SUMARIO
Desde su curul el diputado José Luis Oliveros Usabiaga realiza comentarios
El diputado Ricardo Monreal Avila presenta propuesta
Oficio de la Mesa Directiva, en relación a modificación de turno de iniciativa. Actualícense los registros
Oficio del presidente nacional de Nueva Alianza que designa a la diputada María Sanjuana Cerda Franco como coordinadora política de su grupo parlamentario. De enterado y se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención
Oficio de la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, por el que informa de la designación de la diputada María Sanjuana Cerda Franco. De enterado y se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención
Oficio del diputado José Angel González Serna, por el que solicita se retire la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 9o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y 21 del Código de Comercio, presentada el 9 de octubre de 2012. Actualícense los registros parlamentarios
Oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita el permiso constitucional necesario para que dos ciudadanos puedan prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas, e informa que un ciudadano ha dejado de prestar servicios. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen. Por lo que se refiere al ciudadano que deja de prestar servicios, comuníquese a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, en la sesión celebrada el día 30 de enero relativo a las finanzas públicas y deuda pública. Se remite al promovente, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite el informe sobre el comportamiento de los ingresos de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos observado en el ejercicio fiscal de 2012. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite informe trimestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro correspondiente al periodo octubre-diciembre de 2012. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para su conocimiento
Oficio del gobierno del estado de Oaxaca, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la implementación del programa Diputada Amiga, Diputado Amigo. Se remite a la Comisión de Asuntos Migratorios, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que informa que en enero de 2013, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, destinó únicamente mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y que no transferibles al Servicio de Administración y Ena-jenación de Bienes. Se remite a la Comisión de Economía, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que remite los informes trimestrales sobre la ejecución del presupuesto, la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública correspondientes al cuarto trimestre de 2012. Se remite a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento
Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen
Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXI al artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso a ciudadano para aceptar y usar condecoración que le confiere gobierno extranjero
Se considera de urgente resolución
A discusión intervienen los diputados:
Ricardo Monreal Avila
Juan Manuel Gastélum Buenrostro
Es aprobada la minuta. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales
Oficios del Congreso del estado de Chihuahua, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 73, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
Oficio del Congreso del estado de Chihuahua, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma el inciso a) y deroga los incisos b) al g) de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 72 y 73 de la Ley General de Salud
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona la fracción I Bis al artículo 61 de la Ley General de Salud
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley de Instituciones y Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro. Se autoriza que se someta a discusión y votación de inmediato
El diputado José Isabel Trejo Reyes fundamenta el dictamen
Desde su curul el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana
A discusión intervienen los diputados:
María Sanjuana Cerda Franco
Loretta Ortiz Ahlf
Juan Ignacio Samperio Montaño
Tomás Torres Mercado
Fernando Cuéllar Reyes
Glafiro Salinas Mendiola
Jorge Herrera Delgado
Aprobado en lo general y en lo particular. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales
Dos oficios de la Junta de Coordinación Política, por el que comunica cambios de integrantes en las Comisiones de: Protección Civil, Turismo y Desarrollo Social. Aprobados, comuníquense
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a considerar prioritaria en el diseño del Plan Nacional de Desarrollo, la incorporación de actividades del sector social de la economía a fin de impulsar el crecimiento económico del país. Aprobado, comuníquese
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se propone al pleno la convocatoria para participar en el proceso de selección del candidato o candidata para ocupar la vacante generada en el Consejo General del Instituto Federal Electoral para el periodo 2013-2019
A discusión intervienen los diputados:
Ricardo Mejía Berdeja, desde su curul y presenta propuesta de modificación
Marcos Rosendo Medina Filigrana
Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza
Ricardo Monreal Avila
Gilberto Antonio Hirata Chico
Rubén Camarillo Ortega
Arturo Escobar y Vega
Fernando Rodríguez Doval, desde su curul realiza interpelación
Rubén Camarillo Ortega
Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara
Ricardo Mejía Berdeja, desde su curul lee su propuesta, que se desecha
Aprobado el acuerdo, comuníquese
Discusión de dictamen de la Comisión de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor
Fundamenta el dictamen la diputada Aurora Denisse Ugalde Alegría
A discusión el dictamen, fija la posición de su grupo parlamentario la diputada Zuleyma Huidobro González
Es aprobado. Pasa la Cámara de Senadores, para sus efectos constitucionales
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud
Fundamenta los tres siguientes dictámenes de la Comisión de Salud, el diputado:
Isaías Cortés Berumen
María Guadalupe Talamante Lemas
Luisa María Alcalde Luján
Carla Alicia Padilla Ramos
Antonio Sansores Sastré
Víctor Oswaldo Fuentes Solís
José Enrique Doger Guerrero
Se aprueba el dictamen que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud. Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales
Comunicación del diputado Gilberto Antonio Hirata Chico, por la que solicita licencia para separarse de su cargo como diputado por el III distrito en el estado de Baja California. Se aprueba
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de inmunidad de servidores públicos
A discusión el dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud
Participa el diputado Ricardo Monreal Avila
Aprobado en lo general y en lo particular. Pasa a la Cámara de Senadores, para sus efectos constitucionales
Discusión del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado
Interviene el diputado Gerardo Villanueva Albarrán
Aprobado el dictamen. Pasa a la Cámara de Senadores, para sus efectos constitucionales
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Ganadería, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que crea el Centro Público de Atención Veterinaria
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Juventud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 8o., fracción I, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desechan dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7o., 30 y 74 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y 20 de la Ley de Vías Generales de Comunicación
Se aprueban los ocho dictámenes anteriores. Archívense los expedientes como asuntos concluidos
Se recibe de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 6o., 23, 51 Bis 1 y 58 de la Ley General de Salud, sobre cáncer cérvico-uterino. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Se recibe del diputado Manuel Añorve Baños, iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, la leyenda Sentimientos de la Nación. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
Se recibe del diputado Fernando Belaunzarán Méndez, iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención a las Adicciones y la Rehabilitación; y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, de Justicia y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
Se recibe del diputado Manuel Añorve Baños, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para nombrar el salón de sesiones Sentimientos de la Nación. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
Se recibe del diputado Fernando Bribiesca Sahagún, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de acceso a la información. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
Se recibe del diputado Manuel Añorve Baños, iniciativa con proyecto de decreto para que se acuñe una moneda conmemorativa del bicentenario de los Sentimientos de la Nación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado José Isidro Moreno Arcega, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para crear una reforma política territorial para el Distrito Federal. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen; con opinión de la Comisión del Distrito Federal
El diputado Mario Miguel Carrillo Huerta, desde su curul solicita ampliación de turno, que el Presidente acepta. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen y a la Comisión del Distrito Federal, para opinión
El diputado Roberto López Rosado, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 14, 17 Bis y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para aumentar la participación de representantes indígenas en el diseño y ejecución de sus políticas públicas. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen
El diputado Carlos de Jesús Alejandro, desde su curul solicita ampliación de turno
El diputado Damián Zepeda Vidales, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley de Coordinación Fiscal, con la finalidad de estandarizar la presentación de las cuentas públicas a nivel nacional. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Transparencia y Anticorrupción
Desde su curul el diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, se adhiere a la iniciativa
Desde su curul el diputado Ernesto Núñez Aguilar, solicita ampliación de turno
Desde su curul el diputado Damián Zepeda Vidales acepta. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen y a la Comisión de Desarrollo Municipal, para opinión
La diputada Zuleyma Huidobro González, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612, y se derogan los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal, en materia de adopción. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
Desde su curul la diputada Alfa Eliana González Magallanes, se adhiere a la iniciativa
La diputada Judith Magdalena Guerrero López, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, para que la política nacional de desarrollo social incluya la mención de los mecanismos de coordinación interinstitucional y de niveles de gobierno, a través de los cuales se pretenda trabajar. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social
Se recibe de la diputada María del Carmen Martínez Santillán, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada Sonia Rincón Chanona, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 429 del Código Civil Federal, y 61 de la Ley Federal de Derecho de Autor, a fin de proteger a los niños que trabajan en el ámbito artístico de que sus padres o tutores hagan mal uso de sus ganancias. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y de Cultura y Cinematografía. para dictamen y a la Comisión de Derechos de la Niñez, para opinión
Desde sus curules se adhieren las diputadas:
Verónica Beatriz Juárez Piña
María del Rosario de Fátima Pariente Gavito
El Presidente en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que las iniciativas con proyecto de decreto y las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día de esta sesión y que no tuvieron la oportunidad de presentarse en tribuna serán turnadas para su trámite
Se recibe de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, efeméride con motivo del Día de la Familia
De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones del siguiente dictamen:
De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro (en lo general y en lo particular)
De la Comisión de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor (en lo general y en lo particular)
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular)
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular)
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado (en lo general y en lo particular)
Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley de Instituciones y Seguros y Fianzas, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 28 de febrero de 2013, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
ASISTENCIA
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia a las 11:11 horas el resultado del cómputo de asistencia.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 265 diputadas y diputados, por lo tanto hay quórum.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (a las 11:12 horas): Por lo tanto, se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Segundo periodo de sesiones ordinarias. Primer año de ejercicio. LXII Legislatura.
Orden del día
Jueves 28 de febrero de 2013
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones oficiales
De la Mesa Directiva
En relación a modificación de turno de iniciativa.
Del presidente nacional de Nueva Alianza y de la coordinación del Grupo Parlamentario Nueva Alianza
Del diputado José Ángel González Serna
En relación con retiro de iniciativa.
De la Secretaría de Gobernación
Por el que solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos: Verónica Sagrario Delgado Rosales y Lizzette Maily Corzo Trejo, puedan prestar servicios en las embajadas de los Estados Unidos de América, y de la República de Corea en México; e informa que el ciudadano Jaime Roberto Rivera Márquez, ha dejado de prestar servicios en la embajada de los Estados Unidos de América en México.
Con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, correspondiente al primer receso.
Con el que remite informe sobre el comportamiento de los ingresos de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, observados durante el Ejercicio Fiscal de 2012.
Con la que remite el informe trimestral sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, correspondiente al periodo octubre-diciembre de 2012.
De la Consejería jurídica del gobierno del estado de Oaxaca
Con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la implementación del programa denominado Diputada Amiga, Diputado Amigo.
Oficios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Con el que informa que en el mes de enero de 2013, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, únicamente destinó mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y aquéllas que no son transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).
Con el que remite los informes trimestrales sobre la ejecución del presupuesto, la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública correspondientes al cuarto trimestre de 2012.
Iniciativas con proyecto de decreto del congreso del estado de Chihuahua
Con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 73, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)
Con proyecto de decreto que reforma el inciso a) y deroga los incisos b) al g) de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)
Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno
De la Junta de Coordinación Política
Por el que se propone al Pleno la convocatoria para participar en el proceso de selección del candidato o candidata para ocupar la vacante generada en el Consejo General del Instituto Federal Electoral. (Votación)
Por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que, en el diseño del Plan Nacional de Desarrollo, considere prioritario incorporar las actividades del sector social de la economía para impulsar el desarrollo económico del país. (Votación)
Minutas
Con proyecto de decreto que adiciona la Fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor. (Turno a Comisión)
Con proyecto de decreto que adiciona la Fracción XXI al artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. (Turno a Comisión)
Con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Enrique Francisco Galindo Ceballos, para aceptar y usar la Condecoración Escudo de la Policía Nacional de Ecuador, que le confiere el Gobierno de la República de Ecuador. (Turno a Comisión)
Declaratoria de publicidad de los dictámenes
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 72 y 73 de la Ley General de Salud.
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona la Fracción I Bis al artículo 61 de la Ley General de Salud.
De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que Expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. (Discusión Y Votación)
Dictámenes a discusión
De leyes y decretos
De la Comisión de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor.
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud.
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud.
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud.
Dictámenes a discusión
De puntos de acuerdo
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y Ejecutivos Estatales, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, se promueva y privilegie la dignificación del Adulto Mayor.
De las Comisiones Unidas de Justicia y de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo por los que exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores; a la Procuraduría General de la República y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que, en el ámbito de sus atribuciones, realicen las acciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos en los que falleció el connacional menor de edad José Antonio Elena Rodríguez en la línea de la frontera de Nogales, Sonora, el pasado 10 de Octubre.
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que organice e instale el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los Congresos de los Estados de la Federación, para que legislen priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y las recomendaciones que de ellos emanan para preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos de las entidades donde no se ha legislado sobre el derecho a la no discriminación, a expedir disposiciones legales encaminadas a prohibirlas y desarrollar acciones institucionales para compensar la violación de esa garantía.
De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que la Cámara de Diputados manifiesta su rechazo a los actos de violencia y discriminación llevados a cabo por medios de comunicación públicos y privados de Quintana Roo, en contra de las Diputadas Graciela Saldaña Fraire y Alicia Ricalde Magaña, así como de Edith Mendoza Pino, ex alcaldesa del municipio de Tulum.
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita al Ejecutivo federal, fortalezca los programas y los mecanismos de atención para combatir la violencia contra las niñas y mujeres, a efecto de que puedan ser implementados de manera eficiente y equitativa.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa, incrementar los apoyos a favor de las mujeres rurales.
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo, relativos a lo sucedido en Tacotalpa, Tabasco.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo relativo a la revisión de las Reglas de Operación de los Programas contenidos en el anexo 10 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2012.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos Estatales, armonizar su legislación conforme a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal, en materia de Feminicidios.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del estado de Sinaloa, a aplicar en coordinación con la Fiscalía Especial para los delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, las medidas necesarias para atender el creciente índice de Feminicidios en la entidad.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos Estatales, armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en los cargos de elección popular.
De la Comisión de Competitividad, con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversos Congresos Estatales, para que aprueben el proyecto de decreto que reforma los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De la Comisión de Turismo, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Turismo para apoyar el proyecto de recuperación del Barrio de Tacubaya en la Delegación Miguel Hidalgo del Distrito Federal, con el propósito de convertirlo en un centro turístico.
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Segob y a la SEP, para que establezcan una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de la navegación insegura de las niñas, niños y adolescentes en Internet; asimismo se exhorta a las legislaturas de los estados y a la ALDF, para que legislen en la materia.
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Gobernador del Estado de Querétaro con relación a la ola de secuestros y desapariciones de personas en la entidad; y al Congreso local a realizar los trabajos legislativos pertinentes para tipificar el delito de feminicidio.
Dictámenes a discusión
Negativos de iniciativas
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
De la Comisión de Ganadería, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que crea el Centro Público de Atención Veterinaria.
De la Comisión de Juventud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 8o., fracción I de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.
De la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario.
De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desechan dos Iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados.
De la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
De la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7o., 30 y 74 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y 20 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.
Iniciativas
Que reforma los artículos 6o., 23, 51 Bis 1 y 58 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Maria del Rocio Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)
De Decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, la leyenda Sentimientos de la Nación, a cargo del diputado Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)
De Decreto, para que se acuñe una moneda conmemorativa del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación, a cargo del diputado Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 28 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)
Que expide la Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención a las Adicciones y la Rehabilitación; y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Fernando Belaunzarán Méndez y suscrita por el diputado Agustín Miguel Alonso Raya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Fernando Bribiesca Sahagún, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Sólo Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo del diputado Abel Guerra Garza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 14, 17 Bis y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Roberto López Rosado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Gabriel Gómez Michel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos, a cargo de la diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Salvador Arellano Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 2o., 4o., 14 y 20 de la Ley Orgánica de la Sociedad Hipotecaria Federal, a cargo de la diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 4o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a cargo de la diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 15 y 26 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a cargo de la diputada Alicia Concepción Ricalde Magaña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Isidro Moreno Árcega, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Damián Zepeda Vidales y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 84 de la Ley del Seguro Social, suscrita por las diputadas Mirna Esmeralda Hernández Morales y Dulce María Muñiz Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 934 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Leobardo Alcalá Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Judit Magdalena Guerrero López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que adiciona el artículo 420 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Alfonso Inzunza Montoya y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guizar y suscrita por los diputados Damián Zepeda Vidales y Ricardo Anaya Cortés, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 4o. de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Oswaldo Fuentes Solís, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 6o., 65 y 67 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Ernesto Alfonso Robledo Leal y suscrita por la diputada María Beatriz Zavala Peniche, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Beatriz Zavala Peniche, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo del diputado Sergio Torres Félix, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 7° de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Raúl Paz Alonzo, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 14, 17 Bis y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Roberto López Rosado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ma. del Carmen Martínez Santillán, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 429 del Código Civil Federal y 61 de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)
De Decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre de Manuel Gómez Morín, a cargo del diputado Fernando Rodríguez Doval, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 156 y deroga el artículo 158 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Alfa Eliana González Magallanes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 3 Bis y 51 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 162 y 485 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículo 2o. y 82 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, para que implemente las acciones necesarias para retirar los topes en carretera que no sean necesarios, a cargo del diputado Oscar Eduardo Ramírez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente resolución)
Con punto de acuerdo por el que se solicita la implementación de apoyos para los productores nacionales de maíz, a cargo del diputado Alfonso Inzunza Montoya y suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, para que a través de las dependencias correspondientes, se abstenga de privilegiar la asignación de recursos federales a los municipios y entidades que no cumplan con los lineamientos establecidos para los programas en donde se desarrollarán elecciones próximamente, a cargo del diputado Juan Manuel Gastélum Buenrostro, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)
Proposiciones
Con punto de acuerdo para que el 12 de septiembre de 2013 se realice una sesión solemne de congreso general, con motivo del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación, a cargo del diputado Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través del Conaculta y de la Sectur, se establezca el segundo sábado de marzo como Día Nacional de la Gastronomía Mexicana, a cargo de la diputada Elizabeth Vargas Martín del Campo, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que revise el nombramiento hecho a favor del C. Ardelio Vargas Fosado, como Comisionado del Instituto Nacional de Migración, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la SEP, de la SE, de la Segob y de la PGR, se implementen políticas de control y combate al contrabando y piratería, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, para que en representación del Gobierno Mexicano, condene la falta de un debido proceso y las excesivas condenas impuestas a los 24 presos civiles saharauis, juzgados en un Tribunal Militar Marroquí, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, para que promueva actos cívicos y culturales en las escuelas del país, en conmemoración del Bicentenario del Congreso de Anáhuac y los Sentimientos de la Nación, a cargo del diputado Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, al Gobierno y al Ayuntamiento de Colima, para que fundamenten las atribuciones que conforme a derecho, sustentarían la decisión de cambiar de sitio a una obra originalmente licitada y adjudicada en el cruce del Tercer Anillo Periférico con la Avenida Venustiano Carranza, a cargo de la diputada Patricia Lugo Barriga y suscrita por la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, a la Sener, a la SRE y a la SE, para que establezcan un plan de rescate de la industria azucarera y cañera del país, a cargo de la diputada Gisela Raquel Mota Ocampo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo relativo al conflicto laboral en la empresa Sandak SA de CV, en el estado de Tlaxcala, a cargo de la diputada Luisa María Alcalde Luján, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del IFE, para que a través de la Junta General Ejecutiva y de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, realice una redistribución en el estado de Veracruz, a cargo del diputado Juan Manuel Diez Francos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que esta Soberanía condena las disposiciones de las autoridades del Municipio de Ciudad Acuña, Coahuila, que atentan contra los derechos humanos, a la libertad y a la diversidad cultural y social de sus habitantes, a cargo del diputado Trinidad Morales Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, instruya a la Sagarpa, para que emita la cuota y tarifa energética de estimulo a la productividad y competitividad del sistema-producto manzana en los términos que ordena la Ley de Energía para el Campo, a cargo del diputado Kamel Athie Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Efeméride
Con motivo del Día de la Familia, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.»
El diputado Ricardo Monreal Ávila (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: ¿Con qué objeto, diputado Monreal?
El diputado Ricardo Monreal Ávila (desde la curul): Es una propuesta.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: ¿La puede hacer desde su curul? A ver, le damos tres minutos para hacer la propuesta desde la tribuna.
El diputado José Luis Oliveros Usabiaga (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Sí, diputado Oliveros.
El diputado José Luis Oliveros Usabiaga (desde la curul): Señor presidente, con el objeto de exigirle al gobernador de Michoacán que llegue hasta las últimas consecuencias e investigue el asesinato de Marisela Delgado Márquez, joven de 20 años, estudiante de derecho, trabajadora del Congreso local de Michoacán y una gran activista del Partido Acción Nacional.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Su dicho queda en el Diario de los Debates. Diputado Monreal.
El diputado Ricardo Monreal Ávila:Gracias, presidente. Ciudadanos legisladores; ciudadanos y ciudadanas. Un acontecimiento inusual se ha presentado en el país, la privación de la libertad de la principal dirigente magisterial del país, Elba Esther Gordillo. Es un hecho que no puede pasar desapercibido para este poder.
Por eso solicito, ciudadano presidente, sea considerado este tema, este asunto dentro del orden del día para que el Poder Legislativo pueda analizar con seriedad y detenimiento las implicaciones, las consecuencias jurídicas y políticas que este hecho generará.
Estaba leyendo el orden del día; hay temas importantes, pero no tan trascendentes como el de la detención o privación de la libertad de la profesora Elba Esther Gordillo. Por ejemplo, hay un tema de un partido político, de urgente u obvia resolución para que se quiten los topes de las carreteras del país...
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Diputado Monreal, escuchamos ya su propuesta.
El diputado Ricardo Monreal Ávila: Voy a concluirla, presidente. ¿No creen ustedes que esto es más importante? ¿Por que callan los incondicionales? ¿Por qué enmudecen los ex socios? ¿Por qué reniegan ahora los beneficiarios de su mando? ¿Por qué la niegan sus antiguos amigos y aliados? ¿Dónde están? ¿También la Cámara callará?
En México sí hay impunidad, la justicia selectiva simple y sencillamente es justicia pervertida. Discutámoslo, compañeros, es un tema de trascendencia nacional. No le rehúyan.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Esta Presidencia, con fundamento en el numeral 2 del artículo 65 del Reglamento, instruye a hacer las consultas necesarias a la Junta de Coordinación Política.
ACTA DE SESION ANTERIOR
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: En virtud de que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria, proceda la Secretaría a someter a discusión el acta de la sesión anterior.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes veintiséis de febrero de dos mil trece, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.
Presidencia del diputadoFrancisco Agustín Arroyo Vieyra
En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de doscientos cincuenta y cinco diputadas y diputados, a las once horas con cinco minutos del martes veintiséis de febrero de dos mil trece, el Presidente declara abierta la sesión.
En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; acto seguido, se somete a discusión el Acta de la Sesión anterior, como también el Acta de la Sesión Solemne y, no habiendo oradores registrados, en sendas votaciones económicas se aprueban.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:
a) De la Junta de Coordinación Política, en relación a la integración de la Comisión Legislativa del Congreso de la Unión para el Diálogo y la Conciliación para el estado de Chiapas, así como cambios de integrantes y de Junta Directiva de Comisiones Ordinarias y Especiales. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
b) De los diputados:
Miguel Sámano Peralta, por el que solicita que sean retiradas de los registros de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, las iniciativas con proyecto de decreto que reforman el artículo treinta y tres de la Ley General de Educación, turnadas en la sesión del veinte de diciembre de dos mil doce; y el siete de febrero del año en curso.
María Guadalupe Moctezuma Oviedo, por la que solicita que sea retirada de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Pensión Universal para las Personas de Setenta Años de Edad o Más, turnada el once de octubre de dos mil doce.
Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.
c) De las Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en relación con la Minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo. En virtud de haberse agotado el procedimiento legislativo previsto en el artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, archívense el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
d) De la Secretaría de Desarrollo Social, con la que remite el Padrón de beneficiarios activos del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades y el Programa Apoyo Alimentario, correspondientes al segundo semestre del ejercicio fiscal dos mil doce. Se remite a la Comisión de Desarrollo Social para su conocimiento.
e) De la Secretaría de Gobernación:
Por el que solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos:
Jesús Fernando Céspedes Meneses, Claudia Eugenia Vargas Orozco, Israel Jesús Mendoza Chávez, Porfirio García Sosa, Abel Valdemar Tapiero Gutiérrez y Fabián Salazar Gutiérrez, puedan prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México y en los Consulados Generales de los Estados Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas y; en Monterrey, Nuevo León; e informa que las ciudadanas: Blanca Esthela Ibarra Castillo, Laura Elena Zepeda Valadez, Shantal Nickte-Ha Escamilla Velarde y Nemesia Alejandra González Farías, han dejado de prestar servicios en las Embajadas de los Estados Unidos de América y de Canadá en México.
Violeta Denise Soria Contreras, Walter Alfonso Bencomo Gabilondo, Joel Acosta Ramos, Julio César Lozada Chávez, Erika Cantú Torres y Luis Alberto Medina Hernández, puedan prestar servicios en la Embajada de Nueva Zelanda en México y en los Consulados Generales de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua; Matamoros, Tamaulipas; y Monterrey, Nuevo León.
Las solicitudes de permiso se turnan a la Comisión de Gobernación para dictamen. Por lo que se refiere a los ciudadanos que dejan prestar servicios, comuníquese a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores para su conocimiento.
Con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al robo de hidrocarburos. Se remite a la Comisión de Energía para su conocimiento.
Con las que remite cinco contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente, correspondiente al Primer Receso. Se remiten a los promoventes para su conocimiento.
f) De la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con la que remite el informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de dos mil once. De enterado, se remite al archivo para consulta de los ciudadanos diputados.
g) De la Cámara de Senadores, con la que se remiten Minutas con proyecto de decreto:
Que reforma los artículos dos, fracción sexta, y tres, segundo párrafo, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Se turna a la Comisión de Justicia para dictamen.
Que reforma y adiciona la Ley Federal de Sanidad Vegetal. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego para dictamen.
Se da cuenta con acuerdos de la Junta de Coordinación Política:
Por el que se nombra al representante del Poder Legislativo ante el Consejo Consultivo Nacional del Instituto Nacional de Estadística y Geografía. En votación económica se aprueba el acuerdo. Comuníquese.
Por el que se designa al diputado que representará a la Cámara de Diputados ante el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal. En votación económica se aprueba el acuerdo. Comuníquese.
La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria los dictámenes con proyecto de decreto de las Comisiones:
a) De Cultura y Cinematografía, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor.
b) De Salud:
Que adiciona el artículo primero Bis a la Ley General de Salud.
Que reforma la fracción tercera del artículo cuatrocientos sesenta y cuatro Ter de la Ley General de Salud.
Que adiciona un párrafo segundo al artículo doscientos diez de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado.
Que reforma y adiciona los artículos sesenta y uno, sesenta y cuatro, y setenta y nueve de la Ley General de Salud, en materia de profesionalización de parteras.
De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
El siguiente punto en el Orden del Día, es la discusión de los siguientes dictámenes con proyecto de decreto de las Comisiones:
a) De Salud:
Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud en materia de bancos de sangre. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión al diputado Isaías Cortés Berumen.
Presidencia de la diputadaPatricia Elena Retamoza Vega
Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: María Sanjuana Cerda Franco, de Nueva Alianza; María del Carmen Martínez Santillán, del Partido del Trabajo; Juan Ignacio Samperio Montaño, de Movimiento Ciudadano; Ernesto Núñez Aguilar, del Partido Verde Ecologista de México;
A las once horas con treinta y nueve minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos cuarenta y ocho diputadas y diputados.
Eva Diego Cruz, del Partido de la Revolución Democrática; Raudel López López, del Partido de Acción Nacional; y María de las Nieves García Fernández, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos veintinueve votos se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de bancos de sangre. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
Que reforma las fracciones primera y tercera del artículo doscientos cuarenta y cinco de la Ley General de Salud. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión al diputado Mario Alberto Dávila Delgado. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Rubén Benjamín Félix Hays, de Nueva Alianza; Carla Alicia Padilla Ramos, del Partido Verde Ecologista de México; Alliet Mariana Bautista Bravo, del Partido de la Revolución Democrática; Tania Margarita Morgan Navarrete, del Partido de Acción Nacional; y Zita Beatriz Pazzi Maza, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos veintiocho votos se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma las fracciones primera y tercera del artículo doscientos cuarenta y cinco de la Ley General de Salud. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
Presidencia del diputadoJosé González Morfín
b) De Turismo, que adiciona un segundo párrafo al artículo cuarenta y uno de la Ley General de Turismo. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión al diputado Martín Alonso Heredia Lizárraga. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza; Aida Fabiola Valencia Ramírez, de Movimiento Ciudadano; Gabriela Medrano Galindo, del Partido Verde Ecologista de México; Carla Guadalupe Reyes Montiel, del Partido de la Revolución Democrática; y Eduardo Román Quian Alcocer, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos treinta y tres votos se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo cuarenta y uno de la Ley General de Turismo. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
c) De Juventud, que reforma los artículos dos, tres, tres bis y cuatro, fracción primera de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión al diputado José Luis Oliveros Usabiaga. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: René Ricardo Fujiwara Montelongo, de Nueva Alianza; Merilyn Gómez Pozos, de Movimiento Ciudadano; Mónica García de la Fuente, del Partido Verde Ecologista de México; Crystal Tovar Aragón, del Partido de la Revolución Democrática, quien presenta una propuesta de modificación al proyecto de decreto; Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Partido de Acción Nacional; y Sue Ellen Bernal Bolnik, del Partido Revolucionario Institucional. Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura a la propuesta de modificación presentada por la diputada Crystal Aragón Tovar, la cual en sendas votaciones económicas se admite a discusión y se acepta. En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuarenta y tres votos, se aprueba en lo general y en lo particular, con la modificación aceptada por la Asamblea, el proyecto de decreto que reforma los artículos dos, tres, tres bis, cuatro, fracción primera, y ocho de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
En virtud de haberse cumplido con el requisito de declaratoria de publicidad, en votación económica se autoriza someter a discusión y votación de inmediato el dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Salud, que reforma y adiciona los artículos sesenta y uno, sesenta y cuatro, y setenta y nueve de la Ley General de Salud, en materia de profesionalización de parteras. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión a la diputada Blanca Jiménez Castillo. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Juan Ignacio Samperio Montaño, de Movimiento Ciudadano; Martha Edith Vital Vera, del Partido Verde Ecologista de México; Eva Diego Cruz, del Partido de la Revolución Democrática; Alma Marina Vitela Rodríguez, del Partido Revolucionario Institucional; y Luis Alberto Villarreal García, del Partido de Acción Nacional. Sin más oradores registrados, en votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos veintidós votos se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos sesenta y uno, sesenta y cuatro, y setenta y nueve de la Ley General de Salud, en materia de profesionalización de parteras. Se devuelve al Senado para efectos de la fracción E, del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El siguiente punto del Orden del Día es la discusión de los dictámenes de en sentido negativo con puntos de acuerdo por los que se desechan iniciativas con proyecto de decreto de las Comisiones:
a) De Economía, que reforma el artículo sesenta y cinco Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
b) De Energía, que adiciona un tercer párrafo al artículo veinticinco de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
c) De Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, cuatro, que reforman el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Creación de Comisiones Ordinarias.
d) De Ciencia y Tecnología:
Que adicionan la Ley de Ciencia y Tecnología.
Que adiciona los artículos uno, cinco, seis, diez y doce de la Ley de Ciencia y Tecnología.
Que reforma el artículo nueve Bis, y adiciona el artículo veinte de la Ley de Ciencia y Tecnología.
e) De Turismo:
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.
Que reforma el artículo treinta y ocho de la Ley General de Turismo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.
Que reforma los artículos dos, dieciocho y diecinueve de la Ley General de Turismo.
Que reforma el artículo ocho de la Ley General de Turismo.
f) De Pesca:
Que reforma el inciso i) de la fracción tercera del artículo veinticuatro de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
La Secretaría da lectura a los puntos resolutivos y, sin oradores registrados, en votación económica se aprueban los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos, por lo que se refiere a las minutas, se devuelven al Senado para los efectos de la fracción D, del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se da cuenta con acuerdo de la Junta de Coordinación Política, con relación a cambios de integrantes en Comisiones Ordinarias. De enterado. Comuníquese.
En su oportunidad, y desde sus respectivas curules, realizan moción de procedimiento los diputados Verónica Beatriz Juárez Piña, del Partido de la Revolución Democrática; Ricardo Mejía Berdeja, y Gerardo Villanueva Albarrán, ambos de Movimiento Ciudadano. El Presidente hace aclaraciones.
Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a los diputados:
José Sergio Manzur Quiroga, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos diecinueve, y setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Silvano Aureoles Conejo, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo ciento once del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.
Felipe Arturo Camarena García, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
Luisa María Alcalde Luján, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo ciento cinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
María Sanjuana Cerda Franco, de Nueva Alianza, que reforma el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Gerardo Peña Avilés, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo ciento setenta y uno de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
Loretta Ortíz Ahlf, del Partido del Trabajo, que reforma el artículo trece de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
De conformidad con el artículo cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, las siguientes iniciativas y proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria:
a) Iniciativas con proyecto de decreto de los diputados:
Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo veintiuno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Carla Alicia Padilla Ramos, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma los artículos ciento treinta y tres y novecientos noventa y cinco de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Víctor Manuel Bautista López, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Guadalupe Socorro Flores Salazar, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Víctor Manuel Bautista López, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Justicia Militar. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Defensa Nacional, para dictamen.
Verónica Beatriz Juárez Piña, del Partido de la Revolución Democrática, que expide la Ley Federal de Apoyo Económico a Madres Solteras Jefas de Familia. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
Yesenia Nolasco Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo doscientos dieciocho de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
Joaquina Navarrete Contreras, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo dieciocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano, que reforma los artículos treinta y ocho, y doscientos treinta y tres del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.
Javier Salinas Narváez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Carlos Augusto Morales López, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos segundo, sexto, treinta y dos, treinta y tres, treinta y cuatro, y treinta y cinco de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos tercero, sexto, y setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Arturo Cruz Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo cuarenta del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Roxana Luna Porquillo, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
María del Carmen Martínez Santillán, del Partido del Trabajo, que expide la Ley Federal de Paz Pública y Suspensión de Derechos y Garantías, Reglamentaria del artículo veintinueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
Sonia Rincón Chanona, de Nueva Alianza, que reforma los artículos cuatrocientos veintinueve del Código Civil Federal y sesenta y uno de la Ley Federal del Derecho de Autor. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Cultura y Cinematografía, para dictamen, a la Comisión de Derechos de la Niñez, para opinión.
Silvano Blanco Deaquino, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
José Arturo López Cándido, del Partido del Trabajo, que reforma el artículo ciento treinta y dos de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Agustín Miguel Alonso Raya, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y deroga el artículo veintitrés de la Ley Reglamentaria de la fracción décima tercera Bis del apartado B del artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
María del Socorro Ceseñas Chapa, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, Partido Acción Nacional, que reforma el artículo ciento cincuenta y seis Bis del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Guillermo Sánchez Torres, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos diecisiete, treinta y uno, y cuarenta y seis de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo tercero y adiciona los artículos dos Bis y cuatro Bis a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Gisela Raquel Mota Ocampo y suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Reforma Agraria, que reforma el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
Teresa de Jesús Mojica Morga, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos cuarenta y uno, y noventa y nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano, que reforma los artículos ciento doce de la Ley de Migración y dieciséis de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios, y de Derechos de la Niñez, para dictamen.
Silvano Blanco Deaquino, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos ciento ocho, ciento diez, y ciento once de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Merilyn Gómez Pozos, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo doscientos cuarenta y uno del Reglamento de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
Mario Alberto Dávila Delgado, Partido Acción Nacional, que reforma el artículo treinta y uno de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares, Partido Acción Nacional, que reforma el artículo noventa y cinco de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Juan Manuel Gastélum Buenrostro, Partido Acción Nacional, que reforma el artículo cincuenta y nueve de la Ley Federal de Radio y Televisión. Se turna a la Comisión de Radio y Televisión, para dictamen.
Esther Quintana Salinas, Partido Acción Nacional, que reforma el artículo veintiocho de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Fernando Alejandro Larrazabal Bretón, Partido Acción Nacional, que reforma los artículos setenta y nueve, ochenta, y ochenta y tres de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen.
b) Proposiciones con puntos de acuerdo de los diputados:
Humberto Armando Prieto Herrera, Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de Petróleos Mexicanos, para que realicen investigación y revisen el proceso de liquidación de los trabajadores que fueron dados de baja a finales de los ochenta e inicio de los noventa, en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Ernesto Núñez Aguilar, del Partido Verde Ecologista de México, relativo a la cancelación del registro de endosulfán en México, en cumplimiento del convenio de Estocolmo. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano y suscrito por diputadas integrantes de diversos grupos parlamentarios, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, para que publique el nuevo Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión de Equidad y Género, para dictamen.
Loretta Ortiz Ahlf, y suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de Gobernación, para que sancionen y ejerzan las acciones legales correspondientes en contra de los funcionarios encargados de la investigación y personas involucradas, que resulten responsables en el caso Florence Cassez. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
Flor Ayala Robles Linares, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se por el que se solicita a los titulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del Instituto Nacional de Migración y del Desarrollo Integral de la Familia, para que construyan una base de datos de niñas, niños y adolescentes sin compañía que sean repatriados de los Estados Unidos de América y se promueva su protección. Se turna a las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios y de Derechos de la Niñez, para dictamen.
Humberto Armando Prieto Herrera, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Gobernador de estado de Tamaulipas y al Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para que den respuesta a la demanda de regularización de vivienda de las familias asentadas en el fraccionamiento Rincón de las Flores, en Reynosa, Tamaulipas. Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.
Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al director general y al Consejo de Administración de Pemex, para que hagan público el acuerdo CA-083/2011, el acta de la sesión pública extraordinaria ochocientos treinta y dos del Consejo de Administración de Pemex y el convenio sindical número diez mil seiscientos catorce, signado entre la paraestatal y el Sindicato. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano, relativo a casos de abuso sexual en contra de mujeres extranjeras y connacionales por parte de miembros de la policía en los municipios de Cajeme, Sonora; Solidaridad, Quintana Roo; y Chimalhuacán, Estado de México. Se turna a la Comisión de Equidad y Género, para dictamen.
Erika Yolanda Funes Velázquez, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que establezca un programa de prevención y detección temprana del cáncer de próstata. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
Genaro Carreño Muro, Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Economía y del Fondo Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad para que promuevan y establezcan en las reglas de operación correspondientes, la inclusión de los sectores en situación de vulnerabilidad social. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.
Pedro Porras Pérez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, elabore y publique el Reglamento relativo al Capítulo décimo séptima de la Seguridad y Soberanía Alimentaria de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se turna a las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural y de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.
Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a las autoridades culturales de los diferentes órdenes de gobierno, para que se restaure y proteja el Kiosco Morisco. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.
Erika Yolanda Funes Velázquez, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que establezca un programa de vacunación contra el Virus del Papiloma Humano. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
José Luis Oliveros Usabiaga Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que designe al titular del Instituto Mexicano de la Juventud. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.
Carlos de Jesús Alejandro, del Partido de la Revolución Democrática, en relación al respeto de los derechos humanos de mujeres indígenas en el estado de Guanajuato. Se turna a la Comisión de Equidad y Género, para dictamen.
Yesenia Nolasco Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Senado de la República, para que se dictamine la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley de Planeación para la Soberanía y Seguridad Agroalimentaria y Nutricional. Turno: Cámara de Senadores, para su atención.
Rafael Acosta Croda, Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que se realice una visita a la empresa SEPSA, ubicada en el puerto de Veracruz, a fin de verificar los medios de control y de salubridad que la misma implementa con el material peligroso denominado coque. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud y de Protección Civil, para dictamen.
Yesenia Nolasco Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al gobierno federal, para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Economía, apoye con mayores productos de financiación a las pequeñas y medianas empresas, con la finalidad de promover la reactivación del crédito bancario al sector privado. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y Economía, para dictamen.
Angélica Rocío Melchor Vásquez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que expida el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen.
María del Rosario Merlín García, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que se fortalezcan los apoyos institucionales y la entrega de recursos financieros al estado de Guerrero, para solucionar la crisis de seguridad generada por la delincuencia organizada. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.
Yazmin de los Ángeles Copete Zapot, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a los titulares del Ejecutivo Federal, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de la Secretaría de Economía y al Senado de la República, para que se cancelen los cupos de importación de azúcar, así como también se revise y sancione el capítulo de azúcares y jarabes del TLCAN. Se turna a las Comisiones Unidas de Economía y de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.
José Antonio León Mendívil, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al gobierno del estado de Veracruz, para que permita el desarrollo de elecciones limpias y libres el siete de julio de dos mil trece. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.
Josefina Salinas Pérez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al gobernador del estado de México, a ejercer con pluralidad y equidad la autoridad que le ha sido conferida y preste disposición a la interlocución con los representantes populares y dirigencias estatales que no coinciden en militancia con su partido. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.
Agotados los asuntos del Orden del Día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el jueves veintiocho de febrero de dos mil trece, a las once horas y levanta la sesión a las quince horas con cincuenta y cuatro minutos.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobada el acta. Continúe la Secretaría.
CAMBIO DE TURNO DE INICIATIVA
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo Federal. Cámara de Diputados. Mesa Directiva.
Honorable Asamblea:
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno de la siguiente
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo y se adiciona una fracción VIII al artículo 2, recorriéndose las subsecuentes, de la Ley de Planeación, presentada por el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, el 18 de julio de 2012.
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, ya la Comisión de Derechos de la Niñez, para opinión.
México, DF, a 28 de febrero de 2013. Diputado Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), Presidente.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2 del Reglamento, se modifica el turno. Actualícense los registros. Continúe.
NUEVA ALIANZA
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Permítame, en primer término, ofrecerle un respetuoso saludo en su calidad de quien preside los trabajos de ese honorable cuerpo de legislativo.
Sirva además la oportunidad para hacer de su conocimiento que, de conformidad con el artículo 59, fracción III, del estatuto que rige la vida interna de Nueva Alianza, y una vez habiendo consensuado la determinación con los miembros del grupo parlamentario de nuestro partido, he designado a la diputada María San Juana Cerda Franco como coordinadora política de nuestro grupo parlamentario a partir de esta fecha
Agradezco a usted cumplidamente el cauce oportuno a esta gestión, así como las facilidades que corresponda brindar para el desempeño de la tarea de la que se hará cargo la compañera diputada Cerda Franco como nueva coordinadora, en el marco de la normatividad vigente.
Cordialmente
México, DF, a 26 de febrero de 2013. Luis Castro Obregón (rúbrica), presidente nacional de Nueva Alianza.»
«Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
De conformidad con el artículo 59, fracción III, del estatuto que rige la vida interna de Nueva Alianza, y una vez habiendo consensuado la determinación con los integrantes de la fracción parlamentaria de nuestro partido, quiero informarle a usted que hemos designado a la ciudadana diputada María Sanjuana Cerda Franco como coordinadora política de nuestro grupo parlamentario a partir de esta fecha.
Agradezco a usted cumplidamente el cauce oportuno a esta gestión, así como las facilidades que corresponda brindar para el desempeño de la tarea de la que se hará cargo la compañera diputada Cerda Franco como nueva coordinadora, en el marco de la normatividad vigente.
Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis saludos más cordiales.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2013. Diputada Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica).»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Esta Presidencia, una vez verificado el contenido de los numerales en los que funda el señor presidente del Partido Nueva Alianza su petición, declara de enterado y los remite a la Junta de Coordinación Política, para su debida atención.Continúe.
RETIRO DE INICIATIVA
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
El suscrito, diputado José Ángel González Serna, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, haciendo uso de mi derecho dispuesto en el artículo 77, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me dirijo a usted para solicitarle de la manera más atenta, gire sus instrucciones para que sea retirada la iniciativa que reforma los artículos 9o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y 21 del Código de Comercio, presentada por un servidor ante el pleno el día 9 de octubre de 2012, misma que fue turnada a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Economía para el dictamen correspondiente.
Sin otro particular, le envió un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2013. Diputado José Ángel González Serna (rúbrica).»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios.
PERMISOS PARA PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número DEP-0299/13, el licenciado Emilio Suárez Licona, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicita se tramite ante el honorable Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, Apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que las personas que se citan a continuación, puedan prestar sus servicios a Gobierno extranjero que se menciona:
Nombre: Verónica Sagrario Delgado Rosales.
Puesto: Secretaria administrativa.
Lugar de Trabajo: Embajada de Estados Unidos de América en México.
Nombre: Lizzette Maily Corzo Trejo.
Puesto: Asistente del embajador.
Lugar de Trabajo: Embajada de la República de Corea en México.
Por lo anterior me permito anexar, para la integración de sus expedientes, copias certificadas de las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas y originales de los escritos en los que solicitan sé realicen los trámites correspondientes; asimismo, copias simples de sus identificaciones oficiales.
Al mismo tiempo se informa que la persona que se cita a continuación solicita la cancelación del permiso que re fue concedido para prestar servicios al Gobierno extranjero que se menciona:
Nombre: Jaime Roberto Rivera Márquez.
Puesto: Carpintero técnico de mantenimiento.
Lugar de Trabajo: Embajada de Estados Unidos de América en México.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 26 de febrero de 2013. Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: La solicitud de permiso túrnese a la Comisión de Gobernación, para dictamen.Por lo que se refiere al ciudadano que deja de prestar servicios, comuníquese a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, para su conocimiento.
DEUDA DE ESTADOS Y MUNICIPIOS
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-7-382, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 345-1-104, suscrito por el doctor Jesús Gustavo Garza García, director de Planeación Financiera de la Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a las finanzas públicas y deuda pública.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 26 de febrero de 2013. Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), titular de la Unidad Enlace Legislativo.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura, titular de la Unidad de Enlace Legislativo,
Me refiero a su oficio número SEL/UEL/311/0173/13 fechado el 31 de enero del presente año dirigido al jefe de la Unidad de Enlace con el Congreso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Por medio del cual hace de nuestro conocimiento el punto de acuerdo aprobado por el Pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en la Sesión celebrada el día 30 de enero del presente año.
Con respecto al primer punto, quisiera comentarle que en años recientes, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha realizado un manejo muy responsable de las finanzas públicas y de la deuda pública. Para este año, se busca cumplir el objetivo de contar con un presupuesto balanceado, es déficit cero sin incluir de Pemex, y continuar con la estrategia de deuda pública que se ha seguido recientemente, la cual consiste en balancear el financiamiento entre sus fuentes internas y externas e incrementar gradualmente la madurez de la misma; el nivel de madurez de la deuda se ha incrementado de 1.48 años en 2000 hasta un nivel de 7.98 años en promedio al final de 2012. Cabe destacar que el nivel de deuda en México es de 33.4%, muy por debajo del promedio de países emergentes desarrollados.
Por otra parte, México cuenta con la liquidez necesaria para enfrentar choques externos, se cuenta con reservas internacionales por 165 mil millones de dólares, lo cual representa un nivel máximo histórico. Además, lo anterior se complementa con la renovación de la línea de crédito flexible del Fondo Monetario Internacional por 73 mil millones de dólares. Cabe destacar que la demanda interna está fuertemente sostenida por un elevado crecimiento en el crecimiento de crédito y el empleo.
Con respecto al segundo cuestionamiento, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) ha realizado recientemente una serie de acciones con el objeto de incrementar la productividad del sector agropecuario doméstico. El 20 de febrero de 2013 se anunció un enfoque de extensionismo focalizado a 400 municipios rurales con mayor pobreza alimentaria, en línea con la Cruzada Nacional contra el Hambre, en la cual participaron universidades e institutos de investigación con el fin de incrementar la productividad de granos y oleaginosas.
Además de lo anterior, en diciembre, se anunció un programa para aumentar la producción y sustentabilidad del sector pesquero. Las principales acciones de política de la Sagarpa se pueden consultar en la siguiente dirección electrónica:
http://www.sagarpa.gob.mx/saladeprensa/Paginas/Sala.aspx
Con respecto al tercer punto, el calendario de reformas del Pacto por México menciona que la legislación propuesta con respecto al compromiso 64 se presentará durante el segundo semestre de 2013 y se piensa implementar a partir del primer semestre de 2014. Por otro lado, no hay información actual con respecto al compromiso 65. Se puede consultar el calendario de reformas en la siguiente dirección electrónica
http://pactopormexico.org/
El cuarto punto no nos queda muy claro, con respecto a la responsabilidad hacendaria podemos mencionar que en los últimos años se ha mantenido un moderado déficit fiscal y este año el objetivo es contar con un presupuesto equilibrado, sin considerar la inversión en Pemex. Como se mencionó anteriormente, se continuará con la estrategia de balancear la deuda entre sus fuentes externas e internas e incrementar su madurez. Le agradeceremos nos aclare qué tipo de información se refiere con respecto a este punto.
Aprovecho la oportunidad para agradecer su iniciativa para ponerse en contacto con las autoridades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y por su interés en la situación económica de nuestro país.
Sin más por el momento le envió un cordial saludo.
Notas:
1 Cifras de Banco de México.
2 El promedio de deuda de los países de la OCDE es de 108.7% del PIB con cifras a diciembre de 2012.
México, DF, a 22 de febrero de 2013. Doctor Jesús Gustavo Garza García (rúbrica), dirección de Planeación Financiera.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase al promovente, para su conocimiento.
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Por este medio y con fundamento en lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el artículo sexto transitorio de la Ley Federal de Derechos, me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número 349-6-027, el ciudadano Eduardo Camero Godínez, jefe de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, envía el informe sobre el comportamiento de los ingresos de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, observados durante el ejercicio fiscal 2012, para su análisis.
Por lo anterior, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como el anexo que en el mismo se cita.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 27 de febrero de 2013. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura, jefe de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación. Presente.
Hago referencia al artículo sexto transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, publicado en el Diario oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011, en el que se establece que para los efectos de conocer el comportamiento de los ingresos de Caminos y Puentes Federales, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá enviar, a más tardar el último día del mes de febrero de cada año, un informe detallado al honorable Congreso de la Unión para su análisis.
Sobre el particular, me permito remitir el informe correspondiente a los ingresos de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, observados durante el ejercicio fiscal 2012, solicitándole que por conducto de esa unidad se remita al honorable Congreso de la Unión (se anexa de manera impresa).
Le envío un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 25 de febrero de 2013. Eduardo Camero Godínez (rúbrica), jefe de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.
SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Por este medio y con fundamento en lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 5o., fracción XIII, 8o., fracción VIII, y 12, fracciones III, VIII y XIII de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número D00/100/ 029 /2013, el licenciado Carlos Ramírez Fuentes, presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, envía el informe trimestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro, correspondiente al periodo octubre-diciembre de 2012.
Por lo anterior, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como el anexo que en el mismo se cita, en formato impreso y medio magnético.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 27 de febrero de 2013. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación. Presente.
De conformidad con lo establecido por el artículo 27, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, atentamente le solicito sea usted el amable conducto para dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 5o., fracción XIII, 8o., fracción VIII, y 12, fracciones III, VIII y XIII, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y el artículo 151 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Por lo anterior, anexo al presente me permito acompañar por duplicado el informe trimestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro, correspondiente al periodo octubre-diciembre de 2012, tanto en impreso como en disco compacto, mismo que fue aprobado por la junta de gobierno de esta comisión en su primera sesión ordinaria de dos mil trece y que, de no existir inconveniente, deberá entregarse a cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión a más tardar el 28 de febrero del año en curso.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 27 de febrero de 2013. Carlos Ramírez Fuentes (rúbrica), presidente.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para su conocimiento.
PROGRAMA DIPUTADA AMIGA, DIPUTADO AMIGO
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Consejería Jurídica del gobierno de Oaxaca.
Diputado José González Morfín, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Reciba por este medio mi saludo fraterno a la soberanía que integra, al tiempo que aprovecho para dar respuesta a su oficio número DGPL 62-II-9-0536, en el cual comunicó al titular del Poder Ejecutivo de Oaxaca el contenido del punto de acuerdo por el que se exhorta a la Junta de Coordinación Política a llevar a cabo las acciones pertinentes para la implantación del programa Diputada Amiga, Diputado Amigo de manera permanente en la LXII Legislatura; en este contexto, hago de su conocimiento lo siguiente:
Para la atención del tema migratorio, considerado en el Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016, la administración pública a mi cargo cuenta con el Instituto Oaxaqueño de Atención al Migrante (IOAM), que ha impulsado la creación de un grupo de trabajo por los derechos humanos de los migrantes, implantando el programa alterno Migrante por su Bienestar, que desarrolla acciones afines con el diverso Diputada Amiga, Diputado Amigo.
Con objeto de estrechar lazos de coordinación con esa soberanía para alcanzar los objetivos, le notifico que el ciudadano Rufino Domínguez Santos, director general del IOAM, será el enlace para implantar el programa citado en territorio oaxaqueño. El servidor público mencionado cuenta con los números telefónicos siguientes 01 (951) 501 5000, extensiones 12080, 12081 y 12095, así como la dirección de correo electrónico rufinidominguez@oaxaca. gob.mx. Anexo al presente el ocurso del servidor público citado en el que se detallan las acciones realizadas en su instituto respecto a los migrantes oaxaqueños.
Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi distinguida consideración.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 15 de febrero de 2013. Licenciado Víctor Hugo Alejo Torres (rúbrica), consejero Jurídico del Gobierno del Estado.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Instituto Oaxaqueño de Atención al Migrante.
Licenciado Víctor Hugo Alejo Torres, consejero Jurídico del Gobierno del Estado. Presente.
Con relación al oficio número STPEE/G1/2012/1891, enviado por el doctor Héctor Iturribarría Pérez, secretario técnico del Poder Ejecutivo, en el que remite punto de acuerdo de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados federal en el que se exhorta al titular del Ejecutivo del estado a contribuir a la implantación y apoyo del programa Diputado Amiga, Diputado Amigo, así como la instauración de programas alternos que se cumplimenten y coadyuven con dicho programa.
En dicho oficio se nos solicita coordinación interinstitucional para dar respuesta a dicha solicitud y se nos informa que la vía de respuesta será a través de su área.
A fin de que usted cuente con elementos y considerando que el programa Diputado Amiga, Diputado Amigo presenta los siguientes objetivos principales: combatir las prácticas de extorsión contra migrantes por autoridades de los distintos órdenes de gobierno cuando sucedan; apoyar la supervisión de la protección de sus derechos humanos; velar por el respeto irrestricto de sus garantías individuales; asistir a los cruces fronterizos internacionales y aduanas de la frontera norte del país; a terminales de autobuses y aeropuertos, a puertos de revisión carreteros, para orientar a los migrantes, turistas y transmigrantes, así como recibir sus denuncias de extorsión, maltrato y hostigamiento por funcionarios públicos, y que dicho programa tiene el sentido de dar seguimiento, mantener vigentes y reforzar los programas que han sido diseñados para fortalecer los mecanismos de protección de los migrantes, le informo:
El IOAM ha impulsado la creación del Grupo de Trabajo por los Derechos Humanos de los Migrantes.
En el marco del Grupo de Trabajo por los Derechos Humanos de los Migrantes se desarrolla la operación Migrante, por tu Bienestar, en el que participan instituciones y programas que desarrollamos acciones relacionadas con el programa Diputado Amiga, Diputado Amigo.
Dicha operación se inició el 6 de diciembre de 2012 y concluyó el 6 de enero del año en curso, debido a las festividades decembrinas según estimaciones del IOAM, entre 6 mil migrantes retornaron a pasar el periodo de Navidad y año nuevo a sus comunidades de origen.
El programa Migrante, por tu Bienestar, cuyo objetivo es velar por la integridad y los derechos de los paisanos que volvieron a sus comunidades con motivo de las fiestas de fin de año, continúa para que no sean objeto de abusos por autoridades aduanales y policiacas.
Participan dependencias federales y estatales: Policía Federal, Instituto Nacional de Migración, Secretaría de Relaciones Exteriores, Aduana Oaxaca, Secretaría de Seguridad Publica, Registro Civil, Servicios de Salud Oaxaca y Secretaría General de Gobierno.
Los módulos de información son situados en la central camionera de segunda clase, terminal del ADO y aeropuerto internacional Benito Juárez, donde se atendió a los migrantes y sus familias.
Se brindaron asesorías sobre el trámite de apostilla y doble nacionalidad, localización de migrantes extraviados, también información sobre los programas que el gobierno federal y el estatal tienen para los migrantes de retorno, como el programa Tres por Uno y el Fondo de Apoyo a Migrantes.
La Dirección del Registro Civil informó que realizó cerca de 867 trámites gratuitos en favor de migrantes oaxaqueños.
Derivado de los avances logrados en la coordinación interinstitucional, y en las actividades directas de difusión, asesoría y orientación, así como en la planeación, programación, ejecución y evaluación del conjunto de la operación y considerando la pluralidad de los participantes le comunico el amplio interés como secretario técnico del Grupo de Trabajo por los Derechos Humanos de los Migrantes en coadyuvar con esta importante iniciativa del Congreso federal a través del programa Diputado Amiga, Diputado Amigo.
Por tanto, le agradeceré que informe de lo anterior y reiterar la invitación a los diputados locales y a los federales participantes en el programa Diputado Amiga, Diputado Amigo para integrarse a las sesiones y actividades del Grupo de Trabajo por los Derechos Humanos de los Migrantes.
Sin otro particular, le envío un cordial saludo y mi más alta consideración.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz
Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, a 9 de enero de 2013. Rufino Esteban Domínguez Santos (rúbrica), director general del Instituto Oaxaqueño de Atención al Migrante.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase a la Comisión de Asuntos Migratorios, para su conocimiento.
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presente
Por medio del presente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 145, penúltimo párrafo, de la Ley Aduanera vigente, le informo que el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras que son las unidades competentes para dar destino a las mercancías de comercio exterior, durante el mes de enero de 2013, únicamente destinaron mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y aquellas que no son transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).
Entre los bienes que fueron destinados por las autoridades aduaneras, se encuentran los siguientes:
Alimentos y bebidas sin alcohol; animales vivos; artículos de limpieza y aseo; billetes y monedas; pinturas, barnices, solventes y lubricantes; productos agrícolas y agropecuarios; productos farmacéuticos y material de curación, entre otros.
El total de bienes destinados en el mes de enero de 2013 por las autoridades aduaneras fue de 8 mil 142 bienes, los cuales se encuentran contabilizados en unidades de medida tales como kilogramo, litro y pieza; se anexa al presente el informe respectivo.
Sin otro asunto por el momento, reciba un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 26 de febrero de 2013. Licenciado Julio César Sánchez Gamiño (rúbrica), administrador Central de Destino de Bienes.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase a la Comisión de Economía, para su conocimiento.
DEUDA PUBLICA
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que se remite los informes sobrela situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública correspondientes al cuarto trimestre de 2012. *
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Atentamente
México, DF, a 26 de febrero de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Proyecto de Decreto
Por el que se adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor
Artículo Único.Se adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor, para quedar como sigue:
Artículo 148.Las obras literarias y artísticas ya divulgadas podrán utilizarse, siempre que no se afecte la explotación normal de la obra, sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, citando invariablemente la fuente y sin alterar la obra, sólo en los siguientes casos:
I. a la V. ...
VI. Reproducción para constancia en un procedimiento judicial o administrativo;
VII. Reproducción, comunicación y distribución por medio de dibujos, pinturas, fotografías y procedimientos audiovisuales de las obras que sean visibles desde lugares públicos, y
VIII. Publicación de obra artística y literaria sin fines de lucro para personas con discapacidad.
Transitorio
Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 26 de febrero de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente;senadora María Elena Barrera Tapia (rúbrica), secretaria.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.
LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XXI al artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Atentamente
México, DF, a 26 de febrero de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Proyecto de Decreto
Por el que se adiciona la fracción XXI al artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Artículo Único.Se adiciona la fracción XXI al artículo 31, recorriéndose las demás de manera subsecuente de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue:
Artículo 31. Laconvocatoria a la licitación pública, en la cual se establecerán las bases en que se desarrollará el procedimiento y en las cuales se describirán los requisitos de participación, deberá contener:
I. a XX. ...
XXI.El porcentaje mínimo de mano de obra local que los licitantes deberán incorporar en las obras o servicios a realizarse;
XXII.Información específica sobre las partes de los trabajos que podrán subcontratarse;
XXIII.Criterios claros y detallados para la evaluación de las proposiciones y la adjudicación de los contratos, de conformidad con lo establecido por el artículo 38 de esta ley;
XXIV.Señalamiento de las causas expresas de desecha miento, que afecten directamente la solvencia de las proposiciones, entre las que se incluirá la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes;
XXV.Porcentaje, forma y términos de las garantías que deban otorgarse;
XXVI. Modelo de contrato al que para la licitación de que se trate se sujetarán las partes, el cual deberá contener los requisitos a que se refiere el artículo 46 de esta ley;
XXVII. La indicación de que el licitante ganador que no firme el contrato por causas imputables al mismo será sancionado en los términos del artículo 78 de esta ley;
XXVIII. El procedimiento de ajuste de costos que deberá aplicarse, según el tipo de contrato;
XXIX. Atendiendo al tipo de contrato, la información necesaria para que los licitantes integren sus proposiciones técnica y económica. En caso de que exista información que no pueda ser proporcionada a través de Compra Net, la indicación de que la misma estará a disposición de los interesados en el domicilio que se señale por la convocante;
XXX. La relación de documentos que los licitantes deberán integrar a sus proposiciones, atendiendo al tipo de contrato, así como a las características, magnitud y complejidad de los trabajos.
XXXI. El domicilio de las oficinas de la Secretaría de la Función Pública o de los gobiernos de las entidades federativas, o en su caso el medio electrónico en que podrán presentarse inconformidades, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 84 de la presente ley;
XXXII. Precisar que será requisito el que los licitantes presenten una declaración de integridad, en la que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia o entidad, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes; y
XXXIII.Los demás requisitos generales que, por las características, complejidad y magnitud de los trabajos, deberán cumplir los interesados, precisando cómo serán utilizados en la evaluación.
Transitorio
Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 26 de febrero de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente;senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), secretaria.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
PERMISO PARA ACEPTAR Y USAR CONDECORACION
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se concede permiso al ciudadano Enrique Francisco Galindo Ceballos, para que pueda aceptar y usar la condecoración Escudo de la Policía Nacional de Ecuador, que le confiere el Gobierno de la República de Ecuador.
Atentamente
México, DF, a 26 de febrero de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Proyecto de Decreto
Artículo Único.Se concede permiso para que el ciudadano Enrique Francisco Galindo Ceballos pueda aceptar y usar la condecoración Escudo de la Policía Nacional de Ecuador, que le confiere el Gobierno de la República de Ecuador.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 26 de febrero de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente;senadora María Elena Barrera Tapia (rúbrica), secretaria.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Esta presea se la entregarán, de concedérsela ahora nosotros, el día de mañana. Es por ello que con fundamento en el artículo 82, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea si se le considera de urgente resolución, se le dispensan todos los trámites y se somete a discusión y votación de inmediato.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 82, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, en votación económica se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución, se le dispensan todos los trámites y se pone a discusión y votación de inmediato. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se considera de urgente resolución, se le dispensan todos los trámites y se somete a discusión y a votación de inmediato. Está a la consideración.
No habiendo quien haga uso de la palabra, le ruego a la Secretaría simplemente...
El diputado Ricardo Monreal Ávila (desde la curul): Presidente, presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Perdón; perdón, diputado Monreal, ¿con qué objeto? Lo escucho.
El diputado Ricardo Monreal Ávila(desde la curul): Pido la palabra para hablar en contra.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Para hablar en contra de esta presea. Nada más deje que se lea el proyecto que usted va a objetar. Léalo, por favor, señor secretario.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Correcto. Único. Se concede permiso para que el ciudadano Enrique Francisco Galindo Ceballos pueda aceptar y usar la condecoración Escudo de la Policía Nacional de Ecuador, que le confiere el Gobierno de la República de Ecuador.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ahora sí, diputado Monreal, perore en contra.
El diputado Ricardo Monreal Ávila: Ciudadano presidente, he solicitado el uso de la palabra para razonar mi voto por la siguiente razón, ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas, este Poder Legislativo normalmente es usado como oficialía de partes.
Este procedimiento de otorgar el beneplácito o la votación a favor de una condecoración, medalla o reconocimiento, pasa casi siempre sin pena ni gloria en la Cámara de Diputados y en el Senado, y por esa razón nosotros queremos hacer un llamado enérgico, porque se tienen que enviar con anticipación este tipo de nombramientos o permisos para usar condecoraciones de gobiernos extranjeros.
Miren ustedes, llega apenas hoy del Senado y mañana se entrega la presea. ¿Qué sucedería si esta Cámara no otorga el trámite de obvia o urgente resolución? Lo lógico es que vaya a la comisión respectiva y la comisión revise los antecedentes de la persona que va a ser condecorada para otorgar el beneplácito y para otorgar el voto a favor o en contra. Pero no es así, mañana se entrega la presea al mexicano que ahora estamos tratando de dispensar todos los trámites.
El presidente de la Cámara, obviamente él somete a la votación de la mayoría de la Cámara si admiten o si se genera un trámite extraordinario para no pasar por comisiones y para que en este mismo acto se apruebe la condecoración, el uso de medallas o reconocimientos para mexicanos en el extranjero. Pero llamo la atención. No permitamos que esta Cámara siga siendo una mera oficialía de partes.
No quieren tocar ni tampoco discutir los temas trascendentes, ¿entonces qué vamos a hacer? Ésa es la gran pregunta. No estamos cumpliendo con la responsabilidad constitucional para la cual fuimos electos. No somos capaces de debatir los temas trascendentes de la nación, pero sí somos capaces de otorgar leyes al vapor, trámites urgentes, sin que nadie esté enterado de lo que se trata.
Ésa es mi razón por la cual me opongo; ésa es la razón por la cual hago un llamado a la Cámara para que actuemos con mayor responsabilidad. No permitamos que sea usada como una mera oficialía de partes. De por sí ya la Cámara goza de un gran desprestigio social y político con los ciudadanos.
Intentemos corregir, intentemos trabajar. ¿Es mucho pedir simple y sencillamente que se nos tome en cuenta? ¿Qué pasaría si rechazamos, si no votamos a favor y mañana ya está la ceremonia para entregarle la medalla? ¿Qué pasaría? Les pregunto. ¿No es pues una mera oficialía de partes esta Cámara? Ojalá y pusieran atención los que no lo hacen y ojalá votaran en contra los que me han puesto atención.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ábrase el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, a efecto de recabar votación en lo general y en lo particular.
El diputado Juan Manuel Gastélum Buenrostro (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Sí, ¿con qué objeto, diputado?
El diputado Juan Manuel Gastélum Buenrostro(desde la curul): Presidente, muy buenos días, muchas gracias. ¿Es posible que ponga orden en Cámara? No es posible que sigamos trabajando así. El ciudadano merece todo nuestro respeto; hay una cámara, hay transmisiones; los ciudadanos ven que estamos así y no hay orden, no hay respeto al orador, independientemente de que coincida con él o no.
Por favor, señor presidente, o entremos en una dinámica de una iniciativa que modifique la forma de realizarse las sesiones en Cámara. No es posible esto, señor presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ya escucharon al señor diputado y le ruego a la asamblea me ayude con su atención.
Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, a efecto de recabar la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para proceder a la votación.
(Votación)
Ciérrese el sistema electrónico de votación. De viva voz.
La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (desde la curul): Abstención
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Señor presidente, le informo que se han emitido 286 votos en pro, 105 votos en contra y 13 abstenciones.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que concede permito al ciudadano Enrique Francisco Galindo Ceballos para aceptar y usar la condecoración Escudo de la Policía Nacional de Ecuador, que le confiere el Gobierno de la República de Ecuador. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.Continúe la Secretaría.
ARTICULOS 73, 116 Y 122 CONSTITUCIONALES
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Escudo. LXIII Legislatura. Honorable Congreso del Estado de Chihuahua.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF
Para su conocimiento y los efectos conducentes, le remito copia del acuerdo número 588/2012 I P.O., así como del dictamen que le dio origen, por medio del cual el honorable Congreso de Chihuahua formula ante el honorable Congreso de la Unión, iniciativa con carácter de decreto, en la que propone reformar los artículos 73, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Sin otro particular de momento, le reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección
Chihuahua, Chihuahua, a 20 de diciembre de 2012. Diputado Jorge Abraham Ramírez Alvídrez (rúbrica), Presidente del honorable Congreso del estado.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Congreso del Estado de Chihuahua. Secretaría.
La Sexagésima Tercer Legislatura del honorable Congreso de Chihuahua, reunida en su primer período ordinario de sesiones, dentro del tercer año de ejercicio constitucional
Acuerda
Artículo Primero. Formular iniciativa de decreto ante el honorable Congreso de la Unión, mediante la cual se propone adicionar un segundo párrafo a la fracción X del artículo 73; la fracción VIII al artículo 116; y reformar el inciso ñ) de la fracción V de la Base Primera del Apartado C del artículo 122, recorriéndose en su orden los incisos, adicionando un inciso q), todos ellos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente forma:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
I. a IX....
X. ...
En tratándose de juegos con apuestas y sorteos, esta facultad se ejercerá, sin perjuicio de la atribución que para la creación de organismos que celebren sorteos, prevén los artículos 116 y 122.
XI.a XXX. ...
Artículo 116. ...
...
I. a VII. ...
VIII. Las Legislaturas de los Estados podrán instituir organismos que a través de la celebración de sorteos, obtengan recursos para apoyar las funciones sociales.
Artículo 122. ..
..
..
..
...
A. y B. ...
C. ...
Base Primera. Respecto a la Asamblea Legislativa:
I a IV. ...
V. ...
a) a n) ...
ñ) Instituir un organismo que a través de la celebración de sorteos, obtenga recursos para apoyar las funciones sociales en el Distrito Federal.
o) Presentar iniciativas de leyes o decretos en materias relativas al Distrito Federal, ante el Congreso de la Unión;
p) Para establecer en ley los términos y requisitos para que los ciudadanos del Distrito Federal ejerzan el derecho de iniciativa ante la propia Asamblea, y
q) Las demás que se le confieran expresamente en esta Constitución.
Base Segunda. a Base Quinta. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. Remítase copia del presente acuerdo, así como del dictamen que le dio origen, al honorable Congreso de la Unión, para su conocimiento y los efectos a que haya lugar.
Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil doce. Diputado Jorge Abraham Ramírez Alvídrez (rúbrica), presidente;diputada Inés Aurora Martínez Bernal (rúbrica), secretaria;diputada Alva Melania Almazán Negrete (rúbrica), secretaria.»
«Escudo. LXIII Legislatura. Honorable Congreso del Estado de Chihuahua.
Honorable Congreso del Estado. Presente.
La Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, con fundamento en el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete a la consideración de esta representación popular, el presente dictamen elaborado con base en los siguientes
Antecedentes
I. La presente iniciativa con carácter de decreto, fue turnada a esta comisión, para su estudio y posterior dictamen, presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Tercera Legislatura constitucional del estado de Chihuahua, con el objeto de modificar diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con miras a instituir las loterías estatales para la asistencia pública.
II. La iniciativa se sustenta esencialmente bajo los siguientes argumentos:
El Partido Acción Nacional, desde su origen, ha manifestado una vocación federalista y ha pugnado por un efectivo desarrollo regional, una auténtica descentralización de la vida nacional y un impulso al municipio libre. Para nosotros, el tema del federalismo reviste una importancia mayúscula, entendiéndolo como la base por la que la federación, estados y municipios desarrollan un campo de acción de manera coordinada e interdependiente. El auténtico federalismo es el camino adecuado para la aplicación del mayor número de esfuerzos, a fin de lograr un desarrollo intensivo y armónico del país.
Es necesario aprovechar la inercia del federalismo para que los estados de manera autónoma e independiente generen las condiciones jurídicas que les permitan hacerse de recursos y destinarlos a aquellos rubros que requieran de una inmediata atención por parte del gobierno y que además es demandado por sus gobernados. En los últimos años el gasto público de los tres órdenes de gobierno se ha incrementado debido o que los necesidades de la población han ido en aumento. Se estima que en los últimos años la Federación ha ampliado las participaciones hacia las entidades federativas y hacia los municipios. Sin embargo, esto ha ocasionado que se genere una dependencia de los recursos federales sin que se estimule la generación de recursos propios.
Para acreditar los dicho tomemos el informe del Centro de Estudios para las Finanzas Públicas de la H. Cámara de Diputados del año de 2010 en relación a como se distribuyeron los recursos de la federación a los estados, concretamente, al de Chihuahua: El gasto federalizado transferencias de recursos de la federación a las entidades federativas se componen principalmente de las aportaciones y las participaciones federales, las cuales representan aproximadamente el 78 por ciento de los ingresos brutos totales del estado de Chihuahua.. La excesiva concentración de facultades y de recursos a favor del ámbito federal, además de generar una alta dependencia estatal y municipal hacia estos recursos federales, pudiera ser una de las causas del atraso y desequilibrio en el desarrollo general.
Bajo el actual esquema, sea en gran parte la legislatura federal, y no la local, la que decida en que deben gastarse la mayor parte de los recursos e incluso si las entidades deben a no tener un impuesto local de peso recaudatorio, mantiene subutilizada la capacidad generadora de recursos para las entidades federativas por lo anterior resulta de suma importancia el contar con recursos económicos que permitan a los estados y a los municipios el poder contribuir con el desarrollo económico y de competitividad que los esquemas internacionales cada día demandan. Esta imperativa se ve acompañada de los compromisos sociales, entre ellos la beneficencia social, que a manera de transferencia, el gobierno debe de generar en pro de las comunidades más marginadas y menos desarrolladas que integran a sus representados.
Existen diversos mecanismos a través de los cuales los estados y los municipios pueden acceder a mayores recursos, uno de ellos lo es la creación de loterías estatales y municipales a través de las cuales puedan allegarse de ingresos adicionales, que les permitan captar recursos e impulsar y fortalecer programas en materia de educación pública, desarrollo social y medio ambiente, entre otros, a favor de las generaciones actuales y futuras. Sobran ejemplos en el mundo acerca de las loterías estatales y sus ventajas: Canadá, los Estados Unidos o Irlanda son algunos de ellos.
El estado de Texas en Estados Unidos anuncia y promueve los beneficios de su lotería estatal así.
13 años=13 billones de dólares para la educación en Texas
Desde que se vendió el primer boleto en 1992, la Lotería de Texas ha generado más de 18 billones de dólares para el estado. Antes de 1997, las ganancias se destinaban al fondo general de ingresos. Desde ese mismo año, todas las ganancias se han enviado al Fondo de la Fundación Escolar, que beneficia la educación pública en Texas. La Lotería de Texas ha contribuido con más de 13 billones de dólares al Fondo de la Fundación Escolar, y de ese total, 1 billón de dólares se produjo en 2010. Otros fondos de capital de la Lotería de Texas, tal como el fondo de premios no cobrados, regresan al estado para ser utilizados en programas autorizados por la legislatura.
Empezando con el año fiscal 2010, las ganancias de la Lotería de Texas también beneficiarán al fondo para asistencia a veteranos.
El dinero que los texanos gastan en lotería, de acuerda a los datos proporcionados por Texas Lottery se ejerce de la siguiente manera: 62 por ciento a premios pagados, 27 por ciento al fondo escolar, 5 por ciento a comisiones de expendedores, 5 por ciento administración de la lotería y 2 por ciento (incluyendo premios no cobrados) a otros programas estatales.
O bien, el ejemplo de Canadá lo podríamos ubicar en Quebec a través de Loto-Quebec, quienes en su perfil de contribuciones sociales 2011 nos dicen que:
La contribución económica de Loto-Quebec a la comunidad es significativa y benéfica a todos los ciudadanos de Quebec, desde empleados hasta contribuyentes pasando por socios comerciales, compradores, y organizaciones sin fines de lucro. Claramente le principal ventaja de un corporación estatal es que sus dividendos son pagados al gobierno así todo y cada uno de los ciudadanos tienen acceso a los mismos. En los últimos 15 años hemos entregado más de 21 billones de dólares a la Tesorería Estatal.
De acuerdo a los datos proporcionados por el documento que antes hicimos mención, en Loto-Quebec tuvieron un ingreso neto por 1.337 billones de dólares de los cuales entregaron al gobierno mil 247 billones de dólares. El beneficio económico de una lotería estatal es impactante y éste se traduce en beneficio de sus habitantes.
Este mismo tópico, el de las loterías estatales, ya ha sido consensado por la mayoría de los gobernadores de los estados en México e incluso ha sido tema de las reuniones que ha sostenido la Conago, en su IV reunión extraordinaria en Monterrey, Nuevo León celebrada el 16 de julio de 2004 dentro de su acta final en donde se redactan los acuerdos se estableció lo siguiente:
Ingresos
SI bien existen coincidencias con los consensos alcanzados por esta Mesa, hay algunas propuestas que requieren mayores trabajos.
Por lo anterior, se instruye...
Se hace especial énfasis para que...
Las propuestas respectivas se integran en los siguientes grupos:
1. Las relacionadas con la reforma fiscal...
2. Las que requieren mayor información para...
3. Las que se refieren a asuntos de interés para la Conago no considerados en las propuestas de la mesa II de la Convención Nacional Hacendaria, CNH: los relacionados con las loterías estatales y los derechos de alumbrado público. Sobre el particular, se acuerda que, en materia de loterías estatales, se envíe y reitere la propuesta a la mesa de Ingresos a fin de que se incluya junto con el resto de las propuestas de la CNH a consideración del Consejo Directivo. Se destaca que, de manera unánime, la Conago aprobó dicha propuesta en la reunión de Ciudad Victoria, Tamaulipas. (sic)
Por otro lado, el sorteo que compete a la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, la cual ha sido una tradición mexicana por hace más ya de dos siglos, constituyéndose de esta manera como una fuente importante de ingresos para la federación, y que si bien su venta es a nivel nacional por medio de los vendedores y expendios autorizados, la recaudación de los ingresos se concentra a nivel central para conforme a su propia Ley, disponer de los ingresos recaudados, en su gran mayoría para la asistencia pública y pese a que en este renglón se ha dado un gran avance en beneficio de lo I sectores con mayores necesidades, la realidad es que la demanda en este sentido a nivel estatal y municipal continúa siendo elevada y difícil de atender a este nivel de gobierno.
Si atendemos o los resultados que se han obtenido en los países en donde se han permitido las loterías estatales, podemos observar tal y como nos lo refieren Sergio Miramontes y Fidel Salazar (Reforma 2003) en Arcos Reyes (2003) lo siguiente:
Al comparar el sorteo mexica o con loterías estatales de Estados Unidos, Canadá e Irlanda se demuestra que la beneficencia mexicana alcanza una mínima parte de las ventas de lo lotería que dice ser para la asistencia pública. Según las resultados del 2002, la Lotería Nacional vendió 4 mil 949 millones de pesos, equivalente a cerca de 511 millones de dólares, y entregó a la asistencia pública poco más de 532 millones de pesos, unos 55 millones de dólares, apenas un 11 por ciento del total de sus ventas. Todo en cifras redondeadas. En contraste, durante el mismo año, la lotería estatal de Texas vendió 2 mil 976 millones de dólares y entregó a la beneficencia 928 millones de dólares, un 31 por ciento de lo que le ingresó por esta vía y 17 veces más que México. La lotería del esta o de Illinois, con tres cuartas partes del producto interno bruto mexicano, vendió tres veces más que México y entre ó a la beneficencia 555 millones de dólares. Irlanda vendió poco más que la lotería mexicana, pero triplicó los recursos entregados con 173 millones de dólares. (sic)
Con base en lo anterior se hace necesario el poder descentralizar esta facultad exclusiva del Ejecutivo federal para que a través de la iniciativa propuesta se pueda habilitar a los Congresos de cada estado para que puedan legislar en materia de sorteos de carácter local estableciéndose así las loterías locales que abarcarían sorteos estatales y municipales, los cuales se convertirían en un gran apoyo para poder cubrir las demandas y necesidades en materia de beneficencia pública que actualmente la Lotería Nacional no está cubriendo. Lo anterior permitiría no sólo la recaudación de ingresos para las entidades federativas, sino que además abriría una gama de oportunidades a los mexicanos para poder concursar en cualquiera de los sorteos existentes a nivel municipal, estatal o bien de la Lotería Nacional, lo que ampliaría su posibilidad de obtener uno de los premios pecuniarios que en ellos se sorteé y al mismo tiempo contribuir a incrementar el monto de los ingresos para considerar su erogación en la beneficencia pública.
De tal suerte que la iniciativa de mérito busca replicar los aciertos que a manera de ingresos y de beneficencia social ha tenido la Lotería Nacional para así hacerla compatible con los estados y los municipios, lo anterior obliga a que cada entidad federativa constituya los organismos públicos descentralizados que les permitan controlar este tipo de sorteos tanto para el propio estado como para sus municipios, de tal manera que además de generar ingresos tan importantes para éstos, les permita orientar el gasto social a proyectos de gran envergadura y compromiso social que permitan asegurar las condiciones indispensables de Infraestructura, educación gasto social e inversión en obra pública y actividades que sustenten el bienestar y necesidades de las generaciones actuales y futuras.
Asimismo, la iniciativa que se presenta pretende otorgar a las estados una facultad que actualmente es competencia exclusiva de la Federación y que además, de aprobarse, contribuiría a la beneficencia social de los mismos. Debemos mencionar que mientras el estado desea realizar esta adecuación, los particulares y la iniciativa privada ya están ganando terreno en este tema, ya que sorteos que se promocionan en Internet o en medios de comunicación, específicamente, en televisión están mediante las autorizaciones respectivas de la Secretaría de Gobernación operando y recabando sumas millonarias que aun cuando se reparten al posible ganador, generan una utilidad considerable para el organizador y patrocinadores y esta utilidad no necesariamente es usada para la beneficencia pública u compromiso social, sino más bien en beneficio propio del negocio. En el caso de Chihuahua, lograr generar más recursos propios y destinarlos a la asistencia pública y al mismo tiempo disminuir la dependencia de los recursos federales, no es cosa menor. El impacto benéfico que se conseguiría sería mayúsculo y sería, sin duda, en beneficio tanto de los ciudadanos como del gobierno que los aplique. Ojalá que Chihuahua y los demás estados de nuestra República Mexicana se vean favorecidos con la cristalización de la reforma que hoy proponemos.
El GPPAN no cejará nunca en su empeño de contribuir al desarrollo de nuestro país, de buscar una patria ordenada y generosa y una vida mejor y más digna para todos. Con esta iniciativa hacemos, una vez más, una aportación que busca alcanzar un federalismo más fuerte y al mismo tiempo una asistencia pública más eficaz. De aprobarse, sin duda redundará en el beneficio de los mexicanos y con ello avanzaremos un paso más en la búsqueda del tan anhelado bien común.
III. Una vez que se llevó a cabo el análisis de la presente iniciativa, esta comisión formula las siguientes:
Consideraciones
I. El honorable Congreso del estado, a través de esta comisión de dictamen legislativo, es competente para conocer y resolver sobre la Iniciativa de antecedentes, según lo dispuesto por el artículo 58 de la Constitución Política del Estado; así como los numerales 43, 46 y 59 de la Ley Orgánica del Poder legislativo.
II. Como preámbulo al análisis de la Iniciativa en comento, debemos recordar que durante la Colonia el Rey Carlos III de España el Virrey Márquez de Croix se respaldo el primer proyecto de Francisco Xavier de Sarría para crear una lotería, lo cual se dio a conocer en la Nueva España el 7 de agosto de 1770, la primera de Latinoamérica, bajo el nombre de Real Lotería General de la Nueva España y cuyo Plan y Reglas fueron publicados en un Bando Real, el 19 de septiembre del mismo año.
Tras la consolidación de la Independencia de México, el emperador Agustín de Iturbide bautizó a la institución con el nombre de Dirección General de Renta de Lotería del Imperio de México y así sucesivamente se le fue modificando su denominación hasta llegar a ser la Lotería Nacional, Lotenal, como la conocemos hoy en día.
III. Actualmente la Lotenal o Lotería Nacional es un organismo descentralizado de la administración pública federal bajo la coordinación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio; sus actividades se encuentran normadas por su Ley Orgánica y su Reglamento Interior publicados en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero y 24 de julio de 1985 respectivamente; de acuerdo a su Ley Orgánica, el propósito principal de la Lotenal es la obtención de recursos financieros para destinarlos a la asistencia pública, los cuales obtiene a través de la celebración de sorteos con premios que se pagan en efectivo y basados en los boletos que adquieren los concursantes.
IV. Respecto de la creación de una lotería estatal los integrantes de esta comisión coincidimos en que se generarían grandes ventajas para nuestra entidad, similares a las que goza la federación mediante las ganancias que confiere la Lotería Nacional, ya que de ser implementada las utilidades serían invertidas en el estado, pudiendo ser aplicadas a diversos rubros como educación, desarrollo social y salud entre otros.
En la actualidad la Ley de Ingresos de Chihuahua, para el Ejercicio Fiscal de 2012, plasma una cifra mayor a los ocho mil millones de pesos como ingresos propios y más de catorce mil millones de pesos como aportaciones federales; después de analizar estas cifras es evidente que la mayor parte del presupuesto con el que cuenta nuestro estado se encuentra compuesto por las aportaciones federales, y como los iniciadores hacen mención, sería de mayor utilidad que nuestro estado pudiera acceder a una mayor cantidad de sus propios ingresos y disfrutar así de las ventajas que estos mismos conllevan, como lo es una mejor planificación estratégica del gasto en el rubro social.
V. La iniciativa en comento, menciona diversas legislaciones locales a modo de comparación como algunos estados de Canadá, Irlanda y Estados Unidos; sin embargo, consideramos que no es posible entrar al estudio de un derecho comparado de esta índole ya que las legislaciones de estos países son diferentes a la de México, es por ello que, aunado a la fundamentación que expresan los Iniciadores, esta comisión legislativa considera que por las razones antes expuestas es menester reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que se les permita a los Estados la creación de una lotería local para la beneficencia pública.
Por lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del estado, la Comisión de Justicia somete a la consideración del pleno el presente dictamen con el carácter de
Acuerdo
Artículo Único. La Sexagésima Tercera Legislatura del honorable Congreso del estado formula la iniciativa de decreto ante el honorable Congreso de la Unión, mediante la cual se adiciona un segundo párrafo a la fracción X del artículo 73; se adiciona la fracción VIII del artículo 116, y se adiciona el inciso ñ) a la fracción V de la Base Primera del artículo 122, recorriéndose en su orden los incisos todos ellos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente forma:
Articulo 73. El Congreso tiene facultad:
I. a IX. ...
X. ...
En tratándose de juegos con apuestas y sorteos, esta facultad se ejercerá, sin perjuicio de la atribución que para la creación de organismos que celebren sorteos, prevén los artículos 116 y 122.
XI. el XXX. ...
Artículo 116. ...
...
I. a VII. ...
VIII. Las legislaturas de los estados, podrán instituir organismos que a través de la celebración de sorteos, obtengan recursos para apoyar las funciones sociales.
Artículo 122. ...
...
...
...
...
...
A. a C. ...
Base Primera. Respecto a la Asamblea legislativa:
I. a IV. ...
a) a n) ...
ñ) Instituir un organismo que a través de la celebración de sorteos, obtenga recursos para apoyar las funciones sociales en el Distrito Federal.
o) a p)
Base Segunda. a Base Quinta. ...
Transitorios
Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. Remítase copia del presente acuerdo, así como del dictamen que le dio origen al honorable Congreso de la Unión, para su conocimiento y los efectos a que haya lugar.
Económico. Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría, a efectos de que elabore la minuta en los términos correspondientes.
