Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXI Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, jueves 23 de septiembre de 2010
Sesión No. 10

SUMARIO


CAMARA DE DIPUTADOS

Desde su curul, el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña realiza comentarios sobre el operativo de la Policía Federal, a lo que el Presidente da respuesta

COMISIONES LEGISLATIVAS

Oficios de la Junta de Coordinación Política por el que se comunican cambios de integrantes en las Comisiones de Gobernación; de Vivienda; de Transporte; de Trabajo y Previsión Social; de Cultura; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Especial de la cuenca del sistema Cutzamala; Especial de la Industria Automotriz; de la Función Pública; de Desarrollo Social; de Seguridad Pública; de Ciencia y Tecnología; Jurisdiccional; de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación; Especial para analizar el presupuesto de gastos fiscales; de Marina; de Seguridad Social; de Puntos Constitucionales; de Fomento Cooperativo; Especial para la Niñez; Especial del Cambio Climático; de Atención a Grupos Vulnerables; de Equidad y Género; Especial de Acceso Digital; de Derechos Humanos; de Salud; del Distrito Federal; de Participación Ciudadana; de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; y en el Grupo de Trabajo de alto nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para impulsar una estrategia y un programa eficaz en materia de protección y prevención de las adicciones: Aprobado

CAMARA DE DIPUTADOS

Realizan comentarios, desde sus curules, sobre lo ocurrido en la pasada sesión del día 21 del presente mes los diputados:

José Ramón Martel López

Carlos Alberto Pérez Cuevas

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

DIPUTADO QUE TOMA PROTESTA

El Presidente informa de la recepción de notificación de suspensión de los derechos reclamados como consecuencia de la orden de aprehensión, así como su ejecución, del ciudadano Julio César Godoy Toscano, electo como diputado federal por el I distrito electoral del estado de Michoacán

El Presidente designa comisión que acompañe al ciudadano Julio César Godoy Toscano, electo como diputado federal por el I distrito electoral del estado de Michoacán, en el acto de rendir su protesta de ley

COMISIONES LEGISLATIVAS

Tres oficios de la Junta de Coordinación Política por los que se comunican cambios de integrantes en las Comisiones de Cultura; de Fomento Cooperativo y Economía Social; de Seguridad Social; de Asuntos Indígenas; Especial de la industria automotriz; de Hacienda y Crédito Público; de Recursos Hidráulicos; de Vivienda; de Radio, Televisión y Cinematografía; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Desarrollo Metropolitano; Especial de impulso a la calidad educativa; Especial de competitividad; Especial de la cuenca del sistema Cutzamala; Especial encargada de estudiar, analizar, evaluar y supervisar el funcionamiento de las aduanas, puertos y aeropuertos nacionales en relación con la entrada de mercancía ilegal, el tráfico y contrabando de armas, estupefacientes y sustancias adictivas; Especial de energías renovables; Especial de seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación; en el Comité de Administración; en los Grupos de Amistad México-Irak; México-China; México-Alemania; México-Estados Unidos; México-India; México-Brasil; México-Cuba; México-Israel; y en el Grupo de Trabajo para realizar un estudio de la normatividad que rige los trabajos del pleno de la Cámara de Diputados. Aprobados; comuníquense

ESTADOS DE OAXACA Y GUERRERO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se integra el Grupo de Trabajo para dar seguimiento a los conflictos suscitados en la región Triqui de Oaxaca de Juárez, y sobre el incremento de la violencia en el estado de Guerrero

A discusión, hacen uso de la palabra los diputados:

Desde su curul, Jaime Fernando Cárdenas Gracia, quien solicita modificación en la integración

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Heliodoro Carlos Díaz Escárraga

Leticia Quezada Contreras

Desde su curul, Pablo Escudero Morales

Es aprobado el acuerdo presentado, con la modificación presentada; comuníquese

MEXICANA DE AVIACION

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se comunican al pleno los nombres de los diputados integrantes del Grupo de Trabajo de seguimiento al proceso de adquisición y reestructuración de la compañía Mexicana de Aviación, hoy Nuevo Grupo Aeronáutico

A discusión, hacen uso de la palabra los diputados:

Mario Alberto di Costanzo Armenta

José Adán Ignacio Rubí Salazar

Aprobado el acuerdo, comuníquese

ESTADO DE JALISCO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se constituye un grupo plural de trabajo para dar seguimiento al desarrollo y la solución de la problemática del predio El Divisadero de Tenacatita, de la zona federal de la bahía de Tenacatita, municipio de La Huerta, del estado de Jalisco

A discusión, hacen uso de la palabra los diputados:

David Hernández Pérez

Juan Enrique Ibarra Pedroza

Juan José Cuevas García

Aprobado el acuerdo; comuníquese

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Junta de Coordinación Política para modificar el orden del día. Aprobada

LAGO DE CHAPALA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta soberanía que se considere el Programa Operativo 2011 del Plan Interestatal para la Sustentabilidad de la Cuenca del Lago de Chapala. Aprobado; comuníquese

ESTADO DE OAXACA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se solicita se emita la declaratoria de desastre, por lo tanto la utilización de recursos del Fondo de Desastres Naturales, y del Fondo para Apoyar a la Población Rural afectada por Contingencias Climatológicas para atender a 166 municipios del estado de Oaxaca, afectados por las lluvias. Aprobado; comuníquese

CAMARA DE SENADORES

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite acuerdo por el que se designa secretario de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores para el segundo año de ejercicio de la LXI Legislatura. De enterado

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

Once oficios de la Cámara de Senadores con los que remite los siguientes acuerdos por los que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a incrementar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 los recursos federales para:

El Fondo de Desastres Naturales y el Fondo para Apoyar a la Población Rural afectada por Contingencias Climatológicas. Se turna el punto cuarto a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

El mantenimiento y ampliación del tramo La Mancha-Nautla de la carretera federal 180, así como sus diversos entronques, presentada por el senador Juan Bueno Torio. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

El Fondo de Desastres Naturales, y del Fondo para Apoyar a la Población Rural afectada por Contingencias Climatológicas, presentada por el senador Arturo Herviz Reyes. Se turna el punto cuarto a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Se establezca dentro del Fondo de Desastres Naturales un apartado específico denominado Programa Fondo de Atención de Contingencia Sanitaria, presentado por la senadora María del Socorro García Quiroz. Se turna el segundo punto a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

El fideicomiso que administra el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Migrantes Mexicanos, presentada por el senador Ricardo Monreal Avila. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Concretar la transición a la televisión digital terrestre, presentada por los senadores María del Socorro García Quiroz y Adolfo Toledo Infanzón. Se turna el segundo punto a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal; al secretario de Educación Pública; y a la Cámara de Diputados a considerar el fortalecimiento del subsector cultura, presentada por la senadora María de Lourdes Rojo e Incháustegui. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

El presupuesto destinado al Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, presentada por los senadores María del Socorro García Quiroz y Adolfo Toledo Infanzón. Se turna el tercer punto a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

La Universidad Autónoma de Guerrero, presentada por el senador Julio César Aguirre Méndez. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Que se considere la perspectiva de género, presentada por la senadora Claudia Corichi García. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Que se considere un incremento sustancial en el presupuesto destinado al Fideicomiso para la Prevención de las Adiciones, presentada por la senadora Claudia Corichi García. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7, 12, 40, 74, 163 y 165 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 190 de la Ley General de Desarrollo Rural Sustentable. Se turna a la Comisión de Desarrollo Rural

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Se recibe del diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 257 Bis, 257 Quáter, y 258 Bis de la Ley Federal de Derechos, con el fin de homologar el régimen fiscal que ya se aplica al Paleocanal de Chicontepec y aguas profundas a la extracción de gas en la cuenca de Burgos por parte de Petróleos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ARTICULO 42 CONSTITUCIONAL

El diputado José del Pilar Córdova Hernández continúa en la presentación –comenzada en la sesión del pasado día 21– de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 42 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre la conformación de territorio nacional mexicano. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 554 de la Ley Federal del Trabajo, sobre la integración de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social

ARTICULO 6 CONSTITUCIONAL - LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES EN POSESION DE AUTORIDADES FEDERALES, ENTIDADES DE INTERES PUBLICO, PERSONAS FISICAS Y MORALES, Y PODERES FACTICOS

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y expide la Ley Federal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales en Posesión de Autoridades Federales, Entidades de Interés Público, Personas Físicas y Morales, y Poderes Fácticos. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

En una intervención el diputado Pedro Jiménez León presenta las siguientes iniciativas con proyectos de decreto:

Por el que se reforman los artículos 1o., 1o.-C, 2o., 2o.-A, y 5o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para la reducción de dicho impuesto. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Que adiciona el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, para que el monto destinado a ciencia y tecnología en el Presupuesto de Egresos del año correspondiente no sea inferior al 1 por ciento del Producto Interno Bruto. Se turna a la Comisión de Ciencia y Tecnología

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA - LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

En una intervención el diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida presenta las siguientes iniciativas con proyectos de decreto:

Por el que se adiciona el artículo 222 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con la deducción de impuestos para quienes contraten a personas menores de 25 años para su primer empleo. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Por el que se adiciona el artículo 7 de la Ley General de Desarrollo Social, respecto a los beneficios de los programas de desarrollo social, entregados a las mujeres. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social

Desde sus curules, se adhieren a las iniciativas los diputados:

Daniela Nadal Riquelme

Jesús Alfonso Navarrete Prida acepta

Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez

Leticia Quezada Contreras

ARTICULO 53 CONSTITUCIONAL

La diputada Dora Evelyn Trigueras Durón presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 53 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

ARTICULOS 74, 76, 78, 89 Y 91 CONSTITUCIONALES

El diputado Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74, 76, 78, 89 y 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre las facultades del Poder Legislativo para ratificar los nombramientos que realice el Presidente de la República de los secretarios del despacho, y de los servidores públicos titulares de los órganos u organismos rectores de los ramos de energía eléctrica, petróleo, telecomunicaciones, agua y pensiones. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

La diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley General de Desarrollo Social, para delimitar la competencia del Ejecutivo federal respecto de los programas de desa-rrollo social en los municipios del país. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

La diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desa-rrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia del impulso y fomento del empleo de los jóvenes universitarios. Se turna a la Comisión de Economía

Desde su curul, el diputado Daniel Gabriel Avila Ruiz se adhiere a la iniciativa

LEY GENERAL DE SALUD

El diputado Ariel Gómez León presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3o. de la Ley General de Salud, a efecto de incorporar los trastornos generalizados del desarrollo, y los síndromes que de éste se desprenden. Se turna a la Comisión de Salud

ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL - LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Ricardo Armando Rebollo Mendoza presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, a fin de que las mujeres que adopten tengan los mismos derechos laborales a partir de que se establezca el vínculo jurídico filial materno en hijos adoptados menores de tres meses. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Trabajo y Previsión Social

Desde su curul, el diputado Héctor Guevara Ramírez se adhiere a la iniciativa

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 y adiciona los artículos 3o. y 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural con proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural con proyecto de decreto que adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

LEY AGRARIA

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria con proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Ley Agraria

LEY AGRARIA

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria con proyecto de decreto que reforma el artículo 30 de la Ley Agraria

LEY DE ASOCIACIONES AGRICOLAS

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas

LEY GENERAL DE EDUCACION

Primera lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud con proyecto de decreto que reforma la fracción IX del artículo 7o. de la Ley General de Educación, en materia de educación nutricional

LEY GENERAL DE EDUCACION

Primera lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación nutricional y regulación de venta de alimentos y bebidas en los planteles escolares de nivel básico

LEY AGRARIA

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO - LEY DEL SEGURO SOCIAL

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Seguridad Social con proyecto de decreto que reforma los artículos 6 y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 64 de la Ley del Seguro Social

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 55 Bis de la Ley General de Vida Silvestre

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 29 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor

LEY DE FISCALIZACION Y RENDICION DE CUENTASDE LA FEDERACION

Primera lectura del dictamen de la Comisión de la Función Pública con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 80 y 82 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

ESTADO DE MEXICO

Dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo a fin de exhortar a la Comisión Nacional del Agua a llevar a cabo acciones para el saneamiento integral del vaso regulador El Cristo, situado en Naucalpan de Juárez, México

LAICIDAD DEL ESTADO

Dictamen de la Comisión de Gobernación con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 8 de diciembre de 2009, por la que se solicita al Ejecutivo federal que exija el estricto cumplimiento del principio de laicidad del Estado mexicano por parte de las asociaciones religiosas, particularmente del clero católico, y que redunde en el respeto de los derechos humanos de las personas gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero

INDUSTRIA DEL CALZADO

Dictamen de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 22 de abril pasado, por la que se exhorta a la Secretaría de Economía a excluir la industria del calzado de la negociación de un eventual Tratado de Libre Comercio con Brasil

SECRETARIA DE ECONOMIA

Dictamen de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 20 de abril pasado, por la que se exhorta a la Secretaría de Economía a realizar actividades tendentes a enlazar a los proveedores nacionales de insumos y servicios con los productores de bienes y servicios finales, como vía generadora de empleo

MELAZA

Dictamen de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 24 de marzo pasado, por la que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a analizar el efecto del desabasto de melaza en el sector alimentario y a tomar las previsiones conducentes en la industria de alimentos balanceados para el consumo pecuario

GASOLINERAS

Dictamen de las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 8 de diciembre de 2009, por la que se solicita al titular de la Procuraduría Federal del Consumidor que instruya a las delegaciones estatales para intensificar el programa de verificación que permita detectar ventas fraudulentas de combustibles; y al titular de la Secretaría de la Función Pública que dé seguimiento a las actividades de esas delegaciones respecto a las gasolineras

DECLARACION DE AUTODETERMINACION DE MEXICO

Dictamen de Comisión de Economía con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 26 de noviembre de 2009, por la que se solicita a la Secretaría de Gobernación que incluya en el calendario oficial el 19 de julio como el día para conmemorar la Declaración de Autodeterminación de México, hecha por Francisco Primo de Verdad y Ramos

PRODUCCION PORCICOLA

Dictamen de Comisión de Economía con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 15 de diciembre de 2009, por la que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar medidas para salvaguardar la producción porcícola nacional, evitando las políticas de dumping, que han incrementado la importación de derivados del cerdo.

TRATADO DE LIBRE COMERCIO MEXICO-BRASIL

Dictamen de Comisión de Economía con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 28 de abril pasado, por la que se exhorta al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva la negociación del Tratado de Libre Comercio México-Brasil para garantizar igualdad de condiciones comerciales.

ADICCIONES

Dictamen de Comisión de Salud con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 11 de marzo pasado, por la que se exhorta a las instituciones de salud, a los Congresos estatales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a desarrollar un plan conjunto de difusión sobre los centros de atención primaria en adicciones Nueva Vida.

VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO Y CANCER CERVICO UTERINO

Dictamen de Comisión de Salud con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 11 de marzo pasado, relativa a los recursos para la prevención y control del virus del papiloma humano y el cáncer cérvico-uterino en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011.

EX CONVICTOS DEPORTADOS

Dictamen de Comisión de Seguridad Pública con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 15 de diciembre de 2009, por la que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa integral de reinserción social de los ex convictos deportados a nuestro país.

SEGURIDAD PUBLICA

Dictamen de Comisión de Seguridad Pública con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 7 de abril pasado, por la que se exhorta a las entidades federativas que a la fecha no hubieren adecuado su marco legal en materia de seguridad pública a realizar las reformas necesarias a fin de dar cumplimiento al artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional sobre seguridad y justicia de fecha 18 de junio de 2008.

ESTADO DE COAHUILA

Dictamen de Comisión de Seguridad Pública con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 21 de abril pasado, por la que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargadas de la materia en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía

POLICIA FEDERAL, DIVISION CAMINOS

Dictamen de Comisión de Seguridad Pública con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 22 de abril pasado, por la que se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la gran corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos

EMPRESAS DE CONNACIONALES MIGRANTES

Dictamen de Comisión de Economía con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 7 de abril pasado, por la que se exhorta al secretario de Economía a implantar mediante el organismo ProMéxico un programa de apoyo de las empresas creadas por connacionales migrantes en el extranjero, con el fin de incentivar su establecimiento en nuestro país a partir de otorgarles de todas las facilidades para su potencialización en territorio mexicano

SECTOR LECHERO

Dictamen de Comisión de Economía con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 8 de abril pasado, por la que se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que, en su caso, realizó para determinar fechas, montos y procedimientos de los cupos de importación de leche en polvo, así como que calcule el efecto de las importaciones en el sector lechero del país

ESTADO DE NAYARIT

Dictamen de Comisión de Recursos Hidráulicos con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 20 de octubre de 2009, por la que se solicita al Ejecutivo federal que se construya el sobrebordo de protección en Tuxpan, Nayarit, por considerarse zona de alto riesgo para los habitantes ante inundaciones

DISTRITO FEDERAL

Dictamen de Comisión de Recursos Hidráulicos con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 29 de octubre de 2009, por la que se solicita al director general de Comisión Nacional del Agua y al del Sistema de Aguas de la Ciudad de México que lleven a cabo las acciones que les corresponda para solucionar el problema de abastecimiento de agua en la delegación Iztapalapa, Distrito Federal

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

Dictamen de Comisión de Recursos Hidráulicos con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 4 de noviembre de 2009, por la que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Comisión Nacional del Agua se establezcan los mecanismos para la rehabilitación del arroyo Alamar, en el estado de Baja California

Se aprueban en conjunto los anteriores 20 dictámenes; comuníquense

LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION

Dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones, y de Radio, Televisión y Cinematografía con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 28 y 29 A, de la Ley Federal de Radio y Televisión, presentada en la sesión del 27 de abril de 2006

Desde su curul, el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia solicita una explicación del procedimiento a seguir, el Presidente da respuesta

LEY DEL SEGURO SOCIAL

Oficio la Comisión de Seguridad Social con el que solicita que se retire del orden del día el dictamen con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social

LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

Dictamen de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo por los que se de-secha la minuta con proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas, recibida en la sesión del 3 de febrero pasado

LEY DE AGUAS NACIONALES

Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, presentada en la sesión del 14 de abril de 2005

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

Dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, presentada en la sesión del 25 de junio de 2008

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

Dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 15 y 71 de la Ley General de Desa-rrollo Forestal Sustentable, presentada en la sesión del 22 de febrero de 2007

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, presentada en la sesión del 8 de diciembre de 2009

LEY DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2 y 9 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, presentada en la sesión del 14 de octubre de 2004

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 38 y 175-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abrogado el 14 de enero de 2008, presentada en la sesión del 14 de noviembre de 2006

LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

Dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Equidad y Género con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, recibida en la sesión del 3 de septiembre de 2009

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Dictamen de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo por los que se de-secha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 22 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, presentada en la sesión del 20 de octubre de 2009

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo el artículo 11 del Reglamento de la Ley General de Salud, en materia de publicidad, presentada en la sesión del 30 de abril de 2009

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 115 de la Ley General de Salud, presentada en la sesión del 21 de octubre de 2008

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 464 Bis-1 a la Ley General de Salud, presentada en la sesión del 26 de abril de 2007

LEY GENERAL DE EDUCACION

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación en materia de regulación de contenidos en libros de texto gratuitos, presentada en la sesión del 2 de febrero pasado

Se aprueban en conjunto los anteriores 14 dictámenes. Archívense los expedientes como asuntos concluidos

ESTADO DE MEXICO

Se recibe del diputado Sergio Octavio Germán Olivares proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de México a entregar a esta soberanía, en un plazo de 30 días naturales, un informe integral y detallado sobre el proyecto del sistema de autobús de tránsito rápido, llamado Mexibús, que corre de Ciudad Azteca a Tecámac. Se turna a la Comisión de Desarrollo Metropolitano

ESTADO DE CHIHUAHUA

Se recibe del diputado Jaime Flores Castañeda proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares del gobierno federal, de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Seguridad Pública a reforzar de forma permanente la presencia de elementos del Ejército Mexicano y de la Policía Federal en el estado de Chihuahua. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

Se recibe del diputado José Manuel Agüero Tovar proposición con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos adicionales para subsanar el déficit económico de la Universidad Autónoma del estado de Morelos. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

Se recibe del diputado José del Pilar Córdova Hernández proposición con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos para la construcción de una unidad deportiva en la Universidad Popular de la Chontalpa, situada en el municipio de Cárdenas Tabasco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA

Se recibe del diputado Rafael Yerena Zambrano proposición con punto de acuerdo para exhortar a los Ejecutivos y a los congresos estatales a establecer el 15 y el 17 de septiembre de 2010 como días de descanso obligatorio, en el marco de los festejos del bicentenario del movimiento de Independencia. Se turna a la Comisión de Gobernación

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

Se recibe, de diputados integrantes del Grupo de Trabajo de alto nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para crear una estrategia y un programa eficaz en materia de atención y prevención de las adicciones, proposición con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se consideren recursos para la prevención, atención y tratamiento de las adiciones. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

ADULTOS MAYORES

Se recibe de la diputada Martha Elena García Gómez proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Desarrollo Social a establecer la reducción de la edad a 65 años para ser beneficiario del programa de Apoyo Económico para los Adultos Mayores de nuestro país. Se turna a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Hacienda y Crédito Público

PROGRAMA NACIONAL DE APOYO ECONOMICO A JOVENES ESTUDIANTES

Se recibe de la diputada Martha Elena García Gómez proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública a crear un Programa Nacional de Apoyo Económico destinado a los jóvenes estudiantes, con el propósito de evitar la deserción escolar y generar mejores alternativas de ocupación para este grupo social. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Hacienda y Crédito Público

ADULTOS MAYORES

El diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a intensificar las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana en materia de adultos mayores. Se turna a la Comisión de Salud

IGLESIA CATOLICA

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña presenta proposición con punto de acuerdo para exigir a la jerarquía católica que, en el marco del bicentenario de la Independencia de México, retire la excomunión de Hidalgo y Morelos, y ofrezca una disculpa pública. Se turna a la Comisión de Gobernación

MICHELLE BACHELET

Desde su curul, la diputada Leticia Quezada Contreras solicita a la Cámara de Diputados que exprese un reconocimiento a la ex presidenta chilena Michelle Bachelet por su nombramiento como la nueva titular de ONU Mujeres. El Presidente da respuesta

COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD

El diputado César Augusto Santiago Ramírez presenta proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) practique una revisión financiera a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y otra de cumplimiento al director de operaciones de la empresa por las denuncias en su contra y por supuestos actos de corrupción; y que se forme una comisión plural que concluya las investigaciones realizadas por esta soberanía

Desde sus curules, realizan interpelaciones los diputados:

Pablo Escudero Morales

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Continúa el diputado César Augusto Santiago Ramírez

Se considera el asunto como de urgente resolución

Desde su curul, el diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas solicita la rectificación de quórum

Desde sus curules, intervienen los diputados:

César Augusto Santiago Ramírez

Liev Vladimir Ramos Cárdenas

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

A discusión, se concede el uso de la palabra a los diputados:

Laura Itzel Castillo Juárez

Mario Alberto di Costanzo Armenta

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Luis Felipe de Jesús Cantú Rodríguez

Desde su curul, el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia realiza interpelación

Luis Felipe de Jesús Cantú Rodríguez da respuesta

Desde su curul, el diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta realiza interpelación

Luis Felipe de Jesús Cantú Rodríguez da respuesta

Desde sus curules, realizan comentarios de procedimiento los diputados:

Carlos Alberto Pérez Cuevas

Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez

Pablo Escudero Morales

Continúa el diputado Luis Felipe de Jesús Cantú Rodríguez

César Augusto Santiago Ramírez

Pedro Avila Nevárez

Se considera suficientemente discutido

Desde su curul, el diputado Pablo Escudero Morales solicita aclaración de procedimiento, a lo cual el Presidente responde

Es aprobada la proposición presentada; comuníquese

PROTECCION ZONAS RIBEREÑAS

El diputado José María Valencia Barajas presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emprender, mediante la Comisión Nacional del Agua, acciones para salvaguardar y hacer respetar las zonas ribereñas de protección y jurisdicción federal, y a coordinar esfuerzos con los gobiernos estatales y los municipales, a fin de reubicar a los habitantes de viviendas establecidas en la zona o ribera federal, a efecto de evitar daños en su seguridad y patrimonio por inundaciones

PUBLICIDAD - EXPLOTACION SEXUAL Y TRATA DE PERSONAS

El diputado Agustín Carlos Castilla Marroquín presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a los medios de comunicación a establecer lo conducente para evitar que en las secciones comerciales de las publicaciones impresas, electrónicas y cibernéticas se promuevan actividades sexuales con niños y con adolescentes y, en general, actos delictivos relacionados con la trata de personas

Se considera de urgente resolución y sin discusión es aprobado; comuníquese

PROTECCION ZONAS RIBEREÑAS

La proposición presentada por el diputado José María Valencia Barajas se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Recursos Hidráulicos

ESTADO DE JALISCO

El diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas presenta proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta soberanía que consideren el Programa Operativo 2011 del Plan Interestatal para la sustentabilidad de la cuenca del lago de Chapala

Desde su curul, el diputado Gumercindo Castellanos Flores se adhiere a la propuesta. El Presidente informa que este punto de acuerdo ya se aprobó en acuerdo previo de la Junta de Coordinación Política

ESTADO LAICO

La diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a aplicar mediante la Secretaría de Gobernación el marco jurídico federal para hacer cumplir los principios constitucionales del Estado laico. Se turna a la Comisión de Gobernación

SALUD ALIMENTARIA

La diputada María Elena Perla López Loyo presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a formar una comisión que impulse políticas en materia de salud alimentaria. Se turna a la Comisión de Salud

DISTRITO FEDERAL

La diputada Leticia Quezada Contreras presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Electoral del Distrito Federal a reconocer la calidad de pueblos y la identidad vecinal de San Bernabé Ocotepec, San Nicolás Totolapan, La Magdalena Contreras, Santa Teresa y San Jerónimo Lídice, y a conferirles ese carácter en la próxima elección vecinal. Se turna a la Comisión del Distrito Federal

LEY DE COORDINACION FISCAL

Se recibe de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado solicitud de excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que emita dictamen de la iniciativa con proyecto decreto por la que se reforma y adiciona los artículos 25, 48 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. El Presidente realiza la excitativa correspondiente

ARTICULO 73 CONSTITUCIONAL

Se recibe del diputado Oscar Martín Arce Paniagua solicitud de excitativa a las Comisiones de Puntos Constitucionales, y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, a fin de que dictamen la minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-P al artículo 73 de la Constitución General de los estados Unidos Mexicanos. El Presidente realiza la excitativa correspondiente

LEY DEL SEGURO SOCIAL

Se recibe de diputados integrantes de la Comisión de Seguridad Social solicitud de excitativa a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Senadores, a fin de que dictamine la minuta proyecto de decreto que adiciona un artículo décimo octavo transitorio de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995: Se remite a la comisión respectiva en el Senado de la República

ESTADO DE JALISCO

Se recibe de la diputada Clara Gómez Caro solicitud de excitativa a la Comisión de Recursos Hidráulicos para que emita dictamen de la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar las obras de entubamiento del cauce del río Atemajac, en Guadalajara, Jalisco. El Presidente realiza la excitativa correspondiente

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión


Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

ASISTENCIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de la Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de las señoras diputadas y los señores diputados.

Les solicito a los señores de los medios de comunicación sean tan amables de pasar a ocupar los lugares señalados ex profeso, para que desempeñen su loable función.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 325 diputados, por tanto, hay quórum.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(a las 11:42 horas): En consecuencia, se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Jueves 23 de septiembre de 2010.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De la Junta de Coordinación Política.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Por el que se integra el Grupo de Trabajo para dar seguimiento a los conflictos suscitados en la región Triqui, de Oaxaca de Juárez, y sobre el incremento de violencia en el estado de Guerrero. (Votación)

Por el que se comunican al pleno los nombres de los diputados integrantes del Grupo de Trabajo para dar seguimiento al proceso de adquisición y reestructuración de la compañía Mexicana de Aviación, hoy Nuevo Grupo Aeronáutico. (Votación)

Por el que se constituye un Grupo Plural de Trabajo para dar seguimiento al desarrollo y solución de la problemática existente en el predio El Divisadero de Tenacatita, de la Zona Federal de la Bahía de Tenacatita, municipio de la Huerta, Jalisco. (Votación)

Oficios de la Cámara de Senadores

En el que transcribe el acuerdo aprobado por el que se designa secretario de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, para el segundo año de ejercicio de la Sexagésima Primera Legislatura, al senador Francisco Javier Berganza Escorza, en sustitución del senador Francisco Alcibíades García Lizardi.

En el que transcribe acuerdo aprobado por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a incrementar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 los Recursos federales del Fonden y del FAPRACC. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a establecer en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 los recursos necesarios para el mantenimiento y ampliación del tramo la Mancha-Nautla de la carretera federal 180, así como sus diversos entronques, presentada por el senador Juan Bueno Torio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a incrementar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 los recursos federales del Fonden y del FAPRACC, presentada por el senador Arturo Herviz Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a establecer el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011, dentro del Fonden, un apartado específico denominado Programa Fondo de Atención de Contingencia Sanitarias, presentada por la senadora María del Socorro García Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a aumentar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 los recursos para el Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Migrantes Mexicanos, presentada por el senador Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se ponga especial énfasis en el análisis de Presupuesto destinado para concretar la transición a la televisión digital terrestre, presentada por los senadores María del Socorro García Quiroz y Adolfo Toledo Infanzón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, al secretario de Educación Pública y a la Cámara de Diputados a consideren el fortalecimiento de los recursos del subsector cultura para el Ejercicio Fiscal 2011, presentada por la senadora María de Lourdes Rojo e Incháustegui, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, de la Cámara de Diputados que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 ponga especial énfasis en el análisis del Presupuesto destinado al Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, presentada por los senadores María del Socorro García Quiroz y Adolfo Toledo Infanzón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Cámara de Diputados que considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 un incremento presupuestal para la Universidad Autónoma de Guerrero, presentada por el senador Julio César Aguirre Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados para que en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 se considere la perspectiva de género, presentada por la senadora Claudia Corichi García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a considerar, en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011, un incremento sustancial en lo destinado al Fipadic, presentada por la senadora Claudia Corichi García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Minutas

Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 7, 12, 40, 74, 163 y 165 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 190 de la Ley General de Desarrollo Rural Sustentable.

Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 42 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 554 de la Ley Federal de Trabajo, a cargo del diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y expide la Ley Federal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales en Posesión de Autoridades Federales, Entidades de Interés Público, Personas Físicas y Morales, y Poderes Fácticos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 222 Bis a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Alfonso Navarrete Prida, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 53 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Dora Evelyn Trigueras Durón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo del diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Alfonso Navarrete Prida, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo de la diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ariel Gómez León, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 17 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Norma Leticia Salazar Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Ricardo Armando Rebollo Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 y adiciona los artículos 3o. y 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarro-llo Rural Sustentable.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Ley Agraria.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 30 de la Ley Agraria.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas.

De las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación, en materia de educación nutricional.

De las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de enseñanza nutricional y regulación de venta de alimentos y bebidas en los planteles escolares de nivel básico.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria.

De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma los artículos 6 y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 64 de la Ley del Seguro Social.

De la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 55 Bis de la Ley General de Vida Silvestre.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 29 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

De la Comisión de la Función Pública, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 80 y 82 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Dictámenes a discusión

De las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión Nacional del Agua a llevar a cabo acciones para el saneamiento integral del vaso regulador El Cristo, ubicado en el municipio de Naucalpan de Juárez, estado de México.

De la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo relativo al respeto de la laicidad del Estado por parte de las asociaciones religiosas que redunde en el cuidado de los derechos humanos de las personas gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía, excluya a la industria del calzado en la negociación de un eventual Tratado de Libre Comercio con la República Federativa del Brasil.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a realizar actividades tendientes a enlazar a los proveedores nacionales de insumos y servicios con los productores de bienes y servicios finales, como vía generadora de empleo.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Sagarpa a analizar el efecto del desabasto de la melaza en la industria de alimentos balanceados para el consumo pecuario.

De las Comisiones Unidas de Economía y de la Función Pública, con puntos de acuerdo por los que se solicita al Procurador Federal del Consumidor que tenga a bien instruir a la Subprocuraduría de Verificación de la dependencia a su cargo para que sea intensificado en todas las entidades federativas el Programa de Verificación de Combustibles, que permita detectar oportunamente la venta fraudulenta de éstos en agravio de los consumidores.

De la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo para incluir en el calendario oficial la fecha del 19 de julio como “Día para Conmemorar la Declaración de la Autodeterminación de México”, hecha por el licenciado Francisco Primo de Verdad y Ramos.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar medidas para salvaguardar la producción porcícola nacional, evitando las políticas de dumping, que han incrementado la importación de derivados de cerdo.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva la negociación del Tratado de Libre Comercio México-Brasil, para garantizar igualdad de condiciones comerciales.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las instituciones de salud, a los Congresos estatales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a desarrollar, en conjunto y de manera coordinada, un Plan de difusión de los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida”.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo relativo a los recursos para la prevención y control del virus del papiloma humano y el cáncer cérvico-uterino, en el PEF 2011.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa integral de reinserción social de ex convictos deportados al país.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las entidades federativas, que a la fecha no hubiesen adecuado su marco legal en materia de seguridad pública, a realizar las reformas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo mandatado en el artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia de fecha 18 de junio de 2008.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargadas de la materia de su competencia en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Secretario de Economía a implantar, mediante el organismo ProMéxico, un programa de apoyo a las empresas creadas por connacionales migrantes en el extranjero, con el fin de incentivar su establecimiento en nuestro país a partir de otorgarles todas las facilidades para su potencialización en territorio mexicano.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que en su caso realizó para determinar fechas, montos y procedimientos de los cupos de importación de leche en polvo, y que calcule el efecto de las importaciones en el sector lechero del país.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal, a través de la Comisión Nacional del Agua, a ejecutar las obras de protección longitudinal del bordo en ambas márgenes del río San Pedro, en la zona urbana de Tuxpan, Nayarit.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a los directores generales de la Comisión Nacional del Agua, y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México a llevar a cabo, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones necesarias para dotar de agua a la población de la delegación Iztapalapa.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer, a través de la Comisión Nacional del Agua, los mecanismos para la rehabilitación del arroyo Alamar.

Dictámenes negativos

De las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Radio, Televisión y Cinematografía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 28 y 28-A de la Ley Federal de Radio y Televisión.

De la Comisión de Seguridad Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

De las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

De las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural y de Agricultura y Ganadería, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 15 y 71 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De las Comisiones Unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2 y 9 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

De las Comisiones Unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 38 y 175-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abrogado el 14 de enero de 2008.

De las Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 22 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 11 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de publicidad.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 115 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 464 Bis-1 a la Ley General de Salud.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de regulación de contenidos en los libros de texto gratuitos.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Estado de México a entregar un informe integral y detallado a esta soberanía sobre el proyecto del Mexibús, que corre de Ciudad Azteca a Tecámac, en un plazo de 30 días naturales, a cargo del diputado Sergio Octavio Germán Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del gobierno federal, de la Sedena y de la SSP, para que, de forma pronta y expedita refuercen de forma permanente la presencia de elementos del Ejército Mexicano y de la Policía Federal, además se pueda contar con vigilancia aérea, en los municipios de Praxedis G. Guerrero, Guadalupe Distrito Bravos, y para el Valle de Juárez en Chihuahua, a cargo del diputado Jaime Flores Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, con la finalidad de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos adicionales para subsanar el déficit económico que mantiene la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, a cargo del diputado José Manuel Agüero Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, con la finalidad de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren recursos para la construcción de una unidad deportiva en la Universidad Popular de la Chontalpa, situada en el municipio de Cárdenas, Tabasco, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los Ejecutivos Estatales y a los Congresos locales del país a establecer, en el marco de los festejos del bicentenario del movimiento de Independencia, el 15 y el 17 de septiembre de 2010 como días de descanso obligatorio, a cargo del diputado Rafael Yerena Zambrano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se consideren mayores recursos para la prevención, atención y tratamiento de las adicciones, suscrito por diputados integrantes del Grupo de Trabajo de Alto Nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para crear una estrategia y un programa eficaz en materia de atención y prevención de las adicciones. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sedesol a implementar la reducción de la edad (65 años) para ser beneficiario del Programa de Apoyo Económico para las y los Adultos Mayores de nuestro país, a cargo de la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Solo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SEP a crear un programa nacional de apoyo económico destinado a los jóvenes estudiantes, con el propósito de evitar la deserción escolar y generar mejores alternativas de ocupación para este grupo social, a cargo de la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a intensificar las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997, en materia de adultos mayores, a cargo del diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exigir a la jerarquía católica en el marco del bicentenario de la Independencia de México, retiren la excomunión de Hidalgo y Morelos, y ofrezcan una disculpa pública, a cargo del diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF que realice una auditoría financiera a la CFE y de cumplimiento al director de operaciones, por las denuncias en su contra y por supuestos actos de corrupción; asimismo, que se establezca una comisión plural que concluya las investigaciones que esta soberanía ha venido realizando, a cargo del diputado César Augusto Santiago Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y a la SCT, así como a los medios de comunicación, establezcan medidas para evitar que en las secciones comerciales de las publicaciones impresas, electrónicas y cibernéticas se puedan promover actividades sexuales con niñas, niños y adolescentes, y en general actividades delictivas relativas a la trata de personas, a cargo de la diputada Rosi Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Grupo de Trabajo para dar seguimiento a los conflictos suscitados en la región triqui de Oaxaca de Juárez y sobre el incremento de la violencia en el estado de Guerrero, a llevar a cabo acciones efectivas en contra de la violencia generada en la zona y conduzcan a garantizar la seguridad e integridad física de los habitantes del municipio de San Juan Copala, suscrito por diversos integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se instruye al Presidente de la Mesa Directiva a promover juicio de controversia constitucional en contra del nombramiento de los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios de Pemex, a cargo de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se conmina al director general de la Conagua, otorgue en comodato un terreno al municipio de Ecatepec de Morelos, estado de México, para construir el Centro Deportivo y Recreativo de Convivencia Familiar Bicentenario, a cargo del diputado José Luis Soto Oseguera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta Soberanía que se considere el Programa Operativo 2011 del Plan Interestatal, para la sustentabilidad de la cuenca del Lago de Chapala, a cargo del diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a aplicar el marco jurídico federal, a través de la Segob, a fin de hacer cumplir los principios constitucionales del Estado laico, a cargo de la diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos de las entidades federativas y a la ALDF a formar en su seno una comisión encargada de impulsar políticas públicas en materia de salud alimentaria, a cargo de la diputada María Elena Perla López Loyo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IEDF a reconocer la calidad de pueblos y la identidad vecinal de San Bernabé Ocotepec, San Nicolás Totolapan, La Magdalena Contreras, Santa Teresa, San Jerónimo Lídice y se les otorgue ese carácter en la próxima elección vecinal, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a modificar a través de la SEP modifique el decreto que creó al Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, a cargo del diputado Onésimo Mariscales Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y suscrito por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a implementar un programa contra la tala ilegal y realice un proyecto integral con el objeto de reforestar el parque nacional La Malinche, en el estado de Tlaxcala, a cargo de la diputada María Elena Perla López Loyo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del titular de la CFE, ante la Comisión Especial de la cuenca de los ríos Grijalva-Usumacinta, para que informe respecto del manejo de las presas del sistema hidroeléctrico del alto Grijalva y su impacto en las anegaciones que enfrenta el estado de Tabasco, a cargo del diputado Adán Augusto López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la SHCP que comparezca ante esta soberanía y presente un informe financiero del estado que guarda el ejercicio del gasto público y los subejercicios; asimismo, que se reasignen estos últimos al Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se cita a comparecer a la titular del Instituto Nacional de Migración ante la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, con el propósito de que informe sobre las acciones que se han emprendido para el combate del creciente secuestro de migrantes, así como las acciones realizadas respecto de las propuestas que le hiciera la CNDH en su informe especial sobre los casos de secuestro a migrantes, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emprender, a través de la Conagua, acciones para salvaguardar y hacer respetar las zonas ribereñas de protección y jurisdicción federal, y a coordinar esfuerzos con los gobiernos estatales y municipales, a fin de evacuar y reubicar a los habitantes de las viviendas que se han establecido en la zona o rivera federal, a fin de evitar daños en su seguridad y patrimonio, por la ocurrencia de inundaciones en los próximos meses y años, a cargo del diputado José María Valencia Barajas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Guanajuato para que interponga sus buenos oficios, a fin de que los beneficios de su iniciativa se extiendan a las mujeres que aún siguen presas por el mismo delito en esa entidad, a cargo de la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y al titular de la SHCP a destinar recursos, para crear en el país ludotecas especializadas en atención psicológica para niñas y niños que han sido víctimas u ofendidos del delito o de la violencia, a cargo del diputado Jaime Flores Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a asignar recursos presupuestales del Fonden, para los municipios y comunidades afectados por las lluvias e inundaciones del estado de Guerrero, así como la implementación de proyectos de rehabilitación para los tramos carreteros dañados, a cargo del diputado Ángel Aguirre Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del gobierno federal, de la SHCP y del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes a destinar recursos de los bienes incautados al crimen organizado a la creación de centros especializados de atención psicológica y programas con psicoanalistas que permitan brindar terapias grupales a las víctimas u ofendidos del delito, a cargo del diputado Jaime Flores Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que el gobierno mexicano se retire de las negociaciones que actualmente se llevan a cabo para suscribir el Acuerdo Comercial Anti-Falsificación, y que el Congreso de la Unión convoque a una convención nacional en la cual se analicen los paradigmas actuales sobre modelos de producción, distribución y consumo cultural y comercial en Internet, sus aplicaciones legales, tecnológicas y sociales, así como modelos alternativos de licenciamiento de propiedad intelectual, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y a los de las entidades federativas a desarrollar acciones que reduzcan la mortalidad materna, a cargo de la diputada María Elena Pérez de Tejada Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al director general de la Conagua que informe acerca del costo económico de un estudio técnico referente a la construcción de obras de prevención de inundaciones, con el propósito de aminorar los riesgos de las pérdidas causadas por éstas en los estados de Veracruz, Tabasco, Oaxaca y el Distrito Federal, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se incorporen e integren a la zona metropolitana de Cuautla los municipios de Atlatlahuacan, Ayala, Tlayacapan, Yautepec y Yecapixtla, a cargo del diputado José Manuel Agüero Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director del Canal Once TV, del Instituto Politécnico Nacional, que retire la emisión denominada Toros y toreros, a cargo del diputado Agustín Torres Ibarrola, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se crea la Comisión Especial para el análisis del sistema monetario, el fortalecimiento a la economía a través del ahorro y del estudio del uso de la plata como moneda de curso legal, a cargo del diputado Samuel Herrera Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para crear un grupo de trabajo plural de legisladores que dé seguimiento a la problemática, así como a la aplicación de recursos y programas en atención a la región de desastres ocasionados por las lluvias en los estados de Oaxaca, Tabasco, Veracruz y Chiapas, a cargo del diputado Elpidio Desiderio Concha Arellano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a posponer la aplicación de los límites contenidos en las reglas para las operaciones en efectivo con dólares de los Estados Unidos de América, a cargo del diputado Gastón Luken Garza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobernador del estado de Sonora, a poner fin al estado de sitio que sufren los 900 trabajadores de la planta fundidora de Esqueda, Sonora, mediante el retiro de las fuerzas policiales, respetando los derechos a la libre sindicalización y a la estabilidad laboral de los miembros de la sección 207 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, a cargo del diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sedesol y al director de Liconsa a disponer el funcionamiento del centro de abasto situado en la avenida de La Cuesta, esquina con avenida de Los Maestros, en San Antonio Zomeyucan, Naucalpan de Juárez, estado de México, a cargo del diputado Sergio Mancilla Zayas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Junta de Coordinación Política y a la Comisión de Relaciones Exteriores a analizar la posibilidad de una reunión interparlamentaria entre México y Chile, a cargo de la diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a rea-lizar las gestiones necesarias a fin de lograr la pronta publicación del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a actualizar a través de la Sagarpa, de manera adecuada, justa y con transparencia, el padrón de beneficiarios del Procampo, a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011, se incorporen e integren a la zona metropolitana de Cuernavaca, como beneficiarios del Fondo Metropolitano, los municipios de Jiutepec, Temixco, Emiliano Zapata, Xochitepec, Huitzilac y Tepoztlán, a cargo del diputado José Manuel Agüero Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Semar que analice y evalúe la viabilidad de instalar una estación naval en la presa La Amistad, situada en Acuña, Coahuila, a fin de reforzar las estrategias de seguridad nacional y combate a la delincuencia organizada en esa zona fronteriza, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT y a los gobiernos de los estados de Jalisco y Nayarit para que en su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2011 destinen recursos adicionales a Puerto Vallarta y la Costa Alegre, Jalisco; y Bahía de Banderas, Nayarit, para diversas obras que les permitan contar con una infraestructura y servicios de calidad, de acuerdo con la importancia de estos destinos turísticos, a cargo del diputado Rafael Yerena Zambrano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Conagua a publicar en el DOF la delimitación de la laguna de Acuitlapilco, Tlaxcala, conforme al decreto federal de 1939, a fin de detener la venta ilegal de los terrenos aledaños a dicho depósito natural de agua, a cargo de la diputada María Elena Perla López Loyo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Excitativas

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Al Senado de la República, a solicitud del diputado Óscar Martín Arce Paniagua, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Al Senado de la República, a solicitud de la Comisión de Seguridad Social.

A la Comisión de Recursos Hidráulicos, a solicitud de la diputada Clara Gómez Caro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Agenda política

Comentarios sobre la discriminación que sufren mexicanos que vuelan hacia los Estados Unidos de América, a cargo del diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Comentarios relativos al gasto que está ejerciendo el gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, en materia de los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución Mexicana, suscrito por diputados integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

Efeméride

Relativa a la conmemoración del Día Internacional contra la explotación sexual y la trata de personas, a cargo de la diputada Rosi Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría consulte a la asamblea si es de dispensarse la lectura, tomando en consideración que también ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria y en los medios electrónicos solicitados por los señores diputados.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes veintiuno de septiembre de dos mil diez, correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Primera Legislatura

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de 279 diputadas y diputados, a las 11 horas con 39 minutos del martes 21 de septiembre de 2010, el presidente declaró abierta la sesión.

En votación económica se dispensó la lectura al orden del día y enseguida al acta de la sesión anterior, la que se aprobó de la misma manera.

Se dio cuenta con oficios de la Junta de Coordinación Política:

• Relativo a cambios de integrantes de Comisiones. De enterado, comuníquese.

• Dos, relativos a cambio de integrantes de Mesa Directiva de comisiones. En sendas votaciones económicas se aprueban, comuníquense.

• La Secretaría da lectura a acuerdos de la Junta de Coordinación Política, por los que:

• Se exhorta al Ejecutivo federal para que, utilizando parte de los subejercicios del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2010, constituya un fondo financiero destinado al estado de Oaxaca y se reparen los daños a caminos y carreteras causados por los recientes fenómenos meteorológicos en su territorio. Realizaron comentarios a favor los diputados: Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo; Rodolfo Lara Lagunas, del Partido de la Revolución Democrática y desde su curul el diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas, de Nueva Alianza, quien propone una adición al acuerdo; rectifican hechos y presentaron propuesta de adición los diputados: Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, del Partido Revolucionario Institucional; Adán Augusto López Hernández y Ramón Jiménez López, del Partido de la Revolución Democrática. En su oportunidad, desde sus respectivas curules intervienen las diputadas: Adriana Sarur Torre, del Partido Verde Ecologista de México, para comentarios; y Marcela Guerra Castillo, del Partido Revolucionario Institucional, para hechos. El presidente hace aclaraciones. En sendas votaciones económicas se considera suficientemente discutido y se aprueba, comuníquese. El presidente informó a la asamblea que las adiciones propuestas, se tomarían en cuenta para incorporarlas en otro acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

La presidencia solicitó a los presentes ponerse de pie en memoria del ciudadano José de Jesús Gudiño Pelayo, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y solicitó a la asamblea guardar un minuto de silencio. Desde su curul, realizó comentarios la diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz, del Partido de la Revolución Democrática.

Continuó el apartado de proposiciones de acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que:

• Se exhorta respetuosamente al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado al Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares, a la Sociedad Hipotecaria Federal, y a los organismos estatales de vivienda a que, en su respectivo ámbito de competencia, otorguen una prórroga en el pago de créditos a la vivienda a aquéllas  personas que están siendo afectadas por las inundaciones ocurridas en los estados de Jalisco y Nayarit, hasta en tanto se restablezcan las condiciones sociales y económicas de la zonas afectadas. Realizaron comentarios a favor y proponen modificación al acuerdo los diputados: Laura Itzel Castillo Juárez, del Partido del Trabajo y Pablo Escudero Molares, del Partido Verde Ecologista de México. En sendas votaciones económicas se aceptaron las modificaciones propuestas y se aprobó, comuníquese.

• Se modificó y adicionó el diverso, relativo a las comparecencias en comisiones de funcionarios del Ejecutivo Federal, para el análisis del cuarto Informe de Gobierno del presidente de la República, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa. Desde sus respectivas curules, proponen modificaciones los diputados Jaime Fernando Cárdenas Gracia y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, ambos del Partido del Trabajo y el presidente realizó aclaraciones. En votación económica se aprueba el acuerdo con la modificación propuesta por el diputado Cárdenas Gracia. En relación con la modificación propuesta por el diputado Fernández Noroña, el Presidente propone que se turne la solicitud a la Junta de Coordinación Política, para ser presentada en una sesión posterior.

• Se exhorta al gobierno federal, a través de la Comisión Federal de Electricidad, eximir el pago de las facturaciones resultantes del consumo de energía eléctrica a los usuarios afectados por las recientes inundaciones, así como a los consumos de los equipos pluviales del gobierno de todos los estados afectados por las recientes lluvias, particularmente en los municipios declarados zonas de desastre. Realizaron comentarios en pro los diputados: Laura Itzel Castillo Juárez, del Partido del Trabajo, quien propone modificación; y

Presidencia del diputadoAmador Monroy Estrada

Gerardo del Mazo Morales, de Nueva Alianza. En su momento, desde sus respetivas curules realizan comentarios los diputados: Pablo Rodríguez Regordosa, del Partido Acción Nacional;

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

Y Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo; para realizar comentarios en pro y proponer modificaciones los diputados: José Ramón Martel López, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; César Francisco Burelo Burelo, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones, la segunda desde la tribuna; y Ramón Jiménez López, del Partido de la Revolución Democrática. Para moción de procedimientos el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Partido Acción Nacional, en dos ocasiones. En su momento el presidente hace aclaraciones. En votación económica no se aceptó la modificación propuesta por la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Partido del Trabajo y de la misma forma se aprobó el acuerdo en sus términos.

La secretaría dio lectura a comunicación de la Junta de Coordinación Política, relativo a cambio de integrantes en comisiones. En votación económica se aprobó.

Se dio cuenta con acuerdos de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de las Secretarías de Gobernación y de Hacienda y Crédito Público, se agilice la entrega de recursos que permitan solucionar la difícil situación que se presenta en los estados de Veracruz, Oaxaca, Nuevo León, Tabasco, Coahuila y Tamaulipas, y otros municipios afectados de Campeche y Querétaro, por los desastres naturales recientemente ocurridos. Desde su curul realizó comentarios el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo. Para Fijar la posición de sus grupos parlamentarios, hacen el uso de la palabra los diputados: María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, por Convergencia; Adriana Sarur Torre, del Partido Verde Ecologista de México;

Presidencia del diputadoFrancisco Javier Salazar Sáenz

José Narro Céspedes, por el Partido de la Revolución Democrática; Silvia Isabel Monge Villalobos, por el Partido Acción Nacional y Antonio Benítez Lucho, por el Partido Revolucionario Institucional. Para hablar en contra del acuerdo, hizo uso de la palabra el diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo. En votación económica se aprobó el punto de acuerdo, comuníquese.

A las 13 horas con 45 minutos, por instrucciones de la presidencia, la secretaría instruyó el cierre del sistema electrónico de asistencia con un registro de 450 diputadas y diputados.

Se dio cuenta con dos oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados, relativos:

• A la infraestructura de puentes y caminos federales. Se remitió a la Comisión de Gobernación, para su conocimiento.

• Al programa de becas. Se remite a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su conocimiento.

Se dio cuenta con oficios de la Cámara de Senadores, con los que remite:

a) Iniciativas con proyecto de decreto:

• Por el que se adiciona el artículo 226 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por la senadora María de Lourdes Rojo e Incháustegui, del Partido de la Revolución Democrática. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Por el que se deroga el inciso c) de la fracción II del artículo 2o.; fracciones XIV, XV y XVI, del artículo 3o.; 4o.; del artículo 8o. y del 18 A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, presentada por el senador Fernando Jorge Castro Trenti, del Partido Revolucionario Institucional. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

b) Acuerdo de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, por el que se establece el calendario de comparecencias de los servidores públicos, de conformidad con los numerales 2 y 3 del apartado IV del acuerdo por el que se establecen las normas para el análisis del cuarto Informe de Gobierno presentado el primero de septiembre de 2010 por el presidente de la República sobre el estado que guarda la administración pública del país, así como los criterios generales a los que se sujetarán las comparecencias de servidores públicos y la formulación de preguntas parlamentarias por escrito al Ejecutivo federal, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, aprobado por el pleno de la Cámara de Senadores con fecha 2 de septiembre de 2010. De enterado.

c) Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, así como de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, a que en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011, se aumenten las partidas presupuéstales del Fondo Regional y Fondo Metropolitano, presentada por el senador Alfonso Sánchez Anaya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Se turnó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

d) Acuerdo del Congreso del estado de Coahuila, por el que solicita, se considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 un incremento en el presupuesto del Fondo de Desastres Naturales. Se turnó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Se dio cuenta con oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas, correspondientes al mes de agosto de 2010, desagregada por tipo de fondo. Se remitió a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.

Se recibieron del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, de Nueva Alianza, las siguientes iniciativas con proyecto de decreto, que reforman los artículos:

• 11 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Se turnó a la Comisión de Justicia.

• 1o. de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Cuarto de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turnó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Se recibió del diputado Juventino Víctor Castro y Castro, del Partido de la Revolución Democrática, iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un artículo 344 al Código Penal Federal. Se turnó a la Comisión de Justicia.

Presentaron iniciativas con proyecto de decreto los diputados:

• Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, del Partido del Trabajo, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se turna a la Comisión de Desarrollo Rural.

• José Manuel Agüero Tovar, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos 19 y 28-A, deroga los artículos vigésimo tercero transitorio de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995 y el artículo 90 transitorio del decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001. Se turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social.

El presidente informó a la asamblea que las ciudadanas Aránzazu Quintana Padilla y María de Jesús Mendoza Sánchez, diputadas federales suplentes electa en el primer distrito del estado de Guanajuato y en la tercera circunscripción plurinominal, respectivamente, se encuentran a las puertas del salón de sesiones y designó una comisión para introducirlas al recinto, acto seguido rindieron protesta de ley y entraron en funciones.

Se concedió el uso de la palabra al diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, para presentar la iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 42 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Durante su intervención, desde sus respetivas curules realizaron comentarios; moción de orden y moción de procedimiento, los diputados: Jesús Alfonso Navarrete Prida, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones;

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

José Gerardo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo; María Elena Pérez de Tejada Romero, del Partido Acción Nacional; Rodolfo Lara Laguna, del Partido de la Revolución Democrática; Pablo Escudero Morales, del Partido Verde Ecologista de México, en dos ocasiones; Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo; Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Partido Revolucionario Institucional; Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Partido Acción Nacional, en tres ocasiones; Víctor Manuel Castro Cosío, del Partido de la Revolución Democrática; María Estela de la Fuente Dagdug y José Ramón Martel López, ambos del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; Javier Corral Jurado, del Partido Acción Nacional; José Luis Jaime Correa, del Partido de la Revolución Democrática; Emiliano Velázquez Esquivel, del Partido de la Revolución Democrática; César Augusto Santiago Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional; Heliodoro Carlos Díaz Escárraga y Felipe Enríquez Hernández, ambos del Partido Revolucionario Institucional; Sergio Octavio Germán Olivares, del Partido Acción Nacional; José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña; Jaime Fernando Cárdenas Gracia y Óscar González Yáñez, del Partido del Trabajo. En su oportunidad el presidente hizo aclaraciones y a las 15 horas con 12 minutos declara un

Receso

A las 16 horas con 32 minutos, se reanudó la sesión.

Desde sus respectivas curules, realizaron comentarios los diputados: José Ramón Martel López, del Partido Revolucionario Institucional; Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Partido Acción Nacional, en tres ocasiones y Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo. El presidente hizo aclaraciones y levantó la sesión a las 16 horas con 42 minutos y citó para la sesión solemne de Congreso General, para conmemorar los 100 años de la Universidad Nacional Autónoma de México, el miércoles 22 de septiembre de 2010, a las 11:00 horas.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Por tanto, queda aprobada el acta. Muchas gracias, señora secretaria.

Nuevamente solicito a los señores de los medios de comunicación si son tan amables de pasar a ocupar los lugares destinados para el efecto, a fin de que podamos continuar desahogando nuestra sesión.



CAMARA DE DIPUTADOS

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: ¿Diputado Gerardo Fernández Noroña, con qué objeto?

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Aprovechando que está haciendo el llamado a los medios, quisiera hacerle una petición, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: A sus órdenes.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): El martes pasado, cuando llegamos aquí a la Cámara, nos encontramos con un majadero operativo de la Policía Federal. No hubo ningún comentario al respecto en la sesión pasada.

Hoy nuevamente, en las afueras de este recinto, hay presencia de la Policía Federal. Yo he visto hacer cosas inútiles muchas veces y ésta es de las más inútiles que haya visto. Pero además de inútil es ofensiva a este órgano colegiado. No hay ninguna razón para esa presencia. Los retenes son ilegales y éste ni a retén llega. Es una presencia verdaderamente lamentable. Es una muestra más de la incapacidad de García Luna en las tareas que se plantea. Pero además es insolente y molesta a la gente de la zona, a los legisladores y a todos los que en esta Cámara trabajan.

Por esta razón, quiero pedirle que se comunique con el secretario para exigir el retiro de esa presencia policíaca y para exigir el respeto a esta Cámara de Diputados por esta presencia absurda de la Policía Federal.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se toma nota de las expresiones del diputado Gerardo Fernández Noroña. Al respecto, esta Presidencia sólo quiere informar a los señores legisladores que el pasado martes se hizo llegar a la Procuraduría General de la República un atento oficio en el que se da cumplimiento de cuáles son las obligaciones constitucionales que esta Mesa Directiva tiene el deber preservar. Es decir, que en todo momento se ha protegido la inviolabilidad de este recinto. Es cuanto.

Nuevamente a los señores integrantes de los medios de comunicación si son tan amables. Si es tan amable la Secretaría comience con la lectura de las comunicaciones de la Junta de Coordinación Política.



COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Francisco Rojas Gutiérrez, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:

• Que el diputado Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez cause baja como integrante de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Que la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado cause baja como presidenta del Grupo de Trabajo de alto nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para impulsar una estrategia y un programa eficaz en materia de protección y prevención de las adicciones.

• Que la diputada María Cristina Díaz Salazar cause alta como presidenta del Grupo de Trabajo de alto nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para impulsar una estrategia y un programa eficaz en materia de protección y prevención de las adicciones.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 20 de septiembre de 2010.—Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente que se sometan a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Francisco Rojas Gutiérrez, coordinador del Grupo Parlamentario del PRI:

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 14 de septiembre de 2010.—Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén a favor de este comunicado favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobada la resolución de la Junta de Coordinación Política.Diputado Martel.



CAMARA DE DIPUTADOS

El diputado José Ramón Martel López(desde la curul): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras diputadas y compañeros diputados del Grupo Parlamentario de Acción Nacional. Compañeros diputados de los demás grupos parlamentarios, lamentamos profundamente lo sucedido en la sesión del pasado 21 de septiembre, que es una muestra de la necesidad que tiene esta Cámara de Diputados de trabajar más en el respeto de nuestras diferencias.

Podemos diferir en todo, pero sin llegar a extremos que en mucho lastiman la vida institucional del Congreso mexicano. El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional se compromete a seguir construyendo los acuerdos a los que nos mandatan los ciudadanos, esperando lo procedente de nuestros pares.

Lo haremos con respeto a nuestros ordenamientos reglamentarios, pero sobre todo, con una profunda convicción democrática.

Hagamos de este episodio la punta de lanza para fortalecer el trabajo parlamentario. No dejemos que la pasión le gane terreno a la razón. Dejemos libre la expresión de ideas. Hagamos de la palabra nuestra mejor arma y enfrentemos con madurez los arduos meses de trabajo que tenemos por delante.

Que sea por el bien de esta Cámara y de México, que tanto sigue esperando de nosotros. Es cuanto, señores legisladores.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Carlos Pérez Cuevas.

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas(desde la curul): Presidente, a nombre de la bancada de Acción Nacional aceptamos esta expresión que hace el diputado Martel a nombre del Partido Revolucionario Institucional.

Es un tema de Acción Nacional siempre tender puentes, dialogar, construir y este país urge, necesita acuerdos que se traduzcan en leyes, en iniciativas, en trabajo productivo.

En ese sentido Acción Nacional toma en consideración esto, velando también porque la libertad de opinión, la libertad de expresión se pueda llevar por los cauces respectivos en el debate parlamentario, que es la razón de ser y la naturaleza de este Congreso mexicano, de esta Cámara de Diputados.

En tal sentido, Acción Nacional tiende los puentes necesarios y construirá, dialogando, los acuerdos por el bien de México. Estaremos al tanto en los términos que ya se dialogarán en la Junta de Coordinación Política en su momento para el tema del debate que se tendrá que dar en el orden de las ideas y de los aspectos ya planteados por las propias fuerzas políticas. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Enhorabuena a los dos grupos parlamentarios.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: ¿Señor diputado Fernández Noroña, con qué objeto?

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Con el objeto de celebrar el hecho de que se esté dando en estos términos cerrar el capítulo de lo que sucedió el martes pasado.

Espero que, efectivamente, no se vuelva a dar destrucción de propaganda de nadie ni de protestas de nadie. Que se respete la libre expresión y, sobre todo, hago votos para que lo que se acaba de manifestar tanto por la fracción del PRI como del PAN no sea retórica y se convierta, efectivamente, en los acuerdos necesarios para mejorar las condiciones de vida de acceso a educación, a salud, a empleo de la mayoría del pueblo de México.

Celebro mucho que se dé en estos términos y que sea el debate lo que prive aquí en el seno de la Cámara de Diputados.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se recogen las expresiones del señor diputado para que conste en el acta.



DIPUTADO QUE TOMA PROTESTA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Señoras y señores diputados, como es del conocimiento de ustedes, pero lo hago expreso, esta soberanía recibió notificación por parte del Juez Primero de Distrito en el estado de Michoacán, de la resolución del cuaderno incidental relativo a la suspensión solicitada por el ciudadano Julio César Godoy Toscano, en el juicio de amparo 3/743/2010. En dicha resolución el juez determinó lo siguiente:

Primero. Se niega al quejoso Julio César Godoy Toscano, la suspensión definitiva que solicita respecto del acto reclamado de los Jueces Segundo, Tercero, Cuarto, Séptimo y Noveno de Distrito en el estado de Michoacán, consistente en la orden de aprehensión dictada en su contra, así como su ejecución.

Segundo. Inherente a esta Cámara. Se concede al quejoso Julio César Godoy Toscano, la suspensión definitiva que solicita respecto del acto reclamado al Juez Noveno de Distrito en materia penal en el estado de Jalisco, y al Jefe Regional de la Agencia Federal de Investigación en el estado, consistente en la suspensión de los derechos reclamados en consecuencia de la orden de aprehensión, así como su ejecución.

Con base en la resolución que he expuesto a ustedes, en donde se establece que se concede la suspensión definitiva para que no se le suspendan los derechos políticos al ciudadano Godoy Toscano, y debido a que ha solicitado a esta Mesa Directiva se le tome la protesta de ley, esta Presidencia obsequiará la solicitud en los términos así dispuestos por el juez de distrito.

Se encuentra a las puertas de este recinto Julio César Godoy Toscano, diputado federal electo en el I distrito electoral del estado de Michoacán.

Hagan el favor de acompañarlo, ya lo hacen, los señores diputados Víctor Báez, Uriel López Paredes, Martín García, José María Torres, Dina Herrera, Ángeles Nazares, José María Valencia, Emiliano Velázquez, Carlos Torres Piña, Israel Madrigal, José Narro Céspedes, Gerardo López, Samuel Hernández, Juan Carlos López, Telma Guajardo y el diputado Rubén Moreira.

Sean tan amables de conducir a Julio César Godoy Toscano, diputado electo por el I distrito de Michoacán, a esta Mesa Directiva.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Se invita a los presentes a ponerse de pie.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Ciudadano Julio César Godoy Toscano, ¿protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

El ciudadano Julio César Godoy Toscano: Sí, protesto.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Si así no lo hiciera, que la nación se lo demande.

Hagan el favor los señores diputados de ocupar sus lugares. Proceda la Secretaría a continuar con la sesión.



COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Pedro Vázquez González, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo:

• Que el diputado Herón Agustín Escobar García cause baja como secretario de la Comisión de Cultura.

• Que el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández No-roña cause alta como secretario en la Comisión de Cultura.

• Que el diputado Herón Agustín Escobar García cause baja como integrante de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

• Que el diputado Herón Agustín Escobar García cause baja como integrante de la Comisión de Seguridad Social.

• Que el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández No-roña cause alta como integrante en la Comisión de Seguridad Social.

• Que el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández No-roña cause alta como integrante en la Comisión de Asuntos Indígenas.

• Que el diputado Herón Agustín Escobar García cause baja como integrante de la Comisión Especial de la industria automotriz.

• Que el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández No-roña cause alta como integrante en la Comisión Especial de la industria automotriz.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 14 de septiembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado, comuníquese.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Reyes Tamez Guerra, coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza:

• Que la diputada Cora Pinedo Alonso cause baja como secretaria de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Que el diputado Gerardo del Mazo Morales cause alta como secretario en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Que la diputada Cora Pinedo Alonso cause baja como secretaria de la Comisión de Recursos Hidráulicos.

• Que el diputado Gerardo del Mazo Morales cause alta como secretario en la Comisión de Recursos Hidráulicos.

• Que el diputado Gerardo del Mazo Morales cause baja como integrante de la Comisión de Vivienda.

• Que el diputado Gerardo del Mazo Morales cause baja como integrante de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

• Que el diputado Gerardo del Mazo Morales cause baja como integrante de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

• Que el diputado Gerardo del Mazo Morales cause alta como integrante en la Comisión de Desarrollo Metropolitano.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF,a 20 de septiembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Reyes Tamez Guerra, coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza:

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como presidente de la Comisión Especial de impulso a la calidad educativa.

• Que el diputado Reyes Tamez Guerra cause alta como presidente en la Comisión Especial de impulso a la calidad educativa.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como integrante de la Comisión Especial para la Competitividad.

• Que la diputada Elsa María Martínez Peña cause alta como integrante en la Comisión Especial para la Competitividad.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como integrante de la Comisión Especial de cuenca del sistema Cutzamala.

• Que el diputado Gerardo del Mazo Morales cause alta como integrante en la Comisión Especial de cuenca del sistema Cutzamala.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como integrante de la Comisión Especial encargada de estudiar, analizar, evaluar y supervisar el funcionamiento de las aduanas, de los puertos y de los aeropuertos nacionales en relación con la entrada de mercancía ilegal, y el tráfico y contrabando de armas, estupefacientes y sustancias adictivas.

• Que la diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso cause alta como integrante en la Comisión Especial encargada de estudiar, analizar, evaluar y supervisar el funcionamiento de las aduanas, de los puertos y de los aeropuertos nacionales en relación con la entrada de mercancía ilegal, y el tráfico y contrabando de armas, estupefacientes y sustancias adictivas.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como integrante de la Comisión Especial de energías renovables.

• Que la diputada Elsa María Martínez Peña cause alta como integrante en la Comisión Especial de energías renovables.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja de la Comisión Especial de seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación.

• Que el diputado Roberto Pérez de Alva Blanco cause alta como integrante en la Comisión Especial de seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación.

• Que diputado el Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como suplente del Comité de Administración.

• Que el diputado Gerardo del Mazo Morales cause alta como suplente en el Comité de Administración.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como presidente del Grupo de Amistad México-Irak.

• Que la diputada María del Pilar Torre Canales cause alta como presidenta en el Grupo de Amistad México-Irak.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-China.

• Que la diputada María del Pilar Torre Canales cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-China.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Alemania.

• Que la diputada María del Pilar Torre Canales cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Alemania.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Estados Unidos.

• Que el diputado Gerardo del Mazo Morales cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Estados Unidos.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-India.

• Que la diputada María del Pilar Torre Canales cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-India.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja del Grupo de Amistad México-Brasil.

• Que la diputada María del Pilar Torre Canales cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Brasil.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja del Grupo de Amistad México-Cuba.

• Que la diputada Elsa María Martínez Peña cause alta en el Grupo de Amistad México-Cuba.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja del Grupo de Amistad México-Israel.

• Que la diputada María del Pilar Torre Canales cause alta en el Grupo de Amistad México-Israel.

• Que el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar cause baja del Grupo de Trabajo para realizar un estudio de la normatividad que rige los trabajos del pleno de la Cámara de Diputados.

• Que el diputado Roberto Pérez de Alva Blanco cause alta en el Grupo de Trabajo para realizar un estudio de la normatividad que rige los trabajos del pleno de la Cámara de Diputados.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF,a 13 de septiembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado. Comuníquese.Continúe la Secretaría.



ESTADOS DE OAXACA Y GUERRERO

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se integra el Grupo Plural de trabajo para dar seguimiento a los conflictos suscitados en la región triqui de Oaxaca de Juárez y sobre el incremento de la violencia en Guerrero

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. Que en sesión del 29 de abril del año en curso, el pleno aprobó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se constituye un grupo plural de trabajo para dar seguimiento a los conflictos suscitados en la región Triqui de Oaxaca de Juárez y sobre el incremento de la violencia en el estado de Guerrero.

II. Que en el acuerdo mencionado, se establece que dicho grupo estará conformado por 10 diputados y diputadas, con la siguiente distribución: 2 Grupo Parlamentario del PRI, 2 Grupo Parlamentario del PAN, 2 Grupo Parlamentario del PRD, 1 Grupo Parlamentario del PVEM, 1 Grupo Parlamentario del PT, 1 Grupo Parlamentario de Nueva Alianza y 1 Grupo Parlamentario de Convergencia y que éstos sean representantes u originarios de los estados de Oaxaca y Guerrero. Asimismo, que el grupo de trabajo será presidido por un diputado integrante del Grupo Parlamentario del PRI.

Por lo anteriormente expuesto, la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, numeral 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. Los diputados y diputadas que integran el Grupo Plural de Trabajo para dar seguimiento a los conflictos suscitados en la región Triqui de Oaxaca de Juárez y sobre el incremento de la violencia en el estado de Guerrero, son los siguientes:

Diputados:

Heliodoro Díaz Escárraga, PRI, presidente

Sofía Castro Ríos, PRI

Javier Corral Jurado, PAN

Juanita Arcelia Cruz Cruz, PRD

Florentina Rosario Morales, PRD

Alejandro Carabias Icaza, PVEM

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, PT

Elsa María Martínez Peña, PT

María Guadalupe García Almaza, Convergencia

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de septiembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota, presidenta (rúbrica), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

«Diputada Josefina Vázquez Mota, Presidenta de la Junta de Coordinación Política.— Presente

Por este conducto solicito incluir en el Grupo Plural para atender el conflicto de la región Triqui en el estado de Oaxaca a la diputada Teresa Guadalupe Reyes Sahagún.

Sin otro particular, agradezco su atención.

Atentamente

Diputado Jaime Cárdenas Gracia (rúbrica).»

No habiendo quien haga uso de la palabra...Perdón, sí hay.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Permítame, secretaria. Diputado Fernández Noroña, a favor. Tiene el uso de la palabra el diputado Fernández Noroña, a favor del dictamen.

¿Algún otro diputado quiere hacer uso de la palabra? El diputado Heliodoro Díaz, a favor. El diputado Jaime Cárdenas. Sonido en la curul del diputado Jaime Cárdenas.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Gracias, presidente. Observamos que en este grupo, en esta comisión hay más de un diputado de cada grupo parlamentario. Nosotros quisiéramos solicitar que además del compañero Gerardo Fernández Noroña, también se incluyera como integrante de este grupo a la compañera diputada Guadalupe Reyes.

No sé si se pueda someter a votación el punto de acuerdo con esta modificación, para que también esté la compañera Teresa Guadalupe Reyes, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Le suplico presentar la solicitud por escrito.

Les pediría a los integrantes de la Junta de Coordinación Política sean tan amables de valorar, dado que se trata de una propuesta de ellos, para ver si obtenemos un consenso, en tanto se desarrolla la discusión.

Tiene la palabra el diputado Gerardo Fernández Noroña, a favor del punto de acuerdo.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña:Compañeros diputados, compañeras diputadas, a finales del periodo de sesiones de este año se dio un incidente muy grave: el asesinato de un activista finlandés de derechos humanos, de la compañera Cariño, mexicana, también de derechos humanos, que llevaban ayuda humanitaria a Copala y se formó una comisión, que finalmente nunca acabó de integrarse no sé por qué razones.

Después, durante el periodo de receso de esta Legislatura, se desplazó un grupo de diputados donde estaban, entre otros, que yo recuerde, el compañero Alejandro Encinas, la propia compañera Tere Lupe Reyes, para llevar ayuda a aquel lugar y no pudieron ingresar por la situación que ha habido de violencia, de inseguridad, de cacicazgos, en esta región Triqui.

Recientemente ha habido información muy diversa sobre nueva violencia, sobre asesinatos, información que a veces ha sido, por decirlo suave, inexacta. Pero que de todos modos da cuenta de una situación ya muy añeja de violencia, de muertes, de enfrentamientos, de dificultades muy serias en esta región del estado de Oaxaca.

El martes pasado, por intermediación tanto del presidente de la Cámara, Ramírez Marín, como del diputado César Augusto Santiago, acudieron a esta Cámara el secretario de Gobierno y la procuradora del estado a darnos información sobre la situación.

Producto de esa reunión, que yo siento que fue una reunión muy positiva, se planteó reactivar esta comisión que acaba de presentarse ante este pleno, una comisión que tendría el carácter plural y que tendría la finalidad y la vocación de devolver la paz y la estabilidad a aquella región del estado, terminar con la situación de violencia, porque no deja de ser una ironía que hace un momento estuviera aquí afuera la Policía Federal en los alrededores de la Cámara y que en esta zona Triqui no haya ni un policía de crucero que ponga paz y tranquilidad en esa región.

Los conflictos son complejos, la situación es difícil, pero es necesario y obligado que este Poder Legislativo intervenga y ponga en su acción los oficios políticos y humanos necesarios para devolver la paz, la tranquilidad y promover el desarrollo en esta región.

Así es que yo considero positivo que esta comisión se integre, considero necesario que se desplace a aquella zona. Primero se plantea que no necesariamente a Copala, justo por la situación de inseguridad que existe, pero que platique con todos los grupos organizados en ese lugar, con todas las fuerzas, con todos los interlocutores, sin excluir a nadie, y genere las condiciones de entendimiento necesarias.

No puede ser que la violencia, el asesinato sea lo que esté privando en aquella región, además muy pobre del estado de Oaxaca.

Quiero pedirles el apoyo para que esta comisión entre en funciones inmediatamente, se desplace a aquella entidad, genere las condiciones necesarias para devolver la paz y la tranquilidad a los triquis de aquella zona oaxaqueña.

Quiero comentar que también estuvo en esa reunión el diputado Héctor Pablo Ramírez y que, junto con la compañera Tere Lupe Reyes, creo que sería importante que se integraran a la comisión no como un asunto de cuotas de los partidos, sino como compañeros legisladores y legisladoras que conocen de la problemática y que su participación puede ayudar a generar un resultado final y positivo en esta lastimada región del estado de Oaxaca.

Por último quiero plantear, a nombre del Partido del Trabajo, nuestro compromiso para trabajar de manera institucional, para poner nuestros mejores oficios y generar, reitero, condiciones de paz.

Es muy lastimoso que haya asesinatos, que haya violencia, que haya inseguridad muy seria en esa región, que se suma a la inseguridad general que hay en todo el país, y si nosotros podemos contribuir a que esto pueda ser superado, me parece que debemos hacerlo y que nos hemos tardado demasiado en llevarlo a cabo.

Les agradezco mucho su atención, compañeros diputados, compañeras diputadas.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias a usted, compañero diputado Fernández. Tiene la palabra don Heliodoro Díaz Escárraga. Después se la concederemos para hechos a la diputada Leticia Quezada. Adelante, diputado Díaz, hasta por 5 minutos.

El diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga:Con su permiso, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, quiero hacer una reflexión, porque nos parece muy lamentable que sea necesario que surjan hechos de violencia que nos asombran para que nos demos cuenta y volteemos la mirada a las zonas indígenas más pobres de nuestro país.

La región Triqui ciertamente, que represento en Putla, Tlaxiaco y Juxtlahuaca, acusa fenómenos graves de marginación y de pobreza. Los triquis han sufrido desde épocas ancestrales el despojo de sus tierras, por eso revisten una personalidad de desconfianza, de rechazo, de violencia, como la única forma en su cosmogonía de defender lo que son sus usos y costumbres.

Recibimos con beneplácito, la diputación oaxaqueña, la determinación de la Junta de Coordinación Política de integrar este grupo de trabajo, la participación de los grupos parlamentarios de la Cámara, para abocarnos al análisis no solamente punitivo, no solamente de resultados, no solamente de lo que es producto de esta marginación y la pobreza sino para que analicemos —ésta es la invitación— las causas y el origen, el abandono y el olvido en el que hemos tenido a las zonas indígenas más pobres de nuestro país, como lo es la zona Triqui.

Por eso considero que no es menor la participación de otros diputados y de otras diputadas que quieran sumarse a esta comisión, como es el derecho de cualquiera de nosotros de intervenir con voz en cualquier comisión ordinaria o especial. Así será en esta comisión para que escuchemos propuestas que vayan encaminadas a tener claras las condiciones socioeconómicas que prevalecen en la región Triqui, pero fundamentalmente, que más allá de estos diagnósticos hagamos propuestas a este pleno, que considero deben reflejarse en una iniciativa para distensar el ambiente entre las diversas organizaciones y actores políticos de la zona, pero fundamentalmente para que esa acción se vea reflejada en el presupuesto y podamos nosotros dar respuestas positivas a las causas que originan la pobreza y la marginación.

Celebro que a esta propuesta se sumen todos los grupos parlamentarios y que se hagan propuestas de mayor intervención y participación. Todas son y serán bienvenidas en esta comisión que vamos a presidir, en donde considero que lo importante es que estudiemos las causas y que, sobre eso, propongamos soluciones que tienen que ver con la gravedad de la pobreza y la marginación que se vive, no solamente en San Juan Copala sino también en parte de la zona Triqui baja y alta, que son los chicahuaxtlas y que integran los municipios de Tlaxiaco, de Itunyoso, de Putla, de Coixtlahuaca, fundamentalmente.

En este sentido, señor presidente, en relación con la propuesta que se ha hecho, bienvenida la participación con todo el derecho que tienen, las diputadas y los diputados, de participar y proponer en este asunto. Espero que los resultados no sean al infinito ni tampoco vayamos manejando estos asuntos con criterios de coyuntura, sino con altura de miras y fundamentalmente pensando que tenemos, los mexicanos y el pueblo de México, una gran deuda con los pueblos indígenas. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado Heliodoro Díaz Escárraga. Tiene la palabra la diputada Leticia Quezada para hechos, hasta por 5 minutos.

La diputada Leticia Quezada Contreras:Gracias, diputado presidente. A nombre de mi grupo parlamentario quisiera comentar que para nosotros es muy importante la creación de este grupo de diputadas, de diputados de los diferentes partidos políticos que van a integrar esta comisión para dar seguimiento y lograr la pacificación en San Juan Copala, y no solamente en San Juan Copala, esta comisión es también para los asuntos de Guerrero que están pendientes todavía y que obviamente el Grupo Parlamentario del PRD exige una solución de manera inmediata.

Han transcurrido ya bastantes años del conflicto de San Juan Copala. Han transcurrido ya más de seis meses que llegaron a esta Cámara de Diputados los diferentes integrantes de San Juan Copala, de los triquis y que no ha habido, no se ha tenido la altura de darles una respuesta, de dar un seguimiento, hasta hoy que apenas se conforma esta comisión y que vemos bien.

Nosotros, un grupo de diputadas y diputados, hablo también a nombre de la diputada Juanita, Florentina, del diputado Martel, quienes han estado muy preocupados por esta situación y que acudimos un fuerte número de diputados hace algunos meses a San Juan Copala, y en verdad fue increíble el tipo de trabas que se nos pusieron, los retenes que hubo para poder llegar. Es una zona a la que no se puede accesar, pese a que había todo un operativo de la policía estatal y que desde nuestro punto de vista podía haber condiciones.

Sin embargo, la procuradora del estado nos dijo que no se podía accesar y la solución fue tomar otro tipo de medidas, como ésta, empujar una comisión importante para poder llevar la pacificación a la zona Triqui.

Ha habido una serie de hechos violentos en esa comunidad que preocupan y que exigimos al gobierno federal meta las manos, a la Procuraduría General de la República también, a la Secretaría de Seguridad Pública federal, también.

No es un conflicto que se tenga que solucionar de manera aislada, sino que todas las autoridades tienen que ser integrantes y coadyuvar a que se mejore este problema en San Juan Copala.

El asesinato de Bety Cariño, una luchadora social en materia de derechos humanos, quien fue acribillada, y de Jyri Jaakkola, un finlandés, que también estuvimos en la embajada de Finlandia dando las condolencias. Una serie de secuestros de mujeres triquis, de niñas triquis.

Hoy se levanta una huelga de hambre que fueron 10 mujeres y 9 niños en huelga de hambre y que esta situación nos preocupó. Estuvieron dos días en huelga de hambre. Hoy se levantó por la mañana y nosotros, a nombre de estos 9 niños y 10 mujeres exigimos ya la solución y que lo más rápido posible esta comisión pueda sesionar y comience a hacer las presiones a las diferentes autoridades de gobierno federal, del gobierno del estado, para solucionar el conflicto que lleva años y que se merece San Juan Copala.

Una autonomía se merece San Juan Copala, un pueblo con sus usos y costumbres, pero además, se merece ya la paz, se merece que entren ya los alimentos, se merece que entren ya las cuestiones de salud.

Hoy, ahorita nos acaban de comentar los compañeros de San Juan Copala, sirva esta tribuna para denunciar. Existen dos desparecidos, que se suman a una serie de hechos que se han estado haciendo de manera sucesiva y que no se hace nada. Todo mundo está prácticamente cruzado de manos.

Dos desaparecidos hoy, que son José González Cruz y Susana López Martínez. Son triquis de la zona de San Juan Copala y que se suman a una serie de asesinatos, a una serie de secuestros, a una serie de desapariciones que ha habido y de intimidaciones hacia el pueblo Triqui.

Así es que es momento de que el Congreso de la Unión, de que la Cámara de Diputados tome cartas en el asunto. No esperemos a un muerto más, no esperemos a más desaparecidos. No esperemos a más niños en huelga de hambre, que es una vergüenza y además hoy se levantó esa huelga de hambre, y que demos respuesta de manera inmediata, ya, a este conflicto de San Juan Copala que ha sido originado desde hace muchísimos años y que desgraciadamente hoy dejan un conflicto mayor que empieza a preocupar de manera lastimosa, porque obviamente están interviniendo ya niños, mujeres, ancianos, y es una situación que no se puede solapar. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputada. Desde su curul, el diputado Pablo Escudero. Sonido en la curul del diputado Pablo Escudero.

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Gracias, presidente.

El Partido Verde, consciente de la problemática de San Juan Copala y con el objeto de hacer más ágil la asamblea, toda vez que no nos hemos reunido en la Junta de Coordinación Política, por supuesto que estamos de acuerdo con que se integre la diputada del Partido del Trabajo en esta comisión. El objeto es poder hacer más ágiles estas reuniones.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias.

Entiendo que los grupos parlamentarios están de acuerdo con las adiciones propuestas. Por favor, señora secretaria, sea usted tan amable de preguntar a la asamblea.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa con las adiciones propuestas, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado. Comuníquese.

En el transcurso de la sesión se dará cuenta de la lista definitiva de nombres que quedaron integrados a esta comisión. Continúe la Secretaría.



MEXICANA DE AVIACION

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se comunican al pleno los nombres de los diputados integrantes del Grupo de Trabajo de seguimiento al proceso de adquisición y reestructuración de la compañía Mexicana de Aviación, hoy Nuevo Grupo Aeronáutico

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes

Considerandos

I. Que en sesión del 18 de agosto del año en curso, la Comisión Permanente aprobó una proposición con punto de acuerdo cuyo resolutivo primero exhorta a las Juntas de Coordinación Política de las Cámaras de Diputados y de Senadores a efecto de que en ejercicio de sus atribuciones, conformen con la mayor brevedad un grupo de trabajo bicamaral y plural, que dé seguimiento al proceso de adquisición y reestructuración de la compañía Mexicana de Aviación, hoy Nuevo Grupo Aeronáutico.

II. Que el 10 de septiembre del presente se recibió en la Presidencia de este órgano de gobierno oficio suscrito por el senador Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, por el que comunica que en sesión de la colegisladora, de fecha 9 de septiembre, los senadores María de los Ángeles Moreno Uriegas, Yeidckol Polevnsky Gurtwitz, Ramiro Hernández García, Rogelio Humberto Rueda Sánchez, Carlos Aceves del Olmo y Pedro Joaquín Coldwell presentaron propuesta con punto de acuerdo respecto a la problemática de Mexicana de Aviación y el impacto en las fuentes de empleo directas e indirectas que esta genera.

Por lo expuesto, la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, numeral 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Primero.Con fundamento en el mandato expresado por el pleno de la Comisión Permanente en su sesión del 18 de agosto del año en curso, se integra el Grupo Plural de Trabajo para dar seguimiento al proceso de adquisición y reestructuración de la compañía Mexicana de Aviación, hoy Nuevo Grupo Aeronáutico.

Segundo.El grupo de trabajo estará integrado por 1 diputado de cada grupo parlamentario representado en esta soberanía:

Diputado José Adán Ignacio Rubí Salazar (PRI)

Diputado Arturo García Portillo (PAN)

Diputado Francisco Hernández Juárez (PRD)

Diputado Guillermo Cueva Sada (PVEM)

Diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta (PT)

Diputada Cora Pinedo Alonso (Nueva Alianza)

Diputada Laura Arizmendi Campos (Convergencia)

Tercero.Para el cumplimiento de su objetivo, este grupo plural podrá allegarse de la información que considere pertinente, y sus integrantes podrán reunirse, cuando lo estimen necesario, con las autoridades federales, estatales y municipales responsables, así como con organizaciones civiles y desempeñar cualquier otra acción, de conformidad al marco normativo aplicable.

Cuarto.Las labores del grupo de trabajo concluirán en el momento en que a consideración de sus integrantes hayan atendido de manera clara y suficiente los asuntos a los que darán seguimiento, debiendo presentar un informe acerca de sus trabajos en el que contengan sus recomendaciones y conclusiones, el cual hará llegar a las respectivas Juntas de Coordinación Política.

Quinto.Comuníquese el presente acuerdo a la Cámara de Senadores.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de septiembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

No habiendo quien haga uso de la palabra...

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Perdóneme, secretaria. Esta Presidencia informa que se ha anotado para hablar en pro el diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta. En consecuencia le concedemos el uso de la palabra, hasta por 5 minutos.

El diputado Mario Alberto Di Costanzo Armenta:Con su venia, presidente. Vengo a hablar a favor de este acuerdo, en virtud de que el caso de Mexicana de Aviación nos recuerda este dicho que dice que lo que mal empieza, mal acaba.

El caso de Mexicana de Aviación se remonta al propio rescate de Cintra por el IPAB en el penoso evento de mayor corrupción en este país que es el Fobaproa.

Existen no solamente problemas de tipo económico sino responsables que ejercen cargos públicos en este momento. No es un asunto entre particulares como se ha querido decir, porque es una concesión que el Estado le dio a un empresario y en donde además se refleja este viejo problema de México: empresarios ricos y empresas quebradas.

El anterior dueño de Mexicana de Aviación, también propietario de Grupo Posadas y quien ha señalado que no tuvo dinero para rescatar la aerolínea, nada más quiero que sepan que Grupo Posadas en el primer semestre de este año tuvo ingresos por 3 mil 166 millones de pesos.

Esto es otro reflejo de los problemas fiscales mexicanos, porque el señor nada más pagó 41 millones de pesos de impuestos y le debe al fisco en impuestos diferidos mil 983 millones de pesos. Y en lugar de afrontar el problema, vende la aerolínea en 1 peso y se quita de cualquier responsabilidad.

Le causa un daño severo a la industria aeronáutica nacional, al sector turismo, al fisco y deja sin empleo a 5 mil trabajadores y no pasa nada. El señor está en su casa viendo la tele o viendo a ver en qué nuevo negocio incursiona con la venia absoluta del Estado.

Por eso es que es importante que esta comisión trabaje, que esta comisión actúe. Que no solamente esta comisión resuelva el problema coyuntural que representa el impacto de la quiebra de Mexicana de Aviación para el sector turístico nacional, para el espacio aéreo mexicano y para 5 mil familias que pierden sus empleos sino también para que existan responsables y se castigue a los responsables de esas acciones.

Que sirva como ejemplo de lo que vivimos a diario en este país, que son empresas pobres, empresas quebradas y empresarios ricos subsidiados por el propio Estado con un sistema fiscal inoperante y que ha sido rebasado absolutamente.

Quiero decir también que no nos debemos quedar en el viejo dicho de que cuando queremos que no se resuelva un problema, formemos una comisión. Ha habido muchas comisiones en torno al asunto de Cintra, a la venta de Cintra que no han podido concluir nada. No es un asunto de requerir información. Este Congreso tiene información de sobra de lo que pasó con Cintra y de las veces en que fueron rescatadas Aeroméxico y Mexicana de Aviación.

Por eso estoy a favor de esta comisión, pero en el entendido de que es una comisión para que trabaje. Una comisión de nada va a servir si no finca responsabilidades y si no castiga a los culpables. Muchas gracias, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias a usted, diputado Di Costanzo. Habiendo sido el único orador que se inscribió para hablar sobre este tema...

El diputado José Adán Ignacio Rubí Salazar(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Perdón. Sí, diputado Rubí Salazar.

El diputado José Adán Ignacio Rubí Salazar(desde la curul): Señor presidente, por estar involucrado en la integración de esta comisión plural y por las características de la integración y funcionamiento de la misma, quiero: primero, sumarme al punto de acuerdo que presenta la Junta de Coordinación Política y sobre todo, solicitar a la Mesa Directiva de esta Legislatura que pueda plantear formalmente al Senado, que proceda también a llevar a cabo la integración de dicha comisión en aquella Cámara, para que pueda proceder ya de manera conjunta y plural, como está concebida, a realizar los trabajos que tiene encomendados. Ésa es mi solicitud atenta y respetuosa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Rubí. Se toman en cuenta sus expresiones para que sean consideradas por la Junta de Coordinación Política.

Le solicito a la Secretaría ponga a consideración de la asamblea si se acepta la proposición.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado. Comuníquese.

Se encuentran entre nosotros diversos invitados del municipio de Ecatepec, estado de México, invitados por el diputado Martín Vázquez Pérez.

Igualmente, alumnos y maestros de la preparatoria oficial número 111, de la comunidad de Santiago Acutzilapan, del estado de México, invitados por el diputado Emilio Chuayffet Chemor.

También estudiantes y maestros del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores, campus Zamora, estado de México, invitados por el diputado Emiliano Velázquez Esquivel.

También alumnos y maestros de la FES Acatlán, Naucalpan, estado de México, invitados por el diputado David Sánchez Guevara. Sean todas y todos ustedes bienvenidos.

Adelante, con el orden del día.



ESTADO DE JALISCO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se constituye un grupo plural de trabajo para dar seguimiento al desarrollo y la solución de la problemática del predio El Divisadero de Tenacatita, de la zona federal de la bahía de Tenacatita, en La Huerta, Jalisco

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 33 y 34, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y

Considerando

I. Que en la sesión del pleno de la Cámara de esta soberanía correspondiente al pasado martes 7 de septiembre se aprobó la propuesta con punto de acuerdo presentada por el diputado David Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, relativo a la problemática existente en el predio El Divisadero de Tenacatita y de la zona federal de la bahía de Tenacatita, municipio de La Huerta, Jalisco;

II. Que en su propuesta el diputado David Hernández solicitó en el quinto resolutivo “que la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados integre un grupo de trabajo plural de diputados que dé seguimiento puntual al desarrollo de la solución de este conflicto e informe a esta soberanía del estado que guarda el problema. Este grupo presentará programa de trabajo y tendrá vigencia hasta la conclusión del problema”;

III. Que los coordinadores de los grupos parlamentarios con representación en esta Cámara expresan su mayor interés en dar seguimiento a este conflicto, reconociendo la importancia que el grupo plural de legisladores tendría en el seguimiento y atención del mismo;

IV. Que, en este sentido, el artículo 33 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece que la Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara de Diputados y el órgano en que se impulsan entendimientos y convergencias políticas a fin de alcanzar acuerdos para que el pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden;

V. Que el artículo 34, numeral 1, inciso b), del citado ordenamiento establece que la Junta de Coordinación Política tiene la atribución de presentar al pleno proyectos de puntos de acuerdo;

Y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, se presenta a la consideración de esta soberanía, la propuesta con el siguiente

Acuerdo

Primero. Con fundamento en el mandato expresado por el Pleno de esta soberanía en su sesión del pasado martes 7 de septiembre de 2010, se constituye un Grupo Plural de trabajo para dar seguimiento a la problemática existente en el predio El Divisadero de Tenacatita y de la zona federal de la bahía de Tenacatita, municipio de La Huerta, Jalisco.

Segundo. El grupo de trabajo estará integrado por 10 diputados, con la siguiente composición proporcional por grupo parlamentario:

Tercero. El grupo será presidido por un diputado perteneciente al grupo parlamentario mayoritario y adoptará sus decisiones por consenso. En caso de que esto no sea posible, las adoptará bajo el sistema de voto ponderado, en el cual cada grupo parlamentario representará tantos votos como integrantes tenga ante el pleno.

Cuarto. Para el cumplimiento de su objetivo, este grupo plural podrá allegarse de la información que considere pertinente y sus integrantes podrán reunirse, cuando lo estimen necesario, con las autoridades federales, estatales y municipales responsables, así como con organizaciones civiles y desempeñar cualquier otra acción, de conformidad al marco normativo aplicable.

Igualmente, podrán solicitar y recibir los archivos de legislaturas anteriores que existan sobre la materia de trabajo que deban atender.

Quinto. Las labores del grupo de trabajo concluirán en el momento en que a consideración de sus integrantes se hayan atendido de manera clara y suficiente los asuntos a los que darán seguimiento, debiendo presentar informes bimestrales de sus trabajos y actividades al pleno de la Cámara de Diputados o, en su caso, ante la Comisión Permanente.

Sexto. El grupo de trabajo no contará con recursos técnicos, administrativos o financieros para el desarrollo de sus actividades.

Transitorios

Primero. El presente acuerdo entrará en vigor el mismo día de su aprobación por el pleno.

Segundo. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de septiembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, secretaria. Esta Presidencia informa que se ha inscrito para hablar en pro el diputado David Hernández Pérez, en consecuencia tiene la palabra hasta por 5 minutos. Igualmente ha solicitado la palabra el diputado Enrique Ibarra Pedroza.

El diputado David Hernández Pérez:Con su permiso, compañero presidente. A nombre del Grupo Parlamentario del PRI, nos da gusto que se integren los demás grupos parlamentarios a este asunto tan delicado que se está llevando en las costas de Jalisco.

Es un asunto que está a punto de ser un problema social grave, más grave, en donde se cerró una carretera y está cerrado el acceso a una playa pública. Incluso en el pasado puente que hubo, a mucha gente le dijeron que estaba abierto al público y en realidad fueron engañados y no pudieron entrar los pobladores que acostumbraban de manera frecuente acudir aquí.

Hay incluso ya la revocación de la concesión para la empresa que se dice propietaria o que se dice que tiene la concesión para estar explotando esta zona.

Este grupo plural que se está conformando el día de hoy estoy seguro que va a poder sentarse con las partes interesadas para poder llegar a los acuerdos para resolver este asunto a la mayor brevedad posible.

Los pobladores de la zona, los propietarios que tienen hasta más de 50 años ahí, siempre han estado de acuerdo incluso en que se desarrolle. En lo que no están de acuerdo es en que se les despoje de sus propiedades de forma arbitraria.

En el Grupo Parlamentario del PRI estamos convencidos de que si se les presenta a los pobladores una propuesta para poder desarrollar de forma adecuada, con orden, con sustentabilidad, estamos seguros que puede convertirse en una zona con un gran impacto económico, por la zona turística que puede desarrollarse ahí.

Por tanto, estamos ya con un proyecto de trabajo, una propuesta en la que vamos a invitar de manera inmediata a una mesa en donde estén las autoridades federales, las autoridades estatales, municipales y obviamente las partes interesadas en el asunto.

A la brevedad posible convocaremos a quienes están integrando este grupo plural para que desde los acuerdos podamos sumar los esfuerzos para multiplicar los beneficios en esta zona y poder resolver un asunto que puede convertirse, como les digo, en un grave problema.

Cuando presentamos este punto de acuerdo, que fue aprobado por este pleno, se acercaron otros compañeros ejidatarios de la misma zona, en donde ya incluso se le quitaron al ejido de Campo Acosta 642 hectáreas y quieren quitarles otras mil hectáreas más. La gente quiere, por la fuerza de las armas, defender sus predios.

Estoy seguro de que este grupo de trabajo va a poder beneficiar a la población y al desarrollo que puede tener buenos resultados en Jalisco. Por su atención, gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Hernández Pérez. Tiene la palabra, hasta por 5 minutos, el diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza:Muchas gracias, ciudadano presidente.

Señoras legisladoras y señores legisladores. Este tema de la bahía de Tenacatita ha estado acompañándonos en lo que va de este periodo ordinario de sesiones. Diversos partidos hemos presentado propuestas, entre ellos el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Quiero expresar mi satisfacción por la desembocadura el día de hoy de que esas propuestas se materialicen en la constitución de este grupo plural. Un grupo integrado con representantes de los siete partidos políticos, y de parte nuestra, del Partido del Trabajo, de los diputados que participamos en el movimiento que encabeza Andrés Manuel, hacer nuestro compromiso de hacer un trabajo institucional, un trabajo sin pretensiones de otra índole más que la de contribuir con nuestra participación, con nuestro quehacer para que retorne la tranquilidad y la certidumbre de mejores condiciones de vida a la gente que habita en esas comunidades que, como aquí en su oportunidad lo comentamos, desde hace casi dos meses, el 4 de agosto fueron desplazados de Tenacatita cientos de personas de diversas edades. La mayoría de ellos ahora están viviendo con familiares, con amigos, en la comunidad de El Rebalse.

Aparte de ese desplazamiento geográfico, físico, en contra de su voluntad, también se les ha cercenado, se les ha mutilado la forma de ganarse la vida mediante su trabajo en la prestación de servicios comerciales, de servicios turísticos, del servicio y del trabajo de pesca, porque al ser desplazados ellos, también se cancelaron los restaurantes, las ramadas, 10 hoteles que ahí estaban normalmente funcionando desde hace décadas.

Ésa es la pretensión, que como diputados nos sumemos a este trabajo que vamos a encauzar. Como ya decía aquí el diputado David, vamos con ese ánimo a contribuir, a restituir un clima de concordia en el que prevalezca la atención, en primer lugar, a quienes han sido vulnerados, a quienes han sido vejados en sus derechos humanos, en sus garantías individuales.

Con ellos es nuestro compromiso fundamental, porque no es posible la pretensión de construir desarrollos inmobiliarios, pero con prácticas de exclusión y de opresión, que se hagan a costa de cercenar los derechos que tienen los mexicanos a vivir en el entorno que han elegido y a ganarse la vida mediante su trabajo. Eso es lo que nos anima a ser una parte, una correa de transmisión a solventar este conflicto social.

Vamos a interceder ante las instancias, tanto del gobierno del estado, de la federación y con el gobierno municipal de La Huerta, del municipio donde está asentado Tenacatita, que hay que decirlo, es un ayuntamiento que ha estado a la defensa de los derechos humanos de los habitantes de Tenacatita.

Estaremos dando informes a este pleno del avance de nuestros trabajos, que tengo la fundada esperanza de que arribaremos, desembocaremos en resultados concretos y positivos para campesinos, ejidatarios, maestros, jornaleros, pescadores, habitantes de todas las edades de la zona de Tenacatita, en la zona sur de la costa del estado de Jalisco. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Ibarra. Para rectificación de hechos tiene la palabra, hasta por 5 minutos, el diputado Juan José Cuevas, del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Juan José Cuevas García:Gracias, diputado presidente. Para celebrar, de parte del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, este grupo plural que se conformó, pero más que nada, para verificar que todo se lleve conforme a lo que viene siendo la certeza jurídica que se pueda dar en el predio de Tenacatita.

El Partido Acción Nacional celebra este grupo plural porque tenemos que rescatar básicamente los derechos humanos de esta gente, que fueron violados en su aspecto jurídico y en su aspecto de derechos, que representan cada uno de ellos.

Celebramos y estamos listos para trabajar y enhorabuena de cada grupo parlamentario, tanto del PRI, del PRD, del PT, del PAN, Convergencia y que todos nos sumemos a la voluntad que se dé y que sea a favor, siempre a favor de la certeza jurídica y respaldarla. Estamos para servirles.

Es un honor estar en este grupo plural. Bienvenidos todos los que ahí vamos a participar. Trabajemos a favor de esa certeza jurídica, que lo merece la gente de Tenacatita. Darle todo el respaldo al presidente municipal, al gobernador de Jalisco, siempre y cuando haya certeza jurídica de ese terreno, que bien vale la pena trabajar en conjunto en este grupo plural. Muchas gracias, y el grupo parlamentario a sus órdenes, como siempre.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado. En términos del artículo 122, consulte la Secretaría a la asamblea, si se acepta la proposición.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:En votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado, comuníquese.



REGISTRO DE ASISTENCIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se pide a la Secretaría dar cuenta del registro electrónico e instruya el cierre del sistema.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:¿Falta algún diputado o diputada de registrar su asistencia?

Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 448 diputadas y diputados. Ciérrese el sistema electrónico. Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Se acaba de recibir una comunicación de la Junta de Coordinación Política. Proceda la Secretaría a dar cuenta de ésta.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo vigésimo del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al orden del día de las sesiones, las. discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, los suscritos coordinadores de los grupos parlamentarios, nos permitimos solicitarle tenga a bien consultar al Pleno, puedan realizarse las modificaciones en el orden del día de hoy, a efecto de incluir los siguientes asuntos en el apartado correspondiente:

• Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta soberanía, para que se considere el Programa Operativo 2011 del Plan Interestatal, para la Sustentabilidad de la Cuenca del Lago de Chapala.

• Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita se emita la declaratoria de desastre, por lo tanto la utilización de recursos del fondo de desastres naturales (Fonden) y del Fondo para Apoyar a la Población rural Afectada por Contingencias Climatológicas (Fapracc), para atender a 166 municipios del estado de Oaxaca afectados por las lluvias.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 23 de septiembre.—Diputada Josefina Eugenia Vázquez Mota  (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario Nueva Alianza; Diputado Pedro Jiménez León, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si es de modificarse el orden del día.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:En votación económica se consulta a la asamblea si es de modificarse el orden de día, en los términos solicitados por la Junta de Coordinación Política. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobada.Por tanto, dé cuenta del acuerdo de la Junta de Coordinación Política, secretaria.



LAGO DE CHAPALA

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta soberanía que se considere el programa operativo correspondiente a 2011 del Plan Interestatal para la Sustentabilidad de la Cuenca del Lago de Chapala

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que formula el Felipe de Jesús Rangel Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. Se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta soberanía que se considere el programa operativo correspondiente a 2011 del Plan Interestatal para la Sustentabilidad de la Cuenca del Lago de Chapala.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro Encinas Rodríguez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los diputados y las diputadas que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado. Comuníquese.

Continúe la Secretaría dando cuenta de los acuerdos de la Junta de Coordinación Política.



ESTADO DE OAXACA

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el cual se solicita que se emita la declaratoria de desastre y, por tanto, que se utilicen recursos de los Fondos de Desastres Naturales, y para Apoyar a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas, a fin de atender a 166 municipios de Oaxaca afectados por las lluvias

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que formula el diputado Jorge González Ilescas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. Se solicita que se emita la declaratoria de desastre y, por tanto, que se utilicen recursos de los Fondos de Desastres Naturales, y para Apoyar a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas a fin de atender a 166 municipios de Oaxaca afectados por las lluvias.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro Encinas Rodríguez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

No habiendo quien haga uso de la palabra, se le pregunta a la asamblea en votación económica. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado. Comuníquese.

Continúe la Secretaría con el orden del día, con oficios de la Cámara de Senadores.



CAMARA DE SENADORES

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó el siguiente

Acuerdo

Único. Se designa secretario de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores para el segundo año de ejercicio de la Sexagésima Primera Legislatura al senador Francisco Xavier Berganza Escorza, en sustitución del senador Francisco Alcibíades García Lizardi.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De enterado.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente acuerdo:

Primero.El Senado de la República solicita al Ejecutivo federal instruya a los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública federal para que remitan de manera inmediata a esta soberanía un informe detallado de las acciones preventivas que realizaron para dar aviso a la población ante la inminencia de la presencia del huracán Karl, así como de las tareas que llevan a cabo y las que tienen previstas para garantizar el auxilio y la seguridad física y patrimonial a la población afectada y la infraestructura dañada.

Segundo.El Senado de la República solicita lo siguiente:

a) Al titular del Ejecutivo federal, licenciado Felipe Calderón Hinojosa, instruya a las dependencias competentes para que los municipios veracruzanos afectados por el huracán Karl tengan acceso, con la brevedad posible, a los recursos del Fondo de Desastres Naturales, con objeto de asistir a los más de 500 mil veracruzanos afectados por las lluvias.

b) Al titular de la Secretaría de Salud, para que en coordinación con las dependencias estatales y municipales se redoblen los esfuerzos institucionales para impulsar medidas sanitarias por falta de agua potable y para evitar epidemias y enfermedades relacionadas por el desastre natural a causa del huracán Karl.

c) Al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que habilite un programa de asistencia, apoyo y financiamiento para los productores afectados, principalmente a los cañeros, de quienes se estima la pérdida de más de 500 mil hectáreas de caña de azúcar por las lluvias ocasionas por el huracán Karl.

Tercero.El Senado de la República exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal, por conducto de los secretarios de Gobernación, de Salud, y de Hacienda y Crédito Público, a establecer dentro del Fondo de Desastres Naturales un apartado específico denominado “programa fondo de atención de contingencias sanitarias”, a fin de que las entidades federativas puedan disponer de recursos adicionales para la atención de la salud de la población afectada.

Cuarto.Se exhorta al presidente de la República y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a efecto de que dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se incrementen los recursos federales del Fondo de Desastres Naturales y del Fondo para apoyar a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas, para atender los problemas climáticos que enfrentará el país en los próximos años.

Quinto.Se crea un grupo plural de trabajo integrado por senadores de los distintos grupos parlamentarios, a fin de que realicen una visita de evaluación a las zonas afectadas en los estados de Veracruz, Tabasco, Oaxaca y Puebla, e informen a esta soberanía sobre la situación prevaleciente, así como de alternativas de solución a la población afectada y a la infraestructura dañada.

Sexto.La Cámara de Senadores exhorta respetuosamente al gobierno de Veracruz:

a) A que emita los avisos de siniestro a las aseguradoras con las que se contrataron los seguros de protección a la población, así como los agropecuarios catastróficos, a fin de que se realicen las inspecciones técnicas de superficie y/o unidades animales afectadas y se proceda a cubrir los porcentajes de las pólizas que permitan cobrar a los afectados para recuperar su capacidad productiva en el menor tiempo posible.

b) A que instruya a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural Forestal y Pesca del estado para que levante un padrón de productores afectados con la intención de ser beneficiados por el Programa de Atención a Contingencias Climatológicas, a cargo de la Secretaría de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese el punto cuarto a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Juan Bueno Torio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó propuesta con punto de acuerdo en relación con el mantenimiento y ampliación de cuatro carriles del tramo comprendido de Santa Ana-La Mancha y La Mancha-Santa Ana, de la carretera federal 180; así como con los entronques de La Mancha, La Tinaja, Embarcadero y central nucleoeléctrica Laguna Verde.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados en cuanto a los tres primeros resolutivos; y a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, el cuarto de éstos.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Juan Bueno Torio, senador de la República de la LXI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, fracción II del numeral 1 y 276 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente: Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011, establezca los recursos necesarios y suficientes destinados al mantenimiento y ampliación de cuatro carriles del tramo comprendido de Santa Ana-La Mancha y La Mancha-Santa Ana, de la carretera federal 180; así como para la construcción de una carretera alterna con función de libramiento carretero de cuatro carriles y de los entronques de La mancha, La Tinaja, Embarcadero y central nucleoeléctrica Laguna Verde; además, se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a concluir con los trabajos de construcción, asfaltado y mantenimiento del tramo La Mancha-Nautla de la carretera federal-180, mismo que debió ser concluido desde hace dos años, lo anterior en base a las siguientes:

Consideraciones

La importancia de contar con caminos y carreteras en óptimas condiciones son clave para el desarrollo económico de un país, fundamentalmente por ser un factor indispensable en la integración de zonas y regiones.

La infraestructura carretera es de vital importancia para el país, pues de ello depende el sistema de transporte nacional para comunicar a diversas ciudades, además de que la competitividad de un país depende de la infraestructura con que éste cuente, por lo que representa un factor determinante para el desarrollo económico de México.

Por su importancia económica y su relevancia estratégica, la carretera federal-180 requiere de un mantenimiento que le permita estar en condiciones transitables; en su largo trayecto se observa que solo cuenta con dos carriles y sin zonas de acotamiento, el pavimento presenta daños que dificultan el transito ocasionando accidentes que constantemente resultan en pérdidas de vidas humanas y materiales además de paralizar la circulación de los vehículos.

Vale la pena señalar que esta carretera federal-180 cruza por toda la costa del Golfo de México el cual sirve de enlace para transportar productos desde sureste del país a la zona fronteriza de Reynosa y Matamoros así como de vínculo carretero entre los puertos de Coatzacoalcos, Veracruz, Tuxpan, Tampico y Altamirano, por lo cual se considera como un corredor turístico de importación, representa la zona productora de ganado, caña de azúcar, cítricos, además de ser un área de pesca, de captura y de cultivo en sus lagunas. Esta carretera federal-180 también cruza por el área petrolera del Golfo de México, y brinda acceso a la Central nucleoeléctrica de Laguna Verde.

Respecto de ésta última, conviene señalar que la Central nucleoeléctrica de Laguna Verde se encuentra ubicada sobre la costa del Golfo de México en el kilómetro 42.5 de la carretera federal Ciudad del Carmen-Nautla en la localidad Punta Limón, en el municipio de Alto Lucero, Veracruz.

Actualmente las rutas de acceso y de evacuación se encuentran dañadas debido a las inclemencias del tiempo y principalmente porque no se les ha brindado un mantenimiento importante, por lo tanto resulta urgente se mejoren las rutas de evacuación no solo por los trabajadores que ahí laboran sino por lo que implica para toda la región y todos los pobladores de las zonas aledañas a las instalaciones de la planta una evacuación pronta en caso de emergencia.

La creación de infraestructura requiere de una constante renovación, adecuación y mantenimiento para estar a la altura de las nuevas necesidades de la sociedad. Este hecho implica la adecuada coordinación para la erogación de recursos federales, con la finalidad de proporcionar eficiencia y seguridad.

Al día de hoy la creación de infraestructura, como lo son las carreteras, caminos y puentes deben ser tomadas como una inversión, lo cual reportará importantes beneficios en el mediano y largo plazo, contribuyendo de gran manera al desarrollo regional, mismo que debe ir acompañado de inversión en infraestructura.

Con el mantenimiento y la ampliación de cuatro carriles del tramo de Santa Ana-La Mancha y La Mancha- Santa Ana, de la carretera federal 180, habrá mayor seguridad para los trabajadores y los pobladores de las zonas cercanas, permitirá mejorar significativamente las rutas de evacuación de la central nucleoeléctrica de Laguna Verde, y el desarrollo regional será beneficiado notablemente.

Resulta de gran relevancia mencionar que las obras en este tramo son de importancia nacional y regional, pues reforzarán la ruta de evacuación de la Planta Nucleoeléctrica de Laguna Verde, con un tránsito promedio diario anual que oscila entre 7 y 10 mil vehículos, agilizando la circulación del transporte de carga, pasajeros y particulares, coadyuvando así al desarrollo comercial, agropecuario y turístico, y beneficiando en forma directa a más de 89 mil habitantes de los municipios de La Antigua, Úrsulo Galván, Actopan y Alto Lucero y Vega de Alatorre, Veracruz.

De acuerdo a lo anterior y con el objeto de reforzar el cumplimiento de los compromisos regulatorios relacionados con el Plan de Emergencia Radiológica Externa, el cual exige mantener en condiciones adecuadas las vías de acceso y evacuación en un radio de 16 kilómetros de la central nucleoeléctrica, y de manera simultánea incrementar la seguridad física del los usuarios de los servicios carreteros que transitan por la carretera federal 180.

Por último, resulta importante señalar que las obras del tramo comprendido de La Mancha-Nautla de la carretera federal 180 al día de hoy no está concluido, pues al transitar por estas zonas encontramos que hay diversos tramos que no tienen conexión carretera alguna, lo que implica que los usuarios hagan recorridos innecesarios, en muchos casos ocasionándoles pérdidas de tiempo valioso y económicas, además, este tramo carretero debió concluirse desde hace dos años.

Así, por lo expuesto, someto a consideración de esta asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que en el ejercicio de sus facultades constitucionales, en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011, establezca los recursos necesarios y suficientes destinados al mantenimiento y ampliación de cuatro carriles del tramo comprendido de Santa Ana-La Mancha y La Mancha-Santa Ana, de la carretera federal 180.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que en el ejercicio de sus facultades constitucionales, en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011 establezca los recursos necesarios y suficientes destinados al mantenimiento del tramo carretero Santa Ana-Topilito de Zaragoza, el cual consta de aproximadamente 18 kilómetros y forma parte de las rutas de evacuación del Plan de Emergencia Radiológica Externa.

Tercero. Se exhorta respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que en el ejercicio de sus facultades constitucionales, en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011, establezca los recursos necesarios y suficientes para la construcción de una carretera alterna con función de libramiento carretero de cuatro carriles, así como la construcción de los entronques de La mancha, La Tinaja, Embarcadero y central nucleoeléctrica Laguna Verde.

Cuarto. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a concluir los trabajos de construcción, asfaltado y mantenimiento del tramo carretero La Mancha-Nautla de la carretera federal-180, que debió ser concluido desde hace dos años.

Salón de sesiones del Congreso de la Unión, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Juan Bueno Torio (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Arturo Herviz Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta al presidente de la república, a los secretarios de Gobernación, y de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a incrementar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales y del Fondo para Apoyar a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas, para atender los problemas climáticos que enfrentará el país los próximos años.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«El suscrito senador Arturo Herviz Reyes, del Partido de la Revolución Democrática en la LXI Legislatura del honorable Senado de la República, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 67, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al presidente de la república, a los secretarios de Gobernación, y de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a incrementar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales (Fonden) y del Fondo para Apoyar a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC), para atender los problemas climáticos que enfrentará el país los próximos años, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El gobierno de Felipe Calderón Hinojosa enfrenta una grave crisis económica y del manejo de la macroeconomía del país, para atender los problemas de desastres naturales, el gobierno federal lo manifestó cuando el Huracán Alex causó graves estragos en las entidades federativas de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila.

Los funcionarios del Fondo Nacional de Desastres Naturales señalaron que desde el mes de julio de 2010 “los recursos serán limitados para atender las zonas dañadas por el huracán Alex en el norte del país, y las contingencias que ocurran como consecuencia de las temporadas de lluvias en las regiones del sureste”.

Este principio se ha cumplido y el gobierno federal no ha atendido de manera puntual los graves daños causados por las lluvias en los estados de: Veracruz, Tabasco, Oaxaca, Chiapas, Sonora, Nayarit y Guerrero, en donde miles de familias se encuentran anegadas por los efectos devastadores de las inundaciones, la falta de recursos y de comunicación.

En Tlacotalpán, Veracruz, están afectadas más de 7 mil casas en 189 comunidades rurales y 18 colonias urbanas, en los últimos tres días se incrementaron las afectaciones en 28 mil 148 hectáreas de cultivo en 70 municipios de la entidad veracruzana, por el desbordamiento del río Coatzacoalcos los habitantes fueron trasladados a los municipios de Alvarado, Veracruz y Boca del Río.

Pero las lluvias también han afectado a los estados de: Oaxaca, Tabasco, Chiapas, Sonora, Nayarit y Guerrero, las precipitaciones pluviales de los últimos días ocasionaron daños en decenas de viviendas, afectaciones en tramos carreteros, derrumbes de puentes que ha provocado la incomunicación de poblaciones enteras, destrozos en vehículos e inundaciones.

Estos problemas se agravan por que el gobierno federal no “cuenta” con recursos públicos suficientes para atender estos desastres naturales, sus proyectos de Presupuesto de Egresos de la Federación que ha enviado en los últimos cuatros años de gobierno a la Cámara de Diputados, no le dan una gran prioridad a los desastres naturales, para el año 2010 se le asignaron al Fonden 700 millones de pesos y para el estado de Veracruz se tienen que aplicar alrededor de 1 mil 200 millones de pesos.

El gobierno federal no ha querido entender que estos problemas se presentaran de manera más frecuente por los efectos del cambio climático, los desastres naturales no se limitaran a la problemática de las temporadas de lluvias, se tiene que incluir a las sequías, la crisis alimentaria y las futuras crisis sanitarias.

La crisis alimentaria se agudizará por el problema de la sequia que se presenta en diversas regiones del mundo, en México el 2009 fue el primer aviso de este fenómeno producto del cambio climático, otro factor que impactará en la manipulación de los precios de los productos básicos es el problema de la escasez del agua.

La sequía ha afectado en México aproximadamente 1.5 millones de hectáreas, de las cuales 850 mil recibieron apoyos del gobierno federal, 329 mil fueron decretadas como pérdida total, los principales productos afectados por la falta de lluvias fueron: maíz con 500 mil hectáreas, sorgo 250 mil hectáreas, trigo 40 mil hectáreas y frijol 50 mil hectáreas.

Los desastres naturales deben formar parte de la agenda nacional y de las prioridades del gobierno federal, los argumentos de que no se cuentan con recursos para ayudar a población afectada y que en su mayoría es pobre, son falsos.

Felipe Calderón Hinojosa gobierna para una élite parasitaria y que es una de las primeras responsables del clima de inseguridad que vivimos todos los mexicanos por no contribuir con el pago de sus impuestos, como lo hacen la mayoría de mexicanos que trabajan honradamente y cumple con una carga tributaria pesada e impuesta injustamente. El titular del Ejecutivo anuncia que incrementará para el próximo año los impuestos para seguir con su absurda guerra contra el crimen organizado.

El gobierno federal cuenta con dinero suficiente para que se incrementen las partidas presupuestales en el 2011 al Fonden y FAPRACC, esto lo constata el Sistema de Administración Tributaria con la información que le entregó al diputado federal Mario di Costanzo y que señala que 400 grandes grupos empresariales adeudan al fisco desde el año 2004 la cantidad de 850 mil millones de pesos.

En la propuesta del paquete económico de Felipe Calderón Hinojosa para el 2010 señalaba que las grandes empresas que fueron beneficiadas desde el 2004 por el régimen de pago de impuestos diferidos liquidaran 20% de sus adeudos, esta iniciativa fue modificada por los “líderes” del Senado de la República con aspiraciones presidenciales y que quedaron bien con las elites parasitarias que tienen secuestrado al país y modificaron para que sólo pagaran el 15%.

Lo más absurdo fue que el pasado 30 de abril de 2010 el Secretario de Hacienda, Ernesto Cordero, publicó lo que autodenomino “Cuarta Resolución Miscelánea”, mediante la cual las empresas únicamente quedaron obligadas a cubrir este año el 10% de sus adeudos, esta acción llevó a que sólo 30 empresas pagaran sus adeudos del 10% y el desembolso no rebasa los 13 mil 262 millones de pesos.

El gobierno de Felipe Calderón Hinojosa protege a las elites empresariales al no obligarlos a pagar sus impuestos y desprotege a miles de mexicanos porque su patrimonio se encuentra bajo el agua y que han perdido todo por los desastres naturales de las lluvias, bajo éstas condiciones el gobierno federal justificará su iniciativa tributaria para incrementar en el 2011 los impuestos.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía con carácter de urgente el siguiente

Punto de Acuerdo

Único:Se exhorta al presidente de la república, a los secretarios de Gobernación, y de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a incrementar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales y del Fondo para Apoyar a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas, para atender los problemas climáticos que enfrentará el país los próximos años.

Dado en el salón de sesiones del Senado de la República a los 9 días del mes de septiembre de 2010.— Senador Arturo Herviz Reyes (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, la senadora María del Socorro García Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a etiquetar un porcentaje del Fondo Nacional de Desastres para la atención de contingencias sanitarias en las zonas de desastre.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Comisión de Protección Civil el primer resolutivo y a la Cámara de Diputados el segundo de ellos.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo que presenta la senadora María del Socorro García Quiroz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura de la Cámara de senadores, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, a través de los secretarios de Gobernación, de Salud, y de Hacienda y Crédito Público, a fin de que sea etiquetado un porcentaje del Fondo Nacional de Desastres para la atención de contingencias sanitarias en las zonas de desastre.

La que suscribe, María del Socorro García Quiroz, senadora integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura de la Cámara de Senadores, con fundamento en el artículo 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo que se fundamenta en las siguientes

Consideraciones

Desde hace varios años se vienen realizando estudios e investigaciones sobre las consecuencias y efectos que producirá el cambio climático, por lo que muchos gobiernos han tomado medidas encaminadas a contrarrestar los efectos del mismo.

México no es la excepción e incluso ha sido reconocido a nivel mundial su interés y compromiso respecto a este tema, por tal motivo fue designado como sede de la Cumbre sobre Cambio Climático (COP 16) que será celebrada en Cancún, Quintana Roo.

Sin embargo, las consecuencias del cambio climático al que nos estamos enfrentando evidencian, otro tipo de carencias que directamente están relacionadas con la falta de planeación para una respuesta adecuada y de una insuficiente política de prevención y contención de los efectos causados por los desastres ambientales.

¿Qué es lo que se necesita? sí constantemente venimos observando que algunos estados como Tabasco, Oaxaca, Tamaulipas, Campeche y Veracruz entre otros. Año con año sufren las inclemencias del tiempo y los sistemas quedan rebasados, es decir ya sabemos que estos estado son vulnerables y que hemos tenido experiencias en el pasado, entonces ¿Por qué no aplicar una política encaminada no sólo a contener los desastres sino a evitar que la población se vea afectada?, se necesita entonces una “política de prevención”.

En este sentido, el gobierno federal poco ha hecho por aplicar programas de prevención encaminados a fortalecer tanto a los sistemas de protección civil, como a orientar estrategias de prevención en cerca de 263 municipios costeros en las comunidades más vulnerables.

En el mismo sentido se debe fortalecer los programas estatales de desarrollo con la finalidad de que incluyan una planeación territorial y demográfica acorde con la vulnerabilidad de las comunidades ante una eventual contingencia ambiental.

Por su situación geográfica nuestro país es más vulnerable a los cambios climáticos, basta recordar los desastres que provocaron los huracanes Emily, Stan y Wilma en 2005, las inundaciones en Tabasco de 2007 y este año las inundaciones en Nuevo León, Veracruz y Oaxaca, entre otros estados.

En cada caso, el rápido cambio de las condiciones del medio altera en general el modo de vida, lo que puede ocasionar estados de tensión y trastornos de la salud en toda la población. A menudo, las personas tienen que vivir hacinadas y en malas condiciones de higiene, lo cual entraña el riesgo de epidemias.

Los desastres naturales no producen “nuevas” enfermedades, pero al alterarse las condiciones ambientales pueden dar raíz a la intensificación de la transmisión de enfermedades ya existentes, como consecuencias de los siguientes efectos:

• Efecto directo del medio físico, por ejemplo contaminación fecal, y

• Efectos indirectos resultantes por el hacinamiento o falta de higiene.

Es del conocimiento general la falta no sólo de recursos materiales y humanos para la atención de la salud de los mexicanos, sino también la insuficiencia de los económicos.

Si bien es cierto se cuenta con un Fondo Nacional de Desastres, resulta necesario entonces establecer de manera precisa el monto de los recursos que serán liberados a través de los fondos revolventes, a fin de atender aquellas enfermedades generadas como consecuencias de desastres naturales.

Se afirma lo anterior, toda vez que, de acuerdo con las Reglas de Operación del Fonden, los recursos de este fondo deben destinarse a la reparación o restitución de la infraestructura pública de salud, a auxiliar a los damnificados en sus necesidades inmediatas de protección a la vida y la salud o a responder de forma inmediata a las necesidades urgentes en esta materia, sin que para ello se precise un porcentaje determinado.

Los cambios climatológicos cada vez son más evidentes y en consecuencia la presencia de desastres naturales se están volviendo cotidianos en nuestro país, por esa razón es necesario tomar medidas que nos permitan hacerles frente y actuar en consecuencia, de manera pronta, expedita y eficiente.

Generalmente las personas que suelen resultar más afectada por los desastres naturales, son las de menor poder adquisitivo, por lo que las condiciones de higiene y salubridad que los rodeas son deficientes.

Las enfermedades más frecuentes ante este tipo de situaciones son cólera, dengue, enfermedades de la piel, respiratorias, como consecuencia de la escasez de agua potable, contacto constante con agua contaminada, falta de suministro eléctrico que contribuye a la descomposición de los alimentos y al cambio de temperaturas.

Luego entonces cuando nos encontramos ante las secuelas que genera un desastre natural, muchas personas se quedan sin atención médica o medicamentos.

Por tal motivo es necesario destinar una cantidad de recursos específicos para la atención médica adecuada de la población que resulte afectada y no asignar recursos de otros programas o apoyos, que pueden causar un déficit en detrimento de los beneficiarios de éstos.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.El Senado de la República exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal, por conducto de los secretarios de Gobernación, de Salud, y de Hacienda y Crédito Público, a establecer dentro del Fondo Nacional de Desastres, un apartado específico denominado “Programa Fondo de Atención de Contingencias Sanitarias”, que son ocasionadas por desastres naturales, a fin de que las entidades federativas puedan disponer de recursos adicionales para la atención de la salud de la población afectada prioritariamente.

Segundo. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la cámara de diputados para que en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación del 2011 se establezca, dentro del Fondo Nacional de Desastres, un apartado específico denominado “Programa Fondo de Atención de Contingencias Sanitarias”, y se etiquete un porcentaje exclusivo para la operación del denominado programa que serán recursos prioritarios para la atención a la salud.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores, a 14 de septiembre de 2010.— Senadora María del Socorro García Quiroz (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese el segundo punto a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó propuesta con punto de acuerdo sobre los ex trabajadores braceros.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Punto de acuerdo que presenta el senador Ricardo Monreal Ávila, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en el Senado de la República, sobre los ex trabajadores braceros

Exposición de Motivos

Una vez más, en lo que va del año, se tiene que revisar el tema de los ex braceros a causa de la negligencia política y de la nula vocación social de las autoridades competentes en este asunto.

Baste decir que desde 2005, cuando se creó el fondo de apoyo social, se tenía previsto cubrir un total de 38 mil pesos a cada ex bracero en una sola exhibición, pero hasta mediados de 2009 se había pagado en una sola exhibición únicamente a 42 mil braseros.

A lo anterior, agreguemos que también el año pasado se habían registrado 160 mil braceros más para recibir los beneficios por su trabajo.

Lo peor se suscitó el día 29 de junio de 2009, cuando el Comité Técnico, si bien contando con las facultades para modificar las reglas de operación del fideicomiso, y con base en ello, decidió modificar arbitraria, insensible y unilateralmente las formas de pago. Éstas se harían en abonos chiquitos de 4 mil pesos por año, y eso dependiendo del presupuesto anual que se otorgará al fondo para el fideicomiso.

Estos pagos, humillantes de por sí en cuanto a la cantidad se refiere, se harán a personas de más de 80 años de edad. Muchas de ellas tienen problemas de salud, enfrentan una situación socioeconómica muy delicada y, sin embargo, se les condiciona a que cobren año con año hasta llegar a los 38 mil pesos, algo que a su edad resulta muy difícil que lleguen a vivir ese lapso de tiempo.

¿No es una burla, una tomada de pelo o una falta de respeto para estas personas humildes?, aún cuando sabemos que los ex braceros ayudaron a que ingresaran al país valiosos recursos económicos entre las décadas de los 40 y 60 del siglo pasado.

Ello debería dejar profundas y amplias reflexiones en nosotros que nos decimos representantes populares, porque fueron y siguen siendo una realidad social que deja muchas enseñanzas: se trata de trabajadores que buscaron empleo, y muchas veces también educación, hogar y bienestar que no encontraron, y actualmente sigue sin encontrarse, en nuestro país.

Para el caso mexicano ese hecho es de un enorme valor exponencial si lo trasladamos actualmente a la arista migratoria y a las remesas; de acuerdo al Pew Center de Estados Unidos más de 490 000 mexicanos emigran cada año a ese país, y con cifras oficiales del Banco de México las remesas han representado para nuestro país en los últimos nueve años alrededor de 160 mil millones de dólares.

Sin lugar a dudas la emisión de la Ley que creó el Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Migratorios Mexicanos del período 1942-1964, de fecha 25 de mayo de 2005, constituyó un verdadero hito en la historia de la justicia social en nuestro país en el sentido de que, a través de ella, el Estado mexicano reconoció por vez primera la legitimidad y justeza de los reclamos que los trabajadores ex braceros mexicanos venían haciendo.

Lamentablemente, por la indolencia y omisión política de algunas autoridades competentes en este tema pareciera que lo único que se ha hecho en este tiempo, es una Ley que busca en efecto el cambio, pero el cambio hacia atrás.

El pasado 29 de abril del presente año, aprobamos importantes reformas en la Ley que creó el Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, tales como que se pagara en una sola exhibición los 38 mil pesos y que no hubiera un solo segmento del universo de los trabajadores ex braceros, que quedara excluido del programa de apoyo social. Incluyendo a las concubinas y sus legítimos herederos.

Ahora propongo un punto de acuerdo para que se destinen más recursos al fideicomiso que administra el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Migrantes Mexicanos, porque como dije líneas arriba: el número de trabajadores ex braceros aumenta, y los recursos son insuficientes, además, muchos beneficiarios tienen más de 80 años, por lo que necesitan recibir el monto en una sola exhibición, pues su condición socioeconómica o de salud , en un futuro muy lejano no les podría permitir cubrir el monto total si se les otorga mediante 4 mil pesos anuales.

Derivado de lo anterior, someto a consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Que esta soberanía exhorte a la honorable Cámara de Diputados a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2011 de la administración pública federal se aumenten los recursos del Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Migrantes Mexicanos.

Dado en el salón legislativo de Xicoténcatl, a los veinte días del mes de septiembre de 2010.— Senador Ricardo Monreal Ávila (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, los senadores María del Socorro García Quiroz y Adolfo Toledo Infanzón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron propuesta con punto de acuerdo por el que se solicita a los secretarios de Economía y de Desarrollo Social diversa información referente a los recursos y apoyos para la transición a la televisión digital; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 ponga especial énfasis en el análisis de lo destinado a concretar la transición a la televisión digital terrestre.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Comisión de Gobernación, el primer resolutivo; y a la Cámara de Diputados, el segundo de ellos.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo que presentan los senadores María del Socorro García Quiroz y Adolfo Toledo Infanzón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita a los secretarios de Economía y de Desarrollo Social diversa información referente a los recursos y apoyos para la transición a la televisión digital; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 ponga especial énfasis en el análisis de lo destinado a concretar la transición a la televisión digital terrestre

Los suscritos senadores María del Socorro García Quiroz y Adolfo Toledo Infanzón, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a la LXI Legislatura, con fundamento en el Artículo 276 del Reglamento del Senado de la República, someten a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a los Secretarios de Economía y de Desarrollo Social diversa información referente a los recursos y apoyos para la transición a la televisión digital; así como se solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados que, en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, ponga especial énfasis en el análisis del presupuesto destinado para concretar la transición a la televisión digital terrestre, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El pasado 2 de septiembre, el Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se establecen las acciones que deberán llevarse a cabo por la Administración Pública Federal para concretar la transición a la televisión digital terrestre; el cual dentro de sus considerandos establece:

• Que derivado del informe del 22 de abril del 2009 del Comité Consultivo de Tecnologías Digitales para la Radiodifusión se desprende que a pesar de haberse superado el número previsto de estaciones de TDT (televisión digital terrestre) en operación, sus señales no son captadas por la mayoría del público y que los receptores digitales son adquiridos para fines diferentes a los de la TDT, por lo que la penetración de este servicio en la población no ha sido la esperada.

• Que la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) estima que el tráfico de servicios de telecomunicaciones tenderá a triplicarse para el año 2020, por lo que se requerirán entre 1,280 a 1,720 MHz de capacidad espectral para satisfacer esta demanda de servicios.

• Que se estima que para que México se encuentre alineado a la anterior tendencia y se favorezca el crecimiento de los servicios de telecomunicaciones móviles, es necesario contar en el año 2010 con 760 MHz y en el año 2015 con 1300 MHz, para este tipo de servicios, para lo cual es conveniente agilizar el “apagón analógico”.

• Que el espectro atribuido a la televisión es de 402 MHz y corresponde a los canales 2 al 13 en la banda de VHF, 14 al 36 y 38 al 69 en la banda de UHF.

• Que la Ley Federal de Telecomunicaciones y el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, prevén la posibilidad de prestar servicios de telecomunicaciones fijos y móviles a través de las bandas de frecuencias que están atribuidas al servicio de radiodifusión.

• Que al espectro que es posible liberar por la digitalización de los servicios de televisión se conoce como dividendo digital. Es posible liberar 108 MHz de la porción destinada a los canales de televisión 52 al 69, comprende las bandas 698 a 806 MHz, lo que se identifica como la banda de 700 MHz.

• Que dado que la transición a la TDT inició en el 2004, se estará en posibilidad de concluir las transmisiones analógicas entre el 2011 y el 2015, si se adoptan las acciones para impulsar la penetración de esta tecnología en el público.

Por su parte, el articulado del decreto, en el cual se establecen las condiciones y lineamientos bajo los cuales se hará la transición digital en un plazo menor al que originalmente se había establecido en el “Acuerdo por el que se adopta el estándar tecnológico de televisión digital terrestre y se establece la política para la transición a la televisión digital terrestre en México del 2 de julio del 2004” se define el objeto, las acciones y las autoridades facultadas para su ejecución, contiene de manera general, lo siguiente:

• Tiene por objeto el “establecer las acciones que deberán llevarse a cabo por la administración pública federal (APF) para concretar la transición a la televisión digital terrestre y concluir las transmisiones de televisión analógica a partir del año 2011 y en su totalidad a más tardar el 31 de diciembre de 2015, con el fin de optimizar el aprovechamiento del espectro radioeléctrico en beneficio de la población.”

• Una de las acciones a cargo de la APF es el “liberar la banda de 700 MHz para el año 2012 y así posibilitar la prestación de otros servicios de telecomunicaciones...”

• Para el cumplimiento del objeto, se establecen atribuciones a cargo de la Cofetel, entre las cuales está:

– Conducir los procesos de licitación del espectro disponible en la banda de 700 MHz para la prestación de otros servicios de telecomunicaciones, independientemente de la liberación de la banda a cargo de la APF.

– Determinar la viabilidad de asignar, mediante los procedimientos legales pertinentes, nuevas concesiones y permisos de radiodifusión que operen únicamente con transmisiones digitales.

• Se crea la “Comisión Intersecretarial para la Transición Digital”, la cual coordinará las acciones para concretar la transición de la TDT. Se integra con los secretarios de: Comunicaciones y Transportes (la presidirá), Gobernación, Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Social, Economía, Educación Pública, y por el presidente de la Cofetel. Habrá invitados con voz, sin voto: dos representantes de concesionarios y dos de permisionarios; y representantes que conozcan del tema. Sus decisiones son por mayoría de votos y el Presidente tiene voto de calidad. Cuenta con un secretario ejecutivo.

• Entre las funciones de la comisión está: promover y coordinar las acciones para el cumplimiento del objeto del decreto; propiciar la penetración del servicio de TDT y medirla; e informar trimestralmente al Ejecutivo federal sobre los avances en el tema.

• A la Secretaría de Economía se le encomienda “expedir o modificar las disposiciones correspondientes, a fin de asegurar que todos los receptores de televisión a ser distribuidos o comercializados en territorio nacional, cuenten con la capacidad de sintonizar canales de televisión digital transmitidos, cuando menos, conforme al estándar A/53 de ATSC.

Con el objeto de asegurar que la población acceda a los beneficios de la televisión digital terrestre, la Secretaría de Economía instrumentará las acciones necesarias a efecto de facilitar la adquisición de receptores o decodificadores para recibir el contenido de las señales digitales.

La Secretaría de Economía cuidará que en la expedición de las disposiciones y ejecución de las demás acciones a que se refiere este artículo, no existan ni se propicien prácticas monopólicas, exclusividades o restricciones en la importación, producción, fabricación, distribución, venta y, en general, en la comercialización de los receptores o decodificadores digitales, de tal suerte que se disminuya, dañe o impida el proceso de competencia y libre concurrencia. De ser necesario, dará vista a la Comisión Federal de Competencia para los efectos de la Ley Federal de Competencia”.

• La Profeco hará campañas de difusión sobre precios y calidad de los receptores, apoyos para su adquisición.

• La Sedesol difundirá entre la población con acceso a sus programas sociales, la terminación de las transmisiones de televisión analógica en los Estados Unidos Mexicanos, así como información sobre los apoyos que se destinen para impulsar la recepción de señales de la televisión digital terrestre y coadyuvará con la Secretaría de Economía a efecto de asegurar que los mismos sean entregados.

• La Segob coordinará que, a través de las campañas de comunicación social, el público tenga conocimiento del proceso de terminación de las transmisiones de televisión analógica.

Planteamiento

Tal y como se observa, mediante este decreto se establecen una serie de lineamientos por medio de los cuales se hará la transición a la televisión digital en un plazo inferior al que establece el decreto del 2 de julio del 2004, pero sin dar mayor detalle de etapas, regiones, inversiones, estudios de mercado o penetración y los mecanismos para su total recepción por parte de la sociedad, ni algún otro dato específico que defina cómo es que la Secretaría de Economía va a dar “impulsos a la recepción de señales”, ni cómo es que la Secretaría de Desarrollo Social va a coadyuvar con la Secretaría de Economía para asegurar que los apoyos para impulsar la recepción de señales de la televisión digital terrestre sean entregados.

Otra duda que surge es ¿cómo es que la Secretaría de Economía asegurará que la población acceda a la televisión digital?, ¿cómo es que va a facilitar la adquisición de receptores o decodificadores para recibir las señales digitales? Al respecto, el artículo octavo del decreto establece que “La Secretaría de Economía deberá expedir o modificar las disposiciones correspondientes, a fin de asegurar que todos los receptores de televisión a ser distribuidos o comercializados en territorio nacional, cuenten con la capacidad de sintonizar canales de televisión digital transmitidos, cuando menos, conforme al estándar A/53 de ATSC”, lo que plantea la posibilidad de que el gobierno federal, ya sea a través de la propia Secretaría de Economía o de algún programa de la Secretaría de Desarrollo Social (al ser ésta coadyuvante para la entrega de apoyos para impulsar las señales de TDT) entregue de manera “gratuita” dichos receptores, con cargo al erario público. Es así que no queda claro que Dependencia del gobierno federal será la que erogará los recursos necesarios para comprar y distribuir los receptores ni qué monto se asignará para tales fines, tampoco queda claro si los mismos se distribuirán de manera gratuita o con qué porcentaje de subsidio sobre su valor.

En el proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2011 no se señala de manera específica de cuál Secretaría de Estado saldrán los recursos para apoyar el proceso de transición de la televisión analógica a la digital, por lo que, al no quedar clara la manera en la que se presume se van a ejercer recursos por parte del gobierno federal conforme al decreto del 2 de septiembre de 2010; se considera que la honorable Cámara de Diputados, en su análisis y discusión del proyecto de Presupuesto, debe poner especial atención en esta partida, en el rubro en el que se pone y en que no se afecten otros programas que ya están en marcha en el gobierno federal, los cuales requieren de continuidad.

Por otra parte, es necesario que el Presupuesto de Egresos de la Federación defina los mecanismos bajo los cuales se otorgarán los apoyos para la transición a la televisión digital, a cargo de qué partida se establecerán, que se defina si los receptores serán subsidiados en su totalidad o en qué porcentaje, y que defina cual va a ser la manera de entregarlos a la población, así como, en qué parte del país se va a iniciar con la distribución de receptores y/o decodificadores, como se dice en el multicitado decreto.

Ahora bien, se debe poner especial atención en la Secretaría de Desarrollo Social, ya que con base en el acuerdo de transición ésta será una coadyuvante de la Secretaría de Economía para asegurar que los apoyos para impulsar la recepción de señales de la televisión digital terrestre sean entregados. Al respecto se considera que la Cámara de Diputados al ejercer su facultad de estudio y revisión del proyecto del Presupuesto de Egresos, debe analizar que no se desvíen recursos de programas sociales que apoyan directamente a la población en necesidades básicas, para dirigirlos a la “entrega” o cualquier otro acto tendiente a la transición digital, pues ello resultaría un acto con fines proselitistas en las entidades con procesos electorales en marcha.

¿Acaso el gobierno federal tendrá como uno de sus programas sociales regalar televisores y/o codificadores a la población? Lo cual representaría un cargo más al erario público con intereses más que sociales, electorales, afectando directamente al principio de equidad electoral que debe prevalecer en toda contienda, pues se pueden desviar recursos de programas sociales, como lo son todos aquellos desarrollados por la Secretaría de Desarrollo Social, entre los que se encuentran:

– Programa 3 X 1 para Migrantes.

– Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras.

– Programa 70 y Más.

– Programa Rescate de Espacios Públicos.

– Programa de Empleo Temporal.

– Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas.

– Programa de Opciones Productivas.

– Programa Hábitat.

– Programa de Desarrollo de Zonas Prioritarias.

– Programa de Apoyo para Regularizar Asentamientos Humanos.

– Programa de Abasto Rural-Diconsa

– Programa tu Casa-Fonhapo

– Programa Vivienda Rural-Fonhapo

Por último, cabe señalar que la intensión del gobierno federal de acelerar la transición a la televisión digital es sana, siempre y cuando existiera claridad y rumbo en su contenido; pero cuando existe la ausencia de los principios elementales de toda política pública (identificar y definir los problemas; percibir la problemática actual o futura; seleccionar soluciones; establecer objetivos o metas; seleccionar los medios e implementarla) el destino de toda acción de gobierno se convierte nula.

Llegar lo más pronto posible al “apagón analógico” representa beneficiar a la población, a la competencia y a la calidad de los servicios, sin embargo, esto debe ser bajo mecanismos viables, transparentes y fuera de todo interés electoral o estrategia mediática, además de que no se deben quitar recursos a programas que benefician en sus necesidades básicas a la sociedad, pues de lo contrario caeríamos en el intercambio de un beneficio mayor por uno menor, y México merece ir hacia adelante, no retroceder.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. El Senado de la República solicita respetuosamente a los secretarios de Economía, de Hacienda y Crédito Público, y de Desarrollo Social que remitan un informe pormenorizado a la brevedad posible sobre los recursos, partidas, y demás elementos presupuestales bajo los cuales se apoyará la transición a la televisión digital, los porcentajes o cantidades de subsidio gubernamental que por receptor y/o decodificador se otorgarán, así como las acciones que, en su caso, se lleven a cabo para ello, ya sea de manera conjunta o individual, y si para ello se hará uso de algún programa social, entre otras especificaciones que las dependencias tengan sobre este tema y se remitan a las Comisiones de Comunicaciones, y de Transportes de este Senado y a la Comisiones de Comunicaciones, y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados.

Segundo. Se solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados que, en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 ponga especial énfasis en el análisis del presupuesto destinado para concretar la transición a la televisión digital terrestre, así como procurar que se defina claramente a que va dirigido en específico este presupuesto, ya sea a difusión, subsidios, distribución o entrega de los apoyos que correspondan; así como procurar que las erogaciones para este fin no afecten otros programas o fondos sociales. Y se establezca en el Presupuesto de Egresos de la Federación que se exceptúen a las entidades federativas con proceso electoral durante el año de 2011.

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores, a los 21 días de septiembre de 2010.— Senadores: María del Socorro García Quiroz, Adolfo Toledo Infanzón (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese el segundo punto a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, la senadora María de Lourdes Rojo e Incháustegui, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, al Secretario de Educación Pública y a la Cámara de Diputados para que consideren el fortalecimiento del presupuesto del subsector cultura para el ejercicio 2011.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Propuesta con punto de acuerdo que presenta la senadora María de Lourdes Rojo e Incháustegui, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, mediante el cual se resuelve exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal, al secretario de Educación Pública y a la honorable Cámara de Diputados para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones en materia de Presupuesto de Egresos, consideren el fortalecimiento de los recursos del subsector cultura para el ejercicio 2011.

La suscrita, senadora de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 108, 109, 110 y 276 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta Soberanía la presente proposición con Punto de Acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

Presento a esta soberanía una proposición con punto de acuerdo que también es un llamado de atención.

De acuerdo al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2011, hay nuevas reducciones al subsector cultura que nos hacen temer no sólo por su operatividad, sino por el sano desarrollo cultural en nuestro país; para ilustrar lo expresado, en este texto se incluye un cuadro comparativo que es elocuente:

En conjunto, la reducción es estrujante, y en lo particular, las reducciones al Conaculta y el Imcine, por ejemplo, son abrumadoras.

El país vive días turbulentos; la violencia que azota a nuestra sociedad, que nos hace vivir con miedo y desconfianza, parece capaz de vencer el optimismo más firme. Todos los días sabemos y vivimos acontecimientos espeluznantes que nos hacen sentir que la vida personal y de la sociedad es absolutamente frágil, que está expuesta a acciones absurdas, prepotentes.

Sé, estoy segura de que México es más fuerte que cualquier grupo o cualquier adversidad. Sé que eso ha sido posible porque nuestra identidad, nuestra conciencia colectiva es fuerte y está presente en cada momento cuando hace falta dar respuestas para seguir adelante. No nos dejamos vencer por el miedo, seguimos viendo hacia el futuro y a pesar de todo seguimos construyendo un mejor futuro para nuestros hijos.

Esto ha sido posible a lo largo de nuestra historia gracias a la fortaleza de nuestra cultura, del desarrollo de nuestras expresiones artísticas, de nuestras universidades, de nuestros intelectuales.

En muchas otras ocasiones he tenido la oportunidad de señalar ante ustedes que nada sería pensable ni factible para los mexicanos sin nuestra cultura. Sin cultura, no habría siquiera identidad, ni lenguaje, ni instituciones, ya no digamos política o economía. Sin cultura, sería inimaginable la especie humana y la mexicanidad.

Por ello, ante los días aciagos que vivimos, insisto de nuevo que es indispensable fortalecer la vida cultural en México, apoyar las iniciativas de artistas y pensadores, revitalizar los proyectos artísticos y académicos que están orientados al desarrollo de la cultura en nuestro país.

Ante la barbarie, la cultura es la única vía para recuperar toda clase de espacios, fortalecer el tejido social y la identidad de los mexicanos. La cultura es el único camino para vencer el desaliento y el pesimismo. Por ello, llama la atención que para el ejercicio 2011 el proyecto de presupuesto de egresos de la Federación de nuevo se vea golpeado con reducciones.

Sin duda, hay que combatir la pobreza, sin duda, hay que combatir al crimen organizado, sin duda hay que combatir la inequidad, pero ninguna de estas batallas llegará a la victoria sin no fortalecemos nuestro espíritu, si no asumimos la grandeza de nuestra identidad y nuestra condición de seres humanos.

Este año, cuando estamos inmersos en la celebración de nuestra mexicanidad, haremos bien en mirar hacia el futuro, en darnos motivos para que ser mexicanos no sea una fatalidad sino orgullo y motivación permanentes.

No basta con sentirnos mexicanos en los días de fiesta, es fundamental ser mexicanos en todo momento. Este es un gran compromiso que se hace posible en la medida que fortalezcamos nuestra cultura, nuestras artes y nuestra vida intelectual.

En razón de todo esto, pido su apoyo para que esta proposición con punto de acuerdo no se quede sólo en un exhorto, sino que se traduzca en un aumento sustancial al presupuesto del subsector cultura y que este siga creciendo más allá de las anualidades y de los ciclos sexenales. La cultura debe ser considerada campos de atención prioritaria; de ninguna manera es un lujo o un capricho.

Por lo expuesto, me permito someter a la consideración de este honorable pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. El Senado de la República, LXI Legislatura, resuelve exhortar al titular del Poder Ejecutivo federal, al secretario de Educación Pública y a la honorable Cámara de Diputados para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones en materia presupuestal, consideren el fortalecimiento del presupuesto del subsector cultura para el ejercicio 2011.

Dado en la sede del Senado de la República, a 14 de septiembre de 2010.— Senadora María de Lourdes Rojo e Incháustegui (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, los senadores María del Socorro García Quiroz y Adolfo Toledo Infanzón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron propuesta con punto de acuerdo por el que se solicita a los secretarios de Gobernación y de Educación Pública diversa información referente a los recursos erogados a favor del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales (OPMA) y se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 ponga especial énfasis en cuanto a los recursos destinados al OPMA.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnaran a la Comisión de Gobernación los dos primeros resolutivos; y a la Cámara de Diputados el tercero de éstos.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo que presentan los senadores María del Socorro García Quiroz y Adolfo Toledo Infanzón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita a los secretarios de Gobernación y de Educación Pública diversa información referente a los recursos erogados a favor del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales y se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 ponga especial énfasis en cuanto a de los recursos destinados al OPMA

Los suscritos senadores María del Socorro García Quiroz y Adolfo Toledo Infanzón, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a la LXI Legislatura, con fundamento en el artículo 276 del Reglamento del Senado de la República, someten a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a los secretarios de Gobernación y de Educación Pública diversa información referente a los recursos erogados a favor del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales (OPMA) y se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 ponga especial énfasis en cuanto a lo destinado al OPMA, a fin de que se defina claramente cuánto es dirigido a gastos de servicios y cuánto para inversión u otro rubro, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El Organismo Promotor de Medios Audiovisuales fue creado mediante decreto de fecha 31 de marzo del 2010, como organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio y sectorizado a la Secretaría de Gobernación. Su objeto consiste en generar, producir y distribuir contenidos audiovisuales, ya sea por sí mismo o coadyuvado con las dependencias y entidades de la administración pública federal; así como prestar el servicio de radiodifusión.

En su decreto de creación, se señala que el organismo se encargará de coadyuvar al fortalecimiento de la participación democrática de la sociedad; promover el desarrollo educativo, cultural y cívico de los mexicanos y el intercambio cultural internacional; fortalecer la unidad nacional y la integración social de las minorías; informar a la ciudadanía sobre programas y acciones gubernamentales que resulten de interés público; privilegiar en sus contenidos la producción de origen nacional; fomentar los valores y creatividad artísticos nacionales; y preservar y difundir los acervos audiovisuales de las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Las funciones de este organismo son:

I. Realizar, promover y coordinar la generación, producción y distribución de materiales audiovisuales, por sí mismo o a través de terceros;

II. Resguardar los acervos audiovisuales de las dependencias y entidades de la administración pública federal con las que coadyuve;

III. Instalar y operar estaciones de radiodifusión, en términos de las disposiciones aplicables, y

IV. Las demás que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de su objeto.

Su administración y operación está a cargo de la Junta de Gobierno, integrada por el secretario de Gobernación encargado de presidir las sesiones, un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, uno de la Secretaría de Desarrollo Social, uno de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y uno de la Secretaría de Educación Pública; además cuenta con un director general, quien es designado por el Presidente de la República. Cuenta con un órgano de vigilancia integrado por un Comisario Público propietario y un suplente, nombrado por la Secretaría de la Función Pública; así como con un Órgano Interno de Control.

Ahora bien, su patrimonio está integrado por los recursos que se le asigne mediante el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal que corresponda, los bienes muebles e inmuebles que el Ejecutivo federal le otorgue, los ingresos propios provenientes de los servicios que preste y las donaciones y legados que reciba.

