Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXI Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, jueves 17 de marzo de 2011
Sesión No. 16

SUMARIO


COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

Respecto a reunión realizada en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, desde sus curules los diputados:

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

José Ramón Martel López

José Gerardo de los Cobos Silva

Mario Alberto di Costanzo Armenta

Pedro Vázquez González

Arturo Ramírez Bucio

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Arturo Ramírez Bucio

Oscar González Yáñez

Laura Itzel Castillo Juárez

Nancy González Ulloa

Teresa Guadalupe Reyes Sahagún

Carlos Alberto Pérez Cuevas

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Tereso Medina Ramírez

Heliodoro Carlos Díaz Escárraga

José Gerardo de los Cobos Silva

Reginaldo Rivera de la Torre

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL SOBRE LA CEDULA DE IDENTIDAD

Realiza comentarios sobre el tema el diputado Pablo Escudero Morales

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

Desde su curul la diputada María Florentina Ocegueda Silva se refiere al trámite a proposición con punto de acuerdo presentada en la sesión del pasado día ocho, a lo que el Presidente responde

Desde su curul el diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta comenta con hechos en referencia al restaurantes Los Cristales en el Palacio Legislativo, el Presidente da respuesta

MODIFICACION DE TURNO

Dos comunicaciones de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados con las que comunica modificación de turno de siete iniciativas con proyectos de decreto

GUARDERIA ABC

Desde su curul el diputado Emilio Serrano Jiménez solicita minuto de silencio en memoria de los niños que fallecieron en el incendio de la guardería ABC

INICIATIVAS TURNADAS

Comunicación de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados con la que informa turnar nuevamente, de conformidad con lo que establece el artículo sexto transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados, 11 iniciativas a las comisiones correspondientes para que corra el término reglamentario de presentar dictamen. Publíquese la relación y actualícense los registros parlamentarios

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Oficio del diputado Maurilio Ochoa Millán por el que solicita sea retirada iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, turnada en la sesión del pasado día 9 del presente mes. Se retira de la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen, y de la Comisión de Turismo para opinión. Actualícense los registros parlamentarios

ESTADO DE MEXICO

Oficio del diputado Eduardo Yáñez Montaño por la que solicita información a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, respecto a las obras de modernización de la carretera México-Cuautla, tramo Chalco-Amecameca. Se remite al Ejecutivo para su atención

ESTADO DE NUEVO LEON

Oficio de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado por la que solicita información a la Secretaría de Desarrollo Social que proporcione información detallada de los recursos ejercidos durante 2009 y 2010 en cada municipio de Nuevo León, respecto al Programa Federal de Rescate de Espacios Públicos en dicha entidad. Se remite al Ejecutivo para su atención

RUTAS FERROVIARIAS - TRAFICO DE PERSONAS

Oficio del diputado José Luis Ovando Patrón por la que solicita información al secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública un informe, en materia de seguridad pública, sobre los 25 municipios de alto riesgo para los migrantes, de las rutas ferroviarias señaladas como focos amarillos y en general, de toda la República Mexicana; así como del plan de prevención que el secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en colaboración con el Instituto Nacional de Migración, aplican para abatir ilícitos como tráfico de personas, robo, secuestro, violación, trata de personas, homicidio, extorsión, entre otros. Se remite al Ejecutivo para su atención

JAPON

Oficio del diputado José Ramón Martel López por la que solicita información a diversas dependencias del Gobierno Federal en relación con la adecuada y debida preparación de nuestro país ante el desastre natural ocurrido en Japón. Se remite al Ejecutivo para su atención

SECRETARIA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Invitación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, por la que invita a la ceremonia cívica conmemorativa del CCV aniversario del Natalicio de Benito Juárez García, Benemérito de las Américas, el Presidente designa Comisión que represente a la Cámara de Diputados

SALARIOS MINIMOS

Oficio de la Comisión Federal de Competencia con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente en la sesión del 26 de enero pasado, relativo a las medidas para evitar y detener el creciente deterioro de los salarios mínimos. Se remite al promovente para su conocimiento

VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO - CANCER CERVICOUTERINO

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a los recursos para la prevención y control del virus del papiloma humano y del cáncer cervicouterino. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, relativo al Reglamento de la Ley General de las Personas con Discapacidad. Se remite al promovente, para su conocimiento

CANASTA BASICA

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente en la sesión del 23 de septiembre de 2010, relativo a las condiciones de competencia de los mercados de abastecimiento de la canasta básica para el consumidor final. Se remite al promovente, para su conocimiento

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el que remite información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente al mes de febrero de 2011, desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación correspondiente al mes de febrero de 2010. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA

Comunicación del diputado Diego Guerrero Rubio, con la que solicita licencia para separarse de sus funciones como diputado federal electo en la cuarta circunscripción plurinominal. Aprobado, comuníquese

Desde su curul el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia realiza comentarios

DIPUTADO SUPLENTE QUE SE INCORPORA

El Presidente designa Comisión que acompañe al ciudadano Jorge Herrera Martínez, diputado suplente electo en la cuarta circunscripción plurinominal, en el acto de rendir su protesta de ley

BENITO JUAREZ GARCIA

Participan en la efeméride con motivo del CCV aniversario del natalicio de Benito Juárez García, los siguientes diputados:

Reyes S. Tamez Guerra

María Guadalupe García Almanza

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Juan Carlos Natale López

Olga Luz Espinosa Morales

Justino Eugenio Arriaga Rojas

Desde su curul el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Heriberto Ambrosio Cipriano

73 ANIVERSARIO DE LA EXPROPIACION PETROLERA

El Presidente anuncia la recepción de solicitud de la Junta de Coordinación Política, para que el punto de agenda política sobre el 73 Aniversario de la Expropiación Petrolera sea abordado en momento posterior de esta misma sesión

Desde su curul el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña realiza moción de procedimiento

Se aprueba modificar el orden del día

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Se recibe de los diputados Rafael Pacchiano Alamán y Ninfa Clara Salinas Sada, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para la expedición del Manual del Sistema de Manejo Ambiental como una estrategia fundamental para promover el desarrollo sustentable del país. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

GUARDERIA ABC

Atendiendo solicitud del diputado Serrano Jiménez, el Presidente pide guardar minuto de silencio en honor de las víctimas de la guardería ABC

ESTADOS DE SINALOA, SONORA, TAMAULIPAS, COAHUILA, CHIHUAHUA, DURANGO Y NUEVO LEON

Se recibe de diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Instiucional, iniciativa con proyecto de decreto por el que se integra un fondo especial de recursos económicos, por 15 mil millones de pesos, para atender los daños ocasionados por las contingencias acaecidas por las recientes heladas, los días 2, 3 y 4 de febrero del año en curso, en los estados de Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Durango y Nuevo León

Se adhieren a la iniciativa y realizan comentarios desde sus curules los diputados:

Miguel Angel García Granados

Adolfo Rojo Montoya

Mario Alberto di Costanzo Armenta

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Armando Ríos Piter

José Ramón Martel López

Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh

Juan Carlos Natale López

Camilo Ramírez Puente

María Teresa Rosaura Ochoa Mejía

César Francisco Burelo Burelo

Víctor Manuel Anastasio Galicia Avila

Oscar García Barrón

Roberto Pérez de Alva Blanco

Emilio Serrano Jiménez

Mario Alberto di Costanzo Armenta

La iniciativa recibida se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

ARTICULO 74 CONSTITUCIONAL - LEY ORGANICA DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Se recibe del diputado Ricardo Ahued Bardahuil, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 43 de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el procedimiento legislativo para la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

Se recibe del diputado José del Pilar Córdova Hernández, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud, para eximir del pago por los servicios médicos recibidos en instituciones públicas a los menores de 5 años. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PUBLICO

Se recibe del diputado Jorge Humberto López Portillo Basave, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en materia de sanciones a ministros de culto que cometan delitos sexuales en contra de menores. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL - LEY GENERAL DE EDUCACION - LEY GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA - LEY GENERAL DE SALUD

Se recibe del diputado Francisco Saracho Navarro, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, de la Ley General de Educación, de la Ley General de Infraestructura Física Educativa y de la Ley General de Salud, para elaborar e implementar planes de contingencia para hacer frente a posibles disturbios en centros educativos y de salud. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, Educación Pública y Servicios Educativos y de Salud, para dictamen

CODIGO PENAL FEDERAL

Se recibe del diputado Gerardo del Mazo Morales, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 381 del Código Penal Federal, para aumentar las penas de delitos cometidos en contra de vehículos de transporte público federal de carga o de pasajeros. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

ESTADOS DE SINALOA, SONORA, TAMAULIPAS, COAHUILA, CHIHUAHUA, DURANGO Y NUEVO LEON

Desde su curul el diputado Miguel Angel García Granados agradece el apoyo a la iniciativa presentada

LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

El diputado Oscar González Yáñez presenta iniciativa con proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para cancelar la participación de particulares y capital privado en la generación de energía eléctrica y la venta de la misma a la Comisión Federal de Electricidad

Desde su curul el diputado César Francisco Burelo Burelo se adhiere a la iniciativa

Desde su curul el diputado Oscar González Yáñez acepta

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

La diputada María Cristina Díaz Salazar presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 192 Quáter, de la Ley General de Salud, relativa a centros de rehabilitación, granjas o anexos para pacientes con adicciones. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACION

El diputado Salvador Caro Cabrera presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 6o. y 14 de la Ley General de Educación, para universalizar el acceso a útiles escolares de forma gratuita. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

LEY DE LA POLICIA FEDERAL

El diputado Arturo Zamora Jiménez iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 8o. y 12 de la Ley de la Policía Federal, sobre crear una policía de frontera para ejercer las facultades de prevención, vigilancia, y coadyuvancia en la persecución e investigación de los delitos, bajo la dirección del Ministerio Público federal, en puertos, aeropuertos y zonas fronterizas. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

Desde su curul el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña solicita la verificación de quórum

Desde sus curules se adhieren a la iniciativa:

Víctor Humberto Benítez Treviño

Arturo Zamora Jiménez acepta

Camilo Ramírez Puente

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACION CREDITICIA

La diputada Ana Estela Durán Rico presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 23 y 39 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, para disminuir los plazos para eliminar los antecedentes negativos de deudores de la banca en el buró de crédito. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Desde su curul la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía se adhiere a la iniciativa

Desde su curul la diputada Ana Estela Durán Rico acepta

REGISTRO DE ASISTENCIA

ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL

El diputado Raúl Domínguez Rex presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho a la vivienda. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY DE MANIFESTACIONES PUBLICAS EN EL DISTRITO FEDERAL

La diputada Gabriela Cuevas Barron presenta iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

El diputado Leobardo Soto Martínez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 40 y octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para que los fondos de la subcuenta de vivienda aportados por las empresas que no hayan sido aplicados sean entregados a los trabajadores o a sus beneficiarios. Se turna su iniciativa a Comisiones Unidas de Vivienda, de Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

ARTICULO 115 CONSTITUCIONAL

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer la paridad entre géneros en la integración de los ayuntamientos del país. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Desde sus curules se adhieren a la iniciativa las diputadas:

Velia Idalia Aguilar Armendáriz

Lucila del Carmen Gallegos Camarena

Leticia Quezada Contreras

LEY AGRARIA

Se recibe del diputado Joel González Díaz, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 56 y 58 de la Ley Agraria, para evitar la asignación de parcelas en áreas de bosques y selvas a fin de cuidar el equilibrio ecológico y la biodiversidad de forma racional y transparente. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria, para dictamen

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La diputada María del Carmen Izaguirre Francos presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de seguridad alimentaria. Se turna a la Comisión de Desarrollo Rural, para dictamen

Desde su curul el diputado Jaime Fernando Jaime Cárdenas se adhiere a la iniciativa

La diputada María del Carmen Izaguirre Francos acepta

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

El diputado José Ricardo López Pescador presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, para acotar la facultad del Ejecutivo federal para conceder subsidios o estímulos fiscales, a efecto de que dicha facultad se ejerza en casos excepcionales, justificados y sin alterar las atribuciones de las Cámaras del honorable Congreso de la Unión en materia presupuestal, o en la determinación de los ingresos, según el mandato constitucional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Desde su curul la diputada Leticia Quezada Contreras se adhiere a la iniciativa

COMISION DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES

Desde su curul la diputada Yolanda de la Torre Valdez anuncia el comienzo de Foro organizado por dicha Comisión

LEY GENERAL DE POBLACION

Se recibe de la diputada Elsa María Martínez Peña, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 16, 113 y 156 de la Ley General de Población, para regular las acciones de revisión, verificación y vigilancia migratoria. Se turna a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios para su dictamen

CODIGO CIVIL FEDERAL - LEY DE ADOPCION

La diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal y que expide la Ley de Adopción, sobre los procesos y procedimientos en materia de adopción. Se turna a la Comisión de Justicia para dictamen y de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Desde su curul el diputado Daniel Gabriel Avila Ruiz se adhiere a la iniciativa

Desde su curul la diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz solicita ampliación de trámite

Se turna a la Comisión de Justicia, con opinión de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y Especial para la Familia

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El diputado Carlos Bello Otero presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin de fortalecer el marco jurídico a favor de las personas con discapacidad, para el ejercicio su derecho a votar. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION, ESTADISTICA Y GEOGRAFICA

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 17 y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información, Estadística y Geográfica, a efecto de que la producción de la información estadística se realice desagregando los datos por sexo e incorporando al género como un tema de interés nacional

Desde sus curules se adhieren a la iniciativa:

Marcela Guerra Castillo

Laura Viviana Agúndiz Pérez

Lucila del Carmen Gallegos Camarena acepta

LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 21 y 24, y adiciona un artículo 24 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para establecer la obligación del Estado de proteger a las niñas, niños y adolescentes de los conflictos que se deriven de la separación de sus padres

Desde su curul la diputada Laura Viviana Agúndiz Pérez se adhiere a la iniciativa

Desde su curul la diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz solicita trámite

Desde su curul la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena acepta adhesión

Se turna a la a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen y a la Comisión Especial para la Familia, para su opinión

LEY PARA FAVORECER LA ACTIVIDAD LABORAL DE GRUPOS VULNERABLES

La diputada María Araceli Vázquez Camacho presenta iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley para Favorecer la Actividad Laboral de Grupos Vulnerables. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA - LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

La diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso presenta iniciativa con proyecto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que los subejercicios del gasto público se canalicen para la atención de los sectores más necesitados de la población.Se turna a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, de la Función Pública y de Gobernación, para dictamen

REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

Se recibe del diputado Reginaldo Rivera de la Torre iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo transitorio primero y derogue los artículos transitorios décimo segundo y décimo tercero del Reglamento de la Cámara de Diputados, para hacer explícita y clara la entrada en vigor del propio cuerpo normativo hasta el primero de septiembre del año que transcurre. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

ARTICULOS 71 Y 72 CONSTITUCIONALES

Se recibe del diputado Reginaldo Rivera de la Torre iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para actualizar las disposiciones que establecen las normas que rigen el procedimiento legislativo. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

GRUPO DE AMISTAD MEXICO-BIELORRUSIA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se constituye el Grupo de Amistad México-Bielorrusia de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura. Aprobado, comuníquese

ARTICULO 73 CONSTITUCIONAL - LEY QUE CREA LA PROCURADURIA CIUDADANA PARA LA PREVENCION, ATENCION Y RECEPCION DE QUEJAS CIUDADANAS Y DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD PUBLICA - LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

Se recibe de la diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y expide la Ley que crea la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública, y reforma el artículo 3o., de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, sobre la actuación de los cuerpos de seguridad pública. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de la Función Pública y de Gobernación, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

VERIFICACION DE QUORUM

Desde su curul el diputado Ignacio Téllez González solicita la verificación de quórum, a lo que la Presidencia da respuesta

COMISION ESPECIAL PARA INVESTIGAR EL DESTINO DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE AHORRO CAMPESINO DE LOS EX TRABAJADORES BRACEROS

Se recibe de la diputada María Sandra Ugalde Basaldúa, proposición con punto de acuerdo por el que se crea una Comisión Especial para investigar el destino de los recursos del Fondo De Ahorro Campesino de los Ex Trabajadores Braceros. Se turna a la Junta de Coordinación Política

PRACTICAS MONOPOLICAS

Se recibe del diputado Samuel Herrera Chávez, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a aplicar la ley por la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la Comisión Federal de Competencia, la Procuraduría Federal del Consumidor y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y terminar con las prácticas monopólicas. Se turna a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Economía, para dictamen

JOSE ROGELIO ALVAREZ ENCARNACION

Se recibe de la diputada Ifigenia Martha Martínez y Hernández, proposición con punto de acuerdo relativo a la publicación y difusión en las escuelas públicas del país de la Enciclopedia de México, en homenaje del escritor e historiador jalisciense José Rogelio Alvarez Encarnación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

SISTEMA SISMOLOGICO NACIONAL

Se recibe del diputado Gerardo del Mazo Morales, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a revisar e implantar con la Universidad Nacional Autónoma de México procedimientos para la modernización y eficacia del Sistema Sismológico Nacional; y a los gobiernos de los estados, a realizar acciones a fin de instalar una estación sismológica en cada entidad federativa. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACION CONTABLE

Se recibe del diputado Gastón Luken Garza, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la federación y locales, a los entes autónomos de la federación y de las entidades, a los municipios, a los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y a las entidades de la administración pública paraestatal a cumplir las disposiciones del Consejo Nacional de Armonización Contable, para establecer parámetros generales para facilitar el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos, con el fin de medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos, la administración de la deuda pública, así como las obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado. Se turna a la Junta de Coordinación Política

EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS

Se recibe de la diputada María Sandra Ugalde Basaldua, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos estatales a implantar políticas de ahorro y austeridad para contribuir al pago del fondo de ahorro a los ex trabajadores migratorios mexicanos o braceros que trabajaron en los campos de Estados Unidos. Se turna a la Junta de Coordinación Política

EDUCACION Y CULTURA FISICA EN PLANTELES DE NIVEL BASICO

Se recibe del diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a iniciar la construcción de infraestructura deportiva en las escuelas de nivel básico carentes de ella, a rehabilitar los espacios deportivos de las instituciones públicas de todo el país y a destinar el presupuesto necesario para ampliar las horas de clase de educación y cultura física en los planteles de nivel básico, a fin de contribuir a las acciones para atender adecuadamente la obesidad infantil. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO SOCIAL

Se recibe de la diputada María Isabel Merlo Talavera, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que utilice 1 por ciento de los ingresos petroleros excedentes para ampliar el número de beneficiarios del Programa de Coinversión Social del Instituto Nacional de Desarrollo Social. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

UNIVERSIDADES POLITECNICAS

Se recibe del diputado Jorge Romero Romero, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar por la Secretaría de Educación Pública medidas que permitan crear una unidad responsable de las universidades politécnicas del país. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

PROGRAMA FEDERAL RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS

Se recibe de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, proposición con punto de acuerdo el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a especificar el criterio de inseguridad pública y conferirle prioridad en las reglas de operación del Programa federal Rescate de Espacios Públicos. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

DISTRITO FEDERAL

Se recibe del diputado Rodrigo Pérez Alonso González, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del Distrito Federal, implemente y actualice el sistema y programas de protección civil con los que cuenta la Ciudad de México, y mantenga en óptimas condiciones los sistemas de alerta sísmica, los planes de prevención, atlas de riesgo y planes de desarrollo urbano y medida ante nuevas construcciones, simulacros y otros esquemas de protección para el caso de desastres como terremotos y otros sucesos catastróficos. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen

COMISIONES LEGISLATIVAS

Dos oficios de la Junta de Coordinación Política por los que se comunica cambios de integrantes en las Comisiones de: Justicia; Turismo; Fortalecimiento al Federalismo; Juventud y Deporte; Defensa Nacional; Economía; Bicamaral del Sistema de Bibliotecas; Especial para impulsar el desarrollo de la industria vitivinícola productos de la vid; del Grupo de trabajo de seguimiento al proceso judicial a que han sido sometidos ex servidores públicos del estado de Michoacán, detenidos por presuntos vínculos con organizaciones delictivas; de los Grupos de Amistad con: Japón; Indonesia, Malasia; Turquía; Egipto; e India; así como en las Comisiones de; Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación; Especial de cambio climático; Desarrollo Social; Gobernación; Trabajo y Previsión Social; Justicia; la Reforma Agraria; y de la Función Pública

Desde sus curules realizan comentarios los diputados:

Miguel Angel García Granados

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

José Ramón Martel López

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

José Ramón Martel López

Son aprobados los oficios presentados

Carlos Alberto Pérez Cuevas

José Ramón Martel López

Carlos Alberto Pérez Cuevas

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El Presidente en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, informa que las iniciativas y las proposiciones registradas en el orden del día de esta sesión y que no tuvieron la oportunidad de presentarse en tribuna serán turnadas para su trámite

INICIATIVAS

Iniciativas con proyecto de decreto registradas en el orden del día de esta sesión y que no fueron abordadas, en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las que se enlistan enseguida:

LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY DE LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA

Del diputado Leandro Rafael García Bringas, iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, para que los precios y tarifas de la venta de energía eléctrica sean determinados por la Comisión Reguladora de Energía con base en criterios económicos, no recaudatorios. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen y a la Comisión de Gobernación, para opinión

LEY GENERAL DE SALUD

De la diputada María de Lourdes Reynoso Femat, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 47 de la Ley General de Salud, para establecer el expediente electrónico, la receta electrónica en el sector salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL

De la diputada Leticia Quezada Contreras, iniciativa con proyecto de decreto reforma que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de establecer el derecho humano al agua y saneamiento. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

ARTICULOS 26 Y 74 CONSTITUCIONALES

Del diputado Juan Carlos Natale López, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 26 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer la planeación nacional de desarrollo como una función de Estado, y facultar a la Cámara de Diputados para examinar, aprobar, supervisar y evaluar la ejecución y cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY FEDERAL DE ATENCION PARA LAS MUJERES EN RECLUSION

De la diputada Paz Gutiérrez Cortina, iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Atención para las Mujeres en Reclusión. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen y a las Comisiones de Equidad y Género y de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

ARTICULO 74 CONSTITUCIONAL

De la diputada Mary Telma Guajardo Villarreal, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia prespuestal, temporal y extraordinaria, en el caso de que el paquete económico no se alcance aprobar en los tiempos ordinarios que fija el marco constitucional y legal. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia, para dictamen

CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

De la diputada Sarur Torre, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, en materia de robo o usurpación de la identidad. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARA EL FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRESTAMO Y DE APOYO A SUS AHORRADORES - LEY DE AHORRO Y CREDITO POPULAR

Del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, y de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, sobre el actuar de las sociedades y cooperativas de ahorro para garantizar y proteger los ahorros de usuarios y suscitar acciones por parte de los colectivos frente a fraudes y malos manejos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

ARTICULO 76 CONSTITUCIONAL

De la diputada María Dina Herrera Soto, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen


Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

ASISTENCIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Secretaria, por favor haga del conocimiento de la Presidencia el cómputo de asistencia de los señores y señoras diputados.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 302 diputados, por tanto, hay quórum, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (a las 11:30 horas): Por tanto, se abre la sesión.



COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Jaime Cárdenas, antes del orden del día. Adelante.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Presidente. Muy buenos días a las compañeras diputadas y a los compañeros diputados.

Quiero informar a este pleno, presidente, y a usted también, que el día de hoy sesionó la Comisión de Trabajo, pero desgraciadamente no se cumplieron las formalidades del Reglamento. Se había convocado a una sesión ordinaria, no se convocó con las 48 horas de anticipación, no se publicó la convocatoria en la Gaceta, no se acompañaron los documentos de cada uno de los puntos de la convocatoria. La convocatoria fue firmada por el secretario técnico de la Comisión.

Yo rogaría, aunque al final parece que el problema se superó, presidente, porque la Comisión se transformó en informativa, que todas las comisiones de esta Cámara cumplieran irrestrictamente el Reglamento de la misma, que las convocatorias sean firmadas por quien tienen que ser firmadas, por el presidente o los secretarios, que se publique la convocatoria en la Gaceta Parlamentaria y que se haga con la anticipación debida, acompañando los documentos de cada uno de los puntos de esa convocatoria, presidente. Ése es un punto.

El otro punto, presidente, tiene que ver con el tema de los consejeros electorales. Yo rogaría a la diputada Vázquez Mota y a los integrantes de la Junta de Coordinación Política, que nos informen, a este pleno, sobre el avance de las negociaciones y saber cuándo este pleno va a nombrar a los consejeros electorales, porque es totalmente anticonstitucional, irregular, indebido, presidente, antidemocrático que la Junta de Coordinación Política no informe nada al respecto, respecto de la integración del Consejo General.

También, presidente, quiero pedirle muy atentamente a usted, por ser el representante legal de esta Cámara, que se exploren las vías jurídicas que puedan existir en contra del desechamiento de la controversia constitucional que resolvió el día de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que nosotros habíamos promovido en contra de los contratos de primera mano, presidente. Que se exploren las medidas porque yo creo que la Corte está equivocada.

El cómputo de los 30 días debe hacerse, hábiles para promover la controversia, a partir de que esta Cámara tuvo conocimiento de los hechos y no a partir del conocimiento que tuvo la Comisión Permanente. Porque de acuerdo al 105 de la Constitución, presidente, solamente las Cámaras tenemos legitimación procesal para promover controversias constitucionales y es a partir de que la Cámara tuvo conocimiento, donde deben contarse los 30 días para plantear las controversias ante la Suprema Corte.

Finalmente, presidente, también se lo digo a usted y a los compañeros del pleno, que esta Cámara de Diputados no debe tolerar las traiciones a la patria de Felipe Calderón Hinojosa. Felipe Calderón está en el supuesto del artículo 123, fracción I del Código Penal Federal, porque ha subordinado la política de Seguridad Pública y de Seguridad Nacional a los Estados Unidos.

Ha permitido, sin el consentimiento y autorización del Senado de la República, que aeronaves militares de los Estados Unidos sobrevuelen el territorio nacional y eso amerita, señor presidente de esta Cámara, compañeras diputadas, compañeros diputados, una denuncia penal por traición a la patria en contra de Felipe Calderón Hinojosa, presidente, porque está violando el artículo 108 de la Constitución; el artículo 76, fracción III de la Constitución; y, desde luego, actualiza plenamente el supuesto del artículo 123, fracción I del Código Penal Federal.

Yo le pediría que el director Jurídico de esta Cámara sea más proactivo, más activo, menos reactivo y que vaya preparando esta denuncia penal en contra de Felipe Calderón Hinojosa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Se recogen por supuesto sus expresiones. Las que deriven en una solicitud, le pediría muy atentamente pudieran hacerse por la vía procesal necesaria.

Voy a darle la palabra al diputado Martel, al diputado De los Cobos, al diputado Mario di Costanzo y luego al diputado Pablo Escudero. Le pregunto al diputado Martel y al diputado De los Cobos si es en relación al tema de la Comisión del Trabajo.

El diputado José Gerardo de los Cobos Silva(desde la curul): Sí, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Me dice el diputado De los Cobos que sí. Le doy la palabra al diputado Martel.

El diputado José Ramón Martel López(desde la curul): Sí. Primero, para poder compartir con el pleno, y con respeto no tan sólo al diputado Cárdenas, sino a los ocho diputados federales que estuvieron presentes, al igual que yo, perteneciendo no a la Comisión del Trabajo y que asistimos a la reunión de la misma, que se desarrolló durante la mañana, el día de hoy, que lo que bien empieza debe terminar bien.

Y que si bien es cierto que el artículo 150 del Reglamento prevé la posibilidad de hacer una reunión ordinaria convocada con 48 horas de anticipación, una extraordinaria convocada con 24 horas de anticipación o una urgente que lo podría decidir de manera inmediata la mesa directiva de la propia comisión. De lo que se trató el día de hoy es, y así se comunicó por la mesa cuando se le dio la oportunidad de expresarse, que se trataba de una reunión de carácter informativo, y por cierto se comentó que se citaría para una reunión ordinaria la próxima semana, a efecto de poder iniciar lo que ya necesita este país y lo que necesitamos hacer los legisladores.

Hay diversas iniciativas en materia de reforma laboral y  esta fracción parlamentaria, la del Revolucionario Institucional, creemos que es bueno que la Comisión del Trabajo acelere la marcha y pueda dedicarse los más días posibles a lograr la aprobación de un dictamen que permita que nuestro país sea reinsertado en el ámbito de la competitividad, que se sigan defendiendo los derechos colectivos de los trabajadores, que se agilice la justicia laboral, que se protejan los intereses de los jornaleros agrícolas en materia laboral, que se avance en materia de la agilización, repito, de la justicia laboral, para beneficio de los propios trabajadores y sin prejuicio de los empleadores.

Creemos nosotros que lo que hoy se realizó en la Comisión de Trabajo es un paso respetable y atinado que compartimos, quizás, muchas de las fracciones parlamentarias que lo que queremos es que lo que bien empiece bien termine. Y con esto me quiero referir a una cuestión concreta: legislemos para mejorar las condiciones de vida de los trabajadores de México, para crear certidumbre, para que podamos ser más atractivos y poder generar posibilidades de más inversiones extranjeras y nacionales que generen lo que necesitan muchas mexicanas y muchos mexicanos, que es más empleo.

La reunión fue de carácter informativo, de manera que no hay materia para seguir debatiendo sobre este tema. Pongámonos a trabajar en torno a las diferentes iniciativas que nos van a dar camino seguro para tener un México mejor en materia de justicia laboral, individual y colectiva y certidumbre para los empleadores. Muchas gracias, compañero presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado De los Cobos.

El diputado José Gerardo de los Cobos Silva(desde la curul): Gracias, presidente. Simple y sencillamente para manifestar que efectivamente el día de hoy que nos dimos cita en la Comisión de Trabajo y Previsión Social tuvimos la visita de varios compañeros que, haciendo uso de su derecho de voz nos acompañaron, hicieron sus manifestaciones muy respetables.

Nos hubiera gustado que hubieran permanecido durante el tiempo que estuvimos platicando, porque fue una sesión de trabajo interesante donde vimos algunos puntos de acuerdo, incluso uno de ellos de proponentes, de los compañeros que nos acompañaron y después se retiraron.

Simple y sencillamente está abierta la Comisión de Trabajo, vamos a sesionar el próximo miércoles. Queremos un modelo laboral a favor de México que nos ayude en esta nueva etapa a superar las diferencias. Nadie tiene la verdad absoluta, lo hemos manifestado. Estamos en la mejor disposición de poner tanto la iniciativa que nosotros presentamos el 18 de marzo, como otras que se han presentado igual de respetables y valiosas. Bienvenidos todos al debate y busquemos un entorno laboral mejor para México. Gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado. ¿Algo más con respecto a la Comisión del Trabajo? Diputado Di Costanzo.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): Diputado presidente, nada más para precisar lo que hoy sucedió en la mañana, pues es la trasgresión del propio Reglamento que aquí se aprobó para convocar claramente a una sesión de la Comisión del Trabajo en donde se quería dar un albazo legislativo. De hecho, hubo comentarios de legisladores que afirmaban que era mayoría y que la podían aprobar.

Me parece que escogieron la peor manera para iniciar la discusión de un tema que es de trascendencia y de relevancia nacional. Y manifestar también que ellos, que invitan al diálogo, al debate, que lo sostengan, no con esas artimañas.

Yo durante la sesión les dije que ésta era una nueva colusión entre el PRI y el PAN. Así como aprobaron Fobaproa, que se juntaron en lo oscurito, así lo querían hacer ahora. Que no se echen para atrás y que acepten lo que hoy querían hacer y lo que hoy querían hacer era, de espaldas a la nación, aprobar un atentado contra la clase trabajadora. Gracias, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Me permito informar a esta plenaria que desde el día de ayer por la tarde, que el diputado Enrique Ibarra, vicecoordinador parlamentario del Partido del Trabajo informó a esta Mesa Directiva el diferendo que había respecto del horario y la convocatoria de esta junta directiva de la Comisión de Trabajo, el señor presidente de la Comisión de Trabajo nos informó que estaba, por supuesto, anuente a que prevaleciera el Reglamento en todo caso y que la reunión no sería de ninguna manera deliberativa ni se trataría el tema de la Ley Federal del Trabajo.

Solamente apunto esto a solicitud de la intervención de esta Mesa Directiva, que desde el día de ayer la Comisión de Trabajo informó a la Mesa Directiva que dicho tema no sería tratado.

Diputado Pedro Vázquez, no estamos en un debate sobre la Comisión de Trabajo. Voy a suplicar a los señores diputados que escuchemos las expresiones, que ninguna sea demorada, y que por favor permitamos que continúe la asamblea. Don Pedro Vázquez y después Ramírez Bucio.

El diputado Pedro Vázquez González(desde la curul): Presidente, le agradezco mucho la oportunidad. Solamente quiero expresar, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, nuestra más enérgica protesta por la forma en que se realizó la reunión de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, que fue convocada para el día de hoy a las 8 de la mañana.

En nuestra opinión, en dicha reunión esta Comisión contraviene el artículo 150, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, que obliga al presidente de la comisión o comité a convocar a reuniones ordinarias con una anticipación mínima de 48 horas, y a reuniones extraordinarias con 24 horas de anticipación, salvo urgencia determinada por la propia junta directiva y por mayoría. Quiero hacer constar que según se desprende del oficio con fecha 15 de marzo de 2011, que se convocó a dicha reunión para hoy a las 8 de la mañana, sin que cumpliera ésta con los requisitos de haberse realizado con 48 horas de anticipación.

Además, la propia fracción III del mismo artículo 150 obliga al presidente a elaborar y suscribir las convocatorias a la reunión. En el caso que estamos ahorita comentando, el oficio de convocatoria va firmado por Gustavo Macías Sandoval, en su carácter de secretario técnico, por lo que dicha convocatoria es nula de pleno derecho en virtud de haber sido suscrita por alguien que legalmente no tiene facultades para ello.

Por otro lado, presidente, el artículo 156 establece los requisitos que toda convocatoria deberá contener y establece, en su fracción VI, la rúbrica del presidente o de la mayoría de los secretarios.

Señor presidente, compañeras diputadas y compañeros diputados, en el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo estamos convencidos de que no se puede iniciar el proceso de análisis de la reforma laboral a partir de violaciones manifiestas al Reglamento de la Cámara de Diputados.

Hacemos un llamado enérgico a que se repongan los procedimientos conforme a lo que establece la normatividad interna. La reunión de la Comisión de Trabajo de este día debe ser considerada totalmente nula de pleno derecho por las violaciones legales a que he hecho mención.

Más aún, señor presidente, el compañero diputado Tereso Medina Ramírez, presidente de la Comisión, reconoció dichas violaciones al Reglamento de la Cámara de Diputados en virtud de que todos los diputados del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo acudimos a dicha reunión para manifestar nuestro desacuerdo con que el Reglamento se violara.

Presidente, reafirmamos nuestro compromiso de participar en la discusión, en el debate y en las propuestas de esta reforma laboral tan importante para nuestro país. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado.

Reiterando las manifestaciones que hiciera oportunamente el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, estoy absolutamente seguro de que tendrá que ser respetado su derecho porque las instancias directivas de esta Cámara así se encargarán de hacerlo valer.

El diputado Arturo Ramírez Bucio(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Ramírez Bucio.

El diputado Arturo Ramírez Bucio(desde la curul): Diputado presidente, nada más para comentar sobre el mismo tema.

A nosotros nos queda claro que si el Reglamento no lo acatamos nosotros mismos, pues hay que reponer el procedimiento; en eso coincidimos.

Pero segunda, la ley es una ley o una iniciativa muy importante que hemos presentado, tanto el PRD, el PRI, el PAN, y en ese sentido creo que hace falta que los compañeros del PT se sumen a este gran esfuerzo que hemos hecho todos para reformar la ley laboral. Pero también se ha especulado por ellos en la prensa, lo dijeron ahí en la Comisión, lo han dicho en todos lados, de que iba a ser un albazo hoy esta reforma o esta iniciativa y que hoy se iba a votar.

Yo le quisiera pedir, diputado presidente, si nos ayuda la Mesa Directiva para que lea el orden del día y el pueblo de México se entere de quién está mintiendo: los compañeros del PT y del PRD. Con el orden del día queda claro y da cuenta este orden del día, de que hoy se iba a turnar a los diputados la iniciativa que presentó el PRI en la sesión pasada.

Yo le pido, por favor, diputado presidente, que lea el orden del día la secretaria, para que tenga conocimiento el pueblo de México, de que no se iba a dar ningún albazo, sino que se iba a turnar esta iniciativa a los compañeros diputados de la Comisión.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Diputado González Yáñez. Diputado Escudero, es otro tema ¿verdad?

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Sí.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado González Yáñez. Voy a señalar el orden.

El diputado Óscar González Yáñez(desde la curul): Gracias, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tengo al diputado González Yáñez, a la diputada Laura Itzel Castillo, a la diputada Teresa Reyes, a la diputada Nancy González Ulloa y al diputado Tereso Medina, al diputado Heliodoro Díaz Escárraga, con el que concluirá la sesión.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Sí, Fernández Noroña, perdón.

Voy a desahogar antes la solicitud de información del diputado Ramírez Bucio, pidiéndole a la Secretaría, sea tan amable de leer el orden del día de la Comisión del Trabajo.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Moción sobre esa lectura.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: ¿Moción de?

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Moción sobre esa lectura.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: A ver, hay una moción de información del diputado Ramírez Bucio, solicitando que se dé lectura al documento de la Comisión de Trabajo. Usted, señor diputado, hace su moción, su moción de procedimiento para que no se le dé lectura.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): La moción de procedimiento no es para que no se dé lectura, sino para que se le dé en el contexto, diputado presidente.

Afortunadamente el Canal del Congreso televisó en vivo la sesión de la Comisión del Trabajo y miente el diputado cuando dice que no iban a hacer lo que iban a hacer. O sea, lo que querían era instalar en sesión permanente la Comisión para sacar a oscuras la reforma laboral.

Ahí nosotros dimos una serie de argumentos. No vale la lectura del orden del día como una prueba de que no iban a hacer lo que hicieron, porque justo es el tema que estamos discutiendo.

Así es que la lectura es insustancial porque forzaron todo el tiempo para instalar la reunión y no pudieron hacerlo gracias a nuestra resistencia y a los argumentos legales que dimos de la invalidez de la instalación de la sesión.

De todos modos entrará el debate en su momento, pero sí quiero que en ese contexto se lea el orden del día que se va a leer.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, secretaria.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Orden del día de la reunión ordinaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del día 17 de marzo de 2011, a las 8 horas en el Salón C de Cristales. Palacio Legislativo de San Lázaro.

1. Lista de asistencia

2. Declaratoria de quórum

3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la reunión de trabajo de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del día 10 de noviembre de 2010.

4. Presentación, discusión y, en su caso, votación de los proyectos de dictamen a los puntos de acuerdo siguientes:

a) Proyecto de dictamen en sentido positivo a la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al gobierno del estado Baja California un informe detallado sobre las condiciones en que se encuentran los jornaleros sobrevivientes del percance carretero ocurrido el 1o. de septiembre en La Rumorosa, a cargo de la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del PRI.

b) Proyecto de dictamen en sentido positivo a la proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación del 2012 se consideren recursos para crear un Fondo de Apoyo Social en la Atención de Urgencias no Ambientales, a cargo del diputado Carlos Manuel Joaquín González, del Grupo Parlamentario del PRI.

c) Proyecto de dictamen en sentido positivo a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos para que fije el salario mínimo en torno al costo real de la Canasta Básica, satisfaciendo con ello las necesidades normales de la vida en el orden material, social y cultural de la clase trabajadora, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del PRD.

d) Proyecto de dictamen en sentido positivo a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos a reclasificar a partir del 2011 los municipios del estado de San Luis Potosí -del área geográfica C, al área geográfica B- en materia de salarios mínimos, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del PRI.

e) Proyecto de dictamen, en sentido positivo, a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de Economía, y de Trabajo y Previsión Social para que instrumenten todas las medidas necesarias para incidir positivamente en la próxima determinación de los salarios mínimos generales, a cargo del diputado Gerardo del Mazo Morales, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

5. Informe de iniciativas turnadas a la Comisión de Trabajo y Previsión Social relativas a reformas a Ley Federal del Trabajo durante la LXI Legislatura.

6. Asuntos generales

a) Integración formal de la diputada María Florentina Ocegueda Silva, del PRD, como integrante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

b) Oficio relativo a la celebración del Parlamento Latinoamericano en la Ciudad de México, Distrito Federal, los días 23 y 24 de junio de 2011, con la reunión de la Comisión de Asuntos Laborales, Jurídicos y de Previsión Social.

c) Entrega de informe semestral sobre la situación del SAR octubre-diciembre de 2010.

7. Clausura y cita.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias. Es cuanto a su moción de información, diputado Ramírez. Adelante.

El diputado Arturo Ramírez Bucio(desde la curul): Nada más para evidenciar lo que los diputados del PRD y del PT decían. No hay ningún albazo. La Comisión de Trabajo ha venido sesionando normalmente. Nosotros creemos que ellos traen su propia estrategia, qué bueno. Pero cuando hay...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado, ya hemos desahogado su moción de información. Si me permite, escucharé a las demás partes.

El diputado Arturo Ramírez Bucio(desde la curul): Gracias, diputado. Queda constancia de que no hay ningún albazo en la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Diputado González Yáñez, desde su lugar, si es tan amable.

El diputado Óscar González Yáñez(desde la curul): Gracias, presidente. Nosotros estamos enterados de la comunicación que usted tuvo con nuestro compañero diputado Enrique Ibarra, y en ese sentido sentíamos que era lo correcto y que estaba caminando bien el procedimiento de la Comisión.

El problema fue que hoy en la mañana, lo que usted acaba de expresar verbalmente y que fue lo que nos comentó nuestro compañero diputado Enrique Ibarra, no es lo que estaba pasando ahí ni había esa disposición de la que usted habla. Lo que había era un intento muy claro de instalar una Comisión sin el procedimiento correcto, y que lo que comentan los demás compañeros nadie hizo alusión a ningún otro tema más que al fondo de una reforma laboral, nadie hizo alusión a otro asunto, nadie.

Entonces, está claro que la Comisión, su interés está trabajando en esa Comisión y que sí había un intento hoy por la mañana, muy claro, de avanzar en esta reforma laboral.

Eso lo muestran las intervenciones que tuvieron todos los compañeros ahí en la Comisión.

También mencionarle, presidente, que evidentemente lo que está pasando también es producto de tener un Reglamento que le hace una camisa de fuerza no solamente a los diputados en lo individual, sino en lo colectivo, y también al trabajo de todas las comisiones. He aquí uno de los topes que ya puso ese Reglamento, que no debió haber pasado.

Pero sí insistir que sí había un intento, el día de hoy por la mañana, de hacer un albazo y que, producto de la presencia de los compañeros de la fracción parlamentaria del Partido del Trabajo y del PRD no se llevó a cabo. También aclararlo.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputada Castillo.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez(desde la curul): Sí, diputado presidente. Quiero reiterar esta cuestión relacionada con las violaciones que se cometieron al mismo Reglamento, ya que no se publicó en la Gaceta Parlamentaria la convocatoria, de acuerdo a lo que marca el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

El oficio de la convocatoria no fue firmado por el presidente de la Comisión, sino por el secretario técnico, con lo que también hubo una violación al artículo 156, numeral 1, fracción V.

Que la convocatoria fue emitida con posterioridad a las 17 horas del martes. Por tanto, no se cumplió con las 48 horas que marca el mismo Reglamento y no se había remitido el orden del día de la reunión con las especificaciones que debería tener.

A mí me parece que han cambiado el discurso en estos momentos, pero que la intención a todas luces era de dar un albazo, y eso se demuestra con las mismas intervenciones que están grabadas el día de hoy en la sesión, que primero dijo el diputado Tereso que era una reunión ordinaria, posteriormente señaló que era una reunión extraordinaria y finalmente concluyó la sesión diciendo que era una reunión con carácter meramente informativo.

Con esto nos podemos dar cuenta de la consistencia, por eso yo señalé que esto huele a pescado podrido, que aquí lo que se está engendrando es una iniciativa de espalda a los trabajadores, una iniciativa que es contraria al interés de la nación, y que por esa razón hicieron todo lo que hicieron para que se instalara la sesión de manera irregular.

Finalmente tuvieron que retroceder porque estuvimos ahí presentes de la fracción del Partido del Trabajo, desde el inicio, para no permitir el albazo.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputada González Ulloa.

La diputada Nancy González Ulloa(desde la curul): Gracias, presidente. Solamente para hacer una corrección a las difamaciones o, en su caso, a las intervenciones que hicieron nuestros compañeros que nos visitaron el día de hoy.

Como secretaria de la Comisión de Trabajo, efectivamente llegamos puntuales. Hubo tantas intervenciones que no pudo levantarse el acta de asistencia y quiero hacer la corrección; hay un orden del día muy claro que tenía dictámenes por aprobar, antes del punto 5 que manejaba las propuestas que se presentaron por todos los diputados.

Lamentablemente las personas que nos visitaron se abocaron solamente a la reforma laboral, pretendiendo que no-sotros estábamos presentando un albazo, en su caso. Y solamente quiero comentar que tenemos años tratando de discutir la reforma laboral, que no la estamos viendo de manera, a oscuras, de la ciudadanía...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputada, no está a debate en estos momentos el tema de la reforma laboral. Estamos haciendo un análisis exclusivamente. Estoy escuchando las opiniones sobre la sesión de la Comisión. Usted ya ha aclarado el punto, ¿Hay algo más, diputada?

La diputada Nancy González Ulloa(desde la curul): Es mi derecho como diputada, como cualquiera que me antecedió, a decir que estamos corrigiendo las publicaciones que están haciendo ahorita nuestros compañeros que nos visitaron, que hubo un orden del día que tratamos de respetar, pero por las visitas y sus intervenciones no se pudo llevar a cabo. Solamente exhortarlos a que se lleve a cabo en la próxima reunión.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputada. La diputada Reyes Sahagún.

La diputada Teresa Guadalupe Reyes Sahagún(desde la curul): Varias aclaraciones. Una. No nos tienen que convocar compañeras o compañeros diputados, a discutir un tema que afecta a los trabajadores de México. Estamos presentes en esas discusiones y en las luchas al lado de los trabajadores de México.

Segundo. No somos invitados ni somos visitantes en la Cámara de Diputados; somos diputados y diputadas electos y que hemos estado trabajando desde hace año y medio en este recinto, y que no tenían por qué ser... Que no debemos ser considerados como ajenos a las tareas legislativas.

Tres. La sesión empezó a las 8:42 porque así lo quisieron empezar los que estaban ahí, aun cuando tenían dificultades sobre el quórum. Entonces, en ese sentido, no es que se hayan retrasado por nuestras intervenciones; nuestras intervenciones empezaron precisamente cuando ellos quisieron 8:42, totalmente fuera de tiempo. Ya sabemos –y ya lo explicaron mis compañeros y compañeras– que fue totalmente fuera de tiempo, fuera de forma, fuera de ley toda la instalación que pretendieron hacer.

No existe ningún tipo de difamación. De hecho lo que queremos externar –lo vamos a hacer por escrito- es que vamos a solicitar la versión estenográfica porque ahí van a quedar demostradas las amenazas de que iban a utilizar la mayoría, el PRI y el PAN, para imponer una reforma laboral a como fuera lugar. Ahí van a quedar demostradas las intervenciones de los diferentes compañeros y compañeros diputados cuando dijeron que iban a usar su mayoría cuando dijeron que no cumplían los requisitos, pero le buscaban una forma legaloide para instalar algo que era completamente fuera de la normatividad.

Solicitamos la versión estenográfica y que también le sea entregada una copia a usted en su calidad de presidente, porque lo que usted dijo que se había acordado fue exactamente lo que no querían, quienes empezaron a presidir la sesión, que pasara.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputada. Voy a leer quiénes son los diputados que intervendrán, suplicándoles por favor lo hagan con brevedad de tiempo.

El diputado Gerardo Fernández Noroña; el diputado Tereso Medina Ramírez; el diputado Heliodoro Díaz Escárraga; el diputado Reginaldo Rivera de la Torre y el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas. Al término no tendremos ninguna intervención más.

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas(desde la curul): Presidente, para una moción.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Pérez Cuevas. Es una moción del diputado Pérez Cuevas. Adelante.

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas(desde la curul): Gracias, presidente. No era intervención, es una moción.

Lo digo con mucho respeto y sin menoscabo del derecho de cada diputado a expresar lo que considere, los argumentos que se han dado en este momento han sido: “creo”; “hay un supuesto”; “parece que quieren dar un albazo”. Esos constituyen actos de fe.

Aquí hay un orden cierto en este momento con iniciativas, con propuestas, con acciones que están agendadas para un orden del día.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Hizo una moción de procedimiento. Diputado, ¿el propósito de su moción?

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas(desde la curul): Que desahoguemos el orden del día de esta sesión, las iniciativas pendientes, los temas urgentes. Y esos supuestos actos de fe, que son presuntos, ya han quedado claros porque se están repitiendo uno tras otro.

Yo pediría a la Mesa que, conforme a sus facultades, fuéramos a un acto cierto, que es el orden del día que hoy desahogaremos.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado. Al término de último orador mencionado, que es el diputado Rivera de la Torre, daremos cauce al orden del día. Diputado Fernández.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul). Diputado presidente, primero no son presunciones. Quiero aclarar que no hay diputados visitantes y diputados anfitriones. Todos tenemos derecho a participar en todas las comisiones, algunos con voz y voto y otros sólo con voz si no somos miembros de ella. Y ya acudimos en nuestro derecho con voz a la sesión de la Comisión del Trabajo.

Empezó a las 8:42 porque el presidente de la comisión –que me sigue en el uso de la palabra- llegó a esa hora. Yo pedí la palabra planteando que había pasado media hora y que por tanto, no podía instalarse la sesión. Se argumentó que el Reglamento no dice explícitamente que la sesión no puede instalarse después de media hora. Primer problema.

Segundo problema. Comentamos que la convocatoria era ordinaria y que debería haberse hecho con 48 horas de anticipación, lo que no se había cumplido. Comentamos que no la firmó el presidente –como efectivamente no lo hizo y lo reconoció–, que no anexó la documentación y el orden del día que hoy aquí muy diligentemente él lee al pleno, pero que ayer todavía por la tarde no se conocía el orden del día.

También se planteó iniciar como ordinaria y, frente a nuestros cuestionamientos, se pasó a extraordinaria y en algún momento quisieron instalarla como urgente ahí mismo, diciendo que había un acuerdo de la junta directiva para instalar la sesión de la Comisión del Trabajo.

Yo reclamé el hecho y me dijeron que en ningún lado decía que era por escrito, aunque es muy claro el Reglamento, que todo este tipo de procedimientos deben llevarse a cabo por escrito.

Entonces estamos cuestionando, diputado presidente, que se haya hecho todo un proceso ilegal, que se haya demostrado, que se haya puesto en evidencia y que sólo el retiro de los diputados del PT de la reunión de la Comisión del Trabajo fue lo que los obligó a reconocer que no tenían las condiciones de legalidad, a declarar que iba a ser una asamblea informativa y para esto había pasado casi una hora de debate al seno de la comisión.

Finalmente rechazo que nosotros estemos obstaculizando nada. Ya que son tan celosos de la legalidad. Lo que estamos exigiendo es apego al propio Reglamento que se impuso.

Y quiero plantar, sin entrar al fondo del debate, que no vamos a aceptar la demagogia de que es para beneficio de los trabajadores y para mayor salario, y que tengo el presentimiento, la presunción, para que no se diga que estoy aseverando cosas que no puedo mostrar, que esa reforma laboral la hizo la cúpula del PRI, el PAN en el restaurante Los Cristales, con salmonelosis incluida.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Medina. Adelante, diputado.

El diputado Tereso Medina Ramírez(desde la curul): Sólo para expresar que la presidencia de la mesa directiva o de la junta directiva de la Comisión ha escuchado con responsabilidad las distintas expresiones de mis compañeros diputados federales de LXI Legislatura.

Para no abonarle más desgaste a lo que México no requiere, pero sí respetar las distintas expresiones, porque además está en el derecho y la facultad de cada uno de mis compañeros diputados federales, solamente quiero reafirmar que la Comisión de Trabajo no actuará jamás en contra de un Reglamento, y que de esto damos cuenta oportunamente a la Mesa Directiva.

Segundo. Quiero también expresar que duramos más de 40 minutos en iniciar estos trabajos informativos de la Comisión, precisamente porque con este respeto a la prudencia, al entendimiento y a la tolerancia, la presidencia dio entrada, a solicitud de mis compañeros diputados, a todas las expresiones que aquí se han vertido.

Entonces, yo lo que deseo es: primero, que en este tema tan importante, tan serio, tan delicado como es el tema de la reforma laboral, hago en este momento, con mi facultad de diputado, un llamado a todas las fuerzas políticas a que construyamos lo que le convengan a México y lo que les convenga a los trabajadores.

En ese sentido, señor presidente, quiero dejar claro y reafirmar que la Comisión de Trabajo se ha conducido con madurez, con responsabilidad y en ese sentido lo seguiremos haciendo, haciendo a un lado lo que no le hace falta a México.

Los más de 4 millones de empleos, los 7 millones para jóvenes que nos está viendo y que están esperando un empleo, la moderación laboral con el respeto a la autonomía, a la contratación, al 123. Creo que son temas que podemos ir construyendo juntos.

Bienvenidas las aportaciones y yo le pido, por mi cuenta, que demos inicio a esta sesión, que mucha falta nos hace el tiempo, para seguir avanzando a favor de México.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Así será, diputado. Y esta Mesa recoge la expresión puntual del estricto apego al Reglamento que se exige a todas y cada una de las comisiones que integran esta Cámara de Diputados. Diputado Díaz Escárraga, diputado De los Cobos, Reginaldo Rivera de la Torre y empezamos la sesión que no hemos empezado.

El diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga(desde la curul): Señor presidente, quiero llamar la atención de los señores coordinadores de los diversos grupos parlamentarios, porque me parece que este ritual de iniciar con discusiones sobre diversos temas, no menos importantes, pasa por alto lo que apelamos todos, que es el cumplimiento riguroso de nuestro nuevo Reglamento.

Si usted ilustrara o tuviéramos a la mano lo que dispone el artículo 59 del citado Reglamento, que habla de los asuntos que componen el orden del día de una sesión como ésta; del artículo 65 que habla de los asuntos que pueden incorporarse y la mecánica parlamentaria para el mismo y del 103, señor presidente, que habla de las cosas que están prohibidas y que no pueden pasar, deduciríamos que esta discusión puede darse en el seno de la Comisión del Trabajo, en la Junta de Coordinación o en la Conferencia para la Dirección de los Trabajos Legislativos, pero no en esta sesión, no en una sesión de esta naturaleza, donde debemos apegarnos estrictamente a lo que está contemplado en el orden del día.

Solicito en consecuencia, señor presidente, que procedamos a observar de manera rigurosa lo que establece el Reglamento y pasemos a desahogar el orden del día de la sesión, donde hay también muchos asuntos importantes. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, señor diputado. Diputado De los Cobos.

El diputado José Gerardo de los Cobos Silva(desde la curul): Gracias, presidente, muy breve. Suponiendo, sin conceder, las observaciones de los compañeros del PRD y PT, entonces nos encontramos ante una sesión inexistente, solamente fue junta de trabajo, no habría nada que impugnar.

Súmense el próximo miércoles al pleno de la comisión, cumpliendo todas las formalidades de la convocatoria, según lo ha manifestado don Tereso Medina.

Y efectivamente, coincidiendo con el orador que me antecedió en la palabra, sí demos paso a esta sesión en el entendido de que el tema de la reforma laboral efectivamente es muy importante.

Y la única petición es que vayan, como lo hicieron desde el principio, pero que no se retiren antes, que se queden hasta el final. Gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado De los Cobos. Diputado Rivera de la Torre.

El diputado Reginaldo Rivera de la Torre(desde la curul): Gracias, presidente. Soy miembro de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y hay que hablar las cosas con verdad, ahí está la grabación de la sesión.

Yo hablaba ahí de que hay diputados y diputadas que retrasan el inicio de las sesiones, como está ocurriendo ahorita. Si hablamos del Reglamento o de la Ley Orgánica, hoy ya está retrasada la sesión, es sistemática la estrategia de retrasar las sesiones.

Tampoco nos envolvamos en la Bandera nacional cada que se discute un tema pensando que la opinión pública, los medios de comunicación se van a ir con la idea que les estamos presentando.

En la junta directiva o mesa directiva hay miembros de la izquierda y de la derecha, estuvieron presentes cuando se emitió la convocatoria. ¿Por qué no han dicho lo que dijeron en la mañana y ahorita sus representantes en la junta directiva? ¿Por qué no hicieron esa oposición? Si no les sirven que los cambien.

La izquierda y la derecha fueron mayoría en la LX Legislatura. Como miembro del PRI, les señalo: ¿por qué no aprobaron las reformas de las que hablan cuando fueron mayoría? Ahora vamos a ser propositivos.

Hay que decir, con verdad, que la sesión no se llevó adelante no porque se fueron amigos que participaran con voz en la sesión, se suspendió a petición de la presidencia.

Finalmente, vamos al fondo del asunto. Los tribunales laborales están repletos de expedientes de los trabajadores. El outsourcing haciendo lo que quiere en el país. Compañeros de todas las fracciones: vamos por la reforma laboral y discutamos de fondo este tema. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Veinte oradores intervinieron en este tema.



CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL SOBRE LA CEDULA DE IDENTIDAD

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Fuera del tema tiene la palabra el diputado Pablo Escudero, para otro tema. Lo lamento, diputado Di Costanzo; esperaremos el momento procesal oportuno.

El diputado Pablo Escudero Morales(desde la curul): Gracias, presidente. Dos temas: el primero es, derivado de la presentación de la controversia constitucional en el tema de la cédula de identidad que fue aceptada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pedirle que el Jurídico de esta Cámara esté atento para que en la etapa de alegatos pudiéramos asistir, y si así lo desea el diputado Jaime Cárdenas, que lo exprese. Pero a mí sí me gustaría acudir en la etapa de  alegatos a la Suprema Corte a fijar la posición. Ése es el primero.

En el segundo, presidente, comentarle que me preocupa que la semana pasada votamos en sentido afirmativo la comparecencia del secretario de Gobernación, del presidente del SAT y del director de Aduanas. Ha pasado una semana y no tenemos fechas. Yo le pido que si los secretarios no quieren venir a comparecer, que vayamos al recurso de queja ante el Ejecutivo. Son temas importantes de la agenda. Tenemos que llevar a cabo esas comparecencias y si no, acudir ante el Ejecutivo. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Le informo que la comisión incorporó al procurador general de la República a estas citas. Eso es lo que está organizándose.

Diputados, permítanme iniciar la sesión. En los siguientes momentos habrá oportunidad de continuar discutiendo los temas distintos, como lo hemos hecho en otras sesiones.

Saludo la presencia del diputado Igor Karpenco, presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Parlamento de Bielorrusia, quien viene acompañado por el diputado Roman Korop y miembros del Comité Central del Partido Comunista de esa nación. Los acompaña el diputado Pedro Vázquez González, coordinador parlamentario del Partido del Trabajo. Esperamos que su visita fortalezca los lazos parlamentarios de amistad entre México y Bielorrusia. Sean ustedes bienvenidos. Sé que cuentan ya con un grupo de amistad que dará cauce a las relaciones parlamentarias entre México y Bielorrusia. Bienvenido, señor Karpenco, a México y a la Cámara de Diputados.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, secretaria. Consulte si se dispensa la lectura del orden del día,

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente. Se dispensa la lectura.

«Segundo periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Jueves 17 de marzo de 2011.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva.

De los Diputados: Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, Víctor Humberto Benítez Treviño, Rodrigo Pérez-Alonso González, Eduardo Ledesma Romo, Martín García Avilés y Liev Vladimir Ramos Cárdenas, para turnar diversas iniciativas conforme al Artículo Sexto Transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Del diputado Maurilio Ochoa Millán, para retirar iniciativa con proyecto de decreto de los registros parlamentarios.

De los Diputados: Eduardo Yáñez Montaño, María de Jesús Aguirre Maldonado, José Luis Ovando Patrón y José Ramón Martel López, por las que solicitan información a diversas dependencias del Gobierno Federal.

De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, por la que invita a la Ceremonia Cívica Conmemorativa del 205 Aniversario del Natalicio de Benito Juárez García, Benemérito de las Américas.

De la Comisión Federal de Competencia, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, relativo a las medidas para evitar y detener el creciente deterioro de los Salarios Mínimos.

De la Secretaría de Gobernación, con las que remite tres contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente.

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas, correspondiente al mes de febrero de 2011, desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación correspondiente al mes de febrero de 2010.

Solicitud de licencia

Del diputado Diego Guerrero Rubio.

Protesta del ciudadano diputado.

Efeméride con motivo del 205 aniversario del natalicio de Benito Juárez García, a cargo de los grupos parlamentarios.

Agenda política

Comentarios relativos a la situación de Pemex en el contexto del 73 aniversario de la Expropiación Petrolera, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política.

Iniciativas

Que reforma el artículo 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Rafael Pacchiano Alamán y Ninfa Clara Salinas Sada, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo Turno a Comisión)

De decreto, por el que se integra un Fondo Especial de Recursos Económicos, por 15 mil millones de pesos, para atender los daños ocasionados por las contingencias climatológicas acaecidas los días 2, 3 y 4 de febrero del año en curso en los estados de Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Durango y Nuevo León, suscrita por los diputados Francisco José Rojas Gutiérrez, Cruz López Aguilar, Gerardo Sánchez García, Alfredo Villegas Arreola, Luis Videgaray Caso, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Alberto Cano Vélez, Onésimo Mariscales Delgadillo, José Ricardo López Pescador, Francisco Saracho Navarro, Eduardo Alonso Bailey Elizondo, Rolando Bojórquez Gutiérrez, Miguel Ángel García Granados, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Óscar Javier Lara Aréchiga, Óscar Lara Salazar, Óscar Levin Coppel, Aarón Irizar López, Rolando Zubia Rivera y Germán Contreras García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Ahued Bardahuil, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a cargo del diputado Jorge Humberto López-Portillo Basave, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, de la Ley General de Educación, de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Francisco Saracho Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 381 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Gerardo del Mazo Morales, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Sólo Turno a Comisión)

Que deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Oscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 7° de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 6° y 14 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 77 Bis 9 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Herón Agustín Escobar García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Minera, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Pedro Ávila Nevárez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 23 y 39 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo de la diputada Ana Estela Durán Rico, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Raúl Domínguez Rex, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 46, 53 y 65 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Javier Gil Ortiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 40 y Octavo Transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Leobardo Soto Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 56 y 58 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Joel González Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo de la diputada María del Carmen Izaguirre Francos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado José Ricardo López Pescador, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 16, 113 y 156 de la Ley General de Población, a cargo de la diputada Elsa María Martínez Peña, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal y que expide la Ley de Adopción, a cargo de la diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Carlos Bello Otero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 17 y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 5° y 41 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 21 y 24, y adiciona un artículo 24 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley para Favorecer la Actividad Laboral de Grupos Vulnerables, a cargo de la diputada María Araceli Vázquez Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Cora Pinedo Alonso, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 80, 81 y 82 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Salud, a cargo del diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 30 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 69-E de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a cargo del diputado Luis Carlos Campos Villegas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 73, 76, 89 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Hernández Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica, y de la ley Sobre la Celebración de Tratados, a cargo del diputado Jorge Hernández Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Héctor Guevara Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 34 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Paula Angélica Hernández Olmos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de la Ley Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, de la Ley Reglamentaria de la fracción XIII Bis del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y expide la Ley que Crea la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública; y reforma el artículo 3°de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, a cargo de la diputada Cora Pinedo Alonso, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 212 de la Ley General de Salud y 67 de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo del diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar y suscrita por el diputado Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Onésimo Mariscales Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 30 Bis, 36 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar y suscrita por el diputado Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 13 de la Ley del Registro Público Vehicular, a cargo del diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar y suscrita por el diputado Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 35 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Banco de México, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, y de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, a cargo de la diputada Rosa Adriana Díaz Lizama, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Félix Rodríguez Sosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo del diputado Óscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Félix Rodríguez Sosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 20 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo Octavo Transitorio del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley de Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se establece el subsidio para el empleo publicado en el DOF, el 1° de octubre de 2007; y se reforma el artículo 8° de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, a cargo del diputado Ricardo Ahued Bardahuil, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2° de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, a cargo de la diputada María Araceli Vázquez Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 9°, 10 y 19 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Héctor Pedraza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General de Servicios Ambientales, a cargo de la diputada Susana Hurtado Vallejo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 55 y 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Georgina Zapata Lucero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 61 a la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo de la diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz y suscrita por el diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ovidio Cortazar Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el Artículo Transitorio Primero y deroga los Artículos Transitorios Décimo Segundo y Décimo Tercero del Reglamento de la Cámara de Diputados, y que reforma los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Reginaldo Rivera de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2° de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Nely Edith Miranda Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 266 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Erandi Bermúdez Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 7° de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, a cargo del diputado Rafael Rodríguez González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 84 y 205 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Omar Fayad Meneses, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Omar Fayad Meneses, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 182-R del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Jaime Flores Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 5° de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, a cargo del diputado Andrés Aguirre Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 170 Bis de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Jaime Flores Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, a cargo del diputado Leandro Rafael García Bringas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide el Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo y suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Herón Agustín Escobar García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que deroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, a cargo de la diputada Paula Angélica Hernández Olmos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 19 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 8° y 12 de la Ley de la Policía Federal, a cargo del diputado Arturo Zamora Jiménez y suscrita por el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expide la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y abroga la actual Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a cargo del diputado Juan José Cuevas García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo del diputado Uriel López Paredes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Marcos Pérez Esquer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 47 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María de Lourdes Reynoso Femat, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 13 Bis y reforma los artículos 45 y 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Uriel López Paredes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 62 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, a cargo del diputado Rodolfo Lara Lagunas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 29, 31 y 35, y adiciona un artículo 226 Bis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Eduardo Alonso Bailey Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y adiciona la fracción XVIII al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Laura Elena Estrada Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 26 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Andrés Aguirre Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley Federal de Atención para las Mujeres en Reclusión, a cargo de la diputada Paz Gutiérrez Cortina y suscrita por la diputada Josefina Vázquez Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mary Telma Guajardo Villarreal y suscrita por el diputado Víctor Manuel Castro Cosío, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Adriana Sarur Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Elpidio Desiderio Concha Arellano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, y de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Antonio Benítez Lucho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ma. Dina Herrera Soto, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 386 y 387 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Sofía Castro Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el Artículo Cuarto Transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo de la diputada Sofía Castro Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Dictámenes a discusión

De leyes y decretos

De la Comisión de Juventud y Deporte, con Proyecto de Decreto que adiciona el artículo 138 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

De la Comisión de Gobernación, con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 6o. y segundo párrafo del artículo 20 Bis de la Ley de Expropiación.

De la Comisión de Gobernación, con Proyecto de Decreto que adiciona el inciso a) al artículo 18 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

De la Comisión de Gobernación, con Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Premios Estímulos y Recompensas Civiles.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 4º de la Ley que Aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su Ejecución.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con Proyecto de Decreto por el que se establecen las características de veinticuatro monedas bimetálicas conmemorativas de la Herencia Numismática de México, de conformidad con el inciso c) del artículo 2º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con Proyecto de Decreto por el que se establecen las características de una Moneda de Oro Conmemorativa del “Bicentenario del Inicio del Movimiento de Independencia Nacional”.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con Proyecto de Decreto por el que se establecen las características de la Octava Moneda de Plata Conmemorativa del “Quinto Centenario del Encuentro de Dos Mundos”.

De la Comisión de Gobernación con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley de Planeación.

De puntos de acuerdo

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo, por el que se cita a comparecer ante la Comisión de los Derechos Humanos al Comisionado del Instituto Nacional de Migración.

De la Comisión de Reforma Agraria, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaria de la Reforma Agraria, para que en coordinación con las dependencias gubernamentales e instituciones educativas, elaboren los planes de Desarrollo ejidal y comunal de los núcleos agrarios existentes en el país.

De la Comisión de Reforma Agraria, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Titular de la Secretaria de la Reforma Agraria, para que emita y ponga en marcha a la brevedad, una política de estado tendiente a orientar el Desarrollo Agrario del País y el Ordenamiento Territorial.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las Entidades Federativas y del Distrito Federal, a considerar la permanencia del personal operativo de sus centros de captura y de sus unidades de análisis de la información en la denominada Plataforma México.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública informe sobre el cumplimiento que la federación, los estados y los Municipios dan al artículo 84 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo, para que a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y de la Dirección General de Aeronáutica Civil, establezcan mecanismos de regulación de las tarifas aéreas en el Mercado Nacional y por el que se exhorta al Titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, realice acciones y mecanismos necesarios, a fin de prevenir que las líneas aéreas comerciales apliquen sobre precio a las tarifas con motivo de las dificultades económicas de la empresa Mexicana de Aviación y sus filiales.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa y a sus Delegaciones Estatales; al Senasica y a los organismos auxiliares de sanidad vegetal observen y hagan cumplir el Acuerdo por el que se dan a conocer las medidas fitosanitarias que deberán aplicarse para el control del Huanglogbing.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a través de la SAGARPA diseñe y opere la ampliación con cobertura nacional del proyecto estratégico de agricultura protegida.

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos Estatales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a crear una Comisión de la Niñez, Adolescencia y Familias.

De la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Titulares de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de la COFETEL y de la PROFECO, realicen las acciones necesarias para que los proveedores de telefonía móvil digital, atiendan y solucionen el caso de comunidades rurales del País.

De la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la COFETEL dar respuesta cabal a la solicitud de permiso de transmisión de Radio Universidad, de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua.

De la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores y al Instituto Nacional de Migración informen de los acuerdos alcanzados en el Foro Mundial de Migración y Desarrollo.

De la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo, por los que se exhorta a Diversas Autoridades Federales y Estatales, investiguen y den seguimiento de acuerdo al ámbito de su competencia, a las denuncias presentadas por connacionales, por los robos que sufrieron en las carreteras federales durante las festividades navideñas.

De la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo, por los que se exhorta a las Secretarías de Economía, de Comunicaciones y Transportes, de Seguridad Pública y de Defensa Nacional, verifiquen la constitución, organización y operación de las Empresas de Traslado de Valores, particularmente de SERPAPROSA, S.A. DE C.V.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo Nacional de Seguridad Pública, para que remita un informe detallado que contenga los resultados y acciones reportados hasta la fecha por las instituciones, autoridades de los tres órdenes de gobierno y demás actores involucrados en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad.

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Titulares de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, realice las gestiones conducentes para donar una porción del predio que ocupa el almacén Zona Norte de CAPUFE, para la construcción de una escuela secundaria en Tequexquináhuac.

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal para que publique el reglamento del artículo 58 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransportes Federal, referente al envío de paquetería y mensajería.

De la Comisión de Pesca, con puntos de acuerdo, por los que se exhorta a diversas Dependencias de la Administración Pública Federal a efecto que refuerce el cumplimiento de la normatividad en materia de actividades pesqueras que realizan las embarcaciones extranjeras en los límites territoriales de la Zona de Ensenada, Baja California.

De la Comisión de Pesca, con puntos de acuerdo, por los que se exhorta a diversas Dependencias de la Administración Pública Federal para que consideren a los pescadores ribereños y/o asociados en cooperativas, de los diecisiete estados de la República Mexicana que cuentan con litoral, para que en las épocas de vedas y desastres naturales sean considerados dentro del Programa de Empleo Temporal.

Dictámenes en sentido negativo de iniciativas

De la Comisión de Desarrollo Rural, con punto de acuerdo por el que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Energía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto, que adiciona el artículo 26 Bis de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

De la Comisión de Energía, con punto de acuerdo por el que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto, que reforma el artículo 7 de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto, que reforma los artículos 53 y 54 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto, que crea la Ley Reglamentaria del Artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 7 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal.

De las Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Desa-rrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desechan dos Iniciativas con Proyecto de Decreto que expide la Ley Nacional Agraria y la Ley Agraria.

De las Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Desa-rrollo Rural, con punto de acuerdo por el que desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 6 de la Ley Agraria y 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De la Comisión de Justicia, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales y 12 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 11 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 76 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley General de Cultura Física y Deporte, de la Ley General de Vida Silvestre y de la Ley General de Pesca.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto que adiciona una fracción V al artículo 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 173 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política, conforme un grupo plural de legisladores, integrado preferentemente por aquellos que han de participar en la L Reunión Interparlamentaria México - Estados Unidos que se celebrará en esa nación en los próximos meses, a efecto de que se reúnan con sus contrapartes de la Cámara de Representantes del Congreso Norteamericano y del Gobierno Federal de esa Nación, para ampliar y fortalecer los mecanismos de control y seguimiento parlamentario al tráfico de armas, y analizar otros temas de la agenda común relativos a la seguridad regional que puedan ser analizados conjuntamente en dicho mecanismo bilateral, a cargo del diputado Pablo Escudero Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política, acordar lo necesario para avalar y someter al Pleno, la solicitud de diversas organizaciones campesinas nacionales, para instalar una Mesa de Trabajo para discutir y acordar medidas para enfrentar la emergencia alimentaria del País, a cargo de diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios. (Urgente Resolución)

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se crea una Comisión Especial para investigar el destino de los recursos del Fondo de Ahorro Campesino de los Ex Trabajadores Braceros, así como determinar la administración en que se extraviaron, a cargo de la diputada María Sandra Ugalde Basaldúa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Cofetel, de la Cofeco, de la Profeco y de la SCT, aplique la Ley y termine con las prácticas monopólicas, a cargo del diputado Samuel Herrera Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo relativo a la publicación y difusión en las escuelas públicas del país de la Enciclopedia de México, en homenaje al intelectual José Rogelio Álvarez, a cargo de la diputada Ifigenia Martha Martínez y Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, para que en coordinación con la UNAM, revisen e implementen los mecanismos necesarios para la modernización y eficacia del Sistema Sismológico Nacional, así como exhortar a los gobiernos de los estados, realicen las acciones y medidas necesarias para que en cada entidad federativa se instale una estación sismológica, a cargo del diputado Gerardo del Mazo Morales, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de la federación y de las entidades federativas, los entes autónomos de la federación y de las entidades federativas, los municipios, los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y las entidades de la administración pública paraestatal, den cumplimiento a las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable, a cargo del diputado Gastón Luken Garza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrito por diputados integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento a la Implementación de la Reforma Constitucional en Materia de Fiscalización, Evaluación y Armonización Contable. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, implementen políticas de ahorro y austeridad para coadyuvar al pago de los apoyos sociales a los Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, a cargo de la diputada María Sandra Ugalde Basaldúa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, inicie la construcción de infraestructura de espacios deportivos en aquellas escuelas públicas de nivel básico que no cuentan con dichos espacios; asimismo, implemente las acciones necesarias para proporcionar la rehabilitación correspondiente a los espacios deportivos ya existentes en las escuelas públicas de todo el país y designe el presupuesto necesario para la ampliación de horas de clase de Educación y Cultura Física en escuelas públicas de nivel básico, con la finalidad de contribuir a las acciones públicas para atender adecuadamente la obesidad infantil, a cargo del diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo Federal, utilice el 1% de los ingresos petroleros excedentes para ampliar el número de beneficiarios del Programa de Coinversión Social de Indesol, a cargo de la diputada María Isabel Merlo Talavera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la SEP, implemente las medidas y acciones que permitan crear una unidad responsable de todas las universidades politécnicas del país, a cargo del diputado Jorge Romero Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol, especifique y priorice el criterio de inseguridad pública en las reglas de operación del Programa Federal Rescate de Espacios Públicos, a cargo de la diputada Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal, implemente y actualice el sistema y programas de Protección Civil con los que cuenta la Ciudad de México, y mantenga en óptimas condiciones los sistemas de alerta sísmica, los planes de prevención, atlas de riesgo y planes de desarrollo urbano y medida ante nuevas construcciones, simulacros y otros esquemas de protección para el caso de desastres como terremotos y otros sucesos catastróficos, a cargo del diputado Rodrigo Pérez Alonso González, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Efemérides

Con motivo del 21 de marzo, conmemoración del Día Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con motivo del 22 de marzo, Día Mundial del Agua, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:   El siguiente punto es la lectura del acta de la sesión anterior. Nadie se ha inscrito para discutirla. Pregunte si se dispensa la lectura.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes quince de marzo de dos mil once, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Primera Legislatura.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos noventa y seis diputadas y diputados, a las once horas con cuarenta y tres minutos del martes quince de marzo de dos mil once, el Presidente declara abierta la sesión.

Desde sus respectivas curules realizan comentarios con relación al Orden del Día los diputados: José Erandi Bermúdez Méndez, del Partido Acción Nacional; Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo; Salvador Caro Cabrera, del Partido Revolucionario Institucional; Rodrigo Pérez-Alonso González, del Partido Verde Ecologista de México; Leticia Quezada Contreras, Uriel López Paredes, ambos del Partido de la Revolución Democrática; Mario Alberto di Costanzo Armenta y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, ambos del Partido del Trabajo. El Presidente hace aclaraciones.

En sendas votaciones económicas se dispensan la lectura al orden del día y del Acta de la sesión anterior, la que se aprueba de la misma manera.

Se da cuenta con Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, expresa sus condolencias al Gobierno, al Congreso y al pueblo de Japón. En votación económica se aprueba, Comuníquense.

El Presidente da lectura a un pronunciamiento de solidaridad con el Gobierno de Japón y lamenta el sensible fallecimiento de las víctimas  del sismo ocurrido el viernes pasado e invita a la Asamblea guardar un minuto de silencio.

Se reciben comunicaciones oficiales:

a) De los Diputados:

– Norma Sánchez Romero, Óscar Martín Arce Paniagua, Jesús Alberto Cano Vélez, Gerardo Del Mazo Morales, Nicolás Carlos Bellizia Aboaf, Esthela Damián Peralta, Carlos Flores Rico y Agustín Carlos Marroquín, por las que solicitan que sus iniciativas presentadas de septiembre de dos mil nueve a diciembre de dos mil diez, sean procesadas bajo las nuevas reglas de conformidad con el artículo sexto transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados. Con fundamento en el artículo sexto transitorio del Reglamento, se turnan nuevamente las iniciativas a las comisiones correspondientes, para que corra el término reglamentario de presentar dictamen. Se instruye la publicación en la Gaceta Parlamentaria del listado correspondiente y la actualización de los registros parlamentarios.

– Marcos Pérez Esquer, por el que solicita que sea retirada de las comisiones y de los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, turnada en la sesión del día ocho de marzo de dos mil once. El Presidente instruye se retire la iniciativa de la Comisión de Puntos Constitucionales y se actualicen los registros parlamentarios.

– Juan José Cuevas García, por el que solicita que sea retirada de las comisiones y de los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo diez  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expide la Ley Federal de Armas de Fuego y abroga la actual Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, presentada en la sesión del día nueve de marzo dos mil once. El Presidente instruye se retire la iniciativa de las Comisiones de Puntos Constitucionales y Defensa Nacional, y de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, y se actualicen los registros parlamentarios.

b) De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, por la que invita a la Ceremonia Cívica Conmemorativa del septuagésimo tercer Aniversario de la Expropiación Petrolera. Se designa una comisión en representación.

c) Del Gobierno del Distrito Federal, con la que remite contestación a Punto de Acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al uso de suelo y a la normatividad vigente en materia de construcciones y de establecimientos mercantiles. Se remite a la Comisión del Distrito Federal, para su conocimiento.

d) De la Comisión Federal de Competencia, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, relativo al aumento de precios en los productos de la canasta básica. Se remite al promovente, para su conocimiento.

e) Del Gobierno del Estado de Guanajuato, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para impedir la discriminación contra las Mujeres por razones de maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar. Se remite a la Comisión de Equidad y Género, para su conocimiento.

f) Del Gobierno del Estado de Oaxaca, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a diversos hechos delictivos ocurridos recientemente en el Estado de Oaxaca. Se remite al promovente, para su conocimiento.

g) De Petróleos Mexicanos, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la universalidad de los servicios de salud en México. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

h) De la Secretaría de Gobernación, con las que remite cuatro contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados, relativo:

– Al riesgo de introducción y dispersión del huanglongbing (HLB) en los estados productores de cítricos en el territorio nacional. Se remite a la Comisión de Agricultura y Ganadería, para su conocimiento.

– A promover el desarrollo de la economía nacional. Se remite a la Comisión de Economía, para su conocimiento.

– Al Convenio ciento cincuenta y seis de la Organización Internacional del Trabajo. Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para su conocimiento.

– Al control y vigilancia del cáncer de mama. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

i) De la Cámara de Senadores, con la que remite:

– Solicitud del senador Juan Bueno Torio, del Partido Acción Nacional, para que se dictamine la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se remite a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

– Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto Sobre la Renta, de Impuesto al Valor Agregado y Federal de Derechos; del Código Fiscal de la Federación y se abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, presentada por el senador Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

j) Del Congreso del Estado de Guanajuato, con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

El Presidente informa a la Asamblea que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria los siguientes dictámenes con proyectos de decreto de las Comisiones:

a) De Juventud y Deporte, que adiciona el artículo 138 de la Ley General de cultura Física y Deporte.

b) De Gobernación:

– Que reforma el artículo sexto y segundo párrafo del artículo veinte Bis de la Ley de Expropiación.

– Que adiciona el inciso a) al artículo dieciocho de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

– Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Premios Estímulos y Recompensas Civiles.

c) De Hacienda y Crédito Público:

– Que reforma el artículo cuarto de la Ley que Aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su Ejecución.

– Por el que se establecen las características de veinticuatro monedas bimetálicas conmemorativas de la Herencia Numismática de México, de conformidad con el inciso c) del artículo segundo de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

– Por el que se establecen las características de una Moneda de Oro Conmemorativa del “Bicentenario del Inicio del Movimiento de Independencia Nacional”.

– Por el que se establecen las características de la Octava Moneda de Plata Conmemorativa del “Quinto Centenario del Encuentro de Dos Mundos”.

d) De Gobernación c que reforma y adiciona la Ley de Planeación.

De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados se cumple con la declaratoria de publicidad.

A las doce horas con diecisiete minutos, por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos nueve diputadas y diputados.

A solicitud del diputado Emilio Serrano Jiménez, del Partido de la Revolución Democrática, el Presidente invita a la Asamblea a guardar un minuto de silencio, en memoria de las víctimas de la guardería ABC.

Se someten a discusión los dictámenes con proyecto de decreto de las Comisiones:

a) De Participación Ciudadana, que reforma el artículo cinco de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil. Fundamenta el dictamen el diputado Arturo Santana Alfaro, a nombre de la Comisión. Se somete a discusión en lo general y en lo particular e intervienen en pro del dictamen los diputados: Enrique Torres Delgado, del Partido Acción Nacional; y Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo. Se considera suficientemente discutido.

Desde su curul el diputado Agustín Guerrero Castillo, del Partido de la Revolución Democrática, realiza comentarios con relación al orden del día. El Presidente hace aclaraciones.

Se concede el uso de la palabra al diputado José Erandi Bermúdez Méndez, para externar un mensaje de solidaridad, fraternidad y dar las más sinceras condolencias a la Nación hermana del Japón, a nombre del Grupo de Amistad México Japón.

En votación nominal se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por unanimidad de trescientos cincuenta y cuatro votos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

b) De Puntos Constitucionales, que adiciona un párrafo décimo al artículo cuarto y se reforma la fracción vigésima novena-J del artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fundamenta el dictamen el diputado Juventino Víctor Castro y Castro, a nombre de la Comisión. Fijan postura de sus respectivos grupos parlamentarios los diputados: Porfirio Muñoz Ledo, del Partido del Trabajo;

Presidencia del diputadoJosé de Jesús Zambrano Grijalva

Guillermo Cueva Sada, del Partido Verde Ecologista de México; Nazario Norberto Sánchez, del Partido de la Revolución Democrática; Víctor Alejandro Balderas Vaquera, del Partido Acción Nacional; y José Ricardo López Pescador, del Partido Revolucionario Institucional. Se somete a discusión en lo general y en lo particular e interviene en pro los diputados: Jaime Fernando Cárdenas Gracia y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, ambos del Partido del Trabajo. Se considera suficientemente discutido y en votación nominal se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por unanimidad de cuatrocientos veintidós votos. Pasa a las legislaturas de los estados.

c) De Derechos Humanos:

– Que adiciona el artículo diez de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Fundamenta el dictamen el diputado Jesús Alfonso  Navarrete Prida, a nombre de la Comisión. Fijan postura de sus respectivos grupos parlamentarios los diputados: Porfirio Muñoz Ledo, del Partido del Trabajo; Pablo Escudero Morales, del Partido Verde Ecologista de México; y Rosa Adriana Díaz Lizama, del Partido Acción Nacional. Se somete a discusión en lo general y en lo particular e intervienen en contra los diputados: Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo, quien acepta interpelación del diputado Pablo Escudero Morales, del Partido Verde Ecologista de México;

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo; desde sus respectivas curules realizan rectificación de hechos los diputados Jesús Alfonso Navarrete Prida, del Partido Revolucionario Institucional; José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña y Porfirio Muñoz Ledo, ambos del Partido del Trabajo; y Pablo Escudero Morales, del Partido Verde Ecologista de México. Se considera suficientemente discutido y en votación nominal se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por trescientos noventa y seis votos; dieciséis en contra y diez abstenciones. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

– Que adiciona diversas disposiciones de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas. Fundamenta el dictamen el diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida, a nombre de la Comisión.

Presidencia del diputadoFrancisco Javier Salazar Sáenz

Fijan postura de sus respectivos grupos parlamentarios las diputadas Cora Cecilia Pinedo Alonso, de Nueva Alianza; Rosario Brindis Álvarez, del Partido Verde Ecologista de México; Enoé Margarita Uranga Muñoz, del Partido de la Revolución Democrática; Rosi Orozco, del, Partido Acción Nacional; y Marcela Guerra Castillo, del Partido Revolucionario Institucional. Se somete a discusión en lo general y en lo particular e intervienen en contra del dictamen los diputados: Jaime Fernando Cárdenas Gracia; José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, ambos del Partido del Trabajo;  y en pro los diputados: Diva Hadamira Gastélum Bajo, del Partido Revolucionario Institucional; desde su curul la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Partido Acción Nacional;

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Para rectificación de hechos los diputados: Enoé Margarita Uranga Muñoz y Emilio Serrano Jiménez, ambos del Partido de la Revolución Democrática; y para responder alusiones personales Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo, quien acepta interpelaciones de los diputados Ricardo Ahued Bardahuil y Yolanda De la Torre Valdez, ambos del Partido Revolucionario Institucional.

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

Se considera suficientemente discutido y se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por cuatrocientos un votos y seis abstenciones. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

Se someten a discusión los dictámenes con puntos de acuerdo de las Comisiones:

a) De Desarrollo Social, por el que se exhorta a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra y a Ferronales a agilizar el Trámite de Regularización de la Tenencia de la Tierra en asentamientos humanos irregulares en Tijuana, Baja California.

b) De Educación Pública y Servicios Educativos, por los que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública y al Consejo Nacional de Cultura y las Artes a mejorar los Servicios Bibliotecarios para la población invidente.

c) De Fomento Cooperativo y Economía Social, por el que se solicita al Banco de México y a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, la información sobre las Instituciones que realizan contrataciones u operaciones de mutuo con interés de garantía prendaria.

d) De Medio Ambiente y Recursos Naturales:

– Relativo a los Proyectos Turísticos del Fonatur de Huatulco, Oaxaca.

– Por los que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua implementar acciones que promuevan el uso racional del agua.

– Por los que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, coordinar acciones que permitan la conservación de los recursos hídricos y de biodiversidad del Parque Nacional Barranca del Cupatitzio.

– Por el que se exhorta a la Comisión Nacional Forestal, informe sobre los resultados e impactos de los Programas Forestales Implementados.

e) De Seguridad Pública:

– Por el que se solicita al Titular del Ejecutivo Federal informe con oportunidad sobre la existencia de un Plano Proyecto para la construcción de un Penal de máxima seguridad en el Estado de Campeche.

– Por el que se exhorta al Gobierno Federal, a cubrir la totalidad de los gastos de manutención de los Reos Federales en Centros Penitenciarios Estatales; y a la Secretaría de Seguridad Pública, a realizar las acciones pertinentes para cumplir la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

f) De Transportes, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, se formen mesas de negociación y verificación de perjuicios, para que sea resarcido el daño provocado a las viviendas circundantes a la autopista México-Pachuca, en el tramo que atraviesa el Municipio de Ecatepec Morelos, Estado de México.

g) De Transportes:

– Por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a instruir al Titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que concluya el tramo carretero Puente- Prieto-Canoas-Pánuco, en la Huasteca y se solicita la intervención del Titular de la Secretaría de la Función Pública a fin de que supervise el proyecto.

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ordenar una auditoría, y en su caso, iniciar un procedimiento sancionador para fincar responsabilidad y reparar los daños respecto al primer tramo de la modernización de la carretera Mozimba- Pie de la Cuesta.

– Por los que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, realice un estudio integral para determinar la viabilidad de reducir el peaje que pagan las motocicletas que circulan por las autopistas del País.

– Por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, considere la pertinencia de agilizar y ampliar los frentes de trabajos respecto a la ampliación y modernización de la carretera San Luis Río Colorado-Sonoyta-Caborca, Sonora.

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a Caminos y Puentes Federales, implanten las medidas necesarias para solucionar el problema que genera la demora en el cobro de las casetas de San Marcos y San Martín, de la carretera México-Puebla.

Desde sus respectivas curules realizan moción de procedimiento los diputados: Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo; Agustín Guerrero Castillo, y Leticia Quezada Contreras, del Partido de la Revolución Democrática; Laura Itzel Castillo Juárez, del Partido del Trabajo; y Georgina Trujillo Zentella, del Partido Revolucionario Institucional. El Presidente hace aclaraciones.

En votación nominal se aprueban en conjunto los puntos de acuerdo por trescientos veinticinco votos y dos abstenciones.

Se somete a discusión el dictamen con punto de acuerdo de la Comisión del Distrito Federal, por los que se exhorta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, recibir en audiencia a los vecinos afectados por la construcción del proyecto vial denominado “Supervía Poniente”. Interviene para fundamentar el dictamen por la Comisión, la diputada Gabriela Cuevas Barrón, quien acepta interpelación del diputado Vidal Llerenas Morales, del Partido de la Revolución Democrática;

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

Se somete a discusión e intervienen los diputados: en contra María de la Paz Quiñones Cornejo, del Partido Revolucionario Institucional; Laura Itzel Castillo Juárez; Jaime Fernando Cárdenas Gracia, ambos del Partido del Trabajo; Leticia Quezada Contreras, del Partido de la Revolución Democrática; y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Intervienen en pro Agustín Carlos Castilla  Marroquín, del Partido Acción Nacional, quien acepta interpelación del diputado Emilio Serrano Jiménez, del Partido de la Revolución Democrática; Agustín Guerrero Castillo, del Partido de la Revolución Democrática, quien acepta interpelaciones de los diputados María de la Paz Quiñones Cornejo y José Ramón Martel, ambos del Partido Revolucionario Institucional; Vidal Llerenas Morales, del Partido de la Revolución Democrática, quien acepta interpelaciones de los diputados Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, del Partido Revolucionario Institucional y Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo; Emilio Serrano Jiménez, del Partido de la Revolución Democrática; y Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, del Partido Revolucionario Institucional, quien acepta interpelaciones de los diputados Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo; Vidal Llerenas Morales, del Partido de la Revolución Democrática; y Pablo Escudero Morales, del Partido Verde Ecologista de México. En votación económica se considera suficientemente discutido. Desde sus curules realizan moción de procedimiento y rectificación de hechos los diputados: José Gerardo Rodolfo Fernández No-roña, del Partido del Trabajo, en dos ocasiones; Agustín Guerrero Castillo, en dos ocasiones; Vidal Lleneras Morales, en dos ocasiones, Jesús Alejandro Encinas Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática; Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, del Partido Revolucionario Institucional; y Laura Itzel Castillo Juárez, del Partido del Trabajo; Arturo Zamora Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional; Mario Alberto di Costanzo Armenta y Jaime Fernando Cárdenas Gracia, ambos del Partido del Trabajo;  El Presidente hace aclaraciones. En votación nominal se aprueba el punto de acuerdo por doscientos cincuenta y tres votos; catorce en contra y dos abstenciones.

Se da cuenta con acuerdo de la Junta de Coordinación Política, con el que comunica cambios de integrantes en las Comisiones Ordinarias. De enterado. Comuníquense.

Se reciben iniciativas con proyecto de decreto de los diputados:

• Sandra Méndez Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

• Cristabell Zamora Cabrera, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo noveno-A de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Edgardo Melhem Salinas, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo segundo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Yolanda de la Torre Valdez, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Pedro Peralta Rivas, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo cincuenta de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Se turna a la Comisión de la Función Pública, para dictamen.

• María Dina Herrera Soto, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y de la Ley General de Desarrollo Social. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen y a las Comisiones de Derechos Humanos y de Desarrollo Social, para opinión.

• Integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte, por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa de la celebración de los décimo sexto Juegos Panamericanos Guadalajara dos mil once. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos doscientos ochenta del Código Penal Federal y ciento noventa y cuatro del Código Federal de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia, para dictamen.

• Francisco Hernández Juárez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo doscientos ocho del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Carlos Manuel Joaquín González, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Puertos. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen.

• Leticia Quezada Contreras, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo doscientos sesenta y seis y deroga los artículos doscientos sesenta y dos y doscientos sesenta y tres del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• María de Lourdes Reynoso Femat, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos cuarenta y uno de la Ley Federal de Protección al Consumidor y doscientos ochenta y uno de la Ley General de Salud. Se turna a las Comisiones Unidas de Economía y de Salud, para dictamen.

• Uriel López Paredes, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Se reciben proposiciones con puntos de acuerdo de los diputados:

• Sofía Castro Ríos, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Gobernador del estado de Oaxaca, expida las credenciales, legalice y certifique las firmas de las autoridades municipales electas. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

• Del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Instituto Electoral del Estado de México, garantice el voto de los ciudadanos del Estado de México residentes en el extranjero en la elección de Gobernador de dicha entidad. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

• Enoé Margarita Uranga Muñoz, a nombre propio y de la diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se condenan los actos de amenaza y hostigamiento contra la defensora de derechos humanos María Luisa Andrade, se exhorta a las autoridades del estado de Chihuahua y al Presidente de la República, realicen las acciones necesarias para garantizar la vida y la seguridad de las defensoras de derechos humanos en dicha entidad, y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, realice un informe especial. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

• Carlos Samuel Moreno Terán, del Partido Verde Ecologista de México, por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, emita una alerta para los mexicanos que tengan viajes programados a Arizona, o bien residan o estudien en dicho estado, por los recientes actos discriminatorios que se han suscitado en la entidad. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

• Laura Itzel Castillo Juárez, del Partido del Trabajo, por el que se autoriza a las comisiones ordinarias, para que citen a funcionarios a comparecencias y se formulen preguntas parlamentarias, en condiciones de igualdad y no de proporcionalidad en relación con las iniciativas de ley o decreto que se les turnen durante dos mil once. Se turna a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, para dictamen.

• De Nueva Alianza, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que una proporción de los excedentes monetarios, derivados de la exportación de petróleo, se destinen al fomento de la investigación científica y de la innovación tecnológica. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Laura Margarita Suárez González, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a crear un fondo emergente de apoyo al sector turístico, que favorezca a las entidades que han sido afectadas en su imagen por situaciones de hechos violentos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• José de Jesús Zambrano Grijalva, del Partido de la Revolución Democrática, en relación con el desabasto de medicamentos del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Eduardo Ledesma Romo, del Partido Verde Ecologista de México, relativo a los riesgos que representan para la población y el medio ambiente los reactores nucleares para generar electricidad en México. Se turna a las Comisiones Unidas de Energía y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo, por el que se solicita la comparecencia ante el Pleno de esta Soberanía, del Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

• De Nueva Alianza, por el que se exhorta a los Titulares de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y de la Secretaría de Salud, den continuidad a las acciones de vigilancia contra los denominados productos “milagro” y al control de anuncios publicitarios que carezcan de evidencias científicas para evitar daños a la salud de la población. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Roberto Rebollo Vivero, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nombre a alguno de sus integrantes para que averigüe los hechos ocurridos en el caso del New´s Divine, se determine la acción legal de todos los responsables y se indemnice por el daño moral contemplado en nuestra Carta Magna. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

• Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Salud, de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado, hagan entrega de las vacunas frente al neumococo y el rotavirus a las instituciones de salud a nivel nacional. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Juan Gerardo Flores Ramírez, del Partido Verde Ecologista de México, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones, adopten las medidas que correspondan para atender los problemas de calidad en las redes de telefonía móvil. Se turna a la Comisión de Comunicaciones, para dictamen.

• Canek Vázquez Góngora, a nombre propio y del diputado Ramón Ramírez Valtierra, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, destine los excedentes que estén resultando de los ingresos autorizados en la Ley de Ingresos, al pago de los intereses generados de la deuda adquirida por el Gobierno del estado de Hidalgo, contratada para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el marco de la construcción de la Refinería de Tula. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Norma Leticia Salazar Vázquez, del Partido Acción Nacional, por el que se condena la aprobación en Comisiones del Senado, de la Ley SB-mil seiscientos once en el estado de Arizona, Estados Unidos de América, que pretende restringir el acceso a los servicios públicos por parte de migrantes indocumentados, y exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a hacer uso de los instrumentos y mecanismos necesarios para defender los derechos de los migrantes mexicanos que puedan verse afectados con la aplicación de dicha legislación. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

• Francisco Hernández Juárez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se solicita la intervención del Gobierno Federal en el conflicto suscitado en el sector de las telecomunicaciones. Se turna a la Comisión de Comunicaciones, para dictamen.

• Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, intensifique las gestiones diplomáticas ante las autoridades de Estados Unidos de América, para prevenir mayores violaciones a los derechos humanos de los mexicanos que residen en el exterior, especialmente en el estado de Arizona y para crear una comisión de diálogo de legisladores. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

• Julio Castellanos Ramírez, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo de estado de Michoacán, se responsabilice de su falta de obediencia a la Constitución Política de ese estado y subsane la omisión de publicar las reformas aprobadas por la legislatura local en materia electoral; se exhorta al Presidente y a los Consejeros del Instituto Electoral de Michoacán, contribuyan a dar certidumbre, legalidad y equidad en el proceso local que se dará este año en el estado; y a todas las fuerzas políticas que participarán en los comicios para renovar gobernador, diputados y ayuntamientos, con el fin de que el próximo proceso electoral se organice con apego a los principios constitucionales de Legalidad, Equidad, Certeza, Imparcialidad y Objetividad. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

• José Ramón Martel López, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, agilice la conformación y publicación de la totalidad de las reglas de operación, a que están sujetos diferentes programas públicos federales, contenidos en el anexo dieciocho del Presupuesto de Egresos de la Federación dos mil once, toda vez que se requiere tomar en cuenta la opinión de las comisiones ordinarias de esta Soberanía, para que se prevea que las aportaciones acordadas se realicen oportunamente y sean ejercidas de inmediato, así como promover una calendarización eficiente para el ejercicio de los recursos federales respectivos, e incluir en todos los casos, criterios que aseguren transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Arturo Ramírez Bucio, a nombre propio y del Partido Acción Nacional, por el que se crea una Comisión Especial para investigar la complicidad de los gobiernos del Partido Revolucionario Institucional con el narcotráfico, de acuerdo con las declaraciones del ex Gobernador de Nuevo León, Sócrates Rizzo García. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

• Rosario Ortiz Yeladaqui, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que este dos mil once incrementen los recursos presupuestales para la Secretaría de Educación Pública, a fin de implementar un proyecto piloto regional en los estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán para la ampliación de la cobertura de las becas del PROMAJOVEN para el nivel medio superior. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Rosi Orozco, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justica del Distrito Federal, intensifique acciones y se coordine con las autoridades delegacionales, a fin de combatir la venta de material pornográfico infantil. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.

• Carlos Manuel Joaquín González, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Turismo, incorpore y defina como prestadores de servicios turísticos al tiempo compartido, transportación terrestre, aérea y marítima, en adición a los contenidos, en su momento, por la legislación anterior a la vigente Ley General de Turismo, considerando que estará por publicarse el Reglamento de la citada Ley. Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen.

• Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Senado de la República resuelva el problema limítrofe entre Campeche y Quintana Roo. Se remite a la Cámara de Senadores, para su atención.

• Yolanda de la Torre Valdez, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Junta de Coordinación Política de esta Soberanía, acuerde la celebración de una Sesión Solemne con motivo del septuagésimo quinto Aniversario de la fundación del Instituto Politécnico Nacional y se lleven a cabo una serie de actividades conmemorativas, al interior de este Recinto, que den testimonio de la importancia y aportaciones del referido Instituto y permitan tomar conciencia colectiva de su importancia para el desarrollo nacional. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

• Laura Viviana Agundiz Pérez, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud, elaboren en conjunto una campaña informativa de prevención en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas, sobre los efectos que el trastorno de la alcoholexia ocasiona dentro de los jóvenes. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Salud, para dictamen.

• Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, elabore y publique a la brevedad posible, un nuevo Programa a Favor de la Infancia y la Adolescencia. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

El Presidente clausura la sesión a las diecisiete horas con cincuenta minutos y cita para la próxima que tendrá lugar el jueves diecisiete de marzo de dos mil once a las diez horas.»

La diputada María Florentina Ocegueda Silva(desde la curul): Presidente, por favor.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputada.

La diputada María Florentina Ocegueda Silva(desde la curul): Muy buenos días, señor presidente, compañeros diputados y diputadas. Nada más para solicitar que se corrija el turno de una solicitud que hice y que se publica en la Gaceta Parlamentaria, sobre el asunto de las elecciones en mi estado.

En donde se exhorta al gobierno de mi estado, Nayarit, a conducirse con imparcialidad en el proceso electoral. Y se propone la formación de un grupo de trabajo de esta soberanía que le dé seguimiento. Aquí en la Gaceta Parlamentaria se turnó a la Comisión de Transportes y aquí traigo una hojita donde se turna a la Junta de Coordinación Política en el oficio que me están enviando. Entonces, solicito que se haga la corrección correspondiente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputada. Lo correcto es que el trámite sea a la Junta de Coordinación Política, que es la que desahoga estos trámites. Con gusto se hace la corrección en la Gaceta.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Di Costanzo, ¿con qué objeto?

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): Quiero hacer una denuncia y una pregunta. Mire, el Reglamento de la Cámara de Diputados marca que usted debe velar por la integridad de los diputados.

La sesión anterior entregué una serie de pruebas de las cochinadas que hay en el restaurante, pero sigue abierto. Y no solamente sigue abierto; no nos han dado un informe. Ahora quieren negar la existencia de dichos análisis.

El dueño del restaurante, el señor Enrique Álvarez, ya me anda calumniando en la televisión y, ayer, a mi asistente, la esposa del dueño la amenazó.

Entonces quiero que me diga usted cuándo van a clausurar ese restaurante y dejemos de comer las porquerías que nos están dando porque es su obligación velar por la salud de los diputados.

Y, no quiero que se desaparezca Haro Bélchez cada vez que intervengo, porque no han hecho nada.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Como lo dije la sesión pasada, el asunto ha sido turnado ya al Comité de Administración, quien es el encargado directo de resolver estos asuntos, como usted sin duda sabe. En cuanto haya una respuesta le será comunicada oportunamente. Muchas gracias.

Si la amenaza fuera de carácter directo a usted, señor diputado, por supuesto que esta Mesa Directiva intervendrá inmediatamente para proteger su integridad, no tenga usted duda de eso. Adelante, diputada secretaria.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez: Está a discusión el acta. No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobada el acta.



MODIFICACION DE TURNO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: . Esta Presidencia informa que, de conformidad con los artículos 73 y 74, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se realizaron modificaciones de turno de iniciativas y minutas con proyecto de decreto, que se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria.Adelante, secretaria.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Mesa Directiva

Honorable Asamblea:

Esta Presidencia comunica que se realizaron modificaciones de turno, de conformidad con los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, mismas que fueron publicadas en la Gaceta Parlamentaria, de las siguientes minutas e iniciativas:

1. Con proyecto de decreto, por el que se expide la Ley de Migración y se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Población, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, de la Ley de Inversión Extranjera y de la Ley General de Turismo, remitida el 3 de marzo de 2011.

“Se turna a las Comisiones Unidas de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y de Justicia, para dictamen, con opinión de las Comisiones de Gobernación, de Relaciones Exteriores y de Presupuesto y Cuenta Pública.”

2. Con proyecto de decreto, por el que se reforman, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, remitida el 29 de abril de 2010.

“Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, de la Función Pública, de Justicia, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.”

3. Con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, presentada por el diputado Javier Corral Jurado, del Grupo Parlamentario de Partido Acción Nacional, y suscrita por los diputados José de Jesús Zambrano Grijalva y Jaime Álvarez Cisneros, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática y de Convergencia, el 22 de febrero de 2011.

“Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen, con opinión de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.”

4. Con proyecto de decreto, por el que se reforma los artículos 26, 27 y 28 de la Ley General para el Control del Tabaco, presentada por el diputado Omar Fayad Meneses, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 1 de marzo de 2011.

“Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen, con opinión de las Comisiones de Puntos Constitucionales, y Especial sobre la no Discriminación.”

5. Con proyecto de decreto, por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, presentada por la diputada Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes, y suscrita por la diputada María Marcela Torres Peimbert, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 24 de febrero de 2011.

“Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Participación Ciudadana, para dictamen.”

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: . Continúe con las comunicaciones, señor secretario.



GUARDERIA ABC

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Don Emilio Serrano.

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): Diputado presidente, nada más para solicitarle, como va a ser en todas las sesiones hasta que se complete el número de los 49 niños que fallecieron en el incendio de la Guardería ABC. Le pido, que por favor solicite un minuto de silencio en memoria de la niña Dafne Yesenia Blanco Lozoya, de Joseline Valentina Tamayo Trujillo, porque van 21 meses, 12 días y el caso sigue en la impunidad. Juan Molinar Horcasitas sigue como si nada, Eduardo Bours sigue haciendo alarde de la prepotencia y no se aplica la ley, porque Arturo Chávez Chávez lo sigue protegiendo. Le solicito un minuto de silencio en memoria de estos niños.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Como lo hemos hecho siempre, diputado, lo haremos antes de pasar al capítulo de iniciativas. Adelante, diputado.



INICIATIVAS TURNADAS

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Mesa Directiva

Honorable Asamblea:

Esta Presidencia informa que en atención a las solicitudes presentadas por diputados de diversos Grupos Parlamentarios, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados acordó turnar nuevamente sus iniciativas a las comisiones correspondientes, para que corra el término reglamentario de presentar dictamen, de conformidad con lo que establece el artículo sexto transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados; y publicar en la Gaceta Parlamentaria las iniciativas de referencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica), Presidente.»

«La Mesa Directiva con fundamento en el Artículo Sexto Transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados acordó turnar nuevamente las iniciativas a las comisiones correspondientes, para que corra el término reglamentario de presentar dictamen

1. Promovente:Diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo.

Iniciativa:Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales. 5 de octubre de 2010.

Turno:Unidas de Justicia y de la Función Pública.

Expediente y Sección:2818, Octava.

2. Promovente:Diputado Víctor Humberto Benítez Treviño.

Iniciativa:Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública. 8 de diciembre de 2010.

Turno:Unidas de Justicia y de Seguridad Pública.

Expediente y Sección:3428, Séptima.

3. Promovente:Diputado Rodrigo Pérez-Alonso González.

Iniciativa:Proyecto de Decreto por el que se derogan el inciso c) de la fracción II del artículo 2 y la fracción IV del artículo 8 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. 21 de julio de 2010.

Turno:Hacienda y Crédito Público.

Expediente y Sección:2531, Séptima.

4. Promovente:Diputado Rodrigo Pérez-Alonso González.

Iniciativa:Proyecto de Decreto que reforma los artículos 115 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 15 de diciembre de 2010.

Turno:Puntos Constitucionales.

Expediente y Sección:3539, Octava.

5. Promovente:Diputado Rodrigo Pérez-Alonso González.

Iniciativa:Proyecto de Decreto que reforma el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 11 de febrero de 2010.

Turno:Puntos Constitucionales.

Expediente y Sección:1306, Séptima.

6. Promovente:Diputado Rodrigo Pérez-Alonso González.

Iniciativa:Proyecto de Decreto que reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 9 de marzo de 2010.

Turno:Puntos Constitucionales.

Expediente y Sección:1548, Segunda.

7. Promovente:Diputado Eduardo Ledesma Romo.

Iniciativa:Proyecto de Decreto que adiciona un artículo 46 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 8 de diciembre de 2010.

Turno:Equidad y Género.

Expediente y Sección:3413, Octava.

8. Promovente:Diputado Martín García Avilés.

Iniciativa:Proyecto de Decreto que reforma los artículos 6, 24 y 50 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. 29 de abril de 2010.

Turno:Derechos Humanos.

Expediente y Sección:2245, Tercera.

9. Promovente:Diputado Martín García Avilés.

Iniciativa:Proyecto de Decreto que reforma el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 29 de abril de 2010.

Turno:Puntos Constitucionales.

Expediente y Sección:2329, Primera.

10. Promovente:Diputado Martín García Avilés.

Iniciativa:Proyecto de Decreto que reforma el artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social. 3 de noviembre de 2010.

Turno:Desarrollo Social.

Expediente y Sección:3144, Séptima.

11. Promovente:Diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas.

Iniciativa:Proyecto de Decreto que reforma los artículos 25 y 32 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. 15 de diciembre de 2009.

Turno:Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente y Sección:973, Tercera.»

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Esta Presidencia informa a la asamblea que la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo sexto transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados, acordó turnar nuevamente las iniciativas a las comisiones correspondientes, para que corra el término reglamentario de presentar dictamen.

Publíquese en la Gaceta Parlamentaria la relación correspondiente y actualícense los registros parlamentarios.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Por este conducto, me permito solicitarle tenga a bien girar instrucciones, a quien corresponda, a efecto de que la iniciativa suscrita por un servidor, que reforma el artículo 32 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, turnada en sesión el 9 de marzo del año en curso a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen y a la Comisión de Turismo, para opinión, sea retirada de éstas y de los registros parlamentarios correspondientes.

Lo anterior con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Sin más por el momento, le envió un cordial saludo

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de marzo de 2011.— Diputado Maurilio Ochoa Millán (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Retírese de la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen, y de la Comisión de Turismo para opinión. Actualícense, igualmente, los registros parlamentarios.



ESTADO DE MEXICO

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Me permito solicitar a usted en forma respetuosa que, en su calidad de representante de la Cámara de Diputados, y por estar entre sus atribuciones, con fundamento en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sea el gentil conducto para hacer llegar la presente solicitud de información al titular del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, respecto a las obras de modernización de la carretera México-Cuautla, atendiendo los planteamientos que se realizan en el escrito que se anexa al presente.

Agradeciendo la atención brindada a la presente, le saludo cordialmente.

Atentamente

Palacio Legislativo, a 15 de marzo de 2011.— Diputado J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica).»

«El que suscribe, J. Eduardo Yáñez Montaño, diputado federal por el distrito XXXIII del estado de México, solicita respetuosamente al titular del Ejecutivo federal que por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes presente un informe detallado de la obra de modernización y ampliación de la carretera México-Cuautla, tramo Chalco-Amecameca, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Una de las vías de comunicación terrestre más importante de la zona oriente del estado de México es la carretera federal México-Cuautla, la cual comunica los 12 municipios del distrito que represento con Morelos y el Distrito Federal.

Su relevancia radica en que, por ser la segunda vía más utilizada para trasladarse del Distrito Federal a Morelos, esta carretera no sólo representa una ruta comercial importante sino que, desde hace varios años, ha fomentado el establecimiento y la promoción de atracciones turísticas a lo largo de casi todo el trayecto, principalmente en los municipios del estado de México. La variedad gastronómica y la diversidad de actividades culturales, así como la posibilidad de visitar los volcanes Popocatépetl e Iztaccíhuatl, por la cercanía a éstos, estaban convirtiendo esta región en uno de los destinos cada vez más visitados por los habitantes del valle de México.

Sin embargo, con el creciente aforo turístico, sumado a la transportación de bienes a escalas local y regional, y debido al constante crecimiento poblacional, se empezaron a generar problemas de estancamiento en su estructura vial, siendo que en gran parte de la carretera sólo se contaba con un carril para cada uno de los sentidos de circulación.

En aras de atender esta problemática, en 2006 se inició un proyecto de modernización de la carretera en comento, que considera la ampliación de carriles, construcción de puentes y distribuidores, obras de drenaje, pavimentación y señalamiento, en dos etapas: la primera que comprende el tramo Chalco-Amecameca; y la segunda correspondiente a Amecameca-Nepantla.

En la construcción de la primera etapa, desde sus inicios los avances se han venido dando de manera lenta e ineficaz, provocando que los tiempos de recorrido y los costos se hayan elevado, incluso más que antes del inicio de las obras.

El entorpecimiento ha llevado a manifestar un reclamo generalizado por los habitantes de la región y del turismo en general. Las personas que acostumbraban visitar la región, sobre todo en fines de semana y días festivos, tienen que considerar su visita más de una vez, a la luz de los conflictos que actualmente implica viajar por esta carretera. La disminución del aforo turístico, del cual dependía gran número de establecimientos comerciales, ha traído como consecuencia el cierre de varios de ellos, afectando una de las regiones económicas más importantes de la zona oriente del estado de México.

En vista de lo anterior, en mi calidad de representante popular, los vecinos afectados me han planteado varios cuestionamientos acerca del estado que guardan las obras de la mencionada carretera, que yo transmito a través del presente. Tal es el caso de la construcción del puente a la altura del Tecnológico de Estudios Superiores de Chalco y el tramo que corresponde a los kilómetros 19 a 26. Tengo conocimiento de que la obra estaba programada para iniciar en junio de 2006 y terminar en noviembre del mismo año, con un monto asignado de alrededor de 80 millones de pesos (mdp); sin embargo, a la fecha no se encuentra en operación. Asimismo, se observa que este puente fue construido con deficiencias, ya que tuvo una reparación en uno de los muros sin que siquiera se encontrara en operación. Cabe preguntarse cuál es la razón de la reparación, y cuál fue su costo. De igual manera, es importante señalar que la empresa responsable de la construcción es Aztec, SA de CV; y la que actualmente lleva a cabo las obras se denomina “Demovial, SA de CV”, por lo que surge la necesidad de preguntarse si se hizo efectiva la fianza que debió haber constituido la primera de las mencionadas.

De igual modo, las obras que corresponden al tramo entre los kilómetros 15 y 19 se encontraban proyectadas para iniciar en junio de 2007 y finalizar en diciembre del mismo año. Se asignó un monto superior a 65 mdp, siendo encargada de la construcción la empresa RSR, SA de CV. Lo que llama la atención es que a la fecha dos empresas más han sido contratadas para realizar las obras: el corporativo Galis, SA de CV, en una segunda licitación por un monto aproximado de 20 mdp; y la empresa Cocoin, SA de CV, que actualmente se encuentra terminando las obras inconclusas a cargo de Galis, SA de CV.

Estas dos últimas empresas también se encuentran contratadas para construir puentes en el libramiento de Amecameca. El periodo de construcción de este tramo se encontraba comprendido entre marzo y octubre de 2008; sin embargo, igual que los mencionados, sigue sin poder operar. En este particular caso, se otorgaron cerca de 175 mdp y se han pagado excedentes por 50 mdp más. Es necesario saber cuál o cuáles fueron las razones del pago de este excedente, y de 30 mdp que fueron reclamados en razón del tipo de suelo, siendo que el presupuesto inicial debe considerar las características del terreno.

Tomando en cuenta que los trabajos de la etapa mencionada se iniciaron en 2006 y que los montos asignados rebasan 420 mdp, considero que el tiempo de terminación de la obra ha rebasado por mucho el proyecto inicial, más allá de lo tolerable, y que las repercusiones tanto en el turismo como en el desarrollo social han hecho de esta situación una problemática que debe atenderse lo más rápido posible; y es menester dar razón de la situación actual que guarda la obra, a los habitantes y usuarios que se ven afectados.

En razón de lo expuesto, y con fundamento en las facultades que me confiere la fracción VIII del artículo 6, así como III del párrafo 3 del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal que por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes presente a esta soberanía un informe detallado de la obra de modernización y ampliación de la carretera México-Cuautla, específicamente el tramo Chalco-Amecameca, que comprende los kilómetros 11+000 a 25+300, donde se incluya el estado de la carretera, así como los puentes, distribuidores y entronques que la forman.

En el informe debe incluirse los motivos por los cuales la obra se ha retrasado, así como los montos asignados y los ejercidos, y una fecha aproximada para la conclusión de la etapa mencionada.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de marzo de 2011.— Diputado J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva:De conformidad con el artículo 79, numeral 3 del Reglamento de la Cámara de Diputados, remítase al Ejecutivo para su debida atención.



ESTADO DE NUEVO LEON

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

La que suscribe, María de Jesús Aguirre Maldonado, diputada federal por el estado de Nuevo León e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6o. constitucional, artículo 7, fracciones IX y XI, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; artículo 22, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 79, numeral 3, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita al presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, que solicite a la Secretaría de Desarrollo Social que proporcione información detallada de los recursos ejercidos durante 2009 y 2010 en cada municipio de Nuevo León, respecto al Programa Federal de Rescate de Espacios Públicos en dicha entidad.

Le reitero mi agradecimiento y quedo a sus órdenes.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2011.— Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

La que suscribe, María de Jesús Aguirre Maldonado, diputada federal por el estado de Nuevo león e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6o. constitucional, artículo 7, fracciones IX y XI, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; artículo 22, numeral 2, de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 79, numeral 3, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita al presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, que solicite a la Secretaría de Desarrollo Social que proporcione información detallada de los recursos ejercidos durante 2009 y 2010 en cada municipio de Nuevo León, respecto al Programa Federal de Rescate de Espacios Públicos en dicha entidad.

Consideraciones

La transparencia de la información es un elemento indispensable en la consolidación de los procesos democráticos y de rendición de cuentas de todos los países; responde a la demanda de ciudadanía y de las organizaciones civiles de conocer los temas de interés general que los afectan y, por supuesto, la manera en que las instituciones gubernamentales ejercen los recursos públicos. Lo anterior sirve para que la población se involucre más con dichos procesos, se consolide la libertad de expresión y los (sic)

En este sentido, es de vital importancia para la ciudadanía que se lleve un control estricto y transparente de la aplicación de los recursos públicos, a efecto de que se pueda cumplir con los objetivos de los diferentes programas aplicados en cada entidad federativa. De esta manera será posible analizar y evaluar los avances de cada programa; y así de esta manera será posible identificar los retos o metas que aún no se han logrado alcanzar e impedir el mal uso o la discrecionalidad de los recursos asignados.

Por otro lado, el programa federal Rescate de Espacios Públicos tiene como finalidad “contribuir a mejorar la calidad de vida y la seguridad ciudadana, preferentemente de la población en condición de marginación, mediante el rescate de espacios públicos en las ciudades y zonas metropolitanas. Rescatar espacios públicos a nivel nacional con deterioro, abandono e inseguridad, en ciudades y localidades urbanas integradas en zonas metropolitanas, para el uso y disfrute de la comunidad y, con ello, propiciar la sana convivencia”. Por tal motivo, podemos evidenciar que su objetivo es dignificar áreas marginadas, incidiendo positivamente en aquellos problemas sociales que afectan la seguridad de las comunidades, por medio de la protección, conservación y aprovechamiento de los espacios públicos de servicio y uso común de las ciudades.

Para el caso de Nuevo León, dado el clima de inseguridad que se vive, es indispensable valorar los avances que se han logrado con este programa y así tomar las medidas necesarias para implementar los ajustes necesarios y recuperar la mayor parte de los espacios públicos problemáticos y, paulatinamente, recobrar la seguridad en las calles.

Por ello considero necesario y obligatorio para el trabajo de esta soberanía procurar un adecuado e informado seguimiento a los recursos federales para conocer los avances en cada materia y de esta forma reconocer los retos que aún falta por superar.

De acuerdo con lo anterior, solicito a la Secretaría de Desarrollo Social que proporcione información detallada de los recursos ejercidos durante 2009 y 2010 en cada municipio de Nuevo León, respecto al Programa Federal de Rescate de Espacios Públicos en dicha entidad.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de marzo de 2011.— Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De conformidad con el artículo 79, numeral 3 del Reglamento de la Cámara de Diputados, remítase al Ejecutivo para su debida atención.



RUTAS FERROVIARIAS - TRÁFICO DE PERSONAS

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

En términos de lo dispuesto por los artículos 6, 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 numeral 3, 45 y 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6 fracción VIII, 79, 129, 131 numeral 6, 133 y 163 del Reglamento de la Cámara de Diputados y 1, 2, 4, 5, 6 y 28 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; y con el objeto de dar curso al proceso legislativo; en el marco de la XIV sesión plenaria de esta comisión, de fecha 2 de marzo del año en curso, se acordó y aprobó por unanimidad, solicitarle al secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública un informe, en materia de seguridad pública, sobre los 25 municipios de alto riesgo para los migrantes, de las rutas ferroviarias señaladas como focos amarillos y en general, de toda la República Mexicana; así como del plan de prevención que el secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en colaboración con el Instituto Nacional de Migración, aplican para abatir ilícitos como tráfico de personas, robo, secuestro, violación, trata de personas, homicidio, extorsión, entre otros.

Por lo anterior, hago esto de su conocimiento para que la Mesa Directiva que usted dignamente preside, se sirva instruir a quien corresponda.

Sin otro particular por el momento y a nombre de los diputados integrantes de la Comisión de Seguridad Pública, sólo me resta enviarte un cordial saludo y reiterarte mi particular aprecio.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de marzo de 2011.— Diputado José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Presidente de la Comisión de Seguridad Pública.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

Licenciado Juan Miguel Alcántara Soria, secretario Ejecutivo del  Sistema Nacional de Seguridad Pública.— Presente.

En términos de lo dispuesto por los artículos 6, 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 numeral 3, 45 y 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6 fracción VIII, 79, 129, 131 numeral 6, 133 y 163 del Reglamento de la Cámara de Diputados y 1, 2, 4, 5, 6 y 28 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; y con el objeto de dar curso al proceso legislativo; en el marco de la XIV sesión plenaria de esta comisión, de fecha 2 de marzo del año en curso, se acordó y aprobó por unanimidad, solicitarle envíe a este órgano legislativo un informe, en materia de seguridad pública, sobre los 25 municipios de alto riesgo para los migrantes, de las rutas ferroviarias señaladas como focos amarillos y en general, de toda la República Mexicana; así como del plan de prevención que el secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en colaboración con el Instituto Nacional de Migración aplican para abatir ilícitos como tráfico de personas, robo, secuestro, violación, trata de personas, homicidio, extorsión, entre otros.

Sin otro particular y a nombre de los diputados integrantes de la Comisión de Seguridad Pública, quedo a sus apreciables órdenes.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2011.— Diputado José Luis Ovando Patrón (rúbrica), presidente de la Comisión de Seguridad Pública.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De conformidad con el artículo 79, numeral 3 del Reglamento de la Cámara de Diputados, remítase al Ejecutivo para su debida atención.



JAPON

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

Comunicación del diputado José Ramón Martel López por la que solicita información a diversas dependencias del Gobierno federal en relación con la adecuada y debida preparación de nuestro país ante el desastre natural ocurrido en Japón.

El grupo Parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados, solicita:

Primero. A la Secretaría de Economía, remita a esta Soberanía estimaciones detalladas sobre el impacto esperado en los flujos de comercio e inversión entre México y Japón ante el desastre natural ocurrido en esa nación, en el contexto del Acuerdo de Cooperación y Asistencia Económica suscrito entre ambas naciones en septiembre de 2004 y de la estrecha relación que existe entre ambas economías desde hace más de 40 años.

Segundo. A la Secretaría de Gobernación, remita a esta Soberanía una evaluación detallada de las medidas y acciones más recientes contempladas en el Sistema Nacional de Protección Civil para la prevención y atención de desastres naturales en nuestro país.

Tecero.A la Secretaría de Energía y a la Comisión Federal de Electricidad, información detallada y actualizada sobre los mecanismos de protección y salvaguarda existentes en la planta nuclear de Laguna Verde, así como la puesta en marcha de acciones de prevención de daños a sus instalaciones por el efecto de desastres naturales en el marco general de revisión general de protocolos de seguridad en reactores nucleares que ha iniciado la Agencia Internacional de Energía Atómica ante el desastre natural ocurrido en Japón.

Atentamente

Diputado José Ramón Martel López.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De conformidad con el artículo 79, numeral 3 del Reglamento de la Cámara de Diputados, remítase al Ejecutivo para su debida atención.



SECRETARIA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

La Secretaría de Cultura del Distrito Federal ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del 205 aniversario del natalicio de Benito Juárez García, Benemérito de las Américas, el lunes 21 de marzo, a las 10:00 horas, en el Museo Panteón de San Fernando, sito en San Fernando número 17, entre eje Guerrero y Héroes, delegación Cuauhtémoc.

Por lo anterior, me permito solicitar a ustedes los nombres de los diputados de esa Cámara que asistirán a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirvan prestar a la presente y les reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Licenciado José Vicente de la Rosa Herrera, coordinador.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Para asistir en representación de esta Cámara se designa a los siguientes diputados: Roberto Rebollo Vivero, al diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas y al diputado Avelino Méndez Rangel.



SALARIOS MINIMOS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Comisión Federal de Competencia.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión de la LXI Legislatura.— Presente

Hago referencia al oficio número DGPL 61-II-3-955, por el cual se hace del conocimiento de la Comisión Federal de Competencia (CFC) el punto de acuerdo, aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en sesión celebrada el 26 de enero de 2011, por el que se exhorta a la CFC en los siguientes términos:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el ámbito de colaboración entre los poderes, exhorta a los titulares de... la Comisión Federal de Competencia... a que, en el ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, instauren las medidas necesarias y eficientes que contribuyan a evitar y, en la medida de lo posible, detener, el creciente deterioro de los salarios mínimos.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de las dependencias y de los organismos referidos en el resolutivo primero que informen a esta soberanía por escrito de las medidas que están implantando y pretenden adoptar, así como de los resultados obtenidos. Dicho informe deberá ser remitido a las Cámaras de Diputados y de Senadores. [Énfasis añadido]

Esta autoridad emite el presente a fin de atender el punto de acuerdo exclusivamente respecto a las facultades de la CFC, en términos de lo establecido por la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

El punto de acuerdo solicita a la CFC implantar las medidas necesarias a fin de evitar y detener el deterioro de los salarios mínimos, así como informar respecto a las medidas que se estén implantando y a los resultados obtenidos. En términos del artículo 24 de la LFCE, la comisión no tiene facultades para determinar salarios mínimos. No obstante, el poder adquisitivo de los consumidores mexicanos podría mejorarse mediante la oferta de productos y servicios de menores precios, lo que se logra a través de la promoción de la competencia y libre concurrencia.

Cuando hay competencia en los mercados, se generan incentivos en las empresas para tomar decisiones de negocios y asignación de recursos hacia las actividades donde les generen mayor valor en función de su demanda objetivo. De esa forma, en un ambiente de competencia las empresas responden a las necesidades de sus clientes mediante menores precios, mejor calidad y una gama más amplia de productos y servicios, ya que de lo contrario perderían clientes y, por tanto, ventas y utilidades.

La competencia y libre concurrencia en los mercados generan menores precios y, por tanto, mayor poder adquisitivo para los consumidores. Esto se traduce en que el ingreso real de la población sea mayor y la distribución del ingreso sea menos desigual, lo que reduce la pobreza.

De conformidad con un estudio de Carlos Urzúa Macías, basado en la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, en México 30 por ciento del gasto de los hogares se destina a 14 productos y servicios cuyos mercados presentan problemas de competencia, y en estos mercados los consumidores gastan alrededor de 40 por ciento más que si hubiera competencia. Esta situación se agrava más para la población del decil más pobre, el cual gasta alrededor de 40 por ciento de su ingreso en estos mercados. Estos productos incluyen tortilla, carnes procesadas, pan en caja, pollo, huevo, leche, refrescos, jugos y agua.

En varias ocasiones, la comisión ha detectado problemas y señalado ineficiencias que presentan algunos de esos mercados. Estos problemas e ineficiencias son, entre otros, consecuencia de regulaciones anticompetitivas que provocan distorsiones en los mercados generando mayores precios en estos productos. Por ejemplo, en el mercado de masa y tortillas de maíz se han detectado barreras regulatorias que inhiben la competencia y libre concurrencia y provocan precios artificialmente altos.

Por ello, la CFC ha llevado a cabo diversas actuaciones en este mercado, las cuales han incluido procedimientos de investigación por prácticas monopólicas –que cuando resultó procedente se sancionaron–, así como la emisión de opiniones dirigidas tanto a autoridades federales como locales. Hay dos procedimientos en curso en este mercado.

Recientemente se emitió opinión sobre diversas iniciativas que pretendían crear una ley de mercados públicos en el Distrito Federal, la cual contenía diversas disposiciones que resultaban contrarias a la competencia y que, de aprobarse, podrían perjudicar a los consumidores que adquieren en los mercados públicos del DF los productos que menciona el estudio citado.

Además, la CFC tiene en curso diversos procedimientos en los mercados de pollo, guayabas y refrescos. En los últimos años, la CFC ha sancionado a varios agentes económicos por realizar prácticas monopólicas en los mercados indicados en el estudio.

Por otra parte, esta autoridad considera que una medida de política pública que ha probado ser efectiva para evitar el deterioro del ingreso de la población en el mediano y largo plazo, es la promoción de mayor competencia y libre concurrencia. Esta medida crea las bases y condiciones para que los mercados funcionen de manera eficiente, lo cual no sólo evita el deterioro del ingreso, sino genera más opciones y mejor calidad de bienes y servicios, que benefician a la población, en especial a la que tiene menores recursos.

Para lograr mayor competencia se requieren dos acciones específicas: mejorar el marco regulatorio y fortalecer la política de competencia. Las mejoras del marco regulatorio se logran mediante reformas que promueven la incorporación de medidas pro competitivas y eliminación de barreras a la entrada en la regulación.

Por ello, conforme a las facultades que le confiere la LFCE, la CFC ha participado activamente en el impulso de medidas que contribuyan a disminuir los precios al consumidor, evitar el deterioro de los salarios mínimos y generar mayor crecimiento económico, mediante la emisión de opiniones. Estas opiniones contienen una serie de propuestas de acciones concretas de política pública y de mejora al marco regulatorio en sectores de impacto horizontal como telecomunicaciones, servicios financieros, energía y transporte (sectores regulados), los cuales presentan ineficiencias que se trasladan al resto de las actividades económicas del país.

Por ejemplo, en materia de energía la comisión ha emitido diversas opiniones sobre regulaciones tanto federales como locales, que imponen distancias mínimas entre estaciones de servicio (gasolineras y gaseras) y, por tanto, afectan la competencia. También ha opinado sobre varios anteproyectos, como el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo, las reglas de despacho y operación del sistema eléctrico nacional, así como normatividad emitida por la Comisión Reguladora de Energía.

En relación con los servicios financieros, la CFC ha opinado sobre diversos anteproyectos e iniciativas de reforma (Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores, Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los servidos Financieros, Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado y normatividad relativa al Sistema de Ahorro para el Retiro), a fin de eliminar medidas anticompetitivas. Además, en 2007 se emitió una opinión a fin de promover la aplicación de los principios de competencia y libre concurrencia en los servicios bancarios al menudeo.

Respecto al sector transporte se han emitido opiniones sobre asignación de horarios de despegue y aterrizaje (slots) del AICM –con motivo de la salida indefinida de Mexicana–, reformas de la Ley de Aeropuertos y con objeto de presentar “lineamientos en materia de competencia económica en licitaciones carreteras”. Asimismo, ha realizado opiniones sobre anteproyectos de bases de regulación tarifaria, acuerdos, normas oficiales mexicanas y reglamentos (Reglamento de Mensajería y Paquetería, Reglamento General de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares). Además, en 2007 se emitió una opinión a fin de promover la aplicación de los principios de competencia y libre concurrencia en la proveeduría de servicios aeroportuarios.

En materia de telecomunicaciones, en fechas recientes, la CFC emitió opinión a fin de promover mayor competencia en los mercados de telecomunicaciones. Las recomendaciones contenidas en esta opinión retoman diversas propuestas y opiniones hechas con anterioridad por la comisión y consisten en i) resolver desacuerdos en materia de interconexión; así como aplicar, a la brevedad, regulación asimétrica a los agentes económicos declarados dominantes por la CFC, a fin de garantizar el acceso a la interconexión en términos competitivos; ii) implantada la interconexión en esos términos, permitir a Telmex ofrecer servicios de audio y televisión restringidos; y iii) licitar con la mayor brevedad una tercera cadena de televisión abierta. Asimismo, se recomendó al Congreso de la Unión llevar a cabo reformas del marco legal de las telecomunicaciones, que fortalezcan las facultades del regulador sectorial, a fin de asegurar condiciones competitivas en materia de interconexión en el largo plazo. En su caso, la implantación de estas recomendaciones mejorará la eficiencia de los mercados de telecomunicaciones, en benefició a los consumidores mexicanos, quienes podrán acceder a mayores servicios, con menores precios y de mejor calidad.

La competencia y libre concurrencia en los sectores regulados resultan de gran importancia para la economía nacional, en virtud de que el 22.4 por ciento del gasto de los hogares mexicanos se destina al pago de servicios de energía, transporte telecomunicaciones y financieros. Por ello, en la medida en que prevalezcan ineficiencias en estos mercados se reducirá el ingreso familiar de la población mexicana, en especial la de menores recursos. En este sentido, la CFC manifiesta su total disposición de colaborar con el Congreso de la Unión para trabajar en conjunto en iniciativas que incluyan las recomendaciones planteadas en las opiniones, a fin de generar un marco regulatorio más eficiente, en beneficio de los consumidores del país.

Por otra parte, en materia de política de competencia, en abril de 2010, el Presidente de la República presentó una iniciativa de ley para reformar la LFCE a fin de fortalecer la política de competencia y reforzar las facultades de la CFC. Esta iniciativa tiene tres objetivos principales.

El primer objetivo es el fortalecimiento de la política de competencia, el cual incluye los siguientes temas: i) la mejora al esquema de sanciones económicas y penales, las cuales contribuirían a disuadir efectivamente la comisión de prácticas monopólicas; ii) la agilización de visitas de verificación, con el fin de obtener información relevante de forma expedita para la investigación de prácticas monopólicas; y iii) facultar a la CFC para ordenar medidas cautelares, con el objeto de prevenir que las conductas anticompetitivas dañen gravemente el proceso de competencia y libre concurrencia.

El segundo objetivo es la facilitación del cumplimiento de la legislación de competencia, el cual abarca los siguientes temas: i) la terminación anticipada de los procedimientos, la cual pretende dar opciones a los agentes económicos investigados para acelerar la solución del problema, minimizar el uso de recursos públicos y evitar litigios; ii) las audiencias orales, con el fin de darle oportunidad al probable responsable de esclarecer sus argumentos de manera oral antes de que se emita resolución; y iii) la simplificación de la notificación de concentraciones, con el objeto de disminuir la carga regulatoria de las concentraciones sin problemas de competencia.

El tercer objetivo es la corrección de lagunas en la legislación actual y en el funcionamiento institucional, el cual considera los siguientes temas: i) la posibilidad de determinar poder sustancial conjunto, en caso de que más de una empresa impida el acceso a nuevos competidores; ii) facultar a la CFC para requerir información para estudios de mercado y opiniones, con objeto de brindarle una base más sólida en la elaboración de éstos; iii) facultar a la CFC para emitir lineamientos en materia de competencia y libre concurrencia en el otorgamiento de concesiones, adquisiciones y obra pública, con el fin de incorporar criterios pro competitivos en estos procesos y garantizarle las mejores condiciones al Estado; iv) brindan mayor certeza jurídica a los agentes económicos, a través de una operación institucional más transparente; y v) establecer tribunales especializados en materia de competencia, con el objeto de agilizar la resolución de controversias.

Esta iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados en sesión del 29 de abril de 2010 y modificada por el Senado del República en diciembre del mismo año. En su caso, la futura aprobación de la iniciativa permitiría reforzar las herramientas con que cuenta la CFC para combatir eficazmente las restricciones al proceso de competencia y libre concurrencia, lo que beneficiaría al país en términos de menores incrementos y mayor oferta con mejor calidad y menores precios en productos y servicios.

Finalmente, esta autoridad reitera su compromiso de vigilar y sancionar cualquier práctica que tenga por objeto dañar el proceso de competencia y libre concurrencia, al tiempo de promover la inclusión de principios pro competitivos en el marco regulatorio del país que evite el incremento de los precios de bienes y servicios y, por tanto, el deterioro de los salarios mínimos de la población.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi atenta consideración.

Notas:

1 Evaluación de los efectos distributivos y espaciales de las empresas con poder de mercado en México, Urzúa Carlos M., agosto 2008.

2 Disponibles en http://www.cfc.gob.mxlindex.php/RESOLUCIONES-Y-OPINIONES/buscador-de-resolucion es-y-opiniones-de-Ia-cfc.html

3 En diciembre de 2010, la CFC inició una investigación de oficio por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas consistentes en la fijación de precio en el mercado de la producción, distribución y comercialización de nixtamal y tortilla de maíz en el territorio nacional y en julio de 2010, se inicio una investigación por denuncia, por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas consistentes en la segmentación del mercado de la producción, distribución y comercialización de masa y tortillas de maíz en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

4 Disponible en http://resoluciones.cfc.gob.mxlDocs/Mercados por ciento20ReguladosN3m1388785.pdf

5 En diciembre de 2009 se inició esta investigación de oficio por prácticas monopólicas absolutas consistentes en la fijación de precios en el mercado de producción, distribución y comercialización de productos de la industria avícola en el territorio nacional.

6 En enero de 2010 se inició esta investigación de oficio por diversas prácticas monopólicas relativas en el mercado de la producción, distribución y comercialización de guayabas de exportación.

7 En febrero de 2009 se inició esta investigación por denuncia en el mercado de bebidas carbonatadas, conocidas comúnmente como refrescos, por la probable comisión de prácticas monopólicas relativas consistentes en exclusividades y descuentos por lealtad.

8 En febrero de 2004 se ordenó la supresión de prácticas monopólicas absolutas consistentes en segmentar mercados de frutas y verduras cometidas por varios agentes económicos en un municipio de Sinaloa. En 2002, se sancionó a un sindicato y sus agremiados por la comisión de prácticas monopólicas absolutas y relativas en el mercado de distribución y comercialización de carne de porcino en el estado de Campeche, consistentes en segmentar mercados y rehusarse a vender o proporcionar bienes normalmente ofrecidos a terceros. También se han emitido recomendaciones a diversas entidades federativas, a fin de que eliminaran barreras al comercio interestatal que impedían la competencia y libre concurrencia en productos alimentarios como carne, huevo, tomate fresco, entre otros.

9 http://www.cfc.gob.mxlindex.php/RESOLUCIONES-Y-OPINIONES/buscador-de-resolucion es-y-opiniones-de-Ia-cfc.html

10 http://resoluciones.cfc.gob.mxlDOCS/MercadosO/020ReguladosN317/1422580.pdf

11 Se consideró la estructura porcentual de 2008 de los siguientes conceptos: i) electricidad, gas u otros combustibles; ii) servicios de transporte; iii) comunicaciones; y iv) servicios financieros contenidos en el cuadro 27 [Consumo de los hogares y de las instituciones privadas sin fines de lucro, gasto total en el mercado interior, clasificado por finalidad] del Sistema de Cuentas Nacionales de México. Cuentas de bienes y servicios 2003-2008. Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Atentamente

México, DF, a 10 de marzo de 2011.— Eduardo Pérez Motta (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase al promovente para su conocimiento.



VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO - CANCER CERVICOUTERINO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 61-II-8-509 signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y María Guadalupe García Almanza, presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 353.A-1-0154 suscrito por el licenciado Rosendo González Cázares, director general adjunto de Análisis Jurídico de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), así como el anexo que el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a los recursos para la prevención y control del virus del papiloma humano (VPH) y el cáncer cervicouterino.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 14 de marzo de 2011.— Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Hago referencia a su similar número SEL/UEL/311/3016/10 de fecha 24 de septiembre de 2010, referente al punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados, en sesión celebrada el día 23 de septiembre de 2010 por el cual se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2011, se contemplen recursos suficientes y necesarios para la prevención y control del virus del papiloma humano y el cáncer cervicouterino.

Sobre el particular, con fundamento en el artículo 65-B del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, adjunto se servirá encontrar la respuesta que emitió la Dirección General de Programación y Presupuesto A de esta Subsecretaría de Egresos, respecto del mencionado punto de acuerdo.

Reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

México, DF, a 10 de marzo de 2011.— Licenciado Rosendo González Cázares (rúbrica), director general adjunto de Análisis Jurídico.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Dirección General Jurídica de Egresos.— Presente.

Me refiero a la nota ejecutiva número 038 de fecha 9 de febrero, mediante la cual se remite copia del punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados, en el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2011, se contemplen recursos suficientes y necesarios para la prevención y control del virus del papiloma humano y el cáncer cervicouterino, aprobado por el citado órgano legislativo el 23 de septiembre de 2010.

Sobre el particular, con fundamento en el artículo 65 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, le informo que en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2011, específicamente en el anexo 10, se encuentran contemplados los recursos para la igualdad entre mujeres y hombres, que para e! Ramo 12 Salud ascienden a 3,569,7 millones de pesos, de los cuales 1,336.0 millones de pesos corresponden a ampliaciones autorizadas por la Cámara de Diputados y que dentro de las acciones para los que estas últimas están destinadas se encuentran, entre otras, las siguientes

• Investigación epidemiológica sobre cáncer a cargo del Instituto Nacional de Salud Pública

• Adquisición y mantenimiento de equipos de mastografía y tomografía; ampliación de los espacios para la capacidad de atención de los servicios médicos en cáncer de mujeres, prevención y atención del cáncer de ovario a cargo del Instituto Nacional de Cancerología; y

• Programa de prevención y atención de cáncer mamario y cáncer cervicouterino, y creación de un servicio de radioterapia a cargo del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán

Atentamente

México, DF, a 18 de febrero de 2011.— Nicolás Kubli (rúbrica), director general.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase a la Comisión de Salud para su conocimiento.



REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL. 61-II-2-930, signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y Esthela Damián Peralta, presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 170/UCVPS/DGAVS/ 301/2011 suscrito por el doctor José Luis Treviño Rodríguez, director general adjunto de Vinculación Social de la Secretaría de Salud, así como los anexos que en el mismo se mencionan, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo al Reglamento de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 14 de marzo de 2011.— Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Licenciado Julián Hernández Santillán, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Hago referencia al punto de acuerdo presentado por la senadora María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que solicita al titular del Ejecutivo federal, expida y publique con la brevedad posible, el Reglamento de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

Al respecto, me permito acompañar oficio 0798 suscrito por el maestro Edgar Manuel González Contreras, coordinador de asesores de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, quien adjunta los comentarios del secretariado técnico del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 10 de marzo de 2011.— Doctor Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), director general adjunto.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor José Luis Treviño Rodríguez, director general adjunto de Vinculación Social.— Presente.

En atención a su oficio 170/UCVPS/DGAVS/0030/2011 mediante el cual hacen del conocimiento el punto de acuerdo presentado por la senadora María Elena Orantes López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que solicita al titular del Ejecutivo federal, expida y publique, con la brevedad posible, el Reglamento de la ley General de las

Personas con Discapacidad.

Al respecto, me permito adjuntar el oficio número ST/CND/00171/2011 del secretariado técnico del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, mediante el cual proporciona la opinión técnica al punto de acuerdo de referencia.

Atentamente

México, DF, marzo 2011.— Edgar Manuel González (rúbrica), coordinador de asesores.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Edgar Manuel Gonzales Contreras, coordinador de asesores de la subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.— Presente.

En atención a su oficio número 345/2011 de fecha 1 de febrero del 2011 y mediante el cual se solicita un informe respecto del estado que guardan las gestiones relativas a la expedición del Reglamento de la Ley General de las Personas con Discapacidad, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente.

En abril de 2010 la Comisión de Mejora Regulatoria (Cofemer), le otorgó a esta secretaría la exención de la Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) esperando lo propio de las demás secretarías que han participado en el proceso de elaboración de dicho reglamento.

Actualmente se tiene el visto bueno de todas las dependencias de la administración pública federal que se encuentran involucradas en la formulación del contenido temático del reglamento en comento como así lo señaló la Coordinación General de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de esta Secretaría de Salud el l0 de agosto de 2010.

Lo anterior permite contar ya con un documento terminado en su contenido y disposiciones generales.

Asimismo, contarnos con la manifestación de impacto presupuestal que nos remitieron las dependencias competentes en materia de este reglamento, quedando pendiente el correspondiente a esta secretaría.

En ese sentido, se ha avanzado en la generación de propuestas que se trabajaron con la Unidad, Coordinadora de Vinculación y Participación Social (UCVPS) de esta secretaría, pero que aún no han cumplido con los elementos que se requieren por parte de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de esta secretaría (DGPOP).

Paralelo a lo anterior, se trabajó conjuntamente con las áreas de esta secretaría, particularmente con la CGAJDH y con la UCVPS, en la expedición de contenidos diversos que propiciaran reformas a la Ley General de las Personas con Discapacidad (LGPD). Esto sin que obtuviera respuesta firme de parte de los legisladores competentes en la materia.

A partir del último trimestre del 2010, se nos hizo saber por parte de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados, que se pretendía dictaminar una propuesta de reforma a dicha LGPD y que para ello, esperarían nuestros comentarios. Así entonces, procedimos a generar comentarios al documento en cuestión.

Próximos al cierre del período de sesiones del Congreso de la Unión correspondiente al primer año de gestión, se nos hace saber que se pretendía finalmente no dictaminar reformas a la LGPD, sino abrogar la misma y expedir una nueva, que se denominaría Ley General para la inclusión de las Personas con Discapacidad.

Es de destacar que la propuesta ya fue dictaminada por el pleno de la Cámara de Diputados en sesión ordinaria del 15 de diciembre de 2010.

México, DF, a 22 de febrero de 2011.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase al promovente para su conocimiento.



CANASTA BASICA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 61-II-1-0977, signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y Paula Angélica Hernández Olmos, presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, original del similar número PRES-10-096-2011-038, suscrito por Eduardo Pérez Motta, presidente de la Comisión Federal de Competencia, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a las condiciones de competencia de los mercados de abastecimiento de la canasta básica para el consumidor final.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 14 de marzo de 2011.— El titular de la Unidad de Enlace Legislativo, licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Comisión Federal de Competencia.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura.— Presente

Hago referencia al oficio número D.G.P.L. 61-II-1-0980, por el cual se hace del conocimiento de la Comisión Federal de Competencia (CFC o Comisión) el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión en sesión celebrada el 26 de enero de 2011, por el que se exhorta a la CFC en los siguientes términos:

“(...)

Segundo. La Comisión Permanente, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del titular de la Comisión Federal de Competencia que emita opinión sobre las condiciones de competencia efectiva que guardan los mercados de abastecimiento de la canasta básica para el consumidor final, así como una lista de obstáculos que no permiten la libre competencia, que sean las causantes del aumento injustificado de precios en este inicio de 2011 y un desglose de alternativas para resolver estructuralmente dichos conflictos.

Tercero. La Comisión Permanente solicita al titular del Poder Ejecutivo Federal que a través dela Secretaría de Economía , la Comisión Federal de Competencia y la Procuraduría Federal del Consumidor, en el ámbito de sus competencias y responsabilidades, implanten de manera urgente a nivel nacional las medidas necesarias de verificación, vigilancia y sanción para evitar la injustificada alza de precios de los productos de la canasta básica, con objeto de proteger la economía de las familias y reducir el deterioro del poder adquisitivo de los salarios.

(. . .)” [Énfasis añadido]

Esta autoridad emite el presente a fin de atender el punto de acuerdo exclusivamente por lo que respecta a las facultades de la comisión federal de competencia (CFC), en términos de lo establecido por la ley competencia económica (LFCE).

En primer término, el punto de acuerdo solicita a la CFC emitir opinión sobre las condiciones de competencia efectiva en los mercados de abastecimiento de la canasta básica para el consumidor final. Al respecto, le informo que de acuerdo al procedimiento señalado en el artículo 7 de la LFCE, relativo a la imposición de precios en productos necesarios para la economía nacional o el consumo popular, resulta necesario que la CFC emita una resolución sobre la ausencia de condiciones de competencia efectiva en los mercados donde se pretende imponer la regulación de precios. Sin embargo, en términos del artículo 33 Bis de la LFCE, la Comisión sólo podrá emitir dicha resolución a petición del Ejecutivo federal. Para esto, la autoridad solicitante deberá motivar la necesidad de emitir la resolución y presentar información que permita determinar el mercado relevante y poder sustancial, conforme a los criterios que establece la LFCE.

En este sentido, esta autoridad no tiene facultades para iniciar de oficio el procedimiento señalado en el artículo 7 LFCE, pues por mandato de ley el Ejecutivo federal debe solicitar el inicio del procedimiento ante la Comisión.

En segundo término, el punto de acuerdo requiere que la CFC indique una lista de obstáculos que no permiten la libre competencia, causantes del aumento injustificado de precios al inicio del año. Al respecto, le informo que la Comisión en varias ocasiones ha detectado problemas y señalado ineficiencias que presentan diversos mercados de productos básicos para la alimentación de la población mexicana. Estos problemas e ineficiencias son consecuencia de regulaciones anticompetitivas que provocan distorsiones en los mercados generando mayores precios en estos productos. Un ejemplo claro es el mercado de masa y tortillas de maíz, en el cual se han detectado barreras regulatorias —sobre todo a nivel municipal— que inhiben la competencia y libre concurrencia y, por tanto, provocan precios artificialmente altos de este alimento.

Por ello, en 2010 el pleno de la Comisión emitió opinión que propone lineamientos para prevenir restricciones regulatorias al funcionamiento eficiente de los mercados de producción, comercialización y distribución de masa y tortillas de maíz, a fin de que las autoridades estatales y municipales identificaran disposiciones en sus reglamentos municipales -relativos al mercado de tortillas- que generan barreras regulatorias y provocan ineficiencias en estos mercados. Los lineamientos incluyeron cuatro recomendaciones que surgieron las restricciones más comunes identificadas por la CFC, consistentes en: 1. Eliminar distancias mínimas y otras restricciones al número de participantes; 2. Eliminar disposiciones que permiten a comercios establecidos opinar sobre entrada de nuevos participantes y precios en el mercado; 3. Atender solicitudes de acceso al mercado con base en criterios transparentes y públicos que favorezcan la entrada; y 4. Eliminar requisitos de cuotas mínimas de insumos locales. La aplicación de estos lineamientos por parte de las autoridades contribuiría a eliminar barreras artificial a la entrada de nuevas tortillerías y haría más difíciles los acuerdos ilegales de precios lo que favorecerla precios más competitivos que beneficien a los consumidores especialmente a los más pobres.

Esta opinión forma parte de varias actuaciones de la CFC relativas al mercado de masa y tortillas de maíz, las cuales han incluido procedimientos de investigación por prácticas monopólicas —que cuando resultó procedente se sancionaron—, así como la emisión de opiniones no vinculantes por parte del presidente de la Comisión.

De igual forma, actualmente existen dos procedimientos en curso en el mercado de masa y tortillas de maíz. En diciembre de 2010, la CFC inicio una investigación de oficio por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas consistentes en la fijación de precio en el mercado de la producción, distribución y comercialización de nixtamal y tortilla de maíz en el territorio nacional. También, en julio de 2010, se inicio una investigación por denuncia, por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas consistentes en la segmentación del mercado de la producción, distribución y comercialización de masa y tortillas de maíz en el municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

Asimismo, en fechas recientes se han emitido opiniones sobre regulaciones tanto federales como locales que generan distorsiones en otros mercados de productos básicos para la alimentación. Por ejemplo, en diciembre de 2010 se emitió opinión sobre diversas iniciativas que pretendían crear una Ley de Mercados Públicos en el Distrito Federal, la cual contenía diversas disposiciones que resultaban contrarias a la competencia y que de aprobarse, podrían perjudicar a los consumidores que compran productos de la canasta básica en los mercados públicos del DF, en especial a los de menores ingresos.

Además, la CFC tiene en curso diversos procedimientos en mercados de productos básicos para la alimentación. Por ejemplo, en diciembre de 2009 se inicio una investigación de oficio por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas consistentes en la fijación de precios en el mercado de producción, distribución y comercialización de productos de la industria avícola en el territorio nacional. De igual forma, existe procedimiento de investigación de oficio por la posible comisión de diversas prácticas monopólicas relativas en el mercado de la producción, distribución y comercialización de guayabas de exportación, iniciado en enero de 2010.

En el mismo sentido, en los últimos años la CFC ha sancionado a varios agentes económicos por prácticas monopólicas en mercados de productos básicos para la alimentación. Por ejemplo, en febrero de 2004 se concluyó un procedimiento por prácticas monopólicas absolutas consistentes en segmentar mercados de frutas y verduras, cometidas por varios agentes económicos en un municipio del estado de Sinaloa, en el cual se ordenó la supresión de las prácticas. También en 2002, se sancionó a un sindicato y sus agremiados por la comisión de prácticas monopólicas absolutas y relativas en el mercado de distribución y comercialización de carne de porcino en el estado de Campeche, consistentes en segmentar mercados y rehusarse a vender o proporcionar bienes normalmente ofrecidos a terceros. Además, se han emitido recomendaciones a diversas entidades federativas, a fin de que eliminaran barreras al comercio interestatal que impedían la competencia y libre concurrencia en productos alimentarios como carne, huevo, tomate fresco, entre otros.

Por otra parte, esta autoridad considera que existen problemas estructurales en diversos sectores que tienen efectos negativos en la eficiencia de los mercados. Estos problemas existen principalmente en sectores de impacto horizontal como telecomunicaciones, servicios financieros, energía y transporte denominados sectores regulados, los cuales presentan ineficiencias que se trasladan al resto de las actividades económicas del país, como las relacionadas con productos básicos para la alimentación. Estas ineficiencias se deben esencialmente a deficiencias en el marco regulatorio de los sectores regulados que limitan injustificadamente la competencia.

Por ello, conforme a las facultades que le otorga la LFCE, la CFC mediante la emisión de opiniones ha participado activamente en el impulso .de medidas que contribuyan a disminuir los precios al consumidor y generar mayor crecimiento económico, a través de la propuesta de acciones concretas de política pública y de mejora al marco regulatorio. Algunas de estas propuestas, se han adoptado en la regulación sectorial e implantando en el diseño de políticas públicas, por lo que ya existen algunos resultados concretos en los sectores regulados.

Por último, el punto de acuerdo solicita a la CFC señalar un desglose de alternativas para resolver estructuralmente los conflictos referidos. Al respecto, esta autoridad considera que una medida de política pública que ha probado ser efectiva para contener el incremento de los precios en los bienes y servicios en el mediano y largo plazo, es la promoción de mayor competencia y libre concurrencia. Esta medida crea las bases y condiciones para que los mercados funcionen de manera eficiente, lo cual no sólo evita el incremento en los precios, sino genera más opciones y mejor calidad de bienes y servicios, que benefician a la población, en especial a la que tiene menores recursos.

En este sentido, para lograr mayor competencia se requieren dos acciones específicas: mejorar el marco regulatorio y fortalecer la política de competencia. Las mejoras al marco regulatorio se logran mediante reformas que promueven la incorporación de medidas pro ­competitivas y eliminación de barreras a la entrada en la regulación. Por ello, la CFC manifiesta su disposición de colaborar con el honorable Congreso de la Unión para trabajar conjuntamente en iniciativas que tengan por objeto generar un marco regulatorio más eficiente.

En materia de política de competencia, en abril de 2010, el presidente de la República presentó una iniciativa de ley para reformar la LFCE a fin de fortalecer la política de competencia y reforzar las facultades de la CFC. Esta iniciativa tiene tres objetivos principales.

El primer objetivo es el fortalecimiento de la política de competencia, el cual incluye los siguientes temas: i) la mejora al esquema de sanciones económicas y penales, las cuales contribuirían a disuadir efectivamente la comisión de prácticas monopólicas; ii) la agilización de visitas de verificación, con el fin de obtener información relevante de forma expedita para la investigación de prácticas monopólicas; y iii) facultar a la CFC para ordenar medidas cautelares, con objeto de prevenir que las conductas anticompetitivas dañen gravemente el proceso de competencia y libre concurrencia.

El segundo objetivo es la facilitación del cumplimiento de la legislación de competencia, el cual abarca los siguientes temas: i) la terminación anticipada de los procedimientos, la cual pretende dar opciones a los agentes económicos investigados para acelerar la solución del problema, minimizar el uso de recursos públicos y evitar litigios; ii) las audiencias orales, a fin de darle oportunidad al probable responsable de esclarecer sus argumentos de manera oral antes de que se emita resolución; y iii) la simplificación de la notificación de concentraciones, con objeto de disminuir la carga regulatoria de las concentraciones sin problemas de competencia.

El tercer objetivo es la corrección de lagunas en la legislación actual y en el funcionamiento institucional, el cual contempla los siguientes temas: i) la posibilidad de determinar poder sustancial conjunto, en caso de que más de una empresa impida el acceso a nuevos competidores; ii) facultar a la CFC para requerir información para estudios de mercado y opiniones, con objeto de brindarle una base más sólida en la elaboración de éstos; iii) facultar a la CFC para emitir lineamientos en materia de competencia y libre concurrencia en el otorgamiento de concesiones, adquisiciones y obra pública, a fin de incorporar criterios pro competitivos en estos procesos y garantizarle las mejores condiciones al Estado; iv) brindar mayor certeza jurídica a los agentes económicos, a través de una operación institucional más transparente; y v) establecer tribunales especializados en materia de competencia, con el objeto de agilizar la resolución de controversias.

Esta iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados en sesión del 29 de abril de 2010 y modificada por el Senado del República en diciembre del mismo año. En su caso, la futura aprobación de la iniciativa permitiría reforzar las herramientas con que cuenta la CFC para combatir eficazmente las restricciones al proceso de competencia y libre concurrencia, lo que beneficiaría al país en términos de menores incrementos y mayor oferta con mejor calidad y menores precios en productos y servicios.

Por otra parte, esta autoridad considera que debería analizarse el régimen de comercio exterior (por ejemplo, las cuotas compensatorias) que se aplica a los productos básicos para la alimentación de la población mexicana, a fin de evitar que éstas puedan implicar riesgos a la competencia y libre concurrencia en estos mercados.

Finalmente, esta autoridad reitera su compromiso de vigilar y sancionar cualquier práctica que tenga por objeto dañar el proceso de competencia y libre concurrencia, al tiempo de promover la inclusión de principios pro-competitivos en el marco regulatorio del país que evite el incremento de los precios en bienes y servicios y beneficie a la población.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi atenta consideración.

Notas:

1 Disponibles en http://www.cfc.gob.mx/index.php/RESOLUCIONES-Y-OPINIONES/buscador-de-resolucion es-y-opiniones-de-la-cfc.html

2 Disponible en http://resoluciones.cfc.gob.mxlDocs/Mercados%20 ReguladosN3/7/1388785.pdf

Atentamente

México, DF, a 7 de marzo de 2011.— Eduardo Pérez Motta (rúbrica), Presidente de la Comisión Federal de Competencia.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase al promovente para su conocimiento.



SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con el propósito de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 107, tercer párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito anexar la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente al mes de febrero de 2011, desagregada por tipo de fondo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente al mes de febrero 2010.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

México, DF, a 15 de marzo de 2011.— Ernesto Javier Cordero Arroyo (rúbrica), secretario.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública para su conocimiento.



DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Cámara de Diputados.— Presente.

Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar licencia indefinida para separarme de mi encargo como diputado federal, con efectos a partir de esta fecha, para ocupar el cargo de secretario de Relaciones Internacionales en el instituto político que represento.

Por tal motivo, solicito a usted que realice todos los trámites conducentes que devienen al presente acto jurídico.

Sin otro particular.

Atentamente

México, DF, a 16 de marzo de 2011.— Diputado Diego Guerrero Rubio (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: En consecuencia, se ruega a la Secretaría poner a discusión los puntos de acuerdo.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Están a discusión los siguientes puntos de acuerdo.

Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido al diputado Diego Guerrero Rubio, para separase de sus funciones como diputado federal electo en la cuarta circunscripción plurinominal, a partir de esta fecha.

Segundo. Llámese al suplente.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobados, comuníquense.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sí, diputado Cárdenas, ¿con qué objeto?

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Preguntar muy brevemente. Preguntar si en esta ocasión el diputado que solicita licencia sí expresó los motivos o no los expresó. Porque es costumbre que muchos diputados cuando solicitan la licencia no expresan los motivos, y es bien importante para normar el criterio –aunque ya se haya votado- que se actualicen, que se expresen, que se diga cuáles son los motivos que impelen o que obligan a ese diputado a solicitar licencia, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sí, diputado Cárdenas, el diputado Guerrero Rubio expresó las razones por las cuales solicitaba esta licencia y fue leída hace unos momentos por la Secretaría.



DIPUTADO SUPLENTE QUE SE INCORPORA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se encuentra a las puertas de este recinto el ciudadano Jorge Herrera Martínez, diputado electo en la cuarta circunscripción plurinominal.

Se designan en comisión, para que lo acompañen en el acto de rendir la protesta de ley para entrar en funciones, a los siguientes diputados: Armando Jesús Báez Pinal, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Eduardo Ledesma Romo, Liborio Vidal Aguilar y Roberto Pérez de Alva Blanco.

(La comisión cumple su encargo)

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:Se invita a los presentes a ponerse de pie.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Ciudadano Jorge Herrera Martínez, ¿protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

El ciudadano Jorge Herrera Martínez: Sí, protesto.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Si así no lo hiciera, que la nación se lo demande.Felicidades y buen cumplimiento en el desempeño de su responsabilidad.



BENITO JUAREZ GARCIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es efeméride con motivo del 205 aniversario del natalicio de Benito Juárez García, a cargo de los grupos parlamentarios.

Se han registrado para referirse al tema los siguientes diputados: por Nueva Alianza, el diputado Reyes Tamez Guerra; por Convergencia, la diputada María Guadalupe García Almanza; por el Partido Verde Ecologista de México, el diputado Juan Carlos Natale López; por el PRD la diputada Olga Luz Espinosa Morales; por el Partido Acción Nacional, el diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas; y por el Revolucionario Institucional, el diputado Heriberto Ambrosio Cipriano; por el PT no hay. Anotamos por el Partido del Trabajo al diputado Jaime Cárdenas Gracia.

En consecuencia, tiene el uso de la palabra, hasta por 5 minutos, el diputado Reyes Tamez Guerra, por el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

El diputado Reyes S. Tamez Guerra:Con el permiso de la Presidencia. Honorable asamblea, al conmemorar el natalicio de don Benito Juárez no puede pasar inadvertida la voluntad de quienes conformamos la nación mexicana de fortalecer nuestra soberanía; confirmar el esfuerzo de un pueblo por darse un destino. Sin Juárez, difícilmente se puede entender nuestra historia, la naturaleza de nuestras leyes y de nuestras instituciones.

En su momento, Juárez cerró ciclos históricos fundamentales al frente de los hombres de la Reforma: clausuró definitivamente el pasado colonial e inició uno de los capítulos más trascendentales de la historia de México.

Diversos son los enfoques de la aportación de Benito Juárez en la historia de nuestro país, aunque para quienes integramos el Grupo Parlamentario Nueva Alianza la esencia de su aportación se encuentra en su compromiso con la legalidad.

El Benemérito de las Américas mantuvo la convicción de que fuera de la ley no existe cambio social ni político duradero; su programa, ambicioso y complejo, podría resumirse en el principio de la legalidad aplicado a un Estado laico.

Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, en un momento en que el respeto y cumplimiento de la ley resultan cuestionados, en una realidad caracterizada e innegablemente violentada, corruptible e impune para la mayoría de quienes habitamos en este país, la conmemoración del natalicio de don Benito Juárez debe traducirse en un exhorto a los tres órdenes de gobierno y a los Poderes de la Unión, en un cumplimiento del Estado de derecho para hacer realidad un proyecto de nación justa y democrática: el Estado, como garante del orden y de la legalidad, pues sólo en la observancia y en la aplicación irrestricta de la ley se puede mantener la seguridad pública y la tranquilidad social.

Para nuestro grupo parlamentario conmemorar el 205 Aniversario del Natalicio de don Benito Juárez es legislar con sentido de justicia y equidad; es confirmar la lección de ética cívica, ejemplo de congruencia, tenacidad y perseverancia en la acción humana para lograr un mejor porvenir para los pueblos y para los individuos.

La observancia y el respeto de la ley es deber y tarea de todos, en ello se funda nuestra viabilidad como nación.

En un contexto tan complejo como el que vivimos, la visión y el sentimiento de justicia de Juárez pueden y deben ser fundamento para superar los nuevos desafíos.

México no merece seguir siendo vulnerado por la pobreza en que viven millones de mexicanas y mexicanos en gran parte de nuestra geografía, tampoco por la violencia y la inseguridad que encadena la libertad de todas y todos, y mucho menos por estrategias que ponen en riesgo nuestra soberanía nacional y que limitan las respuestas de nuestros gobernantes.

El Estado mexicano, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en el ámbito de sus respectivas competencias, tenemos clara la inaplazable necesidad de tomar acciones para reconfigurar el rumbo de la nación.

Nuestro reto principal debe ser el consolidar el futuro de nuestro Estado soberano, fortalecer la vigencia de la democracia, sin dejar que proliferen en la contienda electoral los protagonismos, sino el encuentro y el debate de las ideas, que promuevan la reflexión constructiva, propositiva, comprometida hacia la comunidad justa y libre por la que luchó Benito Juárez.

Desde esta tribuna alzamos la voz para que en la primera década del siglo XXI perdure siempre el legado de don Benito Juárez; el humanista, el ciudadano del mundo, orgullo y patrimonio de todas y todos los mexicanos en este momento histórico en que nuestra vida política acusa señales de fatiga, de desorden y de pérdida de rumbo.

Recordar a don Benito Juárez es más que un acto de justicia histórica; es volver a los cimientos de nuestro Estado-nación, a las raíces de nuestra identidad y las causas que nos han permitido construir a México. Por su atención, gracias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Tamez Guerra. Tiene ahora el uso de la palabra, hasta por 5 minutos, la diputada María Guadalupe García Almanza, del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Mientras tanto aprovechamos para saludar la presencia de alumnos y maestros de la escuela secundaria 835, Jesús Yhmoff Cabrera, de Atlacomulco, estado de México, invitados por el diputado Emilio Chuayffet Chemor, y también a integrantes de la Juventud Popular de Ecatepec, del estado de México, invitados por el diputado José Luis Soto Oseguera.

Sean todas y todos ustedes bienvenidos a este recinto parlamentario. Adelante.

La diputada María Guadalupe García Almanza:Gracias, presidente. En los aciagos momentos por los que atraviesa el país, nuestra historia puede darnos ejemplos de cómo enfrentar las dificultades y seguir senderos que nos permitan retomar el rumbo. Es el caso de la figura emérita de Benito Juárez, mexicano ejemplar que superó la etapa que le correspondió vivir al estar dotado de una inteligencia extraordinaria, al mismo tiempo que es un emblema de la decisión personal de superación, así como de entrega a las altas tareas que le correspondió desempeñar en la conducción del país.

Siendo un acertado lector de la situación histórica que le tocó vivir, superó la tentación de sucumbir a la fascinación por el poder y, por el contrario, comprendió perfectamente la capacidad transformadora del quehacer político desde donde trazó el rumbo a seguir de una joven nación que sufrió las más graves amenazas, como las presiones de los poderes de la época y de una ominosa invasión extranjera, cuyo propósito fundamental era mantener los privilegios de quienes habían ocupado posiciones de excepción y se resistían a los cambios promovidos por la reforma.

Creador, sin ninguna duda, del Estado moderno en México, Juárez ha resistido los diversos ataques que se le han formulado a lo largo del tiempo, pues sus palabras se vieron acompañadas siempre por acciones que colocaron en el centro de la atención los más caros anhelos de su pueblo.

Lejos de arriar banderas ante la gravedad de los acontecimientos que le tocaron sortear, Juárez encontró la manera de salir adelante y llevar a buen puerto los destinos de una nación que buscaba abrirse paso en el concierto mundial de países. La intromisión del clero y de los grupos más conservadores habían conformado un frente opositor que resultaba muy difícil de supera; sin embargo, el talante de estadista de Juárez que le acompañó a lo largo de su existencia, posibilitó que desde las posiciones más adversas articulara la defensa de la soberanía del país, así como de la propia supervivencia de éste.

Es indudable que de no haber actuado así, el destino de México hubiera cambiado significativamente, lo cual hubiera significado un claro retroceso en todos los órdenes, cuyo desenlace aún estaríamos lamentando sin duda alguna.

Purifiquemos la administración pública del virus de corrupción que hace tanto tiempo la tiene friccionada.

Reorganicemos la República en provecho de todos los habitantes de México; en procurar la libertad y seguridad. En proporcionarle trabajo, en salvar al comercio y a la industria de la crisis que están atravesando y en restablecer la confianza de los mexicanos en sus órganos de gobierno. Que la sabiduría del Congreso sirva para eso y no para disputas estériles.

Trabajemos por exterminar a los enemigos de la sociedad y por restablecer la seguridad, la paz y el orden, que son una aspiración unánime en el país. Ése sería el mejor homenaje a don Benito Juárez, un hombre que dedicó su vida al Estado; que entre sus circunstancias supo salir adelante y prepararse para el gran destino que se le tenía preparado y, que, a más de 200 años de su nacimiento y a más de 130 de su muerte, su gran legado aún nos sirve de inspiración y ejemplo.

Por ello, como señala un pasaje de nuestro Himno Nacional, vayan para Juárez las guirnaldas de olivo y un recuerdo de gloria. Honremos a un mexicano que se convirtió en un ciudadano universal y supo trascender a partir de su obra inigualable la etapa que le correspondió vivir. Muchas gracias por su atención.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada García Almanza. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Jaime Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT, hasta por 5 minutos.

Saludamos la presencia de personal del Instituto Tecnológico Autónomo de México, invitados por el diputado Osuna Millán. Sean bienvenidos.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Gracias, presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, Benito Juárez es sin duda alguna el mexicano más ilustre, el mexicano más patriota, el mexicano más nacionalista. El más democrático, el más apegado a la legalidad que ha dado el país.

Benito Juárez fue el primer presidente indígena de América. Pasarían muchos años hasta que hubiese otro presidente indígena en América y ése es Evo Morales, presidente de Bolivia. Benito Juárez fue un presidente que venció a la reacción conservadora. Venció a la intervención francesa y al imperio de Maximiliano.

Benito Juárez defendió la soberanía nacional. Muy diferente a lo que ocurre hoy en día, en donde Felipe Calderón se ha subordinado totalmente al gobierno de los Estados Unidos y en franca violación al artículo 76, fracción III de la Constitución, sin autorización y sin conocimiento del Senado de la República ha permitido el ingreso al espacio aéreo nacional de aeronaves no tripuladas.

Felipe Calderón debe ser acusado por traidor a la patria, porque está en el supuesto del artículo 123, fracción I, del Código Penal Federal que establece este delito al subordinar la política nacional, la política de seguridad pública, la política de seguridad nacional de nuestro país al gobierno de los Estados Unidos.

Benito Juárez es muy diferente a los presidentes mexicanos del siglo XX, sobre todo a los últimos que podemos llamarlos presidentes antipatriotas, entreguistas, privatizadores, violadores sistemáticos de la Constitución.

Benito Juárez vivió en una época extraordinaria, consumó la integridad de la nación mexicana, conformó las bases del Estado de derecho. Pero yo quisiera preguntarme, en este momento, qué haría Benito Juárez si viviera a principios del siglo XXI, cómo sería Benito Juárez en nuestra época, qué banderas enarbolaría el indígena de Guelatao.

Benito Juárez sin lugar a dudas defendería los derechos humanos, sin lugar a dudas garantizaría que los derechos económicos, sociales y culturales se respetaran en nuestro país. Benito Juárez estaría en contra del charrismo sindical y de la antidemocracia sindical, prevaleciente en México.

Benito Juárez promovería la democracia interna en los sindicatos, la transparencia en los sindicatos de este país; lucharía porque todo mexicano tuviese acceso a la educación, a la salud, a la vivienda, a la alimentación.

Benito Juárez sí defendería a la legalidad, como se dijo aquí, pero una legalidad de origen democrático, no como la legalidad que tenemos en nuestro país, que no tiene origen democrático ni se orienta tampoco a la protección de los derechos fundamentales. Benito Juárez estaría a favor de una legalidad democrática.

Benito Juárez sin lugar a dudas estaría en contra de los poderes fácticos, lucharía contra el duopolio televisivo, lucharía contra el monopolio en las telecomunicaciones de Telmex.

Benito Juárez estaría en contra del poder de sindicatos, tan poderosos como el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación o el Sindicato de Pemex por antidemocráticos.

Benito Juárez estaría en contra del poder inusitado de las iglesias en nuestro país y, sobre todo, estaría en contra del poder de los organismos financieros internacionales como el Banco Mundial o el Fondo Monetario Internacional.

Benito Juárez nos enseñaría, en este Congreso de la Unión, lo que debe ser un buen presidente de México, un presidente que estaría promoviendo un proyecto alternativo de nación que volviera hacia la igualdad entre los mexicanos, que nos reconciliara a través de una más justa distribución de la riqueza y hacia un México más libertario. Benito Juárez estaría por la defensa de la soberanía nacional y de los recursos naturales de los mexicanos. Por su atención, compañeros, muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Cárdenas Gracia. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista de México, hasta por 5 minutos.

El diputado Juan Carlos Natale López:Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, con su permiso, presidente. Justo Sierra, en la biografía Juárez, su obra y su tiempo, identificó el señero papel de Juárez en la historia de México con la frase: reformador de la sociedad, de las ideas y del Estado.

En efecto la obra de Juárez se forjó en la herencia de la Independencia, el Liberalismo y la Reforma, dando cimiento y perspectiva a la endeble nación e incipiente Estado mexicano de aquellos tiempos.

Como regidor del ayuntamiento de Oaxaca, diputado local y federal, ministro fiscal del Tribunal Superior de Justicia, gobernador de su estado natal y ministro de justicia y negocios eclesiásticos, se afanó desde un inicio y con éxito en buscar soluciones a las graves contradicciones generadas por el centralismo, la desigualdad, la antidemocracia externa en un periodo caracterizado por las confrontaciones, disputas, la ambición, la soberbia y el derroche, desde el poder público.

Por sus hechos, vocación y actitud liberal y cívica, menciona Sierra: “Fue forzado intempestivamente por el gobierno santanista al exilio cuando él pensaba retirarse de la turbulenta vida política de aquel entonces”.

No obstante, la Revolución de Ayutla le permitió volver a México como ministro de justicia y negocios eclesiásticos durante el gobierno del presidente Álvarez, desempeñando un mayor papel protagónico en la historia a partir de la promulgación de la Ley de la Administración Pública o mejor conocida como la “Ley Juárez”, la cual limitó a los tribunales y foros eclesiásticos quienes se habían apoderado de la procuración de justicia y de los cargos públicos.

Su patriotismo y liderazgo, pero sobre todo su claro sentido de la historia y el derecho, le aportaron los elementos necesarios para contribuir en el tránsito de la Independencia a la Reforma y de ésta a la restauración y vigencia de la República como forma de gobierno convenida por los mexicanos.

Antes de su deceso en 1865, el Congreso de la República de Colombia le rindió un solemne tributo en reconocimiento a su lucha incansable contra el imperialismo francés. Y el 11 de mayo de 1867, dignamente tuvo a bien declararlo el benemérito de las Américas.

Dos temas de actualidad hacen vigente su pensamiento y acción. Hoy a más de siglo y medio de distancia estamos en el riesgo de una nueva entronización del régimen de privilegios públicos y de dispendio en la administración pública y de una desbordada impunidad y corrupción en ciertos órganos de procuración y administración de justicia.

Reproduzcamos la hazaña de Juárez y del grupo de liberales que hicieron de México un país de leyes e instituciones.

Vamos por nuevas leyes y reformas que den pie a una nueva etapa del constituyente, del Ejecutivo y del Judicial, así como Juárez trató de hacerlo como legislador y presidente de la República.

El estancamiento económico, la pobreza, la desigualdad social y jurídica, así como el grave problema de inseguridad, imponen una nueva y urgente actitud honesta y decidida para cambiar radicalmente el estatus en que prevalece la nación.

Salvemos como Juárez la República por la vía institucional con leyes justas y oportunas y démosle rumbo a este país con un proyecto y forma, no con improvisaciones o atingencias electorales absurdas.

A quienes subestiman el pasado y niegan su presente hoy les decimos: el pensamiento y la obra de Juárez siguen vigentes, siguen vigentes en las instituciones, en la Carta Magna y en la conciencia del pueblo mexicano y este Congreso, como creador de leyes, tiene toda la obligación y el derecho de recordárselos.

Vicente Fox retiró a Juárez de Los Pinos; Santiago Creel, como secretario de Gobernación, se lo llevó a la Secretaría de Gobernación. Vicente Fox y Felipe Calderón han mantenido a Madero, olvidándose que el único Benemérito de las Américas es y seguirá siendo don Benito Pablo Juárez García. Por eso, para julio del 2012, Benito Juárez regresará al lugar que le corresponde en Los Pinos. Muchas gracias.

Presidencia del diputado Francisco Javier Salazar Sáenz:

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias diputado Natale López. Tiene ahora el uso de la palabra, hasta por 5 minutos, la diputada Olga Luz Espinosa Morales, del Grupo Parlamentario del PRD.

La diputada Olga Luz Espinosa Morales:Gracias, diputado presidente. “Los gobiernos civiles no deben tener religión porque, siendo su deber proteger la libertad que los gobernados tienen de practicar la religión que gusten adoptar, no llenarían fielmente ese deber si fueran sectarios de alguna”, frase de don Benito Pablo Juárez García, político, abogado y estadista mexicano de origen indígena, héroe nacional, presidente de México en dos oportunidades y reconocido por todo el mundo como el Benemérito de las Américas.

Hay quienes hoy se empeñan en sepultar nuestra historia y muchas veces lo mejor y más digno de ella, y es que los verdaderos héroes no reposan hasta que está consolidada y consumada su obra. Que a los grandes estadistas no se les mide solamente por lo que realizaron en su tiempo, sino por lo que vislumbraron del futuro, por materializar en actos lo que sueñan para sus pueblos.

Juárez conformó un Estado civil moderno, inspirado en un liberalismo auténticamente mexicano, laico, racional dinámico y progresista. De ahí que su legado sigue más vigente que nunca y es un pilar del Estado nación que hoy conocemos.

Juárez conocía bien el poder de las ideas, que defendía con la razón, como divisa de cambio ante una clase conservadora enquistada en el poder mismo, y por ello acertó al considerar a la libertad como un anhelo indestructible y a la ley como la única garantía de una paz duradera.

Juárez, demócrata, asimiló que el poder tiene el límite que le imponen las leyes, pero también que éstas no deben perseguir otro fin que el de la justicia. Desde ese entonces y hasta nuestros días, México, el pueblo, la nación, la patria ha mantenido encendida la llama de la esperanza del Estado de derecho en el que, ante los ojos de la norma, todos y todas somos iguales.

Juárez, el educador, postuló que la instrucción es la base de la prosperidad de un pueblo, procuró y defendió el carácter laico y gratuito de la educación pública, así como la obligatoriedad del Estado de proveerla.

Recordar a Juárez es, pues, recordarnos que no existe cambio perdurable sino a través de la ley, que no se puede gobernar desde la intolerancia y que la verdad y la honestidad en la política es fundamental para mantener la credibilidad ante la sociedad.

De los múltiples legados juaristas que hoy con nosotros conviven, conviene destacar la visión del Estado laico, la laicidad como principio constitucional de unidad nacional, como patrimonio cultural y político de nuestro país, como dimensión fundamental que debemos defender y fortalecer.

La laicidad también como una forma de vida en la que nuestros interiores se queden ahí y nuestras convicciones se limiten solamente por la justicia y la norma superior que es la ley.

No es posible aspirar a vivir en un estado de derecho sin convivencia, y no puede haber libertad sin conciencia, sin libertad de creencia. De ahí que la laicidad sea inseparable de la convivencia, de la tolerancia, de la consistencia armoniosa y respetuosa.

El laicismo no es, pues, una lucha contra la Iglesia. Es una lucha por la tolerancia, por la libertad, por los derechos civiles. Es un mecanismo de integración nacional porque todos somos ciudadanos, pero no todos somos feligreses de algún culto. El laicismo es la mejor forma de respetar las creencias de los demás. Un Estado democrático debe garantizar los derechos de todos, incluidos, por supuesto, los de las minorías. Igualdad de derechos sin importar género, raza, ideología o preferencia sexual.

Desde esta tribuna y con absoluto respeto a las autonomías de las entidades integrantes del pacto federal, mi grupo parlamentario les hace un llamado a honrar la memoria del Benemérito de las Américas, restituyendo los derechos que han mutilado a las mujeres las decisiones sobre su cuerpo teniendo como sustento de tales políticas locales las convicciones religiosas personales.

El respeto del gobernante por los ciudadanos es la divisa que les legitima el ejercicio del poder público. Les hacemos un llamado a que gobiernen tanto para los que comulgan con ellos en las celebraciones religiosas como para los que entienden que el quehacer público es una acción separada de la espiritualidad que brindan las celebraciones religiosas.

Hacemos un llamado para que México sea un ejemplo de tolerancia en donde nada sea por la fuerza, todo por la razón y por el derecho. Es cuanto, diputado presidente. Gracias.

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Espinosa Morales. Tiene ahora el uso de la palabra, hasta por 5 minutos, el diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas:Con su permiso, presidente. Cada 21 de marzo se cumple puntualmente el ritual de honrar al presidente de la República, Benito Juárez. El mejor homenaje que se le puede rendir es ponderar objetivamente el valor de su obra y legado, considerando para ello tanto al hombre como a su tiempo, destacando, en todo caso, lo que la figura del presidente Juárez representa en la definición del México actual y como parte fundamental del pasado común de todos los mexicanos.

Lo anterior sería imposible si no mantenemos el respeto entre el pasado y el presente, si juzgamos a los personajes sólo desde su perspectiva ideológica, afine o antagónica, o si revivimos querellas seculares, que ni son nuestras, ni nos traen algún provecho.

Pavorosa posibilidad el que esta efeméride fuera el día de mañana, la ocasión de reiniciar enfrentamientos estériles y no motivo de reencuentro con nuestro pasado. Debemos concebir a los hombres, a los hombres públicos, incluyendo desde luego a los héroes nacionales, como seres humanos capaces de tener aciertos y errores. Es por eso que debiera resultarnos ociosas, tanto las glorificaciones absolutas, muchas veces serviles e interesadas que delinean la trayectoria de los personajes, cual mito de perfección.

Como también las censuras totales, escritas desde la visión del rencor y la venganza, por quienes pretendieran reparar en la actualidad añejos agravios sin advertir los efectos irreversibles de procesos históricos y culturales, que van más allá de las capacidades de hombres específicos, por muy poderosos que hayan podido ser.

Benito Juárez, el hombre, se dedicó en cuerpo y alma a la actividad política, lo anterior presupone a una persona orientada hacia la toma de decisiones y que, como todo político, en cualquier época no siempre podía optar entre lo bueno y lo malo, por lo que no en pocas ocasiones se habría visto obligado a decidir entre el menor de dos males.

Tenía que ser así, de un mandatario que ejerció el poder en uno de los tiempos más complejos de la historia de México, en condiciones de intestina e interminable guerra civil, miseria e ignorancia generalizada, confusión ideológica, pérdida sustantiva e ignorancia generalizada, confusión ideológica, debilidad institucional, bancarrota fiscal, desorden interno e intervención extranjera; datos concretos de un entorno político adverso, por decir lo menos, el cual dio lugar a decisiones controvertidas que han sido analizadas desde múltiples puntos de vista y que marcan el legado de Benito Juárez para México y el mundo.

El resultado de esa obra se proyecta hacia el México del presente. Ello gracias a que Benito Juárez no fue ni mucho menos un hombre de esos que seden, respecto de los principios u objetivos que quieren lograr. Su tesón y determinación fueron reconocidas por sus contemporáneos y se convirtieron en la causa eficiente del devenir de la época de la reforma y de la construcción del Estado laico.

Muchos de los historiadores de la reforma y la historia oficial difundida por los gobiernos postrevolucionarios han colocado al presidente Juárez, como la figura quizá más importante de la historia de México. Han encontrado en el entorno adverso de aquellos años, las causas y explicaciones de su obra de gobierno, las sólidas razones para promulgar las leyes de reforma y para asegurar la hegemonía del partido liberal; la gloria de combatir y derrotar a la intervención francesa y al segundo imperio han intentado crear dogmas laicos y reproducir prejuicios históricos ad hoc.

Benito Juárez, el mexicano universal, el jefe de Estado quien dio al repetirla, contenido y dimensión internacional la frase kantiana: El respeto al derecho ajeno es la paz. La cual habría de convertirse desde entonces, en un genuino axioma juarista.

Un destacado fundador del PAN, ilustre humanista y miembro distinguido del Colegio Nacional, don Ezequiel Chávez, nos ofrece una visión objetiva de la obra de Benito Juárez, el ser humano con aciertos y errores escrita en el primer lustro de la década de los cuarenta, primer lustro de la vida de Acción Nacional, con lo cual echa por tierra los fantasmas del supuesto antijuarismo del PAN y lo cito: “aunque mezclados en gran número con motivos de acción reprobables y con erróneos conceptos de lo que fuera mejor para México, no cabe duda tampoco en que asimismo            hubo motivos de acción superiores, conceptos de vida mejor, dignos de respeto en varios de los jefes distinguidos del partido reformista”.

Aunque Juárez no sea el hombre siempre admirable que llegaron casi a deificar muchos mexicanos, no es tampoco el hombre totalmente execrable que otros mexicanos han visto en él, que gobernando en lo más íntimo por la ambición personal de mando, tuvo lealtad en sus convicciones políticas y supo oír a sus colaboradores.

Termino, presidente. Inspirados en ese llamado, hemos tenido especial cuidado de no caer en las provocaciones interesadas que pretendieron utilizarlas como evasión del 21 de marzo para adjudicar a los humanistas, a los demócratas, a los panistas, proyectos oscuros, criterios absurdos o que se hayan a la espera tan solo de un pretexto, de un error de nosotros, para que hablara el signo más importante del legado juarista en el presente. Su presencia como factor de unión y de encuentro con los mexicanos.

Es rescatable para la política de hoy, para el humanismo político, insistir en una actuación inspirada en la determinación y en la congruencia del hombre que no se doblega ante las circunstancias y que triunfa más allá de las adversidades.

Éste es el reto de quienes hoy hacemos política desde una perspectiva humanista, de inspiración superior a una visión meramente liberal. Muchísimas gracias compañeras y compañeros diputados.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias...

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente, para rectificación de hechos.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: No hay rectificación de hechos porque no estamos en un debate, diputado Fernández Noroña. Discúlpeme usted. Es posicionamiento de los grupos parlamentarios en el tema en el punto de efemérides.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Está diciendo falsedades históricas.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido a la curul del diputado Fernández Noroña, ¿con qué objeto, diputado?

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Diputado presidente, quiero solicitarle el uso de la palabra porque es cierto que están los posicionamientos, pero quiero rectificar hechos históricos que acaba de tergiversar quien acaba de hacer uso de la palabra.

Se dice que no hay un antijuarismo, y sí está manifestado, y quiero expresarlo en tribuna con toda precisión, además de que le voy a recomendar que lea el libro Juárez y su México, de Ralph Roeder, para que se entere un poco de la historia del país...

El diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas(desde la curul): Yo también te puedo recomendar...

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: No hay lugar a su petición, diputado. Y no se permiten diálogos. Muchas gracias, diputado Arriaga Rojas.

Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Heriberto Ambrosio Cipriano, por el Grupo Parlamentario del PRI.

Aprovechamos para saludar la presencia de integrantes de la Universidad de Zumpango, del estado de México, invitados por el diputado Raúl Domínguez Rex.

Igualmente, de integrantes maestros y alumnos de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de Chihuahua, invitados por el diputado Maurilio Ochoa Millán. Sean todas y todos ustedes bienvenidos. Adelante, diputado Ambrosio.

El diputado Heriberto Ambrosio Cipriano:Muchas gracias, señor presidente. Como oriundo de una de las regiones de donde naciera uno de los hombres más universales de México, Benito Juárez, me permito hacer uso de la palabra compañeras y compañeros diputados.

Decimos Juárez y nombramos la patria al conmemorar el 205 Aniversario del Natalicio del coloso de Guelatao. Nos da la oportunidad para hacer una reflexión sobre la situación de nuestro país.

De acuerdo a los principios, valores y normas de acción que determinaron la vida pública y el legado del más ilustre, el más grande, el más universal de los mexicanos, don Benito Juárez García.

Para nuestro grupo parlamentario honrar a Juárez es traer a la memoria uno de los legados más importantes: el de la Reforma liberal, que dio a México un nuevo rostro y permitió establecer y fijar los términos políticos y jurídicos de la relación entre la Iglesia y el Estado.

Juárez conformó un Estado civil moderno, inspirado en un liberalismo auténticamente mexicano, laico, racional, dinámico y progresista. Juárez conocía bien el poder de las ideas. Es por ello que sus acciones se encaminaban a la defensa de las mismas, lo que fue su principal motivación para considerar a la libertad como un anhelo indestructible y a la ley como la única garantía de una paz duradera.

Tuvimos en él al gobernante austero, al estadista respetuoso del derecho, firme en el ejercicio de la autoridad, sensible y atento a las opiniones de partidarios y adversarios. Supo que entre la ley y la justicia, entre el orden y el consenso, entre la legalidad y la legitimidad se encuentra el amplio espacio del quehacer político y el territorio vital de la cultura de la sociedad.

A 205 años del natalicio del gran estadista oaxaqueño, la ausencia de una visión de Estado ha repercutido en el debilitamiento de las instituciones, y éste es un daño sustantivo para la vida del país a corto y a largo plazo.

El Estado que guarda la nación no es satisfactorio. En los últimos años se han agravado mucho los problemas y se han creado otros. La vida cotidiana de la gente transcurre entre la aflicción, el desaliento y la incertidumbre.

México está hoy muy lejos de la auténtica libertad, de la justicia y la igualdad, como lo estuvo en momentos críticos de su historia. Por ello, probablemente los daños más graves sean el deterioro de la cohesión social y el debilitamiento de las instituciones.

Las políticas públicas no marchan satisfactoriamente, los indicadores son negativos y no se pueden ocultar con campañas publicitarias. El país vive sobresaltado por una violencia que no se había visto desde las épocas más críticas de la Revolución.

Ante la amenaza mundial de una posible crisis alimentaria es inconcebible que el gobierno no tome las medidas indispensables para garantizar nuestra seguridad alimentaria, que ha sido una lucha consistente desde los gobiernos emanados de la Revolución.

La inseguridad ha llegado al grado de afectar la cohesión social y la economía, su efecto ya se nota, entre otros, en el estancamiento de las inversiones privadas, la migración del capital humano y la disminución de la inversión extranjera directa y el turismo.

No se pueden seguir distorsionando los hechos con un triunfalismo que no compagina con la realidad en la que vivimos. No es justo ni sensato que el gobierno privilegie los procesos electorales por encima de la resolución de los problemas que aquí se destacan: la inseguridad, el estancamiento económico, el desempleo y la desigualdad social.

Por ello, el Grupo Parlamentario de mi partido, el PRI, impulsa un nuevo ciclo de reformas estructurales indispensables para la conformación de un nuevo modelo de desarrollo que abra cauces para la recuperación del crecimiento económico y la generación del empleo como única vía para combatir la desigualdad, la pobreza y la marginación.

Para el Grupo Parlamentario del PRI es prioridad atender con urgencia esos problemas. Para ello necesitamos, por una parte, un Estado que trabaje de forma más eficaz, coordinada y con transparencia en la rendición de cuentas. Por otra, una ciudadanía que cuente con mecanismos más amplios de expresión, que le permitan reconocer y sancionar el ejercicio público.

Actuaremos como lo que somos: una fuerza política, responsable y comprometida con las causas de las mayorías nacionales, con la vigencia del Estado de derecho y de la soberanía nacional.

Es momento de definiciones para México; los problemas desgraciadamente siguen creciendo y en ocasiones parece que son más fuertes que nosotros. Nos encontramos en medio de grandes crisis, que es necesario enfrentarlas unidos.

Es tiempo de realizar las transformaciones que dignifiquen y rectifiquen la prevalecencia de la ideología del Benemérito de las Américas, culminando la primera década del siglo XXI como una nación independiente y unida.

Este país tiene que volver a honrar a la política y a prestigiar a los políticos. Tiene que recuperar su esencia nacional y su sentido mexicano. Tiene que regresar a lo bueno que heredamos de los independentistas de 1810, los revolucionarios de hace un siglo y por supuesto, la generación de liberales encabezada por el patricio de Guelatao.

Los verdaderos héroes no reposan hasta que está satisfecha su obra. A los grandes estadistas no se les mide solamente por lo que realizan, sino también por lo que vislumbran del futuro, por lo que sueñan para sus pueblos.

Con Juárez y por México, ni un paso atrás en la lucha del bienestar de los pueblos indígenas. Ni un paso atrás en la defensa de las libertades fundamentales y de la igualdad de la mujer y del hombre. Ni un paso atrás en la defensa de las instituciones de la República, que es nuestro querido México.

“Entre los individuos como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz”. Es cuanto. Muchas gracias, compañeros.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Ambrosio Cipriano.



73 ANIVERSARIO DE LA EXPROPIACION PETROLERA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se recibió comunicación de la Junta de Coordinación Política para plantear que el punto de agenda política sea abordado en un momento posterior, en el desarrollo de esta misma sesión.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 65, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, los suscritos coordinadores de los grupos parlamentarios, integrantes de la Junta de Coordinación Política, le solicitamos atentamente, sea abordado en un momento posterior de la sesión del día de hoy, el siguiente asunto:

• Comentarios relativos a la situación de Pemex en el contexto del 73 aniversario de la Expropiación Petrolera, a cargo del grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputado Reyes S. Tamez Guerra, Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: En consecuencia, el siguiente punto del orden del día es de iniciativas.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sí, diputado Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Tiene que poner a votación la modificación del orden del día, si hay una petición formal. Mientras esto no se haga por parte de la Junta, de los mandarines de esta Cámara, no procede la modificación del orden del día.

El propio Reglamento, que ustedes son tan celosos de su aplicación, establece ese procedimiento. Por tanto, pido que la Secretaría dé a conocer si ya está ese acuerdo signado; se presente al pleno; se ponga a votación y si el pleno aceptamos la modificación del orden del día, entonces, así se hará.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Consulte la Secretaría a la asamblea si es de aceptarse la petición de la Junta de Coordinación Política, para que se modifique el orden del día.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:En votación económica se consulta a la asamblea si es de modificarse el orden del día en los términos solicitados por la Junta de Coordinación Política. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor, muchas gracias. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, secretaria. Se modifica el orden del día.



LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Esta Presidencia informa que recibió del diputado Rafael Pacchiano Alamán y Ninfa Clara Salinas Sada, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Iniciativa que reforma el artículo 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Rafael Pacchiano Alamán y Ninfa Clara Salinas Sada, del Grupo Parlamentario del PVEM

Problemática

Atiende a la necesidad de la Cámara de Diputados de contar con un Manual del Sistema de Manejo Ambiental con el objeto de optimizar los recursos materiales que se emplean para el desarrollo de sus actividades, con el fin de reducir costos financieros y ambientales.

Argumentación

El consumo siempre creciente es ya una amenaza para los habitantes del planeta así como para las futuras generaciones. La crisis medioambiental actual –que se ha manifestado crudamente con los efectos del cambio climático– hace evidente que hemos sobreexplotado nuestros recursos naturales y hemos alterado el frágil equilibrio de la biósfera. Los humanos debemos hacer que nuestros estándares de consumo sean más equitativos y los países deben adoptar patrones de consumo sostenibles que podrán ser alcanzados solamente si el sector privado, los gobiernos y la sociedad civil trabajan estrechamente con un objetivo común.

En nuestro país, durante los últimos años se han adoptado un gran número de medidas regulatorias y voluntarias, tal como los sistemas de manejo ambiental (SMA), la certificación en calidad ISO14000 para las empresas, así como instrumentos económicos o “impuestos verdes” con el propósito de reorientar a los sectores públicos y privados hacia un desarrollo sustentable.

El interés de esta propuesta es fortalecer el enfoque hacia el desarrollo sustentable por parte de las institucionales públicas a través de la instalación de los sistemas de manejo ambiental, que se definen como: conjunto de acciones orientadas a fomentar el uso eficiente de los recursos materiales utilizados en el desempeño cotidiano de las actividades de las dependencias y entidades de la administración pública federal con el objeto de reducir los impactos negativos que dichas actividades tengan en el ambiente.

México ha establecido numerosos compromisos internacionales en materia ambiental relacionados con los Sistemas de Manejo Ambiental; los más importantes corresponden a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos OCDE; a la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte (CCA) y a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro 1992).

La OCDE ha emitido recomendaciones acerca de los Sistemas de Manejo Ambiental “para mejorar el desempeño ambiental gubernamental con el propósito de integrar consideraciones ambientales en todas las facetas de las operaciones gubernamentales y sus estructuras y en particular, del establecimiento de programas objetivos, y metas en el uso de energía, del agua y de los materiales en las operaciones cotidianas sea eficiente y sustentable”.

El objetivo de esta propuesta es que de conformidad con los lineamientos determinados por Semarnat, la Cámara de Diputados cuente con un Manual de Sistema de Manejo Ambiental con base en los siguientes objetivos generales:

1. Cumplir en el curso de sus operaciones cotidianas con la normatividad ambiental vigente.

2. Disminuir el impacto ambiental resultante de las actividades cotidianas de la institución.

3. Incrementar la eficiencia en el uso de energía agua y recursos materiales en las operaciones cotidianas de todos los centros de trabajo de esa institución.

4. Minimizar los residuos mediante el ahorro y la reuitilización de los recursos materiales utilizados en las operaciones cotidianas de la institución, así como asegurar su reciclaje en todos los casos que sea posible y su apropiada disposición final.

5. Desarrollar una cultura de responsabilidad ambiental entre los servidores públicos para contribuir al desarrollo de una cultura ambiental en México.

6. Ejercer, desde el Poder Legislativo, una posición de liderazgo ambiental.

El fundamento jurídico para la aplicación de Sistemas de Manejo Ambiental en la administración pública federal se basa en:

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 el Objetivo 7 Asegurar la utilización de criterios ambientales en la administración pública federal, señala como estrategia “Establecer criterios de sustentabilidad ambiental en los programas y acciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. El desarrollo sustentable debe regir toda la actividad de la administración pública federal, por lo que los programas y estrategias de sus distintas dependencias y organismos serán diseñados tomando en cuenta los tres elementos indispensables para alcanzar el desarrollo sustentable, esto es, el beneficio social, el desa-rrollo económico y el cuidado del medio ambiente y los recursos naturales.

El Artículo 17 Bis La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece: La administración pública federal, el Poder Legislativo Federal y el Poder Judicial de la Federación, expedirán los manuales de sistemas de manejo ambiental, que tendrán por objeto la optimización de los recursos materiales que se emplean para el desarrollo de sus actividades, con el fin de reducir costos financieros y ambientales.

Con base en lo anterior y dado que la Secretaría General cuenta entre sus funciones proponer y establecer, en su caso, la normatividad, objetivos, políticas y estrategias para la administración y modernización de la gestión interna de la Cámara, el Partido Verde Ecologista de México somete a la consideración de la Cámara de Diputados la expedición del Manual del Sistema de Manejo Ambiental como una estrategia fundamental para promover el de-sarrollo sustentable de nuestro país.

