SUMARIO
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 14 de marzo de 2013, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
De la diputada María Rebeca Terán Guevara, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen
Del diputado Blas Ramón Rubio Lara, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
Del diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 154 Bis de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
De la diputada María del Rocío Corona Nakamura, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 11 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen
De la diputada Laura Barrera Fortoul, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe de gobierno del DF, a su secretario de gobierno y al jefe delegacional en Venustiano Carranza, para que brinden apoyo a los locatarios por el incendio de la nave mayor del mercado de La Merced. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen
Del diputado Raúl Gómez Ramírez, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la dependencia coordinadora y a los integrantes del Comité Técnico del Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, para que realice una revisión de todos los expedientes de las personas que están catalogadas como pendientes viables y no viables. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención
De los diputados Ricardo Monreal Avila y Ricardo Mejía Berdeja, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta ASF, para que realice una auditoría al gasto ejercido para diversas construcciones en el IPN. Se turna a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para su atención
Del diputado José Arturo López Cándido, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSA, a que difunda a través de una campaña masiva de comunicación el uso del condón femenino y lo distribuya de forma gratuita a la población. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Sonia Rincón Chanona, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Segob y de la Sedena, se realicen acciones coordinadas con las autoridades de las entidades federativas, a fin de impulsar y fortalecer las campañas de desarme o despistolización. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Defensa Nacional, para dictamen
Del diputado Javier Filiberto Guevara González, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos de las entidades federativas, para que incorporen en sus agendas de discusión el tema de las acciones para detectar la enajenación de objetos robados que se llevan a las casas de empeño. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen
Del diputado Raúl Gómez Ramírez, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SHCP, para que refuerce la correcta aplicación de los procedimientos de verificación de mercancías de comercio exterior al interior del recinto fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del diputado Juan Francisco Cáceres de la Fuente, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Sener, de la SHCP, de la SE y de la Sedesol, sean autorizadas tarifas eléctricas preferenciales o de bajo costo para el consumo domestico, comercial y agrícola a los estados de Campeche, de Chiapas, de Quintana Roo, de Tabasco y de Yucatán. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen
Del diputado Gerardo Peña Avilés, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sagarpa y del Senasica, para que se declare la zona centro del estado de Sinaloa, como zona de baja prevalencia. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen
Del diputado Javier Orihuela García, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director de Pemex, para que se restablezcan en su puesto de trabajo a todos los empleados del sindicato profesional Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
* INICIATIVAS Y PROPOSICIONES
«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 14 de marzo de 2013, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable Asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 14 de marzo de 2013 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputado Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), Presidente.»
«Iniciativas con proyecto de decreto
1. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Rebeca Terán Guevara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.
2. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Blas Ramón Rubio Lara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Competitividad, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
3. Que reforma el artículo 154 Bis de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Seguridad Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
4. Que reforma el artículo 11 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Juventud, para dictamen.
Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe de gobierno del DF, a su secretario de gobierno y al jefe delegacional en Venustiano Carranza, para que brinden apoyo a los locatarios por el incendio de la nave mayor del mercado de La Merced, a cargo de la diputada Laura Barrera Fortoul, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión del Distrito Federal, para dictamen.
2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la dependencia coordinadora y a los integrantes del Comité Técnico del Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, para que realice una revisión de todos los expedientes de las personas que están catalogadas como pendientes viables y no viables, a cargo del diputado Raúl Gómez Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno:Junta de Coordinación Política, para su atención.
3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta ASF, para que realice una auditoría al gasto ejercido para diversas construcciones en el IPN, suscrito por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
Turno:Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para su atención.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSA, a que difunda a través de una campaña masiva de comunicación el uso del condón femenino y lo distribuya de forma gratuita a la población, a cargo del diputado José Arturo López Cándido, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno:Comisión de Salud, para dictamen.
5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Segob y de la Sedena, se realicen acciones coordinadas con las autoridades de las entidades federativas, a fin de impulsar y fortalecer las campañas de desarme o despistolización, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Turno:Comisiones Unidas de Gobernación y de Defensa Nacional, para dictamen.
6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos de las entidades federativas, para que incorporen en sus agendas de discusión el tema de las acciones para detectar la enajenación de objetos robados que se llevan a las casas de empeño, a cargo del diputado Javier Filiberto Guevara González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Economía, para dictamen.
7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SHCP, para que refuerce la correcta aplicación de los procedimientos de verificación de mercancías de comercio exterior al interior del recinto fiscal, a cargo del diputado Raúl Gómez Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno:Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Sener, de la SHCP, de la SE y de la Sedesol, sean autorizadas tarifas eléctricas preferenciales o de bajo costo para el consumo domestico, comercial y agrícola a los estados de Campeche, de Chiapas, de Quintana Roo, de Tabasco y de Yucatán, a cargo del diputado Juan Francisco Cáceres de la Fuente, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno:Comisión de Energía, para dictamen.
9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sagarpa y del Senasica, para que se declare la zona centro del estado de Sinaloa, como zona de baja prevalencia, a cargo del diputado Gerardo Peña Avilés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno:Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.
10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director de Pemex, para que se restablezcan en su puesto de trabajo a todos los empleados del sindicato profesional Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros, a cargo del diputado Javier Orihuela García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno:Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.»
LEY GENERAL DE EDUCACION
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Rebeca Terán Guevara, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada María Rebeca Terán Guevara, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley General de Educación, al tenor de los siguientes
Antecedentes
El 9 de febrero de 2012 fue publicado en el DOF el decreto que reforma los artículos 3o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con objeto fundamental de elevar a rango constitucional la obligatoriedad de la educación media superior en el país.
La reforma constitucional, en comento, se fundamentó, principalmente en los siguientes criterios:
Demanda social. Responde a una realidad social que actualmente se vive en éste país, en donde la demanda de miles de jóvenes que desean incorporarse a los estudios de nivel medio-superior, rebasa la oferta provista por el Estado, por lo que muchos estudiantes, al no contar con los espacios suficientes, ven truncadas sus posibilidades de continuar con sus estudios. De ahí la importancia de incrementar las tasas de cobertura y brindar oportunidades de estudio a todos los jóvenes en edad de cursar este nivel educativo.
Estrategia para el desarrollo. Cada vez más, se reconoce, a nivel mundial que la educación media-superior, resulta fundamental para el desarrollo y el bienestar de las personas. A mayores oportunidades de cursar este nivel educativo, mayores posibilidades de acceder al desarrollo económico y social. Cubrir la educación media-superior, permite abatir en mayor medida la pobreza, generar empleos, y generar riqueza, lo que contribuye de manera decisiva a la construcción de una sociedad crecientemente justa, educada y próspera.
Romper con el rezago educativo. En México, el 41.8 por ciento de la población mayor de 15 años de edad se encuentra con rezago educativo, de esta población uno de cada seis (17.7 por ciento) no aprobó ni el primer grado de primaria, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Estadísticas a propósito del Día Mundial de la Población 2011. No cabe duda que, la reforma, resulta trascendental para garantizar la continuidad de la educación hasta el nivel medio-superior.
Fortalecer la garantía de acceso a la educación. El artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala el derecho que todo individuo tiene a recibir educación y la obligatoriedad de recibir la educación básica, por lo que establecer la obligatoriedad de la educación media-superior, refuerza al sistema educativo en su conjunto, a la vez que dota a los jóvenes, de mayores posibilidades de obtener una educación más completa y de calidad.
Es de señalarse que, el actual artículo 3o. constitucional, además de considerar la obligatoriedad de la educación media-superior, incorpora también, en un inciso c), el precepto de que la educación contribuye a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos.
Vale la pena, precisar en este apartado y para los efectos de la propuesta que se presenta, mencionar que en los artículos transitorios, se mandata que es obligación del Estado garantizar la educación media superior hasta lograr de manera gradual, la cobertura total en sus diversas modalidades, a partir del año 2012, así como incluir los recursos necesarios para dar cumplimiento al principio de obligatoriedad.
Finalmente, se establece que el Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados, deberán adecuar en el ámbito de sus respectivas competencias, la Ley General de Educación y demás disposiciones legales aplicables en la materia, dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
En razón de lo anterior, la reforma que se propone, plantea cumplimentar el mandato constitucional para garantizar la obligatoriedad del nivel medio-superior en todo el país, a partir de las siguientes:
Consideraciones
1. Como consecuencia, de que los 180 días establecidos por la ley han prescrito, es inapelable cumplir con la función legislativa que nos obliga a hacer efectivo el compromiso social adquirido, a partir de las reformas constitucionales, que erigen la obligatoriedad de la educación media-superior, en nuestro país.
Por lo que resulta necesario adecuar el orden normativo asociado con la exigencia constitucional de proveer educación hasta el nivel medio superior a todos los mexicanos. Es urgente armonizar la norma secundaria con lo que decreta la ley fundamental.
2. Es impostergable, enfrentar la crisis educativa actual para superar el rezago en el sector, pues es apremiante objetivar la ley fundamental, a través de la ley secundaria, para garantizar lo ahí establecido; reducir la brecha de desigualdad existente y abrir la posibilidad a una realidad en donde la educación, incida directamente en la mejora del nivel de vida de la población, puesto que entre otros aspectos, provee los conocimientos y habilidades necesarios, para tener una mejor expectativa laboral.
En la medida que se logre disminuir el rezago educativo, los jóvenes de este país, podrán desarrollar ampliamente su potencial, que les permita constituirse como seres humanos responsables, capaces de continuar aprendiendo de manera autónoma, lo que los haga ser participativos y productivos, y que contribuya a alejarlos del actual contexto de violencia. Es por ello, que garantizar la educación, hasta el nivel medio-superior, brindará a las nuevas generaciones, mayores oportunidades y certidumbre, pero sobretodo, les brindará, la perspectiva de un mejor futuro.
El rezago educativo ha crecido en la población joven del país, pues, cada año desertan o no ingresan a la educación básica 630 mil niños y adolescentes, quienes se suman a los 31 millones 900 mil jóvenes mayores de 15 años en rezago educativo. Como consecuencia, el promedio de escolaridad de la población de 15 años y más es de apenas 8.5 grados, es decir, escasamente cuenta con segundo grado de secundaria. Aunado a lo anterior, tres de cada cinco personas ocupadas sin instrucción, laboran en el sector informal, en el trabajo doméstico remunerado y en las actividades agropecuarias de auto subsistencia 58.9 por ciento; en tanto que 80 por ciento de los que tienen un nivel de instrucción medio superior y superior, trabajan en corporaciones, empresas constituidas en sociedad, negocios no constituidos en sociedad e instituciones públicas o privadas. Entre los que cuentan con algún grado aprobado de los niveles medio superior y superior, 53.7 por ciento que tienen acceso a los servicios de salud se les proporciona por su trabajo, y 40.8 por ciento gana más de tres salarios mínimos; en contraste, de los que no tienen instrucción, 93.2 por ciento no cuenta con servicios de salud y 76.7 por ciento gana menos de dos salarios mínimos o no recibe ingresos. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Estadísticas a propósito del Día Mundial de la Población 2011.
A nivel internacional, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), dio a conocer que entre el año 2009 y 2010, aumentó el número de jóvenes de entre 15 y 29 años de edad que no estudian ni trabajan, en donde, México se encuentra dentro de los países que tuvieron la mayor proporción de jóvenes en esta situación con 24.4 por ciento, seguido de Israel con 27.4 por ciento, y Turquía con 36.6 por ciento. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE, Panorama de la educación Indicadores de la OCDE 2011. Informe Español. Madrid 2011). En esta proporción, en México de cada 100 jóvenes, de entre 15 y 19 años solo 52 acuden al bachillerato. A diferencia de países como Brasil y Chile, donde tres de cada cuatro jóvenes asisten a la educación media superior.
La esperanza de vida escolar, es decir, el tiempo promedio que se espera que permanezca en el sistema educativo un alumno de 5 años, en España, es de 17,2 años, cifra similar a la media de la OCDE (17,8 años) y de la UE (18,1 años). Las diferencias entre países van desde el alumnado de Finlandia, que supera los 21 años de esperanza de vida escolar, al alumnado de México que espera permanecer escolarizado 14,7 años. Aunado a ello, en México, no solo es baja la cobertura, sino el nivel de gasto. Mientras que el promedio de gasto por alumno de bachillerato en la OCDE es de 8 mil 972 dólares, aquí se destinan 2 mil 333, es decir la cuarta parte.
3. Los jóvenes de nivel medio-superior, comparten un contexto común, en donde, la toma de decisiones es fundamental si se considera que deben decidir incorporarse a la vida laboral o continuar con sus estudios, su vocación, su profesión, etcétera. En términos generales, se enfrentan a decisiones comunes que impactaran el resto de sus vidas.
Resulta fundamental, entonces, establecer criterios básicos en la Ley General de Educación, que delineen un perfil del estudiante de nivel medio-superior, que actualmente la ley no considera, incorporando la calidad educativa, que según la reciente reforma en materia educativa del 2012, define como: la mejora del conjunto de herramientas cognoscitivas y culturales que adquieren los alumnos en la escuela, de forma que les permita insertarse adecuadamente en el mercado laboral, con la perspectiva de mejorar progresivamente sus condiciones de vida.
