Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXI Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, miércoles 13 de octubre de 2010
Sesión No. 17

SUMARIO


ORDEN DEL DIA

Desde su curul el diputado Emilio Serrano Jiménez felicita al gobierno de la República de Chile por el rescate de mineros

Mario Alberto di Costanzo Armenta sobre temas del orden del día

Jaime Fernando Cárdenas Gracia en el mismo tema

Pedro Avila Nevárez respecto al rescate de mineros en la República de Chile

ARTICULOS 94, 99, 100, 105, 116 Y 122 CONSTITUCIONALES

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia presenta iniciativa con proyecto de decreto que por la que se reforman los artículos 94, 99, 100, 105, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgar autonomía y ciudadanizar los Consejos de la Judicatura. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

Desde su curul el diputado Víctor Humberto Benítez Treviño se adhiere a la iniciativa

LEY DE PROMOCION Y DESARROLLO DE LOS BIOENERGETICOS

El diputado Emiliano Velázquez Esquivel presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, relativa al uso de productos básicos y estratégicos en la producción de bioenergéticos. Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería

Desde su curul el diputado Federico Ovalle Vaquera se adhiere a la iniciativa

Desde su curul el diputado Emiliano Velázquez Esquivel acepta

LEY DE AMPARO

La diputada Rosalina Mazari Espín presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a la suplencia procesal de amparo a las víctimas de un delito exclusivamente cuando sea ésta afectada en su salud o integridad corporal. Se turna a la Comisión de Justicia

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES - LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

La diputada Laura Felícitas García Dávila presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que establece el derecho del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda

Desde su curul el diputado Emilio Serrano Jiménez se adhiere a la iniciativa

La diputada Laura Felícitas García Dávila acepta

La iniciativa se turna a las Comisiones Unidas de Vivienda y de Trabajo y Previsión Social

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION PROFESIONAL PARA EL TRABAJO

El diputado Alberto Jiménez Merino presenta iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El diputado Agustín Carlos Castilla Marroquín presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, con relación a delitos contra la privacidad de las personas.Se turna a la Comisión de Justicia

Desde sus curules se adhieren a la iniciativa los diputados:

Silvia Esther Pérez Ceballos

Carlos Alberto Pérez Cuevas

LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

El diputado Víctor Manuel Báez Ceja presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley General de Protección Civil, con el fin de promover y desarrollar ante las escuelas, universidades, estados, municipios y comunidades rurales y zonas de riesgo producidas por agentes perturbadores una cultura de protección civil. Se turna a la Comisión de Gobernación

LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

El diputado Alejandro del Mazo Maza presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos, para evitar y mitigar el uso de zonas de riesgo para aquellos asentamientos humanos, que pongan en peligro a la población, además de identificar los tipos de fenómenos que afectan dichas zonas. Se turna a la Comisión de De-sarrollo Social

ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL - CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

La diputada Elsa María Martínez Peña presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y un segundo párrafo al numeral 5 del artículo 110, y se reforma el párrafo primero, numeral 2, del artículo 111 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, con objeto de establecer una participación equitativa entre hombres y mujeres, en la formulación de sus propuestas para elegir al consejero Presidente y a los ocho consejeros electorales del Instituto Federal Electoral. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

Desde su curul la diputada Oralia López Hernández se adhiere a la iniciativa

La diputada Elsa María Martínez Peña acepta

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL - LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL

El diputado Marcos Pérez Esquer presenta iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Se turna a la Comisión de la Función Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

ARTICULOS 76 Y 89 CONSTITUCIONALES

El diputado Eric Luis Rubio Barthell presenta iniciativa con proyecto de decreto que que reforma los artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a los nombramientos de los comisionados de los órganos reguladores de la administración pública federal centralizada. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

El diputado Francisco Saracho Navarro presenta iniciativa con proyecto de decreto que que reforma el artículo 116 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con relación al proceso de conciliación entre consumidores y proveedores. Se turna a la Comisión de Economía

VERIFICACION DE QUORUM

Desde su curul el diputado Avelino Méndez Rangel solicita la verificación de quórum, a lo que la Presidencia de la Mesa Directiva da respuesta

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

La diputada Cristabell Zamora Cabrera presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sobre la deducibilidad fiscal de los consumos en restaurantes hasta en un 100 por ciento

Desde su curul el diputado Melchor Sánchez de la Fuente se adhiere a la iniciativa

La diputada Cristabell Zamora Cabrera acepta

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY ORGANICA DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA

El diputado Miguel Angel García Granados presenta iniciativa con proyecto de decreto que que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con el fin de contribuir a generar un mando único en las tareas de seguridad pública que implique un combate efectivo a la inseguridad, así como una reducción en los gastos de operación en dependencias de la administración pública federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia

ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL - CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Se rectifica el trámite dado a la iniciativa presentada por la diputada Elsa María Martínez Peña con proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y un segundo párrafo al numeral 5 del artículo 110, y se reforma el párrafo primero, numeral 2, del artículo 111 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación

COMPAÑIA DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO

Se recibe del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al director del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes que informe a esta soberanía respecto a los términos en que ha ejercido las facultades y las obligaciones establecidas en el decreto, publicado el 11 de septiembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se extingue la Compañía de Luz y Fuerza del Centro. Se turna a la Junta de Coordinación Política

COMUNIDADES INDIGENAS

Se recibe de la diputada Gloria Trinidad Luna Ruíz proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las legislaturas de los estados a adecuar sus Constituciones y leyes en el reconocimiento de comunidades indígenas, en congruencia con la Carta Magna federal. Se turna a la Comisión de Asuntos Indígenas

ESTADO DE MEXICO

Se recibe de la diputada Paz Gutiérrez Cortina proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente del estado de México a respetar la decisión del cabildo del ayuntamiento de Tepetlaoxtoc sobre el total rechazo a la creación de rellenos sanitarios de gran tamaño en el municipio y a apoyar proyectos de reciclaje de basura ambientalmente responsables y que involucren a los ciudadanos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

ESTADO DE COAHUILA

El diputado Melchor Sánchez de la Fuente presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social, elevar el nivel del hospital general de zona con medicina familiar número siete de Monclova, en el estado de Coahuila a Hospital Regional

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

La diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a no desaparecer el programa de atención de problemas estructurales de la industria pesquera nacional, especialmente diesel agropecuario, gasolina ribereña y diesel marino; y se solicita que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos suficientes para dicho plan. Se turna el primer resolutivo a la Comisión de Agricultura y Ganadería y el segundo resolutivo a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Desde su curul la diputada Silvia Puppo Gastélum se adhiere a la proposición

Desde su curul la diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata acepta

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

La diputada Narcedalia Ramírez Pineda presenta proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al gobierno de Baja California un informe detallado sobre las condiciones en que se encuentran los jornaleros sobrevivientes del percance carretero ocurrido el 1 de septiembre en La Rumorosa. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social

ESTADO DE SONORA

El diputado Ramón Jiménez López presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a todos los grupos parlamentarios de esta H. Cámara de Diputados para apoyar la propuesta de que se instaure juicio político al secretario del Trabajo y Previsión Social, Javier Lozano Alarcón y Se exhorta al Ejecutivo federal y al gobernador del estado de Sonora, a que se investigue a fondo y se haga justicia sobre la agresión sufrida por los mineros de Cananea el 8 de septiembre de 2010. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social

Desde su curul el diputado Agustín Guerrero Castillo se adhiere a la proposición

El diputado Ramón Jiménez López acepta

ESTADO DE COAHUILA

La proposición presentada por el diputado Melchor Sánchez de la Fuente por el que se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social, elevar el nivel del hospital general de zona con medicina familiar número siete de Monclova, en el estado de Coahuila a Hospital Regional. Se turna a la Comisión de Seguridad Social

COMISION ESPECIAL PARA EL FOMENTO DE LAS ARTESANIAS

La diputada Obdulia Magdalena Torres Abarca presenta proposición con punto de acuerdo por el que se crea una Comisión Especial para el Fomento de las Artesanías. Se turna a la Junta de Coordinación Política

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

La diputada María Hilaria Domínguez Arvizu presenta proposición con punto de acuerdo con el que solicita que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos para el Fondo de Apoyo Social de los Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos

Desde su curul el diputado David Hernández Pérez se adhiere a la proposición

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

GRAFFITI

La diputada Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza presenta proposición con punto de acuerdo con el que se a diversas dependencias federales y estatales, coordinen programas y campañas encaminadas a la prevención y orientación para reubicar el graffiti. Se turna a las Comisiones Unidas de Juventud y Deporte y de Cultura

Desde su curul la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía se adhiere a la proposición

La diputada Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza acepta

GUARDERIA ABC

El diputado Emilio Serrano Jiménez presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador de Sonora a separar del encargo al procurador de Justicia por haber omitido la debida y exacta aplicación de la justicia en la integración y determinación de las averiguaciones previas relacionadas con el caso de la guardería ABC. Se turna a la Junta de Coordinación Política

ESTADO DE MICHOACAN

El diputado Víctor Manuel Báez Ceja presenta proposición con punto de acuerdo por el que solicitar a la Junta de Coordinación Política de esta Soberanía, constituya un grupo de trabajo plural para dar seguimiento puntual y contribuir a la realización del Programa para la Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro, Michoacán. Se turna a la Junta de Coordinación Política

ESPACIOS COMUNITARIOS

Se recibe del diputado José Francisco Yunes Zorrilla proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a impulsar por la Secretaría de Desarrollo Social un programa especial para construir espacios comunitarios que fomenten la integración y la cohesión social de las comunidades en el país. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social

PROGRAMAS DE CAPACITACION PARA EL EMPLEO

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a incorporar por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Educación Pública la perspectiva de género en el diseño y en la implantación de los programas de capacitación para el empleo

Desde sus curules se adhieren a la proposición las diputadas:

Leticia Quezada Contreras

María Teresa Rosaura Ochoa Mejía

Se turna a la Comisión de Equidad y Género

ESTADO DE TLAXCALA

La diputada María Elena Perla López Loyo presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua, publiquen en el Diario Oficial de la Federación la delimitación de la Laguna de Acuitlapilco, Tlaxcala, conforme al Decreto Federal de mil novecientos treinta y nueve, a fin de detener la venta ilegal de los terrenos aledaños a dicha Laguna. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

PROPOSICIONES CON PUNTOS DE ACUERDO

Desde su curul la diputada Leticia Quezada Contreras solicita sean turnadas las proposiciones agendadas

El Presidente da respuesta

Desde su curul la diputada Leticia Quezada Contreras ratifica su solicitud

Se aprueba dar el turno correspondiente a las siguientes proposiciones presentadas por los diputados:

Jaime Sánchez Vélez, por el que se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad realice una revisión urgente del exagerado incremento a la tarifa de energía eléctrica a establecimientos comerciales y de servicios en el estado de Morelos, a cargo del diputado. Se turna a la Comisión de Energía

José del Pilar Córdova Hernández, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación autorice los recursos necesarios para la construcción de infraestructura adecuada en las estaciones migratorias de la frontera sur, asimismo, al Consejo Directivo del Instituto Nacional de Migración, para que a los agentes aduanales y Grupos Beta de la Frontera Sur, se les proporcione capacitación constante sobre los derechos de los migrantes, así como sobre las leyes concernientes a su función. Se turna a la Comisión de Gobernación

Diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones, expliquen cuál será la política pública y los tiempos específicos para transitar las señales de televisión abierta de la tecnología análoga a la digital, suscrito por. Se turna a la Comisión de Comunicaciones

Fernando Espino Arévalo, por el que se exhorta a los titulares de diversas dependencias del Gobierno Federal, realicen las gestiones necesarias para que se promueva una mayor generación y utilización de los bioenergéticos. Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería

Laura Itzel Castillo Juárez, por el que se instruye al Presidente de la Mesa Directiva, a promover juicio de controversia constitucional en contra del nombramiento de los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos. Se turna a la Junta de Coordinación Política

Diputados de la Comisión Especial de Seguimiento a los Fondos Aportados por los ex Trabajadores Mexicanos Braceros, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el Fondo de Apoyo Social de Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

José María Valencia Barajas, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que en coordinación con los otros órdenes de gobierno, se impulsen políticas públicas a favor de los jóvenes, a efecto de resolver de raíz el grave problema de los siete millones y medio de los llamados “Ninis”; asimismo se exhorta a la Cámara de Diputados, destine el 5% del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011 y en los subsecuentes, para programas a favor de los jóvenes. Se turna a las Comisiones Unidas de Juventud y Deporte y de Presupuesto y Cuenta Pública

Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se considere en las reglas de operación del programa de vivienda rural, que el valor del subsidio sea igual o superior a las aportaciones de los jornaleros agrícolas en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Roberto Pérez de Alva Blanco, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos suficientes al sector educativo. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Gobierno Federal, realice una profunda revisión de su política económica y fiscal a efecto de que ponga en marcha las políticas tendientes a promover el desarrollo de la economía nacional. Se turna a la Comisión de Economía

María Estela de la Fuente Dagdug, por el que se exhorta la Comisión de Salud, establezca los lineamientos para legislar y reglamentar a nivel nacional, a favor de las llamadas “Madres Subrogadas”. Se turna a la Comisión de Salud

Leandro Rafael García Bringas, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a declarar “2011: Año Nacional de Donación y Trasplantes de Organos”. Se turna a la Comisión de Gobernación

María Estela de la Fuente Dagdug, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, asigne mayores recursos para el fortalecimiento de los programas de desarrollo social que son aplicados en los Polígonos Hábitat; Asimismo, se exhorte a la Sedesol, haga llegar el Programa de 70 y más a los llamados Polígonos Hábitat. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Oscar Martín Arce Paniagua, por el que se exhorta al Gobernador del Estado de México, a utilizar de mejor manera el gasto público otorgado por la Federación a ese estado, a fin de impulsar la competitividad de la entidad federativa. Se turna a la Junta de Coordinación Política

Lucila del Carmen Gallegos Camarena, por el que se exhorta a la Comisión de Equidad y Género de esta Soberanía, intensifique sus trabajos para atender el rezago legislativo de iniciativas, proposiciones y minutas pendientes de dictamen. Se turna a la Comisión de Equidad y Género.

José Luis Jaime Correa, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Sinaloa, instruya a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, resuelva conforme a derecho la Toma de Nota que demanda el Sindicato Unico de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Sinaloa (Suntuas) Administrativo e Intendencia, de conformidad con la elección sin impugnaciones que realizó dicho Sindicato; asimismo se exhorta al Rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa, reinstale en su plaza laboral al Secretario General del Sindicato. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social

José Francisco Yunes Zorrilla, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de diversos tramos carreteros en la Región de Perote, Veracruz. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Francisco Arturo Vega de Lamadrid, por el que se exhorta a las Comisiones de Asuntos Fronterizos Zona Norte, del Senado de la República y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de esta Soberanía, a efecto de que realice el segundo Parlamento de Líderes Migrantes. Se turna a la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios

Francisco Arturo Vega de Lamadrid, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos destinados al Programa de Zonas de la Frontera Norte. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

En un turno el diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid presenta proposiciones con puntos de acuerdo

Desde su curul el diputado Pedro Avila Nevárez realiza comentarios en relación a la asistencia existente

Por el que se exhorta a las dependencias encargadas de revisar las embarcaciones extranjeras a cumplir la normatividad vigente para realizar actividades pesqueras en Ensenada, Baja California. Se turna a la Comisión de Pesca

Por el que se solicita a las autoridades mexicanas un informe detallado sobre las acciones específicas que realizan para revisar las actividades pesqueras de embarcaciones extranjeras en Ensenada, Baja California. Se turna a la Comisión de Pesca con opinión de la Comisión de Relaciones Exteriores

TRABAJOS LEGISLATIVOS

Desde su curul realiza comentarios el diputado Pablo Escudero Morales

PRODUCCION PORCINA

Se recibe del diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y a la Secretaría de Salud a implantar programas constantes de información y vigilancia sobre las condiciones de infección ocasionadas por las actividades de producción porcina de Granjas Carroll, en las comunidades cercanas a Perote, en los límites entre Veracruz y Puebla. Se turna a la Comisión de Salud

AREAS DESTINADAS VOLUNTARIAMENTE A LA CONSERVACION

Se recibe del diputado Alejandro Carabias Icaza proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a publicar por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales las modificaciones correspondientes del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Areas Naturales Protegidas, de acuerdo con el artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para fortalecer la certificación voluntaria de predios. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

ESTADO DE MEXICO

El diputado Sergio Octavio Germán Olivares presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de México a informar sobre las afectaciones del tránsito generadas por el desarrollo del proyecto vial Viaducto Elevado Toreo-Tepotzotlán, y a considerar las acciones pertinentes para su pronta solución. Se turna a la Comisión de Transportes

REGISTRO DE ASISTENCIA

Desde su curul el diputado Emilio Serrano Jiménez solicita se pase lista al principio y al final de las sesiones, el Presidente da respuesta

ESTADO DE MEXICO

Desde su curul la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía se adhiere a la proposición presentada por el diputado Germán Olivares

Desde su curul el diputado Sergio Octavio Germán Olivares acepta

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

Se recibe del diputado Samuel Herrera Chávez proposición con punto de acuerdo a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos para obras, programas y proyectos en favor de Guadalupe, Zacatecas. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión


Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

ASISTENCIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputados y diputadas a esta sesión.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 297 diputados, por tanto, hay quórum.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(a las 11:52 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Consulte la Secretaría si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta.  Permítame, secretaria. ¿Con qué objeto, diputado Emilio Serrano?

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): Diputado presidente, para solicitar respetuosamente antes de que inicie la sesión, que a través de un aplauso le hagamos un profundo reconocimiento al gobierno de Chile, encabezado por el presidente Sebastián Piñera, al equipo de rescate que logró sacar con vida hasta este momento la mitad de 33 mineros que quedaron atrapados bajo tierra a 700 metros. Cerca de 2 meses estuvieron ahí.

A diferencia del gobierno nuestro, el gobierno mexicano, que 33 mineros quedaron atrapados en la mina de Pasta de Conchos y no lograron ni siquiera sacar uno con vida. A cuatro meses lograron sacar un cuerpo, a un año sacaron el segundo cuerpo. Sesenta y cinco mineros que quedaron atrapados a poco más de 120 metros de profundidad. Ésa es la diferencia de un gobierno que tiene voluntad y ganas de servir al pueblo y no el gobierno mediocre que tenemos en México.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Recójanse sus expresiones, diputado.

Diputado Mario di Costanzo, ¿con qué objeto?

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): Gracias, presidente.

Estaba viendo el orden del día y con tristeza veo que 2 puntos de acuerdo que tengo agendados como desde hace 3 semanas y que son de obvia o urgente resolución no están, presidente.

Yo supe, porque así me lo consultaron, porque me preguntaron que si yo quería ceder estos puntos de acuerdo a la Junta de Coordinación Política. Mi respuesta fue que no, porque ahí los congelan. Con todo respecto, presidente. Entonces yo no sé si sea un castigo, si como son de obvia o urgente resolución y son acerca del paquete económico van a pasar hasta diciembre, o a qué estamos jugando, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Cómo no, señor diputado. Lo que pasa es que la junta de hoy se acordó para puntos que no tienen discusión ni votación y seguramente ésa es la razón. De cualquier manera le ofrezco en estos momentos solicitar a la Junta un informe de la situación de los puntos que usted nos presenta.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul). Diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Cárdenas.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Gracias, presidente. También en un sentido parecido al de mi compañero el diputado Mario di Costanzo, respecto del punto de acuerdo de urgente u obvia resolución del caso del ciudadano Juan Ranulfo Martínez Pérez, que se me dijo ayer que posiblemente hoy se planteara por la Junta de Coordinación Política. Quiero preguntar si es así. Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Así será en el transcurso de la sesión. Estamos esperando la firma de los señores coordinadores, pero así será, diputado.

Y respecto de la solicitud de don Emilio Serrano, esta Presidencia se solidariza con brindar un afectuoso saludo de felicitación al pueblo, al gobierno de Chile. Y, por supuesto, por encima de todos ellos, a las familias de los mineros rescatados.

El diputado Pedro Ávila Nevárez(desde la curul): Señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Don Pedro Ávila. ¿Con qué objeto, señor diputado?

El diputado Pedro Ávila Nevárez(desde la curul): Señor presidente, sobre lo que el compañero Emilio Serrano expresó y que ya cumplimos ahorita con el aplauso, yo quisiera nada más recordar a todos los compañeros diputados que el ejemplo que nos dio Chile, el gobierno y el pueblo de Chile, es un ejemplo que debemos todos nosotros seguir y más el gobierno de Felipe Calderón.

Hace unos días, señor presidente, presenté aquí —y creo que éste es el mejor homenaje a nuestros mineros mexicanos— unas reformas a la Ley Minera, al artículo 8o, porque desde hace más de 20 años no se les paga a los mineros de México el reparto de utilidades. Yo quisiera que esa ley que ya presenté yo aquí, y que sería el mejor homenaje a nuestros mineros, se llevara a efecto y que la comisión a la que se le turnó esta iniciativa de ley le diera respuesta, porque no vamos a esperar que nuestros mineros sigan cayendo a lo más hondo de las minas, a lo más profundo de las minas y lo único que hagamos sea rendirles homenaje.

Los mineros de México necesitan el apoyo y el respaldo de esta Cámara de Diputados. Vamos a dárselos porque somos representantes del pueblo y porque los mineros forman una parte importante de nuestra patria. Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Recójanse por favor las expresiones del diputado Pedro Ávila, así como de los que han intervenido al inicio de esta sesión. Quede constancia de nuestra felicitación.

Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Miércoles 13 de octubre de 2010.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Laura Felicitas García Dávila, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 76 bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosalina Mazari Espín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley del Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo, a cargo del diputado Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Agustín Castilla Marroquín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4° de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos, a cargo del diputado Alejandro Del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Universal Alimentaria para los Adultos Mayores de Sesenta y Cinco años o más, residentes en los Estados Unidos Mexicanos y reforma el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Teresa Guadalupe Reyes Sahagún, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 41, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Elsa María Martínez Peña, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Marcos Pérez Esquer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 10 y 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 257 Bis, 257 Quáter y 258 Bis de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Edgardo Melhem Salinas, y suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de la Cuenca de Burgos. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Eric Rubio Barthell, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 116 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Francisco Saracho Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

18. Que reforma el artículo 32 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Cristabell Zamora Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a cargo del diputado Miguel Ángel García Granados, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se solicita al Director del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, informe a esta Soberanía los términos en los que ha ejercido las facultades y obligaciones que se establecen en el Decreto publicado el 11 de octubre de 2009 en el DOF, por el que se extingue el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, a cargo del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Legislaturas de los Estados, adecúen sus Constituciones y Leyes Locales, en el reconocimiento de las Comunidades Indígenas en congruencia con la Constitución Federal, a cargo de la diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de México, respete la decisión del Cabildo del Ayuntamiento de Tepetlaoxtoc, de total rechazo a la creación de rellenos sanitarios de gran tamaño en territorio municipal, así como apoyar proyectos de reciclaje de basura que sean ambientalmente responsables y que involucren a la ciudadanía, suscrito por los diputados Paz Gutiérrez Cortina y Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al IMSS, elevar el nivel del hospital general de zona con medicina familiar número 7 de Monclova, Coahuila a Hospital Regional, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, no desaparezca el programa de atención a problemas estructurales de la industria pesquera nacional, especialmente diesel agropecuario, gasolina ribereña y diesel marino, y para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos suficientes para dicho programa, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita al gobierno del estado de Baja California, un informe detallado sobre las condiciones en que se encuentran los jornaleros sobrevivientes del percance carretero ocurrido el 1 de septiembre en la Rumorosa, a cargo de la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Grupos Parlamentarios de esta Soberanía, apoyen la propuesta de instaurar juicio político al titular de la STPS, a cargo del diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, realice una revisión urgente del exagerado incremento a la tarifa de energía eléctrica a establecimientos comerciales y de servicios en el estado de Morelos, a cargo del diputado Jaime Sánchez Vélez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se crea una Comisión Especial para el Fomento de las Artesanías, a cargo de la diputada Magdalena Torres Abarca, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el Fondo de Apoyo Social de los Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, suscrito por diversos diputados integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento a los Fondos Aportados por los Ex trabajadores Mexicanos Braceros. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para exhortar a diversas dependencias federales y estatales, coordinen programas y campañas encaminadas a la prevención y orientación para reubicar el graffiti, a cargo de la diputada Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del estado de Sonora, separe de su cargo al Procurador de Justicia del Estado, por haber omitido la debida y exacta aplicación de la justicia en la integración y determinación de las averiguaciones previas relacionadas con el caso de la guardería ABC, S.C., a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, autorice los recursos necesarios para la construcción de infraestructura adecuada en las estaciones migratorias de la frontera sur, asimismo, al Consejo Directivo del Instituto Nacional de Migración, para que a los agentes aduanales y Grupos Beta de la Frontera Sur, se les proporcione capacitación constante sobre los derechos de los migrantes, así como sobre las leyes concernientes a su función, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Junta de Coordinación Política de esta Soberanía, constituya un grupo de trabajo plural para dar seguimiento puntual y contribuir a la realización del Programa para la Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro, Michoacán, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT y a la Cofetel, expliquen cuál será la política pública y los tiempos específicos para transitar las señales de televisión abierta de la tecnología análoga a la digital, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de diversas dependencias del Gobierno Federal, realicen las gestiones necesarias para que se promueva una mayor generación y utilización de los Bioenergéticos, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se instruye al Presidente de la Mesa Directiva, a promover juicio de controversia constitucional en contra del nombramiento de los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios de Pemex, a cargo de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la STPS y de la SEP, incorporen la perspectiva de género en el diseño e implementación de los programas de capacitación para el empleo, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para el Fondo de Apoyo Social de Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, suscrito por diversos diputados integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento a los Fondos Aportados por los Ex Trabajadores Mexicanos Braceros. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la Conagua, publiquen en el DOF la delimitación de la Laguna de Acuitlapilco, Tlaxcala, conforme al Decreto Federal de 1939, a fin de detener la venta ilegal de los terrenos aledaños a dicha Laguna, a cargo de la diputada María Elena Perla López Loyo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que en coordinación con los otros órdenes de gobierno, se impulsen políticas públicas a favor de los jóvenes, a efecto de resolver de raíz el grave problema de los siete millones y medio de los llamados “Ninis”; asimismo se exhorta a la Cámara de Diputados, destine el 5% del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011 y en los subsecuentes, para programas a favor de los jóvenes, a cargo del diputado José María Valencia Barajas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se considere en las reglas de operación del programa de vivienda rural, que el valor del subsidio sea igual o superior a las aportaciones de los jornaleros agrícolas en el INFONAVIT, a cargo del diputado Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos suficientes al sector educativo, a cargo del diputado Roberto Pérez de Alva Blanco, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, realice una profunda revisión de su política económica y fiscal a efecto de que ponga en marcha las políticas tendientes a promover el desarrollo de la economía nacional, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta la Comisión de Salud, establezca los lineamientos para legislar y reglamentar a nivel nacional, a favor de las llamadas “Madres Subrogadas”, a cargo de la diputada María Estela de la Fuente Dagdug, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

26. Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a declarar “2011: Año Nacional de Donación y Transplantes de Órganos”; a cargo del diputado Leandro Rafael García Bringas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, asigne mayores recursos para el fortalecimiento de los programas de desarrollo social que son aplicados en los Polígonos Hábitat; Asimismo, se exhorte a la SEDESOL, haga llegar el Programa de 70 y más a los llamados Polígonos Hábitat, a cargo de la diputada María Estela de la Fuente Dagdug, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del Estado de México, a utilizar de mejor manera el gasto público otorgado por la Federación a ese estado, a fin de impulsar la competitividad de la entidad federativa, a cargo del diputado Óscar Martín Arce Paniagua, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Equidad y Género de esta Soberanía, intensifique sus trabajos para atender el rezago legislativo de iniciativas, proposiciones y minutas pendientes de dictamen, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Sinaloa, instruya a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, resuelva conforme a derecho la Toma de Nota que demanda el Suntuas Administrativo e Intendencia, de conformidad con la elección sin impugnaciones que realizó dicho Sindicato; asimismo se exhorta al Rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa, reinstale en su plaza laboral al Secretario General del Sindicato, a cargo del diputado José Luis Jaime Correa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de diversos tramos carreteros en la Región de Perote, Veracruz, a cargo del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, para que a través de la Sedesol, impulse un programa especial para la construcción de espacios comunitarios que fomenten la integración y la cohesión social de las comunidades en nuestro país, a cargo del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las dependencias responsables de las revisiones de Embarcaciones Extranjeras, a cumplir con lo establecido en la normatividad vigente para la realización de actividades pesqueras, en la zona de Ensenada, Baja California, a cargo del diputado Francisco Arturo Vega De Lamadrid, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cofepris y a la Secretaría de Salud, para implementar programas constantes de información y vigilancia sobre las condiciones de infección ocasionadas por las actividades de la empresa Granjas Carroll, a cargo del diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a las autoridades mexicanas, un informe detallado sobre las acciones específicas que están desempeñando para la revisión de las actividades pesqueras de embarcaciones extranjeras, en la zona de Ensenada, Baja California, a cargo del diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del titular de la SHCP ante esta Soberanía y presente un informe financiero del estado que guarda el ejercicio del gasto público y subejercicios; asimismo para que se reasignen subejercicios del gasto público federal al Fondo de Apoyo Social para Extrabajadores Migratorios Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, para que a través de la Semarnat, se publiquen las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas, de acuerdo con el artículo segundo transitorio del decreto por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para fortalecer la certificación voluntaria de predios, a cargo del diputado Alejandro Carabias Icasa, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Estado de México, informe sobre las afectaciones al tránsito generadas por el desarrollo de la obra del proyecto vial, Viaducto Elevado Toreo –Tepozotlán, asimismo considere las acciones pertinentes para su pronta solución, a cargo del diputado Sergio Octavio Germán Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos para obras, programas y proyectos, en favor del Municipio de Guadalupe, Zacatecas, a cargo del diputado Samuel Herrera Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Sagarpa, y a los Gobiernos de Entidades Federativas, para que por medio de las reglas de operación de sus distintos programas federales, y en cumplimiento del pari passu, respectivamente, faciliten el acceso a los recursos destinados a productores de bajos ingresos de menos de 10 hectáreas, a cargo de la diputada María Felicitas Parra Becerra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se crea una Comisión Especial para el Saneamiento de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Grupo de Trabajo conformado para dar seguimiento a los conflictos suscitados en la región Triqui de Oaxaca de Juárez y sobre el incremento de la violencia en el estado de Guerrero, lleven a cabo acciones efectivas en contra de la violencia generada en la zona y conduzcan a garantizar la seguridad e integridad física de los habitantes del municipio de San Juan Copala, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSP, a la Sedena, a la Semar y a la PGR, fortalezcan sus operativos en las zonas fronterizas, a efecto de combatir el tráfico de armas, indocumentados, drogas, piratería y lavado de dinero, a cargo del diputado Juan José Cuevas García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, declare el 16 de octubre como Día Nacional Contra la Obesidad, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Comisiones de Asuntos Fronterizos Zona Norte, del Senado de la República y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de esta Soberanía, a efecto de que realice el segundo Parlamento de Líderes Migrantes, a cargo del diputado Francisco Arturo Vega De Lamadrid, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la ASF, realice una auditoría especial en el Banco de México, para conocer las causas del comportamiento de las diferentes variables incluidas en el balance general de la institución, así como los factores que explican los resultados de su operación, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren mayores recursos para el subsector cultura del país, en beneficio de las instituciones, las entidades federativas y la ciudadanía, suscrito por diputados integrantes de la Comisión de Cultura. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Gobernación de esta Soberanía, para que en el proceso de renovación del Consejo General del IFE, se contemple la equidad de género, suscrito por las diputadas Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes y María Joann Novoa Mossberger, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren mayores recursos para el impulso de las actividades dedicadas al desarrollo científico, tecnológico y de la innovación, suscrito por diputados integrantes de la Comisión de Ciencia y Tecnología. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren mayores recursos para el Subsidio para la Seguridad Pública Municipal (Subsemun), a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, se consideren recursos destinados al Programa de Zonas de la Frontera Norte, a cargo del diputado Francisco Arturo Vega De Lamadrid, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. La Secretaría debe consultar si se dispensa la lectura, ya está publicada en la Gaceta el acta.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Diputadas y diputados por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes doce de octubre de dos mil diez, correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Primera Legislatura

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de 288 diputadas y diputados, a las 11 horas con 36 minutos del martes 12 de octubre de 2010, el presidente declaró abierta la sesión.

En votación económica se dispensó la lectura al orden del día y enseguida del acta de la sesión anterior, la que se aprobó de la misma manera.

Desde su curul, realizó comentarios la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Partido del Trabajo. El presidente realizó aclaraciones.

Se dio cuenta con comunicación de la Mesa Directiva, con relación a nueve dictámenes en sentido negativo de proposiciones con punto de acuerdo que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria del 11 de octubre, de las Comisiones de Ciencia y Tecnología, de Derechos Humanos, de Energía, de Pesca y de Recursos Hidráulicos. Se publican en el Diario de los Debates y se archivan los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

La Presidencia informó a la asamblea, con relación al documento que llegó de la Procuraduría General de la República, relativo a la declaración de procedencia en contra del diputado Julio César Godoy Toscano.

El presidente informó a la asamblea que el ciudadano Víctor Roberto Silva Chacón, diputado electo en la primera circunscripción plurinominal, se encontraba a las puertas del salón de sesiones y designó una comisión para introducirlo al recinto, acto seguido rindió protesta de ley y entró en funciones.

La Secretaría dio lectura al oficio del diputado Armando Jesús Báez Pinal, del Partido Revolucionario Institucional, por el que solicita sea retirada de todos los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de de decreto que adiciona un Título Octavo Bis, el artículo 231 y reforma la fracción I del artículo 232 de la Ley Federal del Derechos de Autor. Se retiró la iniciativa y se descargó de los asuntos turnados a las Comisiones de Justicia, y de Cultura.

Se dio cuenta con oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite proposición con punto de acuerdo, a fin de que la Cámara de Diputados, asigne en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 recursos suficientes a la Secretaría de Educación Pública, para los Programas de Atención Educativa a la Diversidad Lingüística y Cultural; de Educación Básica para Niños y Niñas de Familias Jornaleras Agrícolas Migrante; de Becas de Apoyo a la Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas, así como para las acciones de fortalecimiento de la educación indígena. Se turnó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Se dio cuenta con oficios de la Secretaría de Gobernación por los que se solicitan permiso constitucional necesario para que puedan prestar servicios los ciudadanos:

• Ernesto Martínez Chávez, María Irene Salazar Ortega, Luis Patricio Garza Saldivar y Abigail Reyes González, en los Consulados de Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua y Nuevo Laredo, Tamaulipas.

• Alfredo Aguirre Flores y Jesús Fernando Martínez Estrada en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México y en su Consulado en Ciudad Juárez, Chihuahua; e informa que la ciudadana Liliana Castillejos Morales, deja de prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México.

Las solicitudes de permisos se turnaron a la Comisión de Gobernación, por el que se refiere a la ciudadana que dejó de prestar servicios, se remitió a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, para su conocimiento.

La Secretaría dio lectura a oficios de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en el que se transcriben acuerdos aprobados:

• Por el que solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 no se reduzcan los recursos para el Fondo Metropolitano, ramo 23.

• Por el que solicita dotar de recursos dignos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011, al subsector cultural.

Se turnaron a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Se dio cuenta con oficios:

• Del Congreso de Baja California, en el que transcribe acuerdo aprobado, por el que se solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 se brinden recursos suficientes para el Programa Habilidades Digitales y Tecnológicas, promovido por la Secretaría de Educación Pública. Se turnó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Del gobierno del estado de México, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la seguridad física y la protección integral de los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes, respecto a los riesgos del trabajo en los campos agrícolas. Se turnó a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para su conocimiento.

• Del Congreso del estado de México, en el que transcribe acuerdo aprobado, por el que solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 se destinen recursos suficientes para atender las necesidades en materia educativa. Se turnó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Hicieron comentarios sobre declaraciones en perjuicio de diversos autores políticos. En la primera ronda de intervenciones los diputados: José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo; Víctor Manuel Castro Cosío, del Partido de la Revolución Democrática; Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo y Ramón Jiménez López, del Partido de la Revolución Democrática. En la segunda ronda de intervenciones los diputados: Jaime Fernando Cárdenas Gracia y Porfirio Muñoz Ledo, del Partido del Trabajo. En votación económica se consideró suficientemente discutido.

En sendas votaciones económicas la asamblea dispensó la lectura y quedaron de primera lectura los dictámenes con proyectos de decreto de las comisiones:

a) De Gobernación, por los que se concede permiso a los ciudadanos:

• Abel Muñoz Ruiz, Mauricio Alonso Dávila González, Héctor Pedro Gutiérrez, Julio César Franco González, Josué Omar Barrios Ochoa, Jack Flores Flores, Héctor Manuel Sánchez Casas y Jorge Francisco De Horta Ruíz, puedan prestar servicios en las Embajadas de Polonia, de Australia y de Dinamarca, en México; y en los Consulados de Estados Unidos de América, en Ciudad Juárez, Chihuahua; Tijuana, Baja California y Hermosillo, Sonora.

• Gregorio Gerardo Canales Zambrano, para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Corea, en la Ciudad de Monterrey, con circunscripción consular en Coahuila, Chihuahua, Nuevo León y Tamaulipas.

b) De Reforma Agraria, por el que se reforma y adiciona el artículo 164 de la Ley Agraria.

c) De Economía, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

d) De Desarrollo Rural, por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 16 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

e) De la Función Pública, por el que se reforma el artículo 18 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

f) Unidas de Transportes y de Comunicaciones, por el que se reforma el tercer párrafo del artículo 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

g) Unidas de Economía, y de Participación Ciudadana, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes Federales de Protección al Consumidor y de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.

Se sometieron a discusión los dictámenes con proyecto de decreto de las comisiones:

a) De Puntos Constitucionales, por el que se reforman los párrafos sexto y séptimo del artículo 4o. y se adiciona la fracción XXIX-P al artículo 73, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se concedió el uso de la palabra al diputado Reginaldo Rivera de la Torre, del Partido Revolucionario Institucional, para fundamentar el dictamen.

A las 12 horas con 48 minutos, por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría instruyó el cierre del sistema electrónico de asistencia con un registro de 446 diputadas y diputados.

Para fijar la posición de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Yolanda de la Torre Valdez, del Partido Revolucionario Institucional; Claudia Edith Anaya Mota, del Partido de la Revolución Democrática, quien realizó propuesta de modificación al dictamen; Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, del Partido Acción Nacional; Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo; Gerardo del Mazo Morales, de Nueva Alianza y Juan Carlos Natale López, del Partido Verde Ecologista de México; y para hablar en pro la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Partido Revolucionario Institucional. En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general. Se reservó el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Presidencia del diputadoAmador Monroy Estrada

Se aprobaron en lo general y en lo particular los artículos no impugnados del proyecto de decreto por 393 votos en pro. Se concedió el uso de la palabra a la diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero, del Partido de la Revolución Democrática, para proponer modificación al párrafo sexto del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En sendas votaciones económicas se admitió la propuestas de modificación al artículo reservado presentada por la diputada Incháustegui Romero, se aceptó y se consideró suficientemente discutido el artículo reservado. Desde su curul el diputado Víctor Humberto Benítez Treviño, del Partido Revolucionario Institucional, solicitó a Presidencia para consensuar con las bancadas. A las 13 horas con 55 minutos se declaró un

Receso

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

A las 13 horas con 58 minutos se reanudó la sesión. Se aprobó en lo particular el artículo reservado con la modificación aceptada por 376 votos en pro y una abstención se aprobó el proyecto de decreto. Pasó al Senado para sus efectos constitucionales.

b) De Justicia, por el que se adiciona una fracción VII al artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se concedió el uso de la palabra al diputado Arturo Zamora Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional, para fundamentar el dictamen.

Presidencia del diputadoAmador Monroy Estrada

En votación económica se consideró suficientemente discutido. Se aprobó en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 372 votos en pro y una abstención. Pasó al Senado para sus efectos constitucionales.

c) De Seguridad Social, con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995. Se concedió el uso de la palabra al diputado Uriel López Paredes, del Partido de la Revolución Democrática, para fundamentar el dictamen. Para fijar la posición de su grupo parlamentario el diputado Raúl Gerardo Cuadra García, del Partido Acción Nacional y para realizar comentarios en pro el diputado Francisco Hernández Juárez, del Partido de la Revolución Democrática. En votación económica se consideró suficientemente discutido. Se aprobó, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 354 votos en pro. Pasó al Senado para sus efectos constitucionales.

En votación económica la asamblea autorizó sólo la lectura de los encabezados de los dictámenes con puntos de acuerdo de las siguientes comisiones:

a) Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Gobernación, por los que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a establecer horarios para programas televisivos que atentan contra la moral y los derechos de los niños.

b) Unidas de Comunicaciones y de Economía, por los que se exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor, a implantar acciones que permitan evitar la publicidad engañosa y cobros indebidos de los prestadores de servicios de telefonía celular y fija, y en su caso, se apliquen las sanciones conducentes cuando se incumpla lo acordado.

c) Unidas de Comunicaciones y de Transportes:

• Por los que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a rendir un informe sobre los mecanismos de control en los que se basan las autoridades para regular la calidad del servicio que prestan a los usuarios, las aerolíneas en el país.

• Por los que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, agilice la suscripción de los convenios de reasignación con las entidades federativas y tome las medidas necesarias para evitar subejercicios del gasto.

• Por los que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que informe sobre la vigilancia, funcionamiento y operación de los servicios que prestan las aerolíneas comerciales en México. Realizó comentarios en pro el diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo. Para rectificación de hechos los diputados: Emilio Serrano Jiménez, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones; Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Partido Acción Nacional, en dos ocasiones, la primera desde su curul y en la segunda, acepta interpelación del diputado Serrano Jiménez; Mario Alberto di Costanzo Armenta; Agustín Guerrero Castillo, del Partido de la Revolución Democrática; Adán Ignacio Rubí Salazar, del Partido Revolucionario Institucional, quien acepta interpelación del diputado di Costanzo Armenta. En votación económica se consideró suficientemente discutido.

d) De Derechos Humanos, por los que se exhorta al Ejecutivo federal para que instruya a los secretarios de la Defensa Nacional, de Seguridad Pública, de Marina, al Ejecutivo del Estado de Morelos y al Secretario de Seguridad Pública de esa entidad, a respetar en sus funciones y acciones operativas de lucha contra la delincuencia organizada, las garantías individuales y derechos humanos de los morelenses.

e) De Economía:

• Por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que, tomando en cuenta las bases de datos de la Agencia General de Aduanas y del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, identifiquen empresas que tengan un perfil de operación riesgoso y prevengan que las sujetas al régimen de importación temporal, dejen de cumplir con sus obligaciones patronales.

• Por el que se exhorta a las dependencias de los gobiernos federal, estatales y municipales, para que en el marco de sus festividades y compromisos sociales del bicentenario y en adelante, se consuman vinos y bebidas de origen mexicano.

• Por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, declare al platillo típico de los chiles en nogada como “Chiles en nogada, platillo bicentenario del estado de Puebla”.

• Por los que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de las Secretarías de Economía, de Desarrollo Social; de Comunicaciones y Transportes y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que consideren el acceso y promoción de diversos programas para la recuperación económica del municipio de Cananea, Sonora.

f) De Educación Pública y Servicios Educativos, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública a que revise los contenidos curriculares del sistema de educación básica y del bachillerato para promover la educación ambiental.

g) De Energía:

• Por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a agilizar la reubicación de la terminal de almacenamiento y reparto (TAR) de Petróleos Mexicanos, situada en Tapachula, Chiapas.

• Por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Energía, promueva la elaboración y firma de los convenios y acuerdos de coordinación previstos en el artículo 8 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.

h) De Medio Ambiente y Recursos Naturales:

• Por el que solicita al gobierno de Matamoros, Tamaulipas a implantar las acciones y medidas que garanticen el debido cumplimiento de la NOM- 083-Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales-2003.

• Por el que se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, realizar el estudio previo justificativo, que permita valorar la viabilidad de establecer como área natural protegida a la zona de Omitemi, conocida como Parque Ecológico Estatal Guerrero.

• Por el que se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, realizar el estudio previo justificativo, que permita valorar la viabilidad de establecer como área natural protegida a la isla de Petatán, ubicada en el municipio de Cojumatlán de Regules, Michoacán.

i) De Pesca, por los que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la Comisión Nacional de Pesca evalúe la posibilidad de expedir permisos de pesca comercial de atún a los pescadores ribereños del país.

j) De Recursos Hidráulicos, por los que se exhorta al Ejecutivo federal a que, a través de la Comisión Nacional del Agua, rinda un informe sobre las acciones específicas a realizar para atender el problema de la reducción de la disponibilidad del agua en Baja California.

k) De Seguridad Pública, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar indicadores de desempeño en la aplicación de la Iniciativa Mérida.

l) De Turismo, por el que se exhorta a la Secretaría de Turismo a incluir Jalpan de Serra, Querétaro, en el Programa de Pueblos Mágicos.

En votación económica se aprobaron en conjunto los puntos de acuerdo, comuníquense.

En votación económica la asamblea autorizó sólo la lectura de los encabezados de los dictámenes negativos con puntos de acuerdo, por los que se desechan iniciativas con proyectos de decreto, de las comisiones:

a) De Desarrollo Rural, que reforma y adiciona los artículos 3 y 12 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.

b) De Economía:

• Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

• Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.

• Que adiciona una fracción IX Ter al artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

c) De Energía, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Energía para el Campo.

d) De Salud que:

• Adiciona una fracción XIV, recorriéndose la subsecuente del artículo 134 y se reforma el artículo 144 de la Ley General de Salud.

• Reforma el artículo 73 de la Ley General de Salud.

• Adiciona el artículo 134 y reforma el artículo 144 de la Ley General de Salud.

• Reforma el artículo 71 de la Ley General de Salud.

f) De Turismo, que reforman y adicionan la Ley Federal de Turismo.

g) Unidas de Fomento Cooperativo y de Economía Social, que crea la Ley Reglamentaria del Artículo veinticinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

h) Unidas de Energía y de Economía, que adiciona la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

En votación económica se aprobaron en conjunto los puntos de acuerdo, se archivaron los expedientes como asuntos totalmente concluidos. Por lo que se refiere al último dictamen, se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En votación económica se autorizó la modificación e inclusión en el orden del día, de los siguientes acuerdos de la Junta de Coordinación Política:

• Por el que se exhorta al gobierno federal y al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a destinar recursos, para crear en el país, Ludotecas Especializadas en Atención Psicológica para niñas y niños que han sido víctimas del delito o de la violencia.

• Por el que se exhorta a los titulares del gobierno federal, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, a que destinen recursos de los bienes incautados al crimen organizado, para crear en el país, centros especializados de atención psicológica y programas con psicoanalistas que permitan brindar terapias grupales a las víctimas u ofendidos del delito.

• Por el que se crea un grupo de trabajo plural que dé seguimiento a la problemática, así como a la aplicación de recursos y programas en atención a la región de desastres ocasionados por las lluvias en Oaxaca, Tabasco, Veracruz y Chiapas.

• Por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que posponga la aplicación de los límites contenidos en las reglas para las operaciones en efectivo con dólares de Estados Unidos de América.

• Por el que se exhorta al Ejecutivo federal, implante a la brevedad una “Evaluación del Grado de Accesibilidad para Personas con Discapacidad” en todas las oficinas y dependencias gubernamentales del país.

• Por el que se exhorta a las Secretarías de Educación Pública y de Salud, a que prohíban el uso en todos los planteles educativos del país de nivel primaria y secundaria, de útiles escolares que contengan tolueno, benceno, metanol, cloruro de metileno o solventes de cualquier tipo.

• Relativo a los trabajadores de la planta Fundidora Esqueda, en Sonora.

• Por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para crear un Fondo de Indemnización para Víctimas Relacionadas con Operativos o Acciones del Gobierno Federal Contra la Delincuencia, con los bienes y dinero incautados.

En sendas votaciones económicas se dispensó la lectura de los puntos de acuerdo y se aprobaron, comuníquense.

Desde sus respectivas curules realizaron moción de procedimiento los diputados: Jaime Fernando Cárdenas Gracia y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, ambos del Partido del Trabajo. El presidente realizó aclaraciones.

Se recibieron iniciativas con proyecto de decreto de los diputados:

• Sergio Lobato García, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo segundo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Nancy González Ulloa, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos 228 y 347 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turnó a la Comisión de Gobernación.

• Juan Carlos Natale López, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma los artículos 2o., 12 y 29 de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se turnó a la Comisión de Juventud y Deporte.

• María Guadalupe García Almanza, de Convergencia, que adiciona un artículo 23 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Se turnó a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

• Diego Guerrero Rubio, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo 60 Bis uno de la Ley General de Vida Silvestre. Se turnó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

• Laura Arizmendi Campos, de Convergencia, que reforma el artículo 23 de la Ley General de Turismo. Se turnó a la Comisión de Turismo.

• Pedro Jiménez León, de Convergencia, que reforma los artículos 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3.o de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Energía.

Se concedió el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a los diputados:

• Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo, que reforma los artículos 247 del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales. Se turnó a la Comisión de Justicia.

• Héctor Eduardo Velasco Monroy, del Partido Revolucionario Institucional, en nombre propio y de diversos diputados integrantes del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y de la Ley de Aguas Nacionales. Se turnó a las Comisiones Unidas de Pesca y de Recursos Hidráulicos.

• Juan Carlos Natale López, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Eduardo Mendoza Arellano, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; del Código Federal de Procedimientos Civiles y de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia.

• Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión de Justicia.

• Guillermo Cueva Sada, en nombre propio y de los diputados Carlos Alberto Ezeta Salcedo, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo 225 de la Ley General de Salud. Se turnó a la Comisión de Salud.

• Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• María de la Paz Quiñones Cornejo, que expide la Ley General del Banco Nacional de Datos sobre Menores Robados, Extraviados o Desaparecidos, y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Se turnó a la Comisión de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• José Luis Marcos León Perea, en nombre propio y de diputados integrantes del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Se turnó a la Comisión de Energía.

• Marcos Pérez Esquer, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos 6o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Víctor Manuel Báez Ceja, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Susana Hurtado Vallejo, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos 11 y 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turnó a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Presidencia del diputadoAmador Estrada Monroy

• Fernando Morales Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Ovidio Cortazar Ramos, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Partido Acción Nacional, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se turnó a la Comisión de Transportes.

Se recibieron proposiciones con punto de acuerdo de los diputados:

• Jesús María Rodríguez Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos para la contratación de personal en las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje de los estados.

• Gloria Trinidad Luna Ruiz, del Partido Acción Nacional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren mayores recursos a la Secretaría de Salud, para que a través del Consejo Nacional Contra las Adicciones, implemente una campaña de prevención en los medios de comunicación, dirigida a los adolescentes y jóvenes.

• Leticia Quezada Contreras, del Partido de la Revolución Democrática, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se aprueben recursos para la ampliación y pavimentación de la carretera que inicia en Santiago Quiotepec y concluye en Santa María Tlalistac, así como la introducción de servicios públicos en la región de La Cañada, en el estado de Oaxaca.

• Alejandro del Mazo Maza, del Partido Verde Ecologista de México, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Publica, para modificar el artículo 52 del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011.

• Miguel Álvarez Santamaría, del Partido Revolucionario Institucional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos suficientes para el Fondo de Garantía para apoyo de los Centros de Readaptación Social en las Entidades Federativas.

• María Joann Novoa Mossberger, del Partido Acción Nacional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil once, se consideren recursos para la creación de un protocolo nacional de atención vía telefónica para la intervención en crisis por violencia y discriminación hacia la niñez.

• Héctor Hugo Hernández Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos para la construcción, ampliación, remodelación, rehabilitación y mantenimiento de la infraestructura de la red deportiva de la Delegación Tlalpan.

• Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Partido Acción Nacional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se destine un porcentaje de los recursos otorgados a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, al establecimiento de un Centro de Capacitación Multidisciplinario que permita a las mujeres guanajuatenses, tomar cursos intensivos que les permitan incursionar en el mercado laboral retributivo.

• Héctor Hugo Hernández Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos para la construcción, ampliación, remodelación, rehabilitación y mantenimiento, de la infraestructura social de los Centros de Desarrollo Infantil; Centros Comunitarios, Centros de Educación Integral y de las Bibliotecas Públicas, en sus componentes físicos, financieros, materiales y humanos de la Delegación Tlalpan.

• Alba Leonila Méndez Herrera, del Partido Acción Nacional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren mayores recursos para el Programa de Prevención y Manejo de Riesgos, en el componente Atención a Desastres Naturales en el Sector Agropecuario y Pesquero.

• Héctor Hugo Hernández Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos para la construcción, ampliación, remodelación, rehabilitación y mantenimiento, de la infraestructura física, financiera, material y humana, de los hospitales y de los centros de salud de la delegación Tlalpan.

• Gloria Trinidad Luna Ruiz, del Partido Acción Nacional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren mayores recursos para la Secretaría de Salud, a fin de que se implemente una campaña intensiva en materia de prevención contra la obesidad infantil.

• María Joann Novoa Mossberger, del Partido Acción Nacional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos para la creación de un Diagnóstico Nacional sobre la niñez.

• Lucila el Carmen Gallegos Camarena, del Partido Acción Nacional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se destine un porcentaje de los recursos otorgados a la Secretaría de Salud, a la creación un centro de refugio para mujeres víctimas de maltrato familiar, en el Estado de Guanajuato.

• Gloria Trinidad Luna Ruiz, del Partido Acción Nacional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos suficientes para concluir las obras pendientes en el Hospital General de la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

• María Joann Novoa Mossberger y Diva Hadamira Gastélum Bajo, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional, respectivamente, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos para la actualización del diagnóstico de la familia mexicana.

• Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes y Óscar Martín Arce Paniagua, del Partido Acción Nacional, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos para el Instituto Federal de Acceso a la Información y de Protección de Datos, para cumplir con las atribuciones establecidas en la nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el cinco de julio del presente año.

Se turnaron a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Se recibieron solicitudes de excitativas de las diputadas:

• Clara Gómez Caro, del Partido Revolucionario Institucional a la Junta de Coordinación Política.

• María de Jesús Aguirre Maldonado, del Partido Revolucionario Institucional, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Con fundamento en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el presidente excitó a las comisiones mencionadas para que emitan los dictámenes correspondientes.

La Secretaría dio lectura al orden del día de la próxima sesión.

El presidente clausuró la sesión a las 17 horas con 25 minutos y citó para la próxima que tendrá lugar el miércoles 13 de octubre de 2010, a las 11:00 horas.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Continuamos con la discusión del acta. Como no hay oradores tome usted la votación, señor secretario.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa. Diputadas y diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Queda aprobada el acta.



ARTICULOS 94, 99, 100, 105, 116 Y 122 CONSTITUCIONALES

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Le concedemos el uso de la palabra al diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, iniciando el capítulo de iniciativas, pertenece al Grupo Parlamentario del PT, y presentará iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Gracias, presidente. Buenos días, compañeras diputadas, compañeros diputados. Esta iniciativa también persigue la democratización del Poder Judicial.

La del día de ayer que presenté era para que la elección de los ministros de la Suprema Corte se diese mediante voto de los ciudadanos, voto directo de los ciudadanos. Ésta tiene que ver con el Consejo de la Judicatura Federal y los Consejos de la Judicatura en el Distrito Federal y en los estados de la república.

Como sabemos todos nosotros, el Consejo de la Judicatura es el órgano de administración, disciplina y vigilancia del Poder Judicial, se integra por siete personas, generalmente, cuatro de ellas provienen del Poder Judicial, dos del Poder Legislativo, en el caso federal, del Senado de la República y una es propuesta por el Ejecutivo.

El problema de esta integración es que es una integración que como la de los ministros de la Corte, como la de los consejeros del IFE, etcétera, responde a cuotas de partido. Los consejeros que tienen que ver con la propuesta de los órganos representativos, del Senado o del Ejecutivo y los consejeros que tienen origen en el Poder Judicial, que hacen mayoría, tienen como presidente al presidente de la Suprema Corte, que es juez y parte de este órgano.

¿Cómo se va a vigilar? ¿Cómo se va a administrar? ¿Cómo se va a disciplinar el Poder Judicial si el presidente de la Suprema Corte es al mismo tiempo el presidente del Consejo de la Judicatura?

La iniciativa que presento ante ustedes, que desde este momento solicito que se inserte íntegra en el Diario de los Debates, propone lo siguiente: propone que el presidente del Consejo de la Judicatura no sea el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, propone que con muy pocas excepciones las decisiones del Consejo de la Judicatura sean definitivas e inatacables, salvo aquellas decisiones del Consejo que transgredan preceptos constitucionales. Todas las demás decisiones del Consejo de la Judicatura deben ser definitivas e inatacables.

Y propongo que los siete miembros del Consejo de la Judicatura que se nombrarían o se elegirían por nueve años, fuesen electos por los ciudadanos, por el voto directo de los ciudadanos, con la idea de que el Consejo de la Judicatura no tenga una integración preponderantemente judicial, que en el Consejo de la Judicatura haya expertos en administración pública, haya expertos en contabilidad, desde luego, haya abogados, pueda haber politólogos, pero sobre todo que esté integrado por ciudadanos y que esos ciudadanos que integren el órgano máximo del Consejo de la Judicatura sean electos por los propios ciudadanos.

Se trata de independizar, de darle autonomía constitucional al Consejo de la Judicatura de la Suprema Corte y que las decisiones del Consejo de la Judicatura tengan el carácter que debieron tener desde finales de 1994 y 95: ser definitivas a inatacables y que la integración de los titulares del Consejo de la Judicatura sea producto de la elección, del voto directo de los ciudadanos.

No podemos permitir que los consejos de la judicatura sigan como están en la actualidad. Son consejos que, de acuerdo con la Constitución, administran vigilan y disciplinan, pero para decirlo en términos coloquiales, son órganos que ni pichan, ni cachan ni dejan batear. Es decir, son órganos que no están cumpliendo con estas importantes funciones constitucionales.

Por eso además demandamos que cualquier sesión de los plenos de los Consejos de la Judicatura, tanto a nivel nacional o federal, como en los estados y en el Distrito Federal, sus sesiones sean plenamente públicas, que esté prohibido para estos consejos sesionar en privado, que sus comisiones, de las Consejos de la Judicatura, también sean públicas y que este modelo federal que estamos proponiendo, mediante la propuesta de reforma al artículo 116 constitucional y 122 de la Constitución, se replique en los estados y en las entidades federativas.

Compañeras diputadas, compañeros diputados termino. No podemos transitar a la democracia y consolidar la democracia en México si no transformamos radicalmente el Poder Judicial de nuestro país y para ello hay que buscar formas y métodos distintos de integración del Poder Judicial y de sus órganos de administración y vigilancia.

Por su atención muchas gracias, compañeras diputadas, compañeros diputados. Señor presidente, muy amable por su atención.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Jaime Fernando Cárdenas Gracia, diputado federal a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 94, 99, 100, 105, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para otorgar autonomía y ciudadanizar los consejos de la judicatura.

Exposición de Motivos

Uno de los poderes que menos se ha democratizado en nuestro país, sin duda, es el Poder Judicial. Por el contrario, las pocas reformas que ha experimentado en los últimos veinte años, han tendido a reforzar su carácter inescrutable y vertical. Ha sido tan evidente su falta de transformación, que algunos autores se han referido al Poder Judicial como el “gran ausente” del periodo de democratización del país; al tiempo en que presenciamos “un cambio importante en el debate entre partidos políticos, en el equilibrio de poderes entre Ejecutivo y Congreso, en la relación de la federación con los estados, en la participación política de la sociedad civil y de los medios de comunicación (...), por su parte, los tribunales federales no han cambiado sustantivamente sus viejos patrones de conducta ni su relación con los otros poderes”.

El deficiente diseño institucional del Poder Judicial, propicia la multiplicación de una serie de vicios que prevalecen en su estructura y funcionamiento, entre ellos: 1) su opacidad; 2) su endogamia; 3) nepotismo; 4) discrecionalidad en la administración de sus recursos; 5) impermeabilidad a lo social y ciudadano; 6) el entendimiento textual y no contextual del derecho; 7) su pretensión de burocracia excepcional; 8) su carácter piramidal; 9) falta de democracia interna y 10) falta de eficiencia y eficacia.

Una de las grandes reformas que coadyuvaría a la democratización y transparencia del Poder Judicial, está directamente relacionada con la transformación del Consejo de la Judicatura, debido a su carácter de supervisor de la función judicial. Reformar el Consejo de la Judicatura, supondría, reformar la forma de operar de todo el Poder Judicial y, abriría las puertas de éste Poder, para que sea sometido a examen permanente.

Concebido desde sus orígenes como una institución de garantía, el Consejo de la Judicatura o de la Magistratura –según sea su denominación en cada país- debe ser garantía de un valor: la independencia judicial. Así, “lo que se busca garantizar mediante el Consejo es la independencia judicial, pero no cualquier forma de independencia, sino una independencia de cierta calidad y para un fin bien determinado (...) Se trata de la independencia necesaria para asegurar la aplicación de la ley (ley más Constitución) como medio de tutela de derechos. Mirando, a la vez, a evitar que el aseguramiento de aquel valor, función del principio de legalidad que lo es a su vez del de igualdad, no se concrete en formas prevaricadoras de su ejercicio para fines impropios”. De esta manera y tratándose del órgano que se encarga de la “administración de la jurisdicción”, según la mejor caracterización que se debe a Pizzorusso, sus funciones están encaminadas a realizar las actividades administrativas que resulten instrumentales al ejercicio de las funciones jurisdiccionales.

Por lo que respecta a su forma de integración, Pizzorusso ha resaltado que en ella debe imperar el valor de la representatividad plural. Así pues:

“El Consejo debe ser una institución muy plural en su composición para que pueda estar ampliamente abierta al pluralismo de los valores, incluidos los de la jurisdicción, con objeto de favorecer la permeabilidad de los mecanismos de tutela jurídica a todos los que legítimamente concurren en la sociedad (...) En esa perspectiva el Consejo debe ser un órgano caracterizado no por la proclividad a la adopción de acuerdos preconstituidos en virtud de la homogeneidad o la afinidad política o ideológica de sus integrantes, sino por la disposición al debate políticamente desinteresado(...) De este modo, y como no resulta indiferente, en principio, el perfil particular del juez en cada caso, se trata de administrar con neutralidad esa naturaldiversidad y de tutelarla, en la medida que es expresión de un valor constitucional”.

”El Consejo debe ser un órgano apto por su composición para desarrollar adecuadamente esa función de tutela de la independencia de cada magistrado en el contexto de una magistratura internamente diversificada y plural (...) El Consejo en su calidad de órgano de gobierno administrativo de los jueces, debe poseer total independencia de ellos”.

Lo anterior explica que el objetivo del consejo, consista “en asegurar la independencia judicial y evitar el cierre corporativo de la magistratura sobre sí misma” y, por ello, el Consejo debe ser un órgano superior en su ámbito propio, así como su ejercicio no debe estar sometido a ningún otro poder.

En los sistemas judiciales de América Latina, se han ido incorporando paulatinamente los consejos de la judicatura. Los elementos y características de algunos de ellos, los presentamos a continuación.

Bolivia

El Consejo de la Judicatura de este país, es un órgano disciplinario y administrativo del Poder Judicial; está integrado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que lo preside, y por cuatro consejeros, designados por el Congreso Nacional con dos tercios de votos (diputados y senadores). Según el artículo 68, atribución 12 de la Constitución Política del Estado, la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Constitucional, el Ministerio de Justicia, las Facultades de Derecho de las Universidades y los Colegios de Abogados, podrán enviar nóminas de candidatos a Consejeros al Congreso Nacional para su consideración. Asimismo, podrá postularse toda persona que cumpla los requisitos exigidos por ley. Por su parte, El mandato o periodo de funciones de los Consejeros de la Judicatura es de 10 años improrrogables, computable a partir de su posesión. Al igual que los ministros de la Corte Suprema y los magistrados del Tribunal Constitucional no pueden ser reelegidos sino pasado un tiempo igual al que hubiesen ejercido su mandato.

Argentina

Denominado en este país como Consejo de la Magistratura, este es un órgano encargado de la selección de los jueces y magistrados que integrarán el Poder Judicial, así como de su administración general. Está integrado de tal forma, que intenta mantener un equilibrio de representación de los poderes políticos, es decir, está integrado por veinte miembros que proceden de seis ámbitos distintos: 1) cuatro jueces designados por el Poder judicial, 2) un juez, designado por la Corte Suprema, 3) cuatro, designados por la Cámara de Senadores (dos senadores por la mayoría, uno por la primera minoría y otro por la segunda minoría), 4) cuatro, designados por la Cámara de Diputados (dos diputados por la mayoría, uno por la primera minoría y otro por la segunda minoría), 5) cuatro abogados, por el voto de los abogados, 6) uno, designado por el Poder Ejecutivo Nacional como su representante y 7) dos provenientes de los ámbitos académico y científico, designados por el Consejo Interuniversitario Nacional. Los consejeros duran en su encargo cuatro años. Sus funciones, según el artículo 114 de la Constitución Nacional, son las siguientes: Serán sus atribuciones:

1. Seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a las magistraturas inferiores.

2. Emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores.

3. Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a la administración de justicia.

4. Ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados.

5. Decidir la apertura del procedimiento de remoción de magistrados, en su caso ordenar la suspensión, y formular la acusación correspondiente.

6. Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia.

Colombia

En esta nación, existe el llamado Consejo Superior de la Judicatura, que es el órgano encargado de disciplinar y administrar la Rama Judicial. Se integra por dos salas: 1) Sala administrativa y 2) sala jurisdiccional disciplinaria. La Sala Administrativa está integrada, por 6 magistrados electos, cuya designación se realiza de la siguiente manera: 2 por la Suprema Corte de Justicia, 1 por la Corte Constitucional y 3 por el Consejo de Estado. Por su parte, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, está integrada por 7 magistrados electos, designados por el Congreso Nacional de ternas que propone el Gobierno. Su encargo dura un periodo de 8 años. Sus funciones están enfocadas en administrar la carrera judicial, examinar la conducta de los funcionarios de la rama judicial y la planeación general de la rama judicial.

Perú

Este país cuenta con un Consejo Nacional de la Magistratura; se trata de un organismo autónomo e independiente de los demás órganos autónomos constitucionales. El Conejo Nacional de la Magistratura está conformado por siete. Ellos son elegidos, de la siguiente manera:

- Uno, por los miembros titulares de la Corte Suprema de la República, en votación secreta.

- Uno por los miembros titulares de Junta de Fiscales Supremos, en votación secreta.

- Uno por los Rectores las universidades nacionales en votación secreta.

- Uno por los Rectores de las universidades particulares en votación secreta

- Uno por los agremiados en los distintos Colegios de Abogados del País en elecciones organizadas por la ONPE y en la que todos los abogados hábiles del Perú eligen a su representante mediante sufragio directo y secreto.

- Dos son elegidos por los agremiados en los demás colegios profesionales del país descontados los colegios de abogados. Las elecciones las organiza la ONPE y participan profesionales hábiles (ingenieros, contadores públicos, médicos, economistas, sociólogos, etcétera) mediante el sufragio directo y secreto. Duran en su encargo 5 años, sin reelección inmediata. Funcionan tanto en Pleno, en comisiones y por delegación de funciones a sus miembros. En cuanto a sus atribuciones, éstas se concentran en la carrera judicial y en funciones de disciplinamiento de los miembros de la función judicial. Sus decisiones son inimpugnables.

Paraguay

Consejo de la Magistratura, se le denomina en Paraguay, al órgano autónomo de competencia exclusiva para: 1) proponer las ternas de candidatos para integrar la Corte Suprema de Justicia, previa selección basada en la idoneidad, con consideración de méritos y aptitudes, y elevarlas a la Cámara de Senadores para que los designe, con acuerdo del Poder Ejecutivo; 2) proponer en ternas a la Corte Suprema de Justicia, con igual criterio de selección y examen, los nombres de candidatos para los cargos de miembro de los tribunales inferiores, de los jueces y los de los agentes fiscales. Este órgano no tiene funciones de administración ni de disciplinamiento. El Consejo de la Magistratura se integra de la siguiente manera: 1) Un miembro de la Corte Suprema de Justicia, designado por ésta; 2) Un representante del Poder Ejecutivo; 3) Un Senador y un Diputado, ambos nominados por su Cámara respectiva; 4) Dos abogados de la matrícula, nombrados por sus pares en elección directa; 5) Un profesor de las facultades de Derecho de la Universidad Nacional, elegido por sus pares, y 6) Un profesor de las facultades de Derecho con no menos de veinte años de funcionamiento, de las Universidades privadas, elegido por sus pares. Su encargo dura 3 años, con posibilidad de reelegirse por un periodo más, ya sea inmediato o alternativo.

Costa Rica

Este país cuenta con un Consejo Superior del Poder Judicial; se trata de un órgano dependiente de la Corte Suprema de Justicia, que se encarga de la administración y disciplina del Poder Judicial. Todos sus integrantes son designados por la Corte Suprema y está integrado de la siguiente manera: 1) Presidente de la Corte Suprema, 2) tres funcionarios judiciales: 2 funcionarios que administren justicia o abogados que laboren en el Poder Judicial y un abogado externo. Duran en su encargo 6 años y la reelección está permitida sólo cuando sea aprobada por dos terceras partes. Su funcionamiento se efectúa en Pleno y en comisiones. Este órgano tiene atribuciones en torno a la carrera judicial, de disciplinamiento y de administración.

Ecuador

Dentro de la estructura del Poder Judicial de Ecuador, se localiza el denominado Consejo Nacional de la Judicatura, que es un órgano administrativo y de gobierno de la función judicial, encargado de la administración, vigilancia y disciplina de la misma. Comprende órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. Su integración es por nueve vocales con sus respectivos suplentes, que durarán en el ejercicio de sus funciones seis años y no podrán ser reelegidos; para su conformación se propenderá a la paridad entre hombres y mujeres. De ellos, seis vocales son profesionales en Derecho y tres profesionales en las áreas de administración, economía, gestión y otras afines. La designación de las vocales y los vocales del Consejo de la Judicatura y sus suplentes se realizará por concurso de méritos y oposición con veeduría e impugnación ciudadana. El Consejo designará, de entre sus integrantes, una presidenta o presidente y una vicepresidenta o vicepresidente, para un periodo de tres años.

Venezuela

El órgano administrativo encargado de ejercer el control del gobierno judicial en Venezuela, es el Consejo de la Judicatura. Su integración corresponde a: 3 magistrados designados por la Corte Suprema por las dos terceras partes, 1 representante del Congreso, elegido por las dos terceras partes y, 1 representante del Ejecutivo Nacional. Los consejeros duran en su encargo un periodo constitucional, con posibilidad de reelección de otro periodo igual. Tiene atribuciones respecto a la carrera judicial, de disciplina de los integrantes del Poder Judicial, así como de su administración.

Contenido específico de la reforma

Como hemos podido constatar de la revisión comparada de otros países de nuestro continente, los consejos de la judicatura en su mayoría siguen teniendo en su integración y funcionamiento, influencia importante de las Cortes Supremas o de la alta jerarquía del Poder Judicial respectivo. Esto se debe a una concepción inicial de sujeción de los consejos de la judicatura a la estructura del Poder Judicial respectivo. Sin embargo, la experiencia negativa que ha generado el funcionamiento endogámico entre el Consejo de la Judicatura y el Poder Judicial, nos obliga a proponer un nuevo esquema de elección, integración y funcionamiento de los mismos.

La subordinación que ejerce el Poder Judicial en México, sobre el Consejo de la Judicatura Federal y, a su vez, los tribunales superiores de justicia en las entidades sobre sus respectivos consejos de la judicatura, explica que éstos funcionen bajo una lógica exclusiva que responde a los intereses, expectativas y finalidades del poder al que están sujetos.

Con el propósito de que los consejeros no obedezcan a los grupos e intereses cupulares que los designan, proponemos que sean elegidos por el voto mayoritario de los ciudadanos. El compromiso de los consejeros debe ser sólo con el pueblo. El argumento que respalda nuestra propuesta, consiste en que todo poder debe tener su origen en la soberanía popular. La soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo, por lo tanto todos los poderes públicos son delegados del pueblo. No puede concebirse democráticamente que un poder público no dimane de la voluntad popular. En ese sentido, los consejeros de la Judicatura deben fundar su legitimidad y su ejercicio en la soberanía popular, pues forman parte de un Poder público, que es el Poder Judicial. Al respecto José María del Castillo Velasco, quien fuera constituyente de la Constitución de 1857, defiende que los integrantes del Poder Judicial también deban ser elegidos por mandato popular:

“Mientras el poder judicial se considere (...) como ramo de la administración pública, bien podía confiarse el nombramiento de los jueces al ejecutivo, ya por sí solo, ya con intervención del legislativo; pero desde el instante en que el ejercicio de las funciones judiciales se ha considerado como un verdadero poder público; desde el momento en que a ese poder se ha confiado la inviolabilidad de la constitución, y el examen y el juicio de las leyes mismas con relación a la ley suprema, no puede confiarse la elección de los jueces sino al pueblo...”

Por su parte, en México el Consejo de la Judicatura Federal se constituye a partir de la reforma judicial de 1994. Sin embargo, antes de su creación, ya existía en dos estados, esta forma de gobierno al Poder Judicial: Sinaloa y Coahuila, desde 1988. Pero fue a partir de la creación del Consejo de la Judicatura en el ámbito federal, cuando se extendió a las entidades la importancia de contar con un Consejo de la Judicatura local. Es probable que debido a que no hay consenso en la academia sobre la mejor forma de integrar los consejos de la judicatura (sólo con miembros del poder judicial o con miembros externos al mismo), no existe unificación al respecto en las leyes locales, ni respecto a la del ámbito federal. Esto explica que algunos consejeros en los estados sean designados tanto por el Poder Ejecutivo como el Poder Legislativo; que otros sean propuestos por el ámbito académico y otros provengas exclusivamente del Poder Judicial. Esta propuesta resuelve la diversidad de enfoques que existe en el país sobre la designación e integración de los consejos de la judicatura, unificando el criterio de elección de los consejeros, esto es, por voto libre y directo de los ciudadanos.

Otra característica que prevalece también en los consejos de la judicatura en las entidades, es su endogamia, pero además, padecen lo que sufren los tribunales superiores de justicia: la influencia de los gobernadores en la toma de decisiones.

Por ello, la clave de esta reforma que proponemos se ubica en la independencia y autonomía del Consejo de la Judicatura respecto al Poder Judicial de la Federación y, en particular, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de su Presidente.En ese mismo sentido, se propugna por la independencia de los consejos de la judicatura de las entidades, respecto a los tribunales superiores de justicia.

Para que lo anterior se pueda concretar, esta reforma constitucional propone en específico, lo siguiente:

1. Independencia de los consejos de la judicatura respecto al Poder Judicial y los tribunales superiores de justicia.El Consejo de la Judicatura Federal deberá ser totalmente independiente y autónomo del Poder Judicial de la Federación. El hecho de que actualmente, el Presidente de la Suprema Corte y los presidentes de los tribunales superiores de justicia de las entidades federativas, sean, a su vez, presidentes de los consejos de la judicatura, los convierte en juez y parte en los conflictos, y viola los principios de imparcialidad y equidad con los que debe funcionar todo consejo de la judicatura. Se propone, por ello, que en ningún caso el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación pueda ser integrante, menos aún Presidente del Consejo de la Judicatura Federal. Incluso, esta iniciativa propone que el Consejo de la Judicatura Federal en virtud de sus funciones (administrar, vigilar y disciplinar al Poder Judicial), estará facultado para administrar, vigilar y disciplinar a los integrantes de la Suprema Corte de Justicia y al Tribunal Federal Electoral (para el cual dejará de integrarse una comisión), salvo a los ministros, que se sujetarán en materia de disciplinamiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial.

2. Autonomía. El Consejo contará con autonomía presupuestal y de gestión para emitir sus resoluciones.

3. Definitividad de sus resoluciones.Todas las resoluciones del Consejo deberán ser definitivas, salvo que se discuta la constitucionalidad de la ley o de un tratado o, que se planteé la interpretación directa de un precepto de la Constitución. Para estos casos, la resolución del medio de impugnación estará regulado en ley, y será conocido y resuelto en única instancia por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

4. Ciudadanización de los consejos.La integración del Consejo de la Judicatura Federal se compondrá de siete miembros, los que serán elegidos por votación directa de los ciudadanos a propuesta de las universidades y organizaciones no gubernamentales. Los candidatos a consejero de la Judicatura tendrán derecho a tiempos del Estado para exponer sus propuestas a los ciudadanos. Se prohíbe la realización de campañas, así como la utilización de cualquier tipo de financiamiento público o privado. La ley regulará los procedimientos de elección y el Instituto Federal Electoral será la autoridad que organice el proceso electoral. Durarán en sus cargos nueve años y la elección de los mismos será escalonada. Los criterios anteriores deberán seguirse para la elección e integración de los consejos de la judicatura de las entidades federativas. Los consejeros ciudadanos puedan contar con una profesión afín a las tareas del Consejo y no exclusiva de licenciado en derecho. Lo anterior redundará en una composición plural de los consejos y no mayoritariamente judicial.

5. Transparencia en el funcionamiento de los consejos. Deberá existir mayor transparencia en las actividades del Consejo; para ello, las sesiones en Pleno de los consejos y de su trabajo en comisiones, serán públicas, con la finalidad de que la sociedad pueda conocer la forma de decidir y resolver respecto a la administración, vigilancia y disciplinamiento de la función judicial en el país.

6. Facultad del Consejo de la Judicatura Federal para interponer controversias constitucionales.Se establece en el artículo 105 constitucional, la posibilidad de que el Consejo de la Judicatura Federal pueda presentar controversias constitucionales, contra la Federación, las entidades, los municipios o los órganos e instituciones de todos ellos. Esta atribución representaría un importante avance para que el Consejo de la Judicatura pueda defender los intereses del Poder Judicial frente a otros órganos del Estado, pero sobre todo, le otorga más instrumentos jurídicos para ser un garante más dentro del Estado constitucional de Derecho mexicano.

7. Reglas de integración y funcionamiento de los consejos de la judicatura de las entidades, similares a los del Consejo de la Judicatura Federal. Las entidades deberán contar con su Consejo de la Judicatura respectivo, cuyos criterios para su integración, naturaleza y funcionamiento serán los mismos que se contemplan para el caso del Consejo de la Judicatura Federal.

Las anteriores propuestas convertirían, sin duda, al Poder Judicial y a los consejos de la judicatura, en instituciones transparentes, que no temen rendir cuentas a la ciudadanía, fortaleciendo así su función social primordial: garantizar el acceso a la justicia a todos los sectores de la sociedad.

Por todo lo anterior, someto a su consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por la que se reforman los artículos 94, 99, 100, 105, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgar autonomía y ciudadanizar los Consejos de la Judicatura

ARTÍCULO PRIMERO. Se modifica el párrafo segundo del artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los términos siguientes:

Artículo 94. Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito.

La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, estarán a cargo del Consejo de la Judicatura Federal en los términos que, conforme a las bases que señala esta Constitución, establezcan las leyes.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de once Ministros y funcionará en Pleno o en Salas.

En los términos que la ley disponga las sesiones del Pleno y de las Salas serán públicas, y por excepción secretas en los casos en que así lo exijan la moral o el interés público.

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ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforma el párrafo décimo del artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 99. ..

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La administración, vigilancia y disciplina en el Tribunal Electoral corresponderán, al Consejo de la Judicatura Federal. El Tribunal propondrá su presupuesto al Consejo de la Judicatura Federal para su inclusión en el proyecto de Presupuesto del Poder Judicial de la Federación.Asimismo, el Tribunal expedirá su Reglamento Interno y los acuerdos generales para su adecuado funcionamiento.

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ARTÍCULO TERCERO.Se reforman los párrafos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, noveno y décimo del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 100. El Consejo de la Judicatura Federal será el órgano de administración, vigilancia y disciplina de la función judicial, independiente y autónomo del Poder Judicial de la Federación. Contará con autonomía presupuestal y de gestión para emitir sus resoluciones. Sus funciones consistirán, además de las previstas en esta Constitución y en las leyes, en administrar, vigilar y disciplinar a jueces, magistrados y demás funcionarios públicos que integran el Poder Judicial de la Federación.

El Consejo se integrará por siete miembros que serán elegidos por elección directa de los ciudadanos a propuesta de las universidades y de las organizaciones no gubernamentales. El Instituto Federal Electoral organizará el proceso electoral respectivo. Todos los aspirantes a candidatos para ser consejero, aplicarán un examen general de conocimientos y los cinco que obtengan la calificación más alta serán los candidatos a elegir por la ciudadanía. Los candidatos a ocupar el cargo de consejero de la Judicatura tendrán derecho a tiempos del Estado para exponer sus propuestas y programa de trabajo. En el proceso de elección se prohíbe la realización de campañas, así como cualquier tipo de financiamiento público o privado. La elección de los miembros del Consejo deberá coincidir con los procesos federales electorales. El presidente de la Suprema Corte no podrá formar parte del Consejo de la Judicatura.

Los consejeros podrán contar con una profesión diversa a la de licenciado en derecho, que sea afín a las tareas del Consejo.

El Consejo funcionará en Pleno o en comisiones, cuyas sesiones serán públicas. El Pleno resolverá sobre la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, así como de los demás asuntos que la ley determine.

Los consejeros durarán nueve años en su cargo, serán substituidos de manera escalonada, y no podrán ser nombrados para un nuevo período. El presidente del Consejo será designado de entre los consejeros, por mayoría de votos, durará en su encargo dos años y no podrá ser nombrado para un nuevo periodo. En ningún caso el Presidente de la Suprema Corte podrá ser presidente del Consejo.

Los consejeros ejercerán su función con independencia e imparcialidad. Durante su encargo, sólo podrán ser removidos en los términos del Título Cuarto de esta Constitución.

La ley establecerá las bases para la formación y actualización de funcionarios, así como para el desarrollo de la carrera judicial, la cual se regirá por los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo e independencia.

De conformidad con lo que establezca la ley, el Consejo estará facultado para expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones.

Las decisiones del Consejo serán definitivas e inatacables y, por lo tanto, no procede juicio ni recurso alguno, en contra de las mismas, salvo que se discuta la constitucionalidad de la ley o de un tratado o, que se planteé la interpretación directa de un precepto de la Constitución. En estos casos, la resolución del medio de impugnación que estará regulado en ley será conocido y resuelto en única instancia por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El proyecto de presupuesto de egresos para el Poder Judicial de la Federación lo elaborará y aprobará el Consejo de la Judicatura Federal. El proyecto aprobado será remitido por el Presidente del Consejo al titular del ejecutivo federal para su inclusión en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, sin que pueda ser modificado. La administración, vigilancia y disciplina de la Suprema Corte de Justicia de la Nación corresponderá al Consejo de la Judicatura Federal. Respecto a la disciplina de los ministros la Corte se estará a lo que disponga la ley orgánica del Poder Judicial de la Federación.

ARTÍCULO CUARTO. Se adiciona un inciso l) a la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

I. De las controversias constitucionales que, con excepción de las que se refieran a la materia electoral y a lo establecido en el artículo 46 de esta Constitución, se susciten entre:

a) a k) ...

l) El Consejo de la Judicatura Federal y la Federación o las entidades o municipios o entre los órganos e instituciones de éstos, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales.

...

ARTÍCULO QUINTO. Se modifica el párrafo segundo de la fracción tercera del artículo 116, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 116.El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo.

Los poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las siguientes normas:

I. ...

II. ...

III. El Poder Judicial de los estados se ejercerá por los tribunales que establezcan las Constituciones respectivas.

La independencia de los magistrados y jueces en el ejercicio de sus funciones deberá estar garantizada por las Constituciones y las Leyes Orgánicas de los Estados, las cuales establecerán las condiciones para el ingreso, formación y permanencia de quienes sirvan a los Poderes Judiciales de los Estados. Asimismo, en las Constituciones de los Estados, se establecerá la obligación de crear consejos de la judicatura conforme a los principios, criterios y procedimientos de elección que rigen al artículo 100 de esta Constitución. El proceso de elección de consejeros será organizado por el órgano estatal electoral correspondiente y deberá coincidir con los procesos estatales electorales. En los términos de esta Constitución, el Instituto Federal Electoral asignará dichos tiempos para los procesos de elección.

Los magistrados integrantes de los Poderes Judiciales locales, deberán reunir los requisitos señalados por las fracciones I a V del artículo 95 de esta Constitución. No podrán ser magistrados las personas que hayan ocupado el cargo de secretario o su equivalente, procurador de Justicia o diputado local, en sus respectivos estados, durante el año previo al día de la designación.

...

ARTÍCULO SEXTO. Se modifica el segundo párrafo de la fracción II de la Base Cuarta del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 122. Definida por el artículo 44 de este ordenamiento la naturaleza jurídica del Distrito Federal, su gobierno está a cargo de los Poderes Federales y de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial de carácter local, en los términos de este artículo.

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A. Corresponde al Congreso de la Unión:

I. a V. ...

B. Corresponde al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos:

I. a V. ...

C. El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal se sujetará a las siguientes bases:

Base Primera. Respecto a la Asamblea Legislativa:

I. a V. ...

Base Segunda. Respecto al Jefe de Gobierno del Distrito Federal:

I. a II. ...

Base Tercera. Respecto a la organización de la Administración Pública local en el Distrito Federal:

I. a II. ...

Base Cuarta. Respecto al Tribunal Superior de Justicia y los demás órganos judiciales del fuero común:

I. ...

II. La administración, vigilancia y disciplina del Tribunal Superior de Justicia, de los juzgados y demás órganos judiciales, estará a cargo del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, órgano autónomo e independiente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Contará con autonomía presupuestal y de gestión para emitir sus resoluciones. La elección de los consejeros deberá atender los principios, criterios y procedimientos de elección que rigen al artículo 100 de esta Constitución.

El Consejo de la Judicatura tendrá siete miembros que serán elegidos por elección directa de los ciudadanos a propuesta de las universidades y de las organizaciones no gubernamentales. El Instituto Electoral del Distrito Federal organizará el proceso de elección de los consejeros y éste deberá coincidir con los procesos electorales de la entidad. Los candidatos a ocupar el cargo de consejero de la Judicatura tendrán derecho a tiempos del Estado para exponer sus propuestas y programa de trabajo. En los términos de esta Constitución, el Instituto Federal Electoral asignará dichos tiempos para los procesos de elección. El presidente del Tribunal Superior de Justicia no podrá formar parte del Consejo de la Judicatura.Durarán nueve años en su cargo; serán sustituidos de manera escalonada y no podrán ser nombrados para un nuevo periodo. El presidente del Consejo será designado por mayoría de votos de los Consejeros; durará en su encargo dos años y no podrá ser nombrado para un nuevo periodo. En ningún caso el Presidente del Tribunal Superior de Justicia podrá ser presidente del Consejo ni formar parte de él.

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III. a VI. ...

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Baste lo siguiente, para reforzar la afirmación anterior: el artículo 94 constitucional, por excelencia el que se refiere al Poder Judicial, ha sido reformado solo diez veces, desde 1928. En el marco de esas reformas, la efectuada en 1994 durante el mandato presidencial de Ernesto Zedillo Ponce de León, es considerada la de mayor trascendencia. Esta reforma reforzó privilegios a los ministros, pues se estableció en la Constitución su derecho a un haber de retiro, el cual ha sido muy criticado por la opinión pública por su carácter antirrepublicano. La última reforma a este artículo, se realizó en 1999.

2 Magaloni, Ana Laura y Layda Negrete, El Poder Judicial y su política de decidir sin resolver,Documento de trabajo, número 1, División de Estudios Jurídicos del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), México, 2001, p. 1.

3 Cárdenas, Jaime, “Rendición de cuentas, transparencia y poder judicial”, en Derecho comparado de la información, número 14, julio-diciembre 2009, UNAM-IIJ, México, p. 46.

4 Perfecto Ibáñez, “Poder judicial y juez en el Estado constitucional de Derecho. El sistema de Consejo”, en En torno a la jurisdicción,Buenos Aires, Editores del Puerto, 2007, p. 134.

5 Ibídem, p. 130.

6 Ídem.

7 Salvo que se indique otra fuente, una parte de la siguiente información la retomamos de El consejo de la judicatura,Héctor Fix-Fierro y Héctor Fix-Zamudio, Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM, México, 1996.

8 Portal oficial de internet del Consejo de la Judicatura de Bolivia: http://www.poderjudicial.gob.bo/consejo/

9 Fuente: Ley 24.937, artículo 1.

10 Página electrónica oficial del Consejo Nacional de la Magistratura de Perú: http://www.cnm.gob.pe/cnm/

11 Constitución de la República de Ecuador, en su Sección Quinta “Del Consejo de la Judicatura”.

12 Cárdenas, Jaime, op. cit., p. 70.

13 En la Constitución de 1857, en su artículo 92, podemos ubicar un antecedente importante sobre la elección semidirecta de miembros del Poder Judicial, en este caso, los ministros de la Corte: “Cada uno de los individuos de la Suprema Corte de Justicia durará en su encargo seis años y su elección será indirecta en primer grado en los términos que disponga la ley electoral”.

14 José María del Castillo Velasco, Apuntamientos para el estudio del derecho constitucional mexicano, México, edición facsimilar, Miguel Ángel Porrúa, 2007, p. 203.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2010.— Diputados: Jaime Fernando Cárdenas Gracia, Emilio Serrano Jiménez,  Víctor Humberto Benítez Treviño, Arturo Zamora Jiménez, Sergio Lobato García, (rúbricas).»

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputado Cárdenas. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria, y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Esta Presidencia informa a la asamblea que se encuentran en el recinto, en visita, los alumnos de la Universidad Autónoma de Tlaxcala, campus Calpulalpan, de la licenciatura en derecho y ciencias jurídicas. Ellos son invitados del licenciado Julio César Nájera Trejo. Bienvenidos.

También se encuentran con nosotros visitantes de la Universidad de León, invitados por el diputado José Gerardo de los Cobos Silva. Esta asamblea les da la más cordial bienvenida.

Sonido en la curul del diputado Benítez Treviño.

El diputado Víctor Humberto Benítez Treviño(desde la curul): Gracias, señor presidente. Para preguntarle a mi compañero diputado Jaime Cárdenas Gracia si me autoriza avalar su importante iniciativa, por los comentarios que él ha formulado ante el pleno de la Cámara.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputado Cárdenas Gracia, el diputado Benítez Treviño quiere adherirse a su iniciativa. ¿Se ausentó el diputado Cárdenas Gracia? Bueno, considerando que no debe haber inconveniente al respecto, por favor, diputado Benítez Treviño, está a su disposición el documento en la mesa de esta Secretaría. Igualmente para todos los demás diputados que deseen suscribirse.



LEY DE PROMOCION Y DESARROLLO DE LOS BIOENERGETICOS

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

El diputado Emiliano Velázquez Esquivel:Muchas gracias, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, el Grupo Parlamentario del PRD dentro de su agenda legislativa y estratégica ha puesto especial atención a las acciones parlamentarias orientadas a la protección de la soberanía y seguridad alimentaria en esta nación.

En esta oportunidad comparezco ante esta soberanía para presentar una iniciativa que modifique la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos. El maíz, por su carácter estratégico en la dieta nacional ha sido el grano básico que mayor protección ha demandado en virtud de los intentos para utilizarlo como insumo para producir combustibles, a pesar de que el país está importando más del 25 por ciento del consumo nacional.

El Poder Ejecutivo ha emitido dentro del reglamento de la Ley de Bioenergéticos, disposiciones que permiten utilizar al maíz para producir bioenergéticos, siempre y cuando éste sea importando.

Esta disposición del Ejecutivo federal va más allá de lo establecido por la ley. Es decir, el Ejecutivo se ha excedido en el uso de sus facultades reglamentarias, al establecer en el reglamento una disposición que no está considerada en la ley.