Asimismo, el Partido Verde Ecologista de México propone que dicho manual asuma los lineamientos ambientales específicos para ser aplicados en los procesos operativos y en la toma de decisiones; será primordial igualmente desarrollar la conciencia de los servidores públicos y dar ejemplo al sector público con acciones congruentes con las leyes que el propio Congreso avala.

Fundamentación

Fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en la fracción VIII del artículo 3, numeral 1, fracción I del artículo 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Denominación del proyecto

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicano.

Único. Se adiciona un inciso g) al artículo 48, numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicano para quedar como sigue:

Artículo 48.

1. a 3. ...

4. El Secretario General de la Cámara tiene las atribuciones siguientes:

a) a f) ...

g) Dirigir y supervisar el cumplimiento de los trabajos para la expedición del Manual del Sistema de Manejo Ambiental.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Cámara de Diputados deberá expedir el Manual del Sistema de Manejo Ambiental en un plazo no mayor a 180 días a partir de la fecha en que el presente decreto entre en vigor.

Nota:

1 Acuerdo que establece los lineamientos y estrategias generales para fomentar el manejo ambiental de los recursos en las oficinas administrativas de las dependencias y entidades administrativas de la Administración Pública Federal. DOF 26-03-1999.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputados: Rafael Pacchiano Alamán, Ninfa Clara Salinas Sada (rúbricas).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.



GUARDERIA ABC

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Don Emilio Serrano, perdón, tiene razón don Emilio Serrano. Seguramente lo que me va a impugnar. Esta Presidencia le solicita amablemente a los señores legisladores nos pongamos de pie para guardar respetuosamente un minuto de silencio por las víctimas del incendio de la Guardería ABC.

Muchas gracias.



ESTADOS DE SINALOA, SONORA, TAMAULIPAS, COAHUILA, CHIHUAHUA, DURANGO Y NUEVO LEON

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se recibió iniciativa con proyecto de decreto, por el que se integra un fondo especial de recursos económicos, por 15 mil millones de pesos, para atender los daños ocasionados por las contingencias acaecidas los días 2, 3 y 4 de febrero del año en curso, en los estados de de Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Durango y Nuevo León, suscrita por los diputados Francisco José Rojas Gutiérrez; Cruz López Aguilar; Gerardo Sánchez García; Alfredo Villegas Arreola; Luis Videgaray Caso; Manuel Guillermo Márquez Lizalde; Alberto Cano Vélez; Onésimo Mariscales Delgadillo; José Ricardo López Pescador; Francisco Saracho Navarro; Eduardo Alonso Bailey Elizondo; Rolando Bojórquez Gutiérrez; Miguel Ángel García Granados; Diva Hadamira Gastélum Bajo; Óscar Javier Lara Aréchiga; Óscar Lara Salazar; Óscar Levín Coppel; Aarón Irizar López; Rolando Zubía Rivera y Germán Contreras García, del Grupo Parlamentario del PRI. Diputado García Granados.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Iniciativa de decreto, por el que se integra un fondo especial de recursos económicos, por 15 mil millones de pesos, para atender los daños ocasionados por las contingencias climáticas acaecidas del 2 al 4 de febrero del año en curso en Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Durango y Nuevo León, suscrita por los diputados Francisco José Rojas Gutiérrez, Cruz López Aguilar, Gerardo Sánchez García, Alfredo Villegas Arreola, Luis Videgaray Caso, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Alberto Cano Vélez, Onésimo Mariscales Delgadillo, José Ricardo López Pescador, Francisco Saracho Navarro, Eduardo Alonso Bailey Elizondo, Rolando Bojórquez Gutiérrez, Miguel Ángel García Granados, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Óscar Javier Lara Aréchiga, Óscar Lara Salazar, Óscar Levín Coppel, Aarón Irízar López, Rolando Zubía Rivera y Germán Contreras García, del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados Francisco José Rojas Gutiérrez, Luis Videgaray Caso, Cruz López Aguilar, Gerardo Sánchez García, Alfredo Villegas Arreola, Rolando Bojórquez Gutierrez, Miguel Ángel García Granados, Diva Adamira Gastélum Bajo, Óscar Javier Lara Aréchiga, Óscar Lara Salazar, Óscar Levín Coppel, Aarón Irízar López, Rolando Zubía Rivera, Germán Contreras García, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Alberto Cano Vélez, Onésimo Mariscales Delgadillo, José Ricardo López Pescador, Francisco Saracho Navarro, Eduardo Bailey Elizondo, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6o., numeral 1, inciso I, 77, 78 y 102, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se instruye al Ejecutivo federal la integración de un fondo especial de recursos económicos por quince mil millones de pesos para atender los daños ocasionados por las contingencias climatológicas acaecidas los días 2, 3 y 4 de febrero del año en curso en los estados de Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Durango y Nuevo León.

Consideraciones

Los daños ocasionados por las recientes heladas en el norte del país registradas los días 2, 3 y 4 de febrero pasado, por sus dimensiones, por el tamaño de las pérdidas de las cosechas y los daños patrimoniales, y por el tiempo estimado de recuperación, deben ser calificados y atendidos como una tragedia nacional.

La mayor afectación se registró en el norte del país, particularmente en los estados de Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Durango y Nuevo León, afectando drásticamente la agricultura, tanto la de riego, como la de temporal, la ganadería, la pesca ribereña y otras actividades económicas del sector. Siendo estos estados los principales productores agropecuarios del país, los daños son cuantiosos, y su repercusión nacional es real, al grado de poner en riesgo la alimentación de los mexicanos si no se atiende con urgencia esta contingencia.

La pasada tormenta invernal fue la peor de los últimos 50 años, afectando el ciclo agrícola otoño-invierno; siendo éste el de mayor productividad. En estas entidades las pérdidas ocasionadas por el fenómeno meteorológico han sido muy graves, lo que representa una reducción del inventario agroalimentario y un desbasto muy importante, sobre todo de maíz blanco, insumo utilizado principalmente en la producción de tortillas, alimento básico del pueblo mexicano, lo que generará una alza en los precios de los productos, poniendo en serio riesgo la seguridad alimentaria y la estabilidad social.

El Plan Nacional de Desarrollo 2007- 2012, entre sus principales ejes de acción, tiene como objetivo, lograr una economía competitiva y generadora de empleo y garantizar la igualdad de oportunidades y sustentabilidad ambiental; y que el sector agropecuario y pesquero es estratégico y prioritario para el desarrollo del país, porque ofrece los alimentos que consumen las familias mexicanas y proveen de materias primas a la industria manufacturera y de transformación.

Si bien se están otorgando créditos para la reactivación de la economía afectada, esta medida es insuficiente, ya que lo único que genera, es un mayor endeudamiento para los productores, quienes no tendrán garantía para poder pagar los intereses, menos el capital y esto generará una acumulación de cartera vencida con efectos negativos.

Es preferible que los recursos que se asignen se apliquen de manera directa y proporcional, con base en la afectación sufrida, en cada una de las entidades federativas señaladas.

La situación en la que se encuentran los estados afectados por las contingencias climatológicas, es verdaderamente alarmante, debido a la gran pérdida patrimonial, así como de la producción, lo que va a generar una carestía de alimentos, que representa un serio problema de abasto, que si no es atendido de inmediato afectará gravemente a la población, particularmente a los más pobres, ampliando el número de mexicanos que se encuentran en situación de pobreza alimentaria.

Las heladas que afectaron gran parte de las cosechas, provocaron en el sector rural, el que miles de campesinos, ejidatarios, productores y trabajadores agrícolas, ganaderos y pescadores, hayan perdido sus fuentes empleo, por lo cual, se corre el riesgo de que los más vulnerables puedan incorporarse a la pobreza extrema. Por lo tanto, se requiere reactivar urgentemente la planta productiva en esas entidades, con la finalidad de recuperar las fuentes de empleo que se han perdido por este fenómeno meteorológico.

En este escenario, sin embargo, el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado por esta soberanía a fines del año pasado, no considera —evidentemente por haberse tratado de un desastre natural de magnitud imprevisible— la posibilidad de integrar fondos de atención a emergencias como la que hemos referido.

Aun y cuando esta soberanía aprobó en febrero pasado un acuerdo de los grupos parlamentarios suscrito a través de la Junta de Coordinación Política para la constitución del fondo de recursos referido en la propuesta de proyecto de decreto que se presenta en esta iniciativa, el gobierno federal continúa sin instrumentar y poner en práctica las medidas económicas emergentes para atender la grave situación que afecta a los productores agropecuarios y a la sociedad en general, de varios estados de nuestra Federación.

Por todo ello es que proponemos a través de la presente, que esta Soberanía, en ejercicio de la facultad prevista en el artículo 74 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pueda modificar el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación instruyendo al Gobierno Federal la integración del fondo especial de recursos por 15 mil millones de pesos para atender los daños ocasionados por las contingencias climatológicas acaecidas los días 2, 3 y 4 de febrero del año en curso en los estados de Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Durango y Nuevo León.

En este contexto, y en relación con la posibilidad de reformar el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación, nos permitimos formular las siguientes reflexiones:

El Presupuesto de Egresos es el acto legislativo que permite a la administración pública usar los recursos monetarios del Estado durante un año fiscal y cuya aprobación es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados según lo señala el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Contiene una autorización a la administración pública para que ésta utilice los recursos pecuniarios que se recauden; es decir, la administración sólo podrá erogar las cantidades que se le hayan autorizado mediante el presupuesto y con apego estricto a éste.

Reconocemos que en el campo de la teoría jurídica nacional hay un importante debate respecto a la naturaleza jurídica del presupuesto y si este puede considerarse como una ley en el sentido más puro del término.

Estas posiciones se resumen en lo siguiente:

a) Posición negativa. Establece que el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación no es una ley porque no reúne las características que identifican a una ley: generalidad, abstracción e impersonalidad, ya que contiene disposiciones concretas, particulares y dirigidas específicamente a los entes públicos.

Esta posición refuerza sus argumentos señalando que al no poderse considerar al presupuesto como una ley, este no puede ser “reformado” por la Cámara de Diputados.

Adiciona argumentos a partir de lo señalado por la fracción IV del artículo 74 constitucional antes referido en el tenor de que dicho decreto surge esencialmente de una propuesta del Ejecutivo Federal y de un proceso de aprobación que debe de ser anual.

En ésta óptica la modificación del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación no es posible.

b) Posición positiva. Señala que el decreto del Presupuesto de Egresos si es una ley ya que desde un punto de vista formal y orgánico es un acto legislativo que surge del proceso que debe seguir cualquier propuesta de creación o modificación de una ley: iniciativa, discusión, aprobación e integración de la eficacia la cual se refiere a la promulgación y publicación.

Esta posición refuerza sus argumentos señalando que todo acto emanado de la Cámara de Diputados como instancia conformadora del poder legislativo debe de ser considerado como un acto y un producto legislativo, el cual siempre está sujeto a la posibilidad de ser revisado y reformado por la misma instancia que lo creó; más aún, cuando la Constitución no establece o reconoce límites o excepciones, explícitas o implícitas a las Cámaras que conforman nuestro Congreso para no revisar o reformar actos o productos legislativos que hayan emanado de ellas.

En ésta óptica la modificación del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación si es posible.

Los promoventes de esta iniciativa compartimos esta posición y la asumimos como propia reconociendo además que:

A. En tanto acto jurídico, el Presupuesto no podría existir si no fuera aprobado por la Cámara de Diputados mediante una facultad legal exclusiva concedida por la Constitución Política, debiendo cumplir para ello con las fases del proceso legislativo contemplado en la misma Constitución, así como en la Ley Orgánica del Congreso y el Reglamento de la Cámara de Diputados, el cual es aplicable únicamente al proceso de creación de una ley.

B. En tanto acto de control político y administrativo en el marco del equilibrio de poderes, el Presupuesto de Egresos de la Federación adquiere su fuerza normativa a partir de que es sancionado por la representación nacional que la Constitución Política le otorga —para este caso, como facultad exclusiva— a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y a ninguna otra instancia, la cual, por tanto, es insustituible no sólo en el proceso de su aprobación, sino sobre todo, de su revisión, la cual se extiende hasta la facultad de examinar y en su caso, aprobar la Cuenta Pública del gobierno federal, a través de una instancia (Comisión) legislativa, cuya función la vincula de manera directa a la Auditoría Superior de la Federación.

C. El término “anual” que incluye en su enunciado la fracción IV del artículo 74 constitucional debe interpretarse como el periodo de tiempo en el que obligadamente el Ejecutivo Federal debe remitir a la Cámara de Diputados una iniciativa de Ley de Ingresos y un proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos para cada ejercicio fiscal (es decir, debe haber un nuevo presupuesto cada año) y no como una condición limitativa que restrinja a la Cámara de Diputados a analizar una sola vez al año, los principales instrumentos de política económica del Estado mexicano.

D. Si el Ejecutivo federal por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público realiza reasignaciones y modificaciones a los montos presupuestales autorizados en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación sin informar o solicitar opinión o autorización de ningún tipo y forma a la Cámara de Diputados, ésta, en justa correspondencia y congruencia con el acto legislativo que creó a dicho decreto, debe de poder revisar, en cualquier momento del ejercicio fiscal en que este se aplique, las condiciones del ejercicio de los recursos originalmente aprobados por ella mediante el ejercicio de facultades constitucionales exclusivas.

E. En el análisis y discusión del proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año, la Cámara de Diputados no sólo analiza discute y valora la propuesta remitida por el Ejecutivo federal, sino las adiciones y modificaciones propuestas por los diputados federales tanto en el seno de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública como en el Pleno de la propia Cámara, lo que evidencia el carácter eminentemente legislativo de dicho decreto.

F. En tanto acto legislativo, es evidente que el presupuesto puede ser reformado o adicionado no sólo a partir de concebirlo como una ley formal sujeta al proceso legislativo, sino porque no existe disposición legal alguna, explícita o implícita ni en la Constitución Política, ni en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria ni en el propio decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación que:

• Limite el derecho de iniciativa de aquellos reconocidos por el artículo 71 constitucional (presidente, legisladores federales y Congresos de los estados);

• Limite el ejercicio de la función legislativa del Congreso reconocida en su artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece su obligación de estudiar, discutir y votar todas las iniciativas de Ley que se presenten;

• Acote, limite o impida que el Presupuesto de Egresos, como tal, pueda ser modificado, salvo por lo dispuesto en el artículo 42, fracción VIII y IX de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria que señalan que:

VIII. En el proceso de examen, discusión, modificación y aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos, los legisladores observarán los siguientes principios:

a) Las propuestas serán congruentes con la estimación del precio de la mezcla de petróleo mexicano para el ejercicio fiscal que se presupuesta, determinada conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de esta Ley, así como observando los criterios generales de política económica;

b) Las estimaciones de las fuentes de ingresos, distintas a la señalada en el inciso anterior, deberán sustentarse en análisis técnicos;

c) Cuando propongan un nuevo proyecto, deberán señalar el ajuste correspondiente de programas y proyectos vigentes si no se proponen nuevas fuentes de ingresos;

d) Se podrán plantear requerimientos específicos de información;

e) En su caso, se podrán proponer acciones para avanzar en el logro de los objetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo y los programas que deriven de éste; y

f) En el caso del Presupuesto de Egresos, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados deberá establecer mecanismos de participación de las comisiones ordinarias en el examen y discusión del Presupuesto por sectores. Los legisladores de dichas comisiones deberán tomar en cuenta en sus consideraciones y propuestas la disponibilidad de recursos, así como la evaluación de los programas y proyectos y las medidas que podrán impulsar el logro de los objetivos y metas anuales.

IX. Podrán establecerse mecanismos de coordinación, colaboración y entendimiento entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, con objeto de hacer más eficiente el proceso de integración, aprobación y evaluación del Presupuesto de Egresos.

Respecto a la disponibilidad de los recursos que integrarían este fondo, los promoventes de esta iniciativa deseamos señalar que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en su artículo 19, fracción primera, lo siguiente:

Artículo 19. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría, podrá autorizar erogaciones adicionales a las aprobadas en el Presupuesto de Egresos, con cargo a los excedentes que, en su caso, resulten de los ingresos autorizados en la Ley de Ingresos o de excedentes de ingresos propios de las entidades, conforme a lo siguiente:

I. Los excedentes de ingresos que resulten de la Ley de Ingresos, distintos a los previstos en las fracciones II y III de éste y el artículo siguiente, deberán destinarse en primer término a compensar el incremento en el gasto no programable respecto del presupuestado, por concepto de participaciones; costo financiero, derivado de modificaciones en la tasa de interés o del tipo de cambio; adeudos de ejercicios fiscales anteriores para cubrir, en su caso, la diferencia entre el monto aprobado en el Presupuesto de Egresos y el límite previsto en el artículo 54, párrafo cuarto de esta ley, así como a la atención de desastres naturales cuando el Fondo de Desastres a que se refiere el artículo 37 de esta ley resulte insuficiente.

Y que en este tenor, el precio estimado del barril de petróleo para el presupuesto de la federación de 2011 fue de 63 dólares por barril, mientras que al 14 de marzo de 2011 el valor de la mezcla mexicana alcanzó los 100. 04 de dólares por barril, según información de Petróleos Mexicanos, lo que plantea la necesaria existencia de recursos excedentes a los previstos originalmente en la Ley de Ingresos y que nos colocan en el supuesto previsto por la disposición normativa antes señalada.

Por lo anteriormente expuesto y

Considerando

a) Que el pasado mes de febrero un fenómeno meteorológico atípico provocó enormes daños en la producción agropecuaria de varios estados de la federación generando condiciones de extrema gravedad económica en esos estados y provocando condiciones de emergencia alimentaria en todo el país;

b) Que es indispensable que el gobierno federal implemente las acciones urgentes para atender los graves efectos económicos y sociales de dicho fenómeno;

c) Que ante la lentitud y pasividad mostrada por el gobierno federal para la atención de la emergencia antes referida, la Cámara de Diputados posee las facultades constitucionales para poder decretar la constitución de un fondo de recursos para la atención de ésta.

Sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se integra un fondo especial de recursos económicos por quince mil millones de pesos para atender los daños ocasionados por las contingencias climatológicas acaecidas los días 2, 3 y 4 de febrero del año en curso en los estados de Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Durango y Nuevo León

Artículo Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le concede la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Decreta

Primero. El gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, integrará un fondo especial de recursos económicos por quince mil millones de pesos para atender los daños ocasionados por las contingencias climatológicas acaecidas los días 2, 3 y 4 de febrero del año en curso, en los estados de Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Durango y Nuevo León.

Estos recursos se aplicarán de manera proporcional a las entidades señaladas, tomando en consideración los daños y pérdidas ocasionados y de conformidad con los lineamientos de operación que sobre el particular se expidan.

Segundo.Para la integración de este fondo, se considerarán entre otros los recursos de los excedentes, que resulten de los ingresos autorizados en la Ley de Ingresos 2011, de acuerdo con lo que establece el artículo 19, fracción I, y el artículo 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como con la reorientación del Programa Especial Concurrente del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011.

Tercero.Esta soberanía coadyuvará de manera permanente con el Ejecutivo federal en la negociación para la integración del fondo y en la ejecución de este decreto.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 17 de marzo de 2011.— Diputados: Alfredo Villegas Arreola, Francisco José Rojas Gutiérrez, Luis Videgaray Caso, Cruz López Aguilar, Gerardo Sánchez García, Rolando Bojórquez Gutiérrez, Miguel Ángel García Granados, Diva Adamira Gastélum Bajo, Óscar Javier Lara Aréchiga, Óscar Lara Salazar, Óscar Levín Coppel, Aarón Irízar López, Rolando Zubía Rivera, Germán Contreras García, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Alberto Cano Vélez, Onésimo Mariscales Delgadillo, José Ricardo López Pescador, Francisco Saracho Navarro, Eduardo Bailey Elizondo, Emilio Serrano Jiménez, Jorge Humberto López-Portillo Basave, María de Jesús Aguirre Maldonado, María Dina Herrera Soto, Luis Carlos Campos Villegas, Guadalupe Pérez Domínguez, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, María Guadalupe García Almanza, Jaime Fernando Cárdenas Gracia, María Araceli Vázquez Camacho, Carlos Oznerol Pacheco Castro, José Manuel Agüero Tovar, César Francisco Burelo Burelo, Julieta Octavia Marín Torres, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, Adolfo Rojo Montoya, Gumercindo Castellanos Flores, Camilo Ramírez Puente, Oscar García Barrón, José Manuel Hinojosa Pérez, María Hilaria Domínguez Arvizu, Roberto Pérez de Alva Blanco, Melchor Sánchez de la Fuente, Armando Ríos Piter, Fernando Ferreyra Olivares, Margarita Gallegos Soto, Felipe Cervera Hernández, Ricardo Ahued Bardahuil, María Isabel Pérez Santos, Pavel Díaz Juárez, José Antonio Aysa Bernat, Adán Augusto López Hernández, Guadalupe Eduardo Robles Medina, Rosa Adriana Díaz Lizama, Maurilio Ochoa Millán, Alberto Emiliano Cinta Martínez, Víctor Roberto Silva Chacón, Francisco Armando Meza Castro, Ana Elia Paredes Arciga, Patricio Chirinos del Ángel, José Luis Álvarez Martínez, Ovidio Cortazar Ramos, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Cristabell Zamora Cabrera, Laura Viviana Agúndiz Pérez, Silvia Puppo Gastelum, Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez, María Isabel Merlo Talavera, José Alberto González Morales, Laura Arizméndi Campos, Edgardo Melhem Salinas, Sergio Tolento Hernández, Jesús Gerardo Cortez Mendoza, Víctor Alejandro Balderas Vaquera, Reginaldo Rivera de la Torre, Josefina Rodarte Ayala, Manuel Humberto Cota Jiménez, Oscar Román Rosas González, Gerardo del Mazo Morales , Francisco Hernández Juárez, Hilda Ceballos Llerenas, Víctor Manuel Anastasio Galicia Ávila, Caritina Sáenz Vargas, José Francisco Rábago Castillo, Genaro Mejía de la Merced, María Florentina Oceguera Silva, Domingo Rodríguez Martell, Teresa del Carmen Incháustegui Romero, María Dolores del Río Sánchez, Ezequiel Rétiz Gutiérrez, Francisco Javier Orduño Valdez, Daniel Gabriel Ávila Ruiz, Gloria Romero León, Ma. de Lourdes Reynoso Femat, Juan Carlos Natale López, Jaime Flores Castañeda, Juan Carlos López Fernández, Guadalupe Valenzuela Cabrales, Norma Leticia Salazar Vázquez, Rosi Orozco, Felipe de Jesús Rangel Vargas, Felipe Borja Texocotitla, Enrique Octavio Trejo Azuara, José M. Torres Robledo, Héctor Hernández Silva, Armando Corona Rivera, César Mancillas Amador, Dora Evelyn Trigueras Durón, Carlos Bello Otero, Sergio Lobato García, Teresa Guadalupe Reyes Sahagún, Pedro Jiménez León, Ana Estela Durán Rico, Francisco Alberto Jiménez Merino, Miguel Ernesto Pompa Corella, Adriana Terrazas Porras, David Ricardo Sánchez Guevara, Alfonso Jesús Martínez Alcázar, Florentina Rosario Morales, Lucila del Carmen Gallegos Camarena, Velia Idalia Aguilar Armendáriz, Norma Sánchez Romero, Juan José Cuevas García, José Ignacio Seara Sierra, María Sandra Ugalde Basaldúa, Carlos Manuel Joaquín González, Jesús María Rodríguez Hernández, Janet Graciela González Tostado, Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbricas).»

El diputado Miguel Ángel García Granados(desde la curul): Presidente, respetuosamente solicitar la solidaridad de esta soberanía, pidiéndole a la gran mayoría de los diputados federales nos apoyaran con esta iniciativa, que crea un antecedente realmente histórico.

Éste es un preámbulo de lo que puede darse en el trámite del diálogo respetuoso entre poderes. Solicitamos respetuosamente los diputados de Sinaloa y de los estados que fueron afectados por las heladas de los días 2, 3 y 4 de este mes, se nos apoyen con esta iniciativa para efecto de poder tener una contundencia total.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado.

Estoy seguro que la Comisión de Presupuesto hará voz, recogerá estas voces y las pondrá a la práctica. Diputado.

El diputado Adolfo Rojo Montoya(desde la curul): Señor presidente, viendo el sentir de este reclamo de parte de todas las regiones afectadas, como diputado del Grupo de Acción Nacional y principalmente de los estados afectados y de nuestro estado de Sinaloa, queremos suscribirnos a esta iniciativa de decreto.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El diputado Adolfo Rojo Montoya, de Sinaloa, se adhiere a esta iniciativa.

Diputado Di Costanzo, diputado Cárdenas, diputado Ríos Piter, en ese orden. Diputado Martel.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): De igual manera, presidente, para sumarme a la iniciativa, porque además es la primera muestra de que este Congreso quiere resolver las cosas con decretos, no con puntos de acuerdo. Para sumarme.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Diputado Cárdenas.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Gracias, presidente. También para pedirles a los compañeros promotores de esta iniciativa de decreto que nos permitan sumarnos. Varios diputados del Grupo Parlamentario del PT queremos sumarnos, ya lo dijo el diputado Mario di Costanzo, me lo está diciendo también el diputado Fernández Noroña.

Queremos sumarnos a este decreto, en tanto que Felipe Calderón es como Gabino Barrera, no oye razones. Mandamos puntos de acuerdo y no los atiende, presidente. Vamos a tratar que con este decreto esté obligado y se destinen esos recursos a las zonas afectadas por los tiempos, por los huracanes y por las lluvias que hubo en esos estados de la República. Queremos sumarnos y respaldar totalmente a nuestros compañeros.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Diputado José Ramón Martel, diputado Díaz Brown, diputada Rosaura Ochoa. Perdón, tenía la palabra el diputado Ríos Piter primero.

El diputado Armando Ríos Piter(desde la curul): Señor presidente, solamente decir que a nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por la importancia que tiene el tema, pero sobre todo por la falta de atención que ha observado el Ejecutivo federal sobre un asunto de tal trascendencia para tantos productores, pero para todo el país en lo que significa la producción que se perdió recientemente, nos adherimos obviamente con toda la firmeza y con todo el apoyo.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado Ríos Piter. Diputado José Ramón Martel, diputado Díaz Brown, diputado Natale y diputado Camilo Ramírez.

El diputado José Ramón Martel López:(desde la curul) Señor diputado presidente, muchas gracias.

La fracción Parlamentaria del PRI el día de hoy por la mañana conoció de esta iniciativa que se iba a presentar. Conociendo lo de fondo, que es la necesidad de la atención inmediata para todas las zonas afectadas y con la responsabilidad de actuar en la división de poderes de una manera más enérgica para que la población tenga respuestas contundentes y claras de parte del gobierno que lo conformamos –reitero- los tres poderes, por mi conducto quiere manifestar que solidariamente uno por uno, cada una de las mujeres diputadas y hombres diputados, signaremos esta iniciativa esperando pronta reunión de la comisión respectiva y la aprobación de la misma. Es cuanto.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias. Diputado Díaz Brown, diputado Natale, diputado Camilo Ramírez Puente, en ese orden. Adelante, diputado Díaz Brown.

El diputado Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh(desde la curul): Ya lo dijo el diputado Martel, presidente; gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias. Ha expresado el diputado Martel a nombre de los diputados del PRI. El diputado Natale.

El diputado Juan Carlos Natale López(desde la curul): Para manifestarle, a nombre de la bancada del Partido Verde, que nos sumamos a esta moción y decirle que ya varios diputados federales del Partido Verde han firmado la propuesta. Pero para hacerlo extensivo, solidarizarnos con todos los afectados en México sobre todo con los del estado de Sonora que han sido afectados, darle la consecuencia al trabajo que han hecho los diputados federales, sobre todo del Partido Revolucionario Institucional. Gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado Natale. Diputado Camilo Ramírez.

El diputado Camilo Ramírez Puente(desde la curul). Señor presidente, también para adherirnos a esta iniciativa por parte de la bancada de diputados del Grupo del Partido Acción Nacional del estado de Nuevo León. Tomando en consideración que verdaderamente es una situación apremiante y que hay un consenso generalizado, yo les pediría a todos los demás compañeros diputados que se sumaran a esta iniciativa y, de esta forma, proceder como nos lo está demandando el pueblo.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Diputada Rosaura Ochoa.

La diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía(desde la curul): Gracias, presidente. En el mismo sentido, el Grupo Parlamentario de Convergencia, las diputadas y diputados que lo integramos, lo mismo queremos sumarnos porque sentimos que es una forma de cómo sentar un precedente ante una problemática que muchas veces ha afectado a tantas y a tantas familias en los estados, en este caso especialmente, a lo cual se refiere la iniciativa. Pero de ahí también que sea la forma como, de hoy en adelante, en muchos de los casos no sean únicamente llamados que queden pendientes o que nunca se atiendan. Por eso solicitamos también el podernos sumar a este gran proyecto.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputada. Diputado César Burelo.

El diputado César Francisco Burelo Burelo(desde la curul): Gracias, diputado presidente. La emoción, yo creo que a todos nos está ganando. Una iniciativa tan patriota y nacionalista yo creo que marca precedente en esta Legislatura, al menos. Yo quisiera que fuera el inicio de una nueva etapa que nos lleve a mejorar, en todos los ámbitos, la vida pública de México.

Y yo quisiera proponer, además de sumarme a esta iniciativa, presidente, respetuosamente a toda la asamblea, por qué no de una vez modificamos el orden del día y lo sometemos a la aprobación, ya que veo el consenso mayoritario de toda la Cámara. Muchas gracias, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado, pero lo que podría traer como consecuencia legal eso, es que hubiera un elemento precisamente para desecharla. Hagamos que guarde el procedimiento legislativo correspondiente.

Me han solicitado la palabra el diputado Víctor Galicia, el diputado García Barrón. Diputado Galicia.

El diputado Víctor Manuel Anastasio Galicia Ávila(desde la curul): Gracias, presidente. Solamente para solidarizarme con lo expresado por mi vicecoordinador el licenciado José Ramón Martel.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Diputado García Barrón.

El diputado Óscar García Barrón(desde la curul): Señor presidente, reconocer el esfuerzo de todos los diputados de la Comisión de Agricultura y Ganadería que hace unos días hicimos presencia en los estados que tuvieron esta contingencia de heladas y que hicieron un esfuerzo con los productores y que hoy ese esfuerzo se ve cristalizado en el pleno de este Honorable Congreso de la Unión; y reconocer el esfuerzo también y las consideraciones de todos los coordinadores de los grupos parlamentarios por este apoyo.

Hoy Durango, hoy Sinaloa, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua y Nuevo León se ven favorecidos con el apoyo irrestricto de los diputados de esta honorable Legislatura. Agradezco y reconozco la sensibilidad de los 500 diputados, y que todo sea por el bienestar del campo mexicano. Muchas gracias, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Diputado Pérez de Alva Blanco.

El diputado Roberto Pérez de Alva Blanco(desde la curul): Gracias, presidente. Compañeros, de la misma manera el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza se suma con beneplácito a esta iniciativa.

Se suma con el beneplácito de que como representantes populares estamos dando una muestra a la nación de nuestro respaldo a las causas más nobles, a las causas más requeridas de justicia social, en este caso por los campesinos, y posteriormente por el pueblo de México.

No solamente en el espíritu, sino en la contundencia que marca el Poder Legislativo respecto de una situación tan comprensible, Nueva Alianza suscribirá plenamente lo que han expresado mis compañeros anteriormente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado. Diputado Emilio Serrano y diputado Mario di Costanzo.

El diputado Emilio Serrano Jiménez(desde la curul): Diputado presidente, usted ha visto la muestra de solidaridad de todos los grupos parlamentarios, de todas las diputadas y diputados en este caso de emergencia, pero por qué no aprovechamos, compañeras diputadas y compañeros diputados, para rescatar al campo. El campo se está muriendo, hay que rescatarlo para que el país de veras avance como se requiere. Es una muestra y sí lo podemos hacer.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, don Emilio. Diputado Di Costanzo.

El diputado Mario Alberto di Costanzo Armenta(desde la curul): Nada más presidente para precisar, desde luego conozco y reconozco su experiencia legislativa, pero me parece que se trata de un decreto, no de una iniciativa, por tanto, sí se puede votar en este momento.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Es una iniciativa con proyecto de decreto, diputado. Muchas gracias, señores diputados.

Quiero consignar para el Diario de los Debates el apoyo que ha recibido esta iniciativa con proyecto de decreto, de los grupos parlamentarios del PRI, del PAN, del Partido de la Revolución Democrática, del Partido Verde Ecologista de México, del Partido del Trabajo, del Partido de Convergencia y del Partido Nueva Alianza.

Con el apoyo unánime de los grupos parlamentarios, solicito a los señores diputados que deseen suscribir personalmente la iniciativa, pasen a la Secretaría a hacer lo propio.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para dictamen.



ARTICULO 74 CONSTITUCIONAL - LEY ORGANICA DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se recibió del diputado Ricardo Ahued Bardahuil, del Grupo Parlamentario del PRI, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 43 de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Iniciativa que reforma los artículos 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Ahued Bardahuil, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal Ricardo Ahued Bardahuil, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le confiere los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido en los numerales 6, fracción I, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

Durante los siglos XX y XXI, la relación entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo federales en México ha transitado por dos periodos diametralmente opuestos:

• Los gobiernos con mayorías emanados del partido hegemónico (Partido Revolucionario Institucional), que comprendió una larga etapa de la vida política del país, inició con la elección presidencial de Emilio Portes Gil (1928) y concluyó en la primera mitad del gobierno del doctor Ernesto Zedillo Ponce de León (1997), se distinguió por una relación de subordinación del Poder Legislativo hacia el Ejecutivo, debido a los poderes metaconstitucionales del presidente de la República, que además de ser jefe de Estado y jefe de gobierno, también era el jefe máximo del partido hegemónico.

• Los gobiernos sin mayorías, iniciaron con la conformación de la LVII Legislatura al Congreso de la Unión (1997-2000), cuando el partido del presidente perdió la mayoría de las curules en la Cámara de Diputados, iniciándose una etapa de claras divergencias entre ambos poderes.

María Amparo Casar e Ignacio Marván (2002: 9) realizan una diferencia entre gobiernos divididos y sin mayoría, conceptos vinculados intrínsecamente:

Gobiernos divididos se refiere a la situación en que el titular del Ejecutivo pertenece a un partido y la mayoría del Congreso a otro. De manera similar, gobiernos sin mayoría alude a la circunstancia en que ningún partido controla por sí solo 50 por ciento más uno de los asientos del Congreso o de alguna de sus Cámaras. La composición del Congreso puede variar según el número existente de partidos y las reglas que traducen el número de votos en curules; pero, para hablar de estos dos fenómenos, es condición necesaria que el partido del presidente no cuente con la mayoría de asientos parlamentarios.

Actualmente, México está transitando por la etapa de los gobiernos sin mayoría, porque ningún grupo parlamentario controla por sí solo el 50 por ciento más uno de los asientos del Congreso o de alguna de sus Cámaras.

Durante el periodo donde prevalecieron los gobiernos con mayoría, el procedimiento legislativo en materia presupuestaria —como el resto de las resoluciones que el Ejecutivo federal sometía al Congreso de la Unión o a una de sus Cámaras— se distinguió por un inexistente examen y discusión por parte de los diputados y senadores, aprobándolos prácticamente en sus términos.

Durante este largo periodo de la vida parlamentaria del país, el procedimiento legislativo para aprobar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos se desahogaba por la vía más simple: en el primer caso, el Ejecutivo federal enviaba a la Cámara de Diputados la Ley de Ingresos; ésta la aprobaba sin cambios o con mínimas modificaciones; la Cámara de Senadores avalaba lo aprobado por la Cámara de origen; el proyecto se remitía al Ejecutivo federal quién lo publicaba sin hacerle observaciones. Para el caso del proyecto de Presupuesto de Egresos, ocurría prácticamente lo mismo en la Cámara de Diputados, no olvidar que es un procedimiento unicamaral.

María Amparo Casar (2001: 2) afirma que con el arribo de los gobiernos sin mayoría, el marco normativo constitucional que rigió el procedimiento legislativo en materia presupuestaria tenía las siguientes limitaciones:

Obsoleto, porque su funcionamiento era ineficaz en un contexto en el que el predominio del partido del presidente había desaparecido, ya no estaba presente la certeza institucional de que el Congreso simplemente ratificaría las iniciativas presidenciales. Impreciso, porque no establecía con claridad qué ocurriría en el caso de que, llegada la fecha en que el nuevo presupuesto entrara en vigor (1 de enero), las iniciativas no hubiesen sido aprobadas [no existía ni existe la figura de la reconducción presupuestaria]. Inadecuado, entre otros motivos, porque no preveía incentivos a la negociación y aprobación presupuestal ni mecanismos que destrabaran un eventual no-acuerdo.

Tomando en consideración éstas y otras limitantes, en 2004, el órgano revisor de la Constitución (Congreso de la Unión y legislaturas de los estados) aprobó una reforma constitucional, para hacer a este procedimiento legislativo acorde con la nueva realidad política-parlamentaria del país. En términos de Casar, dejó de ser obsoleto, impreciso e inadecuado, impidiendo una parálisis financiera gubernamental, distendiendo la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo federal, al ampliar los tiempos para la negociación entre ambos actores.

Reyes Tépach (2010: 32) afirma que la reforma constitucional de 2004 corrigió por lo menos dos problemáticas que el procedimiento legislativo presentaba:

• Facultó a la Cámara de Diputados para que de manera expresa modifique el proyecto de Presupuesto. En el texto derogado de la reforma, solamente podía examinarlo, discutirlo y aprobarlo, actualmente, también puede modificarlo, siempre y cuando no trastoque los principios constitucionales ni de la planeación del desarrollo nacional.

• Amplió el calendario para la fase de aprobación del programa fiscal. En el texto derogado, el Ejecutivo federal tenía hasta el 15 de noviembre para hacer llegar a la Cámara de Diputados la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos. No se establecía un término constitucional para su aprobación, aunque la fecha límite se podía extender hasta el 31 de diciembre del año anterior al inicio del nuevo ejercicio fiscal. La Cámara de Diputados contaba entre 30 y 46 días para la aprobación el programa fiscal.

Con el texto vigente, el Ejecutivo federal envía el paquete fiscal a la Cámara de Diputados a más tardar el 8 de septiembre del año anterior al inicio del ejercicio fiscal. La Cámara de Diputados deberá aprobarlo a más tardar el 15 de noviembre, es decir, cuenta con 68 días para desahogar la fase de aprobación de este procedimiento.

La reforma constitucional en materia presupuestaria del 2004 desincentivo los factores de tiempo que pusieron en riesgo al país de un conflicto financiero-institucional entre el Ejecutivo federal y la Cámara de Diputados por la falta de aprobación del programa de gasto. En particular, la ampliación del calendario que rige su procedimiento legislativo mejoró los escenarios de negociación entre los actores que mantienen algún interés económico en materia presupuestaria.

Sin embargo, esta reforma no corrigió al menos cuatro problemáticas que aún persisten en el procedimiento legislativo en materia presupuestaria, y que se explican a continuación:

La facultad expresa para que el Ejecutivo federal observe el Presupuesto de Egresos

Alfredo del Valle Espinosa (2000) apuntaba que la Constitución no faculta expresamente al titular del Ejecutivo federal para hacer observaciones al proyecto de Presupuesto de Egresos, situación que requiere una pronta definición, dada la existencia de la siguiente antinomia constitucional en esta materia:

Por una parte, con base en el artículo 74, fracción IV Constitucional, se puede afirmar que el Ejecutivo federal no tiene poder de veto en materia presupuestaria, porque su aprobación es una facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, quien además puede hacerle todas las modificaciones que considere pertinentes. Por otra parte, el artículo 72 constitucional, inciso j) establece que el Ejecutivo de la Unión no puede hacerle observaciones a las resoluciones del Congreso o de alguna de las Cámaras, cuando ejerzan funciones de cuerpo electoral o de jurado, lo mismo que cuando la Cámara de Diputados declare que debe acusarse a uno de los altos funcionarios de la Federación por delitos oficiales.

Este último artículo constitucional dispone que únicamente en dos casos el Ejecutivo no puede hacer observaciones a las resoluciones del Congreso o de alguna de las dos Cámaras: cuando alguna de las Cámaras ejerzan funciones de colegio electoral (artículo 84 constitucional) o de jurado de sentencia (artículo 76 constitucional, fracción VII); y cuando la Cámara de Diputados acuse ante el Senado de la República juicio político (artículo 108 constitucional). En este sentido, afirmó Alfredo del Valle, se deduce que el resto de las resoluciones de las Cámaras sí podrán ser objeto de observaciones por parte del Ejecutivo, incluido el Presupuesto de Egresos, que es una resolución exclusiva de la Cámara de Diputados.

Dicha antinomia se presenta porque, de conformidad con el artículo 74, fracción IV, constitucional, la aprobación del Presupuesto de Egresos es una faculta exclusiva de la Cámara de Diputados, como consecuencia, el Ejecutivo federal no lo podría observar. Sin embargo, el artículo 72 Constitucional, inciso j) establece que el Ejecutivo federal puede observar todas las resoluciones del Congreso o de algunas de sus Cámaras, con las excepciones señaladas, y el proyecto de Presupuesto de Egresos es una resolución de la Cámara de Diputados, que tendría que estar sujeta a las observaciones del Ejecutivo federal.

La existencia de esta antinomia constitucional en materia del poder de veto presidencial al proyecto de Presupuesto de Egreso aprobado por la Cámara de Diputados, llevó a un conflicto institucional entre el Ejecutivo federal y la Cámara de Diputados durante el ejercicio fiscal 2005, puesto que el primero antepuso en la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional en materia presupuestaria.

El 17 de mayo de 2005, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la resolución de la controversia constitucional 109/2004. Después de revisar los posicionamientos de la Cámara de Diputados (la parte demandada) y del Ejecutivo federal (el actor), resolvió que el titular del Ejecutivo federal sí tiene facultad para vetar el presupuesto.

Sin embargo, como únicamente se cuenta con una tesis jurisprudencial en este sentido, es necesario que el Congreso de la Unión reforme la Constitución para definir expresamente si el Ejecutivo federal puede realizar observaciones al Presupuesto de Egresos aprobado por la Cámara de Diputados.

La reconducción presupuestaria

Con los gobiernos sin mayoría se abre la posibilidad que el presupuesto no esté aprobado en el término que establece la constitución, escenario que se podría exacerbar si se faculta expresamente al Ejecutivo federal para que realice observaciones al Presupuesto de Egresos, porque el procedimiento legislativo en esta materia se podría extender.

Frente a un escenario extremo de falta de consensos para la aprobación del presupuesto, no contamos con la reconducción presupuestaria, figura jurídica alternativa que podría autorizar al Ejecutivo federal para instrumentar su programa fiscal propuesto al Congreso de la Unión o prorrogar el paquete económico vigente hasta que el Congreso de la Unión apruebe la nueva Ley de Ingresos y la Cámara de Diputados el nuevo Presupuesto de Egresos.

En el hipotético escenario que el programa fiscal no se apruebe en los términos constitucionales, el texto vigente mandata que, de conformidad con el artículo 126 Constitucional, no podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el presupuesto o determinado por ley posterior. La excepción de este artículo se encuentra en el 75 constitucional que establece que la Cámara de Diputados, al aprobar el Presupuesto de Egresos, no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un empleo que esté establecido por la ley.

De una lectura conjunta de ambos artículos constitucionales, se concluye que si la Cámara de Diputados no aprueba el PEF, el Ejecutivo federal no tendría la autorización de este órgano legislativo para ejercer el presupuesto, porque no podría hacer ningún pago, con excepción de los señalados por el artículo 75 constitucional, que está relacionado con los sueldos de los trabajadores al servicio del Estado. La imposibilidad del Ejecutivo federal para ejercer el presupuesto vendría acompañada de una parálisis gubernamental.

La existencia de los Gobiernos sin mayoría pudiera exacerbar la relación entre los actores que intervienen en el procedimiento legislativo para la aprobación de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, porque bajo este escenario, los consensos no se alcanzan con facilidad. En este contexto, la reconducción presupuestaria es un mecanismo alternativo que podría prevenir una crisis financiera en el país.

La aprobación del presupuesto cuando el titular del Ejecutivo federal inicia su encargo

La aprobación del paquete presupuestario durante el año en que inicia su encargo el titular del Ejecutivo federal está regulado en el artículo 74, fracción IV, constitucional, a través del cual se establece que bajo este escenario, el Ejecutivo federal hará llegar a la Cámara de Diputados el proyecto de Presupuesto a más tardar el día 15 del mes de diciembre.

De este texto constitucional se desprenden las siguientes observaciones:

• No establece un término para la aprobación, aunque, de conformidad con el artículo 66 Constitucional, tácitamente se deduce que la Cámara de Diputados cuenta hasta el 31 de diciembre para hacerlo.

• Queda a discreción del titular del Ejecutivo federal entrante enviar el paquete económico a la Cámara de Diputados antes del 15 de diciembre, aunque considerando que la fecha en que toma posesión es el 1 de diciembre, podría enviar este paquete entre el 1 y el 15 de diciembre.

• El caso extremo es que lo envíe a la Cámara de Diputados el 15 de diciembre, de esta manera, este procedimiento legislativo se desarrolla en 16 días. El caso menos extremo es que envíe el programa fiscal el 1 de diciembre, la Cámara de Diputados tendrá 30 días para desahogar este procedimiento legislativo.

La única novedad en esta materia, se encuentra en el artículo 43 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que establece que en el año en que termina su encargo, el Ejecutivo federal deberá elaborar anteproyectos del proyecto de Presupuesto de Egresos en apoyo al presidente electo, incluyendo sus recomendaciones, a efecto de que éste último los presente a la Cámara de Diputados, a más tardar en la fecha y en los términos a que se refiere el artículo 74 Constitucional, fracción IV.

La existencia de este calendario estrecho pudiera generar que en el año en que inicia su encargo el titular del Poder Ejecutivo federal, en los términos del artículo 83 constitucional, el Congreso de la Unión y la Cámara de Diputados no tuviera el tiempo suficiente para aprobar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, respectivamente.

La renovación de los miembros que integran la Cámara de Diputados

Durante el año en que se renueva la totalidad de los miembros que integran la Cámara de Diputados, el procedimiento legislativo en materia presupuestaria presenta el siguiente problema:

De acuerdo con el artículo 4, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los artículos 65 y 66 de la Constitución, el Congreso se reunirá a partir del 1 de septiembre de cada año, para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias.

Asimismo, el artículo 43, numeral 1, de esta Ley Orgánica, establece que las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura.

Interpretando de manera conjunta ambos artículos de la Ley Orgánica, podemos afirmar que cuando se renueva la totalidad de los miembros que conforman la Cámara de Diputados, éstos inician sus trabajos legislativos el 1 de septiembre y tienen como fecha límite para conformar sus comisiones ordinarias hasta el 30 de septiembre.

Particularmente, la Comisión de Hacienda y Crédito Público, cuando inicia sus funciones la nueva legislatura de la Cámara de Diputados, por ser ordinaria, tiene como fecha límite para su conformación el 30 de septiembre. Por su parte, de conformidad con el artículo 74 constitucional, fracción IV, el Ejecutivo federal deberá presentar a la Cámara de Diputados el paquete económico a más tardar el 8 de septiembre.

Durante el primer mes de actividades de la Cámara de Diputados de la nueva legislatura, el inicio del examen, discusión, modificación en caso de ser necesario y aprobación de la miscelánea fiscal y la Ley de Ingresos tienen que esperar aproximadamente 22 días, porque la Comisión de Hacienda y Crédito Público encargada de realizar estos dictámenes no está conformada.

Dado el carácter piramidal del procedimiento legislativo en materia presupuestaria, por la falta de conformación de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, el inicio de procedimiento legislativo en materia de Ley de Ingresos se retrasa, afectando el resto del calendario establecido en la Constitución y en la LFPRH en materia de aprobación del Presupuesto de Egresos.

Durante el primer año de ejercicio, la Cámara de Diputados cuenta únicamente con 20 días naturales para aprobar la Miscelánea Fiscal y la Ley de Ingresos, contrario a lo que ocurre en su segundo y tercer año de actividades, en los que cuenta con 42 días para aprobar dichos dictámenes. Evidentemente, si no aprueba los dictámenes en la fecha establecida en el artículo 42 de la LFPRH, el procedimiento para aprobar el Presupuesto de Egresos se retrasa. Sin embargo, se puede cumplir con el calendario definido en la Ley, en menoscabo de la calidad del análisis y del nivel de discusión requerida para un ordenamiento de esta naturaleza.

Una solución a esta problemática es reformar el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que de manera excepcional, la Comisión de Hacienda y Crédito Público quede conformada durante la primera semana del primer mes de ejercicio de la nueva legislatura, de esta manera, cuando se envíe el paquete económico en los términos del artículo 74 constitucional, fracción IV, la comisión ordinaria facultada para dictaminar la miscelánea fiscal y la Ley de Ingresos ya esté conformada.

Por lo expuesto, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Primero. Se reforman el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

I. a III. ...

IV.Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo. Asimismo, podrá autorizar en dicho Presupuesto las erogaciones plurianuales para aquellos proyectos de inversión en infraestructura que se determinen conforme a lo dispuesto en la ley reglamentaria; las erogaciones correspondientes deberán incluirse en los subsecuentes Presupuestos de Egresos.

El Ejecutivo federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el 8 de septiembre, debiendo comparecer el secretario de despacho correspondiente a dar cuenta de éstos. La Cámara de Diputados deberá aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre. Si el Ejecutivo federal no tuviera observaciones lo promulgará y publicará en los términos del artículo 42, fracción VI de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El Ejecutivo federal podrá formular observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación dentro de los diez días útiles siguientes a su aprobación. Si el proyecto de decreto fuese desechado en parte por el Ejecutivo federal, éste será devuelto con sus observaciones a la Cámara de Diputados, quién examinará y discutirá nuevamente el proyecto en la parte desechada, dentro de los siguientes diez días naturales, sin poder alterarse en alguna manera los artículos aprobados. Si en la Cámara de Diputados se confirman por el voto de las dos terceras partes de los legisladores totales, el proyecto será decreto y se devolverá al Ejecutivo federal para su promulgación y publicación.

Si el proyecto fuera observado por el Ejecutivo federal en su totalidad, sin que se superen dichas observaciones en el plazo antes previsto, se prorrogará el presupuesto de egresos de la federación vigente, hasta en tanto no se expida el nuevo presupuesto. Si para el 31 de enero del año posterior a la presentación de la iniciativa no se hubiera aprobado y expedido el nuevo presupuesto, se considerará prorrogado definitivamente el presupuesto del ejercicio fiscal recién concluido, haciéndose los ajustes necesarios atendiendo a las necesidades del ejercicio fiscal que corresponda, en los términos que disponga la ley.

Cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, el Ejecutivo federal hará llegar a la Cámara la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el 15 de diciembre.

Si para el último día de febrero del año posterior a la presentación de la iniciativa, el presupuesto de egresos de la federación no se ha aprobado ni expedido, se considerará prorrogado definitivamente el presupuesto del ejercicio fiscal recién concluido, haciéndose los ajustes necesarios atendiendo a las necesidades del ejercicio fiscal que corresponda, en los términos que disponga la ley.

No podrá haber otras partidas secretas, fuera de las que se consideren necesarias, con ese carácter, en el mismo presupuesto; las que emplearán los secretarios por acuerdo escrito del presidente de la República.

Quinto párrafo. (Se deroga)

Sexto párrafo. (Se deroga)

Séptimo párrafo. (Se deroga)

Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos y del Proyecto de Presupuesto de Egresos, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el Secretario del Despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven;

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos:

Articulo 43.

1. Las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura, tendrán hasta treinta miembros y el encargo de sus integrantes será por el término de la misma. Los diputados podrán pertenecer hasta tres de ellas; para estos efectos, no se computará la pertenencia a las comisiones jurisdiccional y las de investigación. En el año en que se elija a la Cámara de Diputados y no concurra con la elección del titular del Ejecutivo federal y de la Cámara de Senadores, la Comisión de Hacienda y Crédito Público se constituirá a más tardar el 7 del primer mes de ejercicio de la legislatura.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota:

1 Este procedimiento es piramidal, porque para aprobar la Ley de Ingresos, primero se debe aprobar la miscelánea fiscal; y para aprobar el Presupuesto de Egresos, primero se debe aprobar la Ley de Ingresos.

Bibliografía

Casar, María Amparo (2001). El proceso de negociación presupuestal en el primer gobierno sin mayoría: un estudio de caso. México, DF. Programa de Presupuesto y Gasto Público del CIDE y la Fundación Ford. México, DF.

Casar, María Amparo e Ignacio Marván, coordinadores (2002). Gobernar sin mayoría. México 1867-1997. México, DF. CIDE-Taurus. Primera Edición. México, DF.

Del Valle Espinosa, Alfredo (2000). Derecho procesal legislativo.Diplomado en Derecho Parlamentario. Módulo VII. Instituto de Investigaciones Legislativas de la Cámara de Diputados. México, DF.

Reyes Tépach M (2010). El procedimiento legislativo en materia de Ley de Ingresos, Presupuesto de Egresos de la Federación y procedimiento para la fiscalización superior de la Cuenta Pública.SE-ISS-25-10. Cámara de Diputados. LXI Legislatura. Servicios de Investigación y Análisis. México, DF.

Leyes y resoluciones

Cámara de Diputados. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf

Cámara de Diputados. Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.Disponible enhttp://www.diputados.gob.mx/ LeyesBiblio/doc/168.doc

Cámara de Diputados. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPRH.pdf

Suprema Corte de Justicia de la Nación, Controversia constitucional 109/2004, relacionado con la facultad que tiene el titular del Poder Ejecutivo para hacer observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación. Oficio número 2193, Subsecretaría General de Acuerdos. 27 de mayo de 2005.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2011.— Diputado Ricardo Ahued Bardahuil (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen



LEY GENERAL DE SALUD

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Del diputado José del Pilar Córdova Hernández se recibió iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Iniciativa que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI

José del Pilar Córdova Hernández, diputado federal de la LXI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se modifica el párrafo quinto de la Ley General de Salud de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

1. Las niñas y los niños mexicanos representan la esperanza del futuro de nuestro país, ya que serán ellos quienes dirijan, administren y cuiden de México. Por ello es preponderante que en el presente trabajemos en la búsqueda de su protección, seguridad, educación e integridad. La leyes deben estar encaminadas a garantizar a los menores un desa-rrollo integral y una vida saludable.

2. La salud de los niños ha sido tema de discusión en muchas ocasiones en la tribuna de la Cámara de Diputados, y es que estamos conscientes de que lo más importante es que estén sanos y fuertes para que crezcan con todas las oportunidades posibles; cuando un niño se enferma lo primordial debe ser que reciba la mejor atención médica posible y que no exista nada que se interponga en su inmediato cuidado.

3. En este contexto la Ley General de Salud establece en elartículo 36 que se eximirá del cobro de las cuotas de recuperación por concepto de atención médica y medicamentos a todo menor a partir de su nacimiento hasta cinco años cumplidos, sin embargo coloca a la vez dos restricciones: la primera es que el menor no deberá ser derechohabiente de alguna institución del sector salud; y la segunda es que la familia debe encontrarse en un nivel de ingresos bajos (los tres últimos deciles establecidos por la Secretaría de Salud).

4. Si bien es importante la economía de las instituciones médicas, también lo es y aún más, la salud de los menores, y es obligación del Estado procurar que las y los niños del país cuenten con la atención necesaria para su salud y sano desarrollo, por ello, se debe establecer en la Ley que los menores de 5 años, en ningún caso pagarán por los servicios médicos recibidos en instituciones públicas.

5. Esta modificación es en relación a los servicios que indica la fracción primera del artículo 34 de la Ley General de Salud, por lo que también se propone colocar dicha especificación en el párrafo a reformar.

6. En todo el mundo la protección de la salud de las y los niños es motivo de legislación especial, tenemos como ejemplo a Bolivia, que establece, como obligación del Estado, proteger la salud, física y metal de la infancia; Colombia que instaura atención médica gratuita a menores de un año; El Salvador y Guatemala dictan que el Estado protegerá la salud física, mental y moral de los menores. En Nicaragua es aún más evidente la protección a los menores ya que sus leyes garantizan la gratuidad de la salud para los sectores vulnerables de la población, priorizando el cumplimiento de los programas materno-infantil.

7. En México ya hemos dado los primeros pasos, ya que en el artículo 4o. constitucional se establece, en forma genérica, que los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral; en la Ley General de Salud como ya se mencionó se exime del cobro por servicios de salud y medicinas a los menores de 5 años que demuestren que no tienen recursos, sin embargo la presente propone que se eliminen las restricciones o condicionamientos para que la atención médica del niño sea gratuita en todas las instituciones de salud del país a las que se refiere la fracción primera del artículo 34 de la misma ley, garantizando así el pleno desarrollo de las niñas y los niños mexicanos.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se modifica el párrafo quinto del artículo 36 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:

Artículo 36. Del párrafo 1 al 4...

En los servicios indicados en la fracción primera del artículo 34 de la presente ley,se eximirá del cobro de las cuotas de recuperación por concepto de atención médica y medicamentos a todo menor a partir de su nacimiento hasta cinco años cumplidos, sin excepción alguna.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputado José del Pilar Córdova Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PUBLICO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Del diputado Jorge Humberto López Portillo Basave se recibió iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Iniciativa que reforma los artículos 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a cargo del diputado Jorge Humberto López Portillo Basave, del Grupo Parlamentario del PRI

Jorge Humberto López Portillo Basave, diputado a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de la facultad que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39, numeral 3, 40, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 77 y 182 y cumpliendo con los requisitos del artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto.

Exposición de Motivos

Las reformas realizadas al Código Penal Federal, son transcendentales, al preceptuar penas más severas para los sujetos activos del delito, además de clasificar adecuadamente los delitos sexuales relacionado con menores de edad, es evidente que el propósito de la reforma fue otorgar mayor certeza jurídica respecto de la protección de los menores víctimas de este delito, al sancionar severamente a los actores.

En ese tenor, se aumentó al doble la pena para los sujetos activos del delito, incluyendo también a los ministros del culto religioso, disposición que es acertada, sin embargo todavía es incompleta considerando que en la norma que rigen la actividad de culto religioso no se contempla el destituir o inhabilitar a los ministros involucrados en delitos sexuales contra menores edad.

Aun que si bien es, que en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, que contempla las disposiciones jurídicas que regula los derechos y obligaciones respecto de las actividades de las asociaciones religiosas como la de sus ministros, no contempla ni prohibiciones ni sanción alguna para aquellos ministros que cometan algún delito en materia sexual en contra de menores, lo cual denota una ambigüedad en la ley de culto respecto a la situación jurídica de los ministros.

Por tanto si la ley no contempla sanciones para destituir o inhabilitar a los ministros de culto en materia de delitos sexuales en contra de menores, no cumple con el principio de legalidad, ni con el de igualdad de todos los gobernados ante la Ley, tomando en cuenta que si el delitos sexual es realizado por alguna persona cuya relación con la victima implique subordinación, relación laboral, docencia o personas que se valgan de su función pública serán sancionados con la destitución o inhabilitación, por tanto los ministros de culto no están exentos de ser destituidos por cometer delitos en contra de menores.

Sin embargo debemos recordar que las normas de conducta se caracterizan por ser heterónomas, bilaterales, coercible consiste está en ser exigibles por medio de sanciones tangibles y el externo, de ahí que la finalidad de la norma es evitar que se violen las condiciones de convivencia y en especial, el dañar ciertos bienes jurídicos tutelados, en este caso la dignidad humana, lo cual se traduce en la libertad que tienen todo ser humano que se le garantice el pleno y armónico desarrollo de su personalidad.

En ese tenor el Estado tiene la potestad, a través del Poder Legislativo, de imponer sanciones a todos los individuos incluso a los ministros de culto pudiéndolos inhabilitar, retirar o cesar para desempeñar su oficio, profesión o actividad social, al considerarlos penalmente responsables de la comisión de delitos en materia sexual contra menores que se contemplan en los Títulos Octavo y Décimo Quinto del Código Penal Federal, considerando que la aplicación de la ley es general y no personal sólo para algunos gobernados.

Actualmente la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público no contempla ninguna disposición para destituir o inhabilitar a los ministros de culto religioso, aunque el artículo 29 de la ley establece las infracciones, no se preceptúa ninguna sanción en la misma, lo cual se traduce en una impunidad frente a los demás gobernados, al no ser inhabilitados por los delitos que comenten como ministros de culto.

De ahí que el objeto de la presente iniciativa sea adicionar una fracción XIV al artículo 29 para establecer que son infracciones la comisión de delitos sexuales en contra de menores de edad, recorriéndose en su orden cronológico las demás fracciones; adicionar una fracción IV al artículo 30 estableciendo que al ser condenado por sentencia firma, no se sujetara al procedimiento indicado en este articulo, aplicando la sanción de destitución inmediatamente; adicionar dos fracciones al artículo 32 fracción VI consagrar que será, motivo de destitución del ejercicio del ministerio, el ser condenado por sentencia firme de delitos sexuales en contra menores de edad, consagrados en el Título Octavo y Décimo Quinto del Código Penal Federal, fracción VII, será motivo de cancelación del registro a la asociación que no informe por escrito a la Secretaría de Gobernación, la publicación de la destitución del ministro de culto en todo el país en un término de 30 días; adicionar un último párrafo. Los servidores públicos que no apliquen las infracciones y sanciones de la presente ley, se les sancionará de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y con el Código Penal Federal, todos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

Independientemente que el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, contempla las infracciones en la que incurren los ministros de culto religioso es idóneo que consagre los delitos sexuales cometidos contra menores de edad, así mismo el artículo 32 de la ley citada establece las sanciones a las que se harán acreedores los ministros, por tanto el precepto deberá contemplar que cuando un ministro sea sentenciado culpable por algún delito sexual contra menores este será destituido como ministro de culto.

Considerando que el ministro de culto fue juzgado por la autoridad judicial, consecuentemente la Secretaría de Gobernación no tiene más que acatar la sentencia y destituir inmediatamente al ministro de culto.

Ahora bien, es preciso mencionar que el culto religioso es una actividad de carácter eminentemente social o puede ser una profesión u oficio, de ahí que la investidura de ministro no genera impunidad, que además lacera cada vez más el Estado de derecho, respecto de la equidad y la justicia.

Es de precisar que la actividad religiosa de cualquier índole, como profesión, oficio o simplemente el estatus de la persona de ejercer el ministerio, como ministros de culto los somete a ser sujetos de la Supremacía de la Ley, la cual les concede derechos y obligaciones, de ahí que el hecho de ser ministro no otorga ningún fuero para que cometan actos ilícitos convirtiéndolos en inmunes ante la ley.

En ese tenor, los ministros de culto son sujetos de derecho, de ahí que su actividad ante el Estado los considera como una profesión, reconocida en el artículo 13 la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

Para dar congruencia con lo preceptuado en el código penal federal que establece en su artículo 205 bis párrafo tercero la destitución de los ministros de culto, es necesario que se contemple también en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público que será motivo de destitución los delitos sexuales en contra de menores, cometidos por ministro en basado con el principio de exacta aplicación de la ley, por encontrarse ambos en igual lugar dentro de sus respectivos parámetros, lo que se traduce en el principio de igualdad jurídica, ya que no les eximen en ningún caso del cumplimiento de la ley, toda vez que no se puede alegar motivos religiosos para evitar la responsabilidad y obligaciones prescritas en las leyes, de ahí que las leyes se les debe de aplicar con independencia de ser ministro de culto o no.

Lo anterior es para no dar la impresión que los ministros de culto se rigen por una ley especial, se hace conveniente contemplar las prohibiciones como sanciones aplicables a cualquier ministro que viola las leyes de carácter general.

De lo antes expuesto y en uso de las atribuciones citadas en el proemio de este documento, someto a la consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan, una fracción XIV al artículo 29, una fracción IV al artículo 30, dos fracción al artículo 32 fracción VI, VII y un último un párrafo, de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, para quedar como sigue:

Artículo 29. ...

I. a XIII. ....

XIV. La comisión de los delitos contemplados en el Título Octavo y Décimo Quinto del Código Penal Federal.

XV. Las demás que se establecen en la presente ley y otros ordenamientos aplicables.

Articulo 30. ...

I. a III.

IV. Cuando se condene por sentencia firma, no se sujetara al procedimiento indicado en este articulo, por tanto la sanción de destitución es inmediata.

Artículo 32. ...

I. a V. ...

VI. Destitución del ejercicio del ministerio, cuando el ministro sea condenado culpable por sentencia firme de los delitos consagrados en el Título Octavo y Décimo Quinto del Código Penal Federal.

VII. Se cancelará el registro a la asociación religiosa que no destituya inmediatamente al ministro condenado culpable por sentencia firme; asimismo, informara a la Secretaría de Gobernación la publicación de la destitución del ministro de culto en todo el país en un término de 30 días.

...

...

Los servidores públicos que no apliquen las infracciones y sanciones de la presente ley, se les sancionará de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y con el Código Penal Federal.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se deroga cualquier disposición contraria a lo establecido en este decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 17 de marzo de 2011.— Diputado Jorge Humberto López-Portillo Basave (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL - LEY GENERAL DE EDUCACION - LEY GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA - LEY GENERAL DE SALUD

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Del diputado Francisco Saracho Navarro se recibió iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, de la Ley General de Educación, de la Ley General de Infraestructura Física Educativa y de la Ley General de Salud.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales de Protección Civil, de Educación, de la Infraestructura Física Educativa, y de Salud, a cargo del diputado Francisco Saracho Navarro, del Grupo Parlamentario del PRI

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos, 6o. fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el de la voz, diputado Francisco Saracho Navarro en nombre de los diputados federales de Coahuila, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura, presento a esta honorable soberanía la presente iniciativa, que contiene proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, la Ley General de Educación, la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y la Ley General de Salud al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El orden y estabilidad social constituyen una percepción subjetiva derivada de las condiciones propias de seguridad que se manifiestan en un territorio y momento determinado. La búsqueda por alcanzar este concepto constituye un continuo anhelo de las personas y se asocia directamente con el bienestar y desarrollo social de una comunidad.

El crecer y desarrollarnos dentro de un clima de tranquilidad y prosperidad es un deseo permanente en cada uno de los habitantes de México, sin embargo, obtener ese estado de paz se presenta como un anhelo cada vez más lejano, debido al incremento de los índices de violencia.

En efecto, este fenómeno de violencia generalizada se ha convertido en una problemática mundial; de acuerdo al Índice Global de Paz 2001 que evalúa una muestra de 149 países, lo que representa el 99 por ciento de la población mundial y más de 87 por ciento de los territorios habitados, las tasas de homicidio y el crimen violento han aumentado en todo el mundo, particularmente por lo que hace a América Latina.

México es uno de los países que es evaluado, los resultados obtenidos por nuestro país son por demás preocupantes. A lo largo de cuatro años, México ha retrocedido 28 peldaños en relación con su primera evaluación en 2007.ello demuestra que los niveles de inseguridad y violencia de nuestro país se han ido incrementado año con año, al grado de compartir el mismo escalafón de países como Arabia Saudita, y encontrarse por debajo de naciones como El Congo o Irán, ubicándonos dentro del 30 por ciento de países con peor evaluación.

Como puede observarse, nuestro sistema de seguridad y justicia atraviesa por grandes dificultades, en efecto, sus mayores debilidades se reflejan en la protección y seguridad que el Estado brinda a su población, lo que constata a través de los siguientes indicadores:

El resultado de este análisis global es grave y perceptible, los mexicanos hemos sido víctimas y testigos del recrudecimiento del crimen y la violencia. Secuestros, homicidios y enfrentamientos armados entre autoridades y delincuentes constituyen la noticia diaria, generando con ello indignación e intranquilidad entre los ciudadanos.

Sin embargo, frente a la necesidad de continuar desarrollando sus labores diarias y pese al riesgo al que se expone, la sociedad ha tenido que generar de forma paralela a los esfuerzos de las autoridades, métodos alternos de supervivencia que le permitan seguir con sus actividades regulares.

Como autoridades, es nuestro deber desplegar acciones que permitan a la sociedad el continuar con sus labores dentro de un ambiente de resguardo y protección, a fin de minimizar en lo posible los efectos colaterales de este “estado de guerra” en que nos encontramos.

Es así como debemos enfocar gran parte de nuestros esfuerzos en proteger y salvaguardar la integridad y seguridad de aquellos sectores y espacios que, por su propia naturaleza, resultan más vulnerables al ataque directo e indirecto de esta lucha contra el crimen.

Los menores y jóvenes estudiantes son uno de tantos grupos sensibles ante las circunstancias de violencia que se viven actualmente. Al encontrarse gran parte de su día en centros educativos y de estudio se vuelve sujetos de alto riesgo de ser foco de agresiones a cargo de miembros de la delincuencia organizada.

Las escuelas y planteles estudiantiles se han vuelto puntos sensibles de sufrir las consecuencias directas o indirectas de los ataques y enfrentamientos armados. Los centros educativos en México, se han visto inmersos en revueltas y confrontaciones de grupos armados con trágicas consecuencias ante la incapacidad y desconocimiento de las acciones a seguir para minimizar riesgos. Estudiantes de Nuevo León, Chihuahua y Durango, entre otras entidades, han sido víctimas colaterales de esta guerra emprendida.

De igual manera, los centros de salud, cuya labor por sí misma los pone en riesgo de sufrir ataques directos de los delincuentes, al atender a miembros de las células delictivas.

En el mismo sentido que los centros educativos, los centros de salud requieren contar con las medidas adecuadas para hacer frente a las distintas situaciones a que se ven expuestos. Para ello, la mejor herramienta lo constituyen los planes de contingencia ante la posible presencia de disturbios.

A través de las medidas de prevención podemos minimizar los riesgos en los centros de salud y educativos, y sus alrededores más próximos, salvaguardando la integridad física y mental de los trabajadores, pacientes, alumnos y personal en general, evitando mayores riesgos y daños a la población civil.

Así pues, conscientes del problema de inseguridad que enfrentamos a consecuencia del incremento en los niveles de violencia, resulta necesario que sociedad y gobierno actuemos de manera coordinada, eficaz e inmediata, a fin de disminuir el margen de impacto negativo y colateral que estas circunstancias despliega.

La presente iniciativa con proyecto de decreto propone la elaboración e implementación de planes de contingencia para hacer frente a posibles disturbios que pudieran presentarse principalmente en los centros educativos y de salud, dada la vulnerabilidad de quienes se encuentran en los mismos; a fin de que las autoridades federales puedan implementar acciones de respuesta eficaz, que se reflejen en la protección de la población civil respecto de riesgos que pudieran ocasionar amenazas de atentados o ataques, despliegue de las fuerzas de seguridad, terrorismo, interrupción de servicios básicos, bloqueos a las vías terrestres de comunicación y cualquier otra acción de naturaleza análoga.

Por lo descrito, se presenta ante esta honorable asamblea para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Primero. Se adiciona una fracción XIX y se recorre la fracción XIX actual para quedar como XX del artículo 12, se adiciona una fracción IX y se recorre la fracción IX actual para quedar como X del artículo 16, se adiciona una fracción III y se recorre la fracción III actual para quedar como IV del artículo 39; se adicionan la fracción XXIII al artículo 3 y la fracción IX del artículo 10 de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:

Artículo 3o. ...

XXIII. Disturbios: Las contingencias que pudieran presentarse derivadas de amenazas de atentados o ataques, despliegue de las fuerzas de seguridad, terrorismo, interrupción de servicios básicos, bloqueos a las vías terrestres de comunicación y cualquier otra acción de naturaleza análoga que pudiera poner en riesgo la salud, seguridad, así como la integridad de las personas.

Artículo 10. ...

...

...

I. a VIII. ...

IX. El establecimiento y difusión de programas/planes de contingencia de disturbios dentro de los centros educativos y de salud.

Artículo 12. ...

I. a XVIII. ...

XIX. Establecer los lineamientos y criterios para la elaboración e implementación de los planes de contingencia de disturbios en centros educativos y de salud; y

XX. Las demás que la ley le señale o le asignen el Presidente de la República y el Consejo Nacional.

Artículo 16. ...

I. a VIII. ...

IX. Proponer políticas y estrategias para la elaboración, implementación y difusión de los planes de contingencia de disturbios en centros educativos y de salud;

X. Las demás atribuciones afines a éstas que le encomiende el Titular del Ejecutivo Federal.

Artículo 39. ...

I. y II. ...

III. En coordinación con las autoridades educativas competentes, emitir los avisos de suspensión de clases en caso de disturbios;

IV. Las demás que en materia de protección civil determinen las disposiciones reglamentarias y la legislación local correspondiente, tendientes a evitar que se generen o sigan causando riesgos

...

Segundo. Se modifican la fracción X del artículo 7, el primer párrafo del artículo 42, se adicionan dos fracciones la XIII y XIV y se recorre la fracción XIII para quedar como XV del artículo 14; la fracción VIII al artículo 65 y la fracción XVII del artículo 75 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 7o. ...

I. a IX. ...

X. Desarrollar actitudes solidarias en los individuos y crear conciencia sobre la autoprotección, preservación de la salud y la integridad física, el ejercicio responsable de la sexualidad, la planeación familiar y la paternidad responsable, sin menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidad humana, así como propiciar el rechazo a los vicios y adicciones, fomentando el conocimiento de sus causas, riesgos y consecuencias;

XI. a XVI. ...

Artículo 14....

I. a XII. ...

XIII. Promover e impulsar en el ámbito de su competencia la elaboración e implementación de los planes de contingencia de disturbios ;

XIV. En coordinación con las autoridades de seguridad pública y protección civil, emitir avisos de suspensión de clases con motivo de disturbios, y

XV. Las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.

...

Artículo 42. En la impartición de educación para menores de edad se tomarán medidas que aseguren al educando la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad, y que la aplicación de la disciplina escolar sea compatible con su edad. Asimismo deberán elaborarse e implementarse los planes de contingencia de disturbios, que para tal efecto emitan las autoridades competentes.

...

Artículo 65. ...

I. a VII. ...

VIII. Conocer los planes de contingencia de disturbios y coadyuvar en la implementación de los mismos.

Artículo 75....

I. a XVI. ...

XVII. Incumplir con las disposiciones previstas en los planes de contingencia de disturbios.

...

Tercero. Se reforman el primer párrafo del artículo 7, el artículo 11, la fracción XIV del artículo 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, para quedar como sigue:

Artículo 7. La infraestructura física educativa del país deberá cumplir requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad y pertinencia, de acuerdo con la política educativa determinada por el Estado -Federación, estados, Distrito Federal y municipios-, con base en lo establecido en el artículo 3o. constitucional; la Ley General de Educación; las leyes estatales de educación y del Distrito Federal; el Plan Nacional de Desarrollo; el Programa Sectorial; los programas educativos estatales y del Distrito Federal, los programas de desarrollo regional, así como los planes de contingencia de disturbios, previstos en la Ley General de Protección Civil.

...

Artículo 11. En la planeación de los programas y proyectos para la construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción y habilitación de la INFE deberán cumplirse las disposiciones de la Ley Federal de las Personas con Discapacidad y las leyes en la materia de las entidades federativas. Asimismo, atenderá las necesidades de las comunidades indígenas y las comunidades con escasa población o dispersa, y tomará en cuenta las condiciones climáticas y la probabilidad de contingencias ocasionadas por desastres naturales, tecnológicos, humanos derivadas de amenazas de atentados o ataques, despliegue de las fuerzas de seguridad, terrorismo, interrupción de servicios básicos, bloqueos a las vías terrestres de comunicación y cualquier otra acción de naturaleza análoga que pudiera poner en riesgo la salud, seguridad, así como la integridad de las personas.

Artículo 19. ...

I. a XIII. ...

XIV. Coordinar, en los términos que señale la ley, las actividades derivadas de la prevención y atención de daños causados a la INFE por desastres naturales, tecnológicos o humanos derivadas de amenazas de atentados o ataques, despliegue de las fuerzas de seguridad, terrorismo, interrupción de servicios básicos, bloqueos a las vías terrestres de comunicación y cualquier otra acción de naturaleza análoga que pudiera poner en riesgo la salud, seguridad, así como la integridad de las personas.

Cuarto. Se adiciona una fracción XV y se recorre la fracción XV actual para quedar como XVI del artículo 7, se modifica el artículo 54 y la fracción V del artículo 90 de la Ley General de Salud.

Artículo 7o. ...

I. a XIV. ...

XV. Proponer políticas y estrategias para la elaboración, implementación y difusión de los planes de contingencia de disturbios previstos en la Ley General de Protección Civil; y

XVI. Las demás atribuciones, afines a las anteriores, que se requieran para el cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Salud, y las que determinen las disposiciones generales aplicables.

Artículo 54. Las autoridades sanitarias competentes y las propias instituciones de salud, establecerán procedimientos de orientación y asesoría a los usuarios sobre el uso de los servicios de salud que requieran, los mecanismos para que los usuarios o solicitantes presenten sus quejas, reclamaciones y sugerencias respecto de la prestación de los servicios de salud y en relación a la falta de probidad, en su caso, de los servidores públicos, así como la información relacionada con el plan de contingencia de disturbios, en los términos de la fracción XV del artículo 7 de esta Ley. En el caso de las poblaciones o comunidades indígenas las autoridades sanitarias brindarán la asesoría y en su caso la orientación en español y en la lengua o lenguas en uso en la región o comunidad.

Artículo 90. ...

I. a IV. ...

V. La implementación y difusión de los planes de contingencia de disturbios.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se otorga un plazo de sesenta días naturales para que la Secretaría de Gobernación elabore las disposiciones necesarias para la implementación del presente decreto.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Notas:

1 Global Peace Index 2010, Vision of Humanity, http://www.visionofhumanity.org/gpi-data/#/2010/scor/

2 El Congo, lugar 102; Irán, lugar 104.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputados: Francisco Saracho Navarro, Héctor Franco López, Melchor Sánchez de la Fuente, Diana Patricia González Soto, Josefina Rodarte Ayala, Héctor Fernández Aguirre, Hugo Héctor Martínez González, Tereso Medina Ramírez, Noé Fernando Garza Flores (rúbricas).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, Educación Pública y Servicios Educativos y de Salud, para dictamen.



CODIGO PENAL FEDERAL

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Del diputado Gerardo del Mazo Morales se recibió iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 381 del Código Penal Federal.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Iniciativa que reforma el artículo 381 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Gerardo del Mazo Morales, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Gerardo del Mazo Morales, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6.1.I, 77.1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XVIII al artículo 381 del Código Penal Federal, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Trasladar de manera rápida, efectiva y segura a personas o bienes es uno de los retos a que se enfrenta la industria del transporte en México.

De acuerdo con datos emitidos por la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga, el problema de la inseguridad ha crecido, pues en lo que va del año los robos y asaltos a transportistas van en vertiginoso aumento, y se argumenta que ahora los delincuentes no se conforman con llevarse la carga sino que también los despojan de la unidad, ya sea para comercializarla entera en Sudamérica o venderla por partes en México.

El incrementó es de aproximadamente 40 por ciento. Las entidades de mayor riesgoso son Michoacán, Jalisco, Veracruz y Distrito Federal.

Los problemas de inseguridad en las carreteras federales se siguen presentando con frecuencia. Para combatir el problema es necesario redoblar esfuerzos a fin de imprimirle mayor cobertura por las autoridades encargadas de la seguridad pública. La forma de operar de los delincuentes es mediante la intersección de las unidades por las bandas, las que han encontrado en este sector una industria que les permite obtener ganancias importantes, en detrimento del transporte público directa e indirectamente contra la economía de los mexicanos.

Este argumento se sustenta porque los transportistas tienen que contratar o adquirir mecanismos que les permitan combatir el delito, como contratar servicios de seguridad privada, custodia de mercancía o instaurar dispositivos de localización satelital, todo ello con la finalidad de disminuir los delitos. Estas medidas provocan alza de los costos, y esto se refleja en los precios al consumidor y, por ende, en los bolsillos de toda la sociedad. Por ello, la seguridad en las carreteras del país es trascendental para la economía del país, pues 43 por ciento de las importaciones y exportaciones se realiza a través del autotransporte de carga.

De acuerdo con la Asociación Nacional del Transporte Privado, debido a la proporción del crecimiento del parque vehicular, en los últimos meses se han incrementado el robo, el asalto y los accidentes al autotransporte de carga, pasaje y turismo. Por ello se creó el Programa Nacional de Seguridad en Carreteras 2007-2012, centrado en salvaguardar la seguridad de los usuarios de las vías generales de comunicación terrestres, prevenir la comisión de delitos, prestar auxilio en su tránsito por ellas, expedir infracciones por violación de las disposiciones legales y reglamentarias relativas a su uso y aprovechamiento, además de tomar conocimiento de los accidentes que se registren en carreteras, para abatir la incidencia delictiva y la siniestralidad.

Entre las estrategias esenciales del plan se encuentran disminuir los índices de accidentes y delitos en los caminos de jurisdicción federal, mediante dispositivos de inspección y vigilancia derivados del análisis del diagnóstico general y particular de la problemática, para aplicar las estrategias y tácticas policiales que garanticen la seguridad pública en las vías terrestres de comunicación del país, además de fomentar la seguridad en el transporte y en los usuarios del sistema nacional de carreteras mediante la aplicación de un plan específico de atención.

Los sistemas de seguridad que favorecen mayor monitoreo son los sistemas de transporte inteligente (ITS, por sus siglas en inglés), tecnologías cuyo fin primordial es aumentar la eficiencia y la seguridad del transporte por carretera. Mediante elementos de electrónica avanzada, comunicaciones y sistemas informáticos, proporcionan intercambio de información, en tiempo real, entre los conductores y las autopistas.

Entre los beneficios que otorgan estos sistemas se encuentran la posibilidad de proporcionar datos sobre circulación y tráfico (embotellamientos y accidentes), trazos de rutas e, incluso, un control automatizado del vehículo. Otro elemento presente en los ITS son los sistemas de navegación por satélite, o GPS, mediante los cuales el conductor introduce el destino y éstos le indican la mejor ruta posible a través de mapas electrónicos o voz sintetizada. Estos dispositivos identifican la posición exacta del vehículo mediante un sistema global de posición, a través de satélites artificiales. Complementado con tecnología de radio celular, este sistema de navegación sirve también para avisar al centro de control en caso de presentarse una urgencia. Sin embargo, no todos los usuarios de las carreteras pueden tener acceso a estos instrumentos de innovación.

Por todo el territorio nacional diariamente se mueven miles de personas y productos a través de las carreteras. El robo y los asaltos se han convertido en un verdadero azote de esta industria y de las personas que transitan por ellas. Cuando hablamos de transporte de carga, la seguridad toma otra vertiente, pues se trata de vehículos dedicados a trasladar mercancía o bienes a terceros; el grado de complejidad y el riesgo de sufrir un asaltado aumentan.

Por ello, el transporte de carga y de pasajeros son los más afectados por la delincuencia. Entre las entidades más afectadas se encuentran Michoacán, Jalisco, Veracruz y Distrito Federal. Como se sabe, todos los días ingresan en la Ciudad de México más de 24 mil camiones de carga y en promedio ocurren 28 asaltos (Según datos de la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga). La mayoría de ellos se presenta en la zona conurbada. Algunas de las rutas preferidas por los delincuentes son la avenida Zaragoza, al oriente de la ciudad, y la carretera a Pachuca, y la México-Querétaro, así como Ecatepec y Tultitlán.

La seguridad en las carreteras es un trascendental para la economía del país, pues 43 por ciento de las importaciones y exportaciones se realiza a través del autotransporte de carga. Diariamente se mueven miles de personas y productos a través de las rutas con que cuenta el país. Ante este contexto surge la necesidad de legislar en la materia para endurecer la prisión a quienes incurran en este delito.

En Nueva Alianza estamos convencidos de que mediante la presente expresión legislativa se lograrían varios objetivos. Por ejemplo: la ley tiene dos funciones básicas, que se traducen en la prevención general y especial; esto es, tiene la finalidad de persuadir e inhibir la proliferación de los comportamientos antisociales. Me refiero a los que agreden el orden establecido; y otra, también fundamental, dotar de herramientas jurídicas a los operadores del derecho.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la fracción XVIII al artículo 381 del Código Penal Federal

Artículo Único. Se adiciona la fracción XVIII al artículo 381 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 381. Además de la pena que le corresponda conforme a los artículos 370 y 371, de aplicarán al delincuente las penas previstas en este artículo en los casos siguientes:

I. a XVII. ...

XVIII. Cuando se cometa contra vehículos de transporte público federal de carga de mercancías o de pasajeros y de sus usuarios.

...

...

En lo previsto en la fracción XVIII, se aplicarán de cinco a diez años de prisión y multa de doscientos a quinientos días.

Transitorio

Artículo Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 17 de marzo de 2011.— Diputado Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



ESTADOS DE SINALOA, SONORA, TAMAULIPAS, COAHUILA, CHIHUAHUA, DURANGO Y NUEVO LEON

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado García Granados.

El diputado Miguel Ángel García Granados(desde la curul): Simplemente, señor presidente, agradecerle su dirigencia y agradecer de verdad, a nombre de todos los diputados que conformamos estos estados damnificados, por esta situación. Agradecer la solidaridad de todos y cada uno de los diputados que están firmando esta iniciativa.

Es una iniciativa que efectivamente marcará un precedente histórico. Jamás en la historia de ninguna legislatura se había realizado una iniciativa de esta naturaleza y abre seguramente el camino más propio para el diálogo republicano, que es urgente en este país, entre los poderes. Muchísimas, gracias, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, señor diputado.



LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra el diputado Óscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del PT, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Con la complacencia del diputado, antes de que haga uso de la palabra, quiero saludar la presencia de la Asociación de Pensionados y Jubilados de Los Reyes Iztacala, del estado de México, invitados del diputado Amador Monroy Estrada.

De alumnos de la escuela primaria doctor Epitafio Jiménez Ávila, invitados del diputado Luis Felipe Eguía Pérez.

Y de la secundaria Sor Juana Inés de la Cruz, de Ecatepec, estado de México, invitados por el diputado Martín Vázquez Pérez. Adelante, señor diputado.

El diputado Óscar González Yáñez:Gracias, señor presidente. El propósito de la...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Permítame usted un segundo, antes de que se retiren. Es una falta de respeto mía, pero por favor acéptemelo porque no quisiera que se fueran sin que se reconociera la presencia de los presidentes municipales indígenas de Zongolica, Veracruz, invitados de la diputada María Isabel Pérez Santos.

Gracias, diputado González Yáñez, por su comprensión. Bienvenidos, amigos. Diputado González Yáñez, nuevamente con nuestra disculpa, tiene usted el uso de la palabra.

El diputado Óscar González Yáñez:No se preocupe, presidente, gracias. El propósito de la iniciativa que presentamos el día de hoy y ponemos a consideración de ustedes busca detener lo que nosotros llamamos una privatización de facto que existe por parte de la Comisión Federal de Electricidad en el sentido de que, si bien es cierto que la ley plantea que los particulares pueden generar energía para su propia utilización y que el excedente se lo podrían vender a CFE y en su caso a Luz y Fuerza, lo cierto es que esto ya se ha convertido en una práctica donde CFE lo que hace es abandonar el potencial de producción de energía que tiene nuestro país y adoptar el papel de comprar la energía a estos particulares. Por eso nosotros decimos que es una privatización de facto.

Actualmente CFE ha abandonado su gran capacidad y su potencial para producir energía y se van de manera fácil, y además, generando negocios al comprar esta energía. Esto ha generado diversas reacciones. La primera es el aumento en el costo de la energía eléctrica en nuestro país, tanto a particulares como a la propia industria.

Estamos planteando lo siguiente: que si bien es cierto que los particulares no pueden vender ni comercializar sus excedentes generadores de energía, lo que estaríamos planteando es que sí siguiera comprándoselas CFE, pero que no fuera en un porcentaje mayor a 5 por ciento.

En la actualidad, los particulares le proveen a CFE y en su momento a Luz y Fuerza, más de 40 por ciento de la energía que consumimos en nuestro país. Esto ha llevado, como consecuencia, al aumento en las tarifas, que es algo que perjudica directamente a la población.

¿Qué estamos proponiendo? Que el Estado genere y asuma el gran potencial de generación de energía que tiene su empresa CFE y en su momento Luz y Fuerza. Esto serviría para varias cosas: abatir el costo y no permitir que los privados estén haciendo un dumping en el sentido de que instalan una empresa con ciertas necesidades de energía, pero instalan una infraestructura cuatro o cinco veces mayor y entonces generan energía y le plantean a CFE que les compre su excedente. Esto está propiciando grandes negocios por parte de particulares con la anuencia de CFE.

Compañeros, nosotros estamos planteando que las visiones privatizadoras han llevado a nuestro país a tener graves problemas en su economía. Lo planteamos con el tema de Telmex, lo planteamos con el tema de Ferrocarriles, y ahora lo estamos plantando con el tema de la energía eléctrica en nuestro país.

El sentido de nuestra propuesta busca entonces que el Estado mexicano recupere su papel productor y garantizador de los servicios que tiene que tener la sociedad mexicana para hacer más dinámica su economía.

Por eso actualmente tenemos energía eléctrica de alto costo. Insistimos, si bien es cierto la ley le permite a los particulares producir y que sus excedentes se los pueda comprar CFE, lo cierto es que están produciendo mucho más de lo que tienen, necesario para su planta industrial instalada.

En consecuencia, han abandonado su tarea de producir otra mercancía u otro producto y se dedican a producir energía eléctrica, CFE se las compra y entonces esto va al particular, a la población, y tiene un costo mayor.

Lo que estamos planteando es que CFE pueda comprar solamente el 5 por ciento de lo que requiere nuestro país para su movilización y satisfacer sus necesidades, y que CFE eche a andar toda su capacidad de infraestructura para la generación de energía. Por su atención, muchísimas gracias.

«Iniciativa que deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Óscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, diputado federal Oscar González Yáñez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 6 numeral 1, fracción I, y 77 numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El artículo 27 constitucional en su párrafo sexto señala de manera clara y precisa que: “...Corresponde de manera exclusiva a la nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines...”

El texto constitucional tiene el propósito de garantizar que el Estado mexicano tenga en todo tiempo la facultad exclusiva de proveer el servicio público de energía eléctrica.

Sin embargo, la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica regula una serie de figuras jurídicas que permiten la participación de particulares y capital privado en la generación de energía eléctrica y la venta de la misma a la Comisión Federal de Electricidad, lo que supone una franca violación al texto constitucional.

A través de la figura de productor Independiente de Energía se ha permitido que el sector privado intervenga de manera abierta en la generación de electricidad.

Esta controvertida figura ha provocado que las plantas de Comisión Federal de Electricidad no operen a su capacidad y estén ociosas, con el consecuente costo para el erario federal que tiene capacidad instalada desaprovechada. Pero lo más grave de todo ello es que se está comprando electricidad a dichos productores, cuando hay capacidad de sobra para operar las plantas públicas sin necesidad de recurrir a entes privados.

Información reciente dada conocer por los medios de comunicación impresos, señala que en los próximos 30 años la Comisión Federal de Electricidad destinará a compra de energía 1.3 billones de pesos, lo que nos da un promedio de 43 mil millones de pesos por año.

Entre el año 2000 y 2009 Comisión Federal de Electricidad erogó en compra de energía 30 mil millones de pesos anuales.

Compañeras y compañeros diputados: el porcentaje de subutilización de las plantas generadoras de energía eléctrica que son propiedad del Estado es de la mitad. No obstante ello se privilegia la compra de energía a productores privados.

El margen de reserva que recomiendan las consultorías especializadas en materia de energía ronda por el 14 por ciento.

Nuestro país actualmente tiene un margen de reserva superior al 40 por ciento, considerando a los productores privados, si se les excluye, dicho margen disminuye a 24 por ciento, 10 puntos por encima de las recomendaciones internacionales.

El problema al que nos enfrentamos queda claro. El Estado mexicano ha claudicado en su responsabilidad de proveer el servicio público de energía para beneficiar a los capitales privados.

Ha preferido tener recursos productivos sin utilizar para satisfacer las necesidades de lucro de unas cuantas empresas.

La iniciativa que estamos sometiendo a su consideración pretende revertir este esquema perverso que distrae cuantiosos recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación que bien pudieran destinarse a programas sociales.

Además de la figura de Productor Independiente de Energía, la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica contempla otras figuras que permiten la participación de particulares en el sector. Dichas figuras son: autoabastecimiento, cogeneración y pequeña producción.

Estas figuras aunque en estricto sentido no plantean generar excedentes para venta, también violentan la disposición constitucional que hemos señalado en esta exposición de motivos.

La reforma que estamos planteando implica cancelar las modalidades previstas en la Ley del Servicio Público de Energía para que de forma exclusiva sea el Estado, a través de la Comisión Federal de Electricidad quien genere, conduzca, transforme, distribuya y abastezca de energía eléctrica a las empresas, familias e instituciones mexicanas.

De llevarse a cabo la reforma que sometemos a su consideración, estaremos abonando de manera decidida en cumplir con el texto constitucional planteado en el párrafo sexto del artículo 27, a la par de cerrar la puerta a la sangría de recursos que lleva a cabo la CFE para beneficiar a empresas privadas.

Por las consideraciones antes expuestas sometemos a su consideración el siguiente proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para quedar como sigue:

Artículo Único. Se derogan las fracciones I a IV del artículo 3°; se deroga el artículo 36; se derogan las fracciones III y IV del artículo 36 Bis, se derogan los artículos 37 y 38; se derogan las fracciones V y VI del artículo 40, y se deroga el artículo 46 de Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para quedar como siguen:

Artículo 3.

No se considera servicio público:

I. a IV. Se derogan

V. ...

Artículo 36. Se deroga

Artículo 36 Bis.

...

I. y II. ...

III. Derogada

IV. Derogada

V. ...

Artículo 37. Derogado

Artículo 38. Derogado

Artículo 40.

...

I. a IV. ...

V. Derogada

VI. Derogada

VII. ...

Artículo 46. Derogado

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los quince días del mes de febrero de dos mil once.— Diputados: Óscar González Yáñez, César Francisco Burelo Burelo, María Araceli Vázquez Camacho, Teresa Guadalupe Reyes Sahagún, Sergio Lobato García, Pedro Jiménez León (rúbricas).»

Presidencia del diputado Francisco Javier Salazar Sáenz

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias a usted, diputado.

El diputado César Francisco Burelo Burelo(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Sí, dígame diputado Burelo.

El diputado César Francisco Burelo Burelo(desde la curul): Mire, por considerar que este tema que acaba de presentar el diputado Óscar González Yáñez es un tema de seguridad nacional y por considerarlo también, en lo particular, un tema de mi interés particular, con los argumentos que él esgrimió ahí en tribuna, creo haber entendido perfectamente bien el sentido de su iniciativa, por lo que quiero preguntarle si no tiene inconveniente en que pueda signarla junto con él.

El diputado Óscar González Yáñez(desde la curul): No, qué voy a tener.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: No, no tiene ningún inconveniente. Puede usted pasar a firmarla. Esta iniciativa se turna a la Comisión de Energía para su dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra la diputada María Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud.

La diputada María Cristina Díaz Salazar:Con su anuencia, señor presidente. Señoras y señores legisladores, desde la década de los ochenta comenzaron a proliferar en el país los llamados grupos y anexos de internamiento terapéuticos fuera de orden que, de acuerdo a la junta de custodios de la unidad de servicios de recuperación de Alcohólicos Anónimos, no son más que verdaderas cárceles de castigo.

Estos establecimientos especializados en adicciones son de carácter público, privado o social, fijos o móviles, que proporcionan servicios para la atención específica de personas con consumo perjudicial o adicción a sustancias psicotrópicas y que, en cualquier caso, operan bajo un modelo de atención profesional, de ayuda mutua o mixta.

Asimismo, sólo el 26 por ciento de dichos centros cuentan con la certificación de las autoridades sanitarias para operar. Es a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a quienes corresponde dar seguimiento y verificar la forma en que operan y que no se cometan abusos en contra de las personas enfermas. En caso de que estos centros contravengan lo dispuesto deberán iniciar los procedimientos administrativos y penales contra quien resulte responsable.

Mientras que las autoridades locales deben verificar las autorizaciones relacionadas con el uso de suelo, supervisión de servicios mercantiles y licencias sanitarias. Cabe señalar que muchos de estos centros reciben donativos de la sociedad civil y apoyos gubernamentales que no declaran ante la Secretaría de Hacienda.

Por lo que vengo a proponer que de acuerdo también a las cifras del Consejo Nacional contra las Adicciones, establecen que en México hay mil 730 centros de atención o rehabilitación para pacientes en internación, de los cuales sólo 450 cuentan con certificación y 200 más están en proceso de certificación.

El que estas granjas funcionen sin una regulación oficial ha ocasionado que en algunas de ellas se hayan registrado homicidios causados por golpes propinados por los mismos cuidadores, que obligan a los internos a trabajar para pagar cuotas de gasto.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa:

Artículo 192 Quáter. Para el tratamiento de los farmacodependientes, las dependencias y entidades de la administración pública en materia de salubridad general, tanto federales como locales, deberán crear centros especializados en tratamiento, atención y rehabilitación, con base en sistemas modernos de tratamiento y rehabilitación, fundamentados en el respeto a la integridad y a la libre decisión del farmacodependiente.

La ubicación de los centros se basará en estudios rigurosos del impacto de las adicciones en cada región del país y deberá:

I. y II. ...

III. Los establecimientos especializados en adicciones que brinden atención residencial deben contar con el aviso de funcionamiento respectivo, así como con el registro como institución especializada ante el Consejo Nacional contra las Adicciones (Conadic).

IV. Deberán contar con un Reglamento Interno y un Programa General de Trabajo aprobado por el Conadic, en el que se contemple el tratamiento médico y/o psicosocial basado en principios científicos, sociales y éticos.

V. Las instalaciones deberán contar con lo necesario para dar atención a los usuarios, estableciendo perfectamente la división de acuerdo con su grupo de edad y sexo.

VI. El personal que labora en los establecimientos especializados en adicciones tiene la obligación de vigilar, proteger y dar seguridad a los usuarios mientras permanezcan en el mismo.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los días 17 del mes del presente de 2011. Gracias, presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea iniciativa en la que se adiciona las fracciones III, IV, V y VI al artículo 192 Quater, de la Ley General de Salud, relativo a centros de rehabilitación, granjas o anexos para pacientes con adicciones, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Desde la década de los 80 comenzaron a proliferar en el país los llamados grupos y anexos de internamiento “terapéuticos” fuera de orden que, de acuerdo a la junta de custodios de la Unidad de Servicios de Recuperación Alcohólicos Anónimos, no son más que verdaderas cárceles de castigos.

Los Servicios Generales de AA perdieron el control de esos espacios que operaban y aún operan sin seguir ningún tipo de normatividad ni lineamiento básico de autoayuda y recuperación de su doctrina. Esos anexos o granjas no sólo atienden a enfermos alcohólicos, sino a adictos de otros tipos de drogas; según AA, se han convertido en minas de oro explotadas por adictos no rehabilitados y por enfermos mentales.

Estos establecimientos especializados en adicciones son de carácter público, privado o social, fijos o móviles, que proporcionan servicios para la atención específica de personas con consumo perjudicial o adicción a sustancias psicotrópicas y, que en cualquier caso, operan bajo un modelo de atención profesional, de ayuda mutua o mixta.

Asimismo, sólo el 26 por ciento de dichos centros cuentan con la certificación de las autoridades sanitarias para operar. Es a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a quien corresponde dar seguimiento y verificar la forma en que operan y que no se cometan abusos en contra de las personas enfermas; en caso de que estos centros contravengan lo dispuesto deberán iniciar los procedimientos administrativos y penales contra de quien resulte responsable.

Mientras que las autoridades locales, deben verificar las autorizaciones relacionadas con el uso de suelo, supervisión de servicios mercantiles y licencias sanitarias; cabe señalar que muchos de estos centros reciben donativos de la sociedad civil y apoyos gubernamentales, que no declaran ante la Secretaría de Hacienda.

Si estas reformas son aprobadas, se dará mayor seguridad a las personas que reciben tratamiento contra las adicciones, además se podrá verificar que los establecimientos especializados en adicciones cumplan con los lineamientos establecidos en la NOM-028-SSA2-2009.

Exposición de Motivos

Una persona adicta a las drogas, alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas, sufre constantes recaídas y la capacidad de respuesta en su recuperación resulta ser lenta y difícil, debido a los cambios químicos que sufre su cerebro por la falta de dopamina, sustancia que regula placer en ese estado, por lo que se le considera enfermo crónico.