El artículo quinto transitorio del acuerdo de creación, establece que las Secretarías de Gobernación y de Educación Pública realizarán las acciones necesarias para la creación y funcionamiento del organismo con su propios recursos aprobados para el ejercicio fiscal corriente (2010), de lo cual, no se tiene conocimiento público ya que estas dependencias no han transparentado los recursos aportados para tales fines.

Por su parte el sexto transitorio establece que la Secretaría de Educación Pública entregará al organismo los recursos que sean de utilidad para el cumplimiento del objeto, fines y funciones, lo cual tampoco se ha transparentado, e igualmente se desconoce el destino que dicho erario público ha tenido, ya sea para gastos generales o para inversión. Respecto a esto último, la Secretaría de Educación Pública y el Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, en un plazo de 10 días posteriores a la entrada en vigor del decreto, debieron haber celebrado un convenio en el que se establecen los términos generales de la entrega de recursos, entre otros aspectos: su identificación, los plazos correspondientes para la entrega, y las acciones necesarias para que éstos puedan asignarse al organismo. Como se dijo ya, a la fecha no se tiene conocimiento del contenido del convenio que ya debe estar vigente desde el mes de abril pasado. Para mejor referencia, se citan los artículos quinto y sexto transitorios del acuerdo de creación del organismo:

“Quinto.Las Secretarías de Gobernación y de Educación Pública realizarán las acciones necesarias para la creación y funcionamiento del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, con los recursos aprobados para dichas dependencias, mediante movimientos compensados para el ejercicio fiscal que corresponda, por lo que no requerirán recursos adicionales para tales efectos y no incrementarán su presupuesto regularizable.

”Sexto. La Secretaría de Educación Pública entregará al organismo que se crea los recursos que sean de utilidad para el cumplimiento del objeto, fines y funciones del citado organismo, en términos de las disposiciones aplicables.

”Para los efectos de lo previsto en el párrafo anterior, el Oficial Mayor de la Secretaría de Educación Pública y el director general del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, en un plazo no mayor a diez días hábiles posteriores a la entrada en vigor del presente ordenamiento, celebrarán un convenio en el que se establecen los términos generales de la entrega de recursos, entre otros aspectos, su identificación, los plazos correspondientes para la entrega, a través de las actas correspondientes, y las acciones necesarias para que éstos puedan asignarse al organismo, en términos de la normatividad aplicable y con la participación que corresponda a las autoridades competentes.”

Del único convenio del que se tiene conocimiento firmado por el OPMA y con el cual inició operaciones, es el “Convenio de colaboración entre Once Tv México y el Organismo Promotor de Medios Audiovisuales” del pasado 12 de julio, a través del cual se amplía la cobertura de Once Tv México, es decir, su señal abierta llegará a las ciudades de Guadalajara, Jalapa, Veracruz, Coatzacoalcos, Gómez Palacio, Lerdo, Torreón, Morelia y Los Mochis. Lo que representa casi 15 millones de televidentes más. Se señaló que el 49% de la cobertura nacional se alcanzará en los próximos meses, cuando concluya la construcción de la infraestructura de transmisión que ya inició en Monterrey, Mérida, Oaxaca y Durango. Además, como parte de esta ampliación de cobertura, también se anunció la digitalización de la señal de Once Tv México, que según se dijo, podrá sintonizarse en la Ciudad de México por el Canal 33, con una mejor calidad de imagen y sonido.

A pesar de la falta de transparencia y del desconocimiento de los recursos con los que cuenta el organismo para el desarrollo de la infraestructura y demás elementos necesarios para la instalación de estaciones de radiodifusión, el Pleno de la Cofetel, en su IV sesión extraordinaria del año 2010 expidió 11 títulos de permiso a favor del OPMA, así como autorizó la instalación, operación y uso temporal de canales adicionales para la transmisión de televisión digital terrestre de 10 estaciones; posteriormente en la V sesión extraordinaria del Pleno se sometieron a firma otras 4 autorizaciones de permiso a favor del organismo para instalar y operar estación de televisión analógica y digital. En total, han sido 25 los permisos de televisión que la Cofetel ha otorgado al OPMA.

Al respecto, cabe señalar que la creación y el objeto de este organismo han sido fuertemente cuestionados, al considerarse que se trata de una estrategia del gobierno para tener una extensión de las oficinas de comunicación social de la Presidencia de la República y de la Secretaría de Gobernación.

Planteamiento

El aspecto en torno al cual gira el presente punto de acuerdo es el de dar a notar la falta de transparencia en el manejo del los recursos del organismo, y la necesidad de que a futuro y través de las herramientas presupuestarias con las que cuenta el gobierno mexicano, como lo es el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2011, se establezcan de manera clara y lo mayormente pormenorizada los recursos a otorgar al OPMA para el ejercicio fiscal próximo, tomando en cuenta que el Presupuesto de Egresos no representa su único ingreso, pues además cuenta con los bienes muebles e inmuebles que el Ejecutivo federal le otorgue, los ingresos propios provenientes de los servicios que preste y las donaciones y legados que reciba.

Es por ello que se exhorta a la Cámara de Diputados, a través de su Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a que, en el ejercicio de su atribución constitucional de “aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del Proyecto enviado por el Ejecutivo federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo...”, haga una revisión exhaustiva y en su caso modifique el Presupuesto de Egresos remitido por el Ejecutivo federal, a fin de que se definan con claridad los rubros a los que se dirigirá el presupuesto a otorgar al OPMA, el cual es de $26´430, 883 de los cuales lo único que se dice es que $15´224, 883 son para servicios profesionales, $853, 236 son para materiales y suministros y $10´352, 764 son para servicios generales; pues al tratarse de recursos públicos, éstos deben ser ejercidos conforme a lo aprobado en el Presupuesto de Egresos, no se pueden ejercer discrecionalmente, y menos aún con los antecedentes de falta de transparencia con el que este organismo puede instalar y operar estaciones de radiodifusión y prestar servicios con la que se ha manejado.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. El Senado de la República solicita respetuosamente a los secretarios de Gobernación y de Educación Pública informen a la brevedad posible a esta Soberanía cuáles fueron las acciones que, de conformidad con lo establecido en el artículo quinto transitorio del acuerdo de creación, realizaron para el establecimiento y funcionamiento del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, así como la cantidad que, de sus propios recursos aprobados en este ejercicio fiscal, le entregaron, de qué partida se tomaron, y en específico hacia qué destino del organismo fueron entregados, ya sea para gastos generales, de inversión o cualquier otro.

Segundo. Se solicita respetuosamente al Secretario de Educación Pública que a la brevedad posible haga del conocimiento de esta soberanía los recursos que, en términos del artículo sexto transitorio del decreto de creación, entregó al organismo para el cumplimiento de su objeto, fines y funciones, así como el destino específico para el que fueron entregados, ya sea para gastos generales, de inversión o cualquier otro. Así como se exhorta a esta dependencia del Ejecutivo federal, enviar a la brevedad a esta Soberanía el contenido íntegro del convenio firmado entre el oficial mayor de la Secretaría de Educación Pública y el director general del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, en el que, de acuerdo con el párrafo segundo del artículo sexto transitorio del decreto de creación, se establecen los términos generales de la entrega de recursos.

Tercero. Se solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados que, en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, ponga especial énfasis en el análisis del presupuesto destinado al Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, pues se debe definir claramente los recursos destinados en el Presupuesto para el ejercicio fiscal 2011 y evitar la opacidad como ha ocurrido hasta ahora.

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores, a los 21 días de septiembre de 2010.— Senadores: María del Socorro García Quiroz, Adolfo Toledo Infanzón (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese el tercer punto a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Julio César Aguirre Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se solicita una ampliación presupuestal a la Universidad Autónoma de Guerrero.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo por el que se solicita una ampliación presupuestal a la Universidad Autónoma de Guerrero

El suscrito, Julio César Aguirre Méndez, senador integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXI Legislatura del honorable Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 8, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración de esta asamblea, siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita una ampliación presupuestal a la Universidad Autónoma de Guerrero, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El estado de Guerrero se ubica dentro de los integrantes de la federación con uno de los índices de pobreza y marginación más altos de México, la misma pobreza que combinado con los bajos niveles de crecimiento, falta de oportunidades, son un caldo de cultivo para el crimen organizado, los denominados “ninis” o lanzarse a la aventura del sueño mexicano en tierras extranjeras.

La idea de un proyecto educativo público es uno de los pilares de la revolución mexicana, la idea de que cualquier persona independientemente de su condición social sea capaz de superarse a través de la educación es un logro de la revolución, cualquier otra alternativa basada en la ganancia de privados a costa del escaso ingreso familiar de los más pobres, destruye el proyecto educativo que dio vida a universidades como la UNAM.

Es fundamental que en la discusión del Presupuesto de Egresos de la Federación se amplíen los recursos a la educación pública. No basta para las necesidades de la nación tener a la mejor universidad de América Latina, necesitamos 32 universidades que estén formando ingenieros, médicos, matemáticos, escritores, hombres y mujeres libres y preparados para el fortalecimiento y crecimiento de nuestro pueblo.

En este contexto, la Universidad Autónoma de Guerrero tiene el reto ante la sociedad del estado de ser una opción para los jóvenes, con una matrícula de 67 mil 725 alumnas y alumnos, distribuidos tanto en el nivel superior como en el bachillerato, de carácter público que da servicio en 7 regiones geográficas del estado. Es la institución con la mayor cantidad de jóvenes ubicados por debajo de los 4 salarios mínimos.

En los últimos tres años (2007-2009) la Universidad de Guerrero ha gestionado recursos económicos extraordinarios para abatir su rezago académico y el déficit presupuestal causado por pensiones.

• Que durante 2009-2010 la Universidad presentó avances relevantes en el ámbito académico, financiero y de seguridad social, producto de la instrumentación de una serie de políticas en estos ámbitos.

• Cuenta con 29 Programas Educativos de Licenciatura debidamente Acreditados en el nivel 1 de los Comités Interinstitucional es para la Evaluación de la Educación Superior (CIEES) y asimismo, que contamos con 7 Programas Educativos en el nivel 2.

• Que la suma de programas académicos de licenciatura de ambos niveles de evaluación nos dan un total de 36, de un global de 52 programas educativos de nivel de licenciatura que, hoy en día, oferta la Universidad.

• Que la matrícula total inscrita en Programas de Buena Calidad es superior al 86 por ciento, lo cual redunda en una preparación de profesionistas con un grado de excelencia a nivel nacional.

• Que el personal académico con perfil Promep es de 341 maestros, 10 que nos ubica en la media nacional de las Instituciones de Educación Superior del país en este rubro.

• Que, como producto de estos notables avances, la Secretaría de Educación Pública otorgó a la Universidad Autónoma de Guerrero, a finales de 2009, el Reconocimiento Nacional por la Calidad en sus Programas Educativos.

• Realizó al 31 de diciembre de 2009 pasivos históricos con el Fovissste de 220,565,800 pesos y al SAR 73,810,289 pesos.

• En materia de jubilaciones y pensiones la Universidad Autónoma de Guerrero está por concluir la primera etapa sobre la Falta de Reconocimiento de Antigüedad de sus Trabajadores ante el ISSSTE, por un monto global de $800,000,000 de pesos.

La Universidad Autónoma de Guerrero está haciendo su parte como espacio público dedicado a la educación, sin embargo, las finanzas universitarias siguen con pasivos institucionales en 2010 para el Fovissste, SAR, la SBCP y el ISSSTE por un monto de 290 millones de pesos. Este déficit está directamente relacionado con los sueldos y prestaciones de los trabajadores universitarios. Para el 2011, la Universidad Autónoma de Guerrero presentará un déficit anual dentro del Capítulo de Servicios Personales, por un monto aproximado de 294,167,856 pesos en el mismo rubro, a causa de la falta de regularización sobre el reconocimiento de plantilla de la Universidad Autónoma de Guerrero por parte de la Secretaría de Educación Pública.

Ciertamente, mientras no se regularice dicha plantilla, la Universidad Autónoma de Guerrero no podrá sanear plenamente sus finanzas; toda vez que la ayuda recibida vía subsidio extraordinario representará solo un paliativo a la solución momentánea que se dé a las deudas que anualmente contrae la Universidad ante instancias externas (ISSSTE, Fovissste, SAR y SHCP). Toda vez que mediante las retenciones ha sido posible cubrir el déficit en sueldos y prestaciones de nuestra institución universitaria.

Pero a pesar de la situación financiera, la Universidad Autónoma de Guerrero registra un total de 63,130 alumnos matriculados en el ciclo escolar 2009-2010, para 10 cual requiere un Presupuesto de Egresos de 2,676’817,208 pesos para el Ejercicio Fiscal 2011. Y a pesar de que la alta matrícula, la ubica dentro de las cinco universidades públicas estatales con mayor matricula, el subsidio federal y estatal que se recibe anualmente no es proporcional al total de alumnos con que se cuenta, determinándose aún un costo promedio por alumno inferior a la media nacional de las Universidades Públicas Estatales.

Si bien, la Universidad Autónoma de Guerrero es la única institución educativa de nivel superior y medio superior que concurre en las Siete Regiones Geográficas de nuestro Estado, permitiendo con ello un fortalecimiento de notable magnitud en la superación educativa, social y cultural de nuestra Entidad Federativa, requiere del apoyo de la federación para un apoyo extraordinario para las necesidades de los sueldos y prestaciones de la plantilla de personal, con un déficit aproximado para 2011 de 294,167,856.00 pesos.

Por estas razones, presentó ante esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo:

Primero. El Senado de la República solicita a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión que se considere, en el proceso de discusión y aprobación del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, un incremento en el subsidio federal ordinario correspondiente al gasto de la Universidad Autónoma de Guerrero por 294.2 millones de pesos, para efecto de cubrir con suficiencia los gastos que genera su operación regular.

Senador Julio César Aguirre Méndez.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Claudia Corichi García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a considerar la perspectiva de género en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo que presenta la senadora Claudia Corichi García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a considerar la perspectiva de género en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011

La suscrita senadora Claudia Corichi García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 73 y 76 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. La igualdad entre hombres y mujeres esté consagrada en el artículo 4o. de nuestra Constitución; sin embargo, no basta con declarar la igualdad de trato, cuando en la realidad no existe igualdad de oportunidades; para alcanzar un desarrollo justo, equilibrado y productivo del país urge establecer condiciones de igualdad de trato entre hombres y mujeres, desarrollando políticas de igualdad de oportunidades.

2. La perspectiva de género supone considerar sistemáticamente las diferencias entre las condiciones, situaciones y necesidades respectivas de las mujeres y de los hombres, en las fases de planificación, ejecución y evaluación de todas las políticas de desarrollo. En definitiva exige el compromiso de todo tipo de organizaciones e instituciones para la modificación de la condición y posición de las mujeres, y en trabajar para lograr un sistema sexogénero equitativo, justo y solidario.

3. Nuestro país, como suscriptor de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de la Organización de las Naciones Unidas, tiene la obligación internacional de garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos.

4. El Presupuesto de Egresos de la Federación es un instrumento del desarrollo, por ello debe favorecer un desa-rrollo más equitativo y democrático del conjunto de la sociedad, promoviendo la igualdad de oportunidades, amén de que está probado que los programas sociales dirigidos a mujeres inciden de mayor manera en el bienestar familiar y de la sociedad en general.

5. El Presupuesto de Egresos para el año 2011 debe considerar recursos de forma transversal para acciones a favor de las mujeres, incluyéndolas en todos los programas de desarrollo proyectados.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.El Senado exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados para que en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio 2011 se considere la perspectiva de género, transversalmente en todos los programas, cumpliendo así con la obligación de igualdad que consagra el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dado en el salón de sesiones del Senado de la República, a 21 de septiembre de 2010.— Senadora Claudia Sofía Corichi García.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Claudia Corichi García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a considerar, en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011, un incremento sustancial en el presupuesto destinado al Fideicomiso para la Prevención de las Adicciones (Fipadic) y a las diversas áreas del sector salud y del sector educativo que ejecutan programas preventivos y de tratamiento de adicciones.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a considerar, en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011, un incremento sustancial en el presupuesto destinado al Fideicomiso para la Prevención de las Adicciones (Fipadic) y a las diversas áreas del sector salud y del sector educativo que ejecutan programas preventivos y de tratamiento de adicciones

La suscrita, senadora Claudia Corichi García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 73 y 76 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. A finales del 2009 se publicaron los resultados de la V Encuesta Nacional de Adicciones; esta investigación descubre que el consumo de drogas ilegales (mariguana, cocaína y sus derivados, heroína, metanfetaminas, alucinógenos, inhalables y otras drogas)en la población rural y urbana de entre 12 y 65 años de edad ha aumentado de un 4.6 por ciento observado en 2002 a un 5.2 por ciento en el 2008.El total de consumidores de drogas, incluyendo las de uso médico no prescritas, es del 5.7 por ciento de la población.

2. El uso de cocaína se duplicó al pasar de 1.2 por ciento a 2.4 por ciento en ese periodo, debido a los cambios de ruta del mercado de drogas y el reforzamiento de las medidas de seguridad en las fronteras norte y sur del país, que propician un incremento de disponibilidad de sustancias al interior.

3.. De acuerdo con los datos de la Encuesta, es necesario reforzar el conocimiento que la población en general y, sobre todo las familias, deben tener respecto del potencial daño a los jóvenes, quienes están más expuestos, más si no asisten a la escuela, viven fuera de sus hogares o conviven con sujetos consumidores. En México la existencia de casi 7 millones de jóvenes que no estudian ni trabajan eleva considerablemente el número de personas vulnerables a ese mal social.

4. Por grupos de población, se observa que, si bien el consumo de drogas ilegales es mayor en los hombres (en una proporción de 4.6 hombres por cada mujer), el índice de crecimiento es mayor en las mujeres entre las cuales el consumo de drogas ilegales se duplicó, aumentando de1 por ciento en 2002 a 1.9 por ciento en 2008, mientras que el consumo en hombres solamente se incrementó de 8 a 8.8 por ciento.

5. La proliferación de puntos de venta que se ha experimentado en el territorio nacional provocará un incremento en el consumo, ya que alrededor de la mitad de quienes han estado expuestos a la venta o compra de mariguana u otras drogas la ha consumido (58 por ciento de los hombres y 53.1 por ciento de las mujeres).

6. Los jóvenes son quienes mayor riesgo tienen de caer en el uso de drogas prohibidas. Los datos de la Encuesta indican que los adolescentes de entre 12 y 17 años tienen más probabilidad de usar drogas cuando están expuestos a la oportunidad de hacerlo que quienes ya han alcanzado la mayoría de edad. Además, presentan 69 veces más probabilidad de usar mariguana cuando se la ofrecen regalada, que sus compañeros que no han estado expuestos; la probabilidad aumenta sólo 21 veces para quienes tienen entre 18 y 34 años y 19 veces entre quienes tienen 35 años o más.

7. Al combate a la delincuencia organizada, principalmente el tráfico de ilegal de drogas, se le destinan en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio 2011, cantidades sin precedentes; comparativamente los recursos destinados para la prevención y el tratamiento de adicciones son minúsculos. Sin embargo, como se evidencia por los resultados, el combate al tráfico de enervantes no ha desestimulado el consumo nacional, sino más bien ha incrementado su disposición y su consumo.

8. Por lo tanto, es necesario que se incrementen los programas preventivos y de tratamiento de adicciones. Para ello es necesario que, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio 2011, se aumente sustancialmente el presupuesto destinado al Fipadic, así como el de las diversas áreas del Sector Salud y del sector educativo que ejecutan programas preventivos y de tratamiento de adicciones.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.El Senado exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados para que en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se considere un incremento sustancial en el presupuesto destinado al Fipadic y a las diversas áreas del sector salud y del sector educativo que ejecutan programas preventivos y de tratamiento de adicciones.

Dado en el salón de sesiones del Senado de la República, a 21 de septiembre de 2010.— Senadora Claudia Sofía Corichi García (rúbrica), vicepresidente.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 74, 163 y 165 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se reforman los artículos 74, 163 y 165 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Artículo Único. Se reforman la fracción XXIX del artículo 12 y la fracción V del artículo 74; y se adicionan una fracción XLIII al artículo 7, recorriéndose las subsecuentes, una fracción X al artículo 40, recorriéndose las subsecuentes, una fracción XXIV al artículo 163, recorriéndose las subsecuentes, y una fracción III al artículo 165, todos de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 7. ...

I. a XLII. ...

XLIII. Turno: periodo de regeneración de los recursos forestales que comprende desde su extracción hasta el momento en que éstos son susceptibles de nuevo aprovechamiento;

XLIV. Unidad de manejo forestal: territorio cuyas condiciones físicas, ambientales, sociales y económicas guardan cierta similitud para fines de ordenación, manejo forestal sustentable y conservación de los recursos;

XLV. Uso doméstico: el aprovechamiento, sin propósitos comerciales, de los recursos forestales extraídos del medio natural en el que se encuentran, para usos rituales o satisfacer las necesidades de energía calorífica, vivienda, aperos de labranza y otros usos en la satisfacción de sus necesidades básicas en el medio rural;

XLVI. Vegetación forestal: el conjunto de plantas y hongos que crecen y se desarrollan en forma natural, formando bosques, selvas, zonas áridas y semiáridas, y otros ecosistemas, dando lugar al desarrollo y convivencia equilibrada de otros recursos y procesos naturales;

XLVII. Vegetación exótica: conjunto de plantas arbóreas, arbustivas o crasas ajenas a los ecosistemas naturales;

XLVIII. Ventanilla única: el sistema administrativo que reúne el mayor número posible de las dependencias y entidades del sector público forestal, tanto federal, estatal como municipal, para la atención integral de los distintos usuarios del sector;

XLIX. Visita de inspección: la supervisión que realiza el personal autorizado para verificar que el aprovechamiento, manejo, transporte, almacenamiento y transformación de recursos forestales se ajuste a la ley y demás disposiciones legales aplicables;

L. Vivero forestal: sitio que cuenta con un conjunto de instalaciones, equipo, herramientas e insumos, en el cual se aplican técnicas apropiadas para la producción de plántulas forestales con talla y calidad apropiada según la especie, para su plantación en un lugar definitivo.

Artículo 12. ...

I. a XXVIII. ...

XXIX. Expedir, por excepción, las autorizaciones de cambio de uso del suelo de los terrenos forestales, así como controlar y vigilar el uso del suelo, atendiendo de forma integral el aprovechamiento forestal;

XXX. a XXXVII. ...

Artículo 40. ...

I. a VIII. ...

IX. Sobre organizaciones e instituciones de los sectores social y privado, así como de organismos públicos nacionales e internacionales relacionados con ese sector;

X. Sobre proyectos de aprovechamiento forestal que no se basen exclusivamente en la explotación de recursos maderables; y

XI. Las demás que se consideren estratégicas para la planeación y evaluación del desarrollo forestal sustentable.

...

Artículo 74. ...

I. a la IV. ...

V. El programa de manejo forestal con una proyección que corresponda a un turno; y

VI. ...

Artículo 163. ...

I. a XXII. ...

XXIII. Depositar residuos peligrosos en terrenos forestales o preferentemente forestales, sin contar con la autorización debidamente expedida para ello;

XXIV. Toda actividad efectuada por personas que provoque el deterioro ambiental por causa de la explotación indebida de los ecosistemas forestales, sobre los suelos, el agua y el hábitat de las especies silvestres; y

XXV. Cualquier otra contravención a lo dispuesto en la presente ley.

Artículo 165. ...

I. Con el equivalente de 40 a 1 000 veces de salario mínimo a quien cometa las infracciones señaladas en las fracciones V, VI, VIII, XII, XV, XVI, XVIII, XX y XXIV del artículo 163 de esta ley;

II. Con el equivalente de 100 a 20 000 veces de salario mínimo a quien cometa las infracciones señaladas en las fracciones I, II, III, IV, VII, IX, X, XI, XIII, XIV, XVII, XIX, XXI, XXII, XXIII del artículo 163 de esta ley; y

III. Con el equivalente de 800 a 30 000 veces de salario mínimo vigente a quien cometa las infracciones señaladas en la fracción XXIV del artículo 163.

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores. México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente;senadora Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.



LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 190 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se reforma el artículo 190 de la Ley de Desa-rrollo Rural Sustentable

Artículo Único.Se reforma el artículo 190 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Artículo 190.Para los efectos del artículo anterior, y de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 24 y 25 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las previsiones presupuestales podrán comprender los siguientes rubros:

I. a V. ...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente;senadora Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Rural.



LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Atentamente

México, DF, a 21 de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Artículo Único. Se reforman los artículos 17, segundo párrafo, y el 59; y se adiciona el artículo 73 Bis, todos de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable para quedar como sigue:

Articulo 17....

El objeto de la comisión será desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de protección, conservación, inversión, industrialización y de restauración en materia forestal, que conforme a la presente Ley se declaran como una área prioritaria del desarrollo, así como participar en la formulación de los planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos.

Articulo 59.Ninguna persona física o moral podrá aprovechar o extraer recursos forestales sin contar con la autorización conducente, salvo cuando se trate de plantaciones forestales comerciales que se rigen conforme a lo dispuesto por la presente ley.

Previamente a las autorizaciones para el aprovechamiento de los recursos forestales, la secretaría deberá comunicar las solicitudes respectivas a los consejos estatales que corresponda, para los efectos de lo previsto en el artículo 75 de esta ley, sin que ello implique suspender o interrumpir los plazos señalados en la presente ley para emitir las autorizaciones correspondientes, de acuerdo a los términos y condiciones previstos en el Reglamento.

La secretaría informará de inmediato a los titulares que cuentan con un plazo de treinta días para remover todas las edificaciones, estructuras, maquinaria y restos no aprovechables ubicados dentro del predio aprovechado.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Se derogan todas las disposiciones que contravengan lo dispuesto en el presente decreto.

Tercero.El Ejecutivo federal contará con 180 días posteriores a la publicación del presente decreto para realizar las adecuaciones necesarias a los ordenamientos reglamentarios correspondientes, así como al estatuto orgánico de la comisión.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 21de septiembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente;senadora Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Nos visitan universitarios de Lázaro Cárdenas, Michoacán, invitados por el diputado Benigno Quezada Naranjo.

Asimismo, adultos mayores del Grupo Honor y Gloria, del municipio de Tlalnepantla, estado de México, invitados por el diputado Arturo García Portillo.

Sean todas y todos ustedes bienvenidos.



LEY FEDERAL DE DERECHOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Continúe la Secretaría con el capítulo de iniciativas. Esta Presidencia —perdón— recibió del diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, diputado federal integrante de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno del la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Petróleos Mexicanos sostuvo las finanzas públicas de México de manera indiscutible por varias décadas. Sin embargo, a partir de 2004, esa fuente de recursos ha comenzado a menguar, con la consecuente amenaza a la estabilidad del gasto público.

En buena medida esta situación es producto de la desatención del gobierno federal por más de veinte años, en los cuales la preocupación fue captar la totalidad de la renta petrolera para sostener los ingresos que por otras fuentes no llegaban a las arcas públicas, siempre a costa de la capacidades de la paraestatal para mantener las reservas de hidrocarburos y de procesamiento para la obtención de petrolíferos y derivados petroquímicos.

En 2005 se hizo evidente la necesidad de permitir que Petróleos Mexicanos mantuviera una parte de los ingresos derivados de su actividad a fin de dedicarlos a la exploración y la inversión y buscando revertir esta situación. Por ello, se inició una modificación del régimen fiscal de Petróleos Mexicanos mediante el restablecimiento en la Ley Federal de Derechos los gravámenes a la actividad de la entidad.

A partir de aquella primera modificación, se han sucedido diversas reformas al régimen fiscal de Petróleos Mexicanos, siendo la última la realizada en 2009, cuando el Ejecutivo federal propuso la aplicación de tres derechos a la actividad productivas en el Paleocanal de Chicontepec y en aguas profundas: el derecho sobre extracción de hidrocarburos, el derecho especial sobre hidrocarburos y el derecho adicional sobre hidrocarburos.

El objetivo de la reforma de 2009 fue, por una parte, simplificar el régimen fiscal de Pemex aplicable a campos productivos en aguas profundas, como a los del Paleocanal de Chicontepec, en virtud de que los costos unitarios de producción por barril en los pozos es, por lo menos, tan elevada como en aguas profundas. Por otra parte, se buscó proveer incentivos a Petróleos Mexicanos para promover mayores niveles de inversión, que desarrollara nuevas tecnologías de producción y emprender el desarrollo de nuevos pozos productores.

Un principio que ha permitido la reforma al régimen fiscal de Petróleos Mexicanos es que la renta que arroja la extracción del petróleo del subsuelo, la cual permite apoyar las políticas públicas y el desarrollo del país, no debe desa-lentar la inversión necesaria para maximizar el valor del recurso a largo plazo.

Avanzando en esta misma dirección, es necesario adecuar la Ley Federal de Derechos con el fin de incorporar campos de extracción de gas en la región conocida como cuenca de Burgos.

La creciente demanda de gas natural, junto con su característica de ser un combustible que genera una cantidad menor de emisiones obliga a redoblar los esfuerzos de exploración y producción, lo cual se estimula al modificar el marco financiero en el cual se toman las decisiones de ejecutar un proyecto al tener un mayor límite de costos deducibles del pago de los derechos correspondientes y tener una menor tasa impositiva.

Para ello, la presente iniciativa propone homologar el régimen fiscal que ya se aplica al Paleocanal de Chicontepec y aguas profundas a la extracción de gas en la cuenca de Burgos.

Con base en lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II y 72, apartado H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, en relación con el régimen fiscal de Petróleos Mexicanos

Único. Se modifican las fracciones II y III y se adiciona una fracción IV al artículo 257 Bis; se modifica el párrafo veinte del artículo 257 Quáter; y, por último, se modifican las fracciones I y II y se adiciona una fracción III al artículo 258 Bis; todos de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

Artículo 257 Bis....

I. ...

II. Los campos en el Paleocanal de Chicontepec que hayan sido segregados conforme a lo establecido en la fracción anterior. En el caso de estos campos, para efectos de lo que se determina en el párrafo segundo del artículo 257 Quáter, la producción acumulada de dicho campo se considerará como la producción acumulada a partir del inicio de operaciones, y en ningún caso a partir de que hayan sido segregados;

III. Los campos en aguas profundas, como se define en el artículo 258 Bis de esta ley; y

IV. Los de extracción de gas no asociado de la Cuenca de Burgos, como se define en el artículo 258 Bis de esta ley.

...

Artículo 257 Quáter. ...

...

...

...

...

I. a VIII. ...

...

...

...

Cuando las inversiones, costos y gastos a que se refieren las fracciones II a V de este artículo correspondan a bienes, obras o servicios utilizados o que beneficien a dos o más campos ubicados en el Paleocanal de Chicontepec, en aguas profundas o en la Cuenca de Burgos, incluso cuando los bienes, obras o servicios beneficien también a cualquier otro campo colindante con dichas zonas, el monto de la deducción aplicable a cada campo será el que resulte de aplicar a los costos, los gastos o el monto original de las inversiones, el por ciento que las reservas probadas de petróleo crudo equivalente en el campo de que se trate represente respecto del total de reservas probadas en todos los campos en los que se utilicen dichos bienes, obras o servicios, a la fecha en que cualquiera de los campos que los utilicen inicie su producción.

...

...

...

...

...

...

Artículo 258 Bis....

I. Campos en aguas profundas, aquellos campos de extracción de petróleo crudo y/o gas natural que, en promedio, sus pozos se encuentren ubicados en zonas con un tirante de agua superior a 500 metros;

II. Campos en el Paleocanal de Chicontepec, aquellos campos de extracción de petróleo crudo y/o gas natural ubicados en los municipios de Castillo de Teayo, Coatzintla, Coyutla, Chicontepec, Espinal, Ixhuatlán de Madero, Temapache, Papantla, Poza Rica de Hidalgo, Tepetzintla o Tihuatlán, en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, o en los municipios de Francisco Z. Mena, Pantepec o Venustiano Carranza, en el Estado de Puebla; y

III. Campos de extracción de gas no asociado en la región conocida como cuenca de Burgos, la cual se localiza en el estado de Tamaulipas, en el noreste del estado de Nuevo León y en el norte del estado de Coahuila.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2011.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputados: Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, Tomás Gutiérrez Ramírez (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



ARTICULO 42 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra el diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 42 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado José del Pilar Córdova Hernández:Diputadas y diputados, “la vida de un individuo nada significa cuando se trata de la suerte y los intereses de un pueblo”, sabia frase de don Benito Juárez, quien ante las amenazas de muerte no cedió, defendió siempre la soberanía de su país, asumiendo su papel de presidente de la República con gran honor.

No podemos decir lo mismo del actuar del entonces presidente interino Manuel de la Peña y Peña, quien bajo las presiones de los Estados Unidos de Norteamérica tomó la antipatriótica y errada decisión de vender más de la mitad de nuestro territorio nacional al vecino del norte.

Poco tiempo después, en diciembre de 1853, el ex presidente Antonio López de Santa Anna vendió La Mesilla, región que era parte del territorio mexicano.

Estos hechos los han lamentado las generaciones pasadas y lo lamentamos los mexicanos de hoy.

En otro momento de la historia, de nuevo un presidente de México permitió que nos arrebataran territorio nacional. Fue Porfirio Díaz que en 1893 firmó con Inglaterra un tratado en el cual cedía Belice a este país, a pesar de ya haber sido reconocido como parte de México en 1825 por los mismos ingleses.

Hace pocos días celebramos el bicentenario del inicio de la Independencia, pero desafortunadamente lo festejamos con tan sólo la mitad de los territorios que teníamos en aquella época, cuando nuestros antepasados se levantaron en armas para defender lo propio, derramaron su sangre para liberarnos del yugo español, lucharon con ese espíritu que nos caracteriza, amaron a su patria con la devoción propia del mexicano.

Aquellos héroes, a los que conmemoramos muy orgullosos, les debemos actuar siempre con sentido nacionalista, les debemos proteger el futuro de nuestro país.

Hacer un homenaje patriótico a estos héroes debe ser con acciones que fortalezcan a México, que protejan su soberanía. Que eviten que las naciones extranjeras por medio de estrategias de presión obliguen al presidente en turno a mutilar de nuevo nuestra querida nación.

A 200 años de la sangrienta lucha con la que logramos nuestra independencia, protejamos constitucionalmente el territorio nacional.

Dejemos claro en nuestras leyes que a México no se le mutila, escribamos en nuestra Carta Magna que los mexicanos no permitiremos bajo ninguna circunstancia que otra nación nos arrebate lo que nuestros héroes insurgentes defendieron con sus vidas.

Celebremos el año del bicentenario con un territorio inalienable, que no pueda ser jamás cedido, vendido, traspasado o enajenado ni parcial ni temporalmente a ningún Estado extranjero.

Evitemos que cualquier nación extranjera tenga la tentación de apropiarse de nuestro territorio, al no haber una ley que especifique que México no se vende ni se presta ni se regala.

Por todo lo anterior, propongo esta reforma al artículo 42 constitucional, propuesta que se encuentra íntegra en la Gaceta Parlamentaria del día de hoy y la someto a consideración de todas y todos ustedes y les pido su voto y apoyo como diputados, pero más que como diputados, como mexicanos.

Señoras diputadas y señores diputados, estamos hablando de nuestro país, de nuestra tierra, de nuestro patrimonio como mexicanos y como mexicanos también, tenemos la obligación de proteger por todos los medios lo que nos pertenece.

Pongamos las cosas en claro: México por siempre de los mexicanos. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 42 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI

José del Pilar Córdova Hernández, diputado federal de la LXI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción 11 del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 55, fracción 11, y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 42 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

1. Hace doscientos años comenzó la lucha por la independencia de México, encabezada por el Padre de la Patria, Miguel Hidalgo y Costilla. El propósito de esta guerra fue liberar a nuestro país del yugo español. Once años después se concretó la victoria para darnos a todos los mexicanos patria y libertad; sin embargo en aquel entonces el territorio no sólo comprendía los estados actuales sino también los que hoy son California, Nevada, Utah, partes de Arizona, Nuevo México, Colorado, Wyoming, Kansas y Oklahoma. Estos territorios fueron cedidos, en 1848, a Estados Unidos de América por el entonces presidente Antonio López de Santa Anna, lo cual representó la pérdida de más de la mitad del territorio nacional mexicano.

2. En el tratado que se firmó con Inglaterra en 1825, esta nación se comprometía a reconocer el territorio mexicano, incluido dentro de éste a Belice, sin embargo, por sus ambiciones naturales de expansión imperial se valieron de múltiples estrategias para presionar al gobierno mexicano y, en consecuencia, Belice fue cedida a Inglaterra en 1893 por el entonces presidente Porfirio Díaz, a cambio de que los ingleses dejaran de proporcionar armas a los mayas rebeldes. Esto representó otra pérdida territorial importante para nuestro país.

3. Como podemos ver, a través de la historia, México ha sido mutilado por medio de la presión de naciones extranjeras, que obedecen a sus ambiciones de expansión y poder.

4. A doscientos años de la Independencia de nuestro país, no contamos con una parte específica en nuestra Constitución que proteja al territorio nacional contra cualquier decisión presidencial antipatriótica de venta, cesión, enajenación o traspaso a un Estado extranjero.

5. Nosotros como mexicanos, en la lucha por un mejor país, tenemos la obligación de proteger nuestro territorio y no debemos permitir la pérdida de un solo centímetro de México; por ello es importante establecer constitucionalmente la inalienabilidad de nuestro territorio en toda su extensión, evitando de esta manera que cualquier autoridad se atribuya facultades que no están especificadas en nuestra Carta Magna.

6. Como sustento podemos recurrir a lo que nos ha acontecido en sólo doscientos años de nuestra historia y al derecho comparado, ya que otros países de América han protegido en sus constituciones a su territorio nacional; por ejemplo:

Ecuador: Artículo 2. El territorio ecuatoriano es inalienable e irreductible.

Perú: Artículo 54. El territorio del Estado es inalienable e inviolable.

República Dominicana: Artículo 5. El territorio de la República Dominicana es y será inalienable.

Panamá: Artículo 3. El territorio de la República de Panamá comprende la superficie terrestre, el mar territorial, la plataforma continental submarina, el subsuelo y el espacio aéreo entre Colombia y Costa Rica, de acuerdo con los tratados de límites celebrados por Panamá y esos estados.

El territorio nacional no podrá ser jamás cedido, traspasado o enajenado, ni temporal ni parcialmente, a otros Estados.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se agrega un segundo párrafo al artículo 42 para quedar como sigue:

Artículo 42. El territorio nacional comprende:

I. El de las partes integrantes de la federación;

II. El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes;

III. El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo, situadas en el Océano Pacifico:

IV. La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes;

V. Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fija el derecho internacional y las marítimas interiores;

VI. El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio derecho internacional.

El territorio nacional no podrá ser jamás cedido, vendido, traspasado o enajenado, ni temporal ni parcialmente, a Estados extranjeros.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2010. — Diputado José del Pilar Córdova Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, señor diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra el diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 554 de la Ley Federal del Trabajo.

El diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados, el salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Así lo establece la Ley Federal del Trabajo en su artículo 82. Asimismo, es necesario mencionar que su trascendencia deviene de que se trata de una institución fundamental del derecho del trabajo que representa la base del sustento material de los trabajadores y una aspiración a su dignificación social,  personal y familiar.

El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su apartado B, fracción VI, párrafo segundo, establece que los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer la educación obligatoria de los hijos.

Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando además las condiciones de las distintas actividades económicas.

El párrafo tercero de la fracción citada establece que los salarios mínimos se fijarán por una comisión nacional integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno.

En cumplimiento al mandato constitucional fue creada la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, la Conasami. El párrafo mencionado es fundamento claro para la viabilidad de la presente iniciativa, pues el gobierno, como acción y efecto de la conducción política, agrupa al conjunto de órganos que realizan los fines de la estructura global del orden jurídico denominado Estado. Por tanto, resulta totalmente viable la participación de dos representantes del Poder Legislativo en el Consejo de Representantes de la Conasami.

Entre los objetivos de la Conasami se encuentran: fortalecer el sistema de salarios mínimos, procurando asegurar la congruencia entre los atributos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece al salario mínimo y las condiciones económicas y sociales del país.

Actualizar la integración municipal de las áreas geográficas en que está dividido el país, a efecto de la aplicación de los salarios mínimos.

Revisar el sistema de salarios mínimos profesionales para incluir profesiones, oficios o trabajos especiales, según lo justifiquen los elementos que deriven del análisis efectuado para cada caso específico.

Coadyuvar a la generación de un diálogo franco y transparente entre trabajadores, patrones y gobierno para la toma de decisiones relativas a la fijación o revisión de los salarios mínimos.

Contribuir a elevar el nivel de vida de los trabajadores y abatir los niveles de pobreza para apoyar el logro de los objetivos de un nuevo modelo de crecimiento con calidad.

Entre sus estrategias se encuentran: consensuar los elementos de la política de salarios mínimos. Concertar la estrategia para llegar a un solo salario mínimo general en todo el país. Convenir con los sectores productivos el periodo para llegar a la convergencia salarial. Evaluar la funcionalidad del sistema de salarios mínimos profesionales a efecto de su actualización. Proporcionar los elementos estadísticos y técnicos suficientes que justifiquen los cambios en dicho sistema. Modernizar la estructura orgánica de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.

Se propone que los representantes del Poder Legislativo que deberán participar en el Consejo de Representantes de la Conasami sean miembros de la Comisión de Trabajo de las Cámaras de Diputados y de la de Senadores, respectivamente, uno de cada una.

Entre las ventajas que pueden mencionarse con la participación de tales legisladores se encuentran: generar las condiciones para el diseño de políticas públicas en materia de salarios con mayor efectividad, dada la repercusión que tendrán en el desarrollo permanente del marco jurídico de la materia. La obtención de un mayor consenso en la materia. Ampliar el espectro de negociación con la Conasami y modernizar su estructura orgánica.

Por lo expuesto y fundado sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de decreto:

Artículo único. Se reforma la fracción I del artículo 554 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 554. El Consejo de Representantes se integra con la representación del gobierno compuesta del presidente de la comisión, que sea también presidente del consejo, y que tendrá el voto del gobierno y de dos asesores, con voz informativa, designados por el secretario del Trabajo y Previsión Social. Un representante de la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados, y otro representante de la misma comisión de la Cámara de Senadores, ambos, con voz y voto.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor a los 60 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, diputado presidente. Solicito que quede registrado íntegramente el texto completo en el Diario de los Debates.

«Iniciativa que reforma el artículo 554 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Grupo Parlamentario del PAN

El diputado federal Jesús Gerardo Cortez Mendoza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante esta soberanía la siguiente iniciativa que reforma el artículo 554 de la Ley Federal del Trabajo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El salario “es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo”, así lo establece la Ley Federal del Trabajo en su artículo 82. Asimismo, es necesario mencionar que su trascendencia deviene de que “se trata de una institución fundamental del derecho del trabajo que representa la base del sustento material de los trabajadores y una aspiración a su dignificación social, personal y familiar”.

El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, apartado B, fracción VI, párrafo segundo, establece que “los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas”.

El párrafo tercero de la fracción citada, establece que “los salarios mínimos se fijarán por una comisión nacional integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno.” En cumplimiento al mandato constitucional fue creada la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami).

El párrafo mencionado, es fundamento claro para la viabilidad de la presente iniciativa, pues “el gobierno como acción y efecto de la conducción política, agrupa al conjunto de órganos que realizan los fines de la estructura global del orden jurídico, denominada estado”; por lo que resulta totalmente viable la participación de dos representantes del poder legislativo en el consejo de representantes de la Conasami.

Entre los objetivos de la Conasami se encuentran:

• Fortalecer el sistema de salarios mínimos, procurando asegurar la congruencia entre los atributos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece al salario mínimo y las condiciones económicas y sociales del país.

• Actualizar la integración municipal de las áreas geográficas en que está dividido el país a efecto de la aplicación de los salarios mínimos.

• Revisar el sistema de salarios mínimos profesionales para incluir o excluir profesiones, oficios o trabajos especiales según lo justifiquen los elementos que deriven del análisis efectuado para cada caso específico.

• Coadyuvar a la generación de un diálogo franco y transparente entre trabajadores, patrones y gobierno para la toma de decisiones relativas a la fijación o revisión de los salarios mínimos.

• Contribuir a elevar el nivel de vida de los trabajadores y a abatir los niveles de pobreza, para apoyar el logro de los objetivos del nuevo modelo de crecimiento con calidad”.

Entre sus estrategias se encuentran:

• Concensuar los elementos de la política de salarios mínimos.

• Concertar la estrategia para llegar a un solo salario mínimo general en el país.

• Convenir con los sectores productivos el periodo para llegar a la convergencia salarial.

• Evaluar la funcionalidad del sistema de salarios mínimos profesionales a efecto de su actualización.

• Proporcionar los elementos estadísticos y técnicos suficientes que justifiquen los cambios en dicho sistema.

• Modernizar la estructura orgánica de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.

• Mantener el Sistema de Gestión de Calidad en la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos bajo la norma ISO 9001:2008”.

Resulta evidente la trascendencia del papel que juega la Conasami y el gran impacto que sus acciones tienen sobre la vida de los trabajadores, de la sociedad en general y en general para el desarrollo del país.

Dada su trascendencia, es necesario que se garantice el cumplimiento de los objetivos indicados por la citada comisión nacional, por ello, la presente iniciativa con proyecto de decreto, pretende generar, con la incorporación de dos representantes del poder legislativo federal a su consejo de representantes, las condiciones para una coordinación estrecha entre los poderes ejecutivo y legislativo.

Se propone que los representantes del poder legislativo que deberán participar en el consejo de representantes de la Conasami, sean miembros de la comisión de trabajo de las cámaras de diputados y de la de senadores respectivamente; uno de cada una.

Entre las ventajas que pueden mencionarse con la participación de tales legisladores se encuentran:

• Generar las condiciones para el diseño de políticas públicas en materia de salarios con mayor efectividad, dada la repercusión que tendrían en el desarrollo permanente del marco jurídico de la materia.

• La obtención de un mayor consenso en la materia.

• Ampliar el espectro de negociación de la Conasami.

• Modernizar su estructura orgánica.

Resulta prioritario salvaguardar los derechos de los trabajadores a través del mejoramiento de las Leyes con el fin de fortalecer el salario para el desarrollo del país y en beneficio de todos lo mexicanos.

Por lo expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de decreto.

Artículo Único. Se reforma la fracción I del artículo 554 de la Ley Federal de Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 554. El Consejo de representantes se integra:

I. Con la representación del gobierno, compuesta del presidente de la comisión, que será también el presidente del consejo y que tendrá el voto del gobierno, y de dos asesores, con voz informativa, designados por el Secretario del Trabajo y Previsión Social; un representante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados y otro representante de la misma Comisión de la Cámara de Senadores, ambos con voz y voto;

II.  ...

III.  ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a los 60 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1Instituto de Investigaciones Jurídicas. Diccionario Jurídico Mexicano. Editorial Porrúa, Universidad Nacional Autónoma de México. 1996.

2 Íbid.

3 Los objetivos y estrategias de la Conasami fueron tomados textualmente de su página web: http://www.conasami.gob.mx/obj_estra.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2010.— Diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza (Rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Cortez. Como usted lo ha solicitado, se integrará tal cual en el Diario de los Debates. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.



ARTICULO 6 CONSTITUCIONAL - LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES EN POSESION DE AUTORIDADES FEDERALES, ENTIDADES DE INTERES PUBLICO, PERSONAS FISICAS Y MORALES, Y PODERES FACTICOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene la palabra el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y expide la Ley Federal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales en Posesión de Autoridades Federales, Entidades de Interés Público, Personas Físicas y Morales, y Poderes Fácticos.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Gracias, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, el tema que nos ocupa es de la mayor importancia para el país, y creo que también del interés de todos los grupos parlamentarios. Todos los grupos parlamentarios de alguna manera han insistido en distintas ocasiones acerca de la necesidad de reformar el marco jurídico en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Por la importancia del tema, señor presidente, solicito que se incorpore y se integre al Diario de los Debates de manera íntegra esta iniciativa.

Quiero decirles que el Congreso de la Unión está en falta. Estamos incurriendo en una inconstitucionalidad por omisión, porque desde el 2007 que se expidieron reformas al artículo 6o. de la Constitución se le dio un plazo a este Congreso de la Unión y a las legislaturas locales para expedir las nuevas leyes de transparencia. Han transcurrido casi tres años y no hemos cumplido con la obligación constitucional que se estableció al aprobarse esta reforma constitucional.

Recientemente —todos también lo supimos— estuvieron aquí presentes en México relatores de Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que recomendaron al Estado mexicano aprobar la legislación en materia de transparencia. Entre sus recomendaciones más importantes está la de darle autonomía constitucional al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y también la de que en materia de transparencia y acceso a la información pública, la regulación comprenda todos los poderes públicos, todas las autoridades que ejercen recursos públicos.

Haciéndome eco de esas recomendaciones, del borrador del informe de los relatores de Naciones Unidas y de la OEA, es que presento esta iniciativa de reforma constitucional, que propone también una Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Me da mucho gusto y lo aludo directamente, que esté presente aquí el diputado Corral, porque en la Comisión de Gobernación se está discutiendo una minuta del Senado. Minuta del Senado que me parece totalmente insuficiente y que espero que esta Cámara de Diputados no la vaya a aprobar.

¿Por qué me parece insuficiente la minuta que nos remitió el Senado? Porque no concede autonomía constitucional al IFAI. Porque no establece una regulación en materia de transparencia que comprenda a todos los poderes públicos y porque, además, mantiene causales de reserva y de confidencialidad en la información inaceptables.

Los relatores de Naciones Unidas y de la OEA insistieron, sobre todo, en la reserva que tiene la averiguación previa. Como ustedes saben, el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales establece que las averiguaciones previas concluidas constituyen información reservada hasta por 12 años. Esto es del todo inaceptable.

Por eso me permito proponer esta iniciativa. ¿Cuáles son los puntos importantes de la iniciativa? En primer lugar la autonomía constitucional del IFAI. El IFAI debe ser un órgano constitucional autónomo y no un órgano desconcentrado, no una dependencia desconcentrada de la Secretaría de Gobernación.

También, esta iniciativa propone que los comisionados del IFAI no sean elegidos o propuestos por el Ejecutivo con aprobación del Senado.

La iniciativa propone que los comisionados del IFAI sean elegidos por el pueblo. Hay un mecanismo de elección directa de los comisionados del IFAI para evitar cuotas de partidos, para evitar que el Ejecutivo designe a comisionados que estén de su lado y también para evitar que en el Senado o en esta Cámara de Diputados se privilegie el cuotismo de los partidos. Ésa es la primera propuesta que me parece fundamental.

La otra propuesta que me parece aún más fundamental, es que la obligación de transparencia no solamente debe corresponder a los tres Poderes de la Unión, a las autoridades federales, a los fideicomisos, a las universidades públicas, al Infonavit, sino que serán en esta iniciativa sujetos obligados de la transparencia, los sindicatos, los partidos políticos, las iglesias, los medios de comunicación electrónica, los organismos empresariales, y desde luego, cualquier organismo descentralizado.

Esta iniciativa también propone reducir las causales de reserva y de confidencialidad, y desde luego, establece que el plazo de reserva máximo en el derecho mexicano debe ser de 3 años.

Creo que se contienen importantes elementos en la iniciativa y yo espero que la Comisión de Gobernación —termino presidente— que preside el diputado Corral, al analizar la minuta del Senado de la República tenga en cuenta esta iniciativa de reforma a la Constitución y a esta Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Por su atención, muchas gracias, compañeros.

«Iniciativa que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y expide la Ley Federal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales en Posesión de Autoridades Federales, Entidades de Interés Público, Personas Físicas y Morales, y Poderes Fácticos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Jaime Fernando Cárdenas Gracia, diputado federal a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del pleno de la H. Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona con tres principios y bases el párrafo segundo del artículo 6, modifica las nuevas fracciones IV y VII de ese párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que expide la Ley Federal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales en Posesión de Autoridades Federales, Entidades de Interés Público, Personas Físicas y Morales, y Poderes Fácticos.

Exposición de Motivos

El 20 de julio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una importante reforma que adicionó con un párrafo segundo el artículo 6 de la Constitución. Dicha modificación estableció principios y bases en materia de transparencia, acceso a la información, archivos y datos personales, para que las leyes federales y locales desarrollaran los citados principios y bases.

El artículo segundo transitorio de esa reforma estableció: “La Federación, los Estados y el Distrito Federal, en sus respectivos ámbitos de competencia, deberán expedir las leyes en materia de acceso a la información pública y transparencia, o en su caso, realizar las modificaciones necesarias, a más tardar un año después de la entrada en vigor de este Decreto”.

Hasta el momento no se ha aprobado ni publicado la ley federal en la materia. Tampoco se han realizado modificaciones, adiciones o reformas a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental que fue aprobada en el año de 2002. El Congreso de la Unión está en falta y ha incurrido en inconstitucionalidad por omisión al incumplir los mandatos temporales de la Carta Magna.

Legisladores de distintos grupos parlamentarios, en la Cámara de Diputados y en la de Senadores, han presentado iniciativas de reforma a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Algunos han formulado iniciativas completas, tal es el caso, de la presentada en la LX Legislatura por los diputados Luis Gustavo Parra Noriega y Obdulio Ávila Mayo, del Partido Acción Nacional.

El Senado de la República, por su parte, aprobó durante el mes de abril de 2010 una minuta de reforma a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental que desde nuestro punto de vista contiene numerosas carencias y deficiencias, en algunos casos retrocesos, como han sido advertidos por especialistas en la materia. La minuta del Senado no afronta: la autonomía constitucional del IFAI, la elección democrática de los comisionados de ese órgano, no regula a todos los poderes públicos y autoridades federales como sujetos obligados, no incorpora como sujetos obligados a los poderes fácticos, en particular a los partidos o a los sindicatos, no favorece la presentación de solicitudes de información genérica, obliga a convocar audiencias entre los ciudadanos y las autoridades que permitirían identificar al solicitante, no deroga causales de reserva o de confidencialidad que injustificadamente existen, permite mantener en reserva averiguaciones previas concluidas o inactivas, no favorece la transparencia en los procedimientos judiciales y administrativos, entre otras graves omisiones y deficiencias. Podemos decir que la minuta aprobada en el Senado mantiene el “status quo” en la materia.

Recientemente, el 24 de agosto de 2010, la Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Dra. Catalina Botero Marino y el Relator Especial de las Naciones Unidas para la Libertad de Opinión de Expresión, Dr. Frank La Rue, concluyeron en su informe provisional sobre el derecho a la información, el acceso a la información y la transparencia, lo siguiente:

“Con relación al acceso a la información, las Relatorías expresan su satisfacción ante los notables avances logrados por el Estado mexicano en los últimos años, los cuales han convertido al país en una referencia en la materia. En particular, destacan que este derecho se encuentra consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Las Relatorías reconocen también la importancia de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Especialmente, dicha ley creó el Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), organismo que ha jugado un papel ejemplar en la protección del derecho de acceso a la información de los individuos y en el desarrollo de una cultura de transparencia de las instituciones públicas de la administración pública federal. Las Relatorías hacen además un reconocimiento especial a la Suprema Corte de Justicia y al Tribunal Federal Electoral, tanto por su jurisprudencia garantista del derecho de acceso a la información, como por sus innovadoras políticas de transparencia.

”Las relatorías hacen un llamado a los demás tribunales del país, particularmente los tribunales estatales, a seguir estos ejemplos de transparencia y accesibilidad a la ciudadanía, toda vez que las Relatorías fueron informadas que en algunas entidades federativas, como en el estado de Sinaloa y el Distrito Federal, los considerandos de las sentencias se mantienen reservadas al público hasta en tanto no se agoten todas las instancias del correspondiente proceso, práctica que afecta el derecho de acceso a la información e impide el control ciudadano sobre las sentencias judiciales. Sin perjuicio de los importantes avances reconocidos en los párrafos anteriores, las Relatorías observan que aún existen desafíos en cuanto a la garantía efectiva del derecho de acceso a la información en México. Las Relatorías recibieron información de diversos actores, incluyendo a servidores públicos, periodistas y organizaciones de la sociedad civil, señalando que el marco jurídico e institucional que garantiza el ejercicio efectivo del derecho de acceso a la información ante el Ejecutivo Federal, no siempre existe a nivel estatal y municipal.

”Según la información recibida, muchas autoridades estatales y municipales desconocen sus obligaciones con relación al derecho de acceso a la información, y no cuentan con procedimientos establecidos para permitir a las personas ejercer este derecho de manera real y efectiva. Igualmente, el IFAI sólo supervisa el cumplimiento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en la administración pública federal, mientras que los poderes judicial y legislativo, y los demás órganos autónomos, no cuentan con un órgano de supervisión independiente. Las Relatorías fueron informadas sobre la existencia de litigios que pretenden controvertir el carácter definitivo e inatacable de las resoluciones del IFAI y de los órganos de transparencia de las entidades federativas. De conformidad con la información proporcionada, mientras los tribunales tradicionalmente habían rechazado los intentos de las autoridades públicas de impugnar judicialmente las resoluciones del IFAI, recientemente el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) aceptó revisar dos resoluciones de ese Instituto. En uno de dichos casos, declaró la nulidad parcial de una resolución del IFAI que ordenó a la Procuraduría General de la República entregar las versiones públicas de las averiguaciones previas en un caso.

”La Suprema Corte de Justicia analiza actualmente una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Campeche. Dicha legislación permite a las entidades públicas obligadas impugnar judicialmente las resoluciones de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública de dicha entidad federativa. Asimismo, las Relatorías pudieron advertir que en el estado de Sinaloa existen dudas acerca del carácter definitivo de las resoluciones de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Mientras la ley estatal y la mencionada Comisión Estatal indican que las resoluciones de esta última son definitivas, los órganos del ejecutivo contradicen esta interpretación. Las Relatorías expresan su preocupación por estos hechos pues, la posibilidad de los sujetos obligados de impugnar mediante recursos ordinarios las resoluciones del IFAI y de las entidades estatales equivalentes, conduce a negar a la persona el derecho a obtener la información solicitada a través de un proceso sencillo, expedito y especializado, privando así al derecho de acceso a la información de su efecto útil.

”Finalmente las Relatorías recibieron información sobre una acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH que alega la invalidez del artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, el cual regula el acceso a los expedientes de las averiguaciones previas. Con base en esta norma, la PGR se ha negado a proporcionar versiones públicas de averiguaciones previas concluidas, incluso las de casos emblemáticos de derechos humanos como las desapariciones forzadas de Rosendo Padilla Pacheco y otras personas. Al igual que la CNDH, el IFAI ha considerado que las restricciones injustificadas al acceso de las averiguaciones previas ya concluidas o completamente inactivas violan las garantías de acceso a la información pública contenidas en el artículo 6 de la Constitución Política. Las Relatorías reconocen la necesidad de mantener la reserva de las averiguaciones previas abiertas para no afectar la investigación y para proteger datos sensibles. Sin embargo, las relatorías consideran que la entrega de una versión pública de la información sobre averiguaciones concluidas durante años, previa protección de datos sensibles y de elementos que de manera probada demuestren que debe mantenerse en reserva para proteger otros intereses legítimos, promueve la publicidad del proceso y es una garantía para el adecuado control inter-orgánico y social sobre los órganos de procuración de justicia. Esto es justamente el propósito del derecho de acceso a la información”.

Los relatores de la ONU y de la OEA, lo que en síntesis proponen consiste en: 1) Otorgar plena autonomía constitucional al IFAI; 2) Que el IFAI tenga competencia sobre todos los poderes y autoridades federales (que todos ellos sean sujetos obligados); 3) Que exista transparencia en los procesos judiciales y administrativos, particularmente en los Estados; 4) Que las autoridades administrativas estatales y municipales asuman sus obligaciones de transparencia; 5) Que las instancias encargadas de garantizar el acceso a la información y la transparencia en el poder legislativo y judicial, así como en los órganos constitucionales autónomos no son independientes; 6) Que hace nugatorio el derecho de acceso a la información, el permitir a las autoridades recurrir las decisiones del IFAI, principalmente ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; y, 7) Que es particularmente grave que las averiguaciones previas concluidas o inactivas estén protegidas como información reservada durante años, tal como lo establece el vigente artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales.

En el ámbito interamericano se ha desarrollado ampliamente la jurisprudencia en materia de derecho de acceso a la información en materias tales como: Los principios que rigen la transparencia y el acceso a la información, particularmente el de máxima publicidad o divulgación; sujetos obligados; objeto del derecho; obligaciones para la autoridad cuando atiende solicitudes de acceso a la información; limitaciones al derecho a la información; datos personales y derecho de acceso a la información; información reservada y confidencial; y, preeminencia del derecho de acceso a la información sobre otros derechos como el del honor o a la intimidad, cuando se trata de asuntos o personajes públicos.

Esta iniciativa se fundamenta en lo dispuesto en nuestros vigentes artículo 6 y 16 párrafo segundo de la Constitución, en el artículo 19 de la Declaración Internacional de Derechos Humanos, en el artículo IV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y en los informes de las Relatorías Especiales de la ONU y la OEA que sobre libertad de expresión, opinión y derecho de acceso a la información se han realizado sobre México. Asimismo, se fundamenta para garantizar el derecho a los datos personales en el artículo V de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y, en el artículo 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Las propuestas que aquí hacemos también recogen el trabajo de otras iniciativas presentadas por legisladores de distintos partidos. También se destaca que esta iniciativa es deudora de la extensa bibliografía que sobre el tema ha escrito Ernesto Villanueva, al igual que otros académicos nacionales de valía como John M. Ackerman, Irma Eréndira Sandoval y Perla Gómez Gallardo. Nuestros objetivos y propuestas fundamentales, que conforman el contenido de esta iniciativa constitucional y legal, son los siguientes:

I. Se proponen adiciones y modificaciones constitucionales para que el órgano garante en materia de transparencia, acceso a la información archivos y protección de datos personales sea un órgano constitucional con plena autonomía.

II. Se determina que serán sujetos obligados de la legislación en materia y de la competencia del órgano garante no sólo el poder ejecutivo, sino también los poderes legislativo, judicial, los órganos constitucionales autónomos, todas las autoridades federales, las universidades, el Infonavit, los fideicomisos y cualquier otra figura análoga. Igualmente serán sujetos obligados las personas físicas o morales que contraten con el Estado, que reciban recursos de él o que los administren.

III. Son también sujetos obligados de la legislación en la materia, los poderes fácticos y las entidades de interés público, entre ellos, los partidos, agrupaciones políticas, sindicatos, organizaciones patronales, ejidos, las iglesias, los medios de comunicación electrónica y, las organizaciones empresariales. Desde nuestro punto de vista, el criterio para precisar quienes son sujetos obligados de la legislación en la materia, no debe ser solamente el de que las personas o entes reciban o administren recursos públicos, también debe ser criterio la función social o pública que una persona física o moral desarrolle. En particular estimamos, que en la realidad de nuestro tiempo, los poderes fácticos influyen y determinan, muchas veces indebidamente en los poderes formales y autoridades, desviando la función de éstas a favor de la consecución del interés general. Por eso es fundamental que los ciudadanos y la sociedad gocen de un amplio derecho a saber y que también se protejan los datos personales de los gobernados respecto de esos factores reales de poder.

IV. Se establecen obligaciones genéricas y específicas de información y transparencia para todos los sujetos obligados. Deben principalmente resaltarse las obligaciones específicas de información para las entidades de interés público y poderes fácticos.

V. Respecto a las obligaciones genéricas en materia de transparencia para los sujetos obligados, éstas se amplían a las que actualmente prevé la legislación en la materia.

VI. Se establece un método democrático para la elección de los comisionados del órgano garante. La intención de la propuesta consiste en que no intervenga el ejecutivo, el poder legislativo, o los partidos en la conformación de los titulares. Queremos que los órganos garantes en la materia no respondan a cuotas partidistas ni sean correas de transmisión de otros poderes o instancias. Será el mérito de cada quien y la voluntad de los ciudadanos quien defina la integración de estos órganos.

VII. La competencia del órgano garante no sólo, como hasta ahora, consistirá en conocer básicamente de recursos de revisión en materia de transparencia, acceso a la información y datos personales y, en emitir lineamientos y reglamentos en esas materias, sino que consideramos que esa competencia debe ampliarse para que el IFAI pueda conocer y resolver sobre responsabilidades administrativas cometidas por servidores públicos y por los particulares de los sujetos obligados cuando contravengan la legislación de la materia.

VIII. Se pretenden reducir las causales de reserva y de confidencialidad. En materia de reserva, los procesos deliberativos sólo serán reservados cuando tengan que ver con materias que la propia ley considere reservadas. Los procedimientos judiciales y administrativos serán públicos a la conclusión de cualquier etapa procesal o procedimental. No habrá que esperar a las resoluciones que ponen fin a procesos y procedimientos. Cuando las leyes de la materia regulen procesos o procedimientos orales el procedimiento será totalmente público.

IX. En materia de averiguación previa las averiguaciones serán públicas cuando hayan concluido. Si una averiguación está inactiva por más de un año, aunque no haya concluido, también será pública.

X. La legislación exige que el sujeto obligado demuestre la prueba del daño para que información reservada no se haga pública y, desde luego cualquier consideración que haga puede ser revertida ante el órgano garante. Por su parte, el ciudadano solicitante tiene derecho a controvertir el interés público que adujo el sujeto obligado para que la información confidencial pueda publicitarse.

XI. Se establece un periodo de reserva máximo de tres años. El que sólo puede prorrogarse por causas excepcionales por un período adicional, previa justificación por parte del sujeto obligado.

XII. No se concede legitimación procesal alguna para que un sujeto obligado recurra una decisión del órgano garante ante los tribunales administrativos o cualesquier otro. Sólo los gobernados tienen derecho de controvertir decisiones del órgano garante ante las instancias del Poder Judicial de la Federación.

XIII. Aunque se prevé la obligación de los sujetos obligados de documentar todas las actuaciones inherentes a sus funciones, la iniciativa establece la posibilidad de la solicitud genérica así como el correspondiente deber del sujeto obligado para generar o producir y documentar las solicitudes genéricas.

XIV. En la iniciativa se mantiene el compromiso para favorecer la presentación de cualquier solicitud de acceso a la información o de protección de datos personales, sin exigir cortapisas que hagan inviables el ejercicio de esos derechos. A diferencia de la minuta aprobada por el Senado no se prevé desechar solicitudes por frívolas, ociosas o porque causen entorpecimiento a las labores de los sujetos obligados.

XV. En la iniciativa que proponemos tampoco se incluyen procedimientos de conciliación entre los sujetos obligados y los gobernados porque se considera que estamos en presencia de derechos fundamentales que no están sujetos a la negociación o al regateo.

XVI. A diferencia de la minuta aprobada por el Senado no se contempla el secreto profesional. Respecto al secreto industrial no se prevé para las entidades paraestatales que enfrenten competencia económica porque consideramos que los sujetos obligados de los poderes públicos tienen obligación de actuar con plena transparencia. Los secretos fiscal, bancario, fiduciario o industrial no pueden invocarse por parte de los sujetos obligados cuando se involucren recursos públicos federales o, se trate de beneficios fiscales que favorezcan a los particulares.

XVII. La iniciativa incorpora la afirmativa ficta para que, cuando el sujeto obligado no entregue la respuesta de solicitud de acceso dentro de los plazos previstos en la ley, se entienda que la respuesta es positiva, salvo los casos de información reservada o confidencial.

XVIII. En materia de datos personales y archivos, el mérito de esta propuesta es que considera como sujetos obligados a todas las autoridades, a las personas físicas y morales en posesión de datos personales, a las entidades de interés público y a los poderes fácticos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se propone:

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona con tres principios y bases el párrafo segundo del artículo 6, modifica las nuevas fracciones IV y VII de ese párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que expide la Ley Federal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales en Posesión de Autoridades Federales, Entidades de Interés Público, Personas Físicas y Morales, y Poderes Fácticos.

Artículo Primero. Se adiciona con tres principios y bases el párrafo segundo del artículo 6 de la Constitución, se recorre el orden de las subsiguientes fracciones, se modifican los principios y bases correspondientes a la fracción IV y VII, y se incorporan tres artículos transitorios, para quedar en los siguientes términos:

“Artículo 6. La manifestación de las ideas...

Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:

I. Se constituyen a nivel federal, en los Estados y en el Distrito Federal, Institutos garantes de la transparencia, el acceso a la información pública y, la protección de datos personales. Dichos institutos gozarán de autonomía constitucional y, en el ámbito competencial de cada nivel de gobierno, ejercerán sus atribuciones respecto a las autoridades de los tres poderes y de cualquier otra que formen parte del mismo.

II. Además de las autoridades a que hace referencia la base anterior, serán sujetos obligados de las leyes de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales las personas físicas y morales que tengan vínculos contractuales o que reciban recursos de las autoridades, que administren o ejerzan recursos públicos bajo cualquier modalidad o, que desempeñen funciones de interés público o social. También serán sujetos obligados los partidos políticos, las agrupaciones políticas, las organizaciones patronales, los sindicatos, los ejidos, las organizaciones empresariales, las iglesias y, los medios de comunicación electrónica. Igualmente serán sujetos obligados los particulares en posesión de datos personales y, los fideicomisos, fondos, sociedades, asociaciones o cualquier otra persona o contrato en donde participen instituciones, poderes u órganos, ya sea con recursos públicos o con otro tipo de participación.

III. Los Institutos tendrán un órgano de gobierno que será responsable de resolver los recursos de revisión en materia de transparencia y acceso a la información pública, proteger los datos personales y de conocer las responsabilidades administrativas en que incurran autoridades y particulares. Estará integrado por cinco comisionados elegidos por votación directa y popular a partir de propuestas de las universidades y de las organizaciones no gubernamentales. Las propuestas no responderán a cuotas ni a intereses de partidos.

Una vez que la autoridad electoral competente reciba todas las propuestas, en sesión pública de su Consejo General, se definirán cinco candidatos por cada vacante, tomando en cuenta los criterios de mérito académico, experiencia profesional, así como los resultados de los exámenes escritos y orales que de manera pública y objetiva habrán realizado los aspirantes ante las autoridades electorales. Los cinco seleccionados por cada vacante dispondrán de tiempos del Estado para exponer sus planes y proyectos de trabajo. La elección de los comisionados se realizará el día en que se celebren las elecciones más próximas. Los seleccionados no recibirán financiamiento público ni financiamiento privado ni realizarán campañas.

Los comisionados sólo podrán ser removidos de sus funciones por el voto de las dos terceras partes de los diputados federales o locales presentes cuando: transgredan en forma grave o reiterada las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes de la materia; cuando por sus actos u omisiones se afecten las atribuciones del Instituto; o, cuando hayan sido sentenciados por un delito grave que merezca pena corporal.

Los comisionados durarán en su encargo nueve años, sin posibilidad de reelección, y durante el mismo no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión que sea remunerado. Solo podrán participar en actividades académicas de beneficio público sin recibir remuneración alguna.

IV. Toda la información en posesión de los sujetos obligados, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.

V. La información que se refiere a la vida privada...

VI. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno...

VII. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos.

VIII. Los sujetos obligados...

IX. Las leyes determinarán la manera...

X. La inobservancia a las disposiciones...”

Transitorios

Primero. La reforma al artículo 6 de la Constitución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Federación, los Estados y el Distrito Federal, aprobarán en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la reforma constitucional, las leyes secundarias que garanticen el cumplimiento de los anteriores principios y bases.

Tercero. Los comisionados de los Institutos serán electos en las elecciones siguientes a la entrada en vigor de la reforma constitucional. Los comisionados en funciones o cargos equivalentes continuarán desempeñándose en los mismos hasta que los nuevos comisionados tomen posesión de ellos.

Artículo Segundo. Se expide la Ley Federal de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales en posesión de autoridades federales, entidades de interés público, personas físicas y morales, y poderes fácticos.

LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE AUTORIDADES FEDERALES, ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO, PERSONAS FÍSICAS Y MORALES, Y PODERES FÁCTICOS.

LIBRO PRIMERODISPOSICIONES COMUNES PARA LOS SUJETOS OBLIGADOS TÍTULO IDisposiciones Generales CAPÍTULO ÚNICODisposiciones Generales

Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria de los artículos 6 segundo párrafo y 16 segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sus disposiciones son de orden público y tiene por objeto establecer los principios y bases para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, así como prever los derechos, principios y excepciones en materia de protección de datos personales en posesión de cualquier autoridad federal, entidad de interés público, personas físicas y morales y, poderes fácticos.

Artículo 2.Son sujetos obligados al cumplimiento de esta Ley:

a) El Poder Ejecutivo Federal, la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República;

b) El Poder Legislativo Federal, integrado por la Cámara de Diputados, la Cámara de Senadores, la Auditoria Superior de la Federación, y cualquiera de sus órganos e instancias;

c) El Poder Judicial de la Federación, integrado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, los Juzgados de Distrito, el Consejo de la Judicatura Federal, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y cualquiera de sus órganos e instancias;

d) Los organismos constitucionales autónomos previstos en la ley fundamental;

e) Los partidos políticos y agrupaciones políticas nacionales;

f) Los sindicatos y organizaciones de trabajadores y patrones derivadas de la Ley Federal de Trabajo que se constituyen para tutelar sus derechos e intereses;

g) Los ejidos;

h) Las organizaciones empresariales;

i) Las iglesias;

j) Los medios de comunicación electrónica;

k) Las personas morales y grupos sociales respecto a los recursos, apoyos y, beneficios fiscales que reciben de parte del Estado o respecto a los contratos que realizan con el Estado;

l) Las personas físicas respecto a los contratos de obra, adquisiciones y de servicios que realicen con el Estado;

m) Las personas físicas o morales en posesión de datos personales;

n) Los tribunales administrativos federales, integrados por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el Tribunal Superior Agrario y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, así como los Tribunales Militares;

o) El Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores;

p) Las Universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía;

q) Cualquier otro organismo, poder u órgano federal; y,

r) Los fideicomisos, fondos, sociedades, asociaciones o cualquier otra persona o contrato en donde participen instituciones, poderes u órganos federales, ya sea con recursos públicos o con otro tipo de participación.

Artículo 3.Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Archivos Administrativos: Los expedientes y documentos activos o en trámite cuya consulta es frecuente, así como los semiactivos que se consultan en forma esporádica y que se resguardan de manera precautoria hasta que se determine su destino final;

II. Clasificación: Acto por el cual se determina que la información que posee un sujeto obligado es reservada o confidencial;

III. Comité de información: Los comités de información de los sujetos obligados que se crean de acuerdo a la naturaleza jurídica de los sujetos obligados;

IV. Datos personales: La información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a una persona física, identificada o identificable, con independencia de que se encuentre en formato escrito, impreso, digital, sonoro, visual, electrónico, informático, holográfico o cualquier otro medio o soporte conocido o por conocerse;

V. Dependencias y entidades: Las señaladas en la Ley Orgánica de Administración Pública Federal, incluidas la Presidencia de la República, los órganos administrativos desconcentrados, así como la Procuraduría General de la República;

VI. Días: Días hábiles;

VII. Documentos: Cualquier registro que contenga información relativa al ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores públicos, tales como reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en formato escrito, impreso, digital, sonoro, visual, electrónico, informático, holográfico o cualquier otro medio o soporte conocido o por conocerse;

VIII. Expediente: Conjunto ordenado de documentos;

IX. Expediente judicial o del procedimiento administrativo seguido en forma de juicio: Las constancias y pruebas aportadas por las partes en los expedientes de un procedimiento judicial o administrativo seguido en forma de juicio;

X. Fuentes de datos personales de acceso público: Aquellas cuya consulta puede ser realizada por cualquier persona, sin más requisito que, en su caso, el pago de una contraprestación, de conformidad con lo señalado en las normas aplicables;

XI. Información: La contenida en los documentos que los sujetos obligados generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven por cualquier título, o bien aquella que por una obligación legal o administrativa deban de generar o conservar;

XII. Información confidencial: Aquella a la que se refiere expresamente esta Ley;

XIII. Información pública: Toda información en posesión de los sujetos obligados que no tenga el carácter de confidencial;

XIV. Información reservada: Aquella información pública cuyo acceso se encuentre temporalmente restringido en los supuestos y términos establecidos por esta Ley;

XV. Instituto: El Organismo garante del acceso a la información pública y la protección de datos personales denominado Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y de Protección a los Datos Personales.

XVI. Ley: La Ley Federal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales en posesión de poderes y órganos públicos federales, entidades de interés público, poderes fácticos y de personas físicas y morales;

XVII. Lineamientos: las disposiciones administrativas de carácter general expedidas por el Pleno del Instituto;

XVIII. Organismos constitucionales autónomos: El Instituto Federal Electoral, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Banco de México, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, las Universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, así como cualquier otro establecido con ese carácter en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XIX. Órganos impartidores de justicia: La Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, Juzgados de Distrito, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el Tribunal Superior Agrario, los Tribunales Militares, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje respecto de sus funciones jurisdiccionales;

XX. Publicación: la reproducción en medios electrónicos o impresos de información contenida en documentos para su conocimiento público;

XXI. Reglamentos o disposiciones generales: los preceptos administrativos que, en el ámbito de sus competencias, expidan el Titular el Poder Ejecutivo Federal y otros sujetos obligados en materia de la presente Ley;

XXII. Servidores Públicos: Los mencionados en el párrafo primero del artículo 108 Constitucional respecto del orden federal, así como las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en la Procuraduría General de la República;

XXIII. Seguridad nacional: Las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano en términos de lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley de Seguridad Nacional;

XXIV. Sistema de datos personales: El conjunto ordenado de datos personales que estén en posesión de un sujeto obligado, sea en formato escrito, impreso, digital, sonoro, visual, electrónico, informático, holográfico o cualquier otro medio;

XXV. Solicitud de acceso: La solicitud de información pública presentada anta una Unidad de Enlace en los términos señalados por esta Ley;

XXVI. Versión pública: La copia de un documento en el que, para permitir su acceso, se testa u omite la información clasificada como reservada o confidencial;

XXVII. Unidades de Enlace: Las Unidades previstas en esta ley y que deberán constituir los poderes y órganos públicos, las entidades de interés público, las personas físicas y morales y los poderes fácticos;

XXVIII. Unidades administrativas: Las que de acuerdo con la normatividad de cada uno de los sujetos obligados tengan información de conformidad con las facultades que les correspondan.

XXIX. Indicadores de gestión: Conjunto de mediciones que dan cuenta del beneficio a la sociedad que el ejercicio de recursos públicos y el cumplimiento de las funciones sustantivas de los sujetos obligados por la Ley generan y que pueden ser construidos como series de tiempo.

Artículo 4.Son objetivos de esta Ley y directivas interpretativas para las autoridades competentes en la aplicación de la ley y demás sujetos obligados:

I. Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información pública mediante procedimientos sencillos y expeditos;

II. Documentar y trasparentar el ejercicio de las funciones públicas gubernamentales y los demás sujetos obligados, a través de un flujo de información oportuno, verificable, inteligible, relevante e integral;

III. Promover una adecuada y oportuna rendición de cuentas de los sujetos obligados, a través de la publicación de información sobre su gestión y el ejercicio de los recursos públicos federales y de otros recursos de manera completa, veraz y oportuna y comprensible;

IV. Garantizar la protección de los datos personales en posesión de los sujetos obligados, mediante el reconocimiento de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la observancia de los principios y excepciones a los mismos;

V. Mejorar la gestión y administración de los documentos que obran en los archivos administrativos de los sujetos obligados;

VI. Establecer un catálogo de sanciones para aquellas conductas que contravengan las disposiciones previstas en esta Ley;

VII. Propiciar la participación ciudadana en la toma de decisiones gubernamentales y la evaluación de la políticas públicas, y

VIII. Contribuir a la consolidación de la democracia y la plena vigencia del Estado de derecho en México.

Artículo 5. Toda la información pública en posesión de los sujetos obligados tiene ese carácter y cualquier persona tendrá acceso a ella en los términos y condiciones que establece esta Ley.

Respecto de la información pública a que se refiere esta Ley, los sujetos obligados deberán observar, tanto en su aplicación como en su interpretación, los principios de máxima publicidad y disponibilidad de la información en posesión de los sujetos obligados.

Artículo 6. En caso de duda razonable sobre la clasificación de información pública como reservada, deberá optarse por su publicidad.

En lo no previsto por esta Ley aplicarán supletoriamente la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles, según corresponda.

Artículo 7. Los sujetos obligados por esta Ley deberán cumplir con lo siguiente:

I. Documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, incluso los procesos deliberativos, las reuniones y cualesquier gestión, tarea o función;

II. Constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental:

III. Publicar y mantener disponible en Internet la Información a que se refiere este capítulo;

IV. Garantizar el acceso a la información siguiendo los principios y bases establecida en esta Ley;

V. Establecer los procedimientos necesarios para la clasificación y publicación de la información;

VI. Asegurar la protección de los datos personales en su posesión con los niveles de seguridad que establezcan los Reglamentos o disposiciones generales correspondientes;

VII. Permitir el acceso de los particulares a sus datos personales y garantizar los derechos de rectificación, cancelación u oposición;

VIII. Capacitar en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales;

IX. Permitir que el Instituto tenga acceso a toda la información incluida la reservada y la confidencial , así como a los archivos administrativos y sistemas de datos personales para verificar el cumplimiento de esta Ley;

X: Remitir los informes que el Instituto les solicite a fin de que se incorporen al informe público que éste presenta anualmente ante el H. Congreso de la Unión;

XI. Acatar las resoluciones del Instituto y apoyarlo en el desempeño de sus funciones; y,

XII. Las demás disposiciones que se deriven de esta Ley, de sus Reglamentos o disposiciones generales en la materia y de los Lineamientos que correspondan.

TÍTULO IIInformación pública disponible en Internet CAPÍTULO IObligaciones de transparencia comunes para los sujetos obligados

Artículo 8. Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público, así como a difundir y actualizar la información pública a que se refiere este capítulo.

Artículo 9. La información publicada por los sujetos obligados en sus páginas de Internet cumplirá con las siguientes modalidades:

I. La página de inicio de sus portales de Internet tendrá un vínculo de acceso directo al sitio donde se encuentra la información pública a la que se refiere este Capítulo;

II. La información que se difunda en los portales de Internet deberá ser confiable, completa, actual, oportuna y verificable; y,

III. El lenguaje utilizado será claro, accesible que facilite su comprensión por los usuarios.

El Instituto establecerá los lineamientos necesarios para asegurar que la información cumpla con lo dispuesto en este artículo.

Artículo 10. Los reglamentos o disposiciones generales en la materia establecerán la periodicidad con la que se deberá actualizar la información en Internet por cada rubro temático, misma que no deberá exceder de tres meses. En todos los casos se deberá indicar en la página de Internet la fecha de actualización por cada rubro de información, así como la unidad responsable de generar la información.

La calidad de la información a que se refiere este capítulo será responsabilidad de las unidades que la proporcionen.

Artículo 11. Los sujetos obligados deberán poner a disposición de la sociedad de Internet la siguiente información:

I. Su estructura orgánica en un formato que permita vincular por cada eslabón de la estructura, las facultades y responsabilidades que le corresponden a cada órgano de conformidad con las disposiciones aplicables;

II. El directorio de los servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, con nombre, domicilio y números telefónicos oficiales y, en su caso, dirección de correo electrónico oficial;

III. Las remuneraciones de los servidores públicos, incluyendo el tabulador, sueldos y compensaciones brutos y netos, así como las prestaciones correspondientes del personal de base, de confianza y del contrato por honorarios. Igualmente el número total de las plazas contratadas por honorarios, especificando las vacantes por cada unidad;

IV. Un extracto de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos de mando superior o equivalente, mediante el cual pueda conocerse su situación patrimonial en los términos de lo que dispongan las leyes;

V. Una relación de las comisiones efectuadas por los servidores públicos en la que se especifique el nombre y cargó de éstos, los lugares a los que fueron comisionados, motivo, las fechas de inicio y término de las mismas, así como los montos de los viáticos otorgados y ejercicios para ese propósito, con base en los informes presentados por los servidores públicos para los efectos correspondientes;

VI. El perfil de los puestos de los servidores públicos de conformidad con el catálogo de puestos del servicio profesional de carrera o el instrumento equivalente y los datos curriculares de quienes ocupan esos puestos;

VII. El marco normativo completo aplicable a cada sujeto obligado;

VIII. Los trámites y servicios que ofrecen , así como un listado de los programas que administran, en donde se especifique la población objetivo a quien van dirigidos tales programas;

IX. Los programas de subsidio, estímulos y apoyos, incluyendo el diseño, ejecución, montos asignados y criterios acceso, así como las reglas de operación y los padrones de las personas beneficiarias de los mismos;

X. Respecto de las concesiones licencias, permisos y autorizaciones se deberá publicar so objeto, el nombre o razón social del titular, su tipo, así como indicar si corresponde al uso o aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos federales;

XI. Un listado de los contratos o convenios en materia de adquisiciones, prestación de servicios y obras públicas celebrados que relacioné el número de contrato o convenio, su fecha de celebración y modificación en su caso, el nombre o razón social del contratista y, si lo hubiere, el monto total de la contratación;

XII. La relativa a los convenios o contratos que los sujetos obligados celebren con los estados y los municipios o con otros países; organizaciones de la sociedad civil; sindicatos u organizaciones laborales, profesionales o empresariales; partidos políticos y cualquier otro tipo de agrupaciones; institucionales de enseñanza pública o privada; fundaciones; cualquier institución del Estado;

XIII. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal sindicalizado y de confianza que se encuentre adscrito a los sujetos obligados y los recursos económicos o en especie que por cualquier motivo se hayan entregado a los sindicatos, incluso los donativos y el monto global de las cuotas sindicales;

XIV. Una relación de los servidores públicos comisionados para desempeñar actividades distintas a su cargo o función por cualquier causa, incluso de carácter sindical;

XV. El Plan Nacional de Desarrollo o los correspondientes planes de los otros sujetos obligados, vinculados con sus programas y los respectivos indicadores de gestión o su equivalente que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas.

XVI. Los indicadores de gestión o su equivalente, sobre los que deberá difundirse, además del método de evaluación, una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos federales asignados para su ejecución;

XVII. Para los últimos 3 ejercicios fiscales, la relativa al presupuesto asignado en lo general y por programas, así como los informes sobre su ejecución en los términos de las disposiciones aplicables.

XVIII. Los calendarios de las reuniones de los diversos órganos colegiados o comisiones consultivas, intersecretariales o cualquier otra;

XIX. Domicilio y dirección de correo electrónico de la Unidad de Enlace, del Comité de Información y del área coordinadora de archivos;

XX. El cuadro general de clasificación archivística;

XXI. Con respecto a las auditorias o revisiones, un informe que contenga lo siguiente:

A. El programa de auditorías o revisiones a realizar en el ejercicios presupuestario respectivo;

B. Las auditorías o revisiones efectivamente realizadas y el nombre de la autoridad que las practicó;

C. Las observaciones solventadas de las auditorias o revisiones por cada rubro y sujeto a revisión, y

D. Respecto del seguimiento de los resultados de las auditarías o revisiones, las aclaraciones efectuadas por el sujeto obligado.

XXII. Los informes que debe rendir el sujeto obligado con el fundamento legal que sustenta su generación, así como su calendario de publicación, en su caso;

XXIII. El nombre de las personas físicas o morales, públicas o privadas a quienes, por cualquier motivo, se les entreguen recursos públicos federales, así como el monto correspondiente, y que no se ubique en alguna de las fracciones del presente artículo;

XXIV. Las solicitudes de acceso a la información pública y las respuestas que se les dé, incluyendo, en su caso, las información entregada, a través del sistema electrónico correspondiente, así como las resoluciones del Instituto u órgano garante competente respecto de los recursos de revisión que se hubieren presentado; y

XXV. Cualquier otra información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones responsabilidad del sujeto obligado.

Los sujetos obligados que no sean poderes públicos, órganos constitucionales autónomos o autoridades, deberán señalar en sus páginas de Internet los rubros del presente artículo que no le son aplicables.

CAPÍTULO IIObligaciones específicas para los sujetos obligados

Artículo 12.Además de las obligaciones comunes de transparencia, el Poder Ejecutivo, a través de las dependencias y entidades, deberá poner a disposición en Internet la siguiente información:

I. Los anteproyectos de Leyes y disposiciones administrativas de carácter general a las que se refiere el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, por lo menos con 20 días de anticipación a la fecha en que se pretenda publicar o someter a la firma del Titular del Poder Ejecutivo Federal, salvo que se determine a juicio de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal o de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, según sea el caso, que se publicación pueda comprometer seriamente los efectos que se pretenda lograr o que se trate de situaciones de emergencia de conformidad con lo dispuesto por la Ley mencionada;

II. El presupuesto de egresos aprobados por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y las fórmulas de distribución de los recursos federales a los las entidades federativas y los municipios, y

III. La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad de cada dependencia y entidad;

El Instituto podrá expedir lineamientos específicos para la publicación de la estadística, de los indicadores de gestión y, demás obligaciones comunes y específicas del Poder Ejecutivo.

Artículo 13. Además de las obligaciones comunes, la Procuraduría General de la República, la Secretaría de Seguridad Pública y los órganos a cargo de prevención y persecución de delitos, según corresponda, deberán publicar en Internet la siguiente información:

I. Las estadísticas e indicadores de gestión de la procuración de justicia;

II. El número de averiguaciones previas del año inmediato anterior en las que se ejerció la acción penal, el de las que se resolvió el no ejercicio de la acción penal y el de las que se enviaron a reserva;

III. Los criterios de evaluación del desempeño policial y un informe anual del mismo;

IV. El Plan de seguridad pública incluyendo diagnóstico, objetivos, líneas de acción e informe anual de evaluación de instrumentación;

V. Las convocatorias de ingreso y ascenso, incluidos los plazos, requisitos y procedimientos de selección, así como sus resultados,

VI. Los programas de capacitación inicial permanente, y

VII. Cuando se considere necesario, se publicarán las fotografías o retratos hablados de aquellos individuos a los que se le haya dictado sentencia condenatoria que se encuentren sustraídos de la acción de la justicia, en tanto que no haya prescrito la pena, y que por su peligrosidad sea necesaria la divulgación de su imagen para facilitar su identificación y ubicación.

Artículo 14. Además de las obligaciones comunes, el Poder Legislativo deberá publicar en Internet la siguiente información:

I. Los nombres, foto y currícula de los legisladores, incluyendo los suplentes, así como, en su caso, las comisiones o comités a los que pertenecen y las funciones que realicen en los órganos legislativos;

II. La agenda legislativa de cada Grupo Parlamentario;

III. El sentido del voto por cada legislador en los casos de nuevas leyes y reformas constitucionales o legales así como en la elección o ratificación de nombramientos que se voten en forma nominal;

IV. Las listas de asistencia y votación de cada una de las sesiones, tanto del Pleno como de las Comisiones;

V. Las iniciativas de Ley, decreto, minutas, acuerdos o cualquier otra disposición de carácter general, señalando además, el nombre de quienes la presentaron, la fecha en que se recibió, las comisiones o comités a los que dé turnó, y los dictámenes que, en su caso, recaigan sobre las mismas;

VI. Las reformas constitucionales, legales, decretos y acuerdos aprobados por el Congreso de la Unión o la Comisión Permanente;

VII. El Diario de Debates y la Gaceta Parlamentaria;

VIII. Los resultados de los estudios o investigaciones de naturaleza económica, política y social que realicen los centros de estudios;

IX. Las dietas de los legisladores y las partidas presupuestales asignadas a los Grupos Parlamentarios, las Comisiones o Comités, la Mesa Directiva, la Junta de Coordinación Política y los demás órganos del Congreso, así como los responsables de ejercerlas, y

X. Los demás informes que deban presentarse conforme a las Leyes Orgánicas respectivas.

Los Grupos del Congreso deberán publicar en Internet informes detallados sobre el ejercicio de las partidas presupuestales que se le asignen.

Artículo 15. Además de las obligaciones comunes, el Instituto Federal Electoral deberá hacer pública en Internet la siguiente información:

I. Los informes que presenten los partidos y agrupaciones políticas;

II. Las resoluciones sobre quejas resueltas por violaciones a la normatividad aplicable;

III. Las actas y Acuerdos del Consejo General y de la Junta General Ejecutiva;

IV. Los programas institucionales en materia de capacitación, educación cívica y fortalecimiento de los partidos políticos;

V. La división del territorio en distrito electorales uninominales y plurinominales;

VI. Listado de partidos políticos y las agrupaciones políticas nacionales, nombres de sus dirigentes y las retribuciones que éstos reciben;

VII. El registro de candidatos a cargo de elección popular;

VIII. Montos de financiamiento público por actividades ordinarias, de campaña y específicas otorgadas a los partidos políticos, así como los montos autorizados de financiamiento privado y los topes de los gastos de precampañas y campañas;

IX. Los cómputos totales de los comicios;

X. Los acuerdos, dictámenes y resoluciones aprobados por los órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia del Instituto Federal Electoral con los respectivos votos particulares si lo hubiere;

XI. Datos estadísticos del padrón electoral y de la lista nominal;

XII. Resultado del monitoreo de medios de comunicación durante los procesos electorales, y

XIII. La que resulte relevante sobre sus funciones.

Artículo 16.Además de las obligaciones comunes, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos deberá poner a disposición en Internet la siguiente información:

I. Las recomendaciones emitidas, su destinatario y el estado que guarda su atención;

II. Sobre los recursos de queja e impugnación, el estado procesal en que se encuentran y, en el caso de los expedientes concluidos, el concepto por el cual llegaron a ese estado. Toda información por destinatario de la recomendación;

III. Estadísticas sobre las denuncias presentadas que permitan identificar el género de la víctima, su ubicación geográfica, edad y el tipo de queja, y

IV. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante.

Artículo 17. Además de las obligaciones comunes, las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, deberán hacer pública en Internet la siguiente información:

I. Los planes y programas de estudio según el sistema que ofrecen, ya sea escolarizado o abierto, con las áreas de conocimiento, el perfil profesional de quien cursa el plan de estudios, la duración del programa con las asignaturas por semestre, su valor en créditos y una descripción sintética para cada una de ellas;

II. Los estados de su situación financiera, señalado su activo en propiedades y equipo, inversiones patrimoniales y fideicomisos, efectivo y los demás que apliquen para reconocer el estado que guarda su patrimonio;

III. La información relacionada con los procedimientos de admisión a sus programas académicos;

IV. El resultado de las evaluaciones de la planta académica y administrativa;

V. La remuneración de los profesores, investigadores y autoridades universitarias, incluyendo los estímulos al desempeño, nivel y monto;

VI. Una lista actualizada con los nombre de los profesores e investigadores con licencia, en año sabático o en comisión, y

VII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante.

Artículo 18. Además de las obligaciones comunes, el Instituto deberá hacer pública en Internet la siguiente información:

I. Las resoluciones de los recursos de revisión emitidas;

II. Los estudios y opiniones de carácter técnico que apoyan la resolución de los recursos de revisión;

III. Estadísticas sobre las solicitudes que deberán incluir el número de solicitudes de acceso a la información presentadas ante cada Unidad de Enlace de las dependencias y entidades y demás sujetos obligados, así como su resultado, su tiempo de respuesta, el número y resultado de los recursos de revisión sustanciados y otros asuntos atendidos, el estado que guardan las denuncias presentadas ante la Secretaría de la Función Pública y las dificultades observadas en el cumplimiento de la Ley;

IV. Las actas de las sesiones del pleno del Instituto y su Órgano de Gobierno;

V. Los resultados de la evaluación del cumplimiento de la Ley,

VI. Los estudios e investigaciones que por si mismo o a través de terceros lleve a cabo, y que no se refieran a lo dispuesto en la fracción II de este artículo;

VII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante.

Artículo 19.Además de las obligaciones comunes, el Poder Judicial de la Federación y los demás órganos e instancias de justicia deberán hacer pública en Internet la siguiente información:

I. Su estructura jurisdiccional y administrativa;

II. Las funciones de las unidades jurisdiccionales, así como de las unidades administrativas;

III. El directorio de los funcionarios judiciales y administrativos. En el caso de los primeros deberá incluir desde el nivel de actuario o equivalente;

IV. Las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas o planes de trabajo;

V. Los servicios que ofrezcan distintos a los jurisdiccionales, así como los trámites administrativos, requisitos y formatos que, en caso, sean necesarios para acceder a ellos;

VI. La información desagregada sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución;

VII. Los principales indicadores sobre la actividad jurisdiccional que deberán incluir, al menos, los asuntos ingresados, egresados y en proceso, por órgano jurisdiccional; las sanciones disciplinarias identificando al personal sancionado; el número de sentencias dictadas, y, en su caso, el sentido de las mismas por órgano jurisdiccional;

VIII. Las listas de acuerdos, las sentencias relevantes con los respectivos votos particulares si los hubiere y la jurisprudencia en su caso;

IX. Las convocatorias a concurso para ocupar cargos jurisdiccionales y los resultados de los mismos, así como los procesos de ratificación de los funcionarios judiciales;

X. Los perfiles y formas de evaluación del personal judicial y administrativo, y

XI. Cualquier otra información que se considere relevante.

Artículo 20.El acceso y publicación de la información jurisdiccional tiene las siguientes finalidades:

I. Proporcionar a las partes de un proceso o procedimiento información relevante sobre las incidencias del mismo;

II. Dar a conocer a la sociedad en general la información que se genera en los procesos o procedimientos, con el objeto de divulgar la manera en la que se interpreta y aplica el derecho, y

III. Asegurar una adecuada rendición de cuentas de los órganos de impartición de justicia.

El acceso y publicación de información jurisdiccional deberá realizarse atendiendo a alguna de las finalidades antes expresadas y, en cualquier caso, la divulgación de información deberá asegurar la protección de los datos personales y la información protegida de conformidad con las disposiciones respecto de los niveles de protección a que alude esta Ley.

Artículo 21. La información contenida en las resoluciones intraprocesales o las que ponen fin al procedimiento, tendrá el carácter de pública salvo que se trate de los siguientes casos:

I. Asuntos relacionados con menores o incapaces;

II. Asuntos del orden familiar en donde se ponga en peligro la integridad de las personas, y

III. Delitos sexuales u otros delitos en los que se ponga en peligro la integridad personal o moral de las víctimas.

Artículo 22.Respecto de las constancias y pruebas aportadas por las partes en un proceso o procedimiento judicial o administrativo, el acceso será posible una vez que concluya la respectiva etapa procesal, exista sentencia o el asunto haya causado estado, salvo que se trate de información reservada o confidencial.

CAPÍTULO IIIObligaciones específicas de las entidades de interés público y poderes fácticos

Artículo 23. Los otros sujetos obligados que no sean autoridad están obligados a cumplir con las disposiciones de esta ley cuando sus normas les sean aplicables. Además de las obligaciones genéricas señalas por este ordenamiento, tendrán las obligaciones específicas que determina este capítulo.

Artículo 24.Los partidos políticos deberán poner a disposición en Internet, la siguiente información:

I. La prevista en el artículo 42 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales;

II. La relativa a los procesos deliberativos internos cuando concluya la toma de decisiones o las etapas de algún procedimiento;

III. La correspondiente a estrategias políticas, a las precampañas y campañas electorales, cuando hayan concluido los respectivos procesos electorales;

IV. La relativa a las encuestas, una vez que concluyan los procesos electorales;

V. La relación de sus ingresos públicos y privados y el destino pormenorizado de sus egresos;

VI. La referente a su patrimonio;

VII. Las sanciones que les hayan sido impuestas por las autoridades electorales, una vez que éstas queden firmes;

VIII. La que tenga que ver con sus derechos, obligaciones y funciones, que no tenga carácter confidencial o reservado; y,

IX. Los nombres de sus dirigentes y las retribuciones que éstos reciban.

Artículo 25. Los sindicatos deberán hacer pública en internet la siguiente información:

I. El monto de las cuotas sindicales y el destino que éstas tienen;

II. Los ingresos, egresos y el patrimonio sindical;

III. La relativa a los procesos deliberativos internos cuando concluya la toma de decisiones o las etapas de un procedimiento;

IV. Las sanciones que les hayan sido impuestas por las autoridades, una vez que éstas queden firmes;

V. La que tenga que ver con sus derechos, obligaciones y funciones, que no tenga carácter confidencial o reservado;

VI. Los nombres de sus dirigentes y las retribuciones que éstos reciban;

VII. Los conflictos laborales de carácter administrativo o jurisdiccional en los que hayan sido parte;

VIII. El número y nombre de los afiliados a los sindicatos;

IX. El nombre de los comisionados sindicales;

X. El resultado de las negociaciones colectivas del trabajo y su proceso deliberativo cuando éste haya concluido;

XI. Sus documentos básicos y su estructura organizativa; y,

XII. Las sedes sindicales.

Artículo 26. Las organizaciones empresariales deberán hacer pública en internet la siguiente información:

I. Los ingresos, egresos y el patrimonio de la organización;

II. La relativa a los procesos deliberativos internos cuando concluya la toma de decisiones o las etapas de cualquier procedimiento;

III. El número y nombre los afiliados;

IV. El monto y destino de las cuotas de los afiliados;

V. Las sanciones que les hayan sido impuestas por las autoridades cuando éstas hayan quedado firmes;

VI. Sus documentos básicos y su estructura organizativa;

VII. El nombre y retribuciones de sus dirigentes;

VIII. Las decisiones adoptadas por sus órganos directivos;

IX. La que tenga que ver con sus derechos, obligaciones y funciones y que no tenga carácter confidencial o reservado;

X. Las sedes de las organizaciones.

Artículo 27. Las iglesias deberán hacer pública en internet la siguiente información:

I. Los ingresos, egresos y su patrimonio.

II. La estructura organizacional de las mismas;

III. Sus documentos básicos;

IV. El nombre de sus dirigentes y las retribuciones que reciben;

V. La relativa a los procesos deliberativos internos cuando concluya la toma de decisiones o las etapas de cualquier procedimiento;

VI. El número y nombre los afiliados;

VII. El monto y destino de las cuotas y apoyos de los afiliados y miembros;

VIII. Las sanciones que les hayan sido impuestas por las autoridades cuando éstas hayan quedado firmes;

IX. Las decisiones de sus órganos directivos;

X. La que tenga que ver con sus derechos, obligaciones y funciones y que no tenga carácter confidencial o reservado; y,

XI. Sus sedes.

Artículo 28. Los ejidos deberán hacer pública en internet la siguiente información:

I. Los ingresos, egresos y su patrimonio.

II. Su estructura y organización;

III. Sus documentos básicos;

IV. El nombre de sus directivos y las retribuciones que reciben;

V. La relativa a los procesos deliberativos internos cuando concluya la toma de decisiones o las etapas de cualquier de cualquier procedimiento;

VI. El número y nombre los afiliados;

VII. El monto y destino de las cuotas y apoyos de los afiliados y miembros;

VIII. Las sanciones que les hayan sido impuestas por las autoridades cuando éstas hayan quedado firmes;

IX. Las decisiones de sus órganos directivos;

X. La que tenga que ver con sus derechos, obligaciones y funciones y que no tenga carácter confidencial o reservado; y,

XI. Sus domicilios.

Artículo 29.Los medios de comunicación electrónica deberán hacer pública en internet la siguiente información:

I. La concerniente a sus ingresos, egresos y patrimonio;

II. Su estructura organizacional;

III. La información pormenorizada sobre las concesiones y permisos que hayan sido otorgados por las autoridades competentes;

IV. El espacio radioeléctrico que ocupan y las frecuencias que emplean;

V. El nombre de sus directivos y las retribuciones que reciben;

VI. La relativa a los procesos deliberativos internos cuando concluya la toma de decisiones o las etapas de cualquier procedimiento;

VII. Las sanciones que les hayan sido impuestas por las autoridades cuando éstas hayan quedado firmes;

VIII. Las decisiones de sus órganos directivos;

IX. La que tenga que ver con sus derechos, obligaciones y funciones y que no tenga carácter confidencial o reservado; y,

X. Sus domicilios.

TÍTULO IIIDe la información reservada y confidencial CAPÍTULO IDe la Información reservada

Artículo 30. La información pública podrá reservarse temporalmente por causas de interés público y conforme las modalidades establecidas en la presente Ley.

Artículo 31. Como información reservada podrá clasificarse aquélla cuya difusión pueda:

I. Comprometer la seguridad o la defensa nacional, así como la seguridad pública;

II. Menoscabar la conducción de las relaciones o negociaciones internacionales, incluida aquella información que otros Estados u organismos internacionales entreguen con carácter de confidencial al Estado Mexicano;

III. Dañar la estabilidad financiera, económica o monetaria del país;

IV. Poner en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona;

V. Causar un serio perjuicio a:

a) Las actividades de verificación del cumplimiento de las leyes;

b) la prevención o persecución de los delitos;

c) la recaudación de las contribuciones;

d) las operaciones del control migratorio;

e) las estrategias procesales de los sujetos obligados en procesos judiciales y administrativos seguidos en forma de juicio;

VI. Poner en riesgo la implementación, administración y seguridad de los sistemas de datos personales, y

VII. En los procesos deliberativos, la información será reservada sólo cuando se esté en los supuestos anteriores y en los del artículo siguiente. En todos los demás casos será pública. Aunque se trate de deliberación sobre información reservada se deberá documentar tanto el proceso deliberativo como la decisión definitiva. Cuando la ley prevea procedimientos o procesos orales, éstos invariablemente serán públicos.

Artículo 32.También se considerará como información reservada:

I. Los expedientes de averiguaciones previas sólo cuando se encuentran en trámite, una vez concluidas serán públicas. También serán públicas las averiguaciones previas en trámite que estén inactivas por más de un año;

II. Los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio que se encuentren en trámite, salvo cuando hayan quedado firmes las etapas procesales, pues entonces cada una de dichas fases serán públicas;

III. Los expedientes de los procedimientos en trámite para fincar responsabilidad a los servidores públicos, salvo cuando hayan concluido de manera firme alguna etapa procesal o procedimental, pues cada una de éstas deberá ser pública.

En todos los casos de este artículo, una vez que las resoluciones respectivas causen estado, los expedientes serán públicos. También serán públicos los procedimientos o procesos orales y las audiencias que entrañen desahogo de pruebas y alegatos.

Artículo 33. La resolución de los Comités de Información o de los representantes legales que confirmen la clasificación de información deberá estar fundada y motivada. La motivación de la información reservada con fundamento en alguna causal prevista en esta Ley, deberá incluir los elementos objetivos a partir de los cuales pueda inferirse que con el acceso a la información existe una alta probabilidad de dañar el interés público.

No podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de información relacionada con la investigación de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad.

Artículo 34. La información clasificada como reservada según los artículos podrá permanecer con tal carácter hasta por un periodo de tres años. Antes de ese plazo esta información deberá ser desclasificada cuando se extingan las causas que dieron origen a su clasificación o cuando haya transcurrido el periodo de reserva. Este periodo podrá ser excepcionalmente renovado, siempre que subsistan las causales que le dieron origen.

Artículo 35. La información deberá ser clasificada por el titular de la unidad administrativa o, en su caso, por los representantes legales de cada sujeto obligado, en el momento en que se genera el documento o el expediente, o en el que se reciba una solicitud de acceso a la información, en cuyo caso deberá tomarse en consideración la fecha en que se generó el documento o expediente para efectos del periodo de clasificación.

El titular de cada dependencia, entidad, poder y los representantes legales de cada sujeto obligado deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar la custodia y conservación de los expedientes clasificados.

Artículo 36. El Instituto mediante reglamentos o disposiciones generales establecerá los criterios para la clasificación y desclasificación de la información reservada, que deberán incluir aquéllos para aplicar la prueba de daño o de interés público, de conformidad con las disposiciones de este capítulo.

Artículo 37. En todo momento, el Instituto y los órganos garantes según corresponda, tendrán acceso a la información reservada o confidencial para determinar su debida clasificación, desclasificación, la procedencia de renovar el período de clasificación, así como la procedencia de otorgar su acceso o verificar el cumplimiento de la Ley.

CAPÍTULO IIDe la información confidencial

Artículo 38. Como información confidencial se considerará:

I. Los datos personales en los términos del Libro Segundo de esta Ley;

II. La protegida por los secretos industriales, bancario, fiduciario, fiscal , cuyos supuestos se encuentren taxativamente previstos en la ley y no contradigan los fines constitucionales ni tiendan a menoscabar los fines de esta ley. La información industrial de los sujetos obligados que sean parte de los poderes públicos no será reservada ni confidencial;

III. La relativa a un denunciante, denunciado, testigo o víctima de un delito y sus familiares, y;

IV. La entregada con tal carácter por los particulares de conformidad con lo dispuesto en el siguiente artículo.

Artículo 39. Los particulares podrán entregar a los sujetos obligados la siguiente información con carácter de confidencial:

I. La relativa al patrimonio de una persona, con excepción de la referente al patrimonio de cualquiera de los sujetos obligados, y

II. La que comprenda hechos y actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo relativos a una persona física o moral ajenos a las funciones y competencias de los sujetos obligados.

Artículo 40. No se considerará información confidencial:

I. La que se halle en registros públicos o fuentes de datos personales de acceso público, en cuyo caso se le hará saber al solicitante el lugar y la forma en que puede consultar esta información;

II. La relativa a operaciones fiscales cuya titularidad corresponda a cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo federal, estatal o municipal, y

III. Aquella que por ley tenga el carácter de pública.

Artículo 41. La información confidencial tendrá tal carácter de manera indefinida y sólo podrán tener acceso a ella los titulares de la misma, los servidores públicos facultados para ello y, las autoridades en ejercicio de sus facultades legales.

Artículo 42. Los sujetos obligados que se constituyan como fideicomitentes o fideicomisarios de fideicomisos públicos, o como titulares de operaciones bancarias o fiscales que involucren recursos públicos federales, no podrán clasificar la información relativa al ejercicio de dichos recursos como secreto industrial, fiduciario, bancario o fiscal.

Artículo 43. Los titulares de los sujetos obligados que coordinen la operación de los fideicomisos, mandatos o contratos análogos, así como de las entidades que figuren como fideicomitentes o que celebren este tipo de contratos, deberán realizar los actos necesarios a fin de que se autorice a la fiduciaria, en los contratos respectivos, a proporcionar la información a que se refiere el párrafo anterior, sin que requiera autorización por cada solicitud, así como de cuidar que las reglas de operación que, en su caso, se emitan y las modificaciones que excepcionalmente se propongan a las mismas, no desvirtúen los propósitos, bases de control y objetivos para los que fueron constituidos aquellos.

En cualquier caso, la información sobre fideicomisos, mandatos o cualquier contrato o acto jurídico análogo es pública.

Artículo 44.No se considerará información confidencial aquella relativa a los montos y a las personas a las que se les hayan autorizado condonaciones, exenciones, subsidios, estímulos fiscales, o cualquier otro beneficio fiscal, así como las razones en virtud de las cuales les fue otorgado dicho beneficio.

Artículo 45. La información confidencial a que se refiere este capítulo podrá divulgarse cuando, ante la presentación de un recurso de revisión, a juicio del Instituto, existan razones de interés público relacionadas con los objetivos de esta Ley debidamente acreditadas. Para este efecto, podrá mediar petición del recurrente, quien aportará los elementos de prueba que considere pertinentes, o bien el Instituto podrá hacerlo de oficio cuando durante la sustanciación de un recurso considere que existen elementos que justifiquen la divulgación de la información confidencial.

Para este efecto, durante la sustanciación del recurso de revisión, deberá respetarse la garantía de audiencia de los titulares de la información confidencial y el Instituto deberá realizar una valoración objetiva, cuantitativa y cualitativa de los intereses en conflicto que permita razonablemente asegurar que los beneficios sociales de divulgar la información serán mayores a la eventual afectación de otros intereses.

CAPÍTULO IIIGestión documental y archivos administrativos

Artículo 46. Los sujetos obligados deberán preservar los documentos y expedientes en archivos administrativos organizados y actualizados, de conformidad con las disposiciones de este Capítulo y demás disposiciones aplicables, asegurando su adecuado funcionamiento.

Artículo 47. En el manejo de los documentos, los sujetos obligados deberán observar los principios de disponibilidad, eficiencia, localización expedita, integridad y conservación.

Artículo 48. Los sujetos obligados contarán con un área coordinadora de archivos y responsables para los archivos de trámite, concentración y, en su caso, histórico, quienes elaborarán los instrumentos de control y consulta que permitan la correcta y adecuada organización, descripción, localización y conservación de documentos, que incluyan al menos:

I. El cuadro general de clasificación archivística;

II. El catálogo de disposición documental, y

III. Los inventarios documentales por expediente general, de transferencias y de bajas.

Artículo 49. Son competentes para regular en materia de archivos:

I. El Instituto establecerá los lineamientos específicos en materia de archivos administrativos, y

II. Tratándose de los otros sujetos obligados, que no sean autoridad, deberán designar al responsable de la organización de sus archivos.

Artículo 50. La regulación en materia de archivos deberá tomar en consideración las normas archivísticas internacionalmente reconocidas.

Artículo 51. El cuadro general de clasificación deberá contener al menos los tres niveles de descripción siguientes: fondo, sección y serie documental, sin perjuicio de que existan niveles intermedios según se requiera. La conformación del cuadro general de clasificación será con base en sus funciones o atribuciones.

Los sujetos obligados deberán elaborar y poner a disposición del público una guía simple de los archivos y su organización, que contenga la descripción de las series documentales vinculadas a sus unidades administrativas, así como datos del responsable del archivo.

Artículo 52. Para la mejor administración de los archivos en posesión de los sujetos obligados, éstos a través de sus instancias competentes en materia de archivos, desarrollarán una herramienta informática que permita al particular conocer de manera actualizada, entre otras, las siguientes informaciones:

a) El cuadro general de clasificación archivística, el catálogo de disposición documental y la guía simple de archivo;

b) La clasificación de la información como reservada o confidencial a nivel de serie documental, y

c) Los inventarios de bajas documentales.

Los sujetos obligados deberán actualizar anualmente la información contenida en la herramienta informática.

Artículo 53. Los sujetos obligados deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar la custodia y conservación de los expedientes clasificados.

Artículo 54.Tratándose de información reservada, no podrá determinarse su destino final, es decir, su baja documental o su conservación permanente por contar con valores históricos, hasta su desclasificación.

A partir de la desclasificación de información reservada, ésta no será susceptible de baja documental, hasta en tanto no transcurra un plazo igual a aquél en que estuvo reservada, a efecto de garantizar el derecho de acceso a la información pública.

Artículo 55.El destino final de los documentos, es decir, su baja documental o su conservación permanente por contar con valores históricos será declarada por el Archivo General de la Nación.

Artículo 56. Los archivos históricos tendrán el carácter de públicos y su acceso procederá en términos de las disposiciones aplicables.

Artículo 57. El Instituto y, en su caso, el Archivo General de la Nación, emitirá criterios respecto de la administración y resguardo de documentos electrónicos, a fin de asegurar su disponibilidad, integridad y autenticidad de conformidad con los estándares internacionales.

CAPÍTULO IVCostos de Acceso

Artículo 58. Los costos de las modalidades para obtener acceso a la información no podrá ser superiores a la suma de:

I. El costo de la reproducción de la información, y

II. El costo de envío.

Artículo 59. Las cuotas aplicables deberán estar establecidas en la Ley Federal de Derechos. En el caso de sujetos obligados que no sean autoridad el costo de acceso no podrá ser mayor al previsto en la Ley Federal de Derechos.

LIBRO SEGUNDODE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES TÍTULO IProtección de Datos Personales CAPÍTULO IDe los principios en materia de Protección de Datos Personales

Artículo 60. Los sujetos obligados, al tratar los sistemas de datos personales, deberán observar los principios de consentimiento, información al titular de los mismos, licitud, calidad, confidencialidad y seguridad, así como garantizar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de la presente Ley.

Artículo 61. Para efectos de este libro, además de las definiciones establecidas en el artículo 3 se entenderá por:

I. Bloqueo: La conservación de datos personales una vez cumplida la finalidad para la que fueron recabados, con el único propósito de determinar posibles responsabilidades en relación con su tratamiento, hasta el plazo de prescripción legal o contractual de éstas. Durante dicho periodo, los datos personales no podrán ser objeto de tratamiento y transcurrido éste, se procederá a su supresión en la base de datos que corresponda;

II. Consentimiento: Toda manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el interesado consienta el tratamiento de datos personales que le conciernen;

III. Datos personales especialmente protegidos: La información de una persona concerniente a su salud, origen étnico o racial, vida afectiva y familiar, ideología y opinión política, filiación sindical, creencia o convicción religiosa o filosófica, estado de salud físico o mental, preferencias sexuales, vida sexual, información biométrica o genética, entre otras;

IV. Disociación: El procedimiento mediante el cual los datos personales no pueden asociarse al titular ni permitir, por su estructura, contenido o grado de desagregación, la identificación individual del mismo;

V. Encargado: El servidor público o cualquier otra persona física o moral facultada por un instrumento jurídico o expresamente autorizado por el responsable para llevar a cabo el tratamiento físico o automatizado de los datos personales;

VI. Interesado: Persona física titular de los datos personales que sean objeto del tratamiento;

VII. Responsable: El servidor público titular de la unidad administrativa o la persona física o moral, responsable de las decisiones sobre el tratamiento físico o automatizado de datos personales, así como del contenido y finalidad de los sistemas de datos personales;

VIII. Tercero. La persona física o moral, pública o privada, autoridad, entidad, órgano u organismo distinta del interesado, del responsable del tratamiento, del responsable del sistema de datos personales, del encargado del tratamiento y de las personas autorizadas para tratar los datos bajo la autoridad directa del responsable del tratamiento o del encargado del tratamiento;

IX. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones, efectuadas mediante procedimientos automatizados o físicos, aplicada a datos personales, como la obtención, registro, organización, conservación, elaboración, modificación, extracción, consulta, utilización, comunicación por transmisión, difusión o cualquier otra forma, que facilite el acceso a los datos personales, su cotejado o interconexión, así como su bloqueo, supresión o destrucción, y

X. Transmisión: Toda comunicación o cesión de datos personales a una persona distinta del interesado. No se considerará como tal la efectuada por el responsable al encargado de los datos personales.

Artículo 62. El tratamiento de los datos personales requerirá el consentimiento del interesado, salvo las excepciones señaladas en esta Ley. Tal consentimiento podrá ser revocado cuando exista causa justificada para ello sin que se le atribuyan efectos retroactivos.

Los sujetos obligados no podrán difundir o transmitir los datos personales contenidos a que haga referencia la información. Al efecto, la Unidad de Enlace o el representante legal correspondiente contará con los formatos necesarios para recabar dicho consentimiento, pudiendo utilizarse, en su caso, medios electrónicos.

Artículo 63. No será necesario el consentimiento para obtención de los datos personales cuando:

I. Se recaben para el ejercicio de las atribuciones legales conferidas a los sujetos obligados;

II. Se refieran a una relación de negocios, laboral o administrativa siempre y cuando sean pertinentes;

III. Sean necesarios para efectuar un tratamiento para la prevención o para el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria o tratamientos médicos o la gestión de servicios sanitarios, siempre que el interesado no esté en condiciones de otorgar el consentimiento y que dicho tratamiento de datos se realice por una persona sujeta al secreto profesional u obligación equivalente;

IV. Se afecte la seguridad nacional, la seguridad o salud pública, o las actividades de prevención y persecución se los delitos, o

V. Los datos figuren en fuentes de datos personales de acceso público y se requiera su tratamiento.

Artículo 64. Los responsables deberán informar a los interesados de modo expreso, preciso e inequívoco y mediante un aviso de privacidad lo siguiente:

I. Que sus datos se incorporarán a un sistema de datos personales, la finalidad del tratamiento y los destinatarios;

II. Del carácter obligatorio o facultativo de la entrega de los datos personales;

III. De las consecuencias de la negativa a suministrarlos;

IV. De la posibilidad que estos datos sean transmitidos, en cuyo caso deberá constar el consentimiento expreso de la persona;

V. De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, y

VI. Del cargo y dirección del responsable.

No será necesaria la información a que se refieren las fracciones I, III, IV y V si el contenido de ella se deduce claramente de la naturaleza de los datos personales que se solicitan o de las circunstancias en que se obtienen.

Cuando los datos personales no hayan sido obtenidos del interesado, el responsable del sistema de datos personales deberá dar a conocer el aviso de privacidad, a través de mecanismos impresos, sonoros, visuales, electrónicos o cualquier otro, dentro de los tres meses siguientes al momento del registro de los datos, salvo que exista constancia que el interesado ya fue informado del contenido de las fracciones I, IV, V y VI del presente artículo.

Artículo 65.Lo dispuesto en el artículo anterior no será aplicable cuando:

I. El tratamiento tenga fines históricos, estadísticos o científicos, o

II. Cuando dar la información al interesado a que se refiere el artículo anterior resulte imposible o exija esfuerzos desproporcionados, a criterio de la autoridad competente en la materia, en consideración al número de titulares, a la antigüedad de los datos y a las posibles medidas compensatorias.

Artículo 66. Los sujetos obligados desarrollarán o tendrán sistemas de datos personales sólo cuando estos se relacionen directamente con sus facultades o atribuciones legales o reglamentarias. En todos los casos, los datos personales deberán obtenerse conforme las disposiciones de esta Ley, sus Reglamentos o disposiciones generales.

Artículo 67. Los datos personales sólo podrán recabarse y ser objeto de tratamiento cuando sean exactos, adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y la finalidad para las que se hayan obtenido.

Los sujetos obligados deberán actualizarlos de conformidad con la normatividad aplicable.

Artículo 68.Los datos personales no podrán usarse para finalidades distintas a aquéllas para los cuáles fueron obtenidos o tratados. No se considerará como una finalidad distinta el tratamiento con fines históricos, estadísticos o científicos.

Artículo 69. Los responsables deberán garantizar el manejo confidencial de los datos personales, por lo que no podrán divulgarlos o trasmitirlos salvo por disposición legal o cuando medie el consentimiento del interesado.

Artículo 70. Los responsables deberán adoptar las medidas de índole técnico y organizativo necesarias que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado. Dichas medidas serán adoptadas en relación con el menor o mayor grado de protección que ameriten los datos personales de conformidad con los criterios establecidos en este Ley.

Artículo 71.Los datos personales que haya sido objeto de tratamiento, deberán ser suprimidos una vez que concluya el plazo de conservación establecido en el catálogo de disposición documental o por las otras disposiciones aplicables. Los datos personales sólo podrán ser conservados mientras subsista la finalidad para la que fueron recabados.

Artículo 72. Los datos personales relativos a estados de salud, ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen social o étnico, vida sexual u otros que afecten la intimidad, sólo podrán ser recabados o tratados cuando, por razones de interés general así lo disponga una Ley o, el interesado lo consienta expresamente.

Artículo 73. Quedan prohibidos los sistemas de datos personales creados con la finalidad exclusiva de almacenar los datos a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 74. Los datos personales relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas únicamente podrán ser incluidos en los sistemas de datos personales de los sujetos obligados competentes en los supuestos previstos por la ley.

CAPÍTULO IIDe los Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

Artículo 75. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales son derechos independientes. El ejercicio de cualquiera de ellos no es requisito previo ni impide el ejercicio del otro. La procedencia de estos derechos, en su caso, se hará efectiva una vez que el interesado o su representante legal acrediten su identidad o representación, respectivamente.

Artículo76. El interesado tiene derecho a tener acceso a sus datos personales gratuitamente, a conocer el origen de dichos datos así como las transmisiones realizadas o que se prevean hacer de los mismos en términos de lo previsto por esta Ley.

Artículo 77. El interesado tendrá derecho a rectificar sus datos personales cuando sean inexactos o incompletos.

Artículo 78. El interesado tendrá derecho a cancelar sus datos personales cuando:

I. El tratamiento de los mismos no se ajuste a lo dispuesto por la Ley, sus reglamentos o disposiciones generales respectivas;

II. Hubiere ejercido el derecho de oposición y este haya resultado procedente.

Cuando un dato personal sea cancelado, el mismo será susceptible de ser bloqueado.

Artículo 79. Cuando los datos personales hubiesen sido trasmitidos con anterioridad a la fecha de rectificación o cancelación, el responsable deberá hacer del conocimiento de las personas a quienes se les hubiera trasmitido, dicha rectificación o cancelación, quienes deberán realizar también la cancelación o rectificación.

Artículo 80. El interesado tendrá derecho a oponerse al tratamiento de los datos personales que le conciernan, en los supuestos que los datos se hubiesen recabado sin su consentimiento o, cuando existan motivos fundados para ello o la Ley no disponga lo contrario. De actualizarse tales supuestos, el responsable del sistema deberá excluir del tratamiento los datos relativos al interesado.

CAPÍTULO IIIDel Procedimiento para el ejercicio de los derechos en materia de protección de datos personales

Artículo 81.Sin perjuicio de lo que dispongan otras Leyes, sólo los interesados o sus representantes legales podrán solicitar a una Unidad de Enlace o al representante legal del sujeto obligado o a la persona que les otorgue acceso, rectifique, cancele o haga efectivo su derecho de oposición, respecto de los datos personales que le conciernen y que obren en un sistema de datos personales en posesión de los sujetos obligados.

Artículo 82. La Unidad de Enlace deberá notificar al solicitante, en un plazo de diez días contados desde la presentación de la solicitud de acceso y en un plazo de treinta días para los casos de rectificación, cancelación u oposición, la determinación adoptada, a efecto de que, si resulta procedente, se haga efectiva la misma dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación, previa acreditación de la identidad o de la representación legal, según corresponda. Los plazos antes referidos podrán ser ampliados una sola vez por un periodo igual, siempre y cuando así lo justifiquen las circunstancias del caso.

Artículo 83. En el supuesto que los datos personales a que se refiere la solicitud obren en los sistemas de datos personales del sujeto obligado y éste considere improcedente la solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición, el Comité de Información emitirá una resolución fundada y motivada al respecto, notificándola al solicitante, a través de la Unidad de Enlace.

Artículo 84.En caso de que los datos personales requeridos no fuesen localizados en los sistemas de datos personales del sujeto obligado, el Comité de Información lo hará constar en su resolución y lo notificará al solicitante a través de la Unidad de Enlace, representante legal, o la persona física o moral correspondiente.

Artículo 85.La entrega de los datos personales será gratuita, debiendo cubrir el interesado únicamente los gastos de envío de conformidad con las tarifas aplicables, y en su caso, el costo de la reproducción en copias certificadas. No obstante, si la misma persona realiza una nueva solicitud que implique la entrega de datos, respecto del mismo sistema de datos personales en un período menor de doce meses a partir de la última solicitud, la solicitud tendrá un costo igual al de su expedición o reproducción.

Artículo 86. La solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición deberá contener:

I. El nombre del solicitante y domicilio u otro medio para recibir notificaciones, como el correo electrónico, así como los datos generales de su representante, en su caso;

II. La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos antes mencionados, y

III. Cualquier otro elemento que facilite la localización de los datos personales.

Opcionalmente se señalará la modalidad en la que el interesado prefiere se otorgue el acceso a sus datos personales, la cual podrá ser mediante consulta directa, copias simples, certificadas, digitalizadas u otro tipo de medio electrónico.

Artículo 87. Si los detalles proporcionados por el solicitante no bastan o son erróneos, la Unidad de Enlace o el representante legal del sujeto obligado podrá requerir, por una vez y dentro de los cinco días siguientes a la presentación de la solicitud de acceso o diez días siguientes en el caso de solicitudes de rectificación, cancelación u oposición, que indique otros elementos o corrija los datos.

Artículo 88. En el caso de solicitudes de rectificación de datos personales, el interesado deberá indicar, además de lo señalado de manera genérica en esta Ley, las modificaciones a realizarse y aportar la documentación que sustente su petición.

Artículo 89. Tratándose de solicitudes de cancelación, la solicitud deberá indicar si revoca el consentimiento otorgado.

Artículo 90. El interesado al que se niegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, podrá interponer el recurso de revisión previsto en esta Ley.

También procederá el recurso de revisión en el caso de falta de respuesta a solicitudes a que se refiere el párrafo anterior en los plazos a que alude esta Ley.

CAPÍTULO IVPrevenciones Generales

Artículo 91. No se requerirá el consentimiento previo del interesado para la transmisión de sus datos entre sujetos obligados cuando:

I. Esté previsto en la ley;

II. Se trate de datos obtenidos de fuentes de datos personales de acceso público;

III. La transmisión se realice al Ministerio Público en el ejercicio de sus atribuciones de investigación y persecución de los delitos; así como a los órganos impartidores de justicia y autoridades competentes en el ejercicio de sus funciones;

IV. Se trate de datos obtenidos por los sujetos obligados en el ámbito de su competencia jurídica y sean utilizados para el mismo objeto; o

V. Tenga por objeto el tratamiento posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos.

El consentimiento para la transmisión de los datos personales es revocable.

Artículo 92. Si la transmisión se efectúa previo procedimiento de disociación, no será aplicable lo establecido en los artículos anteriores.

Artículo 93. Los sistemas de datos personales creados para fines administrativos por las autoridades de seguridad pública estarán sujetos al régimen general del presente título.

Artículo 94.La obtención y tratamiento de datos personales por parte de las autoridades a cargo de la seguridad pública sin el consentimiento de los interesados, está limitada a aquellos supuestos y categorías de datos que resulten necesarios para la prevención o persecución de delitos, debiendo ser almacenados en sistemas específicos establecidos al efecto, que deberán clasificarse por categorías en función de su grado de fiabilidad.

Artículo 95.La obtención y tratamiento de los datos especialmente protegidos por las autoridades de seguridad pública podrán realizarse exclusivamente en los supuestos en que sea absolutamente necesario para los fines de una investigación concreta, sin perjuicio del control de legalidad de la actuación administrativa o de la obligación de resolver las pretensiones formuladas, en su caso, por los interesados que corresponden a los órganos jurisdiccionales. Los sujetos obligados cancelarán los datos personales recabados con fines policiales o de investigación cuando ya no sean necesarios para las investigaciones que motivaron su almacenamiento. A estos efectos, se considerará especialmente la edad del interesado y el carácter de los datos almacenados, la necesidad de mantener los datos hasta la conclusión de una investigación o procedimiento concreto, la resolución judicial firme, en especial la absolutoria, el indulto, la rehabilitación, la prescripción de responsabilidad y la amnistía.

Artículo 96. Los responsables de los sistemas que contengan los datos a que se refiere el artículo anterior podrán negar el acceso, la rectificación o la cancelación en función del daño probable que pudieran derivarse para la seguridad nacional o la seguridad pública, la protección de los derechos y libertades de terceros o las necesidades de las investigaciones que se estén realizando.

Artículo 97.En materia tributaria, los responsables de los sistemas de datos personales podrán negar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición cuando el mismo obstaculice las actuaciones administrativas tendientes a asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como las presuntas responsabilidades penales.

Artículo 98. Los sujetos obligados deberán elaborar un documento que establezca las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas adoptadas para cada sistema de datos personales que posean, las cuales garanticen el nivel de seguridad adecuado, de conformidad al tipo de datos contenidos en dichos sistemas y con base en los estándares internacionales de seguridad, los Reglamentos de esta Ley y las disposiciones generales respectivos.

Artículo 99. El documento de seguridad deberá incluir el nombre y cargo de los servidores públicos que intervienen en el tratamiento de datos personales con el carácter de responsable. En el supuesto de actualización de estos datos, la modificación respectiva deberá reflejarse en el documento de seguridad dentro de los 30 días siguientes a que se efectuó.

Artículo 100. Para garantizar la seguridad de los sistemas de datos personales, los titulares de los sujetos obligados deberán designar al responsable.

Los sujetos obligados deberán observar las recomendaciones que, para tal efecto, emita el Instituto.

Artículo 101.El responsable del sistema deberá:

I. Atender y vigilar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas por el Instituto;

II. Establecer los criterios específicos sobre el manejo, mantenimiento, seguridad y protección del sistema de datos personales,

III. Difundir la normatividad aplicable entre el personal involucrado en el manejo de los datos personales;

IV. Elaborar un plan de capacitación en materia de seguridad de datos personales;

V. Adoptar las medidas para el resguardo de los sistemas de datos personales, de manera que se evite su alteración, pérdida o acceso no autorizado;

VI. Autorizar a los encargados y llevar una relación actualizada de las personas que tengan acceso a los sistemas de datos personales;

VII. Informar al Instituto los nombres de los encargados, y

VIII. Notificar al Instituto, a las autoridades competentes y a los interesados de la información, los incidentes relacionados con la conservación o mantenimiento de los sistemas de datos personales previstos en las recomendaciones de medidas de seguridad de los datos personales.

Artículo 102.A efecto de facilitar el ejercicio de los derechos previstos en el presente Título, los sujetos obligados deberán registrar ante el Instituto los sistemas de datos personales que posean, la categoría de datos de que se componen y su finalidad. Esta información será publicada por el Instituto y deberá actualizarse en el mes de enero de cada año.

Artículo 103. Los sujetos obligados deberán poner a disposición en Internet la información a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 104. El registro al que se refieren los dos artículos anteriores, deberá contener la denominación del sistema de datos personales y la normatividad que le resulte aplicable; el nombre, cargo, teléfono y correo electrónico oficiales del responsable y las unidades administrativas en la que se encuentran sistemas de datos personales que contienen los datos.

Artículo 105.El Instituto establecerá el mecanismo para el registro e identificación de cada sistema de datos personales.

LIBRO TERCERODE LAS INSTITUCIONES RESPONSABLES DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN Y LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES TITULO IDel acceso a la información pública Capítulo IDe las Unidades de Enlace

Artículo 106.Los titulares de cada una de las autoridades que sean sujetos obligados de esta ley designarán a una Unidad de Enlace que se integrará por un titular y los servidores públicos que sean necesarios. En el caso de otros sujetos obligados que no sean autoridad, el representante legal de la persona física o moral asumirá esas funciones.

Artículo 107. Competen a las Unidades de Enlace y a los representantes legales, las siguientes funciones:

I. Recabar, publicar y actualizar la información pública a la que se refiere esta Ley o asegurar que sus unidades administrativas responsables lo hagan;

II. Proponer en su caso al Comité de Información los procedimientos internos que contribuyan a la mayor eficiencia en la atención de las solicitudes de acceso a la información y de la publicación de la información en Internet;

III. Recibir y tramitar internamente las solicitudes de información pública y de datos personales, así como darles seguimiento hasta la notificación de sus respuestas;

IV. Llevar el registro de las solicitudes de información pública y de datos personales, así como sus trámites, costos y resultados;

V. Asesorar y orientar a quienes lo requieran en la elaboración de las solicitudes de información pública y de datos personales;

VI. Efectuar las notificaciones correspondientes a los particulares en materia de las solicitudes de información pública y de datos personales;

VII. Apoyar en su caso al Comité de Información en el desempeño de sus funciones;

VIII. Establecer los procedimientos para asegurar que, en el caso de datos personales, éstos se entreguen a sus titulares o sus representantes, y

IX. Las demás que le asigne esta Ley o su Reglamento.

CAPÍTULO IIDe los Comités de Información

Artículo 108. Cada autoridad que sea sujeto obligado contará con un Comité de Información integrado por:

I. Un servidor público designado por el titular de la autoridad,

II. El titular de la Unidad de Enlace, y

III. El titular de la unidad de archivo.

En el supuesto de sujetos obligados que no sean autoridad, el representante legal de las personas físicas o morales, estarán obligadas a desempeñar en lo conducente las funciones que correspondan a los Comités de Información.

Artículo 109.El Comité de Información adoptará sus resoluciones por mayoría de votos. A sus sesiones podrán asistir como invitados los servidores públicos que sus integrantes consideren necesarios, quienes tendrán voz pero no voto. El Órgano de Control Interno y la unidad administrativa a cargo de los asuntos jurídicos serán invitados permanentes a las sesiones del Comité.

Artículo 110. Los Comités de Información tendrán las siguientes facultades:

I. Coordinar y supervisar las acciones tendientes a proporcionar la información prevista en esta Ley;

II. Instituir, de conformidad con el Reglamento, procedimientos para asegurar la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de información pública y de datos personales;

III. Confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información efectuada por los titulares de las unidades administrativas;

IV. Realizar a través de la Unidad de Enlace o los representantes legales, las gestiones necesarias para localizar los documentos en los que conste la información solicitada;

V. Establecer y supervisar la aplicación de los criterios específicos en materia de clasificación y conservación de los documentos administrativos, así como la organización de archivos, de conformidad con lo establecido en la presente Ley y los lineamientos expedidos por el Instituto;

VI. Elaborar un programa para facilitar la obtención de información que deberá ser actualizado periódicamente y que incluya las medidas necesarias para la organización de los archivos;

VII. Establecer los programas de capacitación y actualización de los servidores públicos en materia de acceso a la información, transparencia y protección de datos personales;

VIII. Elaborar y enviar al Instituto, de conformidad con los lineamientos que éste expida, los informes necesarios para la elaboración del informe anual a que se refiere la Ley;

IX. Asegurar la protección de los datos personales;

X. Conducir la política de transparencia y acceso a la información, y

XI. Las demás que establece esta Ley o su Reglamento.

Artículo 111. El Centro de Investigación y Seguridad Nacional, el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia, la Agencia Federal de Investigación, la Dirección de Coordinación de Inteligencia de la Policía Federal Preventiva, la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada de la Procuraduría General de la República, el Estado Mayor Presidencial, el Estado Mayor de la Defensa Nacional y el Estado Mayor General de la Armada o, bien, las unidades administrativas con funciones equivalentes o que las sustituyan, no estarán sujetos a la autoridad de los Comités de Información a que se refiere la ley, siendo sus funciones responsabilidad exclusiva del titular de la propia unidad administrativa.

CAPÍTULO IIIDel Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales

Artículo 112. El Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales es un organismo constitucional autónomo, especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía presupuestaria, operativa, de gestión y de decisión. Tiene por objeto garantizar el derecho de acceso a la información, la protección de datos personales, conocer las responsabilidades administrativas en que incurran autoridades y personas, y resolver sobre los procedimientos de revisión en materia de acceso a la información pública y datos personales.

Artículo 113. El Instituto tendrá su domicilio legal, en la Ciudad de México, Distrito Federal.

Artículo 114.El patrimonio del Instituto estará constituido por:

I. Los recursos que se le asignen anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación;

II. Los bienes muebles e inmuebles que le hayan sido asignados o que adquiera;

III. Los recursos que generen por el ejercicio de las actividades a su cargo;

IV. Las donaciones, herencias y legados que se hicieren a su favor; y

V. Todos los demás ingresos y bienes que le correspondan o que adquiera por cualquier otro medio legal.

Artículo 115.El Instituto tendrá un órgano de gobierno que será responsable de resolver los recursos de revisión en materia de transparencia, acceso a la información pública y datos personales, así como proteger los datos personales y, de conocer las responsabilidades administrativas en que incurran autoridades y personas. Estará integrado por cinco comisionados elegidos por votación directa y popular a partir de propuestas de las universidades y de las organizaciones no gubernamentales. Las propuestas no responderán a cuotas ni a intereses de partidos.

Una vez que la autoridad electoral federal reciba todas las propuestas, en sesión pública del Consejo General del Instituto Federal Electoral, se definirán cinco candidatos por cada vacante, tomando en cuenta los criterios de mérito académico, experiencia profesional y los resultados de los exámenes escritos y orales que de manera pública y objetiva habrán realizado los aspirantes. Los cinco seleccionados por cada vacante dispondrán de tiempos del Estado para exponer sus planes y proyectos de trabajo. La elección se realizará el día en que se celebren las elecciones federales. Los seleccionados no recibirán financiamiento público ni financiamiento privado ni realizarán campañas.

Los comisionados sólo podrán ser removidos de sus funciones por las dos terceras partes de los diputados federales presentes cuando: transgredan en forma grave o reiterada las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en esta Ley; cuando por sus actos u omisiones se afecten las atribuciones del Instituto; o, cuando hayan sido sentenciados por un delito grave que merezca pena corporal.

Los comisionados durarán en su encargo nueve años, sin posibilidad de reelección, y durante el mismo no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión que sea remunerado. Solo podrán participar en actividades académicas de de beneficio público sin recibir remuneración alguna.

Artículo 116.Para ser comisionado se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano;

II. No haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso;

III. Tener cuando menos, treinta años de edad el día de su elección;

IV. Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público o académicas, relacionadas con la materia de esta Ley, y

V. No haber sido Secretario de Estado, Procurador General de la República, Senador, Diputado Federal o Local, dirigente de un partido o asociación política, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, o candidato precandidato a cargo de elección popular durante cinco años previos al día de la elección.

Artículo 117. El Instituto será presidido por un comisionado, quien tendrá la representación legal del mismo y será elegido por los miembros del Pleno del Instituto por un periodo de tres años no renovables.

Artículo 118.Los Comisionados están impedidos para intervenir en la resolución de un recurso de revisión, en los siguientes supuestos:

I. Cuando tuviere relación de parentesco de consanguinidad en línea recta sin limitación de grado, o de afinidad o colateral dentro del cuarto grado civil con respecto del servidor público del que se solicita información, o de la persona que presenta el recurso de revisión;

II. El que tuviere relación de amistad o de enemistad manifiesta, un interés personal o de negocios en los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado respecto del servidor público del que se solicita información, o de la persona que formula la solicitud de información;

III. El que en los cinco años anteriores a la solicitud de información, haya desempeñado un cargo como servidor público vinculado con la información que solicita.

Artículo 119.El Reglamento de la Ley, señalará el procedimiento para que los comisionados se excusen por algún impedimento para conocer de un caso concreto. El recurrente y el sujeto obligado podrán asimismo recusar a un comisionado señalando la causa del impedimento. Corresponderá al Pleno del Instituto calificar la procedencia de la excusa o la recusación.

En ningún caso se dará trámite a excusas o recusaciones que tengan por efecto anular el quórum legal que el Pleno del Instituto requiere para resolver.

Artículo 120.El Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

I. Interpretar la Ley desde los principios constitucionales;

II. Conocer y resolver los recursos de revisión interpuestos por los particulares, respecto de las respuestas emitidas por los sujetos obligados;

III. Conocer y resolver sobre las responsabilidades administrativas en que incurran los servidores públicos que transgredan esta ley;

IV. Establecer un sistema que garantice y haga efectivo el adecuado y pleno ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y la protección de datos personales;

V. Cooperar respecto de la materia de esta ley con los sujetos obligados, las entidades federativas y sus órganos garantes, los municipios, los organismos nacionales e internacionales y de la sociedad civil, mediante la celebración de acuerdos, convenios o programas;

VI. Elaborar y aplicar los Lineamientos y criterios para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades;

VII. Establecer y revisar los criterios de clasificación, desclasificación y custodia de la información reservada y confidencial;

VIII. Proporcionar apoyo técnico a los sujetos obligados en las materias objeto de esta Ley, a fin de promover su cumplimiento;

IX. Establecer procedimientos, trámites y formatos que deben realizarse ante las Unidades de Enlace y el propio Instituto;

X. Requerir, recibir, analizar y sistematizar los informes que deberán enviarle ante los sujetos obligados de esta ley;

XI. Orientar y asesorar a los particulares en las materias objeto de esta Ley;

XII. Establecer los lineamientos y políticas generales para el manejo, mantenimiento, seguridad y protección de los datos personales, que estén en posesión de las autoridades y particulares;

XIII. Verificar el cumplimiento de esta Ley, a través de inspecciones u otros mecanismos que considere adecuados, y ordenar las medidas correctivas conducentes, que serán obligatorias;

XIV. Denunciar ante la autoridad competente las conductas de autoridades y particulares que transgredan esta ley y cualquier otra y cuyas acciones u omisiones puedan constituir delitos;

XV. Promover la capacitación de los servidores públicos en materia de acceso a la información pública, los beneficios de su manejo público y las responsabilidades en su buen uso y conservación; así como en materia de protección de datos personales;

XVI. Difundir entre los servidores públicos y los particulares los objetivos de esta Ley; a fin de generar la cultura de la transparencia y acceso a la información pública, así como la protección de datos personales;

XVII. Promover mecanismos de participación e impulsar con instituciones de educación la investigación, la difusión y la docencia de las materias objeto de esta Ley, así como la elaboración y publicación de estudios en dichas materias;

XVIII. Elaborar y expedir su Reglamento Interior y demás normas de operación, así como lineamientos, criterios y demás disposiciones administrativas que se requieran para el cumplimiento de la Ley;

XIX. Aprobar su proyecto de presupuesto anual, el cual será enviado al titular del ejecutivo, sin que éste lo pueda modificar, para que lo integre al Presupuesto de Egresos de la Federación;

XX. Establecer las normas, procedimientos y criterios para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales del Instituto, y

XXI. Las demás que le confieran esta Ley y su Reglamento y cualquier otra disposición aplicable.

Artículo 121. El Instituto rendirá anualmente un informe público al H. Cámara de Diputados sobre el acceso a la información, con base en los datos que le rindan los sujetos obligados, en el cual se incluirá, al menos, el número de solicitudes de acceso a la información presentadas ante cada sujeto obligado, así como su resultado; su tiempo de respuesta; el número y resultado de los recursos de revisión; la determinación de responsabilidades administrativas y otros asuntos atendidos por el Instituto; el estado que guardan las denuncias presentadas ante el Ministerio Público o ante otras instancias competentes; y, las dificultades observadas en el cumplimiento de la Ley. Para este efecto, el Instituto expedirá los Lineamientos que deberán cumplir los sujetos obligados respecto de las modalidades y tiempos en que deberán entregar la información.

LIBRO CUARTODE LOS PROCEDIMIENTOS DE ACCESO A LA INFORMACIÓN TÍTULO IDel procedimiento de acceso a la información en los sujetos obligados CAPÍTULO IDe los principios

Artículo 122. Los procedimientos relativos al acceso a la información pública se regirán por los principios: de máxima publicidad; simplicidad y rapidez; gratuidad del procedimiento; suplencia de las deficiencias de las solicitudes; y, auxilio y orientación a los particulares.

Artículo 123. Toda persona, por sí o por medio de un representante, podrá presentar una solicitud de acceso mediante escrito libre o en los formatos aprobados por el Instituto. Las solicitudes podrán ser presentadas por medios electrónicos a través de los sistemas diseñados para este propósito.

El Instituto establecerá un Centro de Atención por vía telefónica y en internet con la finalidad de orientar y asesorar, sobre las solicitudes de acceso a la información pública y la protección de datos personales.

Artículo 124.En ningún caso la entrega de la información estará condicionada a que se motive o justifique la causa de la solicitud de acceso, ni se requerirá que el solicitante demuestre interés alguno.

Artículo 125. Las Unidades de Enlace o los representantes legales de los sujetos obligados auxiliarán a los particulares en la floración de solicitudes de acceso, especialmente cuando el particular no sepa que documentos contienen la información de su interés, o bien no sepa leer ni escribir o solamente hable una lengua indígena.

CAPÍTULO IIDe los requisitos y sustanciación del procedimiento

Artículo 126.La solicitud de acceso deberá contener:

I. Los datos de identificación del sujeto obligado a quien se dirija, así como del tercero interesado en su caso;

II. La descripción, en caso de que lo sepa el solicitante, del o los documento o la información que se solicita, proporcionando, en su caso, cualquier dato que facilite su localización;

III. El lugar o medio para recibir la información solicitada o las notificaciones que correspondan. Las notificaciones podrán hacerse a través de medios electrónicos, si así lo autoriza el solicitante; y,

IV. La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser mediante consulta directa, copias simples, certificadas, digitalizadas, u otro tipo de medio electrónico. El sujeto obligado podrá entregar la información en una modalidad distinta a la solicitada cuando exista causa justificada.

No será necesario para que proceda la solicitud que éste proporcione su nombre o cualquier otro dato personal.

Artículo 127.Los solicitantes tienen derecho a exigir información genérica. En esos casos, la Unidad de Enlace, el Comité de Información o el representante legal del sujeto obligado, según sea el caso, tendrán la obligación de exigir al sujeto obligado la localización y elaboración de la información, éste o no documentada.

Artículo 128. Si la solicitud de acceso es presentada ante una unidad administrativa distinta a la Unidad de Enlace, aquella tendrá la obligación de indicar al solicitante, en un plazo máximo de cinco días contados a partir de que se presentó la solicitud, la ubicación de la Unidad de Enlace correspondiente o la dirección del sistema electrónico a través del cual se puede realizar las solicitudes. En caso contrario, se tendrá como fecha de presentación la que corresponda a la recepción en la unidad administrativa distinta a la Unidad de Enlace.

Artículo 129. Cuando la información solicitada no sea competencia del sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud de acceso, en razón de las atribuciones o funciones conferidas conforme a la normatividad aplicable, la Unidad de Enlace o en su caso el representante legal, en un plazo máximo de cinco días contados a partir de que se presentó la solicitud, deberá orientar debidamente al solicitante a través del medio que éste hayas elegido, sobre el sujeto obligado o la instancia competente.

Artículo 130. La Unidad de Enlace o el representante legal será el vínculo entre el sujeto obligado y el solicitante, por lo que será responsable de hacer las notificaciones a que se refiere esta Ley y deberá llevar a cabo todas las gestiones necesarias para facilitar el acceso a la información.

Artículo 131.La obligación de acceso a la información pública se dará por cumplida cuando los sujetos obligados pongan a disposición del solicitante, para consulta, los documentos en el sitio donde se encuentren, o bien, mediante la expedición de copias simples, certificadas, digitalizadas o cualquier otro medio, incluido el electrónico.

En el caso que la información pública solicitada por la persona ya esté disponible en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos o históricos, en formatos electrónicos disponibles en Internet o en cualquier otro, se le hará saber por escrito la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información.

Artículo 132. La Unidad de Enlace o el representante legal turnará la solicitud de acceso a la unidad administrativa o equivalente que tenga o pueda tener la información, con objeto de que ésta la localice, verifique su clasificación y le comunique a la primera la procedencia del acceso y la manera en que se encuentra disponible, a efecto de que se determine el costo, en su caso.

Las unidades administrativas podrán entregar copia de documentos que contengan información clasificada como reservada o confidencial, siempre y cuando los documentos en que conste la información permitan testar u omitir las partes o secciones clasificadas generando una versión pública. En tales casos, deberán señalarse las partes o secciones que fueron testadas u omitidas, así como el fundamento y la motivación de la clasificación.

Artículo 133. La respuesta a una solicitud de acceso deberá ser notificada al interesado en el menor tiempo posible, que no podrá ser mayor de veinte días, contados desde la presentación de aquélla. Además, se precisará el costo y la modalidad en que será entregada la información, atendiendo en la mayor medida de lo posible a la solicitud del interesado. Excepcionalmente, este plazo podrá ampliarse hasta por diez días cuando existan razones que lo motiven y éstas se notifiquen al solicitante.

La información pública deberá entregarse dentro de los diez días siguientes a la fecha en que la Unidad de Enlace o el representante legal le haya notificado la disponibilidad de aquélla. En caso de que sea necesario cubrir costos para obtener la información en laguna modalidad de entrega, el plazo correrá a partir de la fecha en que el solicitante acredite haber cubierto el pago de los derechos correspondientes.

Excepcionalmente, el Comité de Información podrá determinar que este plazo sea mayor cuando la cantidad de información o la complejidad de su acopio así lo amerite, o bien cuando la elaboración de versiones públicas suponga un trabajo que pueda entorpecer sustancialmente la operación del sujeto obligado. El sujeto obligado deberá notificar al solicitante el plazo para entregar la información, así como el fundamento y la motivación de su resolución. Queda a salvo del solicitante el derecho de interponer el recurso de revisión previsto en esta Ley, si no estuviere conforme.

Los Reglamentos o disposiciones generales establecerán la manera y términos para el trámite interno de las solicitudes de acceso.

Artículo 134. En caso de que el titular de la unidad administrativa haya clasificado los documentos como reservados o confidenciales; deberá remitir de inmediato la solicitud de acceso al Comité de Información, acompañada de un oficio con los elementos necesarios que funden y motiven dicha clasificación. El Comité resolverá sí:

I. Confirma o modifica la clasificación y niega el acceso a la información;

II. Modifica la clasificación y ordena la entrega de una versión pública de la información solicitada, o

III. Revoca la clasificación y concede el acceso a la información.

El Comité de Información podrá tener acceso a los documentos que obren en la unidad administrativa. La resolución del Comité será notificada al interesado por la Unidad de Enlace en el plazo máximo de cinco días. En caso de ser negativa, deberá fundar y motivar las razones de la clasificación de la información e indicar al solicitante el recurso que tiene derecho a interponer.

Artículo 135. Cuando la información no se encuentre en los archivos del sujeto obligado, el Comité de Información analizará el caso y tomará todas las medidas necesarias para localizar la información y resolver en consecuencia. En caso de que la información solicitada permita documentar las facultades o funciones que los ordenamientos jurídicos aplicables otorgan al sujeto obligado, el Comité de Información, atendiendo a los objetivos de la Ley, podrá ordenar a la unidad administrativa responsable que genere el documento cuando esto sea posible, o bien expedirá una resolución que confirme su existencia y lo notificará al solicitante a través de Unidad de Enlace, dentro del plazo máximo de diez días. El Comité deberá notificar al Instituto, cuando estime que la existencia fue resultado del dolo o negligencia de algún servidor público o persona a fin de que, de ser procedente, se inicie el procedimiento de responsabilidad respectivo.