De manera adicional ha habido intentos para reformar esta Ley de Bioenergéticos, de tal manera que se permita usar al maíz para producir combustibles cuando en una entidad federativa haya excedentes. Tomando en cuenta su producción y su consumo, dejando de lado el interés nacional.

El Grupo Parlamentario del PRD de manera contundente afirma que la generación de energía a partir de bioenergéticos es una opción de gran importancia para el desarrollo de esta nación. Lo que no implica, bajo ninguna circunstancia, ir contra la alimentación de la población.

En efecto, la energía proveniente de combustibles de fuentes renovables tiene una gran potencialidad en la biomasa. Es decir, como fuente de energía que se obtiene a partir de materia derivada de seres vivos, vegetales o animales con fines de combustibles.

Las grandes potencialidades que tiene el país para producir energía a partir de una amplia gama de fuentes renovables es indispensable. Desde luego que el Estado debe sistematizar las actividades dirigidas a la formulación de escenarios para el consumo de energía de largo plazo y particularmente a la formulación de programas de desarrollo para las fuentes alternativas de energía.

Como puede observarse se trata de una política de Estado con una visión de largo plazo, considerando de manera integral todas las posibilidades de producción de energía de manera coherente, consistente, en función de las necesidades y potencialidades del país, teniendo como eje conductor la soberanía energética y la soberanía alimentaria de esta nación.

Las razones para proteger de manera especial a los productos básicos y estratégicos para la dieta nacional, en particular el maíz, está basada fundamentalmente en que la dependencia alimentaria del exterior debilita la seguridad nacional y atenta contra la soberanía de este país.

Es pertinente recordar que México es altamente dependiente de la importación de granos básicos, del total del consumo nacional de maíz, alrededor de 25 por ciento. Esto origina que se ha traído del extranjero, principalmente de los Estados Unidos, y además el porcentaje de importación total de granos básicos y oleaginosas ha ido en aumento de manera riesgosa para la soberanía de este país, ya que se importa del orden de 40 por ciento del consumo nacional.

Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, estas son las principales razones de la iniciativa. Los invito y los convoco respetuosamente a defender la soberanía alimentaria en este país. Ruego a esta Presidencia se inserte el texto íntegro al Diario de los Debates. Muchísimas gracias, damas y caballeros.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito diputado de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos (LPDB), al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

1. Con fecha 5 de agosto del año 2009, el Partido de la Revolución Democrática presentó a través de la diputada Adriana Díaz Contreras, una iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos (LPDB), donde el propósito fundamental era proteger la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional del país, poniendo especial énfasis en la protección del grano básico para la alimentación nacional: el maíz.

La iniciativa señalada, oficialmente sigue en proceso de dictamen.

Los diversos acontecimientos que se han presentado desde entonces, poniendo en riesgo los propósitos centrales de la LPDB, nos han motivado para recoger las propuestas de la mencionada iniciativa y además ampliarlas en el sentido de que se haga manifiesta la protección a los productos básicos y estratégicos para la alimentación nacional.

2. EI Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD), de manera contundente afirma que la producción de energía a partir de los bioenergeticos, es una opción de gran importancia para el desarrollo nacional, lo que no implica ir contra la alimentación de la población.

La energía constituye uno de los insumos estratégicos más importantes para el fomento al desarrollo económico y social de México, y en general de cualquier sociedad.

En la actualidad en México, las fuentes generadoras de energía más importantes provienen de combustibles fósiles y representan alrededor del 80 por ciento del total. Éstas se agotarán en un periodo histórico relativamente breve, sobre los plazos no hay consenso, sin embargo, las diversas estimaciones, las oficiales incluidas, establecen un mínimo de 10 años y un máximo del orden de 60. De lo que no queda duda, es que se acabarán, o que dejarán de ser rentables en su explotación, desde el punto de vista económico y desde luego desde la óptica ambiental.

3. Ante tal expectativa, un estado responsable, que está constitucionalmente obligado a conducir la estrategia de desarrollo económico y social, debe tener claridad sobre los plazos objetivamente reales, en los que se pueden seguir explotando tales recursos y a partir de una visión de largo plazo realizar estimaciones sobre los consumos energéticos requeridos por el país, e identificar las necesidades en las etapas intermedias, es decir, desde el momento actual hasta el fin del periodo calculado. Esto permitirá tener una aproximación de los déficit energéticos que se irían presentado, en caso de no tomar medidas para compensar las disminuciones en la producción de energía a base de combustibles fósiles, a partir del impulso a las fuentes de energía alternativas.

4. Las fuentes alternativas para la producción de energía eléctrica más importantes actualmente conocidas y algunas ampliamente utilizadas son: la solar, usada extensamente en Israel; la eólica, muy usada en España; la maremotriz, de uso importante en Holanda; la nuclear, que genera alrededor del 50 por ciento de la energía eléctrica en Francia; y la geotérmica, de gran potencial, pero sin tanto uso como las anteriores.

5. La energía proveniente de los combustibles de fuentes renovables tiene una gran potencialidad en la biomasa, es decir, como fuente de energía que se obtiene a partir de materia derivada de seres vivos, vegetales o animales, con fines combustibles.

Estos últimos, los biocombustibles, los encontramos de diversas formas: líquidos, como el etanol o el biodiesel; sólidos, como la leña, carbón, bagazos, residuos agrícolas como los rastrojos; y los de tipo gaseoso como el biogás, como el metano, que regularmente es obtenido a partir de las excretas del ganado. Los residuos agrícolas identificados como material celulósico, como el aserrín, esquilmos agrícolas, por ejemplo los rastrojos del maíz o de la caña de azúcar, tienen un enorme potencial para la producción de etanol, sólo es necesario desarrollar la tecnología actual, para que sea aplicable a producciones de gran escala. El conjunto de materiales identificados como material celulósico, generalmente es desechado, incinerado y en el mejor de los casos utilizado como abono orgánico.

6. La mención a los diversos tipos de biocombustibles no tiene propósitos académicos, sí, en cambio se pretende dar un ejemplo sobre las grandes potencialidades que tiene el país para producir energía a partir de una amplia gama de fuentes renovables. Es indispensable, desde luego, que el estado sistematice las actividades dirigidas al logro de un diagnóstico objetivo de la situación actual, a la formulación de escenarios sobre consumos energéticos de largo plazo, a la identificación de las distintas potencialidades y particularmente a la formulación de programas de desarrollo de las fuentes alternativas de energía, donde el impulso a la ciencia y a la tecnología conforman un ingrediente fundamental.

7. Como puede observarse, estamos hablando de la necesidad de una política de estado, con una visión de largo plazo, considerando de manera integral todas las posibilidades de producción de energía, de manera coherente, consistente, en función de las necesidades y potencialidades del país, teniendo como eje conductor la soberanía energética de la nación.

8. Teniendo en consideración el esquema conceptual antes esbozado, en la aprobación de la LPDB, las principales modificaciones que el GPPRD logró incorporar a la ley vigente, son las siguientes

A) Se estableció (artículo 1o., fracción I) que las actividades derivadas de la ley, no pondrían en riesgo la soberanía y seguridad alimentaria del país, y se protegería a los productos básicos y estratégicos definidos en el artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, particularmente el maíz, asimismo se reiteró el concepto de soberanía alimentaria como la “libre determinación del país en materia de producción, abasto y acceso a los alimentos de toda la población, basada fundamentalmente en la producción nacional”(Artículo 2 fracción II).

B) Se estableció la promoción de esquemas con la participación de los productores, (artículo 17), así como la garantía de su participación accionaria, con un mínimo del 30 por ciento, en los proyectos derivados de las actividades oficiales de promoción de la producción de los bioenergéticos, así como también que los apoyos presupuestales deberán dirigirse a los proyectos donde estén asociados los productores de insumos.

C) Se agregaron diversas disposiciones (ver artículo 11 fracción VIII), donde lo principal consiste en la relativa a la facultad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), para otorgar permisos para la producción de bioenergéticos a partir de maíz, en los siguientes términos: “Se podrá autorizar la producción de bioenergéticos a partir de maíz, previo permiso de la Sagarpa, siempre y cuando se tengan inventarios excedentes de producción interna para satisfacer el consumo nacional de este grano”, de la misma manera se establecieron disposiciones en la ley para el otorgamiento de estímulos fiscales a la producción de bioenergéticos, partir de insumos diferentes al maíz.

8.1. La razón para proteger de manera especial al maíz, está basada fundamentalmente en que este grano básico, es estratégico para la alimentación nacional, y por ello es indispensable que la producción nacional se dirija primero a satisfacer las necesidades de consumo humano directo, después al consumo indirecto, es decir, para la alimentación de animales y otros usos, como los industriales, y sólo después para propósitos diversos, tales como la producción de etanol para uso de los automóviles, ya sea para el consumo interno o para la exportación.

Es pertinente recordar que México es altamente dependiente de la importación de granos básicos, que del total del consumo nacional de maíz, alrededor de 25 por ciento es de origen extranjero, principalmente de los EEUU. Y que además el porcentaje de importaciones totales de granos básicos y oleaginosas, ha ido en aumento de manera muy riesgosa para la soberanía del país, ya que se importa del orden de 40 por ciento del consumo nacional.

8.2.Es necesario destacar que la ley de promoción y desa-rrollo de los bioenergéticos prohíbe la producción de etanol, sin la autorización de la Sagarpa, y que ésta sólo podrá permitirlo siempre y cuando la producción nacional cubra las necesidades de consumo interno y además haya inventarios excedentes.

9. No obstante la claridad con que la fracción VIII del artículo 11 de la LPDB, se expresa para evitar el uso del maíz en la producción de bioenergéticos, ya sea de origen nacional o extranjero, el reglamento de la LPDB, emitido por el Ejecutivo federal el 18 de junio de 2009, va contra el espíritu de la LPDB, ya que promueve la importación de maíz para producir bioenergéticos, particularmente etanol para exportación, lo que implica que los subsidios otorgados por el gobierno federal, finalmente benefician la economía de Estados Unidos, porque esta nación es el principal destino de la exportación.

El reglamento también propicia el uso de maíz nacional para tales efectos, debido a la insuficiencia de controles para diferenciar entre el maíz de origen nacional y el extranjero, sin mencionar las posibles consecuencias negativas que se producirían en la balanza comercial agropecuaria, al contribuir al incremento de los precios internacionales de los granos, lo que daña al país, al ser éste importador neto.

El artículo 20 del reglamento de LPDB permite el uso del maíz importado para producir bioenergéticos, al establecer lo siguiente:

“Conforme a lo dispuesto en la fracción VIII del artículo 11 de la ley, queda prohibido el uso de maíz para la producción de bioenergéticos, salvo que existan inventarios excedentes de producción interna para satisfacer el consumo nacional y se cuente con permiso correspondiente expedido por la Sagarpa.

La Sagarpa, considerando la opinión de la Secretaría de Economía, determinará durante los meses de abril y octubre de cada año, la existencia de inventarios excedentes de producción interna de maíz para satisfacer el consumo nacional y únicamente en el caso de que existan, lo dará a conocer en dichos meses mediante la página electrónica de la propia secretaría.

“La utilización, parcial o total, de maíz importado para la producción de bioenergéticos, no requerirá permiso previo por la Sagarpa. Sin embargo, los interesados que produzcan o pretendan producir bioenergéticos a partir de maíz importado deberán dar aviso a la Sagarpa, con objeto de que dicha secretaría verifique la congruencia entre las importaciones de maíz y la producción de bioenergéticos del interesado”.

Como puede observarse, esta disposición viola flagrantemente el espíritu central de la LPDB, pues propicia circunstancias que dificultan el logro de la seguridad y soberanía alimentarias, además del hecho de que parte de una suposición inexistente en la ley, ya que la premisa indispensable para expedir los permisos correspondientes, es que existan inventarios excedentes, en relación al consumo nacional, originados en la producción interna de maíz.

Es clara también la contradicción, con el artículo 11, fracción VIII, de la LPDB, donde se habla genéricamente de maíz, sin importar si éste es de origen nacional o extranjero.

10. La LPDB es reglamentaria de los artículos 25 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo espíritu tiene como principal referencia la rectoría del desarrollo nacional por el estado y el desarrollo rural integral, respectivamente.

Este marco de referencia constitucional subraya que la rectoría del desarrollo nacional debe ser de tal naturaleza, que garantice que éste sea integral y sustentable y que fortalezca la soberanía de la nación, así como que el desarrollo rural sea de carácter integral, teniendo siempre en cuenta el interés público. El contenido de dichas disposiciones constituye el espíritu fundamental de la LPDB, por lo que es imprescindible evitar cualquier tipo de desvío o contradicción al respecto.

11. Teniendo en cuenta las disposiciones constitucionales referidas, en el artículo 1o. de la LPDB se establecieron un conjunto de criterios u objetivos que debían alcanzase mediante la aplicación de este ordenamiento

I. Promover la producción de insumos para bioenergéticos, a partir de las actividades agropecuarias, forestales, algas, procesos biotecnológicos y enzimáticos del campo mexicano, sin poner en riesgo la seguridad y soberanía alimentarias del país, de conformidad con lo establecido en los artículos 178 y 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

II. Desarrollar la producción, comercialización y uso eficiente de los bioenergéticos para contribuir a la reactivación del sector rural, la generación de empleo y una mejor calidad de vida para la población, en particular las de alta y muy alta marginalidad;

III. Promover, en términos de la Ley de Planeación, el desarrollo regional y el de las comunidades rurales menos favorecidas;

12. Los artículos 178 y 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, establecen:

Artículo 178. El estado establecerá las medidas para procurar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional.

Artículo 179. Se considerarán productos básicos y estratégicos, con las salvedades, adiciones y modalidades que determine año con año o de manera extraordinaria, la comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano y los comités de los sistemas-producto correspondientes, los siguientes: I. Maíz; II. Caña de azúcar; III. Frijol; IV. Trigo; V. Arroz; VI. Sorgo; VII. Café; VIII. Huevo; IX. Leche; X. Carne de bovinos, porcinos, aves; y XI. Pescado.

13. Desde esta óptica queda manifiesto que de los principios constitucionales que se reglamentan en la LPDB, se establecieron los criterios que dan prioridad a la protección de la soberanía y seguridad alimentarias del país.

La reforma propuesta pretende dilucidar cualquier problema de interpretación relativo al uso de productos básicos y estratégicos en la producción de bioenergéticos, especialmente de maíz, cuando no haya las condiciones establecidas en la propia ley.

En virtud de las consideraciones anteriores, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Por el que se adiciona la fracción II del artículo 1o. y se agrega una fracción XV al mismo ordenamiento, se adicionan las fracciones II y III y se reforma la fracción VIII del artículo 11, se adiciona la fracción VIII del artículo 12, se adiciona el primer párrafo del artículo 17 y se adiciona la fracción V de la artículo 19, todos de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, para quedar como sigue

Artículo 2. Para los efectos de la presente ley se entenderá por

I.

II. Bioenergéticos: combustibles obtenidos de la biomasa proveniente de materia orgánica de las actividades, agrícola, pecuaria, silvícola, acuacultura, algacultura, residuos de la pesca, domésticas, comerciales, industriales, de microorganismos, y de enzimas, así como sus derivados, producidos, por procesos tecnológicos sustentables que cumplan con las especificaciones y normas de calidad establecidas por la autoridad competente en los términos de esta ley; atendiendo a lo dispuesto en el artículo 1 fracción I de este ordenamiento; excluyéndose por lo tanto los productos básicos y estratégicos, comprendidos en esa disposición.

III a la XIV,

XV. Productos básicos y estratégicos: los definidos en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en su artículo 179.

Artículo 11. Para los efectos de la presente ley, la Sagarpa, tendrá las siguientes facultades

I. ...

II. Regular y, en su caso, expedir normas oficiales mexicanas relativas a los requisitos, a las características, a las medidas de seguridad y demás aspectos pertinentes para la producción sustentable de insumos, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento. Asimismo y de conformidad con el artículo 1o., fracciones I, II y III, de esta ley, disponer lo necesario para impedir que se usen los productos básicos y estratégicos de origen nacional o importados para la producción de biocombustibles.

III. Evaluar periódicamente el impacto en materia de seguridad y soberanía alimentarias y desarrollo rural de los programas derivados de esta ley, incluyendo un análisis de costo-beneficio y realizar las acciones necesarias a efecto que dicha información sea de carácter público, así como ordenar lo pertinente, en el ámbito de su competencia y en función de la evaluación, para prevenir impactos negativos que dificulten el logro y/o mantenimiento de la seguridad y soberanía alimentarias.

IV a VII.

VIII. Otorgar permisos previos para la producción de bioenergéticos a partir de los productos básicos y estratégicos y particularmente del grano de maíz en sus diversas modalidades, sean de origen nacional o extranjero, mismos que se otorgarán solamente cuando existan inventarios excedentes de producción interna, considerando al país en su conjunto, para satisfacer el consumo nacional.

Artículo 12. Para los efectos de la presente ley, la Secretaría de Energía (SENER) tendrá las siguientes facultades:

I a VII.

VIII. Establecer el programa de introducción de bioenergéticos, considerando objetivos, estrategias, acciones y metas. Para la elaboración del programa se tomarán en cuenta principalmente la producción nacional sobre la importación, la definición de plazos y regiones para la incorporación del etanol como componente de la gasolina, y la incorporación del biodiesel al consumo así como los requerimientos de infraestructura para su producción, transporte y comercialización; observando que no se usen los productos básicos y estratégicos para la producción de bioenergéticos .

Este programa podrá incorporar otros bioenergéticos que sean resultado del desarrollo científico y tecnológico.

Artículo 17. Las Secretarías integrantes de la Comisión de Bioenergéticos, en el ámbito de sus respectivas competencias, elaborarán e instrumentarán, en su caso, las acciones para el fomento de la producción sustentable de insumos, en atención al contenido de la fracción II del artículo 2, de este ordenamiento.

..

..

...

Artículo 19. La Sagarpa y la Sener apoyarán la investigación científica y tecnológica para la producción y uso de los bioenergéticos, así como la capacitación en estas materias y tendrán como propósitos esenciales:

I a IV

V.Brindar elementos para determinar las condiciones en que debe realizarse la producción de bioenergéticos, de manera que se lleve a cabo en equilibrio con el medio ambiente; poniendo particular atención en el balance energético y en el grado de contaminación generada por los insumos utilizados.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2010.— Diputados: Emiliano Velásquez Esquivel, Emilio Serrano Jiménez, Federico Ovalle Vaquera, (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputado. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

El diputado Federico Ovalle Vaquera(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sí.

El diputado Federico Ovalle Vaquera(desde la curul): Para que le pregunte al diputado Velázquez Esquivel si me permite adherirme a su iniciativa.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputado, el diputado Federico Ovalle solicita amablemente si es factible que se adhiera a su propuesta.

El diputado Emiliano Velázquez Esquivel(desde la curul): Diputado presidente, muchísimas gracias. Es un gran honor para mí que los compañeros diputados me pidan adherirse a esta propuesta, a esta iniciativa. Muchísimas gracias.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El diputado Emiliano Velázquez ha manifestado su complacencia y agradece a los diputados que quieran adherirse a su propuesta.



LEY DE AMPARO

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene el uso de la palabra la diputada Rosalina Mazari Espín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Rosalina Mazari Espín:Con su permiso, diputado presidente.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a consideración de este pleno una iniciativa que adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con las siguientes consideraciones.

La Ley de Amparo es un instrumento jurídico básico que permite hacer respetar las garantías constitucionales de libertad, igualdad, patrimonio y seguridad jurídica de los habitantes del país cuando éstos acuden ante los juzgados de distrito, tribunales colegiados de circuito y ante la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación por violaciones que consideran fundamentales a su integridad física, su libertad personal, que esté amenazada su vida, el patrimonio, su honor y dignidad.

Es importante señalar que nuestro sistema judicial mexicano establece tres instancias para resolver, en definitiva, cualquier controversia judicial en que los ciudadanos y las propias autoridades sean parte.

Esto es resultado del sistema jurídico de la república, lo que permite resaltar que la última instancia es la jurisdicción federal que funda su fallo en el respeto a las garantías constitucionales o sirve de control constitucional.

Es una realidad dentro de los problemas de salud pública de los mexicanos, que muchos sufren una afectación a su integridad corporal provocada por agentes externos, que bajo la acción u omisión cometen delitos que lesionan, denigran su condición física temporal o permanente y privan de la vida a las personas.

La ley penal del fuero común o federal, según la competencia, determina los procedimientos y sanciones a los infractores de la ley, pero la posibilidad de acudir ante los tribunales federales en amparo indirecto o directo, puede ser durante el juicio o en el último caso para concluir éste por supuestas violaciones a los derechos fundamentales.

Ante esto, existe el beneficio procesal de amparo de auxiliar por materia y persona a ciertos grupos o individuos por posibles deficiencias procesales, tanto en los conceptos de violación de las demandas como de los agravios formulados en los recursos propios que establece la misma Ley de Amparo, que de no ser atendidas o suplidas por el juez o magistrado, originan un estado vulnerable a la buena administración de la justicia y un estado de indefensión de las personas, en su mayoría de escasos recursos, por errores o deficiencias jurídicas de sus escritos.

Es sabido por los juristas que el artículo 76 Bis de la ley en comento permite que de forma oficiosa en materia penal a favor del reo, en materia agraria a campesinos, en materia laboral en beneficio del trabajador, siempre en ayuda a los menores de edad o incapaces y en cualquier otra materia, por una recurrente violación manifiesta de la ley que lo haya dejado sin defensa, se suplen los conceptos de violación y agravios formulados.

La presente iniciativa intenta garantizar la suplencia procesal da amparo a las víctimas de un delito exclusivamente cuando sea ésta afectada en su salud o integridad corporal, resultado de la comisión de éste, que por su daño físico personal lo equipara en una mayoría de casos a dependencia física por discapacidad, tratamientos médicos largos y permanentes, e incluso se puede llegar hasta la muerte dentro de desarrollo de los tardados juicios ante los tribunales.

En la actualidad, se puede provocar alteraciones graves a la salud que pueden venir desde los propios hospitales por negligencias médicas, accidentes, agresiones físicas y cualquier otra alteración a la salud, resultado de una conducta considerada delito, y la suplencia procesal de amparo es un acto de justicia a la víctima, que le permite ayuda jurídica del juzgador ante su daño físico personal y directo, que lo limita en su capacidad motriz, intelectual, económica y de defensa jurídica.

La iniciativa jamás prejuzga o en su origen crea una injusticia o preferencia, por el contrario, es un acto de elemental justicia que cumple las garantías de seguridad jurídica de valorar los hechos, fundamentar bien en la ley y juzgar con plena imparcialidad.

Puede haber muchas víctimas por delitos, todas importantes. Pero cuando la salud personal es dañada intencionalmente, debe tener un trato procesal especial que le permita acceder a una buena justicia federal, que es la autoridad jurisdiccional máxima del Estado mexicano.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente forma:

Artículo 76 Bis. Las autoridades que conozcan del juicio de amparo deberán suplir las deficiencias de los conceptos de violación de la demanda, así como la de los agravios formulados en los recursos que esta ley establece conforme a lo siguiente:

Segundo párrafo. En materia penal la suplencia operará aun ante la ausencia de conceptos de violación o de agravios del reo, en el caso de las víctimas que sean dañadas en su salud por la comisión de delito.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosalina Mazari Espín, del Grupo Parlamentario del PRI

Rosalina Mazari Espín, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a consideración del pleno una iniciativa que adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con las siguientes

Consideraciones

La Ley de Amparo, es un instrumento jurídico básico que permite hacer respetar las garantías constitucionales de libertad, igualdad, patrimonio y seguridad jurídica de los habitantes del país, cuando estos acuden ante los juzgados de distrito, tribunales colegiados de circuito y ante la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, por violaciones que consideran fundamentales a su integridad física, su libertad personal, este amenazada su vida, su patrimonio, su honor y dignidad.

Es importante señalar que el sistema judicial mexicano establece tres instancias para resolver en definitiva cualquier controversia judicial en que los ciudadanos y las propias autoridades sean partes, esto resultado del sistema jurídico de la república, lo que permite resaltar que la última instancia es la jurisdicción federal que funda su fallo en el respeto a las garantías constitucionales o sirve de control constitucional.

Es una realidad dentro de los problemas de salud pública de los mexicanos, que muchos sufren una afectación a su integridad corporal provocada por agentes externos que bajo la acción u omisión cometen delitos que lesionan, denigran su condición física temporal o permanente y privan de la vida a las personas, la ley penal del fuero común o federal según la competencia determina los procedimientos y sanciones a los infractores de la ley, pero la posibilidad de acudir ante los tribunales federales en amparo indirecto o directo puede ser durante el juicio o en el último caso para concluir éste por supuestas violaciones a los derechos fundamentales, ante esto existe el beneficio procesal de amparo de auxiliar por materia y persona a ciertos grupos o individuos por posibles deficiencias procesales tanto en los conceptos de violación de las demandas, como de los agravios formulados en los recursos propios que establece la misma Ley de Amparo, que de no ser atendidas o suplidas por el juez o magistrado originan un estado vulnerable a la buena administración de la justicia y un estado de indefensión de las personas, en su mayoría de casos por errores o deficiencias jurídicas de sus escritos.

Es sabido por los juristas que el artículo 76 Bis de la ley en comento, permite que de forma oficiosa en materia penal a favor del reo, en materia agraria a campesinos, en materia laboral en beneficio del trabajador, siempre en ayuda a los menores de edad o incapaces y en cualquier otra materia por una recurrente violación manifiesta de la ley que lo haya dejado sin defensa se suple los conceptos de violación y agravios formulados.

La presente iniciativa intenta garantizar la suplencia procesal de amparo a las víctimas de un delito exclusivamente cuando sea ésta afectada en su salud o integridad corporal resultado de la comisión de éste, que por su daño físico personal lo equipara en una mayoría de casos a dependencia física por discapacidad, tratamientos médicos largos y permanentes e incluso se puede llegar hasta la muerte dentro del desarrollo de los tardados juicios ante los tribunales.

En la actualidad se pueden provocar alteraciones graves a la salud que pueden venir desde los propios hospitales por negligencias médicas, accidentes, agresiones físicas y cualquier otra alteración a la salud resultado de una conducta considerada delito y la suplencia procesal de amparo es un acto de justicia a la víctima que le permite ayuda jurídica del juzgador ante su daño físico personal y directo que lo limita en su capacidad motriz, intelectual, económica y de defensa jurídica.

La iniciativa jamás prejuzga o en su origen crea una injusticia o preferencia por el contrario es un acto de elemental justicia que cumple las garantías de seguridad jurídica de valorar los hechos, fundamentar bien en la ley y juzgar con plena imparcialidad. Puede haber muchas víctimas por delitos todas importantes, pero cuando la salud personal es dañada intencionalmente debe tener un trato procesal especial que le permita acceder a una buena justicia federal que es la autoridad jurisdiccional máxima del Estado mexicano.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto

Que adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente forma:

Artículo 76 Bis. Las autoridades que conozcan del juicio de amparo deberán suplir las deficiencias de los conceptos de violación de la demanda, así como la de los agravios formulados en los recursos que esta ley establece, conforme a lo siguiente:

I.

II. En materia penal, la suplencia operará aun ante la ausencia de conceptos de violación o de agravios del reo.

En el caso de las víctimas que sean dañadas en su salud por la comisión de delitos.

III. . . .

IV. . . .

V. . . .

VI. . . .

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2010.— Diputados: Rosalina Mazari Espín, José Manuel Agüero Tovar, María de Jesús Aguirre Maldonado, Paula Angélica Hernández Olmos, (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputada Rosalina. Túrnese a la Comisión de Justicia.



LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES - LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada Laura Felicitas García Dávila, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

La diputada Laura Felicitas García Dávila:Con su permiso, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, de conformidad con el artículo 4o. constitucional, toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa.

El Instituto Nacional de Vivienda para los Trabajadores encuentra sus orígenes en el artículo 123 constitucional, resultado de la evolución histórica que establece el derecho de los trabajadores a adquirir una vivienda digna.

El Infonavit creció como un sistema garante en beneficio de los trabajadores bajo el esquema de aportaciones para la adquisición de créditos accesibles para la compra de vivienda, tal como lo establece nuestra Constitución.

Como es de conocimiento general, todos los trabajadores inscritos o afiliados a instituciones de seguridad social tienen derecho a la apertura de su cuenta individual. Dicha cuenta se integra por las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, de ahorro solidario, de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones voluntarias y de ahorro de largo plazo. Además de la subcuenta correspondiente al fondo de vivienda, es ésta donde se registran las aportaciones para el fondo en mención, así como los rendimientos y demás recursos que puedan ser aportados a la misma.

Como se puede apreciar, la subcuenta del fondo para la vivienda nada tiene que ver con el sistema de pensiones y jubilaciones, pues su esencia radica en ser facilitadora de adquisición de casa, así lo establece la Ley de Infonavit y la ley del ISSSTE. No la de financiar pensiones o jubilaciones.

En la actualidad los pensionados y jubilados y los que están por retirarse enfrentan un grave problema, pues los institutos de seguridad social se niegan a entregar los fondos acumulados en la subcuenta del fondo para la vivienda, obligando a los trabajadores a recurrir a demandas contra los institutos para que éstos entreguen el saldo, generando así gastos innecesarios para ambas partes.

Los administradores de los fondos, llámese Infonavit e ISSSTE, valiéndose de medios legales como el juicio de amparo evitan cumplir con dicha obligación dando la irónica argumentación de que los recursos reflejados en el saldo son un ahorro virtual y que físicamente no existen.

Cabe hacer mención que de acuerdo con cifras de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, al mes de septiembre del año pasado, los recursos de la subcuenta de vivienda en el SAR alcanzaron el importe de 552 mil 738 millones de pesos. Respecto del año anterior se registró un aumento de 32 por ciento. Sin embargo, se desconoce el destino que se le da a los mismos.

Es de señalar que actualmente existen 80 mil casos individuales y 20 mil colectivos que están afectando a nuestros trabajadores. Por ello el objetivo de la presente iniciativa, la cual someto a su consideración, es establecer de manera clara y precisa que el saldo de la subcuenta del fondo para la vivienda que no hubiese sido aplicado sea entregado directamente al trabajador o a sus beneficiarios en una sola exhibición.

Una vez que sean solicitados, el instituto deberá entregar los recursos a más tardar el segundo día hábil siguiente al que le sean requeridos.

Otro tema sumamente importante en la materia es la prescripción de los derechos de los trabajadores a favor del Fondo Nacional de la Vivienda, pues prescriben a los 10 años de que sean exigibles. Esto es, si el trabajador no solicita la devolución de esos recursos en el término de 10 años, dichos recursos se quedan para el instituto, cuando en realidad sabemos que existe demasiada desinformación para con los trabajadores respecto de sus derechos. Aunado a ello, los propios institutos evitan cumplir con la obligación de reintegrar los recursos. Es claro que se debe eliminar la prescripción.

En virtud de lo antes mencionado someto a consideración de esta soberanía, iniciativa por la que se reforman los artículos 37, 40 y octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; y el artículo 192 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Señor presidente, por obvio de tiempo solicito se inserte íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates.

Esta iniciativa la suscriben los diputados Armando Neyra Chávez, Tereso Medina Ramírez, Amador Monroy Estrada y Leobardo Soto Martínez. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de los Institutos del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Laura Felícitas García Dávila, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Laura García Dávila, diputada de la LXI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 37, 40 y octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y el artículo 192 Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De conformidad con el artículo 4 constitucional toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa, por ello el Instituto Nacional de Vivienda para los Trabajadores tiene sus orígenes en el artículo 123 constitucional y es resultado de la evolución histórica que establece el derecho de los trabajadores a adquirir una vivienda digna que se remonta a los postulados básicos que recogiera el Constituyente de Querétaro en 1916-17 y que dan sus frutos el 5 de febrero cuando se promulga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Infonavit creció como un sistema garante en beneficio de los trabajadores, bajo el esquema de aportaciones para la adquisición de créditos accesibles para la compra de vivienda digna, tal como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Como es del conocimiento todos los trabajadores inscritos o afiliados a instituciones de seguridad social tienen derecho a la apertura de su cuenta individual de conformidad con la Ley del Seguro Social y, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

La cuenta individual es aquella que se abre para cada trabajador, para que se depositen las cuotas y aportaciones de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, de ahorro solidario, de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones voluntarias y de ahorro de largo plazo.

En la cuenta individual se registran las aportaciones correspondientes al Fondo de la Vivienda, así como los respectivos rendimientos de estas y los demás recursos que puedan ser aportados a ésta.

Los recursos de la subcuenta de fondos de vivienda son administrados por el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y, los recursos de los trabajadores al servicio del Estado, son administrados por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Así tenemos por una parte que: Las cuentas individuales de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se integrarán por las siguientes subcuentas:

I. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;

II. Vivienda;

III. Aportaciones voluntarias, y

IV. Aportaciones complementarias de retiro.

Por otra parte: la cuenta individual de los trabajadores inscritos en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, está integrada por las siguientes subcuentas:

I. Subcuenta de ahorro para el retiro;

II. Subcuenta del fondo de la vivienda;

III. Subcuenta de aportaciones voluntarias.

De una sana interpretación del articulado de las Leyes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado, se desprende que la Subcuenta del Fondo de la Vivienda no forma parte del sistema de pensiones de los trabajadores, puesto que el objetivo de la subcuenta de vivienda es facilitar la adquisición de una casa y no la de financiar pensiones, luego entonces es innegable que los trabajadores son los legítimos propietarios de esos recursos.

Los trabajadores pensionados o jubilados enfrentan una gran problemática por que los institutos no les reintegran los fondos que se encuentran en la subcuenta de vivienda y con ello les generan gastos innecesarios al tener que demandar a las instituciones para el otorgamiento de los recursos. Además que tanto las administradoras como los propios institutos (Infonavit e ISSSTE), desafortunadamente se han valido de diversos medios legales, como el juicio de amparo, para evitar cumplir con esta obligación, bajo el falso argumento de que los recursos corresponden a un ahorro virtual, que físicamente no existe.

Por ello el objetivo de la presente iniciativa es establecer, de manera clara y precisa, que los fondos de la subcuenta de vivienda que no hubiesen sido aplicados deberán ser entregados directamente y en una sola exhibición al trabajador o a sus beneficiarios. Una vez que sean solicitados, el Instituto está obligado a entregar los recursos a más tardar el segundo día hábil siguiente a que le sean requeridos.

No pasa desapercibido para la proponente el artículo octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, pues si bien es cierto, que en él se estipula que las aportaciones de las subcuentas de vivienda serán entregadas en una sola exhibición a los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, también lo es, que dicho numeral establece que las subsecuentes aportaciones se abonaran para cubrir dichas pensiones. Pero cabe mencionar que dicho artículo ha sido declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al considerarlo contrario a lo mandatado expresamente por el Apartado A, fracción XII, del artículo 123 constitucional; para una mejor ilustración transcribo sobre el particular la tesis jurisprudencial emitida por la segunda sala de nuestro máximo tribunal, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, marzo 2006 página 252, bajo el rubro:

Infonavit el artículo octavo transitorio del decreto por el que se reforma la ley relativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997, transgrede el artículo 123, Apartado A, fracción XII, de la Constitución federal. El citado artículo transitorio dispone las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para un fin diverso para el cual fueron instituidas. en cuanto prevé que los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de esta Ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda correspondientes hasta el tercer bimestre de 1997 y los rendimientos que se hubieran generado, en tanto que las subsecuentes aportaciones se abonarán para cubrir las pensiones de los trabajadores; lo anterior transgrede el artículo 123, Apartado A, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues no obstante que el derecho de los trabajadores a obtener créditos accesibles y baratos para la adquisición de vivienda, constituye una garantía social, al igual que la del seguro de invalidez o vejez, ambas tienen constitucionalmente finalidades totalmente diferentes y sus respectivas aportaciones patronales no deben confundirse entre sí ni debe dárseles el mismo destino, salvo que haya consentimiento expreso del propio trabajador para que los fondos de la subcuenta de vivienda se destinen al pago de su pensión.

Por ello, en la presente iniciativa también se propone reformar el artículo octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, por ser inconstitucional según la jurisprudencia antes descrita, concretamente y apoyada en los argumentos de los Señores Ministros de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se propone única y exclusivamente que los trabajadores quienes se encuentren en el supuesto que maneja el numeral octavo transitorio, sean ellos quienes decidan expresamente si los fondos de la subcuenta de vivienda se destinan al pago de pensiones o les son entregados en una sola exhibición.

Por otra parte cabe mencionar que de acuerdo con cifras de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, al mes de septiembre del año pasado, los recursos de las subcuentas de vivienda en el SAR, alcanzó el importe de 552, 738 millones de pesos, respecto al año 2008 incrementó un 32.8%, sin embargo se desconoce el destino que se les da a los mismos.

Es por eso que se propone reformar los artículos 40, 37 y octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y el artículo 192 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Actualmente el artículo 40 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores dice:

Artículo 40. Los fondos de la subcuenta de vivienda que no hubiesen sido aplicados de acuerdo al artículo 43 Bis, serán transferidos a las administradoras de fondos para el retiro para la contratación de la pensión correspondiente o su entrega, según proceda, en los términos de lo dispuesto en las Leyes del Seguro Social, en particular en sus artículos 119, 120, 127, 154, 159, 170, 190 y 193; de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, particularmente, en sus artículos 3, 18, 80, 82 y 83.

A efecto de lo anterior, el trabajador o sus beneficiarios deberán solicitar al Instituto la transferencia de los recursos de la subcuenta de vivienda a las administradoras de fondos para el retiro. El instituto podrá convenir con el IMSS los términos y requisitos para simplificar y unificar los procesos para autorizar la disponibilidad de los recursos a que se refiere el párrafo anterior.

Debe decir:

Artículo 40. Los fondos de la subcuenta de vivienda que no hubiesen sido aplicados de acuerdo al artículo 43 Bis, deberán ser entregados directamente y en una sola exhibición al trabajador o a sus beneficiarios.

A efecto de lo anterior, el trabajador o sus beneficiarios, deberán solicitar al Instituto la entrega de los recursos de la subcuenta de vivienda, el Instituto está obligado a entregar los recursos una vez que se presente la solicitud correspondiente, a más tardar el segundo día hábil siguiente a que le sean requeridos.

El artículo 192 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Dice:

Artículo 192.Los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda que no hubiesen sido aplicados para otorgar créditos a favor de los Trabajadores de acuerdo a lo dispuesto en esta Sección, serán transferidos al PENSIONISSSTE, las Administradoras o Aseguradoras para la contratación de la Pensión correspondiente o su entrega en una sola exhibición, según proceda, en los términos de lo dispuesto en esta ley.

A efecto de lo anterior, el instituto deberá transferir los recursos de la subcuenta del Fondo de la Vivienda al Pensionissste, las administradoras o aseguradoras a más tardar el segundo día hábil siguiente a que le sean requeridos.

Debe decir:

Artículo 192. Los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda que no hubiesen sido aplicados para otorgar créditos a favor de los Trabajadores de acuerdo a lo dispuesto en esta Sección, deberán ser entregados directamente y en una sola exhibición al trabajador o a sus beneficiarios.

A efecto de lo anterior, el trabajador o sus beneficiarios deberán solicitar al Instituto la entrega de los recursos de la subcuenta de vivienda, el instituto está obligado a entregar los recursos una vez que presenten la solicitud correspondiente, a más tardar el segundo día hábil siguiente a que le sean requeridos.

El artículo octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores:

Dice:

Octavo. Los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de dicha ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda correspondientes a las aportaciones acumuladas hasta el tercer bimestre de 1997 y los rendimientos que se hubieran generado. Las subsecuentes aportaciones se abonarán para cubrir dichas pensiones.

Debe decir:

Octavo. Los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de dicha ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda correspondientes a las aportaciones acumuladas hasta el tercer bimestre de 1997 y los rendimientos que se hubieran generado. Las subsecuentes aportaciones salvo que haya consentimiento expreso del propio trabajador se abonarán para cubrir dichas pensiones.

De igual forma se pretende reformar el artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, toda vez que dicho numeral establece que prescribe el derecho de los trabajadores a favor del Fondo Nacional de la Vivienda a los diez años de que sean exigibles, esto es, sí el trabajador no solicita la devolución de esos recurso en el término de 10 años dichos recursos se quedan para el instituto, cuando en la realidad sabemos que existe demasiada desinformación para con los trabajadores respecto de sus derechos, aunado a ello los propios institutos evitan cumplir con la obligación de devolver los recursos, es claro que se debe eliminar la prescripción a que se refiere el artículo en comento, es por ello que se propone la redacción siguiente:

Artículo 37. El derecho del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda en los términos descritos en el artículo 40, es imprescriptible.

Por lo expuesto y fundamentado, someto a la consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se reforma los artículos 37, 40 y octavo transitorio de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para quedar como sigue:

Artículo 37. El derecho del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda en los términos descritos en el artículo 40, es imprescriptible.

Artículo 40. Los fondos de la subcuenta de vivienda que no hubiesen sido aplicados de acuerdo al artículo 43 Bis, deberán ser entregados directamente y en una sola exhibición al trabajador o a sus beneficiarios.

A efecto de lo anterior, el trabajador o sus beneficiarios, deberán solicitar al Instituto la entrega de los recursos de la subcuenta de vivienda, el Instituto está obligado a entregar los recursos una vez que se presente la solicitud correspondiente, a más tardar el segundo día hábil siguiente a que le sean requeridos.

Octavo Transitorio. Los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de dicha ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda correspondientes a las aportaciones acumuladas hasta el tercer bimestre de 1997 y los rendimientos que se hubieran generado. Las subsecuentes aportaciones salvo que haya consentimiento expreso del propio trabajador se abonarán para cubrir dichas pensiones.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 192 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 192.Los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda que no hubiesen sido aplicados para otorgar créditos a favor de los Trabajadores de acuerdo a lo dispuesto en esta Sección, deberán ser entregados directamente y en una sola exhibición al trabajador o a sus beneficiarios.

A efecto de lo anterior, el trabajador o sus beneficiarios deberán solicitar al Instituto la entrega de los recursos de la subcuenta de vivienda, el Instituto está obligado a entregar los recursos una vez que presenten la solicitud correspondiente, a más tardar el segundo día hábil siguiente a que le sean requeridos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 7 de octubre de 2010.— Diputados: Laura García Dávila, Armando Neyra Chávez, Tereso Medina Ramírez, Amador Monroy Estrada, Leobardo Soto Martínez, Emilio Serrano Jiménez, Amador Monroy Estrada, María Elena Perla López Loyo, Julián Francisco Velázquez y Llorente, Oralia López Hernández, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, José Francisco Rábago Castillo, José M. Torres Robledo, Cristabell Zamora Cabrera, Heriberto Ambrosio Cipriano,  (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputada.

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sí, diputado, dígame.

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): Diputado presidente, si es tan amable de preguntarle a la promovente si me permite adherirme a su propuesta.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputada, el diputado Emilio Serrano le hace una pregunta, si es factible, si usted considera pertinente, si acepta que se adhiera a su propuesta.

La diputada Laura Felicitas García Dávila:Claro que sí, con gusto.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: La diputada ha manifestado su complacencia y se lo agradece. Igualmente para todos aquellos diputados que tengan a bien adherirse a la propuesta de nuestra compañera, la diputada Laura Felicitas, está a su disposición el documento en la mesa de la Secretaría. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debate, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a las Comisiones Unidas de Vivienda y de Trabajo y Previsión Social.



LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION PROFESIONAL PARA EL TRABAJO

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo.

El diputado Alberto Jiménez Merino:Con su permiso, señor presidente. Compañeros y compañeras: “Qué mejor regalo podemos dar a la república que la capacitación de nuestros jóvenes”. Marco Tulio Cicerón.

A nombre de los diputados del estado de Puebla, y del Sector Agrario, me permito presentar la siguiente iniciativa:

En México más de 54 millones de pobres existen, entre los cuales 20 millones se encuentran en pobreza alimentaria, 26 millones en pobreza de capacidades y 47 millones en pobreza patrimonial.

El promedio nacional de escolaridad es de 8.5 años. Más de 6 millones de habitantes hoy no saben leer ni escribir. Diecisiete millones no han concluido la primaria. Diez millones no cuentan con la secundaria terminada.

En suma, entre los mayores de 15 años, más de 33 millones de mexicanos no tienen la escolaridad mínima para acceder a una vida digna.

Un estudio realizado por la Facultad de Economía de la UNAM, a inicios del presente año, señala que en el campo aproximadamente el 75 por ciento de los productores son mayores de 55 años. El nivel de ingresos en el ámbito rural es precario. Muestra de ello es que más de 9 millones de personas se dedican a la autoproducción y no perciben ingresos. Otros ocho millones sólo ganan 57 pesos diarios.

De acuerdo con información proporcionada por el INEGI, de enero a abril de 2010 se habían perdido más de 125 mil empleos. Cada año se incorporan a la población económicamente activa un millón de personas, pero sólo se están creando 500 mil empleos.

Durante los últimos cuatro años el desempleo creció en términos nominales más de 79 por ciento. ¿Será por ello que casi 3.5 millones de profesionistas no encuentran trabajo y se subemplean en actividades ajenas a su profesión, ingresan al comercio informal o emigran hacia los Estados Unidos? Pero los otros dos tercios con empleo sólo ganan en promedio tres salarios mínimo.

Los niveles educativos se caracterizan por una marcada desvinculación entre los contenidos y las necesidades de los sectores productivos, especialmente de las necesidades de los segmentos más pobres de la población. Más de 7 millones de jóvenes no estudian ni trabajan. Son por ello un grupo atractivo para su inclusión en actividades ilícitas. Muestra de esto que es que más de 90 por ciento de los detenidos en las cárceles son jóvenes entre 15 y 26 años.

La cultura educativa se ha orientado hacia la búsqueda de un título universitario. La mayor ilusión de los padres es que sus hijos sean profesionistas. Lamentablemente sólo 13 de cada 100 que se inscriben a primaria llegan a la universidad porque no tienen los recursos económicos ni existe la infraestructura para atender a una proporción mayor. Los desertores no tienen opciones y los estamos enviando al abismo.

La admisión promedio de estudiantes a nivel universitario es tan sólo uno por cada cuatro que solicitan su ingreso. Los rechazados, otro gran ejército de desafortunados, sólo tienen como opción la educación privada, a distancia y en el sistema abierto o el desempleo porque no se les prepara para incorporarse al mercado laboral o para crear su propia opción de empleo.

Más aún, hemos devaluado y desatendido la formación de técnicos en los distintos oficios que soportan la economía y el desarrollo nacional. Las tecnologías en las escuelas secundarias técnicas van perdiendo importancia.

Hemos menospreciado niveles profesionales inferiores y no tenemos ni el ideal de una población universitaria ni las distintas artes y oficios acreditados, lo cual se traduce en graves niveles de pobreza, subdesarrollo, desempleo e inseguridad pública.

En países como Alemania, Estados Unidos, Colombia, Cuba y Chile ya se sigue un modelo de artes y oficios. Sin embargo, en México sólo contamos con el sistema Conalep que aun cuando es una gran opción es insuficiente.

Destacan las Escuelas de Artes y Oficios del estado de México y los Institutos de Capacitación para el Trabajo en varios estados, pero aún falta un marco legal que integre estos importantes esfuerzos.

Por todo lo anterior, se propone a esta honorable Cámara la iniciativa de crear la Ley que Establece el Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo, que tiene como principal objetivo proporcionar alternativas de educación que permitan el desarrollo de capacidades para el empleo y autoempleo a la población con el propósito de vincularlos al aparato productivo, incrementar las opciones de empleo y los ingresos que mejoren las condiciones de vida de las familias. Es cuanto, presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que expide la Ley del Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo, a cargo del diputado Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del PRI

Con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley que Crea el Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo (Sinacapt), organismo que participará de manera activa en el diseño de programas y estrategias permanentes de capacitación laboral y contribuirá al diseño y logro de las metas planteadas en el Plan Nacional de Desarrollo, con el objetivo de lograr el crecimiento y desarrollo económicos, en beneficio de las familias mexicanas, en virtud de la siguiente:

Exposición de Motivos

En México existen más de 54 millones de pobres. De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), creado en el 2004 para medir la pobreza, en el año 2000 había 24.1 millones de personas en condición de pobreza alimentaria; en el 2002, 20 millones; en el 2004, 17.4 millones; en el 2006, 13.8 millones, pero en el 2008 eran 18.2 millones.

Del 2006 al 2008, por primera vez en los últimos 10 años, el número de las personas en pobreza alimentaria, el equivalente a la pobreza extrema del Banco Mundial (BM), creció y pasó de 13.8 a 18.2 millones de personas, un aumento del 32 por ciento según el Coneval.

El promedio de escolaridad a nivel nacional es de 8.5 años; más de 6 millones de habitantes no saben leer ni escribir; 10 millones no han concluido la primaria; 17 millones no cuentan con la secundaria terminada. Cabe destacar que más de 33 millones de mexicanos no tienen la escolaridad mínima para acceder a una vida digna.

Un estudio realizado por la Facultad de Economía de la UNAM realizado a inicios del presente año, señala que

• En el campo, aproximadamente el 75 por ciento de los productores es mayor de 55 años.

• El nivel de ingresos en el ámbito rural es precario, muestra de ello es que más de 9 millones de personas se dedican a la autoproducción y no perciben un ingreso por dicha actividad.

• De los 54 millones de personas que se encuentran en algún umbral de la pobreza, 20 millones padecen pobreza alimentaria, más de 40 millones de habitantes tienen desnutrición, y paradójicamente, la obesidad y el sobrepeso afectan al 70 por ciento de los mayores de 15 años.

De acuerdo con información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, de enero a abril de 2010 se habían perdido más de 125 mil empleos.

Los niveles educativos se caracterizan por 8.5 años de escolaridad en promedio, con una marcada desvinculación entre los contenidos educativos y las necesidades de los sectores productivos, especialmente, de las necesidades de los segmentos más pobres de la población.

Más de 8 millones de jóvenes menores de 16 años no estudian ni trabajan son materia prima para la delincuencia, se sabe que más del 90 por ciento de los detenidos son jóvenes de entre 15 y 26 años.

La cultura educativa se ha orientado hacia la búsqueda de un título universitario. Lamentablemente solo 13 de cada cien que se inscriben a primaria llegan a la universidad porque no existen ni los recursos ni la infraestructura para atender a una proporción mayor.

En contraparte, hemos devaluado y desatendido la formación de técnicos en los distintos oficios que soportan la economía y el desarrollo nacional.

Hemos menospreciado niveles profesionales inferiores y no tenemos ni el ideal de una población universitario ni las distintas artes y oficios acreditados, lo cual se traduce en graves niveles de pobreza, subdesarrollo, desempleo e inseguridad pública.

En el contexto de la globalización, las naciones requieren de mayores elementos que les permitan ser competitivos frente a sus principales socios comerciales. De igual forma, es necesario trabajar en la construcción de estrategias de mediano y corto plazo que permitan acceder a un nivel mayor de producción.

Las economías regionales, integradas por bloques, en donde son las naciones del primer mundo las que marcan la pauta del desarrollo económico, han encontrado en la especialización su arma más importante para enfrentarse a la competencia internacional.

Las economías emergentes, como la mexicana, están aún en el proceso de transición que las lleve a consolidar su liderazgo en el grupo de países en vías de desarrollo. Sin embargo, las dificultades que se presentan en estas naciones generan un impacto negativo mayor ya que sus estructuras económicas aún no logran la madurez necesaria para soportar este tipo de inconvenientes.

En el caso de México, a nivel macroeconómico, los resultados son mixtos con tendencias negativas, es decir, el crecimiento del producto interno bruto es insuficiente para resolver las problemáticas inmediatas, como la generación de empleo, que durante los últimos cinco años ha afectado a más de 5 millones de personas.

El crecimiento económico promedio a partir del año 2000 es menor al uno por ciento, y en el recientemente concluido año 2009 se presentó una caída del 6.5 por ciento, de la misma magnitud que la presentada en el año 1994. Cabe destacar que los efectos de la reciente crisis se han manifestado en diversos ámbitos, tales como el crecimiento del nivel de desempleo, el incremento en el nivel de precios, el aumento del número de pobres, un ensanchamiento de la brecha de ingresos, entre otros.

Los impactos sociales son por demás evidentes y se resienten en mayor medida en las generaciones de niños y jóvenes quienes se han desarrollado en un entorno en el cual, la crisis, es una característica inherente a ellos.

Estos menores se enfrentan a un entorno adverso, en el cual, las oportunidades de desarrollo académico, profesional y de vida se ven limitados por situaciones que no pueden ser atendidas a través de las políticas públicas, las cuales, resultan insuficientes para plantear una alternativa viable.

Es en este contexto lleno de complejidades y dificultades en el que resulta imperativo diseñar programas, estrategias, políticas públicas y medidas gubernamentales que permitan subsanar dichas afectaciones sociales.

El panorama que se presenta es preocupante y nos obliga a sumar esfuerzos para coadyuvar a mejorar la calidad de vida de los menores y sus familias. Entre las aristas más importantes se pueden mencionar las siguientes:

• Más de un millón de niños no asisten a la escuela.

• Solo 13 de cada 100 alumnos que inician la primaria llegan a la universidad.

• El nivel de deserción escolar es cada vez más alto, llegando a alcanzar el 5 por ciento en primaria, 11 por ciento en secundaria y 35 por ciento en bachillerato.

• Los jóvenes de entre 12 y 16 años de edad dedican el 14 por ciento de su tiempo semanal al estudio.

• Dedican más del 50 por ciento de su tiempo a actividades personales, no relacionadas con la educación y el trabajo.

Es urgente ofrecer opciones productivas a una generación que ve con frustración como se desarrolla su vida sin ninguna expectativa de empleo; más de 7 millones de jóvenes menores de 16 años no estudian ni trabajan. Casi 9 de cada 10 personas que ingresan a las cárceles, son jóvenes de 15 a 26 años.

Es importante destacar que los cambios recientes en las políticas educativas no han traído consigo los resultados esperados, muestra de ello es que un una tercera parte de la población entre los 12 y los 16 años están a expensas de la formación que les proporcionen en los centros de trabajo, ello como consecuencia de no poder acceder a la educación media superior o superior.

Lo anterior hace necesario contar con un organismo público que tenga como principal objetivo el proporcionar una alternativa a todos estos jóvenes quienes se encuentran en la disyuntiva de estudiar o trabajar.

El organismo público que se plantea crear lleva por nombre Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo, Sinacapt, y tiene como principal objetivo:

• Proporcionar alternativas de educación que permita el desarrollo de capacidades para el empleo y autoempleo a la población, con el fin de vincularse al aparato productivo.

Lo anterior permitirá que al concluir sus estudios en algún tipo de arte u oficio, cuenten con la certificación correspondiente que les permitirá obtener un empleo o autoemplearse.

En el mediano y largo plazo, a fin de favorecer y promover una mayor vinculación y participación del Sinacapt, los diferentes niveles de gobierno y el sector privado, promoverán que en el momento de otorgar un empleo se dé prioridad a los jóvenes que cuenten con la certificación emitida por dicha dependencia pública.

Las familias mexicanas, quienes tengan jóvenes entre sus integrantes, y estos no continúen con sus estudios, contarán con la posibilidad de generar un ingreso, el cual impactará de manera positiva en su poder adquisitivo.

El Sinacapt será una institución dependiente de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, contará con la participación directa de la Secretaría de Educación, en donde el Instituto nacional de Educación para los Adultos jugará un papel trascendente. La Secretaría de Educación Pública se encargará de dar seguimiento a la integración de los programas de capacitación y alfabetización; de igual forma, participan las Secretarías de Economía; de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,  y de De-sarrollo Social, que revisarán la pertinencia y viabilidad de las artes y oficios que se enseñarán a través del Sinacapt.

Dicho sistema contará con un directorio, en el cual estarán representadas tanto las dependencias gubernamentales mencionadas como el sector laboral, rotándose de acuerdo con lo señalado en la presente ley.

Con el objeto de que esta institución cuente con la certeza jurídica y patrimonial, cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios, éste último estará integrado por una partida presupuestal específica y por el equivalente al 0.2 por ciento de las contribuciones laborales que realicen los patrones.

Es importante destacar que el Sinacapt realizará sus actividades en todo el territorio nacional, contando con representaciones estatales y regionales, en las cuales se diseñarán e implementarán programas de capacitación diferenciados en los que se privilegie la enseñanza de actividades tradicionales para lograr la especialización suficiente que permita incrementar la productividad del aparato productivo nacional.

De igual forma, se promoverá que la capacitación y enseñanza sean integrales, razón por la cual formarán parte de los contenidos las actividades de los ámbitos rural y urbano. Lo cual se reflejará de manera amplia e integral en los diversos sectores del país.

El Sinacapt por sí sólo será insuficiente para resolver la problemática que se ha venido mencionando, por lo cual es necesario echar mano de las instituciones educativas de enseñanza técnica y tecnológica del sistema nacional de educación. La participación de estas instituciones es fundamental, ya que serán la punta de lanza que abrirá las posibilidades de alcanzar un mayor nivel de capacitación y profesionalización.

En este sentido, es requisito reconocer los avances y buenos resultados que se han logrado a partir de la institucionalización de la enseñanza técnica en México, es por ello prioritario aprovechar estas experiencias exitosas, poniendo en marcha estrategias que permitan subsanar las deficiencias de millones de personas que por falta de capacitación no pueden incorporarse al mercado formal de empleo.

En la expectativa escolar de la cultura mexicana, siempre ha sido el ideal obtener un título universitario, dando poca atención, y hasta menospreciando, los estratos anteriores a la Universidad, entre los que destacan los niveles profesionales técnicos, así como los diferentes artes y oficios, los cuales son la base fundamental del avance de la economía nacional.

Hoy día son contados los esfuerzos gubernamentales que se han realizado para crear espacios para la capacitación y la certificación, ante lo cual resulta imperativo subsanar esta deficiencia institucional.

Las cifras que se reportan sobre el número de rechazados de las universidades públicas es preocupante. En la Universidad Nacional Autónoma de México, para el ciclo escolar 2010, fue rechazado el 91 por ciento de los solicitantes, es decir, de más de 115 mil 730 alumnos, se aceptaron tan sólo 10 mil 350, quienes cursarán alguna de las 85 licenciaturas que ofrece.

Por su parte, el Instituto Politécnico Nacional tiene una capacidad de recibir a 25 mil estudiantes, ante una demanda cercana a las 80 mil solicitudes. El caso de la Universidad Autónoma de México es muy similar.

Es urgente atender esta problemática, no podemos continuar por este camino, en donde las políticas públicas carecen de articulación y concurrencia, resultando en esfuerzos aislados, individuales que no generan un impacto social positivo.

En razón de lo antes expuestas someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se expide la Ley del Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo, Sinacapt, la cual quedará de la siguiente manera:

Ley del Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo

Capítulo IAspectos Generales

Artículo 1. El Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo (Sinacapt) es un organismo público, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Dependiente de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

El Sinacapt tiene su domicilio en la sede de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y tiene la capacidad de establecer unidades de representación institucional en las regiones, entidades, municipios y comunidades que requieran de capacitación laboral profesional.

Artículo 2. El Sinacapt tiene como objetivo primordial el proporcionar la capacitación profesional intensiva y acelerada de la mano de obra y de los mandos medios que participan en las actividades industriales, comerciales y de servicios.

Las actividades del Sinacapt están orientadas a la capacitación del personal en servicio, incluyendo a aquel con aptitud de incorporarse al mismo.

Promoverá, y orientará su trabajo al fomento y desarrollo de habilidades y destrezas que permitan un eficiente de-sempeño de trabajos concretos en los diferentes sectores de la actividad económica.

Artículo 3. Para lograr el objetivo mencionado, el Sinacapt deberá cumplir con las funciones que a continuación se enuncian:

1. Impulsar la formación integral de mandos medios y mano de obra calificada para las actividades agroindustriales, industriales y de servicios.

2. Capacitar profesionalmente a los trabajadores activos en las áreas y actividades en que se desarrollan.

3. Formar instructores que cuenten con los elementos básicos que les permitan desarrollarse en los diversos centros de capacitación que funcionen en el país.

4. Colaborar con las empresas, públicas y privadas, en el diseño e implementación de cursos de capacitación profesional para los trabajadores.

5. Diseñar un proyecto que permita capacitar, de manera periódica al personal calificado, con el objetivo de actualizar sus conocimientos, de acuerdo con las necesidades y dinámica de trabajo que se presenten en los sectores económicos.

6. Cooperar y participar activamente con las dependencias y áreas de las Secretarías y entidades públicas en los temas vinculados a la elaboración de trabajos estadísticos, investigaciones y política de empleo y de recursos humanos, así como en lo relacionado con capacitación profesional.

7. Emitir las certificaciones correspondientes a las dependencias y empresas públicas, privadas y mixtas en las que se señale que el personal de dicha institución ha sido capacitado, profesionalizado y especializado.

8. Otorgar la acreditación correspondiente a las personas que por cuenta propia acudan a recibir la capacitación profesional en el área de su interés.

Artículo 4. El Sinacapt se ocupará de la capacitación y perfeccionamiento profesional de los trabajadores en los diferentes sectores de la actividad económica, coadyuvando con el cumplimiento de las metas y prioridades establecidas en el Plan Nacional Desarrollo, en los planes de desarrollo estatales y municipales con el objetivo de lograr el crecimiento económico y el desarrollo.

Artículo 5. El Sinacapt solicitará la colaboración de la Secretaría de Educación Pública con el objetivo de realizar programas y campañas permanentes de alfabetización y educación de mayores de 16 años y adultos, a fin de que estos cuenten con los elementos mínimos para su capacitación y especialización.

De igual forma, el Sinacapt podrá solicitar la participación directa de las instituciones educativas orientadas a la enseñanza técnica, considerando los perfiles, necesidades, y capacidades de los interesados en aprender alguna especialidad o actividad que se encuentre en el catalogo o currícula escolar.

Artículo 6. El Sinacapt, además de contribuir con las estrategias de capacitación y profesionalización, contará con una bolsa de trabajo y colocación, ello con el objetivo de fomentar el empleo.

Mediante la firma de convenios con el sector público y privado, será el vínculo que permita concentrar y canalizar la oferta laboral que existe en el país.

De igual forma, promoverá la implementación de proyectos sociales que permitan y fomenten el autoempleo.

Capítulo IIDe la Organización y Funcionamiento

Artículo 7. El Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo contará para su dirección y operación con un Directorio, conformado por un director ejecutivo y unidades técnicas, debiendo una de estas unidades, ser especializada en capacitación industrial.

Asimismo, en su estructura orgánico-funcional, Sinacapt dispondrá de las unidades ejecutiva, asesora, técnica, operativo y de apoyo que considere necesarias, en cuyo caso, sus características estarán determinadas en el reglamento interno del Sinacapt

Del Directorio

Artículo 8. El Directorio del Sinacapt está integrado de la siguiente manera:

1. El titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o por el Subsecretario de que designe, quien lo presidirá;

2. El titular de la Secretaría de Educación Pública o el Subsecretario que designe;

3. El titular de la Secretaría de Economía o el Subsecretario que designe;

4. El titular de la Secretaría de Desarrollo Social o el Subsecretario que designe;

5. El titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación;

6. El titular del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.

7. Dos representantes del sector laboral, uno de los cuales deberá ser del sector industrial; y el director ejecutivo del Sinacapt intervendrá con derecho de voz, sin derecho a voto.

Fungirá como secretario el funcionario del Sinacapt por el Director Ejecutivo.

El representante del sector industrial será designado por las organizaciones de trabajadores del sector.

El representante del sector empresarial, así como los representantes de los trabajadores, serán elegidos de acuerdo a la normatividad aplicable para tales casos.

Los integrantes del Directorio del Sinacapt durarán en su encargo 3 años, con la capacidad de ser reelegidos para un periodo inmediato.

Artículo 9. El Directorio es el máximo organismo del Sinacapt, contando con las siguientes atribuciones y responsabilidades:

a. Elaborar los lineamientos, estrategias y programas para el diseño, organización e implementación de las políticas públicas en materia de capacitación laboral;

b. Analizar y, en su caso, aprobar los programas, planes, presupuestos e informes de labores deberá presentar el Director Ejecutivo;

c. Elegir al vicepresidente del Directorio, de entre los integrantes del mismo, quien, de ser necesario, suplirá al presidente del mismo, contando con las funciones y atribuciones establecidas en el reglamento del Sinacapt;

d. Nombrar al director ejecutivo de una terna presentada por el secretario del Trabajo y Previsión Social;

e. Nombrar y, en su caso, remover al auditor interno, así como contratar, de ser necesario, servicios de auditoría externa;

f. Autorizar los gastos y contratos a realizar por el director ejecutivo, cuando excedan de la suma establecida en el reglamento;

g. Emitir las normas reglamentarias y de control que fueren necesarias para el cumplimiento de las funciones específicas del Sinacapt, así como su reglamento;

h. Aprobar la creación e integración de las unidades operativas que fueren necesarias en el país, así como suprimirlas cuando se estime conveniente;

i. Conceder estímulos morales y económicos al personal técnico y administrativo que preste sus servicios en la institución;

j. Asesorar al gobierno federal en lo relacionado con la capacitación profesional para el trabajo en las áreas de su competencia; y

Para promover y ascender al personal técnico y administrativo se apegará a lo establecido en la normatividad relacionada con el servicio civil de carrera.

Artículo 10. El Directorio del Sinacapt sesionará de manera ordinaria cada tres meses y extraordinariamente cuando fuere convocado por el Presidente o lo pidieren tres de sus vocales o el Director Ejecutivo.

Habrá quórum con la asistencia de por lo menos cinco vocales.

Artículo 11. El Directorio del Sinacapt establecerá un tabulador de remuneración para los directivos, instructores y empleados, de acuerdo con lo establecido en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

Del Director Ejecutivo

Artículo 12. El director ejecutivo es el representante legal del Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo y es el responsable del desempeño técnico, administrativo y financiero de este organismo.

Artículo 13. Para ser director ejecutivo se requiere:

a. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales;

b. Contar con título profesional a nivel superior, en una carrera afín a las funciones y objetivos del Sinacapt;

c. Acreditar experiencia suficiente en la capacitación técnica de personal.

El director ejecutivo será elegido por un período de cuatro años y puede ser reelecto para un periodo inmediato.

Artículo 14. Son atribuciones y obligaciones del director ejecutivo:

a. Ejercer la representación legal y jurídica judicial de la institución;

b. Proponer, organizar y dirigir todas las actividades institucionales para cumplir con las finalidades legales y los objetivos señalados por el Directorio;

c. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones acordadas por el Directorio;

d. Designar, contratar, promover y, en su caso, remover al personal técnico y administrativo de la dependencia;

e. Someter a la consideración del Directorio de la dependencia, a más tardar el mes de octubre, los planes, programas y presupuestos para el año siguiente. En el caso de los informes de uso y destino de los recursos del año anterior, será el mes de marzo la fecha límite para presentar dichos documentos;

f. Establecer vínculos institucionales con organismos y empresas nacionales e internacionales, relacionados o interesados en programas o proyectos de capacitación profesional para el trabajo; y,

g. Los demás que le confieren esta ley y su reglamento.

Artículo 15. En caso de falta o ausencia del director ejecutivo lo sustituirá el funcionario designado en el Directorio, mediante acuerdo de sus integrantes.

Capítulo IIIDel régimen patrimonial y financiero

Artículo 16. El gobierno federal destinará una partida particular del presupuesto para el funcionamiento del Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo, Sinacapt.

Artículo 17. Adicional a lo establecido en el artículo anterior, el Sinacapt podrá contar, para su funcionamiento, con los siguientes ingresos:

a. La contribución del 0,2 por ciento sobre el valor de la remuneración base de los sueldos y salarios en las empresas públicas, de economía mixta y privadas, que realicen actividades industriales, comerciales y de servicios, que será recaudada el Instituto Mexicano del Seguro Social, por el Instituto de Seguridad Social y Servicios para los Trabajadores del Estado, y por las demás instituciones de seguridad social.

Son sujetos de esta contribución son todos los empleadores de las empresas que realizan actividades industriales, comerciales y de servicios públicos, mixtas o privadas.

b. Los ingresos generados por el cobro de servicios prestados a las empresas para capacitación de su personal, u otras actividades en relacionadas con la especialización laboral.

c. Los recursos provenientes de empréstitos internos o externos concedidos al Sinacapt directamente, o al gobierno federal y que se destinen a capacitación profesional.

d. Las rentas provenientes de los bienes muebles o inmuebles de su, propiedad.

e. Cualesquiera otros recursos que le correspondan.

Artículo 18. Los bienes y recursos propios del Sistema Nacional de Capacitación Profesional para el Trabajo incrementarán su patrimonio y serán administrados directamente por el propio organismo, de acuerdo con su normatividad aplicable.

Capítulo IVDisposiciones Generales

Artículo 19. El Sinacapt, mediante la celebración de convenios, podrá comprometer sus servicios en las diferentes especialidades, para realizar acciones o trabajos específicos de capacitación de personal activo y en proceso de incorporación al mercado laboral.

Una parte de los ingresos obtenidos deberán destinarse al mejoramiento y ampliación de sus equipos, laboratorios y demás infraestructura operativa y de personas.

Con el objetivo de cumplir de manera estricta con lo establecido en los artículos 2, 3, 4 y 5 del presente marco normativo, establecerá convenios de colaboración con las instituciones de educación técnica y tecnológica de los ámbitos federal y local, a fin de brindar un conjunto más amplio de opciones para todas aquellas personas interesadas en la capacitación, la profesionalización para el trabajo y la formación ocupacional.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrara en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Quedan sin efecto cualquier disposición que contravenga lo dispuesto en la presente ley.

Tercero. El Ejecutivo federal tiene un plazo de 180 días hábiles para publicar el Reglamento del Sinacapt.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de septiembre de 2010.— Diputados: Francisco Alberto Jiménez Merino, Emilio Serrano Jiménez, Laura Felícitas García Dávila, José Francisco Rábago Castillo, Sergio Lobato García, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Rosalina Mazari Espín, Paula Angélica Hernández Olmos, María de Jesús Aguirre Maldonado, José Manuel Agüero Tovar, (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La diputada García Dávila pregunta al diputado Alberto Jiménez si le permite adherirse a su propuesta. A su vez, el diputado Alberto Jiménez acepta con mucho gusto todas las manifestaciones de apoyo y solicitudes de adhesión a su propuesta. El documento está a disposición de todos los diputados que deseen suscribirlo, en la mesa de la Secretaría.



CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Agustín Castilla Marroquín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales.

El diputado Agustín Carlos Castilla Marroquín:Con su venia, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, en 2006 se denunció la venta de la base de datos del padrón electoral del IFE a la empresa estadounidense ChoicePoint por aproximadamente 335 mil dólares. Hace algunos meses, a partir de una investigación periodística se hizo del conocimiento público que en el barrio de Tepito se ofrecían diversas bases de datos con información personal de millones de mexicanos, como la del IMSS, del Servicio Postal Mexicano, licencias de conducir, de la población carcelaria, y otra vez, del padrón electoral.

Otra investigación periodística arrojó que igualmente el padrón electoral se ponía a la venta a través de una página electrónica denominada quebarato.com.

Es importante destacar que tanto en el caso de ChoicePoint como en el de quebarato.com se detuvo a los presuntos responsables, pero éstos salieron libres bajo fianza por tratarse de delitos no graves, lo que sin duda debemos corregir a la brevedad, porque esto es muy delicado, pues además de que se violenta flagrantemente la privacidad e intimidad de millones de mexicanos y se vulnera el principio de protección de datos personales, consagrado en la Constitución. Se abre la posibilidad de que se generen actos de molestia o de discriminación y, sobre todo, crece el riesgo de que esta información pueda ser utilizada por la delincuencia para cometer extorsiones telefónicas, secuestros o fraudes.

En el caso específico del padrón electoral tiene además otro tipo de implicaciones. Por ejemplo: más de 9 millones de ciudadanos, el 12.3 por ciento aproximadamente tienen que actualizar su credencial de elector 03, pues de lo contrario no podrán votar en las elecciones presidenciales del 2012.

Aquí les hago una pregunta. ¿Ustedes creen que estarán dispuestos a entregar al IFE su nombre, dirección, la CURP, fotografía o huellas digitales con estos antecedentes, con el riesgo de que los datos sean mal utilizados?

Es por ello que considero indispensable que de inmediato atendamos esta situación desde el ámbito legislativo. Por ello, se presenta la siguiente iniciativa que reforma y adiciona el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales para que el robo y comercialización de los datos personales en posesión del Estado sean considerados como delitos graves para que no se admita la libertad bajo fianza o caución.

También se sanciona con una pena que va de 5 a 10 años y una multa de 60 a 600 salarios mínimos e inhabilitación de 4 a 10 años al servidor público que por negligencia, omisión o premeditación haya propiciado o permitido dicha situación.

Finalmente, se establece como delito electoral la comercialización del padrón, ya que actualmente sólo se castiga la alteración del mismo, y esto, desde luego, es un vacío legal que debemos subsanar.

Por último, aprovecho la tribuna para hacer un exhorto respetuoso a las Comisiones de Gobernación, de Justicia y de Función Pública para que aprobemos ya las reformas a la Ley Federal de Acceso a la Información, que fueron enviadas como minuta por el Senado de la República y que precisamente obligan a implementar mayores medidas de seguridad administrativas, físicas y técnicas para garantizar la integridad y confidencialidad de los datos personales. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Agustín Castilla Marroquín, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Agustín Castilla Marroquín, diputado federal a la LXI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 214 Bis, 214 Ter, 214 Quáter y 411 Bis; se cambia la denominación del Título Decimoctavo y se le adiciona un Capítulo III con el artículo 287 Bis todos del Código Penal Federal y se reforma el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En el contexto de un mundo globalizado, y sobre todo tecnificado y con gran desarrollo de instrumentos y mecanismos de procesamiento de datos de toda índole, la protección de la privacidad de los datos personales se ha convertido en un tema prioritario, de inmediata e inevitable atención, máxime cuando los datos se encuentran en posesión del Estado.

La protección de datos implica salvaguardar los derechos fundamentales. Es innegable la relación entre la protección de datos y los derechos fundamentales de las personas. La privacidad de los individuos es un derecho humano fundamental de la mayor importancia, por lo que no es posible concebir un estado de bienestar personal y, en consecuencia, de bien común en la sociedad en general sin la protección y salvaguarda adecuada de los derechos fundamentales del ser humano.

En ese tenor, en el ámbito internacional y específicamente en México se han desarrollado esfuerzos legislativos importantes para garantizar la protección de los datos personales. En 2002 entra en vigor una nueva Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en donde se hacen referencias a la protección de datos personales, pero son las reformas al artículo 6o. y 16 de nuestra Constitución Política, en julio de 2007 y junio de 2009 respectivamente, las que elevan a rango constitucional la obligación de otorgar especial protección a los datos personales.

Estas modificaciones constitucionales originaron que en el presente año, el Congreso de la Unión se avocara al análisis y dictamen de diversas iniciativas que dieron vida a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y a las reformas a la Ley Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para que existan mayores medidas de seguridad administrativas, físicas y técnicas para garantizar la integridad y confidencialidad de los datos personales, a través de acciones que evitarán su daño, alteración, pérdida, destrucción, o el uso, transmisión y acceso no autorizado.

En este sentido, es innegable que la protección de los datos personales resulta un tema necesario de atender, sobre todo si tomamos en consideración que el tópico adquiere particular relevancia cuando se hace del conocimiento público que los datos personales que sus titulares han proporcionado a diversas autoridades, presuntamente se ponen a la venta, pudiendo ser adquiridos y utilizados por el crimen organizado para la comisión de múltiples delitos como extorsiones, secuestros, fraudes, o simplemente de formas no autorizadas, que eventualmente causen actos de molestia o perjuicios diversos a sus titulares como discriminación o negación en la prestación o contratación de servicios.

En efecto, una primera investigación periodística hizo del conocimiento público que bases de datos que contienen información personal de millones de mexicanos presuntamente están a la venta en el barrio de Tepito, en el Distrito Federal.

Esta investigación indica que se pueden adquirir los datos de las policías del país, con fotografía de sus elementos, número de placa y el lugar donde están adscritos, así como un archivo que contiene la identificación de todo el parque vehicular del servicio federal, incluido el transporte de carga.

También se hace referencia a que los datos personales de la población carcelaria, la información asentada en las licencias de conducir, los listados de teléfonos públicos y privados, la telefonía celular, bases de datos del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Servicio Postal Mexicano y el padrón electoral a cargo del Instituto Federal Electoral pueden ser conseguidos en el barrio de Tepito.

Otra investigación periodística también indica que el padrón electoral se pone a la venta total o parcialmente en internet a través de la página electrónica denominada “quebarato.com”.

Esta situación no representa un caso aislado, ambas referencias periodísticas indican que tanto en internet, como en Tepito se comercializa con el padrón electoral, lo que verdaderamente constituye una problemática de nivel nacional que violenta flagrantemente la privacidad e intimidad de millones de ciudadanos mexicanos y sobre todo, vulnera el principio de protección de datos personales que se encuentran en posesión del Estado mexicano.

Asimismo, la venta del padrón electoral no es una situación nueva. En 2006 se dio el caso de que la empresa Soluciones Mercadológicas en Bases de Datos vendió en 335 mil dólares a una empresa estadounidense (Choice Point) la base de datos del padrón electoral del Instituto Federal Electoral, en el que se incluía información de 58 millones de votantes mexicanos, sin embargo los acusados enfrentaron el proceso en libertad provisional mediante el pago de una fianza, en virtud de que el delito no se sanciona como grave.

Recientemente se detuvo en Zacatecas a la persona que en esta última ocasión ponía a la venta el padrón electoral a través de internet, sin embargo, al igual que los detenidos en el caso de 2006, el delincuente obtuvo la libertad bajo una fianza.

También es de dominio público, que en sitios de Internet se encuentra a la venta la base de datos del Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut). En este caso el “vendedor” promete entregar los datos privados de los más de 50 millones de usuarios de telefonía celular que se dieron de alta en el Renaut. Cada persona proporcionó su nombre, número telefónico y la Clave Única de Registro de Población.

Estos antecedentes hacen necesario sancionar ejemplarmente a quien comercializa con los datos personales de los mexicanos y tipificar concretamente la venta del padrón electoral o listados nominales, sobre todo si consideramos los esfuerzos históricos que se han tenido para fortalecer estos instrumentos electorales y que al día de hoy se ven reflejados en la credencial para votar con fotografía que representa el medio de identificación oficial y mayormente aceptado en el territorio mexicano.

En este sentido, resulta necesario establecer como tipo penal esta conducta a fin de desincentivar su robo y comercialización, para así estar en posibilidades de blindar estos valiosos instrumentos electorales y consecuentemente, otorgar confianza y certeza a la ciudadanía de que los datos personales que aporta a la autoridad electoral serán cabalmente protegidos.

Debemos recordar que el Instituto Federal Electoral lleva largos años fortaleciendo el padrón electoral y garantizando su uso legal y adecuado. También debemos hacer mención de que actualmente la autoridad electoral lleva a cabo una importante tarea consistente en actualizar las credenciales para votar con fotografía que tienen la referencia 03.

Según datos del IFE, el 12.3 por ciento del padrón electoral, es decir, 9.6 millones de ciudadanos tienen que actualizar su credencial para votar 03, aunado a que miles de mexicanos que cumplan 18 años tendrán que tramitar dicho documento de identificación, lo que exige que se otorgue certeza y seguridad a la población al momento de realizar dicho trámite, sobre todo si consideramos que el padrón electoral contiene no solo su nombre, dirección, CURP y clave de elector, sino incluso su fotografía y huellas digitales, de ahí la importancia de proteger los datos personales de este valioso instrumento electoral.

Debemos considerar que los recientes casos pueden poner en riesgo el normal desarrollo de los procesos electorales por el hecho de que el ciudadano desconfíe del padrón electoral y en consecuencia no participe en la renovación de su credencial para votar, lo que tendría un impacto negativo en la participación ciudadanía con miras a las próximas elecciones federales y locales.

Asimismo, el hecho de que el padrón electoral o las listas nominales se encuentre en manos ajenas a la autoridad electoral o los partidos políticos, implican diversos riesgos, es decir, además de que pueden caer en manos del crimen organizado, también se puede hacer un mal uso electoral de los mismos, pudiendo emplearse, por ejemplo, para confundir al electorado, para difundir información falsa con respecto a la jornada electoral, la ubicación de casillas o simplemente como una herramienta para atacar, denostar o favorecer al oponente político.

De igual manera, la presente iniciativa busca sancionar a los servidores públicos que con base en su empleo cargo o comisión, facilitan que los datos personales en posesión del Estado sean puestos a la venta al mejor postor. Es inaceptable que un servidor público aprovechándose de su cargo, ponga en riesgo a miles o millones de ciudadanos y violente su garantía de protección de datos personales.

La principal tarea que tiene la autoridad es precisamente proteger la información personal y brindar confianza a la población sobre el tratamiento que le da a esos datos.

Es así que el bien jurídico que busca tutelar la presente iniciativa es la intimidad y privacidad de los datos personales de millones de mexicanos. Debemos tomar en consideración que en muchas de las ocasiones, como en el caso de la credencial para votar, existe obligación del ciudadano de proporcionar sus datos al Estado, lo que nos obliga aún más a protegerlos y en caso de ser vulnerada dicha protección, se sancione al delincuente enérgicamente, así como al servidor público que participa o realiza directamente estos actos e incumple su obligación primordial de proteger los datos personales que el ciudadano confiadamente proporciona a la autoridad.

Por tal motivo resulta necesario tipificar estas conductas como delitos graves y de esta manera, los sujetos activos que configuren la conducta prohibida no podrán obtener el beneficio de la libertad bajo fianza, impidiendo que puedan seguir operando sus actividades ilícitas.

En este sentido, el respeto a la dignidad de la persona constituye la base fundamental de la protección de datos personales, en cuanto a que se refiere a una expresión de su vida privada, por lo cual, es fundamental e imprescindible para garantizar la debida protección de los datos personales que nuestra legislación penal federal establezca claras sanciones para aquellos que vulneren dicha protección.

En ese tenor de ideas, la presente iniciativa busca sancionar a los servidores públicos que estando autorizados para tratar bases de datos personales y con ánimo de lucro, provoque una vulneración de seguridad a las mismas, así como a aquel que con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate bases de datos personales mediante el engaño.

Asimismo, se establece un capítulo en especifico que trate los delitos cometidos contra la privacidad de las personas, en donde se sancione a toda persona que sin derecho o autorización de quien deba darla, sustraiga, transmita, use, difunda, publique, reproduzca, ponga a disposición del público o comercialice bases de datos personales en posesión del Estado o de particulares.

De igual manera, se incorpora al catálogo de delitos graves los delitos cometidos en contra de la privacidad de las personas, a efecto de que los delincuentes no enfrenten el proceso en libertad bajo caución.

Por otra parte, la presente iniciativa atiende al mandato constitucional consagrado en el artículo 6o., fracción II, y 16, párrafo segundo, de nuestra Carta Magna en el sentido de que el Estado mexicano tiene la obligación de proteger los datos personales de todo ciudadano, especialmente cuando los mismos se encuentran bajo la custodia de un ente público.

Con la reciente reforma del artículo 6o., fracción II, se establece como parte de los principios en materia de acceso, que la información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.

Al respecto, en el dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Función Pública, de la Cámara de Diputados, en el apartado en el que se hace el análisis de la iniciativa que reforma dicho artículo 6o., se indicó lo siguiente: “En ella se establece una segunda limitación al derecho de acceso a la información, misma que se refiere a la protección de la vida privada y de los datos personales. Esta información no puede estar sujeta al principio de publicidad, pues pondría en grave riesgo otro derecho fundamental, que es el de la intimidad y la vida privada.”

El mencionado artículo 6o., fracción II, tiene la virtud de ser la primera disposición en la historia de nuestro país que hace un reconocimiento expreso al derecho a la protección de datos personales en la cúspide normativa, dando continuidad a la labor iniciada por el legislador ordinario a través de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Ahora bien, en forma reciente, y después de un proceso legislativo importante, el Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados, como parte del proceso de reforma a la Constitución General, aprobaron las reformas a los artículos 16 y 73 de la Constitución General.

La reforma al artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos adiciona un párrafo segundo a dicho numeral constitucional, con la finalidad de reconocer en nuestro máximo ordenamiento jurídico, el derecho a la protección de los Datos Personales, en los siguientes términos:

“Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros”.

Con la reforma al artículo 16 constitucional finalmente se reconoce y da contenido al derecho a la protección de datos personales y se prevé de manera expresa a este derecho, como fundamental y autónomo respecto de otros derechos.

Por lo que se refiere al reconocimiento al derecho a la privacidad en el ámbito internacional, de la que el derecho a la protección de los datos personales es una expresión de la misma, han sido diversos los instrumentos internacionales que han reconocido su importancia; así, el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, establece el derecho de la persona a no ser objeto de injerencias en su vida privada y familiar, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación, gozando del derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

En el mismo sentido, el artículo 8 del Convenio para la Protección de los Derechos y las Libertades Fundamentales, reconoce el derecho de la persona al respeto de su vida privada y familiar de su domicilio y correspondencia.

Por su parte, el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, señala que nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación.

En el mismo tenor, la Convención Americana sobre derechos humanos, en su artículo 11 apartado 2, establece que nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación.

Como podemos apreciar, la Ley vigente y la normatividad internacional, prevén disposiciones sobre la protección de datos personales en posesión del Gobierno Federal; sin embargo, éstas no resultan suficientes para desplegar el nuevo derecho fundamental reconocido recientemente por nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 6o. y 16, sino que también resulta necesario reformar los Códigos Sustantivo y Adjetivo Penal, para sancionar como delito grave el que se comercialicen los datos personales de millones de mexicanos.

En tal sentido, las modificaciones constitucionales efectuadas recientemente son amplias y trascendentales, por lo que se requiere de una legislación coherente y completa que dé sustento a las bases y principios que nuestra Carta Magna señala respecto a la garantía de protección de los datos personales, siendo así que resulta pertinente adecuar el marco normativo vigente, a efecto de dar cumplimiento puntual a las referidas disposiciones constitucionales y así tutelar cabalmente el derecho a la protección de los datos personales.

Con todo lo anteriormente expuesto y fundado, en aras de otorgar una mayor protección a la información que detenta el Estado Mexicano y a fin de tutelar el bien jurídico de la intimidad y privacidad de los datos personales de millones de ciudadanos así como del padrón electoral, presento ante el Pleno de ésta Honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan los artículos 214 Bis, 214 Ter, 214 Quáter y 411 Bis; se cambia la denominación del Título Decimoctavo y se le adiciona un Capítulo III, con el artículo 287 Bis todos del Código Penal Federal y se reforma el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales

Primero.Se adicionan los artículos 214 Bis, 214 Ter, 214 Quáter y 411 Bis; se cambia la denominación del Título decimoctavo por el de “Delitos contra la paz, seguridad y privacidad de las personas”, y se le adiciona un capítulo III denominado “Delitos contra la privacidad de las personas” con el artículo 287 Bis, para quedar como sigue:

Artículo 214 Bis. Se impondrán de tres meses a tres años de prisión al servidor público que estando autorizado para tratar datos personales, con ánimo de lucro, provoque una vulneración de seguridad a las bases de datos bajo su custodia.

Artículo 214 Ter. Se sancionará con prisión de seis meses a cinco años al servidor público que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate bases de datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos.

Artículo 214 Quáter. Tratándose de datos personales sensibles, las penas a que se refieren los artículos 214 Bis y 214 Ter, se duplicarán.

Título DecimoctavoDelitos contra la paz, seguridad de las personas y privacidad de las personas Capítulo IIIDelitos contra la privacidad de las personas

Artículo 287 Bis. Se impondrán de cinco a diez años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa, al que sin derecho o autorización de quien deba darla, sustraiga, transmita, use, difunda, publique, reproduzca, ponga a disposición del público o comercialice bases de datos personales en posesión de órganos u organismos públicos, o de particulares.

La pena privativa de libertad señalada en el párrafo anterior, se aumentará hasta en tres años más de prisión, cuando se trate de bases de datos personales sensibles.

Artículo 411 Bis. Se impondrá de sesenta a seiscientas días multa y prisión de cinco a diez años, a quien por cualquier medio comercialice, total o parcialmente el padrón electoral o los listados nominales.

Segundo.Se reforma el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para adicionarle un inciso 15) Bis a la fracción I, para quedar como sigue:

Artículo 194. Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, los previstos en los ordenamientos legales siguientes:

I. Del Código Penal Federal, los delitos siguientes:

(...)

15) Bis. Contra la privacidad de las personas previsto en el artículo 287 Bis;

(...)

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el recinto legislativo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diez.— Diputados: Agustín Castilla Marroquín, Emilio Serrano Jiménez, Carlos Alberto Pérez Cuevas, Silvia Esther Pérez Ceballos, Rubén Arellano Rodríguez, Arturo García Portillo, Laura Viviana Agundiz Pérez, Gloria Romero León, María de Jesús Mendoza Sánchez, Cecilia Soledad Arévalo Sosa, Gloria Trinidad Luna Ruiz, Guadalupe Valenzuela Cabrales, María Joann Nova Mossberger, Gumersindo Castellanos Flores, Marcos Pérez Esquer, Jesús Giles Sánchez (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia.

La diputada Silvia Esther Pérez Ceballos(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Adelante, diputada.

La diputada Silvia Esther Pérez Ceballos(desde la curul): Diputado presidente, para consultarle al diputado Castilla si me puedo adherir a su iniciativa.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputado Agustín Castilla, la diputada Pérez Ceballos solicita adherirse a su propuesta.

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas(desde la curul): También yo.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Adelante diputada, está a su disposición el documento.



LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley General de Protección Civil.

El diputado Víctor Manuel Báez Ceja:Con su venia, señor presidente. Compañeras legisladoras, compañeros legisladores, presento ante ustedes iniciativa con proyecto de decreto que adiciona dos fracciones al artículo 4o. de la Ley General de Protección Civil. Un tema tan importante para la nación derivado de los acontecimientos en desastres naturales ocasionados por el calentamiento global.

Se avecinan cambios climáticos que afectan severamente nuestro hábitat. Es indispensable que estemos preparados ante tales fenómenos y contingencias. La protección civil debe ser un instrumento que nos ayude en la ejecución de una serie de tareas de orden social tales como asistencia y seguimiento educativo escolarizado. Evacuación, habilitación y organización de refugios. Servicio de alarma, aplicación de medidas de oscurecimiento, salvamento, lucha contra incendios, señalización, etcétera.

Para ser más precisos, nuestro país padece alta vulnerabilidad ante fenómenos hidrometereológicos, 17 entidades están ubicadas en zonas de peligro donde vive casi la mitad de la población de esta nación.

Se han registrado pérdidas económicas de 80 por ciento causadas por lluvias torrenciales. El peor año fue en el 2007, en el que resultaron afectadas más de 250 mil viviendas y 5 mil 500 escuelas.

Con 2 millones de kilómetros cuadrados y 11 mil kilómetros de litorales que integra nuestro territorio nacional, hemos sido el escenario de desastres naturales, aparejados con sequías, inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, incluso pestes que se han sucedido.

Nuestro país presenta un fenómeno cada vez más recurrente, producto del cambio climático, que son días con temperaturas bajo cero durante el verano, las cuales ocurren al centro del país y en zonas altas y son las que provocan mayores pérdidas económicas en Nuevo León, Zacatecas, Jalisco, Guanajuato y San Luis Potosí.

Finalmente, en nuestro país hay 21 entidades en las que año con año se presentan sistemas invernales, en los que cada vez se registran, en promedio, temperaturas bajas, generando con ello importantes impactos en la salud, que en las pérdidas económicas por ausentismo laboral, ascienden a más de 2 mil millones de pesos.

Desafortunadamente nuestra sociedad mexicana no está preparada para afrontar las medidas precautorias ante tales contingencias, me refiero a que carecemos de una cultura en la protección civil que debe iniciarse desde las escuelas de nuestros hijos, en los adolescentes, en las universidades, en las comunidades, en la población en general.