Es importante recordar que la facultad de la autoridad educativa federal para determinar planes y programas de educación media-superior, se eliminó de la reforma original propuesta por los diputados federales, atendiendo a la diversidad de modalidades educativas que en ese nivel existen en nuestro país, a las necesidades regionales y locales particulares, así como, al objetivo de brindarle un carácter federalista al ámbito educativo. Derivado de lo anterior, las entidades federativas fueron estableciendo sus propias reglas, para poder cubrir la demanda local. Cabe recordar, que hasta antes del 2005, no existía una autoridad rectora que estableciera normas, planes, programas y criterios, para la educación media-superior. De ahí que en el año 2005, se crea la Subsecretaría de Educación Media Superior, que inicia la reforma integral de la educación media superior (RIEMS) proponiendo un marco de organización común. La educación media superior en México. Informe 2010-2011. Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
Las consideraciones emitidas por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Educación Pública y Servicios Educativos establecieron que a efecto de mantener elementos comunes formativos, la base curricular común puede complementarse con elementos específicos definidos en cada modalidad, y señalaron que estas cuestiones habrán de precisarse en la Ley General de Educación y en los acuerdos secretariales correspondientes.
Actualmente, es necesario, concentrar y coordinar al sector de la educación media-superior en este país, para contar con currículos escolares comunes que permitan aprendizajes comunes, entre los estudiantes, independientemente de las diferencias socioeconómicas y culturales existentes en territorio nacional.
Finalmente, es de señalarse que los criterios básicos que se pretenden adicionar al artículo 37 de la Ley General de Educación, se basan en los resultados de la reforma integral de la educación media superior (RIEMS) en donde en un marco curricular común, se definen once competencias genéricas para todos los bachilleratos del país. Complementariamente, tanto el Banco Mundial (2005) como la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL, 2006), la UNESCO (2005) y la OCDE (2010) coinciden en que el principal objetivo de la educación media es que los jóvenes tengan la oportunidad de adquirir destrezas, aptitudes, conocimientos, además de la capacidad para seguir aprendiendo a lo largo de la vida, y ser ciudadanos activos, participativos y productivos. A la par, se destaca la necesidad de incorporar al proceso de enseñanza y aprendizaje, las tecnologías de la información y la comunicación, así como asegurar la conexión de la educación con los anhelos de los jóvenes y lograr que participen activamente en sus procesos formativos. Hoy se necesita preparar a la juventud para los cambios, la incertidumbre, enfrentar dificultades, saber aprovechar oportunidades, ser flexibles y adaptables sin comprometer sus valores. La Educación Media Superior en México. Informe 2010-2011. Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
Por lo expuesto y fundado, someto a consideración del pleno el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 37 de la Ley General de Educación; y se modifican los artículos 8, 9, 13 fracción II, III, V, y VI, 14 fracción IV, 37, párrafos primero y segundo, 43, 44 párrafo segundo, 48, 51, 53, 54, párrafo primero, 55, fracción tercera, 65 fracción I, 66, fracción I, 75, fracciones IV y V, y 77, fracción III, de la Ley General de Educación
Primero. Se adicionan los artículos 8, 9, 13 fracciones II, III, V, y VI, 14, fracción IV, 37, párrafo primero y segundo, 43, 44, párrafo segundo, 48, 51, 53, 54, párrafo primero, 55, fracción tercera, 65, fracción I, 66, fracción I, 75, fracciones IV y V, y 77, fracción III, de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 8o. El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan -así como toda la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la media superior, normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan- se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia especialmente la que se ejerce contra las mujeres, niñas y niños, debiendo implementar políticas públicas de Estado orientadas a la transversalidad de criterios en los tres órdenes de gobierno.
Artículo 9o. Además de impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior, el Estado promoverá y atenderá directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación inicial, especial, y superior, necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.
Artículo 13. ...
II. Proponer a la Secretaría los contenidos regionales que hayan de incluirse en los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la media superior, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica;
III. Ajustar, en su caso, el calendario escolar para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la media superior, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, con respeto al calendario fijado por la Secretaría;
V. Revalidar y otorgar equivalencias de estudios de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la media superior, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de acuerdo con los lineamientos generales que la Secretaría expida;
VI. Otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la media superior, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica;
Artículo 14....
IV. Otorgar, negar y retirar el reconocimiento de validez oficial a estudios distintos de los de preescolar, primaria, secundaria, media superior, normal y demás para la formación de maestros de educación básica que impartan los particulares;
Artículo 44. ...
El Estado y sus entidades organizarán servicios permanentes de promoción y asesoría de educación para adultos y darán las facilidades necesarias a sus trabajadores y familiares para estudiar y acreditar la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior.
Artículo 48. La Secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la media superior, la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de conformidad a los principios y criterios establecidos en los artículos 7 y 8 de esta ley.
Artículo 51. La autoridad educativa federal determinará el calendario escolar aplicable a toda la República, para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la media superior, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesarios para cubrir los planes y programas aplicables. El calendario deberá contener doscientos días de clase para los educandos.
Artículo 53. El calendario que la Secretaría determine para cada ciclo lectivo de educación preescolar, de primaria, de secundaria, de media superior, de normal y demás para la formación de maestros de educación básica, se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 54. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades.
Por lo que concierne a la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la media superior, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, deberán obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del Estado, tratándose de estudios distintos de los antes mencionados podrán obtener el reconocimiento de validez oficial de estudios.
Artículo 55.Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten:
III. Con planes y programas de estudio que la autoridad otorgante considere procedentes, en el caso de educación distinta de la preescolar, la primaria, la secundaria, la media superior, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.
Artículo 65. Son derechos de quienes ejercen la patria potestad o la tutela:
I. Obtener inscripción en escuelas públicas para que sus hijas, hijos o pupilos menores de edad, que satisfagan los requisitos aplicables, reciban la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior.
Artículo 66. Son obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o la tutela:
I. Hacer que sus hijas, hijos o pupilos menores de edad, reciban la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior;
Artículo 75. Son infracciones de quienes prestan servicios educativos:
V. Incumplir los lineamientos generales para el uso de material educativo para la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior;
Artículo 77.Además de las previstas en el artículo 75, también son infracciones a esta ley:
III. Impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la media superior, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, sin contar con la autorización correspondiente.
Segundo.Se adiciona una disposición al artículo 37 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 37.La educación de tipo básico está compuesta por el nivel preescolar, el de primaria y el de secundaria.
El tipo medio-superior comprende el nivel de bachillerato, los demás niveles equivalentes a éste, así como la educación profesional que no requiere bachillerato o sus equivalentes.
La educación media-superior tiene como propósito desarrollar los conocimientos, aptitudes, actitudes y destrezas, que se requieren en las personas para que logren incorporarse a las diferentes esferas sociales y productivas, con habilidades comunicativas, de innovación, creatividad, solución de problemas, y utilización de nuevas tecnologías, a partir de la construcción de una conciencia social fundada en valores universales, que les permita de manera participativa y competitiva, lograr trascender en la sociedad, trabajando para su transformación.
El tipo superior es el que se imparte después del bachillerato o de sus equivalentes. Está compuesto por la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como por opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende la educación normal en todos sus niveles y especialidades.
Transitorios
Artículo Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo segundo.Para dar cumplimiento al principio de obligatoriedad, las autoridades educativas, contarán con un plazo de 180 días naturales, a partir de la publicación del presente decreto, para realizar las adecuaciones reglamentarias conducentes.
Artículo Tercero.Las autoridades educativas, realizarán los convenios necesarios con las autoridades federales, municipales e instituciones públicas de educación media-superior y superior a efecto de cumplimentar el mandato constitucional y el derivado de esta Ley.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 14 de marzo de 2013. Diputadas: María Rebeca Terán Guevara, María del Rocío Corona Nakamura (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.
LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Blas Ramón Rubio Lara, del Grupo Parlamentario del PRI
Los que suscriben, diputados Heriberto Galindo Quiñones, Blas Ramón Rubio Lara, Román Alfredo Padilla Fierro, Alfonso Inzunza Montoya, Francisca Elena Corrales Corrales, Jesús Antonio Valdez, Sergio Torres Félix, Raúl Santos Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, del estado de Sinaloa, de la LXVII Legislatura del Congreso de la Unión y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el numeral 1 del artículo 6, así como los artículos 77, 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo de la fracción IX del artículo 10 y se adicionan un párrafo segundo al artículo 5 y los artículos 27, 28, 29 y 30 para crear un capítulo sexto denominado Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, todos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Antecedentes
Indicadores de ocupación y empleo del Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (Inegi), al tercer trimestre de 2012, señalaron que contábamos con una población de 115.2 millones de habitantes en la república mexicana, de los cuales 55.7 millones son hombres y 59.5 millones son mujeres, de este universo se encuentran ocupadas o trabajando 31.7 hombres y 19.6 mujeres.
Según el análisis económico publicado por Capital de México, Finanzas, Negocios y Economía, publicado el 13 de febrero de 2013, en la página capitaldemexico.com.mx, establece que La micro, pequeñas y medianas empresas generan siete de cada 10 empleos y contribuyen con más de la tercera parte del producto interno bruto.
En enero pasado, el presidente Enrique Peña Nieto decidió decretar la formación del Instituto Nacional de Emprendedores con la finalidad de impulsar con mayores estrategias de desarrollo a las más de cinco millones de micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) que existen en el país.
La decisión del Ejecutivo federal se sustentó en la necesidad de crear mayores posibilidades de éxito económico de las Mipymes, toda vez que éstas representan más de 99 por ciento de las unidades económicas establecidas en el país, con lo cual generan siete de cada diez empleos y contribuyen con más de una tercera parte del producto interno bruto (PIB).
Para la alineación de esta nueva política económica del estado, para fomentar al emprendedor, el presidente Peña Nieto instruyó a la Secretaría de Economía a diseñar acciones y estrategias que den prioridad al emprendedor, donde se incluya el diálogo y el trabajo coordinado con las universidades, así como la incorporación de las Pymes al ecosistema exportador y a la revisión de programas de compras del gobierno federal para beneficio de ellas.
Consideraciones
Compañeras y compañeros diputados ,esta iniciativa tiene varios propósitos y creo que son de la mayor importancia y actualidad. Por un lado esta propuesta busca darle a esas más de 5 millones de empresas del país un mayor apoyo, en cuanto a su participación en las adquisiciones, contratación de servicios y realización de obra pública por parte de la administración pública y de sus delegaciones a las Mipymes, sin dejar de señalar el aumento gradual ya registrado en los últimos años de la participación de estas empresas en las compras del gobierno federal.
Las micro, pequeñas y medianas empresas siguen siendo el principal motor en la generación de empleos en nuestro país, la creación de empleos es una de las principales demandas de la sociedad y una de las rutas para la recomposición del tejido social que tanto lo requerimos. Debemos corresponderle a estas miles de empresas mexicanas, que en su gran mayoría son de carácter familiar, algo de lo que nos han ofrecido, ya que se han convertido en el sustento económico en la mayor parte de nuestros hogares, sin duda se han convertido en un soporte en momentos tan difíciles como los que hemos tenido que sobreponernos, tales como las diversas, complejas y cada vez más profundas y frecuentes crisis financieras globales, que nos han puesto verdaderamente a prueba.
De manera simultánea, también proponemos, que gradualmente se destinen año con año hasta alcanzar un mínimo de 35 por ciento de los recursos a los diferentes programas de fomento de las micro, pequeñas y medianas empresas, para promover el desarrollo de la competitividad de las Mipymes, que favorezcan a las comunidades rurales, esto con el firme propósito de incentivar las economías de estas localidades que cuentan con menores oportunidades. No dejo de recalcar que reconocemos la existencia de programas rurales como el Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos (Fappa), el Programa de la Mujer en el Sector Agrario (Promusag), o Jóvenes Emprendedores, hay que agregar que además de que tienen espíritus diferentes los programas agrarios ya existentes con los de las Mipymes y están enfocados a fines distintos, pueden muy bien complementarse, en la persecución de los retos del desempleo y la desigualdad social.
Compañeros, una buena opción para motivar la actividad económica en estas localidades es incorporar de manera gradual este tipo de programas que fomentan desde la creación de una carnicería, una purificadora de agua, una boutique, una procesadora de alimentos, rosticerías, cocinas económicas, papelerías, abarrotes, entre otras, que por muy sencillas que estas sean, dan la posibilidad real a quienes se puedan ver beneficiados de estos programas, para sobresalir a la pobreza, ayudar en sus hogares, además de ofertar a sus vecinos de productos o servicios de utilidad en sus localidades que pudieren estar apartadas de las grandes urbes, al mismo tiempo contribuyen a motivar el desarrollo en estos lugares distantes.
Otro aspecto de este noble proyecto es la creación del Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de las Mipymes, el cual tiene la finalidad de promover la participación de la sociedad civil, ya que estará compuesto por personalidades provenientes de la sociedad, con experiencia probada y/o éxito en el ramo empresarial, mismos que podrán emitir opiniones, para orientar la planeación, desarrollo y aplicación de los programas de la secretaría destinados a las Mipymes.
Este Consejo Consultivo Nacional para el Fomento de la Competitividad, será autónomo y estará integrado por personalidades de la sociedad civil, con experiencia en las Mipymes, quienes serán nombrados por el consejo nacional para la competitividad de la secretaría. Cabe destacar que, en la actualidad, el consejo nacional lo conforman básicamente organismos oficiales, por lo que la creación del consejo consultivo promoverá una mayor participación de la ciudadanía en el desarrollo de las funciones de la Secretaría de Economía y una mejor vinculación con la misma, para el logro de los metas de las Mipymes.
Otras instituciones ya cuentan con este tipo de consejos consultivos y queremos darle a la secretaría la posibilidad de abrirse a una mayor participación de la sociedad, con la representación de expertos que además de ser personalidades provenientes de la sociedad civil, seguramente podrán aportar toda su experiencia en la implementación de las posibles soluciones a los múltiples retos que tenemos y le darán un marco más democrático y representativo a las decisiones de la secretaría.
