertinentes, debidamente motivadas y fundamentadas, las cuáles, serán tomadas en cuenta por el Inapesca en la formulación del documento definitivo.

Las recomendaciones y acciones que emita la Semarnat, entre otros, deberán considerar la vulnerabilidad, así como la mitigación y adaptación al cambio climático a fin de asegurar la conservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas marinos.

(...)

Artículo 39. Para los fines y objetivos de la presente ley, los planes de manejo pesquero deberán incluir:

I. a VII. (...)

VIII. Acciones y recomendaciones sobre vulnerabilidad, mitigación y adaptación en torno al cambio climático.

Artículo 86. Cada unidad de manejo acuícola, deberá contar con un plan de manejo que contendrá:

I. a X. (...)

XI. Acciones y recomendaciones sobre vulnerabilidad, mitigación y adaptación en torno al cambio climático.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 En particular para su Programa 21 de la Conferencia de Las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, 1992.

2 Presentado en el Foro Ambiental Mundial a Nivel Ministerial, bajo el tema “Movilización de fondos para el cambio climático”. Febrero de 2008, Mónaco.

3 Carta Nacional Pesquera 2000.

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, septiembre de 2010.— Diputada Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tal como lo solicita la diputada Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, se turna a la Comisión de Pesca,e insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.

¿Perdón? Túrnese a Comisiones Unidas de Pesca, y Medio Ambiente,a petición de la proponente.



LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL - LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal, y 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente.

El diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, hablar de los derechos de los animales ha sido tomado en cuenta en diversos puntos del globo, así como de nuestro país por diversas organizaciones y gobiernos.

Estudios realizados por la Humane Society de Estados Unidos en el 2003 mostraron una gran crueldad hacia los animales, arrojando datos muy preocupantes. Un 57 por ciento del universo estudiado eran daños causados intencionalmente a los animales, y el 43 por ciento eran casos extremos de negligencia o descuido.

Es indispensable generar conciencia. Cerca de un millón de animales son maltratados cada año por sus cuidadores, en caso de violencia doméstica. Desde una perspectiva humanista y ética parece inaceptable observar que el ser humano, mayormente los adultos y adolescentes varones sean quienes cometen intencionalmente un alto índice de actos crueles contra los animales, sobre todos los domésticos son las víctimas más comunes de la crueldad, cuya forma frecuente son los disparos, los golpes e incluso el quemarlos vivos.

Por ello, reitero, es indispensable crear conciencia sobre el rumbo que toma la sociedad y los valores que estamos fomentando en materia de respeto o falta de respeto en las relaciones con el otro, con los otros, así como la forma en que resolvemos los conflictos.

Hemos sido testigos en diferentes ocasiones, a través de los diversos medios de comunicación masiva, como los videos que circulan en Internet que muestran cómo cometen actos inhumanos contra indefensos animales.

Cabe destacar que el maltrato a los animales es una práctica que en diversos lugares del mundo está penada, y paradójicamente, en otros, está permitida. Decir que estas prácticas son un legado aceptado sería reprochable. Y decir que estas acciones no tienen consecuencia alguna, sería inaceptable.

Sin implicar necesariamente una igualdad o identidad de los animales con la vida humana, éticamente hablando y no desde una perspectiva jurídica, expertos en la materia hablan de las consideraciones mínimas que deben hacerse al hablar de la igualdad entre los humanos y los animales, considerándoseles en sus necesidades.

En materia del cuidado y trato de animales, en México contamos con la Ley Federal de Sanidad Animal, la cual tiene como uno de sus objetivos procurar el bienestar animal. La ley también versa sobre las necesidades que deben ser satisfechas por el hombre, perfectamente establecido en el artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal:

Los propietarios o poseedores de animales domésticos o silvestres en cautiverio deberán proporcionarles alimento y agua en cantidad y calidad adecuada de acuerdo con su especie y etapa productiva.

Por lo anteriormente expuesto, someto a esta soberanía el siguiente proyecto de decreto, por el cual se adiciona un párrafo al artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal y se reforma el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Primero. Se reforma el artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal

Artículo 21. ...

Asimismo, garantizarán el bienestar animal evitando todo tipo de maltrato.

Segundo. Se reforma el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Artículo 87 Bis 2. El gobierno federal, los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias garantizarán el bienestar animal evitando cualquier maltrato.

Transitorio. Primero. El presente decreto entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 5 de octubre de 2010.

Diputado presidente, solicito que el texto de la presente iniciativa se inserte íntegro en el Diario de los Debates. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma los artículos 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal, y 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, del Grupo Parlamentario del PAN

Guadalupe Eduardo Robles Medina, diputado a la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de la los Estados Unidos Mexicanos y de la fracción II del artículo 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por que se reforma la Ley Federal de Sanidad Animal, y la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hablar de los derechos de los animales ha sido tomado en cuenta en diversos puntos del globo, así como de nuestro propio país, por diversas organizaciones y por diversos gobiernos.

Estudios realizados por la Humane Society de los Estados Unidos, en 2003 han mostrado una gran crueldad hacia los animales. Estos estudios arrojaron datos muy preocupantes: un 57 por ciento del universo estudiado, eran daños causados intencionalmente a los animales; y el 43 por ciento eran casos extremos de negligencia o descuido.

Es indispensable generar conciencias y en nuestras manos tenemos una herramienta. Desde una perspectiva humanista y ética parece inaceptable observar que el Ser Humano, mayormente en adultos y adolescentes varones sean quienes comenten intencionalmente un alto índice de actos crueles contra los animales.

Los animales domésticos son las víctimas más comunes de la crueldad, cuya forma más común es con disparos, golpes o incluso quemándolos vivos.

Las cifras son alarmantes, cerca de un millón de animales son maltratados cada año por sus cuidadores en casos de violencia doméstica.

Por ello, reitero, es indispensable crear conciencias sobre el rumbo que toma la sociedad y los valores que estamos fomentando en materia de respeto o de irrespeto, en las relaciones con el otro, con los otros y nuestro entorno, así como la forma en que resolvemos los conflictos.

En nuestro país, debemos tomar las acciones y medidas pertinentes para sumarnos, desde el gobierno federal, a los esfuerzos que se han realizado de diversas maneras en distintos lugares. Como ejemplo, tenemos entidades federativas que han decidido tomar el tema de una u otra forma y apoyar una preocupación social en esta materia, tales son los casos de: Aguascalientes, Baja California, Campeche, Colima, Coahuila, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, entre otros, incluyendo el Distrito Federal.

En derecho comparado, existen países que también han tomado el tema, como lo son: España, Chile y Argentina.

Para efectos de la presente iniciativa debemos considerar algunos factores éticos y otros que son simple y complejamente los derechos de los animales, que incluso están expresados en algunas normatividades.

En México y el mundo hemos sido testigos en diferentes ocasiones, a través de los diversos medios de comunicación masiva, como los videos que circulan por la Internet, cómo se comenten actos inhumanos contra indefensos animales, como los gatos y perros; en su mayoría los animales domésticos.

Cabe destacar que el maltrato de los animales es una práctica que en diversos lugares del mundo está penado, y paradójicamente, en otros, está permitido. Decir que estas prácticas son un legado aceptado, sería reprochable; decir que estas acciones no tienen consecuencia alguna, sería inaceptable.

Sin implicar necesariamente una igualdad o identidad de los animales con la vida humana, -éticamente hablando y no desde una perspectiva jurídica,- expertos en la materia hablan de las consideraciones mínimas, que deben hacerse al hablar de la igualdad entre los humanos y los animales, considerándoseles en sus necesidades.

En materia del cuidado y trato de animales, en México contamos con la Ley Federal de Sanidad Animal, la cual tiene como uno de sus objetivos “procurar el bienestar animal”. De esta forma está expreso en la ley:

“La presente Ley es de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto fijar las bases para: el diagnóstico, prevención, control y erradicación de las enfermedades y plagas que afectan a los animales; procurar el bienestar animal.”

La ley también versa sobre las necesidades que deben ser satisfechas por el hombre, perfectamente establecido en el artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal:

“Los propietarios o poseedores de animales domésticos o silvestres en cautiverio, deberán proporcionarles alimento y agua en cantidad y calidad adecuada de acuerdo a su especie y etapa productiva.

”Los animales deberán estar sujetos a un programa de medicina preventiva bajo supervisión de un médico veterinario, y deberán ser revisados y atendidos regularmente. Asimismo se les proporcionará atención inmediata en caso de enfermedad o lesión.”

Es loable que la ley considere el bienestar de los animales, proporcionándoles lo necesario. No obstante, la precisión en cuanto a la necesidad de trato digno y libre de agresiones, aún no ha sido establecida.

Por su parte, la Ley General de Vida Silvestre, en el artículo 29, habla sobre el trato digno, mencionando que los diferentes niveles de gobierno deben tomar las medidas necesarias para “evitar o disminuir la tensión, sufrimiento, traumatismo y dolor que se pudiera ocasionar” a las especies de la vida silvestre. Por este motivo, en el congreso tenemos el deber de adentrarnos en el tema y propiciar que estas consideraciones también sean parte de la vida animal.

Como legisladores debemos encontrar las formas de homologar las intenciones de las leyes, de esta manera, es indispensable que la reforma buscada pretenda de manera más explícita dejar establecido que los poseedores de animales domésticos o de cualquier otra índole procuren la disminución de la tensión y sufrimiento que se le puede causar a los animales; debemos adecuar la ordenanza para establecer la prohibición de lacerar el bienestar de los animales a través el maltrato.