Notas:
1 Centro de Estudios para las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados.
2 http://www.conago.org.mx/reuniones/2004-07-16.aspx
3 Miramontes, Sergio y Salazar, Fidel en Arcos Reyes, Sandra. Conacyt, De la Lotería Nacional cachito a beneficencia, 4 de agosto de 2003. url:
http://cquick.conacyt.mx/QuickPlace/direccion_de_comunicacion_so cial/Main.nsf/2a1fb3846ca143220525670800167222/10f3a8f35acd59a86256d780053a21e? OpenDocument
Dado en el recinto oficial del Poder Legislativo, en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil doce. Por la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, diputados: Gabriel Humberto Sepúlveda Reyes (rúbrica), presidente; Héctor Rafael Ortiz Orpinel (rúbrica), secretario; María de los Ángeles Bailón Peinado, vocal; Fernando Mendoza Ruiz (rúbrica), vocal; Alejandro Pérez Cuéllar (rúbrica), vocal.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
ARTICULO 105 CONSTITUCIONAL
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Escudo. LXIII Legislatura. Honorable Congreso del Estado de Chihuahua.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF
Para su conocimiento y los efectos conducentes, le remito copia del acuerdo número 591/ 2012 I P.O., así como del dictamen que le dio origen, por medio del cual el Congreso de Chihuahua formula ante el Congreso de la Unión iniciativa con carácter de decreto, mediante la cual se propone reformar el inciso a) y derogar los incisos b) a g), todos de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Sin otro particular de momento le reitero a Usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Chihuahua, Chih., a 20 de diciembre de 2012. Diputado Jorge Abraham Ramírez Alvídrez (rúbrica), presidente del Congreso del Estado.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Congreso del Estado de Chihuahua. Secretaría.
La Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso de Chihuahua, reunida en su primer periodo ordinario de sesiones, dentro del tercer año de ejercicio constitucional
Acuerda
Artículo Primero.Formular iniciativa de decreto ante el Congreso de la Unión, mediante la cual se propone reformar el inciso a) y derogar los incisos b) al g), todos de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar redactados de la siguiente manera:
Artículo 105.La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:
I. ...
II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución.
Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por
a) Cualquier ciudadano o ciudadana en lo particular, sin necesidad de que acredite interés jurídico o agravio personal y directo;
b) a g) Derogados
...
...
...
III. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. Remítase copia del presente acuerdo, así como del dictamen que le dio origen, al Congreso de la Unión, para su conocimiento y los efectos a que haya lugar.
Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo, en Chihuahua, Chih., a 20 de diciembre de 2012. Diputado Jorge Abraham Ramírez Alvídrez (rúbrica), presidente;diputada Inés Aurora Martínez Bernal (rúbrica), secretaria;diputada Alva Melania Almazán Negrete (rúbrica), secretaria.»
«Escudo. LXIII Legislatura. Honorable Congreso del Estado de Chihuahua.
Congreso de Estado. Presente.
La Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete a la consideración del pleno el presente dictamen, elaborado con base en los siguientes
Antecedentes
A esta comisión de dictamen le fue turnada para su estudio y posterior dictamen iniciativa con carácter de proyecto de decreto ante el Congreso de la Unión, presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar los incisos de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito fundamental de legitimar activamente a los ciudadanos en lo individual para promover acciones de inconstitucionalidad.
La iniciativa se fundamenta en la siguiente exposición de motivos:
Una de las nociones que se le atribuyen a la acción de inconstitucionalidad es la que nos brinda el investigador colombiano doctor David Mendieta González, como la posibilidad que tienen algunas personas que ostentan una calidad especial de índole política, territorial, ciudadana o popular de acudir ante la autoridad constitucional del Estado, para que ésta determine si una ley, y en algunos casos toda norma con fuerza material de ley, está acorde o no con los preceptos constitucionales y, en caso negativo, para que dicha norma sea declarada inconstitucional para su correspondiente salida del ordenamiento jurídico por carecer de validez jerárquica, sin que necesariamente exista un interés de parte o la aplicación de la norma a un caso concreto, con lo que se establece un control de constitucionalidad abstracto y concentrado.
La acción de inconstitucionalidad con las particularidades propias de cada modelo se ha dividido en dos tipos, del acuerdo con quién puede instaurarla: la acción de inconstitucionalidad restringida y la acción de inconstitucionalidad popular. La primera sólo puede ser instaurada por algunas autoridades del Estado; la segunda, por cualquier ciudadano y en otros casos por cualquier persona.
En América Latina, además de Colombia, otros países han legitimado al ciudadano para instaurar acciones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional o sala de Constitución del 2008 prevé la posibilidad de que cualquier ciudadano o ciudadana, de manera Individual a colectiva, puedo instaurar este tipo de acción; y más recientemente Bolivia, que conforme a la Constitución del 2009 amplía la posibilidad de demandar cualquier norma a toda persona individual o colectiva. En Venezuela y Panamá se va más allá, en cuanto se reconoce legitimación a cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera o incluso, que no tenga la edad necesaria para ejercer sus derechos políticos.
II. En México, la figura se estableció como un nuevo mecanismo defensor de la supremacía y control constitucional a partir de lo reforma constitucional de 1994, la cual fue adicionada mediante las reformas constitucionales de 1996 y del 2006, ampliando el beneficio para las dirigencias de los partidos políticos nacionales o estatales en contra de leyes electorales y para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Sin embargo, las reformas excluyeron legitimar una parte primordial de la sociedad: los ciudadanos; por lo que la promoción de la acción de inconstitucionalidad sigue restringida a ciertos órganos del Estado, es decir, solamente se puede proponer la inconstitucionalidad de una ley mediante las acciones de inconstitucionalidad que pueden ser promovidas por 33 por ciento de legisladores en cada una de las Cámaras, o por 33 por ciento de legisladores locales, por los partidos políticos en materia electoral, por el procurador general de la República o por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Pero los ciudadanos no tienen acceso a este mecanismo procesal para directamente impugnar la constitucionalidad de una ley o de una norma general, siendo ellos los sujetos preponderantes para interponer la acción.
El problema en sí nos parece de gran trascendencia jurídica ya que sencillamente la acción de inconstitucionalidad, al no poder interponerse por los particulares, la convierte en una regulación restrictiva, contraria a los principios democráticos. Consideramos una grave deficiencia en la norma vigente excluir a los ciudadanos quienes pudieran constituirse como un ente legitimado para promover acciones de inconstitucionalidad y participar como actores en este tipo de procedimientos jurisdiccionales sin la necesidad de ser representados por algunos de los órganos señalados anteriormente.
Por esa razón resulta necesario que nuestra actual democracia representativa sea complementada con mecanismos de democracia directa que sean capaces de resarcir estas deficiencias. Tal como afirma Fix-Zamudio: Una de las características de los regímenes democráticos contemporáneos es la tendencia a la participación cada vez más activa de los sectores sociales en la toma de decisiones políticas importantes. Por ello, al lado de la llamada democracia representativa, que es la tradicional, se impone cada vez más lo que se ha calificado como democracia participativa.
En la actualidad son diversas las formas de participación ciudadana: asambleas populares, audiencias públicas, comités de consulta, referéndums, iniciativas de ley, etcétera, y México no ha quedado al margen de la participación ciudadana, el Distrito Federal y otras entidades federativas incluyen en sus constituciones figuras que pretenden dar al gobernado mayor participación política. De hecho, las organizaciones no gubernamentales no son sino un fenómeno que está creciendo cada vez, con más participación e influencia en la vida política y teniendo como base la sociedad civil. Así, la participación del ciudadano en la cosa pública es cada vez mayor, teniendo ésta un valor democrático, pues le facilita exigir sus responsabilidades a los funcionarios, electos o designados.
Si bien en las últimas décadas México ha buscado incrementar e incentivar la participación ciudadana en la búsqueda de un modelo democrático capaz de generar amplios canales de interacción entre los representantes populares y sus representados, para ello ha sido necesario el fortalecimiento de instituciones encargados de organizar los procesos electorales y elegir representantes populares. Pero aún resulta insuficiente para la ciudadanía mexicana participar únicamente como votantes, dado que existe el legítimo reclamo de los ciudadanos de participar activamente en las decisiones públicas.
El hecho de que una acción de inconstitucionalidad pueda ser interpuesta por un ciudadano, significa que puede interponerla cualquier diputado, pero también cualquier académico, representante social, estudiante, etcétera, inclusive abre la posibilidad para facultar a personajes que ya los tratadistas han propuesto: el ombudsman mexicano, al Instituto de Investigaciones Jurídicas, o al Instituto Federal Electoral. Es decir, su significado político incrementa los derechos ciudadanos convirtiéndola en una acción más democrática.
IV. Precisamente esta iniciativa tiene relación con el tema de democracia participativa, pues considera como forma de expresión directa del interés de la ciudadanía en los asuntos públicos la promoción de la acción de inconstitucionalidad. Pero no solamente tiene relación con el tema de democracia participativa, sino también
Con la defensa de la Constitución, ya que además de permitir que los ciudadanos puedan delinear los espacios, las políticas, los derechos, así como otros factores sociales, económicos y políticos entre los que se desenvuelve, pueda a su vez impugnar leyes que contravengan la Carta Magna, ello con respeto de sus derechos fundamentales.
En concreto proponemos que cualquier ciudadano, sin acreditar interés jurídico, es decir, sin existir agravio personal y directo, pueda estar legitimado activamente para presentar ante la Suprema Corte acciones ciudadanas o populares de inconstitucionalidad.
De esa manera estaríamos hablando de que ya no sería necesario dejar establecidos los elevados números de porcentajes que se exigen del total de los integrantes de la cámara o congreso, para interponer la acción de inconstitucionalidad. Sobra decir que este requisito en lugar de privilegiar la defensa de todas las fuerzas políticas en el Congreso, requisito indispensable en todo estado constitucional democrático, se traduce sencillamente en perjuicio de sus derechos e intereses.
V. Señoras y señores parlamentarios: la implantación de reformas democráticas, vendrá a beneficiar a la sociedad en la toma de decisiones transparente e inclusive por parte de nosotras sus representantes. El diseño de nuestro marco jurídico que permita el verdadero reconocimiento de la participación y del papel del sector civil en la implementación de las reformas, vendrá a otorgar mayor legitimidad de los partidos y las legislaturas con la sociedad en general.
Ahí estaremos dando un gran paso para que el congreso también día a día esté actualizando y adecuando; nuestras normas jurídicas y finalmente se trata también de que esta acción de inconstitucionalidad nos lleve al terreno de poder darle a los ciudadanos mayor participación en las acciones de gobierno, democratizar como se ha hecho en otros temas, la voluntad de los ciudadanos de manera más directa, pero sobretodo empoderarlo.
La Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, después de entrar en el estudio de la iniciativa de mérito, tiene a bien formular las siguientes
Consideraciones
La acción de inconstitucionalidad es un procedimiento que se tramita ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando se considera que una norma general, ya sea ley o tratado internacional, no respeta lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La acción de inconstitucionalidad tiene por objeto garantizar que la Constitución federal sea cumplida o, dicho en otros términos, se respete el principio de supremacía constitucional.
En el artículo 105, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establecen los fundamentos para la presentación de una Acción de Inconstitucionalidad.
La Constitución federal, en el artículo 105, fracción II, establece varios actores que pueden presentar una acción de inconstitucionalidad, como son
a. El 33 por ciento de los integrantes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
b. El 33 por ciento de los integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
c. El procurador general de la República.
d. El 33 por ciento de los integrantes de alguno de los Poderes Legislativos estatales.
e. El 33 por ciento de los integrantes de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
f. Los partidos políticos con registro nacional o estatal.
g. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
h. Los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas.
El plazo para presentar una acción de inconstitucionalidad es de 30 días hábiles, y se cuenta a partir de que la norma general que se impugna es publicada en el Diario Oficial de la Federación, o bien, en el periódico oficial de la entidad federativa correspondiente.
Las acciones de inconstitucionalidad se tramitan ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y su presidente designa, por turno, a un ministro. Éste, que se denomina ministro instructor, es el encargado de llevar el trámite del asunto. El ministro instructor examina el escrito de demanda y corrobora que cumpla los requisitos que señala la ley. Si no los cumple, desecha el asunto; si el escrito reúne los requisitos, lo admite y comienza el trámite para su resolución.
Cuando la demanda es admitida, el ministro instructor solicita al órgano emisor y al promulgador de la norma que se impugna, que rindan un informe dentro del plazo de quince días. En este informe, la legislatura que emitió la norma y el Ejecutivo que la promulgó, deben plantear las razones y fundamentos legales para sostener que la norma que emitieron es constitucional. De igual forma, el ministro instructor solicita al procurador general de la República que manifieste su opinión sobre el asunto. En los casos en que se impugnar leyes en materia electoral, además, se solicita la opinión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Después de presentados los informes requeridos, o habiendo transcurrido el plazo para ello, el ministro instructor otorga a las partes involucradas en el procedimiento, un plazo de cinco días para que cada una de las partes involucradas formule sus alegatos.
Ahora bien, después de haber dado a las partes la oportunidad para defender sus posiciones respecto a la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma impugnada, el Ministro Instructor estudia el asunto y elabora un proyecto de sentencia para que el asunto se resuelva en definitiva, siendo discutido en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Durante la sesión del pleno se discute públicamente el proyecto de sentencia que presentó el ministro instructor. Este proyecto puede ser aprobado, rechazado, o bien, sufrir modificaciones de acuerdo con las observaciones de los demás ministros. Al final de la discusión se realiza la votación entre los ministros sobre el sentido de la sentencia. Se necesitan al menos ocho votos para que una norma se declare inconstitucional, es decir, inválida. Sí, la presentación de una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte no implica la suspensión de la vigencia de la norma cuestionada.
Las resoluciones del Pleno de la SCJN deben contener, por lo menos, lo siguiente:
a. La mención precisa sobre la norma general que se impugnó.
b. Los razonamientos jurídicos que se tomaron en cuenta para determinar el sentido de la sentencia.
c. Los puntos resolutivos que precisen el sentido de la sentencia, los cuales podrán declarar:
1. la constitucionalidad d la norma impugnada;
2. la inconstitucionalidad de la norma impugnada;
3. su constitucionalidad parcial;
4. el sobreseimiento del asunto;
5. la desestimación de la acción de inconstitucionalidad, que es la resolución que se dicta cuando la mayoría de los ministros considera que la norma es inconstitucional, pero la votación no alcanza al menos ocho votos; en estos casos, se ordena el archivo del expediente y la norma impugnada continúa teniendo vigencia.
d. En caso de que se declare la inconstitucionalidad de la norma general impugnada, deberán precisarse los alcances y efectos de tal declaración; asimismo, se debe establecer la fecha a partir de la cual tiene vigencia la declaración de inconstitucionalidad.
Una vez declarada inconstitucional una norma general, con un voto de por lo menos ocho ministros, ésta deja de tener vigencia, es decir, que no vuela a aplicarse. La decisión de inconstitucionalidad que emite la Suprema Corte de Justicia como tribunal constitucional, tiene efectos para toda la sociedad. Para que los ciudadanos tengan conocimiento de lo anterior, se publica la sentencia en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y en el órgano oficial en que dicha norma se hubiere publicado.
De no alcanzarse la votación antes citada, la acción de inconstitucionalidad se desestima y se ordena el archivo del asunto. Ello significa que la norma impugnada continúa teniendo vigencia.
Ahora bien, los iniciadores, argumentan su propuesta en que en países de América Latina, como Colombia, El Salvador, Nicaragua, Ecuador, Panamá y Bolivia han legitimado al ciudadano para instaurar acciones de inconstitucionalidad ante el tribunal constitucional o sala de constitucionalidad, según el caso, ya que prevén la posibilidad de que cualquier ciudadano lo ciudadana, de manera individual o colectiva, pueda instaurar este tipo de acción; sin importar si se trata de una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, inclusive, si aun no tenga la edad necesaria para ejercer sus derechos políticos.
Por ello consideramos que nuestro país debe explorar otras formas de participación ciudadana en los que se empodere a la población en general, de tal manera que esta pueda por sí sola, sin la necesidad de hacerla por medio de los representantes que establece el artículo 105 constitucional, interponer una acción de inconstitucionalidad.
Por lo expuesto en el cuerpo del presente dictamen y con fundamento en el artículo 71, fracción III, de la Carta Magna, en correlación con los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 43, 46, 59 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, somete a la consideración de esta Alta Asamblea el siguiente dictamen con carácter de
Acuerdo
Artículo Único. La Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del estado formula la iniciativa de decreto ante el Congreso de la Unión mediante la cual se reforma el inciso a) y se derogan los incisos b) al g), todos de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar redactados de la siguiente manera:
Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:
I. ...
II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución.
Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por
a) Cualquier ciudadano o ciudadana en la particular, sin necesidad de que acredite interés jurídico o agravio personal y directo;
b) a g) Derogados
...
...
...
Transitorio
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Económico. Aprobado que sea, remítase copia de la iniciativa, del dictamen, del Diario de los Debates y de la minuta que recaiga a la misma, al Congreso de la Unión para los efectos de los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 64, fracción III, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua.
Dado en el recinto oficial del Poder Legislativo, en Chihuahua, Chihuahua, a 20 de diciembre de 2012. Por la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, diputados: Gabriel Humberto Sepúlveda Reyes (rúbrica), presidente; Héctor Rafael Ortiz Orpinel (rúbrica), secretario; María de los Ángeles Bailón Peinado; Fernando Mendoza Ruiz (rúbrica); Alejandro Pérez Cuéllar (rúbrica).»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. Continúe la Secretaría.
LEY GENERAL DE SALUD
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 72 y 73 de la ley General de Salud
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 72 y 73 de la Ley General de Salud.
Con fundamento en las facultades que les confieren los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, 81, 82, 84, 85, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados y habiendo analizado el contenido de la minuta en comento, esta comisión somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen.
I. Antecedentes
1. Con fecha 17 de noviembre de 2011, las senadoras Margarita Villaescusa Rojo, Norma Esparza Herrera, Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, María del Socorro García Quiroz, Rosario Green Macías, Amira Gricelda Gómez Tueme y María Elena Orantes López, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 72 de la Ley General de Salud.
Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha Iniciativa, se turnara a las Comisiones Unidas de Salud, y de Estudios Legislativos para su estudio y dictamen correspondiente.
2. Con fecha 8 de diciembre de 2011, quedó de primera lectura el dictamen proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 72 y 73 de la Ley General de Salud.
3. Con fecha 14 de diciembre de 2011, se presentó en segunda lectura el dictamen proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 72 y 73 de la Ley General de Salud. El Dictamen fue aprobado nominalmente en lo general y en lo particular con 70 votos en pro, cero en contra y cero abstenciones.
Con la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores remitió el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
4. Con fecha 1 de febrero de 2012, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 72 y 73 de la Ley General de Salud a la Comisión de Salud para su análisis y dictamen correspondiente.
5. Según establece el acuerdo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el pleno de la LXI Legislatura, con fecha del 20 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva turnó el asunto a la Comisión de Salud para emitir dictamen.
II. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la minuta en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado Antecedentes, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la minuta.
En el apartado Contenido de la minuta, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la minuta en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las Consideraciones, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
III. Contenido de la minuta
Establecer que se entenderá por salud mental, el estado de bienestar que una persona experimenta como resultado de su buen funcionamiento en los aspectos cognoscitivos, afectivos y conductuales y, en última instancia el despliegue óptimo de sus potencialidades individuales para la convivencia, el trabajo y la recreación. Asimismo, la prevención y atención de los trastornos mentales y del comportamiento, deberá brindarse con un enfoque comunitario, de reinserción psicosocial y con estricto respeto a los derechos humanos de los usuarios de estos servicios, en los sectores público, privado y social.
Establecer que la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, fomentarán y apoyarán: la implementación estratégica y gradual de servicios de salud mental ambulatorios e interdisciplinarios, en establecimientos de la red del sistema nacional de salud, que permita abatir la brecha de atención; las acciones y campañas de prevención y detección de trastornos mentales y del comportamiento en áreas educativas, en coordinación con las instancias e instituciones correspondientes; la investigación multidisciplinaria materia de salud mental; la participación de observadores externos para vigilar el pleno respeto de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales y del comportamiento, que son atendidas en los establecimiento de la red del Sistema Nacional de Salud; la coordinación de un Sistema Nacional de Información y Vigilancia, con el objeto de identificar los principales trastornos mentales y del comportamiento que afectan a la población; la coordinación y promoción con instancias de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de dispositivos laborales que garanticen el trabajo semi y protegido, y la capacitación para personas con trastornos mentales y del comportamiento; así como la coordinación y promoción con instancias de desarrollo y asistencia social, de dispositivos sociales vinculados a la salud mental como programas que garanticen residencias asistidas y subsidiadas.
VI. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... y establecera la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. La Organización Mundial de la Salud define a la salud mental como un estado de bienestar en el cual el individuo es consciente de sus propias capacidades, que puede afrontar las tensiones normales de la vida, y puede trabajar de forma productiva y fructífera, así como de ser capaz de hacer una contribución a su comunidad. En este sentido, considera que existen más de 450 millones de personas con trastornos mentales, y muchas más con problemas mentales; que la salud mental es parte integral de la salud, tanto es así que no hay salud sin salud mental; que la salud mental es algo más que la ausencia de trastornos mentales; que la salud mental es determinada por factores socioeconómicos, biológicos y medioambientales, y que existen estrategias e intervenciones intersectoriales eficaces y rentables de promoción de la salud mental.
Tercera. Por su parte, los trastornos mentales se refieren a una perturbación de la actividad intelectual, el estado de ánimo o la conducta que no se ajusta a las creencias y las normas culturales, que causan disfunción familiar, laboral, escolar y social de cada persona. Entre estos trastornos, se incluyen los emocionales, depresión, ansiedad, déficit de atención e hiperactividad, demencias, trastornos psicóticos, esquizofrenia, trastorno bipolar, de alimentación, entre otros
Cuarta. En lo que concierne a nuestro país, las autoridades sanitarias consideran que por lo menos una quinta parte de la población mexicana padece o padeció en el curso de su vida, algún trastorno mental, a su vez se estima que cuatro millones de adultos presentan depresión, medio millón esquizofrenia, un millón de personas epilepsia y la demencia la padecen el diez por ciento de los mayores de 65 años. Además, más de tres millones de personas son dependientes del alcohol, trece millones son fumadores y 400 mil personas se reportan adictas a las drogas, quienes derivado de su adicción seguramente tendrán algún tipo de trastorno.
Quinta. En este sentido, el 5 de agosto de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación Decreto que atiende legislativamente la prevención de los trastornos mentales y del comportamiento como asuntos de carácter prioritario. Sin embargo, con las reformas propuestas en la Minuta en cuestión, se profundiza aún más en los esfuerzos legislativos concernientes a la salud mental, ya que con éstas, la atención de los trastornos mentales y del comportamiento comprende un enfoque particular de prevención y atención de las personas con trastornos mentales y del comportamiento.
Sexta. Sin embargo a pesar de que se está de acuerdo en el artículo es importante señalar que se considera necesario modificar el primero transitorio, para que el cumplimiento de esta reforma lleve una estricta armonía en cuanto a sus plazos para que se dé un cumplimiento viable tanto para la ley como para la expedición de las disposiciones reglamentarias, y primordialmente con la constitución del sistema nacional de información y vigilancia, es por ello que se propone que queden de la siguiente manera:
Primero. El presente decreto entrará en vigor a los noventa días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El sistema nacional de información y vigilancia deberá quedar constituido en un plazo no mayor de ciento ochenta días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.
Tercero. El titular del Poder Ejecutivo federal deberá expedir las disposiciones reglamentarias relativas al presente decreto en un plazo no mayor de noventa días posteriores a la entrada en vigor de éste.
Séptima. Los integrantes de esta comisión consideran que la minuta es viable con la modificación respectiva debido a que la enfermedad mental debe ser atendida desde aspectos cognoscitivos, afectivos y conductuales, de forma interdisciplinaria en los sectores público, privado y social; y las reformas propuestas contribuyen a estas necesidades.
Octava. Asimismo, derivado las recientes reformas a la Ley General de Salud publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 15 de enero de 2013, por técnica legislativa se consideró conveniente adecuar los textos propuestos y que se encuentran vigentes.
Por lo expuesto y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, fracción e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 72 y 73 de la Ley General de Salud
Artículo Único. Se reforman los artículos 72, tercer párrafo y 73, fracción V, y se adicionan las fracciones VI, recorriéndose en su orden las actuales fracciones VI y VII para pasar a ser VII y VIII; la actual fracción VIII pasa a ser fracción XIII; IX, X, XI y XII al artículo 73 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 72. ...
...
La prevención y atención de los trastornos mentales y del comportamiento, deberá brindarse con un enfoque comunitario, de reinserción psicosocial y con estricto respeto a los derechos humanos de los usuarios de estos servicios, en los sectores público, privado y social.
Artículo 73. ...
I. a IV. ...
V. La implementación estratégica y gradual de servicios de salud mental ambulatorios e interdisciplinarios, en establecimientos de la red del Sistema Nacional de Salud, que permita abatir la brecha de atención;
VI. Las acciones y campañas de prevención y detección de trastornos mentales y del comportamiento en áreas educativas, en coordinación con las instancias e instituciones correspondientes;
VII. La investigación multidisciplinaria materia de salud mental;
VIII. La participación de observadores externos para vigilar el pleno respeto de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales y del comportamiento, que son atendidas en los establecimientos de la red del Sistema Nacional de Salud;
IX. La coordinación de un Sistema Nacional de Información y Vigilancia, con el objeto de identificar los principales trastornos mentales y del comportamiento que afectan a la población;
X. La coordinación y promoción con instancias de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de dispositivos laborales que garanticen el trabajo semi y protegido, y la capacitación para personas con trastornos mentales y del comportamiento;
XI. La coordinación y promoción con instancias de desarrollo y asistencia social, de dispositivos sociales vinculados a la salud mental como programas que garanticen residencias asistidas y subsidiadas;
XII. Establecer un número telefónico gratuito para la atención de personas con problemas de salud mental y del comportamiento, y
XIII. Las demás acciones que directa o indirectamente contribuyan a la prevención, atención y fomento de la salud mental de la población.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor a los noventa días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Sistema Nacional de Información y Vigilancia deberá quedar constituido en un plazo no mayor de ciento ochenta días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.
Tercero. El titular del Poder Ejecutivo federal deberá expedir las disposiciones reglamentarias relativas al presente decreto en un plazo no mayor de noventa días posteriores a la entrada en vigor de éste.
La Comisión de Salud, diputados:Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo, Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Ernesto Núñez Aguilar, Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE SALUD
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona la fracción I Bis al artículo 61 de la Ley General de Salud
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada la minuta con proyecto de decreto que reforma las fracciones I y III del artículo 61 de la Ley General de Salud.
Con fundamento en las facultades que les confieren los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, 81, 82, 84, 85, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados y habiendo analizado el contenido de la minuta en comento, esta comisión somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen.
I. Antecedentes
1. Con fecha 1 de marzo de 2011, los senadores Guillermo Tamborrel Suárez, Felipe González González, Alfredo Rodríguez y Pacheco, José Antonio Badía San Martín, Martha Leticia Sosa Govea, Minerva Hernández Ramos, Beatriz Zavala Peniche, Juan Bueno Tenorio y Héctor Pérez Plazola, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de prevención de la transmisión perinatal del VIH/sida.
Con la misma fecha, la Mesa Directiva del Senado de la República dispuso que dicha iniciativa, se turnara a las Comisiones Unidas de Salud, y de Estudios Legislativos, Primera para su estudio y dictamen correspondiente.
2. Con fecha 1 de diciembre de 2011, quedó de primera lectura el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones I y III del artículo 61 de la Ley General de Salud.
3. Con fecha 8 de diciembre de 2011, se presentó en segunda lectura el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones I y III del artículo 61 de la Ley General de Salud. El dictamen fue aprobado nominalmente con 78 votos en pro, cero en contra y ninguna abstención. Con la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores remitió el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
4. Con fecha 19 de diciembre de 2011, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones I y III del artículo 61 de la Ley General de Salud fuera turnada a la Comisión de Salud para su análisis y dictamen correspondiente.
5. Según establece el acuerdo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el pleno de la LXI Legislatura, con fecha del 20 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva turna el asunto a la Comisión de Salud para emitir dictamen.
II. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la minuta en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado Antecedentes, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la minuta.
En el apartado Contenido de la minuta, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la minuta en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las Consideraciones, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
III. Contenido de la minuta
La minuta que origina el presente dictamen, tiene como finalidad adicionar una fracción al artículo 61 de la Ley General de Salud, con el propósito de que, la atención materno-infantil, que tiene carácter prioritario, comprenda el diagnóstico y, en su caso, la atención oportuna a las mujeres embarazadas con VIH/sida a fin de evitar la transmisión perinatal del virus.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... y establecera la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. Luego de la aparición hace más de treinta años del VIH/sida, los Estados miembro de la Organización de las Naciones Unidas, han adoptado nuevos compromisos que los lleve a situar la lucha contra la epidemia en la revisión y renovación de las responsabilidades adquiridas. La necesidad de contribuir a los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en específico el sexto, debe comprometer las acciones nacionales a seguir avanzando en torno al acceso universal a la prevención, el tratamiento, la atención y el apoyo relacionados con el VIH, así como detener y reducir la propagación del virus, y eliminar el estigma y la discriminación.
Tercera. A lo largo de dichos años, desde que se salió a la luz pública la noticia de la existencia del sida, la epidemia del VIH sigue siendo un problema de salud pública apremiante, que produce graves daños tanto en la salud de la población como a la economía de todo el mundo, ya que se considera, que más de 30 millones de personas han muerto de sida y se estima que otros 33 millones de personas viven con el VIH, que más de 16 millones de niños han quedado huérfanos a causa del SIDA, que cada día se producen más de 7 mil infecciones nuevas por VIH, la mayor parte de personas de países de ingresos bajos y medianos, y que además, menos de la mitad de las personas que viven con el VIH saben de su infección; además, se ha observado que si bien la transmisión del VIH de madre a hijo se ha casi eliminado en los países de altos ingresos y se dispone de intervenciones de bajo costo para prevenir la transmisión, aproximadamente 370 mil recién nacidos fueron infectados con el VIH en 2009.
Cuarta. México, comprometido en combatir el VIH/sida, ha realizado esfuerzos en la materia, los cuales se encuentran establecidos en el Plan Nacional de Salud 2007-2012, que en su estrategia 2 señala que se deberán fortalecer e integrar las acciones de promoción de la salud, prevención y control de enfermedades; a su vez menciona que se debe impulsar una política integral de prevención y atención de infecciones por VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual (ITS); incrementar la participación de las organizaciones de la sociedad civil y las personas que viven con VIH/sida en los programas dirigidos a la prevención de dicha infección en la poblaciones de mayor riesgo; así como realizar campañas dirigidas a disminuir el estigma, la discriminación y la homofobia asociada. En ese tenor, legislativamente se contribuyó para lograr parcialmente los objetivos señalados. El 15 de diciembre de 2008 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, decreto por el que se crea el Programa Nacional de Prevención, Atención y Control del VIH/sida e Infecciones de Transmisión Sexual, que será de competencia federal; debiendo la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas en el ámbito de sus respectivas competencias, coordinarse para la promoción del uso del condón, priorizando a las poblaciones de mayor vulnerabilidad y riesgo de contraer la infección del VIH/sida.
Quinta. Por otra parte, en relación a la minuta en cuestión, debe destacarse que los avances médicos señalan que la incidencia de niños recién nacidos con VIH/sida debería ser nula, ya que en la actualidad se cuenta con los medios necesarios para evitar la transmisión perinatal. En este sentido, se encuentra que uno de los objetivos de la estrategia de Onusida para el año 2015, es precisamente eliminar la transmisión vertical del VIH y reducir a la mitad la mortalidad materna relacionada con el sida. Es de destacarse que durante la última década se han conseguido progresos significativos, encontrando que las tasas de infección entre niños cuyas madres eran seropositivas descendieron un 26 por ciento de 2001 a 2009. En nuestro país, cifras del Centro Nacional para la Prevención y Control del Sida (Censida), estima que en el año 2010, en México nacieron entre 250 y 300 niños con VIH/sida por año desde hace siete años.
Sexta. Con respecto a la reforma de la fracción I de la Ley General de Salud, ésta es procedente con modificaciones debido a que el pasado 9 de febrero, fue aprobado por esta soberanía, un dictamen en materia de mortalidad infantil, el cual modifica la fracción I del articulo en comento, por lo que se considera necesario que la reforma que plantea la presente minuta, sea mediante la adición de una fracción I Bis.
Séptima. Los integrantes de esta comisión consideran que el siguiente dictamen es viable debido a que es necesario seguir implementando acciones contra la enfermedad del VIH/sida, en este caso, de la transmisión por vía perinatal. De esta manera, la legislación irá acorde con lo establecido por convenios internacionales para la eliminación de la transmisión vertical del sida y la reducción de la mortalidad materna relacionada con esta enfermedad.
Por lo expuesto y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, fracción e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona la fracción I Bis al artículo 61 de la Ley General de Salud
Artículo Único. Se adiciona una fracción I Bis al artículo 61 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 61. ...
...
I. ...
I Bis. La atención de la transmisión del VIH/Sida y otras Infecciones de Transmisión Sexual, en mujeres embarazadas a fin de evitar la transmisión perinatal;
II. a V. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las erogaciones que en su caso, deban realizar las dependencias y entidades de la administración pública federal en sus ámbitos de competencia, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto, deberán cubrirse en función de sus respectivas disponibilidades presupuestarias.
Palacio Legislativo, a los 12 días del mes de diciembre del 2012.
La Comisión de Salud, diputados:Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo, Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Ernesto Núñez Aguilar, Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS - LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Sobre el Contrato de Seguro *.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
Honorable asamblea, en virtud de que se ha cumplido con el requisito de la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que se someta a discusión y votación de inmediato.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta si se autoriza que se someta a consideración y a votación de inmediato. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Está a la consideración del pleno. Tiene el uso de la voz para fundamentar el dictamen don José Isabel Trejo Reyes, presidente de la comisión.
El diputado José Isabel Trejo Reyes: Gracias, señor presidente. Honorables legisladoras y honorables legisladores, diputados integrantes de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, hoy, en nombre de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, me complazco en dirigirme a ustedes para compartir los resultados de nuestros trabajos relacionados con la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
No quiero dejar pasar esta oportunidad para agradecer a todos los integrantes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, por su disposición y apertura al diálogo y a los acuerdos adoptados en beneficio de nuestro país.
Como todos saben, es responsabilidad de esta Cámara de Diputados analizar con detenimiento todos y cada uno de los elementos que se presenten en las propuestas que nos son remitidas, a fin de que durante la discusión y el análisis lleguemos a los acuerdos y consensos más adecuados para el país, pero sobre todo para lograr los mayores beneficios para la población.
Así debo de decir que en el caso particular, la economía mexicana requiere de la adecuación de muchos elementos, a fin de dotarla del dinamismo necesario para alcanzar ritmos mayores de crecimiento que permitan la elevación del ingreso de nuestra población y con ello el mejoramiento de sus condiciones de vida; uno de esos elementos es, sin duda, contar con un sistema financiero sólido y dinámico.
El proyecto legislativo en materia de seguros y de fianzas, que hoy se somete a consideración de esta soberanía, se inscribe en el proceso de modernización de la regulación financiera que se ha venido desarrollando en nuestro país, con el propósito de fortalecer el marco normativo a que se encuentra sujeto el sistema financiero y con ello sentar las bases para un desarrollo sano y sostenido de la economía mexicana.
Resulta importante comentar que este proceso dio varios pasos importantes desde hace tiempo, con la expedición de la Ley de Mercado de Valores en 2005, así como con las reformas sustantivas a la Ley de Instituciones de Crédito en el 2008.
Ahora, con el anteproyecto para la expedición de una nueva Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas que abrogará las actuales Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y la Ley Federal de Instituciones de Fianzas así como con las reformas y adiciones propuestas a la Ley sobre el Contrato de Seguro estaremos dando un nuevo paso firme en esa dirección, ahora en estos importantes ámbitos del sistema financiero mexicano.
¿Qué objetivos tiene el proyecto, compañeras y compañeros diputados? En términos generales, el proyecto de dictamen elaborado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara considera cuatro objetivos principales; el primero de ellos es un propósito de solvencia mediante el cual se busca fortalecer la posición financiera de las entidades aseguradoras y afianzadoras, así como robustecer las labores de regulación y supervisión a cargo de autoridades responsables.
En esta materia, el proyecto se sustenta en un marco de normas prudenciales de tipo solvencia II; se trata del modelo de solvencia más avanzado en materia de seguros y fianzas a nivel internacional, el cual enfatiza en primero un balance apropiado entre requerimientos cuantitativos y cualitativos, así como en una adecuada identificación y medición de los riesgos a los que se encuentran expuestas este tipo de entidades financieras en su operación.
El modelo que se incorpora en la nueva Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas está basado en el cuidado de la solvencia de las entidades aseguradoras y afianzadoras en tres pilares; un primer pilar que establece mecanismos para una determinación más precisa de los requerimientos cuantitativos, que en materia de reservas técnicas y requerimientos de capital deben de cubrir este tipo de instituciones.
En este sentido, el proyecto fortalece el régimen actual de suficiencia de las reservas técnicas y plantea la determinación de los requerimientos de capital, a partir de la medición de riesgos que enfrentan de manera específica cada una de estas entidades.
Esta mejor medición de los requerimientos cuantitativos basada en riesgos proveerá de mayores elementos para garantizar la capacidad de las instituciones de seguros y fianzas de hacer frente a sus obligaciones ante los usuarios de estos servicios financieros.
El modelo recogido en el proyecto que se somete a su consideración contempla también de manera complementaria un segundo pilar, orientado a fortalecer el sistema de gobierno corporativo de las aseguradoras y afianzadoras, como un elemento coadyuvante en el cuidado de la solvencia de estas instituciones.
En este sentido, la nueva Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas prevé que el sistema de gobierno corporativo será una responsabilidad del Consejo de Administración, debiendo cumplir con las funciones relativas a la administración integral de riegos, el control interno, la auditoría interna, la función actuarial y la relativa a la contratación de servicios con terceros.
En este punto es importante destacar que si bien el sistema de gobierno corporativo es responsabilidad del consejo de administración, ello nunca implica que las autoridades reguladoras y supervisoras dejen de dar puntual seguimiento al adecuado funcionamiento del mismo. Como lo prevé el proyecto, las autoridades reguladoras deben establecer los mecanismos para verificar que el sistema de gobierno corporativo de las instituciones sea eficiente y se apegue a lo señalado en la nueva ley.
Adicionalmente, el proyecto contempla un tercer pilar complementario a los requerimientos cuantitativos y al gobierno corporativo, que se centra en el fortalecimiento del marco de transparencia y revelación de información de parte de las aseguradoras y afianzadoras para el mercado, con ello el proyecto busca aumentar la información a disposición de los usuarios y de esa forma estimular una mejor conducta de mercado.
Un segundo objetivo general del proyecto de la nueva ley y de las reformas y adiciones a la Ley sobre el Contrato de Seguro tiene que ver con estimular la competencia en estas áreas del sistema financiero. En este sentido, el proyecto considera diversas adecuaciones al sistema de registro de productos de seguros y de fianzas, a fin de incentivar la innovación, la competencia y la eficiencia en el mercado; ello estimulará el diseño de nuevos productos, que se ajusten de mejor manera a las necesidades de protección y ahorro de los usuarios de estos servicios financieros.
Especial mención debe hacerse a la creación del seguro de caución, el cual se plantea como un complemento a la figura de la fianza y la carta de crédito y permitirá ampliar la gama de garantías financieras en la economía mexicana.
Al aumentar el número de opciones disponibles en este mercado, no solo se estimula la competencia, sino que se crean elementos que permiten hacer más ciertas y ágiles las transacciones económicas entre particulares y con el gobierno, incentivando con ello un funcionamiento más dinámico de nuestra economía.
El tercer objetivo del proyecto que se pone a consideración de esta soberanía es aumentar la seguridad de los usuarios en este tipo de entidades financieras y en los servicios que prestan.
Aumentar la confianza de la población en estas instituciones es un factor esencial para estimular su crecimiento, por ello el proyecto de la nueva ley prevé entre otros aspectos la obligación para que estas entidades remitan a la Condusef sus contratos de adhesión, para que como ya ocurre con el resto de las instituciones financieras formen parte del Registro Público de Contratos de Adhesión. Aquí la Condusef forma una especie de defensora, de ombudsman de los usuarios de los derechos financieros.
Asimismo el proyecto establece mecanismos para la regulación en la presentación de estados de cuenta, para el caso de los seguros con componentes de ahorro e inversión. De igual forma, prevé un marco regulatorio apropiado para los ajustadores de seguro, de forma tal que se eleve la calidad del servicio que estos profesionales, los ajustadores de servicio, prestan a los usuarios al momento de presentarse los siniestros.
Esta figura no estaba contemplada antes, diputadas y diputados, en el tema de los seguros, hoy ya se contempla el tema de la figura de los ajustadores.
De igual forma, el proyecto plantea una mejora sustancial al procedimiento de liquidación de entidades aseguradoras y afianzadoras, a fin de hacerlo más expedito y privilegiar la protección del interés de los usuarios de estas instituciones.
El cuarto propósito general de la nueva legislación es el de promover el desarrollo en estas actividades en el marco del sistema financiero mexicano. Un sector financiero sólido constituye una precondición para estimular el crecimiento a la economía; en este sentido, el crecimiento de los sectores asegurador y afianzador, no solo redundará en una mayor protección patrimonial y personal para las familias, las empresas y el gobierno y mayor seguridad en las transacciones económicas, sino también en un sentido más amplio en la posibilidad de canalizar mayores recursos al financiamiento de actividades productivas y a la creación de empleos, a través de la función que cumplen estas instituciones como inversionistas institucionales, y aunque la ley es muy técnica para la asamblea, debo de mencionar, señor presidente, los beneficios para los usuarios y para el país.
Con el proyecto de Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como las reformas y adiciones a la Ley sobre el Contrato de Seguro, esta soberanía estará dotando a México de un marco legal moderno, eficiente y apegado a los estándares y mejores prácticas en la materia, colocando a nuestro país a la vanguardia a nivel internacional.
Al mejorar la posición de solvencia de las aseguradoras y afianzadoras, como al elevar la profesionalización de su gobierno corporativo se fortalecerá la primera red de protección de los usuarios de estos servicios financieros.
Asimismo al aumentar la transparencia de estas entidades los usuarios contarán con la mayor información para decidir con qué institución realizar sus operaciones de seguros y fianzas. Además, la mayor transparencia estimulará una más apropiada conducta del mercado y con ello, una mejor atención a los usuarios.
Por otra parte, al estimular la innovación de estos mercados término, señor presidente se inducirá el diseño de nuevos tipos de productos, cada vez más acordes a las necesidades de protección de la población.
En suma, en este proyecto de nueva legislación en materia de seguros y de fianzas esta soberanía establecerá instrumentos para que el crecimiento en estas actividades se dé sobre bases sólidas.
Diputados y diputadas, en este contexto la Comisión de Hacienda está convencida de que el proyecto de la nueva ley, esta propuesta que se presenta a consideración de la soberanía constituye una pieza de la mayor importancia en el desarrollo del sistema financiero mexicano.
Es cierto que de aprobar este nuevo marco normativo estaremos dotando a México de uno de los elementos que resultan indispensables para crear una ruta de crecimiento dinámico y sostenido para nuestra economía. Les pedimos su voto, señoras diputadas y diputados. Muchas gracias.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias. Esta Presidencia saluda al señor presidente municipal de Magdalena de Kino, Sonora, el doctor Rodolfo Martínez Real, invitado por el diputado Cuauhtémoc Galindo.
El diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Sí, diputado, ¿con qué objeto?
El diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana(desde la curul): Diputado presidente, con el objeto de hacer una respetuosa moción. No sé si ese reloj esté fallando o cuál es el criterio, porque hay oradores con los cuales son muy estrictos en el tiempo y hay otros que se prolongan. Sin demérito de la importancia de lo que se está tratando, es simplemente para que haya equilibrio, igualdad en las intervenciones y bueno, a lo mejor es un problema de reloj que pudiéramos también revisar. Muchas gracias, diputado presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Tomo su llamado de atención con toda seriedad. Créame que fui muy flexible en función de la fundamentación de una ley a la que le estamos dispensando la segunda lectura.
Tiene el uso de la voz doña María Sanjuana Cerda Franco, de Nueva Alianza.
La diputada María Sanjuana Cerda Franco: Con el permiso de la Presidencia. Señoras y señores legisladores, el Grupo Parlamentario Nueva Alianza está a favor del presente dictamen, porque contribuye a incrementar la certidumbre de los usuarios de estos servicios financieros.
Con la extensión de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas estaremos aportando valiosos elementos para fortalecer la regulación y la supervisión de las compañías aseguradoras y afianzadoras.
Es muy importante que la persona que contrata un seguro o una fianza tenga toda la confianza de que en todo momento y en todo caso estará plenamente garantizada la obtención del producto contratado.
De este modo, el dictamen a discusión vendrá a robustecer el marco jurídico de los sectores de seguros y de fianzas en materia de solvencia, estabilidad y seguridad, conforme a los estándares de mejores prácticas internacionales, para sentar las bases de un desarrollo sano y ordenado de las instituciones que conforman los sectores mencionados.
Con la nueva ley se incorpora en la regulación del sector financiero el modelo de solvencia más avanzado en materia de seguros a nivel internacional. Este modelo permite una adecuada identificación y medición de riesgos de insolvencia de las compañías aseguradoras y afianzadoras, lo cual redundará en una mayor seguridad para los consumidores de estos servicios.
Se fortalece la posición financiera de aseguradoras y afianzadoras a través del desarrollo de sus sistemas de gobierno corporativo, que deberán incluir un esquema de administración integral de riesgos, así como mecanismos de control y auditoría interna. De ese modo se podrán monitorear, con mayor oportunidad y mayores alcances, los cambios significativos en la situación de esas compañías.
Adicionalmente la nueva Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas obligará a los intermediarios financieros que participan en esta actividad a revelar información de sus operaciones al mercado, lo cual además de fortalecer la transparencia redundará en mayores elementos para que los usuarios puedan elegir razonadamente el mejor servicio.
En consecuencia, la nueva ley generará condiciones para estimular una mayor competencia en los mercados asegurador y afianzador, situación que necesariamente incrementará los niveles de eficiencia en sus operaciones, arrojando mayores beneficios a los usuarios. Esto propiciará una mayor transparencia, así como el mejoramiento de la conducta del mercado, fortaleciendo la confianza de los consumidores.
El presente dictamen se complementa con la reforma a la Ley sobre el Contrato de Seguros, con el propósito de incorporar las reglas específicas relativas al contrato de seguros de caución, perfeccionar el régimen de los seguros obligatorios, regular la concurrencia de seguros en el caso de seguros contra la responsabilidad, y algunas otras precisiones que buscan dar certidumbre a los asegurados y beneficiarios en la contratación de seguros.
En Nueva Alianza estamos a favor del dictamen porque se fortalecerá la solvencia, la competencia, la seguridad y el desarrollo de estos servicios financieros, que son estratégicos para brindar el desarrollo económico de México.
Solamente queremos precisar que, en la discusión del dictamen en la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Nueva Alianza propuso que en las consideraciones del mismo se estableciera con claridad que la facultad interpretativa del contenido de la nueva ley corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en tanto órgano público encargado de aplicar o ejecutar los mandamientos normativos en la materia.
Por otro lado, también propusimos que en las consideraciones se delimitara correctamente el término discrecionalidad, que no debe entenderse como una facultad arbitraria y caprichosa de la autoridad, sino que debe apegarse en todo tiempo al principio de legalidad.
Con esas precisiones consideramos que votar a favor del dictamen es fortalecer los servicios financieros en beneficio de los usuarios, pero que deja también margen a que posteriormente se sigan ventilando situaciones que fortalezcan ese dictamen, pero que sobre todo fortalezcan la seguridad y confianza de los usuarios. Por su atención, muchas gracias.
Presidencia de la diputada Patricia Elena Retamoza Vega
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputada. En el uso de la voz la diputada Loretta Ortiz Ahlf, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
La diputada Loretta Ortiz Ahlf:Con la venia de la Presidencia. Compañeras diputadas y compañeros diputados, debemos reconocer que el marco legal vigente en materia de seguros y fianzas surge en 1935, por lo cual es urgente una reforma en esta materia.
Entre 2000 y 2011 el mercado de seguros creció 93.6 en términos reales, lo que representa una tasa anual de 6.2; por su parte, en el mercado de fianzas creció 57.7, que corresponde a una tasa anual del 4.2.
Entendemos también que hay compromisos internacionales que nuestro país ha adoptado para modernizar la legislación en materia de seguros y fianzas; sin embargo y subrayo hay una serie de aspectos y dudas sobre el alcance que puede tener la reforma que analizamos, los cuales debemos dejar en claro en la discusión de este dictamen.
El primero de ellos tiene que ver con la autorregulación. En la economía del siglo XX y lo que va del siglo XXI hay sonados casos en donde los agentes económicos que tienen una regulación laxa generan más problemas que soluciones. Se deja en este caso, con la nueva ley, en manos del Consejo de Administración las políticas para administrar la solvencia, el nivel de riesgo, el monto de los activos para solventar la operación de las empresas.
¿Qué sucede nos preguntamos si el consejo no actúa de manera ética y alienta el riesgo de la institución de seguros o de fianzas? La doble contabilidad, los activos tóxicos, los créditos cruzados, son ejemplos que demuestran que las instituciones financieras en muchas ocasiones privilegian las ganancias de los accionistas por encima del beneficio de los clientes o de los usuarios.
Ésta nueva ley prevé que las aseguradoras puedan determinar los niveles de reserva mínimos de la operación y garantía avalados por un actuario y por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, lo que a nuestro juicio no genera las condiciones de seguridad para los contratantes de seguros o una fianza, y abre la puerta al riesgo de que la institución se desate en una crisis y pueda quedar en estado de quiebra, sin poder asegurar el cumplimiento de sus obligaciones.
La ley debe ante todo garantizar la seguridad de las personas que contratan un seguro o una fianza. En ese sentido, nuestro país todavía no cuenta con esta ley, que genera las condiciones necesarias para que los usuarios de este servicio tengan todos los elementos de certidumbre para poder hacer efectivo el servicio que contrataron.
El aspecto más preocupante de este dictamen es el relativo al artículo 118, donde se dispone que las aseguradoras pueden operar en el mercado de valores, hacer reportes, realizar operaciones financieras derivadas, que entenderíamos es la parte relativa a bursatilizar sus operaciones, como un mecanismo de financiamiento. Incluso en la fracción XVI del artículo 118 se le permite adquirir, construir y administrar viviendas de interés social e inmuebles urbanos de productos regulares.
Nos preguntamos, ¿cuál es el objeto de otorgarle esta posibilidad, dado que esa actividad no corresponde al objeto social de una institución de seguros o de fianzas?
En el derecho comparado no se permite, por razones precisamente de asegurar el cumplimiento de las obligaciones de las instituciones de seguros, la mezcla con este tipo de actividades. Un ejemplo muy claro lo tenemos en el derecho norteamericano con la Ley Glass-Steagall y la McFadden, que prohíben actualmente hasta la fecha que las instituciones de seguros realizan las operaciones a las que estarían autorizadas con esta nueva ley las instituciones de seguros y fianzas.
Curiosamente con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, lo que no pueden realizar los inversionistas extranjeros lo pueden hacer aquí y con ello generar más condiciones de riesgo para los usuarios.
Por las consideraciones antes señaladas, votaremos, los del Partido del Trabajo, en contra del dictamen en comento. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputada. En el uso de la palabra el diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
El diputado Juan Ignacio Samperio Montaño:Con su venia, señora presidenta. México representa uno de los nichos más atractivos para el mercado de seguros y fianzas y a pesar de esto, la actividad aseguradora dentro del país no ha podido aumentar su penetración a más del 2 por ciento del PIB desde el año de 1990; en cambio, otras nacionales latinoamericanas cuentan con niveles de cobertura mucho más elevados que el nuestro, como es el caso de Brasil, con el 3.4 por ciento y Chile con el 4 por ciento. Es por esto que resulta necesario el replantearnos las reglas de operación de dicha área en nuestro país.
De acuerdo con la información presentada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en el año 2012 operaban 99 compañías de seguros y del total de éstas, el 63 por ciento trabajan con capital extranjero, las cuales concentran una cuota del 70 por ciento del volumen de materias primas, mientras que el restante 37 por ciento solo se manejan a través de capital local.
Hasta el año 2002 cinco compañías de seguros concentraban el 67 por ciento del mercado, lo cual ha ocasionado que 15 compañías, es decir, el restante 15 por ciento acaparen el 80 por ciento del negocio.
Con base en estas cifras podemos inferir que nos encontramos ante un sector altamente heterogéneo, lo que nos obliga a fijar reglas adecuadas. Regular a las corporaciones de seguros y fianzas representa una tarea de suma importancia debido a los montos que se manejan dentro de esta área.
Al cierre del año 2010, las primas del sector asegurado mexicano ascendieron a 241 mil 891 millones de pesos, en el que el principal producto asegurado es el de autos, con el 20.8 por ciento de las primas; le sigue el de daños, con el 19 por ciento; mientras que las primas por accidentes y enfermedades, equivalen al 13.4 por ciento y los seguros de pensión solo al 6.6 por ciento.
Los bajos niveles observados se deben, entre otras cosas, a la poca exigencia que hay para los dueños de automóviles de contar con un seguro, y a diferencia de otros países del mundo, incluyendo a los conductores de vehículos de transporte público, tan solo cuatro de cada diez autos que transitan por nuestro territorio cuentan con algún tipo de cobertura.
Con base en lo anteriormente expuesto, consideramos que lo planteado en la nueva ley de instituciones y fianzas, sobre la posibilidad de que estas instituciones cuenten con un modelo interno para calcular su requerimiento de capital y solvencia, significa un primer paso, pero demasiado importante. Con esto cada institución podrá tomar en cuenta sus propias necesidades en el cálculo sobre el monto del capital que demandan, a diferencia de lo ocurrido hasta el momento, donde es la autoridad quien establece una regla única aplicable.
Debido a las facultades que se otorgarán es menester que el modelo sea autorizado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas para evitar impunidad en las decisiones tomadas por los sujetos a regular.
Del mismo modo, la incorporación del seguro de caución, el cual consiste en el pago de una indemnización al asegurado, a título del resarcimiento o penalidad por los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites previstos en el contrato del seguro al producirse las circunstancias abordadas, en relación con el incumplimiento por el contratante del seguro, representa un factor de estabilidad para la actividad económica, lo cual permitirá condiciones más óptimas y eficientes.
Entre las principales ventajas de este seguro se encuentra la regulación de las asociaciones público privadas, con lo cual se podrá proteger al gobierno, al representar un menor costo que cualquier tipo de garantía o aval bancario y una mayor accesibilidad por las partes involucradas.
Por último, celebramos la reforma a la Ley sobre el Contrato de Seguro, ya que con esto se perfecciona el régimen de los seguros obligatorios y se otorga mayor certidumbre para los asegurados.
Por lo anteriormente expuesto el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor del presente dictamen. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado. En el uso de la voz el diputado Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
El diputado Tomás Torres Mercado: Señora presidenta, me parece que éste es un asunto de la mayor importancia en el sistema financiero nacional; hablar de seguros es establecer mecanismos para hacer frente a contingencias, a riesgos; la fianza en México es una institución fundamental para el cumplimiento de obligaciones, particularmente en los actos de gobierno: contratos, procedimientos de ejecución en materia fiscal y demás.
Como abrigo la esperanza de que esta asamblea preste algo de atención y en virtud de la importancia del dictamen, le voy a entregar y a pedir, presidenta, que incorpore al Diario de los Debates consideraciones emitidas por la Comisión de Hacienda y Crédito Público, ya que no se dio oportunidad de que el presidente, el diputado Trejo Reyes, diera razón de los beneficios para los usuarios y para el país de tan importantes ordenamientos.
Aquí a veces se reclama el que alguien se exceda en un minuto o en cuatro, pero quisiera constatar quién le dio lectura a este dictamen de casi 500 cuartillas. ¿Qué estamos discutiendo? Discutimos un dictamen que tiene su origen en una minuta del Senado de la República que expide una nueva ley de seguros y de fianzas y adiciona otras disposiciones en materia de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
Alguien me decía en mi curul: di algo en relación a la actitud de los agentes de seguros y de los declinamientos repetidos en el pago de las pólizas que amparan ciertos beneficios para los usuarios. Sería importante dar la discusión.
Creo que esta ley trae sin duda bondades, en principio porque fortalece el régimen prudencial, ¿qué es eso? Es decir, establece mecanismos para que en materia de seguros o de fianzas, cuando se pagan los riesgos o se cubren las obligaciones de una póliza de fianza, no caigan en la insolvencia las instituciones, que son parte del sistema financiero de un país.
Tiene importancia, virtud a que en el marco de la crisis financiera de 2008, es necesario recurrir a otros mecanismos para soportar los estudios actuariales y construir las reservas técnicas de seguros y de fianzas para que sea posible hacer frente a las contingencias o al cumplimiento de obligaciones derivadas de los contratos respectivos.
Creo también que es buena para el país, es buena para los usuarios porque se avanza en transparencia, en gobierno corporativo de las instituciones financieras; se establecen otros mecanismos de seguros y de fianzas para el respaldo técnico, pero además se le dan facultades a la Condusef; se abunda a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, quienes tienen facultades normativas y de control.
Algo importante al tiempo que agradecemos en una materia que requiere conocimiento especializado, conocimiento técnico, el haber ilustrado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas dejarles una tarea: lo que la ley no diga, tiene facultades para emitir lineamientos normativos, para emitir criterios generales, con el propósito de que en materia de seguros las letras chiquitas se conviertan en letras grandes, y que la Comisión de Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros aplique la ley.
No diré más, compañeras, compañeros, la importancia de esta ley tiene que ver con otros aspectos, más productos, mayor competencia, coberturas de naturaleza nueva, el seguro de caución. Decía también, sobre todo ponernos en el tono de las modificaciones internacionales de las que México no puede estar ausente. Pero sobre todo démosle armonía a los productos, a los bienes públicos que este Congreso ya dio en 2005 en materia de mercado de valores y en 2008 en el asunto financiero.
Valoro su atención y también abrigo la esperanza de que en el Canal del Congreso algún usuario nos vea y que sepa que este Congreso da bienes públicos, precisamente para el bienestar nacional.
Gracias, presidenta, y por su acuerdo de incorporar al Diario de los Debates el argumento del presidente, muchas gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado; por supuesto, se obsequia su solicitud. En el uso de la voz, el diputado Fernando Cuéllar Reyes, de la fracción parlamentaria del PRD.
El diputado Fernando Cuéllar Reyes: Con su venia, diputada presidenta. Queremos, al igual que hicieron el presidente de la Comisión de Hacienda, el diputado Isabel Trejo y mis compañeras y compañeros diputados que me antecedieron, felicitarnos por esta nueva ley.
Sin duda es un gran esfuerzo de las dos colegisladoras; es un esfuerzo muy importante del Senado de la República que reconocemos, siempre hay la disyuntiva de que si hay que perfeccionar algunos temas y acordamos fue un acuerdo unánime de todos los grupos parlamentarios que hay elementos que todavía nos preocupan, sobre todo en términos de los derechos de los usuarios, en términos de lograr que efectivamente la autoridad competente, las instancias reguladoras cumplan sus finalidades a cabalidad.
Pero había que tomar una decisión, y el grupo parlamentario se suma a esa decisión de que hoy en esta nueva iniciativa que integra dos leyes que ya existían sobre fianzas y que además mejora y armoniza la Ley sobre el Contrato de Seguro vayamos a favor.
Ya nuestro presidente hizo una serie de señalamientos de las bondades. Nosotros quisiéramos adicionar también que sin duda estos instrumentos, que se refieren a los seguros, a las finanzas, a las sociedades mutualistas, son un componente fundamental del sistema financiero. Hay que darle una dimensión y de ahí la perspectiva también que tienen para el crecimiento y para el desarrollo de nuestro país.
Por eso, como bien lo comentaba el Grupo Parlamentario Verde Ecologista, no es cualquier ley, es una ley importante, luego vemos la idea de ciertas leyes estructurales de grandes reformas, pero a veces no tomamos en cuenta que hay componentes como éste que se suman y que sin duda serán grandes detonadores.
También reconocemos que tampoco está todo resuelto, hay una crisis económica estructural que hace ver que no necesariamente los ciudadanos, no es que no tengan una cultura de este tipo de instrumentos, el asunto es que no hay condiciones económicas para usar estos instrumentos y que además y así lo hemos comentado también y felicitamos a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas por todo ese esfuerzo que también se tuvo en esta iniciativa hará falta generar una cultura en esta materia y hará falta darle la difusión, comunicar a los ciudadanos la importancia que tiene haber fusionado e integrado estas dos leyes y hoy tener entonces una serie de bondades al respecto.
Quiero insistir en que el sistema financiero a partir de esta ley, a partir de esta actualización obliga entonces a que las instituciones determinen mediante su sistema de administración el techo financiero que requieren para cumplir con sus obligaciones.
Está claro, vamos por un asunto de solvencia, un asunto de seguridad y sobre todo y esto es muy importante un elemento relevante que tiene que ver con los derechos de los usuarios de estos instrumentos, el llamado seguro de caución, que consiste efectivamente en el pago de una indemnización del asegurado, a título de resarcimiento o penalidad por los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites previstos en el contrato de seguro, al producirse las circunstancias acordadas en relación con el incumplimiento por el contratante del seguro de sus obligaciones contractuales. Esta figura se pretende que entre en competencia con los productos que actualmente se ofrecen en el ramo, como son la fianza y la carta de crédito.
Insistimos, no a las letras pequeñas, no a todos esos trámites engorrosos, donde el usuario de los seguros busca cubrir ese riesgo y no obtiene respuesta de manera oportuna.
Por eso finalmente quiero expresarles que vamos a estar muy atentos para que la Secretaría de Hacienda y la Comisión Nacional de Fianzas y de Seguros puedan tener todo el cuidado y la responsabilidad para que la reglamentación secundaria sea pertinente, sea consistente con este esfuerzo.
No todo va a estar en la ley, aquí están los grandes principios, ahora necesitamos que estas leyes reglamentarias, que esta reglamentación secundaria para ser más exacto cumpla su cometido. Enhorabuena.
El Grupo Parlamentario del PRD sin duda estará apoyando éste y otros instrumentos que favorezcan el crecimiento, el desarrollo y que atienda los derechos de los ciudadanos, de los usuarios de estos servicios. Por su atención, muchas gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: A usted, diputado. En el uso de la voz el diputado Glafiro Salinas Mendiola, del Grupo Parlamentario del PAN.
El diputado Glafiro Salinas Mendiola:Con su venia, compañera presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, en los últimos 12 años se ha trabajado arduamente en fortalecer nuestra economía, con un sistema financiero sólido, eficiente y competitivo.
En este camino, la labor de las instituciones de seguros se ha convertido cada vez más en un mecanismo financiero, de protección contra riesgos que enfrentan las familias, las empresas y los propios gobiernos, lo que ha promovido su expansión de forma significativa, fortaleciendo el proceso de inclusión financiera en nuestro país.
Algunos indicadores recientes nos ilustran de la contribución que este sector ha tenido en la vida económica y social de nuestro país, que nos ayudarán a comprender el valor de este Poder Legislativo de la Unión, que aportará con la aprobación del presente dictamen.
Entre el 2000 y el 2010, el valor de los activos de este sector se han triplicado, la participación de los seguros en la economía pasó de representar un 1.8 por ciento en el año 2000, al 5 por ciento en el año del 2010.
Las reservas técnicas del sector están cerca del 80 por ciento de sus activos totales; la prima directa real del sector se duplicó en los últimos 10 años y la penetración de los seguros en la población, es decir, la promoción de la cultura de la prevención del riesgo de parte de este sector se ha mejorado notablemente. En 1990 representó apenas el 26.5 por ciento. Para el 2010 el porcentaje se situó en el 70.5 por ciento.
Amigos y amigas legisladores, con el propósito de aprovechar el esfuerzo realizado en el sector asegurador y afianzador y continuar contribuyendo en su crecimiento y consolidación del sector financiero en beneficio de los mexicanos, los diputados de Acción Nacional votaremos a favor del presente dictamen, ya que estamos convencidos de que con las reformas este sector podría ser en un futuro entre otros beneficios el de contribuir con el sistema nacional de pensiones, aprovechando su infraestructura y su experiencia. También complementará, con su experiencia, el manejo de coberturas de gastos médicos, de salud, que tan importantes son para nuestro país.
También de manera muy importante aprovechará los efectos negativos que genera el cambio climático, al disponer de esquemas de seguridad que permitan cubrir las pérdidas económicas, resultado de estos fenómenos naturales.
Amigos diputados y amigas diputadas, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional está convencido que la promoción de la cultura de la prevención de riesgos es prioritaria en nuestro país, por lo que el dictamen que la Comisión de Hacienda y Crédito Público nos presenta en esta ocasión ante el pleno, busca precisamente continuar apuntalando el aseguramiento en el desarrollo social y económico de México.
Si bien estamos convencidos de que la industria aseguradora ha venido ganando tamaño dentro del sistema financiero y en nuestra economía, con la aprobación de este dictamen nuestro país dispondrá de un modelo de avanzada que permitirá una mejor identificación y medición de los riegos, lo que a su vez permitirá establecer contratos de adhesión más accesibles a las necesidades de más y nuevos usuarios, con costos menores que mejorarán la cultura de este sector. Pero más importante aún, porque estas reformas potencialicen el desarrollo del sector asegurador hacia estándares internacionales de avanzada, conjuntamente con una mayor promoción de la cultura de los mexicanos a la previsión de los riesgos.
Por todos estos argumentos, la bancada del Grupo Parlamentario de Acción Nacional votará a favor del presente dictamen. Es cuanto, compañera presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado. En el uso de la voz el diputado Jorge Herrera Delgado, del Grupo Parlamentario del PRI.
El diputado Jorge Herrera Delgado: Con su permiso, señora presidenta. Hay buenas noticias para la sociedad, cuando en este Congreso los legisladores coinciden y construyen normas que protegen y favorecen a los mexicanos.
Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, el dictamen que hoy nos ocupa sobre la minuta que expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas es de gran relevancia, pues pretende garantizar que tanto las aseguradoras como las afianzadoras cuenten con la solvencia, la estabilidad y la seguridad financiera para cumplir cabalmente con sus obligaciones y dar un paso adelante en materia de regulación de seguros, lo que sin duda alguna será bueno para el país y para los usuarios.
Es momento de que las instituciones de seguros y fianzas se expresen con transparencia hacia usuarios para evitar abusos y confusiones que únicamente perjudican a la población, favoreciendo simultáneamente a la cultura del seguro, ya que se trata de un elemento auxiliar para garantizar el patrimonio de las familias mexicanas y coadyuvantes de los gobiernos, ya que los seguros funcionan como una red de seguridad en los casos de contingencias financieras, por lo que es menester avanzar en la materia fortaleciendo y regulando el sistema de seguros y fianzas, con el objeto de beneficiar a los usuarios y siempre velar por sus intereses.
Esta nueva ley que se pone a su consideración abroga la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, asimismo la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por lo que sistematiza, integra y facilita el ordenamiento en esta materia.
Las diputadas y los diputados de mi grupo parlamentario nos pronunciamos a favor de este dictamen, ya que significa robustecer el marco jurídico de los sectores de seguros y de finanzas, y asegura una mayor solvencia, estabilidad y seguridad conforme a los estándares y mejores prácticas internacionales, siempre bajo el principio de lograr un desarrollo sano y ordenado de las instituciones, protegiendo y salvaguardando los intereses de los consumidores.
Una modificación de especial importancia es la que aborda el nuevo marco legal, que son las normas prudenciales en matera de solvencia; la nueva ley considera que mediante una fórmula general o modelos internos las instituciones determinarán el capital necesario para cumplir con sus obligaciones de acuerdo con sus riesgos. Ya no será la autoridad la que establezca la regla única aplicable a todas las instituciones para calcular el monto de capital que requieren como sucede actualmente la cual en ocasiones no considera necesariamente las particularidades que tiene cada una de las instituciones.
En otro aspecto, se dispone que las instituciones deberán de contar con un sistema eficaz de gobierno corporativo que garantice una gestión sana y prudente de su actividad cuya instrumentación y seguimiento será responsabilidad de su consejo de administración.
De igual forma plantea una redistribución de las facultades que tienen asignadas las autoridades financieras, básicamente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, pues de esta forma se delimitan sus ámbitos de acción de manera precisa y clara, armonizando la regulación aplicable a las aseguradoras y afianzadoras con las reformas que se efectuaron a la Ley de Instituciones de Crédito de 2008 y a la Ley de Mercados de Valores de 2005.
Respecto a la reforma a la Ley sobre el Contrato de Seguro tiene como propósito incorporar las reglas específicas relativas al contrato de seguro de caución, que permitirá ampliar la gama de instrumentos financieros disponibles en el mercado y perfeccionar el régimen de los seguros obligatorios, regular la concurrencia de seguros en el caso de seguros contra la responsabilidad, y algunas otras precisiones que buscan dar certidumbre a los asegurados y beneficiarios en la contratación de estos seguros.
Estas modificaciones en las regulaciones de seguros y fianzas se traducen en el fortalecimiento de la primera red de protección de los usuarios y se logran mayores beneficios para los usuarios, a saber:
1. Los usuarios tendrán mayor información para decidir con qué instituciones podrán realizar sus operaciones de seguros y fianzas, estimulando una mejor atención de las empresas.
2. Se logra estimular la competencia e innovación en el mercado, ya que se crearán tipos de productos más acordes a las necesidades de los usuarios y éstas serán más accesibles para la población.
3. Otra de las bondades de la reforma es que fortalece la confianza de los usuarios, ya que se propicia una mayor transparencia.
Sin embargo para terminar dos son los principales beneficios para nuestro país; en primer lugar, con estas reformas legales México estará a la altura de los máximos estándares internacionales en la materia, al nivel de Alemania, Holanda y por arriba de Reino Unido y Estados Unidos de América, hecho que provocará una mayor estabilidad, requisito indispensable para el financiamiento de las actividades productivas y generar mejores condiciones para el empleo.
En segundo lugar, estas reformas legales buscan una inclusión financiera, que logrará que un mayor número de mexicanos puedan protegerse de riesgos personales y patrimoniales.
Porque es bueno para el país y bueno para la sociedad y para la protección de los mexicanos, es por esto que los diputados del Grupo Parlamentario del PRI votaremos a favor de este dictamen. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado. No habiendo más oradores ni artículos reservados, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de Ley sobre el Contrato de Seguro.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.
(Votación)
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Esta Cámara de Diputados le da la más cordial bienvenida a los alumnos del Colegio Cristóbal Colón, Colegio Marista, de Tepic, Nayarit, preparatoria, invitados por el diputado Roy Gómez Olguín.
A alumnos del Centro Universitario de la Ciénega de la Universidad de Guadalajara, invitados por el diputado Ossiel Omar Niaves López.
También a alumnos de la Universidad Continente Americano, plantel San Luis de la Paz, Guanajuato, estudiantes de derecho, invitados por la diputada Petra Barrera Barrera. Sean todos bienvenidos a esta su casa, la Cámara de Diputados.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Ciérrese el sistema de votación electrónico. Presidenta, le informo que se emitieron 423 votos en pro, 12 en contra y 1 abstención.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobado en lo general y en lo particular por 423 votos el proyecto de decreto que expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.
Presidencia del diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea, se pide a la Secretaría dar cuenta con tres acuerdos de la Junta de Coordinación Política, uno que tiene que ver con cambio en comisiones, el primero; otro más que tiene que ver con el Plan Nacional de Desarrollo, y uno más con la convocatoria para consejero del IFE. Empiece usted, por favor, con el de cambio en comisiones.
COMISIONES LEGISLATIVAS
El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente se someta a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente movimiento solicitado por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que la diputada Martha Gutiérrez Manrique cause alta como secretaria en la Comisión de Protección Civil.
Lo anterior para los efectos a que haya lugar.
Sin más por el momento, le reitero la seguridad de mi consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 27 de febrero de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional:
Que la diputada María de la Concepción Ramírez Diez Gutiérrez cause baja como integrante de la Comisión de Turismo.
Que la diputada María de la Concepción Ramírez Diez Gutiérrez cause alta como integrante en la Comisión de Desarrollo Rural.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 27 de febrero de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente.»
En votación económica se pregunta si se aprueban. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobados. Comuníquense.
Continúe con el otro, que tiene que ver con el Plan Nacional de Desarrollo.
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a considerar prioritaria en el diseño del Plan Nacional de Desarrollo la incorporación de actividades del sector social de la economía a fin de impulsar el desarrollo económico del país
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hace suya la proposición con punto de acuerdo que suscribe la Diputada Alliet Mariana Bautista Bravo, en nombre de los integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que, en el diseño del Plan Nacional de Desarrollo, considere prioritarias las actividades del sector social de la economía para impulsar el crecimiento económico del país.
Dado en el Recinto Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.p.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano;diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;diputada Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobado. Comuníquese.Continúe la Secretaría.
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se propone al pleno la convocatoria para participar en el proceso de selección del candidato o candidata para ocupar la vacante generada en el Consejo General del Instituto Federal Electoral
Con fundamento en los artículos 34, numeral 1, incisos b) y h), y 34 Bis de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política somete a la consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Primero. Se aprueba la convocatoria para participar en el proceso de selección del candidato (a) a ocupar el cargo de Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Federal Electoral para el periodo 2013-2019.
Segundo. Se instruye a la Secretaría General a proveer a la Comisión de Gobernación de los recursos materiales, humanos, financieros y tecnológicos, así como al área de Comunicación Social y al Canal del Congreso a dar la más amplia difusión a la presente convocatoria.
Transitorio
Dado en el recinto legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.p.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Silvano Aureoles Conejo, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;diputado Ricardo Monreal Ávila, Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano;diputado Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;diputada Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Convocatoria para participar en el proceso de selección del candidato o candidata para ocupar el cargo vacante de consejero electoral del Consejo General del Instituto Federal Electoral que concluirá el 30 de octubre de 2019
La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 41, base V, párrafos segundo, tercero y séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 110, 111 y 112 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; artículos 20, numeral 2, inciso i), 34, numeral 1, inciso h), y 34 Bis, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos:
Convoca
A las y los ciudadanos que reúnan los requisitos constitucionales, legales y los que establece esta convocatoria, a participar en el proceso de selección del candidato(a) para ocupar el cargo vacante de consejero electoral del Consejo General del Instituto Federal Electoral, que concluirá el 30 de octubre de 2019, bajo el siguiente:
Procedimiento
Primero. Las y los aspirantes a candidato(a) deberán cumplir y acreditar, fehacientemente, los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano(a) mexicano por nacimiento, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos y no adquirir ninguna otra nacionalidad, durante el periodo de su encargo, en caso de ser designado consejero electoral;
b) Estar inscrito(a) en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotografía, vigente;
c) Tener más de treinta años de edad al día de la designación;
d) Poseer al día de la designación título profesional de nivel licenciatura con antigüedad mínima de cinco años, contados a partir de la fecha de la presente convocatoria y contar con los conocimientos y experiencia en materia electoral que les permitan el desempeño de sus funciones;
e) Lo anterior se comprobará acreditando, en los términos señalados en el punto segundo de este procedimiento, numeral 3 de esta convocatoria; que la o el aspirante haya escrito y publicado, en libros, periódicos o revistas de amplia circulación, análisis originales, referidos al sistema electoral mexicano, ya sea en sus componentes históricos, doctrinarios, jurídicos o prácticos, o bien relativos a aspectos específicos de alguna de las elecciones federales celebradas en 2009 o 2012,
f) Gozar de buena reputación y no haber sido encontrado(a) responsable por sentencia irrevocable de delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial;
g) Haber residido en el país durante los últimos dos años, salvo el caso de ausencia en servicio de la república por un tiempo menor de seis meses;
h) No haber sido registrado(a) como candidato(a) a cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
i) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
j) No ser secretario de estado, ni procurador general de la República o del Distrito Federal, subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal; jefe de gobierno del Distrito Federal, ni gobernador, ni secretario de gobierno, a menos que se separe de su encargo con cuatro años de anticipación al día de su nombramiento; y,
k) No ser ni haber sido miembro del Servicio Profesional Electoral durante el último proceso electoral federal ordinario.
Segundo. Las asociaciones o instituciones académicas o las organizaciones no gubernamentales que propongan algún aspirante a candidato o los propios aspirantes a candidatos, los días 7 y 8 del mes de marzo del año dos mil trece, con horario de las 9:00 a las 15:00 horas y de las 16:30 a las 21:00 horas, deberán acudir personalmente a entregar, en las instalaciones de la Comisión de Gobernación, situadas en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, ubicada en avenida Congreso de la Unión, número 66, edificio D, tercer piso, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, México, Distrito Federal, previa cita a los teléfonos 01800-1-CAMARA, es decir, 01800-1-226272 y al conmutador 5036-0000, extensiones 53098, 57130 y 57131, la siguiente documentación:
1. Currículum vitae con fotografía reciente, firmado por el candidato (a) (conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx).
2. Copias certificadas del acta de nacimiento, de la credencial para votar con fotografía y del título profesional o cédula profesional.
3. Para los efectos de acreditar los conocimientos y experiencia a que se refieren los incisos d) y e) del punto primero anterior, deberán anexarse: copia fotostática de los libros, periódicos o revistas en que se publicaron los ensayos, en los que conste de manera indubitable la autoría del aspirante;
4. Carta en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial. (Conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados. gob.mx).
5. Carta de aceptación de las bases y procedimientos de la presente convocatoria firmada por el aspirante. (Conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx).
6. Ensayo de autoría propia, ya publicado o inédito, en un máximo de diez cuartillas, sobre un tema relativo a la problemática futura del sistema electoral federal. Dicho ensayo deberá entregarse en versión electrónica, e impresa en dos tantos. (Fuente Arial, 12 puntos; márgenes de 2.5 centímetros y espacio de interlineado de 1.5).
7. Cuando la propuesta sea sustentada por una asociación o institución académica, deberá acompañarse de una carta suscrita por el rector, presidente o director de la misma.
8. Si la propuesta es sustentada por una organización no gubernamental, deberá acompañarse con una copia certificada del acta constitutiva correspondiente, así como una carta del representante legal, debidamente autorizado, en la que se haga constar la decisión de la organización de postular al aspirante.
9. En caso de que la propuesta sea sustentada por un grupo de ciudadanos, deberá acompañarse, además, una carta en la que hagan constar su propuesta y la copia del anverso y reverso de la credencial de elector de los firmantes.
Tercero. Dentro del plazo comprendido entre el 12 y 15 del mes de marzo del año en curso, la Comisión de Gobernación integrará los expedientes y revisará la documentación de los aspirantes a candidato a fin de verificar que reúnen los requisitos establecidos en la presente convocatoria. Para tales efectos podrá allegarse de los elementos que estime pertinentes, o realizar las consultas que estime necesarias.
Cuarto. Cumplido lo anterior y a más tardar el 18 de marzo de 2013, la Comisión de Gobernación determinará los candidatos(a) a consejeros electorales que cumplan con los requisitos señalados en la presente convocatoria, misma que será remitida a la Junta de Coordinación Política y publicada en la Gaceta Parlamentaria y en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx.
Quinto. Publicada la lista a que se refiere el punto inmediato anterior, durante el plazo improrrogable de dos días naturales, contados a partir de dicha publicación, cualquier persona, física o moral, podrá presentar, por escrito, objeciones, fundadas y motivadas, ante la Comisión de Gobernación, aportando los elementos de prueba que correspondan. Al escrito de referencia se acompañará copia de la credencial para votar del o la ciudadana que la suscribe, acompañada, en su caso, de copia certificada del acta constitutiva correspondiente; deberá entregarse en las instalaciones de la Comisión de Gobernación, en la dirección antes señalada.
En la lista arriba señalada se indicará la fecha y hora en que deberán acudir los candidatos para el desahogo de entrevistas. Las citas se asignarán en estricto orden alfabético. Tal publicación surtirá efectos de notificación para los aspirantes.
Sexto. Las entrevistas serán desarrolladas por la Comisión de Gobernación; tendrán una duración máxima de sesenta minutos para cada aspirante y se desarrollarán de acuerdo al siguiente procedimiento:
I. Se realizarán entre el 1 y el 8 de abril del año en curso. La Comisión de Gobernación se declarará en sesión permanente a efecto de entrevistar a cada uno de los candidatos quienes contarán con cinco minutos para exponer los puntos centrales de su ensayo y no podrán ser interrumpidos durante ésta. Cada grupo parlamentario presente, en orden ascendente, podrá formular una pregunta hasta por dos minutos.
II. Las preguntas sólo podrán versar sobre aspectos técnicos o jurídicos propios de la materia electoral y tendrán como propósito comprobar que los candidatos poseen el perfil adecuado, así como los conocimientos y experiencia que les permitan el desempeño eficaz y calificado de sus funciones.
III. Cada candidato contará hasta con cinco minutos para responder, en el orden en que se formulen, las preguntas que se formulen.
IV. Las entrevistas se realizarán en sesiones públicas y serán transmitidas por el Canal del Congreso.
V. Antes del 30 de marzo, los grupos parlamentarios podrán acreditar por conducto de su coordinador, una relación de diputados federales que no formen parte de la Comisión de Gobernación, para participar con el carácter de sustitutos en la etapa de entrevistas.
El número de diputados federales sustitutos acreditados no podrá exceder el número de legisladores que le corresponde a cada grupo parlamentario en la proporción de la integración de la Comisión de Gobernación. Durante el desarrollo de las entrevistas, sólo podrá participar el número de legisladores que corresponda a dicha integración.
VI. Los candidatos deberán acudir en el día y hora señalados en la lista que se publique para tal efecto, sin que esta cita pueda reprogramarse, salvo por ausencia en caso fortuito o de fuerza mayor, a juicio de la propia Comisión de Gobernación.
VII. No podrán llevarse a cabo entrevistas o reuniones con aspirantes o candidatos fuera del procedimiento de esta convocatoria.
Séptimo. Al término de las entrevistas y antes del 12 de abril del presente año, la Comisión de Gobernación integrará la lista final de candidatos que serán considerados para la elección, sin que puedan incluirse más de cinco candidatos, y la remitirá mediante dictamen que consagre los resultados derivados de la evaluación de los aspirantes, a través de su presidente, a la Junta de Coordinación Política.
Octavo. Antes del cierre del segundo periodo de sesiones ordinarias correspondiente al primer año de ejercicio de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, los grupos parlamentarios, a través de la Junta de Coordinación Política, determinarán la propuesta del candidato o candidata a consejero electoral del Instituto Federal Electoral, para el periodo que concluirá el 30 de octubre de 2019.
Noveno. En sesión de la Cámara de Diputados la junta dará a conocer al pleno la propuesta a que se refiere el punto inmediato anterior, para su discusión y votación. Leído que fuese el orden del día y el acta de la sesión anterior, la propuesta será el tercer punto de la orden de día en la respectiva sesión; no se podrán presentar mociones suspensivas.
Será designado consejero electoral del Instituto Federal Electoral la candidata o candidato que resulte electo por el voto de las dos terceras partes de las y los diputados presentes en la sesión.
Décimo. De no cumplirse, en una primera votación, el requisito de las dos terceras partes de los individuos presentes, la propuesta será devuelta, sin que proceda mayor trámite ni debate, a la Junta de Coordinación Política, a fin de que ésta decida si, en la misma sesión, presenta una segunda propuesta; de ser así, la misma será sometida de inmediato al conocimiento, discusión y votación en el pleno.
Undécimo. Todo lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Junta de Coordinación Política.
Duodécimo. La presente convocatoria entrará en vigor el día de su aprobación por la Cámara de Diputados.
Decimotercero. Se instruye a la Secretaría General, al área de comunicación social, y al Canal del Congreso, a dar la más amplia difusión a la presente convocatoria.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de febrero de 2013. Diputado Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), Presidente.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea, esta Presidencia ha recibido registro de oradores en este asunto y actuará en estricto rigor con el artículo 106 del Reglamento de esta Cámara de Diputados.
Luego entonces, les voy a leer la lista de oradores para que no haya reclamos y nadie se llame a robado en el procedimiento. Don Marcos Medina Filigrana vendrá en contra, luego don Héctor Gutiérrez de la Garza a favor; luego don Ricardo Monreal en contra, luego don Gilberto Hirata Chico a favor; luego Rubén Camarillo Ortega en contra y finalmente don Manuel Huerta Ladrón de Guevara también en contra.
Inmediatamente después consultaremos a la asamblea si está suficientemente discutido. De ser en positivo, tomaremos la votación. Si la asamblea no lo autoriza; entonces, vendrán don Ricardo Mejía y don Miguel Agustín Alonso Raya.
Don Ricardo Mejía, ¿con qué objeto?
El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Hay una laguna jurídica en el Reglamento cuando se trata de este tipo de proposiciones; sin embargo, en un afán democrático y garantista, estamos planteando una propuesta para la base octava del proyecto.
Le pediría, presidente, que nos considerara en la lista de oradores antes de someterlo a consideración, para que quedara firme y el pleno conociera esta propuesta.
«Reserva del diputado Ricardo Mejía Berdeja,a la base octava de la convocatoria para participar en el proceso de selección de candidato o candidata para ocupar la vacante de consejero electoral del Consejo General del Instituto Federal Electoral
Ricardo Mejía Berdeja,integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 6, fracción X, 109, 110, 111 y 112 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta al pleno de esta honorable asamblea la siguiente reserva a la base octava de la convocatoria para participar en el proceso de selección de candidato o candidata para ocupar la vacante de consejero electoral del Consejo General del Instituto Federal Electoral, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El proceso de ciudadanización del Instituto Electoral Federal inició con la reforma electoral que fue aprobada en 1994 cuando se instituyó la figura de consejeros ciudadanos, con la finalidad de considerar a especialistas y académicos que serían electos por el voto de las dos terceras partes de la Cámara de Diputados, a propuesta de los grupos parlamentarios.
Por su parte, los partidos políticos conservaron un representante con voz, pero sin voto.
Gracias a esta reforma, los consejeros ciudadanos contaron con la mayoría de votos en el Consejo General del IFE y con ello aumentó su influencia dentro de él, así como en los procesos de toma de decisiones de los órganos de dirección. También se ampliaron las atribuciones de los órganos de dirección del IFE a nivel estatal y distrital.
Luego, en 1996, el Congreso de la Unión realizó una nueva reforma electoral al aprobar la modificación del artículo 41 constitucional, así como un nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos E lectorales. Entre los aspectos más importantes de esta reforma se destacan la autonomía e independencia del IFE al desligar por completo al Poder Ejecutivo de su integración y se reservó el voto dentro de los órganos de dirección para los consejeros ciudadanos, estableciendo que fueran nueve.
Asimismo, el nuevo artículo 41 de la Constitución estableció que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley.
Sin duda, la reforma electoral de 1996 ha sido una de las reformas más importantes que se han dado en la materia, pues modificó de fondo la estructura electoral, para que ni el Ejecutivo, ni los partidos políticos fueran jueces y parte en los procesos electorales y con ello dar certeza al derecho ciudadano de elegir a sus representantes.