El Estado mexicano debe ser garante de promover y difundir la cultura de protección civil en la sociedad, debemos dejar de ser indiferentes. La cultura en protección civil definitivamente ha variado y no ha tenido la connotación adecuada, o bien, en la mayoría de nuestro territorio ni siquiera se ha difundido de manera cotidiana.

Compañeros legisladores, en las Comisiones de Gobernación y de Seguridad Pública de esta soberanía se está trabajando en la reforma a la Ley General de Protección Civil. Analizando tal propuesta de reforma acudo a su buena voluntad política, pero principalmente a su conciencia y deber ciudadano para crear un dictamen que verdaderamente cumpla con las expectativas reales para combatir, prevenir, resolver, solidarizarnos de manera inmediata ante los riesgos y contingencias de desastres producidos por agentes perturbadores.

La propuesta de difundir en nuestro territorio nacional una adecuada, responsable y exhaustiva cultura de protección civil es obligación de todos y cada uno de nosotros. Pero el Estado deberá ser garante de que ésta se ejecute y se mantenga cabalmente.

Con nuestra ayuda podemos, de manera eficaz y eficiente, apoyar al Ejecutivo federal para que los ciudadanos estemos preparados para cualquier contingencia de esta índole. La protección civil es posible si se ejecuta con toda la actividad material e intelectual de la sociedad y operativizarla a través de la cultura política, educación, organización y la producción de los bienes que, aunque parezcan privados, su individualidad les transfiere un sentido público y colectivo.

México requiere de urgencia una cultura de independencia con claridad, solidaridad e inmediatez.

Por lo anteriormente expuesto, propongo que el Ejecutivo federal promueva y desarrolle en las escuelas, universidades, estados y municipios, comunidades rurales y zonas de riesgo producidas por agentes perturbadores, la cultura de protección civil.

Con el fin de dar cabal seguimiento a dicha actividad de promoción y desarrollo, deberá entregar, por conducto de la Secretaría de Gobernación, un informe trimestral a la Cámara de Diputados, en Comisiones Unidas de Seguridad y de Cultura, sobre el avance social y financiero de la actividad cultural y educacional de protección civil, haciendo ambas comisiones observaciones y recomendaciones.

También se busca que el Ejecutivo federal invierta en ciencia y tecnología para prevenir y combatir los agentes perturbadores, debiendo presentar ante la Cámara de Diputados por conducto de la Secretaría de Gobernación un informe financiero trimestral sobre el proyecto de inversión. Gracias por su atención. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito diputado federal Víctor Manuel Báez Ceja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona dos fracciones al artículo 4° de la Ley General de Protección Civil, en atención a la siguiente:

Exposición de Motivos

La protección civil ha tenido una evolución significativa nacional e internacionalmente, sus primeros orígenes fue en 1863, el propio Henry Dunant y cuatro personas más –hoy llamados el Comité de los Cinco– formaron el Comité Internacional de Socorro a los Militares Heridos, una organización creada para ayudar a los soldados heridos en el campo de batalla.

En 1864 el Consejo Federal Suizo efectuó una conferencia diplomática en Ginebra a la que acuden delegados plenipotenciarios de 16 países y en la que se redacta el “Convenio de Ginebra para mejorar la suerte que corren los militares heridos de los ejércitos en campaña”. Como emblema para garantizar la protección de las unidades dispuestas por las diferentes naciones para llevar a cabo esta misión, se optó por el signo heráldico de una cruz roja sobre fondo blanco, en homenaje a Suiza, país organizador de la conferencia (de cuya bandera nacional toma invertidos los colores).

Es en ese momento, el Comité de los Cinco cambia el nombre de Comité Internacional de Socorro a los Militares Heridos por el de Comité Internacional de la Cruz Roja.

Aunque esta organización se ocupaba también de los civiles afectados por las batallas, faltaba organizar oficialmente la ayuda tanto para los heridos en las batallas como para los dañados por las mismas.

El concepto de Protección Civil aparece de manera institucional el 12 de agosto de 1949, en el Protocolo 2, adicional al Tratado de Ginebra referido a la protección a las víctimas de los conflictos armados internacionales (experimentados después de las dos guerras mundiales) o en su caso, a la protección civil que se desprende de conflictos internos que generan violencia o delincuencia y hacen de los símbolos violentos, su propia codificación sistémica del delito.

Pero en términos generales, se entiende que la Protección Civil comprende la ejecución de una serie de tareas de orden social tales como: asistencia y seguimiento educativo escolarizado, evacuación, habilitación y organización de refugios, servicio de alarma, aplicación de medidas de oscurecimiento, salvamento, lucha contra incendios, señalización de áreas o zonas peligrosas, descontaminación, medidas de urgencia para el restablecimiento de los servicios públicos indispensables, servicios funerarios de urgencia; asistencia para la preservación de los bienes esenciales para la supervivencia, en fin, todas aquellas actividades necesarias para la satisfacción de las necesidades emergentes consideradas previamente en una política de protección civil a partir de la organización de la sociedad civil, la cual constituye el verdadero Sistema de Protección Civil y aunque el concepto de protección corresponde más a los Estados paternalistas surgidos de las dos posguerras.

Nuestro país padece alta vulnerabilidad ante fenómenos hidrometeorológicos: 17 entidades están ubicadas en zonas de peligro, donde vive casi la mitad de la población. Se ha registrado que de las pérdidas económicas por desastres, el 80 por ciento fueron causadas por lluvias torrenciales. El peor año fue 2007, en el que resultaron afectadas más de 250 mil viviendas y cinco mil 500 escuelas.

Con 2 millones de kilómetros cuadrados y 11 mil kilómetros de litorales, que integran nuestro territorio nacional, hemos sido el escenario de desastres naturales, aparejadas con sequías, inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, incluso pestes se han sucedido como:

• El primer aviso para México, de lo que 75 años después sería el mayor desastre que ha resentido nuestro país, un temblor de tierra de gran magnitud hizo cimbrar gran parte de nuestro territorio, el 7 de junio de 1911, cuya fuerza ocasionó la flexión de los rieles de tranvías eléctricos, derrumbes y cuarteaduras en diversas edificaciones de la ciudad.

• Pasaron casi 50 años, y el 28 de julio de 1957, se generó otro temblor, contando numerosos daños materiales y, lamentablemente, la pérdida de docenas de vidas humanas. Hasta ese momento había sido el más intenso y destructivo para las estructuras y obras civiles de la Ciudad de México. Conocido como el “temblor del Ángel”, por la caída del ángel de bronce que corona la Columna de la Independencia.

• Un terremoto de escala 8.1 se dejó sentir el 19 de septiembre de 1985 y una fuerte réplica el 20 de septiembre de ese mismo año. Los efectos sobre la ciudad fueron desastrosos.

• En el año de 1933 un huracán golpeó al puerto de Tampico ocasionando mil muertos.

• En septiembre de 1955, el huracán Hilda entra con furia en las inmediaciones del puerto de Tampico y provoca una de las peores inundaciones de que se tenga memoria. Las partes bajas de Tampico quedaron sepultadas bajo las aguas por varios días. Los efectos destructores del huracán se esparcieron por todo el altiplano.

• En el año de 1988, uno de los huracanes más violentos fue el Gilberto que asoló la península de Yucatán y la costa este de la costa mexicana del Golfo de México. En una trayectoria muy similar al huracán Hilda.

• El Xitle prácticamente desapareció una ciudad en lo que es hoy el Valle de México.

• En los años 20, diversos volcanes en México entraron en actividad, pero el que mantuvo el interés mundial y fue sujeto a todo tipo de investigaciones, fue el que nació en los años cuarenta en el estado de Michoacán en la población de Paricutín.

• El volcán Paricutín hizo erupción el 20 de febrero de 1943 y su actividad terminó el 4 de marzo de 1952. Uno de los eventos naturales derivados de la actividad volcánica que más se recuerdan en nuestro país.

• El volcán Chichonal inició su actividad en el mes de noviembre de 1981 lanzando 4 flujos de material piroplástico a una alta temperatura hacia las partes bajas del volcán alcanzando aproximadamente de 6 a 7 kilometros. Y con una altura aproximada de los 100 metros. Que pudo haberse desplazado a una velocidad de más de 50 metros por segundo. El daño causado a los seres humanos y a la naturaleza fue incalculable.

• En 1994, el Popocatépetl, el volcán apagado, entró en actividad. En el año 2000, comenzó a lanzar al aire grandes cenizas y rocas incandescentes.

• En 1999, 75 por ceinto de las pérdidas económicas por desastres fueron ocasionados por fenómenos hidrometeorológicos, y en 2007 ese porcentaje ascendió a 97.6 por ciento.

• En ciclones el mayor número de impacto sucedió en los años de 1995, 1997, 2002, 2003 y 2005. Esto muestra uno de los impactos esperados del calentamiento global, el cual provocará más fenómenos y, sobre todo, de mayor intensidad.

• El año 2007 marcó un hito en la historia de los desastres en México por la magnitud de las inundaciones en Tabasco (que afectaron a tres cuartas partes del estado), así como graves daños debido a los deslaves que bloquearon parcialmente el río Grijalva.

• Entre otros ...

Puede destacarse que 17 entidades federativas cuentan con zonas costeras donde en 2009 vivían 49 millones 197 mil 975 personas; las cinco entidades con mayor porcentaje de pobreza se encuentran entre ellos.

Hay una tendencia hacia el aumento en la incidencia de los fenómenos hidrometeorológicos y en la magnitud de los daños, y más aún si se prevén los riesgos debido al cambio climático.

En el 2007, murieron en el país 187 personas por sucesos hidrometeorológicos y dos millones 997 mil 258 personas resultaron damnificadas, principalmente en Tabasco, Chiapas, Veracruz, Hidalgo, Quintana Roo y Puebla.

Por otro lado, las pérdidas económicas ascendieron a 49 mil 147.5 millones de pesos. En esta cifra se consideran los gastos que representó la atención a heridos, desalojados y damnificados.

Respecto de los daños en infraestructura, el contabilizó que en 2007 se presentaron afectaciones en 225 mil 835 viviendas, en cinco mil 463 escuelas y en 529 hospitales. Por otra parte, la dependencia señala que en ese año, 18 mil 474 kilómetros de carretera y 723 mil 899 hectáreas de cultivo fueron afectados.

Es inminente el riesgo que enfrentamos por desastre y contingencias climatológicas, en el 2008, 307 municipios de 16 entidades federativas fueron declarados en desastre por la Secretaría de Gobernación y accedieron al Fonden. Así, en ese año, 212 municipios fueron declarados en desastre a causa de lluvias, 87 por inundaciones y 26 por ciclones.

En México se presenta un fenómeno cada vez más recurrente, producto del cambio climático, que son las heladas durante el verano, las cuales ocurren en el centro del país y en zonas altas, y son las que provocan mayores pérdidas económicas en Nuevo León, Zacatecas, Jalisco, Guanajuato y San Luis Potosí.

Finalmente, en nuestro país hay 21 entidades en las que año con año se presentan sistemas invernales, en los que cada vez se registran, en promedio, temperaturas más bajas, generando con ello importantes impactos en la salud y en las que las pérdidas económicas por ausentismo laboral ascienden a más de dos mil millones de pesos.

Y desafortunadamente nuestra sociedad mexicana no está preparada para afrontar con las medidas precautorias tal contingencia, me refiero a que carecemos de una cultura en protección civil, que debe iniciarse desde las escuelas de nuestros hijos, en los adolescentes, en las universidades, en las comunidades, etcétera.

Sin duda que la idea de la protección de la sociedad civil se suscita por la diversidad y multiplicidad del mobiliario urbano alcanzado con el desarrollo de la industria y el comercio. Su cometido, se inserta en la complejidad adquirida paulatinamente con el desarrollo de las ciudades que hacen de los bienes materiales su propia condición de existencia intervinculada con la actividad humana en el orden habitacional, productivo y comercial.

Ciertamente, las llamadas sociedades modernas tienen como destino la precondición humana de fijar toda su actividad en lo habitacional, productivo y comercial, en tanto, las relaciones humano-sociales se pierden, transfiguran o fracturan por la incapacidad del estado de establecer las conexiones pertinentes entre las instituciones y los individuos.

El Estado Mexicano debe ser garante de promover y difundir la cultura de protección civil en la sociedad; ¡debemos dejar de ser indiferentes!

Cuando se han presentado en nuestro país contingencias severamente graves se ha detectado la reproducción de la cultura del miedo, la inseguridad y deslealtad acompañadas de la necesidad del ejercicio simbólico del poder y la autoridad.

El intervínculo más complaciente entre las instituciones y la población se alcanza con la constante interacción fracturada por una ascendente brecha que cada vez rompe más el vinculo entre población e institución. Quizás por ello, este país mantiene un calendario de enfermedades crónicas que cada año aparecen con exactitud, mientras anualmente se repiten casi los mismos desastres provocados por humanos y llegado su momento, desastres provocados por fenómenos naturales.

Visto de esta manera, la reproducción de las condiciones que generan la subordinación pasa de su estado cultural a convertirse en modo y forma de vida, desde lo cual, por ejemplo, muy poco podría exigirse una cultura diferente de las familias de migrantes que únicamente se acomodan a recibir su depósito mensual.

En definitiva, la conceptualización de protección civil adquiere disímiles determinaciones filosóficas, técnicas, metodológicas y empíricas.

Conviene advertir que dicho paradigma debe ser producto de la contrastación permanente entre las adecuaciones sociales y las posibilidades político-administrativas de un Estado en permanente transformación, de hecho, la política de protección civil no puede ser generalizada a la diversidad social, su verdadera efectividad se alcanza a través de sus particularidades operativas, metodológicas y técnicas porque la razón del cometido de su funcionamiento reside en las singularidades de la población y en ella, la virtud de su participación.

Sin duda que dicha consideración exige el avance de todos los sectores, grupos etéreos a un estadio superior que posibilite la articulación armónica y funcional de toda la sociedad, suponer que el activismo sin fin y las soluciones temporales y eventuales constituyen el quehacer institucional de la Protección Civil entendida en todas sus formas, llevaría al más extremo empirismo cortoplacista, la inmediatez arbitraria y en consecuencia al burocratismo absoluto de instituciones y personas de carácter público y en consecuencia a la eterna condición de vivir en permanente emergencia.

Pero el asunto de la cultura definitivamente ha variado y no ha tenido la connotación adecuada o bien en la mayoría de nuestro territorio ni siquiera ha sido difundido de manera cotidiana.

Es decir, en la economía, modelos educativos, salud, diseño territorial urbano-rural, administración pública, relaciones de parentesco, lenguaje y todas las que refieren el involucramiento de la actividad humana intelectual o material, continúan expresando una cultura del sufrimiento, Por ejemplo, en lo político, social y económico, el individuo se muestra inseguro de tomar decisiones de trascendencia para su vida, prefiere que otro las tome por él debido a su temor al riesgo, entiende que si él hace lo que no debe hacer, otro hará lo que a él le corresponde hacer y que por tanto, se exime de responsabilidad.

En el caso de las instituciones, en la cultura de la dependencia, las catástrofes, calamidades o desastres naturales, generan de inmediato la reacción asistencial y los individuos que laboran en las instituciones tratan de alcanzar formas empáticas de lamento y compasión, que en buena medida, vienen acompañados de la deslealtad, desconfianza, utilización del hecho y la inseguridad.

Una cultura poblacional en tales condiciones, muy difícilmente logra transformar el concepto de protección civil porque depende predominantemente de la caridad, el asistencialismo y la condición de invalidez que no hace más que reproducir el círculo interminable del llanto y el lamento propio del sometimiento.

Contrariamente, la buena administración pública en gobiernos capaces, futuristas, responsables, eficientes con políticas públicas a largo plazo orientadas a la prevención de desastres sociales provocados por fenómenos naturales, la cultura de la dependencia se reduce hasta su extinción.

Desafortunadamente, en los países latinoamericanos, son muy pocos los gobiernos centrales que se aprestan a lograr dichos cometidos, y en algunos casos, cuando lo hacen, reciben muy poca colaboración de los gobiernos locales debido a su provincialismo y reproducción de modelos hacendarios. Sin duda que el crecimiento poblacional, el desarrollo tecnológico y las nuevas exigencias que todos los países tienen para no quedarse fuera del contexto internacional, complejiza aún más las formas que adquiere la protección civil. Sin embargo, el mismo sistema capitalista genera sus virus y antivirus.

El virus de vivir de la caridad internacional o nacional, del asistencialismo y la dependencia puede ser contrarrestado con los mismos cuerpos que genera el sistema expresado en el comercio y el mercado.

Resulta que el mismo concepto de mercado provee a la protección civil sus mismos instrumentos. Redes sociales, reciprocidad simbólica y material, logística operativa, seguimiento, evaluación, participación, actualización y ejecución de las acciones constituyen algunos de los elementos más importantes. Desde luego que para lograr dichas analogías se requiere de gobiernos locales con visión y proyecto de nación que superen el cortoplacismo, la inmediatez y el practicismo imbrico de la condición de sometimiento. En ello se observa la incapacidad de los gobiernos locales de ejercer el poder a través de la autoridad y en consecuencia, la confusión político-administrativa pertinente, de manera que su propio arcaísmo político se convierte en su principal ruptura institucional.

Compañeros legisladores, en las Comisiones de Gobernación y de Seguridad Pública de esta soberanía se está trabajando en reformar la Ley General de Protección Civil. Analizando tal propuesta de reforma, acudo a su buena voluntad política, pero principalmente a su conciencia y deber ciudadano, para crear un dictamen que verdaderamente cumpla con las expectativas reales para combatir, prevenir, resolver, solidarizarnos de manera inmediata los riesgos y contingencias de desastres producidos por agentes perturbadores.

La propuesta de difundir en nuestro territorio nacional una adecuada, responsable y exhaustiva cultura de protección civil es obligación de todos y cada uno de nosotros, pero el Estado deberá ser garante de que esta se ejecute y se mantenga cabalmente.

Con nuestra ayuda podemos de manera eficaz y eficiente apoyar al Ejecutivo federal para que los ciudadanos estemos preparados para cualquier contingencia de esta índole.

La protección civil es posible si se ejecuta con toda la actividad material e intelectual de la sociedad y operativizarla a través de la cultura, política, educación, organización y la producción de los bienes que aunque parezcan privados, su individualidad les transfiere un sentido público y colectivo.

México requiere en urgencia una cultura de independencia, con claridad y solidaridad, inmediatez.

Por ello, se propone que el Ejecutivo federal:

• Promueva y desarrolle ante las escuelas, universidades, estados, municipios y comunidades rurales y zonas de riesgo producidas por agentes perturbadores una cultura de protección civil.

• Y con el fin de dar cabal seguimiento a dicha actividad de promoción y desarrollo deberá entregar por conducto de la Secretaría de Gobernación un informe trimestral a la Cámara de Diputados, a las Comisiones Unidas de Seguridad y de Cultura, sobre el avance social y financiero de la actividad cultural y educacional de protección civil, haciendo ambas comisiones observaciones y recomendaciones.

• También se busca que el Ejecutivo federal invierta en ciencia y tecnología para prevenir y combatir los agentes perturbadores, debiendo presentar ante la Cámara de Diputados, por conducto de la Secretaría de Gobernación, un informe financiero trimestral sobre el proyecto de inversión.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a la consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de:

Decreto que adicionan las fracciones V y VI al artículo 4o. de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

I. a IV. ...

V. Promover y desarrollar ante las escuelas, universidades, estados, municipios y comunidades rurales y zonas de riesgo producidas por agentes perturbadores una cultura de protección civil. Deberá entregar por conducto de la Secretaría de Gobernación un informe trimestral a la Cámara de Diputados, a las Comisiones Unidas de Seguridad y de Cultura, sobre el avance social y financiero de la actividad de difusión, preparación cultural y educacional de protección civil, haciendo éstas observaciones y recomendaciones.

VI. Invertir en ciencia y tecnología para prevenir y combatir los agentes perturbadores, debiendo presentar ante la Cámara de Diputados por conducto de la Secretaría de Gobernación un informe financiero trimestral sobre el proyecto de inversión.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Ticas, Pedro, Revista Criminalística.com.mx/index.php/La página de criminalística de México, Antropología Forense, México, DF., 22 de noviembre de 2009.

2 ticas, Pedro, Antropología de la seguridad ciudadana, SEGOB, 1992. Pág. 13

3 Información proporcionada por Conagua.

4 Informe “Impactos socieconómicos de los desastres en México” del Cenapred,

5 Idem.

6 Ibídem.

7 Ticas, Pedro, La cultura de la esclavitud y su institucionalidad en países dependientes, Co-Latino, 6 febrero, 2008

8 Ticas, Pedro, Apuntes sobre institucionalidad, gobernabilidad y política: entre el poder y la autoridad, Co-Latino, 9 de diciembre de 2003. Pág. 19

9 Torres, N., Heinz vin Foerster, Principles of Self-Organization, Berlin, 1984. Pp.2-24

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veinticocho días del mes de septiembre del año dos mil diez.— Diputado Víctor Manuel Báez Ceja (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Gobernación.



LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos.

El diputado Alejandro del Mazo Maza:Con su permiso, señor presidente.

No más asentamientos humanos irregulares en zonas de riesgo. Necesitamos actuar y estar preparados porque los desastres naturales, consecuencia en gran parte del cambio climático, no van a disminuir; van a aumentar. Necesitamos actuar y estar preparados para reaccionar de manera efectiva en la labor de rescate y asignación de recursos.

Necesitamos actuar ya para dejar de ser una sociedad y un país reactivo y comenzar a ser preventivos. Si bien la necesidad de cualquier persona y familia de poseer un pedazo de tierra, un techo que les signifique un patrimonio, no es justo que esta necesidad se traduzca en un riesgo de perder todo, absolutamente todo, incluso y en muchos casos, hasta la vida.

La mirada de alguien que pierde su casa es muchas veces más fuerte que la mirada de alguien que pierde un ser amado. Pierden todo lo que han venido cuidando y cosechando desde distintas generaciones. Los recursos del Fonden son insuficientes para cubrir las distintas tragedias que hemos vivido. De hecho, en este ejercicio ya se acabaron los recursos desde mediados de este año a consecuencia de los daños causados por lluvias, huracanes, terremotos, como son el caso de Monterrey, el huracán Alex en julio de 2010. Dos mil 500 viviendas afectadas y daños de hasta por 7 mil 500 millones de pesos. Doce personas muertas y 3 desparecidos.

Deslizamientos en Oaxaca en septiembre de este año, 300 casas sepultadas, 11 muertos registrados. Sismo en Baja California de 7.2 grados en abril, 2 muertos y 100 heridos. Inundaciones en Tabasco, 132 mil afectados, más de 4 mil viviendas dañadas. Inundaciones en Chalco, febrero de 2010, 2 mil 500 viviendas afectadas por desbordamientos de aguas negras.

Tan sólo en 2009, por la falta de políticas públicas para prevención en México, se tuvieron pérdidas por 9 mil millones de dólares, resultado de desastres naturales, por mucho para este año se va a rebasar esta cifra. Los desastres históricos más costosos vienen desde 1985 hasta este año, sin embargo, en 2010 por mucho se van a rebasar todas estas cifras.

Debemos no sólo aumentar los recursos del Fonden sino también debemos aumentar los recursos del Fopreven, Fondo para Prevención de Desastres Naturales.

Estas reformas tienen como objetivo adicionar primeramente el concepto de zonas de riesgo y dar un marco legal en donde las autoridades promuevan medidas e información que mitiguen y eviten el uso de estas zonas para asentamientos humanos que pongan en peligro a la población y a la sociedad en general.

¿Cuánta gente ha perdido su hogar, su techo, el lugar más valioso que puede poseer una familia? ¿Cuántas vidas se han perdido? ¿Cuántos niños se han quedado huérfanos? ¿Cuánto le ha costado a la sociedad y al país? Y todo por la falta de planeación en los asentamientos humanos.

Ya basta de reaccionar. Necesitamos prevenir. Necesitamos salvar vidas. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos, a cargo del diputado Alejandro del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Alejandro del Mazo Maza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto, al artículo 71, fracción II y al artículo 73, fracción XXIX-C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como al artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto, en tenor de las siguientes

Antecedentes

Cerca de 75 por ciento de las personas que viven por debajo del umbral internacional de pobreza de 1,25 dólares diarios, residen y trabajan en el medio rural, 268 millones en África subsahariana, 223 millones en el este de Asia y el Pacífico y 394 millones en el sur de Asia. Incluso en países que están experimentando un rápido desarrollo económico como China, hay 175 millones de personas en las zonas rurales que viven por debajo de este umbral de pobreza. La pobreza rural, por tanto, caracteriza no sólo a los países menos adelantados de regiones como África subsahariana, sino también a zonas rurales más retrasadas de países con un rápido desarrollo.

En tales contextos, el riesgo de desastres va asociado a medios de vida incapaces de sostener los niveles mínimos de bienestar y que a menudo quedan expuestos y vulnerables incluso ante pequeñas variaciones en el clima. En las zonas rurales pobres, los impactos de los desastres se traducen en consecuencias sobre la pobreza tanto a corto como a largo plazo, las cuales a su vez aumentan la vulnerabilidad y reducen la resistencia ante posibles desastres futuros.

Las pérdidas por desastres afectan a un enorme número de personas en las zonas rurales pobres. Durante la sequía que afectó a África subsahariana entre 2001 y 2003, se calcula que unos 206 millones de personas, 32 por ciento de la población, sufrió desnutrición, es decir, poco menos del total de 268 millones de personas pobres del medio rural en esa región.

Las zonas rurales pobres, y más las que se encuentran en zonas remotas y aisladas, suelen caracterizarse por viviendas vulnerables, servicios de emergencia e infraestructuras deficientes o inexistentes (incluidos los servicios de salud y las organizaciones de preparación y respuesta ante desastres), así como por estar ubicadas en lugares aislados y remotos. Las zonas rurales pobres y densamente pobladas expuestas a ciclones tropicales, inundaciones y terremotos tienen por tanto un riesgo de mortalidad muy elevado.

En muchas zonas rurales de los países en desarrollo, los medios de vida siguen dependiendo en gran medida de la agricultura y los recursos naturales. Los medios de vida rurales agrarios se caracterizan generalmente por una agricultura de bajos insumos y escasa producción, a causa de un acceso limitado a los activos de producción como tierras, mano de obra, abonos, regadío, infraestructura y servicios financieros. Para aquellos hogares que carecen de los activos mínimos necesarios para llevar a cabo unos medios de vida sostenibles, el resultado es la pobreza.

Esta falta de acceso a los insumos necesarios hace que los hogares pobres recojan unas cosechas muy reducidas que proporcionan escasos ingresos y generan una inseguridad alimentaria crónica, con lo que muchas familias rurales quedan al borde del umbral de pobreza.

La pobreza económica en las zonas rurales suele verse apuntalada por una serie de factores adicionales, entre otros la falta de participación política, unos servicios de salud y enseñanza escasos o inexistentes, aislamiento o marginación por motivos geográficos, discriminación y exclusión por motivo de casta, raza, género o etnicidad, y emigración de los jóvenes hacia las ciudades. Estos factores a menudo influyen en el acceso a la infraestructura, la salud y la educación e inciden, ya sea de forma transversal o directa, en los derechos económicos. Esta pobreza económica y la ausencia de derechos refuerzan los demás factores de pobreza, que a su vez limitan aún más el acceso a los activos.

Los medios de vida en las zonas rurales se ven limitados, asimismo, por la falta de diversificación económica, unos mercados poco profundos y unos sistemas de intercambio débil y costoso.

Los productores rurales se ven por tanto expuestos a fluctuaciones de precios que responden a las variaciones locales en la producción; fluctuaciones que pueden reducir de forma drástica los ingresos de las cosechas y llevar a muchas personas a evitar el riesgo dedicándose a la agricultura de subsistencia en lugar de la agricultura de mercado. La fortaleza de los mercados suele guardar una relación inversa con su distancia de los centros urbanos. Las zonas rurales más aisladas tienen mayores probabilidades de disponer de mercados imperfectos, o incluso de carecer por completo de mercados, que otras zonas más cercanas a los centros urbanos, a menudo por falta de acceso a carreteras transitables. Por el contrario, las zonas rurales con fuertes vínculos urbanos tendrán mercados más profundos y un mayor intercambio de productos y servicios básicos, lo que redunda en mejores oportunidades de medios de vida.

Los medios de vida rurales también dependen del funcionamiento de los mercados nacionales y globales de productos agrarios. Algunos países abren sus mercados nacionales a los alimentos importados, para beneficiar a los consumidores urbanos con unos precios más bajos, mientras que otros protegen la producción nacional mediante aranceles a la importación.

Estas actuaciones afectan de manera distinta a los hogares rurales, dependiendo de si son productores o consumidores netos de alimentos. Los aranceles a las importaciones y los subsidios para la producción agraria en los países desarrollados tienen también un enorme impacto en los medios de vida rurales de los países en desarrollo.

En algunos países de América Latina, el acceso al crédito regulado es la mitad en zonas rurales que en zonas urbanas, mientras que en Pakistán y Camerún menos de un 5 por ciento de los préstamos obtenidos por los hogares pobres rurales proceden de prestamistas regulados. El endeudamiento perjudica aún más el acceso a los activos, arraigando la pobreza.

Los medios de vida agrarios son altamente sensibles a las variaciones meteorológicas ya de por sí relacionadas con la estacionalidad. Incluso una pequeña interrupción en las lluvias en una etapa clave del ciclo de crecimiento puede provocar pérdidas significativas en las cosechas. Las amenazas meteorológicas localizadas, como tormentas, heladas, inundaciones, olas de calor y de frío y pequeñas sequías, pueden echar a perder cosechas enteras. La producción agraria y la ganadería podrían quedar devastadas durante varios años en amplias zonas a causa de las sequías intensas.

Los hogares rurales pobres a menudo se encuentran desproporcionadamente expuestos a amenazas meteorológicas. Los patrones históricos de distribución y tenencia de la tierra tienden a discriminar en contra de las personas pobres y, como consecuencia de ello, puede que estas únicamente tengan acceso a tierras marginales y poco productivas, a menudo en áreas propensas a las inundaciones, en zonas con lluvias erráticas o poco copiosas, o de suelos degradados. Los patrones de distribución de las tierras rurales siguen siendo poco equitativos en muchas regiones, especialmente en América Latina. Paralelamente, los hogares rurales pobres son más vulnerables.

Los hogares pobres y endeudados tienen escasa o nula capacidad de excedente para absorber y recuperarse de una caída en los ingresos por la pérdida de cultivos o ganado. Por tanto, su resistencia ante las irregularidades en el tiempo o el impacto de amenazas, por pequeños que sean, es muy reducida. Una mínima disminución en los ingresos puede resultar devastadora y desencadenar una serie de consecuencias que arraigan aún más la pobreza y la vulnerabilidad futura, por falta de reservas de activos, ausencia de otras oportunidades de generación de ingresos y carencia de redes económicas y sociales de protección.

Incluso en años de lluvias abundantes, la estación anual de hambre en las zonas rurales puede prolongarse durante varios meses, con precios elevados de alimentos, hambruna, desnutrición y enfermedades debilitantes como la diarrea y el paludismo. Las oportunidades de empleo son escasas: en su mayor parte como mano de obra agraria escasamente remunerada. Además, esas oportunidades de empleo únicamente pueden ser aprovechadas a costa de la explotación familiar propia, desencadenando así un nuevo ciclo de pobreza, con cosechas poco productivas, trabajo en las explotaciones de vecinos para conseguir alimentos y déficit de producción en años futuros.

Las estrategias de medios de vida orientadas a minimizar los riesgos incluyen diversificación de medios de vida para distribuir el riesgo, agricultura en distintos nichos ecológicos y creación de redes sociales para generar reservas frente a los riesgos. Sin embargo, muchas de estas estrategias son meras respuestas de corto plazo a la pobreza y la inseguridad alimentaria que pueden incluso exacerbar y aumentar la pobreza y limitar el desarrollo humano a largo plazo.

Las estrategias de afrontamiento a nivel comunitario y de hogares se apoyan cada vez más en ingresos no agrarios. En la actualidad, las actividades no agrarias representan 42 por ciento de los ingresos de hogares rurales y proporcionan empleo a cerca de un tercio de la mano de obra rural en los países en desarrollo. Entre las fuentes de ingresos no agrarios se encuentran la transformación de productos agrarios, la fabricación en otros sectores, el comercio y el transporte, la construcción, los servicios financieros y personales y las remesas. Estas últimas representan ya una proporción considerable de la renta no agraria de muchos países.

Exposición de Motivos

La elevada vulnerabilidad estructural de viviendas, escuelas, infraestructuras y demás activos en las zonas rurales pobres expuestas a inundaciones, ciclones tropicales y terremotos es consecuencia directa de la pobreza rural. Las viviendas rurales suelen construirse con materiales y mano de obra local, empleando técnicas de construcción no resistentes a las amenazas, aspecto este último de importancia crucial.

El aislamiento de muchas zonas rurales pobres, unido a la falta de inversión pública en infraestructuras como carreteras e instalaciones escolares y de salud, o en capacitación para la preparación y respuesta ante desastres, incrementan aún más el riesgo de mortalidad y para los activos, por ejemplo, el riesgo de mortalidad ante inundaciones es mayor en las zonas rurales aisladas de los países pobres.

El alto riesgo de mortalidad en estas zonas es consecuencia directa de la falta de desarrollo. En términos económicos, las pérdidas de activos en las zonas rurales pueden ser mínimas, precisamente por el escaso valor monetario y la escasez de los activos rurales y por la falta de inversión en infraestructura y servicios. La reposición de activos, incluso de las propias viviendas, puede resultar más fácil que en zonas urbanas, por el hecho de que pocos de los insumos requeridos son monetarios.

No obstante, la aparente rapidez en la recuperación resulta engañosa. Una elevada tasa de mortalidad y un gran número de personas heridas, junto con la pérdida de ganado y activos personales, pueden destrozar los medios de vida rurales, arraigando la pobreza y creando una mayor vulnerabilidad frente a fenómenos meteorológicos cada vez más frecuentes.

Las personas, la pobreza y el riesgo de desastres se concentran cada vez más en las ciudades. En 2008 más de la mitad de la población mundial vivía ya en zonas urbanas. Desde 1950, la población urbana de países de ingresos medianos y bajos se ha multiplicado por siete.

Se estima que para finales de 2010 73 por ciento de la población urbana del mundo y la mayoría de las ciudades más grandes estarán en países de ingresos medianos y bajos.

En Asia, 43 por ciento de la población (1770 millones de personas) vivirá en las ciudades; en América Latina y el Caribe esta cifra ascenderá a 79,4 por ciento (471 millones de personas), y en África será de 40 por ciento (412 millones de personas). Casi la totalidad del crecimiento demográfico hasta el 2025 se producirá en las zonas urbanas de estas regiones. La manera en que se gestione este enorme y rápido incremento de la población urbana tendrá serias repercusiones para la reducción del riesgo de desastres.

En el año 2000, se estimó que había unos 258 millones de personas pobres que vivían en ciudades. A medida que la pobreza se urbaniza, la estructura de los ingresos y el consumo familiar cambia de forma dramática. Aumenta la parte de los ingresos dedicados a vivienda, agua, saneamiento, atención sanitaria, educación y transporte.

La pobreza engloba a todas aquellas personas que carecen de ingresos suficientes para cubrir las necesidades básicas y que viven en la indigencia o hacinadas en viviendas de baja calidad, en su mayoría ilegales, la cifra de personas pobres que vivían en ciudades en el año 2000 se aproximaría más a los 900 millones. Según el mismo criterio, al menos 900 millones de personas del medio urbano carecen de protección frente a enfermedades y lesiones comunes que suponen una amenaza para la vida y para la salud.

Las personas pobres del medio urbano se vuelvan propensas al riesgo de desastres, por la expansión hacia afuera del desarrollo urbano y económico genera nuevos patrones de riesgo extensivo, asociados principalmente con inundaciones y demás amenazas meteorológicas que afectan a los asentamientos informales ubicados en la periferia de las grandes ciudades o en el centro de ciudades de pequeño o mediano tamaño.

Paralelamente, a medida que las ciudades crecen y se desa-rrollan hay una concentración o intensificación del riesgo de desastres hacia adentro, concentración relacionada principalmente con terremotos, ciclones tropicales, inundaciones y otras amenazas graves, que provocan pérdidas de activos a gran escala y una elevada tasa de mortalidad entre las personas pobres urbanas. En ambos procesos, los daños y las pérdidas de activos (como viviendas e infraestructuras locales) tienen un impacto negativo en las personas urbanas pobres. Para muchos hogares pobres las viviendas representan no sólo la puesta en común de los ahorros de varias generaciones, sino también una base a partir de la cual de-sarrollar las actividades de medios de vida.

La deficiente gobernanza urbana y local en muchos contextos de rápida urbanización es el factor de riesgo subyacente que configura estos dos procesos, esto influye no sólo en cómo y dónde se desarrollan las ciudades, sino también en si las personas pobres que viven en las ciudades tienen acceso a terrenos seguros y viviendas, y a la infraestructura y servicios básicos necesarios para vivir con seguridad.

La urbanización, entendida como la proporción creciente de la población de un país que vive en centros urbanos, está fuertemente ligada al crecimiento económico. En 1940 más de la mitad del PIB mundial se generaba a través de la industria y los servicios. En la actualidad esta cifra es del 97 por ciento.

En 1980, más de la mitad de la mano de obra global trabajaba en industria y servicios; esta cifra alcanza hoy el 65 por ciento. Los países con las economías más ricas están todos altamente urbanizados. Salvo que ya sean predominantemente urbanos, los países cuyas economías crecen con mayor rapidez experimentan también la urbanización más rápida. Aquellos cuyas economías se encuentran estancadas son, por lo general, los que exhiben menor grado de urbanización.

La ubicación de las grandes ciudades y el mayor crecimiento urbano también sigue una lógica económica: a nivel mundial y en cada uno de los continentes, las ciudades más grandes se concentran, la mayoría, en las economías más fuertes.

Las ciudades de países de ingresos medianos y bajos concentran una gran proporción de la pobreza urbana global, puesto que su base económica no genera el empleo y los medios de vida suficientes para sostener una población en rápido crecimiento. No existen datos exactos sobre pobreza urbana, ya que son muchos los aspectos que no se miden. La mayoría de los hogares urbanos pobres obtienen la totalidad, o la práctica totalidad, de sus ingresos del trabajo en la economía informal, por lo que no hay datos sobre ingresos. Los umbrales de pobreza se fijan en muchos casos sin tener en cuenta el coste de los artículos básicos no alimentarios. De tenerse en cuenta el costo de esos artículos básicos no alimentarios, entre un 35 por ciento y un 60 por ciento de la población urbana en países de ingresos medianos y bajos se encontrarían por debajo del umbral de pobreza.

Las ciudades de los países de ingresos altos suelen mostrar una esperanza de vida de entre 75 y 85 años, una tasa de mortalidad en niños menores de cinco años inferior a 10 por cada 1000 nacimientos vivos, ausencia de asentamientos informales y prácticamente 100 por ciento de cobertura en cuanto a servicios de agua, saneamiento y salud.

La pobreza urbana va asociada a toda una serie de riesgos cotidianos, entre otros incendios en el hogar, accidentes de tráfico, contaminación y accidentes laborales y domésticos. Estas pérdidas a su vez exacerban la pobreza y reducen la resistencia ante el riesgo de desastres.

Los asentamientos informales, las viviendas inadecuadas, la ausencia de servicios y la mala salud son reflejo de la pobreza. Pero son reflejo también de las deficiencias en la planificación y la gestión del crecimiento urbano. La concentración del capital privado y de las oportunidades económicas en una ciudad no genera por sí misma los medios institucionales necesarios para garantizar que la disponibilidad de terrenos para viviendas, de infraestructuras y de servicios se mantenga a la par del crecimiento urbano; ni genera tampoco el marco normativo necesario para garantizar una gestión adecuada de los riesgos medioambientales, laborales y naturales creados por el crecimiento urbano.

En los países pobres suele darse un desequilibrio entre los factores económicos de la expansión urbana y los mecanismos institucionales necesarios para gestionar o gobernar las repercusiones directas o indirectas de esa concentración. Ese desequilibrio puede verse exacerbado en algunas ciudades por la ausencia de una verdadera voluntad, tanto del gobierno de la nación como de las autoridades locales, de trabajar por los sectores más pobres de la población urbana, y por corregir la relativa falta de voz de las personas pobres de las ciudades, incluidas aquellas que se encuentran en situación de riesgo.

Muchas de las ciudades propensas a desastres ubicadas en países ricos como Japón o Estados Unidos de América han sido capaces de crecer y adaptarse sin que se dispare el riesgo de desastres. Las poblaciones urbanas de los países de ingresos altos dan por descontada la existencia de una red de instituciones, infraestructuras, servicios y normativas de protección frente a posibles amenazas.

En cambio, son muy pocos los centros urbanos de países de ingresos medianos y bajos que tienen esas capacidades, aunque las diferencias de una ciudad a otra son enormes. En tales países, la aplicación de normativas de ordenamiento y demarcación urbana, la existencia de infraestructuras y la prestación de servicios como los de recogida de basuras o de respuestas de emergencia suelen quedar limitadas a las zonas más ricas y debidamente reguladas de las ciudades.

Además, el apoyo de respuesta y recuperación ante desastres para la población urbana pobre suele ser muy limitado y en ocasiones incluso servir de desincentivo para la recuperación de sus tierras y la reconstrucción de sus hogares y sus medios de vida.

Como consecuencia de todo ello, la expansión urbana a menudo se desarrolla al margen del marco legal de códigos de construcción y normativa sobre ordenación de la tierra, sin transacciones catastrales debidamente registradas y autorizadas.

Los patrones de titularidad de la tierra y la carencia de políticas públicas sobre acceso a la tierra o a la vivienda en muchas ciudades significan que la única manera de absorber grandes crecimientos demográficos es a través del crecimiento no controlado de asentamientos informales. Resulta inevitable, pues, que las personas con menor poder adquisitivo y menos influencia política tengan que ocupar tierras o viviendas que nadie más quiere utilizar.

Las actuaciones comunitarias y de las propias familias pueden ayudar a reducir el riesgo de desastres en las zonas urbanas, pero hay límites a lo que se puede conseguir sin apoyo del gobierno y sin un marco de infraestructuras y servicios en el que integrar las aportaciones de la comunidad. Muchos de los factores subyacentes, como la tenencia de la tierra y la situación legal de los asentamientos no regulados, son estructurales y no pueden ser abordados fácilmente a través de iniciativas comunitarias locales. Sin ayuda adicional la acción comunitaria no puede financiar y construir infraestructuras básicas, abordar los factores ajenos a sus comunidades que influyen en las inundaciones, dotar a hospitales de recursos materiales y humanos etcétera.

La traducción de la pobreza urbana en riesgo de desastres va ligada por tanto a la calidad de la gobernabilidad, los riesgos con que han de enfrentarse las personas pobres de las zonas urbanas muchas veces han sido creados y amplificados por una gobernanza deficiente.

Un buen gobierno con visión urbana competente, eficaz y con responsabilidad, transparencia, y relaciones de trabajo con la sociedad civil, es el factor más importante capaz de limitar, reducir o romper la relación entre pobreza y riesgo de desastres en las ciudades. El riesgo extensivo en las zonas urbanas va estrechamente ligado al impacto de inundaciones, incendios y deslizamientos de tierra localizados en asentamientos informales.

La evolución de los patrones de riesgo extensivo calca la del desarrollo urbano y de la ocupación territorial, y va asociada a la exposición cada vez mayor de las poblaciones urbanas pobres a amenazas, a la vulnerabilidad de viviendas e infraestructuras locales y a una falta de inversión crónica en infraestructuras, como por ejemplo sistemas de alcantarillado, por parte de las autoridades municipales.

En la mayoría de las ciudades, el riesgo extensivo de desastres se ve configurado por el hecho de que una parte significativa de la población vive en asentamientos no regulados emplazados en ubicaciones precarias, sin infraestructuras ni servicios. Entre tales ubicaciones se encuentran laderas pronunciadas propensas a deslizamientos de tierra, barrancos y laderas de ríos expuestos a la erosión, zonas de deficiente drenaje expuestas a las inundaciones, o vertederos y otros terrenos reclamados con un elevado índice de riesgo sísmico. Existen asentamientos informales en laderas pronunciadas propensas a deslizamientos en nuestro país, de igual forma otras ciudades como Río de Janeiro (Brasil), La Paz (Bolivia) y Caracas (Venezuela); en barrancos en Ciudad de Guatemala; en tierras susceptibles a inundaciones, ya sea por lluvias o mareas, en Guayaquil (Ecuador), Recife (Brasil), Monrovia (Liberia), y otras muchas.

Los asentamientos informales, y en ocasiones también los barrios de viviendas sociales para personas de bajos ingresos, se construyen en estas ubicaciones al considerarse ina-decuadas para el desarrollo residencial o comercial, y también porque las autoridades municipales han demostrado, en muchas ocasiones, ser incapaces de satisfacer las necesidades en cuanto a terrenos de las poblaciones urbanas pobres. Dado que la mayoría de los asentamientos informales aparecen de manera ilegal, suelen tener graves deficiencias en cuanto a dotación de infraestructuras y servicios.

Las personas que ocupan estos terrenos y construyen ahí sus viviendas tienen menores probabilidades de ser desalojadas por su proximidad a las oportunidades de generación de ingresos.

El acceso a empleos, mercados, transporte y oportunidades económicas suele ser un factor clave para las personas pobres a la hora de elegir dónde vivir en una ciudad. El hecho de tener que afrontar inundaciones periódicas puede considerarse un mal menor si con ello se consigue incrementar la seguridad de medios de vida.

Este tipo de desarrollo urbano amplifica además los niveles de amenaza. En muchas zonas urbanas, las inundaciones son consecuencia de una mayor deforestación provocada por la urbanización de zonas verdes, falta de inversión en un alcantarillado adecuado para evacuar el exceso de agua, y urbanización de los canales naturales de drenaje o llanuras aluviales que deberían encargarse de disipar las aguas.

Estos factores a menudo se ven exacerbados por la falta de mantenimiento de los canales de desagüe existentes o su obstrucción con basura. Dado que los asentamientos informales suelen ubicarse en áreas de escasa elevación con pocas posibilidades para el drenaje natural y donde la inversión en infraestructura es menor, no sorprende que el creciente riesgo por inundaciones afecte mayormente a las personas pobres del medio urbano.

Muchos asentamientos informales ocupan laderas pronunciadas, lo que provoca la inestabilidad de las mismas y aumenta el riesgo de deslizamientos y desprendimientos. La urbanización de vertederos o zonas pantanosas en lugares propensos a los terremotos conlleva enormes riesgos. Los barrios marginales con elevada densidad de viviendas de madera o paja tienen un alto riesgo de incendios. La pérdida de ecosistemas de manglares en las periferias urbanas exacerba la erosión en el litoral y aumenta la exposición ante marejadas de tormentas.

El parque inmobiliario de los asentamientos informales suele ser muy vulnerable a las amenazas. Las viviendas se construyen y modifican de manera informal e ilegal, y por tanto sin aplicar normas para unas construcciones resistentes a las amenazas, caso de existir tales normas. La ausencia de títulos de propiedad significa que las familias carecen tanto de interés por mejorar la calidad de las viviendas, debido al riesgo de desalojo, como de acceso a préstamos o ayudas técnicas para ello. Cuando se consiguen escrituras legales, lo habitual es añadir más plantas a los edificios, sin tener en cuenta la capacidad de carga de paredes y cimientos. Las viviendas con estructuras débiles y una construcción deficiente son muy vulnerables ante terremotos, ciclones tropicales e inundaciones, con lo que se incrementa aún más la propensión de las poblaciones urbanas pobres a sufrir pérdidas.

La elevada vulnerabilidad de las viviendas suele extenderse también a la infraestructura y los servicios básicos. Con frecuencia, el desarrollo de infraestructura y la prestación de servicios, entre ellos los de emergencia, olvidan o discriminan a los asentamientos informales por motivos legales o de otra índole.

La mayoría de los servicios prestados (como abastecimiento de agua, saneamiento, atención sanitaria, gestión de residuos sólidos y a veces incluso la enseñanza) son por tanto privados, urbanas no regulados y de escasa calidad o cobertura. Gran parte de la actividad económica urbana, así como de los medios de vida que sostiene, quedan también al margen de la economía formal regulada.

El riesgo extensivo caracteriza zonas ubicadas en y alrededor de grandes ciudades y pequeños centros urbanos en las que suelen asentarse la población más pobre.

Pero el riesgo intensivo muchas veces afecta a ciudades enteras, o a extensas zonas de una misma ciudad, por ejemplo cuando éstas se desarrollan y crecen a lo largo de fallas sísmicas, en las cercanías de volcanes activos o en litorales expuestos a ciclones tropicales, inundaciones costeras o tsunamis.

El crecimiento urbano en ubicaciones precarias incrementa la intensidad del riesgo. Dado que una proporción considerable de la población y del PIB de cada país se encuentra concentrada muchas veces en una o dos ciudades de gran extensión, el riesgo intensivo puede tener un impacto no sólo local, sino también nacional. Si la ciudad juega además un papel importante en los flujos económicos globales, el riesgo intensivo puede tener repercusiones incluso a nivel internacional.

La interrupción de los servicios básicos como agua, alcantarillado, electricidad y transporte público, así como el derrumbamiento de hospitales, escuelas y edificios públicos. No obstante, la destrucción de las viviendas y el índice de mortalidad suelen concentrarse en las mismas zonas pobres con manifestaciones de riesgo extensivo. De igual modo, la interrupción o colapso de las actividades económicas tiene un mayor impacto en las economías de las personas urbanas pobres que en los hogares más acaudalados que disponen de reservas económicas.

Las pérdidas sufridas por los hogares urbanos pobres, como manifestaciones de riesgos extensivos e intensivos, hacen que aumente la pobreza. La vivienda es muchas veces el principal activo económico de los hogares urbanos pobres, ya que aporta no sólo refugio y seguridad personal, sino también sus medios de vida. Los daños a la vivienda, o la pérdida de la misma junto a otras pertenencias domésticas esenciales, someten por tanto la economía familiar a una enorme presión en vista del elevado costo monetario de reponer los activos perdidos en relación a unos ingresos bajos e irregulares y la ausencia de seguros o redes de protección.

Los estudios que miden el impacto de las manifestaciones del riesgo intensivo suelen centrarse en los impactos macroeconómicos y las pérdidas acumuladas, por lo que resulta difícil identificar el impacto en las personas pobres urbanas. El aparentemente escaso valor económico de los activos perdidos en los asentamientos informales es reflejo de las deficiencias en la vivienda, las infraestructuras y servicios y hace que se subestime el impacto en los hogares pobres. Además, muchas de las pérdidas son cualitativas y difíciles de medir, como por ejemplo los días escolares o de trabajo perdidos y las interrupciones en las actividades informales de generación de ingresos. Sin embargo, las pruebas empíricas sobre los impactos de desastres en las zonas urbanas demostraron que las consecuencias de estas pérdidas fueron el incremento de la pobreza en varios países.

Dentro de las zonas urbanas pobres las mujeres suelen ser especialmente vulnerables como consecuencia de una serie de desigualdades relacionadas con el género que inciden en el acceso a ingresos, a la tenencia de la tierra y a los servicios. Gran parte de los ingresos generados por las mujeres proceden de actividades realizadas en el hogar, y por tanto son las más afectadas en caso de daño o destrucción de las viviendas y los barrios. Las desigualdades de género existentes también se manifiestan muchas veces en la diferencia de acceso a los recursos y servicios disponibles para apoyar la recuperación y la reconstrucción. Rara vez se abordan adecuadamente las necesidades y prioridades de mujeres y niños en la aportación de alojamiento temporal a raíz de un desastre.

Consideraciones

En México la puesta en práctica de las acciones de protección civil, políticas de prevención y mitigación del impacto de los desastres, es contar con un diagnóstico de riesgos, es decir, conocer las características de los eventos que pueden tener consecuencias desastrosas y determinar la forma en que estos eventos inciden en los asentamientos humanos, en la infraestructura y en el entorno. Una manera efectiva para integrar esta información y hacerla disponible a un amplio número de usuarios, es a través de un Atlas. La cartografía digital y los sistemas informáticos modernos ofrecen una herramienta de gran utilidad para la representación de peligros y riesgos a diferentes escalas y detalles, así como la generación de diferentes escenarios a través de modelos y simulaciones.

De acuerdo con la “Ley General de Protección Civil” en su artículo 12, fracción XVII, es atribución de la Secretaría de Gobernación “desarrollar y actualizar el Atlas Nacional de Riesgos”. Para tal efecto, el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred), como apoyo técnico del Sistema Nacional de Protección Civil, se ha dado a la tarea de emprender el desarrollo del mismo.

El reto que se ha establecido es la integración de un sistema de información sobre el riesgo de desastres detallado a nivel municipal y de comunidades en zonas de riesgo. La integración de este Atlas Nacional de Riesgos (ANR), demandará un enorme esfuerzo de investigación, recopilación de datos, trabajo de campo, y sobre todo de coordinación multi-institucional, siendo indispensable la participación de los tres niveles de gobierno, las autoridades de protección civil, organizaciones públicas y privadas, así como la población en general.

El ANR será consistente con los atlas estatales y municipales de riesgos y cuenta con diagnósticos a nivel local, partiendo de criterios homogéneos y siguiendo una metodología común. Es por esta razón que el Cenapred ha encaminado sus esfuerzos para proponer lineamientos generales y criterios uniformes para identificar y cuantificar los peligros, establecer las funciones de vulnerabilidad y estimar el grado de exposición.

Los antecedentes del Atlas Nacional de Riesgos se remontan a 1991, cuando la Secretaría de Gobernación publicó una primer versión general del “Atlas Nacional de Riesgos” y más recientemente el “Diagnóstico de Peligros e Identificación de Riesgos de Desastres en la República Mexicana” elaborado por el Cenapred en 2001. En los últimos años, varias entidades federativas han elaborado sus respectivos atlas y otras se encuentran desarrollándolos.

Las herramientas actuales para el manejo de información, así como los avances logrados en la identificación del peligro y el desarrollo de modelos para su representación, han permitido cambiar el enfoque tradicional de un atlas de riesgos, de ser una colección de mapas, a un sistema integral de información que permita evaluar el riesgo de desastres a diferentes niveles y escalas, que permita la realización de simulaciones y escenarios, y muy importante, que pueda ser actualizado fácilmente y se mantenga vigente.

México se encuentra situado en una región afectada por diversos fenómenos naturales y generados por el hombre, que anualmente causan daños, pérdidas económicas y lamentablemente pérdida de vidas humanas.

El país se encuentra situado en una zona de alta actividad sísmica y volcánica provocada por el movimiento de 5 placas tectónicas. Es por ello que dos terceras partes del territorio se encuentran en zonas de alto y muy alto peligro sísmico. Asímismo del gran número de volcanes que existen, 14 de ellos se les consideran activos ya que han tenido actividad eruptiva en tiempos históricos.

La ubicación del país y sus características geográficas favorecen también la presencia de fenómenos hidrometeorológicos, como los 25 huracanes que en promedio se generan anualmente afectando principalmente las zonas costeras en ambos litorales. Asociadas a estos fenómenos también se presentan lluvias torrenciales que provocan inundaciones y deslaves. Por el contrario, algunas regiones del país se ven afectadas por escasez de agua durante tiempos prolongados dando lugar a sequías. Algunas otras regiones se ven afectadas por sistemas invernales. Adicionalmente existen fenómenos como los incendios forestales, marea roja, y las actividades humanas relacionadas con la industria y el manejo de materiales peligrosos, que igualmente afectan año con año al país.

El riesgo depende de las condiciones específicas de un sitio en estudio, según su ubicación, y de los fenómenos que pueden manifestarse con mayor o menor intensidad. Asimismo, las condiciones de vulnerabilidad de los sistemas expuestos de una región condicionan los niveles de riesgo a que está sometida. Por ello el primer paso para la construcción de un atlas de riesgos es la identificación de los fenómenos que han afectado y por lo tanto podrán afectar un área geográfica.

En México, el Sistema Nacional de Protección Civil reconoce, de acuerdo con su origen, los siguientes agentes perturbadores:

• Fenómenos Geológicos;

• Fenómenos Hidrometeorológicos;

• Fenómenos Físico-Químicos;

• Fenómenos Sanitario-Ambientales;

• Fenómenos Socio-Organizativos.

Fenómenos Geológicos

Los fenómenos geológicos son aquellos eventos producidos por las acciones y movimientos violentos de la corteza terrestre, dando como resultado sismos, erupciones volcánicas, maremotos (tsunamis), inestabilidad de laderas, deslizamientos y colapso de suelo, así como hundimientos y agrietamientos locales y regionales. En el siglo pasado ocurrieron 71 grandes sismos, que en la mayoría de los casos produjeron daños y víctimas. La tercera parte de la población vive en zonas de muy alto y alto peligro sísmico, incluyendo los estados de mayor índice de marginación (Guerrero, Oaxaca y Chiapas).

Con respecto al peligro volcánico, la tasa de erupción media durante los últimos 500 años ha sido de 15 erupciones por siglo. La inestabilidad de laderas naturales y la ocurrencia de flujos de lodo y escombros, hundimiento regional y local pueden afectar prácticamente todo el territorio nacional.

Las condiciones en las laderas se agravan por la deforestación, intemperismo, erosión y por la alteración de las condiciones de drenaje y de equilibrio originales. El riesgo y consecuencias se ven incrementadas por la presencia de asentamientos humanos irregulares. Los daños generados por fenómenos geológicos en el periodo de 1980-1999 ascendieron a 4,560 millones de dólares y 6,097 muertos.

Fenómenos Hidrometeorológicos

Los fenómenos hidrometeorológicos son aquellos eventos producidos por las acciones atmosféricas dando como resultado, ciclones tropicales, inundaciones, nevadas, granizadas, sequías, lluvias torrenciales con sus consecuentes inundaciones y deslaves, temperaturas extremas, tormentas eléctricas, mareas de tempestad e inversiones térmicas.

Las fuertes precipitaciones pluviales pueden generar intensas corrientes de agua en ríos y flujos con sedimentos en las laderas de las montañas que han destruido infraestructura económica y social como viviendas, hospitales, escuelas y vías de transporte.

Las granizadas producen afectaciones en las zonas de cultivo, obstrucciones del drenaje y daños a estructuras en las zonas urbanas. Las sequías provocan fuertes pérdidas económicas a la ganadería y la agricultura por periodos de meses o años.

Fenómenos Físico-Químicos

En este grupo se incluyen los incendios, explosiones, envenenamientos por fugas de sustancias peligrosas y daños causados por radiaciones.

El manejo de sustancias químicas peligrosas se presenta con poca frecuencia; sin embargo, el costo social, ambiental y económico es elevado. La principal herramienta para combatir estos accidentes es la prevención y el primer paso es la adecuada identificación de los peligros asociados al almacenamiento, transporte y distribución de las sustancias y materiales peligrosos.

En las últimas décadas en México ha habido un proceso de aumento de la población en zonas urbanas con muy poca planeación, respeto a las regulaciones sobre uso de suelo o zonas de reserva ecológica, y menos hacia las zonas vulnerables a ciertos fenómenos naturales y antropogénicos.

La actividad productiva en las diferentes instalaciones industriales generalmente implica el manejo y almacenamiento de sustancias químicas, así como su transporte por las vías de comunicación o mediante tuberías. Muchas de estas sustancias son peligrosas debido a sus propiedades de toxicidad, inflamabilidad, explosividad, reactividad y corrosividad.

Dichas sustancias son clasificadas como peligrosas por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social para los centros de trabajo de acuerdo con la NOM-018-STPS-2000 Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas, por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de acuerdo al Reglamento para el Transporte Terrestre de Sustancias y Materiales Peligrosos y la NOM-002-SCT-2003 Listado de sustancias y materiales más usualmente transportados; y por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales de acuerdo al primero y segundo listados de actividades altamente riesgosas, y en el caso de los residuos peligrosos la NOM-052-ECOL-1993 Características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

Los accidentes relacionados con sustancias químicas pueden presentarse por diversas causas, entre las que se incluyen: fenómenos naturales (sismos, huracanes, inundación, erupción volcánica, etcétera.), fallas operativas en los procesos industriales, fallas mecánicas, errores humanos y causas premeditadas.

En el manejo y transporte de sustancias químicas pueden presentarse como consecuencia de un accidente, los siguientes eventos:

• Liberación a la atmósfera de gases tóxicos o corrosivos, aerosoles o partículas.

• Liberación de líquidos o sólidos peligrosos.

• Incendios o explosiones.

De manera general los accidentes pueden provocar daños al ambiente, a las propiedades y a la salud de los trabajadores o a las personas que habitan en los alrededores de las industrias, de las vías de comunicación o de los ductos.

Los accidentes con sustancias químicas pueden tener efectos negativos sobre:

• La salud de la población a corto y a largo plazo, por ejemplo: irritación de ojos y piel, tracto respiratorio, nausea, vómito, daño renal, hepático, gastrointestinal, respiratorio o neurológico.

• El ambiente: contaminación del suelo, aire y agua (superficial y subterránea).

• Las construcciones: daño a maquinaria y equipos, instrumentos, instalaciones industriales, casas y comercios.

• La economía: suspensión de actividades productivas, pérdida de empleos, gastos de reconstrucción de viviendas y servicios públicos, así como gastos de auxilio a la población afectada.

Fenómenos Sanitario–Ambientales

Son todos aquellos que afectan a la salud de una masa poblacional, como son el caso de las epidemias como el cólera, sarampión o SIDA, de plagas como las cucarachas, ratas, abejas africanizadas, etcétera. En este grupo se destaca la basura, la cual además de alimentar a las plagas, se convierte en focos de infección, a este grupo también pertenecen las lluvias ácidas.

Agente perturbador de origen sanitario: calamidad que se genera por la acción patógena de agentes biológicos que atacan a la población, a los animales y a las cosechas, causando su muerte o la alteración de su salud. Las epidemias o plagas constituyen un desastre sanitario en el sentido estricto del término. En esta clasificación también se ubica la contaminación del aire, agua, suelo y alimentos.

Fenómenos Socio–Organizativos

Son todos aquellos derivados de grandes concentraciones de personas. Este puede ser considerado como el más dañino para la población, y a su vez es el más ignorado. Algunas de sus manifestaciones son suicidios, violaciones, alcoholismo y drogadicción.

También aquí se encuentran las marchas, mítines, manifestaciones, eventos deportivos y musicales, terrorismo, amenazas de bomba, golpes de estado, guerras civiles, accidentes aéreos, terrestres, marítimos y fluviales, la interrupción o desperfectos en el suministro y operación de servicios públicos y sistemas vitales.

Actualmente se tiende a priorizar la respuesta a las emergencias más que la reducción de riesgos. No se invierte lo suficiente en temas como el ordenamiento territorial o el manejo de los ecosistemas.

En el informe de Naciones Unidas, destaca el ejemplo de países de escasos recursos como Cuba y Bangladesh, que han logrado reducir dramáticamente el número de muertos por desastres naturales gracias al buen funcionamiento de dispositivos y otros esfuerzos en materia de prevención.

Esta reforma a la Ley de General de Asentamientos Humanos pretende evitar y mitigar el uso de zonas de riesgo para aquellos asentamientos humanos, que pongan en peligro a la población, además de identificar los tipos de fenómenos que afectan dichas zonas.

Por lo expuesto, someto a esta honorable asamblea el siguiente

Decreto

Por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley General de Asentamientos Humanos.

Artículo Primero. Se adiciona una nueva fracción XXI al artículo 2 y se recorren de manera sucesiva las fracciones existentes dentro de dicho artículo en la Ley General de Asentamientos Humanos, quedando de la siguiente forma

Artículo 2. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I a XX ...

XXI. Zonas de riesgo: aquella en donde la presencia de un agente perturbador, fenómeno natural o generado por el hombre, que tenga la probabilidad de ocasionar daños a un sistema afectable tales como asentamientos humanos, infraestructura, plantas productivas y todo aquello que establezca esta ley, en un grado tal, que constituye un desastre.

Dichos fenómenos se clasifican, de acuerdo con su origen en: fenómenos geológicos, fenómenos hidrometeorológicos, fenómenos físico–químicos, fenómenos sanitario–ambientales y fenómenos socio-organizativos.

XXII. Zonificación. La determinación de las áreas que integran y delimitan un centro de población; sus aprovechamientos predominantes y las reservas, usos y destinos, así como la delimitación de las áreas de conservación, mejoramiento y crecimiento del mismo.

Artículo Segundo. Se adiciona una nueva fracción XVI al artículo 7 y se recorren de manera sucesiva las fracciones existentes dentro de dicho artículo en la Ley General de Asentamientos Humanos, quedando de la siguiente forma:

Artículo 7. Corresponde a la federación, a través de la Secretaria de Desarrollo Social, las siguientes atribuciones:

I a XV ...

XVI. Promover medidas e información que mitiguen y eviten el uso de zonas de riesgo para asentamientos humanos, que pongan en peligro a la población.

XVII. Las demás que la señale esta ley y otras disposiciones jurídicas.

Artículo Tercero. Se reforma a la fracción X. del artículo 8 en la Ley General de Asentamientos Humanos, quedando de la siguiente forma:

Artículo 8. Corresponden a las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, las siguientes atribuciones:

I a IX ...

X.Apoyar a las autoridades municipales que lo soliciten, en la administración de la planeación del desarrollo urbano, así como planes y programas en materia de control y prevención de desastres;

XI a XIII.

Artículo Cuarto. Se reforma el artículo 30 de la Ley General de Asentamientos Humanos, quedando de la siguiente forma:

Artículo 30. La fundación de centros de población deberá realizarse en tierras susceptibles para el aprovechamiento urbano, evaluando su impacto ambiental y respetando primordialmente las áreas naturales protegidas, zonas de riesgo, el patrón de asentamiento humano rural y las comunidades indígenas.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de septiembre del año 2010.— Diputado Alejandro Del Mazo Maza (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social.

Se pospone la intervención de la diputada Teresa Guadalupe Reyes Sahagún.



ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL - CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada Elsa María Martínez Peña, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 41, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Elsa María Martínez Peña:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, la participación política de las mujeres constituye un proceso en marcha que presenta todavía pendientes considerables en México. El ciclo que se abrió en 1953, con la obtención del voto femenino, requiere de una serie de acciones legislativas e institucionales para garantizar la equidad entre los géneros en los ámbitos políticos.

La política constituye uno de los ámbitos sustantivos en el que se expresa la situación de desigualdad entre hombres y mujeres. La estructura de la política restringe el derecho de las mujeres para acceder en condiciones de equidad en los espacios donde se define el interés colectivo de la sociedad.

En este sentido, el Consejo General del Instituto Federal Electoral constituye un importante espacio público en cuya integración no se ha legislado para garantizar la equidad de género. El Instituto Federal Electoral es una institución fundamental del Estado mexicano, pilar de nuestra democracia.

Desde 1996 el IFE goza de plena autonomía y los integrantes de su Consejo General son nombrados por el pleno de la Cámara de Diputados con el voto de las dos terceras partes de los legisladores presentes.

De 1996 a 2003 solamente hubo una mujer entre los nuevos cargos de consejero electoral, es decir, las mujeres ocuparon sólo el 11 por ciento de los espacios en el Consejo General del IFE.

En 2003 la renovación de consejeros electorales para el periodo 2003-2010 presentó un balance de 3 mujeres y 6 hombres, fue una integración más equilibrada donde las mujeres ocuparon el 33 por ciento de los espacios.

Con motivo de la reforma electoral de 2007 se renovó anticipadamente el Consejo General del IFE.  La nueva legislación electoral dispuso que los consejeros electorales se renovaran de manera escalonada.

De este modo, se renovaron en 2007 dos consejeros y el presidente. Y en 2008 se renovaron otros tres consejeros. En esta renovación la equidad de género nuevamente se desequilibró, pues salieron las tres consejeras nombradas en 2003 y solamente se designó a una mujer.

Todo esto ilustra claramente la necesidad de establecer en la legislación electoral que ninguno de los dos géneros tenga una presencia excesiva en la conformación del Consejo General del Instituto Federal Electoral, pues la equidad de género en la integración de este órgano no se puede dejar al vaivén de la negociación política.

Compañeras y compañeros, en Nueva Alianza estamos convencidos de que las mujeres son un sujeto político que debe estar en la misma jerarquía que los varones, por ello debe tener presencia garantizada en espacios políticos significativos.

Por estas razones presento esta iniciativa que reforma el artículo 41, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 110 y 111 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, con la finalidad de establecer que en la integración del Consejo General del IFE se garantice que ningún género exceda dos tercios de los cargos existentes.

De aprobarse la presente iniciativa en el proceso de designación de los integrantes del Consejo General, ningún género podrá tener menos de 3 consejeros ni más de 6, de este modo se garantizará legalmente un piso y un techo para la presencia de cada uno de los géneros de la conformación del Consejo General del IFE.

Apoyar esta iniciativa significa apoyar y fortalecer el adelanto de las mujeres, fenómeno que cada vez toma más fuerza. La igualdad política entre hombres y mujeres requiere medidas legales e institucionales que permitan que dicha igualdad se refleje en los hechos. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 41, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Elsa María Martínez Peña, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Elsa María Martínez Peña, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política; y 55, fracción II, 60, 63 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan un párrafo cuarto a la fracción V del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y un segundo párrafo al numeral 5 del artículo 110, y se reforma el párrafo primero, numeral 2, del artículo 111 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La participación política de las mujeres constituye un proceso en marcha que presenta pendientes considerables en México. El ciclo que se abrió en 1953 con la obtención del derecho al voto femenino, requiere de una serie de acciones legislativas e institucionales para garantizar la equidad entre los géneros en el ámbito de los espacios públicos donde se generan las decisiones fundamentales.

El adelanto de las mujeres es un proceso que ha venido ganando espacios importantes en las últimas décadas. A través de diversos instrumentos legales e institucionales, se han debilitado ciertos entramados políticos y culturales que reproducían íntegramente la relación de dominio y sumisión del género femenino por parte del masculino. Sin embargo, paulatinamente la perspectiva de género ha ido trascendiendo en los espacios públicos, los horizontes culturales y el sistema de valores sociales en México y el mundo. Falta un gran camino por recorrer, pues las mujeres siguen siendo, notablemente, las más pobres, las más marginadas, las más violentadas, las más excluidas, pero la lucha por sus derechos ha acumulado un creciente reconocimiento social.

Si bien se han logrado avances significativos para lograr la equidad de género en una importante gama de políticas públicas, principalmente a través de los instrumentos que brindan acciones afirmativas. Es indispensable garantizar la igualdad de condiciones en los ámbitos políticos, de tal manera que en la ley y en los hechos se reconozca a hombres y mujeres como sujetos políticos de un mismo nivel. La lucha por los derechos de las mujeres debe trascender y consolidarse más allá del ejercicio del sufragio, y más allá de los importantes logros obtenidos en materia social y cultural. Es indispensable que este proceso abarque los ámbitos políticos.

La política constituye uno de los ámbitos sustantivos en el que se expresa la situación de desigualdad entre mujeres y hombres. Sus dispositivos y estructuras restringen el derecho de las mujeres para acceder y participar de la misma manera que los hombres en los espacios políticos y de toma de decisiones y, en general, en todos aquellos ámbitos clave de poder, determinantes en la definición del interés colectivo de la sociedad.

El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) constituye un importante espacio público en cuya integración no se ha legislado para garantizar la equidad de género. El IFE es una institución fundamental del Estado mexicano, pilar de la democracia.

El IFE se creó en 1990, como una respuesta a los fuertes cuestionamientos sobre la imparcialidad y calidad de las instituciones electorales, luego de las impugnadas elecciones de 1988. Hasta entonces, la autoridad electoral estaba depositada en una Comisión Federal Electoral dependiente de la Secretaría de Gobernación. Es decir, el Ejecutivo federal organizaba y vigilaba las elecciones federales, en detrimento de la credibilidad de las elecciones y la legitimidad de los gobernantes.

Si bien el IFE contó desde su fundación con un Consejo General como parte fundamental de su estructura de gobierno, no es sino hasta la reforma política de 1996 cuando adquiere la relevancia que hoy tiene. En 1996, el IFE se transformó en un organismo público autónomo, en cuyas estructuras no tendrían voto ni poder de decisión el gobierno federal ni los partidos políticos. De este modo, el IFE se constituyó en la máxima autoridad electoral federal, responsable de vigilar el cumplimiento de la legislación federal al respecto, observando los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad. La nueva legislación estableció que los integrantes del Consejo General serían nombrados por el pleno de la Cámara de Diputados por el voto de las dos terceras partes de los legisladores presentes.

El primer Consejo General del IFE autónomo estuvo integrado por ocho consejeros electorales y un consejero presidente, en funciones de 1996 a 2003 y fue responsable de organizar las elecciones federales de 1997, 2000 y 2003; las dos primeras representaron un formidable reto a la nueva institucionalidad electoral, pues sus resultados cambiaron el rostro político de México al terminarse las mayorías absolutas en el Congreso, en 1997, y producirse la alternancia en la presidencia de la República, en 2000. El IFE respondió satisfactoriamente a este reto.

Sin embargo, desde una perspectiva de género, este período del Consejo General del IFE se caracterizó por una presencia femenina bastante reducida. De hecho, solamente una mujer ocupó uno de los nueve cargos de consejero electoral. En efecto, la consejera Jacqueline Peschard Mariscal fue la única mujer integrante del Consejo General del IFE en el periodo 1996-2003; es decir, las mujeres ocuparon solamente 11 por ciento de los espacios en el máximo órgano de gobierno de la institución más importante de la democracia mexicana.

En 2003, la designación de los nuevos integrantes del Consejo General del IFE para el período 2003-2010, se dificultó debido a que los diversos grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados no lograron construir los consensos que permitieran una designación con respaldo de todos los legisladores, generando un problema de legitimidad de naturaleza distinta al que se aborda en la presente Iniciativa. En esta nueva generación de consejeros electorales se designaron tres mujeres: Lourdes López Flores, María Teresa de Jesús González Luna y Alejandra Latapí Renner. Es decir, para este periodo el Consejo General del IFE presentaría una integración más equilibrada en perspectiva de género, pues 33 por ciento de los espacios lo ocuparían mujeres.

En 2007 se aprobó la última reforma constitucional en materia electoral, cuyo eje central fue regular la relación entre los medios de comunicación y la política electoral. Para efectos de la presente Iniciativa, cabe destacar que esta reforma introdujo la modalidad designar a la Cámara de Diputados para llevar a cabo una amplia consulta a la sociedad para designar a los consejeros electorales y estableció la renovación anticipada de los integrantes del Consejo General del IFE. Más allá de la polémica que esta decisión generó, hay que establecer que la nueva legislación electoral dispuso que los integrantes del órgano superior de dirección del IFE permanecerían en su cargo nueve años y renovándose en éste sus miembros de forma escalonada.

De este modo, en 2007 se cumplió la primera etapa de renovación con dos consejeros y el actual consejero presidente; en 2008 otros tres consejeros fueron designados y los últimos tres serán electos por la Cámara de Diputados a más tardar el 31 de octubre de 2010.

En este proceso de renovación, la equidad de género nuevamente se desequilibró, ya que salieron las tres consejeras mencionadas y únicamente el Pleno de la Cámara de Diputados designó a la consejera María Macarita Elizondo Gasperin. Lo referido ilustra claramente la necesidad de establecer desde la CPEUM y la legislación secundaria en materia electoral, disposiciones necesarias para garantizar la participación equitativa de género que en la conformación del Consejo General del IFE.

La presencia garantizada de la mujer en espacios políticos tan significativos como el Consejo General del IFE, establecerá las condiciones necesarias para que en los trabajos de esta institución estratégica de nuestra democracia trascienda la perspectiva de género, entendida como una concepción que se propone eliminar las causas de la opresión de género, como la desigualdad, la exclusión, la injusticia y la jerarquización de las personas basadas precisamente en el género.

Las mujeres forman una notable mayoría en la estructura del padrón electoral federal. En efecto, el corte al mes de junio de 2010 del Registro Federal de Electores consigna que en el padrón electoral se tiene registro de 41.3 millones de mujeres por 38.5 millones de hombres; es decir, las mujeres representan el 51.75 por ciento de la ciudadanía mexicana, mientras que los hombres integran 48.25 de ella. Esta realidad es un elemento adicional para impulsar el objetivo señalado respecto a la conformación del Consejo General del IFE, pues fortalecería su representatividad en materia de equidad de género. Se debe tener presente que el IFE y su Consejo General son órganos de los ciudadanos.

La legislación electoral federal contiene disposiciones relativas a la equidad de género, en el ámbito de las candidaturas de los partidos políticos. La reforma electoral de 1996, estableció la obligatoriedad del sistema de cuotas de género en las candidaturas a diputados y senadores de los partidos políticos. De este modo, se estableció una ecuación 70/30; es decir, en la formación de las candidaturas ningún género excediera 70 por ciento de ellas.

La reforma electoral de 2007 modificó la ecuación, para establecerla en 60/40; es decir, ningún género deberá exceder para sí 60 por ciento de las candidaturas de los partidos políticos. Estas disposiciones deben los partidos políticos plasmarlas en sus estatutos. Quedan exceptuadas de lo anterior las candidaturas de mayoría relativa que sean resultado de un proceso de elección democrático previsto en los estatutos de cada partido; lo cual representa un factor que ha permitido a los partidos eludir de alguna manera el espíritu de la ley.

De manera especial, es útil citar el artículo 38 del Cofipe, en el capítulo de las obligaciones de los partidos políticos:

Artículo 381.Son obligaciones de los partidos políticos nacionales:

...

s) Garantizar la equidad y procurar la paridad de los géneros en sus órganos de dirección y en las candidaturas a cargos de elección popular;

Esta disposición ilustra el considerable avance que la equidad de género ha tenido en el conjunto de valores democráticos de México, incluso en los ámbitos de representación y decisión política. Por ello es necesario reformar la CPEUM, en el artículo 41, Apartado D, fracción V, con la finalidad de establecer que en la integración del Consejo General del IFE se garantice que ningún género exceda dos tercios de los cargos existentes.

La presente iniciativa tiene por objeto adicionar un cuarto párrafo a la fracción V del artículo 41 de la CPEUM, de igual forma adicionar un segundo párrafo al numeral 5 del artículo 110 y reformar el primer párrafo del numeral 2 del artículo 111, del Cofipe, con la finalidad de garantizar que en la integración del Consejo General del IFE, prevalezca el principio de paridad de género.

En caso de aprobarse la presente Iniciativa, en la designación de los integrantes del Consejo General del IFE ningún género podrá tener menos de tres consejeras o consejeros, ni más de seis. La equidad de género estará salvaguardada a través de una disposición legal, y no estará sujeta a los vaivenes y la incertidumbre del proceso de designación, ni dependerá de las negociaciones políticas o las posturas ideológicas inherentes a dicho proceso.

La reforma y adiciones propuestas como mecanismos de selección que impulsen la participación equitativa de aspirantes de los distintos géneros, deben orientar la amplia consulta a la sociedad por parte de la Cámara de Diputados en el proceso de selección y designación de los integrantes del Consejo General del IFE.

En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza estamos convencidos de que el adelanto de las mujeres es un proceso que debe abarcar todos los ámbitos de la vida pública nacional. Por ello es necesario fortalecer el marco constitucional y legal que garanticen la paridad de género en los espacios de decisión política y más aún en el Consejo General del IFE, uno de los primeros organismos públicos autónomos creados para que la ciudadanía asumiera la corresponsabilidad del Estado de organizar las elecciones federales, como pilar de la democracia representativa y como pieza fundamental en la configuración de nuestra identidad mexicana.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan un párrafo cuarto a la fracción V del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y un párrafo segundo al numeral 5 del artículo 110, y se reforma el párrafo primero, numeral 2, del artículo 111 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Primero. Se adiciona un párrafo cuarto a la fracción V del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 41. ...

I. a IV. ...

V. ...

...

...

Con objeto de establecer una participación equitativa entre hombres y mujeres, en la formulación de sus propuestas para elegir al consejero Presidente y a los ocho consejeros electorales, los grupos parlamentarios garantizarán que ninguno de los géneros exceda las dos terceras partes de estos cargos.

Segundo.Se adiciona un párrafo segundo al numeral 5 del artículo 110 y se reforma el primer párrafo, numeral 2, del artículo 111 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 110....

1. a 4. ...

5.Los consejeros electorales serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, de entre las propuestas que formulen los grupos parlamentarios, previa realización de una amplia consulta a la sociedad.

En la formulación de sus propuestas para elegir al consejero presidente y a los ocho consejeros electorales, los grupos parlamentarios garantizarán que ninguno de los géneros exceda las dos terceras partes de estos cargos.

Artículo 111....

1. ...

2. De darse la falta absoluta del consejero presidente o de cualquiera de los consejeros electorales, la Cámara de Diputados procederá en el más breve plazo a elegir al sustituto, quien concluirá el periodo de la vacante. El consejero sustituto deberá ser del mismo género que el consejero sustituido.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 30 de septiembre de 2010.— Diputados: Elsa María Martínez Peña, Oralia López Hernández, Obdulia Magdalena Torres Abarca, (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputada Martínez. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

A propuesta del grupo parlamentario se pospone la intervención de la diputada Marcela Guerra Castillo.

La diputada Oralia López Hernández(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sonido a la curul de la diputada Oralia López.

La diputada Oralia López Hernández(desde la curul): Sí, muchas gracias. Señor presidente, para preguntarle a la diputada Elsa María Martínez Peña si me permite adherirme a su importante iniciativa.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputada Elsa María Martínez Peña, la diputada Oralia López le solicita adherirse a su propuesta.

La diputada Elsa María Martínez Peña:Sí, con gusto.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputada Oralia, la diputada Elsa María Martínez Peña ha aceptado con mucho gusto su adhesión y está a su disposición el documento en la mesa de la Secretaría.



LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL - LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Marcos Pérez Esquer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

El diputado Marcos Pérez Esquer:Con su venia, presidente. La propuesta que hoy estamos haciendo ante ustedes, amigos legisladores, es para la expedición de una nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y en consecuencia abrogar la actual Ley Federal en la materia.

Esta iniciativa se presenta en la inteligencia de que está íntimamente vinculada a la que he presentado el día de ayer ante este mismo pleno, con el objeto de modificar la Carta Magna, a efecto de hacer posible la expedición de esta Ley General que hoy nos ocupa.

Es decir, la aprobación de este proyecto sólo sería técnicamente posible si antes se aprobare la iniciativa de reforma constitucional a los artículos 6o., y 73 que presenté ayer mismo.

Hecha esta aclaración, es de comentarse que este proyecto de nueva Ley General de Transparencia pretende que todas las entidades públicas, así pertenezcan al Ejecutivo, al Legislativo o al Judicial, incluso a las entidades constitucionalmente autónomas, pero también independientemente del orden del gobierno de que se trate, sea federal, estatal o municipal, se ajusten a una misma ley en materia de transparencia.

Sujetar a todo ente público que maneje recursos del erario a una misma ley para transparentar dicho manejo, no sólo facilitará en la práctica el ejercicio del derecho de los ciudadanos de acceder a la información pública gubernamental sino que además evitará que algunas instituciones públicas y particularmente que algunos estados de la república regateen la rendición de cuentas a sus ciudadanos, escudados en leyes locales que en algunos casos más que garantizar ese derecho ciudadano, parece que pretenderían obstaculizarlo.

Considerando que 40 centavos de cada peso del Presupuesto federal lo ejercen los estados y los municipios, por cierto, un índice de descentralización del ejercicio del gasto muy superior a la media internacional, se hace insoslayable impulsar una nueva normatividad que garantice que dichos recursos se ejercen con al menos la misma transparencia con la que lo hace hoy por hoy el Ejecutivo federal.

La iniciativa que proponemos impulsa esto, pero impulsa también que otras entidades como los partidos políticos y los sindicatos también se sujeten a esta misma ley cuando administren recursos del erario.

Por otra parte, compañeros diputados, les comento que el proyecto que traigo a este pleno está basado principalmente en dos instrumentos: el Código de Buenas Prácticas y la llamada Ley Modelo. El primero de ellos, el Código de Buenas Prácticas, fue elaborado por el propio IFAI, la UNAM y la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública, que aglutina a todos los institutos locales de transparencia del país. Consistió en un ejercicio de consulta y consenso para exponer, en el formato propio de un instrumento legislativo, las mejores prácticas en materia de transparencia.

Por su parte, la Ley Modelo es un producto encargado por la Organización de Estados Americanos, la OEA, a un grupo de expertos de los Estados miembros y de la sociedad civil. México estuvo representado en ese grupo de trabajo por el IFAI y por la UNAM. El producto fue presentado en junio pasado para que los países integrantes de esa organización internacional revisen sus respectivas leyes en la materia para ajustarlas a los principios establecidos en esa Ley Modelo.

En este sentido, aprobando este proyecto México estaría, primero, homologando sus reglas de transparencia en todo el país. Segundo, adoptando las mejores prácticas internacionales en la materia y, tercero, cumpliendo con un compromiso internacional en este tema.

Se trata, compañeros, de un cambio drástico ciertamente, pero de un cambio sin duda conveniente para impulsar a fondo una cultura de la transparencia y de la rendición de cuentas, así como para avanzar sustantivamente en el proceso democratizador de nuestro país.

Muchas gracias. Solamente pediría a la Presidencia se inserte íntegramente el proyecto en el Diario de Debates.

«Iniciativa que expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Marcos Pérez Esquer, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Marcos Pérez Esquer, en ejercicio de la facultad legislativa, presenta iniciativa que expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y que abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, con base en lo siguiente

Exposición de Motivos

Es de tomarse en consideración que la presente propuesta está condicionada a la aprobación, en su caso, de la correlativa que hemos presentado con anterioridad y que propone reformar el artículo 6o.y adicionar una fracción XXIX-P al artículo 73 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, ya que sólo con el ajuste constitucional correspondiente, sería jurídicamente viable la expedición de una ley general en la materia que nos ocupa. Dicho esto, hemos de reflexionar en que, la propuesta que traemos al pleno obedece a una necesidad que enfrentan las democracias modernas, como es la rendición de cuentas, como elemento central de legitimación de las llamadas democracias representativas contemporáneas, ya sea para mejorar sus trámites y servicios, así como para combatir la corrupción y el abuso de un cargo público en beneficio privado. El tema de la trasparencia y el acceso a la información pública, se ha convertido en un instrumento fundamental de la rendición de cuentas, no obstante lo novedoso de esta regulación se muestra en un marco jurídico disperso e inacabado.

En efecto, si bien el derecho a la información formó parte de la reforma política de 1977, no fue sino casi un cuarto de siglo después, 2002, que se promulga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en contraste con los avances alcanzados en materia política donde contamos con un robusto sistema de partidos, organizados en un marco jurídico muy estudiado. Es indudable el avance logrado por la sociedad mexicana en materia de elecciones y democracia, sin embargo, no sucede lo mismo con el desarrollo alcanzado en tratándose de la transparencia y rendición de cuentas, pues no fue sino hasta 2007, cuando se modificó el contenido del artículo 6o. constitucional fijando las directrices que deben observarse para garantizar el efectivo acceso a la información pública.

Hemos constatado que la simple existencia de leyes en materia de transparencia y rendición de cuentas, en lo federal y en lo local, no garantiza en sí mismo el cumplimiento de los objetivos que persiguen, aún más, los escasos antecedentes que existen muestran que la diversidad de ordenamientos complica al ciudadano el ejercicio de sus derechos, es por ello que se estima que una aplicación general ayude a subsanar las deficiencias y omisiones que la realidad impone. No hace falta hurgar mucho, para percibir que el debate sobre la transparencia y  rendición de cuentas, es de manera decisiva un tema reciente y que por lo demás se ha centrado, principalmente, en el ámbito federal de gobierno, soslayando la existencia de una ciudadanía mayormente demandante en todo el país, que se enfrenta a resistencias en todos los niveles y ordenes de gobierno, pero que se hace más evidente en lo local, pues existen estados y municipios que continúa casi sin cambio, resistiendo una visión patrimonialista de la información y totalmente opuesta a la rendición de cuentas.

Esta iniciativa se inscribe en el análisis del que resulta que en unos casos, la carencia  de reglamentaciones y en otros, la diversidad de los mismos instrumentos jurídicos e instituciones democráticas, inhiben la participación ciudadana en el seguimiento y fiscalización de las decisiones gubernamentales, al margen de que, en muchas ocasiones, se deja a la voluntad política de los gobernantes informar de manera periódica  y oportuna sobre sus decisiones y acciones.

Cuando los ciudadanos quieren ejercer su derecho de acceso a la información, generalmente deben enfrentan la adversidad de la estructura burocrática, tanto en la federación como en los estados y municipios. en este contexto, se inscribe la presente iniciativa como un ejercicio que revise los alcances y limitaciones del actual diseño normativo que en materia de trasparencia y acceso a la información pública gubernamental, homologando en un solo instrumento jurídico con alcance Nacional, como una nueva ruta hacia una mayor democracia basada en una mayor trasparencia en todos los niveles de la sociedad.

La iniciativa que se presenta utilizó como fuente de consulta diversos estudios nacionales e internacionales, realizado por prestigiados organismo como el Instituto Federal de Acceso a la Información  Pública (IFAI), Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE), Centro de Estudios de la Cámara de Diputados, Conferencia Mexicana de Acceso a la Información Pública (COMAIP), la Organización de Estados Americanos (OEA), y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entre otros.

Esta iniciativa tuvo como punto de partida la propuesta denominada  Código de Buenas Prácticas y Alternativas para el Diseño de Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública, producto de un ejercicio de consulta y consenso auspiciado por el IFAI, que identifica  las mejores prácticas en materia de acceso a la información y protección de datos personales, así como alternativas concretas para el di­seño de las leyes de acceso a la información pública en México, todo ello de manera congruente con los principios y bases que contiene el texto reformado del artículo 6o. constitucional.

Especial relevancia cobran los decididos esfuerzos de la Conferencia Nacional de Organismos de Acceso a la Información Pública, que agrupa a los órganos garantes del acceso en el país, pues aportaron la visión y experiencia real de cuatro años de marcha del acceso a la información en el país. Esta iniciativa no se agota en sí misma, pues es necesario que emprender una revisión integral del marco jurídico en materia de información, especialmente en las áreas fiscal, administrativa, penal, electoral y de responsabilidades, a fin de dar congruencia constitucional al conjunto de los orde­namientos que, de manera directa o indirecta, se ven afectados por el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información, además de las revisión de los cuerpos procesales vinculados con este tema.

Un elemento adicional, lo constituye la circunstancia de que en cumplimiento a una resolución de la Asamblea General de este Organización de Estados Americanos, un grupo de expertos de los Estados Miembros y de la sociedad civil, elaboraron la Ley Modelo de Acceso a la Información Pública. Nuestro país México estuvo representado por el IFAI y la UNAM. En atención al diseño de esta ley modelo, las leyes de acceso a la información de la región que se encuentren vigentes, deberán revisarse a fin de verificar que no contravengan los principios establecidos en ésta, pues no debemos olvidar que el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, identifica  al acceso a la información en poder del Estado como un derecho fundamental de los individuos, por tanto, siendo el caso que en nuestro orden jurídico los tratados internacionales se encuentran en su cúspide, es claro que resulta obligatorio para nuestro país ajustar su normatividad a lo dispuesto en la ley modelo.

La búsqueda permanente por mejorar el marco jurídico que regula la materia de acceso a la información pública gubernamental, motiva la presentación de esta iniciativa de ley, misma que recoge las mejores prácticas nacionales e internacionales, como un ejercicio de aproximación a la elaboración de una ley general que homologue y perfeccione el ejercicio de este derecho fundamental de los ciudadanos.