Cada vez más nuestra población, tanto de niños como de adolescentes se ven inmersos en las adicciones y en esta situación; mucha de la responsabilidad recae en el núcleo familiar, la disfuncionalidad, la violencia intrafamiliar y la adicción de los mismos padres, son algunos de los factores generadores de alcohólicos y drogadictos, y cuando el problema los supera buscan alternativas de ayuda, que a veces no son apropiadas, como es el caso de las denominadas “granjas” o “anexos”.

El incremento de enfermos crónicos o adictos ha propiciado la demanda y creación de estos lugares. En México los centros de rehabilitación, “granjas” o anexos” para tratar a personas con adicciones operan sin ningún control por parte de las autoridades, y gran parte de estos incumplen con la recién modificada Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2- para la prevención y tratamiento contra las adicciones; prueba de esto es que no todos los establecimientos especializados en adicciones, cuentan con un aviso de funcionamiento y no están registrados ante Conadic.

El grave problema de estos centros, es que no hay un control sobre su apertura o cierre, por ello es urgente analizar las estrategias de operación para regular o impedir que abran este tipo de sitios. En el país existen 6 mil grupos de los llamados Jóvenes 24 horas, pero también se encuentran las agrupaciones instaladas por la Sociedad Mexicana de AA, que cuentan con anexos que operan sin apego a la norma.

Cifras del Consejo Nacional contra las Adicciones establecen que en México hay 1,730 centros de atención o rehabilitación para pacientes en internación, de los cuales sólo 450 cuentan con certificación y 200 más están en proceso de certificación; de los 1,730 establecimientos 10 son Centros de Integración Juvenil, 20 centros estatales y 400 clínicas privadas; además de que al menos 1,300 centros fueron fundados por ex adictos, sin un protocolo y gente profesional.

Actos de violación, mutilación y tortura, donde los internos son golpeados y maltratados con insultos; según las estadísticas que ofrecen los Servicios Generales de AA, en el país aún operan alrededor de 100 granjas de rehabilitación o internamiento, que lejos de rehabilitar a los enfermos, los perjudica física y mentalmente.

Son sitios clandestinos donde se cometen todo tipo de atropellos, las terapias dirigidas en esos anexos consisten en violencia física y verbal, la alimentación es sumamente pobre, nada que a un enfermo crónico le sirva en su rehabilitación, se sabe que a los familiares de los adictos, se le exige una despensa mensual o semanal, pero esta nunca llega al enfermo; lo que ahí comen termina por provocar a los internos un severo problema de salud.

El que estas granjas funcionen sin una regulación oficial ha ocasionado que en algunas de ellas, se hayan registrado homicidios causados por golpes propinados por los mismos cuidadores, que obligan a los internos a trabajar para pagar cuotas de gastos.

Considerandos

Que en general las adicciones son enfermedades crónicas, parecidas a la diabetes e hipertensión; en las cuales hay alguna mejoría, pero puede haber recaídas.

Que la Encuesta Nacional de Adicciones revela que en total en el país 465 mil pacientes requieren atención especializada, 4 millones de personas requieren atención breve y el 80 por ciento de la población requiere de algún tipo de prevención universal para drogas.

Que estos centros de rehabilitación, no son más que sitios donde se comenten todo tipo de atropellos.

Que la anarquía con que operan los albergues para drogadictos, es una responsabilidad compartida entre las autoridades federales y locales.

Que el ingreso de pacientes a estos centros debe ser voluntario y se les debe dar un trato digno, que incluya una atención profesional y un historial clínico, entre otros aspectos.

La Encuesta Nacional de Adicciones (ENA) revela que en tan sólo seis años, hubo un incremento del 28 por ciento en el consumo de drogas, con un índice de 3.5 a 4.5 millones de personas, y que son los niños y jóvenes los que se encuentran bajo la mira de quienes las comercian.

La ENA también señala que el número de adictos crónicos se incrementó en un 51 por ciento, de 307 mil en 2002 a 465 mil en el 2008.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea iniciativa en la que se adiciona las fracciones III, IV, V y VI al artículo 192 Quater de la Ley General de Salud, relativo a centros de rehabilitación, granjas o anexos para pacientes con adicciones; para quedar como sigue:

Artículo 192 Quáter.Para el tratamiento de los farmacodependientes, las dependencias y entidades de la administración pública en materia de salubridad general, tanto federales como locales, deberán crear centros especializados en tratamiento, atención y rehabilitación, con base en sistemas modernos de tratamiento y rehabilitación, fundamentados en el respeto a la integridad y a la libre decisión del farmacodependiente.

La ubicación de los centros se basará en estudios rigurosos del impacto de las adicciones en cada región del país y deberá:

I. y II. ...

III. Los establecimientos especializados en adicciones que brinden atención residencial deben contar con el aviso de funcionamiento respectivo, así como con el registro como institución especializada ante el Conadic.

IV. deberán contar con un Reglamento Interno y un Programa General de Trabajo aprobado por el Conadic, en el que se contemple el tratamiento médico y/o psicosocial basado en principios científicos, sociales y éticos.

V. Las instalaciones deberán contar con lo necesarios para dar atención a los usuarios, estableciendo perfectamente la división de acuerdo con su grupo de edad y sexo.

VI. El personal que labora en los establecimientos especializados en adicciones, tiene la obligación de vigilar, proteger y dar seguridad a los usuarios, mientras permanezcan en éste.

Transitorio

Único.El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2011.— Diputados: María Cristina Díaz Salazar, Yolanda de la Torre Valdez, Janet Graciela González Tostado, Onésimo Mariscales Delgadillo, Daniela Nadal Riquelme, Sergio Lobato García, Ana Estela Durán Rico, Carlos Manuel Joaquín González (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias a usted, diputada. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

Se pospone la intervención del diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, del Grupo Parlamentario del PT.



LEY GENERAL DE EDUCACION

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra el diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 6o. y 14 de la Ley General de Educación.

El diputado Salvador Caro Cabrera:Con el permiso de la Presidencia, y solicitando que mis expresiones y el contenido de la iniciativa queden íntegros en el Diario de los Debates.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Así lo haremos, diputado.

El diputado Salvador Caro Cabrera:En nuestro país la educación pública gratuita, en el mejor de los casos, es educación por cooperación.

Es por ello que propongo y los invito a compartir esta iniciativa que busca reformar los artículos 6o. y 14 de la Ley General de Educación para universalizar el acceso a útiles escolares de forma gratuita.

Esta iniciativa busca reafirmar el sentido de gratuidad de la educación pública en México. Actualmente el esfuerzo de los municipios, de los estados y del gobierno federal a través de varios programas es francamente insuficiente. Éste es un tema que lamentablemente aparece recurrentemente en las campañas electorales, pero ocasionalmente se traduce en hechos. Debemos reconocer que en nuestro país hay niños y niñas que no van a la escuela porque sus padres o su madre no tienen los recursos para pagar la cooperación, para pagar el uniforme, los zapatos o los mismos útiles escolares. El día de hoy hay niños que están desertando por causas económicas.

Compañeras y compañeros, universalizar el acceso a útiles escolares mediante el esfuerzo de los tres órdenes de gobierno, concatenando tareas de carácter logístico y el esfuerzo financiero reflejados en esta iniciativa, será por el bien de México. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 6o. y 14 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional A la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6o., fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía iniciativa de decreto por el que se reforma la Ley General de Educación, con fundamento en la siguiente

Exposición de Motivos

1. El derecho de un individuo a recibir educación, tiene en la actualidad carácter universal y se considera fundamental para el desarrollo integral y armónico del ser humano y asimismo, como el motor de progreso de las naciones.

2. Concebir la educación como algo fundamental para el desarrollo, tanto del individuo como de la sociedad, es central en el compromiso de la educación inclusiva. En los últimos cincuenta años, la comunidad internacional ha comenzado a desarrollar una visión de la educación que, en palabras del reciente informe de la Comisión Internacional sobre Educación para el Siglo XXI (Delors, 1996), es “la utopía necesaria”. El informe afirma que la educación no es un simple mecanismo por el cual los individuos adquieren un determinado rango de habilidades básicas. Es más que eso, es un factor crucial del desarrollo social y personal, “un activo indispensable en el intento [de la humanidad] de lograr los ideales de la paz, la libertad y la justicia”.

3. En este sentido, la Convención de los Derechos del Niño, adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en su resolución 44/25 de 20 de noviembre de 1989, en vigor desde el 2 de septiembre de 1990 y ratificada por México el 21 de septiembre del mismo año, dispone en su artículo 28 numeral 1 que los Estados parte reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, deberán en particular: a) implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos; b) fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria, incluida la enseñanza general y profesional, hacer que todos los niños dispongan de ella y tengan acceso a ella y adoptar medidas apropiadas tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de necesidad; c) hacer la enseñanza superior accesible a todos, sobre la base de la capacidad, por cuantos medios sean apropiados; d) hacer que todos los niños dispongan de información y orientación en cuestiones educacionales y profesionales y tengan acceso a ellas; y e) adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar.

4. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en su artículo 3o., párrafo primero, que todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -federación, estados, Distrito Federal y municipios-, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria. Por su parte, el artículo 4o. constitucional, en su párrafo séptimo, dispone que los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

5. El gasto público en materia educativa se considera prioritario dentro de la agenda presupuestal de los Estados; en este sentido, la inversión educativa de los países se ha convertido en un parámetro que mide su grado de desarrollo. Por otra parte, los costos conexos a la educación (matrículas, útiles escolares, uniformes) se consideran parte de la inversión en materia educativa; sin embargo, en varios países, en particular los que tienen menor adelanto en este rubro, estos costos conexos suelen transferirse a los padres de familia o a sus comunidades. México ha sido uno de los países que tradicionalmente ha transferido los costos conexos de la escolarización a los padres familia.

6. Un sondeo en línea sobre hábitos de compra de útiles escolares elaborado por la Procuraduría Federal del Consumidor, para identificar los hábitos de compra de útiles escolares de los padres de familia que tienen hijos que cursarán algún grado en primaria el próximo ciclo escolar 2010-2011, señaló que el 33 por ciento de los padres de familia tienen ingresos familiares por menos de 6 mil pesos mensuales; por otra parte, el número de hijos que asistirá a una escuela pública es del 86 por ciento, en contraparte del 14 por ciento que asistirá a una escuela privada.

7. La erogación en útiles escolares en nuestro país forman parte de los gastos necesarios que toda familia debe procurar. Sin embargo, éstos han sido objeto de un incremento continuo en su costo, haciéndolos cada vez de más difícil adquisición para un gran parte de los padres mexicanos de escasos recursos. Se calcula que para en el presente ciclo escolar, los útiles escolares aumentaron en promedio un 10 por ciento, muy arriba del índice inflacionario, que para el mes de julio pasado se estimó en 3.64 por ciento.

8. La difícil situación económica del país que afecta a la economía de la gran mayoría de los mexicanos, ha motivado que se replanteen las políticas públicas de impulso a la educación, instrumentando acciones que garanticen las condiciones adecuadas para que los educandos puedan, sin restricciones de tipo económico, acceder a la educación pública. La preservación del principio constitucional de gratuidad de la educación debe necesariamente prever la dinámica evolutiva de las condiciones socioeconómicas del país y de los grupos sociales más desprotegidos, para prevenir aquellos factores que signifiquen un riesgo al derecho que tienen todos los mexicanos a recibir educación básica.

9. En este sentido, diversos gobiernos estatales y municipales han implementado programas de reparto de útiles y uniformes escolares gratuitos. Esta necesidad imperiosa ha hecho que en varias entidades federativas, esta política educativa tenga rango de ley, de tal manera que más que un programa de una administración sexenal, en el caso de las entidades federativas o trianual, en el caso de los municipios, su instrumentación obedezca a una política institucional de largo plazo, indistinta a partidos políticos y ajena a algún uso electoral. Sin embargo, existen entidades y municipios en nuestro país cuyas precarias condiciones presupuestales les impiden tomar la decisión de institucionalizar este apoyo a los estudiantes de educación básica.

10. En este orden de ideas, es necesario que este esquema de apoyo de entrega de útiles escolares a alumnos de nivel básico, sea ampliada e institucionalizada desde el ámbito federal, a través de una reforma legal que fije la obligatoriedad del Estado de proporcionar un paquete de útiles escolares por año lectivo a los alumnos de educación básica, lo cual es el propósito de la presente iniciativa.

11. Para cumplir este cometido, las previsiones de gasto deben contemplarse en los presupuestos respectivos. Los recursos deben surgir de una reorientación del presupuesto hacia el sector educativo, ajustándose a los marcos de los convenios de coordinación fiscal.

12. Cabe mencionar que, conforme a la estimación de las autoridades educativas federales, el costo base de útiles escolares para el ciclo escolar 2010-2011 se ubica en 195 pesos por paquete individual, mientras que para el nivel de educación media básica (secundaria) el costo de los útiles escolares se fijó en 365 pesos. Por otra parte, la matrícula en educación básica en escuelas públicas para el ciclo escolar 2010-2011 ascendió a 19 millones 283 mil 700 alumnos, correspondiendo para el nivel de primaria, 13 millones 633 mil 100 alumnos, y para el nivel de secundaria 5 millones 650 mil 600 alumnos.

13. Haciendo un ejercicio de cálculo, y tomando como base los datos antes señalados, el gasto universal para la compra de un paquete de útiles escolares para nivel primaria, ascendería a 2,658 millones 454 mil 500 pesos mientras que para nivel secundaria, el gasto sería de 2,062 millones 469 mil pesos, para sumar un total de 4,720 millones 923 mil 500 pesos. En un esquema de aportación tripartita, la aportación federal para la compra de útiles escolares sería de 1,573 millones 641 mil 166 pesos.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de ustedes nos permitimos someter a la elevada consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de

Decreto que reforma la Ley General de Educación

Único. Se reforman los artículos 6o. y 14 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 6o. La educación que el Estado imparta será gratuita. Las donaciones destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo.

Para garantizar el derecho a la educación gratuita, el Estado, a través del Programa Nacional de Entrega de Útiles Escolares Gratuitos para Alumnos de Educación Básica, dará el acceso universal a útiles escolares gratuitos por ciclo escolar a alumnos inscritos en las escuelas públicas del país, en los niveles de primaria y secundaria. Las previsiones se harán en los presupuestos respectivos.

El paquete de útiles escolares será determinado a partir de la lista de materiales y útiles escolares aprobada y publicada anualmente por la Secretaría.

La Secretaría emitirá las normas y lineamientos de operación y llegará a los acuerdos de coordinación con las autoridades locales y municipios para la distribución y entrega del paquete; asimismo, deberá incluir anualmente en su proyecto de Presupuesto de Egresos, un monto que garantice su debida operación.

El monto aportado por la federación y las autoridades locales nunca será menor a la aportación del municipio.

Artículo 14. Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a las que se refieren los artículos 12 y 13, corresponde a las autoridades educativas federal y locales de manera concurrente, las atribuciones siguientes:

I. al XII. ...

XIII. Distribuir y entregar el paquete básico de útiles escolares gratuitos para los alumnos de educación básica que asisten a escuelas públicas, así como establecer mecanismos y/o sistemas de información para evitar la duplicidad del beneficio.

XIV. Las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.

El Ejecutivo Federal y el gobierno de cada entidad federativa podrán celebrar convenios para coordinar o unificar las actividades educativas a que se refiere esta Ley, con excepción de aquéllas que, con carácter exclusivo, les confieren los artículos 12 y 13

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación.

Segundo.En tanto se realizan los convenios entre las autoridades federales estatales y municipales se mantendrán las acciones compensatorias del gobierno federal.

Notas:

1 UNESCO, Fundamentación de la educación inclusiva.

2 http://www.sre.gob.mx/derechoshumanos/images/stories/docs/28.pdf

3 http://www2.ohchr.org/spanish/law/crc.htm

4 http://www.foro-latino.org/info_flape/doc_info41/Resumen_castellano.pdf

5 http://www.metronoticias.com.mx/id.pl?id=43063&relax=Econom%EDa&pub=Def ault

6 Fuente: Estudio elaborado por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, con datos del Banco de México.

7 Acuerdo en el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2010.

8 Matricula y maestros de educación básica, por tipo de control, anexo estadístico, Cuarto Informe de Gobierno, gobierno federal. Página 311.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2011.— Diputados: Salvador Caro Cabrera, Francisco Alberto Jiménez Merino, Ana Estela Durán Rico, Miguel Ernesto Pompa Corella, Jorge Humberto López-Portillo Basave, José Manuel Agüero Tovar (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias a usted, diputado. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

Se pospone la participación del diputado Herón Agustín Escobar García, del Grupo Parlamentario del PT.



LEY DE LA POLICIA FEDERAL

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra el diputado Arturo Zamora Jiménez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 8o. y 12 de la Ley de la Policía Federal y también está suscrita por el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Arturo Zamora Jiménez:Muchas gracias, presidente. Diputadas y diputados, el día de hoy estamos presentando a la alta consideración de ustedes una iniciativa de reforma a la Ley de Seguridad Pública Nacional, con la finalidad de crear en el contexto del territorio nacional y de nuestra frontera una policía de frontera.

Nosotros sabemos que los 3 mil 200 kilómetros de los que se compone la frontera norte del país, en los últimos años ha sido una zona de alta incidencia delictiva en los 80 municipios y en las cinco entidades federativas que lo componen.

Nosotros también tenemos, de alguna manera, el reconocimiento en el sentido de que en esta zona del país se ha incrementado no solamente la incidencia delictiva tradicional, sino que se han creado otras especialidades de delitos que se vienen cometiendo de manera reiterada, como son el caso del tráfico de personas, el tráfico de inmigrantes, la introducción ilegal de armas de fuego y de explosivos al país, así como también una serie de delitos que tienen que ver con la extorsión, con el secuestro de personas que pretenden ingresar a nuestro vecino país del norte.

La frontera sur de nuestro país también tiene problemas específicos y de manera muy clara determinados. Estos problemas que tiene la zona sur de nuestro país en los poco más de mil 200 kilómetros lineales, precisamente, se refieren a la introducción ilegal de tabaco, la introducción ilegal de alcohol y que se convierte realmente en un contrabando que viene a competir de manera desigual con las empresas que sí tributan, que sí pagan impuestos y todos los derechos de sus trabajadores.

La frontera sur de nuestro país, por ella ingresan también grupos de organizaciones criminales de nuestros vecinos países del sur y ex militares de países vecinos para nutrir las filas de la delincuencia organizada en México.

Ésa es la razón por la que nosotros, al tomar en consideración la existencia de 41 aeropuertos internacionales en el territorio nacional, la existencia de 66 puertos, nosotros determinamos que hay en este momento 54 puntos específicos que son aduanas diseminadas en la frontera norte, en la frontera sur, en los puertos y en los aeropuertos del país, que se han convertido en lugares específicos en donde el crimen organizado ha generado condiciones de alta superioridad frente al Estado mexicano.

Estimadas diputadas y diputados, hoy vemos que el espacio aéreo es invadido también en México. Hoy nos damos cuenta que se introducen de manera ilegal, incluso con cierta complacencia, volúmenes muy importantes de armas de fuego, y hoy las autoridades nos dicen: no nos habíamos enterado.

Ante este estado de cosas es sumamente importante la crea-ción de una policía de frontera, una policía especializada que tenga la capacidad de coordinarse adecuadamente con las autoridades hacendarias en el ámbito de las aduanas y también que tenga la capacidad de coordinarse con autoridades en servicios migratorios para el control de personas.

Muchos de los mexicanos que son regresados en nuestro país en la frontera norte, los dejan precisamente en cualquiera de los municipios de nuestras fronteras de México y muchos de ellos también han cometido delitos, se han ido a los Estados Unidos precisamente para refugiarse, para generar condiciones de impunidad a su favor.

De muchos de ellos no tenemos control. Una policía de frontera tendría también la bondad de ejercer control sobre los mexicanos que son, de alguna manera, regresados, para garantizar sus derechos humanos, pero también controles en materia de seguridad.

Estimadas diputadas y diputados, esta iniciativa que hoy proponemos a la alta consideración de ustedes tiene como finalidad única y exclusiva crear condiciones de seguridad en las franjas fronterizas y en los puertos y en los aeropuertos de nuestro país, porque estamos siendo altamente vulnerables y se están generando condiciones de gran ventaja a las organizaciones de carácter criminal en nuestro país.

Ésa es la razón por la cual estamos solicitando muy atenta y respetuosamente, para todos ustedes, poner a consideración esta iniciativa pidiéndoles el apoyo, porque también México necesita defender su soberanía, sus libertades, sus derechos, los derechos, libertades, bienes y patrimonios de todos los mexicanos. Muchas gracias, presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 8o. y 12 de la Ley de la Policía Federal, a cargo de Arturo Zamora Jiménez y suscrita por Jorge Carlos Ramírez Marín, diputados del Grupo Parlamentario del PRI

Jorge Carlos Ramírez Marín y Arturo Zamora Jiménez,diputados a la LXI Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6o., fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por virtud del cual se reforma y adiciona la fracción III del artículo 8 y se adiciona un párrafo segundo al artículo 12 de la Ley de la Policía Federal, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La frontera internacional entre Estados Unidos y México tiene una longitud de 3 mil 326 kilómetros, corre desde San Diego, California y Tijuana, Baja California, en el oeste; hasta Matamoros, Tamaulipas, y Brownsville, Texas, en el este.

La frontera de Estados Unidos y México está formada por 10 estados, 48 condados de los Estados Unidos y 80 municipios mexicanos, que constituyen una población total de un poco más de 13 millones de habitantes.

En tanto, la frontera sur de México, que va desde el océano Pacífico al océano Atlántico, tiene mil 200 kilómetros de longitud y colinda con Guatemala y Belice.

A lo largo de estas fronteras existe una variedad de terrenos montañosos, selváticos, grandes zonas urbanas, extensos desiertos inhóspitos y diversos cuerpos de agua que registran, no sólo la mayor cantidad de cruces legales e ilegales en el mundo, sino la comisión de una gran diversidad de delitos.

La violencia en la frontera norte del país ha alcanzado tal magnitud que casi una tercera parte del total de muertes ocasionadas por la guerra contra el narcotráfico han ocurrido en 37 municipios fronterizos ubicados en seis estados (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas).

Esas 37 demarcaciones, que representan 1.5 por ciento del total de municipios mexicanos, acumulan 10 mil 203 asesinatos de los 34 mil 612 contabilizados desde que inició el sexenio de Felipe Calderón hasta diciembre de 2010, según la Base de Datos de Homicidios Presuntamente Relacionados con el Crimen Organizado, presentada en enero por el gobierno federal.

También en esta frontera norte se rompió en 2010 el récord de las cifras de violencia criminal anexadas a esa base de datos: número de asesinatos, ejecuciones y enfrentamientos.

Lo peor, estadísticas demuestran que una vez instalados en una zona, la violencia y el crimen se comportan como una plaga. Las calles de la frontera han sido el principal escenario de la violencia. Siete de cada diez ejecuciones tuvieron lugar en plena vía pública.

Por otra parte, México cuenta actualmente con 20 puertos marítimos y 66 aeropuertos internacionales que también son puntos de interés particular para los grupos de la delincuencia organizada por tratarse de puntos estratégicos para el contrabando de bienes, armas, drogas y personas.

La Administración General de Aduanas, con el fin de llevar a cabo las tareas que le son encomendadas por la ley, cuenta con 49 aduanas distribuidas en los puntos de internación ubicados en las fronteras, así como puertos marítimos y aeropuertos internacionales del país.

Las enormes ganancias y los puntos estratégicos que son las zonas fronterizas, puertos y aeropuertos nacionales, llaman la atención de los diversos grupos delictivos. Los grupos delincuenciales han extendido sus actividades más allá del tráfico de drogas, desde hace años se especializan, además, en tráfico de armas, tráfico de ilegales, trata de personas, homicidio, falsificación de documentos, contrabando, extorsión, secuestro, e introducción ilegal de insumos para adulterar medicinas, bebidas alcohólicas y otros bienes de consumo.

El tráfico de armas en México se ha convertido en el segundo delito en importancia cometido por el crimen organizado. El tráfico y el uso de armamento exclusivo de las fuerzas armadas representan actualmente el 15 por ciento de los delitos federales cometidos en todo el país

Por lo anterior, llama poderosamente nuestra atención la necesidad de evaluar, y en todo caso, fortalecer la actuación de las autoridades encargadas de la seguridad en la franja fronteriza, y demás puntos de internación de bienes y personas.

La ineficacia de las autoridades federales en la prevención y persecución de los delitos típicamente en estas zonas, se puede adjudicar en gran medida a la falta de especialización de los cuerpos de seguridad que tiene a su cargo la vigilancia y resguardo de esas zonas.

Actualmente, esa atribución corresponde ejercerla de manera genérica a la Policía Federal, en términos de lo dispuesto por el artículo 8, fracción III, inciso a) de la Ley de la Policía Federal, que señala:

Artículo 8. La Policía Federal tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:

III. Salvaguardar la integridad de las personas, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos, así como prevenir la comisión de delitos, en:

a) Las zonas fronterizas y en la tierra firme de los litorales, la parte perteneciente al país de los pasos y puentes limítrofes, las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, las carreteras federales, las vías férreas, los aeropuertos, los puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, el espacio aéreo y los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares.

La Policía Federal actuará en los recintos fiscales, aduanas, secciones aduaneras, garitas o puntos de revisión aduaneros, en auxilio y coordinación con las autoridades responsables en materia fiscal o de migración, en los términos de la presente Ley y las demás disposiciones legales aplicables;

No obstante, la dinámica delincuencial en estas zonas cuenta con una serie de características que requieren de una capacitación, elementos técnicos y tácticos especiales para un eficaz y eficiente combate a la delincuencia.

La organización administrativa tiende a formar órganos especializados por materia a fin de alcanzar una operatividad adecuada a sus necesidades y al ejercicio de la función o actividad que le es encomendada.

La concentración de los esfuerzos en materia de prevención y persecución e investigación de delitos en puertos, aeropuertos y zonas fronterizas, la adecuada coordinación entre dependencias, y la profesionalización técnica de los integrantes de la corporación que ejerza estas funciones, son sólo algunas ventajas de la creación de un cuerpo especializado en esta materia.

Por tal motivo, consideramos necesaria la creación de la Policía Fronteriza, como cuerpo de la Policía Federal especializado para ejercer las facultades de prevención, vigilancia, y coadyuvancia en la persecución e investigación de los delitos, bajo la dirección del Ministerio Público federal, en puertos, aeropuertos y zonas fronterizas.

La Policía de Frontera tendría facultades no solamente para prevenir, perseguir y en su caso colaborar en la investigación ante comisión de delitos de carácter federal, específicamente en torno al tema del tráfico de armas, explosivos, insumos para el fomento de la adulteración de medicinas, bebidas alcohólicas y cualquier otra sustancia de consumo humano de manera ilegal, así como vigilar los procedimientos en materia aduanal.

Además, estaría facultada para perseguir delitos de trata de personas, tráfico de personas, tráfico de órganos y fundamentalmente para establecer rangos de control y en su caso protección a los derechos a los mexicanos que son repatriados, habida cuenta de que en muchos de los casos se remite a mexicanos de los Estados Unidos en condición de ilegales, a fin de que en un marco de absoluto respeto a sus derechos humanos se verifique si tienen antecedentes penales, órdenes de captura pendientes de ejecución y evitar con ello que engrosen las filas de la delincuencia organizada.

La Policía de Frontera debe estar preparada para evitar actos terroristas e impedir flujos de migrantes de manera ilegal provenientes de la frontera sur.

De tal suerte que nuestro país contaría con un cuerpo especializado, capacitado y dotado de las herramientas necesarias para combatir eficazmente estos delitos, que afectan gravemente la seguridad pública, e incluso llegan a poner en riesgo la seguridad nacional.

Para tales efectos, se propone adicionar el párrafo segundo del artículo 8, fracción III, inciso a) para mencionar que las atribuciones correspondientes a la Policía Federal en las zonas mencionadas en el párrafo primero de ese dispositivo, corresponderán ejercerlas a un cuerpo especializado denominado Policía Fronteriza.

Asimismo, se trasladó al inciso b) de la citada Fracción III del artículo 8 la mención de que la Policía Federal ejercerá sus atribuciones en la tierra firme de los litorales, carreteras federales, vías férreas y los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares, a fin de excluirlas de la competencia de la Policía de Frontera, cuyas áreas de competencia estarían delimitadas perfectamente en el párrafo primero del apartado a) de ese mismo dispositivo.

En virtud de lo anterior, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por virtud del cual se reforma y adiciona la fracción III del artículo 8 y se adiciona un párrafo segundo al artículo 12 de la Ley de la Policía Federal

Único. Se reforma y adiciona la fracción III del artículo 8 y se adiciona un párrafo segundo al artículo 12 de la Ley de la Policía Federal para quedar como sigue:

Artículo 8. La Policía Federal tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:

I. a II. ...

III. Salvaguardar la integridad de las personas, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos, así como prevenir la comisión de delitos, en:

a) Las zonas fronterizas, la parte perteneciente al país de los pasos y puentes limítrofes, las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, los aeropuertos, los puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional y el espacio aéreo.

...

b) La tierra firme de los litorales, carreteras federales, vías férreas y los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares, los parques nacionales, las instalaciones hidráulicas y vasos de las presas, los embalses de los lagos y los cauces de los ríos;

c) a e)

IV. a XLVII.

Artículo 12. En el desempeño de sus atribuciones y obligaciones, la Policía Federal y su Comisionado General tendrán el apoyo de las unidades administrativas que establezca el Reglamento Interior de la Secretaría.

Para el ejercicio de sus atribuciones en las áreas señaladas por el artículo 8 fracción III inciso a) de esta Ley, la Policía Federal contará con un cuerpo especializado denominado Policía Fronteriza.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal deberá realizar las adecuaciones reglamentarias necesarias para implantar en la esfera administrativa el presente decreto, en un plazo que no exceda de seis meses contados a partir del día siguiente a la publicación de éste.

Palacio Legislativo, en la Ciudad de México, DF, a 15 de marzo de 2011.— Diputados: Jorge Carlos Ramírez Marín, Arturo Zamora Jiménez, Jorge Humberto López Portillo Basave, Víctor Humberto Benítez Treviño, José Luis Marcos León Perea, Sergio Lobato García, Rolando Bojórquez Gutiérrez, Juan José Cuevas García, Camilo Ramírez Puente, Gustavo González Hernández, Onésimo Mariscales Delgadillo, María Dina Herrera Soto, Velia Idalia Aguilar Armendáriz, Norma Sánchez Romero, José Ignacio Seara Sierra, Laura Viviana Agundiz Pérez, Sergio Arturo Torres Santos, Reginaldo Rivera de la Torre, Carlos Manuel Joaquín González, Janet Graciela González Tostado, Miguel Ernesto Pompa Corella, Francisco Alberto Jiménez Merino, Ana Estela Durán Rico, Laura Arizmendi Campos, David Ricardo Sánchez Guevara, Margarita Gallegos Soto, Hilda Ceballos Llerenas, Florentina Rosario Morales, Lucila del Carmen Gallegos Camarena, María Sandra Ugalde Basaldúa (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias a usted, señor diputado. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Sí, dígame, diputado Gerardo Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Diputado presidente, como se dice popularmente, me da la impresión a ojo de buen cubero, de que no hay quórum. Le pido verifique el quórum.

Pero además, veo que el diputado César Nava no vino; entonces, ahí le encargo que le descuenten el día, por favor.

El diputado Víctor Humberto Benítez Treviño(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Diputado Humberto Benítez Treviño, a sus órdenes, señor.

El diputado Víctor Humberto Benítez Treviño(desde la curul): Gracias, señor presidente. La iniciativa que acaba de presentar el compañero diputado Arturo Zamora es de la mayor relevancia, señor presidente.

Creo que defender las zonas fronterizas; la del norte para evitar que nuestros paisanos, los mexicanos, reciban agresiones y vejaciones de las autoridades americanas, pero también, como lo dijo el promovente, para evitar que las autoridades mexicanas vulneren derechos humanos de centroamericanos y sudamericanos.

Por tal motivo, destaco la importancia de esta iniciativa y le ruego le pregunte al iniciante si puedo sumarme a ella.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Diputado Zamora, ¿está usted de acuerdo en que se adhieran a su iniciativa?

El diputado Arturo Zamora Jiménez(desde la curul): Estoy de acuerdo, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Está de acuerdo el diputado Zamora; por tanto, diputado Humberto Benítez, puede usted pasar a firmar.

El diputado Camilo Ramírez Puente(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Sí, dígame, diputado Camilo Ramírez Puente.

El diputado Camilo Ramírez Puente(desde la curul): Gracias, presidente. También para pedirle al promovente si nos permite adherirnos a la iniciativa, pero con el siguiente comentario adicional.

Creo que es una iniciativa verdaderamente progresista y sobre todo, para aquellos que vivimos en las fronteras de nuestro país. Vemos con preocupación verdaderamente un problema que, más allá de todos los que existen, es el tráfico de armas. Creo que tenemos que fortalecer las fronteras y no podemos estar impasibles ante lo que pasa.

Verdaderamente Ése es el sentido de buscar la adhesión a esta iniciativa, que creo que es verdaderamente de avanzada. Gracias, presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias a usted, diputado. Ya ha manifestado su anuencia el señor diputado, para que se puedan adherir a su iniciativa. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACION CREDITICIA

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra la diputada Ana Estela Durán Rico, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 23 y 39 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

La diputada Ana Estela Durán Rico:Con su venia, señor presidente. Señoras y señores legisladores, la iniciativa que en esta ocasión presento pretende reformar la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, la cual corresponde a la necesidad de flexibilizar la apretura de créditos a quienes hayan tenido o tengan antecedentes negativos en el buró de crédito.

En este sentido, consideramos que la pérdida exorbitante de cientos de miles de empleos ha deteriorado el bienestar familiar, en virtud también de que en los últimos 10 años no se ha generado un aumento en el poder crediticio y sin embargo, el poder adquisitivo de la mayoría de la población ha ido disminuyendo en ese lapso.

En el sistema financiero constantemente se obstaculizan los proyectos de un gran número de personas encaminadas a mitigar la difícil situación por la que atraviesan, ello debido a que son deudores y que forman parte de la cartera vencida, motivo por el cual se les niega el acceso a los productos financieros.

Toda la información que poseen las sociedades de información crediticia constituye un acervo de datos que también fomentan los tratos discriminatorios de aquellas personas que, por razones ajenas a su voluntad son tildadas de incumplidas por formar parte de la cartera vencida, como si de ellas dependiera la crítica situación de la falta de empleo y la liquidez oportuna.

De tal manera que la información manejada por las sociedades de información crediticia es clasificada mediante señalamientos que se hacen a los clientes, de conformidad a un catálogo de clasificación. De acuerdo con este catálogo se vulnera la fama pública de las personas que aun estando en la mejor disposición de pagar siguen siendo señalados como morosos y en ocasiones son identificados como presuntos responsables del delito de fraude. Lo anterior genera una inhibición sobre la posibilidad de que los afectados adquieran nuevos créditos.

Basta recordar que la propia Constitución prohíbe todo acto discriminatorio por cuestiones de condición social y económica, por lo que es un derecho humano el trato igualitario, por consiguiente, es un pilar de la forma de vida democrática del país.

En esta ocasión se propone implementar una reforma a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, la cual consiste en modificar el plazo por el que las sociedades deben conservar los registros de incumplimiento por el que son vetados los clientes, el cual estimamos es excesivo actualmente para el caso de los deudores que cumplieron mediante convenio o finiquito unilateral, ya que actualmente es de 72 meses, lo mismo para los deudores incumplidos que no han pagado, lo cual a todas luces es desproporcional.

Por ello, proponemos que el plazo para conservar los antecedentes negativos de los deudores que tuvieron voluntad para finiquitar sus deudas sea por el tiempo en que incumplieron. Es decir, si un deudor tardó un mes en terminar de pagar su deuda al momento en que ésta fue exigible, el deudor celebró un convenio de finiquito o bien liquidó su deuda sin convenio, el plazo para conservar el registro de incumplimiento debe ser proporcional, o sea un mes después de haber cumplido con el pago total de la deuda, según el ejemplo que estoy citando.

Con esto se alentará a que los deudores que incurran en mora y que en un momento dado tengan recursos para liquidar sus adeudos, acudan con sus acreedores para reestructurar sus deudas, esto facilitará que disminuya proporcionalmente la marginación de créditos bancarios para personas que figuran en el buró de crédito con antecedentes negativos, aun cuando ya liquidaron sus deudas.

También consideramos que es justo que el cliente tenga derecho a saber la información contenida en su historial crediticio, cuando solicite un crédito y éste le sea negado porque posee antecedentes de incumplimiento en dicho historial, ya que actualmente no sucede en la práctica.

En este orden de ideas, una vez que el cliente conozca qué deudas figuran en su historial, podrá oponer sus excepciones mediante un procedimiento sencillo que consistirá en que el deudor podrá exhibir los documentos en los que acredite que pagó su deuda, teniendo la obligación el prestador del servicio de crédito de documentarlo y en seguida otorgarle el crédito solicitado.

El perjuicio consistente en dejar de obtener un crédito financiero genera un daño evidente, el cual repercute directamente en el bienestar familiar y también en las empresas, considerando que hoy en día son más de 8 millones de personas quienes están registradas en el Buró de Crédito como morosas, según datos de la Asociación Mexicana de Bancos. En la actualidad también dicen que son 57 millones de personas las que de algún modo u otro tiene registradas el buró.

Por lo anterior, se propone reformar la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a fin de eliminar el registro moratorio de acuerdo a los días en que el cliente haya tardado en liquidar su deuda total, así como contar con el derecho a conocer la información del historial crediticio que posee el otorgante del crédito para que el cliente pueda desvirtuarla y obtenga el crédito desde el momento de solicitarlo.

Por todo lo expuesto, se propone la iniciativa con proyecto de decreto.

Único. Se reforman los párrafos sexto, octavo y noveno del artículo 23; y se adiciona un tercer párrafo del artículo 39 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia en la forma en que aparece ya en la Gaceta Parlamentaria.

Asimismo, solicito que esa iniciativa se inserte íntegra en el Diario de los Debates. Es cuanto, señor presidente. Gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 23 y 39 de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo de la diputada Ana Estela Durán Rico, del Grupo Parlamentario del PRI

La diputada Ana Estela Durán Rico, y demás diputados suscritos de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, con base en lo siguiente

Exposición de Motivos

La pérdida exorbitante de cientos de miles de empleos, ha deteriorado el bienestar familiar afectando sus condiciones económicas, así como la calidad de vida de un gran número de familias, en virtud de que la política económica de los últimos diez años ha ido encaminada a incrementar la capacidad de endeudamiento mientras que el poder adquisitivo de la mayoría de la población ha ido disminuyendo en este lapso.

La falta de medidas eficaces para enfrentar los efectos de la crisis, se ha convertido en un problema que debe ser solucionado a partir de acciones que permitan otorgar una mayor certidumbre a los usuarios de los servicios financieros.

En el sistema financiero, constantemente se ven obstaculizados los proyectos empresariales de muchas personas, ello debido a que las sociedades de información crediticia los califican como morosos, motivo por el cual se les niega el acceso a diferentes productos financieros.

El crecimiento de endeudamientos es una situación preocupante, pero es más alarmante que los deudores no puedan salir adelante y por tal motivo no puedan liquidar los créditos contraídos.

Sin tratar de adentrarnos en el tema sobre el objetivo de las sociedades de información crediticia, no se omite mencionar que de por sí, el fin para el que fueron creadas, lejos de representar un banco de información, constituye un acervo de datos para fomentar los tratos discriminatorios de aquellas personas que por causas ajenas a su voluntad son tildadas de incumplidas por formar parte de la cartera vencida, como si de ellas dependiera la crítica situación de falta de empleo y liquidez oportuna.

Basta recordar que la nuestra Constitución prohíbe todo acto discriminatorio por cuestiones de condición social y económica, ya que el trato igualitario constituye un derecho humano que es pilar en nuestro estado de derecho y por consiguiente en la forma de vida democrática del país, así como en la preservación de la paz social. La práctica de boletinar a personas son actos discriminatorios por razones de condición económica, acto que se traduce en la vulneración un derecho humano que atenta contra la dignidad de las personas. Existen legislaciones que prohíben esta práctica, como es el caso de la Ley Federal del Trabajo entre otras.

La información manejada por la sociedades de información crediticia, es clasificada mediante señalamientos imputados a los clientes, de acuerdo a un catálogo de clasificación formulado unilateralmente por las propias sociedades de información crediticia y con la venia del Banco de México, ello sin escuchar a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef). En este documento clasificatorio se contemplan rangos identificados que pueden denotar desde un atraso, en los pagos del crédito, hasta un supuesto fraude por parte del deudor, sucediendo esto aún cuando el deudor ya ha reestructurado su crédito, o bien, el banco o ente acreedor instrumentó una quita en el monto de la deuda.

De acuerdo con este catálogo, se vulnera la fama pública de las personas que aún estando en la mejor disposición de pagar, siguen siendo señaladas como morosas, y en ocasiones son identificadas como presuntos responsables del delito de fraude, obteniendo el registro con el número 9 que es la peor calificación. Lo anterior genera una inhibición sobre la posibilidad de que los afectados, puedan adquirir nuevos créditos, en razón de que las instituciones bancarias niegan el acceso a éstos, debido a la información que se obtiene de las sociedades de información crediticia sobre aquellas personas que se encuentran boletinadas, y lo peor es que los antecedentes de incumplimiento permanecen hasta 72 meses en los registros.

En este contexto consideramos que el plazo para eliminar el registro de incumplimientos en los historiales crediticios es excesivo y que debido a ello, los clientes de la banca boletinados aún y cuando finiquitaron sus deudas, no pueden adquirir un nuevo crédito en virtud de poseer antecedentes negativos en los reportes que emiten las referidas sociedades de información crediticia.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta iniciativa pretende modificar los plazos para eliminar los antecedentes negativos de quienes han sido o son deudores de la banca por parte de las sociedades de información crediticia, proponiendo que este término sea el lapso proporcional en el que haya durado el incumplimiento, es decir, si un deudor se atrasó un mes en pagar el finiquito de deuda, el término para que se elimine el antecedente negativo será un mes contado a partir del día en el que se cumplió con la o las obligaciones, así como establecer un plazo máximo de 72 meses como actualmente sucede.

Otro asunto a revisión es el que tiene que ver con el tiempo de actualización por parte de las sociedades de información crediticia con respecto a la información que manejan. Es común que las instituciones financieras intercambien información de los créditos con las sociedades de información crediticia a destiempo, lo que se puede presumir como una omisión que conlleva a que se originen perjuicios para los clientes de la banca.

El perjuicio consistente en dejar de obtener un crédito por el registro indebido sobre una morosidad, cuando se da el caso de que el cumplimiento de pago no fue reportado de manera oportuna, es evidente que genera un daño que repercute directamente en el bienestar familiar, y considerando que hoy son 57 millones de personas la cantidad de deudores de la banca al corriente y en mora, quienes están registradas por las sociedades de información crediticia, según datos de la Asociación Mexicana de Bancos, podemos afirmar que es alarmante la cifra, en virtud de que millones de personas no son sujetos para adquirir otro crédito.

También resulta inquietante la expedición de tarjetas de crédito, en virtud de que ésta ha aumentado considerablemente en los últimos años, ya que en 2001 la cifra era de 153 tarjetas por cada mil habitantes, y en el 2008 pasó a 555 por cada millar.

Por otro lado, existe una actitud rijosa por parte de los bancos e instituciones prestadoras de servicios financieros, derivado de la venta de la cartera vencida a despachos de abogados, quienes utilizando el hostigamiento en el cobro ilegal a los deudores, se valen de arbitrarios argumentos y palabras altisonantes, mediante llamadas telefónicas de acoso, realizadas en todo momento, incluso en horas de madrugada con actitudes prepotentes y amenazantes frente a los deudores.

En este sentido, se propone en esta iniciativa que el usuario cuente con el apoyo de la ley, para que en el momento en que le sea negado un crédito o servicio en razón de una información no actualizada, tenga la posibilidad de desvirtuar esa información exhibiendo los títulos de crédito y comprobantes con los que se acredite que ya cumplió con el pago de su deuda.

Con esta reforma se intenta fortalecer a las pequeñas y medianas empresas para que obtengan créditos para expandirse, lo que a su vez propiciará un aumento en la ocupación de miles de personas.

Por todo lo expuesto se propone la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único.Se reforman los párrafos sexto, octavo y noveno del artículo 23 y se adiciona un tercer párrafo al artículo 39 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia para quedar como sigue

Artículo 23.-Las Sociedades (...).

Las Sociedades (...).

En caso de información (...).

En el caso (...).

En el caso de créditos (...).

En el caso de que el cliente celebre un convenio de finiquito y pague lo establecido en éste, el usuario deberá enviar a la sociedad la información respectiva, a fin de que ésta refleje que el pago se ha realizado, con la correspondiente clave de observación. Las sociedades deberán eliminar la información relativa a estos créditos, así como las claves de observación correspondientes, después de haberse realizado el pago total de la deuda y que haya transcurrido el plazo correspondiente al periodo de incumplimiento, contado desde la fecha en que se efectuó el cumplimiento, pero por ningún motivo podrá exceder del plazo señalado en el tercer párrafo de este artículo.

Para efectos (...).

Las sociedades deberán eliminar la información relativa a créditos menores al equivalente a mil UDIS en los términos que establezca el Banco de México mediante disposiciones de carácter general; asimismo, en dichas disposiciones se podrá determinar un monto y plazo de referencia para eliminar el registro de saldos residuales de cuantías mínimas, el cual no podrá ser superior a veinticuatro meses.

Se exceptúa a las sociedades de la obligación de eliminar la información relativa al incumplimiento correspondiente del historial crediticio, en los plazos señalados en los párrafos segundo y sexto de este artículo, cuando en la fecha en que corresponda eliminarla, el incumplimiento en el pago exigible esté siendo objeto de juicio en tribunales. Lo anterior, con base en la información que al efecto y bajo protesta de decir verdad le proporcione el usuario que corresponda, a la sociedad de que se trate.

En el supuesto(...).

Las Sociedades (...).

Las Sociedades (...).

Artículo 39.- (...).

Los Clientes (...).

Los Usuarios (...).

Asimismo la información contenida en el reporte de crédito deberá ser proporcionada al cliente, y si éste último estima que dicha información corresponde a obligaciones que ya fueron cumplidas, este podrá exhibir su comprobante de pago, documento de liberación de deuda o título de crédito junto con el contrato correspondiente, en los que se acredite que ha cumplido con sus obligaciones referidas. Este acto deberá ser documentado por los usuarios mediante acta circunstanciada para que otorguen el crédito o servicio solicitado por el cliente. Lo anterior sin perjuicio de que el usuario ejerza las acciones correspondientes para comprobar la veracidad del cumplimiento.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.La información correspondiente a los créditos de los clientes que hayan pagado mediante convenios de finiquito, deberá ser eliminada conforme a lo previsto en el sexto párrafo del artículo 23. Para este efecto las sociedades contarán con un plazo de 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2011.— Diputados: Ana Estela Durán Rico, Jesús Alberto Cano Vélez, Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, Miguel Ernesto Pompa Corella, Alejandro Canek Vázquez Góngora, Isaías González Cuevas, Alma Carolina Viggiano Austria, Ana Georgina Zapata Lucero, Jorge Humberto López-Portillo Basave, Luis Félix Rodríguez Sosa, José Manuel Aguero Tovar, Olivia Guillén Padilla, Arturo Zamora Jiménez, Janet Graciela González Tostado, José Trinidad Padilla López, Clara Gómez Caro, Rosalina Mazari Espín, Sofía Castro Ríos, Eduardo Alonso Bailey Elizondo, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Felipe Cervera Hernández, Martín Enrique Castillo Ruz, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Héctor Pablo Ramírez Puga Leyva, Margarita Liborio Arrazola, Heriberto Ambrosio Cipriano, Socorro Sofío Ramírez Hernández, Jorge Venustiano González Ilescas, Víctor Manuel Anastasio Galicia Ávila, Esthela Damián Peralta, Guadalupe Pérez Domínguez, Margarita Gallegos Soto, Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Narcedalia Ramírez Pineda, Hilda Ceballos Llerenas, Carlos Cruz Mendoza, David Hernández Vallin, Salvador Caro Cabrera, Jorge Arana Arana, Alberto Emiliano Cinta Martínez, Claudia Ruíz Massieu Salinas, Juan José Guerra Abud, Alejandro del Mazo Maza, Pablo Escudero Morales, Juan Carlos Natale López, María Dina Herrera Soto, José Ignacio Pichardo Lechuga, Miguel Ángel Terrón Mendoza, Fausto Sergio Saldaña del Moral, Humberto Lepe Lepe, Noé Martín Vázquez Pérez, Mario Alberto di Costanzo Armenta, Blanca Estela Jiménez Hernández, Laura Elena Estrada Rodríguez, Bonifacio Herrera Rivera, Alfredo Javier Rodríguez Dávila, José Antonio Arámbula López, Jesús Giles Sánchez, Benigno Quezada Naranjo, Julián Nazar Morales, Julián Francisco Velázquez y Llorente, Oralia López Hernández, María de Lourdes Reynoso Femat, Nancy González Ulloa, Francisco Javier Ramírez Acuña, Sergio Octavio Germán Olivares, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Tomasa Vives Preciado, Teresa del Carmen Inchaustegui Romero, José Ramón Martel López, Cruz López Aguilar, María Hilaria Domínguez Arvizu, David Hernández Pérez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Adán Augusto López Hernández, Jaime Fernando Cárdenas Gracia, Víctor Manuel Castro Cosío, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, Ramón Jiménez Fuentes, Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez, Armando Ríos Piter, Laura Arizméndi Campos, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía,Emilio Serrano Jiménez, Lucila del Carmen Gallegos Camarena, Velia Idalia Aguilar Armendáriz, María Sandra Ugalde Basaldúa, José Ignacio Seara Sierra, Laura Viviana Agúndiz Pérez, Norma Sánchez Romero, María Araceli Vázquez Camacho, Guadalupe Pérez Domínguez, Reginaldo Rivera de la Torre, Víctor Humberto Benítez Treviño, Adriana Terrazas Porras, Florentina Rosario Morales (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Como lo solicita la diputada, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

La diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía(desde la curul). Señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Diputada Rosaura Ochoa, dígame.

La diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía(desde la curul). Gracias, presidente. Preguntarle únicamente a nuestra amiga diputada si me permite que me adhiera a su iniciativa.

La diputada Ana Estela Durán Rico(desde la curul). Con gusto, presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Ha manifestado que con mucho gusto puede usted adherirse a su iniciativa. Y todos aquellos diputados que quieran hacerlo pueden pasar a la Secretaría.



REGISTRO DE ASISTENCIA

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se pide a la Secretaría instruya el cierre del sistema electrónico de asistencia y dé cuenta del registro de diputadas y diputados.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:¿Falta algún diputado o diputada por registrar su asistencia? Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de diputadas y diputados de 425.

Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia disponen de 30 minutos para realizarlo por cédula, de conformidad con el artículo 45 del Reglamento de la Cámara de Diputados.



ARTICULO 4O. CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra el diputado Raúl Domínguez Rex, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Mientras llega el señor diputado, me permito enviar un saludo a visitantes de Metepec, estado de México, que han sido convocados por el diputado Miguel Ángel Terrón Mendoza.

Igualmente a maestros y alumnos de la Escuela Superior de Economía del Instituto Politécnico Nacional, a invitación del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva.

Y a integrantes del Grupo Hombres del Mañana, de San Luis Potosí, que han sido convocados por el diputado Enrique Trejo Azuara.

Gracias, diputado Raúl Domínguez Rex, por la espera tiene usted la palabra.

El diputado Raúl Domínguez Rex:Gracias. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presento ante el pleno la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo quinto del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente exposición de motivos.

Uno de los derechos fundamentales del ser humano no sólo en el ámbito nacional, sino también en lo internacional, tiene que ver con la seguridad patrimonial. Es decir, con el derecho a la vivienda.

En nuestro país el derecho a la vivienda es reconocido hasta el 7 de febrero de 1983 mediante una reforma a la Constitución, la cual establece en el quinto párrafo del artículo 4o. que toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa.

En este sentido, se puede afirmar que la responsabilidad del Estado debe ser entendida en consecuencia como una responsabilidad jurídica garantizada, incluso a nivel constitucional, de forma que la persona necesitada deje de ser objeto de la relación asistencial y se convierta en sujeto prestador de derechos.

Los Estados partes del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales convienen, en el artículo 11, que el presente pacto reconoce el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados y a una mejora continua de las condiciones de existencia.

El referido precepto constitucional presenta una serie de errores si se le compara con la declaración de los derechos universales y el Pacto Internacional –anteriormente mencionado– ya que, en primer lugar, le asigna el derecho fundamental a la familia y no a todos los individuos. En segundo término, lo que garantiza la Constitución es el disfrute de la vivienda, pero no su adquisición.

Además, cabe señalar la gran dificultad que implica la medición de la dignidad y el decoro de una vivienda. Al respecto, es de comentar que una vivienda digna y decorosa tendría que ver con la extensión de la misma en relación con sus habitantes.

Si una vivienda cumple o no con las características que le asigna el texto constitucional, se puede encontrar en el acceso y dotación de servicios; que tenga accesos a agua potable, electricidad y drenaje.

En este sentido la Estrategia Mundial de la Vivienda, preparada por la ONU, define el término vivienda adecuada como un lugar donde poderse aislar, si se desea, espacio adecuado, seguridad adecuada, iluminación y ventilación adecuadas, una infraestructura básica adecuada y una situación adecuada en relación con el trabajo y los servicios básicos, todo ello a un costo razonable.

Por todo lo anterior, cabe hacer mención que el motivo de dicha iniciativa lo que pretende, por un lado, es ampliar los derechos a la vivienda, pasando del aspecto meramente familiar a lo individual, así como también cambiar el concepto de digna y decorosa por el de adecuada, y que como se manifiesta con anterioridad, el término de adecuada atiende a estándares internacionales tendentes a garantizar los mínimos al que el individuo y su familia tienen derecho para obtener un desarrollo urbano sustentable.

En tal virtud, someto a consideración de esta soberanía el siguiente decreto por el que se reforma el párrafo quinto del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar en los términos siguientes:

Artículo 4o. Todo individuo tiene derecho a disfrutar de una vivienda adecuada. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Artículo transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Es cuanto, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Raúl Domínguez Rex, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Raúl Domínguez Rex, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante el pleno iniciativa con proyecto decreto que reforma el párrafo quinto del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

El antecedente de la presente iniciativa, lo podemos ubicar durante el siglo XX, al consagrarse el derecho a la vivienda en la mayoría de las Constituciones Políticas de las Repúblicas en el Mundo. Lo anterior, generó un progresivo reconocimiento y reformas en las referidas constituciones en Latinoamérica, Europa y el Oriente, así como la creación de legislaciones secundarias en materia de derecho a la vivienda, ya sea en lo individual o familiar y las respectivas obligaciones gubernamentales.

En nuestro país, el derecho a la vivienda es reconocido hasta el 7 de febrero de 1983, que se publica en el Diario Oficial de la Federación, mediante una reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece en el quinto párrafo del artículo 4o., que “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”.

Al respecto, diversos autores señalan que el derecho a la vivienda se encuentra previsto estrictamente en el derecho social, por lo que no confiere al titular o titulares de una acción ejercitable, sino que se establece un mandato a los poderes públicos o al Estado como tal, en cuanto a la obligación de diseñar y ejecutar políticas públicas que hagan efectivo el derecho en cuestión.

En este sentido, se puede afirmar que “La responsabilidad del Estado debe ser entendida, en consecuencia, como una responsabilidad jurídica, garantizada incluso a nivel constitucional, de forma que la persona necesitada deje de ser objeto de la relación asistencial y se convierta en sujeto portador de derechos”.

Derecho comparado

El derecho a la vivienda es un derecho universal, que se encuentra reconocido a nivel internacional por diversos instrumentos jurídicos, tanto de carácter general como sectorial o local.

En este sentido, podemos señalar que el año de 1948, se reconoce formalmente el derecho a una vivienda digna en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual establece en su artículo 25.1 que “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios...”

Posteriormente, los Estados parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (México ratifica el pacto en cuestión en el año de 1981), convienen en el artículo 11 que “...en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia”.

Sin embargo, resulta indispensable reconocer la aportación más avanzada que existe en el mundo que realiza la República Portuguesa en la materia en cuestión, al determinar en el artículo 65 de su Constitución, lo siguiente:

“1.Todos tendrán derecho, para sí y para su familia, a una vivienda de dimensión adecuada, en condiciones de higiene y comodidad, y que preserve la intimidad personal y familiar.

”2. Corresponde al Estado para asegurar el derecho a la vivienda:

”a) Programar y realizar una política de vivienda inserta en planes de reordenamiento del territorio y apoyada en planes de urbanización que garanticen la existencia de una red adecuada de transportes y de servicios colectivos.

”b) Estimular y apoyar las iniciativas de las comunidades locales y de la población tendentes a resolver los respectivos problemas de vivienda y fomentar la autoconstrucción y la creación de cooperativas de vivienda.

”c) Estimular la construcción privada, con subordinación a los intereses generales.

”3. El Estado adoptará una política destinada a establecer un sistema de alquiler compatible con la renta familiar y de acceso a la propiedad de la vivienda.

”4. El Estado y las entidades locales ejercerán un control efectivo del parque inmobiliario, procederán a la expropiación de los suelos urbanos que resulten necesarios y definirán el respectivo derecho de utilización.”

Al respecto, podemos mencionar que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, establece en su artículo 82 que “Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos”.

En este sentido, la Constitución de la República de Paraguay señala en su artículo 100, que “Todos los habitantes de la República tienen derecho a una vivienda digna. El Estado Establecerá las condiciones para hacer efectivo este derecho, y promoverá planes de vivienda de interés social, especialmente las destinadas a familias de escasos recursos, mediante sistemas de financiamiento adecuados”.

De igual forma, la Constitución de la República Oriental de Uruguay determina en su artículo 45, que “Todo habitante de la República tiene Derecho a gozar de vivienda decorosa. La Ley propenderá a asegurar la vivienda higiénica y económica, facilitando su adquisición y estimulando la inversión de capitales privados para ese fin”.

El caso de España es también digno de tomarse en cuenta, debido a que la Constitución Española refiere en su artículo 47, que “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”.

Ahora bien, el artículo 23 inciso 20 de la Constitución Política de la República de Ecuador menciona que “sin perjuicio de los derechos establecidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, el Estado reconocerá y garantizará a las personas los siguientes:...

”20. El derecho a una calidad de vida que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, saneamiento ambiental; educación, trabajo, empleo, recreación, vivienda, vestido y otros servicios sociales necesarios.”

Cabe señalar, que el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, determina que “Los nicaragüenses tienen derecho a una vivienda digna, cómoda y segura que garantice la privacidad familiar. El Estado promoverá la realización de este derecho”.

En este sentido, la Constitución Política de Sudáfrica señala en el artículo 26 que “Todo individuo tiene derecho a acceder a una vivienda adecuada”.

Contenido de la iniciativa

Como ya mencionamos anteriormente, el quinto párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determina que “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”.

El referido precepto constitucional presenta una serie errores si se le compara con la Declaración de los Derechos Universales y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales anteriormente referidos, así como varios de los preceptos constitucionales de otros paí-ses que se mencionaron en el apartado anterior, ya que “...en primer lugar, le asigna el derecho fundamental a “la familia” y no a todos los individuos. En segundo término, lo que garantiza la Constitución es el “disfrute” de la vivienda, pero no su adquisición, que siempre suele resultar más difícil que lo primero”.

Además cabe señalar, la gran dificultad que implica la medición de la dignidad y el decoro de una vivienda. Al respecto, el referido autor comenta que una vivienda digna y decorosa “...tendría que ver con la extensión de la misma en relación con sus habitantes...si una vivienda cumple o no con las características que le asigna el texto constitucional se puede encontrar en el acceso y dotación de servicios que tenga: acceso a agua potable, electricidad, drenaje...”.

En este sentido, la Estrategia Mundial de la Vivienda preparada por la ONU, define el término “vivienda adecuada”, como “un lugar donde poderse aislar si se desea, espacio adecuado, seguridad adecuada, iluminación y ventilación adecuadas, una infraestructura básica adecuada y una situación adecuada en relación con el trabajo y los servicios básicos, todo ello a un costo razonable”.

Al respecto, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del Sistema de Naciones Unidas, establece en la Observación General número 4, siete aspectos que la vivienda debe tener:

a) Seguridad jurídica de la tenencia: ...Todas las personas deben de tener un mínimo de seguridad jurídica que les garantice contra el desahucio, el hostigamiento y otras amenazas.

b) Disponibilidad de servicios, materiales, facilidades e infraestructura: acceso permanente a recursos naturales y comunes, a agua potable, a energía para la cocina, la calefacción y el alumbrado, a instalaciones sanitarias y de aseo, de almacenamiento de alimentos, de eliminación de desechos, de drenaje y a servicios de emergencia.

c) Gastos soportables: significa que los gastos que conlleva una vivienda no deben de ser tan altos como para impedir que se satisfagan otras necesidades básicas.

d) Habitabilidad: La vivienda debe garantizar la seguridad física de sus habitantes, así como protegerlos del frío, calor, humedad, la lluvia, el viento y otras amenazas para la salud.

e) Asequibilidad: Los grupos de la sociedad con mayor desventaja deben tener acceso pleno y sostenible a los recursos necesarios para conseguir una vivienda.

f) Lugar: La ubicación de la vivienda debe permitir el acceso a las opciones de empleo, servicios de salud, a centros de atención de niños, escuelas, etc.

g) Adecuación cultural: La forma de construir la vivienda, los materiales utilizados, así como las políticas públicas que se desarrollen, deben permitir la expresión de la identidad cultural de sus habitantes.

Podemos observar que el derecho a la vivienda adecuada, se encuentra definido en diversos documentos internacionales, como un derecho humano fundamental, debido a que la vivienda es una de las necesidades fisiológicas fundamentales de cada individuo.

De igual forma, podemos señalar que cuando un individuo ejerce su derecho a la vivienda adecuada, accede a muchos de los derechos humanos que la Organización de Naciones Unidas ha instituido como tales, como el derecho a la seguridad personal, el derecho a la higiene ambiental, el derecho a un nivel de vida elevado de salud física y mental, el derecho a la libertad de expresión y asociación, el derecho a la no intromisión de la intimidad personal, familiar, de comunicación, etcétera.

Al respecto, es importante reiterar los errores que presenta nuestra carta magna al no reflejar lo establecido en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, tanto que el derecho a la vivienda sea un derecho que pueda ejercer cualquier individuo, como que la vivienda sea adecuada.

En tal virtud someto a consideración de esta soberanía, el siguiente

Decreto por el se reforma el párrafo quinto del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Primero.Se reforma el párrafo quinto del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 4.

...

Todo individuo tiene derecho a disfrutar de una vivienda adecuada. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Artículo Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Carbonell, Miguel. Los derechos fundamentales en México. Editorial Porrúa, Universidad Nacional Autónoma de México y Comisión de Nacional de los Derechos Humanos México, Tercera Edición, México, 2009, p. 800.

2 Instituto de Investigaciones Jurídicas. Enciclopedia jurídica latinoamericana. Editorial Porrúa y Universidad Nacional Autónoma de México, México, 2006, Tomo IV, pp. 335.

3 Ibídem, p. 921.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2010.— Diputado Raúl Domínguez Rex (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias a usted, diputado. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Se pospone la participación del diputado Javier Gil Ortiz, del Grupo Parlamentario del PRI.



LEY DE MANIFESTACIONES PUBLICAS EN EL DISTRITO FEDERAL

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal.

La diputada Gabriela Cuevas Barron:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados, la regulación de las manifestaciones en la ciudad de México es un tema que ha estado en la agenda pública por mucho tiempo, sin embargo, no ha recibido un trato adecuado ni una respuesta favorable.

Mediante marchas, plantones y bloqueos los ciudadanos han visto afectados sus bienes, derechos y libertades en múltiples ocasiones, sufriendo afectaciones tan variadas o pérdidas económicas en los comercios, retrasos en la entrada a sus centros de trabajo, daños en propiedades públicas y privadas, elevados índices de contaminación y en múltiples ocasiones, alteración del orden público.

En otras palabras, la desidia de las autoridades locales en afrontar este problema no sólo ha mermado la calidad de vida de los habitantes del Distrito Federal, sino también de millones de personas que ingresan diariamente a la capital por cuestiones culturales, deportivas o de trabajo.

De 2002 a la fecha se ha registrado un aumento significativo en el número de movilizaciones que se reportan cada día en la ciudad. Tan sólo en el periodo del año 2006 al 2008 se triplicó el número de concentraciones en las vías públicas, pasando de mil 148 manifestaciones anuales a poco más de 3 mil, lo que equivale a un promedio de 9 concentraciones diarias, tendencia que también se conservó el año pasado.

Además de las molestias causadas a los transeúntes, las movilizaciones tienen un gran impacto negativo en la economía de la capital, ya que las pérdidas económicas oscilan entre los 320 y los 950 millones de pesos al día, según datos de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México.

La problemática esbozada evidencia la necesidad de aprobar la presente iniciativa, cuyo objetivo es reglamentar las manifestaciones públicas en el marco de las limitaciones que nuestra propia Constitución y las normas internacionales de derechos humanos imponen en el ejercicio de las libertades de expresión y de asociación.

El objetivo no es sancionar ni mucho menos impedir la libertad de reunión o expresión, sino evitar que se causen perjuicios a los ciudadanos cautivos como consecuencia del abuso de esos derechos, abusos que en ocasiones se traducen en el bloqueo de vialidades primarias y en otras, en el uso de la violencia o amenazas para presionar e incluso intimidar a las autoridades, a fin de que resuelvan los asuntos en el sentido deseado.

Las marchas pueden y deben ser reguladas desde esta soberanía. El artículo 122 de nuestra Constitución no sólo faculta al Congreso de la Unión a legislar en lo relativo al Distrito Federal en aquellas materias que no están expresamente conferidas a la Asamblea Legislativa, como es el caso de las manifestaciones públicas.

También le faculta a dictar las disposiciones generales que aseguren el debido, oportuno y eficaz funcionamiento de los Poderes de la Unión, los cuales tienen su asiento en la capital y, por tanto, en incontables ocasiones ven obstruidas sus funciones por el caos que ocasionan las concentraciones en las principales avenidas y hasta en la entrada misma de las oficinas gubernamentales.

La regulación del ejercicio a los derechos de manifestación y reunión no es incompatible con la democracia; por el contrario, permitirá la expresión de las ideas, peticiones e inconformidades en un marco de respeto a los derechos de terceros, velando en todo momento por la integridad de los propios manifestantes.

Con esta ley también se evitará, de manera muy importante, que las autoridades locales continúen brindando un trato diferenciado a los ciudadanos, ya que en algunas ocasiones utilizan la fuerza pública para dispersar a los manifestantes o para impedir su concentración, mientras que en otras, dependiendo si están a favor de sus causas, consienten la obstrucción permanente de los espacios públicos.

Señores legisladores, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos señala que el ejercicio de las libertades de expresión y de reunión entraña deberes y responsabilidades especiales. Es momento que esta asamblea escuche las demandas ciudadanas y señale claramente estos deberes, procurando en todo momento el bienestar social y el respeto a los derechos humanos.

Señor presidente, le solicito atentamente que esta iniciativa se inserte íntegramente en el Diario de los Debates, por favor.

«Iniciativa que expide la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Gabriela Cuevas Barrón, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI Legislatura, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6 numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente proyecto de decreto, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Uno de los temas de mayor importancia para los habitantes del Distrito Federal es el que se refiere a las manifestaciones que se realizan en los espacios públicos de la capital.

Mediante marchas, plantones y bloqueos, los ciudadanos han visto afectados sus bienes, derechos y libertades en innumerables ocasiones, debido a que la falta de regulación en esta materia conlleva consecuencias tan variadas como: pérdidas económicas en los comercios formales, afectación en las actividades cotidianas de los ciudadanos, retrasos en la entrada de los trabajadores a sus centros laborales, daño en propiedades públicas y privadas, imposibilidad de acceso a los servicios de salud, afectación medioambiental al dispararse los índices de contaminación por el aforo vehicular y, en ocasiones, alteración del orden público. Todo lo cual, redunda en una disminución de la calidad de vida de los ciudadanos.

Según cifras de las secretarías de Gobierno y de Seguridad Pública del Distrito Federal, de enero a diciembre de 2009 se realizaron 3 mil 268 movilizaciones, lo que equivale a un promedio de 9 manifestaciones diarias. Esto significó un incremento del 2.2 por ciento respecto al año inmediato anterior y ha sido una tendencia constante que incluso se conservó durante el 2010, año en que se registraron 1,584 manifestaciones tan sólo en el primer semestre.

Esta situación requiere una pronta solución si se considera que del año 2002 a la fecha se ha registrado un aumento significativo en el número de movilizaciones que se reportan día a día en la ciudad. De hecho, del año 2006 al 2008 se triplicó el número de concentraciones en las vías públicas, lo que puede observarse en el cuadro siguiente.

Todas estas movilizaciones no sólo generan molestias entre los ciudadanos, también representan un gran impacto negativo en la economía de la capital. A este respecto, la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México ha precisado que una marcha con una duración de entre dos y tres horas puede generar pérdidas de 320 millones de pesos a los comercios establecidos, lo que significa una cuarta parte de la venta diaria, pero si la manifestación se prolonga entre cuatro y cinco horas, las afectaciones pueden ocasionar una pérdida de entre 575 y 950 millones de pesos, así como la pérdida de más de un millón de horas-hombre tan sólo en la zona centro de la capital.

La problemática esbozada evidencia la necesidad de reglamentar las manifestaciones públicas con la finalidad de evitar una afectación en la calidad de vida de los capitalinos, pero sin afectar derechos fundamentales como la libertad de expresión y de reunión.

Por lo anterior, el objetivo de esta iniciativa es establecer las restricciones a las que estarán sujetas las manifestaciones en el Distrito Federal, en consonancia con las limitaciones que nuestra propia Constitución y las normas internacionales de derechos humanos imponen al ejercicio de las libertades de manifestación y asociación.

En aras a proteger los derechos de terceros y promover el bienestar de la sociedad en general, esta ley pretende eliminar los abusos que se presentan en el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación, como los casos en que tan sólo una docena de personas bloquean las vías públicas, o bien, casos en que las demandas de los ciudadanos no pueden ser satisfechas de manera inmediata pero que, indefectiblemente, afectan las actividades cotidianas de millones de capitalinos.

La expresión de las ideas, peticiones e inconformidades, constituye uno de los elementos del régimen democrático, lo mismo que la libertad de tránsito y el respeto a los derechos de terceros, razón por la cual, esta iniciativa pretende lograr un balance de dichas garantías consagradas en la Constitución, pues no se sanciona o impide la libertad de asociación o manifestación, sino el perjuicio causado a los ciudadanos cautivos que no quieren participar en esas manifestaciones y que, no obstante, ven dañados sus derechos y libertades.

I. Regulación de las marchas

Frente a las visiones simplistas que expresan que regular las manifestaciones supone un atentado a los derechos humanos, autores como Miguel Carbonell han puesto de manifiesto algunas obviedades: a) “Las marchas pueden y deben ser reguladas en el DF, tal y como ha sucedido en otros países en los que se tienen sistemas democráticos muy consolidados. Es decir, la regulación del ejercicio de los derechos de manifestación y reunión no es incompatible con la democracia, sino todo lo contrario”; y b) “La regulación de las marchas podría servir como un instrumento de protección de los propios marchistas. Por ejemplo, si la regulación dispone que cualquier marcha tendrá que ser comunicada a la Secretaría de Seguridad Pública del DF con cierto tiempo de anticipación (en el derecho comparado encontramos plazos que van de las 48 horas hasta los 15 días), entonces la policía podría montar un operativo que sirviera para proteger a los manifestantes, de tal forma que no se pudieran filtrar reventadores o provocadores en la marcha. La presencia policiaca podría servir también como un elemento disuasorio frente a la posible comisión de actos vandálicos por parte de los manifestantes”.

Argumentos como los anteriores, así como los permanentes bloqueos que se han suscitado en vías primarias como el paseo de la Reforma, han enfatizado la necesidad de elaborar y modificar el marco legal a fin de salvaguardar el orden público y regular las decisiones operacionales que están relacionadas con las manifestaciones en un marco de respeto a los derechos fundamentales.

Las medidas que se han adoptado en diversas ciudades del mundo encuentran un mismo objetivo: balancear los intereses de los manifestantes, de las personas que están en contra de aquéllos y del público general cuyo interés es realizar sus actividades cotidianas; debido a que la tolerancia de los bloqueos y de las marchas parece indicar que prevalecen los intereses de ciertos grupos frente al beneficio social. De hecho, en la Ciudad de México hemos notado que las autoridades brindan un trato distinto a los manifestantes, pues en algunas ocasiones utilizan la fuerza pública para dispersarlos o impedir su concentración, mientras que en otras consienten la obstrucción de las principales vías y de los espacios públicos.

Por ello, y en atención a las disposiciones nacionales e internacionales, la presente iniciativa reconoce el ejercicio de los derechos de expresión, reunión y asociación, bajo características específicas, como son: la protección de la salud y la moral públicas, la protección de los derechos y libertades de terceros, la salvaguarda del orden público y de la seguridad nacional.

En este sentido, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos señala en su artículo 19 que el ejercicio del derecho a la libertad de expresión “entraña deberes y responsabilidades especiales”, por lo que puede estar sujeto a ciertas restricciones que deberán estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para: 1) asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; y 2) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas. Asimismo, el artículo 21 reconoce el derecho de reunión pacífica, cuyo ejercicio “sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o el orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás”.

Estas disposiciones también han sido reconocidas en otros instrumentos internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), en la cual se determina que todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole, estando sujetos a las restricciones previstas por la ley.

A nivel interno, los artículos 6 y 9 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señalan lo siguiente:

“Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público;el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado...”.

“Artículo 9o. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.

No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto, a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee”.

Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido que ningún derecho fundamental es absoluto y que, en consecuencia, todos admiten las restricciones establecidas por el legislador ordinario. En este sentido, el máximo tribunal ha señalado que, para ser válidas, estas medidas: a) sólo pueden restringir o suspender el ejercicio de las garantías individuales con objetivos que puedan enmarcarse dentro de las previsiones de la Carta Magna; b) deben ser necesarias para asegurar la obtención de los fines que fundamentan la restricción constitucional; y c) deben ser proporcionales, es decir, la medida legislativa debe respetar una correspondencia entre la importancia del fin buscado por la ley y los efectos perjudiciales que produce en otros derechos e intereses constitucionales.

II. Competencia del Congreso de la Unión para regular las manifestaciones en el Distrito Federal

En diversas legislaturas de la Asamblea Legislativa, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ha presentado iniciativas muy puntuales sobre esta materia. Sin embargo, uno de los argumentos que se ha esgrimido para no aprobarlas es que el órgano legislativo local carece de facultades para ello. Por esta razón, y en un ejercicio de interpretación a la Carta Magna, ahora se presenta esta iniciativa ante el Congreso de la Unión.

En el texto constitucional existe una distribución de competencias entre la Federación y los Estados, así como entre la Federación y el Distrito Federal pero, en este caso, el pacto federal opera a la inversa que para el resto de las entidades, ya que las facultades tasadas pertenecen a la Asamblea Legislativa y las residuales al Congreso. Esto lo dispone la fracción I del artículo 122 en su apartado A, al señalar que al Congreso de la Unión corresponde legislar en lo relativo al Distrito Federal con excepción de las materias expresamente concedidas a la Asamblea Legislativa.

Por lo anterior, la Suprema Corte ha señalado que a fin de determinar claramente las competencias entre la Federación y el Distrito Federal, se debe estar al siguiente parámetro: “En las materias que no sean concurrentes conforme a la Constitución, deberá verificarse si se encuentran expresamente concedidas a la Asamblea Legislativa, caso en el que podrá legislar el órgano legislativo local. De lo contrario, puede legislar el Congreso de la Unión en su calidad de órgano legislativo del Distrito Federal” (Controversia Constitucional 132/2006). Este parámetro ya se había precisado en el siguiente criterio:

“Distrito Federal. Al Congreso de la Unión le corresponde legislar en lo relativo a dicha entidad, en todas las materias que no estén expresamente conferidas a la Asamblea Legislativa por la Constitución Federal. De lo dispuesto por el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se desprende, por una parte, que el gobierno del Distrito Federal está a cargo de los poderes federales y de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial de carácter local y, por otra, que el ejercicio de la función legislativa está encomendada tanto al Congreso de la Unión como a la Asamblea Legislativa de la propia entidad, conforme al siguiente sistema de distribución de competencias: a) Un régimen expreso y cerrado de facultades para la citada Asamblea Legislativa,que se enumeran y detallan en el apartado C, base primera, fracción V, además de las que expresamente le otorgue la propia Constitución; y b) La reserva a favor del Congreso de la Unión respecto de las materias no conferidas expresamente a la Asamblea Legislativa, como lo señala el propio dispositivo en su apartado A, fracción I; lo que significa que las facultades de la Asamblea son aquellas que la Carta Magna le confiere expresamente y, las del Congreso de la Unión, las no conferidas de manera expresa a la Asamblea”.

Siguiendo el citado parámetro, vemos que el artículo 122, en su Base Primera, no incluye como facultad expresa de la Asamblea Legislativa la regulación de las marchas, por lo que esta materia se encuentra en la esfera legislativa del Congreso de la Unión.

A mayor abundamiento, debemos precisar que la materia de esta ley no se relaciona con el tránsito ni con las vías públicas, temas que son competencia de la Asamblea Legislativa y que se circunscriben a: la elaboración y actualización de la normatividad del señalamiento horizontal y vertical de la red vial, así como de los dispositivos de control de tránsito; y la determinación de las acciones encaminadas a mejorar la vialidad en lo referente a la materia de ingeniería de tránsito; tal y como lo señala el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Por el contrario, esta iniciativa tiene por objeto establecer restricciones al ejercicio de las libertades de expresión, reunión y asociación, en el entendido de que será la Asamblea Legislativa del Distrito Federal la que elabore o reforme las leyes locales que requieran ser armonizadas con esta ley.

III. Propuestas

La presente iniciativa no pugna por la prohibición de las manifestaciones. Por el contrario, pretende proteger la salud e integridad de los participantes y, al mismo tiempo, salvaguardar los derechos y bienes de terceros.

Para ello, se establece como obligación de los ciudadanos el dar aviso a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal sobre las manifestaciones que se realizarán, lo que tiene una doble finalidad: 1) que la autoridad avise a los ciudadanos cuáles serán las rutas alternas; y 2) que la autoridad elabore planes en caso de que se presente alguna contingencia.

Además, el que la autoridad tenga conocimiento de las manifestaciones que se desarrollarán en la capital facilitará la prestación. de servicios básicos a los participantes, tales como agua, sanitarios y asistencia médica, con lo que no sólo se aseguran los fines buscados por los manifestantes, sino también su integridad.

Dentro de las medidas que se proponen para permitir la coexistencia de la libertad de tránsito con la de expresión, se encuentran las siguientes:

• De conformidad con el artículo noveno constitucional, sólo se permitirán las manifestaciones que se realicen de manera pacífica y con algún objeto lícito.

• De acuerdo con lo dispuesto por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se establece que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, lo que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole.

• Los ciudadanos darán aviso de las manifestaciones a la autoridad competente, la cual podrá impedir la celebración de las mismas atendiendo a factores de riesgo medioambientales (específicamente por contingencias que deriven de la concentración de contaminantes en la atmósfera) y de protección civil.

• No se permite el bloqueo de vías primarias ni las manifestaciones en vialidades de un solo carril a fin de permitir el tránsito vehicular.

• Se establecen horarios para la realización de las manifestaciones.

• Los miembros de la Secretaría de Seguridad Pública local recibirán entrenamiento sobre derechos humanos antes de ser asignados a la difícil tarea de controlar manifestaciones públicas.

• La autoridad tendrá la facultad de modificar el recorrido de las manifestaciones por motivos de orden público.

• Las manifestaciones que se lleven a cabo en vialidades sólo podrán usar la mitad de la vía y, cuando sea posible, los participantes deberán usar los carriles laterales.

• El gobierno del Distrito Federal deberá informar con oportunidad a la población, a través de los distintos medios de comunicación, sobre el desarrollo de las marchas, proponiendo alternativas para el tránsito de personas y vehículos.

• La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, podrá disolver cualquier manifestación si los participantes alteran el orden público.

• Se imponen sanciones económicas y/o arresto administrativo a quien contravenga lo dispuesto por esta ley, a los manifestantes que tiren desechos en la vía pública, así como a quienes dañen bienes que sean propiedad de la federación, del Distrito Federal o de los particulares.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Asamblea la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto para crear la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal

Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal Capítulo Primero Disposiciones generales

Artículo 1. La presente Leyes de orden público e interés general y tiene por objeto regular las manifestaciones públicas que se realicen en la Ciudad de México, asegurando el ejercicio de los derechos de manifestación, asociación, reunión y tránsito contemplados en la Constitución.

Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Administración Pública: la administración pública del Distrito Federal;

II. Bloqueo: el cierre total de las vialidades del Distrito Federal ocasionado por personas u objetos por tiempo indefinido;

III. Espacio Público: las áreas para la recreación pública y las vías públicas, tales como, plazas, calles, avenidas, viaductos, paseos, jardines, zonas de recreo, centros deportivos, bosques, parques públicos y demás de naturaleza análoga;

IV. Ley: Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal;

V. Manifestación: la concurrencia concertada y transitoria de personas en espacios públicos con alguna finalidad lícita determinada, que podrá ser de carácter político, social, religioso, cultural, recreativo, deportivo o de cualquier otra especie, y que pueda perturbar el tránsito en las vialidades, la paz y tranquilidad de la población de la ciudad. Dentro de las manifestaciones se incluye la realización de marchas, plantones, desfiles, caravanas, peregrinaciones o cualquier otro tipo de concentración humana con los fines antes descritos.

VI. Secretaría: la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal;

VII. Vialidad: conjunto integrado de vías de uso común que conforman la traza urbana de la ciudad, cuya función es facilitar el tránsito eficiente y seguro de personas y vehículos;

VIII. Vías primarias: espacio físico cuya función es facilitar el flujo del tránsito vehicular continuo o controlado por semáforo, entre distintas zonas de la ciudad, con la posibilidad de reserva para carriles exclusivos, destinados a la operación de vehículos de emergencia. Entre las vías primarias se encuentran los ejes viales, los viaductos, las calzadas, las avenidas principales, los circuitos y, en general, todas las vías rápidas; y

IX. Vías secundarias: espacio físico cuya función es controlar el flujo del tránsito vehicular no continuo, generalmente controlado por semáforos entre distintas zonas de la ciudad.

Artículo 3. La aplicación de la presente ley corresponde al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría, la que deberá coordinarse con las demás dependencias o entidades competentes para su debida aplicación. La imposición de sanciones por infracciones a la presente ley será facultad exclusiva de los órganos de justicia cívica en los términos de la ley de la materia.

Artículo 4. Tienen el derecho de utilizar las vialidades quienes habitan o transitan en el Distrito Federal, por lo que los particulares o autoridades no podrán limitar el tránsito de peatones y vehículos, salvo en los casos señalados en la presente ley.

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, lo que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole.

Artículo 5. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país.

Queda prohibido a los manifestantes el proferir insultos o amenazas, emplear violencia en contra de las personas y sus bienes, intimidar u obligar a la autoridad a resolver algún asunto en el sentido que deseen, así como bloquear las vías primarias en el Distrito Federal. En caso contrario, la autoridad podrá disolver la manifestación.

Capítulo Segundo De las autoridades

Artículo 6. La Administración Pública, en el ámbito de su competencia, informará a la población, a través de los medios masivos de comunicación, sobre el desarrollo de manifestaciones que alteren la vialidad. Asimismo, deberá proponer alternativas para el tránsito de las personas o vehículos.

Artículo 7. A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, las personas darán aviso por escrito a la Administración Pública con por lo menos 48 horas de anticipación a la realización de la manifestación.

Este aviso deberá contener: lugar de la manifestación, puntos de concentración y recorrido cuando se prevea la circulación por alguna vialidad; el día y hora; el objeto de la reunión; el número aproximado de participantes; las medidas de seguridad previstas por los organizadores o que se soliciten a la autoridad; y las demandas sociales o de carácter político que motivan la realización de la manifestación pública.

Artículo 8. La Secretaría, de acuerdo a sus atribuciones, tendrá la obligación de brindar las facilidades necesarias para la manifestación de los grupos o individuos que den el aviso a que se refiere el párrafo anterior.

Las manifestaciones públicas sólo podrán tener lugar entre las 11 y las 18 horas, tomando en cuenta los horarios de menor afluencia vehicular. Los días sábados y domingos, o cuando sea día inhábil, sí se permitirá el uso de vías primarias de circulación, siempre que el paso de los participantes no obstruya más de la mitad de estos carriles.

Artículo 9.-La Secretaría emitirá estándares precisos bajos los cuales podrá impedir o modificar la realización de manifestaciones, atendiendo a factores de riesgo de protección civil y a contingencias ambientales que deriven de la alta concentración de contaminantes en la atmósfera.

Dentro de las veinticuatro horas siguientes a la recepción del aviso a que se refiere el artículo 7 de esta ley, la Secretaría emitirá las razones por las cuales no podrá celebrarse la manifestación o, en su caso, realizará modificaciones al horario, fecha y recorrido de la misma, con base en los estándares previstos en el párrafo anterior.

Artículo 10. Los manifestantes podrán hacer uso de las vialidades del Distrito Federal salvo las que sean consideradas vías primarias, las cuales sólo podrán utilizarse para que las manifestaciones puedan cruzar de una vía a otra, puedan conectarse entre vialidades, o cuando sea la única ruta de acceso al punto de concentración, siempre y cuando sea de manera momentánea.

Artículo 11. La Secretaría de Gobierno del Distrito Federal y la Secretaría de Gobernación Federal, nombrarán un representante para que, en el ámbito de su competencia, atienda las demandas y peticiones ciudadanas que se realicen durante las manifestaciones.

Los representantes se encargarán de llevar a cabo la debida interlocución entre los ciudadanos y la administración pública respectiva para dar solución a los conflictos que motivaron la manifestación.

Artículo 12. La Secretaría tomará las medidas necesarias para evitar el bloqueo en las vías primarias, apegándose a lo dispuesto por la normatividad aplicable y garantizando en todo momento la vialidad en el territorio del Distrito Federal.

En uso de sus facultades, la autoridad correspondiente retirará de la vía pública los vehículos y objetos que indebidamente obstaculicen el tránsito de personas o vehículos.

Artículo 13. La Secretaría instrumentará, en coordinación con las dependencias correspondientes, programas y cursos sobre educación vial, cortesía urbana y realización de manifestaciones, de conformidad con las disposiciones aplicables. También coordinará los dispositivos de apoyo necesarios para atender situaciones de emergencia o desastre durante las manifestaciones públicas

Artículo 14. Las manifestaciones serán disueltas cuando las personas que a ellas concurran porten armas, tengan comportamientos violentos que produjesen notorias perturbaciones al orden público o cuando pongan en riesgo la integridad física de las personas o causen perjuicios materiales a terceros.

Si durante el desarrollo de una manifestación se altera el funcionamiento de las instituciones que prestan algún servicio público, la Secretaría deberá disolverla y garantizar el libre acceso de los servidores públicos a las instalaciones.

Artículo 15. En ejercicio de sus atribuciones, y en los términos señalados por la legislación respectiva, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal vigilará el respeto de los derechos humanos de los manifestantes.

La Secretaría brindará entrenamiento y capacitación sobre derechos humanos a los miembros policíacos que serán asignados a la tarea de controlar manifestaciones públicas y actualizará de manera permanente, en coordinación con la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, un manual que contendrá de forma clara y precisa el modo bajo el cual se conducirá la fuerza policial de esta Ciudad ante el desarrollo y realización de una manifestación.

Capítulo TerceroDe los derechos y obligaciones de los manifestantes y de los terceros

Artículo 16. Los ciudadanos que se reúnan pública y pacíficamente con cualquier objeto lícito, ejercerán sus derechos y libertades con pleno respeto al orden público, a los derechos de terceros y a los bienes de dominio público o privado.

Los ciudadanos que realicen manifestaciones en espacios públicos deberán cumplir con los requisitos que se exigen conforme a la presente Ley.

Artículo 17. Cuando las manifestaciones tengan lugar en vialidades, el paso de los participantes no deberá obstruir más de la mitad de los carriles y, cuando la vialidad lo permita, los manifestantes deberán usar los carriles laterales. Está prohibida cualquier manifestación en vialidades de un sólo carril.

En el caso de las manifestaciones que invadan áreas prohibidas, la autoridad apercibirá a los manifestantes a dejar de realizar esta conducta y, en caso de negativa, la autoridad tomará las medidas conducentes para reencauzar a los manifestantes a las zonas permitidas, haciéndose efectivas las sanciones previstas en la presente ley.

Artículo 18. Además de lo señalado en esta y en otras leyes, los manifestantes tendrán la obligación de permitir el acceso de las personas a sus centros de trabajo, independientemente del objeto de la reunión.

Artículo 19. Los participantes que causen daños a los bie-nes o derechos de terceros, responderán directamente- por éstos. El Gobierno del Distrito-Federal responderá solidariamente a los propietarios de los bienes que resultaren dañados o destruidos durante el desarrollo de una manifestación pública, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil y penal que resultaren.

Artículo 20.La Secretaría deberá mantener el orden y respeto de las manifestaciones que se verifiquen en Distrito Federal, garantizando en todo momento los derechos de los manifestantes y habitantes del Distrito Federal.

La Secretaría evitará que los terceros, a través de provocaciones, puedan alterar el carácter pacífico de las manifestaciones.

Capítulo CuartoDe las infracciones y sanciones

Artículo 21. Los manifestantes que no cumplan con lo establecido en la presente ley serán sancionados conforme a lo dispuesto en este capítulo, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles o penales que señalen otras disposiciones legales.

Los servidores públicos que contravengan las disposiciones de esta ley, incurren en responsabilidad y serán sancionados en los términos de la ley respectiva.

Artículo 22. Son infracciones contra la seguridad ciudadana y la libertad de tránsito:

I. Bloquear de cualquier forma el uso de las vialidades en el Distrito Federal;

II. Impedir de cualquier forma el uso de las vialidades, siempre que no se cumpla con lo establecido en esta Ley;

III. Impedir el libre acceso de las personas a sus centros de trabajo;

IV. Realizar acciones que alteren el orden público durante el desarrollo de las manifestaciones

Las infracciones establecidas en las fracciones anteriores se sancionarán con multa por el equivalente de 50 a 100 días de salario mínimo o con arresto de 24 a 36 horas.

En caso de que se interrumpa el tránsito por las vialidades de la Ciudad reteniendo algún medio de transporte, la autoridad los remitirá a los depósitos vehiculares correspondientes.

Artículo 23. En caso de que los manifestantes dejen desechos, objetos o sustancias en los espacios públicos, se les impondrá una multa por el equivalente de 11 a 20 días de salario mínimo o con arresto de 13 a 24 horas. Si alteran, pintan, maltratan o hacen uso indebido de bienes propiedad de la Federación, del Distrito Federal o de los particulares, se les sancionará con multa por el equivalente de 21 a 30 días de salario mínimo o con arresto de 25 a 36 horas, sin perjuicio de las sanciones civiles o penales que señalen otras disposiciones legales.

Cuando comentan varias infracciones, se les impondrá la sanción máxima aplicable.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor a los sesenta días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.El Jefe de Gobierno del Distrito Federal expedirá el reglamento correspondiente en un plazo no mayor a cuarenta y cinco días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

Tercero.El manual a que se refiere el artículo 15 de la Ley se expedirá en un plazo no mayor a sesenta días naturales, a partir de la publicación del presente Decreto.

Cuarto.Quedan derogadas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto en el presente decreto.

Notas:

1. Regular las marchas, Periódico El Universal, viernes 29 de junio de 2007.

2. Véase “RESTRICCIONES A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. ELEMENTOS QUE EL JUEZ CONSTITUCIONAL DEBE TOMAR EN CUENTA PARA CONSIDERARLAS VÁLIDAS”, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Primera Sala, Novena Época, Tomo XXVII, Julio de 2008, Tesis: 1a. LXVI/2008, Página 462.

3. Tesis P/J 49/99, Pleno, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, t. X, agosto de 1999, novena época, p. 546.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2011.— Diputada Gabriela Cuevas Barron (rúbrica).»

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Como lo solicita la diputada Gabriela Cuevas Barron, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, y túrnese a la Comisión del Distrito Federal para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión.



LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene la palabra el diputado Leobardo Soto Martínez, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 40 y octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

El diputado Leobardo Soto Martínez:Gracias, presidente. Con su permiso diputados, diputadas. El objetivo principal de la presente iniciativa es establecer que los fondos de la Subcuenta de Vivienda de 5 por ciento que aportan las empresas a favor de los trabajadores que no hubiesen sido aplicados en un crédito de vivienda del Infonavit deberán ser entregados directamente a los trabajadores en un solo pago.

Para comentarles algunos datos, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje atiende actualmente 65 mil 544 demandas en contra del Infonavit, de pensionados que buscan rescatar sus recursos de la Subcuenta de Vivienda acumulados a partir del tercer bimestre de 1997.

Por eso, amigas y amigos diputados, es de gran importancia, y agradezco al Grupo Parlamentario de mi partido, el PRI, al señor coordinador Francisco Rojas, se haya votado en nuestra agenda legislativa este punto para someterlo a esta soberanía.

De tal manera, propongo a este pleno el siguiente proyecto de decreto:

1. Se reforma el artículo 40 de la Ley del Infonavit para quedar como sigue:

Artículo 40. Los fondos de la Subcuenta de Vivienda que no hubiesen sido aplicados de acuerdo al artículo 43 Bis deben ser entregados directamente al trabajador o a sus beneficiarios. A efecto de lo anterior, el trabajador o sus beneficiarios deberán solicitar al instituto la entrega de los recursos de la Subcuenta de Vivienda de 5 por ciento que aportan las empresas para los trabajadores. El instituto entregará los recursos una vez que el trabajador haya presentado la solicitud correspondiente contando con un término de 30 días naturales.

Segundo. Se reforma el artículo octavo transitorio del decreto de reformas y adiciones a la Ley del Infonavit, para quedar como sigue:

Transitorios. Octavo. Los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en términos de dicha ley les corresponda, deberán recibir en un solo pago los fondos acumulados en la Subcuenta de Vivienda de 5 por ciento que aportan las empresas para los trabajadores hasta su retiro, más los rendimientos que hayan generado.

En caso de fallecimiento del trabajador la solicitud la harán los beneficiarios: esposa, hijos o padres. El Infonavit está obligado a entregar dichos fondos una vez que presenten la solicitud correspondiente.

Para tal efecto deberán, por lo menos, reunir alguno de los siguientes requisitos:

Ser pensionados o jubilados; tener más de 50 años, y; estar desempleado por más de un año.

Para la aplicación de las fracciones I y II deberán no haber obtenido un crédito de vivienda del Infonavit.

Tercero. Se adiciona el artículo transitorio al presente decreto de reformas y adiciones a la Ley del Infonavit, para quedar como sigue:

Único. El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tendrá un plazo de seis meses para regresar al Infonavit el fondo derivado de las aportaciones de la Subcuenta de Vivienda, propiedad de los trabajadores, por no haber sido utilizados en un crédito de vivienda.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por ser de suma importancia se hicieron algunas adecuaciones mínimas a esta iniciativa, sin quitar la esencia de la misma, por lo que solicito a esta Presidencia que se anexe el texto íntegro al Diario de los Debates. Muchas gracias. Espero su apoyo.

«Iniciativa que reforma los artículos 40 y octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Leobardo Soto Martínez, del Grupo Parlamentario del PRI

Leobardo Soto Martínez, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, presenta la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 40, octavo transitorio y adiciona un transitorio a la Ley del Instituto del Fondo nacional de Vivienda para los Trabajadores con la siguiente

Exposición de Motivos

El objetivo principal de la presente iniciativa es establecer que los fondos de la subcuenta de vivienda del 5 por ciento que aportan las empresas a favor del trabajador, que no hubiesen sido aplicados deberán ser entregados directamente a los trabajadores en un solo pago.

La seguridad social en México es vital y de suma importancia para los trabajadores y sus familias, ésta engloba un cúmulo de derechos plasmados en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Entre ellos encontramos el derecho a la vivienda digna, el derecho al trabajo, el derecho a la libre profesión, el derecho a la salud, el derecho a las pensiones y jubilaciones, entre otros.

El tema que hoy nos aqueja es el de la vivienda relacionado directamente con el Infonavit y de cierta manera afecta a una parte de la población pensionada.

Sabemos que la vivienda en México detona bienestar, desa-rrollo integral y sustancial de la familia, nuestra Carta Magna refiere en su artículo 4o. como un derecho a la familia a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, como elemento indispensable para lograr su pleno desarrollo y bienestar.

La ley del Infonavit en su artículo 3o. establece que el instituto tiene por objeto administrar los recursos del fondo nacional de vivienda, establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para la adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas, la construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones, y el pago de pasivos contraídos por los conceptos anteriores.

El Infonavit nace para beneficiar a miles de los trabajadores y sus familias, bajo el esquema de aportaciones para la adquisición de créditos accesibles para la compra de vivienda digna.

Todos los trabajadores inscritos o afiliados a instituciones de seguridad social tienen derecho a la apertura de su cuenta individual de conformidad con la Ley del Seguro Social. Ésta se abre para cada trabajador, para que se depositen las cuotas y aportaciones de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, de ahorro solidario, de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones voluntarias y de ahorro de largo plazo.

En la cuenta individual se registran las aportaciones correspondientes al Fondo de la Vivienda, así como los respectivos rendimientos de estas y los demás recursos que puedan ser aportados a ésta. La subcuenta de vivienda es facilitar la adquisición de una casa y no la de financiar pensiones, los trabajadores pensionados o jubilados enfrentan una gran problemática por que los institutos no les reintegran los fondos, en consecuencia se obliga a los trabajadores a demandar a las instituciones para el otorgamiento de sus propios recursos.

El artículo 43 Bis de la Ley del Infonavit establece que en el momento en que el trabajador reciba un crédito por parte del Instituto, el saldo de su subcuenta de vivienda se aplicará como pago inicial del crédito. Durante la vigencia del crédito, las aportaciones patronales que se realicen a su favor se aplicarán para saldar el crédito otorgado. Una vez liquidado el crédito obtenido para aplicarlo en alguno de los conceptos mencionados, la obligación del patrón de realizar el pago continúa.

Lo estipulado en el artículo 40, los fondos de dicha subcuenta que no hubiesen sido utilizados, serán transferidos a las administradoras de fondos para el retiro para la contratación de la pensión correspondiente o su entrega, según corresponda, una vez que el trabajador o sus beneficiarios presenten la solicitud al instituto.

La aplicación de estas transferencias se aplica en los casos de que la pensión sea pagada de conformidad con la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social vigente y que esté relacionada con la subcuenta de vivienda, con la finalidad de que se utilicen para financiar pensiones de invalidez, por muerte y por cesantía en edad avanzada.

El 6 de enero de 1997 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, que entrará en vigor el 1 de julio de 1997.

“Los sujetos que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de dicha ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda correspondientes a las aportaciones acumuladas hasta el tercer bimestre de 1997 y los rendimientos que se hubieren generado. Las subsecuentes aportaciones se abonarán para cubrir dichas pensiones.”

Lo anterior supone que quien se pensione bajo el régimen de la Ley del Seguro Social, que será derogada el 30 de junio de 1997, para dar paso al sistema privado de pensiones contenido en la nueva ley, renunciará a las aportaciones de vivienda hechas a su favor con posterioridad a esa fecha, para contribuir al pago del pasivo adquirido por el gobierno federal.