No será necesario que la declaración de inexistencia sea emitida por el Comité de Información, aún cuando no exista el documento específicamente solicitado en los archivos de la unidad administrativa, si de la respuesta elabora por ésta, claramente se atiende el requerimiento de información del solicitante.

Artículo 136.Las solicitudes de acceso a la información pública y sus respuestas serán públicas incluyendo, en su caso, la información entregada. Asimismo, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público esta información a través del sistema electrónico correspondiente.

Artículo 137. La certificación de documentos conforme a esta Ley tiene por objeto establecer que en los archivos del sujeto obligado existe un documento en original, copia simple, digitalizada u otro medio electrónico, igual al que se entrega. La certificación para estos efectos podrá ser rea-lizada por el titular de la unidad administrativa en donde se encuentren los documentos o, en su defecto, por el titular de la Unidad de Enlace o del representante legal del sujeto obligado correspondiente.

Artículo 138. Cuando el sujeto obligado no entregue la respuesta a la solicitud de acceso dentro de los plazos previstos en esta Ley, la solicitud se entenderá en sentido positivo, salvo que se trate de información clasificada como reservada, confidencial o, que no corresponda a la competencia del Sujeto Obligado.

Artículo 139. Cuando la información pueda obtenerse a través de un trámite, la Unidad de Enlace del sujeto obligado orientará al solicitante sobre el procedimiento que corresponda, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

I. El fundamento del trámite se encuentre establecido en una Ley o Reglamento,

II. El acceso suponga el pago de una contraprestación en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables, y

III. No se requiera acreditar interés alguno.

En ese caso, la solicitud de información podrá desecharse por improcedente. Queda a salvo el derecho del particular de interponer el recurso de revisión previsto en el Capítulo II del presente Título, si no estuviere conforme.

Artículo 140. La Unidad de Enlace no estará obligada a dar trámite a solicitudes de acceso cuando se haya entregado información sustancialmente idéntica como respuesta a una solicitud de la misma persona. En estos casos, la Unidad de Enlace deberá indicar al solicitante que ya se le ha entregado información pública sustancialmente idéntica. Quedan a salvo los derechos del solicitante para interponer el recurso de revisión correspondiente.

TÍTULO IIDel recurso de revisión ante el Instituto CAPÍTULO IDel recurso de revisión

Artículo 141.El recurso de revisión podrá interponerse, directamente o por medios electrónicos, ante el Instituto, la Unidad de Enlace o el representante legal del sujeto obligado que haya conocido el asunto, en este último caso dicha Unidad o representante legal deberá remitir el asunto al órgano garante que corresponda, al día hábil siguiente de haberlo recibido. Las Unidades de Enlace y los representantes legales de los sujetos obligados al momento de dar respuesta a una solicitud de acceso a información o acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales, orientarán al particular sobre su derecho de interponer el recurso de revisión y el modo de hacerlo.

En el caso del Poder Ejecutivo Federal, el recurso de revisión previsto en esta Ley, procederá en lugar del establecido en el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 142. El recurso de revisión procede por cualquiera de las siguientes causas:

I. La negativa de acceso a la información;

II. La declaración de inexistencia de información;

III. La clasificación de información como reservada o confidencial;

IV. La entrega de información en una modalidad distinta a la solicitada, o en un formato incomprensible;

V. La inconformidad con el tiempo de entrega de la información;

VI. La información entregada se incompleta o no corresponda a la solicitada;

VII. La negativa de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales;

VIII. El desechamiento de la solicitud de acceso en términos de esta Ley;

IX. La declaración de incompetencia del sujeto obligado, o

X. La falta de respuesta, dentro de los plazos establecidos en esta Ley, a una solicitud de acceso a la información o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales.

Artículo 143. El recurso deberá interponerse dentro de los quince días siguientes a la notificación de la resolución que recaiga a una solicitud de acceso a la información o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales.

En el caso de la fracción X del artículo anterior, el recurso podrá ser interpuesto en cualquier momento vendido el plazo de respuesta previsto para el sujeto obligado. En este caso bastará que el solicitante acompañe al recurso el documento que pruebe la fecha en que se presentó la solicitud.

Artículo 144.En todos los casos, el Instituto podrá suplir las diferencias de la queja, siempre y cuando no altere el contenido original de la solicitud de acceso a información pública o de acceso a información pública o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales, ni se modifiquen los hechos o peticiones expuestos en la misma o en el recurso de revisión.

Artículo 145.El recurso de revisión podrá interponerse por escrito libre, o a través de los formatos que al efecto proporcione el Instituto o por medios electrónicos y deberá contener los siguientes datos:

I. El nombre o las señas con los que se haya presentado la solicitud y, en su caso, el de su representante o mandatario, así como del tercero interesado, si lo hay;

II. El sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud de acceso a información, o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales;

III. El domicilio o medio electrónico para oír y recibir notificaciones;

IV. La fecha en que se le notificó o tuvo conocimiento del acto reclamado, salvo los casos de excepción previstos por esta Ley;

V. Los puntos petitorios, y

VI. Los demás elementos que se considere procedente hacer del conocimiento del Instituto.

Asimismo, el recurso de revisión deberá acompañarse de la solicitud y la respuesta que se recurre o, en su caso, los datos que permitan su identificación en el sistema electrónico correspondiente. En el caso de falta de respuesta sólo será necesario presentar la solicitud.

En el caso de que el recurso se interponga a través de medios que no sean electrónicos, deberá acompañarse de las copias de traslado suficientes.

Artículo 146.Presentado el recurso ante el Instituto se estará a lo siguiente:

I. Se turnará a uno de los miembros del Instituto, quien será el ponente del proyecto de resolución respectivo;

II. Admitido el recurso, se integrará un expediente y se notificará al sujeto obligado señalado como responsable, para que dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente de dicha notificación, manifieste lo que a su derecho convenga;

III. En el caso de existir tercero interesado, se le hará la notificación para que en plazo a que se refiere la fracción anterior acredite su carácter, señale un domicilio para oír y recibir notificaciones y alegue lo que a su derecho convenga;

IV. Transcurrido el plazo para contestar el recurso, el expediente estará a disposición del recurrente y del sujeto obligado para que en un plazo de diez días aleguen lo que su derecho convenga. Este plazo podrá ser ampliado hasta por cinco días mas cuando la importancia y trascendencia del asunto así lo amerite;

V. El Instituto podrá obligar a los sujetos obligados a la presentación de informes y citarlos para que aporten los elementos necesarios que permitan resolver el recurso de revisión, y

VI. El Instituto bajo su más estricta responsabilidad, deberá emitir la resolución debidamente fundada y motivada, en un término no mayor de cincuenta días, contados a partir de la interposición del recurso. Este plazo podrá, en casos excepcionales, ser ampliado por el ponente por un periodo igual cuando existan razones que lo motiven y éstas se le notifiquen el recurrente y al sujeto obligado.

Artículo 147. Las resoluciones del Instituto podrán:

I. Sobreseer o desechar el recurso por improcedente, o

II. Confirmar, revocar o modificar la resolución del sujeto obligado.

Si el Instituto no resuelve en el plazo establecido por esta Ley, la resolución que se recurrió se entenderá confirmada y el recurrente podrá impugnar ante el Poder Judicial de la Federación.

Artículo 148. Las resoluciones del Instituto deberán contener lo siguiente:

I. Lugar, fecha en que se pronuncia, el nombre del recurrente, sujeto obligado y extracto breve de los hechos recurridos;

II. Los preceptos que la fundamenten y las consideraciones que la sustenten;

III. Los alcances y efectos de la resolución, fijando los plazos y procedimientos necesarios para su cumplimiento;

IV. En su caso, la indicación de la existencia de una probable responsabilidad de los servidores públicos del sujeto obligado, y

V. Los puntos resolutivos.

Artículo 149.El recurso será desechado por improcedente cuando:

Sea extemporáneo;

I. El Instituto haya conocido anteriormente del recurso contra el mismo acto y resuelto en definitiva respecto del mismo recurrente;

II. El Instituto no sea competente; y,

III. Se esté tramitando ante los tribunales competentes algún recurso o medio de defensa interpuesto por el recurrente que pueda tener por efecto modificar o revocar el acto respectivo.

Una vez presentado el recurso de revisión, éste no será susceptible de desistimiento.

Artículo 150. El recurso será sobreseído cuando:

I. Por cualquier motivo quede sin materia el recurso;

II. El recurrente fallezca o, tratándose de personas morales, se disuelva, o admitido el recurso sobrevenga una causal de improcedencia.

Artículo 151. La información reservada o confidencial que, en su caso, sea solicitada por el Instituto por resultar indispensable para resolver el asunto, deberá mantenerla con ese carácter y no estará disponible en el expediente del recurso de revisión.

Artículo 152. Cuando se actualice la positiva ficta prevista en esta ley, el sujeto obligado deberá hacer entrega de la información requerida en un plazo máximo de 5 días hábiles. Si el sujeto obligado insistiere en no hacer entrega de la información en le plazo mencionado, el solicitante ocurrirá ante el Instituto, para que se ordene al sujeto obligado la entrega inmediata de la información, salvo que ésta sea confidencial o reservada o se declare inexistente, lo que en su caso, corresponderá probar a plenitud al sujeto obligado, ante el Instituto, mismo que revisarán la clasificación de la información, o la declaratoria de inexistencia, y resolverán lo conducente. Con independencia de lo anterior, deberán dar vista a otras autoridades competentes para que se inicien los procedimientos de responsabilidad respectivos.

Si la resolución del Instituto determina la procedencia de otorgar acceso a la información, procederá su entrega sin costo alguno, debiendo cubrir el sujeto obligado todos los costos generados por la reproducción correspondiente.

Artículo 153.Interpuesto el recurso por una negativa ficta, el órgano garante dará vista al sujeto obligado para que, en un plazo no mayor a diez días, acredite haber respondido en tiempo y forma la solicitud, o bien dé respuesta a la misma. En caso de que el sujeto obligado compruebe haber respondido, el recurso se considerará improcedente y el órgano deberá sobreseerlo. En el segundo caso, el Instituto emitirá su resolución con base en el contenido de la solicitud original y la respuesta del sujeto obligado.

Si la resolución del Instituto a que se refiere el párrafo anterior determina la procedencia de otorgar acceso a los datos personales solicitados, procederá su entrega sin costo alguno, debiendo cubrir el sujeto obligado todos los costos generados por la reproducción correspondiente:

Artículo 154. El recurrente, el sujeto obligado y en su caso, el tercero interesado, podrán ofrecer todo tipo de pruebas, excepto la confesional de los servidores públicos y aquellas que sean contrarias a derecho. En cualquier caso, corresponderá al órgano garante desechar de plano aquellas pruebas que no guarden relación con el recurso.

Artículo 155.Cuando se impugne la inexistencia de la información solicitada y ésta permita documentar las facultades o funciones que los ordenamientos jurídicos aplicables otorgan al sujeto obligado, el Instituto, atendiendo a los objetivos de la Ley, podrá ordenarle que genere la información. El instituto iniciará de oficio el procedimiento de responsabilidad cuando estime que la declaración de inexistencia fue resultado del dolo o negligencia de algún servidor público o persona responsable de los sujetos obligados.

Artículo 156. Las actuaciones y resoluciones del Instituto se notificarán en el domicilio o medio electrónico señalado por el recurrente, en caso de no haberlo señalado se harán por estrados. En el caso del sujeto obligado, las notificaciones se harán de conformidad con lo previsto en sus Reglamentos.

Artículo 157. Los sujetos obligados deberán informar al Instituto del cumplimiento de sus resoluciones en un plazo no mayor a diez días posteriores a aquel en que se les notificó la resolución, a menos que en la misma el órgano garante determine un plazo mayor para su cumplimiento.

Artículo 158. En caso de desacato a la resolución de un recurso de revisión por parte de un sujeto obligado, el Instituto podrá notificar al superior jerárquico del servidor público responsable a fin de que ordene el cumplimiento de la resolución en un plazo que no excederás de cinco días. En caso de persistir el desacato el Instituto hará público el mismo e iniciará de oficio el procedimiento de responsabilidad. Lo anterior sin perjuicio de que el particular haga valer sus derechos ante las instancias judiciales correspondientes.

Artículo 159. Cuando el Instituto determine que algún servidor público o persona pudo haber incurrido en responsabilidad por violaciones a esta Ley, iniciará el procedimiento de responsabilidad correspondiente de acuerdo a lo previsto en esta Ley.

Artículo 160. Las resoluciones del Instituto en materia de recursos de revisión serán definitivas e inimpugnables para los sujetos obligados. Sólo los recurrentes gobernados podrán impugnarlas ante el Poder Judicial de la Federación.

Las autoridades judiciales tendrán acceso a la información reservada o confidencial cuando resulte indispensable para resolver el asunto y ésta hubiera sido ofrecida en juicio. Dicha información deberá ser mantenida con ese carácter y no estará disponible en el expediente judicial.

Artículo 161. Todas las resoluciones del Instituto serán públicas, salvo cuando contengan información clasificada, en cuyo caso se elaborarán versiones públicas.

LIBRO QUINTORESPONSABILIDADES Y SANCIONES TÍTULO ICausales de responsabilidad CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 162. Serán causales de responsabilidad administrativa por incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley las siguientes:

I. Denegar intencionalmente información no clasificada como reservada ni considerada confidencial en términos de esta Ley;

II. Clasificar con dolo como reservada información que no cumple con las características señaladas en esta Ley;

III. Actuar con negligencia, dolo o mala fe en la sustanciación de las solicitudes de acceso a la información o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales, o bien, en la difusión de la información relativa a las obligaciones de transparencia a que están obligados conforme a esta Ley;

IV. Declarar dolosamente la inexistencia de información o de datos personales, cuando esta exista total o parcialmente en los archivos del sujeto obligado;

V. Entregar información clasificada como reservada o confidencial conforme a lo dispuesto por esta Ley;

VI. Omitir reiteradamente dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales dentro de los plazos previstos por esta Ley;

VII. Usar, sustraer, destruir, ocultar, inutilizar, divulgar o alterar, total o parcialmente y de manera indebida, información que se encuentre bajo su custodia o a la cual tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión;

VIII. Entregar intencionalmente de manera incompleta información requerida en una solicitud de acceso a información o a datos personales;

IX. Prolongar con dolo los plazos previstos en esta Ley, para la entrega de la información pública o de datos personales;

X. Dar tratamiento a sistemas de datos personales en contravención a los principios establecidos en el Capítulo I del Título Segundo de esta Ley;

XI. Mantener los sistemas de datos, espacios físicos, programas o equipos que contengan datos personales sin las debidas condiciones de seguridad que se determinen en los Reglamentos o lineamientos correspondientes;

XII. No remitir las notificaciones previstas en esta Ley;

XIII. No inscribir el sistema de datos personales en el registro a que aluden esta Ley, cuando haya sido requerido para ello por los órganos competentes;

XIV. Obstruir el ejercicio de la facultad de inspección del Instituto;

XV. La transmisión de datos personales, fuera de los casos permitidos, particularmente cuando la misma haya tenido por objeto obtener un lucro indebido;

XVI. No cesar en el uso ilícito de los tratamientos de datos personales cuando sea requerido para ello por el Instituto;

XVII. No proporcionar la información o los datos personales, o bien, no rectificar, cancelar o no hacer válida la oposición respecto de éstos, cuya entrega o procedencia, respectivamente, haya sido ordenada por el Instituto o por el Poder Judicial Federal;

XVIII. No acatar por dolo o negligencia las resoluciones emitidas por el Instituto o el Poder Judicial Federal;

XIX. No entregar la información en el plazo previsto para ello, cuando se haya actualizado la positiva ficta; y,

XX. Cualquier violación a esta ley.

La responsabilidad a que se refiere esta artículo o cualquiera otra derivada del incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley, será sancionada por el Instituto, en tratándose de autoridades, siguiendo los procedimientos establecidos en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Los procedimientos pueden iniciarse de oficio y las resoluciones que concluyan etapas procesales serán públicas.

Artículo 163. Las causas de responsabilidad previstas en las fracciones I, II, III, XIII, XIV, XV y XIX, del artículo 162 de esta Ley, serán sancionadas con suspensión del servidor público de tres días a tres meses.

Artículo 164. Las causas de responsabilidad previstas en la fracciones IV, V, VI, VIII, IX, X, XVI y XIX del artículo 162 de esta Ley, serán sancionadas con suspensión del cargo de un mes a tres meses y en caso de reincidencia con la destitución del responsable.

Artículo 165. Las causas de responsabilidad previstas en la fracciones VII, XI, XII, XVII y XVIII del artículo 162 de esta Ley, serán sancionadas con destitución del cargo y atendiendo a la gravedad de la falta podrá decretarse la inhabilitación del servidor público responsable.

Artículo 166. Cuando se trate de sujetos obligados que no sean autoridad, el Instituto previa queja o de oficio, los sancionará por las mismas causales que a las autoridades y se seguirá el siguiente procedimiento:

I. El Instituto con elementos suficientes que acrediten la presunta responsabilidad del sujeto obligado lo notificará personalmente para que en el plazo de cinco días de respuesta, ofrezca pruebas y alegue lo que a su derecho convenga;

II. Recibida la contestación o vencido el plazo, el Instituto fijará fecha y hora para la celebración de la audiencia de pruebas y alegatos.

III. Concluida ésta se dictará la resolución que corresponda.

En lo no previsto se aplicará supletoriamente la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo 167. El Instituto sancionará a los sujetos obligados que no sean autoridad con las siguientes sanciones:

I. Con multa de treinta mil a cien mil días de salario mínimo, dependiendo de la gravedad de la falta;

II. En caso de reincidencia con multa de hasta el doble de cien mil días de salario mínimo;

III. Multa por el doble del beneficio económico que el sujeto obligado haya obtenido por no entregar la información o por hacer un uso contrario a la ley de los datos personales.

El Instituto deberá hacer públicas sus resoluciones.

Artículo 168. En todo caso, las sanciones previstas en esta ley se impondrán atendiendo, en su caso a los siguientes elementos:

I. La gravedad de la responsabilidad en que se incurra y la convivencia de suprimir prácticas que atenten contra la transparencia, el acceso a la información pública o la protección de datos personales;

II. El nivel jerárquico, los antecedentes y condiciones del servidor público o del sujeto obligado responsable;

III. Las circunstancias y condiciones del incumplimiento;

IV. La antigüedad en el servicio;

V. La reincidencia en el cumplimiento de obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;

VI. El monto del beneficio o del daño o perjuicio económico derivado del incumplimiento.

Artículo 169.El Instituto denunciará ante las autoridades competentes cualquier conducta violatoria de otras leyes y aportará las pruebas que considere pertinentes. Esta información deberá ser incorporada en los informes anuales que rinda el Instituto ante el H. Congreso de la Unión.

Artículo 170. Las responsabilidades administrativas que se generen por el incumplimiento de las obligaciones a que se refiere esta ley, son independientes y autónomas de las del orden civil, penal o cualquier otra que proceda.

Artículo 171. El servidor público o persona que acate una resolución del Instituto no será responsable por las consecuencias de que dicho cumplimiento deriven.

Transitorios

Primero. La presente ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con las modalidades que establecen los artículos siguientes.

Segundo. Se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Las disposiciones generales dictadas al amparo de dicha ley se seguirán aplicando, en lo que no contravengan la presente ley, y hasta en tanto no se expidan otras que las abroguen.

Tercero.La publicación en Internet de la información deberá completarse, a más tardar, seis meses después de la entrada en vigor de la ley.

Cuarto. Los actuales comisionados del Instituto permanecerán en sus cargos hasta la elección democrática de los nuevos.

Quinto.El Instituto expedirá su Reglamento dentro del año siguiente a la entrada en vigor de la Ley, así como todos los lineamientos y disposiciones que sean necesarios para dar cumplimiento a la ley.

Sexto. Las autoridades en materia de archivos podrán a disposición de los sujetos obligados en el ámbito de su competencia la herramienta informática a que hace referencia esta ley, a más tardar dentro del año siguiente a la entrada en vigor de la presente. Los sujetos obligados deberán integrar la información correspondiente dentro de los seis meses siguientes a la entrega de la herramienta. En tanto, seguirán vigentes las disposiciones en materia de archivos.

Séptimo.Los sujetos obligados deberán designar a los responsables de los archivos a que se refiere esta ley, a más tardar seis meses después de la entrada en vigor de ésta.

Octavo.Los centros de atención telefónica a que se refiere esta ley, deberán quedar constituidos a más tardar seis meses después de la entrada en vigor de la ley.

Noveno.Las solicitudes y recursos de revisión en trámite a la entrada en vigor de esta ley se resolverán conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Los recursos de revisión que sean presentados a partir de la entrada en vigor de esta ley, se regirán, por lo que hace al procedimiento, por las disposiciones de la misma, y por lo que hace a la materia sustantiva, por las disposiciones vigentes al momento en que fue presentada la solicitud de información que originó el acto recurrido.

La clasificación de la información efectuada antes de la entrada en vigor de la presente Ley, deberá actualizarse al momento de recibir una solicitud de acceso respecto del documento clasificado con anterioridad.

Décimo.El aviso de privacidad a que se refiere la presente ley, deberá hacerse del conocimiento de los interesados en un plazo que no excederá de un año, contado a partir de la entrada en vigor de la misma.

Decimoprimero. El registro en materia de datos personales a que se refiere la presente ley, deberá realizarse ante el Instituto, en un plazo que no excederá de un año a la entrada en vigor de esta ley.

Decimosegundo. El documento de seguridad en materia de datos personales a que se refiere la ley, deberá remitirse al Instituto en un plazo que no excederá de año a partir de entrada en vigor de la presente ley.

Decimotercero. El Instituto expedirá en plazo máximo de dos años, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, las recomendaciones en materia de medidas de protección, aplicables a los niveles de seguridad establecidos en los Reglamentos correspondientes. En tanto transcurre dicho plazo, los sujetos obligados establecerán en el documento de seguridad a que se refiere el artículo transitorio anterior, las medidas de protección aplicables a cada nivel de seguridad, en la forma y términos que resulte posible.

Notas:

1 Borrador de los Relatores Especiales de la OEA y ONU sobre el derecho a la libertad de expresión y de opinión. México, D.F., 24 de agosto de 2010, pp. 13 y 14.

2 Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, El derecho de acceso a la información en el marco jurídico interamericano, OEA, Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2010.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2010.— Diputados: Jaime Fernando Cárdenas Gracia, Samuel Herrera Chávez (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Cárdenas. Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Tal como lo ha solicitado el diputado, incorpórese de manera íntegra la iniciativa en el Diario de los Debates.



LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra, hasta por 5 minutos, el diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Convergencia, para presentar dos iniciativas: la primera, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. La segunda, con proyecto de decreto que reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología.

El diputado Pedro Jiménez León:Gracias. Compañeras y compañeros diputados, como hemos expresado en múltiples ocasiones, la política económica aplicada en nuestro país durante los últimos 27 años se ha caracterizado por el firme apego a un modelo económico de libre mercado que no ha permitido el crecimiento económico, que a lo largo de estas tres décadas sólo ha logrado que el crecimiento de la economía mexicana sea de 1.7 por ciento. Modelo económico que además ubica de manera dramática al 60 por ciento de la población nacional en la pobreza, la marginación y la miseria.

Mientras esto ocurre en México, economías como la de Chile, Brasil, China e India, con una participación activa del Estado en su economía y con esquemas fiscales equitativos y progresivos, han logrado crecer durante los últimos años a niveles de 8 y 9 por ciento anual, como proporción de su producto interno bruto.

El gobierno mexicano, sin embargo, le ha apostado a la contracción del gasto público en todos los sectores de la economía y a la dependencia de los ingresos petroleros como la premisa fundamental en el manejo de una política fiscal restrictiva y regresiva, soportada más —como ya dijimos— en los ingresos del petróleo.

Si además consideramos el resultado de la crisis de 2009, que nuestras autoridades hacendarias por cierto desestimaron, y que representó una caída del producto interno bruto de 6.8 por ciento generando una serie de efectos nocivos como la pérdida de 2.8 millones de empleos y de la disminución del poder adquisitivo de las mayorías. Sin embargo, veamos qué hicieron en el país, que es adalid del libre mercado.

En los Estados Unidos, por el contrario, lo que se hizo fue que el Estado intervino con un paquete fiscal que incluía estímulos fiscales para las empresas y la disminución de impuestos para reactivar su economía.

En México, lo que se ha venido haciendo es cargarle a la mayoría de la población el peso de la crisis y dejando prácticamente exentas de impuestos a las 429 empresas que la controlan los 30 barones del dinero en el país.

Por esa razón, el Grupo Parlamentario de Convergencia por mi conducto presenta esta iniciativa de reforma a diversas fracciones de los artículos 1o. y 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para que ésta pase de 16 a 12 y permita devolverle a los mexicanos capacidad de compra y, por el contrario, que también incorporemos, como habremos de presentar en los próximos días, la iniciativa para la eliminación de los regímenes especiales, la consolidación fiscal y la devolución de impuestos a los grandes consorcios, ampliar la base de contribuyentes, acabar con la elusión fiscal  y reducir el costo de la burocracia.

De lo que se trata pues, es que las autoridades hacendarias hagan su tarea con base en lo que dispongamos en esta soberanía.

Por otro lado, mientras en otros países se ha optado por potenciar el talento de sus habitantes a través de la generación de nuevo conocimiento, mediante una fórmula que otorga una gran importancia al gasto destinado en ciencia y tecnología, lo hacen las potencias, lo hacen también las economías emergentes, en México hemos desaprovechado una enorme oportunidad para convertirnos en protagonistas en el escenario mundial en esta materia.

Voy a dar unos datos. Empiezo con la recomendación emitida por la Organización de las Naciones Unidas, en el sentido de que cada país debiera destinar al menos el 1 por ciento de su producto interno bruto a la investigación en ciencia y tecnología.

Vemos, por ejemplo, datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico en donde en el periodo de 1997 a 2007, la aportación que México le da en el presupuesto a ciencia y tecnología es de apenas 0.36, en promedio. Alcanzando su punto más alto en el año 2005, con el 0.41. Cifras que contrastan con lo que hace Suecia, Finlandia, Japón y Corea que andan alrededor de 3 por ciento de inversión en materia de ciencia y tecnología.

Pero no vayamos tan lejos, veamos el caso de Brasil, que no pertenece a la Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico y nos supera en el presupuesto destinado en esta materia, ya que en el último año alcanzó el 0.94, constituyendo éste uno de los factores que le han permitido convertirse en la principal economía de la región. Por cierto, desbancando a nuestro país. Datos de la doctora Rosaura Ruiz, quien fuera presidenta de la Academia Mexicana de Ciencias.

En el año 2006 —con esto termino—, la participación de México en la producción científica mundial representaba sólo el 0.75 del total de artículos publicados en materia científica en todo el orbe.

La relación de patentes por número de habitantes, en el caso de México para 2005, alcanzó un valor de 0.05, mientras que el de Brasil fue 10 veces mayor y el de Japón ascendió a 32.41.

Por esa razón estamos solicitando, señor presidente, que esta iniciativa, en la que se modifique el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, para que corresponda al Congreso de la Unión y a través de la Cámara de Diputados la revisión del presupuesto del año correspondiente, para que en la previsión presupuestal se logre destinar el 1 por ciento del producto interno bruto a ciencia y tecnología. Muchas gracias, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Convergencia

El suscrito, Pedro Jiménez León, en carácter de diputado federal del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 1o., segundo párrafo; 1o.C, fracciones IV, V, primer párrafo y VI, primer párrafo; 2o., primero, segundo y tercer párrafo; 2o.A, fracción I, último párrafo; y 5o., último párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La política económica aplicada en nuestro país durante los últimos 27 años, específica mente a partir del gobierno de Miguel de la Madrid, se ha caracterizado por el apego a un modelo económico de libre mercado, que lejos de detonar el crecimiento económico y el empleo, ha provocado a lo largo de casi tres décadas, un pobre desempeño de la economía mexicana de apenas 1.7 por ciento de crecimiento promedio anual, dejando sin oportunidad de incorporarse a la actividad económica formal a millones de mexicanos. Dicho modelo económico, hoy de manera dramática ubica a cerca del 60 por ciento de la población nacional en la pobreza, la marginación y la miseria.

Mientras esto ocurre en nuestro país, economías como la de Chile, Brasil, China e India con una participación activa del Estado en su economía y con esquemas fiscales equitativos y progresivos han logrado crecer durante los últimos años, a niveles de 8 y 9 por ciento anual como proporción de su producto interno bruto (PIB).

En sentido contrario de lo que ocurre en las economías de-sarrolladas, durante los últimos tres lustras, el gobierno federal ha apostado a la contracción del gasto público en todos los sectores de la economía, y a la dependencia de los ingresos petroleros como la premisa fundamental del manejo de una política fiscal restrictiva.

Se ha aplicado una política de ingresos públicos soportada en un 40 por ciento en los ingresos petroleros y una estructura tributaria frágil que no sólo experimenta una de las recaudaciones más bajas del mundo con apenas el 8.9 por ciento como proporción del PIB (colocándonos al nivel de Haití); sino también una estructura tributaria regresiva que afecta y grava más a la población de menores ingresos que a los que reciben mayores ingresos.

Sin compromiso social, el actual gobierno federal lejos de apostar por una gran reforma fiscal y hacendaria como lo planteó Convergencia al inicio de la presente legislatura, que le permita al país allegarse de mayores ingresos públicos bajo los principios de equidad y proporcionalidad; contrario al interés nacional sólo se ha empeñado en basar su política de ingresos tributarios en la creación de nuevos impuestos y en el incremento de los gravámenes existentes.

En el marco de esta estrategia, el año pasado esta soberanía aprobó una mayor tasa impositiva del impuesto al valor agregado (IVA) en detrimento de los más amplios sectores de la población, debido a su impacto a la alza en el nivel de precios de los productos, afectando el nivel de consumo y el dinamismo del mercado interno.

No podemos soslayar que la política de aplicar mayor IVA en México se inserta al margen de gravar las ganancias y las utilidades de 450 grandes empresas que operan en el país, sin adoptar ninguna medida que les obligue, a cubrir las obligaciones fiscales a las que debieran apegarse en función de sus cuantiosas ganancias.

Es así que, de manera contrastante, se observa por un lado una serie de declaraciones que presuntamente animan al gobierno federal para atender los requerimientos más sentidos de las franjas de la población que han sido afectados por la pobreza, cuyo número se calcula en alrededor de 60 millones de mexicanos y por la otra, se actúa en sentido contrario, con impuestos al consumo que afectan más a las mayorías, cuando existen otras alternativas de carácter fiscal para que el gobierno cuente con mayores recursos.

Nuestra propuesta de disminuir el IVA recobra mayor importancia ante la gravedad de la crisis que experimentó la economía mexicana en el 2009 y sus efectos nocivos los continúan resintiendo hasta la fecha los mexicanos. Dicha crisis fue desestimada por las autoridades hacendarias, indicando que se trataba de un problema mundial que nos aquejaría levemente, cuando en realidad representó una caída del PIB del 6.8 por ciento, generando una serie de efectos nocivos como la pérdida de 2.8 millones de empleos y de la disminución del poder adquisitivo de las mayorías.

A diferencia de la estrategia adoptada en otros países, muchos de ellos con economías sólidas, donde se instrumentaron verdaderas medidas fiscales anticíclicas para superar las secuelas de la crisis, destacando el caso de los Estados Unidos, donde el Estado intervino con un paquete fiscal que incluía estímulos fiscales para las empresas y la disminución de impuestos para reactivar su economía.

En México, a contracorriente de la tendencia mundial, la mal denominada “solución” tuvo en el centro de su estrategia, nuevamente la creación de nuevos impuestos y el incremento de otros, que incluyó la elevación del impuesto al valor agregado.

Las cifras suministradas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, revelan que los ingresos adicionales obtenidos por la aplicación del IVA, durante el período enero-junio de 2010 en comparación con el mismo periodo de 2009, apenas superaron los 8 mil 619.7 millones de pesos a la cifra programada, lo que genera fundadas reservas con respecto a las supuestas bondades fiscales que traería el incremento de este gravamen.

Los ingresos tributarios adicionales captados por el gobierno federal en lo que va del presente año, no se han visto reflejados en una mayor eficacia y eficiencia en el ejercicio del gasto público. Los recursos se tienen pero no se gastan, así lo evidencian los más de 77 mil millones de pesos de subejercicios en que ha incurrido de manera irresponsable el gobierno actual.

El incremento de impuestos no puede ofrecerse como un factor que dinamice la economía, contradice la teoría económica, lo que se requiere (como lo hemos señalado), es incentivar la economía a través de estímulos fiscales que apoyen el aparato productivo nacional y disminuir los impuestos para incidir en el nivel de consumo nacional.

En este contexto, planteamos una propuesta, consistente en reducir el impuesto al valor agregado, pasando de 16 a 12 por ciento, y de 11 a 10 por ciento en la zona fronteriza, que se enmarca dentro de una serie de propuestas que irán acompañadas de diversas medidas perfectamente articuladas, que compensarán de manera extraordinaria los ingresos que se dejen de percibir como: la eliminación de los regímenes especiales, la consolidación fiscal, y la devolución de impuestos a los grandes consorcios; ampliar la base de contribuyentes, acabando con la elusión fiscal y reducir el costo de la burocracia, lo cual dotaría al gobierno federal de recursos por un monto cercano al billón de pesos.

Lejos de plantear una pérdida de ingresos tributarios para el sector público, con una disminución del IVA de 16 por ciento a 12 por ciento sin incluir alimentos ni medicinas; estamos en el fondo, planteando una iniciativa viable y urgente de instrumentar, que incentivaría el consumo y la demanda agregada, se abonaría a la recuperación del poder de compra de los mexicanos y por supuesto se fortalecerían los ingresos tributarios no petroleros del país, si logramos de la mano con esta propuesta acabar con los regímenes especiales que tanto daño provocan a la recaudación tributaria.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por la que se reforman los artículos 1o., segundo párrafo; 1o.C, fracciones IV, V, primer párrafo, y VI, primer párrafo; 2o., primero, segundo y tercer párrafos; 2o.A, fracción I,  último párrafo; y 5o., último párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Artículo Único.Se reforman los artículos 1o., segundo párrafo; 1o. C, fracciones IV, V, primer párrafo y VI, primer párrafo; 2o., primero, segundo y tercer párrafo; 2o.A, fracción I, último párrafo, y 5o., último párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 1o....

I. a IV. ...

El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta ley, la tasa del 12 por ciento. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.

Artículo 1o.C....

IV. Cuando los adquirentes cobren los documentos pendientes de cobro, ya sea en forma total o parcial, deberán manifestar el monto cobrado respecto del documento correspondiente en el estado de cuenta que emitan, con el cual los cedentes de los documentos deberán determinar el impuesto al valor agregado a su cargo, sin descontar de dicho valor el monto correspondiente al cargo financiero cobrado por el adquirente. Para tales efectos, el impuesto al valor agregado se calculará dividiendo la cantidad manifestada en el estado de cuenta como cobrada por el adquirente entre 1.12 o 1.10, según se trate de documentos que deriven de operaciones afectas a la tasa de 12 por ciento o 10 por ciento, respectivamente. El resultado obtenido se restará a la cantidad manifestada en el estado de cuenta como cobrada y la diferencia será el impuesto al valor agregado causado a cargo del contribuyente que cedió los documentos pendientes de cobro.

V. Cuando hayan transcurrido seis meses a partir de la fecha de exigibilidad del pago de los documentos pendientes de cobro, sin que las cantidades reflejadas en dichos documentos se hayan cobrado por los adquirentes o un tercero directamente al deudor original y no sean exigibles al cedente de los documentos pendientes de cobro, este último considerará causado el impuesto al valor agregado a su cargo, en el primer día del mes siguiente posterior al periodo a que se refiere este párrafo, el cual se calculará dividiendo el monto pagado por el adquirente en la adquisición del documento, sin descontar de dicho valor el monto correspondiente al cargo financiero cobrado por el adquirente, entre 1.12 o 1.10, según se trate de documentos que deriven de operaciones afectas a la tasa del 12 por ciento o 10 por ciento, respectivamente. El resultado obtenido se restará del monto pagado por el adquirente en la adquisición de los citados documentos, sin descontar de dicho valor el monto correspondiente al cargo financiero, y la diferencia será el impuesto al valor agregado a cargo del contribuyente que cedió los documentos pendientes de cobro.

VI. Tratándose de recuperaciones posteriores al sexto mes de la fecha de exigibilidad del pago de los documentos pendientes de cobro a que se refiere la fracción V anterior, de cantidades cuyo monto adicionado de las que se hubieran cobrado con anterioridad correspondientes al mismo documento sea mayor a la suma de las cantidades recibidas por el cedente como pago por la enajenación de los documentos pendientes de cobro, sin descontar el cargo financiero, e incluyendo los anticipas que, en su caso, haya recibido, el adquirente deberá reportar dichas recuperaciones en el estado de cuenta del mes en el que las cobre. El contribuyente calculará el impuesto al valor agregado a su cargo por el total de la cantidad cobrada por el adquirente, dividiendo el valor del cobro efectuado entre 1.12 o 1.10, según se trate de documentos que deriven de operaciones afectas a la tasa de 12 por ciento o 10 por ciento, respectivamente. El resultado obtenido se restará del monto total cobrado y la diferencia será el impuesto al valor agregado a cargo del cedente.

Artículo 2o.El impuesto se calculará aplicando la tasa de 10 por ciento a los valores que señala esta ley, cuando los actos o actividades por los que deba pagar el impuesto se realicen por residentes en la región fronteriza, y siempre que la entrega material de los bienes o la prestación de servicios se lleve a cabo en la citada región fronteriza.

Tratándose de importación, se aplicará la tasa de 10 por ciento siempre que los bienes y servicios sean enajenados o prestados en la mencionada región fronteriza.

Tratándose de la enajenación de inmuebles en la región fronteriza, el impuesto al valor agregado se calculará aplicando al valor que señala esta ley la tasa de 10 por ciento.

Artículo 2.A....

I. ...

Se aplicará la tasa del 12 por ciento o del 10 por ciento, según corresponda, a la enajenación de los alimentos a que se refiere el presente artículo preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser consumidos en los mismos, cuando sean para llevar o para entrega a domicilio.

Artículo 5....

Cuando el impuesto al valor agregado en la importación se hubiera pagado a la tasa de 10 por ciento, dicho impuesto será acreditable en los términos de este artículo siempre que los bienes o servicios importados sean utilizados o enajenados en la región fronteriza.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Las disposiciones legales que contravengan el contenido de esta iniciativa quedarán sin efecto a partir de la publicación del presente decreto.

Palacio Legislativo en San Lázaro, a 9 de septiembre de 2010.— Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

El diputado Pedro Jiménez León:

«Iniciativa que reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo del diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Convergencia

El suscrito, Pedro Jiménez León, en su carácter de diputado del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 71, fracción II, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y con fundamento en el artículo 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de ley con proyecto de decreto, por la que se adiciona un segundo párrafo al artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El proceso de globalización que ha experimentado el mundo a partir de las postrimerías del siglo XX ha generado, contrariamente a lo que se pregonaba, una mayor desigualdad entre un gran número de países.

De esta manera, asistimos, nuevamente, a la profundización del predominio de ciertas naciones, mientras que otras se han visto condenadas a la profundización de sus históricos rezagos.

Una probable explicación acerca del origen de estos desequilibrios, puede encontrarse en la elección del modelo de país a seguir por los responsables de la conducción de los asuntos públicos.

Mientras en algunos países se ha optado por potenciar el talento de sus habitantes, a través de la generación de nuevo conocimiento, mediante una fórmula que otorga una gran importancia al gasto destinado en ciencia y tecnología, como es el caso de potencias económicas que presentan también rasgos de lo que se denomina una democracia consolidada, existen también casos de países emergentes que han iniciado un desarrollo verdaderamente vertiginoso en todos los ámbitos.

En tanto, naciones como México, han desaprovechado una enorme oportunidad para convertirse en protagonistas en el escenario mundial, sin más respuesta por los grupos dirigentes que la defensa y preservación de intereses plasmados en presupuestos orientados a enfrentar, fundamentalmente, adeudos con un origen poco claro y, lo más preocupante, con resultados estériles en lo que se refiere a su aportación para el desarrollo.

En este contexto, deseamos referirnos a la recomendación emitida por la Organización de las Naciones Unidas en el sentido de que cada país debiera destinar al menos el 1 por ciento de su producto interno bruto a la investigación en ciencia y tecnología.

Lamentablemente, en México dicha recomendación no se cumple, de acuerdo a las cifras dadas a conocer por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en ese tema, pues la evolución seguida por el gasto en la materia, durante los años comprendidos en el periodo 1997 a 2007 es de apenas 0.36 por ciento en promedio, alcanzando su punto más alto en el año de 2005 con apenas el 0.41 por ciento. Esto significa que nuestro país ocupa un deshonroso último lugar entre las naciones que integran dicho organismo en lo que respecta a la inversión en la materia.

Lo anterior contrasta con casos como los de Suecia, Finlandia, Japón y Corea del Sur, los cuales destinaron en el mismo periodo, 3.66, 3.14, 3.11 y 2.52 por ciento, respectivamente, del PIB a la investigación en ciencia y tecnología.

Ello se traduce en la generación de un gran número de patentes como resultado de la investigación científica y tecnológica, destacándose en rubros como las telecomunicaciones, electrónica y tecnologías de la información.

En América Latina encontramos el caso de Brasil, quien no obstante no pertenecer a la OCDE supera en el presupuesto destinado a la ciencia y tecnología, pues su aportación, en el mismo periodo al que nos hemos referido, alcanzó el 0.94 por ciento, constituyendo uno de los factores que le han permitido convertirse en la principal economía de la región.

Elegir nuevamente, como se ha venido haciendo en los últimos veinticinco años, una política de crecimiento que coloque en el centro a las exportaciones, con un papel de total subordinación con respecto a las naciones desarrolladas, además de seguir exportando nuestros recursos naturales sin ningún valor agregado, permite prever que no habrá un salto cualitativo en ningún orden, condenando a nuestro país a ser un mero observador de las grandes transformaciones tecnológicas que caracterizan a la época actual.

De acuerdo a datos dados a conocer por la doctora Rosaura Ruiz, en el periodo en que se desempeñó como presidenta de la Academia Mexicana de Ciencias, el desarrollo de la investigación científica y tecnológica presenta signos preocupantes como los que se mencionan a continuación:

Existe un reducido número de alumnos de doctorado. En este sentido, por citar un ejemplo, una sola universidad brasileña gradúa el mismo número de doctores que todos los existentes en nuestro país.

En el año de 2006, la participación de México en la producción científica mundial representaba sólo el 0.75 por ciento del total de artículos publicados en todo el orbe.

El coeficiente de inventiva, es decir, la relación de patentes por número de habitantes, en el caso de México, para el año 2005 alcanzó apenas un valor de 0.05, mientras que el de Brasil fue 10 veces mayor. Por lo que hace a Japón el índice ascendió a 32.41.

La capacidad de inventiva, señala la doctora Rosaura Ruiz, es inversamente proporcional al grado de dependencia tecnológica, por ello, la dependencia de Japón en ese rubro es de apenas 0.15, mientras que la de México fue de 29.30 para el año de referencia y la de Brasil de 14.57.

Por considerarlo de suma relevancia, cito textualmente una afirmación de la doctora Ruiz, en los términos siguientes: “... la Academia Mexicana de Ciencias ha planteado propuestas para revertir el rezago que padece nuestro país en ciencia y tecnología. Es necesario establecer un compromiso entre los poderes Ejecutivo, Legislativo, los gobiernos estatales y las instituciones de investigación y educación superior, que establezca las condiciones para alcanzar, en el menor plazo posible, el 1% del PIB a este rubro. Para lograr que, al menos en 2018, sea satisfecho nuestro objetivo, sería necesario incrementar el presupuesto público para ciencia y tecnología en sólo 0.07 del PIB cada año, lo que equivale a un incremento de 12 mil millones de pesos anuales. Esta cifra, que implicaría un auténtico rescate de la ciencia, podría parecer enorme, pero resulta ínfima si se compara con 0.5 por ciento del PIB que desde 1995 se ha otorgado, cada año en promedio, a los rescates bancario y carretero”.

Tan sólo para el año 2010 el monto aprobado para ciencia y tecnología asciende a 30 mil 473 millones de pesos, siguiendo una muy ligera tendencia a incrementar los recursos. Sin embargo, el esfuerzo realizado es insuficiente para atender los requerimientos sugeridos por la ONU, como ya lo hemos señalado.

De acuerdo con estimaciones propias, el monto aprobado para el ejercicio 2010 debiera duplicarse al menos en los años subsecuentes, como una primera medida para dar solución al grave rezago que en materia de inversión presenta aún el rubro, pues el 1 por ciento del PIB nacional representa poco más de 100 mil millones de pesos en la actualidad.

No es admisible que sigamos poniendo en riesgo las posibilidades de desarrollo del país, afectando a millones de mexicanos, tanto de las generaciones actuales como de las venideras por seguir verdaderos dogmas económicos que optan por privilegiar la defensa de intereses contrarios al bien nacional, en aras de preservar una supuesta estabilidad mediante el control de las variables macroeconómicas y el pago de deudas cuyo origen, como ya se dijo, es altamente cuestionable y significa un verdadero retroceso en lo que a desarrollo se refiere.

Con base en lo señalado, presentamos ante esta legislatura, para su estudio, análisis, discusión y, en su caso, aprobación, la presente iniciativa con la que se modifica el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Decreto

Único.Se reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología para quedar de la siguiente manera:

Artículo 9 Bis....

Corresponderá al Congreso de la Unión, a través de la Cámara de Diputados, realizar una revisión del Presupuesto de Egresos del año correspondiente, a fin de realizar las previsiones presupuestales correspondientes para que el monto destinado a ciencia y tecnología no sea inferior al 1 por ciento del PIB, con objeto de cumplir la disposición señalada.

Transitorio

Único.La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, a 9 de septiembre de 2010.— Diputados: Pedro Jiménez León, Tomás Gutiérrez Ramírez (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese  a la Comisión de Ciencia y Tecnología.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA - LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora el uso de la palabra para presentar dos iniciativas, en una sola intervención y hasta por 5 minutos, el diputado Alfonso Navarrete Prida, del Grupo Parlamentario del PRI. La primera, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 222 Bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta. La segunda, con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Desarrollo Social.

El diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida:En 5 minutos yo creo que podemos explicar con claridad de qué se trata. Gracias, señor presidente. Son dos iniciativas que tienen que ver con temas de equidad, con temas de justicia. La primera va orientada a jóvenes y la segunda va orientada a mujeres.

En el tema de jóvenes, nuestra juventud hoy representa un grupo vulnerable en el mercado de trabajo porque enfrenta condiciones extraordinariamente desiguales de acceso a los empleos y un creciente déficit de oportunidades de trabajo digno, lo que eleva a fin de cuentas el propio desempleo. La economía informal y la migración en condiciones desfavorables.

Los jóvenes en nuestro país tienen una desventaja inicial y ésta se debe a las condiciones en que ingresan al mercado laboral. La frase es muy clara y contundente: solamente se contrata a gente con experiencia. ¿Y cómo va a adquirir experiencia un joven si no se le contrata?

Si nuestra tasa de desempleo en este momento es de 5.13 —aunque ha tendido a disminuir—, la tasa de desempleo en jóvenes es de 6.8 por ciento, el mayor segmento en el país. Por eso la propuesta tiene que ver con modificar el artículo 222 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta para quedar como sigue: el patrón que contrate a personas menores de 25 años para su primer empleo podrá deducir de sus ingresos un monto equivalente al 100 por ciento del impuesto sobre la renta de esos trabajadores, retenido y enterado conforme al Capítulo Primero del Título Cuarto de esta Ley, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores con las obligaciones contenidas en otros artículos que son los de la Ley del Seguro Social, por lo menos durante un año.

No se alteran las finanzas públicas, se incentiva el empleo y, desde luego, se hace un acto de equidad para rescatar a nuestros jóvenes de, en este momento, graves problemas de seguridad e incorporarlos al mercado laboral.

La segunda, que tiene que ver con mujeres, es un tema de equidad. La desigualdad en nuestro país no se limita únicamente a la distribución del ingreso. En México las mujeres en general perciben remuneraciones inferiores a las de los varones aun cuando desempeñan la misma ocupación con iguales requisitos educativos y horarios.

Es un imperativo para todos mejorar las condiciones materiales de vida de la sociedad mexicana y pasan necesariamente por la promoción efectiva de la igualdad de género y empoderamiento de las mujeres.

Para lograrlo es indispensable reconocer que las mujeres y hombres desempeñan diferentes papeles y responsabilidades en sus propias vidas, dentro de sus familias, en la comunidad y en la sociedad, pero que estas diferencias no tienen por qué traducirse en discriminación.

La propuesta concreta es adicionar un segundo párrafo al artículo 7o. de la Ley General de Desarrollo Social para quedar como sigue:

Los beneficios de los programas de desarrollo social que tengan como población objetivo a las familias o los hogares con algún grado de pobreza serán entregados de manera preferente a las mujeres.

Está cuidada la garantía de igualdad constitucional. No se lesiona el orden jurídico y creo, en mucho, que estamos haciendo un compromiso de equidad para con la mayoría de la población.

Como pueden ver no fueron menos de 5 minutos y creo que se puede hacer mucho con estas propuestas. Muchas gracias, señor presidente. Con permiso.

«Iniciativa que adiciona el artículo 222 Bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Alfonso Navarrete Prida, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 222 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En todas las regiones del país, los jóvenes encaran la vida con sueños, ilusiones y aspiraciones. Sin embargo, en todas partes se enfrentan a obstáculos y desafíos en el mercado de trabajo. Para poder ofrecerles oportunidades, se necesitan numerosas vías de acceso a empleos dignos. El logro de un trabajo digno para los jóvenes es un elemento fundamental a fin de lograr un desarrollo y bienestar sostenibles para todos.

Los jóvenes aportan numerosos activos al mercado de trabajo: una educación y capacitación pertinente y actualizada, entusiasmo, esperanza e ideas frescas, voluntad de aprender y de recibir formación, espíritu de apertura, movilidad y adaptabilidad.

La juventud representa un grupo vulnerable en el mercado de trabajo, debido a que enfrenta condiciones desiguales de acceso a los empleos y un creciente déficit de oportunidades de trabajo digno, lo que eleva el desempleo, la economía informal y la migración en condiciones desfavorables.

La desventaja inicial de los jóvenes se debe a las condiciones en las que ingresan al mercado laboral. En la mayoría de los empleos se les exige experiencia y tiempo completo, lo que provoca deserción escolar y el consiguiente déficit de capacitación; a ello se suma que la búsqueda de empleo puede alargarse y provocar la migración de los jóvenes y su ingreso al trabajo informal.

La tasa de desocupación en nuestro país aún se mantiene en niveles elevados; en mayo de 2010 la tasa de desocupación total fue de 5.13 por ciento, lo que significó que por cada 10 mil personas de la población económicamente activa hay 513 personas mayores de 14 años desocupadas. Ello implicó que, aproximadamente, 2 millones 364 mil personas se encontraron desocupadas durante el pasado mes de mayo. Aunque esta tasa fue menor en 0.18 puntos porcentuales respecto a la observada en mayo de 2009 (5.31 por ciento), supera a la de abril pasado en 0.14 puntos porcentuales, con lo cual se acumulan dos meses consecutivos de alzas.

El desempleo afecta a la población en general, pero en su mayor parte a la juventud, cuya tasa de desocupación es de 6.8 por ciento. La razón es que se trata del sector de la población más sensible a los ciclos económicos, debido a que su ingreso al mercado laboral requiere un mínimo crecimiento de la economía.

La Organización Internacional del Trabajo afirma que a menos que ésta prospere a una tasa mínima de 5.0 por ciento, los jóvenes no podrán acceder a empleos en el sector formal.

A pesar de que se anticipa una recuperación para la economía mexicana en 2010 y 2011, se prevé que la tasa de desocupación en nuestro país se mantenga cercana a la observada en 2009 (5.47 por ciento); se anticipa que la tasa de desempleo en 2010 sea de 5.3 por ciento de la población económicamente activa y para 2011 de 5.0 por ciento; lo anterior a pesar de que supone que el producto interno bruto tenga un incremento anual de 4.0 por ciento tanto para 2010 como 2011. Así, el nivel de crecimiento económico esperado para los próximos años no será suficiente para reducir de manera significativa la tasa de desocupación.

Con la finalidad de contribuir a que los jóvenes se incorporen a trayectorias laborales en condiciones de trabajo digno, se propone adicionar un artículo 222 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para conceder un beneficio económico a los patrones que contraten a jóvenes menores de 25 años para su primer empleo, cumpliendo con las obligaciones contenidas en la Ley del Seguro Social por lo menos durante un año.

Por lo expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se adiciona el artículo 222 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta para quedar como sigue:

Artículo 222-Bis. El patrón que contrate a personas menores de 25 años para su primer empleo, podrá deducir de sus ingresos, un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores retenido y enterado conforme al capítulo I del título IV de esta ley, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores con las obligaciones contenidas en los artículos 12 y 15 de la Ley del Seguro Social por lo menos durante un año.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de septiembre de 2010.— Diputados: Jesús Alfonso Navarrete Prida, Jorge Humberto López-Portillo Basave, Rubén Arellano Rodríguez, María Araceli Vázquez Camacho, Leobardo Soto Martínez, Juan Pablo Jiménez Concha, José Alberto González Morales, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, Cora Cecilia Pinedo Alonso , Leticia Quezada Contreras, Florentina Rosario Morales, María Guadalupe García Almanza, Carlos Cruz Mendoza, Alma Carolina Viggiano Austria, María Elena Perla López Loyo, Violeta Avilés Álvarez, Miguel Angel Terrón Mendoza,  Luis Carlos Campos Villegas, Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez, María del Pilar Torre Canales , Héctor Pedraza Olguín, José Manuel Aguero Tovar, Gerardo Leyva Hernández, Laura Felícitas García Dávila, José Ricardo López Pescador, Israel Reyes Ledesma Magaña, Andrés Aguirre Romero, Andrés Massieu Fernández, Eduardo Zarzosa Sánchez, José Luis Soto Oseguera, Noé Martín Vázquez Pérez, Juan Nicolás Callejas Arroyo, Fausto Sergio Saldaña del Moral, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Daniela Nadal Riquelme, Rodrigo Reina Liceaga, Armando Jesús Báez Pinal, Jesús María Rodríguez Hernández, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Ricardo Armando Rebollo Mendoza, María del Carmen Izaguirre Francos, Sandra Méndez Hernández, (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

El diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida:

«Iniciativa que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Alfonso Navarrete Prida, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 7 de la Ley General de Desarrollo Social, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La sociedad mexicana presenta graves problemas de pobreza y desigualdad. Las cifras oficiales muestran que más de 50 millones de mexicanos están en algún grado de pobreza. Cuando las carencias son extremas, además de la falta de ingresos, las personas y los hogares concentran los mayores índices de desnutrición, enfermedades, analfabetismo y abandono escolar. Se genera así un círculo vicioso en que los integrantes de las familias más pobres no desa-rrollan sus capacidades, situación que lleva a que las nuevas generaciones hereden la pobreza y la imposibilidad de generar ingresos que les permitan superar su condición.

Sin embargo, en el país la pobreza y la desigualdad no se limitan a la distribución del ingreso sino que se vinculan a la discriminación de género, étnica y de lugar de residencia. Las mujeres todavía reciben remuneraciones inferiores a las de los varones, aun cuando desempeñen la misma ocupación con iguales requisitos educativos y horarios. La discriminación de género también determina que las tareas de desarrollo y cuidado de los seres humanos, como las de educación y salud, en las que se registra una elevada participación femenina, reciban comparativamente retribuciones menores y se sitúen en la parte más baja de la escala ocupacional.

Mejorar las condiciones materiales de vida de la sociedad mexicana pasa necesariamente por la promoción efectiva de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. Para lograrlo es indispensable reconocer que mujeres y hombres desempeñan diferentes papeles y responsabilidades en sus vidas, dentro de sus familias, en su comunidad y en la sociedad, pero que esas diferencias no tienen por qué traducirse en discriminación.

Las mujeres, excluidas y discriminadas, pueden carecer del valor, de la fuerza y del poder para generar opciones que les permitan ampliar sus capacidades y sacar provecho de ellas. El empoderamiento de las mujeres significa tener control sobre sus vidas y tener capacidad de influencia y de toma de decisiones que permitan mejorar su bienestar. El empoderamiento de las mujeres constituye una estrategia importante para transformar las estructuras de dominación y discriminación en todos los ámbitos: familiar, escolar, laboral, y en todas las instancias en que prevalezca un dominio masculino, en menoscabo de la condición social femenina.

Las convenciones internacionales en favor de los derechos humanos y de las mujeres representan esfuerzos importantes para superar barreras formales que restringen el acceso de las mujeres a una vida digna en condiciones de equidad. Los compromisos asumidos por el Estado mexicano en materia de igualdad y no discriminación de género han seguido en tiempo y forma la ratificación de las convenciones internacionales. En un proceso de arduo trabajo de legisladoras y de legisladores han sido promulgadas leyes generales y estatales para la igualdad, la no discriminación y la no violencia contra las mujeres. Aun cuando subsisten importantes discrepancias de algunas leyes federales y locales con los instrumentos internacionales para el avance de las mujeres, aquéllas constituyen importantes herramientas para tomadores de decisión hacia la remoción de los obstáculos de facto para el desarrollo humano con equidad de género.

En consecuencia, con el propósito de contribuir al empoderamiento de las mujeres se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 7 de la Ley General de Desarrollo Social, para que los beneficios de los programas de desa-rrollo social que tengan como población objetivo a las familias o los hogares con algún grado de pobreza, sean entregados de manera preferente a las mujeres.

Por lo expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 7 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

Artículo 7. ...

Los beneficios de los programas de desarrollo social que tengan como población objetivo a las familias o los hogares con algún grado de pobreza serán entregados de manera preferente a las mujeres.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2010.— Diputados: Jesús Alfonso Navarrete Prida, Jorge Humberto López-Portillo Basave, José Manuel Agüero Tovar, Rubén Arellano Rodríguez, Héctor Pedraza Olguín, Gerardo Leyva Hernández, Leobardo Soto Martínez,  Juan Pablo Jiménez Concha, María Araceli Vázquez Camacho, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, José Alberto González Morales, Cora Cecilia Pinedo Alonso,  Carlos Cruz Mendoza, María Guadalupe García Almanza, Oscar Román Rosas González,  Francisco Lauro Rojas San Román, Alma Carolina Viggiano Austria, María Elena Perla López Loyo,  Violeta Avilés Álvarez, Miguel Ángel Terrón Mendoza, Luis Carlos Campos Villegas, Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez, María del Pilar Torre Canales, Israel Reyes Ledesma Magaña, José Ricardo López Pescador,  Alberto Emiliano Cinta Martínez, Raúl Domínguez Rex, Andrés Aguirre Romero, Eduardo Zarzosa Sánchez, Andrés Massieu Fernández,  José Luis Soto Oseguera, Patricio Chirinos del Ángel, Noé Martín Vázquez Pérez, Fausto Sergio Saldaña del Moral, Daniela Nadal Riquelme, Rodrigo Reina Liceaga, Jesús María Rodríguez Hernández, Armando Jesús Báez Pinal,  Héctor Pedroza Jiménez, Sandra Méndez Hernández, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Laura Felícitas García Dávila, María del Carmen Izaguirre Francos (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social.

La diputada Daniela Nadal Riquelme:Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Dígame, diputada Daniela Nadal.

La diputada Daniela Nadal Riquelme:Señor presidente, si le puede preguntar al diputado si me puedo sumar a su propuesta.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: La diputada Daniela Nadal ha expresado su interés de adherirse a la iniciativa presentada por el diputado Navarrete. Si el proponente no tiene inconveniente en la solicitud de adhesión.

El diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida(desde la curul): Sí.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se manifiesta la aquiescencia, la aceptación.

El diputado Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sí, señor diputado Toledo.

El diputado Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez(desde la curul): Presidente, para ver si me permite suscribirme a la iniciativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se pone a su disposición la iniciativa en la Secretaría, para los diputados y las diputadas que quieran adherirse a la misma.

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputada Quezada.

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul): Al diputado, si fuese tan amable de sumarme a la iniciativa de equidad. Me parece una iniciativa muy importante, porque las mujeres en este país, efectivamente, no ganan lo mismo que los hombres. Es una iniciativa que pudiera, de pasar obviamente, poner a la vanguardia a este país en cuanto a la equidad y abrir el campo de trabajo para las mujeres también y la igualdad en el empleo y en el salario. Gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El diputado Navarrete ha expresado su entera disposición a que haya adhesiones a la iniciativa presentada y reitero que ya se ha puesto aquí en la Secretaría a disposición de las diputadas y los diputados que quieran adherirse, para que lo hagan.



ARTICULO 53 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra la diputada Dora Evelyn Trigueras Durón, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 53 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Dora Evelyn Trigueras Durón:Con su venia, señor presidente. El artículo 53 constitucional establece que la demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte al dividir la población total del país entre los distritos señalados.

La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último Censo General de Población. No obstante ello, en las elecciones para diputados federales que integrarían la LVIII Legislatura no fue posible utilizar el doceavo Censo General de Población y Vivienda del 2000, debido a que sus resultados se publicaron hasta finales del año 2000, por lo cual se aplicó el onceavo Censo General de Población y Vivienda de 1990. Debido a ello, un total de 10 distritos electorales quedaron asignados en exceso a seis entidades federativas, resultando afectados seis estados que quedaron subrepresentados.

La aplicación de este censo representó, a la fecha de la elección, un retraso de casi 10 años, periodo en el cual las corrientes migratorias tanto internas como al y del exterior modificaron ampliamente el número total de la población de cada entidad federativa, generándose una distribución territorial de la población que correspondía a una nueva demarcación territorial de los distritos electorales y a una distribución diferente de los mismos entre los estados.

De haberse utilizado el doceavo Censo General de Población y Vivienda del 2000 se hubieran tenido que reasignar los 10 distritos electorales que fueron asignados de más a seis entidades federativas.

Si en esas elecciones del 2000 se hubiese utilizado el Conteo de Población y Vivienda de 1995, para determinar la demarcación territorial de los distritos electorales y su distribución entre los estados, aunque no se hubiese resuelto en su totalidad el problema de la iniquidad de distribución de los distritos electorales, se hubieran podido reasignar seis distritos que ya correspondían a cinco entidades federativas diferentes.

En las elecciones de julio de 2003 de los diputados federales que integrarían la LIX Legislatura, nuevamente se utilizó el onceavo Censo General de Población y Vivienda de 1990 para la determinación de las demarcaciones territoriales de los distritos electorales uninominales y para su distribución entre las entidades federativas con un retraso de casi 13 años con relación al número total real de habitantes de cada estado, originándose una iniquidad aún mayor, pues en ese año se registró una sobreasignación de 12 distritos electorales a 8 entidades federativas, resultando afectados siete estados que quedaron subrepresentados.

En esa elección de 2003 debió utilizarse el doceavo Censo General de Población y Vivienda del 2000, con el cual se hubieran reasignado 10 distritos electorales a seis entidades federativas, distritos que hubieran sido cancelados en otros seis estados.

Fue hasta julio de 2006, en las elecciones de los diputados federales que integrarían la LX Legislatura, cuando se utilizó por primera vez el doceavo Censo General de Población y Vivienda del 2000 para la determinación de las demarcaciones territoriales de los distritos electorales y para su distribución entre las entidades federativas. Con ello se corrigieron en parte las iniquidades que se venían arrastrando.

Para el proceso electoral de julio de 2009, en la elección de los diputados federales que integran la LXI Legislatura de esta Cámara de Diputados, de acuerdo con lo dispuesto a través del artículo 53 constitucional, nuevamente se utilizó el doceavo Censo General de Población y Vivienda del 2000, que representaba para ese entonces un retraso de nueve años, en los cuales la distribución de la población entre los estados se había modificado de manera importante.

Con la aplicación de este censo en las elecciones de 2009, seis distritos electorales fueron asignados en exceso a cinco entidades federativas que resultaron sobrerrepresentadas, perjudicándose a seis estados que quedaron subrepresentados. Esta situación se hubiese corregido en su mayor parte si se hubiera utilizado el segundo Conteo de Población y Vivienda del 2005, pues con ello se habrían reasignado cuatro distritos electorales a cuatro estados, mismos que tendrían que cancelarse en otras tres entidades federativas diferentes, quedando así sólo un remanente de dos distritos electorales asignados de más con relación a la población total real de las entidades federativas del 2009.

Finalmente, esta situación se agravaría en las elecciones federales del 2012, pues de aplicarse nuevamente el doceavo Censo General de Población y Vivienda del 2000, tendremos ocho distritos electorales asignados de más a seis entidades federativas, que estarán sobrerrepresentadas, afectándose a siete estados que resultarán subrepresentados.

Por ello, es importante que en este caso se utilice el treceavo censo general de población correspondiente al año 2010, en estricto apego a lo dispuesto por el artículo 53 de la Constitución General.

Es importante señalar que si el onceavo Censo General de Población y Vivienda de 1990 se aplicó hasta el año 2006, es posible que se pueda utilizar el doceavo Censo General de Población y Vivienda del 2000 en las elecciones del 2012.

Estas deficiencias, que generan una distribución inequitativa de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas, pueden y deben ser corregidas. Una forma segura, confiable y fidedigna sería la aplicación de los conteos de población y vivienda, los cuales se realizan en forma intercalada entre los censos generales de población.

Los censos generales se realizan cada 10 años, al final de cada década, y los conteos de población se han realizado a mitad de cada década. El primero se realizó en 1995 y el segundo en el 2005, todos ellos realizados por la misma institución responsable de los censos de población, esto es, por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Por ello, consideramos que la información generada por los conteos de población y vivienda es confiable, fidedigna y universal. Por lo mismo, pueden ser utilizados para determinar la demarcación de los distritos electorales uninominales y para su distribución entre las entidades federativas.

Por todo lo anteriormente expuesto, compañeras legisladoras y compañeros legisladores, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional somete a esta soberanía la presente iniciativa, con la cual se propone adicionar el artículo 53, con el objeto de corregir en su mayor parte las distribuciones inequitativas que resulten de aplicar un censo obsoleto.

Solicito se agregue el texto íntegro al Diario de los Debates. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 53 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Dora Evelyn Trigueras Durón, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Dora Evelyn Trigueras Durón, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los correlativos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 53 de la Constitución General, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El artículo 53 constitucional establece que “la demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población...”; no obstante ello, en las elecciones para diputados federales que integrarían la LVIII Legislatura no fue posible utilizar el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, debido a que sus resultados se publicaron hasta finales del año 2000, por lo cual se aplicó el XI Censo General de Población y Vivienda de 1990; debido a ello un total de diez distritos electorales quedaron asignados en exceso a seis entidades federativas, resultando afectados seis estados que quedaron subrepresentados.

La aplicación de este censo representó, a la fecha de la elección, un retraso de casi 10 años, periodo en el cual las corrientes migratorias tanto internas como al y del exterior modificaron ampliamente el número total de la población de cada entidad federativa; generándose una distribución territorial de la población que correspondía a una nueva demarcación territorial de los distritos electorales, y a una distribución diferente de los mismos entre los estados.

De haberse utilizado el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, se hubieran tenido que reasignar los diez distritos electorales que fueron asignados de más a seis entidades federativas.

Si en esas elecciones del 2000 se hubiese utilizado el Conteo de Población y Vivienda 1995, para determinar la demarcación territorial de los distritos electorales y su distribución entre los estados, aunque no se hubiese resuelto en su totalidad el problema de la inequitativa distribución de los distritos electorales se hubiera podido reasignar seis distritos que ya correspondían a cinco entidades federativas diferentes.

En las elecciones de julio del 2003, de los diputados federales que integrarían la LIX Legislatura, por razones poco claras nuevamente se utilizó el XI Censo General de Población y Vivienda de 1990, para la determinación de las demarcaciones territoriales de los distritos electorales uninominales y para su distribución entre las entidades federativas; con un retraso de casi trece años con relación al número total real de habitantes de cada estado, originándose una inequidad aún mayor, pues en ese año se registró una sobre asignación de doce distritos electorales a ocho entidades federativas, resultando afectados siete estados que quedaron subrepresentados.

En esa elección del 2003 debió utilizarse el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, con lo cual se hubieran reasignado diez distritos electorales a seis entidades federativas; distritos que hubieran sido cancelados en otros seis estados; quedando pendientes de reasignación sólo dos distritos electorales uninominales.

Fue hasta julio del 2006, en las elecciones de los diputados federales que integrarían la LX Legislatura, cuando se utilizó por primera vez el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, para la determinación de las demarcaciones territoriales de los distritos electorales y para su distribución entre las entidades federativas. Con ello se corrigieron en parte la inequidades que se venían arrastrando. A pesar de ello, si se hubiese tomado en cuenta la población total real de cada estado al 2006, encontraríamos que cuatro distritos electorales fueron asignados de más a tres entidades federativas, en detrimento de otras cuatro entidades.

En esta ocasión, a pesar de los diferentes crecimientos de la población de cada estado, de haberse utilizado el II Conteo de Población y Vivienda 2005, se habrían obtenido los mismos resultados.

Para el proceso electoral de julio del 2009, en la elección de los diputados federales que integran la LXI Legislatura de esta Cámara de Diputados, de acuerdo con lo dispuesto a través del artículo 53 constitucional, nuevamente se utilizó, tanto para la determinación de las demarcaciones territoriales de los distritos electorales como para su distribución entre las entidades federativas, el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, que representaba para ese entonces, un retraso de nueve años, en los cuales la distribución de la población entre los estados se había modificado de manera importante. Con la aplicación de este censo en las elecciones del 2009, seis distritos electorales fueron asignados en exceso a cinco entidades federativas que resultaron sobre representadas, perjudicándose a seis estados que quedaron subrepresentados.

Esta situación se hubiese corregido en su mayor parte si se hubiera utilizado el II Conteo de Población y Vivienda 2005, pues con ello se habrían reasignado cuatro distritos electorales a cuatro estados, que tendrían que cancelarse en otras tres entidades federativas diferentes, quedando así sólo un remanente de dos distritos electorales asignados de más, con relación a la población total real de las entidades federativas al 2009.

Finalmente, esta situación se agravaría en las elecciones federales de 2012, pues se estima que, de aplicarse nuevamente el XII Censo General de Población y Vivienda 2000 (el cual se utilizó por primera vez seis años después de su publicación), tendremos ocho distritos electorales asignados de más a seis entidades federativas, que estarán sobrerrepresentadas, afectándose a siete estados que resultarán sub-representados. Por ello es importante que en ese caso se utilice el XIII censo general de población correspondiente al año 2010, en estricto apego a lo dispuesto por el artículo 53 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Es importante señalar que, si el XI Censo General de Población y Vivienda de 1990 se aplicó hasta el año 2006; es posible que se pretenda utilizar el XII Censo General de Población y Vivienda 2000 en las elecciones del 2012. Estas deficiencias que generan una distribución inequitativa de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas, pueden y deben ser corregidas. (Se adjuntan 7 anexos de análisis del crecimiento poblacional y de la distribución de los distritos electorales).

Una forma segura, confiable y fidedigna, sería la aplicación de los conteos de población y vivienda, los cuales se realizan en forma intercalada entre los censos generales de población. Los censos generales se realizan cada diez años, al final de cada década, y los conteos de población se han realizado a mitad de cada década, el primero se realizó en 1995 y el II Conteo de Población y Vivienda se llevó a cabo en el 2005; todos ellos realizados por la misma institución responsable de los censos de población, esto es, por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

“Un censo o un conteo poblacional se concibe como el conjunto integrado de operaciones que permiten organizar y recopilar información sociodemográfica de corte estadístico en forma simultánea y homogénea; procesar, analizar, difundir y evaluar los datos relativos a todos los habitantes de un país, los hogares y las viviendas, en un momento determinado” De acuerdo con ello, los conteos realizados a la fecha en México, presentan las siguientes características:

El Conteo de Población y Vivienda 1995 se planteó como objetivos proporcionar información básica de la población, mantener actualizadas las estadísticas demográficas y socioeconómicas de México e incrementar la serie histórica de información socioeconómica; y como metas centrales se buscó: “...lograr la máxima cobertura, obtener información de óptima calidad y publicar con oportunidad los resultados”.

“La planeación del Conteo de Población y Vivienda 1995 se basó en la revisión conceptual y operativa de dos eventos estadísticos anteriores: el XI Censo General de Población y Vivienda 1990 y la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 1992. El análisis de ambos eventos fue importante para la definición de conceptos, contenido temático, diseño de instrumentos de captación y delimitación de la estrategia operativa, a fin de asegurar la comparabilidad histórica y perfeccionar la recolección de información sociodemográfica.” La planeación de este evento incluyó: “...la revisión de las experiencias de diversos países que han efectuado eventos estadísticos similares utilizando el mismo método de recolección”.

En tanto que el objetivo general que se planteó el II Conteo de Población y Vivienda 2005, fue “...producir información sociodemográfica básica que actualice los datos sobre el tamaño de la población, su composición y distribución territorial; así como de los hogares y las viviendas existentes en el país;...”

Por ello consideramos que la información generada por los Conteos de Población y Vivienda es confiable, fidedigna y universal y, por lo mismo, puede ser utilizada para determinar la demarcación de los distritos electorales uninominales y para su distribución entre las entidades federativas.

Por todo lo anteriormente expuesto, compañeras y compañeros legisladores, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa, con la cual se propone adicionar el artículo 53 constitucional, con el objeto de corregir en su mayor parte las distribuciones inequitativas que resultan de aplicar un censo obsoleto.

Proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 53 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona el primer párrafo del artículo 53 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 53. La demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población o el último conteo de población, el que resulte más reciente; sin que en ningún caso la representación de un estado pueda ser menor de dos diputados de mayoría.

...

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 INEGI; II Conteo de Población y Vivienda 2005, pág. 1.

2 INEGI, Conteo de Población y Vivienda 1995, pág. 3.

3 Ídem.

4 INEGI, II Conteo de Población y Vivienda 2005.

Dado en el salón de sesiones del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a 9 de septiembre de 2010.— Diputada Dora Evelyn Trigueras Durón (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias a usted, diputada Trigueras. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.Como lo ha solicitado la diputada, se incorpora de manera íntegra su iniciativa al Diario de los Debates.



ARTICULOS 74, 76, 78, 89 Y 91 CONSTITUCIONALES

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra el diputado Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez:Con su venia, diputado presidente. Uno de los temas que fue objeto de discusión de fondo para el Constituyente de 1916 y 1917 fue el relativo a la facultad del presidente de nombrar y remover libremente a los secretarios de despacho.

Concretamente, el 16 de enero de 1917 se presentó el dictamen correspondiente a la integración y funcionamiento del Poder Ejecutivo. En dicho documento se definió a las secretarías como órganos auxiliares inmediatos del presidente de la República, diferentes a los departamentos, que serían órganos meramente administrativos.

En esa ocasión la discusión de la libertad del presidente para nombrar o remover a los secretarios se realizó un 18 de enero de 1917, cuando 25 diputados constituyentes votaron en contra del dictamen, proponiendo que la Cámara de Diputados aprobara el nombramiento de los secretarios con base en dos argumentos que hoy mantienen plena vigencia: que los secretarios no eran simples empleados y, por tanto, deberían tener —abro comillas— “todas la responsabilidades y atribuciones que competen a sus cargos. Y que el Constituyente estaba creando un Ejecutivo absoluto, por lo que también era necesario restringir sus facultades”.

A diferencia de lo que en su momento se opinaba de nuestro sistema, debía ser enteramente presidencial como en Estados Unidos, y que si la Cámara de Diputados tenía la facultad de aprobar el nombramiento de los secretarios se caería en un caos político. Hoy en día vemos que esto ya no es así.

Por el contrario, es evidente que los cambios —que en meses pasados se hicieron en el gabinete presidencial— y la realidad política actual exigen la inclusión en nuestro orden constitucional de nuevas fórmulas y mecanismos para la elección, nombramiento y remoción de los secretarios de Estado y de los titulares de órganos desconcentrados y descentralizados, para evitar precisamente el cuestionamiento y desorden en el ejercicio del poder, en áreas de la administración pública que son vitales para el Estado, cada vez que son designados sus titulares, así como para asegurar los nombramientos que hace el titular del Poder Ejecutivo recaigan en personas que cubran los perfiles y requisitos idóneos necesarios para asumir y ejercer con responsabilidad y eficiencia el servicio público en dichos ramos.

Por ello, proponemos con la presente iniciativa:

1. Que los titulares de las secretarías de despacho cuyas funciones son relevantes para la vida institucional sean ratificados por esta Cámara de Diputados, con excepción de los secretarios de Relaciones Exteriores, Economía, Defensa Nacional, Marina, Comunicaciones y Transportes, Función Pública, y Turismo, cuya ratificación se propone que la realice el Senado de la República, dejando la facultad del titular del Poder Ejecutivo para nombrar y remover a dichos servidores públicos.

2. Que también sean ratificados por la Cámara de Diputados los titulares de los principales órganos desconcentrados y organismos públicos descentralizados cuya función es fundamental en las principales áreas estratégicas y prioritarias del desarrollo económico y social como son: la Comisión Federal de Electricidad, Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de Telecomunicaciones, Comisión Nacional del Agua, y Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

3. En consecuencia, también se propone que cada vez que el Ejecutivo remueva y haga un nuevo nombramiento de dichos servidores públicos, según sea el caso, envíe un informe pormenorizado sobre las razones que motivaron la destitución, así como la nueva designación.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, frente a los complejos escenarios por los que atravesamos los mexicanos en los diferentes ámbitos de la vida pública, no se puede concebir el diseño y aplicación de soluciones a los enormes problemas nacionales sin la plena y efectiva intervención del Poder Legislativo.

La participación del Congreso de la Unión en la designación de los servidores públicos que auxilian a quienes detentan y ejercen de manera unipersonal el Poder Ejecutivo, que sostiene en esta propuesta de reforma, se inspira en el propósito directo de que:

Se fortalezca y consolide el marco de división, colaboración, equilibrio y corresponsabilidad entre poderes. Se genere y consolide a partir de los procesos de designación de los secretarios de despacho una relación de comunicación estrecha y confianza mutua entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo, desde el inicio y durante las administraciones públicas. Se evite la afectación del desarrollo normal de la vida institucional y la gobernabilidad por la constante sustitución y nueva designación de los servidores públicos que ocupan el cargo de secretarios de despacho en el ámbito federal, sin dejar de considerar la movilidad y renovación en la ocupación de dichos cargos públicos por circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor.

Por tal motivo, espero que analice esta soberanía y la comisión correspondiente, que este Congreso de la Unión y la Cámara de Diputados definan la ruta para evaluar a los próximos secretarios de Estado del gobierno federal. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PRD

Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, diputado a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se permite presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 74, 76, 78, 89 y 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Uno de los temas que fueron objeto de discusión de fondo para el Constituyente de 1916 y 1917 fue el relativo a la facultad del presidente de nombrar y remover libremente a los secretarios de despacho.

Concretamente, el 16 de enero de 1917 se presentó el dictamen correspondiente a la integración y al funcionamiento del Poder Ejecutivo.

En dicho documento se definieron las secretarías como “órganos auxiliares inmediatos del presidente de la República”, diferentes de los departamentos, que serían órganos meramente administrativos.

La discusión de la libertad del presidente para nombrar y remover a los secretarios se realizó el 18 de enero de 1917, en la que 25 diputados constituyentes votaron contra el dictamen proponiendo que la Cámara de Diputados aprobara el nombramiento de los secretarios, con base en dos argumentos, que hoy mantienen plena vigencia:

• Que los secretarios no eran simples empleados y, por tanto, debían tener “todas las responsabilidades y atribuciones que competen a sus cargos”; y

• Que el Constituyente estaba creando un ejecutivo absoluto, por lo que también era necesario restringir sus facultades.

A diferencia de lo que en su momento se opinara de que nuestro sistema debería ser enteramente presidencial, como el de Estados Unidos, y de que si la Cámara de Diputados tenía la facultad de aprobar el nombramiento de los secretarios se caería en un caos político, hoy día vemos que esto ya no es así.

Por el contrario, es evidente que los cambios que en meses pasados se hicieran en el gabinete presidencial y la realidad política actual exigen la inclusión en el orden constitucional de nuevas fórmulas y mecanismos para la elección, el nombramiento y la remoción de los secretarios de Estado y de algunos órganos desconcentrados y descentralizados para evitar precisamente el cuestionamiento y desorden en el ejercicio del poder en áreas de la administración pública vitales para el Estado cada vez que son designados sus titulares, así como para asegurar que los nombramientos que de ellos hace el titular del Poder Ejecutivo recaigan en personas que cubran los perfiles y requisitos idóneos para asumir y ejercer con responsabilidad y eficiencia el servicio público en dichos ramos.

La transformación y el desarrollo de las relaciones entre los Poderes de la Unión, así como las condiciones actuales en materia política, económica y social de la república, motivan al Congreso, particularmente a la Cámara de Diputados, a replantear desde el texto constitucional nuevos cambios dirigidos a cumplir y observar principios que también son constitucionales, como el de la división entre los poderes, que en su constante evolución entraña una nueva concepción en el ejercicio del poder público: lograr y consolidar un verdadero equilibrio y una auténtica colaboración entre ellos.

Por eso proponemos con la presente iniciativa

1. Que los titulares de las secretarías del despacho cuya función es relevante para la vida institucional sean ratificados por la Cámara de Diputados, con excepción de los secretarios de Relaciones Exteriores, de Economía, de la Defensa Nacional, de Marina, de Comunicaciones y Transportes, de la Función Pública,y de Turismo, cuya ratificación se propone que la realice el Senado de la República, dejando incólume la facultad del titular del Poder Ejecutivo para nombrar y remover a dichos servidores públicos.

2.Que también sean ratificados por la Cámara de Diputados los titulares de los principales órganos desconcentrados y organismos públicos descentralizados cuya función es fundamental en las principales áreas estratégicas y prioritarias del desarrollo económico y social, como la Comisión Federal de Electricidad, Petróleos Mexicanos, la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la Comisión Nacional del Agua y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

La ratificación de cargo se entiende en el ámbito parlamentario como el acto que constituye la confirmación de una función o encargo. En este sentido, la ratificación que se propone en los cargos públicos referidos se convierte en un acto jurídico administrativo, político y social cuya trascendencia significa la confirmación a una ciudadana o un ciudadano para la prestación de sus servicios en dependencias que prestan servicios o desarrollan acciones en distintas regiones del territorio del país, a fin de acercar la prestación de servicios prioritarios para los ciudadanos.

3. En consecuencia, también se propone que cada vez que el Ejecutivo remueva y haga un nuevo nombramiento de dichos servidores públicos, según sea el caso, envíe un informe pormenorizado sobre las razones que motivaron la destitución, así como la nueva designación.

4. Por otra parte, con la presente iniciativa se precisan los requisitos para ser secretario del despacho, como

• Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, precisándose que si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;

• Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación.

De manera relevante, se propone que los nombramientos de los secretarios de Estado deberán recaer preferentemente en las personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la administración pública o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de ésta.

Frente a los complejos escenarios por los que atravesamos los mexicanos en los diferentes ámbitos de la vida pública, no se pueden concebir el diseño y la aplicación de soluciones a los enormes problemas nacionales sin la plena y efectiva intervención del Poder Legislativo.

La participación del Congreso de la Unión en la designación de los servidores públicos que auxilian a quien ejerce de manera unipersonal el Poder Ejecutivo, que sostiene esta propuesta de reforma, se inspira en el propósito directo de que

Se fortalezca y consolide el marco de división, colaboración, equilibrio y corresponsabilidad entre poderes;

Se genere y consolide a partir de los procesos de designación de los secretarios de despacho una relación de comunicación estrecha y confianza mutua entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo, desde el inicio las administraciones públicas y durante ellas;

Se evite la afectación del desarrollo normal de la vida institucional y la gobernabilidad por la constante sustitución y nueva designación de los servidores públicos que ocupan el cargo de secretarios de despacho en el ámbito federal, sin dejar de considerar la movilidad y renovación en la ocupación de dichos cargos públicos por circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor.

Y de manera indirecta:

Se garanticen la continuidad en la aplicación de proyectos y programas gubernamentales, y la aplicación eficiente de las políticas de desarrollo social y económico.

Se desincentiven las confrontaciones perniciosas e innecesarias que surgen o que pudieran surgir durante las administraciones públicas entre los secretarios de los principales ramos de la administración, como gobernación, hacienda y crédito público, seguridad pública, trabajo y previsión social; y las fuerzas políticas representadas en el Congreso, así como con los representantes de los partidos de oposición, como ha acontecido en las pasadas y presente administraciones públicas federales.

Hay decisiones políticas fundamentales que no podemos seguir postergando para que sean elevadas a rango constitucional en la parte orgánica de la ley fundamental, que permitan alcanzar los acuerdos y consensos para la construcción del proyecto de nación, que pueda devolver a México su rostro de grandeza y prosperidad.

Por lo expuesto, me permito someter a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 74, 76, 78, 89 y 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único.Se reforman los artículos 74, fracción III; 76, fracción II; 78, fracción VII; 89, fracción II; y 91, para quedar como sigue:

Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados

I. y II. ...

III. Ratificar los nombramientos que realice el presidente de la República de los secretarios del despacho, y de los servidores públicos titulares de los órganos u organismos rectores de los ramos de energía eléctrica, petróleo, telecomunicaciones, agua y pensiones, con excepción de los titulares que señala el artículo 76, fracción II, de esta Constitución. La ratificación deberá contar con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes.

Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado

I. ...

II. Ratificar mediante el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes los nombramientos que realice el presidente de la República de los secretarios de Relaciones Exteriores, de Economía, de la Defensa Nacional, de Marina, de Comunicaciones y Transportes, de la Función Pública, y de Turismo,así como los del procurador general de la República, ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Área Nacional, en los términos que la ley disponga.

Artículo 78. ...

La Comisión Permanente, además de las atribuciones que expresamente le confiere esta Constitución, tendrá las siguientes:

I. a VI. ...

VII. Ratificar los nombramientos que realice el presidente de la República de los secretarios del despacho, y de los servidores públicos titulares de los órganos u organismos rectores de los ramos de energía eléctrica, petróleo, telecomunicaciones, agua y pensiones, así como de los ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Área Nacional, en los términos que la ley disponga.

Artículo 89.Las facultades y obligaciones del presidente son las siguientes:

I. ...

II. Nombrar y remover a los secretarios del despacho;remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda; y nombrar y remover a los demás empleados de la unión cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes.

El nombramiento de los secretarios del despacho deberá ser ratificado por las Cámaras del Congreso de la Unión, respectivamente, en los términos de los artículos 74, fracción III, y 76, fracción II, o, en su caso, del artículo 78, fracción VII, de esta Constitución.

Para tal efecto, el presidente enviará a la Cámara que corresponda un informe pormenorizado sobre las razones que motivan el nombramiento, la designación o la remoción, según sea el caso.

Artículo 91. Para ser electo secretario del despacho se requiere

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;

II. Tener cuando menos treinta años cumplidos el día de la designación;

III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;

IV. Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación; y

Los nombramientos de los secretarios del despacho deberán recaer preferentemente en las personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la administración pública o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de ella.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2010.— Diputados: Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, María Araceli Vázquez Camacho, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Toledo. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.



LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley General de Desarrollo Social.

La diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo:Con su permiso, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 17 de la Ley General de Desarrollo Social.

La diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción II y 73 fracción XXX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Ley General de Desarrollo Social para delimitar la competencia del Ejecutivo federal en los programas de desarrollo social en los municipios del país, al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

Como sabemos, el Estado federal mexicano se creó en la Constitución, la cual forma dos órdenes subordinados a ella: la federación y las entidades federativas, a las que a su vez les señala su competencia y sus límites, sin existir supremacía entre estos órdenes, sino coordinación; pero ambos están subordinados a la Constitución que los creó. Lo anterior también es operable para los municipios.

De acuerdo a la división de poderes y con relación a la no invasión jurisdiccional de competencia entre el Ejecutivo federal, las entidades federativas y los municipios de la República Mexicana y con el propósito de que el primero, no incida de manera determinante en las políticas locales de los gobiernos municipales, a través de los programas de desarrollo social, es conveniente que el estado federal, delegue a estados y gobiernos municipales atendiendo a facultades especificas de éstos derivadas del artículo 115 constitucional con el objetivo de que estén en condiciones de ejercer en todo momento sus facultades y atribuciones correspondientes, se propone que dichas facultades puedan ser objeto de convenio en coordinación con la federación cuando se trate de la administración, aplicación y continuidad de los programas de desarrollo social

Lo anterior se hace con base en los reclamos recogidos en la mayoría de los municipios del país en atención a que los programas dirigidos y planeados a través del Ejecutivo federal, deben cumplir con el objetivo propuesto y los gobiernos municipales, tendrán todo el derecho de exigir al Ejecutivo federal el subsidio correspondiente para la continuidad del programa social instaurado. Es urgente garantizar el cumplimento e imparcialidad de estos programas de desarrollo social, para que incidan de manera general en toda la población de acuerdo a los postulados que la propia Ley General de Desarrollo establece.

Con base en lo anterior me permito poner a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con

Proyecto de Decreto

Único.Se reforma el artículo 17, para quedar como sigue:

Artículo 17. Los gobiernos municipales serán los principales coordinadores y ejecutores de los programas, recursos y acciones federales de desarrollo social, respecto a las reglas de operación que para el efecto hayan convenido y emitido de común acuerdo entre éstos y el Ejecutivo federal, incluyendo los casos expresamente asignados, legal o administrativamente, a una dependencia, entidad u organismo federal, estatal o del Distrito Federal.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 9 de septiembre de 2010.— Diputada Diva Hadamira Gastelum Bajo (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Gastélum. Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social.



LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra la diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

La diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Con su permiso. Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, el fenómeno del desempleo lastima a un sector de la población estratégica: los jóvenes universitarios egresados, en proceso de titulación o bien en los últimos semestres de sus estudios, pero que ya han alcanzado un grado de preparación, conocimientos y madurez para incursionar en la vida económica y productiva.

El principal flagelo de los jóvenes estudiantes que no encuentran oportunidades de empleo no es tanto la postergación de la satisfacción de sus necesidades y aspiraciones materiales sino el daño psicológico que sufren en la perturbación de sus expectativas de vida. La idea de que los años de sacrificio y estudio han sido en vano es la falta de esperanza en el futuro y la creencia de que el título universitario se ha vuelto como una especie de pasaporte al desempleo.

Decía Gary Becker, Premio Nobel de Economía en 1992, que ningún país puede lograr el crecimiento sostenido sin un grado significativo de inversión en recursos humanos. En este sentido, es preciso reconocer que el Estado mexicano ha realizado un esfuerzo enorme en materia educativa, tanto en la ampliación de la cobertura como en su calidad.

Como parte de dicho esfuerzo se ha alcanzado una inversión en materia educativa de 6.3 del PIB, combinando el gasto de los sectores público y privado, que equivale a 805 mil 959 millones de pesos. Sin embargo, esta inversión monumental, que es una apuesta decidida a nuestro capital humano, corre el riesgo de ser desaprovechada por la problemática del desempleo, subempleo y del empleo informal, por lo que es imperativo emprender nuevas acciones y estrategias decididas y comprometidas para ofrecer mayores alternativas de ocupación para nuestros jóvenes, y particularmente para quienes ya han destinado más de 12 años de su vida en estudios y preparación, y se encuentran realizando estudios de educación superior.

La falta de empleo, así como el empleo de baja calidad o salarios poco competitivos motivan, entre otros factores, la emigración de connacionales como una válvula de escape, de una economía, que aún no ha sido capaz de absorber todo su talento, México expulsa alrededor de 400 migrantes cada año.

La Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior ha destacado en su estudio Mercado Laboral de Profesionistas de México, que uno de los principales problemas actuales en el mercado laboral en nuestro país es el exceso de oferta de profesionistas, máxime en las licenciaturas tradicionales, en donde se tiene un registro que supera los 900 mil jóvenes titulados en carreras como contaduría, medicina, arquitectura y derecho, quienes procuran encontrar trabajo por los medios existentes, pero no siempre con éxito.

El camino de propulsar a nuestros jóvenes estudiantes a partir de los últimos semestres de sus carreras para que rea-licen sus propios proyectos productivos, ingenien planes de negocios por sí mismos y tengan las herramientas a su alcance para llevarlos a la práctica, se convalida como una solución válida. La propuesta del autoempleo, la de dotar a nuestros jóvenes de los recursos y posibilidades para que se conviertan en sus propios jefes generadores de riqueza. Hoy, hoy podemos situarnos y debemos situarnos en la lógica de formar menos empleados y más empleadores.

La presente iniciativa propone habilitar y utilizar como vehículo el Fondo Pyme a cargo de la Secretaría de Economía, para instrumentar una política de apoyos a los jóvenes que realizan estudios de educación superior, a efecto de que puedan emprender o consolidar micro, pequeñas y medianas empresas a partir de los últimos semestres de su carrera y contemplando como parte de dichos apoyos el acceso al financiamiento y créditos para poder solventar sus proyectos.

La eventual aprobación de la presente iniciativa permitiría detonar el autoempleo entre nuestros jóvenes universitarios. Jóvenes como los que también hoy nos visitan aquí en la Cámara de Diputados, y a los que les doy la bienvenida. Por ustedes es nuestro trabajo legislativo.

Esta eventual aprobación permitiría entonces detonar el autoempleo entre los jóvenes universitarios, consolidar una cultura emprendedora y de esta manera abriría a estos jóvenes las puertas para construir su propio éxito, facilitándoles la persecución de sus legítimos sueños.

En nuestras manos está, nuestro trabajo legislativo, que podamos hacer que a los jóvenes nada los detenga para salir adelante. Gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo de la diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada federal a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 71, fracción II, y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a consideración del honorable pleno la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia del impulso y fomento del empleo de los jóvenes universitarios, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El fenómeno del desempleo lastima a un sector de la población estratégico: los jóvenes universitarios egresados, en proceso de titulación, o bien en los últimos semestres de sus estudios, pero que ya han alcanzado un grado de preparación, conocimientos y madurez para incursionar en la vida productiva.

El principal flagelo de los jóvenes estudiantes que no encuentran oportunidades de empleo, no es tanto la postergación de la satisfacción de sus necesidades y aspiraciones materiales, sino el daño psicológico que sufren, la perturbación de sus expectativas de vida; la idea de que los años de sacrificios y estudio han sido en vano, es la falta de esperanza en el futuro y la creencia de que el título universitario se ha vuelto en una especie de pasaporte al desempleo.

De acuerdo con información de la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública (SEP), cada año egresan de las instituciones de educación superior más de 430 mil jóvenes en el país, de los cuales al menos el 14 por ciento no cuenta con trabajo; esto es, todos los años se suman al menos 60 mil jóvenes con educación universitaria completa a las filas del desempleo.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) señala en sus últimas cifras que el 32.04 por ciento de la población de 14 años y más se encuentra desocupada. En la actualidad, tenemos más de 2, 232, 189 jóvenes cursando una licenciatura universitaria o tecnológica, por lo que, en caso de mantenerse la tendencia actual de desocupación, en los próximos 4-5 años podríamos tener hasta 723 229 jóvenes egresados desocupados, adicionales a los que ya tenemos.

Aunado a lo anterior, reportes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos demuestran que de los 30 países miembros, México es la nación donde, de los ciudadanos con estudios universitarios, mayores posibilidades tienen de estar desempleados, en comparación con quienes sólo tienen el nivel básico.

De acuerdo con datos del mismo Inegi, sabemos que existen más de 14 585 804 niños matriculados en primaria; 6 055 467 adolescentes en secundaria; 3 390 432 jóvenes en educación media superior y otros 352 511 en profesional técnico; por lo tanto, en el transcurso de los próximos 14 años México tendrá que estar preparado para ofrecer condiciones dignas de empleo a un universo potencial de más de 24 millones de mexicanos que tendrían sus estudios terminados.

Decía Gary Becker, Premio Nobel de Economía de 1992, que “ningún país puede lograr el crecimiento sostenido sin un grado significativo de inversión en recursos humanos”. En ese sentido, es preciso reconocer que el Estado mexicano ha realizado un enorme esfuerzo en materia educativa, tanto en la ampliación de la cobertura como en su calidad. Como parte de dicho esfuerzo, se ha alcanzado una inversión en materia educativa del 6.3 por ciento de nuestro producto interno bruto –combinando el gasto de los sectores público y privado–, que equivale a 805 959 millones de pesos.

Sin embargo, esta inversión monumental, que es una apuesta decidida a nuestro capital humano, corre el riesgo de ser desaprovechada por la problemática del desempleo, subempleo y del empleo informal, por lo que es imperativo emprender nuevas acciones y estrategias decididas y comprometidas para ofrecer mayores alternativas de ocupación a nuestros jóvenes, y particularmente a quienes ya han destinado más de 12 años de estudios y preparación y se encuentran realizando estudios de educación superior.

La falta de empleo, así como el empleo de baja calidad o salarios poco competitivos, motivan entre otros factores la emigración de connacionales como válvula de escape, de una economía que aún no ha sido capaz de absorber todo su talento; México expulsa alrededor de 400 mil migrantes cada año.

Residen en Estados Unidos 30 746 270 personas de origen mexicano (Pew Hispanic Center), de los cuales alrededor de 12 millones nacieron en México –y por tanto, conservan su ciudadanía mexicana–, y los restantes 18 millones son mexicanos de segunda o tercera generación.

De los 12 millones de ciudadanos mexicanos que residen en nuestro país vecino, existen aproximadamente 4 millones 700 mil de 25 años o más de edad que cuentan con un nivel de estudios de al menos educación media concluida (preparatoria completa), y muchos de ellos incluso con estudios de educación superior.

Dicho perfil educativo de nuestros paisanos es evidencia palpable de que nuestro país carece y adolece de los instrumentos y mecanismos suficientes para que sus universitarios egresados encuentren las formas para incorporarse al mercado de trabajo y participar activamente en el fortalecimiento de nuestra economía.

La Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior ha destacado, en su estudio Mercado laboral de profesionistas de México, que uno de los principales problemas actuales en el mercado laboral en nuestro país es el del exceso de oferta de profesionistas, máxime en las licenciaturas tradicionales, en donde se tiene un registro que supera los 900 mil jóvenes titulados en carreras como contaduría, medicina, arquitectura y derecho, quienes procuran encontrar trabajo por los medios existentes, no siempre con éxito.

Ante la falta de oportunidades laborales suficientes, el emprendimiento de negocios surge como alternativa y opción viable para la creación y multiplicación de empleos dignos y bien remunerados.

En virtud de que las opciones en el mercado laboral son limitadas y la economía requiere de las contribuciones de nuevas empresas, es necesario impulsar y fomentar entre los jóvenes universitarios el surgimiento y desarrollo de emprendedores, que puedan inyectarle un nuevo aire, energía y creatividad al sector productivo nacional, atreviéndose a hacer cosas nuevas y hacerlas distinto, a innovar y de-safiar las fórmulas tradicionales de detonar el crecimiento y la prosperidad.

El camino de propulsar a nuestros jóvenes estudiantes, a partir de los últimos semestres de sus carreras, para que realicen sus propios proyectos productivos, ingenien planes de negocios por sí mismos y tengan las herramientas a su alcance para llevarlos a la práctica, se convalida como una solución válida; la propuesta del autoempleo, la de dotar a nuestros jóvenes de los recursos y posibilidades para que se conviertan en sus propios jefes, generadores de riqueza. Hoy podemos y debemos situarnos en la lógica de formar menos empleados y más empleadores.

La presente iniciativa propone habilitar y utilizar como vehículo el Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo Pyme), a cargo de la Secretaría de Economía, para instrumentar una política de apoyos a los jóvenes que realizan estudios de educación superior a efectos de que puedan emprender o consolidar micro, pequeñas y medianas empresas, a partir de los últimos semestres de su carrera, y contemplando como parte de dichos apoyos el acceso al financiamiento y créditos para poder solventar sus proyectos.

Este proyecto de ley es congruente con lo que establece el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, con el que comparte entre otros los siguientes puntos:

• El objetivo de la política económica de generar más y mejores empleos como condición fundamental para lograr el desarrollo humano.

• El favorecer el aumento de la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme).

• Una política de desarrollo empresarial que fomente nuevos emprendedores, mujeres y hombres que puedan crear y desarrollar nuevas empresas.

• El apoyo a proyectos productivos y negocios que permitan tener un ingreso digno y mejores niveles de vida, así como el impulso determinado a nuestros jóvenes, la educación y sus vínculos con el mundo laboral.

Así también, se está en sintonía con el Programa Sectorial de Economía 2007-2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 2008, que define como una de sus prioridades el contar con un sistema de apoyo integral a las Mipyme que permita impulsar efectivamente a las empresas y a los emprendedores con proyectos viables que favorezcan la generación de empleos.

Esta iniciativa es plenamente coincidente con los objetivos del Fondo Pyme, y de manera subrayada con los siguientes:

• Promover el desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de apoyos a proyectos que fomenten la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las micro, pequeñas y medianas empresas, y las iniciativas de los emprendedores.

• Generar más y mejores micro, pequeñas y medianas empresas, y más y mejores emprendedores.

• Fomentar la cultura emprendedora.

• Estimular la inversión de recursos financieros para la creación e inicio de operaciones de las micro, pequeñas y medianas empresas.

• Fomentar el acceso al financiamiento en general y al crédito en particular, de las micro, pequeñas y medianas empresas.

• Multiplicar y fortalecer los canales y productos financieros dedicados a las micro, pequeñas y medianas empresas.

• Promover y difundir los programas, instrumentos, productos, herramientas y acciones para elevar la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas.

• Impulsar la creación y fortalecimiento de los Centros México Emprende que permitan a los emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas, acceder a los programas implementados para su desarrollo o consolidación en un solo lugar.

La eventual aprobación de la presente Iniciativa permitiría detonar el autoempleo entre nuestros jóvenes universitarios, consolidar una cultura emprendedora, y de esta manera, abrirá a estos jóvenes las puertas para construir su propio éxito, facilitándoles la persecución de sus legítimos sueños.

Por tanto, someto a la elevada consideración del honorable pleno el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforman los artículos 3, numeral tercero; y 18; y se adicionan los artículos 2, con un tercer párrafo; 4, numeral segundo, con un inciso j); 10, con un numeral décimo; 11, con un numeral noveno; 18, con un numeral vigésimo tercero; y 22, con un numeral décimo segundo; todos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:

Artículo 2. La autoridad encargada de la aplicación de esta ley es la Secretaría de Economía, quien, en el ámbito de su competencia, celebrará convenios para establecer los procedimientos de coordinación en materia de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa, entre las autoridades federales, estatales, del Distrito Federal y municipales, para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa, del Distrito Federal y de los municipios, en congruencia con la planeación nacional.

...

La Secretaría estará facultada para celebrar convenios de colaboración con universidades e instituciones de educación superior, con la finalidad de cumplir de mejor manera con el objeto de esta ley.

Artículo 3. Para efectos de esta ley, se entiende por:

I. y II. ...

III. Mipymes: ...

...

Se incluyen productores agrícolas, ganaderos, forestales, pescadores, acuicultores, mineros, artesanos y de bienes culturales, prestadores de servicios turísticos y culturales , así como jóvenes universitarios que emprendan algún negocio;

IV. a XVII. ...

Artículo 4. Son objetivos de esta ley:

I. Establecer:

a) a d)...

II. Promover:

a) a i)...; y

j) El otorgamiento y la facilitación de estímulos, incentivos y recursos a los jóvenes que realizan estudios de educación superior para que puedan iniciar o consolidar micro, pequeñas y medianas empresas, con el propósito de contribuir a su inclusión en el mercado laboral y ampliar sus posibilidades y potencial de participación en el sector formal de la economía.

...

Artículo 10. La planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las Mipymes debe atender los siguientes criterios:

I. a IX. ...; y

X. Involucrar activamente a las instituciones de educación superior para consolidar la cultura emprendedora entre los jóvenes.

Artículo 11. Para la ejecución de las políticas y acciones contenidas en el artículo anterior, deberán considerarse los siguientes Programas:

I. a VIII. ..., y

IX. La entrega de apoyos a jóvenes que realizan estudios de educación superior para iniciar o consolidar Mipymes.

Adicionalmente, la Secretaría promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado a las Mipymes.

...

Artículo 18. El Consejo estará conformado por 37 integrantes:

I. a XXII. ..., y

XXIII. Seis rectores de universidades e instituciones de educación superior del país.

...

...

...

Artículo 22. El Consejo tendrá por objeto:

I. a XI. ..., y

XII. Alentar la creación y consolidación de Mipymes desde la formación de los jóvenes que realizan estudios de educación superior.

...

Transitorios

Primero. A efectos de dar total cumplimiento al presente decreto, la Secretaría de Economía contará con 90 días naturales para modificar, actualizar, adaptar y realizar ajustes tanto al Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, como a las Reglas de Operación para el Otorgamiento de Apoyos del Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Segundo. Por medio del Programa del Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; de los fideicomisos México Emprende y de Contragarantía para el Financiamiento Empresarial; de los Fondos de Capital; así como de los recursos de los capítulos de gasto 4000 “Subsidios y transferencias” y 7000 “Aportaciones a fideicomisos y mandatos”, todos a su cargo, la Secretaría entregará y facilitará apoyos a los jóvenes que realizan estudios de educación superior en el país –como una categoría específica o línea estratégica del Programa– para el emprendimiento y la consolidación de micro, pequeñas y medianas empresas, incluyendo en dichos apoyos el acceso al financiamiento y créditos para sus proyectos.

Tercero. Los recursos para la entrega de apoyos a jóvenes que realizan estudios de educación superior para iniciar o consolidar Mipymes, provendrán de la reasignación de los recursos de todo tipo que se destinan actualmente a la Secretaría de Economía a través del Presupuesto de Egresos de la Federación en el programa del Ramo 10, denominado “Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo Pyme)”. La Secretaría tendrá plena libertad para determinar los montos y mecanismos para dichas reasignaciones.

En consecuencia, la entrada en vigor y puesta en práctica del presente decreto no deberá causar impacto presupuestario.

Cuarto. Las presentes reformas y adiciones entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de Septiembre del 2010.— Diputados: Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Daniel Gabriel Ávila Ruiz, María Dolores del Río Sánchez, Guadalupe Valenzuela Cabrales, Gloria Romero León, Ruth Esperanza Lugo Martínez, Laura Viviana Agúndiz Pérez, Tomás Gutiérrez Ramírez, María Araceli Vázquez Camacho, Rubén Arellano Rodríguez (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Reynoso. Túrnese a la Comisión de Economía.

El diputado Daniel Gabriel Ávila Ruiz(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sí, dígame diputado Daniel Ávila. Sonido a la curul del diputado Daniel Ávila.

El diputado Daniel Gabriel Ávila Ruiz(desde la curul): Diputado presidente, para solicitar a la diputada Reynoso si me puedo adherir a su iniciativa de ley.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: La diputada Reynoso ha expresado su aquiescencia para admitir la adhesión a su iniciativa, diputado Daniel Ávila, y se pone a disposición de ustedes, para quienes quieran hacer lo mismo, la iniciativa, aquí en la Secretaría.



LEY GENERAL DE SALUD

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene la palabra el diputado Ariel Gómez León, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Salud.

El diputado Ariel Gómez León:Con permiso, señor presidente. Compañeros diputados y compañeras diputadas, hoy quiero hablar de los niños y de las niñas que han sido sacados de las escuelas con el argumento de que cuentan con hiperactividad o déficit de atención.

La pregunta es: ¿no será que estos niños fueron mal diagnosticados y en realidad cuentan desafortunadamente con una enfermedad llamada espectro autista? ¿Por qué todos los días una gran cantidad de padres de familia gastan tanto tiempo y dinero buscando y brincando de un especialista a otro especialista?

¿Por qué nuestra Ley de Salud ni siquiera tiene considerado el término trastorno generalizado del desarrollo? ¿Por qué en nuestra ley no se explica del síndrome de Rett, del síndrome de Asperger, de los trastornos desintegrativos de la infancia? ¿Por qué no nos damos cuenta que en los Estados Unidos 1 de cada 99 niños está siendo diagnosticado con esta enfermedad? ¿Por qué no nos alarmamos?

Es muy fácil que el director de la escuela les diga a los padres de familia que su hijo es hiperactivo o que es retraído y que debe salirse de la escuela. O que le den su Ritalín o que venga un especialista.

¿Por qué no se capacita, tanto a la gente de la Secretaría como a cada uno de los maestros? ¿Por qué no empezamos a realizar algo que se llama tamizaje? A los dos años de edad podemos empezarle a dar terapia a todos esos niños que están siendo sacados de las escuelas.

Es muy fácil decirles a los padres de familia que sus hijos deben salir de la escuela.

Hay que decirle a la Secretaría de Salud que el tamizaje preventivo no cuesta dinero. No es muestra de sangre, no es un examen cromosómico. Son sólo 23 preguntas. Sólo 23 preguntas que se les hacen a los padres de familia que tienen niños de dos años de edad y en ese momento sabremos si corren riesgo de tener alguno de estos síndromes de rett, de asperger, de autismo y otros más.

En 20 minutos los padres de familia trabajan con un sistema, que en los Estados Unidos y en muchas partes de Europa están utilizando. Se llama M-Chat y es un checklist de 23 preguntas muy sencillas.

La primera que yo le haría a quienes nos están escuchando y viendo, si han encontrado un familiar que organiza todas sus camisas del mismo tono, si organiza todas sus zapatillas del mismo tono. No confundamos los procesos compulsivos, obsesivos y obsesivo-compulsivos con este tipo de enfermedades. Eso se llama atención temprana.

Los mejores momentos de integración de nuestros niños y que están siendo sacados de las escuelas sin saber este diagnóstico, es en sus primeros años.

La enfermedad del espectro autista va a empezar a sonar en todo el mundo y México debe estar a la vanguardia. Esta enfermedad conduce a la limitación de los derechos humanos, a la limitación de su vida.

Es importante que nosotros empecemos a legislar para que dejemos de ver a los padres de familia peregrinar de gabinete en gabinete médico y sicológico.

Es por eso que no debemos permitir el aislamiento de un ser. El aislamiento de cada uno de los futuros mexicanos y que en breve será el tema mundial: los trastornos correspondientes al autismo. Hay que dotarlos de herramientas propias.

Por eso pido, respetuosamente, a las diputadas y a los diputados de la Comisión de Salud para que apoyen esta reforma, integremos así a los niños y a las niñas, para que en la Ley General de Salud exista un apartado para que tengan derecho a este M-Chat o a este simple y sencillo examen, que no cuesta dinero, que sólo son preguntas y que posteriormente la atención médica multidisciplinaria puede continuar siendo menos cara y les podamos dar una nueva vida en esta sociedad. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ariel Gómez León, del Grupo Parlamentario del PRD

Ariel Gómez León, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, diputado de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 72, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo tercero de la Ley General de Salud, a efecto de incorporar los trastornos generalizados del desarrollo, y los síndromes que de éste se desprenden.

Exposición de Motivos

Los TGD (Trastornos Generalizados del Desarrollo) son una perturbación grave y generalizada de varias áreas del desarrollo: habilidades para la interacción social, habilidades para la comunicación o la presencia de comportamientos, intereses y actividades estereotipadas.

Dentro del TGD encontramos:

Trastorno de Rett:Es una desaceleración del crecimiento cefálico entre los cinco meses y los cuatro años de edad junto a una pérdida de las capacidades motrices manuales previamente adquiridas entre los seis y los treinta meses de edad. Esto se acompaña de una alteración de la comunicación y de las relaciones sociales y de la aparición de marcha inestable y pobremente coordinada o movimientos del tronco. Grave alteración del lenguaje expresivo y receptivo, junto a retraso psicomotor grave.

Trastorno de Asperger:Ausencia de retrasos clínicamente significativos del lenguaje o del desarrollo cognitivo. Para el diagnóstico se requiere que a los dos años haya sido posible la pronunciación de palabras sueltas y que al menos a los tres años el niño use frases aptas para la comunicación. Las capacidades que permiten una autonomía, un comportamiento adaptativo y la curiosidad por el entorno deben estar al nivel adecuado para un desarrollo intelectual normal. Sin embargo, los aspectos motores pueden estar de alguna forma retrasados y es frecuente una torpeza de movimientos (aunque no sea necesaria para el diagnóstico). Es frecuente la presencia de características especiales aisladas, a menudo en relación con preocupaciones anormales, aunque no se requieren para el diagnóstico. Tienen alteraciones cualitativas en las relaciones sociales recíprocas (del estilo de las del autismo). En algunos casos se puede confundir con un trastorno obsesivo compulsivo.

Trastorno de Tourette: Sus características esenciales son los tics motores múltiples y uno o más tics vocales. Estos tics pueden aparecer simultáneamente o en diferentes períodos de la enfermedad. Los tics aparecen varias veces al día, recurrentemente, a lo largo de un período de más de 1 año, durante este tiempo, nunca hay un período libre de tics de más de 3 meses consecutivos. La alteración provoca intenso malestar o deterioro significativo social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo, esté trastorno se produce antes de los 18 años de edad. Y los síntomas más frecuentemente asociados son las obsesiones, compulsiones y la impulsividad. Con frecuencia se observa malestar social, vergüenza, excesiva auto-observación y humor depresivo. La gravedad de los tics puede resultar exacerbada por la administración de estimulantes del sistema nervioso central, lo que puede constituir un fenómeno proporcional a la dosis. El trastorno obsesivo-compulsivo, el trastorno por déficit de atención con hiperactividad y los trastornos del aprendizaje pueden asociarse al trastorno de Tourette.

Trastorno desintegrativo infantil:Es un desarrollo aparentemente normal durante por lo menos los primeros 2 años posteriores al nacimiento, posteriormente hay pérdida clínicamente significativa de habilidades previamente adquiridas (antes de los 10 años de edad) en por lo menos dos de las siguientes áreas: lenguaje expresivo o receptivo, habilidades sociales, control intestinal o vesical, en los juegos, habilidades motoras. Sufren de alteración de comportamientos no verbales, tienen incapacidad para desarrollar relaciones con compañeros, con ausencia de reciprocidad social o emocional, sufren de alteraciones cualitativas de la comunicación; tienen retraso o ausencia de lenguaje hablado, incapacidad para iniciar o sostener una conversación, tiene patrones de comportamiento, intereses y actividades restrictivos, repetitivos y estereotipados, esté trastorno no se explica mejor por la presencia de otro trastorno generalizado del desarrollo o de esquizofrenia.

Autismo:Es el resultado de un déficit cognitivo básico que está asociado con funciones de la comunicación. Es autista aquella persona para la cual las otras personas resultan opacas e impredecibles; aquella persona que vive como ausente (mentalmente ausente) a las personas; se siente incompetente para predecir, regular y controlar su conducta por medio de la comunicación. Estos son sólo algunos síntomas.

Como podemos darnos cuenta con los anteriores antecedentes del TGD, los niños requieren de una atención multidisciplinaria y el costo para acceder a las distintas especialidades y terapias es muy elevado, ya que no existen los suficientes centros de asistencia apropiados para el tratamiento que necesitan, en todo el país. Por ejemplo los tratamientos recomendados e indiscutidos para el autismo y que han demostrado ser eficaces en todo el mundo como el tratamiento cognitivo conductual; floortime; tratamientos dietarios; tratamientos biomédicos; suplementos vitamínicos”, no están al alcance de estos niños. La cuestión es que ante la falta de especialistas se retrasa el diagnóstico y hasta los 5 o 6 años.

Sabemos que es un padecimiento que empieza muy temprano y que es posible detectarlo. Actualmente se tienen muy claros los indicadores de alerta, las señales de cómo se desvía la trayectoria del desarrollo desde el primera año.

No hay cura, pero en la actualidad se logra que las manifestaciones de estas enfermedades sea mucho más leve, al grado de que si se toma a un niño en tratamiento, al año y medio o 2 años, aprovecha una neuroplasticidad potencial, a los 4 o 5 ya habla, ya socializa, ya tiene buena conducta y la vida le cambia, la calidad de vida. Esto se logra activando el circuito cerebral social.

Pero, cuando esto no sucede y el niño a penas va recibiendo el diagnóstico, en promedio, de 4 o 5 años, el trastorno avanza, el cerebro se malacostumbra a no dar respuestas sociales, gira mucho en torno a sí mismo, muy sensorial, muy alejado, poco comunicativo.

Aunque no existe cura para los niños menor que padecen de TGD, la intervención temprana y el tratamiento pueden ayudar a desarrollar aptitudes y alcanzar su mejor potencial. No existen medicamentos que puedan curarlo, pero algunas veces los medicamentos son utilizados para tratar algunos síntomas como la conducta agresiva hacia sí mismos u otras personas, los problemas de la falta de atención, comportamiento obsesivo compulsivo y cambios de humor.

La atención a infantes con esta limitante es insuficiente, tanto en centros de salud públicos como privados, por lo que en los siguientes años será necesario realizar un esfuerzo mayor para cubrir las necesidades de este sector de la población que está en constante crecimiento, y hoy nos toca a nosotros iniciar el camino legislativo para los mexicanos del futuro.

Es importante hacer mención que está problemática no se reduce a nivel salud, sino que se extiende en todos los aspectos de la vida, pues quedan al margen de un desarrollo integral y afecta la satisfacción de necesidades fundamentales, es decir, la enfermedad conduce a la limitación de los derechos humanos, de ahí la importancia de regular y legislar la enfermedad, de manera que se evite un “peregrinaje a gabinetes psicológicos y psiquiátricos”, por parte de los padres, ocasionando la pérdida de tiempo, valioso para el mejor desarrollo del menor.

En este sentido, solicito a todos los integrantes del honorable Congreso de la Unión, que trabajemos para todos estos niños, en lo que sea necesario para mejorar la calidad de vida de las personas con está discapacidad.

Decreto

Por el que se reforma el artículo tercero de la Ley General de Salud

Artículo 3o.En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:

I. ...

II. ...

II Bis. ...

III. ...

IV. ...

IV Bis. ...

V. ...

VI. ...

VII. ...

VIII. La salud mental;

VIII Bis. El tratamiento integral de los trastornos generalizados del desarrollo, como son el síndrome autista, síndrome de Rett, trastorno desintegrativo de la infancia, síndrome de Asperger y el trastorno generalizado del desarrollo no especificado.

IX. ...

X. ...

...

XXIX. ...

XXX. ...

XXXI. ...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2010.— Diputados: Ariel Gómez León, María Araceli Vázquez Camacho, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Gerardo Leyva Hernández (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Gómez León. Túrnese a la Comisión de Salud.



ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL - LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra el diputado Ricardo Armando Rebollo Mendoza, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.

No estando el diputado... Ah, me estaban pasando mal la información. Gracias. Adelante, diputado.

El diputado Ricardo Armando Rebollo Mendoza:Con su venia, señor presidente. A nombre mío y de mi compañero diputado Tereso Medina, presento ante esta soberanía la iniciativa de proyecto de decreto que reforma y adiciona la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y las fracciones II y IV del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.

El día de hoy propongo a esta honorable soberanía poner un acento en lo que realmente funciona para las mujeres que trabajan, legislando con acciones que cierren la distancia entre el principio filosófico de justicia y su manifestación mínima que es la ley.

En suma, me permito recordarles que tenemos un compromiso, una brecha que zanjar en materia de derechos laborales y de previsión social en el mismo género femenino, y por supuesto me refiero a las mujeres que no tienen el privilegio de la reproducción, pero que sí tienen el derecho de ser madres y para las cuales el Estado ha creado la institución de la adopción.

Es injusto dejar en la subjetividad del patrón el derecho de la madre adoptante a iniciar y fortalecer el vínculo madre e hijo que la naturaleza les negó.

En la presente iniciativa de reforma y que reforma el artículo 123 y a su ley secundaria, convergen derechos naturales del hombre y la mujer, como lo es la igualdad de género en el derecho del trabajo y la ficción jurídica denominada adopción.

Entendiéndose ésta última como el acto jurídico que crea entre el adoptante y el adoptado un vínculo de parentesco civil del que derivan relaciones análogas, a las que resulta la de paternidad y la filiación legítima.

El reconocimiento del trabajo como derecho provocó una revolución industrial y jurídica. El derecho al trabajo es la primera expresión histórica del derecho social.

Independientemente, desde una perspectiva jurídica, la previsión social como parte esencial del derecho del trabajo, en sus albores en el mundo occidental, la mujer no tenía acceso a los derechos sociales, excepto cuando se trataba de acciones altruistas o de beneficencia o de caridad.

El concepto de igualdad de derechos para individuos de distinto sexo es antiguo, pero hasta el siglo XX es cuando se interpreta jurídicamente.

En nuestro país, el Constituyente permanente en 1974 reforma el artículo 4o. de nuestra Constitución: el varón y la mujer son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Estableciendo en rango constitucional el derecho de equidad de género.

Dentro del mismo contexto de lucha y de movimientos sociales, en 1953, siendo presidente de la República el licenciado Adolfo Ruiz Cortines, otorga el derecho al voto al género femenino.

Por eso deseo hacer una consideración histórica y un reconocimiento a mis compañeras diputadas y a las mujeres de Chiapas, Tabasco y Yucatán, que ellas ejercieron su derecho al voto en sus elecciones locales, desde 1918.

Los movimientos sociales de mujeres, a finales del siglo XIX, tenían dentro de sus objetivos el reconocimiento a la maternidad como una función social y por tanto, susceptibles de ser remuneradas.

El Constituyente del 17 recoge ese reclamo universal y lo hace suyo, plasmando en nuestra Carta Magna los derechos al descanso obligatorio por razón de maternidad y lactancia, abriendo un apartado en el Título Sexto, denominado Del trabajo y previsión social, fracción V del artículo 123 constitucional.

Es importante resaltar que desde la promulgación de la Constitución Federal el artículo 123 ha tenido 23 reformas, pero la fracción V de este numeral sólo se ha reformado una vez, en el año de 1974, donde se amplían los periodos de descanso obligatorio y se consolidan sus derechos al salario y a la movilidad laboral.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, hoy, 23 de septiembre de 2010, tenemos la responsabilidad histórica como legisladores de ampliar el manto protector de la ley y el derecho positivo de corregir un rezago social de 93 años en nuestro México contemporáneo, legislando a favor de las mujeres que son madres adoptivas.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado pongo a su consideración, señoras y señores diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto, un derecho de estricta justicia, darles a las madres adoptivas los mismos derechos que a las madres biológicas de descanso en las primeras seis semanas, para que el vínculo maternal se fortalezca entre la madre trabajadora y su menor hijo y el derecho a la lactancia en hijos adoptados menores a tres meses. Los dos periodos extraordinarios de reposo de media hora por día. Hagámoslo por ellas, compañeras diputadas y diputados. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Ricardo Armando Rebollo Mendoza, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Ricardo Armando Rebollo Mendoza, de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta soberanía iniciativa de ley que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Exposición de Motivos

En la presente iniciativa de reforma al artículo 123 y a su ley secundaria, convergen derechos naturales del hombre y la mujer como lo es la igualdad de género en el derecho al trabajo y la ficción jurídica denominada adopción.

Entendiéndose esta última, como el acto jurídico que crea, entre el adoptante y el adoptado, un vínculo de parentesco civil, del que derivan relaciones análogas a las que resultan de la paternidad y filiación legítimas.

El reconocimiento del trabajo como derecho provoco una revolución industrial y jurídica, en palabras de Marshall, “el derecho civil básico es el derecho al trabajo”, o como lo expresaba Ewald “el trabajo, es la primera expresión histórica del derecho social”.

Independientemente, desde una perspectiva laboral o civilista, la prevención social como parte esencial del derecho al trabajo en sus albores en el mundo occidental, la mujer no tenía derechos sociales, excepto cuando se trataban de acciones altruistas o de beneficencia y de caridad.

El concepto de igualdad de derechos para individuos de distinto sexo, es antiguo, pero es hasta el siglo XX, que se interpreta jurídicamente.

Los movimientos sociales de mujeres a fines del siglo XIX, tenían dentro de sus objetivos, el reconocimiento a la maternidad, como una función social y, por lo tanto, susceptible de ser remunerada.

El Constituyente de 1917 recoge ese reclamo universal y lo hace suyo plasmando en la Carta Magna, los derechos al descanso obligatorio por razón de maternidad y lactancia.

Desde la promulgación de la Constitución Federal, el artículo 123 ha tenido 23 reformas, pero la fracción V de este numeral, sólo se ha reformado, una vez, en al año de 1974, donde se amplía los periodos de descanso obligatorio y se consolidan sus derechos al salario y a la inmovilidad laboral.

El día de hoy, propongo a esta honorable soberanía, poner un acento en lo que realmente funciona para las mujeres que trabajan, legislando con acciones que cierren la distancia entre el principio filosófico de justicia y su manifestación mínima que es la ley.

En suma, me permito recordarles que tenemos un compromiso, una brecha que zanjar, en materia de derechos laborales y de prevención social entre el mismo género femenino y me refiero a las mujeres que no tienen el privilegio de la reproducción, pero que si tienen el derecho de ser madres y para las cuales el Estado ha creado la institución de la adopción.

Por lo anteriormente fundado y expuesto, y teniendo como objetivo el bienestar de los mexicanos, como integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presento a esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y las fracciones II y IV del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo

Primero. Se reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

V.Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos. Las mujeres que adopten tendrán los mismos derechos a partir de que se establezca el vínculo jurídico filial materno en hijos adoptados menores de tres meses; excepto que no gozarán de las primeras seis semanas de descanso.

Segundo. Se reforma las fracciones II y IV del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 170. Las madres trabajadoras la tendrán los siguientes derechos.

I. ...

II. Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis semanas posteriores al parto, las madres adoptantes gozarán solo del segundo periodo de seis semanas a partir de que se establezca el vínculo jurídico filial materno, en hijos adoptados menores de tres meses.

III. ...

IV. En el periodo de lactancia, las madres biológicas y madres adoptantes tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en el lugar adecuado e higiénico que designe la empresa.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 9 de septiembre de 2010.— Diputados: Ricardo Armando Rebollo Mendoza, Gerardo Leyva Hernández, María Araceli Vázquez Camacho, Ruth Esperanza Lugo Martínez, José Ricardo López Pescador, Pedro Ávila Nevárez, Enoé Margarita Uranga Muñoz, Héctor Guevara Ramírez, Carlos Manuel Joaquín González (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Rebollo. Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social.

Se encuentran entre nosotros invitados especiales del estado de Aguascalientes, invitados por el diputado Canek Vázquez Góngora. Sean todas y todos ustedes bienvenidos.

Igualmente, personas invitadas del estado de Coahuila, por el diputado Rubén Moreira Valdez. Igualmente sean bienvenidas y bienvenidos.

Sí, diputado Héctor Guevara, dígame.

El diputado Héctor Guevara Ramírez(desde la curul): Solicitarle sea tan amable en preguntarle al señor diputado Rebollo si me permite adherirme a esta iniciativa que acaba de presentar porque se enmarca en el apoyo que el Congreso debe dar a la madre adoptiva.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Señor diputado Rebollo, el diputado Guevara manifiesta su interés de adherirse a la iniciativa presentada por usted. ¿Acepta usted?

El diputado Ricardo Armando Rebollo Mendoza (desde la curul): Con gusto, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El diputado Rebollo ha expresado su aquiescencia, por tanto, en la Secretaría se pone a disposición de quienes quieran adherirse a la misma la iniciativa que acabamos de escuchar. Gracias.

A petición del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa de la diputada Norma Leticia Salazar Vázquez que estaba enlistada se pospone.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día son dictámenes de primera lectura.

En virtud de que han sido publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se les dispensa la lectura.

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se les dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 y adiciona el 3o. y 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamenlaminuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2007 por el diputado Carlos Ernesto Navarro López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, remitida por el Senado de la República el 15 de diciembre de 2009.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 38, 40, 48 y 49 de las Normas Relativas al Funcionamiento de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados, corresponde a los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural deliberar respecto del asunto previamente citado, a partir de los siguientes

Antecedentes

I. En la sesión del 26 de abril de 2007, en la Cámara de Diputados, el diputado Carlos Ernesto Navarro López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 3, 15, 20 y 22 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en esta misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados acordó turnarla a la Comisión de Desarrollo Rural, para su estudio y dictamen correspondiente.

II. El 20 de septiembre de 2007 la Comisión de Desarrollo Rural dictaminó la iniciativa que nos ocupa en sentido positivo.

III. El 30 de octubre de 2007, el dictamen fue presentado en el pleno de la Cámara de Diputados para presentarse en primera lectura. Posteriormente, el 6 de noviembre de 2007, el dictamen fue sometido a discusión y aprobado por la Cámara de Diputados, en esta misma fecha fue turnado al Senado de la República para su revisión.

IV. Recibido el expediente en el Senado de la República el 8 de noviembre de 2007, fue turnado para su análisis y discusión a las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural; Recursos Hidráulicos y Estudios Legislativos, Segunda.

V. Por acuerdo de la Mesa Directiva de la Comisión Revisora se modifica el turno para quedar a cargo de las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Desarrollo Rural, de Recursos Hidráulicos, de Reforma Agraria, y de Estudios Legislativos, Segunda.

VI. El 10 de diciembre de 2009, en segunda lectura, las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Desarrollo Rural, de Recursos Hidráulicos, de Reforma Agraria, y de Estudios Legislativos, Segunda, dictaminaron en sentido positivo con modificaciones la minuta referida, la cual en la segunda lectura sin debate, se aprobó por 77 votos a favor, ordenándose en el pleno del Senado de la República su devolución a la Cámara de Diputados.

VII. Para los efectos legales de la fracción E del artículo 72 constitucional, el Senado de la República, mediante oficio número DGPL-1P1A.3087 remitido a la Cámara de Diputados el 11 de diciembre de 2009, hizo llegar la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, misma que fue turnada el 15 de diciembre de 2009 a la Comisión de Desarrollo Rural de esta honorable Cámara, para proceder a su análisis y emisión del dictamen correspondiente.

Descripción de la minuta

La iniciativa contenida en la minuta materia del presente dictamen, propone establecer en el texto de la Ley de Desa-rrollo Rural Sustentable la obligatoriedad de la difusión de los diversos programas y beneficios económicos que se encuentren contenidos en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable.

En consecuencia, la iniciativa presentada por el diputado Navarro López pretendía reformar el artículo 20 y adicionar los artículos 3o., con la fracción XVI, recorriéndose en su orden las demás fracciones; 15, con una fracción XVIII, recorriéndose en su orden las demás fracciones; y 22, con una fracción XVI, a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

...

...

XVI. Difusión. La promoción nacional mediante los medios de información masiva escritos y electrónicos, libros, folletos y cualquier otro material idóneo que permita dar a conocer los diversos programas y beneficios económicos que se deriven de la aplicación del Programa Especial Concurrente para el Desa-rrollo Rural Sustentable.

Artículo 15. El Programa Especial Concurrente al que se refiere el artículo anterior, fomentará acciones en las siguientes materias:

...

...

XVIII. Difusión nacional sobre su contenido, y

XIX. Las demás que determine el Ejecutivo Federal.

Artículo 20. La Comisión Intersecretarial será responsable de atender, difundir, coordinar y dar el seguimiento correspondiente a los programas sectoriales y especiales que tengan como propósito impulsar el desa-rrollo rural sustentable. Asimismo, será la responsable de promover y coordinar las acciones y la concertación de la asignación de responsabilidades a las dependencias y entidades federales competentes en las materias de la presente ley.

Artículo 22. ...

...

I. a XIII. ...

XVI. Servicio Nacional de Difusión.

Sin embargo, la Cámara revisora consideró que la creación de este Servicio Nacional de Difusión sería redundante, en atención a que la función que desempeñaría dicho Servicio, actualmente es ejecutada por la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable, y por el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable; sin ignorar que el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable realiza de manera específica esta actividad de difusión.

En atención a lo anterior, el Senado de la República consideró oportuno desechar la propuesta de adición de una fracción XVI al artículo 22, aprobado por la Cámara de Diputados, en virtud de la difusión es una actividad que en la actualidad ya es realizada por distintos organismos ya establecidos por la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en consecuencia, la Cámara revisora aprobó el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo Único. Se reforma el artículo 20; y se adicionan: la fracción XVI al artículo 3o., recorriéndose en su orden las demás fracciones, y una fracción XVIII al artículo 15, recorriéndose en su orden las demás fracciones, todas a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

I. a la XV. ...

XVI. Difusión. La promoción nacional mediante los medios de información masiva escritos y electrónicos, libros, folletos y cualquier otro material idóneo que permita dar a conocer los diversos programas y beneficios económicos que se deriven de la aplicación del Programa Especial Concurrente para el Desa-rrollo Rural Sustentable.

XVII. Entidades federativas. Los estados de la federación y el Distrito Federal;

XVIII. Estado. Los Poderes de la Unión, de las entidades federativas y de los municipios;

XIX. Estímulos fiscales. Los incentivos otorgados por el Estado a través de beneficios preferentes en el ejercicio de la tributación;

XX. Marginalidad. La definida de acuerdo con los criterios dictados por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática;

XXI. Órdenes de gobierno. Los gobiernos federal, de las entidades federativas y de los municipios;

XXII. Organismos m. Cualquier organismo que posea una combinación de material genético que se haya obtenido mediante la aplicación de biotecnología moderna;

XXIII. Productos básicos y estratégicos. Aquellos alimentos que son parte de la dieta de la mayoría de la población en general o diferenciada por regiones, y los productos agropecuarios cuyo proceso productivo se relaciona con segmentos significativos de la población rural u objetivos estratégicos nacionales;

XXIV. Programa Especial Concurrente. El programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que incluye el conjunto de Programas Sectoriales relacionados con las materias motivo de esta ley;

XXV. Programas sectoriales. Los programas específicos del gobierno federal que establecen las políticas, objetivos, presupuestos e instrumentos para cada uno de los ámbitos del desarrollo rural sustentable;

XXVI. Recursos naturales. Todos aquellos bienes naturales renovables y no renovables susceptibles de aprovechamiento a través de los procesos productivos rurales y proveedores de servicios ambientales: tierras, bosques, recursos minerales, agua, comunidades vegetativas y animales y recursos genéticos;

XXVII. Secretaría. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

XXVIII. Seguridad alimentaria. El abasto oportuno, suficiente e incluyente de alimentos a la población;

XXIX. Servicio. Institución pública responsable de la ejecución de programas y acciones específicas en una materia;

XXX. Servicios ambientales (sinónimo: beneficios ambientales). Los beneficios que obtiene la sociedad de los recursos naturales, tales como la provisión y calidad del agua, la captura de contaminantes, la mitigación del efecto de los fenómenos naturales adversos, el paisaje y la recreación, entre otros;

XXXI. Sistema. Mecanismo de concurrencia y coordinación de las funciones de las diversas dependencias e instancias públicas y privadas, en donde cada una de ellas participa de acuerdo con sus atribuciones y competencia para lograr un determinado propósito;

XXXII. Sistema-producto. El conjunto de elementos y agentes concurrentes de los procesos productivos de productos agropecuarios, incluidos el abastecimiento de equipo técnico, insumos productivos, recursos financieros, la producción primaria, acopio, transformación, distribución y comercialización, y

XXXIII. Soberanía alimentaria. La libre determinación del país en materia de producción, abasto y acceso de alimentos a toda la población, basada fundamentalmente en la producción nacional.

Artículo 15. ...

I. a XVI. ...

XVII. Impulso a los programas orientados a la paz social;

XVIII. Difusión nacional sobre su contenido, y

XIX. Las demás que determine el Ejecutivo Federal.

Artículo 20. La Comisión Intersecretarial será responsable de atender, difundir, coordinar y dar el seguimiento correspondiente a los programas sectoriales y especiales que tengan como propósito impulsar el desarrollo rural sustentable. Asimismo, será la responsable de promover y coordinar las acciones y la concertación de la asignación de responsabilidades a las dependencias y entidades federales competentes en las materias de la presente ley.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión de Desarrollo Rural formulamos las siguientes:

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de comisión única dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la minuta referida con el objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. Una vez valorado el alcance del contenido de la minuta referida, esta comisión dictaminadora considera que el planteamiento formulado por el Legislador proponente es congruente con el objeto de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, toda vez que resulta de fundamental importancia elevar a rango de ley el establecimiento de la obligación de dar la difusión de los diversos programas y beneficios económicos que se encuentren contenidos en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable.

Tercera. No obstante lo anterior, teniendo en cuenta que la principal modificación formulada por la Cámara revisora consistió en desechar la creación del Servicio Nacional de Difusión, toda vez que esta función en la actualidad es desempeñada por la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable, y por el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable; sin ignorar que el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable realiza esta actividad de difusión.

Cabe destacar que el Senado de la República manifestó que, de pretender crear un nuevo servicio es indispensable contar con la justificación estructural y presupuestaria de dicha creación, por ello los términos en los que se había presentado la minuta referida, implican un excedente reflejado en la erogación presupuestaria que representaría para el Estado la creación del Servicio Nacional de Difusión propuesta.

Cuarta. En atención a lo anterior y en cumplimiento a lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 18 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria que establece que las comisiones correspondientes del Congreso de la Unión, al elaborar los dictámenes respectivos, realizarán una valoración del impacto presupuestario de las iniciativas de ley o decreto, con el apoyo del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, la Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de dictaminadora solicitó mediante oficio número CDR/0215/10, de fecha 1 de marzo de 2010, una valoración respecto al impacto presupuestario que pudiera implicar la minuta mencionada al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.

Quinta. Mediante oficio número CEFP/173/2010 de fecha 17 de marzo de 2010, el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas dio respuesta a la solicitud formulada por la Comisión de Desarrollo Rural, realizando para tal efecto el análisis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y la revisión del presupuesto asignado a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por programa presupuestario y actividad institucional, con la finalidad de determinar la viabilidad de la propuesta.

Bajo esta tesitura, el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas concluyó que el contenido de la minuta aprobada en el Senado de la República no generaría impacto presupuestario para el gasto público ya que la función de difusión actualmente se lleva a cabo a través del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, junto con la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Sexta. Consecuentemente, teniendo en cuenta las modificaciones formuladas por la Cámara revisora y en atención a las conclusiones presentadas por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, esta comisión dictaminadora considera oportuna la aprobación de la minuta citada, toda vez que destaca la importancia que reviste para todos los agentes integrantes de la sociedad rural, el estar debidamente enterados de los diversos programas y beneficios económicos que se encuentren contenidos en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, a través de una adecuada ejecución de las actividades de difusión de dichos contenidos.

Por lo expuesto, y para los efectos del artículo 72, fracción A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura someten a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo Único. Se reforma el artículo 20; y se adicionan una fracción XVI al artículo 3o., recorriéndose en su orden las demás fracciones, y una fracción XVIII al artículo 15, recorriéndose en su orden las demás fracciones, a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. a la XV. ...

XVI. Difusión. La promoción nacional mediante los medios de información masiva escritos y electrónicos, libros, folletos y cualquier otro material idóneo que permita dar a conocer los diversos programas y beneficios económicos que se deriven de la aplicación del Programa Especial Concurrente para el Desa-rrollo Rural Sustentable.

XVII. Entidades federativas. Los estados de la federación y el Distrito Federal;

XVIII. Estado. Los Poderes de la Unión, de las entidades federativas y de los municipios;

XIX. Estímulos fiscales. Los incentivos otorgados por el Estado a través de beneficios preferentes en el ejercicio de la tributación;

XX. Marginalidad. La definida de acuerdo con los criterios dictados por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática;

XXI. Órdenes de gobierno. Los gobiernos federal, de las entidades federativas y de los municipios;

XXII. Organismos genéticamente modificados. Cualquier organismo que posea una combinación de material genético que se haya obtenido mediante la aplicación de biotecnología moderna;

XXIII. Productos básicos y estratégicos. Aquellos alimentos que son parte de la dieta de la mayoría de la población en general o diferenciada por regiones, y los productos agropecuarios cuyo proceso productivo se relaciona con segmentos significativos de la población rural u objetivos estratégicos nacionales;

XXIV. Programa Especial Concurrente. El programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que incluye el conjunto de programas sectoriales relacionados con las materias motivo de esta ley;

XXV. Programas sectoriales. Los programas específicos del gobierno federal que establecen las políticas, objetivos, presupuestos e instrumentos para cada uno de los ámbitos del desarrollo rural sustentable;

XXVI. Recursos naturales. Todos aquellos bienes naturales renovables y no renovables susceptibles de aprovechamiento a través de los procesos productivos rurales y proveedores de servicios ambientales: tierras, bosques, recursos minerales, agua, comunidades vegetativas y animales y recursos genéticos;

XXVII. Secretaría. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

XXVIII. Seguridad alimentaria. El abasto oportuno, suficiente e incluyente de alimentos a la población;

XXIX. Servicio. Institución pública responsable de la ejecución de programas y acciones específicas en una materia;

XXX. Servicios ambientales (sinónimo: beneficios ambientales). Los beneficios que obtiene la sociedad de los recursos naturales, tales como la provisión y calidad del agua, la captura de contaminantes, la mitigación del efecto de los fenómenos naturales adversos, el paisaje y la recreación, entre otros;

XXXI. Sistema. Mecanismo de concurrencia y coordinación de las funciones de las diversas dependencias e instancias públicas y privadas, en donde cada una de ellas participa de acuerdo con sus atribuciones y competencia para lograr un determinado propósito;

XXXII. Sistema-producto. El conjunto de elementos y agentes concurrentes de los procesos productivos de productos agropecuarios, incluidos el abastecimiento de equipo técnico, insumos productivos, recursos financieros, la producción primaria, acopio, transformación, distribución y comercialización, y

XXXIII. Soberanía alimentaria. La libre determinación del país en materia de producción, abasto y acceso de alimentos a toda la población, basada fundamentalmente en la producción nacional.

Artículo 15. ...

I. a XVI. ...

XVII. Impulso a los programas orientados a la paz social;

XVIII. Difusión nacional sobre su contenido, y

XIX. Las demás que determine el Ejecutivo federal.

Artículo 20. La Comisión Intersecretarial será responsable de atender, difundir, coordinar y dar el seguimiento correspondiente a los programas sectoriales y especiales que tengan como propósito impulsar el desarrollo rural sustentable. Asimismo, será la responsable de promover y coordinar las acciones y la concertación de la asignación de responsabilidades a las dependencias y entidades federales competentes en las materias de la presente ley.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences (rúbrica), María Esther Terán Velázquez (rúbrica), Martín Enrique Castillo Ruz, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López, Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Federico Ovalle Vaquera (rúbrica), secretarios; Esteban Albarrán Mendoza (rúbrica), Rubén Arellano Rodríguez, Sabino Bautista Concepción, José Erandi Bermúdez Méndez, Felipe Borja Texocotitla, María Hilaria Domínguez Arvizu, Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Alberto Esquer Gutiérrez, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Israel Madrigal Ceja (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera, Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), Arturo Ramírez Bucio, Luis Félix Rodríguez Sosa, Julio Saldaña Morán (rúbrica), Rolando Zubia Rivera.»

Es de primera lectura.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamenlaminuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada en la Cámara de Senadores el 17 de febrero de 2009 por el senador Francisco Herrera León integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, remitida a la Cámara de Diputados y presentada al pleno el 15 de diciembre de 2009.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 40, 48, 49 de las Normas Relativas al Funcionamiento de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados corresponde a los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural deliberar respecto de los asuntos previamente citados, a partir de los siguientes

Antecedentes

I. En la sesión del Senado de la República del honorable Congreso de la Unión del 17 de febrero de 2009, el senador Francisco Herrera León, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), presentó la iniciativa que contienen proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Mesa Directiva del Senado acordó turnarla a las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos para su estudio y dictamen correspondiente.

II. El 8 de diciembre de 2009 las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos dictaminaron la iniciativa que nos ocupa en sentido positivo, procediendo a su segunda lectura sin debate alguno, fue aprobado el dictamen con 78 votos a favor, para finalmente ser remitido a su colegisladora el 10 de diciembre de 2009.

III. Para los efectos legales correspondientes, el Senado de la República, mediante oficio número DGPL-1P1A.3377 de fecha 10 de diciembre de 2009 remitió a la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, que fue turnada el 15 de diciembre de 2009 a la Comisión de Desarrollo Rural de esta honorable Cámara, en su calidad de comisión única que dictamina.

Descripción de la minuta

La iniciativa contenida en la minuta materia del presente dictamen, surge del planteamiento formulado por el senador proponente, que tiene como principal objetivo considerar al momento de elaborar la política nacional en materia de investigación para el campo que cuando se requiera emitir dictámenes o resoluciones arbitrales se realice bajo un criterio capaz, objetivo y formado del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).

Para ello, el senador proponente presenta una propuesta de redacción que deberá ser adicionada al segundo párrafo del artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

Artículo 33. ...

En caso de que en la política nacional de investigación para el desarrollo rural sustentable se requiera dictámenes o resoluciones arbitrales se tomará en cuenta las recomendaciones del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Para tal efecto, tenderá a contar con un adecuado diagnóstico permanente de los diferentes aspectos necesarios para la planeación del desa-rrollo rural sustentable y a la búsqueda de soluciones técnicas acordes a los objetivos soberanos de la producción nacional.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta comisión formulamos las siguientes:

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la minuta referida con el objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. Del análisis integral practicado al artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, esta comisión dictaminadora consideró lo establecido en el primer párrafo del precitado artículo en relación a que la Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, integrará la política nacional de investigación para el desarrollo rural sustentable, la cual será de carácter multidisciplinario e interinstitucional considerando las prioridades nacionales, estatales y regionales; asimismo, llevará a cabo la programación y coordinación nacional en esta materia, con base en lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica y en el Plan Nacional de De-sarrollo y en los demás ordenamientos aplicables, tomando en consideración las necesidades que planteen los productores y demás agentes de la sociedad rural.

Tercera. De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, el referido consejo es un organismo descentralizado del Estado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que goza de autonomía técnica, operativa y administrativa  tiene por objeto ser la entidad asesora del Ejecutivo Federal y especializada para articular las políticas públicas del Gobierno Federal y promover el desarrollo de la investigación científica y tecnológica, la innovación, el desarrollo y la modernización tecnológica del país. En este sentido, la opinión calificada del Conacyt en la integración y conformación de la política nacional de investigación para el desarrollo rural sustentable, no sólo resulta jurídicamente procedente, sino indispensable para la adecuada formulación de la misma.

Cuarta. No obstante que esta comisión dictaminadora reconoce el sentido y objetivo que persigue la minuta mencionada, es importante considerar que si se suprime la primera parte del párrafo segundo del artículo 33, que a la letra dice: “La política nacional de investigación para el desa-rrollo rural sustentable, con base en las instituciones competentes y utilizando los recursos existentes, incluirá las medidas para disponer de una instancia con capacidad operativa, autonomía efectiva y autoridad moral para emitir los dictámenes y resoluciones arbitrales que se requieran,...”, en términos de Técnica Legislativa, se estaría generando una laguna jurídica, al desaparecer del precepto legal precitado, la disposición que implica la posibilidad de que participen las instituciones competentes tales como el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, el Colegio de Postgraduados, la Universidad Autónoma Chapingo, el Instituto de Biotecnología de la Universidad Nacional Autónoma de México o el Centro de Investigaciones y Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional, por mencionar algunas.

Quinta. Bajo esta tesitura, en opinión de esta comisión dictaminadora, es oportuno modificar la redacción del texto propuesto por el senador Herrera, respetando el sentido de que se tomen en consideración las recomendaciones que formule el Conacyt dirigidas a enriquecer los dictámenes y las resoluciones arbitrales que sean emitidas por la instituciones competentes, sin restringir la actuación de aquellas entidades que actualmente están dedicadas a las áreas de la investigación y la innovación tecnológica dirigida a la materialización del desarrollo rural sustentable.

Sexta. Por otra parte, esta Comisión de Desarrollo Rural consciente de la que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable se publicó en diciembre de 2001, periodo en el que aun estaba vigente la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica citada en el primer párrafo del multicitado artículo 33, misma que fue abrogada por la publicación el 5 de junio de 2002 de la Ley de Ciencia y Tecnología, considera oportuno enriquecer el contenido de la reforma a dicho artículo sustituyendo la denominación de la Ley abrogada por la Ley vigente, destacando que este último ordenamiento crea el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, como órgano de política y coordinación cuya Secretaría Ejecutiva está a cargo del director general del Conacyt y tiene entre sus principales facultades el establecer políticas nacionales para el avance de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación que apoyen el desa-rrollo nacional.

Modificaciones a la minuta

Para dar cumplimiento a las propuestas vertidas en las consideraciones cuarta, quinta y sexta expresadas en el presente dictamen, la comisión dictaminadora plantea la siguiente redacción de texto integrante de la reforma del artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

Artículo 33. La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, integrará la Política Nacional de Investigación para el Desarrollo Rural Sustentable, la cual será de carácter multidisciplinario e interinstitucional considerando las prioridades nacionales, estatales y regionales; asimismo, llevará a cabo la programación y coordinación nacional en esta materia, con base en lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley de Ciencia y Tecnología y en el Plan Nacional de Desarrollo y en los demás ordenamientos aplicables, tomando en consideración las necesidades que planteen los productores y demás agentes de la sociedad rural.

La política nacional de investigación para el desarrollo rural sustentable, con base en las instituciones competentes y utilizando los recursos existentes, incluirá las medidas para disponer de una instancia con capacidad operativa, autonomía efectiva y autoridad moral para emitir los dictámenes y resoluciones arbitrales que se requieran, para cuya elaboración deberá tomarse en cuenta las recomendaciones que para tal efecto emita el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; asimismo, tenderá a contar con un adecuado diagnóstico permanente de los diferentes aspectos necesarios para la planeación del desarrollo rural sustentable y a la búsqueda de soluciones técnicas acordes a los objetivos soberanos de la producción nacional.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por lo expuesto, y para los efectos del artículo 72, fracción E de la Constitución Política de los Estados Unidos, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, someten a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el artículo 33 de la Ley de Desa-rrollo Rural Sustentable

Artículo Único. Se reforman el primer y segundo párrafos del artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 33. La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, integrará la Política Nacional de Investigación para el Desarrollo Rural Sustentable, la cual será de carácter multidisciplinario e interinstitucional considerando las prioridades nacionales, estatales y regionales; asimismo, llevará a cabo la programación y coordinación nacional en esta materia, con base en lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley de Ciencia y Tecnología y en el Plan Nacional de Desarrollo y en los demás ordenamientos aplicables, tomando en consideración las necesidades que planteen los productores y demás agentes de la sociedad rural.

La política nacional de investigación para el desarrollo rural sustentable, con base en las instituciones competentes y utilizando los recursos existentes, incluirá las medidas para disponer de una instancia con capacidad operativa, autonomía efectiva y autoridad moral para emitir los dictámenes y resoluciones arbitrales que se requieran, para cuya elaboración deberá tomarse en cuenta las recomendaciones que para tal efecto emita el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; asimismo, tenderá a contar con un adecuado diagnóstico permanente de los diferentes aspectos necesarios para la planeación del desarrollo rural sustentable y a la búsqueda de soluciones técnicas acordes a los objetivos soberanos de la producción nacional.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston, Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Federico Ovalle Vaquera (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, Martín Enrique Castillo Ruz, Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Julio Saldaña Morán (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), secretarios; María Hilaria Domínguez Arvizu, Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Esteban Albarrán Mendoza, Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera, Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Luis Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Israel Madrigal Ceja (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura le fue turnada, para su estudio y dictamen, la minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada en la Cámara de Senadores el 9 de marzo de 2009 por el senador Adolfo Toledo Infanzón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, remitida a la Cámara de Diputados y presentada al pleno el 15 de diciembre de 2009.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 65, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 38, 40, 48, 49 de las Normas Relativas al Funcionamiento de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados, corresponde a los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural deliberar respecto del asunto previamente citado, a partir de los siguientes

Antecedentes

I. En la sesión del Senado de la República del honorable Congreso de la Unión del lunes 20 de abril de 2006, el senador Adolfo Toledo Infanzón integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa que contiene proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Mesa Directiva del Senado acordó turnarla de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos para su estudio y dictamen correspondiente.

II. El 8 de diciembre de 2009 las Comisiones Unidas de Gobernación, de Desarrollo Rural, y de Estudios Legislativos dictaminaron la iniciativa que nos ocupa en sentido positivo con modificaciones, procediendo a su segunda lectura sin debate alguno, ratificando el dictamen con 78 votos a favor se acuerda su remisión a la colegisladora el 10 de diciembre de 2009.

III. Para los efectos legales correspondientes, el Senado de la República mediante oficio número DGPL-1P1A.3376 de fecha 10 de diciembre de 2009 remitió a la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, misma que fue turnada el 15 de diciembre de 2009 a la Comisión de Desarrollo Rural de ésta honorable Cámara, en su calidad de comisión única que dictamina.

Descripción de la minuta

La iniciativa contenida en la minuta materia del presente dictamen, surge del planteamiento formulado por el senador proponente, en la perspectiva de orientar el desarrollo rural hacia el principio de la sustentabilidad implica concebir la planeación gubernamental, tendiente a mejorar las condiciones de vida de los campesinos, sobre todo de indígenas y de mujeres del campo, en este sentido considera que al promover y favorecer el bienestar social y económico de la población rural privilegiando la participación de aquellas organizaciones o asociaciones integradas por indígenas y por mujeres del campo, se cumple con impulsar políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país.