Tenemos en nuestras manos la posibilidad de construir un México más sólido y con verdaderas perspectivas de desarrollo sustentable y sostenido. Con esta propuesta podremos contribuir de manera importante, en la mejora del marco regulatorio, en torno al 99.6 por ciento de las empresas mexicanas, que compiten de manera desigual con los grandes consorcios por todos conocidos y que sin contar con las facilidades para los financiamientos, créditos e instrumentos fiscales, siguen siendo las creadoras de fuentes de trabajo por excelencia.
Compañeros legisladores, tenemos la oportunidad de mejorar los equilibrios, reconociendo que estas empresas representan una parte fundamental en nuestra economía y una sobresaliente fuerza de trabajo que indudablemente es competitiva, consideramos que con más recursos nos ofrecerán diversidad de productos y servicios de gran utilidad para todos.
Reiteró que estas micro, pequeñas y medianas empresas en su gran mayoría son de índole familiar, por lo que los invitamos a la aprobación de este proyecto, resaltando la oportunidad histórica que tenemos de mejorar las condiciones de las mayorías, sin querer afectar ningún tipo de intereses de empresa alguna, sino de darles mayor apoyo a este sector que tanto lo necesita, ni dejar de reconocer la indispensable aportación de los grandes consorcios o trasnacionales al desarrollo de nuestro país.
Diputados, hagamos un esfuerzo por apoyar que las compras de gobierno se realicen en mayor proporción a las micro, pequeñas y medianas empresas, al mismo tiempo que se le destinen gradualmente una mínima participación de los programas de fomento de la competitividad de las mismas al sector rural y un marco regulatorio más democrático y participativo, con la actuación de expertos surgidos de la sociedad civil en la toma de decisiones de la Secretaría de Economía, en materia de Mipymes.
Por lo anterior, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma el primer párrafo de la fracción IX del artículo 10 y se adicionan un párrafo segundo al artículo 5 y los artículos 27, 28, 29 y 30 para crear un Capítulo Sexto denominado Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Único.Se reforma el primer párrafo de la fracción IX del artículo 10 y se adicionan un párrafo segundo al artículo 5 y los artículos 27, 28, 29 y 30 para crear un Capítulo Sexto denominado Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, todos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa para quedar como sigue:
Artículo 5. ...
La Secretaría de Economía deberá incluir dentro del Programa Sectorial, al sector rural, la cual destinará de manera gradual dentro de los diferentes programas de fomento de las micro, pequeñas y medianas empresas, un mínimo de 35 por ciento de manera gradual, de los recursos aprobados por el Congreso para cada ejercicio fiscal en sus diferentes programas del fondo para las Mipymes, o su equivalente, para promover la creación, desarrollo y competitividad de las Mipymes en estas comunidades.
Artículo 10....
I. a VIII. ...
IX. Promover que las dependencias y entidades de la administración pública federal y sus delegaciones en las entidades federativas y en el Distrito Federal, realicen la planeación de sus adquisiciones de bienes, contratación de servicios y realización de obra pública para destinarlas a las Mipymes de manera gradual, hasta alcanzar 50 por ciento conforme a la normatividad aplicable.
Capítulo SextoConsejo Consultivo Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
Artículo 27.La Secretaría de Economía contará con un consejo consultivo nacional para el desarrollo de la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, con autonomía e integrado por nueve personalidades de la sociedad civil, con experiencia probada en las Mipymes, mismos que deberán ser nombrados por el consejo nacional.
Artículo 28. El Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, podrá emitir opinión a solicitud del Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para orientar en la planeación, el desarrollo y aplicación de los programas.
Artículo 29.Las Secretarías de Desarrollo Económico de los estados y la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal o sus equivalentes, crearán los consejos consultivos estatales y del Distrito Federal respectivamente.
Artículo 30.El consejo consultivo nacional deberá apoyarse para formular opinión en los consejos consultivos estatales y del Consejo Consultivo del Distrito Federal.
Transitorios
Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Consejo Nacional para la Competitividad de las Mipymes, contará con 90 días para la aprobación del Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Tercero. Las secretarías de desarrollo económico de los estados y la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal o sus equivalentes, contarán con 180 días, a partir de la entrada en vigor, para la aprobación de los consejos consultivos estatales y del Distrito Federal.
Cuarto.El consejo nacional y los consejos estatales establecerán sus propios mecanismos para la designación de los consejos consultivos nacionales, consejos consultivos estatales y del Distrito Federal respectivamente.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputados: Blas Ramón Rubio Lara, María del Rocío Corona Nakamura (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
LEY DEL SEGURO SOCIAL
«Iniciativa que reforma el artículo 154 Bis de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, del Grupo Parlamentario del PRI
Los suscritos, diputados federales de Chihuahua Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, Minerva Castillo Alvarado, Adriana Fuentes Téllez, Diana Karina Velázquez Ramírez, Kamel Athié Flores, José Ignacio Duarte Murillo, Abraham Montes Alvarado y Luis Alfredo Murguía Lardizábal, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, ponen a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 154 Bis de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El objetivo de la presente iniciativa es establecer que los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social que dejen de pertenecer al régimen obligatorio conserven indefinidamente los derechos que tuvieran adquiridos para ser susceptibles de recibir pensiones en la modalidad de cesantía por edad avanzada.
Es importante conocer los conceptos básicos para entender el fondo de esta modificación.
Una pensión es el pago periódico, o renta vitalicia, que recibe una persona al cumplir los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social.
Por otro lado, la cesantía en edad avanzada, según la invocada ley, se presenta cuando un asegurado queda privado de trabajos remunerados a partir de los 60 años de edad.
La seguridad social es un elemento fundamental para el desarrollo del país, pues se relaciona directamente con la generación de empleos formales y, en consecuencia, con su crecimiento económico; y el elemento fundamental de los derechos de los trabajadores es recibir una pensión por las causas que la ley establezca.
Es la pensión, pues, un mecanismo financiero de previsión que permite a una persona obtener un ingreso y mantener un nivel de consumo posterior al retiro de la vida laboral; es decir, una garantía social fundamental que ayuda a las personas que por razones de edad, reducción o perdida de su capacidad laboral a hacer posible un mínimo de existencia con dignidad en su retiro.
Esto nos lleva a pensar que no está siendo recompensado el gran esfuerzo de los trabajadores para acumular el número de años requeridos para acceder a una pensión y con esto tener la certeza de una edad adulta tranquila y en condiciones dignas.
Ante esta realidad, resulta confuso y complicado el requisito de reafiliarse para las personas mayores de 60 años, dejando como única opción el régimen de cuenta individual que ofrece actualmente el artículo 150 de la invocada ley, cuando estas personas, por el número de años cotizados y por la edad cumplida, tienen ya derecho a acceder a una pensión. Más aún, no podemos medir la realidad que nos dicta que en México, las personas en edad avanzada no son contratadas fácilmente. Es decir, si para las personas mayores de 40 años es difícil conseguir empleo, para las mujeres y los hombres con más de 60 años la situación es dramática y, en caso de tener acceso a un empleo, no son afiliadas al IMSS.
Las pensiones que cubre el Instituto Mexicano del Seguro Social son las derivadas de los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida, y el de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Se otorgan con fundamento en el número de semanas cotizadas y en el salario declarado al instituto.
Cabe señalar que el IMSS era el organismo encargado de la administración de las pensiones a través de una cuenta colectiva, la cual funcionaba con la recaudación que se hacía sobre el salario de los trabajadores activos, financiando de esta manera las pensiones de los trabajadores inactivos.
Actualmente hay dos esquemas para lograr una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez; sin embargo, sólo las personas que fueron sujetas de aseguramiento al régimen obligatorio vigente hasta el 30 de junio de 1997, tienen derecho a elegir entre los dos esquemas. Las demás sólo podrán acogerse al nuevo sistema de pensiones previsto en la nueva Ley del Seguro Social.
Con base en la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, la pensión por cesantía en edad avanzada o vejez se determina considerando el salario base de cotización de las últimas 250 semanas (4.8 años), y por cada año que excedan a las 500 semanas de cotización (requisito), se incrementará la pensión en un porcentaje previsto en dicha ley.
Ahora bien, atendiendo a la Ley del Seguro Social que entró en vigor a partir del 1 de julio de 1997, la determinación de una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez es diferente, ya que el importe de dicha pensión se calcula en función del ahorro que tiene el trabajador en la cuenta individual de su Afore, la cual es elegida por el asegurado y se paga a través del sistema de renta vitalicia o retiro programado, que es cubierto por la Afore.
Refiriéndonos específicamente a las pensiones otorgadas conforme a la Ley del IMSS cuando una persona cubre, después de un gran esfuerzo, el número de las semanas cotizadas requeridas para acceder a esta pensión, no es posible que al tener la edad requerida de 60 o más años se le obligue, por regla general, a reafiliarse al régimen obligatorio y cubrir un año más de cotizaciones, a efecto de que le sean reconocidas las anteriores realizadas y que en principio son suficientes para el acceso a una pensión, tal y como actualmente lo dispone la Fracción III del Artículo 151de la Ley en cita, precepto que incorrectamente se aplica en la modalidad de cesantía en edad avanzada, por las autoridades del IMSS; en una interpretación fallida, habida cuenta que el numeral en comento se vincula con el artículo 150 de la misma ley al incluirse ambas en la sección séptima del capítulo V, los cuales se refieren a los seguros de invalidez y vida, mientras que la modalidad de cesantía en edad avanzada, se regula en un capítulo diverso, el V, en las secciones primera y segunda.
Así pues, reiteramos que deviene en incorrecta la actual interpretación efectuadas por las autoridades del IMSS, tal y como la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación lo ha declarado en la tesis de jurisprudencia 21/2011, aprobada por la Segunda Sala del Supremo Tribunal de Justicia de la Nación, en sesión privada del diecinueve de enero del dos mil once se determina que el artículo 150 de la ley relativa, vigente a partir del 1o. de julio de 1997, que prevé un periodo de conservación de derechos en materia de pensiones, es inaplicable para obtener la pensión por cesantía en edad avanzada, respecto de quienes se encuentran en el régimen de la ley anterior. Esto conforme a los numerales 154, 155 y 156 de la Ley del Seguro Social, ubicados en el capítulo VI, Del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
En este sentido, la corte señala:
Para otorgar la pensión por cesantía en edad avanzada se requiere que el asegurado: a) Haya cumplido 60 años de edad; b) Se encuentre privado de trabajo remunerado; y, c) Tenga reconocidas un mínimo de 1250 cotizaciones semanales; sin que sea aplicable el Artículo 150 del mismo ordenamiento legal, ya que éste se encuentra dentro del capítulo V, del Seguro de Invalidez y Vida, y se refiere únicamente a pensiones en los seguros de invalidez y vida (contradicción de tesis 359/2010. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Noveno, ambos en materia de trabajo del primer circuito, 12 de enero de 2011. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Luis Ávalos García).
Como se observa, el artículo 150 de la Ley del Seguro Social claramente excluye lo relativo al derecho de conservación por cesantía en edad avanzada, al contemplar únicamente a las pensiones de invalidez y vida. Luego, para el derecho a obtener una pensión por cesantía en edad avanzada respecto de un trabajador que antes de cumplir 60 años dejó de cotizar en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, no es aplicable la conservación de derecho a la que refiere el artículo 150 de la Ley del Seguro Social.
Por otra parte, los criterios adoptados por el Instituto Mexicano del Seguro Social y por la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación no contemplan a los trabajadores que iniciaron su actividad laboral antes de las modificaciones a la Ley del Seguro Social de 1973 y que cuentan con el derecho a elegir entre el esquema que plantea la cotización de 500 semanas, o las modificaciones de la Ley del Seguro Social del 1997 que señala las mil 250 semanas cotizadas.
Por tal motivo es menester de los suscritos presentar la siguiente iniciativa ante esta soberanía, solicitando la aprobación de la misma en todos sus términos.
En este caso, se intenta resolver con esta iniciativa que el trabajador asegurado que haya cumplido el total de semanas cotizadas (ya sean 500 o mil 250, según sea aplicable) y que haya decidido separarse del trabajo dejando de cotizar al IMSS por las razones que éste tuviere, conserve su derecho a pensión por cesantía en edad avanzada, esperando únicamente cumplir la edad mínima requerida en la ley, ya sean al cien por ciento o en su equivalente respectivo, de acuerdo con el número de años cotizados y cumplidos.
Con toda certeza, esta reforma será un paso fundamental para apoyar a miles de trabajadores que se encuentran en esta situación y que en este momento no han tenido acceso a la pensión a la que tienen derecho por esta omisión legal que encontramos en la ley vigente.
Por esa razón, y con la finalidad de reducir la problemática de las pensiones en México, se propone esta iniciativa con la intención de incorporar el artículo 154 Bis, con un artículo transitorio que considere a los trabajadores que iniciaron su actividad laboral antes de las modificaciones de la Ley del Seguro Social de 1973, al texto de la Ley del Seguro Social, relativo a la conservación y reconocimiento de sus derechos de los miles de trabajadores que han cubierto el mínimo de años cotizando al IMSS exigido en la ley, y que se separaron de éste sin haber cumplido la edad requerida por la misma legislación para acceder a una pensión en cualquiera de sus modalidades.
Por lo expuesto sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 154 Bis de la Ley del Seguro Social
Artículo Único. Se reforma el artículo 154 Bis de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
Artículo 154 Bis. Los asegurados a que se refiere el artículo anterior y que por cualquier circunstancia dejen de pertenecer al régimen obligatorio, conservarán y les serán reconocidos los derechos que tuvieran adquiridos por cesantía en edad avanzada, indefinidamente y sin necesidad de aportar cotizaciones adicionales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, bajo el régimen que hayan optado por acogerse.