Por lo anteriormente expuesto, someto a esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto, por el cual se adiciona un párrafo al artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal y se reforma el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente

Primero. Se reforma el artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal

Artículo 21. ..

...

Asimismo, garantizarán el bienestar animal evitando todo tipo de maltrato.

Segundo. Se reforma el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Artículo 87 Bis 2. El gobierno federal, los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantizarán el bienestar animal evitando cualquier maltrato.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a 14 de septiembre de 2010.— Diputados: Guadalupe Eduardo Robles Medina, Jorge Humberto López-Portillo Basave, María Joann Novoa Mossberger, Javier Corral Jurado, Gumercindo Castellanos Flores (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a las Comisiones Unidas de Agricultura, Ganadería y de Medio Ambiente y Recursos Naturales,y tal como lo solicita el diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.

Tiene la palabra el diputado...

La diputada María del Pilar Torre Canales(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Perdón, la diputada Pilar Torre.

La diputada María del Pilar Torre Canales(desde la curul): Gracias, diputado presidente, es para solicitarle al diputado si me permite adherirme a su iniciativa.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, le están solicitando adherirse a su propuesta.

El diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina(desde la curul): Sí, por supuesto.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El diputado manifiesta con agrado y acepta que usted se adhiera a su propuesta.

El diputado Javier Corral Jurado(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El diputado Javier Corral.

El diputado Javier Corral Jurado(desde la curul): Presidente, con el mismo propósito que la diputada Pilar Torre Canales, el de agregarme en la suscripción de esta iniciativa de nuestro compañero Torres Medina.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El diputado que expuso ya manifestó su voluntad y agrado para que cada uno de los diputados compañeros que quieran adherirse a su propuesta lo hagan, y está a su disposición en la mesa de esta Secretaría.



LEY MINERA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Pedro Ávila Nevárez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley Minera.

El diputado Pedro Ávila Nevárez:Con su permiso, señor presidente. La mano de obra de los trabajadores es fundamental en la producción minera de México. Por ello debe formar parte básica en el texto de la presente ley.

El salario de los trabajadores mineros en México está muy mal pagado. No obstante, de ser un trabajo muy pesado, riesgoso y peligroso, trabajo que puede ser comparable con el salario de los peones libres acasillados de la época del Porfiriato.

Pero aparte, los trabajadores mineros siempre están sujetos a múltiples enfermedades profesionales causadas por la naturaleza del trabajo, y lo peor, en gran parte carecen de lo más mínimo en los servicios médicos a que tienen derecho y que están obligados a dárselos los concesionarios de las compañías mineras.

También, no les dan reparto de utilidades, no tienen servicios médicos.

Por eso presentamos en esta tribuna, a toda la representación nacional de nuestra patria, esta reforma a la Ley Minera, en su Capítulo Octavo, artículo 6o., que por ser el trabajo de los mineros muy pesado, riesgoso y peligroso para la propia subsistencia del trabajador sea bien remunerado. Y que, conforme lo prescribe la ley, cada año —que se oiga bien—, cada año se lleve a cabo el reparto de utilidades.

No que sólo se lleven las barras de oro a Inglaterra, que se las lleven a Canadá, que se las lleven a España y sólo nos dejen la silicosis de nuestros mineros, como sucede allá en Durango, en Tayoltita, que hasta a los mineros los meten presos y que si no ha sido en esta semana por la intervención del gobernador del estado, Jorge Herrera Caldera, ahorita los mineros de Tayoltita estarían presos en el Cereso de Durango por haber tomado del río unas cuantas pepitas de oro que eran de su propiedad.

Artículo 62. En cada región minera de México, que se halle en explotación, sean debidamente complementados todos los servicios de educación, hospitales, caminos y centros de asistencia social por el estado, con la respectiva asignación del personal de atención correspondiente, como son profesores, doctores en medicina general, doctores especialistas, enfermeras, trabajadoras sociales y quienes tengan que atender la asistencia social, imponiendo un gravamen adicional a los concesionarios de las explotaciones mineras destinado al pago de los servicios de referencia. Que ese gravamen, mediante el estudio correspondiente, se determine conforme al monto de la riqueza metalífera extraída semanalmente.

Artículo 63. En el caso de la especialidad médica, en caso de no ser posible, el paciente deberá trasladarse al hospital más cercano del lugar, —ya que ni siquiera el Seguro Social atiende a los mineros en nuestra patria. Con costos pagados por el concesionario. El caso deberá estar bien atendido para su traslado por el médico general, por enfermeras y por todo el personal que requiera.

Artículo 64. Que los salarios de los trabajadores mineros sean incrementados —que se oiga bien esto— conforme a la peligrosidad de su desempeño, que en bastantes casos está de por medio la salud y la propia vida del trabajador.

Artículo 65. Que conforme a la normatividad correspondiente se multiplique la supervisión técnica de las minas en explotación para evitar desastres y así evitar la pérdida de vidas humanas irreparables, como en Pasta de Conchos.

Artículo 66. Que la dependencia gubernamental correspondiente destine permanentemente inspectores para que supervisen el control adecuado del precio de los alimentos de consumo diario que les venden a nuestros mineros en las tiendas de raya —como si fuera el tiempo del Porfirismo.

De igual manera, se propone que se modifique el artículo 268 de la Ley de Derechos.

Artículo 268. Los titulares, concesiones y asignaciones mineras que se encuentren en producción de alguno de los minerales y sustancias sujetas de la Ley Minera pagarán un porcentaje de 5 por ciento —que es muy poco para estos rateros— tomando como base los flujos del concesionario minero y calculando sobre su utilidad antes de costos financieros, impuestos, depreciación y amortización.

En el caso de concesiones mineras que se encuentren en producción y las cuales formen parte de un agrupamiento o una unificación en la cual coexistan concesiones mineras que no se encuentren en producción, en el pago de derechos que se deberá cubrir por las concesiones que formen dicho agrupamiento será tomado como base el porcentaje de 5 por ciento sobre los flujos de los titulares de dichas concesiones mineras. Pero de acuerdo con lo previsto por la Ley Minera vigente.

Artículos transitorios. Primero. La presente adición entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, debiéndose considerar los días de carácter natural.

Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente inclusión del capítulo 8o de la Ley Minera.

Tercero. En cuanto cobre vigencia la presente inclusión del capítulo 8o., deberá adecuarse el reglamento de la Ley Minera.

Atentamente, diputado federal por Durango, Pedro Ávila Nevárez.

Se la dejo, señor presidente, para que la turne a las comisiones que correspondan.

«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones a la Ley Minera, a cargo del diputado Pedro Ávila Nevárez, del Grupo Parlamentario del PRI

Pedro Ávila Nevárez, diputado por el estado de Durango, ante esta honorable asamblea y con fundamento en el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como también con base en los artículos 71, fracción II, párrafo final del propio artículo, 72, 73, fracción V, y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito proponer a este elevado cuerpo legislativo, con base en las siguientes

Consideraciones

Primero. La mano de obra de los trabajadores es fundamental en la producción minera, por ello, debe formar parte básica en el texto de la presente ley.

Segundo. El salario de los trabajadores mineros en México está muy mal pagado, no obstante ser un trabajo pesado, y riesgoso, trabajo que puede ser comparable con el salario de los peones libres y acasillados de la época del porfiriato; pero aparte, los trabajadores mineros siempre están sujetos a múltiples enfermedades profesionales causadas por la naturaleza del trabajo y, lo peor, en gran parte carecen de los más mínimos servicios médicos a que tienen derecho y que los concesionarios de las compañías mineras están obligados, por ley, a otorgarles.

Tercero. Por la enorme cantidad de enfermedades profesionales que padecen, los trabajadores mineros mueren a temprana edad, dejando en el desamparo a su familia.

Cuarto. Un aspecto complementario, es la inseguridad que existe en las minas, sobre todo por los derrumbes de las partes interiores, por la carencia de la técnica necesaria para evitarlo. Ejemplos de ello tenemos diversidad de casos y unos son recientes y no se han resuelto hasta la fecha, y lo aberrante es que las protestas de los trabajadores, estén sindicalizados o no, son contestadas con represión.

Quinto. Los mineros, aparte de estar mal pagados, y sin reparto de utilidades como lo prescribe la ley, les fían sus alimentos en tiendas de raya, obligándolos, a permanecer atados al trabajo de las minas, que como ya se explicó, es bastante rudo, pesado y peligroso; por ello, el estado debe estar vigilante en esta rama de la producción, pero ante todo para que se prohíban las tiendas de raya, y no haya omisiones en el reparto de utilidades.

Sexto. Al carecer de pagos justos, los trabajadores se encuentran desprovistos de medios para las curaciones y medicinas que requieren sus enfermedades ocasionadas por su propio trabajo en las minas. La gran mayoría carece de los servicios del Instituto Mexicano de Seguro Social, no obstante que por ley los concesionarios de minas están obligados a tenerlos inscritos en tal institución; casos como éste han dado origen a que por años, broten las protestas muy justificadas, las que tienen respuestas represivas de los concesionarios, y lo absurdo e inaudito que éstos, los dueños, cuentan con el apoyo de los aparatos represivos del estado.

Séptimo. Periódicamente, de las explotaciones mineras, salen talegas de oro, plata y otros metales, riquezas incalculables, que por avión son trasladadas al extranjero, sin dejar un mínimo beneficio a los trabajadores o a sus comunidades, lugares en que se encuentran los yacimientos y que, por lo general, sus dueños son los propios ejidos o trabajadores mineros. Casi todos los concesionarios son extranjeros y se aprovechan del esfuerzo del trabajador mexicano.