La iniciativa reconoce principios universalmente aceptados como lo son: la supremacía del principio de máxima publicidad, que define que cualquier información pública es pública por definición y reservada por excepción contenida en ley; se reconoce que el interés general estará por encima del interés particular; el reconocimiento de los derechos contenidos en esta iniciativa constituyen una convicción democrática de las sociedades, por lo que la integración de los organismos o comisiones encargadas de promover su implementación, cuenten autonomía operativa, de presupuesto y de decisión; la posibilidad legal que garantice la existencia de un Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública que además de encargarse de la atención de los asuntos competencia de la Federación, constituya una instancia oficiosa de supervisión de apoyo ciudadano, ante las negativas a los derechos consagrados en la ley; se garantiza la integración ciudadana de los comisionados tantos federales como estatales, pudiendo formar parte de esta nueva estructura quienes actualmente se desempeñen en esos cargos, a fin de salvaguardar su conocimiento y experiencia ya adquirida; en suma, el diseño jurídico normativo planteado en esta iniciativa recoge las mejores prácticas existentes en estas materias.

La iniciativa consta de cinco títulos, con sus correlativos capítulos a saber: Título Primero Disposiciones Generales; Capítulos Principios y Definiciones, Sujetos Obligados, Información Pública de Oficio, Información Reservada, Información Confidencial, Gestión Documental y Archivos. Título Segundo Protección de Datos Personales; Capítulos Principios, Derechos, Procedimientos para el Ejercicio de los Derechos en materia de Datos Personales y Otras Disposiciones. Título Tercero Instituciones; Capítulos Unidades de Información, Comités de Información, Órganos Garantes. Título Cuarto Acceso a la Información; Capítulos Del Procedimiento de Acceso, Del Recurso de Revisión y de la Instancia Oficiosa. Y Título Quinto; Capítulo Único Sanciones.

Esperamos que este esfuerzo legislativo contribuya al fortalecimiento del ejercicio de los derechos ciudadanos y sirva para mejorar el quehacer gubernamental. Por todo ello, sometemos a la consideración del pleno la siguiente

Decreto

El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos decreta:

Se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

Artículo Primero. Se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Titulo PrimeroDisposiciones Generales Capítulo IPrincipios y DefinicionesPropósito y Alcance

Artículo 1. La presente ley es reglamentaria del segundo párrafo del artículo 6o. constitucional, es de orden público y tiene como objeto regular y garantizar el derecho fundamental de acceso, de cualquier persona, a la información pública.

La presente ley es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, los estados y el Distrito Federal; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales, así como para cualquier clase de fideicomiso que con cualquier carácter reciba recursos económicos gubernamentales, asimismo a los sindicatos, partidos y agrupaciones políticas, en virtud de los recursos económicos gubernamentales que con cualquier carácter reciban.

Los gobiernos estatales deberán coordinarse con los municipales para que éstos garanticen el acceso a su información con base en las disposiciones de esta ley. El Gobierno del Distrito Federal deberá coordinarse con los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales. Las entidades federativas deberán respetar los derechos de los municipios con población indígena, entre los cuales se encuentran el derecho a decidir las formas internas de convivencia política y el derecho a elegir, conforme a sus normas y, en su caso, costumbres, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus propias formas de gobierno interno.

Principio de máxima publicidad

Artículo 2. Los entes públicos facilitarán el acceso a la información pública como instrumento de fortalecimiento del ejercicio democrático del poder público, como mecanismo para transparentar el ejercicio del gobierno y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos, la administración de la deuda pública, incluyendo las obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado.

Los entes públicos deberán seguir las mejores prácticas nacionales e internacionales que en las materias reguladas por esta ley se conozcan en apoyo a las tareas de planeación financiera, control de recursos, análisis y fiscalización.

Objetivos de la Ley

Artículo 3.  La presente ley tiene como objetivo:

1. Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso gratuito a la información pública así como a sus datos personales mediante procedimientos sencillos, gratuitos y expeditos;

2. Transparentar el ejercicio de la función pública a través de un flujo de información oportuno, veri­ficable, inteligible, relevante e integral, a fin de impulsar la contraloría ciudadana y el combate a la corrupción;

3.Garantizar una adecuada y oportuna rendición de cuentas de los sujetos obligados a través de la generación y publicación de información sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos de manera completa, veraz, oportuna y comprensible;

4.Garantizar la protección de los datos personales en posesión de los sujetos obligados;

5.Mejorar la organización, clasificación, archivo y uso de la información pública;

6.Asegurar que los sujetos obligados preserven los documentos que obran en sus archivos administrativos y mantengan de ellos un registro actualizado;

7.Mejorar los niveles de participación ciudadana en la toma de decisiones públicas y en la evaluación de las políticas públicas; y

8.Contribuir a mejorar la rendición de cuentas, la consolidación de la democracia, y la plena vigencia del Estado de derecho en México.

Definiciones

Artículo 4. Para efectos de esta ley se entenderá por:

1. Acceso a la Información: Derecho consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya instrumentación contribuye al fortalecimiento del ejercicio democrático del poder público y sirve para transparentar el ejercicio del gobierno y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto público gubernamental;

2. Comités de Información: Órganos colegiados responsables de dar cumplimiento a las obligaciones que deben dar a esta ley todos los Sujetos Obligados;

3. Unidades de Información: Órganos responsables de tramitar las solicitudes de acceso a la informa­ción;

4. INAI: Instituto Nacional de Acceso a la Información como órgano técnico especializado e imparcial en materia de transparencia, acceso a la información pública y datos personales, dotado de autonomía operativa, de gestión y de decisión, responsable de asegurar el cumplimiento de la ley y resolver en definitiva los asuntos que se llegaren a presentar en última instancia;

5. Institutos Estatales de Acceso a la Información Pública Gubernamental que son los órganos técnicos  especializados e imparciales en materia de transparencia, acceso a la información pública y datos personales, dotados de autonomía operativa, de gestión y de decisión, responsables de asegurar el cumplimiento de la ley y resolver los procedimientos de revisión;

6. Días: Días hábiles;

7. Documentos: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuer­dos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadís­ticas o bien, cualquier otro registro en posesión de los sujetos obligados y sus servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, entre otros escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico;

8. Entes públicos: Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas; los entes autónomos de la Federación y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales;

8. Expediente: Un conjunto de documentos relacionados;

9. Fuente de acceso público: Aquellos sistemas de datos personales cuya consulta puede ser realizada por cualquier persona, no impedida por una norma limitativa o sin más exigencia que, en su caso, el pago de una contraprestación;

10. Indicadores de gestión: Aquellos señalados en esta ley;

11. Información: La contenida en los documentos que los sujetos obligados generan, obtienen, adquirie­ren, transforman o conservan por cualquier título, o bien aquella que por una obligación legal deban de generar;

12. Información confidencial: La información prevista con este carácter en esta ley;

13. Información pública de oficio: Aquella que los sujetos obligados deben tener a disposición del público para su consulta en los términos del capítulo tercero de esta ley;

14. Información pública: Toda información en posesión de los sujetos obligados que no tenga el carácter de confidencial;

15. Información reservada: La información pública que se encuentra temporalmente restringida al acce­so público por encontrarse en los supuestos previstos en esta ley;

16. Sistema de datos personales: El conjunto ordenado de datos personales que estén en posesión de un sujeto obligado, sin perjuicio de que el sistema sea físico o automatizado;

17. Servidor público: Los que tengan tal carácter conforme a lo señalado en la Constitución Política y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, así como las respectivas Leyes de Responsabilidades de los Ser­vidores Públicos de cada Entidad Federativa, así como la correlativa que se aplique en el Distrito Federal;

18. Sujetos obligados: Cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo gubernamental en los tres niveles de gobierno; y

19. Versión pública: Un documento en el que se testa o elimina la información clasificada como reserva­da o confidencial para permitir su acceso.

20. Datos personales: La información a que se refiere la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de particulares, cuyo ejercicio se regula en sí misma;

Principio de publicidad de la información

Artículo 5. Salvo la información confidencial, toda la información en posesión de los sujetos obliga­dos tiene carácter público, y cualquier persona tendrá acceso a ella en los términos y condiciones que establece esta ley, por tanto, tratándose de información pública, los sujetos obligados deberán observar tanto en su aplicación como en su interpretación, el principio de máxima publicidad. Para este efecto, en caso de duda razonable sobre la clasificación de información como reservada, deberá optarse por su publicidad o bien, y siempre que sea posible, por la preparación de versiones públicas de los documentos clasificados.

Capítulo IISujetos Obligados

Artículo 6. Para efectos de esta ley son sujetos obligados:

1. El Poder Ejecutivo Federal y de cada una de las entidades federativas, así como el titular de la jefatura del Distrito Federal, así como los ayuntamientos de todo el país;

2. La administración pública federal, estatal y municipales, incluyendo a los organismos desconcentrados y descentralizados, a las empresas de participación federal, estatal y municipal, y los fideicomisos públicos federales, estatales o municipales;

3. El Congreso de la Unión, así como el Poder Legislativo de cada entidad federativa, la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, así como sus respectivos Órganos de Fiscalización, cualquiera que sea su denominación;

4. El Poder Judicial Federal, así como el Poder Judicial de cada entidad federativa;

5. Los ayuntamientos o consejos municipales y en el caso del Distrito Federal las delegaciones político-administrativas;

6. Los tribunales administrativos ya sea federales o estatales;

7. Los organismos públicos autónomos del estado, incluyendo a las universidades e instituciones de educación superior públicas;

8. Las Juntas Federal y las Locales de Conciliación y Arbitraje y las demás autoridades en materia de trabajo;

9. Las organizaciones sindicales que bajo cualquier concepto reciban recursos públicos;

10. El Instituto Federal Electoral y el Tribunal Federal Electoral, así como los Institutos Estatales Electorales, cualquiera que sea su denominación; y

11. Los partidos políticos, las agrupaciones políticas nacionales y cualquier otra organización que realice actividades políticas y reciba recursos económicos públicos.

Obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información

Artículo 7. Los sujetos obligados en materia de transparencia y acceso a la información deberán:

1. Documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias, o funciones, incluso los procesos deliberativos;

2. Constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental;

3. Publicar y mantener disponible en Internet la información que debe publicarse por ese medio identificada en esta ley;

4. Tener disponible la información pública de oficio a que se refiere esta ley y garantizar el acceso a la información siguiendo los principios y reglas establecidas en esta ley;

5. Establecer los procedimientos necesarios para la clasificación de la información de acuerdo a las reglas de esta ley;

6. Capacitar a los servidores públicos en materia de transparencia y acceso a la información;

9. Permitir que los integrantes de los INAI y de los Institutos Estatales, puedan tener acceso a toda la información guberna­mental y los archivos administrativos para verificar el cumplimiento de esta ley; y

10. Cumplir cabalmente las resoluciones del INAI y de los Institutos Estatales y apoyarlos en el desempeño de sus funcio­nes; y

11. Las demás que se deriven de esta ley.

Información de los particulares

Artículo 8. Los particulares que ejerzan actos de autoridad estarán obligados a entregar la infor­mación relacionada con esos actos a través del sujeto obligado que supervise estás actividades.

Capítulo IIIInformación Pública de Oficio Definición de información pública

Artículo 9. Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta ley, los su­jetos obligados deberán poner a disposición del público, difundir y actualizar la información pública de oficio conforme a las disposiciones de este capítulo.

Información en Internet

Artículo 10. Los sujetos obligados deberán difundir en Internet la siguiente información:

1. Su estructura orgánica en un formato que permita vincular por cada eslabón de la estructura, las fa­cultades y responsabilidades que le corresponden de conformidad con las disposiciones aplicables;

2. El directorio de los servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, con nom­bre, domicilio oficial, números telefónicos y, en su caso, dirección electrónica oficial;

3. El marco normativo completo aplicable a cada órgano, organismo o entidad;

4. La relativa a sus funciones más relevantes que deberá incluir los indicadores de gestión utilizados para evaluar su desempeño. Respecto de estos últimos deberán incluir su marco lógico o de referencia;

5. La remuneración mensual bruta y neta de todos los servidores públicos por sueldos o por honorarios, incluyendo todas las percepciones, prestaciones y sistemas de compensación;

6. Una lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de representación y alimentación, donde se vincu­len estos gastos mensuales al servidor público que los ejecutó con motivo de su encargo o comisión;

7. El perfil de los puestos de los servidores públicos y el curriculum de quienes ocupan esos puestos;

8. Los planes federales, estatales y municipales de desa-rrollo, vinculados con sus programas operativos anuales y sectoriales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por uni­dad responsable, así como los avances físico y financiero para cada una de las metas. Sobre los indi­cadores de gestión deberá difundirse, además, su método de evaluación, así como con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;

9. Para los últimos 3 ejercicios fiscales, la relativa al presupuesto asignado en lo general y por progra­mas, así como los informes trimestrales sobre su ejecución. Esta información incluirá:

a) Los ingresos recibidos por cualquier concepto, incluidos los donativos, señalando el donan­te y el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos;

b) Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social;

c) El presupuesto de gastos fiscales y método para su estimación, incluida toda la información relativa a los tratamientos fiscales diferenciados o preferenciales;

d) Las bases de cálculo de los ingresos;

e) Los informes de cuenta pública;

f) La aplicación de fondos auxiliares especiales y el origen de los ingresos y;

g) Los estados financieros y balances generales;

10. La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabine­tes, cabildos, sesiones plenarias, comisiones legislativas y sesiones de trabajo a que se convoquen. Para las reuniones ya celebradas, se deberá difundir las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones;

11. Nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, en su caso, de los servidores públicos encargados del Comité de Información y de la Unidad de Información;

12. Los catálogos documentales de sus archivos administrativos de conformidad con lo establecido en esta ley;

13. Con respecto a las auditorias y otras acciones de revisión, un informe trimestral que contenga lo siguiente:

a) El número y tipo de auditorías realizadas en el ejercicio presupuestario respectivo así como el órgano que las realizó;

b) Número total de observaciones determinadas en los resultados de auditoría por cada rubro sujeto a revisión y las sanciones o medidas correctivas impuestas; y

c) Respecto del seguimiento de los resultados de auditorías, el total de las aclaraciones efectua­das por el sujeto obligado.

14. Los dictámenes de cuenta pública así como los estados financieros y demás información que los ór­ganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictámenes;

15. Respecto de los contratos o convenios celebrados por el sujeto obligado, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del contratante o proveedor y, en su caso, el monto del valor total de la contratación;

16. Respecto de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, el tipo -licencia, permiso, concesión o autorización- así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos;

17. Los informes que debe rendir el sujeto obligado, la unidad responsable de los mismos, el fundamento legal que obliga a su generación el período que abarcan así como su calendario de publicación;

18. Una relación de los servidores públicos comisionados por cualquier causa, incluso de carácter sindi­cal, indicando el objeto, lugar y duración de la comisión;

19. Un listado con los servicios que ofrece y los programas que administra, incluso los trámites para acceder a ellos y la población objetivo a quien van dirigidos;

20. Un listado de los programas de capacitación, el número de servidores públicos capacitados así como las evaluaciones de los mismos

21. Cualquier otra información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad del sujeto obligado.

Los sujetos obligados deberán señalar en sus páginas de Internet los rubros del presente artículo que no le son aplicables.

Información adicional del Poder Ejecutivo

Artículo 11. Además de lo señalado en el artículo 11 de esta ley, el Poder Ejecutivo Federal, Estatal y Municipal deberá hacer pública en Internet la siguiente información:

1. Las estadísticas e indicadores de gestión de la procuración de justicia;

2. En materia de averiguaciones previas: estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron de-s­estimadas, en cuáles se ejerció acción penal, para cuáles se decretó el no ejercicio y cuáles se archivaron;

3. Los anteproyectos de leyes y disposiciones administrativas de carácter general con por lo menos 20 días de anticipación a la fecha en que se pretenda publicar o someter a la firma del titular del poder Ejecutivo, salvo que su publicación pueda comprometer seriamente los efectos que se pretenda lograr o que se trate de situaciones de emergencia;

4. El listado de expropiaciones por causa de utilidad pública;

5. Los convenios de coordinación con la Federación, Estados y Municipios y de concertación con los sec­tores social y privado;

6. El presupuesto de egresos aprobado por el Congreso de la Unión y en su caso, los Congresos de los Estados o la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, así como los autorizados por los Cabildos Municipales y las fórmulas de distribución de los recursos, federales o estatales, a los municipios, así como los relativos a cada una de las entidades federativas;

7. El listado de patentes de notarios otorgadas, en términos de las leyes federal y estatales respectivas;

8. La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funcio­nes y políticas públicas responsabilidad de cada dependencia y entidad.

Información adicional del Poder Legislativo

Artículo 12. Además de lo señalado en el artículo 11, el Poder Legislativo Federal y los respectivos de las entidades federativas, así como la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, deberá hacer pública en Internet la siguiente información:

1. Los nombres, fotografía y currícula de los legisladores, incluyendo los suplentes, así como, en su caso, las comisiones o comités a los que pertenecen y las funciones que realicen en los órganos legislativos;

2. La agenda legislativa;

3. Las listas de asistencia y votación de cada una de las sesiones;

4. Las iniciativas de ley, decreto, acuerdos o cualquier otra disposición de carácter general, la fecha en que se recibió, las Comisiones a las que se turne, y los dictámenes que, en su caso, recaigan sobre las mismas;

5. Las leyes, decretos y acuerdos aprobados por el pleno o las Diputaciones Permanentes;

6. El Diario o Semanario de Debates o su análogo;

7. Las dietas de los legisladores, y las partidas presupuestales asignadas a los Grupos Parlamen­tarios, las Comisiones o Comités, la Mesa Directiva, la Junta de Coordinación Parlamentaria y los demás órganos del Congreso Federal y los respectivos Congresos Estatales, así como los responsables de ejercerlas;

8. Adicionalmente, los Grupos Parlamentarios del Congreso de la Unión, así como los respectivos de los Congresos Estatales, deberán publicar en Internet informes tri­mestrales sobre el ejercicio de las partidas presupuestales que se les asignen.

9. Convocatorias, actas, acuerdos y listas de asistencia de cada una de las comisiones o comités, así como del pleno; y

10. Los demás informes que deban presentarse conforme a su Ley Orgánica.

Información adicional del Poder Judicial

Artículo 13. De manera específica, el Poder Judicial de la Federación, así como los respectivos de cada una de las entidades federativas y los Tribunales Contenciosos Administrativos, las Juntas Federal y las Locales de Conciliación y Arbitraje de las entidades federativas y el Tribunal Electoral de la Federación, deberá hacer pública en Internet la siguiente información:

1. Su estructura jurisdiccional y administrativa;

2. Las funciones de las unidades jurisdiccionales por categoría, así como de las unidades administrativas;

3. El directorio de funcionarios jurisdiccionales y administrativos. En el caso de los primeros deberá incluir desde el nivel de actuario o equivalente;

4. Las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas o planes de trabajo;

5. Los servicios que ofrezcan distintos a los jurisdiccionales, así como los trámites administrativos, re­quisitos y formatos que, en su caso, sean necesarios para acceder a ellos;

6. La información desagregada sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución;

7. Los principales indicadores sobre la actividad jurisdiccional que deberán incluir, al menos, asuntos ingresados, egresados y existencia, por unidad jurisdiccional y agregados por todo el órgano de imparti­ción de justicia; sanciones disciplinarias identificando al personal sancionado; el número de sentencias dictadas, y, en su caso, las que sean confirmadas, revocadas o modificadas por unidad jurisdiccional;

8. Las listas de acuerdos, las sentencias relevantes con los respectivos votos particulares si los hubiere y la jurisprudencia;

9. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos jurisdiccionales y los resultados de los mismos;

10. Los perfiles y formas de evaluación del personal jurisdiccional y administrativo; y

11. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante.

Información adicional de los municipios

Artículo 14. Además de lo señalado en el artículo 11, los municipios deberán hacer pública en Inter­net la siguiente información:

1. Estadísticas e indicadores del desempeño de los cuerpos de Policía y Gobierno;

2. Las cantidades recibidas por concepto de multas así como el uso o aplicación que se les da;

3. Las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, incluyendo las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones, que sirvan de base para el cobro de las contri­buciones sobre la propiedad inmobiliaria;

4. Empréstitos, deudas contraídas, así como la enajenación de bienes;

5. Los indicadores de gestión de los servicios públicos que presten los ayuntamientos;

6. El contenido de las Gacetas Municipales, la cual deberá contener los resolutivos y acuerdos aproba­dos por los Ayuntamientos;

7. El calendario con las actividades culturales, deportivas y recreativas a realizar;

8. Las actas de sesiones de cabildo;

9. La información que muestre el estado que guarda su situación patrimonial, incluyendo la relación de los bienes muebles e inmuebles, con los inventarios relacionados con altas y bajas en el patrimonio del municipio;

10. Sobre el ejercicio del presupuesto deberá publicarse el calendario trimestral sobre la ejecución de las aportaciones federales y estatales, pudiendo identificar el programa para el cual se destinaron y, en su caso, el monto del gasto asignado por el propio municipio;

11. En el caso de la información sobre programas de subsidio, se deberá considerar toda aquella in­formación sobre los programas sociales administrados por el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia y el Organismo Público Descentralizado para la prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento;

12. El marco regulatorio completo del municipio;

13. Los anteproyectos de reglamentos, bandos municipales u otras disposiciones administrativas de ca­rácter general con por lo menos 20 días de anticipación a la fecha de su aprobación o discusión en el cabildo, salvo que su publicación pueda comprometer seriamente los efectos que se pretenda lograr o que se trate de situaciones de emergencia;

14. Los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de ese cuerpo colegiado; y

15. Los nombres, fotografía y currícula de los miembros del Cabildo, incluyendo los suplentes, así como, en su caso, las comisiones o comités a los que pertenecen y las funciones que realicen.

En los municipios con una población indígena significativa procurarán que existan los mecanismos para que la información a que se refiere este artículo y el artículo 11 esté disponible en las lenguas indígenas correspondientes, utilizando otros medios que permitan su comunicación en forma comprensible para todos.

Subsidiariedad en materia de información pública municipal

Artículo 15. Los Municipios de menos de 70,000 habitantes podrán solicitar al Instituto Estatales de cada una de las entidades federativas que de manera subsidiaria divulgue vía Internet la información pública de oficio que señala este Capítulo, para ello, los Congresos de los Estados deberán hacer las previsiones presupuestales que se requieran para la integración y publicación en línea de la información obligatoria en Internet.

Información adicional sobre cuerpos policíacos estatales y municipales

Artículo 16. En relación con los cuerpos policíacos, ya sea preventiva o ministerial, tanto federales, estatales como municipales, los sujetos obligados deberán de publicar en Internet además de lo previsto en el artículo 11 la siguiente información:

1. Los mecanismos de supervisión policial, los registros de reportes de supervisión, así como los meca­nismos para inconformarse con un reporte de supervisión;

2. Los criterios y un informe anual de evaluación del desempeño policial;

3. Los protocolos de uso de la fuerza, incidentes reportados de oficio, incluyendo uso de armas letales y no letales;

4. Los lugares y medios de acceso para presentar quejas y el formato para ellas, así como el plazo para su interposición;

5. Número, características y frecuencia de quejas sobre incidentes de uso de la fuerza, tanto en los órga­nos internos de la policía, la disciplina administrativa, la justicia penal y la revisión de las comisiones de derechos humanos así como las medidas adoptadas al respecto;

6. Los respectivos programas de seguridad pública incluyendo diagnóstico, objetivos, líneas de acción e informe anual de evaluación de instrumentación;

7. Las convocatorias (plazos, requisitos, formatos para presentar postulaciones, exámenes) y resultados de los concursos de selección, así como los programas y resultados de la capacitación inicial;

8. El programa de capacitación permanente; y

9. Las convocatorias de ascensos, criterios, procesos de decisión y criterios de separación del cargo.

Información adicional de órganos electorales

Artículo 17. Además de lo señalado en el artículo 11, las autoridades electorales, entre otras el Instituto Federal Electoral y los respectivos Institutos Estatales Electorales, deberán hacer pública en Internet la siguiente información:

1. Los informes que presenten los partidos, asociaciones y las agrupaciones políticas;

2. Los expedientes sobre quejas resueltas por violaciones a la Leyes Electorales Federal y Estatal;

3. Las Actas y Acuerdos del Consejo o Asamblea General;

4. Los programas institucionales en materia de capacitación, educación cívica y fortalecimientos de los partidos políticos y demás asociaciones políticas;

5. La división del territorio que comprende el Estado en distritos electorales uninominales;

6. Listados de partidos políticos y demás asociaciones políticas registrados ante la autoridad electoral;

7. El registro de candidatos a cargos de elección popular;

8. Montos de financiamiento público por actividades ordinarias, de campaña y específicas otorgadas a los partidos y demás asociaciones políticas, así como los montos autorizados de financiamiento priva­do y los topes de los gastos de campañas;

9. Los informes sobre el monto, origen, empleo y aplicación de los ingresos que los partidos políticos y demás asociaciones políticas reciban por cualquier modalidad de financiamiento;

10. Los cómputos totales de las elecciones y procesos de participación ciudadana llevados a cabo en cada uno de los Estados;

11. Las auditorias, dictámenes y resoluciones concluidas a los partidos políticos;

12. Las listas de acuerdos, las sentencias relevantes con los respectivos votos particulares si los hubiere y la jurisprudencia;

13. La demás que resulte relevante sobre sus funciones.

Información adicional de los partidos, asociaciones y agrupaciones políticas

Artículo 18. Además de lo señalado en el artículo 11, para los partidos, asociaciones y agrupaciones políticas nacionales y estatales, será información pública de oficio, y deberá estar accesible en Internet la siguiente:

1. Su estructura orgánica;

2. Las facultades de cada una de sus instancias y órganos;

3. Las metas, objetivos y programas de sus diversos órganos;

4. El directorio de funcionarios partidistas, desde el nivel de Comité Municipal;

5. La remuneración mensual por puesto de sus dirigentes, desde el nivel de Comité Municipal;

6. El marco normativo aplicable al instituto político, como es la Declaración de Principios, el Programa de Acción, los Estatutos y los diversos reglamentos que emitan sus órganos de decisión;

7. Los informes que tengan que rendir con motivo de sus obligaciones legales y estatutarias, una vez que hayan sido aprobados por las instancias partidarias, o en su caso, por la autoridad electoral;

8. Los informes anuales, de campaña así como los de los procesos internos de selección de candidatos, una vez que hayan sido resueltos por el Consejo General del Instituto Federal Electoral;

9. Los contratos y convenios que celebren para el cumplimiento de sus actividades cotidianas;

10. Los convenios de participación que realicen con las organizaciones de la sociedad civil;

11. Los acuerdos y resoluciones que emitan sus órganos de dirección, desde el nivel municipal, local y nacional;

12. Las resoluciones que emitan los órganos disciplinarios del partido a nivel municipal, local y nacional, una vez que hayan causado estado;

13. Las minutas de las sesiones de los órganos de dirección a nivel nacional, local y municipal;

14. Las versiones estenográficas de las Asambleas ordinarias y extraordinarias, a nivel nacional, local y municipal;

15. Los informes de actividades del presidente y secretario general del Comité Ejecutivo Nacional, así como sus homólogos a nivel local y municipal;

16. Las convocatorias y procedimientos de selección de candidatos para puestos directivos al interior del partido, así como para candidaturas a puestos de elección popular;

17. Los índices de los expedientes clasificados como reservados y confidenciales;

18. La nombres de los responsables de los órganos internos de finanzas de cada partido político;

19. El padrón de militantes del partido;

20. El listado de las organizaciones sociales que cada partido político declare como adherentes o similares;

21. El listado de las fundaciones que en términos del artículo 49, párrafo 7, fracción VIII, del Código Fe­deral de Instituciones y Procedimientos Electorales tienen derecho a recibir un porcentaje del finan­ciamiento público anual que corresponde al partido político;

22. Los limites a las cuotas voluntarias y personales que los candidatos podrán aportar exclusivamente a sus campañas;

23. Los gastos de campaña; y

24. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante.

Información adicional de las Comisiones de Derechos Humanos

Artículo 19. Además de lo señalado en el artículo 11, las Comisiones Nacional y Estatales de derechos humanos deberán hacer pública la siguiente información:

1. Las recomendaciones enviadas, su destinatario y el estado que guarda su atención;

2. Sobre los recursos de queja e impugnación, el estado procesal en que se encuentran y, en el caso de los expedientes concluidos, el concepto por el cual llegaron a ese estado. Toda esta información por destinatario de la recomendación;

3. Estadísticas sobre las denuncias presentadas que permitan identificar el género de la víctima, su ubi­cación geográfica, edad y el tipo de queja.

Información adicional de las universidades e instituciones de educación superior públicas

Artículo 20. Además de lo señalado en el artículo 11, las universidades e instituciones de educación superior públicas deberán poner a disposición en Internet la siguiente información:

1. Los planes y programas de estudio según el sistema que ofrecen, ya sea escolarizado o abierto, con las áreas de conocimiento, el perfil profesional de quien cursa el plan de estudios, la duración del programa con las asignaturas por semestre, su valor en créditos y una descripción sintética para cada una de ellas;

2. Los estados de su situación financiera, señalando su activo en propiedades y equipo, inversiones patrimoniales y fideicomisos, efectivo y los demás que apliquen para conocer el estado que guarda su patrimonio;

3. Toda la información relacionada con sus procedimientos de admisión;

4. Los indicadores de gestión en las evaluaciones al de-sempeño de la planta académica y administrativa;

5. La remuneración de los profesores, incluyendo los estímulos al desempeño, nivel y monto;

6. Una lista con los profesores con licencia o en año sabático.

Información adicional del INAI y de los Institutos Estatales

Artículo 21. Además de lo señalado en el artículo 11, el INAI y los Institutos Estatales deberán hacer pública la siguiente información:

1. El resultado de los recursos de revisión interpuestos y las versiones públicas de las resoluciones emitidas, así como de la revisión oficiosa que realizara el INAI;

2. Los estudios que apoyan la resolución de los recursos de revisión;

3. En su caso, los amparos que existan en contra de sus resoluciones;

4. Estadísticas sobre las solicitudes de información que deberán incluir el perfil del solicitante, el tipo de respuestas y los temas de las solicitudes;

5. El resultado en materia de los programas implantados para la protección de datos personales y orga­nización de archivos;

6. Las actas de las sesiones del pleno, incluso las versiones estenográficas cuando existan;

7. Los resultados de la evaluación al cumplimiento de la ley por parte de los sujetos obligados;

8. Informe sobre las acciones de promoción de la cultura de transparencia; y

9. La otra que se considere relevante y de interés para el público.

Información pública de oficio para la que no es obligatoria su difusión en Internet

Artículo 22. Además de lo previsto en los artículos anteriores, los sujetos obligados deberán tener a disposición del público, y en la mayor medida de sus posibilidades en Internet, la siguiente información que se considerará pública de oficio:

1. Declaraciones patrimoniales de todos los servidores públicos obligados a presentarlas, salvo los datos confidenciales; en todo caso debe requerirse y obtenerse el consentimiento del servidor público para su divulgación; como mínimo deberá contarse con la información siguiente:

a) Nombre;

b) Datos del puesto o encargo;

c) Datos curriculares, incluyendo en su caso experiencia laboral y académica;

d) Ingresos anuales netos;

e) Valor de los bienes inmuebles;

f) Valor de los vehículos;

g) Valor de los bienes muebles;

h) Valor de las inversiones;

i) Monto de los adeudos.

2. Los contratos, convenios o condiciones generales de trabajo que regulen las relaciones laborales del personal sindicalizado y de confianza que se encuentre adscrito a los sujetos obligados, la relación del personal sindicalizado, y las prestaciones económicas o en especie que por cualquier motivo, incluso donativos, se hayan entregado a los sindicatos;

3. La contenida en todo tipo de revisiones y auditorias concluidas al ejercicio presupuestal de cada uno de los sujetos obligados y, en su caso, las aclaraciones que correspondan. Con respecto a lo anterior, los órganos internos de control y fiscalizadores internos y externos, deberán generar un informe tri­mestral que contenga lo siguiente:

a) El número y tipo de auditorías a realizar en el ejercicio presupuestario respectivo;

b) Número total de observaciones determinadas en los resultados de auditoría por cada rubro su­jeto a revisión; y

c) Respecto del seguimiento de los resultados de auditorías, el total de las aclaraciones efectuadas por el sujeto obligado.

4. Los expedientes sobre procedimientos de licitación de cualquier naturaleza serán públicos y, en el caso que contengan información reservada o confidencial, sobre ellos se difundirá una versión pública que deberá contener:

a) De licitaciones públicas o por invitación:

i. La convocatoria o invitación emitida;

ii. Los participantes o invitados;

iii. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;

iv. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;

v. La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada;

vi. En su caso, los convenios modificatorios que recaigan a la contratación, precisando en qué consis­ten y su fecha de firma;

b) De las adjudicaciones directas:

i. Los motivos y fundamentos legales aplicados;

ii. En su caso, las cotizaciones consideradas;

iii. El nombre de la persona adjudicada;

iv. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;

v. La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada;

vi. En su caso, los convenios modificatorios que recaigan a la contratación.

Esta difusión deberá incluir el padrón de proveedores y contratistas así como los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.

5. Salvo la información reservada o confidencial, los expedientes sobre las concesiones, permisos, licencias y autorizaciones otorgadas por los sujetos obligados serán públicos, incluidas todas aquellas constancias documentales que reciban los sujetos obligados sobre el aprovechamiento de las mismas;

6. La identificación de las personas a quienes, por cualquier motivo, se les entreguen o usen recursos públicos. Esta información se deberá acompañar de las convocatorias, reglas, montos, criterios o instrumentos jurídico conforme al cuales se efectuó la transferencia de recursos;

7. Los servicios y programas que ofrecen pudiendo identificar la población objetivo a quien van dirigidos, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos. Sobre la ejecución del presupuesto deberá poderse diferenciar lo que corresponde a recursos federales, estatales y municipales con los respectivos calendarios de ejecución;

8. Sobre los programas de subsidio deberá difundirse, además, el diseño, ejecución, montos asigna­dos y criterios de acceso, así como los padrones de las personas beneficiarias de los programas sociales;

9. Cualquier información que los sindicatos y las cámaras empresariales deban entregar a los sujetos obligados, incluida aquella que esté relacionada con su registro, agremiados, contratos colectivos o reconocimiento de representatividad;

10. La relativa a los Convenios o contratos que los sujetos obligados celebren con:

a. La federación, los estados y los municipios;

b. Organizaciones de la sociedad civil;

c. Sindicatos;

d. Cámaras empresariales;

e. Partidos y cualquier otro tipo de agrupaciones políticas;

f. Instituciones de enseñanza privada;

g. Fundaciones;

h. Cualquier institución pública del Estado; y

i. Con otros países.

11. Cualquier otra información que se considere relevante y la que responda a las preguntas más frecuentes.

Modalidades de la publicación en Internet

Artículo 23. Los sujetos obligados deberán tener en su página de inicio de sus portales de Internet una indicación claramente visible que indique el sitio donde se encuentre la información a la que se re­fiere este Capítulo. Adicionalmente deberán utilizar un lenguaje ciudadano que sea claro, accesible y que facilite su comprensión por los usuarios. Además las páginas deberán contar con buscadores temáticos y disponer de un respaldo con todos los registros electrónicos para cualquier persona que los solicite.

Esta entrega deberá ser expedita y procurará la creación de bases de datos explotables para la genera­ción de conocimiento por parte de la sociedad.

En la mayor medida de lo posible, los sujetos obligados utilizarán mecanismos que permitan la compa­ración de información entre los diferentes sujetos obligados y los diversos niveles de gobierno. Así mismo deberán fomentar la publicación de información útil para la ciudadanía tales como servicios públicos y trámites.

Calendario para la actualización de información

Artículo 24. Con objeto de verificar que la información pública de oficio que recibe cualquier perso­na es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el cargo del área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actuali­zarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la fecha de la última actualización por cada rubro, así como indicar el área responsable de generar la información.

Responsabilidad de la información

Artículo 25. En cada uno de los rubros de información pública señalados en los artículos 11 a 22 de esta ley, los sujetos obligados deberán indicar el área responsable de generar la información.

Objetivos del acceso a la información jurisdiccional

Artículo 26. El acceso y la publicación de información jurisdiccional federal y estatal, tienen las siguientes finalidades:

1. Proporcionar a las partes de un proceso o procedimiento información relevante sobre las incidencias del mismo;

2. Dar a conocer a la sociedad en general la información que se genera en los procesos o procedimiento con el objeto de divulgar la manera en la que se interpreta y aplica el derecho, y

3. Asegurar una adecuada rendición de cuentas de los órganos de impartición de justicia.

El acceso y la publicación de información jurisdiccional deberá realizarse atendiendo a alguna de las finalidades antes expresadas y, en cualquier caso, la divulgación de información deberá asegurar la pro­tección de los datos personales y la información protegida de conformidad con las disposiciones respecto de niveles de protección establecidas en esta ley.

Reservas a la publicidad de la información procesal

Artículo 27. La información contenida en los expedientes judiciales federales y estatales y las sentencias será considerada pública, salvo que se trate de los siguientes casos:

1. Asuntos relacionados con menores o incapaces;

2. Asuntos del orden familiar en donde se ponga en peligro la integridad de los menores;

3. Delitos sexuales u otros delitos en los que se ponga en peligro la integridad personal o moral de las víctimas; y

4. Información considerada como reservada o confidencial, así como los datos personales con niveles de protección medio y alto.

Para efectos de esta ley, se entenderá que integra un expediente las constancias y pruebas aportadas por las partes al procedimiento. Las resolu­ciones intraprocesales o las que ponen fin al procedimiento tendrán el carácter de públicas.

Procedimiento para otorgar el acceso a la información jurisdiccional

Artículo 28. El acceso al expediente judicial y a las sentencias no publicadas será solicitado a la Unidad de Información de cada órgano impartidor de justicia, quien deberá analizar si es procedente la solicitud y, en su caso, permitir el acceso en las condiciones que al efecto se estipulen.

Las partes tienen derecho a clasificar como confidencial la información que entreguen con motivo de los procesos en los que se encuentren involucradas. La Unidad de Información determinará, previa so­licitud de información realizada por un tercero, la procedencia de la clasificación planteada. En caso de estimarse que la información no es confidencial se acordará el acceso a la misma.

Oportunidad para otorgar el acceso a la información jurisdiccional

Artículo 29. El acceso a la información contenida en los expedientes o a las sentencias y resoluciones puede solicitarse una vez que la información haya sido tramitada, acordada y notificada en los términos de la legislación procesal.

Información jurisdiccional en medios electrónicos

Artículo 30. Los órganos impartidores de justicia procurarán publicar en Internet las sentencias más rele­vantes de su actividad jurisdiccional. El resto de las sentencias que hayan causado ejecutoria, tendrá el carácter de información pública de oficio. En cualquier caso, las publicaciones de sentencias en medios electrónicos que realicen los órganos de impartición de justicia, así como la entrega de información en estos mismos medios, no deberá contener nombres u otros datos que permitan identificar a las personas involucradas en los procesos.

Capítulo IVInformación Reservada Definición y reserva de ley

Artículo 31. La información pública podrá reservarse temporalmente del conocimiento público por causas de interés público y conforme las modalidades establecidas en la presente ley.

Información reservada

Artículo 32. Como información reservada podrá clasificarse aquélla cuya difusión:

1. Comprometa la seguridad o la defensa nacional, en los términos de la legislación federal aplica­ble;

2. Ponga en riesgo la seguridad pública municipal o estatal;

3. La información que otros estados u organismos internacionales entreguen con carácter de confiden­cial a los sujetos obligados;

4. Dañe la estabilidad financiera o económica del Estado;

5. Ponga en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona, o

6. Cause un serio perjuicio a:

a) Las actividades de verificación del cumplimiento de las leyes;

b) La prevención o persecución de los delitos;

c) La impartición de la justicia o la seguridad de un denunciante o testigo, incluso sus familias;

d) La recaudación de las contribuciones;

e) Las operaciones de control migratorio;

f) Las estrategias procesales de los sujetos obligados en procesos judiciales, administrativos o ar­bitrales, mientras las resoluciones que ponen fin a la instancia no se hayan dictado;

7. La que por disposición expresa de una ley sea calificada como confidencial o reservada. Esta informa­ción, en su caso, será clasificada conforme a las reglas de esta ley;

8. Menoscabe seriamente el patrimonio de cualquier ente público;

9. La que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, en tanto pueda afectar un proceso de toma de decisiones que impacte el interés público y hasta que no sea adoptada la decisión definitiva. En todos los casos, se deberá documentar tanto el proceso deliberativo como la decisión definitiva.

Prueba de daño al interés público

Artículo 33. La información sólo podrá ser clasificada como reservada mediante resolución fundada y motivada en la que, a partir de elementos objetivos o verificables, pueda identificarse una alta probabi­lidad de dañar el interés público protegido.

No podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de la investigación de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad.

Información reservada que no requiere prueba de daño

Artículo 34. También se considerará como información reservada:

1. Los expedientes de integración de las averiguaciones previas durante dicha etapa. Los expedientes de las averiguaciones previas respecto de los cuáles se determinó el no ejercicio de la acción penal o que se encuentren en reserva podrán ser divulgados, salvo que se pruebe un daño serio a la persecución de los delitos, aplicando la prueba de daño prevista en el artículo 34.

2. Los expedientes judiciales, arbitrales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio, en tanto no cause estado la resolución definitiva. Una vez que dicha resolución cause estado, los expedientes serán públicos, salvo la información reservada o confidencial que pudieran contener;

3. Los expedientes de los procedimientos para fincar responsabilidad a los servidores públicos en tanto no se haya expedido la resolución administrativa que corresponda y se hayan agotado todas las instancias jurisdiccionales y administrativas;

Salvo lo previsto en la segunda oración de la fracción 1 de este artículo, en estos casos no se requerirá la prueba de daño a que se refiere el artículo 34 de esta ley.

Periodo de reserva

Artículo 35. La información clasificada como reservada en términos de esta ley, podrá perma­necer con tal carácter hasta por un periodo de doce años. Esta información deberá ser descla­sificada cuando se extingan las causas que dieron origen a su clasificación o cuando haya transcurrido el periodo de reserva. Este periodo podrá ser excepcionalmente renovado y siempre que subsistan las causales que le dieron origen. El periodo de clasificación deberá contabilizarse desde la fecha en que se generó el documento o expediente.

Procedimiento de clasificación

Artículo 36. La información deberá ser clasificada por el titular del área o unidad administrativa, en la mayor medida de lo posible, desde el momento en que se genera el documento o el expediente o en el momento en que se recibe una solicitud de acceso a la información.

El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán establecer criterios específicos para la clasificación de información mediante la expedición de lineamientos de clasificación y desclasificación. En ningún caso los sujetos obligados podrán clasificar documentos mediante acuerdos generales antes de que se genere la información.

Acceso a información reservada

Artículo 37. Los titulares de los sujetos obligados deberán adoptar las medidas necesarias para ase­gurar el acceso restringido a los documentos o expedientes clasificados.

Los titulares del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán tener acceso en todo momento a la información clasificada como reservada o confidencial para determinar su debida clasificación, desclasificación o procedencia de su acceso.

Capítulo VInformación Confidencial Definición

Artículo 38. Se considera como información confidencial aquella que se refiere a la vida privada y los datos personales. Esta información mantendrá este carácter de manera indefinida y sólo podrán tener acceso a ellas los titulares de la misma y los servidores públicos que requieran conocerla para el debido ejercicio de sus funciones.

Información confidencial

Artículo 39. Se considerará como información confidencial:

1. Los datos personales en los términos de lo dispuesto por esta ley;

2. La protegida por los secretos comercial, industrial, bancario, fiduciario, fiscal y profesional; y

3. La información protegida por la legislación en materia de derechos de autor o propiedad intelectual.

Información de los particulares entregada a los sujetos obligados

Artículo 40. Los particulares podrán entregar a las dependencias y entidades con carácter de confi­dencial la siguiente información:

1. La relativa al patrimonio de una persona moral, con excepción de cualquiera de los sujetos obligados;

2. La que comprenda hechos y actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo relativos a una persona física o moral, que pudiera ser útil para un competidor por ejemplo, la relativa a detalles, sobre el manejo del negocio del titular, sobre su proceso de toma de decisiones o información que pudiera afectar sus negociaciones, acuerdos de los órganos de administración, políticas de dividendos y sus modificaciones o actas de asamblea, innovaciones tecnológicas o proyectos futuros; y

3. Aquella cuya difusión esté prohibida por una cláusula o convenio de confidencialidad o que su divulga­ción afecte el patrimonio de un particular.

Registros públicos y fuentes de acceso público

Artículo 41. No se considerará como información confidencial:

1. Aquella que por disposición de una ley se halle en registros públicos o fuentes de acceso público, en cuyo caso se le hará saber al solicitante la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar esta información; o

2. Aquella que por ley tenga el carácter de pública.

Reglas especiales en secreto bancario y fiduciario

Artículo 42. En los fideicomisos públicos, mandatos o contratos análogos constituidos por un sujeto obligado, o que administren recursos públicos, corresponderá al fiduciario, por instrucciones expresas del fideicomitente, del mandante o de quien celebre el contrato análogo, dar cumplimiento a las solicitudes de información.

Los titulares de los sujetos obligados que coordinen la operación de los fideicomisos, mandatos o con­tratos análogos, así como de las entidades que figuren como fideicomitentes o que celebren este tipo de contratos, deberán realizar los actos necesarios a fin de que se autorice a la fiduciaria, en los contratos respectivos, a proporcionar la información a que se refiere el párrafo anterior, sin que se requiera autori­zación por cada solicitud, así como de cuidar que las reglas de operación que, en su caso, se emitan y las modificaciones que excepcionalmente se propongan a las mismas, no desvirtúen los propósitos, bases, medidas de control y objetivos para los que fueron constituidos aquellos.

No podrá invocarse el secreto bancario cuando el titular de las cuentas bancarias sea un sujeto obligado.

Información entregada por particulares de manera no obligatoria

Artículo 43. Cuando los particulares entreguen a los sujetos obligados información confidencial deri­vada de un trámite o procedimiento del cual puedan obtener un beneficio, deberán señalar los documen­tos o secciones de ellos que contengan tal información. En el caso de que exista una solicitud de acceso que incluya información confidencial los sujetos obligados podrán comunicarla, siempre y cuando medie el consentimiento expreso del particular titular de dicha información confidencial.

Prueba de interés público

Artículo 44. La información confidencial podrá divulgarse cuando se com­pruebe, a juicio del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, que existen razones de interés público relacionadas con los objetivos de esta ley debidamente acreditadas. Para este efecto, podrá mediar petición del recurrente quien apor­tará los elementos de prueba necesarios o bien el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán investigarlo de oficio.

Además, durante el procedimiento de sustanciación del recurso, deberá respetarse la garantía de au­diencia de los titulares de la información confidencial y realizarse una valoración objetiva, cuantitativa y cualitativa, de los intereses en conflicto que permita razonablemente asegurar que los beneficios sociales de divulgar la información serán mayores a los costos. En la valoración que se haga al respecto se consi­derará si la información fue entregada de manera voluntaria u obligatoria por los particulares.

Capítulo VIGestión Documental y Archivos Obligación de contar con archivos

Artículo 45. Los sujetos obligados deberán preservar los documentos en archivos administrativos organizados y actualizados de conformidad con las disposiciones de este capítulo y demás disposicio­nes aplicables.

Principios que regulan el manejo de documentos

Artículo 46. En el manejo de los documentos, los sujetos obligados deberán observar los principios de disponibilidad, eficiencia, localización expedita, integridad y conservación.

Obligaciones en materia de archivos

Artículo 47. Los sujetos obligados contarán con responsables para los archivos de trámite, concen­tración y, en su caso, histórico, quienes elaborarán los instrumentos de control y consulta que permitan la correcta y adecuada organización, descripción, localización y conservación de documentos, que inclu­yan al menos:

1. El cuadro general de clasificación archivística;

2. El catálogo de disposición documental; y

3. Los inventarios documentales (general, de transferencia y de baja).

Facultades en materia de archivos

Artículo 48. Corresponderá al INAI elaborar los lineamientos específicos en materia de organización de archivos admi­nistrativos que no tengan el carácter de históricos. Las disposiciones deberán tomar en consideración las normas archivísticas internacionalmente reconocidas y deberán contener al menos los tres siguientes niveles: fondo, sección y serie documental, sin perjuicio de que existan niveles intermedios según se requiera.

Archivo de documentos reservados o confidenciales

Artículo 49. Los sujetos obligados deberán indicar en las series documentales si se trata de docu­mentos reservados o confidenciales. Adicionalmente deberán generar y publicar en Internet un índice público por serie documental el cual deberá actualizarse trimestralmente. En su caso, deberá indicar la clasificación por serie documental.

Bajas documentales

Artículo 50. Cuando un sujeto obligado inicie el procedimiento de baja documental de documentos o expedientes clasificados como reservados o confidenciales deberá notificarlo al INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, para que éste determine si procede o no su baja. En caso de que el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, determine que no procede la baja documental, dichos documentos o expedientes deberán transmitirse al archivo histórico que corresponda y tendrán el carácter de públicos. El silencio del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, será considerado como una autorización para la baja documental.

Documentos electrónicos

Artículo 51. La autoridad en materia de archivos emitirá criterios para la administración de docu­mentos electrónicos que aseguren su disponibilidad, integridad y autenticidad, de conformidad con los estándares internacionales.

Principios que regulan los sistemas de datos

Artículo 52. Los sujetos obligados al tratar los sistemas de datos deberán observar los principios de consentimiento, información previa, licitud, calidad de la información, confidencialidad y seguridad, así como garantizar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, corrección y oposición.

Título SegundoProtección de Datos Personales Capítulo IPrincipios Definiciones

Artículo 53. Para efectos de este Título, se entenderá por:

1. Encargado: El servidor público o cualquier otra persona física o moral facultada por un instrumento jurídico o expresamente autorizado por el responsable para llevar a cabo el tratamiento físico o auto­matizado de los datos personales;

2. Interesado: persona física titular de los datos que sean objeto del tratamiento;

3. Responsable: El servidor público titular de la unidad administrativa responsable de las decisiones so­bre el tratamiento físico o automatizado de datos personales, así como el contenido y finalidad de los sistemas de datos personales;

4. Tratamiento de datos personales: cualquier operación o conjunto de operaciones, efectuadas me­diante procedimientos automatizados o físicos, y aplicadas a datos personales, como la obtención, registro, organización, conservación, elaboración o modificación, extracción, consulta, utilización, co­municación por transmisión, difusión o cualquier otra forma que facilite el acceso a los mismos, cotejo o interconexión, así como su bloqueo, supresión o destrucción; y

5. Transmisión: Toda comunicación o cesión de datos personales a una persona distinta del interesado. No se considerará como tal la efectuada por el responsables al encargado de los datos personales.

Consentimiento

Artículo 54. El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento expreso de su titular, salvo las excepciones señaladas en esta ley o en otra disposición legal.

El consentimiento a que se refiere este artículo podrá ser revocado cuando exista causa justificada para ello y no se le atribuyan efectos retroactivos.

Los sujetos obligados no podrán difundir o transmitir los datos personales contenidos en los sistemas de datos, desarrollados en el ejercicio de sus funciones, salvo que haya mediado el consentimiento ex­preso, por escrito o por un medio de autenticación similar, de los interesados a que haga referencia la información. Al efecto, la unidad de información correspondiente contará con los formatos necesarios para recabar dicho consentimiento, pudiendo utilizarse en su caso medios electrónicos.

Excepciones al consentimiento

Artículo 55. No será necesario el consentimiento cuando los datos de carácter personal cuando:

1. Se recaben para el ejercicio de las atribuciones legales conferidas a los sujetos obligados;

2. Se refieran a las partes de un contrato o precontrato de una relación de negocios, laboral o adminis­trativa y sean necesarios para su mantenimiento o cumplimiento;

3. Sean necesarios para efectuar un tratamiento para la prevención o para el diagnóstico médico, la presta­ción de asistencia sanitaria o tratamientos médicos o la gestión de servicios sanitarios, siempre que dicho tratamiento de datos se realice por una persona sujeta al secreto profesional u obligación equivalente; y

4. Los datos figuren en fuentes accesibles al público y se requiera su tratamiento.

Información previa

Artículo 56. Los sujetos obligados que soliciten datos personales deberán informar al interesado de manera expresa y clara lo siguiente:

1. Que sus datos se incorporaran a un sistema de datos personales, su finalidad y destinatarios;

2. Del carácter obligatorio o facultativo de la entrega de los datos personales;

3. De las consecuencias de la negativa a suministrarlos;

4. De la posibilidad que estos datos sean transmitidos, en cuyo caso deberá constar el consentimiento expreso de la persona;

5. De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; y

6. Del cargo y dirección del responsable.

Cuando se utilicen cuestionarios u otros impresos para la obtención, figurarán en los mismos, en forma claramente legible, las advertencias a que se refiere este artículo.

Cuando los datos de carácter personal no hayan sido obtenidos del interesado, éste deberá ser in­formado de forma expresa y clara, por el responsable del banco de datos o su representante, dentro de los tres meses siguientes al momento del registro de los datos, salvo que exista constancia que el interesado ya fue informado del contenido de las fracciones 1, 4, 5 y 6 del presente artículo.

Excepciones al principio de información previa

Artículo 57. Lo dispuesto en el artículo anterior no será aplicable cuando expresamente una ley lo prevea, cuando el tratamiento tenga fines históricos, estadísticos o científicos, o cuando la información al titular resulte imposible o exija esfuerzos desproporcionados, a criterio de la autoridad competente en la materia, en consideración al número de titulares, a la antigüedad de los datos y a las posibles medidas compensatorias.

Licitud

Artículo 58. Los sujetos obligados desarrollarán o tendrán sistemas de datos personales sólo cuando estos se relacionen directamente con sus facultades o atribuciones, legales o reglamentarias. En todos los casos los datos deberán obtenerse a través de los medios previstos en las disposiciones de esta ley otras aplicables.

La contravención a esta disposición será motivo de responsabilidad en términos del capítulo décimo sexto de esta ley.

Calidad

Artículo 59. Los datos de carácter personal sólo podrán recabarse y ser objeto de tratamiento cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y la finalidad para las que se hayan obtenido.

Los datos de carácter personal no podrán usarse para finalidades distintas a aquéllas para loa cuáles fueron obtenidos o tratados. No se considerará como una finalidad distinta el tratamiento con fines his­tóricos, estadísticos o científicos.

Los datos de carácter personal serán exactos. Los sujetos obligados deberán actualizarlos de forma que respondan con veracidad a la situación actual del interesado.

Confidencialidad

Artículo 60. Deberá garantizarse el manejo confidencial de los datos personales, por lo que no podrán divulgarse o transmitirse salvo por disposición legal, o cuando medie el consentimiento del titular.

Seguridad

Artículo 61. Deberán adoptarse las medidas de índole técnico y organizativa necesarias que garanti­cen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autoriza­do. Dichas medidas serán adoptadas en relación con el menor o mayor grado de protección que ameriten los datos personales.

Datos especialmente protegidos

Artículo 62. Los datos personales con niveles de protección alto a los que se refiere esta ley sólo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado consienta expresamente.

Quedan prohibidos los sistemas de datos personales creados con la finalidad exclusiva de almacenar datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial o étnico, o vida sexual.

Los datos de carácter personal relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas úni­camente podrán ser incluidos en los sistemas de datos personales de los sujetos obligados competentes en los supuestos que así lo autoricen las normas aplicables.

No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, podrán ser objeto de tratamiento los datos per­sonales cuando resulte necesario para la prevención o para el diagnóstico médicos, la prestación de asistencia sanitaria o tratamientos médicos o la gestión de servicios sanitarios, siempre que dicho tra­tamiento de datos se realice por un profesional sanitario sujeto al secreto profesional o por otra persona sujeta asimismo a una obligación equivalente de secreto.

También podrán ser objeto de tratamiento los datos a que se refiere el párrafo anterior cuando sea necesario para salvaguardar la vida o integridad física del interesado o de otra persona, en el supuesto de que el interesado esté física o jurídicamente incapacitado para dar su consentimiento.

Capítulo IIDerechos Derecho ARCO

Artículo 63. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son derechos indepen­dientes, de tal forma que no puede entenderse que el ejercicio de alguno de ellos sea requisito previo o impida el ejercicio de otro.

Acceso

Artículo 64. El interesado tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente información de sus da­tos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos, así como las transmisiones realizadas o que se prevean hacer de los mismos.

Rectificación y cancelación

Artículo 65. Serán rectificados o cancelados, en su caso, los datos de carácter personal cuyo trata­miento no se ajuste a lo dispuesto en la presente ley, en particular, cuando tales datos resulten inexac­tos o incompletos, siempre y cuando no sea imposible o exija esfuerzos desproporcionados, a criterio de la autoridad competente en la materia.

Efectos del bloqueo

Artículo 66. La cancelación dará lugar al bloqueo de los datos, conservándose únicamente a disposi­ción de los sujetos obligados, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas para que una vez que se haya cumplido el mismo se proceda a su supresión, en términos de la normatividad aplicable.

Transmisión

Artículo 67. Si los datos rectificados o cancelados hubieran sido transmitidos previamente, el respon­sable del tratamiento deberá notificar la rectificación o cancelación efectuada a quien se hayan transmi­tido, quien deberá también proceder a rectificación o cancelación.

Conservación de datos

Artículo 68. Los datos de carácter personal deberán ser conservados durante los plazos previstos en las disposiciones aplicables. Si no hubiere disposiciones expresa en la normatividad aplicable el plazo será el que establezca el catálogo de disposición documental para la serie correspondiente.

Oposición

Artículo 69. El interesado tendrá derecho a oponerse al tratamiento de los datos que le conciernan, en el supuesto que los datos se hubiesen recabado sin su consentimiento, cuando existan motivos fundados para ello y la ley no disponga lo contrario. De actualizarse tal supuesto, el responsable del banco deberá excluir del tratamiento los datos relativos al afectado.

Capítulo IIIProcedimientos para el Ejercicio de los Derechos en materia de Datos Personales Procedimiento para el ejercicio de los derechos

Artículo 70. Sin perjuicio de lo que dispongan otras leyes, sólo los interesados o sus representantes podrán solicitar a una unidad de información o su equivalente, previa acreditación, que les dé acceso, rectifique, cancele o haga efectivo su derecho de oposición, respecto de los datos personales que le con­ciernan y que obren en un sistema de datos personales en posesión de los sujetos obligados.

La unidad de información deberá notificar al solicitante, en un plazo de diez días contados desde la presentación de la solicitud, la determinación adoptada en relación con su solicitud, a efecto de que, si resulta procedente, se haga efectiva la misma dentro de los quince días siguientes a la fecha de la citada notificación.

El plazo de diez días, referido en el párrafo anterior, podrá ser ampliado una sola vez, por un periodo igual, siempre y cuando así lo justifiquen las circunstancias del caso.

Negativa

Artículo 71. En el supuesto que los datos personales a que se refiere la solicitud obren en los siste­mas de datos personales del sujeto obligado y éste considere improcedente la solicitud de acceso, rectifi­cación, cancelación u oposición, se deberá emitir una resolución fundada y motivada al respecto, a través de la Unidad de Información.

En caso de que los datos personales requeridos no fuesen localizados en los sistemas de datos perso­nales del sujeto obligado, dicha circunstancia se comunicará al interesado vía resolución a través de la Unidad de Información.

Entrega gratuita de información

Artículo 72. La entrega de los datos personales será gratuita, debiendo cubrir el individuo únicamente los gastos de envío de conformidad con las tarifas aplicables. No obstante, si la misma persona realiza una nueva solicitud, que implique la entrega de datos, respecto del mismo sistema de datos personales en un periodo menor a doce meses a partir de la última solicitud, la solicitud tendrá un costo que deberá fijarse en las disposiciones aplicables.

Solicitud para ejercicio de derechos

Artículo 73. La solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición deberá contener:

1. El nombre del solicitante y domicilio u otro medio para recibir notificaciones, como el correo electróni­co, así como los datos generales de su representante, en su caso;

2. La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos antes mencionados;

3. Cualquier otro elemento que facilite la localización de la información; y

4. Opcionalmente, la modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a sus datos personales, la cual podrá ser verbalmente, mediante consulta directa, copias simples, certificadas u otro tipo de medio.

Si los detalles proporcionados por el solicitante no bastan para localizar los datos personales o son erróneos, la unidad de información podrá requerir, por una vez y dentro de los diez días siguientes a la presentación de la solicitud, que indique otros elementos o corrija los datos. Este requerimiento inte­rrumpirá el plazo establecido en el artículo 69.

Solicitud de rectificación

Artículo 74. En el caso de solicitudes de rectificación de datos personales, el interesado deberá indi­car además de los señalados en el artículo 72, las modificaciones a realizarse y aportar la documenta­ción que sustente su petición.

Modalidades de la cancelación

Artículo 75. Tratándose de solicitudes de cancelación, la solicitud deberá indicar si revoca el consen­timiento otorgado.

Recurso de revisión

Artículo 76. El interesado al que se niegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de opo­sición, acceso, rectificación o cancelación, podrá interponer el recurso de revisión previsto en esta ley.

Transmisión de datos entre organismos gubernamentales

Artículo 77. No se requerirá el consentimiento previo del interesado para la transmisión de sus da­tos entre sujetos obligados en los siguientes supuestos:

1. Cuando esté previsto en una ley;

2. Cuando se trate de datos obtenidos de fuentes accesibles al público;

3. Cuando la transmisión se realice al Ministerio Público en el ejercicio de sus atribuciones de investigación y persecución de los delitos, así como a los órganos jurisdiccionales en el ejercicio de sus funciones.

Revocación

Artículo 78. El consentimiento para la transmisión de los datos de carácter personal es revocable.

Transmisión de datos personales

Artículo 79. Los datos de carácter personal recabados o elaborados por los sujetos obligados para el desempeño de sus atribuciones podrán ser transmitidos a otros sujetos obligados para el ejercicio de competencias, que versen sobre la misma materia. También podrán ser transmitidos cuando el propósito de la transmisión sea el tratamiento de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos.

Disociación

Artículo 80. Si la comunicación se efectúa previo procedimiento de disociación, no será aplicable lo establecido en los artículos anteriores.

Por disociación se entiende el procedimiento mediante el cual los datos personales no pueden asociarse al interesado, ni permitir por su estructura, contenido, o grado de desagregación la identificación del mismo.

Capítulo IVOtras Disposiciones Bancos de servicios de seguridad y entidades de apoyo

Artículo 81. Los sistemas de datos personales creados para fines administrativos por las autorida­des de seguridad pública estarán sujetos al régimen general del presente título.

Artículo 82. La recolección y tratamiento de datos de carácter personal por parte de las autoridades a cargo de la seguridad pública sin consentimiento de las personas afectadas están limitados a aquellos supuestos y categorías de datos que resulten necesarios para la prevención de un peligro real para la seguridad pública o para la prevención o persecución de delitos, debiendo ser almacenados en sistemas específicos, establecidos al efecto, que deberán clasificarse por categorías en función de su grado de fiabilidad.

La obtención y tratamiento de los datos especialmente protegidos por las autoridades de seguridad pública podrán realizarse exclusivamente en los supuestos en que sea absolutamente necesario para los fines de una investigación concreta, sin perjuicio del control de legalidad de la actuación administrativa o de la obligación de resolver las pretensiones formuladas en su caso por los interesados que correspon­den a los órganos jurisdiccionales.

Los datos personales recabados con fines policiales se cancelarán cuando no sean necesarios para las investigaciones que motivaron su almacenamiento.

A estos efectos, se considerará especialmente la edad del interesado y el carácter de los datos alma­cenados, la necesidad de mantener los datos hasta la conclusión de una investigación o procedimiento concreto, la resolución judicial firme, en especial la absolutoria, el indulto, la rehabilitación, la prescrip­ción de responsabilidad y la amnistía.

Artículo 83. Los responsables de los sistemas que contengan los datos a que se refieren los párrafos 2, 3 y 4 del artículo anterior podrán negar el acceso, la rectificación o la cancelación en función del daño probable que pudieran derivarse para la seguridad nacional o la seguridad pública, la protección de los derechos y libertades de terceros o las necesidades de las investigaciones que se estén realizando.

La aplicación de estas reglas en materia de seguridad nacional seguirán los principios generales de este capítulo junto con la regulación específica de la materia, sin que las leyes puedan suprimir el dere­cho de acceso, rectificación o cancelación de modo permanente.

Sistemas en materia tributaria

Artículo 84. Los responsables de los bancos en materia tributaria podrán, igualmente, negar el ejer­cicio de los derechos a que se refiere el apartado anterior cuando el mismo obstaculice las actuaciones administrativas tendientes a asegurar el cumplimiento de las obligaciones en esa materia.

Niveles de seguridad de datos personales

Artículo 85. Los sujetos obligados deberán elaborar un documento que establezca las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas adoptadas para cada sistema de datos personales que po­sean, las cuales garanticen el nivel de seguridad adecuado, de conformidad al tipo de datos contenidos en dichos sistemas y con base en los estándares internacionales de seguridad. Este documento deberá ser enviando al INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, para sus observaciones y comentarios.

El documento de seguridad deberá incluir el nombre y cargo de los servidores públicos que intervienen en el tratamiento de datos personales con el carácter de responsable y encargado, en su caso. En el su­puesto de actualización de estos datos, la modificación respectiva deberá notificarse al INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, dentro de los 30 días siguientes a que se efectuó.

Las medidas de seguridad deberán establecerse atendiendo a la siguiente clasificación:

Sección I: Nivel básico

Los sistemas de datos personales que contienen alguno de los datos que se enuncian a continuación deberán aplicar las medidas de seguridad de nivel básico:

• De Identificación: Nombre, domicilio, número de teléfono particular, número de teléfono celular, di­rección de correo electrónico, estado civil, firma, firma electrónica, Registro Federal de Contribuyentes, Clave Única de Registro de Población, cartilla militar, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, edad, nombres de familiares dependientes y beneficiarios, fotografía, idioma o lengua, entre otros.

• Laborales: Documentos de reclutamiento y selección, de nombramiento, de incidencia, de capaci­tación, puesto, domicilio de trabajo, correo electrónico institucional, teléfono institucional, actividades extracurriculares, referencias laborales, referencias personales, entre otros.

Sección II. Nivel medio

Los sistemas de datos personales que contengan alguno de los datos que se enuncian a continuación, además de cumplir con las medidas de seguridad de nivel básico, deberán observar las identificadas con nivel medio.

• Datos Patrimoniales: Bienes muebles e inmuebles, información fiscal, historial crediticio, ingresos y egresos, cuentas bancarias, seguros, afores, fianzas, servicios contratados, referencias personales, entre otros.

• Datos sobre procedimientos jurisdiccionales o administrativos seguidos en forma de juicio: Infor­mación relativa a una persona que se encuentre sujeta a un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio o jurisdiccional en materia laboral, civil, penal o administrativa.

• Datos Académicos: Trayectoria educativa, títulos, cédula profesional, certificados y reconocimientos, entre otros.

• Tránsito y movimientos migratorios: Información relativa al movimiento de las personas dentro y fuera del país e información migratoria de las personas, entre otros.

Sección III: Nivel alto

Los sistemas de datos personales que contengan alguno de los datos que se enuncian a continuación, además de cumplir con las medidas de seguridad de nivel básico y medio, deberán observar las identifi­cadas con nivel alto.

• Datos Ideológicos y religiosos: Creencia religiosa, ideología, afiliación política y/o sindical, pertenen­cia a organizaciones de la sociedad civil y/o asociaciones religiosas, entre otros.

• Datos de Salud: Estado de salud, historial clínico, alergias, enfermedades, información relacionada con cuestiones de carácter psicológico y/o psiquiátrico, incapacidades médicas, intervenciones quirúr­gicas, vacunas, consumo de sustancias tóxicas, uso de aparatos oftalmológicos, ortopédicos, auditivos, prótesis, entre otros.

• Características personales: Tipo de sangre, ADN, huella digital, u otros análogos.

• Características físicas: Color de piel, color de iris, color de cabello, señas particulares, estatura, peso, complexión, discapacidades, entre otros.

• Vida sexual: Preferencia sexual, hábitos sexuales, entre otros.

• Origen: Étnico y racial.

Título TerceroInstituciones Capítulo IUnidades de Información Integración de las Unidades de Información

Artículo 86. Los Sujetos Obligados contarán con al menos una Unidad de Información que se inte­grará por un titular y por los funcionarios y servidores públicos habilitados que determine su Comité de Información o el titular del sujeto obligado en su caso.

Atribuciones de las Unidades

Artículo 87. Compete a la Unidad de Información:

Manejo de Información

1. Capturar, ordenar, analizar y procesar las solicitudes de información presentadas ante el sujeto obligado;

2. Recabar, publicar y actualizar la información pública de oficio a que se refiere esta ley;

3. Proponer los procedimientos internos que contribuyan a la mayor eficiencia en la atención de las solicitudes de acceso a la información; y

Atención de Solicitudes

4. Recibir y tramitar las solicitudes de información y de datos personales así como darles seguimiento hasta la entrega de la misma; haciendo entre tanto el correspondiente resguardo;

5. Llevar el registro, y actualizarlo trimestralmente,  de las solicitudes de acceso a la información, así como sus trámites, costos y resultados, haciéndolo del conocimiento del Comité de Información;

6. Asesorar y orientar a quienes lo requieran, en la elaboración de las solicitudes de información, así como en los trámites para el efectivo ejercicio de su derecho de acceso a la misma;

7. Efectuar las notificaciones correspondientes a los solicitantes;

8. Apoyar y orientar a los particulares en el ejercicio de estas acciones;

Sobre información clasificada

9. Apoyar al Comité de Información en el desempeño de sus funciones, para lo cual el titular de la Unidad de Información asistirá a las sesiones del mismo;

10. Establecer los procedimientos para asegurarse que, en el caso de datos personales, éstos se entre­guen sólo a su titular o su representante.

Capítulo IIComités de Información Integración de Comités de Información

Artículo 88. Todo sujeto obligado contará con un Comité de Información, el cual se integrará por al menos tres integrantes que deberán ser servidores públicos de cada uno de los Sujetos Obligados, pudiendo ser el titular de cada uno de los Sujetos Obligados, el servidor público de máxima jerarquía en temas jurídicos de cada sujeto obligado y el titular de la unidad de información del sujeto obligado. Los órganos internos de control podrán asistir a las sesiones del Comité con voz, pero sin voto.

Comités en municipios mayores a 70,000 habitantes

Artículo 89. Tratándose de los sujetos obligados de carácter municipal con una población mayor a 70,000 habitantes el Comité estará integrado por un regidor electo por el Cabildo, el Secretario del Ayuntamiento cualquiera que sea su denominación, el síndico y el titular de la unidad de información, presidiendo el primero y fungiendo como secretario el último. El contralor interno asistirá a las sesiones con voz pero sin voto.

Comités en municipios menores a 70,000 habitantes

Tratándose de los sujetos obligados de carácter Municipal con una población menor a 70,000 habitan­tes, el cabildo actuará como Comité de Información.

Artículo 90. En los demás sujetos obligados se entenderá que el Consejo de Administración, Comité Directivo u órgano equivalente, actuará como Comité de Información.

Registro de los Comités

Artículo 91. Todos los Comités previstos en los artículos anteriores deben registrarse ante el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Facultades del Comité

Artículo 92. Compete al Comité de Información:

Manejo de la Información

1. Diseñar e implantar el sistema de información del sujeto obligado;

2. Vigilar que el sistema de información se ajuste a la normatividad aplicable y, en su caso, efectuar los correctivos que procedan;

Información Clasificada

3. Realizar las acciones necesarias para garantizar la protección de los datos personales;

4. Revisar la clasificación de información y resguardar la información conforme a los criterios y linea­mientos que al efecto expida el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, elaborando, en los casos procedentes, la versión pública de dicha información;

5. Turnar al INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, para su aprobación o modificación, en su caso, los resultados de la clasi­ficación de la información;

Acceso a la Información y transparencia

6. Supervisar el registro y actualización de las solicitudes de acceso a la información, así como sus trá­mites, costos y resultados;

7. Expedir la política y la normatividad del sujeto obligado en materia de transparencia, acceso a la información y datos personales de conformidad con los lineamientos, criterios y recomendaciones expedidos por el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

8. Enviar los datos necesarios para la elaboración del informe anual del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

9. Establecer la o las Unidades de Información que sean necesarias y cuidar el efectivo cumplimiento de las funciones de éstas;

10. Promover la capacitación y actualización del los servidores públicos del sujeto obligado y del personal adscrito a la o las Unidades de Información en las materias de esta ley;

11. Fomentar la cultura de transparencia;

12. Celebrar los convenios de colaboración pertinentes para el adecuado cumplimiento de las atribucio­nes de los Comités y de las Unidades; y

14. Las demás que establece la presente ley.

Capítulo IIIÓrganos Garantes De la naturaleza jurídica del INAI y de los Institutos Estatales

Artículo 93. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, serán consideramos como organismos públicos autónomos con personalidad jurídica, auto­nomía operativa, de decisión y presupuestaria. Es el órgano técnico que garantiza la transparencia y el acceso a la información pública.

Competencia del INAI y de los Institutos Estatales

Artículo 94. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, ejercerá su competencia sobre los sujetos obligados en la federación, entidades federativas, jefatura del Distrito Federal, municipios, partidos políticos, sindicatos y todos y cada uno de los sujetos obligados por esta ley.

El INAI tendrá competencia para actuar como órgano revisor que conocerá oficiosamente por las negativas de entrega de información, así como por las omisiones o por la inacción de los Institutos Estatales, con motivo de los procedimientos que hubiesen substanciado ante los mismos, cuando la respuesta de los Institutos Estatales ratifique la negativa de los Comités de Información de entregar la información solicitada o bien ante la declaratoria de inexistencia; en estos casos, los Institutos Estatales invariablemente remitirán al INAI los expedientes a fin de que el INAI ejercite su facultad revisora, la que en su caso podrá modificar la decisión de los Institutos Estatales

Las decisiones del INAI serán inapelables para los Institutos Estatales así como para los Sujetos Obligaciones; en el caso de los solicitantes, de no estar de acuerdo con la decisión del INAI podrán acudir a las instancias jurisdiccionales que corresponda.

Patrimonio

Artículo 95. El patrimonio del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, estará constituido por:

1. Los ingresos que perciba conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación y los correspondientes de cada uno de los Estados;

2. Los bienes muebles, inmuebles y demás recursos que los gobiernos federal, estatal o municipal le aporten para la realización de su objeto;

3. Los subsidios y aportaciones permanentes, periódicas o eventuales, que reciba de los gobiernos fede­ral, estatal y municipal y, en general, los que obtenga de instituciones públicas, privadas o de particu­lares nacionales o internacionales;

4. Las donaciones, herencias y legados que se hicieren a su favor; y

5. Todos los demás ingresos y bienes que le correspondan o adquiera por cualquier otro medio legal.

Administración del patrimonio

Artículo 96. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, administrará su patrimonio conforme a la presente ley y su reglamento interior tomando en consideración lo siguiente:

1. El ejercicio del presupuesto deberá ajustarse a los principios de austeridad, honestidad, legalidad, racionalidad, transparencia y optimización de recursos; y

2. De manera supletoria, podrán aplicarse los ordenamientos jurídicos estatales, en tanto no se opongan a la autonomía, naturaleza y funciones propias del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias,.

Presupuesto

Artículo 97. El Congreso de la Unión a través del Presupuesto de Egresos de la Federación, así como los correspondientes Congresos Locales, otorgarán al INAI y a los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, los recursos suficientes para el cumplimiento de sus funciones. Los recursos previstos para el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, no podrán ser inferiores en términos reales a los asignados en el ejercicio fiscal anterior, excep­to cuando corresponda a una reducción generalizada del gasto para todas las dependencias y entidades públicas de la entidad.

Revisión del presupuesto

Artículo 98. El ejercicio del presupuesto del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, será revisado y fiscalizado en los térmi­nos de las disposiciones legales aplicables.

Conformación del INAI y los Institutos Estatales en el ámbito de sus respectivas competencias

Artículo 99. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, funcionará en pleno que será su órgano supremo y estará inte­grado por cinco comisionados, quienes durarán en su encargo siete años. Los comisionados no podrán ser reelectos. La primera designación de los dos primeros comisionados será por tres años, los siguientes dos comisionados será por cinco años y el último comisionado que durará en su encargo siete años, a fin de que en las subsecuentes se lleve un relevo escalonado.

Presidencia

Artículo 100

El presidente será electo por el órgano que designe a los comisionados y durará en su encargo siete años.

Requisitos para ser comisionado

Artículo 101. Para ser comisionado se requiere:

1. Ser ciudadano mexicano;

2. Tener cuando menos treinta años de edad cumplidos al momento de la designación;

3. Contar con grado de licenciatura o experiencia que acredite su idoneidad como candidato a comisionado;

4. Tener reputación de independencia y buen juicio, y haberse desempeñado destacadamente en activida­des profesionales, de servicio público o académicas relacionadas con las materias de esta ley;

5. No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos;

7. No ser ministro de culto; y

8. No haber ocupado un cargo directivo en un partido o asociación política ni candidato a algún cargo de elección popular durante los tres años previos a su nombramiento.

Artículo 102. Cada uno de los comisionados será designado por el Congreso de la Unión en el caso del INAI y, por cada uno de los Congresos locales en el caso de los Institutos Estatales, mediante el voto de cuando menos las dos terceras partes de los diputados presentes, de la lista propuesta por la comisión prevista en el artículo 102 de esta ley.

Procedimiento de designación

Artículo 103. Para la conformación de la lista señalada en el artículo anterior, se seguirán las reglas siguientes:

1. Se invitará a los ciudadanos mediante convocatoria suscrita por el titular del Poder Ejecutivo Federal para el caso del INAI y, en el caso, por cada uno de los gobernadores y el jefe de gobierno del Distrito Federal para el caso de los Institutos Estatales, la cual se publicará 45 días anteriores a la conclusión del periodo de gestión de los comisionados, en los medios de comunicación escritos de mayor circulación;

2. En la convocatoria se establecerán los plazos, lugares y horarios de presentación de las solicitudes, los requisitos y la forma de acreditarlos;

3. Los interesados en participar acudirán a presentar su solicitud y anexarán la anuencia de sujetarse a los resultados que se obtengan mediante el siguiente procedimiento:

a) Se formará una comisión especial integrada por dos representantes del Poder Ejecutivo, dos del Poder Judicial y dos del Poder Legislativo, así como tres integrantes de la sociedad civil;

b) Dicha comisión realizará, con el apoyo de instituciones de educación superior, una evaluación de los aspirantes;

A su vez revisará los perfiles, celebrará las entrevistas que requiera con los aspirantes, las cuales serán públicas y, en su caso, realizará las demás evaluaciones que considere pertinentes;

c) La comisión integrará un listado de 10 candidatos de entre los aspirantes, acompañado de un dictamen en el que se asienten los motivos por los cuales fueron seleccionados;

d) Los candidatos serán presentados al pleno a fin de que mediante votación calificada designe a los comisionados y, en su caso, al presidente del órgano;

g) En la conformación del pleno del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, se procurará que exista equidad de género.

Incompatibilidades

Artículo 104. Durante el tiempo que los comisionados duren en su encargo no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo en instituciones docentes o de beneficencia.

Excusas y recusaciones

Artículo 105. El reglamento señalará los supuestos en los que los comisionados deberán excusarse por algún impedimento para conocer de un caso concreto. Las partes en un recurso podrán asimismo recusar con causa a un comisionado. Corresponderá al pleno calificar la procedencia de la excusa o la recusación.

Estructura

Artículo 106. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, tendrá su residencia y domicilio, el primero en el Distrito Federal y, los segundos en el lugar donde determine su respectiva legislatura, y ejercerá sus funciones conforme a la siguiente estructura:

1. El pleno como órgano supremo; y

2. La estructura orgánica que acuerde el pleno y se establezca en el reglamento respectivo.

Servicio profesional

Artículo 107. Los servidores públicos del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, estarán integrados en un servicio profesio­nal de carrera, en los términos del reglamento que se expida para tal efecto.

Remoción

Artículo 108. Los miembros del pleno sólo podrán ser removidos de sus cargos por el Congreso de la Unión en el caso del INAI y, por los Congresos locales y Asamblea de Representantes del Distrito Federal, cuando medie causa grave y de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y las respectivas de las entidades federativas, así como la norma que resulta aplicable en el caso del Distrito Federal.

Atribuciones del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias

Artículo 109. El pleno del INAI y de los Institutos Estatales, sesionará al menos semanalmente y tendrá las siguientes atribuciones:

En materia de acceso a la información pública:

1. Conocer y resolver los recursos que se interpongan, así como vigilar el cumplimiento de sus resolu­ciones tomando todas las medidas necesarias;

2. Emitir las políticas, resoluciones, instrucciones y recomendaciones que correspondan, para que los sujetos obligados cumplan con las disposiciones de esta ley;

3. Interpretar la presente ley para su exacta observancia;

4. Supervisar el cumplimiento de esta ley y demás disposiciones aplicables, poniendo en práctica las medidas correctivas conducentes;

5. Conocer e investigar de oficio o por denuncia, los hechos que sean o pudieran ser constitutivos de infracciones a la ley y demás disposiciones de la materia y, en su caso, denunciar a la autoridad com­petente los hechos;

6. Evaluar la actuación de los sujetos obligados, mediante la práctica de visitas de inspección periódicas o a través de los medios que considere adecuados;

7. Aplicar las medidas de apremio que den celeridad al recurso conforme lo establece la ley;

8. Requerir, recibir, analizar y sistematizar los informes que deberán enviarle los sujetos obligados;

9. Revisar, modificar o revocar las clasificaciones de información hechas por los sujetos obligados;

10. Establecer lineamientos y otorgar apoyos para la sistematización y archivo de la información por parte de los sujetos obligados;

11. Clasificar y desclasificar información, así como tener acceso en cualquier momento a la información clasificada como reservada o confidencial por los sujetos obligados para determinar su debida clasi­ficación, desclasificación o procedencia de su acceso.

12. Ejercer las demás facultades previstas en la ley para salvaguardar el derecho de acceso a la infor­mación pública;

Adicionalmente, el pleno del INAI tendrá como atribución el conocerá oficiosamente de las negativas de entrega de información, así como de las omisiones o por la inacción de los Institutos Estatales, con motivo de los procedimientos que hubiesen substanciado ante los mismos, siempre que la respuesta de los Institutos Estatales ratifique la negativa de los Comités de Información de entregar la información solicitada o bien cuando se haya declarado su inexistencia.

En materia de protección de datos personales:

13. Establecer las normas, criterios y políticas para la administración, seguridad y tratamiento de la información referente a datos personales en poder de los sujetos obligados;

14. Establecer un listado que contenga la referencia de los sistemas de datos personales en poder de los sujetos obligados;

15. Requerir, recibir, analizar y sistematizar los informes que deberán enviarle los sujetos obligados;

16. Conocer y resolver los recursos de revisión que se interpongan;

17. Ejercer las demás facultades previstas en esta ley, para la protección de este derecho;

En materia de cultura de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales:

18. Implementar mecanismos de observación y contraloría ciudadana que permita a la población utilizar la transparencia para vigilar y evaluar el desempeño de los sujetos obligados;

19. Promover y difundir de manera permanente la cultura de la transparencia y acceso a la información pública, así como la protección de datos personales;

20. Promover la capacitación y actualización de los sujetos obligados responsables de la aplicación de esta ley;

21. Instruir la elaboración de guías que expliquen los procedimientos y trámites que deban realizarse ante los sujetos obligados y ante el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

22. Promover que en los programas y planes de estudio, libros y materiales que se utilicen en las institu­ciones educativas, de todos los niveles y modalidades del Estado, se incluyan contenidos y referencias a los derechos tutelados en esta ley;

23. Promover que las instituciones de educación superior públicas y privadas incluyan asignaturas que ponderen los derechos tutelados en esta ley, dentro de sus actividades académicas curricu­lares y extracurriculares;

24. Elaborar y publicar estudios, investigaciones y, en general, apoyar cualquier medio que difunda el conocimiento de la materia;

25. Orientar y auxiliar a las personas para ejercer los derechos de acceso a la información y protección de datos personales;

26. Impulsar conjuntamente con instituciones de educación superior, la integración de centros de inves­tigación, difusión y docencia sobre la transparencia, el derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales, que promuevan el conocimiento sobre estos temas y coadyuven con el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, en sus tareas sustantivas;

27. Establecer las políticas de creación, clasificación, tratamiento, conservación y resguardo de la infor­mación contenida en todos y cada uno de los archivos públicos e históricos;

28. Celebrar sesiones públicas;

29. Implementar campañas pedagógicas permanentes que atiendan especialmente a necesidades de los grupos vulnerables;

30. Las demás que resulten necesarias para lograr estos objetivos;

En materia normativa:

31. Proponer el reglamento de esta ley y sus modificaciones;

32. Expedir los lineamientos generales que serán de observancia obligatoria para todos los sujetos obligados;

33. Expedir el reglamento interior del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, y el del servicio profesional de carrera para los servidores públicos del mismo;

34. Implementar las medidas necesarias para la sistematización y la protección de los archivos adminis­trativos en poder de los sujetos obligados;

35. Establecer los lineamientos técnicos a efecto de determinar la forma de clasificación, resguardo, conservación y protección de los archivos;

En materia de administración y gobierno interno:

36. Designar, a propuesta del comisionado presidente, a los directivos del INAI, misma atribución tendrá el comisionado presidente en los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

37. Establecer la estructura administrativa del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, y su jerarquización, así como los meca­nismos para la selección y contratación del personal, en los términos de su reglamento;

38. Examinar, discutir y, en su caso, aprobar o modificar los programas que someta a su consideración el presidente;

39. Conocer y, en su caso, aprobar los informes de gestión de los diversos órganos del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

40. Aprobar el informe anual que presenten los comisionados presidentes del INAI  y de los Institutos Estatales, al H. Congreso de la Unión y Congresos Locales, respectivamente;

41. Establecer un sistema que garantice y haga efectivo el adecuado y pleno ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales, así como de rendición de cuentas del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

42. Dirimir cualquier tipo de conflicto competencial entre los órganos del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolviendo en definitiva;

43. Aprobar el proyecto de presupuesto anual de egresos del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, a efecto de que el comisionado presidente lo envíe al titular del Poder Ejecutivo Federal y Estatales, para que sin modificación alguna lo presente al Congreso de la Unión y Congresos locales, así como a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal;

44. Resolver sobre la enajenación o gravamen de los bienes que integran el patrimonio del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

45. Aprobar la celebración de convenios que comprometan el patrimonio del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

46. Establecer las normas, procedimientos y criterios para la administración de los recursos financieros y materiales del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

47. Enviar para su publicación al Diario Oficial de la Federación, los reglamentos, acuerdos y demás disposiciones que requieran difusión;

48. Dictar todas aquellas medidas para el mejor funcionamiento del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias.

En materia de relaciones interinstitucionales:

49. Celebrar convenios con autoridades federales, estatales o municipales;

50. Celebrar convenios con organismos nacionales e internacionales, así como de la sociedad civil;

51. Celebrar convenios para allegarse de recursos financieros;

52. Mantener una efectiva colaboración y coordinación con los sujetos obligados, a fin de lograr el cum­plimiento de esta ley.

Supletoriedad de los municipios

53. Coadyuvar en el cumplimiento de las obligaciones que esta ley señala en materia de información pública de oficio para los municipios que lo soliciten;

54. Fungir como la Unidad de información de aquellos municipios que lo solicitan en los términos de esta ley;

55. Apoyar a los municipios en el cumplimiento de esta ley;

56. Capacitar a las personas que los municipios requieran para el cumplimiento de esta ley; y

57. Las demás que le confiere esta ley.

Atribuciones del presidente del INAI y de los presidentes de los Institutos Estatales

Artículo 110. El presidente del pleno tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:

1. Representar legalmente al INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, con facultades de mandatario para actos de administra­ción, pleitos y cobranzas y de dominio, así como otorgar y sustituir poderes generales y especiales para estos actos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y previa autorización del pleno;

2. Vigilar el correcto desempeño de las actividades del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias,;

3. Convocar a sesiones al pleno y conducir las mismas, en los términos del reglamento respectivo;

4. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados por el pleno;

5. Rendir los informes ante las autoridades competentes, en representación del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

6. Emitir los acuerdos necesarios para el cumplimiento de sus funciones;

7. Ejercer, en caso de empate, el voto de calidad razonado;

8. Presentar, por escrito, al H. Congreso de la Unión, Congresos de los Estados o Asamblea de Representantes del Distrito Federal, el informe anual aprobado por el pleno, a más tar­dar en el segundo período ordinario de sesiones de cada año legislativo;

9. Ejercer, por sí, o a través, de los órganos designados en el reglamento, el presupuesto de egresos del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, bajo la supervisión del pleno; y

10. Las demás que le confiera esta ley y su reglamento.

Informe ante el Poder Legislativo

Artículo 111. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, tendrá las obligaciones de transparencia y acceso a la información que esta ley señala para los sujetos obligados. Además rendirá un informe público, de su desempeño, anualmente, ante el Congreso de la Unión, Congresos de los Estados o Asamblea de Representantes del Distrito Federal, respectivamente. En este informe se deberá especificar, por lo menos, el uso de los recursos públicos, las acciones desarrolladas, sus indicadores de gestión y el impacto de su actuación.

Consejo Ciudadano Consultivo

Artículo 112. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, contará con un Consejo Consultivo Ciudadano integrado por 5 personas de reconocido prestigio de la sociedad civil que serán designadas con carácter honorífico por el Congreso de la Unión, Congresos de los Estados o Asamblea de Representantes del Distrito Federal. El Consejo será presidido por el presidente del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, y tendrá como funciones:

1. Conocer y opinar sobre sus actividades y programas;

2. Coadyuvar en la promoción del ejercicio del derecho de acceso a la información, la transparencia y la protección de datos personales;

3. Conocer los incumplimientos a las resoluciones del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias;

4. Opinar sobre el proyecto de informe anual de actividades del presidente del Órgano, y

5. Conocer el informe del presidente sobre el ejercicio presupuestal.

Título CuartoAcceso a la Información Capítulo IDel Procedimiento de Acceso Principios del procedimiento de acceso a la información

Artículo 113. Los procedimientos relativos al acceso a la información se regirán por los siguientes principios:

1. Máxima publicidad;

2. Simplicidad y rapidez;

3. Gratuidad del procedimiento;

4. Costo razonable de reproducción de la información;

5. Suplencia de las deficiencias de las solicitudes;

6. Auxilio y orientación a los particulares.

Improcedencia de la expresión de causa en las solicitudes de acceso

Artículo 114. Toda persona por sí, o por medio de representante legal, podrá presentar una solicitud de acceso a la información.

En ningún caso la entrega de la información estará condicionada a que se motive o justifique la causa de la solicitud, ni se requerirá que el solicitante demuestre interés alguno.

Asesoría

Artículo 115. Para presentar una solicitud de acceso a la información o para iniciar otro de los proce­dimientos previstos en la ley, el particular tiene derecho a que el sujeto obligado le preste servicios de orientación y asesoría. Las Unidades de Información auxiliarán a los particulares en la elaboración de solicitudes, especialmente cuando el solicitante no sepa leer ni escribir, hable una lengua indígena, o se trate de una persona que pertenezca a un grupo vulnerable.

Modalidades de presentación de una solicitud

Artículo 116. La solicitud de acceso a la información podrá formularse verbalmente, incluso vía telefónica, me­diante escrito libre, a través de los formatos que deberá proporcionar el sujeto obligado o por medios electrónicos.

La Unidad de Información correspondiente proporcionará al solicitante todo el apoyo necesario para que consigne los datos de la información solicitada.

Requisitos de la solicitud

Artículo 117. La solicitud que se presente deberá contener:

1. Los datos de identificación del sujeto obligado a quien se dirija;

2. La descripción de la información que se solicita anexando en su caso cualquier dato que facilite su localización;

3. El lugar o medio para recibir la información solicitada o las notificaciones;

4. La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser mediante consulta directa, copias simples, certificadas u otro tipo de medio electrónico. El sujeto obligado podrá entregar la información en una modalidad distinta a la solicitada cuando exista causa justificada;

5. El perfil general del solicitante, sin identificarlo y únicamente con fines estadísticos. Esta información será proporcionada por el solicitante de manera opcional y en ningún caso podrá ser un requisito para la procedencia de la solicitud.