...
Transitorios
Primero.El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.La conservación y el reconocimiento de los derechos de los asegurados que sean acreedores a las pensiones otorgadas con fundamento en el título segundo, capítulo V, secciones tercera y cuarta, de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo de 1973, se regirá por lo dispuesto en este decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputados: Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, Minerva Castillo Rodríguez, Adriana Fuentes Téllez, Kamel Athié Flores, José Ignacio Duarte Murillo, Abraham Montes Alvarado, Luis Alfredo Murguía Lardizábal, María del Rocío Corona Nakamura (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD
«Iniciativa que reforma el artículo 11 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PRI
Las suscritas, diputadas federales María del Rocío Corona Nakamura y Verónica Carreón Cervantes integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
1. Planteamiento del problema
La población joven en México se enfrenta a graves riesgos y enormes retos; no basta con que hoy en día representen un porcentaje importante de la población que requiere mejores condiciones y oportunidades de vida, educación y empleo; sino también se enfrenta al sombrío panorama que priva en el país y que establece una marcada tendencia hacia el envejecimiento de su población.
Hoy en día en nuestro país la población joven, que se define por parte de las autoridades y organismos en la materia como la comprendida el rango de edad de entre 12 y 29 años, y desafortunadamente es punto de incidencia medular y representativa de diversos y variados factores demográficos y sociales.
Representativa y de incidencia, porque no sólo constituye poco más de 20 millones del total de la población en México, sino porque en este sector vulnerable de la población recaen la mayoría de los más graves y lastimosos problemas que aquejan a la sociedad en su conjunto.
Según datos estadísticos para nuestro país, cerca del 40 por ciento del total de este rubro poblacional en estos días, vive en situación de pobreza, alta marginación y elevada exclusión social. Además, 25 por ciento de la población joven de entre 20 y 25 años son jefes o jefas de hogares y cerca del 15 por ciento de los partos en el país se da en adolescentes mujeres de entre 15 y 18 años de edad o bien, cerca del 35 por ciento de estos acontecimientos a nivel nacional registrados y llevados a cabo en clínicas u hospitales se da en mujeres de entre 15 y 20 años, cabe señalar que en este dato estadístico no están contemplados los nacimientos que se dan en los hogares de zonas rurales o de difícil acceso.
En general, podemos afirmar sin duda alguna y de manera categórica que la población adolescente y joven del país es el punto de incidencia de las peores y más desfavorables condiciones que inhiben un desarrollo futuro incluyente y sostenido para el individuo y su entorno social.
Desempleo, marginación, pocas opciones educativas, nula orientación en el cuidado de su salud, integridad, desarrollo y en el ejercicio pleno de sus derechos, limitada participación política, escasos espacios de expresión y alta vulnerabilidad a condiciones de riesgo son situaciones a las que se enfrentan y de las que parece no hay o existe una salida viable e integral.
Paradójicamente, la juventud en México representa en esta década una mayoría demográfica pasajera y eventual, pero conforman una minoría permanente y sistemática respecto al alcance y disfrute de las oportunidades reales de desarrollo que implican condiciones favorables de acceso pleno a educación, empleo, vivienda y seguridad social; tan sólo por mencionar algunas de las más representativas y elementales que deberían disfrutar de manera permanente.
Aunado a ello, la sociedad los señala mediante adjetivos excluyentes y ofensivos. En algunos casos se refieren a ellos como individuos improductivos, sin futuro, carentes de aspiraciones, que ni estudian y ni trabajan, haciendo de lado o ignorando de manera intencional o no intencional, el hecho de que la generación adulta de la actualidad es la constructora de las condiciones presentes que han encajonado y dejado sin opción alguna de salida a los adolescentes y jóvenes de este país, en esa desventajosa posición que se ha visto empeorada por dos sexenios de poca o nulos esfuerzos institucionales para atender este problema.
La generación actual de adultos que hoy en día es la encargada de la conducción del país, evade la responsabilidad que les corresponde respecto al sombrío escenario que priva en la juventud y adolescencia de estos tiempos; y olvidan que en su momento cuando ellos fueron jóvenes también quizás actuaron con la misma irresponsabilidad que están reflejando en este momento.
Los adultos señalan, descalifican y juzgan de manera deliberada a la juventud, cuando ellos mismos son los causantes de las condiciones que mantienen así a los jóvenes.
Nuestras instituciones educativas de salud, de generación de empleo, de previsión social, de cultura, artes y letras se han visto rebasadas en sus capacidades y carentes de la posibilidad de atender las más elementales necesidades para ellos, olvidando que su situación actual si no es atendida de manera integral mediante acciones políticas concretas y ejes estratégicos orientados, será por reproducción automática la situación del futuro del país; aunque podemos afirmar que será más profunda y de mayor gravedad.
Como sociedad en su conjunto requerimos atender esta grave situación, no sólo se debe atender sus necesidades básicas y proveerles de los elementos para su desarrollo y generar las soluciones a su problemática que enfrentan; se necesita además y a la par de ello, de ofrecerles los espacios adecuados de organización, expresión y representatividad con la dirección, entrega total de la responsabilidad y conducción plena.
No olvidemos y subestimemos que en la etapa de juventud cuando el individuo debe asumir y definir lo que desean hacer sobre la conducción de vida; no solo necesitan aprender en ese proceso sino también asumir la conducción de éste.
Por ello, se requiere que existan este tipo de espacios desde el ámbito institucional y que además sean ellos los responsables de su conducción, su dirección general, el desarrollo de sus trabajos y principalmente la planeación de sus objetivos y alcances, para que sean ellos mismos en el presente y en un futuro de corto, mediano y largo plazo, los que disfruten el éxito de su labor.
Reconozcamos que como sociedad y gobierno a los jóvenes de hoy les hemos fallado, con nuestros errores los convertimos en un sector altamente vulnerable y blanco fácil de la delincuencia porque con notoria simplicidad los integran o jalan a sus filas y los delincuentes porque en cualquier esquina y a cualquier hora les arrebatan y despojan de sus pertenencias.
No basta con preguntarnos ¿qué México queremos para nuestros hijos?, sin cuestionarnos también y a la par de ello ¿qué hijos queremos para nuestro México? Y la respuesta a estas dos preguntas, concierne al nivel de oportunidades que seamos capaces de construir y ofrecerle a las nuevas generaciones.
Construyamos un México de oportunidades para todos que reconozca que también está integrado con una juventud que es fuerte.
No les sigamos fallando y permitiéndonos seguir heredando un país que los excluya sistemáticamente no solo de las oportunidades de desarrollo y crecimiento; sino también del goce, alcance y disfrute de los espacios desde donde ellos pueden aportar con los bríos de su juventud las ideas y los esfuerzos para construirse mejores condiciones de vida futura para ellos y sus familias que en respeto y tolerancia a sus decisiones elijan formar o establecer.
Necesitamos todos juntos, como sociedad y gobierno, permitirles introducirse en el quehacer nacional, pues de ellos será el día de mañana la responsabilidad de llevar a este país al lugar de privilegio al que nosotros, no lo pudimos conducir.
2. Argumentos de sustento
En el quehacer político como en algunos otros ámbitos, es sabido que existen aspectos fundados de clara y franca obviedad o también con aquellas reglas no escritas que son de observancia general y por ende aceptadas y dadas por un hecho por todos; sin embargo, es imprescindible para un país como el nuestro hoy en día con la firme convicción de garantizar su vocación democrática, plural e incluyente y que basa su gobernabilidad a través y por medio de su estado de derecho y la fortaleza que prepondera en sus instituciones al servicio de su sociedad, que la institucionalidad prevalezca también en la escritura de sus leyes.
Por ello, establecer de manera clara, en la norma que rige las facultades, potestades, los trabajos, el desarrollo, la organización, dirección y el funcionamiento de quienes integran los órganos de gobierno, lo que se da por hecho supuesto, obvio o se sobrentiende de facto; es una condición que al establecerse y se obsequia en la reglamentaria correspondiente, no sobra de manera alguna.
Para el caso especifico objeto de esta iniciativa de reforma, sobre las particularidades y requisitos que deben prevalecer en la persona en la que recaerá la Dirección General del Instituto Mexicano de la Juventud, se sobrentiende que además de tener un perfil profesional y moral elevado, será también joven en edad.
Los argumentos de esta afirmación son varios, justificables y entendibles, pero además basta con citar lo que la Ley del Instituto en referencia establece en sus artículos 3ro. y 3ro. Bis en donde se mencionan de manera específica y detallada el objeto y lineamiento de sus trabajos, para sustentar categóricamente la necesidad conveniente pero quizás no determinante, de que la persona que asuma su Dirección General se encuentre dentro de un rango de edad que corresponda a su población objetivo.
Los artículos referidos en el párrafo que antecede, dicen a la letra lo siguiente:
Artículo 3. El instituto tendrá por objeto:
I. Promover y fomentar las condiciones que aseguren a la juventud un desarrollo pleno e integral, en condiciones de igualdad y no discriminación de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ordenamientos legales y tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano;
II. Definir e instrumentar una política nacional de juventud, que permita incorporar plenamente a los jóvenes al desarrollo del país;
III. Proponer al Ejecutivo federal programas especiales orientados a mejorar las condiciones de salud y educación de los jóvenes indígenas, así como los espacios para la convivencia y recreación, sin menoscabo de las atribuciones que en estos propósitos competen a otras dependencias;
IV. Asesorar al Ejecutivo federal en la planeación y programación de las políticas y acciones relacionadas con el desarrollo de la juventud, de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo;
V. Actuar como órgano de consulta y asesoría de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las autoridades estatales, municipales, y de los sectores social y privado cuando así lo requieran;
VI. Promover coordinadamente con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, económicas, culturales y derechos, y
VII. Fungir como representante del gobierno federal en materia de juventud, ante los gobiernos estatales y municipales, organizaciones privadas, sociales y organismos internacionales, así como en foros, convenciones, encuentros y demás reuniones en las que el Ejecutivo solicite su participación.
Artículo 3 Bis. El Instituto en la definición e instrumentación de la política nacional de juventud a la que hace referencia la fracción II del artículo 3, deberá considerar los siguientes lineamientos:
I. Impulsar el mejoramiento de la calidad de vida de los jóvenes;
II. Promover una cultura de conocimiento, ejercicio y respeto de los derechos de los jóvenes, en los distintos ámbitos;
III. Garantizar a los jóvenes el acceso y disfrute de oportunidades en condiciones de equidad.
Los jóvenes, por su condición humana particular, representan un potencial humano que los hace formadores de cambios sociales y actores estratégicos para el desarrollo de nuestra sociedad;
IV. Fomentar en los distintos ámbitos en los que se desenvuelven los jóvenes el conocimiento de sus derechos, su comprensión, aprobación y los medios para hacerlos exigibles;
V. Observar los criterios de integralidad y transversalidad en la ejecución de programas y acciones que procuren cubrir las necesidades básicas de los jóvenes y promover su desarrollo personal, social y económico. Asimismo, se impulsará un federalismo institucional en la ejecución de los programas y acciones que, en su caso, se coordinen entre las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, con los gobiernos de las entidades federativas y a través de ellos con los municipios.
VI. Proponer en el ámbito de su competencia la asignación y distribución presupuestal suficiente que permita cumplir con la política nacional de juventud.
El presupuesto tendrá un enfoque de juventud que impulse un gasto público que tenga como objetivos: satisfacer las necesidades básicas de la juventud; promover su reconocimiento social, y potencializar a los jóvenes como agentes estratégicos para el desarrollo del país.
Para la institucionalización del presupuesto con enfoque de juventud, se identificarán los recursos destinados para cumplir los fines señalados en el párrafo anterior, asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, de conformidad con la normatividad aplicable, y
VII. Considerar a la familia, como institución social básica transmisora de los valores culturales de la sociedad, en la que los jóvenes representan el elemento más importante de enlace intergeneracional.
Como se puede ver, los puntos anteriores reflejan de manera determinante la transversalidad que el tema de juventud y por ello los trabajos y funciones del Instituto que los congrega, debe mantener en la conducción y su desempeño.
Actualmente, en la ley que lo rige, en lo referente a los requerimientos que se deberán guardar para la elección de su director general sólo se establece que éste reúna los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales publicada el 14 de mayo del año 1986, y que dice lo siguiente:
Artículo 21. El director general será designado por el presidente de la República, o a indicación de éste a través del coordinador de sector por el órgano de gobierno, debiendo recaer tal nombramiento en persona que reúna los siguientes requisitos:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
II. Haber desempeñado cargos de alto nivel decisorio, cuyo ejercicio requiera conocimientos y experiencia en materia administrativa; y
III. No encontrarse en alguno de los impedimentos que para ser miembro del órgano de gobierno señalan las fracciones II, III, IV y V del artículo 19 de esta ley.
En relación al artículo 19 y sus fracciones que se hace referencia en la Ley en comento, se establece lo siguiente:
Artículo 19. En ningún caso podrán ser miembros del Órgano de Gobierno:
I. ...
II. Los cónyuges y las personas que tengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o civil con cualquiera de los miembros del Órgano de Gobierno o con el Director General;
III. Las personas que tengan litigios pendientes con el organismo de que se trate;
IV. Las personas sentenciadas por delitos patrimoniales, las inhabilitadas para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público; y
V. Los diputados y senadores al honorable Congreso de la Unión en los términos del artículo 62 constitucional.
Sin titubeo alguno, lo anterior nos hace suponer que el perfil que se busca garantizar en la persona que asuma la Dirección General del Instituto Mexicano de la Juventud, es y deberá ser alto, pero se omite de manera específica en la ley, establecer como excepcionalidad por tratarse de la población joven del país un rango o precisión al respecto de la edad que éste debe tener al asumir el encargo y que con ello se refleje no sólo concordancia o congruencia sobre este sector especifico, sino también la concesión no simulada del acceso a espacios de expresión, formación, participación social activa y de toma de decisiones en los ámbitos de su libre y legitimo interés y conveniencia.