La Suprema Corte de Justicia de la nación nos dice:

Infonavit. El artículo octavo transitorio del decreto por el que se reforma la ley relativa, publicado en el diario oficial de la federación el 6 de enero de 1997, transgrede el artículo 123, Apartado A, fracción XII, de la Constitución federal. El citado artículo transitorio dispone las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para un fin diverso para el cual fueron instituidas, en cuanto prevé que los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de esta ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda correspondientes hasta el tercer bimestre de 1997 y los rendimientos que se hubieran generado, en tanto que las subsecuentes aportaciones se abonarán para cubrir las pensiones de los trabajadores; lo anterior transgrede el artículo 123, apartado A, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues no obstante que el derecho de los trabajadores a obtener créditos accesibles y baratos para la adquisición de vivienda, constituye una garantía social, al igual que la del seguro de invalidez o vejez, ambas tienen constitucionalmente finalidades totalmente diferentes y sus respectivas aportaciones patronales no deben confundirse entre sí ni debe dárseles el mismo destino, salvo que haya consentimiento expreso del propio trabajador para que los fondos de la subcuenta de vivienda se destinen al pago de su pensión.

• Número de registro: 175.575. Jurisprudencia materia(s): constitucional, administrativa. Novena época. Instancia: Segunda Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXIII, marzo de 2006. Tesis: 2a./J. 32/2006. Página: 252.

• Amparo directo en revisión 1302/2003. Benjamín Manzo Velázquez. 2 de abril de 2004.

Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Gustavo Eduardo López Espinoza.

• Amparo en revisión 1027/2005. Gumercindo Hidalgo.

Se hace necesario modificar el artículo octavo transitorio del decreto de reformas y adiciones a la ley del Infonavit publicado el 6 de enero de 1997, ya que ha propiciado se promuevan juicios laborales o de amparo contra el Infonavit y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sustentando la inconstitucionalidad requiriendo la devolución inmediata del saldo de su subcuenta de-vivienda.

En estos momentos se manejan cifras de más de 60 mil juicios laborales y más de 10 mil amparos que suman en dinero 20 mil millones de pesos y 100 pagos dobles del Infonavit.

Esto ha generado un daño patrimonial al fondo nacional y a los rendimientos y las subcuentas que el Infonavit tienen que pagarles a los trabajadores inscritos en el instituto sin recuperar prontamente los recursos ya depositados en la tesorería de la federación.

De tal manera propongo a este pleno el siguiente proyecto de

Decreto

Primero. Se reforma el artículo 40 de la ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para quedar como sigue:

Artículo 40. Los fondos de la subcuenta de vivienda que no hubiesen sido aplicados de acuerdo al artículo 43 Bis, deberán ser entregados directamente al trabajador o a sus beneficiarios.

A efecto de lo anterior, el trabajador o sus beneficiarios deberán solicitar al Instituto la entrega de los recursos de la subcuenta de vivienda del 5% que aportan las empresas a favor de los trabajadores, el Instituto entregará los recursos una vez que el trabajador haya presentado la solicitud correspondiente, contando con un término de 30 días naturales.

Segundo. Se reforma el artículo octavo transitorio del decreto de reformas y adiciones a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para quedar como sigue:

Artículo Octavo: Los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de dicha ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda del 5% que aportan las empresas a favor de los trabajadores, hasta su retiro más los rendimientos que se hayan generado. El Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores está obligado a entregar dichos fondos una vez que presenten la solicitud correspondiente para tal efecto deberán por lo menos reunir alguno de los siguientes requisitos:

I. Ser pensionados o jubilados,

II. Tener más de 50 años y estar desempleado por más de un año,

III. Para la aplicación de la fracciones I y II, deberá no haber obtenido un crédito para vivienda por parte del Infonavit.

Tercero: Se adiciona artículo transitorio al presente decreto de reformas y adiciones a la ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para quedar como sigue:

Único: El gobierno federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá un plazo de 6 meses para regresar al Infonavit, el fondo derivado de las aportaciones de la subcuenta de vivienda propiedad de los trabajadores, por no haber sido utilizados en un crédito de vivienda.

Artículo Transitorio

Único: El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el diario oficial de la federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 17 de febrero de 2011.— Diputados: Leobardo Soto Martínez, José Manuel Agüero Tovar, María Dina Herrera Soto, Laura Felicitas García Dávila, David Ricardo Sánchez Guevara, Janet Graciela González Tostado, Onésimo Mariscales Delgadillo (rúbricas).»

Presidencia del diputado Francisco Javier Salazar Sáenz

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias a usted, diputado Leobardo Soto Martínez. Se turna su iniciativa a Comisiones Unidas de Vivienda, de Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



ARTICULO 115 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros legisladores, la participación paritaria de las mujeres y de los hombres en el proceso de toma de decisiones es un elemento fundamental para llegar a una verdadera igualdad entre hombres y mujeres.

Además, proporciona un equilibrio que refleja de manera más exacta la composición social y se perfila como una exigencia de la democracia. Sin embargo, a pesar de que en nuestro país la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en su artículo 4o. la igualdad jurídica entre mujeres y hombres, las mujeres suelen estar insuficientemente representadas en los ámbitos donde se toman las decisiones, tanto de carácter político como económico.

Lo anterior se debe en mucho a que los dispositivos y estructuras de las instituciones políticas mantienen vigentes una serie de dinámicas y prácticas que restringen el derecho de las mujeres a acceder y participar en igualdad con los hombres en los espacios políticos de liderazgo.

Las restricciones en la participación política que padecen las mujeres no están determinadas por las cualidades individuales, sino que son expresión de una cultura política androcéntrica que realza los valores masculinos y establece oportunidades desiguales en el ejercicio de la ciudadanía.

En México, las mujeres nunca han podido superar siquiera el 5 por ciento a cargos de presidentas municipales. Para enero de 2009, del total de los municipios, el 95.4 estaban presididos por hombres, mientras que sólo el 4.6 eran gobernados por mujeres. Fue apenas ese año cuando se logró traspasar a nivel nacional el 4 por ciento de mujeres, presidentas municipales.

Respecto de la conformación de los municipios, también se puede mencionar que la participación de las mujeres a cargo de una sindicatura representaba sólo el 16 por ciento. De igual manera encontramos, que de las 15 mil 903 regidurías existentes, únicamente el 29 por ciento eran ocupadas por mujeres.

Esta situación implica que en el ámbito local el municipio constituye el espacio más difícil y resistente para el avance de la participación de las mujeres en la toma de decisiones. Lo anterior ha llevado a las organizaciones de mujeres a pedir acertadamente la llamada democracia paritaria, la cual se basa en que el pleno ejercicio de los derechos de ciudadanos y ciudadanas depende de una representación equitativa de ambos en la toma de decisiones políticas.

Es muy importante considerar que la participación política de las mujeres en el ámbito del municipio también implica el reconocimiento de que en el ámbito local son las mujeres las principales gestoras de servicios básicos como la salud, como la educación, la vivienda, el agua potable, proyectos productivos, etcétera, lo cual expresa su carácter como agentes activas del desarrollo.

El objeto de esta iniciativa es precisamente impulsar el acceso de las mujeres a puestos decisorios, a través de una reforma constitucional que promueva la paridad en la integración de los ayuntamientos del país. Al aprobarla, este Congreso estará contribuyendo a la participación de las mujeres en condiciones de igualdad en los procesos de toma de decisiones y acceso al poder, elementos fundamentales para el logro de la igualdad, el desarrollo y la paz. Promover el empoderamiento de las mujeres es promover el empoderamiento de México.

En atención a lo expuesto, someto a consideración de esta Cámara la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo de la fracción VIII del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 115. ...

I. a VII. ...

VIII. Las leyes de los estados introducirán el principio de la representación proporcional en la elección de los ayuntamientos de todos los municipios, asimismo, deberán establecer en la integración de los ayuntamientos, la representación equilibrada entre mujeres y hombres.

Le solicito atentamente se inserte el texto íntegro de esta proposición en el Diario de los Debates. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada federal Lucila del Carmen Gallegos Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea iniciativa que reforma el primer párrafo de la fracción VIII del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La participación paritaria de las mujeres y de los hombres en el proceso de toma de decisiones es un elemento fundamental para llegar a una verdadera igualdad entre hombres y mujeres, además, proporciona un equilibrio que refleja de manera más exacta la composición social y se perfila como una exigencia de la democracia que tiene resultados positivos, ya que introduce nuevas ideas y valores lo que nos lleva a la obtención de resultados que tomen en cuenta los intereses y necesidades del conjunto de la población.

No obstante lo expuesto, se puede afirmar que, a pesar de que en todos los países existe un movimiento generalizado de democratización, y que en nuestro país, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en el artículo 4o. la igualdad jurídica entre mujeres y hombres, las mujeres suelen estar insuficientemente representadas en los ámbitos donde se toman las decisiones, tanto de carácter político como económico, es decir, esta igualdad de jureno se ha logrado traducir en la presencia y participación igualitaria de facto de mujeres y hombres en los espacios de poder y representación política.

Lo anterior, se debe en mucho a que los dispositivos y estructuras de las instituciones políticas mantienen vigentes una serie de dinámicas, rutinas y prácticas que en conjunto restringen el derecho de las mujeres para acceder y participar de la misma manera que los hombres en los espacios políticos de liderazgo, toma de decisiones y en general en todos aquéllos ámbitos clave de poder, determinantes en la definición del interés colectivo de la sociedad. Esta situación expresa una contradicción y un desafío central de la democracia moderna.

De tal forma que, aun aquéllas mujeres que logran llegar a ocupar ciertos espacios de poder suelen sufrir aislamiento y ser excluidas de la toma de decisiones fundamentales, si no cuentan o no logran obtener el apoyo mayoritario de los hombres.

Generalmente las mujeres son tratadas como minoría, ignoradas, intimidadas, predominando un ambiente masculino en el que la competencia y la agresividad son elementos básicos, características que deben ser desarrolladas por quienes aspiren a formar parte de la clase política con poder para definir y tomar las decisiones centrales de la agenda pública.

Por ello es preciso subrayar que las restricciones en la participación política que padecen las mujeres no están determinadas por sus cualidades individuales (aptitudes, personalidad y habilidades personales), sino que son expresión de una cultura política androcéntrica que realza los valores masculinos y establece oportunidades desiguales en el ejercicio de la ciudadanía, cuyo resultado es la tendencia general de que la participación política de las mujeres se concentre en las posiciones de base, mientras que las de liderazgo, aquéllas de mayor estatus y altamente valoradas, sean ocupadas mayoritariamente por hombres.

En México, de acuerdo a un documento elaborado por el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género de esta honorable Cámara de Diputados, históricamente del total de municipios, las mujeres nunca han logrado superar siquiera el 5 por ciento en el cargo de Presidentas Municipales; para 2008, la situación era la siguiente: De los 2,455 municipios, 2,343, lo que equivale al 95.4 por ciento, estaban presididos por hombres, mientras que sólo 112, esto es 4.6 por ciento, eran gobernados por mujeres. Más aun, habría que considerar que fue apenas ese año, cuando se logró traspasar a nivel nacional el 4 por ciento de mujeres presidentas municipales.

Respecto a la participación política de las mujeres a nivel municipal encontramos que en enero de 2009, de los 2,455 municipios que conforman el país; 2,343 estaban presididos por hombres y sólo 112 por mujeres (Inafed, 2009), esto significa que sólo el 4.6 por ciento de los municipios del país estaban gobernados por mujeres.

Con respecto a la conformación de los municipios también se puede mencionar que en enero de 2009, existían en el país 2 319 sindicaturas, de las cuales solamente 366 son ocupadas por mujeres. En contraste, la participación de hombres en este cargo asciende a 1953. De estas cifras se puede deducir que en términos porcentuales la participación de mujeres a cargo de una sindicatura representa sólo el 16 por ciento. De igual manera, encontramos que de las 15 903 regidurías existentes en enero de 2009, únicamente 4 611 eran ocupadas por mujeres, representando el 29 por ciento.

Esta situación, de acuerdo con las estudiosas del tema, implica que el ámbito local –el municipio– constituye el espacio más difícil y resistente para el avance de la participación de las mujeres en la toma de decisiones (Barrera y Massolo, 2003). Sin embargo, a pesar de las enormes brechas de desigualdad de género expresadas en el ámbito municipal, es apenas ahora cuando se está empezando a reconocer como un problema grave.

A la fecha, la igualdad jurídica entre mujeres y hombres para participar en los espacios políticos municipales no se ha logrado traducir en una presencia equilibrada que exprese la igualdad de condiciones; por el contrario, el ámbito del municipio ilustra una situación realmente grave en lo que concierne a la igualdad de género debido a que la participación política de las mujeres en los órganos del gobierno municipal ha quedado sumamente rezagada.

La infrarrepresentación de las mujeres en los puestos de toma de decisiones políticas denota un grave déficit democrático. Esto ha llevado a las organizaciones de mujeres a pedir la llamada democracia paritaria.

El concepto de democracia paritaria, desarrollado por el Consejo de Europa, se basa en la premisa de que la sociedad está compuesta por igual de mujeres y de hombres y de que el pleno ejercicio de los derechos de ciudadanos y ciudadanas depende de una representación equitativa de ambos en la toma de decisiones políticas. Reconoce el hecho de que la humanidad está formada por mujeres y hombres con igual dignidad y valor, e implica que la democracia no puede ser genuina si no comprende a los seres humanos tal y como son realmente, es decir, mujeres y hombres; además, reconoce que ambos pueden aportar algo a la sociedad. Este concepto puede interpretarse como la plena participación de las mujeres en pie de igualdad, en todos los niveles y aspectos del funcionamiento de una sociedad democrática. Significa, asimismo, que la participación de cada uno de los sexos en los órganos decisorios debe darse en condiciones de igualdad.

La participación política de las mujeres en condiciones de igualdad con los hombres en el ámbito municipal es un requisito básico para la redefinición de la agenda pública, la modificación de los roles tradiciones de género, la potenciación del liderazgo de las mujeres y el impulso de la democracia paritaria.

En este sentido es importante considerar que la participación política de las mujeres en el ámbito del municipio no se agota en el aumento de su presencia en los órganos de decisión, sino que también implica el reconocimiento de que en el ámbito local son las mujeres las principales gestoras de servicios básicos como salud, educación, vivienda, agua potable, proyectos productivos etc. lo cual expresa su carácter como agentes activas del desarrollo. Esta experiencia integrada como parte de la gestión pública municipal en aspectos gubernamentales y administrativos contribuye a mejorar la eficiencia en la aplicación de recursos, traducidos en bienes y servicios públicos encaminados a la resolución de problemas municipales y a mejorar la calidad de vida de las personas.

Estamos convencidos que los cambios en la vida política y en la toma de decisiones, así como el interés por la utilización eficaz de los recursos humanos y sus capacidades, son factores que crean un entorno favorable para conseguir un equilibrio entre los sexos en materia de representación e influencia. La presencia cada vez mayor de las mujeres en las instituciones y en los órganos decisorios, particularmente en el ámbito municipal, supondría una renovación de valores, ideas y formas de comportamiento beneficiosas para la sociedad en su conjunto y contribuiría a conseguir el objetivo de democracia paritaria.

El objeto de esta iniciativa es precisamente impulsar el acceso de las mujeres a puestos decisorios, a través de una reforma constitucional que promueva la paridad en la integración de los ayuntamientos del país. Al aprobarla, este honorable Congreso de la Unión estará contribuyendo al empoderamiento de las mujeres y su participación en condiciones de igualdad en los procesos de toma de decisiones y acceso al poder, elementos fundamentales para logro de la igualdad, el desarrollo y la paz. Promover el empoderamiento de las mujeres es promover el empoderamiento de México.

En atención a lo expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el primer párrafo de la fracción VIII del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único.Se reforma el primer párrafo de la fracción VIII del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 115....

I. a VII. ...

VIII. Las leyes de los estados introducirán el principio de la representación proporcional en la elección de los ayuntamientos de todos los municipios, asimismo, deberán establecer en la integración de los ayuntamientos, la representación equilibrada entre mujeres y hombres.

...

IX a X. ...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, Cámara de Diputados.- La participación política de las mujeres en el ámbito municipal. México, 2008.

2 Ídem

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, febrero de 2011.— Diputados: Lucila del Carmen Gallegos Camarena, Jorge Humberto López Portillo Basave, Florentina Rosario Morales, Velia Idalia Aguilar Armendáriz, María Dina Herrera Soto, Laura Viviana Agundiz Pérez, Juan José Cuevas García, Cecilia Soledad Arévalo Sosa, David Ricardo Sánchez Guevara, Leticia Quezada Contreras, Martha Angélica Bernardino Rojas (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Como lo solicita la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, y túrnese su iniciativa a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.

La diputada Velia Idalia Aguilar Armendáriz(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: La diputada Velia Aguilar. Dígame, diputada Aguilar.

La diputada Velia Idalia Aguilar Armendáriz(desde la curul): Con su permiso, señor presidente.

Para preguntarle a la diputada proponente si me puedo adherir a su iniciativa.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Sí, diputada Gallegos Camarena, ¿está usted de acuerdo en su adhesión?

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena(desde la curul): Sí.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Sí. Ha manifestado su anuencia. Puede usted pasar, estimada diputada.

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Sí, dígame diputada.

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul): Para sumarme también a la iniciativa, diputado presidente. Si no hay inconveniente por parte de la diputada.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Con mucho gusto, diputada Quezada. Ya ha manifestado su anuencia la diputada anterior, así que puede usted pasar a la Secretaría para la firma. Adelante diputado Joel González Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI.



LEY AGRARIA

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se recibió del diputado Joel González Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 56 y 58 de la Ley Agraria.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Iniciativa que reforma los artículos 56 y 58 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Joel González Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Joel González Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en las fracciones II y III del artículo 77 del Reglamento Interior de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 56 y 58 de la Ley Agraria, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

Los datos que se tienen sobre la problemática en los asuntos agrarios y forestales en México datan de la época prehispánica. Destaca la cultura azteca, donde se aprecia la proyección de la tenencia de la tierra directamente ligada a su estructura social.

La colonización y los tres siglos de dominación española se caracterizaron por el sistemático y permanente despojo de la propiedad de las comunidades indígenas mediante acciones de encomiendas, mercedes, composiciones y remates simulados hasta usurpación violenta, lo cual trajo aparejadas la explotación y expoliación de indígenas, así como la concentración de grandes extensiones de tierras en manos de peninsulares y clero principalmente.

La hacienda se mantuvo como la principal forma de explotación de la tierra, considerada la forma más eficiente y productiva, la cual se daba a costa de un irracional trato a los peones. El siglo XIX se caracterizó por la escasa o nula atención al campo y su desarrollo, ya que los propietarios de los grandes latifundios se preocupaban más por mostrar a sus familias, amigos y socios las grandes extensiones de tierra que poseían y el control que ejercían sobre los peones a su servicio, rayando en la esclavitud.

En los inicios del siglo XX, durante el periodo de Porfirio Díaz, el autoritarismo, la violencia que ejercían los órganos represores del Estado, la ausencia de democracia y la concentración de la riqueza y de las tierras alcanzaron los puntos más elevados, lo que propició el movimiento armado de 1910.

En el periodo, de poco más de 10 años, que duró la Revolución se proclamaron planes y se emitieron leyes, las cuales en su mayoría tenían un apartado agrario.

Sobresalen en ese periodo el Plan de Ayala, emitido por Emiliano Zapata; la Ley Agraria de 1915, emitida por Venustiano Carranza, en Veracruz; y la Constitución de 1917, que integró en el artículo 27 las formas de tenencia de la tierra y –muy especialmente– estableció la restitución de tierras a las comunidades indígenas que fueron despojadas de ellas, la dotación de tierras a pueblos que las carecieran, expropiando para ello propiedades que no estaban legalmente establecidas.

En los periodos presidenciales de Obregón y Calles se consideró el ejido como una forma transitoria de tenencia de la tierra. Con Calles se crearon la Comisión Nacional de Irrigación y el Banco Nacional de Crédito Agrícola, sin embargo, no se dio al problema agrario la importancia que tenía.

En el gobierno de Lázaro Cárdenas (1934-1940) se realizaron reformas de varias leyes, entre ellas el artículo 27 constitucional, se creó el Departamento Agrario en sustitución de la Comisión Nacional Agraria y se instituyeron las Comisiones Agrarias Mixtas en cada entidad federativa, con la representación de las organizaciones de campesinos locales. Durante esta administración se realizaron grandes repartos de tierras a pueblos que carecían de ellas, con lo cual se inició un cambio radical en la estructura de la tenencia de la tierra, pero respetándose la pequeña propiedad agrícola en explotación, otorgando al ejido los apoyos financieros para su explotación.

En las cuatro administraciones presidenciales posteriores, se continuó orientando fuertes inversiones al sector rural y se continuó el reparto de tierras, con lo cual el sector primario desempeñó el papel central en el desarrollo de la economía del país, teniendo índices de crecimiento superior al de la población y a su demanda de alimentos. Para la segunda mitad de la década de 1970 decrecieron los apoyos financieros al sector rural y reparto de tierras, lo que ocasionó su estancamiento.

Los años setenta se caracterizaron principalmente porque los avecindados hijos de ejidatarios, jornaleros agrícolas y trabajadores migrantes se sumaron a organizaciones campesinas para realizar demanda de tierras, invadiendo en muchos casos propiedad privada. Sin embargo, no en todos los casos fue positiva la gestión para dotar de tierra a los peticionarios. La política sectorial no dio la importancia que se requería para resolver la problemática agraria y los apoyos al sector rural no fueron suficientes para promover el aumento de la producción primaria que diera cobertura a la demanda nacional y mantenerlo en un rango de competitividad con los mercados externos.

En la década de 1980, el país entró en grave crisis económica, ocasionando con ello el que se destinaran menores recursos al campo lo que provocó que disminuyera la producción y se perdiera productividad en el campo.

Para dar el impulso que requería el sector primario, en 1992, durante la administración de Carlos Salinas de Gortari, se reformó el artículo 27 constitucional, se promulgó la Ley Agraria (derogando la Ley Federal de Reforma Agraria), la cual determinó la creación de la Procuraduría Agraria y la transformación del Registro Agrario Nacional en un órgano desconcentrado de la SRA; la emisión de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, mediante la cual se crearon los tribunales agrarios en todo el país; y se dio por concluido el reparto agrario.

El objetivo de esos cambios era el quitar obstáculos al mercado de tierras, posibilitando a los ejidatarios ser propietarios de sus parcelas con la opción para su venta; inducir a la integración de unidades de producción mayores que fueran más rentables; y, propiciar la participación de particulares y sociedades mercantiles para dinamizar la producción agrícola, principalmente.

A 12 años de haberse promulgado la Ley Agraria, según informes de la Secretaría de la Reforma Agraria a fines de 2003, a través del Procede se ha avanzado significativamente en la certificación y titulación de 78.6 por ciento de los núcleos agrarios del país, con lo cual se da la certeza jurídica requerida para el desarrollo de las actividades económicas y sociales.

Se estima que en 2004, el país registró una población de 105.3 millones de habitantes. De ellos, 24.5 por ciento se situaba en el medio rural (casi 26 millones de personas). Del total de la superficie de la república, 11 por ciento se destina a la agricultura, 57 por ciento es de agostadero y no cultivable, 26 por ciento de bosques y el restante 6 por ciento selva y otros usos. La superficie agrícola es de 19.1 millones de hectáreas (14.2 millones de hectáreas son de temporal y 4.9 millones cuentan con riego).

Sin embargo, no se ha avanzado significativamente por lo que se refiere a la organización, a la capacitación campesina, y a la inducción de recursos crediticios y de inversión privada que propicie la capitalización del campo, en la conjunción de unidades de producción mediante la asociación de productores ni en el incremento sustantivo de figuras asociativas permitidas en la ley para incrementar la producción y productividad agropecuarias, en el establecimiento de condiciones para mejorar la transformación de la producción primaria que permita obtener un valor agregado a sus productos, ni en mejorar los canales de comercialización de la producción primaria que les permita vender sus productos a un precio justo.

La evolución propia de la sociedad en el transcurso del tiempo y, con ello, de la problemática que aqueja al sector rural ha propiciado que las leyes y reglamentos en la cual se sustenta la reforma agraria haya tenido modificaciones y adecuaciones constantes, con el propósito de perfeccionar los procedimientos a la situación que se vive en el sector y a los cambios en las políticas sectoriales y económicas de su momento.

El fracaso de la política sectorial, desde el punto de vista económico, se refleja en el hecho de que se haya perdido competitividad con los mercados externos (como es en el caso de la relación que se tiene con Canadá y Estados Unidos de América en el TLCAN) y reducido la producción, lo que se ha traducido en el incremento de importación de productos básicos y estratégicos y por ende en un peligro real de perder la soberanía alimentaria y poner a la población rural, (ejidatarios y comuneros, principalmente) en condiciones de extrema pobreza.

Independientemente de los errores que en política sectorial haya incurrido el gobierno federal, en los últimos 40 años, la problemática actual del sector rural se debe también a las crisis económicas recurrentes a que se ha enfrentado el país, malas decisiones de política económica, vulnerabilidad de México ante variables externas, como son los precios internacionales del petróleo, de las tasas de interés externa, de los flujos de capital, y globalización de la economía.

No obstante, ha tenido resultados positivos desde el punto de vista social, destacando la estabilización del medio rural durante décadas, que permitió el surgimiento de un Estado fuerte; de organizaciones campesinas con capacidad de negociación ante los gobiernos federal y estatales y con las instituciones de apoyo al sector; la creación de instituciones agrícolas relacionadas con el otorgamiento de créditos, de asistencia técnica, de investigación y organización; de apoyo para la producción de insumos; y, de un avance en infraestructura social (vías de comunicación, escuelas, centros de salud) y productiva (sistemas de irrigación) en el medio rural.

La situación en el campo requiere modificaciones de la Ley Agraria vigente, con el propósito de crear condiciones que propicien un incremento de la producción y productividad agropecuaria con el correspondiente cuidado en la preservación de los bosques y selvas y así dar respuesta a la demanda nacional; elevar la competitividad con los mercados externos; e impulsar la creación de fuentes de ingreso y empleo en el sector rural. En este contexto, la reforma agraria debe estar ligada a las actividades productivas del sector rural, desde su planeación, producción y vinculación con todas las cadenas productivas hasta la comercialización de los productos, dadas condiciones que impone una economía globalizada, y los acuerdos comerciales firmados con otros países, y como un imperativo para disminuir las asimetrías que se tienen con los mercados externos, lograr la independencia y soberanía alimentaria, considerada esta como un asunto de seguridad nacional, así como promover acciones de desarrollo social que mejoren las condiciones y niveles de vida de la población rural.

Señalar la posibilidad de realizar reparto de tierras a los productores carentes de ellas, preservando totalmente el desarrollo forestal y aprovechando las superficies que rebasen los límites de la pequeña propiedad, de las que se incauten a personas que realicen actividades fuera de la ley, de las que legalmente regresaron a su dominio por privación de derechos agrarios, excedentes de latifundios denunciados o de terrenos nacionales.

La ley debe restringir los cambios de uso del suelo, con la finalidad de no cambiar la vocación de las tierras con capacidad productiva y con las de los bosques y las selvas, por consecuencia aumentar aún más la producción de cultivos básicos y estratégicos. Lo anterior, debido a que de acuerdo con la tendencia que se tiene las tierras enajenadas se dedican a incrementar las áreas urbanas, turísticas, industriales, etcétera, y no se busca conservar las que se encuentran en el sector productivo agropecuario, así como los bosques y las selvas; asimismo, impulsar la mecanización y tecnificación del campo.

Se estima que 5 por ciento de los productores cuenta con implementos agrícolas y tiene tecnificación de punta para hacer un optimo aprovechamiento de sus tierras, entre 35 y 40 por ciento, con los elementos necesarios para tener una producción con excedentes para su comercialización y 60 por ciento es de productores, principalmente minifundistas y de autoconsumo y con tierras de muy mala calidad, con graves rezagos productivos, ya que utilizan tecnologías demasiado anacrónicas y no mecanizadas.

Se requiere necesariamente vincular la Ley Agraria con la normatividad del desarrollo forestal, ecológico y el fomento rural, y con los programas que las dependencias federales y estatales, operan en el sector agropecuario, ecológico y forestal, a fin de integrarlos totalmente a las normas legales vigentes.

Asimismo, vincular a la Ley Agraria con las que protegen la biodiversidad, con el propósito de lograr que sean los mismos ejidatarios y comuneros los que se responsabilicen del cuidado y la preservación de los recursos naturales, incluidos bosques y selvas, así como los recursos ecológicos con que cuenta el país.

También es importante que la Ley Agraria se vincule con el derecho común a fin de tener injerencia en la planeación de la producción de la pequeña propiedad con objeto de que la planeación agropecuaria y forestal sea realmente integral; y llevar un control de pequeños propietarios para evitar que se dé la acumulación de tierras o simulación de latifundios.

Elaborar el código de procedimientos agrarios, preservando el cuidado y resguardo de los bosques y de las selvas, el cual –según declaraciones del procurador agrario– está en proceso de integración en la Secretaría de la Reforma Agraria.

Paralelamente a todas las modificaciones que se han generado y que se tienen proyectadas tendentes a mejorar las condiciones de vida de las comunidades agrarias, es importante destacar la problemática que en materia de bosques y selvas se ha generado, ya que en el reparto, la certificación y la titulación de los núcleos agrarios dado a través del Procede, éstas se han caracterizado por otorgarse en un entorno de inconsistencias e irresponsabilidades ecológicas, entre otras muchas fallas, las que han contribuido en gran parte al calentamiento global y muchos otros problemas ecológicos, debido principalmente a que no se consideró el tema ecológico de la protección de los bosques y las selvas, a la hora de llevar a cabo dicha repartición se incluyeron indiscriminadamente estos importantes recursos naturales.

Los bosques y las selvas del país representan 30 por ciento de los recursos territoriales y su función fundamental es la de regular y estabilizar los ecosistemas y así preservar la sustentabilidad ecológica. Del oxígeno del planeta, 60 por ciento es producido por estos importantes ecosistemas y recursos naturales.

Anualmente, se devastan más de 800 hectáreas de bosques en el país, lo que repercute de modo importante y directo en el cambio climático, es así que la temperatura se ha modificado, 2 grados Celsius más caliente en promedio de lo que era a mediados de los años setenta y casi 4 grados Celsius por encima de la temperatura promedio de principios del siglo XX. Así, la tendencia sigue siendo al alza, y según ciertos indicadores y especialistas en la materia, llegara a 6 grados en un futuro próximo.

Otro ejemplo de los efectos ocasionados por calentamiento global y el cambio climático se percibe en las modificaciones de la precipitación pluvial: desde 1982, la cantidad de agua que llueve se ha elevado hasta en 7 por ciento en algunas zonas del país y en otras a un mucho más. Los cambios de los patrones de lluvia traen consigo infinidad de riesgos, como graves inundaciones y desbordamiento de ríos, lo que lleva a grandes desastres naturales, en otros casos deslaves de cerros y montañas, entre otros muchos problemas, como son, por el contrario, considerables sequías en otras regiones del país.

Dadas las circunstancias y condiciones de extrema pobreza por las que atraviesa la mayoría de las poblaciones y comunidades del campo, se ha generado sobreexplotación de los recursos forestales, de los bosques y de las selvas en general.

Eso ha ocasionado verdaderos problemas; entre ellos, algunos de los más importantes conflictos sociales que se han registrado en el país, algunos de estos están considerados como focos rojos en nuestro y por esta misma razón es que se han generado una considerable alteraciones ecológica, que ha derivado en el calentamiento global, la que se ha caracterizado por grandes devastaciones y destrucciones de bosque y selvas, por consecuencia esto se refleja en la actualidad como un grave tema ecológico, considerado ya como un problema de seguridad nacional, el que se debe abordar seria y urgentemente en la agenda del Ejecutivo como del Legislativo, así como por las organizaciones y asociaciones de la sociedad civil.

Requerimos cambios urgentes, congruentes y equitativos con las necesidades ecológicas y ambientales actuales, a fin de detener la grave descomposición ambiental y el gran deterioro ecológico que presentan en el país y en el mundo entero. Los tiempos ya nos alcanzaron, no debemos esperar más, ya no hay margen ni más tolerancia, es por nuestro derecho a tener un ambiente si no excelente, en el peor de los casos adecuado.

Con el propósito de participar y coadyuvar en la materialización y creación de un desarrollo rural y forestal integral, sostenido y sustentable, que fomente el buen aumento de la productividad agropecuaria y, de igual manera, prevea el cuidado de los ecosistemas, preservando las zonas de bosques y selvas y así dar respuesta concreta y congruente a las exigencias y necesidades de nuestros tiempos en materia ecológica, con relación a la difícil problemática ambiental, pero sobre todo que se caracterice por su congruencia con realidad de las demandas y necesidades alimentarias del país, logrando alcanzar la independencia y soberanía alimentaria, dar los suficientes apoyos al campo, tanto financieros como organizacionales y con esto disminuir las marginales diferencias que prevalecen con los mercados externos y del mismo modo combatir la pobreza extrema en este sector, siendo cuidadoso en todo momento de la preservación de nuestros bosques y nuestras selvas, que son parte fundamental del equilibrio ecológico, situación en la que está inmersa gran parte de la población rural.

Es verdaderamente urgente buscar acuerdos y mecanismos de negociación política, congruentes con el discurso y la realidad social, tendentes a erradicar la corrupción, la falta de transparencia y los grandes niveles de impunidad que a la fecha prevalecen en la administración pública en los distintos órdenes de gobierno, de este modo restauraremos en mayor medida al Estado mexicano, debemos anular todo tipo de políticas y acuerdos negativos, nefastos y retrogradas, que lo único que hacen es lacerar y retrasar aún más el desarrollo del país, estamos obligados a fomentar y cimentar sin medida precisa, la cultura de la transparencia institucional en el quehacer del servicio público y así acceder al desarrollo institucional, sostenido y sustentable.

La salud de nuestras finanzas debidamente canalizadas y la transparencia del gasto decidirán en buena medida el rumbo del futuro. La prudencia fiscal no es un atributo deseable, sino un elemento fundamental de un buen ejercicio de gobierno. Ante el aparente ocaso de la riqueza petrolera, tenemos dos opciones: una alternativa es optar por un cambio profundo en los ingresos y egresos públicos. La otra opción implica permitir que las circunstancias nos impongan las condiciones del cambio.

El objetivo de la presente propuesta es lograr que no se asignen parcelas en aéreas de bosques y selvas, desde la propia certificación, contrario a lo que sucedió con el Procede, previendo el cuidado y conservación de bosques, selvas y todo tipo de recursos naturales; del mismo modo, cuidar el equilibrio ecológico y la biodiversidad de forma racional y transparente, lo que debe prevalecer actualmente.

En la actualidad ha surgido un desmedido mercado de tierras dentro de los ejidos con estas características y, al mismo tiempo, gran especulación comercial por éstos, al parcelar superficies que son total o parcialmente bosques o selvas, que después son otorgadas para dominio pleno a especuladores de la tierra, aun cuando son nulas de pleno derecho (artículo 59 de la Ley Agraria), lo que actualmente no acontece, por lo que actuar de manera urgente, congruente y preventiva es vital. Del mismo modo las autoridades y la sociedad deberán conducirse responsablemente en el tema, pues es lo que se estima más adecuado.

Por lo expuesto y fundado, me permito someter a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 56 y 58 de la Ley Agraria

Único. Se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 56 y 58 de la Ley Agraria, para quedar comos sigue:

Artículo 56.La asamblea de cada ejido, con las formalidades previstas al efecto en los artículos 24 a 28 y 31 de esta ley, podrá determinar el destino de las tierras que no estén formalmente parceladas, efectuar el parcelamiento de éstas, reconocer el parcelamiento económico o de hecho o regularizar la tenencia de los posesionarios o quienes carezcan de los certificados correspondientes. Consecuentemente, la asamblea podrá destinarlas a los asentamiento humano, al uso común o parcelas a favor de los ejidatarios. No autorizando las parcelas que sean de bosques y selvas.

En todo caso, a partir del plano general del ejido que haya sido elaborado por la autoridad competente o el elabore Registro Agrario Nacional procederá como sigue:

I. Si lo considera conveniente, reservará las extensiones de tierra correspondientes al asentamiento humano y delimitará las tierras de uso común del ejido;

II. Si resultaren tierras cuya tenencia no ha sido regularizada o estén vacantes, podrá asignar los derechos ejidales correspondientes a dichas tierras a individuos o grupos de individuos; y

III. Los derechos sobre las tierras de uso común se presumirán concedidos en partes iguales, a menos que la asamblea determine la asignación de proporciones distintas, en razón de las aportaciones materiales, de trabajo y financieras de cada individuo.

Artículo 57. ...

Artículo 58. La asignación de parcelas por asamblea, se hará siempre con base en la superficie identificada en el plano general del ejido y para su inscripción en el Registro Agrario Nacional, se deberá contar con la opinión de la autoridad competente en materia de protección del ambiente y, cuando hubiere sujetos con derechos iguales conforme al orden de prelación establecido en el artículo anterior, la hará por sorteo. A la asamblea en que se lleve a cabo el sorteo deberá asistir un fedatario o un representante de la Procuraduría Agraria que certifique el acta correspondiente.

Transitorio

Único. Las presentes modificaciones entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2011.— Diputados: Joel González Díaz, Jorge Humberto López-Portillo Basave, María Dina Herrera Soto, Reginaldo Rivera de la Torre, Arturo Zamora Jiménez, David Hernández Pérez, Salvador Caro Cabrera, Olivia Guillén Padilla, Ana Estela Durán Rico, Clara Gómez Caro, María Esther Scherman Leaño (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Nos ha solicitado el señor diputado Joel González Díaz, que su iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 56 y 58 de la Ley Agraria se turna directamente a la Comisión de Reforma Agraria para dictamen.Le agradecemos su comprensión al señor diputado Joel González Díaz.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Tiene la palabra la diputada María del Carmen Izaguirre Francos, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

La diputada María del Carmen Izaguirre Francos:México no es ajeno a la llamada crisis alimentaria que afecta al mundo, la cual se manifiesta en incrementos de los precios internacionales de los principales productos agrícolas y como consecuencia, de los alimentos.

Si uno revisa cualquier diario puede observar día a día cómo se ha acrecentado el tema de la crisis alimentaria. Se registran aumentos en productos como la tortilla, el arroz, los aceites comestibles, la carne, huevo y legumbres, afectando con ello a la población, en razón de que el incremento de su salario no es proporcional al incremento de algunos productos básicos para la alimentación.

Los recientes datos nos están indicando que estamos ante una situación que no es para nada pasajera ni temporal sino de largo plazo. Esta crisis de los alimentos podría prolongarse en razón del fenómeno del cambio climático en que está inmerso el planeta. Asimismo por la caída de los inventarios de granos, y desgraciadamente por esa especulación.

Un claro ejemplo de esta situación tradicionalmente, vean, nosotras amas de casa, sabemos que en febrero baja el precio del jitomate ante la fuerte producción que se observa, sobre todo, en el estado de Sinaloa. Este año, en la primera quincena de febrero, su precio no solamente no bajó, sino que se incrementó 11.17 por ciento a raíz, lógicamente, de la afectación provocada por las heladas en esta región.

A pesar de esos mensajes de aliento por parte de las autoridades gubernamentales respecto de que se está superando la crisis alimentaria, la realidad es que el incremento paulatino de los precios de los alimentos no, para nada, está resuelto.

Ante esta situación, en nuestro país las políticas públicas tienen que estar orientadas al campo, pero deben esforzarse en enfrentar sobre todo ese famoso cambio climático para poder mitigar sus efectos, toda vez que este fenómeno, quizá más que ningún otro, será el principal determinante de los aumentos de los precios de los alimentos en los años por venir.

El tema de la seguridad alimentaria es un tema inexorable y su solución debe ser inmediata, por un impacto directo que ésta da a los sectores más vulnerables de la población.

Amigas diputadas y amigos diputados, estamos hablando de los mexicanos más pobres. Es necesario actuar con urgencia para evitar que millones y millones de mexicanos se conviertan en víctimas del hambre como consecuencia de estos precios volátiles y también –por qué no decirlo- por consecuencia de esta incipiente falta de energía y de agua.

Por eso me atrevo, aunque sea de forma pequeña -porque mis conocimientos al respecto no son muy altos- en tratar de solucionar este problema y hago esta iniciativa de reforma a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable que ojalá -no tendría más agrado- pudiera servir para esta situación que estamos viviendo. Muchas gracias.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo de la diputada María del Carmen Izaguirre Francos, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada federal María del Carmen Izaguirre Francos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y fracción I, del numeral 1 del artículo 6 y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el tercer párrafo del artículo 1, la fracción III del artículo 5, las fracciones III y IV del artículo 7, el segundo párrafo del artículo 9, las fracciones IV y IX del artículo 13, el primer párrafo del artículo 14, se reforman la fracción XIX y la actual fracción XIX se recorre para ser la fracción XX del artículo 15, las fracciones IV y VIII del artículo 105, el segundo párrafo del artículo 134, y el artículo 178, todos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable , al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

México no es ajeno a la llamada crisis alimentaria que afecta al mundo, la cual se manifiesta en incrementos de los precios internacionales de los principales productos agrícolas, como consecuencia de los alimentos. Es preciso señalar que se registran aumentos en el precio de la tortilla, del arroz, los aceites comestibles, carnes, huevo y legumbres, afectando con ello el poder adquisitivo de la población y en mayor medida aquella población en condiciones de pobreza.

Los recientes datos están indicando que estamos ante una situación que no es pasajera ni temporal sino de largo plazo, en particular, lo relativo a los precios elevados en los granos se mantendrá según los especialistas por lo menos 10 años más, así mismo, expresan que la inseguridad alimentaria en que viven millones de mexicanos se deriva del hecho de que no perciben lo necesario para comprar comestibles.

En términos generales, el incremento del costo de los alimentos es de un alto impacto para las familias con ingresos de hasta tres salarios mínimos, quienes representan la mitad de la población que cuenta con algún tipo de empleo. Resienten fuertemente esta crisis porque destinan más de la mitad de su salario a la compra de estos productos, y principalmente porque el incremento de su salario no es proporcional al crecimiento de algunos productos básicos para la alimentación, como ejemplo tenemos la tortilla, la que se ha ido incrementando hasta más del 40 por ciento, o el arroz cuyo precio creció 57 por ciento, en lo que va de esta administración.

La crisis de los alimentos podría prolongarse en razón del fenómeno del cambio climático en que está inmerso el planeta, así mismo, por la caída de los inventarios de granos y a la especulación. De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación los precios mundiales de los alimentos han aumentado alrededor de 45 por ciento, existiendo una perspectiva de una grave escasez de arroz, trigo y maíz.

Un claro ejemplo de esta situación es cuando tradicionalmente en febrero baja el precio del jitomate ante la fuerte producción que se observa en el estado de Sinaloa, pero en este año, en la primera quincena de febrero su precio subió 11.17 por ciento, a raíz de la afectación provocada por las heladas en esa región del país, provocando que la inflación aumentara 0.21 y 3.63 por ciento en forma anual. Es la primera vez desde hace 10 años que el jitomate se coloca en la lista de los productos con precios a la alza. Además, en este periodo la zanahoria y el huevo han tenido una alza de 12.5 y 2.03 por ciento, respectivamente.

Resultando de esto que la canasta básica se encareciera con una variación de 33 por ciento con respecto a la inflación general que fue de 0.21 por ciento en la primera quincena del mes de febrero. Es preciso señalar que en nuestro país estamos atravesando por una nueva crisis alimentaria, la segunda en tres años.

Retomando el tema de los factores que han contribuido a la drástica subida de los precios de los alimentos, sobresale el efecto adverso de los cambios climáticos en la producción agrícola. Tanto las sequías como las inundaciones son efectos naturales de un mundo que se calienta, las sequías porque hace más calor, las inundaciones porque los océanos más calientes liberan más vapor de agua.

Ante esta situación en nuestro país las políticas públicas enfocadas al campo deben enfocarse a enfrentar el fenómeno del cambio climático y a mitigar sus efectos, toda vez que este fenómeno, quizás más que ningún otro, será el principal determinante de los aumentos de los precios de los alimentos en los años por venir.

El tema de la seguridad alimentaria, es un tema inexorable y su solución debe ser inmediata, en razón, por su impacto inmediato y directo a los sectores más vulnerables de la población. A pesar de los mensajes de aliento por parte de las autoridades gubernamentales, con respecto a estarse superando la crisis alimentaria, la realidad es que el incremento paulatino de los precios de los alimentos, nos recuerda que el tema no ha sido resuelto. En estos momentos en que se habla de seguridad alimentaria y cómo combatir la escasez de granos y los incrementos de los alimentos de la canasta básica ante la crisis desatada por el alza internacional de precios en los productos básicos, es conveniente echar una vistazo a los programas destinados al campo, así como, a establecer medidas, alternativas e instrumentos encaminados a combatir la crisis alimentaria que hoy se vive en nuestro país.

En el entendido de que si reconocemos que la crisis alimentaria surge en el instante en que se observa un desequilibrio entre lo que se produce y se consume, se puede entender que esa situación está presente hoy en día en México. Es necesario actuar con urgencia para evitar que millones de mexicanos se conviertan en víctimas del hambre como consecuencia de los volátiles precios de los alimentos y de la incipiente falta de energía y agua. Es preciso conceptualizar que dicho proceso engloba una gran complejidad y por ello, requiere de la participación de todos los niveles de gobierno y del sector privado, para dotar de mayores capacidades a los actores del campo.

Por todo lo anteriormente expresado, presento ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados, el presente proyecto de

Decreto por el que se reforman el tercer párrafo del artículo 1, la fracción III del artículo 5, las fracciones III y IV del artículo 7, el segundo párrafo del artículo 9, las fracciones IV y IX del artículo 13, el primer párrafo del artículo 14; se reforman la fracción XIX y la actual fracción XIX se recorre para ser la fracción XX del artículo 15, las fracciones IV y VIII del artículo 105, segundo párrafo del artículo 134, y el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo Único: Se reforman el tercer párrafo del artículo 1, la fracción III del artículo 5, las fracciones III y IV del artículo 7, el segundo párrafo del artículo 9, las fracciones IV y IX del artículo 13, el primer párrafo del artículo 14; se reforman la fracción XIX y la actual fracción XIX se recorre para ser la fracción XX del artículo 15, las fracciones IV y VIII del artículo 105, segundo párrafo del artículo 134, y el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable:

Artículo 1. ...

...

Se considera de interés público el desarrollo rural sustentable que incluye la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, y de los demás bienes y servicios, así como garantizar la seguridad alimentaria, a través de todas aquellas acciones tendientes a establecer una base de datos de las actividades y productos agrícolas, las fluctuaciones de los precios, el impulso de medidas especiales para solventar emergencias alimentarias, entre otras, así mismo, todas aquellas acciones tendientes a la elevación de la calidad de vida de la población rural, según lo previsto en el artículo 26 de la Constitución, para lo que el Estado tendrá la participación que determina el presente ordenamiento, llevando a cabo su regulación y fomento en el marco de las libertades ciudadanas y obligaciones gubernamentales que establece la Constitución.

Artículo 5. ....

I. y II. ...

III. Contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria de la nación mediante el impulso de la producción agropecuaria del país, el establecimiento de una base de datos que refleje las fluctuaciones de los precios de los productos agropecuarios, fomentar el almacenamiento de productos agrícolas, principalmente de granos, así como el impulso de medidas en caso de emergencias alimentarias;

IV. y V. ...

Artículo 7. ...

...

I. y II. ...

III. Incrementar, diversificar y reconvertir la producción para atender la demanda nacional, fortalecer y ampliar el mercado interno, así como mejorar los términos de intercambio comercial con el exterior, proporcionando frecuentemente la información relativa a la fluctuación de los precios de productos agropecuarios, a fin de ser más competitivos;

IV. Aumentar la capacidad productiva para fortalecer la economía campesina, el autoabasto y el desarrollo de mercados regionales que mejoren el acceso de la población rural a la alimentación y los términos de intercambio, así como, promover el desarrollo del entorno rural a través de la consolidación de almacenes de productos agropecuarios;

V. y VI. ...

Artículo 9. ...

Para el cumplimiento de lo anterior, la Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, establecerá una tipología de productores y sujetos del desarrollo rural sustentable, utilizando para ello la información y metodología disponibles en las dependencias y entidades públicas y privadas competentes, así como, la base de datos que sobre las actividades y productos agrícolas se elabore, y las medidas elaboradas para enfrentar una emergencia alimentaria.

Artículo 13....

I. a III. ...

IV. La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, podrá establecer programas especiales, sectoriales y especiales concurrentes de emergencia si ocurrieran contingencias que así lo justifiquen; asimismo, en caso de emergencia podrán solicitar la elaboración de una base de datos actualizada sobre la fluctuación de los precios de los productos agropecuarios;

V. a VIII. ...

IX. La programación para el desarrollo rural sustentable de mediano plazo deberá comprender tanto acciones de impulso a la productividad y competitividad, a la creación de almacenes de productos agrícolas, principalmente granos, para enfrentar emergencias por desastres naturales o crisis alimentarias, así como medidas de apoyos tendientes a eliminar las asimetrías con respecto a otros países.

Artículo 14.En el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales de las dependencias y entidades que la integren, la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable propondrá al Ejecutivo Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7, 9 y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 19 y 26 de la Ley de Planeación, el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable que comprenderá las políticas públicas orientadas a la generación y diversificación de empleo y a garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a las poblaciones económica y socialmente débiles. Asimismo, garantizará la aplicación de medidas tendientes a solventar emergencias alimentarias causadas por desastres naturales o incremento de precio a los productos agropecuarios.

..

...

Artículo 15. ...

I. a la XVIII. ...

XIX. Impulso de medidas especiales para combatir emergencias alimentarias, producidas por desastres naturales o crisis alimentarias; y

XX. Las demás que determine el Ejecutivo federal.

Artículo 105.La política de comercialización atenderá los siguientes propósitos:

I. a III. ...

IV.Dar certidumbre a los productores para reactivar la producción, estimular la productividad y estabilizar los ingresos, y difundirles permanentemente la base de datos sobre las fluctuaciones de los precios de los productos agropecuarios a nivel internacional, así como de las actividades agropecuarias a nivel nacional;

V. a la VII. ...

VIII. Estimular el fortalecimiento de las empresas comercializadoras y de servicios de acopio y almacenamiento de los sectores social y privado, así como la adquisición y venta de productos ofertados por los agentes de la sociedad rural, así mismo, el almacenamiento de granos para combatir emergencias alimentarias ocasionadas por desastres naturales, o incremento de precios a los productos agropecuarios.

IX. y X. ...

Artículo 134. ....

En el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable se integrará información internacional, nacional, estatal, municipal y de distrito de desarrollo rural relativa a los aspectos económicos relevantes de la actividad agropecuaria y el desarrollo rural; información de mercados en términos de oferta y demanda, disponibilidad de productos y calidades, expectativas de producción, información sobre las actividades agropecuarias a nivel nacional e internacional, la fluctuación de los precios de los productos agropecuarios a nivel nacional e internacional, el registro de almacenamiento de granos para enfrentar en su caso emergencias alimentarias ocasionadas por desastres naturales o crisis alimentarias, mercados de insumos y condiciones climatológicas prevalecientes y esperadas, y posibles contingencias alimentarias. Asimismo, incluirá la información procedente del Sistema Nacional de Información Agraria y del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y otras fuentes.

Artículo 178.-El Estado establecerá las medidas para procurar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional. Asimismo, en caso de emergencias alimentarias originadas por desastres naturales o incremento en los precios de los productos agropecuarios, el Estado impulsara medidas especiales para garantizar la seguridad alimentaria de la población, procurando fomentar en todo momento el almacenamiento de granos.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Sistema tendrá un plazo de 30 días contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, para establecer y publicar los lineamientos y metodología concerniente a la elaboración de las bases de datos sobre las actividades y productos agropecuarios a nivel nacional e internacional, y la relativa a las fluctuaciones de los precios de los productos agropecuarios a nivel nacional e internacional.

Tercero. La Secretaría emitirá en un plazo máximo de 45 días las reglas de operación relativas al almacenamiento de productos agropecuarios, principalmente de granos, y su utilización en caso de contingencias especiales relativas a emergencias alimentarias provocadas por desastres naturales o crisis alimentarias.

México, DF, a 8 de marzo de 2011.— Diputados: María del Carmen Izaguirre Francos, Reginaldo Rivera de la Torre, Guadalupe Pérez Domínguez, María Dina Herrera Soto, Florentina Rosario Morales, Jaime Fernando Cárdenas Gracía, María Araceli Vázquez Camacho, José Manuel Agüero Tovar, Leticia Quezada Contreras (rúbricas).»

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputada María del Carmen Izaguirre. Se turna a la Comisión de Desarrollo Rural, para su dictamen.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sí, diputado Jaime Cárdenas, escuchamos su expresión.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Preguntar a la diputada María del Carmen Izaguirre si no tiene inconveniente en que me sume a su iniciativa.

La diputada María del Carmen Izaguirre Francos: Con gusto.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: La diputada ha manifestado su complacencia, diputado.

Saludamos la presencia en este recinto de presidentes y directoras del DIF de diversos municipios del estado de Yucatán, invitados por los diputados Daniel Ávila y Rosa Adriana Díaz. Sean todos ustedes bienvenidos a ésta su casa.

También damos la más cordial bienvenida a visitantes estudiantes del Conalep II, Naucalpan, estado de México. Son invitados de nuestro diputado amigo David Ricardo Sánchez Guevara.



CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra el diputado José Ricardo López Pescador, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación.

El diputado José Ricardo López Pescador:Muchas gracias. Con su permiso, señor presidente. Estimadas compañeras diputadas y señores diputados, la Constitución en su artículo 73 faculta al Congreso para imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto, y en su artículo 74 dispone como atribución exclusiva de la Cámara de Diputados aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Estos preceptos fijan una competencia del Congreso de la Unión: la determinación de las contribuciones y la que en forma exclusiva corresponde a esta representación popular para autorizar el Presupuesto de Egresos de la Federación.

El artículo 31 del propio texto fundamental señala como obligación de los mexicanos contribuir para el gasto público. En virtud de este precepto se establece una reserva de ley para que los mexicanos tributen conforme a los términos fijados por el legislador.

En nuestro sistema resulta incuestionable que el Constituyente otorgó a favor del Congreso y de esta honorable asamblea, en forma primigenia, la facultad para conceder subsidios o estímulos fiscales; sin embargo, con la finalidad de favorecer la consolidación del sistema de administración tributaria del país y para flexibilizar la toma de decisiones en el ámbito administrativo, el Congreso decidió ceder al Ejecutivo federal su facultad primigenia, para que ese poder del Estado, mediante resoluciones de carácter general pudiese, entre otros aspectos regulados en el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, conceder subsidios o estímulos fiscales.

Por esta razón, cuando el titular del Ejecutivo emite una resolución general para conceder subsidios o estímulos fiscales, como se está en presencia de un acto que corresponde en principio al Congreso de la Unión, según las disposiciones constitucionales vigentes, el presidente debe sujetarse no sólo a las reglas que se siguen en la emisión de cualquier acto jurídico para justificarlo con suficiencia a través de su motivación y fundamentación, sino además, resulta necesario que respete la esfera de competencias reservadas en materia tributaria al legislador, para cuidar el equilibrio de poderes y no hacer nugatorias las facultades esenciales que para la aprobación del paquete fiscal concedió el Constituyente al Congreso.

La pluralidad existente, con representación mayoritaria en este Congreso de los partidos políticos distintos al del que emerge el titular del Ejecutivo, en lugar de aprovecharse para intensificar el diálogo y la consecución de acuerdos, como sucede en todo régimen democrático, en México de-safortunadamente ha servido para que el Ejecutivo excluya la participación de los otros poderes en la toma de decisiones.

Un claro ejemplo de la falta de cuidado por parte del Ejecutivo, para respetar el ámbito de competencia del Congreso, es la emisión del decreto del 14 de febrero del año 2011, mediante el cual se otorgó un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos de servicios educativos, en cuyo contenido estamos de acuerdo, pero que desafortunadamente mediante ese instrumento se desconoce la facultad del Congreso de la Unión, la federación dejará de percibir la cantidad de 13 mil millones de pesos con las deducciones a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, con base en ese decreto.

Por esta razón, para que no se repitan estas conductas en detrimento de la facultad primigenia del Congreso de la Unión y particularmente de esta Cámara de Diputados, es que propongo esta iniciativa para acotar la facultad del Ejecutivo para que emita resoluciones para conceder subsidios o estímulos fiscales, sólo lo haga en casos extraordinarios y donde realmente se verifiquen las situaciones de emergencia que establece el propio Código.

Por las consideraciones expuestas y con fundamento en los preceptos citados, someto a la consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto, con el fin de acotar las facultades del Ejecutivo para que mediante resoluciones generales sólo conceda subsidios o beneficios fiscales en casos extraordinarios y de emergencia, así como para que las resoluciones, además de motivarse y fundarse en forma particular expresen las razones por las que se estima se respeta la facultad de fijar impuestos, así como para conceder subsidios o estímulos fiscales reservados al Congreso de la Unión.

Es cuanto, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, pongo a su consideración esta iniciativa.

«Iniciativa que reforma el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado José Ricardo López Pescador, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, José Ricardo López Pescador, diputado a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, 77, 78 y 182 del Reglamento de la honorable Cámara de Diputados, presenta a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, con la finalidad de acotar la facultad del Ejecutivo federal que actualmente tiene, para emitir resoluciones de carácter general, para conceder subsidios o estímulos fiscales, a efecto de que dicha facultad, en lo subsecuente, se ejerza en casos excepcionales, justificados y sin alterar las atribuciones de las Cámaras del honorable Congreso de la Unión en materia presupuestal, o en la determinación de los ingresos, según el mandato constitucional, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

La Constitución, en su artículo 73, fracción VII, faculta al Congreso para imponer contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto, y en su artículo 74, fracción IV, dispone como atribución exclusiva de la Cámara de Diputados aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del Proyecto enviado por el Ejecutivo federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo. Asimismo, señala el dispositivo que la Cámara de Diputados podrá autorizar en dicho Presupuesto las erogaciones plurianuales para aquellos proyectos de inversión en infraestructura que se determinen conforme a lo dispuesto en la ley reglamentaria; incluyendo en los subsecuentes presupuestos de egresos, las erogaciones correspondientes. Estos preceptos fijan como competencia del Congreso de la Unión la determinación de las contribuciones, y la que en forma exclusiva corresponde a ésta representación popular para autorizar el presupuesto de egresos de la federación.

El artículo 31, fracción IV, del propio texto fundamental, señala como obligación de los mexicanos contribuir para los gastos público, así de la Federación, como del Distrito Federal o del estado y municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. En virtud de este precepto se establece una reserva de ley para que los mexicanos tributen, conforme a los términos fijados por el legislador.

El órgano de control constitucional de nuestro país, el 27 de enero de 2010, al resolver el amparo en revisión 2216/2009, promovido por Minera Real de Ángeles, S.A. de C.V., y otra, reconoció las facultades del Congreso de la Unión para determinar los estímulos fiscales, en los términos textuales siguientes:

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el Congreso de la Unión en materia tributaria goza de un amplio margen de libertad que deriva de su posición constitucional y, en última instancia, de su específica legitimidad democrática, dentro de los límites establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fundamentalmente los derivados de su artículo 31, fracción IV. Esa libertad de configuración del legislador en materia fiscal, reconocida por el texto constitucional, debe entenderse en el sentido de que da espacio para diversas políticas tributarias. Ello es así porque no se encuentran previamente establecidas en el texto fundamental las distintas opciones de los modelos impositivos ni, por ende, de los estímulos fiscales. Por el contrario, de la interpretación de los artículos 25, 26 y 28 constitucionales, se advierte que el Congreso de la Unión está facultado para organizar y conducir el desarrollo nacional y, por tanto, una de las tareas centrales en la regulación económica que ejerce debe encaminarse a diseñar los estímulos fiscales, los sujetos que los reciben, sus fines y efectos sobre la economía, determinando las áreas de interés general, estratégicas y/o prioritarias que requieren concretamente su intervención exclusiva en esos beneficios tributarios, a fin de atender el interés social o económico nacional; aspectos que corresponde ponderar exclusivamente a ese Poder, dado que la propia Constitución prevé a su favor la facultad para elegir los medios encaminados a la consecución de esos fines...”. (Hasta aquí la cita textual)

Esta tesis puede consultarse en la página 253 del volumen XXXII (32) del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, de 10 de julio de 2010, bajo el número XCII (92), con el rubro: Estímulos fiscales. Facultades del Congreso de la Unión para determinarlos conforme a los artículos 25, 26 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por tanto, derivado de las facultades contenidas, en los artículos 25, 26, 28, 31, fracción IV, 73, fracción VII, 74, fracción IV de la Constitución, como de las funciones que tienen las cámaras legislativas federales para preservar el equilibrio y control del poder, en nuestro sistema, resulta incuestionable que el constituyente otorgó a favor del Congreso y de esta honorable asamblea en forma primigenia la facultad para conceder subsidios o estímulos fiscales.

Sin embargo, con la finalidad de favorecer la consolidación del sistema de administración tributario del país, y para flexibilizar la toma de decisiones en el ámbito administrativo, el Congreso decidió ceder al Ejecutivo federal su facultad primigenia, para que ese poder del Estado, mediante resoluciones de carácter general pudiese, entre otros aspectos regulados en el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, conceder subsidios o estímulos fiscales.

Por esa razón, cuando el titular del Ejecutivo emite un acuerdo general para conceder subsidios o estímulos fiscales, como se está en presencia de un acto que corresponde, en principio al Congreso de la Unión, según las disposiciones constitucionales vigentes, el Presidente debe sujetarse, no sólo, a las reglas que se siguen en la emisión de cualquier acto jurídico, para justificarlo con suficiencia, a través de su motivación y fundamentación, sino además, resulta necesario que respete la esfera de competencia reservada en la materia tributaria al legislador, para cuidar el equilibrio de poderes y no hacer nugatoria las facultades esenciales que para la aprobación del paquete fiscal concedió el constituyente al Congreso.

La pluralidad existente, con representación mayoritaria en el Congreso de los partidos políticos distintos del que emerge el titular del Ejecutivo, en lugar de aprovecharse para intensificar el diálogo y la consecución de acuerdos como sucede en un régimen democrático, en México, de-safortunadamente ha servido para que el Ejecutivo excluya la participación de poderes en la toma de decisiones centrales.

Un claro ejemplo de la falta de cuidado por parte del Ejecutivo para respetar el ámbito de competencia del Congreso, en la emisión del decreto emitido por el titular del Ejecutivo federal el 14 de febrero de 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 15 de ese mismo mes y año, mediante el cual se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos por servicios educativos, en cuyo contenido podemos estar de acuerdo, pero que desafortunadamente mediante ese instrumento se desconoce la facultad de esta Cámara de Diputados para la aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación, toda vez que el Ejecutivo ya comprometió de manera unilateral, la nada despreciable cantidad de 13,000 millones de pesos, como si fuese un irreductible, para el presupuesto del ejercicio fiscal del 2012, cantidad en que se estima oscilen las deducciones de los contribuyentes del impuesto sobre la renta.

Por esa razón, para que no se repitan esas conductas en detrimento de la facultad soberana del Congreso de la Unión, y particularmente, de esta Cámara de Diputados, propongo mediante la presente iniciativa acotar la facultad del Ejecutivo para que emita acuerdos para conceder subsidios o estímulos fiscales, solo en casos extraordinarios y donde se verifiquen las mismas situaciones de emergencia descritas en la fracción I, del mismo artículo 39 del Código Fiscal, es decir, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias, pues fuera de esos supuestos de emergencia, debe ser el Congreso el que autorice por ley, los subsidios o estímulos fiscales, restableciendo de esta manera el equilibrio de poderes regulado en la Constitución.

Por las consideraciones expuestas y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, 77, 78 y 182 del Reglamento de la honorable Cámara de Diputados, someto a la consideración de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto con el objeto de acotar las facultad del titular del Ejecutivo para que mediante acuerdos generales, sólo conceda subsidios o beneficios fiscales, en casos extraordinarios y de emergencia.

Proyecto de Decreto

Artículo Único.Se reforma el artículo 39 en su fracción III y último párrafo del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 39.El Ejecutivo federal mediante resoluciones de carácter general podrá:

I. y II. [...]

III. Conceder subsidios o estímulos fiscales, en casos extraordinarios y de contingencia descritos en la fracción I del presente artículo.

Las resoluciones que conforme a este artículo dicte el Ejecutivo federal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, salvo que se trate de estímulos fiscales, así como, el monto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados. Las resoluciones deberán expresar los fundamentos y motivos que las justifique, y tratándose de subsidios o estímulos fiscales, en forma particular, se expresaran las razones por las que se estima se respeta las facultades para fijar impuestos reservada al Congreso de la Unión y la atribución que en forma exclusiva tiene la Cámara de Diputados para aprobar el presupuesto de egresos de la federación.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía jurídica que se opongan a lo establecido en el presente decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2011.— Diputados: José Ricardo López Pescador, María Dina Herrera Soto, Jorge Humberto López Portillo Basave, María Araceli Vázquez Camacho, Guadalupe Pérez Domínguez, José Manuel Agüero Tovar, David Ricardo Sánchez Guevara, Leticia Quezada Contreras, Florentina Rosario Morales (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputado José Ricardo. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen.

Dígame, diputada Leticia Quezada. Sonido en la curul de la diputada Leticia Quezada.

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul): Solicitarle al diputado Ricardo López Pescador si no tuviera algún impedimento de poderme sumar a la iniciativa que él está presentando en estos momentos.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputado José Ricardo López, la diputada Leticia Quezada está solicitando adherirse a su iniciativa, ¿no tiene usted inconveniente? Diputada Leticia, el diputado no tiene inconveniente, al contrario, le agradece su adhesión, y el documento está aquí en la mesa de la Secretaría, pueden pasar todos aquellos que quieran suscribirse.



COMISION DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Por favor, sonido a la curul de la diputada Yolanda de la Torre.

La diputada Yolanda de la Torre Valdez(desde la curul): Gracias, señor presidente. Aprovechar este momento y el que me otorgue la palabra, para recordarle a las y los diputados de esta honorable Cámara, que la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables llevará a cabo el día próximo miércoles 23 de marzo, en punto de las 9:30 horas, en el edificio E, sala Aurora Jiménez Palacios, el foro Ven, siente y mira para quién legislas, el cual tiene como finalidad sensibilizar a las y los diputados de esta Cámara, así como a su personal, respecto de la experiencia cotidiana que vive una persona con discapacidad, y con ello generar una cultura de respeto y dignidad que nos permita impulsar las transformaciones necesarias para elevar la vida de este importante sector de la población. Saber y sentir para quién legislamos será muy importante.

Exhortar a las diputadas y a los diputados; a los diferentes grupos parlamentarios y sus coordinadores y coordinadora, para que impulsen la asistencia de las diputadas y los diputados.

Reitero: próximo miércoles 23, a las 9:30 horas, en el auditorio del edificio E. Este evento está siendo coordinado por la Comisión de Atención de Grupos Vulnerables con el apoyo de la diputada Nely Miranda.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Cómo no, diputada. Los diputados seguramente han estado atentos a su comunicado.

Se pospone la intervención del diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar, que con el numeral 23 aparecía en el orden del día.



LEY GENERAL DE POBLACION

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió de la diputada Elsa María Martínez Peña, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 16, 113 y 156 de la Ley General de Población.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Iniciativa que reforma los artículos 16, 113 y 156 de la Ley General de Población, a cargo de la diputada Elsa María Martínez Peña, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Elsa María Martínez Peña, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; con fundamento en los artículos 71.II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6.1.I, 77.1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 16, 113 y 156 de la Ley General de Población, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Durante años, dentro del torbellino de hechos que conforman las historias de abuso, corrupción, violación e impunidad que muchos migrantes viven al transitar por este país, las que han atrapando más la atención son las de nuestros connacionales que cruzan la frontera norte de forma ilegal buscando llegar a Estados Unidos con el objetivo de encontrar trabajo y mejores condiciones de vida. Tan sólo el año pasado, casos como el del niño Sergio Adrián Hernández o el del señor Anastasio Hernández, ambos asesinados incomprensiblemente por la patrulla fronteriza son hechos que, entre muchos otros, generaron una gran indignación y enérgicas protestas.

Sin embargo, al lado de estos delitos coexisten aquellos que diariamente se cometen en territorio mexicano contra migrantes, en su mayoría centroamericanos, que en su recorrido para llegar a la frontera norte del país se enfrentan a diversas situaciones que ponen de manifiesto la violencia, vulnerabilidad y el alto grado de desprotección a la que están sujetos. Racismo, xenofobia y otras formas de intolerancia que se expresan en discriminación, abusos, extorsiones, violencia física, psicológica y sexual, engaños, secuestros y amenazas forman parte de las experiencias que viven los migrantes en México.

Según reportes del Colegio de la Frontera Norte y de la Organización Sin Fronteras más de la mitad de estas vejaciones son perpetradas por distintas autoridades mexicanas (policías municipales, estatales, federales; agentes aduanales y de migración, y militares), que con el pretexto de que los migrantes se encuentran cometiendo alguna falta administrativa o muestran actitud sospechosa realizan detenciones arbitrarias, violando los procedimientos establecidos y sus derechos.

Ante esta situación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha emitido desde hace más de una década una serie de recomendaciones generales sobre las acciones de verificación y vigilancia migratoria que algunas autoridades federales, estatales y municipales realizan de manera ilegal, es decir sin contar con facultades para tal efecto y sin cumplir con las formalidades y procedimientos establecidos en la legislación aplicable, en agravio de migrantes extranjeros indocumentados, lo que deriva en una práctica violatoria a sus derechos humanos, a la igualdad, a la libertad de tránsito, a la legalidad y a la seguridad jurídica.

La recomendación general número 13/2006 sobre la práctica de verificaciones migratorias ilegales evidenció que debido a su condición de indocumentados, los migrantes presentan un estado de indefensión que propicia que sean por un lado sujetos de abusos y violaciones y, de manera paralela, hace que los afectados no denuncien las vejaciones y los abusos que padecen. Esta situación se hace aún más grave en el caso de las mujeres y los menores de edad. Según los datos recabados, entre las razones por las que los extranjeros no denuncian los actos delictivos y las violaciones a sus derechos se encuentran:

• El desconocimiento de los procedimientos, las autoridades y los organismos competentes para investigar y sancionar los abusos de que son objeto;

• La carencia de información sobre los mecanismos y las instancias de tutela de sus derechos humanos;

• La falta de tiempo necesario para presentar su queja o denuncia, y

• El temor a ser expulsados o sufrir represalias.

En lo relativo a la manera de proceder de las autoridades a las que se refiere la recomendación, el organismo nacional documentó que es una práctica común que los servidores públicos justifiquen su actuación con distintos argumentos. Por un lado, sostienen que los hechos se suscitaron cuando efectuaban recorridos de revisión y vigilancia rutinarios, en ejercicio de sus funciones de seguridad pública y observaron sujetos con actitud sospechosa, por lo que llevaron a cabo su detención toda vez que, al interrogar a los migrantes sobre su identidad y destino, no acreditaron su legal estancia en el país, lo que originó que la autoridad los pusiera a disposición del Instituto Nacional de Migración.

En otros casos, los elementos de las corporaciones policiales respaldan su detención en aparentes faltas a los bandos o reglamentos de policía municipales, siendo que en realidad lo que llevaron a cabo fue una verificación de su condición migratoria para luego remitirlos a la autoridad migratoria. También se ha documentado que servidores públicos de corporaciones policiales e institutos armados, adscritos a puntos fijos de revisión en carreteras, donde desa-rrollan acciones preventivas del delito, cuestionan a los ocupantes de vehículos acerca de su nacionalidad y, al percibir que se trata de migrantes extranjeros indocumentados, los obligan a descender y los trasladan ante el INM. En otras ocasiones, la investigación demuestra que elementos pertenecientes a instituciones policiales y de fuerzas armadas, en atención a peticiones ciudadanas, de los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario o modo propio, acuden a estaciones del ferrocarril, donde detectan a extranjeros indocumentados, a quienes detienen y ponen a disposición de las autoridades de migración.

Esta situación en 2006, año que la CNDH publicó dicha recomendación no era nueva, ya que desde 2001 con la recomendación general número 2, el organismo se había pronunciado en el sentido de que, jurídicamente, las detenciones que tiene su origen en la presencia o actitud sospechosa o en un marcado nerviosismo del sujeto, no encuentran sustento legal. En 2009, el ombudsman volvió a documentar el tema y emitió un informe especial sobre los casos de secuestro en contra de migrantes y la violencia a la que están expuestos, especialmente aquellos que por su situación migratoria irregular son víctimas de violencia y abusos por parte tanto de los malos servidores públicos como de la delincuencia común y organizada. En este mismo sentido, en los últimos años, diversas organizaciones civiles y académicas, dedicadas a proteger los derechos de las personas migrantes, como el Instituto de Estudios y Divulgación sobre Migración o el Foro Migraciones, han apuntado más contundentemente a la prohibición de los operativos en busca de indocumentados al considerarlos como actos sin sustento constitucional y discriminatorios que no cumplen con su objetivo y sólo alientan la corrupción.

Para el Grupo Parlamentario Nueva Alianza es innegable que, al ser un país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes y dadas las condiciones de inseguridad y violencia que abarcan gran parte del territorio nacional, el Estado Mexicano enfrenta un desafío importante que requiere cada vez mayores esfuerzos para regular y ordenar la entrada y salida de nacionales y extranjeros. Sin embargo, su posición y acciones en relación a las problemáticas de las dos fronteras y a la protección de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos que llegan a Estados Unidos y de las más de 140 mil personas indocumentadas que cruzan con la intención de llegar a Estados Unidos, deben ser congruentes.

Como país, no podemos exigir que estados como Arizona no aplique medidas unilaterales con tintes xenófobos y discriminatorios como la ley “Inmigración, Aplicación de la Ley y Vecindarios Seguros, SB1070”, si en territorio nacional ocurren hechos que avalan también una cultura persecutoria y racista que permite discriminar a las personas por su aspecto y va en contra los derechos más elementales de los seres humanos. Coincidimos por ello, con la observación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, referente a que si bien el gobierno mexicano tiene la obligación de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la seguridad pública; de ningún modo puede admitirse que sean vulnerados otros derechos tutelados por la Constitución Política y demás ordenamientos bajo el argumento de hacer efectivo el derecho de la población a la seguridad pública, ni el cumplimiento de las obligaciones que en esta materia imponen la Constitución y las leyes a las autoridades competentes en los tres órdenes de gobierno.

Por ello y acorde a los tratados internacionales de derechos humanos que nuestro país ha adoptado y a la debida armonización de la normativa nacional con dichos compromisos internacionales y quienes integramos el Grupo Parlamentario Nueva Alianza se propone reformar el artículo 16 de la Ley General de Población para que el personal de los servicios de migración dependientes de la Secretaría de Gobernación y la Policía Federal Preventiva, con excepción del servicio de sanidad, inspecciones y revisen la entrada o salida de personas y su respectiva documentación siempre con pleno respeto a los derechos humanos.

Asimismo, se reforma el artículo 113 y 156 para que ninguna otra institución federal, estatal o municipal, además del personal autorizado, realice acciones de verificación y vigilancia migratoria. Dichas revisiones deberán realizarse sin discriminación alguna y con apego a los procedimientos legales establecidos en esta ley y su reglamento. La reforma contempla que en caso de que las autoridades migratorias o la policía federal requieran de la participación de otra autoridad para la ejecución de operativos, esta deberá estar autorizada por la Secretaría de Gobernación. Además, hace explicito que aquellos empleados de la Secretaría de Gobernación que realicen el procedimiento de verificación y vigilancia de forma distinta a la establecida en esta ley y su reglamento serán sancionados.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 16, 113 y 156 de la Ley General de Población.

Único.Se reforman los artículos 116 y 156 y se adiciona una fracción VII al artículo 113 de la Ley General de Población, para quedar como sigue:

“Artículo 16. El personal de los servicios de migración dependientes de la Secretaría de Gobernación y la Policía Federal Preventiva, con excepción del servicio de sanidad, inspeccionarán la entrada o salida de personas y revisarán la documentación de las mismas, con pleno respeto a los derechos humanos, ya sea en transportes nacionales o extranjeros, marítimos, aéreos o terrestres, en las costas, puertos, fronteras y aeropuertos de la República.”

“Artículo 156. Las revisiones de carácter migratorio en rutas o puntos provisionales distintos a los establecidos deberán estar autorizadas mediante un oficio expedido por la Secretaría de Gobernación, que deberá señalar como mínimo:

I. a III. ...

...

Ninguna otra institución federal, estatal o municipal, además del personal autorizado, podrá realizar acciones de verificación y vigilancia migratoria. La revisión de la documentación deberá hacerse sin discriminación alguna y con apego a los procedimientos legales establecidos en esta ley y su reglamento. En caso de que las autoridades migratorias o la Policía Federal requieran de la participación de otra autoridad para la ejecución de operativos, esta deberá estar expresamente autorizada por la Secretaría de Gobernación.

“Artículo 113. Los empleados de la Secretaría de Gobernación serán sancionados con suspensión de empleo hasta por treinta días o destitución en caso grave, cuando:

I. a VI. ...

VII. Realicen el procedimiento de verificación y vigilancia de forma distinta a la establecida en esta ley y su reglamento.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 24 de febrero de 2011.— Diputada Elsa María Martínez Peña (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se turna a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios para su dictamen.



CODIGO CIVIL FEDERAL - LEY DE ADOPCION

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal y que expide la Ley de Adopción. De acuerdo al Reglamento tiene la palabra por 10 minutos para plantear su iniciativa. Adelante, diputada.

La diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero:Muchas gracias, diputado presidente, con su permiso. Compañeras diputadas y compañeros diputados, la adopción es el acto jurídico que crea entre el adoptante y el adoptado un vínculo de parentesco civil del que se derivan relaciones análogas a las que resultan de la paternidad y filiación legítimas.

A través de los tiempos, los fines de esta institución jurídica han ido evolucionando y cambiando. Es así que en los últimos 30 años la adopción ha pasado a ocupar un puesto de primer orden en el derecho de la familia.

La lucha por el reconocimiento de los derechos de la infancia, entre ellos el derecho a crecer en el núcleo de una familia y a que se le garantice su derecho a tener un nombre y al más alto nivel de vida, representa un esfuerzo en dos vías. Por una parte, refiere al reconocimiento de niñas y niños como seres humanos con los derechos inherentes a esta condición; y, por otra, implica un esfuerzo y compromiso del Estado y sus agentes en sus respectivas competencias para hacer efectiva la exigibilidad de estos derechos.

Nuestro país ha suscrito instrumentos jurídicos internacionales en materia de adopción. A nivel internacional los esfuerzos por regular la adopción han sido plasmados en diversos instrumentos jurídicamente vinculantes para el Estado mexicano.

En el marco de las Naciones Unidas el tema es abordado fundamentalmente por la Convención sobre los Derechos del Niño, obligatoria para el Estado mexicano a partir del 31 de julio de 1990.

Otro instrumento de gran importancia en este tema es el Convenio de la Haya, relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional.

La Convención sobre los Derechos del Niño constituye el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que define los derechos humanos básicos que tienen niños y niñas tales como el derecho a la supervivencia, al desa-rrollo pleno, a la identidad, a la protección contra influencias peligrosas, malos tratos y explotación, y a la plena participación en la vida familiar y cultural.

Con referencia al tema de adopción, este instrumento señala que entre los cuidados que deberán garantizar los Estados partes a niños y niñas que se encuentren temporal o permanentemente privados en su medio familiar, se encuentran los de la colocación en hogares de guarda, la adopción o, de ser necesario, la colocación en instituciones adecuadas para la protección de menores.

Asimismo, establece que los Estados partes que reconocen o permiten el sistema de adopción, cuidarán que el interés superior del niño sea la consideración primordial, velando porque dicha adopción sea autorizada por las autoridades competentes y no vulneren lo establecido en la legislación correspondiente; así como en caso de que el infante fuera adoptado en otro país, el mismo goce de salvaguardias y normas equivalentes a las existentes respecto de la adopción en el país de origen.

La suscripción de estos instrumentos internacionales en el tema, paulatinamente han generado reformas o adiciones a los ordenamientos federales y estatales, a fin de lograr la incorporación de la figura de la adopción y de homologarla a dichos instrumentos. Sin embargo, este proceso es aún una tarea inacabada.

A nivel nacional, en la legislación mexicana, la figura de la adopción y su procedimiento se encuentran establecidos en el Código Civil Federal y en los Códigos Civiles estatales y leyes familiares.

Sin embargo, actualmente en México no existe uniformidad legislativa en aspectos como la regulación en torno al interés superior de la infancia, la forma de la adopción y en los requisitos para las personas que pretenden adoptar y las personas adoptadas, entre otras, por lo que en este sentido, este Poder Legislativo tenemos todavía mucha tarea pendiente por hacer.

Esta diversidad de ordenamientos en materia de adopción y su procedimiento complican y confunden a las personas que pretenden adoptar entre tantos requisitos legales y administrativos, propiciando también un retardo al acceso a un hogar, a los niños y niñas que esperan ser adoptados.

Como se señala en la exposición de motivos de la presente iniciativa, la regulación de la adopción en los ordenamientos civiles o familiares de las entidades federativas en nuestro país resulta heterogénea, ya que en algunos casos los legisladores no adoptaron expresamente la figura o se limitaron a adoptar el texto previsto en el Código Civil Federal, mientras que en otros casos se trató de regularla de una forma más precisa.

Ahora bien, si bien es cierto que las entidades federativas gozan de autonomía para legislar en las materias de su competencia, resulta también innegable que al existir tratados internacionales que vinculan a nuestro país en la materia, se debe buscar la armonización entre el derecho interno y el derecho internacional, a fin de hacer efectiva la consideración primordial del interés superior de la infancia en los procesos y procedimientos en materia de adopción; y coadyuvar, desde el ámbito legislativo, a dar cumplimiento a la obligación del Estado de proporcionarles a niñas y niños un espacio familiar.

Se propone esta iniciativa a fin de coadyuvar también en el proceso de armonización legislativa en materia de adopción, a la luz de lo señalado en los instrumentos internacionales en la materia.

Así también, para lograr esta armonización se propone reformar y adicionar diversos artículos del Código Civil, a fin de mejorar la protección de la persona menor de edad adoptada o en posibilidades de adopción y reforzar la protección de la infancia de delitos como el de la trata y tráfico de personas menores de edad.

La Ley de Adopción que se propone tiene como objetivo velar por el derecho de las personas menores de edad a de-sarrollarse dentro de un hogar, a fin de que se le satisfagan sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, conforme a lo establecido en el artículo 4o. constitucional.

Se plantea de orden general y de aplicación en toda la República. Busca dar claridad y seguridad jurídica a las personas que deseen adoptar, y protección a las personas menores de edad en situación de adopción.

La propuesta de la Ley de Adopción se compone de 74 artículos y cuatro títulos creados para garantía y protección de los derechos de las personas menores de edad e incapaces, como grupos que pueden ser susceptibles de adopción.

Propone crear a través del sistema Nacional para el Desa-rrollo Integral de la Familia, un registro nacional de personas solicitantes de adopción y de personas menores de edad en situación de adopción, así como obligar a los sistemas estatales a informar y a actualizar los datos de este registro, para dar celeridad y transparencia a los procedimientos de adopción.

Toda vez que existe disparidad en la regulación de la adopción internacional, en los códigos civiles de los estados y del Distrito Federal, se establece el título cuarto que busca homologar los requisitos, procedimientos y consecuencias legales de la adopción internacional por extranjeros y de los efectos, en México, de las adopciones realizadas en el extranjero para protección de los menores, independientemente de su nacionalidad.

Tomando como punto de partida el orden jerárquico establecido en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el escalafón infraconstitucional pero supralegal de los convenios internacionales firmados y ratificados por México, esta iniciativa tiene como base para la interpretación de la adopción el planteamiento central del principio del interés superior del niño y de la niña, es decir, que las personas menores de edad, susceptibles de adopción, crezcan en un medio familiar estable que les proporcione y garantice el cumplimiento de todos los derechos humanos de los que son sujetos y el principio de subsidiariedad, entendiendo por el mismo y concretamente en relación a la adopción internacional, como otro medio o alternativa de cuidado de la infancia desamparada y/o abandonada en el caso de que ésta no pueda ser entregada a una familia adoptiva nacional y que no pueda ser atendido de manera adecuada en su país de origen.

Por lo recordado, el compromiso que como Poder Legislativo tenemos por el cumplimiento y observancia de los derechos humanos de la infancia mexicana, y a título personal, refrendando mi compromiso por las mujeres y las niñas mexicanas, pongo a consideración de ese pleno la aprobación de la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversos artículos del Código Civil Federal y se crea la Ley de Adopción en los siguientes términos:

Artículo 1o.: Se reforman y adicionan los artículos 23, 55, 293, 323 Ter, 390, 391, 399, 400, 402, 405, 410 A y 410 E. Y se derogan los artículos: 295, 394 y 410 D, del Código Civil Federal.

Artículo 2o.;  Se crea la Ley de Adopción.

Transitorios. Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Solicito, señor presidente, atentamente, se inserte íntegro el texto de la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal y expide la Ley de Adopción, a cargo de la diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, diputada federal de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6.1.I., 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el se reforman, derogan y adicionan diversos artículos del código civil federal, y se crea la ley de adopción bajo el tenor la siguiente

Exposición de Motivos

La adopción es “el acto jurídico que crea entre adoptante y adoptado un vínculo de parentesco civil del que se derivan relaciones análogas a las que resultan de la paternidad y filiación legítimas” (De Pina y De Pina, 1993:61).

A través de los tiempos, los fines de la institución jurídica de la adopción  han ido evolucionando y cambiando. En Roma la utilizaban para “evitar que el rito del culto a los dioses familiares se interrumpiera por falta de un varón que lo practicara, o para proporcionar compañía a un anciano en los días aciagos de su vejez y eventualmente heredara sus bienes”, actualmente representa una opción jurídica ante la infertilidad o una  opción ante la decisión de incorporar a una persona a un hogar.

En los últimos treinta años, la adopción ha pasado a ocupar un puesto de primer orden en el derecho de familia (De Pina, 1992: 372), pero hasta antes de la promulgación del Código Civil de 1928, la figura no aparecía en los Códigos mexicanos de 1870 y 1884, ni en la Ley de Relaciones Familiares de 1917.

Actualmente, en la legislación mexicana la figura de la adopción se encuentra establecida en el Código Civil Federal y en los Códigos Civiles estatales y leyes familiares, lo que genera que puedan encontrarse algunas variantes en la regulación de la misma figura.

Asimismo, los aspectos concretos de las adopciones se encuentran en algunos casos en los códigos de procedimientos civiles estatales y en los reglamentos de adopción de menores de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, DIF, de cada entidad federativa, complicando y confundiendo a las personas que pretender adoptar entre tantos requisitos legales y administrativos, propiciando también un retardo al acceso a un hogar a las niñas y niños que esperan ser adoptados.

A nivel internacional, los esfuerzos por regular la adopción han sido plasmados en diversos instrumentos jurídicamente vinculantes para el Estado mexicano. En el marco de las Naciones Unidas, ONU, el tema es abordado, fundamentalmente, por la Convención sobre los Derechos del Niño, CDN, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, obligatorio para el Estado mexicano a partir del día 31 de julio de 1990. Otro instrumento de gran importancia en este tema, es el Convenio de La Haya, Relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, del 29 de mayo de 1993, el que se convierte en obligatorio para México a partir del 1 de mayo de 1995.

La Convención sobre los Derechos del Niño constituye el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que define los derechos humanos básicos que tienen niños y niñas, tales como el derecho a la supervivencia, al desa-rrollo pleno, a la identidad, a la protección contra influencias peligrosas, malos tratos y explotación, y a la plena participación en la vida familiar y cultural.

Con referencia al tema de adopción, este instrumento señala que entre los cuidados que deberán garantizar los Estados Partes a niñas y niños, que se encuentren temporal o permanentemente privados de su medio familiar, se encuentran los de la colocación en hogares de guarda, la kafala del derecho islámico, la adopción o de ser necesario, la colocación en instituciones adecuadas de protección de menores, así mismo establece que los Estados Partes que reconocen o permiten el sistema de adopción cuidarán que el interés superior del niño sea la consideración primordial, velando por que dicha adopción sea autorizada por las autoridades competentes y no vulneren lo establecido en la legislación correspondiente, así como que en caso de que el infante fuera adoptado en otro país, el mismo  goce de salvaguardias y normas equivalentes a las existentes respecto de la adopción en el país de origen.

A decir de Dworkin, esta Convención de los Derechos del Niño, CDN, contiene una serie de principios que deberán ser rigurosamente observados en la adecuación de la legislación nacional. Estos principios corresponden a proposiciones que describen derechos como el de igualdad, autonomía y protección efectiva.

Por su parte la Convención de La Haya confirma que la adopción internacional constituye un campo de actividad que debe desarrollarse en la perspectiva de los derechos del niño; en este sentido, la adopción de una niña o niño determinado por padres procedentes del extranjero sólo se podrá contemplar cuando corresponda al interés superior del niño y pueda llevarse a cabo de conformidad con sus derechos fundamentales.

A nivel interamericano, los países del la región han  trabajado en la discusión y aprobación de dos instrumentos jurídicos en la materia, de los cuales México forma parte: la Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en materia de Adopción de Menores (1984), la cual es de observancia obligatoria para el Estado mexicano a partir del 26 de mayo de (1988), y la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores (1989), obligatoria para México a partir de 4 de noviembre de 1994.

La Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en materia de Adopción de Menores señala que se aplicará a la adopción de menores bajo las formas de adopción plena, legitimación adoptiva y otras instituciones afines, que equiparen al adoptado a la condición de hijo cuya filiación esté legalmente establecida, cuando el adoptante (o adoptantes) tenga su domicilio en un Estado Parte y el adoptado su residencia habitual en otro Estado Parte. Establece que la ley de la residencia habitual del menor regirá la capacidad, consentimiento y demás requisitos para ser adoptado, así como cuáles son los procedimientos y formalidades extrínsecas necesarias para la constitución del vínculo.

Por su parte la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores en materia de Adopción, tiene por objeto asegurar la pronta restitución de menores que tengan residencia habitual en uno de los Estados Partes y hayan sido trasladados ilegalmente desde cualquier Estado a un Estado Parte, o que habiendo sido trasladados legalmente, hubieren sido retenidos ilegalmente. Es también objeto de la misma hacer respetar el ejercicio del derecho de visita y el de custodia o guarda por parte de sus titulares.

A nivel de acuerdo político existe, también, la Declaración sobre los Principios Sociales y Jurídicos relativos a la Protección y el Bienestar de los Niños, con particular referencia a la adopción en hogares de guarda, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1986.

A nivel nacional la Asamblea Legislativa del Distrito Federal reformó y adicionó el Código Civil para el Distrito Federal en materia de adopción, para eliminar del ordenamiento jurídico la figura de la adopción simple y dejar subsistente como única forma de adopción plena.

En el Distrito Federal, antes de las reformas de 1998 que introdujeron, además de la adopción simple, no se permitían adopciones plenas salvo que se tratara de adopciones internacionales. Después de las reformas del año 2000, la niña o el niño que es adoptado en estos términos no sólo tiene el derecho a llevar los apellidos del adoptante, sino que por disposición de ley es un deber registrarlo invariablemente con éstos. Asimismo, por lo que hace a los derechos y obligaciones para el adoptado, el adoptante y su familia son los mismos que se establecen con respecto a la filiación legítima para con la hija o el hijo consanguíneo, los ascendientes, descendientes y demás parientes. Además, en éste tipo de adopción no es posible impugnarla o  revocarla, de tal modo que una vez que se haya autorizado ésta las partes no cuentan con acción procesal que les permita retractarse del parentesco o vínculo jurídico creado entre ellos, por lo que la condición de adoptado es definitiva.

Tales reformas fueron motivadas, entre otras razones, por la necesidad de adecuarse a la legislación internacional ratificada por México en la materia, como la CDN, y por considerar que para el interés superior de la niña o niño era mejor quedar integrado y reconocido definitiva y totalmente a un núcleo familiar, como si se tratara de una hija o hijo consanguíneo, con el fin de crear una cultura de respeto e igualdad para acabar con los prejuicios y los estigmas ejercidos contra los niños en estas circunstancias (Pérez Contreras, 2004: 672).

Sin embargo, a nivel Federal el Poder Legislativo tiene trabajo pendiente en la materia. Actualmente en México no existe uniformidad legislativa en aspectos como la regulación en torno al interés superior de la infancia; la forma de la adopción, (es decir simple o plena), y en los requisitos para las personas que pretende adoptar y las personas adoptadas, entre otras.

La lucha por el reconocimiento de los derechos de la infancia, entre ellos el derecho a crecer en el núcleo de  una familia y a que se le garantice su derecho a tener un nombre y al más alto nivel de vida, representa un esfuerzo en dos vías: por una parte, refiere al reconocimiento de niñas y  niños como seres humanos, con los derechos inherentes a esta condición y por otra  implica un esfuerzo y compromiso del Estado y sus agentes en  sus respectivas competencias para hacer efectiva la exigibilidad de estos derechos.

A partir de que México suscribe los instrumentos jurídicos internacionales señalados, paulatinamente se han generado reformas o adiciones a los ordenamientos federales y estatales a fin de incorporar la figura de la adopción y de homologarla a los instrumentos internacionales, sin embargo este proceso es aún una tarea inacabada.

Como se señalo la regulación de la adopción en los ordenamientos civiles o familiares de las entidades federativas de nuestro país resulta heterogénea, ya que en algunos casos los legisladores no adoptaron expresamente la figura o se limitaron a adoptar el texto previsto en el Código Civil Federal, mientras que en otros casos se trató de regularla de forma más precisa.

Ahora bien, si bien es cierto que las entidades federativas gozan de autonomía para legislar en las materias de su competencia, resulta también innegable que al existir tratados internacionales que vinculan a nuestro país en la materia se debe buscar la armonización entre el derecho interno y el derecho internacional.

A fin de hacer efectiva la consideración primordial del interés superior de la infancia en los procesos y procedimientos en materia de adopción y coadyuvar desde el ámbito legislativo a dar cumplimiento a la obligación del Estado de proporcionarles a niñas y niños un espacio familiar, es que se propone esta Iniciativa a fin de coadyuvar también en el proceso de armonización legislativa en materia de adopción a la luz de lo señalado en los instrumentos internacionales en la materia.

Así también,  para lograr esta armonización se propone reformar y adicionar los artículos 23, 55, 293, 323 Ter, 390, 391, 399, 400 y se deroga el artículo 295, 394, 402 al 410 y 410-D del Código Civil a fin de mejorar la protección de la persona menor de edad adoptadas o en posibilidades de adopción y reforzar la protección de la infancia de delitos como el de trata y tráfico de personas menores de edad.

La Ley de Adopción que se propone, tiene como objetivo velar por el derecho de las personas menores de edad a desarrollarse dentro de un hogar a fin de que se le satisfagan sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral conforme lo establecido en el artículo 4° Constitucional. Se plantea de orden general y de aplicación en toda la República, busca dar claridad y seguridad jurídica a las personas que deseen adoptar y protección a las personas menores de edad en situación de adopción.

La propuesta de Ley de Adopción se compone de 74 artículos y cuatro títulos creados para garantía y protección de los  derechos de las personas menores de edad e incapaces como grupos que pueden ser susceptibles de adopción.

Propone crear a través del Sistema Nacional para el Desa-rrollo Integral de la familia, un registro nacional de personas solicitantes de adopción y de personas menores de edad en situación de adopción, así como obligar a los sistemas estatales a informar y actualizar los datos de este registro, para dar transparencia y celeridad a los procedimientos de adopción.

Toda vez que existe disparidad en la regulación de la adopción internacional, en los Códigos Civiles de los estados y del Distrito Federal, se establece el título IV que busca homologar los requisitos, procedimientos y consecuencias legales de la adopción internacional por extranjeros y de los efectos en México de las adopciones realizadas en el extranjero para protección de los menores independientemente de su nacionalidad.

Tomando como punto de partida el orden jerárquico establecido en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el escalafón infra constitucional pero supralegal de los convenios internacionales firmados y ratificados por México, esta iniciativa tiene como base para la interpretación de la adopción el planteamiento central del principio del interés superior del niño y de la niña, es decir, que las personas menores de edad susceptibles de adopción crezcan en un medio familiar estable que les proporcione y garantice el cumplimiento de todos los derechos humanos de los que son sujetos,  y el principio de subsidiariedad, entendiendo por el mismo y concretamente en relación a la adopción internacional, como otro medio o alternativa de cuidado de la infancia, desamparada y/o abandonada, en el caso de que éste no pueda ser entregado a una familia adoptiva nacional y no pueda ser atendido de manera adecuada en su país de origen.

Atendiendo a todas las consideraciones señaladas en la presente exposición de motivos y refrendando el compromiso que como Poder Legislativo tenemos por el cumplimiento y observancia de los derechos humanos de la infancia mexicana y a título personal refrendando mi compromiso por las mujeres y las niñas mexicanas pongo a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que  se reforman, derogan y adicionan diversos artículos del Código Civil Federal y se crea la Ley de Adopción

Artículo Primero:Se reforman y adicionan los artículos 23, 55, 293, 323 ter, 390,391, 399, 400, 402, 404, 405, 410 A y 410 E y se derogan los artículos 295, 394 y 410D del Código Civil Federal para quedar como sigue:

Artículo 23.La minoría de edad, el estado de interdicción y demás incapacidades establecidas por la ley, son restricciones a la personalidad jurídica que no deben menoscabar la dignidad de la persona ni atentar contra la integridad de la familia; los niños y las niñas deberán ser escuchados en las actuaciones judiciales que los afecten, atendiendo el interés superior del menor;pero los incapaces, entendido como aquellas personas que no tienen capacidad de comprender el significado del hecho, sólopodrán ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes.

Artículo 55.Tienen obligación de declarar el nacimiento, el padre y la madre o cualquiera de ellos, a falta de éstos, los abuelos paternos o maternos,dentro de los tres días siguientes a la fecha en que ocurrió aquél.

Los médicos cirujanos o matronas que hubieren asistido al parto, tienen obligación de dar aviso del nacimiento al juez del Registro Civil, dentro de las veinticuatro horas siguientes. La misma obligación la tiene el titular de la casa habitación en donde haya tenido lugar el alumbramiento.

...

Recibido el aviso, el Juez del Registro Civil tomará las medidas legales que sean necesarias a fin de que se levante el acta de nacimiento de manera gratuita y sin discriminación alguna, prestando especial atención y apoyo a las personas indígenas y a quienes vivan en ciudades remotas , conforme a las disposiciones relativas.

Artículo 293.El parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor.

Se equiparará al parentesco por consanguinidad aquél que existe entre el adoptado, el adoptante, los parientes de éste y los descendientes de aquél, en todos los casos de adopción, por lo que se deberá registrar al adoptado con los apellidos de la o las personas adoptantes.

Artículo 295. Se deroga

Artículo 323 Ter. ...

Queda prohibido el castigo corporal en el seno de la familia, las escuelas, las instituciones penales y cualesquiera otros centros relacionados con la guarda y custodia de la infancia temporal o permanente.

Artículo 390....

I.Que tiene medios bastantes para proveer a la subsistencia, la alimentación, la educación, el esparcimientoy el cuidado con calidad de vidade la persona que trata de adoptarse, como hijo propio,

II....

III.Que los adoptantes oel adoptante es persona apta y adecuada para adoptar, para lo que acreditará que goza de buena salud psíquica y física, que no ha sido condenada por delito grave y que esta libre de antecedentes de violencia familiar.

Cuando circunstancias especiales lo aconsejen, el juez puede autorizar la adopción de dos o más incapacitados o de menores e incapacitados simultáneamente.

Artículo 391. Los cónyuges y concubinos podrán adoptar, cuando los dos estén conformes en considerar al adoptado como hijo o hija y aunque sólo uno de los cónyuges cumpla el requisito de la edad a que se refiere el artículo anterior, pero siempre y cuando la diferencia de edad entre cualquiera de los adoptantes y el adoptado sea de diecisiete años cuando menos. Se deberán acreditar además los requisitos previstos en las fracciones del artículo anterior. En el caso de un vínculo de parentesco consanguíneo con el menor, los hermanos también tendrán el derecho de adopción.