Sin embargo, en esta larga transición a la democracia que México ha vivido, siempre se ha visto en riesgo de retrocesos pues los actores políticos han cedido a la tentación de influir en el resultado de las decisiones, no por la vía democrática, y en cuanto respecta a la integración del Consejo General del IFE, se ha recurrido al reparto de cuotas partidistas, y en lugar de evaluar la experiencia y capacidad de las y los candidatos a ser consejeros ciudadano se ha hecho con base a un sistema de lealtades y vetos, lo que ha venido a minar la credibilidad de la institución.
Por ello, en esta ocasión tenemos la oportunidad de elegir un método diferente para la elección del candidato o candidata a ocupar el espacio vacante de consejero ciudadano del Consejo General del IFE, para garantizar que la persona que ocupe ese espacio tenga la experiencia y formación profesional para el cargo.
En razón de ello, proponemos que una vez se haya verificado que reúnan los requisitos constitucionales, legales y los que establece la convocatoria, y después de que se haya acotado la lista a través de las entrevistas que tienen como fin identificar a las personas que hayan cumplido con la experiencia y formación electoral, así como su perfil académico, recurramos a uno de los métodos que pueden ser más democrático e imparcial como lo es la insaculación para elegir así a la persona que ocupará la vacante en el Consejo General del IFE.
El método de insaculación puede dar a la ciudadanía mayores garantías de imparcialidad, y el IFE podrá contar con un nuevo miembro que cuente con experiencia y capacidad, ya que la insaculación es un procedimiento universal, utilizado para designar entre cierto número de personas, cuyos nombres se insaculan (una o varias para desempeñar un cargo u oficio.
En razón de lo antes expuesto, en nombre del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano someto a consideración de la asamblea la siguiente reserva:
Texto de la Convocatoria
Octavo.Antes del cierre del segundo periodo de sesiones ordinarias correspondiente al primer año de ejercicio de la LXII legislatura de la Cámara de Diputados, los Grupos Parlamentarios, a través de la Junta de Coordinación Política, determinarán la propuesta del candidato o candidata a Consejero Electoral del Instituto Federal Electoral, para el periodo que concluirá el 30 de octubre de 2019.
Texto Propuesto
Octavo.Antes del cierre del segundo periodo de sesiones ordinarias correspondiente al primer año de ejercicio de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, de la lista final de candidatos a la que se refiere la base séptima, se insaculará el nombre de la propuesta del candidato o candidata aconsejero electoral del Instituto Federal Electoral para el periodo que concluirá el 30 de octubre de 2019.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 28 de febrero de 2013. Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica).»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Don Ricardo Monreal puede dejar la propuesta y con mucho gusto la sometemos a la consideración del pleno en su oportunidad. Tiene el uso de la palabra don Marcos Medina Filigrana.
El diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana:Con su venia, ciudadano presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, hace unos días la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática votamos en contra del acuerdo que daba paso a esta convocatoria para elegir consejero en el Instituto Federal Electoral, que hoy se pone a la consideración de todos ustedes.
Votamos en contra en primer lugar porque se violentaron los procedimientos legislativos al inscribir fast track el documento en comento una hora y media antes de ponerlo a la consideración de nosotros; en segundo lugar, votamos en contra porque percibimos que hay una premura inusitada de querer aprobar el nombramiento de un nuevo consejero electoral en el Instituto Federal Electoral.
Nosotros nos preguntamos, ¿por qué este interés de acelerar los tiempos? La ley reglamentaria en la materia, en su artículo 111, señala que ante la ausencia del consejero se nombrará otro en el más breve plazo, ¿cuál es el más breve plazo, máxime que en este momento no es un año de elecciones federales?
Nosotros nos preguntamos, ¿por qué esta premura, en un momento en la que los órganos autónomos constitucionales pasan por una grave crisis de credibilidad? No solamente el IFE, ahí tenemos también el caso del IFAI.
Decimos, ¿por qué no dar tiempo a una reforma electoral a fondo? ¿Por qué no darnos tiempo a revisar los perfiles, el procedimiento, el método de elección del nuevo consejero?
Desde nuestro punto de vista, ¿qué pretende el Partido Revolucionario Institucional al acelerar este procedimiento? Pensamos que quiere construir un madruguete legislativo, porque incluso en la convocatoria que se está hoy poniendo a consideración establecen que no habrá moción suspensiva sobre el dictamen que presentará la Junta de Coordinación Política; pensamos que pretende consolidar la idea de que es una Consejería que le pertenece al PRI y que lleva mano en la elección del nuevo consejero; pensamos que quieren seguir partidizando al IFE y no contribuir a que sea un órgano eminentemente ciudadano.
El Grupo Parlamentario del PRD votará en contra, porque lo que nosotros queremos es fortalecer al IFE, porque lo que nosotros queremos es que sea un verdadero órgano autónomo, porque aspiramos a que se cristalice como un órgano ciudadano, porque queremos acabar con las cuotas partidistas y sobre todo porque soñamos, aspiramos, pretendemos y luchamos para que el IFE recobre su credibilidad, su solidez, como un órgano fundamental del Estado mexicano. Es cuanto, ciudadano presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias. Don Héctor Gutiérrez de la Garza, lo escuchamos.
El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza: Con su venia, diputado presidente. Acudo a esta tribuna a señalar de manera diáfana porqué el Grupo Parlamentario del PRI está exigiendo que se emita la convocatoria para cubrir la vacante del Consejero General del IFE. Porque nosotros sí queremos cumplir con la ley; la ley no está sujeta a negociación. Si desean modificar el método presenten la iniciativa correspondiente, pero no vengan a desgarrarse las vestiduras, a inventar métodos. Vamos a cumplir con la ley.
No sé lo que significa para ustedes breve plazo; breve plazo es inmediatamente. ¿Desean 18 meses, como la última ocasión? ¿Creen que con 18 meses de retraso las cosas funcionan? En lo absoluto. Vamos a dejarnos de dobles discursos, los primeros que debemos de cumplir la ley somos nosotros.
Por ahí hace algunos días vinieron aquí a argumentar con una tesis por cierto no tesis de jurisprudencia de 1994. Quisiera recordarles que ya hay jurisprudencia de 2010, probablemente se les extravió a la hora de subir a esta tribuna, pero deseo recordarles que en materia electoral la Corte ha señalado el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de manera muy clara que breve término es de acuerdo a cada una de las circunstancias, dado que los tiempos electorales son de momento a momento, y aquí hay expertos electorales.
¿Qué es lo que pretende el Partido Revolucionario Institucional? Que cumplamos con la ley, que se tome en consideración una convocatoria muy similar a la que ya fue aquí aprobada, en la que se seleccione a la mejor persona para cumplir con que el Consejo General del Instituto Federal Electoral esté como lo prevé la Constitución debidamente integrado y no a servicio a la carta de alguien que viene a esta tribuna a tratar de argumentar aquello que no tiene ninguna solidez.
Más adelante nos vamos a encontrar con una reserva, que es lo más cercano a un juego de cubilete. No, los consejeros no salen por sorteo, señor, salen de acuerdo a las circunstancias de cada uno de ellos.
Es por tal motivo que el Grupo Parlamentario del PRI exige el voto a favor en cumplimiento de la ley, no como beneficio o canonjía de ningún grupo parlamentario. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias. Don Ricardo Monreal, tiene usted el uso de la voz, en contra.
El diputado Ricardo Monreal Ávila: Ciudadano presidente, ciudadanos legisladores, nos hemos inscrito en contra por varias razones; primero, porque esta convocatoria no ha sido debidamente consensuada, sí ha sido suscrita por la mayoría de los integrantes representados en sus coordinadores.
Pero miren, más allá de argumentos fofos, falsos, de leguleyo, de abogado huizachero de pueblos sin ley, porque no es cierto que hayan respetado la ley, menos el PRI, creo que el PRI debería ser más cuidadoso. No es necesario este tipo de argumentación hueca, simplemente hagan valer su mayoría, como lo han hecho hasta ahora. Pero no puede negar el PRI que el Consejo General del IFE atraviesa por una de las etapas más grises de su historia, de su existencia. No puede negar el PRI ni nadie, que los consejeros electorales se han conducido en su mayoría con parcialidad, con subjetividad, con sometimiento y subordinación. El IFE está sometido al gobierno y al PRI, digámoslo con todas sus letras.
Su composición y actuación no garantiza que se cumpla con los principios rectores del proceso electoral. No va a cambiar el IFE nada con esta sustitución. Esta sustitución parcial de uno de sus miembros, que por cierto era de los hombres más respetados en el pasado y que sale lamentablemente deteriorado en su imagen, frente a actos confesados de profundo sometimiento al PRI, donde exoneraron al PRI de un caso vergonzoso: el Monexgate.
El asunto de Elba Esther es cosa de niños frente al Monexgate. Ése es el tema de fondo, ése es el tema de fondo. Los consejeros deberían desde aquí les hacemos un llamado los consejeros electorales deberían por el bien de la nación renunciar a sus cargos. Los cargos de los órganos autónomos, entre ellos el IFE, están aderezados de un profundo sentimiento a sabor partidista.
La Cámara de Diputados sí tiene la obligación de buscar mecanismos de selección que se acerquen a los principios rectores del proceso electoral. ¿Qué hay de malo en plantear métodos innovadores? ¿Por qué la descalificación de buscar mecanismos que se acerquen a la garantía del respeto a la equidad, a la imparcialidad, al profesionalismo? ¿Cuál es el problema?
Por esa razón nosotros no avalaremos esta convocatoria, porque está orientada, de nueva cuenta, a designar uno de los incondicionales del IFE que estarán sometidos al PRI, y advertimos desde ahora que no los acompañaremos, porque lo que el IFE requiere es una refundación. Sus consejeros electorales son personas parciales que violaron el proceso electoral y violaron la Constitución. Todas las resoluciones o muchas de las resoluciones del IFE han sido combatidas en el tribunal.
Ahora les digo una cosa, actualmente está sub iúdice el Monexgate en el Tribunal Electoral.
Hemos solicitado que se recuse la magistrada Alanís, por su alta parcialidad a favor del PRI; ella no puede estar ya en los órganos de justicia electoral; ella y otros consejeros deberían renunciar, deberían renunciar a los cargos para los cuales fueron electos.
Por último, tengo una buena opinión como académico de Sergio García Ramírez. Lamento la forma en que terminó, de verdad lo lamento, como académico. Al menos él tuvo la honra de renunciar. Les pregunto a los que están, ¿a qué horas renuncian, señores consejeros?
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Don Gilberto Hirata Chico, del PRI, a favor.
El diputado José Ángel González Serna (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: ¿Con qué objeto, diputado? A ver, permítame. Sonido en la curul del señor diputado.
El diputado José Ángel González Serna(desde la curul): Para ver si me permite una pregunta el diputado Monreal.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ya se fue. Don Gilberto Hirata tiene usted el uso de la voz.
El diputado Gilberto Antonio Hirata Chico: No he escuchado ningún argumento jurídico en contra de la emisión de la convocatoria. Solamente discurso político.
Señor presidente; compañeros legisladores, si bien es cierto, el artículo 111 nos argumenta que en caso de vacantes de consejeros legislativos, el consejero presidente que dirigirá la Cámara de Diputados, o en su caso a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a fin de que se haga una designación correspondiente.
Segundo. De darse la falta absoluta del consejero presidente o de cualquiera de los consejeros electorales, la Cámara de Diputados procederá en el más breve plazo a elegir al sustituto, a quien concluirá el periodo de la vacante.
Interpretación gramatical que nos señala la jurisprudencia, la siguiente. De acuerdo al diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, más denota idea de exceso, aumento, ampliación o superioridad en comparación expresa o sobreentendida.
Breve significa de corta duración o extensión. Y plazo, término o tiempo señalado para una cosa.
De lo anterior, se entiende claramente que en el más breve plazo, y esto repito lo señala la jurisprudencia, significa realizar una cosa en un tiempo de corta duración.
Razonamiento. El legislador estableció la prontitud de la sustitución agregando más, pero sobre todo, la naturaleza del órgano, su composición impar, que sea garante para la toma de decisiones.
Señores legisladores, el IFE no únicamente tiene actividades electorales en los procesos, tiene actividades permanentemente y tiene numerales impar, por tanto es responsabilidad de nosotros votar y proponer quién ocupará esta vacante.
El IFE tiene actividades, no únicamente con fines de asegurar el voto de los ciudadanos, tiene actividades permanentes de empadronamiento, de distritación, de trabajo permanente en todo su órgano electoral, en todos los distritos, por tanto es responsabilidad de este Congreso cumplir con esta convocatoria. Por tanto no hay que reducirnos, al contrario, hay que darle énfasis y cumplir con una responsabilidad que nos está demandando el órgano que dirige los procesos electorales en México. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Y es mucho, diputado. Don Rubén Camarillo, tiene usted el uso de la voz, en contra.
El diputado Rubén Camarillo Ortega: Buenas tardes, compañeras y compañeros. Hay que decirlo con claridad, el IFE el día de hoy es una vergüenza y la ruta de esa infamia empieza aquí, en la Cámara de Diputados, por la elección de los consejeros electorales.
Déjenme decirles por qué es una vergüenza; es una vergüenza que el PRI ahora nos exige el voto a favor. ¿Quiénes son ustedes para exigir algo a sus pares, que son diputados como ustedes? ¿De dónde sale esa actitud prepotente?
Solamente encuentro una respuesta. Se sienten, compañeros priistas, que van a sustituir a uno de los suyos en el IFE, por eso lo quieren hacer rápido, porque piensan que les pertenece ese asiento en el Consejo General del Instituto Federal Electoral. Creo que no les asiste la razón.
Si alguien todavía tiene duda del porqué creo que creen que les pertenece ese asiento, habría que leer un poco los antecedentes del señor Sergio García Ramírez. Para los que están muy jóvenes, compañeros diputados, a lo mejor no se acuerdan. Pero miren, el señor Sergio García Ramírez fue procurador general de la República con Miguel de la Madrid, fue secretario del Trabajo con José López Portillo, y fue precandidato presidencial del PRI. Seguramente por eso creen que les pertenece ese asiento en el Consejo General del Instituto Federal Electoral. Están equivocados, no les pertenece.
Por otro lado, la postura del Partido Acción Nacional es clara, estamos en contra porque no se han resuelto dos funciones específicas que hemos solicitado aquí en la Cámara de Diputados; primero, hemos insistido una y otra vez que antes de pensar en sustituir a este consejero que hoy se ha ido, como aquél que tira la piedra y esconde la mano, puesto que él, este consejero del Instituto Federal Electoral fue quien hizo la diferencia en la votación empatada donde se absuelve impunemente al PRI y a su candidato a la Presidencia de la República del caso Monexgate. Eso también es una vergüenza.
Hemos insistido aquí en la Cámara que se requiere la comparecencia de todos los consejeros electorales para que vengan aquí a esta soberanía que los nombró a explicar su conducta, tan reprochable en el proceso electoral que acabamos de terminar. No podemos elegir al siguiente si no hemos cerrado el proceso anterior, y ésa sí también es una obligación de la Cámara de los Diputados, traer aquí a comparecer a los consejeros actuales del Instituto Federal Electoral.
Termino, presidente, con dos reflexiones. No se equivoquen, compañeros y compañeras del PRI, les tenemos respeto a todos y cada uno de ustedes, a su coordinador lo respetamos, pero no se equivoquen, somos y seremos los panistas una oposición responsable, pero no sumisa y mucho menos seremos cómplices de los apetitos del poder ciego del gobierno y de su partido. No se equivoquen con los diputados del PAN. No olvidamos que venimos de un proceso cuestionado. No olvidamos lo que se ha venido a decir aquí en la tribuna.
Por eso termino diciéndoles, ¿por qué tanta prisa? ¿Tienen algún pendiente? Creo que sí, y les voy a decir cuál es el pendiente que tienen los compañeros del PRI con respecto a esta elección estoy por terminar dejen les digo cuál es el pendiente que tienen ahí en el IFE, que sea reabierto el caso Monex y quieren otra vez el voto del desempate para una vez más impunemente salirse con la suya. No se los vamos a permitir.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea, tengo un orador más en contra...
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Espéreme. Pero en estricta aplicación del 106, hay alguien que ha pedido la palabra a favor y vamos a darle la palabra a favor a Arturo Escobar y Vega, e inmediatamente después, aun cuando no es estrictamente la aplicación del 106, vamos a darle la palabra a Manuel Huerta Ladrón de Guevara.
El diputado Arturo Escobar y Vega: Gracias, presidente. Con todo respeto no entiendo la posición del diputado Rubén Camarillo, a quien considero uno de los legisladores más destacados de este país.
Qué posición parlamentaria puede justificar el decir cuál es la prisa para complementar un órgano constitucional autónomo... Señor presidente. Al diputado Camarillo se le permitió hablar.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Por favor, les rogamos a los integrantes de la asamblea atiendan con respeto y consideración a don Arturo Escobar y Vega. Él los ha escuchado de igual manera.
El diputado Arturo Escobar y Vega:Éste es un órgano constitucional autónomo que contempla la Constitución, que tiene nueve integrantes. Ante la salida de don Sergio García Ramírez estamos obligados a tomar una definición. No entiendo la posición para buscar que tengamos ocho consejeros y como pasó hace un año, que se empataran definiciones y no asumir una posición de responsabilidad, que es de lo que se trata.
Pero si queremos hablar de cómo se ha politizado este órgano vamos a hablar de lo que ha hecho el PAN. Desde la constitución del Instituto Federal Electoral como un órgano autónomo constitucional nunca ha habido ex consejeros que conformen el gabinete presidencial hasta que llegó el PAN.
Alonso Lujambio que en paz descanse consejero electoral, secretario de Educación Pública en el gobierno de Calderón; Juan Molinar Horcasitas, consejero electoral y al día siguiente que renuncia, consejero del Partido Acción Nacional.
Que alguien venga aquí a cuestionar la trayectoria de don Sergio García Ramírez, con todo respeto, no tiene justificación.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Don Arturo Escobar, el diputado Rodríguez Doval me pide le pregunte si acepta usted una pregunta.
El diputado Arturo Escobar y Vega:Por supuesto que sí.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Haga su pregunta, diputado Rodríguez Doval.
El diputado Fernando Rodríguez Doval (desde la curul). Muchas gracias, presidente; muchas gracias, diputado Escobar, por su amabilidad. Le quiero hacer una pregunta. Ya que usted ha mencionado al maestro Alonso Lujambio en paz descanse quería preguntarle si usted conoce que precisamente Alonso Lujambio fue el que le puso una multa al PAN por el caso de Amigos de Fox, que incluso su partido también estuvo involucrado.
Las preferencias políticas posteriores del maestro Lujambio no lo cegaron para aplicar la justicia y en su caso, ponerle una multa al Partido Acción Nacional. No sé si usted conoce ese caso, eso es lo que le quiero preguntar.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Conteste, diputado Escobar, por favor.
El diputado Arturo Escobar y Vega: No sé si usted, señor diputado, haya alguna vez litigado en el Instituto Federal Electoral. Quiero decirle que llevo 12 años litigando en ese órgano y estuve presente en esas sesiones.
Quiero decirle que el Partido Acción Nacional merecía en ese momento una multa de mil millones de pesos y Alonso Lujambio que en paz descanse y que merece todo nuestro respeto presentó un proyecto de resolución donde al PAN se le multaba con 300; en el Consejo General, el pleno, se le aumentaron 200 más.
Por supuesto que Alonso Lujambio y aparte su propia familia, eran una familia panista muy tradicional, pero lo que es realmente bochornoso es que un día después de dejar de ser consejeros automáticamente se convierten en militantes del PAN. Ya no hay respeto a nada.
Luego mi amigo Rubén Camarillo viene aquí y se da golpes de pecho, y habla del caso Monex. Señores, el caso Monex está hoy litigándose en la Sala Superior del Tribunal Electoral.
Lo que estamos haciendo el Verde y el PRI es simplemente someter a consideración, como es nuestra responsabilidad, el complementar la conformación del Consejo General del IFE a nueve integrantes.
A propósito, señor presidente, como todos ustedes lo saben y los que no se los informo, la elección de los consejeros electorales requiere de mayoría calificada. No podemos tomar la definición solos el PRI y el Verde, ¿cuál es el temor de cumplir con nuestra responsabilidad? Gracias, presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Don Manuel Huerta, en el uso de la palabra. Perdón, don Manuel Huerta, para alusiones personales me está pidiendo la palabra Rubén Camarillo y tengo la obligación de otorgársela, hasta por tres minutos.
El diputado Rubén Camarillo Ortega:Gracias, presidente. Qué bueno que se puede debatir en esta tribuna, porque me da la oportunidad de hablar de bochornos, lo que es bochornoso, como se dijo aquí.
No voy a decir qué es bochornoso. Lo que es bochornoso es que en el caso Monexgate, cuando la votación estaba empatada a cuatro y el señor Sergio García Ramírez se había excusado de participar en esa discusión y votación, porque aceptaba que tenía conflicto de intereses, súbitamente decide participar y con su voto se exonera impunemente al PRI.
La pregunta que les voy a dejar a todos ustedes, compañeros, ¿quién creen ustedes que le habló al señor Sergio García Ramírez? ¿De dónde salió la presión que lo obligó después a renunciar? Esa es la huella del dinosaurio que pretende regresar aquí, pero ¿saben qué? Se van a encontrar con cada uno de nosotros para impedirlo.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Don Manuel Huerta, tiene usted el uso de la voz.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara: Es lo bueno de mantener una línea política congruente y manifestar que en más de 100 años no ha habido sufragio efectivo en este país, no ha habido alternancia en el poder y no ha habido división de poderes. Estamos a punto de ver otro golpe a la democracia, porque vemos que, en efecto, el PRI no quiere cumplir la ley; si esto se quisiera aquí ya se ha dicho se hubieran invalidado las elecciones presidenciales y no sufriríamos a Enrique Peña Nieto.
El día de hoy, si se quisiera cumplir la ley y hubiera voluntad política de transitar a la democracia, estarían renunciando los consejeros del IFE y esta Cámara estaría discutiendo una auténtica reforma electoral que permitiera esta transición a la democracia que tanto anhelamos y en la cual muchos siguen todavía patinando aquí con sus pactos por México.
A nombre de la fracción parlamentaria del PT, vengo a posicionar a nuestro partido y no vamos a estar de acuerdo con esta convocatoria, porque no se cumple la objetividad, legalidad, imparcialidad e independencia a que obliga el artículo 41 constitucional.
En el debate nos interesa plantear lo que vemos que es la prisa para sacar esta convocatoria el día de hoy. ¿Cuál es la prisa dicen algunos si no existe un proceso electoral en puerta? Será el que no han podido cerrar el anterior; ahí estamos atrapados justamente con el Monexgate, en efecto, con esta compra de votos que han hecho como sistema político los priistas y algunos otros y que con políticas económicas empobreciendo al pueblo luego llegan a comprarles los votos y así imponen en este caso a los presidentes, como ha sucedido en los últimos 30 años en este país y que estamos viviendo defraudación electoral.
En el PT pensamos que la urgencia de la designación la manifestó el propio diputado Manlio Fabio Beltrones, en una entrevista televisiva el pasado 7 de febrero del año en curso, al señalar que el fin es que pueda desempatarse cualquier votación, sobre todo ahora cuando en el Consejo General del IFE se discuten temas de vital importancia, como el tope de campaña de la elección presidencial, siendo el caso que ya también aquí hemos visto que el dictamen pendiente en el propio Consejo General del IFE devolvió, el 6 de febrero, con el sabido caso que hemos estado viendo de García Ramírez, que inclusive renunció y se abstuvo en esa votación.
Lo que vemos es que hay una intención en la lógica política que se aplica que es la de las cuotas. Se fue un consejero con filias al PRI y la nueva propuesta debe reunir el propio perfil y ya nada más se vuelve un trámite. Ni argumentar aquí, como dicen, temas como son la falta de establecer criterios y lineamientos para la evaluación de aspirantes.
En esta convocatoria, ¿cómo se va a hacer la evaluación curricular profesional y de experiencia? ¿Cómo se evalúa el ensayo solicitado, la entrevista? ¿Con qué técnica? ¿Con qué parámetros? ¿Con qué procedimiento se desahogan las objeciones a los aspirantes?
Estoy terminando, señor presidente. Porque no hay criterios de evaluación en esta convocatoria, ¿por qué? Porque aquí lo traen planchado, es un Congreso maquilador. Ahora traen algunas diferencias los pactistas, ¿verdad?
Vamos a ver cómo votan, no la convocatoria, cómo votan cuando una vez que el PRI atropelle hoy a todos los diputados imponiendo esta convocatoria, después hagan los dos tercios para convocar a su consejero del IFE.
Por nuestra parte estaremos en contra y siempre estaremos reclamando el sufragio efectivo, que no existe en este país y que a Enrique Peña Nieto lo juzguen todas las leyes de este país por lo del Monexgate.
Tranquilos diputados, tranquilos. No que mucha ley, que se las vamos a aplicar a todos los delincuentes, pues empiecen con el presidente de la República.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea, esta Presidencia va a preguntar si está suficientemente discutido, tal y cómo lo anuncié al principio.
De cualquier manera y sea cualquiera el resultado de esta consulta, vamos a permitir que desde su curul el diputado Ricardo Mejía nos haga una reserva. Pregunte la Secretaría a la asamblea si se considera suficientemente discutido.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta si se encuentra suficientemente discutido el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Diputado Ricardo Mejía, ¿nos lee su reserva, por favor? Que inmediatamente después vamos a preguntarle a la asamblea sobre la misma.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Gracias, presidente. Estamos presentando una reserva, independientemente de la convocatoria, para que cuando sea el momento, la elección del consejero o consejera electoral que habrá de reemplazar a Sergio García Ramírez, o en su momento a los demás consejeros, disponga en la base octava del proyecto que se ha circulado, que de la lista que remite la Comisión de Gobernación de esta Cámara de Diputados, que proponen que sea de cinco elementos, cinco ciudadanos o ciudadanas que cumplen con los requisitos de elegibilidad y de idoneidad, que éstos sean por el método de insaculación determinado, quién es el consejero o consejera electoral.
Lo planteamos para evitar las cuotas partidistas y para evitar que siga la partidización del IFE.
Es claro que la urgencia de un nuevo consejero tiene que ver, porque hoy en el IFE hay dos bloques y este voto le es muy importante al PRI para las decisiones, porque García Ramírez fue a lo de Monex y luego se fue. Por eso nosotros proponemos que sea por insaculación.
Contestando a algún diputado que no me aludió, pero se refería a mi propuesta, diré que esto se establece para los funcionarios de casilla, el método de insaculación, en el artículo 240 del Código Electoral.
Si en la base de la pirámide de la estructura electoral institucional, que son las mesas directivas de casilla, hay método de insaculación, nosotros no entendemos por qué no debiese aplicarse un mecanismo similar para determinar al consejero o consejera electoral y de esta manera terminar con ese reparto de cuotas, que ha sumido en el peor desprestigio al Instituto Federal Electoral.
La propuesta, el documento lo tiene la secretaria y le ruego que pudiera leerlo cómo viene el texto de la convocatoria y cómo viene el texto propuesto, que es la base octava. Le pido, por favor presidente y después que lo pueda someter a la consideración del pleno.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: La convocatoria se conoce, solo lea la propuesta.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Octavo. Antes del cierre del segundo periodo de sesiones ordinarias correspondientes al primer año de ejercicio de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, de la lista final de candidatos a la que se refiere la base séptima se insaculará el nombre de la propuesta del candidato o candidata a consejero estatal del Instituto Federal Electoral para el periodo que concluirá el 30 de octubre de 2019.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Pregunte la Secretaría a la asamblea si se admite a discusión.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ábrase el sistema electrónico.
Esta votación en estricto iure sería económica; sin embargo, esta propuesta de la Junta de Coordinación Política ha concitado muchos bríos, energía y ánimos encontrados de parte de las bancadas. Luego entonces, esta Presidencia instruye que se abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, en el entendido de que el voto por el sí es para que se expida la convocatoria y al contrario, porque se devuelva a la Junta de Coordinación para su restructuración.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación del acuerdo de la Junta de Coordinación Política.
(Votación)
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Esta Presidencia le da la bienvenida a los alumnos de la escuela preparatoria número 96 José Martí, del municipio del Valle de Chalco Solidaridad, estado de México, invitados por nuestro muy apreciable diputado don Arturo Cruz Ramírez.
Saludamos a invitados de la diputada Maricela Velázquez Sánchez y del señor diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, unos que vienen del estado de Morelos y otros de la Universidad del Valle de México, campus estado de México.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Se les comunica a los diputados que falta un minuto. Cerrado el sistema electrónico de votación no se admitirá ningún voto.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Ciérrese el sistema de votación electrónico. Señor presidente, se emitieron 230 en pro, 224 en contra.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobado. Comuníquese.Dejo la conducción en las expertas manos de don José González Morfín.
Presidencia del diputado José González Morfín
LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR
El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor
Honorable Asamblea:
La Comisión de Cultura y Cinematografía de la LXII Legislatura, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción II, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este pleno el presente dictamen, al tenor de los siguientes:
Antecedentes
Primero. En sesión de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fecha 10 de diciembre de 2009, el diputado Armando Jesús Báez Pinal, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó al pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Segundo. En la misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Cultura para su estudio y dictamen.
Tercero. El 14 de diciembre de 2011, en sesión plenaria, se emite dictamen aprobado en sentido positivo por el pleno de la Comisión de Cultura de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
Cuarto. Con la culminación de los trabajos correspondientes de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el dictamen en cuestión queda en poder de la Mesa Directiva al no poder ser resuelto por el pleno de la citada legislatura.
Quinto. La Mesa Directiva de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, mediante acuerdo aprobado en lo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llego a resolver el pleno de la LXI Legislatura, remitió copia del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal del Derecho de Autor, a la Comisión de Cultura y Cinematografía, con oficio número D.G.P.L. 62-II-8-0380 EXP. 2ª/956, de fecha 20 de noviembre de 2012, a efecto de ser nuevamente presentado para su discusión y en su caso, aprobación.
Sexto. La Comisión de Cultura y Cinematografía a través de su Junta Directiva, en los términos de lo dispuesto por el artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicitó al Presidente de la Mesa Directiva de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, mediante oficio número CCC/LXII/ con fecha 14 de diciembre del 2012, prorrogar la decisión del asunto turnado.
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-4-263 Exp. 639, resuelve y autoriza la prorroga, encontrándonos a la fecha, en plazo vigente para la resolución del asunto
Séptimo. A efecto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 84 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía, se reunieron el 13 de febrero de dos mil trece, para dictaminar la iniciativa señalada con anterioridad, con el fin de someterla a la consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, al tenor de los siguientes:
Considerandos
Contenido de la iniciativa:
I. El proponente establece en su exposición de motivos que las manifestaciones artísticas de la humanidad, así como parte de la cultura, se materializan en términos prácticos en las industrias protegidas por el derecho de autor (IPDA), por tanto, las IPDA, tales como trabajos literarios, obras musicales, entre muchos otros trabajos artísticos, tienen una doble naturaleza: la cultural y la económica, ya que contribuyen con una parte importante al PIB, además de tener un valor que reside en su aportación artística, cultural y social.
Señala el diputado que en el ámbito del derecho internacional hay antecedentes desde 1948, que establecen el derecho a la cultura y el derecho de autor, documentos que han sido suscritos por nuestro país, lo que nos compromete a proteger los derechos de autor, con lo que a su vez, se salvaguardan los bienes culturales que se derivan, y se protege a quienes lícitamente producen y explotan las obras, creando incentivos que promueven la creación y producción de ese tipo de bienes, lo que refuerza la identidad cultural de los pueblos. Así, el derecho de autor se concibe como un elemento fundamental para el desarrollo cultural nacional.
Cuando los derechos de autor no están adecuadamente protegidos, se corre el riesgo de frenar o inhibir la creación y la producción de las manifestaciones correspondientes, pues no sólo se dan afectaciones económicas, sino también de índole moral. La falta de protección y de mecanismos ágiles para hacer cumplir la ley, contribuye a generar un desánimo en la creación y en la inversión de nuevas obras, razón por la cual es de gran relevancia estimular mediante una adecuada regulación la protección de los productos de la creación artística.
II. El Legislador expone que la industria cultural en México se enfrenta a retos relacionados con la falta de una adecuada y oportuna protección de los derechos de autor, tales como la llamada piratería. Por ello, resulta necesario dotar a la producción cultural en México de mecanismos efectivos que protejan la creación y la innovación.
La Ley Federal del Derecho de Autor vigente no contempla mecanismos ágiles y expeditos a favor de los titulares de los derechos de autor y conexos para hacerlos valer frente a los usuarios, específicamente, ante quienes los violan, lo que deja a la Ley como una disposición que no cumple con los objetivos que se perseguían cuando se expidió y que se limita a reconocer una serie de derechos, mientras que los medios para protegerlos son prácticamente nulos.
III. El diputado Báez manifiesta que la ley vigente adolece de precisión y carece de disposiciones esenciales que no se han incluido en la ley pero sí en su Reglamento, lo que la hace jurídicamente improcedente.
Como ejemplos señala:
La definición del concepto de regalías, el cual se halla en el artículo 8o. del Reglamento de la Ley, y no se define en el cuerpo de la Ley, razón por la cual propone adicionar un segundo párrafo al artículo 24 de la Ley en el que se señale expresamente que se considera parte del derecho patrimonial la percepción de regalías o cualquier remuneración, añadiendo además, la definición de regalías.
En la ley, el Instituto Nacional del Derecho de Autor no tiene las facultades necesarias para llevar a cabo visitas de inspección y requerir informes y datos. Sin embargo, el Reglamento de la Ley le confiere dichas facultades en los artículos 161 y 163. Para evitar las impugnaciones ante los actos de autoridad, la Iniciativa propone integrar dichas facultades en la fracción I del artículo 210 de la ley.
IV. La misma exposición de motivos señala con precisión que existen contradicciones dentro de Ley Federal del Derecho de Autor. Caso concreto la contradicción que se suscita entre los artículos 131 Bis y 151, ya que mientras el artículo 131 Bis reconoce el derecho de los productores a percibir una remuneración por el uso o comunicación pública de sus fonogramas, cuando se persiga un fin de lucro directo e indirecto, el artículo 151 señala que no constituyen violaciones a los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes, productores de fonogramas u organismos de radiodifusión la utilización de sus actuaciones, únicamente cuando no se persiga un beneficio económico directo.
El Legislador proponente señala acertadamente que el artículo 131 Bis fue adicionado a la Ley el 23 de julio de 2003, mientras que el texto del 151 corresponde al texto original cuando la Ley fue Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1996, razón por la cual debe prevalecer el texto del primero.
Añade que esta contradicción debe evitarse ya que el artículo 151 en su fracción I no refleja fielmente la disposición contenida en el artículo 15, numeral 1, inciso a), de la Convención Internacional sobre la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes, los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión, la cual nuestro país ratificó en 1964 y cuyo texto, a la letra dice: 1. Cada uno de los Estados contratantes podrá establecer en su legislación excepciones a la protección concedida por la presente convención en los casos siguientes: (a) cuando se trate de una utilización para uso privado. Por ello, el diputado Báez considera necesario reformar la fracción I del artículo 151 de la ley que nos ocupa, para ajustar su texto a lo plasmado en la citada convención y hacerlo a su vez congruente con el texto del artículo 131 Bis de la propia ley.
V. La iniciativa enfatiza sobre algunas contradicciones que existen entre la ley que se pretende modificar y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tal y como sucede cuando una persona afectada tiene que iniciar procedimientos administrativos de infracción, ya sea ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, Indautor, o bien ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, según el caso, debiendo cubrir derechos por iniciar tales acciones, lo cual contraviene lo señalado en el artículo 17 constitucional, en el que se señala que la impartición de justicia será gratuita, pronta y expedita.
Lo mismo sucede cuando un titular de derechos de autor pretende hacerlos valer y respetar, pues actualmente, cuando se pretende iniciar una acción jurisdiccional en contra de los infractores, es necesario agotar previamente los procedimientos respectivos ante las autoridades administrativas. Esta acción implica someterse a un largo proceso administrativo que puede tardar meses, e inclusive años para que una autoridad administrativa declare que existe una infracción sujeta a multa. Sólo entonces se podrían ejercer las acciones correspondientes a daños y perjuicios ante el Poder Judicial. Evidentemente, este proceso es contrario al precepto Constitucional de justicia y es contrario al criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ya se ha pronunciado en el sentido que los procedimientos en materia de derechos de autor, en particular cuando se trata de infracciones en materia de comercio, requieren un tratamiento especializado, ágil y expedito.
VI. Derivado de lo anterior, en la Iniciativa se plantea que los conflictos entre particulares sean, en todos los estados, competencia del Poder Judicial, de manera que no sería necesario agotar un procedimiento previo para que el afectado inicie cualquier acción en defensa de sus derechos, razón por la cual, esta modificación propone que se establezca un juicio especial en materia de derechos de autor con características más específicas, tales como que los asuntos se ventilen y resuelvan a través de una vía especial en materia de derechos de autor y no por la vía civil o mercantil; que el procedimiento sea sumario; que tanto la demanda como la contestación incluyan todas las pruebas bajo el principio de preclusión; que la única excepción sea la de legitimación pudiendo interponer, por única vez, un escrito cada parte hasta la resolución en definitiva del asunto; que sólo se permitirían las pruebas confesional y testimonial para refrendar, ratificar o negar documentos; que la prueba superveniente se mantiene como una posibilidad; el resultado de visitas de inspección llevadas a cabo por el Indautor para constatar infracciones tendrán el carácter de prueba plena; que las asociaciones o sociedades de gestión colectiva se considerarán legítimas cuando la organización presente en juicio la certificación de la lista de socios inscritos ante el Registro Público del Derecho de Autor y el certificado de registro de sus catálogos; que la sentencia definitiva sólo puede impugnarse a través del juicio de amparo directo.
La iniciativa plantea que el objetivo de incluir una nueva vía especial es eliminar los procedimientos administrativos vinculados a las infracciones, pero manteniendo la posibilidad de imponer sanciones administrativas a través de los procedimientos usuales ante las autoridades fiscales correspondientes. Es importante señalar que la Iniciativa no plantea la eliminación de los procedimientos administrativos relativos a la negativa de un registro, de una reserva o la caducidad o nulidad de oficio de ésta, considerando que en esos casos se trata de un conflicto entre un particular y el Estado a través del Indautor.
Para hacer posible lo anterior, el legislador propone mediante la Iniciativa una reforma al artículo 213 de la Ley, para señalar que los tribunales federales conocerán de las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de esta ley, para lo cual existirá la vía especial de derecho de autor. La aplicación de esta vía no requiere agotar ningún procedimiento previo como condición para el ejercicio de dichas acciones.
En consecuencia, se hace preciso otorgar competencia a los Tribunales Federales para conocer las controversias que se susciten por la impugnación y cancelación de constancias, anotaciones o inscripciones en el Registro, así como las derivadas de la nulidad y cancelación de las reservas de derechos al uso exclusivo, lo que se incluye en la reforma propuesta al artículo 214, en el cual también se establece que el Indautor será parte en esas controversias.
El establecimiento de la vía especial implica que las bases queden señaladas de manera general en el cuerpo de la Ley, lo cual sentará las bases para que el Ejecutivo realice los cambios a las disposiciones que emanan de este ordenamiento. El establecimiento de estas bases es lo que conforma la adición de los artículos 214 Bis a 214 Bis 9.
VII. Hace mención el diputado Báez, que de acuerdo con la ley, el Indautor aplica una multa de cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a quienes, habiendo sido citados a una junta de avenencia, no se presentan. Al respecto, la Iniciativa propone establecer un rango para la multa señalada, toda vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado porque el establecimiento de multas fijas en la legislación contraviene la Constitución, pues con ello se propician excesos autoritarios y un tratamiento desproporcionado a los particulares. Por ello propone reformar la fracción III del artículo 218 de la Ley para establecer un rango con límites mínimo y máximo para la aplicación de la multa dependiendo de cada caso en particular.
VIII. También con relación a las infracciones, la Iniciativa establece una diferencia entre las que serán sancionadas por el Indautor de aquellas que propone que sancionen los Tribunales Federales, lo cual quedaría establecido claramente con la propuesta en el artículo 230. El legislador propone un cambio para que las infracciones consideradas en las fracciones III, IV, V, VII, XI y XIII del artículo 229 de la ley, sean sancionadas por el instituto de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y por un monto igual el resto de las infracciones señaladas en el artículo 229, pero en este caso, el monto lo determinaría el juez de distrito al momento de emitir sentencia condenatoria, cuando la acción ejercitada por el actor cae dentro de esos supuestos de infracción, con posibilidad a aplicar una multa adicional diaria a quien persista en la infracción.
IX. Con base en la experiencia, y que en lo sucesivo se evite la interpretación de la ley, el diputado plantea especificar con claridad lo que constituyen infracciones en materia de comercio, para lo cual propone la modificación de las fracciones I y X de artículo 231 de la ley. Para puntualizar expresamente a los fonogramas, videogramas, ediciones o emisiones de radiodifusión, y especifica todos los casos en que puede haber titulares de derechos patrimoniales en la fracción I. Asimismo, considera necesario agregar el concepto de escala comercial o industrial en la fracción X, en virtud de que no se menciona en la ley con anterioridad y que corresponde a lo que establece el Código de Comercio como actos de comercio en el artículo 75, fracciones I y II.
X. En la Iniciativa se proponen las reformas a los artículos 232 y 235 a efecto de que las infracciones sean ahora sancionadas por el juez de distrito, y no por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, IMPI. En el primer caso, cuando se trate de infracciones en materia de comercio, puntualizando sobre las que se señalan en el artículo 231 del mismo ordenamiento; en el segundo, para que el juez quede facultado para emitir una resolución de suspensión de la libre circulación de mercancías de procedencia extranjera en frontera.
XI. Como consecuencia de la adición de los artículos 214 Bis a 214 Bis 9, la iniciativa considera que el artículo 187 debe derogarse, al tiempo que el 234, al eliminar la competencia del IMPI para sancionar infracciones en materia de comercio.
XII. Finalmente, la iniciativa propone insertar cuatro artículos transitorios al decreto: la entrada en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación; la derogación de una serie de artículos del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor; la instrucción al Ejecutivo federal para que modifique en lo conducente el Reglamento de la ley; y por último, que las controversias en trámite ante el Indautor o el IMPI, continuarán hasta su conclusión, excepto en aquellos casos en que el promovente decida reponerlos ante los tribunales federales.
Consideraciones
Primera. Que con base en los antecedentes indicados y con los elementos de información disponibles, la comisión se abocó a dictaminar la Iniciativa con proyecto de decreto de referencia.
Se consideraron los antecedentes sobre derechos de autor en México. El primer ordenamiento mexicano en la materia del 3 de diciembre de 1846, decreto sobre propiedad literaria, es cuando la publicación de las obras se consideró un privilegio, que era extensivo a los herederos hasta por 30 años. Casi cuarenta años después, en el Código Civil de 1884 se reconocieron en nuestro país las reservas de derechos exclusivos, reconociéndose además la propiedad industrial del derecho de autor.
Ya en el texto original de la Constitución Política de 1917, el artículo 28 establece con claridad que no habrá prohibiciones a la protección a la industria, a excepción de ...los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la reproducción de sus obras, y a los que, para el uso exclusivo de sus inventos, se otorguen a los inventores y perfeccionadores de alguna mejora....
En el Código Civil de 1928, promulgado por Plutarco Elías Calles, quedó plasmada la regulación del derecho de autor, a través de sus disposiciones. Derivado de ello, surge la primera Ley Federal sobre el Derecho de Autor en 1947.
Con la firma del Convenio de Berna, México adopta la regulación para la presunción de autoría y se reconocen los derechos de autor sin necesidad de registrar una obra. Éste y otros documentos internacionales como la Convención Internacional sobre la Protección de los Artistas, Intérpretes o Ejecutantes, los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión (Convención de Roma), el Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas contra la Reproducción no Autorizada de sus fonogramas, o el Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales, dan sustento a una Nueva Ley Federal del Derecho de Autor, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1996, en cuyo Artículo Segundo transitorio se abroga la Ley Federal sobre el Derecho de Autor publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1956, sus reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1963 y sus posteriores reformas y adiciones.
La reforma constitucional del 29 de abril de 2009, en la que se faculta al Congreso para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas, da pleno sustento constitucional a la iniciativa presentada por el diputado Armando Báez Pinal el 10 de diciembre de 2009.
Segunda. La iniciativa propone una adición al artículo 24 de la Ley Federal del Derecho de Autor porque se argumenta que el texto vigente adolece de precisión y considera relevante que se especifique que parte del derecho patrimonial es la percepción de regalías o cualesquier remuneración y que se requiere definir el concepto que, hasta la fecha, se contempla únicamente en el Reglamento.
El legislador propone un segundo párrafo al artículo 24 que señale:
Artículo 24. ...
Se considera parte del derecho patrimonial la percepción de regalías o cualquier remuneración económica. Para efectos de esta ley, se entiende por regalías a la remuneración económica generada por el uso o explotación de las obras, interpretaciones o ejecuciones, fonogramas, videogramas, libros o emisiones en cualquier forma o modo.
La Comisión de Cultura y Cinematografía considera que no es procedente la precisión, ya que el concepto de derecho patrimonial a que se refiere el Capítulo III del Titulo Segundo de la Ley Federal del Derecho de Autor es más amplio y definirlo puede perjudicar a los autores intelectuales de las obras que protege este ordenamiento;
Tercera. Propone el legislador una reforma al artículo 210 en virtud de que en el Reglamento de la Ley, el Indautor está facultado para realizar visitas de inspección pero la ley no las otorga, lo cual, señala el diputado, hace fácilmente impugnable los actos de autoridad. Además, si el mismo artículo faculta al instituto para realizar investigaciones respecto de presuntas infracciones administrativas, no puede realizarlas si no lo faculta en la ley para llevar a cabo visitas de inspección y requerir informes y datos.
Por lo anterior, la Comisión de Cultura y Cinematografía considera procedente la propuesta para reformar la fracción primera del artículo 210 de la Ley Federal del Derecho de Autor en los términos propuestos para quedar como sigue:
Artículo 210. El instituto tiene facultades para:
I. Realizar investigaciones respecto de presuntas infracciones administrativas, llevar a cabo visitas de inspección y requerir informes y datos;
II. Solicitar a las autoridades competentes la práctica de visitas de inspección;
III. Ordenar y ejecutar los actos provisionales para prevenir o terminar con la violación al derecho de autor y derechos conexos;
IV. Imponer las sanciones administrativas que sean procedentes, y
V. Las demás que le correspondan en los términos de la presente Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.
Cuarta. La Iniciativa propone la modificación del artículo 151 porque, según se argumenta, existe una contradicción entre éste, asentado en el texto original de la Ley de 1996, y el 131 bis adicionado en el 2003. La Comisión analizó esta reforma y considera que, no existe tal contradicción toda vez que el artículo 131 bis se refiere a los derechos que el autor puede ejercer con respecto a una obra propia, lo cual puede reclamar si él considera que se trata de un uso con fines de lucro directo o indirecto, y el artículo 151 se refiere a la interpretación que tiene la autoridad competente para no sancionar cuando no se persiga un beneficio económico directo.
Por lo expuesto, esta comisión considera que no es procedente la propuesta del diputado Báez.
Quinta. A partir de una reflexión que hace el diputado sobre el mandato constitucional, en el que se señala que la impartición de justicia será gratuita, pronta y expedita, la Iniciativa plantea reformar sustancialmente el Título XI de la ley, materia del presente dictamen.
El diputado Báez propone reformar los dos párrafos del artículo 213. Sin embargo, considerando el dictamen que en su momento dio sustento a la modificación de este artículo en la minuta que se recibió del Senado de la República en abril de 2003, esta comisión considera prudente conservar el sentido del artículo vigente que establece la jurisdicción concurrente; es decir, que sean los tribunales locales o los federales los que conozcan de los asuntos en los que se ventilen controversias entre particulares, manteniendo la facultad de decisión del titular del derecho a elegir qué acción tomar en defensa de sus intereses, pero eximiéndolo de agotar dichos procedimientos para poder acceder a otras alternativas de procedimiento que la legislación contempla, por ejemplo, acudir ante los juzgados civiles.
En virtud de lo anterior, esta comisión considera que es procedente la precisión para que en las acciones derivadas de la presente ley y su Reglamento no sea necesario agotar ningún procedimiento previo, a fin de cumplir con el mandato constitucional en su artículo 17. Sin embargo, la Comisión de Cultura y Cinematografía propone que los dos párrafos del artículo 213 de la Ley Federal del Derecho de Autor queden tal como está el artículo reformado en el 2003, y se haga la precisión que plantea el legislador promovente adicionando un tercer párrafo al mismo artículo para quedar de la siguiente manera:
Artículo 213. Los Tribunales Federales conocerán de las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de esta Ley, pero cuando dichas controversias sólo afecten intereses particulares, podrán conocer de ellas, a elección del actor, los tribunales de los estados y del Distrito Federal.
Las acciones civiles que se ejerciten se fundarán, tramitarán y resolverán conforme a lo establecido en esta Ley y en sus reglamentos, siendo supletorio el Código Federal de Procedimientos Civiles ante tribunales federales y la legislación común ante los tribunales del orden común.
Para el ejercicio de las acciones derivadas de la presente Ley y su Reglamento no será necesario agotar ningún procedimiento ni acción previa como condición para el ejercicio de dichas acciones.
Sexta. Consecuencia de lo anterior y para precisar la competencia de los tribunales federales, la iniciativa propone una reforma al artículo 214 quedando en dos párrafos, el segundo de los cuales estaba contenido en el texto original. La Comisión de Cultura y Cinematografía considera que la reforma no procede en los términos que propone el legislador, toda vez que el párrafo adicionado se aplicaría tanto en el artículo 213, como en cualquier otro supuesto, como es el caso del artículo 214.
Séptima. Derivado de lo anterior, y considerando que el autor o el titular de los derechos tiene la libertad de acudir directamente a la autoridad judicial sin la obligación de agotar previamente un procedimiento administrativo, esta Comisión considera que no procede la adición de diez artículos al Título XI de la ley, señalados por el proponente como 214 Bis al 214 Bis 9.
Octava. En cuanto a las sanciones, el diputado Báez propone en la iniciativa que para el procedimiento administrativo de avenencia señalado en el artículo 218, se modifique la fracción segunda para no establecer un solo monto en caso de que las partes o alguna de ellas no asistan, sino que se establezca un rango para que la autoridad determine una cantidad específica dependiendo de las circunstancias. Al respecto, la comisión considera que la reforma a la fracción segunda mencionada procede para quedar de la siguiente manera:
Artículo 218. ...
I. y II. ...
III. Se citará a las partes a una junta de avenencia, apercibiéndolas que de no asistir, se les impondrá una multa de cien a ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Dicha junta se llevará a cabo dentro de los veinte días siguientes a la presentación de la queja;
IV. a VI. ...
Novena. Con relación a la propuesta para señalar los montos de las infracciones en el artículo 230, propuesto por el diputado Armando Jesús Báez Pinal, la comisión consideró que la redacción de la ley vigente es adecuada, por lo que se estima innecesaria la modificación señalada en la iniciativa.
Décima. Al estudiar la propuesta del legislador para definir con claridad en qué casos se constituyen infracciones en materia de comercio, se evaluó la redacción y la comisión optó por desechar la propuesta para modificar la redacción de la fracción I del artículo 231 considerando que hace referencias a conceptos que se prevén en otras fracciones del mismo artículo, por lo que ante el riesgo de duplicidad en las fracciones, esta Comisión de Cultura y Cinematografía considera. Dejar la fracción del artículo 231 tal como se encuentra en la ley vigente.
En el caso de la reforma a la fracción X del mismo artículo, la Comisión consideró que no es procedente la propuesta el Diputado, por tanto el artículo 231 queda sin modificaciones.
Undécima. El legislador propone en su iniciativa que las infracciones sean ahora sancionadas por el juez de distrito y no por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Sin embargo, la comisión considera que esta medida puede crear controversia con la Ley de la Propiedad Industrial, por lo que se dictamina que el primer párrafo del artículo 232 no se modifique y quede tal y como está en la ley vigente, para que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial conserve las facultades que le confiere la ley.
Duodécima. Al hacer el análisis respectivo se consideró que las multas aplicables en las fracciones I y II del artículo 232 sí deben incrementarse debido a la diversificación de los recursos tecnológicos y el daño patrimonial que le causa a los autores y titulares de los derechos conexos. Sin embargo, la propuesta para la modificación de este artículo queda sin materia toda vez que el 27 de enero de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma a este artículo estableciendo ya un incremento a las infracciones en materia de comercio.
Decimotercera. La iniciativa que presenta el diputado Armando Báez Pinal propone una reforma al artículo 235 señalando que en materia de comercio, un juez de distrito queda facultado para emitir resoluciones. Esta comisión determinó que, no es procedente establecer en la Ley Federal del Derecho de Autor la vía especial para atender los procedimientos que violen los derechos autorales, no se puede soslayar la competencia del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) en lo que se refiere a las infracciones en materia de comercio, por lo que a fin de que se contemple la competencia del Juez, pero se respete la que tiene el IMPI de acuerdo con la Ley de la Propiedad Industrial, esta comisión determinó que el artículo 235 quede en delante de la siguiente manera:
Artículo 235. Los tribunales federales en cualquier caso y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial tratándose de infracciones en materia de comercio, quedan facultados para emitir una resolución de suspensión de la libre circulación de mercancías de procedencia extranjera en frontera, en los términos de lo dispuesto por la Ley Aduanera.
Esta redacción, en donde se presume la competencia de dos instancias, implica que en el Artículo 234 especifique que el IMPI, además de aplicar las medidas precautorias establecidas en la Ley de la Propiedad Industrial, podría adoptar las provistas en la Ley Federal del Derecho de Autor. Por esa razón no procede la propuesta del Legislador para derogar el Artículo como lo propone, por lo que, esta Comisión considera que no se reforme el Artículo 234.
Decimocuarta. El análisis de la iniciativa del diputado toma en cuenta que, como consecuencia de la adición de los artículos 214 Bis a 214 Bis 9, la Iniciativa planteaba derogar el artículo 187 de la Ley, lo cual esta Comisión considera improcedente, pues los procedimientos que señala el artículo aún vigente no serán suplidos toda vez que no se consideró la pertinencia por el procedimiento especial en derecho de autor que el Diputado propuso.
Decimoquinta. Para concluir las consideraciones que esta Comisión de Cultura hace sobre la Iniciativa de Ley que presentó el Diputado Báez, se consideran los transitorios.
El primer transitorio procede en los términos propuestos.
El artículo segundo transitorio no procede porque es facultad del Ejecutivo federal emitir, reformar o derogar artículos de los reglamentos. Asimismo no procede el artículo tercero, pues la reforma no contempla modificaciones a procedimiento alguno que impliquen la adecuación reglamentaria.
En cuanto al artículo cuarto transitorio, en el presente dictamen queda como segundo, incluyendo sólo al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y se mantiene el sentido del Transitorio segundo del Diario Oficial de la Federación del 30 de abril de 2009 cuando se adiciona una fracción XXIX-Ñ al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,. En el que se señala que Todos los actos jurídicos emitidos y fundamentados en las leyes anteriores y en la Ley Federal del Derecho de Autor vigente, tales como registros de obras y contratos, reservas de derechos otorgadas, resoluciones a procedimientos entre otros, así como los celebrados entre particulares, contratos, convenios, sucesiones testamentarias, conservarán su validez, y se considera procedente añadir el derecho del promoverte para señalar la excepción en aquellos casos en que él mismo decida reponer los procedimientos ante los tribunales federales.
Por lo que con base en lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, la Comisión de Cultura y Cinematografía, somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente proyecto de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor
Artículo Único. Se reforman los artículos 210, fracción I; 218, fracción III; y 235; se adiciona un último párrafo al artículo 213 de la Ley Federal del Derecho de Autor, para quedar como sigue:
Artículo 210. El instituto tiene facultades para:
I. Realizar investigaciones respecto de presuntas infracciones administrativas, llevar a cabo visitas de inspección y requerir informes y datos;
II. a V. ...
Artículo 213. ...
...
Para el ejercicio de las acciones derivadas de la presente ley y su Reglamento no será necesario agotar ningún procedimiento ni acción previa como condición para el ejercicio de dichas acciones.
Artículo 218. El procedimiento administrativo de avenencia lo llevará a cabo el instituto conforme a lo siguiente:
I. y II. ...
III. Se citará a las partes a una junta de avenencia, apercibiéndolas que de no asistir, se les impondrá una multa de cien a ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Dicha junta se llevará a cabo dentro de los veinte días siguientes a la presentación de la queja;
IV. a VI. ......
Artículo 235. Los tribunales federales en cualquier caso y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, tratándose de infracciones en materia de comercio, quedan facultados para emitir una resolución de suspensión de la libre circulación de mercancías de procedencia extranjera en frontera, en los términos de lo dispuesto por la Ley Aduanera.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor a los sesenta días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las controversias que se encuentren en trámite ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y o ante el instituto Nacional del Derecho de Autor al momento de la entrada en vigor de este decreto, continuarán hasta su conclusión conforme a los ordenamientos en vigor existentes al momento de su inicio.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 13 días del mes de febrero de 2013.
La Comisión de Cultura y Cinematografía, diputados:Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), presidenta; Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz, Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Sonia Rincón Chanona, Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), secretarios; Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo, José Martín López Cisneros, Luis Alberto Villarreal García, María Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, Angelina Carreño Mijares (rúbrica), Alma Jeanny Arroyo Ruiz, Frine Soraya Córdova Morán, Martín de Jesús Vásquez Villanueva (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán, Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Juana Bonilla Jaime (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Hugo Sandoval Martínez (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica).»
El Presidente diputado José González Morfín: Tiene la palabra, por cinco minutos para fundamentar el dictamen, la diputada Aurora Denisse Ugalde Alegría.
La diputada Aurora Denisse Ugalde Alegría:Con su venia, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Adelante, diputada.
La diputada Aurora Denisse Ugalde Alegría:Compañeras diputadas, compañeros diputados, con fundamento en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento de la Cámara de Diputados, a nombre de la Comisión de Cultura y Cinematografía, someto a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor, presentada en la LXI Legislatura por el diputado Armando Jesús Báez Pinal, del Grupo Parlamentario del PRI.
La Comisión de Cultura y Cinematografía realizó el análisis y valoración de la iniciativa en comento, mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos.
Como legisladores coincidimos en la obligación de diseñar normas jurídicas que protejan los derechos de los autores, con el fin de salvaguardar los bienes culturales que se derivan, previendo un entorno jurídico propicio para quienes lícitamente producen y explotan las obras.
Lo anterior, constituye un incentivo para la producción de este tipo de bienes, como parte de un proceso evolutivo y como fuente de expresión, creación e innovación, lo que refuerza la identidad cultural de los pueblos.
La Ley Federal del Derecho de Autor, tal como se encuentra actualmente, no contempla mecanismos ágiles y expeditos a favor de los titulares de los correspondientes derechos para hacerlos valer contra quienes los violan, lo que deja a la ley como una normatividad incompleta.
Por ello se propuso en la iniciativa materia de este dictamen la reforma de la fracción I del artículo 210, otorgándole al Instituto Nacional del Derecho de Autor la facultad de llevar a cabo visitas de inspección y de requerir informes y datos, tal como se considera en el reglamento de la misma ley en comento.
Por otro lado, se contempló también la modificación del artículo 151, al plantearse como argumento una supuesta contradicción entre éste, asentado en el texto original de la ley de 1996 y el 131 Bis, adicionado en el 2013.
La comisión dictaminadora considera que no existe tal, toda vez que el artículo 131 Bis se refiere a los derechos que el autor puede ejercer con respecto a una obra propia y el artículo 151 se refiere a la interpretación de la autoridad competente para no sancionar cuando no se persiga un beneficio económico directo.
Asimismo la iniciativa buscó modificar el artículo 213, a fin de eliminar la posibilidad, por parte de un individuo, de acudir para ejercer su derecho ante una vía administrativa previa a la jurisdiccional.
Aunque esta comisión considera prudente conservar el sentido actual del artículo vigente, la misma propone precisar que no será necesario agotar la vía administrativa para acceder a la jurisdiccional, adicionando un tercer párrafo al mismo artículo, atendiendo así a la inquietud del legislador proponente.
Por otro lado, la Comisión determinó procedente la propuesta de no establecer en las multas un solo monto, sino un rango para que la autoridad las determine.
En cuanto a la propuesta referente a que en materia de comercio un juez de distrito quede facultado para emitir resoluciones, esta comisión determinó que no es procedente establecer en la Ley Federal del Derecho de Autor la vía especial para atender los procedimientos que violen los derechos autorales, ya que no se puede soslayar la competencia del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en lo que refiere a las infracciones en esta materia.
Por lo anterior, se propone que los tribunales federales, en cualquier caso, y el IMPI, tratándose de infracciones en materia de comercio, estén facultados para emitir una resolución de suspensión de la libre circulación de mercancía de procedencia extranjera en frontera, en los términos de lo dispuesto por la Ley Aduanera.
Por lo anterior, se somete a la consideración del pleno el siguiente proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor, consistente en la reforma de la fracción I del artículo 210, adición de un último párrafo al artículo 213, reforma a la fracción III del artículo 218 y reforma al artículo 235, para quedar como sigue:
Artículo 210. El instituto tiene facultades para:
I. Realizar investigaciones respecto de presuntas infracciones administrativas, llevar a cabo visitas de inspección y requerir informes y datos.
Artículo 213. Para el ejercicio de las acciones derivadas de la presente ley y su reglamento, no será necesario votar ningún procedimiento ni acción previa como condición para el ejercicio de dichas acciones.
Artículo 218. El procedimiento administrativo de avenencia lo llevará a cabo el instituto conforme a lo siguiente:
III. Se citará a las partes a una junta de avenencia apercibiéndolas que de no asistir se les impondrá una multa de 100 a 150 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Dicha junta se llevará a cabo dentro de los 20 días siguientes a la presentación de la queja.
Artículo 235. Los tribunales federales en cualquier caso y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial tratándose de infracciones en materia de comercio, quedan facultados para emitir una resolución de suspensión de la libre circulación de mercancías de procedencia extranjera en frontera, en los términos de lo dispuesto por la Ley Aduanera.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor a los 60 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las controversias que se encuentren en trámite ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y/o ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor al momento de la entrada en vigor de este decreto continuarán hasta su conclusión, conforme a los ordenamientos en vigor existentes al momento de su inicio.
Por lo expuesto y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el dictamen, emitido en sentido positivo, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Está a discusión el dictamen. Para fijar la posición de su grupo parlamentario se concede el uso de la tribuna a la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
La diputada Zuleyma Huidobro González:Gracias, presidente. El dictamen en estudio tiene por objeto incorporar adecuaciones y precisiones a la Ley Federal del Derecho de Autor, que protege y promueve la propiedad intelectual y los derechos económicos de las personas enfocadas a la realización de actividades artísticas y culturales en el país, así como de aquellos que lícita y legítimamente producen y comercializan las obras.
La iniciativa en discusión considera la actualización de los instrumentos y mecanismos legales vigentes que amparan la producción de bienes culturales en México, al tiempo que agiliza y refuerza los medios jurídicos necesarios para salvaguardar el desarrollo y la ampliación de nuestra industria cultural.
En la exposición de motivos de la iniciativa hace suyas las estipulaciones enunciadas en los distintos instrumentos internacionales, a los cuales México está adherido y vinculado a observar sus posiciones, en específico el Convenio de Berna, donde de manera por demás original y conducente con el crecimiento exponencial y global de las producciones artísticas establece una regulación por presunción de autoría sin la obligación terminante de registrar las obras.
La legislación vigente en materia de patrocinio y amparo a la producción intelectual se encuentra inmersa de tiempo atrás en contradicciones temáticas, empalmes jurídicos impropios y vacíos articulados que la vuelven inequitativa e improcedente, particularmente en los aspectos relacionados a los procedimientos y temporalidades para iniciar acciones jurisdiccionales ante instancias administrativas en materia de infracciones.
La actual normatividad que preserva la propiedad intelectual fomenta de manera incidental la estructuración de procedimientos dilatorios e ineficaces, así como la producción de desórdenes y confusiones jurisdiccionales en detrimento de los creadores culturales.
Esta indefensión jurídica provocada por el deficiente diseño de los esquemas regulatorios de producción artística será corregida con los cambios que se proponen en este dictamen, particularmente con aquellos que determinan la competencia de los tribunales federales en los procesos de ejercicio de acción civil en defensa de los derechos patrimoniales, soslayando el actual impedimento legal de agotar necesariamente todas las instancias previas. De igual forma, estos tribunales quedan facultados para emitir resoluciones de suspensión de libre circulación de mercancías extranjeras.
Las modificaciones propuestas incluyen la posibilidad de llevar a cabo juntas de avenencias equilibradas e uniformes, con criterios más amplios y justos para el buen trámite y desahogo de las disputas, específicamente y en correspondencia con lo prescrito constitucionalmente con el establecimiento de rangos mínimos y máximos de multas, evitando con ello la generación de acciones autoritarias y tratamientos desproporcionados en contra de los particulares en conflicto.
De similar relevancia, el dictamen extiende las atribuciones del Instituto Mexicano de Propiedad Industrial, con objeto de evitar que en lo sucesivo su autoridad y acciones no se circunscriban únicamente en las tareas de investigación de presuntas infracciones administrativas, sino que también se constituya en una instancia con facultades legales para llevar a cabo visitas de inspección y de requerimientos de datos e informes, que le permita la imposición de sanciones lógicas y pertinentes.
De esta manera, las modificaciones que quedan plasmadas en la Ley Federal del Derecho de Autor en discusión ampliarán y mejorarán los mecanismos regulatorios que pretenden proteger las realizaciones artísticas e intelectuales de sus creadores, al igual que los ordenamientos que permitan conferir mayor congruencia y transparencia a las fórmulas de posesión y reparto de los beneficios económicos resultantes, sin olvidar aquellos que determinan el uso, posesión y transferencia de los derechos patrimoniales.
La producción artística en México debe de ser protegida e incentivada. La creación intelectual es un bien difuso, pero no por ello imposibilitado a recibir observancia jurídica; si bien resulta una labor compleja localizar con certeza los orígenes y autorías intelectuales a partir de los efectos desarrollados durante el proceso de despliegue cultural, lo cierto es que la determinación legal de su existencia le viene suya como consecuencia de los beneficios materiales que contrae.
En nuestro país la posibilidad de obtener beneficios económicos por los esfuerzos realizados por el intelecto se ven muchas ocasiones limitados o incluso eliminados por las prácticas ilícitas de reproducción y comercialización, ello ha conllevado al desaliento y a la inhibición de todo tipo de actividad artística capaz de resarcir eventualmente una ganancia.
El plagio, el usufructo indebido, el despojo y la imposibilidad de generar un medio de vida a partir de la creación artística son algunos de los resultados de no proteger de manera conveniente los derechos de autor y la propiedad intelectual.
La cultura no solo es disfrute intelectual y proceso de erudición, es también un hacer material con secuela de signos y objetos, de emolumentos y ganancias, de autores y destinatarios.
En el mundo contemporáneo la lógica que cubre la producción masiva de objetos y sus derivaciones mercantiles permea también las actividades propias del espíritu y del intelecto, convirtiendo sus efectos tangibles en una verdadera industria que debe de ser protegida por las leyes y las autoridades, como a cualquier otra.
Por lo anterior, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor del dictamen en discusión, en la inteligencia que de aprobarse mejorará y ampliará los mecanismos jurídicos que coadyuven al desarrollo económico y cultural de la sociedad. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. En virtud de que no hay otra intervención solicitada ni artículos reservados, voy a pedir a la Secretaría se abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.
(Votación)
El Presidente diputado José González Morfín: Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a un grupo de alumnos de la escuela Secundaria oficial No. 807, José Rosas Moreno, del municipio de Ixtapaluca, estado de México, que están aquí invitados por el diputado Reynaldo Navarro de Alva. Bienvenidos a esta sesión de la Cámara de Diputados.
Saludo con mucho gusto a un grupo de estudiantes del Tec de Monterrey, campus Santa Fe, que están hoy aquí invitados por el diputado Homero Niño de Rivera. Bienvenidos a esta sesión.
Saludamos también al licenciado Alejandro Arregui Ibarra, secretario técnico del Infonavit, que está aquí invitado por diputados del PRI y del Verde del estado de Baja California. Bienvenido a esta sesión.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Ciérrese el sistema de votación electrónico. De viva voz.
La diputada Aleida Alavez Ruiz(desde la curul): A favor.
La diputada Martha Lucía Mícher Camarena(desde la curul): A favor.
La diputada Teresa de Jesús Mojica Morga(desde la curul): A favor.
El diputado Catalino Duarte Ortuño(desde la curul): A favor.
El diputado José Antonio León Mendívil(desde la curul): A favor.
El diputado Víctor Manuel Bautista López(desde la curul): A favor.
La diputada Verónica Sada Pérez(desde la curul): A favor.
La diputada Elvia María Pérez Escalante(desde la curul): A favor.
El diputado Ricardo Anaya Cortés (desde la curul): A favor.
El diputado Luis Alberto Villarreal García (desde la curul): A favor.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Se emitieron 425 votos a favor, 2 en contra y 0 abstenciones.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado por 425 votos en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de Ley Federal del Derecho de Autor. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
LEY GENERAL DE SALUD
El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numerales 6 incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente
Dictamen
I. Antecedentes
1. Con fecha 22 de marzo del 2012, los diputados Rodrigo Reina Liceaga (PRI), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (PRD), Miguel Antonio Osuna Millán (PAN), María Cristina Díaz Salazar (PRI), Marco Antonio García Ayala (PRI), Antonio Benítez Lucho (PRI), Perla López Loyo (PRI), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (PVEM), Jorge Kahwagi Macari (Nueva Alianza) y María del Pilar Torre Canales (Nueva Alianza), presentan iniciativa con proyecto de decreto por el que adiciona un artículo 1o. Bis, reforma el artículo 3o. fracción XII, artículo 27, fracción IX, artículo 111, fracción II; reforma el Capítulo III del Título Séptimo, los artículos 114 y 115 fracciones IV y V; adiciona un inciso a), b), c), d) a la fracción IV del artículo 115 de la Ley General de Salud, en materia de la inserción de Definiciones Necesarias.
2. Con la misma fecha, la presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Salud para su análisis y dictamen correspondiente.
3. Según establece el acuerdo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el pleno de la LXI Legislatura, con fecha del 20 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva turna el asunto a la Comisión de Salud para emitir dictamen.
II. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado Antecedentes, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la iniciativa.
En el apartado Contenido de la iniciativa, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la iniciativa en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En el apartado de Proceso de análisis, se da constancia de reuniones realizadas por la junta directiva de la comisión, referentes al contenidos de la iniciativa.
En las Consideraciones, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
III. Contenido de la iniciativa
La presente iniciativa tiene la finalidad de homogeneizar las diferentes definiciones que se encuentran estipuladas en las normas oficiales mexicanas, las cuales en varias ocasiones se encuentran desiguales a lo determinado en la Organización Mundial de la Salud. La iniciativa en comento, intenta colocar en la Ley General de Salud términos correctos, homogéneos, concretos y entendibles para los mexicanos.
Vigente: no existe.
Artículo 3o. En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:
I. XI. ...
XII. La prevención, orientación, control y vigilancia en materia de nutrición, enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares y aquellas atribuibles al tabaquismo;
XIII. XXXI. ...
Artículo 27. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:
I. VIII. ...
IX. La promoción del mejoramiento de la nutrición:
X XI. ...
Artículo 111. La promoción de la salud comprende:
I. Educación para la salud;
II. Nutrición;
III. Control de los efectos nocivos del ambiente en la salud;
IV. Salud ocupacional, y
V. Fomento sanitario.
Capítulo III: Nutrición
Artículo 114. Para la atención y mejoramiento de la nutrición de la población, la Secretaría de Salud participará, de manera permanente, en los programas de alimentación del gobierno federal.
La Secretaría de Salud ...
Artículo 115. La Secretaría de Salud tendrá a su cargo:
I. III. ...
IV. Normar el valor nutritivo y características de la alimentación en establecimientos de servicios colectivos y en alimentos y bebidas no alcohólicas.
V. Promover investigaciones químicas, biológicas, sociales y económicas, encaminadas a conocer las condiciones de nutrición que prevalecen en la población y establecer las necesidades mínimas de nutrimentos, para el mantenimiento de las buenas condiciones de salud de la población;
VI. VIII. ...
Decreto iniciativa
Artículo 1° Bis. Se entiende por salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.
Artículo 3o.En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:
I. XI. ...
XII.La prevención, orientación, control y vigilancia en materia de nutrición y actividad física,enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares y aquellas atribuibles al tabaquismo;
XIII. XXXI. ...
Artículo 27.Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:
I. VIII. ...
IX.La promoción del mejoramiento de la nutrición y actividad física, y
X. XI. ...
Artículo 111.La promoción de la salud comprende:
I. Educación para la salud;
II.Nutrición y actividad física;
III.Control de los efectos nocivos del ambiente en la salud;
IV.Salud ocupacional, y
V. Fomento sanitario
Capítulo III: Nutrición y Actividad Física
Artículo 114. Se entiende por nutrición a los procesos mediante los cuales se obtienen, aprovechan y excretan los nutrimentos en el organismo, éste concepto incluye los Trastornos de la Conducta Alimentaria (Bajo Peso, Peso Adecuado, Sobrepeso y Obesidad).
Para la atención y mejoramiento de la nutrición en la población, la Secretaría de Salud participará, de manera permanente, en los programas de alimentación del gobierno federal y entidades federativas. De la misma manera, se entiende como actividad física al movimiento corporal generado por la contracción de los músculos esqueléticos y que resulta en un gasto de energía adicional a la actividad habitual.
La Secretaría de Salud ...
Artículo 115.La Secretaría de Salud tendrá a su cargo:
I. III. ...
IV.Normar el valor nutritivo y características de la alimentación en establecimientos de servicios colectivos y en alimentos y bebidas no alcohólicas. Para efectos de lo anterior, se tomarán en cuenta los siguientes conceptos:
a) Índice de Masa Corporal (I.M.C.) o Índice de Quetelet: es el peso corporal en kilogramos (kg) dividido entre la estatura en metros (m2) elevada al cuadrado. Se describe con la siguiente fórmula: I.M.C.= (kg/m2).
b) Bajo Peso y Peso Adecuado: Se conoce con Bajo Peso a una persona que presenta un Índice de Masa Corporal menor a 18 kilogramos por metro cuadrado (I.M.C. < a 18 kg/m2) y el peso adecuado es aquel con un Índice de Masa Corporal que va de 18 a 24.99 kilogramos por metro cuadrado (I.M.C. 18 24.99 kg/m2).
c) Sobrepeso y Obesidad: El sobrepeso se define con un Índice de Masa Corporal de 25.0 a 29.9 kilogramos por metro cuadrado (I.M.C.>25 29.9 kg/m2) y la obesidad como un Índice de Masa Corporal igual o mayor de 30 kilogramos por metro cuadrado (I.M.C. = 30 kg/m2), siendo de 30 a 34.99 obesidad tipo I, 35 a 39.99 obesidad tipo II y mayor de 40 obesidad tipo III o mórbida.
d) En el caso de las personas en crecimiento y desarrollo, se aplicarán las Normas Oficiales Mexicanas vigentes del peso para la talla y edad, así como el Índice de Masa Corporal según su edad y sexo, para determinar Bajo Peso, Peso Adecuado, Sobrepeso y Obesidad infantil.
V.Promover investigaciones químicas, biológicas, sociales y económicas, encaminadas a conocer las condiciones de nutrición que prevalecen en la población y establecer las necesidades mínimas de nutrimentos, sustancia contenida en los alimentos que participa activamente en las reacciones metabólicas para mantener adecuadamente las funciones del organismo, y que favorece la salud de la población.
VI. VIII. ...
IV. Consideraciones
Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda.El sobrepeso y la obesidad son enfermedades crónicas de etiología multifactorial que se desarrollan a partir de la interacción de la influencia de factores sociales, conductuales, psicológicos, metabólicos, celulares y moleculares. Se define como el exceso de grasa (tejido adiposo) en relación con el peso.
La Organización Mundial de la Salud (OMS), menciona los 10 datos más relevantes sobre la problemática del sobrepeso y la obesidad mundial actual:
1. El sobrepeso y la obesidad se definen como una acumulación anormal o excesiva de grasa que puede ser perjudicial para la salud: El índice de masa corporal (I.M.C.) peso en kilogramos dividido por el cuadrado de la talla en metros (kg/m2) es un índice utilizado frecuentemente para clasificar el sobrepeso y la obesidad en adultos. La OMS define el sobrepeso como un I.M.C. igual o superior a 25, y la obesidad como un I.M.C. igual o superior a 30.
2. Mil millones de adultos tienen sobrepeso: Si no se actúa, esta cifra superará los mil 500 millones en 2015: Mil millones de adultos tienen sobrepeso, y más de 300 millones son obesos. Cada año mueren, como mínimo, 2,6 millones de personas a causa de la obesidad o sobrepeso. Aunque anteriormente se consideraba un problema limitado a los países de altos ingresos, en la actualidad la obesidad también es prevalente en los países de ingresos bajos y medianos
3. En el mundo hay más de 42 millones de menores de cinco años con sobrepeso:La obesidad infantil es uno de los problemas de salud pública más graves del siglo XXI. Los niños con sobrepeso tienen muchas probabilidades de convertirse en adultos obesos y, en comparación con los niños sin sobrepeso, tienen más probabilidades de sufrir a edades más tempranas diabetes y enfermedades cardiovasculares, que a su vez se asocian a un aumento de la probabilidad de muerte prematura y discapacidad.
4. A nivel mundial, el sobrepeso y la obesidad causan más muertes que la insuficiencia ponderal: 65 por ciento de la población mundial vive en países donde el sobrepeso y la obesidad causan más muertes que la insuficiencia ponderal. Entre esos países se incluyen todos los de ingresos altos y medianos. 44 por ciento de los casos mundiales de diabetes, 23 por ciento de cardiopatía isquémica y 741 por ciento de determinados cánceres son atribuibles al sobrepeso y la obesidad.
5. La obesidad suele ser el resultado de un desequilibrio entre las calorías ingeridas y las calorías gastadas: El aumento del consumo de alimentos muy ricos en calorías sin un aumento proporcional de la actividad física produce un aumento de peso. La disminución de la actividad física produce igualmente un desequilibrio energético que desemboca en el aumento de peso.
6. El apoyo de la comunidad y del entorno son fundamentales para influir en las elecciones personales y evitar la obesidad: La responsabilidad individual solo puede ejercer plenamente sus efectos cuando las personas tienen acceso a un modo de vida saludable y reciben apoyo para elegir opciones saludables. La OMS moviliza a todas las partes interesadas que tienen una función crucial en la creación de entornos saludables y en la asequibilidad y accesibilidad de opciones dietéticas más saludables.
7. Las elecciones de los niños, su dieta y el hábito de realizar actividades físicas dependen del entorno que les rodea: El desarrollo socioeconómico y las políticas agrícolas, de transporte, de planificación urbana, medioambientales, educativas, y de procesamiento, distribución y comercialización de los alimentos influyen en los hábitos y las preferencias dietéticas de los niños, así como en su actividad física. Estas influencias están fomentando cada vez más un aumento de peso que está provocando un aumento continuo de la prevalencia de la obesidad infantil.
8. Una dieta saludable puede contribuir a prevenir la obesidad:Se puede:
1) mantener un peso saludable
2) reducir la ingesta total de grasas y sustituir las grasas saturadas por las insaturadas
3) aumentar el consumo de frutas, hortalizas, legumbres, cereales integrales y frutos secos
4) reducir la ingesta de azúcar y sal.
9. La actividad física regular ayuda a mantener un cuerpo sano: Hay que realizar una actividad física suficiente a lo largo de toda la vida. La realización de actividades físicas de intensidad moderada durante 30 minutos al día la mayoría de los días de la semana reduce el riesgo de enfermedades cardiovasculares, diabetes y cáncer de colon y mama. El fortalecimiento muscular y los ejercicios de equilibrio pueden reducir las caídas y mejorar la movilidad de los ancianos. Para reducir el peso puede ser necesaria una actividad más intensa.
10. Para frenar la epidemia mundial de obesidad es necesaria una estrategia poblacional, multisectorial, multidisciplinaria y adaptada al entorno cultural: El Plan de Acción de la Estrategia Mundial para la Prevención y el Control de las Enfermedades no Transmisibles constituye una hoja de ruta para el establecimiento y fortalecimiento de iniciativas de vigilancia, prevención y tratamiento de las enfermedades no transmisibles, entre ellas la obesidad
Tercera.Se adiciona un artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud para quedar de la siguiente manera:
Artículo 1o. Bis: Se entiende por salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.
En la Ley General de Salud no se encuentra la definición de salud, por lo tanto se considera de vital importancia colocar en la misma, un concepto que sea homogéneo y acorde a la Organización Mundial de la Salud.
Cuarta. Se propone reformar los artículos 3, 27, 111 en sus fracciones XII, IX y II respectivamente; asimismo el Capítulo III del Título Séptimo: Promoción de la Salud, que incluye la actividad física como materia de salubridad general
El mismo artículo 3 contempla en la fracción XI en referencia a la prevención de la salud, donde se incluye fomento a estilo de vida saludable, reducción de hábitos dañinos. De esta manera, vislumbra este artículo lo referente a actividad física como parte de educación para la salud y medidas preventivas en materia de nutrición.
Respecto a las adiciones a los artículos 27 y 111, en las fracciones I y II, se contemplan también las medidas necesarias para el fomento al estilo de vida saludable, las medidas de prevención de la salud, la educación de la salud y la promoción del mejoramiento de la nutrición.
La actividad física es una de tantas medidas que se deben realizar en torno a los trastornos nutricionales.
Quinta.Se intenta reformar los artículos 114 y 115 fracciones IV y V, de la Ley General de Salud, en los cuales se incluyen los conceptos de nutrición, actividad física, nutrimento, índice de masa corporal; así como los criterios para definir sobrepeso y obesidad.
El concepto de actividad física se confronta con el de la Ley General de Cultura Física y Deporte. El artículo 4, fracción III define la actividad física como: Actos motores propios del ser humano, realizados como parte de sus actividades cotidianas. Esta definición no establece la relación de actividad física con esfuerzos para gastar energía adicional. Al contrario, la define como las actividades habituales, incluyendo el estado de reposo. Por lo tanto, no homogeniza los conceptos incluidos en las leyes.
Las ciencias médicas se encuentran en constante cambio. Evidentemente, los conceptos de sobrepeso, obesidad, nutrición, etcétera, son vigentes desde hace décadas. Es posible que estas definiciones cambien en el futuro, o los parámetros para definir una o varias enfermedades o condiciones ya no sean vigentes en cierto tiempo. Por ello, las guías de práctica clínica se renuevan cada año, son revisadas por consejos o colegios de expertos en materia de salud para su actualización. Por todo ello, no parece viable la introducción de conceptos de enfermedades y criterios diagnósticos en una ley que su fin es la durabilidad o perpetuidad.
De la misma manera, si aplicamos esta terminología, entonces, ¿debemos de incluir todas las definiciones básicas para la atención de todos los padecimientos comunes en los mexicanos? Diabetes: índice glucémico, resistencia a la insulina, control de la glucemia, hemoglobina glucosilada; Hipertensión Arterial: estados de pre-hipertensión, cifras de control de hipertensión. Cáncer; definiciones, etapas clínicas, quimioterapias, etcétera.
Para estos conceptos se deberán considerar las guías de práctica clínica, las Normas Oficiales Mexicanas, las Normas Internacionales (por ejemplo, GINA, para asma). También hay que reconocer los programas que la Secretaría de Salud tiene implementados para este caso, como lo son: el Acuerdo Nacional de Salud Alimentaria (ANSA), Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades (Cenavece), entre otros.
Sexta.Entendemos la magnitud del problema que representan el sobrepeso y la obesidad. Sin embargo, por las consideraciones antes mencionadas, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno dictamen a favor con modificaciones del siguiente proyecto de
Decreto por el que se adicionan el artículo 1o Bis a la Ley General de Salud.
Artículo Único.Se adiciona un artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 1o. Bis. Se entiende por salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, a los 12 días del mes de diciembre de 2012.
La Comisión de Salud, diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo, Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Ernesto Núñez Aguilar, Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.»
El Presidente diputado José González Morfín: En virtud de que los tres dictámenes que tenemos a continuación son de la misma comisión, en una sola intervención el presidente de la Comisión de Salud, el diputado Isaías Cortés, fundamentará dichos dictámenes. Se le concede el uso de la voz.
Si me permiten, aprovecho la oportunidad para saludar a un grupo de personas que nos visitan de los municipios de Ixtapaluca y de Los Reyes La Paz, estado de México, invitados por la diputada Leticia Calderón. Bienvenidos todos a esta sesión de la Cámara de Diputados.
El diputado Isaías Cortés Berumen:Con su venia, señor presidente. La salud es la condición de todo ser vivo que goza de un absoluto bienestar, tanto a nivel físico como a nivel mental y social; es decir, el concepto de salud no solo da cuenta de la no aparición de enfermedades o afecciones, sino que va más allá.
La idea puede ser explicada como el grado de eficiencia del metabolismo y las funciones de un ser vivo a escala celular y social. El estilo de vida, el tipo de hábitos y las costumbres que posee una persona pueden ser benéficos para la salud. A grandes rasgos, la salud puede reconocerse y analizarse desde dos perspectivas: la de la salud física y la de la salud mental, aunque en realidad se trata de dos aspectos relacionados entre sí.
El filósofo alemán del siglo XX, Arthur Schopenhauer, dijo que la salud no lo es todo, pero sin ella no tenemos nada. Este concepto es muy ilustrativo, si tenemos el ejemplo de una persona que no goza de un buen estado de salud; esta persona puede no ser productiva, representaría un costo a la sociedad y una carga a la familia. Al contrario, una persona saludable tiene posibilidades ilimitadas para desarrollarse plenamente en cualquier ámbito.
Mil millones de adultos en el mundo tienen sobrepeso y más de 300 millones son obesos. Si no se actúa, esta cifra superará a los mil 500 millones en 2015.
Cerca del 70 por ciento de los mexicanos se encuentra con sobrepeso, y no es un problema exclusivo de los adultos, los menores también son víctimas de esta situación. Es un tema que se debe atender de manera directa, oportuna e integral.
El apoyo de la comunidad y del entorno es fundamental para influir en las selecciones personales y evitar la obesidad. La responsabilidad individual solo puede ejercer plenamente sus efectos cuando las personas tienen acceso a un modo de vida saludable y reciben apoyo para elegir opciones saludables.
En este sentido, es necesario empoderar al consumidor para que tenga la información suficiente y clara, y así tener las herramientas suficientes para tomar la mejor decisión. La etiqueta de los alimentos debe ofrecer entonces información más completa, clara, útil y precisa acerca de las cualidades nutritivas de los alimentos y así lograr que adquieran una función social importante a la educación alimentaria, además de servir al consumidor como una alternativa a la protección.