No se trata de asumir para los jóvenes, un trato preferencial o referenciado que le otorgue oídos a sus demandas sin entregarle los espacios para el alcance de las mismas. Debemos en todo momento como sociedad, privilegiar siempre el reconocimiento a sus capacidades probadas y además el derecho de asistir y construir desde ya, el futuro que desean para sí mismos.
Esta soberanía a toda costa y de cualquier modo fundado, justificado y conforme a derecho, no sólo debe de velar porque lo espacios para los jóvenes sean verdaderamente de y correspondan a ellos, sino también debe de apoyar los esfuerzos que le brinden a la juventud mexicana la posibilidad permanente y sistemática de asumir la rectoría, responsabilidad y conducción de estos espacios; y garantizar mediante la norma su permanencia en ellos.
Con esto, y en la medida en que lo logremos, estaremos en condiciones reales del enriquecimiento de una representatividad para los jóvenes de manera duradera, eficiente y efectiva.
No cabe duda que nuestro país en materia de temas referentes a la juventud ha avanzado significativamente; con el reconocimiento a sus derechos y garantías, su revalorización social, el establecimiento de una legislación clara y precisa para la atención de sus necesidades y la salvaguarda de su acceso a espacios de participación y toma de decisiones; le hemos permitido además a los jóvenes una mayor presencia en ámbitos económicos, políticos, académicos, culturales, educativos, sociales, laborales y de investigación; tan sólo por mencionar algunos de ellos.
Sin embargo y por respeto irrestricto a su esfuerzo y merito propio en el alcance de estos logros, no podemos afirmar que estos avances han sido suficientes y que el objetivo se ha cumplido.
La realidad que vive nuestro país y las naciones del mundo le están exigiendo a nuestra juventud mayores capacidades para hacerle frente a los nuevos retos a los que se enfrentan en un ambiente de competencia mundial y segregación marcada.
Las generaciones pasadas y actuales, no hemos tenido la capacidad de ofrecerles una mejor prospectiva para su desarrollo pleno como jóvenes del ahora, ni como los adultos del mañana.
Asumamos esa deuda con ellos, e involucrémoslos de mejor manera en la conducción y construcción de esta nación y su destino deseado.
No queremos más jóvenes que el día de mañana crezcan vencidos y no convencidos de su destino, y sobre todo con la posibilidad de lograr lo deseable y no conformarse con la obtención de lo posible.
Todos en esta soberanía y en el ejercicio de las tareas legislativas sabemos, que no hay leyes perfectas sino perfectibles; pero también necesitamos reconocer, que no hay esfuerzos pequeños y tampoco menospreciables.
Todo aquello por mínimo que se piense o considere, que esté a favor de mejorar las condiciones de un sector determinado de la población, vale la pena impulsarlo y en mayor medida cuando la población objetivo de este fin, es la juventud que representa más del 20 por ciento de la población total en México y que exigen y requieren, de roles productivos favorables y de una inserción ventajosa en las actividades económicas.
Finalmente, cabe señalar que el espíritu de esta iniciativa de reforma, busca el reconocimiento a las capacidades de los jóvenes en ánimo de mejorar y fortalecer sus condiciones de vida y oportunidades de desarrollo por mérito propio.
Y de igual forma, garantizar que desde la ley sea la juventud la que efectivamente tenga el control de sus espacios que le corresponden, con la visión de conformar con una sociedad fuerte siempre incluyente de sus jóvenes; que de manera desafortunada viven hoy en día una realidad dura.
3. Fundamento legal
La presente iniciativa con proyecto de decreto que se somete a consideración se fundamenta en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6 numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
4. Denominación del proyecto de decreto
La iniciativa plantea una reforma al artículo 11 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.
5. Texto normativo propuesto
Por todo ello, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud
Artículo Único. Se reforma el artículo 11 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud para quedar como sigue:
Artículo 11. El director general del instituto será nombrado y removido por el titular del Ejecutivo federal. El nombramiento deberá recaer en persona menor de 29 años de edad al día de su designación y que reúna los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.
Transitorio
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputadas: María del Rocío Corona Nakamura, Verónica Carreón Cervantes (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.
APOYO A LOCATARIOS POR EL INCENDIO DE LA NAVE MAYOR DEL MERCADO DE LA MERCED
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe del gobierno del DF, a su secretario de Gobierno y al jefe delegacional en Venustiano Carranza a apoyar a los locatarios por el incendio de la nave mayor del mercado de La Merced, a cargo de la diputada Laura Barrera Fortoul, del Grupo Parlamentario del PRI
Los que suscriben, diputados integrantes de las diversas fracciones parlamentarias en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea los presentes puntos de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En la madrugada del miércoles 27 de febrero de 2013, un sobrecalentamiento en el tendido eléctrico de la nave mayor del mercado de La Merced desató un incendio, debido a las conexiones irregulares, conocidas como diablitos, y arrasó con el 70 por ciento de dicho inmueble, según determinaron peritos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
El incendio, que no dejo víctimas mortales ni lesionados, quemó; más de mil locales comerciales, distribuidos en el área de siete mil metros cuadrados en que se ubica este centro de abasto, en la delegación Venustiano Carranza.
Sin embargo, los conductores de las 20 unidades de bomberos que arribaron a la zona para la atención del siniestro, tuvieron problemas para el acceso, debido a los obstáculos que presentan los locales improvisados que rodean el centro de abasto.
En su momento, el jefe de gobierno, aseguró a los medios de comunicación, que su administración apoyaría a los locatarios afectados y que se buscarán medidas enérgicas de mitigación para evitar futuros incidentes.
En tanto, el secretario de gobierno del Distrito Federal, dijo que se impulsará el reordenamiento comercial en la vía pública que rodea el mercado.
Por su parte el jefe delegacional en Venustiano Carranza, ofreció negociar con la Aseguradora AXXA, contratada por el gobierno capitalino para asumir el costo de los daños en la estructura del mercado y la mercancía perdida por los comerciantes.
Sin embargo, a la fecha esto no se ha visto cristalizado o se ha dado una solución en concreto sobre la indemnización a los locatarios de la nave mayor del mercado de La Merced.
A efecto de apuntalar la urgencia de brindar de apoyo y emprender acciones de reordenamiento en la zona, es preciso subrayar la importancia del centro de abasto La Merced dada en función del volumen de las operaciones comerciales que a diario se realizan, su valor como referente comercial histórico y como expresión cultural.
No es la primera vez que el centro de abasto se ve afectado gravemente por una conflagración como la del pasado 27 de febrero; recordemos los hechos acaecidos en diciembre de 1988, cuando explotó un puesto de fuegos artificiales, causando la destrucción de dos terceras partes de la nave principal del mercado y la muerte de 61 personas.
Los problemas de tránsito que generan los puestos semifijos en los alrededores implican también riesgos de seguridad peatonal y vehicular de importancia.
En virtud de lo aquí expuesto, sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al jefe de gobierno del Distrito Federal, al secretario de Gobierno y al jefe delegacional en Venustiano Carranza abrindar el apoyo comprometido a los locatarios por el incendio en la nave mayor del mercado de La Merced.
Segundo.Se exhorta respetuosamente a las autoridades antes mencionadas a dar una amplia difusión ante la ciudadanía de los resultados de las acciones que en este sentido se tomen.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputados: Laura Barrera Fortoul, Arnoldo Ochoa González, Fernando Rodríguez Doval, Antonio Cuéllar Esteffan, José Antonio Hurtado Gallegos, Javier López Zavala (rúbricas).»
Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.
FIDEICOMISO QUE ADMINISTRA EL FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la dependencia coordinadora y a los integrantes del Comité Técnico del Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos a revisar los expedientes de los catalogados como pendientes Viables y No viables, a cargo del diputado Raúl Gómez Ramírez, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Raúl Gómez Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea los presentes puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
I. En 1942 se firmaron entre Estados Unidos de América y México los tratados de cooperación laboral, y se realizó la contratación temporal de trabajadores mexicanos agrícolas allá.
II. En aquella época, en los tratados internacionales se estableció una retención de 10 por ciento de los salarios para crear el fondo de ahorro campesino.
III. Para 2005 se publicó la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942-1964. Ese año se publicó la primera convocatoria de la entrega correspondiente de los apoyos sociales de fecha 11 de noviembre; se publicaron 39 mil 893 apoyos, de los cuales 39 mil 324 fueron pagados, y 569 quedaron pendientes. Se registró 98.57 por ciento de avance en cuanto al pago de los apoyos y quedó 1.43 por ciento pendiente en aquel entonces.
IV. En el Diario Oficial de la Federación se han publicado diversas listas, desde el 15, 23 y 27 de diciembre de 2005; 24 de enero, 10 y 24 de febrero, 24 de marzo, 7 y 28 de abril, 23 de mayo, 9 y 29 de junio y 30 de octubre del año 2006; 27 de junio, 6 de julio y 27 de agosto del año 2007; 16 de julio, 27 y 28 de agosto, 7 y 8 de octubre, 21 y 24 de noviembre, 2, 3, 29 y 30 de diciembre del año 2008; 23 y 24 de abril, 25 y 26 de junio, 3 de julio, y 9 y 10 de noviembre del año 2009; 11 y 12 de enero, 19 y 20 de abril, 1 y 2 de junio, y 15 y 20 de septiembre del año 2010; 15 y 16 de marzo, 29 de abril, 2, 16 y 17 de mayo y 15 y 16 de agosto de 2011; 2 de marzo y 7 de septiembre de 2012; sumando hasta ahora un total de 46 listas publicadas para hacer de conocimiento a las personas que les corresponde el apoyo; y que de manera ejemplar, entre el 24 y 28 de noviembre de 2008, se emitió una convocatoria donde fueron publicados 149 mil 20 apoyos, de los cuales se registró su correspondiente pago para 41 mil 237 apoyos, que representa 27.67 por ciento, aunado al pago de los apoyos pendientes de 34 mil pesos, quedando pendientes 89 mil 150 apoyos, representando 59.82 por ciento y los pendientes de pago de apoyos de 38 mil pesos, un total de 18 mil 633 apoyos, que representan 12.50 por ciento de los apoyos que fueron publicados para esas fechas.
V. El Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3o. de la ley en la materia, se integra por funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de la Función Pública, de la Secretaría de Desarrollo Social, de la Secretaría de Gobernación y, en calidad de invitados permanentes participa el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros y miembros del Poder Legislativo federal, concretamente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión hasta la LXI Legislatura; empero, y no obstante ello, está pendiente el nombramiento del diputado que fungirá como miembro en calidad de invitado permanente del Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos. Aunado a lo anterior, existen pendientes de recursos del fideicomiso para entregar a los beneficiarios y liquidar la deuda en justicia a los mexicanos que en aquella época participaron en el programa, lo que hace imperativo dar continuidad a los trabajos realizados para remunerarlos, sin lo cual, al mantenerse en calidad de pendientes, afecta directamente a los miles de ex braceros, migrantes y sus familiares que laboraron en Estados Unidos entre 1942 y 1964.
VI. Los recursos entregados de 2005 a 2011 ascendieron a 3 mil 238 millones 360 mil pesos, donde el total de beneficiarios que recibieron el apoyo social de los 38 mil pesos de 2005 a 2011 fueron para 85 mil 119 personas.
VII. El presupuesto destinado para el fideicomiso del ejercicio fiscal de 2012 ascendió a 3 mil 816 millones 200 mil pesos, considerando 109 mil 659 beneficiarios para ese año, integrado por titulares, esposas, concubinas, hijos o herederos de ex braceros; se estimaba que el total de recurso que se habría de entregar en 2012, ascendería a 7 mil 054 millones 560 mil pesos con corte de un total de beneficiados de 193 mil 572 personas.
VIII. En el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 no fue considerada asignación alguna de recursos para el fideicomiso en comento. por ende, de las últimas listas de beneficiarios publicadas en el Diario Oficial de la Federación, y, habiendo aún recurso por entregar, es como se hace necesario realizar una exhaustiva revisión de los expedientes y las categorías Viable y No viable en las que se encuentran los beneficiarios y de aquellos que aún están en espera de recibir el apoyo, con la finalidad de establecer una estrategia de actualización de los registros para determinar, en una primera instancia, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público destine los recursos necesarios de los subejercicios del Primer Semestre del Gobierno Federal en este año, o se presente la solicitud correspondiente para la asignación de recurso del Presupuesto de Egresos de la Federación para el próximo Ejercicio Fiscal de 2014; en segundo término, la factibilidad para que quienes estuviesen catalogados como No viables, obtengan la oportunidad de acceso al beneficio al aplicar las Reglas de Operación del Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Social a ex Trabajadores Migratorios Mexicanos más recientes, según sean los casos, y avanzar en los pagos pendientes; aunado a propiciar las condiciones para emitir nuevas convocatorias, actualizar el marco normativo, aplicación de criterios de simplificación administrativa con trámites más claros, públicos y accesibles para la población objetivo, combate a la corrupción, la implementación de una estrategia federal que permita a las personas que solicitan y cumplan con los requisitos para acceder a su apoyo se haga de manera expedita; implantar la mejora en los contenidos de las campañas masivas de información que se hagan de manera periódica y permanente, acorde con lo que establece el artículo 8o. de la ley en la materia, como refuerzo del combate de la corrupción.