Con el objeto de favorecer el bienestar social y económico de organizaciones o asociaciones integradas por indígenas y por mujeres del campo, la minuta propone la modificación del texto de la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 5o. En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desa-rrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos:

I. Promover y favorecer el bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y, en general, de los agentes de la sociedad rural con la participación de organizaciones o asociaciones, sobre todo de indígenas y de mujeres del campo, mediante la diversificación y la generación de empleo, incluyendo el no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso;

II. a V. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de ésta Comisión formulamos las siguientes:

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de comisión única dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la minuta referida con el objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. Conforme lo establecido en el primer párrafo del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en el marco previsto en nuestra Carta Magna, el Estado, a través del gobierno federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, este impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país, en este sentido, el espíritu de la reforma presentada por Senador proponente plantea promover y favorecer el bienestar social y económico de la población rural privilegiando la participación de aquellas organizaciones o asociaciones integradas por indígenas y por mujeres del campo.

Tercera. Es conveniente destacar que, el mandato contenido en el primer párrafo del artículo 5o. de la Ley de Desa-rrollo Rural Sustentable, actualmente se cumple por parte del Poder Ejecutivo Federal a través del establecimiento de políticas públicas que favorecen a los grupos vulnerables, señalando con especial énfasis aquellas que van dirigidas a la atención de las necesidades de los indígenas y de las mujeres del campo, de conformidad con lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND 2007-2012), publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de mayo de 2007, concretamente en lo previsto por el “Eje 2. Economía competitiva y generadora de empleos”, que tiene entre las acciones a ejecutar, el promover el financiamiento y la capitalización en el medio rural, favoreciendo la integración económica productiva de las mujeres en el sector rural (ver estrategias 9.5 y 9.6).

Cuarta. Sobre este particular, en lo que respecta a las políticas públicas dirigidas a los grupos prioritarios, en el “Eje 3. Igualdad de oportunidades” del PND 2007-2012, se define como línea de acción la incorporación de los pueblos indígenas al desarrollo rural, para lo cual se intensificarán de manera significativa los apoyos a los proyectos de las comunidades indígenas alentando un contexto favorable mediante la promoción de inversiones en regiones indígenas, destacando que en las líneas de acción tendientes al desarrollo social y humano, lo anterior deriva de considerar que las mujeres indígenas conforman el sector de la población femenina más vulnerable de nuestro país (ver objetivos 3.4 y 3.5 y las estrategias 15.3, 15.4, 16.1 y 16.2)

Quinta. Por su parte, el gobierno federal a través del Poder Legislativo federal, buscando la coordinación de los gobiernos federal, estatales y municipales con el fin de que se considere como prioritario impulsar políticas, acciones y programas dirigidos a grupos vulnerables no sólo en el medio rural, sino en todo el territorio nacional expidió la Ley General de Desarrollo Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 20 de enero de 2004, con el objeto de dar cumplimiento al mandato previsto en el Apartado B del artículo 2o. de la Constitución Política que a la letra dice: “la federación, los estados y los municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos”.

Sexta. En concordancia con las políticas públicas referidas, el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable de conformidad con lo establecido por el artículo 15, fracción XII, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, fomentará acciones que impulsen a la cultura y desarrollo de las formas específicas de organización social y capacidad productiva de los pueblos indígenas, particularmente para su integración al desarrollo rural sustentable.

En este sentido, dicho ordenamiento también establece en su artículo 56, que se apoyará a los productores y organizaciones económicas para incorporar cambios tecnológicos y de procesos tendientes a buscar la transformación tecnológica y la adaptación de tecnologías y procesos acordes a la cultura y los recursos naturales de los pueblos indígenas y las comunidades rurales.

Por otra parte, en materia de factores de bienestar social, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable de conformidad con lo previsto en su artículo 154 plantea que los programas del Gobierno Federal, impulsarán una adecuada integración de los factores del bienestar social como son la salud, la seguridad social, la educación, la alimentación, la vivienda, la equidad de género, la atención a los jóvenes, personas de la tercera edad, grupos vulnerables, jornaleros agrícolas y migrantes, los derechos de los pueblos indígenas, la cultura y la recreación; mismos que deberán aplicarse con criterios de equidad.

Séptima. Finalmente, para efectos de la aplicación del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, se consideran los factores de bienestar social referidos en el precitado artículo 154 de manera enunciativa y no restrictiva para la atención de grupos vulnerables vinculados al sector agropecuario, tales como las etnias, los jóvenes, las mujeres, los jornaleros agrícolas, los discapacitados, las personas de la tercera edad, los migrantes con o sin tierra, se formularán e instrumentarán programas enfocados a su propia problemática y posibilidades de superación, mediante actividades económicas conjuntando los instrumentos de impulso a la productividad con los de carácter asistencial y con la provisión de infraestructura básica a cargo de las dependencias competentes.

Bajo esta tesitura, en opinión de esta comisión dictaminadora, la modificación de la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, es congruente con las finalidades que persigue el desarrollo rural integral, sin embargo entre los grupos vulnerables vinculados al sector rural, no sólo se conforma de indígenas y de mujeres, por ello se propone una modificación al texto remitido por la colegisladora, con el fin de incluir a todos aquellos agentes rurales que se forman parte de grupos vulnerables.

Modificaciones a la minuta

En atención a las propuestas vertidas en las consideraciones sexta y séptima expresadas en el presente dictamen, la comisión dictaminadora plantea la siguiente redacción de texto que integra el contenido del 5o., fracción I de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

Artículo 5o. En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desa-rrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos:

I. Promover y favorecerel bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y, en general, de los agentes de la sociedad rural con la participación de organizaciones o asociaciones, especialmente la de aquellas que estén integradas por sujetos que formen parte de los grupos vulnerables referidos en el artículo 154 de la presente ley, mediante la diversificación y la generación de empleo, incluyendo el no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso;

II. a V. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por lo expuesto, y para los efectos del artículo 72, fracción E, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, someten a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo Único. Se reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 5o. ...

I. Promover y favorecer el bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y, en general, de los agentes de la sociedad rural con la participación de organizaciones o asociaciones, especialmente la de aquellas que estén integradas por sujetos que formen parte de los grupos vulnerables referidos en el artículo 154 de la presente ley, mediante la diversificación y la generación de empleo, incluyendo el no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso;

II. a V. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 15 de abril de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences, María Esther Terán Velázquez (rúbrica), Martín Enrique Castillo Ruz, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh, Hernán de Jesús Orantes López, Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Julio Saldaña Morán, Federico Ovalle Vaquera (rúbrica), secretarios; Esteban Albarrán Mendoza, Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, José Erandi Bermúdez Méndez, Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Israel Madrigal Ceja, Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa, Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Rolando Zubia Rivera.»

Es de primera lectura.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamenlaminuta con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 115 Bis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2007 por el senador Antonio Mejía Haro, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, remitida a la Cámara de Diputados y presentada al pleno el 15 de diciembre de 2009.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 40, 48, 49 de las Normas Relativas al Funcionamiento de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados, corresponde a los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural deliberar respecto del asunto previamente citado, a partir de los siguientes

Antecedentes

I. En la sesión del Senado de la República del honorable Congreso de la Unión del 29 de marzo de 2007, el senador Antonio Mejía Haro integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 115 Bis y se reforma el artículo 141 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Mesa Directiva del Senado acordó turnarla a las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, de Agricultura y Ganadería, y de Estudios Legislativos, para su estudio y dictamen correspondiente.

II. El 8 de diciembre de 2009 las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, de Agricultura y Ganadería, y de Estudios Legislativos, dictaminaron la iniciativa que nos ocupa en sentido positivo, con modificaciones, procediendo a su segunda lectura sin debate alguno, fue aprobado el dictamen con 80 votos a favor, para finalmente ser remitido a su la colegisladora el 10 de diciembre de 2009.

III. Para los efectos legales correspondientes, el Senado de la República mediante oficio número DGPL-1P1A.3375 de fecha 10 de diciembre de 2009 remitió a la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 Bis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, que fue turnada el 15 de diciembre de 2009 a la Comisión de Desarrollo Rural de esta honorable Cámara, en su calidad de comisión única que dictamina.

Descripción de la minuta

La iniciativa contenida en la minuta materia del presente dictamen, surge del planteamiento formulado por el senador proponente, consistente en establecer un padrón de comercializadores confiables dedicados a la compra de productos agrícolas, ganaderos, pesqueros y sus derivados, el cual estará disponible para los productores, quienes al momento de vender sus productos, podrán consultar si el comprador interesado se encuentra en el padrón, de no ser así estaría en la libertad de decidir vender en ese momento sólo en efectivo.

Lo anterior con el fin de que el gobierno federal, en coordinación con los gobiernos estatales y con la participación de las organizaciones de productores y los comités de los sistemas producto pongan más atención en identificar cuáles son los comercializadores del sector agropecuario que trabajan irregularmente para hacerlo del conocimiento de los productores y así prevenir y evitar daños y fraudes.

Para ello, el senador proponente presenta una propuesta de texto que integra el contenido del nuevo artículo 115 Bis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

Artículo 115 Bis. El gobierno federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y con la participación de las organizaciones de productores y los comités de los sistemas producto conformará un padrón de comercializadores confiables dedicados a la compra de productos agrícolas, ganaderos, pesqueros y sus derivados, con los requisitos que al efecto se determinen; el cual deberá ser actualizado cada año y publicado en el Diario Oficial de la Federación y estará disponible para su consulta en la página Web de la dependencia que corresponda.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El gobierno federal conformará el Padrón de Comercializadores dentro de los 180 días siguientes a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la minuta referida con el objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. Una vez valorado el alcance del contenido de la minuta referida, esta comisión dictaminadora considera que el planteamiento formulado por el senador proponente es congruente con el objeto de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, toda vez que la integración de un padrón de comercializadores confiables de productos agropecuarios dedicados a la compra y venta de dichas mercancías, aporta seguridad y certeza a los sujetos de la sociedad rural que intervienen en esas operaciones comerciales y tiende a prevenir y evitar daños y fraudes en el patrimonio de quienes conforman a la población económicamente activa que labora en el sector agropecuario.

Tercera. Aunado a lo anterior, se destaca que de conformidad con lo establecido en el artículo 34, fracciones XI y XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal corresponde al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Economía, formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país; asimismo la Secretaría de Economía tiene entre su atribuciones el fomentar el desarrollo del pequeño comercio rural y urbano, así como promover el desarrollo de lonjas, centros y sistemas comerciales de carácter regional o nacional en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Cuarta. No obstante que esta comisión dictaminadora reconoce el sentido y objetivo que persigue la minuta mencionada, es importante considerar que en el texto del artículo 115 Bis propuesto, existe vaguedad en la definición de quién es la autoridad que por parte del gobierno federal, tendrá a su cargo la integración del Padrón de Comercializadores Confiables, por ello en opinión de esta comisión dictaminadora resulta oportuno realizar algunas adecuaciones a la redacción del artículo 115 Bis que se presenta en el proyecto de decreto en comento, con el objeto de fortalecer dicha iniciativa que adiciona a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Quinta. Con el objeto de aportar seguridad y certeza a las operaciones que realiza los agentes de la sociedad rural, la adición que contiene el artículo 115 Bis pretende dar reconocimiento erga omnesa todos aquellos sujetos a quienes les aplica la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, que tienen el derecho de saber cómo se respaldan y cumplen de manera constante con los compromisos que conllevan sus operaciones comerciales y por lo tanto, son reconocidos por las entidades gubernamentales que instrumentan y ejecutan la política de comercialización, orientada a los propósitos establecidos en el artículo 105 de la propia Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Sexta. Bajo esta tesitura, en opinión de esta comisión dictaminadora, es oportuno modificar la redacción del texto propuesto por el senador Mejía Haro, respetando el sentido planteado en la minuta, aportado claridad y uniformidad en relación con la propia Ley de Desarrollo Rural Sustentable, sustituyendo la palabra “ganaderos” por “pecuarios”, así como hacer referencia a que el padrón no se limita a quienes se dedican sólo a vender productos agropecuarios, adecuar el texto para incluirá quienes participan en la compra- venta de este tipo de mercancías. Por último se sugiere sea agregado un segundo párrafo en el que se determine qué dependencia reunirá los datos que formaran el Padrón de Comercializadores Confiables.

Modificaciones a la minuta

Para dar cumplimiento a las propuestas vertidas en las consideraciones quinta y sexta expresadas en el presente dictamen, la comisión dictaminadora plantea la siguiente redacción de texto que integra el artículo 115 Bis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

Artículo 115 Bis. El gobierno federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y con la participación de las organizaciones de productores y los comités sistema producto conformará un padrón de comercializadores confiables dedicados a la compra y ventade productos agrícolas, pecuarios, acuícolas, pesqueros y sus derivados, con los requisitos que al efecto se determinen; el cual deberá ser actualizado cada año y publicado en el Diario Oficial de la Federación y estará disponible para su consulta en la página web de las dependencias que intervengan en su integración.

En concordancia con las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en esta Ley, la Secretaría de Economía en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y con las demás dependencias que determine la Comisión Intersecretarial integrará, administrará y actualizará el Padrón de Comercializadores Confiables, de conformidad con las disposiciones jurídicas que emita para tal efecto la Secretaría de Economía.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El gobierno federal conformará el Padrón de Comercializadores dentro de los 180 días siguientes a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Tercero. La integración, administración y actualización del Padrón de Comercializadores Confiables, se llevarán a cabo a través de las unidades administrativas ya existentes a partir de la entrada en vigor del presente decreto y con los recursos presupuestales autorizados para tal efecto, en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente.

Por lo antes expuesto, y para los efectos del artículo 72, fracción E, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, someten a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo Único. Se adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 115 Bis. El gobierno federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y con la participación de las organizaciones de productores y los comités sistema producto conformará un padrón de comercializadores confiables dedicados a la compra y ventade productos agrícolas, pecuarios, acuícolas, pesqueros y sus derivados, con los requisitos que al efecto se determinen; el cual deberá ser actualizado cada año y publicado en el Diario Oficial de la Federación y estará disponible para su consulta en la página web de las dependencias que intervengan en su integración.

En concordancia con las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en esta Ley, la Secretaría de Economía en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y con las demás dependencias que determine la Comisión Intersecretarial integrará, administrará y actualizará el Padrón de Comercializadores Confiables, de conformidad con las disposiciones jurídicas que emita para tal efecto la Secretaría de Economía.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El gobierno federal conformará el Padrón de Comercializadores dentro de los 180 días siguientes a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Tercero. La integración, administración y actualización del Padrón de Comercializadores Confiables se llevarán a cabo a través de las unidades administrativas ya existentes a partir de la entrada en vigor del presente decreto y con los recursos presupuestales autorizados para tal efecto, en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 17 de febrero de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados: Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences, Carlos Luis Meillón Johnston, Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Federico Ovalle Vaquera (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, Martín Enrique Castillo Ruz, Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Julio Saldaña Morán (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), secretarios; María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Esteban Albarrán Mendoza, Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera, Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Luis Rolando Zubia Rivera, Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Israel Madrigal Ceja (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY AGRARIA

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Ley Agraria

Honorable Asamblea

A la Comisión de la Reforma Agraria de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión le fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados copia del dictamen positivo de la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Ley Agraria.

Con fundamento en el artículo 72, fracción E de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 65, 66, 88, 94 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se emite el presente dictamen bajo los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 13 de diciembre de 2007 el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presentó una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Ley Agraria misma que fue turnada a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos Primera, para su estudio y dictamen correspondiente.

Segundo. Con fecha 13 de marzo de 2008 la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores modificó el turno a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos Segunda.

Tercero.- El dictamen fue aprobado por el pleno del Senado en sesión del 19 de febrero de 2009 por 89 votos a favor y 1 abstención y fue turnada a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Cuarto.- En sesión de la Cámara de Diputados de fecha 24 de febrero de 2009 se dio cuenta de la minuta y fue turnada a la Comisión de Reforma Agraria.

Con base en los antecedentes mencionados y de conformidad con lo que establece el artículo 94 párrafo cuarto, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos emitimos las siguientes

Consideraciones

Primera. Coincidimos con la motivación de la minuta que propone una ampliación de la cobertura de las unidades productivas para el desarrollo integral de la juventud, en cuanto al rango de la edad, tal y como lo establece la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para con ello coadyuvar en el cumplimiento de las estrategias planteadas en el Plan Nacional de Desarrollo en el sentido de “instrumentar políticas públicas transversales que garanticen las condiciones necesarias para el desarrollo integral de los jóvenes” así como la opción de recurrir a los programas de financiamiento y asesoría de la federación.

Segunda. En el proceso de dictaminación se recibió la opinión favorable del Ejecutivo federal, concretamente de la Secretaría de la Reforma Agraria que manifestó que fueron atendidas sus observaciones en el dictamen a la iniciativa.

Tercera. En reunión plenaria de la Comisión de Reforma Agraria celebrada el jueves 14 de abril de 2010 se analizó la minuta en comento y se acordó aprobarse con modificaciones a efecto de asegurar que los jóvenes tengan acceso a programas de financiamiento y asesoría de la federación, estados, Distrito Federal y municipios.

En uso de la facultad que otorga a esta soberanía el artículo 72, fracción E de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se aprueba con modificaciones la minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Ley Agraria, por lo que se devuelve a la colegisladora para los efectos legales y de procedimiento legislativo correspondientes.

Por lo anteriormente expuesto la Comisión de Reforma Agraria somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 72 de la Ley Agraria

Artículo Único. Se reforma el artículo 72 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 72. En cada ejido y comunidad podrá destinarse una parcela para constituir la unidad productiva para el desarrollo integral de la juventud, donde se realizarán actividades sociales, económicas, culturales, de salud y de capacitación, tendientes a procurar que los hijos de ejidatarios, comuneros y avecindados mayores de catorce y menores de veintinueve años logren una inserción sana, plena y productiva en el desarrollo del campo. Esta unidad será administrada por un comité cuyos miembros serán designados exclusivamente por los integrantes de la misma.

La puesta en marcha y los costos de operación de la unidad serán cubiertos por sus integrantes, quienes podrán recurrir a los programas de financiamiento y asesoría de la federación, de los estados, del Distrito Federal y de los municipios.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2010.

La Comisión de Reforma Agraria, diputados:Óscar García Barrón, presidente (rúbrica); María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Luis Hernández Cruz (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), Rafael Rodríguez González, Felipe Enríquez Hernández, Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Teófilo Manuel García Corpus, Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Socorro Sofío Ramírez Hernández (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto, María Felícitas Parra Becerra (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez, Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Filemón Navarro Aguilar, Indira Vizcaíno Silva (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY AGRARIA

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 30 de la Ley Agraria

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Reforma Agraria de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión le fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del dictamen positivo de la minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 30 de la Ley Agraria.

Con fundamento en el Artículo 72 inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los Artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los Artículos 65, 66, 88 y 94 demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se emite el presente dictamen bajo los siguientes:

Antecedentes

Primero. Con fecha 29 de noviembre de 2007, el senador Alfredo Rodríguez y Pacheco (PAN) a nombre propio y del senador Guillermo Tamborrel Suárez, presentó ante el pleno de la Cámara de Senadores la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el Artículo 30 de la Ley Agraria misma que fue turnado a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos, Segunda para su estudio y dictamen correspondiente.

Segundo. La Mesa Directiva de la honorable Cámara de Senadores con fecha 13 de marzo de 2008, modificó el turno de la iniciativa a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria; y de Estudios Legislativos Segunda:

Tercero. En la sesión del 11 de diciembre de 2008 se presentó al pleno el dictamen de primera lectura.

Cuarto. En la sesión del 19 de febrero de 2009, fue aprobado por 85 votos a favor y 8 en contra, y turnada a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Quinto. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados en la sesión del 24 de febrero de 2009, dio cuenta del expediente que contenía la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el Artículo 30 de la Ley Agraria y la turnó a la Comisión de Reforma Agraria para su estudio y dictamen correspondiente.

Sexto. La Presidencia de la Comisión de Reforma Agraria en la sesión del 28 de abril de 2009 dio primera lectura a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el Artículo 30 de la Ley Agraria, se firmó dicho dictamen por 17 diputados, todos a favor.

Con base en los antecedentes mencionados y de conformidad con lo que establece el artículo 94 párrafo cuarto, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos emitimos las siguientes:

Consideraciones

Primera. Coincidimos con la motivación de la minuta que señala que la legislación agraria al tratar de conservar la sencillez para desahogo de los trámites ante autoridades ejidales, en muchos casos no garantiza la seguridad jurídica respecto de los actos que emanan de ella.

Segunda. Que en el caso de la representación en Asambleas Ejidales los “caciques ejidales se aprovechan de la buena fe de los mandantes y utilizan el poder que se les otorgó para un acto distinto al que les fue otorgado, más aún, engañados de los alcances del acto son indebidamente representados en las Asambleas Ejidales.”

Tercera. Ante esta situación la propuesta de reforma al artículo 30 de la Ley Agraria enviada por la colegisladora, señala que para la asistencia válida de un mandatario a una asamblea se necesitará:

• Una carta-poder debidamente suscrita ante dos testigos que sean ejidatarios o avecindados;

• Certificar sus firmas ante la autoridad municipal que esté autorizada en la ley para hacerlo o en su caso ante fedatario público;

• El mandatario sólo pueda representar a un ejidatario en la asamblea para la cual se confirió el poder, debiendo quedar asentada en el acta de asamblea la participación del mandatario y del documento con el que se acreditó.

Cuarta. En el proceso de análisis de esta minuta se recibieron opiniones de la Secretaría de la Reforma Agraria y de la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal señalando que la iniciativa encuentra sustento constitucional y legal y no contraviene disposiciones secundarias, sin embargo la Secretaría de la Reforma Agraria sugiere su modificación con el propósito de evitar costos de transacción a los sujetos agrarios, y garantizar que los testigos sean del mismo núcleo para que

conozcan la problemática del propio ejido, contando adicionalmente con la opción de acudir ante fedatario público.

Quinta. Por su parte la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal hizo un estudio de las legislaciones locales y concluyó que la mayor parte de ellas establece como una de las facultades del secretario del ayuntamiento la expedición de copias, credenciales y certificados sobre documentos que acuerde el ayuntamiento o el presidente municipal en su caso.

Sexta. Es decir las legislaciones no hacen referencia expresa a la certificación y reconocimiento de firmas y menos aún en tratándose de certificación para la celebración de contratos o convenios de naturaleza privada, como lo es el caso del mandato.

Séptima. La Consejería aclara que existe la facultad expresa de los funcionarios municipales que detentan la fe pública para certificar los hechos que produce el ayuntamiento y los hechos que pueden ser susceptibles del conocimiento de la autoridad, por lo que sugiere que la certificación de las firmas de los ejidatarios o avecindados se haga en presencia de la autoridad que esté facultada para otorgar fe pública respecto de los actos o documentos emitidos por el ayuntamiento o en su caso ante fedatario público.

Octava.- En reunión plenaria de la Comisión de Reforma Agraria de fecha 12 de marzo de 2009, se analizó por sus integrantes tanto el texto de la minuta como las observaciones recibidas, acordándose aprobar el texto con modificaciones.

Novena. Las modificaciones hechas a la minuta por los integrantes de la comisión se basaron en que el hecho de que el ejidatario acuda ante un fedatario (notario o corredor) es oneroso, y la opción de acudir ante la autoridad municipal también implica costos ya que la cabecera municipal puede estar a larga distancia del ejido, lo cual generará costos a los sujetos agrarios.

Décima. Los integrantes de la comisión acordaron hacerle cambios a la minuta en la inteligencia de que la certificación de las firmas ante estas instancias no es una solución para otorgar certeza jurídica apegada a la realidad de los sujetos agrarios.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, la Comisión de Reforma Agraria, somete a la consideración de la honorable Asamblea para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional, el siguiente:

Proyecto de decreto que reforma el Artículo 30 de la Ley Agraria

Artículo Único. Se reforma el Artículo 30 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 30. Para la asistencia válida de un mandatario a una asamblea bastará una carta-poder debidamente suscrita por el titular ante dos testigos que sean ejidatarios o avecindados del mismo núcleo al que pertenece el mandante. En caso de que el ejidatario mandante no pueda firmar, imprimirá su huella digital en la carta y solicitará a un tercero que firme la misma y asiente el nombre de ambos.

El mandatario sólo podrá representar a un ejidatario en la asamblea para la cual se le confirió el poder; debiendo quedar asentada, en el acta de la asamblea, la participación del mandatario y el documento con el que se acreditó.

En el caso de asambleas que se reúnan para tratar los asuntos señalados en las fracciones III, VII a XIV del artículo 23 de esta ley, el ejidatario no podrá designar mandatario.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2010.

La Comisión de Reforma Agraria, diputados: Óscar García Barrón, presidente (rúbrica); María Hilaria Domínguez Arvizu, Joel González Díaz (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Luis Hernández Cruz (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), Rafael Rodríguez González (rúbrica), Felipe Enríquez Hernández, Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Teófilo Manuel García Corpus, Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Socorro Sofío Ramírez Hernández (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto, María Felícitas Parra Becerra (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez, Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Filemón Navarro Aguilar, Indira Vizcaíno Silva (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY DE ASOCIACIONES AGRICOLAS

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Reforma Agraria de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión le fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas devuelta por la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 65, 66, 88, 94, 136, 137 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se emite el presente dictamen bajo los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de fecha 26 de febrero de 2008, la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez a nombre de las diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno de esta Cámara, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas. En la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la iniciativa, para su análisis y dictamen, a la Comisión de Reforma Agraria.

Segundo.- En sesión ordinaria de la honorable Cámara de Diputados de fecha 9 de diciembre de 2008, la Comisión de Reforma Agraria sometió a la consideración del pleno, el dictamen de la iniciativa, siendo aprobado y enviado a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

Tercero. En sesión del 10 de diciembre de 2008, el Senado de la República recibió la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 5, adiciona una fracción VIII al artículo 3 y un segundo párrafo al artículo 12 de la Ley de Asociaciones Agrícolas. La Mesa Directiva turnó la minuta a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y, de Estudios Legislativos Primera, para su estudio y dictamen correspondiente.

Cuarto. Con fecha 8 de diciembre de 2009, en sesión ordinaria, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y, Estudios Legislativos Primera y con la misma fecha, con oficio número DGPL-1P1A-3087 se devuelve a la Cámara de Diputados el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas, para efecto de lo que establece la fracción E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Quinto. Con fecha 10 de diciembre de 2009, en sesión ordinaria, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turna a la Comisión de Reforma Agraria la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas de conformidad con lo que establece la fracción E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sexto. Con fecha 11 de diciembre de 2009, mediante oficio OF/CRA/118/2009, la presidencia de la mesa directiva de la Comisión de Reforma Agraria, envió a los integrantes de la comisión la iniciativa, para estudio y análisis.

Contenido de la minuta

La iniciativa propone reformar la Ley de Asociaciones Agrícolas, a efecto de impulsar la participación de las mujeres en el desarrollo económico rural; a través de la organización de cadenas productivas y comercializadoras de productos agrícolas constituidas por mujeres.

Prevé que las asociaciones agrícolas locales, además de estar integradas por productores especializados, también lo sean por mujeres productoras. Promueve que las uniones regionales agrícolas acrediten ante la Confederación Nacional de Productores Agrícolas, la participación de mujeres en los cargos de delegadas propietarias y suplentes para que en ella se encuentren representadas las asociaciones agrícolas conformadas por mujeres.

Para lo anterior, el dictamen de la Comisión de Reforma Agraria de la honorable Cámara de Diputados de la LX Legislatura, de conformidad con la iniciativa, promueve proyecto de decreto que reforma el artículo 5o. y adiciona una fracción VIII al artículo 3o. y un segundo párrafo al artículo 12, ambos de la Ley de Asociaciones Agrícolas.

La minuta proyecto de decreto que recibe esta Comisión de Reforma Agraria de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas que dictaminan en positivo las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y Estudios Legislativos Primera, del Senado de la República, reforma además, el artículo 2o. de la Ley de Asociaciones Agrícolas que es el objeto específico de estudio y análisis del presente dictamen.

Consideraciones

Primera. A las consideraciones del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, que reconoce el papel cada vez más relevante de las mujeres en la agricultura, y que sobre las mujeres del medio rural se ha acentuado el efecto de la pobreza, la marginación y la falta de oportunidades; que sólo el 18 por ciento de las mujeres son titulares de tierras; y que, en el 30 por ciento de los hogares campesinos, la mujer es el único sostén de la familia; La Cámara de Senadores, en el dictamen de las Comisiones Unidas de Agricultura Ganadería ; y Estudios Legislativos Primera, ofrece la siguiente valoración:

Segunda. La conveniencia de crear y adecuar dentro de los instrumentos jurídicos, la alternativa para reconocer las distintas formas de participación de la mujer, sobre todo en el ámbito rural. Que el artículo 1o. de la Constitución Federal, establece los casos en que procede el principio de igualdad; y que, el artículo 4o. de la Ley Fundamental, muestra el ejercicio de la aplicabilidad de la igualdad.

Tercera. Que la reforma al artículo 4o. constitucional, que declaró la igualdad ante la ley del varón y de la mujer, tiene más de tres décadas que entró en vigor y que se debe incluir en el artículo 2o. de la Ley de Asociaciones Agrícolas esta referencia constitucional, para ligar al resto de la ley, la igualdad del varón y la mujer.

Cuarta. La referencia a que hace alusión la minuta, establece que al constituirse las asociaciones agrícolas deberán hacerlo con apego al primer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Esta queda establecida en el artículo 2o. de la Ley de Asociaciones Agrícolas.

Quinta. Esta Comisión de Reforma Agraria en su estudio y análisis de la reforma al artículo 2o. de la Ley de Asociaciones Agrícolas, objeto del presente dictamen, coincide con la valoración y con todos los términos de reforma, que en su dictamen realizan las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y Estudios Legislativos Primera, de la Cámara de Senadores.

Por lo anteriormente expuesto y para los efectos de la fracción A del artículo 72 constitucional, los integrantes de esta Comisión de Reforma Agraria, con base en las consideraciones expresadas aprueban en sus términos la minuta del Senado de la República y someten a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas

Artículo Único. Se reforman los artículos 2o. y 5o. y se adiciona una fracción VIII al artículo 3o. y un segundo párrafo al artículo 12 de la Ley de Asociaciones Agrícolas, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Las asociaciones agrícolas se constituirán con la unión de los productores agrícolas del país a fin de promover en general al desarrollo de las actividades agrícolas de la nación, así como a la protección de los intereses económicos de sus agremiados, para ello deberán constituirse con apego al primer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, de acuerdo con las finalidades indicadas en el artículo siguiente.

Artículo 3o. Las Asociaciones Agrícolas constituidas en los términos de esta ley tendrán las siguientes finalidades:

I. a VI. .....

VII.- Representar ante las autoridades los intereses comunes de sus asociados y proponer las medidas que estimen más adecuadas para la protección y defensa de dichos intereses.

VIII.- Impulsar la participación de las mujeres en el de-sarrollo económico, a través de la organización de cadenas productivas y comercializadoras de productos agrícolas, constituidas por mujeres; o en igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.

Artículo 5o. Las asociaciones locales se denominarán “asociaciones agrícolas locales”, y estarán integradas por productores especializados. Para los efectos de este artículo, se entiende por productores especializados a las mujeres y hombres cuya actividad predominante se dedique a un cultivo o a una rama especial de la economía rural.

Artículo 12. La Confederación Nacional de Productores Agrícolas radicará en la capital de la república y funcionará con dos delegados propietarios y dos suplentes debidamente acreditados ante ella por las uniones regionales agrícolas.

Las uniones regionales agrícolas también podrán acreditar ante esta confederación la participación de delegadas propietarias y suplentes, para que en ella se encuentren representadas las asociaciones agrícolas conformadas por mujeres.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las uniones regionales agrícolas deberán acreditar, en un plazo de noventa días posteriores a la fecha de su constitución, a las delegadas propietarias y suplentes, ante la Confederación Nacional de Productores Agrícolas, y las ya existentes, a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2010.

La Comisión de Reforma Agraria, diputados:Óscar García Barrón, presidente (rúbrica); María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Luis Hernández Cruz (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), Patricio Chirinos del Ángel, Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Teófilo Manuel García Corpus, Hernán de Jesús Orantes López, Socorro Sofío Ramírez Hernández (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto, María Felícitas Parra Becerra, Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Filemón Navarro Aguilar, Indira Vizcaíno Silva (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY GENERAL DE EDUCACION

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación, en materia de educación nutricional

Honorable Asamblea

A las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, les fue turnada para su estudio y análisis correspondiente, minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación.

Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 39, 44 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los 56, 60, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen.

I. Antecedentes

1. En sesión ordinaria de la Cámara de Senadores del 6 de noviembre de 2007, el Senador Hugo Antonio Laviada Molina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación.

2. La presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República turnó la iniciativa a las Comisiones Unidas de Educación, de Salud y de Estudios Legislativos de la LX Legislatura de la Cámara de Senadores, para su estudio y dictamen.

3. En sesión ordinaria de la Cámara de Senadores del día 12 de noviembre de 2007, una vez aprobada, la Minuta se turnó a la Cámara de Diputados.

4. La Cámara de Diputados recibió la minuta el 21 de abril de 2008 y la presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, ordenó su turno a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

5. Con fecha 12 de marzo de 2009, el dictamen positivo con modificaciones fue aprobado por el pleno de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, LX Legislatura, y enviado a la Comisión de Salud para su análisis y dictaminación.

II. Contenido de la minuta

La minuta de mérito aborda el problema del sobrepeso y de la obesidad en la población infantil de nuestro país. Se señala que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2006 (INSP/SS, 2006), el 34.5 por ciento de las mujeres y el 24.2 por ciento de los hombres de nuestra población padecen obesidad, y que el mayor aumento proporcional del problema se produce en niños en edad escolar.

El dictamen de la minuta señala como intención del promovente “incorporar a la ley propuestas que permitan educar a la población infantil en los conocimientos respecto de los riesgos de la mala nutrición, problema de salud pública el cual urge combatir por lo que significa en el futuro de las próximas generaciones.”

La exposición de motivos refiere que “los países en desa-rrollo son afectados por estas tendencias con mayor grado de aceleración en comparación con los países desarrollados. Se constata también que la prevalencia de esta situación tiene una más temprana edad de inicio. ...México ocupó el segundo lugar en prevalencia de obesidad en un estudio entre nueve países de la región.”

A mayor abundamiento, se señala que el estilo de vida actual propicia “que las comidas rápidas o chatarra, con aditivos, conservadores y generalmente altas en grasas y poco nutritivas, sustituyan a las comidas domésticas y tradicionales de los hogares mexicanos. La venta de estos productos, a veces en tamaños excesivos, en la entrada de las escuelas, dentro de ellas o en sus cercanías, en cines o diversiones, facilita el consumo por parte de los niños y jóvenes fundamentalmente, pero también de los adultos.”

Un factor más que contribuye a los malos hábitos alimenticios, se argumenta, es que la publicidad de alimentos chatarra no tiene contrapeso en la familia o en las tradiciones alimenticias y formas de vida, que incluso llegan a considerarse obsoletos. Desde esta óptica, el promovente considera “definitoria la influencia de la escuela, del maestro, de los programas pedagógicos que informen al educando de la importancia de alimentación apropiada, de distracciones más activas, del deporte y la educación física.”

Ante la problemática identificada, la minuta propone la modificación de la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación, de manera que se precise dentro de los fines de la educación que el Estado imparta los siguientes:

Artículo 7. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

I. a VIII. ...

IX. Estimular la educación física y la práctica del deporte así como la cultura de una sana alimentación para prevenir desequilibrios nutricionales, trastornos derivados de la conducta alimentaria, obesidad y padecimientos crónicos degenerativos.

X. a XII. ...

III. Consideraciones generales

Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, con base en los propósitos que orientan la minuta descrita en el punto anterior, dan cuenta de la preocupación del promovente porque los problemas de obesidad y sobrepeso –relacionados con el excesivo sedentarismo y los malos hábitos de consumo e ingesta de alimentos– aquejan seriamente a la población mexicana.

Las comisiones comparten estas preocupaciones y reconocen que la obesidad y el sobrepeso se han convertido en problemas serios de salud pública en nuestro país. Los cambios en el consumo de alimentos y la tendencia a la ingesta de alimentos con altos índices calóricos, combinados con la falta de ejercicio, son algunos de los factores que han provocado incrementos en el peso de la población.

La obesidad infantil ha sido definida considerando la relación entre el peso total y la talla estimada mediante el índice de masa corporal (IMC = peso en kg /talla en metros cuadrados). El sobrepeso infantil se establece a partir del centil 75 en las curvas de IMC y la obesidad infantil a partir del centil 85.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2006 (Ensanut), los problemas relacionados con la mala nutrición en los niños y adolescentes de nuestro país se han modificado en los últimos años: mientras que la desnutrición ha disminuido sensiblemente, el sobrepeso y la obesidad se incrementaron progresivamente, especialmente en la población de entre 5 y 11 años; además, se estima que actualmente uno de cada tres adolescentes (de 12 a 19 años) tiene sobrepeso u obesidad.

Conductas alimentarias

Desde el punto de vista antropológico, el acto de comer forma parte de un proceso biocultural: “comer y beber son actos fundamentales de nuestra vida, con profundos contenidos emocionales y que se llevan a cabo en un contexto social, en el marco de la cultura”.

Desde esta perspectiva, se reconocen dos factores determinantes de los hábitos alimenticios: cuáles alimentos son accesibles y cuáles son los preferidos. Esos dos factores, a su vez, se ven influenciados por otros, como se muestra en el esquema siguiente:

Para estas comisiones, esta perspectiva amplia de los factores que influyen en la formación de los hábitos alimentarios, permite apreciar la complejidad de introducir cambios en ellos, sobre todo de carácter permanente. Por lo tanto, la acción de una sola institución –la escuela, en este caso– aunque indispensable, será sin duda limitada si no se impulsan medidas complementarias en otros ámbitos de la vida social y familiar.

La experiencia internacional muestra que, tratándose de educación nutricional, la concurrencia de acciones en los ámbitos familiar y social es indispensable. Cuando esta concurrencia se logra, puede obtenerse cierto nivel de éxito; por ejemplo, en Canadá y Finlandia se obtuvieron resultados que han sido ejemplo para el mundo al desarrollar campañas de orientación nutricional accesibles para toda la población, al mismo tiempo que se modificaron los impuestos para favorecer o limitar el consumo de determinados productos.

Hernán C. Doval, director de la Revista Argentina de Cardiología, señala la responsabilidad central del sector salud en la tarea de prevenir la obesidad, pero involucra la necesidad de una visión integral del problema:

“... solamente es posible con cambios fundamentales en las sociedades como, por ejemplo, producir y disponer de alimentos saludables y baratos, realizar un planeamiento urbano para asegurar que la gente se ejercite más, difundir la educación acerca de la alimentación comenzando en las escuelas y establecer un código global para promocionar solamente los alimentos y las bebidas saludables para los niños y también para los adultos. Pero ningún sistema de salud está cumpliendo con el desafío de manejar la obesidad, y ninguna sociedad ha desarrollado una estrategia efectiva para prevenirla. Tenemos un desafío claro por delante, necesitamos una política pública coherente y sostenida, que es esencial para dirigir los cambios necesarios. Estos cambios imprescindibles entrelazan a la política de distintos ministerios o departamentos estatales, con los medios, a la propia industria de la alimentación y también a la venta al menudeo y los sectores de la diversión. Sólo de esa manera podemos esperar progresos visibles para frenar primero y reducir después la creciente epidemia de obesidad.”

Educación para la salud y escuela

La Organización Mundial de la Salud define a la salud como “... un estado de completo bienestar físico, psíquico y social y no meramente la ausencia de enfermedad”.

La educación para la salud se entiende como “los procesos permanentes de enseñanza y aprendizaje que permiten, mediante el intercambio y análisis de la información, desarrollar habilidades y cambiar actitudes, con el propósito de inducir comportamientos para cuidar la salud, individual, familiar y colectiva”.

Para las acciones de salud, esta perspectiva implica concentrar esfuerzos en el fomento de estilos de vida sanos y no sólo en la prevención de enfermedades, por lo que “un buen trabajo educativo en pro de la salud debe incidir sobre las pautas de conducta, creando estilos de vida y coadyuvando a que el alumnado tome conciencia de qué son los estilos de vida y cuál es su incidencia en la salud”.

Esta perspectiva de la educación para la salud –y dentro de ésta, la educación nutriciona– está presente en los propósitos de la educación básica de nuestro país y, por tanto, constituye un eje temático transversal, que se desarrolla desde el nivel preescolar hasta la secundaria. En el cuadro siguiente se muestran los contenidos por nivel y grado incluidos en el currículo vigente:

Propósitos educativos y enfoque

Preescolar

Campo formativo “Educación física y salud”

Propósito:

“La salud, entendida como un estado de completo bie-nestar físico, mental y social, se crea y se vive en el marco de la vida cotidiana y es el resultado de los cuidados que una persona se dispensa a sí misma y a los demás, de la capacidad de tomar decisiones y controlar la vida propia, así como de asegurar que la sociedad en la que se vive ofrezca a sus miembros la posibilidad de gozar de buen estado de salud. La promoción de la salud implica que las niñas y los niños aprendan, desde pequeños, a actuar para mejorarla y a tener un mejor control de ella, y que adquieran ciertas bases para lograr a futuro estilos de vida saludables en el ámbito personal y social.” (PEP 2004, páginas 106-107)

Competencia a desarrollar por el niño:

Ejes temáticos y contenidos

Preescolar

Practica medidas básicas preventivas y de seguridad para preservar su salud, así como para evitar accidentes y riesgos en la escuela y fuera de ella.

- Identifica, entre los productos que existen en su entorno, aquellos que puede consumir como parte de una dieta adecuada. (PEP 2004, página 113)

Propósitos educativos y enfoque

Primaria

Propósitos generales del nivel (entre otros):

- (Que los alumnos) Adquieran los conocimientos fundamentales para comprender los fenómenos naturales, en particular los que se relacionan con la preservación de la salud, con la protección del ambiente y el uso racional de los recursos naturales, así como aquellos que proporcionan una visión organizada de la historia y la geografía de México.

- Desarrollen actitudes propicias para el aprecio y disfrute de las artes y del ejercicio físico y deportivo.

Asignatura de Ciencias Naturales:

Se integra en los dos primeros grados con el aprendizaje de nociones sencillas de historia, geografía y educación cívica. El elemento articulador será el conocimiento del medio natural y social que rodea al niño. A partir del tercer grado, se destinarán 3 horas semanales específicamente a las ciencias naturales (...) atención especial se otorga a los temas relacionados con la preservación de la salud y con la protección del ambiente y de los recursos naturales.

Los programas de Ciencias Naturales en la enseñanza primaria responden a un enfoque fundamentalmente formativo. Su propósito central es que los alumnos adquieran conocimientos, capacidades, actitudes y valores que se manifiesten en una relación responsable con el medio natural, en la comprensión del funcionamiento y las transformaciones del organismo humano y en el de-sarrollo de hábitos adecuados para la preservación de la salud y el bienestar.

Uno de los principios orientadores es “otorgar atención especial a los temas relacionados con la preservación del medio ambiente y de la salud. Estos temas están presentes a lo largo de los seis grados, pues se ha considerado más ventajoso, desde el punto de vista educativo, estudiarlos de manera reiterada, cada vez con mayor precisión, que separarlos en unidades específicas de aprendizaje o en asignaturas distintas.

En el tratamiento de ambos temas, los programas proponen la incorporación de los elementos de explicación científica pertinentes y adecuados al nivel de comprensión de los niños. Se pretende con ello evitar tanto la enseñanza centrada en preceptos y recomendaciones, cuya racionalidad con frecuencia no es clara para los alumnos, como también ciertas aproximaciones catastrofistas, frecuentes sobre todo en el manejo de temas ecológicos, que contrariamente a sus propósitos suelen producir reacciones de apatía e impotencia.” Eje: el cuerpo humano y la salud.

2o. grado:

La importancia de la alimentación en el ser humano

- Los alimentos básicos: carne, cereales, leche, frutas y verduras

- La higiene de los alimentos.

Ejes temáticos y contenidos

Primaria

Eje: ciencia, tecnología y sociedad, Tipos de alimento. Naturales, procesados, industrializados. Ventajas de los alimentos naturales

3o. grado:

Los tres grupos de alimentos de acuerdo con el nutrimento que contienen

- Cereales y tubérculos

- Frutas y verduras

- Leguminosas y alimentos de origen animal

Importancia de la combinación de alimentos en cada comida

Productos de consumo común que son de escaso valor alimenticio

4o. grado:

Sistema inmunológico. Su importancia

Elementos indispensables para el funcionamiento del sistema inmunológico: alimentación y descanso.

5o. grado:

Importancia de la alimentación

- Alimentación equilibrada. Combinación y variación

- Repercusión de una dieta inadecuada para el organismo

- Importancia del aprovechamiento de los alimentos propios de la región.

6o. grado:

Consecuencias de una alimentación inadecuada

- Consumismo y alimentos de escaso valor alimenticio.

Propósitos educativos y enfoque

Secundaria

Asignatura de Ciencias:

Uno de los propósitos de la formación científica en secundaria es que los alumnos participen en el mejoramiento de su calidad de vida, con base en la búsqueda de soluciones a situaciones problemáticas y la toma de decisiones en beneficio de su salud y ambiente.

Propósitos educativos del ámbito El ambiente y la salud:

Se relaciona con el propósito fundamental de fortalecer la promoción de la salud, con especial atención en el fomento de una cultura de la prevención. Con esta vinculación se busca construir un concepto más amplio, el de salud ambiental, que incluye la salud humana en relación con las condiciones ambientales que influyen en su promoción y mantenimiento. Ello proporciona la oportunidad de tomar en cuenta el contexto familiar y cultural de los alumnos, de tal modo que puedan aprovechar óptimamente sus propios recursos y medios en el mantenimiento de su salud y bienestar. (programa de Ciencias, página 19)

Uno de los Propósitos de Ciencias I (primer grado): Participar de manera activa e informada en la promoción de la salud con base en la autoestima y el estudio del funcionamiento integral del cuerpo humano.

En Ciencias III (tercer grado) también se aborda el tema de la nutrición. Ciencias I. Bloque II: La nutrición

El tema se aborda desde la perspectiva humana, teniendo en cuenta los estudios previos relacionados con la estructura, la función, los cuidados del aparato digestivo y la obtención de energía de los alimentos, enfatizando particularmente la relación entre dieta y salud. En este caso, con el fin de fortalecer la cultura de la prevención, se dan sugerencias para referir enfermedades que pueden ser de interés para los alumnos, como la bulimia, la anorexia y la obesidad. Asimismo, se promueve el reconocimiento del valor nutritivo de la comida mexicana con una perspectiva intercultural. (página 35)

Propósitos (entre otros):

• Identifiquen la importancia de la nutrición en la obtención de energía y en la conservación de la salud.

• Comparen diversas formas de nutrición de los seres vivos y las relacionen con la adaptación.

• Reconozcan la importancia de la tecnología en la producción de alimentos.

Ejes temáticos y contenidos

Secundaria

Ciencias I. Bloque II: La nutrición

El tema se aborda desde la perspectiva humana, teniendo en cuenta los estudios previos relacionados con la estructura, la función, los cuidados del aparato digestivo y la obtención de energía de los alimentos, enfatizando particularmente la relación entre dieta y salud. En este caso, con el fin de fortalecer la cultura de la prevención, se dan sugerencias para referir enfermedades que pueden ser de interés para los alumnos, como la bulimia, la anorexia y la obesidad. Asimismo, se promueve el reconocimiento del valor nutritivo de la comida mexicana con una perspectiva intercultural. (página 35)

Propósitos (entre otros):

• Identifiquen la importancia de la nutrición en la obtención de energía y en la conservación de la salud.

• Comparen diversas formas de nutrición de los seres vivos y las relacionen con la adaptación.

. Reconozcan la importancia de la tecnología en la producción de alimentos.

Ciencias III:

El Bloque III incluye el proyecto:

¿Qué me conviene comer?

• Aporte energético de los compuestos químicos de los alimentos. Balance nutrimental.

• El Bloque IV incluye el subtema:

• Tú decides: ¿cómo controlar los efectos del consumo frecuente de los "alimentos ácidos"?

Como puede observarse, la educación nutricional –y en particular, los trastornos y enfermedades asociados a la conducta alimentaria– son temas a los que se dedica una parte sustancial del tiempo escolar, sobre todo considerando que existen otros contenidos –no menos importantes– que los maestros deben tratar. Al respecto, es importante tomar en cuenta que, tal como se señala en el plan y programas de estudio para la educación primaria (SEP, 1993):

“A la escuela primaria se le encomiendan múltiples tareas. No sólo se espera que enseñe más conocimientos, sino también que realice otras complejas funciones sociales y culturales. Frente a esas demandas, es indispensable aplicar criterios selectivos y establecer prioridades, bajo el principio de que la escuela debe asegurar en primer lugar el dominio de la lectura y la escritura, la formación matemática elemental y la destreza en la selección y el uso de información. Sólo en la medida en que cumpla estas tareas con eficacia, la educación primaria será capaz de atender otras funciones”.

Adicionalmente, la investigación educativa ha mostrado que la incorporación en el currículo de contenidos sobre un tema determinado no garantiza su comprensión por parte de los alumnos, y mucho menos su aplicación en la vida diaria. La modificación de conductas –en este caso alimenticias- es, de hecho, uno de los aspectos en los que resulta más complejo incidir desde la escuela. Michel Saint-Onge señala que:

“Muchos profesores dan por supuesto que los alumnos llevan a la práctica con facilidad aquello de lo que oyen hablar. (Predomina) la creencia de que el asumir nuevas conductas depende únicamente del conocimiento y de la voluntad: si los alumnos se tomaran la molestia de realizar todo lo que se les dice que hagan y se sirvieran verdaderamente de los conocimientos que se les comunican para pensar cómo actuar sin que se lo hayan explicado, tendrían éxito en la escuela y en la vida...

Parece que en realidad las cosas no discurren así en el curso del aprendizaje. La mera transmisión de conocimientos parece contar con muchos tristes resultados: un cierto número de investigaciones, hechas en Europa y en Norteamérica, ponen en claro que hoy la mayor parte del saber científico enseñado en la edad escolar se olvida al cabo de unos años, incluso de semanas... cuando en algunos casos ha sido de verdad adquirido. Su aplicación es laboriosa y no asegura la función integradora, especialmente frente a la corriente de información que nos llega de los medios de comunicación.”

Los argumentos anteriores ayudan a matizar las expectativas respecto a lo que efectivamente puede lograrse a través de la escuela en materia de educación nutricional, aunque por supuesto no niegan que el trabajo escolar pueda influir en la creación de mejores conductas alimenticias. Al respecto, es importante mencionar los resultados de investigaciones sobre el impacto logrado por diversos programas de educación para la salud:

“La conducta puede influir en la salud de dos maneras, a saber, preventiva y curativamente. Es más probable que una madre escolarizada lleve a su hijo enfermo a un centro de salud para que reciba tratamiento. Pero también es más probable que, en primer lugar, se asegure de que el niño no enferme. Cuando esto se logra mediante una mejor nutrición o una inmunización más completa, se puede medir. Cuando se logra mediante la atención y la prevención de accidentes o asegurando que una enfermedad leve no se convierta en una enfermedad grave, la detección cuantitativa es mucho más difícil. Incluso el uso de las instalaciones de salud es un asunto complejo. A comienzos de los años 80, descubrimos que en el sur de India era más probable que las madres con educación se dieran cuenta de la enfermedad de los hijos mucho más tempranamente y era más probable que su suegra les permitiera recurrir a los servicios de salud modernos. El doctor escuchaba su descripción de la enfermedad con mayor detenimiento y le instruía más detalladamente (porque pensaba que se entendían). Era más probable que las madres con educación siguieran adecuadamente las instrucciones del médico, y también era más probable que volvieran a acudir al médico para informarle si el tratamiento no arrojaba resultados satisfactorios”.

Las acciones del sector salud en materia de fomento de una buena nutrición

Además del tratamiento de los contenidos descritos en el apartado anterior, en las escuelas de educación básica de nuestro país la Secretaría de Salud desarrolla diversas acciones relacionadas con la promoción de la salud, y entre ellas algunas relacionadas directamente con el fomento de una buena nutrición. Estas acciones se enmarcan en lo establecido en el artículo 3o. de la Ley General de Salud, que señala las funciones que en materia de salubridad general debe cumplir la citada secretaría.

De manera más específica, la Norma Oficial Mexicana NOM-009-SSA2-1993 para el Fomento de la Salud del Escolar establece las acciones que el sector salud debe realizar en coordinación con el educativo, enfatizando “la importancia de la orientación adecuada, la detección temprana y la atención oportuna de los principales problemas de salud del escolar, para evitar daños y secuelas y favorecer el desarrollo integral de este importante núcleo de población”. Entre las actividades, criterios y estrategias establecidas para el personal de salud en el ámbito escolar, destacan las siguientes:

- “3.2.1.2. El personal de salud debe apoyar al personal docente en el desarrollo de la temática de educación para la salud, de acuerdo a los programas curriculares establecidos para los niveles preescolar, escolar primaria y escolar secundaria, así como en aquellos derivados de la situación de salud específica de cada lugar.”

- “3.2.1.3. El personal de salud debe orientar las acciones educativas hacia el desarrollo de una cultura de la salud, que promueva:

• la responsabilidad en la participación individual, familiar y colectiva en pro de la salud

• la valoración de una vida saludable

• el fortalecimiento, modificación o desarrollo de hábitos, conductas y actitudes sanas

• la relación entre lo aprendido y la realidad, para ser utilizado en beneficio del alumno, su familia y la comunidad (...)”

- “3.2.2.1. El personal de salud debe promover y apoyar la participación de la comunidad escolar en las actividades de prevención, que son:

a) La detección de factores de riesgo acerca de:

• ...

• venta de alimentos en la escuela y sus alrededores

• ...

• estilos de vida (hábitos alimentarios e higiénicos, consumo de drogas y otros)

• ...

Para la identificación de estos factores se deben realizar:

• recorridos por las instalaciones del plantel y su entorno,

• encuestas y revisión de registros sobre las enfermedades que afectan a los escolares,

• ...

• visitas a la cooperativa escolar y a los expendios de alimentos,

• encuestas sobre estilos de vida,

...

b) Protección específica, que se refiere a la realización de actividades correctivas de los riesgos detectados, entre otros:

• ...

• acciones de autoayuda entre padres de familia a través de grupos, para analizar y resolver problemas de consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, aprendizaje y conducta, alimentación e higiene, salud sexual y reproductiva

• ...”

Como puede apreciarse, el marco normativo vigente tanto del sector educativo como del de salud, contiene ya disposiciones específicas respecto a la promoción y cuidado de la sana alimentación, con la finalidad de provenir desequilibrios nutricionales.

IV. Consideraciones particulares

1. Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Salud, coinciden con el promovente en que el sobrepeso, la obesidad y otros trastornos alimenticios constituyen un problema de salud pública que requiere atención por parte del gobierno, aunque se considera necesario realizar una serie de precisiones con el fin de mejorar el contenido de la reforma planteada.

2. Con base en la argumentación expuesta en las consideraciones generales, las Dictaminadoras consideran procedente que, de acuerdo con la Minuta dictaminada, se incluya en los fines de la educación establecidos en el artículo 7 de la Ley General de Educación, la necesidad de fomentar la educación en materia de nutrición.

Desde la perspectiva de estas Comisiones Unidas, esta reforma actualiza el artículo 7 de la Ley General de Educación, haciéndolo congruente con los propósitos educativos, temas y contenidos presentes en el currículo de los tres niveles de la educación básica referidos a educación para la salud.

Sin embargo, la inclusión en el citado artículo de una lista mayor de trastornos asociados con la obesidad se considera improcedente, toda vez que no coincide con el carácter general de las disposiciones contenidas en la Ley General de Educación.

El nivel de especificidad que propone la Colegisladora es pertinente para los planes y programas de estudio, mismos que –como se ha mostrado en las consideraciones generales– ya incluyen contenidos al respecto en los tres niveles de la educación básica.

De esta manera, las dictaminadoras proponen las siguientes modificaciones a la minuta en análisis:

Minuta

Artículo 7. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

I a VIII. ...

IX. Estimular la educación física y la práctica del deporte así como la cultura de una sana alimentación para prevenir desequilibrios nutricionales, trastornos derivados de la conducta alimentaria, obesidad y padecimientos crónicos degenerativos.

X. a XII. ...             Artículo 7o....

Propuesta CEPSE

I. a VIII. ...

IX. Fomentar la educación en materia de nutrición y estimular la educación física y la práctica del deporte;

X a XV. ...

Por lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Educación y Servicios Educativos, y de Salud, y para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de la honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 7o. de la Ley General de Educación, en materia de educación nutricional

Artículo Único:Se reforma la fracción IX del artículo 7o. de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 7o.La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

I. a VIII. ...

IX. Fomentar la educación en materia de nutrición y estimular la educación física y la práctica del deporte;

X. a XV. ...

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Instituto Nacional de Salud Pública y Secretaría de Salud, 2006.

2 Vargas, Luis Alberto. ¿Por qué y para qué comemos lo que comemos? IIA/FM, UNAM.

3 Ídem.

4 Vargas, Luis Alberto...

5 Organización Mundial de la Salud (OMS), 1948.

6 Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2005, Servicios Básicos de Salud, Promoción y Educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación. DOF, 23 de enero de 2006.

7 Xarxa telemática educativa de Catalunya, Generalitat de Catalunya, consultado el 13 de mayo de 2008 en: http://www.xtec.es/

8 Saint-Onge, Michel (1997). Yo explico pero ellos... ¿aprenden? Bilbao, Ediciones Mensajero.

9 Caldwell, John C. (2004). ¿Se puede modificar la conducta para conservar la salud? Consultado el 14 de mayo del 2008 en: http://www.comminit.com/en/node/150356/print

10 Secretaría de Salud, 3 de octubre de 1994. En esta norma, los contenidos sobre educación para la salud incluidos en los programas curriculares de los niveles preescolar, primaria y secundaria, se consideran parte de las acciones básicas para la salud del escolar.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 10 de febrero de 2010.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:José Trinidad Padilla López (rúbrica), presidente; Jorge Romero Romero, Héctor Hernández Silva (rúbrica), José Alberto González Morales (rúbrica), Germán Contreras García (rúbrica), Jaime Oliva Ramírez (rúbrica), Víctor Manuel Castro Cosío (rúbrica), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Roberto Pérez de Alba Blanco (rúbrica), Carlos Cruz Mendoza (rúbrica), Paz Gutiérrez Cortina (rúbrica), María de Lourdes Reynoso Femat (rúbrica), secretarios; Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Germán Osvaldo Cortez Sandoval (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano, Óscar Lara Salazar (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat (rúbrica), Beatriz Elena Paredes Rangel, Onésimo Mariscales Delgadillo (rúbrica), Francisco Herrera Jiménez (rúbrica), Alejandro Bahena Flores, José Francisco Javier Landero Gutiérrez, Manuel Jesús Clouthier Carrillo, María Sandra Ugalde Besaldúa (rúbrica), Yolanda del Carmen Montalvo López, Obdulia Magdalena Torres Abarca, María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Ana Luz Lobato Ramírez (rúbrica), Reyes Tamez Guerra (rúbrica).

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Arciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández, Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY GENERAL DE EDUCACION

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación nutricional y regulación de venta de alimentos y bebidas en los planteles escolares de nivel básico

Honorable Asamblea

A las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, les fue turnada para su estudio y análisis correspondiente, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Educación en materia de educación nutricional y regulación de venta de alimentos y bebidas en los planteles escolares de nivel básico, a cargo de los diputados federales María Gabriela González Martínez, Ector Jaime Ramírez Barba y Francisco Javier Gudiño Ortiz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LX Legislatura.

Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 39, 44 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los 56, 60, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen.

I. Antecedentes

A) En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 4 de marzo de 2008, los diputados María Gabriela González Martínez, Ector Jaime Ramírez Barba y Francisco Javier Gudiño Ortiz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura, presentaron Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la fracción XI del artículo 14, el artículo 59, la fracción II del artículo 67 y la fracción VIII del artículo 75; se adiciona la fracción X al artículo 7 y se recorren las fracciones subsiguientes para quedar como XI, XII, XIII y XIV; se adiciona una fracción XII al artículo 12 y se recorren las fracciones subsiguientes para quedar como XIII y XIV; se adiciona una fracción V al artículo 13 y se recorren las fracciones subsiguientes para quedar como VI, VII y VIII; se adiciona una fracción XII al artículo 14 y se recorre la fracción siguiente para quedar como XIII; se adiciona una fracción III al artículo 57 y se recorren las fracciones subsiguientes para quedar como IV, V y VI; y se adiciona un artículo 72 Bis; todos de la Ley General de Educación.

B) En esa misma fecha, la presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar trámite de recibo y ordenó su turno a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

C) El 5 de marzo de 2008, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, dieron trámite de recibo correspondiente y acordaron iniciar la discusión de la iniciativa de referencia, incorporando al análisis tres Iniciativas más, por coincidir con la temática propuesta en materia de educación nutricional y regulación de venta de alimentos y bebidas en los planteles escolares de nivel básico. Las iniciativas incorporadas son las siguientes:

- Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7, 74 y 75 de la Ley General de Educación, presentada el 17 de abril de 2007 por el diputado Alberto Amaro Corona, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de la LX Legislatura, turnada a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud.

- Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 75 de la Ley General de Educación, presentada el 17 de abril 2008 por el diputado Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LX Legislatura, turnada a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Salud.

- Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Educación, presentada el 30 de abril 2008 por el diputado Pedro Montalvo Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LX Legislatura, turnada a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

D) Con fecha 28 de abril de 2009, el dictamen con sentido positivo fue aprobado por el pleno de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, LX Legislatura, y enviado a la Comisión de Salud para su análisis y dictamen.

II. Contenido de las iniciativas

Las 4 iniciativas dictaminadas abordan el problema del sobrepeso y de la obesidad en la población infantil de nuestro país. Se señala que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2006 (INSP/SS, 2006), esos problemas se presentan en 4.1 millones de niños de entre 5 y 11 años, así como en 5.7 millones de adolescentes.

A. Iniciativa de los diputados María Gabriela González Martínez, Ector Jaime Ramírez Barba y Francisco Javier Gudiño Ortiz.

En su exposición de motivos, los promoventes señalan que “el problema del sobrepeso y obesidad infantil es multifactorial (factores genéticos, sociales, culturales, educativos, económicos, agrarios, comerciales, publicitarios, de consumo) y ubicuo pues se suscita en diversos entornos en los que es posible intervenir (hogar, trabajo, escuela).”

Ante la problemática identificada, los promoventes proponen la modificación de los diversos artículos de la Ley General de Educación que se relacionan tanto con el fomento de la educación para la salud como con la normatividad que enmarca el funcionamiento de las cooperativas y tiendas escolares, de manera que se regulen los productos que se comercializan en ellas.

Los promoventes señalan la importancia de la salud para la población mexicana y la relevancia que tiene, en ese sentido, mantener una alimentación sana y nutritiva. Destacan el papel del Estado para ofrecer a los individuos una educación que instruya, capacite, estimule e incremente sus conocimientos y habilidades para preservar su salud y afectar de manera positiva en su calidad de vida.

Respecto al papel de las escuelas en la formación para la salud, en la exposición de motivos se señala que “juegan un papel clave en el mejoramiento de la salud de los niños y niñas y, por ende, en los futuros adultos. Generalmente, niños y adolescentes asisten cinco días a la semana durante todo el año escolar a los planteles escolares, y además de los conocimientos de orden académico, los estudiantes también aprenden pautas sociales y culturales que determinan el estilo de vida y la salud.”

Añaden que actualmente, “el 42 por ciento de los alumnos de primaria, y en menor porcentaje los de preescolar y secundaria, ingieren la mayor parte de sus alimentos en la escuela”, de manera que los menores consumen “gran parte del aporte calórico diario en la escuela, donde la legislación educativa, ha creado un estado excepcional para la publicidad y comercio de alimentos.

En las llamadas ‘cooperativas escolares’ y al exterior de los planteles escolares, se ofrecen a los estudiantes, alimentos de elevada densidad calórica (antojos mexicanos, dulces, refrescos y comida instantánea).

La alimentación en este entorno escolar se caracteriza por alta disponibilidad de alimentos densamente energéticos y bebidas azucaradas; poca disponibilidad de frutas y verduras; ausencia de agua potable; la ingesta durante el horario escolar puede llegar a la mitad del requerimiento diario (800 a mil 300 kilocalorías); los escolares en México tienen más oportunidades para comer que para hacer ejercicio por lo que su actividad física es limitada, dentro y fuera de la escuela.

En cuanto a la publicidad y oferta de alimentos los productos alimentarios dirigidos a los niños han aumentado de manera considerable de 52 productos en 1994 a casi 500 en 2004); y de 80 a 97 por ciento de los productos alimenticios dirigidos a niños son de calidad nutricional baja.”

De acuerdo con los promoventes, la situación descrita exige la colaboración entre las autoridades educativas y sanitarias –clarificando las facultades, atribuciones y ámbitos de competencia de cada una– de manera que se desarrollen políticas públicas de educación para la salud, adecuadas y pertinentes.

La iniciativa contiene el siguiente proyecto de decreto:

“Artículo 7o. ...

I. al IX. ...

X. Fomentar la educación en materia de nutrición, enfatizando la importancia de que esta sea completa, equilibrada, inocua, suficiente, variada y las ventajas que tiene de practicarla como un estilo de vida que coadyuva el pleno desarrollo del individuo;

XI. Desarrollar actitudes solidarias en los individuos, para crear conciencia sobre la preservación de la salud, la planeación familiar y la paternidad responsable, sin menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidad humana, así como propiciar el rechazo a los vicios;

XII. Inculcar los conceptos y principios fundamentales de la ciencia ambiental, el desarrollo sustentable así como de la valoración de la protección y conservación del medio ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y la sociedad;

XIII. Fomentar actitudes solidarias y positivas hacia el trabajo, el ahorro y el bienestar general;

XIV. Fomentar los valores y principios del cooperativismo.

Artículo 12. ...

I. a XI. ...

XII. Establecer, en coordinación con la Secretaría de Salud, la normatividad para la instalación, operación y disolución de las tiendas y cooperativas escolares así como la relativa a la venta de alimentos y bebidas no alcohólicas en los establecimientos escolares;

XIII. Fomentar, en coordinación con las demás autoridades competentes del Ejecutivo federal, las relaciones de orden cultural con otros países, e intervenir en la formulación de programas de cooperación internacional en materia educativa, científica, tecnológica, artística, cultural, de educación física y deporte, y

XIV. Las necesarias para garantizar el carácter nacional de la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, así como las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 13. ...

I. a IV. ...

V. Observar la normatividad que la autoridad educativa federal y la Secretaría de Salud establezcan para la instalación, operación y disolución de las tiendas y cooperativas escolares, así como la relativa a la venta de alimentos y bebidas no alcohólicas en los establecimientos escolares;

VI. Revalidar y otorgar equivalencias de estudios de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de acuerdo con los lineamientos generales que la Secretaría expida;

VII. Otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, y

VIII. Las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 14. ...

I. a X. ...

XI. Promover prácticas cooperativas de ahorro, producción y consumo, de acuerdo a lo establecido en la ley de la materia y el Reglamento de Cooperativas Escolares;

XII. Procurar la construcción y equipamiento de comedores o desayunadores escolares en los establecimientos escolares del sistema educativo nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de esta ley;y

XIII. Las demás que con tal carácter establezcan esta ley y otras disposiciones aplicables.

...

Artículo 57. ...

I. y II. ...

III. Cumplir con la normatividad que la autoridad educativa federal y la Secretaría de Salud establezcan para la instalación, operación y disolución de tiendas y cooperativas escolares, así como la relativa a la venta de alimentos y bebidas no alcohólicas en los establecimientos escolares;

IV. Proporcionar un mínimo de becas en los términos de los lineamientos generales que la autoridad que otorgue las autorizaciones o reconocimientos haya determinado;

V. Cumplir los requisitos previstos en el artículo 55, y

VI. Facilitar y colaborar en las actividades de evaluación, inspección y vigilancia que las autoridades competentes realicen u ordenen.

Artículo 59. ...

En el caso de educación inicial y de preescolar deberán, además, contar con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación; contar con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad educativa determine; cumplir los requisitos a que alude la fracción VII del artículo 12; tomar las medidas a que se refiere el artículo 42; cumplir con la normatividad que establezca la autoridad educativa federal y la Secretaría de Salud para la instalación, operación y disolución de las tiendas y cooperativas escolares, así como la relativa a la venta de alimentos y bebidas no alcohólicas en los establecimientos escolares, y facilitar la inspección y vigilancia de las autoridades competentes.

Artículo 67. ...

I. ...

II. Colaborar para una adecuada integración de la comunidad escolar; en la operación, mejora y vigilancia de la normatividad de las tiendas, cooperativas, comedores o desayunadores escolares, así como en el mejoramiento de los planteles;

III. a V. ...

...

...

Artículo 72 Bis. Los consejos de participación social a los que se refiere esta sección colaborarán en la vigilancia y supervisión de la normatividad que la autoridad educativa federal y la Secretaría de Salud establezcan para la instalación, operación y disolución de las tiendas y cooperativas escolares que se encuentren en los establecimientos escolares del sistema educativo nacional.

Artículo 75. Son infracciones de quienes prestan servicios educativos:

I. a VII. ...

VIII. Realizar o permitir se realice publicidad dentro del plantel escolar que fomente el consumo, así como realizar o permitir la comercialización de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo;

IX. a XII. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud, deberán elaborar un nuevo reglamento para la instalación, operación y disolución de las tiendas y cooperativas escolares, en el que incorpore la participación del Consejo Nacional de Participación Social y de los consejos de participación social estatales, municipales y escolares, en un plazo no mayor de 180 días naturales a partir de la publicación del presente decreto.”

B. Iniciativa del diputado Alberto Amaro Corona

Esta iniciativa abona en el mismo sentido que la descrita anteriormente, ya que propone modificar diversos artículos de la Ley General de Educación con el propósito de fomentar en los educandos una cultura de alimentación saludable.

Señala el proponente que “En México la obesidad es un problema grave de salud pública, ya que es causa de enfermedades cardiovasculares, diabetes, hipertensión arterial, trastornos sicológicos y sociales, por mencionar algunos de sus efectos negativos. No se trata pues de un problema simplemente estético, sino que conlleva serios riesgos para la salud de la población en general y en particular de la niñez del país.”

Argumenta el diputado que en los últimos 20 años “... el número de menores de edad con sobrepeso se ha duplicado y en la mayoría de los casos llegan a la edad adulta con este problema de salud, con consecuencias nocivas para el desarrollo integral.” Destaca el promovente que se ha llegado a considerar a la obesidad como una pandemia.

Entre las cifras que aporta destaca que “...en México aproximadamente 20 por ciento de los niños padecen obesidad... cuyo origen ciertamente tiene diversas causas, entre ellas, genéticas, metabólicas, psicológicas, socioculturales, sedentarias, neuroendocrinas, nutrición con altos contenidos calóricos.”

Destaca la importancia de que en las escuelas públicas y particulares del país “... se genere una cultura de hábitos alimenticios saludables y se proporcione a los niños y las niñas estímulos adecuados que faciliten la modificación de su alimentación, así como ofrecer a los padres de familia medidas preventivas de la obesidad infantil.”

El propósito de la iniciativa es “...buscar que las autoridades educativas y los docentes adquieran conciencia de la importancia de que en las cooperativas escolares se ofrezcan alimentos o productos con altos índices nutricionales y, a su vez, prohibir la venta de los llamados productos ‘chatarra’ que están considerados detonantes de la obesidad.”

El objetivo final es avanzar en la prevención de problemas serios de salud provocados por el sedentarismo y por enfermedades de orden alimenticio, como la obesidad y el sobrepeso.

La iniciativa contiene el siguiente proyecto de decreto:

“Artículo 7. ...

I. a XIII. ...

XIV. Promover una cultura de hábitos alimenticios saludables.

Artículo 74. Los medios de comunicación masiva, como parte de su responsabilidad social, contribuirán al logro de las finalidades previstas en el artículo 7, conforme a los criterios establecidos en el artículo 8o.

Artículo 75. ...

I. a VII. ...

VIII. ...

Vender y comercializar en las escuelas públicas y particulares de nivel básico productos alimenticios con exceso de grasas y alto contenido en calorías que tiendan a causar problemas de obesidad.

IX. a XI. ...

XII. Incumplir cualquiera de los demás preceptos de esta ley, así como las disposiciones expedidas con fundamento en ella, para lo cual se estará a lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos. (Derogado)”

C. Iniciativa del diputado Carlos Alberto Puente Salas

La iniciativa del diputado Puente señala que “el análisis de las causas que provocan la obesidad de los niños mexicanos, apunta a la necesidad de establecer mecanismos para extremar precauciones en los alimentos que consumen, así como vigilar la información que llega a los menores en los diferentes medios de comunicación ya que existe una ofensiva constante a los principios de buena salud.”

Así, con la finalidad de atender la problemática que provoca la obesidad sobre todo en los niños, se propone establecer cambios a la Ley General de Educación en sus artículos 33 y 75 para promover el derecho a la salud y a la educación, en los siguientes términos:

“Artículo 33. ...

I. a XII. ...

XIII. ...

...

La Secretaría de Educación Pública, emitirá circulares relativas al tipo de productos que se puedan vender en las cooperativas escolares o cualesquiera otra denominación que se les de, a fin de controlar la higiene y sobre todo el valor nutricional de los productos que se expenden, prohibiendo la venta de productos con altos contenidos de azúcares refinados y/o aditivos artificiales, que promuevan la mal nutrición, incrementan el sobrepeso y la obesidad infantil.

Artículo 75. ...

I. a XII. ...

XIII. Vender y comercializar en las escuelas de niveles básico, secundaria media superior y bachillerato bebidas carbonatadas que causen problemas de obesidad; así como permitir la publicidad que alienten el consumismo de alimentos y bebidas que no coadyuven a una dieta balanceada.”

D. Iniciativa del diputado Pedro Montalvo Gómez

El diputado Montalvo argumenta que “las personas deberían tener acceso físico y económico en todo momento a los alimentos y las bebidas en cantidad y de calidad adecuadas para llevar una vida saludable y activa. Para considerar adecuados los alimentos se requiere que además sean culturalmente aceptables y que se produzcan en forma sostenible para el medio ambiente y la sociedad. Por último, su suministro no debe interferir con el disfrute de otros derechos humanos, por ejemplo, no debe costar tanto adquirir suficientes alimentos para tener una alimentación adecuada, que se pongan en peligro otros derechos socioeconómicos, o satisfacerse en detrimento de los derechos civiles o políticos.”

En opinión del promovente, “es de urgente necesidad que las autoridades educativas, muestren interés de atender el tema del consumo de alimentos con escaso valor nutritivo que se da al interior de los planteles educativos en el nivel de la primaria y la secundaria de escuelas públicas y privadas del país. Lo anterior es de suma preocupación y requiere urgente atención porque de no ser así en poco tiempo el sobrepeso y la obesidad en la niñez mexicana, como grupo vulnerable, se agravará como problema de salud pública.” En consecuencia, propone el siguiente Proyecto de Decreto:

“Artículo 14. ...

I. a X. ...

XI. De acuerdo con lo establecido en la materia y el Reglamento de Cooperativas Escolares, se promoverá en todos los establecimientos educativos públicos y privados, el consumo de productos de buena calidad nutricional, tanto en su presentación sólida como líquida, naturales y envasados. Mediante la coordinación entre las autoridades educativas y sanitarias, así como con las asociaciones de padres de familia, se impulsará el conocimiento y la práctica de buenos hábitos alimenticios, determinando la mejor forma de que los educandos accedan a ellos desde su hogar o en los centros educativos. Para tal efecto, los centros escolares se abstendrán de que en sus instalaciones se expendan alimentos y bebidas de dudosa calidad nutricional, pudiendo solicitar la opinión de la Procuraduría Federal del Consumidor, en su caso. El impulso a mejores hábitos nutricionales procurará incluir opciones cuya presentación sea agradable para el consumo de los educandos.

La secretaría, además de los contenidos en esta materia en los libros de texto, elaborará un manual de buenos hábitos alimenticios, que distribuirá gratuitamente entre los alumnos, personal docente y padres de familia, que deberá ser diseñado en forma sencilla y clara.

XII. ...

...”

Las dictaminadoras llevaron a cabo el análisis de las iniciativas en el seno de cada una de las comisiones y el presente dictamen da cuenta de las observaciones, comentarios y conclusiones expresadas en relación con el contenido de éstas.

III. Consideraciones generales

Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, con base en los propósitos que orientan a las Iniciativas que se describen en el punto anterior, dan cuenta de la preocupación de los Legisladores porque los problemas de obesidad y sobrepeso –relacionados con el excesivo sedentarismo y los malos hábitos de consumo e ingesta de alimentos– aquejan seriamente a la población mexicana.

Las comisiones comparten estas preocupaciones y reconocen que la obesidad y el sobrepeso se han convertido en problemas serios de salud pública en nuestro país. Los cambios en el consumo de alimentos y la tendencia a la ingesta de alimentos con altos índices calóricos, combinados con la falta de ejercicio, son algunos de los factores que han provocado incrementos en el peso de la población.

La obesidad infantil ha sido definida considerando la relación entre el peso total y la talla estimada mediante el índice de masa corporal (IMC=peso en kilogramos/talla en metros cuadrados). El sobrepeso infantil se establece a partir del centil 75 en las curvas de IMC y la obesidad infantil a partir del centil 85.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2006 (Ensanut), los problemas relacionados con la mala nutrición en los niños y adolescentes de nuestro país se han modificado en los últimos años: mientras que la desnutrición ha disminuido sensiblemente, el sobrepeso y la obesidad se incrementaron progresivamente, especialmente en la población de entre 5 y 11 años; además, se estima que actualmente uno de cada tres adolescentes (de 12 a 19 años) tiene sobrepeso u obesidad.

Conductas alimentarias

Desde el punto de vista antropológico, el acto de comer forma parte de un proceso biocultural: “comer y beber son actos fundamentales de nuestra vida, con profundos contenidos emocionales y que se llevan a cabo en un contexto social, en el marco de la cultura”.

Desde esta perspectiva, se reconocen dos factores determinantes de los hábitos alimenticios: cuáles alimentos son accesibles y cuáles son los preferidos. Esos dos factores, a su vez, se ven influenciados por otros, como se muestra en el esquema siguiente:

Para estas comisiones, esta perspectiva amplia de los factores que influyen en la formación de los hábitos alimentarios permite apreciar la complejidad de introducir cambios en ellos, sobre todo de carácter permanente. Por lo tanto, la acción de una sola institución –la escuela, en este caso– aunque indispensable, será sin duda limitada si no se impulsan medidas complementarias en otros ámbitos de la vida social y familiar.

La experiencia internacional muestra que, tratándose de educación nutricional, la concurrencia de acciones en los ámbitos familiar y social es indispensable. Cuando esta concurrencia se logra, puede obtenerse cierto nivel de éxito; por ejemplo, en Canadá y Finlandia se obtuvieron resultados que han sido ejemplo para el mundo al desarrollar campañas de orientación nutricional accesibles para toda la población, al mismo tiempo que se modificaron los impuestos para favorecer o limitar el consumo de determinados productos.

Hernán C. Doval, director de la Revista Argentina de Cardiología, señala la responsabilidad central del sector salud en la tarea de prevenir la obesidad, pero involucra la necesidad de una visión integral del problema:

“... solamente es posible con cambios fundamentales en las sociedades como, por ejemplo, producir y disponer de alimentos saludables y baratos, realizar un planeamiento urbano para asegurar que la gente se ejercite más, difundir la educación acerca de la alimentación comenzando en las escuelas y establecer un código global para promocionar solamente los alimentos y las bebidas saludables para los niños y también para los adultos. Pero ningún sistema de salud está cumpliendo con el desa-fío de manejar la obesidad, y ninguna sociedad ha desarrollado una estrategia efectiva para prevenirla. Tenemos un desafío claro por delante, necesitamos una política pública coherente y sostenida, que es esencial para dirigir los cambios necesarios. Estos cambios imprescindibles entrelazan a la política de distintos ministerios o departamentos estatales, con los medios, a la propia industria de la alimentación y también a la venta al menudeo y los sectores de la diversión. Sólo de esa manera podemos esperar progresos visibles para frenar primero y reducir después la creciente epidemia de obesidad.”

Educación para la salud y escuela

La Organización Mundial de la Salud define a la salud como “...un estado de completo bienestar físico, psíquico y social y no meramente la ausencia de enfermedad”.

La educación para la salud se entiende como “los procesos permanentes de enseñanza y aprendizaje que permiten, mediante el intercambio y análisis de la información, desarrollar habilidades y cambiar actitudes, con el propósito de inducir comportamientos para cuidar la salud, individual, familiar y colectiva”.

Para las acciones de salud, esta perspectiva implica concentrar esfuerzos en el fomento de estilos de vida sanos y no sólo en la prevención de enfermedades, por lo que “un buen trabajo educativo en pro de la salud debe incidir sobre las pautas de conducta, creando estilos de vida y coadyuvando a que el alumnado tome conciencia de qué son los estilos de vida y cuál es su incidencia en la salud”.

Esta perspectiva de la educación para la salud –y dentro de ésta, la educación nutricional- está presente en los propósitos de la educación básica de nuestro país y, por tanto, constituye un eje temático transversal, que se desarrolla desde el nivel preescolar hasta la secundaria. En el cuadro siguiente se muestran los contenidos por nivel y grado que forman parte del currículo vigente:

Propósitos educativos y enfoque

Preescolar

Campo formativo “Educación física y salud”

Propósito:

“La salud, entendida como un estado de completo bie-nestar físico, mental y social, se crea y se vive en el marco de la vida cotidiana y es el resultado de los cuidados que una persona se dispensa a sí misma y a los demás, de la capacidad de tomar decisiones y controlar la vida propia, así como de asegurar que la sociedad en la que se vive ofrezca a sus miembros la posibilidad de gozar de buen estado de salud. La promoción de la salud implica que las niñas y los niños aprendan, desde pequeños, a actuar para mejorarla y a tener un mejor control de ella, y que adquieran ciertas bases para lograr a futuro estilos de vida saludables en el ámbito personal y social.” (PEP 2004, páginas 106-107)

Ejes temáticos y contenidos

Preescolar

Competencia a desarrollar por el niño:

Practica medidas básicas preventivas y de seguridad para preservar su salud, así como para evitar accidentes y riesgos en la escuela y fuera de ella.

Identifica, entre los productos que existen en su entorno, aquellos que puede consumir como parte de una dieta adecuada. (PEP 2004, página 113)

Propósitos educativos y enfoque

Primaria

Propósitos generales del nivel (entre otros):

- (Que los alumnos) Adquieran los conocimientos fundamentales para comprender los fenómenos naturales, en particular los que se relacionan con la preservación de la salud, con la protección del ambiente y el uso racional de los recursos naturales, así como aquellos que proporcionan una visión organizada de la historia y la geografía de México.

- Desarrollen actitudes propicias para el aprecio y disfrute de las artes y del ejercicio físico y deportivo.

Asignatura de Ciencias Naturales:

Se integra en los dos primeros grados con el aprendizaje de nociones sencillas de historia, geografía y educación cívica. El elemento articulador será el conocimiento del medio natural y social que rodea al niño. A partir del tercer grado, se destinarán 3 horas semanales específicamente a las ciencias naturales (...) atención especial se otorga a los temas relacionados con la preservación de la salud y con la protección del ambiente y de los recursos naturales.

Los programas de Ciencias Naturales en la enseñanza primaria responden a un enfoque fundamentalmente formativo. Su propósito central es que los alumnos adquieran conocimientos, capacidades, actitudes y valores que se manifiesten en una relación responsable con el medio natural, en la comprensión del funcionamiento y las transformaciones del organismo humano y en el de-sarrollo de hábitos adecuados para la preservación de la salud y el bienestar.

Uno de los principios orientadores es “otorgar atención especial a los temas relacionados con la preservación del medio ambiente y de la salud. Estos temas están presentes a lo largo de los seis grados, pues se ha considerado más ventajoso, desde el punto de vista educativo, estudiarlos de manera reiterada, cada vez con mayor precisión, que separarlos en unidades específicas de aprendizaje o en asignaturas distintas.

En el tratamiento de ambos temas, los programas proponen la incorporación de los elementos de explicación científica pertinentes y adecuados al nivel de comprensión de los niños. Se pretende con ello evitar tanto la enseñanza centrada en preceptos y recomendaciones, cuya racionalidad con frecuencia no es clara para los alumnos, como también ciertas aproximaciones catastrofistas, frecuentes sobre todo en el manejo de temas ecológicos, que contrariamente a sus propósitos suelen producir reacciones de apatía e impotencia.”

Ejes temáticos y contenidos

Primaria

Eje: el cuerpo humano y la salud.

2o. grado:

La importancia de la alimentación en el ser humano

- Los alimentos básicos: carne, cereales, leche, frutas y verduras

- La higiene de los alimentos.

Eje: ciencia, tecnología y sociedad, Tipos de alimento. Naturales, procesados, industrializados. Ventajas de los alimentos naturales

3o. grado:

Los tres grupos de alimentos de acuerdo con el nutrimento que contienen

- Cereales y tubérculos

- Frutas y verduras

- Leguminosas y alimentos de origen animal

Importancia de la combinación de alimentos en cada comida

· Productos de consumo común que son de escaso valor alimenticio

4o. grado:

Sistema inmunológico. Su importancia

Elementos indispensables para el funcionamiento del sistema inmunológico: alimentación y descanso.

5o. grado:

Importancia de la alimentación

- Alimentación equilibrada. Combinación y variación

- Repercusión de una dieta inadecuada para el organismo

- Importancia del aprovechamiento de los alimentos propios de la región.

6o. grado:

Consecuencias de una alimentación inadecuada

- Consumismo y alimentos de escaso valor alimenticio.

Propósitos educativos y enfoque

Secundaria

Asignatura de Ciencias:

Uno de los propósitos de la formación científica en secundaria es que los alumnos participen en el mejoramiento de su calidad de vida, con base en la búsqueda de soluciones a situaciones problemáticas y la toma de decisiones en beneficio de su salud y ambiente.

Propósitos educativos del ámbito El ambiente y la salud:

Se relaciona con el propósito fundamental de fortalecer la promoción de la salud, con especial atención en el fomento de una cultura de la prevención. Con esta vinculación se busca construir un concepto más amplio, el de salud ambiental, que incluye la salud humana en relación con las condiciones ambientales que influyen en su promoción y mantenimiento. Ello proporciona la oportunidad de tomar en cuenta el contexto familiar y cultural de los alumnos, de tal modo que puedan aprovechar óptimamente sus propios recursos y medios en el mantenimiento de su salud y bienestar. (programa de Ciencias, página 19)

Uno de los Propósitos de Ciencias I (primer grado): Participar de manera activa e informada en la promoción de la salud con base en la autoestima y el estudio del funcionamiento integral del cuerpo humano.

En Ciencias III (tercer grado) también se aborda el tema de la nutrición.

Ejes temáticos y contenidos

Secundaria

Ciencias I. Bloque II: La nutrición

El tema se aborda desde la perspectiva humana, teniendo en cuenta los estudios previos relacionados con la estructura, la función, los cuidados del aparato digestivo y la obtención de energía de los alimentos, enfatizando particularmente la relación entre dieta y salud. En este caso, con el fin de fortalecer la cultura de la prevención, se dan sugerencias para referir enfermedades que pueden ser de interés para los alumnos, como la bulimia, la anorexia y la obesidad. Asimismo, se promueve el reconocimiento del valor nutritivo de la comida mexicana con una perspectiva intercultural. (página 35)

Propósitos (entre otros):

. Identifiquen la importancia de la nutrición en la obtención de energía y en la conservación de la salud.

Comparen diversas formas de nutrición de los seres vivos y las relacionen con la adaptación.

Reconozcan la importancia de la tecnología en la producción de alimentos.

Ciencias III:

El Bloque III incluye el proyecto:

¿Qué me conviene comer?

• Aporte energético de los compuestos químicos de los alimentos. Balance nutrimental.

El Bloque IV incluye el subtema:

Tú decides: ¿cómo controlar los efectos del consumo frecuente de los “alimentos ácidos”?

Como puede observarse, la educación nutricional es un tema al que se dedica una parte sustancial del tiempo escolar, sobre todo considerando que existen otros contenidos –no menos importantes– que los maestros deben tratar. Al respecto, es importante tomar en cuenta que, tal como se señala en el Plan y Programas de estudio para la educación primaria (SEP, 1993):

“A la escuela primaria se le encomiendan múltiples tareas. No sólo se espera que enseñe más conocimientos, sino también que realice otras complejas funciones sociales y culturales. Frente a esas demandas, es indispensable aplicar criterios selectivos y establecer prioridades, bajo el principio de que la escuela debe asegurar en primer lugar el dominio de la lectura y la escritura, la formación matemática elemental y la destreza en la selección y el uso de información. Sólo en la medida en que cumpla estas tareas con eficacia, la educación primaria será capaz de atender otras funciones”.

Adicionalmente, la investigación educativa ha mostrado que la incorporación en el currículo de contenidos sobre un tema determinado no garantiza su comprensión por parte de los alumnos, y mucho menos su aplicación en la vida diaria. La modificación de conductas –en este caso alimenticias- es, de hecho, uno de los aspectos en los que resulta más complejo incidir desde la escuela. Michel Saint-Onge señala que:

“Muchos profesores dan por supuesto que los alumnos llevan a la práctica con facilidad aquello de lo que oyen hablar. (Predomina) la creencia de que el asumir nuevas conductas depende únicamente del conocimiento y de la voluntad: si los alumnos se tomaran la molestia de realizar todo lo que se les dice que hagan y se sirvieran verdaderamente de los conocimientos que se les comunican para pensar cómo actuar sin que se lo hayan explicado, tendrían éxito en la escuela y en la vida...

Parece que en realidad las cosas no discurren así en el curso del aprendizaje. La mera transmisión de conocimientos parece contar con muchos tristes resultados: ‘un cierto número de investigaciones, hechas en Europa y en Norteamérica, ponen en claro que hoy la mayor parte del saber científico enseñado en la edad escolar se olvida al cabo de unos años, incluso de semanas... cuando en algunos casos ha sido de verdad adquirido. Su aplicación es laboriosa y no asegura la función integradora, especialmente frente a la corriente de información que nos llega de los medios de comunicación.

Los argumentos anteriores ayudan a matizar las expectativas respecto a lo que efectivamente puede lograrse a través de la escuela en materia de educación nutricional, aunque por supuesto no niegan que el trabajo escolar pueda influir en la creación de mejores conductas alimenticias. Al respecto, es importante mencionar los resultados de investigaciones sobre el impacto logrado por diversos programas de educación para la salud:

“La conducta puede influir en la salud de dos maneras, a saber, preventiva y curativamente. Es más probable que una madre escolarizada lleve a su hijo enfermo a un centro de salud para que reciba tratamiento. Pero también es más probable que, en primer lugar, se asegure de que el niño no enferme. Cuando esto se logra mediante una mejor nutrición o una inmunización más completa, se puede medir. Cuando se logra mediante la atención y la prevención de accidentes o asegurando que una enfermedad leve no se convierta en una enfermedad grave, la detección cuantitativa es mucho más difícil. Incluso el uso de las instalaciones de salud es un asunto complejo. A comienzos de los años 80, descubrimos que en el sur de India era más probable que las madres con educación se dieran cuenta de la enfermedad de los hijos mucho más tempranamente y era más probable que su suegra les permitiera recurrir a los servicios de salud modernos. El doctor escuchaba su descripción de la enfermedad con mayor detenimiento y le instruía más detalladamente (porque pensaba que se entendían). Era más probable que las madres con educación siguieran adecuadamente las instrucciones del médico, y también era más probable que volvieran a acudir al médico para informarle si el tratamiento no arrojaba resultados satisfactorios”.

La concurrencia de acciones de los sectores salud y educación

Además del tratamiento de los contenidos descritos en el apartado anterior, en las escuelas de educación básica de nuestro país se desarrollan diversas acciones relacionadas con la promoción de la salud, entre ellas algunas relacionadas con el fomento de una buena nutrición.

Al respecto, la Ley General de Salud en su artículo 3o. considera como materia de salubridad general:

“Artículo 3o. ...

I. a XIII. ...

XIV. La orientación y vigilancia en materia de nutrición...”

A mayor profundidad, el mismo ordenamiento reconoce:

“Artículo 27. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:

I. a VIII. ...

IX. La promoción del mejoramiento de la nutrición...”

También señala en sus artículos 112 y 115 lo siguiente:

“Artículo 112. La educación para la salud tiene por objeto:

I. y II. ...

III. Orientar y capacitar a la población preferentemente en materia de nutrición...”

“Artículo 115. La Secretaría de Salud tendrá a su cargo:

I. Establecer un sistema permanente de vigilancia epidemiológica de la nutrición;

II. Normar el desarrollo de los programas y actividades de educación en materia de nutrición, prevención, tratamiento y control de la desnutrición y obesidad, encaminados a promover hábitos alimentarios adecuados, preferentemente en los grupos sociales más vulnerables”

Adicionalmente, el artículo 113 de la citada ley establece lo siguiente:

“Artículo 113. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, y con la colaboración de las dependencias y entidades del sector salud, formulará, propondrá y desarrollará programas de educación para la salud, procurando optimizar los recursos y alcanzar una cobertura total de la población.”

De manera más específica, la Norma Oficial Mexicana NOM-009-SSA2-1993 para el Fomento de la Salud del Escolar establece las acciones que el sector salud debe realizar en coordinación con el educativo, enfatizando “la importancia de la orientación adecuada, la detección temprana y la atención oportuna de los principales problemas de salud del escolar, para evitar daños y secuelas y favorecer el desarrollo integral de este importante núcleo de población”. Entre las actividades, criterios y estrategias establecidas para el personal de salud en el ámbito escolar, destacan las siguientes:

“3.2.1.2. El personal de salud debe apoya al personal docente en el desarrollo de la temática de educación para la salud, de acuerdo a los programas curriculares establecidos para los niveles preescolar, escolar primaria y escolar secundaria, así como en aquellos derivados de la situación de salud específica de cada lugar.”

“3.2.1.3. El personal de salud debe orientar las acciones educativas hacia el desarrollo de una cultura de la salud, que promueva:

• la responsabilidad en la participación individual, familiar y colectiva en pro de la salud

• la valoración de una vida saludable

• el fortalecimiento, modificación o desarrollo de hábitos, conductas y actitudes sanas

• la relación entre lo aprendido y la realidad, para ser utilizado en beneficio del alumno, su familia y la comunidad...”

“3.2.2.1. El personal de salud debe promover y apoyar la participación de la comunidad escolar en las actividades de prevención, que son:

a) La detección de factores de riesgo acerca de:

• ...

• venta de alimentos en la escuela y sus alrededores

• ...

• estilos de vida (hábitos alimentarios e higiénicos, consumo de drogas y otros)

• ...

Para la identificación de estos factores se deben realizar:

• recorridos por las instalaciones del plantel y su entorno,

• encuestas y revisión de registros sobre las enfermedades que afectan a los escolares,

• ...

• visitas a la cooperativa escolar y a los expendios de alimentos,

• encuestas sobre estilos de vida,

• ...

b) Protección específica, que se refiere a la realización de actividades correctivas de los riesgos detectados, entre otros:

...

• acciones de autoayuda entre padres de familia a través de grupos, para analizar y resolver problemas de consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, aprendizaje y conducta, alimentación e higiene, salud sexual y reproductiva

...

Como puede apreciarse, el marco normativo establece la necesidad de la concurrencia de acciones del personal de los sectores salud y educativo, y delimita ámbitos de competencia específicos para las figuras involucradas de los dos sectores.

Consideraciones particulares

1. Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud coincidimos en lo general con las Iniciativas dictaminadas, aunque consideramos necesario realizar una serie de precisiones con el fin de mejorar el contenido de la reforma planteada.

2. Las dictaminadoras coinciden con los promoventes en que el sobrepeso y la obesidad constituyen un problema de salud pública que requiere atención por parte del gobierno.

Como se mencionó antes, los problemas del sobrepeso y la obesidad están directamente relacionados con los hábitos alimentarios y con la actividad física que desarrollan los individuos; sin embargo, estas Comisiones coinciden con los Diputados Federales María Gabriela González Martínez, Ector Jaime Ramírez Barba y Francisco Javier Gudiño Ortiz, cuando reconocen que “el problema del sobrepeso y obesidad infantil es multifactorial (factores genéticos, sociales, culturales, educativos, económicos, agrarios, comerciales, publicitarios, de consumo) y ubicuo pues se suscita en diversos entornos en los que es posible intervenir (hogar, trabajo, escuela).”

En este sentido, las comisiones unidas consideran necesario que, con base en las facultades y ámbitos de cada sector, se establezca en la normatividad vigente la necesidad de la concurrencia de acciones para atacar problemas multifactoriales como los que dan origen a las presentes iniciativas.

3. Con base en la argumentación expuesta en las consideraciones generales, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, consideran procedente que, de acuerdo con las Iniciativas dictaminadas, se incluya en los fines de la educación establecidos en el artículo 7 de la Ley General de Educación, la necesidad de estimular la cultura de una sana alimentación.

Desde la perspectiva de estas comisiones unidas, esta reforma actualiza el artículo 7o. de la Ley General de Educación, haciéndolo congruente con los propósitos educativos, temas y contenidos presentes en el currículo de los tres niveles de la educación básica referidos a educación para la salud.

Sin embargo, es importante mencionar que actualmente se encuentra en proceso legislativo la minuta con proyecto de decreto presentada por el senador Hugo Antonio Laviada Molina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura, que reforma el citado artículo 7o. de la Ley General de Educación, precisamente en materia de educación nutricional.

En el dictamen correspondiente a esa minuta, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud proponen la aprobación con modificaciones del Proyecto de Decreto. La propuesta de reforma está planteada en los siguientes términos:

“Decreto que reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación

Artículo 7. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

I a VIII. ...

IX. Fomentar la educación en materia de nutrición y estimular la educación física y la práctica del deporte;

X. a XIV. ...”

A juicio de estas Comisiones Unidas, la reforma derivada de la citada Minuta atiende las preocupaciones planteadas por los Diputados promoventes de las iniciativas analizadas en el presente dictamen.

4. En relación con las diferentes propuestas para que la Secretaría de Salud o la Secretaría de Educación Pública normen la instalación, operación y disolución de las tiendas y cooperativas al interior de las escuelas, es necesario señalar que las cooperativas escolares –tanto de consumo como de producción- nacieron con un sentido eminentemente educativo, ya que se espera que mediante su instalación se fomente el conocimiento y la práctica del cooperativismo, la solidaridad y la fraternidad, así como la adquisición de los valores relacionados con ellos. Las tiendas escolares se vinculan a la escuela al generar recursos económicos para atender necesidades del plantel.

Al respecto, las dictaminadoras consideran importante mantener el vínculo entre las cooperativas y tiendas con los planteles escolares, por lo cual es pertinente mantener la facultad de las autoridades educativas para su fomento, organización y supervisión. Un factor más que abona en este sentido es que en el sistema educativo nacional ya existe una estructura que realiza estas funciones.

Adicionalmente, se considera conveniente que para la reforma al artículo 12 se adicione una fracción XI Bis, a fin de no afectar otras disposiciones jurídicas que tengan relación con el artículo señalado. Por la misma razón proponemos que en lugar de reformar la fracción V del artículo 13 y recorrer las subsecuentes, sea adicionada una fracción IV Bis en ese artículo.

5. En el mismo tenor y en apoyo a la realización efectiva de las funciones asignadas normativamente, estas Comisiones Unidas consideran viable la propuesta expresada en las Iniciativas, para reformar la fracción XII del artículo 57, en el sentido de que la Secretaría de Educación Pública, en colaboración con la Secretaría de Salud, establezcan criterios claros y precisos respecto al tipo de alimentos y bebidas que puedan comercializarse dentro de los planteles escolares, así como las sanciones a que se harán acreedores quienes incumplan con los criterios establecidos.

De esta manera, en opinión de estas comisiones unidas, se logrará mayor congruencia entre los contenidos de educación para la salud que se trabajan en la educación básica y los alimentos que se ofrecen a los alumnos en el ámbito escolar.

Cabe aclarar que se considera más pertinente que en la redacción se omita el término “no alcohólicas”, de manera que quede abierta la facultad de las dependencias citadas para normar la venta y consumo de cualquier tipo de bebidas al interior de los centros escolares.

Es conveniente aclarar que las presentes reformas a la Ley General de Educación no tienen alcance para regular la venta de los alimentos y bebidas que se comercialicen en los establecimientos instalados fuera de los planteles educativos, ya que dichos establecimientos son manejados por comerciantes de acuerdo con los artículos  3 y 4 del Código de Comercio, que a la letra dicen:

Artículo 3o. Se reputan en derecho comerciantes:

I. Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria;

II. ...

III. ...

Artículo 4o. Las personas que accidentalmente, con o sin establecimiento fijo, hagan alguna operación de comercio, aunque no son en derecho comerciantes, quedan sin embargo, sujetas por ella a las leyes mercantiles. Por tanto, los labradores y fabricantes, y en general todos los que tienen planteados almacén o tienda en alguna población para el expendio de los frutos de su finca, o de los productos ya elaborados de su industria, o trabajo, sin hacerles alteración al expenderlos, serán considerados comerciantes en cuanto concierne a sus almacenes o tiendas.

Por lo anterior, para lograr una eventual regulación de la venta de alimentos y bebidas a las afueras de las escuelas, se requeriría una reforma, en todo caso, al Código de Comercio el cual regula dichos actos.

6. Es importante mencionar la necesidad de promover que otros sectores participen con acciones que permitan mayor congruencia entre lo que la escuela enseña y el ambiente familiar y social, porque esos cambios escapan del ámbito de acción de la escuela. En este sentido, las dictaminadoras coinciden en la preocupación expresada por el Diputado Alberto Amaro Corona, respecto a que los medios de comunicación masiva, como parte de su responsabilidad social, contribuyan al logro de los fines educativos establecidos en el artículo 7o.

Sin embargo, las dictaminadoras consideramos que la reforma propuesta al artículo 74 de la Ley General de Educación se encuentra plenamente contenida en el artículo 5o. de la Ley Federal de Radio y Televisión, que establece precisamente la función social de los medios, de manera general, y a favor de la niñez y la juventud, de manera particular en su fracción II. Así, se considera improcedente la reforma del citado artículo.

7. Respecto a la participación de los padres de familia en la organización y regulación de las cooperativas y tiendas escolares –mediante los consejos de participación social escolar, municipal y estatal– estas comisiones coincidimos con la propuesta debido a que consideramos fundamental que las asociaciones de padres de familia contribuyan de una forma más activa en la prevención y control de la obesidad infantil. El Ejecutivo deberá proceder a la modificación y adecuación de los reglamentos respectivos.

8. En relación con el artículo 75, tres de las iniciativas proponen establecer sanciones para quienes incumplan la normatividad establecida respecto a la venta de alimentos y bebidas en los establecimientos escolares. La primera iniciativa plantea que se considere como infracción de los prestadores de servicios educativos “vender y comercializar en las escuelas públicas y particulares de nivel básico productos alimenticios con exceso de grasas y alto contenido en calorías que tiendan a causar problemas de obesidad”, incorporar una sanción dentro de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como derogar el último párrafo del artículo señalado.

La segunda iniciativa –del diputado Amaro– va más allá, pues propone que se prohíba la comercialización de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo, retirando la última parte del texto vigente en la que se exceptúa a los alimentos de esta disposición. La tercera Iniciativa –correspondiente al diputado Puente Salas– plantea que la sanción debe aplicarse a quienes permitan o alienten el consumo de bebidas carbonatadas y alimentos que causen obesidad, tanto en educación básica como en media superior.

Al respecto, estas Comisiones dictaminadoras consideran que la aplicación de reformas como las planteadas, violaría la libertad de comercio consagrada en artículo 5º constitucional al prohibir la venta de productos que son lícitos y que además por sí solos, no son el determinante de la obesidad. Sin embargo, coincidimos con la preocupación que motiva a las iniciativas, en profundizar sobre la responsabilidad que tienen quienes prestan servicios educativos para vigilar la nutrición que en los planteles se oferta, de tal suerte que proponemos la siguiente redacción:

Artículo 75. Son infracciones de quienes prestan servicios educativos:

I. a VII. ...

VIII. Realizar o permitir se realice publicidad dentro del plantel escolar que fomente el consumo, así como realizar o permitir la comercialización de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo, distintos de alimentos, o bien de éstos cuando no cumplan con los lineamientos establecidos por la Secretaría de Educación Pública –en colaboración con la Secretaría de Salud- respecto al tipo de alimentos y bebidas que pueden comercializarse en los centros escolares;

IX. ...

Respecto de la reforma a la fracción XII del mismo artículo, que busca remitir el incumplimiento a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, creemos redundante tal inclusión, toda vez que las leyes en la materia ya lo señalan y porque se particularizaría el sentido de dicho artículo, en tanto que no todos los que prestan servicios educativos son servidores públicos.

Por lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Educación y de Salud, con base en las atribuciones que les otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a su consideración el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación nutricional y regulación de venta de alimentos y bebidas en los planteles escolares de nivel básico

Artículo Único. Se reforman los artículos 59, segundo párrafo; 67, fracción II y 75, fracción VIII, se adicionan los artículos 12, fracción XI Bis; 13, fracción IV Bis; 57, fracción III Bis, y 72 Bis a la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 12. Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:

I. a XI. ...

XI Bis. Establecer la normatividad para el fomento, organización y supervisión de las cooperativas y tiendas escolares, y –en colaboración con la Secretaría de Salud– los lineamientos respecto al tipo de alimentos y bebidas que por sus altos valores nutricionales pueden comercializarse en los establecimientos escolares;

XII. y XIII. ...

Artículo 13. Corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas locales, en sus respectivas competencias, las atribuciones siguientes:

I. a IV. ...

IV Bis. Observar la normatividad que la autoridad educativa federal establezca para el fomento, organización y supervisión de las cooperativas y tiendas escolares, así como vigilar la aplicación de los lineamientos respecto al tipo de alimentos y bebidas que pueden comercializarse en los centros escolares, establecidos en colaboración con la Secretaría de Salud;

V. a VII. ...

Artículo 57. Los particulares que impartan educación con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios deberán:

I. a III. ...

III Bis. Cumplir con la normatividad que la autoridad educativa federal establezca para el fomento, organización y supervisión de las cooperativas y tiendas escolares, y con la que, en colaboración con la Secretaría de Salud, se establezca respecto al tipo de alimentos y bebidas que pueden comercializarse en los establecimientos escolares;

IV. y V. ...

Artículo 59. Los particulares que presten servicios por los que se impartan estudios sin reconocimiento de validez oficial, deberán mencionarlo en su correspondiente documentación y publicidad.

En el caso de educación inicial y de preescolar deberán, además, conrtar con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación; contar con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad educativa determine; cumplir los requisitos a que alude la fracción VII del artículo 12; tomar las medidas a que se refiere el artículo 42; cumplir con la normatividad que establezcan la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud relativa al tipo de alimentos y bebidas que pueden comercializarse en los establecimientos escolares, y facilitar la inspección y vigilancia de las autoridades competentes.

Artículo 67.Las asociaciones de padres de familia tendrán por objeto:

I. ...

II. Colaborar para una adecuada integración de la comunidad escolar; en la operación, mejora y vigilancia de las cooperativas, tiendas y comedores escolares, así como en el mejoramiento de los planteles;

III. a V. ...

...

...

Artículo 72 Bis. Los Consejos de Participación Social a los que se refiere esta sección colaborarán en la vigilancia de la aplicación de las normas establecidas para el funcionamiento de las cooperativas y tiendas escolares, así como la relativa al tipo de alimentos y bebidas que pueden comercializarse en los establecimientos escolares.

Artículo 75. Son infracciones de quienes prestan servicios educativos;

I. a VII. ...

VIII. Realizar o permitir se realice publicidad dentro del plantel escolar que fomente el consumo, así como realizar o permitir la comercialización de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo, distintos de alimentos, o bien de éstos cuando no cumplan con los lineamientos establecidos por la Secretaría de Educación Pública –en colaboración con la Secretaría de Salud– respecto al tipo de alimentos y bebidas que pueden comercializarse en los centros escolares;

IX. a XV. ...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal elaborará en un plazo no mayor de tres meses a partir de la publicación del presente decreto, una nueva versión del reglamento para las cooperativas y para las tiendas escolares, y actualizará el correspondiente a los Consejos de Participación Social. Asimismo, en colaboración con la Secretaría de Salud, establecerá la normatividad relativa al tipo de alimentos y bebidas que pueden comercializarse en los establecimientos escolares.

Notas:

1 Instituto Nacional de Salud Pública y Secretaría de Salud, 2006.

2 Vargas, Luis Alberto. ¿Por qué y para qué comemos lo que comemos? IIA/FM, UNAM.

3 Ídem.

4 Vargas, Luis Alberto, Op. cit.

5 Organización Mundial de la Salud (OMS), 1948.

6 Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2005, Servicios Básicos de Salud, Promoción y Educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación. DOF, 23 de enero de 2006.

7 Xarxa telemática educativa de Catalunya, Generalitat de Catalunya, consultado el 13 de mayo de 2008 en:http://www.xtec.es/

8 Saint-Onge, Michel (1997). Yo explico pero ellos... ¿aprenden? Bilbao, Ediciones Mensajero.

9 Caldwell, John C. (2004). ¿Se puede modificar la conducta para conservar la salud? Consultado el 14 de mayo del 2008 en:http://www.comminit.com/en/node/150356/print

10 Secretaría de Salud, 3 de octubre de 1994. En esta norma, los contenidos sobre educación para la salud incluidos en los programas curriculares de los niveles preescolar, primaria y secundaria, se consideran parte de las acciones básicas para la salud del escolar.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 10 de febrero de 2010

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:José Trinidad Padilla López (rúbrica), presidente; Jorge Romero Romero, Héctor Hernández Silva (rúbrica), José Alberto González Morales (rúbrica), Germán Contreras García (rúbrica), Jaime Oliva Ramírez (rúbrica), Víctor Manuel Castro Cosío (rúbrica), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Roberto Pérez de Alba Blanco (rúbrica), Carlos Cruz Mendoza (rúbrica), Paz Gutiérrez Cortina (rúbrica), María de Lourdes Reynoso Femat (rúbrica), secretarios; Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Germán Osvaldo Cortez Sandoval (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano, Óscar Lara Salazar (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat (rúbrica), Beatriz Elena Paredes Rangel, Onésimo Mariscales Delgadillo (rúbrica), Francisco Herrera Jiménez (rúbrica), Alejandro Bahena Flores, José Francisco Javier Landero Gutiérrez, Manuel Jesús Clouthier Carrillo, María Sandra Ugalde Besaldúa (rúbrica), Yolanda del Carmen Montalvo López, Obdulia Magdalena Torres Abarca, María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Ana Luz Lobato Ramírez (rúbrica), Reyes Tamez Guerra (rúbrica).

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Arciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández, Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY AGRARIA

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Reforma Agraria de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnada para su estudio y análisis correspondiente, la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45, numeral 6, inciso e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y, 55, 56, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el presente dictamen que se realiza bajo los siguientes

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del 13 de marzo de 2007, el senador Guillermo Padrés Elías, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 64 de la Ley Agraria, con el objeto de reconocer derechos plenos a favor de la entidad pública cuando un núcleo de población aporte tierras de asentamientos humanos con un destino específico para dedicarlas a servicios públicos.

2. En esa misma sesión, el Presidente de la Mesa Directiva dispuso que la iniciativa se turnara a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos Segunda para su estudio y dictamen correspondiente.

3.Con fecha 13 de marzo de 2007, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Senadores, modificó el turno de la presente iniciativa a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos Segunda.

4. Con fecha 14 de abril de 2009 se aprueba el dictamen en el pleno de la Cámara de Senadores presentado por las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se presenta ante la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, en la sesión del pleno del 15 de abril de 2009 y se publica en la Gaceta Parlamentaria.

6. La Mesa Directiva de la LX Legislatura turna a la Comisión de Reforma Agraria la minuta materia del presente dictamen.

7. La Comisión de Reforma Agraria de la LXI Legislatura recibe la minuta por el acta de entrega-recepción de la LX Legislatura

8. Previa distribución del expediente conteniendo la minuta materia de este dictamen, a los diputados integrantes de esta comisión, el dictamen de la Comisión de Reforma Agraria se elabora y se somete a discusión y aprobación en la séptima sesión ordinaria de fecha 26 de mayo de 2010.

Descripción de la Minuta

El senador promovente cita en su exposición de motivos la forma en que se encuentra distribuido el territorio de la República Mexicana al señalar que éste cuenta con una superficie de 196 millones de hectáreas, de las cuales el universo actualizado de propiedad social es de 101.8 millones de hectáreas, que representan el 51.94 por ciento de la superficie total nacional.

A su vez indica que la superficie social del país se distribuya en 31,201 núcleos agrarios y que, a catorce años de operación del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (Procede), se ha concluido al día de hoy con la certificación y titulación de 28,780 núcleos lo que representa una cobertura de 28,780 núcleos agrarios certificados y titulados, que equivalen al 92.24 por ciento del total nacional.

De igual modo hace referencia a que en muchos de estos núcleos, existen instalaciones de escuelas, clínicas, y otro tipo de inmuebles ocupados por diversas dependencias e instancias del Estado mexicano, que proporcionan un servicio a la ciudadanía, pero cuya situación no está debidamente regularizada, afectando la prestación de estos servicios y generando, en muchas ocasiones, conflictos al interior de los ejidos y comunidades.

Por otra parte invoca el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el sentido de que en él se reconoce la garantía de propiedad y destaca el respeto y fortalecimiento de la vida comunitaria de ejidos y comunidades, protegiendo la tierra para el asentamiento humano. Principios que se trasladan de manera sustantiva en la Ley Agraria, estableciéndose la protección jurídica a la propiedad social al ser inalienables, imprescriptibles e inembargables.

En este orden de ideas, el proponente puntualiza que la Ley Agraria establece la hipótesis normativa de que en tratándose de tierras del asentamiento humano y sólo de éstas, el núcleo pueda aportarlas para satisfacer necesidades urbanas a través de distintos servicios públicos a los municipios o entidades correspondientes.

Es de advertirse, considera el senador iniciante, que la redacción del actual artículo 64 contiene algunas limitantes: primero, sólo se refiere a tierras para el asentamiento humano, y segundo, la falta de un reconocimiento pleno de los derechos que sobre esa aportación deba tener la entidad correspondiente. Además estima que la falta de tales consideraciones normativas ha generado una problemática al interior de los núcleos. Cuando la asamblea decide terminar con el régimen social no existe certidumbre jurídica de la titularidad de los bienes inmuebles en los que se prestan servicios públicos a la comunidad.

El proponente sugiere que adicionar el artículo 64 de la Ley Agraria no contraviene la disposición de la asamblea de decidir como máxima autoridad en relación a la referida aportación y más aún, no se vulnera su soberanía para decidir qué tipo de tierras se aportan, incluso, las de destino específico (escolar, de la mujer y de la juventud). Con ello se evitará que exista una nulidad en la aportación y que se perjudique a la propia sociedad rural.

Considerandos

1. El análisis del expediente que contiene toda la metodología de estudio seguida por el Senado de la República y una vez examinados la exposición de motivos de la iniciativa y los considerandos de la minuta, la Comisión de Reforma Agraria coincide con la propuesta de la minuta.

2. En reunión plenaria de la Comisión de Reforma Agraria celebrada el día miércoles 26 de mayo de 2010, se analizó la minuta en comento y se acordó aprobarse con modificaciones con el propósito de asegurar que la modificación del último párrafo garantice al núcleo agrario que cuando no se destinen las tierras aportadas a los servicios públicos proceda la restitución.

3. Como es necesario que esta restitución se realice dentro de un tiempo previsible, se propone que éste sea de dos años a partir de la fecha de la aportación.

4. En uso de la facultad que otorga a esta soberanía el artículo 72, fracción E de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se aprueba con modificaciones la minuta proyecto de decreto que reforma al artículo 64 de la Ley Agraria, por lo que se devuelve a la colegisladora para los efectos legales y de procedimiento legislativo correspondiente.

Por lo antes expuesto la Comisión de Reforma Agraria somete a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

Proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria

Artículo Único. Se reforma el artículo 64 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 64. Las tierras ejidales destinadas por la asamblea al asentamiento humano conforman el área irreductible del ejido y son inalienables, imprescriptibles e inembargables, salvo lo previsto en el último párrafo de este artículo. Cualquier acto que tenga por objeto enajenar, prescribir o embargar dichas tierras será nulo de pleno derecho.

Las autoridades federales, estatales y municipales y en especial, la Procuraduría Agraria, vigilarán que en todo momento quede protegido el fundo legal del ejido.

A los solares de la zona de urbanización del ejido no les es aplicable lo dispuesto en este artículo.

El núcleo de población podrá aportar tierras de la zona de urbanización con destino específico al municipio o entidad correspondiente con la intervención de la Procuraduría Agraria, la cual se cerciorará de que efectivamente dichas tierras sean destinadas para tal fin. La aportación así realizada, generará derechos de propiedad a favor de la entidad de que se trate, siempre y cuando sean destinadas a servicios públicos.

Si en el curso de dos años contados a partir de la fecha del acuerdo de la asamblea general del ejido para la aportación a que se refiere el párrafo anterior, no se respeta lo dispuesto en ese párrafo, procederá la restitución a favor del núcleo ejidal.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de mayo de 2010.

La Comisión de Reforma Agraria, diputados: Óscar García Barrón, presidente (rúbrica); María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Luis Hernández Cruz (rúbrica), secretarios; Ángel Aguirre Herrera, Felipe Cervera Hernández (rúbrica), Rafael Rodríguez González (rúbrica), Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Teófilo Manuel García Corpus (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Socorro Sofío Ramírez Hernández, María Esther Terán Velázquez, Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto, Rosa Adriana Díaz Lizama, María Felícitas Parra Becerra, Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Daniel Gabriel Ávila Ruiz, José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Filemón Navarro Aguilar (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva.»

Es de primera lectura.



LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO - LEY DEL SEGURO SOCIAL

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma los artículos 6 y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 64 de la Ley del Seguro Social

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 6 y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, presentada, en ejercicio de sus facultades constitucionales, por el diputado a la LXI Legislatura Jorge Antonio Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45, numeral 6, incisos e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General del los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 56, 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es facultad de la Comisión de Seguridad Social, elaborar el dictamen correspondiente, lo cual se hace de acuerdo a los siguientes apartados: antecedentes, contenido de la iniciativa, consideraciones, conclusiones y acuerdo.

Antecedentes

1. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión celebrada el 24 de noviembre del año 2009, el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (NA), presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 6 y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

2. En la misma fecha y por instrucciones de la Presidencia de la Mesa Directiva, la misma fue turnada a la Comisión de Seguridad Social.

3. La Comisión de Seguridad Social recabó la información necesaria y analizó la iniciativa referida, a efecto de elaborar el dictamen que se somete a su consideración.

Contenido de la Iniciativa

La iniciativa que se analiza propone reformar los artículos 6 y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con la finalidad de eliminar términos que se consideran discriminatorios y que, en opinión del autor de ella, deberían tener una más escrupulosa redacción.

En la exposición de motivos de la iniciativa que se dictamina, se señala que en el inciso c) de la fracción XII del artículo 6 se utilizan los términos “defecto físico o psíquico”, e igualmente sucede en el artículo 134, en el que se señala “defectos físicos o enfermedad psíquica”, expresiones de trato diferenciado que reducen las oportunidades de desa-rrollo, de participación social, y degradan la dignidad de los seres humanos.

El texto vigente del artículo 6 de la Ley del ISSSTE dice a la letra:

Artículo 6. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

I a la XI ...

XII. Familiares derechohabientes a:

a) y b) ...

c) Los hijos del trabajador o pensionado mayores de dieciocho años, cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen, lo que se comprobará mediante certificado médico expedido por el instituto y por medios legales procedentes; o hasta la edad de veinticinco años, previa comprobación de que están realizando estudios del nivel medio superior o superior, de cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o reconocidos, y que no tengan un trabajo, y

d), 1), 2), XIII a la XXIX. ...

El texto vigente del artículo 134 es el siguiente:

Artículo 134. Si el pensionado por orfandad llegare a los dieciocho años y no pudiere mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad duradera, defectos físicos o enfermedad psíquica, el pago de la pensión por orfandad se prorrogará por el tiempo que subsista su inhabilitación, previa comprobación anual mediante dictamen médico emitido por el propio instituto para efecto de determinar su estado de invalidez, haciéndose acreedor en caso contrario, a la suspensión de la pensión; asimismo continuarán disfrutando de la pensión los hijos solteros hasta los veinticinco años de edad, previa comprobación de que están rea-lizando estudios de nivel medio o superior en planteles oficiales o reconocidos y que no tengan un trabajo.

Igualmente se hace mención en la exposición de motivos que la lucha contra la discriminación es reciente en el derecho mexicano, y que a partir del 14 de agosto de 2001 el derecho a la no discriminación es una garantía consagrada en el texto constitucional, lo que sentó las bases para que en los ámbitos federal y estatal se crearan o perfeccionaran diversos instrumentos jurídicos para prevenir y/o eliminar los actos de discriminación.

Por lo anterior, el autor de la iniciativa considera necesario reformar el texto del inciso c) de la fracción XII del artículo 6 y el del artículo 134, para cambiar, en el primero, la expresión defecto físico o psíquico, por “discapacidad física o psíquica”, y, en el segundo, la expresión defectos físicos o enfermedad psíquica, por “discapacidad física o psíquica”.

Consideraciones de la Comisión

La Comisión de Seguridad Social coincide con el autor de la iniciativa que se dictamina, en la necesidad de ir avanzando en el proceso de prevenir y luchar contra la discriminación, para lo cual deben de irse adaptando las disposiciones legales al vocabulario que ya está universalmente aceptado, de tal forma que no se atente contra la dignidad de los seres humanos.

Este proceso ya ha tenido en el ámbito legislativo avances importantes, destacando la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el 11 de junio de 2003, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y la propuesta que se analiza deberá formar parte de esos avances.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, suscrita por México y ratificada por el Senado de la República, el 27 de septiembre de 2007, señala en su artículo 1 que “Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.

La misma convención, en su artículo 4 señala que “Los Estados Partes se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad. A tal fin los Estados Partes se comprometen a: a) Adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente convención; b) Tomar todas las medidas pertinentes, incluidas medidas legislativas, para modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad;”

Por su parte, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, establece en su artículo 4 que “Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas”.

Contribuir con una reforma legislativa para eliminar términos que podemos considerar discriminatorios, o que pueden dar lugar a discriminación en la sociedad, es una propuesta que la Comisión de Seguridad Social respalda en toda su extensión.

Avalando la validez de la reforma propuesta, la Comisión de Seguridad Social considera, en primer término, que el cambio en la redacción para sustituir defecto físico o psíquico por discapacidad física o psíquica, debe ir más allá, para coincidir con la convención mencionada, y sustituir defecto físico o psíquico por discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, en coincidencia con el contenido de la definición de discapacidad de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

En segundo término, la comisión que dictamina considera también que esta reforma debe hacerse extensiva, por analogía, en cuanto a los términos utilizados para señalar la existencia de una discapacidad, a la Ley del Seguro Social, toda vez que ésta, en su artículo 64, fracción VI, hace mención de la discapacidad en los mismos términos que lo hace la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y señala que la pensión de orfandad, en tanto sus beneficiarios se encuentren incapacitados debido a una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, se seguirá pagando, por lo que se propone el cambio, en dicho artículo de la Ley del Seguro Social, de defecto físico o psíquico por discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, para quedar con la siguiente redacción:

Artículo 64, fracción VI. A cada uno de los huérfanos, cuando lo sean de padre y madre, menores de dieciséis años o hasta veinticinco años si se encuentran estudiando en los planteles del sistema educativo nacional, o en tanto se encuentren totalmente incapacitados debido a una enfermedad crónica, discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, se les otorgará una pensión equivalente al treinta por ciento de la que hubiere correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total.

Conclusión

La Comisión de Seguridad Social considera que la iniciativa que se dictamina debe ser aprobada por los argumentos expuestos en la exposición de motivos de la misma y las consideraciones de la comisión, con las modificaciones propuestas por la misma, y con el agregado de la reforma a la Ley del Seguro Social, en el mismo caso y con el mismo cambio en la redacción, por lo que se somete al pleno de la honorable Cámara de Diputados, el siguiente

Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 6 y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 64 del la Ley del Seguro Social

Artículo Primero. Se reforman los artículos 6, fracción XII, inciso c) y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 6. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

I. a XI. ...

XII. Familiares derechohabientes a:

a) ...

b) ...

c) Los hijos del trabajador o pensionado mayores de dieciocho años, cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen, lo que se comprobará mediante certificado médico, expedido por el instituto y por medios legales procedentes; o hasta la edad de veinticinco años, previa comprobación de que están realizando estudios de nivel medio o superior, de cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o reconocidos, y que no tengan un trabajo, y

d) ...

...

1) ...

2) ...

XIII. a XXIX. ...

Artículo 134. Si el pensionado por orfandad llegare a los dieciocho años y no pudiere mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad duradera o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, el pago de la pensión por orfandad se prorrogará por el tiempo que subsista su inhabilitación, previa comprobación anual mediante dictamen médico emitido por el propio instituto para efecto de determinar su estado de invalidez, haciéndose acreedor, en caso contrario, a la suspensión de la pensión; asimismo continuarán disfrutando de la pensión los hijos solteros hasta los veinticinco años de edad, previa comprobación de que están realizando estudios de nivel medio o superior en planteles oficiales o reconocidos y que no tengan un trabajo.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 64, fracción VI de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 64. ...

...

a) ...

b) ...

...

I. a V. ...

VI. A cada uno de los huérfanos, cuando lo sean de padre y madre, menores de dieciséis años o hasta veinticinco años si se encuentran estudiando en los planteles del sistema educativo nacional, o en tanto se encuentren totalmente incapacitados debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, se les otorgará una pensión equivalente al treinta por ciento de la que hubiere correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total.

...

...

...

Transitorio

Único.-El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la sala de juntas de la Comisión de Seguridad Social, a los 28 días del mes de julio de 2010.

La Comisión de Seguridad Social, dputados:Uriel López Paredes (rúbrica) presidente; Janet Graciela González Tostado, Rafael Yerena Zambrano (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Valdemar Gutiérrez Fragoso (rúbrica), Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica), Israel Madrigal Ceja (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica), Elvia Hernández García (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Clara Gómez Caro (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Isaías González Cuevas, Francisco Alejandro Moreno Merino, Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Graciela Ortiz González, Armando Jesús Báez Pinal (rúbrica), Germán Contreras García, Velia Idalia Aguilar Armendáriz (rúbrica), María Elena Pérez de Tajada, José Gerardo de los Cobos Silva (rúbrica), Raúl Gerardo Cuadra García, Bernardo Margarito Téllez Juárez, Rubén Arellano Rodríguez, Francisco Hernández Juárez (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbrica), Roberto Pérez de Alva Blanco (rúbrica), Herón Agustín Escobar García (rúbrica), María Guadalupe García Almanza.»

Es de primera lectura.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura le fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el diputado Avelino Méndez Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios, presentada el 21 de abril de 2010.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 38, 40, 48 y 49 de las Normas Relativas al Funcionamiento de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados, la Comisión de De-sarrollo Rural somete a consideración de sus integrantes el presente dictamen, el cual se realiza bajo los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 21 de abril de 2010, el diputado Avelino Méndez Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

II. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Desarrollo Rural para su estudio y dictamen.

Contenido de la iniciativa

La iniciativa propone que el Distrito Federal se equipare, en todos los sentidos, para efectos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, con el resto de las entidades federativas. Para ello pretende incorporar en el cuerpo de este ordenamiento las disposiciones pertinentes a fin de que no existan obstáculos de ninguna naturaleza para que esta área geográfica del país, goce de los beneficios de las políticas públicas dirigidas al desarrollo rural sustentable.

Las modificaciones que se proponen van dirigidas a insertar a las delegaciones del Distrito Federal, en el funcionamiento de los programas y objetivos que contempla la Ley de Desarrollo Rural Sustentable contando con estructuras simétricas a las que la propia ley prevé para los municipios a efecto de que las mismas sean titulares de los beneficios y apoyos que ahí se establecen. Además, que participen en la toma de decisiones junto con los actores que intervienen en las diversas etapas de los procesos productivos agropecuarios. De la misma manera, para que formen parte del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, tengan acceso al Sistema Nacional de Financiamiento Rural, así como a las políticas de comercialización, capacitación, asistencia técnica y a todos los apoyos que de dicha ley se deriven.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta comisión formulamos las siguientes:

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la iniciativa citada con el objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. Esta comisión dictaminadora coincide con los argumentos planteados por el legislador dentro de su exposición de motivos en los que establece que el desarrollo económico de la zona rural del Distrito Federal ha sido complejo y, como resultado, se ha conformado un sector agrícola decreciente que cedió paso a un proceso de urbanización vertiginoso que hace pensar a cualquiera que su carácter es exclusivamente urbano.

No obstante, cabe destacar que el 59% del territorio del Distrito Federal corresponde a suelo de conservación, en parte del cual se llevan a cabo actividades de producción rural y ecológicas; entre las que destacan la producción de maíz, avena forrajera, nopal, frijol, amaranto, alfalfa, hongo, seta, hortalizas y flores.

De lo anterior deriva la importancia de garantizar que el Distrito Federal goce de los beneficios de las políticas públicas dirigidas al desarrollo rural sustentable.

Tercera. La Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, vigente desde el 28 de enero de 2000, ordena en su artículo 2 que la planeación se llevará a cabo como un medio eficaz y permanente para impulsar el desarrollo integral del Distrito Federal y atenderá a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

En ese sentido, este ordenamiento dispone, en su título cuarto, que el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal será el documento rector que prevea las directrices generales del desarrollo social, del desarrollo económico y del ordenamiento territorial de la entidad. Este Programa contendrá los antecedentes; el diagnóstico económico, social y territorial del desarrollo; la proyección de tendencias y los escenarios previsibles; el contexto regional y nacional del desarrollo, así como los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas de carácter nacional que incidan en el Distrito Federal.

Cuarta. El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal (PGDDF) 2007-2012 está organizado en siete ejes estratégicos, donde confluyen las atribuciones y facultades de dependencias específicas de la Administración Pública del Distrito Federal, de forma que se ha establecido un modelo básico de articulación de la gestión en torno de objetivos y estrategias explícitos, de donde se desprenden líneas de política que señalan las acciones que habrán de ordenarse en los programas sectoriales y especiales.

El PGDDF 2007-2012, plantea como parte de los objetivos del Eje 2, “Equidad”, la utilización eficiente de los recursos públicos destinados al desarrollo rural, en la generación de empleo e ingresos para los productores rurales; fomentar el comercio justo entre los productores agropecuarios y la economía solidaria entre productores; fortalecer la producción y el fomento agropecuario a través de programas de reconversión productiva; impulsar la promoción de programas para generar empleo en el sector rural mediante proyectos de investigación, evaluación, capacitación y asistencia técnica, así como los foros de discusión, análisis y consulta.

Entre las estrategias del Eje 4, “Economía competitiva e incluyente”, se plantea que la política de fomento económico tiene como elemento central promover el crecimiento mediante el encadenamiento productivo de los sectores agropecuario, industrial, comercial y financiero. Para que esto sea posible se han de crear ambientes adecuados para la integración de las cadenas productivas, por medio de políticas públicas, del mejoramiento de los servicios y la infraestructura, de una normatividad acorde al fomento económico y una visión del desarrollo sustentable, que busca impactar al conjunto de la sociedad.

Quinta. El Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, promueve la sustentabilidad desde el enfoque rural, que implica el derecho a realizar actividades agropecuarias, acuícolas, artesanales, turísticas y demás de corte rural, con base en procesos productivos, comerciales, distribución y autoabasto, de manera individual y colectiva, que conduce al mejoramiento integral del bienestar social, distribuye justamente el ingreso, propicia la participación plena de la sociedad en la toma de decisiones, implicando cambios en el paradigma  económico y asegurando la conservación de los recursos de los cuales depende la sociedad.

En este marco, el Programa de Agricultura Sustentable a Pequeña Escala en la Ciudad de México contiene acciones orientadas a proteger y aprovechar sustentablemente el suelo y agua principalmente, para la producción de alimentos inocuos en sus modalidades de producción libre de agroquímicos y orgánicos; protección de la biodiversidad, como es el caso de los maíces criollos y otras plantas nativas, además como acción estratégica se contempla la inversión en desarrollo de capacidades e infraestructura productiva, la investigación y transferencia de tecnología.

Por otra parte, el Programa de Desarrollo Agropecuario y Rural en la Ciudad de México describe el conjunto de acciones para, a través de la planeación y organización de la producción agropecuaria, apoyar a que el desarrollo tecnológico, la industrialización, la capacitación y la comercialización de los bienes y servicios del medio rural fomenten el desarrollo sustentable con el propósito de contribuir a elevar la calidad de vida de los productores rurales de la Ciudad de México.

Las estrategias centrales de este programa, describen el impulso de una política de fomento económico la cual tiene el objetivo de promover el crecimiento mediante el encadenamiento productivo de los sectores agropecuario, industrial, comercial y financiero. Asimismo plantea crear ambientes adecuados para la integración de las cadenas productivas e infraestructura agropecuaria con una visión del desarrollo sustentable, que busca impactar al conjunto de la sociedad, vinculando estratégicamente sus recursos humanos, educativos, científicos y tecnológicos, para promover una economía dinámica e innovadora.

Sexta. En términos de lo establecido en el artículo 122 constitucional, inciso l), se confiere a la Asamblea Legislativa, autoridad local del Distrito Federal la facultad de normar el desarrollo agropecuario aplicable a sus demarcaciones territoriales, bajo esta tesitura el 1 de Febrero de 2008 entró en vigor la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Distrito Federal, la cual tiene por objeto la regulación de las actividades agropecuarias del Distrito Federal; así como el fomento de la coordinación y la participación de los tres órdenes de gobierno y del sector privado orientados al fomento del Desarrollo Rural Sustentable.

Según lo estipulado por este ordenamiento, la Planeación del Desarrollo Rural Sustentable será congruente con el Plan Nacional del Desarrollo, el Programa Nacional de Desarrollo Rural, el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y al Programa Rural de la Ciudad de México.

Séptima. En consecuencia del análisis practicado a la iniciativa, esta comisión dictaminadora considera que las reformas y adiciones propuestas a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, relativas a incluir expresamente a las delegaciones del Distrito Federal, para que en términos de este ordenamiento éstas demarcaciones territoriales y órganos político administrativos tengan una intervención similar a la que realizan las entidades federativas y los municipios en los organismos e instancias de representación previstos en esta Ley, resultan procedentes en congruencia con lo dispuesto por los artículos 37, 101, 104, 121 y 131 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Distrito Federal y 1, 8, 11, 12, 13 y 14 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable vigente desde el 6 de octubre de 2004.

Modificaciones a la iniciativa

Sin perjuicio de lo anterior, derivado de la revisión integral practicada a la iniciativa, esta comisión dictaminadora consideró oportuno realizar algunas modificaciones al texto propuesto, con el fin de fortalecer la constitucionalidad y la legalidad de la misma en los términos que a continuación se exponen.

Tomando en consideración que los teóricos del Estado determinan que el “Estado” se conforma de tres elementos que son la población, el territorio y el poder político y se define como la organización jurídico política de un pueblo soberano establecido de manera permanente en un área geográfica determinada, sobre la cual se ejercita el imperum(poder político) mediante la aplicación de leyes por parte del gobierno y nuestro sistema jurídico-político vigente fundamenta esta acepción en lo dispuesto por el artículo 41 constitucional, se considera oportuno suprimir la reforma propuesta al artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, toda vez que la definición del Estado está contenida en nuestra Constitución, y la intención del legislador proponente queda cubierta con la propuesta de reforma a la definición de órdenes de gobierno en el artículo 3o. previamente referido.

En cumplimiento con lo ordenado por el artículo 122 constitucional apartado A, fracción II y apartado C, y en congruencia con lo previsto en el artículo 104 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal vigente, se modifica el texto de la propuesta de adición de la definición de “delegación” al artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

XVI. Delegaciones. Las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y los órganos político administrativos de cada una de ellas;

Con el objeto de dar uniformidad a las referencias contenidas en la iniciativa, se unificó el texto de los artículos 129, tercer párrafo y 139, segundo párrafo, sustituyendo las palabras “estados” y “entidades” respectivamente, por la frase entidades federativas, a efecto de aportar integralidad a la iniciativa, para quedar como sigue:

Artículo 129. ...

...

A este fondo se sumarán recursos públicos del gobierno federal, de las entidades federativas,cuando así lo convengan, acompañados de los destinados a los programas de fomento.

Artículo 139. Para el impulso del cambio estructural propio del desarrollo rural sustentable, la reconversión productiva, la instrumentación de los programas institucionales y la vinculación con los mercados, la Secretaría en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, que convergen para el efecto, definirán una regionalización, considerando las principales variables socioeconómicas, culturales, agronómicas, de infraestructura y servicios, de disponibilidad y de calidad de sus recursos naturales y productivos.

La regionalización comprenderá a las áreas geográficas de los distritos de Desarrollo Rural abarcando uno o más distritos, municipios o delegaciones, dentro del territorio de cada Entidad Federativa según sea el caso, y podrá comprender una delimitación más allá de una entidad bajo convenio del gobierno de las entidades federativas, municipios y delegaciones involucrados.

En mérito de lo expuesto con base en las consideraciones anteriores y el análisis de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, manifestamos nuestra aprobación y sometemos a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo Único. Se reforman los artículos 2o.; 3o., actual fracción XX; 5o., primer párrafo; 8o.; 9o., primer párrafo; 12; 13, fracciones I, II, V, VI y VII; 14, segundo párrafo; 18, primer párrafo; 19, segundo párrafo; 23, segundo párrafo; 24, primer párrafo; 25, primer, segundo y actual quinto párrafos; 26; 27, primer párrafo y fracción IX; 28; 29, primer, segundo, tercer y sexto párrafos; 30, primer y tercer párrafo; 31, fracciones I, VI, IX y XII; 32, primer párrafo; 33, primer párrafo; 35, fracciones I y IX; 37, fracción X; 44, fracción II; 45, fracción II; 48, fracción IV; 53, primer párrafo; 61; 64, primer párrafo; 86; 129, tercer párrafo; 132, primer párrafo; 134, segundo párrafo; 136, primer párrafo y fracción I; 137, segundo párrafo; 139; 140; 142; 143, primer párrafo; 144, fracción II; 146, segundo párrafo; 151; 154, segundo párrafo; fracciones I, II, segundo párrafo y VI; 159, primer párrafo; 165; 171; 181; 191, fracción V; se adicionan los artículos 3o., fracciones II, IX, XVI y XX; y 25, cuarto párrafo de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Son sujetos de esta Ley los ejidos, comunidades y las organizaciones o asociaciones de carácter nacional, estatal, regional, distrital, municipal, delegacional o comunitario de productores del medio rural, que se constituyan o estén constituidas de conformidad con las leyes vigentes y, en general, toda persona física o moral que, de manera individual o colectiva, realice preponderantemente actividades en el medio rural.

Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. ...

II. Actividades económicas de la sociedad periurbana. Las actividades agropecuarias y otras actividades productivas, industriales, comerciales y de servicios vinculadas a las primeras que se realizan en espacios urbanos, periurbanos o rurales, dentro o en el entorno de núcleos urbanos;

III. Actividades económicas de la sociedad rural. Las actividades agropecuarias y otras actividades productivas, industriales, comerciales y de servicios;

IV. Agentes de la sociedad rural. Personas físicas o morales de los sectores social y privado que integran a la sociedad rural;

V. Agroforestal (Uso). La combinación de agricultura y ganadería conjuntamente con el cultivo y aprovechamiento de especies forestales;

VI. Alimentos básicos y estratégicos. Respectivamente, aquellos así calificados por su importancia en la alimentación de la mayoría de la población o su importancia en la economía de los productores del campo o de la industria;

VII. Bienestar social. Satisfacción de las necesidades materiales y culturales de la población incluidas, entre otras: la seguridad social, vivienda, educación, salud e infraestructura básica;

VIII. Comisión Intersecretarial.La Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable;

IX. Consejo Delegacional. El Consejo Delegacional para el Desarrollo Rural Sustentable, en el caso de las delegaciones del Distrito Federal;

X. Consejo Distrital. El Consejo para el Desarrollo Rural Sustentable del Distrito de Desarrollo Rural;

XI. Consejo Estatal. El Consejo Estatal y del Distrito Federal, para el Desarrollo Rural Sustentable;

XII. Consejo Mexicano. El Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable;

XIII. Consejo Municipal. El Consejo Municipal para el Desarrollo Rural Sustentable;

XIV. Constitución. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XV. Cosechas nacionales. El resultado de la producción agropecuaria del país;

XVI. Delegaciones. Las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y los órganos político administrativos de cada una de ellas;

XVII. Desarrollo Rural Sustentable. El mejoramiento integral del bienestar social de la población y de las actividades económicas en el territorio comprendido fuera de los núcleos considerados urbanos de acuerdo con las disposiciones aplicables, asegurando la conservación permanente de los recursos naturales, la biodiversidad y los servicios ambientales de dicho territorio;

XVIII. Desertificación. La pérdida de la capacidad productiva de las tierras, causada por el hombre, en cualquiera de los ecosistemas existentes en el territorio de la República Mexicana;

XIX. Entidades federativas.Los estados de la federación y el Distrito Federal;

XX. Espacio periurbano. Espacio en el que coexisten características y usos del suelo tanto urbanos como rurales, sometidos a profundas transformaciones económicas, sociales y físicas, y con una dinámica estrechamente vinculada a la presencia próxima de un núcleo urbano; un espacio rural urbanizado en el que confluyen tanto el uso agrícola, como el industrial, el residencial y el natural;

XXI. Estado. Los Poderes de la Unión, de las entidades federativas y de los municipios;

XXII. Estímulos fiscales. Los incentivos otorgados por el Estado a través de beneficios preferentes en el ejercicio de la tributación;

XXIII. Marginalidad. La definida de acuerdo con los criterios dictados por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática;

XXIV. Órdenes de gobierno. Los gobiernos federal, de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones del Distrito Federal;

XXV. Organismos genéticamente modificados. Cualquier organismo que posea una combinación de material genético que se haya obtenido mediante la aplicación de biotecnología moderna;

XXVI. Productos básicos y estratégicos. Aquellos alimentos que son parte de la dieta de la mayoría de la población en general o diferenciada por regiones, y los productos agropecuarios cuyo proceso productivo se relaciona con segmentos significativos de la población rural u objetivos estratégicos nacionales;

XXVII. Programa Especial Concurrente. El programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que incluye el conjunto de Programas Sectoriales relacionados con las materias motivo de esta Ley;

XXVIII. Programas sectoriales. Los programas específicos del gobierno federal que establecen las políticas, objetivos, presupuestos e instrumentos para cada uno de los ámbitos del Desarrollo Rural Sustentable;

XXIX. Recursos naturales. Todos aquellos bienes naturales renovables y no renovables susceptibles de aprovechamiento a través de los procesos productivos rurales y proveedores de servicios ambientales: tierras, bosques, recursos minerales, agua, comunidades vegetativas y animales y recursos genéticos;

XXX. Secretaría. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

XXXI. Seguridad alimentaria. El abasto oportuno, suficiente e incluyente de alimentos a la población;

XXXII. Servicio. Institución pública responsable de la ejecución de programas y acciones específicas en una materia;

XXXIII. Servicios ambientales (sinónimo: beneficios ambientales). Los beneficios que obtiene la sociedad de los recursos naturales, tales como la provisión y calidad del agua, la captura de contaminantes, la mitigación del efecto de los fenómenos naturales adversos, el paisaje y la recreación, entre otros;

XXXIV. Sistema. Mecanismo de concurrencia y coordinación de las funciones de las diversas dependencias e instancias públicas y privadas, en donde cada una de ellas participa de acuerdo con sus atribuciones y competencia para lograr un determinado propósito;

XXXV. Sistema-producto. El conjunto de elementos y agentes concurrentes de los procesos productivos de productos agropecuarios, incluidos el abastecimiento de equipo técnico, insumos productivos, recursos financieros, la producción primaria, acopio, transformación, distribución y comercialización; y

XXXVI. Soberanía alimentaria. La libre determinación del país en materia de producción, abasto y acceso de alimentos a toda la población, basada fundamentalmente en la producción nacional.

Artículo 5o. En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del gobierno federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, municipales y delegacionales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos:

I. a V. ...

Artículo 8o. Las acciones de desarrollo rural sustentable que efectúe el Estado, atenderán de manera diferenciada y prioritaria a las regiones y zonas con mayor rezago social y económico, mediante el impulso a las actividades del medio rural y periurbano, el incremento a la inversión productiva, el fomento a la diversificación de oportunidades de empleo e ingreso y la promoción de vínculos entre los ámbitos rural y urbano para facilitar a los agentes de la sociedad rural el acceso a los apoyos que requiere su actividad productiva, así como a los servicios para su bienestar.

Para lo anterior, el Estado promoverá lo necesario para formular y llevar a cabo programas de atención especial, con la concurrencia de los instrumentos de política de desa-rrollo social y de población a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública federal competentes, de las entidades federativas, los municipios y las delegaciones.

Artículo 9o. Los programas y acciones para el desarrollo rural sustentable que ejecute el gobierno federal, así como los convenidos entre éste y los gobiernos de las entidades federativas, municipales y delegacionales, especificarán y reconocerán la heterogeneidad socioeconómica y cultural de los sujetos de esta Ley, por lo que su estrategia de orientación, impulso y atención deberá considerar tanto los aspectos de disponibilidad y calidad de los recursos naturales y productivos como los de carácter social, económico, cultural y ambiental. Dicha estrategia tomará en cuenta asimismo los distintos tipos de productores, en razón del tamaño de sus unidades de producción o bienes productivos, así como de la capacidad de producción para excedentes comercializables o para el autoconsumo.

...

Artículo 12. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional y la conducción de la política de desarrollo rural sustentable, las cuales se ejercerán por conducto de las dependencias y entidades del gobierno federal y mediante los convenios que éste celebre con los gobiernos de las entidades federativas, y a través de éstos, con los gobiernos municipales y delegacionales, según lo dispuesto por el artículo 25 de la Constitución.

Artículo 13. ...

I. La planeación del desarrollo rural sustentable, tendrá el carácter democrático que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes relativas. Participarán en ella el sector público por conducto del gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones, en los términos del tercer párrafo del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los sectores social y privado a través de sus organizaciones sociales y económicas legalmente reconocidas y demás formas de participación que emanen de los diversos agentes de la sociedad rural;

II. En los programas sectoriales se coordinará y dará congruencia a las acciones y programas institucionales de desarrollo rural sustentable a cargo de los distintos órdenes de gobierno y de las dependencias y entidades del sector. El Ejecutivo Federal, en coordinación con los estados, los municipios y las delegaciones, en su caso, y a través de las dependencias que corresponda, de acuerdo con este ordenamiento, hará las previsiones necesarias para financiar y asignar recursos presupuestales que cumplan con los programas, objetivos y acciones en la materia, durante el tiempo de vigencia de los mismos;

III. a IV. ...

V. A través de los Distritos de Desarrollo Rural, se promoverá la formulación de programas a nivel municipal, delegacional y regional o de cuencas, con la participación de las autoridades, los habitantes y los productores en ellos ubicados. Dichos programas deberán ser congruentes con los Programas Sectoriales y el Plan Nacional de Desarrollo;

VI. El programa sectorial que en el marco del federalismo apruebe el Ejecutivo Federal especificará los objetivos, prioridades, políticas, estimaciones de recursos presupuestales, así como los mecanismos de su ejecución, descentralizando en el ámbito de las entidades federativas, municipios, delegaciones y regiones la determinación de sus prioridades, así como de los mecanismos de gestión y ejecución con los que se garantice la amplia participación de los agentes de la sociedad rural. De igual forma, dicho programa determinará la temporalidad de los programas institucionales, regionales y especiales en términos de los artículos 22, 23, y 40 de la Ley de Planeación y 19 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal;

VII. La planeación nacional en la materia deberá propiciar la programación del desarrollo rural sustentable de cada entidad federativa, de los municipios y de las delegaciones, y su congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo;

VIII. a IX. ...

Artículo 14. ...

La Comisión Intersecretarial, en los términos del artículo 13 de este ordenamiento, considerará las propuestas de las organizaciones que concurren a las actividades del sector y del Consejo Mexicano, a fin de incorporarlas en el Programa Especial Concurrente. Igualmente, incorporará los compromisos que conforme a los convenios respectivos asuman los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones, así como establecerá las normas y mecanismos de evaluación y seguimiento a su aplicación.

...

Artículo 18. El Consejo Mexicano y los demás organismos e instancias de representación de los diversos agentes y actores de la sociedad rural, serán los encargados de promover que en el ámbito de las entidades federativas, los municipios, delegaciones y regiones, se tenga la más amplia participación de las organizaciones y demás agentes y sujetos del sector, como bases de una acción descentralizada en la planeación, seguimiento, actualización y evaluación de los programas de fomento agropecuario y de desarrollo rural sustentable a cargo del gobierno federal.

...

Artículo 19. ...

El Ejecutivo Federal, mediante los convenios que al respecto celebre con los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las delegaciones,propiciará la concurrencia y promoverá la corresponsabilidad de los distintos órdenes de gobierno, en el marco del federalismo y la descentralización como criterios rectores de la acción del Estado en aquellas materias.

Artículo 23. ...

Los convenios que se celebren entre el gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones, se ajustarán a dichos criterios y conforme a los mismos determinarán su corresponsabilidad en lo referente a la ejecución de las acciones vinculadas al desarrollo rural sustentable.

...

...

Artículo 24. Con apego a los principios de federalización, se integrarán Consejos para el Desarrollo Rural Sustentable, homologados al Consejo Mexicano, en los municipios, en las delegaciones, en los Distritos de Desarrollo Rural y en las entidades federativas. Los convenios que celebre la Secretaría con los gobiernos de las entidades federativas preverán la creación de estos Consejos, los cuales serán además, instancias para la participación de los productores y demás agentes de la sociedad rural en la definición de prioridades regionales, la planeación y distribución de los recursos que la Federación, las entidades federativas, los municipios y las delegaciones destinen al apoyo de las inversiones productivas, y para el desarrollo rural sustentable conforme al presente ordenamiento.

...

Artículo 25. Los Consejos Estatales y del Distrito Federal podrán ser presididos por los gobernadores de las entidades federativas y el jefe de Gobierno del Distrito Federal respectivamente.Serán miembros permanentes de los Consejos Estatales y del Distrito Federal, los representantes de las dependencias estatales que los Gobiernos de las entidades federativas determinen; los representantes de las dependencias y entidades que forman parte de la Comisión Intersecretarial y los representantes de cada uno de los Distritos de Desarrollo Rural, así como los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural, en forma similar a la integración que se adopta para el Consejo Mexicano.

Serán miembros permanentes de los Consejos Distritales, los representantes de las dependencias y entidades presentes en el área correspondiente, que forman parte de la Comisión Intersecretarial, los funcionarios de las entidades federativas que las mismas determinen y los representantes de cada uno de los consejos municipales y delegacionales, así como los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural, en forma similar a la integración que se adopta para el Consejo Mexicano.

...

Serán miembros permanentes de los Consejos Delegacionales: los jefes delegacionales, quienes los podrán presidir; los representantes en la delegación correspondiente, de las dependencias y de las entidades participantes, que formen parte de la Comisión Intersecretarial, los funcionarios de las entidades federativas, cuando corresponda, que las mismas determinen y los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural en la delegación correspondiente, en forma similar a la integración que se adopta para el Consejo Mexicano.

...

La organización y funcionamiento de los consejos estatales, distritales, municipales y delegacionales, se regirán por los estatutos que al respecto se acuerden entre el gobierno federal y los de las entidades federativas, quedando a cargo del primero la expedición de reglas generales sobre la materia, para la atención de los asuntos de su competencia.

Artículo 26. En los Consejos Estatales y del Distrito Federal se articularán los planteamientos, proyectos y solicitudes de las diversas regiones de la entidad, canalizados a través de los Distritos de Desarrollo Rural. Los consejos municipales y delegacionales, definirán la necesidad de convergencia de instrumentos y acciones provenientes de los diversos programas sectoriales, mismos que se integrarán al programa especial concurrente.

Artículo 27. El gobierno federal, celebrará con los gobiernos de las entidades federativas con la participación de los consejos estatales y del Distrito Federal correspondientes, los convenios necesarios para definir las responsabilidades de cada uno de los órdenes de gobierno en el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas sectoriales. En estos convenios se establecerá la responsabilidad de los gobiernos de las entidades federativas para promover la oportuna concurrencia en el ámbito estatal de otros programas sectoriales que, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sean responsabilidad de las diferentes dependencias y entidades federales.