Actualmente vemos que la declaración nutrimental complementaria y obligatoria que se establece en la norma oficial mexicana para el etiquetado de alimentos no es acatada en su totalidad por las distintas empresas productoras y se observan claramente productos, que con tal de aumentar sus ventas, no cumplen con la normatividad vigente en esta cuestión.
Un ejemplo serían los empaques que promueven o incentivan la compra de alimentos que prometen ser de mejor calidad o light, ligeros, bajos en grasos, altos en fibras o cualquier otra afirmación en salud, en ocasiones sin ningún fundamento legal.
En ocasiones se generaliza a los ingredientes con términos como sin azúcar, o se incluyen leyendas en los cuales se niegan o esconden el resto de los ingredientes de los alimentos, por lo que se propone acatar con lo establecido de la fracción 3.22 de la Norma Oficial Mexicana 051, dando carácter de obligatoriedad a la declaración nutrimental complementaria, como a la previamente establecida. De esta manera fomentamos, educamos y promocionamos una cultura en medicina preventiva en nuestro país.
Por otra parte, la Ley General de Salud fue publicada en el 84 en el Diario Oficial de la Federación; se le han hecho múltiples modificaciones, sin embargo, no cuenta aún con una definición de salud. Resulta entonces trascendental la inclusión de esta definición en el artículo 1o. Bis. Esta definición es la misma formada por la propia OMS.
Finalmente, en referencia al proyecto de decreto que reforma el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, cabe mencionar que el pasado 23 de marzo de 2010, esta soberanía aprobó cambios en el mismo artículo, con ello se aumentaron las penas para quien adultere, falsifique, contamine o altere medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos de sus envases finales para uso o consumo humanos, o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones o los venda.
Este fue un gran avance contra la piratería de medicamentos, pero sobre todo lo fue en beneficio de la salud de los mexicanos. En este sentido, es importante que las mismas penas se establezcan para quienes vendan medicamentos caducos, porque además de que su venta es un acto fraudulento pone en riesgo la salud de quienes los consumen.
La fecha de caducidad de los medicamentos se basa en la estabilidad del fármaco en su envase o recipiente original no abierto ni manipulado. La estabilidad de un producto farmacéutico puede definirse como la capacidad de una formulación particular en un sistema o envase específico para mantenerse dentro de sus especificaciones físicas, químicas, microbiológicas, terapéuticas y toxicológicas.
Así pues, la fecha de caducidad del medicamento en su envase original especifica que la actividad terapéutica se mantiene durante el tiempo indicado y que después de rebasarla se recomiende el desecho y la suspensión del consumo. Se asegura que una vez pasada la fecha de vencimiento de caducidad la mayoría de las preparaciones farmacéuticas pierden eficacia y algunas pueden desarrollar un perfil de reacción diferente y adversa al organismo.
Los medicamentos caducos no deben ser utilizados para combatir una enfermedad, por que se juega con la vida de quien los consume, especialmente de mexicanos de escasos recursos que no cuentan con Seguro Social y que lo han comprado en el mercado negro o en las mismas farmacias.
Más aún, la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) precisó que en el mercado se venden muestras médicas que los laboratorios reparten para que sean entregadas de manera gratuita a los pacientes, medicamentos caducos, fármacos del sector salud y medicinas piratas o falsificadas.
Los legisladores y legisladoras tenemos la obligación de mejorar y adaptar las leyes, puesto que éstas deben someterse a las exigencias, a la adecuación, a la proporción, a la claridad y la exigibilidad del propio contexto en el que vivimos. Las reformas que hoy se proponen cumplen con la obligatoriedad con la que estamos comprometidos quienes conformamos la Comisión de Salud. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Está a discusión el dictamen en lo general y en lo particular.
Para fijar la postura de su grupo parlamentario y también para referirse a los tres dictámenes, tiene el uso de la tribuna la diputada María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
La diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas: Con su permiso, presidente. Estimadas compañeras y compañeros diputados, la defensa de los derechos fundamentales de los mexicanos es uno de los motores que impulsa el espíritu de Nueva Alianza, por eso como representantes populares hoy damos la bienvenida a la aprobación del paquete de los dictámenes que adicionan el artículo 1o. Bis, un párrafo segundo al artículo 210 y la reforma a la fracción III del artículo 464 Ter, todos de la Ley General de Salud.
Las sociedades contemporáneas tienen como principal característica el cambio vertiginoso de su vida interna, lo cual legislativamente constituye un reto a los órganos de gobierno para poner al día diversas situaciones que surgen como parte de su diario devenir. De ahí la importancia de las reformas que hoy se pondrán a consideración en esta honorable Cámara de Diputados, pues el conjunto de modificaciones tienen como finalidad regular y precisar conceptos que han sido parte del debate público en materia de salud de los mexicanos.
Con respecto al dictamen del artículo 1o. Bis, Nueva Alianza considera un reto importante dotar a la sociedad de los instrumentos legales en materia de las denominadas definiciones necesarias. Con esta reforma se avanza en el concepto que considera a la salud no solo como la ausencia de enfermedades, sino de una serie de consideraciones para la construcción de unas políticas públicas que permiten ejercer el derecho humano a la salud, con lo que se adoptan los postulados de la Organización de las Naciones Unidas de la Salud.
Es por eso y desde hoy los conceptos de obesidad, nutrición y actividad física tendrán formas científicas de medición con la finalidad de no dejarlos al libre albedrío de la instrumentación de políticas públicas, las cuales serán esenciales en tratamiento de enfermedades mórbidas asociadas con la diabetes y el padecimiento del corazón.
La reforma va más allá, pues establece la medición y conceptualización de índices con la masa corporal, el sobrepeso y la obesidad, estableciendo los primeros pasos firmes para atender padecimientos que antes resultaban vagos e incluso carentes de sentido.
Con esto daremos las condiciones que permitan a la Secretaría de Salud atender de manera particular el tema de las diversas regiones del país, pues sabemos que la diversidad de las condiciones del territorio nacional requiere de soluciones específicas.
En lo correspondiente a la adición de un párrafo segundo al artículo 210, en materia de lo etiquetado, las y los diputados de esta representación popular dotamos a la población en general de los instrumentos que les permite incidir en materia directa en la elección de los alimentos que consumen ellos mismos y sus familias, al obligar a las empresas empacadoras de alimentos y bebidas de colocar en sus etiquetas la información precisa y completa para el consumidor.
Estamos dando una herramienta poderosa al ciudadano, para que mediante la lectura de las etiquetas estas empresas se obliguen a velar por sus clientes en los productos que les venden y así elevar el nivel de la salud de la población.
Sabemos que se ha avanzado mucho en dicha reglamentación y por ello buscamos abatir fenómenos que nos han llevado a enfrentar situaciones difíciles de controlar, como aquellas que nos sitúan en el segundo país, a nivel mundial, con mayor población adulta con obesidad y sobrepeso, así como el primer lugar en obesidad infantil.
Reforzar los instrumentos jurídicos en la materia permitirá abatir problemas como el presente, en donde las principales muertes de mexicanos son producto de enfermedades relacionadas con la ingesta de alimentos.
Cabe mencionar que para el consumidor promedio la reglamentación en materia de alimentos y bebidas procesadas, así como la información que contenían sus etiquetas se modificó hace casi tres años; sin embargo, esta reglamentación no varió en los últimos 12 años, aunque hubieron disposiciones de las mismas empresas comenzaron a implementar en pro de sus consumidores.
Conscientes de esto, en 2010 se realizaron las modificaciones pertinentes con la finalidad de regular los contenidos nutrimentales en los alimentos y bebidas envasados, que permitían la preservación de la salud de los mexicanos. Asimismo esta reglamentación anunciará en la ley la armonización mexicana, con los postulados internacionales en materia de envasados de alimentos.
En otro tema y conscientes de la necesidad de regular actividades que ya existen en nuestro país con aquellas que representan la venta de medicamentos caducos, ampliamos la cartera de ilícitos en materia de venta de medicamentos en el mercado negro, mediante la reforma a la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud.
Es así, que en las disposiciones que sancionan la venta en el comercio, la distribución, el transporte, el transporte de medicamentos, de materias primas o aditivos falsificados, de fármacos falsificados, incluimos las que tienen que ver con los medicamentos caducos, las cuales desafortunadamente forman parte del ingreso ilícito de personas sin escrúpulos, que ante el beneficio económico llegan a poner en riesgo la salud de las personas.
Como ciudadanos somos testigos de las lagunas legales que permiten que las personas sin escrúpulos se beneficien de las necesidades, la ignorancia y la pobreza de la gente, en especial de aquellos que se encuentran más castigados por las condiciones sociales y económicas del México presente.
Esta situación ha dado la pauta para que el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza dé su voto a favor para limitar que las personas continúen enriqueciéndose con la venta de medicamentos cuya vida útil ha terminado y represente el riesgo para la salud de las personas.
De acuerdo con la Sociedad Mexicana de la Industria de Investigación Farmacéutica, el año pasado se contabilizó que seis de cada diez medicamentos vendidos a nivel nacional fueron de procedencia ilícita, entre los que se contabilizaron los medicamentos robados, falsos, muestras médicas y adulteradas, entre otros.
Con estas disposiciones los integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza sabemos que allanamos más las posibilidades de los mexicanos para contar con efectivo estado de derecho a la salud. Es cuanto, señor presidente. Gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora la palabra la diputada Luisa María Alcalde Luján, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
La diputada Luisa María Alcalde Luján:Muchas gracias, presidente. Primero que nada aclaro que únicamente se trata de razonar el dictamen del artículo 1o. en materia de salud.
La salud es un concepto integral, por supuesto, no implica solamente la ausencia de enfermedades, implica un equilibrio, un equilibrio entre todos los factores que involucran a las personas en su vida diaria, un equilibrio entre los aspectos sociales, ambientales, psicológicos, y por supuesto, fisiológicos.
La salud es el primer piso para poder gozar otros derechos humanos. Se involucra con la capacidad para ser feliz y para disfrutar de la vida. Implica la posibilidad de desarrollar las capacidades intelectuales y humanas de la mejor manera. Es una condición para garantizar el desarrollo familiar e individual.
Por otro lado, carecer de salud puede significar uno de los más grandes obstáculos; cuando alguien está enfermo es difícil pensar en algo distinto que no sea su situación de salud; puede significar no poder asistir a trabajar, no tener tiempo para estudiar con sus hijos o para considerar una oportunidad de negocio, o para estudiar para un examen, para ir a una fiesta o quizá también para enamorarse.
Pero también no estar saludable, implica mucho más que tener uno u otro padecimiento, sobre todo a veces, cuando las personas ni siquiera perciben que están enfermas, cuando no perciben que están deprimidas, que actúan compulsivamente, o cuando están en conflicto permanente con otras personas, con sus trabajos o con sus familias, impidiéndoles desarrollar una vida en comunidad.
Muchas veces las enfermedades más incapacitantes son aquellas que ni siquiera pasan por la conciencia de las personas y paradójicamente atiborran la mente de pensamientos desmoralizadores.
Ojalá no se trate únicamente de aprobar este dictamen y se puedan llevar a cabo políticas públicas que consideren que la salud no solo es la posibilidad de acceso a un servicio médico, sino también es la prevención y el mejoramiento de todas las condiciones de vida que permitan que las y los mexicanos se sientan más felices, plenos y con las ganas de enfrentar las muchas adversidades que la vida presenta.
Consideremos que la ausencia de salud de un individuo de nuestra comunidad no solo lleva a la incapacidad de su desarrollo personal, sino también significa un impedimento para el desarrollo social de nuestro país. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora el uso de la tribuna la diputada Carla Alicia Padilla Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
La diputada Carla Alicia Padilla Ramos:Con su venia, señor presidente. Quisiera empezar diciendo una frase de Schopenhauer, que dice: La salud no lo es todo, pero sin ella todo lo demás es nada.
Mi Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México votará a favor de los tres dictámenes de salud. Permítanme hacer algunas consideraciones sobre ellos.
Con respecto a adicionar el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud; la definición de la salud, como un complemento de estado de bienestar mental y social, además del físico, representa un gran avance en cuanto se refiere al reconocimiento de que los padecimientos de tipo emocional, causados por el entorno cada vez más complejo que nos rodea, son también problemas de salud pública que merecen ser atendidos de inmediato, sobre todo si consideramos que de acuerdo a datos del IMSS el 20 por ciento de los trabajadores mexicanos presentan síntomas de estrés, que si persiste de manera crónica en el organismo puede derivar en enfermedades como diabetes e hipertensión arterial.
En lo relativo a la reforma que se propone de la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, los medicamentos caducos son productos que han perdido sus propiedades curativas y que además, a partir de la fecha de vencimiento de su vigencia registran un incremento en sus propiedades tóxicas; es por eso que representan una amenaza potencial para la salud humana, que puede verse afectada por una intoxicación, y es por eso que estos son considerados como residuos peligrosos que deben ser recolectados y posteriormente destruidos por las autoridades sanitarias.
En nuestro país no existe una cultura que impulse a las personas a hacer lo correcto con los medicamentos caducos que se guardan en casa, lo cual implica ponerlos a disposición de las autoridades correspondientes, para que el personal especialmente capacitado para ello realice un manejo correcto de estos, asegurando así que se eliminen al máximo los riesgos sanitarios que los medicamentos caducos implican.
Al contrario de ello, en México lo más común es que las personas se deshagan de sus medicamentos caducados tirándolos a la basura o incluso vertiéndolos al drenaje, lo cual por cierto puede provocar daños severos al medio ambiente, puesto que muchas de esas sustancias contaminan el aire, el suelo y el agua, principalmente de los mantos freáticos. Ésta es una situación que hasta ahora ha sido subestimada por las autoridades sanitarias y medio ambientales.
En el último proyecto que se pone a nuestra consideración, el acelerado ritmo de vida que nos impone el mundo moderno complica la posibilidad de que una persona se tome el tiempo de investigar el contenido nutrimental de determinados alimentos o bebidas y de calcular en caso de saber cómo hacerlo el número de calorías que estos le aportan.
La industria alimentaria tiene que poner de su parte en lo que respecta al combate en contra de la obesidad e incluir en las etiquetas de sus productos la información nutrimental y el número de calorías que estos aportan a la dieta de sus consumidores. Sin embargo, actualmente existe todavía un buen número de empresas que con el pretexto de abatir los costos no han adoptado la medida y por tanto no están asumiendo cabalmente su compromiso con la sociedad.
Mi Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México se pronunciará a favor de estos tres dictámenes. Por su atención, muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora el uso de la tribuna el diputado Antonio Sansores Sastré, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado Antonio Sansores Sastré: Con su permiso, señor presidente. Nosotros los mexicanos tenemos algo que se llama Constitución; en el artículo 4o., en el párrafo tercero, se establece que tenemos derecho a la salud los mexicanos y los naturalizados mexicanos.
Vengo ante esta tribuna a posicionar en nuestro grupo parlamentario a favor, en relación a los tres dictámenes que hoy tenemos a votación. Podemos hablar y podemos pasarnos hablando mucho tiempo en relación a lo que está ocurriendo, pero lo que no es permisible es que todavía hoy empresas sean autorregulables y son justamente las empresas que están teniendo mala calidad en los nutrientes y en los alimentos. Por ello veo con muy buenos ojos y a favor de que se ponga la etiqueta en los productos a exponer y de igual manera es una forma preventiva de evitar la obesidad.
Para el 2015 habrán más de mil 500 millones de hombres adultos con obesidad. Esto se ve de una manera fácil, pero ustedes saben que la obesidad es la condicionante de muchas enfermedades que tienen un índice en la morbimortalidad, que la misma obesidad hace que nosotros tengamos cúmulos de hormonas femeninas, como son los estrógenos, que en la grasa se conocen como estronas y que son precursoras de enfermedades netamente mortales, como es el cáncer.
Lo carcinogénico del caso se puede evitar y por ello felicito a mis compañeros de la Comisión de Salud, por haber trabajado en estas iniciativas que hoy vemos con buenos ojos los del Grupo Parlamentario del PRD.
Vean que hemos tenido por mucho tiempo la falsificación de medicamentos, y no tan solo la falsificación de medicamentos, que éste es un crimen ya de lesa humanidad, sino que hemos permitido que se puedan introducir gracias a los doctores-televisión fórmulas maravillosas que no llevan ni condicionan a ningún sitio ni siquiera para prevenir enfermedades. Por lo tanto, la falsificación de medicamentos no se le parece en nada a la falsificación de un CD o de una película, porque aquí lo que estamos haciendo es jugar con la vida de los mexicanos.
Por ello es bien importante que tomemos en cuenta que hablar de salud no es tan solo hablar hoy como está decretado en el artículo 25 de la Comisión de los Derechos Humanos, que tiene que ver con el bienestar social de la familia, e incluso con el personal y no es tan solo la ausencia de enfermedad, sino es un complejo que hoy tiene que ver incluso el cambio climático, tiene que ver con el agua potable y el saneamiento de las mismas, que tiene que ver con la no contaminación, porque si bien es cierto los fármacos caducos contaminan el agua, una sola gota de aceite en el agua contamina 10 mil litros de agua y nosotros tenemos hoy en México solamente agua entubada y no agua potable. Éste es un problema de salud pública.
Por ello exhorto desde esta tribuna a todos los compañeros diputadas y diputados a que velemos por el interés común, que es el interés de la salud, que es el interés de todos los mexicanos. Tenemos que ir de la mano, porque por encima de las convicciones políticas está la salud y por encima de cualquier principio ideológico está la salud. Es cuanto, presidente, muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora el uso de la voz el diputado Víctor Oswaldo Fuentes Solís, del Grupo Parlamentario del PAN.
El diputado Víctor Oswaldo Fuentes Solís:Con su venia, señor presidente. En estos tres dictámenes que la Comisión de Salud ha puesto a consideración de la asamblea, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional votará a favor, en razón de los beneficios que trae para el conjunto de la sociedad.
Respecto de la reforma al artículo 210 de la Ley General de Salud, es necesario señalar que el sobrepeso y la obesidad es un desequilibrio energético entre calorías consumidas y calorías gastadas.
Hoy, dadas las nuevas realidades y dinámicas sociales, caracterizadas por formas de trabajo cada vez más sedentarias, nuevos modos de desplazamiento que implican menor esfuerzo y una creciente urbanización, la población mundial experimenta un aumento en la ingesta de alimentos hipercalóricos que son ricos en grasas, sal y azúcares, pero pobres en vitaminas y minerales y otros nutrientes, y así con un descenso también en la actividad física.
En México la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición señala que siete de cada diez adultos presentan sobrepeso y de éstos la mitad presentan obesidad.
El dictamen cuya discusión nos ocupa pretende plasmar en la Ley General de Salud el cumplimiento obligatorio de las disposiciones implementadas por la Secretaría de Salud en materia de etiquetado de alimentos y bebidas preenvasadas cuyo fin es informar al consumidor sobre las propiedades nutrimentales de un alimento o bebida no alcohólica preenvasada, para que de este modo se evite el sesgo de su aplicación y se logre estandarizar el mismo.
Es preciso mencionar que por mandato de ley el contenido de las normas oficiales mexicanas son revisadas cada cinco años, razón por la cual preceptos como el del etiquetado podrían eliminarse.
Con reformas como la propuesta en el dictamen que hoy se discute ello no sucederá así, pues se eleva a rango de ley la obligatoriedad de establecer la información nutrimental en el etiquetado de bebidas y alimentos. Por ello es necesario apoyar reformas como ésta, que pretendan que la población cuente con la información para proteger su salud.
Respecto a la adición del artículo 1o. Bis de la Ley General de Salud, en materia de la definición de salud es necesario señalar que a través de la historia el concepto de salud se ha transformado al ritmo del desarrollo de la medicina y posteriormente al ritmo de la salud pública.
La salud del ser humano ha dejado de concebirse como un fenómeno particular y aislado para incorporar en la época moderna las esferas mental y social en la concepción del estado inherente al ser de las personas, como es el de la salud.
En virtud de que la Ley General de Salud reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad en general.
Resulta fundamental que en su cuerpo normativo dé luz acerca de lo que debe entenderse por salud, máxime cuando la aplicación de la ley citada es de aplicación para toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.
La definición que se incorpora a nuestro ordenamiento jurídico considera a las personas como entidades biopsicosociales y reconocen que la salud es un bien fundamental para que las personas puedan desarrollarse plenamente a nivel individual como entidades biológicas poseedoras de vida como entes pensantes y como entes sociales.
Con ello se cierra el vínculo virtuoso de la estructura de la ley que ya considera los factores materiales, sociales, biológicos y sicológicos que condicionan o determinan el estado de salud de todas las personas.
Finalmente, respecto a la reforma al artículo 464 de la Ley General de Salud, en materia de muestras médicas, es necesario señalar que las muestras médicas y medicamentos son un instrumento completamente legal que emplea la industria farmacéutica para posicionar sus productos en el mercado y así promover su consumo.
Por lo anterior resulta pertinente señalar que las muestras médicas deben de cumplir con los mismos requisitos de producción, conservación, etiquetado y traslado que se exige para los medicamentos autorizados para la venta al público.
La venta de muestras médicas en la vía pública es un fenómeno que se ha incrementado en nuestro país y que representa un riesgo para la salud de la población, pues quien adquiere muestras médicas de esta manera tiene una alta probabilidad de adquirir medicamentos falsificados o que no cumplen con los criterios de conservación y traslado para asegurar su efectividad y seguridad.
Al respecto la norma mundial de salud refiere que de la totalidad de los medicamentos que hay en el mundo, entre el 5 y 10 por ciento son falsos. De este dato de salud pública se desprende el principal elemento que los legisladores de Acción Nacional hemos considerado para apoyar el dictamen positivo que hoy se pone a consideración de este pleno.
Prohibir la venta y el comercio de muestras médicas sancionando estas acciones con una pena de uno a nueve años de prisión y una multa de 20 mil a 50 mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate; se elevaría a rango de ley esta prohibición contenida en el artículo 34 del reglamento de insumos para la salud, y se duplicaría la multa aplicable en dicho reglamento actualmente.
Por lo aquí expuesto, los diputados de Acción Nacional votaremos a favor de los dictámenes a nuestra consideración y los invitamos a votar en el mismo sentido. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene ahora la palabra el diputado José Enrique Doger Guerrero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado José Enrique Doger Guerrero:Con su permiso, señor presidente. A nombre de las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y respecto del acuerdo de la Junta de Coordinación Política, presentaré en una sola intervención el posicionamiento de los tres dictámenes que en materia de salud serán presentados a discusión ante esta soberanía. Señor presidente, rogaría a usted su comprensión con el tiempo que se nos ha otorgado.
El Presidente diputado José González Morfín: Por supuesto, diputado.
El diputado José Enrique Doger Guerrero: Iniciaré con el proyecto de decreto que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud. Esta iniciativa incorpora el concepto de salud establecido por la Organización Mundial de la Salud en la Ley General de la Salud.
En nuestro país, la Ley General de Salud fue publicada el 7 de febrero de 1984 en el Diario Oficial de la Federación, cuando estaba en la Presidencia el licenciado Miguel de la Madrid Hurtado. Esta ley no incorporó la definición que la Organización Mundial de la Salud utilizaba de manera general hace 36 años, antes de la fecha mencionada.
Actualmente el Estado mexicano asume que la salud es una tarea del gobierno en la que debe participar la comunidad organizada, porque constituye uno de los mecanismos de redistribución de la riqueza y es primordial para promover una auténtica igualdad de oportunidades.
Por ese motivo es importante incorporar en nuestra norma jurídica un concepto que sin duda elevará el fondo teórico-ideológico de nuestro cuerpo normativo; la OMS define a la salud como el estado completo de bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.
Este concepto procede el preámbulo de la constitución de la OMS que fue adoptada por la Conferencia Sanitaria Internacional, celebrada en Nueva York del 19 de junio al 22 de julio de 1946, firmado el 22 de julio del mismo año por los representantes de 61 estados y entró en vigor el 7 de abril de 1948. La definición no ha sido modificada desde esa fecha.
El PRI, sabedor de la necesidad de fortalecer cualquier disciplina con un objeto de estudio, votará a favor de incluir este valioso concepto en nuestra ley.
En referencia al proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, México ocupa el sexto lugar a nivel mundial en la venta de medicamentos falsificados, y seis de cada 10 de los fármacos que se comercian son de procedencia ilícita; 8 millones de personas son víctimas potenciales del mercado negro de medicamentos, según la Asociación Mexicana de Industrias de Investigación Farmacéutica.
El mercado ilegal se da en tianguis, seudofarmacias, puestos callejeros, o incluso a través de páginas electrónicas, así como donde se expenden muestras médicas caducas, falsas o adulteradas.
El comercio ilegal de medicamentos en México suma 11 mil 500 millones de pesos y está concentrado en el Distrito Federal, en Puebla, Guanajuato, Monterrey y Sahuayo, Michoacán.
Los fármacos que se encuentran con mayor frecuencia en el mercado informal mundial son para los tratamientos de disfunción eréctil, aumento en el rendimiento físico, adelgazantes y diuréticos. Los medicamentos más falsificados son los prescritos también contra la disfunción eréctil, los analgésicos y tratamientos de alta especialidad, como los oncológicos, según la Cofepris.
Al igual que los alimentos industrializados las medicinas cuentan con una fecha de caducidad, que después de rebasarlas se recomienda el desecho y la suspensión del consumo. Se asegura que una vez pasada la fecha de vencimiento de la caducidad la mayoría de las preparaciones farmacéuticas pierden eficacia y algunas pueden desarrollar un perfil de reacción diferente y adversa en el organismo.
No hace mucho se aprobaron cambios en el artículo 464 de la Ley General de Salud, con lo que aumentaron las penas para quien adultere, falsifique, contamine o altere medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos de sus envases finales para uso y consumo humanos, o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones o los venda.
En este sentido, es importante que las mismas penas se establezcan para quienes venden medicamentos caducos, pero además de que su venta es un acto fraudulento pone en riesgo la salud de quien la consume.
El Grupo Parlamentario el PRI saluda la reforma al artículo en comento, toda vez que es en beneficio de la salud de los mexicanos. El PRI votará a favor del proyecto de decreto.
Por último, respecto al proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado, sabemos que los alimentos son la fuente que proporciona al ser humano todos los componentes indispensables para la vida, pero hoy en día las personas tienen menos tiempo de alimentarse, por lo que la calidad nutricional ha disminuido en gran manera, provocando que el consumidor se preocupe por el valor nutricional de los productos que llega a consumir.
Es de esta forma que el etiquetado es un factor muy importante al momento de elegir el producto que se consumirá para así conocer los aportes que se tendrán, y es así que surge como una forma de seguridad para el consumidor.
Las normas de etiquetado de la alimentación están sometidas al derecho alimentario propio de cada país, aunque no obstante existen organismos, como la FAO, que armonizan un conjunto de buenas prácticas.
La iniciativa plantea plasmar en la Ley General de Salud el cumplimiento obligatorio de las disposiciones implementadas por la Secretaría de Salud en materia de etiquetado de alimentos y bebidas preenvasadas, para que de este modo se evite el sesgo en su aplicación y se logre estandarizar el mismo, de manera que constituya un verdadero apoyo a la población en general para realizar una adecuada toma de decisiones al seleccionar alimentos que posean un adecuado valor nutricional y coadyuve a una dieta saludable, al sano desarrollo de niños y jóvenes y apoye la lucha contra la obesidad.
Finalmente, el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional votará a favor, en pro de la salud principalmente de las niñas, niños y jóvenes de México, que ocupan los primeros lugares en sobrepeso y obesidad a nivel mundial.
En nuestro partido ya se está trabajando, en el seno de la Comisión del Deporte, con medidas específicas y claras contra la obesidad, de la misma manera. Por su atención, muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado Doger. Habiéndose agotado la lista de oradores, voy a pedir a la Secretaría que se abra el sistema electrónico de votación para recoger la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
(Votación)
El Presidente diputado José González Morfín: Quiero aprovechar la oportunidad para saludar a los integrantes de la asociación civil Proyecto Nacional, de los municipios de Ixtapaluca y Los Reyes La Paz, estado de México, que nos acompañan hoy aquí que están invitados por la diputada Leticia Calderón. Bienvenidos a esta sesión.
Damos la más cordial bienvenida a un grupo de ciudadanos de las colonias Campañas de Aragón, Ciudad Azteca y San Agustín, del municipio de Ecatepec de Morelos, que hoy están aquí invitados por la diputada Brenda Alvarado Sánchez. Bienvenidos a esta sesión.
Presidencia del diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Esta Presidencia saluda a líderes y presidentes de organizaciones del municipio de Ecatepec, invitados por la diputada Brenda Alvarado Sánchez.
A maestros zacatecanos, invitados por el ínclito y epónimo diputado Ricardo Monreal. Los dos términos son elogiosos.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: De viva voz.
El diputado Luis Alberto Villarreal García (desde la curul): A favor.
El diputado Ricardo Anaya Cortés (desde la curul): A favor.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señor presidente, se han emitido 422 votos a favor, 0 en contra, 0 abstenciones.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud. Pasa al Senado, para los efectos constitucionales.
Le ruego a la Secretaría dar cuenta con la licencia del diputado Gilberto Antonio Hirata Chico.
DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo establecido en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción XVI; 12, numeral 1, fracción III; 13 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar, por su conducto, al pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión licencia por tiempo indefinido a partir del 1 de marzo de 2013 para separarme del cargo de diputado federal electo a la LXII Legislatura, por el tercer distrito, en el estado de Baja California.
Sin otro particular, aprovecho para expresarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Ciudad de México, a 28 de febrero de 2013. Diputado Gilberto Antonio Hirata Chico (rúbrica).»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Dé lectura al punto de acuerdo, por favor.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Puntos de acuerdo:
Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido al diputado Gilberto Antonio Hirata Chico, para separarse de sus funciones como diputado federal electo por el III distrito electoral del estado de Baja California, a partir del 1 de marzo del año en curso.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De acuerdo. Pregunte si se aprueba.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se concede licencia al diputado Gilberto Hirata Chico y le deseamos éxito en las encomiendas que vaya a iniciar.
VOLUMEN II
ARTICULOS 61, 111, 112 Y 114 CONSTITUCIONALES
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se informa a la asamblea que esta Presidencia recibió de la Comisión de Puntos Constitucionales dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inmunidad de servidores públicos.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE SALUD
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Antecedentes
1. Con fecha 8 de marzo de 2012, el diputado Carlos Alberto Ezeta Salcedo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Salud para su análisis y dictamen correspondiente.
3. Según establece el acuerdo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el pleno de la LXI Legislatura, con fecha del 20 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva turna el asunto a la Comisión de Salud para emitir dictamen.
II. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado Antecedentes, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la iniciativa.
En el apartado Contenido de la iniciativa, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la iniciativa en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las Consideraciones, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
III. Contenido de la iniciativa
Aplicar una pena de uno a nueve años de prisión y multa de veinte mil a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate, a quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados, contaminados, adulterados o caducos, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, sus leyendas, información que contengan o números o claves de identificación, que se encuentran falsificados, alterados o adulterados.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. Al igual que los alimentos industrializados, las medicinas cuentan con una fecha de caducidad que, después de rebasarla, se recomienda el desecho y la suspensión del consumo. La vida útil de los medicamentos es establecida en pruebas que permiten a la industria y a las autoridades determinar por cuánto tiempo y en condiciones normales (o específicas, cuando, por ejemplo, requieren refrigeración) el producto sigue garantizando las mejores condiciones de calidad y no hay riesgo de que el consumidor sufra algún daño en su salud.
Se asegura que una vez pasada la fecha de vencimiento de la caducidad, la mayoría de las preparaciones farmacéuticas pierden eficacia y algunas pueden desarrollar un perfil de reacción diferente y adversa en el organismo. En el mejor de los casos, un producto terapéutico ya caduco no tendrá efecto alguno para restablecer la salud. Desafortunadamente también se corre el riesgo de que la sustancia activa haya modificado su composición por desnaturalización, oxidación o cualquier otro proceso y entonces hay el peligro latente de que provoque daños colaterales que se añadan al mal original que motivó su uso.
Tercera. Dentro de la exposición de motivos, el promovente hace mención a que los medicamentos caducos no deben ser utilizados para combatir una enfermedad, porque se juega con la vida de quien los consume, especialmente de mexicanos de escasos recursos, que no cuentan con seguridad social y que los han comprado en el mercado negro o en las mismas farmacias. Más aún, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) precisó que en el mercado se venden muestras médicas que los laboratorios reparten para que sean entregadas de manera gratuita a los pacientes, medicamentos caducos, fármacos del sector salud y medicinas piratas o falsificadas.
Cabe mencionar que no hace mucho se aprobaron cambios en el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, con lo que se aumentaron las penas para quien adultere, falsifique, contamine o altere medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos de sus envases finales para uso o consumo humanos o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones o los venda. Este fue un gran avance contra la piratería de medicamentos, pero sobre todo lo fue en beneficio de la salud de los mexicanos.
En este sentido, es importante que las mismas penas se establezcan para quienes vendan medicamentos caducos, porque además de que su venta es un acto fraudulento, pone en riesgo la salud de quien los consuma.
Cuarta. Con respecto a la reforma de la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, es necesario mencionar que la Ley General de Salud hace referencia a los medicamentos caducos en su artículo 233:
Artículo 233. Quedan prohibidos la venta y suministro de medicamentos con fecha de caducidad vencida.
Sin embargo, a pesar de que se prevé sanción en el artículo 421 de la misma ley con una multa equivalente de seis mil hasta doce mil veces el salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate este castigo no es suficiente dada la gravedad del tema en cuestión.
Quinta. En el artículo 464 Ter, el que se pretende reformar, y al que se hace referencia en la exposición de motivos, se establece lo siguiente:
Artículo 464 Ter. En materia de medicamentos se aplicarán las penas que a continuación se mencionan, a la persona o personas que realicen las siguientes conductas delictivas:
I. y II. ...
III. A quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados, contaminados o adulterados, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, sus leyendas, información que contenga números o claves de identificación, que se encuentran falsificados, alterados o adulterados, le será impuesta una pena de uno a nueve años de prisión y multa de veinte mil a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.
Por lo tanto, como se mencionó en la exposición de motivos, es necesario que se aplique la misma sanción a quienes vendan o comercien con medicamentos caducos.
Sexta. Los integrantes de esta Comisión consideran que la iniciativa en cuestión es viable debido a que su objetivo es proteger a la población de los riesgos a la salud que representa la exposición y uso inadecuado de medicamentos caducos, además de proveer a la autoridad de más herramientas para atacar el mercado negro de medicamentos que existe en el país.
Por lo expuesto y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, fracción a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente proyecto de
Decreto que reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud
Artículo Único. Se reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 464 Ter. En materia de medicamentos se aplicarán las penas que a continuación se mencionan, a la persona o personas que realicen las siguientes conductas delictivas:
I. y II. ...
III. A quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados, contaminados, adulterados o caducos, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, sus leyendas, información que contenga números o claves de identificación, que se encuentran falsificados, alterados o adulterados, le será impuesta una pena de uno a nueve años de prisión y multa de veinte mil a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, a los 12 días del mes de diciembre del 2012.
La Comisión de Salud, diputados:Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo, Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Ernesto Núñez Aguilar, Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Los grupos parlamentarios han acordado no tener oradores, pero don Ricardo Monreal Ávila se ha inscrito y tiene el uso de la voz.
El diputado Ricardo Monreal Ávila: Ciudadano presidente. Ciudadanos legisladores, ciudadanas legisladoras, el derecho a la salud, consagrado en el párrafo tercero del artículo 4o. constitucional obliga al Estado, a través de los diferentes órdenes de gobierno, a la protección de este derecho fundamental.
Este derecho exige la generación de las condiciones por medio de las cuales todos pueden vivir lo más saludablemente posible. Estas comisiones comprenden la disponibilidad garantizada de servicio de salud, de trabajo saludable y seguro, vivienda, pero además también alimentos y que las instituciones de la República sirvan de manera correcta a la ciudadanía.
El derecho a la salud no debe limitarse al derecho de estar sano, sino a la obligación del cuidado de sí mismo, porque nosotros consideramos que México está atravesando por una crisis en materia de salud.
Este dictamen contiene un agregado al artículo en comento sobre la caducidad de las medicinas, medicamentos, fármacos y que casi siempre caminan en detrimento de la salud.
El aumentar y agregar esta expresión de la caducidad para que la sanción pertinente a todos aquellos que venden, transportan o comercializan fármacos en caducidad, se aplique porque generan graves riesgos a la salud de los ciudadanos.
En efecto, actualmente la venta de medicamentos en tianguis, bodegas, lugares clandestinos, incluso por Internet alcanza un 23.3 por ciento del mercado de estos productos, lo que representa alrededor de 582 mil 500 unidades, de conformidad con datos del Cofepris.
Las cifras hablan por sí solas, la venta de fármacos y medicamentos caducos es un problema que va en ascenso, sin duda representa un conflicto legal, económico, de las políticas públicas, por lo cual el adecuar esta expresión el día de ahora nos parece pertinente pero insuficiente.
Hace unos años éste fue un tema que discutimos en el Senado, ¿cómo eliminar el mercado negro para la venta de fármacos caducos, robados, falsificados, que provocan quebranto a la salud de los mexicanos?
Quiero comentarles que la salud es el bien más preciado de la humanidad, incluso en las grandes revueltas del país en 1810, en 1910, y ahora la historia se repite; las Revoluciones de Independencia y Mexicana estuvieron precedidas por crisis en la salud pública, por crisis sistémicas en alimentos, en desempleo y en inseguridad.
Lamentablemente en el país el hecho de existir estos tianguis y lugares clandestinos de venta de fármacos caducos son ahora una normalidad, y lo son porque en las instituciones del país, como el ISSSTE, el IMSS, el Seguro Popular, o los hospitales de las Secretarías de Salud en los estados no tienen capacidad de abastecer ni de suministrar medicamentos a los ciudadanos. Esto provoca el mercado negro en tianguis y lugares clandestinos y provoca un quebranto grave a la salud, por eso votaremos a favor de esta disposición.
Consideramos que es insuficiente la medida; se requiere un programa integral en materia de salud; estamos a la espera del servicio universal de salud, que debe aplicarse por tratarse de un compromiso de campaña. La sola aplicación del programa universal de salud pública que ofreció el PRI en campaña costará 1 billón de pesos.
Por eso lo que hacemos son pequeños parches, no está resolviéndose el problema de fondo. Votamos a favor, porque nadie podría estar en contra de que se sancione a quien venda fármacos caducos, es obvio, pero lo que requerimos son medidas integrales en materia de salud pública para la población nacional. Muchas gracias.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: En virtud de que no hay reservas y de que no hay más oradores, ábrase el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, a efecto de recabar votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
(Votación)
Diputados, de viva voz, por favor.
El diputado Luis Alberto Villarreal García(desde la curul): A favor.
El diputado Ricardo Anaya Cortés(desde la curul): A favor.
El diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño (desde la curul): A favor.
El diputado José González Morfín (desde la curul): A favor.
El diputado Julio César Moreno Rivera (desde la curul): A favor.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señora presidenta, se emitieron 408 votos a favor.
Presidencia de la diputada Patricia Elena Retamoza Vega
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobado en lo general y en lo particular por 408 votos el proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
LEY GENERAL DE SALUD
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente
Dictamen
I. Antecedentes
1. Con fecha 22 de marzo del 2012, los diputados Miguel Antonio Osuna Millán (PAN), Rodrigo Reina Liceaga (PRI), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (PRD), María Cristina Díaz Salazar (PRI), Marco Antonio García Ayala (PRI), Antonio Benítez Lucho (PRI), Perla López Loyo (PRI), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (PVEM), Jorge Kahwagi Macari (Nueva Alianza) y María del Pilar Torre Canales (Nueva Alianza), presentan iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha Iniciativa fuera turnada a la Comisión de Salud para su análisis y Dictamen correspondiente.
3. Según establece el Acuerdo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el Pleno de la LXI Legislatura, con fecha del 20 de Noviembre de 2012, la Mesa Directiva turna el asunto a la Comisión de Salud para emitir dictamen.
II. Metodología
La Comisión de Salud, encargada del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado Antecedentes, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la iniciativa.
En el apartado Contenido de la iniciativa, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la iniciativa en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En el apartado de Proceso de análisis, se da constancia de reuniones realizadas por la Junta Directiva de la Comisión, referentes al contenidos de la iniciativa.
En las Consideraciones, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
III. Contenido de la iniciativa
La iniciativa plantea plasmar en la Ley General de Salud, el cumplimiento obligatorio de las disposiciones implementadas por la Secretaría de Salud en materia de etiquetado de alimentos y bebidas pre envasadas para que de este modo se evite el sesgo en su aplicación y se logre estandarizar el mismo, de manera que constituya un verdadero apoyo a la población en general para realizar una adecuada toma de decisiones al seleccionar alimentos que posean un adecuado valor nutricional que coadyuve a una dieta saludable, promueva el óptimo desempeño intelectual, el sano desarrollo en niños y jóvenes y apoye la lucha contra la obesidad.
Ley General de Salud
Texto vigente
Artículo 210.Los productos que deben expenderse empacados o envasados llevarán etiquetas que deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas o disposiciones aplicables, y en el caso de alimentos y bebidas no alcohólicas, éstas se emitirán a propuesta de la Secretaría de Salud, sin menoscabo de las atribuciones de otras dependencias competentes.
Presente iniciativa
Artículo 210.Los productos que deben expenderse empacados o envasados llevarán etiquetas que deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas o disposiciones aplicables, y en el caso de alimentos y bebidas no alcohólicas, éstas se emitirán a propuesta de la Secretaría de Salud, sin menoscabo de las atribuciones de otras dependencias competentes.
Se establece con carácter de obligatoriedad la declaración nutrimental obligatoria y la declaración nutrimental complementaria de la Norma Oficial Mexicana que se refiere al etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas pre-envasados, destinada a informar al consumidor sobre las propiedades nutrimentales de un alimento o bebida no alcohólica preenvasada.
IV. Consideraciones
Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4°:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda.Debido a que la presente Iniciativa busca hacer obligatoria la parte complementaria de la NOM que se basa en la Norma Oficial Mexicana que se refiere al etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas pre-envasados, destinada a informar al consumidor sobre las propiedades nutrimentales de un alimento o bebida no alcohólica preenvasadas, a continuación señalamos la parte de la NOM indicada de la Información obligatoria y complementaria:
3.22Información nutrimental
Toda descripción destinada a informar al consumidor sobre las propiedades nutrimentales de un alimento o bebida no alcohólica preenvasado. Comprende dos aspectos:
a) La declaración nutrimental obligatoria.
b) La declaración nutrimental complementaria.
...
4.2.8 Información nutrimental
4.2.8.1 La declaración nutrimental en la etiqueta de los productos preenvasados es obligatoria.
4.2.8.2 Nutrimentos que deben ser declarados.
4.2.8.2.1 Es obligatorio declarar lo siguiente, con excepción de los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados regulados por otros ordenamientos jurídicos aplicables:
a) Contenido energético;
b) La cantidad de proteínas;
c) La cantidad de hidratos de carbono o carbohidratos disponibles, indicando la cantidad correspondiente a azúcares;
d) La cantidad de grasas o lípidos, especificando la cantidad que corresponda a grasa saturada;
e) La cantidad de fibra dietética;
f) La cantidad de sodio;
g) La cantidad de cualquier otro nutrimento acerca del cual se haga una declaración de propiedades;
h) La cantidad de cualquier otro nutrimento que se considere importante, regulado por los ordenamientos jurídicos aplicables.
4.2.8.2.2 Cuando se haga una declaración específica de propiedades referente a la cantidad o tipo de hidrato de carbono o carbohidrato, podrán indicarse también las cantidades de almidón y/u otros constituyentes de hidratos de carbono.
4.2.8.2.3 Cuando se haga una declaración de propiedades con respecto a la cantidad o el tipo de ácidos grasos o la cantidad de colesterol deben declararse las cantidades de: ácidos grasos trans, ácidos grasos monoinsaturados, ácidos grasos poliinsaturados y colesterol.
4 .2.8.2.4 Independientemente de lo establecido en el numeral 4.2.8.1, quedan exceptuados de incluir la información nutrimental los siguientes productos siempre y cuando no incluyan alguna declaración de propiedades:
i. Productos que incluyan un solo ingrediente,
ii. Hierbas, especias o mezcla de ellas,
iii. Extractos de café, granos de café enteros o molidos descafeinados o no,
iv. Infusiones de hierbas, té descafeinado o no, instantáneo y/o soluble que no contengan ingredientes añadidos,
v. Vinagres fermentados y sucedáneos,
vi. Aguas purificadas embotelladas, aguas minerales naturales.
4.2.8.3 Presentación de la información nutrimental
4.2.8.3.1 La declaración nutrimental debe hacerse en las unidades que correspondan al Sistema General de Unidades de Medida NOM-008-SCFI-2002, citada en el capítulo de referencias. Adicionalmente, se pueden emplear otras unidades de medidas. Tratándose de fibra dietética, vitaminas y nutrimentos inorgánicos (minerales), éstos se deben sujetar a lo establecido en el inciso 4.2.8.3.5
4.2.8.3.2La declaración sobre el contenido energético debe expresarse ya sea en kJ (kcal) por 100 g, o por 100 ml, o por porción en envases que contengan varias porciones, o por envase cuando éste contiene sólo una porción.
4.2.8.3.3 La declaración sobre la cantidad de proteínas, hidratos de carbono (carbohidratos), lípidos (grasas), y sodio que contienen los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados debe expresarse en unidades de medida por 100 g o por 100 mL o por porción o por envase, si éste contiene sólo una porción.
4.2.8.3.4 La declaración numérica sobre fibra dietética, vitaminas y nutrimentos inorgánicos (minerales) debe expresarse en unidades de medida o en porcentaje de los valores nutrimentales de referencia, o en ambos por 100 g, o por 100 mL, o por porción en envases que contengan varias porciones, o por envase cuando éste contiene sólo una porción.
4.2.8.3.5 Para estos casos, se debe emplear la siguiente tabla de ingestión diaria sugerida e ingestión diaria recomendada, para la población mexicana según corresponda.
4.2.8.3.6. La información nutrimental puede presentarse de la siguiente manera o análogas conforme lo indicado en la tabla 3:
4.2.8.3.7 Tolerancias y cumplimiento
La Secretaría de Salud puede establecer límites de tolerancia en relación con las exigencias de salud pública, en materia de la información nutrimental. La estabilidad en almacén, la precisión de los análisis, el diverso grado de elaboración y la inestabilidad y variabilidad propias del nutrimento en el producto, dependiendo de si el nutrimento ha sido añadido al producto o se encuentra naturalmente presente en él, se regularán a través de normas oficiales mexicanas.
4.2.8.3.8 Los valores de composición bromatológica que figuren en la declaración de nutrimentos del alimento o bebida no alcohólica preenvasado, deben ser valores medios ponderados derivados por análisis, bases de datos o tablas reconocidas internacionalmente.
4.2.9 Declaración de propiedades nutrimentales
4.2.9.1 No obstante lo establecido en la presente norma, toda declaración respecto de las propiedades nutrimentales debe sujetarse a lo dispuesto en la NOM-086-SSA1 (ver referencias).
4.2.10 Presentación de los requisitos obligatorios
4.2.10.1 Generalidades
4.2.10.1.1 Las etiquetas que ostenten los productos preenvasados deben fijarse de manera tal que permanezcan disponibles hasta el momento del consumo en condiciones normales, y deben aplicarse por cada unidad, envase múltiple o colectivo.
4.2.10.1.2 Cuando la información comercial obligatoria de los alimentos o bebidas no alcohólicas preenvasados que van destinados al consumidor final se encuentre en un envase múltiple o colectivo, no será necesario que dicha información aparezca en la superficie del producto individual. Sin embargo, la indicación del lote y la fecha de caducidad o de consumo preferente deben aparecer en los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados individuales. Además, en los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados se debe indicar siempre en lo individual la leyenda No etiquetado para su venta individual, cuando éstos no tengan toda la información obligatoria o una frase equivalente.
4.2.10.1.3 Los datos que deben aparecer en la etiqueta deben indicarse con caracteres claros, visibles, indelebles y en colores contrastantes, fáciles de leer por el consumidor en circunstancias normales de compra y uso.
El dato relativo al lote, fecha de caducidad o de consumo preferente puede ser colocado en cualquier parte del envase.
4.2.10.1.4Cuando el envase esté cubierto por una envoltura, debe figurar en ésta toda la información aplicable, a menos de que la etiqueta del envase pueda leerse fácilmente a través de la envoltura exterior.
4.2.10.1.5 Deben aparecer en la superficie principal de exhibición del producto cuando menos la marca, la declaración de cantidad y la denominación del alimento o bebida no alcohólica preenvasado y aquella cuya ubicación se haya especificado. El resto de la información a que se refiere esta Norma Oficial Mexicana, puede incorporarse en cualquier otra parte del envase.
4.2.11 Idioma
4.2.11.1 Los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados deben ostentar la información obligatoria a que se refiere esta Norma Oficial Mexicana en idioma español, sin perjuicio de que se exprese en otros idiomas. Cuando la información se exprese en otros idiomas debe aparecer también en español, cuando menos con el mismo tamaño y de manera igualmente ostensible.
4.2.11.2 La presentación de información o representación gráfica adicional en la etiqueta a la señalada en esta Norma Oficial Mexicana, que puede estar presente en otro idioma, es facultativa y, en su caso, no debe sustituir, sino añadirse a los requisitos de etiquetado de la presente Norma, siempre y cuando dicha información resulte necesaria para evitar que se induzca a error o engaño al consumidor.
4.3 Requisitos opcionales de información
4.3.1 Información nutrimental complementaria
El uso de información nutrimental complementaria, escrita o gráfica, en las etiquetas de los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados es opcional y en ningún caso debe sustituir la declaración de los nutrimentos, excepto en los alimentos y bebidas no alcohólicas modificados en su composición, debiendo cumplir con la NOM 086 SSA1 (Ver referencias).
4.3.1.1 Cuando se presente la declaración nutrimental complementaria, debe aplicarse cualquiera de los siguientes criterios:
a) La inclusión de uno de los siguientes nutrimentos no obliga a incluir uno de los otros y sólo se realiza si se tiene asignado un VNR y el contenido de la porción esté por arriba del 5% de la VNR referido (ya sea IDR o IDS):
Vitamina A (% VNR), Vitamina E (%VNR), Vitamina C (% VNR), Vitamina B1 (Tiamina) (% VNR), Vitamina B2 (Riboflavina) (%VNR), Vitamina B6 (Piridoxina) (%VNR), Vitamina B12 (%VNR), Vitamina D (%VNR), Vitamina K (%VNR), Acido pantoténico (%VNR), (Cobalamina) (%VNR), Acido fólico (Folacina) (%VNR), Niacina (Acido nicotínico) (%VNR), Calcio (%VNR), Fósforo (% VNR), Magnesio (%VNR), Hierro (%VNR), Zinc (%VNR), Yodo (%VNR). Cobre (%VNR), Cromo (%VNR), Flúor (%VNR), Selenio (%VNR).
b) Todos o ninguno de los siguientes:
Grasa poliinsaturada ___ g; grasa monoinsaturada __ g; ácidos grasos trans __ g; colesterol ___ mg.
c) La inclusión de uno de los siguientes no obliga a incluir a los otros:
Almidones ___ g; polialcoholes ___ g; polidextrosas ___ g.
d) Al expresar los tipos de constituyentes de hidratos de carbono (carbohidratos) y de grasas (lípidos) referidos en 4.2.8.2.1, incisos c) y d) se debe anteponer el texto del cual o de los cuales u otros análogos
e) Número de porciones por presentación.
4.3.1.2 La información nutrimental complementaria puede presentarse conforme a lo indicado en la tabla 4.
Tabla 4-Presentación de la declaración nutrimental complementaria
Nutrimentos/ Porcentaje del VNR (IDR o IDS)
Vitamina A______ %
Vitamina B1 (Tiamina)______ %
Vitamina B2 (Riboflavina)______ %
Vitamina B6 (Piridoxina)______ %
Vitamina B12 (Cobalamina)______ %
Vitamina C (Acido ascórbico)______ %
Niacina (Acido nicotínico)______ %
Acido fólico (Folacina)______ %
Hierro______ %
4.3.2 Instrucciones para el uso.
La etiqueta debe contener las instrucciones de uso cuando sean necesarias sobre el modo de empleo, incluida la reconstitución, si es el caso, para asegurar una correcta utilización del alimento o bebida no alcohólica preenvasado.
4.4Información adicional
En la etiqueta puede presentarse cualquier información o representación gráfica así como materia escrita, impresa o gráfica, siempre que no esté en contradicción con los requisitos obligatorios de la presente norma, incluidos los referentes a la declaración de propiedades establecidos en el apartado 4.1.1.
4.4.1 Cuando se empleen designaciones de calidad, éstas deben ser fácilmente comprensibles, evitando ser equívocas o engañosas en forma alguna para el consumidor.
4.4.2 Asimismo, en la etiqueta puede presentarse cualquier información o representación gráfica que indique que el envase que contiene el alimento o bebida no alcohólica preenvasado no afecta al ambiente, evitando que sea falsa o equívoca para el consumidor.
Tercera. Se reforman el artículo 210 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 210.Los productos que deben expenderse empacados o envasados llevarán etiquetas que deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas o disposiciones aplicables, y en el caso de alimentos y bebidas no alcohólicas, éstas se emitirán a propuesta de la Secretaría de Salud, sin menoscabo de las atribuciones de otras dependencias competentes.
Se establece con carácter de obligatoriedad la declaración nutrimental obligatoria y la declaración nutrimental complementaria de la Norma Oficial Mexicana que se refiere al etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas pre-envasados, destinada a informar al consumidor sobre las propiedades nutrimentales de un alimento o bebida no alcohólica preenvasada.
De lo anterior se advierte que las NOMS están en un permanente cambio, por un constante avance tecnológico, por lo que pueden ser inaplicables por alguna NOM emitida ulteriormente que trate sobre un tema de similar objeto; por lo anterior, es menester dispensar o modificar el texto adicionado por lo que se refiere al número de NOM específico, con la única y exclusiva finalidad de no reformar ni adicionar el párrafo segundo del precepto en comento de forma constante, ya que toda Ley, por naturaleza, pretende ser perpetua y permanente.
No obstante se sugiere no indicar de forma expresa la NOM en específico, en caso de que se pretenda que algún concepto, supuesto o hipótesis normativa contenida en las NOMS, se incluya en la Ley General de Salud, entonces se considera incorporar dicha hipótesis normativa, mas no la NOM de referencia, por los razonamientos antes precisados. Dicho lo anterior se sugiere que quede como sigue:
Artículo 210.Los productos que deben expenderse empacados o envasados llevarán etiquetas que deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas o disposiciones aplicables, y en el caso de alimentos y bebidas no alcohólicas, éstas se emitirán a propuesta de la Secretaría de Salud, sin menoscabo de las atribuciones de otras dependencias competentes.
Se establece con carácter de obligatoriedad incluir la declaración nutrimental obligatoria del etiquetado y cuando el producto reclame poseer propiedades agregadas, deberá también acatarse el etiquetado complementario.
Cuarta.La Iniciativa es viable con las siguientes modificaciones:
Propuesta
Artículo 210.Los productos que deben expenderse empacados o envasados llevarán etiquetas que deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas o disposiciones aplicables, y en el caso de alimentos y bebidas no alcohólicas, éstas se emitirán a propuesta de la Secretaría de Salud, sin menoscabo de las atribuciones de otras dependencias competentes.
Se establece con carácter de obligatoriedad la declaración nutrimental obligatoria y la declaración nutrimental complementaria de la Norma Oficial Mexicana que se refiere al etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas pre-envasados, destinada a informar al consumidor sobre las propiedades nutrimentales de un alimento o bebida no alcohólica preenvasada.
Modificación de propuesta
Artículo 210.Los productos que deben expenderse empacados o envasados llevarán etiquetas que deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas o disposiciones aplicables, y en el caso de alimentos y bebidas no alcohólicas, éstas se emitirán a propuesta de la Secretaría de Salud, sin menoscabo de las atribuciones de otras dependencias competentes.
Se establece con carácter de obligatoriedad incluir la declaración nutrimental obligatoria del etiquetado y cuando el producto reclame poseer propiedades agregadas, deberá también acatarse el etiquetado complementario.
Quinta.- Debido a la magnitud del problema actual con respecto a la falta de educación con respecto al grave problema de sobrepeso y obesidad en México, y a la necesidad imperante de colocar términos nuevos, innovadores, prácticos y útiles para los mexicanos, los integrantes de esta comisión concuerdan profundamente con el espíritu de la Iniciativa en comento, y la consideran viable con modificaciones.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado
Artículo Único:Se adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado, para quedar como sigue:
Artículo 210. ...
Se establece con carácter de obligatoriedad incluir la declaración nutrimental obligatoria del etiquetado y cuando el producto reclame poseer propiedades agregadas, deberá también acatarse al etiquetado complementario.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, a los 12 días del mes de diciembre del 2012
La Comisión de Salud, diputados:Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo, Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Ernesto Núñez Aguilar, Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Para este punto algunas fracciones parlamentarias ya fijaron su posicionamiento. En lista solamente tenemos al diputado Gerardo Villanueva Albarrán, del Partido de Movimiento Ciudadano, quien tiene el uso de la voz, hasta por cinco minutos.
El diputado Gerardo Villanueva Albarrán: Existe un uso desmedido, desregulado y concentrado de los medios masivos de comunicación y esto ha generado una verdadera anarquía en la producción de contenidos publicitarios y discursos audiovisuales destinados al mercado y a la generación de arquetipos sociales que orientan al consumo masivo.
Los productos chatarra han enriquecido a productores, distribuidores y anunciadores con la venta masiva de esas mercancías. Para vender sus productos se esconden detrás de artificios publicitarios, de personajes famosos y de necesidades primordiales, e incluso la manipulación de emociones con publicidad de contenidos sexistas y hasta discriminatorios, por lo que preocupa sobremanera que en afán de lucro desmedido puedan omitir información relevante sobre las consecuencias de sus productos y se debe hacer valer el derecho a la información, a la salud y a la vida.
Es por eso que los diputados que formamos parte del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano hemos votado este paquete de reformas y en particular ésta también la vamos a votar a favor.
Sin embargo, quiero hacer un llamado respetuoso pero muy puntual a la Comisión de Salud de esta Cámara de Diputados. Les felicito que al día de hoy se estén llevando a cabo estas reformas que son fundamentales y lo alarmante es que hayan pasado tantos años sin que se hubiera hecho nada al respecto. En buen momento; felicidades.
Pero quiero pedirles a mis compañeros diputados y compañeras diputadas que se pronuncien de manera muy clara, de manera contundente, a este rumor que va creciendo y sigue creciendo, que tiene que ver con el incremento al impuesto al valor agregado que si ya de por sí es muy elevado el 16 por ciento, elevarlo un punto porcentual sería criminal contra la economía popular de nuestro pueblo. Pero además se está planteando que el IVA se extendería a alimentos, a transporte, a educación y a medicinas.
Necesitamos saber cuál es la posición de los representantes del pueblo; los que están trabajando en esta comisión de la Cámara de Diputados, y conocer si hay un rechazo contundente a esta medida antipopular, o como ha sucedido en otros temas, los representantes del pueblo se quedarán en silencio.
Por otro lado, espero que así como el día de hoy estamos votando a favor estas reformas a la Ley General de Salud pronto reconstruyamos el sistema de seguridad social, que en los últimos 30 años ha sufrido de un desmantelamiento que padece el pueblo de México.
En el ISSSTE y en el IMSS no hay buena atención, no hay medicinas y tenemos que corregir esto desde la Cámara de Diputados, no nada más asignando los recursos suficientes, sino garantizando con sanciones, si fuera necesario, de que el pueblo enfermo no se nos muera por negligencia de nuestras instituciones y por omisiones legislativas.
Espero que pronto en lugar de estar hablando del Seguro Popular que ni es seguro y ni es popular estemos planteando un sistema universal de salud.
Esos son los temas que muy pronto a mí, y muy seguramente a mi grupo parlamentario, le gustará votar a favor y de manera unánime en esta tribuna y en esta Cámara de Diputados. Muchas gracias, diputada presidenta; es cuanto.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado. Agotada la lista de oradores y no habiendo artículos reservados, se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
(Votación)
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Nos visitan hoy de la Universidad Autónoma de Querétaro estudiantes de la licenciatura en derecho e ingeniería, invitados por el diputado Marcos Aguilar Vega. Sean ustedes bienvenidos.
Saludamos a un grupo de mujeres de León, Guanajuato, invitadas por la diputada Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares. Bienvenidas.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Ciérrese el sistema de votación electrónico. De viva voz.
La diputada Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares(desde la curul): A favor.
El diputado Luis Alberto Villarreal García(desde la curul): A favor.
El diputado Ricardo Anaya Cortés (desde la curul): A favor.
El diputado José González Morfín (desde la curul): A favor.
El diputado Federico José González Luna Bueno (desde la curul): A favor.
El diputado Genaro Carreño Muro(desde la curul): A favor.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Se emitieron 401 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobado en lo general y en lo particular por 401 votos el proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
El siguiente punto del orden del día es dictámenes en sentido negativo.
LEY GENERAL PARA LA INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Honorable Asamblea:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y; 80, 84, 85, 152, 157 numeral 1, fracción I, 167, numeral 4, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el presente dictamen en sentido negativo, al tenor de los siguientes
Antecedentes
I. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 27 de septiembre de 2012, el diputado Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa que reforma el artículo 21 de la Ley para la Inclusión de Personas con Discapacidad.
II. En la misma sesión, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en uso de sus facultades, y mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-2-34 instruyó el turno de la iniciativa a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para el estudio y dictamen.
III. La Presidencia de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables turnó a la Subcomisión Atención a Personas con Discapacidad, el expediente para la elaboración de un pre dictamen, con fundamento en el artículo 152 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
IV. Con base en lo anterior, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de esta LXII Legislatura, procedió al análisis de la iniciativa y la elaboración del presente pre dictamen.
Contenido de la iniciativa
1. El proponente propone la adición de una fracción IV y recorrer la actual fracción IV para quedar como V, del artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
2. La nueva IV fracción del artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, otorgaría un apoyo económico bimestral equivalente a 30 días de salario mínimo vigente en el área geográfica donde habiten, a las familias en situación de pobreza o marginación, que tengan entre sus miembros a alguna persona con discapacidad permanente que limite su autonomía.
3. El proponente explica que esta propuesta del PAN fue presentada en los mismos términos en la LXI Legislatura, por la diputada Trinidad Luna Ruiz el 27 de septiembre de 2011 y que esta fue desechada el 16 julio de 2012 por la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.
4. En la exposición de motivos asegura que 5.1 por ciento de la población del país sufre algún tipo de discapacidad, según el censo del 2010 y que esta condición afecta las familias en pobreza por los costos de manutención y la imposibilidad de incorporarse al mercado laboral. Calcula que 63 por ciento de la población con discapacidad se encuentra en los dos quintiles de los hogares más pobres del país, lo que demuestra la vulnerabilidad de este grupo de la población y la necesidad de establecer acciones focalizadas para contribuir a la igualdad de oportunidades y disminuir los niveles de pobreza.
5. Manifiesta que la responsabilidad deberá recaer en la Secretaría de Desarrollo Social, en coordinación con el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, quienes definirán los lineamientos para identificar y entregar el apoyo económico a las familias que se mencionan en la propuesta.
Consideraciones
1. Esta Comisión de Atención a Grupos Vulnerables analizó y discutió el contenido, así como la factibilidad económica de entregar un apoyo económico equivalente a 30 días de salario mínimo, bimestralmente, a las familias de las más de 5`000,000 de personas con discapacidad.
Estimando que el costo anual por persona, con base al salario mínimo actual en la zona a de 62.33 pesos, el beneficio de 11 mil 219.4, a 5 millones de familias, representaría un impacto anual en el Presupuesto de 56 mil 297 millones de pesos.
2. El gasto total programado y autorizado por la honorable Cámara de Diputados durante el 2012 para el ramo 20, del Desarrollo Social, fue de 84 mil 859 millones 857 mil 194 pesos. De aprobarse la propuesta, el monto que se destinaría a este programa equivaldría al 66.34 por ciento de lo aprobado en el gasto. Igualmente, equivaldría a más de doce veces el gasto aprobado para la educación superior, que fue de 4 mil 428 millones 703 mil 273 pesos.
3. Si se tratara de limitar el beneficio a las familias del 63 por ciento de las personas en condición de discapacidad y de pobreza, se estaría cometiendo una discriminación que contraviene los principios generales de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el artículo 5o. de ese documento, signado y ratificado por el Estado mexicano.
4. Es de la opinión general que, en el caso de la discapacidad, si ha de destinarse un presupuesto tan alto, debería hacerlo para la atención y rehabilitación; la investigación médica y científica para la prevención y atención de la discapacidad; la infraestructura hospitalaria y de centros de rehabilitación; la creación de fondos específicos para la atención de pacientes y campañas de prevención y concientización de enfermedades prevenibles; etcétera.
Por lo expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, presentada por el diputado Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Segundo. Archívese el expediente como asunto resuelto y totalmente concluido.
Así lo acuerdan los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, el 12 de febrero de 2013.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados:Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Sosa Govea (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernanda Schroeder Verdugo (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Genaro Carreño Muro (rúbrica en contra), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica en contra), Josefina Salinas Pérez (rúbrica), secretarios; José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Mariana Dunayaska García Rojas (rúbrica en contra), Raquel Jiménez Cerrillo, Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), Roberto López Rosado (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica en contra), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo.»
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Honorable Asamblea:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 84, 85, 152, 157, numeral 1, fracción I, 167, numeral 4, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el presente dictamen, en sentido negativo, al tenor de los siguientes
Antecedentes
I. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en fecha 19 de diciembre de 2012, el Diputado José Angelino Caamal Mena del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, presentó iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
II. En la misma sesión, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados en uso de sus facultades, y mediante oficio No. DGPL62-II-5-316, instruyó el turno de la iniciativa a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para su estudio y dictamen.
III. La Presidencia de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con fecha 20 de diciembre de 2012, turnó a la Subcomisión de Atención a las Personas Adultas Mayores, el expediente para la elaboración de un pre-dictamen con fundamento en el Artículo 152 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
IV. Con base en lo anterior, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de esta LXII Legislatura, procedió al análisis de la iniciativa y la elaboración del presente dictamen.
Contenido de la iniciativa
1. El Diputado José Angelino Caamal Mena del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, propone la adición de una letra e minúscula a la fracción II; una letra d minúscula a la fracción III; un párrafo segundo a la fracción V; una letra d a la fracción VI; y un párrafo segundo a la fracción IX, todas del artículo 5° y, una reforma a los artículos 9 y 10, todos de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
2. Explica el proponente que los Adultos Mayores constituyen una población que sufre malos tratos y abandono, además de violencia física y psicológica, respecto de lo cual al Estado Mexicano le atribuye la obligación de implementar políticas públicas y mecanismos jurídicos para hacer efectivos los derechos humanos de este sector de población.
3. Argumenta el proponente que el objeto de su iniciativa es que se garantice a los adultos mayores, que tendrán derecho de prelación según corresponda; el acceso a la administración y procuración de justicia; el derecho a recibir información nutricional y alimentación complementaria; el derecho a recibir apoyo directo por las autoridades laborales en caso de controversia por los servicios prestados; y, la obligación de la autoridad para investigar las causas y efectos del maltrato a esas personas.
4. Propone insertar en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, un nuevo concepto de lo que debe entenderse por alimentos, el cuál comprenderá además los cuidados físicos, medicinales, nutricionales, culturales, recreativos, de esparcimiento, y en su caso, también los educativos y de procuración de los servicios de salud.
5. También se plantea insertar una definición de lo que debe entenderse por maltrato, considerando que lo existente se presta a confusión.
Consideraciones
1. Esta Comisión de Atención a Grupos Vulnerables analizó y discutió el contenido de la iniciativa sujeta a dictamen y determinó que lo procedente es proponer al Pleno de la Cámara de Diputados su desechamiento y el archivo del expediente como asunto resuelto y totalmente concluido.
2. En efecto, las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables estudiaron la iniciativa, la analizaron y tomaron en consideración que el concepto de alimentos que se propone en esta iniciativa, contraviene lo establecido por el artículo 308 del Código Civil Federal vigente, y, por otra parte se tomaron en consideración que lo que se pretende regular con las adiciones y reformas propuestas, ya se encuentra previsto por los ordenamientos legales vigentes en forma tácita e incluso, de manera expresa y que además, ya existen programas, políticas públicas y disposiciones diversas que garantizan y atienden lo que se pretende adicionar y modificar.
3. En este orden de ideas, la opinión general de las diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables es el de emitir el presente dictamen en sentido negativo.
Por lo antes expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura, somete al Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada por el Diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario Nueva alianza.
Segundo. Archívese el expediente como asunto resuelto y totalmente concluido.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 12 de febrero de 2013.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados:Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Calderón Ramírez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Genaro Carreño Muro (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Josefina Salinas Pérez, secretarios; José Angelino Caamal Mena, Martha Beatriz Córdova Bernal, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo, Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), Roberto López Rosado, Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo.»
LEY QUE CREA EL CENTRO PUBLICO DE ATENCION VETERINARIA
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Ganadería, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que crea el Centro Público de Atención Veterinaria
Honorable Asamblea
A la Comisión de Ganadería de la LXII Legislatura fue turnada para estudio, análisis y dictamen correspondiente la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley que crea el Centro Público de Atención Veterinaria.
La Comisión de Ganadería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45, numeral 6, incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes
Antecedentes
En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 22 de agosto de 2012, la entonces diputada Ma. Dina Herrera Soto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley que crea el Centro Público de Atención Veterinaria.
En esa misma fecha la Presidencia turnó la iniciativa a la entonces Comisión de Agricultura y Ganadería.
La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados en fecha 30 de octubre de 2012 modificó el turno de la iniciativa en comento a la Comisión de Ganadería para estudio y dictamen correspondiente con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Con fecha 5 de febrero la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública envió a la comisión dictaminadora la opinión de impacto presupuestario.
Contenido de la iniciativa
La iniciante expone que esta iniciativa pretende la creación del Centro Público de Atención Veterinaria, cuyo funcionamiento es esencial para poder cubrir las necesidades de salud tanto de los animales domésticos en estado de calle como de aquellas mascotas con dueños de pocos recursos que no pueden abonar los altos costos de una veterinaria; silvestres que no sean nocivos al hombre o silvestres mantenidos en cautiverio en el área de los padecimientos de la población animal, así como animales de cría ganado vacuno, porcino, equino, ovino, caprino, caballar, avícola, apícola y cunícula, entre otros más que son fuente de ingresos de muchas personas en las zonas rurales y que no cuentan con los recursos suficientes para darles atención veterinaria a sus animales.
La autora de la iniciativa plantea que un centro de atención será de gran ayuda para todos los ciudadanos que tengan mascotas y animales de cría, promoviendo el cuidado y respeto por los animales y ofrecer un servicio integral a la ciudadanía. El centro trabajaría con médicos veterinarios y con asociaciones protectoras de animales proporcionando la asistencia del animal enfermo, ofreciendo asistencia gratuita a bajo costo a animales domésticos y de cría de personas con bajos recursos que, de otra manera, no podrían atender a sus animales.
La creación del Centro Público de Atención Veterinaria será en el Distrito Federal y con centros de atención en las delegaciones de los estados, que podrán ser fijos o móviles, según las necesidades regionales. Ya que en lugares como las grandes ciudades será más necesaria la instalación de un Centro Público de Atención Veterinaria fijo con toda la infraestructura que conlleve, y en otros lugares se podrá utilizar de forma más eficiente una unidad móvil que cuente con todo el equipamiento para la atención de los animales de la región.
Por otro lado, también se propone que la Dirección Nacional de Salud Animal dependiente del Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) controle el buen funcionamiento de todos los centros públicos de atención veterinaria, como también el cumplimiento de la realización de las esterilizaciones masivas, planificará campañas de educación ambiental y animal formal en las escuelas e instituciones públicas y facilitará propuestas de planes de estudio, como también campañas a través de medios gráficos, radiales y televisivos para poder informar, concientizar y educar a toda la población, en función de las necesidades regionales.
Asimismo, se propone la creación del Sistema Nacional de Salud Animal, dependiente de la Secretaría de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa).
Los centros públicos de atención veterinaria contarían con una guardia de atención las 24 horas los 365 días del año, además de la esterilización quirúrgica de animales callejeros o domiciliados deberá realizarse en forma permanente en todo el territorio nacional.
Los centros públicos de atención veterinaria, CPAV, serán atendidos por médicos veterinarios zootecnistas con título profesional y por personal voluntario con marcada predisposición para atención y cuidado de animales y podrán realizar estudios e investigaciones clínicas en el área de los padecimientos de la población animal para la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de enfermedades animales.
Consideraciones
La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública emitió la opinión correspondiente a esta iniciativa bajo las siguientes consideraciones:
Para la elaboración de la opinión con fundamento en el tercer párrafo del artículo 18 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el numeral 3 del artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se solicitó al Centro de Estudios de Finanzas Públicas, mediante oficio numero CPCP/ST/115/12 la valoración del impacto presupuestal de la iniciativa en estudio.
Con base en la valoración de impacto presupuestal, emitido por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas se observa que se tendría un impacto presupuestario de entre los 374.8 millones de pesos (limite bajo) y los 397.3 millones de pesos (limite alto).
Para determinar el impacto presupuestal, se realizaron los siguientes supuestos y cálculos:
Se asume que el costo de obra y equipamiento de cada CPAV es equiparable al costo de obra y equipamiento de un centro de salud humano pequeño.
Se consultaron los costos de obra y equipamiento de dos centros de salud de diferentes dimensiones con 1 consultorio y con 2 consultorios más una vivienda médica.
Se generaron dos supuestos con los correspondientes escenarios presupuestales.
El escenario A consta de un centro de salud de dos consultorios y vivienda médica (el correspondiente a la sede en el DF) más 31 centros de salud de un consultorio en las entidades federativas. El escenario B considera la construcción y equipamiento de 16 centros de un consultorio.
1. Determina la creación del CAPV con sede en el Distrito Federal y con delegaciones en las entidades federativas (Artículo 1). Asimismo, señala las atribuciones de presentar servicios de salud a animales enfermos, fundamentalmente cuando se hallan en manos de personas de escasos recursos económicos (artículo 2, fracción III).
2. En materia de recursos humanos, el CPAV contaría con un director general elegido para un periodo de seis años (artículos 4 y 10).
Asimismo, el director sería asesorado por un consejo técnico consultivo cuya integración, organización y funcionamiento se determinarían posteriormente en el estatuto orgánico que corresponda.
Además establece la creación de un órgano de vigilancia integrado por un comisario público y un suplente (artículo 6).
Derivado de lo anterior la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública plantea el impacto presupuestal de la iniciativa en estudio el cual se desglosa a continuación:
Fuente: Elaborado por el Centro de Estudios de Finan- zas Públicas, de la H. Cámara de Diputados.
Con fundamento en lo anterior la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública emitió la siguiente opinión.
Primero. La iniciativa con proyecto de decreto que expide las ley que crea el centro público de atención veterinaria; presentada por la entonces diputada Ma. Dina Herrera Soto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó un impacto presupuestario de entre los 374.8 millones de pesos (límite bajo) y los 397.3 millones de pesos (límite alto).
Cabe destacar que actualmente el Senasica destina recursos presupuestales en materia de salud animal, vigilancia epidemiológica e inspección, puesta en marcha y evaluación de campañas zoosanitarias, así como autorización de médicos veterinarios responsables para las unidades de producción en diversos establecimientos con presencia en todo el país.
Por esta razón, se estima que el posible impacto presupuestario derivado de las atribuciones señaladas por el artículo 18 de la iniciativa, podrían cubrirse con reducciones presupuestarias al interior del presupuesto de la dependencia, el cual en 2012 ascendió a 4 mil 618.8 mdp.
Segundo. Remítase la presente opinión a la Comisión de Ganadería, para los efectos a que haya lugar.
Tercero. Por oficio comuníquese la presente opinión a la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, para su conocimiento.
La Comisión de Ganadería realizó el estudio correspondiente, teniendo en cuenta los siguientes puntos para emitir este dictamen:
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es nuestra norma fundamental, en la cual establece nuestra forma de gobierno en el artículo 40 que a la letra dice:
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
En ese sentido el artículo 124 establece:
Artículo 124. Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados.
De estos artículos anteriores se desprende que las entidades federativas tienen la libertad de establecer su organización política, así como dictar las normas relativas a su funcionamiento quedando exclusivamente a la federación las facultades que esta misma constitución le confiere.
Es por eso que el artículo 73 constitucional establece claramente las facultades que tiene el Congreso de la Unión para legislar, dicho precepto cuenta con 30 fracciones, siendo las primeras 29 las facultades expresas, mientras que la treinta se refiere a lo que la doctrina ha denominado facultades implícitas, ya que dicha fracción señala que el Congreso tendrá facultad para expedir todas las leyes que sean necesarias a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión.
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
I. Para admitir nuevos estados a la Unión federal;
II. Derogada.
III. Para formar nuevos estados dentro de los límites de los existentes, siendo necesario al efecto:
1o. Que la fracción o fracciones que pidan erigirse en estados, cuenten con una población de ciento veinte mil habitantes, por lo menos.
2o. Que se compruebe ante el Congreso que tiene los elementos bastantes para proveer a su existencia política.
3o. Que sean oídas las legislaturas de los estados de cuyo territorio se trate, sobre la conveniencia o inconveniencia de la erección del nuevo estado, quedando obligadas a dar su informe dentro de seis meses, contados desde el día en que se les remita la comunicación respectiva.
4o. Que igualmente se oiga al Ejecutivo de la federación, el cual enviará su informe dentro de siete días contados desde la fecha en que le sea pedido.
5o. Que sea votada la erección del nuevo estado por dos terceras partes de los diputados y senadores presentes en sus respectivas Cámaras.
6o. Que la resolución del Congreso sea ratificada por la mayoría de las legislaturas de los estados, previo examen de la copia del expediente, siempre que hayan dado su consentimiento las legislaturas de los estados de cuyo territorio se trate.
7o. Si las Legislaturas de los estados de cuyo territorio se trate, no hubieren dado su consentimiento, la ratificación de que habla la fracción anterior, deberá ser hecha por las dos terceras partes del total de Legislaturas de los demás Estados.
IV. Derogada.
V. Para cambiar la residencia de los supremos Poderes de la federación.
VI. Derogada;
VII. Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el Presupuesto.
VIII. Para dar bases sobre las cuales el Ejecutivo pueda celebrar empréstitos sobre el crédito de la nación, para aprobar esos mismos empréstitos y para reconocer y mandar pagar la deuda nacional. Ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, salvo los que se realicen con propósitos de regulación monetaria, las operaciones de conversión y los que se contraten durante alguna emergencia declarada por el presidente de la República en los términos del artículo 29. Asimismo, aprobar anualmente los montos de endeudamiento que deberán incluirse en la ley de ingresos, que en su caso requiera el gobierno del Distrito Federal y las entidades de su sector público, conforme a las bases de la ley correspondiente. El Ejecutivo federal informará anualmente al Congreso de la Unión sobre el ejercicio de dicha deuda a cuyo efecto el jefe del Distrito Federal le hará llegar el informe que sobre el ejercicio de los recursos correspondientes hubiere realizado. El jefe del Distrito Federal informará igualmente a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, al rendir la cuenta pública;
IX. Para impedir que en el comercio de Estado a Estado se establezcan restricciones.
X. Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123;
XI. Para crear y suprimir empleos públicos de la Federación y señalar, aumentar o disminuir sus dotaciones.
XII. Para declarar la guerra, en vista de los datos que le presente el Ejecutivo.
XIII. Para dictar leyes según las cuales deben declararse buenas o malas las presas de mar y tierra, y para expedir leyes relativas al derecho marítimo de paz y guerra.
XIV. Para levantar y sostener a las instituciones armadas de la Unión, a saber: Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea Nacionales, y para reglamentar su organización y servicio.
XV. Para dar reglamentos con objeto de organizar, armar y disciplinar la Guardia Nacional, reservándose a los ciudadanos que la forman, el nombramiento respectivo de jefes y oficiales, y a los Estados la facultad de instruirla conforme a la disciplina prescrita por dichos reglamentos.
XVI. Para dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.
1a. El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.
2a. En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el presidente de la República.
3a. La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del país.
4a. Las medidas que el consejo haya puesto en vigor en la campaña contra el alcoholismo y la venta de sustancias que envenenan al individuo o degeneran la especie humana, así como las adoptadas para prevenir y combatir la contaminación ambiental, serán después revisadas por el Congreso de la Unión en los casos que le competan.
XVII. Para dictar leyes sobre vías generales de comunicación, y sobre postas y correos, para expedir leyes sobre el uso y aprovechamiento de las aguas de jurisdicción federal.
XVIII. Para establecer casas de moneda, fijar las condiciones que ésta deba tener, dictar reglas para determinar el valor relativo de la moneda extranjera y adoptar un sistema general de pesas y medidas;
XIX. Para fijar las reglas a que debe sujetarse la ocupación y enajenación de terrenos baldíos y el precio de estos.
XX. Para expedir las leyes de organización del Cuerpo Diplomático y del Cuerpo Consular mexicano.
XXI. Para establecer los delitos y las faltas contra la federación y fijar los castigos que por ellos deban imponerse; expedir leyes generales en materias de secuestro, y trata de personas, que establezcan, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios; así como legislar en materia de delincuencia organizada.
Las autoridades federales podrán conocer también de los delitos del fuero común, cuando éstos tengan conexidad con delitos federales o delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta.
En las materias concurrentes previstas en esta Constitución, las leyes federales establecerán los supuestos en que las autoridades del fuero común podrán conocer y resolver sobre delitos federales;
XXII. Para conceder amnistías por delitos cuyo conocimiento pertenezca a los tribunales de la federación.
XXIII. Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, así como para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de esta Constitución.
XXIV. Para expedir la ley que regule la organización de la entidad de fiscalización superior de la federación y las demás que normen la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales;
XXV. Para establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la federación, los estados y los municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República. Los títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos en toda la República. Para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con la misma.
XXVI. Para conceder licencia al presidente de la República y para constituirse en colegio electoral y designar al ciudadano que deba substituir al presidente de la República, ya sea con el carácter de interino o substituto, en los términos de los artículos 84 y 85 de esta Constitución;
XXVII. Para aceptar la renuncia del cargo de Presidente de la República.
XXVIII. Para expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirán la contabilidad pública y la presentación homogénea de información financiera, de ingresos y egresos, así como patrimonial, para la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, a fin de garantizar su armonización a nivel nacional;
XXIX. Para establecer contribuciones:
1o. Sobre el comercio exterior;
2o. Sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales comprendidos en los párrafos 4o. y 5o. del artículo 27;
3o. Sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros;
4o. Sobre servicios públicos concesionados o explotados directamente por la Federación; y
5o. Especiales sobre:
a) Energía eléctrica;
b) Producción y consumo de tabacos labrados;
c) Gasolina y otros productos derivados del petróleo;
d) Cerillos y fósforos;
e) Aguamiel y productos de su fermentación; y
f) Explotación forestal.
g) Producción y consumo de cerveza.
Las entidades federativas participarán en el rendimiento de estas contribuciones especiales, en la proporción que la ley secundaria federal determine. Las legislaturas locales fijarán el porcentaje correspondiente a los municipios, en sus ingresos por concepto del impuesto sobre energía eléctrica.
XXIX-B. Para legislar sobre las características y uso de la Bandera, Escudo e Himno Nacionales.
XXIX-C. Para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, con objeto de cumplir los fines previstos en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución.
XXIX-D. Para expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social, así como en materia de información estadística y geográfica de interés nacional;
XXIX-E. Para expedir leyes para la programación, promoción, concertación y ejecución de acciones de orden económico, especialmente las referentes al abasto y otras que tengan como fin la producción suficiente y oportuna de bienes y servicios, social y nacionalmente necesarios.
XXIX-F. Para expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de tecnología y la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional.
XXIX-G. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.
XXIX-H. Para expedir leyes que instituyan tribunales de lo contencioso administrativo, dotados de plena autonomía para dictar sus fallos, y que tengan a su cargo dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública federal y los particulares, así como para imponer sanciones a los servidores públicos por responsabilidad administrativa que determine la ley, estableciendo las normas para su organización, su funcionamiento, los procedimientos y los recursos contra sus resoluciones.
XXIX-I. Para expedir leyes que establezcan las bases sobre las cuales la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, coordinarán sus acciones en materia de protección civil, y
XXIX-J. Para legislar en materia de cultura física y deporte con objeto de cumplir lo previsto en el artículo 4o. de esta Constitución, estableciendo la concurrencia entre la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios; así como de la participación de los sectores social y privado;
XXIX-K. Para expedir leyes en materia de turismo, estableciendo las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre la federación, estados, municipios y el Distrito Federal, así como la participación de los sectores social y privado.
XXIX-L. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de pesca y acuacultura, así como la participación de los sectores social y privado, y
XXIX-M. Para expedir leyes en materia de seguridad nacional, estableciendo los requisitos y límites a las investigaciones correspondientes.
XXIX-N. Para expedir leyes en materia de constitución, organización, funcionamiento y extinción de las sociedades cooperativas. Estas leyes establecerán las bases para la concurrencia en materia de fomento y desarrollo sustentable de la actividad cooperativa de la federación, estados y municipios, así como del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias.
XXIX-Ñ. Para expedir leyes que establezcan las bases sobre las cuales la Federación, los Estados, los Municipios y el Distrito Federal coordinarán sus acciones en materia de cultura, salvo lo dispuesto en la fracción XXV de este artículo. Asimismo, establecerán los mecanismos de participación de los sectores social y privado, con objeto de cumplir los fines previstos en el párrafo noveno del artículo 4o. de esta Constitución.
XXIX-O. Para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
XXIX-P. Expedir leyes que establezcan la concurrencia de la federación, los estados, el Distrito federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos y cumpliendo con los tratados internacionales de la materia, de los que México sea parte.
XXIX-Q. Para legislar sobre iniciativa ciudadana y consultas populares.
XXX. Para expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión.
De la revisión de este articulo podemos ver que el Congreso de la Unión no tiene facultad para legislar en materia de protección a los animales, sin embargo el artículo 122 constitucional establece la naturaleza del Distrito Federal y las facultades de sus poderes y en el cual se establece las materias en las que legisla la Asamblea Legislativa y en el Apartado C, base primera, numeral V, inciso i) establece:
l) Expedir normas sobre fomento económico y protección al empleo; desarrollo agropecuario; establecimientos mercantiles; protección de animales; espectáculos públicos; fomento cultural cívico y deportivo; y función social educativa en los términos de la fracción VIII, del artículo 3o. de esta Constitución;
Por lo tanto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos deja claro que la legislación en materia de protección a los animales es exclusiva de los poderes legislativos locales.
Con los argumentos aquí planteados la Comisión de Ganadería considera que no se tiene la facultad para legislar en la materia por lo que emite los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que crea el Centro Público de Atención Veterinaria.
Segundo. Archívese y tómese como asunto totalmente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2013.