IX. En la Gaceta Parlamentaria número 3632-O de la Cámara de Diputados, con fecha jueves 25 de octubre de 2012, se publicó la solicitud del suscrito diputado para que se creara de la comisión especial de seguimiento a los fondos de los trabajadores migratorios mexicanos en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para la LXII Legislatura, con la finalidad de ser encargada de dar seguimiento a la erogación de los recursos para los trabajadores que han quedado pendientes de resolver, fiscalizar la correcta aplicación de los recursos destinados a la materia; así como continuar con los trabajos que realizaron las comisiones especiales en anteriores legislaturas; además, se exhortó a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados para que integrara y presentase al pleno de esta soberanía, la propuesta de integración plural correspondiente de diputadas y diputados que habrían de integrar la Comisión Especial de seguimiento a los fondos de los trabajadores migratorios mexicanos. Lo anterior también con estricto arreglo y acorde con todos los términos que establece la propia Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, el reglamento correspondiente y en consecuencia, habiendo una estructura orgánica que implica órdenes y niveles de gobierno, es como se hace manifiesta la necesidad de resolver de manera urgente por esta soberanía, garantizar la continuidad en la implantación del fideicomiso en comento aunado al nombramiento del miembro del comité técnico emanado de la Cámara de Diputados y la creación e integración de la comisión especial del fideicomiso en comento para la LXII Legislatura, acorde a lo establecido en la Ley de la materia, para que esta soberanía, esté en condiciones de dar seguimiento y continuar recibiendo los informes periódicos trimestrales sobre el avance y la gestión que permita conocer la situación financiera del fideicomiso y determinar la cantidad a presupuestar para los ejercicios fiscales subsecuentes.
Por lo expuesto se someten a consideración de la Cámara de Diputados los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero.Se exhorta respetuosamente a la dependencia coordinadora y a los integrantes del Comité Técnico del Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos para que en uso de sus respectivas atribuciones se realice una exhaustiva revisión de todos expedientes de las personas que están catalogadas como pendientes Viables y No viables y se les permita acceder al otorgamiento de su correspondiente beneficio con estricto arreglo a las recientes reglas de operación y en el marco de la ley respectiva.
Segundo.Se exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados reconsidere seriamente la creación de la Comisión Especial de seguimiento a los fondos de los trabajadores migratorios mexicanos en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXII Legislatura, así como su integración plural correspondiente de diputadas y diputados que habrán de constituirla, para ser la encargada de dar seguimiento a la erogación de los recursos para los trabajadores que han quedado pendientes de resolver, fiscalizar la correcta aplicación de los recursos destinados a la materia, continuar con los trabajos que realizaron las comisiones especiales en las anteriores legislaturas, actualizar el marco normativo, determinar estrategias y gestionar las asignaciones de los recursos correspondientes a los ejercicios fiscales subsecuentes en la LXII Legislatura.
Tercero.Se exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados para que nombre y dé a conocer al representante del Poder Legislativo que funja como integrante del Comité Técnico del Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, en concordancia con lo establecido en el artículo 3o. de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputado Raúl Gómez Ramírez (rúbrica).»
Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.
AUDITORIA DEL GASTO EN CONSTRUCCIONES DEL IPN
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta ASF a auditar el gasto correspondiente a diversas construcciones en el IPN, suscrita por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta honorable asamblea puntos de acuerdo al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La dispendiosa canalización de recursos en la construcción de seis edificios y el gasto por remodelación en el edificio administrativo del Centro de Investigaciones y Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional (Cinvestav-IPN) ha ocasionado una restricción del ejercicio presupuestario en los gastos corrientes y para los proyectos de investigación de los educandos de nivel posgrado.
Como nunca había sucedido en el Cinvestav-IPN, se ha priorizado el aumento de espacios para la creciente administración del Centro de Investigaciones y Estudios Avanzados y se ha marginado el crecimiento de espacios para la investigación y formación de los educandos del nivel posgrado, a pesar del magnífico desempeño y logros científicos de la mayoría de sus egresados que mucho han aportado al país.
Los miembros de la comunidad del Cinvestav-IPN se encuentran consternados por la actual política de dispendio en la aplicación de los recursos federales para la creación de obras suntuosas y poco útiles para las funciones propias de un centro de investigaciones de categoría mundial; la preocupación es la de crear otro elefante blanco que después ocupará sus recursos en la manutención del gasto corriente en lugar de ocuparse para la investigación que es el fin del centro en comento.
Por lo anteriormente expuesto Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano pone a su consideración los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero.Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a auditar el gasto ejercido para la construcción de seis edificios en el Centro de Investigaciones y Estudios Avanzados del IPN (Cinvestav-IPN) plantel Zacatenco, que fueron entregados por las constructoras en 2012.
Segundo. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación auditar el gasto por la remodelación del antiguo edificio administrativo del Centro de Investigaciones y Estudios Avanzados del IPN, así como la construcción de diversos espacios interiores en la unidad.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para su atención.
CAMPAÑA DE COMUNICACION SOBRE EL USO DEL CONDON FEMENINO
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa a realizar una campaña masiva de comunicación sobre el uso del condón femenino y distribuirlo gratuitamente entre la población, a cargo del diputado José Arturo López Cándido, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, José Arturo López Cándido, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el numeral 2, fracciones II y III, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, el presente punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Salud a desarrollar una campaña masiva del uso del condón femenino y a su distribución gratuita, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El condón fue ideado para el uso del hombre y para proteger a las parejas en el acto sexual del contagio de una enfermedad de transmisión sexual o un embarazo, aunque esta forma de protección no ha sido lo suficientemente promovida por las autoridades sanitarias, como método preventivo y lejos de atavismos y tabúes.
En este sentido, un preservativo de uso femenino era impensable, solamente estaba bien visto en un matrimonio usar pastillas anticonceptivas, aunque grupos religiosos se opusieran a cualquier tipo de control natal, ya que la protección estaba completamente en la obligación del hombre.
Al paso de los años se crea el primer condón femenino dándoles a las mujeres la opción de cuidarse y disfrutar una relación sexual sin esperar a que el hombre tome la decisión de usar un preservativo; su fabricación tiene un costo elevado por el tipo de material utilizado limitando a las mujeres a acceder o adquirir el condón femenino.
Este preservativo puede usarse con 6 u 8 horas de antelación a la relación sexual, lo cual lo hace más práctico, además tiene la misma función del preservativo masculino de protección, cuidado de la pareja y así evitar enfermedades de transmisión sexual (VIH, gonorrea, virus del papiloma humano (VPH) o embarazos no deseados.
Cabe mencionar que las enfermedades de transmisión sexual atacan por igual a hombres y mujeres, aunque en muchos casos los problemas de salud que provocan pueden ser más graves en las mujeres, en especial si están embarazadas, es por ello que debemos de reeducarnos en materia de salud sexual y reproductiva.
Con relación a lo anterior, la Organización Mundial de la Salud (OMS), ha calculado una incidencia de 340 millones de casos anuales de infecciones de transmisión sexual curables, en México, se estima que la mayor tasa de incidencia en infecciones es por el virus del papiloma humano, con casi 24 casos por cada 100 mil habitantes, donde 30 por ciento de los mexicanos ha padecido alguna infección de transmisión sexual (ITS) con edades de entre 18 y 30 años.
Sólo por mencionar algunas de estas enfermedades con un mayor número de infectados son la candidiasis, tricomoniasis, la vulvovaginitis, sífilis, gonorrea y clamidia, de acuerdo con cifras de los últimos estudios proporcionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Datos y cifras mundiales
Anualmente se producen 448 millones de casos de infecciones de transmisión sexual (ITS) curables (sífilis, gonorrea, clamidiasis y tricomoniasis).
Algunas infecciones de transmisión sexual son asintomáticas.
En embarazadas con sífilis temprana no tratada 25 por ciento de los embarazos acaban en muerte fetal y 14 por ciento en muerte neonatal.
Las ITS son la principal causa prevenible de infertilidad, sobre todo en la mujer.
Así, es como observamos que el condón femenino pretende evitar que las ITS (infecciones que se propagan de persona a persona a través de contactos sexuales), ya que existen más de 30 bacterias, virus y parásitos diferentes transmisibles por vía sexual. Algunos, en particular el VIH, sífilis, se pueden transmitir de la madre al hijo durante el embarazo y el parto, así como por transfusiones de productos sanguíneos y trasplantes de tejidos.
Con la educación sexual y el uso no solamente del condón masculino sino propagar el uso y adquisición del condón femenino se logrará evitar que incrementen las ITS ya en algunos casos los métodos tradicionales para diagnosticarlas es mediante pruebas de laboratorio, que son demasiado caras y si el resultado es negativo resulta un gasto innecesario.
Para evitar las ITS no solamente basta con abstenerse de tener relaciones sexuales (orales, vaginales o anales) o tenerlas únicamente en el ámbito de una pareja a largo plazo, no infectada y mutuamente monógama, ya que por absurdo que parezca, este hecho es casi imposible que suceda, por ello se debe ampliar la información y uso siempre que se utilicen sistemática y correctamente, los preservativos masculinos de látex y los condones femeninos.
Se considera que las infecciones de transmisión sexual no tratadas en la juventud mexicana tienen repercusiones muy importantes en la salud reproductiva, materna y neonatal siendo la principal causa de infertilidad en la mujer. Por ejemplo, debemos decir que entre 10 y 40 por ciento de las mujeres con infecciones clamidiales no tratadas acaban presentando Enfermedad Inflamatoria Pélvica (EIP) sintomática; se dañan las trompas de falopio por la infección dejando de 30 a 40 por ciento de los casos de infertilidad femenina.
Lo anterior incrementa las probabilidades de tener embarazos ectópicos (tubáricos) que son entre 6 y 10 veces mayor en las mujeres que han sufrido Enfermedad Inflamatoria Pélvica que en las que no la han sufrido, y de 40 a 50 por ciento de los embarazos ectópicos pueden atribuirse a episodios anteriores de EIP, sin dejar de atender que una infección por algún tipo de virus de papiloma humanos puede llevar a la aparición de cánceres genitales, en particular del cuello uterino en la mujer.
La presencia de ITS no tratadas tanto las que causan úlceras como las que no, puede llegar a multiplicar por 10 el riesgo de adquisición y transmisión del VIH. Por consiguiente, el tratamiento precoz de las ITS es importante para reducir el riesgo de infección por el VIH. El control en uso y adquisición de los condones femeninos es importante para la prevención de la infección por VIH, sobre todo en personas con comportamientos sexuales de alto riesgo, entre otros riesgos. Algunas ITS presentan signos y síntomas similares o coincidentes. Algunos de ellos son de fácil reconocimiento, constituyendo lo que se denomina un síndrome, que señala la presencia de uno o varios patógenos. Por ejemplo, en el hombre, el flujo uretral puede ser causado por la gonorrea aislada, la clamidiasis aislada, o ambas conjuntamente.
Por ello el condón femenino, a pesar de su desarrollo y evolución, sigue siendo más costoso y más difícil de conseguir por parte de quienes así desean utilizarlo. Incluso las instituciones que obsequian el condón masculino no distribuyen masivamente la opción femenina lo cual nos obliga a la concientización de la protección de la mujer en la decisión de usar preservativo aún cuando la pareja no desee hacerlo, la mujer puede usarlo con anticipación de por lo menos 8 horas previas al contacto sexual.
Este preservativo femenino representa la evolución en la forma de vida de una mujer ya que no solamente deja de usar pastillas anticonceptivas sino que evita adquirir una ITS; especialistas en la materia consideran que impulsar la producción, uso y distribución gratuita del condón femenino obligaría a los fabricantes a bajar el costo del producto y con ello engrandecer la producción como el uso del condón masculino.
Al mismo tiempo lograremos que las Secretarías de Salud, tanto a nivel federal como estatales y locales, intervengan en la promoción del uso del condón femenino, y distribuyan gratuitamente el producto, dándole a las parejas una nueva opción de protección considerando que algunas personas son alérgicas al látex, con el uso del condón femenino, que es de poliuretano, tienen una opción más.
Por las consideraciones antes expuestas, someto a su consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud a que difunda a través de una campaña masiva de comunicación el uso del condón femenino y asimismo, a que distribuya masiva y gratuitamente este tipo de preservativo a la población para promover su uso.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputado José Arturo López Cándido (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
CAMPAÑAS DE DESARME O DESPISTOLIZACION
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar por la Segob y la Sedena acciones coordinadas con las autoridades estatales para impulsar y fortalecer las campañas de desarme o despistolización, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
La suscrita, diputada Sonia Rincón Chanona, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, propone a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes
Consideraciones
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 5o., establece que el Ejecutivo federal, los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y los ayuntamientos, realizarán campañas educativas permanentes que induzcan a reducir la posesión, la portación y el uso de armas de cualquier tipo. Por razones de interés público, sólo se autorizará la publicidad de las armas deportivas para fines cinegéticos y de tiro, en los términos del Reglamento de esta ley.
Como medio para atender y prevenir el uso ilegal e indebido de armas se han implementado acciones públicas que pretenden prevenir; el uso indebido de las armas claro ejemplo de esto son las diferentes campañas de despistolización o canje de armas. Las cuales surgen como una especie de respuesta a los altos índices de violencia y al uso indiscriminado de armas de fuego, estas campañas consisten en el canje de armas por computadoras, dinero en efectivo, despensas, etc., la realización de las mismas se llevan a cabo en las diferentes delegaciones o municipios, con el apoyo de personal de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), éstos últimos son quienes se encargan de evaluar las armas presentadas en el canje para así determinar el artículo o cantidad en efectivo a otorgar. Es importante señalar que previo a estos canjes se informa que no se realizará ningún tipo de investigación a las personas que cambien sus armas, ya que se considera que de no conservarse el anonimato se inhibiría por completo el resultado de estas campañas. Una vez recolectadas, las armas son responsabilidad de la Sedena para ser destruidas sin importar el origen de las mismas ya que no serán investigadas.