Octavo. Aparte de lo expuesto en considerandos anteriores, hacen falta escuelas, hospitales, caminos, hace falta la asistencia social, el exterminio de las tiendas de raya y un control en el mercado de alimentos, para que éstos estén al alcance de los míseros salarios que reciben los trabajadores; todo esto que se describe, y que es substancial para la vida, la salud y el bienestar de las personas.

Con base en los considerandos anteriores, me permito presentar, con todo respeto, por conducto de su secretariado, al pleno de este elevado cuerpo legislativo, conforme a las disposiciones legales enunciadas en principio, iniciativa que incluye el capítulo octavo a la Ley Minera, relacionado con la problemática planteada en los considerandos de esta iniciativa y que quedaría, previo el respetable estudio de la comisión o comisiones legislativas, según corresponda, para que quedara tal inclusión, de la manera siguiente

Capítulo Octavo

Artículo 60. Que por ser el trabajo de los mineros muy pesado, riesgoso y peligroso para la propia subsistencia del trabajador, sea bien remunerado, y que, conforme lo prescribe la ley, cada año se lleve a cabo el reparto de utilidades.

Artículo 61. Que por la peculiaridad de esta rama de trabajo: la minería, que el estado tenga asignados supervisores exclusivos para que se dé cabal cumplimiento al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su ley reglamentaria.

Artículo 62. En cada región minera de México, que se halle en explotación, sean debidamente complementados todos los servicios de educación, hospitales, caminos y centros de asistencia social por el estado, con la respectiva asignación del personal de atención correspondiente como son profesores, doctores en medicina general, doctores especialistas, enfermeras, trabajadoras sociales y quienes tengan que atender la asistencia social, imponiendo un gravamen adicional a los concesionarios de las explotaciones mineras, destinado al pago de los servicios de referencia. Que ese gravamen, mediante el estudio correspondiente, se determine conforme al monto de la riqueza metalífera extraída semanalmente.

Artículo 63. En el caso de la especialidad médica, en caso de no ser posible, el paciente deberá trasladarse al hospital más cercano al lugar, Con costos pagados por el concesionario. El caso deberá estar bien atendido para su traslado por el médico general, por enfermeras y por todo el personal que se requiera.

Artículo 64. Que los salarios de los trabajadores mineros sean incrementados conforme a la peligrosidad de su labor, pues en bastantes casos ésta pone en peligro la salud y la propia vida del trabajador.

Artículo 65. Que conforme a la normatividad correspondiente, se multiplique la supervisión técnica de las minas en explotación para evitar desastres y así evitar la irreparable pérdida de vidas humanas.

Artículo 66. Que la dependencia gubernamental correspondiente destine permanentemente a inspectores para que supervisen el control adecuado del precio de los alimentos de consumo diario. De igual manera se propone que se modifique el artículo 268 de la Ley de Derechos.

Artículo 268.Los titulares, concesiones y asignaciones mineras que se encuentren en producción de alguno de los minerales y sustancias sujetas de la Ley Minera, pagará un porcentaje del cinco por ciento, tomando como base los flujos del concesionario minero y calculado sobre su utilidad, antes de costos financieros, impuestos, depreciación y amortización.

En el caso de concesiones mineras que se encuentren en producción y las cuales formen parte de un agrupamiento o unificación, en el cual coexistan con concesiones mineras que no se encuentren en producción, el pago de derechos que se deberá cubrir por las concesiones que formen dicho agrupamiento, será tomado como base el porcentaje del cinco por ciento sobre los flujos de los titulares de dichas concesiones mineras, esto de acuerdo con lo previsto por la ley minera vigente.

Transitorios

Primero. La presente adición entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la federación, debiéndose considerar los días de carácter natural.

Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente inclusión del capítulo octavo de la Ley Minera

Tercero. En cuanto cobre vigencia la presente inclusión del capítulo octavo, deberá adecuarse el reglamento de la Ley Minera.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputado Pedro Ávila Nevárez (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Con mucho gusto, diputado. Túrnese a la Comisión de Economía.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas:Gracias, presidente. Con su permiso. Compañeras diputadas y compañeros diputados, si bien la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria considera los resultados de recaudación y ejecución de los programas y presupuestos de las dependencias y entidades con base en el Sistema de Evaluación del Desempeño, los deben tomar en cuenta en el proceso presupuestario en las etapas de programación y presupuestación, de acuerdo con el artículo 111. La misma ley, sin embargo, les otorga discrecionalidad a las dependencias y entidades parra que implementen mecanismos para innovar y modernizar el funcionamiento organizativo y el proceso de presupuesto y gasto público, a grado tal que utilicen de manera gradual información del seguimiento del cumplimiento de metas de los indicadores de resultados de los programas en las decisiones presupuestarias y en la gestión de los programas.

Esto ha traído como consecuencia que los lineamientos y demás instrumentos normativos que ha emitido la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el cumplimiento de la ley en comento a partir de 2008, denoten un claro desfasamiento, desvirtuándose de esta forma el objetivo que se busca con relación a la aplicación de la información sobre resultados que se generen durante el ejercicio del gasto público, que contribuya a una mejor programación y presupuestación del mismo en los subsecuentes ejercicios fiscales.

Asimismo, la ley no obliga al Ejecutivo federal a que le entregue estos informes bimestrales a la Cámara de Diputados, pese a que el reglamento de la misma sí lo señalaba en el pasado. Sin embargo, con la publicación de las modificaciones a dicho reglamento en 2009 se eliminó el señalamiento para que la Secretaría de Hacienda hiciera llegar a la Cámara de Diputados los informes bimestrales, situación que hasta el día de hoy impera en el nuevo reglamento.

La situación anterior ha implicado que esta información en la práctica no esté a disposición de los diputados para conocer de forma más oportuna los resultados de los programas, y por tanto, se pueda cumplir con lo que indica el último párrafo del artículo 111 de la ley, principalmente en lo relativo a cuáles son los mecanismos para mejorar el funcionamiento organizacional y el proceso de presupuesto y gasto que implementan las dependencias y entidades al utilizar la información que vaya surgiendo durante un ejercicio fiscal sobre el seguimiento del cumplimiento de las metas de los indicadores de los programas.

Con lo anteriormente expuesto, se sustenta el objetivo de la presente iniciativa: lograr que la información sobre desempeño se integre de manera más formal y oportuna a las diversas etapas del proceso presupuestario y así contribuya de manera efectiva en la mejora en la calidad del gasto público, al posibilitar que la asignación de recursos en el Presupuesto de Egresos de la Federación esté más apegada a la información disponible sobre resultados que sean concretos sobre el avance y cumplimiento de metas y objetivos, con base en el Sistema de Evaluación del Desempeño que se prevé y que prevé la ley.

Éste es el objetivo de esta iniciativa de reformas. Muchas gracias, presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos, y 55 y 62, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del artículo 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Si bien la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) considera que los resultados de recaudación y de ejecución de los programas y presupuestos de las dependencias y entidades, con base en el sistema de evaluación del desempeño, los deban de tomar en cuenta en el proceso presupuestario en las etapas de programación y presupuestación (artículo 111), la misma ley, sin embargo, les otorga discrecionalidad a las dependencias y entidades para que implanten mecanismos para innovar y modernizar el funcionamiento organizativo y el proceso de presupuesto y gasto público a grado tal, que utilicen de manera gradual la información del seguimiento del cumplimiento de metas de los indicadores de resultados de los programas en las decisiones presupuestarias y en la gestión de los programas.

Esto ha traído como consecuencia que los lineamientos y demás instrumentos normativos que ha emitido la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para el cumplimiento de la ley en comento a partir de 2008, denoten un claro desfasamiento, desvirtuándose de esta forma el objetivo que se busca con relación a la aplicación de la información sobre resultados que se genera durante el ejercicio del gasto público que contribuya a una mejor programación y presupuestación del mismo en los subsecuentes ejercicios fiscales.

Asimismo, la ley no obliga al Ejecutivo federal a que le entregue estos informes bimestrales a la Cámara de Diputados, pese a que el reglamento de la misma sí lo ha señalado en el pasado. Sin embargo, con la publicación de las modificaciones al reglamento de la ley en septiembre de 2009, se eliminó el señalamiento para que la secretaría le hiciera llegar a la Cámara de Diputados los informes bimestrales situación que hasta el día de hoy impera en el nuevo reglamento.

La situación anterior ha implicado que esta información en la práctica no esté a disposición de los diputados para conocer de forma más oportuna los resultados de los programas y, por lo tanto, se pueda cumplir lo que indica el último párrafo del artículo 111 de la ley, principalmente en lo relativo a cuáles son los mecanismos para mejorar el funcionamiento organizacional y el proceso de presupuesto y gasto que implantan las dependencias y entidades al utilizar la información que vaya surgiendo durante un ejercicio fiscal sobre el seguimiento del cumplimiento de las metas de los indicadores de los programas.

Con lo anteriormente expuesto, se sustenta el objetivo de la presente iniciativa: lograr que la información sobre desempeño se integre de manera más formal y oportuna a las diversas etapas del proceso presupuestario y así contribuya de manera efectiva en la mejora en la calidad del gasto público al posibilitar que la asignación de recursos en el Presupuesto de Egresos de la Federación esté más apegada a la información disponible sobre resultados concretos sobre el avance y cumplimiento de metas y objetivos con base al sistema de evaluación del desempeño que prevé la ley.

Por las consideraciones anteriores, se somete a consideración del pleno la siguiente

Iniciativa

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para quedar como sigue

Artículo Primero. Se modifica el artículo 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue

Artículo 111...