...

...

I. a VIII. ...

IX. La participación de los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios y de las delegaciones, tomando como base la demarcación territorial de los Distritos de Desarrollo Rural u otras que se convengan, en la captación e integración de la información que requiera el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable. Así mismo, la participación de dichas autoridades en la difusión de la misma a las organizaciones sociales, con objeto de que dispongan de la mejor información para apoyar sus decisiones respecto de las actividades que realicen;

X. a XI. ...

Artículo 28. Los convenios que celebren las dependencias y entidades del sector público federal con los gobiernos de las entidades federativas, deberán prever la constitución de mecanismos y, en su caso, figuras asociativas para la administración de los recursos presupuestales que destine el gobierno federal a los programas de apoyo, en los que participen también los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones; así como disposiciones para la entrega directa de los apoyos económicos a los beneficiarios, quienes serán los responsables de llevar a cabo la contratación o adquisición de los bienes y servicios que requieran para la realización de las inversiones objeto de los apoyos.

Artículo 29. Los Distritos de Desarrollo Rural serán la base de la organización territorial y administrativa de las dependencias de la Administración Pública Federal y Descentralizada, para la realización de los programas operativos de la Administración Pública Federal que participan en el Programa Especial Concurrente y los Programas Sectoriales que de él derivan, así como con los gobiernos de las entidades federativas, municipales y delegacionales, y para la concertación con las organizaciones de productores y los sectores social y privado.

Los Distritos de Desarrollo Rural coadyuvarán en el fortalecimiento de la gestión municipal y de las delegaciones, del desarrollo rural sustentable e impulsarán la creación de los Consejos Municipales y Delegacionales en el área de su respectiva circunscripción y apoyarán la formulación y aplicación de programas concurrentes municipales y delegacionales del Desarrollo Rural Sustentable.

Los Distritos de Desarrollo Rural contarán con un Consejo Distrital formado por representantes de los Consejos Municipales y Delegacionales, en su caso.

...

...

Los programas, metas, objetivos y lineamientos estratégicos de los distritos se integrarán además con los que en la materia se elaboren en los municipios, delegaciones y regiones que pertenezcan a cada uno de ellos.

Artículo 30. Cada distrito tendrá un órgano colegiado de dirección, en el que participarán la Secretaría, las dependencias y entidades competentes, los gobiernos de las entidades federativas, municipales y delegacionales que corresponda, así como la representación de los productores y organizaciones de los sectores social y privado de la demarcación, integrada por un representante por rama de producción y por cada Consejo Municipal y Delegacional, en su caso, en la forma que determine el reglamento general de los mismos.

...

El Reglamento General de los Distritos de Desarrollo Rural, tomando en cuenta a los Consejos Estatales y del Distrito Federal, establecerá las facultades de sus autoridades en las materias a las que se refiere este Capítulo.

Artículo 31. ...

I. Articular y dar coherencia regional a las políticas de desarrollo rural sustentable, tomando en consideración las acciones de dotación de infraestructura básica a cargo de las dependencias federales, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, competentes;

II. a V. ...

VI. Evaluar los resultados de la aplicación de los programas federales y estatales e informar a los Consejos Estatales y del Distrito Federal al respecto;

VII. a VIII. ...

IX. Proponer al Consejo Estatal y del Distrito Federal, como resultado de las consultas respectivas, los programas que éstos deberán conocer en su seno y se consideren necesarios para el fomento de las actividades productivas y el desarrollo rural sustentable;

X. a XI. ...

XII. Apoyar la participación plena de los municipios y delegaciones en la planeación, definición de prioridades, operación y evaluación de las acciones del desarrollo rural sustentable; y

XIII. ...

Artículo 32. El Ejecutivo Federal, con la participación de los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios, de las delegaciones y los sectores social y privado del medio rural, impulsará las actividades económicas en el ámbito rural.

...

...

I. a XIV. ...

Artículo 33. La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, integrará la Política Nacional de Investigación para el Desarrollo Rural Sustentable, la cual será de carácter multidisciplinario e interinstitucional considerando las prioridades nacionales, de las entidades federativas y regionales; asimismo, llevará a cabo la programación y coordinación nacional en esta materia, con base en lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica y en el Plan Nacional de Desarrollo y en los demás ordenamientos aplicables, tomando en consideración las necesidades que planteen los productores y demás agentes de la sociedad rural.

..

...

Artículo 35. ...

I. Las instituciones públicas de investigación agropecuaria federales y de las entidades federativas;

II. a VIII. ...

IX. El Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable y los Consejos Estatales y del Distrito Federal para el Desarrollo Rural Sustentable; y

X. ...

Artículo 37. ...

I. a IX. ...

X. Fortalecer las capacidades regionales y de las entidades federativas, propiciando su acceso a los programas de investigación y transferencia de tecnología;

XI. a XVIII. ...

Artículo 44. ...

I. ...

II. Los consejos estatales y del Distrito Federal para el Desarrollo Rural Sustentable;

III. a X. ...

Artículo 45. ...

I. ...

II. Articular los esfuerzos de capacitación de las diversas instancias del gobierno federal con las diversas entidades federativas, los municipios, las delegaciones y las organizaciones de los sectores social y privado;

III. a IX. ...

Artículo 48. ...

I. a III. ...

IV. Un representante del Consejo Mexicano y otro de los Consejos Estatales y del Distrito Federal;

V. a IX. ...

Artículo 53. Los gobiernos federal y de las entidades federativas estimularán la reconversión, en términos de estructura productiva sustentable, incorporación de cambios tecnológicos, y de procesos que contribuyan a la productividad y competitividad del sector agropecuario, a la seguridad y soberanía alimentarias y al óptimo uso de las tierras mediante apoyos e inversiones complementarias.

...

Artículo 61. Los gobiernos federales, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, mediante los convenios que suscriban, promoverán la creación de obras de infraestructura que mejoren las condiciones productivas del campo; asimismo, estimularán y apoyarán a los productores y sus organizaciones económicas para la capitalización de sus unidades productivas, en las fases de producción, transformación y comercialización.

Artículo 64. El Ejecutivo Federal aportará recursos, de acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación, que podrán ser complementados por los que asignen los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones, los cuales tendrán por objeto:

I. a III. ...

Artículo 86. Con objeto de impulsar la productividad de las unidades económicas, capitalizar las explotaciones e implantar medidas de mejoramiento tecnológico que hagan más eficientes, competitivas y sustentables las actividades económicas de los productores, el gobierno federal, en coordinación y con la participación de los gobiernos de las entidades de la Federación, y por medio de éstos con la participación de los gobiernos municipales y delegacionales, atenderá con prioridad a aquellos productores y demás sujetos de la sociedad rural que, teniendo potencial productivo, carecen de condiciones para el desarrollo.

Artículo 129. ...

...

A este fondo se sumarán recursos públicos del gobierno federal, de las entidades federativas,cuando así lo convengan, acompañados de los destinados a los programas de fomento.

Artículo 132. Estos apoyos se aplicarán únicamente en las regiones que requieran programas de reconversión productiva, en las que el Consejo Estatal o del Distrito Federal determine, tomando en cuenta las alternativas sustentables probadas de cambio tecnológico o cambio de patrón de cultivos.

...

Artículo 134. ...

En el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable se integrará información internacional, nacional, estatal, municipal, delegacional, y de distrito de desarrollo rural relativa a los aspectos económicos relevantes de la actividad agropecuaria y el desarrollo rural; información de mercados en términos de oferta y demanda, disponibilidad de productos y calidades, expectativas de producción, precios; mercados de insumos y condiciones climatológicas prevalecientes y esperadas. Asimismo, incluirá la información procedente del Sistema Nacional de Información Agraria y del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y otras fuentes.

Artículo 136. Será responsabilidad de la Comisión Intersecretarial coordinar los esfuerzos y acopiar y sistematizar información de las dependencias y entidades de los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, que integren el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, considerando la información proveniente de los siguientes tópicos:

I. La comercialización agropecuaria municipal, delegacional, regional y estatal;

II. a IX. ...

Artículo 137. ...

El Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable difundirá la información en el nivel nacional, de las entidades federativas, municipal, delegacional,regional y de Distritos de Desarrollo Rural, apoyándose en la infraestructura institucional de los gobiernos federal, estatales, municipales, delegacionales y de los organismos que integran el sistema para su difusión.

...

Artículo 139. Para el impulso del cambio estructural propio del desarrollo rural sustentable, la reconversión productiva, la instrumentación de los programas institucionales y la vinculación con los mercados, la Secretaría en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, que convergen para el efecto, definirán una regionalización, considerando las principales variables socioeconómicas, culturales, agronómicas, de infraestructura y servicios, de disponibilidad y de calidad de sus recursos naturales y productivos.

La regionalización comprenderá a las áreas geográficas de los distritos de Desarrollo Rural abarcando uno o más distritos, municipios o delegaciones, según sea el caso, dentro del territorio de cada Entidad Federativa y podrá comprender una delimitación más allá de una entidad bajo convenio del gobierno de las entidades de la federación, municipios y delegaciones involucrados.

Artículo 140. El gobierno federal, en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos de las entidades federativas, municipales y delegacionales, que convergen para el cumplimiento de la presente Ley, elaborará un padrón único de organizaciones y sujetos beneficiarios del sector rural, mediante la Clave Única de Registro Poblacional y en su caso, para las personas morales, con la clave del Registro Federal de Contribuyentes. Este padrón deberá actualizarse cada año y será necesario estar inscrito en él para la operación de los programas e instrumentos de fomento que establece esta ley.

Artículo 142. La Secretaría en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos federales, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, que convergen para el efecto, brindará a los diversos agentes de la sociedad rural el apoyo para su inscripción en el padrón único de organizaciones y sujetos beneficiarios del sector rural, de acuerdo con el artículo anterior.

Artículo 143. El gobierno federal, mediante mecanismos de coordinación, con los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones, promoverá y fomentará el desarrollo del capital social en el medio rural a partir del impulso a la asociación y la organización económica y social de los productores y demás agentes de la sociedad rural, quienes tendrán el derecho de asociarse libre, voluntaria y democráticamente, procurando la promoción y articulación de las cadenas de producción-consumo para lograr una vinculación eficiente y equitativa entre los agentes del desarrollo rural sustentable. Lo anterior, dando prioridad a los sectores de población más débiles económica y socialmente y a sus organizaciones, a través de:

I. a VII. ...

Artículo 144. ...

I. ...

II. El establecimiento de mecanismos para la concertación y el consenso entre la sociedad rural y los órdenes de gobierno federal, de las entidades federativas, municipal y delegacional;

III. a IX. ...

Artículo 146. ...

Para los efectos de lo dispuesto por la Ley de Planeación, la Secretaría promoverá la participación de las organizaciones a que se refiere este Capítulo, en las acciones correspondientes en el ámbito nacional, de las entidades federativas, municipal, de las delegaciones, y de Distritos de Desarrollo Rural.

Artículo 151. Se promoverá la creación de los comités regionales de Sistema-Producto, cuyo objetivo central es el de planear y organizar la producción, promover el mejoramiento de la producción, productividad y rentabilidad en el ámbito regional, en concordancia con lo establecido en los programas de las entidades federativas y con los acuerdos del Sistema-Producto nacional.

Artículo 154. ...

Para el desarrollo de estos programas, el Ejecutivo Federal mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas y a través de éstos con los municipales y delegacionales, respectivamente, fomentará el Programa Especial Concurrente, conjuntamente con la organización social, para coadyuvar a superar la pobreza, estimular la solidaridad social, el mutualismo y la cooperación. Para los efectos del referido programa, de manera enunciativa y no restrictiva, de acuerdo con las disposiciones constitucionales y la legislación aplicable, se seguirán los lineamientos siguientes:

I. Las autoridades municipales y delegacionales elaborarán con la periodicidad del caso, su catálogo de necesidades locales y regionales sobre educación, integrando, a través del Consejo Municipal o Delegacional, según sea el caso, sus propuestas ante las instancias superiores de decisión. Los órganos locales presentarán proyectos educativos especiales.

...

...

II. ...

Los Consejos Municipales y los Delegacionales, participarán en la detección de necesidades de profilaxis en salud, de brigadas móviles para la atención sistemática de endemisas y acciones eventuales contra epidemias, integrando el paquete de la región; estableciendo prioridades de clínicas rurales regionales, para su inclusión en el Programa Especial Concurrente.

III. a V. ...

VI. Las comunidades rurales en general, y especialmente aquellas cuya ubicación presente el catálogo de eventualidades ubicado en el rango de alto riesgo, deberán tener representación y participación directa en las Unidades Municipales y Delegacionales de Protección Civil para dar impulso a los programas de protección civil para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población rural en situaciones de desastre; lo mismo que proyectar y llevar a cabo la integración y entrenamiento de grupos voluntarios.

Artículo 159. En cumplimiento de lo que ordena esta Ley, la atención prioritaria a los productores y comunidades de los municipios y las delegaciones de más alta marginación, tendrá un enfoque productivo orientado en términos de justicia social y equidad, y respetuoso de los valores culturales, usos y costumbres de los habitantes de dichas zonas.

...

Artículo 165. De conformidad con lo dispuesto por el artículo anterior, los gobiernos federal, de las entidades federativas, municipales y delegacionales, cuando así lo convengan, fomentarán el uso del suelo más pertinente de acuerdo con sus características y potencial productivo, así como los procesos de producción más adecuados para la conservación y mejoramiento de las tierras y el agua.

Artículo 171. El gobierno federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, municipales y de las delegaciones, apoyará de manera prioritaria a los productores de las zonas de reconversión, y especialmente a las ubicadas en las partes altas de las cuencas, a fin de que lleven a cabo la transformación de sus actividades productivas con base en el óptimo uso del suelo y agua, mediante prácticas agrícolas, ganaderas y forestales, que permitan asegurar una producción sustentable, así como la reducción de los siniestros, la pérdida de vidas humanas y de bienes por desastres naturales.

Artículo 181. La Comisión Intersecretarial, con la participación activa de los consejos mexicano, de las entidades federativas y regionales, y demás agentes y sujetos intervinientes en el desarrollo rural sustentable, serán los responsables de evaluar el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior de esta Ley.

Artículo 191. ...

...

I. a IV. ...

V. La concurrencia de recursos federales, estatales, municipales, delegacionales y de los propios beneficiarios, a fin de asegurar la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad y multiplicar el efecto del gasto público;

VI. a VIII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences (rúbrica), María Esther Terán Velázquez (rúbrica), Martín Enrique Castillo Ruz, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Karla Verónica González Cruz (rúbrica), Federico Ovalle Vaquera (rúbrica), secretarios; Esteban Albarrán Mendoza (rúbrica), Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Felipe Borja Texocotitla, María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Francisco Alberto Jiménez Merino, Israel Madrigal Ceja, Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez, Arturo Ramírez Bucio, Luis Félix Rodríguez Sosa, Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Rolando Zubia Rivera.»

Es de primera lectura.



LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 55 Bis de la Ley General de Vida Silvestre

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnado para estudio y elaboración del dictamen correspondiente el expediente número 5989, que contiene la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 55 Bis de la Ley General de Vida Silvestre.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72, inciso E, y 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, numerales 1 y 2, fracción XXIV, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 60, 65 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

1. En sesión celebrada el 22 de abril de 2008, el senador Ricardo Torres Origel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó al pleno de la Cámara de Senadores la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 55 Bis y 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre. En la misma fecha, dicha iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, y de Estudios Legislativos del Senado de la República.

2. Las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, y de Estudios Legislativos presentaron ante el pleno del Senado el dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 55 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, que fue aprobado por 79 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

3. En sesión celebrada el 30 de abril de 2009, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 55 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, que fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el expediente número 5989.

4. En el proceso de entrega-recepción de la LX a la LXI Legislaturas de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales se recibió como asunto de rezago el expediente de dicha minuta, por lo cual esta comisión legislativa elaboró el presente dictamen, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

La posición geográfica de México lo ha favorecido, al situarlo entre dos grandes masas oceánicas que bañan sus costas, el océano Pacífico y el Golfo de México, en el que confluyen la mayoría de los climas y subclimas de la región, condiciones que permiten que con tan sólo 1.47 por ciento de la superficie terrestre sea considerado un país megadiverso, pues ocupa el primer lugar en el mundo en riqueza de reptiles (707), el segundo en mamíferos (491), y el cuarto en anfibios (282) y plantas (26 mil).

A escala internacional, se tiene registro de 1 millón 700 mil especies descritas, pero por las tendencias se estima que la cifra puede llegar hasta entre 5 y 10 millones más (McNeely, et al., 1990). Entre 10 y 12 por ciento de las especies del planeta se distribuyen en el territorio nacional, sumando más de 200 mil especies descritas y una infinidad que aún permanece sin registro o descripción.

De igual forma, 32 por ciento de la fauna nacional de vertebrados es endémico de México y 52 por ciento lo comparte únicamente con Mesoamérica. De las especies registradas en México, 2 mil 584 presentan alguna categoría de riesgo de extinción.

La flora y fauna silvestres, además de su importancia como elementos de la biodiversidad, representan valores éticos, culturales, económicos, políticos, ecológicos, recreacionales, educativos y científicos, que han ido de la mano con el desarrollo de la humanidad y la historia de la Tierra.

Por lo anterior, además de los servicios ambientales que la flora y fauna silvestres brindan, resulta imperioso y prioritario proteger y conservar los ecosistemas y hábitat representativos del país para procurar así la sustentabilidad de los recursos naturales, que en la actualidad enfrentan una de las crisis ambientales más graves, colocándonos en vísperas de presenciar una de las mayores extinciones masivas en la historia del planeta.

En ese contexto, fue publicada en 2000 la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), con el objetivo que en México se estableciera una política nacional conservacionista en la materia, mediante la protección y la exigencia de niveles óptimos de aprovechamiento sustentable para promover la restauración de su diversidad e integridad, así como incrementar el bienestar de los habitantes del país.

El objetivo de dicho ordenamiento es puntual. Sin embargo, como parte de los procesos de actualización de la legislación ambiental y con objeto de atender la problemática y las necesidades nacionales emergentes en la materia, en 2002 se adicionó el artículo 60 Bis a la LGVS. La reforma tenía por objeto prohibir el aprovechamiento extractivo de los mamíferos marinos, y estableció como excepción las capturas que se realicen con fines de investigación científica y educativos por instituciones acreditadas.

Así, la adición de dicho precepto atendió a la reducción significativa de los registros de poblaciones de mamíferos marinos como ballenas, delfines, marsopas, lobos marinos, focas y manatíes, que albergan las aguas mexicanas, como consecuencia de la explotación irracional de esas especies, principalmente para exhibición y uso en espectáculos públicos. Asimismo, es preciso señalar que la citada prohibición coincidió con la inclusión en la NOM-059-SEMARNAT-2001 de todos los mamíferos marinos de las aguas territoriales y de tres especies de primates.

A mayor abundamiento, es preciso señalar que, según lo dispuesto en la NOM-059, especies de mamíferos marinos como la ballena franca del norte (Eubalaena glacials), la foca de Guadalupe (Arctocephalus townsendi) y la vaquita marina (Phocoena sinus), estas dos últimas especies endémicas, se encuentran actualmente en la categoría de peligro de extinción. En tanto, especies de primates como el mono aullador saraguato de manto (Alouatta palliata), el mono aullador saraguato yucateco (Alouatta pigra) y el mono araña (Ateles geoffroyi) están en la misma categoría de peligro de extinción a consecuencia de actividades contrarias a su preservación, como la alteración de su hábitat o su aprovechamiento extractivo (captura y caza).

En ese contexto, la comisión legislativa que elabora el presente dictamen coincide con lo expuesto por las comisiones unidas de la Cámara de Senadores en el sentido de que no obstante la entrada en vigor de la citada norma, el esfuerzo por proteger a los mamíferos marinos fue insuficiente. Por ello, con el ánimo de atender dicha problemática y reiterar el interés del Poder Legislativo federal para promover la protección de los mamíferos marinos y de los primates en el país, se aprobaron adiciones de la LGVS. Particularmente, se adicionó el artículo 55 Bis para prohibir “la importación, exportación y reexportación de ejemplares de cualquier especie de mamífero marino y primate, así como de sus partes y derivados, con excepción de los destinados a la investigación científica”.

La reforma propuesta en la minuta objeto del presente dictamen tiene como objetivo fortalecer las disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre para ampliar los casos de excepción previstos en el artículo 55 Bis de dicha ley, con el ánimo de que se autoricen la importación, exportación y reexportación de muestras de líquidos, tejidos o células reproductivas de mamíferos marinos y de primates, no sólo para investigación científica.

Así, los integrantes de esta comisión legislativa consideramos que de aprobarse la propuesta, es posible proteger y resguardar de la extincióna los mamíferos marinos y a los primates y, a su vez, facilitar la asistencia médica y los métodos de reproducción de los ejemplares que se encuentran en cautiverio.

En ese sentido, procedemos a iniciar el análisis siguiente:

Ley General de Vida Silvestre

Texto vigente

Artículo 55 Bis. Queda prohibida la importación, exportación y reexportación de ejemplares de cualquier especie de mamífero marino y primate, así como de sus partes y derivados, con excepción de los destinados a la investigación científica, previa autorización de la secretaría.

Reforma

Artículo 55 Bis. Queda prohibida la importación, exportación y reexportación de ejemplares de cualquier especie de mamífero marino y primate, así como de sus partes y derivados, con excepción de los destinados a la investigación científica , y las muestras de líquidos, tejidos o células reproductivas de los ejemplares que se encuentren en cautiverio, previa autorización de la secretaría.

El objeto de esta reforma es modificar el artículo 55 Bis para ampliar las excepciones de importación, exportación y reexportación de ejemplares de cualquier especie de mamífero marino y primate, pues la redacción vigente autoriza esas acciones sólo para investigación científica. De aprobarse la reforma propuesta, su ámbito de aplicación se ampliaría para importar, exportar y reexportar las muestras de líquidos, tejidos o células reproductivas de los ejemplares que se encuentren en cautiverio.

Con ello se estaría facilitando la reproducción de ejemplares en cautiverio y evitando a su vez la captura de especies silvestres, pues la importación y exportación de muestras médicas de sangre, orina o de tejidos para biopsias o anatomopatología a laboratorios especializados fuera del país favorecen sin duda la reproducción en cautiverio y la investigación médica de éstos sin afectar las poblaciones silvestres.

Asimismo, se facilitaría y apoyaría la aportación de zoológicos y acuarios para salvar especies en peligro de extinción a través de programas cooperativos de rescate y conservación de animales en riesgo.

Lo anterior es así en virtud de que el artículo en comento hace referencia a primates y a mamíferos marinos. Respecto de éstos, es preciso señalar que las dos especies de primates mexicanos se encuentran en la categoría de “en peligro de extinción”, mientras que los delfines y los lobos marinos utilizados en parques marinos y en delfinarios se encuentran en la categoría de bajo protección especial.

Asimismo, como manifiestan las comisiones legislativas de la Cámara de Senadores en el dictamen, la reforma coincide con lo dispuesto en el Convenio de Diversidad Biológica y en la propia LGVS, respecto a que deben promoverse la conservación y protección de las especies en categoría de riesgo y de sus poblaciones, a través de medidas especiales, como el manejo en hábitat críticos y áreas de refugio, las cuales se refieren a la conservación in situ.

En complemento de lo anterior, es procedente referirnos al artículo 78 de la LGVS, cuyo párrafo segundo establece que “los parques zoológicos deberán contemplar en sus planes de manejo aspectos de educación ambiental, de conservación y reproducción de las especies, con especial atención a las que se encuentren en alguna categoría de riesgo, y además deberán registrarse y actualizar sus datos ante la autoridad correspondiente, en el padrón que para tal efecto se lleve, de conformidad con lo establecido en el reglamento”. Esta disposición es plenamente congruente con las excepciones previstas en el artículo 55 Bis, pues considerando que en los planes de manejo de los zoológicos se deben considerar aspectos de educación ambiental, de conservación y reproducción de las especies, las actividades de los zoológicos no se excluyen con las prohibiciones contenidas en los citados artículos, pues se habilitan las hipótesis en que sí están permitidas.

Finalmente, las prohibiciones contenidas en el artículo 55 Bis coinciden plenamente con la Convención sobre el Comercio de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres, la cual prevé en el artículo XIV: “Las disposiciones de la presente convención no afectarán en modo alguno el derecho de las partes de adoptar

”a) medidas internas más estrictas respecto de las condiciones de comercio, captura, posesión o transporte de especímenes de especies incluidas en los apéndices I, II y III, o prohibirlos enteramente; o

”b) medidas internas que restrinjan o prohíban el comercio, la captura, la posesión o el transporte de especies no incluidas en los apéndices I, II o III.”

En ese contexto, la comisión legislativa que elabora el presente coincide con la propuesta remitida por la colegisladora.

Por lo expuesto, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales somete a consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Decreto por el que se reforma el artículo 55 Bis de la Ley General de Vida Silvestre

Artículo Único. Se reforma el artículo 55 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, para quedar como sigue:

Artículo 55 Bis. Queda prohibida la importación, exportación y reexportación de ejemplares de cualquier especie de mamífero marino y primate, así como de sus partes y derivados, con excepción de los destinados a la investigación científica , y las muestras de líquidos, tejidos o células reproductivas de los ejemplares que se encuentren en cautiverio, previa autorización de la secretaría.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 En términos legales, la diversidad biológica o biodiversidad comprende la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos –entre otros– los ecosistemas terrestres, los marinos y otros acuáticos y los complejos ecológicos de que forman parte.

2 Disponible en la página web de la Semarnat, http://cruzadabosquesagua.semarnat.gob.mx/iii.html

3 Zamorano de Haro, Pablo. La flora y fauna silvestres en México y su regulación. Procuraduría Agraria, 2009, disponible en http://www .pa.gob.mx/publica/rev_40/NOTAS/Pablo%20Zamorano%20de%20Haro.pdf

4 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2000.

5 Artículo 5 de la Ley General de Vida Silvestre.

6 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2002.

7 Protección ambiental-especies nativas de México de flora y fauna silvestres-categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-lista de especies en riesgo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de 2002 y en vigor desde el 6 de mayo de 2002.

8 Reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2006.

9 El artículo 58 de la Ley General de Vida Silvestre define en el inciso a) como especies en peligro de extinción aquellas cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones en el territorio nacional han disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural, debido a factores como la destrucción o la modificación drástica del hábitat, el aprovechamiento no sustentable, las enfermedades o la depredación.

10 El artículo 58 de la Ley General de Vida Silvestre define en el inciso c) como especies sujetas a protección especial las que podrían llegar a encontrarse amenazadas por factores que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que se determina la necesidad de propiciar su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones de especies asociadas.

11 Este convenio fue adoptado en la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en 1992 en Río de Janeiro, Brasil, y entró en vigor a finales de 1993; actualmente, lo forman más de 185 países miembros. México se adhirió al convenio al firmarlo el 13 de junio de 1992 y ratificando su contenido el 11 de marzo de 1993.

Dado en el salón de plenos de la honorable Cámara deDiputados, a 31 de agosto de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 57, 60, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos fue turnada para estudio y dictamen la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, recibida por la Cámara de Diputados de la colegisladora en fecha 28 de abril de 2009.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 57, 60, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la minuta mencionada, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados en fecha 28 de abril de 2009, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la minuta mencionada en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El antecedente de la minuta de referencia es el siguiente:

1. En fecha 10 de abril de 2008, el senador Andrés Galván Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva dispuso su turno a las Comisiones de Comercio y Fomento Industrial, y de Estudios Legislativos para estudio y dictamen.

3. Seguido su trámite legislativo, en fecha 23 de abril de 2009 el pleno de la Cámara de Senadores aprobó, con modificaciones, la iniciativa referida, por 71 votos a favor y 3 abstenciones, enviándose la minuta a la Cámara de Diputados para continuar el trámite legislativo.

4. En fecha 28 de abril de 2009, el pleno de la Cámara de Diputados resolvió enviar a la Comisión de Economía, para estudio y dictamen correspondientes, la minuta de referencia.

Cuarto. En la sesión permanente de la Cámara de Diputados celebrada en fecha 19 de mayo de 2010, integrantes de la Comisión de Economía, Jorge Humberto López Portillo Basave, Melchor Sánchez de la Fuente, Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Indira Vizcaíno Silva, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; y José Antonio Arámbula López, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3 y tercero transitorio de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Dicha iniciativa proponía reformar los artículos 3 y tercero transitorio de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a efecto de actualizar la denominación de la “Secretaría de Comercio y Fomento Industrial” con la de “Secretaría de Economía”, la cual fue turnada a la Comisión de Economía para estudio y dictamen.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Segunda. Que la minuta de referencia propone, en resumen, lo siguiente:

• Actualizar el artículo 3 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para aclarar que es la Secretaría de Economía y no la de Comercio y Fomento industrial la encargada expedir las normas oficiales mexicanas y vigilar su cumplimiento a falta de competencia específica de una dependencia de la administración pública federal.

• Y adicionar en el artículo 85 de la ley de protección de los consumidores que los contratos de adhesión, además de estar en español y ser legibles a simple vista, deben constar en un tamaño y tipo de letra uniforme.

Tercera. Que el dictamen con el cual el pleno de la Cámara de Senadores aprobó la minuta establece lo siguiente:

... A continuación se realiza un análisis de cada una de las modificaciones y adiciones propuestas en la iniciativa:

Primero. Modificación del artículo 3

Tiene el propósito de modificar en el párrafo único del precepto la denominación de “Secretaría de Comercio y Fomento Industrial” por la de “Secretaría de Economía” por resultar más apropiado y actual.

Al respecto, estas comisiones consideran procedente la referida propuesta, acotándola al término “Secretaría”, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2, fracción III, vigente de la propia ley.

Segundo. Modificaciones del artículo 8

Mediante una reforma del párrafo segundo del artículo 8 se pretende incluir la obligación del proveedor de respetar los porcentajes máximos a cargo del consumidor, que podrá cobrar conforme a la Ley Federal de Protección al Consumidor para que ningún bien o servicio que se formalice mediante la firma de un contrato de adhesión pueda implicar a los vendedores, productos o prestadores de servicios ningún beneficio por encima de 25 por ciento de los costos en que incurra. De esa manera se pretende sujetar a las empresas a criterios uniformes y generales que deberán considerar al momento de aplicar alguna sanción que tenga como fin penalizar con cantidad pecuniaria por incumplimiento por parte del consumidor, cuando el no consumo o disfrute del bien o servicio sea imputable al cliente.

Al respecto, estas comisiones consideran innecesaria esta adición, pues señalar que los proveedores están obligados a respetar el “porcentaje máximo” de prestaciones ya se encuentra previsto en el artículo 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, el cual se establece:

Artículo 7. Todo proveedor está obligado a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, cantidades, calidades, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el consumidor la entrega del bien o la prestación del servicio, y en ninguna circunstancia serán negados estos bienes o servicios a persona alguna.

Tercero. Modificación del artículo 13

Por otra parte, la iniciativa propone reformar el artículo 13 de la ley en los dos párrafos. En el caso de la obligación de la procuraduría de verificar el cumplimiento de la ley, se adiciona el párrafo primero para que también tenga la obligación de garantizar el cumplimiento de la propia ley.

Respecto al párrafo segundo, la iniciativa pretende que se suprima la excepción de no proporcionar información a la Profeco cuando sea de estricto uso interno y sólo se permitiría ésta cuando se demuestre que no tenga relación con el procedimiento de que se trate.

Asimismo, se amplían las facultades de la procuraduría para que pueda tener acceso a toda la información que le sea necesaria para sustanciar de la manera más adecuada y con todos los elementos posibles sus procedimientos y tenga herramientas para convertirse en el instrumento efectivo y eficaz de procuración de la legalidad en materia de consumo y relaciones entre proveedores y consumidores.

Al respecto, estas comisiones consideran improcedentes dichas reformas, pues los mecanismos que prevé el artículo 13 son precisamente los instrumentos que la procuraduría posee para verificar el cumplimiento de ella y, en consecuencia, garantizarla.

Asimismo, ante cualquier violación de la ley, lo procedente es que la Profeco aplique las sanciones previstas en ella, con lo cual también garantiza su cumplimiento.

Por otra parte, respecto a la supresión de la excepción en comento, establecida en el segundo párrafo de este artículo igualmente se considera innecesaria, pues para hacer uso de esta excepción los proveedores y los consumidores deberán demostrar que es de estricto uso interno o que no tiene relación con el caso, motivación que de no ser satisfactoria para la autoridad la faculta a requerirlo nuevamente.

Cuarto. Adición del artículo 24

En cuanto a la propuesta de excluir del texto de la fracción XV del artículo 24 el concepto “que lo requieran”, con el propósito de que se registren todos los contratos de adhesión, debe señalarse que el registro de un contrato está condicionado a que la ley o la norma lo requiera y que no todos los contratos están sujetos a registro, en virtud del universo de actividades comerciales que se realizan de manera cotidiana que no constituyen por sí mismas un riesgo para el consumidor y, además, en virtud del número de contratos de adhesión existentes, la Profeco estaría impedida para establecer requisitos particulares en el registro de todos los contratos, lo que iría en detrimento de sus facultades y de su eficacia. En tal virtud, no se considera adecuada la adición planteada.

Quinto. Adición del artículo 85

Se considera procedente la adición propuesta en la iniciativa del artículo 85 para establecer que además de estar escritos en idioma español y que sus caracteres sean legibles a simple vista, el tamaño y tipo de letra sean uniformes en todos los contratos de adhesión. Estas comisiones consideran que la reforma fortalecería los elementos para dar certidumbre jurídica al consumidor y, por tanto, la consideran procedente.

Por otra parte, en cuanto a la adición de un último párrafo del artículo 85, para considerar desproporcionada o abusiva cualquier prestación que exceda de una cuarta parte del costo total del bien o servicio pagado o contratado, estas comisiones estiman que las Normas Oficiales Mexicanas NOM-028-SCFI-2007, NOM- 029-SCFI-1998, NOM-036-SCFI-2007, NOM-071-SCFI-2001, NOM-117-SCFI-2005, NOM-122-SCFI-2005, NOM-135-SCFI-2006, NOM-148-SCFI-2001,modificación NOM-148-SCFI-2001, NOM-154-SCFI-2005, NOM-160-SCFI-2003, NOM-174-SCFI- 2007 y NOM-179-SCFI-2007 ya consideran los mecanismos de cálculo necesarios para determinar el monto razonable de las prestaciones que debe pagar el consumidor, tomando en cuenta la naturaleza comercial y jurídica del acto objeto del contrato de adhesión.

En este sentido, no se puede determinar a priori si es o no abusiva una prestación cuando se rebase una cuarta parte del costo total del bien o servicio adquirido, pues se estarían limitando la voluntad y decisión del consumidor de adquirir bienes y servicios en función de un porcentaje que no pudo negociar por tratarse de un contrato de adhesión. En virtud del universo y de la variedad de bienes y servicios que se comercializan mediante estos instrumentos, estas comisiones consideran que la actual práctica de establecer dichos límites en normas oficiales mexicanas resulta viable y eficaz, además de ágil y adaptable al determinar estas regulaciones.

Sexto. Modificaciones del artículo 86

Respecto a las modificaciones propuestas en la iniciativa del artículo 86, relativas a suprimir la palabra podrá e insertar en su lugar el imperativo deberá, con la finalidad de que la Secretaría de Economía mediante normas oficiales mexicanas obligue a someter a registro previo todos los contratos de adhesión ante la procuraduría, las comisiones dictaminadoras las consideran improcedentes, en virtud de que el registro mencionado responde a la necesidad de ejercer una estrecha vigilancia de los contratos de adhesión que “impliquen o puedan implicar prestaciones desproporcionadas a cargo de los consumidores, obligaciones inequitativas o abusivas, o altas probabilidades de incumplimiento”, como hasta ahora establece el artículo. Para el caso de los contratos cuya naturaleza y características no representen el riesgo referido, el requisito de registrarlo sería poco útil y podría implicar una carga burocrática innecesaria, en detrimento de la actividad económica y comercial del país, como se ha razonado en el punto cuarto del presente dictamen.

Séptimo. Modificaciones del artículo 88

Se propone modificar el artículo 88 de la ley, para incorporar el concepto deberán, en lugar del texto vigente: “Los interesados podrán inscribir voluntariamente sus modelos de contratos de adhesión”, y suprimir la condición “siempre y cuando”, a fin de establecer la obligatoriedad de los interesados de registrar todos los contratos de adhesión.

Sobre el particular, estas comisiones estiman improcedente su contenido, ya que el artículo 88 constituye la alternativa para que los particulares puedan inscribir sus contratos de adhesión voluntariamente, precisamente en los casos en los que la ley o una norma oficial mexicana no los obligue, de tal manera que si el propósito es obligarlos a registrar dichos contratos, la ley ya establece en el artículo 86 los supuestos para ello; resulta, en consecuencia, innecesaria esta modificación. Asimismo, consideran que no es conveniente eliminar la condición “siempre y cuando”, toda vez que ésta tiene por objeto que la Profeco estudie el contenido de los contratos y registrarlos sólo en caso de que estime que sus efectos puedan lesionar el interés de los consumidores.

Octavo. Modificaciones del artículo 89

En la propuesta de reforma del artículo 89 de la iniciativa se pretende suprimir la palabra podrá y se inserta en su lugar el término deberá, con la finalidad de que la procuraduría tenga la obligación de hacerse llegar la información necesaria para la tramitación del registro de los contratos de adhesión. En el mismo sentido, se suprime la salvedad que actualmente la Ley Federal de Protección al Consumidor otorga a los proveedores para negarse a entregar la información necesaria requerida cuando clasifiquen la información como confidencial. Con esto se pretende que puedan excluirse por parte de los proveedores sólo datos o información que sean parte de secretos industriales.

Al respecto, estas comisiones consideran que el sentido actual del artículo referido confiere una facultad a la Profeco en caso de requerir la información necesaria para determinar la naturaleza del acto objeto del contrato. La reforma propuesta, en cambio, le impone la obligación de requerir la información referida, aun cuando con la información convencional para obtener el registro sea evidente la naturaleza objeto del contrato. Por ello se considera inoperante jurídicamente la reforma.

En ese sentido, el texto vigente de este artículo permite a la Profeco decidir si requiere o no información al proveedor; es decir, sólo cuando del estudio del contrato se consideren necesarios mayores elementos, la autoridad podrá requerir la aportación de mayor información para llevar a cabo el registro.

En efecto, el término podrá utilizado en este precepto se refiere a que el legislador confirió a la autoridad administrativa una facultad discrecional ad limitum; es decir, a voluntad libre de requerir o no la aportación de información necesaria para conocer la naturaleza del acto objeto del contrato.

Por estas razones se considera innecesaria la modificación apuntada.

Noveno. Adición del artículo 90

Se considera improcedente la propuesta incluida en la iniciativa para adicionar una fracción VII al artículo 90, para establecer el criterio de que no serán válidas o se tendrán por no puestas las cláusulas de los contratos de adhesión que establezcan prestaciones abusivas o desproporcionadas a cargo del consumidor; es decir, cuando incluidos los cargos excedan de una cuarta parte del precio pagado por el servicio.

En lo relativo, estas comisiones consideran en congruencia con lo asentado en el punto quinto de este dictamen, que fijar una fracción así resulta arbitrario. Es importante señalar que una cláusula abusiva (que se tenga por no puesta o no sea válida) puede darse por una fracción inferior e incluso sin que haya un costo, por lo cual no se puede calificar el concepto de abusivo tasándolo con una fracción...

Cuarta. La minuta remitida por la Cámara de Senadores básicamente consiste en

• Actualizar en el artículo 3 de la Ley Federal de Protección al Consumidor la referencia que se hace a la “Secretaría de Comercio y Fomento Industrial” por el actual nombre de esa dependencia, “Secretaría de Economía”.

• Establecer la obligación en el artículo 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor de que los contratos de adhesión consten en un tipo de letra y tamaño uniformes.

1. Ahora bien, en cuanto al primero de los puntos mencionados, debe decirse que tal y como se desprende del capítulo de antecedentes, integrantes de la Comisión de Economía, comprometidos con ofrecer a la ciudadanía un marco jurídico actualizado que permita generar certidumbre jurídica a todos los gobernados, presentaron una iniciativa que proponía reformar en iguales términos que la minuta de referencia el artículo 3 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, así como el tercero transitorio de la reforma de dicho cuerpo normativo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2000.

De ahí que la Comisión de Economía comparta el sentido de la minuta venida de la Cámara colegisladora, pues se estima que implica un avance en la ley de protección de los consumidores que supone evitar confusiones y malas interpretaciones respecto a cuál dependencia se encargará de expedir normas oficiales mexicanas cuando no haya una competencia expresa en la ley, acción que cumple la responsabilidad de Poder Legislativo de mantener actualizados los textos legales.

Además, apoyando la minuta que nos ocupa se obvian trámites legislativos y se da alcance a la finalidad de la iniciativa presentada por los diputados de la Comisión de Economía de manera más rápida.

2. En cuanto al segundo punto, la Comisión de Economía estima acertados los argumentos utilizados por la Cámara colegisladora para aprobar la reforma que nos ocupa, por lo que los hace suyos.

Adicionalmente, debe decirse que obligar a los proveedores de bienes y servicios a realizar con mayor claridad los contratos de adhesión reduce la posibilidad de que mediante el uso de diferentes tipos y tamaños de letra se pueda desorientar o confundir al consumidor, por lo que se estima que la reforma en este sentido se traduce en mayor certidumbre jurídica para los consumidores.

Quinta. Que en virtud de lo anterior, la comisión se manifiesta por aprobar la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y remitir en su momento al Ejecutivo, para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el siguiente

Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Único. Se reforman los artículos 3 y 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 3. A falta de competencia específica de determinada dependencia de la administración pública federal, corresponde a la Secretaría de Economía expedir las normas oficiales mexicanas previstas en la ley y a la procuraduría vigilar que se cumpla lo dispuesto en la propia ley y sancionar su incumplimiento.

Artículo 85. Para los efectos de esta ley, se entiende por contrato de adhesión el documento elaborado unilateralmente por el proveedor para establecer en formatos uniformes los términos y las condiciones aplicables a la adquisición de un producto o la prestación de un servicio, aun cuando dicho documento no contenga todas las cláusulas ordinarias de un contrato. Todo contrato de adhesión celebrado en territorio nacional, para su validez, deberá estar escrito en idioma español y sus caracteres tendrán que ser legibles a simple vista y en un tamaño y tipo de letra uniforme. Además, no podrá implicar prestaciones desproporcionadas a cargo de los consumidores, obligaciones inequitativas o abusivas, o cualquier otra cláusula o texto que viole las disposiciones de esta ley.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a los noventa días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de agosto de 2010.

La Comisión de Economía, diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores, Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave, David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara, José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Raúl Gerardo Cuadra García, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo, Ifigenia Martha Martínez y Hernández.»

Es de primera lectura.



LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 29 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 57, 60, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos fue turnada para estudio y dictamen la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 30 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, recibida por la Cámara de Diputados de colegisladora en fecha 10 de diciembre de 2009.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 57, 60, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la minuta mencionada, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados en fecha 10 de diciembre de 2009, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la minuta que se mencionó en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El antecedente de la minuta de referencia es el siguiente:

1. En fecha 11 de diciembre de 2008, el senador Silvano Aureoles Conejo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una iniciativa para adicionar el artículo 29 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, la cual fue turnada para estudio y dictamen correspondientes a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial, y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores.

2. Seguido su trámite legislativo, en fecha 8 de diciembre de 2009 la iniciativa en referencia fue modificada –resolviéndose establecer la materia de la iniciativa en el segundo párrafo del artículo 30 de la Ley Federal de Protección al Consumidor– y aprobada en el pleno de la Cámara de Senadores para, posteriormente, ser enviada la minuta a la Cámara de Diputados.

3. En fecha 10 de diciembre de 2009, el pleno de la Cámara de Diputados resolvió turnar para estudio a la Comisión de Economía la minuta de referencia.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 30 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Segunda. Que la minuta de referencia propone, en resumen, lo siguiente:

• Adicionar un segundo párrafo del artículo 30 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que dice: “La procuraduría determinará y aplicará controles de confianza para todo su personal en los términos que establezca el procurador en los lineamientos correspondientes, en particular a quienes realicen o supervisen labores de verificación y vigilancia establecidas en el capítulo XII de la propia ley, como medida para asegurar su probidad y honestidad”.

Tercera. Que el dictamen con el cual el pleno de la Cámara de Senadores aprobó la minuta establece lo siguiente:

... El dictamen en estudio propone adicionar el artículo 29 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor (en adelante, LFPC), cuyo objetivo es que los servidores públicos de la Profeco que ejecuten, desarrollen, apliquen o supervisen las funciones establecidas en el capítulo XII de la propia ley, relativo a las actividades de vigilancia y verificación, deberán aprobar cada dos años un proceso de control de confianza, que será aplicado por el organismo que al efecto se establezca en el estatuto orgánico, bajo la supervisión de un consejo ciudadano que certificará y coadyuvará en los procesos, como medida para abatir los actos de corrupción.

Al respecto, el proponente señala:

Se propone crear un sistema de control de confianza para los servidores públicos que realicen funciones de verificación, así como a los mandos que coordinen estas actividades, consistente en exámenes, patrimoniales y de entorno social, psicométricos y psicológicos, y toxicológicos.

Los procesos de evaluación deberán tener por objeto comprobar que los servidores públicos que realicen o coordinen funciones de verificación y vigilancia a que se refiere el capítulo XII de la Ley Federal de Protección al Consumidor den debido cumplimiento a los principios de legalidad, eficacia, profesionalismo, honradez, lealtad e imparcialidad.

Los resultados de los procesos de evaluación deberán ser confidenciales, con excepción de lo que establezcan las disposiciones legales aplicables, así como en los casos en que deban presentarse en procedimientos administrativos o judiciales.

Estos procedimientos de evaluación deben ser avalados por la ciudadanía, por lo que propone incorporar un grupo, miembros de la sociedad, como consejo de participación ciudadana, que supervise, certifique y coadyuve en los proceso de control de confianza, que se realizarán cada dos años. Con esto se lograría que los servidores públicos que realicen esta importante tarea para la economía mexicana no se dejen corromper y cumplan su deber.

En este sentido, estas comisiones desean destacar que actualmente la Profeco, para la verificación y vigilancia del cumplimiento de la ley, realiza un programa operativo anual, además de los programas relativos a las distintas temporadas del año en las que se verifican determinadas actividades de los proveedores. En estos programas, la procuraduría requiere personal temporal para cumplir dichas atribuciones con base tanto en las necesidades operativas como en las administrativas.

En virtud de lo anterior y de conformidad con la atribución del procurador federal del Consumidor prevista en el artículo 27, fracción II, de la Ley Federal de Protección al Consumidor de “nombrar y remover el personal al servicio de la procuraduría, señalándole sus funciones y remuneraciones”, se contrata al personal mencionado, de acuerdo con las necesidades referidas, que es seleccionado en términos de mecanismos de control previstos en el acuerdo por el que se establecen los lineamientos de evaluación de confianza en la Procuraduría Federal del Consumidor, expedido por el titular de ésta, de conformidad con las atribuciones que le confieren los artículos 27, fracciones I y IX, de la LFPC, así como 4 y 8, primer párrafo, fracción II, del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de marzo de 2007.

En ese sentido, si bien es cierto que existen los mecanismos referidos, estas comisiones aprecian conveniente establecer una disposición general en el contenido de la ley para darles solidez.

En virtud de lo anterior, estas comisiones consideran oportuno modificar el texto y la ubicación de la propuesta en la LFPC, integrándola en un segundo párrafo del artículo 30, toda vez que éste se refiere al personal de la Profeco.

Por lo anterior, estas comisiones proponen el siguiente texto para el párrafo en comento:

“La procuraduría determinará y aplicará controles de confianza para todo su personal en los términos que establezca el procurador en los lineamientos correspondientes, en particular a quienes realicen o supervisen labores de verificación y vigilancia establecidas en el capítulo XII de la propia ley, como medida para asegurar su probidad y honestidad.”

En virtud de las consideraciones vertidas, las comisiones dictaminadoras consideran de aprobarse la adición contenida en esta iniciativa, con las modificaciones expuestas...

Cuarta. Que la Comisión de Economía estima loable el espíritu de la iniciativa base de la minuta que se dictamina y legítimo el sentido de esta última. Sin embargo, considera que la ubicación de la reforma propuesta debería ser en el lugar previsto en la iniciativa original; esto es, en el artículo 29 Bis y no en el segundo párrafo del artículo 30, así como que se debe establecer de manera expresa que a las personas que realicen o supervisen labores de verificación y vigilancia se deberán aplicar exámenes psicológicos, toxicológicos, patrimoniales y socioeconómicos, independientemente de otros que fueren establecidos por el procurador en los lineamientos correspondientes.

1. En efecto, los artículos 29 y 30 de la Ley Federal de Protección al Consumidor son los únicos de este cuerpo normativo que hacen alusión a cuestiones laborales propias de una institución como la que nos ocupa, pues el primero hace mención de la ley que regulará las relaciones de trabajo y a quiénes se considerará personal de confianza, y el segundo se refiere al régimen de seguridad social del que serán beneficiarios los trabajadores de la Profeco.

Sin embargo, ninguno considera supuestos que regulen condicionamientos particulares del procedimiento de contratación, como los controles de confianza, a los cuales hace referencia la propuesta motivadora de la minuta que ahora se estudia.

En ese sentido, lo más apropiado es mantener el sentido original de la iniciativa en cuanto a la ubicación de la reforma –en el artículo 29 Bis–, pues los artículos 29 y 30 tienen contenidos que coinciden en la materia que tratan, pero son puntualmente diferentes en las cuestiones que regulan, lógica que, de igual forma, se recogería al agregar un artículo como el que se pretende en la iniciativa original; es decir, misma materia –relaciones laborales–, pero diferente tema de regulación –controles de confianza–. De ahí que se concluya que una correcta técnica legislativa lleva a adicionar un artículo que contenga la reforma que nos ocupa.

2. Asimismo, los diputados que integran la Comisión de Economía coinciden tanto con la exposición de motivos de la iniciativa original como con los razonamientos expresados en el dictamen mediante el cual se aprobó la minuta de referencia, en el sentido de que las funciones de verificación y vigilancia que realiza la Profeco tienen un amplio efecto en la sociedad porque son el primer medio de defensa ante los abusos de los proveedores y que es conveniente establecer una disposición general en el contenido de la Ley Federal de Protección al Consumidor para dar solidez a los mecanismos que actualmente se utilizan para intentar garantizar la probidad y honestidad del personal de la Profeco.

En ese sentido, partiendo de que el “acuerdo por el que se establecen los lineamientos de evaluación de confianza en la Procuraduría Federal del Consumidor”, expedido por el titular de la Profeco, es el único mecanismo legal que establece un control de confianza para la contratación de personal, y que ese instrumento está dirigido solamente al personal de confianza, y que no obstante que el artículo 29 de la ley de protección a los consumidores establece que sólo ese tipo de personal podrá realizar funciones de vigilancia, inspección y supervisión, sin que en los hechos se dé cumplimiento a esta norma, por lo que se estima necesario establecer de manera expresa que el personal que realice dichas funciones deberá someterse a exámenes psicológicos, toxicológicos, patrimoniales y socioeconómicos, con la finalidad de garantizar su probidad y honestidad.

3. Por otra parte, es una preocupación constante de los diputados que integran la Comisión de Economía el hecho de que cuando se legisla confiriendo la facultad a un órgano de la administración pública de generar ciertas normas para regular cuestiones inherentes a su responsabilidad competencial, éstas nunca se expiden, dejando la intención del legislador reflejada en la norma sin sentido material.

Por ello se estima de igual forma apropiado establecer, por una parte, que la reforma que nos ocupa deberá entrar en vigor en enero siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como que en ese lapso el titular de la Profeco expida los lineamientos a que se hace referencia la nueva norma que se legisla.

Quinta. Que en virtud de lo anterior, la comisión se manifiesta por modificar la minuta que nos ocupa y, en los términos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitirla a la Cámara de origen para su discusión correspondiente; estableciéndose el sentido de la reforma en los siguientes términos:

Decreto por el que se adiciona el artículo 29 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor

Único. Se adiciona el artículo 29 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 29 Bis. La procuraduría determinará y aplicará controles de confianza para todo su personal en los términos que establezca el procurador en los lineamientos correspondientes, como medida para asegurar su probidad y honestidad; y en particular tratándose de quienes realicen o supervisen labores de verificación y vigilancia establecidas en el capítulo XII de la propia ley, se aplicarán, además de los que se establezcan en los lineamientos referidos, exámenes psicológicos, toxicológicos, patrimoniales y socioeconómicos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor en enero siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y durante ese plazo se deberán expedir los lineamientos a que hace referencia el artículo 29 Bis.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de agosto de 2010.

La Comisión de Economía, diputados:Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores, Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave, David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara, José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Raúl Gerardo Cuadra García, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo, Ifigenia Martha Martínez y Hernández.»

Es de primera lectura.



LEY DE FISCALIZACION Y RENDICION DE CUENTAS DE LA FEDERACION

La Secretaria diputada María Dolores Del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de la Función Pública, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 80 y 82 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

Honorable Asamblea:

La Comisión de la Función Pública de la honorable Cámara de Diputados dictaminando de forma única, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XVIII, 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 5, 6, 12, 38, 39 y 40 del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el que se establecen las normas relativas al funcionamiento de las comisiones y comités de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea, el siguiente

Dictamen

De la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 80 y 82 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Antecedentes

I. El 28 de octubre de 2009 fue presentada al pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 80 y 82 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, suscrita por el diputado Pablo Escudero Morales del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, publicada el 29 de octubre de 2009 en la Gaceta Parlamentaria número 2877-II.

II. El 29 de octubre de 2009 la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la turnó para su estudio y dictamen a la Comisión de la Función Pública, asignándole en número de expediente 485.

III. Recibida la iniciativa en la Comisión de la Función Pública y una vez sometida a estudio y análisis, se preparó proyecto de dictamen en sentido positivo, el cual se puso a consideración de los integrantes de la comisión para que sea votado.

Consideraciones

I. El objetivo de la iniciativa es regular el procedimiento de nombramiento del titular de la Auditoría Superior de la Federación, en el supuesto en que, se cumplan las condiciones necesarias para ser designado por un segundo periodo.

Actualmente el artículo 80 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación establece un procedimiento de designación del titular de la Auditoría Superior de la Federación por conducto de una terna, sin embargo, no existe un procedimiento expreso que regule la posibilidad de designación por un segundo periodo, tal y como esta comprendido en los artículos 79 constitucional y 82 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

II. La Comisión Dictaminadora coincide plenamente con la intención de la Iniciante y en la necesidad y conveniencia de precisar el procedimiento que se ha de seguir para el caso concreto de una designación por un segundo periodo del titular de la Auditoría Superior de la Federación.

III. Los integrantes de la Comisión de la Función Pública realizaron un estudio acucioso de la iniciativa materia de este dictamen y pudieron precisar y confirmar que existe una ambigüedad indeseable en el procedimiento de designación, por un segundo periodo, del titular de la Auditoría Superior de la Federación, lo que en la práctica constituye una facultad discrecional de la Cámara de Diputados, situación que, a juicio de esta Comisión dictaminadora, debe de ser corregida, con la finalidad de ceñir la facultad constitucional y legal de esta Cámara de Diputados a un procedimiento ordenado que dote de certeza y transparencia las futuras designaciones de la Cámara de Diputados.

En mérito de lo expuesto, la comisión dictaminadora, con base en las consideraciones anteriores y al análisis de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 80 y 82 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, los integrantes de la Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 80 y 82 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

Artículo Único.Se reforman los artículos 80, primer párrafo y 82; y se adiciona una fracción V, pasando la actual V a ser VI al artículo 80, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 80.La designación del auditor Superior de la Federación, o en su caso, el nombramiento por un segundo periodo,se sujetará al procedimiento siguiente:

I. a III....

IV.Conformada la terna, en un plazo que no deberá exceder de tres días naturales, la Comisión formulará su dictamen, a fin de proponer al Pleno los tres candidatos, para que éste proceda, en los términos del artículo anterior, a la designación del Auditor Superior de la Federación;

V. La comisión en caso de así decidirlo podrá optar por incluir en la terna al auditor superior de la Federación o podrá presentarlo de forma individual, sin necesidad de terna alguna, ante el pleno de la Cámara de Diputados en un dictamen, en el que se proponga su designación por un segundo periodo, para que el pleno de la Cámara de Diputados proceda en los términos del artículo anterior, a la designación del auditor superior de la Federación, y

VI....

Artículo 82.El auditor superior de la Federación durará en el encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez, mediante el procedimiento señalado en el artículo 80. Podrá ser removido por la Cámara por las causas graves a que se refiere el artículo 93 de esta ley, con la misma votación requerida para su nombramiento, así como por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Si esta situación se presenta estando en receso la Cámara, la Comisión Permanente podrá convocar a un periodo extraordinario para que resuelva en torno a dicha remoción.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la comisión, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a 21 de abril de 2010.

La Comisión de la Función Pública, diputados:Pablo Escudero Morales (rubrica), presidente; Patricio Chirinos del Ángel (rubrica), Josué Cirino Valdés Huezo (rúbrica), Marcos Pérez Esquer (rubrica), Juan Carlos López Fernández (rubrica), secretarios; Salvador Caro Cabrera (rúbrica), César Daniel González Madruga, Janet Graciela González Tostado (rúbrica), Agustín Guerrero Castillo, Sergio Lobato García, Kenia López Rabadán (rubrica), Violeta Avilés Álvarez (rúbrica), Tereso Medina Ramírez, Héctor Pedroza Jiménez, Pedro Peralta Rivas, Ivideliza Reyes Hernández (rúbrica), Ramiro Martínez Malco, José Francisco Rábago Castillo, (rubrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rubrica), María del Pilar Torre Canales, Enrique Torres Delgado (rubrica), Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Guillermo José Zavaleta Rojas, Yulenny Guylaine Cortés León, Esthela Damián Peralta, Ernesto de Lucas Hopkins (rubrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), Lizbeth García Coronado.»

Es de primera lectura.



ESTADO DE MEXICO

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es dictámenes a discusión con puntos de acuerdo.

En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los encabezados.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los encabezados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Se autoriza. En consecuencia, proceda la Secretaría a dar lectura a los puntos de acuerdo en los términos aprobados por la asamblea.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Con gusto, diputado presidente.

«Dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo a fin de exhortar a la Comisión Nacional del Agua a llevar a cabo acciones para el saneamiento integral del vaso regulador El Cristo, situado en Naucalpan de Juárez, México

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Recursos Hidráulicos de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnado, para estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 618, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a tomar las medidas pertinentes para el saneamiento integral del vaso regulador El Cristo, situado en el municipio de Naucalpan de Juárez, estado de México, presentado por el diputado David Ricardo Sánchez Guevara, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, los integrantes de estas comisiones ordinarias, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, numeral 1, y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicano, así como los artículos 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen de acuerdo con los siguientes:

Antecedentes

Primero.En sesión celebrada el 10 de noviembre de 2009 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el diputado David Ricardo Sánchez Guevara, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a tomar las medidas pertinentes para el saneamiento integral del vaso regulador El Cristo, situado en el municipio de Naucalpan de Juárez, estado de México,

Segundo.En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la proposición citada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El promovente expone los impactos que en el deterioro ambiental y en la población han ocasionado la condición de insalubridad en que se encuentra el vaso regulador El Cristo, cuya función debería ser regular las descargas de aguas negras provenientes tanto del municipio como del Distrito Federal, a través de los ríos Hondo y Chico de los Remedios, pero que en los últimos años, este vaso regulador se ha convertido en depósito de aguas negras a cielo abierto,

Afirma también que diversas instancias, como la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Nacional del Agua, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Distrito Federal, a las que, desde 2000, los afectados han acudido para presentar sus denuncias o quejas y que les han manifestado que el problema es competencia municipal, a lo que el municipio ha expresado que no cuenta con recursos para atender esta cuestión.

En relación con lo expuesto por el promovente, cabe señalar lo siguiente:

Respecto a la autoridad competente para la solución de la problemática expuesta, es de señalar que el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece en los artículos 2, fracción XXXI, inciso a), y 44, que para el estudio, planeación y despacho de sus asuntos contará con organismos desconcentrados, entre ellos la Comisión Nacional del Agua, la cual tendrá las atribuciones que se establecen en la Ley de Aguas Nacionales.

El Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, señala en el artículo 6 que ésta se organizará en dos niveles para el ejercicio de sus funciones: uno, nacional; y otro, regional hidrológico-administrativo. Los titulares de las unidades administrativas de ambos niveles estarán jerárquicamente subordinados al director general de la comisión. Las unidades administrativas del nivel regional hidrológico-administrativo serán los organismos de cuenca, cuyos titulares y los de las unidades que les estén adscritas ejercerán sus atribuciones conforme a la ley, el reglamento interior de la comisión y los instrumentos administrativos que emita el director general de la comisión, en la circunscripción territorial correspondiente.

Con fundamento en el Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua –artículo undécimo transitorio, fracción XIII–, así como en acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de los organismos de cuenca de la Comisión Nacional del Agua, lo concerniente al municipio de

Naucalpan de Juárez competencia del Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México.

Respecto a la materia de la problemática, cabe señalar que el sistema principal de drenaje está formado por diferentes elementos, entre los que figuran presas y lagunas de regulación, colectores, estaciones de bombeo, colectores semiprofundos, cauces, camales y túneles profundos, entre otros.

La zona metropolitana del valle de México (ZMVM), situada en una cuenca cerrada, cuenta con tres salidas artificiales denominadas gran canal de desagüe (túneles de Tequisquic), emisor del poniente (tajo de Nochistongo) y el emisor central.

El vaso regulador El Cristo es receptor de aguas fluviales y residuales de los cauces de los ríos Hondo y Chico de los Remedios, y descarga sus aguas en el túnel emisor poniente. Tiene una extensión de 130 hectáreas, su capacidad de almacenamiento es de 4 metros cúbicos y es utilizado exclusivamente para el manejo temporal de los picos de lluvia provenientes de las zonas urbanas.

Al paso del tiempo, y debido al crecimiento de la metrópoli y a los hundimientos regionales provocados por la explotación de los mantos acuíferos ubicados en el subsuelo de ésta, ha sucedido lo siguiente:

a) El gran canal del desagüe ha perdido su capacidad de desalojo, limitándose a un máximo de 40 m3/s, ayudado por una estación de bombeo situada en el km 18+600.

b) El emisor del poniente depende de que el vaso regulador El Cristo presente niveles de agua altos para que vierta un cierto caudal para su desalojo. Lo anterior implica cerrar las compuertas de descarga al Río de Los Remedios. Actualmente se ejecuta un proyecto para la construcción de una estación de bombeo y evitar que se requieran niveles altos en el vaso, a fin de que el emisor desaloje escurrimientos pluviales o residuales.

c) El emisor central ha disminuido también su capacidad de desalojo por la variación de su coeficiente de rugosidad (falta de mantenimiento) y por la descarga de importantes caudales a través del inspector centro-poniente, que provoca importantes remansos aguas arriba, reflejados en su lumbrera “O”.

En razón de lo anterior, tal y como lo señala el promovente, los niveles altos de agua del vaso de El Cristo, necesarios para su funcionamiento, ocasionaron una situación de insalubridad para la zona circundante.

La Comisión Nacional del Agua señala que, desde 2007, personal técnico inició labores de inspección, evaluación y reparación hidráulica en el emisor central para revisar si se cumplen con la resolución en materia de impacto ambiental y a la normatividad, respecto del manejo de lixiviado, el biogás y las aguas pluviales, para evitar poner en riesgo de contaminación severa a los cuerpos de agua emisor central del sistema de drenaje profundo de la zona metropolitana del valle de México: gran canal km 11 +600, Laguna Casa Colorada, Canal de Sales y vaso El Cristo.

Asimismo, y ante el rezago en el desarrollo de infraestructura hidráulica y a la necesidad de diseñar nuevos sistemas de drenaje acordes con el desarrollo de la zona metropolitana, el gobierno federal inició las gestiones para realizar proyectos de modernización y ejecución de inversiones en obras de agua potable, drenaje y saneamiento.

Es así que, a través del Fideicomiso 1928, la Comisión Nacional del Agua coordina técnicamente la realización de las obras y proyectos para el saneamiento del valle de México, y que de manera conjunta autoriza con los gobiernos del estado de México y del Distrito Federal, en su carácter de fideicomitentes. Tales acciones tiene como objetivos garantizar el suministro de agua potable a la zona metropolitana del valle de México, reducir el problema de sobreexplotación de los acuíferos y los hundimientos del suelo con afectaciones a la infraestructura urbana, lograr una solución integral al desalojo y tratamiento del agua residual, reducir los riesgos de inundación en la zona metropolitana y mejorar las condiciones ambientales de las zonas de riego,

La publicación denominada Subsector agua potable, alcantarillado y saneamiento, publicado por la Comisión Nacional del Agua en septiembre de 2008, señala que como parte del Programa de Sustentabilidad Hídrica del Valle de México y para mejorar la capacidad de desalojo de las aguas residuales y realizar la inspección anual y conservación del túnel emisor central, principal salida de las aguas de gran parte de la cuenca de México, se inició la construcción de las plantas de bombeo gran canal kilómetro 11+600, Casa Colorada (cárcamo superficial) y vaso El Cristo, las cuales son operadas por el Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México.

Efectivamente, para el caso que nos ocupa, en marzo de 2007, el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, la Sociedad Nacional de Crédito, la Institución de Banca de Desarrollo, el Fideicomiso 1928 “Para apoyar el Saneamiento del Valle de México”, ingresó a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, el proyecto para la construcción de una planta de bombeo en el vaso regulador El Cristo, municipio de Tlalnepantla, estado de México, a fin de derivar en épocas de estiaje el agua del Río de los Remedios hacia el túnel del emisor poniente.

El objetivo de la construcción y operación de la planta de bombeo es la derivación en épocas de estiaje, del caudal del Río de los Remedios aguas arriba del vaso hacia el emisor poniente, sin que sea necesario incrementar el nivel del embalse por el almacenamiento de aguas negras, que en el estiaje constituyen la mayor parte del caudal del río, lo que significa mejores condiciones salubres que el método antiguo.

Con base en lo anterior y aunado a lo que señala el promovente, respecto de hacer efectivo el derecho a un medio ambiente sano para los habitantes de Naucalpan de Juárez, resulta necesario que las autoridades competentes continúen tomando las medidas pertinentes para el saneamiento integral del vaso regulador El Cristo.

De acuerdo con lo antes expuesto, los integrantes de estas comisiones unidas dictaminadoras que suscriben el presente, se permiten someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua a

1. Realizar un diagnóstico integral para el saneamiento del vaso regulador El Cristo.

2. Informar a esta soberanía de las acciones, estudios y proyectos realizados para el saneamiento del vaso regulador El Cristo en el marco del Programa para la Sustentabilidad Hídrica de la Cuenca del Valle de México.

3. Elaborar un diagnóstico sobre la calidad del agua en el vaso El Cristo, entendiendo que sus aguas se reutilizarán y, en el caso de existir un estudio, informar a esta soberanía los resultados de éste.

4. Informar a esta soberanía sobre las labores de inspección, evaluación y reparación hidráulica realizadas que afecten el vaso regulador El Cristo, a fin de saber si cumplen con la normatividad ambiental vigente, en lo que respecta al manejo de lixiviado, biogás y las aguas pluviales.

5. A través de su Coordinación de Proyectos de Abastecimiento del Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México informar a esta soberanía de los efectos que ha tenido la instalación de bombeo vaso de Cristo, para el cumplimiento de las metas contenidas en el Programa de Saneamiento del Valle de México y las acciones que falten de realizar para el cumplimiento de éstas.

Notas:

1 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2003.

2 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006.

3 http://www.imta.mxlgaceta/anteriores/g04-08-2007/sistema-drenaje-mexico.html

4 http://www.conagua.gob.mx/CONAGUA07/Noticias/NERTIENTES-145. pdf

5 http://www.conagua.gob.mx/CONAGUA07/Noticias/dSAPAS_ 2008. pdf

6 htpp://sinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2007/15EM2007 H0006.pdf

7 http://www.imta.mx/gaceta/anteriores/g04-08-2007/gaceta-imta-04.pdf

Dado en el salón de plenos de la honorable Cámara de Diputados el 17 de febrero de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Roberto Borge Angulo, Jeny de los Reyes Aguilar (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), María Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Juan José Guerra Abud (rúbrica), Eduardo Yánez Montaño (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Judith Fabiola Vásquez Saut (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas, José Alfredo Torres Buitrón (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Víctor Manuel Kidnie de la Cruz (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñónez Cornejo (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Alejandro Bahena Flores, Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).

La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados: Óscar Javier Lara Aréchiga (rúbrica), presidente; Emilio Andrés Mendoza Kaplan, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villlalva (rúbrica), José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), Silvia Isabel Monge Villalobos, Francisco Javier Orduño Valdez, Leticia Robles Colín (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Ninfa Clara Salinas Sada (rúbrica), Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), secretarios; Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat, Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Benjamín Clariond Reyes Retana (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Baltazar Martínez Montemayor, Edgardo Melhem Salinas (rúbrica), Ramón Merino Loo (rúbrica), Manuel Guillermo Márquez Lizalde (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell, Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), Rolando Zubia Rivera (rúbrica).»



LAICIDAD DEL ESTADO

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo relativo al respeto de la laicidad del Estado por las asociaciones religiosas que redunde en la observancia de los derechos humanos de gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación fue turnada, para estudio, análisis y dictamen, proposición con punto de acuerdo relativo al respeto del principio de la laicidad del Estado mexicano por parte de las asociaciones religiosas.

Esta  Comisión de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea dictamen basándose en los siguientes

Antecedentes

I.Con fecha ocho de diciembre de dos mil nueve, los diputados Balfre Vargas Cortez y Enoé Margarita Uranga Muñoz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Jaime Arturo Vázquez Aguilar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; y Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultad que les confiere el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentaron a consideración de esta Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita la Secretaría de Gobernación que demande de las iglesias y asociaciones religiosas el cumplimiento estricto del principio de laicidad que rige al Estado mexicano.

II. En la misma fecha, ocho de diciembre de dos mil nueve, la proposición con punto de acuerdo mencionada fue turnada por disposición de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a la Comisión de Gobernación para estudio y dictamen.

III.Con fecha veintiocho de abril de dos mil diez, se presentó al pleno de la Comisión de Gobernación el proyecto de dictamen correspondiente, siendo aprobado.

Contenido de la proposición

La diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz refiere la importancia en el debate legislativo del fortalecimiento del estado laico como tema primordial para la democracia mexicana. La proponente, ante declaraciones del clero católico contra personas homosexuales, afirma que “quienes creemos en que los seres humanos tienen derecho a la felicidad, quienes sabemos que el mejor valor de la sociedad está en su diversidad, quienes entendemos que la democracia es diálogo entre distintos, donde no tiene cabida la imposición absurda de ‘verdades únicas e incuestionables’, somos innumerables quienes estamos comprometidos en esta idea de país, sin importar cual sea nuestra preferencia sexual”.

En este sentido, y en defensa del estado laico, la proponente argumenta que los “derechos sexuales son parte de los derechos humanos, los cuales tienen la característica de ser universales, inalienables, imprescriptibles, interdependientes, inviolables e intransferibles, de manera que su ataque repercute en los demás aspectos de la vida de las personas, a quienes les toca determinar libremente su preferencia sin ser molestados en su privacidad, siempre y cuando no afecte los derechos de terceros”.

Por las declaraciones del clero católico, la proponente considera necesaria la intervención de la Secretaría de Gobernación para mantener las relaciones con las distintas asociaciones religiosas dentro del marco del respeto a los derechos humanos, por lo que la dependencia debe hacer un apercibimiento o aplicar las sanciones correspondientes “ante estas intromisiones en los asuntos internos del país por parte de  los representantes del Estado Vaticano, que constituyen una flagrante violación a nuestra Constitución política y un desafío al Estado laico”.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la propuesta, los integrantes de la Comisión de Gobernación de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados exponemos las siguientes

Consideraciones

1. El artículo 130, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece uno de los principios fundamentales que rige las relaciones del Estado con las iglesias: la separación de los negocios civiles y eclesiásticos, considerando, además, la sujeción de las agrupaciones religiosas a las leyes de la república:

Artículo 130. El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley.

2.La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, publicada el 15 de julio de 1992 en el Diario Oficial de la Federación, consagra a laicidad del Estado mexicano, debiendo ejercer su autoridad sólo en lo relativo a la observancia de las leyes, como queda establecido en su artículo 3o:

Artículo 3o. El Estado mexicano es laico. El mismo ejercerá su autoridad sobre toda manifestación religiosa, individual o colectiva, sólo en lo relativo a la observancia de las leyes, conservación del orden y la moral públicos y la tutela de derechos de terceros. El Estado no podrá establecer ningún tipo de preferencia o privilegio en favor de religión alguna. Tampoco a favor o en contra de ninguna iglesia ni agrupación religiosa.

3. El principio de laicidad define al Estado como neutral o no confesional en materia religiosa, es decir, no concurre con las opciones religiosas de los ciudadanos mediante la adopción religiosa oficial. Cuando se encuentra garantizada la libertad religiosa en una sociedad, el Estado laico se muestra respetuoso, pero no indiferente del fenómeno religioso y de la separación real y efectiva entre el Estado y las iglesias, pudiendo existir relaciones de cooperación. En ese sentido, la legislación se orienta hacia la superación del Estado confesional.

4. El artículo 130, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala la facultad conferida al Congreso de la Unión para legislar en materia de culto público, iglesias y asociaciones religiosas; por otro lado, es competencia del Ejecutivo, a través de la Secretaría de Gobernación, la aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, de acuerdo a lo establecido en su artículo 25:

Artículo 25.Corresponde al Poder Ejecutivo federal por conducto de la Secretaría de Gobernación la aplicación de esta ley. Las autoridades estatales y municipales, así como las del Distrito Federal, serán auxiliares de la federación en los términos previstos en este ordenamiento.

Las autoridades federales, estatales y municipales no intervendrán en los asuntos internos de las asociaciones religiosas.

...

5. La Secretaría de Gobernación, a través de la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos tiene la competencia para aplicar lo relativo a la legislación en materia de asociaciones religiosas, como señala el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público:

Artículo 3o. La aplicación del presente reglamento corresponde a la secretaría, por conducto de la subsecretaría y de la dirección general. Las atribuciones encomendadas a la dirección general las aplicará sin perjuicio de que éstas puedan ser ejercidas directamente por la subsecretaría.

Son autoridades auxiliares de la federación en la aplicación de la ley y el presente reglamento, las de los gobiernos de los estados y los municipios, así como las del Distrito Federal.

La secretaría podrá dictar los criterios y disposiciones de carácter administrativo que sean necesarios para la correcta aplicación e interpretación del presente reglamento, con arreglo al ámbito de su competencia y en observancia de las disposiciones jurídicas en la materia.

6. En las relaciones con las asociaciones religiosas, las autoridades observarán el principio de separación del Estado y las iglesias, la laicidad y la igualdad ante la ley. Las autoridades federales, estatales y municipales, en el ámbito de su competencia, realizarán los actos necesarios para garantizar a cualquier persona el libre ejercicio de los derechos y libertades en materia religiosa, propiciando la coexistencia pacífica entre los individuos, entre individuos y grupos de las distintas religiones y credos con presencia en el país, especialmente el fomento del diálogo y la convivencia interreligiosa, según señala el artículo 32 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

7. En la actualidad, las iglesias han tenido un papel activo de opinión en los diversos temas nacionales y, en este sentido, las discusiones y debates se seguirán dando, ya que existen temas pendientes en las agendas de los órganos públicos que interesan a las asociaciones religiosas, como es la promoción de iniciativas que pretenden una reforma a los preceptos constitucionales y legales sobre la laicidad del Estado mexicano y relaciones del Estado con las iglesias.

8. Esta comisión considera importante seguir fortaleciendo el principio del Estado laico y el de separación del Estado y las iglesias, por lo que la autoridad competente debe ser garante del cumplimiento de las disposiciones constitucionales establecidas en los artículos 24 y 130, además de proveer en la esfera administrativa la exacta observancia y aplicación de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento por lo que, en aras de la democracia, debe promoverse la idea de diálogo y tolerancia siendo viable el exhorto para que la Secretaría de Gobernación realice los actos necesarios que garanticen el respeto del Estado laico que redunde en el respeto a los derechos humanos.

9. Por otro lado, si bien el Congreso de la Unión tiene la facultad constitucional de legislar en materia de culto público y de iglesias y agrupaciones religiosas, según el artículo130, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es necesario precisar que sólo compete al Ejecutivo realizar las procedimientos previstos en la Ley de Asociaciones Religiosas y su Reglamento cuando la actividad de las asociaciones religiosas vulnere el orden legal vigente.

10. De acuerdo con el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, son infracciones a dicho ordenamiento por parte de los sujetos a la que misma se refiere:

Artículo 29.Constituyen infracciones a la presente ley por parte de los sujetos que ésta se refiere:

I.Asociarse con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política algunos;

II.Agraviar a los símbolos patrios o de cualquier modo inducir a su rechazo;

III.Adquirir, poseer o administrar las asociaciones religiosas, por sí o por interpósita persona,  bienes y derechos que no sean, exclusivamente, los indispensables para su objeto, así como concesiones de la naturaleza que fuesen;

IV.Promover la realización de conductas contrarias a la salud o integridad física de los individuos;

V.Ejercer violencia física o presión moral, mediante agresiones o amenazas, para el logro o realización de sus objetivos;

VI.Ostentarse  como  asociación  religiosa  cuando se carezca del registro constitutivo otorgado por la Secretaría de Gobernación;

VII.Destinar  los bienes que las asociaciones adquieran por cualquier título a un fin distinto del previsto en la declaratoria de procedencia correspondiente;

VIII.Desviar de tal manera los fines de las asociaciones que éstas pierdan o menoscaben gravemente su naturaleza religiosa;

IX.Convertir un acto religioso en reunión de carácter político;

X.Oponerse a las leyes del país o a sus instituciones en reuniones públicas;

XI.Realizar actos o permitir aquellos que atenten contra la integridad, salvaguarda y preservación  de los bienes que componen el patrimonio cultural del país, y que están en uso de las iglesias, agrupaciones o asociaciones religiosas, así como omitir las acciones que sean necesarias para lograr que dichos bienes sean preservados en su integridad y valor; y

XII.Las demás que se establecen en la presente ley y otros ordenamientos aplicables.

11. De esta forma, y de acuerdo con las infracciones específicas que la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala, una vez que se haya demostrado que existe responsabilidad de la asociación religiosa, sólo la autoridad competente, en este caso la Secretaría de Gobernación, procederá a la sanción, la cual puede ir desde el apercibimiento hasta la cancelación del registro, de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la falta o infracción, la posible alteración de la tranquilidad social y el orden público, la situación económica y grado de instrucción del infractor y la reincidencia, si la hubiere, de acuerdo a lo previsto en el artículos 31 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

12. Esta comisión, de acuerdo a lo expuesto, estima que la legislación en la materia es clara en cuanto al procedimiento cuando las asociaciones religiosas hayan incurrido en infracciones a la ley; en este sentido, de haber una posible violación a la legislación en la materia, deberán realizarse los procedimientos establecidos expresamente que permitan garantizar la equidad y certeza jurídica, por lo que no se considera viable el exhorto para que la Secretaría de Gobernación aplique las sanciones contenidas en la ley en la materia contra los “representantes del Estado Vaticano” y considerar “como parte de la sanción una disculpa pública...” en favor de las personas integrantes de grupos minoritarios.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Gobernación someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Gobernación a realizar los actos necesarios que le son competentes, a través de la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos, para garantizar el principio de laicidad del Estado que redunde en el respeto de los derechos humanos de los integrantes de las personas gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a veintiocho de abril de dos mil diez.

La Comisión de Gobernación, diputados: Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Ilich Lozano Herrera (rúbrica), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Gastón Luken Garza (rúbrica), Francisco Ramos Montaño, Gregorio Hurtado Leija, Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Raúl Domínguez Rex (rúbrica), secretarios; Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Sami David David, Nancy González Ulloa (rúbrica), Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Vidal Llerenas Morales, Humberto Lepe Lepe (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía (rúbrica), José Ricardo López Pescador (rúbrica), Andrés Massieu Fernández (rúbrica), Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, Nazario Norberto Sánchez (rúbrica), Beatriz Paredes Rangel, César Augusto Santiago Ramírez, Arturo Zamora Jiménez.»



INDUSTRIA DEL CALZADO

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a excluir la industria del calzado de la negociación de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura fue turnada para estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a excluir la industria del calzado de la negociación de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil, presentada por la diputada Norma Sánchez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 22 de abril de 2010 ante el pleno de la Cámara de Diputados. Lo anterior, con fundamento en los artículos 58 a 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la proposición de punto de acuerdo descrita, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2010, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la proposición de punto de acuerdo que presentó la diputada Norma Sánchez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. La legisladora expone en resumen lo siguiente:

En el contexto de la globalización de nuestros días, la competitividad surge como un instrumento de suma importancia para lograr el crecimiento y el desarrollo económico. En este sentido, la competitividad de cada país se basa en buena medida en las relaciones y capacidades de los sectores económicos y sociales.

El desarrollo de la competitividad nacional es de suma importancia para mejorar las condiciones de vida de la población. En ese contexto, debemos reconocer que nuestro país ha perdido varias posiciones en los índices de competitividad a escala internacional.

De acuerdo con el índice de competitividad global del Foro Económico Mundial, México ocupa el lugar 60 y sólo ocupa posiciones competitivas en los rubros de estabilidad macroeconómica, en el lugar 48, en educación superior y capacitación, en el lugar 24, y en tamaño de mercado, en el lugar 11.

Analistas internacionales han establecido una relación directamente proporcional entre la calidad del marco regulatorio y el crecimiento económico, por lo que se estima que un incremento de 10 por ciento en la calidad del marco regulatorio, asumiendo que otros factores no cambien, puede tener un efecto positivo de 0.5 por ciento en el crecimiento del producto interno bruto.

El gobierno federal ha realizado esfuerzos importantes para incrementar la competitividad del país. No obstante, es necesario profundizar en dichas políticas para colocar nuestras empresas en posición de competir con éxito en el mercado internacional, sobre todo en sectores vulnerables a la competencia.

Nuestro país ha firmado acuerdos comerciales con 50 países; y está en proceso de negociación un tratado de libre comercio con Brasil, de acuerdo con el memorando de entendimiento firmado por los presidentes de México y de Brasil, en su reciente encuentro en Cancún, con motivo de la reunión de presidentes de América Latina y el Caribe.

Por otro lado, la fracción VI del artículo 4o. de la Ley sobre Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica considera que en el procedimiento de aprobación de un tratado se tendrá que prever que las normas de éstos consideren las asimetrías, las diferencias y los desequilibrios, así como las medidas correspondientes para compensarlas.

En este momento, la Secretaría de Economía consulta a diversos sectores industriales del país para iniciar negociaciones de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil, por lo que se deben analizar los beneficios y las ventajas que se esperan, en especial en la industria del calzado.

En el caso particular de la industria del calzado, hay fuertes asimetrías entre la industria brasileña y la mexicana, entre las que podemos destacar las siguientes:

• El tamaño de cada industria;

• La importancia de las exportaciones;

• La diversidad de mercados;

• La diversificación de mercancías exportadas;

• La penetración en los mercados internacionales;

• El grado de penetración de las importaciones en el mercado doméstico;

• La existencia de incentivos; y

• Las subvenciones para la exportación.

La industria del calzado en Brasil es al menos 4 veces mayor que la mexicana, donde se producen 808 millones de pares, cuando en México se producen 244 millones anualmente. Por otro lado, Brasil importa sólo 28 millones de pares, mientras que México importa 54 millones. Asimismo, en Brasil existen incentivos y subvenciones para la exportación por parte gobierno, acciones que no ocurren en nuestro país con la misma intensidad.

La industria del calzado de Brasil tiene vocación para las exportaciones, y el mercado mexicano se presenta ávido de importaciones; por tanto, una negociación comercial con ese país ofrecería una ventaja a Brasil en la medida en que es una industria más grande, centrada en la exportación, con mayor diversificación de mercancías y con canales de exportación a México ya establecidos.

Aunque las condiciones económicas entre México y Brasil son similares, ya que ambos forman parte de las principales economías emergentes del mundo y son las dos más grandes de América Latina, a diferencia de México, Brasil mantiene cerrada su economía con programas de protección a su industria.

Asimismo, Brasil ha suscrito pocos acuerdos de apertura comercial, lo que también nos habla de una economía cerrada y proteccionista, mientras que México ha venido sosteniendo desde hace años una política de apertura casi total con muchos países, lo que ha venido eliminando los aranceles de importación a muchísimos productos.

Por otro lado, es importante comentar que entre las asimetrías con el mercado brasileño, de acuerdo con el estudio del Banco Mundial Doing business (en el cual se analizaron 183 economías), Brasil está catalogado en el lugar 126 en facilidad para abrir un negocio y en el lugar 113 para obtener un permiso o licencia de construcción, con lo cual se evidencia la dificultad regulatoria que implicará abrir y operar un negocio por parte de mexicanos en Brasil, cuya tramitología es más complicada que la que tenemos en México, toda vez que nuestro país está mejor posicionado en estos indicadores: en los lugares 90 y 37, respectivamente.

En el tema de comercio transfronterizo, de acuerdo con el mismo estudio, Doing business, Brasil es más complicado para realizar este tipo de actos de comercio, pues se sitúa en el lugar 100, mientras que México se encuentra en el lugar 74. Este indicador revela que nuestros empresarios encontrarán más trabas regulatorias en Brasil.

En términos generales, México se encuentra mejor posicionado en el estudio Doing business, en el lugar 51, mientras que Brasil se encuentra en el 129. Esto, lejos de ser una ventaja para empresarios mexicanos, revela que el ambiente de negocios en Brasil es más regulado que el mexicano; de ahí la importancia de evaluar cuidadosamente las asimetrías y analizar si la apertura comercial beneficia la economía nacional.

Con base en un ejercicio comparativo ordenado por los industriales del calzado con cifras de la Secretaría de Economía, un tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil daría con relación a la industria del calzado resultados como los siguientes:

1. Brasil incrementaría sus exportaciones a México debido a una mejora competitiva de sus precios con relación a los de los otros exportadores, dándose desviaciones en los flujos de comercio. Esto favorecería a los industriales brasileños respecto a los demás exportadores y a los fabricantes mexicanos.

2. México no incrementaría sus exportaciones a Brasil como resultado de una baja arancelaria. Por el contrario, agravaría la tendencia actual, en la que México disminuye sus exportaciones, aumenta las importaciones y disminuye la producción nacional.

3. La industria del calzado no mejorará sus condiciones con este tratado, pero sí podrá agravarlas, dadas las condiciones económicas del país, pudiendo generar un incremento del desempleo en este sector de la industria nacional, que genera empleo a un número considerable de mexicanos.

Una política de apertura comercial indiscriminada, multilateral o bilateral, que no se acompaña de una política industrial sectorial ocasiona efectos negativos para la industria, y puede poner en riesgo 99 mil empleos directos que genera la cadena cuero-calzado en México.

Por ello, antes de realizarla, se debe acordar, definir y aplicar una política de desarrollo industrial que enfrente y aproveche dicha apertura, y que eleve la competitividad del país y de este sector en particular. Asimismo, tienen que realizarse negociaciones sectorizadas que reconozcan las características particulares de cada industria y no una negociación general.

Además, los productores de México trabajan en otra tarea, pues en diciembre de 2011 se abrirá el mercado al calzado chino, por lo que el tiempo que queda se destinará a elevar la competitividad de las empresas.

Estaremos impulsando todas las acciones legislativas para elevar la competitividad del país con la finalidad hacer más sencillo a los empresarios y ciudadanos mexicanos hacer negocios y cumplir sus obligaciones. Ésta es la tarea prioritaria que debemos asumir y que asumo durante mi gestión en la Cámara de Diputados para elevar los niveles de competitividad que permitan y faciliten a los mexicanos afrontar con éxito los retos que les plantean los tiempos presentes.

De ahí que me sume a la tesis de que es necesario reflexionar y analizar cuidadosamente cada nuevo tratado de libre comercio que se pretenda suscribir evaluando las asimetrías competitivas de nuestro país.

En virtud de lo anterior, propongo que esta Cámara exhorte respetuosamente a la Secretaría de Economía de la administración pública federal a efecto de que la industria del calzado quede fuera de las negociaciones del tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil.

Por lo expuesto, me permito someter a consideración desde esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía de la administración pública federal a excluir la industria del calzado de la negociación de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil, por las fuertes asimetrías que hay entre ambas industrias y entre la calidad regulatoria, que causarían un impacto negativo en la industria del calzado nacional.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con relación con al 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por la diputada Norma Sánchez Romero.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por la diputada Norma Sánchez Romero, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. El artículo 89 constitucional enuncia en la fracción X la facultad y obligación del titular del Ejecutivo federal de dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, observando los principios normativos de la conducción de esta política, la cooperación internacional para el desarrollo y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.

Cuarta. Que las fracciones I y II del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señalan que corresponde a la Secretaría de Economía

“... I. Formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país; con excepción de los precios de bienes y servicios de la administración pública federal...;

... II. Regular, promover y vigilar la comercialización, distribución y consumo de los bienes y servicios...

Quinta. Que el artículo 4 de la Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica establece que para la aprobación de un tratado se observará congruencia con diversos objetivos particulares según proceda, de los que resultan relevantes, entre otros

I. En materia de prácticas desleales de comercio exterior, fomentar la libre concurrencia y buscar las sanas prácticas de competencia y prever y promover mecanismos para contrarrestar los efectos de las prácticas desleales de comercio de los países con que se contrate.

II. Impulsar la eliminación o reducción de obstáculos innecesarios al comercio que sea incompatibles con la ley y con los compromisos internacionales.

III. Prever que las normas de los tratados consideren las asimetrías, las diferencias y los desequilibrios, así como las medidas correspondientes para compensarlos.

Sexta. Que como es de dominio público, la Secretaría de Economía se encuentra deliberando con diversos sectores industriales para iniciar negociaciones de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil en diferentes áreas económicas, entre las que se incluye la industria del calzado.

Séptima. Que tal y como asienta la diputada Norma Sánchez Romero en la exposición de motivos del punto de acuerdo que nos ocupa, antes de proceder a la suscripción de un acuerdo internacional comercial, de conformidad con el artículo 4 de la Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica, se deben tomar en cuenta los objetivos particulares que se apuntaron líneas arriba, haciendo un ejercicio de comparación respecto a los siguientes rubros:

• El tamaño de cada industria;

• La importancia de las exportaciones;

• La diversidad de mercados;

• La diversificación de mercancías exportadas;

• La penetración en los mercados internacionales;

• El grado de penetración de las importaciones en el mercado doméstico;

• La existencia de incentivos; y

• Las subvenciones para la exportación.

Ahora bien, si tomamos en cuenta que la industria del calzado en Brasil es al menos cuatro veces mayor que la mexicana, que las importaciones de Brasil en este rubro son por 28 millones de pares, mientras que México importa 54 millones, que en Brasil existen incentivos y subvenciones para la exportación por parte del gobierno, lo que no sucede con la misma frecuencia en México, y que Brasil mantiene cerrada su economía con programas de protección a su industria, en tanto México sostiene una amplia política de apertura comercial y desregulación arancelaria, podemos fácilmente concluir que hay fuertes asimetrías entre la industria brasileña y la mexicana.

Octava. De acuerdo con el estudio del Banco Mundial Doing business, México está posicionado en el lugar 90 en cuanto a facilidad para abrir un negocio y en el 37 respecto a la obtención de un permiso o una licencia de construcción, mientras que Brasil se encuentra en los lugares 126 y 113, respectivamente. Ello evidencia que el marco regulatorio para abrir y operar un negocio en Brasil es más complicado que en México, lo que expresa una asimetría toral entre ambas economías. Cabe destacar que el estudio ofrece una medición cuantitativa cuyos indicadores se basan en la valoración de las regulaciones sobre apertura de una empresa, manejo de permisos de construcción, empleo de trabajadores, registro de propiedades, obtención de crédito, protección de inversores, pago de impuestos, comercio transfronterizo, cumplimiento de contratos y cierre de una empresa. Ello, con la premisa fundamental de que la actividad económica requiere buenas normas, como las que establecen y esclarecen derechos de propiedad, las que reducen los costos de resolución de disputas, las que tornan más predecibles las interacciones económicas y las que proporcionan a las partes contratantes importantes medidas de protección contra los abusos. El estudio otorga mejores clasificaciones a los países que con regulaciones rigurosas; por ejemplo, al considerar requisitos estrictos de divulgación de información para velar por la transparencia de operación; o premia con mejores puestos a los países con procedimientos simplificados para aplicar la regulación existente, como oficinas de ventanilla única para dar cumplimiento a las formalidades de apertura de empresas.

Novena. Por lo anterior, los integrantes de la Comisión de Economía comparten la preocupación de la diputada proponente y coinciden en exhortar respetuosamente a la Secretaría de Economía a excluir la industria del calzado de las negociaciones de un tratado de libre comercio con el Brasil, pues hay asimetrías que ponen en riesgo la industria nacional.

Décima. En virtud de lo expuesto, la Comisión de Economía

Acuerda

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía de la administración pública federal a excluir la industria del calzado de la negociación de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil, por las fuertes asimetrías existentes entre las respectivas industrias y entre la calidad regulatoria, pues se causaría un efecto negativo a la industria del calzado nacional.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2010.

La Comisión de Economía, diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub (rúbrica), Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Ramón Merino Loo (rúbrica), Martín Rico Jiménez (rúbrica), Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»



SECRETARIA DE ECONOMIA

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a realizar actividades tendentes a enlazar a los proveedores nacionales de insumos y servicios con los productores de bienes y servicios finales, como vía generadora de empleo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura fue turnada para estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a realizar actividades tendentes a enlazar a los proveedores nacionales de insumos y servicios con los productores de bienes y servicios finales, como vía generadora de empleo, presentada por el diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en nombre propio y de integrantes de varios grupos parlamentarios, el 20 de abril de 2010 ante el pleno de la Cámara de Diputados. Lo anterior, con fundamento en los artículos 58 a 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la proposición con punto de acuerdo descrita, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados el 20 de abril de 2010, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la proposición de punto de acuerdo que presentó el diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en nombre propio y de integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, y de la Revolución Democrática.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la comisión de Economía”.

Tercero. El legislador expone en resumen lo siguiente:

El desempleo es un problema fundamental para la sociedad mexicana. Iniciar acciones para su solución es una obligación de los tres órdenes de gobierno y los Poderes de la Unión. Desde el Legislativo asumimos un compromiso claro con nuestros representados para promover desde esta alta tribuna propuestas tendentes a generar soluciones viables a este complejo problema social.

Sabemos que los empleos se generan fundamentalmente a partir de inversiones productivas del sector privado, pero también a partir de los diferentes renglones de la inversión y el gasto público; sobre todo, son el resultado de las políticas públicas desplegadas. Sin embargo, los recursos presupuestales son escasos, por lo que su aplicación debe orientarse a las áreas prioritarias que sirvan como catalizadores del desarrollo local, regional y nacional. Los gobiernos federal, estatales y municipales tienen la obligación de proveer a los actores productivos de un marco institucional que dé certidumbre y genere confianza entre quienes pueden invertir en empresas competitivas que, creciendo, hagan posible el desarrollo nacional.

El desarrollo económico requiere una nueva dinámica política que sea capaz de mejorar los negocios del país en el corto, mediano y largo plazos, a partir del establecimiento de objetivos convergentes, capaces de generar sinergias que permitan la integración de cadenas de proveedores nacionales a las empresas que desde sectores estratégicos producen bienes y servicios finales.

La Secretaría de Economía está para “promover e instaurar políticas públicas y programas orientados a crear más y mejores empleos, más y mejores empresas y más y mejores emprendedores” (http://www.economia. gob.mx/). Por ello tiene la misión de promover la generación de empleos de calidad y el crecimiento económico del país, mediante el impulso y la implantación de políticas públicas que posibiliten la competitividad y las inversiones productivas. Pero esa competitividad no se podrá lograr si, como condición indispensable, no se establecen canales institucionales que permitan al sector público integrar esfuerzos y presupuestos en el apoyo de los productores nacionales para establecer cadenas de abasto que tengan la virtud de detonar el desarrollo de las economías regionales, a partir de diversas actividades estratégicas. Por ello, otra de sus responsabilidades es generar un ambiente adecuado para que los empresarios que desarrollan su actividad en los sectores estratégicos de la economía tengan a su disposición un conjunto de servicios que generen productos de alto valor agregado.

Así, mediante los esfuerzos de la Secretaría de Economía, el Poder Legislativo y los actores productivos, empresarios y sindicatos, se tienen que realizar los esfuerzos institucionales para multiplicar el empleo, identificando los eslabones productivos de cada cadena estratégica y realizando las acciones pertinentes que permitan la incorporación de nuevos inversionistas nacionales.

En la actualidad, las cadenas productivas de la industria y los servicios están configuradas con empresas extranjeras que producen bienes y servicios en sus países y, vía exportaciones, abastecen a las empresas que, operando en territorio nacional, los comercializan. Por ello, del ingreso obtenido por la venta de bienes y servicios de México al exterior, una buena proporción sale por concepto de pago a las empresas extranjeras que abastecen a las empresas de los sectores de la economía.

Para generar empleos decentes en México necesitamos aprovechar el inmenso potencial productivo del país, constituido por la situación geográfica, el posicionamiento comercial y la infraestructura existente, además de la experiencia y el conocimiento acumulados por empresarios y trabajadores en largos años de actividad para avanzar en el terreno de la sustitución de importaciones en las cadenas de abasto de los sectores estratégicos de la economía, como pueden ser las industrias automotriz, de la construcción o el sector productor de servicios turísticos, para reconfigurar las cadenas de abasto de la industria, incorporando paulatinamente a los productores nacionales de bienes y servicios.

Adicionalmente, debemos avanzar en la sustitución de exportaciones de los bienes industriales y los servicios, incorporando más valor agregado a cada producto y servicio final, integrando una oferta amplia y diversa de alta calidad a precios competitivos, a partir de impulsar la capacitación de los trabajadores, los empresarios y sus representantes, así como su certificación en competencias y la integración de innovaciones derivadas de la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías en la formación de nuevos productos y servicios de las cadenas productivas estratégicas.

Para que lo anterior sea posible, resulta necesario que reconstruyamos estas cadenas productivas de los sectores estratégicos de la economía, y las transformemos en cadenas de valor; de modo tal, que las actividades estratégicas se conviertan en el centro de un conjunto muy amplio de actividades económicas que generen inversiones y empleos formales en todas las ramas de la economía nacional, que de una u otra manera abastecen a las industrias estratégicas nacionales.

Consideramos fundamental que la Secretaría de Economía participe activamente en este objetivo concreto.

Considerando lo anterior, proponemos el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Economía a organizar a partir del 1 de mayo de 2010 los actos necesarios, como foros, encuentros, ferias o conferencias, para enlazar a los proveedores nacionales de los grupos empresariales pertenecientes a la distintas ramas industriales y de servicios con los emprendedores y grupos empresariales de las actividades estratégicas, con el objetivo de reactivar la economía interna del país a partir del desarrollo de cadenas productivas capaces de generar empleos decentes, en cantidad suficiente, impulsando el desarrollo local y regional de México.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo que presentó el diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en nombre propio y de integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, y de la Revolución Democrática.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por el diputado Isaías González Cuevas, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hace referencia en el artículo 25 a la participación del Estado en el fomento del crecimiento económico y el empleo para garantizar la integridad y sustentabilidad del Estado mexicano.

Asimismo, establece que el sector público podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las aéreas prioritarias del desarrollo.

De ese modo, actuando con criterios de equidad social y productividad se apoyarán e impulsarán las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolas a las modalidades que dicte el interés público y al uso en beneficio general de los recursos productivos, cuidando su conservación y el ambiente.

Cuarta. Que conforme a las fracciones X Bis, XVII, XX y XIV del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Secretaría de Economía corresponde

... Coordinar y ejecutar la política nacional para crear y apoyar empresas que asocien a grupos de escasos recursos en áreas urbanas a través de las acciones de planeación, programación, concertación, coordinación, evaluación; de aplicación, recuperación y revolvencia de recursos para ser destinados a los mismos fines, así como de asistencia técnica y de otros medios que se requieran para ese propósito, previa calificación, con la intervención de las dependencias y de las entidades de la administración pública federal correspondientes y de los gobiernos estatales y de los municipales, y con la participación de los sectores social y privado...

... Organizar y patrocinar exposiciones, ferias y congresos de carácter industrial y comercial...;

... Asesorar a la iniciativa privada en el establecimiento de nuevas industrias en el de las empresas que se dediquen a la exportación de manufacturas nacionales;

Promover, orientar, fomentar y estimular el desarrollo de la industria pequeña y mediana y regular la organización de productores industriales...

Quinta. Que, como establece el Plan Nacional de Desarrollo en el apartado de economía competitiva y generadora de empleos, la creación de empleos favorece la estabilidad, la seguridad pública y la interacción social respetuosa de los derechos de los demás; y para crear tales empleos, es necesario sostener el dinamismo de la inversión para asegurar los recursos suficientes y que todos los sectores de la población y de la actividad productiva cuenten con un acceso adecuado a los servicios financieros.

Sexta. Que, como menciona el proponente, el desarrollo económico requiere una política capaz de mejorar los negocios del país en el corto, mediano y largo plazos, a partir del establecimiento de objetivos convergentes que generen sinergias que permitan la integración de cadenas de proveedores nacionales a las empresas que desde sectores estratégicos producen bienes y servicios finales.

Séptima. Que para apoyar el empleo y promover la instalación y operación de centros productivos en el país, resulta conveniente crear condiciones favorables para las inversiones y apoyar el desarrollo de proyectos productivos y de empresas que permitan generar oportunidades de trabajo.

Octava. Que en virtud de lo aquí expuesto y en concordancia con los fundamentos que refiere el proponente, y toda vez que la Secretaría de Economía es la dependencia encargada de crear programas que permitan la coordinación entre todos los sectores económicos a fin de impulsar el desarrollo comercial, lo que invariablemente implica la generación de empleos formales, los integrantes de la Comisión de Economía consideran acertado exhortar a la referida secretaría a realizar con la mayor brevedad las actividades necesarias que permitan que los centros productivos nacionales de las distintas ramas económicas encuentren canales de comunicación a través de los cuales se establezcan relaciones comerciales duraderas que fomenten el intercambio de bienes y servicios, lo que invariablemente deberá propiciar la generación de los empleos que el país necesita.

Novena. En virtud de lo expuesto, la Comisión de Economía somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía de la administración pública federal a organizar los actos necesarios, como foros, encuentros, ferias, conferencia, simposios y seminarios, para enlazar a los grupos empresariales locales de las distintas ramas industriales, comerciales y de servicios con los emprendedores y grupos empresariales de todas las ramas económicas, incluidas las vinculadas con las actividades estratégicas. Ello, con el objetivo de reactivar la economía del país a partir del desarrollo de cadenas productivas capaces de generar empleos decentes, formales y adecuadamente remunerados, en cantidad suficiente, para impulsar el desarrollo local, estatal y regional de México.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2010.

La Comisión de Economía, diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub (rúbrica), Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Ramón Merino Loo (rúbrica), Martín Rico Jiménez (rúbrica), Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»



MELAZA

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Sagarpa a analizar el efecto del desabasto de melaza en la industria de alimentos balanceados para consumo pecuario

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de la honorable Cámara de Diputados, le fue turnado el pasado 24 de marzo del año en curso, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que investigue el desabasto de melaza para la industria de productos balanceados para uso pecuario, presentada por el diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a la Comisión de Agricultura y Ganadería le corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo a partir de los siguientes

Antecedentes

El pasado 24 de marzo del año en curso, fue turnada para su estudio y dictamen a la comisión, la proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que investigue el desabasto de melaza para la industria de productos balanceados para uso pecuario, presentada por el diputado Guadalupe Eduardo Robles  Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con base al antecedente descrito y después de hacer un exhaustivo análisis de la propuesta comisión formula las siguientes

Consideraciones

La actividad pecuaria en nuestro país ha pasado por diversos problemas en los últimos 20 años, desde impactos ambientales que en los años 90 afectaron la actividad, con la reducción del hato ganadero por falta de agua para el consumo de los animales y los efectos que han provocado en la ganadería las enfermedades que se han hecho presentes en nuestro país como es el caso de tuberculosis bovina, brucelosis de los animales, rabia paralítica bovina, garrapata Boophilus spp, fiebre porcina clásica, enfermedad de aujeszky, salmonelosis aviar y enfermedad de newcastle, hasta por el efecto de las vacas locas que han restringido el acceso a los mercado externos, provocando serias crisis en la actividad.

A pesar de todo, nuestro país tiene un desarrollo favorable para los criadores y ganaderos de la actividad, sin embargo el impacto que se provoca por la falta de alimento para el ganado continúa provocando crisis mayores al sector.

La melaza es un ingrediente importante en la dieta de la ganadería dado que aporta un balance energético complementario en los alimentos balanceados que se producen para este fin.

La composición porcentual de la melaza de caña de azúcar es:

Sacarosa 35 por ciento, glucosa 7 por ciento, levulosa 9 por ciento, otras sustancias reductoras 3 por ciento, otros carbohidratos 4.1 por ciento, cenizas 12 por ciento, compuestos nitrogenados 4.5 por ciento, compuestos no nitrogenados 5 por ciento, ceras, esteroides y estereofosfolípidos 0.4 por ciento y 12 por ciento de agua.

Como se afirma en la propuesta, para los engordadores de becerros que producen 2.3 millones de becerros de manera intensiva, consumen 250 mil toneladas de melaza que es utilizada para la industrialización de los productos balanceados del sector pecuario.

En estados como Sonora, Sinaloa, Chihuahua, Jalisco y Campeche, se encuentran establecidas empresas que se dedican a la elaboración de productos alimenticios balanceados destinados al ganado, utilizando básicamente granos como el maíz, harinas de soya y melaza como componentes principales; generando con esta actividad industrial una derrama fundamental de empleo y valor agregado para la agricultura nacional.

Dicha producción, a últimas fechas ha enfrentado serios problemas para la adquisición de melaza, ya que desde hace algunos años los ingenios azucareros comercializan este producto a través de intermediarios a quienes les dan preferencia en la venta de este insumo, dejando en segundo plano a los productores de alimentos balanceados.

La melaza en la producción de alimento para uso pecuario es una sustancia insustituible, primero por su precio, que por su naturaleza pareciera que no tendría otro uso mas que el pecuario y segundo por sus características ya que es una rica fuente de energía, así como el hecho de que favorece la palatabilidad del animal y le da una homogeneidad a los insumos que componen la mezcla debido a sus condiciones de adherencia que posee.

Este producto normalmente se encuentra en los ingenios azucareros y en menor proporción en las moliendas o trapiches donde se procesa la caña de azúcar. Hace algunos años este producto se consideraba como material de desecho, y no fue, sino hasta principios de los años 70 y 80 cuando se descubrió que era una excelente materia prima para elaboración de alimentos balanceados en la actividad pecuaria particularmente para el ganado bovino.

La introducción de la melaza a otro tipo de usos como es el caso de la producción de alcoholes de diferentes grados, la Producción de espumas rígidas de poliuretano de uso industrial, plastificantes, en la industria ganadera para la producción de alimento para ganado y en otras industrias como la acuacultura (cultivo de camarón), obtención de levaduras para panificación, como remediador en suelos contaminados, la cosmetología y de la construcción, ha influido en que de ser un material de desecho que en los 80 tan sólo alcanzaba un precio de 100 pesos por tonelada, en la actualidad puede cotizarse en más de 3 mil pesos; con la decisión tomada por los ingenios azucareros de sacar al mercado la melaza por medio de empresas comercializadoras que la hacen de intermediarios, ha dejado en un estado de indefensión a las empresas productoras de alimentos para ganado, a quienes hoy se les complica la adquisición de tan importante insumo.

Podemos concluir conjuntamente que el punto de acuerdo que el diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, argumenta en sus consideraciones la importancia que tiene la melaza como unos de los componentes de los alimentos balanceados para el ganado bovino y por otro lado señala que la falta de este insumo para la industria provocaría perdida de empleos en el sector.

Por las consideraciones de hecho y de derecho que motivaron el presente estudio, esta comisión concluye aprobar positivamente este punto de acuerdo con base en las argumentaciones y planteamientos expuestos, por lo que hemos tenido a bien someter a la consideración de esta honorable soberanía los siguientes

Acuerdos

Primero.Se hace un atento exhorto a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que lleve a cabo una investigación sobre el impacto del desabasto de melaza para la industria de productos balanceados para uso pecuario y con base en sus resultados tome las previsiones del caso.

Segundo.Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación, para que dé seguimiento al asunto e informe a esta soberanía de los resultados de su investigación y la determinación que tome al respecto en un plazo no mayor a 30 días naturales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril del 2010.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados:Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Rolando Zubía Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), José Narro Céspedes, José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Óscar García Barrón (rúbrica), Joel González Díaz, Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba, Gerardo Sánchez García (rúbrica), Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), José Luis Iñiguez Gámez, Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez, Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez (rúbrica).»



GASOLINERAS

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública, con puntos de acuerdo por los que se solicita al procurador federal del Consumidor que instruya a la Subprocuraduría de Verificación de esa dependencia para que se intensifique en todas las entidades federativas el Programa de Verificación de Combustibles que permita detectar oportunamente la venta fraudulenta de éstos

Honorable Asamblea:

Las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública, con fundamento en los dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88  y 94, del Reglamento Interior para el congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen a la proposición con punto de acuerdo en el que se solicita al procurador federal del Consumidor tenga a bien instruir a la Subprocuraduría de Verificación de la dependencia a su cargo, para que por conducto de las delegaciones estatales sean intensificados en todas las entidades federativas el programa de verificación de combustibles que permitan detectar oportunamente la venta fraudulenta de éstos en agravio de los consumidores y en consecuencia sean sancionados los responsables con todo el rigor de la ley.

Antecedentes

A las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondientes a la LXI Legislatura, les fue turnada para su estudio y dictamen, el expediente número 916, que contiene proposición con puntos de acuerdo por el que se propone que el pleno de la Cámara de Diputados solicite al procurador federal del Consumidor tenga a bien instruir a la Subprocuraduría de Verificación de la dependencia a su cargo, para que por conducto de las delegaciones estatales sean intensificados en todas las entidades federativas el programa de verificación de combustibles que permitan detectar oportunamente la venta fraudulenta de éstos en agravio de los consumidores y en consecuencia sean sancionados los responsables con todo el rigor de la ley, presentada por el diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el martes 8 de diciembre 2009, ante la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Lo anterior, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Primero.En sesión celebrada en la Cámara de Diputados el martes 8 de diciembre 2009, los secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la proposición de punto de acuerdo que presentó el diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario Partido Revolucionario Institucional.

Segundo.El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública”.

Tercero.El legislador expone en resumen lo siguiente:

1. Que el robo de gasolina en México ha venido en aumento en los últimos años y no sólo en los gaseoductos, sino en las estaciones de servicio que expenden “litros” con menos de mil mililitros o gasolina rebajada, lo que impacta de manera directa a los consumidores, sobre todo en esta época de crisis y carestía.

2. Que Pemex continúa detectando gasolineras que venden litros incompletos y gasolinas adulteradas, llegando en estos casos a apenas 850 mililitros.

3. Que de los informes de las inspecciones realizadas a las casi 8 mil 542 estaciones de servicio que hay en el país entre 2005 y agosto de 2009, por parte de los laboratorios móviles de Pemex, se reveló que al menos 126 gasolineras fueron descubiertas vendiendo producto “fuera de especificación”.

4. Que de los reportes de Pemex se destaca que en promedio 31 estaciones de servicio por año están reincidiendo en el comercio ilícito de combustibles, a pesar de los diversos candados que las autoridades administrativas y policíacas del país establecieron a partir del 2003, como controles volumétricos  y marcadores de gasolinas.

5. Que Nuevo León encabeza los estados que registran mayor reincidencia de gasolineras que venden combustibles fuera de especificación, con 37; le sigue Veracruz, con 11; después el Distrito Federal y el estado de México con 8; al igual que Tamaulipas e Hidalgo con 8 cada uno; y Guanajuato con 6.

6. Que el director de Pemex Refinación, ha reconocido que aunque actualmente se dispone de 42 laboratorios que realizan en promedio 2.5 visitas por gasolinera al año, la frecuencia de estas está por debajo de los estándares internacionales que es de 5 a 6 visitas al año.

7. Que la Profeco ha realizado recomendaciones para evitar abusos en el servicio de gasolina, tales como conocer la capacidad del tanque de gasolina del vehículo, verificar que la bomba marque ceros, exigir la nota de venta, llevar una bitácora del gasto de combustible del automotor, tratar de cargar regularmente 20 litros, entre otras; y que dicho órgano descentralizado ha ofrecido a partir del año 2005, un mecanismo para conocer el historial de verificación de las gasolineras a nivel nacional a través de la página electrónica titulada “Quién es Quién en las Gasolineras”.

Consideraciones

Primera.Que de conformidad con el numeral 3o. del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública, son competentes para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por el diputado Salvador Caro Cabrera.

Segunda.Que con base a los antecedentes indicados por el diputado Salvador Caro Cabrera, las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública, con las atribuciones señaladas, se abocaron a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referido.

Tercera.Que tal y como lo dice el diputado Caro Cabrera, el objeto de la Ley Federal de Protección al Consumidor se encuentra establecido en el segundo párrafo de su artículo 1o., y es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

Asimismo, en el mismo numeral se establecen como principios básicos en las relaciones de consumo: el acceso a los órganos administrativos con vistas a la prevención de daños patrimoniales y morales, individuales o colectivos, garantizando la protección jurídica, económica, administrativa y técnica a los consumidores; el otorgamiento de información y de facilidades a los consumidores para la defensa de sus derechos; el respeto a los derechos y obligaciones derivados de las relaciones de consumo y las medidas que garanticen su efectividad y cumplimiento; entre otros.

Cuarta.Por otra parte, los artículos 7, 13, 20 y 24 fracciones II, IV, XIV y XVII, de la referida ley de protección de los consumidores, establece que todo proveedor está obligado a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, cantidades, calidades,medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el consumidor la entrega del bien o prestación del servicio; que la Procuraduría verificará a través de visitas, requerimientos de información o documentación, monitoreos, o por cualquier otro medio el cumplimiento de esta ley, y que para los efectos de lo dispuesto en este precepto, los proveedores, sus representantes o sus empleados están obligados a permitir al personal acreditado de la Procuraduría el acceso al lugar o lugares objeto de la verificación; que la Profeco tiene funciones de autoridad administrativa y está encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores; que la Procuraduría tiene, entre otras, las siguientes atribuciones: procurar y representar los intereses de los consumidores, mediante el ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que procedan; recopilar, elaborar, procesar y divulgar información objetiva para facilitar al consumidor un mejor conocimiento de los bienes y servicios que se ofrecen en el mercado; verificar que las pesas, medidas y los instrumentos de medición que se utilicen en transacciones comerciales, industriales o de servicios sean adecuados y, en su caso, realizar el ajuste de los instrumentos de medición en términos de lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; denunciar ante el Ministerio Público los hechos que puedan ser constitutivos de delitos y que sean de su conocimiento y, ante las autoridades competentes, los actos que constituyan violaciones administrativas que afecten los intereses de los consumidores.

Quinta.Que en las consideraciones generales del programa de trabajo para el primer año de ejercicio 2009-2010, de la Comisión de Economía, se estableció como objetivo general que fomentaría el trabajo parlamentario con el fin de coadyuvar al mejoramiento del desempeño de la economía nacional y, por tanto, a la creación de las condiciones económicas y sociales que garanticen el desarrollo del país en beneficio de los mexicanos, y que para tal efecto, la comisión se planteó contribuir para que el Estado impulse la realización de una política de desarrollo regional y sectorial y cuente con un marco regulatorio que entre otras cosas, promueva el comercio justo.

Sexta.Que los diputados que integran las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública reconocen que el hecho de que algunas gasolineras vendan gasolina con litros incompletos o adulterada, es un problema que lesiona la economía de las familias mexicanas y de la sociedad en su conjunto, pues se encarece de manera injusta uno de los insumos principales para la actividad económica del país, creando inclusive distorsiones en el mercado que golpean el poder adquisitivo de los consumidores.

Asimismo, los legisladores de las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública estiman que para el Estado mexicano, la protección de los derechos del consumidor ha sido una política pública de vital importancia de tal forma que a través de los años se ha ido legislado para crear los instrumentos jurídicos necesarios que permitan al gobierno combatir el abuso, el fraude, la lesión y otras formas de obtención de utilidades ilícitas por parte de proveedores incumplidos, irresponsables o sin escrúpulos.

Por lo que estiman legítimamente válido solicitar al procurador federal del Consumidor, impulsar las políticas que la Ley Federal de Protección del Consumidor establece para defender a los consumidores y específicamente, en el caso de la venta de gasolina con litros incompletoso adulterada, se proceda realizar una vigilancia más estricta de las gasolineras y en su caso, se ejerciten todas las acciones legales que correspondan.

Séptima.Por lo que en virtud de lo expuesto, las Comisiones Unidas de Economía y de la Función Pública:

Acuerdan

Primero. Se solicita al procurador federal del Consumidor, tenga a bien instruir a la Subprocuraduría de Verificación de la dependencia a su cargo, para que en coordinación con las delegaciones estatales, sea intensificado en todas las entidades federativas el programa de verificación de combustibles que permitan detectar oportunamente la venta fraudulenta de éstos en agravio de los consumidores y en consecuencia, sean sancionados los responsables con todo el rigor de la ley.

Segundo.Se solicita al titular de la Secretaría de la Función Pública, dar seguimiento a las actividades de las delegaciones de la Profeco en las entidades federativas en relación a los expendios de gasolina y en su caso, inicie los procedimientos y aplique las sanciones correspondientes.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 30 días del mes de marzo de 2010.

La Comisión de Economía, diputados:Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez, Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Roberto Borge Angulo (rúbrica), Javier Duarte de Ochoa, Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara, Jesús Everardo Villarreal Salinas (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour, Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).

La Comisión de la Función Pública, diputados:Pablo Escudero Morales (rubrica), presidente; Patricio Chirinos del Ángel (rubrica), Josué Cirino Valdés Huezo (rúbrica), Marcos Pérez Esquer (rubrica), Juan Carlos López Fernández (rubrica), secretarios; Salvador Caro Cabrera (rúbrica), César Daniel González Madruga, Janet Graciela González Tostado (rúbrica), Agustín Guerrero Castillo, Sergio Lobato García, Kenia López Rabadán, Violeta Avilés Álvarez (rúbrica), Tereso Medina Ramírez (rúbrica), Héctor Pedroza Jiménez (rúbrica), Pedro Peralta Rivas (rúbrica), Ramón Ramírez Valtierra, Ivideliza Reyes Hernández (rúbrica), Ramiro Martínez Malco (rúbrica), José Francisco Rábago Castillo (rúbrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rubrica), María del Pilar Torre Canales, Enrique Torres Delgado (rubrica), Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Guillermo José Zavaleta Rojas, Yulenny Guylaine Cortés León, Esthela Damián Peralta, Ernesto de Lucas Hopkins (rubrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), Lizbeth García Coronado.»



DECLARACION DE AUTODETERMINACION DE MEXICO

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo a fin de incluir en el calendario oficial la fecha del 19 de julio como Día para Conmemorar la Declaración de la Autodeterminación de México, hecha por el licenciado Francisco Primo de Verdad y Ramos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación de la LXI Legislatura fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo que solicita a la Secretaría de Gobernación que incluya en el calendario oficial el 19 de julio de cada año para conmemorar la Declaración de Autodeterminación de México hecha por Francisco Primo de Verdad y Ramos, con motivo de los festejos del bicentenario de la Independencia.

Esta Comisión de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen, basándose en los siguientes

Antecedentes

1. El 26 de noviembre de 2009, el diputado José Luis Jaime Correa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Gobernación que incluya en el calendario oficial el 19 de julio como el día para conmemorar la Declaración de Autodeterminación de México hecha por Francisco Primo de Verdad y Ramos, con motivo de los festejos del bicentenario de la Independencia.

2. El 26 de noviembre de 2009, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada proposición, para estudio y dictamen, a la Comisión de Gobernación de esta Cámara de Diputados.

3. Con fecha 8 de diciembre de 2009, los integrantes de la Comisión de Gobernación aprobaron el dictamen correspondiente.

Establecidos los antecedentes, los integrantes de la Comisión de Gobernación de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados exponemos las siguientes

Consideraciones

1. Que Francisco Primo de Verdad y Ramos nació el 9 de junio de 1760 en la Hacienda de la Purísima Concepción de Ciénega de Mata, municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, según consta en su acta bautismal en el Curato de Ojuelos.

2. Que formado bajo el influjo de los ideales ilustrados, estudió leyes en el antiguo Colegio de San Ildefonso, y llegó a ser síndico en el ayuntamiento de la Ciudad de México. Con la influencia de la Ilustración  filosófica, estaba convencido que la soberanía reside esencialmente en el pueblo, principio que difundió y lo hizo ganar opositores, principalmente de los peninsulares y la Inquisición.

3. Que a mediados de 1808, llegó a la Nueva España la noticia de la abdicación de la familia real de los Borbones debido a la invasión de España por las tropas francesas de Napoleón Bonaparte. Ante estos acontecimientos, el licenciado Francisco Primo de Verdad y Ramos, síndico de la Ciudad de México, propuso, junto con el regidor Juan Francisco Azcárate, que el virrey convocara a todos los ayuntamientos a crear juntas encaminadas a formar un gobierno provisional apoyado en el pueblo.

4. Que la propuesta del abogado Primo de Verdad encontró respaldo en la población del país, que consideraba que, como cualesquier otro súbdito de la corona española, tenía derecho a establecer un gobierno provisionario en las Leyes de Partida que ejerciera la autoridad abandonada por el rey, a fin de dar paso a un proceso independiente de toda autoridad peninsular en México.

5. Que ante esta situación, Primo de Verdad propuso al virrey y a la junta jurar a Fernando VII como rey de España y de las Indias, y trató de convencerlos para que se comprometieran a no reconocer monarca alguno que no fuese de la estirpe real de los Borbones, a defender el reino de la Nueva España y no entregarlo a otra potencia ni a otra persona que no fuera de la familia real legítima.

6. Que fue así que el 15 de julio de 1808, el virrey José de Iturrigaray convocó a los notables del virreinato integrantes del real acuerdo, que era el cuerpo formado por los oidores para asesorarlo en asuntos difíciles, a constituir dicho gobierno, destacándose las figuras del licenciado Primo de Verdad, Francisco Azcárate y Melchor de Talamantes.

7. Que teniendo como proclama que “la soberanía reside esencialmente en el pueblo”, el 19 de julio Primo de Verdad y Ramos presenta al virrey la Declaración de Autodeterminación de México, en la que el ayuntamiento de la Ciudad de México, “en representación de todo el reino”, propuso los siguientes puntos:

Primero. que las renuncias de los monarcas españoles eran nulas porque fueron “arrancadas con violencia”.

Segundo. Que la nación, representada por sus corporaciones municipales, asumía la soberanía para “conservarla intacta” hasta la restitución de los reyes legítimos.

Tercero. Y que, en consecuencia, debía el virrey continuar provisionalmente en el gobierno.

8. Que de hecho y de derecho, esta declaración significaba la Independencia de la Nueva España, acto que los peninsulares vieron con temor y se rehusaron a admitir la declaratoria de Primo de Verdad y Ramos. De inmediato, los oidores objetaron el documento y el 9 de agosto se reunieron en una junta, las principales autoridades de la ciudad para examinar el asunto.

9. Que como parte de la celebración del bicentenario del inicio del movimiento de Independencia y el centenario del inicio de la Revolución Mexicana, a partir de 2007 el Banco de México puso en circulación monedas conmemorativas de cinco pesos con personajes representativos de esos movimientos históricos. Una de ellas corresponde a Primo de Verdad y Ramos, como un justo reconocimiento como precursor de la gesta independentista.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Gobernación someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el siguiente

Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita al titular del Poder Ejecutivo federal que instruya a la Secretaría de Gobernación, en el ámbito de sus atribuciones y con motivo de los festejos del bicentenario de la Independencia nacional, y con fundamento en la fracción XXVI del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a incorporar en el calendario oficial el 19 de julio como día de Proclamación de la Autodeterminación de México hecha por el licenciado Francisco Primo de Verdad y Ramos, por ser fecha histórica para el pueblo mexicano y la declare como fiesta nacional.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a 8 de diciembre de 2009.

La Comisión de Gobernación, diputados: Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Ilich Lozano Herrera (rúbrica), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Gastón Luken Garza, Francisco Ramos Montaño (rúbrica), Gregorio Hurtado Leija (rúbrica), Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Raúl Domínguez Rex (rúbrica), secretarios; Guadalupe Acosta Naranjo (rúbrica), Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Gabriela Cuevas Barron, Sami David David (rúbrica), Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica), Nancy González Ulloa (rúbrica), Marcela Guerra Castillo, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Humberto Lepe Lepe, Miguel Ángel Luna Munguía, José Ricardo López Pescador, Andrés Massieu Fernández, Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Nazario Norberto Sánchez, Beatriz Paredes Rangel, Julio Saldaña Morán, César Augusto Santiago Ramírez, Arturo Zamora Jiménez.»



PRODUCCION PORCICOLA

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar medidas para salvaguardar la producción porcícola nacional, evitando las políticas de dumping que han incrementado la importación de derivados de cerdo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58 a 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnado para estudio y dictamen el punto de acuerdo en el que se propone que se exhorte al Ejecutivo federal a implantar medidas para salvaguardar la producción porcícola nacional, evitando las políticas de dumping que han incrementado la importación de derivados del cerdo, presentada por el diputado Rogelio Díaz Brown Ramsburgh, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en fecha 15 de diciembre de 2009.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis del punto de acuerdo mencionado, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados en fecha 15 de diciembre de 2009, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía del punto de acuerdo que se mencionó en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

... El sector porcícola mexicano se encuentra en un periodo de crisis preocupante, si bien es cierto que esta situación no es nueva, no se puede negar que a partir de la aparición de la influenza A(H1N1), la cual fue identificada en una cepa que portaban los cerdos, la producción porcícola presentó una disminución considerable.

Las afectaciones han incidido en millones de productores, tanto sociales como a gran escala, ya que el nivel de importación de carne de cerdo se ha incrementado, pasando de las 30 mil toneladas en 1995 a 386 mil en 2008. A la fecha, las importaciones se hallan 30 por ciento por encima del nivel del año anterior.

Estimaciones del Instituto Nacional de Estadística y Geografía señalan que el sector porcícola mexicano genera alrededor de 49 mil empleos directos y poco más de 245 mil indirectos.

Los encadenamientos productivos permiten al sector porcícola generar un efecto multiplicador en la producción de granos y oleaginosas, el sector de los transportes, que traslada más de 5 millones de toneladas de alimentos, que son consumidos por cerca de 15 millones de cerdos en el país.

La competencia desleal por nuestros competidores internacionales, en particular de Estados Unidos, ha puesto en jaque al sector porcícola nacional, ante lo cual es imperativo implantar medidas arancelarias y de importación que permitan erradicar dicha problemática.

El incremento de las importaciones de carne de cerdo es preocupante. Del conjunto de importaciones destaca la carne que viene en una presentación conocida como “combo”, la cual ingresa en el país sin pasar por el procedimiento de revisión de las autoridades correspondientes.

La situación anterior, de la falta de revisión, pone en riesgo la salud de millones de consumidores, ya que no es posible verificar el estado de la carne importada, tampoco su tipo, y ante una emergencia mundial como lo es la prevalencia del virus A(H1N1), es imperativo no bajar la guardia sanitaria.

De igual forma, la importación de cerdo en pie proveniente de Estados Unidos no es revisada por las autoridades de sanidad animal mexicanas. Para evitar la revisión fitosanitaria se amparan en lo establecido en su normatividad interna, dejando al margen lo establecido en el marco del TLCAN. Esto representa una política de dumping, que es fundamental erradicar.

Es importante hacer énfasis en que la proposición que ahora presento no está contra la globalización ni la libre competencia internacional. Se trata de que dicha competencia se dé con arreglo a las normas comerciales establecidas, en un entorno de competencia leal y abierta.

Como legisladores, tenemos el compromiso de velar por los intereses de los diferentes sectores sociales. En este caso, del sector porcícola depende un número importante de familias, que ante la competencia desleal y manipuladora, ven tambalear su ingreso y estabilidad, impidiéndoles la posibilidad de acceder a una mejor calidad de vida.

En razón de lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir en el ámbito de sus atribuciones para que

1. A través de las Secretarías de Economía, y de Hacienda y Crédito Público se diseñen e implanten medidas arancelarias que salvaguarden la producción del sector porcícola mexicano, a fin de garantizar el ingreso de millones de familias que dependen de dicha actividad.

2. Las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Salud revisen de manera exhaustiva y detallada las importaciones de carne de cerdo proveniente de Estados Unidos, con el objetivo de garantizar y preservar la salud de las familias mexicanas...

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por el diputado Rogelio Díaz Brown Ramsburgh.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por el diputado Rogelio Díaz Brown Ramsburgh, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 131 que es facultad privativa de la federación gravar las mercancías que se importen o exporten o que pasen de tránsito por el territorio nacional, así como reglamentar en todo tiempo, y aun prohibir, por motivos de seguridad o de policía, la circulación en el interior de la república de toda clase de efectos, cualquiera que sea su procedencia.

En el mismo sentido, faculta al Ejecutivo para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación o importación expedidas por el propio Congreso y para crear otras, así como restringir y prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país y la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquier otro propósito en beneficio del país.

Cuarta. Que el artículo 1o. de la Ley de Comercio Exterior tiene como objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional y propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional, defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población.

Quinta. Que la fracción VII del artículo 5o. de la Ley de Comercio Exterior establece que es facultad de la Secretaría de Economía tramitar y resolver las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional, así como determinar las cuotas compensatorias que resulten de dichas investigaciones.

El artículo 49 de la referida ley manda que los procedimientos de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de salvaguarda se iniciarán de oficio en circunstancias especiales cuando la Secretaría de Economía tenga pruebas suficientes de la discriminación de precios o de subvenciones, del daño y de la relación causal; o a solicitud de parte.

Sexta. Que las fracciones II, III, V y IX del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señalan como atribuciones de la Secretaría de Economía

II. Regular, promover y vigilar la comercialización, distribución y consumo de los bienes y servicios;

III. Establecer la política de industrialización, distribución y consumo de los productos agrícolas, ganaderos, forestales, minerales y pesqueros, en coordinación con las dependencias competentes;

V. Estudiar, proyectar y determinar los aranceles y fijar los precios oficiales, escuchando la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; estudiar y determinar las restricciones para los artículos de importación y exportación, y participar con la mencionada secretaría en la fijación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos al comercio exterior;

IX. Participar con las Secretarías de Desarrollo Social, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la distribución y comercialización de productos y el abastecimiento de los consumos básicos de la población.

Séptima. Que el artículo 283 de la Ley General de Salud señala que corresponde a la Secretaría de Salud el control sanitario de los productos y de las materias primas de importación y de exportación.

Octava. Que la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-FITOZOO-2002 enuncia que es atribución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación prevenir la introducción o diseminación de plagas y enfermedades cuarentenarias o no cuarentenarias reglamentadas que afectan a los animales y aplicar medidas sanitarias para disminuir el riesgo derivado de la movilización de productos animales regulados sanitariamente, así como establecer, coordinar y supervisar los puntos de verificación e inspección interna.

Novena. Que la fracción II del artículo 144 de la Ley Aduanera fija la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de comprobar la importación y la exportación de mercancías, la exactitud de los datos contenidos en los pedimentos, declaraciones o manifestaciones, el pago correcto de las contribuciones y aprovechamientos y el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, conforme a lo establecido en dicha ley.

Décima. Que la Comisión de Economía estima que no es recomendable proponer que las Secretarías de Economía, y de Hacienda y Crédito Público diseñen e implanten medidas arancelarias como las que propone el diputado Rogelio Díaz Brown Ramsburgh, en virtud de que una acción de esa naturaleza, específicamente hablando del mercado que integra el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, podría ser violatorio de dicho pacto comercial.

En este sentido, se considera correcta la aplicación de cuotas compensatorias por prácticas desleales en materia de comercio internacional; sin embargo, para determinar la aplicación de ellas es necesario que primero se lleve a cabo el procedimiento de investigación que se establece en la Ley de Comercio Exterior.

Por ello, la Comisión de Economía estima pertinente aclarar el punto de acuerdo para establecer que el exhorto deberá ser dirigido a la Secretaría de Economía para que dentro de su ámbito de competencia apoye al referido sector a recabar la evidencia necesaria que permita el inicio de una investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional y, en su caso, se apliquen las medidas compensatorias que correspondan, manteniendo el exhorto a las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Salud para que revisen de manera exhaustiva las importaciones de carne de cerdo provenientes de Estados Unidos de América.

Undécima. Por lo expuesto, la Comisión de Economía

Acuerda

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir en el ámbito de sus atribuciones para que

1. La Secretaría de Economía apoye al sector porcícola mexicano para recabar evidencia respecto de prácticas desleales en materia de comercio internacional y, en su caso, inicie una investigación para resolver la aplicación de las cuotas compensatorias que pudieran corresponder.

2. Las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Salud revisen de manera exhaustiva y detallada las importaciones de carne de cerdo provenientes de Estados Unidos, con el objetivo de garantizar y preservar la salud de las familias mexicanas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Economía, diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud, Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda, Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave, David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez, David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez, Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña, José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»



TRATADO DE LIBRE COMERCIO MEXICO-BRASIL

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva la negociación del tratado de libre comercio México-Brasil para garantizar igualdad de condiciones comerciales

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58 a 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos fue turnado para estudio y dictamen el punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva la negociación del Tratado De Libre Comercio México-Brasil, a fin de garantizar igualdad de condiciones comerciales, presentada por el diputado Jorge Hernández Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en fecha 28 de abril de 2010.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la proposición con punto de acuerdo mencionada, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados en fecha 28 de abril de 2010, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía del punto de acuerdo que se mencionó en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

... México es el primer exportador en América Latina, con 33 por ciento de las exportaciones, mientras que Brasil ocupa el segundo lugar, con 22 por ciento, lo que coloca a estos países como las dos grandes economías de Latinoamérica, representando alrededor de dos tercios del producto interno bruto de la región.

El intercambio bilateral alcanzó un valor de 5 mil 382 millones de dólares (mdd) en los primeros 11 meses de 2009, generando un saldo deficitario para México de 969 mdd, según datos de la Secretaría de Economía; No obstante, el comercio bilateral no supera 1 por ciento de su respectivo comercio total.

Durante ese periodo, Brasil importó del mundo más de 173 mil mdd, pero sólo compró a México 3 mil 125 mdd equivalentes a 1.8 por ciento de sus importaciones del mundo. Por su parte, México importó más de 300 mil mdd, pero de Brasil solamente importó 5 mil 200 mdd, correspondientes a 1.7 por ciento de sus importaciones mundiales.

A continuación se muestra una tabla estilizada en la que se comparan la situación territorial y la económica en los últimos tres años en ambos países:

Si bien es cierto que estos datos reflejan la importancia que cada país ha adquirido como socio comercial del otro en los últimos años, también arrojan datos del comportamiento económico de México y Brasil frente al comercio mundial, de los qua podemos obtener significativas conclusiones.

En cuanto al apartado de aranceles, México es uno de los países con más bajos aranceles en el comercio mundial, lo cual se traduce en un incremento de las importaciones, no así de las exportaciones, lo que propicia un desequilibrio en el comercio interno. En sentido opuesto, Brasil impone altas barreras arancelarias al comercio mundial, basado en un proteccionismo hacia el comercio interno, lo cual se refleja en la significativa diferencia existente entre el total de millones de dólares anuales generados por las exportaciones e importaciones de cada país.

Ahora bien, Brasil en los últimos años ha obtenido mayores inversiones extranjeras directas (IED), las cuales han fortalecido el camino hacia un mejor comercio interno. En cambio, México no ha dejado de basar su economía comercial en el exterior. Esto, lejos de beneficiar al país, lo somete en un disminuido incremento de las reservas internacionales.

Claro está que los factores socioeconómicos como el desempleo afectan de manera directa el PIB de los países, siendo en este caso México el país con mayor tasa de desempleados frente al porcentaje de Brasil, obteniendo así un menor PIB per cápita.

Todo lo anterior hace suponer que un TLC con Brasil sería viable y benéfico para México sólo si Brasil disminuyera sus aranceles, propiciando así un intercambio comercial justo para ambos países, al tiempo que hubiese mayor inversión hacía México, debiendo con ello la economía mexicana fortalecer la estructura interna del comercio para garantizar a los sectores comerciales y productivos mexicanos una mejor y justa actividad comercial.

No se puede soslayar que la celebración de tratados internacionales consiste en lograr beneficios mutuos y no unilaterales, por lo que el know-how para este tratado es diseminar todos los elementos y factores que propicien un ambiente económico interrelacionado sustantivo en condiciones de igualdad, sin perjudicar los sectores productivos nacionales.

Ante esa situación, es indispensable que en el análisis de la viabilidad para celebrar el acuerdo comercial con la República Federativa de Brasil sean realizados foros de discusión y análisis con cada uno de los sectores productivos del país, así como con los representantes de las organizaciones empresariales, con objeto de establecer los criterios de competitividad económica que el sector productivo está dispuesto a negociar en igualdad de condiciones con las empresas de la República Federativa de Brasil.

Consecuencia de lo anterior y con fundamento jurídico en los artículos 71, 73, 74, 76, fracción I, y 89, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. y 2o. párrafo segundo, 3o. y 4o. de la Ley sobre la Celebración de Tratados; y 56, 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición

Punto de Acuerdo

Primero. Exhortar al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva y rigurosa la negociación del tratado de libre comercio México-Brasil, con la finalidad de que se encuentren en igualdad de condiciones comerciales, para evitar afectaciones al sector productivo del país.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer la proposición con punto de acuerdo a fin de exhortar al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva la negociación del tratado de libre comercio México-Brasil para garantizar igualdad de condiciones comerciales.

Segunda. Antes de proceder a los apartados de análisis correspondientes, es necesario aclarar que los resolutivos del punto de acuerdo citado en la transcripción apuntada líneas arriba, para efectos de este dictamen, se ha procedido a modificarlos en los términos que más adelante se detallan.

Lo anterior, en virtud de que en la sesión de la Comisión de Economía de fecha 28 de abril de 2010, los asistentes suscribieron un punto de acuerdo cuya exposición de motivos era idéntica a la que motiva la actividad dictaminadora de este órgano legislativo, otorgando su respaldo al sentido de éste.

En esta tesitura, respetando tanto la intención del proponente como la de los integrantes de la comisión que suscribieron el punto de acuerdo referido, se ha estimado preciso modificar el punto de acuerdo que se dictamina, para dejarlo en los siguientes términos:

Primero. Exhortar al Ejecutivo federal y al Senado de la República a escuchar y considerar las opiniones del sector industrial, comercial y de servicios del país y de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, con el propósito de integrarlas en el análisis de la negociación del tratado de libre comercio México-Brasil, para evitar afectaciones al sector productivo del país.

Segundo. En el marco del análisis de las variables macroeconómicas para la celebración del tratado de libre comercio México-Brasil, que éstas sean coordinadas en forma conjunta por las comisiones involucradas de la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.

Por lo anterior, la parte analítica de este dictamen considera los puntos de acuerdo referidos como una modificación acordada por los integrantes de la Comisión de Economía respecto a los cuales se realiza el presente dictamen.

Tercera. Que con base en los antecedentes indicados por el diputado Jorge Hernández Hernández, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Cuarta. Que los artículos 15, 76, fracción I, 89, fracción X, y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hacen referencia a los tratados o las convenciones internacionales, y establecen restricciones para celebrar tratados a las facultades del Poder Ejecutivo y del Senado, específicamente, en su última parte, se desautoriza en forma generalizada la celebración de tratados que alteren las garantías o derechos del hombre. Esa restricción está encaminada a la protección de la totalidad de los derechos civiles o individuales, así como de los derechos políticos o del ciudadano.

Por su parte, el artículo 133 referido señala la jerarquía de los tratados internaciones, estableciendo que, con las leyes del Congreso de la Unión, serán ley suprema.

Quinta. Asimismo, el artículo 25 constitucional reza:

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.

El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.

Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación.

Sexta. Que el artículo 4 de la Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica establece que para la aprobación de un tratado se observará congruencia con diversos objetivos particulares según proceda, de los que resultan relevantes, entre otros

• En materia de prácticas desleales de comercio exterior, fomentar la libre concurrencia y buscar las sanas prácticas de competencia y prever y promover mecanismos para contrarrestar los efectos de las prácticas desleales de comercio de los países con que se contrate.

• Impulsar la eliminación o reducción de obstáculos innecesarios al comercio que sea incompatibles con la ley y con los compromisos internacionales.

• Prever que las normas de los tratados consideren las asimetrías, las diferencias y los desequilibrios, así como las medidas correspondientes para compensarlos.

Séptima. De lo anterior se puede válidamente concluir que no obstante que el Estado tiene la rectoría económica, al ser un régimen democrático quien dirige la política económica no puede simplemente decidirla sin tomar en cuenta a las demás partes integrantes del Estado, como los ciudadanos y sus instituciones.

En este sentido, no hay impedimento legal y sí una obligación democrática para que tanto el Ejecutivo federal como el Senado de la República escuchen a todos los sectores y actores que de manera directa o indirecta tengan participación o resientan las consecuencias de la celebración de un tratado comercial como el que se pretende celebrar con Brasil.

Por lo anterior, se hace evidente la legitimidad de la propuesta contenida en el punto de acuerdo que se dictamina, pues tanto el Ejecutivo como el Senado de la República tienen la obligación de buscar que el referido convenio internacional genere empleo, riqueza y una justa distribución del ingreso, lo que puede lograrse sólo tomando en cuenta a todos los sectores involucrados.

Octava. En virtud de lo expuesto, la Comisión de Economía

Acuerda

Primero. La Cámara de Diputados realiza un atento exhorto al Ejecutivo federal y al Senado de la República a escuchar y considerar las opiniones de los sectores industrial, comercial y de servicios del país y de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, con el propósito de integrarlas en el análisis de la negociación del tratado de libre comercio México-Brasil, para evitar afectaciones al sector productivo del país.

Segundo. En el marco del análisis de las variables macroeconómicas para la celebración del tratado de libre comercio México-Brasil, que éstas sean coordinadas en forma conjunta por las comisiones involucradas de la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Economía, diputados:Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud, Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda, Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo, Jorge Humberto López Portillo Basave, David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez, David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez, Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña, José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»



ADICCIONES

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las instituciones de salud, a los congresos estatales y a la ALDF a desarrollar un plan conjunto y coordinado de difusión de los centros de atención primaria de adicciones Nueva Vida

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las instituciones de salud, a los congresos estatales y a la ALDF, a que en conjunto y de manera coordinada desarrollen un plan de difusión de los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida”.

Con fundamento en los artículos 39, 44, y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 56, 60, 65, 87, y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a la consideración de esta honorable asamblea, el dictamen relativo al punto de acuerdo, el cual se emite el siguiente

Dictamen

I. Antecedentes

1. Con fecha 10 de marzo 2010, el diputado Cuauhtémoc Salgado Romero del Grupo Parlamentario Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno el punto de acuerdo por el que se exhorta a las instituciones de Salud, a los congresos estatales y a la ALDF, a que en conjunto y de manera coordinada desarrollen un plan de difusión de los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida”.

2. Con la misma fecha fue turnada a la Comisión de Salud para su estudio y dictamen.

II. Consideraciones

I. Esta comisión realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

II.El punto de acuerdo que se pretende dictaminar emergió debido al aumento de las adicciones en los últimos veinte años, esto por razones diversas, resaltando fundamentalmente el tipo de cultura a la que pertenecemos en la que el consumo de sustancias como el alcohol y el tabaco es algo común, cotidiano e incluso en algunos círculos sociales indispensable. En el caso de drogas como la marihuana y la cocaína que son las de mayor consumo, el fácil acceso a ellas ha contribuido a que nuestro país pase de ser productor a un gran consumidor.

III. Diariamente las adicciones afectan la vida de los consumidores, y será cada vez más problemático si no se llegan a tomar a tiempo las medidas necesarias para su prevención y tratamiento. El consumo de sustancias adictivas acorta la vida de las personas, distorsionando la estructura equilibrada de la pirámide poblacional, además los consumidores tienden a abandonar aquellas actividades académicas, laborales y demás que contribuyen al desarrollo personal, esencial para el progreso de cualquier nación.

IV. Es preocupante que el mayor número de adictos se encuentran entre los 18 y 34 años de edad, etapa biológica de mayor capacidad productiva en el ser humano, por lo que el crecimiento del problema, en el largo plazo, puede llegar a frenar el desarrollo del país al disminuir la capacidad de productividad ocasionada por la falta de capital humano, entendido éste como la poca preparación de los trabajadores, la falta de estos o en el peor de los casos ambas.

V. Sin embargo, debido a la falta de conocimiento del tema, el tratamiento de las adicciones no es hasta la fecha relevante ni preocupante a pesar de las consecuencias que en el mediano y largo plazo trae consigo.

VI. La estadística refleja que 464 mil 386 personas requieren atención especializada y el 80 por ciento de la población necesita programas de prevención.

VII. Los integrantes de esta comisión están conscientes de que actualmente dicha labor es desafiada y gratificante por organizaciones civiles e instituciones privadas así como por organismos como el Consejo Nacional Contra las Adicciones que han creado programas que ayudan a combatir estas adicciones. Como lo realizan los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida”, los cuales, además de ayudar al tratamiento y recuperación de adictos, también funcionan como centros de educación y prevención. Además de que consideran necesario que se le dé una mayor difusión, para que de esta manera se pueda ayudar a quien lo necesita.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud consideran que la propuesta es viable, por lo que se somete al pleno de la Cámara de Diputados la siguiente

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las instituciones de salud, a los congresos estatales y a la Asamblea Legislativa de Distrito Federal, a que en conjunto, y de manera coordinada, desarrollen un plan de difusión de los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida”.

Único. Se exhorta a las instituciones de salud, congresos estatales y Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que de manera conjunta y coordinada desarrollen un plan de difusión para los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida” y realizar una estrategia comunitaria.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Arciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández, Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras (rúbrica en abstención).»



VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO Y CANCER CERVICO UTERINO

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo relativo a los recursos del PEF de 2011 para prevenir y controlar el virus del papiloma humano y el cáncer cervicouterino

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo relativo a los recursos para la prevención y control del Virus del Papiloma Humano y el Cáncer Cérvico Uterino, en el PEF 2011.

Con fundamento en los artículos 39, 44, y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 56, 60, 65, 87, y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a la consideración de esta honorable asamblea, el dictamen relativo al punto de acuerdo, el cual se emite el siguiente

Dictamen

 I. Antecedentes

1. Con fecha 10 de marzo 2010, el diputado Alejandro Carabias Icaza del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de Mexico, presentó ante el pleno el punto de acuerdo relativo a los recursos para la prevención y control del Virus del Papiloma Humano y el Cáncer Cérvico Uterino, en el PEF 2011.

2.Con la misma fecha fue turnada a la Comisión de Salud para su estudio y dictamen.

II. Consideraciones

I. Esta comisión realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

II. El punto de acuerdo que se pretende dictaminar nació debido a que en nuestro país, el  virus del papiloma humano (VPH) constituye una amenaza para la salud de la mujer, ya que puede dar origen al cáncer cérvico-uterino, el cual constituye la segunda causa de muerte a nivel nacional, entre las mujeres de 25 años o más.

Asimismo, la preocupación de que en algunas entidades federativas se siguen reportando niveles superiores a 21 casos por cada 100 mil mujeres. Tal es el caso de Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Veracruz y Campeche, lo cual indica cierta correlación de este padecimiento con los índices de pobreza y marginación.

III.Los integrantes de la Comisión de Salud consideran preocupante el tema referente al virus del papiloma humano, un mal silencioso, que cobra cada vez más víctimas; que aparece como una deformación pequeña en el área genital y al no tener un tratamiento adecuado, puede desembocar un cáncer y provocar la muerte en mujeres, el mayor riesgo para la población local es que cada vez son más jóvenes las mujeres y hombres que comienzan su vida sexual activa y muchos sin protección.

IV. La importancia de difundir este mal, es para lograr que cada vez sean más las mujeres que se acerquen a una revisión tanto a un médico particular como al servicio de salud pública que están capacitados y con estrategias así como herramientas suficientes como mayor egreso presupuestal, para hacer una atención oportuna y quitarle a la muerte un ser humano, a través de un buen ejercicio médico y conciencia ciudadana.

V. Sin embargo, cabe señalar que el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010, preveía originalmente una reducción del 82 por ciento de recursos para estas dos instituciones y para el programa “Atención de la salud reproductiva e igualdad de género en salud”. Dicho proyecto fue ajustado en la honorable Cámara de Diputados sin embargo siguen siendo insuficientes los recursos para una padecimiento que día a día cobra la muerte de quienes lo padecen por no contar con la detección y tratamientos oportunos.

VI. Es por ello necesario que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público evalúe detalladamente dichas cantidades, apegándose a las estadísticas reales sobre este padecimiento y no por cuestiones meramente económicas, para que de manera correcta y justa asigne las cantidades necesarias para combatir dicha enfermedad.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud consideran que la propuesta es viable, por lo que se somete al pleno de la Cámara de Diputados la siguiente

Proposición con punto de acuerdo relativo a los recursos para la prevención y control del virus del papiloma humano y el cáncer cérvico uterino, en el PEF 2011

Único. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2011, se contemplen recursos suficientes y necesarios para la prevención y control del virus del papiloma humano y el cáncer cérvico-uterino.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Arciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández, Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras (rúbrica).»



EX CONVICTOS DEPORTADOS

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa integral de reinserción social de ex convictos deportados al país

Honorable Asamblea:

A la Comisión Seguridad Pública de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Ejecutivo federal para que implemente un programa integral de reinserción social de los ex convictos deportados a nuestro país.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, numeral 1, y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen en sentido positivo, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

I. En sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el día 15 de diciembre de 2009, el diputado Francisco Vega de la Madrid, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal para que implemente un programa integral de reinserción social de los ex-convictos deportados a nuestro país.

II. En esta misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, acordó que se turnará la propuesta citada a la Comisión de Seguridad Pública, para su estudio y dictamen correspondiente.

III. El 1 de junio de 2010, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado en sentido positivo por unanimidad.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1. El proponente, refiere que los gobiernos de los estados fronterizos, a través de las diversas Secretarías de Desarrollo Social, cada año emprenden programas encaminados al apoyo de las personas repatriadas procedentes de Estados Unidos de América, sin embargo, aclara que se debe establecer una sana diferencia, entre los migrantes y los recursos que se destinan para la reinserción social de los ex convictos de las cárceles de los Estados Unidos, ya que se ha convertido en un problema generalizado, principalmente en las fronteras del estado de Baja California, sin excluir a los demás estados de la zona de la frontera norte.

2. Manifiesta que según datos de la Agencia de Aduanas y Migración de los Estados Unidos de Norteamérica, difundidos por la Secretaría de Seguridad Pública Municipal de Tijuana del 2005 al 2008 se deportaron de ese país 364 mil 7 personas que purgaron penas en las cárceles norteamericanas, tan sólo por la garita de Tijuana se han deportado 38 mil 745 de ellos. Asimismo, datos de la Comisión Binacional de Derechos Humanos, establecen que cada día alrededor de 700 personas son deportadas a México, 200 de ellos son ex convictos deportados a la ciudad de Tijuana.

3. De igual modo, expresa que el problema principal radica en que no existe una política pública encaminada a la reinserción social de estos ex convictos repatriados, y establece que existen dos vertientes de este problema. El problema social de las ciudades a dónde se destinan las personas a su llegada a nuestro territorio nacional y el grave problema del incremento de la inseguridad pública sectorizado en zonas de la frontera norte. El problema social empieza con la necesidad de contar con un trabajo para sobrevivir en las zonas por las que son deportados, sin embargo, no existen oportunidades reales laborales para ellos, quienes en su mayoría oscilan entre las edades de 35 años, la mayoría son adictos a sustancias prohibidas, suelen estar tatuados, desarrollan en las calles los códigos de supervivencia de las cárceles y en ocasiones no hablan bien el idioma español.

4. En este mismo orden de ideas, indica que además es necesario, contar con un sistema binacional de recuperación de datos que incluya información biométrica entendida como tal como la aplicación de técnicas matemáticas y estadísticas sobre los rasgos físicos o de conducta de un individuo, para “verificar” identidades o para “identificar” individuos, contando con un sistema de información de nacionalidad y grado de peligrosidad; aunado al estudio que este órgano legislativo federal entregué sobre la viabilidad y el diseño de algún programa federal encaminado a la seguridad pública y la reinserción social.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición con punto de acuerdo, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados suscriben el presente dictamen.