6. Opcionalmente, el nombre del solicitante.

Orientación

Artículo 118. Si la información solicitada no es competencia del sujeto obligado ante el cual se pre­sentó la solicitud, la Unidad de Información deberá remitir la solicitud a quien corresponda, en un plazo no mayor a cinco días.

Prevención

Artículo 119. Si la solicitud no contiene todos los datos requeridos, la Unidad de Información pre­vendrá al solicitante por escrito, en un plazo no mayor a cinco días, para que en un término igual y en la misma forma, la complemente o aclare. Este requerimiento interrumpirá el plazo en esta ley para tener por cumplimentada la solicitud. En caso de no cumplir con dicha prevención se tendrá por no presentada la solicitud.

Costos

Artículo 120. Las solicitudes de acceso a la información serán gratuitas. Los costos de la reproduc­ción de la información solicitada se cobrarán al particular de manera previa a su entrega y se calculará atendiendo a:

1. El costo de los materiales utilizados para la reproducción de la información;

2. El costo de su envío;

3. La certificación de documentos, cuando proceda;

Los derechos por la expedición de las copias certificadas y los materiales de reproducción deberán fijarse en las leyes de derechos correspondientes y deberán ser los más reducidos posible.

Certificación

Artículo 121. La certificación de documentos a que se refiere el artículo anterior tiene por objeto establecer que en los archivos del sujeto obligado existe un documento igual al que se entrega. La certificación para estos efectos podrá ser realizada por el titular de la unidad admi­nistrativa en donde se encuentren los documentos o, en su defecto, por el titular de la Unidad de Información competente.

Información clasificada

Artículo 122. En caso de que los documentos solicitados hayan sido clasificados como reservados o confidenciales, el responsable de la clasificación deberá remitir de inmediato la solicitud, así como un oficio, con los elementos necesarios para fundar y motivar dicha clasificación, al titular de la Unidad de Información, mismo que deberá resolver si:

1. Confirma y niega el acceso a la información;

2. Modifica la clasificación y concede acceso a parte de la información;

3. Revoca la clasificación y concede el acceso a la información;

El titular de la Unidad de Información podrá tener acceso a los documentos que estén en el sujeto obligado. La resolución será notificada al interesado en el plazo que establecen los Artículos 124 y 125 de esta ley.

Inexistencia de información

Artículo 123. Cuando la información no se encuentre en los archivos del sujeto obligado, el titular de la Unidad de Información, analizará el caso y tomará todas las medidas necesarias para localizar la información y resolver en consecuencia. Se presume que la información existe si documenta algunas de las facultades o funciones que los ordenamientos jurídicos aplicables otorguen al sujeto obligado. En su caso, el titular de la Unidad de Información expedirá una resolución que confirme la inexistencia del documento, y podrá ordenar que se generé, cuando sea posible, y lo notificará al solicitante a través de la unidad de información, así como al órgano interno de control del sujeto obligado quien, en su caso, deberá iniciar un procedimiento de responsabilidad administrativa.

Plazo de respuesta

Artículo 124. Toda solicitud de información presentada en los términos de la presente ley deberá ser resuelta en un plazo no mayor de veinte días.

De manera excepcional este plazo podrá prorrogarse por un periodo igual cuando no sea posible reunir la información solicitada en dicho término. La Unidad de Información deberá comunicar al solicitante, antes del vencimiento del plazo, las razones por las cuales hará uso de la prórroga. No podrán invocarse como causales de ampliación del plazo motivos que supongan negli­gencia o descuido del sujeto obligado en el desahogo de la solicitud.

Plazo abreviado para información pública de oficio

Artículo 125. Cuando la solicitud tenga por objeto información considerada como información pública de oficio, ésta deberá ser entregada en un plazo no mayor a cinco días.

Negativa ficta

Artículo 126. Cuando el sujeto obligado no entregue la respuesta a la solicitud dentro de los plazos previstos en esta ley, la solicitud se entenderá negada y el solicitante podrá interponer de inmediato el recurso de revisión previsto en esta ley.

Entrega de información

Artículo 127. La información deberá entregarse dentro de los diez días siguientes a que la Unidad de Información haya notificado al solicitante la disponibilidad de la misma, siempre que el solicitante haya cubierto, en su caso, los derechos correspondientes.

La obligación de dar acceso a la información se tendrá por cumplida cuando la información se entregue al solicitante en medios electrónicos, ésta se ponga a su disposición para consulta en el sitio en que se encuentra, o bien mediante la expedición de copias simples o certificadas. En la medida de lo posible, la información se entregará preferentemente por medios electrónicos.

El acceso a la información se dará solamente en la forma en que lo permita el documento de que se trate.

En el caso de que la información ya esté disponible en Internet, la Unidad de Información se lo indicará al solicitante, precisando la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información requerida, y alternativamente podrá proporcionarle una impresión de la misma.

En el caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, informes, trípticos o en cualquier otro medio, se le hará saber al solicitante por escrito la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información.

Carácter público de las respuestas

Artículo 128. Las solicitudes de acceso a la información y las respuestas que se les dé, incluyendo, en su caso, la información entregada, serán públicas y no podrán considerarse como información reser­vada. Asimismo, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público esta información, en la medida de lo posible, a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica.

Trámites

Artículo 129. Cuando la información solicitada corresponda a un trámite previamente establecido y previsto en una ley, la Unidad de Información orientará al solicitante sobre el procedimiento que corresponda. En esos casos, la solicitud de información podrá desecharse por improcedente. Queda a salvo el derecho del particular de interponer el recurso de revisión previsto en la ley, si no estuviere conforme.

Solicitudes ofensivas, reiteradas o irrazonables

Artículo 130. La Unidades de Información no estarán obligadas a dar trámite a solicitudes de acceso ofensivas, cuando se haya entregado información sustancialmente idéntica como respuesta a una solicitud de la misma persona o cuando la información se encuentre disponible públicamente. En estos casos, deberá indicarse al solicitante que su solicitud es ofensiva, que ya se le ha entregado información sustancialmente idéntica o el lugar donde se encuentre la información de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de esta ley.

Excepcionalmente las Unidades de Información podrán desechar solicitudes de in­formación frívolas o cuando su respuesta implique la revisión de documentos o expedientes en un número tal que genere una disrupción sustancial e irrazonable en las actividades del sujeto obligado. En estos casos, el desechamiento deberá motivar esta situación con elementos objetivos que permitan evaluar las consecuencias que tendría para el sujeto obligado dar respuesta a la solicitud. Asimismo, se procurará establecer contacto con el solicitante para orientarlo sobre maneras alternativas de presentar la solicitud para obtener la información que busca.

Capítulo IIDel Recurso de Revisión Interposición del recurso

Artículo 131. El recurso de revisión podrá interponerse, de manera directa o por medios electrónicos, ante el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias en el ámbito federal y estatal incluyendo al Distrito Federal. Para este efecto, las Unidades de Información al momento de dar respuesta a una solicitud de acceso o datos personales, orientarán al particular sobre su derecho de interponer la revisión y el modo de hacerlo.

Procedencia

Artículo 132. El recurso de revisión procede por cualquiera de las siguientes causas:

1. La negativa de acceso a la información;

2. La declaración de inexistencia de información;

3. La clasificación de información como reservada o confidencial;

4. La entrega de información en una modalidad distinta a la solicitada, o en un formato incomprensible;

5. La inconformidad con los costos o tiempos de entrega de la información;

6. La información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud;

7. La inconformidad con las razones que motivan una prórroga;

8. La negativa de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales;

9. El tratamiento inadecuado de los datos personales;

10. La falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información o de datos personales dentro de los plazos establecidos en esta ley.

Plazo para interponer el recurso

Artículo 133. El recurso deberá interponerse dentro de los quince días siguientes a la notificación de la resolución.

En el caso de la fracción 10 del artículo anterior, el plazo contará a partir del momento en que hayan transcurrido los términos establecidos para dar contestación a las solicitudes de acceso a la información o de datos personales. En este caso bastará que el solicitante acompañe al recurso el documento que prueba la fecha en que presentó la solicitud.

Prevención

Artículo 134. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberá prevenir al solicitante sobre las imprecisiones de forma o fondo que advierta en el recurso en cualquier momento del procedimiento. Para los efectos anteriores, deberá concederle un plazo de cinco días para subsanarlas. La prevención suspende los plazos previsto en el artículo 136 de esta ley.

Suplencia en el recurso

Artículo 135. En todos los casos, el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberá suplir las deficiencias del recurso, siempre y cuando no altere el contenido original de la solicitud de acceso o de datos personales.

Requisitos del recurso

Artículo 136. El recurso de revisión podrá interponerse por escrito libre, a través de los formatos que al efecto proporcione el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, o por medios electrónicos y deberá contener lo siguiente:

1. El nombre del recurrente y, en su caso, el de su representante legal o mandatario, así como del tercero interesado, si lo hay;

2. El sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud de acceso;

3. El domicilio o medio electrónico para oír y recibir notificaciones; en caso de no haberlo señalado, aún las de carácter personal, se harán por estrados;

4. El acto o resolución que recurre y, en su caso, el número de expediente que identifique el mismo;

5. La fecha en que se le notificó o tuvo conocimiento del acto reclamado;

6. Los puntos petitorios;

7. El documento con el que acredita la existencia de la solicitud; y

8. Adicionalmente se podrán anexar las pruebas y demás elementos que se considere procedentes hacer del conocimiento del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Procedimiento para desahogar el recurso

Artículo 137. Presentado el recurso ante el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, se estará a lo siguiente:

1. El auto de admisión se dictará al día siguiente de la presentación del recurso;

2. Admitido el recurso, se integrará un expediente y se notificará al sujeto obligado señalado como responsable, para que dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente de dicha notificación, ofrezca su contestación y aporte las pruebas que considere pertinente;

3. En el caso de existir tercero interesado se le hará la notificación para que en el mismo plazo acredite su carácter, alegue lo que a su derecho convenga y presente las pruebas que considere pertinentes;

4. Recibida la contestación o transcurrido el plazo para contestar el recurso, el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, dará vista al recurrente para que en un plazo de diez días presente las pruebas y alegue lo que a su derecho convenga;

5. Si alguna de las partes ofrece medios de prueba que requieran de desahogo o de algún trámite para su perfeccionamiento, el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, determinará las medidas necesarias dentro de los cinco días siguientes a que se recibieron. Una vez desahogadas las pruebas se declarará cerrada la instrucción y el expediente pasará a resolución;

6. Excepcionalmente, el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrá ampliar los plazos hasta por cinco días más cuando la importancia y trascendencia del asunto así lo amerite;

7. Cerrada la instrucción, se remitirá a los comisionados el expediente respectivo, por riguroso turno, a fin de que, previo estudio, elabore el proyecto de resolución que deberá ser presentado a la considera­ción del pleno;

8. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrá determinar, cuando así lo considere necesario, audiencias con las partes en cualquier momento;

9. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias,, bajo su más estricta responsabilidad, deberá emitir la resolución debidamente fundada y motivada, en un término no mayor de sesenta días, contados a partir de la in­terposición del recurso. Este plazo podrá, en casos excepcionales, ser ampliado hasta por quince días adicionales, previa notificación a las partes.

Efectos de las resoluciones en los recursos de revisión

Artículo 138. Las resoluciones del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán:

1. Sobreseer o desechar el recurso por improcedente;

2. Confirmar, revocar o modificar la resolución del sujeto obligado;

Si el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, no resuelve en el plazo establecido en esta ley, la resolución que se recurrió se entenderá confirmada; en el caso de los recursos que conozcan los Institutos Estatales, de oficio, se dará cuenta al INAI para que ejerza su facultad revisora en términos de lo dispuesto por esta ley; en cualquier caso, el recurrente podrá recurrir al Poder Judicial de la Federación.

Contenido de las resoluciones en el recurso de revisión

Artículo 139. Las resoluciones deberán contener lo siguiente:

1. Lugar, fecha en que se pronuncia, el nombre del recurrente, sujeto obligado y extracto breve de los hechos cuestionados;

2. Los preceptos que la fundamenten y las consideraciones que la sustenten;

3. Los alcances y efectos de la resolución, fijando con precisión, en su caso, los órganos obligados a cumplirla;

4. Tratándose del mal uso de los datos personales, la estimación del costo de la reparación del daño y los sujetos obligados responsables;

5. La indicación de la existencia de una probable responsabilidad y la solicitud de inicio de la investigación en materia de responsabilidad de servidores públicos; y

6. Los puntos resolutivos, que podrán confirmar, modificar o revocar la resolución del sujeto obligado.

Desechamiento

Artículo 140. El recurso será desechado por improcedente cuando:

1. Sea extemporáneo;

2. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, haya conocido anteriormente del recurso respectivo y resuelto en definitiva;

3. Se recurra una resolución o acto que no hayan sido emitidos por el sujeto obligado; o

4. Se esté tramitando ante los tribunales competentes algún recurso o medio de defensa interpuesto por el recurrente.

Sobreseimiento

Artículo 141. El recurso será sobreseído en los casos siguientes:

1. Por desistimiento expreso del recurrente;

2. Cuando por cualquier motivo quede sin materia el recurso;

3. Cuando admitido el recurso sobrevenga una causal de improcedencia.

Falta de contestación al recurso

Artículo 142. Salvo prueba en contrario, la falta de contestación del sujeto obligado al recurso dentro del plazo respectivo, hará presumir como ciertos los hechos que se hubieren señalado en él, siempre que éstos le sean directamente imputables. En estos casos el plazo para resolver el recurso será de 15 días.

Pruebas

Artículo 143. Las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas, excepto la confesional de los servidores públicos y aquellas que sean contrarias a derecho. En cualquier caso, corresponderá al INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, desechar de plano aquellas pruebas que no guarden relación con el recurso.

Procedimiento en caso de negativa ficta

Artículo 144. Interpuesto el recurso por una negativa ficta, el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, dará vista, a más tardar al día siguiente de que se recibió la solicitud, al sujeto obligado para que alegue lo que a su derecho convenga en un plazo no mayor a cinco días. Recibida su contestación, el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberá emitir su resolución en un plazo no mayor a diez días, la cual deberá ser favorable al solicitante, salvo que el sujeto obligado pruebe fehacientemente que respondió o que exponga de manera fundada y motivada a satisfacción del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, que se trata de información reservada o confidencial.

Inexistencia de la Información

Artículo 145. Cuando la información solicitada corresponda a las facultades o funciones que los orde­namientos jurídicos aplicables otorgan a los sujetos obligados y estos hayan declarado la inexistencia de la información, el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrá ordenar al sujeto obligado que genere la información, cuando esto resulte posible. Así mismo, notificará al órgano interno de control del sujeto obligado para que inicie los procedimientos de responsabilidad que correspondan.

Notificaciones

Artículo 146. Las actuaciones y resoluciones del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, se notificarán, en el domicilio o vía electrónica que al efecto señalen las partes o en su defecto en los estrados, al día hábil siguiente al que se dictan y surtirán efectos un día hábil después.

Supletoriedad

Artículo 147. En la tramitación del recurso de revisión se aplicarán supletoriamente las disposiciones contenidas en las respectivas leyes que regulen los procedimientos contenciosos administrativos federal y estatales, según corresponda.

Capítulo IIIDe la Instancia Oficiosa del INAI Instancia oficiosa

Artículo 148. La instancia oficiosa como competencia exclusiva del INAI. Es un mecanismo alterno para que el INAI conozca de oficio, las resoluciones a los recursos de revisión resueltos por los Institutos Estatales que nieguen por cualquier causa la información requerida en una solicitud de información; la instancia oficiosa tiene por objeto que el INAI como órgano garante máximo de los derechos contenidos en esta ley, supervise si las decisiones que tomen los Institutos Estatales se encuentran ajustada a derecho, en caso contrario, dictarán las directrices mediante las cuales se de cumplimiento a la difusión de la información pública, salvaguardando en todo momento el principio de máxima publicidad que rige esta ley

Artículo 149. La instancia iniciará de oficio, cuando los Institutos Estatales resuelvan los recursos de revisión, negando el acceso a la información en cualquiera de las modalidades a que se refieren los supuestos de procedencia del recurso; los Institutos Estatales junto a la notificación que hagan al recurrente, informarán al INAI de todas aquellas resoluciones que nieguen cualquiera de los derechos hechos valer en el recurso de revisión y enviará de manera electrónica todas las constancias que integren el expediente administrativo.

Artículo 150. La tramitación de la instancia oficiosa será breve y sencilla. Una vez recibido el expediente administrativo, el INAI dictará acuerdo de admisión e inicio de la instancia de oficio, debiendo notificar al solicitante y al Instituto Estatal que corresponda, a efecto de que, en caso de considerarlo necesario, manifiesten lo que a su derecho convenga respecto al asunto sujeto a análisis.

Artículo 151. El INAI deberá pronunciarse sobre la instancia de inconformidad en un término que no exceda de sesenta días naturales, a partir del acuerdo que decrete el inicio de la instancia de oficio, formulando una determinación en el que confirme la resolución del recurso de revisión o, en su caso, instruya conforme a las directrices que contenga la propia determinación al Instituto Estatal para que subsane la negativa a cualquiera de los derechos hechos valer en el recurso de revisión. El Instituto Estatal deberá informar en su caso, en un plazo no mayor de quince días naturales, sobre el cumplimiento que hubiese dado a dicha determinación.

Artículo 152. La instancia de oficio procederá exclusivamente ante el INAI y contra las resoluciones definitivas dictadas en los recursos de revisión por parte de los Institutos Estatales o respecto de las informaciones también definitivas de las autoridades locales sobre el cumplimiento de las determinaciones emitidas por los citados organismos.

Artículo 153. El INAI conocerá de las solicitudes que formulen los solicitantes,  contra el incumplimiento o insuficiente cumplimiento de la directrices dictada en la resolución a la instancia de inconformidad, deberá presentarse por escrito ante el INAI, dentro de un plazo de treinta días naturales, contados a partir de que se hubiera agotado el plazo para dar cumplimiento y se estime que no se ha cumplido o bien que el cumplimiento es defectuoso. El INAI resolverá de plano en un plazo de quince días naturales siguientes decretando las acciones necesarias para cumplimentar su determinación, asimismo deberá dictar acuerdo de presunción de responsabilidad de los servidores públicos involucrados, a fin de que previo procedimiento se determine su responsabilidad la que consistirá en destitución del cargo que desempeñe así como la inhabilitación hasta por veinte años del servicio público. Los procedimientos disciplinarios se sustanciarán conforme a las disposiciones legales que resulten aplicables conforme a los distintos ámbitos de competencia.

El INAI podrá desechar de plano aquellas instancias de inconformidad que considere notoriamente infundados o improcedentes.

Artículo 154. Sólo quienes hayan hecho valer alguno de los derechos que protege esta ley y que así conste en un expediente, estará legitimados para la intervenir en la instancia oficiosa por incumplimiento o defecto en el cumplimento de las determinaciones dictadas por el INAI en las instancia de inconformidad.

Artículo 155. Un vez agotada la tramitación, el INAI deberá determinar lo conducente en un plazo no mayor de sesenta días hábiles, en el cual deberá pronunciarse por:

a) La confirmación de la resolución definitiva del recurso de revisión resuelto por los Institutos Estatales.

b) La modificación de la resolución definitiva dictada en le recurso de revisión por los Institutos Estatales, debiendo dictar las directrices que tengan por consecuencia garantizar el ejercicio de los derechos contenidos en esta ley, fijando el plazo para que se de cumplimiento.

c) La declaración de no cumplimiento, suficiencia o insuficiencia en el cumplimiento de las directrices dictadas al resolver la instancia de queja; determinará la presunción de responsabilidad en contra de los servidores públicos responsables y turnará a la instancia competente para que previo procedimiento se impongan las sanciones de destitución e inhabilitación conforme al marco normativo que en cada caso resulte conducente.

Acceso a información confidencial o reservada

Artículo 156. La información confidencial o reservada que, en su caso, sea solicitada por el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, por resultar indispensable para resolver el asunto, deberá ser mantenida con ese carácter y no estará disponible en el expediente.

Título QuintoSanciones Capítulo ÚnicoSanciones Informes sobre Cumplimiento de Resoluciones

Artículo 157. Los sujetos obligados, en su caso, deberán informar al INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, del cumplimien­to de sus resoluciones, en un plazo no mayor a veinte días.

Incumplimiento de las resoluciones y notificación al superior jerárquico

Artículo 158. En caso de incumplimiento de la resolución el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, notificará al superior jerárquico de la autoridad responsable a fin de que ordene el cumplimiento en un plazo que no excederá de diez días. Si persistiera el incumplimiento, con independencia de las sanciones a que se haga acreedor el o los servidores público responsables, se notificará al titular del sujeto obligado para que ordene a la autoridad el cumplimiento de la resolución en un plazo no mayor de diez días, apercibido que en caso de no hacerlo será causal de remoción de su encargo.

Artículo 159. Las autoridades y los servidores públicos serán responsables penal y administrativamente por los actos u omisiones en que incurran con motivo de la inobservancia a cualquiera de las obligaciones que derivan de la presente ley, de acuerdo con las disposiciones constitucionales y legales aplicables.

Artículo 160.  El INAI y los Institutos Estatales denunciarán ante los órganos competentes los delitos o faltas que, independientemente de dichas conductas y actitudes, hubiesen cometido las autoridades o servidores públicos de que se trate.

Respecto a los particulares que durante los procedimientos que sustancie el INAI y los Institutos Estatales incurran en faltas o en delitos, la misma lo hará del conocimiento de las autoridades competentes para que sean sancionados de acuerdo con las leyes de la materia.

Artículo 161. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, deberán poner en conocimiento de las autoridades superiores competentes, los actos u omisiones en que incurran autoridades y servidores públicos, durante y con motivo de los procedimientos, recursos e instancias que sigan cada una de ellas, para efectos de la aplicación de las sanciones administrativas que deban imponerse. La autoridad superior deberá informar bimestralmente al INAI sobre las medidas o sanciones disciplinarias impuestas así como la ejecución de las mismas y, en su caso, las resoluciones definitivas que se hayan dictado en  los distintos medios jurisdiccionales.

El INAI y los Institutos Estatales solicitarán al órgano interno de control correspondiente, en cualquier caso, el inicio del procedimiento de responsabilidades que deba instruirse en contra del servidor público respectivo.

Artículo 162. Además de las denuncias sobre los delitos y faltas administrativas en que puedan incurrir las autoridades y servidores públicos en el curso de los procedimientos, recursos e instancias seguidas por el INAI y los Institutos Estatales, podrá solicitar la amonestación pública o privada, según el caso, al titular de la dependencia de que se trate.

El INAI y los Institutos Estatales podrán dar seguimiento a las actuaciones y diligencias que se practiquen en las averiguaciones previas, procedimientos penales y administrativos que se integren o instruyan con motivo de su intervención en términos de la presente ley, a través de los servidores públicos que para tal efecto designen. Esta facultad se limitará únicamente a la observación atenta del curso del asunto de que se trate hasta su resolución definitiva, sin que en ningún caso se entienda como la posibilidad de intervenir como parte en aquéllos, haciendo o promoviendo las diligencias conducentes para su resolución.

En caso de que algún servidor público en respuesta a un requerimiento formulado por el INAI o los Institutos Estatales, rindiera informes falsos o parcialmente verdaderos, se le sancionará en los términos que señalan los Código Penal Federal y Estatales, según corresponda.

Responsabilidades de servidores públicos

Artículo 163. Cuando el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, determine que algún servidor público pudo haber incurrido en responsabilidad, deberá hacerlo del conocimiento del órgano interno de control del sujeto obligado para que este inicie, en su caso, el procedimiento de responsabilidad correspondiente, conforme a lo previsto en esta ley en materia de responsabilidades.

Definitividad de las resoluciones

Artículo 164. Las resoluciones del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de revisión serán definitivas para los sujetos obligados y contra ellas no procederá recurso alguno ante los tribunales contenciosos adminis­trativos. Los particulares podrán impugnarlas ante el Poder Judicial de la Federación. Los jueces tendrán acceso a la información reservada o confidencial cuando resulte indispensable para resolver el asunto y ésta hubiera sido ofrecida en juicio. Dicha información deberá ser mantenida con ese carácter y no estará disponible en el expediente judicial.

Archivo de expedientes

Artículo 165. No podrá archivarse ningún expediente sin que se haya cumplido la resolución corres­pondiente ni se hubiere extinguido la materia de la ejecución.

Publicidad de las resoluciones

Artículo 166. Todas las resoluciones del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, serán públicas.

Medidas de Apremio

Artículo 167. A fin de que la tramitación del recurso de revisión sea expedita, el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, con­tará con las siguientes medidas de apremio:

1. Apercibimiento.

2. Amonestación privada;

3. Amonestación pública; y

4. Multa de 100 a 1000 salarios mínimos vigentes.

Procedimiento contra violaciones en materia información pública

Artículo 168. Cualquier persona podrá iniciar ante el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, un procedimiento para denun­ciar violaciones a las disposiciones contenidas en el capítulo tercero de esta ley, vinculada con la Información Pública de Oficio. En este caso, el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, procederá a revisar la denuncia para que, de considerarla procedente, en un plazo no mayor a 15 días emita una resolución en la que ordene al sujeto obligado las medidas que considere necesarias para remediar la violación en el menor tiempo posible.

Sanciones

Artículo 169. Serán causas de responsabilidad administrativa de los servidores públicos por incumpli­miento de las obligaciones establecidas en esta ley las siguientes:

1. Usar, sustraer, destruir, ocultar, inutilizar, divulgar o alterar, total o parcialmente y de manera in­debida información que se encuentre bajo su custodia, a la cual tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión;

2. Actuar con negligencia, dolo o mala fe en la sustanciación de las solicitudes de acceso a la información, de datos personales o en la difusión de la información a que están obligados conforme a esta ley;

3. Declarar dolosamente la inexistencia de información cuando esta exista total o parcialmente en los archivos del sujeto obligado;

4. Denegar intencionalmente información no clasificada como reservada ni considerada como confiden­cial conforme a esta ley;

5. Clasificar como reservada, con dolo, información que no cumple con las características señaladas en esta ley. La sanción sólo procederá cuando exista una resolución previa respecto del criterio de clasi­ficación de ese tipo de información de la Unidad de Información, del Comité o del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias,;

6. Entregar información clasificada como reservada o confidencial conforme a lo dispuesto por esta ley;

7. Entregar, intencionalmente de manera incompleta, información requerida en una solicitud de acceso;

8. Crear, modificar, destruir o transmitir sistemas de datos personales en contravención a los principios establecidos en esta ley;

9. No proporcionar la información cuya entrega haya sido ordenada por los órganos competentes del INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, o el Poder Judicial de la Federación; y

10. No cumplir cabalmente con las resoluciones emitidas por el INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias,.

La responsabilidad a que se refiere este artículo o cualquiera otra derivada del incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley, será sancionada en los términos de las respectivas Leyes de Responsabilidades de los Servidores Públicos;

La infracción prevista en las fracciones 1, 8 y 9 o la reincidencia en las conductas previstas en las fracciones 2 a 7 de este artículo, serán consideradas como graves para efectos de su sanción administrativa, y podrá proce­der la destitución o inhabilitación del servidor público de conformidad con el procedimiento que corresponda.

Aplicación de sanciones

Artículo 170. El INAI y los Institutos Estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrá denunciar ante las autoridades competentes cualquier conducta prevista en el artículo anterior y aportar las pruebas que considere pertinente. Asimismo, las autoridades com­petentes deberán entregarle semestralmente un informe sobre los procedimientos iniciados y sus resultados. Esta información deberá ser incorporada en los informes anuales que rinda ante el H. Congreso de la Unión y los Congresos de los Estados, incluyendo a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, conforme a su respectiva competencia.

Procedimiento disciplinario

Artículo 171. La calificación de las infracciones y la imposición de las sanciones que se contemplan en este capítulo se harán con arreglo al procedimiento de responsabilidad que prevé la Ley Federal de Responsabi­lidades Administrativas de los Servidores Públicos, así como las respectivas Leyes de Responsabilidades de los Servidores Públicos en cada una de las entidades federativas y, la que resulte aplicable a los servidores públicos del Distrito Federal.

Sanciones civiles y penales

Artículo 172. Las responsabilidades administrativas que se generen por el incumplimiento de las obli­gaciones a que se refiere el artículo anterior, son independientes de las del orden civil o penal que proce­dan así como los procedimientos para el resarcimiento del daño ocasionado por el sujeto obligado.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el primero de enero de 2011.

Segundo. Se abrogan la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y todas las leyes estatales que sobre estas materias hubieran sido expedidas, así como en su caso los reglamentos municipales que igualmente hubieran sido expedidos; asimismo, se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto a la ley que se expide a través del presente decreto.

Tercero. En caso de que la información pública de oficio no existiera, se deberán iniciar los procedimientos necesarios para su generación y difusión periódica, contando para ello con veinticuatro meses a partir de la entrada en vigor de esta ley.

Cuarto. Para la designación de los comisionados por primera vez conforme a las reglas que fija esta ley, se publicará la convocatoria en un plazo no mayor a 30 días a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, debiendo elegirse en otro plazo no mayor de 30 días, a fin de que reciba a la brevedad las recursos materiales, humanos, tecnológicos, financieros y de cualquier naturaleza con que actualmente cuentan el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental y los equivalente en las entidades federativas que tengan creado un organismo de esta naturaleza. En cualquier caso, los comisionados que actualmente se encuentren designados tanto en el ámbito federal como estatal, incluyendo al Distrito Federal, podrán formar parte de la nueva integración de los Órganos Garantes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de septiembre de 2010.— Diputado Marcos Pérez Esquer (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, como lo solicita el orador, y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Túrnese a su vez a la Comisión de la Función Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Informo a la asamblea que se encuentra en el recinto de visita un grupo de Mujeres Unidas por el Cañón de Jimulco, municipio de Torreón, invitadas por el diputado Miguel Ángel Riquelme Solís. Les damos la más cordial bienvenida.

A propuesta del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se pospone la intervención de la diputada Leticia Quezada.

En el mismo sentido, se pospone la intervención del diputado Edgardo Melhem Salinas.

Asimismo, se pospone también la intervención del diputado Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez.



ARTICULOS 76 Y 89 CONSTITUCIONALES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene el uso de la palabra el diputado Eric Rubio Barthell, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Eric Luis Rubio Barthell:Muchas gracias, señor presidente. Compañeros diputados presentes y los que están en comisiones, aquí en este Palacio Legislativo de San Lázaro.

En 1824, con la primera carta constitucional de nuestro país se establece, entre otros acontecimientos, la Independencia de México, ordenando la división de los Poderes de la Unión. En la misma Constitución se estableció que el poder supremo de la federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y que jamás podrán reunirse dos o más de éstos en una corporación o persona, ni depositarse en el Legislativo en un solo individuo.

De igual forma, es preciso señalar que un elemento diferenciador de los regímenes democráticos hoy en día es la vigencia de los controles parlamentarios sobre el Poder Ejecutivo, es decir, el conjunto de instrumentos que con base en las constituciones permiten al Congreso ejercer una supervisión legislativa más detallada de las actividades del Ejecutivo.

En este sentido, aunque los controles sobre el Ejecutivo mexicano se han ido ampliando tanto por la vía de reformas constitucionales como por la vía de la pluralidad, en los órganos de representación popular aún subsisten imprecisiones que deben ser corregidas.

Por lo anterior, es preciso mencionar que de conformidad con el catálogo constitucional actual se establece que el Ejecutivo federal tendrá la atribución de nombrar servidores públicos, los cuales serán en cierta medida los responsables de la ejecución de políticas, planes y programas de la administración pública federal. Esta facultad de nombramiento se encuentra consagrada en el artículo 89.

Concomitantemente a dicho catálogo de atribuciones presidenciales, la facultad de ratificación del Senado de la República es con base en la facultad que le concede el artículo 76, fracción II, de nuestra carta constitucional.

De lo anterior se deduce que la facultad del presidente de la República en lo referente al nombramiento de algunos servidores públicos señalados es limitada por el Senado de la República al sujetar tales nombramientos a su aprobación, advirtiendo que con ello se ejerce un control constitucional para con ello llevar al Poder Ejecutivo federal a elaborar una detenida y cuidadosa reflexión, no sólo de las aptitudes del candidato sino de las necesidades del cargo que va a desempeñar.

Por lo anterior y considerando que resulta imprescindible que quienes tienen a su cargo el combate a los monopolios, concentraciones indebidas y prácticas anticompetitivas, las de regulación económica para promover la inversión, la fijación de precios de insumos básicos como la electricidad, la expansión de las redes, el desarrollo tecnológico y la competencia efectiva entre prestadores de servicios de telecomunicaciones, la protección de derechos de usuarios y consumidores y control y supervisión de servicios financieros y los responsables de la información, cuenten con los instrumentos necesarios, pero sobre todo, con la autonomía operativa e independencia política para actuar con absoluto rigor técnico en la atención de sus respectivas materias.

Que uno de los aspectos fundamentales para lograr ese objetivo descansa en la pertinencia de que los nombramientos de los comisionados de los órganos reguladores de la administración pública federal centralizada sean cuidadosamente realizados bajo una óptica responsable que permita encomendar a cuerpos colegiados, debidamente seleccionados por el Ejecutivo federal pero sujetos a la ratificación del Senado de la República, tal y como ocurre con los casos ya señalados y existentes en la Constitución.

Que esta propuesta esté orientada a seleccionar los mejores cuadros para dichas posiciones regulatorias, dado el perfil técnico y especializado que en todos los casos se requiere, cuidando que los nombramientos no obedezcan a coyunturas políticas ni ambiciones de grupo, evitando con ello la discrecionalidad en la toma de decisiones y sustentando las resoluciones de tales organismos a criterios rigurosos y ajenos a vaivenes de otra índole.

Es por eso que sometemos a esta asamblea esta iniciativa, pues acaba de tener un claro ejemplo con el nombramiento del comisionado de la Cofetel, la falta que hace que pase por el Senado de la República.

Artículo único. Se reforma el artículo 76, fracción II, y 89, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 76. ...

Son facultades exclusivas del Senado:

II. Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga del procurador general de la República, ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda —y le adicionamos—, comisionados de los organismos reguladores de la administración pública federal que tengan el carácter de órganos desconcentrados u organismos descentralizados, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea nacionales, en los términos que la ley disponga.

Artículo 89. ...

Las facultades y obligaciones del presidente son las siguientes:

IV. Nombrar, con aprobación del Senado, los coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, y los empleados superiores de Hacienda, así como a los comisionados de los organismos reguladores de la administración pública federal que tengan el carácter de órganos desconcentrados u organismos descentralizados.

Solicito al señor presidente se inscriba la iniciativa completa en el Diario de los Debates y pedimos a todos los señores diputados su apoyo a este cambio a nuestra Constitución. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Éric Rubio Barthell, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito diputado federal Eric Rubio Barthell, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción II del artículo 76, así como la fracción IV del artículo 89, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente.

Exposición de Motivos

Antecedentes

En 1824 con la primera carta constitucional de nuestro país, se establece entre otros acontecimientos la Independencia de México, ordenando la división de poderes de la Unión. En la misma Constitución se estableció que el Poder supremo de la federación se divide para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y que jamás podrían reunirse dos o más de éstos en una corporación o persona, ni depositarse el Legislativo en un solo individuo.

En el mismo orden de ideas, el ejercicio del Poder Ejecutivo, según lo establecido en el artículo 80 de nuestra carta constitucional vigente, se deposita en un solo individuo a quien se le denomina “Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”, el cual tiene a su cargo, de manera auxiliar, la administración pública federal, tanto centralizada como paraestatal.

Un elemento diferenciador de los regímenes democráticos hoy en día, es la vigencia de los controles parlamentarios sobre el Poder Ejecutivo, es decir, el conjunto de instrumentos que, con base en las constituciones, permiten al Congreso ejercer una supervisión legislativa más detallada de las actividades del Ejecutivo.

En este sentido, es importante mencionar que existen argumentos de peso (históricos, teóricos y normativos) para que sigamos considerando al Legislativo como una institución clave en el proceso de consolidación de la democracia que vive el país. Desafortunadamente aún y cuando hoy en día el Poder Legislativo juega un papel fundamental en la vida democrática del país, vemos con tristeza que cuando hablamos de su papel como contrapeso del Poder Ejecutivo, éste último sigue siendo demasiado fuerte.

Asimismo, es necesario resaltar que la debilidad que presenta el Legislativo ante el Ejecutivo, tiene importantes raíces estructurales, por lo cual es momento de que cambiemos esta tendencia. Por ello es imperativo reforzar el papel, el valor y la importancia del Poder Legislativo, ya que de la relación entre ambos poderes, se circunscribe el proceso de consolidación de la democracia mexicana.

De igual forma, es importante reconocer que debido a la abrumadora presencia del partido hegemónico dentro de los órganos de representación popular, pudieron atenuarse las deficiencias del diseño constitucional en materia de los poderes otorgados a cada rama de gobierno y de su relación, en donde las diferencias entre la élite política podían ser procesadas de manera casi automática debido a que el Ejecutivo era reconocido como el árbitro final de toda disputa.

El arribo de la competencia electoral trajo aparejada la pluralidad y con ella se materializó por primera vez a nivel federal la aparición de un gobierno dividido. Este, a su vez, ha sacado a flote algunas imperfecciones institucionales en lo que respecta a la relación que existe entre ambos poderes, las cuales requieren ser atendidas, en beneficio del pueblo mexicano.

Aunque los controles sobre el Ejecutivo mexicano se han ido ampliando tanto por la vía de reformas constitucionales como por la vía de la pluralidad, en los órganos de representación popular, subsisten imprecisiones que deben ser corregidas.

Bajo este orden de ideas, se vuelve necesario encontrar un diseño institucional que encuentre un equilibrio entre poder y control, porque tan grave es tener una presidencia despótica como una presidencia desvalida. En donde si bien el actual marco constitucional en teoría, con sus defectos, imprecisiones y aciertos, no otorga al titular del ejecutivo facultades excesivas ni deja a l Congreso sin autoridad suficiente para desempeñar las labores de legislar, es necesario que el Poder Legislativo realmente cuente con la posibilidad de controlar y supervisar al Poder Ejecutivo, en beneficio de sus representados.

Por lo anterior, y adentrándonos en el objetivo de la presente iniciativa, es preciso mencionar que de conformidad con el catálogo constitucional actual se establece que el Ejecutivo federal tendrá la atribución para nombrar servidores públicos, los cuales serán en cierta medida los responsables de la ejecución de políticas, planes y programas de la administración pública federal; esta facultad de nombramiento se encuentra consagrada en el artículo 89 que indica que al Presidente de la República, le corresponde:

“...

II. Nombrar y remover libremente a los secretarios del despacho, remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes;

III. Nombrar los ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del Senado;

IV. Nombrar, con aprobación del Senado, los coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, y los empleados superiores de Hacienda;

V. Nombrar a los demás oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, con arreglo a las leyes;

...

IX. Designar, con ratificación del Senado, al Procurador General de la República; ...”

No obstante lo anterior, la facultad del Ejecutivo federal, en muchos de los casos y como claramente se puede observar en las fracciones III, IV y IX que anteceden, requiriere para su plena validez la ratificación o aprobación del Senado de la República.

Concomitantemente a dicho catálogo de atribuciones presidenciales, la facultad de ratificación del Senado de la República es con base en la facultad que le concede el artículo 76, fracción II, de nuestra carta constitucional, que a la letra dice:

“Son facultades exclusivas del Senado:

...

... II. Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga del Procurador General de la República, ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga; ...”

De lo anterior se deduce que, la facultad del Presidente de la República en lo referente al nombramiento de algunos de los servidores públicos señalados, es limitada por el Senado de la República al sujetar tales nombramientos a su aprobación, advirtiéndose que con ello se ejerce un control constitucional, para con ello llevar al Poder Ejecutivo Federal a elaborar una detenida y cuidadosa reflexión, no sólo de las aptitudes del candidato, sino de las necesidades del cargo que va a desempeñar.

Desafortunadamente y aún con las limitantes anteriores, vemos de forma continua que el ejecutivo no se conduce de acuerdo a éstos preceptos en la designación de algunos de sus candidatos para los distintos órganos pertenecientes a la administración pública federal, un ejemplo claro de esto, es el reciente nombramiento como del nuevo comisionado y su designación como presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), el cuál como todos ya sabemos no cumple con los requisitos que marca la ley para poder asumir el cargo, lo cual a todas luces representa un acto autoritario, poco institucional y representa un desacato a la ley, tanto del presidente de la República como del secretario de Comunicaciones y Transportes

Por lo anterior y considerando que:

Primero. Que los organismos reguladores de la administración pública federal, fueron creados en momentos y ante necesidades diferentes y que, por ende, sus características propias no guardan un tratamiento homogéneo en cuanto a su naturaleza jurídica, estructura, marco legal e institucional, grado de autonomía y atribuciones.

Segundo. Que aunado a lo anterior y no obstante la importancia que representa la delicada función encomendada a los mismos en áreas críticas de la actividad económica del país, ninguno de los organismos reguladores requiere de la intervención del Senado para formalizar la designación de los funcionarios comisionados en tales agencias reguladoras.

Tercero. Que actualmente en nuestro país uno de los aspectos prioritarios respecto de los que han ido lográndose importantes consensos estriba en la necesaria búsqueda de mecanismos que permitan reforzar aquellos organismos reguladores que tienen a su cargo tareas delicadas en materia de competencia económica, energía, telecomunicaciones, mejora regulatoria, servicios financieros y derechos del consumidor entre otras.

Cuarto.Que resulta imprescindible que quienes tienen a su cargo el combate a los monopolios, concentraciones indebidas y prácticas anticompetitivas; la desregulación económica para promover la inversión; la fijación de precios de insumos básicos como la electricidad; la expansión de las redes, el desarrollo tecnológico y la competencia efectiva entre prestadores de servicios de telecomunicaciones; la protección de los derechos de usuarios y consumidores; y control y supervisión de servicios financieros, cuenten con los instrumentos necesarios pero, sobre todo, con la autonomía operativa e independencia política para actuar con absoluto rigor técnico en la atención de sus respectivas materias.

Quinto. Que uno de los aspectos fundamentales para lograr ese objetivo descansa en la pertinencia de que los nombramientos de los comisionados de los órganos reguladores de la administración pública federal centralizada sean cuidadosamente realizados, bajo una óptica responsable que permita encomendar a cuerpos colegiados debidamente seleccionados por el Ejecutivo federal pero sujetos a la ratificación del Senado de la República, tal y como ocurre con los casos ya señalados y existentes en la Constitución.

Sexto. Que esta propuesta está orientada a seleccionar los mejores cuadros para dichas posiciones regulatorias, dado el perfil técnico y especializado que en todos los casos se requiere, cuidando que los nombramientos no obedezcan a coyunturas políticas ni ambiciones de grupo, evitando con ello la discrecionalidad en la toma de decisiones y sustentando las resoluciones de tales organismos a criterios rigurosos y ajenos a vaivenes de otra índole.

Cabe mencionar, que esta iniciativa supone que los cargos de mérito deberán ser fijos, transexenales y escalonados, para asegurar la renovación periódica de comisionados pero, también, la necesaria continuidad en la realización de sus tareas.

Derivado de lo anterior, es que resulta necesario tener claro que estamos transitando, a pesar de las resistencias del Poder Ejecutivo, de un régimen presidencialista con partido hegemónico a uno presidencial y multipartidista, rigurosamente sustentado en el derecho y en los valores democráticos. Nuestra tarea es buscar la forma de hacer funcional esta realidad política, resolver el espacio de acción de cada poder del Estado, así cómo hacer más efectiva su responsabilidad en esta nueva circunstancia, por lo que es necesario destrabar las inercias y reticencias que complican el proceso de diálogo y acuerdo para ello es indispensable empezar por crear un ambiente que priorice las coincidencias.

Finalmente, podemos decir que debido a que las relaciones institucionales entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo son de gran relevancia para garantizar la gobernabilidad de todo sistema democrático, en donde la gobernabilidad democrática depende, en gran medida, de la capacidad del sistema político para atender los reclamos y las demandas ciudadanas en un marco de recíproca limitación y equilibrio entre los poderes públicos, por lo que resulta necesario impulsar que exista una relación constructiva entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, se somete a consideración de esta asamblea, la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 76, fracción II, y 89, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo Único.Se reforma el artículo 76, fracción II, y 89, fracción IV,  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 76....

Son facultades exclusivas del Senado:

...

II. Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga del Procurador General de la República, ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, comisionados de los organismos reguladores de la Administración Pública Federal que tengan el carácter de órganos desconcentrados u organismos descentralizados; coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga;

...

Artículo 89....

Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:

...

...

...

IV. Nombrar, con aprobación del Senado, los Coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, y los empleados superiores de Hacienda, así como a los comisionados de los organismos reguladores de la Administración Pública Federal que tengan el carácter de órganos desconcentrados u organismos descentralizados;

...

Transitorios

Primero. Quedará sin efecto cualquier disposición que se ponga al presente ordenamiento.

Segundo. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputado Eric Luis Rubio Barthell (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputado Rubio. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, tal como lo solicita el diputado Rubio Barthell y publíquese en la Gaceta Parlamentaria. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.



LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Francisco Saracho Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 116 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

El diputado Francisco Saracho Navarro:Bienvenidos los compañeros del Cañón de Jimulco, de Torreón, Coahuila, un saludo.

La Ley Federal de Protección al Consumidor tiene como principal finalidad promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

Tal como se desprende de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Procuraduría Federal del Consumidor tiene la atribución de llevar un procedimiento conciliatorio, procedimiento arbitral y procedimiento de infracciones a la ley.

Nuestra atención se dirige a la culminación del procedimiento conciliatorio, del procedimiento por infracciones a la ley, lo que tiene lugar cuando se presenta una queja o reclamación por parte del consumidor que se siente agraviado por un proveedor de bienes o servicios.

Cuando se inicia el procedimiento con motivo de una queja, lo primero que ocurre es la exhortación por parte de la Procuraduría del Consumidor a que las partes en conflicto lleguen a un acuerdo para dar solución a lo planteado en la queja.

En el supuesto de que se determine la conciliación mediante la firma de un convenio, culminará el procedimiento. Sin embargo, cuando las partes no llegan a un acuerdo, se dejarán a salvo sus derechos para que los haga valer en la vía que proceda, lo que en la mayoría de las ocasiones es llevado ante los tribunales civiles.

Es entonces cuando surge la problemática que se pretende resolver con la presente iniciativa, pues independientemente de que el consumidor decida presentar una demanda civil, queda pendiente que la Procuraduría resuelva si efectivamente ocurrieron violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor y se inicie de oficio el procedimiento de infracciones que precisa el artículo 123 de dicho ordenamiento.

Sin embargo, ni el artículo 116 que señala la culminación del procedimiento conciliatorio ni el artículo 123, que precisa el inicio del procedimiento de infracciones a la ley, son claros al respecto. Es decir, cuando se determina el fin del procedimiento conciliatorio no existe la remisión expresa al inicio de procedimiento de infracciones a la ley.

Lo anterior ha generado la confusión de las autoridades de la Procuraduría, al extremo de que consideren que si no hubo acuerdo entre las partes del procedimiento conciliatorio, no debe dar inicio al diverso por infracciones a la ley, lo cual contraviene el objetivo de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Esto, a nuestro parecer, puede propiciar la impunidad a favor de quienes han cometido violaciones a dicho ordenamiento.

Lo anterior tampoco debe interpretarse en el sentido de que si se inicia un procedimiento por infracciones a la ley necesariamente debe sancionarse al proveedor sino que, en todo caso, se desahoguen los medios de convicción necesarios para determinar si se verificaron o no los hechos que el consumidor señaló en su queja y si de éstos se desprenden infracciones a la ley.

Es menester aclarar que el hecho de que el proveedor realice una propuesta y ésta no sea aceptada por el consumidor, no da lugar a que se deje de resolver si se verificaron o no infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Si se verificaron infracciones a la Ley de Protección al Consumidor, éstas no quedan por el simple hecho de que no se acepte una propuesta del proveedor, dado que son actos que al momento de consumarse ya produjeron contravención al citado ordenamiento.

El dejar a salvo los derechos de las partes en el procedimiento conciliatorio tiene como consecuencia que éstas estén en aptitud de acudir a los tribunales competentes, hacer valer sus derechos en la vía civil o mercantil, lo que de ninguna forma repercute en que la Procuraduría de Consumidor desatienda su obligación de sancionar a los proveedores que infringen la Ley de Protección al Consumidor, máxime cuando las conductas infractoras fueron hechas de su conocimiento en la reclamación que el consumidor formuló.

Para evitar soslayar las violaciones a la ley, la Procuraduría, independientemente de que las partes soliciten o no el inicio del procedimiento de infracciones a la ley, debe aperturar de oficio el llamado procedimiento de infracciones a la ley.

Por ello, se propone a través de esta iniciativa que se establezca expresamente el inicio de dicho procedimiento cuando culmine la fase conciliatoria a la que se ha referido si no hubo acuerdo entre las partes. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 116 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Francisco Saracho Navarro, del Grupo Parlamentario del PRI

Hugo Martínez González, Melchor Sánchez de la Fuente, Rubén Moreira Valdez, Miguel Ángel. Riquelme Solís, Héctor Fernández Aguirre, Héctor Franco López, Noé Fernando Garza Flores y Tereso Medina Ramírez en voz de Francisco Saracho Navarro, diputados federales de la LXI Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículos 55, fracción II, y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 116 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Exposición de Motivos

La Ley Federal de Protección al Consumidor tiene como principal finalidad promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la  equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

De tal modo, para cumplir con ese cometido, el entramado normativo que integra la legislación respectiva, establece los lineamientos en los que se precisan las pautas en que deben acaecer las relaciones entre proveedores y consumidores, a fin de evitar  que se cometan abusos por parte de aquellos, en detrimento del patrimonio de estos últimos.

En ese sentido, se han instaurado los instrumentos y procedimientos necesarios para resolver la problemática que en su momento se suscite con motivo de la aplicación y cumplimiento de las disposiciones que rigen en esa materia.

Tal como se desprende de la mencionada Ley Federal de Protección al Consumidor, la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor, tiene la atribución de llevar un “procedimiento conciliatorio” (sección segunda artículos 111 al 116), un “procedimiento arbitral” (sección tercera artículos 117 a 122) y un “procedimiento de infracciones a la ley” (sección cuarta artículos 123 a 124 Bis).

Sin embargo, es una realidad que en la aplicación de la normatividad correspondiente, se pueden presentar diversas inconsistencias que pueden derivar en dos supuestos, el primero en el desconocimiento de la Ley por parte de las autoridades competentes en materia de protección al consumidor y, el segundo, cuando la normatividad carece de la debida claridad, a tal grado que el margen de su interpretación permite asumir diversos criterios lo que, en ocasiones, propicia la impunidad de los actos violatorios a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

La propuesta materia de la presente iniciativa se centrará en el segundo de los supuestos, pues se tiene conciencia de que la claridad normativa es uno de los ejes principales que dan sustento a la seguridad jurídica, principio este último que, a su vez, da viabilidad al Estado de Derecho.

Bajo esta tónica, nuestra atención se dirige a la culminación del procedimiento conciliatorio y la sustanciación del procedimiento por infracciones a la Ley, lo que tiene lugar cuando se presenta una queja o reclamación por parte del consumidor que se siente agraviado por un proveedor de bienes o servicios.

Cuando se inicia el procedimiento con motivo de una queja, lo primero que ocurre es la exhortación por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor, a que las partes en conflicto (consumidor y proveedor) lleguen a un acuerdo para dar solución a lo planteado en la queja.

En el supuesto de que se determine la conciliación mediante la firma de un convenio, culminará el procedimiento; sin embargo, cuando las partes no llegan a un acuerdo, se dejarán a salvo sus derechos para que los hagan valer en la vía que proceda, lo que en la mayoría de las ocasiones es llevado ante los tribunales civiles.

Es entonces cuando surge la problemática que se pretende resolver con la presente iniciativa, pues independientemente que el consumidor decida presentar una demanda civil, queda pendiente que la Procuraduría resuelva si ocurrieron violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor y se inicie “de oficio” el procedimiento de infracciones que precisa el artículo 123 de dicho ordenamiento.

Sin embargo, ni el artículo 116 que señala la culminación del procedimiento conciliatorio, ni el artículo 123, que precisa el inicio del procedimiento de infracciones a la Ley, son claros al respecto; es decir, que cuando se determina el fin del procedimiento conciliatorio, no existe la remisión expresa al inicio de procedimiento de infracciones a la Ley.

Lo anterior ha generado la confusión de las autoridades de la Procuraduría, al extremo de que consideren que, si no hubo acuerdo entre las partes en el procedimiento conciliatorio, no debe dar inicio al diverso por infracciones a la Ley, lo cual contraviene el objetivo de la Ley Federal de Protección al Consumidor; esto, a nuestro parecer, puede propiciar la impunidad a favor de quienes han cometido violaciones a dicho ordenamiento.

Lo anterior tampoco debe interpretarse en el sentido de que, si se inicia un procedimiento por infracciones a la Ley, necesariamente deba sancionarse al proveedor, sino que, en todo caso, se desahoguen los medios de convicción necesarios para determinar si se verificaron o no los hechos que el consumidor señaló en su queja y si de éstos se desprenden infracciones a la Ley.

Es menester aclarar que, el hecho de que el proveedor realice una propuesta y ésta no sea aceptada por el consumidor, no da lugar a que se deje de resolver si se verificaron o no infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

En efecto, si se verifican infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, éstas no quedan insubsistentes por el simple hecho de que no se acepte una propuesta del proveedor, dado que son actos que al momento de consumarse ya produjeron contravención al citado ordenamiento.

El dejar a salvo los derechos de las partes en el procedimiento conciliatorio, tiene como consecuencia que éstas estén en aptitud de acudir a los tribunales competentes a hacer valer sus derechos en la vía civil o mercantil, lo que en ninguna forma repercute en que la Procuraduría Federal del Consumidor, desatienda su obligación de sancionar a los proveedores que infrinjan la Ley Federal de Protección al Consumidor, máxime cuando las conductas infractoras fueron hechas de su conocimiento en la reclamación que el consumidor formuló.

No puede justificarse, en ningún supuesto, que la autoridad, ante la falta de remisión expresa al inicio de procedimiento por infracciones a la ley, trate de atribuir “el no inicio de ese procedimiento”, como consecuencia de la declaración de dejar a salvo los derechos de las partes por falta de acuerdo.

De sostener ese criterio sería tanto como justificar que cuando en una averiguación previa, la víctima u ofendido y el probable responsable no llegaran a un convenio, el Ministerio Público no continuará con la indagatoria, a pesar de que posiblemente se haya cometido un delito.

Entonces para evitar soslayar las violaciones a la ley, la Procuraduría, independientemente de que las partes soliciten el inicio del procedimiento de infracciones a la ley, debe aperturarlo de oficio.

Para mayor claridad se transcriben los artículos 123 y 124 que regulan el procedimiento por infracciones a la ley.

“Artículo 123. Para determinar el incumplimiento de esta ley y en su caso para la imposición de las  sanciones a que se refiere la misma, la Procuraduría notificará al presunto infractor de los hechos motivo del procedimiento y le otorgará un término de diez días hábiles para que rinda pruebas y manifieste por escrito lo que a su derecho convenga. En caso de no rendirlas, la Procuraduría resolverá conforme a los elementos de convicción de que disponga.

Cuando la Procuraduría detecte violaciones a normas oficiales mexicanas e inicie el procedimiento a que se refiere este precepto en contra de un proveedor por la comercialización de bienes o productos que no cumplan con dichas normas, notificará también al fabricante, productor o importador de tales bienes o productos el inicio del procedimiento previsto en este artículo. La Procuraduría determinará las sanciones que procedan una vez concluidos los procedimientos en cuestión.

La Procuraduría admitirá las pruebas que estime pertinentes y procederá a su desahogo. Asimismo podrá solicitar del presunto infractor o de terceros las demás pruebas que estime necesarias.

Concluido el desahogo de las pruebas, la Procuraduría notificará al presunto infractor para que presente sus alegatos dentro de los dos días hábiles siguientes.

La Procuraduría resolverá dentro de los quince días hábiles siguientes.”

“Artículo 124. La Procuraduría podrá solicitar al reclamante en los procedimientos conciliatorio o arbitral o, en su caso, al denunciante, aporten pruebas a fin de acreditar la existencia de violaciones a la ley.”

De los preceptos transcritos, se desprende la obligación de la Procuraduría Federal del Consumidor, de determinar si los hechos que han sido de su conocimiento han infringido la Ley Federal de Protección al Consumidor,  ya sea porque se esa información se obtuvo de una visita de verificación o porque fue proporcionada por el propio consumidor al formular su reclamación o queja.

Además de lo ya anotado en líneas que preceden, se advierte del contenido de los propios artículos antes invocados, que no deben quedar impunes las infracciones cometidas por los proveedores, luego la Procuraduría, salvo el caso de que las partes celebren un convenio, no puede dejar de pronunciarse al respecto, como aconteció en la especie.

Por lo expuesto, se presenta a esta H. Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, para quedar de la forma siguiente

Decreto

Artículo Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 116 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 116. En caso de no haber conciliación, el conciliador exhortará a las partes para que designen como árbitro a la Procuraduría o a algún árbitro independiente para solucionar el conflicto. Para efectos de este último caso, la Procuraduría podrá poner a disposición de las partes información sobre árbitros independientes.

En caso de no aceptarse el arbitraje se dejarán a salvo los derechos de ambas partes, sin perjuicio de que se dé inicio al procedimiento por infracciones a la Ley previsto en el artículo 123.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Distrito Federal, a 30 de septiembre de 2010.— Diputados: Francisco Saracho Navarro, Hugo Héctor Martínez González, Melchor Sánchez de la Fuente, Rubén Ignacio Moreira Valdéz, Miguel Ángel Riquelme Solís, Héctor Fernández Aguirre, Héctor Franco López, Noé Fernando Garza Flores, Tereso Medina Ramírez (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputado Saracho. Túrnese a la Comisión de Economía.

Perdón, diputada. Discúlpeme, por favor, la diputada Cristabell Zamora Cabrera.

La diputada Cristabell Zamora Cabrera:Con su venia, señor presidente. La política fiscal de un gobierno debe ser...

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Permítame usted, diputada Cristabell. Permítame un segundo.

La diputada Cristabell Zamora Cabrera:Sí, cómo no.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Por favor, sonido a la curul del diputado Avelino. ¿Sí, diputado?



VERIFICACION DE QUORUM

El diputado Avelino Méndez Rangel(desde la curul): Diputado presidente, le agradecería que se haga rectificación de quórum, ya que somos 40 diputados ahorita en el recinto. La verdad, o se llama a los compañeros o se suspende la sesión. Somos 40 en el salón.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Con el permiso de la diputada en tribuna. Suplico a la Secretaría que dé lectura al artículo 3o Bis del acuerdo relativo a los lineamientos para acreditar la asistencia de los legisladores en esta asamblea.

Independientemente de esto, hago la aclaración de que el tablero electrónico permanece encendido para poder verificar también, a través de él, la asistencia de los señores diputados. Adelante, secretaria.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Artículo 3o Bis. Los diputados permanecerán en el recinto durante el pase de lista y las votaciones. Fuera de estos dos asuntos, no podrá reclamarse el quórum de asistencia.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Cristabell Zamora Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La diputada Cristabell Zamora Cabrera:Gracias, señor presidente.

La política fiscal de un gobierno debe ser la herramienta principal mediante la cual se logre la adecuada redistribución del ingreso nacional, para que con ello sea posible trazar caminos hacia la mejor calidad de vida de los integrantes de una sociedad. La distribución de la riqueza con equidad como premisa para lograr el efectivo desarrollo y crecimiento de una nación, sin pensar en políticas públicas con fines meramente económicos que dejen de lado el aspecto humano y social de una sociedad como la nuestra.

En nuestro país contamos con un sistema fiscal complejo y costoso, la multiplicidad de impuestos, exenciones, tasas diferenciadas y gravámenes especiales hacen de este sistema impositivo un estímulo para la evasión y la elusión. La necesidad de un sistema fiscal eficiente, que impulse la actividad económica y mejore la competitividad, que cumpla con los principios básicos de equidad, eficiencia y neutralidad, competitividad y simplicidad es por demás objetiva e ineludible.

Desgraciadamente, uno de los muchos claros ejemplos de esta urgente necesidad lo tenemos en la industria restaurantera, que durante los últimos dos años ha tenido que enfrentar momentos difíciles que se han traducido en verdaderas amenazas de sobrevivencia de este sector productivo de nuestro país.

La recesión económica mundial, cuyos efectos se reflejaron en una disminución de 11.7 por ciento de las ventas durante el pasado 2009. Las leyes locales y federales para la reducción del consumo del tabaco y que afecta al 98 por ciento de los restaurantes a nivel nacional, pues sus locales no mayores de 150 metros cuadrados hacen imposible levantar muros para dividir las áreas, además de que la gran mayoría de ellos carece de capital propio para hacer las adecuaciones exigidas.

Una emergencia sanitaria por la influenza AH1N1, que tuvo un impacto inmediato de caída en ventas de mayo de 2009, de 60 por ciento en ciudades como México, Cancún, Cozumel, San Luis Potosí y Los Cabos. La disminución fue hasta de un 90 por ciento y se estima que cerraron alrededor de 6 mil establecimientos, crisis de la cual aún muchos restauranteros no han salido.

La inseguridad e incremento de la delincuencia son fuerte impacto en estados de nuestra república no privativos de ninguna región. Es un problema de todo el país. Ha originado que además de la baja en ventas, el cierre de algunos restaurantes sea inminente.

Tan solo en las fronteras de nuestro país la inseguridad, la desmotivación por las prolongadas líneas para el cruce fronterizo y ante la no posible deducibilidad total de los consumos, la mayoría de las personas optan por ir al otro lado de la frontera.

Muchas informalidad e ilegalidad toleradas por la mala política económica de este gobierno y una pésima y corrupta aplicación de la política redistributiva. Se estima que existen más de 700 mil puestos de comida en las calles. Aumentos a cargas tributarias para los años 2009 y 2010 presentes como el IETU, el IDE y el IEPS. Y para colmo, deducibilidad de comidas de negocios en restaurantes de sólo el 12.5 por ciento, cuando por ejemplo nuestros socios comerciales de Estados Unidos de Norteamérica y Canadá permiten hasta un 50 por ciento.

Esos son sólo algunos de los muchos ejemplos de los graves problemas que amenazan y aquejan a éste importantísimo sector productivo de nuestro país.

La industria restaurantera genera un millón 350 mil empleos directos y 3 millones 300 mil empleos indirectos. Representa el 1.05 por ciento del PIB nacional con un valor estimado de 190 mil millones de pesos y cerca de 15 por ciento del PIB turístico.

Es el último eslabón de la cadena de insumos impactando en 63 de las 80 ramas productivas. Es factor de consolidación de las cadenas de insumos agropecuarios y de otros sectores industriales, comerciales y de servicios. Y factor de desarrollo regional, social, económico y turístico.

Es ante tal evidencia la importancia que el sector tiene sobre la economía mexicana y sobre todo, en materia de generación de empleos, que la petición de incrementar la deducibilidad fiscal de los consumos en los restaurantes se presenta como una coyuntura de crecimiento y de desarrollo económico. Esto impulsará la actividad económica, la competitividad y por supuesto el empleo.

Las expectativas de crecimiento para este año superan, según el Presupuesto, el 3.5 por ciento del producto interno bruto. Pero para los restauranteros las expectativas de crecimiento en este momento son modestas. Sin embargo, con una deducibilidad ampliada sí será posible lograr un crecimiento superior de dos dígitos.

Por ello, a nombre de los que se esfuerzan por atendernos brindándonos alimentos y servicios con calidad, eficiencia, sabor y rapidez. A nombre de todos ellos, quienes se han ganado con sacrificio, profesionalismo y entrega el reconocimiento como el mejor servicio del mundo, brindemos nuestro innegable apoyo a esta propuesta.

Les pido a mis compañeros y les hago el comentario de que la deducibilidad fiscal de los consumos en restaurantes hasta en un 100 por ciento, siempre y cuando éstos hayan sido pagados con tarjeta de crédito, débito o cualquier otra forma de pago que permita su rastreabilidad y bancarización, sería un aspecto fundamental para nuestra economía en estos momentos de crisis. Además, nos permitiría fortalecer y enriquecer un sector sumamente productivo y altamente generador de empleos.

A nombre de la Canirac, de la Canaco de Nuevo Laredo, del Consejo Ciudadano de Promoción Legislativa, que la sociedad civil ha puesto empeño y sobre todo un gran interés en esta propuesta. Y sobre todo, le pido al señor presidente de la Mesa Directiva que esta iniciativa —que hago entrega en este momento— sea a nombre de diputados federales del PRI de Tamaulipas y Coahuila, se turne a la comisión respectiva y se publique en la Gaceta Parlamentaria y se integre al Diario de los Debates.

Espero su apoyo y espero que justamente hagamos lo propio para fortalecer a este gran sector de nuestra economía nacional. Muchísimas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma la fracción XX del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo de la diputada Cristabell Zamora Cabrera, del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de los estados de Tamaulipas y Coahuila de Zaragoza en voz de la diputada Cristabell Zamora Cabrera, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad que les confieren los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XX del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta fundamentada en la siguiente

Exposición de Motivos

La sociedad mundial ha experimentado una serie de transformaciones que han afectado la estructura empresarial de manera contundente; el turismo y la industria restaurantera no han estado exentos de dichas transformaciones.

Según la Organización Mundial del Turismo (OMT), para el año 2020 se estima que México será el octavo destino en el ámbito mundial con una llegada de turistas aproximado de 48.9 millones de personas, lo que representaría un 3.1  por ciento de la cuota del mercado mundial. (OMT, 1999) estas son buenas noticias considerando que es una actividad en crecimiento y uno de los elementos fundamentales en la economía.

La industria restaurantera es un negocio que requiere de una considerable inversión inicial, la  recuperación de la misma, la generación y control de las utilidades, así como de innumerables operaciones que determinarán si continúa en servicio o se retira del mercado.

Aún así es una industria que ha logrado sobrevivir a las diversas crisis por las que el mundo ha pasado, y se ha visto fortalecida, en México no es la excepción. Esta industria se erige como un bastión de la economía mexicana y no sólo por la importante cantidad de restaurantes que participan de ella.

En el país existen aproximadamente 372 mil 398 establecimientos formales, los cuales aglutinan desde cocinas económicas hasta grandes cadenas de restaurantes de talla internacional.

Esta actividad representa el 1.5 por ciento del PIB Nacional con un valor estimado de 190 mil millones de pesos anuales y contribuye con el 15 por ciento del PIB Turístico, cabe mencionar que aunque relacionamos directamente a la industria restaurantera con el turismo esta relación es sólo una parte de lo que los restaurantes aglutinan en todo el país, basta mencionar que las familias mexicanas destinan aproximadamente en promedio 9.8 por ciento del gasto familiar para la realización de comidas fuera de casa.

Ésta es una actividad que agrupa a casi todas las ramas productivas, impactando en 82 de las principales ramas, lo que la consolida como un factor de cohesión entre las cadenas de insumos agropecuarios y de otros sectores industriales, comerciales y de servicios y factor del desarrollo regional, social, económico y turístico del país, generando más de un millón 400 mil empleos directos y 3 millones 300 mil empleos indirectos.

No obstante la participación tan importante de la industria restaurantera al crecimiento del país, ésta no ha estado exenta de las severas crisis y vicisitudes por las que hemos atravesado en los últimos años, los cuales se ha agravado estos dos últimos años causando su colapso y amenazado su sobrevivencia. Durante el periodo de recesión económica mundial, particularmente el 2009, hubo una disminución en las ventas del orden del 11.7 por ciento.

La Emergencia Sanitaria por la Influenza AH1N1, que tuvo un impacto inmediato en la caída de las ventas en mayo de 2009 del 60 por ciento, siendo las ciudades como México, Cancún, Cozumel, San Luis Potosí y Los Cabos las más afectadas donde la caída se fue hasta en un 90 por ciento de las ventas y se estima que alrededor de 6 mil establecimientos tuvieron que cerrar.

El aumento indiscriminado de la informalidad, resultado de la falta de oportunidades de trabajo y que se estima que ronda los 860 mil puestos de comida en las calles sin ninguna regulación.

Por otra parte, la inseguridad e incremento de la delincuencia, también han tenido un fuerte impacto, sobre todo en estados como Chihuahua, Baja California, Sinaloa, Guerrero, Nuevo León y Michoacán, que además de las bajas ventas, origina el cierre de restaurantes. De igual manera, los aumentos sostenidos a cargas tributarias en los últimos años tales como el Impuesto Especial a Tasa Única y el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo son fenómenos que han afectado de manera importante a la industria.

Por otro lado, la industria restaurantera del país es una de las ramas productivas mas reguladas, con normatividades ecológicas, de protección civil, de control del tabaco, higiénicas, de trabajo, tributarias e incluso artísticas, pues paga derechos de autor por el uso de música ambiental o en vivo.

Asimismo este sector ha sufrido diversas modificaciones en su carga tributaria ya que hasta el año de 1989,  no existían restricciones para la deducción por gastos de consumo en restaurantes, pero en el periodo de 1990 a 2001 no se permitieron deducciones. Posteriormente, durante el 2002 se realizó una modificación que permitió la deducción del 50 por ciento de estos consumos; entre 2003 y 2006 esta deducción se redujo al 25 por ciento y para 2007 una nueva modificación situó este gravamen en 12.5 por ciento, la cual se mantiene vigente hasta la fecha.

Considerando la situación en que se encuentra el país y que en países desarrollados como Estados Unidos de Norteamérica, Canadá, Finlandia y Nueva Zelanda permiten el 50 por ciento y que existen casos como el de Holanda donde se permite hasta el 90 por ciento de deducibilidad, consideramos necesario el plantear una modificación con el fin de generar una reactivación en el mercado interno y en el desarrollo de las cadenas productivas.

Un dato curioso y revelador del impacto positivo que tendría el crecimiento de este sector, es que de acuerdo al crecimiento en ingresos y empleos de los últimos 5 años, se deduce que por cada 10 por ciento de incremento en los ingresos nominales del sector, se generaría un 8 por ciento de nuevos empleos directos, es decir, con un crecimiento del 10 por ciento en los ingresos nominales del sector se generarían 240 mil empleos directos, sin considerar los empleos indirectos, en muchas ramas de la economía.

Dada la situación por la que atraviesa el país, consideramos que un factor para erradicar la violencia e incentivar el crecimiento económico es la generación de empleos.

La propuesta que ponemos a su consideración contempla la deducción del 100 por ciento por concepto de consumo en restaurante siempre y cuando el pago se realice con tarjeta de crédito o debito. Lo anterior con el fin de evitar la evasión fiscal, ya que al realizar el pago con dichos instrumentos y aumentando el monto de deducibilidad se generaría un incentivo para que los pequeños establecimientos formalizaran su situación fiscal, lo cual redundaría en una mayor recaudación tributaria en virtud de que un número mayor de consumidores estarían dispuestos a solicitar factura.

Por otra parte se enviaran buenas señales con el fin de que se incremente las inversiones en el país, con la correspondiente generación de empleos que tanta falta hacen es estos momentos, sobre todo cuando organismos como Canacintra y Coparmex afirman que tan sólo en este sexenio, en el país han desaparecido 80 mil empresas.

La recaudación no se ve afectada, por el contrario se esperaría un incremento en ella por: mayor volumen de negocios y una incorporación de un número notorio de restaurantes informales a la base fiscal y disminución en la elusión fiscal al expedirse un mayor número de facturas por el incentivo que tendrán los consumidores de solicitarlas.

Esto abre una enorme ventana de oportunidad, ya que al elevar el porcentaje deducible para las empresas hará que un mayor porcentaje de comensales solicite factura, siendo esto un incentivo para los restaurantes para mejorar sus registros y declarar puntualmente sus operaciones e impuestos.

La reducción en la utilidad bruta de las empresas causaría una baja en la recaudación de ISR cercana a 5 mil millones de pesos, por parte de las empresas que deducen estos gastos y pagan ISR; no obstante:

Los restaurantes aumentarían sus ventas en casi 40 mil millones anuales, lo que implicaría que:

• La facturación crecería en 16 mil millones, generando un aumento de 2 mil 500 millones en IVA recaudado y de 4 mil 400 millones en recaudación del ISR por parte de los restaurantes.

• Este solo efecto compensa la caída en recaudación del ISR de las empresas.

• El crecimiento en ventas significaría, además, 240 mil nuevos empleos directos en la industria.

• Un aumento en 7 mil millones en compras a proveedores, que generarán pago de IVA e ISR y empleo indirecto.

Por lo anteriormente expuesto nos permitimos presentar ante esta Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se modifica el párrafo XX, del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Proyecto de Decreto

Único. Se reforma la fracción XX del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para quedar como sigue:

Artículo 32.

I. a XIX. ...

XX. El 100 por ciento de los consumos en restaurante, cuando estos hayan sido pagados  con tarjeta de crédito, debito o cualquier otra forma de pago que permita su rastreabilidad y bancarización...

XXI. a XXVII.

Transitorio

Único.El presente decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de octubre de 2010.— Diputados: Cristabell Zamora Cabrera, Melchor Sánchez de la Fuente, Rubén Ignacio Moreira Valdez, Héctor Franco López, Melchor Sánchez de la Fuente, Laura Felícitas García Dávila, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, Hilda Ceballos Llerenas, María de Jesús Aguirre Maldonado, Adriana Terrazas Porras (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias por su intervención, diputada Cristabell Zamora. Insértese...

El diputado Melchor Sánchez de la Fuente(desde la curul): Presidente, solicitarle a la diputada, si es posible que me pueda adherir a su propuesta.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputada Cristabell, el diputado Melchor Sánchez le solicita, amablemente, si es posible que se adhiera a su propuesta.

La diputada Cristabell Zamora Cabrera:Claro que sí. Quienes deseen hacerlo, espero su apoyo. Muchísimas gracias.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: La diputada Cristabell ha manifestado su anuencia para que todos los diputados que lo soliciten puedan adherirse a su propuesta. Está a su disposición en la mesa de esta Secretaría.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates tal como lo solicita la diputada Cristabell Zamora. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY ORGANICA DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Miguel Ángel García Granados, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

El diputado Miguel Ángel García Granados:Por economía de tiempo agradecería, señor presidente, que el texto de la iniciativa que presento se inserte íntegramente en el Diario de los Debates.

Uno de los principales problemas que tenemos en el país es la inseguridad. El presidente de la República manifestó el pasado mes de julio que no hay mejor respuesta a la criminalidad que ofrecer soluciones institucionales que perduren más allá de los gobiernos.

Precisó también que es responsabilidad de las fuerzas federales no sólo salvaguardar a la soberanía nacional sino también la seguridad interior del país. Refirió además, que la presencia de las fuerzas federales en diversos puntos de la geografía nacional obedece a los niveles de violencia y desafío que venían desarrollando las organizaciones criminales del país y rechazó que esta situación haya sido originada por la presencia de las fuerzas federales del orden público.

Precisamente, la estrategia integral para la prevención del delito y combate a la delincuencia de la presente gestión del gobierno federal, establece la necesidad de alinear las capacidades del Estado mexicano para el cumplimiento de este propósito.

Entre otros objetivos, se considera necesario impulsar la unidad de mando de las policías federales para integrar y consolidar, en un solo cuerpo, los procesos de investigación y combate al delito, así como para una mejor coordinación entre los cuerpos federales. Ello como parte de un proceso orientado a superar el problema de heterogeneidad de las corporaciones policiales existentes en el país.

Un mando único es necesario para enfrentar de manera integral la actual problemática del delito. No es casual entonces que desde la óptica del Estado se reconozca la necesidad de la unicidad en el mando policíaco.

El gobierno está obligado a trabajar sobre el cauce de la unificación de tareas y capacidades, para enfrentar a una delincuencia cuya capacidad de beligerancia es reflejo de una organización sin precedentes, capaz de retar y enfrentar a las fuerzas del Estado.

En consecuencia, compañeras diputadas y compañeros diputados, es oportuno proponer también la unidad de mando entre aquellas dependencias del gobierno federal que signifique la integración y coordinación de esfuerzos en un objetivo claro, en un combate efectivo a la inseguridad pública.

Esta unificación implicaría, por sí misma, ahorros en el gasto presupuestal de la Federación, toda vez que traería consigo la eliminación de tareas duplicadas que representa precisamente la heterogeneidad de funciones que reconoce el propio presidente.

Una eventual unidad de mando cuya obligación principal sería asumir la responsabilidad integral de la seguridad pública, llevaría a constituir en un solo cuerpo institucional, tanto las tareas de investigación como las de combate a la delincuencia.

La presente iniciativa propone, por tanto, ampliar las atribuciones del procurador general de la República e investir a este funcionario en tareas de coordinación en materia de seguridad, con facultades para reunir, aglutinar, encabezar, diseñar y coordinar la política de combate al crimen, que abarca desde la prevención del delito hasta la ejecución de las penas.

Asimismo, la iniciativa propone adoptar un modelo de seguridad pública sustentado en la unidad de mando que asuma la responsabilidad integral de la seguridad pública y para este propósito se plantea derogar el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, decretándose la desaparición de la Secretaría de Seguridad Pública y otorgándole al procurador general de la República el despacho de los asuntos contenidos en el artículo en comento.

Se sugiere también adoptar para el régimen castrense la creación de la Secretaría de Defensa y Marina, que aglutine a la actual Secretaría de la Defensa Nacional, así como a la de Marina, Armada de México y para ello se propone derogar el artículo 30 de la ley de referencia.

La iniciativa sugiere además, fortalecer la figura del secretario de Gobernación, con el objeto de que cumpla eficazmente con las responsabilidades de conducción política a través de nuevas atribuciones que robustezcan a la dependencia como institución de consolidación y articulación de toda la administración pública federal, desligándola de las atribuciones vinculadas con funciones operativas de seguridad pública y dotándola de los instrumentos de gobierno que otrora le daban fortaleza política.

En virtud de que el texto íntegro ha sido publicado en la Gaceta Parlamentaria, solicito de todos ustedes el apoyo a la presente iniciativa. Muchísimas gracias.

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a cargo del diputado Miguel Ángel García Granados, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Miguel Ángel García Granados, somete a la consideración de la honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 7o. y 21, párrafo tercero, 26 y 27, fracción IV, 29, fracciones I, III, IV, V, VII, VIII, IX, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVIII, XIX y XX, y 31, fracción XII, se derogan los artículos 30 y 30 Bis, se adicionan las fracciones XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI y XXXVII al articulo 29 y un párrafo segundo al artículo 11 y se modifican en su totalidad las fracciones XXIV y XXIX del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y por el que se modifica la fracción XII y se adicionan las fracciones XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI y XLII al articulo 6o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con el firme propósito de contribuir a generar un mando único en las tareas de seguridad pública que implique un combate efectivo a la inseguridad, así como una reducción en los gastos de operación en dependencias de la administración pública federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Durante el marco inaugural de la vigésima octava sesión del Consejo Nacional de Seguridad Pública, realizada en junio del presente año, el presidente de la República, manifestó que no hay mejor respuesta a la criminalidad que ofrecer soluciones institucionales que perduren más allá de los gobiernos.

Incluso el primer mandatario de la nación precisó que es responsabilidad de las fuerzas federales no sólo salvaguardar la soberanía nacional, sino también la seguridad interior del país. Fue más allá al referir que la presencia de las fuerzas federales en diversos puntos de la geografía nacional, obedece a los niveles de violencia y desafío que venían desarrollando las organizaciones criminales del país y rechazó que esta situación haya sido originada por la presencia de las fuerzas federales del orden público.

El presidente anunció en este evento que habría de enviar al Congreso de la Unión una iniciativa de reforma constitucional y legal que venga a impulsar un nuevo modelo policial, basado en la instrumentación de 32 policías estatales con un mando único y confiable en cada una de ellas, para avanzar, dijo, con mucha mayor claridad y unidad de mando en la coordinación en los distintos órdenes de gobierno.

Enunció asimismo que la estrategia nacional de seguridad que tiene carácter integral, descansa en los siguientes ejes fundamentales: fortalecer la presencia del Estado en todo el país, fortalecer y profesionalizar los cuerpos de seguridad y procuración de justicia, modernizar y rediseñar el marco legal en materia de seguridad e impartición de justicia, fortalecer las comunidades y reconstruir el tejido social para prevenir el delito, así como fortalecer los mecanismos de cooperación entre autoridades de los tres órdenes de gobierno.

Precisamente, la estrategia integral para la prevención del delito y combate a la delincuencia de la presente gestión de Gobierno Federal, establece la necesidad de alinear las capacidades del Estado Mexicano para el cumplimiento de este propósito.

Entre otros objetivos, se establece la necesidad de impulsar la unidad de mando de las policías federales, para integrar y consolidar, en un solo cuerpo los procesos de investigación y combate al delito, así como para una mejor coordinación entre los cuerpos federales. Ello, como parte de un proceso orientado a superar el problema de heterogeneidad de las corporaciones policiales existentes en el país.

Un mando único necesario para enfrentar de manera integral la actual problemática del delito, grave a partir de su aumento y complejidad. Un fenómeno que no ha sido combatido eficazmente, aun y cuando el Estado disponga de un variado número de instituciones policiales.

No es casual entonces que desde la óptica del Estado, se reconozca la necesidad de la unicidad en el mando policiaco. Más ahora que el predominio de hechos delictivos que se suceden a diario a lo largo y ancho de la geografía nacional, son reflejo directo de que la violencia misma ha ido creando además situaciones de complicidad entre algunas autoridades y delincuentes.

Es imperativo que el Estado actué con mayor firmeza, toda vez que ante lo alarmante de los índices de inseguridad pública, la sociedad está reclamando y con justicia, acciones y medidas realmente eficaces de combate integral a un flagelo, cuya divisa principal está en inhibir el sano desarrollo social.

El gobierno está obligado a trabajar sobre el cauce de la unificación de tareas y capacidades para enfrentar a una delincuencia, cuya capacidad de beligerancia es reflejo de una organización sin precedentes, capaz de retar y enfrentar a las fuerzas del Estado.

En consecuencia, es oportuno proponer la unidad de mando entre aquellas dependencias del gobierno federal, que signifique la integración y coordinación de esfuerzos en un objetivo claro: un combate efectivo a la inseguridad pública. Esta unificación, implicaría por si misma ahorros en el gasto presupuestal de la federación, toda vez que traería consigo la eliminación de tareas duplicadas que representa precisamente la heterogeneidad de funciones.

Medida administrativa requerida, más ahora que la propuesta presupuestal del paquete económico de la federación para el ejercicio fiscal del año próximo, estima para el conjunto de las dependencias federales relacionadas con la seguridad pública nacional, un gasto público por el orden de los 131 mil 615.8 millones de pesos. Esto es, un monto superior en 19 mil 401.6 millones de pesos al aprobado para 2010.

En contrasentido, para el rubro del gasto en materia de de-sarrollo social, que incluye entre otros los programas de combate a la pobreza, se proyecta una reducción por el orden de los 687.6 millones de pesos, en tanto que en apoyo a la agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación, se propone una reducción por un monto de 13 mil 839.4 millones de pesos.

Una eventual unidad de mando, cuya obligación principal sería asumir la responsabilidad integral de la seguridad pública, llevaría a constituir en un solo cuerpo institucional, tanto las tareas de investigación como de combate a la delincuencia, encarnadas éstas en las figuras de los titulares de las dependencias que para los efectos están contenidas  en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y bien podría traducirse en una reorientación del gasto público al rubro del desarrollo social sostenido.

La presente Iniciativa propone por tanto ampliar las atribuciones del Procurador General de la República e investir en este funcionario, tareas de coordinación en materia de seguridad, con facultades para reunir, aglutinar, encabezar, diseñar y coordinar la política de combate al crimen, que abarca desde la prevención del delito, hasta la ejecución de las penas.

En este sentido, la iniciativa considera que al titular de la PGR deberán atribuírsele las siguientes competencias e instancias:

a. El despacho de los asuntos que al Ministerio Público de la federación compete en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, su Ley Orgánica y disposiciones aplicables;

b. El mando de la Policía Federal, que debe concentrar labores preventivas, así como la función de investigación de los delitos federales en auxilio del Ministerio Público de la Federación y siempre bajo su conducción jurídica,

c, La articulación de los esfuerzos federales, estatales, del Distrito Federal y municipales en torno a la seguridad pública, a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los términos que apruebe el Congreso de la Unión;

d. Las unidades especializadas en el combate al narcotráfico y el lavado de dinero relacionado con éste, mediante trabajos de acopio de información y generación de inteligencia, de prevención, de destrucción y erradicación, así como de investigación policial de campo de los delitos contra la salud y otros igualmente graves relacionados con éstos;

e. El Sistema de Inteligencia Civil, responsable de identificar los riegos y amenazas a la seguridad nacional, como también de dar seguimiento a los desafíos planteados por la actividad delictiva;

f. El Sistema Penitenciario Federal con la política penitenciaria de la Federación;

g. El control de los flujos migratorios y de bienes en las fronteras, puertos y aeropuertos, asumiendo las funciones de control y resguardo migratorio y aduanero;

h. La coordinación de las acciones en materia de protección civil; y

i. Las atribuciones de inspección y vigilancia en materia de pesca furtiva y delitos contra el ambiente.

Asimismo, la Iniciativa propone adoptar un modelo de seguridad pública sustentado en la unidad de mando, que asuma la responsabilidad integral de la seguridad pública.

Para este propósito, se plantea derogar el artículo 30-bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, decretándose la desaparición de la Secretaría de Seguridad Pública, otorgándole al Procurador General de la República el despacho de los asuntos contenidos en el artículo en comento.

Se sugiere también adoptar para el régimen castrense, la creación de la Secretaría de Defensa y Marina, que aglutine la actual Secretaría de la Defensa Nacional, así como la de Marina, Armada de México. Para ello, se propone derogar el artículo 30 de la Ley en referencia.

La Iniciativa sugiere además fortalecer la figura del Secretario de Gobernación, con el objeto de que cumpla eficazmente con las responsabilidades de conducción política, a través de nuevas atribuciones que robustezcan a la dependencia como institución de consolidación y articulación de toda la Administración Pública Federal centralizada, desligándola de las atribuciones vinculadas con funciones operativas de seguridad pública y dotándola de los instrumentos de gobierno que otrora le daban fortaleza política.

Por lo expuesto y con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de este pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 7o. y 21, párrafo tercero, 26 y 27, fracción IV, 29 fracciones I, III, IV, V, VII, VIII, IX, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVIII, XIX y XX, y 31 fracción XII, se derogan los articulos 30 y 30 Bis, se adicionan las fracciones XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI y XXXVII al artículo 29 y un párrafo segundo al artículo 11 y se modifican en su totalidad las fracciones XXIV y XXIX del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y por el que se modifica la fraccion XII y se adicionan las fracciones XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI y XLII al artículo 6o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República

Para quedar como sigue:

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Artículo 7o. El presidente de la República podrá convocar a reuniones de secretarios de Estado y demás funcionarios competentes, cuando se trate con carácter prioritario de definir o evaluar la política del gobierno federal en materias que sean de la competencia concurrente de varias dependencias, o entidades de la administración pública federal. Estas reuniones serán presididas por el titular del Ejecutivo federal y el secretariado técnico de las mismas estará adscrito a la Secretaría de Gobernación.

Artículo 11. ...

La Secretaría de Gobernación dará cabal seguimiento al cumplimiento de tales acuerdos, así como a las instrucciones que sobre el particular determine el titular del Ejecutivo federal.

Artículo 21. ...

...

...

Las comisiones podrán ser transitorias o permanentes y serán presididas por el titular de la Secretaría de Gobernación.

Artículo 26. ...

Secretaría de Defensa y Marina

Artículo 27. ...

I. a III. ...

IV. Formular y conducir la política de población, salvo lo relativo a colonización, asentamientos humanos, turismo y control y resguardo migratorio.

V. a XXIII. ...

XXIV. Realizar puntualmente el seguimiento de la actuación de la Administración Pública Federal en las estructuras que generen inteligencia y consolidar el adecuado intercambio de información entre ellas.

Las dependencias serán corresponsables de que tanto la información, documentación, agendas de riesgos y demás apoyos necesarios para el correcto cumplimiento de su función, sean efectivamente consolidados por la Secretaría de Gobernación.

XXV. a XXVIII. ...

XXIX. Dar seguimiento puntual al cumplimiento de los acuerdos y órdenes del Presidente de la República, así como de los programas, proyectos especiales o demás responsabilidades a cargo de las dependencias o entidades de la administración pública federal, cuya consolidación se efectuará en los términos del segundo párrafo de la fracción XXIV de este artículo.

XXX. a XXXII. ...

Artículo 29. A la Secretaría de Defensa y Marina, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Organizar, administrar y preparar al Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada;

II. ...

III. Organizar las reservas del Ejército, de la Fuerza Aérea y la Armada e impartirles la instrucción técnica militar correspondiente;

IV. Manejar el activo del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada, de la Guardia Nacional al Servicio de la federación y los contingentes armados que no constituyan la guardia nacional de los Estados;

V. Conceder licencias y retiros, e intervenir en las pensiones de los miembros del Ejército, de la Fuerza Aérea y la Armada;

VI. ...

VII. Construir y preparar las fortificaciones, fortalezas y toda clase de recintos militares para uso del Ejército, de la Fuerza Aérea y la Armada, así como la administración y conservación de cuarteles y hospitales y demás establecimientos militares;

VIII. Asesorar militarmente la construcción de toda clase de vías de comunicación terrestres, aéreas y marítimas;

IX. Manejar los almacenes del Ejército, de la Fuerza Aérea y la Armada;

X. ...

XI. ...

XII. Organizar y prestar los servicios de sanidad militar y naval;

XIII. Dirigir la educación profesional de los miembros del Ejército, de la Fuerza Aérea y la Armada y coordinar, en su caso, la instrucción militar de la población civil;

XIV. Adquirir, diseñar y fabricar armamento, municiones, vestuario y toda clase de materiales y elementos destinados al Ejército, a la Fuerza Aérea y a la Armada; así como intervenir en la importación y exportación de éstos, cuando sean de uso exclusivo de la Secretaría de Defensa y Marina;

XV. Inspeccionar los servicios del Ejército, de la Fuerza Aérea y la Armada;

XVI. Intervenir en la expedición de licencias para la portación de armas de fuego, con objeto de que no incluya las armas prohibidas expresamente por la ley y aquellas que la Nación reserve para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Guardia Nacional, con excepción de lo consignado en la fracción XXIX del artículo 6o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, así como vigilar y expedir permisos para el comercio, transporte y almacenamiento de armas de fuego, municiones, explosivos, agresivos químicos, artificios y material estratégico;

XVII. ...

XVIII. Intervenir en el otorgamiento de permisos para expediciones o exploraciones científicas extranjeras o internacionales en el territorio y aguas nacionales;

XIX. Prestar los servicios auxiliares que requieran el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada, así como los servicios de apoyo a otras dependencias federales, de las entidades federativas y de los municipios que lo soliciten o cuando así lo señale el titular del Ejecutivo federal;

XX. Ejercer:

La soberanía en el territorio, mar territorial, su espacio aéreo y  costas del territorio;

Vigilancia de las zonas marinas mexicanas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias, y

Las medidas y competencias que le otorguen los ordenamientos legales y los instrumentos internacionales de los que México sea parte, en la Zona Contigua y en la Zona Económica Exclusiva.

XXI. Ejercer la autoridad para garantizar el cumplimiento del orden jurídico en las zonas marinas mexicanas, proteger el tráfico marítimo y salvaguardar la vida humana en la mar, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias.