...

La secretaría remitirá a la Cámara de Diputados los informes bimestrales en un plazo de 15 días hábiles posteriores a la terminación de cada uno de los bimestres del año calendario.

Asimismo, los indicadores del sistema de evaluación del desempeño deberán formar parte del presupuesto de egresos e incorporar sus resultados definitivos en la cuenta pública, explicando en forma detallada las causas de las variaciones y su correspondiente efecto económico.

Los resultados a los que se refiere este artículo que se presenten en los informes bimestrales correspondientes a cada ejercicio fiscal deberán ser consistentes con los que se incorporen en la cuenta pública correspondiente y en ambos casos deberán ser considerados para efectos de la programación, presupuestación y ejercicio de los recursos. Para ello, las dependencias y entidades responsables de los programas deberán implantar mecanismos para innovar y modernizar el funcionamiento organizacional y el proceso de presupuesto y gasto público, con el objeto de que la información obtenida del seguimiento del cumplimiento de las metas de los indicadores de los programas, de las evaluaciones realizadas a los programas, y del seguimiento a los resultados de éstas, se utilice oportunamente en las decisiones presupuestarias y en la gestión de los programas. Lo anterior será coordinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público quién deberá incluir dicha información en los informes bimestrales a que se refiere el presente artículo añadiéndose, por una parte, el análisis respectivo sobre los resultados en términos de las mejoras que se esperan obtener de su implantación y, por el otro, las diferencias que resulten de su aplicación detallándose las razones que las motivan.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1. Antes de las reformas al Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 2009, dicho ordenamiento establecía en su artículo 294:

Artículo 294. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, remitirá a la Cámara de Diputados, con desglose mensual, los informes bimestrales para la evaluación económica de los ingresos y egresos en función de los calendarios y presupuestos de las dependencias y entidades, y de las metas de los programas aprobados. La Secretaría, la Cámara de Diputados, por conducto de las Comisiones Ordinarias, y la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las evaluaciones correspondientes, en los términos del artículo 110 de la Ley.

Los informes bimestrales, con base en la información que las dependencias y entidades reporten a través de los distintos sistemas de información disponibles, serán entregados a la Cámara de Diputados a más tardar a los 30 días naturales del mes posterior al bimestre que se reporte.

2. De acuerdo a la página de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público: http://www.shcp.gob.mx/FINANZASPUBLICAS/Paginas/IngresosEgresosFederacionAvance .aspx, únicamente se presentaron como Informes enviados al H. Congreso de la Unión bimestralmente de acuerdo con lo señalado en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los correspondientes a algunos bimestres de 2006 y 2007.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de septiembre de 2010.— Diputados: Felipe de Jesús Rangel Vargas, María Joann Novoa Mossberger, Carlos Luis Meillón Johnston, María Sandra Ugalde Basaldúa, Jesús Giles Sánchez, José Luis Iñiguez Gámez, Ignacio Téllez González, Gumercindo Castellanos Flores, Alberto Esquer Gutiérrez, (rúbricas).»

El diputado Carlos Luis Meillón Johnston(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputado Johnston, ¿cuál es el objeto? Sonido por favor.

El diputado Carlos Luis Meillón Johnston(desde la curul): Preguntarle al diputado Rangel si me permite adherirme a su iniciativa.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputado Rangel Vargas, el diputado Johnston le pregunta si le permite usted adherirse a su iniciativa.

El diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas(desde la curul): Con mucho gusto, presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El diputado Rangel ha manifestado su voluntad y su complacencia y les agradece. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



SITUACION POLITICA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El siguiente punto del orden del día es comentarios relativos a la situación política del país. Tiene la palabra el diputado Benjamín Clariond Reyes Retana, hasta por 5 minutos.

El diputado Benjamín Clariond Reyes Retana:Señor presidente. Compañeros diputados y compañeras diputadas, todos nos hemos venido dando cuenta de los daños que diversos estados han venido sufriendo como consecuencia de fenómenos meteorológicos, como fue en Nuevo León y otros estados del norte con el huracán Alex, así como los estados de Veracruz, Tabasco, Chiapas, Oaxaca, entre otros.

Una vez que ocurren estas afectaciones y son declaradas las emergencias por el gobierno federal, nos encontramos una y otra vez el retraso en la asignación de los recursos del Fonden, siempre con el argumento de que no se dan las aportaciones de las autoridades municipales o aún las estatales, cuando el problema es precisamente que no se cuenta con los recursos, por eso es que se le pide el apoyo federal.

Los gobiernos locales asumen los compromisos con sus habitantes y ponen todo lo que está a su alcance para atender a quienes se ven afectados y lo hacen en la manera de sus posibilidades, porque sabemos que lo que está en juego es la vida de las personas que se quedan sin un techo para vivir y para soportar en lo inmediato las inclemencias de su propia emergencia, personas que no cuentan con alimentos, con agua, con lo necesario para su supervivencia, ahí es donde están los ancianos, los niños, la gente enferma, que requieren las condiciones mínimas para sobrevivir.

Por ello no se entiende la necedad de las autoridades federales en retardar los recursos atendiendo a criterios puramente burocráticos como lo son que no se dan oportunamente las participaciones de los gobiernos locales, como si el hambre, las enfermedades pudieran esperar a que se cumplan estos términos burocráticos para poderles proporcionar esa ayuda para atender dichas enfermedades.

Por ello, compañeros diputados, es tiempo ya de que cambiemos las reglas de operación del Fonden, para que esta ayuda se otorgue de inmediato, sin esperar a que los municipios tengan que aportar su parte.

Cómo pedirle, por ejemplo, en este momento al municipio de Anáhuac, Nuevo León, que dé su aportación cuando pasó bajo el agua varias semanas. Sus daños son cuantiosos y los pocos recursos que contaban los están dedicando a atender lo más urgente, ahí con la población que ha tenido que ser desplazada.

Cómo nos pueden solicitar recursos a los estados como Nuevo León, que ha sufrido enormes daños en toda su infraestructura urbana, en toda el área de Monterrey y muchos municipios más, de los que los medios de comunicaciones han dado mucha información.

Cómo solicitarle recursos también a Tamaulipas y Coahuila, que aún resienten los daños ocasionados por Alex. Le podemos dar datos específicos, pero creo que no se trata de eso, porque sólo para Nuevo León los daños, en números gruesos, andan alrededor de 18 mil millones de pesos. De ese tamaño son las afectaciones.

Los casos de Veracruz, Chiapas y Oaxaca son también enormes, por ello tenemos que apelar a la sensibilidad del Ejecutivo federal que hasta ahora no la ha mostrado para destinar mayores recursos a quienes han sufrido estos daños.

Tenemos que recordarle a la Federación que ellos no producen nada, sólo gastan. Los que aportamos somos los ciudadanos a través de nuestros estados.

Recordemos que el año pasado cuando se estaba discutiendo el Presupuesto, el argumento central del Ejecutivo federal para el aumento del IVA, de 15 a 16, fue que había un boquete financiero superior a los 400 mil millones de pesos, que después se supo que no era cierto. Nos engañaron a todos para subir ese impuesto.

Pero lo importante es saber en dónde quedaron esos recursos. Nos preguntamos lo anterior porque una parte de esos recursos podrían ser destinados a atender las emergencias. No podemos estar jugando con la vida de los mexicanos.

Compañeros diputados y  compañeras diputadas, debemos hacer todo lo que esté a nuestro alcance para que se aporten de inmediato los recursos con los que se cuenten para apoyar a los estados afectados.

Saquemos de los recursos con los que cuenta en Fonden, de los subejercicios e insisto, de los recursos que decían que no existían y posteriormente se detectó que sí los tenían cuando se habló de los boquetes de los 400 mil millones. Esos recursos urge que ya estén en nuestros estados.

Posteriormente debemos reflexionar en la conveniencia de que las reglas de operación del Fonden, así como las de otros programas sujetos a las redes de operación sigan elaborándose por el Ejecutivo que ha hecho de ellos unos recursos estrictamente electorales.

Estas reglas se han convertido en un medio para dar sólo a algunos y privar a otros de sus beneficios, atendiendo a esquemas clientelares y partidistas, por lo que debemos reflexionar en el hecho de que ciertas reglas de operación son para la ejecución de asignaciones presupuestales, deben correr la misma suerte del Presupuesto de Egresos de la Federación. Es decir, que sean presentados en calidad de proyecto por el Ejecutivo y aprobados de manera exclusiva por esta honorable Cámara de Diputados.

No podemos seguir permitiendo que se lucre con las tragedias comunitarias a través de esquemas clientelares y mucho menos, como es el caso del Fonden, se ponga en riesgo la vida de las personas por contar con las reglas de operación que no corresponden a las urgencias de las necesidades cuando hay una emergencia en el país. Es cuanto, señor presidente.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado. Se le concede el uso de la palabra al diputado Jaime Cárdenas Gracia, hasta por 5 minutos, por el Partido del Trabajo.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Gracias presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, la situación por la que atraviesa nuestro país, no solamente relacionada con los efectos del cambio climático y las inundaciones en muchos estados del sur y del sureste del país sino también la situación que prevalece en materia económica y en materia de inseguridad creo que nos debe llamar a una profunda reflexión como Congreso responsable que debiéramos ser.