La Comisión de Ganadería, diputados:Salvador Barajas del Toro (rúbrica), presidente; Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar (rúbrica), Leonor Romero Sevilla (rúbrica), Darío Badillo Ramírez, Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Genaro Ruiz Arriaga (rúbrica), Ponciano Vázquez Parissi (rúbrica), Raudel López López (rúbrica), Mario Alejandro Cuevas Mena (rúbrica), Tomás Brito Lara (rúbrica), Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), secretarios; Yazmin de los Ángeles Copete Zapot (rúbrica), Juan Francisco Cáceres de la Fuente (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Antonio García Conejo (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Gabriel Gómez Michel (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), Heberto Neblina Vega, Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Salvador Ortiz García (rúbrica), Vicario Portillo Martínez (rúbrica), Willian Renán Sosa Altamira (rúbrica), María Fernanda Romero Lozano.»
LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Juventud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 8o., fracción I, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud
Honorable Asamblea:
La Comisión de Juventud de la LXII Legislatura de esta Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción II, 81, numeral 2, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen:
I. Antecedentes
1. En sesión ordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2012, el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano de la LXII Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, presentó ante el pleno una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 8, fracción I de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.
2. El presidente de la Mesa Directiva determinó dictar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Juventud de la Cámara de Diputados, mediante número de expediente el 869.
3. A partir del día 27 de noviembre de 2012, con fundamento en el artículo 182 numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados inició el término de cuarenta y cinco días hábiles para que la iniciativa fuera dictaminada por la Comisión de Juventud.
4. El día 20 de diciembre de 2012 mediante oficio No. D.G.P.L. 62-II-2-243, y con fundamento en el artículo 183 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Mesa Directiva autorizó la prórroga solicitada por esta Comisión para dictaminar la iniciativa con expediente 869 hasta por cuarenta y cinco días más, contados a partir del día siguiente en que se hubiese cumplido el término.
II. Contenido de la iniciativa
La iniciativa presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila con número de expediente 869, busca modificar el artículo 8° de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, adicionándole el inciso k) a la fracción I; esta iniciativa tiene como objetivo, según expone el diputado Monreal , ayudar a que la participación de los jóvenes en el deporte mejore y se establezcan programas deportivos a nivel nacional, evitando que los adolecentes recurran a los hábitos insanos como drogas, alcohol y tabaco, siendo el deporte una de las soluciones más eficaces para una buena vida de cada uno de los jóvenes mexicanos.
Por lo tanto, el diputado que suscribe la iniciativa considera que se puede contribuir a que existan mejores políticas públicas en materia de deporte específicamente orientadas a los jóvenes a través de la inclusión de la Comisión Nacional de la Cultura Física y el Deporte a la Junta Directiva del Instituto Mexicano de la Juventud. Mismo que en esta iniciativa se pretende incluir como miembro de la Junta Directiva adicionando el inciso k) a la fracción I del artículo 8°, incluyendo así al Director General de la Comisión Nacional de la Cultura Física y el Deporte.
III. Consideraciones
Antecedentes
El Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve) y la Comisión Nacional de la Cultura Física y Deporte (Conade) durante muchos años compartieron de manera conjunta el tema deportivo, hasta el 2003 año en que se creó esta última. Como primer antecedente se tiene la creación del Instituto Nacional de la Juventud Mexicana (Injuve) en 1950, que dentro sus objetivos tenía fomentar las prácticas deportivas, así como proporcionar útiles deportivos y de trabajo, a jóvenes destacados por sus aptitudes.
Ante la escasa presencia del tema deportivo en el Reglamento del Injuve, surgió la necesidad de crear un organismo independiente que se hiciera cargo especialmente de fomentar el deporte del país, ante esta necesidad surge Instituto Nacional del Deporte.
En 1977 durante la administración del presidente José López Portillo, desapareció el Instituto Nacional de la Juventud Mexicana y fue sustituido por Consejo Nacional de Recursos para la Atención de la Juventud (CREA), el CREA al igual que Injuve en su momento, no hacía ninguna referencia a la atención de los intereses deportivos de la juventud. Es por lo anterior, que en 1981 por decreto presidencial fue creado el Consejo Nacional del Deporte con el carácter de órgano de consulta de la Secretaría de Educación Pública, y como mecanismo para la integración y el fomento del deporte no profesional, en el ámbito nacional.
Siguiendo la lógica del fortalecimiento y promoción al deporte en México, en 1988 se crea la Comisión Nacional del Deporte, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, cuyas tareas primordiales eran la promoción y el fomento del deporte y la cultura física, así como atender las funciones que tenía encomendadas el Consejo Nacional de Recursos para la Atención de la Juventud (CREA) en materia de juventud.
El Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve), fue creado en 1999, con el objetivo de elaborar políticas públicas a favor de los jóvenes mexicanos para otorgarles las herramientas necesarias en educación, salud, empleo y participación social.
Finalmente en febrero de 2003 se crea la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, como un organismo público descentralizado de la Secretaría de Educación Pública, quien en la actualidad es conductor de la política nacional en materia de cultura física y deporte. Fue con esta creación en el año 2003, que la Comisión referida y el Instituto Mexicano de la Juventud dejan de compartir la materia deportiva y se especializan en objetivos particulares con referencia a sus respectivos ramos.
Análisis de la iniciativa
La iniciativa del diputado Ricardo Monreal, propone incluir como miembro de la Junta Directiva del Instituto Mexicano de Juventud, al Director General de la Comisión Nacional de la Cultura Física y el Deporte, al respecto esta Comisión considera:
1. En primer lugar que la propuesta no suma a las atribuciones del Institutito Mexicano de la Juventud, en virtud de que la política nacional en temas de cultura física y deporte hacia los jóvenes y para la población en general, se encuentran reguladas por La Ley General de Cultura Física y Deporte.
2. En segundo lugar, el Art. 8. Fracción I de la ley vigente del Instituto Mexicano de la Juventud, señala que la Junta Directiva se integrará por diecisiete miembros y será presidida por el Secretario de Educación Pública (SEP). Por lo que, considerando que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte es un organismo público descentralizado de la SEP, los legítimos intereses que persigue ya se encuentran representados en la Junta Directiva por su sector correspondiente (SEP), cabe destacar que su inclusión en la Junta Directiva del Instituto Mexicano de Juventud, derivaría en una sobrerrepresentación de la Secretaria de Educación Pública con respecto al resto de los integrantes de la referida Junta.
Cabe destacar que, el artículo 8 en su fracción II de la ley del Imjuve, establece que la Junta Directiva podrá invitar a cualquier representante de alguna dependencia o institución pública para asistir con derecho a voz, pero sin voto. De acuerdo a lo anterior, la Junta Directiva tiene la facultad de solicitar la participación de la Conade, cuando esta considere pertinente por tratarse de asuntos que atiendan a las facultades de la Comisión Nacional de la Cultura Física y Deporte.
En virtud de lo anterior, esta Comisión ha tenido a bien desechar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 8, fracción I, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.
IV. Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 8, fracción I, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los seis días del mes de febrero de 2013.
La Comisión de Juventud, diputados:José Luis Oliveros Usabiaga (rúbrica), presidente; Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete, Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Crystal Tovar Aragón (rúbrica en contra), secretarios; Juan Pablo Adame Alemán (rúbrica), Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica en contra), Gilberto Antonio Hirata Chico, Zuleyma Huidrobo González (rúbrica en contra), María Teresa Jiménez Esquivel, Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica en contra), Gisela Raquel Mota Ocampo (rúbrica en contra), Maricela Velázquez Sánchez (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Valdés Palazuelos Jesús Antonio (rúbrica), Jessica Salazar Trejo.»
LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Reforma Agraria del Congreso de la Unión fue turnada para dictamen la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario, recibida del diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de agosto de 2012.
La Comisión de Reforma Agraria, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80,157, numeral 1, fracción 1, 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:
Antecedentes
1. Con fecha 15 de agosto de 2012, la Mesa Directiva de la LXI Legislatura, mediante el oficio número CP2R3A. 2500 turnó para dictamen a la Comisión de Reforma Agraria el expediente número 3600 CP, que contiene la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario, recibida del diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
2. Con el oficio número DGPL 62-II-8-0194, la Mesa Directiva informó que los asuntos que no llegaron a resolver las comisiones de la LXI Legislatura se encuentran vigentes y los plazos reglamentarios para dictaminarlos correrán a partir del 29 de octubre de 2012 por lo que la secretaría técnica de la Comisión de Reforma Agraria, se aboca al dictamen de la iniciativa que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario, recibida del diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
3. La Comisión de Reforma Agraria, integra a través de su secretaría técnica las opiniones de sus diputados integrantes y entra al estudio de la iniciativa con fundamento en el cual, formula proyecto de dictamen para la consideración del pleno de las diputadas y los diputados integrantes de esta comisión, para su estudio, discusión y aprobación en su caso.
4. Con fecha 20 de febrero de 2013 se reunió en pleno la Comisión de Reforma Agraria para conocer el proyecto de dictamen, estudiarlo, analizarlo y en su caso aprobarlo, misma que al examinar el proyecto de dictamen, además de los antecedentes que aquí se reseñan, se estudiaron de la iniciativa las siguientes motivaciones:
1. Planteamiento del problema por ser resuelto mediante la iniciativa
La inamovilidad que gozan los magistrados del Tribunal Superior Agrario acarrea dos situaciones a saber: por un lado asegura la permanencia de sus funcionarios impartidores de justicia y con ello se perfecciona la función justicial (sic); y por el otro, se crea un círculo vicioso, ya que surgen cotos de poder; es decir, el ejercicio de la administración de justicia se vuelve oligárquico, en virtud de esa permanencia por años, lustros o en su caso décadas. Lo anterior también con lleva, consecuentemente que se coarten los anhelos o aspiraciones de jóvenes abogados que tienen el deseo o las esperanzas de poder ocupar algún día o en algún momento el cargo de magistrado.
La inamovilidad de los magistrados del Tribunal Superior Agrario se asemeja a una dictadura en la impartición de justicia, ya que sólo pueden ser revocados por dos situaciones:
a) por causas graves, sin que la Ley Agraria señale qué debemos entender como tales; y
b) cuando los magistrados cumplan la edad de setenta y cinco años.
El espíritu de esta iniciativa conlleva a la finalidad de otorgarles permanencia a los magistrados del multicitado tribunal, para que atendiendo a su experiencia y capacidad puedan ser ratificados hasta por otros tres periodos; es decir, atendiendo a los resultados que arroje la evaluación que se aplique a su función juzgadora, tengan la posibilidad de que se les ratifique por otros tres periodos de seis años para ejercer el cargo, siendo el último periodo fatal e improrrogable, es decir, ya no podrán ser ratificados, por lo tanto pasen a gozar de su jubilación.
Argumentación
La Carta Magna considera entre las garantías la de seguridad jurídica, consagrada en el artículo 17, que prescribe que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales. Las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones. Esta garantía individual establece el principio que la procuración y administración de justicia debe ser a través de tribunales que estarán expeditos para impartirla, quienes actuarán con toda autonomía o independencia y sus resoluciones serán con carácter imparcial, de manera ágil y completa, lo anterior en estricta sujeción a la legalidad.
En un estado de derecho es menester que la división de poderes sea clara y transparente, todo ello contribuye a un ambiente de gobernabilidad, porque existe un sentido de respeto irrestricto a las instituciones que lo conforman. Visto así en nuestro país existen órganos competentes para la procuración y administración de justicia, con plena jurisdicción tales como: el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; las juntas de conciliación y arbitraje, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, la Suprema Corte de Justicia y sus salas, tribunales unitarios y colegiados y los jueces de distrito, lo anterior en el ámbito federal, por lo que respecta a la materia agraria cantamos con el Tribunal Superior Agrario.
Este tribunal agrario encuentra su fundamento constitucional en la fracción XIX del artículo 27 de la Carta Magna, y fue creado por decreto en 1994, goza de autonomía y tiene plena jurisdicción.
Los tribunales agrarios imparten justicia en la materia del mismo nombre y tiene el objeto de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra ejidal, comunal y de la pequeña propiedad, asimismo apoya en la asesoría legal a los campesinos; son de jurisdicción federal y resuelven todas las controversias que atañen a los límites de terrenos ejidales y comunales, cualquiera que sea el origen de éstos; de las controversias entre dos o más núcleos de población y, en general para la administración de justicia agraria.
Los tribunales agrarios están integrados por magistrados cuyo nombramiento es realizado por el Ejecutivo federal y designados o ratificados por el Senado de la República o en sus recesos por la Comisión Permanente.
En congruencia con la Constitución, el artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios prescribe que los magistrados rendirán su protesta ante la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente, durarán en su encargo seis años. Si concluido dicho término fueren ratificados serán inamovibles.
Como se argumentó, la inamovilidad de que gozan los magistrados del Tribunal Agrario acarrea dos situaciones: por un lado asegura la permanencia de sus funcionarios impartidores de justicia y con ello se perfecciona la función judicial y por el otro, se crea un círculo vicioso, ya que surgen cotos de poder, al interior de dicho órgano, es decir, la administración de justicia se vuelve oligárquica lo que contraviene el espíritu de contenido en el artículo 17 de la Carta Magna, en virtud de esa permanencia por años.
El espíritu de la presente iniciativa conlleva a la finalidad de otorgarles permanencia a los magistrados del multicitado tribunal, para que atendiendo a su experiencia y capacidad puedan ser ratificados hasta por otros tres periodos, es decir, atendiendo a los resultados que arroje la evaluación que se aplique a su función juzgadora, tengan la posibilidad de que se les ratifique por otros seis años para ejercer el cargo, al término de los cuales por otro tiempo de igu~1 duración y por un último periodo por otros seis años. Este último periodo sería fatal e improrrogable, es decir, ya no podrán ser ratificados.
En síntesis, los magistrados durarán en su encargo, siempre que sean ratificados, por la Cámara de Senadores o en sus recesos por la Comisión Permanente, en total veinticuatro años de servicio, al término de los cuales dejarán de ejercer la administración de justicia en materia agraria y, por tanto, gozaran de todos los beneficios que otorgue la jubilación.
Con lo anterior se incentiva la sana competencia, de aquellos abogados que aspiren a ocupar el cargo de magistrado del multicitado tribunal, y que han aglutinado una suerte de experiencias porque han llevado una carreta jurisdiccional en materia agraria, bajo el desempeño de diversas funciones dentro del esquema estructural de la justicia agraria.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi carácter de integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 56, 60, 63, 64, 176 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 1o., 8o. y 11 del acuerdo relativo a las sesiones y al orden del día de la Comisión Permanente, presento ante esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario
Artículo Único. Se reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribula (sic) Superior Agrario, para quedar como sigue:
Artículo 17. ...
Concluido dicho término y atendiendo a su eficiente desempeño en el cargo conferido, podrán ser ratificados por otros tres periodos de la misma duración, sin que en ningún caso se rebasen veinticuatro años de servicio con la misma categoría.
...
Para el estudio de dicha iniciativa con proyecto de decreto por el Que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario, recibida del diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, esta comisión la divide de acuerdo con sus párrafos para el debido estudio y dictamen en la primera columna aparece como actualmente lo consigna la actual ley en el segundo cuadro la propuesta y en el tercer recuadro los cambios que se proponen y en qué consisten los mismos
Considerandos
1. La Comisión de Reforma Agraria coincide con el diputado que presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario, recibida del diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de agosto de 2012, así como con que el fundamento de mayor relevancia de su iniciativa, se encuentra en el ámbito de la justicia. Sin embargo, el problema que su iniciativa plantea como de fondo no se cumple, ya que la inamovilidad y la independencia del Poder Judicial están fuertemente ligadas, ya que buscan promover resoluciones imparciales e independientes de presiones externas al imperio de la ley, lo cual se dificulta si el cargo y duración en el mismo de los magistrados estuvieran sujetos a amenaza o temor .de perderlos si no ceden a dichas presiones. Ésta busca, en último término, otorgar seguridad jurídica a la ciudadanía, para la solución de controversias.
2. Dicho artículo debe ser leído de manera concatenada con los artículos de la ley que se pretende reformar.
Artículo 12. Para ser magistrado se deben reunir los siguientes requisitos:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, así como tener por lo menos treinta años el día de su designación;
II. Ser licenciado en derecho con título debidamente registrado, expedido cuando menos cinco años antes de la fecha de la designación;
III. Comprobar una práctica profesional mínima de cinco años; y
IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena privativa de libertad.
Artículo 13. El retiro de los magistrados se producirá al cumplir setenta y cinco años de edad o por padecer incapacidad física o mental para desempeñar el cargo.
3. De señalar como máximo veinticuatro años de servicio al frente de una magistratura como lo propone en la modificación a la ley se estaría dejando el ejercicio de carrera en el momento en que la experiencia y la pericia de un magistrado se encuentran en la cúspide pues su experiencia estaría en tener la edad de 54 años.
4. Actualmente la magistrada que cuenta con menos edad se encuentra al frente del Tribunal 49 en Cuautla, Morelos, y cuenta con la edad de 35 años.
5. La edad de los magistrados agrarios actualmente para su designación es cuando ellos tienen en promedio la edad de 45 años y la propuesta del diputado proponente es de que el termino máximo en años para su función sea de 24 años, es decir se retirarían en promedio a los 69 años y la ley actual dice que será a los 75 años de edad siempre que no tengan ninguna incapacidad física o mental para desempeñar el cargo es decir el cambio en la vida institucional de los tribunales no sufriría beneficios reales con la modificación la ley.
Por lo expuesto y en virtud de los anteriores argumentos, la Comisión de la Reforma Agraria en la LXII Legislatura somete a consideración de la honorable asamblea los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha en todos sus términos la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario, recibida del diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de agosto de 2012.
Segundo. Para los efectos legales conducentes túrnese como asunto debidamente dictaminado para su archivo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2013.
La Comisión de Reforma Agraria, diputados: Gisela Raquel Mota Ocampo (rúbrica), presidenta; Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica), José Guadalupe García Ramírez (rúbrica), Blas Ramón Rubio Lara (rúbrica), Jesús Morales Flores, Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), secretarios; Felipe de Jesús Almaguer Torres (rúbrica), Martha Berenice Álvarez Tovar (rúbrica), María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Alicia Concepción Ricalde Magaña (rúbrica), Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Eduardo Román Quian Alcocer, Luis Gómez Gómez, Lisandro Arístides Campos Córdova (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), Óscar Bautista Villegas, José Humberto Vega Vázquez, Héctor Narcia Álvarez (rúbrica), Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), José Antonio Rojo García de Alba, Guillermo Sánchez Torres (rúbrica), José Antonio León Mendívil (rúbrica), Francisco Alfonso Durazo Montaño (rúbrica).»
REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desechan dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión, le fueron turnadas, para su estudio, análisis y dictamen, las iniciativas con proyecto de decreto que reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, numeral 2, inciso a) y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, 82, 84, 85 y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, expone a consideración de esta asamblea el presente dictamen, de conformidad con los siguientes
Antecedentes.
1. En la sesión del 18 de diciembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta al Pleno, de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Tomás Torres Mercado (PVEM) y determinó turnarla a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
2. La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3664-IV, el martes 11 de diciembre de 2012.
3. En la sesión del 18 de septiembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta al Pleno, de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño (PAN) y determinó turnarla a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
4. La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentarias año XVI, número 3669-VII, martes 18 de diciembre de 2012.
Contenido de las iniciativas
1. La iniciativa presentada por la el diputado Torres Mercado propone regular los tiempos, respecto al procedimiento de discusión y votación de las iniciativas con carácter de preferente.
2. Asimismo, la iniciativa propone adicionar un Titulo Sexto, denominado De las iniciativas para trámite preferente, a fin de establecer el procedimiento que deberán seguir las iniciativas para trámite preferente, en el cual se señala que: el cómputo del plazo para la discusión y votación será de un máximo de treinta días naturales y empezará a contarse desde el momento en que sea turnada la iniciativa a la comisión para su dictaminación, salvo cuando inicie una Legislatura, donde el cómputo se empezará a contar en el momento que las comisiones ordinarias se encuentren constituidas. Para la elaboración del dictamen de la iniciativa, sugiere el iniciante, no se contemplarán otras que sobre el mismo asunto se hubiesen presentado y si las hubiere, serán consideradas como concluidas al dictaminar.
3. En el mismo sentido, establece que en caso de que haya concluido el plazo de treinta días y no se haya dictaminado la iniciativa o en su caso la minuta, ésta se presentará en los términos originales en la sesión inmediata del pleno de la Cámara para ser discutida y votada; si la Cámara revisora hubiese hecho modificación o adición al proyecto aprobado por la Cámara de origen, deberá convocarse a las comisiones dictaminadoras de ambas Cámaras para que se tenga un dictamen sobre la minuta en un plazo máximo de quince días naturales.
4. Por cuanto a la iniciativa del diputado Torres Cofiño, propone establecer plazos y procedimiento que seguirán las Iniciativas o minutas correspondientes a las iniciativas de carácter preferente, a fin de que haya seguridad y transparencia en la discusión de las iniciativas preferentes enviadas por el Ejecutivo Federal.
5. Lo anterior, expresa el iniciante, resulta de capital importancia ya que atiende a precisar una institución constitucional de reciente creación, y delimita con claridad el trámite legislativo a seguir, y evitar interpretaciones a modo o distorsiones que pretenden mantener la congeladora legislativa, como recientemente ocurre con las discusiones de la iniciativa preferente de reforma laboral.
Consideraciones
1. La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Merece la pena destacar las propuestas presentadas por los iniciadores, con el objeto de regular un procedimiento, relativo a una nueva facultad del Ejecutivo Federal, concedida como producto de la reciente Reforma Política, con el objetivo de contribuir a un mejor equilibrio y colaboración entre dos de los Poderes de la Unión. Por ello, esta dictaminadora reconoce la importancia de ambas iniciativas presentadas en diciembre del 2012.
3. Es importante mencionar que las dos iniciativas proponen modificar la Ley Orgánica, con el objetivo de incluir como parte de su contenido, el límite para la presentación del dictamen de las iniciativas con el carácter de preferente, y una de ellas, propone regular dicho procedimiento, a través del Reglamento de la Cámara de Diputados.
4. No obstante lo anterior, esta dictaminadora estima conveniente no aprobar ambas iniciativas puesto que el tiempo en el que se presentaron coincidió con la elaboración del Proyecto de la Comisión, por el que se modificó el Reglamento de la Cámara de Diputados, para establecer el procedimiento de presentación, turno, discusión y votación de los asuntos relacionados con las iniciativas preferentes.
5. Así, el pasado mes de diciembre de 2012, la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, aprobó una propuesta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, para regular el procedimiento de la iniciativa preferente, por considerar que el detalle de este mecanismo deberla estar regulado desde el Reglamento, con independencia de las posteriores reformas legales.
6. El proyecto fue aprobado en lo general en la Cámara de Diputados con 404 votos en pro y 1 en contra, el jueves 20 de diciembre de 2012. En lo particular los artículos reservados 3 y 69, en sus términos; y 81 con la modificación propuesta por el diputado Ricardo Monreal Ávila y aceptada por la asamblea.
7. Con el procedimiento plasmado en la reforma señalada, la Cámara de Diputados cumplió con el mandato constitucional, para atender de manera puntual las iniciativas que el Ejecutivo decida enviar o darles ese carácter. Así mismo, evita ambigüedades en el momento de su recepción, así como los plazos que deberá atender para su dictaminación, en caso de ser Cámara de origen o revisora.
8. En este sentido, resulta evidente que las iniciativas motivo del presente dictamen, fueron superadas por la reforma descrita y han quedado sin materia.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura, proponemos a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desechan las siguientes iniciativas:
1. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Tomás Torres Mercado (PVEM).
2. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño (PAN).
Segundo. Archívense los expedientes como asuntos total y definitivamente concluidos.
Nota:
1 http://gaceta.diputados.gob.mx/
Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el Recinto Legislativo de San Lázaro, en su Reunión Ordinaria del día 20 del mes de febrero de 2012.
La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (rúbrica), Brenda María Izontli Alvarado Sánchez (rúbrica), Ricardo Monreal Ávila, Roberto López Suárez (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega, Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Norma Ponce Orozco (rúbrica), Miguel Sámano Peralta, Eduardo Román Quian Alcocer, José Evarardo Nava Gómez, José Alberto Rodríguez Calderón, Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica), Jorge Salgado Parra (rúbrica), Felipe Arturo Camarena García (rúbrica).»
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para análisis y elaboración del dictamen correspondiente la iniciativa que reforma el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, presentada por el diputado Alberto Anaya Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
La Comisión de Transportes, con las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, numeral II, 81, numeral 2, 82, numeral 1, 84, numeral 1, y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes
Antecedentes
1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 11 de octubre de 2012, Alberto Anaya Gutiérrez, del Grupo Parlamentario Partido del Trabajo, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
2. Con fecha 11 de octubre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dictó trámite: Túrnese a la Comisión de Transportes, para dictamen.
3. En reunión de la Comisión de Transportes celebrada el 11 de diciembre de 2012 se aprobó el Programa para Desahogar los Asuntos en Cartera.
4. En las dos primeras semanas de enero de 2013 se llevó a cabo la investigación documental para allegarse de los elementos necesarios a efecto de elaborar el dictamen respectivo.
5. Durante las dos últimas semanas de enero de 2013 se convocó a quienes estuvieran interesados en la iniciativa a enviar los comentarios respectivos.
6. Con fecha 31 de enero de 2013, el pleno de la Comisión de Transportes acordó turnar a las Subcomisiones de Transporte Terrestre de Carga, y de Pasaje, para la elaboración del predictamen correspondiente, la presente iniciativa.
Descripción de la iniciativa
Se propone proteger el derecho fundamental del ser humano, la vida, centrándose particularmente en el cuidado de la seguridad vial en las carreteras del país, con la prohibición de la circulación de camiones con doble remolque.
Consideraciones
1. El autotransporte de carga mueve 55 por ciento de las mercancías nacionales y más de 80 por ciento de los productos con origen y destino en otro país, principalmente el mercado de Estados Unidos de América.
2. La oferta del autotransporte de carga se forma por más de 110 mil transportistas. De ellos, 90 por ciento está constituido por microempresarios del transporte, conocidos como hombres-camión; 9, por pequeños y medianos empresarios; y sólo 1, por grandes empresarios del ramo, que se distinguen por poseer más de 100 unidades.
3. Los grandes usuarios del servicio, aprovechando su poder en el mercado, han logrado, a través de sobrecargar los camiones, subsidiarse, pagando por debajo el precio de los fletes y trasladando este costo al país.
4. El marco jurídico que regula los volúmenes de peso y dimensiones para el servicio de autotransporte de carga es el Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal y la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT. Ésta considera, en materia de carga, 23 posibles configuraciones para elegir la que mejor se adapte a las necesidades.
5. La norma también establece los pesos y las dimensiones máximas con que pueden circular los vehículos, de acuerdo con la configuración y el tipo de carretera.
6. De esa manera, el peso bruto vehicular máximo que se autoriza va desde 13 toneladas, para un camión unitario de 2 ejes, por un camino tipo D, hasta 75.5, para un tractocamión con dos remolques, por un camino tipo ET.
7. En relación con las dimensiones, éstas van de 12.5 metros, en caminos tipo D, a 31, en caminos tipo ET.
8. La Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece la obligación de revisar y, en su caso modificar cada cinco años dicha norma. Precisamente en 2013 deberá llevarse a cabo este proceso.
9. En opinión de la Asociación Nacional de Transporte Privado, es evidente que no es competencia de la Cámara de Diputados dictaminar sobre disposiciones que forman parte de las facultades reglamentarias del Ejecutivo federal, so pena de incurrir en una evidente invasión de competencias y de la división de poderes.
10. Por su parte, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, se pronuncia contra la iniciativa, toda vez que en la actualidad hay disposiciones reglamentarias y normativas que definen, con la especialidad que se requiere, entre otros aspectos, las características de peso, dimensiones y tipo de configuraciones que deben cumplir los vehículos de carga y de pasaje, basadas en estudios técnicos, a fin de mejorar los niveles de seguridad en la vida de las personas, y del patrimonio nacional al disminuir los daños en la infraestructura de las carreteras.
11. La Comisión de Transportes consideró adecuado incluir su opinión jurídica, la que presenta en el siguiente
Planteamiento
La iniciativa de modificación del artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal se basa en aspectos muy sensibles, que relata la propia iniciativa y asevera que tráileres con doble semirremolque son los causantes de un sinnúmero de accidentes y que tienen que ver con el detonante de la contaminación, así como con disposiciones de seguridad vial para el frenado en las carreteras.
Estas consideraciones deben tomarse en cuenta para efectos de carácter preventivo, pues no todas estas hipótesis son atribuibles al modo de transporte que utiliza un tractor que arrastra 2 semirremolques, de 40 pies, que es lo permitido.
Sobre las aseveraciones que dan motivo a la propuesta de modificación, debe decirse que se estima que para delimitar la configuración de este tipo de vehículos no debe corresponder a una disposición legal derivada de una ley sino que, por tratarse de aspectos técnicos, deben ser conceptuados en un reglamento o en una norma oficial mexicana. Al efecto, el propio artículo 50, que se pretende modificar, da la respuesta: establece en su texto actualmente que los términos y las condiciones a que se sujetará el servicio se precisarán en los reglamentos respectivos.
Al efecto, hay a la fecha dos disposiciones que regulan el peso, las dimensiones y la capacidad de los vehículos y se refieren al Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de Vehículos de Autotransporte que transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal y la NOM-012-SCT-2-2012, sobre peso y dimensiones.
Con relación a la propuesta de adición del artículo 50, se señala lo siguiente:
Se estima innecesario que una ley prohíba la circulación de camiones con doble semirremolque o que sobrepasen el máximo de 22 toneladas de peso en su carga, así como la longitud de las unidades de no exceder de 22 metros, toda vez que como se ha señalado el propio artículo 50, en el párrafo segundo, precisa que los términos y las condiciones a que se sujetará el servicio se precisarán en los reglamentos respectivos.
De ahí resulta que no debe ser una disposición de la ley sino de la norma reglamentaria y, también, porque es un aspecto técnico de la norma oficial mexicana, además de que debe haber una diferencia entre ley y reglamento. En virtud de ello, por congruencia jurídica la ley es general y el reglamento es específico para que éste desmenuce el sentido de la propia ley. Por otro lado, no sería congruente que en una ley se señalara sólo una combinación vehicular y no todas las que pueden darse.
Conclusión
Se estima que los comentarios referidos en la iniciativa y por estimarse que es una facultad reglamentaria correspondiente al Ejecutivo federal, se considera prudente remitir los antecedentes de este caso y la propuesta que se pretende para que en el ámbito de su competencia la Secretaría de Comunicaciones y Transportes resuelva lo conducente en materia reglamentaria.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a consideración de la asamblea los siguientes
Acuerdo
Primero. Se desecha la iniciativa que reforma el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, presentada por el diputado Alberto Anaya Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2013.
La Comisión de Transportes, diputados:Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez, Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), J. Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Francisco Tomás Rodríguez Montero, José Soto Martínez, Jorge Terán Juárez (rúbrica).»
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL - LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:«Dictamen de la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7o., 30 y 74 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y 20 de la Ley de Vías Generales de Comunicación
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para análisis y elaboración del dictamen correspondiente la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción III del artículo 7, el artículo 30 y la fracción I del artículo 74 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y se adiciona un párrafo al artículo 20 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
La Comisión de Transportes, con las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, numeral II, 81, numeral 2, 82, numeral 1, 84, numeral 1, y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes
Antecedentes
1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 11 de diciembre de 2012, Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7, 30 y 74 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y 20 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.
2. Con fecha 11 de diciembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dictó trámite: Túrnese a la Comisión de Transportes, para dictamen.
3. En reunión de la Comisión de Transportes celebrada el 11 de diciembre de 2012 se aprobó el Programa para Desahogar los Asuntos en Cartera.
4. Durante las dos primeras semanas de enero de 2013 se llevó a cabo la investigación documental para allegarse de los elementos necesarios a efecto de elaborar el dictamen respectivo.
5. En las dos últimas semanas de enero de 2013 se convocó a quienes estuvieran interesados en la iniciativa a enviar los comentarios respectivos.
6. El 24 de enero de 2013, en la Gaceta Parlamentaria se publicó la prevención emitida por la Presidencia de la Mesa Directiva a efecto de presentar el dictamen correspondiente a la iniciativa.
7. Con fecha 31 de enero de 2013, el pleno de la Comisión de Transportes acordó turnar a las Subcomisiones de Transporte Carretero de Pasaje, y de Carga, para elaboración del predictamen correspondiente, la presente iniciativa.
Descripción de la iniciativa
Establecer un límite superior para las tarifas correspondientes a la explotación de los caminos y puentes federales, aumentar las sanciones pecuniarias para los concesionarios que no respeten las tarifas fijadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), y reafirmar el compromiso del gobierno de garantizar la creación, la subsistencia o el mantenimiento de vías alternas libres de peaje.
Consideraciones
1. México tiene necesidad de mejorar sustancialmente su infraestructura: de acuerdo con un estudio elaborado por el Banco Mundial, de 155 países, el nuestro ocupa en este renglón el lugar número 47.
2. La red carretera nacional en 2012, según datos del sexto Informe de Gobierno, de 2012, era del orden de 374 mil 272 kilómetros. De ellos, 49 mil 102 correspondían a carreteras federales y de éstos, 8 mil 459 eran de cuota; el resto de la infraestructura corresponde a carreteras estatales, caminos rurales y brechas mejoradas que son libres de pago por concepto de peaje o pago de derechos para circular en ellas.
3. La inversión pública y la privada durante 2012 en carreteras alcanzó 87 mil 90 millones de pesos, 28.7 por ciento superior a la realizada el año anterior. Esta inversión se utiliza para conservar, ampliar, mantener y reparar la red carretera federal.
4. De considerar el precio de la gasolina Magna como referencia, implicaría que a precios actuales (10.92 por litro), la tarifa de peaje por kilómetro recorrido propuesta sería de 55 centavos, tratando por igual las recientes inversiones de capital privado que, evidentemente, se afectarían en la recuperación de sus inversiones, por ser insuficiente la cuota de peaje citada, esto sin considerar los altos costos de mantenimiento y conservación que requieren las autopistas.
5. Las tarifas de peaje tienen como fin recuperar la inversión del concesionario y de todos los gastos derivados de la provisión del servicio, como el financiamiento, la conservación, el mantenimiento, la explotación o la administración.
6. En mantenimiento, la conservación o la construcción de vías alternas libres de peaje es una de las funciones inherentes a las que desarrolla la SCT y están consideradas en la red carretera nacional. No olvidemos que contamos con más de 40 mil kilómetros de carreteras federales libres de peaje.
7. La SCT emitió su posición institucional, que fue en contra, toda vez que en términos generales se expuso que no era procedente su aprobación por lo siguiente:
Las tarifas por concepto de peaje tienen como fin la recuperación de la inversión del concesionario y todos los gastos de la provisión del servicio, como el financiamiento, la conservación, el mantenimiento, la explotación o la administración, considerando el aforo vehicular y el tiempo de vigencia de la concesión;
El costo de la gasolina magna no es un referente para determinar tarifas de peaje, pues es un producto y el tránsito por las autopistas un servicio;
En términos del artículo 36, fracción XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la SCT corresponde construir y conservar los caminos y puentes federales, incluso los internacionales, y no son de su competencia las vías alternas estatales y municipales; y
Con la entrada en vigor de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal quedó sin efectos el artículo 20 de la Ley de Vías Generales de Comunicación por lo que se refiere a la materia de caminos y puentes federales.
8. La Comisión de Transportes consideró adecuado incluir su opinión jurídica, la que presenta en el siguiente
Planteamiento
La propuesta de iniciativa se basa fundamentalmente en los artículos 11 constitucional y 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, y ratificado por el gobierno de México en marzo de 1981, cuyas disposiciones se refieren fundamentalmente a la libertad de tránsito. En especial, la disposición constitucional señala: Todo hombre tiene derecho para entrar en la república, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial en los casos de responsabilidad criminal o civil y a las de la autoridad administrativa por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la república, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.
Partiendo del artículo 11 constitucional, se estima que la libertad de tránsito consignada en la Carta Magna no tiene que ver con la concesión de las carreteras, pues el espíritu de esa disposición se refiere a la movilidad de las personas para desplazarse en el territorio nacional y su ejercicio, entre otras hipótesis, estará subordinado a las facultades de la autoridad administrativa.
La facultad de concesionar los servicios públicos es de la autoridad administrativa y, por tanto, la concesión para explotar una carretera es plenamente lícita, según los tratadistas de derecho administrativo. Entre ellos, Gabino Fraga, en el libro Derecho administrativo, señala: La concesión administrativa es el acto por el cual se conceden a un particular el manejo y la explotación de un servicio público o la explotación y el aprovechamiento de bienes del dominio del Estado.
El propio tratadista señala que la concesión es un acto mixto compuesto de tres elementos: un acto reglamentario, un acto condición y un acto contrato. El acto reglamentario se refiere a las normas o disposiciones legales a que deben sujetarse la organización y el funcionamiento del servicio; el segundo elemento es el que, como el nombre indica, condiciona al concesionario a determinadas obligaciones que la propia ley le fija y que establece la propia administración pública en el otorgamiento de la concesión; y el tercer elemento tiende a proteger los intereses del particular concesionario, creando a su favor una situación jurídica que no puede ser modificada unilateralmente por la administración.
Finalmente, debe precisarse que la autoridad administrativa en todos los casos tiende a proteger el interés social y el orden público, y al efecto tiene derechos sobre la concesión para modificarse cuando lo requiera el interés social.
Enlazado con este análisis, la iniciativa resalta que el costo del peaje es excesivo y restringe el libre tránsito de habitantes y turistas en el territorio nacional, y que por esa razón resulta inconstitucional establecer casetas de cobro y de cuota de peaje excesivas.
Sobre el particular, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado en el sentido de que concesionar los servicios públicos no es inconstitucional. Al efecto, en la tesis 804046, en materia administrativa, Semanario Judicial de la Federación, con el rubro Ley de Vías Generales de Comunicación. No es inconstitucional su capítulo de explotación de caminos... debe tomarse en consideración que las carreteras nacionales tienen el carácter de bienes de uso común y, por consecuencia, de dominio público, por lo que no pueden ser aprovechadas libremente por los particulares sino con las condiciones establecidas en las leyes correspondientes (artículos 17, fracción VII; 2o., fracción I; y 8o. de la Ley General de Bienes Nacionales), y estas condiciones que son las fijadas en el referido artículo 152 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, no tienen como finalidad limitar la libertad de trabajo (artículo 4o. constitucional) ni la de tránsito para el territorio nacional (artículo 11 de la propia ley suprema) sino establecer las bases para que el referido servicio público de transporte se preste en la forma en que lo requiere el interés social, sin que tampoco se pierda de vista el interés mismo de los concesionarios.
Así también, la exposición de motivos refiere un análisis comparativo de las tarifas que se cobran por kilometro entre algunos países con relación a México y las diferencias existentes entre algunas autopistas que operan actualmente aquí.
Al efecto, es importante precisar que el costo de peaje en el país se rige fundamentalmente con dos connotaciones; es decir, hay autopistas que el propio Estado mexicano opera y explota a través de Caminos Puentes Federales o bien del organismo que se creó para el rescate carretero y que en algunos casos son operadas también a través del Banobras, otras por algunas entidades federativas, que son explotadas y administradas, por referirse a tramos de carreteras estatales, las cuales se construyen con recursos propios de las entidades, como es el caso de Guanajuato y lo fue en su momento el estado de México.
Derivado de lo anterior, se puede señalar que la infraestructura carretera creció a través de ejes carreteros o autopistas a partir de la década de 1990, cuando se concesionaron carreteras a favor de particulares y se duplicó la cantidad de kilómetros con estas características, lo que permitió un avance en el desarrollo económico de determinadas regiones y aunque hubo un problema de rescate carretero la infraestructura carretera se desarrolló. Este tipo de concesión se basó fundamentalmente en dos aspectos: en el costo de la obra y en el número de usuarios que la podrían transitar. Al efecto se establecieron corridas financieras que determinaban el tiempo de recuperación de la obra y, de esa forma, se fijó el término de vigencia de la concesión.
A partir de este análisis, se estima que la propuesta de iniciativa de reforma de ley no es consistente para aprobarla como se propone, pues simple y llanamente se pretende que las tarifas por concepto de peaje, por cada 10 kilómetros de tramo, no puedan rebasar 50 por ciento del costo del litro de gasolina Magna o su equivalente.
La motivación que se hace para no aprobar la propuesta de iniciativa de reforma de ley es que se estima que no puede precisarse un trato igualitario de tarifa para costos diferenciados por construir una obra y, además, esta disposición no podría ser aplicable para las carreteras en operación porque se rigen a través de una concesión, ya otorgada, y a ninguna ley puede darse efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Por tanto, el objetivo de la iniciativa no se cumpliría.
Con relación a la propuesta de modificación de artículos, se señala lo siguiente:
Por lo que se refiere a la propuesta de modificación del artículo 7, fracción III, de la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Federal, se estima innecesaria la propuesta de modificación, toda vez que, como se ha señalado, no se puede dar un trato igualitario a todas las concesiones para explotar carreteras, al señalar que las tarifas por cada 10 kilómetros no pueden rebasar 50 por ciento del costo del litro de gasolina o su equivalente, toda vez que el resultado de la tarifa va con relación al costo de la obra y al tiempo de la concesión, lo cual propiciaría que la recuperación del costo pudiera tardar tiempos considerables, y estos servicios están sujetos al derecho de reversión.
Se estima que la ley no puede fijar un costo de tarifa, pues la determinación es materia del título de concesión.
Por lo que se refiere al artículo 30, se estima innecesario que le fijen obligaciones que son inherentes a la propia SCT, pues a ésta dentro de sus funciones y derivado de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal corresponde garantizar el mantenimiento, la conservación o la construcción de vías alternas libres de peaje, toda vez que es una de las funciones que desarrolla y, en todo caso, las vías alternas libres de peaje deben estar consideradas en de la red carretera nacional.
Por lo que se refiere a la propuesta de modificación del artículo 74, debe decirse que el espíritu del legislador , al dictar esta disposición, se refiere a los servicios de autotransporte federal en sus diversas modalidades y no para concesionar carreteras. Por ello sería una adición contraria al espíritu del legislador.
Finalmente, por lo que se refiere al artículo 20 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, debe decirse que con la expedición de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal quedó sin efecto lo relativo a los prestadores de servicios de vías generales de comunicación, según el artículo tercero transitorio de dicha ley al publicarse y si esta ley se refería a los prestadores de servicios y no a los concesionarios de las carreteras, independientemente de ello, se estima que por congruencia jurídica una ley no puede referirla a otra, al señalar que las concesiones para explotar caminos y puentes se estará a lo dispuesto en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, ya que aunque no lo dijera esta disposición, no se necesita referirla sino que se observa.
Conclusión
En congruencia con lo anterior, debe tomarse en consideración que las tarifas se incrementan conforme a los títulos de concesión, con base en el índice nacional de precios al consumidor. Por tanto, se estima que no con esta reforma se resuelve el incremento o costo de peaje en las casetas de cobro. Ante tal circunstancia se estima necesario que se convoque a una reunión a funcionarios de la SCT para que informen de los proyectos en materia de concesión de carreteras y qué modalidades, distintas de las actuales, han considerado para emitir los títulos de concesión y, derivado de ello, se proponga adecuar el orden jurídico relativo a esta materia.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a consideración de la asamblea los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción III del artículo 7, el artículo 30 y la fracción I del artículo 74 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y se adiciona un párrafo al artículo 20 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2013.
La Comisión de Transportes, diputados:Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez, Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), J. Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Francisco Tomás Rodríguez Montero, José Soto Martínez, Jorge Terán Juárez (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Se informa a la asamblea que, en cumplimiento al artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria. En consecuencia, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos concluidos.
VOLUMEN III
LEY GENERAL DE SALUD
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa que reforma los artículos 6o., 23, 51 Bis 1 y 58 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada federal María del Rocío Corona Nakamura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 6, 23, 51 Bis 1 y 58, de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
1. Planteamiento del problema
En nuestro país se ha promovido la igualdad entre géneros y se ha logrado paulatinamente el acceso de la mujer a roles que anteriormente estaban reservados para los hombres; esto debido a un lento pero efectivo cambio impulsado por la lucha constante de la mujer para mejorar sus oportunidades y condiciones de vida en todos los aspectos de su interés.
Diversos factores como el avance en materia de acceso a la educación, mejor posicionamiento e incorporación de la mujer al mercado laboral y mayor participación en ámbitos como el económico, académico, educativo, cultural, científico, político y la separación de la actividad sexual y reproductiva; han ampliado la expectativa de vida, desarrollo y oportunidades para la mujer, pero de igual forma la enfrentan a una sobrecarga que resulta de asumir esos roles antiguos que sumados a los nuevos, han diversificado sus retos pero también los factores de riesgo para su salud.
En este tema, se ha comprobado que factores socio demográficos inciden directa o indirectamente de manera negativa en la salud de mujeres y hombres; sin embargo se sabe que la mujer presenta una vulnerabilidad mayor a esta incidencia, debido a situaciones como pobreza extrema, violencia, segregación educativa y precariedad en el acceso a servicios.
Por ello el utilizar el enfoque de género en el diseño, planeación y funcionamiento de las políticas públicas, representa un gran avance en la intención de mantener vigentes sus propósitos, alcances y metas respecto a las necesidades de la población y garantiza su eficiencia y eficacia.
Esta condicionante en materia de atención médica, procuración, servicios y atención de la salud lamentablemente ha sido reducida a un enfoque exclusivamente fisiológico, lo que ha motivado que la orientación de las políticas de salud que supuestamente incluyen el enfoque de género; no contengan o propongan acciones efectivas para eliminar o reducir inequidades entre hombres y mujeres.
Los temas relacionados a la salud y atención médica, deben tener un enfoque integral que considere la fisiología y el contexto social, para poder entender la necesidad de generar especificidades en la prevención, atención, tratamiento, recuperación, rehabilitación y auto-cuidado de la salud de las mujeres en nuestro territorio.
Para sustentar esta necesidad basta mencionar como ejemplo cotidiano, que hay síntomas de enfermedades cardiovasculares, en donde las diferencias derivadas al género son muy marcadas y demuestran la existencia de una diversificación en los factores de riesgo y manifestaciones clínicas, requiriendo la aplicación de distintas medidas terapéuticas, de identificación y tratamiento.
Existe otra vertiente que nos muestra la necesidad de este enfoque especializado en la atención a la salud de las mujeres; este se presenta en el ámbito laboral, específicamente con la prevención, trato, consideración y seguimiento de accidentes laborales; se ha comprobado que las mujeres son más susceptibles a padecer estrés laboral, enfermedades infecciosas, trastornos en las extremidades superiores, enfermedades de la piel, la vista y alergias, además de los relacionados con su salud reproductiva.
La ausencia de este trato especializado hacia las mujeres en los servicios de atención de salud y médica, ha derivado en el mejor de los casos en un retraso en el diagnóstico de enfermedades y en algunos otros la perdida de la vida.
Con este enfoque de género en los servicios de salud, se le permite a la mujer un control efectivo sobre su atención médica, cuidado y procuración integral de su salud en las diferentes etapas de su vida y ciclo vital, y un mayor acceso a servicios relacionados con la atención preventiva; que le permitan detectar a tiempo y protegerse de condiciones potencialmente graves y afecciones como el cáncer cérvico-uterino y cáncer de mama.
En el caso de estas dos enfermedades de la mujer, la aplicación de un enfoque de género en materia de salud le garantizaría a la mujer cuidados médicos y clínicos especializados, humanizados y profesionales. En México, el cáncer cérvico-uterino y el cáncer de mama son el padecimiento más frecuente y de principal mortalidad entre las mujeres; y desde el año 2005 son causantes de un elevado número de muertes en todos los grupos socioeconómicos, y ocupan los primeros lugares en las causas de la tasa de mortalidad de mujeres de entre 35 y 50 años de edad.
Aunque se reconoce que existen avances en políticas y programas públicos sobre estas 2 enfermedades graves; un enfoque de género en materia de salud en nuestro país generaría un proceso de sensibilización en los prestadores de servicios médicos, clínicos y hospitalarios, y motivaría la búsqueda y desarrollo de mejores instrumentos de diagnóstico, avanzados programas de detección temprana, tratamientos integrales mejorados y mayor conocimiento de los factores de riesgo.
Permitiría además, concientizar a la población en general sobre la gravedad de estas enfermedades, difundiendo sus causas y su sintomatología y reiterando la importancia de auto-examinarse y realizarse los exámenes correspondientes en tiempo; generando una efectiva cultura de la prevención y detección temprana de estos padecimientos.
En nuestro país se han logrado importantes avances para erradicar estas y otras desventajas en matrería de salud, pero no han sido suficientes; basta mirar el ejemplo internacional que ha desarrollado efectivos organismos y estrategias específicas que abordan la salud de la mujer de manera integral.
Desde 1998 la Organización Mundial de la Salud, y por consiguiente los estados miembros en los que se encuentra nuestro país; estableció un compromiso por la equidad, solidaridad y justicia social y la incorporación de la perspectiva de género en sus estrategias, y consideran el enfoque de género como un condicionante clave en la atención de la salud.
Establece que todas las políticas públicas en materia de salud deben contemplar la igualdad y la equidad de género, y reconocer que la mujer y el hombre tienen necesidades diferentes y gozan de distintas oportunidades de desarrollo; como medida para corregir el desequilibrio existente.
Pero no basta con reconocer esas diferencias, es necesario que servicios médicos y de salud reconozcan en su actuar que las necesidades específicas en materia de atención y procuración de la salud que tienen las mujeres, no derivan exclusivamente de sus diferencias biológicas o fisiológicas; sino también de sus distintas condiciones de vida.
Por ello se hace imprescindible que en nuestro país se incorpore la perspectiva de género en la programación y planificación de los servicios médicos y de salud; para garantizar que la promoción de la salud, la atención y cuidados médicos y clínicos-hospitalarios, sean sensibles ante esas diferencias.
Si bien la diversidad en operación de planes y políticas públicas de salud es amplia y con una creciente cobertura y mejoras en el servicio, lamentablemente pocos planes han abordado específicamente la salud de la mujer mexicana y se ha perdido una única y valiosa oportunidad más de contribuir al desarrollo integral, físico y mental en todas la etapas de su vida.
2. Argumentos de sustento
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4º que:
El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el esparcimiento de sus hijos.
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Es mandato constitucional; que toda ley referida a la atención, acceso y prestación de servicios médicos y de salud deberá sentar las bases y modalidades para tal efecto; y la práctica nos indica que estas bases y modalidades deben de corresponder a las necesidades y requerimientos de su población o sector objetivo.
Por ello, la actualización y el mantenimiento de la vigencia en nuestras leyes debe de ser una constante en nuestro gobierno, siempre con un enfoque de corresponsabilidad entre los poderes de la nación y los diferentes niveles de gobierno; lo que obliga a esta soberanía en atención sus facultades a asumir su compromiso correspondiente.
México tiene una población total conforme la más reciente información publicada por el Censo de Población y Vivienda del Inegi, de 112, 336, 583 millones de habitantes, de los cuales 57, 481, 307 millones de habitantes, es decir el 51.17 por ciento son mujeres que presentan una expectativa de vida de 78.1 años; 5 años más en comparación con la expectativa de vida del hombre (73.4 años).
De este total de mujeres en nuestro país, en edad fértil (es decir entre 15 y 49 años de edad) se encuentran un 27 por ciento de la población femenina. Y de la población femenina activa en el mercado laboral, un poco más de la mitad tiene derecho a la seguridad social es decir solo un 55 por ciento. Sin embargo, en algunas entidades federativas con mayores índices de rezago y marginación como Chiapas, Guerrero y Oaxaca esta condición no la tienen ni la tercera parte de las mujeres en edad fértil indefinidamente si están o no laboralmente activas.
Por ende, la mujer mexicana está demandando y requiriendo en mayor medida de servicios especializados en la previsión, tratamiento, recuperación, rehabilitación y auto-cuidado de su salud.
Por esto, es imprescindible reconocer que entre hombres y mujeres hay diversas sintomatologías, enfermedades y problemas de salud; y que en la mujer hay diferencias marcadas que corresponden a sus distintas edades y sus ciclos o etapas de vida.
Las mujeres mexicanas de todas las edades requieren la elaboración de planes, programas y políticas públicas de salud definidas, que atiendan los cambios entre cada etapa de su vida y los derivados por el ámbito social en que se desarrollan.
Por ejemplo, en la etapa del desarrollo infantil y adolescencia de las mujeres mexicanas, no se atienden o se previenen de manera especializada, aquellas patologías relacionadas y derivadas de problemas o trastornos de nutrición y alimentación, auto reconocimiento de su cuerpo y la protección a estereotipos establecidos como la delgadez extrema; a pesar de que se tiene el reconocimiento de que estos factores desencadenan problemas importantes de salud no solo en esa etapa sino también en las posteriores.
Para el caso particular de mujeres jóvenes no se atienden por parte de las autoridades en materia de salud las conductas de riesgo, la detección de situaciones de exposición al maltrato y la violencia sexual, la educación afectivo-sexual, la prevención y la información de las enfermedades de transmisión sexual y de embarazos no deseados.
En la etapa de madurez no se incluyen de manera determinante en las políticas públicas de atención a la salud, la prevención de patologías vinculadas a su sexo como por ejemplo la detección temprana y el acceso a la atención del cáncer cérvico-uterino y el cáncer de mama, las patologías emergentes o las que se relacionan con los cambios fisiológicos como el climaterio, las afecciones cardiovasculares, músculo-esqueléticas o los problemas de salud mental.
Por último, carecemos en nuestro sistema nacional de salud para las mujeres mexicanas en la etapa final de su vida, de efectivos sistemas de protección social y de los cuidados profesionales, especializados y humanizados en materia sanitaria y social para la atención de las enfermedades discapacitantes y que producen codependencia como las enfermedades crónico-degenerativas, cánceres y trastornos de la salud mental.
Cabe señalar que algunos de los problemas de salud descritos afectan a las mujeres con mayor incidencia en alguna etapa específica de su vida, pero no debe descartarse que estas enfermedades puedan presentarse en cualquier momento a lo largo de su vida. Los datos proporcionados y publicados por el Inegi disponibles y actuales corresponden al año 2000 y nos hacen referencia a este hecho, por ejemplo en nuestro país las principales causas de muerte en las mujeres son las siguientes:
1. Enfermedades del corazón con 50, 226 casos registrados.
2. Tumores malignos con 31, 222 casos registrados.
3. Diabetes Mellitus con 31, 222 casos registrados.
4. Enfermedades cerebro-vasculares con 25, 425 casos registrados.
Si tomamos como referencia la segunda causa principal de muerte en las mujeres, los datos nos confirman la necesidad de garantizar el enfoque de género en las políticas de atención a la salud y además la obligatoriedad de la profesionalización en la atención, cuidado y trato del personal facultado para brindarlos.
Estos datos son los siguientes:
El mayor de defunciones en la mujer se da en el rubro de la población de entre 35 y 64 años, si bien se pudiese pensar que las afecciones del corazón son las que mayor inciden, no es así y mucho menos en las mujeres de entre 15 y 45 años; esto por lo siguiente:
Las principales causas registradas de defunciones en mujeres de entre 15 a 24 años son:
1. Accidentes.
2. Tumores malignos derivados a leucemia.
3. Las derivadas al embarazo, parto y puerperio.
Las principales causas registradas de defunciones en mujeres de entre 25 a 34 años son las siguientes:
1. Tumores malignos con 1083 casos registrados.
Cáncer cérvico-uterino con 219 casos registrados.
Cáncer de mama con 172 casos registrados.
2. Accidentes.
3. Causas relacionadas al embarazo, parto y puerperio.
Las principales causas registradas de defunciones en mujeres de entre 35 a 44 años son las siguientes:
1. Tumores malignos con 2,599 casos registrados.
Cáncer cérvico-uterino con 745 casos registrados.
2. Enfermedades del corazón.
3. Diabetes Mellitus.
Las principales causas registradas de defunciones en mujeres de entre 45 a 64 años son las siguientes:
1. Tumores malignos con 9,886 casos registrados.
Cáncer cérvico-uterino con 1,952 casos registrados.
Cáncer de mama con 1,669 casos registrados.
2. Diabetes Mellitus.
3. Enfermedades del corazón.
Estos datos nos indican que las 4 principales causas de defunciones en la población femenina corresponden a patologías o enfermedades que son susceptibles a presentar diferencias entre mujeres y hombres en cuestiones sintomáticas y en los factores de riesgo que las originan; por lo tanto se requiere que la promoción de la salud, la atención y cuidados médicos y sanitarios de al menos estas enfermedades, correspondan y atiendan efectivamente a esas diferencias derivadas no únicamente de cuestiones biológicas sino también de las distintas condiciones de vida en cada uno de los casos particulares.
Para el caso de los tumores malignos derivados del cáncer cérvico-uterino y el cáncer de mama, el asunto se convierte en un problema grave porque estas dos patologías coinciden en nuestro país, con la incorporación de la mujer al ámbito laboral, con su madurez sexual-afectiva y con su etapa reproductiva; como lo muestran los siguientes cuadros:
En lo que se refiere al cáncer cérvico-uterino según la Organización Mundial de la Salud, es la segunda mayor causa de mortalidad femenina por cáncer en todo el mundo, con aproximadamente más de 300,000 muertes al año. Asimismo se reconoce que el 80 por ciento de los casos corresponden a los países en vías de desarrollo.
En México, esta enfermedad como se mencionó anteriormente y se pudo verificar en los cuadros anexos, fue la primera causa de muerte entre las mujeres mexicanas con cáncer, ocupando un 16.6 por ciento respecto a otros cánceres, causando anualmente la muerte prematura de 4,500 mujeres aproximadamente al año. Cabe señalar, que la mayoría de las mujeres que desarrollan este cáncer tienen entre 40 y 50 años de edad, sin embargo, cada vez es más común la presencia de esta enfermedad en mujeres jóvenes de edades entre 20 y 30 años.
Asimismo, en nuestro país lamentablemente más de la mitad de los casos de cáncer cérvico-uterino que se detectan en una etapa avanzada, se encuentran en mujeres que no acceden a revisiones regulares y de detección oportuna, esto debido a que esta patología tiene un proceso asintomático en las primeras etapas de desarrollo.
Entre los factores de riesgo conocidos para el desarrollo de esta enfermedad se encuentran el inicio de las relaciones sexuales antes de los 18 años, tener algún parto antes de los 18 años, tener múltiples parejas sexuales o que la pareja sexual tenga relaciones sexuales con otras mujeres; asimismo la multiparidad, el tabaquismo, la inmunodepresión y la deficiencia vitamínica.
La incidencia de esta enfermedad es más común en mujeres jóvenes sexualmente activas, de entre 18 y 30 años de edad, después de los 30 años disminuye la incidencia, pero se vuelve a presentar después de los 45 años lo que sugiere que la infección fue a una temprana edad.
Afortunadamente el cáncer cérvico-uterino se diagnostica fácilmente a través de estudios de laboratorio como el papanicolaou y la colposcopia, siempre y cuando se realicen periódicamente; pero esto no se hace.
Respecto al cáncer de mama se tiene el mismo problema; se le considera de igual manera como una grave amenaza para la salud de la mujer a nivel mundial y en México desde el año 2006 este tipo de cáncer ha aumentado considerablemente el número de muertes.
Esta grave enfermedad es la segunda causa de muerte en mujeres de entre 30 y 54 años de edad; y representa una amenaza latente en todos los niveles socioeconómicos con una tendencia creciente alarmante; ya que de 6,000 nuevos casos detectados en el año 1990, se proyecta un incremento cercano a 16,500 nuevos casos anuales para el año 2020.
Desafortunadamente y debido a la falta de una cultura de la prevención y a políticas públicas en materia de salud con un enfoque de género; la mayoría de los casos se auto-detecta y sólo un 10% de todos los casos se identifican en una etapa temprana.
Su detección oportuna es de igual forma sencilla y se realiza por medio de auto-revisión periódica o la realización de estudios de laboratorio denominados mamografías. A pesar de estos datos y por las carencias anteriormente mencionadas; los servicios y el acceso a medidas de detección temprana escasean o son muy limitados, en particular la mamografía. Cabe mencionar que en nuestro país, desde el año 2006, sólo un 22 por ciento de las mujeres de 40 a 69 años se sometió a una mamografía.
El cáncer cérvico-uterino y el cáncer de mama son de los tipos de cáncer más fáciles de detectar, diagnosticar y prevenir debido a que su desarrollo es gradual pero indicativo; la prevención es la herramienta más importante en la lucha contra el cáncer cérvico-uterino y de mama; sin embargo, la falta de información adecuada y la carencia de un enfoque de género en la elaboración de políticas públicas en materia de salud, deja en desventaja no solo a las mujer frente a estas enfermedades graves, sino también a la sociedad en su conjunto.
Por esto en esa etapa es donde mayormente requiere la mujer mexicana de información de calidad en cuestión de acceso a servicios de salud integral, salud sexual y reproductiva; con una atención integral especializada, humanizada y más incluyente y participativa.
Finalmente se concluye que el integrar en México una visión específica de atención a la salud de las mujeres en las distintas etapas de su ciclo vital, implica dar respuesta real a las demandas en materia de salud que presentan; ya sea tratándose de niñas, adolescentes, mujeres en edad adulta o edad avanzada; y erradicar o evitar la inequidad por condicionante de género.
3. Fundamento legal
La presente iniciativa con proyecto de decreto se fundamenta en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6 numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
4. Denominación del proyecto de decreto
La iniciativa reforma el artículo 6, 23, 51 Bis 1 y 58 de la Ley General de Salud.
5. Texto normativo propuesto
Por todo ello, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 6, 23, 51 Bis 1 y 58 de la Ley General de Salud
Artículo Primero. Se reforma la fracción I y III del artículo 6 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 6o.El sistema nacional de salud tiene los siguientes objetivos:
I.Proporcionar servicios de salud a toda la población sin discriminación alguna y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en las acciones preventivas ; incorporando el enfoque de género y el acceso en igualdad de condiciones y oportunidades entre mujeres y hombres bajo un esquema de universalidad, eficiencia, confidencialidad, privacidad y solidaridad.
II. ...
III.Colaborar al bienestar social de la población mediante servicios de asistencia social, principalmente a menores en estado de abandono, ancianos desamparados, mujeres en condición de vulnerabilidad y discapacitados, para fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo económico y social;
IV. a IX. ...
Artículo Segundo. Se reforma el artículo 23 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 23. Para los efectos de esta Ley, se entiende por servicios de salud todas aquellas acciones realizadas en beneficio del individuo sin distinción de género con respeto y tolerancia a sus preferenciasy de la sociedad en general, dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad.
Artículo Tercero. Se adiciona una fracción XII al artículo 27 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 27.Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:
I. a XI. ...
XII. La salud sexual y reproductiva.
Artículo Cuarto. Se reforma el primer párrafo del artículo 51 Bis 1 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 51 Bis 1.Los usuarios tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna, y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de su salud, incluyendo la salud sexual y salud reproductiva, así como sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.
Artículo Quinto. Se adiciona una fracción VIII al artículo 58 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 58. La comunidad podrá participar en los servicios de salud de los sectores público, social y privado a través de las siguientes acciones:
I. a VII. ...
VIII. En la incorporación de la transversalidad del enfoque integral de la igualdad de género, para erradicar todas las inequidades que se presenten en la atención a la salud.
Transitorio
Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2013. Diputadas: María del Rocío Corona Nakamura, María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
DISTINCIONES DE LA CAMARA
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa de decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda Sentimientos de la Nación, a cargo del diputado Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado Manuel Añorve Baños, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y como presidente de la Comisión Especial de Conmemoración del Bicentenario del Congreso de Anáhuac y los Sentimientos de la Nación de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I; 262 y undécimo transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de los integrantes del pleno, la presente iniciativa con proyecto de decreto, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
La Cámara de Diputados, de acuerdo con el artículo 79, fracción III, de su nuevo reglamento, puede otorgar premios y reconocimientos públicos a héroes, próceres o ciudadanos nacionales distinguidos, o a eventos históricos que por su relevancia o contribución a la nación ameriten la entrega de un reconocimiento o la celebración de una sesión solemne.
La histórica práctica parlamentaria de presentar iniciativas con propuestas para realizar inscripciones con Letras de Oro que en realidad son de bronce en el Muro de Honor del salón de sesiones, puede considerarse dentro de este tipo de homenajes.
En todos los casos, la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias es el órgano encargado de estudiar la procedencia de las propuestas que le sean turnadas con tal objetivo y someterlos finalmente a consideración del pleno.
Desde 1823 propiamente no existía una reglamentación precisa en cuanto a la Inscripción de Letras de Oro en el Muro de Honor. Fue durante la LX Legislatura que los diputados Víctor Samuel Palma César y Carlos Ernesto Zatarain González, propusieron la creación de un reglamento para este acto con el cual la Cámara de Diputados hace un merecido reconocimiento a quienes desde distintas trincheras contribuyeron a engrandecer la patria.
Sin embargo, no fue sino con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de la Cámara de Diputados, que se estableció en su artículo 262 que la Cámara podría realizar inscripciones dentro del recinto, conforme a los Criterios para las Inscripciones de Honor en el Recinto de la Cámara de Diputados que emita la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, mismos que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2011.
Estos criterios establecen en su artículo 5 que la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias resolverá sobre las propuestas de inscripción presentadas valorando los méritos, virtudes, grado de eminencia, aportaciones y servicios a la patria o a la humanidad; de ciudadanos mexicanos o mexicanas; sujetándose a los principios de imparcialidad, objetividad y transparencia, atendiendo a criterios de validez universal.
A la luz de esas consideraciones, resulta fundamental recordar que en septiembre de este año nuestro país conmemorará el bicentenario del movimiento constitucional mexicano, que surgió con la instalación del Congreso de Anáhuac, en Chilpancingo de los Bravo, hoy municipio del estado de Guerrero en el año de 1813.
Me refiero a la instalación del Congreso de Anáhuac, también conocido como de Constituyente de Chilpancingo o Apatzingán, dado el ambular errante que tuvieron sus integrantes que los obligó a sesionar de pueblo en pueblo, producto de la lucha insurgente que en ese momento se desa-rrollaba.
Este Constituyente fue convocado en junio de 1813 por general José María Morelos y Pavón, y se constituyó finalmente en Chilpancingo, el 14 de septiembre, por tres diputados propietarios: José María Liceaga, Ignacio López Rayón, José Sixto Verduzco y tres suplentes: José María de Cos, Carlos María Bustamante, Andrés Quintana Roo. Posteriormente se incorporaron José Murguía por Oaxaca y José María Herrera por Tecpan.
En la sesión inaugural del Congreso de Chilpancingo, el general José María Morelos y Pavón dio lectura a los veintitrés puntos que él mismo denominó: Sentimientos de la Nación y que son considerados la base del Acta Solemne de la Declaración de Independencia de la América Septentrional, que declaró la soberanía de la Nueva España frente al trono español.
Los Sentimientos de la Nación es un magnífico documento que plasmó el ideario y espíritu libertario de don José María Morelos y Pavón, pero sobre todo la expresión más pura de las causas por las que luchaban los insurgentes frente a los realistas, siendo su vigencia perenne. Por esa razón, los diputados constituyentes decidieron unánimemente dar a Morelos el cargo de Generalísimo; sin embargo, éste no aceptó tal nombramiento y pidió ser llamado Siervo de la Nación, porque ésta asume la más grande, legítima e inviolable de las soberanías.
Dado que en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro se presenta de la manera más clara y contundente el sentir del pueblo mexicano, a través de sus representantes, se considera de vital relevancia que la inscripción Sentimientos de la Nación se sitúe en la parte superior del Muro de Honor, pues ello recordará de manera permanente a los legisladores que su deber es saber y transmitir cuáles son los legítimos y auténticos reclamos del pueblo de México, más allá de cualquier otro interés.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones jurídicas aplicables, someto a la atenta consideración de esta honorable Cámara la aprobación del siguiente
Decreto que dispone la inscripción con letras de oro, en la parte superior del Muro de Honor de la Cámara de Diputados, la leyenda Sentimientos de la Nación.
Artículo Único. Inscríbase con Letras de Oro, en la parte superior del Muro de Honor de la Cámara de Diputados, la leyenda Sentimientos de la Nación.
Transitorios
Primero.Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en coordinación con la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, definirá la fecha y el protocolo de la sesión que debe llevarse a cabo para cumplir con lo señalado en el artículo único de este decreto.
Tercero. La Secretaría General llevará a cabo las previsiones necesarias para el ceremonial respectivo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2013. Diputados: Manuel Añorve Baños, María del Rocío Corona Nakamura, Francisca Elena Corrales Corrales, María Esther Garza Moreno, Landy Margarita Berzunza Novelo (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
Se recibió del diputado Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del PRI... Perdón es la misma, me están pasando la misma iniciativa.
LEY GENERAL PARA EL CONTROL DE LA CANNABIS, LA ATENCION A LAS ADICCIONES Y LA REHABILITACION - LEY GENERAL DE SALUD - CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES -LEY FEDERAL DE DERECHOS - LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa que expide la Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención a las Adicciones y la Rehabilitación; y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo de Fernando Belaunzarán Méndez y suscrita por Agustín Miguel Alonso Raya, diputados del Grupo Parlamentario del PRD
Planteamiento del problema
Debido al alarmante crecimiento del crimen organizado y de todos los fenómenos destructivos que genera la producción, el procesamiento, el tráfico, la venta y el consumo ilegal de sustancias prohibidas, como son la violencia, la fármaco dependencia y adicciones, la desarticulación de las familias y del tejido social, la cooptación de las personas, sobre todo hombres y mujeres jóvenes a las filas de las bandas criminales, la penetración de la delincuencia organizada en las estructuras gubernamentales en todos los niveles; así como de los circuitos financieros locales, nacionales y globales; y ante la evidencia de que la llamada guerra contra el narcotráfico no sólo ha dado los resultados que el gobierno federal esperaba, sino que ésta fallida estrategia ha disparado la violencia y la inseguridad como lo demuestran las más de 60 mil muertes registradas en la presente administración; se hace evidente y urgente el cambio de paradigma para enfrentar el problema del tráfico ilegal de drogas, haciendo énfasis en la educación y la necesidad de promover el ejercicio responsable de la libertad, en lugar de la política punitiva y meramente represiva que, como es notorio, ha fracasado.
Por ello, planteamos como uno de las rutas estratégicas alternas la regulación de la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo de la cannabis y sus productos derivados, para sustraer de manos criminales un importante mercado, y minimizar y reparar los daños sociales que genera esta actividad ilegal, en virtud de ser actualmente la sustancia ilegal de mayor consumo en México y en el mundo y que más recursos económicos genera al crimen organizado.
Argumentos
Las sociedades contemporáneas padecen el flagelo del crimen organizado y el narcotráfico se ha consolidado como la actividad principal vista de manera global. El tráfico ilegal de sustancias prohibidas, que también implica la producción y el procesamiento ilegal de las mismas, involucra a millones de personas en el mundo y produce incalculables ganancias anuales. El poderío económico del crimen organizado le permite infiltrar estructuras gubernamentales y financieras en todo el globo y han mostrado, en nuestro país y en otras regiones de América Latina, tener una capacidad bélica superior a las policías y, en algunos casos, equiparables a los ejércitos regulares, incluido armamento ligero y pesado de última generación.
Si analizamos el desarrollo de las sustancias prohibidas durante el siglo XX y lo que va del XXI, sabiendo por supuesto, que muchas de ellas son milenarias y han acompañado a las sociedades desde épocas remotas, podemos concluir que los gobiernos optaron por la misma estrategia, tanto para la producción de los opiáceos en 1909, en la Comisión sobre el Opio, en Shangai y en la Conferencia Internacional en La Haya que resultó en la Convención Internacional del Opio de 1912, hasta para la producción química de enervantes, las famosas piedras, a finales del siglo XX, la estrategia fue regulación restrictiva de todas las sustancias psicoactivas orientadas hacia el uso médico y hacia la prohibición de cualquier otro tipo de uso.
Así se fueron orientando las políticas de los diferentes países del mundo, a través de convenciones antes de 1946 y ya con el auspicio de la Organización de Naciones Unidas después de la Segunda Guerra Mundial. La ONU asumió la responsabilidad del control de las drogas ilícitas, al crear la Comisión de Estupefacientes en el marco del Consejo Económico y Social. Esta tardó hasta 1961 en consolidar una normatividad internacional a través de la Convención Única sobre Estupefacientes, mientras derogaba gran parte de las convenciones que le antecedieron. Los esfuerzos de esta Comisión a lo largo de sus 50 años de vida han consistido en limitar los usos de las drogas clasificadas a aquellos médicos y de investigación científica. Con ello se ha pretendido eliminar cualquier otra razón o forma de uso, incluso si este es tradicional en alguna localidad o pueblo originario.
Para 1988 la política punitiva anti uso de drogas se recrudecía con la firma de la Convención contra el Tráfico ilícito de Estupefacientes y Drogas psicotrópicas que tipificó penalmente y obligatoriamente la posesión de drogas para el consumo personal alrededor del mundo.
Hoy, en el primer tramo de nuestro siglo, podemos afirmar que justamente la prohibición, como política de Estado, no ha podido acabar con este flagelo, y al parecer, atendiendo a la estadística del mercado y de los estudios mundiales de adicciones, en los hechos, ha contribuido para el desarrollo exponencial del negocio ilícito. Es obvio que los países con industria bélica se han beneficiado del negocio.
Dicho de otra manera, más coloquial, a pesar de que las sustancias están prohibidas, sobre todo en cuanto a su libre producción, procesamiento, distribución, venta y consumo, en realidad se producen, procesan, distribuyen, venden y consumen globalmente en un lucrativo negocio al amparo del mercado negro, generando violencia, adicción, criminalidad, ganancias multimillonarias al crimen organizado, descomposición social y corrupción en los gobiernos.
Con independencia de los propósitos de la prohibición como política de Estado que se impulso desde hace un siglo debemos revisar con toda responsabilidad y sinceridad la pertinencia de mantenerlo, en virtud de sus resultados, puesto que el consumo de sustancias prohibidas no ha dejado de incrementarse y se han generado males sociales muy perniciosos como el de la violencia desbordada. Por lo anterior se hace indispensable cambiar de paradigma como punto de partida para construir políticas de Estado más eficaces en la lucha contra las adicciones y contra el manejo ilegal de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
Desde hace más de 25 años, varios países como Alemania, Australia, Brasil, Canadá, España, Países Bajos, Portugal, Reino Unido y Suiza, han promovido políticas alternativas al enfoque prohibicionista que generalmente son conocidas como de reducción de daños.
Resulta obvio pensar que un cambio de paradigma, que implica un nuevo enfoque y un cambio cultural profundo debemos hacerlo con responsabilidad y con rigor científico y jurídico; pero también es cierto que debemos hacerlo ya.
De hecho al ver que la prohibición no resolvía el problema del incremento de las adicciones y del tráfico ilegal de las sustancias prohibidas, el debate internacional y regional volvió a cobrar fuerza. En 2008, los ex presidentes de México, Ernesto Zedillo, de Colombia, César Gaviria, y de Brasil, Fernando Enrique Cardoso impulsaron la creación de la Comisión Latinoamericana de Drogas y Democracia, promoviendo la despenalización no la legalización de la marihuana.
En años recientes varios estados de la Unión Americana han dado importantes pasos para la despenalización y la regulación de la marihuana y ya son 18 estados que han decidido establecer la llamada cannabis médica, como es el caso de California. Pero la reciente decisión de los ciudadanos de Colorado y Washington representa un parte aguas, pues en ellos se reconoce la posibilidad de consumirla legalmente con fines recreativos. Vale la pena preguntarse si es pertinente mantener la guerra para que la cannabis no ingrese a Estados Unidos, cuando en ese país ya está permitida. Recordemos que la mayor parte de la marihuana que se produce en México se consume en dicho país.
Las regulaciones a la cannabis aprobadas en el país vecino son muy estrictas, pero están intentando promover una nueva conciencia y una nueva cultura para atender el problema de las adicciones con fondos generados a partir de impuestos y diversos trámites necesarios para normar la producción, el procesamiento, la distribución, la venta y el consumo del cannabis y sus productos derivados.
También es digno de reconocer que aunque Felipe Calderón, ex presidente de México, se opuso activamente a que avanzara la regulación de la marihuana en California, fue él quien impulsó en nuestro país la reforma conocida como la Ley de Narcomenudeo reformando la Ley General de Salud, los Códigos Penal Federal y de Procedimientos Penales, para establecer un tope máximo de portación de narcóticos para consumo personal y para promover mayor coordinación entre los tres niveles de gobierno y precisar la corresponsabilidad del gobierno federal con los gobiernos locales en materia de prevención, sanción e investigación en el combate al narcotráfico. Y no está de más recordar que el propio Felipe Calderón se ha pronunciado recientemente, tanto en la ONU como en otros foros, por analizar las implicaciones de las regulaciones a la cannabis en distintos estados de la Unión Americana y discutir la conveniencia de revisar el actual paradigma prohibicionista.
El avance principal de este incipiente marco jurídico es la clara diferenciación que logra la Ley de Narcomenudeo entre un usuario, un farmacodependiente, un narcomenudista y un narcotraficante. También a partir de esta reforma se establecen las cantidades que puede portar un usuario sin ser considerada esta posesión como un delito, quedando para la marihuana 5 gramos, opio 2 gramos, cocaína 500 miligramos, heroína, 50 miligramos, metilendioxianfetamina 40 miligramos y LSD 0.015 miligramos.
La idea de proponer una regulación rigurosa para la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo de la Cannabis y sus derivados, parte de los datos concretos recabados por las autoridades competentes en México mismos que se reflejan en la Encuesta Nacional de Adicciones de 2011, la última que se ha publicado, en donde se establece con claridad que la marihuana es la droga más usada. La han consumido el 4.2 por ciento de las personas entre los 12 y 65 años. La encuesta revela que en los últimos años, la adicción a la marihuana ha crecido sobre todo entre los hombres de 1.7 a 2.2 por ciento. En las mujeres se ha mantenido prácticamente igual, en el rango del 1.1 por ciento. La población consumidora representa en México el 1.2 por ciento sobre la población general, duplicando la adicción a la cocaína y otras drogas que está en el rango del 0.5 por ciento de la población. La evidencia es contundente para poder afirmar que la Cannabis es la sustancia psicoactiva que más se consume en nuestro país y de la cual existe el mayor número de adictos y adictas.
La Ley General para el Control de la Cannabis, la atención de las Adicciones y la Rehabilitación, y las reformas a la Ley General de Salud, al Código Penal, al Código de Procedimientos Penales, a la Ley Federal de Derechos, y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que propongo, para la consideración de esta soberanía, proveerán un marco jurídico riguroso para regular la producción, el procesamiento, la distribución, la venta y el consumo de la cannabis y sus derivados y también reforzarán las medidas legales y penales en contra de cualquier abuso que exceda los ámbitos de control, contra la venta del producto a menores de edad y también nos permitirá sustraer a la cannabis y a todo el mercado que genera de las manos de las organizaciones ilegales y criminales, además de que generará un Fondo para la prevención y la atención de las adicciones.
La mejor política frente a las drogas es la que busca reducir el consumo mediante la persuasión racional basada en información científica. La educación y el convencimiento siempre serán mejores y más efectivos que la represión y la coacción. Finalmente, el ser humano decide con acuerdo a su conciencia qué hacer con su vida y su organismo. Por ello mismo, el gran reto cultural que tenemos es el de promover el ejercicio responsable de la libertad, algo que ninguna ley puede suplir.
Esta propuesta de reforma prevé mecanismos de regulación para el consumo controlado de la cannabis para personas mayores de edad, y añade penas muy severas para quienes distribuyan y vendan a menores de edad.
El marco jurídico que se propone, también permitirá generar nuevos recursos fiscales que serán utilizados en favor del combate a las adicciones, de la educación, de la salud, de la investigación científica y de la prevención en contra del uso abusivo de la Cannabis y sus productos derivados.
Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención de las Adicciones y la Rehabilitación y que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal, del Código de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Derechos, y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Decreto por el que se expide la Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención a las Adicciones y la Rehabilitación, y que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal, del Código de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Derechos, y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
Artículo Primero. Se expide la Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención a las Adicciones y la Rehabilitación, en los siguientes términos:
Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención de las Adicciones y la Rehabilitación
Disposiciones Generales
Artículo 1. La presente ley es de utilidad pública y sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. A falta de disposición expresa se aplicará supletoriamente la Ley General de Salud.
Artículo 2. La presente ley tiene por objeto regular la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo de los productos derivados de la cannabis.
Artículo 3. La orientación, prevención, producción, distribución, comercialización, muestreo, verificación y en su caso la aplicación de medidas de seguridad y sanciones relativas al procesamiento de los productos de la cannabis, serán reguladas bajo los términos establecidos en esta ley y en la Ley General de Salud.
Artículo 4. La Secretaría de Salud será la responsable de coordinar las siguientes acciones:
I. Prevenir el consumo de productos derivados de la cannabis;
II. Alertar a la población de los efectos físicos y psicológicos de la cannabis;
III. Llevar a cabo el control sanitario del proceso productivo de los derivados de la cannabis;
IV. Establecer los lineamientos generales para la certificación de las licencias sanitarias para la producción y autoproducción de la cannabis;
V. Establecer los lineamientos generales para el consumo de la cannabis y
VI. Establecer los lineamientos para el tratamiento y rehabilitación de la dependencia a la cannabis u otras sustancias.
Artículo 5. Para efectos de esta Ley, se entiende por:
I. Cannabis: Sustancia psicoactiva tomada del cáñamo (cannabis sativa, híbrida, índica y americana o marihuana).
II. Productos derivados de la cannabis: cigarrillos, cogollos secos y desmenuzados para pipas e infusiones.
III. Control sanitario: Conjunto de acciones que realiza la Secretaría de Salud para verificar el cumplimiento de las normas en el proceso de producción y en la autoproducción de la Cannabis y en su caso, aplicación de sanciones, que ejerce la Secretaría de Salud y otras autoridades competentes, con base en lo que establecen esta ley, sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables.
IV. Licencia sanitaria: La Secretaría de Salud emitirá la licencia sanitaria, de conformidad con lo que establezca el Reglamento correspondiente.
V. Industria de la Cannabis: Es la conformada por los productores autoproductores, fabricantes, distribuidores y comercializadores;
VI. Producción industrial: Es la producción destinada a la comercialización.
VII. Distribución: La acción de vender productos de la cannabis para fines comerciales;
VIII. Autoproducción: Es la producción limitada a 5 plantas de cannabis sativa, híbrida, índica y americana o marihuana para consumo personal.
IX. Denuncia ciudadana: Notificación hecha a la autoridad competente por cualquier persona respecto de los hechos de incumplimiento de las disposiciones contenidas en esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables;
X. Ley: Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención a las Adicciones y la Rehabilitación;
XI. Fondo: Fondo del Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación a los consumidores de la Cannabis establecido en la Ley de ingresos.
XII. Programa: Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación de las adicciones
XIII. Secretaría: La Secretaría de Salud;
XIV. Verificador: Funcionario o funcionaria de la secretaría que tiene la facultad de vigilar el cumplimiento de esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.
Atribuciones de la autoridad
Artículo 6. La aplicación de esta ley estará a cargo de la secretaría en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Economía, la Procuraduría General de la República y otras autoridades competentes.
Artículo 7. La secretaría aplicará esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.
Artículo 8. La secretaría coordinará las acciones que se desarrollen para prevenir y tratar la dependencia a los productos derivados de la cannabis, promoverá y organizará los servicios de detección temprana, orientación y atención a adictos que deseen abandonar el consumo, investigará sus causas y consecuencias, fomentará la salud considerando la promoción de actitudes y conductas que favorezcan estilos de vida saludables en la familia, el trabajo y la comunidad; y desarrollará acciones permanentes para informar sobre las consecuencias físicas que genera el consumo de productos derivados de la cannabis.
Artículo 9. Son facultades de la secretaría, de conformidad con lo dispuesto en esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables:
I. Coordinar todas las acciones relativas al control sanitario de los productos de la cannabis;
II. Establecer métodos de análisis para evaluar que la fabricación y procesamiento de los productos derivados de la Cannabis se realice de conformidad con las disposiciones aplicables;
III. Determinar a través de disposiciones de carácter general la producción industrial de la cannabis;
IV. Determinar a través de disposiciones de carácter general lo relativo a las características, especificaciones y procedimientos relacionados con la autoproducción de la cannabis.
V. Emitir y en su caso revocar las licencias correspondientes para la producción, autoproducción, fabricación, distribución y venta de los productos de la cannabis;
VI. Promover la participación de la sociedad civil en la ejecución del Programa Nacional de Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación a los Consumidores de la Cannabis, y
VII. Proponer al Ejecutivo federal las políticas públicas para la prevención del consumo y para el tratamiento de la dependencia de los productos derivados de la cannabis.
Artículo 10. Las compañías productoras de derivados de la cannabis tendrán la obligación de entregar a la secretaría la información que ésta les solicite para garantizar que se apeguen a la normatividad.
De la prevención y rehabilitación de las adicciones
Artículo 11. Para la prevención del consumo y el tratamiento de las adicciones, la secretaría, establecerá lineamientos que garanticen la instrumentación y ejecución del Programa Nacional de Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación a los Consumidores de la Cannabis y otras sustancias legales e ilegales que comprenderá, entre otras, las siguientes acciones:
I. Instrumentar campañas de información para alertar sobre los efectos físicos y psicológicos del consumo de los productos derivados de la cannabis.
II. Establecer en todo el país centros para la rehabilitación, el tratamiento y la rehabilitación de las adicciones.
Artículo 12. Para poner en práctica las acciones del Programa Nacional de Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación a los Consumidores de la Cannabis, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
I. El programa se financiará con los recursos de un fondo especial establecido en la Ley de Ingresos y en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
II. El fondo del programa se constituye con los ingresos anuales recaudados a través del pago de derechos por concepto de las licencias y verificaciones de los productores, autoproductores, procesadores, distribuidores, comercializadores y vendedores y por concepto de pago de los impuestos establecidos en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Producción, autoproducción, comercio, distribución y venta de los productos derivados de la cannabis
Artículo 13. Todo establecimiento que proceso, distribuya o venda productos derivados de la cannabis, requerirá licencia sanitaria de acuerdo con los requisitos que establezca la secretaría.
Artículo 14. Todos los espacios físicos en los que se procesen productos derivados de la cannabis en la modalidad de autoproducción deberán contar con licencia y cumplir los requisitos que establezca la secretaría.