Consideraciones

Primero. Fruto de una concepción espiritualista del hombre informada por el principio del libre arbitrio en su forma más abstracta e indeterminada, desarrollan la idea de la poena medicinalis, según la cual los hombres que delinquen, pueden ser no solo castigados sino también constreñidos por el Estado a hacerse buenos. Esta visión pedagógica de la pena general una concepción de la privación de la libertad personal como pena orientada a la reeducación, conmutable por la pena de muerte cuando el reo se revele incurable y al mismo tiempo utilizable como medida de prevención y de orden público, representa además el motivo inspirador de la primera doctrina orgánica de la diferenciación penal, que partiendo de una concepción ético-intelectualista del delito como fruto de la ignorancia, desarrolla una doctrina de la pena como sanción diferenciada en razón de la capacidad de reo de mostrar vergüenza y de tomar conciencia de sus culpas; es decir el fin de la enmienda es asignado a la pena y en adición a las finalidades preponderantes de prevención general. Esta postura parte de posturas filosóficas que persiguen la prevención especial de los delitos asignando a las penas y a las medidas de seguridad el doble fin de curar al condenado en la presuposición de que es un individuo enfermo y/o de segregarlo y neutralizarlo en la presuposición de que también es peligroso. La idea central de esta orientación es que el delincuente es un ser antropológicamente inferior, mas o menos desviado o degenerado. En esta perspectiva las penas asumen el carácter de medidas técnicamente apropiadas para las diversas exigencias terapéuticas y ortopédicas de la defensa social.

Segundo. Por otro lado, es importante mencionar que los objetivos de la cárcel han ido evolucionando con el transcurso del tiempo. Poco a poco, la idea de que el prisionero tenía que reparar el daño que había causado a la sociedad, fue tomando conciencia en ésta. El encarcelamiento tenía que ir acompañado del trabajo, el delincuente pagaba, con la prisión, una deuda, no directamente a sus víctimas, pero sí al daño que su comportamiento había causado a toda la sociedad. Tras haber cumplido su condena y pagado su deuda, el delincuente quedaba exento de toda culpa y podía reemprender una nueva vida. Pero la aplicación de esta utopía todavía no se ha hecho realidad. El hecho de considerar la prisión como un lugar de reeducación del delincuente, se contempló tiempo después. La prisión se fijó otros objetivos: el cambiar a los delincuentes y adaptarlos para una vida normal en la sociedad. Su principal idea era la de reeducar y reformar a los delincuentes que habían tomado un camino equivocado. Durante el cumplimiento de las penas, la optima reinserción social del interno condenado debe ser el objetivo de fundamental en un Estado Social de Derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana; el objeto del Derecho Penal de un estado de este tipo, no es excluir al delincuente sino buscar la reinserción del mismo en su contexto y en forma adecuada. La función resocializadora del sistema penal adquiere gran importancia constitucional no solo desde el punto de vista de la dignidad; sino también como expresión del libre desarrollo de la personalidad humana.

Tercero. Si atendemos a la premisa constitucional contenida en el artículo 18, el cual establece que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley, se concluye que la reciente reforma constitucional ha dado, además de la nueva nomenclatura, la inclusión de otros elementos que se suman al trabajo y la capacitación para el mismo, así como la educación y el deporte para lograr la reincorporación del sujeto a la vida en libertad, después de haber compurgado pena privativa de libertad. Lo anterior, en razón del decreto que reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio del 2009, conocida como Reforma Penal Constitucional, mediante la cual se elimina el concepto de “readaptación social” y se incorpora el de “reinserción social” en el artículo 18 del citado ordenamiento; de igual modo en este mismo artículo constitucional.

Cuarto. Evidentemente, los mencionados elementos, elevados a rango constitucional, no son nuevos puesto que ya eran considerados en la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados y en las legislaciones locales de ejecución de sanciones. Sin embargo, hoy en día el reto del sistema penitenciario mexicano sigue consistiendo en el hecho de implementar una estrategia para recuperar los centros de reclusión de la crisis en la que están inmersas y transformarlas en espacios que retribuyan a la sociedad, mediante la reinserción exitosa de las personas sentenciadas.

Quinto. En razón de lo anteriormente expuesto, las personas que delinquen y compurgan una condena en prisión, deben ser objeto de reinserción social, lo que no siempre se ha considerado acertado y menos tratándose de delitos menores, ya que las penas cortas de privación de la libertad resultan innecesarias e insuficientes para lograr en breve tiempo, la “reeducación o reinserción social”, además de los efectos perniciosos del contacto con otros internos.

El Estado, a través de instituciones específicas, cuando priva de la libertad a un sujeto que ha violado alguna disposición penal, se preocupa además por proporcionarle trabajo, la capacitación para éste, educación, salud y deporte como medios que le permitan la reinserción a la sociedad para procurar que no vuelva a delinquir al salir de prisión; en ese sentido, la función de la pena ya no es sólo el castigo por el castigo mismo, sino que a través de ella se proporcionan al interno los elementos que incidan en este objetivo. Algunos autores consideran que con estos elementos no se agotan las posibilidades legales de tratamiento; aquellos sólo han sido recogidos como simple mínimo constitucional, en el sentido de que el Estado puede y debe tratar al delincuente y adoptar la práctica de otras medidas, que enriquecen el reducido mínimo social, el deporte, la terapia individual y grupal, la asistencia espiritual, etcétera; en definitiva no cabría hablar de reinserción social, ni sería posible establecer un certero sistema de educación y de trabajo si no se procura aquélla y se hacen factibles éstos por medio de otros numerosos apoyos institucionales. Luego entonces, el régimen penitenciario debe emplear, tratando de aplicarlos conforme a las necesidades del tratamiento individual de los delincuentes, todos los medios curativos, educativos, espirituales y de otra naturaleza y de todas las formas de asistencia de que pueda disponer. El objeto del tratamiento es inculcarle al interno la voluntad de ser conforme a la ley, mantenerse con el producto de su trabajo y crear en él aptitud para hacerlo. Dicho tratamiento estará encaminado a fomentar el respeto por sí mismo y desarrollar el sentido de responsabilidad al salir de prisión.

Sexto. Siguiendo el orden de ideas antes expuesto, el propósito de implementar un programa integral de reinserción social para ex convictos deportados a nuestro país, en específico de las cárceles de los Estados Unidos de Norteamérica, resulta ser una cuestión que debe ser tratada dentro de las prisiones, en este caso norteamericanas en el momento en que los reos compurgan su sentencia, pues como ya se ha explicado en los puntos anteriores, el objetivo de la pena de prisión, es procurar la reinserción social del que cometió un hecho delictivo, con el único objetivo de que no lo vuelva a delinquir. Sin embargo, con motivo de la grave problemática que sufren las ciudades a donde se destinan las personas a su llegada al territorio nacional, y el grave problema de la inseguridad pública sectorizado en zonas de la frontera norte, esta Comisión considera procedente e indispensable que el gobierno federal establezca una política pública encaminada a atender la problemática de ex convictos repatriados, que permita a estos incorporarse a una vida social digna enmarcada en los derechos y prerrogativas de la Constitución Política, a través de la creación de programas y patronatos que permitan la contratación de ex convictos, ya que el acceso a un empleo es la clave para su reinserción social, dicen los especialistas: “El trabajo, dentro y fuera de los reclusorios, no es solamente para que obtengan dinero, sino que es una terapia de reinserción”.

El reto está en que las autoridades logren convencer a los empresarios de que, al menos, den una oportunidad a quienes son ex convictos deportados a nuestro país; es decir, se trata de programas que permitan dar oportunidades a fin de evitar la reincidencia, ya que todo ser humano tiene derecho a acceder a más y mejores opciones de crecimiento y estabilidad, hasta que demuestre lo contrario, y con mayor razón cuando se trata de personas que ya cumplieron una sentencia y pagaron su deuda con la sociedad, en este caso la norteamericana.

Sin embargo, es necesario hacer reformas constitucionales en este sentido, sin perder de vista que antes debe sensibilizarse a todos los actores involucrados, pues de que sirve una ley y/o un programa, si nadie lo cumple, a un interno que ha cumplido su sentencia le debe bastar con la carta de liberación para contar con las mismas oportunidades de empleo, que una persona con la misma capacidad que no ha vivido la experiencia carcelaria.

Es importante también tener en cuenta, que muchos ex convictos pueden declinar las ofertas, en razón de que muchos de ellos solamente buscan la manera de volver a su tierra, con sus familias.

Séptimo. Por otra parte, el artículo 2º de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, señala como parte de las funciones de seguridad pública, a cargo de la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, el procurar la reinserción social del individuo:

Artículo 2. La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo, en términos de esta Ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Octavo. No menos importante, resulta el hecho de que el artículo 31, fracción III, de la citada ley, indica ya como parte de las funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario el proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública la creación o implementación de programas, políticas y acciones de reinserción social.

“Artículo 31. Son funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario:..

... III. Proponer al Consejo Nacional, políticas, programas y acciones en materia de reinserción social...”

Noveno. Con relación al numeral segundo de la proposición con punto del acuerdo objeto del presente dictamen, consistente en exhortar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados a entregar a esta asamblea un estudio técnico sobre la viabilidad de la aplicación de un programa binacional de colaboración, dirigido a la deportación masiva de ex convictos que cuente con elementos de información biométrica y de identificación de nacionalidad y nivel de peligrosidad, esta Comisión considera improcedente dicha propuesta, toda vez que no es facultad de las comisiones ordinarias realizar estudios técnicos de ningún tipo. Así se desprende de los artículos 39 y 45, ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales establecen lo siguiente:

“Artículo 39:

1.Las Comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones,contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes: ...

...XXXV. Seguridad Pública...”

... 3.Las comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 93 constitucional, y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

“Artículo 45....

...6. Las comisiones tendrán las tareas siguientes:

a) Elaborar su programa anual de trabajo;

b) Rendir un informe semestral de sus actividades a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

c) Organizar y mantener un archivo de todos los asuntos que les sean turnados, que deberá ser entregado a la Legislatura siguiente;

d) Sesionar cuando menos una vez al mes;

e) Resolver los asuntos que la Mesa Directiva de la Cámara les turne;

f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos; y

g) Realizar las actividades que se deriven de esta ley, de los ordenamientos aplicables, de los acuerdos tomados por el Pleno de la Cámara y los que adopten por sí mismas con relación a la materia o materias de su competencia.”.

Tal y como se observa en los artículos antes citados, las comisiones ordinarias no cuentan con facultades para realizar la propuesta planteada en el numeral segundo de la proposición objeto del presente dictamen, dicha facultad en su caso, la tendría de crearse, una comisión de investigación, la cual se constituye con carácter de transitorio para el ejercicio de la facultad a que se refiere el párrafo tercero del artículo 93 constitucional el cual establece que las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los Senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, siendo pues una disposición que se limita a los supuestos antes señalados y en los cuales no se encuentra el supuesto planteado en la propuesta del diputado proponente.

Por otra parte, se considera riesgoso en el ejercicio de autoridad en contra de los nacionales migrantes, quienes además son ya considerados un grupo altamente vulnerable a los actos discriminatorios y de violación de garantías, ya que hablar de ex convictos provenientes de cárceles norteamericanas, no significa necesariamente que se trate de gente peligrosa, sino personas que por alguna razón tuvieron problemas con las autoridades norteamericanas. Por otro lado, el delegado del Instituto Nacional de Migración negó que la mayoría de los deportados de los Estados Unidos se queden a residir en Baja California, ya que algunos intentan cruzar de nuevo hacia el otro lado y los que no, buscan la manera de regresar a su lugar de origen.

Resultando

Primero: Esta soberanía considera procedente aprobar la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a implementar un programa de reinserción social de los ex convictos deportados a nuestro país, en razón, de que si bien es cierto que es durante el periodo en prisión que un Estado debe procurar la reinserción social del reo a través del trabajo, capacitación para el mismo, salud, educación y deporte, a fin de evitar que el sentenciado vuelva a delinquir al momento de salir de prisión; es con motivo de la grave problemática que sufren las ciudades a donde se destinan las personas a su llegada a nuestro territorio nacional, y el grave problema de la inseguridad pública sectorizado en zonas de la frontera norte, que se considera procedente e indispensable que el gobierno federal establezca una política pública encaminada a atender la problemática de ex convictos repatriados, que permita a estos incorporarse a una vida social digna enmarcada en los derechos y prerrogativas de la Constitución Política, a través de la creación de programas contra las adicciones y patronatos que permitan la contratación de ex reos; ya que el acceso a un empleo es la clave para su reinserción social.

En cuanto al exhortar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados para que entregue a esta asamblea un estudio técnico sobre la viabilidad de la aplicación de un programa binacional de colaboración, dirigido a la deportación masiva de ex convictos que cuenten con elementos de información biométrica y de identificación de nacionalidad y nivel de peligrosidad, se considera improcedente, por no ser esta una facultad de las comisiones ordinarias.

Con base a lo expuesto y fundado, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Seguridad Publica reconocen y concluyen que es procedente aprobar en sentido positivo el presente punto de acuerdo, por lo que someten a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único.Se exhorta al Ejecutivo federal para que implemente un programa de reinserción social para ex convictos deportados a nuestro país, en virtud de que se ha demostrado su necesidad.

Notas:

1 Ferrajoli, Luigi, Derecho y Razón. Teoría del Garantismo Penal, 4ª ed., Valladolid, Ed. Trotta, 2000, pp. 265-275.

2 Ibid.

3 Mtra. Adelita de J. Murillo Chejín, La pena de Prisión y la Reinserción social, Reforma en materia de Justicia Penal y Seguridad Pública, Foros de Participación Ciudadana.

4 Ibid.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de junio de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados:José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente, Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.»



SEGURIDAD PUBLICA

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las entidades federativas que a la fecha no hubieren adecuado su marco legal en materia de seguridad pública a realizar las modificaciones necesarias a fin de cumplir lo dispuesto en el artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia, del 18 de junio de 2008

Honorable Asamblea:

A la Comisión Seguridad Pública de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la proposición con punto de por el que se exhorta a las entidades federativas, que a la fecha no hubiesen adecuado su marco legal en materia de seguridad pública, a que realicen las reformas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo mandatado en el artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional en materia de seguridad pública y justicia de fecha 18 de junio de 2008, presentada el 7 de abril de 2010 y publicada en la Gaceta Parlamentaria en la misma fecha.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Seguridad Pública somete a consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen en sentido positivo, mismo que se realiza bajo los siguientes:

Antecedentes

I. En sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el 7 de abril de 2010, el diputado José Luis Ovando Patrón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las entidades federativas, que a la fecha no hubiesen adecuado su marco legal en materia de seguridad pública, a que realicen las reformas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo mandatado en el artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional en materia de seguridad pública y justicia de fecha 18 de junio de 2008, presentada el 7 de abril de 2010 y publicada en la Gaceta Parlamentaria en la misma fecha.

II. En esta misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, acordó que se turnará la propuesta citada a la Comisión de Seguridad Pública, para su estudio y dictamen correspondiente.

III. El 1 de junio de 2010, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado en sentido positivo por unanimidad.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1. El diputado proponente expresa que México se ha constituido como un país rico en recursos materiales y humanos, de gran trascendencia cultural en toda América Latina; sin embargo, ello no le ha hecho inmune de sufrir los estragos de la delincuencia en sus diferentes manifestaciones –común u organizada–, encontrando dicho mal social dentro del territorio mexicano, y consiguientemente, colocando en un estado de peligro la seguridad integral de sus habitantes, generándose un ambiente permeado de incertidumbre y desconfianza hacia las propias instituciones encargadas de la función de seguridad pública, sin dejar de lado el consecuente aparcamiento en la participación social, que el propio ambiente de inseguridad ha propiciado, con impacto negativo y directo al bienestar de las familias mexicanas.

2. De igual forma, manifiesta que el gobierno federal tuvo a bien sancionar las disposiciones planteadas conforme al proceso legislativo planteado en nuestra Carta Magna, aprobando la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 18 de junio de 2008, cuyo objeto fue encaminado a fortalecer las instituciones encargadas de la procuración de justicia y de la seguridad pública.

3. Señala que en el contenido del decreto antes citado, se reformaron “los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo respecto del artículo 21 constitucional noveno párrafo, que “La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala”.

4. El proponente expresa que es de gran relevancia contar con instrumentos jurídicos estatales que articulen, organicen y perfeccionen la tarea de seguridad pública para hacer efectivo el frente que se ha propuesto por parte del Estado mexicano en contra de la delincuencia, con base en el contenido de la reforma constitucional del 18 de junio de 2008.

5. Finalmente argumenta que no debe perderse de vista que la expedición de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, inició su vigencia dentro de los términos signados en el artículo séptimo transitorio de tan importante reforma constitucional el cual a la letra señala: “El Congreso de la Unión, a más tardar dentro de seis meses a partir de la publicación de este decreto, expedirá la ley que establezca el Sistema Nacional de Seguridad Pública. Las entidades federativas expedirán a más tardar en un año, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las leyes en esta materia, razón por la cual se exhorta a las entidades federativas que a la fecha no hubiesen adecuado su marco legal en materia de seguridad pública, a que realicen las reformas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo mandatado en el citado artículo transitorio de la reforma constitucional del 18 de junio de 2008.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición con punto de acuerdo, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados suscriben el presente dictamen.

Consideraciones

Primero.Que con base en los antecedentes antes expuestos y con los elementos de información disponibles, la Comisión de Seguridad Publica, con las atribuciones antes señaladas se avoco a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segundo.Tal y como lo manifiesta el proponente, el artículo 21 constitucional noveno párrafo, establece que “La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala.”

En concordancia con el citado precepto legal, el artículo 124 de nuestra Constitución federal establece que “Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados”, siendo por tanto prioritario que los estados armonicen en el marco de sus atribuciones, los ordenamientos legales correspondientes, a fin de estar en posibilidad de homologar las disposiciones que en materia de Seguridad contiene la reforma constitucional mencionada.

Tercero. De igual manera, el artículo 73, fracción XXIII, otorga facultades expresas al Congreso de la Unión, “Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, así como para establecer y organizar a las instituciones de Seguridad Pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de esta Constitución.”

En razón de la citada disposición constitucional, el honorable Congreso de la Unión expidió la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 2 de enero de 2009, la cual establece en el artículo 6º lo siguiente:

Artículo 6. Las Instituciones de Seguridad Pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional, su actuación se regirá además, por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, honradez, y respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Deberán fomentar la participación ciudadana y rendir cuentas en términos de ley.

Cuarto. A su vez, el artículo 7º de la ley antes citada en relación con el artículo 21 Constitucional, expresa lo siguiente:

Artículo 7. Conforme a las bases que establece el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en el ámbito de su competencia y en los términos de esta Ley, deberán coordinarse para:

I. Integrar el Sistema y cumplir con sus objetivos y fines;

II. Formular políticas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, así como programas y estrategias, en materia de seguridad pública;

III. Ejecutar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y acciones, a través de las instancias previstas en esta ley;

IV. Proponer, ejecutar y evaluar el Programa Nacional de Procuración de Justicia, el Programa Nacional de Seguridad Pública y demás instrumentos programáticos en la materia previstos en la Ley de Planeación;

V. Distribuir a los integrantes del Sistema, actividades específicas para el cumplimiento de los fines de la Seguridad Pública;

VI. Regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, permanencia, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública;

VII. Regular los sistemas disciplinarios, así como de reconocimientos, estímulos y recompensas;

VIII. Determinar criterios uniformes para la organización, operación y modernización tecnológica de las Instituciones de Seguridad Pública;

IX. Establecer y controlar bases de datos criminalísticos y de personal;

X. Realizar acciones y operativos conjuntos de las Instituciones de Seguridad Pública;

XI. Participar en la protección y vigilancia de las Instalaciones Estratégicas del país en los términos de esta ley y demás disposiciones aplicables;

XII. Determinar la participación de la comunidad y de instituciones académicas en coadyuvancia de los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito, así como de las Instituciones de Seguridad Pública, a través de mecanismos eficaces;

XIII. Implementar mecanismos de evaluación en la aplicación de los fondos de ayuda federal para la seguridad pública;

XIV. Fortalecer los sistemas de seguridad social de los servidores públicos, sus familias y dependientes, e instrumentar los complementarios a éstos, y

XV. Realizar las demás acciones que sean necesarias para incrementar la eficacia en el cumplimiento de los fines de la Seguridad Pública.

Tal y como se observa en los citados preceptos y en relación con lo que manifiesta el proponente en el contenido del documento objeto del presente dictamen, es fundamental contar con un sistema útil y adecuado a las necesidades que en seguridad pública requiere nuestro país, debiendo sujetarse a lo que dispone el artículo 21 Constitucional párrafo décimo, tales como:

a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. La operación y desarrollo de estas acciones será competencia de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

b) El establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal para las instituciones de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema.

c) La formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la comisión de delitos.

d) La participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito así como de las instituciones de Seguridad Pública.

e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional serán aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines.

Quinto. Aunado a lo anteriormente señalado, es de indicar que en el cumplimiento del decreto objeto del presente dictamen, no se vulnera la soberanía de ninguna entidad estatal, a la luz de lo que dispone la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece lo siguiente:

Artículo 71.El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

I. Al Presidente de la República;

II. A los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión; y

III. A las Legislaturas de los estados.

Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, por las Legislaturas de los estados o por las diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates.

Tal y como se desprende de las consideraciones antes vertidas, resulta de gran trascendencia e importancia, contar con el marco legal adecuado y vigente, el cual permita reorganizar y perfeccionar la tarea de seguridad pública, a fin de poder hacer efectivo el frente que se ha propuesto por parte del estado mexicano en contra de la delincuencia, con base en el contenido de la reforma constitucional del 18 de junio de 2008.

Sexto. Resulta atinado lo observado por el proponente, en el sentido de que con la expedición de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se dio inicio a la vigencia de los términos signados en el artículo séptimo transitorio de la multicitada reforma constitucional, en la cual el artículo séptimo transitorio establece lo siguiente:

“El Congreso de la Unión, a más tardar dentro de seis meses a partir de la publicación de este Decreto, expedirá la ley que establezca el Sistema Nacional de Seguridad Pública. Las entidades federativas expedirán a más tardar en un año, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las leyes en esta materia.”

Dicha disposición debe ser observada de manera expresa y dentro de los términos establecidos en el transitorio en comento a fin de poder estar en posibilidades de implementación de la reforma constitucional de junio de 2008, así como las disposiciones reglamentarias que de ella emanen, dando así cumplimiento a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la cual establece en el artículo 1º lo siguiente:

Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Seguridad Pública y tiene por objeto regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como establecer la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en esta materia.

Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional

Derivado de las disposiciones legales antes mencionadas, esta comisión considera indispensable que cada estado perfeccione y actualice en el ámbito de sus respectivas atribuciones, las disposiciones que en materia de seguridad pública se encuentren vigentes, a fin de lograr una efectiva integración de los principios establecidos tanto en las disposiciones constitucionales ya mencionadas como en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de lo contrario, no se contará con las herramientas legales necesarias para responder a las exigencias que en la actualidad la ciudadanía demanda en materia de seguridad pública.

Con base a lo expuesto y fundado, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Seguridad Pública reconocen y concluyen que es procedente aprobar en sentido positivo el presente punto de acuerdo, por lo que someten a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta a las entidades federativas que a la fecha no hubieren adecuado su marco legal en materia de seguridad pública, a que realicen las reformas necesarias, a fin de dar cumplimiento a lo mandatado en el artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia de fecha 18 de junio de 2008.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de junio de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados: José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente, Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.»



ESTADO DE COAHUILA

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargadas de la seguridad pública en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía

Honorable Asamblea:

A la Comisión Seguridad Pública de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargadas de la seguridad pública en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía, a cargo del diputado Miguel Ángel Riquelme, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentada el 21 de abril de 2010 y publicada en la Gaceta Parlamentaria en la misma fecha.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Seguridad Pública somete a consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen en sentido positivo, mismo que se realiza bajo los siguientes:

Antecedentes

I. En sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el 21 de abril de 2010, el diputado Miguel Ángel Riquelme, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presento proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargas de la seguridad pública en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía.

II. En esta misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, acordó que se turnará la propuesta citada a la Comisión de Seguridad Pública, para su estudio y dictamen correspondiente.

III. El 1 de junio de 2010, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado en sentido positivo por unanimidad.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1. El proponente manifiesta que hace algunos días el ayuntamiento de Torreón dio de baja alrededor de 400 policías municipales que estaban en paro, en demanda de la destitución del jefe de la corporación, después de haber establecido una mesa de negociación que fue abandonada por la comisión de policías inconformes y, con lo anterior, fue roto el diálogo que hasta ese momento se había entablado; lo anterior, ha provocado que hasta el día de hoy a más de 26 días en que ocurrió dicha baja del cuerpo policíaco en mención, aún se están llevando a cabo las pláticas para que los policías que quieran continuar desempeñando su trabajo lo hagan, pero en esta ocasión después de presentar exámenes de confiabilidad que garanticen que los habitantes del mencionado municipio lagunero contarán con un cuerpo de policía capacitado y leal que responda a los sucesos y la realidad que está viviendo la comunidad.

2. El proponente expresa que por esta razón, la ciudadanía se siente vulnerable a cualquier hecho que pueda realizar la delincuencia organizada, toda vez que en estos momentos el ayuntamiento está llevando a cabo el proceso de refundar la policía municipal. A pesar del apoyo que han brindado desde el primer momento tanto el gobierno del estado a través de su policía operativa como el gobierno federal a través del Ejército y la Policía Federal Preventiva, la ciudadanía considera que esta ayuda es insuficiente para una población de 578 mil habitantes.

3. De igual forma el proponente indica acertadamente que atendiendo a lo establecido en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 2008, en el que se establece la coordinación y el arreglo institucional de atención a la seguridad pública para garantizar la responsabilidad compartida entre la federación, las entidades federativas y los municipios; en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en la que se consolida la coordinación entre las instancias encargadas de la seguridad pública para realizar acciones conjuntas; en el Programa Sectorial de Seguridad Pública 2007-2012; en la Ley de Policía Federal y, por supuesto, en la Carta Magna, consideramos oportuno solicitar a la Secretaría de Seguridad Pública federal sostener una reunión que tenga por finalidad exponer las inquietudes que existen en torno a la situación anteriormente expuesta, además de lograr acuerdos que permitan replantear el esquema de la seguridad publica en Torreón, en principio, y en la entidad, finalmente.

4. Por último el proponente reitera su preocupación por evitar el incremento de los índices de violencia, requiriendo que la Secretaría de Seguridad Pública federal envíe a Torreón más elementos de la Policía Federal Preventiva y los mantenga por el tiempo que sea necesario, evitando la rotación, en virtud de que si el municipio se queda sin apoyo policiaco se generará un clima de incertidumbre y falta de seguridad entre la población. Estimando que en un plazo aproximado de seis meses el municipio podrá contar con elementos suficientemente capacitados para redundar la policía municipal, tiempo en el cual se solicita la presencia de elementos de la policía federal y estatal en el municipio.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición con punto de acuerdo, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados suscriben el presente dictamen.

Consideraciones

Primero. Que con base en los antecedentes antes expuestos y con los elementos de información disponibles, la Comisión de Seguridad Pública, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo al rubro señalada.

Segundo. La seguridad pública es una materia concurrente entre la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios en la cual, el reparto de competencias, debe hacerse en una ley marco expedida por el Congreso de la Unión, pues esta facultad deriva de los artículos 21 y 73, fracción XXIII, de la Constitución federal.

“Artículo 21. ...

...

...

...

...

...

...

...

La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.

Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública.”

“Artículo 73. El Congreso tiene facultad: ...

... XXIII. Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, así como para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de esta Constitución...”

Tercero. También es importante mencionar que en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 2008, se establece la coordinación y el arreglo institucional de atención a la seguridad pública para garantizar la responsabilidad compartida entre la federación, las entidades federativas y los municipios; puesto que parte de premisas tales como:

1. La política de seguridad es una política de Estado.

2. La coordinación, cooperación e intercambio de información entre los tres Poderes de la Unión y los tres órdenes de gobierno, es condición indispensable para garantizar la seguridad pública.

3. Cada uno de los poderes y cada uno de los órdenes de gobierno debe ejecutar la parte que le corresponde, en el marco de sus atribuciones, para cumplir los compromisos asumidos de acuerdo con las metas y los tiempos convenidos.

Al mismo tiempo, resulta impostergable la actuación coordinada entre todas las autoridades, en el marco del federalismo: actuación conjunta que asuma como premisa fundamental la corresponsabilidad entre los tres órdenes de gobierno para garantizar la plena vigencia del Estado de derecho.

Cuarto. En virtud de lo anterior, dentro del Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica se estable de forma expresa cuales son las obligaciones en materia de seguridad publica que cada uno de los niveles de gobierno debe cumplir.

“Artículo 7. Conforme a las bases que establece el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en el ámbito de su competencia y en los términos de esta Ley, deberán coordinarse para:

I. Integrar el Sistema y cumplir con sus objetivos y fines;

II. Formular políticas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, así como programas y estrategias, en materia de seguridad pública;

III. Ejecutar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y acciones, a través de las instancias previstas en esta ley;

IV. Proponer, ejecutar y evaluar el Programa Nacional de Procuración de Justicia, el Programa Nacional de Seguridad Pública y demás instrumentos programáticos en la materia previstos en la Ley de Planeación;

V. Distribuir a los integrantes del Sistema, actividades específicas para el cumplimiento de los fines de la Seguridad Pública;

...

Artículo 8. La coordinación, evaluación y seguimiento de lo dispuesto en esta Ley, se hará con respeto a las atribuciones que la Constitución establece para las instituciones y autoridades que integran el Sistema.

Artículo 39. La concurrencia de facultades entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, quedará distribuida conforme a lo siguiente:

A. Corresponde a la Federación, por conducto de las autoridades competentes:

I. Proponer las acciones tendientes a asegurar la coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios;

II. Respecto del Desarrollo Policial:

a) En materia de Carrera Policial, proponer al Consejo Nacional:

1. Las políticas relativas a la selección, ingreso, permanencia, estímulos, promoción, reconocimiento y terminación del servicio de los Integrantes de las Instituciones Policiales, de acuerdo al Modelo Policial, conforme a la normatividad aplicable;

2. Los lineamientos para los procedimientos de Carrera Policial que aplicarán las autoridades competentes;

b) En materia de Profesionalización, proponer al Consejo Nacional:

1. El Programa Rector que contendrá los aspectos de formación, capacitación, adiestramiento, actualización e investigación académica, así como integrar las que formulen las instancias del Sistema;

2. Los procedimientos aplicables a la Profesionalización;

3. Los criterios para el establecimiento de las Academias e Institutos, y

4. El desarrollo de programas de investigación y formación académica.

c) En materia de Régimen Disciplinario, proponer al Consejo Nacional los lineamientos para la aplicación de los procedimientos respectivos.

III. Coordinar las acciones para la vigilancia y protección de las Instalaciones Estratégicas, y

IV. Las demás que establezcan otras disposiciones legales.

B. Corresponde a la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias:

I. Garantizar el cumplimiento de la presente Ley y demás disposiciones que deriven de ésta;

II. Contribuir, en el ámbito de sus competencias, a la efectiva coordinación del Sistema;

III. Aplicar y supervisar los procedimientos relativos a la Carrera Policial, Profesionalización y Régimen Disciplinario;

IV. Constituir y operar las Comisiones y las Academias a que se refiere esta Ley;

V. Asegurar su integración a las bases de datos criminalísticos y de personal;

VI. Designar a un responsable del control, suministro y adecuado manejo de la información a que se refiere esta Ley;

VII. Integrar y consultar en las bases de datos de personal de Seguridad Pública, los expedientes de los aspirantes a ingresar en las Instituciones Policiales;

VIII. Abstenerse de contratar y emplear en las Instituciones Policiales a personas que no cuentan con el registro y certificado emitido por el centro de evaluación y control de confianza respectivo;

IX. Coadyuvar a la integración y funcionamiento del Desarrollo Policial, Ministerial y Pericial;

X. Establecer centros de evaluación y control de confianza, conforme a los lineamientos, procedimientos, protocolos y perfiles determinados por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, así como garantizar la observancia permanente de la normatividad aplicable;

XI. Integrar y consultar la información relativa a la operación y Desarrollo Policial para el registro y seguimiento, en las bases de datos criminalísticos y de personal de Seguridad Pública;

XII. Destinar los fondos de ayuda federal para la seguridad pública exclusivamente a estos fines y nombrar a un responsable de su control y administración;

XIII. Participar en la ejecución de las acciones para el resguardo de las Instalaciones Estratégicas del país, y

XIV. Las demás atribuciones específicas que se establezcan en la Ley y demás disposiciones aplicables.

Los Estados y los Municipios podrán coordinarse para hacer efectivo lo previsto en el artículo 115, fracciones III, inciso h) y VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las Leyes Estatales de Seguridad Pública podrán establecer la posibilidad de coordinación, y en su caso, los medios para la más eficaz prestación del servicio de seguridad pública entre un Estado y sus Municipios.”

Quinto. A su vez, el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, señala que la Secretaría de Seguridad Pública tendrá a su cargo salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas, prevenir la comisión de delitos y preservar la libertad, el orden y la paz públicos. El artículo 8, fracción II, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, establece la obligación de formular y ejecutar planes y programas.

La Secretaría de Seguridad Pública, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática (SNPD), con fundamento en los artículos 26, apartado A, constitucional, y 16, fracción IV, 21, 22, 26, 29, 32 y 37 de la Ley de Planeación, es responsable de elaborar el PNSP; que es el punto de convergencia de las distintas políticas públicas, programas y acciones de las diversas instituciones y organizaciones gubernamentales responsables de la seguridad en el país.

Sexto. El Programa Nacional de Seguridad Pública 2008-2012 concreta y expresa las inquietudes y demandas de gobierno y sociedad para el establecimiento e instrumentación de políticas y acciones integrales e intersectoriales en materia de seguridad pública; a efecto de combatir frontalmente el fenómeno delictivo y consolidar el estado de derecho con la coordinación y corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno, a través de la Estrategia Nacional de Prevención del Delito y Combate a la Delincuencia en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Para hacer realidad este compromiso se ha hecho un esfuerzo de coordinación sin precedente entre autoridades de los tres órdenes de gobierno, para desarticular las estructuras logísticas y financieras de las redes criminales.

Séptimo. Por otra parte, la Ley de la Policía Federal señala claramente que deberá colaborar cuando sea formalmente requerida, de conformidad con los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, con las autoridades locales y municipales competentes en la protección de la integridad física de las personas y en la preservación de sus bienes, en situaciones de peligro, cuando se vean amenazadas por situaciones que impliquen violencia o riesgo inminente; prevenir la comisión de delitos, así como garantizar, mantener y restablecer la paz y el orden públicos.

Al respecto, los artículos 8, 13 y 19 de la Ley de la Policía Federal establecen:

“Artículo 8. La Policía Federal tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:

I. Prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determinen las leyes federales;

II. Intervenir en materia de seguridad pública, en coadyuvancia con las autoridades competentes, en la observancia y cumplimiento de las leyes;

III. Salvaguardar la integridad de las personas, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos, así como prevenir la comisión de delitos, en:

a) Las zonas fronterizas y en la tierra firme de los litorales, la parte perteneciente al país de los pasos y puentes limítrofes, las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, las carreteras federales, las vías férreas, los aeropuertos, los puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, el espacio aéreo y los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares.

La Policía Federal actuará en los recintos fiscales, aduanas, secciones aduaneras, garitas o puntos de revisión aduaneros, en auxilio y coordinación con las autoridades responsables en materia fiscal o de migración, en los términos de la presente Ley y las demás disposiciones legales aplicables;

b) Los parques nacionales, las instalaciones hidráulicas y vasos de las presas, los embalses de los lagos y los cauces de los ríos;

c) Los espacios urbanos considerados como zonas federales, así como en los inmuebles, instalaciones y servicios de entidades y dependencias de la federación;

d) Todos aquellos lugares, zonas o espacios del territorio nacional sujetos a la jurisdicción federal, conforme a lo establecido por las leyes respectivas, y

e) En todo el territorio nacional en el ámbito de su competencia...

...XXX. Colaborar, cuando sean formalmente requeridas, de conformidad con los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, con las autoridades locales y municipales competentes, en la protección de la integridad física de las personas y en la preservación de sus bienes, en situaciones de peligro, cuando se vean amenazadas por situaciones que impliquen violencia o riesgo inminente; prevenir la comisión de delitos, así como garantizar, mantener y restablecer la paz y el orden públicos;...

Artículo 13. Todas las autoridades federales, cuyas atribuciones se relacionen con las de la Policía Federal, se coordinarán entre sí para el despacho y operación de los asuntos relativos a la seguridad pública a cargo de la Federación.

El Reglamento de la Policía Federal determinará el esquema de organización y funcionamiento que se dé la misma para participar en instancias de coordinación interinstitucionales.

Artículo 19. Son deberes de los integrantes: ...

...XII. Participar en operativos y mecanismos de coordinación con otras Instituciones de Seguridad Pública, así como brindarles, en su caso, el apoyo que conforme a derecho proceda;...”

Octavo. Por último cabe aclarar que la presente recomendación con punto de acuerdo se presenta bajo la clasificación de exhorto, consistente en solicitar respetuosamente de una autoridad administrativa, en el ámbito de colaboración entre poderes, la realización o cesación en la ejecución de determinados actos; el cumplimiento concreto de obligaciones, o en general, la ejecución o suspensión de ciertas acciones, en beneficio de una comunidad, grupo, partido o colectividad y cuyos efectos sean de interés general. En el presente caso, consiste en realizar un exhorto a la Secretaría de Seguridad Pública, solicitando respetuosamente, el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales señaladas, a fin de seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía, en beneficio de su comunidad que en este momento se encuentra desprotegida y siendo potencialmente víctima de la delincuencia.

Resultando

Primero: Esta comisión considera procedente aprobar el punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargadas de la seguridad pública en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía municipal, pues de lo anteriormente expuesto se desprende que las autoridades de los tres niveles de gobierno deben sujetarse a lo establecido en la Constitución y legislación correspondiente, con el objeto de dar un tratamiento de colaboración y de coordinación entre ellos, a fin de dar pronta y eficaz solución al clima de incertidumbre y falta de seguridad entre la población de dicho municipio, en razón de que será en un plazo aproximado de seis meses en que el municipio podrá contar con elementos suficientemente capacitados para redundar la policía municipal, tiempo en el cual se solicita la presencia y apoyo de elementos de la policía federal y estatal en el municipio.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados y diputadas integrantes de las Comisión de Seguridad Pública, sometemos a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública federal a llevar a cabo una reunión de trabajo con las autoridades encargadas de la seguridad pública en el estado de Coahuila, a fin de seguir coordinando esfuerzos tendentes a resolver la problemática que impera en el municipio de Torreón y en su caso, enviar a elementos de la Policía Federal a fin de garantizar la seguridad del citado municipio y de sus habitantes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de junio de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados: José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente, Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.»



POLICIA FEDERAL, DIVISION CAMINOS

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos

Honorable Asamblea:

A la Comisión Seguridad Pública de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la gran corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos, a cargo del diputado Joel González Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentada el 22 de abril de 2010 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha en la misma fecha.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Seguridad Pública somete a consideración de esta honorable Asamblea, el presente dictamen en sentido positivo, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

I. En sesión de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el 22 de abril de 2010, el diputado Joel González Díaz, del Partido Revolucionario Institucional, presento proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la gran corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos.

II. En esta misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, acordó que se turnará la propuesta citada a la Comisión de Seguridad Pública, para su estudio y dictamen correspondiente.

III. El 1 de junio de 2010, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado con modificaciones, en sentido positivo, por unanimidad.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1. El diputado proponente manifiesta que no es ninguna novedad que se han encontrado bandas delictivas que han estado y están en complicidad con la Policía Federal de Caminos y otras corporaciones policíacas tanto federales como estatales a niveles muy altos, las que cuentan con su imparcial y total protección, para traficar drogas, armas, órganos, mercancía de contrabando y en la actualidad el muy conocido tráfico de personas.

2. El proponente expresa no ser comprensibles toda esta gama de delitos sin la participación o la complicidad de los cuerpos policíacos y, en lo particular, de la sofisticada Policía Federal, División Caminos, ya que por vía terrestre, y siendo más explícito, por las carreteras federales de nuestro país se transportan y trasladan toda clase de productos legales o ilegales. Refiere que tan sólo en los últimos años se han contabilizado decenas de miles de robos de tráileres, camiones y camionetas de carga del autotransporte de carga federal, en las principales rutas que son utilizan con mayor regularidad por este gremio; que inclusive la Cámara Mexicana de la Industria del Transporte manifiesta un considerable incremento de robos de mercancías de todo tipo y, respecto a la industria de la construcción, ésta ha sido lacerada gravemente por el robo de maquinaria pesada utilizada en dicho sector.

3. El proponente refiere que existe una larga cadena de corrupción, en la que el suboficial, corrupto cobra las mordidas o cuota y las entrega al oficial superior, éste a su vez al teniente y éste al capitán, éste las entrega al comandante de destacamento o de comisaría a su vez éste las entrega al los altos mandos, claro esto no tendría sentido, si cada uno de los integrantes de esta corporación no se quedara con al menos un porcentaje de participación justo de acuerdo a los montos de recaudación. El proponente destaca que es tan descarada y lamentable la corrupción en nuestras carreteras por parte de la Policía de Caminos, que en muchas ocasiones cundo los afectados carecen de recursos financieros, los oficiales cobran sus mordidas o dádivas en especie; esto quiere decir, que les dan televisiones, estéreos, computadoras, artículos de joyería, etcétera, lo que es lamentable verdaderamente.

4. Por otra parte, el proponente destaca, que en relación con la mayoría de los comandantes de esta corporación, sólo sería necesario realizarles una buena auditoría e investigación patrimonial y comparar los resultados que arroje ésta, con sus ingresos generales en el transcurso de su vida productiva, de igual forma, indica que es urgente y muy necesario se implementen mecanismos de reestructura laboral y de profesionalización tendiente ha erradicar la corrupción y fomentar un cambio de cultura en este cuerpo de seguridad.

5. Por todo lo expuesto, y con el único fin de participar en la prevención de los delitos por parte de los servidores públicos y así erradicar los lamentables y alarmantes niveles de corrupción de esta corporación, el proponente somete a consideración de esta soberanía los siguientes

6. Derivado de lo anterior se propone exhortar al secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a implantar las acciones y programas de reestructuración y depuración laboral que sean necesarios a los elementos de la Policía Federal, División Caminos, a fin de erradicar al personal nocivo y los elementos corruptos que en la actualidad generan los altos niveles de corrupción que imperan de forma considerable en dicha corporación.

7. De igual manera, se exhorta al secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a generar los programas, académicos, científicos, culturales y sociales de capacitación y profesionalización que sean necesarios, a fin de lograr erradicar totalmente, o de manera considerable los altos niveles de corrupción existentes, que imperan en la actualidad, en la policía federal división caminos y así fomentar un cambio de cultura, tendiente a transformar, mejorar y depurar los distintos mandos de la mencionada corporación.

8. El proponente exhorta al secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a informar al pleno de la honorable Cámara de Diputados sobre los programas anticorrupción que se han implantado y los resultados que se hayan logrado sobre el particular en dicha Policía Federal.

9. Finalmente el proponente exhorta al titular de la Auditoría Superior de la Federación, contador público Arturo González de Aragón, a realizar las auditorías, revisiones e investigaciones patrimoniales necesaria a los suboficiales, oficiales, comandantes y principales mandos de la Policía Federal, División Caminos, dichos resultados deberán compararse con los datos del historial de ingresos y percepciones de su vida productiva, esto con el fin de depurar a esa institución de los elementos que resulten con variaciones considerables en sus bienes patrimoniales no justificables, estas auditorías e investigaciones deberán realizarse de manera extensiva a los familiares de estos en línea directa.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición con punto de acuerdo, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados suscriben el presente dictamen.

Consideraciones

Primero. Que con base en los antecedentes antes expuestos y con los elementos de información disponibles, la Comisión de Seguridad Pública, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo.

Segundo. La libertad de transitar dentro de la República Mexicana, así como de entrar y salir de ella, es un derecho específico de libertad que se contempla en nuestra Constitución claramente.

“Artículo 11. Todo hombre tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.”

Este derecho, como la mayoría, no es absoluto, pues la propia Constitución Política prevé casos de excepción, los que enuncia en dos supuestos generales; esto es, cuando se trata de intervenciones de las autoridades judiciales o de las administrativas. Haciendo a todas luces evidentes los actos de molestia sin razón alguna, abuso y extorsión que se presenta por parte de agentes de tránsito y vialidad del Estado de Sinaloa, así como también por parte de la Policía Federal.

Tercero. El ser un agente de tránsito y vialidad implica una responsabilidad muy grande con la ciudadanía, ya que de acuerdo con el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el servidor público debe salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones.

Las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que incurran, además de las que señalen las leyes, consistirán en suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos obtenidos por el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por sus actos u omisiones a que se refiere la fracción III del artículo 109 de la CPEUM, pero que no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios causados.

Cuarto. El Código Penal Federal, en su artículo 390 señala claramente en qué consiste el tipo penal del delito de extorsión:

“Artículo 390. Al que sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa.

Las penas se aumentarán hasta un tanto más si el constreñimiento se realiza por una asociación delictuosa, o por servidor público o ex-servidor público, o por miembro o ex miembro de alguna corporación policial o de las Fuerzas Armadas Mexicanas. En este caso, se impondrá además al servidor o ex servidor público y al miembro o ex miembro de alguna corporación policial, la destitución del empleo, cargo o comisión y la inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar cargo o comisión público, y si se tratare de un miembro de las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro, de reserva o en activo, la baja definitiva de la Fuerza Armada a que pertenezca y se le inhabilitará de uno a cinco años para desempeñar cargos o comisión públicos.”

Para esta soberanía, una de las prioridades del Estado Mexicano, es reestablecer la seguridad pública en el territorio nacional. Bajo esta premisa, los instrumentos de planeación nacional y los programas sectoriales de las dependencias encargadas de este tema en el ámbito federal, se orientaron a alinear los esfuerzos de los órdenes de gobierno en el fortalecimiento de las acciones de prevención del delito y combate al crimen.

Para ello se planteó la necesidad de instrumentar un nuevo modelo policial que genere inteligencia operativa para la prevención de los delitos, el combate a la delincuencia y exprese la visión del Estado Mexicano respecto de la organización y funcionamiento de las corporaciones de policía de los órdenes de gobierno, para cumplir el mandato constitucional de la seguridad pública.

Quinto. La Seguridad Pública es una materia concurrente entre las diferentes entidades federativas, el Distrito Federal y la Federación, en donde el reparto de competencias debe hacerse en una ley marco expedida por el Congreso de la Unión, tal y como lo señalan los artículos 21, 73 fracciones XXIII, y 122 Base Segunda fracción II inciso e) de la Constitución Federal.

“Artículo 21. ...

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La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.

Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas:

a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. La operación y desarrollo de estas acciones será competencia de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

b) El establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal para las instituciones de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema.

c) La formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la comisión de delitos.

d) Se determinará la participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito así como de las instituciones de seguridad pública.

e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional serán aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines.”

“Artículo 73. El Congreso tiene facultad ...

... XXIII. Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, así como para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de esta Constitución...”

Sexto. En cuanto a los puntos de acuerdo primero y segundo, enumerados en el contenido de la presente proposición, consistentes en exhortar al secretario de Seguridad Pública a implantar las acciones y programas de reestructuración y depuración laboral que sean necesarios a los elementos de la Policía Federal; a generar los programas, académicos, científicos, culturales y sociales de capacitación y profesionalización que sean necesarios, a fin de erradicar los altos niveles de corrupción existentes en la Policía Federal, División Caminos, así como fomentar un cambio de cultura, tendiente a transformar, mejorar y depurar los distintos mandos de la mencionada corporación; se considera innecesario, pues ya la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de la Policía Federal y en la Propia Constitución se señala claramente la obligación de que las instituciones de seguridad pública sean de carácter civil, disciplinado y profesional las cuales deben contar con una clara regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública.

Al respecto, la Ley de la Policía Federal establece lo siguiente:

“Artículo 16.La carrera policial comprende el grado policial, la antigüedad, las insignias, condecoraciones, estímulos y reconocimientos obtenidos, el resultado de los procesos de promoción, así como el registro de las correcciones disciplinarias y sanciones que, en su caso, haya acumulado el integrante. Se regirá por las normas siguientes:

IV. Sólo ingresarán y permanecerán en la Policía Federal aquellos aspirantes e integrantes que cursen y aprueben los programas de formación, capacitación y profesionalización;

XII. Los procedimientos para la selección, ingreso, formación, capacitación, adiestramiento, desarrollo, actualización, permanencia y promoción de integrantes serán establecidos en las disposiciones reglamentarias que al efecto se expidan, y

Artículo 17. Para ingresar o permanecer en la Policía Federal se requiere

V. Aprobar los cursos de formación, capacitación y profesionalización;

Artículo 24.El Consejo Federal es la instancia colegiada encargada de normar, conocer y resolver toda controversia que se suscite en relación con los procedimientos del Servicio Profesional, el Régimen Disciplinario de la Policía Federal y su Profesionalización.

Artículo 25. El Consejo Federal llevará un registro de datos de los integrantes, el cual se proporcionará a las bases de datos criminalísticas y de personal de la Secretaría y del Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública.

Artículo 26. Son atribuciones del Consejo Federal:

I. Emitir normas relativas al ingreso, selección, permanencia, estímulos, promoción y reconocimiento de los integrantes;

II. Establecer los lineamientos para los procedimientos de Servicio Profesional;

III. Formular normas en materia de previsión social;

IV. Elaborar los planes y programas de Profesionalización que contendrá los aspectos de formación, capacitación, adiestramiento y actualización;

V. Establecer los procedimientos aplicables a la Profesionalización;

VI. Celebrar los convenios necesarios para la instrumentación de la Profesionalización;

VII. Instruir el desarrollo de los programas de investigación académica en materia policial;

VIII. Establecer los lineamientos para los procedimientos aplicables al Régimen Disciplinario;

IX. Emitir Acuerdos de observancia general y obligatoria en materia de desarrollo policial para la exacta aplicación del Servicio Profesional;

X. Aplicar y resolver los procedimientos relativos al ingreso, selección, permanencia, promoción y reconocimiento de los integrantes;

XI. Verificar el cumplimiento de los requisitos de permanencia de los integrantes;

XII. Analizar la formación, capacitación, adiestramiento, desarrollo, actualización, las sanciones aplicadas y los méritos de los integrantes a fin de determinar quiénes cumplen con los requisitos para ser promovidos;

XIII. Resolver, de acuerdo a las necesidades del servicio, la reubicación de los integrantes de un área operativa a otra;

XIV. Sustanciar los procedimientos disciplinarios por incumplimiento a los deberes u obligaciones de los integrantes, preservando el derecho a la garantía de audiencia;

XV. Conocer y resolver sobre el otorgamiento de constancias de grado y estímulos a los integrantes, conforme al procedimiento establecido en el Reglamento de la presente Ley;

XVI. Establecer el régimen homólogo de grados para el personal de servicios, conforme a las instrucciones del Comisionado General;

XVII. Crear las comisiones, comités y grupos de trabajo del Servicio Profesional, Régimen Disciplinario y demás que resulten necesarias, de acuerdo al tema o actividad a desarrollar, supervisando su actuación;

XVIII. Sancionar a los integrantes por incumplimiento a los deberes previstos en la presente Ley y disposiciones aplicables que deriven de ésta;

XIX. Resolver los recursos de revisión promovidos contra las sanciones impuestas por violación al Régimen Disciplinario;

XX. Resolver los recursos de reclamación promovidos contra los acuerdos respecto a la no procedencia del inicio del procedimiento;

XXI. Dictar las medidas necesarias para el despacho pronto y expedito de los asuntos de su competencia, y

XXII. Las demás que le señalen la presente Ley y demás disposiciones legales que de él deriven.

Las Reglas de Operación y Funcionamiento del Consejo Federal estarán previstas en el Reglamento de esta Ley.”

A su vez, el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala:

“Artículo 30 Bis. A la Secretaría de Seguridad Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Desarrollar las políticas de seguridad pública y proponer la política criminal en el ámbito federal, que comprenda las normas, instrumentos y acciones para prevenir de manera eficaz la comisión de delitos;

II. Proponer al Ejecutivo Federal las medidas que garanticen la congruencia de la política criminal entre las dependencias de la administración pública federal;

III. Presidir el Consejo Nacional de Seguridad Pública;

IV. Representar al Poder Ejecutivo Federal en el Sistema Nacional de Seguridad Pública;

V. Proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública la designación del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y, en su caso, removerlo libremente;

VI. Proponer en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Pública, políticas, acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal para todo el territorio nacional;

VII. Fomentar la participación ciudadana en la formulación de planes y programas de prevención en materia de delitos federales y, por conducto del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los delitos del fuero común;

VIII. Promover y facilitar la participación social para el desarrollo de actividades de vigilancia sobre el ejercicio de sus atribuciones;

IX. Atender de manera expedita las denuncias y quejas ciudadanas con relación al ejercicio de sus atribuciones;

X. Organizar, dirigir, administrar y supervisar la Policía Federal Preventiva, así como garantizar el desempeño honesto de su personal y aplicar su régimen disciplinario;

XI. Proponer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos el nombramiento del Comisionado de la Policía Federal Preventiva;

...

De igual manera, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública dispone:

“Artículo 7. Conforme a las bases que establece el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en el ámbito de su competencia y en los términos de esta Ley, deberán coordinarse para: ...

...VI. Regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, permanencia, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública;...

Artículo 25. Son funciones de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia: ...

...VIII. Fijar criterios uniformes para la regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, capacitación, profesionalización, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de agentes del Ministerio Público y peritos, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones aplicables;...

IX. Promover la capacitación, actualización y especialización conjunta de los miembros de las Instituciones de Procuración de Justicia, conforme al Programa Rector de Profesionalización; ...

Artículo 29. Son funciones de la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública: ...

...II. Promover la capacitación, actualización y especialización de los miembros de las Instituciones Policiales, conforme al Programa Rector de Profesionalización; ...

Artículo 47. La Federación y las entidades federativas establecerán y operarán Academias e Institutos que serán responsables de aplicar los Programas Rectores de Profesionalización que tendrán, entre otras, las siguientes funciones:

I. Aplicar los procedimientos homologados del Sistema;

II. Capacitar en materia de investigación científica y técnica a los servidores públicos;

III. Proponer y desarrollar los programas de investigación académica en materia ministerial, pericial y policial, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones aplicables;

IV. Proponer las etapas, niveles de escolaridad y grados académicos de la Profesionalización;

V. Promover y prestar servicios educativos a sus respectivas Instituciones;

VI. Aplicar las estrategias para la profesionalización de los aspirantes y servidores públicos;

VII. Proponer y aplicar los contenidos de los planes y programas para la formación de los servidores públicos a que se refiere el Programa Rector;

VIII. Garantizar la equivalencia de los contenidos mínimos de planes y programas de Profesionalización;

IX. Revalidar equivalencias de estudios de la Profesionalización;

X. Colaborar en el diseño y actualización de políticas y normas para el reclutamiento y selección de aspirantes y vigilar su aplicación;

XI. Realizar los estudios para detectar las necesidades de capacitación de los Servidores Públicos y proponer los cursos correspondientes;

XII. Proponer y, en su caso, publicar las convocatorias para el ingreso a las Academias e Institutos;

XIII. Tramitar los registros, autorizaciones y reconocimiento de los planes y programas de estudio ante las autoridades competentes;

XIV. Expedir constancias de las actividades para la profesionalización que impartan;

XV. Proponer la celebración de convenios con Instituciones educativas nacionales y extranjeras, públicas y privadas, con objeto de brindar formación académica de excelencia a los servidores públicos;

XVI. Supervisar que los aspirantes e integrantes de las Instituciones Policiales se sujeten a los manuales de las Academias e Institutos, y

XVII. Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.

Artículo 48. En materia de planes y programas de Profesionalización para las Instituciones Policiales, la Secretaría tendrá la facultad de proponer a las Instancias de Coordinación de esta ley lo siguiente:

I. Los contenidos básicos de los programas para la formación, capacitación y profesionalización de los mandos de las Instituciones policiales;

II. Los aspectos que contendrá el Programa Rector;

III. Que los integrantes de las Instituciones Policiales se sujeten a los programas correspondientes a las Academias y de estudios superiores policiales;

IV. El diseño y actualización de políticas y normas para el reclutamiento y selección de candidatos a las Instituciones Policiales y vigilar su aplicación;

V. Estrategias y políticas de desarrollo de formación de los integrantes de las Instituciones Policiales;

VI. Los programas de investigación académica en materia policial;

VII. El diseño y actualización de políticas y normas para el reclutamiento y selección de candidatos a las Instituciones Policiales;

VIII. La revalidación de equivalencias de estudios de la Profesionalización en el ámbito de su competencia, y

IX. Las demás que establezcan otras disposiciones legales.

Artículo 72. El Desarrollo Policial es un conjunto integral de reglas y procesos debidamente estructurados y enlazados entre sí que comprenden la Carrera Policial, los esquemas de profesionalización, la certificación y el régimen disciplinario de los Integrantes de las Instituciones Policiales y tiene por objeto garantizar el desa-rrollo institucional, la estabilidad, la seguridad y la igualdad de oportunidades de los mismos; elevar la profesionalización, fomentar la vocación de servicio y el sentido de pertenencia, así como garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales referidos en el artículo 6 de la Ley.

Artículo 73. Las relaciones jurídicas entre las Instituciones Policiales y sus integrantes se rigen por la fracción XIII, del apartado B, del artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente Ley y demás disposiciones legales aplicables.

Todos los servidores públicos de las Instituciones Policiales en los tres órdenes de gobierno que no pertenezcan a la Carrera Policial, se considerarán trabajadores de confianza. Los efectos de su nombramiento se podrán dar por terminados en cualquier momento, de conformidad con las disposiciones aplicables, y en caso de que no acrediten las evaluaciones de control de confianza.

Artículo 74. Los integrantes de las Instituciones Policiales podrán ser separados de su cargo si no cumplen con los requisitos de las leyes vigentes, que en el momento de la separación señalen para permanecer en las Instituciones, sin que proceda su reinstalación o restitución, cualquiera que sea el juicio o medio de defensa para combatir la separación, y en su caso, sólo procederá la indemnización.

Las legislaciones correspondientes establecerán la forma para calcular la cuantía de la indemnización que, en su caso, deba cubrirse.

Tal circunstancia será registrada en el Registro Nacional correspondiente.

Artículo 78. La Carrera Policial es el sistema de carácter obligatorio y permanente, conforme al cual se establecen los lineamientos que definen los procedimientos de reclutamiento, selección, ingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación, promoción y reconocimiento; así como la separación o baja del servicio de los integrantes de las Instituciones Policiales.

Artículo 96. La certificación es el proceso mediante el cual los integrantes de las Instituciones Policiales se someten a las evaluaciones periódicas establecidas por el Centro de Control de Confianza correspondiente, para comprobar el cumplimiento de los perfiles de personalidad, éticos, socioeconómicos y médicos, en los procedimientos de ingreso, promoción y permanencia.

Las Instituciones Policiales contratarán únicamente al personal que cuente con el requisito de certificación expedido por su centro de control de confianza respectivo.

La presente disposición será aplicable también al personal de los servicios de migración.

Artículo 97. La certificación tiene por objeto:

A. Reconocer habilidades, destrezas, actitudes, conocimientos generales y específicos para desempeñar sus funciones, conforme a los perfiles aprobados por el Consejo Nacional;

B. Identificar los factores de riesgo que interfieran, repercutan o pongan en peligro el desempeño de las funciones policiales, con el fin de garantizar la calidad de los servicios, enfocándose a los siguientes aspectos de los integrantes de las Instituciones Policiales:

I. Cumplimiento de los requisitos de edad y el perfil físico, médico y de personalidad que exijan las disposiciones aplicables;

II. Observancia de un desarrollo patrimonial justificado, en el que sus egresos guarden adecuada proporción con sus ingresos;

III. Ausencia de alcoholismo o el no uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;

IV. Ausencia de vínculos con organizaciones delictivas;

V. Notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal y no estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público, y

VI. Cumplimiento de los deberes establecidos en esta Ley.

Artículo 98. La Profesionalización es el proceso permanente y progresivo de formación que se integra por las etapas de formación inicial, actualización, promoción, especialización y alta dirección, para desarrollar al máximo las competencias, capacidades y habilidades de los integrantes de las Instituciones Policiales.

Los planes de estudio para la Profesionalización se integrarán por el conjunto de contenidos estructurados en unidades didácticas de enseñanza aprendizaje que estarán comprendidos en el programa rector que apruebe la Conferencia de Secretarios de Seguridad Pública, a propuesta de su Presidente.”

No obstante lo que pretende el proponente ya se encuentra contemplado en diversas disposiciones, se considera procedente exhortar respetuosamente al secretario de Seguridad Pública, al cumplimiento concreto de las obligaciones que la legislación antes mencionada establece; sugiriendo no únicamente exhortar a la Secretaría de Seguridad Publica, sino también a las Procuraduría General de la Republica a fin de que todas las instituciones de seguridad pública en el ámbito de sus respectivas competencias colaboren de forma coordinada, para que se realice la investigación, persecución y pronta detención de los elementos corruptos ayudan o colaboran a bandas del crimen organizado y que realizan delitos de extorsión en contra de los automovilistas.

Séptimo. Por lo que se refiere al punto de acuerdo número tres, consistente en exhortar al secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a informar al pleno de la honorable Cámara de Diputados sobre los programas anticorrupción que se han implantado y los resultados que se hayan logrado sobre el particular en dicha Policía Federal; se considera procedente con fundamento en el siguiente artículo constitucional.

“Artículo 93. Los Secretarios del Despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos.

Cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los Secretarios de Estado, al Procurador General de la República, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

Las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los Senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo Federal.

Las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción.

El ejercicio de estas atribuciones se realizará de conformidad con la Ley del Congreso y sus reglamentos”.

Octavo. No obstante lo anteriormente mencionado, el ya citado artículo 93 constitucional, señala en sus últimos párrafos que las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción; y que el ejercicio de estas atribuciones se realizará de conformidad con la Ley del Congreso y sus reglamentos.

Al respecto la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 45 establece:

“Artículo 45. 1. Los presidentes de las comisiones ordinarias, con el acuerdo de éstas, podrán solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal cuando se trate de un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos aplicables.

2. No procederá la solicitud de información o documentación, cuando una u otra tengan el carácter de reservada conforme a las disposiciones legales aplicables.

3. El titular de la dependencia o entidad estará obligado a proporcionar la información en un plazo razonable; si la misma no fuere remitida, la comisión podrá dirigirse oficialmente en queja al titular de la dependencia o al C. Presidente de la República.

4. Las comisiones ordinarias cuya materia se corresponde con los ramos de la Administración Pública Federal harán el estudio del informe a que se refiere el primer párrafo del artículo 93 constitucional, según su competencia. Al efecto, formularán un documento en el que consten las conclusiones de su análisis. En su caso, podrán requerir mayor información del ramo, o solicitar la comparecencia de servidores públicos de la dependencia ante la propia comisión. Si de las conclusiones se desprenden situaciones que por su importancia o trascendencia requieran la presencia en la Cámara del titular de la Dependencia, la comisión podrá solicitar al Presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos que el Secretario del Despacho o Jefe de Departamento Administrativo correspondiente comparezca ante el Pleno. Asimismo, se estará a lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 93 constitucional.”

Además de que el Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012, quien como el resto de los programas sectoriales y especiales, ha sido elaborado tomando como punto de partida la Visión México 2030 y el Plan Nacional de Desarrollo. Asimismo, toma en cuenta el resultado de una amplia consulta con actores relevantes de la sociedad que han aportado elementos de diagnóstico y de acción.

Lo que se busca con la implementación de este Programa es fortalecer las prácticas y valores dentro de la función pública con un enfoque de gestión más abierto a la participación de la sociedad, honesto, transparente y con una nueva vocación para rendir cuentas sobre las acciones y compromisos que se generen con la ciudadanía. Asimismo, se persigue una mejor coordinación entre las instancias responsables del combate a la corrupción, particularmente en aquellas que están encargadas de la seguridad pública.

Noveno. Por último y con relación al punto de acuerdo numeral cuarto, consistente en exhortar al titular de la Auditoría Superior de la Federación, contador público Arturo González de Aragón, a realizar las auditorías, revisiones e investigaciones patrimoniales necesaria a los suboficiales, oficiales, comandantes y principales mandos de la Policía Federal, División Caminos, y que dichos resultados deberán compararse con los datos del historial de ingresos y percepciones de su vida productiva, esto con el fin de depurar a esa institución de los elementos que resulten con variaciones considerables en sus bienes patrimoniales no justificables, además, de que estas auditorías e investigaciones se realicen de manera extensiva a los familiares de estos en línea directa; se considera improcedente, puesto que la Auditoría Superior de la Federación es una institución autónoma, independiente, neutral y al margen de intereses partidistas que revisa el origen y aplicación de los recursos públicos, así como el cumplimiento de los objetivos y metas del gobierno; es decir, que es un organismo que si bien se encarga de la realización de auditorías, visitas e inspecciones, dicha labor solo se enfoca al cuidado, el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales que manejen los recursos públicos. Por lo tanto si dentro de las facultades de la Policía Federal no se encuentra el manejo de recursos públicos, la Auditoría Superior de la Federación no tiene competencia para realizar auditorías, revisiones e investigaciones patrimoniales a los suboficiales, oficiales, comandantes y principales mandos de la Policía Federal, División Caminos, y mucho menos a sus familiares.

Al respecto, el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala lo siguiente.

“Artículo 79. La entidad de fiscalización superior de la Federación, de la Cámara de Diputados, tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley.

La función de fiscalización será ejercida conforme a los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

Esta entidad de fiscalización superior de la Federación tendrá a su cargo:

I. Fiscalizar en forma posterior los ingresos y egresos; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como realizar auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rendirán en los términos que disponga la Ley.

También fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, con excepción de las participaciones federales; asimismo, fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.

II. Las entidades fiscalizadas a que se refiere el párrafo anterior deberán llevar el control y registro contable, patrimonial y presupuestario de los recursos de la Federación que les sean transferidos y asignados, de acuerdo con los criterios que establezca la Ley.

III. Investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos federales, y efectuar visitas domiciliarias, únicamente para exigir la exhibición de libros, papeles o archivos indispensables para la realización de sus investigaciones, sujetándose a las leyes y a las formalidades establecidas para los cateos, y

IV. Determinar los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, así como promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades; promover las acciones de responsabilidad a que se refiere el Título Cuarto de esta Constitución, y presentar las denuncias y querellas penales, en cuyos procedimientos tendrá la intervención que señale la ley.

Las sanciones y demás resoluciones de la entidad de fiscalización superior de la Federación podrán ser impugnadas por las entidades fiscalizadas y, en su caso, por los servidores públicos afectados adscritos a las mismas, ante la propia entidad de fiscalización o ante los tribunales a que se refiere el artículo 73, fracción XXIX-H de esta Constitución conforme a lo previsto en la Ley.

La Cámara de Diputados designará al titular de la entidad de fiscalización por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes. La ley determinará el procedimiento para su designación. Dicho titular durará en su encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez. Podrá ser removido, exclusivamente, por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de esta Constitución.

Para ser titular de la entidad de fiscalización superior de la Federación se requiere cumplir, además de los requisitos establecidos en las fracciones I, II, IV, V y VI del artículo 95 de esta Constitución, los que señale la ley. Durante el ejercicio de su encargo no podrá formar parte de ningún partido político, ni desempeñar otro empleo, cargo o comisión, salvo los no remunerados en asociaciones científicas, docentes, artísticas o de beneficencia.

Los Poderes de la Unión, las entidades federativas y las demás entidades fiscalizadas facilitarán los auxilios que requiera la entidad de fiscalización superior de la Federación para el ejercicio de sus funciones y, en caso de no hacerlo, se harán acreedores a las sanciones que establezca la Ley. Asimismo, los servidores públicos federales y locales, así como cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica, que reciban o ejerzan recursos públicos federales, deberán proporcionar la información y documentación que solicite la entidad de fiscalización superior de la Federación, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero. En caso de no proporcionar la información, los responsables serán sancionados en los términos que establezca la Ley.

El Poder Ejecutivo Federal aplicará el procedimiento administrativo de ejecución para el cobro de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias a que se refiere la fracción IV del presente artículo.”

Por su parte, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, establece en el artículo 1º, 6º y 37 lo siguiente:

“Artículo 1. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar los artículos 74, fracciones II y VI, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de revisión y fiscalización de la Cuenta Pública.

La fiscalización de la Cuenta Pública comprende la revisión de los ingresos, los egresos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública; del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, con excepción de las participaciones federales, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que las entidades fiscalizadas deban incluir en dicho documento, conforme a las disposiciones aplicables.

La fiscalización de la Cuenta Pública tiene el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera de las entidades fiscalizadas; comprobar si se observó lo dispuesto en el Presupuesto, la Ley de Ingresos y demás disposiciones legales aplicables, así como la práctica de auditorías sobre el desempeño para verificar el cumplimiento de los objetivos y las metas de los programas federales, conforme a las normas y principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

Artículo 6. Los servidores públicos y las personas físicas o morales, públicas o privadas, que capten, reciban, recauden, administren, manejen, ejerzan y custodien recursos públicos federales, deberán atender los requerimientos que les formule la Auditoría Superior de la Federación durante la planeación, desarrollo de las auditorías y el seguimiento de las acciones que emita dentro de los plazos establecidos en esta Ley, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.

...

Artículo 37. La Auditoría Superior de la Federación fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan las entidades federativas, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, con excepción de las participaciones federales; asimismo, fiscalizará directamente los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en otras leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.”

Resultando

Primero. Esta comisión considera procedente aprobar el punto de acuerdo para exhortar secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a implantar las acciones y programas de reestructuración y depuración laboral que sean necesarios a los elementos de la Policía Federal, División Caminos, a fin de erradicar al personal nocivo y los elementos corruptos que en la actualidad generan los altos niveles de corrupción; así como generar programas, académicos, científicos, culturales y sociales de capacitación y profesionalización que sean necesarios, a fin de lograr erradicar los altos niveles de corrupción existentes. Pues es facultad y obligación de dicha Secretaría, de acuerdo con Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de la Policía Federal y en la propia Constitución que las instituciones de seguridad pública sean de carácter civil, disciplinado y profesional las cuales deben contar con una clara regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública.

Segundo. Esta comisión considera procedente aprobar el punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a informar al pleno de la honorable Cámara de Diputados sobre los programas anticorrupción que se han implantado y los resultados que se hayan logrado sobre el particular en dicha Policía Federal, con fundamento en el artículo 93 Constitucional y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Tercero. Esta Comisión considera improcedente aprobar el punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Auditoría Superior de la Federación, contador público Arturo González de Aragón, a realizar las auditorías, revisiones e investigaciones patrimoniales necesaria a los suboficiales, oficiales, comandantes y principales mandos de la Policía Federal, División Caminos, dichos resultados deberán compararse con los datos del historial de ingresos y percepciones de su vida productiva, esto con el fin de depurar a esa institución de los elementos que resulten con variaciones considerables en sus bienes patrimoniales no justificables, estas auditorías e investigaciones deberán realizarse de manera extensiva a los familiares de estos en línea directa; en razón de que dicho organismo no cuenta con facultades para realizar tales acciones.

Por tanto los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Seguridad Publica reconocen y concluyen que es procedente aprobar en sentido positivo el presente punto de acuerdo, por lo que someten a consideración del Pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único.Se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la gran corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos, e informe a esta soberanía qué programas ha implementado la Secretaría de Seguridad Pública para erradicar la corrupción en dicha institución.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de junio de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados:José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente, Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.»



EMPRESAS DE CONNACIONALES MIGRANTES

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Economía a implantar mediante Proméxico un programa de apoyo de las empresas creadas por connacionales migrantes en el extranjero, a fin de estimular su traslado al país con el otorgamiento de todas las facilidades para su potenciación en territorio mexicano

Honorable Asamblea:

A la comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le fue turnado, para su estudio y dictamen, el siguiente punto de acuerdo para exhortar al secretario de Economía a implantar mediante el organismo ProMéxico un programa de apoyo de las empresas creadas por connacionales migrantes en el extranjero, con el fin de incentivar su establecimiento en nuestro país, a partir de otorgarles todas las facilidades para su pontenciallzación en territorio mexicano, presentada por el diputado Gumercindo Castellanos Flores, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en fecha 7 de abril de 2010.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la proposición del punto de acuerdo referida al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados en fecha 7 de abril de 2010, los secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la proposición de punto de acuerdo que presentó el diputado Gumercindo Castellanos Flores.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

“Durante décadas, la falta de políticas para el fortalecimiento del campo y de la industria y, en general, la falta de oportunidades de empleo en México, se ha convertido en el principal impulsor para que año con año millones de mexicanos emigren a otros países, principalmente a Estados Unidos de América, en busca de mejores condiciones laborales.

”El proceso de emigrar, como es sabido, no es nada sencillo: miles de mexicanos mueren en el intento de cruzar la frontera, y los que lo logran se vuelven víctimas permanentemente de cualquier cantidad de vejaciones, abusos y de múltiples circunstancias miserables las cuales están dispuestos a soportar, con tal de lograr mejorar un poco su calidad de vida y las de sus familias.

”En tal sentido, si bien el fenómeno migratorio en México durante generaciones ha arrojado historias de todo tipo, resulta relevante destacar la de aquellos migrantes, en proporción los menos, que lograron plenamente sus objetivos y no sólo encontraron mejores condiciones, sino que se volvieron emprendedores de empresas exitosas y que les permitió ganar un lugar relevante como parte del desarrollo económico del país donde radican.

”En ese contexto deviene de la mayor trascendencia que el Estado mexicano, consciente de su corresponsabilidad histórica para que miles de mexicanos se vean en la necesidad de emigrar a otros países en busca de oportunidades que México nunca les brindó, asuma un compromiso serio con todos esos paisanos que, de manera obligada, se tuvieron que ir, brindándoles todos los apoyos necesarios para que puedan establecer sus empresas, desarrolladas en otros países, en nuestro país y con ello, no sólo se estaría potencializando la inversión “extranjera” en nuestro territorio, lo cual ya es una política existente, sino que se estaría otorgando a nuestros connacionales la oportunidad de regresar a sus raíces de la mano de la expansión de sus empresas en la tierra que es suya.

”En efecto, si bien muchos migrantes mexicanos pudieron a través de los años consolidarse laboralmente y dar a sus familias mejores condiciones de vida, lo cierto es que no habrá un compatriota en tales circunstancias que no guarde un sentimiento pendiente y que ningún éxito en el extranjero le podrá devolver: el regreso de ellos y de sus hijos a sus raíces ya su cultura.

”De esa forma, si bien los Poderes Ejecutivo y Legislativo tenemos la inalienable obligación, en los distintos ámbitos de competencia, de fijar las bases para generar cada vez más y mejores condiciones para que el fenómeno migratorio por falta de oportunidades cada vez sea menor, lo cierto es que esa labor no nos exime de buscar, de manera paralela, los mecanismos necesarios para lograr que todos aquellos mexicanos que en su momento no tuvieron oportunidades en nuestro país y que se vieron obligados a desarrollarse fuera de él puedan ahora expandir sus empresas con el mismo éxito en el territorio mexicano.

”Es el caso que el gobierno mexicano, concretamente la Secretaría de Economía, a través de ProMéxico, tiene la misión de fortalecer la participación de México en la economía internacional, así como de coordinar las acciones para atraer inversión extranjera directa al territorio nacional.

”En ese orden de ideas, resulta viable concluir que si nuestro país cuenta con un organismo especializado que tiene como finalidad, por un lado, de impulsar las empresas mexicanas en el extranjero y, por el otro, de atraer inversión extranjera, el caso de las empresas de mexicanos migrantes creadas en el exterior deberían constituir uno de los rubros fundamentales que un organismo como éste debería otorgar especial atención, a efecto de fomentar e impulsar con programas su establecimiento en México.

”Con ello, ProMéxico tendría la oportunidad de llevar a cabo los fines para los que fue creado por partida doble, en tanto por la naturaleza de los sujetos y empresas a los que estaría beneficiando, se debe considerar como impulso a empresas de mexicanos, a la vez que se atrae inversión extranjera a nuestro país.

”Aunado a lo anterior, la posibilidad de implantar un programa de atracción y apoyo a las empresas de los migrantes para su establecimiento en nuestro país, constituye una oportunidad para el Estado mexicano de redimirse con los paisanos que, por falta de condiciones laborales, se vieron obligados a emigrar, otorgándoles ahora oportunidades de regresar a su país con las garantías de que sus empresas podrán expenderse e incluso potencializarse con éxito en nuestro territorio.

”México tiene una deuda y también un compromiso con los millones de conciudadanos que se han visto forzados a abandonar su tierra por falta de oportunidades, lo que hace primordial que ahora desde aquí se impulsen programas serios que los incentiven a expandir sus empresas desarrolladas con éxito en el exterior en su propio país.

”Por lo expuesto y fundado, me permito someter a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

”Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al secretario de Economía del Gobierno federal para que a través del organismo ProMéxico implemente un programa de apoyo a aquellas empresas creadas por mexicanos migrantes en el extranjero, con el fin de incentivar su establecimiento en nuestro país, a partir de otorgarles todas las facilidades para su potencialización en territorio mexicano.”

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por el diputado Gumercindo Castellanos Flores.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por el diputado Gumercindo Castellanos Flores, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. Que los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establecen que las proposiciones que no sean iniciativas de ley presentadas por uno o más individuos de la Cámara serán pasadas a la comisión o comisiones que corresponda para su respectivo análisis y dictaminación.

Cuarta. Que el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, llevando a cabo la regulación y fomento de las actividades que demanda el interés general, en el marco de las libertades constitucionales; asimismo, que el gobierno federal podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo.

Quinta. Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece en el artículo 34, fracciones I, IV y XII, respectivamente, que la Secretaría de Economía es la dependencia encargada de formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior e interior, de fomentar en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores el comercio exterior del país y regular y orientar la inversión extranjera y la transferencia de tecnología.

Asimismo, la misma ley faculta a la Secretaría de Economía en su fracción XXIII del artículo 34, a promover, orientar, fomentar y estimular la industria nacional.

Sexta. Que el Plan Nacional de Desarrollo establece en su eje de economía competitiva y generadora de empleos, que una economía nacional que otorga mayores facilidades para las inversiones, generará una economía más competitiva y mejorará las condiciones para la creación de empleos que permitan a los individuos alcanzar un mayor nivel de bie-nestar económico. Para ello, establece que las políticas públicas serán conducentes a aumentar la rentabilidad de los proyectos, reducir los costos de producción en territorio nacional, promover la inversión en infraestructura y limitar el riesgo al que están sujetas las inversiones.

Séptima. Que en el decreto por el que se ordena la constitución del fideicomiso público considerado entidad paraestatal denominado ProMéxico, se establece en el artículo 4 lo siguiente:

“El fideicomiso público tendrá los fines siguientes:

I. Coadyuvar en la conducción, coordinación y ejecución de las acciones que en materia de promoción al comercio exterior y atracción de inversión extranjera directa realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal;

...VI. Promover las actividades tendientes a la atracción de inversión extranjera directa que lleven a cabo las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como apoyar a las entidades federativas en la ubicación de inversión extranjera directa en el territorio nacional.”

Octava. Que dentro de los lineamientos para la operación de los servicios de ProMéxico, se establece que son población objetivo de este programa los siguientes agentes:

“...Son población objetivo: agrupaciones gubernamentales; centros de investigación; comercializadores o distribuidores; dependencias, entidades u organismos federales, estatales y municipales; empresas con potencial; empresas exportadoras; empresas de capacitación en negocios internacionales; importadores; instituciones educativas; inversionistas mexicanos; inversionistas; organismos empresariales; practicantes en negocios internacionales y proveedores de servicios a la inversión, según se definen en los presentes lineamientos.”

Asimismo, se establece que los servicios que ProMéxico otorgue a sus beneficiarios, ya sea de manera directa o a través de las instituciones de apoyo cubrirán tanto actividades que tengan lugar en el ámbito nacional, como en el internacional y que contribuyan a la consecución de los objetivos y metas institucionales del fideicomiso.

Novena. Que los lineamientos para la operación de los servicios de ProMéxico, definen como inversionista a aquella empresa de capital mayoritariamente extranjero con interés de realizar inversiones en México, así como aquella empresa ubicada en el extranjero interesada en adquirir productos y servicios mexicanos.

Debe decirse que dentro del perfil del inversionista, no se exige que cumpla con cierta nacionalidad.

Décima. Por lo antes expuesto, y coincidiendo con el proponente, se deben mejorar y optimizar las facilidades otorgadas por el programa de ProMéxico para la potencialización de las inversiones en el territorio mexicano.

En este sentido, si bien es cierto que se debe apoyar a aquellas empresas creadas por mexicanos migrantes en el extranjero, también es cierto que al considerar dentro de su población objetivo a todo aquel agente económico interesado en realizar operaciones para invertir en México, aquellos ya son contemplados como beneficiarios del programa ProMéxico.

No obstante lo anterior, se comparte la visión de apoyar a los mexicanos migrantes en el extranjero, a fin de que si tienen negocios que han resultado exitosos y quisieran realizar inversiones en nuestro país puedan hacerlo, pues ello podría ayudar a generar y mejorar las condiciones para la creación de empleos en nuestro país, sobre todo por la etapa crítica en la que se encuentra la economía mexicana; en la inteligencia de que se debe cuidar que las acciones encaminadas en este sentido no violenten la ley ni ninguno de los tratados internacionales de los cuales México es parte; por lo que se estima correcto ajustar el punto de acuerdo propuesto en este sentido.

Décima Primera. En virtud de lo anterior, y con la modificación apuntada, esta Comisión de Economía considera legítimo el punto de acuerdo que se propone, ya que con el propósito de atraer y apoyar a los inversionistas, se deben establecer incentivos y programas de apoyo tales como ProMéxico para lograr el desarrollo y crecimiento económico del país, por lo que lo correcto es dictaminar positivamente el Punto de Acuerdo propuesto en los términos siguientes:

La honorable Cámara de Diputados acuerda

Único. Se exhorta al secretario de Economía del gobierno federal, para que a través del organismo ProMéxico, implemente un programa de apoyo a aquellas empresas creadas por mexicanos migrantes en el extranjero, con el fin de incentivar su establecimiento en nuestro país a partir de otorgarles todas las facilidades para su potencialización en territorio mexicano y, con ello, fomentar la generación de empleos, dentro del marco jurídico aplicable y cuidando de no violentar los tratados internacionales de los que México es parte.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de junio de 2010.

La Comisión de Economía, diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), presidente; Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez, Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernández Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López-Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez, David Ricardo Sánchez Guevara, José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez, Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»



SECTOR LECHERO

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que, en su caso, hubiere realizado para determinar fechas, montos y procedimientos de los cupos de importación de leche en polvo, y que calcule el efecto de las importaciones en el sector lechero del país

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos le fue turnado para su estudio y dictamen el siguiente punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que en su caso realizó para determinar fechas, montos y procedimientos de los cupos de importación de leche en polvo, así como que calcule el efecto de las importaciones en el sector lechero del país, presentada por el diputado Héctor Fernández Aguirre, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en fecha jueves 8 de abril de 2010.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis del punto de acuerdo mencionado al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados en fecha jueves 8 de abril de 2010, los secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de esta soberanía del punto de acuerdo que se menciono en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

“El pasado 15 de febrero, el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Economía, publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se da a conocer, el contingente arancelario para importar en el año 2010, leche en polvo exenta de arancel, originaria de los países miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC), así como el acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar en este mismo año, con el arancel-cupo establecido, preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50 por ciento en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04.

La Secretaría de Economía para emitir dichos acuerdos argumentó que lo hacía con base en los compromisos suscritos por México con la OMC en lo relativo a agricultura y contingentes arancelarios, así como en el decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza, y la franja fronteriza norte, que determina un cupo anual de importación de leche en polvo totalmente desgravado para Quintana Roo, y la franja fronteriza sur colindante con Guatemala; además llevan la finalidad de complementar el abasto doméstico.

A este respecto, habremos de recordar que desde hace años, el campo mexicano atraviesa por una grave crisis, pero en esta ocasión abordaré el tema de la producción de leche.

Como la mayoría de las ramas productivas, ésta, enfrenta graves problemas y al igual que en otras ocasiones, en esta soberanía se ha evidenciado que muchos de los conflictos que enfrentan nuestros productores nacionales, son debidos a malas decisiones gubernamentales, como lo muestra la decisión del Ejecutivo federal, que en aras de una complementariedad de la producción nacional ha permitido la importación masiva e indiscriminada de productos del campo. Por lo que el mercado nacional se ha visto inundado por importaciones de productos como lo son el maíz, el frijol y la leche en polvo, entre muchos otros, que ingresan a México, incluso a precios subsidiados.

Lo anterior, aparte de convertirse en un factor de competencia desleal para nuestros productores, hemos de decir que en muchas ocasiones se trata de productos que no pudieron ser colocados en sus lugares de origen, por no reunir los estándares internacionales de calidad, que deben cumplir los productos de cualquier índole para su distribución y consumo por el cliente final.

Estos productos han ingresado a nuestro país con la actitud complaciente de las autoridades nacionales, que parecieran más comprometidas para generar ganancias a unos pocos importadores, que procurar la defensa de nuestros más de 200 mil pequeños y medianos productores, y más aún de la protección de los consumidores mexicanos.

Hoy hacemos nuestro el descontento, la molestia y la impotencia de los productores de leche mexicanos, que sumidos en una crisis propia de su sector, se ven obligados a vender su producto por debajo de los costos de producción, asimismo se enfrenta a las cuestionables decisiones de nuestras autoridades por permitir .el acceso de grandes volúmenes de importación libres de arancel.

Es de sentido común, que con estas decisiones se afecta enormemente a los productores de leche, que ya han manifestado una y otra vez, que si la producción nacional de leche no alcanza a cubrir la demanda, las importaciones se deberían de permitir cuando se haya asegurado el mercado para el producto nacional, y además aplicar el impuesto correspondiente a los productos extranjeros, para evitar que se conviertan en una competencia desleal para el productor nacional.

De acuerdo con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la producción nacional de leche en el 2009, alcanzó 10 mil 805 millones de litros de leche. Por otra parte, el consumo nacional se ubica en los 15 mil millones de litros de leche por lo que se tiene un déficit de 4 mil 195 millones de litros, es decir, casi el 30 por ciento de nuestro consumo.

La producción de leche ha registrado una caída de 30 por ciento por consecuencia de las lluvias atípicas, pero aun así, abrir las fronteras para subsanar la demanda no constituye una medida adecuada, cuando lo que resulta urgente es fortalecer la planta productiva nacional.

Y peor aún, se tiene el conocimiento que el 90 por ciento de los 4.3 millones de litros de leche que se distribuyen, por parte de Liconsa contiene leche en polvo, lo que nos ha convertido en el segundo importador del lácteo en el mundo.

Ante las oportunidades que proporciona la globalización del mercado internacional, entendemos la necesidad del Estado mexicano, de proveer de productos a bajos precios, pero también entendemos y demandamos la defensa de nuestros productores, solicitando que los precios bajos en los productos de importación no sean a costa de ellos, y menos aún de la protección de los derechos de nuestros consumidores.

Con la presentación de este punto de acuerdo expresamos nuestra solidaridad y apoyo a los productores del sector lechero, y exigimos que el Ejecutivo federal, reconsidere su política de agobio a este sector, y adopte las medidas necesarias para evitar una competencia desleal, que con lleve a su afectación y con ello, la pérdida de empleos en este sector tan importante de la economía mexicana.

Asimismo, que nuestras autoridades dejen de utilizar el argumento de complementariedad y ordenamiento del mercado, que sólo ha beneficiado a las grandes industrias al condonarle enormes cantidades de recursos, por concepto de impuestos.

Estamos de acuerdo en que cuando la producción no alcanza a cubrir las necesidades del consumo nacional, se acuda a las importaciones, aun cuando éstas sean libres de arancel, pero creemos que el Ejecutivo debe garantizar primero la colocación de la producción nacional y posteriormente determinar las cantidades que se habrán de adquirir del exterior para cubrir la demanda de este producto, para lo cual es necesario que se hagan los cálculos sobre la disponibilidad-consumo, porque a la fecha, nuestras autoridades federales se han convertido en los precursores de nuestra principal competencia desleal. Debemos recordar a nuestras autoridades, que no basta con implantar programas y medidas para hacer más eficiente al sector lechero, es necesario una real política de apoyo, que atienda de manera integral a este sector.

Por lo expuesto, acudimos a esta honorable tribuna para solicitar su apoyo y respaldo para la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Uno. Se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que, en su caso, realizó para determinar las fechas, montos y procedimiento de los cupos de importación de leche en polvo.

Dos. Se solicita a la Secretaría de Economía que realice la evaluación del impacto que tienen las importaciones en el sector lechero del país.

Tres. Se solicita a la Secretaría de Economía que realice los estudios necesarios a fin de identificar, si la leche que se importa a través de los cupos:

Tiene algún nivel de subsidio por parte de su país de origen, en caso de ser positivo, se le solicita tomar las medidas previstas en los acuerdos comerciales suscritos por nuestro país ante la OMC, para equilibrar a nuestros productores ante esta competencia desleal”.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por el diputado Héctor Fernández Aguirre.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por el diputado Héctor Fernández Aguirre, la Comisión de Economía, con las atribuciones  señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 93 la facultad del Congreso para convocar a los secretarios de Estado, entre otros funcionarios, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

Cuarta. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 131, establece que es facultad privativa de la federación gravar las mercancías que se importen o exporten o que pasen de tránsito por el territorio nacional, aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación o importación expedidas por el propio Congreso y para crear otras; así como restringir y prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquier otro propósito en beneficio del país.

Quinta. Que el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que son atribuciones de la Secretaría de Economía:

• Formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país; con excepción de los precios de bienes y servicios de la administración pública federal;

• Estudiar, proyectar y determinar los aranceles y fijar los precios oficiales, escuchando la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; estudiar y determinar las restricciones para los artículos de importación y exportación, y participar con la mencionada secretaría en la fijación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos al comercio exterior;

Sexta. Que el artículo primero de la Ley de Comercio Exterior, tiene como objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional y propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional, defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población.

Séptima. Que las fracciones III y V de la Ley de Comercio Exterior, establecen que es facultad de la Secretaría de Economía estudiar, proyectar, establecer y modificar medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exportación, importación, circulación y tránsito de mercancías; así como otorgar permisos previos y asignar cupos de exportación e importación.

Octava. Que de conformidad con los artículos 23 de la: Ley de Comercio Exterior y 16 de su Reglamento, el cupo, es el monto de una mercancía que puede importarse o exportarse, ya sea máximo o dentro de un arancel cupo; se exporten o importen a un nivel arancelario preferencial.

Para la determinación del volumen o valor de los cupos, la Secretaría de Economía tomará en cuenta las condiciones de abasto y la oferta nacional del producto sujeto a cupos, escuchando la opinión de los integrantes de la cadena productiva.

Novena. Que el artículo 25 de la Ley de Comercio Exterior, así como 31 y 35 de su Reglamento, señala que la asignación de cupos se efectuará mediante licitaciones públicas o asignación directa, asimismo los procedimientos de asignación de cupos se podrán determinar en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.

Décima. Que con base en los dispositivos jurídicos apuntados, los Diputados que integran esta Comisión de Economía estiman que el punto de acuerdo propuesto por el diputado Héctor Fernández Aguirre, se encuentra ajustado al marco jurídico aplicable, además de que del resultado de los informes que se rindan con motivo de las solicitudes que propone, permitirán a esta soberanía estar debidamente informada de las políticas públicas que se siguen por el gobierno federal en esta materia, mejorar su diseño y tomar acciones en consecuencia.

Undécima. Por lo expuesto, la Comisión de Economía dictamina positivamente el punto de acuerdo propuesto para quedar como sigue

La honorable Cámara de Diputados acuerda

Primero. Se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que, en su caso, realizó para determinar las fechas, montos y procedimiento, de los cupos de importación de leche en polvo.

Segundo.Se solicita a la Secretaría de Economía realice la evaluación del impacto que tienen las importaciones en el sector lechero del país.

Tercero.Se solicita a la Secretaría de Economía realice los estudios necesarios a fin de identificar, si la leche que se importa a través de los cupos:

Tiene algún nivel de subsidio por parte de su país de origen, en caso de ser positivo, se le solicita tomar las medidas previstas en los acuerdos comerciales suscritos por nuestro país ante la OMC, para equilibrar a nuestros productores ante una posible competencia desleal.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de junio de 2010.

La Comisión de Economía, diputados:Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara, José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez, Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»



ESTADO DE NAYARIT

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que realice mediante la Comisión Nacional del Agua las obras de protección longitudinal del bordo en ambas márgenes del río San Pedro, en la zona urbana de Tuxpan, Nayarit

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Recursos Hidráulicos fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que se ejecuten las obras de construcción del sobrebordo de protección en el municipio de Tuxpan, Nayarit, por considerarse una zona de alto riesgo para los habitantes de dicho municipio.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, procede a analizar y dictaminar la citada proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 20 de octubre de 2009, el diputado Manuel Humberto Cota Jiménez presentó proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que se ejecuten las obras de construcción del sobrebordo de protección en el municipio de Tuxpan, Nayarit, por considerarse una zona de alto riesgo para los habitantes de dicho municipio.

Segundo.En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos”.

Con base en lo anterior, los integrantes de esta comisión dictaminadora procedimos al estudio del

Contenido de la proposición

Señala el proponente que la ciudad de Tuxpan, cabecera del municipio del mismo nombre, es el centro poblacional más grande de Nayarit, después de la capital del estado, y que se encuentra enclavado en la zona de ingreso a una de las áreas de marismas más importantes de América, con una superficie de más de 82 mil hectáreas distribuidas en 11 núcleos agrarios y 3 municipios.

Uno de los principales afluentes hidrológicos que da vida a esta importante zona es la cuenca del río San Pedro-Mezquital, que pasa por el costado norte de la ciudad de Tuxpan y desemboca finalmente en la laguna de Mexcaltitán y el Océano Pacífico.

Refiere que la cantidad de agua recibida por la cuenca del río San Pedro a lo largo de su paso por la Sierra Madre Occidental se ha venido incrementando en los últimos años por las extraordinarias precipitaciones pluviales registradas en esta región del país, provocando una sobresaturación de la laguna de Mexcaltitán y de la zona de marismas, lo que aunado a las fuertes corrientes del río, ha rebasado la capacidad del borde de contención que actualmente existe en la ciudad de Tuxpan, generando severas inundaciones con graves daños humanos y materiales.

Estimaque una de las prioridades del gobierno federal es impulsar medidas de adaptación a los efectos del cambio climático, lo que de acuerdo con el Plan Nacional de Desa-rrollo, hace necesario desarrollar capacidades preventivas y de respuesta ante los impactos adversos previsibles; en consecuencia, se busca preservar y fortalecer las funciones de amortiguamiento que existen en las cuencas hidrológicas y ecosistemas costeros, así como el Sistema Nacional de Protección Civil.

Según el proponente, en nuestro país, los esfuerzos aislados de un ayuntamiento o estado ante proyectos de gran magnitud y que destacan en su prioridad el propósito de salvaguardar la integridad física y material de las personas y sus bienes, difícilmente podrán ser cristalizados si no se cuenta con la concurrencia y coordinación entre los diversos órdenes de gobierno, que es uno de los principios del funcionamiento de nuestro sistema federal.

Estima impostergable la realización de obras y acciones que permitan garantizar la seguridad de los habitantes de Tuxpan y cumplir así con la obligación que tiene el Estado de salvaguardar la integridad física y patrimonial de los ciudadanos, más aún cuando se tiene el antecedente de que en esta zona del país se han registrado inundaciones que han ocasionado pérdidas humanas y cuantiosos daños materiales.

Afirma que los tres órdenes de gobierno tienen detectados los riesgos que representa el río San Pedro a su paso por la ciudad de Tuxpan; que las medidas ya han sido sugeridas, que los proyectos para reducir los impactos que pueda ocasionar un inminente desbordamiento del río se encuentran listos y que la única medida faltante para la disminución de dichos riesgos, es la ejecución del proyecto de construcción del sobrebordo de protección, en la localidad de Tuxpan, municipio del mismo nombre, del estado de Nayarit.

Sustentado en los motivos expuestos, el diputado proponente plantea el siguiente punto de acuerdo:

Único. Se solicita al Ejecutivo federal que se ejecuten las obras de construcción del sobrebordo de protección, en la localidad de Tuxpan, municipio del mismo nombre, del estado de Nayarit, por considerarse una zona de alto riesgo para los habitantes de este municipio.

Una vez analizado el contenido de la proposición objeto del presente dictamen, los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos formulamos las siguientes

Consideraciones

En principio, estimamos legítima la preocupación del diputado Manuel Humberto Cota Jiménez, por que se ejecuten las obras de construcción del sobrebordo de protección en el municipio de Tuxpan, estado de Nayarit, por considerarse una zona de alto riesgo para los habitantes de dicho municipio.

Coincidimos con el proponente, en el reconocimiento de la validez y fuerza de los argumentos vertidos en su exposición de motivos, los cuales son justificatorios del punto de acuerdo planteado.

Sin embargo, es pertinente observar que, previo a la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2010, esta comisión dictaminadora conoció un proyecto de obra de construcción del sobrebordo de protección en la localidad de Tuxpan (primera etapa), con una inversión estimada de 23 millones 440 mil pesos.

Posteriormente, con la aprobación del Presupuesto para 2010, la Cámara de Diputados etiquetó recursos federales por un monto de 14 millones 670 mil pesos, para la rehabilitación y ampliación del bordo de protección de la ciudad de Tuxpan, Nayarit, dentro del Programa de Protección a Centros de Población.

No obstante, la obra presupuestada no se ha iniciado; en cambio, la Dirección Local de la Comisión Nacional del Agua, en Nayarit, prepara el documento de análisis costo-beneficio del “proyecto de protección longitudinal del bordo en ambas márgenes del río San Pedro en la zona urbana de Tuxpan, Nayarit”. Proyecto a cargo de la Gerencia de Distritos de Temporal Tecnificado, dentro del Programa de Protección a Centros de Población, para el cual se plantea una inversión total de 218 millones de pesos.

Consideramos que la aprobación de dicho análisis de costo-beneficio, su incorporación a la Cartera de Proyectos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la liberación de recursos para iniciar la obra son procedimientos que deben desahogarse con la oportunidad necesaria para la realización de la obra y evitar eventuales precipitaciones atípicas que generen nuevas inundaciones y  afectaciones a los habitantes de Tuxpan y sus bienes.

Por ello, estimamos pertinente dictaminar positivamente la proposición que nos ocupa, presentando a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de punto de acuerdo por el que se exhorte al Ejecutivo federal, a través de la Comisión Nacional del Agua y su Gerencia de Distritos de Temporal Tecnificado, para que con la brevedad posible se concluya, valide y registre en la cartera de proyectos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el proyecto de protección longitudinal del bordo en ambos márgenes del río San Pedro en la zona urbana de Tuxpan, Nayarit, y se liberen los recursos para la ejecución urgente de las obras de construcción correspondientes, dado el alto riesgo de inundaciones que presenta la zona urbana de Tuxpan, y el consecuente peligro que corren sus habitantes.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Punto de Acuerdo

ÚNICO. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Comisión Nacional del Agua y su Gerencia de Distritos de Temporal Tecnificado, a efecto de que con la mayor brevedad posible se concluya, valide y registre en la cartera de proyectos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el proyecto de protección longitudinal del bordo en ambos márgenes del río San Pedro en la zona urbana de Tuxpan, Nayarit, y se liberen los recursos para la ejecución urgente de las obras de construcción correspondientes, dado el alto riesgo de inundaciones que presenta la zona urbana de Tuxpan, y el consecuente peligro que corren sus habitantes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados:Óscar Javier Lara Aréchiga (rúbrica), presidente; Emilio Andrés Mendoza Kaplan (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villlalva (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Francisco Javier Orduño Valdez, Silvia Isabel Monge Villalobos, José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Ninfa Clara Salinas Sada (rúbrica), Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), secretarios; Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Héctor Franco López, Jorge Rojo García de Alba, Benjamín Clariond Reyes Retana (rúbrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas, Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Baltazar Martínez Montemayor, Ramón Merino Loo (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Antonio Benítez Lucho, Jaime Álvarez Cisneros.»



DISTRITO FEDERAL

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a los directores generales de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México a realizar en el ámbito de sus respectivas competencias las acciones necesarias para dotar del líquido a la población de Iztapalapa

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Recursos Hidráulicos fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a los directores generales de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México que lleven a cabo las acciones correspondientes para solucionar el problema de abastecimiento del líquido en Iztapalapa.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, procede a analizar y dictaminar la citada proposición con punto de acuerdo,  al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 29 de octubre de 2009, el diputado Arturo Santana Alfaro presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a los directores generales de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México que lleven a cabo las acciones correspondientes para solucionar el problema de abastecimiento del líquido en Iztapalapa.

Segundo.En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos”.

Con base en lo anterior, los integrantes de esta comisión dictaminadora procedimos al estudio del

Contenido de la proposición

En la exposición de motivos, el proponente señala que el problema del agua en la delegación Iztapalapa, es que el abasto, distribución y calidad del recurso siempre han estado afectados por decisiones parciales de los diversos órdenes de gobierno, con las cuales han castigado a los habitantes de la demarcación política.

Refiere que Iztapalapa tiene más de 1 millón 820 mil  habitantes según el segundo Conteo Nacional de Población y Vivienda 2005 del INEGI, lo que representa una densidad aproximada de 12 mil personas por kilómetro cuadrado; con un consumo de agua promedio de 177 litros diarios por persona, cifra inferior en comparación  con las de otras demarcaciones políticas.

Asimismo, expresa que el agua que reciben los habitantes de la delegación Iztapalapa es poca y de mala calidad, debido a la falta de atención, sanidad y recursos por parte de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

Asegura que un monitoreo desarrollado por la Universidad Nacional Autónoma de México en varias delegaciones políticas del Distrito Federal, reveló que el agua contiene manganeso, cromo, plomo e incluso arsénico.

Añade que las fuentes de suministro de agua para la Ciudad de México proveen cerca de 31 mil litros por segundo, aproximadamente, y que alrededor del 50 por ciento de dicho volumen proviene de los pozos de la Ciudad de México, los cuales son operados por la Comisión Nacional del Agua y por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

Señala que la disminución en el suministro de agua a la Ciudad de México, derivada de las obras de mantenimiento del Sistema Cutzamala, ha generado desabasto y cortes en el suministro a los habitantes de Iztapalapa.

Según el proponente, actualmente se encuentran fuera de servicio 16 de los 39 pozos que surten de agua a Iztapalapa y parte de la ciudad, problema que debe resolverse para elevar el suministro de agua a la ciudad y la delegación Iztapalapa.

En base a los motivos expuestos, el  proponente plantea la aprobación de los siguientes puntos de acuerdo:

Primero.En uso de las atribuciones conferidas a la Cámara de Diputados, se exhorte al director general de la Comisión Nacional del Agua, licenciado José Luis Luege Tamargo, y al director general del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, ingeniero Ramón Aguirre Díaz, a efecto de que en el ámbito de su competencia lleven a cabo las acciones necesarias para dotar de agua a la población que habita la delegación Iztapalapa, la Ciudad de México y la zona metropolitana.

Segundo.Que se exhorte a los directores generales de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México a implantar un programa de mantenimiento y reparación de todos los pozos de la Ciudad de México, a efecto de mantener y en su caso incrementar el flujo de extracción de agua, que equivale a cerca del 50 por ciento del caudal que se distribuye entre la población de esta metrópoli.

Tercero.Se exhorte a los titulares de los Poderes Ejecutivo federal y del Distrito Federal para que los directores generales de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México presenten a esta soberanía un diagnostico claro y preciso de las condiciones hidráulicas existentes en la delegación Iztapalapa, la Ciudad de México y la zona metropolitana.

Cuarto.Se exhorte al titular del Ejecutivo federal a evitar el uso mediático del problema del agua.

Una vez analizado el contenido de la proposición objeto del presente dictamen, los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos formulamos las siguientes

Consideraciones

Desde luego, estimamos válida la preocupación del proponente por encontrar vías de solución al grave problema que representa la cada vez más baja disponibilidad de agua, con la calidad exigida por la norma oficial mexicana, para abastecer los sistemas de servicio público urbano, particularmente aquel que suministra agua potable a las delegaciones políticas del la Ciudad de México.

Reconocemos la veracidad de los antecedentes y datos estadísticos expresados por el diputado Arturo Santana Alfaro, en la argumentación de su proposición con punto de acuerdo.

No obstante, observamos que las condiciones que prevalecen en la delegación Iztapalapa, no corresponden a las que, en términos generales, se presentan en las demás demarcaciones políticas del Distrito Federal y en los municipios conurbados del estado de México; en consecuencia, el exhorto planteado en el apartado primero del punto de acuerdo propuesto, estimamos debe ser sólo para que se  lleven a cabo las acciones necesarias para dotar de agua a la población que habita la delegación Iztapalapa, en la Ciudad de México.

Por otro lado, reconocemos que la sobreexplotación de los acuíferos del valle de México, es una realidad. Por ello, estimamos procedente el exhorto a las autoridades del agua de la federación y del Distrito Federal a implantar un programa de mantenimiento y reparación de los pozos de la Ciudad de México, pero no para incrementar la extracción de agua de los mismos, sino para mejorar el funcionamiento de los sistemas de agua potable en la ciudad.

Finalmente, consideramos procedente exhortar a las autoridades del agua de la federación, y del Distrito Federal, a que presenten a esta soberanía un diagnóstico claro y preciso de las condiciones hidráulicas existentes en la Ciudad de México, particularmente en la delegación Iztapalapa.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a consideración del honorable Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Puntos de Acuerdo

Primero.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al director general de la Comisión Nacional del Agua y al director general del Sistema de Aguas de la Ciudad de México a llevar a cabo, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones necesarias para dotar de agua a la población de la delegación Iztapalapa en la Ciudad de México, y presenten a esta soberanía un diagnóstico claro y preciso de las condiciones hidráulicas existentes en la propia delegación.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al director general de la Comisión Nacional del Agua y al director general del Sistema de Aguas de la Ciudad de México a implantar un programa de mantenimiento y reparación de los pozos de la Ciudad de México, con el propósito de mejorar el funcionamiento de los sistemas de agua potable en la Ciudad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados:Óscar Javier Lara Aréchiga (rúbrica), presidente; Emilio Andrés Mendoza Kaplan (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villlalva (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Francisco Javier Orduño Valdez, Silvia Isabel Monge Villalobos, José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Ninfa Clara Salinas Sada (rúbrica), Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), secretarios; Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Héctor Franco López, Jorge Rojo García de Alba, Benjamín Clariond Reyes Retana, Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas, Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Baltazar Martínez Montemayor, Ramón Merino Loo (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Antonio Benítez Lucho, Jaime Álvarez Cisneros.»



ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer mediante la Comisión Nacional del Agua procedimientos para rehabilitar el arroyo Alamar

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Recursos Hidráulicos fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdopor el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer, a través de la Comisión Nacional del Agua, los procedimientos para la rehabilitación del arroyo Alamar.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es competente para analizar y dictaminar la citada proposición con punto de acuerdo, y procede, en consecuencia, tomando en cuenta los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 4 de noviembre de 2009, el diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer, a través de la Comisión Nacional del Agua, los procedimientos para la rehabilitación del arroyo Alamar,

Segundo.En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos”.

Recibido el asunto, los integrantes de esta comisión dictaminadora procedimos al estudio del siguiente

Contenido de la proposición

El proponente señala que el arroyo Alamar está situado en la orilla este del área urbana de Tijuana y fluye hacia el oeste, uniendo la parte superior del río Tecate y del arroyo Cottonwood con la parte baja del municipio del río Tijuana, siendo parte de una subcuenca que incluye al río Tecate y es transfronteriza. Hacia el norte el arroyo Alamar se une al río Las Palmas para formar el río Tijuana.

Refiere que la Comisión Nacional del Agua clasifica las cuencas en tres órdenes o niveles, y considera a la cuenca del río Tijuana como una cuenca pequeña inmersa dentro del tercer orden; sin embargo, este río provee de una importante cantidad de agua potable para quienes habitamos en la zona de Tecate, Tijuana y el sureste de la franja fronteriza de Estados Unidos de América.

Señala que, no obstante la importancia de este río, durante décadas ha sido objeto de una permanente contaminación, debido a las constantes y crecientes descargas de aguas residuales, el crecimiento urbano acelerado, los asentamientos irregulares carentes de drenaje y alcantarillado en la zona y la falta de sistemas de tratamiento de aguas residuales, entre otros factores que inciden en el agravamiento del problema.

Asegura que desde hace varios años el municipio de Tijuana trabaja en coordinación con el gobierno del estado, para contrarrestar el referido problema de contaminación, y que aunque en el municipio de Tijuana se instalan plantas de tratamiento de aguas residuales, éstas resultan insuficientes para la resolución del problema.

Actualmente, según el proponente el arroyo Alamar es un importante desarrollo natural integral, debido a que cuenta con un hábitat y un ecosistema ripario, que funcionan como corredores ecológicos, propiciando que la fauna y los entornos naturales subsistan y permitan que la importante fuente de agua dulce permanezca para atender necesidades de consumo humano y abastecimiento de la región.

Refiere que existen algunos proyectos de planeación y rehabilitación importantes, entre ellos, el apoyado por el Instituto Municipal de Planeación, dónde se plantea la construcción de un canal de concreto a lo largo de siete millas, abarcando la confluencia del arroyo Alamar con el río Tijuana, a través de la zona urbanizada de Tijuana en la parte sur del distrito de la Mesa de Otay, así como el referido a la rehabilitación eco hidrológica que consiste en rehabilitar el canal principal del arroyo y sus sedimentos, y restaurar la flora y fauna endémicas al medio ambiente.

El proponente concluye señalando la necesidad de asignar los recursos presupuestarios suficientes, encaminados a la realización de nuevos y mejores proyectos para rehabilitar el cauce del Arroyo Alamar y todo lo que lo rodea.

Con base en los anteriores señalamientos, el proponente plantea el siguiente punto de acuerdo:

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Comisión Nacional del Agua, al gobierno de Baja California y al municipio de Tijuana, a través del Instituto Municipal de Planeación y las distintas autoridades municipales competentes, a brindarle continuidad al proyecto de rehabilitación del arroyo Alamar, comenzando los trabajos correspondientes en el siguiente ejercicio fiscal.

Segundo.Se exhorta al Ejecutivo federal a través de la Comisión Nacional del Agua, al gobierno del estado y al ayuntamiento de Tijuana a través del Instituto Municipal de Planeación y las distintas autoridades municipales competentes, a informar a esta soberanía el estado actual que guardan las obras encaminadas a solventar el conflicto de contaminación y la rehabilitación eco hidráulica del arroyo Alamar en confluencia con el río Tijuana, así como la cantidad de recursos necesaria para dar continuidad a los mencionados proyectos para el ejercicio fiscal de 2010.

Tercero.Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados, a destinar una partida especial en el presupuesto para el ejercicio fiscal de 2010, correspondiente al gasto capital de la Comisión Nacional del Agua, que destine específicamente los recursos suficientes y necesarios para llevar a cabo las obras de rehabilitación del arroyo Alamar en el municipio de Tijuana, Baja California.

Analizado el contenido de la proposición que nos ocupa, los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos exponemos las siguientes

Consideraciones

Coincidimos en el reconocimiento del grave problema que representa la contaminación de los cuerpos de aguas nacionales y, particularmente, la que presenta el río Tijuana y sus afluentes, incluido el arroyo Alamar.

Es válida la preocupación del diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid por promover y gestionar recursos y voluntades para la realización y continuidad de los trabajos de rehabilitación del arroyo Alamar en su confluencia con el río Tijuana.

No obstante, estimamos pertinente observar algunos hechos relacionados con  la proposición objeto del presente dictamen:

En el dictamen con proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública señala que el 16 de octubre de 2009 se publicó el acuerdo para regular sus reuniones con las entidades federativas y municipios, respecto al examen y discusión del proyecto de Presupuesto para 2010.

En ese marco, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública sostuvo reuniones de trabajo con los gobernadores de 27 estados, incluso el de Baja California, así como con el jefe del gobierno del Distrito Federal, quienes presentaron sus propuestas para su posible inclusión en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2010.

Señala también que a través de la votación del dictamen, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública dictaminó a su vez la procedencia o no de las 718 proposiciones con punto de acuerdo presentadas en ambas Cámaras del Congreso, y turnadas por éstas a la propia comisión.

El decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2010 no considera expresamente una asignación de recursos para la rehabilitación del arroyo Alamar; sin embargo, el anexo técnico por obras del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2010, en materia de aguas, considera la asignación de 14 millones de pesos para la construcción de infraestructura de protección a centros de población en el arroyo industrial de la colonia Campestre Murúa, subcuenca Alamar margen derecha, en Tijuana, Baja California.

En ese contexto, resulta improcedente, por extemporáneo, exhortar a autoridad alguna, a informar sobre recursos necesarios para ejercerlos en 2010 o a destinar una partida del Presupuesto de Egresos para 2010.

Con base en las consideraciones precedentes, estimamos pertinente el proyecto de punto de acuerdo, sólo en lo relativo a que se exhorte a las autoridades indicadas, a dar continuidad al proyecto de rehabilitación del arroyo Alamar, así como para que se informe a esta soberanía, el estado que guardan las obras encaminadas a solventar el conflicto de contaminación y la rehabilitación ecohidráulica del arroyo Alamar en confluencia con el río Tijuana.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente proyecto de

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal –a través de la Comisión Nacional del Agua–, al gobierno de Baja California y al ayuntamiento de Tijuana –a través del Instituto Municipal de Planeación y las distintas autoridades municipales competentes– a brindarle continuidad al proyecto de rehabilitación del arroyo Alamar, así como a informar a esta soberanía el estado que guardan las obras comprendidas en dicho proyecto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados: Óscar Javier Lara Aréchiga (rúbrica), presidente; Emilio Andrés Mendoza Kaplan (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villlalva (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Francisco Javier Orduño Valdez, Silvia Isabel Monge Villalobos, José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Ninfa Clara Salinas Sada (rúbrica), Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), secretarios; Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Héctor Franco López, Jorge Rojo García de Alba, Benjamín Clariond Reyes Retana (rúbrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas, Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Baltazar Martínez Montemayor, Ramón Merino Loo (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Antonio Benítez Lucho, Jaime Álvarez Cisneros.»

En votación económica se pregunta si se aprueban éste punto de acuerdo y los anteriormente reservados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Aprobados los puntos de acuerdo. Comuníquese.



LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El siguiente punto del orden del día es la discusión de dictámenes negativos. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los encabezados.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea en votación económica si se autoriza que sólo se dé lectura a los encabezados. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. Las diputadas y diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se autoriza.

En consecuencia, proceda la Secretaría a dar lectura a los encabezados.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones, y de Radio, Televisión y Cinematografía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 28 y 28-A de la Ley Federal de Radio y Televisión

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45, numeral 6, incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 55, 56, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Comunicaciones somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el presente dictamen, en sentido negativo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 27 de abril de 2006 el diputado Inti Muñoz Santini, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa que deroga los artículos 28 y 28-A, de la Ley Federal de Radio y Televisión.

II. En la misma sesión, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en uso de sus facultades y mediante oficio número D.G.P.L. 59-II-3-2571, acordó el turno de la iniciativa a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Radio, Televisión y Cinematografía.

III. Con base en lo anterior, las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Radio, Televisión y Cinematografía de la LXI Legislatura procedieron al análisis de la iniciativa y la elaboración del presente dictamen en sentido negativo.

Contenido de la iniciativa

Señala el diputado Inti Muñoz Santini que, con fecha 11 de abril de 2006 el Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, publicó en el Diario Oficial de la Federación las controvertidas reformas y adiciones a las Leyes Federales de Telecomunicaciones, de Radio y Televisión, aprobadas al vapor por el Congreso de la Unión.

Que el 1 de diciembre de 2005 se aprobaron por el Pleno de la Cámara de Diputados las reformas a estas leyes, y fueron turnadas a la Colegisladora para su análisis y dictamen correspondiente, hecho que ocurrió el pasado 30 de marzo de 2006.

Que, con excepción de la Cámara de Senadores, en la Cámara de Diputados las reformas fueron aprobadas sin un análisis previo de las implicaciones y consecuencias que para el Estado Mexicano en su conjunto tendrían.

Expresa que el debate posterior a las reformas aprobadas en la Cámara de Diputados obligó al Senado de la República a iniciar una serie de diálogos públicos, con voces destacadas que alertaron sobre los riesgos de aprobar dichas reformas en sus términos. Diálogos públicos que, como muchos otros, no fueron escuchados por las comisiones dictaminadoras ni por los senadores, que habían ya asumido el compromiso de votar las reformas en sus términos.

Asimismo, afirmó el exponente que como consecuencia de las demandas y críticas de organizaciones ciudadanas, de instituciones culturales, de especialistas, académicos, de representantes de medios de comunicación, permisionarios, comunitarios, públicos y culturales, el Senado de la República tuvo que poner en marcha la denominada “reforma paralela a Ley de Radio y Televisión”, que considera la modificación al artículo 28, al remitir a los artículos 17 al 17 J, que ya fueron publicados y no se reformaron en ninguno de sus términos.

Que en la mencionada reforma se registra de manera formal a los concesionarios de las redes públicas de telecomunicaciones, de las que se refirió en forma limitativa en los siguientes términos:

“Asimismo, los concesionarios de las redes públicas de telecomunicaciones para prestar sus servicios de radiodifusión, previa concesión que se les otorgue en términos-de los artículos 17 a 17J de esta ley.”

Señaló que la minuta de la reforma que elaboró el Senado de la República, que modificaba el artículo 28 era inconsistente, por lo que no procedía dicha minuta, ya que restringía los servicios de las redes de telecomunicaciones únicamente a la radiodifusión y dejaba fuera los servicios integrados de televisión, información, cultura y de servicio público.

Que tanto la reforma como en el decreto siguen sin reconocer de manera precisa a los medios públicos culturales y a los comunitarios. En la medida que depende de las condiciones que se les imponen en la licitación, en las que el Estado no les ofrece medios de financiamiento; tampoco se contempla la manera en que obtendrán recursos para financiar la convergencia tecnológica, inversión que representan montos millonarios. Con esto se están dando las condiciones para desaparecerlas en un corto tiempo. No estando de acuerdo en permitir que el Estado renuncie a sus atribuciones en términos de la provisión de las condiciones de subsistencia y desarrollo de medios de comunicación que prestan servicios a comunidades indígenas, campesinas y urbanas marginales, además de los medios educativos y de uso social. Esto contraviene al artículo 2o. constitucional que establece el derecho de los pueblos indígenas para operar sus propios medios de comunicación.

Además señala que el criterio de la licitación por subasta pública, quedó sin ninguna modificación, adicionalmente no se abren las condiciones para que nuevos concesionarios obtengan frecuencias ante la ampliación de ancho de bandas, ya que concursan los que ya son propietarios de otras frecuencias a los que se favorecerá. Ambas propuestas corresponden sólo a los intereses de los grupos económicos más poderosos, por ello favorece los monopolios, con los que se contraviene el artículo 28 constitucional, que prohíbe la existencia y fomento de los monopolios. Es fundamental recordar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha declarado que los monopolios en medios de comunicación atentan contra la vida democrática, pues unifican en formato y contenidos la oferta de información y constituye limitantes al derecho a la información.

Que la ley anterior establecía la radiodifusión como de interés público, la ley actual deja de lado esta definición, al igual que la minuta de reforma que nos envía el Senado de la República, ya que deja intacto el concepto de trasmisión de señales, con esto se niega de facto los sentidos sociales, informativos, culturales y de conocimiento de los medios de comunicación.

Que existen elementos a destacar de las reformas mencionadas:

a) Que no obligan a los medios privados concesionados a pagar al Estado dinero por explotar un bien de la nación con el uso de las nuevas frecuencias por el cambio tecnológico, con ello el Estado estará regalando cerca de 70 mil millones de dólares a las televisoras.

b) Propone un supuesto órgano regulador que será autónomo, pero no es cierto, pues no le da facultades para operar, y además no pone ningún candado para que los que vayan a ser comisionados no estén directamente trabajando en los medios privados o en otras áreas directamente relacionadas, con ello le quita la rectoría al Estado sobre un bien nacional, contraviniendo el artículo 27 de nuestra Constitución, que dice que el espectro es un bien nacional. Estos comisionados podrán estar hasta por 16 años en el puesto, así que ahora las televisoras podrían asegurar a colaboradores, sin que ninguna autoridad pueda meter las manos.

c) La Comisión Federal de Competencia, el Instituto Federal Electoral, la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los pueblos Indígenas reconocen que esta ley fomenta el monopolio y que omite la función de los medios además de no tomar en cuenta ninguna de sus observaciones.

Que con dichas reformas, la Ley Federal de Radio y Televisión se constituye en el instrumento que legitima y legaliza las prácticas monopólicas contraviniendo lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Federal de Radio y Televisión, el cual establece: la disponibilidad para que los actuales concesionarios que prestan servicios de radiodifusión, podrían prestar servicio de telecomunicaciones a través de las bandas de frecuencia que les fueron concesionadas, presentando únicamente la solicitud ante la Secretaría de Comunicaciones y Trasportes, sin iniciar el procedimiento para solicitar una nueva concesión.

En esta tesitura y establecidos los antecedentes así como el contenido de la iniciativa, los miembros de la Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Radio, Televisión y Cinematografía que suscriben el presente dictamen exponen las siguientes:

Consideraciones

1. El derecho a presentar la iniciativa que se dictamina, encuentra su fundamento en la fracción II del artículo 71 constitucional, ya que dicho precepto establece que “El decreto de iniciar leyes o decretos compete: A los diputados y senadores al Congreso de la Unión...”

2. Como se puede apreciar del estudio de la iniciativa, es imperativo mencionar que ambos artículos propuestos para derogarse fueron reformados mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 11 de abril del 2006.

3. El decreto de reforma de 11 de abril de 2006 fue impugnado por diversos senadores de la República ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante la acción de inconstitucionalidad 26/2006, manifestando predominante que dichos preceptos de ley concedían privilegios injustificados a razón de contradecir la rectoría económica del Estado y favorecer el acaparamiento de medios de telecomunicaciones en pocas manos, lo cual va en perjuicio del interés público y de la libre concurrencia.

Bajo esa tesitura, el Tribunal Supremo, mediante sentencia publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 20 de agosto de 2007, encontró inconstitucionales en su totalidad a los artículos motivo de la iniciativa que aquí se dictamina, derogándolos del marco legislativo vigente, lo cual en consecuencia deja sin materia la misma, haciendo jurídicamente idónea su dictaminación en sentido negativo.

4. De tal forma, la Suprema Corte encontró como inconstitucionales ambos preceptos de ley, atendiendo de fondo las mismas preocupaciones vertidas en la iniciativa que se dictamina. Con motivo que dichos artículos fueron derogados del cuerpo normativo mexicano vigente, se considera que de forma directa, la citada sentencia sirvió los propósitos buscados por el legislador, dando así por satisfecho el espíritu detrás de la iniciativa.

Por ende, con motivo que la iniciativa no propone demás alternativas, y debido a que a esta comisión no le compete proponer opciones parlamentarias que pudieran analógicamente considerarse como una nueva iniciativa, y toda vez que ya fue consumado por la vía judicial el propósito que perseguía, esta debe ser desechada.

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que derogan los artículos 28 y 28-A de la Ley Federal de Radio y Televisión, formulada por el diputado Inti Muñoz Santini, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LIX Legislatura, presentada ante el Pleno de esta soberanía en sesión ordinaria del 27 de abril de 2006.

Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido, publíquese en la Gaceta Parlamentaría.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de abril 2010.

La Comisión de Comunicaciones, diputados:José Adán Ignacio Rubí Salazar (rúbrica), presidente; Éric Luis Rubio Barthell (rúbrica), Baltazar Martínez Montemayor (rúbrica), Pablo Rodríguez Regordosa (rúbrica), Arturo García Portillo (rúbrica), Juan Gerardo Flores Ramírez (rúbrica), Marcos Alberto Covarrubias Villaseñor, Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Fernando Ferreira Olivares (rúbrica), secretarios; Maurilio Ochoa Millán (rúbrica), Ana Estela Durán Rico, Sofía Castro Ríos, Hugo Héctor Martínez González, Carlos Cruz Mendoza (rúbrica), Rogelio Cerda Pérez, Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Janet Graciela González Tostado (rúbrica), Reginaldo Rivera de la Torre (rúbrica), Ricardo Ahued Bardahuil (rúbrica), Leonardo Arturo Guillén Medina (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos, María Elena Perla López Loyo, Juan Huerta Montero (rúbrica), Adriana Fuentes Cortés (rúbrica), Javier Corral Jurado, Adriana Sarur Torre (rúbrica), Martha Angélica Bernardino Rojas, Francisco Hernández Juárez.

La Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, diputados:Juan Gerardo Flores Ramírez (rúbrica), presidente; Andrés Massieu Fernández (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas, Ricardo Armando Rebollo Mendoza (rúbrica), María Yolanda Valencia Vales (rúbrica), Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Ariel Gómez León (rúbrica), Alberto Emiliano Cinta Martínez (rúbrica), secretarios; José Manuel Agüero Tovar (rúbrica), Roberto Armando Albores Gleason (rúbrica), Javier Corral Jurado (rúbrica), Carlos Flores Rico, Jorge Fernando Franco Vargas, María del Carmen Izaguirre Francos (rúbrica), Sergio Mancilla Zayas (rúbrica), Salvador Manzur Díaz, Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), Canek Vázquez Góngora (rúbrica), Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), José Francisco Yunes Zorrilla (rúbrica), Sixto Alfonso Zetina Soto, Juan Huerta Montero, Guillermo José Zavaleta Rojas, José Manuel Hinojosa Pérez, Oralia López Hernández, Guillermo Cueva Sada (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia, Gerardo del Mazo Morales, Mary Telma Guajardo Villareal (rúbrica), Mauricio Toledo Gutiérrez.»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: ¿Cuál es el objeto, diputado?

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Quisiera intervenir para este punto. No sé si los van a leer todos y podemos reservar para discutir algunos. ¿Cuál va a ser el procedimiento?

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Si se reserva alguno entonces se le va a retirar del orden del día. Ése es el acuerdo de la Mesa Directiva, diputado.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Presidente, yo quisiera intervenir en la discusión, pero si la reserva implica el retiro prefiero no hacerlo.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Cómo no. Dé cuenta de ese oficio, por favor.



LEY DEL SEGURO SOCIAL

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Por este medio solicito a usted sea retirado del orden del día el dictamen negativo de esta Comisión de Seguridad Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social.

Asimismo, le pido se considere tal dictamen para discutirse por el honorable pleno en la próxima sesión de fecha 30 de septiembre del año en curso, de antemano agradezco la atención prestada a esta solicitud.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, 23 de septiembre de 2010.— Diputado Uriel López Paredes (rúbrica) presidente.»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Continúe la Secretaría.



LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas. Lo anterior, con fundamento en los artículos 57, 60, 62 y 63, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículo 39 y 45 numeral 6 incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 57, 60, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa mencionada al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el día 2 de febrero 2010, los ciudadanos secretarios de la misma dieron cuenta al Pleno de esta soberanía de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

Segundo. El ciudadano Presidente de la Mesa Directiva acordó que se diera el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El antecedente histórico de la minuta de referencia en es el siguiente:

1. En fecha 28 de abril 1997, el diputado Jesús Carlos Hernández Martínez, en nombre de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, y Revolucionario Institucional, presentaron una iniciativa para reformar, adicionar y derogar, diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas, la cual en esa fecha fue turnada para su dictaminación a la Comisión de Fomento Cooperativo.

2. Seguido su trámite legislativo, en fecha 16 de marzo del 2000, la iniciativa de referencia fue aprobada en el Pleno de la Cámara de Diputados y enviada la minuta a la Cámara de Senadores, donde el día 24 de abril del 2000 fue turnada para su dictaminación a las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y de Estudios Legislativos, Sexta, y en fecha 12 de diciembre del mismo año se resolvió pedir además opinión de la Comisión de Desarrollo Social.

3. En fecha 20 de junio 2007, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó con 79 votos el desechamiento de la minuta por razones de técnica legislativa y deficiencias jurídicas

4. En fecha 17 de diciembre 2009, esta Cámara de Diputados recibió la minuta de referencia desechada, que en fecha 2 de febrero 2010, fue turnada a esta comisión de Economía para su estudio.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3o. del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta Comisión de Economía es competente para conocer sobre la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

Segunda. Que la minuta que envió esta Cámara de Diputados a la Cámara de Senadores contemplaba diversos cambios al sistema cooperativista, entre los que se encuentran:

• La eliminación de la finalidad de lucro de las sociedades cooperativas.

• La eliminación a los socios del derecho de separación de los sociedades cooperativas.

• La eliminación de las cooperativas de participación estatal.

• El aumento del mínimo de socios requeridos para la constitución de una cooperativa (de 5 a 10).

• Se establece la vigilancia de las cooperativas a cargo de los Poderes Ejecutivos, estatales y federal.

• Que las cooperativas de consumidores puedan dedicarse al ahorro y préstamo.

• Se establecen nuevas reglas para convocar a asambleas y para el desarrollo de las mismas.

• Se establece la limitación de la reelección por una vez a los miembros del consejo de administración.

• Se limita la trasmisión de derechos patrimoniales del socio cooperativista a su cónyuge y a sus hijos, a la aprobación de la asamblea.

• Transfiere la carga del pago de las cuotas patronales de seguridad social generadas por los trabajadores de las cooperativas, al gobierno federal.

• Se establece que en el caso de liquidación, los remanentes sean destinados a instituciones de beneficencia o a otros organismos cooperativos.

• Se establecen nuevas reglas para el funcionamiento de las uniones y federaciones de cooperativas, y se les dotan de funciones y facultades específicas.

• Se exentan de impuestos y derechos fiscales los actos de constitución y registro de sociedades cooperativas.

• Se exenta del impuesto al valor agregado y del impuesto sobre la renta, a las sociedades cooperativas de nueva creación por un lapso de tres años.

• Se establece la obligación para los gobiernos de los tres niveles de apoyar en su ámbito territorial el desa-rrollo del cooperativismo, así como a las escuelas, institutos y organismos especializados en educación cooperativa que establezca el movimiento cooperativo.

Tercera. Que el dictamen que propuso desechar la minuta de las Comisiones Unidas de Fomento Económico y Estudios Legislativos con opinión de la de Desarrollo Social, y que fue aprobado por el Pleno de la Cámara de Senadores, establece como fundamento de su posición lo siguiente:

III. Consideraciones

Las Comisiones Unidas de Fomento Económico y Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión de Desa-rrollo Social, presentamos nuestras consideraciones sobre los artículos del proyecto de decreto más significativos:

1. Se afirma en el artículo 2o. de la propuesta de modificación de la Ley General de Sociedades Cooperativas, que una de las características de cualquier sociedad cooperativa consiste en que no podrá tener propósito de lucro.

La aparente absoluta prohibición de perseguir fines de lucro, es decir, de obtener utilidades, es del todo incongruente con lo previsto por el artículo 28, a cuyo tenor dice: los rendimientos anuales que reporten los balances de las sociedades cooperativas de productores, se repartirán de acuerdo con el trabajo aportado por cada socio durante el año.

En efecto, si las sociedades cooperativas no pueden rea-lizar actividades lucrativas, es evidente que deberían vender al costo y que no habría rendimientos por repartir.

La incongruencia que hemos comentado resalta plenamente si se considera el caso de las cooperativas de producción, pues conforme a la prohibición legal, éstas deberían vender sus productos sin obtener utilidades, con lo que estarían condenadas al fracaso, no sólo porque los socios no tendrían rendimiento alguno que repartir, sino también porque la sociedad no estaría en condiciones de formar los fondos sociales mencionadas en la ley.

Por lo anterior, se puede concluir que no es conveniente declarar, de manera generalizada, que las sociedades cooperativas no tendrán fin de lucro, ya que resultaría confuso.

2. En la definición de “organismos cooperativos” incluida en el artículo 3o. se adiciona a las sociedades cooperativas, cuando la idea de organismo cooperativo se refiere a la agrupación de sociedades, y no a las sociedades de forma individual. Por lo demás, las sociedades cooperativas ya tienen una definición propia, establecida en el artículo 2 del texto vigente. Adicionalmente, encontramos que el Capítulo I, Título III, trata “De los Organismos Cooperativos”, y se refiere a la agrupación de sociedades, sea en uniones, federaciones o confederaciones. Por tanto, las sociedades cooperativas no requieren ser incluidas en un término general, además de que hacerlo propiciaría confusión.

3. En el artículo 6o. de la ley vigente se refiere a los principios que deben cumplir las sociedades cooperativas, pero se propone cambiar “los organismos cooperativos a que se refiere la fracción I del artículo tercero”, por “sociedades cooperativas” como lo define el texto vigente. Para lo cual, es aplicable lo argumentado en el punto anterior. Esto es, no es necesario cambiar la referencia, ya que además esos principios son aplicables a los organismos en virtud del artículo 74 de la ley vigente, lo que se conserva en el artículo 76 del proyecto, que señala que los organismos deben cumplir con los principios establecidos en el artículo 6o.

4. Adicionalmente, las modificaciones propuestas al artículo 6 son inconvenientes por lo siguiente:

• Se respeta la libre asociación, pero se elimina lo referente al libre retiro.

• Obliga a la cooperación entre cooperativas, que también debe ser voluntaria de acuerdo a las afinidades, intereses y pertinencia.

• Establece por decreto la autonomía e independencia, más no se precisa el alcance de estos “principios”, que por lo demás pueden ser limitantes para el desarrollo de las sociedades. La intención con esto es eliminar las cooperativas de participación estatal.

5. Al artículo 7, que se refiere a la participación de los extranjeros, se adiciona un último párrafo que establece que los extranjeros que participen en las cooperativas de producción deben aportar su trabajo físico o intelectual. Esto resulta ocioso, ya que es propio de la naturaleza de esas cooperativas que los socios aporten su trabajo, lo que ya está establecido en la ley para todos los socios.

6. En la fracción V del artículo 11 proponen aumentar el mínimo de socios para formar una cooperativa, de 5 a 10. El aumento en el número de socios hace más restrictiva la formación de las sociedades, si bien la diferencia no es muy significativa, por lo que va en contra del propósito de la minuta de fomentar la creación de dichas sociedades.

7. Con respecto a la adición de un último párrafo al artículo 14, es favorable para el orden e identificación de las sociedades cooperativas, que además de la denominación de la sociedad, vaya acompañada de las abreviaturas sobre el régimen de responsabilidad adoptado.

8. Se deroga el artículo 18, con lo cual se eliminan las sociedades cooperativas de participación estatal. Consideramos que no se debe cerrar esta posibilidad, pues aunque el dictamen dice que en la realidad no sucede, encontramos que existen algunas cooperativas de este tipo en funcionamiento actualmente.

9. Con relación al artículo 19, que trata sobre la modificación de las bases constitutivas de las sociedades cooperativas, es ocioso modificarlo, ya que simplemente se expresa de manera distinta lo establecido en la Ley vigente, pero en esencia es lo mismo. El artículo vigente es más claro.

10. El artículo 20 es totalmente inconstitucional, puesto que dice que las dependencias del Poder Ejecutivo locales o federales vigilarán que los organismos cooperativos cumplan con las leyes respectivas aplicables a la actividad económica específica que realicen en el desempeño de su objetivo social, y es de comentar que si el legislar en materia de cooperativa es facultad federal, el Congreso de la Unión no tendrá competencia para establecer obligaciones a las dependencias de los Poderes Ejecutivos locales de las entidades federativas, pues está vulnerando la soberanía de los estados.

11. El artículo 26 propone que las cooperativas de consumidores puedan dedicarse al ahorro y préstamo. Esto contraviene la clasificación establecida en la propia ley, artículo 21 vigente, que no se modifica en el proyecto, así como diversas disposiciones establecidas en la Ley de Ahorro y Crédito Popular, que reconoce como cooperativas de ahorro y préstamo a las exclusivamente creadas para ese fin. Además, esto puede dar lugar a prácticas fraudulentas.

12. El proyecto de decreto deroga los artículos 30 a 33 con el fin de concretar la desaparición de sociedades de participación estatal. Recomendamos que se conserven, pues aunque no sean comunes existen y, por lo tanto, deben estar contempladas.

13. La frase “relaciones de trabajo de los socios en las cooperativas de producción” que se adiciona como fracción XII del artículo 36 no es muy clara; es vaga y muy general, no especifica si se trata de la libre relación laboral entre los socios, o la regulación de actividades de los socios para las cooperativas.

14. En el segundo párrafo de la propuesta de reforma al artículo 37, se dispone que bastará con el veinte por ciento de los socios para convocar a asamblea general de la sociedad. Si el mínimo de socios para constituir una sociedad es de cinco, como en el texto vigente, o diez como propone el proyecto, lo establecido en el párrafo segundo no sería aplicable, pues el veinte por ciento de una sociedad de cinco sería sólo un socio, o en una de diez socios serian dos, lo que no provee certidumbre para la realización de las asambleas.

15. Los requisitos del artículo 37 Bis que se proponen, sobre el quórum para ciertos cambios de fondo de la sociedad, son repetitivos, pues se refieren a cambios en lo establecido en las bases constitutivas, para lo cual ya hay un procedimiento definido en el artículo 19 de la ley vigente.

16. En el artículo 42 se establece la limitación de la reelección de los miembros del consejo de administración por una sola vez. Ciertamente, es difícil que en una sociedad de cinco miembros, el mínimo, vayan más allá de esa reelección si se rotan todos los socios, pero debe quedar abierta la posibilidad de que necesiten reelegir a alguno más de una vez.

17. Incluir la figura de tesorero, como se propone en la reforma del artículo 43, es mejor que la de un vocal como lo establece la ley vigente. Para aquellas sociedades que puedan constituir un consejo de administración, bien se puede establecer la figura de tesorero sin quitar la del vocal, suponiendo que realizarían actividades distintas.

18. El proyecto de decreto modifica el último párrafo del artículo 50, limitando la transmisión de los derechos patrimoniales amparados por los certificados de aportación, de los socios a su cónyuge o hijos, a la aprobación de la asamblea.

Esto es jurídicamente incorrecto, ya que la transmisión de los derechos patrimoniales a sus descendientes es un derecho del titular, y no debe estar sujeta al arbitrio de terceros, lo que puede quedar condicionado a la aprobación de la asamblea son los derechos cooperativos, tal como lo establece el texto vigente.

19. Al final del cuarto párrafo del artículo 58, en lo que la ley vigente hace referencia a los “sistemas de seguridad social”, el proyecto elimina “social” para dejar únicamente “sistemas de seguridad”, lo cual es incorrecto, pues un sistema de seguridad puede referirse a un sistema contra robo, de vigilancia, etcétera. La referencia debe ser completa, como en la ley vigente, dado que no se define inicialmente lo que se entiende por sistema de seguridad, aunque sea obvio.

Por otra parte, el proyecto de decreto reforma el último párrafo del mismo artículo para imponer al gobierno federal el pago de las cuotas patronales de seguridad social que establece la Ley del Seguro Social, para los trabajadores de las cooperativas. Esto además de ser una carga financiera al erario, tiene claros visos de inconstitucionalidad e inequidad, y será un precedente para que nuevos sectores, demandando un trato similar, exijan el pago de sus cuotas patronales.

20. Consideramos inconveniente la adición al artículo 71, en la que disponen que los remanentes que queden una vez concluido el proceso de liquidación, sean donados a instituciones de beneficencia o a otros organismos cooperativos. En nuestra opinión la distribución de los activos de la sociedad, una vez liquidadas las obligaciones, es parte de los derechos cooperativos de los socios. En todo caso es mejor que se aplique supletoriamente la Ley General de Sociedades Mercantiles, o que resuelva la asamblea o los liquidadores.

21. En el tercer párrafo del artículo 74 del proyecto hablan de federaciones de carácter estatal o regional, lo cual es incorrecto, ya que una federación es una agrupación de sociedades o uniones de diversos estados, no de uno sólo. El carácter de estatal o regional sólo pueden tenerlo las uniones. Aún es aceptable que las federaciones se denominen regionales, pero no del todo correcto.

Por otra parte, establecen como requisito para formar una unión que no exista una federación en la entidad, a la cual puedan afiliarse. Esto es positivo en términos de aglutinar a todas las cooperativas en una sola organización, pero va en contra de la libre asociación.

Por lo demás encontramos aspectos positivos en este artículo, y los que le siguen referentes al tema de los organismos cooperativos, que proveen certidumbre y claridad al proceso de conformación de uniones, federaciones y confederaciones. Sin embargo, hacen referencia a una “mesa de debates” de la que no se define su integración, atribuciones, alcances, duración, etcétera.

22. Entre las funciones que se establecen en el artículo 76 para uniones, federaciones y confederaciones, es necesario precisar algunas de ellas, que tal como se proponen invaden esferas de competencia de autoridades federales-y locales, como, por ejemplo, “regularizar cooperativas”, realizar visitas de inspección y auditoría, vigilar el funcionamiento de las cooperativas y organismos, entre otros.

23. Lo dispuesto en el artículo 77 Bis del proyecto, viola la pretendida autonomía e independencia de las sociedades, ya que obliga a las sociedades a afiliarse a algún organismo.

24. En el artículo 79 del proyecto, se adiciona un segundo párrafo, con tres fracciones, en el que reiteran las que se considerarán organizaciones de apoyo al movimiento cooperativo, pero ahora mencionando las instituciones que lo serán, como escuelas, institutos o universidades. Creemos que esto es ocioso, pues esta mención es limitativa, y la establecida en el primer párrafo, siendo genérica, abarca todas las posibilidades.

25. No encontramos la utilidad de derogar los artículos 83 a 89. En la ley vigente precisan ciertos aspectos de la función de los organismos cooperativos. Aunque algunas de estas funciones se incluyen de alguna manera en el 76 del proyecto, otras no están contempladas. Además, cabe observar que el artículo 87 en la ley vigente se encuentra derogado, por lo que en la minuta no debe incluirse.

26. Es de destacar que la minuta, podría contravenir el principio de equidad previsto por el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual radica en la igualdad ante la ley de todos los sujetos pasivos de un mismo tributo, quienes deberán recibir un tratamiento idéntico en lo concerniente a hipótesis de causación, acumulación y deducción, entre otros.

Asimismo, es importante destacar que no se considera adecuado establecer en una ley no fiscal, el otorgamiento de exenciones tributarias y posibles previsiones para el otorgamiento de estímulos fiscales, los cuales deben de regularse a través de las leyes de carácter fiscal.

27. Por lo que respecta a la propuesta de exentar del pago del impuesto al activo de las sociedades cooperativas de nueva creación durante un plazo de tres años, es de destacar que tal exención no resultaría procedente, ya que en términos de la Ley del Impuesto al Activo, no se pagaría dicho impuesto por el periodo preoperativo, ni por los ejercicios de inicio de actividades; en tal virtud, se estaría ante una disposición innecesaria toda vez que las sociedades ya se encontrarían exentas por dicho plazo, o bien, resultaría improcedente al pretender brindar un plazo adicional al ya previsto por la norma fiscal para tal supuesto.

28. La minuta prevé que el Consejo Nacional del Movimiento Cooperativo deberá colaborar con el Ejecutivo federal en la elaboración de los Planes económico-sociales que beneficien o impulsen de manera directa el desarrollo del cooperativismo mexicano.

Sobre el particular, se trata de una disposición inconstitucional, considerando que conforme a lo señalado por el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es facultad del Ejecutivo federal establecer los procedimientos de participación y consulta popular en el Sistema Nacional de Planeación Democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo.

29. La minuta señala que los gobiernos federal, estatal y municipal apoyaran en el ámbito territorial a su cargo al desarrollo del cooperativismo, e igualmente apoyaran a las escuelas, institutos y organismos especializados en educación cooperativa que establezca el movimiento cooperativo.

Al respecto, se puede mencionar que las acciones que lleven a cabo el gobierno federal con el fin de otorgar los apoyos antes descritos, deberán sujetarse a la disponibilidad presupuestaria de las dependencias y entidades que desarrollen dichas acciones.

Adicionalmente, dicho artículo es inconstitucional, atendiendo a la autonomía que los artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, otorga a los gobiernos estatales y municipales.

30. Las disposiciones finales, que establecen en los artículos 96 a 99, están contenidas en otros artículos de la ley, así como en la Ley General de Sociedades Mercantiles, supletoria de la que nos ocupa, y por lo tanto son redundantes e innecesarios.

31. En su artículo quinto transitorio prohíbe la constitución de nuevas sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, hasta tanto no exista el ordenamiento legal correspondiente a dicha materia.

Cabe destacar que dicho ordenamiento ya existe, en virtud del decreto publicado en el Diario Oficial de la federación del 4 de junio de 2001, a través del cual se expide la Ley de Ahorro y Crédito Popular; se reforman los artículos 10, 26 y 59; se deroga el artículo 87; y se adiciona un segundo párrafo al artículo 10 y una fracción III al artículo 21 de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

En este contexto, se advierte que la minuta que nos ocupa en lo tocante a reformar los artículos 10, 26 y 59, y derogar los artículos 33 y 87 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, se encuentra rebasada por el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 4 de junio de 2001, antes señalado.

IV. Conclusiones

Encontramos que en la minuta anteriormente analizada, si bien existen disposiciones útiles, que pueden abonar a la claridad, certidumbre y mejor aplicación de lo dispuesto en la ley, la mayor parte de las disposiciones generan confusión y buscan ventajas indebidas para el tipo de organización que la ley General de Sociedades Cooperativas tutela.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, los integrantes de las Comisiones legislativas que suscriben el presente dictamen, se permiten someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Artículo Único. Se desecha la minuta proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversos artículos de la ley General de Sociedades Cooperativas, por razones de técnica legislativa y deficiencias jurídicas, por lo que se regresa a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para los efectos de lo dispuesto en el inciso d) del artículo 72 Constitucional.

Cuarta. Esta Comisión de Economía de la LXI Legislatura considera que las razones utilizadas por la Cámara de Senadores para determinar el desechamiento de la minuta son contundentes y correctas, pues es evidente la deficiencia de técnica legislativa y jurídica, por lo que hace suya la posición de la Cámara de Senadores, así como las argumentaciones que aquélla expresa.

Quinta. Por lo que, en virtud de lo expuesto, la Comisión de Economía

Acuerda

Primero. Se desecha en su totalidad la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de marzo 2010.

La Comisión de Economía, dputados:Ildefonso Guajardo Villareal (rubrica), Alejandro Cano Ricaud (rubrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rubrica), Jorge Juraidini Rumilla (rubrica), José Luis Velasco Lino (rubrica), Narcedalia Ramírez Pineda, Norma Sánchez Romero (rubrica), María Antonieta Pérez Reyes (rubrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rubrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rubrica), Indira Vizcaino Silva (rubrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Roberto Borge Angulo, Noé Fernando Garza Flores (rubrica), Jorge Hernández Hernández (rubrica), Jorge Humberto López Portillo Basave, David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez, David Ricardo Sánchez Guevara (rubrica), José Antonio Arámbula López (rubrica), María Matilde Díaz de León Macías (rubrica), Sergio Gama Dofour (rubrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rubrica), Ramón Merino Loo (rubrica), Marín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rubrica), Gerardo Leyva Hernández (rubrica), Carlos Torres Piña, José M. Torres Robledo (rubrica), Ifigenia Martínez Hernández (rubrica).»



LEY DE AGUAS NACIONALES

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales

Honorable Asamblea: 

A la Comisión de Recursos Hidráulicos fue remitida por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados copia del dictamen negativo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Aguas Nacionales, presentada por la diputada Clara Marina Brugada Molina el 14 de abril de 2005 ,  de conformidad con el acuerdo relativo a los dictámenes de proyectos de ley o decreto y proposiciones con punto de acuerdo que quedaron pendientes de resolver por el pleno de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, aprobado el 17 de septiembre de 2009 para su nuevo análisis y dictamen,

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de ese honorable pleno el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

a. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 14 de abril de 2005, la diputada Clara Marina Brugada Molina presentó iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Aguas Nacionales.

b. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la iniciativa de referencia, turnándola a la Comisión de Recursos Hidráulicos para análisis y dictamen.

c. El 10 de diciembre de 2008, la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados aprobó dictamen negativo, desechando la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Aguas Nacionales, presentada por la diputada Clara Marina Brugada Molina el 14 de abril de 2005.

d. El dictamen negativo se envió a la consideración del pleno de la Cámara, sin que haya sido sometido a discusión, al concluir el último periodo de sesiones ordinarias de la LX Legislatura.

e. El 6 de octubre de 2009, la Mesa Directiva remitió a la Comisión de Recursos Hidráulicos copia del dictamen negativo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Aguas Nacionales, presentada por la diputada Clara Marina Brugada Molina el 14 de abril de 2005,  de conformidad con el acuerdo relativo a los dictámenes de proyectos de ley o decreto y proposiciones con punto de acuerdo que quedaron pendientes de resolver por el pleno de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, aprobado el 17 de septiembre de 2009, para nuevo análisis y dictamen.

Los integrantes de esta comisión dictaminadora procedimos al estudio y análisis del asunto que nos ocupa, atendiendo el siguiente

II. Contenido de la iniciativa.

Señala la iniciadora que la Organización de las Naciones Unidas ha instaurado una serie de disposiciones jurídicas mediante las cuales los países signatarios, como lo es México, se comprometen cumplir en sus jurisdicciones. Tal es el caso del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que en el artículo primero, párrafo segundo, señala que “para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio de beneficio recíproco, así como del derecho internacional”.

Menciona que en la Cumbre de Johannesburgo, las naciones nos comprometimos a adoptar decisiones encaminadas a aumentar el acceso a requerimientos básicos tales como el agua limpia.

Señala que los compromisos adoptados en la Conferencia de Dublín de 1992 sobre el agua y el medio ambiente, y las cumbres subsecuentes en La Haya y Bonn distan de su puntual cumplimiento.

Adicionalmente, refiere los principales desafíos y criterios relacionados con el desarrollo de los recursos hídricos instaurados en el ámbito internacional.

Hace referencia a la observación general número 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, relativa a la aplicación del derecho al agua, y entiende que nuestra Constitución considera a los tratados internacionales como ley suprema de la nación; es decir, superiores a las leyes secundarias emanadas de la misma Constitución.

Señala que la iniciativa retoma los diversos compromisos internacionales adoptados por nuestro país, enfocados a garantizar el derecho al agua, así como la adopción de medidas complementarias para la conservación, protección y aprovechamiento sustentable del recurso.

Refiere que el agua debe tratarse como un bien social y cultural y no fundamentalmente como un bien económico, de manera que su aprovechamiento sea sustentable, lo que implica ciertas condiciones en función de los factores de disponibilidad, calidad y accesibilidad. Señala que la disponibilidad se refiere a que el abastecimiento debe ser continuo y suficiente para los usos personales y domésticos y en cantidad disponible según las directrices de la Organización Mundial de la Salud, que la calidad, responde a la salubridad del agua y que la accesibilidad tiene que ver con que el agua, las instalaciones y los servicios deben ser asequibles para todos, sin discriminación alguna, y con el derecho de solicitar, recibir y difundir información sobre los asuntos del agua.

Refiere que la observación general número 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales impone una serie de aplicaciones dentro de las cuales se encuentra el análisis de la legislación para hacer obligatorio el derecho al agua y que por ello, ya existe una iniciativa de adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos relativa al derecho al agua, por lo que considera que éste debe también explicitarse de una forma más amplia y exhaustiva dentro de la Ley de Aguas Nacionales, en cumplimiento de los compromisos internacionales adquiridos

Con base en los motivos expuestos, la iniciadora propone el siguiente

Proyecto de decreto: 

Artículo Único. Se adiciona el artículo 3 Bis, así como el Capítulo VI del Título Sexto, denominado “De las Medidas Complementarias para la Conservación, Protección y Aprovechamiento Sustentable del Agua”, que incluye los artículos 84 Bis 3 al 84 Bis 8 de la Ley de Aguas Nacionales para quedar como sigue:

Artículo 3 Bis. Todo individuo en el territorio nacional tiene el derecho a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para uso doméstico, así como su suministro continuo y suficiente sin interferencias. Las autoridades federales, estatales, municipales y del Distrito Federal, en el marco de sus respectivas competencias, garantizarán este derecho pudiendo los sujetos de este derecho, individual o colectivamente, presentar denuncias en los términos establecidos en la presente ley cuando el ejercicio de éste se limite por actos, hechos u omisiones de alguna autoridad o persona, observándose las restricciones que establece el presente ordenamiento y demás aplicables. 