Por lo que ve a la situación económica de millones de mexicanos que no tienen empleo en el país, de millones de jóvenes que no tienen acceso a la educación ni tampoco al empleo. Por la situación de miles de familias que viven en el desamparo económico y en el desamparo social. Donde muchísimas de esas familias tienen que salir del país, ir al extranjero para poder ganarse la vida porque su país de origen no les da condiciones dignas de existencia o la posibilidad que tienen otros de dedicarse a la economía informal. En donde tampoco existen las condiciones adecuadas para que se tenga una vida con plena dignidad. Todo este panorama, todo este cuadro expresa que nuestro país tiene que hacer grandes esfuerzos y grandes transformaciones institucionales para modificar la situación económica en la que nos encontramos.

Para eso fundamentalmente se requiere, como hemos propuesto muchísimas veces en esta tribuna, un cambio en el modelo económico neoliberal, un sistema económico que le permita al Estado intervenir en la economía, regular las principales actividades económicas que industrias como Petróleos Mexicanos, como la Comisión Federal de Electricidad sean auténticamente la palanca del desarrollo nacional.

Tenemos que modificar —por más presiones que recibamos de los Estados Unidos, del Fondo Monetario Internacional, del Banco Mundial— el actual modelo económico en el que nos encontramos.

En ese mismo orden de ideas, esta Cámara, este Congreso puede legislar en algo que es fundamental, que es en darle exigibilidad, justiciabilidad a los derechos económicos, sociales y culturales.

Los derechos económicos, sociales y culturales en nuestro país son letra muerta. De nada sirve que estén previstos en la Constitución y que muchas leyes secundarias regulen estos derechos si el ciudadano no tiene mecanismos suficientes y adecuados para hacer exigibles los derechos económicos, sociales y culturales.

Entonces, este Congreso sí puede contribuir a la transformación de nuestro país si quiere, si se toma en serio el tema de los derechos fundamentales y principalmente el tema de los derechos económicos, sociales y culturales.

Quiero decir que en materia de inseguridad vivimos en un Estado de inseguridad. Vivimos, como decían los contractualistas clásicos, casi en un estado de naturaleza, de guerra de todos contra todos. Las instituciones policíacas, las instituciones de procuración de justicia, el sistema judicial, los centros penitenciarios, todos ellos son instituciones fracasadas. Instituciones fallidas que no están cumpliendo con su obligación de procurar justicia, de administrar justicia, de rehabilitar a los sentenciados que cometen delitos.

¿Y qué respuesta institucional tenemos por parte del Estado? Una respuesta institucional del todo inadecuada. El Estado piensa resolver los problemas de inseguridad solamente con represión, con más cárceles y con más sanciones. De esta forma no vamos a lograr, nunca vamos a obtener, nunca vamos a conseguir revertir la situación de criminalidad y de inseguridad que priva en el país.

Y sí estamos transformando al Estado mexicano de un supuesto o presunto estado de derecho, en un Estado policíaco. México no quiere un Estado policíaco. Muchos sectores de la sociedad lo que demandan es que construyamos en nuestro país un estado de derecho con plenas garantías para todos los mexicanos, con plenos derechos fundamentales. Un Estado que garantice los derechos económicos, sociales y culturales y un Estado en donde prevalezca una democracia auténtica, porque la democracia que tenemos no es auténtica. Es una democracia delegada e insatisfactoria que no cumple con los fines de la sociedad democrática que nos merecemos...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, diputado.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Concluyo. Por todo lo anterior, señor presidente, muchas gracias por su atención. Espero que estas reflexiones nos permitan aprobar las leyes y las reformas constitucionales necesarias para tener un estado de derecho y una auténtica democracia.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene ahora el uso de la palabra el señor diputado Víctor Manuel Castro Cosío, representando en esta ronda al Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Víctor Manuel Castro Cosío:Compañeras y compañeros, hace apenas unos minutos le pedí al presidente de la Mesa Directiva nos hiciera el favor de verificar el quórum. Si seguimos simulando, si seguimos por esta vía, yo creo que es parte de esta descomposición política que existe en el país.

A mí sinceramente me preocupa el que nosotros nos contamos, señor presidente, y estamos alrededor de 50 diputados y esto, yo he insistido, no quisiera ir en demérito de esta institución, pero tampoco me gustaría ser cómplice de esta monumental simulación. No es posible.

Engañarnos nosotros mismos significa, justamente lo que está pasando en la nación, lo que la gente en las calles sabe, de una clase política que no está siendo consecuente, de una clase política que no le está garantizando a la nación la estabilidad y el bienestar que requiere, de una clase política que se simula como hoy simulamos, seguirá por ese tobogán de una nación donde todo es como simulado.

Yo creo que, efectivamente, si la clase política hoy no responde a esta expectativa, a esta necesidad profunda de la nación, estaremos condenando a esta juventud que está arriba oyéndonos a seguir por este camino de lo frágil, de lo mentiroso, de lo más fácil, de una república que no se puede reconstruir así, de una república que vamos a salir nosotros ahorita y cómo nos vamos a ver nosotros mismos.

Señor presidente, yo lo conmino de verdad, a que no para terminar o para sacar los asuntos que aquí en esta Cámara se han agendado, sigamos por este camino. La agenda política del país requiere hoy respuestas mucho más acabadas, respuestas mucho más elaboradas. Requiere que nosotros los legisladores estemos más cercanos a nuestro pueblo, estemos más ligados a la demanda ciudadana de mejor educación, de justicia. No podemos seguir embargando los bienes nacionales. Vean ustedes lo que hemos hecho con las telecomunicaciones, es un fraude a la nación y nadie dice nada.

¿Qué hemos hecho con la educación? ¿Por qué simulamos de que en salud está bien si hay una nación no sólo que reclama atención de calidad de los servicios médicos?

Podemos seguir aquí horas y horas y tal vez nos vayamos de esta Legislatura y cada quien, desde su muy particular posición política, alcance metas profesionales, personales, pero no le estamos dando la respuesta a este país y a los grandes problemas. Ésa es la realidad.

Yo vine a esta tribuna de nuevo a decirle a mis compañeras legisladoras y compañeros legisladores que revisemos en cada bancada si realmente vamos a estar así. Si hoy merecemos darle esta respuesta al país, si vamos a seguir.

Conmino a la Mesa Directiva por esta lógica de analizar la política nacional así. Yo simplemente viene aquí a decirles: legisladoras y legisladores, nuestro país reclama de nosotros una actitud mucho más consecuente, mucho más decorosa, mucho más profesional, y yo pido a los coordinadores de las distintas bancadas que no permitamos esto.

Que también la Junta de Gobierno sea sensible y revise, cuando no hay condiciones para analizar la problemática del país, y si están las condiciones como están hoy, es preferible que posterguemos el debate. No hay debate, es simple y mera simulación. A todas y a todos, les agradezco la fineza de su atención.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, señor diputado. Se le concede el uso de la palabra al diputado don Javier Corral Jurado, por el Partido de Acción Nacional.

El diputado Javier Corral Jurado:Muchas gracias, señor presidente. Respetado y respetable señor presidente de la Cámara de Diputados.

Yo podría coincidir con algunas de las expresiones que aquí ha dado nuestro compañero diputado don Víctor Castro, en relación con lo que constituye esta asamblea, el pleno de la Cámara de los Diputados.

Pero debiéramos tener cuidado en transmitir a la nación mexicana que en realidad las reuniones o el pleno de la Cámara de los Diputados representa o es el reflejo de nuestro trabajo.

En efecto, hemos perdido el quórum, pero no porque no estén aquí los diputados. Efectivamente muchos compañeros diputados están en comisiones, otros participan en reuniones de sus grupos parlamentarios, otros más atienden comisiones.

Creo efectivamente que una de las grandes reformas, de las grandes asignaturas pendientes tiene que ver con nuestra propia vida parlamentaria, vida congresional.

Efectivamente, una de las reformas que espera es la propia reforma del Congreso, en sus métodos de discusión, en sus tiempos de dictamen, en el espacio y fuerza que deben tener sus comisiones.

Si ustedes van a otros países del mundo, incluido por supuesto el Congreso de los Estados Unidos, se darán cuenta de un hecho verdaderamente dramático, grotesco. A mí me sorprendió ver el pleno de la Asamblea de Representantes del Congreso Norteamericano, cuando supuestamente había una sesión de la Cámara de Representantes no había tal, simplemente había un legislador que se paraba ante una cámara de televisión, daba su discurso y se regresaba a sus comisiones o a su oficina. Así funcionan a lo largo casi de todo el año.

En muy pocas ocasiones vemos a ese pleno reunido en su totalidad, fundamentalmente o cuando asiste el presidente de los Estados Unidos o cuando asisten visitantes extranjeros, otros jefes de Estado.

Donde se da realmente el trabajo del Congreso es en las comisiones legislativas. Digo, que es allá, don Víctor, donde debiéramos tender a fortalecer y reconocer que mucho del trabajo de los diputados federales se da en el seno de las comisiones.

Por eso, he postulado durante mucho tiempo la necesidad de fortalecer el papel, la fuerza, las facultades, las funciones, el presupuesto de las comisiones legislativas.

Es cierto que la asamblea es una de las visiones más importantes del debate, del diálogo y de la discusión, pero ya no es ni siquiera la discusión más especializada, fundamentalmente se da aquí el debate de las grandes posiciones o de los posicionamientos, en general, de los grupos parlamentarios.

Así es, hemos perdido el quórum, pero no nos autoflagelemos. No mandemos un mal mensaje. Alrededor de este recinto trabajan decenas de diputados en reuniones de comisiones, que son citadas a la misma hora que este pleno para desahogar la sobrecarga de trabajo que tenemos.