Artículo 15. Los productores de cannabis tendrán las siguientes obligaciones:
I. Contar con la licencia expedida por la Secretaría de Salud;
II. Renovar anualmente la licencia de producción;
III. Acreditar las verificaciones de la Secretaría de Salud;
IV. Pagar las contribuciones establecidas en la Ley de Derechos para el Fondo del Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación a los Consumidores de la Cannabis;
V. No participar en el proceso de distribución o venta de los productos.
Artículo 16. Quien procese los productos derivados de la cannabis tendrá las siguientes obligaciones:
I. Contar con la licencia sanitaria expedida por la Secretaría de Salud;
II. Acreditar la calidad de la materia prima utilizada;
III. Renovar anualmente la licencia;
IV. Acreditar las verificaciones que haga la Secretaría de Salud sobre la identidad, pureza, seguridad, estabilidad y cualquier otra prueba que señalen las disposiciones reglamentarias aplicables;
V. Pagar las contribuciones establecidas en la Ley de Derechos para el Fondo del Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación a los Consumidores de la Cannabis;
VI. No participar en el proceso de distribución o venta de los productos.
Artículo 17. Quien comercie productos de la cannabis tendrá las siguientes obligaciones:
I. Contar con la licencia sanitaria expedida por la Secretaría de Salud;
II. Renovar anualmente la licencia;
III. Acreditar las verificaciones que periódicamente realice la Secretaría de Salud;
IV. Pagar las contribuciones establecidas en la Ley de Derechos para el Fondo del Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación a los Consumidores de la Cannabis;
V. Exigir a los compradores que acrediten su mayoría de edad con identificación oficial con fotografía, de lo contrario serán sancionados conforme a lo que establece el Código Penal Federal, y
VI. Exhibir en los establecimientos la licencia sanitaria expedida por la secretaría.
VII. No participar en el proceso de producción o procesamiento del producto.
Artículo 18. Los autoproductores deberán:
I. Adquirir la licencia sanitaria expedida por la Secretaría de Salud
II. Renovar anualmente la licencia de autoproducción;
III. Acreditar las verificaciones que periódicamente realice la Secretaría de Salud.
IV. Pagar las contribuciones establecidas en la Ley de Derechos para el Fondo del Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación a los Consumidores de la Cannabis;
Artículo 19. El monto recaudado por concepto de impuestos será destinado al Fondo del Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación de los Consumidores de la Cannabis.
De los establecimientos destinados al procesamiento de productos derivados de la cannabis
Artículo 20. Los establecimientos que se destinen al procesamiento de los productos de la Cannabis se clasifican, para los efectos de esta ley, en:
I. Fábrica o laboratorio de materias primas para la preparación de infusiones, y cigarrillos.
II. Almacén de acondicionamiento de productos;
III. Almacén de depósito y distribución de productos derivados de la cannabis;
IV. Tienda: El establecimiento que se dedica a la comercialización de productos de la cannabis
V. Los demás que determine el Consejo de Salubridad General.
Artículo 21. Los establecimientos citados en el artículo anterior de esta ley deberán contar con un responsable de la identidad, pureza y seguridad de los productos.
Los responsables deberán reunir los requisitos establecidos en las disposiciones aplicables y serán designados por los titulares de las licencias o propietarios de los establecimientos, quienes darán el aviso correspondiente a la Secretaría de Salud.
Artículo 22. Los responsables sanitarios de los establecimientos a que se refiere el artículo 20 de esta ley deberán ser profesionales con título registrado por las autoridades educativas competentes, de acuerdo con los siguientes requisitos:
El responsable de cada establecimiento deberá ser profesional farmacéutico, químico farmacéutico biólogo, químico farmacéutico industrial o químico industrial.
Artículo 23. En los casos en que resulten afectadas, por acción u omisión, la identidad, pureza, conservación, preparación, dosificación o manufactura de los productos, el responsable del establecimiento y el propietario del mismo responderán a las sanciones que correspondan en los términos que señalen esta Ley y demás disposiciones legales aplicables.
Expedición de licencias
Artículo 24. Corresponde a la secretaría con base en lo dispuesto en la Ley General de Salud y demás disposiciones aplicables:
I. Expedir las licencias requeridas por esta ley;
II. Revocar dichas licencias;
III. Vigilar el cumplimiento de esta ley, y
IV. Ejecutar los actos del procedimiento para aplicar medidas de seguridad y sanciones.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Secretaría emitirá las disposiciones correspondientes.
De la vigilancia sanitaria
Artículo 25. Los verificadores serán nombrados y capacitados por la secretaría, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y demás disposiciones aplicables.
Artículo 26. Los verificadores realizarán actos de orientación, educación, verificación de las disposiciones de esta ley, de la Ley General de Salud y otras disposiciones en materia de control sanitario.
Artículo 27. Los verificadores podrán realizar visitas ordinarias y extraordinarias, sea por denuncia ciudadana u otro motivo, de acuerdo a las disposiciones de la Ley General de Salud, de esta ley y demás disposiciones aplicables.
Artículo 28. La labor de los verificadores en ejercicio de sus funciones, así como la de las autoridades federales, estatales o municipales, no podrá ser obstaculizada bajo ninguna circunstancia.
Artículo 29. Las acciones de vigilancia sanitaria que lleven a cabo las autoridades competentes para efecto de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables, se realizarán de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley General de Salud.
Artículo 30. Los verificadores estarán sujetos a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
De las sanciones
Artículo 31. El incumplimiento a los preceptos de esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones que emanen de ella, serán sancionados administrativamente por las autoridades sanitarias, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delitos.
Artículo 32. Las sanciones administrativas serán:
I. Clausura definitiva
II. Pérdida de la licencia sanitaria
III. Resarcimiento de los daños que se hayan producido o puedan producirse en la salud de las personas;
Artículo 33. Procederá el retiro de la licencia, cuando los productores o los autoproductores excedan los límites de producción establecidos por la Secretaría de Salud.
Artículo 34. Cuando con motivo de la aplicación de esta Ley, se desprenda la posible comisión de uno o varios delitos, la autoridad correspondiente formulará la denuncia o querella ante el Ministerio Público sin perjuicio de la sanción administrativa que proceda.
Artículo 35. Serán sancionadas con las disposiciones del Código Penal Federal y demás disposiciones aplicables las siguientes actividades:
I. Producir, distribuir y comercializar productos derivados de la cannabis sin la licencia correspondiente;
II. Realizar sin licencia vigente actividades de autoproducción
III. Comerciar, vender, distribuir o suministrar productos de la cannabis en lugares públicos inferiores a un radio de un kilómetro de centros de recreación infantiles, de guarda de niños, centros de estudios, centros cívicos, parques o cualquier sitio que congregue a menores de edad.
IV. Comerciar, vender o distribuir cualquier producto derivado de la cannabis vía telefónica, por correo, internet o cualquier otro medio de comunicación;
V. Distribuir gratuitamente productos derivados de la cannabis con fines de promoción;
VI. Comercializar, distribuir, donar, regalar y vender productos derivados de la cannabis en instituciones educativas públicas y privadas;
VII. Emplear a menores de edad en actividades de comercio, producción, distribución, suministro y venta de estos productos.
De la participación ciudadana
Artículo 36. La Secretaría promoverá la participación de la sociedad civil en la prevención De la dependencia a los productos derivados de la Cannabis en las siguientes acciones:
I. Promoción de la salud comunitaria;
II. Educación para la salud;
III. Difusión de las disposiciones legales en materia del control de los productos derivados de la cannabis;
IV. Coordinación con los consejos nacional y estatales contra las adicciones, y
V. Las acciones de auxilio de aplicación de esta ley como la denuncia ciudadana.
De la denuncia ciudadana
Artículo 37. Cualquier persona podrá presentar ante la autoridad sanitaria correspondiente una denuncia en caso de que observe el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.
Artículo 38. La autoridad competente salvaguardará la identidad e integridad del ciudadano denunciante.
Artículo 39. La secretaría pondrá en operación una línea telefónica de acceso gratuito para que los ciudadanos puedan efectuar denuncias, quejas y sugerencias sobre el incumplimiento de esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.
Artículo Segundo. Se reforman los artículos 3, 188, 189, 194, 198, 234, 237, 479, se adiciona el artículo 235 Bis y el artículo 479 Bis de la Ley General de Salud para quedar como sigue:
Artículo 3o. ...
I. a XXI. ...
XXI Bis. El Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación.
XXII. a XXVIII. ...
Capítulo IIIPrograma Nacional para la Prevención y Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación
Artículo 188. La Secretaría de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y el Consejo de Salubridad General, en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinarán para la ejecución del el Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación que comprenderá entre otras, las siguientes acciones:
I. La prevención y el tratamiento de la dependencia a la cannabis u otras substancias y, en su caso, la rehabilitación de quienes padezcan una adicción.
II. La educación sobre los efectos físicos y psicológicos de la cannabis en la salud con información científica y en las relaciones sociales, dirigida especialmente a niños, adolescentes, a través de métodos individuales, sociales o de comunicación masiva, y
III. El fomento de actividades cívicas, deportivas y culturales que coadyuven en la lucha contra la dependencia a la Cannabis u otras substancias, especialmente en zonas rurales y en los grupos de población considerados de alto riesgo.
Artículo 189. En el marco del Sistema Nacional de Salud, la Secretaría de Salud coordinará las acciones que se desarrollen para el tratamiento de las adicciones a la Cannabis u otras sustancias. La coordinación en la adopción de medidas, en los ámbitos federal y local, se llevará a cabo a través de los acuerdos de coordinación que celebre la Secretaría de Salud con los gobiernos de las entidades federativas.
Artículo 194. ...
...
I. ...
II. Producción, procesamiento y distribución de los productos derivados de la cannabis;
III. ...
IV. ...
...
Artículo 198. ...
I. ...
II. Procesamiento de los productos derivados de la cannabis.
III. ...
IV. ...
V. ...
VI. ...
VII. ...
...
...
Artículo 234. ...
Acetildihidrocodeina.
Acetilmetadol (3-acetoxi-6-dimetilamino-4,4-difenilheptano)
Acetorfina (3-0-acetiltetrahidro- 7?-(1-hidroxi-1-etilbutil)-6, 14-endoeteno-oripavina) denominada también 3-0-acetil-tetrahidro- 7? (1-hidroxi-1-metilbutil)-6, 14-endoeteno-oripavina y, 5 acetoxil-1,2,3, 3_, 8 9-hexahidro-2? (1-(R) hidroxi-1-metilbutil)3-metoxi-12-metil-3; 9?- eteno-9,9-B-iminoctanofenantreno (4?,5 bed) furano.
Alfacetilmetadol (alfa-3-acetoxi-6-dimetilamino-4, 4-difenilheptano).
Alfameprodina (alfa-3-etil-1-metil-4-fenil-4- propionoxipiperidina).
Alfametadol (alfa-6-dimetilamino-4,4 difenil-3-heptanol).
Alfaprodina (alfa-1,3-dimetil-4-fenil-4-propionoxipiperidina).
Alfentanil (monoclorhidrato de N-[1-[2-(4-etil-4,5-dihidro-5- oxo- 1H-tetrazol-1-il) etil]-4-(metoximetil)-4-piperidinil]-N fenilpropanamida).
Alilprodina (3-alil-1-metil-4-fenil-4- propionoxipiperidina).
Anileridina (éster etílico del ácido 1-para-aminofenetil-4- fenilpiperidin-4-carboxilíco).
Becitramida (1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4- (2-oxo-3- propionil-1-bencimidazolinil)-piperidina).
Bencetidina (éster etílico del ácido 1-(2-benciloxietil)-4- fenilpiperidin-4-carboxílico).
Bencilmorfina (3-bencilmorfina).
Betacetilmetadol (beta-3-acetoxi-6-dimetilamino-4,4- difenilheptano).
Betameprodina (beta-3-etil-1-metil-4-fenil-4- propionoxipiperidina).
Betametadol (beta-6-dimetilamino-4,4-difenil-3-heptanol).
Betaprodina (beta-1,3,dimetil-4-fenil-4-propionoxipiperidina).
Buprenorfina.
Butirato de dioxafetilo (etil 4-morfolín-2,2-difenilbutirato).
Cetobemidona (4-meta-hidroxifenil-1-metil-4- propionilpiperidina) ó 1-metil-4-metahidroxifenil-4- propionilpiperidina).
Clonitaceno (2-para-clorobencil-1-dietilaminoetil-5- nitrobencimidazol).
Coca (hojas de). (erythroxilon novogratense).
Cocaína (éster metílico de benzoilecgonina).
Codeína (3-metilmorfina) y sus sales.
Codoxima (dehidrocodeinona-6-carboximetiloxima).
Concentrado De Paja De Adormidera (el material que se obtiene cuando la paja de adormidera ha entrado en un proceso para concentración de sus alcaloides, en el momento en que pasa al comercio).
Desomorfina (dihidrodeoximorfina).
Dextromoramida ((+)-4-[2-metil-4-oxo-3,3-difenil-4-(1- pirrolidinil)-butil] morfolina) ó [+]-3-metil-2,2-difenil-4- morfolinobutirilpirrolidina).
Dextropropoxifeno (? -(+)-4 dimetilamino-1,2-difenil-3-metil-2 butanol propionato) y sus sales.
Diampromida (n-[2-(metilfenetilamino)-propil]-propionanilida).
Dietiltiambuteno (3-dietilamino-1,1-di-(2-tienil)-1-buteno).
Difenoxilato (éster etílico del ácido 1-(3-ciano-3,3- difenilpropil)-4-fenilpiperidín-4-carboxílico), ó 2,2 difenil-4- carbetoxi-4-fenil) piperidin) butironitril).
Difenoxina (ácido 1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4- fenilisonipecótico).
Dihidrocodeina.
Dihidromorfina.
Dimefeptanol (6-dimetilamino-4,4-difenil-3-heptanol).
Dimenoxadol (2-dimetilaminoetil-1-etoxi-1,1-difenilacetato), ó 1-etoxi-1-difenilacetato de dimetilaminoetilo ó dimetilaminoetil difenil-alfaetoxiacetato.
Dimetiltiambuteno (3-dimetilamino-1,1-di-(2-tienil)-1-buteno).
Dipipanona (4,4-difenil-6-piperidín-3-heptanona).
Drotebanol (3,4-dimetoxi-17-metilmorfinán-6 ?,14-diol).
Ecgonina sus ésteres y derivados que sean convertibles en ecgonina y cocaína.
Etilmetiltiambuteno (3-etilmetilano-1,1-di(2-tienil)-1- buteno).
Etilmorfina (3-etilmorfina) ó dionina.
Etonitaceno (1-dietilaminoetil-2-para-etoxibencil-5- nitrobencimidazol).
Etorfina (7,8-dihidro-7 ?,1 (R)-hidroxi-1-metilbutil 06-metil-6- 14-endoeteno- morfina, denominada también (tetrahidro-7 ?;-(1-hidroxi- 1-metilbutil)-6,14 endoeteno-oripavina).
Etoxeridina (éster etílico del ácido 1-[2-(2-hidroxietoxi) etil]-4-fenilpiperidín-4-carboxílico.
Fenadoxona (6-morfolín-4,4-difenil-3-heptanona).
Fenampromida (n-(1-metil-2-piperidinoetil)-propionanilida) ó n- [1-metil-2- (1-piperidinil)-etil] -n-fenilpropanamida.
Fenazocina (2-hidroxi-5,9-dimetil-2-fenetil-6,7-benzomorfán).
Fenmetrazina (3-metil-2-fenilmorfolina 7-benzomorfán ó 1,2,3,4,5,6-hexahidro-8-hidroxi 6-11-dimetil-3-fenetil-2,6,-metano- 3-benzazocina).
Fenomorfan (3-hidroxi-n-fenetilmorfinán).
Fenoperidina (éster etílico del ácido 1-(3-hidroxi-3- fenilpropil) 4-fenilpiperidín-4-carboxílico, ó 1 fenil-3 (4-carbetoxi- 4-fenil- piperidín)-propanol).
Fentanil (1-fenetil-4-n-propionilanilinopiperidina).
Folcodina (morfoliniletilmorfina ó beta-4- morfoliniletilmorfina).
Furetidina (éster etílico del ácido 1-(2-tetrahidrofurfuriloxietil)- 4-fenilpiperidín-4-carboxílico).
Heroína (diacetilmorfina).
Hidrocodona (dihidrocodeinona).
Hidromorfinol (14-hidroxidihidromorfina).
Hidromorfona (dihidromorfinona).
Hidroxipetidina (éster etílico del ácido 4- meta-hidroxifenil-1 metil piperidín-4-carboxílico) ó éster etílico del ácido 1-metil-4-(3- hidroxifenil)-piperidín-4-carboxílico.
Isometadona (6-dimetilamino-5-metil-4,4-difenil-3-hexanona).
Levofenacilmorfan ( (-)-3-hidroxi-n-fenacilmorfinán).
Levometorfan ( (-)-3-metoxi-n-metilmorfinán).
Levomoramida ((-)-4-[2-metil-4-oxo-3,3-difenil-4-(1- pirrolidinil)-butil]-morfolina), ó (-)-3-metil-2,2 difenil-4- morfolinobutirilpirrolidina).
Levorfanol ( (-)-3-hidroxi-n-metilmorfinán).
Metadona (6-dimetilamino-4,4-difenil-3-heptanona).
Metadona, intermediario de la (4-ciano-2-dimetilamino-4, 4- difenilbutano) ó 2-dimetilamino-4,4-difenil-4-cianobutano).
Metazocina (2-hidroxi-2,5,9-trimetil-6,7-benzomorfán ó 1,2,3,4,5,6, hexahidro-8-hidroxi-3,6,11,trimetil-2,6-metano-3- benzazocina).
Metildesorfina (6-metil-delta-6-deoximorfina).
Metildihidromorfina (6-metildihidromorfina).
Metilfenidato (éster metílico del ácido alfafenil-2-piperidín acético).
Metopon (5-metildihidromorfinona).
Mirofina (miristilbencilmorfina).
Moramida, intermediario del (ácido 2-metil-3-morfolín-1, 1- difenilpropano carboxílico) ó (ácido 1-difenil-2-metil-3-morfolín propano carboxílico).
Morferidina (éster etílico del ácido 1-(2-morfolinoetil)-4- fenilpiperidín-4-carboxílico).
Morfina.
Morfina bromometilato y otros derivados de la morfina con nitrógeno pentavalente, incluyendo en particular los derivados de n-oximorfina, uno de los cuales es la n-oxicodeína.
Nicocodina (6-nicotinilcodeína o éster 6-codeínico del ácido-piridín-3-carboxílico).
Nicodicodina (6-nicotinildihidrocodeína o éster nicotínico de dihidrocodeína).
Nicomorfina (3,6-dinicotinilmorfina) ó di-éster-nicotínico de morfina).
Noracimetadol ((+)-alfa-3-acetoxi-6-metilamino-4,4- difenilbeptano).
Norcodeina (n-demetilcodeína).
Norlevorfanol ( (-)-3-hidroximorfinan).
Normetadona (6-dimetilamino-4,4-difenil-3-hexanona) ó i, 1-difenil-1-dimetilaminoetil-butanona-2 ó 1-dimetilamino 3,3-difenil-hexanona-4).
Normorfina (demetilmorfina ó morfina-n-demetilada).
Norpipanona (4,4-difenil-6-piperidín-3hexanona).
N-Oximorfina
Opio
Oxicodona (14-hidroxidihidrocodeinona ó dihidrohidroxicodeinona).
Oximorfona (14-hidroxidihidromorfinona) ó dihidroxidroximorfinona).
Paja de adormidera, ( Papaver Somniferum, Papaver Bracteatum, sus pajas y sus semillas).
Pentazocina y sus sales.
Petidina (éster etílico del ácido 1-metil-4-fenil-piperidin-4- carboxílico), o meperidina.
Petidina intermediario A de la (4-ciano-1 metil-4- fenilpiperidina ó 1-metil-4-fenil-4-cianopiperidina).
Petidina intermediario B de la (éster etílico del ácido-4- fenilpiperidín-4-carboxílico o etil 4-fenil-4-piperidín-carboxílico).
Petidina intermediario C de la (ácido 1-metil-4-fenilpiperidín- 4-carboxílico).
Piminodina (éster etílico del ácido 4-fenil-1-(3- fenilaminopropil)-piperidín-4-carboxílico).
Piritramida (amida del ácido 1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4-(1- piperidín) -piperidín-4-carboxílico) o 2,2-difenil-4-1 (carbamoil-4- piperidín)butironitrilo).
Proheptacina (1,3-dimetil-4-fenil-4-propionoxiazacicloheptano) ó 1,3-dimetil-4-fenil-4-propionoxihexametilenimina).
Properidina (éster isopropílico del ácido 1-metil-4- fenilpiperidín-4-carboxílico).
Propiramo (1-metil-2-piperidino-etil-n-2-piridil-propionamida)
Racemetorfan ( (+)-3-metoxi-N-metilmorfinán).
Racemoramida ((+)-4-[2-metil-4-oxo-3,3-difenil-4-(1- pirrolidinil)-butil] morfolina) ó ((+)-3-metil-2,2-difenil-4- morfolinobutirilpirrolidina).
Racemorfan ((+)-3-hidroxi-n-metilmorfinán).
Sufentanil (n-[4-(metoximetil)-1-[2-(2-tienil)etil]-4- piperidil] propionanilida).
Tebacon (acetildihidrocodeinona ó acetildemetilodihidrotebaína).
Tebaina
Tilidina ((+)-etil-trans-2-(dimetilamino)-1-fenil-3- ciclohexeno-1-carboxilato).
Trimeperidina (1,2,5-trimetil-4-fenil-4-propionoxipiperidina); y
...
...
Artículo 235 Bis. La siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte, suministro, empleo, uso, consumo de la Cannabis sativa, híbrida, índica y americana o marihuana, su resina y preparados queda sujeta a las disposiciones de la Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención de las Adicciones y la Rehabilitación.
Artículo 237. Queda prohibido en el territorio nacional, todo acto de los mencionados en el artículo 235 de esta ley, respecto de las siguientes substancias y vegetales: opio preparado, para fumar, diacetilmorfina o heroína, sus sales o preparados, papaver somniferum o adormidera, papaver bactreatum y erythroxilon novogratense o coca, en cualquiera de sus formas, derivados o preparaciones.
...
Artículo 479. Para los efectos de este capítulo se entiende que el narcótico está destinado para su estricto e inmediato consumo personal, cuando la cantidad del mismo, en cualquiera de sus formas, derivados o preparaciones no exceda de las previstas en el listado siguiente:
Artículo 479 Bis. No se penalizará la portación de Cannabis sativa, híbrida, índica y americana o marihuana, su resina y preparados para consumo personal.
El Ministerio Público no ejercerá acción penal en contra de quien cultive, produzca, procese, almacene o comercialice productos derivados de la cannabis cuando se acredite contar con la licencia sanitaria expedida por la Secretaría de Salud.
Las autoridades de seguridad pública, procuración e impartición de justicia, así como de ejecución de sanciones de las entidades federativas, conocerán y resolverán de los delitos o ejecutarán las sanciones y medidas de seguridad en contra de quienes vendan, comercien, distribuyan donen o regalen productos o derivados de la cannabis a personas menores de edad.
Artículo Tercero. Se reforma el artículo 198 del Código Penal Federal para quedar como sigue:
Artículo 198. Al que dedicándose como actividad principal a las labores propias del campo, siembre, cultivo o coseche plantas de amapola, hongos alucinógenos, peyote, por cuenta propia, o con financiamiento de terceros, cuando en él concurran escasa instrucción y extrema necesidad económica, se le impondrá prisión de uno a seis años.
..
..
...
Artículo Cuarto. Se reforma el artículo 181 del Código Federal de Procedimientos Penales para quedar como sigue:
Artículo 181. ...
...
Cuando se trate de plantíos de estupefacientes considerados en el artículo 475 de la Ley General de Salud, el Ministerio Público, la policía judicial o las autoridades que actúen en su auxilio, procederán a la destrucción de aquéllos, levantando un acta en la que se haga constar: el área del cultivo, cantidad o volumen del estupefaciente, debiéndose recabar muestras del mismo para que obren en la averiguación previa que al efecto se inicie.
..
...
Artículo Quinto. Se adicionan las fracciones IV y V y un último párrafo al artículo 195 y el artículo 195 D-1 a los la Ley de Derechos para quedar como sigue:
Capitulo XIVDe la Secretaría de Salud
Sección PrimeraAutorizaciones en materia sanitaria
Artículo 195. Por los servicios que presta la autoridad sanitaria para actividades reguladas por la misma, se pagarán los siguientes derechos:
I. ...
II. ...
III. ...
IV. Por cada solicitud y, en su caso, expedición de licencia sanitaria de establecimientos para la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo, del Cannabis y sus productos derivados, se pagará el derecho conforme a las siguientes cuotas:
a) Por hectárea cultivable 8 mil pesos
b) Por fábrica o laboratorio 15 mil pesos
c) Por almacén de depósito y distribución 8 mil pesos
d) Por farmacia o botica 5 mil pesos
e) Droguerías y tiendas 5 mil pesos
e) Autoconsumo 1 mil pesos
Por la modificación o actualización de la licencia sanitaria señalada en esta fracción, se pagará el 75 por ciento del derecho que corresponda anualmente.
V. Para el ejercicio anual de la licencia sanitaria de establecimientos para la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo, del cannabis y sus productos derivados, se pagará el derecho conforme a las siguientes cuotas:
a) Por hectárea cultivable 32 mil pesos
b) Por fábrica o laboratorio 60 mil pesos
c) Por almacén de depósito y distribución 32 mil pesos
d). Por farmacia o botica 20 mil pesos
e) Droguerías y tiendas 20 mil pesos
f) Autoconsumo 3 mil pesos
La recaudación anual del derecho a que se refiere este artículo se destinará al Fondo del Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento y Rehabilitación a los Consumidores de la Cannabis, establecido en la Ley de Ingresos.
Artículo 195-D-1. Por los estudios y análisis sanitarios que se realicen a petición de los particulares para determinar las condiciones sanitarias y legales de las actividades, de los establecimientos para la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo, del Cannabis y sus productos derivados, se pagará el derecho conforme a las siguientes cuotas:
a) Por hectárea cultivable 2 mil pesos
b) Por fábrica o laboratorio 3 mil pesos
c) Por almacén de depósito y distribución 2 mil pesos
d) Por farmacia o botica 1 mil pesos
e) Droguerías y tiendas 1 mil pesos
f) Autoconsumo 500 pesos
La recaudación anual del derecho a que se refiere este artículo se destinará al Fondo del Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento y Rehabilitación a los consumidores de la Cannabis, establecido en la Ley de Ingresos.
Artículo Sexto. Se adiciona el inciso G, H e I al artículo 2o., la fracción XVIII del artículo 3o. y la fracción XIV-1, al artículo 19, todos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 2o. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:
I. En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes:
A. a F. ...
G) Cigarros de cannabis 160 por ciento
H) Infusiones de Cannabis 40 por ciento
I) Infusiones en presentación líquida 50 por ciento
II. ...
Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entiende por:
I. a XVII. ...
XVIII. Productos derivados del cannabis
a) Cigarros de cannabis
b) Infusiones de cannabis
c) Infusiones en presentación líquida de cannabis
Capítulo VDe las obligaciones de los contribuyentes
Artículo 19. Los contribuyentes a que se refiere esta ley tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de la misma y en las demás disposiciones fiscales, las siguientes:
I. a XIII. ...
XIV. ...
XIV-1.
Los fabricantes, productores, empaquetadores y distribuidores de los productos derivados de la cannabis, deberán estar inscritos en el padrón de contribuyentes de productores, procesadores, distribuidores y vendedores de los productos derivados de la cannabis, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Asimismo, los productores, procesadores, distribuidores y vendedores de los productos derivados de la cannabis, deberán cumplir con esta obligación para poder solicitar marbetes y precintos, según se trate, debiendo cumplir con las disposiciones del Reglamento de esta ley y disposiciones de carácter general que contempladas en la Ley para el Control de la Cannabis y para la Atención de Adicciones.
XV. al XXII. ...
Transitorios
Primero. Las reformas a la Ley General de Salud, al Código Penal Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley de Derechos, a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a la Ley de Ingresos, entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención de las Adicciones y la Rehabilitación entrará en vigor a los quince días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2013. Diputados: Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a las Comisiones Unidas de Salud, de Justicia y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa que reforma el artículo 28 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado Manuel Añorve Baños, integrante del Grupo Parlamentario del PRI y presidente de la Comisión Especial de Conmemoración del Bicentenario del Congreso de Anáhuac y los Sentimientos de la Nación de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con apego a lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 77 del Reglamento de la Cámara Baja, presenta a la consideración del pleno de la presente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
A lo largo de nuestra historia parlamentaria, el Congreso Mexicano ha tenido diversas sedes. El recinto de la primera Cámara de Diputados y, desde luego, del primer Congreso Constituyente del México Independiente, se ubicó en las calles del Carmen, en la antigua Iglesia de San Pedro y San Pablo, que más tarde se convirtió en la Hemeroteca Nacional, el Museo de la Luz y que desde el 2011 es el Museo de las Constituciones, que lleva ese nombre por ser precisamente la sede de nuestro ser constitucional.
De 1823 a 1872, los diputados sesionaron en los Salones de las Comedias y Embajadores de Palacio Nacional. Posteriormente, producto de un incendio se trasladó la sede camaral al Teatro de Iturbide del 1 de diciembre de 1872 al 22 de marzo de 1909, fecha en que este recinto fue devastado nuevamente por un accidente con fuego, lo cual obligó a los representantes a sesionar en las inmediaciones del Palacio de Minería hasta trasladarse el 1° de abril de 1911 a su nuevo edificio ubicado entre las calles de Donceles y Factor, hoy Allende. Sede actual de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
La actual sede, el Palacio Legislativo de San Lázaro, fue inaugurado formalmente el 1 de septiembre de 1981 por la LI Legislatura. Sin embargo, el 5 de mayo de 1989, al incendiarse sus instalaciones como sucedió con los antiguos recintos, los diputados tuvieron que trasladarse provisionalmente a la Unidad Cultural y de Congresos del Centro Médico Nacional Siglo XXI del IMSS, donde sesionaron del 28 de agosto de 1989 al 22 de octubre de 1992, siendo el 1 de noviembre de ese mismo año cuando la Cámara de Diputados regresó a su recinto oficial en San Lázaro, donde ha sesionado hasta el día de hoy.
De todo el complejo arquitectónico del Palacio Legislativo, el más emblemático e importante es el Salón de Sesiones. Su belleza la dan las dos imponentes banderas nacionales que de izquierda a derecha y viceversa, se enlazan con un moño tricolor bajo la expresión: la patria es primero, frase célebre de don Vicente Guerrero. Sin perder de vista el apotegma de don Benito Juárez: entre los individuos como entre las naciones el respeto al derecho ajeno es la paz.
A esta imponente edificación la reviste de manera formidable el Muro de Honor, en el que desde 1823 se inscriben con Letras de Oro los nombres de los héroes nacionales e instituciones más destacadas para la vida nacional. Sin duda, el recinto donde se debaten y toman las decisiones más trascendentales para la vida de todos los mexicanos, es una auténticamente una obra arquitectónica contemporánea.
El salón de sesiones o pleno es el lugar más destacado del Palacio Legislativo de San Lázaro, porque es en su seno donde los legisladores discutimos y aprobamos, en su caso, los asuntos que definen el rumbo del país entero. Y a diferencia del Senado de la República donde sus integrantes representan al Pacto Federal en la Cámara de Diputados quienes integramos una Legislatura por mandato del voto popular, tenemos la encomienda de representar los intereses de la Nación. Ése es el mandato constitucional que nos impone el artículo 51 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por esa razón, se puede establecer que es en el Salón de Sesiones donde la mayoría de los mexicanos, en voz de sus representantes, expresan su sentir acerca de los grandes y graves problemas nacionales. Históricamente así ha sido; sin embargo, nadie ha reparado en reconocer que el espacio donde yace la máxima Tribuna del país es donde se hacen presentes los nuevos Sentimientos de la Nación, tal y como sucedió en septiembre de 1823 en la víspera del Congreso de Anáhuac, cuando el general José María Morelos y Pavón expresó en un manifiesto de 23 puntos, los anhelos más profundos del pueblo mexicano del siglo XIX.
Así, dado que los diputados somos representantes de la Nación y hacemos valer su voz frente a las distintas problemáticas nacionales que vivimos, es menester que el Salón de Sesiones se denomine Sentimientos de la Nación.
En este sentido, desde el 24 de diciembre de 2010 la Cámara de Diputados cuenta con un Reglamento propio que ordena los actos y procesos legislativos al interior de esta Cámara y rige también sobre sus espacios como lo son el Recinto, el Salón de Sesiones, el Salón de Plenos y las Galerías, en su Titulo II.
Es por ello que para honrar la memoria del Siervo de la Nación, don José María Morelos y Pavón en el marco del Bicentenario del Congreso de Anáhuac y los Sentimientos de la Nación, y en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno siguiente iniciativa de:
Decreto que reforma el artículo 28 del Reglamento de la Cámara de Diputados para denominar al salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro: Sentimientos de la Nación.
Artículo Único. Se reforma el artículo 28 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:
1. El Salón de sesiones Sentimientos de la Nación será el lugar en las instalaciones de la Cámara destinado para que sus integrantes se reúnan a deliberar en el Pleno y para la celebración de sesiones del Congreso General.
2. El Salón de plenos será el lugar donde se reúnan los diputados y diputadas a sesionar, dentro del Recinto, en caso de no poder hacerlo en el Salón de sesiones.
Transitorios
Artículo Primero. Este decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo segundo.La Mesa Directiva en coordinación con la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, definirá el sitio para develar una placa conmemorativa del nombramiento del Salón de Sesiones.
Nota:
1 Vid. José Luis Camacho Vargas, El ABC de la Cámara de Diputados, México, IMEPOL, A.C, 2007, p. 16.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la honorable Cámara de Diputados, LXII Legislatura, a 27 de febrero de 2013. Diputados: Manuel Añorve Baños, María del Rocío Corona Nakamura, Landy Margarita Berzunza Novelo, Francisca Elena Corrales Corrales, María Esther Garza Moreno, J. Pilar Moreno Montoya (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
ARTICULO 6o. CONSTITUCIONAL
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Fernando Bribiesca Sahagún, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
El suscrito, Fernando Bribiesca Sahagún, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6o. y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa que reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de adicionar la fracción VIII al artículo 6o., en materia de acceso a la información, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Internet se ha consolidado como la herramienta de comunicación e interconexión del siglo XXI, pues ha permitido que un creciente número de personas alrededor del mundo se interrelacionen de forma rápida y expedita. Ha permitido derribar fronteras y creado espacios de interacción personal, propiciando la comunicación en tiempo real. Ha expandido el terreno para la diversidad, la tolerancia, y el ejercicio pleno de los derechos humanos, en particular el derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información.
El Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) emitió una resolución el 5 de julio de 2012 referente al derecho a la libertad de opinión y de expresión. En ella se reconoció que el ejercicio de los derechos humanos, especialmente a la libertad de expresión en Internet, reviste gran importancia, consecuencia del rápido ritmo del desarrollo tecnológico, el cual permite a las personas de todo el mundo utilizar las nuevas tecnologías de la información y comunicación.
En la reciente reforma del artículo 1o. constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011 se incorporó el reconocimiento de los tratados internacionales firmados y ratificados por México en materia de derechos humanos. Esto permite ampliar mediante la cláusula pro persona el contenido esencial de los derechos humanos establecidos en el plano constitucional mediante el beneficio de la norma más favorable.
Desde esa perspectiva, el Estado mexicano se ve obligado a otorgar una protección formalizada e institucionalizada para el pleno goce y disfrute de los derechos fundamentales de todas las personas sujetas a su jurisdicción. El artículo 1o. constitucional enmarca las obligaciones generales emanadas de los principales tratados internacionales en materia de derechos humanos suscritos por el Estado mexicano, los cuales asumen una doble obligación: respetar los derechos y garantizar el libre y pleno ejercicio de esos derechos a toda persona que esté bajo su jurisdicción, sin discriminación.
A la luz de la resolución A/ HRC/ 20/ L.13 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU debe concebirse el derecho al acceso a Internet como un derecho humano. Si bien no debe existir jerarquía alguna entre los derechos humanos, y atendiendo a los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia, el derecho a Internet debe ser concebido conforme a los derechos económicos, sociales y culturales; atendiendo a la máxima de progresividad y no regresividad que caracteriza estos derechos.
Concebir la modificación propuesta en el artículo 6o. constitucional fortalecería la libertad de expresión. Es importante hacer hincapié en la dualidad inherente a la interpretación de este derecho: por un lado, aborda la libertad de expresión; y por otro, el acceso a la información. Al incorporar la resolución del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, además de fortalecer el contenido esencial de este derecho, el Estado mexicano cumpliría las obligaciones de respetar, promover, proteger y garantizar dichos preceptos normativos, desprendidos de los tratados internacionales en materia de derechos humanos, recientemente incorporados a la Carta Magna.
Las razones para reconocer Internet como un derecho económico, social y cultural resultan trascendentales en tanto envuelven las áreas más importantes de desarrollo en México. Trascienden al terreno político, económico y social. Permiten crear puentes entre la ciudadanía que fortalecen la democracia y el ejercicio de los derechos humanos. Ello, en general, se traduce como una sociedad más fuerte e integrada a la agenda de conocimiento global.
Los derechos económicos, sociales y culturales deben representar la piedra angular de la agenda política del país. La incorporación de estos derechos, de manera progresiva, representa la máxima expresión de un Estado democrático, que cumple cabalmente las obligaciones y los estándares internacionales en la materia.
El acceso a Internet en su enfoque económico funge como una palanca del desarrollo integral. Repercute directamente en el producto interno bruto (PIB), en los índices de productividad, en el dinamismo de las pequeñas y las medianas empresas, y en las ventajas comparativas que México tendrá respecto a otros países. La economía mexicana se favorecería por la adopción de Internet como un derecho garantizado constitucionalmente, dado que el acceso a la información sienta las bases de un desarrollo palpable, contribuye a la reducción de las desigualdades sociales y regionales, en especial en zonas urbanas y rurales desasistidas y apartadas.
La contribución de Internet al PIB en países como Alemania, Canadá, Corea del Sur, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón, Reino Unido y Suecia es importante: alcanza en promedio 3.4 por ciento. Adicionalmente, por cada plaza de trabajo que ha desaparecido a consecuencia del avance tecnológico que representa Internet se generan en compensación 2.6, en razón del acceso a la información y la conectividad en conjunto, con el incremento de al menos 10 por ciento en la productividad de las pequeñas y medianas empresas, que gracias al acceso a Internet crecen y exportan el doble que las que no lo hacen.
En el área de creación e innovación, Internet ha manifestado su capacidad para generar proyectos y desarrollo tecnológico. Lamentablemente, en México, los altos costos de equipamiento y una disponibilidad de acceso a Internet insuficiente, especialmente en espacios públicos, son las principales limitaciones y barreras para aprovechar el potencial de la red en el área.
En el bloque de países conocido como BRICS formado por Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica, la contribución de Internet al PIB promedia 2 por ciento. Es preocupante que la actual tasa de crecimiento económico de Internet en México sea levemente inferior a otros integrantes en desarrollo del G20: se limita a 1 por ciento. Parte de los factores que condicionan estas cifras son las desigualdades económicas, que limitan y dificultan la accesibilidad digital, y la escasa inversión en infraestructura y negocios por los sectores público y privado. En resumen, lo anterior expone el importante rezago que padecemos en el ámbito frente al crecimiento de otros países a partir de un problema central: la falta de acceso generalizado a Internet para amplios segmentos de la población.
Como herramienta fundamental en materia educativa, Internet ha revolucionado los métodos de enseñanza, lo cual favorece la expansión de ésta. Ello repercute en el desarrollo de más mexicanos a lo largo y ancho del país. Internet permitirá superar obstáculos demográficos y económicos, brindando la oportunidad de una formación de calidad, acceso a información ilimitado y propiciando el desarrollo de capital humano de calidad. Incluidas las zonas marginadas gracias a las características de transportabilidad y actualización, que ofrece el Internet. Respetando la diversidad cultural y lingüística, adaptándose a las necesidades de los diferentes grupos sociales que forman el país.
La dimensión cultural de Internet favorece la formación y preservación de acervos culturales, así como su socialización. En el mismo ánimo, Internet es una incubadora natural de nuevas propuestas culturales que encuentran en su dinámica cambiante y en tiempo real, el vehículo más eficaz para expresarse, enriquecerse y retroalimentarse.
Políticamente, el acceso a Internet es una importante herramienta para el fortalecimiento democrático. Por una parte, incluye a un mayor número de personas a los debates públicos que se relacionen con temas de interés social, económico y político. Además de facilitar e impulsar desde una base ciudadana una mejora a la situación de rendición de cuentas, vínculo entre ciudadanos y funcionaros y transparencia, resulta fundamental garantizar el acceso a información gubernamental. Por otro lado, Internet es la base para construir un servicio de atención ciudadana digital en aspectos cruciales como la seguridad, la salud pública y la medicina preventiva. Por medio del cual se podría brindar una mejor atención a una base más amplia de la ciudadanía, promoviendo principios como el de máxima publicidad, transparencia, eficiencia, acceso a la información, rendición de cuentas y simplificación administrativa. Es decir, Internet contribuye a reducir los costos de transacción información, investigación, negociación, decisión, vigilancia y ejecución entre gobierno y ciudadano.
No obstante todos los beneficios que el Internet aporta para el crecimiento de México, las cifras publicadas por la OCDE, destacan que para 2010 únicamente 3 de cada 10 mexicanos contaban con una computadora. Ello revela que 70 por ciento de la población no tiene una en casa; y sólo 22 por ciento de los hogares mexicanos cuenta con servicio del Internet. Estas cifras, exponen la magnitud de la brecha digital y la necesidad por satisfacer, fundamentando como una primera fase, el cambio constitucional propuesto.
Garantizar el acceso a Internet en México presenta un sinfín de oportunidades. Sin embargo, el mayor obstáculo es la falta de una legislación que se adapte al avance tecnológico como un vehículo estratégico para dinamizar el crecimiento económico y la inclusión social. Lo que manifiesta la urgencia de atender el tema desde la perspectiva legislativa. Pues, un país como México, que es rico en recursos naturales altamente rentables, como petróleo y gas natural, tiene la capacidad para invertir, construir y fortalecer una infraestructura para el Internet y otros elementos prácticos, tales como la alfabetización digital, y garantizar el acceso generalizado a Internet.
Al efecto, se plantea una adición constitucional que permita la inversión en infraestructura, así como la promoción del acceso a los dispositivos informáticos y la alfabetización digital a través de programas financiados o respaldados por el gobierno que favorezcan la conectividad a partir de los espacios públicos como una plataforma de lanzamiento que impulse una agenda digital inclusiva para los segmentos de la sociedad que se mantienen ajenos a la información y al conocimiento.
Los países que han garantizado el acceso a Internet han mejorado considerablemente la calidad de vida de los ciudadanos. Particularmente, en torno al desarrollo de capacidades, competencias, destreza y procesos formativos que propicien su desarrollo personal y el de sus familias. Generado mecanismos de movilidad social y disminución de desigualdades económicas. Socialmente, el Internet responde a las necesidades de inclusión y accesibilidad a las personas en situación de vulnerabilidad; representando un medio por el cual los mismos pueden tener acceso a la formalidad en el mercado laboral.
Teniendo presente que el crecimiento futuro de Internet requerirá la cooperación entre los tres niveles de gobierno y de una regulación con visión de largo plazo. Garantizando que el acceso al Internet sea considerado un derecho social y sustentándolo con las acciones gubernamentales pertinentes. Así como en las políticas públicas que lo instrumenten.
Demos el primer paso para disminuir la brecha digital y democratizar el acceso a las tecnologías de la información, implementemos instrumentos que fortalezcan los cimientos de la ciudadanía y la comunicación a partir del establecimiento de una base de conectividad en los espacios públicos. Lo que sin duda ayudará a disminuir las brechas digitales, sociales, económicas y regionales. Dado que Internet fomentará el desarrollo que a su vez, facilitará el ingreso y una mayor participación en la economía global de nuestro país, volviendo a México un país más competitivo y atractivo para la inversión.
Por lo expuesto y fundado, se propone adicionar el artículo 6o., fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por ello se somete a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona la fracción VIII al artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se adiciona la fracción VIII al artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 6o.
...
VIII. En aras de garantizar el acceso a la información y las obligaciones señaladas en este apartado, el Estado deberá proporcionar progresivamente servicio de Internet en los espacios públicos.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión y los de los estados deberán realizar las adecuaciones necesarias a sus Constituciones y al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal en un plazo no mayor de un año, a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Dado en el Palacio Legislativo San Lázaro, a 28 de febrero de 2013. Diputados: Fernando Bribiesca Sahagún, Antonio Sansores Sastré, Arturo Cruz Ramírez, Carla Guadalupe Reyes Montiel, Ramón Montalvo Hernández, Mario Miguel Carrillo Huerta, María del Socorro Ceseñas Chapa, Marcelina Orta Coronado, Ernesto Núñez Aguilar, Roxana Luna Porquillo, Erick Marte Rivera Villanueva, Alfa Eliana González Magallanes, Verónica Beatriz Juárez Piña, María Celia Urciel Castañeda, Elvia María Pérez Escalante, María Guadalupe Moctezuma Oviedo, María Esther Garza Moreno (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
MONEDA CONMEMORATIVA
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa de decreto, para que se acuñe una moneda conmemorativa del bicentenario de los Sentimientos de la Nación, a cargo del diputado Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del PRI
El diputado Manuel Añorve Baños, integrante del Grupo Parlamentario del PRI y presidente de la Comisión Especial de Conmemoración del Bicentenario del Congreso de Anáhuac y los Sentimientos de la Nación de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 77 y 78 del Reglamento de Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y 2, inciso c), de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El 13 de septiembre de 1813, en la inauguración del Congreso de Chilpancingo el general José María Morelos y Pavón pronunció el documento que se transcriben íntegramente a continuación:
Sentimientos de la Nación
1o. Que la América es libre e independiente de España y de toda otra Nación, Gobierno o Monarquía, y que así se sancione dando al mundo las razones.
2o. Que la religión católica sea la única sin tolerencia de otra.
3o. Que todos sus ministros se sustenten de todos y solos los diezmos y primicias, y el pueblo no tenga que pagar más obvenciones que las de su devoción y ofrenda.
4o. Que el dogma sea sostenido por la jerarquía de la Iglesia, que son el Papa, los obispos y los curas, porque se debe arrancar toda planta que Dios no plantó: omnis plantatis quam non plantabit Pater ineus Celestis cradicabitur. Mat. Cap. XV.
5o. Que la Soberanía dimana inmediatamente del pueblo, el que sólo quiere depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de representantes de las provincias en igualdad de números.
6o. Que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estén divididos en los cuerpos compatibles para ejercerlos.
7o. Que funcionarán cuatro arios los vocales, turnándose, saliendo los más antiguos para que ocupen el lugar los nuevos electos.
8o. La dotación de los vocales será una congrua suficiente y no superflua, y no pasará por ahora de 8,000 pesos.
9o. Que los empleos sólo los americanos los obtengan.
10o. Que no se admitan extranjeros, si no son artesanos capaces de instruir y libres de toda sospecha.
11. Que los Estados mudan costumbres y, por consiguiente, la Patria no será del todo libre y nuestra mientras no se reforme el Gobierno, abatiendo el tiránico, substituyendo el liberal, e igualmente echando fuera de nuestro suelo al enemigo español, que tanto se ha declarado contra nuestra Patria.
12. Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapiña y el hurto.
13. Que las leyes generales comprendan a todos, sin excepción de cuerpos privilegiados; y que éstos sólo lo sean en cuanto al uso de su ministerio.
14. Que para dictar una ley se haga junta de sabios en el número posible, para que proceda con más acierto y exonere de algunos cargos que pudieran resultarles.
15. Que la esclavitud se proscriba para siempre y lo mismo la distinción de castas, quedando todos iguales, y sólo distinguirá a un americano de otro el vicio y la virtud.
16. Que nuestros puertos se franqueen a las naciones extranjeras amigas, pero que éstas no se internen al reino por más amigas que sean, y sólo habrá puertos señalados para el efecto, prohibiendo el desembarque en todos los demás, señalando el diez por ciento.
17. Que a cada uno se le guarden sus propiedades y respete en su casa como en un asilo sagrado, señalando penas a los infractores.
18. Que en la nueva legislación no se admita la tortura.
19. Que en la misma se establezca por Ley Constitucional la celebración del día 12 de diciembre en todos los pueblos, dedicado a la Patrona de nuestra Libertad, María Santísima de Guadalupe, encargando a todos los pueblos la devoción mensal.
20. Que las tropas extranjeras o de otro reino no pisen nuestro suelo, y si fuere en ayuda, no estarán donde la Suprema Junta.
21. Que no se hagan expediciones fuera de los límites del reino, especialmente ultramarinas; pero [se autorizan las] que no son de esta clase [para] propagar la fe a nuestros hermanos de Tierradentro.
22. Que se quite la infinidad de tributos, pechos e imposiciones que nos agobian y se señale a cada individuo un cinco por ciento de semillas y demás efectos o otra carga igual, ligera, que no oprima tanto, como la Alcabala, el Estanco, el Tributo y otros; pues con esta ligera contribución y la buena administración de los bienes confiscados al enemigo, podrá llevarse el peso de la guerra y honorarios de empleados.
Chilpancingo, 14 de septiembre de 1813.
José Ma. Morelos [rúbrica].
23. Que igualmente se solemnice el día 16 de septiembre todos los años, como el día aniversario en que se levantó la voz de la Independencia y nuestra santa Libertad comenzó, pues en ese día fue en el que se desplegaron los labios de la Nación para reclamar sus derechos con espada en mano para ser oída; recordando siempre el mérito del grande héroe, el señor Dn. Miguel Hidalgo y su compañero Dn. Ignacio Allende.
Repuestas en 21 de noviembre de 1813.
Y por tanto, quedan abolidas éstas, quedando siempre sujetos al parecer de S.A.S.
Los Sentimientos de la Nación es uno de los primeros antecedentes de la lucha por los derechos a la igualdad, propiedad, justicia y la libertad en México. Es fuente directa de la declaración de independencia del 6 de noviembre de 1813 y la Constitución de Apatzingán de octubre de 1814, que es nuestra primera Carta Magna.
En el marco del Bicentenario Aniversario del pronunciamiento del general José María Morelos y Pavón, resulta conveniente que todos los mexicanos tengan en las manos el recuerdo permanente de la importante lucha que se dio por alcanzar la soberanía e independencia nacionales, qué mejor que el Congreso lo realice con la expedición de una moneda conmemorativa de este importante acontecimiento.
Por lo antes expuesto y fundado, se somete a consideración del Pleno el siguiente:
Decreto por el que se establecen las características de la moneda conmemorativa del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación
Artículo Único. Se autoriza la emisión de una Moneda Conmemorativa del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación, de conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos:
Características:
I. Valor Nominal: Diez pesos.
II. Forma: Circular.
III. Diámetro: 40.0 mm (cuarenta milímetros).
IV. Ley: 0.925 (novecientos veinticinco milésimos) de plata.
V. Metal de liga: 0.075 (setenta y cinco milésimos) de cobre.
VI. Peso: 27.0 g (veintisiete gramos).
VII. Contenido: 24.975 g (veinticuatro gramos novecientos setenta y cinco miligramos) de plata pura.
VIII. Tolerancia en ley: 0.005 (cinco milésimos) en más.
IX. Tolerancia en peso: Por unidad 0.216 g (doscientos dieciséis miligramos); por un conjunto de mil piezas: 6.831 g (seis gramos ochocientos treinta y un miligramos), ambas en más o en menos.
X. Canto: Estriado.
XI. Cuños:
a) Anverso: Al centro, el Escudo Nacional en relieve escultórico circundado en semicírculo superior con la leyenda Estados Unidos Mexicanos. El marco liso.
b) Reverso: El motivo de estas monedas será el que de conformidad con el artículo Segundo Transitorio del presente Decreto, apruebe el Banco de México, a propuesta de la Comisión Especial de Conmemoración del Bicentenario del Congreso de Anáhuac y los Sentimientos de la Nación de la Cámara de Diputados. Éste debe destacar la efigie de José María Morelos y Pavón y en el campo superior en semicírculo, la leyenda Bicentenario de los Sentimientos de la Nación. El marco liso.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La moneda a que se refiere el presente decreto podrá acuñarse a partir de la entrada en vigor de éste.
Tercero.Corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran, los cuales deberán ser acordes con las características de la moneda descrita en el presente decreto.
Cuarto. Corresponderá al Banco de México cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual derivado del diseño de acuñación de la moneda.
Quinto. La aprobación que realice el Banco de México respecto del diseño del reverso de la moneda a que se refiere el artículo único del presente Decreto, será publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Nota:
1 Ernesto Lemoine Villicaña. Morelos, su vida revolucionaria a través de sus escritos y de otros testimonios de la época. 1a.ed., Universidad Nacional Autónoma de México. México, 1965. pp. 370-373.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la honorable Cámara de Diputados, LXII Legislatura, a 27 de febrero de 2013. Diputados: Manuel Añorve Baños, María del Rocío Corona Nakamura, Francisca Elena Corrales Corrales, Landy Margarita Berzunza Novelo, María Esther Garza Moreno (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
ARTICULO 122 CONSTITUCIONAL
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra el diputado José Isidro Moreno Árcega, hasta por cinco minutos, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El diputado José Isidro Moreno Árcega: Con su permiso, señora presidenta, y con el permiso de los señores diputados. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones al artículo 122, disposición C, base tercera, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El de la voz, diputado Isidro Moreno Árcega, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Antecedentes. Al surgimiento de nuestro país como nación independiente se crea el asiento y residencia de los supremos poderes de la federación, con la Constitución de 1824, en su artículo 50 fracción XXVIII y XXIX, con los decretos de octubre de 1824, que dictan que el Distrito Federal está comprendido en un radio de dos leguas a partir de la Plaza Mayor.
Asimismo, la Constitución Política de 1857, en su artículo 46 y 72, ratifica la residencia del Distrito Federal como sede de los poderes de la federación, y en la Constitución de 1917, en su artículo 43 ya se encuentran definidos los integrantes de la federación y en el artículo 44 establece que el Distrito Federal se compondrá del territorio que actualmente tiene, y en el caso de que los poderes federales se trasladen a otro lugar se erigirá en el estado del Valle de México. Posteriormente, en la reforma de 1928 se crea el Departamento del Distrito Federal y las delegaciones, de-sapareciendo a los municipios de la ciudad capital.
En las últimas dos décadas se han dado reformas como la de 1993, que da facultades legislativas a la Asamblea de Representantes y se crea la figura del consejero ciudadano. Asimismo, con la reforma de 1996, en el artículo 44 se define la naturaleza jurídica del Distrito Federal como sede de los poderes federales, capital de los Estados Unidos Mexicanos, Ciudad de México y Distrito Federal, y en su artículo 122 determina las facultades de los órganos de gobierno Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Es por ello que en la reflexión sobre los retos a los que hoy se enfrenta la Ciudad de México, en la actualidad la sociedad plantea como exigencia fundamental el perfeccionamiento de nuestra vida democrática, y ateniéndonos a este principio la participación de los ciudadanos en todos los campos de la actividad pública es trascendental para el desarrollo del Distrito Federal.
La propuesta de reforma que se presenta tiene como parte medular una reforma política aplicada a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, creando un Consejo Delegacional con la participación social en la planeación del desarrollo de las demarcaciones territoriales como principal política de gobierno. Este sistema estaría conformado por los diversos sectores de la población de la delegación: los obreros, los empresarios, intelectuales, comerciantes, campesinos.
Es por todo esto que nuestra propuesta está sustentada en lo que la ciudadanía del Distrito Federal y las demarcaciones territoriales exigen hoy en día, debido a los hechos y actos que vienen prevaleciendo en la realidad social: el exigir la creación de canales de participación nuevos, que lleven al nacimiento de órganos plurales y representativos de la sociedad.
Por lo anteriormente expuesto, solicito a esta honorable Legislatura y al pleno de la Cámara se considere la siguiente iniciativa de reforma, que tiene como principal finalidad crear una reforma política territorial para el Distrito Federal, creando la figura de consejeros delegacionales de las demarcaciones territoriales; dar fortaleza a la participación democrática del tercer nivel de gobierno en el Distrito Federal, que son las delegaciones, demarcaciones territoriales, por lo cual someto a la consideración del pleno de esta honorable Legislatura el siguiente proyecto de decreto:
Reforma constitucional al artículo 122, disposición C, base tercera, de la fracción II, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 122, disposición C, base tercera, fracción II. Se establece que el régimen interno de los órganos políticos administrativos de las demarcaciones territoriales en que se divide el Distrito Federal se caracterice por ser democrático, representativo y popular. Cada demarcación territorial se administrará por un Consejo Delegacional, el cual será elegido de forma libre y directa, aplicándose los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, con dominante mayoritaria. Los jefes delegacionales y consejeros por ningún motivo podrán ser reelectos para el periodo inmediato, según lo determine la ley. La ley respectiva fijará los criterios para efectuar la división territorial del Distrito Federal, la competencia de los consejeros delegacionales correspondientes, la forma de integrarlos, su funcionamiento, así como a las relaciones de dichos órganos con el jefe del gobierno del Distrito Federal.
Artículo transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de febrero de 2013. Atentamente, diputado José Isidro Moreno Árcega. Es cuanto, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Isidro Moreno Árcega, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al artículo 122, disposición c, Base Tercera, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes
Antecedentes
Al surgimiento de nuestro país como nación independiente y debido a la aceptación de un Estado federal como asiento y residencia de los poderes de la federación; en la Constitución federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824 emanada del Congreso Constituyente del 4 de octubre del mismo año, en sus artículos 50, fracción XXVIII y XXIX se manifiesta lo siguiente:
Las facultades exclusivas del Congreso General son XVIII. elegir un lugar que sirva de residencia a los supremos poderes de la federación y ejercer en su distrito las atribuciones del Poder Legislativo de un estado. XXIX. variar esta residencia cuando lo juzgue necesario.
Este artículo da el nacimiento legal del Distrito Federal y posteriormente, con los decretos de noviembre de 1824, describen ampliamente que los poderes supremos de la Federación deberían de radicar en la ciudad de México y que el Distrito Federal estaría comprendido por un radio de dos leguas.
La Constitución de 1824 dentro de la que se estatuye la creación del Distrito Federal, es un documento fehaciente en el que se basó la estructura de México y del gobierno del Distrito Federal, y aún cuando no existe una referencia directa a la Constitución para el régimen municipal en general, sí existe para el Distrito Federal, que se complementa claramente con el decreto del 18 de noviembre de 1824 y con toda una serie de disposiciones que fueron expedidas con posterioridad, así como también aquellas cuya efectividad le permitieron subsistir, con este decreto se comprueba que la forma de gobierno era similar a la de los estados.
En mayo de 1853, mediante un decreto del gobierno sobre la organización del ayuntamiento de México, que manifestaba que el ayuntamiento estaría compuesto por un presidente, doce regidores y un síndico. Así, nuevamente se da vigencia al sistema jurídico de ayuntamientos en el Distrito Federal. Además, en la Ordenanza del Distrito Federal se establecían las facultades del ayuntamiento especificando las funciones de sus regidores y síndicos. Con las bases para la administración de la república de 1853 se regresó al sistema centralista, en donde paradójicamente se conserva al Distrito Federal hasta 1854, cuando por decreto de Santa Anna se amplían los límites del territorio que comprendía al Distrito de México.
El 16 de febrero de 1854, mediante decreto del gobierno, se declara la comprensión del Distrito de México: Artículo 1. El Distrito de México se extenderá hasta las poblaciones que se expresan en este decreto, y cuantas aldeas, fincas, ranchos, terrenos y demás puntos estén comprendidos en los limites, demarcaciones y pertenencias de las poblaciones mencionadas. Por el norte, aproximadamente hasta el pueblo de San Cristóbal Ecatepec inclusive: por el N.O. Tlalnepantla: Por el poniente Los Remedios, San Bartolo y Santa Fe: por el S.O. desde el límite oriental de Huixquilucan, Mixcoac, San Ángel y Coyoacán: Por el oriente el Peñón Viejo, y entre esta rumbo, al N.E. y el N. hasta la medianía de las aguas del lago de Texcoco.
El Distrito Federal quedó dividido en ocho prefecturas centrales, que correspondían a los ocho cuarteles mayores que conformaban las municipalidades de México, y en Marzo del mismo año se fijaron los límites de las prefecturas exteriores del Distrito de México. Esto se mantuvo hasta que fue expedido el estatuto orgánico provisional de la República Mexicana, por decreto presidencial en los tiempos de Ignacio Comonfort, en mayo de 1856.
El Congreso Constituyente de 1856-1857 vuelve a presentarse la discusión apasionada referente a la residencia y asiento de los poderes de la federación, ya que en su artículo 43 manifiesta y enumera lo referente a las partes integrantes de la federación y en el cual hace alusión al estado del Valle de México, que comprenderá el territorio que en la actualidad tiene el Distrito Federal, pero su erección se realizará sólo cuando los poderes federales cambien su residencia y sean trasladados a otro lugar. Esto queda claramente manifestado en el artículo 46 de la Constitución de 1857, que dice: Artículo 46. El estado del Valle de México se formará del territorio que en la actualidad comprende el Distrito Federal.
La Constitución de 1857 organizó nuestro país como una república representativa, democrática y federal; en dicho texto constitucional se reservaron al Congreso de la Unión las facultades para organizar el gobierno del Distrito Federal. Se determinó la facultad para los ciudadanos para elegir a sus autoridades municipales y judiciales, conforme se manifiesta en el Art. 72 Fracc. VI; Para el arreglo interior del Distrito Federal y territorios, teniendo por base el que los ciudadanos elijan popularmente las autoridades políticas, municipales y judiciales, designándoles rentas para cubrir sus atenciones locales.
Este artículo da fundamento y facultad al Congreso para poder organizar las bases que puedan dar a los ciudadanos del Distrito Federal la forma de elegir libremente a sus autoridades políticas, además de que puedan elegir también, por voto directo, a sus representantes al Congreso.
En 1861, con el triunfo de la república federal, el presidente Benito Juárez reinstala nuevamente al Distrito Federal, atribuyéndose a la secretaria de Estado y del despacho de gobernación las facultades de gobierno del Distrito Federal, tanto en los ámbitos político como administrativo, en los años sucesivos se crearon disposiciones para el Distrito Federal, con el objetivo de fortalecer su vida política, jurídica y social misma que no afecta la residencia de los poderes federales.
El 5 de marzo de 1861 se señaló la división municipal para el Distrito Federal, consistiendo ésta en la municipalidad de México y 4 partidos, en cada partido había un efecto que era presidente nato de su respectivo ayuntamiento y jefe de la policía.
El 4 de mayo de 1861 se expidió un decreto sobre elecciones, que ordenaban que el ayuntamiento de la capital estuviera compuesto por 20 regidores y dos procuradores de la ciudad, las demás poblaciones del Distrito cuyo censo fuera no menor de 4 mil habitantes debían contar también con sus respectivos ayuntamientos, integrados por 7 regidores y un procurador.
Quedó entonces organizado de esta forma el Distrito Federal, pero al paso del tiempo y de acuerdo con la situación convulsa que México experimentaba, el movimiento revolucionario de 1910, se tuvo la necesidad de replantear nuevamente la cuestión de la organización política del Distrito Federal, por lo cual se propuso convocar nuevamente a un Congreso Extraordinario para organizar la nación.
Cabe destacar que a partir del México independiente, la ciudad seguiría siendo el centro de la vida nacional, por ello, los Congresos Constituyentes de 1917 al triunfo de la Revolución Mexicana, el país encontraba y tomaba distintos cauces y esencialmente el Distrito Federal por la situación que enfrentaba en esos momentos debido a los ajustes de la estructura, al igual que su organización política, económica, cultural y social, a lo que la transformación de manera parcial con el Congreso Constituyente de Querétaro de 1917, el cual retomó la figura jurídica de la capital y en lo particular del Distrito Federal. El argumento de sustento se mantuvo relacionado con el México independiente, ya que siempre ha sido el centro de la vida nacional. Por ello, los congresos subsiguientes se preocuparon por dar una configuración jurídica, basándose siempre en el argumento del federalismo.
Con Venustiano Carranza, general revolucionario, en el proyecto que presentó ante el Congreso Constituyente de 1917 en la ciudad de Querétaro, propuso el retorno de la figura político-jurídico del sistema Municipal para el Distrito Federal. Este proyecto se legisló y quedó de la siguiente manera:
Artículo 43. Las partes integrantes de la federación son los estados de Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas, Distrito Federal, territorio de Baja California y territorio de Quintana Roo.
Artículo 44. El Distrito Federal se compondrá del territorio que actualmente tiene, y en el caso que los poderes federales se trasladen a otro lugar, se erigirán en el estado del Valle de México, con los límites y extensiones que le asigne el Congreso General.
Artículo 45. Los estados territorios de la federación conservarán la extensión y límites que hasta hoy han tenido, siempre que no haya dificultad en cuanto a éstos.
Artículo 73. El congreso tiene facultad: V. Para cambiar la residencia de los Supremos Poderes de la Federación. Vl. Para legislar en todo lo relativo al Distrito Federal y territorios.
Debiendo someterse a las bases siguientes; 1ª. El Distrito Federal y los Territorios se dividirán en municipalidades que tendrán la extensión territorial y número de habitantes suficientes para poder subsistir con sus propios recursos y poder contribuir a los gastos comunes 2ª. Cada municipalidad estará a cargo de un ayuntamiento de elección popular directa.
Los artículos mencionados son los que el Constituyente creó, modificando y basándose en algunos casos en el anteproyecto de Venustiano Carranza. En el artículo 43 podemos observar que se establecieron las partes integrantes de la federación, 28 estados, 2 territorios y 1 Distrito Federal.
En el artículo 44 se observa la disposición para ampliar el territorio del Distrito Federal y con relación al artículo 75, se contempla la creación de 13 municipalidades por elección popular. Además, se conservó a facultad del Congreso para cambiar la residencia de los supremos poderes de la federación. Dicho anteproyecto no previó que la traslación mencionada originaba la creación del estado del Valle de México como estableció la Constitución de 1857. Esta omisión fue salvada por el Constituyente de 1917, al contemplar la creación del Valle de México en el supuesto de que se trasladaran los poderes de la Federación a otro lugar distinto del de su residencia.
Debemos mencionar que la Constitución de 1917 en el artículo 44 se rescata el texto de la Constitución de 1857 referente al asentamiento de los Poderes de la Federación dentro del Distrito Federal y establece los lineamientos para la creación del Estado del Valle de México en el territorio correspondiente al Distrito Federal.
Podemos reflexionar y darnos cuenta de que durante la historia constitucional de México siempre se ha mantenido en la ley suprema un lugar específico y preciso para la residencia de los poderes federales y con ello fortaleciendo cada vez más al federalismo mexicano, además de la existencia de un Distrito Federal como la residencia de los poderes claro que éste dividido territorialmente por sus demarcaciones territoriales con su respectivo régimen jurídico como lo ha sido municipal o delegacional. Todo esto trajo consigo circunstancias en relación a su naturaleza política singular del territorio del Distrito y de los derechos políticos locales de los ciudadanos de la Ciudad de México, Distrito Federal y capital de los Estados Unidos Mexicanos.
En la realidad global en que estamos inmersos los sistemas de gobiernos locales a nivel mundial, se transforman por la dinámica social constante; por lo cual tratamos de hablar concretamente del sistema mexicano haciendo referencia a la experiencia del continente europeo y de los municipios españoles.
En reflexión sobre los retos a los que hoy se enfrentan la ciudad de México, se tiene el de construir un espacio y un gobierno eficaz para el Distrito Federal que atienda a los importantes problemas que hoy aquejan a las demarcaciones territoriales y crear un órgano político-administrativo eficiente con participación de la comunidad.
En la actualidad, la sociedad mexicana plantea como exigencia fundamental el perfeccionamiento de nuestra vida democrática y ateniéndonos a este principio, la participación de los ciudadanos en todos los campos de la actividad pública es trascendente para el desarrollo del país, del Distrito Federal y sus delegaciones.
Nuestra visión y sensibilidad contribuyen además a darle un sello más humano al crecimiento y definen el sentido de muchas decisiones en nuestra patria. Por eso es cada vez más importante que intervengamos en forma decisiva y razonada en la actividad política que influye en el bienestar familiar, comunitario del Distrito Federal y sus delegaciones.
Por ello, el compromiso político es luchar por las causas de la ciudad y la razón de su gente, así como trabajar para construir una sociedad más equitativa donde impere la seguridad y la justicia, donde la existencia de empleos bien remunerados permitan tener acceso a servicios básicos de educación, salud, vivienda y recreación para todos los capitalinos.
Así, como legisladores debemos generar soluciones duraderas a los múltiples problemas que enfrentamos, fundados en los valores más arraigados de la tradición cultural que hemos recibido y que queremos entregar a las futuras generaciones: un mundo justo con oportunidades de desarrollo para todos.
Estamos ante el surgimiento de una nueva fuerza social transformadora que libera nuevas energías sociales, la participación organizada de la sociedad en la atención de los problemas sociales animados por un espíritu de responsabilidad social, los ciudadanos, de manera autónoma, se organizan y se solidarizan con las necesidades de los otros e impulsan acciones y proyectos orientados a superar carencias sociales de diversos tipos y asegurar la existencia de los bienes y servicios socialmente necesarios.
La colaboración activa, voluntaria y propositiva de los ciudadanos, realizada con eficiencia y responsabilidad y orientada al desarrollo humano integral, es un fenómeno de nuestro tiempo a nivel mundial. Por ello, dichas organizaciones de ciudadanos generadas a través de diferentes formas institucionales, coadyuvan a crear oportunidades de desarrollo y crecimiento para grupos y personas, especialmente los menos favorecidos, colaboran con la tarea de los gobiernos y constituyen el signo más esperanzador de que es posible un desarrollo social, integral y armonioso, para el futuro del país.
Esta nueva forma organizada de participación de la ciudadanía, obliga a repensar los viejos esquemas de participación social y por lo mismo adecuar el marco legal actual, con el propósito de contar con un medio idóneo que promueva y estimule a la participación ciudadana y la reconozca como uno de los ejes del desarrollo social sostenible en el Distrito Federal.
El marco legal vigente no es suficiente para el despliegue de los propósitos de la sociedad civil organizada e independientemente, consideramos que es de primordial importancia promover el establecimiento de un nuevo marco regulatorio, que reconozca, favorezca y aliente la apertura de nuevos canales de participación ciudadana en el Distrito Federal y crear condiciones adecuadas que permitan el desarrollo de nuevos canales de participación, esta iniciativa propone dar cabida a los ciudadanos capitalinos para participar en las decisiones respecto a sus demarcaciones territoriales con el objetivo de construir el desarrollo democrático más amplio y sólido con el que se identifiquen todos los mexicanos y sea la base de certidumbre y confianza para una vida política pacífica y una intensa participación de los ciudadanos de la capital, con el propósito de avanzar a un desarrollo social que propicie y extienda las oportunidades de superación individual y comunitaria, bajo nuevos canales de participación.
Esta propuesta de iniciativa busca contribuir al establecimiento de este nuevo marco regulatorio, misma que tiene como inspiración los grandes principios que sustentan nuestra convivencia y que expresan en la Carta Magna.
La Constitución propone la búsqueda de un proyecto de desarrollo nacional, estrechamente ligado a las aspiraciones de una vida digna para todos los mexicanos; considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, si no como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo; establece también, que el desarrollo implica la concurrencia con responsabilidad social de los sectores público, privado y social.
Estamos seguros de que compartimos el deseo y la voluntad de recuperar lo mejor de nuestra gran sociedad y edificar una ciudad en la que exista un medio ambiente sano, con un bienestar creciente para los habitantes del Distrito Federal.
Durante las reformas políticas realizadas en la última década, México ha sufrido cambios decisivos tanto a nivel legal como institucional, que en su conjunto pueden y deben verse como un perfeccionamiento a la democracia.
La democracia debe representar la unión de todos los mexicanos, pero además el detonador para que a través de una distribución cuidadosa, pueda obtener una mayor capacidad para lograr un desempeño más eficiente, que constituya una fuerza real en la nación.
A esto deben hacerse reformas adicionales a ciertas disposiciones de carácter legal, para que así como se ha reforzado el gobierno del Distrito Federal, suceda lo mismo con el gobierno de las demarcaciones territoriales.
Lo importante es que los niveles de gobierno y sus respectivos órganos asuman el compromiso de renovar las instituciones; en vías de descentralizar, desconectar, reducir y repartir mejor las facultades y recursos. Esto debe continuarse, ya que en la presente época pudiéramos decir que comenzó en ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno, en materias vinculadas a servicios públicos, sociales, económicos y culturales. Por otra parte, se le dotó también de atribuciones en cuanto a equipamientos y acciones de desarrollo urbano de interés directo de los habitantes, respecto de las cuales se estableció el derecho de iniciativa popular, facultando por último a la Asamblea Legislativa para convocar a consulta pública sobre cualquiera de los temas de su competencia.
La reforma de 1993 previó un esquema para la transformación gradual de las instituciones políticas, representativas y de gobierno del Distrito Federal, que incluyó a atribución de facultades legislativas a la asamblea, el establecimiento de consejos de ciudadanos y un sistema de designación del titular del órgano ejecutivo local con la participación de la propia asamblea.
La naturaleza jurídica del Distrito Federal se define en el artículo 44 constitucional, que subraya que la Ciudad de México es a un tiempo Distrito Federal, sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos. En la reforma de 1996 el artículo 122 ratifica esta importante decisión política constitucional, respecto de la naturaleza jurídica que hace del Distrito Federal una entidad de perfiles singulares.
Para enunciar y deslindar competencia y atribuciones que corresponden a los poderes federales y a las autoridades locales en el Distrito Federal, la reforma de 1996 destaca que esencialmente las funciones legislativa, ejecutiva y judicial en el Distrito Federal corresponden a los Poderes de la Unión, en el ámbito local que es su sede, para después señalar que en el ejercicio de estas atribuciones concurren las autoridades locales, que son fundamentalmente la Asamblea Legislativa, el jefe del gobierno y el Tribunal Superior de Justicia.
Para que los poderes federales y las autoridades locales convivan de manera armónica, la reforma asigna las competencias que corresponden a cada uno de los órganos que actúan en el Distrito Federal. De esta forma, se consagran de manera puntual las facultades que corresponden al Congreso de la Unión y al titular del Ejecutivo federal.
Desde el surgimiento de las delegaciones políticas en el Distrito Federal es un tema primordial la relación del régimen que mantiene el país, el de una república federal, democrática y representativa. Así, en los momentos en que se trata de analizar el desarrollo político-social de la entidad federativa como lo manifiesta el artículo 2 del Estatuto de Gobierno, del que son parte las demarcaciones territoriales, se observan las profundas transformaciones por las cuales han pasado.
De aquellas modestas demarcaciones territoriales, al comenzar nuestra vida como Departamento del Distrito Federal, se convirtió esta ciudad en una de las urbes más pobladas del planeta, que hoy exige una revisión a profundidad de la estructura orgánica de sus demarcaciones territoriales, de la vida democrática de éstas, así como de su formación para su mejor funcionamiento.
Debemos dejar claro que la evolución jurídica de las Demarcaciones territoriales en la última reforma constitucional de 1996; precisa en el artículo 122, disposición C en la base tercera en la fracción ll, que los titulares de los órganos políticos administrativos de las demarcaciones territoriales serán elegidos en forma universal, libre, secreta y directa, según lo determine la ley en la materia.
Sin embargo, así se encuentra plasmado en la Constitución desde 1996 que entró en vigor, según el artículo décimo transitorio de la reforma de 1996, hasta el año dos mil, en tanto se eligieron en forma indirecta, como lo regulaba el Estatuto de Gobierno antes de la reforma del 14 de octubre de 1999 de este ordenamiento.
En la actualidad, el desarrollo de las demarcaciones territoriales exige el perfeccionamiento tanto de su vida democrática, valor supremo de la política, como de la formación de la estructura política administrativa, esto es, dirigir el proceso a una mayor participación democrática, como respuesta a una sociedad más consciente, plural, participativa y también informada.
La necesidad de crear proyectos y objetivos reales, que conllevan a dar nacimiento a una administración congruente con la realidad que se presenta a principios del siglo XXI, dado que el reto de los ciudadanos es el lograr el fortalecimiento de los canales de participación, con una visión de futuro viable, realista y una justa respuesta a la demanda social.
Las administraciones de las demarcaciones territoriales deben estar inmersas en procesos de cambio, hacia mejores niveles en la calidad de los servicios, con base en la fortaleza de las demarcaciones territoriales; y hacer de la administración pública un sistema profesional, eficiente, capaz y digno por una firme vocación de servicio.
Las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y esencialmente las cabeceras demarcaciones, se han transformado en metrópolis complejas y transcurren en un crecimiento acelerado, por lo cual surgen retos para consolidar y elevar la calidad de vida de éstas.
Por esa razón, la iniciativa de reforma constitucional respecto al artículo 122, en su disposición C, Base Tercera, fracción II, plantea fundamentalmente la creación de un consejo delegacional, a fin de crear un cuerpo colegiado que pueda deliberar, analizar, resolver, evaluar, controlar y vigilar los actos de administración y del gobierno del Distrito Federal, además de ser los encargados de vigilar la correcta prestación de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administración pública delegacional de la Ciudad de México.
La propuesta de reforma constitucional tiene como parte medular una reforma política aplicada a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, que si ya se encuentra plasmado que sea por votación universal, libre y secreta, se debe lograr que sean administradas por un consejo delegacional, con el propósito, en primer término que se deje claro que el nombre que llevará la figura jurídica que representa a las demarcaciones territoriales, en su órgano político administrativo, jurídica y democráticamente sea consejo delegacional. Se propone además el permitir la participación social en la planeación del desarrollo de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, como principal política del gobierno; de lograr la creación y existencia de un sistema de estas demarcaciones cuyo máximo órgano sea el consejo antes mencionado.
Este sistema estaría conformado por los diversos sectores de la población; Jóvenes, obreros, empresarios, intelectuales, mujeres, hombres y mujeres de la tercera edad, así como organizaciones y agrupaciones; todos con presencia en el consejo delegacional, que contribuiría en forma importante, por medio de sus observaciones y sus propuestas para la evaluación y aprobación de los proyectos y actividades a realizar en las demarcaciones territoriales.
De esa manera, con la creación del consejo delegacional se ayudaría a que de las diversas opiniones se consensaran en una decisión más congruente y real; que permita la estabilidad de la sociedad local, evitando con ello el que las decisiones de los programas sociales o actos de gobierno en algún momento no sean tomadas de forma unilateral, es decir, sin la participación de los sectores sociales.
Por ello insistimos en que se deben generar dispositivos para la participación social que funjan efectivamente como contrapesos y colaboradores a la gestión gubernamental, para potenciar las decisiones fundamentales para el bienestar y el desarrollo de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y con el consejo delegacional ayudaríamos a equilibrarlas demarcaciones para que en un momento dado, surjan las mejores decisiones de un consejo plural y deliberativo, que se ajuste siempre a las leyes que le regulen y las que emanan de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Con el consejo que se propone se permitiría abrir canales de participación más cercanos a la ciudadanía, y que sea el dialogo el que impere en todo momento en el consejo de representación ciudadana, pues solamente de esta forma tenemos el entendiendo de poder llegar a lograr consensos que beneficien únicamente a la ciudadanía.
Este órgano tendrá además una tarea esencial; de ayudar a mantener la estabilidad del país y poder lograr, de ser posible, una nueva cultura política social, a través del diálogo y el razonamiento, logrando con ello decisiones claras, concretas y consensadas, siempre hacia el beneficio social del Distrito Federal.
Por todo esto, nuestra propuesta está sustentada en lo que la ciudadanía del Distrito Federal y las demarcaciones territoriales exigen hoy, debido a los hechos y actos que vienen prevaleciendo en la realidad social de las comunidades, el exigir la creación de canales de participación que lleven al nacimiento de órganos plurales y representativos de la sociedad, que se viven actualmente en cada demarcación territorial.
Así planteamos que debe darse, por consecuencia, una nueva cultura de servicio al público, y que se dé como compromiso el trabajo diario hacia la modernización administrativa local, cuyo resultado sea el avance nacional; también el eje fundamental del fortalecimiento, la reorganización y nueva estructura para formalizar al consejo delegacional con la dimensión y proyecto de la democracia que se manifiesta en el país.
Lo importante de lograr esta reforma constitucional es permitir la creación de canales de participación de los ciudadanos que pertenezcan a las demarcaciones territoriales, que conocen sus problemas, que los valoren y a través de programas de gobierno los resuelvan ellos mismos y con ello lograremos una corresponsabilidad del gobierno con la sociedad.
Por lo expuesto, el suscrito, Isidro Moreno Árcega, como integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, somete a consideración del pleno de esta soberanía para estudio y dictamen, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma al artículo 122, disposición C, Base Tercera, de la fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene como principal finalidad promover una reforma política territorial para el Distrito Federal creando la figura de consejo delegacional en las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
Proyecto de Decreto
Se reforma el artículo 122, inciso C, base tercera, fracción II, constitucional, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 122. ..
..
..
..
..
...
A. a C. ...
Bases Primera. a Tercera.
I....
II. Se establece que el régimen interno de los órganos político-administrativo de las demarcaciones territoriales en que se divide el Distrito Federal se caracteriza por ser democrático, representativo y popular.
Cada demarcación territorial se administrará por un consejo delegacional, el cual será elegido de forma libre y directa, aplicándose los principios de mayoría relativa y de representación proporcional con dominante mayoritaria, los jefes delegacionales y consejeros, por ningún motivo podrán ser reelectos para el periodo inmediato, según lo determine la ley.
La ley respectiva fijará los criterios para efectuar la división territorial del Distrito Federal, la competencia de los consejeros delegacionales correspondientes, la forma de integrarlos, su funcionamiento, así como las relaciones de dichos órganos con el jefe del gobierno del Distrito Federal.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2013. Diputados: José Isidro Moreno Árcega, Landy Margarita Berzunza Novelo, Francisca Elena Corrales Corrales, María Esther Garza Moreno, Elvia María Pérez Escalante, María del Rocío Corona Nakamura (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Saludamos a un grupo de estudiantes, que nos visitan el día de hoy, de la carrera de derecho de la Universidad Insurgentes, plantel Norte, invitados por la diputada Norma Ponce Orozco. Bienvenidos.
El diputado Mario Miguel Carrillo Huerta (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: A sus órdenes diputado. Sonido, por favor.
El diputado Mario Miguel Carrillo Huerta (desde la curul): Solamente para hacerle una respetuosa solicitud. Si pudiera también enviarse a la Comisión del Distrito Federal, por lo menos para opinión.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Con gusto, diputado, se obsequia el trámite. Se envía para su opinión. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen; con opinión de la Comisión del Distrito Federal.
LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Roberto López Rosado, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 14, 17 Bis y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
El diputado Roberto López Rosado: Gracias. Con su permiso, presidenta. Presento ante ustedes la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 14 y se reforma el inciso a) de la fracción I del artículo 17 Bis, y se adiciona un párrafo al artículo 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo nuestro.
Quiero señalar que en esta larga lucha por el respeto al reconocimiento de pueblos y comunidades indígenas muchos hermanos se han quedado en el camino, otros mantenemos la bandera firme y jamás renunciaremos a nuestra identidad y a nuestro origen.
En las políticas asistencialistas que el Estado mexicano ha implementado, siempre no cuentan con el aval, porque nunca se consulta a las comunidades indígenas.
La reforma constitucional en materia indígena, del 2001, tuvo como objetivo lograr el reconocimiento por el cual se ha dado esta larga lucha en los pueblos y comunidades indígenas. Esta reforma no respondió a los pensamientos plasmados en los Acuerdos de San Andrés, en virtud de que delegó a los Congresos locales la facultad de dicho reconocimiento y en la realidad solo pocos hicieron caso y aprobaron en los términos en que se habían suscrito los Acuerdos de San Andrés.
Una causa de esta situación en la que se encuentra la vida indígena en nuestro país es que las políticas públicas y acciones de gobierno carecen de pertinencia y no atienden los preceptos contenidos en la Constitución, que establecen que deben ser diseñadas y adecuadas a las circunstancias que viven las comunidades indígenas, y en buena medida dichas desatenciones se deben a que en las unidades administrativas responsables del diseño y ejecución de las políticas y programas son encabezados por quienes no son indígenas. Lo cual considero fundamental, porque no hay nada ni nadie mejor que el indígena para diseñar sus propias políticas públicas.
En consecuencia, la falta de mecanismos de participación de las representaciones indígenas para el diseño y ejecución de sus políticas públicas es responsabilidad de los órganos administrativos y por tanto de quienes los dirigen. Ahí pues los resultados son negativos. En virtud de ello proponemos la siguiente consideración, decreto:
Primero. Se adiciona un párrafo al artículo 14.
Segundo. Se reforma el inciso A de la fracción I del artículo 17 Bis.
Tercero. Se adiciona un párrafo al artículo 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Para el caso de los servidores públicos que estén al frente de unidades administrativas con el rango de subsecretaría o dirección general o equivalente, los responsables de atender los asuntos en materia indígena, así como con sus direcciones, subdirecciones y jefaturas de departamento o equivalentes, además de los requisitos que establezca el reglamento respectivo y el Sistema Nacional de Servicio Profesional de Carrera, deberán ser de origen indígena, en los términos del artículo 2o. constitucional. En los casos de las dependencias y entidades en materia indígena los delegados cubrirán el requisito de tener origen indígena, en los términos del artículo 2º, y en los casos en que la unidad administrativa tenga atribuciones sustantivas en materia indígena su titular deberá cumplir con el requisito de ser de origen indígena, en los términos del mismo artículo 2o.
Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
Que esperemos cuente con el aval de este pleno de la Cámara de Diputados, y por la cual nosotros seguiremos en pie de lucha. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma los artículos 14, 17 Bis y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Roberto López Rosado, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito, diputado Roberto López Rosado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan: un párrafo al artículo 14; se reforma el inciso a) de la fracción I del artículo 17 Bis; y se adiciona un párrafo al Artículo 18, todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el contexto siguiente
Exposición de Motivos
Al mismo paso de la historia de nuestro país, una multitud de compañeros indígenas hemos luchado por lograr el respeto y reconocimiento de nuestros pueblos y comunidades indígenas; muchos hermanos han quedado en el camino, y muchos otros seguimos con sus pasos, haciendo de su voz nuestra propia voz.
La subordinación, desigualdad, discriminación, pobreza, explotación y exclusión, son las condiciones características que durante siglos han soportado nuestros pueblos ante un ordenamiento jurídico cuyo objetivo ha sido la homogeneización y asimilación cultural.
Las políticas asistencialistas del Estado mexicano han impedido consultar y atender las verdaderas necesidades de nuestros pueblos originarios, y las instituciones creadas para su protección funcionan con programas impuestos que de nada vienen a ayudarles, sino por el contrario, rezagan más su desarrollo e incluso impiden su participación en la administración y funcionamiento.
La reforma constitucional en materia indígena de 2001 tuvo como objetivo lograr el reconocimiento por el cual hemos luchado muchos años; sin embargo, ésta no respondió a los planeamientos plasmados en los acuerdos de San Andrés, en virtud de que delegó a los Congresos locales la facultad de dicho reconocimiento, que en la realidad sólo pocos que han legislado en la materia, trayendo como resultado que en lo jurídico nuestros pueblos sigan inexistentes, en virtud de que los derechos parciamente otorgados y las propias obligaciones impuestas al gobierno a favor de los pueblos sigue sin respetarse.
Una causa de esta situación es que las políticas públicas y acciones de gobierno carecen de pertinencia y no atienden los preceptos contenidos en la Constitución que establecen que deben ser diseñadas y ejecutadas con ellos.