El derecho a la disponibilidad del agua referido en el párrafo anterior implica: 

I. La cantidad de agua disponible para cada individuo debe corresponder a la establecida por la Organización Mundial de la Salud, viéndose reflejada en las normas oficiales mexicanas que al efecto se expidan; 

II. El agua requerida para uso doméstico debe ser salubre, libre de microorganismos patógenos, sustancias químicas y peligros radiactivos que puedan constituir algún riesgo a la salud humana. En consecuencia, el agua debe contener un sabor, olor y color aceptable para el uso doméstico conforme a las normas oficiales mexicanas aplicables; 

III. La prestación de los servicios hidráulicos debe ser accesible para todo individuo sin discriminación alguna derivada de los motivos señalados en el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo a la población expuesta, marginada o en pobreza; 

IV. Todo individuo tiene derecho a solicitar la información relacionada con el manejo, uso y gestión de los recursos hídricos y la prestación de los servicios hidráulicos, y en consecuencia a recibirla, acceder a ella y difundirla; 

V. Las autoridades competentes tienen la obligación apoyar a las personas que por sus condiciones de pobreza y marginación tienen dificultades para acceder al suministro de agua de uso doméstico, así como las necesidades relativas al género, el ciclo vital y la intimidad relacionadas con dicho acceso; 

VI. Las autoridades competentes deben adoptar medidas que incluyan el uso de técnicas y tecnologías de bajo costo, una política de precios apropiada para zonas marginadas o de vivienda popular, así como la adopción de mecanismos institucionales que prevean beneficios laborales para acceder a los servicios hidráulicos de calidad, sin que se limite el ejercicio de otras garantías constitucionales reconocidas; y 

VII. La determinación del pago de los servicios hidráulicos debe basarse en el principio de justicia social, asegurando que estos sean accesibles para todos incluyendo a grupos sociales vulnerables.

Las legislaciones de los estados y del Distrito Federal que regulen los servicios hidráulicos y la política hídrica del ámbito de su competencia, así como las disposiciones reglamentarias municipales, observarán las disposiciones contendidas en este artículo y dictarán las medidas correspondientes para su cumplimiento. 

Título Sexto 

Capítulo VI 

De las Medidas Complementarias para la Conservación, Protección y Aprovechamiento Sustentable del Agua 

Artículo 84 Bis 3. Con la finalidad de incrementar los niveles de agua de los acuíferos, las autoridades competentes expedirán las disposiciones jurídicas correspondientes: 

I. Construir la infraestructura necesaria para la captación de aguas pluviales, en sitios propicios y preferentemente en zonas de alta permeabilidad de acuerdo a su viabilidad técnica, incluyendo las zonas de reserva ecológica y aquellas bajo algún estatus de protección; 

II. Rescatar, sanear, proteger y construir las instalaciones necesarias, para aprovechar sustentablemente las aguas de los manantiales y las pluviales; 

III. Recargar los acuíferos a partir de las aguas pluviales y aguas residuales tratadas debidamente filtradas cumpliendo con lo dispuesto en las normas oficiales mexicanas; y 

IV. Promover en las zonas urbanas y rurales, la captación, almacenamiento y uso eficiente del agua pluvial como recurso alterno, desarrollando programas de orientación, cultura del agua y uso de este recurso.

Las aguas pluviales que recolecten los particulares y sean sometidas a procesos de tratamiento o potabilización y que cumplan con las disposiciones contenidas en las normas oficiales mexicanas y previa certificación de calidad de la autoridad competente podrán comercializarse atendiendo a lo dispuesto en la legislación aplicable. 

Artículo 84 Bis 4. En las construcciones e instalaciones, tanto del gobierno federal, sus dependencias, entidades y organismos desconcentrados y autónomos, así como las edificaciones del Congreso de la Unión y del Poder Judicial del Distrito Federal, se deberán establecer sistemas de recuperación y almacenamiento de aguas pluviales así como sistemas para el ahorro y uso sustentable del agua. 

Artículo 84 Bis 5. Para evitar la disminución de la captación de agua producida por la tala de árboles o zonas boscosas, la “autoridad del agua” vigilará el cumplimiento de las disposiciones legales referentes a la conservación de éstas, especialmente los recursos forestales ubicados en las orillas de los cauces o cuerpos de agua, así como las localizados en los nacimientos de agua. 

Artículo 84 Bis 6. No se podrán destruir los recursos forestales importantes para la recarga de acuíferos, que estén situados en pendientes, orillas de caminos rurales y demás vías de comunicación, así como los recursos forestales que puedan explotarse sin necesidad de cortarlos. 

Los propietarios de terrenos atravesados por cauces o cuerpos de agua o aquellos en los cuales existan manantiales, en cuyas vegas o tornos hayan sido destruidos recursos forestales que les sirvan de abrigo, están obligados a sembrar las especies o especímenes forestales en los márgenes de estos cauces o cuerpos de agua. 

Asimismo, queda prohibido destruir o talar, tanto en los terrenos nacionales, propiedad social o en terrenos propiedad de particulares, los árboles situados en los márgenes de los manantiales que nazcan en cerros, lomas, colinas, promontorios o lugares análogos, o de los que nazcan en terrenos planos. 

La infracción de lo dispuesto en el presente artículo se sanciona con el pago de multa entre 1501 y 5000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y obliga al infractor a reponer el o los árboles destruidos o talados y lo sujeta a la pena que dispone esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables. La pena podrá ser causa suficiente para proceder a la expropiación de las fajas del terreno en los anchos expresados por este artículo, o a uno y otro lado del curso del río o arroyo en toda su extensión.

Artículo 84 Bis 7. Queda prohibido que en terrenos nacionales donde existan cauces o cuerpos de agua, a enajenar, hipotecar o de otra manera comprometer las tierras que posean o que adquieran en las márgenes de los cauces o cuerpos de agua, incluidos los arroyos, manantiales u hoyas hidrográficas en que broten manantiales o en que tengan sus orígenes o cabeceras cualquier curso de agua de que se surta alguna población. 

Asimismo, queda prohibido autorizar cualquier uso de suelo para actividad económica alguna para cuando el fin solicitado implique deslave de montes o destrucción de árboles o masas forestales. 

Artículo 84 Bis 8. Las disposiciones contenidas en este capítulo deberán adecuarse para su cumplimiento dentro de las legislaciones estatales y del Distrito Federal que regulen los recursos hídricos y prestación de servicios hidráulicos. 

Artículos Transitorios 

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones jurídicas que se opongan al presente decreto.

Los integrantes de esta comisión dictaminadora, previo del estudio de la iniciativa objeto de este dictamen, exponemos las siguientes

III. Consideraciones de la Comisión de Recursos Hidráulicos

La propuesta de adición de un artículo 3 Bis a la Ley de Aguas Nacionales, en los términos propuestos por la iniciadora, resulta improcedente por lo siguiente:

Si bien, como lo establece el artículo 133 constitucional, la Constitución, los tratados internacionales y las leyes emanadas del Congreso de la Unión son ley suprema de toda la unión, los actos que realicen las autoridades de los tres órdenes de gobierno para cumplimentar los tratados internacionales deben ser acordes a los preceptos constitucionales.

En nuestro régimen federal, los poderes federales sólo tienen las facultades que expresamente les confiere la Constitución, quedando a los estados las facultades no atribuidas a los funcionarios federales.

Adicionalmente, estimamos importante señalar que la Constitución no atribuye a la autoridad federal las funciones y servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, funciones y servicios que expresamente confiere a los municipios y, en su caso, a las entidades federativas.

Por otro lado, la Ley de Aguas Nacionales es reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia de aguas nacionales, y en congruencia con los instrumentos internacionales a que se refiere la iniciadora, respeta la disposición constitucional, en cuanto a las aguas reconocidas como aguas nacionales, y que la explotación, uso o aprovechamiento de las mismas, sólo podrá realizarse mediante concesión otorgada por el Ejecutivo federal, con objeto de regular dichas aguas, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable; asimismo, establece la prelación de los usos del agua privilegiando los usos doméstico y público urbano que son, precisamente, los que están a cargo de municipios y entidades federativas por disposición constitucional.

De tal manera, la Ley de Aguas Nacionales faculta a la autoridad del agua para concesionar, mediante títulos de asignación, aguas nacionales a los municipios o a las entidades federativas, para que sean estos órdenes de gobierno, quienes se encarguen de las funciones y servicios públicos que en la materia les confiere el artículo115 constitucional.

Reconocemos, deben cumplirse los compromisos adquiridos por México en el concierto internacional; sin embargo, tal cumplimiento por el estado mexicano, no es exclusivo de los poderes federales, sino deben ser atendidos por los tres órdenes de gobierno conforme a la distribución constitucional de competencias.

Por lo anterior, estimamos que las adiciones planteadas, si bien responden a una preocupación válida de la iniciadora, constitucionalmente deben quedar a la actuación de los órganos legislativos de las entidades federativas.

En cuanto al acceso a la información relacionada con el recurso hídrico por los particulares, es un derecho constitucionalmente garantizado por el Estado. Al respecto, la Ley de Aguas Nacionales, en concordancia con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, señala entre los principios de la política hídrica nacional, el derecho de la sociedad y sus instituciones a la información oportuna, plena y fidedigna acerca de la ocurrencia, disponibilidad y necesidades de agua superficial y subterránea, en cantidad y calidad, así como a la relacionada con fenómenos del ciclo hidrológico, los inventarios de usos y usuarios, cuerpos de agua, infraestructura hidráulica, etc.

En cuanto a la propuesta de fracción VII del artículo 3 Bis en comento, para establecer que la determinación del pago de los servicios hidráulicos debe basarse en el principio de justicia social, asegurando que éstos sean accesibles para todos incluyendo a grupos sociales vulnerables, es de señalarse que la fracción IV del artículo 31 de la Constitución, establece la obligación a los mexicanos de contribuir de manera proporcional y equitativa al gasto público; en ese sentido, es criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que un derecho es equitativo cuando la Ley tributaria establece un trato igual para todos los sujetos de un mismo gravamen y proporcional cuando la contribución se realiza de acuerdo a la capacidad económica de los causantes.

Por su parte, la fracción XVIII del artículo 12 Bis 6  de la Ley de Aguas Nacionales vigente atribuye a los organismos de cuenca la facultad de realizar periódicamente los estudios sobre la valoración económica y financiera del agua por fuente de suministro, localidad y tipo de uso, para apoyar el diseño de tarifas de cuenca y derechos de agua, así como para difundir tales resultados, mejorar el conocimiento de precios y costos del agua y fortalecer la cultura de pago por la gestión y los servicios del agua y por la protección de ecosistemas vitales vinculados.

Sin embargo, es conveniente insistir en que, tratándose de los servicios públicos a cargo de los municipios, las leyes federales no limitarán la facultad de los estados para establecer las contribuciones por la prestación de servicios públicos a cargo de los municipios, en virtud de lo dispuesto en la fracción IV del artículo 115 constitucional.

En cuanto a las propuestas de adición de un artículo 84 Bis 3 y un 84 Bis 4, las estimamos innecesarias en virtud de que la Ley de Aguas Nacionales ya considera la captación y almacenamiento de aguas, al establecer en su artículo 46 que la autoridad del agua podrá realizar en forma parcial o total, previa la celebración de acuerdos o convenios con los gobiernos de las entidades federativas y, a través de éstos, con los gobiernos de los municipios, las obras de captación o almacenamiento, conducción y, en su caso, tratamiento o potabilización para el abastecimiento de agua.

En cuanto a la propuesta de adición de un artículo 84 Bis 5, cuyo propósito es evitar la disminución de la captación de agua producida por la tala de árboles o zonas boscosas, la estimamos inviable pues la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable ya establece en las fracciones VII y VIII de su artículo 3, como objetivos específicos de la propia ley, en los términos siguientes:

“Artículo 3. ...

VII. Coadyuvar en la ordenación y rehabilitación de las cuencas hidrológico forestales;

VIII. Recuperar y desarrollar bosques en terrenos preferentemente forestales para que cumplan con la función de conservar suelos y aguas, además de dinamizar el desarrollo rural;”.

Asimismo, en el artículo 16 de la misma ley, se faculta a la Semarnat para llevar a cabo la inspección y vigilancia forestales; imponer medidas de seguridad y sancionar las infracciones en materia forestal, así como hacer del conocimiento y, en su caso, denunciar los delitos en la materia a las autoridades competentes.

Por su parte, la fracción VII del artículo 9 del mismo ordenamiento señala que el servicio nacional forestal se integrará por los titulares de dependencias y entidades que tengan a su cargo la atención de las actividades o materias relacionadas con el sector forestal. Aunque la Comisión Nacional del Agua es un órgano desconcentrado de la Semarnat como autoridad en materia hídrica debe participar en este servicio.

Por lo anterior, consideramos improcedente establecer en la Ley de Aguas Nacionales la regulación en materia forestal, que es propia de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Por otro lado, estimamos que el derecho de propiedad está garantizado en los artículos 14 y 16 constitucionales, disposiciones fundamentales que hacen inviable establecer en ley secundaria disposiciones que atenten contra las garantías de legalidad y audiencia.

Además, la Ley de Aguas Nacionales, en los artículos 7 y 7 Bis, establece las causas de utilidad pública e interés público, por las cuales se pueden establecer limitaciones a la propiedad entre las que destacan las del restablecimiento del equilibrio ecológico de los ecosistemas vitales vinculados con el agua, y la atención prioritaria de la problemática hídrica en las localidades, acuíferos, cuencas hidrológicas y regiones hidrológicas con escasez del recurso. En virtud de lo anterior, estimamos innecesaria la adición del artículo 84 Bis 7, propuesta por la iniciadora.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos pone a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Aguas Nacionales, presentada por la diputada Clara Marina Brugada Molina el 14 de abril de 2005.

Segundo. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril de 2010.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados:Óscar Javier Lara Aréchiga (rúbrica), presidente; Emilio Andrés Mendoza Kaplan, Alicia Elizabeth Zamora Villlalva (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Francisco Javier Orduño Valdez (rúbrica), Silvia Isabel Monge Villalobos, José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Ninfa Clara Salinas Sada (rúbrica), Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), secretarios; Manuel Guillermo Márquez Lizalde (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Benjamín Clariond Reyes Retana (rúbrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas (rúbrica), Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Baltazar Martínez Montemayor (rúbrica), Ramón Merino Loo (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros.»



LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, mediante el acuerdo de la Mesa Directiva relativo a los dictámenes de proyectos de ley o decreto y de proposiciones con punto de acuerdo que quedaron pendientes de resolver por el pleno de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, publicado en la Gaceta Parlamentaria el 18 de septiembre de 2009, fue turnada para estudio y dictamen la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, presentada por el diputado Pablo Trejo Pérez, en nombre del diputado Alejandro Martínez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), publicada en la Gaceta Parlamentaria el 30 de junio de 2008.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones de Desa-rrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales someten a consideración de sus integrantes el presente dictamen, el cual se realiza conforme a los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 25 de junio de 2008, el diputado Pablo Trejo Pérez, del Grupo Parlamentario del PRD, en uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en nombre del diputado Alejandro Martínez Hernández, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

II. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Desarrollo Rural para estudio y dictamen.

III. Mediante oficio de fecha 27 de agosto de 2008, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura concedió a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales la ampliación de turno solicitada, para quedar a las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Contenido de la iniciativa

La presente iniciativa sostiene que, dada la pérdida de 3 por ciento de la superficie forestal en el periodo comprendido entre 1990 y 2005, la mayoría de los países han manifestado una enorme preocupación, demostrado su interés y declarado una amplia voluntad política para fortalecer el sector forestal mediante la implantación de políticas públicas tendentes a detener y revertir este proceso, a la vez que han realizado una profunda revisión y adecuación de su legislación en la materia.

No obstante, el diputado proponente señala que, ante esta evidente y preocupante realidad, la política forestal en el país ha sido inconsistente y no ha sido suficientemente sólida para contrarrestar el preocupante ritmo de deterioro forestal. De igual forma, sostiene que los ordenamientos vigentes y los cambios realizados en la administración pública forestal de los últimos años no se han traducido en resultados eficaces.

Por tal razón, esta iniciativa tiene por objeto que se reconozca en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable la actividad forestal como un asunto de seguridad nacional y, en consecuencia, se otorgue a la vez el carácter de productos estratégicos a las materias primas, a los productos forestales y a los servicios ambientales que provienen de los ecosistemas forestales de manera natural mediante su manejo sustentable.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de ambas comisiones formulamos las siguientes

Consideraciones

Primera. Las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en su calidad de dictaminadoras, realizaron el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la iniciativa citada, con objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. Las comisiones dictaminadoras coinciden con los argumentos planteados por el legislador en la exposición de motivos, en la que establece que la deforestación y degradación de bosques y selvas han reducido la disponibilidad, calidad y rentabilidad de los recursos forestales maderables y no maderables, han alterado los ciclos hidrológicos y la disponibilidad del agua, y han propiciado la erosión y degradación de los suelos; el cambio de uso de suelo ha provocado la pérdida de hábitat y amenaza con la extinción a cientos de especies cuyo valor no sólo es ambiental sino también social y económico; además, la destrucción de ecosistemas forestales ha sido un factor importante en la generación de emisiones de gases de efecto invernadero, responsables del cambio climático, el reto ambiental que más amenaza a nuestra especie y a la intrincada red de transacciones naturaleza-economía que integran las bases de la civilización humana.

Tercera. Si bien la superficie ocupada por los ecosistemas terrestres naturales de México ha disminuido en el transcurso de las últimas décadas, dichos ecosistemas han sido deforestados, deteriorados y fragmentados por procesos de expansión de otros usos de suelo, para aprovechar sus recursos naturales y sus espacios geográficos con diversos fines sociales, económicos y productivos.

Sin embargo, las políticas instauradas por el gobierno federal para la conservación, el uso sostenible y la recuperación de los ecosistemas, hasta diciembre de 2008, han atendido una superficie acumulada de 75.9 millones de hectáreas, lo que representa una superficie equivalente a 38.7 por ciento del territorio nacional. Por otro lado, es relevante resaltar que la superficie reforestada en el país ha seguido una tendencia creciente desde principios de los años ochenta hasta el presente, ya que mientras que en 1993 se reforestaron en el país cerca de 42 mil hectáreas, para 2008 alcanzaron 373 mil hectáreas; asimismo, la supervivencia de las plantas utilizadas, a un año de su plantación, ha mejorado: pasó de 40 por ciento en 2001 a 57.6 por ciento en 2007, debido a mejores prácticas de reforestación, a la calidad de la planta y a la producción de especies adecuadas para los diversos ecosistemas del país.

Cuarta. En esta tesitura, la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable tiene por objeto regular y fomentar la conservación, la protección, la restauración, la producción, la ordenación, el cultivo, el manejo y el aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a los órdenes de gobierno a fin de propiciar el desa-rrollo forestal sustentable.

Quinta. En el sistema jurídico mexicano, las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado que conlleven a la protección de la nación frente a las amenazas y los riesgos que enfrente el país, la preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio, el mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno; así como el mantenimiento de la unidad de las partes integrantes de la federación y la defensa legítima del Estado mexicano respecto a otros países, son identificadas como acciones de seguridad nacional de conformidad con la Ley de Seguridad Nacional, publicada el 31 de enero de 2005.

Sexta. Por otra parte, la propia Ley de Seguridad Nacional, en el artículo 7 establece que los temas de seguridad nacional se definirán en el Plan Nacional de Desarrollo y en el programa sectorial correspondiente. En este sentido, cabe destacar que la explotación, la preservación y el aprovechamiento de los recursos forestales en términos de lo ordenado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y en el Plan Nacional de Desarrollo son actividades consideradas por el gobierno federal como de utilidad pública.

Séptima. Si bien es cierto que la problemática presentada por el legislador proponente refiere a una actividad productiva considerada de utilidad pública, pretender que a nivel declarativo sea una actividad calificada como de seguridad nacional no representa ningún beneficio tangible para el sector; y de aprobarse la iniciativa en los términos planteados, se manifestaría un total desacato a lo establecido en la Ley de Seguridad Nacional, vigente a partir de febrero de 2005.

Conclusiones

Primera. En virtud de lo anterior y una vez que las comisiones dictaminadoras han entrado en el análisis del fondo del asunto, valorando los argumentos que sustenta la iniciativa, se determina que no resulta procedente jurídicamente su aprobación.

Segunda. Consecuentemente, las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales consideran que no ha lugar a aprobar la iniciativa materia de este dictamen y que procede el archivo del expediente como asunto definitivamente concluido.

En mérito de lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales tenemos a bien expedir los siguientes

Acuerdos

Primero.Se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, presentada por el diputado Pablo Trejo Pérez, en nombre del diputado Alejandro Martínez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, publicada en la Gaceta Parlamentaria el 30 de junio de 2008.

Segundo. Archívese como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 20 de enero de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Julio Saldaña Morán (rúbrica), María Esther Terán Velázquez (rúbrica), Guillermina Casique Vences (rúbrica), Federico Ovalle Vaquera, Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Martín Enrique Castillo Ruz (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), secretarios; Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh, María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa, Sabino Bautista Concepción (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez, Esteban Albarrán Mendoza (rúbrica), Rubén Arellano Rodríguez, Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Rolando Zubía Rivera, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Alberto Esquer Gutiérrez, Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Israel Madrigal Ceja (rúbrica), Avelino Méndez Rangel.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Ninfa Clara Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Jeny de los Reyes Aguilar (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; Alejandro Bahena Flores, Óscar Saúl Castillo Andrade, María Estela de la Fuente Dagdug, Gerardo del Mazo Morales, Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas, José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo, Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Francisco Alejandro Moreno Merino, Leoncio Alfonso Morán Sánchez, Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga, María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín, Adela Robles Morales (rúbrica), José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica).»



LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Agricultura y Ganadería, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 15 y 71 de la Ley de Desa-rrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Agricultura y Ganadería de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados fue turnada para estudio y dictamen correspondiente la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 15 y 71 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el diputado José Amado Orihuela Trejo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el 22 de febrero de 2007.

Las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Agricultura y Ganadería, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica; 55, 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 38, 40, 41, 48 y 49 de las normas relativas al funcionamiento de las comisiones y comités de la Cámara de Diputados, presentan a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente

Metodología

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones dictaminadoras procedieron al estudio y análisis de la iniciativa materia del dictamen, conforme a los siguientes apartados:

A. En el primero se consignan los antecedentes de la propuesta en estudio;

B. En el segundo se aborda el contenido de la iniciativa;

C. En el tercero se hace la valoración de la iniciativa, motivando los razonamientos y fundando argumentos del dictamen;

C. En el cuarto se presentan las consideraciones que dan sustento a los razonamientos que orientaron el presente dictamen; y

D. Finalmente, se presentan las conclusiones y el dictamen de la iniciativa.

Antecedentes

A las Comisiones de Desarrollo Rural, y de Agricultura y Ganadería de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, mediante el oficio de la Mesa Directiva número DGPL 60-II-2-491, año primero, sección segunda, número de expediente 1104, con fecha 22 de febrero de 2007, fue turnada para estudio y dictamen correspondiente la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 15 y 71 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el diputado José Amado Orihuela Trejo, del Grupo Parlamentario del PRI.

Contenido de la iniciativa

Propone incluir en las acciones que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable implanta en el programa especial concurrente (PEC) el impulso de los programas orientados a resolver el refinanciamiento y la reestructuración para atender la problemática que causa la cartera vencida de los agentes de la sociedad rural y su efecto en la producción agropecuaria y las actividades del medio rural.

Valoración

La iniciativa hace hincapié en la obligación del Estado de establecer políticas públicas que orienten el fomento productivo y, como consecuencia, la generación de crecimiento económico; uno de los grandes problemas que enfrentan los productores del campo y el medio rural es la baja rentabilidad en la producción, debido a lo ancestral de sus técnicas de producción, aunado a la carencia de recursos económicos para implantar nuevos procesos productivos, amén de la problemática de la falta de liquidez en que muchos productores del medio rural y agropecuario se encuentran.

La necesidad de encontrar soluciones en el sector agropecuario y del medio rural para impulsar el dinamismo en la producción implica que se impulse la reactivación del crédito a los agentes de la sociedad rural y se implante una política de Estado que permita, junto con los deudores, encontrar una solución a este rezago para que, en la medida de las capacidades de pago, superen este lastre que, por años, se viene arrastrando.

La Ley de Desarrollo Rural Sustentable establece un sistema de estructuras e instrumentos de planeación para fortalecer el federalismo e incrementar la eficiencia y la eficacia de las acciones del desarrollo rural, que encuentra su centro en el PEC, el cual integra y establece las propuestas sobre los muy diversos aspectos de un desarrollo auténticamente integral, por medio de la comisión intersecretarial, el Consejo Mexicano para el Desarrollo Sustentable, con expresiones correlativas en las entidades federativas, los distritos de desarrollo rural y los municipios, los sistemas-producto y los propios distritos de desarrollo rural como infraestructura operativa básica.

El Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable es un instrumento que considera en su estructura el conjunto de programas sectoriales relacionados con las materias de fomento e impulso de agro nacional y el medio rural.

Consideraciones

Que el fundamento de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 25, considera que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y con la justa distribución del ingreso y la riqueza permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.

Que la fracción XX del artículo 27 del ordenamiento señalado en el párrafo precedente mandata que “el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público”.

Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en el artículo 15, enumera una serie de acciones del PEC que comprenderá políticas públicas orientadas a la generación y diversificación de empleo y a garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a la población económica y socialmente débil.

Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, entre las consideraciones en el capítulo XI, del sistema nacional de financiamiento rural, tiene como premisa fundamental apoyar a los productores de todos los estratos, a sus organizaciones económicas y a las empresas sociales para disponer de recursos financieros suficientes, oportunos y asequibles para desarrollar exitosamente sus actividades económicas.

Que el artículo 119 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable indica que la comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, definirá mecanismos para favorecer la conexión de la banca social con los programas gubernamentales y las bancas privada y de desarrollo, a fin de aprovechar tanto las ventajas de la inserción local de la banca social como las economías de escala de la banca de fomento y la privada. Asimismo, establecerá apoyos especiales a iniciativas financieras locales viables que respondan a las características socioeconómicas y de organización de la población rural, en las que se incluyen procedimientos de refinanciamiento, como vía de participación y para reducir la cartera vencida.

Que en 1995 se firmó un acuerdo de apoyo inmediato a los deudores de la banca –con referencia a créditos para el sector agropecuario– con la Asociación de Banqueros de México y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en las que se consideraban beneficios para diversos tipos de operaciones crediticias.

Que se creó el sistema de reestructuración de cartera y que dependiendo del nivel de endeudamiento fue el apoyo, con la salvedad de que al dejar de realizar los pagos se cancelarían los beneficios ofrecidos.

Que la Dirección General de Banca de Desarrollo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público designó al Fideicomiso Liquidador de Instituciones y Organizaciones Auxiliares de Crédito (Fideliq).

Que en diciembre de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal para la Administración de Enajenación de Bienes del Sector Público, que tiene como propósito regular la administración y el destino de los bie-nes asegurados, y mandata que todo asunto en manos del Fideliq será atendido por el organismo descentralizado Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, de acuerdo con el artículo octavo transitorio, convirtiéndose en la institución liquidadora que confiere los poderes y las facultades necesarios para continuar la recuperación de la cartera vencida.

Que la Financiera Rural y Fira ofrecen reestructuras, prórrogas o renovaciones a sus acreditados del sector, el porcentaje de cartera vencida de los créditos de Financiera Rural para proyectos financiados refleja una buena administración del programa y responsabilidad de los beneficiarios.

Conclusiones

De acuerdo con el análisis realizado, tomando de base las propuestas de esta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 15 y 71, en la que en su conjunto se pretende impulsar un programa orientado a eliminar la cartera vencida de los agentes de la sociedad rural e impulsar el acceso al crédito, se establece:

Como se ha argumentado jurídicamente, el gobierno federal, a través de diversos organismos descentralizados, privados y del gobierno central, ha implantado diversos programas que han atendido el problema de la cartera vencida que tiene que ver con los productores agropecuarios, la silvicultura, la pesca y todas las actividades primarias y el sector del medio rural que se encuentran con problemas del pago de compromisos financieros.

La Ley de Desarrollo Rural Sustentable mandata la atención a los productores de todos los estratos y a sus organizaciones económicas y empresas sociales para disponer de recursos financieros suficientes, oportunos y asequibles para desarrollar exitosamente sus actividades económicas de las actividades primarias; el artículo 119 establece apoyos especiales a iniciativas financieras viables que cumplan las características socioeconómicas y de organización de la población rural, en las que se incluyen mecanismos de refinanciamiento rural.

Se ha considerado la importancia de reducir el impacto que genera en los productores agropecuarios y en la sociedad rural por el efecto de la cartera vencida, dado que es un lastre que impide capitalizar al productor, ya que las garantías que pudiera ofrecer están comprometidas y no le dan opción a facilitar el camino a la productividad.

Las entidades financieras han creado programas de auxilio que permiten una reestructuración en el refinanciamiento que benefician al productor y de la sociedad rural que se encuentra en cartera vencida, a fin de que en corto plazo un mayor número de beneficiarios salga de este problema financiero.

Entre los intentos por encontrar una política de apoyo crediticio para las personas o sociedades u organizaciones con problemas de cartera vencida se ha creado la necesidad de tipificar a los deudores de acuerdo con los montos de deuda. Sin embargo, será necesario ir más a fondo para tipificar con criterios regionales, de productores y la actividad o producto.

Es conveniente recalcar que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, entre las consideraciones en el capítulo XI, del sistema nacional de financiamiento rural, persigue el objetivo de ofertar servicios financieros a todos los productores y sus organizaciones y prestando sus servicios con preferencia a los pequeños productores y agentes económicos con bajos ingresos y zonas de menor desarrollo económico y social.

Por las consideraciones expuestas, las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Agricultura y Ganadería estimamos inviables las argumentaciones y los planteamientos de la iniciativa que suscribió el diputado José Amado Orihuela Trejo y hemos tenido a bien someter a consideración de esta asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 15 y 71 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el diputado José Amado Orihuela Trejo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, publicada en la Gaceta Parlamentaria el 22 de febrero de 2007.

Segundo. Entérese y archívese el presente asunto como totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences, Carlos Luis Meillón Johnston, Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Federico Ovalle Vaquera (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, Martín Enrique Castillo Ruz, Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Julio Saldaña Morán (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), secretarios; María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Esteban Albarrán Mendoza, Rubén Arellano Rodríguez, Alba Leonila Méndez Herrera, Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Rolando Zubía Rivera (rúbrica), Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Israel Madrigal Ceja (rúbrica).

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados:Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Rolando Zubía Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón (rúbrica), Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), José Narro Céspedes (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Óscar García Barrón (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Gerardo Sánchez García (rúbrica), Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera, Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), José Luis Íñiguez Gámez, Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto, Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar, Eduardo Zarzosa Sánchez (rúbrica).»



LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 16 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura fue turnada, para estudio y dictamen, iniciativa que reforma el artículo 16 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el diputado Héctor Fernández Aguirre y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, publicada en la Gaceta Parlamentaria el 8 de diciembre de 2009.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 38, 40, 48 y 49 de las normas relativas al funcionamiento de las comisiones y comités de la Cámara de Diputados, la Comisión de Desa-rrollo Rural somete a consideración de sus integrantes el presente dictamen, el cual se realiza según los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 8 de diciembre de 2009, el diputado Héctor Fernández Aguirre, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en nombre de los integrantes de la coordinación de la diputación federal por Coahuila, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados iniciativa que reforma el artículo 16 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

II. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Desarrollo Rural para estudio y dictamen.

III. El 3 de marzo de 2010, la Comisión de Desarrollo Rural, a efecto de contar con elementos óptimos para valorar la referida Iniciativa, solicitó al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias su opinión respecto de la procedencia legal del asunto legislativo antes citado.

IV. Con esa misma fecha, y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 18, párrafo tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, esta comisión dictaminadora solicitó al Centro de Estudios de Finanzas Públicas una valoración del impacto presupuestario de la Iniciativa materia del presente dictamen.

V. Con fecha 24 de marzo de 2010 se recibió la opinión requerida al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias.

VI. El 17 de marzo de 2010, esta comisión solicitó la opinión del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria respecto a la iniciativa referida anteriormente.

VII. Con fecha 12 de abril de 2010 se recibió la valoración del impacto presupuestario del Centro de Estudios de Finanzas Públicas.

VIII. El 21 de abril de 2010 se recibió una nota técnica elaborada por el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria.

Contenido de la iniciativa

La iniciativa persigue la finalidad de dar certidumbre a los productores agropecuarios por medio de una reforma al texto vigente del artículo 16 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en la cual se pretende establecer que las previsiones presupuestales anuales para la ejecución del programa especial concurrente serán integradas a los proyectos de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación no podrán ser inferiores, en términos reales, al del año fiscal anterior, y que este gasto se deberá incrementar, cuando menos, en la misma proporción en que se prevea el crecimiento del producto interno bruto en los criterios generales de política económica.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta comisión formulamos las siguientes

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de comisión dictaminadora, realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la iniciativa citada, con objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. En la exposición de motivos de la iniciativa que se dictamina, el legislador proponente hace referencia a que es necesario y urgente voltear la vista al campo, reconocer su importancia como el principal productor de alimentos y materias primas, como proveedor de recursos naturales, y como garante de la paz social y, que para ello, hoy más que nunca se hace necesario reconsiderar el rezago económico, político, social y ambiental en que vive el campo, con sus más de 25 millones de mexicanos, y aprobar un presupuesto acorde a sus necesidades.

En concordancia con lo anterior, el legislador proponente pretende reformar el segundo párrafo del artículo 16 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, con la finalidad de instituir que las previsiones presupuestales anuales para la ejecución del programa especial concurrente serán integradas a los proyectos de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación no podrán ser inferiores, en términos reales, al del año fiscal anterior y que este gasto se deberá incrementar, cuando menos, en la misma proporción en que se prevea el crecimiento del producto interno bruto en los criterios generales de política económica.

A este respecto, es relevante destacar que, de conformidad con datos de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desa-rrollo Rural, Pesca y Alimentación, correspondientes al periodo comprendido de 2000 a 2007, el presupuesto del programa especial concurrente ha crecido de manera significativa, al observar un crecimiento en el periodo de 83.3 por ciento en términos reales, lo cual equivale a un crecimiento promedio de 9.3 por ciento anual. Adicionalmente, el presupuesto de esta secretaría ha crecido 82.4 por ciento en el periodo y 9.1 por ciento anualmente.

Tercera. La Ley de Desarrollo Rural Sustentable, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2001, reglamentaria de la fracción XX del artículo 27 constitucional, tiene por objeto promover el desarrollo rural sustentable del país, propiciar un medio ambiente adecuado, en los términos del párrafo 4o. del artículo 4o.; y garantizar la rectoría del Estado y su papel en la promoción de la equidad, en los términos del artículo 25 de la Constitución.

A ese respecto, cabe señalar que de los elementos técnicos proporcionados por el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria se destaca que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable establece una serie de criterios y mandatos generales y específicos en materia de los presupuestos y que la ley prevé las orientaciones para los recursos aprobados por la Cámara de Diputados y que deberán ser ejercidos por el Poder Ejecutivo.

Tal es el caso del artículo 6o., párrafo tercero, en el que se dispone que el Ejecutivo federal considerará las adecuaciones presupuestales, en términos reales, que de manera progresiva se requieran en cada periodo para propiciar el cumplimiento de los objetivos y metas de mediano plazo de desarrollo rural sustentable que establezca el Plan Nacional de Desarrollo.

Por otra parte, el artículo 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable mandata que el titular del Ejecutivo federal, al enviar al Congreso de la Unión la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación, para cada uno de los ejercicios fiscales en que se encuentre en vigor este ordenamiento, establecerá las previsiones de recursos y disponibilidades presupuestales que se requieran para dar cumplimiento a las disposiciones de esta ley.

En ese sentido, cabe señalar que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable prevé en su articulado diversos mandatos al Ejecutivo federal para que realice las previsiones presupuestarias necesarias en el PEC, para promover las actividades relativas a la producción de bienes y servicios que contribuyan a fortalecer la producción interna y la balanza comercial agroalimentaria, las adecuaciones estructurales a las cadenas productivas, el acceso a alimentos con menor precio, el mejoramiento de las tierras y los servicios ambientales y la reducción de las condiciones de desigualdad entre los productores, así como los mecanismos que permitan lograr su competitividad en el entorno de la globalización económica, como es la comercialización de productos ofertados por los agente de la sociedad rural; establecimiento de pagos compensatorios, gravámenes, aranceles, cupos y salvaguardas, entre otros, y para contribuir a la formación eficiente de precios nacionales y reducir las distorsiones generadas por las políticas aplicadas en otros países; así como el apoyo y promoción para constituir, operar y consolidar las organizaciones del sector social y privado que participan en las actividades del medio rural, como lo prevén, entre otros, los artículos 72, 107, 110, 148, 188, 189 y 190. Consecuentemente, el alcance del contenido de la Iniciativa ya se encuentra previsto en el cuerpo de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Cuarta. De acuerdo con la opinión remitida por el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias a esta Comisión Dictaminadora, la iniciativa objeto de análisis plantea adicionar disposiciones en materia presupuestal en un ordenamiento legal de distinta naturaleza como es la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, encontrándose trascendente el deseo de garantizar al sector rural mejores alternativas para que sean alcanzados los distintos planes y programas para el campo, sin embargo, se estima que el contenido de la iniciativa presentada por el diputado Héctor Fernández Aguirre pugna con lo dispuesto por el artículo 26 de la Carta Magna, en tanto que invade la facultad exclusiva que tiene el presidente de la República en materia de planeación, pues de ser aprobada, se limitaría la facultad conferida al Ejecutivo federal para expedir un Plan Nacional de Desarrollo en el cual pudiera impulsar programas distintos para el sector agrario u otros sectores y, en consecuencia, conforme a la propuesta, el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable quedaría situado como si fuera ajeno al Plan Nacional de Desa-rrollo, lo que no sería congruente con su origen, además de que no es razonable que en ley diversa se fijen como obligatorios incrementos presupuestales sin atender por una parte a la situación económica del país ni al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal respectivo.

Quinta. A ese respecto, cabe destacar que el proceso presupuestario en nuestro país tiene su fundamento jurídico en el conjunto de leyes que norman la acción del gobierno en la economía. La formulación y ejecución del presupuesto está fundamentada en los artículos 25, 26, 73, 74 y 75 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales facultan al Ejecutivo federal para preparar y presentar el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación anualmente y en fechas precisas (Ayala Espino, José, 2005. Economía del sector público mexicano.Esfinge, México. Páginas 190-192).

Asimismo, en el artículo 31, fracciones XIV, XV, XVI, XVII y XVIII, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a proyectar y calcular los egresos del gobierno federal y de la administración pública paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos y en atención a las necesidades políticas del desarrollo nacional; formular el programa de gasto público federal y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y presentarlos a la consideración del presidente de la República; normar, autorizar y evaluar los programas de inversión pública de la administración pública federal; llevar a cabo las tramitaciones y registros que requiera el control y la evaluación del ejercicio del gasto público federal y de los programas y presupuestos de egresos, así como presidir las instancias de coordinación que establezca el Ejecutivo federal para dar seguimiento al gasto público y sus resultados; y formular la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal.

Por otra parte, el artículo 3o., párrafo segundo, de la Ley de Planeación mandata que mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades, se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.

Con base en esta tesitura, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2006, tiene por objeto reglamentar los artículos 74, fracción VI, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.

Este ordenamiento dispone en el artículo 24, fracciones I y II, que la programación y presupuestación del gasto público comprende las actividades que deberán realizar las dependencias y entidades para dar cumplimiento a los objetivos, políticas, estrategias, prioridades y metas con base en los indicadores de desempeño, contenidos en los programas que se derivan del Plan Nacional de Desarrollo y, en su caso, de las directrices que el Ejecutivo federal expida en tanto se elabore dicho Plan, en los términos de la Ley de Planeación; y las previsiones de gasto público para cubrir los recursos humanos, materiales, financieros y de otra índole, necesarios para el desarrollo de las actividades anteriormente señaladas.

Asimismo, el artículo 25 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria ordena que la programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los anteproyectos que elaboren las dependencias y entidades para cada ejercicio fiscal, y con base en las políticas del Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales; las políticas de gasto público que determine el Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; la evaluación de los avances logrados en el cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales con base en el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED), las metas y avances físicos y financieros del ejercicio fiscal anterior y los pretendidos para el ejercicio siguiente; el marco macroeconómico de mediano plazo de acuerdo con los criterios generales de política económica a que se refiere el artículo 16 de esta ley; el programa financiero del sector público que elabore la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y la interrelación que en su caso exista con los acuerdos de concertación con los sectores privado y social y los convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas.

Este artículo también dispone que el anteproyecto se elaborará por unidades responsables de las dependencias y entidades, estimando los costos para alcanzar los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas así como los indicadores necesarios para medir su cumplimiento y que en las previsiones de gasto que resulten deberán definirse el tipo y la fuente de recursos que se utilizarán.

En ese sentido, incluir una disposición en la que se obligue a incorporar en el Presupuesto de Egresos de la Federación recursos para un determinado rubro, implicaría la afectación del proceso programático presupuestario.

Sexta. A partir del 8 de mayo de 2008 entró en vigor el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones constitucionales, a través del cual se reforma el contenido del artículo 134 en materia de presupuesto basado en resultados.

Esta reforma constitucional obedece al esfuerzo que han realizado conjuntamente el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, a fin de incrementar la calidad en el ejercicio del gasto público; en virtud de esta reforma, los tres órdenes de gobierno deben evaluar los resultados que obtienen con los recursos públicos y administrarlos bajo los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, a fin de satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Cabe señalar que, la redacción vigente del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mandata que los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la federación, los estados y el Distrito Federal, con objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los términos del párrafo anterior. Lo anterior, sin menoscabo de lo dispuesto en los artículos 74, fracción VI y 79 constitucionales.

Por otra parte, el párrafo quinto del artículo 134 prevé que el manejo de recursos económicos federales por parte de los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se sujetará a las bases de este artículo y a las leyes reglamentarias.

Las reformas constitucionales y legales que rigen al proceso presupuestario y a los elementos tomados en cuenta en la asignación de recursos a sus actividades, con énfasis en las decisiones que prevén la alineación de las políticas y programas públicos con los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo, buscan asimismo sopesar de manera ponderada el logro de resultados y su consistencia con dichos objetivos, a efecto de conocer en qué se gasta, pero sobretodo, qué resultados se obtienen con la utilización del presupuesto.

Esta orientación incluye el impulso a un conjunto de acciones de mejora en el desempeño de instituciones y la promoción del uso amplio de herramientas metodológicas de planeación, análisis y evaluación, a fin de lograr que la toma de decisiones incorpore, sistemáticamente, consideraciones sobre los resultados obtenidos y esperados de la aplicación de los recursos públicos y que la misma motive a las dependencias y entidades de la administración pública federal a lograrlos.

En esos términos, establecer a través de una ley de carácter secundario el mandato de incrementar anualmente las previsiones presupuestarias, contraviene el mandato constitucional descrito, toda vez que implicaría que el Ejecutivo federal se vea obligado a incrementar el presupuesto del PEC, sin que para ello se desarrolle el proceso de evaluación descrito en el precepto constitucional.

Adicionalmente, implicaría un retroceso respecto a la reforma constitucional antes señalada toda vez que garantiza el presupuesto anual a los ejecutores del gasto, eliminando la retroalimentación que representa la evaluación de los resultados obtenidos con la ejecución de un programa.

Cabe señalar que contar con un presupuesto garantizado derivaría en la eliminación de incentivos de los ejecutores de gasto para llevar a cabo el adecuado cumplimiento de las metas plasmadas en los objetivos de los programas.

Séptima. Por otra parte, el artículo 133 constitucional establece la jerarquía de las normas en el Estado mexicano, dicho precepto establece la supremacía constitucional, que implica en términos de jerarquía de leyes “que todo ordenamiento jurídico, aplicable dentro de una jurisdicción específica está regido y subordinado a la ley fundamental, pues existe un nexo de las leyes ordinarias de suprasubordinación respecto a la Constitución, de allí que la supremacía constitucional implica la sujeción de toda norma jurídica al orden constitucional” (García Villegas, Paula M. (2007). Cuestiones de constitucionalidad. Porrúa, México. Página 2).

En ese sentido, las leyes secundarias aprobadas por el Congreso de la Unión deben guardar congruencia con las disposiciones constitucionales.

En esos términos, toda vez que la reforma propuesta no es congruente con lo establecido por el artículo 134 de la Carta Magna, su aprobación contravendría el principio de jerarquía de normas contemplado en el artículo 133 constitucional.

Octava. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria contiene disposiciones que regulan la evaluación de los resultados obtenidos con la ejecución de los programas y el ejercicio del gasto público. En ese sentido, el artículo 111 ordena que las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, verificarán periódicamente, al menos cada bimestre, los resultados de recaudación y de ejecución de los programas y presupuestos de las dependencias y entidades, con base en el sistema de evaluación del desempeño, entre otros, para identificar la eficiencia, economía, eficacia, y la calidad en la administración pública federal y el impacto social del ejercicio del gasto público, así como aplicar las medidas conducentes. Asimismo, establece que los resultados a los que se refiere este artículo deberán ser considerados para efectos de la programación, presupuestación y ejercicio de los recursos.

Así, el Poder Ejecutivo federal ha puesto en marcha la implantación del Sistema de Evaluación del Desempeño, el cual implica una nueva dinámica que refuerza el vínculo entre el proceso presupuestario con las actividades de planeación, así como con las de ejecución y evaluación de las políticas, programas e instituciones públicas.

El SED, establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, constituye una estrategia que configurará un esquema eficaz para la toma de decisiones presupuestarias, el cual considerará información objetiva respecto del diseño, pertinencia, estrategia, operación y resultados de las políticas y programas públicos.

Los principales componentes del SED son el conjunto de evaluaciones a los programas, a las instituciones y a las políticas públicas, así como un agregado de acciones estratégicas para mejorar el quehacer de la administración pública, en donde ambos elementos tomen como referente fundamental el beneficio y satisfacción de la sociedad.

En ese sentido, al establecer la obligación para el titular del Poder Ejecutivo federal de garantizar que las previsiones presupuestales anuales para el fomento a las actividades económicas del desarrollo rural del PEC sean crecientes en términos reales al año inmediato anterior, implicaría un incumplimiento del artículo 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria toda vez que no serían utilizadas las evaluaciones de los resultados de la ejecución de los programas y presupuestos, a efecto de desarrollar el proceso de programación, presupuestación y ejercicio de los recursos.

Novena. El artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que el gasto neto total propuesto por el Ejecutivo federal en el proyecto de Presupuesto de Egresos, el que apruebe la Cámara de Diputados y el que se ejerza en el año fiscal por los ejecutores de gasto, deberá contribuir al equilibrio presupuestario.

En concordancia con lo anterior, el artículo 18 de este ordenamiento mandata que a toda propuesta de aumento o creación de gasto del proyecto de Presupuesto de Egresos deberá agregarse la correspondiente iniciativa de ingreso distinta al financiamiento o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto.

Atendiendo a lo anterior, la propuesta contraviene lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria toda vez que establece un nuevo compromiso de gasto en el Presupuesto de Egresos de la Federación sin señalar una nueva fuente de ingresos adicional a las establecidas en la Ley de Ingresos y distinta al endeudamiento que permita cubrirlo.

Asimismo, al vulnerar el referido precepto, la propuesta implicaría romper el equilibrio presupuestario de las finanzas públicas establecido por mandato de ley, por lo que de aprobarse la iniciativa materia del presente dictamen, se generaría un impacto presupuestario en términos reales, que se situaría en el rango de 5,659.2 y 24,364.1 millones de pesos para el ejercicio fiscal de 2011, de acuerdo con la estimación del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados. Cabe señalar que, atendiendo esta lógica, el incremento real impactaría el presupuesto para todos los ejercicios fiscales a partir de su entrada en vigor.

Décima. Una vez realizado el análisis de la iniciativa, esta comisión dictaminadora considera que el propósito de ésta se encuentra contenido en diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; no obstante lo anterior, de aprobarse en los términos planteados, implicaría la afectación del proceso programático presupuestario, contravendría lo dispuesto en el artículo 134 constitucional en razón de que implicaría que el Ejecutivo Federal se vea obligado a incrementar el presupuesto del PEC, sin que para ello se desarrolle el proceso de evaluación descrito en el precepto constitucional y, en consecuencia, toda vez que la reforma propuesta no es congruente con lo establecido por el artículo 134 de la Carta Magna, su aprobación contravendría el principio de jerarquía de normas contemplado en el artículo 133 constitucional.

Por otra parte, la aprobación en sí misma implicaría un incumplimiento del artículo 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en razón de que no serían utilizadas las evaluaciones de los resultados de la ejecución de los programas y presupuestos, a efecto de de-sarrollar el proceso de programación, presupuestación y ejercicio de los recursos. Así como a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria a consecuencia de que establece un nuevo compromiso de gasto en el Presupuesto de Egresos de la Federación, el cual asciende a un monto estimado por el Centro de Estudios de Finanzas Públicas que se situaría en el rango de 5,659.2 y 24,364.1 millones de pesos para el ejercicio fiscal de 2011, el cual impactaría el presupuesto para todos los ejercicios fiscales a partir de su entrada en vigor.

Conclusiones

Primera. En virtud de lo anterior y una vez que esta comisión dictaminadora ha entrado al análisis del fondo del asunto, valorando los argumentos que sustentan el contenido de la iniciativa, se concluye que no resulta jurídicamente procedente su aprobación.

Segunda. Consecuentemente, la Comisión de Desarrollo Rural considera que no ha lugar a aprobar la iniciativa materia de este dictamen, por tanto es procedente el archivo del expediente como asunto definitivamente concluido.

En mérito de lo expuesto, los integrantes de esta Comisión de Desarrollo Rural tenemos a bien expedir el siguiente

Acuerdo

Primero . Se desecha la iniciativa que reforma el artículo 16 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el diputado Héctor Fernández Aguirre y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, publicada en la Gaceta Parlamentaria el 8 de diciembre de 2009.

Segundo . Archívese como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de abril de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences (rúbrica), María Esther Terán Velázquez (rúbrica), Martín Enrique Castillo Ruiz, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburg, Hernán de Jesús Orantes López, Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Karla Verónica González Cruz (rúbrica), Federico Ovalle Vaquera (rúbrica), secretarios; Esteban Albarrán Mendoza, Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, José Erandi Bermúdez Méndez, Felipe Borja Texocotitla, María Hilaria Domínguez Arvizu, Francisco A. Espinosa Ramos, Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Francisco Alberto Jiménez Merino, Israel Madrigal Ceja (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa, Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Rolando Zubia Rivera (rúbrica).»



LEY DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 9o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Gobernación  y de Asuntos Indígenas fue turnada, para estudio y dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto que reforma y adiciona los artículos 2 y 9 de la Ley de la Comisión Nacional de los Pueblos Indígenas.

Estas comisiones unidas, con fundamento en los artículos 39, 86 y 94 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 87, 88, 89 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen con base en los siguientes

Antecedentes

1. Con fecha catorce de octubre de dos mil cuatro, el diputado Bernardino Ramos Iturbe, en nombre propio y de los integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo, y de Convergencia, presentó iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

2. El catorce de octubre de dos mil cuatro, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas la iniciativa en comento para estudio y dictamen.

3. Con fecha cuatro de marzo de dos mil diez, los integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas aprobaron el dictamen correspondiente.

4. Asimismo, con fecha veintisiete de abril de dos mil diez, los integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas aprobaron el presente dictamen.

Contenido de la iniciativa

La iniciativa presentada por el diputado Ramos Iturbe propone lo siguiente:

Primero.Mandatar a la Comisión Nacional para el De-sarrollo de los Pueblos Indígenas el diseño, la instrumentación y operación de programas especiales que atiendan a los desplazados internos;

Segundo.Asegurar que en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de egresos de la comisión se asegure un porcentaje para este fin;

Tercero.Asegurar que a los programas que opere la comisión se les destinen porcentajes suficientes que promuevan un incremento importante en su cobertura, reduciendo para ello el impacto en su gasto corriente.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes

Consideraciones

Primera.Estas comisiones dictaminadoras de Asuntos Indígenas y de Gobernación consideran que la iniciativa presentada el 14 de octubre de 2004 por el diputado Bernardino Ramos Iturbide ha dejado de tener vigencia, en virtud de que su planteamiento de atender a los desplazados indígenas cuenta con recursos presupuestales establecidos en el Anexo 7 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, con lo cual se satisface dicha propuesta.

Segunda.El artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas establece las facultades de la misma para orientar, coordinar, promover, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas dirigidos a las comunidades indígenas, con lo cual se desprende su intervención directa en la formulación de una política integral por parte del gobierno mexicano para lograr el de-sarrollo de los pueblos y comunidades indígenas de nuestro país.

Tercera.El artículo 1 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010 establece que el ejercicio, control y evaluación del gasto público federal se realizará de conformidad con las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; por tal motivo, el establecer criterios de distribución de gasto como lo plantea el proponente en la adición al artículo 9o. de la Ley de la Comisión Nacional parta el Desarrollo de los Pueblos Indígenas invadiría atribuciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2010.

Cuarta.El decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010 contiene el Anexo 7, “Erogaciones para el Desarrollo Integral de la Población Indígena”, donde de conformidad con la estructura programática establecida en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria aglutina diversos programas enfocados de manera exclusiva al desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas y establece claramente las dependencias que ejecutarán dichos programas en razón de sus atribuciones, con lo que permite una mayor flexibilidad en la ubicación, ejecución y transparencia del gasto dirigido a los pueblos indígenas.

Por lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas de la LXI Legislatura someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero.Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 2 y 9 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, presentada el catorce de octubre de dos mil cuatro.

Segundo.Archívese el presente expediente como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a 4 de marzo de 2010.

La Comisión de Gobernación, diputados:Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Ilich Lozano Herrera (rúbrica), Lorena Corona Valdés, Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Gastón Luken Garza (rúbrica), Francisco Ramos Montaño (rúbrica), Gregorio Hurtado Leija (rúbrica), Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Raúl Domínguez Rex, secretarios; Guadalupe Acosta Naranjo (rúbrica), Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Gabriela Cuevas Barron (rúbrica), Sami David David, Alejandro Encinas Rodríguez, Nancy González Ulloa (rúbrica), Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Humberto Lepe Lepe, Miguel Ángel Luna Munguía, José Ricardo López Pescador, Andrés Massieu Fernández (rúbrica), Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Nazario Norberto Sánchez, Beatriz Paredes Rangel, Julio Saldaña Morán, César Augusto Santiago Ramírez (rúbrica), Arturo Zamora Jiménez (rúbrica).

La Comisión de Asuntos Indígenas, diputados: Teófilo Manuel García Corpus (rúbrica), presidente; José Óscar Aguilar González (rúbrica), Héctor Pedraza Olguín, María Isabel Pérez Santos (rúbrica), Socorro Sofío Ramírez Hernández, Eduardo Zarzosa Sánchez (rúbrica), María Felícitas Parra Becerra (rúbrica), Guillermo Zavaleta Rojas (rúbrica), Filemón Navarro Aguilar (rúbrica), secretarios; Heriberto Ambrosio Cipriano (rúbrica), Sabino Bautista Concepción (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Genaro Mejía de la Merced (rúbrica), Julieta Octavia Marín Torres (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López, Mirna Lucrecia Camacho Pedrero (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez, Gloria Trinidad Luna Ruiz, Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), María Elena Pérez de Tejada (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón (rúbrica), Ignacio Téllez González, Luis Hernández Cruz (rúbrica), Florentina Rosario Morales, Domingo Rodríguez Martell (rúbrica).»



CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 38 y 175-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abrogado el 14 de enero de 2008

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 38 y 175-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Estas comisiones unidas, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 56, 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de las iniciativas, someten a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen basándonos en los siguientes

Antecedentes

I. El catorce de noviembre de dos mil seis, la diputada Holly Matus Toledo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 38 y 175-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

II. En esa fecha, catorce de noviembre de dos mil seis, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que la iniciativa referida fuera turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas para su estudio y dictamen correspondiente.

III. El cuatro de marzo de dos mil diez, los integrantes de la Comisión de Gobernación aprobaron el dictamen correspondiente.

IV. Asimismo, con fecha veintisiete de abril de dos mil diez, los integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas aprobaron el presente dictamen.

Contenido de la iniciativa

La iniciativa, en estudio, se finca en el interés de hacer tangibles los principios que la Constitución federal consagra en materia de cultura y derechos indígenas. De acuerdo con ese interés, con el fin de tutelar el ejercicio de los derechos de los indígenas y sus comunidades, la iniciativa plantea la adición de un inciso al numeral 1, del artículo 38, así como un segundo párrafo al artículo 175-A, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de participación política de los pueblos y comunidades indígenas de nuestro país.

La iniciadora destaca que en México se ha reconocido las contribuciones, aportaciones y la importancia de los pueblos y comunidades indígenas en la construcción de la nación; sin embargo, no se ha contemplado en la legislación electoral regla o normatividad que garantice su participación en los puestos de elección popular o en la ocupación de escaños y curules en las Cámaras del honorable Congreso de la Unión. A juicio de la proponente, “los dos únicos y limitados intentos por atender ésta problemática, no incluyen ninguna garantía de cumplimiento de lo establecido por nuestra Carta Magna, por lo que la convierte en letra muerta. Me refiero primeramente, a la reforma de 2001, en su artículo tercero transitorio que a la letra dice: “para establecer la demarcación territorial de los distritos uninominales deberá tomarse en consideración, cuando sea factible, la ubicación de los pueblos y comunidades indígenas, a fin de propiciar su participación política”.

En este sentido, la propuesta se dirige a reformar el artículo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales con el fin de que los partidos políticos garanticen la participación de hombres y mujeres en los “distritos electorales indígenas” conformados por el 40 por ciento o más de estos pueblos y comunidades.

En segundo lugar, propone la adición de un párrafo segundo al artículo 175-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales con el fin de que los partidos políticos nacionales garanticen la participación de los hombres y mujeres representantes de la población indígena en cuyos distritos electorales constituyan el 40 por ciento o más de la población total, para ser postulados a los cargos de elección popular en el Congreso de la Unión, bajo los principios de mayoría y de representación proporcional.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

Consideraciones

1. El artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce la composición pluricultural sustentada originalmente en los pueblos indígenas, señalando su libre determinación y autonomía. Su reconocimiento se hará en las constituciones y leyes de las entidades de la federación.

2. En este sentido, las constituciones y leyes de las entidades federativas establecerán las características de libre determinación y autonomía que expresen las aspiraciones de los pueblos indígenas de cada entidad, así como las normas para el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público.

3. De la misma forma, el artículo 2, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que la federación, los estados y los municipios deberán establecer las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, con el fin de promover la igualdad de oportunidades de aquéllos y eliminar cualquier práctica discriminatoria.

4. El artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación prohíbe toda práctica discriminatoria, señalando las que impidan la participación política, el ejercicio del sufragio y la elegibilidad y el acceso a los cargos de representación popular, como señala a continuación:

Artículo 9. Queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.

A efecto de lo anterior, se consideran como conductas discriminatorias:

I.a VII. ...

VIII.Impedir la participación en condiciones equitativas en asociaciones civiles, políticas o de cualquier otra índole;

IX.Negar o condicionar el derecho de participación política y, específicamente, el derecho al sufragio activo o pasivo, la elegibilidad y el acceso a todos los cargos públicos, así como la participación en el desarrollo y ejecución de políticas y programas de gobierno, en los casos y bajo los términos que establezcan las disposiciones aplicables;

X.a XXIX. ...

5. En relación con la participación política de los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas, los organismos federales y órganos constitucionales autónomos han procurado establecer convenios que permitan el efectivo ejercicio de los derechos políticos de los indígenas.

6. Efectivamente, el 8 de diciembre de 2009, el Instituto Federal Electoral y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas signaron un convenio por el que se impulsa la participación democrática de los pueblos y comunidades indígenas y asegurar el ejercicio de los derechos político-electorales.

7. Tal convenio se inspira en la demanda de los pueblos indígenas como es el ejercicio de los derechos colectivos y el respeto a su diversidad cultural que incluyan el diseño de políticas públicas  y en la ejecución de programas de desarrollo.

8. De igual forma, se quiere impulsar la coordinación con otras entidades de la Administración Pública Federal para que, de forma conjunta, se elaboren los recursos que permitan la difusión, en lenguas indígenas, sobre la importancia del voto y la participación en los procesos electorales.

9. Otro impulso se dio con el inicio de los trabajos para una nueva conformación en la distritación de la geografía nacional a través del acuerdo del Consejo General del IFE CG07/2002, por el que estableció que para la elección federal del año 2003, se utilizaría la demarcación territorial de los trescientos distritos electorales federales uninominales, aprobada por dicho órgano superior de dirección el 31 de julio de 1996.

10. Del anterior acuerdo, derivó el CG104/2004  del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los criterios y consideraciones operativas que se utilizarán en la formulación de los proyectos de división del territorio nacional en trescientos distritos electorales federales uninominales, así como la creación del Comité Técnico para el seguimiento y evaluación de los trabajos de distritación, el cual consideró lo establecido en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de atender las necesidades de los pueblos y comunidades.

11. El 11 de febrero de 2005 el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó la nueva demarcación territorial de los 300 distritos electorales en los que se divide el país, la cual garantiza el principio de igualdad del voto, con la participación y supervisión de los partidos políticos nacionales en los trabajos de redistritación. Por esa nueva distritación se reconocieron políticamente a los pueblos y comunidades indígenas, ya que esta geografía electoral comprendió 28 distritos uninominales conformados cada uno por 40% o más de población indígena.

12. En este sentido, y atendiendo a la naturaleza de los distritos indígenas, los partidos políticos nacionales, como instituciones de interés público, deben promover y garantizar, en términos de la legislación electoral,  la igualdad de oportunidades, procurando la paridad de género en la vida política del país, a través de postulaciones a cargos de elección popular en el Congreso de la Unión, tanto de mayoría relativa como de representación proporcional.

13. Estas comisiones consideran loable el propósito de la iniciativa de la diputada Holly Matus que anima a las instituciones de nuestro país a garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales de las comunidades indígenas; sin embargo, nuestra Constitución Política tutela la libre determinación y autonomía de éstos donde los tres órdenes de gobierno deben garantizar sus derechos evitando cualquier forma de discriminación lo que, en consecuencia, ha  llevado a las autoridades electorales a constituir los distritos indígenas, mismos que deben ser considerados, gracias a su naturaleza, por los partidos políticos para permitir la participación de los pueblos y comunidades indígenas en la vida democrática, contribuyendo a la integración de la representación nacional para hacer posible que los ciudadanos tengan acceso al ejercicio del poder, por lo que el proyecto materia de este dictamen no se considera viable.

14. Por otro lado, estas comisiones consideran oportuno mencionar que el 14 de enero de 2008 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales el cual introdujo figuras importantes en el derecho electoral mexicano como consecuencia de la reforma electoral en la materia, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2007.

15. Por lo anterior, el ordenamiento electoral al cual se dirigió el proyecto de decreto materia del presente dictamen fue abrogado el 14 de enero de 2008, a partir de la promulgación del nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; en este sentido, la iniciativa proyecto de decreto en estudio ha quedado sin materia.

Por lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas de la LXI Legislatura, someten a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 38 y 175-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abrogado el 14 de enero de 2008, presentada el catorce de noviembre de dos mil seis.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a 4 de marzo de 2010.

La Comisión de Gobernación, diputados:Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Ilich Augusto Lozano Herrera (rúbrica), Lorena Corona Valdés, Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Gastón Luken Garza (rúbrica), Francisco Ramos Montaño (rúbrica), Gregorio Hurtado Leija (rúbrica), Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Raúl Domínguez Rex, secretarios; Guadalupe Acosta Naranjo (rúbrica), Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Gabriela Cuevas Barron (rúbrica), Sami David David, Alejandro Encinas Rodríguez, Nancy González Ulloa (rúbrica), Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Humberto Lepe Lepe, José Ricardo López Pescador, Andrés Massieu Fernández (rúbrica), Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Nazario Norberto Sánchez, Beatriz Elena Paredes Rangel, Julio Saldaña Morán, César Augusto Santiago Ramírez (rúbrica), Arturo Zamora Jiménez (rúbrica).

La Comisión de Asuntos Indígenas, diputados:Teófilo Manuel García Corpus (rúbrica), presidente; José Óscar Aguilar González (rúbrica), Héctor Pedraza Olguín, María Isabel Pérez Santos (rúbrica), Socorro Sofío Ramírez Hernández, Eduardo Zarzosa Sánchez (rúbrica), María Felícitas Parra Becerra (rúbrica), Guillermo Zavaleta Rojas (rúbrica), Filemón Navarro Aguilar (rúbrica), secretarios; Heriberto Ambrosio Cipriano (rúbrica), Sabino Bautista Concepción (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Genaro Mejía de la Merced (rúbrica), Julieta Octavia Marín Torres (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López, Mirna Lucrecia Camacho Pedrero (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez, Gloria Trinidad Luna Ruiz, Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), María Elena Pérez de Tejada (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón (rúbrica), Ignacio Téllez González, Luis Hernández Cruz (rúbrica), Florentina Rosario Morales, Domingo Rodríguez Martell (rúbrica).»



LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura le fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72, 73, fracciones XXIII y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45, numeral 6, incisos e) a g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 65, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, en sentido negativo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. En sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el 17 de abril de 2007, la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, presento iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

II. La Presidencia de la Mesa Directiva acordó que dicha iniciativa se turnara a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Equidad y Género.

III. En sesión plenaria del 17 de febrero de 2010 se sometió a consideración de los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura el proyecto de dictamen, que fue aprobado por unanimidad.

IV. En fecha 27 de abril de 2010, se sometió a consideración de los integrantes de la Comisión de Equidad y Género de la LXI Legislatura el proyecto de dictamen aprobado por unanimidad.

Contenido de la iniciativa

1. La proponente manifiesta como finalidad de la iniciativa continuar con la armonización, transposición y transversalidad que plantea la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para fortalecer el conjunto de actividades para prevenir, disminuir, investigar y perseguir los fenómenos que propician la delincuencia, la violencia y la readaptación de las personas a la sociedad, cuya tarea ejerce el Estado a través de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, la cual fue concebida como un órgano de la administración pública, que realiza acciones derivadas de las políticas que rigen al Sistema Nacional de Seguridad Pública, en coordinación con los estados y los municipios; por tanto, desde sus respectivas competencias, se salvaguarda la integridad y el goce de los derechos de las personas.

2. La proponente señala que, entre otras cuestiones concernientes a la seguridad pública de suma trascendencia para nuestra sociedad, están relacionados con el objetivo de procurar en todos los niveles, la reeducación libre de estereotipos, propagar la información de alerta sobre el estado de riesgo que enfrentan las mujeres ante los distintos tipos de violencia, la discriminación y los comportamientos excluyentes de la sociedad.

3. Sostiene la proponente la necesidad de diseñar un sistema de monitoreo sobre el comportamiento violento de la sociedad contra las mujeres, para con datos específicos coadyuvar en las políticas de sensibilización y, por otra parte, establecer el banco de datos sobre las órdenes de protección de personas de política criminal; reto que debe asumir el Poder Ejecutivo federal en colaboración estrecha con los Poderes Legislativo y Judicial a fin de establecer las atribuciones de acuerdo con la normatividad que protege a las mujeres contra la violencia.

4. De la misma forma, expresa la proponente que es importante particularizar los casos de violencia de género a efecto de conocer que tratamiento debe darse a cada caso ante la presencia de los diferentes modos de surgimiento de conductas u omisiones encaminadas a causar daño, sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado como en el público. Esta es en consecuencia una función esencial del Estado, para la protección y el pleno goce de las garantías individuales, que complementa su esfera de acciones con las bases de coordinación de la seguridad pública y la ley de igualdad.

5. Asimismo, asegura que es importante dotar de las herramientas legales básicas al Estado, para hacer de la seguridad pública un instrumento sin invadir esferas de competencia, que vaya de la mano con la función de la procuración de justicia, su impartición y la extinción de las penas que se dictan en el orden administrativo, judicial, preventivo, precautorio y definitivo.

6. Con base en lo anterior, propone reformar los artículos 4, 6, 7, 9, fracción VII, 10, fracciones VIII y X, 12, fracción IX, 13, 15, fracción XI, 22, fracción II, y 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Consideraciones

1. Que la fracción XXIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la facultad de la Cámara de Diputados para expedir leyes que establezcan la coordinación de la federación, el Distrito Federal, los estados y municipios en materia de seguridad pública.

Artículo 73. El Congreso tiene facultad

I. a XXII. ...

XXIII. Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la federación, el Distrito Federal, los estados y municipios, así como para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de esta Constitución;

XXIV. a XXX. ...

2. Que los párrafos noveno y décimo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen la seguridad pública como una función a cargo de la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, y dispone la conformación del Sistema Nacional de Seguridad Pública como una instancia de coordinación entre los mismos.

3. Que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2009, tiene por objeto regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como establecer la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios para la integración y funcionamiento en la materia.

4. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6 de la ley citada, las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional, su actuación se regirá, además, por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, honradez, y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Que en razón del ordenamiento que pretenden modificar las iniciativas descritas en los antecedentes del presente dictamen, han sido dictaminadas de manera conjunta.

6. Que de acuerdo con el artículo séptimo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, se establece que el Congreso de la Unión, a más tardar dentro seis meses a partir de la publicación de este decreto, expedirá la ley que establezca el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

7. Que el18 de septiembre de 2008 el diputado Andrés Lozano Lozano, en nombre de integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la cual fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública para su análisis, estudio y dictamen.

8. Que el 2 de octubre de 2008, el titular del Ejecutivo federal presentó a la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y que adiciona diversos artículos del Código Penal Federal, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto.

9. Que por acuerdo de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, del 23 de octubre de 2008, se modificó el turno a la iniciativa por la que se expide la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y se adicionan diversos artículos al Código Penal Federal, dictándose el siguiente trámite: túrnese a la Comisión de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública; la iniciativa por la que se expide la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y, en lo que respecta a la adición de diversos artículos al Código Penal Federal, a la Comisión de Justicia.

10. Que el 11 de diciembre de 2008 la Cámara de Diputados aprobó la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, devuelta por la Cámara de Senadores, el 10 de diciembre de 2008, pasando al Ejecutivo federal para los efectos constitucionales.

11. Que el 2 de enero de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, reglamentaria del artículo 21 constitucional, que tiene por objeto regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como establecer la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, en esta materia.

12. Que con la publicación de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se abroga la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública,por lo que las iniciativas descritas en los antecedentes del presente dictamen quedan sin materia.

13. Por lo expuesto la comisión dictaminadora considera que las propuestas contenidas en las iniciativas analizadas han quedado sin materia, por lo que se someten a consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, presentada por la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, descrita en el apartado de antecedentes del presente dictamen, toda vez que ha quedado sin materia a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el 2 de enero de 2009, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Segundo. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 27 de abril de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados: José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrero Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira (rúbrica), Felipe Amadeo Flores Espinoza (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Óscar Martín Arce Paniagua, Víctor Hugo Círigo (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde (rúbrica), Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín, María Antonieta Pérez Reyes, Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro, Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.

La Comisión de Equidad y Género, diputados:Martha Elena García Gómez (rúbrica), presidenta; Bélgica Nabil Carmona Cabrera, Ana Estela Duran Rico (rúbrica), Elvia Hernández García (rúbrica), Blanca Estela Jiménez Hernández (rúbrica), Laura Elena Estrada Rodríguez (rúbrica), Tomasa Vives Preciado (rúbrica), secretarias; Laura Arizmendi Campos (rúbrica), Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbrica), Margarita Gallegos Soto, Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica) , Laura Felícitas García Dávila, Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica), Sandra Méndez Hernández, Juan Carlos Natale López, Rosario Ortiz Yeladaqui (rúbrica), María Elena Pérez de Tejada Romero, Esthela de Jesús Ponce Beltrán, Leticia Quezada Contreras (rúbrica), Adela Robles Morales, Guadalupe Valenzuela Cabrales (rúbrica).»



LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 22 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnada para su estudio y dictamen iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 22 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, presentada por el por el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, en fecha 20 de octubre de 2009.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículo 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa mencionada al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero.En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados en fecha 20 de octubre de 2009, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la iniciativa que se mencionó en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Economía.

Tercero.El legislador propone, en resumen:

• Adicionar una fracción II al artículo 22 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa para establecer como objeto del Consejo Nacional para la Competitividad de las Mipyme el fomentar acciones de desarrollo económico que promueva la integración regional y sectorial de las Mipyme, a fin de impulsar su expansión y diversificación en zonas menos desarrolladas, fortaleciendo simultáneamente a aquellas establecidas en territorios de mayor desarrollo económico, estimulando, en general, un crecimiento regional equilibrado.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta Comisión de Economía es competente para conocer sobre la iniciativa que adiciona una fracción II al artículo 22 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Segunda. Que los diputados que integran esta Comisión de Economía reconocen que la propuesta del diputado Kahwagi Macari considera aspectos de desarrollo regional que son loables, sin embargo, del análisis sistemático de la ley para el desarrollo de las Mipyme se desprende que la inquietud del proponente ya se encuentra atendida.

En efecto, textualmente la iniciativa propone adicionar una fracción II al artículo 22 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa que diga lo siguiente:

II. Fomentar acciones de desarrollo económico que permitan promover la integración regional y sectorial de las Mipyme, a fin de impulsar en éstas una expansión y diversificación en zonas menos desarrolladas, fortaleciendo simultáneamente a aquellas establecidas en territorios de mayor desarrollo económico, estimulando en general un crecimiento regional equilibrado.

Ahora bien, los dispositivos 10, fracciones I, II y III, 11, fracción III, 23 y 26, fracción III, de la ley en referencia a la letra rezan lo siguiente:

Artículo 2. La autoridad encargada de la aplicación de esta ley es la Secretaría de Economía quien, en el ámbito de su competencia, celebrará convenios para establecer los procedimientos de coordinación en materia de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa entre las autoridades federales, estatales, del Distrito Federal y municipales, para propiciar la planeación del desa-rrollo integral de cada entidad federativa, del Distrito Federal y de los municipios, en congruencia con la planeación nacional.

Artículo 10. La planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las Mipyme debe atender los siguientes criterios:

I. Propiciar la participación y toma de decisiones de las entidades federativas, del Distrito Federal y de los municipios,en un marco de federalismo económico;

II. Procurar esquemas de apoyoa las Mipymea través de la concurrencia de recursos de la federación, de las entidades federativas, del Distrito Federal y de los municipios, así como de los sectores;

III. Enfocar los esfuerzos de acuerdo con las necesidades, el potencial y las vocaciones regionales, estatales y municipales;

Artículo 11. Para la ejecución de las políticas y acciones contenidas en el artículo anterior, deberán considerarse los siguientes programas...

... Formación, integración y apoyo a las cadenas productivas, agrupamientos empresariales y vocaciones productivas locales y regionales...

Artículo 23. En cada entidad federativa y en el Distrito Federal se podrá conformar un consejo estatal para la competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa, que estudiará y propondrá en el ámbito regional, estatal y municipal, medidas de apoyo para el desa-rrollo de la competitividad de las Mipyme a través del análisis de las propuestas surgidas del sector público y de los sectores.

El consejo estatal estará sujeto a los lineamientos que emita el consejo.

Artículo 26. El consejo estatal tendrá por objeto lo siguiente:

... III. Discutir y analizar las propuestas que realicen los municipios y en el caso del Distrito Federal sus delegaciones y los sectores para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos de esta ley...

De los dispositivos citados se aprecia claramente que la autoridad encargada de aplicación de la ley para el desarrollo de la Mipyme es la Secretaría de Economía, quien celebrará convenios para coordinar a las autoridades federales, estatales y municipales que propicien la planeación del desa-rrollo integral de cada uno de los estados y municipios del país.

Asimismo, se desprende que los criterios bajo los cuales se deben planear y ejecutar las políticas y acciones para el fomento de las Mipyme incluyen el que se propicie la participación de los estados y de los municipios en un marco de federalismo económico, procurando esquemas de concurrencia de recursos entre los tres niveles de gobierno y los sectores social, privado y del conocimiento, enfocando esfuerzos de acuerdo a las necesidades, potencial y vocaciones regionales estatales y municipales.

También se aprecia que la ejecución de dichas políticas deberá considerar el programa de formación, integración y apoyo a las cadenas productivas, agrupamientos empresariales y vocaciones productivas locales y regionales.

Además, la ley de referencia establece que cada entidad federativa contará con un consejo estatal para la competitividad de las Mipyme que propondrá en el ámbito regional, estatal y municipal las medidas que sirvan para impulsar el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, teniendo como objetivo, entre otros, discutir y analizar propuestas que realicen los municipios y el sector privado, social y de conocimiento tendientes a promover la creación, fomento desarrollo de este tipo de empresas.

Lo anterior, significa que actualmente el marco jurídico vigente ya cuenta con los mecanismos e instrumentos necesarios para fomentar y promover el desarrollo económico y la integración regional de la Mipyme en todo el territorio nacional, siempre procurando un desarrollo equilibrado, de ahí que la propuesta de la iniciativa de mérito, ya se encuentra plasmada en la legislación positiva que rige a la materia.

Tercera.Por lo que en virtud de lo expuesto, la Comisión de Economía

Acuerda

Primero. Se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en virtud de que el objeto de ésta ya se encuentra cubierto por la ley en la materia.

Segundo.Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 19 días del mes de mayo de 2010.

La Comisión de Economía, diputados:Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), presidente; Alejandro Cano Ricaud, Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda, Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, secretarios; Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López-Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas, David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dofour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña, José Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 11 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 56, 87, 88 y demás relativos al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, respecto de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 11 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de publicidad, a cargo del diputado independiente Humberto López Lena Cruz, presenta el siguiente:

Dictamen

I. Antecedentes

1. Con fecha 30 de abril de 2009, el diputado independiente Humberto López Lena Cruz, presentó ante el pleno la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 11 del Reglamento de la Ley General de Salud, en materia de publicidad.

2. Con la misma fecha fue turnada a la Comisión de Salud para su estudio y dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

La iniciativa tiene por objeto reformar el Reglamento de la Ley General de Salud, en materia de publicidad. Comprobar ante la Secretaría de Salud y la fe de un notario público, la información técnica y científica que realicen los anunciantes de los denominados productos milagro como ingeribles (tabletas, cápsulas), untables (cremas, geles) y aparatos corporales (desde ejercitadores hasta fajas reductoras pasando por intensificadores de luz), en su publicidad sobre la calidad, origen, pureza, conservación, propiedades nutritivas y beneficio de empleo de los productos o servicios, así como señalar el grupo objetivo al que dirige su publicidad.

III. Consideraciones

Primera. El artículo 4° constitucional establece que todos los mexicanos tenemos el derecho de la protección a la salud, así como también el Congreso de la Unión está facultado para dictar leyes sobre salubridad general en su artículo 73, fracción XVI, es por esto que a esta soberanía le compete el tratar los temas de salud de México.

Segunda. Los integrantes de esta comisión coinciden con el promovente en cuanto a que en los medios de comunicación abundan los anuncios publicitarios de los denominados productos milagro, entre los cuales podemos encontrar: ingeribles (tabletas, cápsulas), untables (cremas, geles) y aparatos corporales (desde ejercitadores hasta fajas reductoras, pasando por intensificadores de luz); que dicen aliviar en corto tiempo y de manera efectiva muchos problemas de salud y estéticos, como obesidad, disfunción sexual, calvicie, acné y cicatrices, entre otros.

Tercera. Sin embargo, la reforma que pretende hacer el promovente es en cuanto un reglamento, una ley de carácter administrativo, la cual como Poder Legislativo no se tiene la facultad para reformarla o adicionarla, debido a que es la reglamentaria de un órgano centralizado y la facultad para modificar o adicionar dicho reglamento corre a cargo del Poder Ejecutivo, tal y como lo establece el artículo 89 de nuestra Carta Magna, que dice lo siguiente:

“Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:

I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

...”

Cuarta. Es por tal motivo que los integrantes de esta comisión, consideran inviable dicha reforma debido a que el Poder Legislativo no tiene las facultades para modificar reglamentos, es por ello que se considera improcedente.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que le otorga el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los artículos 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración de la asamblea el siguiente:

Resolutivos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 11 del Reglamento de la Ley General de Salud, en materia de publicidad, propuesto por el diputado Humberto López Lena Cruz.

Segundo.Archívense los asuntos como total y definitivamente concluidos.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández, Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras (rúbrica).»



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 115 de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 56, 87, 88 y demás relativos al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, respecto de la iniciativa con proyecto de decreto que por el que se adiciona la fracción IX al artículo 115 de la Ley General de Salud, suscrita por la diputada Lourdes Quiñones Canales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta el siguiente:

Dictamen

I. Antecedentes

1. En sesión celebrada con fecha 21 de octubre de 2008 por la H. Cámara de Diputados, fue presentada la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX al artículo 115 de la Ley General de Salud, suscrita por la diputada Lourdes Quiñones Canales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

2. Con la misma fecha, la Mesa Directiva, turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Salud para su estudio y posterior dictamen.

II. Contenido

La iniciativa tiene como objetivo facultar a la Secretaría de Salud para normar y vigilar que en todos los alimentos que se elaboren, expidan y vendan en los planteles educativos, sean utilizados aceites oleicos, debiendo establecer los programas y mecanismos de coordinación necesarios con la Secretaría de Educación Pública

III Consideraciones

Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4°:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.

Segunda. En primer lugar es importante señalar que esta comisión dictaminadora coincide con la preocupación de la promovente en lo que respecta al problema del sobrepeso y la obesidad, no sólo en niños sino en toda la población nacional. A pesar de lo anterior es indispensable hacer algunas presiones respecto a la propuesta de la diputada promovente.

Tercera. El Instituto Nacional de Salud Pública define a la obesidad como una enfermedad crónica, compleja y multifactorial que se puede prevenir. Es un proceso que suele iniciarse en la infancia y la adolescencia, que se establece por un desequilibrio entre la ingesta y el gasto energético. En su origen se involucran factores genéticos y ambientales, que determinan un trastorno metabólico que conduce a una excesiva acumulación de grasa corporal para el valor esperado según el sexo, talla, y edad.

Cuarta. La obesidad infantil ha sido definida considerando la relación entre el peso total y la talla estimada mediante el índice de masa corporal con la siguiente fórmula (IMC = peso en kg / talla en m2).

Quinta. El sobrepeso infantil se establece a partir del centil 75 en las curvas de IMC y la obesidad infantil a partir del centil 85.3.

La obesidad infantil aumenta el riesgo de desarrollar enfermedades crónicas, como la diabetes mellitus.

En el mismo sentido, según los Institutos Nacionales de Salud; obesidad significa tener demasiada grasa en el cuerpo, a diferencia del sobrepeso, que significa pesar demasiado. Ambos términos están relacionados y significan que el peso de una persona está por encima de lo que se considera saludable según su estatura.

Sexta. De acuerdo con información de la American Academy of Child and Adolescent Psychiatry las causas de la obesidad son complicadas e incluyen factores genéticos, biológicos, del comportamiento y culturales. Señalan, como la mayoría de los estudios, que la obesidad ocurre cuando una persona come más calorías que las que el cuerpo quema.

Séptima. Aunado a lo anterior se observa que si uno de los padres es obeso, existe un 50 por ciento de probabilidad de que los niños sean también obesos. De manera preocupante el porcentaje se incrementa, cuando ambos padres son obesos, ya que los niños tienen un 80 por ciento de probabilidad de ser obesos.

Octava. Es cierto que algunos desórdenes médicos pueden causar la obesidad, sin embargo, estos, implican menos del 1 por ciento de todos los casos de obesidad.

La mayor parte de los problemas de sobrepeso y obesidad en los niños y adolescentes puede estar relacionada con:

• Malos hábitos alimenticios

• Sobrealimentación o pérdida de la capacidad de saciedad

• Falta de ejercicio

• Historial de obesidad en la familia

• Enfermedades médicas (problemas endocrinológicos o neurológicos)

• Medicamentos (esteroides y algunos medicamentos psiquiátricos)

• Cambios en la vida que les causan mucho estrés (separaciones, divorcio, mudanzas, muertes, abuso)

• Problemas familiares o de los pares

• Baja autoestima

• Depresión u otros problemas emocionales

En este orden de ideas, la Fundación Mexicana para la Salud (Funsalud) afirma que más del 95 por ciento de la obesidad infantil se debe a la mala nutrición. Asimismo afirma que en nuestro país el factor de riesgo que más se asocia a la obesidad en los niños es la modificación en los patrones de alimentación con dietas con un alto valor calórico, y la disminución en el grado de actividad física.

Novena. Un estudio realizado por el Inegi, a partir de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, en el año 1998, describe el incremento en el porcentaje de alimentos ricos en carbohidratos refinados como refrescos, mientras que disminuyó el consumo de frutas, vegetales, carnes y lácteos.

El estudio citado describe que los productos en los cuales más gastan los mexicanos no satisfacen todas las necesidades nutricionales de un grupo importante de hogares.

Décima. Según la Funsalud, la obesidad está asociada al sedentarismo producto del esquema de las condiciones de la vida urbana lo que conlleva a un mayor tiempo dedicado a ver la televisión y a los videojuegos; en la población mexicana se estimó que por cada hora de televisión incrementa 12 por ciento el riesgo de obesidad en niños de 9 a 16 años, en los cuales se encontró que dedican en promedio de 4 a 2 horas diarias a ver televisión o jugar videojuegos.

Décima Primera. Todo lo referido con antelación ejemplifica claramente que las causas de la obesidad y el sobrepeso, son múltiples y diversas y tienen su origen principalmente en malos hábitos alimenticios.

Entendemos y compartimos la preocupación de la promovente, sin embargo consideramos que su propuesta no contribuye a la solución del problema, ya que está mal planteada.

La Ley General de Salud establece en la fracción XIV de su artículo 3° como materia de salubridad la prevención, orientación, control y vigilancia en materia de nutrición; al igual que el control sanitario de productos y servicios y de su importación y exportación como lo señala la fracción XXIV del mismo artículo.

Décima Segunda. En congruencia con lo anterior, el artículo 13 estipula en la fracción II del inciso a) que corresponde al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Salud, organizar y operar los servicios de control sanitario de productos y servicios y de su importación y exportación y vigilar su funcionamiento por sí o en coordinación con dependencias y entidades del sector salud.

El Titulo Décimo Segundo de la ley se refiere al Control Sanitario de Productos y Servicios de su Importación y Exportación, señalando en la fracción I del artículo 194 que el ejercicio del control sanitario será aplicable, entre otros, al proceso, importación y exportación de alimentos. Dicha disposición está directamente vinculada con el artículo 195 que estipula que la Secretaría de Salud emitirá las normas oficiales mexicanas a que deberá sujetarse el proceso y las especificaciones de los productos a que se refiere el título referido.

De todo lo citado anteriormente resulta evidente que el proceso de elaboración de alimentos ya se encuentra regulado en el texto vigente de la ley, y se hace extensivo a todos los alimentos, y no únicamente a aquellos que se elaboren, expidan y vendan en los planteles educativos.

Décima Tercera. Por otro lado es necesario mencionar que la redacción de la propuesta es a todas luces errónea, ya que refiere que todos los alimentos que se elaboren, expidan y vendan en los planteles educativos, deberán ser elaborados con aceites oleicos, siendo que no existen este tipo de aceites; probablemente la intención de la promovente se refiera a aceites que contengan ácido oleico que es un tipo de grasa monoinsaturada típica de los aceites vegetales.

Derivado de todo lo anteriormente expuesto resulta irrebatible que la propuesta es inviable e innecesaria en los términos que fue presentada, en gran medida por que la Ley General de Salud, así como otros ordenamientos, como el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, ya establecen los lineamientos para la elaboración de alimentos.

Por otra parte, y como lo hemos señalado la iniciativa contiene errores evidentes que hacen imposible su aprobación.

Décima Cuarta. Es necesario, sin embargo señalar que la preocupación de la diputada en cuanto al problema del aumento del sobrepeso y la obesidad en la población nacional es algo que compartimos, pero también sabemos que el origen es multifactorial y que su solución radica en un profundo cambio en los hábitos alimenticios de la población, acompañados de una efectiva promoción de la actividad física y conductas saludables.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de esta Comisión de Salud de la LXI Legislatura, con las atribuciones que otorgan los artículos 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponen a su consideración el siguiente:

Resolutivo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX al artículo 115 de la Ley General de Salud, presentada por la diputada Lourdes Quiñones Canales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 21 de octubre de 2008.

Segundo. Archívense los asuntos como total y definitivamente concluidos.

Nota:

1 Boletín Práctica Médica Efectiva. INSP. http://www.insp.mx/Portal/Centros/ciss/nls/boletines/PME_14.pdf

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández, Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras.»



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 464 Bis-1 a la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 56, 87, 88 y demás relativos al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, respecto de la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 464 Bis-1 a la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ariel Castillo Nájera, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta el siguiente:

Dictamen

I. Antecedentes

El 26 de abril de 2007, en sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el diputado Ariel Castillo Nájera, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presentó la iniciativa que adiciona el artículo 464 Bis-1 a la Ley General de Salud, con la finalidad de penalizar la comercialización de agua o hielo no purificado o contaminado, destinado al consumo humano.

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó en la misma fecha a la Comisión de Salud de la LX Legislatura dicha iniciativa para la elaboración del dictamen respectivo.

II. Contenido de la iniciativa

Dicha iniciativa tiene la finalidad de sancionar a todas las personas físicas o morales que vendan, distribuyan y comercialicen con agua contaminada o la que no reúna las condiciones de consumo humano, toda vez que puede ocasionar severos daños en la salud de los consumidores e, incluso, la muerte.

III. Consideraciones

Primera. El artículo 4° constitucional establece que todos los mexicanos tenemos el derecho de la protección a la salud, así como también el Congreso de la Unión está facultado para dictar leyes sobre salubridad general en su artículo 73, fracción XVI, es por esto que a esta soberanía le compete el tratar los temas de salud de México.

Segunda. El agua contaminada o la que no reúne las condiciones de consumo humano puede ocasionar severos daños en la salud de los consumidores; incluso, puede provocar hasta la muerte. Por ello, la Secretaría de Salud elaboró la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, con el fin de asegurar y preservar la calidad del agua en los sistemas, hasta la entrega al consumidor, sometiendo a tratamientos de potabilización.

Tercera. Coincidimos con la preocupación del diputado promovente de esta iniciativa que busca prevenir y evitar la transmisión de enfermedades gastrointestinales y, en su caso, sancionar a quien se enriquece a costa de la salud de los mexicanos, ya que México enfrenta un serio problema de contaminación que afecta la calidad del agua potable que circula por su red hidráulica y que puede causar gastritis, úlceras gastroduodenales y hasta cáncer de estómago, debido a la presencia de la bacteria denominada Helicobacter pylori.

Cuarta. La propuesta objeto de estudio establece que “Al que contraviniendo las normas técnicas sanitarias...” término que es erróneo ya que la denominación correcta conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, es norma oficial mexicana.

Quinta. Asimismo, esta propuesta de adición sugiere sancionar la conducta relativa, con “prisión de seis meses a tres años y con multa de cien a quinientos días de salario” expresión que no es adecuada, debiendo, en todo caso prever “multa de cien hasta quinientos días de salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate”.

Sexta. El diputado promovente contempla también un aumento hasta en una mitad, sin precisar si se refiere a la pena de prisión, la multa o ambas.

Séptima. A este respecto, resulta muy ambiguo establecer “si no causa” y “pero si lo afecta”, lo que genera incertidumbre jurídica. Amén de lo anterior, el Diccionario de la Lengua Española define la palabra alteración como “descomposición o deterioro” y la palabra afectar como “perjudicar o hacer daño”, no encontramos razón para considerar como agravante una u otra condición como resultado del consumo humano de agua contaminada.

Octava. Finalmente, es preciso señalar que el artículo 215 de la Ley General de Salud señala que el agua (en estado líquido o sólido) está considerada como una bebida no alcohólica, y que la inocuidad de este producto se encuentra prevista y sancionada, incluso con una pena mayor a la propuesta, por el artículo 464 que señala:

“Artículo 464. A quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de alimentos; bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia o producto de uso o consumo humano, con peligro para la salud, se le aplicará de uno a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate”

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que otorga el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

Resolutivo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 464 Bis-1 a la Ley General de Salud, presentada el 26 de abril de 2007, a cargo del diputado Ariel Castillo Nájera, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Segundo.Archívense los asuntos como total y definitivamente concluido.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández, Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras (rúbrica).»



LEY GENERAL DE EDUCACION

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de regulación de contenidos en libros de texto gratuitos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y análisis la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, presentada el 2 de febrero de 2010 por la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De conformidad con lo enunciado en los artículos 39, 43, 44 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 56, 60, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se procedió al análisis de la citada iniciativa presentando a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el siguiente dictamen.

I. Antecedentes

1. En sesión ordinaria celebrada por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 2 de febrero de 2010, la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, LXI Legislatura, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que modifica el inciso c), adiciona un inciso d) a la fracción IV del artículo 11 y modifica los artículos 12, 14, 15, 16, 48 y 72 de la Ley General de Educación.

2. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó la iniciativa en comento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen correspondiente.

3. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis para la elaboración del respectivo dictamen.

II. Descripción de la iniciativa

En su exposición de motivos, la diputada proponente manifiesta su preocupación de que en la actualidad el sistema educativo nacional sufre serias deformaciones y agresiones que van en detrimento de su calidad. Al respecto, aporta datos relevantes de evaluaciones realizadas sobre la materia por instituciones internacionales, como son la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), las cuales dan cuenta de las carencias y deficiencias que afectan la educación mexicana.

La proponente considera que para hacerle “frente a esta rea-lidad, es necesaria una revisión y un profundo planeamiento del sistema educativo,” ya que sólo la educación puede construir el desarrollo de un país.

La legisladora realiza una reseña histórica sobre los sucesos y antecedentes que establecieron al país como una república federal y laica. Asimismo, enuncia los criterios que orientan la educación que imparte el Estado plasmados en el artículo tercero constitucional, resaltando en todo momento el carácter laico de la educación.

La iniciativa que propone plantea modificar la facultad exclusiva de la SEP de determinar los planes y programas de estudio para toda la República, para que esta sea una facultad concurrente entre la Secretaría y las entidades federativas, con la participación del Consejo Nacional Técnico de la Educación y los correspondientes a los estados, considerados en la fracción III del artículo 10 de la Ley General de Educación vigente, además de otras instancias técnicas y profesionales.

Asimismo, .plantea “la conveniencia de ampliar las facultades de los Consejos de Participación Social, considerados en la sección 2 del capítulo VII de la Ley General de Educación, como instancia nacional de consulta, colaboración, apoyo e información.”

Por consiguiente, la proponente pone a consideración de esta soberanía la modificación de diversos ordenamientos de la Ley General de Educación, para que los organismos descritos sean vinculantes con las atribuciones de las autoridades educativas.

Propone además, que el Consejo Nacional Técnico de la Educación sea la instancia que realice la supervisión de los contenidos de los planes y programas de estudio sobre las modificaciones realizadas a la versión de los libros de texto gratuitos de la Secretaría de Educación Pública, ciclo escolar 2009-2010.

En este sentido, la iniciativa contempla una serie de modificaciones al artículo 11 y, consecuentemente, promueve modificaciones a la redacción de los artículos 14, 15 y 16 de de la Ley General de Educación para que se preserve en todo momento el carácter laico de la educación.

Finalmente, propone la modificación de los artículos 12, 48 y 72 de la misma ley con el propósito de evitar la determinación unilateral de los contenidos educativos por parte de la SEP de manera que ésta considere y atienda, de manera obligada, las opiniones de las instancias señaladas en el artículo referido.

La iniciativa contiene el siguiente proyecto de decreto:

Primero. Se modifica el inciso c) de la fracción IV del artículo 11 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

Artículo 11. La aplicación y la vigilancia del cumplimiento de esta Ley corresponden a las autoridades educativas de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, en los términos que la propia Ley establece.

Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:

I. ...

II. ...

III. ...

IV. El Consejo Nacional Técnico de la Educación, y los correspondientes en las entidades federativas, son órganos de consulta de las autoridades educativas en sus respectivos ámbitos de competencia.

Las funciones de estos consejos son:

a. Realizar investigaciones, estudios y análisis de carácter técnico-pedagógico acerca de planes y programas de estudio, contenidos, métodos, materiales de estudio, materiales didácticos y de apoyo al proceso educativo, métodos e instrumentos de evaluación, diseño de espacios, mobiliario y equipos y, en general, de todos los elementos que integran el currículo de la educación básica y los factores que afectan la calidad de los servicios.

b. Hacer un seguimiento permanente, en el ámbito de su competencia, del funcionamiento y calidad de los servicios de educación básica así como de sus resultados, y proponer a las autoridades educativas, para su consideración, las medidas y reformas de carácter técnico que consideren resulten pertinentes.

c. Emitir opinión fundada que deberá ser tomada en cuenta por las autoridades educativas federales y locales respecto a planes y programas de estudio que proponga la autoridad competente, las actualizaciones de libros de texto, los libros y materiales didácticos y los contenidos educativos, así como los requisitos académicos de los planes y programas de estudio de los particulares.

Segundo.Se adiciona el inciso d) a la fracción IV del mismo artículo 11 para quedar como sigue:

d. Supervisar la reposición inmediata de los pasajes históricos mutilados de los libros de texto gratuito, así como las modificaciones pertinentes a los contenidos de los libros de texto y materiales didácticos cuando, a su juicio, contravengan el carácter de la educación laica contenida en el artículo tercero constitucional y en la fracción II del mismo ordenamiento.

Tercero. Se modifica la fracción I del artículo 12 para quedar como sigue:

Artículo 12. Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:

I. Determinar para toda la República los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, a cuyo efecto se considerará y atenderá de manera obligada la opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación en los términos del artículo 48;

Cuarto. Se modifica la fracción V del artículo 14 para quedar como sigue:

Artículo 14. Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a que se refieren los artículos 12 y 13, corresponden a las autoridades educativas federales y locales , de manera concurrente, las atribuciones siguientes:

I. a IV. ...

V. Editar libros y producir otros materiales didácticos, distintos de los señalados en la fracción III del artículo 12; preservando en todo momento el carácter de la educación laica contenida en el artículo tercero constitucional.

Quinto. Se modifica el artículo 15 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

Artículo 15. El ayuntamiento de cada municipio podrá, sin perjuicio de la concurrencia de las autoridades educativas federal y locales, promover y prestar servicios educativos de cualquier tipo o modalidad. También podrá realizar actividades de las enumeradas en las fracciones V a VIII del artículo 14, siempre en “apego” estricto a lo dispuesto por la ley.

Sexto. Se modifica el artículo 16 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

Artículo 16. Las atribuciones relativas a la educación inicial, básica –incluyendo la indígena– y especial que los artículos 11, 13, 14 y demás señalan para las autoridades educativas locales en sus respectivas competencias corresponderán, en el Distrito Federal al gobierno de dicho Distrito y a las entidades que, en su caso, establezca , las cuales preservarán en todo momento el carácter de la educación laica contenida en el artículo tercero constitucional. En el ejercicio de estas atribuciones no será aplicable el artículo 18.

Séptimo.Se modifica el segundo párrafo del artículo 48 para quedar como sigue:

Artículo 48. La Secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de conformidad a los principios y criterios establecidos en los artículos 7 y 8 de esta ley.

Para tales efectos la Secretaría considerará y atenderá de manera obligada las opiniones de las autoridades educativas locales, y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, expresadas a través del Consejo Nacional Técnico de la Educación y del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación a que se refiere el artículo 72.

Octavo.Se modifica el artículo 72 para quedar como sigue:

Artículo 72. La Secretaría promoverá el establecimiento y funcionamiento del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación, como instancia nacional de consulta, colaboración, apoyo e información, en la que se encuentren representados padres de familia y sus asociaciones, maestros y su organización sindical, autoridades educativas, así como los sectores sociales especialmente interesados en la educación. Tomará nota de los resultados de las evaluaciones que realicen las autoridades educativas, conocerá el desarrollo y la evolución del sistema educativo nacional, podrá opinar en asuntos pedagógicos, planes y programas de estudio y propondrá políticas para elevar la calidad y la cobertura de la educación , las cuales deberán ser atendidas de manera obligada por las autoridades educativas.

III. Consideraciones de la comisión

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con base en los propósitos que orientan la iniciativa en comento, coincide con las preocupaciones expresadas por la Legisladora acerca de la importancia que tiene el transmitir de manera permanente el conocimiento y el respeto de nuestra historia con profundidad científica y objetividad.

Esta comisión comparte la opinión de la proponente de que esta actividad es tarea de todos, en particular de los educadores y del sistema educativo, y reconoce también la existencia de carencias y deficiencias que aun tiene el sistema educativo las cuales obstaculizan la impartición de una educación de calidad en el país.

De igual manera, comprende su inquietud acerca de la realidad que impera en la educación y comparte el planteamiento de que constituye una prioridad hacer una revisión y un replanteamiento del sistema educativo, ya que la educación es el medio por excelencia para promover la igualdad así como la base del progreso de las naciones y del bienestar de los pueblos.

La dictaminadora comparte la preocupación de la diputada de que los programas de estudio de historia deben fortalecer la cohesión social, el sentido de pertenencia y la promoción de valores ciudadanos, preservando en todo momento la disposición constitucional del carácter laico de la educación.

Por su parte, esta comisión considera valiosa la función que desempeña el Consejo Nacional Técnico de la Educación y los correspondientes en las entidades federativas para orientar a las autoridades educativas en las decisiones de carácter técnico-pedagógico.

Sin embargo, esta comisión dictaminadora considera necesario realizar una serie de precisiones particulares correspondientes a cada propuesta de reforma. Estas observaciones se enlistan a continuación:

Artículos 11 fracción IV inciso c); 12 fracción I; 48 segundo párrafo, y 72

La comisión considera que la iniciativa de reforma propuesta para modificar ambos artículos no es viable, debido a que la Ley General de Educación establece que el Consejo Nacional Técnico de la Educación, Conalte y los Centros Estatales de Tecnología Educativa, Cete, son “órganos de consulta de las autoridades educativas en sus respectivos ámbitos de competencia” (artículo 11, fracción IV). En otras palabras, la citada fracción señala que las autoridades educativas pueden “pedir parecer, dictamen o consejo” (Real Academia de la Lengua Española) al Conalte; la reforma propuesta contradice esta disposición.

Por otra parte, es fundamental señalar que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 12 y 48 de la Ley General de Educación, la determinación de los contenidos de los planes y programas de estudio para la educación básica y normal es facultad de las autoridades educativas en sus distintos niveles:

Artículo 12. Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:

I. Determinar para toda la república los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, a cuyo efecto se considerará la opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación en los términos del artículo 48;

Artículo 48. La secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de conformidad a los principios y criterios establecidos en los artículos 7 y 8 de esta Ley.

Para tales efectos la secretaría considerará las opiniones de las autoridades educativas locales, y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, expresadas a través del Consejo Nacional Técnico de la Educación y del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación a que se refiere el artículo 72.

En el mismo sentido, la fracción II del artículo 13 señala las atribuciones exclusivas de las autoridades educativas locales:

Artículo 13. Corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas locales, en sus respectivas competencias, las atribuciones siguientes:

II. Proponer a la secretaría los contenidos regionales que hayan de incluirse en los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica;

Con base en estos argumentos, la propuesta de modificación no procede ya que violenta la facultad de exclusividad de la autoridad educativa federal establecida en la fracción del artículo 12. Además, no parece admisible condicionar las funciones legales de las autoridades educativas a las opiniones emitidas por un órgano de consulta.

Artículo 11 fracción IV, adición de inciso d)

En opinión de esta Comisión la adición propuesta no procede ya que se considera que su contenido contempla un carácter más específico que el resto de las funciones establecidas en el presente artículo.

Adicionalmente, cabe mencionar que la Secretaría de Educación Pública aclaró que la supuesta eliminación de los temas sobre la conquista y el colonialismo en los libros de texto gratuito del último año de primaria obedece a un “ajuste de la enseñanza” como parte de una “reforma para la educación básica” iniciada desde el año 2007 con el propósito de articular los tres niveles de educación básica, de manera que tales temas se incluyen ahora en los programas y libros de texto de cuarto grado.

De acuerdo con el subsecretario de Educación Básica los temas en cuestión están incluidos en los libros de cuarto grado de primaria, que actualmente se encuentran en la etapa piloto y serán distribuidos a partir del ciclo escolar 2011-2012.

Adicionalmente, con el objetivo de facilitar el cambio de los planes y programas de estudio, en febrero de 2010 la SEP distribuyó un Material Complementario para los alumnos que cursan el sexto grado de primaria en el ciclo escolar 2009-2010. Dicho material refuerza el estudio de la Historia de México y su relación con la Historia Universal.

Artículos 14 fracción V; y 16

La comisión considera que si bien el sentido de esta propuesta es acorde con los principios establecidos en el artículo 3o. constitucional respecto a la educación impartida por el Estado, ya se encuentra contemplada en el artículo 5o. de la Ley General de Educación, la cual en sus disposiciones generales contempla el carácter de la educación laica:

“Artículo 5o. La educación que el Estado imparta será laica y, por lo tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.”

Adicionalmente, la Cámara de Diputados, LXI Legislatura, el 11 de febrero de 2010 aprobó un proyecto de decreto presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales que reforma el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la cual precisa el carácter laico del Estado. Por consiguiente, se considera no adecuado incorporar la modificación propuesta ya que la misma es redundante.

Artículo 15

Respecto a la modificación propuesta a este artículo, esta comisión estima que es innecesaria ya que en las disposiciones generales de la Ley General de Educación se establece claramente que el contenido de la misma es de observancia general en toda la República y las disposiciones que contiene son de orden público e interés social.

A su vez, el artículo 11 establece la aplicación y la vigilancia del cumplimiento de esta ley:

Artículo 11. La aplicación y vigilancia del cumplimiento de esta ley corresponden a las autoridades educativas de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, en los términos que la propia ley establece.”

Con base en las consideraciones anteriores, los integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados, LXI Legislatura, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea, los siguientes

Acuerdos

Primero.Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el inciso c), adiciona un inciso d) a la fracción IV del artículo 11; se reforman la fracción I del artículo 12; la fracción V del artículo 14; los artículos 15, 16, 48 segundo párrafo y 72 de la Ley General de Educación, materia de regulación de contenidos en libros de texto gratuitos, presentada la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 2 de febrero de 2010.

Segundo.Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

Notas:

1 NoticiasPV.com.Justifica SEP

2 Hasta el fin del ciclo escolar 2008-2009, estos temas se estudiaban tanto en cuarto como sexto de grado de primaria.

3 El Universal. [En línea] [Consulta: 08 de |marzo de 2010] Disponible en: http://www.eluniversal.com.mx/notas/621656.html

Palacio Legislativo de San Lázaro a 16 de marzo de 2010

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados: José Trinidad Padilla López (rúbrica), presidente; Jorge Romero Romero (rúbrica), Héctor Hernández Silva (rúbrica), José Alberto González Morales, Germán Contreras García, Jaime Oliva Ramírez (rúbrica), Víctor Manuel Castro Cosío (rúbrica), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Roberto Pérez de Alba Blanco (rúbrica), Carlos Cruz Mendoza (rúbrica), Paz Gutiérrez Cortina (rúbrica), María de Lourdes Reynoso Femat (rúbrica), secretarios; Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Germán Osvaldo Cortez Sandoval, Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Óscar Lara Salazar (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat, Beatriz Elena Paredes Rangel, Onésimo Mariscales Delgadillo (rúbrica), Francisco Herrera Jiménez, Alejandro Bahena Flores (rúbrica), José Francisco Javier Landero Gutiérrez (rúbrica), Manuel Jesús Clouthier Carrillo, María Sandra Ugalde Besaldúa (rúbrica), Yolanda del Carmen Montalvo López (rúbrica), Obdulia Magdalena Torres Abarca (rúbrica), María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica)Ana Luz Lobato Ramírez (rúbrica), Reyes Tamez Guerra (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Están a discusión los puntos de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se aprueban estos puntos de acuerdo y los anteriormente reservados.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueban estos puntos de acuerdo y los anteriormente reservados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos concluidos.



ESTADO DE MEXICO

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: En el siguiente capítulo del orden del día que son proposiciones, esta Presidencia recibió del diputado Sergio Octavio Germán Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de México a que entregue un informe integral y detallado a esta soberanía sobre el proyecto del Mexibús, que corre de Ciudad Azteca a Tecámac.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de México a entregar a esta soberanía en un plazo de 30 días naturales un informe integral y detallado sobre el proyecto del Mexibús, que corre de Ciudad Azteca a Tecámac, a cargo del diputado Sergio Octavio Germán Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN

El diputado Sergio Octavio Germán Olivares de la LXI legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta asamblea punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de México, para que entregue un informe integral y detallado a esta soberanía sobre el Proyecto del Mexibus que corre de Ciudad Azteca a Tecámac, en un plazo de 30 días naturales, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Actualmente el gobierno del estado de México lleva a cabo la ejecución del proyecto de transporte Autobuses Rápidos Trocales conocidos como BRT (siglas en inglés de Bus rapid transit) que recorre la ruta Ciudad Azteca-Tecámac-Ciudad Azteca, con una distancia de 16 km, que cuenta con 24 estaciones; los vehículos articulados circularán en un carril confinado. Con dicho proyecto se pretende atender la demanda de transporte diario de aproximadamente 130,000 personas.

El estado de México es el responsable del mejoramiento del carril de rodamiento, adecuaciones geométricas y la semaforización de la avenida Central y avenida Nacional en el tramo Ciudad Azteca-Tecámac, por donde transitarán los autobuses articulados, sin embargo los trabajos ocasionan serias afectaciones a la circulación de vehículos particulares, al transporte público, a los peatones y habitantes de las zonas aledañas al proyecto en comento.

Es una realidad que las obras generan serios congestionamientos viales, ya que el gobierno del estado de México no tomó las medidas pertinentes para informar a los ciudadanos que habitan en esta región y que usan esta avenida actualmente en obra, a fin de evitar los conflictos viales que se tienen cotidianamente, ya que el transporte público así como los vehículos particulares que circulan, tardan horas en atravesar todos los días el tramo de Ciudad Azteca a Tecámac generando altas emisiones de contaminación, así como altos costos en tiempo.

Esta obra ha carecido desde su inicio de señalamientos que faciliten la vialidad de los automotores, puentes peatonales, agentes de tránsito que agilicen el flujo vehicular y apliquen estrictamente el reglamento de tránsito, ya que es cotidiano que no se respetan los semáforos, así como la falta de difusión de rutas alternativas para el desahogo de los congestionamientos.

Lo anterior constata la inexistencia de un plan de mitigación para la puesta en marcha de la obra. En este sentido es necesario que los funcionarios responsables expliquen los pormenores de la ejecución del proyecto.

Es importante precisar que los habitantes de esa región mexiquense llevan meses padeciendo estos problemas, y esto se debe al retraso enorme que ha sufrido la obra, impactando negativamente a la ciudadanía que constantemente me hace saber su inconformidad al respecto.

Cabe señalar que es necesario y urgente que el gobierno del estado de México explique los motivos por los cuales la obra ha tenido varios retrasos en su avance, toda vez que ha generado severas molestias a todos los ciudadanos del municipio de Tecámac.

Por otro lado, en el informe de la auditoría de inversiones físicas practicada por la Auditoría Superior de la Federación dentro del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización de la Cuenta Publica 2008, se revisaron 242.2 millones de pesos que le transfirió la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al gobierno del estado de México a través del Fondo Metropolitano, en donde se encontraron 26 observaciones evidenciando la falta de planeación y de responsabilidad en la ejecución de dicho proyecto.

El Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional está de acuerdo en impulsar este tipo de proyectos de transporte que beneficien a la ciudadanía, pero no acepta que los responsables de dicho proyecto no cumplan con las observaciones hechas por la Auditoría Superior de la Federación, así como las graves afectaciones que padecen los ciudadanos del municipio de Tecámac por las acciones irresponsables en el desarrollo del proyecto del Mexibús.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.Se exhorta al gobierno del estado de México para que entregue un informe integral y detallado a esta soberanía sobre el proyecto del Mexibus que corre de Ciudad Azteca a Tecámac, en un plazo de 30 días naturales.

Segundo.Se exhorta al gobierno del estado de México para que informe sobre las afectaciones financieras, en tiempo y de las obras mismas.

Palacio Legislativo a 19 de agosto de 2010.— Diputado Sergio Octavio Germán Olivares (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Metropolitano.



ESTADO DE CHIHUAHUA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió del diputado Jaime Flores Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares del gobierno federal, de la Sedena y de la Secretaría de Seguridad Pública para que, de forma pronta y expedita, refuercen de forma permanente la presencia de elementos del Ejército mexicano y de la Policía federal en el estado de Chihuahua.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del gobierno federal, de la Sedena y de la SSP a reforzar de forma expedita y permanente la presencia de elementos del Ejército Mexicano y de la Policía Federal, y a establecer vigilancia aérea en Praxedis G. Guerrero, Guadalupe Distrito Bravos y valle de Juárez, Chihuahua, a cargo del diputado Jaime Flores Castañeda, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Jaime Flores Castañeda, diputado de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con el carácter de urgente u obvia resolución se permite presentar ante esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Es de condenarse la ola de violencia que en los últimos días se ha manifestado con asesinatos de personas inocentes y menores de edad, la quema de viviendas, instalaciones policiacas que han sido rafagueadas, y que mantiene a nuestros conciudadanos del valle de Juárez clamando por justicia y en demanda de mayor apoyo en cuanto a seguridad en sus municipios se refiere.

Esta ola ha continuado con el fusilamiento de cinco ciudadanos que primeramente fueron levantados por un comando armado.

Por ende, es necesidad de esta sociedad destacar que las autoridades federales deben hacer valer sus obligaciones. Que si bien es cierto, la actual encomienda presidencial de combatir empecinadamente al crimen organizado en la zona metropolitana de Juárez, Chihuahua; principalmente en lo referente al tráfico, trasiego y venta de drogas, así como la eliminación de los cultivos, los ha colocado al filo de su actuación basada en hechos, es indiscutible que se trata de un órgano del Estado que en todo momento debe velar por la seguridad de los gobernados. Por desgracia, recientemente se han suscitado una serie de actos y hechos funestos, algunos de ellos, en los que se han visto involucrados y perjudicados, niños, madres, jóvenes, trabajadores, deportistas, actores y actrices, reporteros, en fin, personas inocentes. Es necesario responder no con palabras, sino con hechos; el gobierno federal, la Secretaría de la Defensa Nacional y la de Seguridad Pública federal, para poder devolver a nuestros conciudadanos la paz y la tranquilidad de la que gozaban antes de esta ola de violencia por la que se han visto afectados.

Es totalmente condenable que se rete a las autoridades, que miembros, aún desconocidos, del crimen organizado disparen contra las instalaciones de la comandancia de la Policía Municipal de Praxedis G. Guerrero. Afortunadamente, en ésta agresión no se reportaron lesionados, sólo daños en oficinas y dos vehículos oficiales que recibieron varios impactos de bala.

Es indignante que posterior al ataque de las instalaciones de la comandancia de la Policía Municipal, el comando armado del crimen organizado haya privado de la libertad a los cinco ciudadanos entre quien se encontraba una mujer; quienes salieron al escuchar los disparos contra la comandancia y cuyos cuerpos aparecieron en el transcurso de la mañana.

Éste tipo de atentados ocurridos; poco después de que en el municipio de Guadalupe, Distrito Bravos, aparecieran en la vía pública varias cartulinas que advierten a la comunidad que abandone los pueblos o de lo contrario serán privados de la vida y sus propiedades incendiadas, no deben dejarse a la ligera, y mucho menos quedar impunes, nuestros ciudadanos merecen resultados concretos y un apoyo por parte de las autoridades federales, por ende es que acudo ante ustedes compañeras y compañeros legisladores; para solicitarle a los titulares del gobierno federal, de la Secretaría de Seguridad Pública federal y de la Secretaría de la Defensa Nacional, envíen elementos para reforzar la seguridad de nuestros ciudadanos, de forma permanente.

Se destaca que de los cinco cadáveres que fueron localizados a 600 metros de la carretera Juárez-Porvenir sobre un camino de terracería en el kilómetro 58, a la altura del poblado Placitas, del municipio de Guadalupe, Distrito Bravos y de otro hombre acribillado que fue localizado en el poblado de El Sauzal, en medio de un campo deportivo, se suman 78 homicidios dolosos cometidos en la zona del Valle de Juárez en lo que va del presente año, exhortemos al gobierno federal, a la Secretaría de la Defensa Nacional y a la de Seguridad Pública federal para que actué y salvaguarde la vida de nuestros ciudadanos, con estricto apego a la ley y a los derechos humanos, para así devolverles esa tranquilidad tan merecida.

Es digno de admirarse que aún con las acciones intimidatorias contra autoridades y la población, los ciudadanos de Praxedis se nieguen a darse por vencidos en esta lucha que se ha desatado en contra del crimen organizado, los tres niveles de gobierno debemos seguir su ejemplo y actuar a favor de ellos.

Debemos hacer todo por regresar la paz a esta comunidad, pesé a la pérdida de sus seres queridos en ataques perpetrados por integrantes del crimen organizado se ha propiciado la huida de muchos pobladores, mientras que otros se aferran a permanecer en el pueblo ante la falta de alternativas para emigrar y empezar de nuevo, es por ellos y por todos los mexicanos que debemos luchar y no darnos por vencidos, no somos nosotros quienes debemos vivir escondidos y mucho menos quiénes tengan que salir huyendo de nuestro propio país, tenemos que liberar a Ciudad Juárez y al valle de Juárez del secuestro en el que nos mantiene inmerso el crimen organizado, rescatemos a los Estados Unidos Mexicanos de esta ola de violencia.

En mérito de lo expuesto con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de ésta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta a los titulares del gobierno federal, de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Seguridad Pública federal a que refuercen de manera inmediata y permanente la presencia de elementos de seguridad vía terrestre y aérea en los municipios de Praxedis G. Guerrero, Guadalupe Distrito Bravos y en el valle de Juárez, a fin de trabajar de manera conjunta; para solucionar los graves problemas de inseguridad que atraviesan estos municipios y regresar a sus habitantes la paz interior, la tranquilidad, la integridad y sobre todo la seguridad que se ha perdido, durante estos últimos años, a causa del crimen organizado.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de septiembre de 2010.— Diputado Jaime Flores Castañeda (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió del diputado José Manuel Agüero Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, se consideren recursos adicionales para subsanar el déficit económico que mantiene la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza: «Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente a 2011 se consideren recursos adicionales para subsanar el déficit económico de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, a cargo del diputado José Manuel Agüero Tovar, del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados federales por Morelos, José Manuel Agüero Tovar, Luis Félix Rodríguez Sosa y Jaime Sánchez Vélez, pertenecientes al Grupo Parlamentario del PRI, con fundamento en los artículos 58, fracción I, y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, para asignar una partida presupuestal adicional y poder subsanar el déficit económico que mantiene la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

Antecedentes

La Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), cuenta con 57 años de labor académica y social en la entidad, fue a partir del 22 de noviembre de 1967 –año en el que se promulgó y publicó su Ley Orgánica– que obtuvo su autonomía.

Las tareas sustantivas de docencia, investigación y extensión de la universidad están articuladas en institutos y centros, bajo los criterios interdisciplinarios y movilidad para sus docentes y alumnos y llevar a cabo sus tareas.

En 2011, la matrícula escolar en nivel medio superior, nivel superior y nivel posgrado, estará conformada por 21 mil 981 alumnos; la evaluación y acreditación de los programas educativos han permitido que el porcentaje de alumnos matriculados en esos programas se incrementará hasta el 80 por ciento de matrícula incorporada en programas de calidad, atendiendo además de los estudiantes de Morelos, a estudiantes de otros estados como son de Guerrero, México, Distrito Federal, Puebla, Veracruz, Michoacán, Guanajuato, Hidalgo, Oaxaca, Chiapas y del extranjero.

Los programas educativos que oferta la universidad son 41, impartidos en 19 unidades académicas pertenecientes a 7 dependencias de educación superior y son:

Consideraciones

En materia de calidad del profesorado, la UAEM destaca sobre el resto de las universidades públicas estatales, por su nivel en los indicadores de profesores de tiempo completo con nivel de doctorado, con el perfil exigido por las autoridades educativas nacionales, así como por su incorporación al Sistema Nacional de Investigadores.

La planta académica que atiende los programas de licenciatura y del nivel medio superior, es de 2 mil 928 profesores, de los cuales 437 son de tiempo completo a nivel licenciatura y, entre ellos, 310 tienen doctorado, 320 tienen un perfil deseable y 212 son pertenecientes al Sistema Nacional de Investigadores; integrados en 81 cuerpos académicos que desarrollan 282 líneas de generación y aplicación del conocimiento.

En materia de calidad de los programas educativos que ofrece la UAEM, la cual es otorgada por los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior, los Consejos para la Acreditación de la Educación Superior, y el Programa Nacional de Posgrados de Calidad, se tienen importantes avances logrados por la universidad conforme se detalla:

La siguiente tabla, señala el número de profesores investigadores de tiempo completo por centros de investigación con los que cuenta la universidad, así como, sus principales líneas de investigación:

Es importante señalar que a pesar de las limitaciones financieras, la UAEM ha hecho un gran esfuerzo en los últimos 4 años para ampliar la matrícula atendida, y así contribuir con el abatimiento de la demanda educativa de nivel medio y superior de los estudiantes tanto de la entidad como de las otras Entidades que aspiran a contar con una preparación académica solida. En este cuatrienio se han incorporado 15 mil 902 alumnos, sin dejar de considerar el gran número que refleja que sólo el 49.01 por ciento de los 36,434 aspirantes que presentaron el examen de admisión, fueron aceptados por la Universidad,  y que el 50.99 por ciento de los 36 mil 434 que habiendo aprobado el examen del Centro Nacional de Evaluación, no pudieron ser aceptados por falta de capacidad y de recursos.

En este mismo sentido, la meta nacional de las universidades para el 2013, es atender el 30 por ciento de la demanda. La Universidad Autónoma del Estado de Morelos para el ciclo 2010-2011 alcanzó el 49.01 por ciento de la demanda, rebasando la media nacional.

Ante la política social a nivel federal, que primero se interesa en analizar la situación financiera de las instituciones y en segundo plano se plantea qué se puede hacer por el trabajador, la Universidad se proyecta en satisfacer las necesidades académicas de la ciudadanía, en paralelo a su misión de docencia, investigación, difusión de la cultura y extensión universitaria.

La situación financiera de la UAEM no es sencilla, lamentablemente en países como México, se tienen altos niveles de demanda y escasos recursos para este nivel educativo, lo que hace difícil la mejor asignación de recursos destinados a la educación.

Los rubros destinados a servicios personales del presupuesto ordinario que la federación y el estado de Morelos asignan anualmente, son deficitarios. Esta situación, forzosamente se tiene que atender, ya que impide canalizar recursos propios y autogenerados a rubros de gastos indispensables, como son: el crecimiento y mantenimiento de la infraestructura actual de la Universidad, incluida la construida para la Universiada 2009 de la que fue sede.

En las unidades académicas de las Facultades de Ciencias, Farmacia, Artes y Humanidades; aún no han sido reconocidas sus plantillas de personal administrativo, académico y de mandos medios por parte de la Secretaría de Educación Pública, afectando el presupuesto en virtud de que los gastos son cubiertos con recursos propios que genera la institución.

La Universidad Autónoma del Estado de Morelos presenta un déficit presupuestario de 146 millones 300 mil pesos, situación por la que independientemente del presupuesto ya asignado, la universidad presenta rezagos que deben solventarse para continuar con el desarrollando de nuevas generaciones de profesionistas que el Estado demanda.

Para enfrentar esta situación financiera, se requiere de un presupuesto extraordinario, en los siguientes términos:

Aplicación del presupuesto federal, estatal, por convenio, ejercicio proyectado y el de variación convenio para sueldos, prestaciones ligadas a los salarios, prestaciones no ligadas  a los salarios y las sumas totales por cada recurso

En virtud de lo anterior, sometemos a la consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Se exhorta a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Educación Pública, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal para 2011, se consideren recursos adicionales destinados a subsanar el déficit económico de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

Palacio Legislativo, a 14 de septiembre de 2010.— Diputados: José Manuel Agüero Tovar, Jaime Sánchez Vélez (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, se consideren recursos para la construcción de una unidad deportiva en la Universidad Popular de la Chontalpa, ubicada en el municipio de Cárdenas, Tabasco.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza: «Proposición con punto de acuerdo, a fin que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente a 2011 se consideren recursos para construir una unidad deportiva en la Universidad Popular de la Chontalpa, en Cárdenas, Tabasco, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI

José del Pilar Córdova Hernández, diputado federal por el estado de Tabasco; integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes

Consideraciones

1. La Universidad Popular de la Chontalpa, está ubicada en el municipio de Cárdenas, Tabasco, su matriculado está conformado en su mayoría por jóvenes de la región de la Chontalpa , el norte de Chiapas y el sur de Veracruz. Creada el 7 de noviembre de 1998, con el objetivo de formar profesionistas que contribuyan al desarrollo sustentable de la región y del estado de Tabasco, a través de la investigación, la docencia, la cultura y el deporte, bajo un esquema de respeto, flexibilidad, libertad y equidad.

2. Esta universidad está ubicada en una región de alta marginación cultural, lo que implica que las artes-culturales y deportivas de los alumnos sean limitadas. No cuenta con instalaciones deportivas adecuadas, las disciplinas como el basquetbol, voleibol y futbol, se practican en una cancha improvisada, sin embargo los equipos que han representado a la universidad en competencias locales y nacionales han logrado ocupar  lugares destacados. Otras actividades como el baile, aerobics, futbol rápido, entre otros se practican en casas de la comunidad.

3. Debido a que las prácticas deportivas son uno de los factores esenciales para lograr una mejor calidad de vida de los estudiantes y de la población en general, es de suma importancia considerar estas actividades como una de las prioridades en la formación del alumnado, ya que actualmente en nuestro país no se realizan las acciones necesarias para cumplir con las metas de tener una sociedad más sana, esto se ve reflejado en el hecho de que en los programas educativos no se les da la importancia y el apoyo económico que debieran.

4. La Universidad Popular de la Chontalpa ya tiene elaborado el proyecto de construcción de la unidad deportiva, con la finalidad de que la comunidad universitaria tenga una formación integral y armónica; también cuenta con un terreno de 6 hectáreas debidamente escriturado, pero hasta ahora, ha sido imposible ejecutarlo debido a la falta de presupuesto.

5. El proyecto que la universidad elaboró, consta de 5 etapas:

1. La construcción de pista de atletismo, campo de fútbol con pasto natural y gradas, canchas de usos múltiples, voleibol de playa, fútbol rápido y trotapista con equipos de gimnasio.

2. Domo deportivo con cancha de basquetbol techada con gradas, servicios sanitarios y cafetería.

3. Alberca olímpica con gradas, vestidores y servicios sanitarios, incluye vialidades y equipamiento urbano.

4. Campo de beisbol con gradas y pasto natural, gimnasio y alumbrado en general.

5. Acabado en tartán de pista de atletismo, segunda etapa de gradas y vialidades.

El costo total de este proyecto es de $ 83, 020,000.00

6. El proyecto antes mencionado fue entregado, con fecha 14 de abril de 2009, en la oficina de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte donde lo foliaron con el número 3-0573.

En mayo del mismo año un representante de la Conade rea-lizó una visita al sitio para verificar la extensión del terreno y la ubicación de la unidad deportiva en cuestión.

El 21 de enero del 2010  se entrega al titular de la Conade el proyecto con las correcciones requeridas para realizar los trámites y conjuntar el expediente del proyecto.

El 26 de julio del 2010 se recibe el oficio No. SGD/ DSND/1519/10 emitido por la Conade en el cual informan que la Universidad Popular de la Chontalpa cumple con el expediente técnico y la constancia de propiedad, por lo que considera viable la solicitud para la ejecución de la construcción de la unidad deportiva primera etapa.

Por lo expuesto en las consideraciones que anteceden, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y a la de Juventud y Deporte, se asigne, dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011, una partida presupuestal de $83,020,000.00 para la construcción de una unidad deportiva en la Universidad Popular de la Chontalpa, ubicada en el municipio de Cárdenas, Tabasco.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2010. — Diputado José del Pilar Córdova Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió del diputado Rafael Yerena Zambrano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo para exhortar a los Ejecutivos estatales y a los Congresos locales del país, para que en el marco de los festejos del bicentenario del movimiento de la Independencia establezcan los días 15 y 17 de septiembre de 2010 como días de descanso obligatorio.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza: «Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los Ejecutivos y a los congresos estatales a establecer el 15 y el 17 de septiembre de 2010 como días de descanso obligatorio, en el marco de los festejos del bicentenario del movimiento de Independencia, a cargo del diputado Rafael Yerena Zambrano, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Que el presente año de 2010 los mexicanos estamos orgullosos de festejar el bicentenario del inicio del movimiento de nuestra Independencia Nacional, y para ello el gobierno federal, las entidades federativas y el Distrito Federal llevarán a cabo diversos eventos y actividades cívicas, educativas, culturales y recreativas dirigidas a los ciudadanos, durante las fechas 15, 16 y 17 de septiembre del presente año.

Que corresponde al Ejecutivo federal y a los ejecutivos estatales promover la activa participación ciudadana y contribuir a dar sustento a la unidad nacional y la cohesión social.

Que uno de los principales valores democráticos del estado es la promoción de la cultura cívica y el aseguramiento de la identidad de la nación mexicana a través del reconocimiento de sus instituciones, del conocimiento de los acontecimientos históricos, además de los mecanismos a través de los cuales los mexicanos, la sociedad mexicana, se ha transformado para llegar a constituir lo que actualmente somos y del cual hoy debemos enorgullecernos.

Que con este espíritu de festejo nacional es que con fecha 10 de septiembre del presente se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona el artículo tercero transitorio al decreto por el que se establece el calendario oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 1993, y en el que se establece que “en el año 2010 las dependencias y entidades de la administración pública federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el Apartado B, del artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, observarán como días de descanso obligatorio para sus trabajadores, además de los previstos en el artículo segundo de este decreto, los días 15 y 17 de septiembre”.

Que tomando en cuenta la importancia que tiene para nuestro país y para los mexicanos la conmemoración del  bicentenario del inicio del Movimiento Independentista de México, es necesario que todas y todos los trabajadores mexicanos se sumen a los festejos de este importante acontecimiento histórico, sin que haya impedimento legal alguno, o que por esta participación cívica y por consiguiente la ausencia a sus centros laborales les implique el descuento del día en su salario correspondiente.

Que es necesario el reconocimiento de la participación activa de la clase trabajadora del país en la conformación del estado mexicano y de las instituciones sólidas con que hoy contamos, por lo que en este festejo nacional ningún trabajador debe quedar fuera.

Compañeros legisladores, por lo anterior y atendiendo al espíritu federalista plasmado en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, publicada el 5 de octubre de 1824 y en la que se consagró el pacto federal, estableciendo la división de poderes y que tiene su origen en la unidad nacional y en la cohesión social, es que considero necesario y de suma importancia el realizar un respetuoso exhorto a los Ejecutivos estatales, a fin de que establezcan en sus respectivas entidades los días 15 y 17 de septiembre del presente año como días de descanso obligatorio, y que con esto les permitan a las y los trabajadores mexicanos disfrutar junto con sus respectivas familias de este importante acontecimiento histórico para nuestro país el bicentenario del inicio del movimiento de Independencia de México, sin que esto les afecte en su ingreso, indispensable para su subsistencia.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto este punto de acuerdo a la consideración de esta soberanía, y solicito sea considerado de urgente y obvia resolución, la presente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los Ejecutivos estatales para que, con base en las facultades que les otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus respectivos Congresos estatales, con motivo de los festejos del bicentenario del inicio del movimiento de la Independencia Nacional, establezcan los días 15 y 17 de septiembre de 2010 como días de descanso obligatorio para todos los trabajadores del país.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2010.— Diputado Rafael Yerena Zambrano (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Gobernación.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2011

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió proposición con punto de acuerdo para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011 se consideren mayores recursos para la prevención, atención y tratamiento de las adicciones, suscrito por diputados integrantes del Grupo de Trabajo de Alto Nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo parar crear una estrategia y un programa eficaz en materia de atención y prevención de las adicciones.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 se destinen mayores recursos a la prevención, la atención y el tratamiento de las adicciones, suscrita por integrantes del Grupo de Trabajo de Alto Nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para crear una Estrategia y un Programa Eficaz en materia de Atención y Prevención de las Adicciones

Los suscritos, diputados federales del Grupo de Trabajo de Alto Nivel para impulsar una estrategia y un programa eficaz en materia de atención y prevención de las adicciones de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan al pleno de esta honorable Cámara proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El presente punto de acuerdo tiene como finalidad hacer un exhorto para que presupuestalmente se vea respaldada una acción determinante para preservar la salud, integridad y seguridad de las y los mexicanos, que es la prevención, atención y tratamiento de las adicciones.

Las adicciones a diferentes sustancias representan un riesgo y un reto para el Estado mexicano, porque minan la salud pública de todas y todos aquellos que las consumen, pero también son la razón de ser del tráfico de drogas ilícitas, que por las características intrínsecas y las externalidades negativas que produce dicha actividad, es que sufrimos el actual incremento de la violencia.

Según cifras del gobierno federal, en lo que va del sexenio han muerto más de 28 mil personas relacionadas a la venta y producción de narcóticos, se han decomisado más de 30 mil armas cortas y largas, 1 200 toneladas de marihuana, 25 toneladas de cocaína y 420 kilogramos de heroína, las cuales bajo el presente esquema de distribución se consumen con mayor frecuencia dentro del país, por lo que podemos observar que México ya no es solo un país de tránsito de sustancias adictivas ilícitas, sino que paulatinamente se ha convertido en un consumidor, tal como lo dice el Informe Mundial sobre Drogas 2010 de la Organización de las Naciones Unidas, el cual expone que México se está convirtiendo en uno de los grandes consumidores de cocaína a nivel mundial.

Diferentes estudios del Consejo Nacional contra las Adicciones (Conadic), nos muestran que la adicción al tabaco y al alcohol es la primera aproximación a la adicción de distintas drogas ilícitas. Dicho fenómeno encuentra su causa en diferentes problemáticas sociales que se reproducen desde su unidad básica, que es la familia, hasta sus esquemas más complejos.

La desintegración familiar, la violencia doméstica, la falta de oportunidades y resultados en materia educativa y laboral coadyuvan a la aproximación al consumo de las diferentes sustancias catalogadas como adictivas, que desafortunadamente cada día es mayor.

Lo anterior se constata en la Encuesta Nacional sobre las Adicciones, la cual expone que el consumo de drogas ilegales y médicas en la población rural y urbana de entre 12 y 65 años de edad ha aumentado de un 5 por ciento observado en 2002 a un 5.7 por ciento en este periodo.

Por su parte, el consumo de la cocaína pasó de 1.2 por ciento de la población total del país en 2002 a 2.4 en 2008, lo que significa que existen más de 1.8 millones de personas que consumen la citada sustancia. En lo que respecta a la marihuana cabe señalar que 3.1 millones de personas en 2008 la han utilizado, 700 mil más que en el 2002.

Estas cifras son alarmantes, pero el riesgo es mayor si consideramos la alta disponibilidad de narcóticos para adolescentes, porque 43 por ciento de los jóvenes entre 12 y 25 años están expuestos a ellos, según el Conadic; y es aún más crítico cuando recordamos que la primer aproximación de consumo a drogas ilícitas es a través de sustancias legales como el tabaco o el alcohol.

De acuerdo con las estadísticas a propósito del Día Mundial sin Tabaco, casi 13 millones de mexicanas y mexicanos entre 18 y 65 años de edad que viven en áreas urbanas son fumadores y, por otro lado, según la Encuesta Nacional Sobre Adicciones 2008, casi 4 millones beben grandes cantidades de alcohol una vez a la semana o con mayor frecuencia, evidenciando así esta problemática nacional en materia de salud.

Esta situación afecta la integridad, salud y desarrollo de las y los mexicanos y pone en peligro el futuro de la niñez en el país, ya que muchos estudiantes dejan o ven afectados sus estudios por el consumo de sustancias adictivas y en algunos casos los obliga a introducirse en actividades delictivas para poder financiarlas.

En la actualidad se realizan diversas acciones para prevenir, atender y tratar las adicciones a distintas sustancias, dichas actividades se focalizan en la Secretaria de Salud, a través de del Sistema Nacional del DIF (SNDIF) y el Consejo Nacional contra las Adicciones, la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Seguridad Pública.

El Conadic de la Secretaría de Salud lleva a cabo el Programa de Acción Específico para la Prevención y Atención de las Adicciones, que incluye actividades de prevención de consumo de sustancias adictivas, investigaciones para mejores tratamientos y opera los Centros de Atención Nueva Vida. Por su parte el SNDIF implementa el Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales, el cual cuenta con estrategias encaminadas a contribuir a la disminución de las causas y consecuencias que genera el fenómeno de las adicciones, apoyándose de la prevención con un enfoque de riesgo-protección, así como en el desarrollo de habilidades y actitudes de protección.

El Programa de Escuela Segura tiene como finalidad prevenir el consumo de drogas en aquellas escuelas de educación básica que se ubican en los municipios con mayor incidencia delictiva y los programas de prevención del delito de la Secretaría de Seguridad Pública implementan acciones para el fomento de la cultura de la participación ciudadana en la prevención del delito y el respeto a los derechos humanos, así como operativos para la prevención y disuasión del delito, aunque no prevén actividades que promuevan la prevención del consumo de sustancias adictivas y mucho menos programas de atención a la población carcelaria que padece algún tipo de adicción.

En los montos presupuestales propuestos por el Ejecutivo federal para el ejercicio fiscal 2011, la Secretaría de Salud considera, a través de acciones institucionales, únicamente 959 millones 920 mil 768 pesos dirigidos a la Prevención y Atención Contra las Adicciones, esto se encuentra dentro de las acciones de Promoción de la Salud y Prevención y Control de Enfermedades Fortalecidas e Integradas Sectorial e Intersectorialmente, además del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad con Recursos Financieros Suficientes. En el caso del SNDIF, presupuestalmente se le otorgarían mil 739 millones 728 mil 80 pesos, de los cuales únicamente 650 mil pesos están etiquetados para el programa de Prevención y Atención Contra las Adicciones; respecto al Conadic se habla de 518 millones 878 mil 744 pesos, y para el Programa Escuela Segura, de la Secretaría de Educación Pública, se destinan 329 millones 434 mil 847 pesos, alcanzando un total de mil 808 millones 884 mil 359 pesos.

Estas cifras pueden parecer considerables, sin embargo, el presupuesto implementado, así como el propuesto para 2011 no es suficiente si el objetivo es disminuir y evitar el consumo de sustancias adictivas, que en los últimos años, como ya se mencionó, ha mostrado un alarmante aumento sobre todo de de marihuana y cocaína, además del tabaco y alcohol.

Para fundamentar lo anterior hay que analizar que si se habla en términos porcentuales, el Programa de Escuela Segura tan sólo constituye el 0.15 por ciento del total del presupuesto de la SEP. Por su parte, si sumamos el presupuesto etiquetado para Acciones Institucionales preventivas de la Secretaría de Salud, en lo concerniente a la prevención y atención de las adicciones, junto con el presupuesto del Conadic y las acciones en la materia por parte del SNDIF, se observa que apenas representa el 1.5 por ciento del presupuesto destinado al Ramo de Salud. Además de que el presupuesto de la Secretaría de Seguridad Pública no expone transversalidad alguna en las políticas de prevención del consumo de sustancias adictivas.

Se necesitan más recursos para posibilitar el crecimiento de los Centros Nueva Vida; implementar programas en escuelas específicamente diseñados para prevenir el primer contacto de niños y jóvenes con cualquier tipo de droga, especialmente aquellas que son ilícitas; desarrollar mecanismos multidimensionales para la detección temprana de personas con adicciones en hospitales y escuelas; diseñar e investigar nuevos métodos de tratamiento; profesionalizar y capacitar al personal médico, escolar y policiaco; implementar acciones especificas para zonas rurales y fronterizas; fomentar programas con equidad de género en la materia; elaborar un sistema de información coordinada y vinculada intersecretarialmente; atender según las necesidades, a personas adultas, niños, jóvenes o aquellos que cumplen con una sentencia en un centro penitenciario; vincular a las personas en rehabilitación con actividades educativas y laborales para evitar recaídas y asegurar su reinserción en el sector productivo; incentivar la participación social; rescatar espacios públicos; impulsar campañas de concientización más ambiciosas; prevenir el delito; etcétera.

Por tales motivos es que es primordial establecer un paquete presupuestal adicional para hacer efectivos y funcionales los nuevos esquemas de trabajo en la prevención y atención de las adicciones, ya que es pertinente a largo plazo favorecer las acciones preventivas en lugar de implementar costosos programas correctivos.

La prevención de las adicciones permite establecer un mecanismo alternativo que combata el tráfico de estupefacientes y atender un problema creciente de salud pública, por lo que proponemos el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero: Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a establecer un paquete presupuestal para incrementar y etiquetar recursos dirigidos a la prevención, atención y tratamiento de las adicciones.

Segundo: Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que los recursos presupuestales sugeridos se etiqueten en el Consejo Nacional contra las Adicciones, el Sistema Nacional del DIF de la Secretaría de Salud y el Programa Escuela Segura de la Secretaría de Educación Pública.

Tercero: Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a etiquetar recursos presupuestales a la Secretaría de Seguridad Pública para implementar acciones en materia de prevención del consumo de sustancias adictivas ilícitas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de septiembre de 2010.— Diputados: María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), presidenta; María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Heladio G. Verver y Vargas Ramírez, Marco Antonio García Ayala, Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Alma Carolina Viggiano Austria (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, María Dolores del Río Sánchez (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Julián Francisco Velázquez y Llorente (rúbrica), Sergio Tolento Hernández.»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



ADULTOS MAYORES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió de la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Sedesol, implemente la reducción de la edad a 65 años para ser beneficiario del programa de Apoyo Económico para las y los Adultos Mayores de nuestro país.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sedesol a reducir la edad (65 años) a fin de ser beneficiario del Programa de Apoyo Económico para Adultos Mayores, a cargo de la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD

Quién suscribe, Martha Elena García Gómez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al secretario de Desarrollo Social (Sedesol) a implantar la reducción de la edad (65 años) para ser beneficiario del Programa de Apoyo Económico para las y los Adultos Mayores de nuestro país conforme a las siguientes

Consideraciones

En nuestro país, al igual que en muchas otras naciones, existe al menos en el aspecto declarativo, el reconocimiento para que los adultos mayores deban contar con el derecho y goce a una vida digna y justa, donde puedan disfrutar de bienestar y desarrollo, tengan asegurados  sus derechos humanos y sus garantías sociales; sin embargo, como contraparte, nuestros adultos mayores enfrentan condiciones adversas, discriminación, maltrato, escasas oportunidades y viven bajo situaciones de desventaja social alarmantes.

Para revertir esta situación, es necesario que el Estado pueda  garantizar que en todo el territorio la población pueda envejecer con seguridad y dignidad,  que los  adultos mayores puedan continuar participando en sus respectivas sociedades como ciudadanos con derechos plenos. Sin dejar de reconocer que los cimientos de un envejecimiento sano y enriquecedor se inician en una etapa temprana de la vida,  aspecto que al igual que muchos otros, no fueron previstos ya que socialmente adolecemos de la cultura de la previsión. Pese a ello, aún es momento de implantar políticas públicas benéficas para la población en comento.

Como se sabe, y de acuerdo con un estudio del Banco Mundial,  La pobreza en la población de la tercera edad en Méxicoes excepcionalmente alta aun en el contexto de América Latina. La tasa de pobreza en la población mayor de 65 años es de 70 por ciento, superior a la tasa de pobreza para el total de la población, la diferencia más amplia entre 8 países de la región considerados en un estudio reciente del Banco Mundial. En contraste, en Brasil, donde se implanta una pensión básica con una cobertura rural amplia, la tasa de pobreza en la tercera edad es de 25 por ciento menora la tasa nacional”.

Por tanto, debemos reconocer que en nuestro país las personas adultas mayores han sido particularmente desprotegidas, lo cual resulta doblemente preocupante cuando revisamos los datos emitidos por el Consejo Nacional de Población (Conapo), en los que indica que para 2005 se calcula una población de 3.6 millones de personas de 70 años o más,  y en 2010 serán 4.4 millones, o sea que en diez años habrá un incremento de 1.4 millones.

Es probable que se argumente en contra de nuestra propuesta y que se mencione que la población es mucha y los recursos pocos, pero nos parece que el esfuerzo económico es menor para reconocer a estas mujeres y hombres sus aportes sociales y su compromiso con nuestra nación, ya que la contribución social y económica de las personas adultas mayores ha ido más allá de sus actividades económicas, ya que con frecuencia desempeñan funciones cruciales en la familia y en la comunidad.

Muchos de sus valiosos aportes no se miden en términos económicos, como los cuidados prestados a los miembros de la familia, el trabajo productivo de subsistencia, el mantenimiento de los hogares o la realización de diversas  actividades voluntarias en la comunidad.  Es necesario reconocer todas esas contribuciones, incluyendo las del trabajo no remunerado que realizan en todos los sectores las personas de todas las edades, y en particular las mujeres.

Es necesario, entonces,  adoptar políticas públicas dirigidas a las personas adultas mayores en las que se respalden sus aportaciones a la sociedad. Esto incluye beneficios sociales y apoyos para acceder a servicios básicos y fundamentales para garantizar una vida digna y de calidad.

Hasta hoy no ha sido posible la eliminación de la pobreza en este grupo social. Si mencionamos los sistemas vigentes de seguridad social en nuestro país, también reconoceríamos que han fracasado en su tarea de brindar una adecuada protección social para los adultos mayores, además de que su cobertura no alcanza a las personas de menores  recursos, y los beneficiados tampoco han eliminado la pobreza, ni reducido la desigualdad en su entorno.

Por ello, creemos que la pensión que se otorga a los adultos mayores por la vía del programa 70 y Más debe de implantarse a los 65 años,  una edad donde el deterioro físico y emocional no ha llegado a un nivel donde los resultados del paso del tiempo sean tales que no permitan a los beneficiarios el disfrute  del mínimo de bienestar que se pueda alcanzar con ese apoyo económico.

El reconocimiento de la autoridad, la sabiduría, la dignidad y la prudencia que han acumulado los adultos mayores son fruto de la experiencia de toda una vida, y nuestra sociedad se ha caracterizado normalmente por el respeto con que se ha tratado a nuestros adultos mayores en el curso de la historia. No alteremos negativamente esta práctica, desatendiendo esos valores y considerando a estas personas como rémoras para la economía, debido a sus crecientes necesidades en materia de servicios de salud y apoyo social.

Consideramos que es de justicia elemental que la sociedad les proporcione a sus adultos mayores una seguridad económica y una mejor calidad de vida durante su vejez, ya que si se quiere hacer del envejecimiento una experiencia positiva, una vida más larga debe ir acompañada de oportunidades continuas de salud, participación y seguridad.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la aprobación de los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al secretario de De-sarrollo Social a implantar la reducción de la edad (65 años) para ser beneficiario del Programa de Apoyo Económico para las y los Adultos Mayores de nuestro país.

Segundo.Se exhorta respetuosamente al secretario de Hacienda y Crédito Público a asignar los recursos económicos necesarios y suficientes para la aplicación y ejecución de esta reforma en el Programa de Apoyo Económico para las y los Adultos Mayores de nuestro país.

Notas:

1 Citado por John Scott. ¿Sería factible eliminar la pobreza de la tercera edad en el ámbito nacional por medio de una pensión básica universal? CIDE, México, 2005.

2 Proyecciones del Conapo y el INEA para 2007, con base en el XII Censo.

Palacio Legislativo, a 7 de septiembre de 2010.— Diputada Martha Elena García Gómez (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Hacienda y Crédito Público.



PROGRAMA NACIONAL DE APOYO ECONOMICO A JOVENES ESTUDIANTES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió de la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública a crear un programa nacional de Apoyo Económico destinado a las y los jóvenes estudiantes, con el propósito de evitar la deserción escolar y generar mejores alternativas de ocupación para este grupo social.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SEP a crear un programa nacional de apoyo económico destinado a los jóvenes estudiantes para evitar la deserción escolar y generarles mejores opciones de ocupación, a cargo de la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD

Quién suscribe, Martha Elena García Gómez, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Educación Pública a crear un programa nacional de apoyo económico, destinado a las y los jóvenes estudiantes, con el propósito de apoyarlos económica y académicamente para evitar la deserción escolar y generar mejores alternativas de ocupación para este grupo poblacional. Conforme a las siguientes

Consideraciones

En nuestro país, el pasado ejercicio de conteo censal (2005), realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía revelan que de los 106.7 millones de habitantes, 29 millones 100 mil son jóvenes, es decir que poco más de la cuarta parte de la población se encuentran entre el rango de edad de los 15 y 29 años de edad. De esta población 14.4 millones son hombres, y 14.7 millones son mujeres, lo que significa que hay 97.4 hombres por cada 100 mujeres.

Se considera a la juventud como el periodo de transición entre dos etapas, la niñez y la adultez, es decir, es un proceso de evolución en el que las y los niños se van transformando en personas autónomas y, por tanto, en una próxima incorporación al proceso productivo y a la conformación de sus propias familias.

De la población joven, 24.7 por ciento asiste a la escuela. Por edad desplegada, a los 15 años el porcentaje asciende a 65.6 por ciento y disminuye posteriormente, de tal manera que a los 17 años asiste el 45.4 por ciento; a los 19 años el 29.9 por ciento y a los 22 años 17.6 por ciento.

El porcentaje de asistencia escolar de los hombres jóvenes es de 26.1 por ciento y en las mujeres es de 23.5 por ciento. La mayor diferencia entre las tasas de asistencia de hombres y mujeres ocurre a los 22 años, donde sólo el 15.1 por ciento de los hombres y 11.8 por ciento de las mujeres asisten a la escuela.

Por otra parte, el promedio de escolaridad de los hombres jóvenes es de 8.6 años por 8.5 años de las mujeres. Asimismo, de la población joven, 3.4 por ciento carece de instrucción, 10 por ciento tiene estudios de primaria incompleta, 18 por ciento primaria terminada, 8.3 por ciento no ha terminado la secundaria, 26.8 por ciento secundaria completa, 23 por ciento algún año aprobado en educación media superior y 10.5 por ciento en educación superior o postgrado.

En este contexto, de cerca de 30 millones de jóvenes construyen su porvenir, estando casi la mitad de ellos en situación de pobreza. La gravedad de la situación económica en la que mal vive prácticamente la mitad de la población nacional aunada a la desigualdad estructural que caracteriza al país, ha contribuido a explicar la carencia de la cobertura de las necesidades básicas, la inexistencia de los servicios sociales, la ausencia de ellos en los centros educativos, y en otros casos la deserción escolar así como el bajo nivel promedio de escolaridad de la población joven de nuestro país.

Así también, los cambios sociales y económicos han trastocado la posición social de las y los jóvenes en la sociedad. Las incertidumbres y riesgos que gobiernan la vida adulta convierten a la capacidad de los jóvenes para adquirir conocimientos, en una cualidad decisiva que debe ser activamente fomentada por las políticas sociales, las familias y los individuos. Aun cuando en la mayoría de los países los jóvenes constituyen un verdadero capital nacional, ellos son extremadamente vulnerables. Por ello, afrontan un alto grado de incertidumbre económica y social y a menudo su potencial no es aprovechado ya que no tienen acceso a empleos productivos y decentes.

En el ámbito familiar, los ingresos económicos son un factor determinante a la hora de decidir si se envía a un menor a la escuela o a trabajar. El trabajo infantil trae consigo la perpetuación de la pobreza familiar y menoscaba las perspectivas de empleo que pudieran presentarse posteriormente en su vida.

Las y los jóvenes desempleados o subempleados tienen menor capacidad para contribuir eficazmente al desarrollo nacional y menos oportunidades de ejercer sus derechos como ciudadanos, disponen de menos recursos para gastar y para invertir como ahorradores, y con frecuencia se les resta credibilidad para impulsar que se produzcan cambios en su comunidad y en su vida.

Es ampliamente reconocido que en la mayoría de las economías desarrolladas, en los países de América Latina y en algunos países en vías de desarrollo de otras regiones, el desempleo de los jóvenes es más alto entre los jóvenes con menos educación que entre aquellos que tienen un nivel de educación más alto. Así también, los jóvenes socialmente desfavorecidos generalmente tienen más problemas para obtener empleo. Hay varios factores en su contra, entre los que se encuentran, el tener menos probabilidades de haber recibido una buena educación básica, y a menudo son objeto de discriminación por motivos de clase social, origen étnico, sexo o discapacidad.

Cuando un joven es contratado a menudo son empleados en condiciones precarias, en la economía informal, en empleos de corta duración o temporales. Muchos reciben una baja remuneración y tienen poca protección social, la justificación para estas condiciones adversas de trabajo es con frecuencia, la falta de preparación escolar ya que en la mayoría de los casos, la o el joven abandonó sus estudios por la necesidad de incorporarse al mercado de trabajo.