Creo que estamos mandando un mal mensaje, cuando nosotros mismos decimos que estamos en un proceso de simulación.

Creo que estamos, efectivamente, ante la urgente necesidad de reordenar, de reorganizar, de reconducir el trabajo de esta Legislatura y de ordenar los distintos proyectos de dictamen y el trabajo que tenemos pendiente para que podamos estar atentos al debate de las sesiones.

No se trata de diferir de don Víctor Castro. Se trata fundamentalmente de complementar el punto de vista sobre la manera en que debemos trabajar, y creo sinceramente, compañeras y compañeros diputados, que lo que es evidente no será negado por el presidente de esta Cámara de Diputados conforme al propio Reglamento, él dictará lo conducente.

Recordemos sólo que nos estamos basando en un Reglamento de 1934, promulgado por el presidente Abelardo L. Rodríguez, un Reglamento que da para todo: para hacer avanzar rápido los trámites legislativos o para detenerlos toda la vida.

Creo sinceramente que con motivo de esta intervención de don Víctor Castro, sí debiéramos entrar a una discusión de cómo mejorar nuestros métodos, cómo ir a lo prioritario de nuestra agenda legislativa, cómo desahogar la cantidad de puntos de acuerdo, la cantidad de iniciativas, el tema de la agenda política.

Creo que todo esto está inmerso dentro de su intervención, por eso yo he querido no venir a contrariarlo sino a decir, la Cámara trabaja en muchos ámbitos, no sólo en éste y hay que reordenar y reconducir para que la imagen que se traslada de estos plenos no sea la única imagen, la única que prevalezca en términos de la conciencia y la opinión pública. Gracias por su atención.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, señor diputado. Qué bueno que estos interesantísimos conceptos sobre el trabajo parlamentario pueden escucharlos compañeros, alumnos y maestros de la Universidad Anáhuac, invitados por la diputada María Marcela Torres Peimbert.

Bienvenidos, señores estudiantes.

Para alusiones personales don Víctor Castro Cosío. Tengo anotados en la lista para concluir la ronda al diputado Jiménez y al diputado Martínez Armengol, con quien concluirá este debate.

Me permito informar a la asamblea que al concluir estas intervenciones preguntaremos si está discutido suficientemente y pasaremos a la conclusión de la asamblea.

El diputado Víctor Manuel Castro Cosío:Primero, quiero agradecer al maestro Corral sus atinados comentarios. También hay una coincidencia que quiero hoy dejar muy clara.

Un Congreso débil, un Congreso que nosotros mismos demeritemos es lo que menos quisiera. Sin embargo, a pesar de que haya reglamentos viejos, haya reglamentos anárquicos, he oído aquí en diversas ocasiones la importancia que tiene el respeto a la legalidad, y si nada más nosotros queremos simular para no decirle a la nación algo que, maestro Corral, desgraciadamente el país ha reclamado de sus autoridades de cualquier nivel, es que tengamos más congruencia.

La gente está bien y sabe bien, que por supuesto una de las actividades más demeritadas es la legislativa, y yo no quisiera abonarle porque efectivamente este país, esta república tiene una vida en la normalidad a pesar de todas las dificultades, gracias también al Congreso. Gracias a las diputadas y a los diputados de este país, el país tiene la estabilidad frágil, difícil, con todo lo que podamos criticar, podamos debatir, pero tiene gracias a esta institución una república que ojalá fortalezcamos.

En eso yo creo que hay que coincidir. Este país goza de estabilidad gracias a que hoy todavía podemos debatir en el Congreso, y el día en que no lo podamos hacer entonces sí estaremos perdidos. Por eso es mi llamado el día de hoy, porque también en cada bancada se está discutiendo, se está analizando de qué manera las diputadas y los diputados recuperamos la credibilidad ante nuestra comunidad. De qué manera las diputadas y los diputados no sólo trabajamos en el pleno o en comisiones sino también en nuestros distritos.

La gente sabe qué diputada, qué diputado está trabajando, qué diputado o qué diputada está haciendo su tarea y tal vez no la vea en el pleno, pero los resultados en sus comunidades son evidentes. Defendiéndolos en la tragedia, defendiéndolos aquí, defendiéndolos o buscando que haya más seguridad. Pero yo insisto en algo que creo que coincido con usted, maestro Corral y con los compañeros que el día de hoy están aquí presentes. Sí es conveniente que de una vez por todas, o reformamos de fondo nuestras maneras de trabajar y hemos planteado, no sólo reglamentariamente, normativamente sino también con buena voluntad venimos a trabajar y podemos estar aquí trabajando los días que sea necesario, para evitar que siga el rezago legislativo.

Vámonos poniendo de acuerdo y ampliemos nuestras jornadas, no de los horarios sino los días de trabajo. Podemos hacerlo, hay voluntad y si el pleno queda así y decimos va como va, ninguno pida quórum, porque entonces no pidamos para unas cosas que sí se aplique el Reglamento y para otras hagamos como que la virgen nos habla. No. Yo creo que sí es conveniente que nos pongamos bien de acuerdo y trabajáramos lunes, martes, miércoles. Martes, miércoles y jueves, los días que sean necesarios. Vamos recuperando la confianza con objetividad, con realidades, con posibilidades.

Hay un Congreso de pie. Un Congreso que puede ser más fuerte. Un Congreso que puede decirle a la nación que todas las fuerzas políticas estamos dispuestas a hacer un esfuerzo extraordinario para avanzar. Y que recupere esta institución lo que ha ido perdiendo justamente por no organizar mejor nuestro debate, nuestro trabajo cotidiano.

La gente piensa que no venimos aquí al Congreso a trabajar y yo creo que no. Muchos compañeros y compañeras están dando muy buenos resultados. Están trabajando duro. Yo ahí coincido plenamente, pero no en esto. No simulemos más.

Vayamos a una reforma que no nos cuesta más que una asamblea y reformemos el Reglamento y trabajemos. Seamos mucho más productivos y ésta misma productividad que nos exigimos nosotros, podemos, con todo el valor moral, exigirlo a los demás. Entonces este Congreso tendrá la estatura que debe tener. Eso es todo. Yo pienso que es cuestión de organizarnos y organizar.

Hay buena voluntad, ¿por qué no hacerlo? Aquí podemos lograr que este Congreso trabaje mejor. Gracias, compañeros y compañeras.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, señor diputado. Diputado Ramón Jiménez, por favor, hasta por 5 minutos.

El diputado Ramón Jiménez López:Gracias, señor presidente. He escuchado con mucha atención las inquietudes de los compañeros que me antecedieron en el uso de la palabra sobre la necesidad de mejorar los métodos de trabajo de esta Cámara de Diputados, así como ir a los temas prioritarios en relación con el trabajo legislativo.

Pero yo quiero agregar un tema adicional. Este tema se trata de la dignidad que debe tener esta Cámara de Diputados. Es un problema de dignidad y de principios. Quiero decirles, ante los jóvenes estudiantes y maestros que nos están escuchando, que esta Cámara de Diputados ha sido vulnerada por el Poder Ejecutivo.

Desafortunadamente muchos diputados o la mayoría de los diputados no han reaccionado ante una violación flagrante a los derechos de esta soberanía. Con ello nos estamos haciendo cómplices de las medidas que tomó Felipe Calderón para enviar a la calle por lo menos a 44 mil trabajadores electricistas.

Hemos dicho y, hoy lo repetimos, que esta determinación de Calderón violó no solamente la Constitución sino distintas leyes que rigen a este país.

Primero deben saber ustedes que con el decreto de extinción de Luz y Fuerza del 11 de octubre del año 2009, Felipe Calderón violó claramente el artículo 73 de la Constitución, en su fracción X. Este artículo señala con toda precisión que el único que está facultado para legislar en materia de energía eléctrica en todo el país es precisamente el Congreso de la Unión y no el Ejecutivo.

Violó el artículo 15 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales que señala que las empresas paraestatales para su extinción deberán seguir las mismas formalidades que para su creación, y quien le dio origen a Luz y Fuerza del Centro fue una modificación a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, aprobada en esta Cámara de Diputados. En consecuencia, para su extinción debiera ser también una modificación a la ley, generada por esta Cámara de Diputados.

Con esta medida de extinción de Luz y Fuerza del Centro Felipe Calderón viola también el artículo 41 y 49 de la Constitución, pues de acuerdo con estos artículos no se pueden concentrar en una sola persona dos poderes y Calderón con esta determinación que es única y exclusivamente determinación de la Cámara de Diputados, al emitir el decreto de extinción está usurpando y está concentrando en su persona dos poderes, el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.

Hemos de recordar que siete diputados presentamos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional y en la respuesta que nos dio la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que por cierto también violó su Ley Orgánica porque para dictaminar al respecto se requiere que lo haga el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y solamente lo hizo la Primer Sala.

Aún con eso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación afirma que este tema —escuchen bien, compañeros diputados—, el tema de Luz y Fuerza del Centro nunca se votó aquí, en la Cámara de Diputados, si procedía o no la controversia constitucional que se encargó a un grupo plural de analizar esa posibilidad.

Nunca se votó. No se ha archivado el tema. El tema está vigente para que esta Cámara de Diputados determine y sólo hay dos caminos: uno, el de dejar como cómplices que el Poder Ejecutivo asuma la función de este Poder Legislativo.

Y la otra, es el exhorto que quiero hacer a todos ustedes para que en conciencia analicemos este tema que insisto, no está cerrado, que debemos analizar en este pleno, que debe analizarlo también la Junta de Coordinación Política.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, señor diputado.