En buena medida dichas desatenciones se deben a que en las unidades administrativas responsables del diseño y ejecución de las políticas y programas no son encabezados por indígenas, lo cual considero fundamental, porque no hay nadie mejor que un propio indígena que conoce la situación de sus pueblos, sus principales necesidades, el pensar de la gente, sus deseos de conservar su identidad y sobre todo el compromiso con su origen, la situación de discriminación que sufren, y por lo tanto éste velaría por el bienestar de su gente.
Es lamentable que en la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el organismo encargado de elaborar y promover los programas y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de nuestros pueblos indígenas, ninguno de los puestos de mayor jerarquía y responsabilidad sea ocupado por indígenas, como tampoco lo son los directivos encargados de las áreas educativas responsables de este servicio para los indígenas.
En consecuencia, la falta de mecanismos de participación de los indígenas en el diseño y ejecución de las políticas públicas es responsabilidad de los órganos administrativos, y por tanto de quienes los dirigen. Aquí los resultados son claros, la política indigenista federal hace calificar a sus funcionarios públicos incapaces, y esa incapacidad, puede decirse que es producto de su falta de conocimiento real y aprecio por la vida y cultura indígena.
La falta de participación indígena en la definición y ejecución de las políticas públicas es violatorio del derecho internacional en la materia (Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales) que México está obligado a observar (lo ratificó la honorable Cámara de Senadores en 1990).
Por otro lado, la ausencia de indígenas en la dirección de las instituciones indigenistas constituye un acto de discriminación hacia ellos por parte del gobierno federal, pues no obstante de existir destacados profesionistas indígenas con experiencia en la administración en niveles jerárquicos medios, no se les brinda la oportunidad de dirigir sus instituciones.
Nos encontramos en el momento oportuno, acorde al inicio de una nueva administración de gobierno para llevar esta propuesta a un ordenamiento legal, que permita lograr que las instituciones indigenistas sean dirigidas por indígenas, y además, contribuir a hacer más eficientes todas las acciones que a favor de nuestros pueblos implante el nuevo gobierno federal.
A la voz de nuestros pueblos, es urgente que lo establecido en el artículo 2o. de la Carta Magna, no sean solo expresiones de declarativas y letra muerta, sino una condición que debe practicarse en el diseño institucional, de programas y políticas que propicien la superación de las desventajas y oportunidades para los indígenas y con ello contribuyan a un funcionamiento del Estado verdaderamente democrático y multicultural.
Por lo tanto, considero que la deficiencia en la designación de recursos humanos para la dirección de instituciones indigenistas debe ser superada, condicionando por ley, el nombramiento de los funcionarios en la materia, los cuales deberán tener y comprobar su origen indígena.
Es fundamental señalar que esta Iniciativa no busca ensanchar irracionalmente la burocracia gubernamental, sino darle una representación más justa y democrática a uno de los sectores más desprotegidos de nuestra nación: el indígena.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Primero: Se adiciona un párrafo al artículo 14.
Segundo: Se reforma el inciso a) de la fracción I del artículo 17 Bis, y
Tercero: Se adiciona un párrafo al artículo 18, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Artículo 14. Al frente de cada secretaría habrá un secretario de Estado, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará por los subsecretarios, oficial mayor, directores, subdirectores, jefes y subjefes de departamento, oficina, sección y mesa, y por los demás funcionarios que establezca el reglamento interior respectivo y otras disposiciones legales.
Para el caso de los servidores públicos que estén al frente de unidades administrativas con el rango de subsecretaría o dirección general o equivalente, responsables de atender los asuntos en materia indígena, así como sus direcciones, subdirecciones, y jefaturas de departamento o equivalentes, además de los requisitos que establezca el reglamento respectivo y el Sistema Nacional del Servicio Profesional de Carrera, deberán ser de origen indígena, en los términos del artículo 2o. constitucional.
En los juicios de amparo, el presidente de la república podrá ser representado por el titular de la dependencia a que corresponda el asunto, según la distribución de competencias. Los recursos administrativos promovidos contra actos de los secretarios de Estado serán resueltos dentro del ámbito de su Secretaría en los términos de los ordenamientos legales aplicables.
Artículo 17 Bis. Las dependencias y entidades de la administración pública federal, conforme a lo previsto en los reglamentos interiores o sus ordenamientos legales de creación, respectivamente, podrán contar con delegaciones en las entidades federativas o, en su caso, en regiones geográficas que abarquen más de una entidad federativa, siempre y cuando sea indispensable para prestar servicios o realizar trámites en cumplimiento de los programas a su cargo y cuenten con recursos aprobados para dichos fines en sus respectivos presupuestos y observen lo siguiente:
a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; y en los casos de las dependencias y entidades en materia indígena, los delegados cubrirán el requisito de tener origen indígena, en los términos del artículo 2o. constitucional;
Artículo 18. En el reglamento interior de cada una de las secretarías de Estado y departamentos administrativos, que será expedido por el presidente de la república, se determinarán las atribuciones de sus unidades administrativas, así como la forma en que los titulares podrán ser electos, y ser suplidos en sus ausencias.
En los casos en que la unidad administrativa tenga atribuciones sustantivas en materia indígena, su titular deberá cumplir con el requisito de ser de origen indígena, en los términos del artículo 2o. constitucional.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de febrero de 2012. Diputados: Roberto López Rosado, Víctor Manuel Manríquez González, Rosendo Serrano Toledo, Carlos de Jesús Alejandro, Eva Diego Cruz (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Gobernación, para su dictamen.
El diputado Carlos de Jesús Alejandro(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Perdón, diputado, ¿para qué asunto?
El diputado Carlos de Jesús Alejandro (desde la curul): Primero, para adherirme y suscribir la iniciativa de mi compañero diputado Roberto López Rosado, y enseguida solicitar ampliación de turno a la Comisión de Asuntos Indígenas, para dictaminación por supuesto.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Le solicitaríamos como primer término al diputado Roberto López, que si no tiene ningún inconveniente pudiera estar aquí la disposición de quien guste adherirse a su iniciativa.
El diputado Roberto López Rosado (desde la curul): Claro que sí.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Parece que sí da su aprobación. En cuanto a la segunda petición, si la pudiera presentar por escrito aquí a la Secretaría, con mucho gusto se analizaría su petición. Gracias.
LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL - LEY DE COORDINACION FISCAL
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Damián Zepeda Vidales, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
El diputado Damián Zepeda Vidales:Muchas gracias, señora presidenta. Si tuviéramos el don de la omnipresencia y pudiéramos todos los aquí presentes al mismo tiempo, en el mismo lugar, el día que presentan los informes de gobierno los diferentes gobernadores y alcaldes en este país, sin duda escucharíamos que acorde a lo que mencionaría la gran mayoría de ellos tendrían excelentes programas, unas grandes cifras históricas de inversión, programas sin precedentes y de alto impacto, incluso a nivel internacional. Desgraciadamente en México para muchos de estos casos la realidad es otra.
Vemos gobiernos con un alto gasto corriente, con una baja inversión en obra pública, con un manejo irresponsable de finanzas públicas, con deudas fuera de control, falta de transparencia, baja recaudación, gran cantidad de observaciones por parte de los organismos fiscalizadores, entre muchas otras cosas.
Valorar la labor del gobierno en la realidad es que es muy difícil para todos los mexicanos, llámense académicos, técnicos, pero especialmente para los ciudadanos. La realidad es que no existe información suficiente al alcance de los ciudadanos que sea objetiva, que sea clara, que sea fácil de entender para poder hacer valoraciones cualitativas objetivas y sobre todo para hacer comparativos a nivel nacional.
Esta situación nos lleva en muchos casos a hacer valoraciones que no son acertadas y que tienen que ver con cuestiones más subjetivas que objetivas, que tienen que ver con promociones, que tienen que ver con publicidad y con propaganda que hacen los gobernantes.
No imagino mejor ejemplo que el de Moreira, en su estado Coahuila y la situación y la percepción que tenían los ciudadanos, seguramente favorable de su gobierno, tal que hizo posible que su hermano recibiera el poder después de él. Sin embargo, creo que el despertar fue duro para todos los coahuilenses, al darse cuenta de la situación financiera que vivía su país; es decir, otra vez no tenían en sus manos información de calidad y objetiva que les permitiría hacer un análisis objetivo del gobierno que estaban teniendo en esos momentos.
El problema es que no tenemos esos esquemas; el problema es que la ciudadanía no tiene a su alcance este tipo de información. Es por eso que el día de hoy junto a mis compañeros, Enrique Alejandro Flores Flores, Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, Ricardo Anaya Cortés, Ricardo Villarreal García, Gabriel de Jesús Cárdenas Guizar y por supuesto un servidor y con el respaldo de todos los diputados de Acción Nacional, presentamos una iniciativa que reforma la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Coordinación Fiscal, para buscar tres cuestiones muy específicas:
Primero. Homologar a nivel nacional las fechas de presentación de las cuentas públicas y la forma en que se presentan las cuentas públicas de parte de los gobiernos estatales y municipales ante los órganos fiscalizadores a nivel estatal.
Por supuesto que la Ley General de Contabilidad ya tiene algo de esto, pero hace falta fortalecerlo. Hoy no se presentan al mismo tiempo y, por lo tanto, es imposible hacer comparativos a nivel nacional.
Segundo. Hacer obligatorio la aplicación, por parte de esos órganos fiscalizadores, de un sistema de evaluación de indicadores de la gestión gubernamental que permita evaluar y calificar, y aprobar o reprobar las cuentas públicas, basadas en resultados objetivos, medidos de manera homogénea, igual a nivel nacional, que nos permitan calificar si una persona está gobernando bien o está gobernando mal.
Indicadores que nos permitan decir por ejemplo cómo manejan su gestión financiera, cómo manejan su política recaudatoria, cómo manejan la política del gasto, cómo administran los fondos federales. Si tienen o no cumplimiento las metas. Cuántas observaciones tiene y de qué montos de sus órganos fiscalizadores.
Esto nos permitiría analizar el nivel de deuda, la solvencia, el grado de inversión en obra pública, el grado de gasto corriente con criterios objetivos establecidos a nivel nacional, por entidad calificada, como lo es el Consejo Nacional de Armonización Contable y no dejar a valoraciones subjetivas y políticas la aprobación o no de la cuenta pública a nivel local.
Tercero. Ligar el resultado de este sistema de evaluación y el resultado de este análisis de las cuentas públicas a un fondo de aportaciones a nivel nacional, que les permita a los estados y a los municipios que aprueben la calificación mínima necesaria para cada uno de esos indicadores el poder acceder a recursos extraordinarios de parte de la federación, ¿por qué monto? Por un monto igual al 1 por ciento de la recaudación federal participable, que el año de 2012 hubiese sido de 20 mil millones de pesos.
Es decir, solo accederían a recursos adicionales para exclusivamente inversión en infraestructura e inversión aquellos estados y aquellos municipios que aprueben sus cuentas públicas bajo estos criterios del sistema de evaluación.
A través de esta reforma lograríamos que los ciudadanos cuenten en sus manos con un sistema fácil de entender; que así como cuando uno va al doctor y lo mandan al laboratorio y que tiene en sus manos un resultado que no entiende, pero que se hace comprensible por la referencia que tiene a un lado que le dice que si tiene un resultado que está dentro del grado que el experto maneja, igual podemos con esta calificación y con este sistema decirle al ciudadano: tu gobernante sí está haciendo un buen gobierno, sí es eficiente, sí invierte en infraestructura, sí aprovecha bien el recurso y no lo gasta en gasto corriente y por lo tanto tienes un buen gobierno, y se podría sentir bien representado.
Creemos, señora presidenta, que si impulsamos este tipo de esquema podemos lograr gobiernos más eficientes y por lo tanto mejores resultados para los ciudadanos.
Decía y termino con esto el Maquío Clouthier, que: Hay que dejar de llorar al México que se frustró, para empezar a construir el México que todavía puede y debe ser.
No puedo encontrar mejores palabras para expresar la visión que tenemos nosotros de lo que debe de ser este Congreso. Necesitamos enfocarnos sin dejar de voltear a la historia, por supuesto, enfocarnos en construir un mejor país y para ello tenemos que generar herramientas que nos lleven a tener políticas públicas certeras y asegurarle al ciudadano que tiene gobiernos honestos, transparentes y eficientes. Muchas gracias por su tiempo.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Contabilidad Gubernamental, y de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Damián Zepeda Vidales y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Damián Zepeda Vidales, Ricardo Anaya Cortes, Enrique Alejandro Flores Flores y Ricardo Villareal Garcia, diputados a la LXII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley de Coordinación Fiscal, con la finalidad de estandarizar la presentación de las cuentas públicas a nivel nacional, crear un Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta Pública ligado a la obtención de recursos del Fondo General de Participaciones, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La dinámica económica, social y política de México obliga a los actores de la administración pública en todos los niveles de gobierno a cada vez otorgar más y mejores resultados a los ciudadanos, dejando de lado temas coyunturales y subjetivos. Los ciudadanos merecen que su gobierno sea eficiente en su manejo administrativo como el primer requisito para el éxito de sus políticas públicas y esto sólo puede ser logrado a través del trazo de metas cuantitativas claras en su desempeño.
Si nos concentramos en las entidades federativas y, especialmente, el municipio como los entes públicos con mayor cercanía con el ciudadano nos podemos dar cuenta que lograr condiciones de eficiencia administrativa y sobre todo un proceso de mejora continua que les permita evolucionar positivamente año con año, beneficiaria de manera directa al ciudadano en un grado potencial y fortalecería la figura de las entidades y los municipios, con los beneficios que ello implica en la sociedad.
Si bien la naturaleza ideológica y obligación legal de cualquier gobierno estatal o municipal es precisamente la de brindar un buen gobierno, existen factores de vital importancia que a la vista de la sociedad podrían no ser tan visibles que sin embargo son indispensables para hacer una valoración adecuada de lo que es un buen o mal gobierno, como lo son el tener unas finanzas públicas sanas, eficiencia administrativa, adecuada inversión en infraestructura o tener mecanismos óptimos de transparencia, entre otros, es decir, se puede estar frente a un gobierno popular pero con pésimo manejo financiero administrativo, inadecuado grado de inversión y altos grados de opacidad.
Atendiendo las consideraciones anteriores, el pasado mes de agosto, aun en mi calidad de diputado local, presenté en la entonces LIX Legislatura del Congreso del Estado de Sonora, una iniciativa denominada Iniciativa de ley que crea el fondo de infraestructura para el estímulo y reconocimiento al buen gobierno municipal, la cual buscaba, como su nombre lo indica, incentivar el buen ejercicio de la administración pública de los municipios sonorenses.
Dicha iniciativa basó su planteamiento en un esfuerzo de medición de buen gobierno y fiscalización sin precedente que se ha llevado a cabo en Sonora en los últimos años, a raíz del desarrollo por parte del Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización del Estado de Sonora, de un Sistema de Evaluación al Desempeño Municipal dentro del proceso de revisación y fiscalización de la cuenta pública de los municipios que vale la pena resaltar y analizar. Acorde al propio ISAF dicho sistema tiene como objetivo:
Evaluar el desempeño de los gobiernos municipales, mediante la aplicación de un conjunto de indicadores que determinen y verifiquen si los recursos públicos fueron usados de forma adecuada, óptima y racional, a fin de conocer la economía, eficiencia, eficacia, calidad e impactos de las distintas políticas y programas públicos, así como el cumplimiento de metas y objetivos. (contador público Eugenio Pablos Antillón, Algunos Aspectos Básicos de la Evaluación al Desempeño en los Municipios)
La oportunidad de que esta herramienta implementada por el Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización del estado de Sonora sea norma obligatoria y que se le sume un factor de inercia positiva a través de la apertura de oportunidades de obtención de recursos extraordinarios para infraestructura en los municipios, abrió una nueva expectativa que hoy como diputado federal deseo llevar a la realidad nacional, con sus correspondientes adecuaciones, para su aplicación en municipios y entidades federativas.
La presente iniciativa propone principalmente:
Estandarizar a nivel federal para los órganos de fiscalización locales el calendario de entrega de la cuenta pública y de los informes de resultados a las legislaturas estatales.
Partir del mismo modelo propuesto en mi entidad federativa para hacer obligatorio la aplicación, por parte de los órganos fiscalizadores locales, de un Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta Pública que mida aspectos mínimos de buen gobierno; y
Ligar a los resultados de dicho sistema recursos presupuestales adicionales para las entidades, municipios y demarcaciones, a través de un Fondo de Aportaciones para el Estímulo del Buen Gobierno de entidades federativas, municipios y órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, al cual tendrán acceso exclusivo aquellos estados, municipios o demarcaciones que hayan obtenido resultados superiores a los mínimos establecidos como aprobatorios por el Consejo para el Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta Pública.
Para explicar el objetivo de la iniciativa en mención vale la pena detallar el modelo implementado al día de hoy por el órgano fiscalizador del estado de Sonora, así como la iniciativa presentada en el ámbito local por un servidor, Damián Zepeda Vidales, principal fuente de información para la creación de la presente iniciativa. En la misma un servidor señaló lo siguiente:
La metodología utilizada por el ISAF considera el uso de 16 indicadores en 6 diferentes apartados que engloban los aspectos más relevantes y sustanciales del quehacer municipal, en base a ellos se puede analizar y determinar de manera objetiva el desempeño de cada Municipio (ISAF, Evaluación al Desempeño Municipal 2010); estos apartados son:
1) Gestión financiera política,
2) Política recaudatoria,
3) Política del gasto,
4) Administración de fondos federales,
5) Cumplimiento de metas, y
6) Monto cuantificable de las observaciones relevantes.
Atinadamente dentro de la metodología utilizada por el ISAF se contempla la diferenciación entre los municipios basándose en aspectos demográficos, asumiendo que el número de habitantes es el factor más ecuánime para lograr una clasificación justa dados los alcances socioeconómicos de cada municipio. Al final se logra la clasificación siguiente:
Clasificación Rango
municipal
Urbano Más de 100 mil habitantes
Semi-urbano Más de 10 mil y menos de 100 mil habitantes
Rural Menos de 10 mil habitantes
Acorde a lo señalado por el ISAF con esta calificación se logra ajustar la metodología a cada grupo, haciendo el resultado más objetivo y generando una competencia de iguales con iguales.
La presente iniciativa se contempla la integración tanto de los apartados de evaluación anteriormente señalados como de esta clasificación a la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora, ya que a la fecha, aún y como se mencionó anteriormente es utilizada en la práctica, no se contemplan de manera textual en la ley.
Tomando como base lo anterior esta iniciativa propuesta por un servidor considera como objetivo primordial la creación de un Fondo de Infraestructura para el Estimulo y Reconocimiento al Buen Gobierno Municipal con el objetivo de otorgar un estimulo económico dirigido a inversión en infraestructura para aquellos municipios que desarrollen un buen ejercicio de gobierno, ya que solo podrán tener acceso aquellos municipios que aprueben su cuenta pública y observen resultados satisfactorios en cada uno de los apartados considerados, determinando la cantidad de recurso adicional a disponer de conformidad a su desempeño en cada uno de ellos.
Para entender el funcionamiento del Sistema en mención, que será la base para la determinación de los recursos del Fondo propuesto para cada municipio, es importante mencionar que el Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización desarrolló dentro del Sistema de Evaluación al Desempeño Municipal una metodología que considera diferentes parámetros, variables e indicadores que es fundamental para entender el espíritu de la presente iniciativa. Partiendo de los aparatados y la clasificación municipal anteriormente mencionada, la metodología seguida en 2010 por el ISAF, acorde a lo establecido en la cuenta pública municipal de dicho año, fue la siguiente:
Parámetros
Para la evaluación se determinaron dos tipos de parámetros: a) Parámetros Fijos y b) Parámetros en base al promedio del grupo municipal.
Los parámetros fijos son aquellos donde se aplica el mismo criterio de evaluación a los 72 municipios, sin distinguir su tamaño demográfico. Es decir, se aplica la evaluación de manera homogénea, sin utilizar ningún tipo de diferenciación. Esto es debido a que el resultado de desempeño en estos indicadores no esta en función a su situación demográfica o socioeconómica, sino mas bien a su capacidad administrativa y financiera. Como ejemplos podemos mencionar los indicadores de Liquidez, Solvencia, y Resultado del Ingreso y Egreso, donde se aplica este tipo de parámetro.
El otro tipo de parámetro, se determina en base al promedio emanado de cada agrupación municipal. Es decir, los municipios urbanos tienen un tipo de parámetro de evaluación distinto a los municipios rurales o semi-urbanos. Cada grupo cuenta con su propio parámetro determinado en base al comportamiento observado en cada indicador.
Sin embargo, cabe aclarar que el promedio considerado en cada grupo es un promedio ajustado. Se obtiene eliminando en valor mayor y el valor mínimo del resultado obtenido en cada indicador. Ejemplo, el grupo de municipios semi-urbanos se constituyen por 18 municipios. Para la obtención del promedio ajustado de ese grupo, se suman todos los valores, exceptuando el valor mayor y el menor, y por lo tanto se divide entre 16.
Se hizo este ajuste con la finalidad de obtener un promedio más representativo del comportamiento del indicador, evitando que aquel los municipios que hayan tenido un desempeño extraordinario, modifiquen drásticamente el valor del promedio del grupo.
Variables
Durante el proceso de evaluación al desempeño municipal se utilizaron en total 21 variables, que a continuación se enlistan:
1. Activo circulante
2. Pasivo circulante
3. Pasivo total
4. Activo total
5. Ingreso total
6. Egreso total
7. Ingresos propios
8. Gasto total de tesorería
9. Recaudación del impuesto predial
10. Facturación del impuesto predial
11. Total de servidores de la administración directa
12. Habitantes del municipio
13. Gasto corriente
14. Inversión en obra pública
15. Monto indebidamente aplicado del FISM
16. Monto total asignado en el año del FISM
17. Monto indebidamente aplicado del FORTAMUN
18. Monto total asignado en el año del FORTAMUN
19. Metas acreditadas
20. Metas de la muestra selectiva
21. Monto observado
La fuente de información de cada variable se obtuvo de las Cuentas Públicas 2010, a excepción de la variable: Habitantes del municipio la cual, se obtuvo mediante los resultados del Censo de Población y Vivienda 2010 (Inegi), (Véase en www.inegi.org.mx).
Indicadores
Para evaluar el desempeño municipal, el Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización elaboró y seleccionó diversos indicadores que proporcionan información relevante del quehacer financiero, presupuestal y administrativo del Municipio. Este proceso de selección se determinó mediante la disponibilidad de la información y la relevancia de la misma.
En cada apartado se establecieron indicadores que proporcionaran información sustancial sobre el desempeño municipal. En total se seleccionaron 16 indicadores, agrupándose de la siguiente manera:
Gestión financiera
1. Liquidez
2. Solvencia
3. Resultado de ingreso total y egreso total
Recaudación del ingreso
4. Ingresos propios
5. Ingresos propios per cápita
6. Costo-Beneficio de Tesorería
7. Eficiencia recaudatoria del impuesto predial
Ejercicio del gasto
8. Tamaño de la Administración Municipal
9. Gasto corriente por servidor público
10. Inversión en obra pública
11. Inversión en obra pública per cápita
12. Retribución en obras por concepto de recaudación
Administración de los fondos federales
13. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
14. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal
Cumplimiento de metas
15. Acreditación documental de cumplimiento de metas
Monto cuantificable de las observaciones relevantes (Disciplina presupuestaria)
16. Monto cuantificable de observaciones relevantes
1. Liquidez
La liquidez identifica la disponibilidad de activos líquidos (efectivo) y otros de fácil realización para cubrir los compromisos de un gobierno de manera expedita o en corto plazo. En decir, es la disposición inmediata de fondos financieros y monetarios para hacer frente a todo tipo de compromisos. Este indicador se obtiene al dividir el Activo Circulante entre el Pasivo Circulante.
Fórmula:
Liquidez = Activo Circulante / Pasivo Circulante
El parámetro establecido para considerar si un Municipio cuenta con liquidez, es aquel donde su Activo Circulante es mayor o igual a su Pasivo Circulante. Es decir, si el resultado de este indicador es mayor o igual a 1, se cuenta con los activos suficientes para cumplir con sus compromisos.
Parámetro:
Aceptable Mayor o igual a 1.0 veces No aceptable Menor a 1.0 veces
2. Solvencia
En el sector público, la solvencia es la capacidad de un gobierno de cumplir con sus deudas en forma oportuna. Este indicador nos muestra la proporción que representan los adeudos adquiridos (Pasivo total) en relación al conjunto de recursos y bienes (Activo Total) con que cuenta el gobierno municipal para responder a tales compromisos.
Fórmula:
Solvencia = Pasivo Total / Activo Total
El parámetro establecido para considerar si un Municipio cuenta con solvencia, es aquel donde su Pasivo Total no es superior o igual al 50 por ciento de su Activo Total. Es decir, si el resultado de este indicador es mayor o igual a 50 por ciento, se considera que el Municipio es insolvente.
Parámetro:
Aceptable No aceptable
Menor a 50 por ciento. Mayor o igual 50 por ciento.
3. Resultado del ingreso total y egreso total
Este indicador muestra el resultado del ejercicio financiero, el cual puede ser un déficit, un superávit o un equilibrio financiero. Déficit es la situación en que los ingresos son inferiores a los egresos; cuando ocurre lo contrario hay superávit; y si los ingresos y gastos son iguales, la balanza esta en equilibrio. Este indicador nos ofrece información sobre el manejo del gasto en relación a los ingresos obtenidos.
Fórmula:
Resultado del ingreso total y egreso total = ((Ingreso Total Egreso Total) / Ingreso Total) * 100
El parámetro establecido para considerar la aceptabilidad del resultado del ingreso total y egreso total, es cuando el saldo es mayor o igual a 0, es decir, cuando hay un correcto manejo del egreso en relación al ingreso.
Parámetro:
Aceptable No aceptable
Mayor o igual a 0 por ciento. Menor a 0 por ciento.
4. Ingresos propios
Se entiende por ingresos propios las contribuciones que recauda el municipio, que son potestad y competencia tributaria municipal (Impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, contribuciones por mejoras). Este indicador representa la proporción de ingresos propios con respecto al ingreso total y su resultado nos ofrece información con respecto a la capacidad recaudatoria del Municipio.
Fórmula:
Ingresos propios = (Ingresos propios / Ingreso total) * 100
El parámetro establecido para considerar la aceptabilidad de este indicador, es cuando el resultado es mayor o igual al promedio del grupo municipal. (Urbano, Semi-urbano o Rural).
Parámetro:
Aceptable Mayor o igual al promedio del grupo municipal No aceptable Menor al promedio del grupo municipal
5. Ingresos propios per cápita
Este indicador muestra el promedio anual de contribución por cada habitante del municipio de ingresos propios. Es decir, es la aportación o contribución en promedio por cada habitante durante un ejercicio fiscal.
Fórmula:
Ingresos propios per cápita = Ingresos propios / Habitantes del municipio
El parámetro establecido para considerar la aceptabilidad de este indicador, es cuando el resultado es mayor o igual al promedio del grupo municipal. (Urbano, Semi-urbano o Rural).
Parámetro:
Aceptable Mayor o igual al promedio del grupo municipal No aceptable Mayor o igual al promedio del grupo municipal Menor al promedio del grupo municipal
6. Costo-beneficio de tesorería
Este indicador establece el costo-beneficio del resultado obtenido por el desempeño de Tesorería durante un ejercicio fiscal. El resultado se obtiene al relacionar el costo operativo de Tesorería con el total de recursos propios recaudados. El escenario óptimo de este indicador, es aquel donde los ingresos propios son superiores al gasto ejercido por Tesorería. En caso contrario, significa que Tesorería no cuenta con la capacidad para generar los recursos necesarios para autofinanciar su costo operativo.
Fórmula:
Costo beneficio de Tesorería = Gasto total de Tesorería / Ingresos propios
Se estableció como parámetro de aceptable menor o igual a 1 veces, al considerar como mínimo conveniente que el costo de operación de Tesorería no sea superior a lo recaudado por concepto de ingresos propios.
Aceptable Menor o igual a 1 veces No aceptable Mayor a 1 veces
7. Eficiencia recaudatoria del impuesto predial
Este indicador constituye la eficiencia desempeñada por el municipio en la recaudación del impuesto predial. Se obtiene al relacionar la recaudación obtenida del impuesto predial con respecto a la facturación emitida (Importe esperado o expectativa de cobro). El resultado deseable de este indicador es el 100 por ciento.
Fórmula: Parámetro:
Eficiencia recaudatoria del impuesto predial = (Recaudación del impuesto / Facturación del impuesto) * 100
El parámetro establecido es mayor o igual a 60%, al considerar como mínimo aceptable esa proporción en la recuperación del impuesto predial.
Parámetro:
Aceptable Mayor o igual al 60 por ciento No aceptable Menor a 60 por ciento
8. Tamaño de la administración municipal
Este indicador señala la proporción del número de servidores públicos de la administración directa del Municipio en relación con el número de habitantes del municipio. Se refiere a la dimensión del aparato burocrático en función a sus gobernados. Los resultados de este indicador no responden necesariamente a la correlación con la variable de población, debido a que está en función de la política interna del Municipio de incrementar o reducir su plantilla de personal.
Fórmula:
Tamaño de la Administración Municipal = (Total de servidores públicos / Habitantes del municipio) * 100
El parámetro establecido para considerar la aceptabilidad de este indicador, es cuando el resultado es menor o igual al promedio del grupo municipal. (Urbano, Semi-urbano o Rural).
Parámetro:
Aceptable Menor o igual al promedio del grupo municipal No aceptable Mayor al promedio del grupo municipal
9. Gasto corriente por servidor público
Este indicador muestra el promedio del gasto corriente por cada servidor público de la administración directa del Municipio. Es decir, se refiere al costo promedio por concepto de gasto corriente entre la plantilla del personal del Municipio. Los resultados de este indicador contribuyen en analizar la política de gasto que tiene cada Municipio en materia de gasto corriente, a fin de revisar, rediseñar y reducir costos de operación de la administración municipal.
Fórmula:
Gasto corriente por servidor público = Gasto corriente / Total de servidores públicos
El parámetro establecido para considerar la aceptabilidad de este indicador, es cuando el resultado es menor o igual al promedio del grupo municipal. (Urbano, Semi-urbano o Rural).
Parámetro:
Aceptable Menor o igual al promedio del grupo municipal No aceptable ayor al promedio del grupo municipal
10. Inversión en obra pública
Este indicador muestra el promedio de inversión en obras en relación con el total del gasto ejercido por el municipio. Cabe aclarar que este indicador no se refiere al monto ejercido en el Capítulo 6000, sino estrictamente a la inversión realizada por el Municipio en obra pública, excluyendo toda acción o gasto diferente a este concepto.
Los resultados de este indicador contribuyen en analizar la política de inversión en obras que tuvo cada Municipio.
Fórmula:
Inversión en obra pública = Inversión en obra pública / Total de egresos
El parámetro establecido para considerar la aceptabilidad de este indicador, es cuando el resultado es mayor o igual al promedio del grupo municipal. (Urbano, Semi-urbano o Rural).
Parámetro:
Aceptable Mayor o igual al promedio del grupo municipal No aceptable Menor al promedio del grupo municipal
11. Inversión en obras per cápita
Este indicador muestra el promedio de inversión en obras en relación con el número de habitantes del municipio.
Los resultados de este indicador contribuyen en analizar la política de inversión en obras que tuvo cada Municipio.
Fórmula:
Inversión en obra pública per cápita = Inversión en obra pública / Habitantes del municipio
El parámetro establecido para considerar la aceptabilidad de este indicador, es cuando el resultado es mayor o igual al promedio del grupo municipal. (Urbano, Semi-urbano o Rural).
Parámetro:
Aceptable Mayor o igual al promedio del grupo municipal
No aceptable Menor al promedio del grupo municipal
12. Retribución en obras en relación con la recaudación
Este indicador relaciona las variables de inversión en obra pública con la variable de ingresos propios. Significa el reintegro en obras por parte del Municipio a los ciudadanos, en base a los recursos aportados o recaudados de estos últimos.
Fórmula:
Retribución en obras en relación con la recaudación = Inversión en obra pública / Ingresos propios
El parámetro establecido para considerar la aceptabilidad de este indicador, es cuando el resultado es mayor o igual al promedio del grupo municipal. (Urbano, Semi-urbano o Rural).
Parámetro:
Aceptable Mayor o igual al promedio del grupo municipal No aceptable Menor al promedio del grupo municipal
13. Gasto en conceptos no autorizados en el FISM (Ramo 33)
Este indicador establece la proporción de la asignación de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISM), aplicados en conceptos no autorizados por la Ley de Coordinación Fiscal, en relación a los recursos asignados de dicho Fondo para el año correspondiente.
Fórmula:
Gasto no autorizados en el FISM = (Monto indebidamente aplicado del FISM / Total del FISM) * 100
El parámetro se estableció igual a 0 por ciento, al considerar como aceptable el manejo adecuado de los recursos federales, debiendo ser estos aplicados al 100 por ciento de acuerdo a lo establecido en el Presupuesto de Egresos autorizado.
Parámetro:
Aceptable Igual a 0 por ciento No aceptable Mayor a 0 por ciento
14. Gasto en conceptos no autorizados en el FORTAMUN (Ramo 33)
Este indicador establece la proporción de la asignación de los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal (Fortamun), aplicados en conceptos no autorizados por la Ley de Coordinación Fiscal, en relación a los recursos asignados de dicho Fondo para el año correspondiente.
Fórmula:
Gasto no autorizados en el Fortamun=(Monto indebidamente aplicado del Fortamun / Total del Fortamun)*100
El parámetro establecido es igual a 0 por ciento, al considerar como aceptable el manejo adecuado de los recursos federales, debiendo ser estos aplicados al 100 por ciento de acuerdo a lo establecido en el Presupuesto de Egresos autorizado.
Parámetro:
Aceptable Igual a 0 por ciento No aceptable Mayor a 0 por ciento
15. Acreditación del cumplimiento de metas
Este indicador establece la proporción de las metas acreditadas, en relación a la muestra selectiva de las metas cumplidas. Cabe aclarar que no es la información que proporciona el Municipio sobre el cumplimiento de metas, sino que es el resultado obtenido de la auditoría aplicada al Municipio, mediante una muestra selectiva del conjunto total de metas.
Fórmula:
Acreditación del cumplimiento de metas = (Metas acreditadas / Metas de la muestra selectiva) * 100
El parámetro establecido es mayor o igual a 80%, al considerar como mínimo aceptable esa proporción en la acreditación documental del cumplimiento de metas.
Parámetro:
Aceptable Mayor o igual al 80 por ciento No aceptable Menor al 80 por ciento
16. Monto cuantificado de las Observaciones Relevantes
Este indicador establece la proporción del monto cuantificado de las Observaciones Relevantes derivadas de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública del Municipio, en relación a los recursos ejercidos durante el 2010. Sin embargo, cabe aclarar que la cuantificación de las observaciones referentes a Obras Públicas, se obtiene de manera proporcional, dependiendo del tipo de observación que se trate.
Fórmula:
Monto cuantificado de las observaciones relevantes = (Monto observado / Egreso total) * 100
El parámetro establecido en este indicador es de menor o igual al 20%, al considerar como aceptable este rango en el manejo adecuado de los recursos presupuestarios.
Parámetro:
Aceptable Menor o igual al 20 por ciento No aceptable Mayor al 20 por ciento
Evaluación final
Para la evaluación de cada municipio, primeramente se determinó que cada indicador solamente puede tener dos tipos de resultados cualitativos: Aceptable o No Aceptable. Es decir, el resultado de un indicador únicamente tiene dos veredictos, positivo o negativo. No se consideró un valor intermedio con la finalidad de evitar interpretaciones relativas sobre los resultados.
Para que el resultado de un indicador sea considerado como aceptable, este debe de tener un valor superior o inferior -dependiendo del caso- al promedio del grupo a que corresponda el Municipio. Es decir, el resultado de cada indicador será aceptado o no, dependiendo del valor obtenido y su relación con el parámetro pre establecido.
Para obtener la evaluación final del Municipio, previamente se debe conseguir la evaluación por cada indicador, posteriormente por cada apartado y finalmente la evaluación final.
Evaluación del indicador
Para obtener la evaluación del indicador, primeramente se debe asignar un valor máximo de 10 puntos al Municipio con mejor desempeño en cada grupo y un valor de 3 puntos al Municipio con menor desempeño observado.
La razón de este criterio es recompensar con la máxima puntuación al Municipio con mejor desempeño en su grupo y sancionar al caso contrario. Sin embargo, el puntaje mínimo asignado es de 3 y no cero, esto considerando como inmerecido otorgarle un puntaje de cero al Municipio con menor desempeño, debido a que su actuación no fue nula. Es por ello que se determinó el puntaje intermedio del rango reprobatorio entre el 5.99 y el 0, es decir 3.
Por otra parte, con el objeto de no perjudicar el puntaje de la evaluación a cada Municipio, se optó por tomar como valor máximo al segundo Municipio con mejor desempeño. Lo anterior se determinó con la finalidad de favorecer en el puntaje en aquellos grupos donde un municipio tenga un comportamiento extraordinario en relación con los demás.
Una vez identificado los valores máximo y mínimo, procede a determinar el resto de las evaluaciones a los municipios intermedios en base al promedio de cada grupo.
El promedio de cada grupo municipal es un elemento importante en la asignación del puntaje, debido a que la evaluación de los municipios esta en función a la cercanía o distanciamiento con el promedio.
Para aquellos municipios considerados como Aceptables, tendrán un puntaje mayor si su valor es superior o menor -dependiendo el caso- al promedio del grupo. En caso contrario, los municipios ubicados en el área de No Aceptables, si su valor es menor o mayor dependiendo del caso- al promedio tendrán una menor calificación.
La evaluación de cada Municipio se obtiene con una simple regla de tres y se determina al considerar como 100 por ciento la diferencia obtenida del valor máximo o mínimo en relación a su promedio. Es decir, primeramente se debe obtener la diferencia de la resta entre el valor máximo y el promedio del grupo(a). Ese valor es el 100 por ciento.
Posteriormente se debe restar el valor del Municipio intermedio con el promedio (b). Esta diferencia se divide entre el resultado anteriormente obtenido, es decir (b)/(a). Así sucesivamente se realiza con el resto de municipios.
Cabe aclarar que en los indicadores de Liquidez, Solvencia, Resultado del ingreso total y egreso total; y en los indicadores referentes a la administración de fondos federales, los municipios que se ubicaron por encima del parámetro de estos indicadores, obtuvieron una calificación de 10 puntos, debido a que no consideró evaluar gradualmente, sino que el simple hecho de estar por encima del promedio se evaluó como satisfactorio.
Evaluación del apartado
La evaluación de cada apartado se obtiene al sumar el puntaje obtenido por cada indicador y multiplicado por la ponderación correspondiente como se detalla a continuación:
Evaluación final
La evaluación final se obtiene al ponderar la evaluación de cada apartado con el porcentaje asignado a cada uno de ellos.
Se aplicó una ponderación semejante en cada apartado de 20%, a excepción del Administración de fondos federales y Cumplimientos de metas al otorgarles el 10% respectivamente.
(Cuenta Pública 2010)
...¨
Hasta el momento esta evaluación del desempeño cuya metodología acabo de describir resulta en una herramienta para proponer por parte del ISAF, y finalmente determinar por el Congreso del Estado de Sonora, la aprobación o no de la Cuenta Pública Municipal anual. Aún cuando en la practica ha sido utilizada sin modificación para dicha determinación la señalada metodología y aún cuando la propia Ley de Fiscalización en su artículo 17, fracción I otorga al ISAF facultades para Definir los criterios, procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la rea-lización de las funciones de auditoría y fiscalización de las cuentas públicas y de los estados financieros, tomando en consideración las disposiciones legales aplicables, consideramos sería positivo establecer de manera clara y específica en la ley el Sistema de Evaluación al Desempeño Municipal, otorgándole con ello el carácter de vinculante y despejando cualquier duda que pudiera surgir sobre su obligatoriedad para el proceso de revisión de la cuenta pública.
Adicionalmente, considero adecuado y positivo para los municipios y el estado de Sonora en su conjunto el convertir la evaluación antes mencionada en una herramienta de estímulo, reconocimiento y competencia para y entre los municipios sonorenses. Lo anterior a través de la creación de un Fondo de Infraestructura Municipal que premie con acceso a los recursos del fondo al ayuntamiento que obtenga una calificación aprobatoria en la evaluación, pero que vaya más allá al hacerlo directamente proporcional a la calificación obtenida, bajo el siguiente esquema:
Artículo 40. El Fondo del Buen Gobierno Municipal será dividido concordancia a la clasificación demográfica municipal estipulada en la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora, bajo el siguiente esquema.
Grupo de Municipios Porcentaje de participación en el Fondo
A 50 por ciento
B 30 por ciento
C 20 por ciento
Solo serán elegibles para acceder a los recursos del fondo los municipios que hayan recibido una calificación aprobatoria en el Sistema de Evaluación al Desempeño Municipal inmediato anterior, acorde a los Lineamientos establecidos para el efecto por el Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización.
La distribución de los recursos al interior de cada grupo se realizará bajo el siguiente esquema:
30 por ciento equitativamente entre los municipios elegibles dentro del grupo para acceder al Fondo;
70 por ciento proporcionalmente entre los municipios que sean elegibles dentro del grupo según su calificación obtenida en la evaluación del desempeño municipal.
Lo anterior a efecto de que aquel municipio que no haya aprobado en esta evaluación no acceda a los recursos del Fondo, mientras aquel que haya tenido un mejor desempeño acceda a una mayor cantidad de recursos para infraestructura, y viceversa.
El Fondo en mención considerará en adición a lo ya incluido por el Sistema de Evaluación al Desempeño Municipal, un aspecto adicional fundamental: el grado de atención de las observaciones relevantes de ejercicios anteriores por parte de cada municipio. En relación con lo anterior vale la pena resaltar que aún cuando el proceso de fiscalización se desarrolla de manera atinada y positiva acorde a la metodología señalada anteriormente, los registros presentados por el ISAF en relación con el seguimiento a la solventación de observaciones de ejercicios anteriores de los municipios resultan alarmantes. Para ilustrar lo anterior se incluye las siguientes cifras:
Como se puede observar es alarmante el avance tan mínimo mostrado por los municipios en la solventación de observaciones relevantes determinadas en la revisión de su cuenta pública. Lo anterior se traduce en una falta de impacto del proceso de fiscalización que tan positivamente es desarrollado acorde a lo señalado anteriormente. Es por este motivo que, en adición a los esfuerzos que deberán efectuarse a efecto de aumentar los porcentajes señalados de solventación de observaciones, en la aplicación de las sanciones correspondientes que deriven de las observaciones mismas y su falta de atención, así como el análisis de una posible modificación al marco normativo para fortalecer la materia, se considera adecuado incluir tanto dentro del Sistema de Evaluación, como de la fórmula del Fondo en mención, un factor que considere el avance en solvatación como estímulo para que los municipios mejoren su actuación en la materia. De esta forma la calificación anual del Sistema y el fondo en mención resultaran en un aliciente para dar cumplimiento a las observaciones que en muchos casos no se solventan por falta de seguimiento y atención adecuada o el cambio de administración municipal.
Finalmente, la reforma en mención deja abierta la posibilidad de adicionar por parte del ISAF aquellos factores que se consideren relevantes en la materia, señalando:
Artículo 25 Bis. Para las cuentas públicas de los municipios... el Instituto deberá de desarrollar un Sistema de Evaluación al Desempeño Municipal dentro del cual deberá de considerar como mínimo los siguientes apartados:
...
Los demás que el Instituto considere necesarios en los ámbitos de evaluación del cumplimiento al marco legal, transparencia, calidad de servicios públicos, eficiencia administrativa, profesionalización del servicio público, entre otros directamente relacionados con el óptimo ejercicio de gobierno.
...
Lo anterior derivado de que la finalidad del Fondo propuesto es estimular y reconocer el buen ejercicio de gobierno municipal y se considera directamente relacionado al mismo las materias señaladas en la fracción anterior. De esta forma se motiva al ISAF a utilizar la presente facultad para desarrollar indicadores que midan, por ejemplo, el grado de cumplimiento de un municipio a las obligaciones derivadas de la normatividad estatal y federal vigente, incluyendo si da cumplimiento a las adecuaciones reglamentarias mandatadas por las mismas; su compromiso con la transparencia, para lo cual se podría derivar un indicador basado en las obligaciones de la ley en la materia, o en su caso coordinarse con la autoridad estatal en la materia quien podría generarlos enfocados a buenas prácticas; medir la calidad de los servicios públicos otorgados a la ciudanía con encuestas de satisfacción al cliente o requisitos mínimos de calidad de los mismos; la profesionalización del servicio público, como una forma de incentivar y reconocer a aquellos ayuntamientos que establezcan el servicio profesional de carrera para la designación de funcionarios, especialmente en caso de aprobarse la iniciativa en la materia presentada ante esta legislatura por un servidor; entre muchos otros más que pudieran ser desarrollados por considerarse pertinentes para medir la eficiencia administrativa y en términos generales el óptimo ejercicio de gobierno.
La oportunidad de que esta herramienta implementada por el Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización del Estado de Sonora sea norma obligatoria y que se le sume un factor de inercia positiva a través de la apertura de oportunidades de obtención de recursos extraordinarios para infraestructura en los municipios, abrió una nueva expectativa que hoy como diputado federal propongo llevar a la realidad nacional, con sus correspondientes adecuaciones, para su aplicación en municipios y entidades federativas.
La iniciativa que hoy presento contiene las siguientes objetivos y características:
Estandarizar para los órganos de fiscalización locales el calendario de entrega de la cuenta pública y de los informes de resultados a las legislaturas estatales.
Hacer obligatorio la aplicación, por parte de los órganos fiscalizadores locales, de un Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta Pública que mida los siguientes aspectos mínimos:
Gestión financiera
Política recaudatoria
Política del gasto
Administración de fondos federales;
Cumplimiento de metas;
Monto cuantificable de las observaciones relevantes;
Monto cuantificable de las observaciones solventadas y pendientes de años anteriores;
La información adicional que el consejo determine necesaria directamente relacionada con el óptimo ejercicio de gobierno.
Obligar que los resultados de la aplicación del sistema sean presentados de manera clara y digerible para su uso por parte de las legislaturas locales, así como para conocimiento público a través de páginas de internet de órganos fiscalizadores y fiscalizados.
Se autoriza al Consejo Nacional de Armonización Contable para emitir lineamientos en materia de integración de información y operación del Sistema.
Se obliga a cuantificar en una escala 0/100 la evaluación de entes fiscalizados.
Se deberá integrar un Informe Nacional que incluya los resultados de la aplicación del Sistema por parte de los órganos fiscalizadores locales, el cual será público a través de las páginas de internet de órganos fiscalizadores y fiscalizados.
Se crea un Fondo de Aportaciones para el Estimulo del Buen Gobierno de entidades federativas, municipios y órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, al cual tendrán acceso exclusivo aquellos estados, municipios o demarcaciones que hayan obtenido resultados superiores a los mínimos establecidos como aprobatorios por el Consejo para el Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta Pública.
El Fondo será igual al 1 por ciento de la recaudación federal participable que obtenga la federación en un ejercicio. Para efectos ilustrativos, de existir en 2012 el monto del Fondo propuesto hubiese alcanzado alrededor de 19 mil 799.7 millones de pesos.
El Fondo se distribuirá en dos vertientes:
Una correspondiente a las entidades federativas con una participación de 50 por ciento del Fondo, y;
Otra correspondiente a municipios y órganos político-administrativos de las demarcaciones de Distrito Federal con una participación del 50 por ciento del Fondo.
A su vez, ambas vertientes dividirán 50 por ciento de sus recursos equitativamente entre los estados, municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones de Distrito Federal, que hayan obtenido una calificación aprobatoria en la aplicación del Sistema.
50 por ciento restante de cada vertiente, se distribuirá proporcionalmente conforme a la calificación obtenida en la aplicación del sistema.
En ambos casos, para distribuir este recurso, la Cámara de Diputados aprobará anualmente la fórmula de distribución del recurso entre las entidades, municipios y demarcaciones participantes, incluyendo en la misma criterios de población y producto interno bruto.
El recurso del fondo podrá ser utilizado exclusivamente en gasto de inversión, específicamente en infraestructura física, incluyendo la construcción, reconstrucción, ampliación, mantenimiento y conservación de infraestructura; así como la adquisición de bienes para el equipamiento de las obras existentes, generadas o adquiridas, así como los relacionados con conectividad y acceso a la información en planteles educativos y para los alumnos; y hasta un 3 por ciento del costo del programa o proyecto programado en el ejercicio fiscal correspondiente, para gastos indirectos por concepto de realización de estudios, elaboración y evaluación de proyectos, supervisión y control de estas obras de infraestructura
Con la aplicación de esta herramienta, se estaría ante la oportunidad de crear un círculo virtuoso que estimule los buenos gobiernos y el continuo mejoramiento de los mismos. A mejor gobierno más recursos adicionales a los existentes, y viceversa, a mal gobierno, menos recursos.
Finalmente, vale la pena destacar que aún cuando la inspiración de la presente iniciativa ha sido el esquema recién descrito utilizado por el Órgano Fiscalizador del Estado de Sonora, no pasa desapercibido que algunas de las variables, al llevarlas al ámbito nacional, podrían encontrar formulas mas adecuadas para su medición. Es por estos motivos que la facultad de establecer los lineamientos a partir de los cuales se desarrollarán las formulas para integrar los distintos indicadores señalados por la Ley dentro del Sistema de Evaluación, ha sido reservada para el Consejo Nacional de Armonización Contable, órgano nacional que deriva de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que cuanta con representatividad de los tres niveles de gobierno y capacidad, a nuestro juicio, para determinar de manera adecuada al ámbito nacional la manera de integrar cada uno de los indicadores por parte de la autoridad responsable.
A continuación compartimos algunas observaciones iniciales en la materia que podrían enriquecer el análisis y debate al interior del Consejo para la determinación que realicen sobre los mecanismos a tomar en consideración para la integración de los indicadores, así como la calificación mínima aceptable de cada uno de ellos:
Variable 7. Eficiencia Recaudatoria del Impuesto Predial. En el caso Sonora se establece que el parámetro de medición será aceptable cuando este sea mayor o igual a 60 por ciento. Sin embargo, si lo que se busca es mejorar la eficiencia recaudatoria de los municipios y eliminar de manera paulatina la dependencia de los recursos que el gobierno federal les entrega ¿Por qué no cargarle un mayor peso a dicho parámetro?, es decir, lo ideal sería que el porcentaje estuviera por arriba del 70 80 por ciento y especificar con dicho planteamiento que la variable tiene un gran peso en la calificación. No debemos olvidar que en los países que forman parte de la OCDE, la recaudación del impuesto predial alcanza en promedio el 1 por ciento del PIB y en México sólo el 0.1 por ciento,
Variable 8. Tamaño de la administración municipal. Para los efectos de medición y por las características de cada municipio del país, si el tamaño de la administración pública se mide en proporción al promedio municipal, como se hace en el caso Sonora, resulta probable se afecte a los ayuntamientos grandes. Por otro lado, si bien es cierto que un gobierno no puede tener un número de personal mayor al de sus necesidades, también es cierto que el desempeño de cada gobierno puede estar en función de las capacidades de los funcionarios. Esta variable podría enriquecerse al medirse adicionalmente a algun parametro fijo, en términos de un indicador de productividad o incluso puede estar contenida en el indicador de gasto corriente que se describe a continuación en la misma iniciativa. En este sentido, la formula debe buscar la racionalización del gasto operativo de los municipios.
Variable 9. Gasto Corriente por servidor público. De nueva cuenta se considera no es lo mas adecuado medir el indicador a través de un parámetro que toma como base el promedio del grupo municipal. La sugerencia es que se pueda medir estableciendo un porcentaje específico. Es decir, si los recursos totales del gasto corriente son mayores al 40 o 50 por ciento, entonces el parámetro se catalogaría como no aceptable y se eliminaría el sesgo que podría generar a partir de utilizar el promedio. Es decir, es mejor calificar a cada municipio de manera particular, estableciendo un parametro adecuado basado en lo que se conisdera ideal en la materia, y no a partir de lo que se observa en la generalidad.
Lo anterior sólo como ejemplo de lo adecuado que resulta que el establecimiento de la mecánica para la integración de cada indicador sea establecido a nivel nacional por un cuerpo técnico, a través del Consejo Nacional de Armonización Contable.
Es por todo lo anterior que propongo reformar diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor del siguiente proyecto de
Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Coordinación Fiscal
Primero. Se agregan los artículos 55 Bis, 55 Ter y 55 Quáter a la Ley General de Contabilidad Gubernamental para quedar como sigue:
...
Artículo 55 Bis. Las cuentas públicas de las entidades federativas y los municipios u órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal deberán ser presentadas por las autoridades correspondientes a los respectivos órganos de fiscalización local, durante el primer trimestre del año siguiente al ejercicio del que se trate, en los términos establecidos en sus respectivas legislaciones locales y la presente ley.
Cada poder de las entidades federativas, sus organismos autónomos y los municipios u órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, presentarán de manera individual su propia cuenta pública, debiendo, de ser el caso, integrar a los organismos bajo la competencia de los mismos.
Los órganos de fiscalización locales deberán presentar a más tardar el tercer trimestre del año siguiente al ejercicio del que se trate, en base al análisis de la información presentada en las cuentas públicas, un informe de resultados a las legislaturas locales, a efecto del análisis y tramite correspondiente acorde a la normatividad vigente en la materia.
El Consejo podrá establecer normas y formatos para homogenizar la integración de la información mínima de las cuentas públicas y la presentación de los informes de resultados, en los términos de la presente ley. En todos los casos se deberán establecer condiciones especificas para los municipios regidos por usos y costumbres.
La información derivada del proceso de análisis de la cuenta pública y sus correspondientes informes de resultados son información pública y deberán difundirse en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita el Consejo. En todo caso deberá publicarse al menos en los portales de internet de los órganos fiscalizadores locales y de cada unos de los entes fiscalizados de que se trate.
Artículo 55 Ter. Para las cuentas públicas de las entidades federativas y los municipios u órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, los órganos de fiscalización locales implementarán un Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta Pública, debiendo considerar como mínimo los siguientes apartados:
Gestión Financiera: incluyendo análisis de liquidez, solvencia, deuda y resultado de ingreso y egreso total;
Política Recaudatoria: incluyendo análisis de ingresos propios, ingresos propios per cápita, costo beneficio de Tesorería, y eficiencia recaudatoria;
Política del Gasto: incluyendo análisis del tamaño de la administración, gasto corriente por servidor público, inversión en obra pública, inversión en obra pública per cápita y retribución en obras por concepto de recaudación;
Administración de Fondos Federales;
Cumplimiento de Metas;
Monto Cuantificable de las Observaciones Relevantes;
Monto Cuantificable de las Observaciones solventadas y pendientes de años anteriores;
La información adicional que el Consejo determine necesaria directamente relacionada con el optimo ejercicio de gobierno.
El Sistema tendrá por objeto procesar la información contenida en las cuentas públicas en los términos de la presente ley, mediante análisis estandarizados de los resultados de la gestión pública gubernamental a nivel estatal y municipal. El resultado de la implementación del mismo será integrado como un apartado del Informe de Resultados de la Cuenta Pública, a efecto de proporcionar a las legislaturas locales una base objetiva y homogénea para el análisis y, en su caso, calificación de la cuenta pública, acorde a lo establecido en la normatividad correspondiente, así como a la ciudadanía información concreta y sencilla del desempeño de sus autoridades.
El Consejo emitirá los lineamientos en materia de integración de información y operación del Sistema, en el cual determinará los parámetros, variables e indicadores específicos que se utilizarán para cada uno de los apartados señalados en el presente artículo, incluyendo puntos de referencia considerados como mínimos aceptables para los resultados obtenidos en cada uno de ellos y la metodología para otorgar una calificación con base 0/100 para cada ente fiscalizable. En los apartados considerados necesarios, el Consejo establecerá diferenciaciones demográficas.
La información utilizada por el Sistema y sus resultados anuales serán públicos, debiendo ser difundidos en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita el Consejo. En todo caso deberá publicarse al menos en los portales de internet de los órganos fiscalizadores locales y de cada unos de los entes fiscalizados de que se trate.
Artículo 55 Quáter. El Consejo elaborará y difundirá a más tardar el ultimo trimestre del año de la presentación de las cuentas públicas, un informe final nacional dirigido a la ciudadanía en donde se concentre de manera sencilla y digerible la información con los resultados de la aplicación del Sistema por parte de cada órgano fiscalizador local, debiendo realizar comparativos ilustrativos generales y por indicador entre los entes fiscalizables, así como de las calificaciones obtenidas por estos, señalando, en los apartados considerados necesarios, las diferenciaciones demográficas correspondientes.
El Consejo podrá realizar recomendaciones, observaciones y, en caso correspondiente, solicitar reconsideraciones a los órganos fiscalizadores locales sobre la aplicación del Sistema. Cuando los resultados de los indicadores y calificaciones presentadas por los órganos fiscalizadores no atiendan lo establecido en los lineamientos en materia de integración de información y operación del Sistema emitidos por el Consejo, éste tendrá reservado el derecho de modificar en el informe final nacional dichos resultados, exclusivamente para ajustarlos a dichos lineamientos, señalando de manera expresa los casos específicos modificados y su justificación.
El informe deberá ser difundido en términos de las disposiciones en materia de transparencia que le sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita el Consejo. En todo caso deberá publicarse al menos en los portales de internet de los órganos fiscalizadores locales y del propio Consejo. De igual forma el Informe deberá ser entregado a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes a la integración del Fondo de Buen Gobierno, acorde a la Ley de Coordinación Fiscal, junto con una propuesta del Consejo para la formula de distribución del Fondo referido.
Segundo. Se reforma el artículo 25 y se adicionan los artículos 47-A y 47-B a la Ley de Coordinación Fiscal para quedar como sigue:
Artículo 25....
I. al VIII. ...
IX. Fondo de Aportaciones para el Estímulo del Buen Gobierno de Entidades Federativas, Municipios y Órganos Político-Administrativos de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.
...
Artículo 47-A.El Fondo de Aportaciones para el Estimulo del Buen Gobierno de Entidades Federativas, Municipios y Órganos Político-Administrativos de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente al menos al 1 por ciento de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de esta ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio. En lo sucesivo para términos prácticos se le conocerá como Fondo de Buen Gobierno.
El Fondo de Buen Gobierno se distribuirá tomando como base los resultados de la aplicación del Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta Pública, establecido en el artículo 55 TER de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, acorde a lo siguiente:
Sólo podrán acceder al Fondo las entidades federativas y municipios que hayan obtenido una calificación aprobatoria en el Sistema referido, acorde a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Lineamientos establecido para el efecto por el Consejo Nacional de Armonización Contable;
El Fondo se distribuirá en dos apartados:
60 por ciento del recurso del Fondo entre las entidades federativas, y;
40 por ciento del recurso del Fondo entre los municipios y órganos político- administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal;
Atendiendo a los porcentajes señalados en el inciso anterior, se distribuirá 50 por ciento del recurso correspondiente a cada uno de los apartados, equitativamente entre aquellas entidades federativas o municipios y órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, según sea el caso, que se encuentren en el supuesto de la fracción I del presente artículo.
50 por ciento restante de cada uno de los apartados del fondo se distribuirá proporcionalmente, según la calificación obtenida por las entidades federativas o municipios y órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, según sea el caso, en los resultados de la aplicación del Sistema referido, en los términos de la normatividad aplicable;
La Cámara de Diputados, habiendo recibido propuesta del Consejo Nacional de Armonización Contable, aprobará la fórmula de distribución del Fondo, para cada uno de los supuestos señalados en los incisos III y IV del presente artículo, debiendo incluir en las mismas el criterio de población por una valor mínimo del 70%, así como considerar el producto interno bruto. De igual forma, se deberán establecer condiciones específicas para los municipios regidos por usos y costumbres.
Artículo 47-B. Los recursos del Fondo de Bueno Gobierno podrán ser utilizados por las entidades federativas, municipios y órganos político administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, exclusivamente para la inversión en infraestructura física, incluyendo la construcción, reconstrucción, ampliación, mantenimiento y conservación de infraestructura; así como la adquisición de bienes para el equipamiento de las obras existentes, generadas o adquiridas, así como los relacionados con conectividad y acceso a la información en planteles educativos y para los alumnos; y hasta un 3 por ciento del costo del programa o proyecto programado en el ejercicio fiscal correspondiente, para gastos indirectos por concepto de realización de estudios, elaboración y evaluación de proyectos, supervisión y control de estas obras de infraestructura.
La Secretaria de Hacienda y Crédito Publico publicará anualmente en el Diario Oficial de la Federación el calendario de distribución y ministración de recursos, así como el monto estimado que recibirá cada entidad federativa o municipio del Fondo de Buen Gobierno, a mas tardar el 31 de enero de cada ejercicio fiscal del que se trate, acorde a lo señalado en la Ley.
...
Transitorios
Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Consejo Nacional de Armonización Contable contará con un plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para emitir los lineamientos en materia de integración de información y operación del Sistema señalados en el artículo 55 Ter, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Tercero.Los órganos fiscalizadores de las entidades federativas deberán aplicar el Sistema a partir de la Cuenta Pública inmediata posterior a la fecha de emisión de los lineamientos señalados en el artículo anterior.
Cuarto.El Fondo de Buen Gobierno, con su correspondiente distribución, será incluido en el Presupuesto de Egresos de la Federación a partir del Ejercicio Fiscal inmediato posterior al inicio de la aplicación del Sistema.
Quinto.La Secretaria de Hacienda y Crédito Público publicará anualmente, en el Diario Oficial de la Federación, el calendario de distribución y ministración de recursos, así como el monto estimado que recibirá cada entidad federativa o municipio del Fondo de Buen Gobierno, a más tardar el 31 de enero de cada ejercicio fiscal del que se trate, acorde a lo señalado en la ley.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2013. Diputados: Damián Zepeda Vidales, Ricardo Anaya Cortés, Enrique Alejandro Flores Flores, Ricardo Villarreal García, Diego Sinuhé Rodríguez Vallejo, Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, Karina Labastida Sotelo, Margarita Licea González, Cinthya Noemí Valladares Couoh, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Sergio Augusto Chan Lugo, Juan Manuel Gastélum Buenrostro, Juan Carlos Uribe Padilla, J. Jesús Oviedo Herrera, Mario Alberto Dávila Delgado, Néstor Octavio Gordillo Castillo, José Arturo Salinas Garza, Patricia Lugo Barriga, Lázara Nelly González Aguilar, Alberto Coronado Quintanilla, Marcelina Orta Coronado, Xavier Azuara Zúñiga, Erick Marte Rivera Villanueva, María Celia Urciel Castañeda, Antonio Sansores Sastré, María Fernanda Schroeder Verdugo (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
El diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Sonido en la curul del diputado Castaños.
El diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela (desde la curul): Para preguntarle al diputado proponente si considera oportuno que nos sumemos a su iniciativa, si autoriza que nos sumemos a su iniciativa.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Diputado Zepeda.
El diputado Damián Zepeda Vidales (desde la curul): Sí, con gusto.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias. Aquí queda a su disposición en la Secretaría.
El diputado Ernesto Núñez Aguilar (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Sonido en la curul del diputado Ernesto Núñez.
El diputado Ernesto Núñez Aguilar (desde la curul): También para preguntarle al diputado, presidenta, si lo podemos turnar para su conocimiento a la Comisión de Desarrollo Municipal, por favor y suscribirla.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Según el Reglamento solamente lo puede solicitar el autor, el grupo, en el caso de asuntos presentados a su nombre o la Junta Directiva. Solicitaríamos entonces que se hiciera por escrito, por favor. Gracias.
El diputado Damián Zepeda Vidales(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Sonido en la curul del diputado Zepeda Vidales.
El diputado Damián Zepeda Vidales(desde la curul): Hago propia la solicitud que hace el compañero diputado; creo que entre más análisis reciba la iniciativa será mejor. Con gusto, diputado.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado. Se turna para opinión.
CODIGO CIVIL FEDERAL
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal.
La diputada Zuleyma Huidobro González:Con su permiso, presidenta. La presente iniciativa tiene la finalidad de completar las modificaciones que se han venido realizando a diversas disposiciones que comprenden el régimen de adopción.
El pasado jueves 21 de febrero, durante la celebración de la sesión ordinaria del pleno de esta honorable Cámara se aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal. De manera precisa el decreto referido reforma el artículo 391 y deroga la sección segunda de la adopción simple.
Estos cambios realizados al Código Civil tienen el propósito de generalizar de manera definitiva la llamada adopción plena y con ello la posibilidad de extender y sistematizar los vínculos, los derechos y los deberes propios de los emanados en las relaciones entre padres e hijos consanguíneos derivados de la consecuente extinción de los originados en la familia natural.
Como es sabido, las normas de adopción que rigen en nuestro país se encuentran orientadas bajo el criterio de tres ejes obligatorios vinculantes que en términos sucintos pueden ser descritos como la prescripción de disponer de medios materiales suficientes para proveer de subsistencia, educación y cuidados apropiados al adoptado, que el acto jurídico mismo reduce en pleno beneficio del adoptado en atención a su interés superior y que el adoptante demuestre ser una persona apta y adecuada para realizar el procedimiento.
Hacer extensiva la adopción plena facilitará la posibilidad de producir condiciones óptimas de desarrollo personal de los adoptados al interior de la institución familiar, así como la generación de mejores instrumentos de resguardo jurídico a los afectados, sin olvidar el propósito agregado de uniformar el sistema federal bajo los mismos criterios constitucionales legales y de orden internacional.
Debo ser muy precisa en este punto. Mediante la supresión total del capítulo de la adopción simple se consiguió establecer las premisas indispensables para ampliar y consolidar un solo modelo jurídico de adopción.
El diseño de contextos virtuosos para el desarrollo de este segmento social de innegable vulnerabilidad permite afirmar que no solo fueron meritorias las modificaciones realizadas a la norma civil, sino necesarias para lograr transformaciones esenciales al régimen.
No obstante, también resulta cierto que dichas modificaciones no son suficientes en términos de técnica legislativa. En efecto, las reformas y derogaciones realizadas al Código Civil Federal deben extenderse de inmediato a otros artículos del mismo con la finalidad de alcanzar plena congruencia y sentido jurídico al decreto aprobado por este pleno.
De no llevarse a cabo estos cambios que son indispensables a los fundamentos legales que sostiene la arquitectura de la adopción, podría derivar eventualmente en la conformación de contradicciones articuladas de difícil trámite interpretativo, así como probablemente en la formación de impedimentos insuperables en el curso de los procedimientos resolutivos.
De esta forma, por ejemplo, al suprimir párrafos obsoletos del código se obtendría una economía enunciativa de artículos que comprenden diversas materias lógicamente imbricadas, ya sea en el levantamiento y expedición de actas de nacimiento, en los relativos a las inscripciones de las ejecutorias que declaren o modifiquen el estado civil de las personas o en los requisitos para contraer matrimonio.
De igual manera, si se aprobasen los cambios que propongo se solucionaría la generación de las incongruencias jurídicas en el cuerpo del código, tanto en la clasificación tipológica, que determina el reconocimiento del estatus legal del parentesco como los procesos mismos de impugnación de la adopción.
Pero más allá de la necesidad de adoptar coherencias y economías al régimen enunciativo, quizá lo más relevante del asunto radica en la posible instauración de escenarios legales que favorezcan confusiones y confrontaciones inéditas, particularmente en lo relativo al régimen sucesorio.
En efecto, si no se modifica el articulado que regula la herencia de bienes en adopción, entonces se crearían condiciones propicias para establecer litigios complejos e interminables entre los descendientes consanguíneos, adoptados y demás líneas de parentesco.
Es necesario, por lo tanto, armonizar los preceptos para determinar de forma precisa, legítima y concluyente, los derechos sucesorios.
Es por lo anterior, señoras y señores diputados, que resulta una labor impostergable realizar los cambios normativos que aún son necesarios en nuestro Código Civil Federal para que las bondades ya señaladas y suscritas en la adopción plena cumplan a cabalidad con su cometido social de protección y salvaguarda de niños y adolescentes, así como en el desarrollo armónico de las familias, sin caer en contradicciones legales insalvables y disputas jurídicas innecesarias.
Contar con diseños y dispositivos legales vinculantes siempre generará instancias, órganos e instituciones confiables, que a su vez y en resonancia establecerán convivencias armoniosas, respetuosas y de equidad, siempre bajo el amparo y la tutela de verdaderos ordenamientos positivos, viables y funcionales en su extensión e implementación.
Se propone que se reformen los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612, y se deroguen los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Zuleyma Huidobro González, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612, y se derogan los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El día 31 de enero del presente año, durante la celebración de la cuarta reunión ordinaria de la Comisión de Justicia de esta honorable Cámara de Diputados, se aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal.
De manera precisa, el decreto referido reforma los artículos 391 y deroga la Sección Segunda De la Adopción Simple, con los artículos 402 al 410, del Capítulo V De la Adopción del Título Séptimo De la Paternidad y Filiación, del Libro Primero del Código Civil Federal.
Estos cambios realizados al Código Civil Federal tienen el propósito de generalizar de manera definitiva la llamada adopción plena, y con ello, la posibilidad de extender y sistematizar los vínculos, los derechos y los deberes propios de los emanados en las relaciones entre padres e hijos consanguíneos, de tal suerte, la consecuente extinción de los originados en la familia natural.
Como sabemos, las normas de adopción que rigen en nuestro país se encuentran orientadas bajo el criterio de tres ejes obligatorios vinculantes, que en términos sucintos pueden ser descritos como la prescripción de disponer de medios materiales suficientes por parte del adoptante para proveer de subsistencia, educación y cuidados apropiados al adoptado; que el acto jurídico mismo redunde en pleno beneficio del adoptado en atención a su interés superior, y que el adoptante demuestre ser una persona apta y adecuada para realizar el procedimiento.
El hecho circunstancial de que niños y adolescentes resulten privados de su familia constituye un acontecimiento imprevisible y de gran envergadura, difícil y desafiante a todas luces en su complejidad moral, y con evidentes repercusiones en el buen funcionamiento anímico y social de los individuos afectados.
La orfandad es un suceso casual pero invariablemente presente en el conglomerado social. De ahí, que soslayando las inevitables secuelas perniciosas en el orden y estabilidad personal, e incluso, en la funcionalidad de la misma institución familiar, los efectos producidos por el desamparo se convierten precisamente en un evento de carácter anómico de naturaleza eminentemente jurídica, que debe ser contemplado y tutelado por el estado. La Constitución, los instrumentos internacionales y leyes secundarias así lo manifiestan.
Los méritos alcanzados al generalizar normativamente la adopción plena pueden ser resumidos en su propósito de construir condiciones óptimas de desarrollo personal de los adoptados al interior de la institución familiar; la generación de los mejores instrumentos posibles de protección jurídica a los afectados, y la intención subsecuente de uniformar el sistema federal bajo los criterios constitucionales, legales y de orden internacional.
No es una casualidad en este sentido, que desde el año 2007 en diferentes foros auspiciados por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, se hubiera insistido en la pertinencia de agilizar, transparentar y uniformar los criterios y procedimientos de adopción a nivel federal, bajo el amparo jurídico del artículo 4o. constitucional y de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Mediante la derogación total del articulado que comprende el capítulo titulado De la adopción simple, se lograron establecer las pautas necesarias para extender y consolidar una sola figura jurídica en la norma civil federal que la contempla. El resultado de este cambio en la legislación, será la consecuente y probablemente rápida implementación de la llamada adopción plena en todo el país, y con ello, derivaciones positivas para los sujetos tutelados por la norma.
Los méritos que se señalan, resumidos en el interés de construir condiciones óptimas de desarrollo de los adoptados al interior de la institución familia, su protección jurídica y la subsecuente homologación federal bajo criterios constitucionales, legales y de orden internacional, permiten afirmar que los cambios realizados al articulado del Código Civil Federal fueron necesarios para lograr transformaciones substanciales a esta figura jurídica de indiscutible importancia para un segmento social de innegable vulnerabilidad.
No obstante, también resulta cierto que dichos cambios no son suficientes en términos de técnica legislativa. En efecto, las reformas y derogaciones realizadas al Código Civil Federal deben extenderse a otros artículos del mismo en lo inmediato, con la finalidad de alcanzar plena congruencia y sentido jurídico al decreto en mención.
Resulta una labor impostergable realizar inmediatamente los cambios que aún son necesarios en nuestro Código Civil Federal para que las bondades suscritas en la figura jurídica de la adopción plena cumplan con su cometido social de protección y salvaguarda de niños y adolescentes sin caer en contradicciones legales insalvables. Contar con diseños y dispositivos legales vinculantes siempre generará instancias, órganos e instituciones confiables que, a su vez y en resonancia, establecerán convivencias armoniosas, respetuosas y de equidad, siempre bajo el amparo y la tutela de verdaderos ordenamientos positivos, viables y funcionales en su extensión e implementación.
Estoy plenamente convencida de que la aspiración de fundar un verdadero estado democrático y de derecho, pasa necesariamente por la uniformidad de las prescripciones de los derechos y de los deberes de la ciudadanía; por el equilibrio y sistematización racional de las arquitecturas y dispositivos jurídicos, y por la construcción de instituciones políticas y administrativas legítimas, eficaces y transparentes en su diario accionar.
Por lo anterior, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612, y se derogan los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal
Artículo Único. Se reforman los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612, y se derogan los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal, quedando como sigue:
Artículo 86. En la adopción plena se levantará un acta como si fuera de nacimiento, en los mismos términos que la que se expide para los hijos consanguíneos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.
Artículo 87. En la adopción plena, a partir del levantamiento del acta a que se refiere el artículo anterior se harán las anotaciones en el acta de nacimiento originaria, la cual quedará reservada. No se publicará ni se expedirá constancia alguna que revele el origen del adoptado ni su condición de tal, salvo providencia dictada en juicio.
Artículo 88. Se deroga.
Artículo 133. Cuando se recobre la capacidad legal para administrar, se presente la persona declarada ausente o cuya muerte se presumía, se dará aviso al juez del Registro Civil por el mismo interesado y por la autoridad que corresponda, para que cancele la inscripción a que se refiere el artículo anterior.
Artículo 157. Se deroga.
Artículo 292. La ley no reconoce más parentesco que los de consanguinidad y afinidad.
Artículo 295. Se deroga.
Artículo 394. Se deroga.
Artículo 395. El que adopta tendrá respecto de la persona y bienes del adoptado, los mismos derechos y obligaciones que tienen los padres respecto de la persona y bienes de los hijos. El adoptante dará nombre y sus apellidos al adoptado.
Artículo 1612. El adoptado hereda como hijo.
Artículo 1613. Se deroga.
Artículo 1620. Se deroga.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2013. Diputados Zuleyma Huidobro González, Alfa Eliana González Magallanes, Arturo Cruz Ramírez, Carla Guadalupe Reyes Montiel, Claudia Elena Águila Torres, Roxana Luna Porquillo, Josefina Salinas Pérez, Mario Miguel Carrillo Huerta, Elvia María Pérez Escalante, Verónica Beatriz Juárez Piña, Antonio Sansores Sastré, María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
La diputada Alfa Eliana González Magallanes (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: ¿Con qué objeto, diputada?
La diputada Alfa Eliana González Magallanes(desde la curul): Para solicitarle a la promovente me permita suscribir la iniciativa.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Muchas gracias, diputada. Aquí quedará a sus órdenes en la Secretaría.
LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Judith Magdalena Guerrero López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social.
La diputada Judit Magdalena Guerrero López:Con su venia, presidenta. Compañeras y compañeros diputados, México ha realizado importantes esfuerzos desde hace varias décadas para fortalecer su política social; sin embargo, el incremento de la población en condición de pobreza y pobreza extrema obliga a evaluar de manera crítica los resultados obtenidos hasta el momento.
Las autoridades mexicanas respondieron al desafío de la pobreza implementando programas sociales inspirados en los principios de integralidad, subsidiaridad y corresponsabilidad; la estrategia ha consistido en apoyar a la población pobre en el acceso a activos patrimoniales, particularmente vivienda, dotación de servicios de infraestructura básica, acceso a salud, educación y un nivel de ingreso básico, aspectos que para su operación requieren la descentralización de facultades hacia los gobiernos locales y la participación de múltiples actores en la solución de un mismo problema.
Sin embargo, esta situación en algunas ocasiones en lugar de ser una gran oportunidad para combatir la pobreza puede imposibilitar una acción colectiva, coherente y coordinada entre los diferentes órdenes de gobierno y entre éstos y las organizaciones privadas que también contribuyen, pues los diferentes programas podrían introducir objetivos contradictorios.
Estudios del Banco Mundial y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico señalan que en materia de desarrollo social una de las tareas pendientes es avanzar hacia un sistema ajustado, eficiente y coordinado, abordando los problemas de los más necesitados.
La coordinación no implica, entonces, solamente hacer compatibles unas acciones gubernamentales con otras, de lo que se trata es de conjugar las políticas de manera que se logren integrar las distintas decisiones y acciones de gobierno dentro de una sola visión de conjunto y con una clara perspectiva de largo plazo. La falta de coordinación repercute en la política social reduciendo su efectividad y su eficiencia, relevando una pérdida de sentido de las prioridades.
Los ejemplos abundan, como se muestra en la relación siempre tensa entre los programas e instituciones del sector salud responsables de las actividades curativas, e instituciones que previenen y que tienen como posibilidad el saneamiento.
Al interior de los programas de la asistencia o compensación social suele presentarse un dilema parecido entre aquellos funcionarios e instituciones en los cuales prevalecen énfasis o responsabilidad asistencial, con quienes privilegian los enfoques de promoción y desarrollo. Los programas de combate a la pobreza son probablemente el mejor ejemplo de la importancia de coordinar el conjunto de las políticas sociales, pero solamente en un enfoque integrado tiene alguna probabilidad de éxito.
Esta iniciativa trata de establecer una coordinación sistemática entre las políticas sociales y las políticas económicas, educativas, de salud y demás, entre las diversas instancias de gobierno federal y entre éstas y los diversos ámbitos de gobierno, ya que es muy difícil que la política social por sí pueda acabar con la pobreza.
Lo que pretendemos con esta iniciativa es generar la sinergia entre las acciones y los recursos de los diversos involucrados en un campo concreto de gestión pública, al mismo tiempo que en dicho proceso se va construyendo un sistema de reglas de juego formales e informales, a través de los cuales los actores participantes encuentren fuertes incentivos a cooperar, más allá de sus intereses e ideologías particulares, habitualmente en conflicto entre sí.
El mencionado proceso generará la fijación de prioridades en la asignación acordada de responsabilidad en la decisión de qué y cuántos recursos movilizar y por último quizá lo más relevante en una implementación que se aproxime de modo importante a aquellos objetivos planteados por los responsables de las políticas y programas sociales.
El fortalecimiento de la coordinación es el primer paso para alcanzar otros objetivos, como el de lograr un registro único de beneficiarios de todos los programas, vincular los diferentes sistemas de salud del país, ordenar mejor los distintos programas y crear nuevos para atender las necesidades de población que actualmente no tienen cobertura.
Por lo anterior, propongo que se adicione una fracción VI al artículo 14 de la Ley de Desarrollo Social, para que la política nacional de desarrollo social incluya la mención de los mecanismos de coordinación interinstitucional y de niveles de gobierno, a través de los cuales se pretenda trabajar. A su consideración, legisladoras y legisladores; es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Judit Magdalena Guerrero López, del Grupo Parlamentario del PVEM
La suscrita, diputada Judit Magdalena Guerrero López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VI al artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
México ha realizado importantes esfuerzos desde hace varias décadas, para fortalecer su política social; sin embargo, el incremento de la población en condición de pobreza y pobreza extrema, obliga a evaluar de manera crítica los resultados obtenidos hasta el momento.
Las autoridades mexicanas respondieron al desafío de la pobreza implementando programas sociales inspirados en los principios de integralidad, subsidiariedad y corresponsabilidad. La estrategia ha consistido en apoyar a la población pobre en el acceso a activos patrimoniales, particularmente vivienda, dotación de servicios de infraestructura básica, acceso a salud, educación y un nivel de ingreso básico, aspectos que, para su operación requieren la descentralización de facultades hacia los gobiernos locales y la participación de múltiples actores en la solución de un mismo problema.
Sin embargo, esta situación en algunas ocasiones, en lugar de ser una gran oportunidad para combatir la pobreza, puede imposibilitar una acción colectiva, coherente y coordinada entre los diferentes órdenes de gobierno y entre éstos y las organizaciones privadas que también contribuyen, pues los diferentes programas podrían introducir objetivos contradictorios.
Estudios del Banco Mundial y de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), señalan que en materia de desarrollo social, una de las tareas pendientes es avanzar hacia un sistema ajustado, eficiente y coordinado,abordando los problemas de los más necesitados.
La coordinación, no implicaría solamente hacer compatibles unas acciones gubernamentales con otras, de lo que se trata es de conjugar las políticas de manera que se logre integrar las distintas decisiones y acciones de gobierno dentro de una sola visión de conjunto, y con una clara perspectiva del largo plazo.
La falta de coordinación repercute en la política social, reduciendo su efectividad y su eficiencia, revelando una pérdida del sentido de las prioridades. Los ejemplos abundan como se muestra en la relación siempre tensa entre los programas e instituciones del sector salud responsables de las actividades curativas, y aquellos cuyo objetivo tiene más relación con la prevención y el saneamiento; algo similar ocurre en el sector educación, donde la asignación de recursos en los distintos niveles del sistema, suele responder más al peso relativo de distintos grupos de interés que a la propia estrategia educativa. Al interior de los programas de asistencia o compensación social, suele presentarse un dilema parecido entre aquellos funcionarios e instituciones en los cuales prevalece un énfasis o responsabilidad asistencial, con quienes privilegian los enfoques de promoción y desarrollo.
Los programas de combate a la pobreza, son probablemente el mejor ejemplo de la importancia de coordinar el conjunto de las políticas sociales, ya que sólo mediante un enfoque integrado se tendrá alguna probabilidad de éxito; más aún, este problema resulta idóneo para evidenciar la importancia de establecer una coordinación sistemática entre las políticas sociales y las políticas económicas, ya que sin estas últimas, difícilmente la política social per sepuede pretender acabar con la pobreza.
Para los efectos de esta propuesta de reforma a la Ley General de Desarrollo Social, se entiende por coordinar el proceso mediante el cual se va generando sinergia entre las acciones y los recursos de los diversos involucrados, en un campo concreto de gestión pública, al mismo tiempo que en dicho proceso se va construyendo (o redefiniendo en caso de su preexistencia), un sistema de reglas de juego formales e informales, a través de las cuales los actores participantes encuentran fuertes incentivos a cooperar, más allá de sus intereses e ideologías particulares, habitualmente en conflicto entre sí.
El mencionado proceso generará realmente una valorable coordinación cuando derive en la fijación de prioridades, en la asignación acordada de responsabilidad (con su consiguiente sistema de premios y castigos), en la decisión de qué y cuántos recursos movilizar y, por último y quizás lo más relevante, en una implementación que se aproxime de modo importante a aquellos objetivos planteados por los responsables de las políticas y programas sociales.
El fortalecimiento de la coordinación es el primer paso para alcanzar otros objetivos, como el de lograr un registro único de beneficiarios de todos los programas, vincular los diferentes sistemas de salud del país, ordenar mejor los distintos programas, y crear nuevos para atender las necesidades de poblaciones que actualmente no tienen cobertura.
Fundamentación
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, 77 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Primero. Se adiciona una fracción VI al artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social para quedar de la siguiente manera:
Artículo 14.La política nacional de desarrollo social debe incluir, cuando menos, las siguientes vertientes:
I. a V. ...
VI. La mención de los mecanismos de coordinación inter institucional y entre niveles de gobierno a través de los cuales se pretende trabajar.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2013. Diputados: Judit Magdalena Guerrero López, Elvia María Pérez Escalante (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.
ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Iniciativa que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María del Carmen Martínez Santillán, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, María del Carmen Martínez Santillán, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, así como por los artículos 6 numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que derogan los párrafo octavo y noveno del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del diez de junio de dos mil once, en la que se modificó el capítulo primero del título primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de reconocer, garantizar y proteger los derechos humanos, el Estado Mexicano, se vio inmerso en un nuevo paradigma mundial del respeto y protección al conjunto de libertades, facultades, instituciones y principios básicos con los que cuenta el ser humano por su simple condición natural de existir.
Con lo anterior, se elevó a rango constitucional la obligación por parte los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en sus diferentes niveles, así como cualquier otro actor institucional, a reconocer, velar, proteger y garantizar el respeto y cumplimiento a los Der echos Humanos, desde una visión amplia e integral del derecho internacional en concordancia con el nacional.
En ese contexto, uno de los mayores Derechos Humanos lo es la libertad, motivo por el cual los esfuerzos de los Estados y los organismos internacionales, se han enfocado en la creación de ordenamientos jurídicos que tiendan a proteger y garantizar la libertad humana, así como los mecanismos que castiguen su transgresión. Es por ello que los ordenamientos modernos buscan en todo momento, proteger los derechos básicos del hombre que lo hagan desarrollarse plenamente.
Por lo que, y en ese sentido, el catedrático de la Universidad Autónoma del Estado de México, Juan María Paret Jaquemin, ha expresado con claridad la defensa de la libertad al sostener que:
La defensa de la libertad es una demanda interior de todos los seres humanos. Luchar por la libertad es una manera de vivir. Desgraciadamente, este elevado ideal puede ocultar la falta de compromiso con las libertades. No es posible que una recta conciencia pretenda lo uno sin lo otro. La lucha por las libertades puede ser un proceso de mínimas ganancias, de resolución inmediata de los efectos sin abordar las causas.
En todo ese contexto, la figura del arraigo penal , tiene como efecto la privación de la libertad personal del sujeto arraigado, dado que obligar a una persona a permanecer dentro de un determinado inmueble bajo la vigilancia de la autoridad investigadora y persecutora, impidiéndole realizar cualesquiera de las actividades que normalmente acostumbra, como pueden ser las laboral es, sociales o de recreación, indiscutiblemente tiene como consecuencia que el arraigado no pueda obrar con pleno albedrío, esto es, se le impide salir de dicho inmueble, lo que se traduce en la afectación de su libertad.
En lo referente a la privación de la libertad personal realizada por la autoridad como consecuencia de la probable comisión de delitos, los artículos 14, 16, 19 y 20, apartado A, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consagran los derechos del imputado, al establecer lo siguiente :
Articulo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho....
...
Articulo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión.
La autoridad que ejecute una orden judicial de ap rehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad. La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal.
Cualquier persona puede detener al indiciado en elmomento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención.
Sólo en casos urgentes, cuando se trate de delito grave así calificado por la ley y ante el riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse a la acción de la justicia, siempre y cuando no se pueda ocurrir ante la autoridad judicial por razón de la hora, lugar o circunstancia, el Ministerio Público podrá, bajo su responsabilidad, ordenar su detención, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder.
En casos de urgencia o flagrancia, el juez que reciba la consignación del detenido deberá inmediatamente ratificar la detención o decretar la libertad con las reservas de ley.
La autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, sin que pueda exceder de cuarenta días, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia. Este plazo podrá prorrogarse, siempre y cuando el Ministerio Público acredite que subsisten las causas que le dieron origen. En todo caso, la duración total del arraigo no podrá exceder los ochenta días.