XXII. Dirigir la educación pública naval;

XXIII. Ejercer funciones de policía marítima para mantener el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas;

XXIV. Llevar a cabo la búsqueda, rescate, salvamento y auxilio en las zonas marinas mexicanas de conformidad con las normas nacionales e internacionales, en su caso, en coordinación con las demás autoridades competentes;

XXV. Construir, reconstruir y conservar las obras portuarias que requiera la Armada;

XXVI. Establecer y administrar las estaciones de combustibles y lubricantes del Ejercito, La Fuerza Aérea y la Armada;

XXVII. Ejecutar los trabajos hidrográficos de las costas, islas, puertos y vías navegables, así como organizar el archivo de cartas marítimas y las estadísticas relativas;

XXVIII. Construir, mantener y operar astilleros, diques, varaderos, dragas, unidades y establecimientos navales y aeronavales, para el cumplimiento de la misión de la Armada de México, así como prestar servicios en el ámbito de su competencia que coadyuven al desarrollo marítimo nacional, de conformidad con las disposiciones aplicables y en concordancia con las políticas y programas que para dicho desa-rrollo determine la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y las demás dependencias que tengan relación con el mismo;

XXIX. Emitir opinión con fines de seguridad nacional en los proyectos de construcción de toda clase de vías generales de comunicación por agua y sus partes, relacionados con la ingeniería portuaria marítima y señalamiento marino;

XXX. Programar, fomentar, desarrollar y ejecutar, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias, los trabajos de investigación científica y tecnológica en las ciencias marítimas, creando los institutos de investigación necesarios;

XXXI. Integrar el archivo de información oceanográfica nacional;

XXXII. Celebrar acuerdos en el ámbito de su competencia con otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras, en los términos de los tratados internacionales y conforme a la legislación vigente;

XXXIII. Ejercer acciones para llevar a cabo la defensa y seguridad nacionales en el ámbito de su responsabilidad, así como coordinar con las autoridades competentes nacionales el control del tráfico marítimo cuando las circunstancias así lo lleguen a requerir, de acuerdo con los instrumentos jurídicos internacionales y la legislación nacional;

XXXIV. Participar y llevar a cabo las acciones que le corresponden dentro del marco del sistema nacional de protección civil para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de desastre;

XXXV. Intervenir, en el ámbito de su responsabilidad, en la protección y conservación del medio ambiente marino sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias;

XXXVI. Inspeccionar, patrullar y llevar a cabo labores de reconocimiento y vigilancia para preservar, las áreas naturales protegidas, en coordinación con las autoridades competentes y de conformidad con las disposiciones aplicables, y

XXXVII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

Artículo 30. Se deroga.

Artículo 30 Bis. Se deroga.

Artículo 31. ...

I. a XI. ...

XII. Diseñar y dirigir la política aduanera;

XIII. a XXV. ...

Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República

Artículo 6o. Son atribuciones indelegables del procurador general de la República:

I. a XI. ...

XII. Desarrollar las políticas de seguridad pública y proponer la política criminal en el ámbito federal, que comprenda las normas, instrumentos y acciones para prevenir de manera eficaz la comisión de delitos;

XIII. Proponer al Ejecutivo Federal las medidas que garanticen la congruencia de la política criminal entre las dependencias de la administración pública federal;

XIV. Presidir el Consejo Nacional de Seguridad Pública;

XV. Representar al Poder Ejecutivo Federal en el Sistema Nacional de Seguridad Pública;

XVI. Proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública la designación del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y, en su caso, removerlo libremente;

XVII. Proponer en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Pública, políticas, acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal para todo el territorio nacional;

XVIII. Fomentar la participación ciudadana en la formulación de planes y programas de prevención en materia de delitos federales y, por conducto del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los delitos del fuero común;

XIX. Promover y facilitar la participación social para el desarrollo de actividades de vigilancia sobre el ejercicio de sus atribuciones;

XX. Atender de manera expedita las denuncias y quejas ciudadanas con relación al ejercicio de sus atribuciones;

XXI. Organizar, dirigir, administrar y supervisar la Policía Federal Preventiva, así como garantizar el desempeño honesto de su personal y aplicar su régimen disciplinario;

XXII. Proponer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos el nombramiento del Comisionado de la Policía Federal Preventiva;

XXIII. Salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas, prevenir la comisión de delitos del orden federal, así como preservar la libertad, el orden y la paz públicos;

XXIV. Establecer un sistema destinado a obtener, analizar, estudiar y procesar información para la prevención de delitos, mediante métodos que garanticen el estricto respeto a los derechos humanos;

XXV. Elaborar y difundir estudios multidisciplinarios y estadísticas sobre el fenómeno delictivo;

XXVI. Efectuar estudios sobre los actos delictivos no denunciados e incorporar esta variable en el diseño de las políticas en materia de prevención del delito;

XXVII. Organizar, dirigir y administrar un servicio para la atención a las víctimas del delito y celebrar acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado para el mejor cumplimiento de esta atribución;

XXVIII. Organizar, dirigir y administrar el servicio civil de carrera de la policía a su cargo;

XXIX. Regular y autorizar la portación de armas para empleados federales, para lo cual se coordinará  con la Secretaría de Defensa y Marina;

XXX. Otorgar las autorizaciones a empresas que presten servicios privados de seguridad en dos o más entidades federativas, así como supervisar su funcionamiento;

XXXI. Celebrar convenios de colaboración, en el ámbito de su competencia y en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con otras autoridades federales, estatales, municipales y del Distrito Federal, así como establecer acuerdos de colaboración con instituciones similares, en los términos de los tratados internacionales, conforme a la legislación;

XXXII. Colaborar, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, cuando así lo soliciten otras autoridades federales, estatales, municipales o del Distrito Federal competentes, en la protección de la integridad física de las personas y en la preservación de sus bienes, en situaciones de peligro cuando se vean amenazadas por disturbios u otras situaciones que impliquen violencia o riesgo inminente;

XXXIII. Auxiliar al Poder Judicial de la Federación cuando así lo requiera, para el debido ejercicio de sus funciones;

XXXIV. Ejecutar las penas por delitos del orden federal y administrar el sistema federal penitenciario; así como organizar y dirigir las actividades de apoyo a liberados;

XXXV. Participar, conforme a los tratados respectivos, en el traslado de los reos a que se refiere el quinto párrafo del artículo 18 constitucional;

XXXVI. Administrar el Sistema Federal para el tratamiento de menores infractores, en términos de la política especial correspondiente y con estricto apego a los derechos humanos;

XXXVII. Promover la celebración de convenios entre las autoridades federales, y de éstas, con aquéllas estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, en aras de lograr la efectiva coordinación y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el combate a la delincuencia;

XXXVIII. Organizar y dirigir los servicios de vigilancia en materia de pesca furtiva y en delitos contra el ambiente;

XXXIX. Organizar y dirigir los servicios de control y resguardo migratorio;

XL. Organizar y dirigir los servicios de inspección aduanera;

XLI. Conducir y poner en ejecución, en coordinación con las autoridades de los gobiernos de los estados, del Distrito Federal, con los gobiernos municipales y con las dependencias y entidades de la administración pública federal, las políticas y programas de protección civil del Ejecutivo, en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil, para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de desastre y concertar con instituciones y organismos de los sectores privado y social, las acciones conducentes al mismo objetivo, y

XLII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 23 días del mes septiembre de dos mil diez.— Diputados Miguel Ángel García Granados, Aarón Irízar López, Silvia Puppo Gastelum,Víctor Manuel Báez Ceja, (rúbricas).»

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias a usted, señor diputado. Los señores diputados Báez e Irizar se quieren adherir. El diputado acepta con mucho gusto ambas adhesiones.

Esta Presidencia consigna para los registros parlamentarios, que la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República que presentó el diputado Miguel García Granados se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia.



ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL - CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: También rectificamos, para Servicios Parlamentarios, el registro de la iniciativa presentada por la diputada Elsa María Martínez Peña, de Nueva Alianza para que se inserte como iniciativa con proyecto de decreto que reformó el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adicionó los artículos 110 y111 y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales , turnándose a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación.

Pasamos al capítulo de proposiciones.



COMPAÑIA DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Esta Presidencia recibió del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, del PRD, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al director del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes que informe a esta soberanía los términos en los que han ejercido las facultades y obligaciones que se establecen en el decreto publicado el 11 de octubre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se extingue el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al director del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes que informe a esta soberanía respecto a los términos en que ha ejercido las facultades y las obligaciones establecidas en el decreto, publicado el 11 de septiembre de 2009 en el DOF, por el que se extingue Luz y Fuerza del Centro, a cargo del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del PRD

José de Jesús Zambrano Grijalva,diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 93, párrafo segundo, de la Constitución federal, 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 53, 58, 60 y 90 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El viernes 11 de septiembre del 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación decreto por el que se extingue el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro.

El contenido de dicho acuerdo establece lo siguiente:

1)La compañía de Luz y Fuerza del Centro conservará su personalidad jurídica exclusivamente para efectos del proceso de liquidación.

2)La liquidación estará a cargo del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para lo cual tendrá las más amplias facultades para actos de administración, dominio y pleitos y cobranzas, y para suscribir u otorgar títulos de crédito, incluyendo aquellas que, en cualquier materia, requieran poder o cláusula especial en términos de las disposiciones aplicables, así como para realizar cualquier acción que coadyuve a un expedito y eficiente proceso de liquidación.

3)El servicio de Administración y Enajenación de Bienes, intervendrá de inmediato para tomar el control y disponer de todo tipo de bienes, derechos, activos, juicios, obligaciones, pasivos, contratos, convenios y recursos, así como para acreditar la extinción de los órganos de dirección, unidades administrativas y demás instancias de funcionamiento de Luz y Fuerza del Centro.

4)El Servicio de Administración y Enajenación de Bienes tomará de inmediato las medidas necesarias para que los bienes del organismo que se extingue, sean utilizados para tal fin conforme a lo dispuesto en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero.Que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicite al director del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, Sergio Hidalgo Monroy Portillo y a los funcionarios que corresponda, que informen, por escrito, a esta soberanía los términos en los que han ejercido las facultades y obligaciones que se establecen en el decreto publicado el 11 de septiembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se extingue el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro.

Segundo.Que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión soliciten al director del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, Sergio Hidalgo Monroy Portillo y a los funcionarios que corresponda, que informen, por escrito, a esta soberanía todos y cada uno de los actos que han llevado a cabo respecto al ejercicio de las facultades que se expresaron en el capítulo de considerandos de la presente proposición con punto de acuerdo, que corresponden a los artículos 1 y 2 del decreto publicado el 11 de septiembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se extingue el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro.

Palacio Legislativo, a 12 de octubre de 2010.— Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:   Se turna a la Junta de Coordinación Política.



COMUNIDADES INDIGENAS

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se recibió de la diputada Gloria Trinidad Luna Ruíz, del PAN, proposición con punto de acuerdo que exhorta a las legislaturas de los estados a adecuar sus constituciones y leyes locales en el reconocimiento a las comunidades indígenas, en congruencia con la Constitución federal.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas de los estados a adecuar sus Constituciones y leyes en el reconocimiento de comunidades indígenas, en congruencia con la Carta Magna federal, a cargo de la diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Gloria Trinidad Luna Ruiz, diputada a la LXI Legislatura por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración de esta soberanía propuesta con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

México es un país pluricultural: en él existen al menos 62 pueblos indígenas. De acuerdo con cifras oficiales, “la población indígena alcanza 10 millones de habitantes y representa 9.8 por ciento de la población nacional. Esta población se localiza preponderantemente en cinco entidades federativas del sur y sureste del país. Oaxaca es la entidad que concentra mayor número de indígenas, 1.5 millones; le siguen Chiapas, con 1.2 millones, y Veracruz, Yucatán y Puebla, con más de 900 mil cada uno”. (Fuente: Programa Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas 2009-2012, CDI.)

Los pueblos indígenas aportan una gran riqueza a la nación, mas las condiciones de vida que enfrentan los han colocado como uno de los grupos más vulnerados; por ello han sido motivo de preocupación nacional.

Desde el ámbito legislativo se han emprendido reformas importantes a fin de reconocer y garantizar una serie de derechos a este sector de la sociedad. En agosto de 2001 se modificó el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para reconocer el carácter pluricultural de la nación, sustentado originalmente en sus pueblos indígenas, los que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas, al establecerse que son comunidades integrantes de un pueblo indígena, las que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.

Dicho artículo establece para estos pueblos y comunidades indígenas derechos como la libre determinación y autonomía para decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural; para aplicar sus sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos; a elegir a sus autoridades de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales; para preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y en general su identidad cultural; para acceder al uso y disfrute de los recursos naturales de los lugares que habitan y a la jurisdicción del estado, por mencionar algunos.

No obstante las reformas emprendidas, los indígenas mexicanos aún enfrentan una situación de rezago, pues su derecho a la libre determinación y autonomía que la Constitución federal les reconoce no se ha ejercido a plenitud.

Muchos estados de la república no han llevado a cabo reformas a fin de reconocer a los pueblos y a las comunidades indígenas de sus territorios, así como sus derechos, lo que ha propiciado que las políticas y acciones del gobierno no lleguen a la población indígena en su totalidad ni a muchas de las comunidades indígenas alejadas.

Esta situación se ha dado pese a que el artículo segundo transitorio del decreto correspondiente a la reforma constitucional de 2001 en materia indígena dispuso que al entrar en vigor ésta, las legislaturas de las entidades federativas deberían realizar las adecuaciones a las Constituciones locales que procedan y reglamenten lo señalado en ella.

Por eso, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, organismo rector en la materia, ha realizado actividades con diversos gobiernos locales para avanzar en la armonización del marco jurídico estatal, a fin de que éste cuente con los estándares mínimos establecidos en la Constitución federal.

Qué bueno que se avance en este sentido. No obstante, la falta de reconocimiento de las comunidades indígenas propicia, por un lado, rezago en la información, ya que no hay una clara ubicación de éstas, pues el sistema de información estadística registra datos sociodemográficos sobre dicha población, localidades y hablantes de lenguas, pero no da cuenta de los espacios que forman una unidad social, económica y cultural asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres; y, por otro lado, no se garantiza a las comunidades el ejercicio pleno de sus derechos.

En el país requerimos información más específica sobre las comunidades indígenas y su población, así como sus características culturales, sociales, lingüísticas y territoriales; lo cual contribuirá a que el Presupuesto, los programas, las estrategias y, en general, el trabajo de las instituciones públicas en la materia se centren de manera adecuada en la población indígena del país y, de esa forma, se logre una verdadera igualdad de oportunidades y se mejoren sus condiciones de vida a fin de que obtengan su desarrollo integral.

No obstante, dicho reconocimiento depende de las legislaturas locales en términos del texto vigente del artículo 2o. constitucional, que establece en el párrafo quinto que “el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las Constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico”. Señala en el párrafo segundo de la fracción VIII, Apartado A, que “las Constituciones y leyes de las entidades federativas establecerán las características de libre determinación y autonomía que mejor expresen las situaciones y aspiraciones de los pueblos indígenas en cada entidad, así como las normas para el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público”.

Estados como San Luis Potosí y Querétaro han avanzado en el reconocimiento de las comunidades indígenas en su marco jurídico, incluso, lo han hecho a través de un padrón de comunidades. Sin embargo, queda mucho trabajo pendiente, en el que se requiere un compromiso activo de los congresos locales a fin de realizar las adecuaciones necesarias al marco normativo en la materia a efecto de reconocer a las comunidades indígenas de su entidad y sus derechos para que, de esa manera, cuenten con la información necesaria sobre cada de las comunidades existentes en su territorio y sus características.

En el Partido Acción Nacional estimamos pertinente que se avance en el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público a escala estatal a través de sus Constituciones y leyes específicas, como dispone la Constitución federal, a efecto de que sean reconocidos y garantizados sus derechos y se tenga conocimiento sobre cada una de las comunidades indígenas de cada entidad, lo que será de gran utilidad en la planeación, la aplicación y el seguimiento de las políticas públicas encaminadas a la atención de los indígenas mexicanos.

Por lo expuesto, se somete a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las legislaturas de los estados a realizar las adecuaciones necesarias en sus Constituciones y leyes locales o mediante la creación de leyes reglamentarias en la materia para el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público y como una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio, que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres; y a que reconozcan y garanticen sus derechos en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2o. de la Constitución federal.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de octubre de 2010.— Diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:   Se turna a la Comisión de Asuntos Indígenas.



ESTADO DE MEXICO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se recibió proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente del estado de México a que respete la decisión del cabildo del ayuntamiento de Tepetlaoxtoc de total rechazo a la creación de rellenos sanitarios de gran tamaño en territorio municipal, así como apoyar proyectos de reciclaje de basura que sean ambientalmente responsables y que involucren a la ciudadanía, suscrito por los diputados Paz Gutiérrez Cortina y Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Grupo Parlamentario del PAN.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente del estado de México a respetar la decisión del cabildo del ayuntamiento de Tepetlaoxtoc sobre el total rechazo a la creación de rellenos sanitarios de gran tamaño en el municipio y a apoyar proyectos de reciclaje de basura ambientalmente responsables y que involucren a los ciudadanos, suscrita por los diputados Paz Gutiérrez Cortina y Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, Paz Gutiérrez Cortina y Carlos Pérez Cuevas, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

El municipio de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, localizado al noreste del estado de México, es reconocido por su legado histórico y cultural, así como por sus recursos naturales que lo cualifican como un sitio privilegiado para proyectos de turismo, paisaje y naturaleza.

Entre los recursos naturales del municipio resaltan sus características topográficas. Al estar ubicado entre los Valles de México y Teotihuacán, constituye un mirador extraordinario de ambos valles; en cuanto a sus recursos hidrológicos, participa de la misma cuenca de escurrimiento que llega hasta la Ciudad de México a través del acuífero Tepetlaoxtoc-Texcoco.

Estas características, entre otras muchas, nos obligan a todos los mexicanos a impulsar la clara vocación que tiene el municipio de Tepetlaoxtoc de ser una zona de especial preservación del medio ambiente, así como un lugar relevante en la historia y cultura de nuestro país.

A causa de la sobresaturación del tiradero de basura del Bordo de Xochiaca, el cual culminó su vida útil en el 2008, el gobierno del estado de México, desde el 2007, inició acciones impulsadas por empresas privadas, para sustituir dicho confinamiento de basura.

La población de Tepetlaoxtoc se ha visto constantemente amenazada por la construcción de un relleno sanitario que acabaría con los recursos hidráulicos y el medio ambiente, así como la afectación a la promoción turística del patrimonio histórico y cultural de la región.

Gracias a la oposición de los vecinos de Tepetlaoxtoc, con el apoyo académico de la Universidad Autónoma de Chapingo y el Colegio de Postgraduados, los estudios científicos el Instituto Nacional de Geología de la Universidad Nacional Autónoma de México, y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, en varias ocasiones se ha logrado detener dicha pretensión de la autoridad estatal.

Sin embargo, no ha sido suficiente para que la Secretaría de Medio Ambiente del estado de México y demás autoridades involucradas, dejaran de ver a Tepetlaoxtoc como una opción para el establecimiento de un relleno sanitario.

A raíz de lo anterior, el pleno de la honorable Cámara de Diputados de la Federación aprobó el pasado 27 de abril, un punto de acuerdo por el que se exhortó a la Secretaría del Medio Ambiente del estado de México, así como a las autoridades del municipio de Tepetlaoxtoc de Hidalgo, a revisar toda gestión encaminada al establecimiento o desarrollo de depósitos de basura, rellenos sanitario o recolectores de residuos sólidos dentro del territorio municipal. Dicho exhorto fue turnado a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que realizara el trámite legislativo correspondiente.

En seguimiento a la excitativa realizada por esta soberanía, el pasado lunes 4 de octubre, el cabildo del ayuntamiento de Tepetlaoxtoc en sesión plenaria, se manifestó

“... en contra y en total rechazo de la creación de rellenos sanitarios de gran tamaño, como el que propone la empresa CEM Reciclados ecológicos de Texcoco, así como de cualquier otro proyecto de esta índole que no incluya un manejo y disposición final adecuado de los residuos sólidos urbanos...”.

La anterior declaración está avalada por 4, 290 firmas de ciudadanos de Tepetlaoxtoc, que pugnan por dar solución al problema de la basura mediante un proyecto ambientalmente responsable y que incluya la participación ciudadana.

Por lo anteriormente expuesto, con el propósito de proteger los recursos hidráulicos y el medio ambiente, así como la preservación del patrimonio histórico cultural de México, someto a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría del Medio ambiente del estado de México a respetar la decisión del cabildo del ayuntamiento de Tepetlaoxtoc, de total rechazo a la creación de rellenos sanitarios de gran tamaño en territorio municipal; asimismo se incita a que se apoyen proyectos de reciclaje de basura que sean ambientalmente responsables y que involucren a la ciudadanía.

Segundo. Se exhorta al gobernador constitucional del estado de México, el licenciado Enrique Peña Nieto, a impulsar el desarrollo de infraestructura para la promoción del turismo en el municipio de Tepetlaoxtoc.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de octubre de 2010.— Diputados: Paz Gutiérrez Cortina, Carlos Pérez Cuevas (rúbricas).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:   Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.



ESTADO DE COAHUILA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra el diputado Melchor Sánchez de la Fuente, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social a elevar el nivel del Hospital General de Zona con Medicina Familiar número 7, de Monclova, Coahuila, a hospital regional, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Melchor Sánchez de la Fuente:Con su permiso, señor presidente. Los diputados de la fracción parlamentaria del PRI y de la coordinación de Coahuila sometemos a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo la siguiente exposición de motivos:

Compañeros diputados, muy buenas tardes. La salud es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano, sin distinción de raza, religión, ideología política, condición económica o social. Es un derecho de segunda generación surgido en el siglo XX como fruto de las ideas del constitucionalismo social.

Este derecho humano está plenamente reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Dentro de este contexto quiero plantearles la situación del Hospital General de Zona con Medicina Familiar 7, del Instituto Mexicano del Seguro Social de Monclova, Coahuila, en el cual la Cámara Nacional de Comercio de Monclova ha estado luchando y ha tomado como causa este punto de acuerdo.

El hospital fue fundado en 1962. Inicialmente con un bloque A, que contaba con servicios de consulta de medicina familiar y especialidades básicas y servicios como laboratorio, rayos X y 95 camas de hospital. En 1976 se inauguró el bloque B, creciendo en recursos tanto físicos como humanos y dando inicio a la atención de especialidades diversas.

En aquel tiempo la población de la ciudad de Monclova se estimaba en 78 mil 134 habitantes, y creció en el 2005 a 198 mil habitantes. Su mayor demanda clínica era básicamente para dar atención a pediatría y ginecobstetricia, en atención a los grupos poblacionales de mayor densidad en esa época.

Sin embargo, como una consecuencia de las campañas de planificación familiar, los índices poblacionales han sufrido un cambio en su estructura con una disminución porcentual de la población en el número de 0 a 14 años. Asimismo, una menor cantidad de mujeres embarazadas.

No obstante, la población que ha tenido un crecimiento exponencial son las personas mayores de 45 a 64 años, creciendo en un 45 por ciento. Y las mayores de 65 años han crecido hasta el 334 por ciento.

Lo anterior ha obligado a las instituciones de salud a improvisar servicios de especialidades para dar atención médica a estos nuevos grupos poblacionales quienes presentan patologías del tipo de las crónico-degenerativas para las cuales el hospital no está preparado.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, señor diputado.

El diputado Melchor Sánchez de la Fuente:Dada la ubicación en la región centro del estado y los recursos con que ha sido dotado en las últimas décadas, el hospital de Monclova se ha convertido en centro de referencia de pacientes de las unidades del norte del estado de Coahuila, dado que estas unidades cuentan con menos recursos tanto físicos como humanos con relación al número y tipo de especialidades médicas y servicios de diagnóstico.

Por tanto, se da un rezago importante para proporcionar esta atención con oportunidad en tiempo y forma. Para una enfermedad que requiere de atención inmediata son 20 días para su solución. De acuerdo con los datos previstos se evidencia el área de oportunidad de mejorar esta área médica.

Por tratarse de una unidad con recursos de subespecialidades que exceden las de una unidad de segundo nivel, apoya también a los hospitales de Piedras Negras, Nueva Rosita, Palaú, Ciudad Acuña...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, por favor, señor diputado.

El diputado Melchor Sánchez de la Fuente:Claro, señor presidente.

Conocemos las dificultades y problemas que representa el rediseño de un proceso de cambio de un hospital general a un hospital regional. Sin embargo, debe considerarse que esta petición nace de un diagnóstico que propone un plan de mejora y que finalmente tendrá un impacto muy favorable en la realidad actual y el futuro de la salud de los derechohabientes y población en general de Coahuila.

Por lo anterior expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía, el siguiente punto de acuerdo.

Se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social a elevar el nivel del Hospital General de Zona con Medicina Familiar número 7, de Monclova, a hospital regional, otorgando los recursos financieros, físicos y humanos que corresponden a las unidades de este tipo, dentro del sistema del Instituto Mexicano del Seguro Social en bien de los habitantes de Monclova y su área de influencia.

Le agradezco, señor presidente. Y a todos ustedes muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IMSS a elevar el nivel, a hospital regional, del general de zona con medicina familiar número 7 de Monclova, Coahuila, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Rubén Ignacio Moreira Valdez, Héctor Franco López, Francisco Saracho Navarro, Hugo Héctor Martínez González, Héctor Fernández Aguirre, Miguel Ángel Riquelme Solís, Tereso Medina Ramírez y Noé Garza Flores, en voz de Melchor Sánchez de la Fuente, integrantes de la coordinación de la diputación federal por Coahuila del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura, presentan a esta honorable soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Antecedentes

La salud es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano, sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social. Es un derecho de segunda generación surgido en el siglo XX, como fruto de las ideas del constitucionalismo social.

Este derecho humano se halla reconocido plenamente en diversos tratados internacionales, de los cuales México es parte, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

La Declaración Universal de Derechos Humanos establece en el artículo 25: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”.

México hace suyo este derecho en la Constitución: “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general”.

La observación general número 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas precisa el contenido normativo del derecho a la salud, identificando como “elementos esenciales e interrelacionados que componen ese derecho a la disponibilidad, la accesibilidad -que engloba a la no discriminación, la accesibilidad física y la asequibilidad-, la aceptabilidad y la calidad”.

En razón de esos principios, que no desarrollaré, pero que pueden consultarse, los Estados parte deben adoptar medidas de conformidad con el principio de realización progresiva. Esto significa que tienen la obligación de avanzar lo más expedita y eficazmente posible, tanto por sí mismos como con la asistencia y la cooperación internacionales, hasta el máximo de los recursos de que dispongan.

Es importante establecer una distinción entre la incapacidad de un Estado parte de cumplir las obligaciones contraídas en virtud del derecho a la salud y la renuencia a cumplirlas.

Quiero plantearles la situación del hospital general de zona con medicina familiar número 7 del Instituto Mexicano del Seguro social.

Éste fue fundado en 1962, inicialmente con un bloque A, que contaba con servicios de consulta de medicina familiar y especialidades básicas, y servicios como laboratorio, rayos X y 95 camas; en 1976 se inauguró el bloque B, creciendo en recursos físicos y humanos, dando inicio a la atención de especialidades diversas. En aquel tiempo, la población de Monclova se estimaba en 78 mil 134 habitantes, y creció en 2005 a 198 mil 819 (Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Principales resultados por localidad 2005).

Y su mayor demanda clínica era básicamente en pediatría y ginecoobstetricia, en atención de los grupos poblacionales de mayor densidad en esa época. Sin embargo, como consecuencia de las campañas de planificación familiar, los índices poblacionales han cambiado en su estructura, con una disminución de la población en el número de 0 a 14 años, y asimismo una menor cantidad de mujeres embarazadas.

La población que ha tenido un crecimiento exponencial es la de las personas de 45 a 64 años, en 45.5 por ciento y las mayores de 65 años, hasta en 334 por ciento.

Lo anterior ha obligado a las instituciones de salud a improvisar servicios y especialidades para dar atención médica a estos nuevos grupos poblacionales, que presentan patologías del tipo de las crónico-degenerativas, para las cuales no están preparadas.

Tal es el caso del hospital general de zona número 7 de Monclova, quien es una institución híbrida ya que originalmente inició sus actividades como una unidad de medicina familiar, pero dadas las necesidades epidemiológicas de la población se vio obligada a proporcionar consultas de especialidades, improvisando áreas, que finalmente han quedado disfuncionales por la sobredemanda que presentan.

Los recursos materiales de esta etapa del hospital, eran de 180 camas de hospital y proporcionaban los servicios mencionados, aunándose algunas subespecialidades médicas.

Además, el hospital cuenta actualmente con una población de asegurados adscritos más beneficiarios de 270 mil 128 personas; existe en la región centro 4 mil 511 patrones con 75 mil 943 cotizantes y el hospital, tiene 234 camas censables y 84 no censables, 29 especialidades médicas y quirúrgicas, 10 clínicas de medicina familiar de adscripción en la zona de influencia.

Dada la ubicación en la región centro del estado, y los recursos con que ha sido dotada en las dos últimas décadas, el hospital de Monclova se ha convertido en centro de referencia de pacientes de las unidades del norte de Coahuila; por ejemplo: Piedras Negras, Ciudad Acuña, Palaú, Nueva Rosita y Sabinas, dado que estas unidades cuentan con menos recursos tanto físicos como humanos en relación al número y tipo de especialidades médicas y servicios de diagnóstico.

Aun con el rezago en la capacidad física instalada, los servicios médicos del IMSS en Coahuila proveen amplia cobertura para la demanda:

• Los ingresos hospitalarios al año ascienden a 13 mil 495 pacientes, de los cuales mil 640 (12 por ciento) serían de pacientes foráneos.

• La ocupación hospitalaria es de 83 por ciento.

• Las consultas de especialidades ascienden a 102 mil 198.

• El número de cirugías efectuadas anualmente es de 9 mil 571.

• Se otorgan 50 mil 657 consultas en el servicio de urgencias anualmente con un promedio mensual de 4 mil 354.

• Se efectúan 431 mil 547 estudios de laboratorio anualmente.

• 64 mil 325 estudios de rayos X.

• 4 mil 912 estudios de tomografía axial computada.

Sin embargo, se da un rezago importante para proporcionar con oportunidad esta atención:

• La procedencia en la consulta de especialidades es de 72 por ciento (pacientes que esperan menos de 10 días para recibir consulta de primera vez), lo que significa que un 28 por ciento de los pacientes requieren esperar más de 10 días para ser consultados; y esto se alarga hasta 6 meses en los casos de especialidades como reumatología y cirugía plástica.

• La oportunidad quirúrgica es de 69 por ciento (pacientes que esperan menos de 10 días para ser intervenidos quirúrgicamente), en este caso un 31 por ciento de los pacientes requieren esperar más de 10 días para ser operados; y en pacientes que son revisados por el cirujano oncólogo no hay fecha para ser operados por falta de tiempo quirúrgico; y en especial estos pacientes tienen que ser trasladados tras la gravedad de sus padecimientos a Monterrey; y en muchos casos optan por ser atendidos de forma privada en muchas ocasiones deshaciéndose de su patrimonio.

Cabe mencionar servicios con diferimientos importantes, como urología, cirugía plástica, neurología. Estos servicios cuentan con pocos especialistas y son únicos en las unidades de las regiones centro y norte del estado.

Asimismo, la existencia de servicios de especialidad que rebasan la capacidad de una unidad de segundo nivel. Ejemplos de ello, son reumatología, cirugía plástica, neurocirugía, angiología, neumología, cardiología y la unidad de cuidados intensivos de adultos pediátricos.

De acuerdo con los datos previos, es evidente el área de oportunidad que representa para los servicios médicos la mejora en la eficiencia al otorgar estos servicios.

Por tratarse de una unidad con recursos de subespecialidades que exceden las de una unidad de segundo nivel, apoya también a las hospitalarias de Piedras Negras, Nueva Rosita, Palaú, Ciudad Acuña y las unidades de medicina familiar que depende de estos hospitales.

Esa unidad proporciona servicios a población que no está considerada en su presupuesto, ya que la dotación de recursos se lleva de acuerdo al número de derechohabientes usuarios, y no se contemplan los servicios otorgados a los pacientes de la región norte, centro y carbonífera del estado.

La OCDE recomienda la existencia de 4 a 4.5 camas de hospital por cada mil habitantes. Las cifras en México son de 1 cama hospitalaria por cada mil habitantes. El promedio de los países afiliados a la OCDE es de 2.9 médicos por cada mil habitantes y en México existen 1.5 médicos por cada mil habitantes.

En el caso de Coahuila se sitúa en el lugar 16 de las 32 entidades federativas con 1 cama y pertenecen al Instituto Mexicano del Seguro Social.

De acuerdo al número de derechohabientes existe en Monclova 0.86 camas hospitalarias por cada mil asegurados, sin tomar en consideración la población foránea en ésta estadística.

Conocemos las dificultades y problemas que representa el rediseño de un proceso de cambio de un hospital general a un hospital regional, sin embargo, debe considerarse que esta petición, nace de un diagnostico que propone un plan de mejora y que finalmente tendrá un impacto muy favorable en la realidad actual y el futuro de la salud de los derechohabientes y población en general.

Compañeros legisladores, siendo la salud uno de los indicadores básicos del desarrollo humano, condición indispensable para tener un nivel de vida adecuado es importante destinar los recursos económicos, materiales y humanos necesarios para mejorar las condiciones este hospital.

Los coahuilenses deben disfrutar de este derecho tan proclamado, además invertir en salud no es gastar el dinero, es asegurar el presente y el futuro de los mexicanos.

Por lo expuesto, se somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social a elevar el nivel del hospital general de zona con medicina familiar número 7 de Monclova, Coahuila, a hospital regional, otorgando los recursos financieros, físicos y humanos correspondientes a las unidades de este tipo en el sistema del Instituto Mexicano del Seguro Social, en bien de los habitantes de Monclova y de su área de influencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputados: Rubén Moreira Valdez (rúbrica), Francisco Saracho Navarro (rúbrica), Hugo Héctor Martínez González (rúbrica), Miguel Ángel Riquelme Solís (rúbrica), Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Tereso Medina Ramírez, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Cristabell Zamora Cabrera, (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra la diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Sagarpa a que no desaparezca el programa de Atención a Problemas Estructurales de la Industria Pesquera, especialmente diesel agropecuario, gasolina ribereña y diesel marino, y para que el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación considere recursos suficientes para dicho programa. Hasta por 3 minutos, diputada.

La diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata:Con su permiso, señor presidente.

México genera más de 1.7 millones de toneladas anuales de producción pesquera, ocupando el lugar 17 a nivel mundial en ese rubro y generando empleo para miles de mexicanos que viven de la práctica diaria de esta actividad económica.

Cifras oficiales hacen referencia a que existen más de 200 mil embarcaciones pesqueras que componen la flota total nacional, cuyos gastos de operación, en específico el de combustible, significan el 50 por ciento de sus costos para la realización de sus actividades.

Sensible a esta situación y reconociendo la pesca y acuacultura como un asunto de seguridad nacional y alimentaria, el Ejecutivo federal a cargo del entonces presidente de México, Vicente Fox Quezada, decidió implementar un programa de ayuda en cuanto al precio de diesel marino agropecuario, incluyendo ahí el diesel marino y el diesel ribereño.

Derivado de esta importante problemática en la estructura de costos del sector pesquero nacional, causados por la histórica falta de atención en el ordenamiento y a la inspección y vigilancia en el 2009, la flota inició un paro técnico de las embarcaciones por la incapacidad de operar con el precio del diesel marino impactado por el deslizamiento semanal de 5 centavos, o sea 20 centavos mensuales.

Me resulta preciso mencionar, que el paro terminó con la disposición del presidente Felipe Calderón Hinojosa de disminuir el deslizamiento del precio a cinco 5 mensuales, en lo que se atenderían problemas estructurales con la conformación de mesas de trabajo cuyo objetivo era recuperar y mantener la competitividad y rentabilidad de la actividad pesquera nacional, concluyendo con la generación de los siguientes compromisos:

Llevar a cabo investigación científica puntual para potenciar el desarrollo pesquero y acuícola nacional. Fortalecer las acciones para avanzar y concluir el ordenamiento pesquero y acuícola,  que se vayan priorizando. Con bases científicas, reducir el esfuerzo pesquero en aguas interiores y de alta mar. Reactivar los empleos directos generados por la actividad pesquera. Captar y manejar información pesquera en tiempo real, veraz y oportuna para la toma de decisiones. Fortalecer la aplicación y adecuación del marco jurídico y normativo de la pesca. Impulsar por conducto de la autoridad competente, la clasificación como delito grave de la sustracción ilegal en época de veda de recursos pesqueros. Y por último, combatir la pesca furtiva, mediante implementación de programas imparciales con transparencia y mecanismos de rendición de cuentas; entre otros.

Por todo esto, propongo a esta soberanía el siguiente punto de acuerdo.

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a que mientras no se tenga un avance sustancial en la atención a problemas estructurales de la pesca, no desaparezca el programa de atención a problemas estructurales de la industria pesquera nacional, especialmente diesel agropecuario, gasolina ribereña y diesel marino.

Segundo. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a que, tomando en consideración el Presupuesto de Egresos de la Federación 2010, asigne recursos suficientes a los programas de diesel marino, diesel ribereño, para el Presupuesto de Egresos de este 2011. Muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa a no desaparecer el programa de atención de problemas estructurales de la industria pesquera nacional, especialmente diesel agropecuario, gasolina ribereña y diesel marino; y se solicita que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos suficientes para dicho plan, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 23, numeral 1, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, se permite poner a la consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo, conforme a los siguientes

Considerandos

México genera más de 1.7 millones de toneladas anuales de producción pesquera, ocupando el lugar 17 a nivel mundial en ese rubro y generando empleo para miles de mexicanos que viven de la práctica diaria de esta actividad económica.

Cifras oficiales hacen referencia que existen más de 200 mil embarcaciones pesqueras que componen la flota total nacional, cuyos gastos de operación, en específico de combustible, significan el 50 por ciento de sus costos de operación.

Sensible a esta situación y reconociendo a la pesca y acuacultura como un asunto de seguridad nacional y alimentaria,  el Ejecutivo Federal a cargo del entonces Presidente Vicente Fox Quesada, decidió implementar un programa de ayuda en cuanto al precio del diesel agropecuario, mismo que incluía a la gasolina ribereña y al diesel marino, con el objetivo de favorecer la industria pesquera nacional haciéndola más competitiva.

En contraste, la ayuda durante la presente administración ha resultado ser insuficiente, entre otros temas, por los continuos incrementos al precio del diesel marino, producto de presiones económicas externas, afectando sensiblemente la actividad pesquera y sus utilidades.

Derivado de esta importante problemática en la estructura de costos del sector pesquero nacional, causados por la histórica falta de atención en el ordenamiento  y a la inspección y vigilancia en el año 2009 la flota inició con un paro técnico de las embarcaciones por la incapacidad de operar con el precio del diesel marino impactado por el deslizamiento semanal de 5 centavos (20 centavos mensuales).

Me resulta preciso mencionar, que el paro terminó con la disposición del presidente Felipe Calderón Hinojosa de disminuir el deslizamiento del precio a cinco centavos mensuales, en lo que se atenderían los problemas estructurales con la conformación de mesas de trabajo cuyo objetivo era recuperar y mantener la competitividad y rentabilidad de la actividad pesquera nacional, concluyendo con la generación de los siguientes compromisos:

1. Llevar a cabo investigación científica puntual para potenciar el desarrollo pesquero y acuícola nacional;

2. Fortalecer las acciones para avanzar y concluir los Ordenamientos pesqueros y Acuícolas que se vayan priorizando;

3. Con bases científicas, reducir el esfuerzo pesquero en aguas interiores y de alta mar;

4. Reactivar los empleos directos generados por la actividad pesquera.

5. Captar y manejar información pesquera en tiempo real, veraz y oportuna para la toma de decisiones;

6. Fortalecer la aplicación y adecuación del marco jurídico y normativo de la pesca;

7. Impulsar por conducto de la autoridad competente, la clasificación como delito grave de la sustracción ilegal en época de veda de recursos pesqueros, y

8. Combatir la pesca furtiva, mediante implementación de programas imparciales con transparencia y mecanismos de rendición de cuentas; entre otros.

Con agrado reconozco que el Ejecutivo federal haya asignado mayores recursos en el actual ejercicio fiscal de 2011, para el rubro de Modernización de la Flota Pesquera y Racionalización del Esfuerzo Pesquero, con un monto por 570 millones de pesos, con lo que sin duda se avanzará en el cumplimiento de los compromisos pactados.

Sin embargo con preocupación veo que no se asignó presupuesto a los rubros de subsidio al diesel marino y gasolina ribereña, que para el actual ejercicio fiscal aprobamos poco más  651.2 para Diesel marino y 111.3  para gasolina ribereña. De tal manera que la industria pesquera nacional estaría en peligro de colapso, poniendo en riesgo alimento, divisas y empleo, a consecuencia de la falta de asignación presupuestal a los programas mencionados.

Así, me permito solicitar la sensibilidad de los legisladores integrantes de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Honorable Cámara de Diputados y de los funcionarios de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desa-rrollo Rural, Pesca y Alimentación, para continuar con las acciones en pro de la industria pesquera nacional y asignar recursos suficientes en el Presupuesto de Egresos 2011 para los programas que complementan este objetivo.

De esta manera y con base en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposicióncon

Puntos de Acuerdo

Primero: Se exhorta al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a que no desaparezca el programa de atención a problemas estructurales de la industria pesquera nacional, especialmente diesel agropecuario, gasolina ribereña y diesel marino.

Segundo: Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a que, tomando en consideración el Presupuesto de Egresos de la Federación 2010, asigne recursos suficientes a los programas de diesel agropecuario, gasolina ribereña y diesel marino en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 2010.— Diputados: Nelly del Carmen Márquez Zapata, Silvia Puppo Gastelum, Obdulia Magdalena Torres Abarca, Víctor Manuel Báez Ceja, Leticia Quezada Contreras, Luis Hernández Cruz, Agustín Guerrero Castillo, José Luis Marcos León Perea, (rúbricas).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias a usted, diputada, sobre todo por respetar el tiempo reglamentario. Muchas gracias.

Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería y el segundo resolutivo a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública,y se le concede la palabra a la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del PRI.

La diputada Silvia Puppo Gastélum(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputada Silvia Puppo.

La diputada Silvia Puppo Gastélum(desde la curul): Presidente, para suscribirme, si la diputada Nelly me acepta, por la relevancia que tiene este punto de acuerdo en relación con pesca de nuestro país, porque desgraciadamente estamos muy descobijados y de veras la felicito por ese punto de acuerdo.

La diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata(desde la curul): Sí.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Ya le ha aceptado la adhesión. Está a su disposición el punto de acuerdo para firma.



ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: La diputada Ramírez Pineda tiene la palabra, para presentar proposición con punto de acuerdo que solicita al gobierno de Baja California un informe detallado sobre las condiciones en que se encuentran los jornaleros sobrevivientes del percance carretero ocurrido el 1 de septiembre en La Rumorosa. Tiene la palabra hasta por 3 minutos la diputada Ramírez Pineda.

La diputada Narcedalia Ramírez Pineda:Gracias, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, con demasiada frecuencia se han tenido noticias de que muchas veces se pierden, ante la indiferencia, en accidentes donde mueren, humildes jornaleros agrícolas trasladados hacia sus lugares de trabajo en vehículos inadecuados, en malas condiciones y con pésimo mantenimiento.

El inicio de septiembre pasado nos trajo una noticia que tomó relevancia por el número de víctimas. Se trata de la muerte de 14 jornaleros y decenas de heridos, algunos de mucha gravedad, como resultado de la volcadura de uno de esos viejos autobuses que contratan los empleadores de los jornaleros para llevarlos hacia sus lugares de trabajo.

He pedido la palabra no sólo como legisladora sino como oaxaqueña de la región mixteca para referirme a ése muy lamentable accidente donde perdieron la vida mis paisanos. Lo hago para reclamar a las autoridades competentes mayor atención y vigilancia sobre las pésimas condiciones laborales y de vida a la que son sometidos los jornaleros agrícolas de nuestro país, muchos de ellos mujeres y niños, sin duda los pobres de nuestra patria.

Son humildes campesinos que están en jornalerismo trashumante porque no tienen otro destino más que vender su fuerza de trabajo, pues sus tierras son tan menguadas que no les sirven ni siquiera para subsistir.

Cada año al valle de San Quintín, del municipio de Ensenada, en Baja California, llegan alrededor de 40 mil jornaleros a emplearse al cultivo de hortalizas como tomate, pepino, calabaza, coliflor, brócoli y fresa.

Su cercanía con Estados Unidos y el bajísimo costo de la mano de obra hacen que las empresas agroexportadoras instaladas en la zona sean de las más competitivas y prósperas del mundo.

Esta prosperidad, sin embargo, no se compadece de ninguna manera con la dramática realidad de las familias enteras que se emplean como jornaleros agrícolas, marcando un contraste violento e injusto.

Están suficientemente documentadas sus difíciles condiciones de transportación, las insalubres condiciones de sus viviendas, los riesgos laborales que sufren al estar expuestos a agroquímicos prohibidos en otros países.

El desgaste de las mujeres que deben realizar dobles y triples jornadas de trabajo, el rezago educativo de niños y adolescentes que deben elegir entre estudiar o ayudar a complementar el ingreso familiar. Todo esto se sabe desde hace muchos años y, sin embargo, las cosas siguen igual.

Hay un programa de atención a jornaleros agrícolas de la Secretaría de Desarrollo Social, que poco incide en la vida de los jornaleros, por los escasos recursos que se les asignan. En estas condiciones es necesario revisar la atención de los jornaleros en el Seguro Social, el respeto a los derechos laborales y revisar lo que se está haciendo para prevenir y evitar los accidentes causados por el deplorable estado del transporte.

Son ya varios los intentos en los que se ha buscado mejorar la legislación que proteja y apoye a estos humildes creadores de riqueza. Hoy tenemos información que desde la comisión de asuntos laborales hay el empeño en impulsar una revisión integral de la Ley General de Trabajo, para llenar sus vacíos y ampliar los beneficios que la ley pueda garantizar a los trabajadores, especialmente a quienes como los jornaleros agrícolas están virtualmente desprotegidos.

Por estas condiciones, señor presidente, me permito presentar el siguiente punto de acuerdo.

Primero. Que por conducto de la Mesa Directiva de esta honorable Cámara de Diputados, se solicite al gobierno de Baja California un informe detallado sobre las condiciones en que se encuentran los 21 jornaleros sobrevivientes del percance carretero ocurrido en la Rumorosa, el 1 de septiembre último y si los deudos de los 14 muertos procedentes de la región mixteca fueron debidamente apoyados.

Segundo. Que se solicite a la delegación de la Procuraduría del Trabajo un informe detallado de las condiciones en que viven y trabajan los jornaleros del Valle de San Quintín, así como sobre la clase de vehículos con que los transportan.

Tercero. Que al discutir la nueva Ley del Trabajo se actualice el capítulo de los trabajadores del campo y se proteja a los asalariados del campo, para que no vuelvan a ocurrir más accidentes como los que en forma recurrente afectan la vida de estos humildes mexicanos. Es cuanto.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al gobierno de Baja California un informe detallado respecto a las condiciones en que se encuentran los jornaleros sobrevivientes del percance carretero ocurrido el 1 de septiembre en La Rumorosa, a cargo de la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del PRI

Con demasiada frecuencia se ha tenido noticias, que muchas veces se pierden ante la indiferencia, sobre accidentes donde mueren humildes jornaleros agrícolas trasladados hacia sus lugares de trabajo en vehículos inadecuados, en malas condiciones y con pésimo mantenimiento.

Este inicio de mes nos trajo una noticia que tomó relevancia por el número de víctimas. Se trata de la muerte de 14 jornaleros y decenas de heridos, algunos de mucha gravedad, como resultado de la volcadura de uno de esos viejos autobuses que contratan los empleadores de los jornaleros para llevarlos a sus lugares de trabajo.

He pedido la palabra no sólo como legisladora, sino como oaxaqueña de la región mixteca, para referirme a ese muy lamentable accidente donde perdieron la vida mis paisanos. Lo hago para reclamar a las autoridades competentes mayor atención y vigilancia sobre las pésimas condiciones laborales y de vida a las que son sometidos los jornaleros agrícolas de nuestro país, muchos de ellos mujeres y niños, sin duda los pobres entre los pobres de nuestra patria.

Son humildes campesinos que están en el jornalerismo trashumante, porque no tienen otro destino más que vender su fuerza de trabajo, pues sus tierras son tan menguadas que no les sirven siquiera para subsistir.

Cada año, al valle de San Quintín, de Ensenada, Baja California, llegan alrededor de 40 mil jornaleros a emplearse en el cultivo de hortalizas, como tomate, pepino, calabaza, coliflor, brócoli y fresa. Su cercanía con Estados Unidos y el bajísimo costo de la mano de obra hacen que las empresas agroexportadoras instaladas en la zona sean de las más competitivas y prósperas del mundo.

Esta prosperidad, sin embargo, no se compadece con la dramática realidad de las familias enteras que se emplean como jornaleros agrícolas, marcando un contraste violento e injusto. Están suficientemente documentadas sus difíciles condiciones de transportación, las insalubres condiciones de sus viviendas; los riesgos laborales que sufren al estar expuestos a agroquímicos prohibidos en otros países; el desgaste de las mujeres que deben realizar dobles y triples jornadas de trabajo; el rezago educativo de niños y adolescentes que deben elegir entre estudiar o ayudar a complementar el ingreso familiar.

Todo esto se sabe desde hace muchos años; sin embargo, las cosas siguen igual. Hay un programa de atención a jornaleros agrícolas de la Secretaría de Desarrollo Social que poco inciden en la vida de los jornaleros, por los escasos recursos que se le asigna. En esas condiciones, es necesario revisar la atención de los jornaleros en el seguro social; el respeto a los derechos laborales y revisar lo que se está haciendo para prevenir y evitar los accidentes causados por el deplorable estado del transporte.

Son ya varios los intentos en los que se ha buscado mejorar la legislación que proteja y apoye a estos humildes creadores de riqueza. Hoy tenemos información de que desde la comisión de asuntos laborales hay el empeño en impulsar una revisión integral de la Ley Federal del Trabajo para llenar sus vacíos y ampliar los beneficios que la ley pueda garantizar a los trabajadores, especialmente a los que, como los jornaleros agrícolas, están virtualmente desprotegidos.

Por estas consideraciones, me permito presentar los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Que por conducto de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados se solicite al gobierno de Baja California un informe detallado sobre las condiciones en que se encuentran los 21 jornaleros sobrevivientes del percance carretero ocurrido en La Rumorosa el 1 de septiembre último, y si los deudos de los 14 muertos procedentes de la región mixteca fueron debidamente apoyados.

Segundo.Que se solicite a la delegación de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo un informe detallado de las condiciones en que viven y trabajan los jornaleros del valle de San Quintín, así como sobre la clase de vehículos con que los transportan.

Tercero.Que al discutir la nueva Ley del Trabajo se actualice el capítulo de los trabajadores del campo y se proteja a los asalariados del campo para que no vuelvan a ocurrir más accidentes como los que en forma recurrente afectan la vida de estos humildes mexicanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputados: Narcedalia Ramírez Pineda, Hilda Ceballos Llerenas, Margarita Gallegos Soto, Víctor Manuel Anastasio Galicia Ávila, (rúbricas).»

Presidencia del diputado Francisco Javier Salazar Sáenz

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias, diputada Ramírez Pineda. Su propuesta se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.



ESTADO DE SONORA

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra el diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los grupos parlamentarios de esta soberanía a que apoyen la propuesta de instaurar juicio político al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

El diputado Ramón Jiménez López:Gracias, presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los grupos parlamentarios de esta soberanía a apoyar la propuesta de instaurar juicio político al titular de la STPS.

El suscrito, diputado Ramón Jiménez López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 58 Y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo

Consideraciones

Nuestra historia se vuelve a llenar de sangre inocente.

El pasado 8 de septiembre de 2010, policías federales y estatales, así como cientos de esquiroles, irrumpieron en Cananea, Sonora para agredir a integrantes del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, cuyo saldo es de 8 mineros golpeados, 3 heridos de bala y 20 mineros “levantados”.

Las personas que violentan las leyes penales, encuentran a su paso la protección de los derechos humanos; pero los trabajadores en nuestro país son tratados peor que delincuentes, sin ninguna garantía. Con lo cual se deja a un lado, a la normativa que los protege; pero sobre todo el hecho indudable de que los trabajadores son la fuente de toda la riqueza en nuestro país, especialmente tratándose de los mineros que desarrollan un trabajo sumamente difícil, riesgoso y con una alta calificación.

De pronto pareciera que la mal llamada “guerra contra el narcotráfico”, es sólo una cortina de humo para desmantelar a las organizaciones populares y sus derechos, conseguidos como un producto de nuestra Revolución Mexicana, que ahora se gusta de festejar con huecos discursos e indignantes festividades.

El orquestador de todos estos desmanes contra de los trabajadores mexicanos, del cual es imposible esperar ninguna corrección, es el señor Javier Lozano Alarcón, cuyo deporte preferido es burlarse de nuestra Constitución General de la República y agredir a los trabajadores a los que debería tutelar frente a los abusos del capital. Por lo que es urgente que el señor Lozano sea sometido a un juicio político, con fundamento en los artículos 110 y 109 de nuestra Carta Magna, con el apoyo de todos los grupos parlamentarios. Hay muchos mexicanos dignos de ocupar el cargo que este funcionario malamente ocupa. Pero a estas alturas, ya no basta que se le quite del cargo, sino que se le ponga ante la justicia para que dé cuenta de todos los delitos que ha cometido en contra de la clase trabajadora.

Antes ya se solicitó que el Ejecutivo federal removiera a este señor; se le solicitó directamente al señor Lozano que por un acto de mínima congruencia, renunciara; pero ambas peticiones han sido desoídas. En tal virtud, toca ahora a esta representación popular, hacer lo necesario para quitar a esta persona mediante un juicio político. Lo que resulta indispensable para que se aplique una nueva política laboral en nuestro país congruente con los derechos humanos.

Por todo lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía, con el carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.Se exhorta de manera respetuosa a todos los grupos parlamentarios de esta honorable Cámara de Diputados, para apoyar la propuesta de que se le instaure juicio político al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Javier Lozano Alarcón, con fundamento en los artículos 110 y 109 constitucionales, en relación con el artículo 7o. de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en sus fracciones I a III, y V a VII, en vista de la legalidad, el decoro nacional y la justicia social.

Segundo.Se exhorta al Ejecutivo federal y al gobernador del estado de Sonora, a que se investigue a fondo y se haga justicia sobre la agresión sufrida por los mineros de Cananea, el 8 de septiembre de 2010.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de septiembre de 2010.— Diputados: Ramón Jiménez López, Emilio Serrano Jiménez, Silvia Puppo Gastelum,Leticia Quezada Contreras, Luis Hernández Cruz, Agustín Guerrero Castillo, (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

El diputado Agustín Guerrero Castillo(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Dígame, diputado Guerrero.

El diputado Agustín Guerrero Castillo(desde la curul): Diputado, nada más para pedirle al diputado Ramón Jiménez la posibilidad de adherirse a su punto.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Diputado Jiménez, ¿acepta usted?

El diputado Ramón Jiménez López:Sí, por favor.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Lo ha aceptado. Todos los que quieran adherirse a la propuesta del diputado pueden pasar a la Secretaría.



ESTADO DE COAHUILA

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: La iniciativa presentada por el diputado Melchor Sánchez de la Fuente, se turna a la Comisión de Seguridad Social.

A propuesta del grupo parlamentario del PRI, se pospone la proposición del diputado José Manuel Agüero Tovar.



COMISION ESPECIAL PARA EL FOMENTO DE LAS ARTESANIAS

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra la diputada Magdalena Torres Abarca, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se crea una Comisión Especial para el Fomento de las Artesanías.

La diputada Obdulia Magdalena Torres Abarca:Con su venia, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, México cuenta con una gran riqueza cultural que lo distingue, de la cual debemos sentirnos profundamente orgullosos, me refiero a la enorme riqueza de colores, olores, texturas y figuras plasmadas en una amplia diversidad de productos artesanales elaborados con enorme trabajo, esmero y dedicación.

Entre los diversos productos artesanales podemos encontrar hermosos productos elaborados con piel, plata, oro, barro, telas, madera, ámbar, procesados en una gran cantidad de materiales, dispersos a lo largo y ancho del territorio nacional, generando una gran actividad que representa un enorme potencial económico en términos de empleo e ingresos para miles de mexicanos y sus familiares.

Se calcula que en nuestro país asciende a 12 mil el número de pequeños talleres artesanales, con una estructura administrativa familiar. Sin embargo, y no obstante a su potencial, el sector enfrenta el riesgo de desaparecer debido a las escasas oportunidades de financiamiento, capacitación, comercialización y modernización.

No obstante, a que existen instituciones como Sedesol, Sedeco y Fonart, encargadas de atender al sector, persiste el deterioro de esta actividad. Su grave situación se expresa en la falta de datos oficiales del número total de artesanos en el país. Enfrentan una gran competencia desleal con productos de origen chino o guatemalteco de mala calidad, que pretenden imitar las artesanías, cometiendo un doble atentado en flagelar sus diseños producto de la creatividad de diferentes generaciones.

Los artesanos mexicanos requieren de acciones legislativas específicas, oportunas, efectivas y eficaces que impulsen y promuevan las medidas de soporte institucional necesarias y suficientes para su reactivación, para tal fin.

Es necesario un espacio de análisis y evaluación y discusión dentro de esta Cámara de Diputados, a fin de promover acciones legislativas para su fortalecimiento y desarrollo.

Por lo antes expuesto acudo a esta tribuna, apelando a su compromiso con los sectores más desprotegidos del país, solicitando su respaldo para la aprobación de una Comisión Especial de Fomento a las Artesanías.

Está en juego el empleo directo e indirecto de cerca de 7 millones de artesanos que dependen de una actividad, que más allá de lo económico, nos otorga una identidad como país en el concierto de las naciones.

Por lo anterior, presento el siguiente punto de acuerdo.

Único. Que la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Diputados convoque a la integración de una Comisión Especial para el Fomento de las Artesanías.

Diputado presidente, solicito se integre este texto en el Diario de los Debates. Es cuanto, compañeros.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se crea la comisión especial para el fomento de las artesanías, a cargo de la diputada Magdalena Torres Abarca, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, Magdalena Torres Abarca, diputada a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo de conformidad con las siguientes

Consideraciones

México cuenta con una gran riqueza cultural que lo distingue, y de la cual debemos sentirnos profundamente orgullosos. Me refiero a la enorme riqueza de colores, olores, texturas y figuras plasmadas en una amplia diversidad de productos artesanales, elaborados con enorme trabajo, esmero y dedicación

Entre los diversos productos podemos encontrar hermosas artesanías elaboradas con piel, plata, oro, barro, telas, madera, ámbar. Procesadas en una gran cantidad de talleres dispersos a lo largo y ancho del territorio nacional, generando una actividad que representa un enorme potencial económico, en términos de empleo e ingresos para miles de mexicanos y sus familias.

Se calcula que en nuestro país asciende a 12 mil el número de pequeños talleres artesanales, con una estructura administrativa familiar.

Sin embargo, y no obstante su importancia, el sector enfrenta el riesgo de desaparecer, debido a las escasas oportunidades de financiamiento, capacitación, comercialización y modernización.

No obstante a que existen instituciones como Sedesol, Sedeco y Fonart, encargadas de atender al sector, persiste el deterioro de esta actividad. Su grave situación se expresa en la falta de datos oficiales del número total de artesanos en el país.

Enfrentan una competencia desleal con productos de origen chino o guatemalteco de mala calidad, que pretenden imitar las artesanías, cometiendo un doble atentado al plagiar sus diseños, producto de la creatividad de diferentes generaciones.

Los artesanos mexicanos requieren de acciones legislativas específicas, oportunas, efectivas y eficaces, que impulsen y promuevan las medidas de soporte institucional necesarias y suficientes para su reactivación. Para tal fin, es necesario un espacio de análisis, evaluación y discusión dentro de esta Cámara de Diputados, a fin de promover acciones legislativas para su fortalecimiento y desarrollo.

Por lo antes expuesto, acudo a esta tribuna apelando a su compromiso con los sectores más desprotegidos del país, solicitando su respaldo para la aprobación de una comisión especial de fomento a las artesanías.

Está en juego el empleo directo e indirecto de cerca de 7 millones de artesanos, que dependen de una actividad, que más allá de lo económico, nos otorga una identidad como país en el concierto de las naciones. Por lo anterior, presento el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Que la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Diputados convoque a la integración de una comisión especial para el fomento de las artesanías.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputados: Magdalena Torres Abarca, Silvia Puppo Gastelum, Leticia Quezada Contreras,  (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Como lo solicita la diputada Torres Abarca, insértese el texto íntegro de su propuesta en el Diario de los Debates y su propuesta se turna a la Junta de Coordinación Política.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra la diputada María Hilaria Domínguez Arvizu, para presentar proposición con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011 se consideren recursos para el Fondo de Apoyo Social de los Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, suscrito por diputados integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento a los Fondos Aportados por los ex Trabajadores Mexicanos Braceros.

La diputada María Hilaria Domínguez Arvizu:Muchas gracias, diputado presidente. Diputadas y diputados secretarios de esta Mesa Directiva de nuestra soberanía nacional de esta Cámara de Diputados.

Apreciables compañeras diputadas y compañeros diputados y medios de comunicación, el tema de ex braceros ha sido uno de los problemas más sentidos socialmente hablando, en el que nos lastima y lacera la dignidad y la condición humana.

En donde más de 4 millones de mexicanos, en un acuerdo binacional México-Estados Unidos en 1942, son contratados como braceros para ir a trabajar a los campos agrícolas y a las vías férreas de los Estados Unidos de Norteamérica.

En ese entonces se establece un acuerdo de 10 por ciento de su salario para que se hiciera un ahorro y al retorno a nuestra patria ellos pudieran disponer en efectivo o en especie, a través de equipo de tractores o maquinaria agrícola, que ellos pudieran tener en sus comunidades de origen, como era natural, todos ellos del campo y de las diferentes comunidades del territorio nacional.

Sin embargo, a estas alturas poco se ha hecho por ellos. Por ello hago esta propuesta con punto de acuerdo por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política, a la Mesa Directiva y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y a la Comisión de Hacienda, a nombre de mis compañeras y compañeros diputados, para que se apoye en el Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2011, una cantidad de 5 mil 300 millones de pesos.

A partir de la creación de la Comisión Especial de Seguimiento a los Fondos Aportados por los ex Trabajadores Migratorios Mexicanos en esta LXI Legislatura, ha prevalecido un acuerdo entre todos los integrantes de nuestra comisión con los mejores compromisos y la mejor voluntad para reforzar la Ley que crea el Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social de los ex Trabajadores Migratorios Mexicanos Braceros que el titular publicó los días 28 y 29 de abril de este mismo año.

Esta reforma que el titular publica el día 10 de abril, lleva a la primera convocatoria del 2005 al 2006, aproximadamente 300 mil ex braceros quedaron pendientes en su pago de 38 mil pesos...

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Le agradeceríamos concluya, diputada.

La diputada María Hilaria Domínguez Arvizu:Con mucho gusto. Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados y al pleno de esta soberanía a considerar y aprobar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011 la cantidad de 5 mil 300 millones de pesos para el Fondo de Apoyo Social de los ex Trabajadores Migratorios Mexicanos Braceros de 1942 a 1964 en los términos del decreto que reforma la Ley que crea el Fideicomiso que Administra el Fondo Social de Apoyo para los ex trabajadores Mexicanos Migratorios Mexicanos Braceros de 1942 a 1964, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2010, específicamente en el artículo quinto transitorio del citado decreto.

Dado en el Palacio Legislativo el día de hoy. Firmamos todos los integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento del Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Mexicanos Braceros. Muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos destinados al Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, suscrita por integrantes de la Comisión Especial de seguimiento a los fondos aportados por los ex trabajadores mexicanos braceros

Antecedentes

Como resultado de los trabajos realizados por esta soberanía en las legislaturas pasadas y la presente, podemos jactarnos de que el Poder Legislativo ha cumplido con los ex braceros de este país, reconociéndoles sus derechos, sobre todo actuando en consecuencia para que puedan disfrutar en vida de sus derechos ganados hace más de 50 años y que, sin embargo, apenas se les reconoció dicho derecho.

A partir de la creación de la Comisión Especial de seguimiento a los fondos aportados por los ex trabajadores migratorios mexicanos en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, se ha mostrado que ha prevalecido un acuerdo entre todos sus integrantes para lograr los mejores compromisos en favor de los ex braceros.

Una muestra de ello: hicimos efectivo el acuerdo generado de la comisión para reformar la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

El acuerdo fue en aras de beneficiar a los ex braceros del país, que en promedio tienen 75 años (considerando que el programa Bracero inició en 1942 y terminó en 1964). Son ciudadanos que se dedicaron en su totalidad al campo y que hoy, dadas las condiciones difíciles de la economía, no pueden seguir esperando a que esos recursos, que por derecho les corresponde, lleguen hasta que el Ejecutivo muestre la voluntad de otorgarlos.

Por ello, el Legislativo planteó una solución de fondo, permitiendo mediante la reforma aprobada y con los recursos erogados en cada ejercicio fiscal que se atienda de una buena vez la demanda de los ex trabajadores.

En este año, que celebramos el bicentenario de la Independencia y el centenario de la Revolución, damos cuenta de injusticias y luchas por derechos como las que vivieron nuestros antepasados, y vemos cómo los ex braceros quedan coartados por la falta de respuesta del Ejecutivo, que publica tardíamente el decreto aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados y en la de Senadores, órganos que representan a la mayoría de los mexicanos.

Nuestra labor como diputados federales no termina con la aprobación de esta reforma: continúa en el momento de discutir y aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, pues al conocer el proyecto que nos envía el Ejecutivo, la propuesta sólo es de 300 millones, cantidad irrisoria que sólo permitiría pagar a 7 mil 849 ex braceros, y en la lista de espera se encuentran más de 150 mil

El mismo Ejecutivo ha estado cayendo en subejercicios en diversos programas y desafortunadamente este programa no es la excepción; por lo que se necesita que publiquen más listas de pago a fin de seguir ejerciendo los recursos que desde 2009 están en poder del Fideicomiso 2106.

A fin de que esta soberanía demuestre nuevamente al Ejecutivo la necesidad de que haga su trabajo y beneficie a quienes han dado tanto a este país presentamos las siguientes

Consideraciones

Con la reforma que inició en la Cámara de Diputados y que fue publicada el pasado viernes 10 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, por fin, después de cuatro meses de espera, esto de todos modos significa un gran avance respecto al problema de los ex braceros, y refleja el compromiso que mantenemos como representantes populares con el electorado. Sin embargo, la tarea que tenemos ahora es otorgar a las personas que se benefician de este programa los recursos económicos necesarios para que reciban de una buena vez su apoyo, que tanta falta les hace.

Los recursos aprobados por esta soberanía para 2007 fueron de 298.5 millones de pesos; para el ejercicio de 2008, 300 millones de pesos; para 2009, 700 millones de pesos; y para 2010, atendiendo la petición del Ejecutivo en razón del boquete fiscal generado por los problemas financieros internacionales que generaron un efecto en el país, aceptamos que se destinaran 300 millones de pesos, pero con la salvedad de que en la existencia de subejercicios de otros programas, estos recursos se destinarán a solucionar el asunto de los ex braceros.

Sin embargo, según el último informe que remite el Comité Técnico del Fideicomiso (CTF) 2106 a esta soberanía, a finales de junio se tenían disponibles más de 583 millones de pesos sin ejercer; y en la propuesta que nos envía el Ejecutivo en su paquete económico el pasado 8 de septiembre considera una partida de 300 millones de pesos. Parecería que el programa no necesita recursos; sin embargo, la situación de éste es otra.

Es preocupante que se haya publicado apenas el pasado 20 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación la lista 35, que contiene mil 150 ex braceros o sus familiares. Hablamos de personas que vienen desde el proceso de registro de 2005-2006 y que no habían cobrado un centavo de este apoyo. Para esta lista se aplicaron 43 millones 700 mil pesos; también, tenemos a miles de beneficiarios inscritos en la segunda parte del programa que se inscribieron por las reformas hechas a la ley por la anterior legislatura sólo recibiendo 4 mil pesos de un total de 38 mil, así como compatriotas radicados en Estados Unidos, quienes a través de los consulados entregaron los requisitos que marca la ley, hasta este momento ninguno de ellos ha sido apoyado por alguna cantidad económica a la cual tienen derecho.

Necesidades: Pagos de la segunda etapa, por 34 mil pesos. A la fecha en las listas 30 a 34 se han publicado 149 mil 20 ex braceros: 5 mil 66 millones 680 mil pesos.

Necesidades: Pagos pendientes a los ex braceros que radican en ciudades de Estados Unidos, 5 mil 89 personas, con 38 mil pesos; y gastos de operación del Fideicomiso 2106 (publicaciones): 193 millones 382 mil pesos.

Total de requerimientos: 5 mil 300 millones de pesos.

Fuente: Elaboración propia, con datos del CTF 2106.

Los más de 540 millones todavía sin ejercer por la Segob como entidad coordinadora del Fideicomiso 2106 representan un poco mas de 10 por ciento de los recursos necesarios para resolver de una buena vez el problema de los ex braceros. Si bien los requerimientos son de 5 mil 300 millones de pesos, pedimos a todos los presentes que hagan lo conducente desde sus espacios y con sus votos en la aprobación del dictamen de Presupuesto de Egresos para que en el próximo ejercicio fiscal a fin lograr que se eleve la cantidad de recursos para los ex braceros, ya sea tener los 5 mil 300 millones de pesos o al menos lograr recursos para apoyar a la mayor parte de los 150 mil ex braceros que esperan este beneficio.

Dadas las reformas hechas a la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Mexicanos Braceros, en el artículo octavo transitorio se instruye al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas para realizar un estudio del impacto presupuestal, a fin de otorgar a esta soberanía mayores elementos sobre los recursos necesarios para el programa. Por ello, la cifra puede ser aun mayor, debido a que si en futuro se abren nuevamente mesas receptoras de documentos ya que se agregó otro requisito como elemento probatorio para de haber sido ex bracero y, por tanto, obtener este derecho, así como otorgar el reconocimiento a las concubinas y legítimos herederos, por eso los diputados que promovemos este punto de acuerdo y con conocimiento de causa exponemos con datos las necesidades reales del programa y esperamos la ratificación del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas. Les pedimos que hagan conciencia y apoyen el punto de acuerdo.

Por lo expuesto, se someten a consideración de esta soberanía, como de obvia y urgente resolución, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados que considere la cantidad de 5 mil 300 millones de pesos para el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Migratorios Mexicanos para el ejercicio fiscal de 2011.

Segundo. Se solicita que la Secretaría de Gobernación no siga incurriendo en subejercicios y ejecute los recursos disponibles desde marzo de este año para el Fideicomiso 2106.

Dado en el salón de sesiones, a 28 de septiembre de 2010.— Diputados: María Hilaria Domínguez Arvizu, Samuel Herrera Chávez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, María de Jesús Aguirre Maldonado, Emilio Serrano Jiménez, Laura Itzel Castillo Juárez, David Hernández Pérez, Delia Guerrero Coronado, María Elena Perla López Loyo, María Guadalupe García Almanza, Manuel Humberto Cota Jiménez, Joel González Díaz, José Manuel Agüero Tovar, Cora Cecilia Pinedo Alonso, Margarita Gallegos Soto, Hilda Ceballos Llerenas, Víctor Manuel Anastasio Galicia Ávila (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: A usted, diputada. Diputado David Hernández Pérez, con qué objeto.

El diputado David Hernández Pérez(desde la curul): Primero para felicitar a la compañera Hilaria porque la verdad que ha sido muy puntual y le ha dado continuidad a este tema de importancia para los compañeros ex braceros.

Segundo, si nos permite adherirnos a su propuesta.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: La diputada ha aceptado su adhesión. Pueden pasar a firmar a la Secretaría. El diputado Emilio Serrano y la diputada Delia Guerrero pueden pasar también a la Secretaría. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



GRAFFITI

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra la diputada Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar proposición con punto de acuerdo para exhortar a diversas dependencias federales y estatales a coordinar programas y campañas encaminadas a la prevención y orientación para reubicar el grafiti.

La diputada Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos me permito someter a consideración de esta honorable soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes consideraciones.

A pesar de numerosas medidas y programas que se han llevado a cabo desde los tres niveles de gobierno no se ha logrado controlar el fenómeno del grafiti, específicamente me refiero al grafiti que deteriora la propiedad y promueve un ambiente compatible con el delito.

Este tipo de grafiti se ha convertido en uno de los problemas sociales que más afecta a la ciudadanía pues además de la pésima imagen que representan, los dueños de casas y negocios tienen que sufragar gastos innecesarios al igual que el gobierno federal, estatal y municipal ya que no se respetan edificios públicos ni monumentos históricos.

Los jóvenes deben respetar el derecho a los demás para que sea respetado su derecho a la libertad. A pesar de las áreas destinadas a la expresión no se ataca de fondo la problemática y mucho menos resuelve las necesidades de los jóvenes.

Tampoco ayuda el que se tipifique esta actividad en la ley. Es de señalarse que en la mayoría de las legislaciones penales de las entidades federativas el grafiti está equiparado con el delito de daños y sancionado con pena privativa de la libertad que puede variar de tres meses a tres años. Incluso, hay legislaciones que contemplan 10 años de prisión y multa pecuniaria estimando la reparación del daño.

Es necesario establecer de manera preventiva una política lineal desde los tres órdenes de gobierno a través de programas y campañas de prevención y orientación desde distintas dependencias como son la Secretaría de Seguridad Pública, federal y estatal. El Instituto Mexicano de la Juventud. La Secretaría de Educación Pública, de ambos niveles de gobierno, y los sistemas estatales y municipales de Desarrollo Integral de la Familia.

Algunos de los objetivos de las campañas de prevención y orientación deben ir encaminados a concienciar a los jóvenes que de acuerdo con los códigos penales vigentes, el grafiti se encuentra tipificado como delito. Así como promover el cuidado de las áreas circunvecinas para que padres, jóvenes y vecinos sean vigilantes de éstas. Incitar entre los jóvenes un fomento a la cultura de respeto hacia las demás personas y prevenir prácticas delictivas, entre otros.

El grafiti es un problema que ha venido creciendo en nuestro país. Agravar las penas no es la solución por sí sola. La solución está en la prevención y en la orientación.

Con base en lo anterior someto respetuosamente a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Único. Que las Secretarías de Educación, de Seguridad Pública, federal y estatales, el Sistema Nacional, los sistemas estatales y municipales para el Desarrollo Integral de la Familia y el Instituto Mexicano de la Juventud, en ejercicio de sus atribuciones coordinen programas y campañas encaminadas a la prevención y orientación para reubicar el grafiti en los lugares no destinados específicamente para ello. Es cuanto, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a diversas dependencias federales y estatales a coordinar programas y campañas de prevención y orientación para reubicar el grafiti, a cargo de la diputada Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite presentar la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En los setenta, surgió en Nueva York un movimiento juvenil denominado tager, que incorporó el break dance, el rap y los grafitis. Es el antecedente de los modernos grafiteros que además han estilizado y perfeccionado la forma de hacer sus graffitis, logrando en algunas ocasiones, verdaderas obras de arte.

Sin embargo, existe también el grafiti que deteriora la propiedad y promueve un ambiente compatible con el delito, este tipo de grafiti se ha convertido en uno de los problemas sociales que más molesta a la sociedad, pues además de la pésima imagen que representan, los dueños de casas y negocios tienen que sufragar gastos innecesarios, al igual que el gobierno federal, estatal y municipal ya que no se respetan edificios públicos ni monumentos históricos. Los jóvenes deben respetar el derecho de los demás, para que sea respetado su derecho a la libertad.

En México, la mayoría de los grafiteros provienen de barrios marginales, aunque no se desconoce el hecho de que también existen jóvenes de clase media que se dedican al grafiti, muchas veces forman grupos denominados Crew, que se distinguen porque dejan sus huellas por la ciudad con aerosoles y con una rúbrica denominada tag. No tienen base territorial y realizan grafitis por todos los lugares por los que transitan. Están en contra de la propiedad privada y consideran que las calles les pertenecen por ser espacios públicos.

En esta cultura juvenil se distinguen subdivisiones: los Owners, que son jóvenes que pintan de manera individual; los Sucios utilizan piedras de granito y rayan los vidrios del metro para garabatear sus nombres y firmas.

En nuestro país, las ciudades fronterizas fueron las primeras que comenzaron a tener este tipo de manifestaciones.

Considerado un fenómeno indeseable por muchos sectores sociales, los gobiernos de los tres niveles han emprendido diferentes acciones para erradicar el grafiti de las calles, y con ello recuperar la belleza y mantener limpias las ciudades. La cuestión es que el número de grafitis aumenta cada vez más, a pesar de las acciones que se han emprendido para disminuirlo.

A pesar de las prevenciones adoptadas, no se ha logrado controlar este fenómeno, y la creación de áreas para la expresión, no ataca de fondo la problemática, y mucho menos resuelve las necesidades de los jóvenes. Por el contrario, los alienta a continuar con estas prácticas; asimismo tampoco ayuda a controlar la situación el tipificar esta actividad en una ley, si no se hace valer, ni qué decir de la pintura con repelente que en este caso sólo es de utilidad para los afectados.

Es de señalarse que en la mayoría de las legislaciones penales de las entidades federativas, el grafiti está equiparado con el delito de daños, y sancionado con pena privativa de libertad que puede variar de tres meses a tres años, incluso hay legislaciones que contemplan diez años de prisión y multa pecuniaria estimando la reparación del daño.

Además en muchas de estas legislaciones existe la agravante cuando las manifestaciones de grafiti se realizan en bienes de carácter público o privado que hayan sido declaradas, por autoridades competentes, como acervo cultural.

Incluso, el Código Penal del Estado de Coahuila en su artículo 438 Bis, tipifica específicamente la figura de “grafito” como delito: “Se aplicará prisión de un mes a tres años de multa: A quien por cualquier modo, sin importar el material o instrumento que utilice y sin consentimiento de quien pueda darlo conforme a la ley: pinte, grabe, raye, riña o imprima palabras, dibujos, símbolos, manchones o figuras a un bien mueble o inmueble”.

En la mayor parte de los casos se trata de jóvenes que sólo requieren un poco de orientación y cuidado; muchos de ellos estudian secundaria, pero hay otro fracción que se ubica en el sector vandálico que sólo busca hacer daño y son a ellos a quienes también hay que detener, a través de los cuerpos policíacos.

En ese sentido cabe hacer mención al Programa de Fortalecimiento de la Cultura de la Legalidad y Prevención del Delito “Sensores Juveniles”, llevado a cabo por la Secretaria de Seguridad Publica federal en coordinación con diversos organismos e instituciones de las entidades federativas.

El Programa de Promoción de la Cultura de la Legalidad y Prevención del Delito fue creado para concienciar a la sociedad sobre los beneficios de actuar apegados a la legalidad. El programa de Sensores Juveniles capacita a ciudadanos entre los 18 y 28 años de edad para que puedan detectar conductas de riesgo, así como difundir acciones que coadyuven a la prevención del delito:

• Entre septiembre de 2008 y julio de 2009, se realizaron diversas actividades para promover una cultura de legalidad entre los jóvenes, en diferentes entidades del país:

Se presentó el programa a la comunidad educativa en diversas instituciones.

Se desarrollaron actividades de capacitación para la formación de sensores juveniles y de multiplicadores del programa en distintas ciudades e instituciones educativas.

Debido a las experiencias de éxito del programa “Sensores Juveniles”, durante mayo del 2009 se reestructuró y modificó su proceso de implementación, y por ende el contenido de los manuales para el sensor y el coordinador, además de guías de implementación del enlace de prevención y de la institución a cargo del programa.

De este ejemplo se desprende la necesidad de establecer de manera preventiva una política lineal desde los tres órdenes de gobierno a través de programas y campañas de prevención y orientación a través de distintas dependencias, como son la Secretaría de Seguridad Pública federal y estatal, las secretarias de Educación Pública de ambos niveles de gobierno, el Instituto Mexicano de la Juventud, así como los sistemas nacional, estatales y municipales de desarrollo integral de la familia.

Entre algunos de los objetivos de las campañas de prevención y orientación deben ir encaminadas a concienciar a los jóvenes que de acuerdo a los códigos penales vigentes, el grafiti se encuentra tipificado como delito, así como promover el cuidado de las áreas circunvecinas, para que padres, jóvenes y vecinos sean vigilantes de éstas, incitar en los jóvenes una cultura de respeto hacia las demás personas y prevenir prácticas vandálicas entre otros.

Entre el rango de los 14 a los 17 años se encuentran en la mayoría de los grafiteros detenidos, es decir, más del 70 por cierto de los infractores se encuentran en la etapa de la adolescencia por lo que, como ya se ha expuesto, se sugiere que los programas y acciones que implementen participe también el sector educativo.

El grafiti es un problema que ha crecido en nuestro país, agravar las penas no es la solución por sí sola. La solución está en la prevención y la orientación.

Con base en lo anteriormente expuesto, se presenta ante esta honorable soberanía la siguiente propuesta de

Punto de Acuerdo

Único. Que las secretarias de Educación Pública y Seguridad Pública federales y estatales, los sistemas nacional, estatales y municipales para el desarrollo integral de la familia e Instituto Mexicano de la Juventud en ejercicio de sus atribuciones coordinen programas y campañas encaminados a la prevención y orientación para reubicar el grafiti de los lugares no destinados específicamente para ello.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputados: Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía,Hilda Ceballos Llerenas, María Elena Perla López Loyo, Delia Guerrero Coronado, (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias, diputada. Se turna a las Comisiones Unidas de Juventud y Deporte, y de Cultura.

Tiene la palabra el diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar proposición con punto de acuerdo...

La diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Dígame diputada, Teresa Rosaura Ochoa.

La diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía(desde la curul): Gracias, presidente. Únicamente para solicitarle a la diputada proponente, si me permite adherirme a su proposición con punto de acuerdo para suscribirla.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: ¿Diputada Rodríguez Galarza?

La diputada Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza:Con mucho gusto.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Con mucho gusto acepta su adhesión.



GUARDERIA ABC

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra el señor diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador del estado de Sonora a que separe de su cargo al procurador de Justicia del estado, por haber omitido la debida y exacta aplicación de la justicia en la integración y determinación de las averiguaciones previas relacionadas con el caso de la Guardería ABC.

El diputado Emilio Serrano Jiménez:Con su venia, diputado presidente. Respetable concurrencia. Una mancha más al tigre de Acción Nacional, que no están presentes. Me imagino que están todos allá con Molinar Horcasitas, echándole porras.

Y decía, echándole una mancha más al tigre porque el gobernador del estado de Sonora, Guillermo Padrés Elías, por el pésimo desempeño que tuvo el procurador de Justicia, Abel Murrieta Gutiérrez, en el periodo del gobernador Eduardo Bours, lo premia ratificándolo como procurador de Justicia en el estado de Sonora, quien obstaculizó las investigaciones y permitió que se fugarán, que se dieran al a fuga los posibles responsables, los presuntos responsables de la tragedia de la Guardería ABC de Hermosillo, Sonora.

Además, este procurador tiene una averiguación previa, AP/PGR/SON/ERP/797/2009 ante la Procuraduría General de la República. No ha sido ratificado por el Congreso local del estado de Sonora y ahí sigue haciendo de las suyas. Creo que es importante que terminemos con esta impunidad. La sociedad del estado de Sonora, la sociedad mexicana reclamamos y exigimos justicia, y mientras estén personajes como este procurador de Justicia del estado de Sonora y el procurador general de la República, Pérez Pérez, no se va a aplicar la ley en México.

Por eso es que exhortamos a través de la Cámara de Diputados, al gobernador del estado de Sonora para que quite de inmediato al procurador de Justicia de esa entidad. Yo pedí que fuera de urgente u obvia resolución, señor presidente, pero lo turnaron como punto a tratar en este pleno.

Le pido que este texto, que voy a hacer entrega en este momento, sea publicado íntegro en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates. Es cuanto, diputado presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Sonora a separar del encargo al procurador de Justicia por haber omitido la debida y exacta aplicación de la justicia en la integración y determinación de las averiguaciones previas relacionadas con el caso de la guardería ABC, SC, a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal Emilio Serrano Jiménez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a esta soberanía, con carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo las siguientes

Consideraciones

Después de una sucesión de ineptitudes, de hipocresía, de corrupción, de confabulación, de menosprecio a las leyes, de omisiones, de tráfico de influencias ocurrió la más grande tragedia infantil en la historia: el incendio de la Guardería ABC, Sociedad Civil, en Hermosillo, Sonora, en donde hubo cuarenta y nueve víctimas fatales –veinticinco niñas y veinticuatro niños– y setenta y cinco más lesionados, con quemaduras, muchas de ellas graves, que por virtud de éstas estarán marcados y sujetos por el resto de sus vidas a dolorosos tratamientos y con elevados costos.

Ha transcurrido un año tres meses de estos lamentables hechos y, después de un sinfín de averiguaciones, no hay una contestación por parte de las autoridades del gobierno de Sonora, ni de las autoridades del ayuntamiento de Hermosillo, ni del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ni las autoridades federales, que satisfagan a plenitud las exigencias para que se haga justicia a las madres, padres, familiares y ciudadanos lastimados el 5 de junio de 2009.

A pesar de los contundentes resultados de la facultad de investigación ejercitada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en donde se relacionada jurídicamente la clara responsabilidad en que incurrieron cada una de las autoridades de los tres niveles de gobierno, con esto funcionarios públicos de alto nivel de los gobiernos federal, estatal y municipal, señaladas como responsables de la tragedia en comento, a la fecha no hay un solo detenido del nivel ya referido, por lo que estamos frente a uno de tantos casos de impunidad total a los que nos enfrentamos los mexicanos año tras año, mes con mes, día tras día.

Esta manipulada omisión sigue lesionando el interés superior de los menores víctimas de la tragedia, así como a la dignidad de la sociedad mexicana, por lo que hechos como éste deben de erradicarse de manera definitiva, velando por la correcta aplicación de políticas públicas que garanticen los derechos de protección igualdad y seguridad jurídica de las personas en el país.

Siendo preciso mencionar que el 28 de septiembre de 2009, madres y padres de los niños fallecidos y heridos en el incendio de la Guardería ABC, SC, presentaron ante el agente del Ministerio Público de la Federación, titular de la Mesa Quinta, Agencia Segunda de Procedimientos Penales, zona centro, delegación estatal en Sonora de la Procuraduría General de la República, denuncia penal contra el procurador de Justicia de Sonora, Abel Murrieta Gutiérrez.

Toda vez que fue la primera autoridad que tomó conocimiento de tan lamentables hechos, omitiendo consignar la averiguación previa, evitando con ello que resultaran con responsabilidad penal los dueños de la Guardería ABC, SC, así como altos funcionarios de la administración estatal, el entonces gobernador del estado de Sonora, José Eduardo Robinson Bours Castelo; el secretario de Hacienda, Ernesto Vargas Gaytán; el director de Protección Civil, Willebaldo Alatriste Candiani; el jefe de la Oficina de Bienes y Concesiones del gobierno del estado, Eliseo Morales, entre otros.

Abel Murrieta Gutiérrez, procurador de Justicia de Sonora, actúo de manera ilegal al intentar responsabilizar de tan graves hechos a personal de bajo nivel del gobierno estatal, a quienes de inmediato consignó, con la finalidad de evadir su responsabilidad constitucional de hacerse comparecer, con el carácter de probable responsable.

Esto se fortalece con que el peritaje oficial de causalidad del incendio de la bodega de la Secretaría de Hacienda estatal y de la Guardería ABC, SC, ordenado por Abel Murrieta Gutiérrez, fue realizado por peritos oficiales expertos en grafoscopia y documentación, como consta agregado al expediente número 226/2009 del juzgado octavo de lo penal del distrito judicial de Hermosillo, Sonora, y que es visible a fojas números 1267-1294, cuando este peritaje lo debieron realizar expertos certificados en el manejo del protocolo internacional de investigación de escena de fuego; esto es una prueba más de que se quiere encubrir a los responsables de tan lamentables hechos.

En el momento de la tragedia y como titular del ministerio público, Abel Murrieta Gutiérrez estaba en aptitud legal de solicitar el arraigo precautorio, sin necesidad de ejercer acción penal y sin que para tal solicitud se requiera que se trate de delito grave, como lo establece el artículo 134 Bis del Código de Procedimientos Penales para el estado de Sonora, de todas aquellas personas a las que podría resultar con responsabilidad penal, como pudieran ser el entonces gobernador del estado, José Eduardo Robinson Bours Castelo; el ex secretario de Hacienda estatal, Ernesto Vargas Gaytán; el encargado de Protección Civil Estatal, Willebaldo Alatriste Candíani; los dueños de la Guardería ABC, SC. Al no haberlo solicitado propició la impunidad a los delitos que cometieron y de que se sustrajeran a la acción de la justicia, concediéndoles con este proceder una ventaja indebida a los involucrados.

Quedando claro que la conducta desplegada por Abel Murrieta Gutiérrez, aún procurador de Justicia del estado de Sonora, encuadra en la hipótesis normativa que previenen y sancionan los delitos de incumplimiento de un deber legal y contra la procuración y administración de justicia, tipificados en los artículos 180 del Código Penal para el estado de Sonora, fracciones VIII y X, y el 193, fracción VII.

Derivando de la denuncia de carácter penal contra el actual procurador de Justicia del estado de Sonora, Abel Murrieta Gutiérrez, y otros más, integrada en la averiguación previa número AP/PGR/SON/HER-V/797/2009, con fecha 28 de septiembre de 2009, en el Ministerio Público federal de la delegación estatal de Sonora de la Procuraduría General de la República, situación que deja a este personaje en calidad de probable responsable por las claras violaciones y omisiones a su deber como procurador de Justicia del estado de Sonora, como lo es la exacta y debida aplicación de la justicia, garantizando la legalidad y constitucionalidad del proceso penal, ya que con esto se evidencia que el mismo no goza de buena reputación, calidad moral, ética y profesionalismo para desempeñarse en el puesto que ostenta, además de que no ha sido ratificado por el Congreso local; es por eso que solicitamos la destitución inmediata para que responda por las graves y negligentes omisiones que se le imputan, permitiendo así realizar de manera imparcial, ágil y expedita las indagatorias del trágico incendio de la Guardería ABC, SC.

Es lamentable que a un año de haberse renovado democráticamente el Poder Ejecutivo en el estado de Sonora, permita que aún siga en el cargo Abel Murrieta Gutiérrez, y se sigan entorpeciendo y desviando las averiguaciones sobre este caso.

Nos deja claro que mientras continúe en el cargo de procurador de Justicia del estado de Sonora, seguirá imperando la ilegalidad e impunidad en el sistema de impartición de justicia del estado.

Por todo lo expuesto y fundado, solicito a la Presidencia sea publicado el texto íntegro en la Gaceta Parlamentaria y se ponga a consideración del honorable pleno, con carácter de urgente u obvia resolución, en términos de los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, la presente proposición con el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se hace un atento exhorto al gobernador del estado de Sonora, Guillermo Padrés Elías, a proceder a separar de manera inmediata del cargo al procurador de Justicia del estado a Abel Murrieta Gutiérrez por haber omitido la debida y exacta aplicación de justicia en la integración y determinación de las averiguaciones previas relacionadas con el caso de la Guardería ABC, SC, propiciando que los probables responsables, servidores públicos de alto nivel del gobierno del estado de sonora, se sustrajeran de cualquier tipo de responsabilidad penal; de lo anterior se integró la averiguación previa número AP/PGR/SON/HER-V/797/2009, del 28 de septiembre de 2009, en la que se encuentra actualmente como probable responsable ante la Procuraduría General de la Republica.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de octubre de 2010.— Diputados: Emilio Serrano Jiménez, Balfre Vargas Cortez, Leticia Quezada Contreras, Silvia Puppo Gastelum, (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Insértese el texto íntegro de la proposición en el Diario de los Debates y túrnese a la Junta de Coordinación Política.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra el diputado José del Pilar Córdova  Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a que autorice los recursos necesarios para la construcción de infraestructura adecuada en las estaciones migratorias de la frontera sur.