Así entonces, nos enfrentamos a un círculo perverso que necesariamente debemos de romper con la creación de mayores y mejores condiciones de apoyo educativo para las y los jóvenes de nuestro país para que puedan lograr la conclusión de su preparación escolar en un ambiente de seguridad y confianza evitando la deserción escolar hasta alcanzar su objetivo, sin la amenaza de la sombra de carencias económicas que desmotivan y amenazan con la expulsión del espacio de preparación cotidiana.

Por ello, estamos proponiendo la creación de un programa nacional de apoyo económico para los jóvenes estudiantes del nivel secundaria, preparatoria y universitario siendo cuotas fijas de 600, 800 y 1 000 pesos mensuales para cada uno de las y los que cursan los respectivos niveles escolares.

De aprobar nuestra propuesta podremos en un corto plazo, percibir sus beneficios económicos directos para ellos y la sociedad en su conjunto, pues irían acompañados de una reducción de gastos para contrarrestar comportamientos como la violencia y la delincuencia, así como beneficios sociales como la reducción de la vulnerabilidad y la exclusión de esta población ya que trabajarían para superar la pobreza individual y colectiva, mejorando su calidad de vida y su desarrollo social.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía, la aprobación del siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Educación Pública a crear un programa nacional de apoyo económico, destinado a las y los jóvenes estudiantes, con el propósito de apoyarlos económica y académicamente para evitar la deserción escolar y generar mejores alternativas de ocupación para este grupo poblacional.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para establecer la asignación de los recursos económicos necesarios y suficientes para la aplicación y ejecución del programa nacional de apoyo económico destinado a las y los jóvenes estudiantes a nivel nacional.

Notas:

1 Datos incluidos en el documento Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Juventud, datos nacionales, Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, agosto de 2005.

2 Pérez Islas J. Antonio y Urteaga Maritza; Los nuevos guerreros del mercado. Trayectorias laborales de jóvenes buscadores de empleo. Fundación Ford-México e Instituto Mexicano de la Juventud. México 200.

3 “Trabajo decente para jóvenes”. Organización Internacional del Trabajo (OIT), documento informativo Reunión tripartita sobre el empleo de los jóvenes: el camino a seguir, Ginebra, 13-15 de octubre de 2004.

Palacio Legislativo, a 7 de septiembre de 2010.— Diputada Martha Elena García Gómez (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Hacienda y Crédito Público.



ADULTOS MAYORES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a que intensifique las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de la norma oficial mexicana en materia de adultos mayores.

El diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados —los que quedan—, la falta de vigilancia y control de las autoridades correspondientes y el escaso cumplimiento de la normatividad correspondiente han permitido el incremento de la apertura y funcionamiento de instituciones de asistencia social que no brindan servicios calificados de atención a adultos mayores.

Hemos sido testigos en repetidas ocasiones de las pésimas condiciones en que se encuentran algunas instituciones de cuidado de adultos mayores en todo el país.

Incluso han acontecido accidentes y pérdidas humanas a causa de negligencia del personal operativo o de la falta de atención médica adecuada o por la carencia de medidas de seguridad que salvaguarden la integridad de los adultos mayores.

Debido a esto es necesario que las autoridades intensifiquen el control y vigilancia y analicen la infraestructura, el personal, la organización asistencial y la calidad de los servicios de las instituciones de asistencia social para adultos mayores, como son las casas hogar para adultos mayores, albergues temporales de adultos mayores o asilos, y de este modo diagnosticar el estado funcional y los requerimientos asistenciales de sus beneficiarios y no permitir la operación de aquellos lugares cuyas condiciones se encuentren fuera de la norma oficial NOM-167-SSA1-1997.

La norma oficial tiene como objetivo establecer los procedimientos para uniformar principios, criterios, políticas y estrategias para la prestación de servicios y desarrollo de actividades en materia de asistencia social a menores y a adultos mayores. Asimismo, establece las condiciones necesarias en las que deben operar estas estancias.

En respuesta a lo anterior es necesario estimular y fortalecer las acciones de asistencia social que realizan los integrantes del sistema nacional de salud, de conformidad con lo que disponen las leyes respectivas, no sólo en el control y supervisión del uso de los recursos y aspectos administrativos sino principalmente en la calidad de la atención, a fin de asegurar mayor coherencia entre los instrumentos y objetivos para alcanzar una operación integral más eficaz, una gestión más eficiente y la contribución hacia una sociedad más justa y democrática.

Compañeras legisladoras, compañeros legisladores, me permito someter a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo.

Único. Se exhorta a la Secretaría de Salud a intensificar las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997 en materia de adultos mayores, en todas las dependencias y entidades de la administración pública tanto federal como local y las personas físicas o morales de los sectores social y privado que conforman el sistema nacional de salud.

Es cuanto, diputado presidente y solicite que quede registrado íntegramente el texto en el Diario de los Debates. Gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a intensificar las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997, en materia de adultos mayores, a cargo del diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 60 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes

Consideraciones

Los adultos mayores constituyen un sector vulnerable de nuestra sociedad, el cual se ha ido incrementando considerablemente. Un estudio realizado por el Conapo estimó el siguiente ritmo de crecimiento de la población de adultos mayores en México: En el año 2006 la población en México se estimó en 107 millones de habitantes; En el 2025 crecerá a 124 millones de habitantes y se espera que en el año 2050, cuando culmine la última fase de la transición demográfica se estabilice en casi 130 millones de habitantes. Por su parte, la población de adultos mayores, de diferentes edades, se incrementará durante el periodo 2006-2050 de la siguiente manera:

• Los de 60 años y más pasarán de 8 millones 340 mil en el 2006 a 36 millones 960 mil en el 2050;

• Los de 65 años y más pasarán de 5 millones 730 mil en el 2006 a 28 millones 580 mil en el 2050;

• Los de 70 años y más pasarán de 3 millones 690 mil en el 2006 a 19 millones 890 mil en el 2050.

De acuerdo a estas cifras de incremento de población podemos deducir que es necesario poner mayor énfasis al cuidado y al tratamiento de las necesidades particulares de los adultos mayores; en el caso de nuestro país contamos con servicios que se brindan a través de organizaciones de asistencia social, tanto públicas como privadas que brindan atención integral a los adultos mayores a través de casas hogar o albergues temporales, sin embargo no en todos los casos se les brinda la atención más adecuada ya que la calidad de la atención de los servicios que les brindan en instituciones de asistencia social suele ser vulnerada por la falta de vigilancia y control de las autoridades, lo que nos conduce a que con frecuencia nuestros adultos mayores se encuentren atendidos en estos lugares en condiciones deplorables, en particular dentro de las instituciones privadas.

La falta de vigilancia y control de las autoridades correspondientes y el escaso cumplimiento de la normatividad correspondiente han permitido el incremento de la apertura y funcionamiento de instituciones de asistencia social que no brindan servicios calificados de atención a este sector.

Hemos sido testigos en repetidas ocasiones de las pésimas condiciones en que se encuentran algunas instituciones de cuidado de adultos mayores en todo el país, incluso han acontecido accidentes y pérdidas humanas a causa de negligencias del personal operativo, o de la falta de atención médica adecuada o por la carencia de medidas de seguridad que salvaguarden la integridad de los adultos mayores. Debido a esto es necesario que las autoridades intensifiquen el control y vigilancia; y analizasen la infraestructura, el personal, la organización asistencial y la calidad de los servicios de las instituciones de asistencia social para adultos mayores como lo son: las casas hogar para adultos mayores y albergues temporales de adultos mayores. Y de este modo diagnosticar el estado funcional y los requerimientos asistenciales de sus beneficiarios y no permitir la operación de aquellos lugares cuyas condiciones se encuentren fuera de la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997.

La Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997 tiene como objetivo establecer, los procedimientos para informar principios, criterios, políticas y estrategias para la prestación de servicios y desarrollo de actividades en materia de asistencia social a menores y adultos mayores. Así mismo establece las condiciones necesarias en las que deben de operar estas estancias.

En respuesta a lo anterior, es necesario estimular y fortalecer las acciones de asistencia social que realizan los integrantes del Sistema Nacional de Salud de conformidad con lo que disponen las leyes respectivas, no sólo en el control y supervisión del uso de los recursos y aspectos administrativos, sino principalmente en la calidad de la atención, a fin de asegurar mayor coherencia entre instrumentos y objetivos, para alcanzar una operación integral más eficaz, una gestión más eficiente y la contribución hacia una sociedad más justa y democrática.

Para los diputados del Partido Acción Nacional, es de vital importancia proteger, atender, ayudar y orientar a las personas adultas mayores, así como conocer y analizar su problemática para encontrar las soluciones adecuadas. Por ello dirijo el presente punto de acuerdo, con la finalidad de salvaguardar en todo momento el bienestar de los adultos mayores que por circunstancias diversas tienen la necesidad de atenderse en alguna estancia de cuidado prolongado en sus diversas modalidades.

Compañeras legisladoras, compañeros legisladores me permito someter a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Salud a intensificar las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997, para la prestación del servicio de asistencia social para menores y adultos mayores, en todas las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local y las personas físicas o morales de los sectores social y privado que conforman el Sistema Nacional de Salud.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 7 de septiembre de 2010.— Diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, señor diputado. Túrnese a la Comisión de Salud.



IGLESIA CATOLICA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar proposición con punto de acuerdo para exigir a la jerarquía católica, en el marco del bicentenario de la Independencia de México, retiren la excomunión de Hidalgo y Morelos y ofrezcan una disculpa pública.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña:Muchas gracias, diputado presidente. Compañeros diputados, compañeras diputadas, sobrevivientes de esta sesión. Sí, claro, se los agradezco mucho.

Me preguntan aquí los compañeros diputados de Acción Nacional sobre el Estado laico. Me pregunto sobre lo mismo, con la intervención majadera de la Iglesia en todos los asuntos públicos y políticos del país, sin que el secretario de Gobernación del gobierno de facto, al que mañana le preguntaré, haga nada para que ese Estado laico se respete.

Pero compañeros diputados, compañeras diputadas, quiero presentarles un punto de acuerdo en el marco de las fiestas del mal llamado bicentenario de la Independencia, que en realidad es el inicio de la insurgencia para lograr la Independencia de nuestro país.

Como es sabido, tanto Miguel Hidalgo y Costilla como José María Morelos y Pavón eran sacerdotes. Ellos cumplieron un papel importantísimo en la lucha por la Independencia de nuestro país y, cuando fueron apresados, su condición de sacerdotes obligó a la Iglesia Católica a una definición que permitiera su ejecución por parte de las autoridades españolas.

Tuvieron que defenestrarlos, tuvieron que retirarles el fuero que tenían en realidad como eclesiásticos, fueron excomulgados y fueron, por tanto, torturados y condenados a muerte ambos.

El decreto de excomunión de Hidalgo es particularmente insolente: lo acusan de traidor a la patria, lo maldicen de todas las maneras posibles, casi por los siglos de los siglos. Y por cierto, es un fusil —como se dice popularmente— de la excomunión que en su momento hicieron a Baruch Spinoza siglo y medio antes o algo así, si mal no recuerdo.

La Iglesia Católica, la jerarquía que siempre ha estado en contra de las luchas del pueblo de México y del progreso y del desarrollo de este país, hoy se apresta y ha estado participando en las celebraciones del bicentenario, sin el menor pudor.

Quiero pedir a esta soberanía que vote a favor de este punto de acuerdo en su momento, exigiendo a la jerarquía católica que retire la excomunión que hasta hoy priva en contra de don Miguel Hidalgo y Costilla y de José María Morelos y Pavón, porque esas excomuniones fueron un acto abusivo, ilegal, faccioso, en contra de próceres de la patria, y que pidan una disculpa pública.

Nunca es tarde para reconocer que cometieron un yerro al perseguir a los insurgentes, en perseguir a los independentistas al ponerse del lado de la Corona y al defender sus intereses y sus fueros. Por esta razón pido que en su momento, pues ahora tendrá el trámite legislativo correspondiente, pero pido, en su momento, el apoyo para este punto único, exigiendo el retiro de excomunión a Hidalgo y Morelos, y exigiendo a la Iglesia Católica una disculpa pública en torno a estas determinaciones abusivas y arbitrarias.

Muchas gracias por su atención, compañeros diputados y compañeras diputadas.

«Proposición con punto de acuerdo, para exigir a la jerarquía católica que, en el marco del bicentenario de la Independencia de México, retiren la excomunión de Hidalgo y Morelos, y ofrezcan una disculpa pública, a cargo del diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del PT

Punto de Acuerdo

Exigiendo a la Jerarquía católica retire la excomunión Miguel Hidalgo y Costilla y, a José María Morelos y Pavón

Considerandos

1. Que este año se conmemoran los 200 años de la Independencia.

2. Que la Iglesia Católica se apresta a participar en los festejos del bicentenario.

3. Que los altos jerarcas de la Iglesia Católica se opusieron de manera firme y decidida a las lucha por la Independencia.

4. Que dentro de esa oposición, condenaron y combatieron con sus medios a los insurgentes y, prestaron enormes servicios a la Corona Española.

5. Que condenaron a la excomunión a Miguel Hidalgo y Costilla, “Padre de la Patria” y a José María Morelos y Pavón, “Siervo de la Nación”.

6. Que la excomunión permitió el juicio y la ejecución de ambos héroes patrios.

7. Que previo a la excomunión, fueron sometidos a torturas y tratos denigrantes.

8. Que en el texto de la excomunión de Hidalgo se le acusa, entre otras muchas cosas, de traición a la patria.

9. Que es el momento de reconocer los yerros de la Iglesia Católica cometidos hace casi 200 años en agravio de ambos personajes claves de nuestra historia.

10. Que no se puede dar la participación de la Iglesia Católica en los festejos del bicentenario sin reparar tan graves afrentas en tomo a dos actores centrales de la Independencia.

Por lo anterior, la honorable Cámara de Diputados

Acuerda

Único. Exigir a la jerarquía católica retire la excomunión que pesa sobre Miguel Hidalgo y Costilla y José María Morelos y Pavón y, emita una disculpa pública hacia ambos actores de nuestra Independencia por la condena, tortura, persecución y la firme oposición que la Iglesia Católica desarrollo en contra de la lucha de éstos, en favor de la Independencia.

Palacio Legislativo, México, DF, a 7 de septiembre de 2010.— Diputado Gerardo Fernández Noroña (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputado Fernández Noroña. Se turna a la Comisión de Gobernación.



MICHELLE BACHELET

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: La diputada Leticia. Sonido, por favor. ¿Con qué objeto, diputada?

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul): Diputado presidente, para pedirle, respetuosamente, que se pueda realizar un reconocimiento por parte de esta Cámara de Diputados, cuidando los protocolos adecuados, para que pueda enviar una felicitación a la ex presidenta chilena, Michelle Bachelet, por su nombramiento como la nueva titular de ONU Mujeres.

La trayectoria de la señora Bachelet le da todos los méritos para atender esta nueva responsabilidad y le deseamos el mayor de los éxitos, pues sus logros serán en beneficio de los derechos y oportunidades de la igualdad de género entre hombres y mujeres.

Asimismo, le pido respetuosamente que en dicho comunicado pueda mencionarle que este Poder Legislativo tiene el compromiso de abonar por la igualdad entre mujeres y hombres, y que hay una total disposición por parte de todos los miembros que integramos la Cámara de Diputados para trabajar con este organismo tan importante a nivel internacional que es ONU Mujeres, y que le deseamos el mejor de los éxitos. Gracias, señor presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sí, diputada. Remita su propuesta y nosotros, a su vez, haremos lo mismo para dar cuenta al órgano correspondiente.



COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado César Augusto Santiago Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación que realice una auditoría financiera a la Comisión Federal de Electricidad y que dé cumplimiento su director de Operaciones por las denuncias en su contra y por supuestos actos de corrupción.

El diputado César Augusto Santiago Ramírez:Muchas gracias. Buenas tardes. Finalmente tengo el gusto de presentar este punto de acuerdo que lo he inscrito ya, debo informar a los sobrevivientes de esta asamblea, que ya en innumerables ocasiones, y ésta es la quinta vez que insisto en el tema.

Quiero decirle al presidente que si fuera tan amable de que a la conclusión de mi intervención lo sometiera para que fuese aprobado como de urgente u obvia resolución, porque creo que es un asunto que nos interesa a todos. Se trata de la Comisión Federal de Electricidad y se trata del servicio público de energía eléctrica. No hay que olvidar que estamos hablando de una función pública. La Comisión Federal de Electricidad ha recibido de parte de la Cámara, amigas y amigos legisladores, más de 30 exhortaciones para que explique por qué está tan cara la luz eléctrica.

En el trayecto, compañeras, de mi curul a este lugar, la compañera Leticia Robles me dice: oiga, en la delegación Álvaro Obregón han subido las tarifas al mil por ciento sin explicación alguna.

Aquí en la Cámara van a encontrar una riquísima producción de material, en relación con la comisión que aquí he hecho un esfuerzo para agruparlo en estos dos tomos, donde le hemos pedido que explique, ¿cómo se fijan las tarifas? Que explique, ¿por qué en algunas regiones cobran más que en otras? Que consideren a los habitantes de las fronteras, que tengan en consideración las zonas inundadas por las presas hidroeléctricas. La mera verdad, todas las exhortaciones han sido peor que llamados a misa. No hemos recibido la menor atención a este cúmulo de demandas que se han formulado.

En el tema de las tarifas. Aquí en la Cámara de Diputados, también les pido por favor, que reconozcan que han hecho los diputados buenos esfuerzos para corregir este problema. Ha habido ya dos comisiones de investigación, la última la tuvo el compañero Cuauhtémoc Velasco y no ha pasado nada.

Hay volúmenes, estudios, documentos. Hay un estudio que está aquí también incluido del Banco de México y del Colegio de México, que dice que los costos de administración de CFE son de los más altos del mundo, muchos más altos que los que tenía Luz y Fuerza del Centro, las prestaciones de los trabajadores y del personal burocrático son verdaderamente insolentes.

El primer paso de mi propuesta es que hagamos un esfuerzo para clarificar el asunto de las tarifas, hagamos un esfuerzo para ver por qué resulta tan delicado este asunto y tan arbitrario su manejo.

El segundo tema rápidamente. El segundo tema tiene que ver con la privatización subrepticia...

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Permítame, señor orador. Sonido a la curul del diputado.

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Gracias, presidente. Es para ver si el orador me permite hacerle una pregunta, antes de que termine el corto tiempo que tiene, y que me la pudiera contestar al final de su intervención.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: ¿Señor diputado?

El diputado César Augusto Santiago Ramírez:Sí, con mucho gusto.

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Gracias, diputado. A mí me gustaría que al final de su exposición abundará un poco en este tema de corrupción que hemos visto que está registrado en el punto de acuerdo. El tiempo es corto, por eso le hago la pregunta, para que se tome el tiempo que sea necesario y quede claro en esta asamblea de qué estamos hablando y cuál es la corrupción que existe. Gracias.

El diputado César Augusto Santiago Ramírez:Muchas gracias. Con mucho gusto...

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputado Jaime Cárdenas. Sonido a la curul del diputado Jaime Cárdenas, por favor. ¿Cuál es el objeto, diputado?

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Gracias presidente, con su autorización y también con la autorización del orador, para preguntar sobre esto mismo, acerca de la corrupción.

Los nombres de algunos servidores públicos relacionados con estos hechos y los posibles delitos en los que pudieran haber incurrido, porque hemos sabido que alguno de ellos había sido inhabilitado, posteriormente fue contratado en la Comisión Federal de Electricidad y se retiró, renunció a la misma.

Queremos saber si conoce usted algún procedimiento de responsabilidad administrativa o alguna averiguación previa en curso, o qué decisiones ha tomado el director de la Comisión Federal de Electricidad para atajar, limitar o reducir esos profundos niveles de corrupción que hay en la Comisión Federal de Electricidad. Ojalá que me acepte esta pregunta, señor orador.

El diputado César Augusto Santiago Ramírez:Con mucho gusto. Muy rápidamente en la tiranía aquí del tiempo. Muy rápidamente. Aquí les voy a leer rápidamente este oficio, me interesa mucho la opinión del diputado Corral, me interesa mucho.

Este oficio está firmado el 2 de marzo de 1998 —contesto a la pregunta del diputado Escudero— está firmado el 2 de marzo del 98 y la entonces Secodam ordena la destitución del puesto de Néstor Félix Moreno Díaz y su inhabilitación por 10 años para ocupar cualquier cargo en el servicio público.

Este señor, diputado Pablo Escudero, era el director general de Operaciones de Comisión Federal de Electricidad hasta el día 15 de septiembre en que —no sé, a consecuencia de qué— renunció a su cargo público, y mientras celebrábamos aquí el bicentenario, el señor Moreno Díaz estaba renunciando a su cargo.

¿Por qué estaba renunciando? Porque el periódico, un periódico de Houston le denunció por manejos indebidos en asignación de contratos a empresas de Houston. Que dice el periódico, es su estilo de trabajar en la asignación de contratos de Comisión Federal de Electricidad. Este hombre que fue despedido e inhabilitado 10 años tenía el segundo cargo en importancia en Comisión Federal de Electricidad.

Desde luego le quiero decir al diputado Cárdenas, que este asunto derivó —también lo quiero decir, porque es importante que seamos solidarios en el asunto—, este despido derivó de una investigación de la Cámara de Diputados.

Es decir, diputado Cárdenas, este señor fue acusado aquí en la Cámara de Diputados. La Cámara de Diputados realizó una prolija investigación y como consecuencia de esto se logró que en su tiempo fuese despedido. No espero que lo haga la Función Pública ahora, porque bueno, vemos que está bastante inactiva esa dependencia, pero ésta es la historia del señor Moreno Díaz, hasta el 15 de septiembre, director general de Operaciones de la Comisión Federal de Electricidad.

¿Qué les quiero pedir? Concluyo.  Les quiero pedir que apoyen mi moción para que se vuelva a integrar una comisión de la Cámara de Diputados y podamos clarificar estas cosas.

Se trata del patrimonio nacional, es un tema de la mayor importancia. Se trata del servicio público de energía eléctrica para la sociedad mexicana. Se trata, por el amor de dios, de terminar con este afán privatizador subrepticio, que lo único que está dejando es una serie de negocios ilícitos en detrimento del patrimonio de todos los mexicanos.

Dejo mis papeles y espero que me apoyen en esta promoción. Muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se solicita que la ASF practique revisiones financiera a la CFE y de cumplimiento al director de operaciones de la empresa por las denuncias en su contra y por supuestos actos de corrupción; y que se forme una comisión plural que concluya las investigaciones realizadas por esta soberanía, a cargo del diputado César Augusto Santiago Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, César Augusto Santiago Ramírez, diputado federal en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Antecedentes

En sus ediciones del 18, el 19 y el 23 del mes pasado, el periódico La Jornada, a través de sus reporteros Patricia Muñoz Ríos y Enrique Galván Ochoa, informó que un alto funcionario de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) era investigado por actos de corrupción en Estados Unidos de América.

El periódico Houston Chronicle  señalo que un “alto funcionario del gobierno mexicano recibió un yate, un Ferrari y quizá millones de dólares en efectivo a cambio de otorgar cuantiosos contratos a una compañía de Houston, así como a otra de California, de acuerdo a investigaciones de agentes federales estadounidenses”.

La investigación se extiende a los empresarios John O´Shea y Fernando Maya Basurto, y en fechas recientes a Ángela Díaz, esposa de otro presunto involucrado, cuyo nombre no ha sido dado a conocer.

Destaca la información que el funcionario mexicano aludido es acusado por entregar licitaciones de la CFE a la empresa ABB, para que compañías contratistas entraran a la zona que atendía la compañía Luz y Fuerza del Centro. Denunciando que los contratos no fueron licitados. Se asignaron de manera directa, sin que se haya informado a la paraestatal.

Señala la información que a partir de la fecha en que se anunció la liquidación del organismo prestador del servicio eléctrico en la zona centro, las empresas que más contratos obtuvieron por parte de la CFE fueron Hursa, Melqro, Constructora Mexicana Coléese, Jusamo, Costructora Eléctrica Torres y Cebsa, así como Proyectos Eléctricos Ramírez.

La acusación nos coloca ante ilícitos mayores. Lo más grave es que al funcionario que se acusa, el ingeniero Néstor Moreno Díaz, director de Operaciones de la CFE, se le sitúa en un área estratégica.

De Moreno Díaz, a finales de agosto pasado, a través de un boletín, la paraestatal informó que solicitó licencia sin goce de sueldo para responder a las acusaciones publicadas en los medios nacionales y extranjeros.

A este asunto, que sitúa a la paraestatal y al funcionario en situación crítica, se añaden otros infortunios. La Subsecretaría de Atención Ciudadana y Contraloría Social, de la entonces Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, mediante oficio número DGAC/GQD/-A/135/98, de fecha 19 de marzo de 1998, dispuso la destitución e inhabilitación  por 10 años del ingeniero Néstor F. Moreno Díaz.

A ese procedimiento se añade denuncia de hechos (26 de mayo de 2000), presentada ante la Procuraduría General de la República, por el apoderado general para pleitos y cobranzas de la CFE, por conocimiento de un préstamo indebido de materiales a la empresa Grupo Apycsa, SA de CV, por 16,208,927.03 pesos, en el cual se señala al ingeniero Moreno Díaz como presunto responsable.

Denuncia penal (590/DR/2000-IV), radicada en el reclusorio oriente por el delito de peculado, en el que se incluye al ingeniero Moreno Díaz.

Investigación administrativa de la entonces Secodam, con número DR/045/00, configurada por daño moral donde se señala de igual manera al  mismo personaje.

En otro expediente, Néstor Moreno ha sido vinculado al informe de intervención en la verificación del caso SEPAC-SENSA, mediante oficio de la Contraloría Interna en la CFE, Contraloría Regional Golfo Centro número 18/CFE/ CRGC/078/2001, en el que se menciona que el ingeniero Moreno Díaz es dueño bajo prestanombres de la empresa Sensa. Ante los hechos anteriores la posición mostrada por la Comisión Federal de Electricidad y la Procuraduría General de la República ha sido guardar absoluto silencio.

Argumentación

El problema de la presumible corrupción en la CFE es un asunto viejo que se ha reiterado varias veces en la Cámara de Diputados.

Diversos métodos y acciones ha tomado la Cámara; exhortaciones, peticiones de información e incluso la formación de una comisión especial para investigar actos de corrupción.

En un extremo, el trabajo de los legisladores concluyó con el logro para que la Secodam inhabilitara al ingeniero Néstor Moreno Díaz, quien por razones que alguien tiene que aclarar, volvió con total impunidad, con mejores prebendas y canonjías, a dirigir las operaciones de la CFE, sólo para volver a estar en la denuncia pública por supuesta corrupción otra vez.

De otra parte, hay en la Cámara de Diputados más de sesenta peticiones de distintas épocas y distintos legisladores, en relación con la fijación, el desarrollo y el cobro de las tarifas por la prestación del servicio de energía eléctrica. Dos iniciativas legislativas las más recientes de noviembre y de diciembre de 2009, suscritas por los diputados Edgardo Melheim Salinas y Roberto Gil Zuarth, del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Acción Nacional, respectivamente.

De hecho, las exigencias van desde eliminar tarifas en la zona fronteriza en la época de estío o la consideración para las regiones que como Chiapas, generar importantes volúmenes de energía hidroeléctrica.

Nada ha sucedido, la Comisión Federal de Electricidad sigue cobrando a su antojo, sin criterios científicos determinados o indicadores técnicos explicitados ante la sociedad con actitud  autoritaria y displicente, puesto que cualquier alegato para la simple corrección de mediciones conlleva el riesgo del  inmediato corte y suspensión del servicio. Misma que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha legalizado al cancelar la posibilidad ciudadana de ampararse ante estos atropellos.

Las tarifas son un verdadero problemas, aún más, existen estudios de instituciones, como el Banco de México y el Colegio de México, que concluyen con la poca viabilidad de CFE, puesto que sus costos de producción son de los más elevados del mundo y por encima de los de sus socios comerciales, dígase también que las tarifas en México son mucho más altas que las de Estados Unidos de América.

Los altos salarios de la gigantesca burocracia administrativa, prestaciones y jubilaciones están en la base de la dificultad para eficientar la empresa.

Finalmente, existe la afirmación del negocio privado que ha fomentado la CFE para generar energía eléctrica, usando como combustible gas natural que importan de Perú, a través de una transnacional española que se ha beneficiado con un contrato a largo plazo.

La política de generación de energía eléctrica sobre la base de sistemas hidroeléctricos está abandonada por el negocio privado que concluye con la venta de la energía a CFE, para su reventa sobre la base de los insumos que la propia comisión aporta a los privados (gas natural), que adquiere en condiciones poco transparentes.

El afán privatizador está construyendo una industria eléctrica paralela a la de la CFE en donde puedan florecer negocios privados como las increíbles machincuepas realizadas por la paraestatal para mantener en su cargo al señor Néstor Moreno Díaz, continuamente vapuleado en la prensa extranjera.

En mérito de todo lo anterior, se impone una revisión exhaustiva del desempeño de la paraestatal que principia por una puntual rendición de cuentas que deslinden responsabilidades o en su defecto  fortalezca el desempeño de la empresa.

Ha sido constante el afán de favorecer negocios privados con el patrimonio de la nación y esto es un asunto que tenemos que evitar todos los mexicanos que creemos en nuestro país y entendemos que  estos recursos son para beneficio de todos y no para privilegiar negocios obscuros que dañan a la empresa, fomentan la impunidad y perjudican a México.

Documentación

Me permito hacer entrega a esta Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y solicito atentamente a la Secretaría que registre en la versión estenográfica que entrego un expediente que consta de dos carpetas con pruebas documentales de las denuncias y procedimientos realizados en contra del ingeniero Néstor Moreno Díaz desde 1998 a la fecha, así como de otros ilícitos cometidos en contra de la Comisión Federal de Electricidad sobre proyectos de licitación de fibra óptica, redes de distribución y creación de infraestructura eléctrica.

En este expediente se cita mediante información y documentos oficiales a funcionarios de la CFE, encargados de áreas de licitación, adjudicación, construcción, pagos y facturación que han incurrido en delitos y complicidades al más alto nivel.

La denuncia contra quien resulte responsable por los actos de corrupción de los que hoy hemos dado cuenta, colocan en tela de juicio la organización, estructura y funcionamiento a una de las paraestatales más relevantes en nuestro país.

Por lo anterior, con el propósito de aclarar la situación en la que se encuentra la empresa, someto a consideración del pleno la realización de las siguientes acciones:

Puntos de Acuerdo

Uno. Para que la Auditoría Superior de la Federación realice una auditoría financiera y de cumplimiento al director de Operaciones, ingeniero Néstor F. Moreno Díaz, por las denuncias en su contra.

Dos. Para que la Auditoría Superior de la Federación realice dos auditorías –una financiera y de cumplimiento y otra de legalidad–, para revisar el otorgamiento de contratos a empresas particulares que prestan el servicio de distribución y abastecimiento a nivel nacional y en aquellas zonas donde la compañía de Luz y Fuerza del Centro prestaba sus servicios, previo a su liquidación.

Tres. La conformación de una comisión plural de legisladores que investigue lo siguiente:

I. Los casos de corrupción señalados en Estados Unidos de América y su relación con la CFE.

II. Quiénes son los personajes involucrados en la investigación que señala el Houston Chronicle (John O´Shea, Fernando Maya Basurto y Ángela Díaz).

III. Investigar a funcionarios de la paraestatal, dueños de empresas, que a través de prestanombres son contratados por la CFE para la prestación de servicios que ofrece la paraestatal.

IV. Investigar las denuncias de corrupción que ha formulado el Sindicato Mexicano de Electricistas sobre la CFE.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2010.— Diputados: César Augusto Santiago Ramírez, María de Jesús Aguirre Maldonado, Clara Gómez Caro, Humberto Lepe Lepe (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputado César Augusto.

Consulte la Secretaría a la asamblea si se considera de urgente resolución.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:En votación económica se pregunta a la asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. Las diputadas y diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente, hay dos terceras partes.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se considera de urgente resolución.

El diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: El diputado. Sonido a la curul del diputado Vladimir, por favor.

El diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas(desde la curul): Gracias, presidente. Por la importancia de lo que se acaba de presentar en el pleno y por haberse solicitado que fuera de pronta resolución, quisiera pedirle que con base en el artículo 106 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito tenga a bien, proceda a revisar y rectificar el quórum de este pleno.

El diputado César Augusto Santiago Ramírez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sonido a la curul del diputado César Augusto, por favor. Adelante, diputado.

El diputado César Augusto Santiago Ramírez(desde la curul): Quiero aprovechar para agradecerles su apoyo a todos los diputados y las señoras diputadas, y quisiera decirle a quien le está solicitando el quórum que yo mismo estoy de acuerdo que se solicite, yo también tengo hambre, quisiera ir a comer, pero lamentablemente, compañero, ya se votó mi propuesta y ya fue declarada por el presidente como aceptada.

Consecuentemente hagamos la petición del quórum, pero usted fue un poco tarde en su promoción.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputado.

El diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas(desde la curul): Por alusiones personales y, también, porque antes de que terminara y fuera sometido a votación solicité el uso de la palabra. Le quiero decir al diputado César Augusto que no tiene nada que ver si es hora de ir a comer o no. Esto tiene que ver con que al final debe estar al menos presente la mayoría en esta Cámara para tomar una decisión de ese tipo.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Si hay una fracción que ha estado preocupada del quórum de esta soberanía ha sido la nuestra. La verdad es que es una maniobra lo que se está intentando, porque la decisión está tomada, proteger la corrupción en la Comisión Federal de Electricidad es un mal, es un mal hábito ...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Señor diputado no vamos a analizar el fondo de las cuestiones, estamos impugnando el trámite.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Ahí va el asunto de procedimiento, simplemente, lo que quiero decir, porque es una maniobra lo que se está invocando, es que ya fue votada como de urgente u obvia resolución, por tanto, la Mesa Directiva es quien decide, pero lo que plantearía es que si no hubiese quórum, entonces en la próxima sesión sea el primer tema que abordemos, porque ya fue acordado de urgente u obvia resolución,  y como tal debe ser considerado, es simplemente eso.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: La declaratoria de quórum depende de la Presidencia como usted sabe señor diputado. Esta Presidencia observa que hay quórum para continuar con la sesión.

Continúe la Secretaría tomando la votación. Se consideró de urgente resolución, por tanto está a discusión.

Diputados a favor Itzel Castillo, Di Costanzo, Cárdenas, Fernández. Nada más les recuerdo que solamente son dos diputados a favor. Pedro Ávila a favor, Esthela Damián. Adelante, diputado Fernández Noroña tiene el uso de la palabra.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Por caballerosidad, declino.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Si el diputado declina, con mucho gusto.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (desde la curul): Declino por equidad de género.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Declina su turno. Adelante, diputada Castillo, hasta por 3 minutos.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez:Muchas gracias. Había pedido la palabra primero, de hecho estaba anotada.

Quiero decir que es sorprendente que mientras esto es un escándalo a nivel internacional, a nivel de México se ha dicho muy, muy poco. Son escasos los periódicos en los cuales se ha señalado este asunto escandaloso de corrupción en la Comisión Federal de Electricidad.

Verdaderamente celebro que el día de hoy se esté planteando este problema y que se haya propuesto específicamente la formación de una comisión para la investigación de la corrupción en la Comisión Federal de Electricidad.

Quiero señalar que cómo es posible, si desde 1998 por parte de la Secodam había una inhabilitación por 10 años al señor Néstor Moreno, ¿por qué razón Elías Ayub lo mantuvo en el cargo en el que hasta hace muy poco tiempo pidió licencia por un mes y posteriormente a la licencia renunció —como ya se ha señalado— el 15 de septiembre?

Pero hay más. La licencia que pidió a partir de este escándalo por los sobornos que se han venido denunciando en los Estados Unidos, el boletín lo emitió la Comisión Federal de Electricidad. Cuestión que es muy grave y que asume también desde luego esta complicidad con este funcionario, que es el que ha estado a cargo del proceso de operación a partir del decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro del 10 de octubre.

También tiene que ver, desde luego, con esos más de 500 contratos que se han celebrado con adjudicaciones directas, sin licitación, por más de mil millones de pesos, exclusivamente de estas empresas que se contratan para la atención, para la mala atención que se ha tenido en el área central de nuestro país.

Él es el que ha estado a cargo de esta operación, por ser el director o subdirector de Operación hasta el 15 de septiembre que se cumplió este mes en el que tenía licencia y renunció a su cargo.

Desde luego que esto está relacionado con las tarifas eléctricas, porque los costos evidentemente se incrementan.

Por eso creo que es muy importante también la comparecencia de Elías Ayub, que es una de las cuestiones básicas, porque en esta Cámara de Diputados su Comisión de Energía lo que ha hecho es ir a rendirle pleitesía de manera cortesana a las oficinas de la CFE, eso sí, con grandes comilonas donde tendríamos que ver cuál es el gasto que se ejerce, el gasto corriente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, señora diputada.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez:Pero el día de ayer se celebró esta gran comilona con la CFE, en lugar de estarlo llamando a cuentas, como debiera ser, por esta Cámara de Diputados.

Por eso estoy, desde luego, a favor con el punto de acuerdo que se ha planteado por César Augusto Santiago.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya usted, señora diputada.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez:También consideraría importante incorporar que venga a comparecer Elías Ayub a la Cámara de Diputados.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta:Con su venia, presidente. También vengo a apoyar y hablar a favor de este punto de acuerdo, no solamente por el asunto de las tarifas. Es realmente patético que Comisión Federal de Electricidad tenga una deuda actual de 120 mil millones de pesos por Pidiregas.

Ese esquema que fue desechado en la reforma energética sigue siendo vigente para la Comisión Federal de Electricidad. Más aún, ya está la licitación para que sea una empresa privada quien supla las funciones que ejercía la Compañía de Luz y Fuerza en el centro del país, con un costo de más de 9 mil millones de pesos.

Me parece reprobable que esta empresa que se dice de clase mundial sea un nido de corrupción y de corruptelas y que nuevamente haya ignorado las continúas solicitudes de información que se le han hecho por parte del Poder Legislativo.

Todavía recuerdo que en la Permanente se le solicitó información sobre el asunto del outsourcing. No han contestado. Se les solicitó información sobre a cuántos ex trabajadores de la Compañía de Luz y Fuerza habían contratado y no han respondido. Es decir, el asunto es un escándalo porque son de las tarifas más costosas del mundo y la empresa virtualmente está en quiebra por el contratismo generado por estos famosos Pidiregas, que realmente es absurdo que se haya determinado que para Pemex no funcionan.

Reconoció el gobierno que no funcionan los Pidiregas para Pemex, pero sí funcionan para la Comisión Federal de Electricidad. Es verdaderamente absurdo. Y que se sigan fomentando este tipo de proyectos cuando bien se sabe que la deuda de CFE, por estos instrumentos, prácticamente tiene quebrada esta compañía; y que las tarifas eléctricas continúen en aumento y el servicio vaya continuamente a la baja.

No solamente es necesario apoyar a esta comisión, sino que cuanto antes empiece a procesar la vasta información que ya hay en el Congreso sobre estas corruptelas y, que yo diría, inclusive, que antes de que termine este periodo de sesiones se tengan acciones concretas sobre esa bola de rateros que han dirigido a Comisión Federal de Electricidad por mucho tiempo. Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El diputado Fernando Noroña, hasta por 3 minutos.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña:Compañeras diputadas, compañeros diputados, la verdad es que no deja de ser lamentable que en estas condiciones estemos tomando decisiones tan importantes, sí quiero reconocerlo y quiero plantear que debemos corregir estas cosas.

El tema es de la mayor relevancia y es lamentable que se de en estas condiciones la decisión, porque es una decisión muy importante que apoyo y vengo a avalar en todo su sentido.

César Augusto Santiago ha hecho su tarea. Trae información muy fuerte sobre asuntos de corrupción en la Comisión Federal de Electricidad y quiero recordar que la Compañía de Luz y Fuerza del Centro se cerró diciendo que había gravísimos asuntos de corrupción y no se lo planearon a la administración, que es la responsable central de esto, sino que se lo quisieron cargar al sindicato.

Luego dicen que meten a la Comisión Federal de Electricidad a dar el servicio en una zona que no tiene por ley facultades para hacer, cuando está plagada de irregularidades más graves, muy graves, como la que acaba aquí de presentarse, de un funcionario inhabilitado por asuntos de corrupción durante 10 años y no encontró otro mejor el gobierno de facto que a ese mismo, que se vio obligado a renunciar porque sabía que este tema se iba a tratar ya en esta soberanía.

Me parece que la pertinencia de que se haga esa tarea por una comisión plural y que se llegue hasta sus últimas consecuencias es necesario. No puede seguir privando la impunidad ni la doble moral de un gobierno que dice que combate la corrupción y se ahoga en la corrupción, de un gobierno que dice que defiende la soberanía y entrega a las transnacionales del ramo las actividades fundamentales de la economía nacional, como es el caso de la energía eléctrica, que además por ley y en el marco constitucional está planteado que sólo deben hacerla las empresas que son del Estado mexicano.

Todo mundo sabemos cómo han venido proliferando los negocios al cobijo del poder de gente que a través de terceros está dando ese servicio.

Parte de lo que aquí se denuncia del alto costo de las tarifas tiene que ver con estar preferenciando a empresas transnacionales en la compra de la energía eléctrica e ir liquidando a la Comisión Federal de Electricidad en la producción de energía eléctrica.

Me parece de la mayor importancia este tema que ha sido presentado, creo que debemos apoyar la formación de esa comisión y que este pleno debe apoyar con todo la tarea de investigación que se lleve a cabo para llegar al fondo de lo que aquí se está planteando y que hay elementos muy sólidos para...

No nos toca juzgar, pero sí nos toca la tarea de investigación y de acreditar todos los elementos para que se corrija este grave desmantelamiento de la industria eléctrica nacional y se vuelvan a poner las condiciones adecuadas de funcionamiento y servicio de una labor prioritaria y tarifas justas, sobre todo, para los más desprotegidos que son los que más resienten este tipo de tarifas abusivas y este tipo de negocios insultantes en detrimento del patrimonio nacional.

Por eso apoyo la propuesta presentada por el diputado César Augusto Santiago. Muchas gracias, compañeros y compañeras.

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Para hablar en contra tiene la palabra el diputado Luis Felipe de Jesús Cantú Rodríguez. Perdón, a favor. Adelante, diputado. Enseguida sigue usted, don Pedro.

El diputado Luis Felipe de Jesús Cantú Rodríguez:Muchas gracias, presidente. Vengo a reiterar la posición que ha tenido Acción Nacional en torno a las acusaciones que normalmente se hacen sobre denuncias públicas.

Acción Nacional está a favor de que se investigue, se revisen con lujo de detalle aquellas afirmaciones que se han hecho. Tengo mi propio criterio que me dice que los diputados no somos auditores. Ése es el criterio que dice la ley aquí, pero hay una comisión, que es la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, que puede ordenar auditorías y lo puede hacer a solicitud del pleno.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Permítame, diputado. El diputado Cárdenas Gracia.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Gracias, señor presidente. Una pregunta al señor orador, a ver si me la permite.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: ¿Le acepta usted una pregunta al diputado Cárdenas?

El diputado Luis Felipe de Jesús Cantú Rodríguez:Si señor, la acepto.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Preguntarle al señor diputado si conoce cuáles son las funciones que tiene la Cámara de Diputados, además de legislar.

Y preguntarle también sobre el contenido del artículo 214 del Código Penal Federal que establece el delito de ejercicio indebido del servicio público. Gracias, señor presidente.

El diputado Luis Felipe de Jesús Cantú Rodríguez: Me parece ociosa la pregunta porque todos sabemos cuáles son las funciones. Sí las conozco y sí sé que existe ese delito, de manera tal que me parece poco serio el planteamiento porque de lo que estamos hablando es justamente de que tiene que investigarse y llegarse a una conclusión.

Si se pide que se haga una investigación, evidentemente estamos esperando que se tenga una conclusión. Pero aquí se viene a decir que ya son conclusiones y que los funcionarios son corruptos y que las acciones son verídicas. Terminé mi respuesta.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Corre el tiempo para el diputado. Lo lamento, diputado Cárdenas, el diputado ya contestó la pregunta que usted le hizo. Continúe, diputado.

El diputado Luis Felipe de Jesús Cantú Rodríguez: Gracias. Yo insisto en que la revisión tiene que arrojar un resultado. Acción Nacional no se opone a la creación de este grupo plural, que revise y llegue hasta sus últimas consecuencias, pero que no se asuma con anticipación que los delitos son ciertos porque los funcionarios cubrieron la tipificación de dichos delitos.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Permítame usted. El diputado Mario di Costanzo. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta (desde la curul): Una pregunta al diputado.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: ¿Acepta usted una pregunta del diputado Di Costanzo?

El diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez: Claro que sí, con mucho gusto.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): ¿Acepta que el diputado César Augusto Santiago lea otra vez el oficio que leyó?

El diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez:Yo no tengo inconveniente en que se lea, si usted es el que necesita que se lo lean de nuevo.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Nada más que el orden de los oradores lo concede la Mesa Directiva. Vamos a terminar de desahogar la lista de oradores antes de cualquier otra cosa.

Con su permiso, una moción del diputado Pérez Cuevas. Adelante, diputado.

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas(desde la curul): Gracias, presidente. Una moción de orden. Sin limitar el derecho de cada diputado a expresar y preguntar y repreguntar y de preguntar lo que quiera, pero si se va a entrar al fondo y si la postura es en pro de que se proceda a crear la Comisión, es ocioso estar argumentando una serie de temas que llevaremos a una comisión donde habrá integrantes que analizarán, donde discutirán y darán su opinión, porque, que yo sepa, ninguno de los diputados integrantes es Ministerio Público ni tiene facultad de investigación, por más facultad que tenga de revisión o de control parlamentario, que es el término al que se refiere el diputado Cárdenas, pues la función del Ministerio Público la hace otro.

Pediría que en esa moción de orden, si vamos en pro y ya estamos en ese sentido, el debate lo llevemos a la comisión respectiva, la integración respectiva.

Lo digo por lo siguiente, con mucho respeto: tenemos mucho rezago en temas que otros diputados pretenden subir a discutir a la tribuna, para que analicemos, y entonces, si vamos a debatirlo después, entrémosle al debate punto por punto, dure lo que dure, pero aquí dejemos que la sesión continúe. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado Pérez Cuevas.

El diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Encinas, ¿con qué objeto?

El diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez(desde la curul): Una moción, señor presidente. Toda vez que todas las intervenciones son en pro, solicitaría que una vez que termine el orador someta a votación el punto de acuerdo.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Inmediatamente vamos a preguntar si está suficientemente discutido.

No ha sido aludido ningún diputado por el apelativo, ninguno. Terminando el orador preguntaré si está suficientemente discutido.

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: ¿Con qué objeto, diputado Escudero?

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Presidente, si nos pudiera ilustrar cuál será el estado que guarda la documentación que dejó el diputado César Augusto Santiago. Es importante conocer si esa documentación será pública o si incluso será integrada al Diario de los Debates. Si nos pudiera ilustrar. Gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Por supuesto, tendrá que integrarse al expediente de esta proposición. Adelante, diputado Cantú. Muchas gracias.

El diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez:Muchas gracias a usted. Yo quisiera...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Permítame, diputado. Diputado Ávila. Está usted inscrito diputado. Iba yo a preguntar si terminando el orador se consideraba suficientemente discutido. Está usted inscrito en la lista. Ahora que yo haga esta pregunta, usted me podrá hacer esta observación. Diputado Cantú, si es tan amable.

El diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez:Muchas gracias, presidente. Solamente para concluir. Acción Nacional está a favor del punto de acuerdo.

La sugerencia que tenemos es que se remita a la Junta de Coordinación Política, para que se defina la integración y de esa manera se le dé trámite, y al final podamos tener una conclusión y no como se ha pretendido aquí, generar primero la conclusión y luego la investigación. Muchas gracias.

El diputado César Augusto Santiago Ramírez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El diputado proponente está haciendo una solicitud de uso de la palabra. ¿Con qué objeto, diputado Santiago? Sonido en la curul del diputado.

El diputado César Augusto Santiago Ramírez(desde la curul): Para rectificar hechos. Creo que es un caso clarísimo que necesita urgentes rectificaciones de hechos.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Haga usted la rectificación de hechos, diputado, hasta por 3 minutos.

El diputado César Augusto Santiago Ramírez:Muchas gracias. Quiero dejar bien claro que yo también suscribo la idea de que no con una denuncia vamos a erigir inmediatamente un tribunal sumario. Nada de eso está en mi propuesta.

Yo simplemente estoy sugiriendo que esta comisión realice varias tareas, y me da mucho gusto, le agradezco al diputado Cantú, que haya propuesto el que se realicen las auditorías por el órgano fiscalizador correspondiente, a lo que le quiero decir que por supuesto recojo con mucho interés esa propuesta.

Yo les pediría entonces, que de verdad en un ánimo de construir, es una empresa del pueblo de México. Tenemos que sanearla. Tenemos que contribuir todos a este ejercicio. No es un asunto partidario. No estoy atacando a partido alguno ni a individuo en concreto. Estoy señalando algo que me parece en grave deterioro del patrimonio nacional y por eso me da mucho gusto que Cantú suscriba mi propuesta, de verdad, porque pienso que esto está por encima de las diferencias de partido. Se trata de hablar de los intereses de la sociedad y de nuestro patrimonio nacional.

Yo quiero decirles que si aprobamos mi punto de acuerdo, en los términos que lo he dejado y que lo dejaré una vez más aquí, verán ustedes que es el ánimo de construir, no de atacar ni de hacer cuestiones que realmente no comparto, como es el de erigir tribunales con una simple expresión, como ha sido la costumbre de algunas autoridades que en otra ocasión debatiremos aquí en esta tribuna. Muchas gracias a todos por su apoyo. Muchas gracias.

Aquí dejo mi punto de acuerdo, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Don Pedro Ávila Nevárez, se le va a conceder el uso de la palabra, porque esta Presidencia en un ominoso error anotó a don Pedro Jiménez y rezagó a don Pedro al final de la lista.  Suplico la comprensión de la asamblea, al término de su intervención preguntaré si está suficientemente discutido. Hasta por 3 minutos, diputado Ávila.

El diputado Pedro Ávila Nevárez:“En la industria eléctrica nacionalizada no habrá ni merinos ni ladrones”. Estas palabras las expresó el gran presidente Adolfo López Mateos en Palacio Nacional, cuando nacionalizó la industria eléctrica para el pueblo de México, y hoy estamos aquí en el recinto parlamentario de nuestra patria, discutiendo las trácalas, los robos, y todo lo que se ha hecho en esta industria, que es patrimonio nacional.

Qué tristeza da que en el centenario de la Revolución y el bicentenario de la Independencia estemos discutiendo las raterías de una industria que era para el pueblo, como el petróleo que Lázaro Cárdenas nacionalizó.

Esta es una situación triste porque hay que ir a ver, muchos de ustedes no saben, pero hay que ir a todas las oficinas de la Comisión Federal de Electricidad en toda nuestra república para ver las colas de gente humilde con sus recibos que les salen 300, 400, mil, 3 mil, y a esa gente fue a la que López Mateos le dejó la electricidad barata para que pudiera tener un foco en su casa.

Pero ya a estos señores, no sé porque aquí se dijo que no se venía a perseguir —con todas esas pruebas que puso César Augusto Santiago aquí— que no se venía a perseguir, que a nadie se le investigara. No, si aquí hay que investigar a los rateros que están ahí en la Comisión Federal de Electricidad a ver por qué han hecho tantas cosas con el patrimonio del pueblo de México.

¿Somos diputados o somos agachones? Así es que tenemos que actuar, pero actuar ya, y hasta las últimas consecuencias.

Que se investigue a Ayub, que se le mande a llamar aquí, si es preciso al propio Calderón, pero que la energía eléctrica vuelva para servicio del pueblo de México. No es posible estar aquí para que esos pillos sigan enriqueciéndose con la energía eléctrica que es de todos los mexicanos, es patrimonio de la nación.

Está en nuestra conciencia de legisladores actuar y actuar rápido para que esos bandidos salgan de la Comisión Federal de Electricidad. Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Consulte la Secretaría si se encuentra suficientemente discutido.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:En votación económica se pregunta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutida la proposición. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. Las diputadas y diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tome usted la votación de la asamblea. Diputado Escudero.

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Presidente, nada más para ver si nos pueden aclarar a la asamblea. Tengo entendido que estamos votando de manera íntegra el punto de acuerdo. ¿Es así?

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El resolutivo en sus términos, así es.

El diputado Pablo Escudero Morales (desde la curul): Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, secretaria.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba la proposición. Las compañeras diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. Las compañeras diputadas y diputados que estén por la negativa.

Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado. Comuníquese.

Tiene la palabra el diputado don Agustín Castilla Marroquín, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y a los medios de comunicación a que establezcan medidas para evitar que en las secciones comerciales de las publicaciones impresas, electrónicas y cibernéticas se puedan promover actividades sexuales con niñas, niños y adolescentes. Y en general, actividades delictivas relativas a la trata de personas.

Le pregunto al Grupo Parlamentario del PAN si quisiera posponer o turnar esta proposición. Se pospone.



PROTECCION ZONAS RIBEREÑAS

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra el diputado José María Valencia Barajas, del PRD, para presentar proposición con punto de acuerdo que exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de Conagua emprenda acciones para salvaguardar y hacer respetar las zonas ribereñas de protección y jurisdicción federal, y coordine esfuerzos con los gobiernos estatales y municipales a fin de evacuar y reubicar a los habitantes de viviendas que se han establecido en la zona o ribera federal. Hasta por 3 minutos, diputado. Gracias.

El diputado José María Valencia Barajas:Con su venia, señor presidente. Con su venia, señores diputados y señoras diputadas.

Este punto de acuerdo lo queremos dedicar a los que han sufrido y están sufriendo el desborde de los ríos, y a los que han muerto por falta de cultura en prevención hídrica en nuestro país.

José María Valencia Barajas, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y secretario de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes hechos y consideraciones.

Durante los últimos años, los estragos y consecuencias de las lluvias torrenciales se han intensificando, el promedio anual de damnificados, de 2007 a 2010, alcanza los 700 mil habitantes por año.

Puede pensarse en primera instancia que tratándose de fenómenos naturales hay poco o nada que se pueda hacer para evitar las afectaciones. Nosotros consideramos lo contrario, que hay mucho por hacer durante el periodo de lluvias, llegando las presas a su nivel mínimo ordinario de manera tal que puedan almacenar y encauzar los escurrimientos de la temporada de lluvias sin que se tengan presentes los desfogues emergentes.

La Ley de Aguas Nacionales dota a la autoridad de la CNA para sancionar y obligar a ejercerlas. Los artículos 3o. en su fracción XLVII y LXII, 113, 119 en su fracción IV y 122, no dejan lugar a dudas, la Comisión Nacional del Agua está facultada y obligada a imponer sanciones e incluso remover o demoler las construcciones.

Desde luego, no se trata de ejercer actos de autoridad sin considerar las condiciones socioeconómicas de quienes han construido sus viviendas sobre la zona federal. Es preciso aclarar que no estamos sugiriendo ni proponiendo de-salojos. Lo que proponemos es la realización de acciones de evacuación y reubicación que bien pueden ser instrumentadas bajo un programa que conjunta y coordina esfuerzos de recursos de las instancias federales, municipales y estatales.

En diferentes instancias distintos diputados de nuestro grupo parlamentario, así como expertos en el tema, han sostenido que las presas del sistema hidroeléctrico del Alto Grijalva y de varias cuencas del país deben llegar a sus mínimos niveles, para que no tengamos los problemas que actualmente estamos sufriendo en las partes bajas de estas cuencas.

Por todo lo anterior expresado y fundado es que sometemos a consideración del pleno de la Cámara el siguiente punto de acuerdo.

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, LXI Legislatura, con pleno respeto al ámbito de sus respectivas competencias conmina al titular de la Comisión Nacional del Agua a emprender acciones para salvaguardar y hacer respetar las zonas ribereñas de protección y jurisdicción federal, de conformidad con lo establecido en la fracción VI del artículo 119 y el último párrafo del artículo 122 de la Ley de Aguas Nacionales.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, LXI Legislatura, con pleno respeto al ámbito de sus respectivas competencias, exhorta al Poder Ejecutivo Federal, a través de la Dirección General de la Comisión Nacional de Agua y de la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación a coordinar esfuerzos y recursos con los gobiernos estatales y municipales, a fin de evacuar y reubicar a los habitantes de las viviendas que se han establecido en la zona o ribera federal, a fin de evitar mayores daños a su seguridad y patrimonio por la ocurrencia de las lluvias e inundaciones.

Por su atención gracias, compañeras diputadas y compañeros diputados. Es cuanto, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emprender mediante la Conagua acciones para salvaguardar y hacer respetar las zonas ribereñas de protección y jurisdicción federal, y a coordinar esfuerzos con los gobiernos estatales y los municipales a fin de reubicar a los habitantes de viviendas establecidas en la zona o riviera federal, a efecto de evitar daños en su seguridad y patrimonio por inundaciones, a cargo del diputado José María Valencia Barajas, del Grupo Parlamentario del PRD

José María Valencia Barajas, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y secretario de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes hechos y

Consideraciones

1. Durante los últimos años los estragos y consecuencias de las lluvias torrenciales se han intensificado; el promedio anual de damnificados de 2007 a 2010 alcanza los 700 mil habitantes por año. Este promedio no es para sorprenderse, tan sólo las lluvias del otoño de 2007 en Tabasco arrojaron 1 millón 200 mil damnificados y las lluvias que acontecen en estos días en 3 estados del sur sureste han arrojado 430 mil damnificados.

2. Puede pensarse –en primera instancia– que tratándose de fenómenos naturales hay poco o nada que hacer para evitar las afectaciones. Nosotros consideramos lo contrario, que hay mucho por hacer para evitar las inundaciones y que estas tienen una base de causalidad  fundamentalmente antropogénica.

3. Suele relacionarse a las inundaciones como una consecuencia directa del cambio climático, consideramos que esta relación no es ni directa ni absoluta. En todo caso, como ya se ha demostrado científicamente, el cambio climático ha sido desencadenado por la acción del hombre. Sin embargo el proceso de mitigación y adaptación al cambio climático ha comenzado, lenta y tardíamente, y deberán aplicarse a la par en todos los países, particularmente en los más industrializados y con mayor crecimiento económico; las acciones y políticas públicas que al respecto se diseñen en México deberán aplicarse rápidamente.

4. Consideramos que un factor importante que puede contribuir en la disminución de los efectos adversos de las inundaciones es la corrección en el manejo deficiente de las Presas además de reformular sus objetivos de construcción. Según se observa con las recientes inundaciones en la cuenca del río Bravo y con las que ha padecido Tabasco en los últimos 13 años, el manejo de la presas en México ha dejado de cumplir con el objetivo de regular la fuerza de las aguas para evitar inundaciones, poniendo en riesgo la seguridad y el patrimonio de las personas. En pocas palabras la Autoridad del Agua ha sido incapaz de proporcionar seguridad hídrica en vastas regiones del país. La Comisión Nacional del Agua antepone intereses económicos y comerciales por encima de la seguridad hídrica de las personas.

En el caso del Tabasco y la cuenca del Grijalva se antepone la generación de electricidad por encima de la seguridad hídrica de las personas y en el caso de la cuenca del río Bravo lo que se antepone a la seguridad hídrica son los intereses de la gran agricultura comercial que exige conservar caudales y aforos importantes en las presas para garantizar el riego en cualquier época del año.

En diferentes instancias distintos diputados de nuestro grupo parlamentario así como expertos en el tema han sostenido que las presas del sistema hidroeléctrico del alto Grijalva y de varias cuencas del país deben llegar al periodo de lluvias en su nivel mínimo ordinario de manera tal que puedan almacenar y encauzar los escurrimientos de la temporada de lluvias sin que se tengan que presentarse desfogues emergentes.

5. De las distintas acciones al alcance del hombre para prevenir y atenuar los efectos de las lluvias torrenciales existe  una de impacto inmediato y verificable y es tan simple y elemental como cumplir y hacer cumplir la ley.

Por ello es que sostenemos que la Comisión Nacional del Agua es omisa e incumple sus responsabilidades de inhibir la invasión de las zonas ribereñas y zonas de protección de jurisdicción federal, sus actos en ese sentido se reducen a jugar el vergonzoso papel de espantapájaros.

La Ley de Aguas Nacionales dota a la Autoridad del Agua de facultades de sanción y le obliga a ejercerlas, los artículos 3o. en sus fracciones XLVII y LXII, 113, 119 en su fracción IV, y 122 no dejan lugar a dudas, la Comisión Nacional del Agua está facultada y obligada a imponer sanciones e incluso remover o demoler las construcciones.

(Anexamos a este punto de acuerdo la redacción de estos artículos por lo que solicitamos a la Presidencia acompañe el turno con ese anexo a efecto de que sea considerado en el dictamen que esperamos esté listo a la mayor brevedad)

6. Desde luego no de trata de ejercer actos de autoridad sin considerar las condiciones socioeconómicas de quienes han construido sus viviendas sobre la zona federal, es preciso aclarar que no estamos sugiriendo ni proponiendo de-salojos; lo que proponemos es la realización de acciones de evacuación y reubicación que bien pueden ser instrumentadas bajo un programa que conjunte y coordine esfuerzos y recursos de las instancias federales y de los gobiernos municipales y estatales.

Consideramos que siempre resultara más eficaz y más económico realizar  acciones de prevención como la que proponemos que canalizar año con año cuantiosos recursos fiscales para atender los efectos de las inundaciones.

Por lo expresado y fundado, es que sometemos a la consideración de pleno de la Cámara de Diputados los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero:La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión LXI Legislatura con pleno respeto al ámbito de sus respectivas competencias conmina al titular de la Comisión Nacional del Agua a emprender acciones para salvaguardar y hacer respetar las zonas ribereñas de protección y jurisdicción federal de conformidad con lo establecido en la fracción IV del artículo 119 y el último párrafo del artículo 122 de Ley de Aguas Nacionales.

Segundo:La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión LXI Legislatura, con pleno respeto al ámbito de sus respectivas competencias exhorta al Poder Ejecutivo federal a través de la Dirección General de la Comisión Nacional del Agua y de la Coordinación General de protección Civil de la Secretaría de Gobernación a coordinar esfuerzos y recursos con los gobiernos estatales y municipales a fin de evacuar y reubicar a los habitantes de las viviendas que se han establecido en las zona o riviera federal  a fin de evitar mayores daños en su seguridad y patrimonio por la ocurrencia de lluvias e inundaciones.

Referencia

Ley de Aguas Nacionales

Artículo 3.Para los efectos de esta ley se entenderá por:

XLVII. Ribera o zona federal: Las fajas de diez metros de anchura contiguas al cauce de las corrientes o al vaso de los depósitos de propiedad nacional, medidas horizontalmente a partir del nivel de aguas máximas ordinarias. La amplitud de la ribera o zona federal será de cinco metros en los cauces con una anchura no mayor de cinco metros. El nivel de aguas máximas ordinarias se calculará a partir de la creciente máxima ordinaria que será determinada por “la Comisión” o por el Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, de acuerdo con lo dispuesto en los reglamentos de esta Ley. En los ríos, estas fajas se delimitarán a partir de cien metros río arriba, contados desde la desembocadura de éstos en el mar. En los cauces con anchura no mayor de cinco metros, el nivel de aguas máximas ordinarias se calculará a partir de la media de los gastos máximos anuales producidos durante diez años consecutivos. Estas fajas se delimitarán en los ríos a partir de cien metros río arriba, contados desde la desembocadura de éstos en el mar. En los orígenes de cualquier corriente, se considera como cauce propiamente definido, el escurrimiento que se concentre hacia una depresión topográfica y forme una cárcava o canal, como resultado de la acción del agua fluyendo sobre el terreno. La magnitud de la cárcava o cauce incipiente deberá ser de cuando menos de 2.0 metros de ancho por 0.75 metros de profundidad;

LXII. Zona de Protección: La faja de terreno inmediata a las presas, estructuras hidráulicas y otra infraestructura hidráulica e instalaciones conexas, cuando dichas obras sean de propiedad nacional, en la extensión que en cada caso fije “la Comisión” o el Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para su protección y adecuada operación, conservación y vigilancia, de acuerdo con lo dispuesto en los reglamentos de esta ley;

Artículo 113.La administración de los siguientes bie-nes nacionales queda a cargo de “la Comisión”:

I. Las playas y zonas federales, en la parte correspondiente a los cauces de corrientes en los términos de la presente Ley;

II. Los terrenos ocupados por los vasos de lagos, lagunas, esteros o depósitos naturales cuyas aguas sean de propiedad nacional;

III. Los cauces de las corrientes de aguas nacionales;

IV. Las riberas o zonas federales contiguas a los cauces de las corrientes y a los vasos o depósitos de propiedad nacional, en los términos previstos por el Artículo 3 de esta ley;

V. Los terrenos de los cauces y los de los vasos de lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, descubiertos por causas naturales o por obras artificiales;

VI. Las islas que existen o que se formen en los vasos de lagos, lagunas, esteros, presas y depósitos o en los cauces de corrientes de propiedad nacional, excepto las que se formen cuando una corriente segregue terrenos de propiedad particular, ejidal o comunal, y

VII. Las obras de infraestructura hidráulica financiadas por el gobierno federal, como presas, diques, vasos, canales, drenes, bordos, zanjas, acueductos, distritos o unidades de riego y demás construidas para la explotación, uso, aprovechamiento, control de inundaciones y manejo de las aguas nacionales, con los terrenos que ocupen y con las zonas de protección, en la extensión que en cada caso fije “la Comisión”.

En los casos de las fracciones IV, V y VII la administración de los bienes, cuando corresponda, se llevará a cabo en coordinación con la Comisión Federal de Electricidad.

Artículo 119.La Autoridad del Agua sancionará conforme a lo previsto por esta ley, las siguientes faltas:

IV. Ocupar o aprovechar vasos, cauces, canales, zonas federales, zonas de protección y demás bienes a que se refiere el Artículo 113 de esta Ley, sin el título de concesión

Artículo 122.En los casos de las fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XIX, XX, XXII y XXIII del artículo 119 de esta ley, así como en los casos de reincidencia en cualquiera de las fracciones del artículo citado, la Autoridad del Agua impondrá adicionalmente la clausura temporal o definitiva, parcial o total de los pozos y de las obras o tomas para la extracción o aprovechamiento de aguas nacionales

Igualmente, la Autoridad del Agua impondrá la clausura en el caso de:

I. Incumplimiento de la orden de suspensión de actividades o suspensión del permiso de descarga de aguas residuales a que se refiere el artículo 92 de la presente ley, caso en el cual procederá la clausura definitiva o temporal de la empresa o establecimiento causantes directos de la descarga, y

II. Explotación, uso o aprovechamiento ilegal de aguas nacionales a través de infraestructura hidráulica sin contar con el permiso con carácter provisional, concesión o asignación que se requiera conforme a lo previsto en la presente ley, o en el caso de pozos clandestinos o ilegales.

En el caso de clausura, se actuará en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Reglamento aplicable al procedimiento administrativo en materia de agua.

Para ejecutar una clausura, la Autoridad del Agua podrá solicitar el apoyo y el auxilio de las autoridades federales, estatales o municipales, así como de los cuerpos de seguridad pública, para que intervengan en el ámbito de sus atribuciones y competencia.

En el caso de ocupación de vasos, cauces, zonas federales y demás bienes nacionales inherentes a que se refiere la presente Ley, mediante la construcción de cualquier tipo de obra o infraestructura, sin contar con el título o permiso con carácter provisional correspondiente, la Autoridad del Agua queda facultada para remover o demoler las mismas con cargo al infractor, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 7 de septiembre de 2010.— Diputado José María Valencia Barajas (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias a usted, señor diputado.



PUBLICIDAD - EXPLOTACION SEXUAL Y TRATA DE PERSONAS

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Ya se encuentra en el salón de sesiones el diputado don Agustín Carlos Castilla Marroquín, a quien se le concede el uso de la palabra para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, a la de Comunicaciones y Transportes, y a los medios de comunicación a establecer medidas para evitar que en las secciones comerciales de las publicaciones impresas, electrónicas y cibernéticas se promuevan actividades sexuales con niñas, niños y adolescentes y, en general, actividades delictivas relativas a la trata de personas.

El diputado Agustín Carlos Castilla Marroquín:Gracias, diputado presidente. Con su venia. El día de hoy se celebra el Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas.

La libertad de expresión es derecho fundamental de los ciudadanos y pilar fundamental de la democracia. Sin embargo, el ejercicio de esta libertad no es absoluto en México ni lo es en ningún otro estado de derecho. Se trata de un derecho preferente sujeto a límites relacionados con la tutela de otros bienes jurídicos superiores que, como aquél, son conquistas logradas a través de luchas históricas arduas y difíciles.

Como ustedes saben, un tema que está siendo discutido a nivel nacional es la proliferación de anuncios publicados en algunos medios de comunicación, cuyo contenido promueve ofertas de trabajo engañosas o inverosímiles dentro y fuera del país, o bien, la comercialización de servicios sexuales que incluyen en texto o en imagen características de las personas que los ofrecen o los solicitan.

Estos servicios en muchos casos son el vehículo para alentar delitos como el lenocinio, el tráfico o trata de personas por parte de mafias del crimen organizado que muchas veces rebasan nuestras fronteras y ponen, sin duda, en riesgo la integridad de las personas y las involucran en delitos que pueden redundar en atentados contra el libre desarrollo de su personalidad.

El delito de trata de personas se ha convertido en una forma de esclavitud moderna y poco hemos hecho para erradicarla o prevenirla. Al año son cerca de 800 mil personas en el mundo víctimas de trata y explotación sexual que dejan una ganancia de 42 mil millones de dólares al crimen organizado, lo que lo convierte en el segundo negocio ilícito, sólo por debajo del narcotráfico y por encima del tráfico de armas.

Se teme que debido a la impunidad que le rodea en poco tiempo ocupará el primer lugar, pues vender a una persona, mas si es menor de edad, deja ganancias superiores a vender un kilo de droga o un arma de alto calibre con riesgos mínimos y una probabilidad alta de que quien lo comete, en las circunstancias actuales no será detectado y, consecuentemente, no será perseguido ni castigado, o lo será con una penalidad muy baja.

Nuestro país ha sido conocido ya como la Tailandia de América Latina en donde, alrededor de entre 20 y 25 mil niñas, niños y adolescentes son víctimas de trata con fines de explotación sexual, de los cuales el 80 por ciento tiene entre 10 y 14 años de edad, y 3.6 millones de entre 5 y 17 años son explotados con fines laborales, el 31 por ciento tienen menos de 14 años.

A pesar de la gravedad de este asunto, como sociedad hemos preferido ignorar el tema y voltear la cara. Lo cual, desde luego, nos hace partícipes del mismo.

Nos hemos convertido ya en el segundo país de apertura de páginas de Internet de pornografía infantil. Figuramos entre los cinco países en el mundo con mayor incidencia de este delito, que va dramáticamente a la alza.

En este sentido, compañeras diputadas, compañeros diputados, no estamos proponiendo poner la comunicación al servicio de una causa, sino de prevenir que ésta y sus contenidos sean utilizados para fines ajenos, desvirtuando así sus propios objetivos.

Tampoco pretendemos imponer contenidos morales, unos frente a otros, sino un ejercicio de responsabilidad y por tanto, de libertad que compatibilice los fines y valores de la comunicación y de cada medio con el interés de la sociedad. Que derive de un consenso entre los actores del proceso comunicativo respecto de pautas que resguarden el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

También exigimos, desde luego, que las autoridades de los diferentes niveles de gobierno cumplan con su responsabilidad.

En ese sentido se propone el siguiente punto de acuerdo, que solicitaría a la Presidencia se consultara a la asamblea, para que se pudiera considerar como de urgente u obvia resolución.

Punto de acuerdo. Primero. Se exhorta a los medios de comunicación impresos, electrónicos y cibernéticos que prestan servicios de publicidad a través de anuncios clasificados, a redoblar esfuerzos para revisar los contenidos de los materiales que admiten a publicación, con el fin de evitar que puedan ser vehículo para el enganche de personas y la comisión de delitos como la trata, a través del establecimiento de reglas consensuadas, públicas y claras que condicionen la admisión y publicación de dichos anuncios.

Segundo. Se exhorta a las Secretarías de Gobernación y de Comunicaciones y Transportes, a que en coordinación con las autoridades de procuración de justicia busquen mecanismos que, sin vulnerar derechos constitucionales, permitan examinar los contenidos y anuncios en medios de comunicación impresos, electrónicos y cibernéticos, que promuevan servicios sexuales y de otro tipo que pudieran ser vehículo para contactar posibles víctimas para la comisión del delito de trata de personas y demás delitos relacionados.

Muchas gracias. Es cuanto, diputado presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a la SCT y a los medios de comunicación a establecer lo conducente a evitar que en las secciones comerciales de las publicaciones impresas, electrónicas y cibernéticas se promuevan actividades sexuales con niños y con adolescentes, y –en general– actos delictivos relacionados con la trata de personas, a cargo de la diputada Rosi Orozco, del Grupo Parlamentario del PAN

La libertad de expresión es derecho fundamental de los ciudadanos y pilar fundamental de la democracia. La Constitución protege el derecho de toda persona a expresar sus ideas y publicarlas, cuando establece en el artículo 6o.: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público...”; y en el 7o.: “Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública...”

El ejercicio de esta libertad no es absoluto en México ni lo es en ningún otro estado de derecho. Se trata de un derecho preferente, sujeto a límites relacionados con la tutela de otros bienes jurídicos superiores que, como aquél, son conquistas logradas a través de luchas históricas arduas y difíciles.

Una disputa reciente entre diversos medios ha traído a la discusión nacional un hecho que, no por ser de todos conocido, ha sido discutido y abordado con seriedad: en los últimos años han proliferado en los medios de comunicación –impresos, electrónicos y cibernéticos– contenidos que contrarían aquellos límites, a través de anuncios que pueden poner en riesgo la integridad de las personas y de involucrarlas en delitos que pueden redundar en atentados contra el libre desarrollo de su personalidad.

Los mismos medios que dan cuenta a la sociedad acerca de delitos aberrantes destinan amplios espacios a la publicación de anuncios cuyos contenidos promueve ofertas de trabajo engañosas o inverosímiles dentro del país y fuera de él, o la comercialización de servicios sexuales que incluyen en texto o imagen características de las personas que los ofrecen o los solicitan; los servicios que brindan o buscan y sus modalidades, que en muchos casos son el vehículo para alentar delitos como el lenocinio o el tráfico o trata de personas por mafias del crimen organizado que muchas veces rebasan nuestras fronteras.

Esos delitos en muchos casos se inician a través del contacto de los delincuentes con su población objetivo, por medio de esta clase de anuncios, lo cual está más que documentado por autoridades de procuración de justicia, por trabajos de investigación de especialistas como Rodolfo Casillas y Lidya Cacho, por organizaciones civiles de alcance internacional como la Organización OIM, Ecpat y Catwlac, y organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.

El delito de trata de personas crece día con día a escala mundial, al grado de que ha pasado de tercer a segundo lugar en el monto de las ganancias que aporta al crimen organizado, alrededor de 42 mil millones de dólares, sólo por debajo del narcotráfico y por encima del tráfico de armas.

Unas 800 mil personas anualmente son hechas víctimas de trata y traficadas en el mundo a través de las fronteras nacionales para ser explotadas sexualmente, y millones lo son en de sus países. Según la Organización Internacional del Trabajo, el número mínimo de personas que se encuentran en explotación laboral en un momento dado, como consecuencia de la trata de personas, es de 2.5 millones.

Y se teme, por la impunidad que rodea este delito, que pronto será el primero porque vender repetidamente a una persona, y más si es menor de edad, deja ganancias superiores a vender un kilogramo de droga o un arma, con riesgos mínimos y una probabilidad casi absoluta de que quien lo cometa, en las circunstancias actuales, no será detectado ni, consecuentemente, perseguido ni castigado, o lo será con una penalidad muy baja.

El país, debido a factores geográficos, económicos, sociales, jurídicos y culturales, se convierte más cada día en el territorio propicio para ser el paraíso mundial de este delito. Entre otras razones, porque las organizaciones delictivas, que han construido estructuras para el traslado de drogas, que han sido afectados por la lucha que como sociedad estamos dando contra el crimen organizado, están emigrando hacia la trata de personas, que cada día arraiga más como un delito que traspasa las fronteras y lastima de peores formas a las personas.

Hoy, en el mundo se ve a México como “la Tailandia de Latinoamérica”, debido al enorme número de víctimas de trata de personas que tienen en nuestro territorio lugar de origen, tránsito o destino: entre 20 y 25 mil niños son víctimas de trata con fines de explotación sexual, de los que 80 por ciento tiene entre 10 y 14 años de edad. Y aunque a este flagelo usualmente se le relaciona sólo con la explotación sexual, millones de personas en México son víctimas de explotación laboral: de acuerdo con cifras del Inegi, hay 3.6 millones de niños trabajadores entre 5 y 17 años; de ellos, 31 por ciento es menor de 14 años, mexicanos menores y mayores de edad que trabajan en condiciones de esclavitud en la industria, en la construcción, en la agricultura, obligados a realizar trabajos peligrosos para su seguridad, su salud o su integridad moral, en condiciones de explotación semejantes a las descritas por John Kenneth Turner en el libro México bárbaro, de principios del siglo pasado.

Muchas de estas personas, sobre todo niños y adolescentes, son enganchadas fácilmente por situaciones sociales, económicas, culturales, familiares e individuales que los sitúan en condiciones de vulnerabilidad, derivados de factores como pobreza, déficit educativo, marginación, violencia intrafamiliar y desempleo, que se aúnan a la reproducción de estereotipos de machismo que acentúan las desventajas de las mujeres, sobre todo jóvenes. En la mayor parte de los casos de trata con fines de explotación sexual, enganchan a las víctimas engañándolas con ofrecimientos inverosímiles de trabajo, o son enamoradas por los tratantes, que aprovechan su situación para seducirlas y, luego, presionarlas moralmente o por chantaje y para forzarlas a prostituirse.

Pese a todo, como sociedad preferimos voltear la cara e ignorar datos y manifestaciones evidentes del crecimiento de este fenómeno, de las que se nos informa o que ocurren ante nuestros ojos: somos el segundo país de apertura de páginas de Internet de pornografía infantil; figuramos entre los cinco países con mayor incidencia de este delito, que va dramáticamente al alza; cada día hay más antros, table-dance, casas de masajes, prostíbulos clandestinos y otro tipo de sitios tolerados –muchas veces ligados a otros delitos, como tráfico de drogas, de personas y armas, secuestro, lenocinio, la explotación laboral o la extorsión, como bien ilustró el reciente caso Bar-Bar, o el último libro de la periodista Lidya Cacho– que se anuncian sin recato, y ofrecen o demandan servicios sexuales de personas cada día más jóvenes, e incluso niños.

Por este camino podemos tener la plena seguridad de que más temprano que tarde tendremos en este delito un problema de seguridad pública y de seguridad nacional, al menos semejante al que enfrentamos ahora en materia de tráfico de drogas por haber en su momento cerrado los ojos ante su amenaza.

La prevención es donde menos hacemos y donde podemos hacer más: poner el acento en las posibles víctimas, pues si bien es vital perseguir, sancionar y atender a las víctimas, resulta preciso minimizar la incidencia y evitar sufrimiento: trabajar en hacer visible este delito, y concienciar y sensibilizar de su gravedad, pero también cerrar vías por las cuales los delincuentes enganchan y las consumidores demandan, en lo cual los medios de comunicación tienen una responsabilidad de primer orden, tanto porque son usados como vehículos para estos fines como por su poder de influencia y su capacidad de seleccionar la información e incidir en los asuntos que centran la atención de la sociedad.

Las libertades de expresión e información suponen una rea-lidad que no es dable limitar por medios coercitivos: la experiencia histórica nos ha enseñado que este tipo de medidas pueden devenir tentaciones de atentar contra ellas, o en el primer paso a la censura o la autocensura. Los propios medios deben plantearse acciones que permitan el uso responsable de la información contenida en los materiales que se publican en sus secciones comerciales, a través de procedimientos de autorregulación y criterios que permitan minimizar el riesgo de que los anuncios que se contratan y publican sean vehículo para la comisión de delitos, sin que esto signifique por supuesto que tuvieran que embarcarse en investigaciones que no les corresponde realizar ni tienen los medios para llevar a cabo.

No proponemos poner la comunicación al servicio de una causa sino prevenir que ésta y sus contenidos se utilicen para fines ajenos, desvirtuando así sus propios objetivos; tampoco imponer unos contenidos morales frente a otros sino un ejercicio de responsabilidad y, por tanto, de libertad, que compatibilice los fines y valores de la comunicación y de cada medio con el interés de la sociedad, que derive de un consenso entre los actores del proceso comunicativo respecto a pautas que resguarden el interés superior de niños y de adolescentes.

La fracción XXI del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece como facultad de la Secretaría de Gobernación vigilar que la libertad de expresión garantizada para las publicaciones impresas se mantenga dentro límites que no ataquen derechos de terceros o la dignidad personal, provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden público; el artículo 6o., fracción II, del Reglamento sobre Publicaciones y Revistas Ilustradas establece que se consideran contrarios a este límite constitucional los contenidos que directa o indirectamente induzcan, fomenten o constituyan por sí mismos delito, y en el artículo 5o. faculta a la comisión calificadora para examinar de oficio o a petición de parte esos contenidos.

Es necesario exigir a las autoridades competentes que, como hace la policía cibernética en el caso de Internet, se supervisen los anuncios de toda clase de medio para evitar que a través de ellos actúen delincuentes en busca de víctimas; que en los términos de los límites que marcan la Constitución y la ley y en consenso con los medios, establezcan mecanismos que eviten la proliferación de anuncios que pudieran propiciar estos delitos y, en caso de detectarlos, investigarlos, perseguirlos y sancionarlos.

Buscamos de todos mayor compromiso con la defensa de los derechos humanos y la lucha contra delitos aberrantes.

Por ello, con fundamento en las facultades que como diputados federales nos confieren la Constitución General de la República, y la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos ponemos a consideración de esta honorable asamblea la aprobación de los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.Se exhorta a los medios de comunicación impresos, electrónicos y cibernéticos que prestan servicios de publicidad a través de anuncios clasificados a redoblar esfuerzos para revisar los contenidos de los materiales que admiten para publicación, a fin de evitar que puedan ser vehículo para el enganche de personas y la comisión de delitos como la trata de personas, a través del establecimiento de reglas consensuadas, públicas y claras, que condicionen la admisión y publicación de dichos anuncios.

Segundo.Se exhorta a las Secretarías de Gobernación, y de Comunicaciones y Transportes a efecto de que, en coordinación con las autoridades de procuración de justicia, busquen procedimientos que sin vulnerar derechos constitucionales, permitan examinar los contenidos de anuncios en medios de comunicación impresos, electrónicos y cibernéticos que promuevan servicios sexuales y de otro tipo, que pudieran ser vehículo para contactar posibles víctimas para la comisión de los delitos de trata de personas y demás relacionados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Diputados: Rosi Orozco, Agustín Castilla Marroquín (rúbricas).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Señor diputado, le quisiera preguntar si en obviedad y urgencia de su proposición estaría usted de acuerdo en que se tramitara de urgente resolución.

El diputado Agustín Castilla Marroquín (desde la curul): Sí. Por supuesto.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Si es así, por favor, secretaria, pregunte a la asamblea si está de acuerdo en que esta proposición sea tramitada de urgente resolución.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso:En votación económica se pregunta a la asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputado presidente, hay mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: No hay oradores registrados, secretaria, pregunte usted la votación de la asamblea.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso:Con gusto, diputado presidente. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo de la forma acostumbrada. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado. Comuníquese.



PROTECCION ZONAS RIBEREÑAS

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: La proposición presentada por el diputado José María Valencia Barajas, del Grupo Parlamentario del PRD, se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Recursos Hidráulicos.

Las proposiciones de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del PT, para presentar punto de acuerdo que instruye al presidente de la Mesa Directiva a promover controversia constitucional en contra del nombramiento de los consejeros profesionales de los organismos subsidiarios de Pemex, se posponen.

La del diputado José Luis Soto Oseguera, del PRI, que propone conminar al director general de Conagua otorgar en comodato un terreno al municipio de Ecatepec de Morelos, estado de México, para construir el centro deportivo y recreativo de convivencia familiar Bicentenario, se pospone.



ESTADO DE JALISCO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se concede el uso de la palabra al diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar proposición con punto de acuerdo que solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, Recursos Hidráulicos, Medio Ambiente y Recursos Naturales que consideren el Programa Operativo 2011 del Plan Interestatal para la sustentabilidad de la cuenca del lago de Chapala.

El diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas:Gracias, presidente. Compañeras y compañeros diputados. Hace algunos meses, 32 presidentes municipales, 15 de Jalisco y 17 de Michoacán, nos hicieron llegar el Plan Interestatal para el desarrollo sustentable del lago de Chapala, mismo que fue aprobado en la Comisión de Medio Ambiente, el 23 de abril y el 27 de abril, por esta Cámara de Diputados.

El lago de Chapala es el lago más importante de México y uno de los más importantes de América Latina y del mundo. Por eso desde lo local, 32 presidentes municipales han constituido una asociación interestatal en un esfuerzo ordenado, transparente e institucional, para trabajar de manera coordinada con los gobiernos de los estados y el gobierno federal para coadyuvar a conservar, a fortalecer y a rehabilitar nuestro lago de Chapala.

Compañeros diputados y compañeras diputadas, durante décadas esta Cámara ha aprobado miles de millones de pesos para carreteras y diversos programas sociales, de los cuales todos compartimos su bondad y estamos de acuerdo.

Sin embargo, no hemos asignado recursos para el lago más importante de América Latina y del mundo, el cual representa calidad de vida, no sólo para Jalisco y Michoacán, sino para todo el país y el planeta.

Por ello les solicito su apoyo para atender de manera clara, coherente y comprometida la asignación de recursos para la mitigación y rescate ecológico del lago de Chapala, para lo cual se propone la creación presupuestal de un programa denominado Zona de Mitigación y Rescate Ecológico del Lago de Chapala, o bien programa para implementar el Plan Interestatal para la sustentabilidad de la cuenca propia del lago de Chapala.

Sólo de esta manera podemos institucionalizar un programa de largo plazo que le dé seguridad jurídica, científica y presupuestal a la conservación del lago de Chapala.

Más de un millón de habitantes de la ribera de la cuenca propia del lago de Chapala esperamos su apoyo. Muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta soberanía que consideren el Programa Operativo 2011 del Plan Interestatal para la sustentabilidad de la cuenca del lago de Chapala, a cargo del diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Felipe de Jesús Rangel Vargas, diputado en la LXI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59, 60, 87 y 92 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de este pleno, la proposición con punto de acuerdo a fin de que se considere el Programa Operativo Anual 2011 del Plan Interestatal para la sustentabilidad de la cuenca del lago de Chápala, lo anterior, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Presentación

En México, la cuenca propia del Lago Chapala, al igual que otras regiones prioritarias para la conservación de la biodiversidad, destaca por la presencia de una riqueza ecosistémica y específica comparativamente mayor que en el resto de otras regiones del país, así como por conformar una integridad ecológica funcional significativa y donde, además, se tiene una oportunidad real de conservación.

Un indicador de la relevancia de esta cuenca es la haber sido seleccionada por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), con tres de las cuatro categorías que se han establecido en México para fortalecer los esfuerzos de conservación de regiones con alta biodiversidad. La cuenca del lago Chapala fue reconocida como región terrestre prioritaria, región hidrológica prioritaria y como Área de Importancia para la Conservación de las Aves (AICA). Cabe señalar que la cuarta categoría de región marina prioritaria no opera en el sitio.

Es así, como comprometidos con la conservación de este sitio que unidos gobiernos municipales, estatales y federales e instituciones educativas se han dado a la tarea de construir y llevar a cabo una propuesta que contribuya a abordar de manera integral la problemática que enfrenta la cuenca y a avanzar en los cimientos que permitan avanzar en la protección del medio ambiente y el desarrollo sustentable de la cuenca del Lago Chapala.

El Plan Interinstitucional para la sustentabilidad de la cuenca del lago Chapala busca la convergencia con las políticas nacionales, y pretende aportar desde lo local al objetivo central del gobierno federal de avanzar hacia un desarrollo humano sustentable. El plan busca contribuir a la conservación y manejo del agua desde un enfoque que aborda de forma integral la vinculación entre el agua, suelos y vegetación. Con las estrategias de acción aquí planteadas estaremos iniciando el camino para garantizar que todas las poblaciones asentadas de la región Chapala cuenten con agua suficiente y de calidad, que  aseguren su bienestar actual y futuro y que la población con sus acciones cotidianas contribuya y se preocupe por la conservación y mejoramiento de nuestro medio ambiente.

El Plan Operativo Anual 2011, que hoy se presenta tiene como fin dar seguimiento a las obras, acciones y servicios de corto plazo presentados en el Plan Interestatal. Este plan operativo fue aprobado por consenso por los presidentes municipales de Jalisco y Michoacán.

2. Antecedentes

El Plan Interinstitucional para la sustentabilidad de la cuenca del lago Chapala fue elaborado en el año 2009, mediante un trabajo coordinado entre gobiernos municipales, instituciones educativas y autoridades estatales y federales. Para la elaboración de la propuesta se constituyó una comisión académica a solicitud del Consejo de Administración y el Comité Técnico de la Asociación Intermunicipal para la Protección del Medio Ambiente y el Desarrollo Sustentable del Lago Chapala (Aipromades) y el Centro Estatal para el Desarrollo Municipal (Cedemun) de Michoacán. La comisión académica la integraron reconocidos investigadores e investigadoras de las principales universidades del país, como son el Instituto Politécnico Nacional, la Universidad Nacional Autónoma de México, la Universidad de Guadalajara y el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social, así como, por representantes de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en Jalisco (Semarnat).

En la elaboración del Plan Interestatal se siguió un proceso participativo con los municipios para la elaboración de la propuesta, la consulta y la aprobación de las obras, servicios y acciones que formaron el plan. El plan fue suscrito por 15 municipios de Jalisco y 17 de Michoacán.

El 3 de diciembre del 2009, la propuesta del Plan Interestatal es presentado como punto de acuerdo al Congreso de la Unión, por el diputado Felipe de Jesús  Rangel Vargas, integrante de la LXI Legislatura y originario de uno de los municipios de la ribera de Chapala. El punto de acuerdo es también suscrito por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios. El dictamen le fue turnado para su estudio, análisis y elaboración del dictamen a la Comisión de Medio Ambiente, con el número de expediente 838. El 21 de abril del 2010 la Comisión de Medio Ambiente del Congreso de la Unión emite el dictamen y lo envía al pleno de Congreso. El 27 de abril el pleno de la Cámara de Diputados aprueba el dictamen por unanimidad. El punto de acuerdo fue publicado en la Gaceta Parlamentaria del 12 de junio de 2010.

Los puntos del acuerdo son los siguientes:

Primero. Se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que emita un convenio de  actividades a desempeñar en el corto, mediano y largo plazo, que tenga por objeto la implementación total de los  acuerdos conseguidos en el Plan Interestatal para la Sustentabilidad de la Cuenca Propia del Lago Chapala.

Segundo. Se solicita a la Comisión Nacional del Agua, que analice la posibilidad de implantar las acciones necesarias a través de sus unidades competentes, para enfrentar las problemáticas del Lago Chapala, tomando en cuenta el Plan Interestatal para la Sustentabilidad de la Cuenca Propia del Lago Chapala.

Tercero. Se solicita al gobierno federal, que informe a ésta soberanía sobre los acuerdos, convenios y actividades realizadas.

Este Programa Operativo Anual 2011, tiene como fin dar continuidad a la iniciativa presentada por los gobiernos municipales.

3. Objetivos

3.1. Objetivos del Plan Interestatal

Emprender de forma interestatal e interinstitucional un plan  para la conservación, manejo integral y sustentable del agua, para establecer bases que permitan avanzar en la  protección del medio ambiente y el desarrollo sustentable de la cuenca propia del lago de Chapala. Para alcanzar el objetivo general el proyecto incluye dos objetivos particulares:

1. Tener el conocimiento preciso de la situación actual y de la problemática existente en la cuenca.

2. Elaborar el programa detallado de acciones para lograr el manejo integral y sustentable de la cuenca.

3.2. Objetivos del Plan Operativo Anual 2011

Implantar en los 32 municipios vinculados a la cuenca del Lago Chapala, las acciones de corto plazo del Plan Interestatal en materia de saneamiento, gestión institucional, investigación y monitoreo, cultura ambiental, normatividad y conservación y restauración con el fin de avanzar desde lo local al saneamiento del agua,  la restauración y conservación de los ecosistemas de esta región prioritaria del país.

4. Área de intervención

El Plan Interestatal y el Programa Operativo Anual 2011, tiene como área de intervención prioritaria la cuenca del Lago Chapala, la cual forma parte de la cuenca Lerma Chapala Santiago Pacífico. Tiene una superficie de aportación de 6 mil 306 kilómetros cuadrados, lo que representa el 11.6 por ciento del total de la cuenca Lerma Chapala.

Se ubica geográficamente en el centro del país, en  las coordenadas 19º 45” y 20º 30” latitud norte y 102º 00” y 103º 30” longitud oeste,  en la subprovincia Chapala dentro de la provincia fisiográfica eje neovolcánico, región montañosa que cruza el centro del país de oriente a poniente y a la que están asociados la mayor parte de los lagos naturales y los volcanes de México. La cuenca se encuentra delimitada al norte por la cuenca río Santiago, al sur por las regiones hidrológicas número 16 Armería-Coahuayana y número 18 Balsas , al este por las cuencas río Lerma 6 y río Duero, y al oeste por las cuencas de las lagunas de San Marcos y Sayula.

En esta cuenca se encuentra el Lago Chapala, vaso natural interior de mayores dimensiones del país y el tercero en Latinoamérica. Su altura de mil 524.60 metros sobre el nivel del mar sólo es superada por el Lago Titicaca que tiene una altura de 3 mil 850 metros sobre el nivel del mar.

Otras áreas de intervención por la contribución de sus afluentes al lago, son las subcuencas río Zula y río Duero. La subcuenca río Zula se localiza dentro de Jalisco. Se ubica en las coordenadas 20º 15” y 21º 00” latitud norte y 102º 10” y 103º 00” longitud oeste. Esta subcuenca se encuentra delimitada al norte por la cuenca río Verde, al sur y al este por la cuenca Lerma y al oeste por la cuenca río Santiago (figura 2). Tiene una superficie de aportación de 2 mil 125 kilómetros cuadrados que representa el 3.9 por ciento de la superficie total de la cuenca Lerma Chapala. En esta cuenca se ubican municipios representativos como Ocotlán, Arandas y Atotonilco el Alto.

La subcuenca del Duero se localiza  se ubica en las coordenadas 19º 40” y 20º 15” latitud norte y 101º 45” y 102º 45” longitud oeste. Se encuentra delimitada al norte y al oeste por la subcuenca Chapala, al sur por la región hidrológica número 18 Balsas y al este por la subcuenca del río Angulo. En esta subcuenca se encuentran dos de las grandes ciudades de Michoacán, Zamora de Hidalgo y Jacona de Plancarte.

5. Justificación

El Plan Interestatal y el Plan Operativo 2011, nacen como respuesta a las peticiones y demandas establecidas por parte de los presidentes municipales y usuarios del recurso hídrico dentro de la Cuenca Propia del Lago  Chapala. Se trata de un esfuerzo de trabajo en conjunto y organización que se ha generado desde los comités intermunicipales hasta lograr su consolidación a nivel interestatal, con la finalidad de buscar el manejo sustentable de los recursos de la región.

Las demandas, están relacionadas principalmente con la problemática de la calidad del agua, y el continuo deterioro del lago. Dicho deterioro, no se ha detenido a pesar de las acciones de saneamiento en proceso y el avance en la construcción y puesta en marcha de las plantas de tratamiento en diferentes localidades. En cierto modo se requiere complementar esa estrategia y corregir aquellas iniciativas que no sean adecuadas. El problema es que se trata de acciones insuficientes frente a los contaminantes y el volumen de aguas residuales; también se observa un enfoque fragmentario entre los proyectos realizados que no han considerado las interacciones entre agua, suelos y vegetación. Esto impacta de manera directa y ha derivado en problemas de salud pública y ha disminuido la disponibilidad del agua para su uso urbano (Guadalajara). Por otra parte, se ha generado un desequilibrio de los ecosistemas que afectarán a la larga el sostenimiento de los sistemas acuíferos.

Entre otros problemas que se han conjugado, hay que señalar la afectación al sector agropecuario cuyo descenso productivo significa el agravamiento de la crisis del campo que se observa desde distintas perspectivas, sobre todo en las cadenas de hortalizas y granos, el deterioro en la ganadería y sus derivados, la caída de la acuacultura y el sector pesquero tanto en las presas, como en ríos y el propio lago de Chapala), además de la baja en la producción forestal (meseta Purépecha y sierras), el estancamiento en la producción industrial (alimentos y otros productos) y decremento de la actividad turística.

Por su ubicación e importancia para el país, la cuenca propia del lago de Chapala representa un caso de especial atención. Al ubicarse en la parte baja de la cuenca Lerma-Chapala se convierte en el vaso receptor de la polución y descargas de aguas residuales no tratadas que se derivan de las ciudades, la industria y la agricultura, a lo largo del trayecto de más de 500 kilómetros desde el río Lerma hasta Chapala.

Lo más significativo de esa contaminación son las concentraciones de metales pesados que en las mediciones desa-rrolladas en distintas épocas y en las muestras tomadas en varias partes de su extendida capa de agua, nos marcan que la calidad del agua está por debajo de los estándares nacionales en el rubro de agua potable que sea segura para la población que la consume. La situación tiende a empeorar con el paso del tiempo, sobre todo en épocas de sequía cuando los contaminantes tienen mayor concentración y eso obliga a mantener un monitoreo de la calidad del agua más constante. Otra observación importante, es que los sedimentos del lago tienen concentraciones de metales ligeramente mayores que los sedimentos del propio río que las origina. Lo anterior sugiere que los metales tienden a acumularse en el fondo del lago a través del tiempo.

De un muestreo realizado en 2002 por la Comisión Nacional del Agua (CNA) en 23 cuerpos de agua superficiales de la Cuenca Lerma Chapala, los resultados arrojaron que el 52 por ciento están contaminados o altamente contaminados; el 39 por ciento resultó poco contaminado y 9 por ciento con calidad aceptable, y/o satisfactoria. Eso nos demuestra que no se cumple con la norma oficial para usos urbano y agrícola (1,000 bacterias coliformes fecales por 100 mililitros del agua). Con sólo contadas excepciones de algunos manantiales, los valores llegan a exceder los 9 millones de bacterias fecales. Esto a pesar de que para esas fechas, estaban operando 64 plantas de tratamiento, cuya capacidad de tratamiento es de 6 mil 291 litros por segundo, rendimiento que se puede caracterizar de muy insuficiente. CNA (2004)

Esto se vuelve alarmante, si se verifica el incremento en los índices de morbilidad y las causas relacionadas con ello, además de otros factores como la salinización y eutrofización en el lago que lo está dañando severamente. Adicionalmente, al no contar con agua superficial adecuada se tiende a la sobreexplotación de las aguas subterráneas en la búsqueda de un agua de mejor calidad.

Si se contempla el sentido del uso y reúso del agua de Chapala, también se llega a la necesidad de fomentar una mayor preocupación por la calidad del agua. Tan sólo en el río Duero con 75 kilómetros de recorrido en línea recta, se tienen hasta seis usos de las aguas incluyendo el aspecto urbano, agrícola y de generación de energía eléctrica.

En cuanto a las condiciones de otros recursos naturales se observa que se ha llegado a una importante deforestación con 35 mil hectáreas en Michoacán y 1 millón328 mil 928 hectáreas de áreas forestales perturbadas en todo Jalisco. Además la degradación de los suelos es superior al 60 por ciento de la superficie de la cuenca. En la última década, tan sólo en 7 de los municipios de la ribera del Lago Chapala existían 10 mil 74 hectáreas de territorio forestal perturbado. En esta década los suelos registran una fuerte degradación principalmente por erosión hídrica.

Con todo lo anterior, la comisión académica interdisciplinaria y multi-institucional ha identificado una serie de acciones de corto, mediano y largo plazo  para promover el manejo sustentable de la cuenca, con la visión de tener una mejor calidad de vida y disponibilidad de los recursos, dando prioridad al agua. El Plan Operativo Anual 2011 tiene como fin empezar a implementar las acciones planteadas en el corto plazo.

Por su parte los presidentes municipales también asumen su responsabilidad y establecen compromisos para terminar con esta problemática:

1. Brindar todo el apoyo humano y material que esté a su alcance para cumplir con las acciones de saneamiento y desarrollo sustentable.

2. Apoyar toda la logística para que se realicen las actividades.

a. Adherirse al programa PROSANEAR y cumplir sus adeudos desde el 2008 para condonar deudas históricas, buscar apoyos y estructurar proyectos de saneamiento

b. Apegarse a la fecha del 31 de Diciembre de 2012 como límite de tratamiento completo de aguas

c. Agilizar trámites de obtención de espacios e implementación de infraestructura para desarrollar los proyectos, como en el caso de plantas de tratamiento, viveros, laboratorios, centros de tratamientos de residuos sólidos, centros comunitarios de vigilancia ciudadana, centros de educación ambiental con especial énfasis en la cultura del agua

3. Fortalecer sus  alianzas intermunicipales para continuar  desarrollando acciones integrales en la atención de problemáticas.

4. Seguir los planes de desarrollo y hacer cumplir la normatividad en la implementación de diferentes programas como el de saneamiento, reforestación y vigilancia y ordenamiento ecológico territorial.

6. Población beneficiada

La población directamente beneficiada con este plan asciende a un millón 96 mil 661 habitantes, de los cuales 537 mil 885 se encuentran en Jalisco y 558 mil 776 en Michoacán. Los municipios involucrados por estado son, por Jalisco 15 (Jocotepec, Chapala, Ixtlahuacán de los Membrillos, Jamay, Poncitlán, La Barca, Tizapán el Alto, Tuxcueca, La Manzanilla de la Paz, Arandas, Atotonilco el Alto, Tototlán, Ocotlán y Jesús María) y 17 de Michoacán (Tangamandapio, Tangancícuaro, Tlazazalca, Venustiano Carranza, Villamar, Vista Hermosa, Zamora, Sahuayo, Jacona, Purépero, Pajacuarán, Marcos Castellanos, Jiquilpan, Ixtlán, Chavinda, Cojumatlán de Régules y Briseñas).

Por lo expuesto, someto a la consideración de este pleno, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.Se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Recursos Hidráulicos y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la honorable Cámara de Diputados, para que considere el Programa Operativo Anual 2011 del Plan Interestatal para la sustentabilidad de la cuenca del lago de Chapala.

Palacio Legislativo, a 7 de septiembre de 2010.— Diputado Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica).»

El diputado Gumercindo Castellanos Flores(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputado. Diputado Castellanos.

El diputado Gumercindo Castellanos Flores(desde la curul): Gracias, presidente. Solamente para pedirle al compañero y amigo Felipe, si me permite adherirme a su punto de acuerdo.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Le permite adherirse y se adhirió toda la asamblea, porque me permito informar a ambos que este punto de acuerdo ya había sido aprobado por la Junta de Coordinación Política. Así que, diputado, muchas gracias por su intervención.



ESTADO LAICO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra la diputada Teresa Incháustegui para presentar punto de acuerdo que exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Segob, a aplicar el marco jurídico federal a fin de hacer los principios constitucionales del Estado laico.

La diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero:Muchas gracias, señor presidente. Buenas tardes, compañeros legisladores y compañeras legisladoras. Larga y cruenta ha sido en nuestro país la lucha para establecer que religiones y credos sean derechos de culto privado e instituciones al margen de la vida política y partidaria.

Desde 1857, que se promulga la Constitución liberal, y hasta los años cuarenta del siglo XX, muchas vidas y generaciones se apostaron al objetivo de establecer un Estado laico, respetuoso de todas las creencias, pero al margen de cualquiera de ellas en materia de gobierno.

Las reformas que se hicieron a fines del siglo XX dieron un paso más en el orden de estos derechos al reconocer la personalidad jurídica de las instituciones y asociaciones religiosas, manteniendo sus restricciones para participar en la política partidista o hacer proselitismo a favor o en contra de candidatos o de partido alguno.

El principio de separación Estado-Iglesia se ratificó ordenando al Estado igualmente a no intervenir de modo alguno en asuntos espirituales. En lo referente a las libertades políticas las modificaciones ampliaron los derechos de los ministros de culto al otorgarles el derecho al voto activo y darles la posibilidad de ser votados una vez separados de su ministerio.

Hoy, señoras legisladoras y señores legisladores, vemos que algunos de estos ministros, abusando del poder y de la personalidad que ostentan, vulneran sin ambages los principios fundamentales y las leyes derivadas del pacto originario de nuestra nación, lanzando vituperios con un lenguaje por demás ajeno a la investidura que ostentan como ministros de culto.

El ataque sistemático al Estado que es la concreción de las libertades religiosas, el Estado laico, en el lenguaje procaz, usado por algunos de estos ministros, es también una afrenta que amenaza al régimen de igualdad y al sano equilibrio entre la vida pública y las políticas de gobierno que deben ser garantía de derechos para todas y todos.

Es por estas razones que hoy ante las declaraciones espetadas en este sentido, que colocan al Estado laico como una versión panfletaria estampada en un libro llamado Constitución, que exigimos a las autoridades federales competentes dignificar la ley haciendo valer el marco jurídico que regula el comportamiento público de los ministros de culto.

En este sentido pedimos que la Secretaría de Gobernación haga valer como proclama al titular del Ejecutivo el estado de derecho, y que intervenga aplicando la legislación correspondiente.

En este sentido se exhorta al titular de la administración pública federal, a través del secretario de Gobernación para que, en el ámbito de su competencia, inicie los procedimientos sancionatorios a que dé lugar en contra de estos ministros, dispuestos por la Ley de Asociaciones Religiosas y el Culto Público.

Es cuanto. Pido, señor presidente, que se inserte en el Diario de los Debates.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a aplicar mediante la Segob el marco jurídico federal para hacer cumplir los principios constitucionales del Estado laico, a cargo de la diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero, del Grupo Parlamentario del PRD

Los que suscriben, diputado XXX, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la alta consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, en calidad de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Gobernación, a fin de que aplique el marco jurídico federal para hacer cumplir los principios constitucionales sobre el Estado laico, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Larga y cruenta fue en nuestro país la lucha para establecer que religiones y credos sean derechos de culto privado e instituciones al margen de la vida política y partidaria. Desde 1857 que se promulga la Constitución liberal y hasta los años cuarenta, muchas vidas y generaciones apostaron al objetivo de establecer un Estado Laico respetuoso de todas las creencias, pero al margen de cualquiera de ellas en materias de gobierno.

Las reformas de fines de siglo pasado dieron un paso más en el orden de estos derechos al reconocer la personalidad jurídica de las instituciones y asociaciones religiosas, manteniendo sus restricciones para participar en la política partidista o hacer proselitismo a favor o en contra de candidatos o partido político alguno. El principio de separación Estado-Iglesia se ratificó ordenando al Estado igualmente a no intervenir de ningún modo en los asuntos espirituales.

En lo referente a las libertades políticas, las modificaciones ampliaron los derechos de los ministros de culto al otorgarles el derecho al voto activo y darles la posibilidad de ser votados una vez separados de su ministerio.

Hoy señores y señoras legisladores, vemos que algunos de estos ministros abusando del poder y la personalidad que ostentan, vulneran sin ambages los principios fundamentales y las leyes derivadas del Pacto Originario de nuestra Nación, lanzando vituperios en contra de los mismos con lenguaje por demás ajeno a la investidura que ostentan como ministros de culto.

El ataque sistemático al Estado Laico que es la concreción de las libertades religiosas, en el lenguaje procaz de estos ministros es también una afrenta que amenaza el régimen de igualdad y el sano equilibrio entre la vida publica y las políticas de gobierno que deben ser garantía de derechos para todas y todos los mexicanos y las creencias particulares que cada quien elige y profesa.

Es por estas razones que hoy, ante las declaraciones espetadas por diversos ministros de la Iglesia Católica, que colocan al Estado Laico como una versión panfletaria estampada en un “libro llamado Constitución”, exigimos a las autoridades federales competentes dignificar la ley, haciendo valer el marco jurídico que regula el comportamiento público de los ministros de culto y que garantizan la vigencia del Estado Laico y de Derechos que todas y todos debemos respetar, para gozar de una convivencia sana y civilizada.

No hacerlo sería consentir una violación grave a la Constitución General de la República y avalar con esta omisión la actuación impune de estos actores, consintiendo la extra ­legalidad de un poder fáctico por encima de la ley y del derecho.

La andanada de vituperios a las instituciones democráticas se inició -como cabe recordar-  a partir de una fallida acción de inconstitucionalidad promovida por la Procuraduría General de la República, bajo la indicación directa del Titular del Ejecutivo Federal, en contra del derecho al matrimonio y la adopción de las personas con orientación sexual diferente y que fue reconocido plenamente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Ha ido subiendo de tono, pasando de tildar de corruptos a los Ministros del más alto tribunal de nuestro país y al Jefe de Gobierno del Distrito Federal; a calificar como “expresión del mal” a los homosexuales, homologándolos a los sicarios del crimen organizado, incentivando con ello los crímenes de odio que no son escasos en nuestro país. Y recientemente calificaron a todo el pueblo mexicano de corrupto y asesino.

Todo ello sin que la Secretaría de Gobernación haga valer  -como proclama el titular del Ejecutivo-  el Estado de Derecho.

En un clima como el que hoy vivimos, debemos unir esfuerzos para contrarrestar la continua violación a las leyes que auspicia la violencia, al establecer la impunidad como norma social. En este sentido la omisión de la responsabilidad gubernamental para hacer valer las leyes es caldo de cultivo para el mayor de nuestros males que es la corrupción.

Por ello es indispensable que todas las instituciones cumplan con su cometido en el ámbito de sus propias responsabilidades para contribuir de una manera proactiva, propositiva y positiva a la solución de nuestros graves problemas actuales.

En este sentido convencidos  de la necesidad de garantizar la vigencia del Estado de Derecho en nuestro país, sometemos a la consideración de esta honorable Soberanía, la siguiente proposición con punto de

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta al titular de la administración pública federal a través del secretario de Gobernación para que, en el ámbito de sus competencias, inicie los procedimientos de sanción en contra del o los representantes legales de la agrupación denominada Iglesia Católica, dispuestos por la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y demás ordenamientos jurídicos aplicables, para garantizar la vigencia de los principios constitucionales sobre el Estado laico.

Diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se hará como usted lo solicita, señora diputada. Muchas gracias. Se turna a la Comisión de Gobernación.



SALUD ALIMENTARIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: La diputada Perla López Loyo para presentar proposición con punto de acuerdo para que exhorte a los Congresos locales de las entidades federativas y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a conformar en su seno una comisión encargada de impulsar políticas públicas en materia de salud alimentaria.

La diputada María Elena Perla López Loyo:Con su venia, señor presidente. Señoras diputadas y señores diputados, sé que son muchos los temas que agobian a nuestra sociedad, pero el que vengo a abordar no es menos importante.

Hoy en día 4.5 millones de niños, más de 6 millones de adolescentes y 42.5 millones de adultos, mayores de 20 años de edad, padecen sobrepeso u obesidad. Estos problemas exigieron en 2009 más de 42 mil millones de pesos en gastos directos, equivalentes al presupuesto anual del Seguro Popular, a lo que anteriormente se suman otros 25 millones de pesos que se pierden en términos de productividad.

De continuar estas alteraciones sin control efectivo, en un futuro cercano serán insostenibles los costos de la salud pública del país por la cantidad de enfermedades crónico-degenerativas asociadas al sobrepeso y obesidad, entre ellas diabetes, hipertensión arterial, síndrome metabólico y otras patologías.

Incluso, cifras de la Encuesta Nacional de Salud revelan que el sobrepeso y la obesidad son de los problemas más graves en la población mexicana y señalan enfáticamente que es urgente aplicar estrategias y programas dirigidos a la prevención y control de la obesidad del niño, el adolescente y el adulto.

Hoy, en todo el país no existen o son mínimas las regulaciones sobre publicidad de alimentos y la restricción al consumo de alimentos poco saludables en las escuelas. No se ha incorporado el material educativo en alimentación y nutrición en los programas de educación básica. No existe apoyo a las actividades de educación física en los centros escolares ni se controla adecuadamente el explosivo aumento del hábito de mala alimentación en los diferentes grupos de edad.

Por todo lo anteriormente expuesto, resulta imprescindible propiciar la creación de una comisión legislativa, en todos y cada uno de los honorables Congresos estatales de las entidades federativas del país, así como en la Asamblea del Distrito Federal, que tenga como propósito el impulsar y dar seguimiento a las políticas públicas que se generen en materia de salud alimentaria y que, en consecuencia, contribuyan a crear conciencia, generar y difundir datos, conocimientos y experiencias para disponer de diagnósticos y herramientas que coloquen a la obesidad y sobrepeso como parte central de la formulación de leyes y políticas públicas en favor de una mejor alimentación.

A nombre personal y de miles de ciudadanos de este país, y por los razonamientos antes expuestos, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo.

Único. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta con respeto absoluto a la soberanía de los 31 honorables Congresos del país y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que en su seno favorezcan la creación de una comisión encargada de la salud alimentaria.

Es cuanto, señor presidente. Le solicito se inserte el texto íntegro en el Diario de los Debates y asimismo se publique en la Gaceta Parlamentaria. Gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales y a la ALDF a formar una comisión que impulse políticas en materia de salud alimentaria, a cargo de la diputada María Elena Perla López Loyo, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada de la LXI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a esta soberanía la siguiente propuesta con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Hoy en día 4.5 millones de niños, más de 6 millones de adolescentes y 42.5 millones de adultos mayores de 20 años padecen sobrepeso y obesidad en México. Ello explica la reciente firma de un acuerdo nacional sobre salud alimentaria, que dejó establecidas metas para las instituciones estatales y el sector privado y que prevé revertir el crecimiento excesivo de la prevaleciente obesidad y sobrepeso en los menores de dos a cinco años de edad.

Estos problemas exigieron en 2009 más de 42 mil millones de pesos en gastos directos equivalente a todo el presupuesto anual del Seguro Popular, a lo anterior se suman otros 25 mil millones de pesos que perdieron los bolsillos de las familias por pérdida de productividad.

De proseguir estas alteraciones sin control efectivo, en un futuro cercano serán insostenibles los costos de  la salud pública por la cantidad de enfermedades crónicas asociadas a ambos problemas, entre ellas diabetes, hipertensión arterial, cáncer de mama y otras patologías.

Cifras de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2006 (Ensanut 2006) revelan que el sobrepeso y la obesidad son de los problemas más graves en la población mexicana. En cuanto a los estados con mayor índice de sobrepeso y obesidad, las entidades del norte: Nuevo León, Chihuahua, Sonora, Sinaloa, la Península de Yucatán y Tabasco tienen prevalecías en su población arriba del 75 por ciento.

Los estados con las tasas más bajas son los del sur: Guerrero, Oaxaca y Chiapas, sin embargo aun esas cifras son altas, ya que ninguno de los estados de la república tiene cifras menores al 55 por ciento.

Según la encuesta Ensanut: “Es urgente aplicar estrategias y programas dirigidos a la prevención y control de la obesidad del niño, el adolescente y el adulto”. Pero no sólo es tarea de la Secretaría de Salud, es importante empezar a hacer cambios en las costumbres alimenticias de manera personal, efectuar un examen de conciencia de manera individual, informarse y hacer los cambios necesarios para lograr un organismo saludable.

Estos datos demuestran que las instituciones y programas de salud tienen un reto que no pueden dejar inadvertido ya que las prevalecías de estas enfermedades siguen en aumento y el Ejecutivo Federal ha reconocido en varios foros la necesidad de adoptar estrategias encaminadas a su tratamiento y prevención. Si bien estas estrategias están en pleno desarrollo, debería existir en México una política de Estado más agresiva respecto del sobrepeso y obesidad, cuyas consecuencias económicas, sociales y sanitarias pueden llegar a ser cada vez más graves.

Hoy no existen o son mínimas las regulaciones sobre publicidad de alimentos y la restricción al consumo de alimentos poco saludables en las escuelas; no se han incorporado los materiales educativos en alimentación y nutrición en los programas de educación básica; no existe apoyo a las actividades de educación física en los centros escolaresni se controla adecuadamente el explosivo aumento del hábito de mala alimentación en niños y jóvenes.

Todos estos elementos deben ir mejorando con el tiempo, siempre y cuando el Poder Ejecutivo federal, el Poder Legislativo y Poder Judicial consideren como una prioridad los temas de promoción para la salud alimentaria y en consecuencia se mejore la calidad de vida y de salud de los mexicanos.

Por lo expuesto, resulta imprescindible propiciar la creación de comisiones legislativas en todos y cada uno de los honorables Congresos estatales de las entidades federativas del país, así como en la Asamblea del Distrito Federal que tengan como propósito el  impulsar y dar seguimiento a las políticas públicas que se generen en materia de salud alimentaria y que en consecuencia contribuyan a crear conciencia, generar y difundir datos, conocimientos y experiencias para disponer de diagnósticos y herramientas que coloquen a la obesidad y sobrepeso como parte central de la formulación de leyes y políticas públicas en favor de una mejor alimentación.

Por los razonamientos expuestos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta con respeto absoluto a la soberanía de los 31 honorables Congresos del país y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que en su seno favorezcan la creación de una comisión encargada de la salud alimentaria.

Dado en el Palacio Legislativo, a 7 de septiembre de 2010.— Diputada María Elena Perla López Loyo (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Como usted dice se hará, señora diputada, muchas gracias a usted.

Queremos darles un cordial saludo a invitados provenientes de Ciudad Guzmán, Jalisco, invitados por la diputada María Joann Novoa Mossberger. Gracias, bienvenidos.

Turnamos a la Comisión de Salud la proposición de la diputada López Loyo.



DISTRITO FEDERAL

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra la diputada Leticia Quezada Contreras, que propondrá punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Electoral del DF a reconocer la calidad de pueblos e identidad vecinal que tienen los pueblos originarios de San Bernabé Ocotepec, San Nicolás Totolapan, La Magdalena Contreras, Santa Teresa y San Jerónimo Lídice.

La diputada Leticia Quezada Contreras:Con su venia, señor presidente. Muy rápido. Efectivamente es un punto de acuerdo para solicitar de manera muy respetuosa al Instituto Electoral del Distrito Federal, a que sean retomados con identidad y reconocimiento los pueblos y barrios en una delegación, que es la delegación Magdalena Contreras, que son los pueblos de San Bernabé Ocotepec, San Nicolás Totolapan, Santa Teresa, San Jerónimo Lídice y San Jerónimo Aculco.

Actualmente, ustedes saben que la actual Ley de Participación Ciudadana da un mandato para que se lleven a cabo las próximas elecciones vecinales en octubre y, obviamente, el Instituto Electoral no solamente con nuestros pueblos sino que con todos los pueblos en el Distrito Federal borró de un plumazo la categoría de pueblos y se dice ahora que son colonias.

Como ustedes saben, todos hemos estado en territorio, y una petición muy importante de muchísima gente, no solamente de Magdalena Contreras sino que de todo el Distrito Federal, es conservar los usos y costumbres que tienen los pueblos originarios, nuestros pueblos originarios que existen en el Distrito Federal, y es una petición, un exhorto que estaríamos presentando al Instituto Electoral del Distrito Federal, para que sean retomados estos pueblos, para que se sigan conservando sus usos y costumbres. Es muy breve, señor presidente, muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IEDF a reconocer la calidad de pueblos y la identidad vecinal de los pueblos originarios de San Bernabé Ocotepec, San Nicolás Totolapan, La Magdalena Contreras, Santa Teresa y San Jerónimo Lídice, y a conferirles ese carácter en la próxima elección vecinal, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución  Democrática a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 74, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, LXI Legislatura del Congreso de la Unión, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al Instituto Electoral del Distrito Federal a reconocer la calidad de pueblos y la identidad vecinal que tienen los pueblos originarios de San Bernabé Ocotepec, San Nicolás Totolapan, La Magdalena Contreras, Santa Teresa y San Jerónimo Lídice, y se les otorgue ese carácter en la próxima elección vecinal según los siguientes

Antecedentes

1. Los pueblos originarios son reconocidos por la Ley de Participación Ciudadana para el Distrito Federal, tal como lo establece el artículo 6o., fracción XXXIII, y que lo define como “los asentamientos que con base en la identidad cultural social y étnica, poseen formas propias de organización, y cuyo ámbito geográfico es reconocido por los propios habitantes como un solo pueblo y que para efectos de la elección de consejos de los pueblos, el Instituto Electoral realiza su delimitación.

2. En ese sentido, la ley establece en su decimotercer transitorio una lista de pueblos que considera que son originarios; en dicha lista no se menciona ninguno de los pueblos de la delegación La Magdalena Contreras, que no obstante que son poblaciones cuyos antecedentes se encuentran como lo menciona el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de la Delegación, que fuera publicado con fecha 28 de enero del año 2005 y que me permito citar:

Entre 1535 y 1808 el proceso de consolidación se sustentó en la disponibilidad de agua para el desarrollo de actividades económicas en la zona, por lo que el Río de la Magdalena, que nace en la ladera noreste del Cerro de San Miguel, cubría las demandas de tres pueblos (Totolapan, La Magdalena y San Jacinto), tres barrios (Ocotepec, Tizapán y Pitingo), tres haciendas, seis batanes, cinco obrajes, cuatro molinos y diez huertas; en tanto que a fines del siglo XIX, esta misma corriente movía las maquinarias de 3 fábricas textiles (La Magdalena, El Águila Mexicana y Tizapán) y dos de papel (Santa Teresa y Loreto).

En la década  de 1970 empieza la urbanización masiva de la delegación, surgiendo nuevas colonias y fraccionamientos como conjunto residencial Santa Teresa, Pedregal II, Pueblo Nuevo, Potrerillo, El Rosal, El Toro, Las Cruces, Las Palmas, Barros Sierra, Los Padres, El Tanque, Cuauhtémoc, Lomas Quebradas y La Malinche; paralelamente se presenta la conurbación de asentamientos que habían permanecido aislados de la mancha urbana del Distrito Federal, como el es el caso del pueblo de San Bernabé Ocotepec.

De lo expuesto, se evidencia que son comunidades que tienen más de 300 años de establecidas, que en esos territorios se cuenta con autoridades comunitarias o figuras similares que son conferidas a las familias que tradicionalmente tienen respeto y reconocimiento en la comunidad.

3. Que es indispensable en la construcción de la democracia contar con la participación efectiva de los ciudadanos, respecto de las formas actuales de representación vecinal, respetando las formas tradicionales de organización vecinal en los pueblos y barrios. En este sentido resulta vital si se pretende contar con una participación efectiva, que el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueba el catalogo de colonias y pueblos originarios para la elección de los comités ciudadanos y consejo de los pueblos de 2010, en el que se establece que distintos pueblos y barrios de la delegación La Magdalena Contreras fueron considerados como colonias y no como pueblos y barrios originarios situación que vicia las libres formas de organización y que atenta contra las tradiciones y los mecanismos de participación ciudadana en los pueblos de San Bernabé Ocotepec, La Magdalena, San Nicolás Totolapan, Santa Teresa y San Jerónimo Lídice

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LXI Legislatura, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero.Se exhorta respetuosamente al Instituto Electoral del Distrito Federal a reconocer la calidad de pueblos y la identidad vecinal que tienen los pueblos originarios de San Bernabé, San Nicolás, La Magdalena Contreras, Santa Teresa y San Jerónimo Lídice, en la delegaciòn La Magdalena Contreras, y se modifique el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueba el catálogo de colonias y pueblos originarios para la elección de los comités ciudadanos y consejo de los pueblos de 2010.

Segundo.Se exhorta a la Dirección Ejecutiva de Organización y Geografía, dependiente del Instituto Electoral del Distrito Federal, a emitir una errata respecto a la cartografia que reconozca la existencia de los pueblos originarios de San Bernabé, San Nicolás, La Magdalena Contreras, Santa Teresa y San Jerónimo Lídice, en la delegación La Magdalena Contreras.

Tercero.Se exhorta a la jefatura delegacional en La Magdalena Contreras a llevar a cabo las gestiones necesarias ante al Instituto Electoral del Distrito Federal a efecto de que se modifique el acuerdo mediante el cual se dio a conocer el catálogo de colonias y pueblos originarios para la elección de los comités ciudadanos y consejos de los pueblos de 2010;  y en consecuencia, se reconozca la existencia de los pueblos originarios de San Bernabé, San Nicolás, La Magdalena Contreras, Santa Teresa y San Jerónimo Lídice, en la delegación La Magdalena Contreras.

Palacio Legislativo, a 7 de septiembre de 2010.— Diputada Leticia Quezada Contreras (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: A usted, diputada, y doblemente por la brevedad. Se turna a la Comisión de Distrito Federalla proposición de la diputada Quezada.



LEY DE COORDINACION FISCAL

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Pasamos a excitativas. Por tanto, se recibió solicitud de excitativa de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del PRI. Excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, María de Jesús Aguirre Maldonado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos solicita respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva que formule atenta excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que emita dictamen de la iniciativa con proyecto decreto por la que se reforma y adiciona el artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal, y se adicionan el 48 y el 49 del mismo ordenamiento, al tenor de los siguientes

Antecedentes

1. Con fecha 5 de noviembre de 2009, la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado presentó al pleno de la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto decreto por la que se reforma y adiciona el artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal y se adicionan el 48 y el 49 del mismo ordenamiento.

2. En la misma fecha fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para estudio y posterior dictamen.

Consideraciones

La realidad del México actual nos indica que uno de los mayores problemas que afecta y preocupa a la sociedad es el crecimiento de la inseguridad y la delincuencia. El año pasado se produjo un aumento constante de los delitos del fuero común, los cuales ascendieron a 1 millón 610 mil 565, mientras que los del fuero federal alcanzaron 136 mil, según el Instituto Ciudadano de Estudios sobre la Inseguridad.

Los países que han mostrado claros avances en materia de seguridad pública han implantado programas que tienen como objetivo el fortalecimiento de sus corporaciones policiacas locales, las cuales cumplen un importante papel en la prevención del delito a través de un contacto cada vez más cercano con la población, además de establecer novedosos planes de capacitación y adiestramiento.

Para lograr mayores y mejores avances en la prevención, investigación y persecución de delitos es necesario dotar a las policías municipales de infraestructura a través de la adquisición y modernización de las instalaciones policiacas, así como del equipo, que comprende armamento, uniformes y aditamentos de protección personal y de vehículos.

Sin embargo, los recursos en las entidades federativas y, sobre todo, en los municipios son insuficientes. Por tal motivo es urgente mayor coordinación y cooperación entre el gobierno federal, los estados y los municipios, con la finalidad de fortalecer las haciendas públicas locales y emprender las políticas públicas necesarias para resolver problemáticas como la creciente inseguridad que aqueja terriblemente al país.

Por dicha razón, la Cámara de Diputados aprobó en 2008 recursos dirigidos al Subsidio para la Seguridad Pública Municipal (Subsemun), con el propósito de fortalecer las acciones en materia de seguridad pública a escala local.

Sin embargo, la situación fiscal de los municipios y el de-safortunado crecimiento de los índices de delincuencia hacen imperante la permanencia de recursos destinados a mejorar la seguridad pública municipal y a fortalecer los mecanismos de coordinación entre la federación, los estados y los ayuntamientos.

Por lo descrito, es necesario diseñar una redistribución más justa, equitativa y homogénea de los recursos federales, que permita a estados y a municipios realizar acciones en materia de equipamiento y capacitación de los cuerpos policiacos.

Las acciones en materia de seguridad pública para combatir, prevenir y sancionar los actos delictivos requieren recursos presupuestarios permanentes y estables que den certidumbre a las autoridades municipales. Por ello es necesario que el Subsemun adquiera la figura de fondo en las aportaciones federales y no tenga un carácter discrecional por el Ejecutivo en turno.

Por tal motivo, esta iniciativa propone que el Subsemun, que actualmente administra la Secretaría de Seguridad Pública en el ramo 36, se convierta en el fondo para la seguridad pública municipal en el ramo 33, "Aportaciones federales".

Ante lo descrito, se solicita respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados que dé trámite a la siguiente

Excitativa

Único.Se emite excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados para que realice el dictamen correspondiente a la iniciativa con proyecto decreto por la que se reforma y adiciona el artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal y se adicionan el 48 y el 49 del mismo ordenamiento.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2010.— Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Por la que de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la comisión mencionada a emitir el dictamen correspondiente.



ARTICULO 73 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Igualmente, recibimos solicitud de excitativa del diputado Óscar Marín Arce Paniagua, del Grupo Parlamentario del PAN, a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos del Senado de la República.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Excitativa al Senado de la República, a solicitud del diputado Óscar Martín Arce Paniagua, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Óscar Martín Arce Paniagua, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el inciso g) del artículo 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción XVI del artículo 21 y el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a esta soberanía la presente excitativa, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

a) En sesión celebrada el día 9 de mayo de 2007 en la Comisión Permanente, el diputado Cruz Pérez Cuéllar, en nombre de los diputados Héctor Larios Córdova, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Emilio Gamboa Patrón, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; María del Pilar Ortega Martínez, Claudia Sánchez Juárez, Dora Alicia Martínez Valero y Rogelio Carbajal Tejada, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Raúl Cervantes Andrade, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y Patricia Obdulia de Jesús Castillo Romero, del Grupo Parlamentario de Convergencia, todos pertenecientes a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, presentó iniciativa que adiciona una fracción XXIX-N al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que fue turnada a esta Comisión de Puntos Constitucionales para su dictaminación.

b) Con fecha 4 de diciembre de 2008, en sesión plenaria de la Comisión de Puntos Constitucionales, existiendo el quórum reglamentario, fue aprobado el dictamen correspondiente a la iniciativa planteada, por unanimidad de los presentes. Siendo puesto a consideración de la honorable Cámara de Diputados en primera lectura para su discusión y resolución constitucional el 11 del mismo mes.

c) En efecto el día 28 de abril del 2009, se puso a discusión el dictamen con proyecto de decreto que adiciona una fracción XXIX-Ñ (sic XXIX-P) al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que fue aprobado en lo general y en lo particular por 341 votos, quedando aprobado el proyecto de decreto que adiciona una fracción XXIX-P al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

d) Fue recibida con fecha 30 de abril del año próximo pasado en el Senado de la República para sus efectos constitucionales, la minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-P al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siendo turnado a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos de dicha Cámara revisora, no obstante de ello, se encuentra pendiente para su dictaminación.

Considerandos

En cada entidad federativa se dará entera fe y crédito de los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todos los otros, es lo que dispone el artículo 121 de nuestra Constitución Política.

El registro público de la propiedad actualmente tiene como fin dar publicidad a los actos jurídicos que, conforme a la ley, precisen de este requisito para surtir efectos ante terceros, tales como el estado jurídico de la propiedad y posesión de bienes inmuebles; algunos actos jurídicos sobre bienes muebles, limitaciones y gravámenes a que ambos están sujetos, y sobre la constitución y modificación de las asociaciones civiles y sociedades mercantiles.

Sin embargo, al ser el Registro Público de la Propiedad una institución que se ha manejado por las entidades federativas, ha generado que el mismo no responda a las demandas de seguridad jurídica en la protección de los derechos de la propiedad, ni a los retos que enfrenta una sociedad en evolución, por lo que los criterios, pagos, procedimientos, tiempos de respuesta, eficiencia, confiabilidad y agilidad varían en las entidades federativas, siendo regulado su funcionamiento, en la mayoría de los casos, por los códigos civiles locales, y en un número reducido de estados por leyes especiales locales, así como los reglamentos expedidos al efecto.

La iniciativa busca la consolidación, actualización, simplificación y homologación de la actividad registral, a través de otorgar la facultad al Congreso de la Unión para expedir una norma de carácter general y de observancia federal para todo el territorio, ley que se plantea que en todo momento sea respetuosa de la autonomía y soberanía de los estados, así como el ámbito de la federación.

Con ello, el registro de la propiedad facilita las transacciones, protege la seguridad de los derechos a que se refieren dichos títulos, garantiza la certeza jurídica de la titularidad de los inmuebles registrados, es garante de legalidad en las transacciones del mercado inmobiliario y contribuye a reducir los costos de averiguación, seguro, litigiosidad e incertidumbre. La figura del "registro de la propiedad" es toral para la definición y la eficiente asignación de los derechos de propiedad.

Como se ha mencionado en el presente trabajo legislativo, la diversidad no sólo de leyes y disposiciones que norman la actividad registral, tanto local como federal y en algunos casos la carencia de éstos, de autonomía jurídica, presupuestal u operativa, ocasionando una desvinculación con el proceso de desarrollo económico del propio estado; verbigracia es el sistema registral que está desvinculado de los sistemas catastrales, pues mientras los primeros son administrados por los gobiernos estatales, los segundos son del orden municipal, esta desvinculación genera diferencias en la delimitación de propiedades y contradicciones entre ambos registros.

En el mismo orden de ideas, en algunas entidades federativas aún se utilizan como sustento legal de inscripción libros, propiciando con dicha falta de tecnología se generen retrasos, corrupción e ineficiencia, aunado a que el tiempo de respuesta de una inscripción sea igualmente lento, tardando hasta seis meses, dependiendo de la entidad federativa.

Cabe mencionar los esfuerzos del gobierno federal que a través de la Secretaría de Gobernación y el Consejo Nacional de Vivienda, promovieron el Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y Vinculación con el Catastro.

Resolver los problemas en materia de registro inmobiliario es causa impulsiva principal de la iniciativa materia de la presente excitativa, proponiendo facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre la federación, los estados y el Distrito Federal para la operación de los registros públicos inmobiliarios y de personas morales mediante la adición de la fracción XXIX-P al  artículo 73 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos.

Permitirá enfocar la actividad registral del país de una manera integral mediante la expedición de una base jurídica que establezca las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre los distintos órdenes de gobierno, con estricto respeto de la soberanía y autonomía de cada entidad federativa.

Con fundamento en lo dispuesto por el inciso f) del artículo 23 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por la fracción XVI, del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de esta honorable Cámara de Diputados lo siguiente:

Único. Se exhorte al Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República para que en términos de lo dispuesto por los artículos 67, inciso g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; excite a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos de esa Cámara, a fin de que presenten al pleno el dictamen correspondiente a la minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-P al artículo 73 de la Constitución General de los estados Unidos Mexicanos.

Palacio Legislativo de Sán Lázaro, a 14 de septiembre del 2010.— Diputado Óscar Martín Arce Paniagua (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se remite al Senado de la República.



LEY DEL SEGURO SOCIAL

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se recibió de diputados integrantes de la Comisión de Seguridad Social, solicitud de excitativa a la Comisión de Seguridad Social del Senado de la República.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso:«Excitativa al Senado de la República, a solicitud de la Comisión de Seguridad Social

Los suscritos, diputados integrantes de la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que les otorgan los artículos 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos a usted diputado presidente de la Mesa Directiva de esta Cámara, se dirija respetuosamente al senador presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, para que excite a la Comisión de Seguridad Social de esa Cámara, a que dictamine la minuta proyecto de decreto que adiciona un artículo Décimo Octavo Transitorio de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995.

Antecedentes

1. En fecha 7 de marzo de 2006, el diputado a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión Agustín Miguel Alonso Raya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, misma que por acuerdo de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados fue turnada a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

2. Las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social dictaminaron en sentido positivo la iniciativa reseñada, estableciendo en el dictamen que, en lugar de agregar un segundo párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, como lo proponía la iniciativa, esta debería modificarse para agregar un párrafo al artículo Décimo Octavo Transitorio a la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2005, con la siguiente redacción: “Décimo Octavo Transitorio. ... Los asegurados que opten por acogerse al régimen de la Ley que se deroga, tratándose de las pensiones de cesantía en edad avanzada y de vejez, tendrán derecho al otorgamiento de la pensión respectiva, cuando hayan cumplido los requisitos de edad y de número de semanas cotizadas, establecidos en dicha Ley, aún cuando a la fecha de la solicitud de pensión se hubiese excedido el período de conservación de derechos señalado en el artículo 182 y sin que sea necesario cubrir los requisitos previstos en el artículo 183 de la ley que se deroga. El pago de las pensiones otorgadas en los términos de este párrafo se regirá conforme al artículo Duodécimo Transitorio de esta Ley”.

3. En su sesión ordinaria de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, celebrada el 26 de abril de 2006, el dictamen mencionado se aprobó con una votación de 331 votos a favor, cero en contra y 2 abstenciones, y, para el cumplimiento de las disposiciones constitucionales fue enviada como minuta al Senado de la República.

4. Al recibirla, la Presidencia de la Mesa Directiva de esa cámara legislativa dispuso que se turnara a la entonces Comisión de Salud y Seguridad Social, comisión que al inicio de la anterior legislatura fue dividida en Comisión de Salud y Comisión de Seguridad Social, quedando la minuta de referencia radicada en la Comisión de Seguridad Social.

Consideraciones

1. La intención de la adición contenida en el proyecto de decreto, es permitir que los afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social que hayan sido dados de baja del régimen ordinario y estén fuera del periodo de conservación de derechos, pero reúnan los requisitos de edad y cotizaciones para obtener el derecho a una pensión por edad avanzada o vejez, puedan ejercerlo sin necesidad de ser reinscritos y cotizar durante cincuenta y dos semanas, como lo señalaba la Ley del Seguro Social abrogada y como lo señala la Ley del Seguro Social vigente.

2. El contenido del dictamen a la iniciativa en mención, subraya el problema de aquellos trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social que, por diferentes razones, dejaban de ser cotizantes del IMSS habiendo ya cubierto el requisito de las semanas de cotización necesarias para acceder al derecho a una pensión, pero no cumplían con  el requisito de tener como mínimo sesenta años de edad. La ley vigente, al igual que la derogada en julio de 1997, establece como condición para que sea reconocido el periodo anteriormente cotizado, si se ha excedido el periodo de conservación de derechos equivalente a la cuarta parte del total de semanas de cotización, que el trabajador vuelva a ser recontratado por un patrón que lo inscriba en el IMSS, y al completar cincuenta y dos semanas en esa nueva contratación, se le reconocerán las semanas cotizadas con anterioridad.

3. Las razones para dejar de cotizar al IMSS, después de cuando menos 10 años de estar inscrito, pueden ser muchas, pero lo importante es que cuando un trabajador cumple sesenta años de edad, el conseguir un trabajo formal con derecho a la seguridad social, es verdaderamente una misión imposible, y en consecuencia pierde los derechos que ya había adquirido, independientemente de lo cual, esta condición se presta a que el trabajador recurra a un patrón comprometiéndose a pagar tanto la cuota obrera como la correspondiente al patrón, por un año completo, para obtener la reactivación de su antigüedad en semanas cotizadas, con el daño económico que resulta para el trabajador y la corrupción en la que incurre el patrón.

4. Para resolver esta problemática, el autor de la iniciativa propuso en aquella ocasión, que se agregara un párrafo al artículo 151 de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, para quedar como sigue: “En caso de que el asegurado haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio reúna el número de cotizaciones señaladas como requisito para acceder a una pensión del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, el Instituto reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones al cumplir los requisitos de edad establecidos en dicho seguro”

5. Como ya se señaló, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, por unanimidad, aprobaron el dictamen con las modificaciones que también se han señalado en el apartado 2 de los antecedentes citados en este documento.

6. La Comisión de Seguridad Social de la LXI Legislatura del H. Congreso de la Unión ha dictaminado en negativo dos iniciativas que proponen reformas a la Ley del Seguro Social vigente bajo el argumento de que ya está en el Senado de la República una minuta aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados y de que lo que procede es que sea dictaminada en la Cámara revisora. Como consecuencia de lo anterior, aprobó, en su reunión celebrada el 23 de agosto de 2010, que se presentara a usted esta solicitud de excitativa, suscrita, en lo individual, por cada uno de sus integrantes que lo deseara.

7. Como se ha excedido, en demasía, el plazo que las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes otorgan a las comisiones ordinarias para dictaminar los asuntos que les son turnados, consideramos prudente se excite a la Comisión de Seguridad Social del Senado de la República a que dictamine esta minuta, cuyos efectos benéficos representarán un alivio importante para los adultos mayores que habiendo cotizado durante un período mínimo de 500 semanas, no tienen la posibilidad de acceder a una pensión que les aliviaría su precaria situación económica.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, atentamente solicitamos a usted, Presidente de la Mesa Directiva, haga una atenta petición a la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores para que, a su vez, respetuosamente formule excitativa a la Comisión de Seguridad Social para que se emita el dictamen a la minuta con proyecto de decreto que adiciona un artículo Décimo Octavo Transitorio a la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2010.— Diputados: Uriel López Paredes, Jorge Hernández Hernández, Valdemar Gutiérrez Fragoso, Ana Elia Paredes Arciga, Elvia Hernández García, Clara Gómez Caro, María Cristina Díaz Salazar, Germán Contreras García, María Elena Pérez de Tejada Romero, Raúl Gerardo Cuadra García, Francisco Hernández Juárez, Herón Agustín Escobar García (rúbricas).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: También se remite a la comisión respectiva en el Senado de la República.



ESTADO DE JALISCO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se recibió solicitud de excitativa de la diputada Clara Gómez Caro, del Grupo Parlamentario del PRI, a la Comisión de Recursos Hidráulicos.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Excitativa a la Comisión de Recursos Hidráulicos, a solicitud de la diputada Clara Gómez Caro, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Clara Gómez Caro, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, solicita respetuosamente al presidente de la Mesa Directiva que, en el uso de las atribuciones que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite a la Comisión de Recursos Hidráulicos, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera.El presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme a la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a la comisión —en nombre de la Cámara— a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda.Es el caso, que el pasado 1 de diciembre de 2009, el diputado Francisco Javier Ramírez Acuña, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó, para los efectos legales correspondientes, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Semarnat, realice las obras de entubamiento del cauce del rio Atemajac, en Guadalajara, Jalisco.

Tercera.En la misma fecha, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Recursos Hidráulicos.

Cuarta.Es muy importante mencionar que ya sea entregado el proyecto ejecutivo a la comisión en comento, con todas las autorizaciones requeridas.

Este proyecto tiene un beneficio multifuncional por lo que los ciudadanos de los municipios de Zapopan y Guadalajara, distritos 4, 8 y 9, tendrán una mejora en su salud, por que las aguas residuales ya no estarán expuestas al aire libre, en vialidades, seguridad, etcétera.

Por lo expuesto y fundado, solicito respetuosamente al presidente de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión:

Excitativa

Único.Que, en los términos dispuestos en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite a la Comisión Recursos Hidráulicos, a efecto de que presente el dictamen correspondiente de la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Semarnat, realice las obras de entubamiento del cauce del rio Atemajac, en Guadalajara, Jalisco.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2010.— Diputada Clara Gomez Caro (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: De conformidad con lo que establece el artículo 21 en su fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la comisión mencionada para que emita el dictamen correspondiente.

Continúe la Secretaría.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Martes 28 de septiembre de 2010.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Por el que informa que en el mes de agosto de 2010, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras locales competentes, únicamente dio destino a mercancía perecedera, de fácil descomposición o deterioro y aquélla que no es transferible al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).

Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputada secretaria.



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(a las 16:02 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 28 de septiembre de 2010, a las 11 horas. Se les informa a los señores diputados y diputadas que el sistema electrónico estará abierto para su registro a partir de las 9:30 horas.

————— O —————

RESUMEN DE TRABAJOS • Tiempo de duración: 4 horas 20 minutos • Quórum a la apertura de sesión: 325 diputados • Asistencia al cierre de registro:  448 diputados • Diputado que toma protesta: 1 • Comisiones reglamentarias y protocolarias: 1 • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 5 • Oradores que participaron: 74 PRI                                              22PAN                                             15PRD                                     14PVEM                                          4PT                                                   16Convergencia                       1Diputados de la Comisión de Seguridad Social                         1Diputados del Grupo de Trabajo de alto nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo parar crear una estrategia y un programa eficaz en materia de atención y prevención de las adicciones                            1 Se recibieron o presentaron: • 4 oficios de la Junta de Coordinación Política por los que se comunican cambios de integrantes en las Comisiones de Gobernación; de Vivienda; de Transporte; de Trabajo y Previsión Social; de Cultura; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Especial cuenca del sistema Cutzamala; Especial de la Industria Automotriz; de la Función Pública; de Desarrollo Social; de Seguridad Pública; de Ciencia y Tecnología; Jurisdiccional; de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación; Especial para analizar el presupuesto de gastos fiscales; de Marina; de Seguridad Social; de Puntos Constitucionales; de Fomento Cooperativo; Especial para la Niñez; Especial del cambio climático; de Atención a Grupos Vulnerables; de Equidad y Género; Especial de acceso digital; de Derechos Humanos; de Salud; del Distrito Federal; de Participación Ciudadana; de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; y en el Grupo de Trabajo de alto nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para impulsar una estrategia y un programa eficaz en materia de protección y prevención de las adicciones; de Asuntos Indígenas; Especial de la industria automotriz; de Hacienda y Crédito Público; de Recursos Hidráulicos; de Radio, Televisión y Cinematografía; Desarrollo Metropolitano; Especial de impulso a la calidad educativa; Especial de competitividad; Especial encargada de estudiar, analizar, evaluar y supervisar el funcionamiento de las aduanas, puertos y aeropuertos nacionales en relación con la entrada de mercancía ilegal, el tráfico y contrabando de armas, estupefacientes y sustancias adictivas; Especial de energías renovables; Especial de seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación; en el Comité de Administración; en los Grupos de Amistad México-Irak; México-China; México-Alemania; México-Estados Unidos; México-India; México-Brasil; México-Cuba; México-Israel; y en el Grupo de Trabajo para realizar un estudio de la normatividad que rige los trabajos del pleno de la Cámara de Diputados; • 1 oficio de la Cámara de Senadores con el que remite acuerdo por el que se designa secretario de su Mesa Directiva; • 11 oficios de la Cámara de Senadores con los que remite acuerdos relacionados con el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011; • 3 minutas con proyectos de decreto; • 5 iniciativas del PRI; • 4 iniciativas del PAN; • 2 iniciativas del PRD; • 1 iniciativa del PT; • 2 iniciativas de Convergencia; • 16 proposiciones con puntos de acuerdo; • 2 proposiciones con puntos de acuerdo, aprobadas; • 4 excitativas a comisiones Dictámenes de primera lectura: • 1 de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 y adiciona los artículos 3o. y 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; • 1 de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; • 1 de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; • 1 de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; • 1 de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Ley Agraria; • 1 de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 30 de la Ley Agraria; • 1 de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Agrícolas; • 1 de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción IX del artículo 7o. de la Ley General de Educación, en materia de educación nutricional; • 1 de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación nutricional y regulación de venta de alimentos y bebidas en los planteles escolares de nivel básico; • 1 de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria; • 1 de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma los artículos 6 y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 64 de la Ley del Seguro Social; • 1 de la Comisión de Desarrollo Rural, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; • 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 55 Bis de la Ley General de Vida Silvestre; • 1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor; • 1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 29 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor; • 1 de la Comisión de la Función Pública, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 80 y 82 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación Dictámenes aprobados: • 1 de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 10 de noviembre de 2009, para que se construya el distribuidor vial El Molinito en las avenidas El Molinito y Río Hondo, en el municipio de Naucalpan de Juárez, estado de México; • 1 de la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 8 de diciembre de 2009, por la que se solicita al Ejecutivo federal que exija estrictamente el cumplimiento del principio de laicidad del Estado mexicano por parte de las asociaciones religiosas, particularmente del clero católico, y que redunde en el respeto de los derechos humanos de las personas gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero; • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 22 de abril pasado, por la que se exhorta a la Secretaría de Economía a excluir la industria del calzado de la negociación de un eventual Tratado de Libre Comercio con Brasil; • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 20 de abril pasado, por la que se exhorta a la Secretaría de Economía a realizar actividades tendentes a enlazar a los proveedores nacionales de insumos y servicios con los productores de bienes y servicios finales, como vía generadora de empleo; • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 24 de marzo pasado, por la que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a analizar el efecto del desabasto de melaza en el sector alimentario y a tomar las previsiones conducentes en la industria de alimentos balanceados para el consumo pecuario; • 1 de las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 8 de diciembre de 2009, por la que se solicita al titular de la Procuraduría Federal del Consumidor que instruya a las delegaciones estatales para intensificar el programa de verificación de combustibles que permita detectar ventas fraudulentas; y al titular de la Secretaría de la Función Pública que dé seguimiento a las actividades de esas delegaciones respecto a las gasolineras; • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 26 de noviembre de 2009, por la que se solicita a la Secretaría de Gobernación que incluya en el calendario oficial el 19 de julio como día para conmemorar la Declaración de Autodeterminación de México, hecha por Francisco Primo de Verdad y Ramos; • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 15 de diciembre de 2009, por la que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar medidas para salvaguardar la producción porcícola nacional, evitando las políticas de dumping, que han incrementado la importación de derivados del cerdo; • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 28 de abril pasado, por la que se exhorta al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva la negociación del Tratado de Libre comercio México-Brasil para garantizar igualdad de condiciones comerciales; • 1 de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 11 de marzo pasado, por la que se exhorta a las instituciones de salud, a los Congresos estatales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a desarrollar un plan conjunto de difusión sobre los Centros de Atención Primaria en Adicciones Nueva Vida; • 1 de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 11 de marzo pasado, relativa a los recursos para la prevención y control del virus del papiloma humano y el cáncer cérvico-uterino en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011; • 1 de la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 15 de diciembre de 2009, por la que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa integral de reinserción social de los ex convictos deportados a nuestro país; • 1 de la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 7 de abril pasado, por la que se exhorta a las entidades federativas que a la fecha no hubieren adecuado su marco legal en materia de seguridad pública a realizar las reformas necesarias a fin de dar cumplimiento al artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional sobre seguridad y justicia de fecha 18 de junio de 2008; • 1 de la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 21 de abril pasado, por la que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargadas de la seguridad pública en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía; • 1 de la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 22 de abril pasado, por la que se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la gran corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos; • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 7 de abril pasado, por la que se exhorta al secretario de Economía a implantar mediante el organismo ProMéxico un programa de apoyo de las empresas creadas por connacionales migrantes en el extranjero, con el fin de incentivar su establecimiento en nuestro país a partir de otorgarles de todas las facilidades para su potencialización en territorio mexicano; • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 8 de abril pasado, por la que se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que, en su caso, realizó para determinar fechas, montos y procedimientos de los cupos de importación de leche en polvo, así como que calcule el efecto de las importaciones en el sector lechero del país; • 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 20 de octubre de 2009, por la que se solicita al Ejecutivo federal que se construya el sobrebordo de protección en Tuxpan, Nayarit, por considerarse zona de alto riesgo para los habitantes ante inundaciones; • 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 29 de octubre de 2009, por la que se solicita al director general de Comisión Nacional del Agua y al del Sistema de Aguas de la Ciudad de México que lleven a cabo las acciones que les correspondan para solucionar el problema de abastecimiento de agua en la delegación de Iztapalapa, del Distrito Federal; • 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo relativos a la proposición, presentada en la sesión del 4 de noviembre de 2009, por la que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Comisión Nacional del Agua se establezcan los mecanismos para la rehabilitación del arroyo Alamar, en el estado de Baja California; • 1 de las Comisiones Unidas de Comunicaciones, y de Radio, Televisión y Cinematografía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 28 y 29 A, de la Ley Federal de Radio y Televisión, presentada en la sesión del 27 de abril de 2006; • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas, recibida en la sesión del 3 de febrero pasado; • 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, presentada en la sesión del 14 de abril de 2005; • 1 de las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, presentada en la sesión del 25 de junio de 2008; • 1 de las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 15 y 71 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, presentada en la sesión del 22 de febrero de 2007; • 1 de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, presentada en la sesión del 8 de diciembre de 2009; • 1 de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2 y 9 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, presentada en la sesión del 14 de octubre de 2004; • 1 de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 38 y 175-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abrogado el 14 de enero de 2008, presentada en la sesión del 14 de noviembre de 2006; • 1 de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, recibida en la sesión del 3 de septiembre de 2009; • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 22 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, presentada en la sesión del 20 de octubre de 2009; • 1 de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo el artículo 11 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de publicidad, presentada en la sesión del 30 de abril de 2009; • 1 de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 115 de la Ley General de Salud, presentada en la sesión del 21 de octubre de 2008; • 1 de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 464 Bis-1 a la Ley General de Salud, presentada en la sesión del 26 de abril de 2007; • 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación en materia de regulación de contenidos en libros de texto gratuitos, presentada en la sesión del 2 de febrero pasado