Por delincuencia organizada se entiende una organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia...
...
Artículo 19. Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el imputado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará: el delito que se impute al acusado; el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión.
El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
La ley determinará los casos en los cuales el juez podrá revocar la libertad de los individuos vinculados a proceso.
El plazo para dictar el auto de vinculación a proceso podrá prorrogarse únicamente a petición del imputado, en la forma que señale la ley. La prolongación de la detención en su perjuicio será sancionada por la ley penal. La autoridad responsable del establecimiento en el que se encuentre internado el imputado, que dentro del plazo antes señalado no reciba copia autorizada del auto de vinculación a proceso y del que decrete la prisión preventiva, o de la solicitud de prórroga del plazo constitucional, deberá llamar la atención del juez sobre dicho particular en el acto mismo de concluir el plazo y, si no recibe la constancia mencionada dentro de las tres horas siguientes, pondrá al imputado en libertad.
Todo proceso se seguirá forzosamente por el hecho o hechos delictivos señalados en el auto de vinculación a proceso. Si en la secuela de un proceso apareciere que se ha cometido un delito distinto del que se persigue, deberá ser objeto de investigación separada, sin perjuicio de que después pueda decretarse la acumulación, si fuere conducente.
Si con posterioridad a la emisión del auto de vinculación a proceso por delincuencia organizada el imputado evade la acción de la justicia o es puesto a disposición de otro juez que lo reclame en el extranjero, se suspenderá el proceso junto con los plazos para la prescripción de la acción penal.
Todo mal tratamiento en la aprehensión o en las prisiones, toda molestia que se infiera sin motivo legal, toda gabela o contribución, en las cárceles, son abusos que serán corregidos por las leyes y reprimidos por las autoridades.
Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
...
B. De los derechos de toda persona imputada:
I. A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa;
...
III. A que se le informe, tanto en el momento de su detención como en su comparecencia ante el Ministerio Público o el juez, los hechos que se le imputan y los derechos que le asisten. Tratándose de delincuencia organizada, la autoridad judicial podrá autorizar que se mantenga en reserva el nombre y datos del acusador.
De los preceptos constitucionales transcritos, en lo que al caso interesa, se desprende el principio del debido proceso legal que implica que al imputado se le reconozca el derecho a su libertad, y que el Estado sólo podrá privarlo del mismo cuando existiendo suficientes elementos incriminatorios, y seguido un proceso penal en su contra en el que se respeten las formalidades esenciales del procedimiento; la garantía de audiencia en la que pueda desvirtuar la imputación correspondiente; el Juez pronuncie sentencia definitiva declarándolo culpable o inocente.
Asimismo, en cuanto a la función persecutoria del Ministerio Público, ésta se constriñe a la investigación de delitos, en la que deberá recabar las pruebas necesarias para demostrar el hecho que la ley señale como delito y la probable responsabilidad del imputado.
De igual forma, los preceptos constitucionales en comento prescriben la celeridad con la que deben llevarse a cabo todas las actuaciones que tengan como consecuencia la privación de la libertad personal, imponiendo a la autoridad persecutora o a quien realice la detención, el deber de que con toda prontitud el imputado sea puesto a disposición del Juez, con el objeto de que, al iniciar éste el proceso penal correspondiente, el imputado tenga pleno conocimiento de los delitos que se le imputan y pueda iniciar inmediatamente su defensa con el fin de obtener su libertad personal en los casos en que proceda.
De acuerdo a lo anterior, para que una persona pueda ser afectada en su libertad personal, ya sea en forma preventiva o definitiva, es menester que previamente el Ministerio Público haya integrado la averiguación previa que arroje datos suficientes que acrediten el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado, lo cual se pondrá en conocimiento de la autoridad judicial a través de la consignación, para que ésta, en caso de que se haga sin detenido, ordene la aprehensión del imputado y sea puesto a su disposición inmediatamente después de que se cumplimente, a efecto de instruir el proceso penal en el que una vez sustanciado con las formalidades esenciales del procedimiento, si se considera que existe plena responsabilidad del procesado, se le imponga la sanción que corresponda.
Además de que una vez que el imputado sea puesto a disposición de la autoridad judicial, ésta cuenta con un término de setenta y dos horas para que justifique esa detención con un auto de formal prisión o de vinculación a proceso en el que se expresará: ... el delito que se impute al acusado; el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión. (artículo 19 constitucional).
Así, la Constitución Federal establece con claridad los derechos del imputado, con el fin de garantizar su libertad personal y evitar que sea objeto de arbitrariedades de las autoridades, para lo cual se prescriben lineamientos estrictos que deben satisfacerse previamente a cualesquier actuación de la autoridad que tenga como consecuencia la privación de la libertad personal.
Es cierto que en materia procesal civil la figura del arraigo es una medida cautelar decretada por el Juez civil a petición de una persona que pretende demandar a otra, prohibiéndole salir de la ciudad donde reside, a menos que designe apoderado en forma para contestar la demanda y otorgue garantía para responder de la eventual sentencia civil condenatoria, pero también es cierto que dicha medida no inmoviliza al arraigado en un inmueble, además de que el arraigo puede legalmente superarse en la forma antes dicha.
En cambio, en la materia penal, un arraigo como medida precautoria mientras el Ministerio Público investiga la presunta responsabilidad delictiva del imputado, es jurídicamente incompatible con las garantías de libertad personal y el principio de presunción de inocencia, que establece la Constitución Federal en favor de todo gobernado, ya que tratándose de su afectación, restricción o privación, dicho Magno Ordenamiento sólo lo permite mediante la actualización de condiciones específicas y plazos o términos estrictos:
a) La detención en el caso de delito flagrante (artículo 16, párrafo 5, constitucional), en cuyo caso se impone a quien la realice, la obligación de poner sin demora al detenido a disposición de la autoridad inmediata y ésta al Ministerio Público, quien realizará la consignación.
b) En casos urgentes tratándose de delitos graves cuando haya riesgo fundado de que el imputado pueda sustraerse a la justicia y no se pueda ocurrir a un Juez, el Ministerio Público puede realizar la detención bajo su responsabilidad, pero en tal supuesto tendrá, ordinariamente, un plazo de cuarenta y ocho horas para poner al detenido a disposición de la autoridad judicial, la que de inmediato ratificará la detención o decretará la libertad; plazo que podrá duplicarse en aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada (artículo 16, párrafos quinto, sexto y séptimo, de la Constitución).
c) Orden de aprehensión dictada por autoridad judicial, siempre y cuando se satisfagan los requisitos que la propia Constitución impone, en cuyo caso, la autoridad que la ejecute o cumplimente, deberá poner al imputado a disposición del Juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad (artículo 16, párrafos segundo y tercero, de la Constitución).
d) Auto Vinculación a proceso (otrora de formal prisión), que ordinariamente el Juez de la causa dicta dentro del improrrogable plazo de setenta y dos horas a partir de que el imputado sea puesto a su disposición, previa recepción de la declaración preparatoria y siempre y cuando se advierta de los datos que arroje la averiguación previa, que se encuentra comprobado el cuerpo del delito y son bastantes para hacer probable la responsabilidad del imputado (artículo 19, primer párrafo, de la Constitución Federal).
e) Prisión preventiva (artículo 18 constitucional), por delito que merezca pena de prisión y se encuentre sujeto a proceso conforme al auto de formal prisión.
f) Tratándose de sanciones por infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía, las autoridades administrativas tienen facultades para imponer multas hasta cierto límite y, asimismo, arrestos.
Como puede advertirse, tratándose de la libertad personal, todo tipo de afectación, restricción o privación se encuentra previsto directamente en la Constitución Federal, estableciendo plazos breves, señalados inclusive en horas, para que la persona detenida sea puesta a disposición inmediata del Juez de la causa y éste determine su situación jurídica con el fin de evitar arbitrariedades de parte de las autoridades o de los particulares, so pena de incurrir en responsabilidad o en la comisión de delitos, de tal suerte que el Constituyente consideró pertinente establecer la forma, términos y plazos en que podrá llevarse a cabo la afectación de la libertad personal, quedando al legislador ordinario, únicamente reglamentarlas, pero no establecerlas.
Ahora bien,la figura jurídica del arraigo penal, la cual tiene la doble finalidad de facilitar la integración de la averiguación previa como, llegado el caso, evitar que se imposibilite el cumplimiento de la eventual orden de aprehensión que llegue a dictarse, de donde se infiere que no obstante que la investigación todavía no arroje datos que conduzcan a establecer que en el ilícito tenga probable responsabilidad penal una persona, se puede ordenar la afectación de su libertad personal hasta por un plazo de cuarenta días (o de ochenta días, según sea el caso), sin que al efecto se justifique tal detención con un auto de formal prisión en el que se le den a conocer los pormenores del delito que se le imputa, ni la oportunidad de ofrecer pruebas para deslindar su responsabilidad.
En efecto, la orden de arraigo decretada por la Autoridad judicial se da cuando los elementos de prueba que obran en la carpeta de investigación aún no son suficientes para que hagan probable la responsabilidad del imputado y que pueda solicitar la orden de aprehensión, sino que requiere de mayor investigación, pero ante la existencia del riesgo de que el imputado se sustraiga a la acción de la justicia, se solicita la orden de arraigo, de tal suerte que sin cumplir aún con los requisitos que para la afectación de la libertad exigen los preceptos de la Constitución Federal, al imputado se le restringe su libertad personal sin que se le dé oportunidad de defensa, sino hasta que se integre la carpeta de investigación y, de resultar probable responsable en la comisión de un delito, sea consignado ante la autoridad judicial para que se le instruya proceso penal.
Así, la detención de una persona a través del arraigo previsto en la párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se prolonga hasta por cuarenta u ochenta días sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso lo que es violatorio del párrafo primero del artículo 19 constitucional, así como del principio de presunción de inocencia, contenido en el artículo 20, apartado B, fracción I, de la propia Carta Magna.
A mayor abundamiento, el arraigo penal también es violatorio del artículo 11 constitucional, pues dicho precepto prevé:
Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.
Del precepto constitucional transcrito se infiere, para lo que al caso interesa, que la garantía de libertad de tránsito se traduce en el derecho que todo individuo tiene para entrar o salir del país, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, permiso o autorización alguna; libertad que puede estar subordinada a las facultades de la autoridad judicial en los casos de responsabilidad criminal y civil, entre otras limitaciones administrativas.
De lo anterior se desprende que las limitaciones o restricciones a la libertad de tránsito se constriñen únicamente a que la persona a quien se le impone no pueda abandonar el país o la ciudad de residencia, por encontrarse sujeta a un proceso de índole penal o civil, pero tal restricción no llega al extremo, bajo ninguna circunstancia, de impedir que salga un determinado domicilio (inmueble), y menos aún, que se encuentre bajo la custodia y vigilancia de la autoridad investigadora y persecutora de delitos.
Por todo lo expresado con anterioridad, se propone, en la presente iniciativa de ley, la eliminación del arraigo penal contenido en el párrafo octavo del artículo 16 Constitucional, ello por ser antinómico del derecho a la libertad y tránsito.
Derivado de lo anterior, se cumplirá con el respecto irrestricto a los derechos humanos, propiciando que los parámetros de investigación por parte de la Policía y el Ministerio Público, sean excelentes, implicando una verdadera inteligencia criminal, inteligencia financiera e implementando redes de vínculos para prevenir y combatir el fenómeno delictivo, pero también, obligando a los Procuradurías a profesionalizar su personal y a hacer eficaces y científicos sus procedimientos de procuración de justicia.
Aunado a lo anterior, la figura del arraigo también es violatoria de principio de presunción de inocencia contenido en el inciso B, fracción I, del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual implica que el Juzgador y Ministerio Público, al dictar sus actuaciones, únicamente puedan señalar la presencia de condiciones suficientes para, en su caso, iniciar un proceso, pero no confirmar la actualización de un delito. La verdad que pretende alcanzarse sólo puede ser producto de un proceso donde la vigencia de la garantía de defensa adecuada permite refutar las pruebas aportadas por ambas partes. En efecto, antes del dictado de la sentencia el indiciado debe considerarse inocente, por tanto, la emisión del auto de vinculación a proceso, en lo que se refiere a la acreditación del delito, es el acto que justifica que el Estado inicie un proceso contra una persona aun considerada inocente, y el propio acto tiene el objeto de dar seguridad jurídica al indiciado, a fin de que conozca que el proceso iniciado en su contra tiene una motivación concreta, lo cual sólo se logra a través de los indicios que obran en el momento, sin que tengan el carácter de prueba.
Lo anterior, nos lleva a concluir que, al decretarse el arraigo se estaría violando la presunción de inocencia de toda persona, pues sin existir el acreditamiento de un delito y la responsabilidad penal de una persona contenida en sentencia, se le estaría aplicando una sanción en la que no se siguieron las formalidades esenciales del procedimiento y una vez agotado, el Estado-gobierno podrá aplicar una sanción o pena, por lo que, en el caso del arraigo la sanción se impone previo al agotamiento del procedimiento penal, lo que se traduce en violatorio de la propia Constitución y de tratados internacionales.
Asimismo, el arraigo también viola la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 11) y la Convención Americana de Derechos Humanos (artículo 8), los cuales también regulan la presunción de inocencia, en la que, la carga de la prueba, es decir, la obligación de demostrar la culpabilidad de la persona, recae en el Ministerio Público y no que el indiciado demuestre su inocencia.
En ese contexto, el arraigo se ha implementado para que, después de una investigación, el Ministerio Público pueda cuenta con más elementos de prueba que tiendan a acreditar la responsabilidad del imputado, así como la realización de una conducta constitutiva de delito. Sin embargo, en la práctica sucede lo contrario, en razón de que la Representación Social, realiza la detención del individuo y sin haber elementos de prueba en su contra, lo priva de su libertad con la finalidad de recabar datos de prueba que indiquen que dicho individuo cometió una conducta delictiva.
Una vez concluido, el plazo del arraigo, el Ministerio Público puede solicitar la prórroga del mismo y si al concluirse sigue sin encontrar los elementos que acrediten la comisión de un delito y la responsabilidad de determinada persona, dejan en libertad al individuo después de ochenta días.
Con base a lo anteriormente expuesto, y con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de este honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de
Decreto que derogan los párrafos octavo y noveno del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Para Quedar como sigue:
Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión.
La autoridad que ejecute una orden judicial de aprehensión, deberá poner al imputado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad. La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal.
Cualquier persona puede detener al imputado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención.
Sólo en casos urgentes, cuando se trate de delito grave así calificado por la ley y ante el riesgo fundado de que el imputado pueda sustraerse a la acción de la justicia, siempre y cuando no se pueda ocurrir ante la autoridad judicial por razón de la hora, lugar o circunstancia, el Ministerio Público podrá, bajo su responsabilidad, ordenar su detención, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder.
En casos de urgencia o flagrancia, el juez que reciba la consignación del detenido deberá inmediatamente ratificar la detención o decretar la libertad con las reservas de ley.
(Derogado).
(Derogado).
Ningún imputado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de cuarenta y ocho horas, plazo en que deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición de la autoridad judicial; este plazo podrá duplicarse en aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada. Todo abuso a lo anteriormente dispuesto será sancionado por la ley penal.
En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir, a solicitud del Ministerio Público, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.
Las comunicaciones privadas son inviolables. La ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía de las mismas, excepto cuando sean aportadas de forma voluntaria por alguno de los particulares que participen en ellas. El juez valorará el alcance de éstas, siempre y cuando contengan información relacionada con la comisión de un delito. En ningún caso se admitirán comunicaciones que violen el deber de confidencialidad que establezca la ley.
Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Para ello, la autoridad competente deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud, expresando además, el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración. La autoridad judicial federal no podrá otorgar estas autorizaciones cuando se trate de materias de carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral o administrativo, ni en el caso de las comunicaciones del detenido con su defensor.
Los Poderes Judiciales contarán con jueces de control que resolverán, en forma inmediata, y por cualquier medio, las solicitudes de medidas cautelares, providencias precautorias y técnicas de investigación de la autoridad, que requieran control judicial, garantizando los derechos de los imputados y de las víctimas u ofendidos. Deberá existir un registro fehaciente de todas las comunicaciones entre jueces y Ministerio Público y demás autoridades competentes.
Las intervenciones autorizadas se ajustarán a los requisitos y límites previstos en las leyes. Los resultados de las intervenciones que no cumplan con éstos, carecerán de todo valor probatorio.
La autoridad administrativa podrá practicar visitas domiciliarias únicamente para cerciorarse de que se han cumplido los reglamentos sanitarios y de policía; y exigir la exhibición de los libros y papeles indispensables para comprobar que se han acatado las disposiciones fiscales, sujetándose en estos casos, a las leyes respectivas y a las formalidades prescritas para los cateos.
La correspondencia que bajo cubierta circule por las estafetas estará libre de todo registro, y su violación será penada por la ley.
En tiempo de paz ningún miembro del Ejército podrá alojarse en casa particular contra la voluntad del dueño, ni imponer prestación alguna. En tiempo de guerra los militares podrán exigir alojamiento, bagajes, alimentos y otras prestaciones, en los términos que establezca la ley marcial correspondiente.
Artículos Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En consecuencia y toda vez que se deroga la figura jurídica del arraigo, la Federación, las Entidades Federativas y el Distrito Federal, en el ámbito de su competencia, deberán de expedir y poner en vigor las modificaciones u ordenamientos legales que sean necesarios para derogar la figura en comento.
Nota:
1 Revista Convergencia,mayo-agosto de 2000, número 22.
En México, Distrito Federal, a 27 de febrero de 2013. Diputada María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
CODIGO CIVIL FEDERAL - LEY FEDERAL DE DERECHO DE AUTOR
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 429 del Código Civil Federal, y 61 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
La diputada Sonia Rincón Chanona:Con el permiso de la presidenta. Compañeras y compañeros diputados, uno de los principios fundamentales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la defensa de la niñez. Esto significa que el Estado tiene la obligación de procurar de los elementos necesarios que permitan su desarrollo pleno e integral, principios que consideran la formación física, mental, emocional, social y moral, en condiciones de igualdad para la población, los cuales son considerados elementos firmes en la construcción del México del mañana.
Para efectos de nuestra legislación, se consideran niños y niñas a las personas de 0 a los 12 años de edad incompletos, y adolescentes a quienes tienen entre 12 años cumplidos a los 18 años incumplidos, así de acuerdo a las leyes mexicanas se considera obligación de los padres, tutores o personas encargadas de su cuidado, de propiciar los elementos que le permitan crecer y desarrollarse dentro de condiciones que generen una vida digna, así como procurar el alejamiento de influencias nocivas, entre los que se encuentran la protección contra cualquier forma de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, trata y explotación.
Aunque en materia legislativa se prevé evitar condiciones adversas para el desarrollo de la niñez y la adolescencia, no podemos negar que existen realidades del sector que se encuentran lejos de ser óptimas.
Por esto, como representantes populares recordemos que las condiciones del país no han podido hacer efectivos estos mandatos, sobre todo si consideramos que una parte importante de la población mantiene niveles de pobreza.
El diagnóstico de la Organización de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), nos indica que en nuestro país, 4 de cada 10 niños menores de edad, entre los 5 y los 17 años, se encuentran realizando alguna labor que les permita generar recursos para ayudar a sus familias a enfrentar sus condiciones económicas adversas, los cuales principalmente se encuentran en los estratos más pobres de la sociedad.
Para Nueva Alianza ningún futuro es posible si no atendemos en el presente a nuestras niñas, niños y adolescentes, por ello presentamos ante esta soberanía una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan un segundo párrafo al artículo 429 del Código Civil Federal, y un tercer párrafo al artículo 61 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
La presente iniciativa tiene como objetivo principal proteger a todo niño, niña, adolescente que labore, incluyendo a los artistas, para que sus padres o tutores no hagan mal uso de sus ganancias; por el contrario, establecer como obligación la realización de un fondo de ahorro o fideicomiso en el cual se guarde el porcentaje de las ganancias que resulten después de haber cubierto el pago de gastos administrativos, ya sea por compra de material, insumos y el pago de los impuestos correspondientes.
Los menores contratados bajo esta modalidad son considerados por la ley como la excepción a la regla y en los cuales la norma es muy enfática en considerar las condiciones bajo las cuales se pueden generar contratos atípicos, denominados de representación escénica.
Con la finalidad de que las capacidades histriónicas de estos menores no se vean coartadas, pero tampoco se vulnere el interés superior o que se permita su explotación laboral consideramos importante establecer en la ley que los recursos que ellos hubiesen generado no sean dilapidados por quienes se supone deben resguardarlos y cuidarlos para cuando cumplan la mayoría de edad.
Quienes asuman la representación laboral del menor estarán obligados por la ley a salvaguardar los bienes producto del trabajo de los niños, niñas y adolescentes y que de esta manera puedan asegurarse un bienestar económico en el futuro.
La Asociación Nacional de Actores reconoce que existen más de 500 socios infantiles termino, presidenta son 500 socios infantiles bajo estas formas de contratación, cifra que puede aumentar por la informalidad que permite esta actividad en todo el país.
A estos niños y los miles que puedan dedicarse a esta profesión son a los que queremos proteger de posibles fraudes, incluso por sus propios padres, quienes no tuvieron la previsión de llevar controles contables o crear una forma de ahorro de los recursos que los menores generan.
Por lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados esta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 429 del Código Civil federal y un tercer párrafo al artículo 61 de la Ley Federal del Derecho de Autor. Es cuanto, diputada presidenta. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma los artículos 429 del Código Civil Federal y 61 de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
La suscrita, diputada Sonia Rincón Chanona, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Civil Federal y de la Ley Federal de Derechos de Autor al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 4o., párrafo octavo establece que: En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior, a su vez, el artículo 5o., párrafo primero, reconoce que: A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos, el párrafo tercero de este mismo artículo establece también que nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial.
El Estado tiene la obligación de respetar el libre derecho de ejercicio de profesión, pero qué sucede con todos aquellos menores de edad que trabajan, si bien es cierto que la propia Constitución en su artículo 123, fracción III, prohíbe la explotación laboral de menores de catorce años de edad, en la realidad encontramos que de acuerdo con estudios estadísticos realizados en nuestro país por la UNICEF el 39.7 por ciento de nuestra población son menores de edad y que de cada diez menores de edad, cuatro ejercen algún tipo de actividad laboral entre las edades de cinco y diecisiete años.
Resulta preciso hacer la diferenciación entre los términos explotación infantil y trabajo infantil. El primer concepto refiere a una clara vulneración de los derechos del niño, ya que se obtiene beneficio del menor con un tipo de trabajo que impide su educación y su ocio, lo cual supone un riesgo para su salud o que afecta su dignidad. Sin embargo, el trabajo infantil no necesariamente implica formas de explotación o abuso; la participación de los niños o los adolescentes en trabajos que no atentan contra su salud y su desarrollo personal y que no interfieren con su escolarización se considera incluso positiva, hay tipos de trabajos realizados por niños que son aceptados por la sociedad.
Argumentación
Existen diversas actividades laborales a las que se dedica un menor en su niñez. Una de estas actividades es la de los niños que ejercen una carrera artística, actividad que por su alta aceptación en la sociedad es la excepción más clara a la prohibición del trabajo infantil.
Como bien lo establece el artículo 117 bis de la Ley Federal del Derecho de Autor, tanto el artista intérprete o el ejecutante, tienen el derecho irrenunciable a percibir una remuneración por el uso o explotación de sus interpretaciones o ejecuciones que se hagan con fines de lucro directo o indirecto. Es de conocimiento público que ésta actividad es una de las de mayor remuneración económica, dejando grandes ganancias no solo al menor artista si no también a los padres, tutores o representantes legales como es el caso específico de los denominados managers. Sin embargo, en el caso específico de los menores de edad no contamos con una regulación adecuada en nuestra legislación.
De esta manera nos encontramos con casos de mal manejo de las ganancias del niño, niña y adolescentes artistas, donde incluso se ha perdido el patrimonio generado, actualmente la forma más utilizada de regulación de esta actividad laboral, es un contrato atípico, denominado de representación escénica, el cual contiene un clausulado que establece la distribución de los gastos de administración y de las ganancias, que en la mayoría de los casos no favorece al artista y que además debe ser administrado por los padres o tutores quienes regularmente no realizan un fondo de ahorro o fideicomiso a favor del menor para que en su mayoría de edad pueda hacer usufructo de sus bienes y ganancias.
Si bien es cierto que el Código Civil Federal en su artículo 428 nos menciona que los bienes del hijo, mientras esté en la patria potestad, se dividen en dos clases: bienes que adquiere por su trabajo y bienes que adquiere por cualquier otro título. Y que de acuerdo con el artículo 429 de mismo Código, dichos bienes pertenecen en propiedad, administración y usufructo al hijo. El Código Civil Federal no establece la obligación al tutor o representante de salvaguardar los bienes producto del trabajo de los niños, niñas y adolescentes y que de esta manera pueda asegurarse el futuro de los mismos.
Una muestra de que los niños y jóvenes se encuentran en un estado de vulnerabilidad se ha documentado en los testimonios de varios artistas de la televisión mexicana e internacional, quienes comienzan sus carreras participando en telenovelas o programas infantiles para después saltar a la fama como cantantes o artistas. Estas trayectorias en su mayoría son vigiladas por sus padres, al igual que sus ganancias. De los casos más sonados por tratarse de un consagrado de la música mexicana es el del cantante Luis Miguel, que en su infancia vivió una serie de abusos por parte de su padre y manager a su vez.
Así como este caso existen cientos de ellos los cuales se esconden en el anonimato tras no formar parte de un espectro de alcance nacional como es la televisión. Bailarines, artistas de teatro, niños de circo, actores de cine, etcétera, todos los días están laborando en algún lugar, lejos del amparo de las leyes y cerca del abuso y la explotación de los adultos.
Ahora bien, en la parte sindical, se tiene el dato de que actualmente la Asociación Nacional de Actores (ANDA) tiene registrados a más de 500 socios infantiles; en cuyos contratos colectivos no existe normatividad para menores de 14 años y no se puede incluir ninguna cláusula que regule las labores que éstos desempeñan, por ello, las empresas particulares realizan las contrataciones directamente con los padres o tutores de los menores de edad, sin darle aviso a la ANDA. Dejando sin vigilancia y protección el trabajo del menor.
La Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, especifica, entre otras cosas, los derechos y las garantías para este sector poblacional y la responsabilidad compartida del Estado y de los padres y tutores de velar el cumplimiento de tales disposiciones, con el objetivo de proteger sus derechos y de ésta manera asegurarles un desarrollo pleno e integral. Resulta entonces indispensable normar el quehacer de los menores, especialmente el de los menores artistas por su naturaleza sui generis. Hay que trabajar sobre las lagunas que existen en nuestra ley para deslindar responsabilidades entre padres, empresas y sindicatos, agregando que en la comunicación está la posibilidad de construir un país que la ciudadanía está reclamando.
Por lo anterior, la presente iniciativa tiene como objetivo principal proteger a todo niño, niña y adolescente que labore, incluyendo a los artistas para que sus padres o tutores no hagan mal uso de sus ganancias, por el contrario establecer como obligación la realización de un fondo de ahorro o fideicomiso en el cual se guarde el porcentaje de las ganancias que resulte de después de haber cubierto el pago de gastos administrativos, ya sea por compra de material, insumos, y el pago de los impuestos correspondientes
Considerando que la la Ley Federal del Trabajo en su título quinto Bis prevé la tutela y protección al trabajo de personas cuyas edades oscilan entre los catorce y dieciséis años. El trabajo de estos menores de edad queda sujeto a la vigilancia y protección especial de la Inspección del Trabajo, por lo que es necesario adecuar nuestro marco jurídico de tal forma que comencemos a abrir camino a las garantías de los menores de edad.
Hoy en día es evidente el trabajo de los menores de edad en el medio artístico, por lo cual es necesario brindarles mayor seguridad jurídica. Para el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza es un compromiso proteger a la niñez mexicana.
Fundamento Legal
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la siguiente iniciativa se propone la iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adicionan un segundo párrafo al artículo 429 del Código Civil Federal y un tercer párrafo al artículo 61 de la Ley Federal de Derechos de Autor
Artículo Primero. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 429 del Código Civil Federal.
Artículo Segundo. Se adiciona un tercer párrafo al artículo 61 de la Ley Federal de Derechos de Autor para quedar como sigue:
Artículo 429 CCF.Los bienes de primera clase pertenecen en propiedad, administración y usufructo al hijo.
En caso de que los padres, tutor o representante legal, sean considerados conforme a la ley administradores de los bienes económicos producto del trabajo del menor, éstos tendrán la obligación de crear un fondo de ahorro o fideicomiso a beneficio del menor para que en su mayoría de edad pueda hacer usufructo de él.
Artículo 61 LFDA. Por medio del contrato de representación escénica el autor o el titular del derecho patrimonial, en su caso, concede a una persona física o moral, llamada empresario, el derecho de representar o ejecutar públicamente una obra literaria, musical, literario musical, dramática, dramático musical, de danza, pantomímica o coreográfica, por una contraprestación pecuniaria; y el empresario se obliga a llevar a efecto esa representación en las condiciones convenidas y con arreglo a lo dispuesto en esta Ley.
El contrato deberá especificar si el derecho se concede en exclusiva o sin ella y, en su caso, las condiciones y características de las puestas en escena o ejecuciones.
Los contratos de representación escénica en los que el autor o el titular del derecho patrimonial se trate de un menor de edad, deberán especificar las condiciones necesarias para que el cobro de regalías que se realizan a través de sus padres o tutores se administre correctamente; destinando un porcentaje al pago de gastos administrativos y compra de materiales; y el porcentaje restante se administre obligatoriamente bajo un fondo de ahorro o fideicomiso donde el menor pueda hacer uso de sus ganancias, producto de su trabajo a su mayoría de edad.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2013. Diputados: Sonia Rincón Chanona, Verónica Beatriz Juárez Piña, Patricia Elena Retamoza Vega, Mario Miguel Carrillo Huerta, Elvia María Pérez Escalante, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, María Carmen López Segura, Regina Vázquez Saut, Silvia Márquez Velasco, Dora María Guadalupe Talamantes Lemas, Arturo Cruz Ramírez, Blanca Estela Gómez Carmona, Carla Guadalupe Reyes Montiel, Rosalba de la Cruz Requena, Antonio Sansores Sastré, María Guadalupe Moctezuma Oviedo, María Fernanda Schroeder Verdugo, Landy Margarita Berzunza Novelo, Francisca Elena Corrales Corrales, María Esther Garza Moreno, José Pilar Moreno Montoya, Joaquina Navarrete Contreras, Petra Barrera Barrera, María Concepción Navarrete Vital, Irazema González Martínez Olivares, María Carmen García de la Cadena Romero, Lourdes Adriana López Moreno, Minerva Castillo Rodríguez, Socorro de la Luz Quintana León (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputada. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia y de Cultura y Cinematografía, para dictamen y a la Comisión de Derechos de la Niñez, para opinión.
Pregunto a la diputada Rincón Chanona si me permite adherirme a su iniciativa.
La diputada Sonia Rincón Chanona(desde la curul): Desde luego que sí, diputada.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Muchas gracias, muy amable.
La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Sonido en la curul de la diputada Verónica Juárez, por favor.
La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (desde la curul): Gracias, presidenta. En principio felicitar a la compañera diputada Sonia Rincón por la iniciativa que ahora acaba de presentar; sin lugar a dudas también nuestros niños y nuestras niñas artistas requieren de la protección de sus derechos, y preguntarle si me permite también adherirme a su iniciativa.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias. Está a la disposición aquí para todo aquel diputado que quiera adherirse a ella.
La diputada María del Rosario de Fátima Pariente Gavito(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: ¿Solicitaba la voz, diputada?
La diputada María del Rosario de Fátima Pariente Gavito(desde la curul): Sí, presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: La diputada Pariente Gavito, ¿con el mismo tema?
La diputada María del Rosario de Fátima Pariente Gavito(desde la curul): Sí, presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Sonido en la curul de la diputada, por favor.
La diputada María del Rosario de Fátima Pariente Gavito(desde la curul): Para adherirme. Qué tristeza que ya hay pocos diputados, porque se están tocando temas muy sensibles. Para pedirle a mi paisana, la diputada Sonia Rincón, que pueda adherirme a su iniciativa. Muchas gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputada. Aquí estará a disposición de ustedes, quien guste firmar la iniciativa.
* INICIATIVAS Y PROPOSICIONES
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, salvo las que se pida el registro para la próxima sesión.
DIA DE LA FAMILIA
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Se recibió de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo efeméride con motivo del Día de la Familia. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.
«Efeméride sobre el Día de la Familia en México, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La familia es el cauce principal de la solidaridad entre generaciones. Es el espacio primario de la responsabilidad social, que debe ofrecer la más leal red de seguridad y de afecto ante contingencias y amenazas. Es, en esencia, el ambiente más significativo para comunicar y desarrollar los valores morales e intelectuales necesarios para la formación y perfeccionamiento de la persona y de la sociedad.
En la búsqueda de mejores familias para una mejor sociedad se cristalizó en el año 2005: a través de un esfuerzo conjunto de sociedad civil, la iniciativa privada y el gobierno, realizaron un llamado a los mexicanos para revalorizar la importancia de la familia como núcleo de la sociedad, mediante la celebración del Día de la Familia.
Fue así que se institucionalizó que todos los primeros domingos de marzo en nuestro país se conmemore y se celebre el poder pertenecer al núcleo en el cual comenzamos a formamos como ciudadanos.
Hablamos de la institución base de la sociedad y ámbito natural de desarrollo del ser humano, la formación de sus valores, el desarrollo de la autoestima y de la verdadera identidad personal.
Es en la familia donde se forjan las virtudes, los principios y la capacidad de compartilos con los demás, teniendo como base el ejemplo de los padres: recordemos que los valores se viven en casa y se transmiten a los demás como una forma natural de vida.
El valor de la familia se basa fundamentalmente en la presencia física, mental y espiritual de las personas en el hogar, con disponibilidad al diálogo y a la convivencia.
La familia representa el fundamento de la sociedad humana, pero es necesaria la conciencia de cada uno de nosotros para defender el reconocimiento de su importancia en la formulación de las políticas públicas gubernamentales y hacer que sea prioritario no solo en los programas de gobierno sino en el proyecto de vida en común de cada familia.
El día de hoy es preciso tener clara la situación que viven las millones de familias que conforman nuestro país, por ello considero relevante expresar algunos datos que dibujan un panorama general de las familias mexicanas en el México del siglo XXI.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía en México, el 90.5 por ciento de los hogares son familiares y en ellos viven el 97.3 por ciento de la población residente del país. Del total de ellos, 77.7 por ciento tienen como jefe a un hombre y 22.3 por ciento a una mujer.
Del total de hogares familiares, en 7 de cada 10 el jefe o jefa de familia convive sólo con sus hijos y su cónyuge; y en casi 3 de cada l0, se incorporan al hogar, además de los anteriores, otros parientes u otras personas que no tienen parentesco con el jefe del hogar.
Asimismo, en los hogares mexicanos de hoy puede observarse que ser jefa de hogar se asocia con una disolución de la unión y con una ausencia del cónyuge, pues, en general, hay ausencia del cónyuge en 78.4 por ciento de los hogares familiares con jefatura femenina.
Por otra parte, cuando se habla de la organización de las tareas entre los integrantes de la familia, la realización de la mayor parte de las tareas relacionadas con el mantenimiento cotidiano de la vivienda, así como el cuidado de niños y enfermos recaen directamente en las mujeres, pues según información que proporciona la Encuesta Nacional del Uso del Tiempo.
Ante estos datos, en Acción Nacional reconocemos que la transformación del mundo ha influido en la integración de la familia y en sus tareas, y que ante ello, debemos atender las exigencias que ello representa. Tenemos una deuda grande que saldar con las familias mexicanas para llegar a ese estado democrático y justo que todos anhelamos tener.
Hoy más que nunca es necesario crear condiciones educativas, económicas, laborales, habitacionales y de seguridad social, que estimulen la responsabilidad y desarrollo de las familias.
Sin duda es imperativo fortalecerlas, y para ello en Acción Nacional consideramos que en primer lugar debemos crear conciencia acerca de que se requiere adaptar el marco institucional con el objeto de que la proteja, y promover en el hogar los lazos esenciales de la solidaridad humana. Del mismo modo, se debe trabajar por erradicar la violencia familiar como un imperativo del Estado y la sociedad. Y sin duda, debemos redistribuir equitativa y solidariamente entre hombres y mujeres la responsabilidad familiar.
Compañeras y compañeros,
Reconozcamos que es función esencial del Estado hacer posible y facilitar el cumplimiento de la misión propia de las familias que forman la comunidad política, misión que no puede realizarse plenamente sino dentro de un orden social, económico y político.
Fomentemos que la familia coopere como un deber con el Estado y las organizaciones intermedias al establecimiento del orden en la sociedad, y a cumplir la tarea fundamental de orientar y educar social y políticamente a sus miembros.
No perdamos de vista que como legisladores es nuestra responsabilidad alcanzar una sociedad más equitativa, solidaria y con profundos valores humanos a través de acciones que fortalezcan la unidad familiar.
Seamos capaces de reconocer que en nuestros tiempos es inaplazable reforzar el rol de la educación por medio de la formación que reciban los educandos en el seno familiar como un elemento de integración que permita la cohesión social.
Pues, en sus relaciones con la familia, como en todos los campos de la actividad estatal, el gobierno igualmente está obligado a respetar el principio de subsidiaridad y a garantizar, en las leyes y en la práctica, la libertad de conciencia de los miembros de la familia y el derecho preferente de los padres para determinar el tipo de educación que deben recibir sus hijos.
A todos, quiero invitarlos a que vivan el valor de la familia que se basa fundamentalmente en la presencia física, mental y espiritual de las personas en el hogar, con disponibilidad al diálogo y a la convivencia, que nos lleve a consolidar un proyecto de vida en común.
Que este próximo domingo sea un día de reflexión y unión para ustedes y sus familias a favor de México.
Muchas gracias.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 28 de febrero de 2013. Licenciada Raquel Jiménez Cerrillo, diputada federal del GPPAN del estado de Querétaro.»
CLAUSURA Y CITATORIO
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega(a las16:10 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes 5 de marzo, a las 11 horas. Se les informa que el sistema electrónico de votación estará abierto a partir de las 9:30 horas. Que tengan un buen regreso todos aquellos que toman carretera el día de hoy.
O
RESUMEN DE TRABAJOS
Tiempo de duración: 4 horas 58 minutos
Quórum a la apertura de sesión: 255 diputados
Asistencia al cierre de registro: 436 diputados
Diputado que solicita licencia: 1
Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 2
Oradores que participaron: 84
PRI 22
PAN 17
PRD 16
PVEM 5
PT 14
Movimiento Ciudadano 6
Nueva Alianza 4
Se recibió o presentó:
1 oficio de la Mesa Directiva, en relación a modificación de turno de iniciativa;
1 oficio del presidente nacional de Nueva Alianza con el que designa a la diputada María Sanjuana Cerda Franco como coordinadora política de su grupo parlamentario;
1 oficio de la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, po el que informa de la designación de la diputada María Sanjuana Cerda como coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;
1 oficio del diputado José Ángel González Serna, por el que solicita se retire iniciativa;
1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que solicita el permiso constitucional necesario para que dos ciudadanos puedan prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas, e informa que un ciudadano ha dejado de prestar servicios;
1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente;
1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite el informe sobre el comportamiento de los ingresos de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos;
1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite informe trimestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro;
1 oficio del gobierno del estado de Oaxaca, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;
2 oficios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
2 minutas con proyectos de decreto;
1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso a ciudadano para aceptar y usar condecoración que le confiere gobierno extranjero;
2 iniciativas del Congreso del estado de Chihuahua;
2 oficios de la Junta de Coordinación Política por el que comunica cambios de integrantes en las Comisiones de: Protección Civil, Turismo y de Desarrollo Social;
10 iniciativas del PRI;
3 iniciativas del PAN;
3 iniciativas del PRD;
3 iniciativas del PVEM;
2 iniciativas de Movimiento Ciudadano;
1 iniciativa del PT;
1 iniciativa de Nueva Alianza;
1 efeméride;
10 proposiciones con puntos de acuerdo
Declaratoria de publicidad de dictamen:
1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 72 y 73 de la Ley General de Salud;
1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona la fracción I Bis al artículo 61 de la Ley General de Salud;
1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro;
1 de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de inmunidad de servidores públicos
Dictámenes aprobados:
1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro;
1 de la Comisión de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor;
1 de la Comisión de Salud con proyecto de decreto que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud;
1 de la Comisión de Salud con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud;
1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado;
1 de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad;
1 de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores;
1 de la Comisión de Ganadería, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que crea el Centro Público de Atención Veterinaria;
1 de la Comisión de Juventud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 8o., fracción I, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud;
1 de la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario;
1 de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desechan dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados;
1 de la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal;
1 de la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7o., 30 y 74 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y 20 de la Ley de Vías Generales de Comunicación
DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)
SIGNIFICADO DE LAS SIGLAS Y ACRONIMOS INCLUIDOS
VOTACIONES
Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoAusente
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruíz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
13 Añorve Baños, ManuelFavor
14 Athie Flores, KamelFavor
15 Ayala Robles Linares, FlorFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoFavor
17 Barajas del Toro, SalvadorFavor
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroFavor
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéFavor
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoAusente
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Leticia Calderón RamírezFavor
33 Marco Antonio Calzada ArroyoFavor
34 Lisandro Arístides Campos CórdovaFavor
35 Ma Elena Cano AyalaFavor
36 Eloy Cantú SegoviaFavor
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor
38 Miriam Cárdenas CantúFavor
39 Enrique Cárdenas del AvellanoAusente
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Castillo Valdez, BenjaminFavor
44 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
45 Aldana Prieto, Luis RicardoAusente
46 Charleston Hernández, FernandoFavor
47 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
48 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
49 Córdova Morán, Frine SorayaFavor
50 Corona Nakamura, María del RocioFavor
51 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
52 Cruz Morales, MaricruzAusente
53 Curi Naime, AlbertoFavor
54 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
55 Del Angel Acosta, JorgeFavor
56 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
57 Delgadillo González, ClaudiaAusente
58 Díaz Athié, Antonio De JesúsFavor
59 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor
60 Diez Francos, Juan ManuelFavor
61 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
62 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
63 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
64 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
65 Escajeda Jiménez, José RubénFavor
66 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
67 Félix Chávez, FaustinoFavor
68 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
69 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
70 Flores Méndez, José LuisFavor
71 Flores Sandoval, PatricioFavor
72 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
73 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
74 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
75 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
76 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
77 Garay Cabada, MarinaFavor
78 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
79 García Fernández, Maria de las NievesFavor
80 García García, HéctorFavor
81 García Hernández, JosefinaFavor
82 García Olmedo, María del RocíoFavor
83 Garza Moreno, María EstherFavor
84 Gauna RuÍz de León, Celia IsabelFavor
85 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
86 Gómez Gómez, LuisFavor
87 Gómez Gómez, PedroFavor
88 Gómez Michel, GabrielFavor
89 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
90 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
91 González Cruz, CristinaFavor
92 González Farias, Eligio CuitláhuacFavor
93 González Gómez, CeciliaFavor
94 González Martínez, Olivares IrazemaAusente
95 González Resendiz, RafaelFavor
96 González Valdez, Marco AntonioAusente
97 González Vargas, FranciscoFavor
98 Grajales Palacios, FranciscoFavor
99 Gualito Castañeda, RosalbaAusente
100 Guerra Garza, AbelFavor
101 Guevara González, Javier FilibertoFavor
102 Gurrión Matias, SamuelFavor
103 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
104 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor
105 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
106 Hernández Burgos, GaudencioAusente
107 Hernández González, NoéFavor
108 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
109 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
110 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
111 Herrera Delgado, JorgeFavor
112 Hirata Chico, Gilberto AntonioFavor
113 Huerta Rea, María de JesúsFavor
114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
116 King De la Rosa, RaymundoFavor
117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
119 López Landero, TomásFavor
120 López Segura, María CarmenFavor
121 López Zavala, JavierFavor
122 Macías Sandoval, RaúlFavor
123 Madrid Tovilla, AreliAusente
124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
126 Manzur Quiroga, José SergioFavor
127 Márquez Martínez, José LuisFavor
128 Márquez Velasco, SilviaFavor
129 Martínez Cárdenas, Esther AngelicaFavor
130 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
131 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
132 Mendoza Garza, JorgeFavor
133 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor
134 Miranda Munive, EmilseFavor
135 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
136 Montes Alvarado, AbrahamFavor
137 Morales Flores, JesúsFavor
138 Moreno Árcega, José IsidroFavor
139 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente
140 Moreno Montoya, José PilarFavor
141 Ruíz Moronatti, RobertoFavor
142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
144 Murguía Lardizabal, Luis AlfredoFavor
145 Nava Gómez, José EverardoAusente
146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
148 Niaves López, Ossiel OmarFavor
149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
151 Ochoa González, ArnoldoFavor
152 Olvera Correa, LuisFavor
153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
155 Ortiz García, SalvadorFavor
156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor
157 Padilla Fierro, Roman AlfredoFavor
158 Padilla Navarro, CesarioFavor
159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
160 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
161 Pérez de Alba, José NoelFavor
162 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
163 Ponce Orozco, NormaFavor
164 Quian Alcocer, Eduardo RomanFavor
165 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor
166 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
167 Rangel Espinosa, JoséFavor
168 Rangel Segovia, AlejandroFavor
169 Rellstab Carreto, TanyaFavor
170 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
171 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
172 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
173 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
174 Rojo García de Alba, José AntonioFavor
175 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente
176 Romero Valencia, SalvadorAusente
177 Rubio Lara, Blas RamónFavor
178 Ruíz Arriaga, GenaroFavor
179 Ruíz Gutiérrez, Adan DavidFavor
180 Ruíz Sandoval, CristinaAusente
181 Sahui Rivero, MauricioFavor
182 Salgado Delgado, FernandoFavor
183 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
184 Sámano Peralta, MiguelFavor
185 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
186 Sánchez Romero, CarlosFavor
187 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
188 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
189 Sosa Altamira, William RenanFavor
190 Terán Guevara, María RebecaFavor
191 Terán Juárez, JorgeFavor
192 Torres Félix, SergioFavor
193 Treviño Cantú, JavierFavor
194 Treviño Villarreal, Pedro PabloAusente
195 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
196 Valanci Buzali, SimónAusente
197 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
198 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
199 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
200 Vázquez Parissi, PoncianoAusente
201 Vázquez Saut, ReginaFavor
202 Vega de la Peña, AlfioFavor
203 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
204 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
205 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor
211 Zacarías Capuchino, DarioFavor
212 Zamora Morales, FernandoFavor
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 190
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 23
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelFavor
2 Adame Alemán, Juan PabloFavor
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
8 Anaya Cortés, RicardoFavor
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
18 Camarillo Ortega, RubénFavor
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroFavor
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
29 De la Rosa Escalante, ArturoAusente
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Dorador Pérez, Gavilán RodolfoFavor
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
35 García González, Carlos AlbertoAusente
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyFavor
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaFavor
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaFavor
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaFavor
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaAusente
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraFavor
58 Lorenzini Rangel, Julio CesarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor
61 Mondragón González, María GuadalupeAusente
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosAusente
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoAusente
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othon Zayas, MáximoFavor
70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieFavor
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LuciaAusente
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente
82 Reina Lizárraga, José EnriqueAusente
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónAusente
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruíz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorFavor
99 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelFavor
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 102
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 12
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaFavor
2 Edilberto Algredo JaramilloFavor
3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor
4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor
7 Ávila Pérez, José ÁngelAusente
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor
10 Barrios Gómez, Segués AgustínFavor
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Gloria Bautista CuevasFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoAusente
15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroAusente
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónAusente
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmin de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielFavor
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroAusente
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínFavor
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethAusente
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoAusente
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoFavor
54 López Rosado, RobertoFavor
55 López Suárez, RobertoFavor
56 Luna Porquillo, RoxanaFavor
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angelica RocioFavor
63 Méndez Denis, LorenaFavor
64 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
65 Merlín García, María del RosarioFavor
66 Mícher Camarena, Martha LucíaAusente
67 Miranda Salgado, MarinoFavor
68 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
69 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
70 Montalvo Hernández, RamónFavor
71 Morales López, Carlos AugustoAusente
72 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
73 Moreno Rivera, IsraelFavor
74 Moreno Rivera, Julio CésarAusente
75 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
76 Muñoz Soria, José LuisFavor
77 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
78 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
79 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
80 Orihuela García, JavierAusente
81 Porras Pérez, PedroFavor
82 Portillo Martínez, VicarioFavor
83 Posadas Hernández, DomitiloFavor
84 Quiroga Anguiano, KarenAusente
85 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor
86 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
87 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
88 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente
89 Salazar Trejo, JessicaFavor
90 Saldaña Fraire, GracielaFavor
91 Salgado Parra, JorgeFavor
92 Salinas Narváez, JavierFavor
93 Salinas Pérez, JosefinaFavor
94 Sánchez Torres, GuillermoFavor
95 Sandoval Martínez, HugoFavor
96 Sansores Sastré, AntonioFavor
97 Serrano Toledo, RosendoFavor
98 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
99 Tovar Aragón, CrystalFavor
100 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
101 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 88
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 13
Total: 101
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoFavor
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoAusente
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaAusente
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorAusente
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 23
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoAusente
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
10 Martínez Martínez, Juan LuisAusente
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Monreal Ávila, RicardoAbstención
13 Romero Lozano, María FernandaFavor
14 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
15 Soto Martínez, JoséAusente
16 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
17 Valle Magaña, José LuisAusente
18 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
19 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 13
Contra: 0
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 19
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaContra
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente
3 Benavides Castañeda, José AlbertoAusente
4 Bonilla Valdez, JaimeContra
5 Cantú Garza, RicardoContra
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelContra
7 López Candido, José ArturoContra
8 Martínez Santillán, María del CarmenContra
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroContra
10 Orive Bellinger, AdolfoContra
11 Ortíz Ahlf, LorettaContra
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoAusente
13 Romero Guzmán, Rosa EliaContra
14 Torres Flores, AraceliContra
15 Vega Vázquez, José HumbertoContra
Favor: 0
Contra: 12
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínAusente
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoAusente
6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor
7 González Roldán, Luis AntonioFavor
8 Olvera Barrios, CristinaAusente
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 7
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 10
Del dictamen de la Comisión de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoAusente
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruíz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
13 Añorve Baños, ManuelFavor
14 Athie Flores, KamelAusente
15 Ayala Robles Linares, FlorFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoAusente
17 Barajas del Toro, SalvadorFavor
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroFavor
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéAusente
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoAusente
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Leticia Calderón RamírezFavor
33 Marco Antonio Calzada ArroyoFavor
34 Lisandro Arístides Campos CórdovaFavor
35 Ma Elena Cano AyalaFavor
36 Eloy Cantú SegoviaFavor
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelAusente
38 Miriam Cárdenas CantúFavor
39 Enrique Cárdenas del AvellanoAusente
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Castillo Valdez, BenjaminFavor
44 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor
45 Aldana Prieto, Luis RicardoAusente
46 Charleston Hernández, FernandoFavor
47 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
48 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
49 Córdova Morán, Frine SorayaFavor
50 Corona Nakamura, María del RocioFavor
51 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
52 Cruz Morales, MaricruzAusente
53 Curi Naime, AlbertoFavor
54 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
55 Del Angel Acosta, JorgeFavor
56 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
57 Delgadillo González, ClaudiaAusente
58 Díaz Athié, Antonio De JesúsFavor
59 Díaz Palacios, Víctor EmanuelAusente
60 Diez Francos, Juan ManuelFavor
61 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
62 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
63 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
64 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
65 Escajeda Jiménez, José RubénFavor
66 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
67 Félix Chávez, FaustinoFavor
68 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
69 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
70 Flores Méndez, José LuisFavor
71 Flores Sandoval, PatricioFavor
72 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
73 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
74 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
75 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
76 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
77 Garay Cabada, MarinaFavor
78 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
79 García Fernández, Maria de las NievesFavor
80 García García, HéctorFavor
81 García Hernández, JosefinaFavor
82 García Olmedo, María del RocíoFavor
83 Garza Moreno, María EstherFavor
84 Gauna RuÍz de León, Celia IsabelFavor
85 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
86 Gómez Gómez, LuisFavor
87 Gómez Gómez, PedroFavor
88 Gómez Michel, GabrielFavor
89 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
90 Gómez Tueme, Amira GriceldaAusente
91 González Cruz, CristinaFavor
92 González Farias, Eligio CuitláhuacFavor
93 González Gómez, CeciliaFavor
94 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
95 González Resendiz, RafaelFavor
96 González Valdez, Marco AntonioAusente
97 González Vargas, FranciscoFavor
98 Grajales Palacios, FranciscoFavor
99 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
100 Guerra Garza, AbelFavor
101 Guevara González, Javier FilibertoFavor
102 Gurrión Matias, SamuelFavor
103 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
104 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor
105 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
106 Hernández Burgos, GaudencioAusente
107 Hernández González, NoéFavor
108 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
109 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
110 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
111 Herrera Delgado, JorgeFavor
112 Hirata Chico, Gilberto AntonioFavor
113 Huerta Rea, María de JesúsFavor
114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
116 King De la Rosa, RaymundoFavor
117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
119 López Landero, TomásFavor
120 López Segura, María CarmenFavor
121 López Zavala, JavierFavor
122 Macías Sandoval, RaúlFavor
123 Madrid Tovilla, AreliFavor
124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
126 Manzur Quiroga, José SergioFavor
127 Márquez Martínez, José LuisFavor
128 Márquez Velasco, SilviaFavor
129 Martínez Cárdenas, Esther AngelicaFavor
130 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
131 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
132 Mendoza Garza, JorgeFavor
133 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor
134 Miranda Munive, EmilseFavor
135 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
136 Montes Alvarado, AbrahamFavor
137 Morales Flores, JesúsFavor
138 Moreno Árcega, José IsidroFavor
139 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor
140 Moreno Montoya, José PilarFavor
141 Ruíz Moronatti, RobertoFavor
142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
144 Murguía Lardizabal, Luis AlfredoFavor
145 Nava Gómez, José EverardoAusente
146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
148 Niaves López, Ossiel OmarFavor
149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
151 Ochoa González, ArnoldoFavor
152 Olvera Correa, LuisFavor
153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
155 Ortiz García, SalvadorFavor
156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor
157 Padilla Fierro, Roman AlfredoFavor
158 Padilla Navarro, CesarioFavor
159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
160 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
161 Pérez de Alba, José NoelFavor
162 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
163 Ponce Orozco, NormaFavor
164 Quian Alcocer, Eduardo RomanFavor
165 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor
166 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
167 Rangel Espinosa, JoséAusente
168 Rangel Segovia, AlejandroFavor
169 Rellstab Carreto, TanyaFavor
170 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
171 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
172 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
173 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
174 Rojo García de Alba, José AntonioFavor
175 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente
176 Romero Valencia, SalvadorAusente
177 Rubio Lara, Blas RamónFavor
178 Ruíz Arriaga, GenaroFavor
179 Ruíz Gutiérrez, Adan DavidFavor
180 Ruíz Sandoval, CristinaFavor
181 Sahui Rivero, MauricioFavor
182 Salgado Delgado, FernandoFavor
183 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
184 Sámano Peralta, MiguelFavor
185 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
186 Sánchez Romero, CarlosFavor
187 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
188 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
189 Sosa Altamira, William RenanFavor
190 Terán Guevara, María RebecaFavor
191 Terán Juárez, JorgeFavor
192 Torres Félix, SergioFavor
193 Treviño Cantú, JavierFavor
194 Treviño Villarreal, Pedro PabloAusente
195 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
196 Valanci Buzali, SimónFavor
197 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
198 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
199 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
200 Vázquez Parissi, PoncianoFavor
201 Vázquez Saut, ReginaFavor
202 Vega de la Peña, AlfioFavor
203 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
204 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
205 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor
211 Zacarías Capuchino, DarioFavor
212 Zamora Morales, FernandoFavor
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 191
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 22
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelFavor
2 Adame Alemán, Juan PabloAusente
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosAusente
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
8 Anaya Cortés, RicardoFavor
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
18 Camarillo Ortega, RubénFavor
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroFavor
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
29 De la Rosa Escalante, ArturoAusente
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Dorador Pérez, Gavilán RodolfoFavor
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
35 García González, Carlos AlbertoAusente
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyFavor
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaFavor
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaFavor
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaFavor
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaAusente
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraAusente
58 Lorenzini Rangel, Julio CesarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor
61 Mondragón González, María GuadalupeAusente
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosAusente
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othon Zayas, MáximoFavor
70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieAusente
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LuciaAusente
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente
82 Reina Lizárraga, José EnriqueAusente
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónAusente
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruíz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorFavor
99 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelAusente
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 98
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 16
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaFavor
2 Edilberto Algredo JaramilloFavor
3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor
4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor
10 Barrios Gómez, Segués AgustínFavor
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Gloria Bautista CuevasFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoAusente
15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroFavor
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónContra
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelAusente
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoQuorum
26 Copete Zapot, Yazmin de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoAusente
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielAusente
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroAusente
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínFavor
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoAusente
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoFavor
54 López Rosado, RobertoFavor
55 López Suárez, RobertoAusente
56 Luna Porquillo, RoxanaFavor
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelAusente
59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angelica RocioFavor
63 Méndez Denis, LorenaFavor
64 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
65 Merlín García, María del RosarioFavor
66 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
67 Miranda Salgado, MarinoAusente
68 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
69 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
70 Montalvo Hernández, RamónFavor
71 Morales López, Carlos AugustoAusente
72 Morales Vargas, Trinidad SecundinoAusente
73 Moreno Rivera, IsraelFavor
74 Moreno Rivera, Julio CésarFavor
75 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
76 Muñoz Soria, José LuisAusente
77 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
78 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
79 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
80 Orihuela García, JavierFavor
81 Porras Pérez, PedroFavor
82 Portillo Martínez, VicarioAusente
83 Posadas Hernández, DomitiloFavor
84 Quiroga Anguiano, KarenAusente
85 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor
86 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
87 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
88 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente
89 Salazar Trejo, JessicaAusente
90 Saldaña Fraire, GracielaFavor
91 Salgado Parra, JorgeAusente
92 Salinas Narváez, JavierFavor
93 Salinas Pérez, JosefinaFavor
94 Sánchez Torres, GuillermoFavor
95 Sandoval Martínez, HugoFavor
96 Sansores Sastré, AntonioFavor
97 Serrano Toledo, RosendoFavor
98 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
99 Tovar Aragón, CrystalFavor
100 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
101 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 80
Contra: 1
Abstención: 0
Quorum: 1
Ausentes: 19
Total: 101
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoAusente
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoFavor
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborContra
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 24
Contra: 1
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoAusente
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelAusente
10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Monreal Ávila, RicardoAusente
13 Romero Lozano, María FernandaFavor
14 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
15 Soto Martínez, JoséFavor
16 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
17 Valle Magaña, José LuisFavor
18 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
19 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 15
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 19
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente
3 Benavides Castañeda, José AlbertoAusente
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoFavor
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
7 López Candido, José ArturoAusente
8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor
10 Orive Bellinger, AdolfoFavor
11 Ortíz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoAusente
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliFavor
15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
Favor: 11
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínAusente
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoAusente
6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor
7 González Roldán, Luis AntonioFavor
8 Olvera Barrios, CristinaAusente
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 7
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 10
Del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 1o. Bis a la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoAusente
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruíz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
13 Añorve Baños, ManuelAusente
14 Athie Flores, KamelFavor
15 Ayala Robles Linares, FlorAusente
16 Badillo Ramírez, DaríoAusente
17 Barajas del Toro, SalvadorFavor
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroFavor
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéAusente
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenAusente
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoAusente
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Leticia Calderón RamírezFavor
33 Marco Antonio Calzada ArroyoFavor
34 Lisandro Arístides Campos CórdovaFavor
35 Ma Elena Cano AyalaFavor
36 Eloy Cantú SegoviaFavor
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelAusente
38 Miriam Cárdenas CantúFavor
39 Enrique Cárdenas del AvellanoAusente
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Castillo Valdez, BenjaminFavor
44 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
45 Aldana Prieto, Luis RicardoAusente
46 Charleston Hernández, FernandoFavor
47 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
48 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
49 Córdova Morán, Frine SorayaFavor
50 Corona Nakamura, María del RocioFavor
51 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
52 Cruz Morales, MaricruzAusente
53 Curi Naime, AlbertoFavor
54 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
55 Del Angel Acosta, JorgeFavor
56 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
57 Delgadillo González, ClaudiaAusente
58 Díaz Athié, Antonio De JesúsFavor
59 Díaz Palacios, Víctor EmanuelAusente
60 Diez Francos, Juan ManuelFavor
61 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
62 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
63 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
64 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
65 Escajeda Jiménez, José RubénFavor
66 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
67 Félix Chávez, FaustinoFavor
68 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
69 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
70 Flores Méndez, José LuisFavor
71 Flores Sandoval, PatricioFavor
72 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
73 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
74 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
75 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
76 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
77 Garay Cabada, MarinaFavor
78 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
79 García Fernández, Maria de las NievesFavor
80 García García, HéctorFavor
81 García Hernández, JosefinaFavor
82 García Olmedo, María del RocíoFavor
83 Garza Moreno, María EstherFavor
84 Gauna RuÍz de León, Celia IsabelFavor
85 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
86 Gómez Gómez, LuisFavor
87 Gómez Gómez, PedroFavor
88 Gómez Michel, GabrielFavor
89 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
90 Gómez Tueme, Amira GriceldaAusente
91 González Cruz, CristinaFavor
92 González Farias, Eligio CuitláhuacFavor
93 González Gómez, CeciliaFavor
94 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
95 González Resendiz, RafaelFavor
96 González Valdez, Marco AntonioAusente
97 González Vargas, FranciscoFavor
98 Grajales Palacios, FranciscoFavor
99 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
100 Guerra Garza, AbelFavor
101 Guevara González, Javier FilibertoFavor
102 Gurrión Matias, SamuelFavor
103 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
104 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor
105 Gutiérrez Manrique, MarthaAusente
106 Hernández Burgos, GaudencioAusente
107 Hernández González, NoéFavor
108 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
109 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
110 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
111 Herrera Delgado, JorgeFavor
112 Hirata Chico, Gilberto AntonioFavor
113 Huerta Rea, María de JesúsFavor
114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
116 King De la Rosa, RaymundoFavor
117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
119 López Landero, TomásFavor
120 López Segura, María CarmenFavor
121 López Zavala, JavierFavor
122 Macías Sandoval, RaúlFavor
123 Madrid Tovilla, AreliAusente
124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
126 Manzur Quiroga, José SergioFavor
127 Márquez Martínez, José LuisFavor
128 Márquez Velasco, SilviaFavor
129 Martínez Cárdenas, Esther AngelicaFavor
130 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
131 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
132 Mendoza Garza, JorgeFavor
133 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor
134 Miranda Munive, EmilseFavor
135 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
136 Montes Alvarado, AbrahamFavor
137 Morales Flores, JesúsFavor
138 Moreno Árcega, José IsidroFavor
139 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente
140 Moreno Montoya, José PilarFavor
141 Ruíz Moronatti, RobertoFavor
142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
144 Murguía Lardizabal, Luis AlfredoFavor
145 Nava Gómez, José EverardoAusente
146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
148 Niaves López, Ossiel OmarFavor
149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
151 Ochoa González, ArnoldoFavor
152 Olvera Correa, LuisFavor
153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
155 Ortiz García, SalvadorFavor
156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor
157 Padilla Fierro, Roman AlfredoFavor
158 Padilla Navarro, CesarioFavor
159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
160 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
161 Pérez de Alba, José NoelFavor
162 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
163 Ponce Orozco, NormaFavor
164 Quian Alcocer, Eduardo RomanFavor
165 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor
166 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
167 Rangel Espinosa, JoséAusente
168 Rangel Segovia, AlejandroFavor
169 Rellstab Carreto, TanyaFavor
170 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
171 Robles Aguirre, Mayra KarinaAusente
172 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
173 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
174 Rojo García de Alba, José AntonioFavor
175 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente
176 Romero Valencia, SalvadorFavor
177 Rubio Lara, Blas RamónFavor
178 Ruíz Arriaga, GenaroFavor
179 Ruíz Gutiérrez, Adan DavidFavor
180 Ruíz Sandoval, CristinaFavor
181 Sahui Rivero, MauricioFavor
182 Salgado Delgado, FernandoFavor
183 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
184 Sámano Peralta, MiguelFavor
185 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
186 Sánchez Romero, CarlosFavor
187 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
188 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
189 Sosa Altamira, William RenanFavor
190 Terán Guevara, María RebecaFavor
191 Terán Juárez, JorgeFavor
192 Torres Félix, SergioFavor
193 Treviño Cantú, JavierFavor
194 Treviño Villarreal, Pedro PabloAusente
195 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
196 Valanci Buzali, SimónAusente
197 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioAusente
198 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
199 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
200 Vázquez Parissi, PoncianoFavor
201 Vázquez Saut, ReginaFavor
202 Vega de la Peña, AlfioFavor
203 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
204 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
205 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor
211 Zacarías Capuchino, DarioFavor
212 Zamora Morales, FernandoFavor
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 182
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 31
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelAusente
2 Adame Alemán, Juan PabloFavor
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoAusente
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
8 Anaya Cortés, RicardoFavor
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
18 Camarillo Ortega, RubénFavor
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroFavor
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoAusente
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoAusente
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
29 De la Rosa Escalante, ArturoAusente
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Dorador Pérez, Gavilán RodolfoFavor
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocAusente
35 García González, Carlos AlbertoAusente
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyFavor
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaFavor
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaFavor
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaFavor
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaAusente
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraAusente
58 Lorenzini Rangel, Julio CesarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor
61 Mondragón González, María GuadalupeAusente
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosAusente
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othon Zayas, MáximoFavor
70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieAusente
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LuciaAusente
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente
82 Reina Lizárraga, José EnriqueAusente
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónAusente
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruíz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorFavor
99 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsAusente
102 Trejo Reyes, José IsabelFavor
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 95
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 19
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaAusente
2 Edilberto Algredo JaramilloFavor
3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor
4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor
10 Barrios Gómez, Segués AgustínAusente
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaAusente
12 Gloria Bautista CuevasFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoAusente
15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaAusente
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroFavor
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmin de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoAusente
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielAusente
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroAusente
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaAusente
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínAusente
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoAusente
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoFavor
54 López Rosado, RobertoFavor
55 López Suárez, RobertoFavor
56 Luna Porquillo, RoxanaFavor
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angelica RocioFavor
63 Méndez Denis, LorenaFavor
64 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
65 Merlín García, María del RosarioFavor
66 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
67 Miranda Salgado, MarinoFavor
68 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
69 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
70 Montalvo Hernández, RamónFavor
71 Morales López, Carlos AugustoAusente
72 Morales Vargas, Trinidad SecundinoAusente
73 Moreno Rivera, IsraelFavor
74 Moreno Rivera, Julio CésarFavor
75 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
76 Muñoz Soria, José LuisFavor
77 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
78 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
79 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
80 Orihuela García, JavierFavor
81 Porras Pérez, PedroFavor
82 Portillo Martínez, VicarioAusente
83 Posadas Hernández, DomitiloFavor
84 Quiroga Anguiano, KarenAusente
85 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor
86 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
87 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
88 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor
89 Salazar Trejo, JessicaFavor
90 Saldaña Fraire, GracielaFavor
91 Salgado Parra, JorgeFavor
92 Salinas Narváez, JavierFavor
93 Salinas Pérez, JosefinaFavor
94 Sánchez Torres, GuillermoFavor
95 Sandoval Martínez, HugoFavor
96 Sansores Sastré, AntonioFavor
97 Serrano Toledo, RosendoFavor
98 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
99 Tovar Aragón, CrystalFavor
100 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
101 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 85
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 16
Total: 101
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoFavor
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoAusente
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 25
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoAusente
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Monreal Ávila, RicardoFavor
13 Romero Lozano, María FernandaFavor
14 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
15 Soto Martínez, JoséFavor
16 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
17 Valle Magaña, José LuisFavor
18 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
19 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 17
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 19
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoFavor
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
7 López Candido, José ArturoFavor
8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor
10 Orive Bellinger, AdolfoAusente
11 Ortíz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoAusente
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliFavor
15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
Favor: 12
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínAusente
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoAusente
6 Garfias Gutiérrez, LucilaAusente
7 González Roldán, Luis AntonioFavor
8 Olvera Barrios, CristinaAusente
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 6
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 10
Del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaAusente
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoAusente
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruíz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
13 Añorve Baños, ManuelFavor
14 Athie Flores, KamelFavor
15 Ayala Robles Linares, FlorAusente
16 Badillo Ramírez, DaríoAusente
17 Barajas del Toro, SalvadorFavor
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroFavor
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéAusente
24 Bautista Villegas, OscarAusente
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoAusente
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Leticia Calderón RamírezFavor
33 Marco Antonio Calzada ArroyoFavor
34 Lisandro Arístides Campos CórdovaFavor
35 Ma Elena Cano AyalaFavor
36 Eloy Cantú SegoviaFavor
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelAusente
38 Miriam Cárdenas CantúFavor
39 Enrique Cárdenas del AvellanoAusente
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Castillo Valdez, BenjaminFavor
44 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
45 Aldana Prieto, Luis RicardoAusente
46 Charleston Hernández, FernandoFavor
47 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
48 Córdova Díaz, Luis ArmandoAusente
49 Córdova Morán, Frine SorayaAusente
50 Corona Nakamura, María del RocioFavor
51 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
52 Cruz Morales, MaricruzAusente
53 Curi Naime, AlbertoFavor
54 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
55 Del Angel Acosta, JorgeFavor
56 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
57 Delgadillo González, ClaudiaAusente
58 Díaz Athié, Antonio De JesúsFavor
59 Díaz Palacios, Víctor EmanuelAusente
60 Diez Francos, Juan ManuelFavor
61 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
62 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
63 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
64 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
65 Escajeda Jiménez, José RubénFavor
66 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
67 Félix Chávez, FaustinoFavor
68 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
69 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
70 Flores Méndez, José LuisFavor
71 Flores Sandoval, PatricioFavor
72 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
73 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
74 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
75 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
76 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
77 Garay Cabada, MarinaFavor
78 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
79 García Fernández, Maria de las NievesFavor
80 García García, HéctorAusente
81 García Hernández, JosefinaFavor
82 García Olmedo, María del RocíoFavor
83 Garza Moreno, María EstherFavor
84 Gauna RuÍz de León, Celia IsabelFavor
85 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
86 Gómez Gómez, LuisFavor
87 Gómez Gómez, PedroFavor
88 Gómez Michel, GabrielFavor
89 Gómez Olguín, Roy ArgelAusente
90 Gómez Tueme, Amira GriceldaAusente
91 González Cruz, CristinaFavor
92 González Farias, Eligio CuitláhuacFavor
93 González Gómez, CeciliaFavor
94 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
95 González Resendiz, RafaelFavor
96 González Valdez, Marco AntonioFavor
97 González Vargas, FranciscoFavor
98 Grajales Palacios, FranciscoFavor
99 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
100 Guerra Garza, AbelFavor
101 Guevara González, Javier FilibertoFavor
102 Gurrión Matias, SamuelFavor
103 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
104 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor
105 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
106 Hernández Burgos, GaudencioAusente
107 Hernández González, NoéFavor
108 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
109 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
110 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
111 Herrera Delgado, JorgeFavor
112 Hirata Chico, Gilberto AntonioFavor
113 Huerta Rea, María de JesúsFavor
114 Inzunza Montoya, AlfonsoAusente
115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
116 King De la Rosa, RaymundoFavor
117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
119 López Landero, TomásFavor
120 López Segura, María CarmenFavor
121 López Zavala, JavierFavor
122 Macías Sandoval, RaúlFavor
123 Madrid Tovilla, AreliFavor
124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
126 Manzur Quiroga, José SergioFavor
127 Márquez Martínez, José LuisFavor
128 Márquez Velasco, SilviaFavor
129 Martínez Cárdenas, Esther AngelicaFavor
130 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
131 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
132 Mendoza Garza, JorgeFavor
133 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor
134 Miranda Munive, EmilseAusente
135 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
136 Montes Alvarado, AbrahamFavor
137 Morales Flores, JesúsFavor
138 Moreno Árcega, José IsidroFavor
139 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente
140 Moreno Montoya, José PilarFavor
141 Ruíz Moronatti, RobertoFavor
142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaAusente
143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
144 Murguía Lardizabal, Luis AlfredoFavor
145 Nava Gómez, José EverardoAusente
146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
148 Niaves López, Ossiel OmarFavor
149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
151 Ochoa González, ArnoldoFavor
152 Olvera Correa, LuisFavor
153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
155 Ortiz García, SalvadorFavor
156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor
157 Padilla Fierro, Roman AlfredoFavor
158 Padilla Navarro, CesarioFavor
159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
160 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
161 Pérez de Alba, José NoelFavor
162 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
163 Ponce Orozco, NormaFavor
164 Quian Alcocer, Eduardo RomanFavor
165 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente
166 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
167 Rangel Espinosa, JoséAusente
168 Rangel Segovia, AlejandroFavor
169 Rellstab Carreto, TanyaFavor
170 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
171 Robles Aguirre, Mayra KarinaAusente
172 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
173 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
174 Rojo García de Alba, José AntonioFavor
175 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente
176 Romero Valencia, SalvadorFavor
177 Rubio Lara, Blas RamónFavor
178 Ruíz Arriaga, GenaroFavor
179 Ruíz Gutiérrez, Adan DavidFavor
180 Ruíz Sandoval, CristinaFavor
181 Sahui Rivero, MauricioFavor
182 Salgado Delgado, FernandoFavor
183 Salgado Peña, Abel OctavioAusente
184 Sámano Peralta, MiguelFavor
185 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
186 Sánchez Romero, CarlosFavor
187 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
188 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
189 Sosa Altamira, William RenanFavor
190 Terán Guevara, María RebecaFavor
191 Terán Juárez, JorgeFavor
192 Torres Félix, SergioFavor
193 Treviño Cantú, JavierFavor
194 Treviño Villarreal, Pedro PabloAusente
195 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
196 Valanci Buzali, SimónAusente
197 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
198 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
199 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
200 Vázquez Parissi, PoncianoFavor
201 Vázquez Saut, ReginaFavor
202 Vega de la Peña, AlfioFavor
203 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
204 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
205 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor
211 Zacarías Capuchino, DarioFavor
212 Zamora Morales, FernandoFavor
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 176
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 37
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelAusente
2 Adame Alemán, Juan PabloAusente
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceAusente
8 Anaya Cortés, RicardoFavor
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoAusente
18 Camarillo Ortega, RubénFavor
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroFavor
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoAusente
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaAusente
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
29 De la Rosa Escalante, ArturoAusente
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Dorador Pérez, Gavilán RodolfoFavor
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoAusente
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
35 García González, Carlos AlbertoAusente
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyFavor
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelAusente
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaFavor
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaFavor
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaFavor
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaAusente
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraAusente
58 Lorenzini Rangel, Julio CesarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor
61 Mondragón González, María GuadalupeAusente
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosAusente
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othon Zayas, MáximoAusente
70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieAusente
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LuciaAusente
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente
82 Reina Lizárraga, José EnriqueAusente
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónAusente
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruíz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorFavor
99 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelFavor
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 92
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 22
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaAusente
2 Edilberto Algredo JaramilloAusente
3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor
4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor
10 Barrios Gómez, Segués AgustínAusente
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaAusente
12 Gloria Bautista CuevasFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoAusente
15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroAusente
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroAusente
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmin de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoAusente
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielAusente
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroAusente
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoAusente
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínAusente
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoAusente
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoAusente
54 López Rosado, RobertoFavor
55 López Suárez, RobertoAusente
56 Luna Porquillo, RoxanaFavor
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angelica RocioFavor
63 Méndez Denis, LorenaFavor
64 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
65 Merlín García, María del RosarioFavor
66 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
67 Miranda Salgado, MarinoFavor
68 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
69 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
70 Montalvo Hernández, RamónFavor
71 Morales López, Carlos AugustoAusente
72 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
73 Moreno Rivera, IsraelFavor
74 Moreno Rivera, Julio CésarFavor
75 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
76 Muñoz Soria, José LuisFavor
77 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
78 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
79 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
80 Orihuela García, JavierFavor
81 Porras Pérez, PedroFavor
82 Portillo Martínez, VicarioAusente
83 Posadas Hernández, DomitiloFavor
84 Quiroga Anguiano, KarenAusente
85 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor
86 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
87 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
88 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor
89 Salazar Trejo, JessicaAusente
90 Saldaña Fraire, GracielaFavor
91 Salgado Parra, JorgeFavor
92 Salinas Narváez, JavierFavor
93 Salinas Pérez, JosefinaFavor
94 Sánchez Torres, GuillermoFavor
95 Sandoval Martínez, HugoFavor
96 Sansores Sastré, AntonioFavor
97 Serrano Toledo, RosendoFavor
98 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
99 Tovar Aragón, CrystalFavor
100 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
101 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 81
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 20
Total: 101
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoFavor
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoFavor
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaAusente
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 25
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizAusente
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoAusente
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelAusente
10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Monreal Ávila, RicardoFavor
13 Romero Lozano, María FernandaFavor
14 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
15 Soto Martínez, JoséAusente
16 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
17 Valle Magaña, José LuisFavor
18 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
19 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 14
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 19
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoFavor
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
7 López Candido, José ArturoFavor
8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor
10 Orive Bellinger, AdolfoAusente
11 Ortíz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoAusente
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliFavor
15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
Favor: 13
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínAusente
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoAusente
6 Garfias Gutiérrez, LucilaAusente
7 González Roldán, Luis AntonioFavor
8 Olvera Barrios, CristinaAusente
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 6
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 10
Del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de etiquetado (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoAusente
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruíz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínAusente
13 Añorve Baños, ManuelFavor
14 Athie Flores, KamelFavor
15 Ayala Robles Linares, FlorAusente
16 Badillo Ramírez, DaríoAusente
17 Barajas del Toro, SalvadorFavor
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroFavor
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéAusente
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoAusente
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Leticia Calderón RamírezFavor
33 Marco Antonio Calzada ArroyoFavor
34 Lisandro Arístides Campos CórdovaFavor
35 Ma Elena Cano AyalaFavor
36 Eloy Cantú SegoviaAusente
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelAusente
38 Miriam Cárdenas CantúFavor
39 Enrique Cárdenas del AvellanoAusente
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Castillo Valdez, BenjaminFavor
44 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
45 Aldana Prieto, Luis RicardoAusente
46 Charleston Hernández, FernandoFavor
47 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
48 Córdova Díaz, Luis ArmandoAusente
49 Córdova Morán, Frine SorayaAusente
50 Corona Nakamura, María del RocioFavor
51 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
52 Cruz Morales, MaricruzAusente
53 Curi Naime, AlbertoFavor
54 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
55 Del Angel Acosta, JorgeFavor
56 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
57 Delgadillo González, ClaudiaAusente
58 Díaz Athié, Antonio De JesúsFavor
59 Díaz Palacios, Víctor EmanuelAusente
60 Diez Francos, Juan ManuelFavor
61 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
62 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
63 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
64 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
65 Escajeda Jiménez, José RubénFavor
66 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
67 Félix Chávez, FaustinoFavor
68 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
69 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
70 Flores Méndez, José LuisFavor
71 Flores Sandoval, PatricioFavor
72 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
73 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
74 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
75 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
76 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
77 Garay Cabada, MarinaFavor
78 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
79 García Fernández, Maria de las NievesFavor
80 García García, HéctorAusente
81 García Hernández, JosefinaFavor
82 García Olmedo, María del RocíoFavor
83 Garza Moreno, María EstherFavor
84 Gauna RuÍz de León, Celia IsabelFavor
85 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
86 Gómez Gómez, LuisFavor
87 Gómez Gómez, PedroFavor
88 Gómez Michel, GabrielFavor
89 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
90 Gómez Tueme, Amira GriceldaAusente
91 González Cruz, CristinaFavor
92 González Farias, Eligio CuitláhuacFavor
93 González Gómez, CeciliaFavor
94 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
95 González Resendiz, RafaelFavor
96 González Valdez, Marco AntonioFavor
97 González Vargas, FranciscoFavor
98 Grajales Palacios, FranciscoFavor
99 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
100 Guerra Garza, AbelFavor
101 Guevara González, Javier FilibertoFavor
102 Gurrión Matias, SamuelFavor
103 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
104 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente
105 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
106 Hernández Burgos, GaudencioAusente
107 Hernández González, NoéFavor
108 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
109 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
110 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
111 Herrera Delgado, JorgeFavor
112 Hirata Chico, Gilberto AntonioFavor
113 Huerta Rea, María de JesúsFavor
114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
116 King De la Rosa, RaymundoFavor
117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
119 López Landero, TomásAusente
120 López Segura, María CarmenFavor
121 López Zavala, JavierFavor
122 Macías Sandoval, RaúlFavor
123 Madrid Tovilla, AreliFavor
124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
126 Manzur Quiroga, José SergioFavor
127 Márquez Martínez, José LuisFavor
128 Márquez Velasco, SilviaFavor
129 Martínez Cárdenas, Esther AngelicaFavor
130 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
131 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
132 Mendoza Garza, JorgeAusente
133 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor
134 Miranda Munive, EmilseAusente
135 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
136 Montes Alvarado, AbrahamFavor
137 Morales Flores, JesúsFavor
138 Moreno Árcega, José IsidroFavor
139 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente
140 Moreno Montoya, José PilarFavor
141 Ruíz Moronatti, RobertoFavor
142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
144 Murguía Lardizabal, Luis AlfredoFavor
145 Nava Gómez, José EverardoAusente
146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
148 Niaves López, Ossiel OmarFavor
149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
151 Ochoa González, ArnoldoFavor
152 Olvera Correa, LuisFavor
153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
155 Ortiz García, SalvadorFavor
156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor
157 Padilla Fierro, Roman AlfredoFavor
158 Padilla Navarro, CesarioFavor
159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
160 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
161 Pérez de Alba, José NoelFavor
162 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
163 Ponce Orozco, NormaFavor
164 Quian Alcocer, Eduardo RomanFavor
165 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente
166 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
167 Rangel Espinosa, JoséAusente
168 Rangel Segovia, AlejandroFavor
169 Rellstab Carreto, TanyaFavor
170 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
171 Robles Aguirre, Mayra KarinaAusente
172 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
173 Rodríguez Calderón, José AlbertoAusente
174 Rojo García de Alba, José AntonioFavor
175 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente
176 Romero Valencia, SalvadorFavor
177 Rubio Lara, Blas RamónFavor
178 Ruíz Arriaga, GenaroFavor
179 Ruíz Gutiérrez, Adan DavidFavor
180 Ruíz Sandoval, CristinaFavor
181 Sahui Rivero, MauricioFavor
182 Salgado Delgado, FernandoFavor
183 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
184 Sámano Peralta, MiguelFavor
185 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
186 Sánchez Romero, CarlosFavor
187 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
188 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
189 Sosa Altamira, William RenanAusente
190 Terán Guevara, María RebecaFavor
191 Terán Juárez, JorgeAusente
192 Torres Félix, SergioFavor
193 Treviño Cantú, JavierFavor
194 Treviño Villarreal, Pedro PabloAusente
195 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
196 Valanci Buzali, SimónAusente
197 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
198 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
199 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
200 Vázquez Parissi, PoncianoFavor
201 Vázquez Saut, ReginaFavor
202 Vega de la Peña, AlfioFavor
203 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
204 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
205 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor
211 Zacarías Capuchino, DarioFavor
212 Zamora Morales, FernandoFavor
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 175
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 38
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelAusente
2 Adame Alemán, Juan PabloFavor
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceAusente
8 Anaya Cortés, RicardoFavor
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
18 Camarillo Ortega, RubénFavor
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroFavor
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoAusente
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaAusente
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésAusente
29 De la Rosa Escalante, ArturoAusente
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Dorador Pérez, Gavilán RodolfoFavor
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
35 García González, Carlos AlbertoAusente
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyFavor
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelAusente
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaAusente
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaAusente
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaAusente
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaAusente
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraAusente
58 Lorenzini Rangel, Julio CesarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor
61 Mondragón González, María GuadalupeAusente
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosAusente
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othon Zayas, MáximoFavor
70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieAusente
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoAusente
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LuciaAusente
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente
82 Reina Lizárraga, José EnriqueAusente
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónAusente
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueAusente
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruíz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorFavor
99 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelFavor
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoAusente
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 88
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 26
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaAusente
2 Edilberto Algredo JaramilloAusente
3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor
4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor
10 Barrios Gómez, Segués AgustínFavor
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaAusente
12 Gloria Bautista CuevasFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoAusente
15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásAusente
20 Carbajal González, AlejandroAusente
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmin de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoAusente
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielAusente
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroAusente
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoAusente
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínAusente
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoAusente
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoAusente
54 López Rosado, RobertoFavor
55 López Suárez, RobertoAusente
56 Luna Porquillo, RoxanaAusente
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angelica RocioFavor
63 Méndez Denis, LorenaFavor
64 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
65 Merlín García, María del RosarioFavor
66 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
67 Miranda Salgado, MarinoFavor
68 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
69 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
70 Montalvo Hernández, RamónFavor
71 Morales López, Carlos AugustoAusente
72 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
73 Moreno Rivera, IsraelFavor
74 Moreno Rivera, Julio CésarFavor
75 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
76 Muñoz Soria, José LuisFavor
77 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
78 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
79 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
80 Orihuela García, JavierFavor
81 Porras Pérez, PedroFavor
82 Portillo Martínez, VicarioAusente
83 Posadas Hernández, DomitiloFavor
84 Quiroga Anguiano, KarenAusente
85 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor
86 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
87 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
88 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor
89 Salazar Trejo, JessicaFavor
90 Saldaña Fraire, GracielaFavor
91 Salgado Parra, JorgeFavor
92 Salinas Narváez, JavierFavor
93 Salinas Pérez, JosefinaFavor
94 Sánchez Torres, GuillermoFavor
95 Sandoval Martínez, HugoFavor
96 Sansores Sastré, AntonioFavor
97 Serrano Toledo, RosendoFavor
98 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
99 Tovar Aragón, CrystalFavor
100 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
101 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 82
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 19
Total: 101
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoFavor
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoAusente
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásAusente
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithAusente
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 23
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaAusente
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoAusente
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Monreal Ávila, RicardoFavor
13 Romero Lozano, María FernandaFavor
14 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
15 Soto Martínez, JoséAusente
16 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
17 Valle Magaña, José LuisFavor
18 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
19 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 15
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 19
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaAusente
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoFavor
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
7 López Candido, José ArturoFavor
8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor
10 Orive Bellinger, AdolfoAusente
11 Ortíz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoAusente
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliFavor
15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
Favor: 12
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínAusente
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoAusente
6 Garfias Gutiérrez, LucilaAusente
7 González Roldán, Luis AntonioFavor
8 Olvera Barrios, CristinaAusente
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 6
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 10