No estando en el salón de sesiones el señor diputado Córdova Hernández, se pasa para otra ocasión.



ESTADO DE MICHOACAN

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra el diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Junta de Coordinación Política de esta soberanía, constituya un grupo de trabajo plural para dar seguimiento puntual y contribuir a la realización del programa para la recuperación ambiental de la cuenca del lago de Pátzcuaro, Michoacán.

El diputado Víctor Manuel Báez Ceja:Con su venia, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, presento ante ustedes una proposición con punto de acuerdo para crear el grupo de trabajo plural para dar seguimiento puntual y contribuir a la realización del programa para la recuperación ambiental de la cuenca del lago de Pátzcuaro.

Se preguntarán ¿por qué el lago de Pátzcuaro? Éste se localiza en el estado de Michoacán, como ustedes lo saben, y es una cuenca cerrada con una superficie de 929 kilómetros cuadrados. Su población aproximada es de mil 200 habitantes y su economía depende, fundamentalmente, del turismo.

La explotación forestal, la pesca y las artesanías, recientemente las remesas que llegan de los migrantes que trabajan en los Estados Unidos es parte de las economías con las que subsiste la gente de la ribera. Por su particular belleza y sus antecedentes históricos, las cuales se remontan a las épocas prehispánicas, es considerada como una de las regiones emblemáticas de México.

En los últimos 50 años la cuenca, por efectos de la sobreexplotación de sus recursos naturales y la contaminación, ha sufrido un grave deterioro. Por citar algunos de los miles de problemas urbanos y ambientales que presenta, se encuentra la deforestación, falta de infraestructura de saneamiento, contaminación de suelo y agua, carga orgánica en el lago, erosión, reducción de la superficie y profundidad del lago, falta de infraestructura de saneamiento, contaminación de suelo y agua, entre miles de causas del gran impacto ambiental, cultural, turístico y económico.

La situación ambiental que padece la cuenca es crítica y tiene que ser atendida de inmediato, pero se requiere de mayor esfuerzo y del apoyo de esta soberanía.

Ha habido muchos esfuerzos por diferentes instituciones federales y estatales. Ha habido innumerables ocasiones en las que se ha tratado de atender la problemática del lago de Pátzcuaro. Sin embargo, nuestro lago no es un problema específico de Pátzcuaro, es un problema que atañe el interés del mismo a la nación completa.

El lago de Pátzcuaro es ícono y por ello la solicitud atenta de que podamos sumar los esfuerzos conjuntamente con las instituciones federales, estatales, con IMTA, con Río Arronte, Fundación Río Arronte, que ha hecho esfuerzos importantes en el tema del agua.

Que podamos adherirnos a ello para que, de una vez por todas, se haga un sólo programa rector en el que se integren todas las instituciones federales, estatales, y se incluya a la sociedad.

Que podamos dar un apoyo no solamente económico sino que también este grupo plural de trabajo dé seguimiento a la transparencia y que pueda, de una vez por todas, tomar de frente el tema del lago de Pátzcuaro.

Agradezco mucho la oportunidad que se me da de poder expresarme y seguro estoy de que la sensibilidad...

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Concluya por favor, señor diputado.

El diputado Víctor Manuel Báez Ceja:...y la conciencia de los diputados del Poder Legislativo podrá abonar a este noble fin. Muchísimas gracias por su atención.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de solicitar a la Junta de Coordinación Política de esta soberanía que constituya un grupo plural de trabajo que dé seguimiento puntual y contribuya a la realización del Programa para la Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro, Michoacán, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado Víctor Manuel Báez Ceja, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la alta consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La cuenca del lago de Pátzcuaro, Michoacán, se encuentra localizada en la cordillera Neovolcánica. Es una cuenca cerrada con una superficie de 929 kilómetros cuadrados, se desarrolla desde los 2 mil 35 hasta los 3 mil 300 metros sobre el nivel del mar, con una elevación promedio de 2 mil 369 metros sobre el nivel del mar.

El lago de Pátzcuaro tiene una superficie de 126.4 kilómetros cuadrados, el cual tiene una profundidad promedio de 4.9 metros y almacena 619.4 hectómetros cúbicos.

El clima es templado con lluvias en verano. La precipitación media es de 775 milímetros, mientras que la evaporación es de mil 393 milímetros.

La cuenca del lago de Pátzcuaro tiene una población aproximada de 120 mil habitantes y su economía depende fundamentalmente del turismo, la pesca, las artesanías y la explotación forestal.

Una parte importante de su población es de origen indígena. De hecho la cuenca del lago fue asiento principal del imperio tarasco. Posteriormente constituyó  un núcleo de primera importancia en la sociedad colonial.

En los últimos cincuenta años, conforme a la “Memoria Ilustrada del Programa para la Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro, 2003-2008,” la cuenca ha sufrido un grave deterioro ambiental. Esto, por efecto de la sobreexplotación  de sus recursos naturales y la contaminación.

Conforme a dicha memoria se presentan de manera textual algunos de los principales datos al respecto:

“Deforestación: Debido a la tala clandestina, al uso de la leña como combustible, la incidencia de plagas forestales, los incendios forestales y a la explotación ilegal se han perdido más de 10 mil hectáreas de bosque.

Erosión: El 85 por ciento de los suelos de la cuenca presentan cierta afectación. Por los intensos procesos de erosión se produce una significativa acumulación de azolves en el lago (1 centímetro por año–0.2 Mm3 por año).

Reducción de la superficie y profundidad del lago. En los últimos cincuenta años se ha detectado una disminución de 40 kilómetros cuadrados de la superficie lagunar y de 2.6 metros de profundidad (uno de los mayores descensos históricamente registrados).

Contaminación de suelo y agua. Debido a que el 33 por ciento de la basura no se colecta, a que el 70 por ciento de las aguas residuales de las zonas urbanas y rurales no se tratan (120 mil habitantes en la cuenca), y a las descargas de drenes agrícolas (400 a 800 litros por segundo del dren Zurumútaro, DR 091 Pátzcuaro), el lago y algunos manantiales, al igual que grandes superficies de suelo presentan altos niveles de contaminación.

Carga orgánica en el lago. Las descargas de aguas residuales sin tratar o con un tratamiento deficiente provenientes de 15 sitios incluyendo Pátzcuaro y Quiroga (aproximadamente 200 l/s), y la contaminación difusa en toda la ribera del lago aportan una gran cantidad de contaminación por carga orgánica y nutrientes al lago (mayor deterioro en la porción sur).

Amenazas a la vida silvestre. Se encuentran en riesgo de extinción cuatro especies acuáticas y 32 vegetales terrestres, entre ellas el pez blanco, especie.

Caída de la producción pesquera. Por efecto de la utilización de artes de pesca inadecuada, la introducción de especies, exóticas (trucha, carpa, mojarra, entre otras), la sobreexplotación pesquera (en especial del pescado blanco) y las alteraciones del hábitat (turbidez, salinidad, lirio, entre otras, en los últimos 13 años la producción pesquera se redujo a la sexta parte.

Falta de fuentes de trabajo alternativas. Existen condiciones de pobreza extrema en el 60 por ciento de la población rural e indígena de la cuenca. La falta de empleo hace que parte de esta población se dedique a la explotación de los recursos naturales.”

Con el fin de contribuir a solucionar la problemática antes citada de la cuenca del lago, el 26 de febrero de 2003 se firmó el convenio que dio origen al Programa para la Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro.

En el Programa participan el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus organismos, la Comisión Nacional del Agua y el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua; el Gobierno del Estado de Michoacán a través de la Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente; de los gobiernos municipales de Erongarícuaro, Huiramba, Pátzcuaro, Quiroga y Tzintzuntzan; de la Universidad Michoacana de San Nicolas de Hidalgo; de la Universidad Autónoma de Zacatecas; de diversas organizaciones no gubernamentales.

Este programa tiene como objetivo poner en marcha acciones y proyectos para la solución de problemas relacionados con el deterioro ambiental de la cuenca del lago de Pátzcuaro, con el fin de buscar su recuperación e incrementar la cultura y conciencia ambiental entre los pobladores de la zona.

En su primera etapa, de 2003 a 2004, se desarrollo un plan estratégico y los beneficiarios directos del proyecto fueron los pobladores de los municipios involucrados en la cuenca del lago e, indirectamente, todos los michoacanos y los mexicanos en su conjunto.

En la segunda etapa, de 2004 a 2007, se incrementó el impacto con acciones concretas socialmente transferibles, la estrategia de comunicación fue mucho más focalizada y se amplió el conocimiento del uso del recurso agua.

La etapa, de 2008 a 2012, que actualmente está en marcha, si bien no descuida todos los aspectos considerados en las anteriores, es la más ambiciosa, la de mayores obras concretas, de beneficios tangibles, la de mayor impacto ambiental y social. Se plantean soluciones definitivas a los problemas macro presentes en la cuenca (recuperación de Janitzio, saneamiento de Pátzcuaro, tratamiento del río Guani y reforestación en la parte alta) acompañada de acciones marco que se han mantenido desde el inicio del programa.

Hasta ahora los resultados obtenidos son alentadores, pero es importante dar continuidad y reforzar las acciones previstas en el Programa. En especial se debe garantizar la suficiencia de recursos para el cumplimiento de los objetivos y metas del Programa. Se estima, que para el Programa para la Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro en su periodo 2011 a 2017 requiere recursos de los tres órdenes de gobierno por un total de 2 mil 130 millones de pesos y en especifico para el año 2011 de 513. 7 millones de pesos.

En dicho sentido y por la importancia de esta cuenca única en el país se propone la creación de un grupo de trabajo plural, integrado por legisladores integrantes de diversas Comisiones, como serían Agricultura y Ganadería, Asuntos Indígenas, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Presupuesto y Cuenta Pública, Recursos Hidráulicos, y Turismo, que permita desde la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, contribuir a la realización del Programa para la Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro.

Compañeros legisladores, sumemos esfuerzos por preservar nuestros recursos naturales saneándolos de la contaminación de las aguas superficiales y de los mantos acuíferos que ha afectado las reservas hídricas de todo el mundo y  ante esta evidente lucha del cambio climático, sabemos que el sanear la cuenca lacustre del Lago de Pátzcuaro es un proceso largo que requiere del esfuerzo compartido.

Acudo a su buena voluntad política y a su amor por este país para que apoyen la proposición con punto de acuerdo que les presento y someto a su aprobación la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se solicita de manera respetuosa a la Junta de Coordinación Política de esta honorable Cámara de Diputados, que constituya un grupo de trabajo plural para dar seguimiento puntual y contribuir a la realización del Programa para la Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro, Michoacán. Conformado por integrantes de las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Recursos Hidráulicos, Turismo, Presupuesto y Cuenta Pública, Agricultura y Ganadería, así como Asuntos Indígenas.

Segundo. Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados que considere dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 recursos por un total de 513.7 millones de pesos para el Programa para la Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro, Michoacán.

Tercero. El grupo de trabajo deberá presentar de manera periódica un informe de actividades ante el pleno de la Cámara de Diputados o, en su caso, ante la Comisión Permanente del Congreso General.

Cuarto. El grupo de trabajo estará integrado en forma plural, reflejando la equidad y proporcionalidad conforme a la integración de esta legislatura, en la que estará representados los diferentes grupos parlamentarios que la integran.

Nota:

1 García Villanueva, Nahún Hamed (editor). 2009. Memoria Ilustrada del Programa para la recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro, 2003-2008. Jiutepec, Morelos: IMTA-FGRA. 144 pp.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a veintitrés días del mes de septiembre de 2010.— Diputado Víctor Manuel Báez Ceja (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se turna a la Junta de Coordinación Política.



ESPACIOS COMUNITARIOS

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se recibió del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del PRI, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal para que a través de la Sedesol impulse un programa especial para la construcción de espacios comunitarios que fomenten la integración y la cohesión social de las comunidades en nuestro país.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a impulsar por la Sedesol un programa especial para construir espacios comunitarios que fomenten la integración y la cohesión social de las comunidades en el país, a cargo del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados, José Francisco Yunes Zorrilla, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, a impulsar un programa especial para la construcción de espacios comunitarios que fomenten la integración y cohesión social de las comunidades en nuestro país, con base en los siguientes

Considerandos

El surgimiento de espacios urbanos trae aparejados problemas sociales como la inseguridad, el pandillerismo, la violencia familiar y comunitaria, carencia de espacios de esparcimiento y convivencia, aumento de la pobreza, falta de cohesión social y pérdida del sentido de pertenencia.

Los espacios comunitarios son el centro de la socialización de los habitantes de muchas localidades en nuestro país. Son lugares en donde se recrean y comparten los valores y cultura de una comunidad. Desde esta perspectiva, es necesaria la creación de espacios que fortalezcan la integración del tejido social a través de actividades comunitarias que desarrollen valores sociales y arraigo.

La construcción de alternativas de desarrollo comunitario, parten de la existencia de espacios en donde se intercambian experiencias de vida, visiones de futuro y prácticas exitosas de desarrollo comunitario. Espacios que ofrezcan ocupación del tiempo libre de jóvenes y niños después de sus labores escolares.

La Ley General de Desarrollo Social, en su artículo 11, fracción I, señala como objetivo de la Política Nacional de Desarrollo Social “propiciar las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos sociales, individuales o colectivos, garantizando el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusión social”.

Sin embargo, actualmente la Secretaría de Desarrollo Social ejecuta sólo dos programas orientados a la construcción y rescate de espacios comunitarios, con un impacto moderado y desarticulado; además, los recursos que se destinan al apoyo de proyectos comunitarios es insuficiente y sus reglas de operación son confusas y poco ágiles para el ejercicio de los recursos.

Por ejemplo, proyectos que tienen como objetivo la construcción de espacios comunitarios que fortalezcan la cohesión social y sano esparcimiento de jóvenes y niños en las comunidades, no resultan beneficiadas de los recursos programados en el Ramo 20, de Desarrollo Social. En todo caso, la inversión sobrepasa los límites establecidos en los programas hasta ahora en operación.

Las iniciativas de organizaciones sociales, de gobiernos municipales y estatales, son truncadas por la falta de coinversión de la Federación para estos rubros. Mientras en otros países, las organizaciones locales reciben pleno apoyo de sus gobiernos para realizar este tipo de proyectos, en nuestro país son abandonadas y sus iniciativas olvidadas en la burocracia presupuestaria.

Si bien existen apoyos focalizados para mitigar los bajos niveles de cohesión social que se presentan en algunas comunidades de nuestro país, los esfuerzos no son suficientes y son aislados y no cuentan con el apoyo de las comunidades.

El Programa de Rescate de Espacios Públicos ha promovido la realización de acciones sociales y la ejecución de obras para la recuperación de sitios de encuentro comunitario localizados en zonas urbanas, que presenten características de inseguridad y marginación. Este programa tiene una cobertura nacional en localidades urbanas integradas físicamente a las zonas metropolitanas y ciudades que cuentan con una población de 50 mil o más habitantes, de acuerdo con las proyecciones del Consejo Nacional de Población. En la distribución de recursos, se da prioridad a las localidades que presentan problemas de marginación e inseguridad.

El Programa contempla recursos para la modalidad de participación social y seguridad comunitaria de 30 mil a 300 mil pesos para apoyo de proyectos. Para la modalidad de mejoramiento físico el monto de apoyo varía de 300 mil a 3 millones de pesos.

Debe acotarse que este programa contempla que la aportación conjunta de las entidades federativas y municipios, así como de la comunidad, deberá ser por lo menos el 50 por ciento del costo total del proyecto integral.

También debe mencionarse que el programa ha logrado tener impacto en las comunidades apoyadas. En septiembre de 2009 se realizó la Encuesta Nacional sobre Percepción de Inseguridad, Conductas de Riesgo y Participación Social en Espacios Públicos, en 9 mil 600 hogares ubicados alrededor de 320 espacios públicos en 187 municipios y delegaciones de las 32 entidades federativas; entre los resultados obtenidos destacan que 94.4 por ciento expresó un muy alto o alto grado de satisfacción con las actividades sociales realizadas en los espacios públicos apoyados; y 74.4 por ciento participa en las actividades sociales realizadas en los espacios públicos apoyados.

De la misma manera el programa Hábitat, coordinado por la Secretaría de Desarrollo Social, se aplica en ciudades mayores de 15 mil habitantes. Al interior de éstas, focaliza sus acciones en zonas urbanas marginadas con alta concentración de hogares en situación de pobreza, denominados “Polígonos Hábitat”. Su población objetivo está constituida por los integrantes de hogares asentados en estas zonas y los municipios son los principales ejecutores de los proyectos.

Dentro de este programa, en lo que va del año, se han apoyado 254 proyectos para la construcción, habilitación o equipamiento de centros de desarrollo comunitario, sin embargo no se cuenta con información sobre el impacto de las obras y mucho menos se tiene un seguimiento de las acciones impulsadas.

Reorientar recursos que permitan impulsar obras integrales de mayor impacto es una necesidad que puede ser evaluada concretamente.

Por ejemplo, es necesario un programa especial que pueda financiar centros comunitarios como los propuestos por el municipio de San Luis Potosí con un costo de 30 millones de pesos; o como el proyecto de creación del Club de Niños y Niñas de Nogales, Sonora, con un costo de 21 millones.

La Política de Desarrollo Social del Gobierno Federal requiere de una profunda revisión y un análisis exhaustivo para que pueda funcionar con eficacia, eficiencia y con un verdadero interés por mejorar los niveles de desarrollo social y humano de la población.

Por lo antes expuesto y con base en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al gobierno federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, a impulsar con presupuesto suficiente en el año 2011 un programa especial para la construcción de espacios comunitarios seguros que fomenten la integración y cohesión social de las comunidades en nuestro país.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2010.— Diputado José Francisco Yunes Zorrilla (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se turna a la Comisión de Desarrollo Social.

Tiene la palabra el diputado Fernando Espino Arévalo, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de diversas dependencias del gobierno federal a que realicen las gestiones necesarias para que se promueva una mayor generación y utilización de los bioenergéticos.

No encontrándose en el salón el diputado Espino Arévalo, se pasa al final de la lista.

Se pospone, a petición de su grupo parlamentario, la proposición de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez.



PROGRAMAS DE CAPACITACION PARA EL EMPLEO

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de las Secretarías del Trabajo y Previsión Social, y de Educación Pública incorporen la perspectiva de género en el diseño e implementación de los programas y capacitación para el empleo.

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena:Con su venia, señor presidente. Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, la inserción de la mujer en el mercado laboral remunerado ha traído consigo un gran avance en el desarrollo social y económico de los países.

De acuerdo con cifras de la Organización de las Naciones Unidas, en el mundo en desarrollo, por ejemplo, entre el 50 y el 80 por ciento de la producción, elaboración y comercialización de los alimentos está a cargo de las mujeres, así como el 70 por ciento de las pequeñas empresas. Además, la incorporación de la mujer en el trabajo remunerado contribuye al empoderamiento económico, lo que impulsa el control sobre sus recursos materiales y financieros y desa-rrolla habilidades para sustentar su seguridad, autonomía e independencia económica.

No obstante lo anterior, la participación de la mujer en el ámbito laboral todavía no es plena, existe un importante sector de mujeres que han asumido en su totalidad la responsabilidad de las labores domésticas y del cuidado familiar. Cuando algunas de estas mujeres pretenden por cualquier razón insertarse en el mercado laboral se encuentran con múltiples obstáculos, uno de ellos es la falta de conocimientos técnicos adecuados o del desarrollo de sus capacidades.

A este respecto, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe afirma que para una plena participación de la mujer se hacen indispensables acciones intersectoriales que permitan la igualdad de oportunidades y de reconocimiento del trabajo de la mujer, para poder construir una sociedad con mayores niveles de equidad social.

Consideramos que una de estas acciones intersectoriales es indiscutiblemente la formación educativa y la capacitación para el empleo como un derecho humano y un elemento indispensable para el progreso económico y social.

Para que esta capacitación transforme en realidad la calidad de vida de las millones de mujeres, se requiere de un componente esencial: la perspectiva de género. Como ejemplo, podemos citar que los objetivos de la capacitación deben estar relacionados con las necesidades y que se debe considerar la doble y la triple jornada de trabajo, que hace difícil a las mujeres participar en igualdad de condiciones con los hombres.

La capacitación así concebida puede convertirse en un potente instrumento humano, tanto para el fortalecimiento personal y desarrollo de las mujeres, como para los procesos de transformación social.

En nuestro país, tanto la Secretaría de Trabajo y Previsión Social como la Secretaría de Educación Pública establecen contenidos y modalidades de capacitación para el trabajo que propician el crecimiento académico y económico de nuestra sociedad. No obstante la importante labor de estas dependencias, consideramos que es de vital relevancia incorporar la perspectiva de género en el diseño e implementación de los contenidos y objetivos de los programas de capacitación existente.

En atención a lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Único. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Secretaría de Educación Pública, para que en el ámbito de sus respectivas competencias incorporen la perspectiva de género en el diseño e implementación de los programas de capacitación para el empleo.

Le solicito atentamente se inserte el texto íntegro de esta proposición en el Diario de los Debates. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a incorporar por la STPS y la SEP la perspectiva de género en el diseño y en la implantación de los programas de capacitación para el empleo, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Lucila del Carmen Gallegos Camarena, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura, en ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través de las Secretarías del Trabajo y Previsión Social, y de Educación Pública, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, incorporen la perspectiva de género en el diseño e implantación de los programas de capacitación para el empleo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Segunda Guerra Mundial supuso un gran cambio en la situación laboral de la mujer, ya que fue entonces cuando se empezó a hablar de ella como un elemento productivo, pues mientras los hombres peleaban en los frentes, la mujer ocupaba su lugar, de modo que contribuyó de forma decisiva para el sostenimiento de la sociedad durante la guerra. Una vez terminada la guerra, la mujer no se reincorporó a las labores domesticas, sino que continuó integrándose al mundo laboral. Este hecho supuso que en la familia entrara un sueldo extra, de modo que se favoreció al desarrollo económico en los países industrializados, que sólo se vería interrumpido por las crisis de 1973-75 y de 1980-81.

Estos hechos hicieron que la mujer adquiriera un importante papel en el mundo laboral aumentando el número de trabajadoras considerablemente.

En la actualidad, de acuerdo a un análisis del empleo de las mujeres, elaborado por Global Employment Trends for Women 2004, nunca han trabajado tantas mujeres como hoy. En 2003, 1.100 millones de los 2.800 millones de trabajadores del mundo, esto es el 40 por ciento, eran mujeres, lo que representa un aumento en todo el mundo de casi 200 millones de mujeres con empleo en los últimos 10 años.

La inserción de la mujer en el mercado laboral remunerado ha traído consigo un avance fundamental en el desarrollo económico y social de los países, de acuerdo con cifras de la Organización de las Naciones Unidas, en el mundo en desarrollo, por ejemplo, entre el 50 por ciento y el 80 por ciento de la producción, elaboración y comercialización de alimentos está a cargo de las mujeres, así como el 70 por ciento de las pequeñas empresas.

Además, la incorporación de la mujer en el trabajo remunerado contribuye a su empoderamiento económico, lo que impulsa el control de las mismas sobre sus recursos materiales y financieros, así como en su fortalecimiento integral de conocimientos y habilidades para sustentar su seguridad, autonomía e independencia económica.

No obstante lo anterior y aún  cuando el nivel de escolaridad de las mujeres ya es superior que el de los hombres en el mercado de trabajo y que ha crecido considerablemente el número de mujeres en las ocupaciones profesionales y técnicas, la participación de la mujer en el ámbito laboral todavía no es plena.

Existe un importante sector de mujeres que, en razón de las construcciones sociales relacionadas con aspectos culturales a través de los cuales se definen los papeles y tareas a cada género, han asumido en su totalidad la responsabilidad de las labores domésticas y el cuidado familiar. Cuando alguna de estas mujeres, pretende, por cualquier razón, insertarse en el mercado laboral se encuentran con múltiples obstáculos, uno de ellos es, sin duda alguna, la falta de los conocimientos técnicos adecuados o del desarrollo de sus capacidades.

A este respecto, la Comisión Económica para América Latina (Cepal), afirma que para una plena participación de la mujer se hacen indispensables acciones intersectoriales que permitan la igualdad de oportunidades y de reconocimiento del trabajo de la mujer, para poder construir una sociedad con mayores niveles de equidad social. La equidad por su parte, hace referencia a que cada persona se desarrolle en su total potencialidad y a que tenga la oportunidad de validar sus derechos y deberes, sin importar su género.

Consideramos que una de estas acciones intersecretariales es indiscutiblemente la formación educativa y la capacitación para el empleo como un derecho humano y un elemento indispensable para el progreso económico y social, así lo manifiesta el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (Unifem) y agrega que debe reconocerse que el acceso pleno y en condiciones de igualdad a la educación es un requisito fundamental para la potenciación de la mujer, y un instrumento fundamental para lograr los objetivos de igualdad de género, desarrollo y paz.

En este sentido, la Plataforma de Acción aprobada en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, reconoce la necesidad de que la mujer tenga acceso pleno y en condiciones de igualdad a la educación y la capacitación como una de las 12 esferas de preocupación que exigen medidas urgentes de los gobiernos y la comunidad internacional.

Para que esta capacitación transforme en realidad la calidad de vida de las mujeres requiere de un componente esencial: la perspectiva de género. Como ejemplo podemos citar que los objetivos de la capacitación deben estar relacionados con sus necesidades; promover sus habilidades, alentando, sólo aquello que las mujeres quieren o profesionalizando sus actuales trabajos. No siempre los proyectos tradicionales, como tejido y corte y confección, han contribuido a que las mujeres puedan adquirir las destrezas necesarias para el empleo.

Asimismo, los contenidos de los programas de capacitación deben ser flexibles lo que permitiría que se incluyan experiencias formativas orientadas a fortalecer la autoestima de las mujeres y a reconocer sus condiciones sociales para participar en acciones reivindicatorias; además, permitiría la oferta de una gran diversidad de opciones de preparación para el trabajo y en el trabajo, en diferentes campos laborales, pues es un hecho que la vinculación de las mujeres pobres al trabajo remunerado es discontinua y fragmentada, de acuerdo con su ciclo vital, su estatus civil y el número de hijos que debe atender (León, 1985). Ellas generalmente se retiran del trabajo remunerado, o lo atienden con dedicación parcial, cuando sus hijos están pequeños, y al regresar al mercado laboral requieren de cursos de capacitación para actualizarse o explorar su vinculación a nuevos oficios.

Se debe tomar en cuenta que las mujeres no tienen las mismas necesidades de capacitación; el no considerar las diferencias puede llevar al fracaso o a no concluir el proyecto. Es necesario comprender que existen cambios, pero el ritmo y el proceso de participación femenina es gradual y diferente en cada una.

Probablemente algunas mujeres necesitan desarrollar ciertas capacidades para emplearse mejor; a las que tienen negocios, hay que fortalecerlas; e impulsar pequeños negocios a quiénes lo desean.

Por otra parte, es necesario que los programas de capacitación para o en el trabajo, no sólo se dediquen al entrenamiento de habilidades técnicas, sino que incluyan la formación de valores, actitudes y hábitos que contribuyan a ubicar a las mujeres en una cultura del trabajo con un código ético que las asuma como sujetos en los procesos de producción.

Los proyectos de capacitación femenina deben considerar, además, la doble y triple jornada de trabajo que hace difícil a las mujeres participar en igualdad de condiciones que los hombres.  Debemos recordar que las mujeres al incorporarse al mercado laboral, siguen asumiendo sus tareas domésticas, en la capacitación sucede exactamente lo mismo. En razón de esto, es necesario adecuarse a sus tiempos e implantar estrategias que reduzcan la carga de trabajo doméstico.

La capacitación, así concebida, puede convertirse en un potente instrumento tanto para el fortalecimiento personal y desarrollo de las mujeres, como para los procesos de transformación social.

En nuestro país, tanto la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través del Sistema Nacional de Empleo, como la Secretaría de Educación Pública, a través de la Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo, establecen contenidos y modalidades de capacitación para y en el trabajo, que propician el crecimiento académico y económico de nuestra sociedad.

No obstante, la importante labor de estas dependencias, consideramos que es de vital relevancia la incorporar perspectiva de género en el diseño e implantación de los contenidos y objetivos de los programas de capacitación existente. En atención a lo expuesto, someto a consideración de ésta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Secretaría de Educación Pública, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, incorporen la perspectiva de género en el diseño e implantación de los programas de capacitación para el empleo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 23 de septiembre de 2010.— Diputados: Lucila del Carmen Gallegos Camarena, Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, Leticia Quezada Contreras, Balfre Vargas Cortez, Silvia Puppo Gastelum, María Guadalupe García Almanza, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, Enoé Margarita Uranga Muñoz, María del Rosario Brindis Álvarez, María Felicitas Parra Becerra, Delia Guerrero Coronado, Ruth Esperanza Lugo Martínez (rúbricas).»

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputada Lucila del Carmen Gallegos.

Insértese...  La diputada Leticia Quezada. ¿Con qué objeto, diputada?

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul): Solicitarle a la diputada que acaba de subir el punto de acuerdo, si pudiera adherirse su servidora a su punto de acuerdo.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputada Lucila del Carmen Gallegos está de acuerdo. La diputada Lucila del Carmen Gallegos, está de acuerdo y le agradece su amable postura, diputada. Está a su disposición el documento en la mesa.

La diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía(desde la curul): Señor presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputada Rosaura Ochoa, ¿con qué objeto?

La diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía(desde la curul). En el mismo sentido, señor presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: En el mismo sentido. La respuesta ya la tiene, diputada. Con mucho gusto esperamos aquí su adhesión; a sus órdenes. Y a todos aquellos diputados y diputadas que deseen adherirse a la propuesta de la diputada Lucila del Carmen, está a su disposición el documento aquí en la mesa de la Secretaría.

Tal como lo solicita la diputada Lucila del Carmen Gallegos, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria. Túrnese a la Comisión de Equidad y Género.



ESTADO DE TLAXCALA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada María Elena Perla López Loyo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la Conagua a que publiquen en el Diario Oficial de la Federación la delimitación de la Laguna de Acuitlapilco, Tlaxcala, conforme al decreto federal de 1939, a fin de detener la venta ilegal de los terrenos aledaños a dicha laguna. Adelante, diputada.

La diputada María Elena Perla López Loyo:Con su permiso, presidente. El decreto emitido por el presidente de la República, el general Lázaro Cárdenas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1939 que a la letra dice: “Declaración de propiedad nacional número 38 del río Xilotl, laguna de Acuitlapilco, Ayecac y sus afluentes en el estado de Tlaxcala, las de la barranca de Xiloxoxtla y otras seis sin nombre, las de los manantiales sin nombre y del bosque y las de las corrientes que forman estos últimos, reúnen características de las señaladas en el párrafo quinto del artículo 27 constitucional y en las fracciones III y IV del artículo 19 de la Ley de Aguas en vigor, para ser consideradas propiedad nacional con su cauce, vasos y riberas”.

La extensión que legalmente le corresponde a la laguna de Acuitlapilco es una superficie de mil 45 hectáreas que se localiza en la parte sur del estado de Tlaxcala. En el centro de la cuenca solía haber un lago de laguna dulce conocido como laguna de Acuitlapilco, que junto con La Malinche era uno de los elementos más relevantes del paisaje regional y sobre todo, recurso natural de vida para los habitantes de los pueblos, para el ganado, para el cultivo de humedad y la manufactura de artículos artesanales.

En la actualidad se desconoce la superficie total de la laguna de Acuitlapilco, toda vez que vecinos aledaños a este manto acuífero por interés de ampliar sus tierras se han adueñado de forma ilícita de áreas consideradas federales, esto derivado de la práctica en la que incurren autoridades municipales y presidentes de comunidad, las cuales expiden constancias de posesión para promover juicios de usucapión para la obtención de escritura de los terrenos de la laguna, sin tomar en consideración que dichos terrenos son propiedad federal y no propiedad privada.

Ante tal situación se ha solicitado a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales federal y a la Comisión Nacional del Agua la delimitación de la laguna de Acuitlapilco, Tlaxcala, a fin de parar estos actos de ilegalidad por parte de los vecinos colindantes y de autoridades locales.

Por los razonamientos antes expuestos, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo.

Primero. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Comisión Nacional del Agua, para que emitan en el Diario Oficial de la Federación la delimitación de la laguna de Acuitlapilco, Tlaxcala, conforme al Decreto Federal de 1939, a fin de detener la venta ilegal de los terrenos aledaños a la laguna, de acuerdo con la Declaración de Propiedad Nacional número 38.

Segundo. La publicación del aviso de la demarcación de la laguna de Acuitlapilco, Tlaxcala, en el Diario Oficial de la Federación, en el periódico oficial del estado de Tlaxcala, notificar personalmente a los que se consideran propietarios colindantes realizar un levantamiento de actas circunstanciadas, colocación provisional de monumentos que señalen límites de base y zona federal, y finalmente remitir oficio dirigido al ciudadano gobernador del estado de Tlaxcala, para dar aviso sobre la demarcación de la laguna de Acuitlapilco.

Es cuanto, señor presidente. Le agradecería su intervención para que se inserte el texto íntegro en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Conagua a publicar en el DOF la delimitación de la laguna de Acuitlapilco, Tlaxcala, conforme al decreto federal de 1939, a fin de detener la venta ilegal de los terrenos aledaños, a cargo de la diputada María Elena Perla López Loyo, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, integrante de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 42 de la Ley Orgánica y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración de esta soberanía propuesta con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El decreto emitido por el entonces presidente de la República, general Lázaro Cárdenas del Río, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1939, “declaración de propiedad nacional número 38 del río Xiloat, laguna de Acuitlapilco y Ayecac y sus afluentes en el estado de Tlaxcala, las aguas del río Xiloat, las de la laguna de Acuitlapilco y Ayecac las de la barranca Xilochoxtla y otras seis sin nombre, las de los manantiales sin nombre y del bosque y las de las corrientes que forman estos últimos reúnen características de las señaladas en el párrafo quinto del artículo 27 constitucional y en las fracciones III y IV del articulo 19 de la Ley de Aguas en vigor para ser consideradas de propiedad nacional, con su cauce, vasos y riberas en la extensión que legalmente le corresponde a la laguna de Acuitlapilco, con una superficie de 1 045 hectáreas”.

La cuenca de Acuitlapilco, llamada también “meseta de Acuitlapilco”, se localiza en la parte sur del estado de Tlaxcala, entre las laderas y barrancas del volcán La Malinche, en la sierra de Tlaxcala. En el centro de la cuenca solía haber, hace 15 años, un lago de agua dulce, la laguna de Acuitlapilco que era, junto con La Malinche, uno de los elementos más relevantes del paisaje regional y, sobre todo, recurso natural de vida para los habitantes de los pueblos, para el ganado, para el cultivo de humedal y la manufactura de artículos artesanales.

La laguna solía alimentarse de los escurrimientos de agua que descendían por las barrancas de las colinas aledañas durante la época de lluvia, así como de 11 manantiales permanentes situados en el margen oriental del embalse, producto de estos escurrimientos.

En la actualidad se desconoce la superficie total de la laguna de Acuitlapilco, toda vez que vecinos que viven aledaños a este manto acuífero por su interés de ampliar sus tierras se han adueñado de áreas consideradas federales. Esto, derivado de la práctica en que han incurrido autoridades municipales y presidentes de comunidad, como el juez de paz de la misma comunidad, quien expide constancias de posesión para promover juicios de usucapión para la obtención de escritura de los terrenos de la laguna, sin considerar que dichos terrenos son propiedad federal, no privada.

Supuestos dueños venden los terrenos por Internet, que llegan a cotizarse en dólares, sin que las autoridades se pronuncien al respecto, lo que ha provocado en parte que la superficie de ese espejo de agua se haya reducido y que no cuente con las mil 45 hectáreas que menciona el decreto de 1939.

Otro fenómeno que han permitido las autoridades de comunidad es que han cedido parte de la superficie de la laguna a habitantes de Acuitlapilco para ocuparlas como canchas de futbol y algunos otros deportes, con lo cual finalmente quien encabeza dicha solicitudes termina promoviendo el famoso juicio de usucapión para que finalmente se ostenten como propietarios.

Ante tal situación se ha solicitado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales federal y a la Comisión Nacional de Agua la delimitación de la laguna de Acuitlapilco Tlaxcala, a fin de parar esos actos de ilegalidad por los vecinos colindantes y de autoridades locales, con objeto de que emita el decreto mediante el cual se dé tramite y se publique el decreto en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala y en diarios de mayor circulación en el estado, además de la notificación personal a los que se consideran propietarios colindantes con la laguna; asimismo, el levantamiento de actas circunstanciadas, colocación provisional de monumentos que señalen límite de vaso y zona federal, además del aviso de la demarcación de la laguna de Acuitlapilco, el oficio dirigido al gobernador de Tlaxcala y oficio dirigido al secretario de Gobernación.

Por los razonamientos expuestos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua a emitir en el Diario Oficial de la Federación la delimitación de la laguna de Acuitlapilco Tlaxcala, conforme al decreto federal de 1939 a fin de detener la venta ilegal de los terrenos aledaños a la laguna de Acuitlapilco, de acuerdo con la declaración de propiedad nacional número 38.

Segundo. La publicación del aviso de la demarcación de la laguna de Acuitlapilco Tlaxcala, en los siguientes medios:

1. Diario Oficial de la Federación.

2. Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala.

3. Diario de mayor circulación en el estado.

4. Notificación personal a los que se consideran propietarios colindantes.

5. Levantamiento de actas circunstanciadas.

6. Colocación provisional de monumentos que señalan límite de vaso y zona federal.

7. Remitir oficio al gobernador de Tlaxcala y otro al secretario de Gobernación para dar aviso sobre la demarcación de la laguna de Acuitlapilco.

Dado en el Palacio Legislativo, a 7 de septiembre de 2010.— Diputada María Elena Perla López Loyo (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputada María Elena Perla López Loyo. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Medio Ambiente.

Se pospone la proposición suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento a los Fondos Aportados por los ex Trabajadores Mexicanos Braceros, que con el número 19 aparece en la agenda a desarrollar el día de hoy.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado José María Valencia Barajas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que en coordinación con los otros órdenes de gobierno se impulsen políticas públicas a favor de los jóvenes. A petición del grupo parlamentario se pospone la intervención antes mencionada.

De igual manera la intervención del diputado Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, se pospone para una siguiente oportunidad.

El diputado Roberto Pérez de Alva Blanco, no sé si encuentra en el salón de sesiones. No por el momento, entonces se pospone también su intervención.

Tiene la palabra la diputada María Estela de la Fuente Dagdug, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a que asigne mayores recursos para el fortalecimiento de los programas de desarrollo social que son aplicados en los Polígonos Hábitat. Asimismo, se exhorte a la Sedesol a que haga llegar el programa de 70 y Más a los llamados Polígonos Hábitat. No estando en el salón de sesiones se pospone su intervención.

Tiene la palabra la diputada...

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sí, ¿con qué objeto, diputada Leticia Quezada?



PROPOSICIONES CON PUNTOS DE ACUERDO

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul). Diputado presidente, para hacer una petición a la Junta de Coordinación Política, que de los puntos de acuerdo que no estén los diputados, ver la posibilidad de que se turnen directo porque por eso se hacen estas reuniones, este pleno los días miércoles, precisamente para ir más rápido en las proposiciones con punto de acuerdo y en las iniciativas y ver si la Junta de Coordinación Política pudiera retomar que los miércoles que se hace esta sesión, expresamente para los puntos de acuerdo, si no están los diputados, que se turnen, porque el problema es que se turnan para mañana y entonces seguimos teniendo la lista de puntos de acuerdo y entonces se vuelve interminable, no vería entonces el caso de sesionar los días miércoles, si es para agilizar el trabajo. Gracias.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Esta Mesa Directiva coincide con su propuesta. Tomamos nota y haremos lo conducente, diputada, así haremos llegar la información a la Juta de Coordinación.

El diputado Leandro Rafael García Bringas tampoco se encuentra en el salón de sesiones, y por tanto, su intervención también se pospone.

Tampoco se encuentra el diputado Óscar Martín Arce Paniagua, por tanto, se pospone.

Se pospone la intervención de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena por acuerdo del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Tiene la palabra el diputado José Luis Jaime Correa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. El grupo parlamentario ha solicitado que se posponga.

¿El diputado José Francisco Yunes Zorrilla se encuentra? No se encuentra en este salón de sesiones, por lo que se pospone su intervención también.

Con mucho gusto atendemos su comentario, su sugerencia respetuosa y esta Mesa Directiva en su momento hará lo conducente.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Permítame un segundo, diputado. Diputada.

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul): Diputado presidente, disculpe mi insistencia y el diputado orador disculpe también que lo haya interrumpido.

Es para hacer la misma propuesta que le hacía al presidente que estaba en turno, de hacer la solicitud de que todos los puntos de acuerdo de los diputados que no están presentes por equis o ye razones que se turnen de manera directa, señor presidente.

Yo sé que ustedes tienen esa atribución y que lo pueden hacer porque el problema es que si no se hace así nos estamos retrasando y los puntos que hoy se tenían que haber leído y que los diputados tenían que estar aquí cumpliendo con su obligación y con su trabajo de presentar sus punto de acuerdo ante la tribuna, si se pasan para mañana es lo mismo.

Disculpe, pero lo veo como una burla para los diputados que estamos cumpliendo aquí y que no se esté avanzando en el trabajo. Entonces para qué sesionamos los miércoles. Me parece que es muy importante sesionar los días miércoles.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene usted toda la razón y el trámite es muy sencillo. Se pregunta a la asamblea si está de acuerdo en que los turnos sean directamente a comisiones. Los que estén de acuerdo levanten la mano. Se turnan todos los anteriores directamente a comisiones, todos los pasados.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CFE a realizar una revisión urgente del exagerado incremento de la tarifa de energía para establecimientos comerciales y de servicios en el estado de México, a cargo del diputado Jaime Sánchez Vélez, del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, José Manuel Agüero Tovar, Luis Félix Rodríguez Sosa y Jaime Sánchez Vélez, diputados por Morelos del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58, fracción I, y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad a realizar una revisión urgente del exagerado incremento de la tarifa de energía eléctrica de establecimientos comerciales y de servicios en Morelos.

Consideraciones

Los sectores productivos de Morelos, afectados por la inseguridad pública en los últimos meses, han sido afectados con la caída en la afluencia de turismo; consecuentemente, bajaron los ingresos.

Sumado a esta mala situación, se ha elevado entre 300 y 500 por ciento en el cobro del suministro de energía eléctrica, con lo que se incrementa el mal estado de las finanzas de los empresarios y de los comerciantes.

El deficiente servicio de la red de suministro eléctrico a los negocios los afecta constantemente y provocan pérdidas económicas por los desperfectos provocados en aparatos, maquinaria y equipos eléctricos diversos, por los continuos apagones y descargas eléctricas.

Por esa problemática, Cuernavaca, Jiutepec y Temixco han presentado quejas ante la Procuraduría Federal del Consumidor e iniciaron una defensa jurídico-legal contra la Comisión Federal de Electricidad, por los incrementos hasta de hasta 500 por ciento en los recibos de luz.

Los dirigentes de la Canirac, de la Canacope y de la Canaco consideran la posibilidad de irse a una huelga de pagos de energía eléctrica si continúan los abusos indiscriminados en los cobros.

Denunciaron que tras la desaparición de Luz y Fuerza del Centro, la Comisión Federal de Electricidad, que entró en sustitución de su manejo, no ha logrado asumir y resolver los problemas de la administración y del suministro de la red de energía eléctrica. Por el contrario, las tarifas se incrementaron de manera arbitraria y en perjuicio de la economía de los comerciantes y de los prestadores de servicios.

Tal es el problema, que negocios que facturaban consumo por 700 pesos ahora deben pagar mil 400. Hay casos en que a quienes pagaban 7 mil pesos se pretende cobrar hasta 28 mil. Esto es una arbitrariedad.

Por si fuera poco, el cambio de medidores mecánicos a electrónicos la Comisión Federal de Electricidad lo carga al usuario, cuando lo justo sería que ella lo cubriera. Los usuarios no solicitan el cambio sino que lo impone la CFE. No conforme con esto, amañadamente trata de imponer a los consumidores un seguro de vida, que supuestamente es gratis durante los dos primeros meses, y en caso de que el usuario no pueda cancelarlo se lo cobrará de por vida.

Por lo expuesto, sometemos a consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad a revisar de manera urgente el exagerado incremento de la tarifa de energía eléctrica, el cobro del cambio de medidores y la contratación de un seguro de vida a establecimientos comerciales y de servicios en Morelos.

Palacio Legislativo, a 14 de septiembre de 2010.— Diputados: José Manuel Agüero, Jaime Sánchez Vélez, Félix Rodríguez Sosa (rúbricas).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Energía.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a autorizar los recursos necesarios para construir infraestructura adecuada en las estaciones migratorias de la frontera sur; y al Consejo Directivo del Instituto Nacional de Migración, a proporcionar a los agentes aduanales y a los Grupos Beta de la frontera sur capacitación constante sobre los derechos de los migrantes y las leyes concernientes a su función, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI

José del Pilar Córdova Hernández, diputado federal por el estado de Tabasco; integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes

Consideraciones

1. El Instituto Nacional de Migración es un órgano técnico desconcentrado que depende de la Secretaría de Gobernación; tiene por objeto la planeación, ejecución, control, supervisión y evaluación de los servicios migratorios, así como el ejercicio de la coordinación con las diversas dependencias y entidades de la administración pública federal, que concurren en la atención y solución de los asuntos relacionados con la materia.

2. Los límites internacionales del sur de México separan a este país de los vecinos Guatemala y Belice, y los estados que hacen frontera con estos dos países son: Campeche, Quintana Roo, Chiapas y Tabasco; su extensión es de mil trescientos treinta y ocho kilómetros, de los cuales ciento dieciocho están conformados por los municipios de Balancán y Tenosique en Tabasco, lo cual representa 9.8 por ciento de la medición total fronteriza del sureste, esta representación geográfica es el origen de la denominación política jurídica que hoy conocemos como frontera sur.

3. La frontera sur se consideraba de bajo tránsito migratorio, sin embargo a partir de los años ochenta aumentó considerablemente debido a los movimientos armados generados en Centroamérica, aunado a esto la transnacionalización laboral que establecían los mercados regionales; estos fenómenos fueron los que dieron origen a la migración de corto proyecto que se establece temporalmente en nuestro país y los de largo proyecto que buscan internarse en América del norte.

Las preocupaciones y actitudes, relativamente más adversas, han surgido recientemente con el incremento de la presencia de migrantes indocumentados. Estos migrantes no sólo provienen de Centroamérica sino también incluso de otros países. Estos migrantes intentan atravesar la frontera sur y después el territorio mexicano, con el objetivo de alcanzar y cruzar la frontera México-Estados Unidos.

4. Aunque para migrar se deben cubrir los requisitos que cada país solicita en sus respectivas leyes, la pobreza y la búsqueda de mejores condiciones de vida hacen de la migración ilegal un recurso desesperado en tiempos de crisis.

5. En la travesía que representa migrar ilegalmente se suscitan diferentes situaciones, una de ellas es la violencia sexual cometida hacia las mujeres quienes también son objeto de la delincuencia organizada ya que trafican con ellas.

6. En nuestro país no debemos permitir esas tropelías. Al encontrarnos en una fuerte guerra contra la delincuencia, se tiene que combatir ésta también en la frontera sur ya que el tráfico de personas es el segundo negocio más rentable del mundo, sólo superado por el narcotráfico.

7. Los principales factores que propician la inseguridad en la frontera sur de México son la falta de capacidad, de coordinación y la corrupción de los agentes migratorios. Por estas razones los migrantes, se convierten en víctimas de la delincuencia y de las fallidas políticas migratorias. Por si no fuera poco, los problemas sociales y económicos en algunos países como Guatemala, Honduras y El Salvador, hacen de la migración ilegal una decisión cada vez más popular.

8. Las estaciones migratorias que existen actualmente, no son suficientes, ni están equipadas para un funcionamiento eficaz, aunado a esto el personal no cuenta con las herramientas necesarias para desempeñar su labor de la manera más apropiada y con el trato que les dan a los migrantes demuestran que la capacitación que se les brinda, para de-sempeñar sus puestos, es escaza.

Por lo expuesto en las consideraciones que anteceden y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de acuerdo

Primero. Se exhorte a la Secretaria de Gobernación para que autorice los recursos necesarios para la construcción de infraestructura adecuada en las estaciones migratorias de la frontera sur, así como los recursos materiales y humanos con la finalidad de fortalecer el cuidado de las rutas que recorren los migrantes y mejorar la atención en la misma, a fin de que el personal adscrito al Instituto Nacional de Migración en dicha frontera realice con eficiencia su función.

Segundo. Se exhorte al consejo directivo del Instituto Nacional de Migración, para que a los agentes aduanales y Grupos Beta de la frontera sur, se les proporcione capacitación constante, instruyéndolos sobre los derechos de los migrantes, así como sobre la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás leyes concernientes a su función, con el fin de erradicar las arbitrariedades cometidas hacia los migrantes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de septiembre de 2010.— Diputado José del Pilar Córdova Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Gobernación.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT y a la Cofetel a explicar cuáles serán la política pública y los tiempos específicos para transitar las señales de televisión abierta de la tecnología análoga a la digital, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Diversas diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura al Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos, someten a consideración de esta soberanía proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y de la Cofetel para que informe con detalle a esta soberanía sobre la estrategia integral y temporal que implementará con el propósito de cumplir el decreto que permitirá que las señales de televisión abierta transiten de tecnología analógica a tecnología digital en toda la república.

Segundo. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal a que transparente el uso de recursos que para tal efecto, pueda utilizar a través de los programas públicos y de inversión y se evite con ello dispendios y la utilización diferente de los recursos para los fines que deban destinarse.

Atentamente

Rúbricas.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Comunicaciones.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de diversas dependencias del gobierno federal a realizar gestiones para promover mayor generación y utilización de bioenergéticos, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Fernando Espino Arévalo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por medio del cual la Cámara de Diputados exhorta a los titulares de diversas dependencias del gobierno federal, para que en el ámbito de sus atribuciones, realicen las gestiones necesarias para que promuevan una mayor generación y utilización de los bioenergéticos, de acuerdo a la siguiente

Exposición de Motivos

Sin duda, uno de los temas que ha generado mucho interés en los últimos años, es el referente a la búsqueda de combustibles alternos que permitan sustituir aquéllos que impactan de manera negativa al medio ambiente.

La problemática en sí, reside en que el consumo de petróleo es preocupante dado que actualmente se emplean en promedio 86 millones de barriles diarios a nivel mundial, según lo reportado por la Agencia de Energía Internacional (International Energy Agency). Además, se estima que esta cifra crecerá enormemente en los próximos 20 años, por lo que su escasez podría ocasionar un alza en los precios internacionales de dicho recurso, afectando la estabilidad económica global.

Basta recordar los efectos contraproducentes de la década de los setenta, cuando el embargo petrolero encabezado por los países de Medio Oriente, elevó el precio del petróleo afectando las finanzas de los sectores público y privado de muchos países; lo que puso de manifiesto su vulnerabilidad ante una fuerte dependencia a este tipo de energéticos.

Asimismo, existen diversas teorías (como la de Hubbert), en la que exponen la futura escasez del petróleo por una descompensación creciente entre el nivel de consumo y producción, lo que demuestra la necesidad por establecer nuevas bases de generación de energía.

No obstante de que ciertas naciones han realizado una transición parcial del uso de petróleo por gas natural, en otras regiones del orbe se han estado diseñando e implementando proyectos para la sustitución gradual del petróleo como generador principal de energía.

Casos como Estados Unidos o la Unión Europea, presentan inversiones significativas en campos novedosos como son los biocombustibles, los cuales se obtienen de la biomasa en estado sólido, líquido o gaseoso.

Por otro lado, en Centroamérica, zona caracterizada por una alta dependencia del exterior en cuanto a petróleo y sus derivados (donde 65.2 por ciento se destina a gasolina y diesel), ha estado orientando su política de crecimiento a la creación de energías renovables, pues de acuerdo a la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), se podría alcanzar un ahorro de 76 millones de dólares anuales por el uso de estas fuentes alternas.

Asimismo el desarrollo de estas políticas va generando nuevas oportunidades de empleo que de alguna manera atenúan las crisis recurrentes de los sectores agrícolas tradicionales, como es el caso del café, el algodón y el azúcar, productos característicos de la región.

Por otro lado, Brasil ha aprovechado el sector primario para producir alcohol y utilizarlo en motores, estaciones de servicio, sistemas de logística, transporte y distribución.

En síntesis, la búsqueda de energías alternativas, concretamente biocombustibles, está adquiriendo una atención global que implica crear nuevos mercados y estimular los ya existentes.

Dichos energéticos pueden definirse como “combustibles de origen biológico obtenido de manera renovable a partir de restos orgánicos ... (los cuales) proceden habitualmente del azúcar, trigo, maíz o semillas oleaginosas”.

En su conjunto, permiten reducir las emisiones de bióxido de carbono a la atmósfera “ya que lo absorben a medida que crecen y emiten prácticamente la misma cantidad que los combustibles convencionales cuando se queman, por lo que se produce un proceso de ciclo cerrado”

En el mismo sentido, la directiva 2003/30/CE del Parlamento Europeo y el “Proyecto Transporte Limpio” del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla, han fomentado el desarrollo de diversos tipos de biocombustibles adaptados a los actuales motores de combustión interna, tales como

• Bioetanol: Proveniente de la biomasa o por una parte biodegradable de los residuos.

• Biodiesel: Surge de la esterificación de aceites vegetales o grasas animales.

• Biogás: Se origina por la biomasa o la fracción biodegradable de los residuos y que al ser purificado, puede alcanzar una calidad similar a la del gas natural.

• Biometanol: Recomendado su uso en vehículos propulsados por pilas debido a su elevada composición de hidrógeno.

• Biodimetiléter: Sustituto de los gases licuados de petróleo (GLP) y aditivo de la gasolina.

• BioETBE: Se genera a través de la combinación de bioetanol e isobutileno para motores de gasolina sin necesidad de hacer modificaciones a los mismos.

• BioMTBE: Mezcla de biometanol e isobutanol.

• Combustibles biosintéticos: Proceden del biogás, construyendo cadenas de polímeros a partir de moléculas básicas de óxido de carbono e hidrógeno.

• Biohidrógeno: Generado por biomasa o por fracción biodegradable de residuos.

• Aceite vegetal puro: Proviene de plantas oleaginosas sin modificación química.

Sin embargo, es importante mencionar que gran parte de estos avances responden a la problemática del transporte en Europa.

De acuerdo con el Círculo de Innovación en Tecnologías Medioambientales y Energía, el sector de transporte español durante el año 2006, representó el 37.5 por ciento del consumo final de energía, estimándose un crecimiento promedio anual de 4.1 por ciento hasta llegar al año 2012.

Según el Consejo Asesor de Investigación de Biocombustibles (Biofuels Research Advisory Council), se calcula que el sector del transporte en la Unión Europea depende en un 98.0 por ciento de combustibles fósiles, aportando el 90.0 por ciento de incremento en las emisiones de bióxido de carbono durante el periodo 1990 – 2010. Además, contribuye con el 21.0 por ciento de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Por esta razón, la Unión Europea ha concentrado sus esfuerzos en la producción de biocombustibles. Se cree que utilizará entre el 4.0 y 13.0 por ciento del total de tierra agrícola para sustituir los combustibles convencionales en dicho sector.

Bajo esta lógica, datos de la Asociación de Energías Renovables (Renewable Fuels Association) demuestran que durante el año 2008, Estados Unidos ha generado 14 mil 541 millones de galones de bioetanol, cuenta con 170 biorefinerías, ha creado cerca de medio millón de empleos y 20.7 billones de dólares en impuestos.

Además, ha logrado reducir las emisiones contaminantes a la atmósfera en 14 millones de toneladas, equivalente al retiro de 2.1 millones de autos de la circulación.

Asimismo, el 3.0 por ciento de los 220 millones de vehículos que transitan a diario por las vialidades de dicho país, cuentan con capacidad para consumir bioenergía, por lo que ha sido necesario construir aproximadamente 1 mil 900 estaciones de gasolina y bioetanol.

Como se puede observar, poco a poco la comercialización de los biocombustibles está favoreciendo nuevos mercados, mejores productos y empleo.

Por lo tanto, Estados Unidos se ha vuelto el primer productor mundial de bioetanol con el 51.9 por ciento del total, seguido por Brasil (37.3 por ciento) y la Unión Europea (4.3 por ciento).

En cuanto a biodiesel, la Agencia de Desarrollo de Inversiones de la República Argentina reporta para principios del nuevo milenio, que los principales países productores son Alemania (41.3 por ciento), Francia (28.5 por ciento) e Italia (15.9 por ciento).

Así también, el Centro de Tecnología Copersucar destaca un incremento sustancial de la productividad agroindustrial brasileña respecto al etanol, manifestando una rentabilidad potencial del 23.1 por ciento por reducción de costos.

Como se ha podido constatar, gran parte de los países estudiados han respondido de manera inmediata a las nuevas tendencias del mercado energético, precisamente para evitar los efectos de una futura crisis de abastecimiento y encarecimiento del petróleo.

En contraposición, nuestro país no ha contado con el apoyo suficiente para responder a estos cambios, colocándolo en una posición frágil frente a los nuevos mercados energéticos.

México produce 2.6 millones de barriles de petróleo crudo al día cuyo nivel de producción ha presentado altibajos en los últimos años. Si consideramos que la demanda interna de este recurso aumenta en 4.0 por ciento anual, entonces se vuelve irremediablemente necesaria la búsqueda de nuevas y mejores fuentes de energía que satisfagan las necesidades crecientes de la población.

Como justificación de lo anterior, el Balance Nacional de Energía 2008 indica que 64.2 por ciento del consumo final energético proviene de petrolíferos (gas licuado, gasolinas, querosenos, diesel y combustóleo) seguido por 13.8 por ciento de electricidad y 12.2 por ciento de combustibles sólidos (carbón, leña, bagazo de caña y coque).

En correspondencia con lo observado en la Unión Europea, el mayor consumo de energía en México corresponde al sector transporte con el 50.4 por ciento del total, el cual registra un crecimiento promedio anual de 9.2 por ciento desde el año 2005. Aquí, destaca el uso de gasolina con 66.2 por ciento, el diesel con 26.3 por ciento y los querosenos con 5.3 por ciento.

Sin embargo, la continuidad de dichas utilizaciones de energía han provocado, según la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, un aumento de las emisiones de gases de efecto invernadero de 4.9 por ciento medio anual durante el periodo 1998 – 2002.

Por tal situación, el gobierno federal ha establecido un conjunto de acciones que acorde a los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2012 y el Programa Sectorial de Energía, responda efectivamente a los compromisos y estrategias para cumplir con el objetivo de lograr el mayor aprovechamiento de las fuentes renovables de energía.

Como resultado de lo anterior, el 1o. de febrero del año 2008, se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, la cual es reglamentaria de los artículos 25 y 27 fracción XX de nuestra Carta Magna, teniendo como fin, “coadyuvar a la diversificación energética y el desarrollo sustentable como condiciones que permiten garantizar el apoyo al campo mexicano”.

Asimismo esta ley “establece las bases para

I. Promover la producción de insumos para bioenergéticos, a partir de las actividades agropecuarias, forestales, algas, procesos biotecnológicos y enzimáticos del campo mexicano, sin poner en riesgo la seguridad y soberanía alimentaria del país de conformidad con lo establecido en el artículo 178 y 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

II. Desarrollar la producción, comercialización y uso eficiente de los bioenergéticos para contribuir a la reactivación del sector rural, la generación de empleo y una mejor calidad de vida para la población; en particular las de alta y muy alta marginalidad”.

En materia ambiental, se pretende reducir las “emisiones contaminantes a la atmósfera y gases de efecto de invernadero, utilizando para ello los instrumentos internacionales contenidos en los tratados en que México sea parte”.

En cuanto a ampliar los efectos positivos de los biocombustibles, la ley contempla la coordinación de “acciones entre los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal y municipales, así como la concurrencia con los sectores social y privado”.

Cabe señalar que a diferencia de la terminología tratada en este documento sobre los biocombustibles, la ley mexicana los denomina como bioenergéticos:

“Combustibles obtenidos de la biomasa provenientes de materia orgánica de las actividades, agrícola, pecuaria, silvícola, acuacultura, algacultura, residuos de la pesca, domésticas, comerciales, industriales, de microorganismos, y de enzimas, así como sus derivados, producidos, por procesos tecnológicos sustentables que cumplan con las especificaciones y normas de calidad establecidas por la autoridad competente...”.

Asimismo, la ley en comento presenta la oportunidad de que grupos sociales afectados por un alto grado de pobreza y marginación puedan involucrarse en el desarrollo de bioenergéticos tales como los ejidos, comunidades u organizaciones rurales así como cualquier persona física o moral que efectúe actividades relacionadas a una de las fases productivas de los bioenergéticos (generación, comercialización, distribución, transporte y almacenamiento).

A su vez, las “autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, fomentarán el desarrollo del mercado incluyendo la promoción de esquemas de participación de productores y la libre competencia en las materias de la presente ley, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Competencia Económica” (destacando las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa); de Energía (Sener) y de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)).

Además, conforme a lo establecido en el marco constitucional, es posible lograr un mayor impacto en cuanto a la generación y empleo de los biocombustibles dado que “el Ejecutivo federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, el Distrito Federal y de los municipios, impulsará las políticas, programas y demás acciones que considere necesarios para el cumplimiento de esta ley” mediante la suscripción de convenios.

Asimismo, la ley crea la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo de los Bioenergéticos, integrada por los titulares de la Sagarpa, Sener, Semarnat, la Secretaría de Economía y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobresaliendo entre sus múltiples funciones:

• “Participar en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales, en la elaboración de programas de corto, mediano y largo plazos, relacionados con la producción y comercialización de insumos, y con la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de bioenergéticos...”.

•“Establecer las bases y lineamientos para la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación entre los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal y municipales, para dar cumplimiento a esta ley, a los programas y las disposiciones que deriven de la misma, en lo relativo a la producción y comercialización de insumos, y a la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de bioenergéticos”.

•“Fomentar la agroindustria y la inversión e infraestructura necesarias, así como el uso de tecnologías eficientes para la producción y comercialización de insumos y para la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de bioenergéticos”. Al respecto, la comisión propondrá los “lineamientos programáticos y presupuestales que deberán tomar en cuenta las dependencias y entidades de la administración pública federal”.

En un sentido específico y basado en una descripción funcional por dependencia gubernamental, la Sagarpa estará encargada de:

• “Elaborar el programa de producción sustentable de insumos para bioenergéticos y de desarrollo científico y tecnológico”.

• “Asesorar a los productores para que el desarrollo de cultivos destinados a la producción sustentable de insumos para producir bioenergéticos, se realicen de acuerdo con las prácticas que las investigaciones científicas y tecnológicas aconsejen”.

• “Apoyar la organización de los productores y demás agentes relacionados con la producción de insumos para producir bioenergéticos, a través de mecanismos de comunicación, concertación y planeación”.

• “Otorgar permisos previos para la producción de bioenergéticos a partir del grano de maíz en sus diversas modalidades, mismos que se otorgarán solamente cuando existan inventarios excedentes de producción interna de maíz para satisfacer el consumo nacional”.

Asimismo la Sener, contará con las siguientes facultades:

• “Elaborar en el marco de la Ley de Planeación, los programas sectoriales y anuales relativos a la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de bioenergéticos”.

•“Otorgar y revocar permisos para la producción, el almacenamiento, el transporte y la distribución por ductos, así como la comercialización de bioenergéticos”.

• “Expedir los criterios para las adquisiciones de los bioenergéticos por las entidades paraestatales, a efecto de cumplir con los objetivos de esta ley, minimizando el impacto económico y presupuestal a las mismas”.

• “Establecer el programa de introducción de bioenergéticos, considerando objetivos, estrategias, acciones y metas. Para la elaboración del programa se tomarán en cuenta principalmente la producción nacional sobre la importación, la definición de plazos y regiones para la incorporación del etanol como componente de la gasolina, y la incorporación del biodiesel al consumo así como los requerimientos de infraestructura para su producción, transporte y comercialización”.

Así también, la Semarnat se encuentra facultada para:

• “Prevenir, controlar o evitar la contaminación de la atmósfera, aguas, suelos y sitios originada por las actividades de producción de insumos y de bioenergéticos, así como las descargas de contaminantes a los cuerpos de aguas nacionales que se generen por las mismas”.

• “Evaluar y en su caso autorizar en materia de impacto ambiental las instalaciones para la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución y la comercialización de bioenergéticos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables”.

En cuanto a las actividades relacionadas con la inversión en bioenergéticos por parte de la administración pública federal, estarán sujetas “a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria”.

Por otro lado, la mejora de calidad en el aprovechamiento de los biocombustibles estará acompañada por incentivos gubernamentales “dirigidos a personas que contribuyan al desarrollo de la industria de los bioenergéticos y a la modernización de su infraestructura, a través de la fabricación, adquisición, instalación, operación o mantenimiento de maquinaria para la producción de bioenergéticos. Asimismo, considerarán a aquellas personas que realicen investigaciones de tecnología, cuya aplicación disminuya la generación de emisiones contaminantes a la atmósfera, aguas, suelos, sitios, así como la innovación tecnológica en las plantas de producción de bioenergéticos”.

Para reforzar lo anterior, la Sagarpa y la Sener estimularán “la investigación científica y tecnológica para la producción y uso de los bioenergéticos, así como la capacitación en estas materias...”.

Sabiéndose de antemano que la elaboración de un producto requiere de materias primas, para el caso de los bioenergéticos sucede lo mismo, por lo que en este sentido, el “Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable, previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, será la instancia encargada de coordinar y orientar la investigación científica y tecnológica en materia de insumos, así como el desa-rrollo, innovación y transferencia tecnológica que requiera el sector”.

Parte fundamental de ello es la vinculación de universidades e instituciones educativas con el sector productivo con el objeto de fomentar mayores conocimientos sobre el tema y la innovación de las técnicas para la obtención de mejores recursos energéticos.

Para complementar, la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre del año 2008, señala los criterios generales por los cuales se atenderá el medio ambiente mediante la utilización “óptima de la energía en todos los procesos y actividades para su explotación, producción, transformación, distribución y consumo, incluyendo la eficiencia energética”.

Mientras tanto, la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, regula el uso de diversos tipos de energía (incluidos los bioenergéticos) y las tecnologías relacionadas a la generación de electricidad con fines distintos a la prestación del servicio público. En este sentido, se fijará la estrategia nacional y los instrumentos para que el estado reduzca la dependencia de los hidrocarburos como fuente primaria de energía.

En cuanto a resultados principales, se han efectuado investigaciones sobre la viabilidad de producir combustibles alternos con perspectiva hacia sistemas de transporte más sustentables.

Para citar un caso, se cuenta con el estudio de “Potencialidades y viabilidad del uso de bioetanol y biodiesel para el transporte en México” coordinado por la Sener y financiado por la Cooperación Técnica Alemana (GmbH).

En dicho informe se concluye que México podría emprender de forma viable la producción de estos biocombustibles resolviendo ciertos inconvenientes y valorando los beneficios en el largo plazo.

Por ejemplo, el etanol requiere una estructura a gran escala para enfrentar el costo fluctuante de la materia prima (caña de azúcar). Sin embargo, el precio del energético tiende a la alza al igual que el de la gasolina, por lo que genera expectativas de rentabilidad.

Bajo esta lógica, se crearían 400 mil nuevos empleos utilizándose 800 mil hectáreas (el cual duplica la superficie del cultivo actual de la caña de azúcar).

Para ello, se requiere una inversión inicial aproximada de 160 millones de dólares, lo que provocaría con el tiempo la reducción de las importaciones de gasolina representando un ahorro de hasta 2 mil millones de dólares.

En el caso del biodiesel, es necesario establecer una visión de mediano plazo en la que se consideren esquemas de concertación con el sector agrario y agroindustrial.

El costo de los insumos agrícolas que se emplean para su producción (semilla de colza, soya, jatropha, girasol, cártamo, sebo animal y aceite reciclado), representan entre el 59.0 y 91.0 por ciento de los costos de producción del biodiesel.

Por tal situación, se requieren políticas de apoyos o incentivos para la introducción del biodiesel así como actividades relacionadas a la capacitación, investigación y desarrollo. Además, habrá que incrementar la superficie de cultivos oleaginosos dado que el país no cubre actualmente la demanda de aceites comestibles.

A modo de ejemplo, sustituir 5.0 por ciento del diesel (fósil) implica instalar 10 plantas industriales con capacidad de producir 100 mil toneladas por año cada una. Para ello, se estima una inversión de 3 mil 100 millones de pesos. Por consiguiente, se reducirían las emisiones contaminantes alrededor de 9 millones de toneladas de bióxido de carbono para el año 2014.

En síntesis, los resultados demuestran que México cuenta con viabilidad para llevar a cabo estos proyectos trayendo consigo nuevas fuentes de empleo, mejoramiento en las condiciones de vida del sector rural, seguridad energética, expansión de cultivos y conservación del medio ambiente.

Sin embargo, el impulso al desarrollo de bioenergéticos no ha sido lo suficientemente sostenible para ser equiparable con los principales productores del mundo.

Por mencionar unos casos, en el estado de Veracruz se ha iniciado la siembra de 2 mil 500 hectáreas de jatropha en 7 municipios para la producción de biodiesel.

Recientemente, en Michoacán, se ha instalado la primera planta orientada a la generación de biodiesel con una capacidad inicial de 8 mil toneladas por año, cubriendo tan sólo el 8.0 por ciento de la recomendación específica de una planta industrial, según el estudio previamente comentado.

Aunque se reconocen los avances que existen en materia de biocombustibles, hacemos un llamado a las autoridades competentes para que efectúen mayores esfuerzos en la generación y utilización de bioenergéticos al interior de la administración pública federal, en especial, en el sector transporte, a fin de atenuar gradualmente las continuas emisiones contaminantes al medio ambiente provocada por el alto consumo de gasolina, el cual está creciendo a un ritmo de 10.4 por ciento anual desde el año 2005.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, el suscrito diputado Fernando Espino Arévalo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, someto a la consideración del pleno de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por medio del cual la Cámara de Diputados exhorta a los titulares de diversas dependencias del gobierno federal, para que en el ámbito de sus atribuciones, realicen las gestiones necesarias para que promuevan una mayor generación y utilización de los bioenergéticos, para lo cual se emite el siguiente

Acuerdo

Primero. Que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados, designe y etiquete dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, los recursos necesarios a efecto de que las distintas instancias de gobierno promuevan la generación y uso de los bioenergéticos.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a los titulares de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Energía; y, de Medio Ambiente y Recursos Naturales; para que en el ámbito de sus atribuciones, realicen las gestiones necesarias para que en los tres niveles de gobierno se vuelva obligatorio el uso de los biocombustibles; y paralelamente se promueva el uso de los mismos en el ámbito privado.

Tercero. Que la Cámara de Diputados exhorte a la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo de los Bioenergéticos, a efecto de que presente a la brevedad ante esta soberanía el programa relacionado con la producción, comercialización y uso eficiente de los biocombustibles.

Notas:

1. Conjunto de materia orgánica renovable de origen vegetal, animal o proveniente de la transformación natural o artificial de la misma.

2. http://www.biodisol.com/.

3. http://www.biodisol.com/.

4. Proceso por el que se sintetiza un éster (compuesto derivado de la reacción química entre un oxácido y un alcohol).

5. Iniciativa de la Dirección General de Universidades e Investigación de la Comunidad de Madrid.

6. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 1°. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

7. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 1°, fracciones I y II. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

8. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 1°, fracción IV. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

9. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 1°, fracción V. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

10. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 2, fracción II. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

11. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 4. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

12. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 7. Nueva Ley Diario. Oficial de la Federación, 01/02/2008.

13. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 8, fracción I. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

14. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 8, fracción II. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

15. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 8, fracción VI. Nueva Ley Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

16. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 8, fracción VII. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

17.H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 11, fracción IV. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

18. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 11, fracción VI. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

19. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 11, fracción VII. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

20. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 11, fracción VIII. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

21. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 12, fracción I. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

22. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 12, fracción III. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

23. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 12, fracción VI. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

24. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 12, fracción VIII. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

25. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 13, fracción I. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

26. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 13, fracción II. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

27. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 14. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

28. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 18. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

29. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 19. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

30. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, Artículo 21. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

31. H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, Artículo 2, fracción I. Nueva Ley. Diario Oficial de la Federación, 01/02/2008.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de septiembre del año 2010.— Diputado Fernando Espino Arévalo (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se instruye al presidente de la Mesa Directiva para promover juicio de controversia constitucional contra el nombramiento de los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios de Pemex, a cargo de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del PT

Laura Itzel Castillo Juárez, diputada de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Cámara de Diputados, la presente proposición con punto de acuerdo, que se sustenta en los siguientes

Antecedentes

1. Los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos: Pemex Exploración y Producción (PEP), Pemex-Refinación (PR), Pemex-Gas y Petroquímica Básica (PGPB) y Pemex-Petroquímica (PPQ), fueron creados con la publicación de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicada en el Diario Oficial de la Federación publicada el 16 de julio de 1992.

2. Esta Ley fue abrogada por la Ley de Petróleos Mexicanos (Pemex) fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008. Esta nueva ley ordena en su artículo tercero transitorio que los organismos subsidiarios continuarán realizando sus actividades... hasta en tanto... (se) emita(n) los decretos de reorganización respectivos.

3. A través de una proposición promovida por la suscrita y el diputado Óscar González Yáñez el 15 de julio de 2010 el Congreso tiene conocimiento de que el primero de julio de 2010 se instalaron los consejos de administración de los organismos subsidiaros de esta paraestatal y que Felipe Calderón designó tanto a los consejeros representantes del Estado como a los consejeros profesionales de las subsidiarias. El Congreso de la Unión no fue notificado sobre esta resolución.

Consideraciones

1. Que el artículo tercero transitorio de esta nueva ley dispone que “los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos: Pemex-Exploración y Producción (PEP); Pemex-Refinación (PR); Pemex-Gas y Petroquímica Básica (PGPB) y Pemex-Petroquímica (PPQ) continuarán realizando sus actividades... hasta en tanto... (se) emita(n) los decretos de reorganización respectivos... con base en la propuesta que... presente el Consejo de Administración”.

2. Esta disposición es resultado de que en el debate se cuestionó el hecho de que Pemex no estuviera integrado en una sola empresa, porque ello genera mayores precios de energéticos y es contrario a la práctica de las grandes petroleras en el mundo. Así se entiende que los consejeros de Pemex debieron haber formulado ya una propuesta de reorganización y reestructuración que integre a Pemex y sus organismos subsidiarios. De este debate puede desprenderse como conclusión que lo peor que podría pasar es no ratificar el concepto de industria petrolera nacional integrada.

3. Que el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos está conformado por quince consejeros. Seis representantes designados por el poder ejecutivo, cinco representantes del sindicato y cuatro consejeros profesionales. A estos quince consejeros correspondía formular la reorganización y reestructura de la paraestatal. Cabe mencionar que los cuatro consejeros profesionales, Héctor Moreira Rodríguez, José Fortunato Álvarez Rodríguez, Fluvio Ruíz Alarcón y Rogelio Gasca Neri, fueron ratificados por el Senado.

4. Que el último párrafo del artículo 18 de la Ley de Pemex dispone que “los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios estarán sujetos a las mismas disposiciones establecidas para los consejeros profesionales de Petróleos Mexicanos, en los términos de esta ley”.

5. Que la Ley de Pemex establece entre otras disposiciones para los consejeros profesionales, las siguientes:

a) Representarán al Estado y serán servidores públicos, fracción III, artículo 8,

b) Para ser nombrados deberá someterse su designación a la Cámara de Senadores, o en sus recesos, a la Comisión Permanente, para su ratificación por mayoría absoluta, artículo 8, segundo párrafo.

c) Los consejeros profesionales únicamente Podrán ser removidos por las causas y conforme al procedimiento previsto en los artículos 12 y 13, artículo 8 último párrafo.

d) La remuneración de los consejeros profesionales será la señalada en el Presupuesto de Egresos de la Federación, artículo 10.

e) Los consejeros profesionales deberán reunir los siguientes requisitos, (artículo 11):

I. Ser ciudadanos mexicanos, en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;

II. Contar con título profesional en las áreas de derecho, economía, ingeniería, administración pública, contaduría o materias afines a la industria energética;

III. Haberse desempeñado, durante al menos diez años en el ámbito profesional, docente o de investigación o en actividades que proporcionen la experiencia necesaria para desarrollar las funciones del Consejo de Administración, y

IV. No haber ocupado cargos directivos en partido político alguno, ni de elección popular, en los últimos tres años anteriores al día de la designación.

f) La Secretaría de la Función Pública emitirá los lineamientos de compatibilidad para ocupar otros cargos de los consejeros, último párrafo del artículo 11.

g) El Ejecutivo no podrá sustituir a los consejeros profesionales, último párrafo del artículo 12, y

h) El periodo de los consejeros profesionales será de seis años, con posibilidad de ser designados nuevamente sólo para un periodo igual, artículo 14, entre otras disposiciones.

6. Que en la reciente designación de los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios de Pemex no se cumplió con los artículos 8 y 18 de la Ley de Petróleos Mexicanos, toda vez que para ser nombrados debió someterse su designación a la Comisión Permanente, para su ratificación por mayoría absoluta.

Ello no ha sucedido, por lo que es necesario que se someta a consideración de la Comisión Permanente la designación de los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios de Pemex para su ratificación y así cumplir con el mandato legal.

7. Que la iniciativa de Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos que Felipe Calderón envió al Congreso, además de contar con disposiciones inconstitucionales, que lamentablemente no todas ellas fueron eliminadas del decreto publicado, establecía textualmente: “(el) Consejo de Administración obedece a la doble necesidad de adoptar prácticas aceptadas comúnmente en materia de gobierno corporativo y a garantizar su funcionamiento de manera adecuada...”. De ahí que las “prácticas aceptadas comúnmente”, no pueden ir en contra de la ley y por tanto no es admisible que la designación de los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios de Pemex se realice ilegalmente.

Punto de Acuerdo

Único. Se instruye al presidente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que promueva juicio de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra el nombramiento de los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios de Pemex, designados por Felipe Calderón.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de septiembre de 2010.— Diputada Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Junta de Coordinación Política.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos destinados al Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, suscrita por integrantes de la Comisión Especial de seguimiento a los fondos aportados por los ex trabajadores mexicanos braceros

Antecedentes

Como resultado de los trabajos realizados por esta soberanía en las legislaturas pasadas y la presente, podemos jactarnos de que el Poder Legislativo ha cumplido con los ex braceros de este país, reconociéndoles sus derechos, sobre todo actuando en consecuencia para que puedan disfrutar en vida de sus derechos ganados hace más de 50 años y que, sin embargo, apenas se les reconoció dicho derecho.

A partir de la creación de la Comisión Especial de seguimiento a los fondos aportados por los ex trabajadores migratorios mexicanos en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, se ha mostrado que ha prevalecido un acuerdo entre todos sus integrantes para lograr los mejores compromisos en favor de los ex braceros.

Una muestra de ello: hicimos efectivo el acuerdo generado de la comisión para reformar la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

El acuerdo fue en aras de beneficiar a los ex braceros del país, que en promedio tienen 75 años (considerando que el programa Bracero inició en 1942 y terminó en 1964). Son ciudadanos que se dedicaron en su totalidad al campo y que hoy, dadas las condiciones difíciles de la economía, no pueden seguir esperando a que esos recursos, que por derecho les corresponde, lleguen hasta que el Ejecutivo muestre la voluntad de otorgarlos.

Por ello, el Legislativo planteó una solución de fondo, permitiendo mediante la reforma aprobada y con los recursos erogados en cada ejercicio fiscal que se atienda de una buena vez la demanda de los ex trabajadores.

En este año, que celebramos el bicentenario de la Independencia y el centenario de la Revolución, damos cuenta de injusticias y luchas por derechos como las que vivieron nuestros antepasados, y vemos cómo los ex braceros quedan coartados por la falta de respuesta del Ejecutivo, que publica tardíamente el decreto aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados y en la de Senadores, órganos que representan a la mayoría de los mexicanos.

Nuestra labor como diputados federales no termina con la aprobación de esta reforma: continúa en el momento de discutir y aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, pues al conocer el proyecto que nos envía el Ejecutivo, la propuesta sólo es de 300 millones, cantidad irrisoria que sólo permitiría pagar a 7 mil 849 ex braceros, y en la lista de espera se encuentran más de 150 mil

El mismo Ejecutivo ha estado cayendo en subejercicios en diversos programas y desafortunadamente este programa no es la excepción; por lo que se necesita que publiquen más listas de pago a fin de seguir ejerciendo los recursos que desde 2009 están en poder del Fideicomiso 2106.

A fin de que esta soberanía demuestre nuevamente al Ejecutivo la necesidad de que haga su trabajo y beneficie a quienes han dado tanto a este país presentamos las siguientes

Consideraciones

Con la reforma que inició en la Cámara de Diputados y que fue publicada el pasado viernes 10 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, por fin, después de cuatro meses de espera, esto de todos modos significa un gran avance respecto al problema de los ex braceros, y refleja el compromiso que mantenemos como representantes populares con el electorado. Sin embargo, la tarea que tenemos ahora es otorgar a las personas que se benefician de este programa los recursos económicos necesarios para que reciban de una buena vez su apoyo, que tanta falta les hace.

Los recursos aprobados por esta soberanía para 2007 fueron de 298.5 millones de pesos; para el ejercicio de 2008, 300 millones de pesos; para 2009, 700 millones de pesos; y para 2010, atendiendo la petición del Ejecutivo en razón del boquete fiscal generado por los problemas financieros internacionales que generaron un efecto en el país, aceptamos que se destinaran 300 millones de pesos, pero con la salvedad de que en la existencia de subejercicios de otros programas, estos recursos se destinarán a solucionar el asunto de los ex braceros.

Sin embargo, según el último informe que remite el Comité Técnico del Fideicomiso (CTF) 2106 a esta soberanía, a finales de junio se tenían disponibles más de 583 millones de pesos sin ejercer; y en la propuesta que nos envía el Ejecutivo en su paquete económico el pasado 8 de septiembre considera una partida de 300 millones de pesos. Parecería que el programa no necesita recursos; sin embargo, la situación de éste es otra.

Es preocupante que se haya publicado apenas el pasado 20 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación la lista 35, que contiene mil 150 ex braceros o sus familiares. Hablamos de personas que vienen desde el proceso de registro de 2005-2006 y que no habían cobrado un centavo de este apoyo. Para esta lista se aplicaron 43 millones 700 mil pesos; también, tenemos a miles de beneficiarios inscritos en la segunda parte del programa que se inscribieron por las reformas hechas a la ley por la anterior legislatura sólo recibiendo 4 mil pesos de un total de 38 mil, así como compatriotas radicados en Estados Unidos, quienes a través de los consulados entregaron los requisitos que marca la ley, hasta este momento ninguno de ellos ha sido apoyado por alguna cantidad económica a la cual tienen derecho.

Necesidades: Pagos de la segunda etapa, por 34 mil pesos. A la fecha en las listas 30 a 34 se han publicado 149 mil 20 ex braceros: 5 mil 66 millones 680 mil pesos.

Necesidades: Pagos pendientes a los ex braceros que radican en ciudades de Estados Unidos, 5 mil 89 personas, con 38 mil pesos; y gastos de operación del Fideicomiso 2106 (publicaciones): 193 millones 382 mil pesos.

Total de requerimientos: 5 mil 300 millones de pesos.

Fuente: Elaboración propia, con datos del CTF 2106.

Los más de 540 millones todavía sin ejercer por la Segob como entidad coordinadora del Fideicomiso 2106 representan un poco mas de 10 por ciento de los recursos necesarios para resolver de una buena vez el problema de los ex braceros. Si bien los requerimientos son de 5 mil 300 millones de pesos, pedimos a todos los presentes que hagan lo conducente desde sus espacios y con sus votos en la aprobación del dictamen de Presupuesto de Egresos para que en el próximo ejercicio fiscal a fin lograr que se eleve la cantidad de recursos para los ex braceros, ya sea tener los 5 mil 300 millones de pesos o al menos lograr recursos para apoyar a la mayor parte de los 150 mil ex braceros que esperan este beneficio.

Dadas las reformas hechas a la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Mexicanos Braceros, en el artículo octavo transitorio se instruye al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas para realizar un estudio del impacto presupuestal, a fin de otorgar a esta soberanía mayores elementos sobre los recursos necesarios para el programa. Por ello, la cifra puede ser aun mayor, debido a que si en futuro se abren nuevamente mesas receptoras de documentos ya que se agregó otro requisito como elemento probatorio para de haber sido ex bracero y, por tanto, obtener este derecho, así como otorgar el reconocimiento a las concubinas y legítimos herederos, por eso los diputados que promovemos este punto de acuerdo y con conocimiento de causa exponemos con datos las necesidades reales del programa y esperamos la ratificación del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas. Les pedimos que hagan conciencia y apoyen el punto de acuerdo.

Por lo expuesto, se someten a consideración de esta soberanía, como de obvia y urgente resolución, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados que considere la cantidad de 5 mil 300 millones de pesos para el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Migratorios Mexicanos para el ejercicio fiscal de 2011.

Segundo. Se solicita que la Secretaría de Gobernación no siga incurriendo en subejercicios y ejecute los recursos disponibles desde marzo de este año para el Fideicomiso 2106.

Dado en el salón de sesiones, a 28 de septiembre de 2010.— Diputados: María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Samuel Herrera Chávez (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a impulsar con los otros órdenes de gobierno políticas en pro de los jóvenes para resolver de raíz el grave problema de los 7.5 millones de llamados “ni-nis”; y a la Cámara de Diputados, a destinar 5 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 y subsecuentes a programas en favor de los jóvenes, a cargo del diputado José María Valencia Barajas, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado José María Valencia Barajas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, proposición con punto de acuerdo.

Consideraciones

A millones de jóvenes se les niega el derecho a estudiar o trabajar, es decir, se les niega el derecho a la esperanza, al desarrollo. En un contrasentido, se les niega a estos jóvenes la juventud, como etapa de fijar sus ideales en pos de su realización.

Conforme al rector de la UNAM, doctor José Narro Robles, cuyos datos parten de la Encuesta Nacional de la Juventud 2005, en nuestro país existen 7.5 millones de jóvenes que ni estudian ni trabajan, los denominados “ninis”. Algunos funcionarios del gobierno federal en lugar de reconocer y enfrentar este gravísimo problema social, en el marco de sus atribuciones, pretenden minimizarlo manipulando las cifras. Conforme a esta condenable práctica que aplican en otras áreas de la realidad nacional, concretamente reducen las cifras a 285 mil ninis, cifra mentirosa que no merece ser tomada en cuenta: ¡Como si borrando de las estadísticas a estos jóvenes sin futuro se borrara en automático el problema social!

El olvido de estos siete millones y medio de jóvenes, además de representar una violación masiva de sus derechos humanos, implica a condenar al país a la inmovilidad, a cortar de tajo su desarrollo futuro. No debe olvidarse que la mayor riqueza de un país es su capital humano, especialmente el contenido en los jóvenes.

Estos millones de jóvenes, en lugar de aprovecharse como palanca para el engrandecimiento del país, el llamado “bono demográfico”, se les deja como mano de obra barata ofertada a los grupos del crimen, a la dolorosa migración, como si no formaran parte de nuestra nación o peor aún, sólo encuentran salida a su triste situación en la depresión y en el suicidio. Concretamente en 2008, 349 mil 947 jóvenes de entre 12 y 29 años de edad intentaron quitarse la vida. Esto es sumamente doloroso e inadmisible.

Nunca debemos olvidar que el derecho prioritario de los jóvenes es a la educación, que no  puede ser compensada por su inserción en el mercado laboral de los trabajos precarios. Además de que la incorporación de los jóvenes a los estudios, es una de las mejores formas de alejarlos de todo tipo de adicciones.

Que el Año Internacional de la Juventud, decretado por la ONU a partir del 12 de agosto de 2010, sirva para cuestionar la exclusión y maltrato hacia los jóvenes, y se apliquen en el marco de la coordinación de todos los niveles del gobierno políticas públicas coherentes, estratégicas, continuas y eficaces. Lo que se debe complementar con la creación por la Cámara de Diputados de una bolsa equivalente a 5 por ciento del  Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 y en los subsecuentes, para ser destinada a programas en favor de los jóvenes. Tal y como se propuso en la Conferencia Mundial de la Juventud 2010, celebrada en nuestro país en agosto pasado.

Dentro de estos mecanismos de política pública, deberán crearse programas especiales con perspectiva de género.

De manera especial deberá ser favorecida la educación y, dentro de ésta, destacadamente las finanzas de las instituciones públicas de educación superior que apenas reciben 0.7 por ciento del producto interno bruto. De manera de alcanzar una educación de mayor calidad, aumentando a la par de manera esencial su matrícula, hasta alcanzar la incorporación de todos los jóvenes. Es decir, la educación debe enfocarse como una estrategia vital de desarrollo.

Adicionalmente se deben impulsar de manera masiva las actividades artísticas, deportivas y de capacitación.

También es indispensable que se llene el enorme vacío jurídico que existe en la tutela de los jóvenes, de manera de que éstos sean reconocidos como sujetos de derechos, garantizando el ejercicio pleno de éstos.

Una juventud sin esperanza, es la muestra más clara del fracaso de  nuestra llamada democracia. Que la irresponsabilidad e indiferencia hacia los jóvenes, destacadamente hacia los ninis, sean sustituidas por una acción inmediata, unida, decidida; de lo contrario, crearemos un “agujero negro social” que amenaza con tragarse todo futuro.

Por todo lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía, con el carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a efecto de que, en coordinación de los otros órdenes de gobierno, se impulsen políticas públicas coherentes, estratégicas, continuas y eficaces a favor de los jóvenes, especialmente para resolver de raíz el grave problema social de los siete millones y medio de los llamados ninis.

Segundo.Se exhorta a laCámara de Diputados a destinar una bolsa equivalente a 5 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 y en los subsecuentes, para ser destinada a programas en favor de los jóvenes, tal y como se propuso en la Conferencia Mundial de la Juventud 2010, celebrada en nuestro país en agosto pasado.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2010.— Diputado José María Valencia Barajas (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a las Comisiones Unidas de Juventud y Deporte y de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se considere en las Reglas de Operación del Programa de Vivienda Rural que el valor del subsidio sea igual o superior a las aportaciones de los jornaleros agrícolas en el Infonavit, a cargo del diputado Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Javier Usabiaga Arroyo, diputado a la LXI Legislatura por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presenta ante esta asamblea punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

El Programa de Vivienda Rural está previsto en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social.

Su objetivo es apoyar la construcción, la ampliación y el mejoramiento de viviendas en el medio rural, a fin de reducir las asimetrías en las condiciones de vida entre la población urbana y la rural.

La población objetivo son las familias en situación de pobreza patrimonial que vivan en localidades menores de 5 mil habitantes clasificadas como de muy alta marginación o alta marginación, incluyendo de manera enunciativa pero no limitativa a familias de ejidatarios, comuneros, colonos agrícolas avecindados, jornaleros agrícolas, indígenas y minifundistas.

Este importante programa recibió en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 974. 8 millones de pesos; y en el de 2010, 958.2 millones. En el proyecto de PEF enviado por el Ejecutivo en fechas recientes se prevén mil 997. 8 millones, lo cual representa una variación de mil 39.6 millones, un incremento de 108.5 por ciento.