El diputado Ramón Jiménez López:Llamo a los integrantes de la Junta de Coordinación Política, de todos los partidos que en ella están representados, a que este tema se aborde ya, de inmediato, porque es un tema que está lacerando la dignidad y la soberanía de esta Cámara de Diputados.

Así pues, para concluir y refiriéndome a los alumnos y a los maestros invitados que nos estén escuchando, debo pedirles a ustedes y al pueblo de México también, que estén atentos a la actuación, a la votación de cada uno de los diputados federales sobre este tema.

O defendemos la dignidad del Congreso o mejor los que no estén en ese camino pónganse de tapete para servir al Ejecutivo nacional, que por cierto también está usurpando la presidencia de la República. Gracias por su atención.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias a usted, señor diputado. Con la intervención... El diputado Pablo Escudero, desde su curul.

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Gracias, presidente. Simplemente para fijar la posición del Partido Verde, en el mismo sentido en que lo han hecho los oradores, nuestro amigo Víctor y el diputado Corral. Coincidimos plenamente en que en primer lugar el trabajo definitivamente se está efectuando dentro de comisiones, pero también el tener un pleno vacío es un tema que tenemos que tratar.

Los que ya tuvimos la oportunidad de revisar el Reglamento interno, el proyecto de este Reglamento interno que se nos ha dado, pues evidentemente no recoge esta inquietud, no tiene solventado este problema y creo que estamos en un muy buen momento de que fijemos posición, que nos reunamos dentro de la Junta de Coordinación Política, que nos reunamos con el presidente de la Comisión de Reglamentos y sí tratemos este asunto porque definitivamente el formato que está teniendo esta asamblea, nosotros pensamos que se encuentra agotado y tenemos que encontrarle una salida práctica. Es cuanto, señor presidente, muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias. Se recogen las expresiones del diputado Escudero. Diputado García Granados.

El diputado Miguel Ángel García Granados(desde la curul): Gracias, presidente. Creo que las intervenciones de diversos diputados deben llamarnos a la reflexión.

Todos y cada uno de nosotros llegamos con una enorme expectativa, con una enorme fe de sumar nuestro esfuerzo en beneficio de lo que el país requiere.

Es verdad que el trabajo en comisiones es importantísimo, pero también la responsabilidad de mantener presencia permanente en el salón de sesiones es vital para el desahogo de todos y cada uno de los dictámenes.

No es casual, señor presidente, que a la fecha pese a que el país se nos está haciendo pedazos entre las manos, veamos inmisericordemente cómo pasa el tiempo y tengamos todavía detenida y parada la reforma política, la reforma laboral, la reforma hacendaria. No se han dado los pasos suficientes para que efectivamente estemos dando muestras de que queremos sumarnos en beneficio del país.

Yo no me atrevo jamás a hablar a nombre de un grupo parlamentario. Me atrevo a hablar fundamentalmente a nombre personal, con la conciencia de alguien que quiso llegar aquí a dar todo a efecto de hacer su parte en lo que el país está requiriendo.

Y lo digo con franqueza. En muchas ocasiones hemos estado hablando de la generación nini y resultaría muy lamentable, si no ponemos orden desde ahorita, que un día que salgamos de esta responsabilidad llegáramos a decir: formamos parte de una legislatura también nini porque ni acudían, ni trabajaban, ni legislaban, ni gestionaban y sí cobraban.

Yo creo que tenemos hoy la principal obligación de analizar en serio todo el andamiaje jurídico que debemos darnos para el orden. No es posible que con la mano en la cintura todo mundo abandone el salón del pleno, no vuelva hasta la hora que quiera y que estemos corriendo el riesgo de estar tomando decisiones sin el quórum legal y que luego puedan ser atacadas judicialmente.

Creo que vale la pena, en serio, hacer una reflexión a todos. Aquí está nuestra obligación. Necesitamos atender el trabajo en comisiones, sí, pero tendremos que ver la posibilidad de que el trabajo en comisiones se desarrolle no en los días en los que se hagan las sesiones del pleno.

Por ello vale la pena, señor presidente, de verdad, que entremos a analizar en serio y ya, si las sesiones las hacemos martes, miércoles y jueves y destinamos lunes y viernes a los trabajos en comisiones.

No hay dictámenes. Nos estamos llevando el tiempo en una cantidad de propuestas de puntos de acuerdo que al final de cuentas no resuelven los urgentes problemas que el país está planteándonos.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado don Pedro Ávila, desde su curul, si es tan amable.

El diputado Pedro Ávila Nevárez(desde la curul): Yo coincido con lo que el compañero Víctor Castro aseveró hace unos minutos. Creo que muchos de los que estamos aquí no hemos analizado lo que es ser diputado federal.

Ser diputado federal es más que ser presidente de la República, más que ser gobernador de un estado, más que ser senador de la República, porque un diputado federal es la célula misma de la patria y en nosotros, en cada uno de nosotros que integramos las distintas fracciones de los distintos partidos políticos, llámese PAN, llámese PRI, llámese Verde Ecologista, llámese PT, llámese PRD, llámese Convergencia, el pueblo está pendiente de nuestras actuaciones.

El pueblo tiene más confianza en un diputado federal que recorre su distrito, que va por su distrito llevándole esperanzas, y no en los leguleyos que van por ahí a traicionarlos y a contarles mentiras.

Decía el licenciado López Mateos que el diputado federal era el representante mismo de la nación. Creo que aquí sí se ha desvirtuado lo que es un diputado federal porque un diputado federal no sólo es para estar en comisiones o para andar de gira, sino también para responder a los intereses de la patria aquí en el pleno.

Cómo va a ser posible que nos comparemos con la Cámara de Representantes de Estados Unidos. Ellos no tienen los problemas que México tiene. Creo que si todos seguimos unidos, si reformamos el Reglamento para el Gobierno Interior y le damos más vigor a esta Cámara seremos lo que debemos ser: un poder que pare al otro poder y se enfrente al otro poder. Porque el Poder Legislativo, esta Cámara de Diputados, óigase bien, es la representación misma del pueblo.

A los ministros de la Corte no los eligió el pueblo. Los eligen grupos de notables, y a la otra gente que está en el otro poder, pues para qué hablamos. No queremos discutir eso. Pero hay que cuidar bien esto, compañeros diputados.

Hay que estar unidos para enfrentar todas las vicisitudes que el pueblo de México está pasando como los precios elevados de la energía eléctrica, el diesel, el gas, todo lo que está pasando. Si nosotros no nos unimos, pobre de México.

El pueblo de México tiene fe en sus diputados. No lo defraudemos. Hagamos lo que tengamos que hacer. Reformemos el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, pero esta Cámara, aquí donde está esa águila hermosa y la Bandera nacional; muchos ni siquiera sienten lo que es estar aquí. Está ahí mismo la sangre de todos nuestros héroes.

Respondámosle a ellos y respondámosle al pueblo de México que tiene fe en su representación popular, compañeros. Es lo que yo les digo: no más, no más las sillas del Congreso desiertas, que estemos todos unidos en el debate público que enaltece al pueblo y a las instituciones de la patria. Gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado.

El diputado Víctor Manuel Báez Ceja(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Báez, ¿con qué objeto?

El diputado Víctor Manuel Báez Ceja(desde la curul): En inquietud del tema que está discutiéndose, señor presidente. Gracias. Yo me sumo a estas inquietudes que se están ahorita externando.

Definitivamente este tema es un tema que debemos abordar sin dilatarlo más. Es un tema prioritario, porque no podemos avanzar justamente, en los temas pendientes: la reforma laboral, política y otros que requieren atención de carácter urgente.

Necesitamos, desde luego, estar perfectamente organizados, reestructurados. Ya lo comentaba el diputado Corral, es una Legislatura que se maneja como las anteriores, con un Reglamento de 34, y que definitivamente existen cosas y existen disposiciones que ya no están acorde con nuestras necesidades actuales.

Yo creo que éste es un tema que debemos abordar de inmediato. Hoy existe una propuesta de Reglamento que nos ha sido enviada y que debemos analizar y tomar en cuenta todos y cada uno de los 500 diputados que integramos esta Legislatura, para que podamos hacer las observaciones pertinentes y las propuestas que alimenten un Reglamento adecuado a estos tiempos.

Yo coincido con el diputado Granados, en que debemos tener un trabajo legislativo en el pleno, los martes, los miércoles incluyendo, y los jueves debido al rezago que tenemos en comisiones.

Importante es también clarificar lo que ya comentaban también, de que no podemos dar una imagen ante la sociedad, de que si en la Cámara no se encuentran algunos compañeros, es porque no exista el interés. Desgraciadamente existen comisiones, múltiples ocupaciones legislativas que nos conllevan a tener que asistir a las mismas, que es una responsabilidad y que el único problema que tenemos es que se empatan.

Por eso, la necesidad de hacer las observaciones necesarias para que podamos legislar martes, miércoles y jueves, y que los viernes y los lunes sean instaladas las comisiones y sean instaladas las reuniones correspondientes para sacar el trabajo legislativo. No olvidemos que las comisiones se alimentan del trabajo que emana de este pleno. Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, señor diputado.

Solamente para ilustrar a los señores diputados, se han aprobado a lo largo de este periodo, 17 leyes y decretos, 80 puntos de acuerdo dictaminados por las comisiones y 34 dictámenes negativos. Un saldo de 131 votaciones, 17 de ellas por tablero electrónico.

El último orador es el diputado Antonio Martínez Armengol. Al concluir procederemos a escuchar un punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política que modifica una fecha de comparecencia y concluiremos la asamblea.