Artículo 394.(Derogado)

Artículo 399.El procedimiento administrativo y judicial para obtener la adopción será gratuito, por lo que no mediará compensación económica alguna.

Artículo 400.Tan luego como cause ejecutoria la resolución judicial que se dicte autorizando una adopción, quedará ésta consumada.

El DIF proporcionará al adoptante o adoptantes asesoría y capacitación sobre los alcances psíquicos, afectivos y jurídicos que la adopción les implica y establecerá los mecanismos de examen, vigilancia y seguimiento de las adopciones.

Artículo 402. Los derechos y obligaciones que nacen de la adopción simple, así como el parentesco que de ella resulte se limitan al adoptante y al adoptado, excepto en lo relativo a los impedimentos de matrimonio, respecto de los cuales se observará lo que dispone el artículo 157.

Sólo procederá la adopción simple cuando el adoptado sea persona mayor de edad.

Artículo 404. La adopción simple podrá convertirse en plena, con el consentimiento del adoptado.

Artículo 405. La adopción simple puede revocarse:

I. Cuando las dos partes convengan en ello. Si no existiere acuerdo, se oirá a las partes y al representante del Ministerio Público y al Consejo de Tutelas;

II. Por ingratitud del adoptado.

Artículo 410 A. ...

...

La adopción plena es irrevocable, salvo en los casos previstos en el Título Octavo del Código Penal Federal de los Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, o por el abandono del adoptado.

Todas las adopciones en que el adoptado sea menor de edad o incapaz serán plenas.

Artículo 410 D.(Derogado)

Artículo 410 E.La adopción internacional es la promovida por una persona o personascon residencia habitual fuera del territorio nacional, y tiene por objeto incorporar, en una familia, a un menor o incapaz con residencia habitual en territorio nacional. Esta adopción se regirá por los tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano y, en lo conducente, por las disposiciones de la Ley de Adopción.

Las adopciones internacionales siempre serán plenas.

Artículo segundo: Se crea la Ley de Adopción, para quedar en los siguientes términos:

Ley de Adopción Título Primero Capítulo IDisposiciones generales

Artículo 1.

La presente ley es de orden general y de aplicación en toda la República, sus disposiciones son de orden público e interés social y protege el derecho a  la adopción de las niñas y los niños en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para la protección del interés superior de la infancia y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de adopción.

Artículo 2.

La presente ley tiene por objeto velar por el interés superior de la infancia y proteger los derechos de las niñas, niños e incapaces a vivir en un núcleo familiar, como el espacio primordial de desarrollo a través del procedimiento de adopción, cuando ello no puede ser proporcionado por la familia de origen.

En la interpretación y aplicación de la presente ley, deberá regir el principio del interés superior de la persona adoptada y deberán observarse las garantías que reconocen a los menores de edad, sancionando cualquier tipo de discriminación o concepto estereotipado de género, así mismo en la interpretación y aplicación de la Ley deberá observarse en lo conducente la perspectiva de género como criterio orientador.

Artículo 3.

Para los efectos de esta ley se entenderá por:

Adopción.La institución jurídica de orden público, por la que se promueve de manera voluntaria la creación lazos de parentesco entre la persona adoptante y la persona adoptada, equivalentes a los de consanguinidad, y para incorporar y proporcionarle a la persona menor de edad o incapaz una familia.

Adopción internacional.Es la promovida por una persona o personas con nacionalidad y residencia habitual fuera del territorio nacional, tiene por objeto incorporar, en una familia, a una persona menor de edad o incapaz con residencia habitual en territorio nacional, que no pueda encontrar una familia en nuestro país.

Adopción por extranjeros.Es la promovida por nacionales de otro país, con residencia permanente en el territorio nacional, con el objeto de incorporar a una familia, a una persona menor de edad o incapaz a su familia.

Adopción nacional:La que se promueve por personas nacionales con residencia habitual en el territorio nacional, con el objeto de incorporar a su familia a una persona o mas menores de edad o incapaz.

Adopción plena. Es la que tiene como consecuencia la adquisición de derechos que se equiparan al parentesco por consanguinidad, otorgándose por tanto derechos y obligaciones plenas entre la persona adoptante y la persona adoptada.

Adoptante. Es la persona o personas que promueven la incorporación de una persona o mas menores de edad o incapaces a su familia.

Adoptado.Es la persona menor de edad  o incapaz que se encuentra en condiciones de ser incorporados a una familia que no tiene.

Albergue. Establecimiento del sistema nacional, estatal o local para el Desarrollo Integral de la Familia más cercano al lugar donde se esté efectuando el procedimiento de adopción, que resguardará a las personas o persona  menor de edad hasta la conclusión de dicho procedimiento.

Autoridad central. Autoridad designada en el marco de la Convención, encargada de realizar las gestiones necesarias tendientes a lograr la restitución de la persona menor de edad o incapaz a su lugar de residencia habitual y cumplir con las obligaciones impuestas por la Convención.

Autoridad central mexicana.Sistema de Desarrollo Integral de la Familia (DIF)

Autoridad central extranjera. La autoridad designada por cualquier Estado parte de la Convención.

Código Civil.ElCódigo Civil en materia federal para toda la República Mexicana.

Consejo.Consejo Técnico de Adopción del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

Convivencia domiciliaria:Aquella en la cual el centro asistencial bajo cuyo cuidado se encuentra la persona menor de edad o incapaz, permite al solicitante o solicitantes, llevar a su domicilio o el lugar en donde se encuentren hospedados y pernoctar en ellos, a la persona  menor de edad  o incapaz para la integración familiar durante el proceso de adopción.

Convivencia en la casa hogar o centro asistencia:Las convivencias que se lleven a cabo entre la persona solicitante o los solicitantes y la persona menor de edad o incapaz, que les es propuesta para su adopción, en las instalaciones de la casa hogar infantil o centro asistencial;

Convención de La Haya de 1993. Convención de La Haya de 29 de mayo de 1993 sobre Protección de Menores y Cooperación en materia de adopción internacional.

Convención Interamericana. Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Adopción de Menores de 1984.

Derecho de custodia. Comprende el derecho relativo al cuidado de la persona menor de edad y, en especial, el de decidir su lugar de residencia.

Derecho de visita. Es el derecho que tiene una persona de convivir con la persona menor de edad durante un tiempo determinado y periódico en el lugar de residencia habitual de la persona menor de edad o fuera de éste, conforme al régimen de visitas.

Entidades colaboradoras:Los organismos coadyuvantes en materia de adopción internacional, acreditados en términos de los artículos 10, 11 y 12 de la Convención.

Estado de recepción:Aquel a donde habrá de ser trasladada la persona menor de edad sujeta a Adopción Internacional, en términos de lo dispuesto por el artículo 2o., de la Convención.

Estado parte. Estado miembro de una determina convención.

Incapaz: Que no tiene cumplida personalidad para actos civiles, o que carece de aptitud legal para decidir y gobernarse por no comprender el significado del hecho.

Legislación civil.Los Códigos Civiles o la Legislación Civil de los estados y del Distrito Federal.

Ley. Ley de Adopción.

Menor. Persona que no ha alcanzado los dieciocho años de edad al momento de la solicitud de adopción.

Procurador de la Defensa del Menor y la Familia.Servidor público del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, encargado de brindar atención y asistencia en cualquier orden en las cuestiones y asuntos relacionados con las personas menores de edad y la familia .

Residencia habitual. Lugar donde la persona menor de edad habita (no sujeto a una temporalidad como en el caso del domicilio).

Seguimiento:La serie de actos mediante los cuales se establece contacto directo o indirecto con la familia adoptiva para supervisar que la adopción resulto en la adecuada integración de la persona menor de edad adoptada.

Sistema.El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Nacional, estatales y del Distrito Federal.

Título SegundoDe la adopción Capítulo IDe la adopción en general

Artículo 4.

Para que la adopción pueda tener lugar deberán consentir en ella, en sus respectivos casos:

I. La persona que ejerce la patria potestad sobre la persona menor de edad que se trata de adoptar;

II. El tutor de la persona menor de edad que se va a adoptar;

III. La persona que haya acogido durante seis meses a la persona menor de edad que se pretende adoptar y lo trate como a hijo o hija, cuando no hubiere quien ejerza la patria potestad sobre él o ella ni tenga tutor;

IV. El Ministerio Público del lugar del domicilio la persona menor de edad adoptada, cuando ésta no tenga padres conocidos, ni tutor, ni persona que ostensiblemente le imparta su protección y lo haya acogido como hijo o hija.

V. Las instituciones de asistencia social públicas o privadas que hubieren acogido a la persona menor de edad o incapacitada  que se pretenda adoptar.

VI. De las personas menor o menores de edad a adoptar si cuentan con doce años o más.

VII. En el caso de las personas incapaces, será necesario su consentimiento, siempre y cuando fuese posible la expresión indubitable de su voluntad.

Artículo 5.

Si el tutor o el Ministerio Público no consienten en la adopción, deberán expresar la causa en que se funden, la que el juez calificará tomando en cuenta los intereses de la persona menor de edad o incapaz.

Capítulo IIDe las personas que pueden adoptar

Artículo 6.

Podrán adoptar la persona mayor de veinticinco años, libre de matrimonio, en pleno ejercicio de sus derechos, a uno o más personas menores de edad o a un incapacitado, aún cuando éste sea mayor de edad, siempre que la persona adoptante tenga diecisiete años más que el adoptado y que acredite además:

I.Que tiene medios bastantes para proveer a la subsistencia, la alimentación, la educación, el esparcimiento y el cuidado con calidad de vida de la persona que trata de adoptarse, como hijo o hija propia.

II.Que la adopción es benéfica para la persona que trata de adoptarse, atendiendo al interés superior de la misma, y

III.Que la o las personas  adoptantes sean aptas y adecuadas para adoptar, y deberá acreditar que goza de buena salud psíquica y física, que no ha sido condenada por delito grave y que esta libre de antecedentes de violencia familiar.

En el caso de un vínculo de parentesco consanguíneo con la persona menor de edad, los hermanos también tendrán el derecho de adopción.

Cuando circunstancias especiales lo aconsejen, el juez puede autorizar la adopción de dos o más incapacitados o de personas menores de edad simultáneamente.

Artículo 7.

Los cónyuges o concubinos podrán adoptar, cuando los dos estén conformes en considerar a la persona adoptada como hijo o hija y aunque sólo uno de los cónyuges cumpla el requisito de la edad a que se refiere el artículo anterior, la diferencia de edad entre cualquiera de las personas adoptantes y la persona adoptada deberá ser de diecisiete años cuando menos.

Artículo 8.

Nadie puede ser adoptado por más de una persona, salvo en el caso previsto en el artículo anterior.

Artículo 9.

El tutor no puede adoptar al pupilo, sino hasta después de que hayan sido definitivamente aprobadas las cuentas de tutela.

Artículo 10.

La persona que adopta tendrá respecto de la persona y bienes de la persona adoptada, los mismos derechos y obligaciones que tienen los padres respecto de la persona y bienes de los hijos e hijas.

Artículo 11.

La persona adoptada tendrá para con la persona o personas que la adopten los mismos derechos y obligaciones que tiene un hijo o hija.

Capítulo IIICapacidad y requisitos para la adopción

Artículo 12.

Las personas interesadas en adoptar deberán cumplir los siguientes requisitos:

a. Carta petición en la que manifieste su voluntad de adoptar, señalando la edad y el sexo que deseen que tenga la persona menor de edad que pretendan adoptar.

b. Copias certificadas del acta de nacimiento de la persona o personas solicitantes y de sus hijos, si los tuvieren.

c. Copia certificada del acta de matrimonio si las personas solicitantes son casadas.

d. Dos cartas de recomendación de personas que conozcan por más de cinco años como mínimo a las personas solicitantes, que incluya domicilio y teléfono.

e. Fotografía tamaño credencial a color de las personas o persona solicitante.

f. Doce fotografías tamaño postal, a color tomadas de la casa habitación de la persona o personas solicitantes, que comprenda fachada y cada una de las habitaciones interiores del domicilio, así como de una reunión familiar en que se encuentren participando.

g. Certificados de constancia de antecedentes no penales de la persona o personas solicitantes;

h. Certificados médicos de buena salud de la persona o personas solicitantes;

i.Documento referente a la Declaración del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, acompañado de Certificación Bancaria de buena solvencia económica;

j. En su caso constancia de trabajo y antigüedad en el mismo.

k. Comprobante de domicilio.

l. Identificación oficial con fotografía.

m. Constancia de residencia expedida por la autoridad competente.

Artículo 13.

Los Sistemas para el desarrollo integral de la familia nacional, del Distrito Federal y de los Estados y municipios no podrán exigir más requisitos a las personas adoptantes que los establecidos en esta ley.

Artículo 14.

Se entiende por idoneidad la capacidad, aptitud y motivación adecuadas para ejercer la patria potestad, atendiendo a las necesidades de las personas menores de edad adoptadas, y para asumir las peculiaridades, consecuencias y responsabilidades que conlleva la adopción.

A tal efecto, la declaración de idoneidad requerirá una valoración psicosocial sobre la situación personal, familiar y relacional de las personas adoptantes, y su capacidad para establecer vínculos estables y seguros, sus habilidades educativas y su aptitud para atender a una persona menor de edad en función de sus circunstancias, así como cualquier otro elemento útil relacionado con la singularidad de la adopción.

Las entidades públicas competentes se coordinarán a fin de homogeneizar los criterios de valoración de la idoneidad.

La declaración de idoneidad y los informes psicosociales referentes a la misma tendrán una vigencia máxima de tres años desde la fecha de su emisión por el órgano público o privado competente, siempre que no se produzcan modificaciones sustanciales en la situación personal y familiar de los solicitantes que dieron lugar a dicha declaración, sujeta no obstante a las condiciones y a las limitaciones establecidas, en su caso, en la legislación estatal aplicable en cada supuesto.

Corresponde a los Sistemas DIF competentes en materia de protección de personas menores de edad la declaración de idoneidad de las personas adoptantes a través de los informes de idoneidad, que estarán sujetos a las condiciones, requisitos y limitaciones establecidos en  esta legislación.

En el proceso de declaración de idoneidad, se prohíbe cualquier discriminación por razón de discapacidad o cualquier otra circunstancia.

Artículo 15.

1. Las personas adoptantes deberán facilitar en el tiempo previsto la información, documentación y entrevistas que el sistema DIF competente, precise para la emisión de los informes de seguimiento postadoptivo.

2. Las personas adoptantes deberán cumplir en el tiempo previsto los trámites postadoptivos establecidos por la legislación, recibiendo para ello la ayuda y asesoramiento preciso por parte del Sistema DIF que corresponda.

Artículo 16.

Las personas adoptadas, alcanzada la mayoría de edad o durante su minoría de edad representadas por sus padres, tendrán derecho a conocer los datos que sobre sus orígenes obren en poder de las Instituciones Públicas o Privadas, sin perjuicio de las limitaciones que pudieran derivarse de la legislación de los estados de que provengan las personas menores de edad. Este derecho se hará efectivo con el asesoramiento, la ayuda y mediación de los servicios especializados de las Entidades Públicas autorizadas para tal fin.

Las entidades públicas competentes bajo su más estricta responsabilidad asegurarán la conservación, resguardo y confidencialidad de la información de que dispongan relativa a los orígenes de la niña o niño, en particular la información respecto a la identidad de sus padres, así como su historia médica y la de su familia.

Las entidades privadas colaboradoras en la adopción deberán informar a las entidades públicas de los datos de los que dispongan sobre los orígenes de la persona menor de edad y serán responsables de asegurar su conservación, resguardo y confidencialidad.

Artículo 17.

El tratamiento y cesión de datos derivado del cumplimiento de los procedimientos de la presente Ley se encontrará sometido a lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública.

Los datos obtenidos por las entidades públicas o por las entidades privadas colaboradoras de adopción únicamente podrán ser utilizados para las finalidades relacionadas con el desarrollo, en cada caso, de las funciones descritas para fines estadísticos.

La transferencia internacional de los datos a autoridades extranjeras de adopción únicamente se efectuará en los supuestos expresamente previstos en esta ley y en el Convenio de La Haya.

Capítulo VIDe la adopción de personas menores de edad que se encuentran bajo el cuidado de alguna institución pública o privada

Artículo 18.

Las instituciones públicas o privadas que tengan bajo su cuidado a una persona menor de edad, tendrán por ese sólo hecho la tutela del mismo, la cuál se ejercerá por sus respectivos directores.

Artículo 19.

Cuando la persona menor de edad que se pretende adoptar se encuentr e bajo el cuidado de alguna institución pública o privada, la solicitud de adopción ante el órgano  jurisdiccional competente deberá ser presentada, de manera conjunta, por la persona directiva de la institución y la o las personas que pretendan adoptar,  exhibiendo, además del expediente con la documentación establecida como requisitos por esta ley, el informe de adoptabilidad, la declaración de idoneidad, anuencias y autorizaciones pertinentes.

Artículo 20.

La pérdida de la patria potestad de las personas menores de edad que se encuentren en las instituciones a que se hace referencia en el artículo anterior, deberá promoverse de oficio por los respectivos directores de la institución, o en su caso por el Ministerio Público.

Artículo 21.

El juicio de pérdida de la patria potestad para iniciar el proceso de adopción, deberá seguirse en la vía sumaria, o la vía más ágil que sea posible, prevista en la legislación del lugar donde se lleve a cabo el procedimiento, atendiendo en todo momento al interés superior de la infancia.

Título IIIDel procedimiento para la adopción Capítulo IDe las facultades y obligaciones de los sistemas para el desarrollo integral de la familia

Artículo 22.

El Sistema Nacional o los Sistemas de las entidades federativas en su caso, de conformidad a las disposiciones que sean aplicables, deberán ser parte en todos los procesos de adopción en defensa de los derechos de la persona menor de edad.

Artículo 23.

El Sistema Nacional integrará dos registros sobre adopciones: uno, de personas interesadas en la adopción de una persona menor de edad o incapaz y otro, de personas que pueden ser adoptadas en todo el territorio nacional, por lo que los sistemas DIF de las entidades federativas y del distrito federal deberán remitir informes mensuales.

Los Sistemas de las Entidades Federativas y del Distrito Federal, deberán llevar los dos registros a que se refiere el párrafo anterior.

Los sistemas mantendrán permanente mente la actualización de esos registros; y serán responsables de laagilidad y transparencia de las solicitudes de adopción nacional e internacional.

La información personal que exista en los registros de los Sistemas DIF, con respecto a las personas menores de edad o incapaces adoptadas será confidencial.

Artículo 24.

El Sistema Nacional y los Sistemas de las Entidades Federativas y Municipios, en su respectivo ámbito de competencia, deberán formular programas que fomenten la adopción, con el objeto de procurar a las personas menores de edad o incapaces desprotegidos un núcleo familiar responsable.

Artículo 25.

Los sistemas deberán contar con un Consejo Técnico de Adopción, tanto a nivel nacional como en cada una de las entidades federativas.

El Consejo deberá ser un órgano colegiado, compuesto por personal con experiencia en la materia, que dependa del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, y contará con un reglamento en el que establecerá su organización y funcionamiento.

Artículo 26. El Sistema Nacional DIF deberá emitir los criterios generales sobre los que deberán basarse los sistemas de las entidades federativas para determinar la viabilidad de la adopción.

Artículo 27.

Los Consejos tendrán las siguientes facultades:

a) Fomentar la adopción de las personas menores de edad e incapaces.

b) Analizar la idoneidad de las personas aspirantes a adoptantes, expidiendo los certificados correspondientes.

c) Verificar que el Sistema DIF que haya conocido de la adopción, de un seguimiento pos adoptivo por dos años para verificar la correcta integración de la persona menor de edad o incapaz adoptada al hogar de la adopción.

Capítulo IIDel Procedimiento Administrativo

Artículo 28.

Todas las solicitudes de adopción, nacional o internacional, derivadas de instituciones públicas o privadas, se notificarán al DIF-Nacional con el objeto de llevar un control y sistema estadístico de las adopciones efectuadas en territorio nacional.

Artículo 29.

El expediente de adopción debe contener conforme a la solicitud lo siguiente:

I. Documento de comparecencia ante el juez de lo Familiar en cualquier momento del procedimiento;

II. Copia certificada del acta de matrimonio (en su caso) y dos copias certificadas de las actas de nacimiento de la o las personas solicitantes;

III. Certificados de constancia de antecedentes penales de la o las personas solicitantes;

IV. Certificados médicos de buena salud de la o las personas solicitantes;

V. Documento referente a la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, acompañado de certificación bancaria de buena solvencia económica;

VI. Dos cartas de recomendación;

VII. Declaración de idoneidad, con autorización para adoptar a una persona o personas menores de edad con un rango de edad determinado,

VIII. Estudios socioeconómicos y psicológicos realizados por el sistema DIF que corresponda;

IX. Fotografías de las personas adoptantes, así como de la casa y del entorno familiar.

X. Compromiso de seguimiento pos adoptivo de la o las personas menores de edad.

Artículo 30.

Recibida la solicitud de adopción por alguno de los sistemas, y una vez que se ha determinado la pre-asignación, se emitirá un informe de adoptabilidad que contendrá:

I. Datos de la filiación de la persona o personas menores de edad.

II. Los dictámenes médicos y psicológicos de la o las personas menores de edad propuestos en la pre-asignación.

III. La determinación de la situación jurídica de la persona menor de edad para verificar su adoptabilidad.

En los casos de adopción internacional, se solicitará, además y expresamente, los siguientes informes:

I. Informe que determine que después de haber examinado adecuadamente las posibilidades de colocación del niño o la niña en su Estado de origen, una adopción internacional responde al interés superior del niño;

II. Informe de que las personas, instituciones y autoridades cuyo consentimiento se requiera para la adopción han sido convenientemente asesoradas y debidamente informadas de las consecuencias de su consentimiento, en particular en relación al mantenimiento o ruptura, en virtud de la adopción, de los vínculos jurídicos entre el niño o la niña  y su familia de origen;

III. Informe de que tales personas han dado su consentimiento libremente, sin que haya mediado pago o compensación de clase alguna y que tales consentimientos no han sido revocados;

IV. Informe de que el consentimiento de la madre, cuando sea exigido, se ha dado únicamente después del nacimiento del menor;

V. Informe que, conforme a la edad y el grado de madurez del niño o niña, este ha sido convenientemente asesorado y debidamente informado sobre las consecuencias de la adopción y de su consentimiento a la adopción, y que se han tomado en consideración sus deseos y opiniones; y

VI. Informe que asegure que se han tenido debidamente en cuenta las condiciones de educación del niño o niña así como su origen étnico, religioso y cultual y de que se han obtenido los consentimientos previstos en el artículo 4° del Convenio de La Haya de 1993;

A las personas adoptantes o adoptante nacional se les notificará la preasignación directamente y deberá manifestar, por escrito, si la acepta o no.

Artículo 31.

Deberán presentar carta compromiso debidamente firmada de someterse a convivencias previas a la adopción ante el órgano jurisdiccional competente , entre la persona menor de edad  y la o las personas  que pretenden adoptar.

Artículo 32.

Los Sistemas DIF prestarán ayuda jurídica gratuita a los solicitantes de adopción, a través de la Procuraduría para la Defensa del Menor y la Familia

Artículo 33.

Las instituciones de asistencia social pública diferentes a los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia y las instituciones de asistencia social privadas que reciban solicitudes de adopción de personas menores de edad o incapaces que estén bajo su cuidado, deberán de remitir al DIF de su localidad la solicitud recibida para que a través de su consejo se verifique y apruebesu viabilidad y su derivación al centro de asistencia determinado.

Artículo 34.

La determinación de idoneidad, a través del certificado de idoneidad, para adoptar, se deberá comunicar a las personas solicitantes por escrito. En caso de negativa se deberán fundar y motivar los razonamientos que llevaron a tomar esa determinación.

En contra de la negativa, procederá recurso de inconformidad ante el DIF Nacional.

Artículo 35.

Son causas para que el Consejo determine la improcedencia de la solicitud de adopción, las siguientes:

1. Que la persona solicitante de adopción no proporcione información veraz y oportuna durante el procedimiento;

2. Que por causas imputables a la persona solicitante, no se encuentre debidamente integrado el expediente con la documentación requerida;

3. La falta de asistencia puntual de la o las personas solicitantes de adopción, a las citas programadas por el personal del Sistema Nacional DIF, previa notificación con oportunidad; o,

4. Cuando así lo determine el Consejo, a partir del análisis que realice de las valoraciones correspondientes.

Artículo 36.

Son causas para  que el Consejo Técnico competente determine la baja de la solicitud de adopción, las siguientes:

I. A petición de alguna de la o las personas solicitantes;

II. En caso de fallecimiento de la o las personas solicitantes;

III. Al término de la vigencia del certificado de idoneidad;

IV. Cuando la persona o personas solicitantes no se presenten a su revaloración en el término fijado en el oficio con el que fueron previamente notificados; y

V. Cuando se produzca una variación substancial a juicio del Consejo, en las condiciones de salud, psicológicas o socioeconómicas de los solicitantes, que no hagan adecuada la integración de una persona menor de edad en su núcleo familiar.

Artículo 37.

Es causa para que el consejo decida la revaloración de la solicitud de adopción, cuando, derivado de los resúmenes psicosociales, se advierta que no existen elementos suficientes que permitan tomar en ese momento una determinación. La cual se llevará a cabo en un término de seis meses; pudiendo otorgarse por única vez, una prórroga de hasta seis meses más a petición escrita de la o las personas solicitantes, quienes deberán adjuntar la justificación correspondiente para la procedencia de su prórroga, a través de las instancias notificadoras.

Artículo 38.

Una vez que se haya regularizado la situación jurídica de la persona menor de edad que se encuentre en cualquier institución pública o privada, que sus características personales lo permitan y que se haya dado el consentimiento de la o las personas que ejerzan la patria potestad sobre la persona menor de edad, el Consejo Técnico competente llevara acabo la asignación de la persona menor de edad, a algún solicitante de adopción cuya petición hubiese obtenido ya la declaratoria de idoneidad.

Artículo 39.

Para realizar la asignación de una persona menor de edad los Consejos Técnicos deberán basarse en el grado de compatibilidad existente entre las necesidades y las características de ésta y  las de la o las personas solicitantes, debiendo considerarse la edad, sexo, expectativas de desarrollo y cualquier aspecto que coadyuve en la búsqueda de compatibilidad entre los solicitantes y la persona menor de edad  a asignar.

Artículo 40.

Los sistemas, deberán realizar un periodo de convivencia de las personas menores de edad que se pretendan adoptar, con la o las personas adoptantes, antes de dar su consentimiento para la adopción, a efecto de verificar si hay empatía entre la persona menor de edad y las personas que pretender adoptar.

Para tal efecto, quienes pretendan adoptar podrán visitar a la persona  menor de edad en la casa hogar dónde se encuentre. Las visitas podrán, a juicio del Consejo, llevarse bajo la observancia de una trabajadora social.

El consejo tomará en cuenta dichas convivencias previas, para determinar la conveniencia de la adopción.

Artículo 41.

Los sistemas deberán dar seguimiento a la situación de la persona menor de edad o incapaz una vez concluido el procedimiento de adopción, por un lapso de al menos dos años. Dicho seguimiento estará a cargo de las áreas de trabajo social y psicología del sistema de que se trate.

En caso de que las personas adoptantes tengan residencia habitual distinta al del lugar donde se llevó a cabo el procedimiento de adopción en el territorio nacional, el seguimiento se hará por conducto del sistema de la residencia habitual de las personas adoptantes

Para el caso de la adopción internacional, el seguimiento se realizará con el apoyo de la Entidad Colaboradora de Adopción Internacional o a través de la Autoridad Central del Estado de recepción.

Capítulo IIIDel procedimiento judicial para la adopción

Artículo 42.

Será juez competente para el otorgamiento, anulación o revocación de la adopción de personas menores de edad e incapaces, el de la residencia habitual de la persona menor de edad susceptible de ser adoptada.

Artículo 43.

Se aplicará de manera supletoria a la presente Ley, el Código Civil Federal.

Artículo 44.

El procedimiento de adopción, en atención al artículo anterior,  se sujetará a lo establecido en la legislación de la residencia habitual de la persona menor de edad o incapaz, siguiendo siempre la vía más ágil prevista en la legislación de que se trate.

Artículo 45.

Durante el procedimiento de adopción, el juez deberá tomar en cuenta las opiniones de la persona menor de edad, en función de su edad y madurez.

Si la persona menor de edadque se va a adoptar tiene más de doce años, será necesario su consentimiento para la adopción. En caso de negativa, el juez dejará constancia de las razones que invoque el o la menor de edad.

En el caso de que la persona que se va a adoptar sea incapaz, será necesario su consentimiento, siempre y cuando fuese posible la expresión indubitable de su voluntad.

Artículo 46.

El procedimiento para hacer la adopción deberá ser gratuito, y no mediará compensación  económica alguna .

Artículo 47.

En la sentencia definitiva donde se resuelva la procedencia de la adopción, de oficio se deberá ordenar se gire oficio al Registro Civil de la residencia habitual de la persona adoptante, a fin de que se practique una nueva inscripción de nacimiento del adoptado como hijo o hija  de la o las personas adoptantes.

Asimismo, cuando corresponda, se ordenará se gire oficio a la Secretaría de Educación Pública, a fin de que se eliminen del registro curricular los antecedentes relativos a la persona menor de edad adoptada y se incorpore otro registro de acuerdo a la nueva identidad de ésta.

Artículo 48.

Una vez que la sentencia de un procedimiento o solicitud de adopción cause ejecutoria, será puesta en conocimiento del Sistema nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la entidad federativa en el que se hubiere llevado el proceso de adopción a efecto de que actualicen sus registros en los términos previsto en el artículo 20de esta ley.

Artículo 49.

Atendiendo al artículo anterior, en cuanto cause ejecutoria la resolución judicial que se dicte autorizando una adopción, quedará ésta consumada. El DIF proporcionará a la persona adoptante o adoptantes asesoría y capacitación sobre los alcances psíquicos, afectivos y jurídicos que la adopción les implica y establecerá los mecanismos de examen, vigilancia y seguimiento de la adopción.

Capítulo IVMedidas protección

Artículo 50.

En cualquier etapa del procedimiento de adopción de personas menores de edad o  de incapaces, el juez, de oficio o a petición de parte, cuando se percate de que existe una situación de riesgo para su integridad física o psicológica, ya sea porque la persona adoptante o adoptantes, o las personas a quienes se haya confiado su cuidado, se encuentren sujetos a una averiguación previa por los delitos de violencia familiar, alguno de los previstos en el Título Octavo, Título Decimoquinto o Título Decimonoveno del Código Penal Federal, sus equivalentes en los códigos penales locales o los previstos en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, la Ley Para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,  o por cualquier otra situación que presuma riesgo fundado para la integridad de la persona menor de edad o del incapaz, podrá dictar las medidas protectoras que considere convenientes, tales como:

a) Su entrega inmediata a quienes tengan legalmente su cuidado.

b) Confiarla al cuidado de una persona o personas con las que tenga relación de confianza.

c) Confiarla al cuidado de una casa de asistencia del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, o instituciones autorizadas por éste, o de alguno de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia de las Entidades Federativas,  por el tiempo que sea estrictamente indispensable. En ese caso, los responsables de las casas de asistencia tendrán la custodia provisional de la persona menor de edad.

d) Suspender provisionalmente el derecho de una o más personas determinadas a mantener relaciones directas o regulares con el niño, niña o adolescente.

e) Prohibir o limitar la presencia del ofensor o presunto ofensor en el hogar común.

f) Prohibir o limitar la concurrencia del ofensor o presunto ofensor al lugar de estudio o de trabajo del niño, niña, adolescente o incapaz. En caso de que concurran al mismo establecimiento, el juez adoptará medidas específicas tendientes a resguardar los derechos de aquéllos;

g) La prohibición de salir del país para el niño, niña o adolescente sujeto de la petición de protección.

Capítulo VDe los efectos de la adopción plena

Artículo 51.

El adoptado bajo la forma de adopción plena se equipara a la hija o hijo consanguíneo para todos los efectos legales, incluyendo los impedimentos de matrimonio. La persona adoptada tiene en la familia de la o las personas adoptantes los mismos derechos, deberes y obligaciones de la hija ó hijo consanguíneo y debe llevar los apellidos de la o las personas adoptantes.

La adopción plena extingue la filiación preexistente entre la persona adoptada y sus progenitores y el parentesco con las familias de éstos, salvo para los impedimentos de matrimonio. En el supuesto de que la persona adoptante esté casada con alguno de los progenitores del adoptado no se extinguirán los derechos, obligaciones y demás consecuencias jurídicas que resultan de la filiación consanguínea .

La adopción plena es irrevocable, salvo en los casos previstos en el Título Octavo del Código Penal Federal de los Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, o por el abandono del adoptado.

Artículo 52.

Para que la adopción plena pueda surtir efectos, además de las personas a que se refiere el artículo 5 de esta Ley, deberá otorgar su consentimiento el padre o madre de la persona menor de edad que se pretende adoptar, salvo que exista al respecto declaración judicial de abandono o sentencia por delito grave cometido contra ella.

Artículo 53.

Todas las adopciones serán plenas tratándose de personas menores de edad o incapaces, por lo que serán irrevocables.

Artículo 54.

Tratándose de la adopción plena, el Registro Civil se abstendrá de proporcionar información sobre los antecedentes de la familia de origen de la persona adoptada, excepto en los casos siguientes y contando con autorización judicial:

I. Para efectos de impedimento para contraer matrimonio, y

II.Cuando la persona adoptada desee conocer sus antecedentes familiares, siempre y cuando sea mayor de edad, si fuere menor de edad se requerirá el consentimiento de las personas adoptantes.

Título IV Capítulo IDe la adopción internacional y por extranjeros

Artículo 55.

La adopción internacional es la promovida por una persona o personas con residencia habitual fuera del territorio nacional, y tiene por objeto incorporar, en un núcleo familiar, a un menor o incapaz con residencia habitual en territorio nacional, que no puede encontrar una familia en el país. Esta adopción se regirá por los tratados internacionales en la materia suscritos y ratificados por el Estado mexicano y, en lo conducente, por las disposiciones de esta ley.

Las adopciones internacionales siempre serán plenas .

El expediente de adopción internacional deberá contener, además de los requisitos solicitados en el artículo 12  lo siguiente:

I. La acreditación de solvencia moral y económica de la o las personas adoptantes;

II. Certificado de idoneidad expedidos por la autoridad competente de su país de origen,  que acredite que la o las personas solicitantes, son considerados aptos para adoptar;

III. Constancia de que la persona menor de edad que se pretende adoptar ha sido autorizada para entrar y residir permanentemente en el país de la o las personas adoptantes a tenor del artículo 17, d) del Convenio de La Haya de 1993; y

IV. Se deberá durante el procedimiento, acreditar su legal estancia en el país.

La documentación que presenten las personas solicitantes extranjeras en idioma distinto al español, deberá acompañarse de la traducción oficial.

La documentación correspondiente deberá, según el caso, estar apostillada o legalizada por la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Artículo 56.

En igualdad de circunstancias y atendiendo al principio de subsidiariedad, la adopción nacional será preferida sobre la internacional. Para que proceda una adopción internacional se deberá de tener la autorización del Sistema Nacional, además de los otros requisitos de ley.

Artículo 57.

El seguimiento post adopción a que se refiere el artículo 40 de esta ley, tratándose de adopciones internacionales, se realizará solicitando la colaboración de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a efecto de que el mismo pueda ser practicado por personal de los consulados mexicanos en los países de residencia de los solicitantes de la adopción, por un periodo de dos años como mínimo.

Artículo 58.

Para el cumplimiento de las obligaciones nacionales derivadas de la Convención a la que se refiere el primer párrafo del artículo 54 de esta Ley, la Autoridad Central será el Sistema Nacional y la Secretaría de Relaciones Exteriores para la recepción de documentos provenientes del extranjero.

Artículo 59.

La adopción por extranjeros es la promovida por nacionales de otro país, con residencia permanente en el territorio nacional.

Capítulo IICompetencia para la constitución de la adopción internacional

Artículo 60.

Competencia judicial internacional para la constitución de adopción en supuestos internacionales.

1. Con carácter general, los juzgados y tribunales mexicanos serán competentes para la constitución de la adopción en los siguientes casos:

a. Cuando el adoptando sea mexicano o tenga su residencia habitual en México.

b. Cuando el adoptante sea mexicano o tenga su residencia habitual en México.

2. La nacionalidad mexicana y la residencia habitual en México se apreciarán, en todo caso, en el momento de la presentación de la solicitud de adopción a la Entidad Pública competente.

Artículo 61.

Los juzgados y tribunales mexicanos serán competentes para la declaración de nulidad de una adopción en los siguientes casos:

a. Cuando la persona adoptada sea mexicano o tenga su residencia habitual en México en el momento de presentación de la solicitud.

b. Cuando la persona adoptante sea mexicano o tenga su residencia habitual en México en el momento de presentación de la solicitud.

c. Cuando la adopción haya sido constituida por autoridad mexicana.

Los juzgados y tribunales mexicanos serán también competentes para la modificación o revisión de una adopción en los mismos casos señalados en el apartado primero y también cuando, además, la adopción haya sido constituida por autoridad extranjera, siempre que dicha adopción haya sido reconocida en México.

Artículo 62.

La determinación del órgano jurisdiccional competente objetiva y territorialmente para la constitución de la adopción internacional se llevará a cabo con arreglo a las normas de la jurisdicción voluntaria.

En el caso de no poder determinarse la competencia territorial con arreglo al párrafo anterior, ésta corresponderá al órgano judicial que las personas adoptantes elijan.

Artículo 63.

La adopción constituida por la autoridad competente se regirá por lo dispuesto en la ley en la materia en los siguientes casos:

a. Cuando la persona adoptada tenga su residencia habitual en México en el momento de constitución de la adopción.

b. Cuando la persona adoptada haya sido o vaya a ser trasladado a México con la finalidad de establecer su residencia habitual.

Artículo 64.

La capacidad de la  persona adoptada y los consentimientos necesarios de todos los sujetos intervinientes en la adopción, se regirán por la ley nacional de la persona adoptada y no por la ley sustantiva mexicana, en los siguientes casos:

a. Si la persona adoptada tuviera su residencia habitual fuera de México en el momento de la constitución de la adopción.

b. Si la persona adoptada no adquiere, en virtud de la adopción, la nacionalidad mexicana, aunque resida en México.

La aplicación de la ley nacional de la persona adoptada prevista en el párrafo primero de este artículo procederá, únicamente, cuando la autoridad mexicana competente estime que con ello se facilita la validez de la adopción en el país correspondiente a la nacionalidad del adoptando.

Artículo 65.

Sin perjuicio de lo establecido en esta Ley, la autoridad mexicana competente para la constitución de la adopción podrá exigir, además, los consentimientos, audiencias o autorizaciones requeridas por la ley nacional o por la ley de la residencia habitual de la persona adoptante o de la persona adoptada.

Capítulo IIIAdopción regida por una ley extranjera

Artículo 66.

Cuando la persona adoptada no tenga su residencia habitual en México, y además no haya sido o no vaya a ser trasladado a México con la finalidad de establecer su residencia habitual en México, la constitución de la adopción se regirá por la ley del país al que ha sido o al que va a ser trasladada con la finalidad de establecer su residencia habitual en dicho país.

Capítulo VIDisposiciones comunes

Artículo 67.

Los criterios anteriores sobre determinación de la ley aplicable a la constitución de la adopción serán aplicables también para precisar la ley aplicable a la conversión, nulidad y revisión de la adopción.

Artículo 68.

En ningún caso procederá la aplicación de una ley extranjera cuando resulte manifiestamente contraria al orden público internacional mexicano. A tal efecto se tendrá en cuenta el interés superior del menor y los vínculos sustanciales del supuesto con México. Los aspectos de la adopción que no puedan regirse por un derecho extranjero al resultar éste contrario al orden público internacional mexicano, se regirán por el Derecho sustantivo mexicano.

Artículo 69.

La entidad pública correspondiente al último lugar de residencia habitual de la persona adoptante en México, será competente para formular la propuesta previa de adopción.

Capítulo VEfectos en México de la adopción constituida por autoridades extranjeras

Artículo 70.

La adopción constituida por autoridades extranjeras será reconocida en México con arreglo a lo establecido en los tratados y convenios internacionales y otras normas de origen internacional en vigor para México y, en especial, con arreglo al Convenio de La Haya de 29 de mayo de 1993, relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional. Tales normas prevalecerán, en todo caso, sobre las reglas contenidas en esta ley.

Artículo 71.

En defecto de tratados y convenios internacionales y otras normas de origen internacional en vigor para México que resulten aplicables, la adopción constituida por autoridades extranjeras será reconocida en México como adopción si se cumplen los siguientes requisitos:

1. Que haya sido constituida por autoridad extranjera competente. La adopción debe haberse constituido por autoridad pública extranjera, sea o no judicial. Se considera que la autoridad extranjera que constituyó la adopción es internacionalmente competente si se respetaron, en la constitución de la adopción, las reglas establecidas por su propio derecho.

No obstante lo establecido en la regla anterior, en el caso en que la adopción no presente conexiones razonables de origen, de antecedentes familiares o de otros órdenes similares con el país cuya autoridad haya constituido la adopción, se estimará que la autoridad extranjera carecía de competencia internacional.

2. Que se haya constituido con arreglo a la ley o leyes estatales designadas por las normas de conflicto del país del que depende la autoridad extranjera que constituyó la adopción.

A tal efecto, si la autoridad mexicana comprueba que no se ha prestado alguna declaración de voluntad o no se ha manifestado el consentimiento exigido por la ley extranjera reguladora de la constitución de la adopción, dicho requisito podrá ser completado en México, ante las autoridades competentes mexicanas con arreglo a los criterios contenidos en esta Ley, o ante cualquier otra autoridad extranjera competente.

Cuando la persona  adoptante o la persona adoptada sea mexicana, la adopción constituida por autoridad extranjera debe surtir los efectos jurídicos que se corresponden, de modo sustancial, con los efectos de la adopción regulada en Derecho mexicano.

En particular, las autoridades mexicanas controlarán que la adopción constituida por autoridad extranjera para el caso de que la persona adoptada sea menor de edad o incapaz, produzca la extinción de vínculos jurídicos sustanciales entre la persona adoptada y su familia anterior, que haga surgir los mismos vínculos de filiación que los de la filiación por consanguinidad y que sea irrevocable por los adoptantes.

Cuando la ley extranjera admita que la adopción de una persona menor de edad o incapaz, constituida a su amparo pueda ser revocada por el adoptante, será requisito indispensable que éste, antes del traslado de la persona menor de edad o incapaz a México, renuncie al ejercicio de la facultad de revocarla. La renuncia deberá formalizarse en documento público o mediante comparecencia ante el Encargado del Registro Civil.

Artículo 72.

La autoridad pública mexicana ante la que se suscite la cuestión de la validez de una adopción constituida por autoridad extranjera, y en especial, la persona Encargada del Registro Civil en el que se inste la inscripción de la adopción constituida en el extranjero, controlará, incidentalmente, la validez de dicha adopción en México con arreglo a las normas contenidas en esta Ley.

Artículo 73.

Cuando la adopción internacional se haya constituido en el extranjero y las personas adoptantes tengan su domicilio en México podrán solicitar la inscripción de nacimiento del menor y la marginal de adopción conforme a las normas contenidas en esta Ley

Transitorios

Primero.La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.A los asuntos de adopción de personas menores de edad que se encuentren en trámite a la entrada en vigor de la presente ley les serán aplicables todas las disposiciones de ésta.

Tercero.Los plazos para efectos de esta ley, correrán en días hábiles, salvo las excepciones que la ley establezca.

Cuarto. En un marco de coordinación, las legislaturas de los estados promoverán las reformas necesarias en su respectiva legislación, para la implementación de los lineamientos establecidos en la presente Ley, dentro de un término de 6 meses, contados a partir de la entrada en vigor de la misma.

Quinto.Los Poderes Ejecutivos locales y el federal emitirán los reglamentos del Consejo Técnico de Adopción a que se refiere esta ley, dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

Sexto. Se derogan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en  materia de adopción, en lo que se opongan a la presente ley.

Séptimo. Los Estados Unidos Mexicanos promoverán la firma y ratificación de convenios bilaterales, a tenor del artículo 39.2 de la Convención de La Haya de 1993, buscando, entre los dos Estados parte involucrados, un margen más de seguridad, transparencia, cooperación y agilidad en materia de adopción internacional. Estos acuerdos contribuyen, además, a una posible solución con respecto al tráfico de menores, atendiendo a la cooperación.

Nota:

1 La adopción no existe en la legislación marroquí. Hay, sin embargo, otras medidas de protección de menores desamparados, como la kafala y la tutela dativa. La aplicación de estas figuras jurídicas es la que solicitan las personas extranjeras.

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a los 22 días del mes de febrero de 2011.— Diputados: Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, María Dolores del Río Sánchez, Rosa Adriana Díaz Lizama, Norma Sánchez Romero, Gloria Trinidad Luna Ruiz, Arturo García Portillo, Carlos Martínez Martínez, Sergio Arturo Torres Santos, Daniel Gabriel Ávila Ruiz, Ovidio Cortázar Ramos, José Manuel Marroquín Toledo, Laura Viviana Agundiz Pérez, Gloria Romero León, Ruth Esperanza Lugo Martínez, Martha Angélica Bernardino Rojas, María del Carmen Guzmán Lozano (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Con mucho gusto, diputada Mirna Lucrecia. Tal como lo solicita, el texto íntegro de su intervención se inserta en el Diario de los Debates. Se turna a la Comisión de Justicia para dictamen y de Presupuesto y Cuenta Pública sólo para opinión.

Diputado Daniel Ávila.

El diputado Daniel Gabriel Ávila Ruiz(desde la curul): Diputado presidente, muy buenas tardes. Para solicitarle a la diputada Mirna Camacho Pedrero el poder adherirme a esta iniciativa de ley que expide la Ley General de Adopción.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputada Mirna Lucrecia, le solicita el diputado Daniel Ávila si no tiene usted inconveniente en que pueda adherirse. Él y ya lo manifestaron otros diputados. Diputada Enoé Uranga.

La diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz(desde la curul): Presidente, para solicitar que pudiera también turnarse, sólo para fines de opinión, a la Comisión Especial de la Familia, que justamente está trabajando un proyecto al respecto.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se turna también para opinión de la Comisión Especial de la Familia.

Informamos a los miembros de esta asamblea que se encuentran en este recinto de visita miembros del Conalep Ecatepec de Morelos, invitados del diputado José Alfredo Torres Huitrón. Sean todos bienvenidos.



CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene el uso de la palabra el diputado Carlos Bello Otero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El diputado Carlos Bello Otero:Muchas gracias, presidente. Le solicito que sea incluido el texto de la iniciativa en el Diario de los Debates.

Compañeras diputadas, compañeros diputados, vengo a proponer la iniciativa con proyecto de decreto por la que se adicionan y se reforman los artículos 38, 71, 72, 105, 118, 157, 239, 240, 241, 255, 262, 264 y 266; 13 disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

La presente iniciativa tiene como objeto fortalecer el marco jurídico a favor de las personas con discapacidad. Actualmente, las personas con discapacidad defienden, con justa razón, su plena participación e inclusión en la vida social y productiva del país.

Nuestra tarea nos obliga a trabajar intensamente para ofrecerles mejores condiciones de vida y una mayor integración social que propicien su pleno desarrollo.

Con esta iniciativa se propone un conjunto de medidas que permitirán a las personas con discapacidad ejercer plenamente sus derechos políticos y busca eliminar las barreras que padecen en el ejercicio democrático del voto.

Este proyecto promueve los derechos políticos de las personas con discapacidad y garantiza su participación plena y efectiva en la vida política y pública del país en igualdad de condiciones, según lo estipula el artículo 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU. Por ello, se impulsa fundamentalmente lo siguiente:

Primero. Para el ejercicio del derecho a la información de los electores con discapacidad se propone:

Que la plataforma electoral, la oferta política, así como los mensajes de precampaña y campaña electorales de los partidos políticos que se difundan en los canales de televisión incluyan el recuadro de la lengua de señas mexicana y cuando se publiquen por escrito en Internet, se hagan también en audio.

Que, cuando no haya procesos electorales, los programas y mensajes de los partidos políticos, así como los mensajes del Instituto Federal Electoral y de las autoridades estatales electorales, cuando se difundan por los canales de televisión, incluyan el recuadro con un intérprete de la lengua de señas mexicana o el sistema de subtítulos ocultos.

Segundo. Para el ejercicio del derecho a votar de los electores con discapacidad, se propone:

Que las casillas sean seguras y que no existan barreras arquitectónicas que impidan el buen desplazamiento de los electores con discapacidad.

Que en las casillas exista una mampara que sea especial y portátil para electores en silla de ruedas.

Que en las casillas haya plantillas en Braille para que los electores con discapacidad visual puedan emitir su voto por sí solos y en secreto.

Tercero. Que el Instituto Federal Electoral tenga entre sus fines y atribuciones asegurar a los electores con discapacidad el ejercicio de su derecho a la información y de su derecho a votar y ser votados en los procesos electorales.

Que el Consejo General del instituto tenga entre sus atribuciones aprobar el modelo de las plantillas en Braille y las mamparas especiales y portátiles.

Diputadas y diputados, los no discapacitados somos protagonistas y cómplices, en algunos de los casos, de la mayor discriminación. El único camino para que cada vez más las personas con discapacidad avancen en la mejoría de sus condiciones de vida es que todos los sectores de la sociedad respetemos sus derechos.

Hoy, en México, tenemos que avanzar en la construcción de un país con mayor igualdad de oportunidades para todos y para todas. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Carlos Bello Otero, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal Carlos Bello Otero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura; con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 6, numeral 1, fracción I, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; somete a la consideración de la honorable Cámara de Diputados, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se adicionan y se reforman diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La presente iniciativa tiene como objeto fortalecer el marco jurídico a favor de las personas con discapacidad.

Con esta iniciativa, se propone un conjunto de medidas que permitirán a las personas con discapacidad ejercer plenamente sus derechos políticos; busca eliminar las barreras que padecen las personas con discapacidad en el ejercicio democrático de emitir su voto; e intenta asegurar el reconocimiento de los derechos civiles y políticos de los discapacitados en México.

Esta iniciativa también refrenda el compromiso que se tiene desde el Poder Legislativo ante las personas con discapacidad, de promover su derecho a participar en la vida política y pública del país, según lo establece el artículo 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Artículo 29. Participación en la vida política y pública

Los Estados parte garantizarán a las personas con discapacidad los derechos políticos y la posibilidad de gozar de ellos en igualdad de condiciones con las demás y se comprometerán a:

a) Asegurar que las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás, directamente o a través de representantes libremente elegidos, incluidos el derecho y la posibilidad de las personas con discapacidad a votar y ser elegidas, entre otras formas mediante:

i) La garantía de que los procedimientos, instalaciones y materiales electorales sean adecuados, accesibles y fáciles de entender y utilizar;

ii) La protección del derecho de las personas con discapacidad a emitir su voto en secreto en elecciones y referéndum públicos sin intimidación, y a presentarse efectivamente como candidatas en las elecciones, ejercer cargos y desempeñar cualquier función pública a todos los niveles de gobierno, facilitando el uso de nuevas tecnologías y tecnologías de apoyo cuando proceda;

iii) La garantía de la libre expresión de la voluntad de las personas con discapacidad como electores y a este fin, cuando sea necesario y a petición de ellas, permitir que una persona de su elección les preste asistencia para votar;

b) ...

Asimismo ésta convención, de la cual México forma parte, entró en vigor en nuestro país desde el 3 de mayo de 2008, tiene como propósito: promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente (artículo 1).

Por otro lado, la Carta Magna, en su artículo primero deja asentado que, en los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece. Asimismo de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo, en nuestro país queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Entre las garantías que la Constitución otorga, se encuentran las prerrogativas y obligaciones de los artículos 35, fracción I y II, 36, fracción III, al establecer que:

Artículo 35.

...

I. Votar en las elecciones populares;

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley;

...

Artículo 36.

...

III. Votar en las elecciones populares en los términos que señale la ley;

...

No obstante a estos preceptos constitucionales, en la práctica se produce una grave segregación en contra de las personas con discapacidad; las cuales sufren serias limitaciones en el ejercicio de realizar el más básico de los derechos políticos: derecho a votar.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, alrededor del 10 por ciento de la población mundial vive con algún tipo de discapacidad, esto es aproximadamente 650 millones de personas. En México el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), de acuerdo al XII Censo General de Población y Vivienda 2000, las personas que tienen algún tipo de discapacidad son 1 millón 795 mil, lo que representa el 1.84 por ciento de la población total; de éstas, el 44.9 por ciento presenta limitaciones relacionadas con sus brazos o piernas, 28.6 por ciento son invidente o sólo percibe sombras, 16.5 por ciento son sordas o escuchan con ayuda de un aparato, 14.6 por ciento tiene algún retraso o deficiencia mental, 4.5 por ciento son mudas, y el restante 0.7 por ciento presentan otra clase de discapacidad.

Independientemente de las cifras, lo cierto es que se trata de un considerable porcentaje de ciudadanos mexicanos que hasta el momento no cuentan con las mejores condiciones para ejercer su derecho a votar; y como se puede apreciar en los datos anteriores, las distintas discapacidades, también evidencian las distintas limitaciones para emitir el voto libre y secreto como lo dispone la legislación electoral.

A manera de ejemplo, se puede mencionar algunas circunstancias: quienes presentan una discapacidad motriz, encuentran problemas de accesibilidad en los espacios públicos de votación; quienes tienen limitaciones en sus dos brazos, no pueden, tomar la boleta, votar y depositarla en las urnas; quienes presentan una discapacidad visual, por si solas les resulta muy difícil orientarse en las instalaciones destinadas a emitir su voto, no pueden percibir lo indicado en las boletas, ni emitir su voto; y quienes padecen sordera, no tienen acceso a la información de partidos y candidatos cuando ésta es verbal o sea transmitida por radio o televisión.

Por otro lado, en el ámbito internacional existen experiencias exitosas a favor de la participación electoral para este sector vulnerable.

En Latinoamérica, encontramos que en los últimos años diversos países han incorporado en sus legislaciones mecanismos tendentes a proteger los derechos políticos de las personas con discapacidad. Son los casos como el uso del sistema de plantillas implantados en Costa Rica; Perú proporciona una cédula especial en el lenguaje braile; en el caso de Venezuela, se faculta al Consejo Nacional Electoral para que diseñe los instrumentos de votación a fin de que puedan ejercer dicho derecho sin intermediación alguna y con relación a las campañas de difusión se establece que se deberá elaborar material informativo de las opciones electorales en diseños de lectura braile; en España se prevé que las papeletas y sobres de votación normalizados en el caso de los discapacitados visuales, se les acompañe con una documentación complementaria en sistema braile, a efecto de que puedan ejercer su voto de manera secreta y con autonomía.

En los casos de México, Argentina y Bolivia se emplea únicamente el mecanismo de voto asistido. Chile es un caso especial al emplear como mecanismo en los plebiscitos las plantillas facsímiles en material transparente, sin embargo para las jornadas electorales, continua con el voto asistido. Brasil es un país que permite que las personas con discapacidad visual utilicen cualquiera de los mecanismos para ejercer el derecho a su voto.

Otros casos donde se ha implantado procedimientos de votación para las personas con discapacidad visual son: Alemania, donde las organizaciones de ciegos elaboran y reparten las plantillas brailes  que ellos soliciten y el gobierno federal reembolsa a las organizaciones de invidentes el costo económico de su elaboración. Albania es otro de los casos en donde se han desarrollo un trabajo conjunto tanto para lograr establecer el mecanismo de votación a través de máscaras de entrada y difusión de mecanismos por medio de cintas informativas y ejemplares de muestra de las papeletas en braile y de alto relieve.

Específicamente en el ámbito nacional se observa que existen entidades federativas que han puesto en práctica el voto para discapacitados visuales, a través de boletas electorales en sistema braile, tales son los casos de Oaxaca, estado de México y Quintana Roo.

Sin embargo, cabe señalar que sólo el estado de Oaxaca lo regula expresamente en el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales, al disponer que el paquete electoral incluirá platillas en el sistema brailes, para que los ciegos y débiles visuales, que así lo deseen, puedan ejercer personalmente su derecho al sufragio.

Artículo 195.

1. Para la emisión del voto se imprimirán las boletas electorales correspondientes conforme al modelo que apruebe el Consejo General; las boletas para las elecciones que regula este Código contendrán:

a) a h) ...

i) En el paquete electoral deberán incluirse plantillas en el sistema braile, para que los ciegos y débiles visuales, que así lo deseen, puedan ejercer personalmente su derecho al sufragio.

Es importante señal, que el derecho a votar libremente, va ligado innegablemente con el derecho a la información; ya que previo al acto de votar, es necesario estar ampliamente informado sobre los partidos, alianzas y candidatos que participan en el proceso electoral, así como de sus propuestas de campaña y de sus diversas declaraciones que hacen en los medios de comunicación.

Desafortunadamente, en las campañas políticas de cualquier proceso electoral, la información de los partidos políticos y de sus candidatos que se difunde en video, radio y televisión no es accesible para las personas con discapacidad auditiva, y la información que se publica en medios impresos no es accesible para las personas con discapacidad visual.

El artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que el derecho a la información será garantizado por el Estado. Asimismo la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su Artículo 21, dispone que los Estados parte adoptarán todas las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas en igualdad de condiciones con las demás y mediante cualquier forma de comunicación que elijan. Para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a la información, dicho tratado internacional, consigna que México debe adoptar entre otras medidas pertinentes, las siguientes:

Artículo 21. Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información

...

a) Facilitar a las personas con discapacidad información dirigida al público en general, de manera oportuna y sin costo adicional, en formatos accesibles y con las tecnologías adecuadas a los diferentes tipos de discapacidad;

b) Aceptar y facilitar la utilización de la lengua de señas, el Braille, los modos, medios, y formatos aumentativos y alternativos de comunicación y todos los demás modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales;

c) Alentar a los medios de comunicación, incluidos los que suministran información a través de Internet, a que hagan que sus servicios sean accesibles para las personas con discapacidad.

d) Reconocer y promover la utilización de lenguas de señas.

...

De conformidad con la legislación en comento, y en atención al derecho a la información y al derecho a votar que los ciudadanos con discapacidad también tienen, es que debemos realizar las adecuaciones pertinentes al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; de tal manera, que toda información de los partidos políticos, de sus precandidatos y candidatos que se transmite por los medios de comunicación; las casillas y demás materiales que se utilizan para emitir el sufragio, tengan los ajustes razonables para que este grupo vulnerable pueda ejercer su derecho a informarse políticamente y su derecho a votar libre y autónomamente.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, dispone que por “discriminación por motivos de discapacidad” se entenderá cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables (Artículo 2).

Del párrafo anterior, se destaca las expresiones siguientes:

• Dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos políticos;

• Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables;

• Este ordenamiento, puntualiza que por “ajustes razonables” se entenderán las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

La convención a la que aquí hemos hecho referencia, es un tratado internacional que en materia de discapacidad, nos compromete a tomar todas las medidas pertinentes, incluidas las medidas legislativas, para modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad. En ese tenor, y tratándose del derecho a la información y del derecho a votar que los ciudadanos con discapacidad también tienen, es que en la presente iniciativa se propone adoptar medidas legislativas para adicionar y modificar diversas disposiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Legislativos, que atiendan a lo siguiente:

Primero. Para el ejercicio del derecho a la información de los electores con discapacidad, y tratándose de los partidos políticos, de los procesos electorales, de los tiempos en que no haya procesos electorales, del Instituto Federal Electoral y de los Institutos Electorales de las Entidades Federativas, en la presente iniciativa se propone:

a) Que la plataforma electoral, la oferta política, así como los mensajes de precampaña y campaña electorales de los partidos políticos que se difundan en los canales de televisión, incluyan el recuadro de la lengua de señas mexicana; y cuando se publiquen por escrito en la Internet, se hagan también en audio.

b) Que cuando no haya procesos electorales, los programas y mensajes que los partidos políticos difundan por los canales de televisión o video, incluyan el recuadro con un intérprete de lengua de señas mexicanas o el sistema de subtítulos o del sistema de subtítulos ocultos (Close Caption).

c) Que los mensajes del Instituto Federal Electoral y los de las autoridades electorales de las entidades federativas, cuando se difundan por los canales de televisión, incluyan el recuadro con un intérprete de lengua de señas mexicanas o el sistema de subtítulos o del sistema de subtítulos ocultos (Close Caption);

Segundo. Para el ejercicio del derecho a votar de los electores con discapacidad, se propone:

a) Que las casillas sean seguras y que no existan barreras arquitectónicas que impidan el buen desplazamiento de los electores con discapacidad. La propuesta de este punto, también se considera conveniente para los adultos mayores y mujeres embarazadas.

b) Que en las casillas haya una mampara que sea especial y portátil para electores en silla de ruedas.

c) Que en las casillas haya plantillas en braille para que los electores con discapacidad visual puedan emitir su voto por si solos y en secreto.

d) Que en las casillas los electores con discapacidad, los adultos mayores y las mujeres embarazadas tengan derecho de preferencia para votar sin necesidad de formarse.

e) Que cuando los electores no sepan leer, se encuentren impedidos físicamente o tengan discapacidad visual y no deseen utilizar la plantilla en braille, puedan hacerse asistir por una persona de su confianza que les acompañe.

Tercero. Para el apoyo que deberán recibir los electores con discapacidad del Instituto Federal Electoral, se propone:

a) Que el Instituto tenga entre sus fines, asegurar a los electores con discapacidad el ejercicio de su derecho a la información y de su derecho a votar en los procesos electorales.

b) Que el Consejo General del Instituto tenga entre sus atribuciones, aprobar el modelo de las plantillas en braille y las mamparas especiales y portátiles para los electores en silla de ruedas.

c) Que los integrantes de las mesas directivas de casilla tengan entre sus atribuciones, apoyar a los electores con discapacidad en la emisión y en el depósito de su voto cuando éstas lo soliciten.

d) Que los cursos de capacitación para los ciudadanos que integrarán las mesas directivas de casilla, comprendan instrucciones para el adecuado apoyo a electores con discapacidad.

Finalmente nuestra investigación arroja que en distintas legislaturas sean presentado, diversas iniciativas y puntos de acuerdo que reconocen los derechos políticos de los ciudadanos con discapacidad; sin embargo, se estima conveniente analizar, discutir y en su caso aprobar la presente Iniciativa con proyecto de Decreto, ya que este sería un primer paso para continuar con la adopción de medidas legislativas tendientes al pleno reconocimiento y a la implementación de los demás derechos políticos de este grupo vulnerable.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, por todo lo hasta aquí expuesto, motivado y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único.Se adiciona un párrafo al inciso j) del párrafo 1 del Artículo 38; se reforma el párrafo 2 del artículo 71; se adiciona un párrafo al inciso b) del párrafo 1 del artículo 72 y un inciso al párrafo 1 del artículo 105; se reforma el inciso II) del párrafo 1 del artículo 118; se adiciona un inciso posterior al inciso d) del párrafo 1, corriéndose el orden de la letra del siguiente inciso del artículo 157; se reforma el párrafo 6 del artículo 239 y el inciso c) del párrafo 1 del artículo 240; se adiciona un inciso posterior al inciso a), corriéndose el orden de los siguientes incisos del párrafo 1 y se reforma el párrafo 2 del artículo 241; se reforman los incisos g) e i) del párrafo 1 del Artículo 255, el inciso d) del párrafo 1 del artículo 262, el párrafo 1 del artículo 264, y el párrafo 2 del artículo 265; todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como a continuación se indica:

Artículo 38.

1. ...

a) a i) ...

j) Publicar y difundir en las demarcaciones electorales en que participen, así como en los tiempos que les corresponden en las estaciones de radio y en los canales de televisión, la plataforma electoral que sostendrán en la elección de que se trate;

La plataforma electoral, la oferta política, así como los mensajes de precampaña y campaña electorales que se difundan en los canales de televisión, deberán incluir el recuadro de la lengua de señas mexicana; cuando se publiquen por escrito en la Internet, deberán hacerse también en audio. En la producción de cualquier material electoral, se deberá en todo momento procurar, que sean lo suficientemente entendibles para los electores con discapacidad auditiva y visual.

k) a u) ...

2. ...

Artículo 71.

1. ...

a) y b) ...

2. Los programas y mensajes antes señalados, serán transmitidos en el horario comprendido entre las seis y las veinticuatro horas. Cuando su difusión sea por los canales de televisión o video deberán incluir el recuadro con un intérprete de lengua de señas mexicanas o el sistema de subtítulos o del sistema de subtítulos ocultos.

3. y 4. ...

Artículo 72.

1. ...

a) ...

b) ...

Los mensajes que se difundan por los canales de televisión, deberán incluir el recuadro con un intérprete de lengua de señas mexicanas o el sistema de subtítulos o del sistema de subtítulos ocultos;

c) a f) ...

Artículo 105.

1. ...

a) a h) ...

i) Asegurar a las personas con discapacidad su derecho al acceso efectivo a la información electoral y a su  derecho a sufragar en forma libre y autónoma.

2. y 3. ...

Artículo 118.

1. ...

a) a l) ...

II) Aprobar el calendario integral del procesos electoral federal, a propuesta de la Junta General Ejecutiva, así como el modelo de la credencial para votar con fotografía, el de las boletas electorales, de las actas de la jornada electoral, de las plantillas en sistema braille, de las mamparas móviles para los electores con discapacidad motrizy los formatos de la demás documentación electoral;

m) a z) ...

2. y 3. ...

Artículo 157.

1. ...

a) a d) ...

e) Apoyar a los electores con discapacidad para emitir su voto y depositarlo en la urna correspondiente, cuando éstos lo soliciten; y

f) ...

Artículo 239.

1. a 5. ...

6. En cada casilla se garantizará la instalación de mamparas donde los votantes puedan decidir el sentido de su sufragio. El diseño y ubicación de estas mamparas en las casillas se hará de manera que garanticen plenamente el secreto del voto; incluirá el diseño de una mampara móvil para los electores con discapacidad motriz.

Artículo 240.

1. ...

a) y b) ...

c) A los ciudadanos que resulten seleccionados, se les convocará para que asistan a un curso de capacitación que se impartirá del 21 de marzo al 30 de abril del año de la elección; éste deberá incluir, un apartado de instrucciones de sensibilización para la atención preferente a los electores con discapacidad, mujeres embarazadas y adultos mayores;

d) a h) ...

2. y 3. ...

Artículo 241.

1. ...

a) ...

b) Accesibles y seguras para el libre desplazamiento de los electores con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas.

c) a f) ...

2. Para la ubicación de las casillas se preferirán, en caso de reunir los requisitos señalados por los incisos a), b) y c) del párrafo anterior, los locales ocupados por escuelas y oficinas públicas.

Artículo 255.

1. ...

a) a f) ...

g) La documentación, formas aprobadas, útiles de escritorio, plantillas en sistema braille y demás elementos necesarios;

h) ...

i) Los canceles o elementos modulares, y las mamparas móviles para los electores con discapacidad motriz, que garanticen que el elector pueda emitir su voto en secreto.

2. al 4. ...

Artículo 262.

1. ...

a) a c) ...

d) Las condiciones del local no permitan asegurar la libertad o el secreto del voto, el fácil y libre acceso de los electores o la accesibilidad y seguridad para el desplazamiento de los electores con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas. O bien, no garanticen la realización de las operaciones electorales en forma normal. En este caso, será necesario que los funcionarios y representantes presentes tomen la determinación de común acuerdo; y

e) ...

2. ...

Artículo 264.

1. Los electores votarán en el orden en que se presenten ante la mesa directiva de casilla, con derecho de preferencia para los electores con discapacidad, los adultos mayores y las mujeres embarazadas, debiendo mostrar su credencial para votar con fotografía o en su caso, la resolución del Tribunal Electoral que les otorga el derecho de votar sin aparecer en la lista nominal o sin contar con credencial para votar o en ambos casos.

2. a 5. ...

Artículo 265.

1. ...

2. Aquellos electores que no sepan leer o que se encuentren impedidos físicamente o visualmente, para marcar sus boletas de voto, podrán hacerse asistir por una persona de su confianza que les acompañe. Tratándose de aquellos electores con discapacidad visual o motriz, el funcionarios de la mesa de casilla, les informará de la disponibilidad de plantillas en sistema braille y de mamparas móviles.

3. a 5. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Instituto Federal Electoral con la opinión del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, emitirá las disposiciones reglamentarias en la materia en un plazo no mayor a tres meses.

Tercero. Se derogan las demás disposiciones que se opongan al presente decreto.

Nota:

1 Close caption (subtitulado oculto) es el nombre en inglés del sistema de subtítulos para programas de televisión y video destinado a permitir que las personas sordas o con dificultades para captar la señal de audio, puedan comprender lo que se dice en televisión o en los videos. A diferencia de los subtítulos comunes, que sólo describen los diálogos, este sistema describe todo el audio presente (incluyendo música de fondo y efectos de sonido) mediante palabras o símbolos. En Estados Unidos, Argentina, Europa y Chile la mayoría de los programas cuentan con este sistema. En América Latina se está implantando poco a poco.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 24 de febrero de 2011.— Diputado Carlos Bello Otero (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputado Carlos Bello. Tal como lo solicita el diputado proponente, el texto íntegro de su intervención se inserta en el Diario de los Debates. Se turna a la Comisión de Gobernación, para su dictamen.

Informo a todos ustedes que nos visitan miembros de Acción Juvenil, de La Piedad, Michoacán. Se encuentran en este recinto invitados por el diputado Sergio Arturo Torres Santos. Les damos la más cordial bienvenida.

También se encuentran hoy de visita con nosotros, en esta asamblea, miembros del Consejo Patronal, del estado de México. Son invitados del diputado José Luis Velasco Lino. Sean todos ustedes bienvenidos.



LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION, ESTADISTICA Y GEOGRAFICA

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 17 y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información, Estadística y Geográfica.

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena:Con su venia, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, disponer de información tiene una importancia fundamental para los actores sociales, políticos e institucionales. Tanto para las mujeres, como para otros actores, la información es, indudablemente, un recurso de poder, pero para ellas lo es de modo superlativo por la invisibilidad en que se encuentran diferentes aspectos que hacen las desigualdades y situaciones de injusticia de género.

Los políticos y los gobiernos democráticos necesitan disponer de estadísticas e indicadores sociales que les permitan identificar esas desigualdades, interpretar sus causas y proponer mecanismos de redistribución de recursos y oportunidades entre personas, familias y grupos sociales.

En este sentido, la construcción de agendas y la toma de decisiones en la formulación, implementación, monitoreo y evaluación de políticas y programas requiere también de información accesible y seria.

Algo fundamental para poder detectar situaciones que afectan de manera diferente a hombres y a mujeres es que la producción e integración de la información se realice desagregando los datos según la variable de sexo y otros condicionantes socioeconómicos.

La producción de estadísticas de género requiere que los datos oficiales no sólo sean recolectados por sexo, sino también que los conceptos y métodos utilizados en la recopilación de datos y en su presentación reflejen adecuadamente los asuntos de género en la sociedad y tengan en cuenta todos los factores que pueden conducir a estadísticas con sesgos respecto del género.

Los indicadores de género tienen la función especial de señalar los cambios sociales, en términos de relaciones de género a lo largo del tiempo. Su utilidad se centra en la habilidad de señalar la situación relativa de mujeres y hombres y los cambios producidos entre ellos en distintos momentos del tiempo.

El principal objetivo para definir indicadores de género es comprobar el cumplimiento de los acuerdos llevados a cabo en el ámbito regional, nacional y supranacional y hacer un seguimiento puntual de la situación de mujeres y hombres. Parten de la base de que existen papeles y estereotipos de género e indican los cambios de estatus del hombre y la mujer en un periodo de tiempo.

La necesidad, compañeras y compañeros, la necesidad de desagregar los datos por sexo, es algo ampliamente consensuado desde la Primera Conferencia Mundial de la Mujer celebrada en México en 1975 hasta la actualidad. En 1985, la Tercera Conferencia Mundial de las Mujeres, celebrada en Nairobi, definió 39, compañeros, 39 indicadores claves para identificar la situación y condiciones de vida de las mujeres en el mundo.

Por otra parte, en el Consenso de Brasilia, emanado de la Undécima Conferencia Regional de la Mujer de la CEPAL, los países participantes, entre ellos México, acordaron fortalecer la producción de información estadística necesaria y desagregada para visibilizar los problemas de desigualdad de género en el ámbito de la autonomía física y económica de la toma de decisiones.

En México contamos con una Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica que dispone, entre otras cosas, la forma en que el Sistema Nacional de Información deberá producir, integrar y difundir la información, así como los temas o indicadores que pueden considerarse información de interés nacional.

Aquí cabe destacar que del texto de esta ley se desprende que no existe obligación alguna por parte del Sistema Nacional de Información, de desagregar la información que se produzca por sexo ni se encuentra como tema o indicador de interés nacional el género.

Consideramos necesario transformar y mejorar la oferta actual de la información a través de la institucionalización de la perspectiva de género en la producción estadística con el fin de que en el corto plazo se disponga de datos que permitan diseñar, planear, programar y evaluar todas las políticas públicas encaminadas a la construcción de una sociedad libre de violencia y más igualitaria entre mujeres y hombres.

Es por lo anterior que estamos seguros de que se requiere reformar la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, a efecto de que la producción de la información estadística se realice desagregando los datos por sexo e incorporando al género como un tema de interés nacional. Sin duda alguna la aprobación de esta iniciativa permitirá tener evidencias para hacer visibles la magnitud de desventajas y las brechas de género; la contribución de mujeres y hombres en los espacios públicos y privados, y ofrecer información útil para la toma de decisiones que nos lleven a conseguir ese gran reto que es la igualdad.

Le solicito atentamente se inserte el texto íntegro de esta iniciativa en el Diario de los Debates. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 17 y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada federal Lucila del Carmen Gallegos Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero recorriéndose los subsecuentes del artículo 17 y se reforma la fracción primera del artículo 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Disponer de información tiene una importancia fundamental para los actores sociales, políticos e institucionales. Tanto para las mujeres, como para otros actores, la información es un recurso de poder. Pero para ellas lo es de modo superlativo por la invisibilidad en que se encuentran diferentes aspectos que hacen a desigualdades y situaciones de injusticia de género.

Los políticos y los gobiernos democráticos necesitan disponer de estadísticas e indicadores sociales que les permitan identificar esas desigualdades, interpretar sus causas y proponer mecanismos de redistribución de recursos y oportunidades entre personas, familias y grupos sociales.

En este sentido, la construcción de agendas y la toma de decisiones en la formulación, implementación, monitoreo y evaluación de políticas y programas requiere también, de información accesible y seria.

Algo fundamental para poder detectar situaciones que afectan de manera diferente a hombres y a mujeres, es que la producción e integración de la información se realice desagregando los datos según la variable “sexo” y otros condicionantes socioeconómicos.

La producción de estadísticas de género requiere que los datos oficiales no sólo sean recolectados por sexo, sino también que los conceptos y métodos utilizados en la recopilación de datos y en su presentación reflejen adecuadamente los asuntos de género en la sociedad y tengan en cuenta todos los factores que pueden conducir a estadísticas con sesgos respecto al género.

En este sentido, podemos señalar que otro elemento fundamental en la detección de situaciones de desigualdad son los indicadores, los cuales constituyen una medida, un número, un hecho, una opinión o una percepción que señala una situación o condición específica y que mide cambios en esa situación o condición a través del tiempo. Los indicadores son siempre una representación de un determinado fenómeno, pudiendo mostrar total o parcialmente una realidad.

A mayor abundamiento, un sistema de indicadores sociales aporta un conjunto de medidas de carácter comprensivo, elaboradas para sintetizar situaciones importantes de las cuales interesa conocer su evolución en el tiempo y su comparación en el espacio. Permite, por lo tanto, el estudio de tendencias y la realización de comparaciones transculturales.

Los indicadores existen desde hace mucho tiempo, pero no necesariamente estaban centrados en analizar las posiciones relativas de mujeres y hombres. En la década de los años setenta, la búsqueda de análisis económicos en la construcción de los indicadores suponía la incapacidad de medir el ya notorio impacto que las decisiones políticas estaban teniendo sobre la pobreza y sobre las personas. Durante la década de los ochenta y con el ánimo de observar el desarrollo como un aspecto no idéntico al crecimiento económico, se ponen en marcha en el mundo un conjunto de indicadores sociales capaces de observar la evolución en áreas como la salud, la educación, el empleo, etcétera.

Es recientemente cuando los indicadores de género han comenzado a tener presencia entre las personas gestoras de programas o proyectos. Los primeros pasos en la producción de indicadores sensibles al género se producen en las áreas del Desarrollo, siendo impulsores de su creación, los organismos internacionales como el Banco Mundial, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) o el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.

Este último promueve, a partir del año 95 dos indicadores que sitúan a los distintos países en un ranking mayor o menor en función de la situación de desigualdad entre sexos. Estos dos indicadores son el índice de desarrollo de género y el índice de potenciación de género. Por su parte, la CEPAL crea una guía para el seguimiento y evaluación del Programa de Acción Regional para las Mujeres de América Latina y el Caribe 1995-2001.

Los indicadores de género tienen la función especial de señalar los cambios sociales en términos de relaciones de género a lo largo del tiempo. Su utilidad se centra en la habilidad de señalar la situación relativa de mujeres y hombres y los cambios producidos entre las mujeres y los hombres en distintos momentos del tiempo.

El principal objetivo para definir indicadores de género es comprobar el cumplimiento de los acuerdos llevados a cabo en el ámbito regional, nacional o supranacional y hacer un seguimiento de la situación de mujeres y hombres. Parten de la base de que existen papeles y estereotipos de género e indican los cambios de estatus del hombre y la mujer en un periodo de tiempo. Los indicadores de género permiten, por lo tanto:

• Conocer en qué medida hombres y mujeres participan en proyectos y las razones de sus ausencias en los mismos.

• Conocer en qué medida se ha tomado en cuenta las necesidades e intereses de hombres y mujeres y si las acciones responden a los mismos.

• Observar en qué forma se trata o ignora la discriminación de género, es decir, señala cómo es esa participación para ambos sexos.

• Ver en qué medida un proyecto o programa afecta los roles o papeles de género y si éste varía en el tiempo.

La necesidad de desagregar los datos por sexo, es algo ampliamente consensuado desde la 1ª Conferencia Mundial de la Mujer celebrada en México en 1975 hasta la actualidad. En 1985, la tercera Conferencia Mundial de las Mujeres, celebrada en Nairobi, definió 39 indicadores claves para identificar la situación y condiciones de vida de las mujeres en el mundo; entre ellos, el de igualdad (derechos, medidas jurídicas, etcétera), desarrollo (empleo, salud, educación, comercio, ciencia y tecnología, comunicaciones, vivienda, transporte, energía, medioambiente y servicios sociales), situaciones de especial gravedad (pobreza femenina, etcétera) y violencia de género (denuncias por malos tratos, prostitución, etcétera)

Por otra parte, en el Consenso de Brasilia, emanado de la Undécima Conferencia Regional de la Mujer de la CEPAL, los países participantes, entre ellos México, acordaron fortalecer la producción de información estadística necesaria desagregada para visibilizar los problemas de desigualdad de género en el ámbito de la autonomía física y económica de la toma de decisiones.

En México, contamos con una Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica que dispone, entre otras cosas, la forma en que el Sistema Nacional de Información deberá producir, integrar y difundir información, así como los temas o indicadores que pueden considerarse información de interés nacional.

Cabe destacar, que del texto de esta ley se desprende, que no existe obligación alguna por parte del Sistema Nacional de Información de desagregar la información que se produzca por sexo, ni se encuentra como tema o indicador de interés nacional el género.

La estadística oficial debe ser considerada como una herramienta que posibilite el conocimiento de la realidad nacional, por lo que resulta indispensable incorporar la perspectiva de género en todos los proyectos estadísticos.

Consideramos necesario transformar y mejorar la oferta actual de información, a través de la institucionalización de la perspectiva de género en la producción estadística, con el fin de que en el corto plazo se disponga de datos que permitan diseñar, planear, programar y evaluar todas las políticas públicas encaminadas a la construcción de una sociedad libre de violencia y más igualitaria entre mujeres y hombres.

Es por lo anterior que estamos seguros que se requiere reformar la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica a efecto de que la producción de la información estadística se realice desagregando los datos por sexo e incorporando al género como un tema de interés nacional. Sin duda alguna, la aprobación de esta iniciativa permitirá tener evidencias para hacer visibles: la magnitud de las desventajas y las brechas de género, la contribución de mujeres y hombres en los espacios públicos y privados y ofrecer información útil para la toma de decisiones que nos lleven a conseguir ese gran reto que es la igualdad.

En razón de lo expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un párrafo tercero recorriéndose los subsecuentes del artículo 17 y se reforma la fracción primera del artículo 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica

Artículo 17. ...

I.a III.

...

En el cumplimiento de su objetivo, cada Subsistema deberá desagregar por sexo la información de su competencia.

El Instituto deberá emitir las disposiciones generales para regular el funcionamiento de los Subsistemas Nacionales de Información.

La Junta de Gobierno, previa opinión favorable del Consejo, podrá crear otros Subsistemas que sean necesarios para el adecuado funcionamiento del Sistema.

Artículo 78. ...

I.Se trate de los siguientes temas, grupos de datos o indicadores: población y dinámica demográfica; género; salud; educación; empleo; distribución de ingreso y pobreza; seguridad pública e impartición de justicia; gobierno; vivienda; sistema de cuentas nacionales; información financiera; precios; trabajo; ciencia y tecnología; atmósfera; biodiversidad; agua; suelo; flora; fauna; residuos peligrosos y residuos sólidos; marco de referencia geodésico; límites costeros, internacionales, estatales y municipales; datos de relieve continental, insular y submarino; datos catastrales, topográficos, de recursos naturales y clima, y nombres geográficos, o bien se trate de temas que sean aprobados por unanimidad por el Consejo Consultivo Nacional, incluyendo aquéllos que deban conocer los Subsistemas a que se refiere el último párrafo del artículo 17 de este ordenamiento;

II. a IV. ...

...

Transitorios

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero del 2011.— Diputados: Lucila del Carmen Gallegos Camarena, Ana Estela Durán Rico, Marcela Guerra Castillo, Enoé Margarita Uranga Muñoz, Arturo García Portillo, Gumercindo Castellanos Flores, María del Carmen Guzmán Lozano, Jaime Oliva Ramírez, Laura Viviana Agundiz Pérez, Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, Cecilia Soledad Arévalo Sosa, Guadalupe Valenzuela Cabrales, Silvia Puppo Gastélum, María Araceli Vázquez Camacho, Feliciano Rosendo Marín Díaz  (rúbricas).»

La diputada Marcela Guerra Castillo(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Con mucho gusto diputada Lucila del Carmen Gallegos. Tal como lo solicita, el texto íntegro de su intervención se inserta en el Diario de los Debates, y por favor, sonido a la curul de la diputada Marcela Guerra.

La diputada Marcela Guerra Castillo(desde la curul): Muchas gracias, señor presidente. Solamente para felicitar a la oradora y pedirle que la diputada Estela Durán y su servidora, Marcela Guerra, desean adherirse a esta iniciativa. Si nos lo permite.

La diputada Laura Viviana Agúndiz Pérez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: La diputada Viviana Agúndiz.

La diputada Laura Viviana Agúndiz Pérez(desde la curul): Señor presidente, por su conducto, preguntarle a la oradora que si me puedo adherir.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sí, con mucho gusto. Diputada Lucila del Carmen Gallegos, la diputada Marcela Guerra y otras compañeras diputadas han solicitado adherirse a su iniciativa. Preguntan si usted no tiene ningún inconveniente.

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena(desde la curul): Sí, adelante.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: La diputada Lucila del Carmen no tienen inconveniente, al contrario, recibe con beneplácito la adhesión a su iniciativa. Por lo mismo, el documento está para todos aquellos diputados y diputadas que deseen adherirse, a disposición de ustedes en la mesa de esta Secretaría. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

Se pospone la intervención del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que con el numeral 28 aparece en el orden del día.



LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 21 y 24, y adiciona un artículo 24 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena:Gracias. Con su permiso, señor presidente.  Compañeras y compañeros legisladores, las niñas, niños y adolescentes son como todos los individuos, sujetos en desarrollo. De tal suerte que tienen características personales propias que emergen a partir de la interacción entre sus componentes biológicos y sus experiencias de vida.

Lamentablemente no en todos los casos estas experiencias contribuyen a un desarrollo sano y armonioso. Durante siglos los niños fueron vistos como propiedad de los padres o del Estado. Fue hasta finales del siglo XVIII cuando comienzan a notarse ligeros cambios que conducen al reconocimiento de los daños psicológicos del abuso.

En 1989 se adoptó la Convención de los Derechos del Niño, la cual recoge los principios mínimos que deben ser garantizados a las personas menores de 18 años, entre los cuales están aquellos relacionados con la protección del niño frente a toda forma de violencia.

A pesar de lo anterior, el grave problema del maltrato infantil persiste en todo el mundo. Aunque los números parezcan inverosímiles, hay que decir que en América Latina no menos de 6 millones de niños, niñas y adolescentes son objeto de agresiones severas, y 80 mil, lamentablemente, compañeras y compañeros, mueren cada año por la violencia intrafamiliar.

En algunos países como Argentina, Ecuador, México, Uruguay y Venezuela los índices de violencia en este contexto suelen dispararse. Las investigaciones sugieren que en todo el mundo, el 20 por ciento de mujeres y entre el 5 y 10 por ciento de los hombres sufrieron abusos sexuales durante su infancia.

Aunque no existe un país libre de violencia contra menores, lamentablemente, México tiene uno de los índices más altos desde hace mucho tiempo, al igual que una alta tasa de homicidios de niños y de niñas. Durante los últimos casi 30 años han muerto asesinados diariamente 2, menores de 14 años de edad.

Con el objeto de garantizar a niñas, niños y adolescentes la tutela y el respeto a sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, este Congreso aprobó la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

En este ordenamiento se establece como parte de las obligaciones de madres, padres y de todas las personas que tengan bajo su cuidado a niñas, niños y adolescentes, protegerlos contra toda forma de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, trata y explotación.

Asimismo, dispone que en las escuelas o instituciones similares, los dueños, directivos, educadores, maestros o personal administrativo sean responsables de evitar cualquier forma de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, explotación en contra de niñas, niños y adolescentes.

De manera particular, el artículo 21 de la ley en cita señala que niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o su derecho a la educación y que las normas establecerán las formas de prevenir y evitar estas conductas.

Este precepto enuncia que se les protegerá cuando se vean afectados por descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual. Sin embargo, en el texto de la ley en comento no encontramos ningún precepto que nos indique lo que se debe entender por abuso, razón por la que se propone incorporar a dicho precepto un párrafo que defina tanto el abuso que se ejerce directamente contra niñas, niños y adolescentes, como aquél que los niños, niñas y jóvenes presencian.

Sí quisiera, compañeros, su atención y pedirles un momento para analizar esto: no son únicamente los golpes físicos, la cicatriz y que al rato se le quite. Es el golpe emocional, el golpe psicológico que le dejamos al niño después de presenciar las escenas lamentables que se dan entre un matrimonio.

Compañeros, con el fin de protegerlos de este tipo de daño, protegerlos de conflictos que se deriven del proceso de separación de los padres, que éstos son los más dañados, pido su apoyo, que pensemos en conciencia cómo estamos ayudando a los niños, niñas y jóvenes de México.

El maltrato infantil es intolerable, es un problema de interés comunitario en el que la sociedad en su conjunto tiene la responsabilidad legal, moral y ética de asumir un protagonismo activo en todas sus formas, con el objeto de organizarse y hacer frente a este problema.

No obstante, estamos seguros que liberar a las niñas, niños y adolescentes de la violencia no sólo será posible si los legisladores respetamos nuestros deberes hacia la infancia y los ponemos en práctica. Tenemos la facultad de legislar, de controlar la aplicación adecuada de las leyes, de asignar recursos financieros y de movilizar la opinión pública.

Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, esta iniciativa es una invitación a cada una y cada uno de todos ustedes a contribuir a que la vida de la niñez sea una vida libre de violencia. Muchas gracias.

Le solicito, atentamente, se inserte el texto íntegro de esta iniciativa en el Diario de los Debates. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 21 y 24, y adiciona el 24 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada federal Lucila del Carmen Gallegos Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I, del numeral 1, del artículo 6 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan dos párrafos al artículo 21, se reforma el artículo 24 y se adiciona un artículo 24 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Las niñas, niños y adolescentes son, como todos los individuos, sujetos en desarrollo, de tal suerte que tienen características personales propias que emergen a partir de la interacción entre sus componentes biológicos y sus experiencias de vida.

Lamentablemente no en todos los casos estas experiencias contribuyen a un desarrollo sano y armonioso.

Diversos historiadores coinciden en señalar que durante siglos las niñas, niños y adolescentes fueron muy susceptibles al abuso parental e incluso a medidas más drásticas aún. Durante siglos los niños fueron vistos como propiedad de los padres o del Estado, por ejemplo, la ley romana le adjudicaba pleno poder al padre sobre el destino de su hijo: este podía matarlos, venderlos u ofrecerlos en sacrificios.

El infanticidio era materia muy común y rutinaria en países tales como Egipto, Grecia, Roma, Arabia y China. En la edad media la situación no era mucho mejor, en muchas ciudades de Europa la pobreza era tal que los niños se convertían en un gasto oneroso para los padres, lo que motivaba a muchos de estos a abandonarlos o mutilarlos. Durante la revolución industrial, los niños de padres que provenían de estratos bajos de la sociedad, solían ser obligados a trabajar en tareas pesadas. Frecuentemente estos eran golpeados, no se les daba de comer o se les sumergía en barriles de agua fría como castigo de no trabajar con más rapidez y afán.

Fue hasta finales del siglo XVIII, cuando comienzan a notarse ligeros cambios que conducen al reconocimiento de los daños psicológicos de este tipo de abuso. En 1959 se establece la Declaración de los Derechos del Niño, y en 1989 la Convención de los Derechos del niño, dichas normas recogen los principios mínimos que deben ser garantizados a las personas menores de 18 años. Así la preocupación por los derechos del niño transciende la preocupación local e interna y se ha convertido en los últimos años en una preocupación internacional.

La Declaración sobre los Derechos del Niño estableció 10 principios dirigidos a proporcionar salvaguardias especiales a los niños y niñas. La Convención sobre los Derechos del Niño, entre los muchos derechos que consagra, establece aquellos relacionados con la protección del niño frente a toda forma de violencia.

A pesar de lo anterior, el grave problema del maltrato infantil persiste en todo el mundo. De acuerdo con el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia, el maltrato a los niños no es un mal derivado de la riqueza o la carencia, sino una enfermedad de la sociedad. El problema es muy complejo de solucionar debido a que no se cuenta con datos fidedignos al ser un tema cargado de vergüenza y negación.

De acuerdo con esta organización, el maltrato infantil puede ser definido como todo acto u omisión encaminada a hacer daño o que perjudique el desarrollo normal del menor, ya sea con intención o no. Este maltrato puede ser físico, emocional, psíquico, sexual o de abandono.

Aunque los números parezcan inverosímiles, hay que decir que en América Latina no menos de 6 millones de niños, niñas y adolescentes son objeto de agresiones severas y 80 mil mueren cada año por la violencia intrafamiliar. En algunos países como Argentina, Ecuador, México, Uruguay y Venezuela, debido al aumento de las tensiones socioeconómicas, el desempleo y la disminución del salario, los índices de violencia en este contexto suelen dispararse.

Las investigaciones sugieren que en todo el mundo el 20 por ciento de las mujeres y entre el 5 por ciento y el 10 por ciento de los hombres sufrieron abusos sexuales durante la infancia.

Aunque no existe un país libre de violencia contra menores, México tiene uno de los índices más altos desde hace mucho tiempo, al igual que una alta tasa de homicidios de niños y niñas. Durante los últimos casi 30 años han muerto asesinados diariamente dos menores de 14 años de edad.

En México, muchos niños y niñas son expuestos habitualmente a violencia física, sexual y psicológica en el hogar y la escuela, en instituciones de protección y judiciales, en los lugares donde trabajan y en sus comunidades. Gran parte de la violencia contra los niños y niñas sigue siendo legal, autorizada por el Estado y consentida por la sociedad.

La aceptación social y legal persistente de algunas formas de violencia contra los niños y niñas es un factor que con demasiada frecuencia hace que la violencia pase inadvertida o no sea denunciada. Esta aceptación provoca que los niños y niñas, junto con los perpetradores de violencia y el público en general, admitan cierto grado de violencia física, sexual y psicológica como parte inevitable de la infancia. El castigo físico y otras formas de castigos crueles o degradantes, el acoso escolar, el acoso sexual y una variedad de prácticas tradicionales violentas pueden ser percibidas como normales, en particular si no provocan lesiones físicas duraderas.

En este sentido, consideramos importante señalar por ejemplo, que aún en 11 estados de la república existe, en la legislación penal, la figura de infanticidio como un atenuante de responsabilidad del homicidio, lo que significa que aquella madre que prive de su vida a su hijo antes de las 72 horas de nacido tendrá una pena mucho menor que la establecida para cualquier otro homicida.

El maltrato infantil es una enfermedad social que está presente en todos los sectores y clases sociales, producida por factores multicausales, interactuantes y de diversas intensidades y tiempos, trae aparejada consecuencias que varían según su naturaleza y gravedad, pero que a corto y largo plazo pueden ser devastadoras.

La exposición a la violencia en la primera infancia puede afectar el cerebro del niño, en proceso de maduración. La exposición prolongada de los niños y niñas a la violencia, ya sea como testigos o como víctimas, puede alterarles el sistema nervioso e inmunológico y provocar trastornos sociales, emocionales y cognitivos, además de conductas que causan enfermedades, lesiones y problemas sociales, afectando su desarrollo armónico, integro y adecuado y comprometiendo su educación y consecuentemente su desenvolvimiento con disturbios que ponen en riesgo su socialización y por lo tanto, su conformación personal, social y profesional, lacera su salud física y mental y en los casos más graves, los conduce a la muerte.

Las niñas y niños están en una posición especialmente vulnerable ya que no saben defenderse ante las agresiones de los adultos, no piden ayuda, lo que los sitúa en una posición vulnerable ante un adulto agresivo y/o negligente.

Con el objeto de garantizar a niñas, niños y adolescentes la tutela y el respeto de su derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, este Congreso aprobó en el año 2000, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

En este ordenamiento establece como parte de las obligaciones de madres, padres y de todas las personas que tengan bajo su cuidado a niñas, niños y adolescentes, protegerlos contra toda forma de maltrato, prejuicio, daño, agresión, abuso, trata y explotación. Asimismo, dispone que en las escuelas o instituciones similares, los dueños, directivos, educadores, maestros o personal administrativo serán responsables de evitar cualquier forma de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso o explotación, en contra de niñas, niños o adolescentes.

De manera particular, el artículo 21 de la Ley en cita señala que  niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o su derecho a la educación y que las normas establecerán las formas de prever y evitar estas conductas. Este precepto enuncia que se les protegerá cuando se vean afectados por el descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual.

Sin embargo, en el texto de la ley en comento no encontramos ningún precepto que nos indique lo que se debe entender por abuso, razón por la que se propone incorporar a dicho precepto un párrafo que defina tanto el abuso que se ejerce directamente contra niñas, niños y adolescentes como aquella denominada pasiva, que no es otra que la que éstos presencian y que está dirigida a alguno de sus progenitores, tutores o persona que tiene a cargo su custodia o cuidado.

La llamada violencia pasiva al igual que la activa genera daños importantes en el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes. Presenciar actos de violencia deja a los niños muy asustados, angustiados y ansiosos con respecto de su propia seguridad, la de sus hermanos y su madre.

Alrededor del 60 por ciento de niños que viven con madres agredidas, son o serán directamente abusados por el agresor de sus madres. Hijos que crecen ante un hogar donde la violencia verbal existe, pronto aprenden que el lenguaje no es un elemento que dignifica al ser humano, por el contrario, viven y experimentan que el lenguaje es un canal de agresión continua donde todo es descalificación, es una forma de degradación, una vía en la que se descargan las emociones menos sanas de la persona que se violenta, quien lejos de despertar afecto y respeto, intimida, prodiga el desamor y el desaliento; y propaga una profunda tristeza y sentido de minusvalía e impotencia en el ambiente en que se vive. Las niñas y niños de hogares donde existe la violencia doméstica, piensan con frecuencia en suicidarse y\o mutilarse o hacerse daño, entre ellos son frecuentes los intentos suicidas.

Por otra parte, cuando los padres de los menores deciden por cualquier circunstancia separarse, suelen utilizar a los menores como arma para doblegar la voluntad del otro o bien para obtener beneficios durante el proceso de separación. Vemos con frecuencia que los padres amenazan a sus parejas con quitarles a sus hijos, vemos también casos en los que uno de los progenitores aprovecha los momentos en los que se encuentran a solas con sus hijos e hijas para expresarse mal del otro progenitor, o bien, casos en los que los hijos e hijas se convierten en los mensajeros de los padres.

Estas situaciones, sin duda alguna, también influyen de manera negativa en el desarrollo de los menores, generándoles culpa, vergüenza y otros daños psicológicos. Es por eso que consideramos indispensable agregar un artículo 24 bis en el que se establezca la obligación del Estado de proteger a las niñas, niños y adolescentes de los conflictos que se deriven de la separación de sus padres.

El maltrato infantil es intolerable. Es un problema de interés comunitario, en el que la sociedad en su conjunto tiene la responsabilidad legal, moral y ética de asumir un protagonismo activo en todas sus formas, con el objeto de organizarse y hacer frente a este problema.

No obstante, estamos seguros que liberar a las niñas, niños y adolescentes de la violencia sólo será posible, si los legisladores respetamos nuestros deberes hacia la infancia y los ponemos en práctica. Tenemos la facultad de legislar, de controlar la aplicación adecuada de las leyes, de asignar recursos financieros y de movilizar la opinión pública.

Compañeras y compañeros legisladores esta iniciativa es una invitación a todos ustedes a marcar una diferencia importante en la vida de los niños y niñas, estoy segura de que conscientes de esto, se sumarán a todas y cada una de las propuestas que tengan por objeto hacer de la vida de la niñez una vida libre de violencia.

En atención a lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan dos párrafos al artículo 21, se reforma el artículo 24 y se adiciona un artículo 24 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de  Niñas, Niños y Adolescentes

Único. Se adicionan dos párrafos al artículo 21, se reforma el artículo 24 y se adiciona un artículo 24 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para quedar como sigue:

Artículo 21.Niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o su derecho a la educación en los términos establecidos en el artículo 3o. constitucional. Las normas establecerán las formas de prever y evitar estas conductas. Enunciativamente, se les protegerá cuando se vean afectados por:

A.El descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual.

B.La explotación, el uso de drogas y enervantes, el secuestro y la trata.

C.Conflictos armados, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento, y acciones de reclutamiento para que participen en conflictos armados.

Para los efectos de esta ley se considera abuso, sin menoscabo de lo establecido en otras disposiciones legales aplicables, el uso de la fuerza física o moral, así como las omisiones graves que se ejerzan en contra de niñas, niños y adolescentes que atenten contra su integridad física, psíquica o ambas o contra su desarrollo sano y armonioso, tanto físico como mental, material, espiritual, moral y social.

También se considerará abuso el uso de la fuerza física o moral que se ejerza en contra de alguno de los padres, tutores o de quien tenga bajo su cuidado a niñas, niños o adolescentes, en presencia de éstos.

Artículo 24.Las autoridades establecerán las normas y los mecanismos necesarios a fin de que, siempre que una niña, un niño, una o un adolescente se vean privados de su familia de origen, se procure su reencuentro con ella.

Artículo 24 Bis. Las autoridades establecerán las normas y mecanismos necesarios para que niñas, niños y adolescentes, cuyos padres estén separados o en proceso de separación:

I. Convivan o a mantengan relaciones personales y trato directo con ambos, salvo que de conformidad con la ley, la autoridad determine que ello es contrario al interés superior de la infancia.