En esta etapa de discusión del paquete económico bien valdría la pena analizar la viabilidad de que tengan prioridad los jornaleros agrícolas temporales para que el valor del subsidio del Programa de Vivienda Rural sea igual o superior a sus aportaciones en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se formula un respetuoso exhorto a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión a establecer en las Reglas de Operación del Programa de Vivienda Rural, del ramo 20, “Desarrollo social”, del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 que el monto del subsidio a este programa sea igual o superior al de las aportaciones en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores hechas por los jornaleros agrícolas temporales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a 7 de octubre de 2010.— Diputado Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se destinen recursos suficientes al sector educativo, a cargo del diputado Roberto Pérez de Alva Blanco, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El suscrito, Roberto Pérez de Alva Blanco, diputado del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política, y 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presenta proposición con punto de acuerdo, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

La educación constituye el medio fundamental para incorporar a México en el desarrollo integral, sustentable, incluyente y democrático. La inversión que se destina a la educación en el marco de un proyecto educativo con visión de futuro se convierte en una política sumamente redituable en el mediano plazo, pues de esa manera se generan las condiciones para el crecimiento económico, el desarrollo social, la distribución más equitativa del ingreso y la armonía social. Los países que han transitado con éxito evidente por este camino han seguido esa trayectoria: primero una revolución educativa y después etapas crecientes de desarrollo y prosperidad.

La obligación del Estado mexicano de impartir educación gratuita, laica y obligatoria debe cumplirse a cabalidad. La vía de la educación como instrumento de movilidad social, superación de desigualdades y fuente de estabilidad se refleja en el artículo 3o. de la Carta Magna, que establece que el criterio de la educación que imparta el Estado será democrático, considerando la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.

El financiamiento de la educación pública debe ser considerado prioridad nacional. La meta y obligación legal de destinar hacia la educación cuando menos 8 por ciento de producto interno bruto deben enfocarse como un objetivo ineludible susceptible de lograrse en un corto plazo, pues la importancia de la función social educativa así lo exige.

Por lo anterior resulta inaceptable que el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 presente una disminución de -0.4 por ciento, en términos reales, en relación con 2010. El ramo 11, “Educación pública”, considera en el proyecto del Ejecutivo una inversión por 218 mil 825.9. Por su parte, el gasto educativo englobado en el ramo 33 presenta un incremento mínimo de 2.0 por ciento en relación con el proyecto aprobado en 2010: pasa de 234 mil 357 millones de pesos a 248 mil 571 en el proyecto de 2011; es decir, un incremento que no resarce siquiera los efectos de la inflación. Finalmente, el ramo 25 presenta una disminución importante, de -3.5 por ciento: pasa de 43 mil 844.1 millones en 2010 a 43 mil 983.7 en el proyecto de 2011.

En Nueva Alianza estamos convencidos de que la inversión pública en educación debe tener la mayor prioridad en la agenda nacional. Tenemos que impulsar una educación pública de calidad y amplia cobertura, que impulse el desa-rrollo integral de las personas, promueva la justicia y la equidad y coadyuve a elevar la competitividad y productividad de la economía nacional.

Por ello tenemos que modificar el presupuesto en materia educativa para el ejercicio de 2011. Es preciso garantizar crecientes recursos para abatir el rezago educativo fortaleciendo la educación de los adultos y el acceso pleno de los pueblos indígenas a la educación, Nos preocupa en específico el Programa para el Fortalecimiento a las Acciones Asociadas a la Educación Indígena, que contó en 2010 con una partida de 250 millones, y para 2011 se deja sin recursos. La enseñanza del inglés, considerada una necesidad estratégica, tiene una disminución de 15 millones en el Programa Nacional de Inglés y de 238 millones en el de Apoyo a las Entidades Federativas para el Programa Nacional de Inglés en Educación Básica.

En programas como Fortalecimiento de Educación Especial, e Integración Educativa se ve una disminución de 78 millones de pesos a un presupuesto de por sí insuficiente. En un momento en el que amplios sectores de la sociedad exigen elevar la calidad constatamos que a reforma curricular en educación básica se reduce el presupuesto en casi 14 millones de pesos; al Fondo para el Mejoramiento de las Tecnologías Educativas en Educación Básica se reduce en 100 millones de pesos; en equipamiento de escuelas para educación básica a nivel nacional se reducen 150 millones de pesos.

En Nueva Alianza consideramos que un mayor presupuesto educativo para consolidar la estrategia de la Alianza por la Calidad de la Educación en sus ejes fundamentales, como la modernización de los centros escolares, el acceso pleno a las tecnologías de la información, la profesionalización de los profesores y las autoridades educativas, el bienestar y desarrollo integral de los alumnos, o la formación integral de éstos para la vida y el trabajo, nos permitirá hacer realidad la transformación del sistema educativo nacional que México necesita y nos puede llevar a tener una educación de calidad con equidad.

En función de lo expuesto, me permito someter a consideración de la esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Presupuesto y Cuenta Pública a efecto de que en el marco del proceso de análisis y aprobación del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación, correspondiente a 2011, se considere en las erogaciones para la educación pública un conjunto de ampliaciones para los ramos 11, 25 y 33, privilegiando la inversión en programas dirigidos a la atención de grupos vulnerables, educación indígena, rezago educativo, equipamiento, enseñanza del inglés, mejoramiento docente e infraestructura y tecnologías educativas, de tal manera que se incremente el presupuesto educativo en proporción suficiente para avanzar en el cumplimiento de la Ley General de Educación y asignar a educación un presupuesto equivalente a 8 por ciento del producto interno bruto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputado Roberto Pérez de Alva Blanco (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a revisar de manera profunda su política económica y fiscal para que ponga en marcha estrategias tendentes a promover el desarrollo de la economía nacional, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Diversas diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura al Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos, someten a consideración de esta soberanía proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno federal a efecto de que haga una profunda revisión de su política económica y fiscal a efecto de que ponga en marcha las políticas tendientes a promover el desarrollo de la economía nacional.

Atentamente

Rúbricas.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Economía.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Salud a establecer lineamientos para legislar a escala nacional en favor de las “madres subrogadas”, a cargo de la diputada María Estela de la Fuente Dagdug, del Grupo Parlamentario del PRI

La ciudadana María Estela de la Fuente Dagdug, diputada federal de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión por el estado de Tabasco e integrante del Grupo Parlamentario del PRI, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta a esta honorable asamblea a instruir a la Comisión de Salud para establecer los lineamientos de legislación y reglamentar a nivel nacional a favor de las llamadas madres subrogadas.

Consideraciones

Con su venia señor presidente, diputadas, diputados. Los tiempos modernos nos obligan a actualizar nuestra leyes y reglamentos, no obstante aquellas prácticas, que por demás necesarias se vuelven comunes y riesgosas, por no existir una regulación jurídica como es el caso, de lo que llamamos, “madre sustituta” o su caso “maternidad subrogada”, sabemos que son temas que generan desconcierto e inquietud en nuestro país, pero que es de suma importancia el derecho de la pareja de tener un hijo, y el cual se encuentra en el marco jurídico de nuestro país, en nuestra constitución en su artículo 4to. En torno al llamado derecho a la reproducción, que se consagró como un derecho a la salud y libertad de procreación a favor del ciudadano, como un medio de actualizar el derecho de organización y desarrollo de la familia.

Para ello no debemos olvidar que tratándose de reproducción humana, existen dos palabras que por demás son desa-lentadoras para el desarrollo y reproducción de la pareja al querer conformar una familia, y son la esterilidad e infertilidad, sabemos que los recursos económicos de muchas parejas en nuestro país no son suficientes para afrontar este tipo de problemática, y que en muchos de los casos se ven en la necesidad de recurrir a médicos y charlatanes, con costos muy altos que les prometen que con algún estudio o tratamiento les garantizan quedar embarazadas, sin obtener resultados satisfactorios, de ahí se desprende la posibilidad y la necesidad de utilizar el vientre o útero de otra mujer, actualmente es sobre el 15 por ciento de la población mexicana que sufre alguna deficiencia reproductora, y que el avance de la ciencia ha trascendido hasta las relaciones sexuales y reproductoras del ser humano.

Poco tiempo atrás la pareja solamente podía tener hijos mediante las relaciones sexuales, gracias a estos avances científicos contamos con métodos y prácticas seguras, que permiten a la pareja realizar ese sueño por medio de la llamada “madre sustituta” o “madre subrogada”, son mujeres fértiles que aceptan mediante costo o no, llevar a cabo el embarazo, mediante las llamadas técnicas de reproducción humana asistida. Y, una vez concluido el parto, entregará, el producto de esa gestación a las personas que así lo requirieron, sujetándose a un pacto compromiso mediante el cual debe ceder todos los derechos sobre el recién nacido a favor de la pareja que figurarán como padres de éste. El único fin de que estas prácticas existan es de corregir los problemas actuales de la pareja permitiendo así la procreación y el desarrollo familiar.

En nuestro país el único estado que cuenta con esta práctica de manera legal mediante su Código Civil es tabasco, ya que en su Quincuagésima Legislatura, en 1997, los legisladores consideraron conveniente incorporar y adecuar los dispositivos a este código, debido a los recientes avances científicos en materia de reproducción humana, expresando y haciendo referencia a la maternidad sustituta en su código civil, como una solución a la problemática de la mujer de no poder ser madre.

Éstas prácticas ya existen, legales o no, simplemente podemos verlo en el Internet, anuncios solicitando vientres de alquiler o bien ofreciendo vientres, esto en diferentes estados de la república como Querétaro, Guanajuato, San Luís Potosí y Guerrero, por nombrar algunos, de ahí la necesidad y obligación de legislar sobre esta materia a nivel nacional.

El alquiler de vientres está permitido en EU y algunos paí-ses europeos, considerando la utilización de los avances de la ciencia médica y de las técnicas de reproducción de manera ordenada y responsable, en nuestro país se debe regular esta práctica por medio de disposiciones jurídicas para evitar la clandestinidad, ya que contamos con excelentes instituciones de salud, médicos y personal calificado.

Si hablamos de las disposiciones del Reglamento de la Ley General de Salud, el cual fue creado para dar lineamientos y principios, los cuales deberán someterse a la investigación científica y tecnológica destinada a la salud de los seres humanos, habría que garantizar por parte del estado el uso de técnicas de reproducción humana asistida, para resolver esta problemática atendiendo las necesidades de mujeres y hombres, en nuestro país, en el cual se ha legislado sobre el aborto, sobre la eutanasia, por qué no legislar sobre un tema que por demás, defiende la vida, y por qué no decirlo, la estabilidad de la familia.

Puntos de Acuerdo

Primero. Que por medio de la Comisión de Salud, se forme de inmediato un grupo de trabajo que, lleve a cabo la revisión del marco jurídico y establecer las necesidades de seguridad, salud y bienestar, para la creación de una ley para protección de las madres subrogadas y de las personas que así lo requieran.

Segundo. Que el grupo de trabajo presente las propuestas a las que haya lugar en la comisión de salud y, de ser necesario, la creación de una nueva comisión especial, para llevar a cabo los trabajos para legalizar o reglamentar el tema a nivel nacional y de esta manera estaríamos modernizando y actualizando los métodos científicos con los cuales cuenta nuestro país.

Diputada María Estela de la Fuente Dagdug (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Salud.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a declarar 2011 Año Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, a cargo del diputado Leandro Rafael García Bringas, del Grupo Parlamentario del PAN

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito, diputado Leandro Rafael García Bringas, integrante de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo, de conformidad con la siguiente

Consideraciones

Del año 2000 a la fecha, la donación y transplantes de órganos se lleva acabo por la Secretaría de Salud a través del Centro Nacional de Transplantes, dichas instituciones realizan una labor de calidad para aumentar la donación y transplantes de órganos; sin embargo, a pesar de todos los esfuerzos, los ciudadanos mexicanos aún no tienen la cultura, ni el conocimiento para realizar de propia voluntad la donación de órganos.

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hace mención al derecho que tiene toda persona a la protección de la salud y a la participación coordinada de los tres órganos de gobierno así como de la comunidad en general, a efecto de conjuntar esfuerzos y acciones para lograr de manera eficiente el control y tratamiento de las enfermedades. Es por ello, que todo mexicano debe saber que la donación de órganos es la oportunidad de ayudar a salvar una vida.

Los resultados del Centro Nacional de Transplantes, informan que a la fecha, se encuentran alrededor de 13 mil pacientes en espera de una donación. Los órganos que tienen más demanda para trasplante son aproximadamente: 6 mil 500 riñones, 6 mil 300 córneas, además de hígado, corazón, páncreas y pulmón, entre otros.

Cabe destacar que las opciones para recibir órganos y tejidos son tres: La primera se llama donación en vida y consiste en que una persona viva le done a otra un órgano, el segundo tipo de donación es la de órganos cadavéricos, que es cuando una persona fallece y sus familiares autorizan la toma de órganos que puedan ayudar a otra a vivir, y el tercer tipo de donación es cuando alguien en vida manifiesta el deseo de donar sus órganos al momento de morir.

De las enfermedades que pueden ser tratadas exitosamente mediante un procedimiento de transplantes se encuentran la diabetes mellitus, así como una de sus complicaciones más graves: la insuficiencia renal crónica terminal, la ceguera por trastornos de la córnea, la insuficiencia cardiaca; enfermedades pulmonares, como la fibrosis pulmonar, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica, cirrosis hepática de cualquier causa, el síndrome del intestino corto, leucemia y anemias aplásticas.

En la actualidad, muchas de estas enfermedades se encuentran entre las 10 primeras causas de mortalidad de la población mexicana entre su nacimiento y los 50 años de edad.

Si bien existe el decreto del Día Nacional de Donación y Transplante de Órganos, el cual se celebra cada 26 de septiembre, la respuesta de la donación ha sido insuficiente para los mexicanos en espera de un órgano sano, ya que para muchos de estos pacientes su única alternativa de vida es un donante, pues gracias a éste, salvara la vida o recuperará su salud; ser donante de órganos es un acto de altruismo y solidaridad.

La demanda de órganos va en aumento en los últimos años, lo que hace que más allá de establecer un día para la donación de órganos, al declarar 2011, Año Nacional de Donación y Transplante de Órganos, permitirá que a lo largo de todo un año se realicen una serie de actividades que ayuden a sensibilizar a la población y crear conciencia de la importancia que tiene la donación de órganos para salvar vidas.

En consideración a lo anterior y con base a la facultad que le confiere al Ejecutivo federal, la fracción 1 del articulo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 70, 329 y 339 de la Ley General de Salud y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se solicita la declaración referida a efecto de contribuir con la generación de una cultura de donación altruista de órganos.

Punto de Acuerdo

Único: La honorable Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, a declarar “2011: Año Nacional de Donación y Transplantes de Órganos”, y a realizar las acciones necesarias para fomentar una cultura de donación altruista de órganos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputado Leandro Rafael García Bringas (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Gobernación.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a asignar mayores recursos para fortalecer los programas de desarrollo social aplicados en los polígonos Hábitat; y a la Sedesol, a hacer llegar a éstos el programa 70 y Más, a cargo de la diputada María Estela de la Fuente Dagdug, del Grupo Parlamentario del PRI

María Estela de la Fuente Dagdug, diputada a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión por Tabasco e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presenta propuesta con puntos de acuerdo para exhortar al pleno de esta soberanía a instruir a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a fin de que asigne mayores recursos para el fortalecimiento de los programas de desarrollo social que son aplicados en los polígonos Hábitat; y que el pleno de la Cámara exhorte a la Secretaría de Desarrollo Social a hacer llegar el programa 70 y Más a los polígonos Hábitat, sin tomar en cuenta que reciban algún apoyo o beca de otro programa.

Consideraciones

La pobreza es uno de los principales problemas que enfrentan los gobiernos de innumerables países. El reto de reducirla es muy grande, ya que no sólo se manifiesta en zonas rurales alejadas, como se pensaba, sino que también se encuentra en las zonas urbanas. El programa Hábitat, promovido por la UNESCO y otras instancias internacionales, fue adoptado por el gobierno federal de México a partir de 2003, buscando atacar la pobreza en zonas urbano-marginadas.

La Secretaría de Desarrollo Social, mediante acciones que promueven la superación de la pobreza, al coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, el programa Hábitat ha obtenido buenos resultados, los cuales se podrían fortalecer si partiera de un diagnóstico de lo realizado, que permita identificar las principales carencias de cada ciudad y de cada polígono, hacerles llegar a los más desprotegidos y que son los que integran o forman parte de los polígonos Hábitat, de tal manera que pudiera fortalecer los programas sociales ya existentes con mayores recursos.

Hacerles llegar programas como el de 70 y Más, sin tomar en cuenta si reciben algún apoyo o beca de otro programa de los ya existentes, lo que estaríamos haciendo sería sumar los esfuerzos y el apoyo para todas las personas que dejaron toda una vida de trabajo y esfuerzo durante tantos años, y tengan una vida más digna y decorosa.

Esta política social ha permitido que se obtengan buenos resultados. Más niños van a la escuela, hay menos analfabetos, más adultos con pensión y más casas con piso firme; son pasos que apuntarían a que los esfuerzos de cobertura básica de los tres niveles de gobierno han tenido un efecto importante. Creemos que ese efecto puede ser mayor si se mejora la calidad de los programas sociales y la suma de otros, dirigidos a las zonas más pobres y marginadas, como los polígonos Hábitat, sobre todo en ámbito alimentario y laboral, que son de las necesidades más imperiosas de abatir, la pobreza en un país, y de esa forma tener un desarrollo más sustentable.

La mejor política social es el crecimiento económico que genere empleos y mejore los ingresos de la población porque cuando la economía está mal, el número de pobres crece, lo cual ya afecta a 50.6 millones de personas.

El gran reto de los Poderes Ejecutivo y Legislativo es hacer que el país crezca y tratar de resolver este problema. La dinámica económica y la caída de la recaudación nos conducirán a que tengamos que pensar seriamente en la asignación de los escasos recursos beneficiando primordialmente a los más pobres, reforzando los programas de política social, principalmente en los polígonos Hábitat.

Puntos de Acuerdo

Primero. Exhortar al pleno de esta Cámara a instruir a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a fin de que asigne mayores recursos para el fortalecimiento de los programas de desarrollo social aplicados en los polígonos Hábitat.

Segundo. Que el pleno de esta Cámara exhorte a la Secretaría de Desarrollo Social a hacer llegar el programa 70 y Más a los polígonos Hábitat sin tomar en cuenta que reciban algún apoyo o beca de otro programa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2010.— Diputada María Estela de la Fuente Dagdug (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de México a utilizar de mejor manera el gasto público otorgado por la federación e impulsar la competitividad estatal, a cargo del diputado Óscar Martín Arce Paniagua, del Grupo Parlamentario del PAN

El diputado Óscar Martín Arce Paniagua, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 34, párrafo 1, inciso c); 42, párrafo 1, y 43, párrafos 2 y 3, de la Ley Orgánica del Congreso General, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El desarrollo de un país va a depender solo y solo si, tiene la capacidad estratégica y administrativa para implantar políticas que ayuden al desarrollo de la plena convivencia social, política y económica de los diversos actores que participan en la formación de un Estado, por su puesto existen diversos actores que participan en la formación de un Estado fuerte, en efecto, estamos hablando de los ciudadanos, instituciones, organizaciones pero sobre todo de las autoridades que den estabilidad en el sistema político, social y económico que permita el impulso a un desarrollo suficiente.

En este sentido las entidades federativas como parte integrante contribuyen fundamentalmente al impulso del de-sarrollo de nuestra nación, en la actualidad es de suma importancia para la población en general el desarrollo y bienestar como condicionantes del crecimiento de su comunidad, pues esto se traduce esencialmente con la evaluación de los avances o retrocesos en las condiciones de vida de los ciudadanos.

El 8 de septiembre del año 2009, el titular del Ejecutivo federal envió a la Cámara de Diputados la iniciativa de Ley de Ingresos (LIF) y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), para su examen, discusión, modificación en caso de ser necesario, aprobación, en los términos del artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El 12 de noviembre del mismo año, la Cámara de Diputados aprobó el PEFpara el ejercicio fiscal de 2010.

Sabemos que el gasto federalizado o descentralizado, se integra por los recursos públicos que el gobierno federal asigna a los estados y municipios del país para que estos últimos afronten sus necesidades de gasto en materia de educación, salud, infraestructura e inversión social, seguridad pública, entre otros rubros.

Para el ejercicio fiscal de 2010, este pleno aprobó un presupuesto de 1 billón 128 mil 998.40 mdp para el gasto de la totalidad de las entidades federativas del país, los cuales se integraron de la siguiente manera: un presupuesto de 914 mil 935.92 millones de pesos (mdp) para el gasto descentralizado y 214 mil 062.50 mdp para el gasto centralizado, de los cuales, 129 mil 423.98 mdp se asignaron para las secretarías de Estado de la administración pública centralizada y los organismos autónomos y 84 mil 638.52 mdp fueron por ampliaciones aprobadas por la Cámara de Diputados.

Del ejercicio fiscal referido, la Cámara de Diputados aprobó un presupuesto de 116 mil 496.72 mdp para el gasto identificado para el estado de México, los cuales se integraron de la siguiente manera: 98 mil 385.02 mdp para el gasto federalizado y 18 mil 111.70 mdp para el gasto centralizado, de los cuales, 10 mil 715.48 mdp son para los ramos administrativos y los organismos autónomos y 7 mil 396.22 mdp por ampliaciones aprobadas por la Cámara de Diputados.

A diferencia de los recursos otorgados al estado de México existen otras entidades federativas como Nuevo León que recibió para el ejercicio fiscal del presente año la cantidad de 43 mil 116.38 millones de pesos, que equivale casi la tercera parte de lo que le correspondió al estado de México y que es de las entidades más competitivas del país.

En este orden de ideas y si bien el Plan de Desarrollo del Estado de México 2005-20011, establece a la competitividad como uno de los temas estructurales y es una de las tres prioridades para el Ejecutivo estatal, éste no cumple con tales expectativas.

Es así y no obstante de que es la segunda entidad federativa que cuenta con mayor presupuesto público federal, dichos recursos no se han canalizado de una manera efectiva y eficaz, en razón que es una de las entidades que goza con menor impacto directo en la competitividad, en efecto, dicho gobierno, ha sido deficiente en generar las condiciones que originen y atraigan inversiones que contribuyan a mejorar el nivel de vida y condición socioeconómica de los habitantes.

Verbigracia de lo anterior, son las diversas evaluaciones diagnóstico de competitividad estatal, en particular del Instituto Mexicano para la Competitividad, AC, (Imco), que en su estudio del año 2010, el estado de México reporta desde el 2006 el lugar 28 de los 31 estados y el Distrito Federal.

El Índice General de Competitividad Estatal, del Imco 2010, está compuesto de diez subíndices y de 120 variables que en conjunto estos indicadores explican, a través de una metodología robusta, la capacidad de una entidad para atraer y retener inversiones y talento.

Como ya se mencionó, el estado de México se encuentra en el grupo de los últimos cinco lugares con desempeño bajo, como también lo son Oaxaca, Guerrero, Chiapas y Tabasco.

En donde se encontraron deficiencias en ramos como:

Sectores económicos con potencial: donde destacan la falta de investigadores, insuficientes empresas grandes y certificadas y el poco valor agregado de la industria manufacturera.

Mercado de factores eficientes: Índice de menor productividad laboral, poca capacidad de negociación entre sindicatos y empresas, bajos niveles de mecanización en el campo y una inversión el vivienda modesta comparada con el promedio nacional.

Manejo sustentable del medio ambiente: Sus principales debilidades son la baja proporción de residuos dispuestos en rellenos sanitarios, pocas empresas certificadas como “limpias” y volúmenes insuficientes de aguas tratadas.

Sociedad incluyente, preparada y sana: sus principales carencias son la falta de cobertura de agua potable en la población, altos índices de dependencia económica y educación. Este último sector es el más rezagado de los estados, sus fallas se agrupan en varios indicadores como: calidad educativa, escolaridad, analfabetismo poca penetración informática y bajo porcentaje de personas con estudios superiores.

No es de sorprender que la falta de competitividad, este íntimamente ligada con la calidad de las instituciones, la falta de un sistema de derecho confiable y objetivo y un gobierno ineficiente e ineficaz en el Estado de México, da como resultado que dicha entidad federativa no solo se encuentre rezagada a nivel nacional sino que sea un lastre para la competitividad.

El estado de México tiene un rezago de 35 por ciento respecto al promedio nacional. La calidad del sistema de derecho de esta entidad es similar a la de países como Belice y Tailandia, lo que hace que el estado de México sea uno de las tres entidades federativas que se caracterice por tener los índices de delincuencia, informalidad y corrupción más altos del país.

Con 22 mil 499.5 kilómetros cuadrados de territorio, con una población de más de 15 millones de habitantes, con 125 municipios ricos en biodiversidad por sus variados climas y con dos importantes zonas metropolitanas, el estado de México cuenta con los elementos necesarios para ser un estado que impulse el crecimiento económico y ofrezca una mejor calidad de vida a sus habitantes, situación que lamentablemente no ocurre.

Considerando lo anterior, el gobierno del estado de México:

• No ha cumplido con generar las condiciones que originen y atraigan inversiones, que contribuyan a mejorar el nivel de vida y condición socioeconómica de sus habitantes.

• No ha cumplido con proyectos, programas y acciones de mayor impacto que busquen maximizar su competitividad.

• No ha cumplido con acciones que optimicen los recursos financieros, permitan su evolución y puedan materializarse incluso si ello implica más de un sexenio.

En fin, el mal llamado “gobierno que cumple”, no ha cumplido en realidad con su “compromiso”.

Por estas razones, el suscrito diputado, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se exhorta al gobernador Enrique Peña Nieto a utilizar de mejor manera el gasto público otorgado por la federación al estado de México, para implantar una política de diseño integral a fin de impulsar la competitividad de la entidad federativa.

Referencias

1 M. en E. Reyes Tépach M., El Presupuesto Público Federal Identificado para las Entidades Federativas del país y el Distrito Federal, 2009-2010.Mayo, 2010.

2 “Índice de competitividad estatal 2010”. Instituto Mexicano para la Competitividad, AC.

3 Acceso en línea: http://www.edomex.gob.mx/planeacion/docs/plandesarrollo.pdf

4 Convenio de colaboración del Gobierno del Estado de México y el Instituto Mexicano para la Competitividad, AC.

5 Biebrich Torres, Carlos Armando; Spíndola Yáñez, Alejandro. Diccionario de la Constitución Mexicana.

6 Titular del Ejecutivo federal, Iniciativa de Ley de Ingresos (LIF), septiembre de 2009.

7 Titular del Ejecutivo federal, Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), Septiembre 2009.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputado Óscar Martín Arce Paniagua (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Junta de Coordinación Política

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Equidad y Género de esta soberanía a intensificar sus trabajos para atender el rezago legislativo de iniciativas, proposiciones y minutas pendientes de dictamen, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Lucila del Carmen Gallegos Camarena, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXI Legislatura, en ejercicio de la facultad que otorga el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta a la Comisión de Equidad y Género de esta honorable Cámara de Diputados a intensificar sus trabajos para atender el rezago legislativo de iniciativas, proposiciones y minutas pendientes de dictamen, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La igualdad de género supone que los diferentes comportamientos, aspiraciones y necesidades de las mujeres y los hombres se consideren, valoren y promuevan de igual manera, a fin de que tengan las mismas condiciones y oportunidades para ejercer plenamente sus derechos, es decir, la igualdad de género representa el pleno y universal derecho de hombres y mujeres al disfrute de la ciudadanía, no solamente política sino también civil y social.

A este respecto, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), ha señalado que la inversión en la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres son vitales, no sólo para mejorar las condiciones económicas, sociales y políticas de la sociedad en su conjunto, sino para lograr una ciudadanía integral y una democracia más sólida.

Para contribuir a la consecución de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, esta honorable Cámara determinó el 30 de septiembre 1997, la creación de la Comisión Especial de asuntos de la equidad entre los géneros, la cual elaboró un documento básico con los criterios generales para su estructura y funcionamiento y adoptó el nombre de Comisión Especial de equidad y género, instalándose de manera formal el 7 de octubre del mismo año.

Casi dos años después, este órgano legislativo aprobó una reforma a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos por la que transformó esta Comisión en ordinaria, dotándola así de permanencia y fortaleciendo sus atribuciones. Desde entonces fue denominada Comisión de Equidad y Género.

Desde su creación, la Comisión de Equidad y Género ha impulsado importantes avances en el camino hacia la igualdad de género, entre los que se encuentran:

La asignación de presupuestos específicos para atender las necesidades de las mujeres mexicanas (presupuestos con perspectiva de género).

La incorporación de las denominadas cuotas de género en el Código Federal de Procedimientos e Instituciones Electorales, con la finalidad de que la participación política de mujeres y hombres se dé en términos de paridad.

La incorporación en los Códigos Civil y Penal de la figura de la Violencia Intrafamiliar.

La aprobación de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

La aprobación de la Ley Generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La aprobación de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

Fortalecimiento de la relación con los congresos locales y las instancias estatales de mujeres con la finalidad de adecuar el marco jurídico de los estados, a efecto de avanzar en la armonización legislativa tomando como base el reconocimiento de los derechos de las mujeres, a través de reuniones como los Encuentros Nacionales de Legisladoras.

La creación de espacios de discusión y análisis sobre la problemática que enfrentan las mujeres en el país, como el Parlamento de las Mujeres.

Fortalecimiento de la relación interinstitucional con las instancias y dependencias de la administración pública federal para la creación de instancias que diseñen y vigilen la aplicación de políticas públicas con perspectiva de género. La incidencia para la formulación de indicadores desagregados por sexo.

No obstante estos importantes logros y la incidencia de la Comisión de Equidad y Género en el avance y empoderamiento de las mujeres, a lo largo de las diferentes legislaturas se ha ido generando un rezago importante en el dictamen de las iniciativas y proposiciones en la materia.

Tan sólo de la LX Legislatura, por ejemplo, se quedaron pendientes de dictamen 134 iniciativas y en lo que va de esta LXI legislatura de las 17 iniciativas, 11 proposiciones y 1 minuta del Senado de la República que hacen un total de 29 asuntos turnados a esta Comisión, sólo se han aprobado 4.

Nos preocupa de sobre manera que al retrasar la aprobación de iniciativas y proposiciones se retarde también el logro del fin último que es la igualdad de género.

Esta preocupación, ha sido reconocida también por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, mecanismo de seguimiento al cumplimiento de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que con motivo del análisis del Sexto Informe Periódico de México, emitió sus observaciones finales, entre las que destacan:

“12. Preocupan al Comité las demoras en la aprobación de los proyectos de ley pendientes y las enmiendas de las leyes vigentes que son críticas para lograr el disfrute de los derechos humanos de las mujeres y la eliminación de la discriminación.

”13. El Comité insta al Estado Parte a que acelere la aprobación de las enmiendas y de los proyectos de ley pendientes dentro de calendarios concretos. El Comité recomienda al Estado Parte que ponga en marcha una estrategia eficaz con prioridades claras para garantizar la continuidad de los esfuerzos destinados a lograr que se respeten los derechos humanos de la mujer.”

Por lo anteriormente señalado, consideramos que es indispensable que la Comisión de Equidad y Género de esta honorable Cámara de Diputados intensifique sus trabajos y elimine el rezago de iniciativas y proposiciones que le han sido turnadas en ésta y la anterior legislatura y que se encuentran pendientes de dictamen y que de esta manera se contribuya a la promoción de la igualdad entre los géneros como un pre-requisito esencial del desarrollo y un asunto fundamental de derechos humanos y de justicia social.

En atención a lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Equidad y Género de esta honorable Cámara de Diputados a intensificar sus trabajos para atender el rezago legislativo de iniciativas, proposiciones y minutas pendientes de dictamen.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, septiembre de 2010.— Diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena , (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Equidad y Género.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Sinaloa a instruir a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para que resuelva conforme a derecho la toma de nota que demanda el SUNTUAS Administrativo e Intendencia, de conformidad con la elección sin impugnaciones que éste realizó; y al rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa, a reinstalar en la plaza laboral al secretario general del sindicato, a cargo del diputado José Luis Jaime Correa, del Grupo Parlamentario del PRD

José Luis Jaime Correa, diputado del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo de urgente resolución,con base en las siguientes

Consideraciones

El 13 de julio pasado se realizó la votación por planillas del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Sinaloa-Administrativos e Intendencia, periodo 2010-2013, resultando triunfadora la planilla que encabezó como secretario general el ingeniero Marco Antonio Medrano Palazuelos, con un total de mil 720 votos contra  mil 619 votos de la otra planilla registrada (Unidad y Fortaleza Sindical).

De conformidad con los estatutos del sindicato, el Comité Ejecutivo se integra por representación proporcional, por lo que ambas planillas quedaron integradas en ese órgano de dirección sindical, asimismo, de conformidad con la convocatoria de elecciones el viernes 16 de julio de 2010 se celebró la asamblea general ordinaria para analizar y calificar el dictamen del Colegio Electoral, siendo aprobado por abrumadora mayoría como quedó debidamente registrada en el acta correspondiente que fue firmada por los secretarios sindicales correspondientes, del Comité Ejecutivo saliente. En la misma asamblea general ordinaria, el Colegio Electoral les tomó protesta a los nuevos integrantes del Comité Ejecutivo para el periodo 2010-2013.

Después de realizado el proceso electoral el Comité Ejecutivo empezó a funcionar de manera plural y en la normalidad sindical, sin que incluso hasta la fecha se haya presentado ningún recurso de impugnación formal.

Sin embargo, los acontecimientos políticos que se viven en Sinaloa han influido de manera negativa en la convivencia sindical. El ex rector Héctor Melesio Cuen Ojeda, fue electo presidente municipal de Culiacán, Sinaloa y ha resentido denuncias penales de universitarios que lo acusan de enriquecimiento inexplicable en el periodo que fungió como rector, pareciera que estos hechos han influido en el ex rector quien cuenta con una amplia influencia en la planilla perdedora y en el actual rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa para presionarlos a efecto de que desconozcan la elección, y presionen a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para que no se de la toma de nota.

Los integrantes de la planilla que ocupo el segundo lugar en las elecciones sindicales han portado mantas en el edificio principal de la institución, solicitando al gobernador electo Mario López Valdez que saque las manos de la UAS, es decir, las denuncias que se han presentado contra el actual presidente municipal electo se le atribuyen al gobernador electo y se genera un conflicto sindical artificialmente para presionar a quien ocupará a partir del primero de enero el puesto de gobernador de Sinaloa.

En el colmo de la irresponsabilidad, la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad Autónoma de Sinaloa, según el acta que consigna una investigación administrativa iniciada el 10 de septiembre resuelve rescindir cualquier relación laboral que tenga el ingeniero Marco Antonio Medrano Palazuelos con la UAS y quien se encuentra comisionado a la sección administrativa del Sindicato Único de la UAS.

Así, con fecha 21 de septiembre de 2010 el secretario general del sindicato se ve despedido porque se le atribuye violencia verbal e insultos contra las autoridades universitarias y porque se le acusa de quemar dos piñatas, una que decía Cuen y otra que decía Loaiza (ex secretario general del sindicato). Esta es la intolerancia que se vive hoy en la Universidad Autónoma de Sinaloa.

Considerando que el proceso sindical no tuvo ninguna anomalía, fue plenamente aceptada por las partes y no tiene porque vincularse a los conflictos que vive el ex rector Héctor Melesio Cuen Ojeda, se pone a consideración de esta soberanía, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al gobierno de Sinaloa instruya a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje otorgue la toma de nota al Comité Ejecutivo como resultado del proceso electoral del SUNTUAS Administrativo e Intendencia, periodo 2010-2013.

Segundo. Se exhorta al rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa, doctor Víctor Antonio Corrales Burgueño, reinstale en su plaza laboral al ingeniero Marco Antonio Medrano Palazuelos, hoy secretario general del SUNTUAS Administrativos e Intendencia.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2010.— Diputado José Luis Jaime Correa (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos para construir diversos tramos carreteros en Perote, Veracruz, a cargo del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados, José Francisco Yunes Zorrilla, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a asignar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 recursos suficientes para la construcción de los tramos carreteros Tepetates-Llanillo, Alameda-Monte Grande, Estanzuela-Lerdo de Tejada-Buenavista-Tepozteco-Libertad, Jonotal-Piedra Parada, Xico-Pocitos, Altotonga-La Ventilla de la región de Perote, Veracruz, con base en los siguientes

Considerandos

La pobreza en nuestro país no disminuirá si no se impulsan proyectos de infraestructura que comuniquen plenamente a las comunidades, localidades y regiones de nuestro país, a efecto de dinamizar sus economías y la ampliación de mercados que generen empleos dignamente retribuidos.

La Ley General de Desarrollo Social establece en su artículo 11, fracción II, que la Política Nacional de Desarrollo Social tiene entre sus objetivos: “fortalecer el desarrollo regional equilibrado. El desarrollo regional, necesariamente debe tener una infraestructura que permita articular adecuadamente las comunicaciones entre las comunidades”.

La región de Perote, Veracruz, es rica en productos como papa, maíz, frijol, ganado ovino, porcino, caprino, así como también productos de valor agregado como embutidos, quesos y lanas naturales elaboradas artesanalmente. De igual forma, la industria de la transformación de la región se vería beneficiada con vías de comunicación más eficientes y que reduzcan los tiempos y costos de comercialización de la industria de la construcción en la zona.

Actualmente, la infraestructura carretera está desarticulada y en muy malas condiciones. Los productos de la región no encuentran una buena distribución y llegan en desventaja al mercado estatal y nacional.

Para impulsar un desarrollo regional que detone un desa-rrollo económico y social en la región, es estratégica la construcción de los tramos carreteros Tepetates-Llanillo, Jonotal-Piedra Parada, Xico-Pocitos, Altotonga-La Ventilla. En total, 64 kilómetros de pavimento y obras de drenaje conexas.

Se calcula que la población beneficiada por estas obras, habitantes de los municipios en donde se llevarían a cabo la construcción de estos caminos, asciende a más de 190,000 habitantes, no contando los beneficios indirectos para aquellos que utilizarían estas carreteras.

La articulación de estas vías con las ya existentes, ampliarían las opciones turísticas en la región, además de brindar mejores comunicaciones para la atención a grupos vulnerables desafortunadamente tienen que viajar durante largos trayectos para obtener atención médica, educación o acceso a los distintos programas sociales municipales, estatales y federales.

Por lo antes expuesto y con base en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a asignar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 recursos suficientes para la construcción de los tramos carreteros Tepetates-Llanillo, Alameda-Monte Grande, Estanzuela-Lerdo de Tejada-Buenavista-Tepozteco-Libertad, Jonotal-Piedra Parada, Xico-Pocitos, Altotonga-La Ventilla de la región de Perote, Veracruz.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2010.— Diputado José Francisco Yunes Zorrilla (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Comisiones de Asuntos Fronterizos Zona Norte, del Senado de la República, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, de esta soberanía, a realizar el segundo Parlamento de líderes migrantes, a cargo del diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal a la LXI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, facultado en las potestades conferidas en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite poner a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

1. El Parlamento de Líderes Migrantes Mexicanos en Estados Unidos de América, surge a raíz de una propuesta presentada el 3 de Octubre del 2007, del entonces Senador Ricardo García Cervantes, quien previó los fuertes problemas que tenemos en la zona fronteriza con el norte de nuestro país.

En dicha proposición se analizaba la falta de voluntad de avanzar sobre una posibilidad de reforma migratoria en aquella nación, aludiendo que desde la presidencia del presidente George W. Bush se anunciaban medidas destinadas a combatir la presencia de trabajadores indocumentados y al fortalecimiento de la frontera interna en la franja fronteriza con nuestro país.

2. Desde entonces a la fecha se han aprobado 170 leyes en 41 estados en contra de la contratación de trabajos indocumentados y el endurecimiento de la normatividad en contra de los indocumentados que iban desde la prohibición de contratación hasta la prohibición de rentas en vivienda y la negación de servicios públicos.

Se vislumbraba un panorama desalentador para los migrantes mexicanos en aquel país, lo cual se ha agravado en este último año, ya que ha aumentado la violencia en la frontera, así como las leyes que violan a todas luces los derechos humanos elementales y que son discriminatorias, asimismo, se han intensificado las detenciones y las deportaciones masivas por las garitas del norte del país, principalmente por las del estado de Baja California.

3. Desde la realización de este parlamento en el año 2007 han aumentado el número de migrantes muertos a manos de las autoridades migratorias, encargadas de la seguridad de la frontera estadounidense, de igual forma, se han incrementado las detenciones y las deportaciones masivas hacia nuestro país, vemos que se agrava el tráfico de armas y el problema tan grave que poseemos de la pesquisa contra migrantes mexicanos y latinoamericanos en general, solamente por su aspecto físico, elevando al grado de delincuentes a quienes permanezcan de manera ilegal en ese país.

4. Han pasado tres años desde que se realizó el primer y único Parlamento de Líderes Migrantes y los problemas de los migrantes y en nuestra frontera norte han aumentado, sabemos que existe la disposición de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de esta Cámara de Diputados para impulsar esta clase de foros; sin embargo, aún no se ha concretado la petición formal para dicho Parlamento, el cual tiene varios objetivos entre los que destacan:

• Convocar liderazgos mexicanos en Estados Unidos de América;

• Unificar los criterios de los líderes migrantes en el exterior; y

• Promover la discusión y de una agenda en común de migrantes;

En el Congreso de la Unión tenemos la responsabilidad de representación de todos los sectores y abarcar las necesidades imperantes al interior y exterior de nuestro país, tenemos claras las diferencias que desde nuestra Carta Magna se establecen hacia cada una de las Cámaras, es por ello, que invitamos al Senado de la República a integrarse a este Parlamento de Líderes Migrantes, velando por una de sus facultades exclusivas que son los Asuntos internacionales, y a esta honorable Cámara de Diputados aludiendo a la parte de los asuntos migratorios de nuestra comisión.

La Comisión de Asuntos Fronterizos Zona Norte del Senado de la República fue la encargada del desarrollo, en conjunto con esta Cámara de Diputados, de la realización de este foro, implementando tres grandes mesas de trabajo en las materias de migración y defensa de los derechos adquiridos, prosperidad regional, y seguridad nacional.

Estamos seguros de que en esta ocasión las comisiones en conjunto con los representantes migrantes tendrán, que establecer los temas prioritarios para delinear la agenda de este encuentro, sabemos que los temas se han agravado desde el año 2007 y que se deben imponer los temas sobre violaciones a los derechos humanos.

Si bien es cierto que los tiempos de realización son importantes, es cierto también que la premura del desarrollo nos urge a la realización del foro durante este año 2010

Por lo expuesto, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se invita a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados, y la Comisión de Asuntos Fronterizos Norte del Senado de la República a efectuar el segundo Parlamento de Líderes Migrantes Mexicanos que viven en Estados Unidos de América.

Segundo. Se invita al Congreso de la Unión a instalar una comisión bicamaral para la organización y realización del segundo Parlamento de Líderes Migrantes Mexicanos que viven en Estados Unidos de América.

Tercero. Se exhorta a las Juntas de Coordinación Política del Senado de la República y de la Cámara de Diputados a efecto que se destinen los recursos suficientes para la realización del Segundo Parlamento de Líderes Migrantes Mexicanos que viven en los Estados Unidos de América.

Dado en el salón de plenos de la Cámara de Diputados, a 6 de octubre de 2010.— Diputado Francisco Vega de Lamadrid (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se destinen recursos al Programa de Zonas de la Frontera Norte, a cargo del diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado a la LXI Legislatura por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, fundamentado en las potestades conferidas en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se permite poner a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, conforme a los siguientes

Considerandos

1. En los Presupuestos pasados, los recursos destinados al Programa de la Frontera Norte se establecieron como un apoyo a las zonas de la frontera norte y era subsidios federales, incluidos los rendimientos financieros dirigidos a las entidades federativas y los municipios que integran la franja fronteriza del norte del país.

2. Según lo establecido en la fracción II del artículo 34 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se debe presentar a la Secretaría de Hacienda la evaluación de costo-beneficio de los programas y proyectos susceptibles de generar. La secretaría puede solicitar el dictamen en la materia por expertos de manera independiente.

Sin embargo, en la presente proposición se solicita que el apoyo desde el Presupuesto se indique hacia el Programa de Zonas de la Frontera Norte, que se ha implantado en anteriores Presupuestos y que el análisis que establece el artículo citado está por demás rebasado en los beneficios que ahí se establecen.

3. El artículo 214 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria señala que las dependencias y las entidades de la administración pública federal que coordinen fideicomisos, mandatos o análogos, o que con cargo a su presupuesto se aporten recursos presupuestarios y tengan por objeto realizar o financiar programas y proyectos de inversión serán responsables de elaborar el análisis costo-beneficio para dichos programas.

4. Los recursos para el Programa de Zonas de la Frontera Norte están dirigidos a los municipios que integran la franja fronteriza del norte del país, entre los estados que comprenden Baja California, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se destinaron 200 millones de pesos y en el de 2010, sin mayor explicación, esto se derogó, dejando sin efecto las bondades hacia los 37 municipios.

5. Sabemos que la situación de la frontera norte se agrava cada vez más. Es necesario dotar de más recursos destinados a enfrentar los problemas de los municipios de la franja fronteriza norte.

Desde la creación de este programa federal se dio a conocer la necesidad de lograr un mayor desarrollo integral de frontera norte, el recorte presupuestal del año pasado en materia de egresos estamos ciertos que se debió a la crisis económica mundial que debimos enfrentar. A un año de enfrentar esa crisis, volvemos a solicitarles su apoyo para destinar mayores recursos a esos municipios.

Quienes padecemos los problemas específicos de la región sabemos que los recursos que este programa requiere son vitales y fundamentales para el desarrollo. Por ello, en la presente proposición solicitamos que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación destinar 200 millones de pesos para el Programa de Zonas de la Frontera Norte, en función que lo establecido en los ordenamientos propios del presupuesto están por demás cumplidos, a sabiendas de que es un programa que fue aprobado por la Cámara de Diputados y se encuentra definido y sustentado.

El monto que se solicita es el correspondiente a 2009, último año que se instauró dicho programa y que atañe a las necesidades básicas de apoyo a estas entidades federativas y a sus municipios.

Por lo expuesto, se somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a reincorporar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011, en el ramo 23, “Provisiones salariales y económicas”, el Programa de Zonas de la Frontera Norte y destinarle 217 millones de pesos para el próximo ejercicio fiscal.

Dado en el salón de plenos de la Cámara de Diputados, a 6 de octubre de 2010.— Diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:  Tiene la palabra el diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las dependencias responsables de las revisiones de embarcaciones extranjeras a cumplir con lo establecido en la normatividad vigente para la realización de actividades pesqueras en la zona de Ensenada, Baja California.

El diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid:Muchas gracias, señor presidente.

La ciudad de Ensenada está localizada aproximadamente a 80 kilómetros de la frontera México-Estados Unidos, frente al Océano Pacífico, puerto. Cuenta con diversas rutas comerciales que la enlazan con varias ciudades mexicanas y extranjeras, y debido a la importancia de este puerto en Baja California, contamos con una extensa afluencia de barcos pesqueros tanto nacionales como extranjeros.

La importancia con la que cuenta el puerto de Ensenada a nivel nacional e internacional no sólo radica en la cercanía con las ciudades fronterizas del norte de California sino también con la actividad pesquera que desarrolla en la región.

Es por ello que nuestro vecino país ha puesto en marcha algunas actividades para desarrollar la pesca, basándose en la carencia de la aplicación de los lineamientos específicos en la normatividad vigente mexicana.

Debemos hacer mención de que la flota nacional de barcos no tiene comparación con la flota con la que cuentan los puertos del sur de Estados Unidos y tan solo en el puerto de la Bahía de San Diego, California existen más de 5 mil barcos destinados a diversas actividades.

La problemática principal radica en que existe una diferencia por parte de las autoridades mexicanas en la revisión de las actividades pesqueras, tanto a las embarcaciones como a los miembros de las tripulaciones de dichos barcos, así como el tipo y actividad pesquera que realizan dentro de la jurisdicción marítima federal.

Ante la reglamentación internacional y la Ley de Navegación de México cualquier barco extranjero que permanezca dentro de los límites de aguas nacionales que no sea simplemente de tránsito está obligado a reportar su entrada a la capitanía de puerto más cercana, explicar las actividades marítimas que desea realizar, así como registrar la salida de la embarcación al término de la misma y demostrar los permisos necesarios emitidos por el Instituto Nacional de Migración, entre otras cosas.

Según datos enviados por el Instituto Nacional de Migración, la obligación de los extranjeros que se internan al país es de documentarse como no inmigrantes turistas. Dicho permiso se concede hasta por seis meses y no es susceptible de prórroga, por tanto, no cuentan con permisos para laborar en territorio nacional.

Los encargados de otorgar las licencias y permisos correspondientes son la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa)...

El diputado Pedro Ávila Nevárez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Permítame, un segundo, señor diputado De Lamadrid. Diputado Ávila.

El diputado Pedro Ávila Nevárez(desde la curul): Señor presidente, no habemos ni 20 diputados aquí en la Cámara, aquí en el salón de sesiones de la Cámara. Esto es una burla al pueblo de México, que todos los diputados en lugar de estar aquí oyendo los problemas que se tratan de México, iniciativas de tanto interés para todos los mexicanos, estemos solos aquí en el Parlamento mexicano.

Yo quisiera que llamara a quórum, rectificación de quórum, para que vengan a cumplir su obligación aunque estén en comisiones. Pueden estar en comisiones a otras horas. Pero yo creo que el pueblo de México que nos eligió merece respeto, cómo vamos a estar aquí hablando solos como locos con las iniciativas, con las sillas. Eso no se vale.

Yo creo que todos los mexicanos merecen respeto y el pueblo de México fue el que nos eligió. Muchas gracias, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: A usted, señor diputado.

Continúe, señor diputado. Agote su tiempo ya.

El diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid:Gracias, diputado.

Los encargados de otorgar las licencias y permisos para lo que respecta a las actividades pesqueras son la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa). ¿Quiénes otorgan las licencias para las diferentes clasificaciones de pesca? Es la Comisión Nacional de Pesca (Conapesca), interviniendo en este proceso, a su vez, la capitanía de puertos en donde se debe reportar la entrada y salida de embarcaciones.

A su vez...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, diputado.

El diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid:Sí, señor presidente.

La Asociación de Armadores Unidos de Pesca Deportiva de Ensenada nos ha manifestado que la problemática radica sustancialmente en que los barcos americanos que se encuentran dentro del territorio nacional realizan actividades de pesca en territorio nacional, escudándose con un permiso de pesca deportiva, actividad que afecta el desarrollo de la región y afecta a la economía mexicana.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, señor diputado.

El diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid: Señoras y señores, por tanto, es parte de nuestra responsabilidad fortalecer tanto a las instituciones como fortalecer la economía nacional y regional.

Por ello, someto a su consideración el siguiente punto de acuerdo.

Se exhorta a las Secretarías de Marina, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Comunicaciones y Transportes, a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, al Instituto Nacional de Migración, a efecto de que refuercen el puntual cumplimiento de la normatividad en materia de otorgamiento de licencias y permisos para las actividades pesqueras realizadas por los barcos extranjeros que ingresan a nuestro país en la zona de Ensenada, Baja California.

Señor presidente, le solicito de la manera más atenta que la presente proposición sea insertada de manera íntegra en el Diario de los Debates, y sea turnada también a la Comisión de Relaciones Exteriores. Es cuanto. Por su atención, muchas gracias. Gracias, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las dependencias encargadas de revisar las embarcaciones extranjeras a cumplir la normatividad vigente para realizar actividades pesqueras en Ensenada, Baja California, a cargo del diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal a la LXI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, facultado en las potestades conferidas en los artículos 58 y 60 del Reglamento para al Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite poner a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo los siguientes

Considerandos

1. La ciudad de Ensenada, se localiza aproximadamente a 80 km de la frontera México-Estados Unidos de América frente al océano Pacífico, su puerto cuenta con diversas rutas comerciales que lo enlazan con varias ciudades mexicanas y extranjeras, entre ellas se encuentran; La Paz, Manzanillo, Mazatlán, Acapulco y Lázaro Cárdenas, así como San Diego, Long Beach y Los Ángeles; Puerto Quetzal, Valparaíso, Yokohama y Hong Kong. Esta Ciudad, después del Distrito Federal, es la zona urbana con más residentes estadounidenses y europeos.

2. Debido a la importancia de este puerto, en Ensenada, se cuenta con una flota pesquera general, importante a nivel nacional, más sin embargo, no cuenta con una flota pesquera similar a la flota del sur de los Estados Unidos, ya que en ese país la flota pesquera deportiva es extensa y la infraestructura de las embarcaciones está muy por encima de la nuestra.

3. La importancia que cuenta el puerto de Ensenada a nivel nacional, no sólo radica en la cercanía con las ciudades fronterizas del norte de California, sino también, en la actividad pesquera que se desarrolla en la región, es por ello, que nuestro vecino país ha puesto en marcha algunas actividades para desarrollar la pesca en esa región, basándose en la carencia de la aplicación de los lineamientos específicos en la normatividad vigente mexicana.

4. A su vez, existe una deficiencia en la revisión de las actividades pesqueras, por parte de las autoridades mexicanas, tanto en las embarcaciones como a los miembros de las tripulaciones de dichos barcos, así como el tipo de actividad pesquera que realizan, esto, dentro de la jurisdicción marítima federal.

5. Ante la reglamentación internacional y la Ley de Navegación de México, cualquier barco extranjero que permanezca dentro del límite de aguas nacionales, que no sea simplemente por tránsito, está obligado a reportar su entrada a la capitanía de puertos más cercana, explicar las actividades marítimas que desea realizar, así como registrar la salida de la embarcación al término de la misma y demostrar los permisos necesarios emitidos por el Instituto Nacional de Migración, entre otras cosas.

Según datos enviados por el Instituto Nacional de Migración de la Secretaría de Gobernación al respecto, nos establecen que los tripulantes pueden ser documentados como no inmigrantes turistas, dicho permiso se concede hasta por 6 meses y no es susceptible de prórroga, por lo tanto, no cuentan con permisos para laborar en territorio nacional.

6. La asociación de Armadores Unidos de Pesca Deportiva de Ensenada nos ha manifestado que el presente problema radica, sustancialmente, en que los barcos americanos que se encuentran dentro del territorio nacional, realizan actividades de pesca comercial, escudándose con un permiso de pesca deportiva, actividad que afecta al desarrollo de la región y afectan a la economía mexicana, sin que exista o medie alguna revisión oficial, por parte de nuestras autoridades.

Los encargados de otorgar las licencias y permisos para lo que respecta a las actividades pesqueras son la Secretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, quién otorga las licencias para las diferentes clasificaciones de pesca, los permisos de actividad a realizar, los otorga la capitanía de puertos dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

A su vez, las autoridades encargadas de estas revisiones al interior del mar, son la Secretaría de Marina y la Secretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en tierra los encargados de estas revisiones son el Instituto Nacional de Migración y la Dirección General de Aduanas, sin embargo, existen reportes por parte de los representantes de Armadores Unidos de Pesca Deportiva de Ensenada, que las embarcaciones estadounidenses realizan actividades pesqueras diferentes a las que fueron autorizadas.

Señoras y señores diputados: la defensa de nuestra soberanía es una labor conjunta que debemos atender, el presente es un llamado a nuestras autoridades portuarias y marítimas para que investiguen, y en su caso atiendan estas denuncias que nos han hecho los Armadores Unidos de Pesca Deportiva, es por ello, que les solicito de la manera más atenta que juntos impulsemos esta proposición a efecto de hacer que nuestras autoridades y demos resultados ante los sectores y las actividades que podemos sacar algún provecho económico.

Por lo expuesto, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a las Secretarías de Secretarías de Marina; de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y de Comunicaciones y Transportes, a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, y al Instituto Nacional de Migración a efecto que refuercen el puntual cumplimiento de la normatividad en materia de otorgamiento de licencias y permisos para las actividades pesqueras realizados por los barcos extranjeros que ingresan a nuestro país en la zona de Ensenada, Baja California.

Segundo. Se exhorta al Gobierno de Baja California a fin de que refuerce los trabajos de coordinación, con la federación, dependencias y entidades competentes, en materia de cumplimiento y vigilancia de las actividades pesqueras y acuícolas, apegándose a la ley y a la normatividad vigente.

Dado en el salón de plenos de la Cámara de Diputados a 28 de septiembre de 2010.— Diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Así se hará, diputado.  Se turnan a la Comisión de Pesca.

Nada más quisiera hacer una pregunta, usted tiene otro punto inscrito que dice: un informe detallado sobre las acciones específicas que están desempeñando para la revisión de las actividades pesqueras de las embarcaciones extranjeras. Y otro que dice: revisiones de las embarcaciones extranjeras a cumplir con lo establecido en la normatividad vigente. ¿Es el mismo?

El diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid:No.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: ¿No quisiera usted exponer el resolutivo del otro y lo turnamos de una vez? Por favor, por favor. Muy amable.

El diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid:Gracias, compañeros diputados. Qué bueno que lo traigo aquí conmigo, eso va a facilitar el trabajo.

A lo largo de nuestra historia los puertos mexicanos han sido puntos clave para el desarrollo de la economía nacional. No cabe duda de la importancia que radica en ellos y eso nos hace a todos más fuertes y sólidos como país.

Las autoridades federales y estatales han implementado diferentes métodos de revisión a las embarcaciones extranjeras que no sólo transitan en nuestro territorio. Las embarcaciones que entran en los límites marítimos nacionales, con el objetivo de realizar una actividad productiva o de recreación.

Las embarcaciones internacionales que se internan al norte del país son principalmente las que provienen del sur de California, las cuales son armadas principalmente en la bahía de San Diego, California y la franja costa del sur del mismo estado. Éstos navegan con permisos nacionales de pesca deportiva, sin mediar ninguna clase de investigación alterna alguna de los equipos de pesca y mucho menos al estatus migratorio preciso de la tripulación.

Para que los extranjeros puedan realizar actividades pesqueras en nuestro país, es necesario contar con el permiso de pesca que otorga Conapesca, así como los permisos y trámites migratorios propios del Instituto Nacional de Migración y la Certificación en materia que otorga la Sagarpa.

Según los lineamientos enmarcados en nuestra normatividad de las leyes de navegación, cualquier embarcación que se interne en aguas nacionales debe dar aviso a la capitanía de puertos que depende de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como la obligación de permitir la revisión por parte de la Secretaría de Marina y Sagarpa.

Sin embargo, existe una deficiencia en cuanto a la revisión de toda la flota extranjera que se interna en nuestro país, tanto en la región de Ensenada, Baja California o como nos lo exponen compañeros de Puerto Vallarta en el estado de Jalisco.

La presente proposición trata de solicitarles a esas autoridades que pongan mayor énfasis y ahínco en las revisiones para las embarcaciones que realicen sus actividades pesqueras en territorio nacional, en las regiones de Baja California y Jalisco.

Por lo anterior, me permito someter a su consideración la presente proposición con punto de acuerdo.

Se solicita a la Secretaría de Marina, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Comunicaciones y Transportes, a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, y al Instituto Nacional de Migración que entreguen a esta soberanía un informe detallado, dentro de los siguientes 30 días naturales a su aprobación, de las acciones específicas que están desempeñando para la revisión de las actividades pesqueras de embarcaciones extranjeras en las zonas de Ensenada, Baja California, y Puerto Vallarta, Jalisco.

Señor presidente, le solicito de la manera más atenta que la presente proposición sea insertada de manera íntegra en el Diario de los Debates y sea turnada también a la Comisión de Relaciones Exteriores. Muchas gracias, por su atención. Gracias, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a las autoridades mexicanas un informe detallado sobre las acciones específicas que realizan para revisar las actividades pesqueras de embarcaciones extranjeras en Ensenada, Baja California, a cargo del diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado a la LXI Legislatura por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en las potestades conferidas en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se permite poner a consideración de esta soberanía proposición con puntos de acuerdo, conforme a los siguientes

Considerandos

1. A lo largo de nuestra historia, los puertos mexicanos han sido puntos clave para el desarrollo de la economía nacional. No cabe duda de que la importancia que radica en ellos nos hace más fuertes y sólidos como nación.

Las autoridades federales y las estatales han implantado diferentes métodos de revisión de las embarcaciones extranjeras que no sólo transitan por nuestro territorio, a las embarcaciones que entran a los límites marítimos nacionales con el objetivo de realizar alguna actividad productiva o de recreación.

2. Las embarcaciones internacionales que se internan en el norte del país son principalmente las que provienen del sur de California, las cuales son armadas principalmente en la bahía de San Diego y la franja de la costa sur de California, navegan con los permisos nacionales de pesca deportiva, sin mediar ninguna clase de investigación alterna alguna a los equipos de pesca y mucho menos al estatus migratorio preciso de la tripulación.

3. En el puerto de Ensenada hay un problema importante con la entrada y las actividades que estos barcos realizan, ya que los permisos de pesca que otorga la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca son destinados a la pesca deportiva sin mayor especificación.

Para el caso de los estadounidenses que se internen en el país en estos barcos, como parte de su tripulación es necesario documentarse como no inmigrante turistas. Los requisitos para su internación son, entre otros, los siguientes:

• Permiso TMN-I-01 turistas (fracción I del artículo 42 de la Ley General de Población y artículo 160 del Reglamento de la Ley General de Población).

• Formato oficial de trámite migratorio.

• Copia del pasaporte vigente extranjero.

• Carta dirigida al Instituto Nacional de Migración en la que se solicita la internación en la característica de turista o la de transmigrante, dentro de la calidad de no inmigrante, con el señalamiento de la actividad y de los lugares por visitar.

• Documento que acredite fehacientemente solvencia económica del extranjero.

A su vez, es necesario tener la certificación en la materia otorgada por la Secretaría de Agricultura Ganadería Desa-rrollo Rural Pesca y Alimentación (Sagarpa), así como cumplir el artículo 42 de la Ley de Navegación que, entre otras cosas, establece lo siguiente:

Los navieros, para la explotación de embarcaciones en servicio de navegación interior y de cabotaje

I. Requerirán permiso de la secretaría para prestar servicios de

a) Transporte de pasajeros y cruceros turísticos;

b) Turismo náutico, con embarcaciones menores de recreo y deportivas mexicanas, o mediante las embarcaciones extranjeras depositadas en una marina turística autorizada;

Esa ley establece que las embarcaciones que cuenten con el permiso otorgado por la Sagarpa podrán pescar que cuenten, a su vez, con la concesión, permiso o autorización de la misma secretaria, al calce de la fracción II, que establece lo siguiente:

II. Podrán, mediante embarcaciones que cumplan las condiciones de seguridad y navegación, realizar sin permiso previo de la secretaría los siguientes servicios:

b) Pesca, siempre que cuenten con concesión, permiso o autorización de la Secretaría de Pesca, de acuerdo con la ley de la materia.

4. Al amparo del vacío existente en la materia desde la Ley de Navegación, los barcos estadounidenses entran en territorio nacional para realizar pesca recreativa o deportiva.

Sin embargo, no se implantan lineamientos específicos para que las autoridades mexicanas practiquen una revisión exhaustiva del tipo de pesca que realizan estos barcos.

5. Hay diferencias sustanciales entre una y otra: la pesca deportivo-recreativa se hace con un fin enteramente de placer y sin fines de lucro; para su realización sólo se requiere permiso de pesca, y esta actividad no constituye de ninguna manera el modo de vida de estos pescadores. Por otra parte, la pesca deportiva comercial se realiza mediante contratación y pago de servicios de personas a quienes esta actividad constituye su forma de vida. Esta actividad requiere permiso de pesca, aunado al de turismo náutico e infraestructura en las embarcaciones.

Además de estas diferencias, la pesca regional de Ensenada se encuentra en detrimento. Es necesario un estudio que demuestre la viabilidad de los límites de la pesca comercial en una franja de 5 millas a partir de la línea de la costa y zonas exclusivas para la práctica de la pesca deportiva y artesanal.

Por lo expuesto, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se solicita a las Secretarías de Marina, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Comunicaciones y Transportes; a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca; y al Instituto Nacional de Migración que entreguen a esta soberanía un informe detallado, dentro de los siguientes 30 días naturales a su aprobación, de las acciones específicas que desempeñan para revisar las actividades pesqueras de embarcaciones extranjeras en la zona de Ensenada, Baja California.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca a revisar de manera exhaustiva los procedimientos y los permisos del tipo de pesca que se otorgan a las embarcaciones extranjeras en la franja de Ensenada y la isla Todos Santos, en Baja California.

Tercero. Se exhorta a las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Marina, y de Comunicaciones y Transportes, así como a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, que refuercen las medidas o acciones de vigilancia y sanción para la pesca ilegal en Baja California.

Dado en el salón de plenos de la Cámara de Diputados, a 5 de octubre de 2010.— Diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado Vega de Lamadrid. Se turnan a la Comisión de Pesca, con opinión de la Comisión de Relaciones Exteriores. Si nos autorizara, turnaríamos directamente a la comisión los puntos que le faltan por presentar.

El diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid:No los traigo conmigo. Muy amable. Gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El diputado Escudero va a hacer un comentario desde su curul. ¿Con qué objeto, señor diputado?



TRABAJOS LEGISLATIVOS

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Gracias, señor presidente, para felicitarlo a usted y a la diputada Quezada por el trámite que pidió y que ha sido concedido. Como siempre, usted dirige esta asamblea de manera correcta y acertada.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Es usted muy gentil, diputado, y se lo agradecemos.



PRODUCCION PORCINA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se recibió del diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Cofepris y a la Secretaría de Salud a implementar programas constantes de información y vigilancia sobre las condiciones de infección ocasionadas por las actividades de la empresa Granjas Carroll.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Cofepris y a la Secretaría de Salud a implantar programas constantes de información y vigilancia sobre las condiciones de infección ocasionadas por las actividades de Granjas Carroll, a cargo del diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, diputado a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en los artículos 42 de la Ley Orgánica; y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración de esta soberanía proposición con puntos de acuerdo para exhortar a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y a la Secretaría de Salud a implantar programas constantes de información y vigilancia sobre las condiciones de infección ocasionadas por las actividades de la empresa Granjas Carroll, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En el país, la porcicultura fue el sistema ganadero de crecimiento más rápido e importante por su aportación a la producción de carnes entre 1975 y 1985. En la década de los sesenta y la mitad de los setenta, la carne de cerdo presentó amplia elasticidad de ingreso y, según las encuestas de ingreso-gasto de 1963 y 1967, fue el cárnico de mayor consumo en los estratos de la población de menores ingresos.

Irónicamente, a inicios de los ochenta el consumo per cápita alcanzó un incremento de 11 kilogramos a 19.6 6 por año, pero posteriormente la crisis de estos años, llamada “década perdida” y los programas de ajuste puestos en marcha modificaron por completo ese entorno; el mercado interno se estancó, se eliminó la mayor parte de los subsidios y se dio inicio a un proceso de apertura comercial que empezó con la adhesión de México al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio desde 1986, culminando en la primera mitad de los noventas con la firma de varios acuerdos comerciales con diferentes países; destacando el Tratado de Libre Comercio con América de Norte.

La producción entre 1985 y 2008 fue negativa, con un decremento anual de cero punto 3 por ciento, acompañado por periodos comprendidos con crecimientos y reducciones constantes.

Durante este periodo es posible identificar dos etapas: la primera desde 1985 hasta 1991 y la segunda de 1992 a 2008. En la primera etapa, la producción retrocedió prácticamente 730 mil toneladas con una tasa de crecimiento medio anual del menos 12.97 por ciento, equivalente a una pérdida total del 65 por ciento del volumen producido.

En la segunda etapa la tendencia fue positiva, con un incremento de casi las 392 mil toneladas, pasando de 757 mil 351 a 1 millón 148 mil 871 toneladas, cifras que equivalen a una tasa de crecimiento medio anual de 4.25 por ciento.

En ese tiempo, los avances a escala mundial en genética, sanidad, manejo y alimentación, repercutieron en un descenso en el precio relativo de la carne de cerdo, convirtiéndola a partir de entonces en el cárnico de mayor consumo en todo el orbe.

Otro aspecto se debió a un rápido proceso de urbanización, que provoco cambios sustanciales en los hábitos de consumo, además de una economía de subsidio y un mercado protegido con elevados aranceles y permisos de importación.

Es necesario tomar en cuenta que el extraordinario crecimiento de la porcicultura se llevo a cabo sin considerar los problemas ambientales originados con ello, ignorando que desde 1973 un reglamento establecía límites máximos permisibles de contaminantes en los desechos de la porcicultura.

A escala mundial se reconoce que los problemas más severos que provoca la porcicultura en el ambiente, tiene que ver con los siguientes factores:

• La contaminación del agua superficial y del subsuelo por el nitrógeno, amonio y fósforo contenido en las excretas, el exceso de nutrientes que favorece el crecimiento de las algas desencadenando con ello el agotamiento del O2 disuelto, favoreciendo la proliferación de larvas de insectos nocivos. Por su parte el amonio es tóxico para los peces y los invertebrados acuáticos. De igual forma, se produce la contaminación de mantos acuíferos por las descargas de aguas sucias, así como desperdicios perecederos generados en las actividades porcícolas ya que es notable la presencia de sólidos suspendidos, coliformes y nitrógeno entre otros.

• Se presencia el deterioro de la calidad del aire por la generación de gases tóxicos principalmente dióxido de carbono, amoniaco, ácido sulfhídrico y metano, afectando primeramente a los trabajadores de la granja y a poblaciones vecinas, sin olvidar que los propios cerdos son contaminados por falta de higiene a pesar de ser estos animales los que posteriormente se encuentran destinados para el consumo humano.

• Se provocan molestias por los olores desagradables, siendo además precursores de trastornos respiratorios en el hombre y animales, entre otros problemas como es la contribución de la destrucción de la capa de ozono por la producción de óxido nitroso como parte de los gases emitidos durante la degradación microbiana.

• Se produce la contaminación del suelo y agua por metales pesados, mayormente cobre y zinc por el vertido de un volumen de estiércol excesivo que además puede ocasionar la alteración del PH, la infiltración al subsuelo de nitratos, contaminación microbiológica, entre otros.

• Y para concluir una breve lista de muchos males, debemos mencionar la pérdida de la biodiversidad por causas de erosión genética.

Todos esos problemas son muy bien conocidos por los pobladores del valle del Perote, en los límites de Puebla y Veracruz, además de los habitantes de Santa Ana Nextlalpan, México, quienes también padecen situaciones similares de contaminación y daño a la salud.

El ambiente en las comunidades de estas zonas se caracteriza por los olores fétidos del aire, los enjambres de moscas, así como por la contaminación de mantos freáticos, pozos y lagunas. Además proliferan las enfermedades respiratorias, gastrointestinales y de la piel.

Caso particular son los problemas del valle de Perote, que tienen su origen en la producción masiva de cerdos de Granjas Carroll de México, SA de CV.

Se sabe que esta empresa es propiedad de la compañía estadounidense Smithfield, la mayor productora de cerdos en Estados Unidos, en sociedad con Agroindustriales Unidos de México, SA de CV, que son exportadores de productos del campo.

El crecimiento de Granjas Carroll ha generado protestas de comunidades en ambos estados por su efecto destructivo del ambiente y en la vida cotidiana de la población.

Algunos pobladores han promovido procesos penales contra Granjas Carroll por desacato de las normas ambientales y en perjuicio de la salud del hombre.

Lo irónico es que la empresa Smithfield Company vino a México huyendo de los problemas judiciales que enfrenta en su país por contaminar el ambiente en Carolina del Norte y Virginia.

En 1985, un juez de la Corte de Justicia del Cuarto Circuito de Apelaciones de Estados Unidos multó a Smithfield por contaminar el río Pagan, de Virginia. La sanción fue de 285 mil 338 dólares, el mayor castigo civil por una violación del Acta del Agua Limpia.

Una década después, en 1996, los directivos de Smithfield fueron sancionados por la misma corte de justicia por falsificar y destruir muestras registradas con la descarga intencional de agua tóxica al Pagan. En esa ocasión, la sentencia fue de 18 meses de prisión y una multa histórica de 12.6 millones de dólares.

Estos datos se incluyen en un reporte del Comité de Asuntos Gubernamentales del Senado estadounidense, fechado en marzo de 2002. Este documento contiene el testimonio de Richard J. Dove, integrante de la organización civil Alianza Waterkeeper, el cual advierte del daño que la empresa provoca en el ambiente de Carolina del Norte.

En el mismo reporte se dice que en junio de 2000, las organizaciones ambientalistas agrupadas en Riverkeeper documentaron 36 casos de demanda en la corte superior contra las operaciones de Smithfield. El objetivo de estos recursos legales era conseguir una orden judicial para que la industria porcícola dejara de “contaminar las corrientes de agua y aire, y reparara el daño causado a ríos y riberas de Carolina del Norte”.

En tanto, el estado de Virginia acusó a Smithfield por más de 22 mil violaciones legales a causa de su actividad contaminante. Dichas infracciones se registraron desde mediados de los ochenta hasta mediados de los noventa, pero el caso fue desestimado por el juez en 2001, al considerar que la acción federal excluyó los reclamos estatales.

El documento del comité senatorial subraya que un estudio de 1998 “encontró clara evidencia de que el nivel de exigencia de leyes y regulaciones ambientales, más que su castigo, tuvo una influencia directa en el crecimiento de la industria porcícola, que tiene que ubicarse en comunidades minoritarias donde la oposición es más fácilmente silenciada”.

La organización ambientalista citada en el reporte subrayó desde entonces: “La presencia de esta contaminante industria es una amenaza para la salud pública debido a que puede bajar el valor de las tierras y la calidad de vida, e impedir un desarrollo económico más saludable para las comunidades que sufren de bajos ingresos y acceso médico”.

La experiencia de las comunidades mayoritariamente afroamericanas de Carolina del Norte y de Virginia es la misma que enfrentan alrededor de 30 mil pobladores de ocho municipios en la región de Perote, donde Granjas Carroll se instaló en 1994.

Finalmente, compañeras y compañeros diputados, hemos de decir que aquí la empresa Smithfield Company creció exponencialmente en la última década: ha instalado más de 100 módulos en comunidades veracruzanas y poblanas. Sin embargo, sólo ha generado 550 empleos entre la población, pues según datos de la propia empresa sus instalaciones cuentan con avanzada tecnología.

Como sucedió en Estados Unidos, los pobladores del valle de Perote están padeciendo los cambios ambientales y el incremento de los riesgos sanitarios por las grandes cantidades de desechos químicos y microbianos que Granjas Carroll vierte al ambiente a consecuencia de su producción masiva de cerdos.

La Gloria, comunidad perteneciente al valle de Perote, es hoy un foco de atención internacional porque en este poblado, de unos 3 mil habitantes, se detectó el primer caso de infección por el virus de influenza A (H1N1) en un niño de 5 años, llamado Édgar Hernández, además de que dicho virus ha causado decenas de muertes en México y en otros países.

Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 42 de la Ley Orgánica; y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración del pleno de esta asamblea, para que se considere de urgente resolución, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a llevar a cabo acciones de monitoreo y vigilancia para determinar el grado de afectación de suelos y del medio ambiente por los contaminantes vertidos por la empresa de producción porcina Granjas Carroll de México, SA de CV, en las comunidades cercanas a Perote, en los límites entre Veracruz y Puebla.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Salud a rendir un informe sobre la totalidad de enfermos detectados a causa del deterioro ambiental originado por esa planta de producción porcina, además de la evolución de las personas detectadas con el virus de influenza A (H1N1), también producida por descuidos sanitarios de la empresa.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2010.— Diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Salud.

Le correspondería el turno a la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo del PAN, que es la número 29 y se retira del orden del día.



AREAS DESTINADAS VOLUNTARIAMENTE A LA CONSERVACION

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se recibió del diputado Alejandro Carabias Icaza, proposición con punto de acuerdo que exhorta al gobierno federal para que a través de la Semarnat se publiquen modificaciones al reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico, Protección del Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a publicar por la Semarnat las modificaciones correspondientes del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas, de acuerdo con el artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para fortalecer la certificación voluntaria de predios, a cargo del diputado Alejandro Carabias Icaza, del Grupo Parlamentario del PVEM

Alejandro Carabias Icaza, diputado a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presenta proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En el Diario Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2008 se publicó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) para fortalecer la certificación voluntaria de predios, a fin de que se consideraran formalmente como áreas naturales protegidas (ANP) y, con ello, complementar la política nacional en la materia.

Las reformas se realizaron a diversos artículos de la LGEEPA, entre los cuales destacan los siguientes:

• Artículo 46. Para reconocer como ANP las áreas destinadas voluntariamente a la conservación, clarificando que éstas serán de competencia federal.

• Artículo 55 Bis. Se adicionó para establecer los criterios que motivan el reconocimiento de “áreas destinadas voluntariamente a la conservación”.

• Se incorporó una nueva sección V al capítulo de áreas naturales protegidas, la cual se denomina “Establecimiento, administración y manejo de áreas destinadas voluntariamente a la conservación”. En dicha sección se adicionó el artículo 77 Bis, el cual establece las disposiciones mínimas sobre este tipo de ANP. De esa forma, el promovente define las personas que podrán solicitar el reconocimiento de sus predios como “áreas destinadas voluntariamente a la conservación” y los requisitos para presentar la solicitud.

• Artículo Segundo Transitorio. En él se previó que el titular del Poder Ejecutivo Federal, en un plazo no mayor de trescientos días, debía publicar en el Diario Oficial de la Federación las reformas necesarias del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas, para que fueran acordes con las reformas de la LGEEPA en materia de áreas destinadas voluntariamente a la conservación.

Con esta nueva figura, cualquier persona interesada, pueblos indígenas y organizaciones sociales, pueden destinar sus predios a esta figura, y ellos establecerán, administrarán y manejarán dichas áreas, a través de un certificado expedido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el cual se hace el reconocimiento del terreno como ANP.

Ante esta situación, es de destacar que a la fecha la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales no ha realizado las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas, que debieron publicarse el 13 de marzo de 2009, de acuerdo con lo previsto en el artículo segundo transitorio del citado decreto.

La falta de modificaciones del reglamento genera incógnitas como las siguientes:

• La forma de expedición de los certificados y niveles de certificación de las áreas.

• El procedimiento de modificación de superficies o estrategias de manejo, así como la transmisión, extinción o prórroga de los certificados expedidos por la secretaría.

• Los requerimientos para solicitar el sello de sustentabilidad en caso de aprovechamientos sustentable de recursos naturales.

Si bien el número de áreas destinadas voluntariamente a la conservación ha permitido lograr mayor participación ciudadana en la instauración de la política ambiental, es necesario que ésta se plantee de acuerdo con bases estrictas emitidas por la autoridad competente, que en este caso debe ser la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través del reglamento de la ley.

En mérito de lo expuesto y fundado, someto a consideración del pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta al gobierno federal a publicar por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas, de acuerdo con el artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para fortalecer la certificación voluntaria de predios.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 6 de octubre de 2010.— Diputado Alejandro Carabias Icaza (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

La sesión concluirá con la intervención del diputado Sergio Octavio Germán Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Acto seguido terminaremos la sesión.



ESTADO DE MEXICO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:  Tiene la palabra el diputado Sergio Octavio Germán Olivares del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de México, informe sobre las afectaciones al tránsito generadas por el desarrollo de la obra del proyecto vial, viaducto elevado Toreo-Tepozotlán, asimismo considere las acciones pertinentes para su pronta solución.

El diputado Sergio Octavio Germán Olivares: Gracias, señor presidente, con su venia. El punto de acuerdo que voy a presentar es un exhorto al gobierno del estado de México para que informe sobre las afectaciones al tránsito, generadas por el desarrollo de la obra del viaducto Toreo-Tepozotlán.

Le pediría yo al presidente que se inserte íntegro el texto de este punto de acuerdo, y voy a ser muy breve al mencionar que este proyecto vial elevado Toreo-Tepozotlán está programado en tres etapas, y estas etapas tienen que ver con una obra importante para el estado de México, pero está afectándose de manera muy importante a todos aquellos que están circulando por esta obra, y esto es porque no existe el señalamiento adecuado vial de las desviaciones y de las vías alternas.

Efectivamente, existen algunos señalamientos que están poniendo en riesgo el trayecto de los ciudadanos mexiquenses. Sin duda nuestra prioridad debe ser garantizar la seguridad de todas estas personas que circulan por estas vialidades, y nosotros estamos pidiendo que se realice durante las jornadas nocturnas mayor señalamiento, vigilancia con agentes de tránsito, para que se les dé esa garantía y seguridad a todos los ciudadanos.

Por otra parte, me quiero referir al costo que tendrá el peaje de este viaducto elevado, que a lo largo de sus más de 22 kilómetros el costo por kilómetro es de 1.20. Para una familia que tenga que circular del diario ida y vuelta y que recorra más de 50 kilómetros, seguramente este gasto será bastante oneroso.

Por lo anterior, quiero someter a la consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente exhorto:

Primero. Se hace un atento exhorto al gobierno del estado de México para que en un término de 30 días contados a partir de la publicación del presente, informe a esta honorable Legislatura los procedimientos que llevó a cabo para determinar los costos de peaje del viaducto elevado. De no existir, se inicien los procedimientos administrativos, disciplinarios y/o resarcitorios a los servidores públicos responsables de dicha licitación.

Segundo. Se instruya a quien corresponde, a efecto de iniciar los procedimientos de auditoría, y de desprenderse responsabilidad alguna se inicien los procedimientos correspondientes.

Tercero. Sean realizadas las adecuaciones correspondientes al esquema de viaducto elevado, para que pueda ser utilizado por toda la ciudadanía y no solamente por aquellos que cuenten con la tarjeta TAJ, establecido como está en las casetas de cobro. Es cuanto, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de México a informar sobre las afectaciones del tránsito generadas por el desarrollo del proyecto vial Viaducto Elevado Toreo-Tepotzotlán, y a considerar las acciones pertinentes para su pronta solución, a cargo del diputado Sergio Octavio Germán Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Sergio Octavio Germán Olivares, diputado a la LXI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presenta ante esta asamblea puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobierno del estado de México a informar sobre las afectaciones del tránsito generadas por el desarrollo de la obra y a considerar las acciones pertinentes para su pronta solución del proyecto vial viaducto elevado Toreo-Tepotzotlán, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El gobierno del estado de México desarrolla el proyecto carretero Viaducto Bicentenario Toreo-Tepotzotlán, con la finalidad de solucionar el problema de congestión vial que se tiene actualmente en el periférico norte.

El proyecto vial viaducto elevado Toreo-Tepotzotlán está programado en tres etapas: la primera comprenderá el tramo Toreo-Tepalcapa, con un cuerpo de tres carriles de circulación en sentido sur-norte, con una longitud de 22 kilómetros; la segunda etapa está programada del tramo Tepalcapa-Toreo, integrado por un cuerpo de tres carriles de circulación en sentido norte-sur, con una longitud de 22 kilómetros; la tercera etapa comprende Tepalcapa-Tepotzotlán y se compone de tres carriles de circulación en ambos sentidos, con una longitud de 10 kilómetros.

La obra tendrá un ancho de la calzada de 12.60 metros, atendiendo un aforo estimado de 30 mil 300 vehículos al día, con una inversión en la primera etapa de 4 mil 220 millones de pesos, cuya operación está programada para septiembre de 2010.

El proyecto viaducto elevado Toreo-Tepotzotlán que va en dirección sur-norte antes de cerrar el tramo del periférico a las 23:00 horas genera un grave caos vial que para salir de él. En promedio, tarda un automovilista entre dos y tres horas, debido a la falta de planeación de la obra por las autoridades responsables de dicho proyecto.

De acuerdo con la ejecución de la obra, ésta se realizará básicamente en jornadas nocturnas, con un plan vial de circulación alterno para dar fluidez a la circulación en el día sobre avenidas como Gustavo Baz, Adolfo López Mateos, calzada de Las Armas, Aquiles Serdán y López Portillo, que ayuden a desahogar el constante aforo vehicular. Sin embargo, la situación ha sido compleja, pues las autoridades responsables no han tomado las acciones pertinentes; ello ocasiona grandes conflictos viales que afectan a miles de usuarios que hacen uso cotidiano de esta importante vía.

No se tienen señalamientos de las vías alternas, no hay suficientes agentes de tránsito que agilicen el flujo vehicular ni sincronización de semáforos viales para el desahogo del tráfico. Falta información vial a los conductores para evitar avenidas que se encuentran sumamente congestionadas, y se generan elevados niveles de contaminación ambiental para toda la región.

Sin duda, la seguridad de los ciudadanos es nuestra prioridad, a fin de evitar cualquier siniestro que los ponga en peligro, por lo que resulta fundamental que las obras que se desarrollen tengan todos los estudios necesarios para minimizar los riesgos que se puedan presentar en el momento de su ejecución y en su operación.

Otro aspecto que me han expresado los ciudadanos mexiquenses es el costo del peaje que se ha manejado en el proyecto en comento, a raíz de la licitación que se realizó en 2007, donde se consideró un peaje de 1.20 por kilómetro, de acuerdo con la empresa ganadora, el cual es muy alto para los usuarios que quieran utilizar esta vía todos los días, por lo que es necesario que el gobierno del estado de México busque opciones para disminuirlo.

Actualmente se han vendido 57 mil TAG, o aparatos de transmisión de frecuencia, para ingresar en la autopista de cuota del viaducto elevado Bicentenario desde la zona de El Toreo hasta el lago de Guadalupe, en Tlalnepantla. Los TAG, que activan las plumas de acceso a esta autopista de cuota urbana, tiene un costo de 300 pesos, 105 pesos por cargo por activación y 195 pesos de crédito para poder transitar pagando 1.32 por kilómetro transitado.

Muchos ciudadanos que tienen automóvil que no poseen un TAG han querido ingresar en el viaducto elevado Bicentenario, donde no se tienen casetas de cobro, sólo plumas que restringen el paso y sólo se elevan al ser activadas por los automóviles que portan su TAG, creando confusión y desorden vial a falta de información, además de que el costo es demasiado elevado para la ciudadanía.

Estoy en favor de que es necesario crear obras de infraestructura con amplio sentido social, que generen soluciones a los problemas que enfrenta el crecimiento regional, sobre todo en la zona norponiente, en la que se encuentran Naucalpan, Tlalnepantla, Atizapán, Tultitlán, Cuautitlán Izcalli, Cuautitlán y Tepotzotlán, los que por su colindancia con el Distrito Federal originan que el flujo vehicular ocasionando por los requerimientos de traslado entre sus habitantes sea de proporciones considerables.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la aprobación de los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se hace un atento exhorto al gobierno del estado de México para que, en un término de 30 días, contados a partir de la publicación del presente, informe a esta legislatura acerca de los procedimientos que llevó a cabo para determinar los costos de peaje del viaducto elevado y, de no existir, que se inicien los procedimientos administrativos disciplinarios o resarcitorios a los servidores públicos responsables de dicha licitación.

Segundo.Se instruya a quien corresponda a efecto de iniciar los procedimientos de auditoría; y que de desprenderse responsabilidad alguna, se inicien los procedimientos administrativos correspondientes contra quien resulte responsable.

Tercero.Sean realizadas las adecuaciones correspondientes a efecto de que el viaducto elevado pueda ser utilizado por toda la ciudadanía y no sólo por quienes tramiten una tarjeta TAG, estableciendo casetas de cobro de ser necesario.

Palacio Legislativo, a 5 de octubre de 2010.— Diputado Sergio Octavio Germán Olivares (rúbrica).»

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Transportes.¿Con qué objeto, diputado Serrano?



REGISTRO DE ASISTENCIA

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): Una propuesta, diputado. Para el diputado Carlos Ramírez Marín, una propuesta formal. Que en todas las sesiones se pase lista al principio y al final de las mismas.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Con mucho gusto, señor diputado. Recogemos su preocupación y será planteada ante la Conferencia para la Dirección de los Trabajos Parlamentarios con toda atención.



ESTADO DE MEXICO

La diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía (desde la curul). Señor Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputada Rosaura.

La diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía(desde la curul): Gracias, presidente. Únicamente para solicitarle al diputado proponente si me permite que me adhiera por favor a su propuesta.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Germán Olivares, ¿acepta usted la adhesión de la diputada Rosaura?

El diputado Sergio Octavio Germán Olivares (desde la curul): Con mucho gusto.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias. Se adhiere la diputada a la proposición.

Le pediría al señor vicepresidente sea tan amable de dar turno a los asuntos que faltan.

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: La proposición del diputado Sergio Octavio Germán Olivares se turna a la Comisión de Transportes.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió del diputado Samuel Herrera Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011 se consideren recursos para obras, programas y proyectos en favor del municipio de Guadalupe, Zacatecas.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado: «Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos para obras, programas y proyectos en favor de Guadalupe, Zacatecas, a cargo del diputado Samuel Herrera Chávez, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal de la LXI Legislatura y perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En el mes de octubre de 2009 estuvieron presentes presidentes municipales de todo el país, de las diversas expresiones políticas, de visita en esta honorable Cámara de Diputados, los cuales nos plantearon dos propuestas que tienen que ver con la administración y la situación que complica la actividad diaria de los municipios; la primera, la creación de una iniciativa de ley para el fortalecimiento municipal, que consolide el pacto federal, fortaleciendo la hacienda municipal y la participación ciudadana. La iniciativa que presentamos contiene la propuesta y reclamo de los municipios.

De igual forma presentamos ante esta soberanía, punto de acuerdo para exhortar a la Comisión  de Presupuesto y Cuenta Pública para que se aumenten los recursos a los gobiernos locales y a todos los municipios del país a través de los fondos participables como son, ramo 33, ramo 28, ramo 20, ramo 23 y demás ramos propuestos en el Presupuesto de Egresos de la Federación y fondos complementarios para su desarrollo y que estos sean realmente distribuidos de forma equitativa.

Para respaldar estas propuestas de los municipios se realizaron foros y consultas en los municipios y gobiernos locales. Asimismo, tomando en cuenta los requerimientos establecidos en la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los criterios generales y las demandas locales, creemos que todos los legisladores tenemos que asumir nuestro rol de promotores de la voz de nuestros representados. Nosotros somos quienes aprobamos el PEF y si bien es nuestra voluntad apoyar las prioridades de los gobernadores, creemos que debemos ser sensibles en apoyar con la misma prioridad proyectos de los presidentes municipales en las mismas entidades, con lo que cerramos el círculo entre criterios técnicos, financieros, gubernamentales y sociales.

Por el estado al que pertenezco planteo las siguientes propuestas en favor del municipio de Guadalupe, Zacatecas:

Por lo que proponemos a esta soberanía de la LXI Legislatura el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Exhortar a las fuerzas políticas de la Cámara de Diputados, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, y a las distintas comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados, para que se aprueben y dictaminen las propuestas, programas, obras, y proyectos que presenta el municipio de Guadalupe, Zacatecas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2010.— Diputado Samuel Herrera Chávez (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Continúe la Secretaría.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Jueves 14 de octubre de 2010.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, por la que invita a la ceremonia cívica conmemorativa del 57 aniversario del Derecho al Voto de la Mujer, que tendrá lugar el 17 de octubre a las 10:00 horas.

Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada(a las 14:59 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana jueves 14 de octubre de 2010 a las 10 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8:30 horas de la mañana.

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RESUMEN DE TRABAJOS • Tiempo de duración: 3 horas 7 minutos • Quórum a la apertura de sesión: 297 diputados • Oradores que participaron: 83 PRI                                  26PAN                                 22PRD                                 20PVEM                      2PT                           6Convergencia                     3Nueva Alianza                   3Diputados de la Comisión Especial de Seguimiento a los Fondos Aportados por los ex Trabajadores Mexicanos Braceros     1 Se recibió o presentó: • 7 iniciativas del PRI; • 2 iniciativas del PAN; • 2 iniciativas del PRD; • 1 iniciativa del PVEM; • 1 iniciativa del PT; • 1 iniciativa de Nueva Alianza; • 40 proposiciones con puntos de acuerdo