Hay quienes se han pronunciado en contra de estas Campañas por considerarlas anticonstitucionales e incluso violatorias de Derechos Humanos. Si bien es cierto el Artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que cualquier persona tiene derecho a poseer en su casa o portar un arma para su seguridad y legítima defensa, con estas campañas no se busca socavar el derecho constitucional de los Mexicanos, si no tomar acciones para salvaguardar la seguridad de los ciudadanos, estas campañas tienen objetivos claros como el de reducir los índices delictivos relacionados con el uso de armas de fuego, eliminar el riesgo de accidentes fatales en los hogares y fomentar la cultura de la legalidad.
Estas campañas no representan ningún tipo de soborno, son totalmente voluntarias y anónimas, sin importar si las armas entregadas funcionan o no. Se estima que por cada 300 armas de fuego que existen en México, 299 se portan sin permiso y de esas, 270 son para uso delictivo. Con datos tan alarmantes resulta imperioso continuar impulsando estas campañas.
Es necesaria la cooperación entre la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de la Defensa Nacional y los Gobiernos de las Entidades Federativas para impulsar y en su caso, fortalecer la implantación de las campañas de despistolización de manera tal que estas se den en todos los municipios y delegaciones del país.
Es un hecho que el uso y la libre portación de armas exacerban la violencia, planteando una amenaza para la seguridad, por lo que resulta imprescindible la lucha por parte de todos los sectores en contra de la proliferación y el uso indebido de armas.
Los diputados de Nueva Alianza, consideramos que la lucha contra la proliferación y el uso indebido de armas es un componente indispensable de las estrategias nacionales para la consolidación de la paz, el desarrollo sostenible, la protección de los derechos humanos, la salud y seguridad pública.
En mérito de lo expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Gobernación y de la Secretaría de la Defensa Nacional realicen acciones coordinadas con las autoridades de las entidades federativas a fin de impulsar y fortalecer las campañas de desarme o despistolización.
Dado en el salón de sesiones del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 14 de marzo de 2013. Diputada Sonia Rincón Chanona (rúbrica).»
Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Defensa Nacional, para dictamen.
ENAJENACION DE OBJETOS ROBADOS QUE SE LLEVAN A LAS CASAS DE EMPEÑO
«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a los congresos locales a incorporar en sus agendas de discusión el tema de las acciones para detectar la enajenación de objetos robados que se llevan a las casas de empeño, a cargo del diputado Javier Filiberto Guevara González, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, Javier Filiberto Guevara González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La insuficiencia en los controles de las actividades de los establecimientos que realizan operaciones de garantía para el otorgamiento de préstamos o créditos, aunada al agravamiento de los problemas de seguridad, ha generado lagunas normativas que favorecen incentivos para el delito. Las facilidades que otorga la insuficiencia de dichos controles es un factor determinante para la prevalencia del delito y para la existencia de una suerte de un mercado negro de mercancías robadas.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública de 2012, la incidencia más alta de delitos se registra en la modalidad robo o asalto en calle o transporte público, con 29 por ciento de los delitos captados en la encuesta, seguido por el de extorsión, con 19 por ciento. Robo a casa habitación ocupa el sexto lugar, con un equivalente a 8 por ciento.
Aunque no se cuente con cifras que den cabal cuenta de la magnitud del problema, es de todos conocido que la procedencia de artículos que llegan a las casas de empeño y compraventa de metales preciosos es en ocasiones dudosa o ilícita, lo cual favorece una forma de tráfico mercantil de artículos robados, que van desde teléfonos celulares, computadoras, pantallas, electrodomésticos en general y muebles hasta relojes, alhajas y metales preciosos.
No perdemos de vista la importancia que tiene esta actividad como una forma de financiamiento, sobre todo para las personas que están fuera del sistema bancario. De acuerdo con información de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), de las personas que acuden a una casa de empeño, 80 por ciento corresponde a amas de casa y el restante 20 por ciento a comerciantes, estudiantes, desempleados y jubilados y pensionados.
Según cifras de Prendamex y de la Asociación Nacional de Casas de Empeño, del 13 por ciento de la población que acude al empeño como fuente de financiamiento, 29 por ciento lo hace para cubrir gastos médicos y de salud, 24 para pagar colegiaturas, 24 para cubrir gastos imprevistos o personales y 22 para saldar deudas en tarjetas bancarias.
Ahora bien, tenemos presente que con la expedición de la nueva Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (ley contra el lavado de dinero), aprobada el pasado 30 de abril y que entrará en vigor el 30 de octubre de 2013, las operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, actividades que realizan las casas de empeño, serán consideradas vulnerables y, por tanto, objeto de identificación en términos del artículo 17, fracción IV:
IV. El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía, por parte de sujetos distintos de las entidades financieras.
Serán objeto de aviso ante la secretaría cuando el acto u operación sea por una cantidad igual o superior al equivalente a un mil seiscientas cinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal;
Conforme al monto vigente del salario mínimo (64.76 pesos), la obligatoriedad de presentar aviso será efectiva sólo cuando la operación ascienda a un monto de 103 mil 939.80 pesos; queda al margen de este control un amplísimo espectro de operaciones que potencialmente involucran la comisión de delitos contra el patrimonio.
Con las reformas de Ley Federal de Protección al Consumidor aprobadas por esta soberanía el 18 de diciembre de 2012 y que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 2013 se perfeccionó el marco normativo que regula las casas de empeño, principalmente en la parte tendente a proteger a los clientes ante posibles abusos, clarificándose qué tipo de establecimientos quedan englobados en esta categoría y dando facultades a la Profeco para llevar un registro público de las casas de empeño, que incluya los formatos de los contratos de adhesión que celebren con sus clientes.
Aunque se han dado pasos importantes para regular actividades vulnerables como las que realizan las casas de empeño y para evitar los abusos de este tipo de establecimientos, es necesario atender la vertiente expuesta en el presente punto de acuerdo y abarcar la gama de operaciones que quedan fuera de esta regulación y que se pueden vincular con los delitos que lesionan directamente el patrimonio directamente de la población, como es el robo o asalto en calle o transporte público o el robo a casa habitación.
Se entiende que siendo el robo un delito de amplio impacto social que se persigue en el orden común, es preciso ser respetuosos de los órdenes de gobierno, y contribuir a la resolución de este problema desde las facultades que competen a este cuerpo legislativo federal.
Conocemos que estados como Baja California Sur, Colima, Coahuila, Distrito Federal y Michoacán, por mencionar algunos, han incorporado en sus códigos penales figuras típicas correspondientes a la comercialización de objetos robados, dentro de los que se incluyen actos en que se reciben o transfieren bienes obtenidos como producto de la realización de un hecho ilícito, sea con conocimiento de tal circunstancia o culposamente, al no cerciorarse de la procedencia de los mismos, tipos que comúnmente corresponden al delito de encubrimiento por receptación.
El robo y la compraventa de artículos robados son delitos que tienen que ser castigados en todos sus componentes. Por tanto, resulta preciso atender con puntualidad el reclamo social para formular acciones que coadyuven en su abatimiento, rompiendo los círculos viciosos que lo fomentan.
Por lo expuesto y fundado se somete a consideración del pleno la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Con pleno reconocimiento de la libertad y soberanía en todo lo concerniente al régimen interior de los estados, se exhorta respetuosamente a los congresos de las entidades federativas a lo siguiente:
1. Incorporar en sus agendas de discusión la formulación de instrumentos de vinculación entre las procuradurías estatales, las entidades encargadas de la regulación de las casas de empeño y las propias casas de empeño para detectar la enajenación de objetos robados; y
2. Tipificar y, en su caso, adecuar en sus códigos penales la figura de encubrimiento por receptación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputado Javier Filiberto Guevara González (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.
VERIFICACION DE MERCANCIAS DE COMERCIO EXTERIOR
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SHCP a reforzar la correcta aplicación de los procedimientos de verificación de mercancías de comercio exterior en el recinto fiscal, a cargo del diputado Raúl Gómez Ramírez, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Raúl Gómez Ramírez, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ante la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta asamblea el presente punto de acuerdo al tenor de los siguientes
Antecedentes
En lo concerniente a las operaciones de importación que efectúan los pasajeros internacionales, dentro del marco y según lo establecido en el artículo 50 de la Ley Aduanera, ordena que, una vez efectuado el pago de las contribuciones del particular, tiene en consecuencia, la opción de solicitar el reconocimiento aduanero de las mercancías o bien, activar el mecanismo de selección automatizado (también conocido comúnmente como semáforo aduanal) que determinará, según el mecanismo de manera aleatoria, si le corresponde o no le sea efectuado un reconocimiento de mercancías.
En términos de la fracción IX del artículo 144 de la Ley Aduanera, faculta a autoridades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para inspeccionar y vigilar permanentemente en forma exclusiva, el manejo, transporte o tenencia de las mercancías en los recintos fiscales.
Si dentro del recinto fiscal existe la posibilidad del reconocimiento aduanero y es activado el mecanismo de selección automatizada que determine el desaduanamiento libre, entonces la autoridad aduanera no estará facultada para practicar reconocimiento alguno y menos aún con apoyo en alguna orden de verificación de mercancía de comercio exterior en transporte, pues en consecuencia, transitar es ir de un lugar a otro, mientras que transportar es llevar cosa o cosas de un lugar a otro, como en el caso de una aduana a otra, como se establece en el artículo 124 de la propia Ley Aduanera.
La determinación de desaduanamiento libre constituye una resolución favorable a los particulares conferida en el artículo 36 del Código Fiscal de la Federación, y por tanto, no puede revocar motu proprio la autoridad, y en obviedad no puede girarse una orden de verificación física en las propias instalaciones de la autoridad aduanera atendiendo al hecho sustancial de que es el particular quien somete a la autoridad sus mercancías para su posible verificación, previa declaración y pago de contribuciones que de ellas ya se hizo, y en consecuencia, cualquier orden de verificación de mercancía de procedencia extranjera en transporte resulta ilegal, así también por la circunstancia de que la mercancía no se encuentra en transporte, sino dentro de un recinto fiscal.
El artículo 43 de la Ley Aduanera establece que el reconocimiento aduanero y el segundo reconocimiento no limitan las facultades de comprobación de las autoridades aduaneras respecto de las mercancías importadas o exportadas; y no obstante, sólo el reconocimiento aduanero, es susceptible de practicarse por los agentes o inspectores de aduanas sin orden previa de autoridad competente; sin embargo, ante la activación del mecanismo de selección automatizado y arrojando como resultado el desaduanamiento libre, queda entonces la autoridad impedida para practicar reconocimiento alguno y en consecuencia también es contradictorio.
Se hace necesario reforzar de manera periódica y permanente la estricta aplicación de los procedimientos debido a que se presentan a malas interpretaciones, aunado a la falta de conocimiento de pasajeros de viajes internacionales que arriban a los diferentes puntos de internación en aeropuertos, puerto marítimos y puntos fronterizos, y concurre que el mayor porcentaje de ellos son connacionales que retornan a nuestro país en calidad de deportados o retornos voluntarios.
Se ha generado jurisprudencia en materia de lo contencioso administrativo al respecto, en que se determina precisamente la falta de justificación para que las autoridades realicen revisiones ante el desaduanamiento libre al activar el mecanismo de selección automatizada.
En concordancia con lo que determina la normatividad, es imperativo reforzar de manera periódica y permanente la aplicación de los procedimientos bajo un criterio preventivo debido principalmente a la época de invierno de cada año, en la que muchos connacionales ingresan o regresan a territorio nacional.
Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente
Punto de Acuerdo
Único.Por el que se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en ejercicio de sus funciones, refuerce de manera periódica y permanente la correcta aplicación de los procedimientos de verificación de mercancías de comercio exterior al interior de recinto fiscal, y se aplique estrictamente conforme a la normatividad el desaduanamiento libre al activar el mecanismo de selección automatizada.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputado Raúl Gómez Ramírez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
TARIFAS ELECTRICAS PREFERENCIALES EN CAMPECHE, CHIAPAS, QUINTANA ROO, TABASCO Y YUCATAN
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a autorizar por la Sener, la SHCP, la SE y la Sedesol tarifas eléctricas preferenciales o de bajo costo para consumos doméstico, comercial y agrícola en Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán, a cargo del diputado Juan Francisco Cáceres de la Fuente, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado por el estado de Tabasco, Juan Francisco Cáceres de la Fuente, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracciones III y VI del Reglamento de la Cámara de Diputados, con carácter de urgente u obvia resolución, pone a consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán se encuentran algunas de las más importantes presas hidroeléctricas que alimentan de energía eléctrica a un tercio de los habitantes de nuestro país, permitiéndole a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) contar con enormes recursos provenientes del cobro por servicio eléctrico.
La enorme producción de electricidad generada desde esta región debería verse reflejada en beneficios considerables a la población de estos estados, sobre todo el poder contar con tarifas eléctricas adecuadas a la realidad social, política y económica de la población. Siendo la realidad muy diferente ya que prevalecen los altos cobros en el consumo de energía, siendo esto un lastre que viene a sumarse a los grandes rezagos y carencias sociales que limitan las alternativas de desarrollo de la población en estas entidades.