II. Sean escuchados y que se tome en cuenta su opinión en los términos de la ley aplicable.

III. Sean protegidos de los conflictos que se deriven del citado proceso.

Transitorios

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota:

1 http://www.iin.oea.org/anales_xix_cpn/docs/Ponencia_Conf erencistas/Cecilia_Perez/Cecilia_Perez.ppt

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, febrero de 2011.— Diputados: Lucila del Carmen Gallegos Camarena, María Dina Herrera Soto, Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, Cecilia Soledad Arévalo Sosa, Laura Viviana Agundiz Pérez, Guadalupe Valenzuela Cabrales, Tomás Gutiérrez Ramírez, Silvia Puppo Gastélum, María Araceli Vázquez Camacho, Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Con mucho gusto, diputada Lucila del Carmen Gallegos. Tal como usted lo solicita, el texto íntegro de su intervención se inserta en el Diario de los Debates.

La diputada Laura Viviana Agundiz Pérez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sonido a la curul de la diputada Laura Viviana Agundiz., del Partido Acción Nacional. Sí.

(desde la curul): Así es, señor presidente. Nada más para preguntarle a la compañera que si me puedo adherir a su iniciativa.

La diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: También sonido a la curul de la diputada Enoé.

La diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz(desde la curul): Le agradezco, presidente. Molestándole también, dado que es un tema de la Comisión Especial para la Familia, si también pudiera pedírsele opinión a la Comisión, en este caso.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sí, con mucho gusto. Diputada Lucila del Carmen Gallegos, la diputada Laura Viviana ha solicitado, si usted no tiene inconveniente, adherirse a su propuesta.

La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena(desde la curul): Con mucho gusto, presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputada, con mucho gusto está a su disposición.

Como lo solicita la diputada Enoé, se va también a turnar a la Comisión Especial de la Familia, para su opinión y se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para dictamen.



LEY PARA FAVORECER LA ACTIVIDAD LABORAL DE GRUPOS VULNERABLES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene la palabra la diputada María Araceli Vázquez Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley para Favorecer la Actividad Laboral de Grupos Vulnerables.

La diputada María Araceli Vázquez Camacho:Muchas gracias, diputado presidente. Compañeras y compañeros, presento ante ustedes una iniciativa de ley para favorecer la actividad laboral de los grupos vulnerables.

La vulnerabilidad no es una metáfora, es una realidad que impregna diferentes niveles de la sociedad.

Hasta el día de hoy, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables ha enfocado su atención a cuatro grupos de población: niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad.

El listado de estos conglomerados humanos, que se comprenden en el concepto de grupos vulnerables, a mi manera de ver está incompleto. No están comprendidos dentro del concepto de grupos vulnerables determinados grupos humanos que han caído en la calificación de vulnerables por razones económicas. De manera específica aludo a los jóvenes, quienes carecen de facilidades para integrarse a la vida laboral y económica.

También hablo de los trabajadores adultos, que sin ser adultos mayores son desterrados de la sinergia laboral, por el solo hecho de tener arriba de 35 años.

Igualmente aludo a los trabajadores migrantes, quienes después de truncar su proyecto de vida al otro lado de la frontera deben enfrentar también al sistema doméstico que se niega a abrazarlos de nuevo.

No podemos olvidar que las personas con discapacidad no quieren dádivas, las personas con discapacidad necesitan las facilidades para acceder a las oportunidades, de la misma manera que el resto de la población.

La asistencia social, además de su perfil ético, es identificada como parte de las responsabilidades del Estado moderno ante la pobreza y la exclusión social. La asistencia social se perfila entonces, como la intervención pública destinada a brindar protección social a grupos vulnerables que no están cubiertos por sistemas de seguridad social ni cuentan con alguna actividad laboral que les permita enfrentar su condición de vulnerabilidad.

Esta iniciativa de ley atiende un tema fundamental para la supervivencia de los individuos que integran los grupos vulnerables: el laboral. El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prescribe que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil. Al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social del trabajo conforme a esta ley.

Con esta iniciativa, la suscrita pretende que la garantía constitucional contenida en el 123 sea una realidad para los integrantes de los grupos vulnerables. La iniciativa comprende 5 capítulos integrados por 44 artículos más un transitorio.

El capítulo primero tiene como objeto a la población de jóvenes, estableciendo facilidades para el inicio y el desarrollo de su actividad económica.

El capítulo segundo tiene como objetivo a la población de individuos con edad cronológica mayor o igual a 35 años. La expectativa de vida del mexicano es de 71 años, no es posible considerar que su vida laboral activa cese a los 35 años.

El capítulo tercero se aboca al trabajo de los adultos mayores atendiendo, más que a sus limitaciones, a las potencialidades que tienen para participar de manera activa en la economía.

El capítulo cuarto está dirigido a la población de trabajadores migrantes. Es lamentable que reclamemos del gobierno de los Estados Unidos de América lo que no hemos podido dar a los migrantes a nuestro país: un trabajo digno y bien remunerado; estabilidad y respeto.

El capítulo quinto está dirigido a los trabajadores con discapacidad. La discapacidad representa una disminución en la posibilidad de realizar ciertas actividades y puede ser parcial o total; temporal o permanente. No es válido escindir de la actividad laboral a quien tiene una discapacidad, si ésta no atenta contra la producción.

Los diputados de la LXI Legislatura no podemos dar la espalda a la oportunidad de atender a este problema histórico que nos está acompañando como nación. Tenemos la oportunidad de cambiar las inercias actuales de la realidad mexicana, con miras a que las generaciones venideras tengan un desarrollo firme, integral, participativo e incluyente.

Diputado presidente, solicito que el texto de esta iniciativa sea integrado en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

«Iniciativa que expide la Ley para favorecer la Actividad Laboral de Grupos Vulnerables, a cargo de la diputada María Araceli Vázquez Camacho, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, diputada María Araceli Vázquez Camacho, integrante del Grupo Parlamentario del PRD en la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6 numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados vigente, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley para Favorecer la Actividad Laboral de los Grupos Vulnerables, al tenor de las siguientes consideraciones:

Planteamiento del problema

La liberación del trabajo, hipótesis fallida de la implementación de los avances tecnológicos, no se ha traducido en ocio creativo, sino en exclusión.

Desde el punto de vista del derecho social, estas transformaciones pueden ser principalmente señaladas en distintos niveles:

a) La promoción o desarrollo del trabajo independiente;

b) La evolución del criterio de subordinación que caracteriza al contrato de trabajo;

c) La exteriorización o la maquila de prácticamente todas las etapas de la producción y

d) Las transformaciones del derecho de la seguridad social, particularmente en materia de pensiones.

La transformación del modelo clásico de relaciones laborales ha producido la emergencia de grupos vulnerables en el derecho del trabajo. La Organización del Trabajo (OIT), ha señalado a las personas económicamente activas que son propensas a la vulnerabilidad.

El crecimiento económico insuficiente en el mundo ha ocasionado graves problemas de empleo, desempleo, subempleo y empleo en el sector informal para los grupos de trabajadores más vulnerables; jóvenes trabajadores, de-sempleados de larga duración, los trabajadores de edad avanzada, los trabajadores sin formación profesional, los trabajadores con discapacidades, menores trabajadores y los grupos que carecen de una seguridad social.

Argumentos que la sustenten

Según los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos vulnerables de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la expresión “grupos vulnerables” corresponde a:

“Persona o grupo que por sus características de desventaja por edad, sexo, estado civil; nivel educativo, origen étnico, situación o condición física y/o mental; requieren de un esfuerzo adicional para incorporarse al desa-rrollo y a la convivencia.”

Los grupos vulnerables son aquellos grupos que por sus condiciones sociales, económicas, culturales o psicológicas pueden sufrir maltratos contra sus derechos humanos. Dentro de éste grupo se encuentran insertas las personas de la tercera edad, personas con discapacidades, mujeres, niños, pueblos indígenas, personas con enfermedades mentales, personas con VIH/sida, trabajadores migrantes, minorías sexuales y personas detenidas.

El concepto de vulnerabilidad se aplica a aquellos sectores o grupos de la población que por su condición de edad, sexo, estado civil y origen étnico se encuentran en condición de riesgo que les impide incorporarse al desarrollo y acceder a mejores condiciones de bienestar.

Siendo la vulnerabilidad el impedimento para un pleno desarrollo individual y familiar de estos grupos, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND) se ha encargado de situar este tema dentro de su tercer eje denominado “Igualdad de oportunidades”. Buscando que la igualdad de o oportunidades permita tanto la superación del riesgo que implica la vulnerabilidad como el desarrollo del nivel de vida de las personas y grupos más vulnerables.

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 concibe dentro de los grupos vulnerables a los niños, los adultos mayores, las personas con discapacidad, los enfermos y cualquier otro grupo social que, por sus características, se encuentre expuesto a la violación de sus derechos.

El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) define la vulnerabilidad como un fenómeno de desajustes sociales que ha crecido y se ha arraigado en la cultura de nuestras sociedades. La acumulación de desventajas, es multicausal y adquiere varias dimensiones. Denota carencia o ausencia de elementos esenciales para la subsistencia y el desarrollo personal, e insuficiencia de las herramientas necesarias para abandonar situaciones en desventaja, estructurales o coyunturales.

Desde una perspectiva alimentaria, la Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) define un grupo vulnerable a aquel que padece de inseguridad alimentaria o corre riesgo de padecerla. El grado de vulnerabilidad de una persona, un hogar o un grupo de personas está determinado por su exposición a los factores de riesgo y su capacidad para afrontar o resistir situaciones problemáticas.

Mientras que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos considera una amplia gama de grupos vulnerables que incluye a las mujeres violentadas, refugiados, personas con VIH/SIDA, personas con preferencia sexual distinta a la heterosexual, personas con alguna enfermedad mental, personas con discapacidad, migrantes, jornaleros agrícolas, desplazados internos y adultos mayores, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables enfoca su atención a cuatro grupos: niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad.

Una acepción más amplia refiere que, en general, los grupos mencionados, viven en condiciones de pobreza extrema. Las percepciones económicas de las personas en extrema pobreza no les permiten adquirir una cantidad suficiente de alimentos para poder desempeñar sus actividades económicas y sociales satisfactoriamente. En consecuencia estos ingresos tampoco les alcanzan para atender el resto de sus necesidades básicas como salud, vivienda y educación.

Esto señala que la pobreza extrema configura una situación de vulnerabilidad, por lo que Estudios del Banco Mundial revelan que la vulnerabilidad de las personas y las familias ante situaciones adversas es intrínseca a la pobreza; esto es “cuando los recursos del hogar no alcanzan para adquirir el valor de la canasta alimentaria, más una estimación de los gastos necesarios de salud, vestido, calzado, vivienda, transportes y educación”.

La Ley General de Desarrollo Social define como grupos sociales en situación de vulnerabilidad:

“Aquellos núcleos de población y personas que por diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impiden alcanzar mejores niveles de vida y, por lo tanto, requieren de la atención e inversión del gobierno para lograr su bienestar”.

El artículo 4 de la Ley de Asistencia Social señala que tienen derecho a la asistencia social los individuos y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, o sociales, requieran de servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar.

Con base en lo anterior, son sujetos de la asistencia social, preferentemente:

I. Todas las niñas, niños y adolescentes, en especial aquellos que se encuentren en situación de riesgo o afectados por:

a. Desnutrición;

b. Deficiencias en su desarrollo físico o mental, o cuando éste sea afectado por condiciones familiares adversas;

c. Maltrato o abuso;

d. Abandono, ausencia o irresponsabilidad de progenitores en el cumplimiento y garantía de sus derechos;

e. Ser víctimas de cualquier tipo de explotación; Vivir en la calle;

f. Ser víctimas del tráfico de personas, la pornografía y el comercio sexual;

g. Trabajar en condiciones que afecten su desarrollo e integridad física y mental;

h. Infractores y víctimas del delito;

i. Ser hijos de padres que padezcan enfermedades terminales o en condiciones de extrema pobreza;

j. Ser migrantes y repatriados, y

k. Ser víctimas de conflictos armados y de persecución étnica o religiosa.

Para los efectos de de la Ley de Asistencia Social niñas y niños las personas hasta 12 años incompletos, y adolescentes los que tienen entre 12 años cumplidos y 18 años incumplidos, tal como lo establece el artículo 2 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

II. Las mujeres:

a. En estado de gestación o lactancia y las madres adolescentes;

b. En situación de maltrato o abandono, y

c. En situación de explotación, incluyendo la sexual.

III. Indígenas migrantes, desplazados o en situación vulnerable;

IV. Migrantes;

V. Adultos mayores en desamparo, incapacidad, marginación o sujetos a maltrato;

VI. Personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales;

VII. Dependientes de personas privadas de su libertad, de enfermos terminales, de alcohólicos o de fármaco dependientes;

VIII. Víctimas de la comisión de delitos;

IX. Indigentes;

X. Alcohólicos y fármaco dependientes;

XI. Coadyuvar en asistencia a las personas afectadas por desastres naturales, y

XII. Los demás sujetos considerados en otras disposiciones jurídicas aplicables.

Hay también otras definiciones, como:

a. Personas adultas mayores: Aquellas que cuenten con sesenta años o más de edad y que se encuentren domiciliadas o en tránsito en el territorio nacional; Ley de los Derechos de Adultos Mayores.

b. Niñas, niños y adolescentes: Son niñas y niños las personas de hasta 12 años incompletos, y adolescentes los que tienen entre 12 años cumplidos y 18 años incumplidos. Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

c. Persona con discapacidad: toda persona que presenta una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social. Ley General de las Personas con Discapacidad.

d. En México el término “capacidades diferentes” apareció en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo primero, a raíz de la reforma constitucional en materia indígena publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2001, posteriormente el 5 de noviembre de 2004, la Comisión de Puntos Constitucionales de la honorable Cámara de Diputados dictaminó la iniciativa con proyecto de decreto que reformó el párrafo segundo del artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con objeto de sustituir el término “capacidades diferentes” por el término “discapacidad”, publicándose esta reforma constitucional en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2006.

e. La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad señala que este grupo de población incluye a las personas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.

Son aquellos que por sus condiciones sociales, económicas, culturales o psicológicas pueden sufrir vejaciones contra sus derechos humanos.

La asistencia social dirigida a los grupos vulnerables representa una de las formas de relación entre individuos basada en la ayuda mutua. La asistencia, además de su perfil ético, es identificada como parte de las responsabilidades del Estado moderno ante la pobreza y la exclusión social. La asistencia social se perfila entonces como la intervención pública destinada a brindar protección social a grupos vulnerables que no están cubiertos por sistemas de seguridad social, ni cuentan con los ingresos suficientes que les permita enfrentar su condición de vulnerabilidad.

México ha venido realizando progresivos esfuerzos para asistir a esos grupos sociales en cuanto a necesidades básicas. La introducción de políticas públicas de tipo asistencial tiene origen, al igual que en Europa, en la aceptación de la igualdad legal y la preservación de libertades y derechos individuales.

Las primeras acciones gubernamentales tuvieron lugar durante la Reforma y el Porfiriato, primeramente con una limitada intervención del Estado, pero impulsada principalmente por una sociedad benevolente que inició el desplazamiento de la filantropía asociada a la caridad religiosa, hacia una responsabilidad compartida con el del Estado y algunas instituciones públicas. Como política, la asistencia, en tanto que beneficencia pública, consistía en socorrer, corregir y educar por medio de la ayuda proporcionada en hospicios, asilos y correccionales, previniendo los riesgos de orden social que representaba la pobreza masiva.

Posteriormente como resultado de la Revolución Mexicana, el asistencialismo abandona el enfoque caritativo e inicia su construcción como responsabilidad colectiva. La atención de las necesidades básicas se postula como derechos. Así los rubros de educación, salud alimentación y vivienda se garantizaban constitucionalmente a todos. Se transita de la beneficencia a la asistencia pública.

Durante el desarrollo industrial en México, comenzó a restringirse la responsabilidad del Estado ante la pobreza. En este periodo de industrialización se consolidaron las instituciones asistenciales, marcando una fuerte división entre asistencia y seguridad social, ya que se suponía que, el crecimiento económico resolvería los problemas de pobreza.

La discusión sobre las responsabilidades públicas se resolvió con el fortalecimiento del Estado revolucionario, que priorizó la necesidad de una política más amplia e integral y con una participación estatal más activa. La intervención del Estado se concreta al finalizar 1937, con la creación de la Secretaría de Asistencia Pública. Con esta medida, el Estado mexicano reconoció que debía sustituirse el concepto de beneficencia por el de asistencia pública para proporcionar servicios de salud preventivos y curativos a los más pobres, como la ampliación de campañas sanitarias y de vacunación y, especialmente de atención materno- infantil.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, el Desarrollo Humano Sustentable, como principio rector del Plan Nacional de Desarrollo asume que “el propósito del desa-rrollo consiste en crear una atmósfera en que todos puedan aumentar su capacidad y las oportunidades puedan ampliarse para las generaciones presentes y futuras”. Dentro del Eje tres de Igualdad de Oportunidades, el PND incluye a los pueblos indígenas; la igualdad entre mujeres y hombres, grupos vulnerables, y familia, niños y jóvenes.

En concreto la estrategia 12.3 considera: “Priorizar la atención de grupos vulnerables para prevenir la violación de sus derechos humanos. Modificar el enfoque de las políticas públicas para la defensa de los derechos humanos, superando la visión que pretende únicamente restituir el goce de los mismos, para privilegiar un enfoque preventivo de la violación de estos derechos. Esta nueva orientación resulta particularmente importante en el caso de miembros de grupos vulnerables como son los niños, los adultos mayores, las personas con discapacidad, los enfermos y cualquier otro grupo social que, por sus características, se encuentre expuesto a la violación de sus derechos humanos.

El PND señala que es obligación del Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud, educación y trabajo acorde con sus necesidades. La situación de estos grupos demanda acciones integrales que les permitan llevar una vida digna y con mejores posibilidades de bienestar.

El objetivo en materia de grupos vulnerables es abatir la marginación y el rezago que enfrentan los grupos sociales vulnerables para proveer igualdad en las oportunidades que les permitan desarrollarse con independencia y plenitud. Con las siguientes estrategias:

• Fortalecer los proyectos de coinversión social entre el gobierno y las organizaciones de la sociedad civil enfocados a la atención de grupos vulnerables.

• Avanzar en el concepto de seguridad social para ampliar el alcance y cobertura de los programas de gobierno enfocados a la protección de grupos vulnerables.

• Focalizar el apoyo a la población de 70 años y más, dando prioridad a quienes habitan en comunidades de alta marginación o que viven en condiciones de pobreza.

• Aprovechar la experiencia de los adultos mayores, generando las oportunidades que les permitan desarrollarse en actividades productivas de relevancia para su comunidad.

• Identificar oportunamente a los niños y adolescentes en riesgo de calle.

• Otorgar apoyo integral a las personas con discapacidad para su integración a las actividades productivas y culturales, con plenos derechos y con independencia.

• Garantizar la disponibilidad de los instrumentos y el personal necesarios para realizar un diagnóstico temprano y canalizar oportunamente a las personas con discapacidad a los servicios de estimulación temprana y rehabilitación.

• Procurar el acceso de personas en condiciones de vulnerabilidad a redes sociales de protección.

• Dar prioridad a las vertientes de apoyo alimentario y nutricional de los programas del gobierno con responsabilidades en esta materia.

Los antecedentes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, se sitúan en la Comisión de Beneficencia instituida en 1934. El Predominio de una concepción asistencialista data de la primera mitad del siglo XX, y se manifiesta en las denominaciones que tuvieron las comisiones que se encargaban de la legislación relativa a la atención de los más pobres y de las personas con discapacidad:

• Comisión de Beneficencia (Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 1934)

• Comisión de Atención y Apoyo a Discapacitados (El 24 de noviembre de 1994 durante la LVI Legislatura de la Cámara de Diputados)

• Comisión de Atención a Grupos Vulnerables (3 de septiembre de 1999 LVII Legislatura)

A pesar de que los grupos vulnerables, o algunos en específico, han figurado en el proceso legislativo mexicano, el apoyo real hacia los integrantes de los grupos en comento no se ha materializado.

Esta iniciativa de ley atiende un tema fundamental para la supervivencia de los individuos que integran los grupos vulnerables: el laboral.

El artículo 123, incluido en el Titulo Sexto, “Del Trabajo y la Previsión Social”, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reza:

“Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley...”

Esta iniciativa propende a que la Garantía Constitucional contenida en el 123 sea aplicable para toda la población, incluyendo a los integrantes de los grupos vulnerables.

La iniciativa comprende 5 capítulos, integrados por 44 artículos, más un transitorio.

El capítulo I tiene como objetivo la población de jóvenes, estableciendo facilidades para el inicio y desarrollo de su actividad económica.

El capítulo II tiene como objetivo la población de individuos con edad cronológica mayor o igual a 35 años. La expectativa de vida del Mexicano es de 71 años; no es posible considerar que su vida laboral/activa cese a los 35. La determinación tan limitada de la actividad laboral del mexicano no solo atenta contra la economía, sino contra la integridad del individuo.

El capítulo III se avoca al trabajo de los adultos mayores, atendiendo más que a sus limitaciones, a las potencialidades que tienen para participar de una manera activa en la economía.

El capítulo IV está dirigido a la población de trabajadores migrantes. Es lamentable que reclamemos del gobierno de los Estados Unidos de América lo que no hemos podido dar a los migrantes en nuestro país: trabajo digno y bien remunerado, estabilidad y respeto. La sabiduría popular sintetiza de lírica manera esta situación: “Luz de la calle, oscuridad de la casa”...

El capítulo V está dirigido a los trabajadores con discapacidad. La discapacidad representa una disminución en la posibilidad de realizar ciertas actividades y puede ser parcial o total, temporal o permanente. No es válido escindir de la actividad laboral a quién tiene una discapacidad, si ésta no atenta contra la producción. El escindir de una persona con discapacidad, por el solo hecho de tener esta condición, exhibe que los “discapacitados” no son la gente con discapacidad.

Esta ley es reglamentaria del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Texto normativo propuesto

Ley para Favorecer la Actividad Laboral de Grupos Vulnerables

Título PrimeroDe Las Disposiciones Generales Capítulo IDel Objeto

Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto:

I. Garantizar el pleno ejercicio del derecho al trabajo de toda persona en condición de vulnerabilidad, consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asegurando el acceso de de al desarrollo.

II. Favorecer la actividad económica de toda persona en condición de vulnerabilidad.

III. Favorecer la contratación laboral de toda persona en condición de vulnerabilidad.

Artículo 2. Queda prohibida cualquier práctica discriminatoria en la prestación de los bienes y servicios contenidos en los programas cuyos destinatarios sean integrantes de algún grupo social en condiciones de vulnerabilidad.

Artículo 3. La aplicación de la presente Ley corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de sus dependencias y organismos, a los poderes ejecutivos de las entidades federativas y a los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias; así como las que les competen, de acuerdo a sus atribuciones, al Poder Legislativo.

Artículo 4. Para los efectos de esta Ley se entiende por:

I. Persona en condición de vulnerabilidad: Toda persona que por sus características de desventaja por edad, sexo, estado civil; nivel educativo, origen étnico, situación o condición física y/o mental; requieren de un esfuerzo adicional para incorporarse al desarrollo y a la convivencia.

II. Beneficiarios: Aquellas personas que forman parte de la población atendida por los programas destinados a las poblaciones que integran algún grupo vulnerable que cumplen los requisitos de la normatividad correspondiente;

III. Comisión: Comisión Nacional de los derechos humanos.

IV. Secretaría: Secretaría del Trabajo y Previsión social.

V. Organizaciones: Agrupaciones civiles y sociales, legalmente constituidas, en las que participan personas o grupos sociales con el propósito de realizar actividades relacionadas con el desarrollo social, y

VI. Padrón: Relación oficial de beneficiarios que incluye a las personas Persona en condición de vulnerabilidad cuyo perfil socioeconómico se establece en la normatividad correspondiente.

Título SegundoDe los Grupos Vulnerables Capítulo IEl Trabajo de los Jóvenes

Artículo 5. Las autoridades laborales competentes deberán aplicar programas para impulsar la capacitación y empleo de los jóvenes; las autoridades fiscales, por su parte, deberán operar estímulos fiscales a este mismo efecto.

Artículo 6. En toda empresa o establecimiento, el patrón deberá otorgar empleos, de modo que garantice, que al menos un noventa por ciento de trabajadores de su plantilla laboral, la integren trabajadores mexicanos y una quinta parte, deberán ser jóvenes de hasta treinta años de edad.

Artículo 7. Los patrones están obligados a preferir en igualdad de circunstancias, en los casos de trabajadores mayores de treinta años, quienes no teniendo ninguna otra fuente de ingreso económico, tengan a su el sostén de una familia y a los sindicalizados respecto de quienes no lo sean.

Capítulo IIEl Trabajo de las Personas Mayores de 35 Años

Artículo 8. El trabajador en cuyo perjuicio se hubiera realizado cualquier discriminación que les impida ocupar un empleo, tendrán derecho a solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje el pago de una indemnización equivalente a tres meses del salario que hubieran recibido al ocuparla. En los demás casos de discriminación, se tendrá derecho a reclamar ante la misma autoridad, que se paguen los perjuicios causados y se restablezca el principio de igualdad.

Artículo 9. En toda empresa o establecimiento, el patrón deberá otorgar empleos, de modo que garantice, que al menos un noventa por ciento de trabajadores de su plantilla laboral, la integren trabajadores mexicanos y una quinta parte de éstos deberán ser personas mayores de treinta y cinco años de edad.

Artículo 10. El escrito en que consten las condiciones de trabajo no se podrá estipular la exclusión de las personas para ocupar un puesto sólo por razón de su edad, de lo contrario la cláusula relativa será nula.

Artículo 11. En el contrato colectivo de una empresa no se podrá estipular la exclusión de las personas para ocupar un puesto sólo por razón de su edad, de lo contrario la cláusula relativa será nula.

Capítulo IIIEl Trabajo de los Adultos Mayores

Artículo 12. Los adultos mayores de sesenta años podrán ser contratados por hora. Pudiendo laborar a la semana un máximo de 25 horas.

Artículo 13. Recibirán el pago de las prestaciones legales en forma proporcional.

Artículo 14. En igualdad de condiciones será preferido el Adulto Mayor que carezca de pensión otorgada por una entidad de seguridad social, una pensión alimenticia civil o cualquier otro ingreso equivalente por lo menos a dos salarios mínimos generales.

Artículo 15. Los Adultos Mayores, a los que se alude en el artículo 11, accederán a labores que no le afecten su salud física, mental o emocional.

Artículo 16. La jornada máxima será de seis horas, sin embargo cuando el Adulto Mayor tenga setenta o más años, la jornada máxima será de tres horas.

Artículo 17. No podrán laborar tiempo extraordinario, ni tampoco los días de descanso.

Artículo 18. Sus vacaciones serán mínimo de cincuenta días al año o la parte proporcional que les corresponda. Las que les correspondan conforme a los artículos 76 y 77 de la Ley Federal del Trabajo, se disfrutarán de manera continua y les serán pagadas. Los días restantes serán sin goce de salario y, disfrutables en varios periodos según las necesidades productivas de la empresa.

Artículo 19. Los patrones realizarán actividades de esparcimiento a favor de los trabajadores sujetos a este capítulo.

Artículo 20. A las empresas en donde su planta laboral promedio anual, como mínimo esté conformada por un ochenta por ciento de personas de la tercera edad, sólo les será aplicable las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en materia de salario, jornada y de seguridad e higiene.

Artículo 21. Los adultos mayores de sesenta años podrán ser contratados por jornada o semana reducida. Pudiendo laborar a la semana un máximo de veinticinco horas.

Artículo 22. Los adultos mayores, recibirán el pago de las prestaciones legales en forma proporcional.

Artículo 23. En igualdad de condiciones será preferido el adulto mayor que carezca de pensión otorgada por una entidad de seguridad social, una pensión alimenticia civil o cualquier otro ingreso equivalente por lo menos a dos salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal.

Artículo 24. Estos adultos mayores accederán a labores que no le afecten su salud física, mental o emocional.

Artículo 25. La jornada máxima será de seis horas, sin embargo cuando el adulto mayor tenga setenta o más años, la jornada máxima será de tres horas.

Artículo 26. Los adultos mayores no podrán laborar tiempo extraordinario, ni tampoco los días de descanso.

Artículo 27. Sus vacaciones serán como mínimo del doble de las que les corresponda conforme a los artículos 76 y 77 de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 28. Los patrones realizarán actividades de esparcimiento a favor de los trabajadores sujetos a este Capítulo.

Artículo 29. A las empresas en donde su planta laboral promedio anual, como mínimo, esté conformada por un ochenta por ciento de personas de la tercera edad, deberán recibir estímulos fiscales.

Artículo 30. Al patrón que excluya a las personas por razón de su edad se le impondrá una multa por el equivalente de 300 a 3000 veces el salario mínimo general.

Capítulo IVEl Trabajo de los Migrantes

Artículo 31. Se entiende por trabajador migrante el extranjero que presta o haya prestado servicios remunerados en el país con o sin documentos. Trabajando dentro de una relación de trabajo por tiempo indeterminado y con una jornada legal completa, o bien bajo alguna de las siguientes modalidades, o cualquier otra:

a) Trabajador fronterizo: aquel trabajador migratorio que conserve su residencia habitual en su país de origen, al que regrese cada día o al menos una vez por semana; o bien al concluir la obra o tiempo determinado para el que fue contratado;

b) Trabajador de temporada, el trabajador migratorio cuyo trabajo, por su propia naturaleza, dependa de condiciones estacionales y sólo se realice durante parte del año;

Artículo 32. No se aplicará el presente capítulo a las personas enviadas o empleadas por organizaciones y organismos internacionales y la personas enviadas o empleadas por otro Estado fuera de su territorio para desempeñar funciones oficiales, cuya admisión y condición jurídica estén reguladas por el derecho internacional o por acuerdos o convenios internacionales celebrados por nuestro país;

Artículo 33. Se considerarán trabajadores migrantes documentados o en situación regular, aquellos que han sido autorizados a ingresar, a permanecer y a ejercer una actividad remunerada en el país conforme a las leyes vigentes.

Trabajador migrante no documentado o en situación irregular, aquel que no cumple lo referido en el párrafo anterior.

Artículo 34. El patrón tiene prohibido:

a) Obstaculizar o impedir el ejercicio del derecho de estos trabajadores a regresar en cualquier momento a su país de origen.

b) Exigirles la realización de trabajos forzosos u obligatorios, o el someterlos a cualquier tipo de esclavitud o servidumbre.

c) Ejercer contra los trabajadores todo tipo de violencia, daño corporal, amenaza o acoso sexual, o permitir que lo realicen el personal directivo o cualquier otro trabajador sin importar su puesto. Esto especialmente en relación a los niños y las mujeres.

d) Obstaculizar la afiliación de los trabajadores al sindicato de su preferencia.

e) Obstaculizar o impedir por cualquier medio el derecho de los trabajador a transferir sus ingresos y ahorros, bienes y derechos a su país de origen. Igualmente el exigirles la entrega de una parte de estos conceptos para su provecho.

f) Rentar alojamiento a los trabajadores a precios que excedan el cincuenta por ciento del monto previsto en el artículo 160 de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 35. Son obligaciones de los patrones las siguientes:

a) El patrón deberá respetar la identidad cultural de los trabajadores en lo que no se oponga a lo previsto en la Ley Federal del Trabajo.

b) Les informará a los trabajadores los derechos y obligaciones de que es titular conforme a la Ley Federal del Trabajo.

c) Apoyar en la medida de lo posible y en el marco del derecho, y en coordinación con las autoridades competentes, la reunión de los trabajadores con su familia.

d) Preferir, en igualdad de condiciones y entre trabajadores migrantes, al trabajador que por más tiempo haya prestado servicios en el país;

e) Los patrones que tengan contratados a cinco o más migrantes en una relación de trabajo por tiempo indeterminado, deberán otorgar una fianza por cada uno de ellos, para cubrir su liquidación en caso de rescisión o terminación injustificada de las relaciones de trabajo.

f) Eliminar todo acto de racismo o xenofobia.

g) En general, respetar la dignidad humana de estos trabajadores.

Artículo 36. Su condición migratoria no podrá usarse como pretexto para suprimir o reducir sus condiciones laborales. Tampoco para que se les niegue u obstaculice el ejercicio de acciones legales derivadas de sus derechos derivados de la prestación de sus servicios. En general se les deberá respetar su derecho a un trato igual en relación a los trabajadores mexicanos.

Artículo 37. Los trabajadores migrantes no podrán ser deportados por su sola calidad migratoria en tanto estén laborando. Al concluir su relación de trabajo con un patrón se les deberá permitir la permanencia en el país para la obtención de una nueva relación de trabajo, hasta por seis meses como mínimo.

Igualmente tendrán derecho a ausentarse temporalmente sin que ello afecte la autorización de permanecer o trabajar en el país.

Artículo 38. En caso de fallecer con motivo de un riesgo de trabajo, el patrón estará obligado a notificar este hecho al consulado del país de origen del trabajador conforme al registro que deberá llevar al efecto. Y otorgar una ayuda a los beneficiarios del trabajador para el traslado de los restos mortales por el equivalente a medio mes de salario mínimo.

Por otro lado se le deberán dar a los beneficiarios de los trabajadores migratorios se les deberán todas las facilidades para el cobro de las indemnizaciones, prestaciones e indemnizaciones procedentes.

Artículo 39. Queda prohibido al patrón denunciar la situación migratoria del trabajador como medio de presión laboral contra el trabajador.

Artículo 40. Las autoridades administrativas y los jueces de lo laboral deberán apoyar al trabajador migrante con un intérprete en caso de necesidad.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá tomar las medidas necesarias para suministrar información y asistencia apropiada a los trabajadores migratorios en lo relativo a los requisitos para la estancia, actividades remuneradas, salida , regreso, condiciones de trabajo y de vida en el país.

Capítulo VEl trabajo de las personas con discapacidad

Artículo 41. Trabajador con discapacidad, es la persona que presenta una disminución de sus facultades físicas, mentales o sensoriales, que no lo imposibilitan para la realización de la actividad laboral.

Artículo 42. Queda prohibido a los patrones negarse a aceptar trabajadores por razón de su discapacidad. Contrariamente, en igualdad de condiciones deberán preferir para ser empleadas a las personas que tengan alguna discapacidad.

Artículo 43. Los patrones que empleen un mínimo de veinticinco trabajadores deberán contratar un número de trabajadores con discapacidad no inferior al cinco por ciento de la nómina, en caso contrarió se harán acreedores a las sanciones que se marcan en el titulo de responsabilidad y sanciones de la Ley.

Artículo 44. Las empresas cuya planta laboral se integre por un mínimo de ochenta por ciento de trabajadores con discapacidad, sólo les será aplicable la Ley Federal del Trabajo en lo relativo a jornada, salario y disposiciones sobre seguridad e higiene.

Artículo 45. El patrón podrá dar por terminada la relación de trabajo sin responsabilidad en los treinta días posteriores a la contratación, cuando el trabajador no pueda desarrollar las labores propias de la empresa o establecimiento.

Artículo 46. Los patrones adecuarán sus instalaciones, de acuerdo a las normas y reglamentos vigentes, para proporcionar a los trabajadores con discapacidad las condiciones necesarias de acceso, seguridad y libre desplazamiento

Título TerceroDe las Formas de Producción Capítulo ÚnicoLa Industria Familiar

Artículo 47. Le será aplicable en sus términos las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, salvo las relativas al reparto de utilidades.

Título CuartoDe las Controversias Capítulo IDe la Competencia

Artículo 48. En las controversias que se susciten por el contenido de la presente Ley, serán competentes para conocer la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y las Juntas de Conciliación y Arbitraje de las entidades federativas.

Artículo 49. El cumplimento de los laudos se verificará conforme a las reglas previstas en la Ley Federal del Trabajo Previsión Social.

Artículos Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2012 y subsecuentes se deberán destinar los recursos suficientes para los programas y estímulos referidos en el presente decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a 1 de marzo de 2011.— Diputados: María Araceli Vázquez Camacho, Feliciano Rosendo Marín Díaz, Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, Silvia Puppo Gastelum (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Con mucho gusto, diputada María Araceli Vázquez Camacho.

Tal como lo solicita, el texto íntegro de su intervención se inserta en el Diario de los Debates y se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para dictamen; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA - LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Tiene el uso de la palabra la diputada Cora Pinedo Alonso, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Adelante, diputada.

La diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso:Gracias, diputado presidente, con su permiso.

Los subejercicios presupuestales se han presentado y han sido criticados desde hace muchos años. Poca es la comprensión real de por qué se generan dichos subejercicios y por qué, después de tantos años, no se ha podido subsanar esa situación.

De acuerdo a la definición establecida en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los subejercicios son las disponibilidades presupuestarias que resultan con base en el calendario del Presupuesto sin cumplir las metas contenidas en los programas o sin contar con el compromiso formal de su ejecución.

Existen muchas causas que originan los subejercicios, sin embargo, en nuestra opinión las principales son las siguientes:

Uno. El calendario del Presupuesto original autorizado a las dependencias y entidades, atiende una estacionalidad de gasto que no es acorde a las necesidades reales de pago.

Dos. El retraso al inicio del ejercicio presupuestal de la entrega de los recursos del Presupuesto aprobado a las dependencias y entidades por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Tres. Los tiempos que conlleva realizar cada contratación o adquisición, conforme a los plazos dispuestos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Cuatro. Excesivos tiempos para obtener el registro en la cartera de inversiones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los programas y proyectos de inversión para poder ser ejecutados, lo que origina grandes subejercicios.

Cinco. Por las disposiciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el cierre del ejercicio, en donde todas las operaciones se integran a un ambiente controlado de autorización, el cual empieza a surtir efecto a partir de septiembre-octubre hasta fin de año, lo que impide el ejercicio del Presupuesto de manera ágil.

En este orden de ideas existen varios responsables de los subejercicios:

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público por las disposiciones que emite y que provocan gran parte de los subejercicios y la tardanza en la emisión de las autorizaciones necesarias para el ejercicio de los recursos; y las dependencias y entidades de la administración pública federal.

El mayor problema que existe en subejercicios es que en un ambiente de escasez de recursos no se canalicen para la atención de los sectores más necesitados de la población, por cuestiones de deficiencias administrativas y operativas para su ejercicio.

Aunado a esto, al ser devueltos los recursos a las arcas de la Tesorería de la Federación, de manera discrecional se reasignan por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para atender supuestas prioridades de gasto con tintes electorales o partidistas que no resuelven necesidades sociales y frenan el desarrollo y crecimiento de nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, a través del cual se obliga a los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública federal a que instrumenten las medidas necesarias para evitar y, en su caso, subsanar los ejercicios de su Presupuesto aprobado y para que el o los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas se destinen a los programas prioritarios en un plazo no mayor de un mes, ya que posterior a dicho plazo al constituirse en subejercicio presupuestal deberá tramitarse la reducción líquida al presupuesto por el monto que resulte.

Propongo con esta reforma impulsar la eficacia en la ejecución del gasto público, incluyendo medidas correctivas para abatir los subejercicios y que, en el caso de no atenderse, se dé inicio a un procedimiento administrativo en contra de los servidores públicos que resulten responsables. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Cora Pinedo Alonso, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Cora Cecilia Pinedo Alonso, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, diputada federal a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6.1.I, 77.1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IV al artículo 45 y un subinciso iv) en el inciso b) de la fracción I del artículo 107 y modifica el segundo párrafo del artículo 61; el segundo párrafo del artículo 110 y la fracción VIII del artículo 114, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; adiciona la fracción IV y un último párrafo al artículo 26; un último párrafo al artículo 40; la fracción XXI y un último párrafo al artículo 41; y modifica el primer párrafo de los artículos 40 y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y modifica la fracción VIII del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Los subejercicios presupuestales se han presentado y han sido criticados desde hace muchos años, poca es la comprensión real de porque se generan dichos subejercicios y porque después de tantos años no se ha podido subsanar esa situación.

De acuerdo con la definición establecida en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria los subejercicios son “las disponibilidades presupuestarias que resultan, con base en el calendario del presupuesto, sin cumplir las metas contenidas en los programas o sin contar con el compromiso formal de su ejecución”.

Existen muchas causas que originan los subejercicios, sin embargo en nuestra opinión las principales son las siguientes:

1) El calendario del presupuesto original autorizado a las dependencias y entidades atiende una estacionalidad de gasto que no es acorde a las necesidades reales de pago, lo que origina la acumulación de recursos disponibles (subejercicios) que pone de manifiesto una planeación totalmente deficiente, y esto ocasiona a su vez:

a) Un exceso de adecuaciones presupuestarias, con lo que conlleva en tiempos y costos de ejecución;

b) Retraso en el proceso de adquisición ya que en términos del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se puede convocar, adjudicar o contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios sujetándose al calendario de gasto correspondiente, por lo que en la mayoría de los casos resulta necesario tramitar adecuaciones presupuestarias para acomodar el recurso en calendario, y todo se retrasa por los tiempos que se lleva la gestión de las afectaciones.

c) Diferimientos de calendario para mover los subejercicios a calendario de meses posteriores, con lo que se elude el problema de los subejercicios para que no sea evidente, sino hasta finales del año.

d) Reasignación de subejercicios para atender de manera discrecional necesidades de gasto con tintes partidistas o electorales.

2. El retraso al inicio del ejercicio presupuestal de la entrega de los recursos del presupuesto aprobado a las dependencias y entidades por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

a) Actualmente, la forma de operar es que no se liberan los recursos del presupuesto aprobado desde el primer día del ejercicio corriente, sino que se autorizan acuerdos de ministración y depósitos, que son préstamos temporales sólo para pagar gastos urgentes de operación, los cuales no son registrados como ejercido hasta que es regularizado el acuerdo de ministración.

3. Los tiempos que conlleva realizar cada contratación u adquisición, conforme a los plazos dispuestos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que pueden ser aproximadamente 60 días naturales para una licitación pública, de 45 días naturales para una invitación a cuando menos tres personas, y de mínimo 15 días naturales para una adjudicación directa; a eso hay que sumar la formalización, si se trata de partidas especiales que requieren de autorización de los titulares de las dependencias y entidades, la formalización se puede llevar más de 6 meses, y hasta que no está formalizado no puede pagarse generándose subejercicios y graves problemas de gestión administrativa, porque en muchos casos los servicios o bienes son recibidos y posteriormente se formaliza el contrato.

4. Excesivos tiempos para obtener el registro en la cartera de inversiones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de los programas y proyectos de inversión para poder ser ejecutados, lo que origina grandes subejercicios, por lo que el módulo resulta más que una herramienta un obstáculo por el amplio plazo que señala el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria de 20 días hábiles para solo revisar, negar o autorizar, que en la experiencia diaria el 90 por ciento de los casos se remiten a revisión o rechazo, por lo que es necesario ajustar el plazo para dar agilidad en la obtención de los registros.

5. Por las disposiciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el cierre del ejercicio, en donde todas las operaciones se integran a un ambiente controlado de autorización, el cual empieza a surtir efecto a partir de septiembre-octubre hasta fin de año, lo que impide el ejercicio del presupuesto de manera ágil y dispara los subejercicios.

En este orden de ideas, existen varios responsables de los subejercicios:

• La Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por las disposiciones que emite que provocan gran parte de los subejercicios, y la tardanza en la emisión de las autorizaciones necesarias para el ejercicio de los recursos.

• Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal precisando como responsables directos de los subejercicios, en su caso: i) al área requirente por no solicitar con la anticipación necesaria el servicio o la adquisición; ii)áreas administrativas a través de las cuales se formalizan los contratos, por la tardanza en la gestión de las firmas de los servidores públicos correspondientes; iii) área de adquisiciones por la falta de diligencia en la atención de las solicitudes de contratación o adquisición; iv) área de finanzas por el retraso en el pago una vez atendidos los requisitos establecidos en el contrato respectivo, así como en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; v)altos funcionarios por no firmar la documentación necesaria con prontitud o en su caso señalar su desaprobación.

Por ello, consideramos que para abatir los subejercicios y dar eficiencia al ejercicio del gasto público, hay que delimitar las responsabilidades en el ámbito de competencia de cada una de dichas instancias en sus manuales de organización y procedimientos específicos y aplicar las sanciones previstas en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y adicionalmente reformar los instrumentos legales que regulan el ejercicio del presupuesto, en específico nuestra fracción parlamentaria propone reformar:

1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, para establecer algunas precisiones respecto a las responsabilidades en materia de subejercicios; modificar plazos de las autorizaciones para promover el ejercicio del presupuesto y evitar subejercicios por falta de autorizaciones.

2. La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para prever una opción para casos contingentes que tengan que ser atendidos de manera urgente.

3. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para otorgar facultades a la Secretaría de la Función Pública para autorizar la utilización de la opción de adjudicación contingente.

El mayor problema de que existan subejercicios es que en un ambiente de escases de recursos, no se canalicen para la atención de los sectores más necesitados de la población, por cuestiones de deficiencias administrativas y operativas para su ejercicio. Aunado a esto, al ser devueltos los recursos a las arcas de la Tesorería de la Federación, de manera discrecional se reasignan por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para atender supuestas “prioridades de gasto” con tintes electorales o partidistas, que no resuelven necesidades sociales y frenan el desarrollo y crecimiento de México.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la fracción IV al artículo 45 y un subinciso iv) en el inciso b) de la fracción I del artículo 107 y se modifica el segundo párrafo del artículo 61; el segundo párrafo del artículo 110 y la fracción VIII del artículo 114, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se adiciona la fracción IV y un último párrafo al artículo 26; se adiciona un último párrafo al artículo 40; la fracción XXI y un último párrafo al artículo 41; y se modifican el primer párrafo de los artículos 40 y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y se modifica la fracción VIII del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Artículo Primero: Se adiciona la fracción IV al artículo 45 y un subinciso iv) en el inciso b) de la fracción I del artículo 107 y se modifica el segundo párrafo del artículo 61; el segundo párrafo del artículo 110 y la fracción VIII del artículo 114, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Artículo 45. ...

IV. Los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán instrumentar las medidas necesarias para evitar y en su caso subsanar los subejercicios de su presupuesto aprobado.

Artículo 61. [...]

Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables, a los programas prioritarios del ejecutor de gasto que los genere, en un plazo no mayor de un mes, ya que posterior a dicho plazo al constituirse en subejercicio presupuestal deberá tramitarse la reducción líquida al presupuesto por el monto que resulte.

Artículo 107. ...

I. [...]

b) [...]

iv). La eficacia en la ejecución del gasto público, señalando los subejercicios existentes por programas y capítulos de gasto al cierre del trimestre que corresponda, e indicando las causas de los mismos. También deberán incluirse las medidas correctivas para abatir los subejercicios, así como la fecha compromiso de atención, que no deberá exceder de un mes, en caso de no solventarse, se dará inicio a procedimiento administrativo en contra de los servidores públicos que resulten responsables.

Artículo 110. [...]

Para efectos del párrafo anterior, el Ejecutivo Federal enviará trimestralmente a la Cámara de Diputados la información necesaria, con desglose mensual, en el cual se deberá incluir la eficacia en la ejecución del gasto público, señalando las causas de los subejercicios, así como las medidas para abatirlos en un plazo no mayor de un mes.

Artículo 114. [...]

VIII. Realicen acciones u omisiones que impidan el ejercicio eficiente, eficaz y oportuno de los recursos y el logro de los objetivos y metas anuales de las dependencias, unidades responsables y programas; así como propicien subejercicios del presupuesto autorizado.

Artículo Segundo: Se adiciona la fracción XI, al artículo 22; y se modifica el artículo 50 y el quinto párrafo del artículo 81 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Artículo 22. [...]

...

XI. La Secretaría a través de la Tesorería habilitará el Sistema de Administración Financiera Federal, para que a partir del primer día de ejercicio, estén disponibles los recursos aprobados en el presupuesto a las dependencias y entidades de la administración pública federal, conforme al calendario autorizado, para contribuir al oportuno ejercicio de los recursos.

Artículo 50. Una vez presentada la solicitud de registro de los programas y proyectos de inversión, o de modificación al alcance de los ya registrados, la Secretaría, a través del sistema de programas y proyectos de inversión, en un plazo máximo de 3 días hábiles, resolverá:

Artículo 81. [...]

...

Cuando los recursos se encuentren en la Tesorería, los ejecutores de gasto instruirán a ésta para que realice el pago directo a los beneficiarios o, en casos justificados, entregue el recurso al propio ejecutor de gasto para el cumplimiento de sus funciones, en un plazo máximo de tres días hábiles, una vez cumplidos los requisitos específicos.

Artículo Tercero: Se adiciona la fracción IV y un último párrafo al artículo 26; se adiciona un último párrafo al artículo 40; la fracción XXI y un último párrafo al artículo 41; y se modifican el primer párrafo de los artículos 40 y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:

Artículo 26. [...]

IV. Adjudicación contingente.

...

...

En el caso de la adjudicación contingente, sólo podrá ocuparse esta figura para los casos en que por instrucción del titular, tenga que realizarse una contratación o adquisición en un tiempo imposible de atender mediante los otros procedimientos, lo cual se deberá acreditar con oficio de instrucción por parte del titular, señalando el fundamento, motivación y amplia justificación, según las circunstancias que concurran en cada caso, y deberá contar con autorización del Órgano Interno de Control.

Artículo 40. En los supuestos que prevé el artículo 41 de esta Ley, las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán optar por no llevar a cabo el procedimiento de licitación pública y celebrar contratos a través de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas, de adjudicación directa o de adjudicación contingente.

...

...

En caso del procedimiento de adjudicación contingente fundamentado en la fracción XXI del artículo 41 de esta Ley, el escrito a que se refiere el segundo párrafo de este artículo, deberá además contar con la autorización del Órgano Interno de Control.

Artículo 41. Las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas, de adjudicación directao adjudicación contingente, cuando:

...

...

XXI. Cuando tenga que realizarse una contratación o adquisición en un tiempo imposible de atender mediante los otros procedimientos.

La autorización para utilizar el supuesto contenido en la fracción XXI será competencia del Órgano Interno de Control en cada dependencia o entidad para efectos de transparencia y fiscalización.

Artículo Cuarto. Se modifica la fracción VIII del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Artículo 37. [...]

VIII. Inspeccionar y vigilar, directamente o a través de los órganos de control, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cumplan con las normas y disposiciones en materia de sistemas de registro y contabilidad, contratación y remuneraciones de personal, contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios, y ejecución de obra pública, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y demás activos y recursos materiales de la Administración Pública Federal; y para el caso de las contrataciones por adjudicación contingente, emitir la autorización correspondiente, en los casos que sean justificados;

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 1o. de marzo de 2011.— Diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias, diputada Cora Pinedo. Túrnese a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, de la Función Pública y de Gobernación, para dictamen.



REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió del diputado Reginaldo Rivera de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativas con proyecto de decreto que reforman el artículo transitorio primero y derogan los artículos transitorios décimo segundo y décimo tercero del Reglamento de la Cámara de Diputados

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Iniciativa que reforma el artículo primero transitorio y deroga el décimo segundo y décimo tercero transitorios del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Reginaldo Rivera de la Torre, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Reginaldo Rivera de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, integrante de la LXI Legislatura de este honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presenta a consideración del pleno de la Cámara de Diputados.

I. Encabezado o título de la propuesta

Iniciativa que reforma el artículo transitorio primero y deroga los artículos transitorios décimo segundo y décimo tercero del Reglamento de la Cámara de  Diputados.

II. Planteamiento del problema

Ante la imprecisión de los artículos transitorios primero, décimo segundo y décimo tercero del Reglamento de la Cámara de Diputados y debido a las inconsistencias del procedimiento legislativo en el cual se aprobó el citado reglamento, se propone reformar esas disposiciones transitorias para hacer explícita y clara la entrada en vigor del propio cuerpo normativo hasta el primero de septiembre del año que transcurre. Lo anterior, una vez discutido y aprobado por esta asamblea en lo general y en lo particular, cada uno de los artículos que lo amerite.

III. Argumentos que lo sustentan

Toda obra del hombre puede adolecer de fallas y puede también ser objeto de revisión y perfeccionamiento, las normas y leyes también. Una de las principales funciones del Poder Legislativo, es precisamente corregir, actualizar y perfeccionar todas las reglas impuestas para la armonía social, haciéndolas más claras y acordes con los postulados previstos constitucionalmente.

Así las cosas, es indispensable que el Congreso de la Unión y cada una de sus Cámaras cuenten con las mejores normas que establezcan los procedimientos internos que hagan eficiente su estructura y funcionamiento, lo cual redundará en una mejor toma de acuerdos, agilizando los procedimientos para la conformación y reconfiguración del sistema jurídico mexicano que los cambios sociales, políticos y económicos exigen, además de ser el órgano del Estado en donde se expresan las corrientes e ideologías de la nación.

En la presente iniciativa se propone reformar el texto de los artículos transitorios primero, décimo segundo y décimo tercero, del Reglamento de la Cámara de Diputados, para efecto de entre en vigencia a partir del inicio del segundo período de sesiones de este año, es decir, el primero de septiembre de 2011.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece lo siguiente:

Artículo 77. Cada una de las Cámaras puede, sin la intervención de la otra:

...

III. Nombrar los empleados de su secretaría y hacer el reglamento interior de la misma.

 ...

Al respecto, en uso de esta atribución, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en sesión del quince de diciembre de dos mil diez, aprobó su reglamento interno, cuyos artículos transitorios primero, décimo segundo y décimo tercero, conforme a la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 24 de diciembre último, establecen lo siguiente:

Primero. El presente Reglamento entrará en vigor a partir del primero de enero de 2011.

Décimo Segundo. Para atender las reservas presentadas, así como las observaciones y propuestas de modificación que presenten los grupos parlamentarios a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados hasta el lunes 20 de diciembre de 2010, se acuerda la conformación de un Grupo de Trabajo coordinado por la Mesa Directiva de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, el cual se encargará, durante los meses de enero y febrero de 2011, de hacer el análisis de dichos documentos, de consensar y presentar ante el pleno las reformas pertinentes a más tardar a la conclusión del segundo período ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio de la LXI Legislatura, a efecto de que a partir del 1 de septiembre de 2011 el presente cuerpo normativo sea aplicado en plenitud.

Décimo Tercero. Los artículos 89, 95, 105, 139, numeral 1, fracción III, 142, 175, 184, numeral 1 y 239 del presente Reglamento, relativos a la preclusión de la facultad de dictaminación de las comisiones ordinarias por vencimiento de plazo, entrarán en vigor a partir del 1o. de enero de 2011.

Como se puede observar, el transitorio primero señala que el reglamento entrará en vigor el primero de enero de 2011 y el décimo segundo dispone que el cuerpo normativo será aplicado en plenitud hasta el 1 de septiembre de 2011. Por su parte, el décimo tercero establece que determinados artículos entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2011. Las incongruencias señaladas generan inseguridad jurídica, toda vez que la norma no es clara y explícita en cuanto a su entrada en vigor.

Aunado a lo anterior, se destaca que, durante su aprobación, no todas las reservas que presentaron diversos diputados fueron analizadas en lo particular, sino que el proyecto se aprobó en lo general tomando en cuenta sólo algunas.

Para atender las reservas que quedaron pendientes y que se pudieron presentar hasta el 20 de diciembre de 2010, como se advierte del artículo transitorio duodécimo, se acordó la conformación de un grupo de trabajo coordinado por la mesa directiva de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. El grupo de trabajo, de haberse conformado en sus términos, tendría que llevar a cabo, desde enero y hasta la conclusión del mes en curso, el análisis de todas las observaciones para consensar y presentar ante el pleno las reformas pertinentes a más tardar a la conclusión del segundo período ordinario de sesiones, del segundo año de ejercicio, de la LXI Legislatura, a efecto de que a partir del primero de septiembre del año en curso, el “cuerpo normativo sea aplicado en plenitud”.

Esta situación implica, de estar en vigor el reglamento en cita, que todos sus artículos fueron aprobados desde el 15 de diciembre último, no obstante que existen múltiples observaciones y artículos reservados para su análisis en particular y que, en algunos caso, muy probablemente serán modificados conforme a las propuestas que no se discutieron.

Lo anterior se advierte de las intervenciones de diversos diputados durante la sesión en comento y de las votaciones respectivas, mediante las cuales se acordó incluir al dictamen los artículos transitorios que ahora se propone reformar, además de que se aprobó el Reglamento en lo general, así como algunos artículos en particular. Todo esto consta en la versión estenográfica correspondiente, 1 cuya parte conducente se transcribe a continuación:

Versión estenográfica de la sesión ordinaria del miércoles 15 de diciembre de 2010

El presidente, diputado Amador Monroy Estrada: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los señores y señoras diputados y diputadas.

La secretaria María Guadalupe García Almanza: Se informa a la presidencia que existen registrados previamente 294 diputados. Por tanto, hay quórum, señor presidente.

El presidente (11:37 horas): Se abre la sesión.

...

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que expide el Reglamento de la Cámara de Diputados.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la secretaría a la asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura.

La secretaria Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, favor de manifestarlo (votación). Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, favor de manifestarlo (votación). Diputado Presidente, mayoría por la afirmativa.

...

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: En el siguiente turno de oradores, muy bien.

Voy a explicar a la asamblea y a explicarme a mí mismo, el procedimiento. Después de las observaciones presentadas vamos a escuchar al presidente de la comisión, quien replanteará las modificaciones que propone la comisión. en esos términos y de acuerdo a lo que el transitorio recoge se concentrarán todas las modificaciones que se están proponiendo para el reglamento.

A ver, señor presidente de la comisión.

...

El diputado Jesús María Rodríguez Hernández (desde la curul): Muchas gracias, señor presidente. Sólo antes de dar lectura a este escrito que tiene el consenso de todos los grupos parlamentarios, dejar constancia de nuestro reconocimiento al interés que han acreditado en este esfuerzo, y sobre todo su deseo de dar por hecha justamente la aprobación de este dictamen que hemos presentado a su consideración.

Las modificaciones consisten en los siguientes artículos:

Transitorios

Primero. El presente decretoentrará en vigor a partir del 1 de enero del 2011.

Decimosegundo. Para atender las reservas presentadas, así como las observaciones y propuestas de modificación que presenten los grupos parlamentarios a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados hasta el lunes 20 de diciembre del 2010, se acuerda la conformación de un grupo de trabajo coordinado por la mesa directiva de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, el cual se encargará, durante los meses de enero y febrero de 2011, de hacer el análisis de dichos documentos, de consensuar y presentar ante el pleno las reformas pertinentes a más tardar a la conclusión del segundo período ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio de la LXI Legislatura, a efecto de que a partir del 1 de septiembre de 2011 el presente cuerpo normativo sea aplicado en plenitud.

Decimotercero. Los artículos 89, 95, 105, 139 numeral 1, fracción III, 142, 175, 184 numeral 1, y 239 del presente reglamento relativos a la preclusión de la facultad de dictaminación de las comisiones ordinarias por vencimiento de plazo entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2011.

Si me permite, presidente, ya que estoy en uso de la voz aprovecho para dejar claro con las compañeras diputadas y los compañeros diputados, que las reservas que ha presentado la comisión en la que me honro en participar, se han presentado en consenso con los grupos parlamentarios y está el compromiso también para que a su digna consideración puedan cumplir el procedimiento correspondiente.

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias.

Pregunte la secretaría a la asamblea si se acepta la modificación propuesta por la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias en los términos de lo leído en este momento por el diputado Jesús María Rodríguez.

La secretaria Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se admite la modificación propuesta por la comisión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo (votación), gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo (votación). Diputado Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobada la modificación propuesta por la comisión.

Por lo consiguiente, en los términos solicitados, vamos a proceder directamente a la votación en lo general del dictamen que se está discutiendo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, en lo general y en lo particular.

Proceda usted a abrir el sistema electrónico. En lo particular con las reservas aceptadas.

A ver, necesito que la comisión precise los términos de esta votación.

...

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Es correcto, señor vicecoordinador del PRI. Nos acaba de entregar la comisión las reservas aceptadas en consenso, así es que proceda usted a otorgar 5 minutos para votar el dictamen en lo general con las reservas que son las siguientes:

El artículo 3o, numeral 1, fracción XXV; el artículo 72, numeral 2; el artículo 74, numeral 1, fracción III; el artículo 76, numeral 1, fracción I; el artículo 79, numeral 2, fracción III; el artículo 95, numeral 2, fracción II, inciso c); el artículo 100, numeral 2; el artículo 120, numeral 1; el 125, numeral 1; el 128, numeral 1; el 146, numeral 3; el 150, numeral 1 y fracción III; el 156, numeral 1, fracción VI; el 160, numeral 3; el 167, numerales 3 y 4; el 171, numeral 1 y 2; el 193, numeral 1; el 202, numeral 7; el 213, numeral 3; el 221, numeral 2; el 233, numeral 1, fracción II; el 235, numeral 1, fracción XV; el artículo 236, numeral 3; el 264, numeral 1 del proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento de la Cámara de Diputados. Esas son las reservas que la comisión presenta en consenso con los señores legisladores.

Ponga usted a votación en lo general con las reservas presentadas...

...

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:A ver, señor diputado, voy a explicar a la asamblea el sentido de la votación. Las reservas que acaban de presentarse son reservas ya aceptadas, ya modificadas. Cuando abramos la votación en lo particular se leerán nuevamente, se aceptarán y serán votadas en lo particular y quedarán incorporadas al dictamen.

Son independientes de las demás reservas que los grupos están presentando durante la sesión de hoy y hasta el 20, con el nombre de observaciones para recibir el mismo tratamiento de enero a abril, cuando en consenso serán nuevamente votadas e incorporadas las que quedaren en el dictamen.

Con respecto a la solicitud de intervención de los señores diputados, yo les pediría lo siguiente, si no tienen inconveniente. Pasemos a la votación  en lo general y, terminada la votación, inmediatamente les concedo el uso de la palabra. Diputada Castillo.

...

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado. Pregunte la secretaría si son de admitirse las preguntas de la comisión para ser incorporadas al dictamen.

La secretaria Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se admiten las modificaciones propuestas por la comisión para incorporarse al dictamen. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo (votación). Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo (votación). Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:Quedan admitidas y se incorporan al dictamen.

Voy a suplicarle a Servicios Parlamentarios sea tan amable de acercarme las listas de las reservas que finalmente quedaron.

Las reservas que se mantuvieron para ser desahogadas en el pleno son del diputado Mario di Costanzo, el artículo 263; de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, el 108, 124, 126, 176, 177, 178, 199, 263, 264, 265, 266, 267 y 268. Estas son todas las reservas que se han recibido.

Por tanto, ponga usted a votación en lo general el dictamen, con las reservas que fueron leídas. Se pone a votación en lo general y en lo particular, con las reservas que fueron leídas.

...

La secretaria Cora Cecilia Pinedo Alonso: Se emitieron 290 votos a favor, 12 en contra y 5 abstenciones, presidente.

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:Aprobado en lo general y, en lo particular, los artículos no reservados, por 290 votos a favor, lo que significa en términos reales, que después de 76 años la Cámara de Diputados está en posibilidad de tener un nuevo Reglamento.

Procederemos a desahogar las reservas en lo particular. La primera reserva que tenemos es del diputado Mario di Costanzo cobre el artículo 263. Le pregunto si mantiene su reserva.

...

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado. Pasan las reservas del diputado Jaime Cárdenas al grupo de trabajo, igualmente que las de la diputada Laura Itzel Castillo.

Ábrase la votación en lo particular por cinco minutos para votar los artículos apartados, a fin de completar el trámite, en términos del dictamen.

La secretaria Cora Cecilia Pinedo Alonso: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación de los artículos reservados, en términos del dictamen.

 (Votación)

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Sonido en la curul del diputado Rodríguez.

El diputado Pablo Rodríguez Regordosa (desde la curul): Gracias, presidente. Si nos hiciera favor de exponer nuevamente el sentido del voto, la implicación que tiene. Estamos en lo particular, saber si a favor significa que se aceptan las...

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: No, a favor solamente significa que el dictamen se queda con los artículos que tenía porque éstos fueron separados al momento que los diputados los reservaron. Se incorporan nuevamente esos artículos y se votan en los términos del dictamen. Eso significa a favor. Pero todas éstas quedan registradas para el grupo de trabajo.

...

La secretaria Cora Cecilia Pinedo Alonso: ¿Falta alguna diputada o algún diputado por emitir su voto? Ciérrese el sistema de votación. Antes tenemos votaciones de viva voz.

El diputado Israel Madrigal Ceja (desde la curul): A favor.

La diputada María Cristina Díaz Salazar (desde la curul): A favor.

La diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz (desde la curul): A favor.

El diputado Héctor Guevara Ramírez (desde la curul): A favor.

El diputado Leonardo Arturo Guillén Medina (desde la curul): A favor.

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Es cuanto, diputada. Infórmenos el dato.

La secretaria Cora Cecilia Pinedo Alonso: Se emitieron 255 votos a favor, 7 en contra y 6 abstenciones, presidente.

El presidente, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que expide el Reglamento de la Cámara de Diputados. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

Como ha quedado asentado, independientemente de todas las votaciones que se llevaron a cabo para aprobar, primero la incorporación de los transitorios, después para aprobar diversas observaciones que se hicieron antes de la discusión en el pleno y finalmente para aprobar el Reglamento en términos del dictamen; no se analizaron todas las reservas que se presentaron al Proyecto de Reglamento, lo cual haría incongruente que hubiera entrado en vigor en su totalidad desde el primero de enero del año en curso.

Por otra parte, si se considera que el decreto entró en vigor en esa fecha y el Reglamento será vigente hasta el 1 de septiembre próximo, lo incongruente serían los transitorios con lo aprobado en la sesión en comento, toda vez que el Diputado Presidente expresamente afirmó que los artículos que fueron reservados se incorporaron nuevamente y se votaron en términos del dictamen.

Cabe advertir que, el 24 de diciembre de 2010, en el Diario Oficial de la Federación se publicó una versión distinta a la aprobada conforme a la versión estenográfica que se acaba de transcribir, en particular la diferencia se encuentra en el artículo primero transitorio, que en lugar de asentar “El presente decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2011”,  se establece “El presente Reglamentoentrará en vigor a partir del primero de enero del 2011”. Lo anterior, se constituye en una irregularidad más que motiva esta iniciativa, que respetuosamente presento ante este honorable pleno.

Aunado a lo anterior, es oportuno señalar que el procedimiento que se siguió, si bien no es contrario a las normas relativas al procedimiento legislativo, sí resulta incongruente, toda vez que dejó sin la posibilidad de que se discutieran observaciones y reservas presentadas por diversos Diputados, lo cual, no quedó plenamente subsanado con el artículo transitorio duodécimo. Consecuentemente, tal situación pudiera contravenir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

En efecto, desde una interpretación rigurosa de los numerales 97, 98, 114, 117, 118 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el cual seguía vigente, se debió atender a lo siguiente:

1. Discusión, primero en lo general o en conjunto y después en lo particular cada uno de sus artículos.

2.Los miembros de la Cámara hablarán alternativamente en contra o en pro, llamándolos el Presidente por el orden de las listas, comenzando por el inscrito en contra.

3.Antes de cerrarse en lo general la discusión de los proyectos de ley, y en lo particular cada uno de sus artículos, podrán hablar seis individuos en pro y otros tantos en contra, además de los miembros de la comisión dictaminadora y de los funcionarios a que alude el artículo 53 del Reglamento del Congreso. En los demás asuntos que sean económicos de cada Cámara, bastará que hablen tres en cada sentido, a no ser que ésta acuerde ampliar el debate.

4.Declarado un proyecto suficientemente discutido en lo general, se procederá a votar en tal sentido, y si es aprobado, se discutirán en seguida los artículos en particular. En caso contrario, se preguntará, en votación económica, si vuelve o no todo el proyecto a la comisión. Si la resolución fuere afirmativa, volverá, en efecto, para que lo reforme, más si fuere negativa, se tendrá por desechada.

Tal circunstancia ha generado que algunos diputados de esta asamblea consideren que el ordenamiento reglamentario contiene disposiciones contrarias a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que, desde mi perspectiva, es necesario que el reglamento suspenda su vigencia, en tanto no se discuten, en lo particular, todas las reservas y observaciones presentadas, además de que la redacción de los numerales transitorios en cuestión no es del todo congruente y clara.

Conforme a lo anterior, mi propuesta es suspender expresamente la vigencia del decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Cámara de Diputados, por lo que en consecuencia, debe seguir rigiendo la actuación de este órgano colegiado la Constitución general, la Ley orgánica del Congreso y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con todas sus reformas, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 1934.

Lo anterior implica la aprobación del reglamento en lo general, quedando pendiente para esta Cámara de Diputados el discutir y aprobar, en lo particular, los artículos que hubieran sido objeto de reserva y observaciones y que en la actualidad son objeto de estudio y análisis por el grupo de trabajo a que se refiere el transitorio décimo segundo aún vigente.

IV. Fundamento legal

Fracción II, del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo dispuesto en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

V. Denominación del proyecto de ley o decreto

Iniciativa que reforma el artículo transitorio primero y deroga los artículos transitorios décimo segundo y décimo tercero, del Reglamento de la Cámara de  Diputados.

VI. Ordenamiento a modificar

Reglamento de la Cámara de Diputados.

VII. Texto normativo propuesto

Primero. El presente Reglamento entrará en vigor a partir del primero de septiembre de dos mil once.

Décimo segundo. Se deroga.

Décimo tercero. Se deroga.

VIII. Artículos transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En tanto no se apruebe por el pleno de la asamblea el Reglamento de  la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, seguirá rigiendo, con todas sus reformas, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 1934.

Nota:

1 Versión estenográfica consultable en la página web de la Cámara de Diputados (www.diputados.gob.mx

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de febrero de 2011.— Diputado Reginaldo Rivera de la Torre (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se turna la primera iniciativa a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen



ARTICULOS 71 Y 72 CONSTITUCIONALES

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se recibió del diputado Reginaldo Rivera de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativas con proyecto de decreto que reforma los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Iniciativa que reforma los artículos 71 y 72 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Reginaldo Rivera de la Torre, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Reginaldo Rivera de la Torre, integrante de la LXI Legislatura de este honorable Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presenta a consideración del pleno de la Cámara de Diputados iniciativa que reforma los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

I. Encabezado o titulo de la propuesta

Iniciativa que reforma los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Planteamiento del problema que la iniciativa pretende resolver

Con el objetivo de atender las necesidades del Poder Legislativo en cuanto a su organización y funcionamiento, en la presente iniciativa se propone reformar el texto de los artículos 71 y 72, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para efecto de actualizar las disposiciones que establecen las normas que rigen el procedimiento legislativo.

III. Argumentos que la sustentan

Como órgano en donde se expresan las corrientes e ideologías de la nación, es indispensable que el Congreso de la Unión y cada una de sus Cámaras cuenten con las mejores normas que regulen su estructura y funcionamiento, lo cual redundará en una mejor toma de acuerdos, agilizando los procedimientos para la conformación y reconfiguración que los cambios sociales, políticos y económicos exigen al sistema jurídico mexicano.

En la actualidad, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece lo siguiente:

Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

I. Al presidente de la República;

II. A los diputados y senadores al Congreso de la Unión; y

III. A las legislaturas de los Estados.

Las iniciativas presentadas por el presidente de la República, por las legislaturas de los Estados o por las diputaciones de éstos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates

Artículo 72. Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones:

a) Aprobado un proyecto en la Cámara de su origen, pasará para su discusión a la otra. Si ésta lo aprobare, se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones que hacer, lo publicará inmediatamente.

b) Se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo, todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de su origen, dentro de diez días útiles; a no ser que, corriendo este término hubiere el Congreso cerrado o suspendido sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse el primer día útil en que el Congreso esté reunido.

c) El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo será devuelto, con sus observaciones, a la Cámara de su origen. Deberá ser discutido de nuevo por ésta, y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, pasará otra vez a la Cámara revisora. Si por ésta fuese sancionado por la misma mayoría, el proyecto será ley o decreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación.

Las votaciones de ley o decreto serán nominales.

d) Si algún proyecto de ley o decreto, fuese desechado en su totalidad por la Cámara de revisión, volverá a la de su origen con las observaciones que aquélla le hubiese hecho. Si examinado de nuevo fuese aprobado por la mayoría absoluta de los miembros presentes, volverá a la Cámara que lo desechó, la cual lo tomará otra vez en consideración, y si lo aprobare por la misma mayoría, pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción a); pero si lo reprobase, no podrá volver a presentarse en el mismo periodo de sesiones.

e) Si un proyecto de ley o decreto fuese desechado en parte, o modificado, o adicionado por la Cámara revisora, la nueva discusión de la Cámara de su origen versará únicamente sobre lo desechado o sobre las reformas o adiciones, sin poder alterarse en manera alguna los artículos aprobados. Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara revisora fuesen aprobadas por la mayoría absoluta de los votos presentes en la Cámara de su origen, se pasará todo el proyecto al Ejecutivo, para los efectos de la fracción a). Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara revisora fueren reprobadas por la mayoría de votos en la Cámara de su origen, volverán a aquélla para que tome en consideración las razones de ésta, y si por mayoría absoluta de votos presentes se desecharen en esta segunda revisión dichas adiciones o reformas, el proyecto, en lo que haya sido aprobado por ambas Cámaras, se pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción a). Si la Cámara revisora insistiere, por la mayoría absoluta de votos presentes, en dichas adiciones o reformas, todo el proyecto no volverá a presentarse sino hasta el siguiente período de sesiones, a no ser que ambas Cámaras acuerden, por la mayoría absoluta de sus miembros presentes, que se expida la ley o decreto sólo con los artículos aprobados, y que se reserven los adicionados o reformados para su examen y votación en las sesiones siguientes.

f) En la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación.

g) Todo proyecto de ley o decreto que fuere desechado en la Cámara de su origen, no podrá volver a presentarse en las sesiones del año.

h) La formación de las leyes o decretos puede comenzar indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras, con excepción de los proyectos que versaren sobre empréstitos, contribuciones o impuestos, o sobre reclutamiento de tropas, todos los cuales deberán discutirse primero en la Cámara de Diputados.

i) Las iniciativas de leyes o decretos se discutirán preferentemente en la Cámara en que se presenten, a menos que transcurra un mes desde que se pasen a la comisión dictaminadora sin que ésta rinda dictamen, pues en tal caso el mismo proyecto de ley o decreto puede presentarse y discutirse en la otra Cámara.

j) El Ejecutivo de la Unión no puede hacer observaciones a las resoluciones del Congreso o de alguna de las Cámaras, cuando ejerzan funciones de cuerpo electoral o de jurado, lo mismo que cuando la Cámara de Diputados declare que debe acusarse a uno de los altos funcionarios de la Federación por delitos oficiales.

Tampoco podrá hacerlas al decreto de convocatoria a sesiones extraordinarias que expida la Comisión Permanente.

De la transcripción anterior, es dable advertir que en ambos numerales el Constituyente consideró hacer una remisión a una norma secundaria para efecto de establecer la regulación del trámite de se debe dar a las iniciativas presentadas por los diputados y senadores, así como disponer la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones de todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras.

Al respecto, estimo que la redacción de estas disposiciones no es acorde con el sistema jurídico que rige la actuación del Congreso de la Unión, toda vez que su marco normativo constitucional ha sido modificado, siendo oportuno reformar también las citadas normas.

En efecto, desde 1917, año en que se aprobó la Constitución política vigente, ambas disposiciones no han sufrido modificación alguna, no obstante que las facultades del Congreso General sí han sido reformadas, derogándose la atribución que tenía  para emitir su reglamento interno y otorgándole la facultad de emitir su ley para regular su estructura y funcionamiento internos.

En este sentido, atendiendo a las atribuciones que tiene el Congreso de la Unión, y cada una de sus Cámaras en materia de regulación interna, en la actualidad no existe disposición que establezca cuál órgano legislativo está facultado para emitir el Reglamento de Debates a que se refieren los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que es necesario que el Poder Legislativo cuente con reglas claras en cuanto a la competencia para dictar sus propias directrices.

Así las cosas, en mi opinión, el trámite que se debe dar a las iniciativas presentadas se debe sujetar a la ley orgánica del Congreso, en tanto que es la norma encargada de regular la estructura y el funcionamiento del órgano legislativo federal, integrado por ambas Cámaras, así como a los reglamentos que cada una de ellas puede aprobar, como normas para regular sus facultades exclusivas y para prever la exacta observancia de la propia ley orgánica, en el ámbito de su competencia.

Bajo este mismo argumento, considero que todo proyecto o decreto cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras tendría que sujetarse a la ley orgánica y, en su caso, al reglamento del órgano legislativo que le corresponda.

Por otra parte, también estimo necesario modificar la redacción del segundo párrafo del numeral 71 de la Constitución para establecer que todas las iniciativas presentadas sean turnadas a la comisión respectiva, sujetándose a los procedimientos previstos en la ley orgánica del Congreso y en el reglamento de cada una de las Cámaras.

Actualmente, tal disposición establece una distinción en cuanto al trámite que se le deba dar a las iniciativas presentadas por el presidente de la República, las legislaturas de los estados y diputaciones, respecto de las iniciativas presentadas por los diputados y senadores. En el primer caso, se indica que pasarán desde luego a comisión y, en el segundo, se precisa que se estará a los trámites que designe el Reglamento de Debates.

Como antecedente del segundo párrafo del citado artículo 71, encontramos el numeral 66 de la Constitución Política de la República Mexicana, sancionada por el Congreso General Constituyente el 5 de febrero de 1857. Tal disposición establecía lo siguiente:

Artículo 66.  Las iniciativas presentadas por el presidente de la República, las legislaturas de los estados o las diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados, se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates.

Conforme a lo señalado por la doctora Pedroza de la Llave, este artículo fue aprobado en la sesión del 24 de noviembre de 1856, por una mayoría de 79 votos, con uno en contra y por lo que respecta al tema, sin ninguna intervención de los diputados presentes.

Durante el Congreso Constituyente de 1916, en la sesión 32 del 6 de enero de 1917, se aprobó lo siguiente:

El artículo 71 del Proyecto del C. primer jefe, es la concentración textual de los artículos 65 y 66 de la Constitución de 1857, sin otra variante que expresarse ahora en un solo artículo las ideas que en la Constitución de 1857 estaban contendías en dos.

Durante el tiempo que los artículos 65 y 66 de la Constitución normaron la iniciativa de leyes, ninguna dificultad presentó la observancia de estos preceptos, y en tal virtud, se propone a la honorable asamblea que apruebe el artículo del Proyecto del C. primer jefe, con el preámbulo respectivo, en los siguientes términos:

Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

I. Al presidente de la República;

II. A los diputados y senadores al Congreso de la Unión; y

III. A las legislaturas de los estados.

Las iniciativas presentadas por el presidente de la República, por las legislaturas de los estados o por las diputaciones de éstos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates.

Como se puede advertir, el único sustento para aprobar esta disposición fue que “ninguna dificultad presentó la observancia de estos preceptos” en la Constitución de 1857 antes vigente, sin que hubiera justificación jurídica alguna para incorporarla al texto constitucional. Tampoco se advierte alguna razón, durante su aprobación en 1856, que justificara su inclusión en 1917.

Así las cosas, es mi convicción que el párrafo segundo del artículo 71 constitucional no tiene sustento para distinguir el trámite que se debe dar a las iniciativas presentadas por el presidente de la República, las legislaturas de los estados o las diputaciones de éstos, respecto de las presentadas por los diputados o senadores, siendo que todas se turnan a comisiones para el dictamen respectivo y en todos los casos el trámite se sujeta a las normas internas del Congreso y de cada una de las Cámaras, en su ámbito de aplicación.

IV. Fundamento legal

Fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

V. Denominación del proyecto de ley o decreto

Decreto que reforma los artículos 71 y 72 en sus párrafos segundo y primero, respectivamente, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

VI. Ordenamientos a modificar

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

VII. Texto normativo propuesto

Artículo 71. ...

Las iniciativas presentadas pasarán a comisión, sujetándose a los trámites previstos en la ley orgánica y en el reglamento de su respectiva Cámara.

Artículo 72.Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose la ley orgánica y el reglamento de la Cámara respectiva sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones, conforme a lo siguiente:

...

VIII. Artículo transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Susana Thalía Pedroza de la Llave, comentarios al artículo 71 de la Constitución, Derechos del pueblo mexicano; México a través de sus constituciones. Tomo VII, Cámara de Diputados, LV Legislatura, México 1994, página 666.

2 Ídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2011.— Diputado Reginaldo Rivera de la Torre (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales también para dictamen.

Continúe la Secretaría con los acuerdos de la Junta de Coordinación Política.



GRUPO DE AMISTAD MEXICO-BIELORRUSIA

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se constituye el Grupo de Amistad México-Bielorrusia de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en los artículos 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 275 y 276 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno los siguientes

Acuerdos

Primero. Se constituye el Grupo de Amistad México-Bielorrusia de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura.

Segundo. El grupo de amistad estará integrado por 13 diputados de los diversos grupos parlamentarios, atendiendo a la pluralidad y proporcionalidad, que forma la Cámara, de la siguiente manera: 4 del GPPRI, 3 del GPPAN, 2 del GPPRD, 1 del GPPVEM, 1 de Convergencia y 1 de Nueva Alianza.

Tercero.Los nombres de los diputados que integran el grupo de amistad serán comunicados por los grupos parlamentarios a laJunta de Coordinación Política.

Cuarto.Comuníquese y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia;Diputado Reyes S. Tamez Guerra (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:En votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

Presidencia del diputado Francisco Javier Salazar Sáenz

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aprobado. Comuníquese.



ARTICULO 73 CONSTITUCIONAL - LEY QUE CREA LA PROCURADURIA CIUDADANA PARA LA PREVENCION, ATENCION Y RECEPCION DE QUEJAS CIUDADANAS Y DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD PUBLICA - LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se recibió de la diputada Cora Pinedo Alonso, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y expide la Ley que crea la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública y reforma el artículo 3o., de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Almanza:«Iniciativa que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; expide la Ley que crea la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública; y reforma el artículo 3o. de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, a cargo de la diputada Cora Pinedo Alonso, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Cora Cecilia Pinedo Alonso, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6.1.I, 77.1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción XXIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por el que se expide la Ley que crea la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública y se reforma el párrafo tercero del artículo tercero de la Ley Federal de las Entidades con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Los cuerpos de seguridad pública, tienen ante la sociedad una imagen que se ha deteriorado a lo largo de los años, la existencia de prácticas de corrupción e ineficiencia, los escasos resultados obtenidos en el combate a la criminalidad las complicidades y la impunidad son sus expresiones mas recurrentes. Por ello consideramos que es urgente construir mecanismos de confianza entre la policía y los ciudadanos, porque se debe respetar su labor como servidores públicos.

Es una realidad que existen prácticas de extorción al interior de los cuerpos de seguridad pública, mismas que deben ser erradicadas, es urgente incidir y poner un alto a la discrecionalidad con que actúan los mandos de los cuerpos policiacos ya que esta se traduce en un claro abuso de poder en contra de sus subordinados.

Por su naturaleza,  las instituciones policíacas funcionan de manera vertical a partir de una lógica de jerarquía, sin embargo, con mucha frecuencia esta estructura se convierte en la mayor fuente de violación a derechos de las y los agentes.

Es importante destacar que una parte importante de las quejas que la Comisión de Nacional de Derechos Humanos recibe de estos servidores públicos son en contra de sus jefes, por la falta de recursos, acoso sexual, obstáculo para las promociones y los asensos, maltrato o corrupción dentro de la propia corporación (según datos del comisionado Luis González Plasencia, de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal).Por ello urge crear una figura que funcione como un auditor de la policía, visitador o un ombudsman con mandato y facultades que le permitan constituirse en abogado defensor de los elementos de seguridad pública cuando éstos sufran las vejaciones señaladas por parte de sus superiores, o que en su caso reciba las quejas de los ciudadanos cuando sean víctimas del uso excesivo de la fuerza pública.

Del contexto anterior conviene formularse el siguiente cuestionamiento: ¿Cómo le podemos exigir a la Policía que respete a la ciudadanía, si el propio Estado degrada a sus agentes a una condición de ciudadanos de segunda? Esto se observa con mucha claridad en los criterios para emitir correctivos disciplinarios que se convierten en verdaderas torturas para los de rango inferior.

En Nueva Alianza consideramos que para contar con una policía que funcione adecuadamente tenemos que empezar por reconocer y respetar a las personas que han dedicado su vida a esa labor. Reconocer que se tiene una deuda con los buenos policías; en tal sentido para que cumplan con su encomienda responsablemente y nos protejan mejor al colectivo social, se tiene que mejorar sus condiciones de trabajo, sus uniformes, las patrullas o el armamento; los salarios bajos que reciben los vuelve vulnerables frente al poder de corrupción e intimidación del crimen organizado. Se ignora que es mejor tener policías bien pagados, porque se evita corrupción, impunidad y por el contrario se alienta la vocación servicio, el respeto a la institución, son más las ventajas que las contras.

Además de lo anterior es urgente revisar con toda claridad las condiciones en que queda la familia cuando algún elemento pierde la vida en cumplimiento de su deber, derechos que se vuelven nugatorios, la mayoría de las veces .

Como es del dominio público las fuerzas de seguridad pública del país no cuentan con  la capacidad estructural que se requiere, ni con el armamento adecuado, no existe una buena coordinación,  se presentan complicidades y componendas con los criminales, mas aún adolecen de técnicas de combate para hacer frente a los agresores, la capacitación que reciben  es nula o raquítica

Por ello tenemos que avanzar hacia un Estado de Derecho democrático y social, el Estado mexicano  tiene que contar con instituciones que auditen el propio actuar estatal, porque sólo mediante la rendición de cuentas y la transparencia es posible hablar de legitimidad de las acciones gubernamentales y por lo tanto consolidar la democracia.

De allí surge la justificación de nuestra propuesta, porque de manera general la presente iniciativa tiene el objeto de instaurar un contralor policial, una figura de ombudsman  policial, cuyo objeto será recibir quejas y emitir recomendaciones vinculantes contra quien se dirijan. Además de que revisará la actuación de aquellos elementos a partir de denuncias ciudadanas.

En Nueva Alianza asumimos el compromiso de trabajar para hacer posible que el estado de derecho prevalezca, por ello proponemos el presente proyecto de Ley que crea la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública para que haya una institución que se encargue de vigilar el marco de actuación de las fuerzas del  orden públicas, cuyas funciones serán atender las quejas que le formulen tanto los elementos de policía en contra de sus superiores, como los ciudadanos que consideren violentados sus derechos fundamentales por los excesos en que incurra la fuerza pública.

Los servidores encargados de la seguridad pública y los ciudadanos deben tener muy claro de la función del órgano que se propone crear.Un ente que además de monitorear la actuación de los policías, también pueda verificar sus condiciones de trabajo, para evitar cualquier tipo de abuso o mal desempeño en sus funciones

Esta propuesta debe ser tomada con toda la seriedad que merece, porque este instrumento de control es aplicado en países como Argentina, Brasil, en Estados Unidos (específicamente en el estado de Nueva York), Irlanda del Norte entre otros.

Por ejemplo en el país primeramente nombrado la misión del ombudsman de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, es oír los reclamos profesionales y emitir una decisión que el mando de la fuerza deberá acatar. Un agente podría presentarse, por ejemplo, ante el defensor del policía con una queja por haber sido dejado de lado sin justa razón en el momento de una promoción. Otra posibilidad es que un efectivo reclame por entender que su jefe directo posterga su carrera debido a enconos personales. Frente a situaciones así, los agentes contarán con un canal de peticiones por fuera de la estructura de su fuerza.

Otro paradigma es el de la policía del estado de Minas Gerais, Brasil, la figura del ombudsman policial es un mecanismo externo a la policía, que tiene por finalidad dignificar la labor de los policías locales mediante la defensa de sus derechos frente a abusos dentro de su propia corporación. Asimismo, se encarga de resolver conflictos entre ciudadanos y policías. Esta institución se ha destacado durante los últimos nueve años por actividades como: la emisión de una serie de recomendaciones para erradicar prácticas irregulares en las corporaciones policiales de la ciudad de Belo Horizonte; la mediación en la resolución de conflictos derivados de detenciones y operativos policiales; la elaboración de informes periódicos sobre la gestión de la policía dirigidos a la ciudadanía; e involucrarse plenamente en la formulación de propuestas de política pública orientadas a acercar el trabajo de la policía a la ciudadanía. A partir de 2003, se le dotó de una amplia infraestructura material y humana, incluidos expertos en derechos humanos, comunicación social, derecho y asesores políticos. Se creó el núcleo de psicología, una oficina especializada en atender y dar apoyo a víctimas de abuso, tanto de policías como ciudadanos. Actualmente, cuenta con delegaciones en nueve municipios del estado. Esta institución recibe, denuncias principalmente a casos de abuso de autoridad y de todas éstas casi 10 por ciento resultan en sanciones.

En el caso de Nueva York existe el denominado Consejo de Revisión de Quejas Ciudadanas de Nueva York (Civilian Complaint Review Board, CCRB, por sus siglas en inglés), es el ombudsman policial local, independiente de la policía, como su nombre lo indica está compuesto por un consejo ciudadano, algunos policías y miembros del gobierno de ese estado. Fue creado en 1993, después de diversas transformaciones, obtuvo la estructura y conformación con que cuenta actualmente (es 100 por ciento civil). Realiza tareas de mediación y conciliación en conflictos entre ciudadanos y policías, revisa los casos de abuso de la corporación policial contra policías, también emite recomendaciones para combatir prácticas que conducen a la corrupción y la impunidad y algo muy importante dentro de sus funciones, publica informes sobre la gestión policial. Durante la implantación de la política de “tolerancia cero” que se instrumentó en Nueva York durante la segunda mitad de los años 90 tuvo costos sociales y un impacto contundente, tanto en minorías étnicas como en los sectores más pobres. Este consejo ciudadano desempeñó un papel clave en la solución de varios de estos conflictos, con la emisión de recomendaciones relacionadas con abuso policial y en la elaboración de informes sobre prácticas de corrupción en la policía de esa región del país vecino.

En México, la realidad arroja que la ciudadanía demanda una policía activa que no esté a la espera de reaccionar frente a la eventualidad del delito, sino que sea capaz de construir la seguridad que tanto se necesita. No omitimos mencionar que la policía al ser el primer contacto con la ciudadanía tiene el valor fundamental de articular a la gente.

El clima de violencia que cubre a todo el territorio nacional, obliga al Estado mexicano a rescatar los valores éticos, recuperar la confianza y la credibilidad del pueblo y con ello el bienestar social, sólo se podrá arribar a él, mediante el combate efectivo de la corrupción, la impunidad, y la inseguridad. Hoy en día se ha planteado la necesidad de redefinir el modelo policial mexicano, en consecuencia las instituciones, deben mantenerse a la vanguardia para responder a las exigencias que el momento histórico requiere.

Ahora bien la experiencia legislativa mexicana ha creado organismos desconcentrados mediante leyes, decretos del ejecutivo, reformas a reglamentos interiores de Secretarías de Estado o nuevos reglamentos y también sobre acuerdos presidenciales. En cambio, los organismos descentralizados, según se desprende del artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,

“son organismos descentralizados las entidades creadas por ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cualquiera que sea la estructura legal que adopten”.

Como se puede observar todos los organismos descentralizados son creados, bien sea por una ley, emitida por el Congreso de la Unión o por un decreto del Ejecutivo, y cuentan con régimen jurídico propio que regula su personalidad, su patrimonio su denominación, su objeto y su actividad.

Con el sustento legal anterior y con la necesidad de la creación de una instancia gubernamental, en virtud de que en nuestro país no existe un órgano que haga las veces de un observatorio para las corporaciones policíacas como ha ocurrido exitosamente en otras regiones del continente como Venezuela o Colombia. El objetivo de este órgano es diseñar un perfil de policía que sirva como referente para determinar lo que está bien o mal dentro de los cuerpos policíacos.

El proyecto que se propone encuentra sustento jurídico en el párrafo noveno del artículo 21 de la Carta Magna que en lo conducente a la letra dice:

La seguridad pública es una función a cargo de la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala: La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.

Sin embargo tal precepto no le da cobertura jurídica al proyecto de ley propuesto en tal sentido se propone la adición de un párrafo segundo a la fracción XXIII del artículo 73 de nuestra Constitución General de la República, y con ello mantener en congruencia legislativa que se requiere.

Con base en ello surge la necesidad de revisar el marco normativo para la creación de un órgano que se constituya en el garante y protector de los derechos y de las garantías de los ciudadanos así como de los integrantes de seguridad pública y la procuración de justicia, sin que esta función entre conflicto con las desarrolladas por las Comisiones de Derechos Humanos o cualquier ente laboral. Porque la finalidad que se busca es procurar la satisfacción del interés general en forma rápida, idónea y eficaz.

La propuesta es constituir una instancia que sea el portavoz de la ciudadanía, pero al mismo tiempo defensor de los elementos policíacos que vean vulnerados sistemáticamente sus derechos y garantías; que tenga capacidad legal plena para que sus determinaciones sean cumplidas por los mandos superiores de esas corporaciones. Lo anterior en virtud de que en infinitas ocasiones los altos funcionarios actúan bajo el manto de la impunidad aprovechando la posición que guardan, en detrimento del tejido social y de la esfera jurídica de sus subalternos.

La función esencial de la institución que se propone, es la de recibir las quejas de los elementos de la Seguridad Pública y del personal de procuración de justicia del ámbito federal, así como la de los ciudadanos por considerar que se violentan de manera grave sus derechos y garantías individuales frente a los actos y omisiones de las autoridades de mayor rango que cada vez se muestran mas arbitrarios en los operativos, retenes o revisiones que ejecutan, por ello resulta inevitable e irreversible en el Estado social de nuestra época; procurar una solución rápida a las cuestiones planteadas y, de no ser posible, realizar una investigación para concluir con una Recomendación no obligatoria que, en su caso, pretende reparar la violación, si considera que ésta se cometió.

La autonomía se justifica plenamente para conferirle total libertad e independencia ante las propias autoridades responsables cuya conducta deben supervisar, pero no significa que no deban rendir cuentas de su actuación ni verse excluidas de la obligación de transparentar su gestión y abrirse al escrutinio público y de los órganos de representación popular.

También se propone que este organismo no tenga facultad para conocer de asuntos electorales, pero si de la violación de otros derechos, el sustento es que urge crear la figura de auditor de la policía, visitador u ombudsman con mandato y facultades en materia laboral, pero sólo y exclusivamente cuando los funcionarios superiores abusen de su condición en contra de los subalternos con la finalidad de que éstos tengan un comportamiento que obedezca los caprichos de aquellos, forzamientos que luego son inducidos a convertirlos en cómplices a fuerzas de los actos de corrupción en que se ven involucrados.

El contenido de la iniciativa es de un título I, de las disposiciones generales y de las convenciones, que aplican le una mayor y mejor comprensibilidad;  la naturaleza y competencia del órgano que se crea: un título II denominado de la integración de La Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública, su integración, facultades, la mediación, el procedimiento para resolver las quejas que se le formulen tanto por elementos de seguridad pública o de procuración de justicia, los medios de prueba, la improcedencia de la queja, el procedimiento para emitir la recomendación y las disposiciones finales, todo contenido en seis capítulos y 39 artículos.

En Nueva Alianza realizamos nuestro trabajo con un alto compromiso social  para responder con profundo respeto y eficacia a todos, a la problemática imperante, en busca siempre de la excelencia. Asumimos con seriedad, responsabilidad el encargo y la confianza que el colectivo social nos depositó, en tal sentido, hacemos propias sus exigencias porque seguros estamos que sólo mediante el trabajo lo lograremos.

Por lo expuesto y fundado, Nueva Alianza somete a la aprobación de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción XXIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se expide la Ley que crea la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública, y se reforma el párrafo tercero del artículo tercero de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales

Artículo Primero. Se adiciona un párrafo segundo a la fracción   del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar en los términos siguientes:

Artículo 73. ...

I. a XXII. ...

XXIII.Para...

Para expedir leyes que instituyan la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública dotada de plena autonomía para dictar sus resoluciones, y que tengan a su cargo dirimir en materia de quejas respecto a conductas de los servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, y en general de los de seguridad pública del Distrito Federal, nivel estatal y municipal así como de las procuradurías del Distrito Federal y estatales.

XXIV-XXX

Artículo Segundo. Se crea la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública; para quedar como sigue:

Título I

Capítulo ÚnicoDisposiciones Generales

Artículo 1o.Esta ley es de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional en materia de quejas respecto a conductas de los servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, y en general de los de seguridad pública del Distrito Federal, nivel estatal y municipal así como de las procuradurías del Distrito Federal y estatales.

Artículo 2o. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

I. Procuraduría. A la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública.

II. Instituciones de seguridad pública: a las instituciones policiales, y de Procuración de Justicia, y dependencias encargadas de la seguridad pública a nivel federal, local y municipal;

III. Instituciones de procuración de justicia: a las instituciones de la federación y entidades federativas que integran al Ministerio Público;

IV. Instituciones policiales: a los cuerpos de policía, de vigilancia y custodia de los establecimientos penitenciarios, de detención preventiva, o de centros de arraigos; y en general, todas las dependencias encargadas de la seguridad pública a nivel federal, local y municipal, que realicen funciones similares;

V. Secretaría: a la Secretaría de Seguridad Pública del gobierno federal;

VI. Secretario Ejecutivo: el titular del secretariado del Instituto Ciudadano para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y Elementos de Seguridad Pública;

VII. garantías individuales. Los derechos y libertades propiamente dichos del ser humano como: la vida, la libertad, el derecho al trabajo, la integridad física y la moral, las previstas del artículo primero al 29 de la constitucional política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 3o. Las quejas a que se refiere el artículo anterior podrán ser promovidas por los servidores públicos que formen parte de las instituciones de seguridad pública, instituciones de procuración de justicia e instituciones policiales que desempeñen un orden de jerarquía menor en contra de sus superiores o las que presentes los ciudadanos contra ambos rangos, por considerar que el proceder de los primeros vulnera gravemente los derechos y garantías de estos últimos.

Artículo 4o.La Procuraduría, es un organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, y tiene por objeto esencial la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos garantías que ampara el orden jurídico mexicano, sobre todo cuando son vulnerados gravemente por los funcionarios públicos con rango superior en contra de sus subordinados que laboren en las dependencias mencionadas en el artículo segundo de este ordenamiento, o las cometidas por esos servidores públicos en contra de los ciudadanos.

Artículo 5o.La Procuraduría, tendrá competencia en todo el territorio nacional, para conocer de las quejas mencionadas en el artículo siete de la presente ley.

Artículo 6o.Los procedimientos que se sigan ante la Procuraduría deberán ser breves y sencillos, y estarán sujetos sólo a las formalidades esenciales que requiera la documentación de los expedientes respectivos. Se seguirán además, de acuerdo con los principios de inmediatez, concentración y rapidez, y se procurará, en la medida de lo posible, el contacto directo con quejosos, denunciantes y autoridades, para evitar la dilación de las comunicaciones escritas.

El personal de la Procuraduría deberá manejar de manera confidencial la información o documentación relativa a los asuntos de su competencia.

Título IIIntegración de la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública

Capítulo IDe su Integración y Facultades

Artículo 7o.La Procuraduríaestará conformada por un consejo que integrarácon un presidente, una secretaría ejecutiva, hasta cinco vicepresidentes, quienes deberán ser ciudadanos mexicanos, que gocen de reconocido prestigio y buena reputación y que cuenten con conocimientos o experiencia en las materias relacionadas con las funciones naturales del instituto, así como el número de personal profesional, técnico y administrativo necesario para la realización de sus funciones y tendrá las atribuciones.