El diputado Luis Antonio Martínez Armengol:Gracias, señor presidente. Qué lamentable es llegar a esta hora, cuando ya se tergiversó el tema principal que es nuestra agenda política.

Desde luego que hay mucha razón en tener alguna queja, de la inasistencia de nuestros compañeros diputados. La agenda política en la Cámara de Diputados se ha centrado principalmente en materia electoral, en materia de seguridad y en todo lo que conviene a cada uno de los participantes en tribuna. Lamentablemente no se considera la actual desgracia que se vive en todo nuestro país. Estados que viven las afectaciones por las inundaciones como son Nuevo León, Tamaulipas, Chiapas, Oaxaca, Nayarit, y desde luego Tabasco y mi estado natal Veracruz.

En la aprobación que se hiciera en la Junta de Coordinación Política para la reconstrucción de los estados afectados, es importante darle celeridad a todos estos recursos que se asignan para cada uno de ellos. No podemos seguir esperando ni estar esperanzados a que mañana o pasado se tenga una resolución de todo esto.

Esto no tiene nada que ver con colores de partidos políticos porque la gente humilde que vive al día, con lo poco que tiene y con los ahorros de su vida no tiene colores, porque siempre está con nosotros para salir a votar.

En esta tribuna han pasado otros compañeros legisladores de todos los partidos. También han puesto la emergencia por otros desastres naturales en las diversas regiones de nuestra geografía nacional.

Mi municipio no tiene palabras para describir el desastre que se vive. Miren, nada más, como está mi comunidad y cómo está mi municipio Minatitlán, en el estado de Veracruz. Y no nada más es en Minatitlán sino también en Tlacotalpan, en Misantla, en Cotaxtla, más de 140 municipios en el estado de Veracruz, solamente ahí afectados.

Los recurrentes desastres naturales no sólo vulneran la tranquilidad y el respeto a la vida, son también una amenaza latente a la infraestructura, a la economía y al desarrollo. No podemos seguir de esta manera viendo pasar nada más el agua.

Es urgente que se tomen acciones necesarias y se realicen los estudios requeridos para establecer programas permanentes de dragado en todos los ríos y lagunas, controlar los desfogues de las presas. Hay que hacer desfogues graduales, pero sobre todo, voy a ser reiterativo en el río Coatzacoalcos. El río Coatzacoalcos baña todo lo que es la zona sur-sureste del estado de Veracruz. Ese río tenía un calado de aproximadamente entre 32 y 35 pies. Esto nos daba aproximadamente de 9 a 10 metros de profundidad.

Hoy, señores, ese río está por mitad, tiene un azolve de aproximadamente 5 metros y la Comisión de Agua anunció que el río subió 4 metros y medio. ¿Qué significa? Que estamos azolvados a la mitad de su caudal.

¿A qué me lleva esto? Primero, debido a que somos un órgano del Estado mexicano, que nuestra primera responsabilidad desde nuestras atribuciones es legislar para proteger y en este caso, elevar la voz para instrumentar un verdadero sistema de protección civil que abarque las particularidades de las entidades federativas, sin descuidar la dimensión nacional en su conjunto.

Debemos reforzar las estrategias de protección civil, además de recordarle a Gobernación lo que le mandata en la materia el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que menciona en su numeral XXIV y que dice que la Secretaría de Gobernación tiene como responsabilidad conducir y poner en ejecución, en coordinación con las autoridades de los gobiernos, de los estados, de los municipios y con las dependencias y entidades federativas y de la administración pública federal, los programas de protección civil que en el marco del sistema nacional se den para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a las poblaciones en situaciones de desastre y concertar con instituciones y organismos de los sectores privados y sociales las acciones conducentes para el mismo objetivo.

De igual forma hago mención al artículo 16 de la Ley de Puertos, en donde se establecen las obligaciones de la Secretaría de Comunicaciones y Trasportes que tiene el Ejecutivo federal para que mediante esa Secretaría se ejerzan y se autoricen todas las obras marítimas y el dragado que se requiera en observancia de las normas aplicables en materia ecológica.

Esto es lo que debemos hacer y ser muy puntuales para darle seguimiento en esta parte.

¿Cómo vamos a contrarrestar los daños de desastres naturales? La respuesta es que encontremos espacios en la realidad política. Ésa es nuestra responsabilidad y ésta tiene que ver con el ejercicio de una planeación democrática en el cual se tenga una ruta definida de todos los partidos para encontrar los objetivos del resguardo, atención y soluciones ante las crisis por desastres naturales.

Señores diputados...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, por favor, diputado.

El diputado Luis Antonio Martínez Armengol:... en esta Legislatura tenemos en nuestras manos y al alcance, la asignación de los recursos al transitar en el proceso del paquete fiscal para el año 2011. Tenemos la obligación de exigir que la política de protección civil debe articular planeación y estrategias con nuestras universidades y centros de estudio. Debemos exigir que estos sean capaces de amortizar lo inevitable que representan los desastres naturales, que también son un llamado para el resguardo del medio ambiente.

Con la alta responsabilidad que los ciudadanos nos confirieron al darnos la oportunidad con su voto, no dejemos pasar la oportunidad de trabajar arduamente para dejarles un futuro estable y sin sobresaltos a los habitantes de todas estas regiones, de todos estos estados. Pero sobre todo, de las comunidades que hasta el día de hoy no ven llegar las acciones de sus diputados.

Muchas gracias por su atención, compañeros.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado. No habiendo ningún diputado más inscrito en el tema de la agenda política, concluya por favor la Secretaría con el punto que envió la Junta de Coordinación Política e inmediatamente dé cuenta del orden del día de la próxima sesión.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo vigésimo del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, los suscritos coordinadores de los grupos parlamentarios nos permitimos solicitarle tenga a bien consultar al pleno puedan realizarse las modificaciones en el orden del día del día a efecto de incluir los siguientes asuntos en el apartado correspondiente.

• Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se reagenda la comparecencia del titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el marco del análisis del Cuarto Informe de Gobierno del Presidente de la República, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si acepta esta modificación.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:En votación económica se consulta a la asamblea si es de modificarse el orden del día en los términos señalados por la Junta de Coordinación Política. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Quienes estén por la negativa. Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante. Aprobada la modificación.

Consulte, entonces, si se aprueban los resolutivos.



IV INFORME DE GOBIERNO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se reagenda la comparecencia del titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el marco del análisis del IV Informe de Gobierno, del Presidente de la República, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. Que derivado de que ello de septiembre de 2010, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presentó su IV Informe de Gobierno ante el Congreso de la Unión, la Cámara de Diputados aprobó el siguiente acuerdo:

• Relativo a las comparecencias en comisiones de funcionarios del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 7° de la Ley Orgánica  del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y dentro del marco regulado por los artículos 69 y 93 de la Constitución Política, aprobado el 14 de septiembre de 2010.

II.Que en el referido acuerdo, se contemplaba la cita a comparecer ante esta Soberanía, del titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

III.Que conforme a los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso, la Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara de Diputados y el órgano en el que se impulsan los entendimientos y convergencias políticas a fin de alcanzar los acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden. De igual manera, tiene la atribución de presentar puntos de acuerdo, pronunciamientos y declaraciones.

IV.Que los integrantes de este órgano de gobierno, una vez que han revisado los eventos y reuniones que el Pleno y las Comisiones de este Recinto celebrarán en estos días, han acordado modificar la fecha de de la comparecencia del titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social asista a esta Soberanía.

Por lo antes expuesto y fundado, la Junta de Coordinación Política somete a consideración del Pleno el siguiente

Acuerdo

Primero.Se acuerda reagendar la comparecencia del titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, aprobada por el Pleno de esta Cámara de Diputados el 14 de septiembre de 2010, para quedar la siguiente manera:

Fecha: 15 de octubre de 2010;17:00 horas; dependencia: Secretaría del Trabajo y Previsión Social; titular, Javier Lozano Alarcón; a la Comisión: Trabajo y Previsión Social.

Segundo.En términos del artículo 22, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se solicita a la Presidencia de la Mesa Directiva que realice la notificación correspondiente al Ejecutivo Federal.

Transitorios

Primero. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados.

Segundo.Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de octubre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Pedro Vázquez González, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Cárdenas, con qué objeto.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): No estoy de acuerdo, presidente, con este cambio de calendario, porque no es la primera vez que el secretario del Trabajo nos trata con esta falta de respeto al pleno de la Cámara de Diputados.

Porque además el viernes, a esa hora, es un día en que los medios de comunicación electrónica no darán debida cuenta porque no es un día periodísticamente adecuado para dar cuenta de una comparecencia tan importante.

A mí me parece, con todo el respeto lo digo, que la Junta de Coordinación Política está protegiendo al secretario Lozano. Ése es nuestro punto de vista, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se recoge y que quede absoluta constancia de él.

Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor, gracias. Quienes estén por la negativa. Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado. Comuníquese.Continúe la Secretaría.



ORDEN DEL DIA

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXI Legislatura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Miércoles 6 de octubre de 2010.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Oficio del Congreso del estado de Durango

En el que transcribe acuerdo aprobado para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011, se otorguen mayores recursos al Fondo Metropolitano y al estado de Durango.

Oficio del Congreso del estado de Puebla

En el que transcribe acuerdo aprobado para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011, se otorguen mayores recursos para la realización de obras públicas para evitar el desbordamiento del río Rabanillo.

Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (a las 16:57 horas): Se levanta la sesión y se cita para la próxima, que tendrá lugar mañana miércoles 6 de octubre de 2010, a las 11 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.

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