Los legisladores de Acción Nacional consideramos necesario implementar mecanismos que sustituyan el rango actual tarifario de los diversos sectores porque sólo de esa manera se le puede hacer frente con equidad y justicia a las condiciones de rezago y marginación que prevalecen en muchos sectores de la población en esas entidades.
Es por ello, compañeros diputados y diputadas, que este punto de acuerdo solicita que a los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán les sean otorgadas las mismas condiciones, mecanismos y compensaciones como con las que cuentan algunos de los estados del norte; lo cual contribuirá al fortalecimiento de las finanzas de la población, la generación de circulante y activación del mercado interno al apoyar con esta medida el bolsillo de los habitantes de los estados del sur del país.
Acción Nacional, le solicita al presidente Enrique Peña Nieto, que cumpla con este compromiso y no quede en una mera promesa de campaña.
Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracciones III y VI del Reglamento de la Cámara de Diputados, con carácter de urgente u obvia resolución someto a la consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Esta honorable Cámara de Diputados hace un exhorto al titular del Poder Ejecutivo federal en el ámbito de sus atribuciones para que gire instrucciones a las Secretarías de Energía, de Hacienda y Crédito Público, de Economía y de Desarrollo Social, a fin de que sean autorizadas tarifas eléctricas preferenciales o de bajo costo para el consumo domestico, comercial y agrícola, a los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2013. Diputado Juan Francisco Cáceres de la Fuente (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
DECLARACION DE BAJA PREVALENCIA DE LA ZONA CENTRO DE SINALOA
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sagarpa y del Senasica a declarar de baja prevalencia la zona centro de Sinaloa, a cargo del diputado Gerardo Peña Avilés, del Grupo Parlamentario del PAN
Quien suscribe, diputado Gerardo Peña Avilés en la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la proposición con punto de acuerdo donde se exhorta al secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Sagarpa, y al director en jefe del Servicio Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria a declarar la zona centro del estado de Sinaloa zona de baja prevalencia, al tenor de los siguientes
Considerandos
La zona centro de Sinaloa comprende los municipios de Angostura, Salvador Alvarado, Mocorito, Badiraguato, Navolato, Culiacán y Elota, está reconocida como área libre de moscas de la fruta (Acuerdo publicado en el DOF el 24 de agosto del 2005) por las autoridades mexicanas, durante los meses de enero y febrero del presente año se han presentado 36 brotes y 62 detecciones de esta plaga, tanto en áreas marginales y áreas comerciales. Se está haciendo una serie de actividades por parte del Comité Estatal de Sanidad Vegetal en forma coordinada con la Sagarpa y el gobierno del estado para eliminar estos problemas de la plaga.
El norte de Sinaloa que comprende los municipios de Ahome, El Fuerte, Choix, Guasave y Sinaloa es una zona libre de moscas de la fruta, reconocimiento internacional de Estados Unidos, Japón, Australia y Nueva Zelanda, es decir exporta mango y cítricos a estos destinos sin tratamiento fitosanitario (hidrotérmico).
De acuerdo a la Ley Federal de Sanidad Vegetal (LFSV), artículo 5, la zona de baja prevalencia es aquella área geográfica que presenta infestaciones de especies de plagas no detectables que, con base en el análisis de riesgo correspondiente, no causan impacto económico
Los productores del norte de Sinaloa han solicitado a Sagarpa realizar las acciones necesarias para evitar que su zona pudiera infectarse por esta plaga, ellos tienen establecidas 4 mil 500 hectáreas de mango de las cuales se exportan a diferentes destinos sin tratamiento hidrotérmico 38 mil toneladas, con valor aproximado de 35 millones de dólares.
Se ha solicitado que toda la fruta que se moviliza del centro de Sinaloa con destino a las áreas libres (región norte del país) reciba fumigación, considerando que es una zona con problemas de esta plaga, para poder fumigar dicha fruta la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria debe degradar de categoría de zona libre a zona de baja prevalencia (zona con problemas de plaga).
El artículo 7, fracción XXII, de la LFSV confiere a la Sagarpa la atribución de declarar zonas de baja prevalencia. La LFSV, en su artículo 37, establece que con base en el resultado de los muestreos en áreas geográficas específicas y la certeza comprobada de la no presencia o baja prevalencia de una plaga, Sagarpa podrá declarar zonas libres o de baja prevalencia de plagas que afecten a los vegetales.
Se fundamenta la solicitud en lo Establecido en la Ley Federal de Sanidad Vegetal y en las normas oficiales mexicanas NOM-023-FITO-1995 por la que se establece la campaña nacional contra moscas de la fruta y en la NOM-075-FITO-1997 por la que se establecen los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la movilización de frutos hospederos de moscas de la fruta.
La importancia de la delimitación de zonas de acuerdo a los riesgos sanitarios, influye en la movilización, importación y exportación de mercancías. De acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-023-FITO-1995 las especies de moscas de la fruta del género Anastrepha es la principal plaga de frutales en México, la cual restringe su producción y comercialización.
La tendencia de producir frutos de alta calidad y ser competitivos en los mercados nacionales e internacionales, hace imperativo medidas fitosanitarios que deriven en el reconocimiento de zonas libres de la plaga y zonas de baja prevalencia.
El sector frutícola del norte de Sinaloa (productores de mango, naranja y toronja) están ampliando actualmente la superficie de estos cultivos, de no degradarse la categoría fitosanitaria la zona centro a la brevedad y llevarse a cabo la erradicación de los brotes y detecciones que están activos actualmente ven seriamente amenazadas sus inversiones, debido a que la cosecha de mango inicia en el mes de junio, no les daría tiempo de construir en sus empaques equipos para el tratamiento hidrotermico, aparte el valor de su producción de estos frutos seria mucho menor.
Por las razones expuestas, pongo a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición de urgente y obvia resolución con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; al director en jefe del Servicio Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, a declarar la zona centro del estado de Sinaloa zona de baja prevalencia.
Palacio Legislativo de San Lázaro, Cámara de Diputados, a 14 de marzo de 2013. Diputado Gerardo Peña Avilés (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.
REINSTALACION DE EMPLEADOS DE LA UNION NACIONAL DE TECNICOS Y PROFESIONISTAS PETROLEROS
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general de Pemex a reinstalar a todos los empleados de la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros, a cargo del diputado Javier Orihuela García, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, diputado Javier Orihuela García, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracciones III y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El artículo123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consagra la libertad sindical con un sentido pleno de universalidad, partiendo del derecho personal de cada trabajador a asociarse y reconociendo un derecho colectivo, por lo que la autoridad, no puede ni debe cuestionar el derecho básico en cualquier Estado democrático de derecho, reconocido también en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos Fundamentales en el trabajo y su seguimiento, los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, y las diversas jurisprudencias y criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Que el respeto de la libertad sindical y el reconocimiento de los mismos es una exigencia primordial ineludible para la Organización Internacional de Trabajo de la que forma Parte México y cuyos convenios tienen, a partir de la reforma del Artículo Primero Constitucional de junio de 2011, igualdad jurídica con la Carta Magna.
En ejercicio de esas prerrogativas, diversos trabajadores técnicos y profesionistas, denominados de confianza, dentro de Petróleos Mexicanos decidieron conjuntar esfuerzos y agruparse formalmente para hacer valer sus derechos e intereses comunes, incluyendo la protección de abusos patronales que ponen en riesgo sus vidas, mediante la creación de un sindicato denominado Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros (UNTyPP), que tiene una materia de trabajo diferente a la del Sindicato de trabajadores manuales (STPRM).
En esa virtud, el 21 de diciembre de 2009 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social notificó de manera formal el registro número 5878 al sindicato de la UNTyPP y, como consecuencia, quedaron reconocidos los derechos y obligaciones de los miembros de la Unión ante las autoridades laborales de nuestra Nación.
Sin embargo, a pesar de que el sindicato adquirió de manera formal personalidad y vida jurídica, las autoridades y dirigentes de la empresa nacional Petróleos Mexicanos han llevado a cabo distintos actos que limitan de manera grave la libertad sindical y por lo tanto violan el artículo 1o. constitucional.
Según lo manifiestan los propios trabajadores del sindicato, las autoridades de Pemex han incurrido en actos de presión que van desde el no reconocimiento de sus derechos sindicales hasta las amenazas, el chantaje, la expulsión de manera violenta de sus centros de trabajo para evitar su afiliación e incluso el intento de disolver la agrupación que legítima y legalmente se ha constituido.
Si a la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros se les niega de facto su representatividad, si no se le respetan las garantías necesarios para el fomento y defensa de los derechos de sus afiliados, la promoción del bienestar común, entonces el registro y la toma de nota otorgados legalmente quedan desvirtuados ante la voluntad impositiva de la autoridad administrativa, quebrantando los principios sociales fundamentales de autonomía sindical y libre asociación para defensa laboral por lo tanto el estado de derecho nacional e internacional.
Ante esos hechos, el 25 de febrero de 2010 se presentó en el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, una proposición con punto de acuerdo para exhortar al director general de Petróleos Mexicanos a cesar todo hostigamiento en contra de los integrantes de la UNTyPP y proceder a la reinstalación inmediata de todos aquellos que fueron despedidos, mismo que fue turnado a la Junta de Coordinación Política, la que resolvió emitir la comunicación el 1 de marzo de 2010, misma que se hizo del conocimiento del doctor Juan José Suárez Coppel, en ese tiempo director general de Pemex, el siguiente 9 de marzo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, reiteró sobre el asunto el 22 de junio de 2011 también mediante punto de acuerdo.
Las deplorables acciones de las autoridades de la paraestatal petrolera ya han trascendido al ámbito internacional. En marzo de 2011 se presentó ante el Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo el informe 359 del Comité de Libertad Sindical, en el que se detalla con precisión el trato arbitrario e injusto dado por Pemex a los integrantes de la UNTyPP, evidenciando que el despido de los técnicos y profesionistas realizado por Petróleos Mexicanos es un acto de represión por haber constituido su sindicato. En dicho documento, el Comité de Libertad Sindical emitió una recomendación al gobierno mexicano para la solución al conflicto Pemex-UNTyPP. Dicho comité reiteró la recomendación en junio de 2012.
Al citado punto de acuerdo emitido por la legislatura anterior sobre este tema, la administración de Pemex contestó dolosamente, al decir que los empleados fueron separados por recortes en función de compromisos de austeridad presupuestal, negando que fue un acto represión, desconociendo el resultado de la investigación que sobre el caso hizo propia OIT y pretendiendo engañar al honorable Congreso de la Unión, señala la UNTyPP.
Dice la empresa atender el mandato de las autoridades jurisdiccionales y laborales de reconocer a la UNTyPP como representante de los trabajadores que han decidido afiliarse al misma. Sin embargo, informa la UNTyPP, no es así, la empresa niega toda operatividad a la UNTyPP, lo cual es evidente en las secciones sindicales registradas ante la STPS, además que ha contestado con negativas todas las gestiones de carácter laboral de la Unión, como se puede documentar. El entorpecimiento deliberado al funcionamiento de un sindicato es una violación al principio de Libertad Sindical.
Asimismo, asevera la empresa que ha ofrecido reinstalar a los trabajadores en medida de las posibilidades y conforme a sus necesidades, lo cual no es verdad, manifiesta la UNTyPP, pues a pesar de las gestiones que el secretario del Trabajo de la STPS llevó a cabo, debido a la recomendación realizada por la OIT al gobierno mexicano, con la participación de la UNTyPP y Pemex, entre otros actores, Pemex no cumplió con los compromisos adquiridos ante la STPS de reinstalar a los 25 despedidos, dedicándose a administrar el conflicto mediante reuniones sin resultados.
Igualmente, a las afirmaciones de la empresa respecto a que dan facilidades a los representantes sindicales para atender actividades derivadas de su representación, es simplemente una falta a la verdad, como se puede demostrar con la ausencia de respuesta o negativa franca, a solicitudes escritas de comisiones administrativas para diversos funcionarios del interior de la República con el fin único de acudir a reuniones convocadas con la empresa.
Toda vez que la anterior administración de Petróleos Mexicanos no respondió favorablemente al punto de acuerdo de la LXI Legislatura, ni al punto de acuerdo de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, ni a la recomendación del Comité de Libertad Sindical de la OIT, y dado que ha sido designado el maestro Emilio Lozoya Austin como director de Petróleos Mexicanos, confiamos en que esta nueva administración si respete el derecho a la libertad sindical, a los convenios internacionales y a la Carta Magna.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero.Que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorte al ciudadano Emilio Lozoya Austin, director general de Petróleos Mexicanos, a llevar a cabo la reinstalación inmediata de todos aquellos trabajadores que en violación de sus derechos humanos laborales fueron despedidos o jubilados por haber formado su organización sindical.
Segundo. Que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorte al ciudadano Emilio Lozoya Austin, director general de Petróleos Mexicanos, a establecer un proceso de negociación, garantizando el carácter resolutivo de todas las reuniones, que permita a las partes acordar los términos de relaciones laborales entre la administración de Petróleos Mexicanos y el Comité Ejecutivo Nacional de la UNTyPP.
Tercero.Considerando el carácter especializado de los técnicos y profesionistas y las características de su materia de trabajo, absolutamente distinta a la del STPRM, el otro sindicato de la empresa, que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorte al ciudadano Emilio Lozoya Austin, director general de Petróleos Mexicanos, al establecimiento negociaciones para la revisión de un contrato colectivo de trabajo, el cual permita establecer las condiciones de un trato justo e igualitario a los técnicos y profesionistas de la UNTyPP.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 14 de marzo de 2013. Diputados: Javier Orihuela García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
DIPUTADOS QUE PARTICIPARON EN ANEXO
(en orden alfabético)