I.  Recibir, conocer e investigar a petición de parte, o de oficio, las quejas y/o denuncias sobre presuntas violaciones graves de los derechos y/o garantías consignadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los siguientes casos:

a)Por actos u omisiones de autoridades de seguridad pública y procuración de justicia de carácter federal, que vulneren de manera grave y sistemática los derechos y/o garantías de sus subalternos;

b)Cuando las autoridades mencionadas en el inciso precedente vulneren de manera grave y sistemática los derechos y/o garantías de los ciudadanos; y

c)Aquellas que sean acordadas por el consejo del instituto

II. Recibir toda la información y pruebas que aporten los servidores públicos y que tengan relación con las quejas planteadas y, en su caso, requerir aquéllas otras que sean necesarias para dilucidar tales quejas, así como practicar las diligencias que correspondan;

III. Intervenir en amigable composición para conciliar conflictos derivados de las quejas y denuncias presentadas contra los funcionarios públicos de rango superior de la secretaria de seguridad pública federal y la procuraduría general de la república  por alguna de las causas que se mencionan en los incisos a) y b) de la fracción III de este artículo.Para lo cual procurará el avenimiento entre los quejosos y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado, siempre y cuando la naturaleza del caso lo permita;

IV. Fungir como árbitro y pronunciar las recomendaciones o laudos que correspondan cuando las partes se sometan expresamente al arbitraje;

V. Emitir opiniones sobre las quejas de que conozca, así como intervenir de oficio en cualquier otra cuestión que se considere de interés general en la esfera de su competencia;

VI. Hacer del conocimiento del órgano de control competente, la negativa expresa o tácita de un servidor público de proporcionar la información que le hubiere solicitado el instituto en el ejercicio de sus atribuciones;

VII. Hacer del conocimiento del titular del Ejecutivo federal y a la Cámara de Diputados, la negativa expresa o tácita de los funcionarios públicos que se les haya requerido información por el instituto. Asimismo, informar del incumplimiento por parte de los citados, de sus resoluciones, de cualquier irregularidad que se detecte y de hechos que, en su caso, pudieran llegar a constituir la comisión de algún ilícito;

VIII. Asesorar a los gobiernos de las entidades federativas para la constitución de instituciones análogas al instituto;

IX. Formular recomendaciones no vinculatorias y denuncias y quejas ante el titular del poder ejecutivo federal y hacerlas del conocimiento de la Cámara de Diputados, concernientes a las quejas y denuncias que tenga conocimiento;

X.Expedir su reglamento interno;

XI.Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de su competencia;

XII. Brindar asesoría e información sobre los efectos jurídicos y el alcance de los mismos sobre las quejas o denuncias ante ella promovidas a los quejosos y/o denunciantes;

XIII. Evaluar el desempeño de las autoridades de seguridad pública y de procuración en cuanto el cumplimiento o no de las resoluciones que emita la Procuraduría así como la incidencia en el número de quejas que se promuevan en contra de aquellas;

XIV. Realizar estudios y consultas, foros o encuentros ciudadanos, sobre la problemática y repercusión social que tienen las acciones que realizan las instituciones de seguridad públicas y de procuración de justicia del ámbito federal, tomando como referencia las quejas presentadas ante el instituto; y

XIV. Las demás que le otorguen la presente ley y otros ordenamientos legales.

Artículo 8o.El presidente, los vicepresidente y secretario ejecutivo de la Procuraduría serán designados por la Cámara de Diputados de una terna que el Ejecutivo federal le proponga y durarán en su cargo por un periodo de seis años pudiendo ser ratificados por un tiempo igual y deberán cumplir con los siguientes requisitos

 I.Ser ciudadanos mexicanos por nacimiento, que no tengan otra nacionalidad y estén en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;

II.Tener más de treinta años de edad;

III.Contar con título profesional de nivel licenciatura debidamente registrado;

IV.Tener reconocida capacidad y probidad, así como contar con cinco años de experiencia en las áreas correspondientes a su función, y

V.No haber sido sentenciados por delito doloso o inhabilitados como servidores públicos.

Artículo 9o.El presidente de la Procuraduría enviará al jefe del Ejecutivo federal y la Cámara de Diputados, un informe anual sobre las actividades realizadas por esta dependencia durante el año del ejercicio de que se trate. Este informe deberá sea publicado en el Diario Oficial de la Federación, y contendrá un resumen descriptivo sobre las quejas que se hayan recibido, las investigaciones y conciliaciones realizadas, así como las recomendaciones y sugerencias emitidas que hayan sido rechazadas o no cumplimentadas por las autoridades responsables, las cumplidas y las pendientes por cumplimentarse; las estadísticas y demás información que se considere de interés.

Asimismo, el informe contendrá las propuestas dirigidas a las autoridades señaladas como responsables, con el objeto de mejorar las prácticas administrativas correspondientes.

Artículo 10.Corresponde al secretario ejecutivo de la Procuraduría:

I. Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones de la Procuraduría y de su presidente;

II. Impulsar mejoras para los instrumentos de operación e información de la Procuraduría;

III. Formular propuestas para el fomentar el respeto a la legalidad;

IV. Compilar los acuerdos que se tomen en la sesión de consejo, llevar el archivo de éstos y de los instrumentos jurídicos que deriven, y expedir constancia de éstos;

V. Informar periódicamente a la Procuraduría y a su presidente de sus actividades;

VI. Verificar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, los convenios generales y específicos en la materia, así como las demás disposiciones aplicables e informar lo conducente a la Procuraduría;

VII. Proponer a la Procuraduría las políticas, lineamientos, protocolos y acciones para el buen desempeño de las instituciones de seguridad pública y de procuración de justicia del ámbito federal;

VIII. Proponer los criterios de evaluación de las instituciones de seguridad pública en los términos de la ley;

IX. Preparar la evaluación del cumplimiento de las políticas, estrategias y acciones del Sistema  de Seguridad Pública;

X. Elaborar y publicar los informes de las actividades de la Procuraduría;

XI. Presentar quejas o denuncias ante las autoridades competentes por el incumplimiento de la ley, los acuerdos generales, los convenios y demás disposiciones aplicables,

XII. Las demás que le otorga esta ley y demás disposiciones aplicables, así como las que le encomiende el instituto o su presidente.

Artículo 11.La tramitación e investigación de quejas, la solicitud de informes y la práctica de diligencias, así como la conciliación y para la solución de conflictos que realice la procuraduría, en cumplimiento de sus funciones, estarán a cargo de los servidores públicos adscritos al organismo y para su designación deberán reunir el perfil y los requisitos que determine el propio reglamento.

Artículo 12.Para lo previsto en el artículo anterior la Procuraduría contará con el cuerpo de asesores especializados en la materia, cuya función consistirá en informar a los quejosos y al público sobre el procedimiento de amigable composición, valorar las controversias que se le planteen en cuanto a ser susceptibles de ser resueltas a través de este mecanismo de solución de controversias o en caso contrario, dar trámite a la queja o denuncia.

Artículo 13.Son obligaciones del conciliador:

I. Dar a conocer a las partes interesadas las características, principios y reglas sobre los que se basa este procedimiento;

II. Valorar si la controversia es objeto de la amiga composición y si las expectativas planteadas por las partes son susceptibles de ser satisfechas;

III. Valorar la capacidad y disposición de las partes para participar en el proceso de amigable composición;

IV. Sensibilizar a las partes interesadas en el servicio de amigable composición para que la utilicen en la solución de su controversia.

Artículo 14.Los procedimientos que se sigan ante la Procuraduría, deberán ser ágiles, expeditos y estarán sólo sujetos a las formalidades esenciales que se requieran para la investigación de la queja, y se seguirán además bajo los principios de buena fe y concertación, procurando en lo posible el contacto directo y personal con los quejosos y servidores públicos para evitar la dilación de las comunicaciones escritas.

Artículo 15.Los miembros de seguridad pública y de procuración de justicia y los ciudadanos que consideren que han sido violados sus derechos o garantías por las autoridades mencionadas podrán presentar quejas o denuncias en los términos de esta ley, a través de sus representantes.

Artículo 16.Si la autoridad no atiende las solicitudes, sugerencias o recomendaciones emitidas por el Instituto, éste podrá solicitar la intervención del superior jerárquico correspondiente, para obtener el cumplimiento de las mismas.

Si subsiste el incumplimiento, la Procuraduría lo hará del conocimiento del jefe del Ejecutivo y de la Cámara de Diputados.

Artículo 17.Los servidores públicos de las dependencias de seguridad pública y procuración de justicia federal están obligados a auxiliar en forma preferente y adecuada al personal de la Procuraduría en el desempeño de sus funciones, y rendir los informes que se les solicite en el término establecido por la presente ley.

El acceso a los documentos y las solicitudes de información deberán estar debidamente justificados, y referirse a las quejas específicas objeto de la investigación correspondiente. Cuando por cualquier motivo no sea posible proporcionar los informes solicitados, el hecho que motivó la queja deberá acreditarse por escrito haciendo constar las razones.

Artículo 18.Los reportes de la ciudadanía relacionados con el uso abusivo de la fuerza por parte de de las policías federal y ministerial en con motivo de sus funciones se atenderán en vía de queja, conforme al procedimiento establecido en esta ley.

Artículo 19.La presentación de las quejas o inconformidades a que se refiere esta ley no requerirán de formalidad alguna. Podrán ser verbales o escritas, presentarse por vía telefónica o por cualquier otro medio electrónico, sin más señalamiento que el asunto que la motive y los datos generales de quién la presente.

Sin embargo, excepcionalmente la Procuraduría, atendiendo la naturaleza de la queja, podrá solicitar la ratificación de la misma en el término de tres días hábiles, y de no ser así se tendrá por no presentada. En este último caso los quejosos, al ratificar su queja, deberán acreditar su interés en el asunto.

Artículo 20.La Procuraduría una vez presentada la queja procederá a:

I.Conciliar conforme a derecho, el interés particular de los quejosos afectados por actos de la Secretaria de Seguridad Pública Federal y de la Procuraduría General de la República donde prevalecerá el interés mayor de la sociedad; y

II.Formular sugerencias de carácter interno a la autoridad en materia administrativa y de servicios públicos, previas a la recomendación pública, con base en el análisis de las quejas presentadas por la ciudadanía por los integrantes de la policía federal o ministerial;

III.Emitir recomendaciones debidamente fundadas y motivadas, a los titulares de seguridad pública y de procuración de justicia federal, así como el resultado de la investigación de las quejas presentadas por la ciudadanía;

IV.Difundir y publicar las recomendaciones emitidas a las autoridades mencionadas, a través del Diario Oficial de la Federación; y

V.Establecer una adecuada concertación con las asociaciones civiles y agrupaciones privadas que realizan funciones de asesoría y gestoría social, celebrando para tal efecto los convenios e instrumentos legales que sean necesarios para la eficaz atención de los asuntos que reciban;

VI.Las demás que establezcan esta ley otras disposiciones

Capítulo IIDel Procedimiento de la Queja

Artículo 21.El procedimiento se iniciará con el análisis de la queja, a fin de decidir su trámite o no. En el supuesto de que deba rechazarse, se notificará al interesado sobre las razones que motivaron la no aceptación, y en tal caso, se le orientará sobre la vía a la que puede acudir.

Artículo 22.Cuando la queja sea incierta e irregular, se solicitará al interesado que la aclare, concediéndole para ese efecto un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación y en caso de no hacerlo se tendrá ´por no presentada.

Artículo 23.Atendiendo la naturaleza de la queja y si de su análisis se advierte la gravedad del asunto, se subsanarán las deficiencias e irregularidades que presente, para darle admisión, una vez radicada se procederá a investigar los hechos, solicitando de la dependencia cuestionada un informe escrito y pormenorizado sobre los hechos que motivaron la queja, mismo que deberá presentarse dentro del término de cinco días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la solicitud en cuestión.

Las autoridades responsables, podrán argumentar si son ciertos o no los hechos aludidos por el quejoso, para lo cual deberán expresar las razones, circunstancias y hechos que motivaron su actuación.

Asimismo, manifestaran si existe la disposición o no para proceder a subsanar el agravio invocado por el quejoso.

En caso de comprometerse a lo anterior la Procuraduría verificará que dicho ofrecimiento se realice, en un término razonable, el cual no deberá exceder de 15 días hábiles, atendiendo en todo tiempo a la naturaleza de la queja para que en su oportunidad dar por concluido el asunto.

Todos los informes solicitados por la Procuraduría deberán rendirse de manera obligatoria.

Artículo 24.En caso de no obtener respuesta por parte de la dependencia, requerida, dentro del plazo a que se refiere el artículo anterior, se tendrán por ciertos los hechos mencionados en la queja; pudiendo la Procuraduría, realizar las investigaciones procedentes en el ámbito de sus funciones y ejercer las acciones pertinentes.

La Procuraduría podrá imponer una multa hasta por treinta días de salario al funcionario omiso.

Artículo 25.Si durante el trámite de la queja se acredita alguna de las causas de improcedencia o se comprueba la inexistencia de los hechos que se reclaman, se sobreseerá el asunto, notificándole al quejoso las razones y fundamentos que tuvo para ello, y ordenará el archivo del expediente como asunto concluido.

Artículo 26.La Procuraduría turnará a la Secretaría de la Función Pública Federal, las quejas que se hagan de su conocimiento y que a su juicio impliquen o supongan una responsabilidad atribuible a servidores públicos, en los términos de la legislación aplicable, informando de ello al interesado.

Artículo 27.La Procuraduría, en los casos en que por la naturaleza de la queja se considere necesario, buscará avenir los intereses de las partes. Esta audiencia deberá celebrarse dentro de los ocho días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la queja.

Artículo 28.Si el representante de la dependencia, no comparece a la audiencia prevista en el artículo anterior, se harán acreedores a las medidas establecidas en esta ley. En caso de que el quejoso no comparezca a la audiencia y justifique la causa de su inasistencia dentro del plazo de tres días hábiles posteriores a la fecha de la audiencia, se señalará nueva fecha para la celebración de la misma. En caso de que no comparezca por causa justificada, se le tendrá por desistido de su queja, en consecuencia se archivará el expediente teniéndose como asunto concluido.

Artículo 29.En la audiencia, el conciliador designado para la atención del asunto presentará a las partes un resumen de la queja y del informe de la autoridad, en caso de que se hubiese requerido, señalando los elementos comunes y los puntos de controversia, proponiéndoles en forma imparcial opciones de solución. De toda audiencia se levantará el acta respectiva.

Artículo 30.Si las partes llegaren a un acuerdo se concluirá la queja, mediante la firma del convenio a que hayan llegado, mismo que deberá estar ajustado a derecho. En caso de incumplimiento se dejarán a salvo los derechos de las partes para que los hagan valer ante la instancia correspondiente.

En el supuesto de que la conciliación no se logre se continuará con la investigación y trámite de la queja, para determinar lo que en derecho proceda.

Capítulo IIIDe los Medios de Prueba

Artículo 31.Los hechos motivo de la queja podrán acreditarse por cualquier medio, como pueden ser los siguientes:

I. Los documentos públicos y privados;

II. Los testimonios;

III. Dictamen de peritos;

IV. Las presunciones: legales y humanas; y

V. La técnica considerándose como tal cualquier medio surgido de la ciencia y de la tecnología.

Capítulo IVDe la Conclusión de la Queja

Artículo 32.El trámite de la queja se considerará concluido cuando:

I. Las partes concilien sus intereses;

II. La dependencia, dé respuesta satisfactoria al quejoso;

III. El o los actos de la responsable que motivaron la queja, estén debidamente fundados y motivados, a juicio de la Procuraduría;

IV. El quejoso manifieste expresamente su desistimiento;

V. Se emita, y en su caso, se haga pública la recomendación respectiva; y

VI. En los demás casos previstos en la presente ley.

Capítulo VIDe la Improcedencia de la Queja

Artículo 33.No procederán las quejas que se presenten en forma anónima, temeraria, de mala fe o que versen sobre actos:

I. Que se refieran a la materia electoral;

II. Relacionados con la seguridad del Estado;

III. Asuntos que se encuentren sujetos a trámite ante un órgano administrativo o jurisdiccional; y

IV. Los relacionados con una averiguación previa ante el Ministerio Público;

Capítulo VProcedimiento de la Recomendación

Artículo 34.Si la autoridad no justifica conforme a derecho su actuación en relación al contenido de la queja, la Procuraduría, analizará y valorará los elementos que integran el expediente, para la procedencia de la emisión de la recomendación.

Artículo 35.Para la formulación de la recomendación deberán analizarse de manera integral, los hechos, argumentos y pruebas, así como las diligencias practicadas, a fin de determinar si las autoridades o servidores públicos han violado o no los derechos y garantías de los promotores de las quejas, al haber incurrido en actos u omisiones ilegales.

 Artículo 36.La Recomendación deberá contener los siguientes elementos:

I. Narración sucinta de los hechos materia de la queja;

II. Descripción de la situación jurídica general en que la autoridad responsable en vía de acción o de omisión ha violentado sistemáticamente los derechos o garantías de los interesados;

III. Observaciones, pruebas y razonamientos lógico-jurídicos en que se soporte la violación a los principios de legalidad, honestidad, eficiencia y oportunidad en que debió conducirse la autoridad; y

IV. Concluir con recomendaciones específicas, señalando las acciones concretas que se solicitan que la autoridad cuestionada lleve a cabo para efecto de observar la aplicación correcta de la legislación vigente respecto del caso en estudio.

Artículo 37.Una vez que la recomendación haya sido emitida por la Procuraduría, se notificará de inmediato a la autoridad a la que vaya dirigida, a fin de que ésta tome las medidas necesarias para su cumplimiento.

La autoridad a la que se dirija la recomendación deberá informar en 15 días sobre el cumplimiento. La autoridad o servidor público que haya aceptado la recomendación tendrá la responsabilidad de su total cumplimiento.

En caso de no ser cumplimentada la recomendación, el presidente de la Procuraduría deberá hacer del conocimiento de la opinión pública, e informar de ese hecho al titular del poder ejecutivo y la cámara de diputados la negativa u omisión de la autoridad responsable.

Capítulo VIDisposiciones Finales

Artículo 38.La Procuraduría promoverá permanentemente la participación y colaboración ciudadana, para el cumplimiento de su labor y con ese propósito podrá suscribir convenios con las organizaciones civiles y privadas que se consideren necesarios.

Artículo 39.La Procuraduría deberá promover la más amplia difusión de sus funciones y servicios entre la ciudadanía, así como de sus programas de acción social, a efecto de lograr la mayor conciencia de la sociedad para ejercer sus derechos constitucionales y legales.

Del mismo modo, para preservar e incrementar su influencia y autoridad moral, y dotar de transparencia a sus actuaciones, la Procuraduría deberá también difundir ampliamente sus recomendaciones e informes periódicos.

Artículo Tercero.Se reforma el párrafo tercero del artículo tercero de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales para quedar como sigue:

Articulo 3o.Las...

...

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Procuraduría Agraria, la Procuraduría Federal del Consumidor, la Agencia de Noticias del Estado Mexicano y la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de SeguridadPública, atendiendo a sus objetivos y a la naturaleza de sus funciones, quedan excluidas de la observancia del presente ordenamiento.

...

Transitorios

Primero.La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.El reglamento de la presente ley deberá expedirse dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que ésta entre en vigor.

Tercero.EL Ejecutivo, dentro de los 180 días siguientes en que entre en vigor el presente decreto, formulará la terna de las personas a formar parte del Consejo de la Procuraduría, así como quien fungirá como presidente de ésta.

Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 3 de marzo de 2011.— Diputadas: Cora Cecilia Pinedo Alonso, María Dina Herrera Soto, Rosalina Mazari Espín (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de la Función Pública y de Gobernación para dictamen; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión.



VERIFICACION DE QUORUM

El diputado Ignacio Téllez González(desde la curul): Presidente, con todo respeto, en vista de que ni siquiera los expositores de las modificaciones de ley están aquí presentes y al no haber quórum, creo que lo más sano sería que nos retiráramos porque estamos dando un espectáculo no digno para un Poder Legislativo como es el de este país. Le pido de la manera más atenta que verifiquen el quórum.

Presidencia del diputado Amador Monroy Estrada

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Estamos atentos a eso, diputado. Proceda la Secretaría a dar lectura a los encabezados de las proposiciones del orden del día, por favor.



COMISION ESPECIAL PARA INVESTIGAR EL DESTINO DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE AHORRO CAMPESINO DE LOS EX TRABAJADORES BRACEROS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se crea una comisión especial para investigar el destino de los recursos del Fondo de Ahorro Campesino de los ex Trabajadores Braceros y determinar la administración en que se extraviaron, a cargo de la diputada María Sandra Ugalde Basaldúa, del Grupo Parlamentario del PAN

El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política la creación de una comisión especial para investigar el destino de los recursos del Fondo de Ahorro Campesino de los ex trabajadores braceros, así como determinar la administración en que se extraviaron, con base en las siguientes

Consideraciones

Habiendo pasado ya casi siete décadas desde que se firmó el convenio binacional entre México y Estados Unidos para que trabajadores mexicanos fueran a Estados Unidos a cubrir la escasez de mano de obra agrícola, derivada de su participación en la Segunda Guerra Mundial, sigue sin haber la claridad suficiente sobre el fondo “extraviado” durante alguna de las administraciones previas al año 2000.

Fueron alrededor de 5 millones de mexicanos los que trabajaron en los campos agrícolas estadounidenses de 1942 a 1964 con la promesa de que, a su regreso a México, el Gobierno Mexicano les devolvería el 10 por ciento de sus respectivos salarios que les fue retenido, y guardado en el entonces Banco de Crédito Agrícola, posteriormente Banrural.

Sin embargo, a 47 años de haber concluido el convenio, la sociedad mexicana sigue sin conocer en qué momento o momentos los ahorros de los trabajadores braceros fueron drenados hasta desaparecer por completo, así como tampoco el cómo es que desapareció el dinero del Fondo de Ahorro Campesino de los trabajadores braceros.

El día de hoy, la consolidación democrática exige otorgar a la ciudadanía la certeza sobre el destino de los recursos de la administración pública, y en este entendido, no sólo es menester el continuar trabajando para pagar a cada uno de los trabajadores braceros el dinero que se les debe, sino dar a la sociedad mexicana la verdad sobre el destino del fondo de ahorro, así como sobre durante cuál o cuáles de las administraciones citadas se malversaron los fondos, afectando a millones de trabajadores ex braceros.

La opacidad y la corrupción son dos de los peores enemigos de todo sistema político democrático, por lo que promover acciones que fortalezcan la transparencia y la rendición de cuentas abonará el terreno hacia una mejor democracia mexicana, en la que las ciudadanas y los ciudadanos cuenten con la certeza de que las instituciones están a su servicio, y de que los recursos ejercidos por la administración pública tienen el destino correcto, en términos de lo que determinan las leyes y reglamentos.

Toda vez que los recursos del denominado Fondo de Ahorro Campesino de los ex trabajadores braceros no fueron utilizados como era debido, y que misteriosamente se extraviaron en actividades diferentes a las que estaba destinado resulta necesario dar a la ciudadanía la verdad sobre el destino de los recursos.

Existe una deuda histórica, no sólo con los braceros, sino con la sociedad mexicana en su conjunto. Hoy que la transparencia, la rendición de cuentas y el compromiso con la verdad resultan tan fundamentales para la consolidación de nuestra democracia, y para seguir configurando una mejor ciudadanía, es menester que la sociedad mexicana sepa la verdad sobre el Fondo de Ahorro Campesino de los trabajadores ex braceros.

Así entonces, resulta indispensable investigar sobre la de-saparición del fondo de ahorro de los ex trabajadores braceros, para que sea posible rastrear cabalmente en qué administración desapareció, así como saber qué uso se le dio.

Por lo expuesto, se somete a consideración de esta asamblea la siguiente propuesta con

Puntos de Acuerdo

Primero.Se crea la comisión especial o, en su caso, un grupo de trabajo para investigar el destino de los recursos del Fondo de Ahorro Campesino de los ex trabajadores braceros, así como determinar la administración en que se extraviaron.

Segundo.La Junta de Coordinación Política presentará al pleno una propuesta de integración plural de esta comisión especial.

Tercero.La comisión especial contará con un plazo para efectuar sus trabajos cuando se haya cumplido el objetivo por la que fue creada y presentará un informe de los resultados ante el pleno de la Cámara de Diputados o, en su caso, ante la Comisión Permanente del Congreso General.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputada María Sandra Ugalde Basaldúa (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se turna a la Junta de Coordinación Política.



PRACTICAS MONOPOLICAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a aplicar la ley por la Cofetel, la Cofeco, la Profeco y la SCT, y terminar con las prácticas monopólicas, a cargo del diputado Samuel Herrera Chávez, del Grupo Parlamentario del PRD

El  suscrito, diputado Samuel  Herrera  Chávez, perteneciente al Grupo Parlamentario del  Partido de la Revolución Democrática a la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 67, numeral 1, inciso b, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6o., fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados; y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo para  exhortar al titular del Ejecutivo a efecto de que, con las facultades que la ley le confiere, mediante la Cofetel, la Cofeco, la Profeco, la SCT, aplique la ley y termine de una vez por todas con las prácticas monopólicas, al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

La confrontación entre los señores Carlos Slim Helú, Emilio Azcarraga Jean y Ricardo Salinas Pliego es en mucho responsabilidad de este Congreso. Así es, la falta de certidumbre jurídica, instituciones sólidas, con autoridad suficiente, instrumentos contundentes e independencia necesaria ha hecho que los dueños de los grandes monopolios, en la defensa de sus intereses, trasladen los perjuicios a la institucionalidad de nuestro país y a sus consumidores.

Es realmente vergonzoso observar a los monopolios acusándose los unos a los otros sobre responsabilidades en la falla de los servicios que prestan, las altas tarifas que cobran por éstos, la falta de mecanismos precautorios o compensatorios ante el abuso y daño ocasionado a los usuarios y que, tanto la Comisión Federal de Competencia (Cofeco), la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la propia Secretaría de Telecomunicaciones (SCT), el Ejecutivo y el Legislativo, se reduzcan a observar y ser dueños de lúcidas indignaciones.

En este poder se encuentra durmiendo el sueño de los justos dos minutas fundamentales que pueden revertir este gran problema, a saber, la Ley Federal de Competencia Económica y la que da origen a la ley secundaria que regula el 17 constitucional en materia de acciones colectivas.

Las prácticas monopólicas absolutas que en la mayor parte del mundo se sanciona con cárcel, en nuestro país se reducen a multas irrisorias en comparación con las utilidades obtenidas por el abuso a los consumidores y el dominio que tienen en el mercado. Y teniendo la posibilidad de rectificar esta situación otorgando certidumbre mediante la modificación a la legislación.

La Comisión de Economía tiene un papel fundamental en la dictaminación de las dos leyes. Respetuosamente solicito a su presidente pueda informar siquiera de las fechas y ruta que llevan la discusión de las mismas. No esperemos a que los órganos reguladores se deslinden de su responsabilidad con el argumento de que somos nosotros quienes incumplimos por no dotar de nuevas leyes para sancionar a los monopolios.

Recientemente se presento iniciativa de reforma adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, Federal de Telecomunicaciones, Federal de Competencia Económica, de la Comisión Reguladora de Energía, de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Federal de Instituciones de Fianzas, General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, con objeto de obsequiarles independencia, de los regulados y dotarlos de dientes en sus facultades.

Con el mayor respeto que me merecen los compañeros que defienden intereses de sectores, no podemos negar que existe ya en el Congreso una telebancada y si esto ocurre en el sector de las telecomunicaciones, los hay también en un sector absolutamente sensible y delicado: el de los alimentos. El mundo tiene hoy 7 mil millones de personas y de seguir creciendo en los mismos porcentajes el abasto de alimentos para poder cubrir la demanda parecerá insuficiente en 2050.  En México, somos 112 336 538 de personas, de acuerdo al censo recientemente dado a conocer  y la falta de certeza para tener una reserva de alimentos no esta claro. Por ello, en no pocas ocasiones caemos en el juego de la especulación de quienes controlan este mercado, los productores pierden, los consumidores pierden y las autoridades tan sólo observan.

En el tema de servicios financieros la historia no cambia mucho. Los abusos en las comisiones que cobran los bancos, la falta de certeza para los usuarios y prácticamente la falta de eficacia de la Condusef, y es una confesión de parte, pues han manifestado el bajo número de recursos de queja y la poca cantidad de conciliaciones que logran.

El pasmo en el que se encuentra Mexicana de Aviación, sea por la irresponsabilidad y engaños de los secretarios del Trabajo y el ex de Comunicaciones y Transportes o por las fallas de PC Capital, o incluso por la obscura administración del señor Gastón Azcarraga, han hecho no sólo que miles de trabajadores se encuentren totalmente en la incertidumbre, además los usuarios están sujetos a la voluntad ominosa del monopolio en el mercado llamado Aeroméxico.

Y podríamos seguir con cada sector observando que son unos cuantos —monopolios— quienes dominan, abusan y en no pocos casos, perjudican la competencia y lesionan a los consumidores. Con el mayor respeto me permito disentir de la opinión de nuestro presidente de la Cámara en el sentido de  que “el gobierno federal intervenga como mediador” en el choque entre Telmex y las televisoras Televisa y TV Azteca o más aún, cuando señala que “respecto a la postura de la Cámara de Diputados, observa muy de cerca la situación y que intervendrá solo en caso necesario”.

Insisto con el mayor respeto, disiento y le recuerdo que la Cámara de Diputados tiene en sus manos dos minutas pendientes que habrá que dictaminar y poner orden en materia de competencia y defensa de los derechos de los usuarios.

Buscaremos y dialogaremos con organizaciones de consumidores a fin de crear entre todos el frente nacional contra los monopolios del que ya tenemos avances. Por las anteriores consideraciones, pongo a consideración del pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.Para exhortar al titular del Ejecutivo federal a efecto de que, con las facultades que la ley le confiere, mediante la Cofetel, la Cofeco, la Profeco, la SCT, aplique la ley y termine de una vez por todas con las prácticas monopólicas, aplicando las multas que se especifican en la ley y otorge más concesiones en televisión abierta y telefonía, a favor de la competencia económica.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputado Samuel Herrera Chávez (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Economía, para dictamen.



JOSE ROGELIO ALVAREZ ENCARNACION

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la publicación y difusión en las escuelas públicas de la Enciclopedia de México, en homenaje del intelectual José Rogelio Álvarez, a cargo de la diputada Ifigenia Martha Martínez y Hernández, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, diputada Ifigenia Martha Martínez y Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6o., fracción I, y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración del pleno una proposición con punto de acuerdo con relación a la publicación y difusión en las escuelas públicas del país de la Enciclopedia de México, elaborada bajo la coordinación del escritor José Rogelio Álvarez, como homenaje póstumo a este académico recientemente fallecido, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 10 de marzo del presente año, el pleno de la Cámara de Diputados rindió un homenaje al escritor, periodista, académico, cronista e impulsor cultural José Rogelio Álvarez Encarnación, quien falleció el pasado 2 de marzo.

En esta tribuna, el diputado Arturo Zamora Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRI, recordó la obra del autor y dijo que fue un “hombre generoso que amó al país, un hombre de letras, que impulsó no sólo la cultura y las letras en Jalisco, sino en todo el país. Tenía una identidad regional, pero ello no le impidió promover las artesanías, la cultura y la literatura de todo el país”.

En su turno, el diputado Enrique Ibarra Pedroza, del Grupo Parlamentario del PT, expresó que José Rogelio Álvarez “no fue un hombre del poder e ideológicamente se declaró liberal y revolucionario.  Un hombre honesto, probo, que amó y aportó mucho a este país”, subrayó y recordó que las comunicaciones en Jalisco deben mucho a este hombre, especialmente por la extensión de las carreteras hacia la costa del Pacífico en la región de Puerto Vallarta.

Por mi parte, como compañera de José Rogelio Álvarez en la Facultad de Economía de la UNAM, al unirme al homenaje en este mismo recinto propuse que las autoridades educativas realicen una edición de la Enciclopedia de México, en mi concepto la obra cumbre del homenajeado, para que sea distribuida en las escuelas públicas del país, como un homenaje al ilustre jalisciense, misma proposición que ahora formalizo.

Al igual que mis compañeros diputados de Jalisco, de donde era oriundo José Rogelio Álvarez, recuerdo con agrado su presencia inteligente, dinámica, sus impulsos juveniles como líder estudiantil y sus fructíferas aportaciones en su madurez, al servicio público de la educación y de la cultura del país.

José Rogelio Álvarez destacó en su larga y fructífera vida profesional como servidor público, empresario, antropólogo, académico, escritor e historiador.  En esta breve semblanza refiero sólo algunos de los aspectos más destacados de su vida.

José Rogelio Álvarez nació en Guadalajara, Jalisco, el 12 de junio de 1922. Hizo la carrera de Historia de México en la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM, y llevó cursos adicionales en la Escuela Nacional de Economía y en la de Antropología e Historia, de donde en 1953 se reintegró a Jalisco.

De 1967 a 1970 fue consejero del secretario de Educación Pública. Formuló algunos de los materiales fundamentales de la reforma educativa. Dirigió la revista El Maestro(24 números en un año) y escribió la memoria de la SEP bajo el título La educación pública en México 1964 a 1970 (dos tomos).

En 1969 empezó los trabajos para la elaboración de la Enciclopedia de México, obra que con este título, organizada en 12 tomos, apareció completa en 1977 y de la cual se editaron 140 mil colecciones. Rogelio escribió para cada uno de los 12 tomos que originalmente componen la obra un promedio de 250 cuartillas sobre temas de historia, política, economía y arte; aunque desde luego  tuvo la colaboración de cuatrocientos especialistas de todo el país, reescribió buena parte de ese material. En años sucesivos la obra se actualizó y fue objeto de varias ediciones y reimpresiones.

La Enciclopedia de México es una obra clásica, resumen de tipo histórico sobre México, indispensable para la consulta e interpretación de los hechos y personajes que han forjado nuestro país.

En paralelo a esa labor, José Rogelio Álvarez, en 1978, fue consejero del secretario de Educación Pública, el maestro Agustín Yáñez, con quien también colaboró durante su gobierno en Jalisco. En ese carácter intervino en el diseño y creación de las Delegaciones Generales de la SEP en todos los estados de la república; en 1979 ocupó la Dirección General del Consejo Nacional de Fomento Educativo, donde consiguió que la Asociación de Banqueros de México emprendiera una campaña de captación de recursos en apoyo de las tareas de ese organismo.

Muchas otras referencias podrían hacerse a la trayectoria de brillante intelectual y honesto servidor público, José Rogelio Álvarez. Baste recordar que fue miembro del Consejo de la Crónica de la Ciudad de México y de la Academia Mexicana de la Lengua, donde realizó importantes aportaciones. Por ellas, recibió el Premio Jalisco en 1977; la medalla Benito Juárez de la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística en 1993; el Premio Ciudad de Guadalajara en 1994; y el doctorado honoris causa de la Universidad de las Américas en 1995.

Sin embargo, está aún pendiente el reconocimiento y homenaje que requiere su enorme aportación para el conocimiento de nuestro país y su historia, que debe estar al alcance de todos nuestros niños y jóvenes.

En virtud de los anteriores considerandos y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6o., fracción I, y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Se exhorta atenta y respetuosamente al Ejecutivo federal a efecto de que por conducto de la Secretaría de Educación Pública, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito y las demás dependencias que corresponda se realice una edición de la Enciclopedia de México que sea distribuida a las bibliotecas de las escuelas públicas, lo cual será de invaluable utilidad en la formación de los niños y jóvenes de nuestro país. Ello constituirá un merecido reconocimiento a la trayectoria académica del escritor e historiador jalisciense José Rogelio Álvarez Encarnación, quien coordinó la creación y edición de esta magna obra.

Dado en el Palacio Legislativo, sede de la Cámara de Diputados, Ciudad de México, a 17 de marzo de 2011.— Diputada Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



SISTEMA SISMOLOGICO NACIONAL

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a revisar e implantar con la UNAM procedimientos para la modernización y eficacia del Sistema Sismológico Nacional; y a los gobiernos de los estados, a realizar acciones a fin de instalar una estación sismológica en cada entidad federativa, a cargo del diputado Gerardo del Mazo Morales, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Gerardo del Mazo Morales, diputado integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con fundamento en lo previsto por la fracción I del artículo 6o., 65 y en los numerales 1 y 2 del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, acudo ante el pleno de esta soberanía a presentar la siguiente proposición, con carácter de urgente u obvia resolución al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En México nos solidarizamos y lamentamos la tragedia que envuelve a nuestro país hermano Japón, quien ha sufrido en menos de un siglo cuatro tragedias que han marcado históricamente a esa entrañable nación amiga. Ese pueblo tan ejemplar ha hecho acopio de gallardía y de entereza para superar extraordinariamente las expresiones que la madre naturaleza le ha impuesto.

A escasos cinco días de ocurrido el gran terremoto que sacudió la costa oriental de ese país, los saldos de la catástrofe continúan en aumento, crece la cifra de decesos, los daños materiales se incrementan, el número de damnificados no se puede precisar, aunado a lo anterior sube la expectación por la tensa situación que se mantiene en torno al reactor nuclear de Fukushima, en fin las calamidades se presentan en cadena.

Los mexicanos hemos dado muestras de auxilio y solidaridad con otras naciones hermanas que han sido asoladas por fenómenos naturales de la misma magnitud, como por ejemplo dimos muestras de hermandad con los chilenos, en su momento lo hicimos con Indonesia y claro está, no olvidamos el sismo ocurrido en Haití.

Los terremotos, lluvias, huracanes son algunos de los fenómenos naturales que siempre han estado presentes en el planeta. Su impacto sobre las poblaciones y la destrucción que generan a su paso, son resultado de factores preexistentes en la comunidad determinados por la situación de vulnerabilidad en la que viven miles de hombres y mujeres debido a la pobreza y a la inexistencia o debilidad de políticas de prevención, lo que ocasiona que estas amenazas se conviertan en desastres.

Cuando las poblaciones conocen las amenazas a las que están expuestas y, sobre todo sus capacidades y recursos disponibles para enfrentarlas, aumentan sus posibilidades de prevenir el impacto de los desastres causados por las personas o por fenómenos naturales. Todos los esfuerzos educativos que tengan como objetivo la prevención de los desastres, son una apuesta por el desarrollo y por la vida. Entre mayor sea la educación y organización de una comunidad, mayores serán sus capacidades para prevenir, reducir, mitigar y recuperarse de los efectos de los fenómenos naturales.

Prevenir los desastres constituye una importante acción humanitaria, un acto de responsabilidad y una inversión a favor del desarrollo. Es más eficiente reducir los riesgos ante los desastres que reponer las pérdidas que causan a su paso.

México es un país que ha enfrentado en los últimos años los efectos de inundaciones y lluvias que dañan la infraestructura y lo más doloroso, cuestan vidas, ante hechos como estos, es pertinente que se insista en que es la prevención y el diseño de programas que preparen a la población para enfrentar estas contingencias, las acciones que pueden hacer menos costoso el fenómeno.

Nuestras experiencias están vivas en la memoria de millones de mexicanos, recordamos el sismo del 19 de septiembre de 1985, que afectó la zona centro de México, y que ha sido el movimiento telúrico más significativo y destructivo de la historia de nuestro país, siendo la capital la que resultó más afectada, dejando miles de pérdidas humanas y daños incuantificables en edificios y viviendas.

Una realidad es que México, se encuentra ubicado en una de las zonas de mayor actividad sísmica, donde se producen más de 80 por ciento de los terremotos del planeta. Esta región va desde el sur del continente: Chile, Perú, Ecuador y Colombia, pasando por Centroamérica hasta los Estados Unidos, cubriendo las islas Aleutianas y baja por las costas de Japón, China, Indonesia, Australia y Nueva Zelanda.

De acuerdo con datos del Servicio Sismológico Nacional (SSN), México ha presentado un aumento en el número de sismos de casi 400 por ciento, en relación con lo registrado hace cinco años en territorio nacional, simplemente para el mes de agosto del año pasado, habían ocurrido dos mil 145 movimientos telúricos, de los cuales 440 fueron en Oaxaca, en Guerrero 385 y en Chiapas 354.

En 2009, en el país se reportaron mil 238 temblores; en 2008, mil 29; en 2007, un total de 716; en tanto que en 2006 fueron 540.

En México no podemos quedarnos indiferentes e insensibles ante los acontecimientos de los que hemos sido testigos, no debemos quedarnos con los brazos cruzados, esperando a que surja la tragedia, por ello considero que debemos contar con instrumentos que permitan prevenir un desastre, aún y cuando algunas entidades no tienen problemas de sismos de manera frecuente, debe haber una vigilancia permanente.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, el suscrito diputado integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza somete a la consideración de esta soberanía la presente proposición con

Punto de Acuerdo

De urgente u obvia resolución.

Primero. La Cámara de Diputado del Congreso de la Unión respetuosamente exhorta a la Secretaría de Gobernación para que en coordinación con la Universidad Nacional Autónoma de México revise y se implementen los mecanismos necesarios para la modernización y eficacia del Sistema Sismológico Nacional, e informe a esta soberanía a la brevedad posible sobre el avance de tales acciones;

Segundo. Asimismo se exhorta respetuosamente a los gobiernos de los estados para que realicen las acciones y medidas necesarias, para que en cada entidad federativa se instale una estación sismológica.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputado Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACION CONTABLE

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la federación y locales, a los entes autónomos de la federación y de las entidades, a los municipios, a los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y a las entidades de la administración pública paraestatal a cumplir las disposiciones del Consejo Nacional de Armonización Contable, a cargo del diputado Gastón Luken Garza, del Grupo Parlamentario del PAN, y suscrita por integrantes de la Comisión Especial de seguimiento a la implantación de la reforma constitucional en materia de fiscalización, evaluación y armonización contable

Los que suscriben el presente, diputados y diputadas federales en la LXI Legislatura, integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento de la Implementación de la Reforma Constitucional en materia de Fiscalización, Evaluación y Armonización Contable, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan ante el pleno de esta Cámara de Diputados la siguiente propuesta con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, por la que se hace un respetuoso exhorto a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la federación y de las entidades federativas; los entes autónomos de la federación y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales, a que den cumplimiento a las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Congreso de la Unión y las entidades federativas, en forma conjunta y a través de lo que se denomina como “Constituyente Permanente”, han aprobado en los últimos años, reformas a la Constitución General, con el fin de mejorar el orden jurídico nacional en materia de transparencia, acceso a la información, fiscalización y armonización contable.

Este mecanismo de colaboración institucional para reformar la Constitución federal, ha construido un nuevo régimen de rendición de cuentas sobre los actos y recursos públicos, obligatorios tanto para los órganos federales como para los que integran las entidades federativas y los municipios.

El primer elemento de este nuevo régimen, lo fue la reforma al artículo 6o. de la Constitución federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de julio del año 2007, por medio de la cual, se establecen las bases y principios que deberán observarse por los diversos órdenes de gobierno, en materia de acceso a la información pública.

El segundo elemento, mismo que se aprobó en paquete, fueron las reformas constitucionales a los artículos 73, 74, 79, 116, 122 y 134, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de mayo del año 2008, las cuales están orientadas al gasto público e incluyen disposiciones, sobre presupuesto, armonización en la contabilidad gubernamental, fortalecimiento de los órganos de fiscalización, principios en la administración del gasto público, así como la evaluación de éste.

En este grupo de reformas, uno de los cambios más trascendentes en materia de rendición de cuentas hace referencia a la obligación de homogenizar los sistemas de contabilidad gubernamental. Hasta antes de la reforma citada, cada estado, y en muchos casos, cada municipio, había decidido libremente la forma de llevar a cabo la contabilidad de sus finanzas. Esto significaba que los registros contables de un municipio, cuando los tiene, no son comparables, ni los rubros incluidos en ellos son equiparables con los del municipio vecino. Esto se vuelve en la práctica un problema de transparencia, pues aunque un estado financiero sea público, no necesariamente se cuenta con los elementos de interpretación necesarios; también representa un problema de rendición de cuentas, pues las “cuentas” plasmadas en los registros contables no son confiables ni fidedignas.

La armonización de los sistemas de contabilidad permite comparar los documentos contables de varios gobiernos, y asegura que la información de un gobierno tiene el mismo significado que la de los demás. Para que la información sobre el ejercicio presupuestal, los ingresos, los egresos, la deuda y el patrimonio sea efectivamente pública y transparente, es necesario que sea generada con base en criterios previamente definidos que aseguren que las cuentas públicas dispongan de datos fieles sobre las fuentes y los destinos del presupuesto, con mecanismos de actualización que muestren el valor de las deudas y el patrimonio de cada nivel de gobierno.

Los efectos de la armonización contable inciden no sólo en la transparencia de la información oficial sobre los recursos presupuestales sino, también, en muchos otros componentes de la rendición de cuentas: las evaluaciones y las auditorías; la explicación del ejercicio del gasto y de su eficiencia y eficacia; la calidad del gasto público y la relación costo-beneficio de las políticas públicas y programas del gobierno.

Por todo lo anterior, y una vez agotado el procedimiento constitucional respectivo, el día 31 de diciembre del año 2008, se publicó en el Diario oficial de la Federación, la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Dicha ley, tiene como objeto central, establecer parámetros generales para facilitar el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos, con el fin de medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos, la administración de la deuda pública, así como las obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado.

Es importante destacar, que se prevé un sistema de contabilidad gubernamental que constituye el eje sobre el cual debe girar la contabilidad en los diversos órdenes de gobierno del Estado mexicano. Con este sistema, se exige la aplicación de principios y normas contables generales y específicas bajo los estándares más exigentes nacionales e internacionales. Asimismo, al no existir la sincronía necesaria entre los registros contables y los presupuestarios, la ley exige que los gobiernos federal, estatales y municipales vinculen ambos registros.

Otro elemento sustancial de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, lo es el establecimiento de controles adecuados sobre los bienes destinados a un servicio público, por lo que su articulado obliga a la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal a llevar registros contables, en cuentas específicas del activo, de los bienes muebles e inmuebles, incluyendo equipo de cómputo y vehículos.

Adicionalmente, en el registro patrimonial se incorporan diversas disposiciones respecto a la forma en que debe llevarse el control de los bienes, ya que existen casos, como lo son los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, en los que no puede determinarse un valor y, por ende, deben formar parte de un registro auxiliar. Por otra parte, no es posible llevar un registro adecuado de los bienes si, al mismo tiempo, no existe la obligación de levantar un inventario, por lo que la Ley contiene disposiciones al respecto.

Toda vez que la Ley en cuestión es de carácter general, y que la contabilidad requiere del dinamismo necesario para adaptarse a los nuevos avances y desarrollos técnicos y metodológicos, se incorporó en dicho ordenamiento jurídico, un mecanismo para la creación de disposiciones y lineamientos por parte del Consejo Nacional de Armonización Contable. Dicho consejo, está conformado por la federación, las entidades federativas y los municipios o demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

De esta forma, el consejo se convierte en el ente rector en la materia, cuyas decisiones, tienen carácter obligatorio para los diversos órdenes de gobierno, según lo señalan los artículos 7 y 9 de la ley, debiendo adoptar e implementar éstos, las decisiones que tome el consejo.

La propia ley establece en sus artículos 14 y 15, el procedimiento que debe seguirse para la emisión de disposiciones y para el seguimiento de su cumplimiento. Lo anterior, con el fin de brindar certeza jurídica en cuanto a la eficacia y obligatoriedad de las disposiciones que emita el consejo.

En atención a lo anterior, y cumpliendo con las formalidades previstas por la ley, el consejo emitió de 2009 a la fecha las disposiciones que enseguida se relacionan, las cuales deben ser cumplimentadas por los entes públicos en los plazos establecidos por éste en los acuerdos a que se hace referencia en cada uno de los documentos, y por los previstos en el ordenamiento jurídico en cuestión:

1. Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental

2. Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental

3. Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos

4. Clasificador por Objeto del Gasto

5. Clasificador por Rubros de Ingresos

6. Plan de Cuentas

7. Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos

8. Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas

9. Clasificador por Objeto del Gasto (Capitulo, Concepto y Partida Genérica)

10. Clasificador por Tipo de Gasto

11. Clasificación Funcional del Gasto

12. Adecuaciones al Clasificador por Objeto del Gasto

13. Manual de Contabilidad Gubernamental

Compañeros legisladores, sin duda la contabilidad gubernamental debe servir para dos propósitos fundamentales. El primero, convertirse en una herramienta útil para la toma de decisiones sobre las finanzas públicas. El segundo, informar y rendir cuentas a la población sobre el ejercicio de los recursos públicos. Por ello, y ante la falta de cumplimiento a las disposiciones generadas por el Consejo Nacional de Armonización Contable citadas en el párrafo anterior, es que se surte la obligación de este órgano del Poder Legislativo federal, en exhortar el cumplimiento cabal de la ley.

Queremos hacer hincapié, en que el proceso de reformas a la Constitución federal, conlleva necesariamente la aprobación de la mayoría de los órganos legislativos de las entidades federativas, según lo señala el artículo 135 de nuestra norma máxima, por lo que en forma explícita, dicho orden de gobierno se obliga a cumplir con los mandatos constitucionales correspondientes.

Al aprobarse la reforma a la fracción XXVIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por medio de la cual se dota al Congreso de la Unión de atribuciones para expedir la Ley General de Contabilidad Gubernamental, debe quedar claro que existe un compromiso expreso por las entidades federativas y los municipios, en cumplir con los mandatos constitucionales y las leyes que de ellos se deriven.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, es que sometemos a consideración de esta Cámara de Diputados, la siguiente propuesta con punto de acuerdo de obvia y urgente resolución.

Punto de Acuerdo

Los integrantes de la Comisión Especial de seguimiento a la implementación de la reforma constitucional en materia de fiscalización, evaluación y armonización contable de la LXI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados hace un respetuoso exhorto a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la federación y de las entidades federativas; los entes autónomos de la federación y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales; a que den cumplimiento a las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Diputados: Gastón Luken Garza, Silvio Lagos Galindo, Arturo Santana Alfaro, Jaime Fernando Cárdenas Gracia, Jesús Giles Sánchez, Carlos Martínez Martínez, Elsa María Martínez Peña (rúbricas).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Junta de Coordinación Política.



EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos estatales a implantar políticas de ahorro y austeridad para contribuir al pago de los apoyos sociales a los ex trabajadores migratorios mexicanos, a cargo de la diputada María Sandra Ugalde Basaldúa, del Grupo Parlamentario del PAN

El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas a implementar políticas de ahorro y austeridad para coadyuvar al pago de los apoyos sociales a los ex trabajadores migratorios mexicanos (de 1942 a 1964), con base en las siguientes

Consideraciones

La problemática del pago del fondo de ahorro a los ex trabajadores migratorios mexicanos o braceros que trabajaron en los campos de Estados Unidos, con motivo del convenio binacional vigente de 1942 a 1964, afecta a todas las entidades federativas, pues muchas de ellas son cuna de los braceros que en su momento laboraron en Estados Unidos.

En la administración del presidente Vicente Fox Quesada se creó el Fideicomiso 2106 del Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos (de 1942 a 1964), con la finalidad otorgar un apoyo social en los términos establecidos en la Ley que Crea el Fideicomiso que Administra dicho fondo, de conformidad con lo establecido por el Programa de Trabajadores Migratorios o, en su caso, a sus cónyuges o a los hijos o hijas que sobrevivan y que acrediten la procedencia del mismo, de conformidad con los requisitos que la misma ley determina.

Si bien la ley establece en su artículo primero que será el Ejecutivo federal quien constituirá el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, establece también en su artículo 4o., fracción II, y V, párrafo segundo, las aportaciones que realicen los gobiernos de los estados y el Gobierno del Distrito Federal para incrementar el patrimonio del fideicomiso.

De las aportaciones del gobierno federal para solucionar la problemática del pago a los trabajadores ex braceros o a sus familiares, se ha dado un incremento de casi un 300 por ciento respecto al ejercicio anterior, pasando de trescientos millones de pesos a mil doscientos millones de pesos para 2011.

Podemos así afirmar que el Ejecutivo federal ha hecho su parte para dar solución a la problemática de la deuda a los trabajadores ex braceros, sin embargo se considera que es justo y oportuno que las entidades federativas tomen las medidas de ahorro, austeridad y previsión de recursos para coadyuvar a incrementar el patrimonio del fideicomiso, a fin de dar solución a la problemática que afecta a tantas personas desde hace tanto tiempo.

En la lógica de pleno respeto a las atribuciones de las entidades federativas, se apela a los principios de solidaridad y subsidiaridad para dar cumplimiento cabal y oportuno a la problemática del pago a los ex trabajadores braceros y subsanar con ello la deuda histórica que tiene con ellos el Estado mexicano.

Por lo expuesto, se somete a consideración de esta asamblea la siguiente propuesta con

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas a implementar políticas de ahorro y austeridad para coadyuvar al pago de los apoyos sociales a los ex trabajadores migratorios mexicanos (de 1942 a 1964).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputada María Sandra Ugalde Basaldúa (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Junta de Coordinación Política.



EDUCACION Y CULTURA FISICA EN PLANTELES DE NIVEL BASICO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a iniciar la construcción de infraestructura deportiva en las escuelas de nivel básico carentes de ella, a rehabilitar los espacios deportivos de las instituciones públicas de todo el país y a destinar el presupuesto necesario para ampliar las horas de clase de educación y cultura física en los planteles de nivel básico, a fin de contribuir a las acciones para atender adecuadamente la obesidad infantil, a cargo del diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, propone a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o., párrafo tercero; que toda persona tiene derecho a la protección de la salud; en atención a este precepto constitucional, en la presente administración se han implementado diversas medidas y acciones públicas que pretenden prevenir padecimientos de sobrepeso y obesidad infantil; claro ejemplo de esto es la presentación del Programa Nacional para el combate de la Obesidad Infantil a cargo del presidente Felipe Calderón Hinojosa y 2 que realiza la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud.

El presente punto de acuerdo tiene la intención de reforzar las medidas de prevención y tratamiento de la obesidad infantil tal es el caso del Programa Nacional Contra la Obesidad Infantil el cual se aplicará en las escuelas y cuyo objetivo primario es la prevención y el combate de la obesidad infantil en nuestro país; ya que de acuerdo a datos proporcionados por la Organización Mundial de la Salud (OMS) la obesidad infantil se ha convertido en un serio problema de salud a nivel mundial, para el año 2005 se reportó que en todo el mundo había al menos 20 millones de menores de 5 años con sobrepeso;  estudios recientes realizados en distintos países demuestran que entre 5 y 10 por ciento de los niños en edad escolar padecen obesidad, y en los adolescentes la proporción aumenta hasta situarse en cifras de entre 10 y 20 por ciento.

En México para 2006 los datos de la Encuesta Nacional de Nutrición reportaron que la prevalencia combinada de sobrepeso y obesidad en niños de 5 a 11 años, fue de alrededor de 26 por ciento, para ambos sexos, 26.8 por ciento en niñas y 25.9 por ciento en niños. De acuerdo a esta encuesta se encontró que el incremento más alarmante fue en la prevalencia de obesidad en los niños (77 por ciento) comparado con las niñas (47 por ciento); los resultados señalan la urgencia de aplicar medidas preventivas para controlar la obesidad en los escolares ya que representa alrededor de 4 158 800 escolares en el ámbito nacional con sobrepeso u obesidad; lo que nos indica que actualmente, siete de cada 10 adultos y alrededor de tres de cada 10 escolares y adolescentes tienen un peso excesivo, que pone en riesgo su salud a lo largo de la vida.

Ahora bien, es de vital importancia procurar que se cuente con los medios y recursos necesarios que permitan avanzar en el combate a la obesidad y debemos procurar y vigilar que todas las escuelas públicas del país cuenten con los espacios necesarios para poder desarrollar actividad física y asimismo contar con el personal adecuado para la impartición de dichas actividades.

Para los diputados del Partido Acción Nacional es de vital importancia proteger, atender, y promover la salud física de los niños y jóvenes mexicanos. Por ello dirijo el presente punto de acuerdo, con la finalidad de que se considere la creación y rehabilitación de espacios deportivos en todas las escuelas públicas del país y así contar con los espacios necesarios para que se les proporcione actividad física a los alumnos de las escuelas de nivel básico; además de asignar presupuesto para la ampliación de horas clase de educación deportiva.

Compañeras legisladoras, compañeros legisladores me permito someter a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que inicie la construcción de infraestructura de espacios deportivos en aquellas escuelas públicas de nivel básico que no cuentan con dichos espacios; y asimismo implemente las acciones necesarias para proporcionar la rehabilitación correspondiente a los espacios deportivos ya existentes en las escuelas públicas de todo el país.

Segundo.Se exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que designe el presupuesto necesario para la ampliación de horas de clase de educación y cultura física en escuelas públicas de nivel básico; con la finalidad de contribuir a las acciones públicas para prevenir la obesidad infantil.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO SOCIAL

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que utilice 1 por ciento de los ingresos petroleros excedentes para ampliar el número de beneficiarios del Programa de Coinversión Social del Indesol, a cargo de la diputada María Isabel Merlo Talavera, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita diputada María Isabel Merlo Talavera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo previsto en los artículos 6o. y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a destinar 1 por ciento de los excedentes monetarios derivados de la exportación de petróleo al programa de Coinversión Social de Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol).

Consideraciones

En México existe una gran cantidad de organizaciones que realizan las actividades que el estado no puede o ha dejado de realizar, la mayoría opera con recursos propios o con donativos de particulares, muy pocas tienen acceso a presupuesto público, ya sea por la complejidad de las convocatorias y reglas de operación o por el poco presupuesto que se asigna en este rubro.

A nivel federal existe el programa de Coinversión Social mediante el cual se busca contribuir a la igualdad de oportunidades construyendo capital social mediante el fortalecimiento de los actores sociales, quienes ejecutan proyectos de manera conjunta, para atender necesidades de los grupos sociales en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social.

Factores como pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género y vulnerabilidad social, son un caldo de cultivo que potencializa la generación de recursos humanos para las bandas delictivas. Por lo tanto debemos combatir estos factores como una acción de prevención.

Debemos trabajar no sólo en lo urgente o coyuntural, es imprescindible trabajar en lo importante y por ello es necesario centrar una parte importante de los esfuerzos gubernamentales en la prevención.

Las organizaciones de la sociedad civil, tienen una serie de cualidades que les permiten insertarse de mejor forma en la colectividad, por lo que generan en muchas ocasiones mejores resultados que las acciones gubernamentales.

Algunas de las cualidades que destacan de las organizaciones de la sociedad civil (OSC) son:

Flexibilidad. Dado su pequeño tamaño en comparación con la estructura del estado, responden sin dilación a necesidades cambiantes, aportando novedosos acercamientos a nuevas circunstancias y a problemáticas emergentes. Pueden asimismo hacer más con recursos limitados, y formular y llevar adelante proyectos sociales con métodos no convencionales.

Empatía y compromiso. Quienes trabajan en las organizaciones sin fines de lucro son normalmente personas que sienten un marcado compromiso con aquellos a quienes sirven o por quienes luchan. Por lo mismo, ayudan a generar autoestima y sentido de dignidad en las personas con las que trabajan para motivarlas a salir adelante.

Credibilidad y confianza. Las organizaciones, al trabajar con sectores vulnerables de la población, legitiman sus acciones y generan confianza y aceptación con las personas con las que trabajan y con la sociedad en general.

Aproximación holística a la problemática social. Frecuentemente, las OSC tienen la habilidad de aproximarse de manera más integral y flexible a los problemas sociales que atienden, en comparación con los gobiernos o las empresas. Pueden, por lo mismo, tender un puente entre lo social y lo económico, así como unir el servicio con el empoderamiento, que son parte del esfuerzo en la reducción de la pobreza y el combate a la discriminación y exclusión.

Destrezas especiales. Las organizaciones aportan servicios profesionales: médicos, trabajadores sociales, expertos en empleo y capacitación, abogados, psicólogos, comunicadores y educadores, entre muchos otros, así como algunas destrezas humanas, como la sensibilidad para atender a quienes sufren, organizar a la comunidad y motivar a las personas a realizar los cambios necesarios para mejorar su calidad de vida.

Adicionalmente, tienen una serie de aportes intangibles:

• Impulsan el sentido de autonomía personal, en el cual el ciudadano no es ni vasallo ni súbdito, con las personas que trabajan.

• Sensibilizan a la sociedad sobre derechos sociales que deben ser respetados.

• Desarrollan un sentimiento de vínculo cívico conciudadano, con los que se comparten proyectos comunes.

• Promueven la participación responsable en el desarrollo de esos proyectos, es decir, promueven la conciencia, no sólo de derechos sino también de responsabilidades.

• Contribuyen al desarrollo de legislación y de instituciones públicas para enfrentar las metas emergentes en materia social.

• Participan en la observación y seguimiento de procesos electorales, de ejercicio del gasto público y de rendición de cuentas de las instituciones públicas.

Aun con todas estas características que tienen las organizaciones de la sociedad civil, no son lo suficientemente apoyadas ya que la limitación de recursos impide que puedan potencializar aun más sus actividades.

El gobierno federal, a través del Instituto Nacional de De-sarrollo Social (Indesol), cuenta con el programa de Coinversión Social que emite entre otras, las convocatorias para acceder a los recursos de los programas de asistencia Social y Atención a Grupos Vulnerables, Equidad de Género, Ciudad Juárez y Espacios Públicos, estos programas generan inercias de colaboración entre sociedad civil, gobierno y ciudadanía.

Los cuatro programas trabajan a nivel de atención y prevención, siendo estos dos aspectos fundamentales para elevar la calidad de vida de los mexicanos beneficiarios, al tiempo que generan ciudadanía responsable y comprometida con su entorno, inculcando valores como el respeto, la tolerancia, la honradez entre otros. Que evitan que los niños, los jóvenes y adultos en etapa productiva no sean presas fáciles de las bandas delictivas.

Sin embargo la limitante presupuestal año con año deja fuera una gran cantidad de proyectos que son considerados como Elegibles no Apoyados, esto quiere decir que cumplen los requisitos que las reglas de operación establecen pero el presupuesto no alcanza para poder apoyarlos. Esto produce frustración en quienes participan dentro de las OSC, ya que con todo y su interés en apoyar a personas en situación de vulnerabilidad no pueden hacerlo como quisieran ya que sólo pueden hacer hasta donde sus propios recursos les permitan.

En virtud de lo anterior y sumado al incremento en el precio del barril petróleo, a causa de los problemas que enfrentan países productores de este recurso en el continente africano, es que tenemos una oportunidad de apoyar a quienes más lo necesitan.

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece los mecanismos y acciones que se deben llevar a cabo con los ingresos excedentes.

En los Criterios Generales de Política Económica, presentados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sustento del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, la cotización del petróleo se consideró en 63 dólares por barril, como promedio para todo el año de 2011. En la Ley de Ingresos 2011 se fijó un precio de 65.20 dólares por barril de petróleo.

Sin embargo la situación que se vive a nivel internacional ha llevado a que se incremente el precio del petróleo y si consideramos que el Ejecutivo federal estimó la producción en 2,550 millones de barriles diarios en 2011, podemos decir que se ha generado una cantidad importante de recursos adicionales que van a formar parte del Fondo de Estabilización de Ingresos Petroleros, al que tiene acceso el presidente de la República y que podría ser utilizada una parte para ampliar los recursos del programa de Coinversión Social específicamente en la atención de los proyectos que sean considerados como Elegibles no Apoyados y que su actividad se centre en acciones de prevención de conductas antisociales, uso y abuso de drogas, promoción de la equidad de género y prevención de la violencia en cualquiera de sus formas.

Actualmente Indesol, emitió su primer bloque de convocatorias que cerró el pasado tres de marzo, sin embargo hace falta que sean evaluados los proyectos que las OSC presentaron y está próxima a emitir su segundo y tercer bloque de convocatorias, por lo que existe el tiempo necesario para poder implementar acciones para que haya más organizaciones beneficiarias.

La acción que se propone no impactaría significativamente las finanzas nacionales, ya que el aumento en el precio del energético ha tenido beneficios para México. De acuerdo con reportes del Banco de México, Petróleos Mexicanos (Pemex) aportó 750 millones de dólares a las reservas internacionales del país en las operaciones del 14 al 18 de febrero. Esto significó 78.45 por ciento del total de 956 millones de dólares en que incrementaron las reservas.

La diferencia que existe entre el precio de mercado y el que se utilizó para fines presupuestales se va ampliando, lo que supondrá un beneficio para las finanzas del gobierno federal durante este año. Por ejemplo el 14 de marzo del presente año, el barril de petróleo cerró por encima de los 100 dólares, es decir 35 dólares por encima de lo estimado. Según datos del director del Centro de Investigación en Economía y Negocios del Tecnológico de Monterrey, campus estado de México, México tiene de 45 a 50 millones de dólares adicionales por la exportación diaria de 1.5 millones de barriles de petróleo.

Por las consideraciones anteriormente expuestas y fundadas, someto a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente u obvia resolución, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente al Ejecutivo federal utilice 1 por ciento de los ingresos petroleros excedentes, con la finalidad de ampliar el número de beneficiarios del programa de Coinversión Social de Indesol, específicamente para apoyar los proyectos que sean considerados como Elegibles no Apoyados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputada María Isabel Merlo Talavera (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



UNIVERSIDADES POLITECNICAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar por la SEP medidas que permitan crear una unidad responsable de las universidades politécnicas del país, a cargo del diputado Jorge Romero Romero, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Jorge Romero Romero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, de conformidad con lo establecido en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta ante esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La fracción XXV del artículo 73 constitucional establece la facultad del Congreso mexicano para legislar a fin de establecer, organizar y sostener en toda la república escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la federación, los estados y los municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la república. Los títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos en toda la república, para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con ella.

En 2002, la Secretaría de Educación Pública realizó un estudio sobre nuevas opciones de educación superior, para tal efecto se averiguaron las experiencias de países de primer mundo como Alemania, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña y Japón, donde la educación basada en competencias es el eje de los nuevos modelos de educación, ya que se centran en la evidencia del desempeño. No se separa el saber del saber hacer, el esfuerzo queda centrado en los resultados de los educandos, cuando éstos se desempeñan profesionalmente en el campo laboral.

Con base en los resultados de este estudio, se decidió realizar un proyecto específico para definir un modelo pedagógico que permitiera crear una nueva opción de educación superior. Este hecho trajo como consecuencia la creación del Subsistema Nacional de Universidades Politécnica (UUPP), que actualmente suma 41 instituciones, distribuidas en 23 estados de la república, que atienden a 54 mil estudiantes y que a través de sus egresados, profesores e investigadores prestan servicio al sector productivo de bienes y servicios, así como a la sociedad en general.

Este hecho amplía las expectativas de los jóvenes mexicanos, por la cobertura al dar servicio a bachilleres en edad de educación universitaria; y la equidad que en materia de calidad las UUPP ofertan a través de la educación superior politécnica, tanto en las principales ciudades del país como en ciudades de desarrollo medio; además de la ampliación de las expectativas de desarrollo profesional en el campo laboral, de jóvenes entre 20 y 22 años.

El reto de estas nuevas universidades es formar a los profesionales superiores que están representando el detonador de desarrollo que el país requiere en estos tiempos. Su compromiso concreto es formar individuos que sean capaces de combinar la teoría y la práctica para generar riqueza, para garantizar que su formación universitaria les permita disfrutarla dichosamente y que dentro de una escala apropiada de valores son capaces de compartirla con la sociedad en un clima de paz.

Para ello, las universidades politécnicas establecieron como objetivos prioritarios: el de impartir educación de buena calidad en los niveles de licenciatura y postgrado en especialidades tecnológicas; el de formar profesionales, docentes e investigadores con elevado compromiso social; el de ejecutar programas de investigación y desarrollo tecnológico en las áreas de conocimiento en las que de manera paralela ofrecen formación superior universitaria; el de promover la vinculación, cooperación e intercambio con instituciones educativas estatales, nacionales y extranjeras, así como con los sectores público, privado y social; y el de instaurar programas de difusión y extensión universitarias para el fortalecimiento institucional y los vínculos con la comunidad.

El modelo educativo basado en competencias de las universidades politécnicas se orientó de tal manera que permite ofrecer a los estudiantes que hayan egresado de educación media superior, una alternativa de formación profesional que les permite incorporarse en cuarenta meses al trabajo productivo profesional; además de que el modelo de las UUPP provea sus egresados las herramientas formativas para que tengan la posibilidad de establecer un negocio propio, que a su vez genere espacios laborales para los niveles operativos.

En consecuencia se creó la Coordinación de Universidades Politécnicas, que funge como unidad de previsión de la problemática que entraña necesidades y satisfactores inherentes a un subsistema de educación superior; responsable de la planeación del desarrollo de cada una de las universidades ubicadas en el interior del país, así como de la ubicación de las nuevas instituciones; encargada de la organización de los aspectos financieros, de infraestructura, de equipamiento, académicos, de investigación y del consenso de todas y cada una de las partes implicadas en la creación, apoyo y sostenimiento de las instituciones que integran el subsistema; esta coordinación está autorizada para dirigir y normarel nuevo modelo educativo de vanguardia tanto en otros países como en el nuestro, conforme lo exige la normatividad de la Dirección General de Profesiones; además la Coordinación de Universidades Politécnicas, es la encargada de gestionar y coordinar la transferencia de las ministraciones financieras para la infraestructura de cada institución, así como para su operación en el ámbito del gobierno federal y de los estatales.

Actualmente, las universidades politécnicas son organismos públicos descentralizados, de los gobiernos de los estados, con personalidad jurídica y patrimonio propio y se encuentran integradas a la Coordinación de Universidades Politécnicas.

El financiamiento de la operatividad de las universidades politécnicas recibe apoyo en partes iguales del gobierno estatal y del federal. Sin embargo, este financiamiento es canalizado directamente a través de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas, con la unidad responsable (UR) número 514.

Toda vez que en el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública no se ha considerado una dirección o coordinación general de universidades politécnicas y como consecuencia tampoco cuenta con un número de UR.

En tal circunstancia y ante la imposibilidad jurídica para legislar en materia de reglamentos internos de las dependencias de la administración pública federal, se propone exhortar de manera respetuosa al Ejecutivo a reformar el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, con el propósito de que se adicione una unidad administrativa o UR para las universidades politécnicas, a efecto de que el subsistema de UUPP deje de estar supeditado al proceso del trámite administrativo que realice la Coordinación General de Universidades Tecnológicas con fundamento en los artículos 17, 18, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Lo anterior, en razón de que la independencia de su UR permitiría al subsistema de universidades politécnicas buscar relaciones nacionales e internacionales con instituciones de interés para su consolidación y tendría la posibilidad de firmar toda clase de acuerdos y convenios que a su interés favorezcan, en aras de cumplir cabalmente el objeto de su creación.

Por lo expuesto, se somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero.Se exhorta al Ejecutivo federal a realizar por la Secretaría de Educación Pública las acciones pertinentes para modificar el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública a efecto de que se considere la figura de una unidad administrativa o unidad responsable para las universidades politécnicas, a efecto de que el subsistema de UUPP deje de estar supeditado al proceso del trámite administrativo que realice la Coordinación General de Universidades Tecnológicas.

Segundo.Se exhorta al Ejecutivo federal a realizar las modificaciones pertinentes al Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública para integrar en su articulado la Dirección General de Universidades Politécnicas.

Dado en el salón de sesiones de Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 17 de marzo de 2011.— Diputado Jorge Romero Romero (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



PROGRAMA FEDERAL RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol a especificar el criterio de inseguridad pública y conferirle prioridad en las reglas de operación del programa federal Rescate de Espacios Públicos, a cargo de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, María de Jesús Aguirre Maldonado, diputada federal por el estado de Nuevo León e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Consideraciones

El problema de la inseguridad en México ha ido incrementándose notoriamente en los últimos 5 años y, aún cuando se han invertido millones de pesos para ampliar el número de efectivos de la policía, su adiestramiento y equipamiento, han sido medidas insuficientes, ya que los problemas de seguridad se han atendido desde una perspectiva puramente policial, e incluso militar, sin reconocer que esta problemática debe ser abordada desde todos los frentes posibles.

Las cifras que arroja la Encuesta Continua sobre la Percepción de la Seguridad (Ecosep) 2011 comprueba que la percepción de inseguridad entre la población se ha ido incrementado considerablemente. Un ejemplo de ello es que durante el primer mes de 2011, el indicador mostró 98.2 puntos, en el mes siguiente disminuyó a 97.6, lo que significa que aumentó la sensación de inseguridad entre la población.

En esta tesitura, se puede afirmar que la percepción de que una zona o área determinada es más o menos peligrosa, incide en la decisión de transitar, habitar, o invertir en ella, además de que no siempre se basa en datos reales, sino más bien en la percepción que se tiene de la misma y en el temor a ser asaltado, agredido, secuestrado, etcétera, por lo que la gente se ha tenido que recluir en espacios privados y/o cerrados, generando una privatización de los espacios de recreación y esparcimiento de la ciudadanía, por lo cual se debilitan y fragmentan  los lazos sociales.

Por otro lado, este fenómeno no solo perturba directamente a la población, su patrimonio y su futuro; su influencia también es un problema que afecta de manera directa las finanzas públicas ya que el enorme y creciente presupuesto que se destina a combatir este problema, bien podría ser aprovechado en otras áreas como educación, salud, combate a la pobreza, incrementar la productividad o mejorar la infraestructura social, por decir algunos ejemplos.

Muestra de ello es que, con datos del Centro de Estudios Económicos del Sector Privado, se estima que el costo de la inseguridad en México sobrepasa el 15 por ciento del producto interno bruto (PIB) lo que equivaldría a más del doble de lo que se destina para educación en un año. La inseguridad genera pérdidas y gastos en un sinnúmero de situaciones: la pérdida de vidas humanas, la destrucción de infraestructura, disminución de la confianza para las empresas que tienen interés en invertir en nuestro país y, como ya se dijo, la desviación de recursos para otros sectores, además de afectar a la institucionalidad del Estado, las libertades sociales y el modo de vida de las y los ciudadanos. Todo lo anterior tiene una alta relación con el incremento en la pobreza, el desempleo y la desigualdad, lo que a su vez alimenta el círculo vicioso de la violencia y la criminalidad.

Por otro lado, gracias al rápido y desordenado crecimiento de las ciudades se ha dejado de lado la creación de espacios públicos suficientes y apropiados para la creciente población. La sociedad, en especial las y los jóvenes, se desa-rrollan e interactúan en su comunidad en los espacios públicos. Por ello destaca la importancia de generar políticas públicas integrales que combatan dicho problema desde diferentes ámbitos, reconociendo que uno de los vectores más importantes para la inhibición de conductas criminales es precisamente la creación y recuperación de espacios públicos; toda vez que existe una necesidad de contar con espacios que coadyuven a establecer lazos de convivencia y sano entretenimiento entre los ciudadanos, entendiendo que la seguridad la producen las personas y el uso que se le da a los espacios en donde se desarrollan dichas actividades.

Toda la población tiene derecho a espacios públicos seguros, sin embargo, el problema de inseguridad en los mismos incide en la población más vulnerable: niñas, niños, adolescentes, mujeres y ancianos, ya que el temor a transitar en zonas y horarios determinados, debido al riesgo que pueden correr por ello, restringe su derecho a transitar libremente por el territorio nacional, tal como lo establece el artículo 11 constitucional y el cual se ve coartado por miedo al asalto, robo, rapto, al abuso sexual, etcétera.

La creación y rehabilitación de espacios públicos de calidad, dotados con los elementos necesarios, propicia la base de un sano esparcimiento para el desarrollo de niñas, niños y adolescentes, con lo cual se puede lograr una verdadera prevención del delito y la consecuente disminución de personas involucradas en actividades ilícitas, que muchas veces desemboca en su incursión al crimen organizado desde muy temprana edad.

Asimismo, la consecuencia en la inseguridad de un crecimiento urbano mal planificado, del mal diseño de los espacios públicos y su consecuente deterioro, de la inadecuada iluminación de calles, parques y centros de recreación, de la mala planificación de las actividades de ocio y sano esparcimiento en las comunidades, así como las inadecuadas respuestas del Estado ante esta problemática y la escasa participación proactiva de la ciudadanía, nos coloca en una situación propicia para el desarrollo de actividades y comportamientos antisociales. Es por ello que se debe apuntar hacia la prevención de dichos comportamientos, a través de la creación y recuperación de espacios que propicien el sano y normal desarrollo de las diversas actividades de la ciudadanía, protegiendo sus vidas, sus derechos y sus bienes.

El programa Rescate de Espacios Públicos busca precisamente ese objetivo, es decir, la protección, conservación y aprovechamiento de los espacios públicos que se encuentran con problemas de deterioro, abandono e inseguridad para contribuir a la disminución de la pobreza urbana y la prevención de conductas antisociales, en donde a su vez se realicen actividades artísticas, culturales, cívicas, deportivas y de esparcimiento, y con ello detonar la identidad comunitaria y la cohesión social.

El programa mencionado establece dentro de sus criterios de cobertura a aquellos espacios públicos que, como ya se dijo, presentan problemas de deterioro, abandono o inseguridad, sin embargo, y en general, la aplicación del término inseguridad en la redacción es ambigua puesto que no se establece con claridad y  se interpreta como la inseguridad de las características físicas del lugar y no como los índices delincuenciales de la zona.

Lo que se busca con este punto de acuerdo es esto precisamente, que se identifique el criterio de inseguridad pública, considerado como la propia inseguridad que se vive en muchas áreas de las comunidades urbanas, y a su vez, que se le dé prioridad a aquellos espacios públicos dentro de los municipios donde los índices de violencia, delincuencia y criminalidad son más altos que en otras zonas del país. Es innegable que los efectos nocivos de la delincuencia en el crecimiento económico y el combate a la pobreza son considerables y, por consiguiente, el control de la delincuencia sólo mejorará a través de la reducción de los delitos cometidos en calles, parques, casas, escuelas, etcétera.

Lo anterior es imprescindible dado el clima de violencia que se vive en el país y, por ello, es necesario que se multipliquen los esfuerzos, no solo a través de medidas puramente policiales, sino desde todos los frentes posibles, con el apoyo y coordinación entre Estado y sociedad, para lograr con ello un impacto positivo en el bienestar social y en el crecimiento económico.

Por lo anteriormente expuesto propongo ante el pleno de esta honorable Cámara el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a efecto de que especifique y priorice el criterio de inseguridad pública en las reglas de operación del programa federal Rescate de Espacios Públicos.

Notas:

1 Juan Antonio Zúñiga M, “Empeora la percepción sobre condiciones de seguridad en el país, reporta el Inegi”, México, La Jornadaen línea, 11 de marzo de 2010. URL:

http://www.jornada.unam.mx/2011/03/11/index.php?section=politica &article=015n1pol

2 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.



DISTRITO FEDERAL

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a implementar y actualizar el sistema y programas de Protección Civil con que cuenta la Ciudad de México, y mantener en óptimas condiciones los sistemas de alerta sísmica, programas de prevención, atlas de riesgo y planes de desarrollo urbano y medida ante nuevas construcciones, simulacros y otros esquemas de protección para el caso de desastres como terremotos y otros sucesos catastróficos, a cargo del diputado Rodrigo Pérez-Alonso González, del Grupo Parlamentario del PVEM

El diputado Rodrigo Pérez-Alonso González, integrante de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I a VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de los siguientes

Considerandos

El pasado 11 de marzo se registró en Japón un sismo de magnitud 9.0 grados en escala de Richter, con innumerables réplicas, provocando enormes tragedias humanas y materiales. Derivado de ello, se generaron otros daños colaterales: En primer lugar, dado el desplazamiento de las placas tectónicas, se generó un tsunami en alta mar, generando más devastación y destrucción en las costas niponas. Este tsunami y las olas de magnitud considerable que generó, provocaron la muerte de miles de japoneses y causaron miles de desaparecidos, en una cifra aún difícil de cuantificar, pero que asciende a la fecha a más de 10 mil personas y que crece día con día. Asimismo, se generaron innumerables pérdidas económicas por la inmensa cantidad de escombros generados por el impulso de las corrientes de agua que empujaron a tierra barcos, autos y otros transportes así como restos de viviendas, causando aludes e incendios.

Igualmente, el terremoto provocó enormes daños en las centrales nucleares de Japón, lo cual está en riesgo de generar muchas mayores afectaciones a la población debido a la fuga de material radioactivo y la posible fusión de las plantas nucleares. Esto representa un enorme riesgo para sus habitantes, infraestructura y economía en una magnitud enorme y, a nivel internacional se contemplan efectos nocivos de largo plazo en el aspecto económico, de seguridad nacional y de salud pública respecto a las radiaciones que podría generar la falla de estas plantas nucleares, amén de los efectos en la salud humana de ciudadanos Japoneses y ciudadanos de otros países expuestos a las nubes tóxicas de radiación, en lo que se estima una tragedia sólo comparable con aquella de la Segunda Guerra Mundial.

Japón es un territorio altamente sísmico, así lo refleja el sistema sismológico nacional, en el cual se registran continuamente temblores. Sin embargo, el pueblo japonés presenta una tradición amplia de protección civil, de conciencia de la prevención y la implementación de medidas adecuadas en casos de contingencia.

Aun así, los efectos han sido devastadores. Ciertamente la prevención y cultura de la protección civil jugaron un papel importante para evitar más muertes y mayores pérdidas materiales y, aun cuando existen riesgos imponderables y de difícil predicción, es importante contar con planes y atlas de contingencias así como el desarrollo de planes de reacción inmediata y de educación para la población.

Los efectos se han dejado sentir en el ámbito económico y financiero, mercados que reflejan las expectativas y perspectivas de la actividad económica mundial. Al respecto, fuentes como la Organización para la Cooperación y Desa-rrollo Económico estiman los daños para la economía de Japón de entre 6 y 7 por ciento del producto interno bruto, monto en el cual contribuyen las regiones afectadas, en tanto que otras, señalan los daños en más de 100 mil millones de dólares.

Asimismo, las bolsas de valores han sufrido caídas estrepitosas. En este sentido, el Nikkei, el índice de la bolsa japonesa, registró importantes pérdidas al día 14 de marzo. Al cierre del martes 15 de marzo, la Bolsa Mexicana de Valores, registró una pérdida de 0.53 por ciento en tanto que en Estados Unidos, el índice industrial Dow Jones cerró con 1.15 por ciento inferior, y el Nasdaq con una reducción del 1.25 por ciento, sumado a las caídas del lunes 14 de marzo.

Así, la situación de la tercera economía del mundo pone en riesgo la frágil estabilidad económica mundial.

Derivado de esta enorme tragedia humana, surge un espacio de reflexión acerca del uso de alternativas de generación de energía y nos pone a pensar y considerar que México corre un riesgo similar, dada su alta e importante sismicidad.

Es conocido por todos que México es uno de los países del mundo con mayor actividad telúrica. De acuerdo con la Secretaría de Protección Civil del DF, se registran más de 90 sismos por año con magnitud superior a 4 grados en la escala de Richter. Ello representa el 60 por ciento de todos los sismos registrados a nivel mundial.

De acuerdo con lo anterior, una de las entidades con mayor riesgo y número de sismos es la Ciudad de México, seguida de los estados de Jalisco, Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca, Puebla, México y Veracruz.

Al respecto, la Ciudad de México se encuentra en una zona de alto nivel de actividad sísmica. Vale la pena recordar que el 19 de septiembre de 1985 se registró un enorme sismo que destruyó una cantidad importante de edificios en la ciudad de México al igual que representó una pérdida relevante de vidas humanas.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el término “desastre” como un evento súbito que rebasa la capacidad de respuesta de un sistema.

De acuerdo con la Oficina Federal para Asistencia en Desastres de los Estados Unidos, de 1941 a 1988 nuestro país ha padecido 66 situaciones de desastre. De los más recientes podemos recordar las explosiones en una compañía gasera de San Juan Ixhuatepec, estado de México, o los sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985.

Asimismo, la Ciudad de México presenta diversos riesgos de desastres naturales. En primer lugar, la densidad de población hace que los espacios se encuentren cada vez más reducidos, generando que industrias, fábricas, gaseras, gasolineras y potenciales generadores de desastres se encuentren extremadamente cercanos a casa habitación, zonas escolares, de transporte y de alta movilización de los habitantes.

No sólo es el riesgo relativo a la sismicidad sino que la ciudad se vuelve cada vez más susceptible de otros riesgos naturales o antropogénicos, es decir, de origen humano. Igualmente, la actividad sísmica ocupa un nivel relevante. La ciudad presenta también problemas y riesgos a partir del manejo del agua, de drenaje y el desagüe durante época de lluvias.

De igual manera, la ciudad, en su calidad de valle, presenta probabilidades de contingencias. Un factor de riesgo adicional es la presencia y cercanía con el volcán Popocatépetl.

De acuerdo con la OMS, el efecto de un desastre radica en la relación que tiene un evento catastrófico y la capacidad que tiene el sistema afectado para poder hacerle frente.

Así, en países y ciudades con poca capacidad de respuesta, los desastres toman magnitudes más importantes. Por ello, si bien no es posible evitar un sismo, la Ciudad de México, Distrito Federal, debe tener la capacidad suficiente para afrontar uno de estos siniestros de mejor manera, reduciendo riesgos y daños colaterales.

Finalmente, ello nos motiva a considerar todos estos riesgos potenciales del Distrito Federal, que podrían generar tragedias y desastres de magnitud importante en la capital del país, sede de los poderes de la Unión y ciudad concentradora de la actividad económica del país, con alta confluencia de millones de personas y polo de atracción del país.

Ello obliga, además, a contar con sistemas de alerta sísmica que minimice las pérdidas humanas y materiales. Los daños sufridos debido a los sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985 mostraron el grado de vulnerabilidad que tiene la Ciudad de México. A partir de esa fecha se han generado planes de protección civil y una cultura de la prevención.

Cabe recordar que la Ley de Protección Civil del DF del año 2002 –con reformas en 2007, 2008 y 2009– obliga al Gobierno del Distrito Federal a establecer y coordinar el Sistema de Protección Civil del DF, a establecer a través de la Secretaría de Protección Civil y coordinar el Programa General de Protección Civil del DF y a las delegaciones a manejar los programas delegacionales al respecto y diseñar los mecanismos para la prevención, mitigación, auxilio y recuperación en un esquema integral de protección

Por tanto, es imprescindible diseñar y ejecutar estos planes de protección civil.

Derivado de lo anterior, se exhorta al Gobierno de Distrito Federal, a través de la Secretaría de Protección Civil del DF, para que informe el estado de los planes de Protección Civil que se tienen contemplados para el Distrito Federal, así como su nivel de implementación, avance, grado de penetración, mecanismos de coordinación con la Federación, así como los planes de educación y difusión a través de las dependencias involucradas en el sistema educativo.

En particular, se exhorta al Gobierno del DF a informar sobre los detalles específicos del Sistema de Protección Civil del DF, el estado del Programa General de Protección Civil del DF y exhortar, en el ámbito de sus atribuciones, a las delegaciones a manejar los programas delegacionales en la materia al respecto y diseñar los mecanismos para la prevención, mitigación, auxilio y recuperación en un esquema integral de protección.

Asimismo, que informe sobre el estado y situación del Sistema de Alerta Sísmica como herramienta para alertar a la población que vive y transita por el DF y a actualizar y revisar atlas de riesgos, la situación de las edificaciones en la ciudad y coordine los simulacros pertinentes para prevenir posibles contingencias.

Por su parte, debido a los riesgos de desastres naturales antes mencionados, las edificaciones nuevas en el Distrito Federal tienen el riesgo de colapsar, en gran medida por la falta de verificación de las normas de construcción aprobadas por la Asamblea del Distrito Federal, lo cual sucede debido a la enorme corrupción en los entes de verificación de construcciones en la capital del país.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Gobierno del DF a revisar, implementar eficazmente y actualizar el Sistema de Protección Civil del DF y, a través de la Secretaría de Protección Civil, el estado del Programa General de Protección Civil del DF y a exhortar, en el ámbito de sus atribuciones, a las delegaciones a manejar los programas delegacionales en la materia al respecto y diseñar los mecanismos para la prevención, mitigación, auxilio y recuperación en un esquema integral de protección.

Segundo. Se exhorta al Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de Protección Civil, para que revise y mantenga en óptimas condiciones el Sistema de Alerta Sísmica como herramienta para alertar a la población que vive y transita por el DF y a actualizar y revisar el atlas de riesgos, la situación de las edificaciones en la ciudad y coordinar los simulacros pertinentes para prevenir posibles contingencias.

Tercero. Se exhorta al Gobierno del Distrito Federal, a través de las Secretarías de Protección Civil, y de Desarrollo Urbano y Vivienda a revisar los avances en los planes de desarrollo urbano y los riesgos que corren las nuevas construcciones que se llevan a cabo en la ciudad, ante el riesgo de actividad sísmica u otras catástrofes naturales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputado Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica).»

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Túrnese a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.

Continúe la Secretaría con las comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con relación a cambios de integrantes en comisiones.



COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Alejandro Encinas Rodríguez, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:

Comisión de Justicia

Baja: Diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo (secretaria)

Alta: Diputada Florentina Ocegueda Silva (secretaria)

Comisión de Turismo

Alta: Diputado José Alfredo González Díaz (integrante)

Comisión de Fortalecimiento al Federalismo

Alta: Diputado Pavel Díaz Juárez (integrante)

Comisión de Juventud y Deporte

Alta: Diputado Pavel Díaz Juárez (secretario)

Comisión de Defensa Nacional

Alta: Diputado Pavel Díaz Juárez (integrante)

Comisión de Economía

Alta: Diputado Pavel Díaz Juárez (integrante)

Comisión de Bicamaral del Sistema de Bibliotecas

Alta: Diputado Pavel Díaz Juárez (integrante)

Comisión Especial para impulsar el desarrollo de la industria vitivinícola productos de la vid

Baja: Diputado Francisco Armando Meza Castro (integrante)

Alta: Diputado Francisco Armando Meza Castro (secretario)

Alta: Diputada Silvia Puppo Gastélum (integrante)

Grupo de trabajo de seguimiento al proceso judicial a que han sido sometidos ex servidores públicos del estado de Michoacán, detenidos por presuntos vínculos con organizaciones delictivas

Alta: Diputado José Alfredo González Díaz (integrante)

Grupo de Amistad México-Japón

Alta: Diputado José Alfredo González Díaz (vicepresidente)

Grupo de Amistad México-Indonesia

Alta: Diputado José Alfredo González Díaz (integrante)

Grupo de Amistad México-Malasia

Alta: Diputado José Alfredo González Díaz (integrante)

Grupo de Amistad México-Turquía

Alta: Diputado José Alfredo González Díaz (integrante)

Grupo de Amistad México-Egipto

Alta: Diputado Pavel Díaz Juárez (vicepresidente)

Grupo de Amistad México-India

Alta: Diputado Pavel Díaz Juárez (integrante)

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 16 de marzo de 2011.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Josefina Vázquez Mota, Presidente de Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados. Presente.

Por este conducto y para los efectos del artículo 44, numeral 2 de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar a usted se realicen las altas y bajas en comisiones del Grupo Parlamentario Institucional, conforme se describe a continuación:

Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

Alta: Diputada Paula Angélica Hernández Olmos (integrante)

Especial de cambio climático

Alta: Diputado Nicolás Carlos Bellizia Aboaf (integrante)

Comisión de Ciencia y Tecnología

Baja: Diputado Nicolás Carlos Bellizia Aboaf (integrante)

Comisión de Desarrollo Social

Baja: Diputada Cristina Díaz Salazar (integrante)

Comisión de Gobernación

Baja: Diputado César Augusto Santiago Ramírez (integrante)

Comisión de Gobernación

Alta: diputado Carlos Oznerol Pacheco Castro (integrante)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Baja: Diputado Carlos Oznerol Pacheco Castro (integrante)

Ata: Diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida (integrante)

Comisión de Justicia.

Baja: Diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida (integrante)

Comisión de la Reforma Agraria

Alta: Diputada Josefina Rodarte Ayala (integrante )

Comisión de la Función Pública

Alta: diputada Josefina Rodarte Ayala (integrante)

Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

Baja: diputado José Ricardo López Pescador (integrante)

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 17 de marzo de 2011.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados...

El diputado Migue Ángel García Granados(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sí.  Sonido a la curul del diputado García Granados, por favor.

El diputado Miguel Ángel García Granados(desde la curul): Presidente, solamente para hacer una precisión.

En el documento se fue omiso al señalar mi baja en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y alta del diputado César Augusto Santiago, en mi lugar.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Así es, a continuación se da lectura.

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Baja: diputado Miguel Ángel García Granados, integrante

Alta: diputado César Augusto Santiago Ramírez, integrante

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Sonido a la curul del diputado Cárdenas, por favor.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Gracias, presidente.

Antes de que se someta a votación, creo que sería importante saber si existe una motivación de estas altas y bajas. Veo con mucho interés, que muy buenos abogados del PRI van a la Comisión del Trabajo, pero desconozco si la solicitud que hace el coordinador o, en su caso, la Junta de Coordinación Política, expone los motivos, las razones del por qué esas altas y bajas, presidente.

Creo que debemos fundar y motivar como cualquier acto de autoridad, pues todas nuestras determinaciones, presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputado, es facultad de cada uno de los grupos parlamentarios.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Un mínimo de transparencia.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Así está establecido en la Ley de Transparencia, diputado... Perdón, en la Ley Orgánica.

El diputado José Ramón Martel López(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Diputado Martel.

El diputado José Ramón Martel López(desde la curul): Nada más, primero, para agradecerle los calificativos hacia nuestros compañeros de partido, que los calificó como distinguidos, que se incorporarían a las diferentes comisiones.

Y para reiterar, nada más, que es en uso de nuestras atribuciones y facultades, y el procedimiento quedó totalmente obsequiado a través de la Junta de Coordinación Política.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputado.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Ya tengo sonido.

Sí, desde luego, sé que es una atribución de los coordinadores de cada grupo parlamentario y que se hace de acuerdo al procedimiento legal y reglamentario.

Simplemente pregunto acerca de los motivos. Sería importante, por la salud democrática de este pleno, de esta Cámara, para la salud democrática de la República, que ese tipo de decisiones, que aunque parecen no importantes, se argumentaran, se razonaran, se expusieran los motivos, aunque sé que no es costumbre en la Cámara de Diputados exponer las razones.

Y a veces, cuando hay cambios de altas o bajas en las comisiones, pues puede obedecer a un capricho del coordinador, a una actitud arbitraria del coordinador más allá de que esté dentro de sus facultades legales.

Sé, entiendo que es parte de sus facultades legales, pero me parece que en una democracia, en un Estado de derecho, las autoridades estamos siempre obligadas a justificar plenamente y a profundidad nuestras decisiones. De ahí mi prurito, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado.

El diputado José Ramón Martel López(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Martel.

El diputado José Ramón Martel López(desde la curul): Simplemente para reiterar, con todo respeto, que cuando alguna fracción parlamentaria en uso de sus facultades hace un cambio por convenir estratégicamente a sus decisiones en materia del proceso legislativo, no me atrevería, nuestra fracción parlamentaria, a cuestionar a ninguno de los diferentes grupos en su derecho que tienen a hacerlo.

La verdad es que todos estamos interesados en que cada día las comisiones funcionen de mejor manera, y estamos haciendo una decisión; desde luego que nos corresponde en derecho. Y, tenga usted la seguridad, si le interesara el tema, que con todo gusto le reafirmo.

El interés de nosotros es reforzar las comisiones para proceder a trabajar con un dinamismo que el pueblo de México está requiriendo. Muchas gracias, señor diputado. Muchas gracias, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias. Los cambios se encuentran fundamentos en el artículo 44, fracción II de la Ley Orgánica. Tome usted la votación, señora diputada.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa  sírvanse manifestarlo, por favor. Muchas gracias. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputada.

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Pérez Cuevas.

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas(desde la curul): Muchas gracias, presidente. Sólo, a pesar de que ya fue votado, pedir que en su momento el área de Servicios Parlamentarios le haga saber a la Junta el dictamen que recayó a este asunto para ver si los diputados reunían los requisitos que sí establece el Reglamento y la propia Ley Orgánica, de no tener más de tres comisiones, dado que este tema, al menos hasta este momento yo, como parte de la Junta, y entiendo que hemos hecho el estudio, no estaba contemplado como un acuerdo de la Junta.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Con mucho gusto, diputado. Tome nota, por favor, la Junta de Coordinación Política para hacerle llegar la información necesaria al diputado Pérez Cuevas. Está aprobado, comuníquese.

El diputado José Ramón Martel López(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Martel.

El diputado José Ramón Martel López(desde la curul): Gracias. Desde luego y con todo respeto al compañero diputado Carlos Pérez Cuevas, con todo respeto, tramitado ante la Junta de Coordinación Política, y tenga la certeza que el propio documento consigna las altas y las bajas respectivas para no estar para nada en la posibilidad de incurrir en una violación al Reglamento. Muchas gracias.

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Pérez Cuevas.

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas(desde la curul): Muchas gracias presidente. No vamos a entrar a un debate. Pediría copia certificada del documento firmado por la Junta. El tema es un derecho de los grupos parlamentarios, y yo creo que eso está sustentando y no está a discusión, sólo que, entiendo que no está el documento que dice de los momentos que se tienen que cubrir. Es sólo eso. Es el derecho del grupo. Ningún otro grupo ni la Junta tendrían ningún interés de no solventar ese tema, pero entiendo que fue sí la petición a la Junta, pero no está el documento ingresado.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Con todo gusto, diputado. Muchas gracias.



* INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: En términos por lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas registradas en el orden del día de esta sesión que no tuvieron oportunidad de presentarse en tribuna, para su trámite, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno respectivo en la Gaceta Parlamentaria, con excepción de las iniciativas que por escrito fueron retiradas para su inclusión en la próxima sesión.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea de los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo que no fueron abordadas en el orden del día del jueves 17 de marzo de 2011, para su remisión a las comisiones correspondientes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2011.— Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica), Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1.Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, a cargo del diputado Leandro Rafael García Bringas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Energía para dictamen y a la Comisión de Gobernación para opinión.

2.Que reforma el artículo 47 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María de Lourdes Reynoso Femat, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud para dictamen.

3. Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.

4. Que reforma los artículos 26 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.

5.Que expide la Ley Federal de Atención para las Mujeres en Reclusión, a cargo de la diputada Paz Gutiérrez Cortina y suscrita por la diputada Josefina Vázquez Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Seguridad Pública para dictamen y a las Comisiones de Equidad y Género y de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

6. Que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mary Telma Guajardo Villarreal y suscrita por el diputado Víctor Manuel Castro Cosío, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia para dictamen.

7.Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Adriana Sarur Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Justicia para dictamen.

8.Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, y de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen.

9.Que reforma el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ma. Dina Herrera Soto, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Continúe la Secretaría.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:Diputado presidente, se informa que los asuntos se han agotado.



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(a las 15:51horas): Por tanto, se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el miércoles 23 de marzo de 2011 a las 11 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8 horas.

————— O —————

RESUMEN DE ACTIVIDADES • Tiempo de duración: 4 hora 21 minutos • Quórum a la  apertura de sesión: 302 diputados • Asistencia al cierre de registro:  425 diputados • Minuto de silencio: 1 • Comisiones reglamentarias y protocolarias: 1 • Diputado que solicita licencia: 1 • Diputado suplente que se incorpora: 1 • Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, aprobado: 1 • Oradores que participaron: 135 PRI                                  45PAN                                 33PRD                                 18PVEM                      8PT                                       21Convergencia                   3Nueva Alianza                   7 Se recibió o presentó: • 2 comunicaciones de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados con las que comunica modificación de turno de siete iniciativas con proyectos de decreto • 1 comunicación de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados con la que informa turnar nuevamente, de conformidad con lo que establece el artículo sexto transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados, 11 iniciativas a las comisiones correspondientes para que corra el término reglamentario de presentar dictamen; • 1 invitación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, por la que invita a la ceremonia cívica conmemorativa del CCV aniversario del Natalicio de Benito Juárez García, Benemérito de las Américas; • 1 oficio de la Comisión Federal de Competencia con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente; • 1 oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados; • 2 oficios de la Secretaría de Gobernación con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente • 1 oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el que remite información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente al mes de febrero de 2011, desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación correspondiente al mes de febrero de 2010; • 2 oficios de la Junta de Coordinación Política por los que se comunica cambios de integrantes en las Comisiones de: Justicia; Turismo; Fortalecimiento al Federalismo; Juventud y Deporte; Defensa Nacional; Economía; Bicamaral del Sistema de Bibliotecas; Especial para impulsar el desarrollo de la industria vitivinícola productos de la vid; del Grupo de trabajo de seguimiento al proceso judicial a que han sido sometidos ex servidores públicos del estado de Michoacán, detenidos por presuntos vínculos con organizaciones delictivas; de los Grupos de Amistad con: Japón; Indonesia, Malasia; Turquía; Egipto; e India; así como en las Comisiones de; Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación; Especial de cambio climático; Desarrollo Social; Gobernación; Trabajo y Previsión Social; Justicia; la Reforma Agraria; y de la Función Pública; • 16 iniciativas del PRI; • 9 iniciativas del PAN; • 6 iniciativas del PRI; • 16 iniciativas del PRD; • 3 iniciativas del PVEM; • 4 iniciativas de Nueva Alianza; • 11 proposiciones con puntos de acuerdo